transparencia, datos abiertos y gobierno abierto
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Transparencia, datos abiertos y Transparencia, datos abiertos y gobierno abiertogobierno abierto
Mónica López del ConsueloMónica López del Consuelo
Presentación
Mónica López del Consuelo
Twitter: @moloco5
Usuario GitHub: molocohb
Open Data UGR: opendata.ugr.es
Transparente UGR: transparente.ugr.es
¿Qué es la “transparencia”?
● “El proceso por el cual la información de las condiciones existentes permite ser accesible para la toma de decisiones y acciones, de manera visible y entendible.”
OECD - Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo -
● “La disponibilidad y claridad de información al público general acerca de reglas gubernamentales, regulaciones y decisiones.”
ADB - Asian Development Bank -
● “Oferta de información clara y actualizada, accesible y reutilizable”.
Hacia una universidad abierta: recomendaciones para el SUE
¿Qué es la “transparencia”?
● “En el marco de la administración pública, la transparencia es un mecanismo que previene actos de corrupción y que permite a la ciudadanía conocer el funcionamiento interno de las instituciones y cómo se manejan los fondos que éstas reciben”.
Mara Balestrini, Si es transparente, mejor
● “Práctica social guiada por la sinceridad y por la perfecta o casi perfecta accesibilidad a toda la información vinculada, y que concierne e interesa a la opinión pública, o a un sector de la misma, o incluso a un solo individuo”.
Paulo C. de León, Hacia un concepto de transparencia
¿Resumiendo, por favor?
La transparencia es una herramienta de control en manos de los ciudadanos, un medio de lucha contra la
corrupción, una vía de participación política, y una manera de poner en valor datos públicos que de otro
modo no se aprovecharían. INAP - Instituto Nacional de Administración Pública -
Tipos de transparencia
1. Transparencia pasiva o reactiva
2. Transparencia activa
3. Transparencia focalizada
4. Transparencia colaborativa
Transparencia pasiva
La transparencia pasiva (o también llamada reactiva) se refiere al derecho ciudadano de acceso a la
información pública y aquella que genera el gobierno.
La transparencia reactiva requiere que exista un mandato legal para que las instancias gubernamentales publiquen y actualicen, de modo permanente, información pública básica. Además, las agencias del gobierno tienen la obligación de entregar los documentos públicos que soliciten los ciudadanos.
Transparencia activa
La transparencia activa (o proactiva) se define como la obligación de la administración de
presentar información, sin necesidad de que la misma sea previamente solicitada.
Este tipo de transparencia se considera como una extensión que refuerza el derecho de acceso a la información en las democracias, pues no sólo lo comprende el derecho de solicitar información pública, sino que lo vincula a la obligación de las instituciones públicas de publicar la información esencial (estructura orgánica, funciones, atribuciones, personal contratado, funcionarios públicos, suministro de bienes, prestación de servicios, asesorías, consultorías...).
Transparencia focalizada
La transparencia focalizada es un modelo de transparencia “bajo demanda”, donde la información
es liberada por el gobierno y focalizada en áreas específicas, buscando resolver necesidades
concretas.
La transparencia focalizada busca un objetivo específico y explícito: se beneficia a una audiencia concreta, se publica información claramente definida y utiliza los medios de comunicación más útiles e idóneos para los propósitos establecidos.
Transparencia colaborativa
La transparencia colaborativa es un modelo de transparencia basado en el uso de las TICs y los datos abiertos (open data) como herramientas
básicas.
Este modelo es de tipo interactivo y precisa de una colaboración entre organismos que permita transformar grandes volúmenes de datos. Se caracteriza por la obligación de las administraciones a publicar los datos “crudos” y el derecho de la ciudadanía a procesarlos para producir nueva información con ellos.
¿Resumiendo, por favor?
1. Transparencia opaca: no busca ayudar al ciudadano a controlar y conocer, y aparece “cuando se abren y se ponen a disposición del público una gran cantidad de datos públicos, muchos de ellos innecesarios, en formatos que impiden su lectura y transformación, [...] imágenes escaneadas de documentos o de tablas o en formatos protegidos que impiden su adecuado procesamiento”.
2. Transparencia clara: busca “mejorar el control ciudadano y la información sobre cómo funcionan los asuntos públicos. Para ello, se aportan datos necesarios, reutilizables, integrados, agregados, comparables”.
César Nicandro Cruz-Rubio, politólogo e investigador GIGAPP e IRM - Open Government Partnership
3 ideas asociadas a la transparencia
1. Gobierno abierto
2. Rendición de cuentas
3. Datos abiertos (open data)
1. Gobierno abierto
- AVISO: CONCEPTO EN CONSTRUCCIÓN-
“Definiremos aquí el gobierno abierto como una filosofía político
administrativa, un nuevo paradigma o modelo de interacción social y política
que [...] se constituye como un modo y/o estrategia para el diseño,
implementación, control y evaluación de políticas públicas y para procesos de
modernización administrativa, y que ubica al ciudadano en el centro de
atención y de prioridad, ofreciendo así una alternativa de actuación para la
gestión de lo público”.
César Nicandro Cruz-Rubio, politólogo e investigador
GIGAPP e IRM - Open Government Partnership
Yes We Can
Al nivel mundial, el impulso inicial de
esta nueva visión se desarrolló en los
EEUU, bajo el inicio de la gestión del
Presidente Barack Obama; para dar
coherencia a la propuesta explicativa
del concepto “gobierno abierto”, se
identificaron tres pilares:
1. Transparencia
2. Participación
3. Colaboración
Open Government Partnership
La organización internacional Open
Government Partnership (Alianza por el
Gobierno Abierto), que aglutina ya a 64
países del mundo (entre ellos, España)
identifica cuatro principios del
gobierno abierto, en vez de tres:
1. Transparencia
2. Participación ciudadana
3. Rendición de cuentas
4. Tecnología e innovación
Los cuatro principios
1. Transparencia: información sobre las actividades y decisiones gubernamentales abierta, comprensiva, puntual, disponible libremente al público y de acuerdo con los estándares básicos de datos abiertos (bases de datos legibles por máquina).
2. Participación ciudadana: los gobiernos deben movilizar a los ciudadanos para que participen en el debate público y contribuyan al desarrollo de una gobernanza más responsiva, innovadora y efectiva.
3. Rendición de cuentas: reglas, regulaciones y mecanismos para que los actores gubernamentales justifiquen sus acciones, actúen en respuesta a las críticas y acepten las consecuencias de las faltas de cumplimiento con leyes o compromisos.
4. Tecnología e innovación: los gobiernos aceptan la importancia de proveer a los ciudadanos acceso abierto a la tecnología; del rol de las nuevas tecnologías en el fomento de la innovación, y de aumentar la capacidad de los ciudadanos para usar las tecnologías.
2. Rendición de cuentas
Sistema que obliga al servidor público a reportar detalladamente sus actos y los resultados de los mismos, dotando a la ciudadanía de mecanismos para dar seguimiento al desempeño del servidor
público y exigir, en su caso, responsabilidades ante incumplimientos.
1. Rendición de cuentas horizontal: se refiere al control o equilibrio entre los poderes del Estado, gestionada por las llamadas agencias de balance y agencias asignadas.
2. Rendición de cuentas vertical: implica del control de los ciudadanos, e incluye el control electoral y el control social a través del trabajo de la sociedad civil y de la prensa.
3. Datos abiertos
OpenCualquier persona puede utilizar, procesar
y redistribuir sin interferencias debidas a patentes, copyright o cualquier otro
mecanismo de control.
DataNo se habla de “información” o de “documentos”, sino de datos que pueden ser procesados, transformados y reelaborados, a partir de los que se pueden crear nuevas informaciones, servicios y productos.
Open Data
Los datos abiertos (open data) son los datos que las organizaciones, empresas e individuos han puesto a disposición para que cualquier persona pueda
acceder a ellos, usarlos y compartirlos.
Open Data Institute (ODP)
Los datos abiertos y su contenido pueden ser libremente utilizados, modificados y compartidos por cualquier
persona para cualquier propósito.
Open Knowledge Foundation (OKFN)
Clasificación
Disponible en la web bajo licencia abierta (cualquier formato)
Disponible de manera estructurada (formato privativo)
Disponible en formato no propietario
Uso de URLs para su identificación (estándar RDF)
Vincular los datos a otras fuentes de datos para dotarlos de contexto
Fuente: http://5stardata.info/Tim Berners-Lee, inventor of the Web and Linked Data initiator
¿Es nuestro derecho?
Los datos que posee el gobierno han sido financiados por toda la ciudadanía y, en consecuencia, pertenecen a toda la ciudadanía a no ser que existan razones de peso que lo impidan, como protección de los datos personales, seguridad, o razones de fuerza
mayor.
Beneficios políticos y sociales
1. Incremento de la transparencia y la rendición de cuentas de los gobiernos ante la ciudadanía
2. Mayor participación ciudadana en el debate sobre políticas públicas, al disponer de todos los datos que reflejan lo que hacen los gobiernos y poder obtener conclusiones a partir del análisis de estos datos (y no sólo de la información ya preparada por los gobiernos)
3. Mejora del rendimiento y la capacidad de innovación de los gobiernos por distintas vías:
• Más control sobre lo que hace el gobierno• Más facilidades para encontrar mejores usos a los recursos empleados por el
gobierno• Más personas capaces de pensar sobre cómo mejorar los servicios que presta
el gobierno
Beneficios económicos
La explotación de los datos generados o recopilados por el gobierno puede ser utilizado por el sector privado y
por la ciudadanía para generar un valor adicional* construyendo con los datos nuevos servicios y
aplicaciones o imaginando nuevos usos innovadores de estos datos.
*Estudio de McKinsey de 2013 “Open data: unlocking innovation and performance with liquid information”: estimó en 3 billones de dólares anuales el potencial económico de la apertura de datos en el mundo.
Historia de la transparencia gubernamental
● 1776, Suecia: primera ley de acceso a la información gubernamental.
“Ley para la Libertad de Prensa y del Derecho de Acceso a las Actas Públicas”, impulsada por Anders Chydenius.
● Habrá que esperar dos siglos para que el resto de países sigan el ejemplo sueco: Finlandia (1951), Estados Unidos (1966) y
Dinamarca (1970), exceptuando el caso de Colombia (1888).
● Actualmente, hay 101 países en el mundo, según el Global Right to Information Rating, que poseen leyes de transparencia de
información sobre sus entidades públicas y gobiernos.
El caso español
● El Proyecto de Ley de Transparencia se aprobó en julio de 2012.
● 2º Proyecto de Ley de Transparencia (31/07/2013)
● Finalmente, en diciembre de 2013 se aprueba la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
● Posteriormente, las Comunidades Autónomas: Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
Principios básicos
a) Principio de transparencia
b) Principio de libre acceso a la información pública
c) Principio de responsabilidad de entidades
d) Principio de no discriminación tecnológica
f) Principio de utilidad
g) Principio de gratuidad
h) Principio de facilidad y comprensión
i) Principio de accesibilidad
j) Principio de interoperabilidad
k) Principio de reutilización
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
Derechos
Se reconocen los siguientes derechos:
a) Derecho a la publicidad activa.
b) Derecho de acceso a la información pública.
c) Derecho a obtener una resolución motivada.
d) Derecho al uso de la información obtenida.
Transparencia Internacional España
“TI - España manifiesta su opinión negativa en relación con el conjunto de los partidos políticos al no haber hecho los esfuerzos necesarios para alcanzar el consenso* y llegar a un acuerdo en la tramitación de enmiendas y en la aprobación de esta nueva Ley.
Por otra parte, la Ley finalmente aprobada contiene diversas deficiencias que limitan su eficacia y un deseable nivel de cumplimiento del derecho a saber de los ciudadanos”.
Fuente: “Posición y consideraciones de Transparencia Internacional España sobre la nueva Ley de Transparencia” (publicada en el BOE el 10-12-2013)
* Refiriéndose al Pacto de Estado contra la Corrupción que TI – España solicitó en el Congreso de los Diputados en 2013.
Consideraciones TI - España
1. No se contempla clara y explícitamente en el texto un régimen de infracciones ni de sanciones a políticos y funcionarios públicos por el incumplimiento de las normas de transparencia.
2. Se establece un régimen de Silencio administrativo negativo, que respeta muy poco el derecho de los ciudadanos a tener una respuesta explícita, de un tipo o de otro, por parte de la Administración.
3. Se limita el acceso a aquella información que perjudique cuestiones relacionadas con materias tan amplias como los “intereses económicos”, la “política económica y monetaria”, o la “protección al medio ambiente”
4. Se introduce en el texto legal la obligación para las Administraciones públicas de publicar sólo la relación de sus bienes inmuebles, excluyéndose así la obligación de publicar todo el patrimonio que poseen, por lo que una parte muy importante del mismo va a quedar oculto para los ciudadanos.
Consideraciones TI - España
5. El nuevo Consejo de Transparencia y Buen Gobierno nace con un notable déficit de independencia: el Presidente es nombrado por el Gobierno y sólo se necesita mayoría simple para su refrendo. No se definen competencias claras para este órgano, y se deberían haber incluido en su composición […] a un Diputado y un Senador de la oposición, así como a representantes de la sociedad civil que pudieran contrarrestar la influencia gubernamental en el órgano.
6. La incorporación de la Disposición final sexta “Modificación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo” implica una desnaturalización de una norma que ya con el añadido del Título II sobre Buen Gobierno empezaba a ser bastante confusa e incoherente.
7. Se retrasa el plazo de entrada en vigor de la Ley durante dos años para la gran mayoría de las instituciones públicas existentes en España […] cuando las instituciones de cierto tamaño estarían suficientemente preparadas para proporcionar la información que requiere la ley en un plazo bastante más corto.
Portal de Transparencia del Gobierno de España
1. Poca información nueva
2. Información poco profunda
3. Formatos no procesables
4. Dificultad para solicitar información*
5. Sin vías alternativas de contacto
* Desde Access Info Europe recuerdan que este sistema ya se implementó en Navarra, donde el Defensor del Pueblo navarro dijo que era contrario al derecho al acceso a la información.
Artículos de interés
● Pablo Machuca | “Cinco aspectos que el Gobierno debería mejorar del Portal de Transparencia” | El Huffington Post
● Olalla Novoa | Verónica Ramírez | Marta Ley | “El Portal de la Transparencia: mucho ruido y pocos datos” | El Mundo
● Erika Montañés | “Los expertos puntúan el Portal de la Transparencia” | ABC
¿Y ahora... qué?
“En opinión del investigador IRM, la sociedad civil, la academia, los funcionarios
públicos, los gobiernos subnacionales, el sector privado y la ciudadanía en
general, actores todos que estuvieron prácticamente ausentes por no ser
convocados en el proceso de conformación del primer Plan de Acción, tienen un
muy importante papel que desempeñar en el desarrollo del próximo Plan de
Acción, a fin de definir y dar seguimiento de forma informada y participativa a
las próximas estrategias de gobierno abierto que impulse el Gobierno de España,
que ya no puede prescindir más de su implicación y presencia”.
Independent Reporting Mechanism | Open Government Partnership
Información
Artículos e informes● César Nicandro Cruz-Rubio | “España: informe de avance 2012 - 2013” | Independent Reporting Mechanism |
Open Government Partnership● Pablo Machuca | “Cinco aspectos que el Gobierno debería mejorar del Portal de Transparencia” | El Huffington
Post● Olalla Novoa | Verónica Ramírez | Marta Ley | “El Portal de la Transparencia: mucho ruido y pocos datos” | El
Mundo● Erika Montañés | “Los expertos puntúan el Portal de la Transparencia” | ABC● Jesús Lizcano Álvarez | “Breve diagnóstico de la transparencia” | El País● Mara Balestrini | “Si es transparente, mejor” | CCCBLAB● VVAA | “Hacia una universidad abierta: recomendaciones para el SUE” | Grupo constituido en el marco CRUE-TIC● VVAA | “Posición y consideraciones TI–España sobre la Ley de Transparencia” | Transparencia Internacional
España
Instituciones u organizaciones● GIGAPP (Grupo de Investigación en Gobierno, Administración y Políticas Públicas)● Open Data Institute● Transparency International: the global coalition against corruption● Global Right to Information Rating● Access Info Europe ● Open Knowledge Foundation
Recomendación audiovisual● “Sin transparencia” | SALVADOS