tribunal electoral del poder judicial del estado de tamaulipas magistrado lic. matÍas enrÍquez...

52
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de 2013 2013

Upload: octavio-enriques

Post on 23-Jan-2015

9 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL

DEL ESTADO DE TAMAULIPASDEL ESTADO DE TAMAULIPAS

MAGISTRADOMAGISTRADO

LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZARLIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR

Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de 2013Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de 2013

Page 2: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

DEMOCRACIADEMOCRACIA

DEMOCRACIA.- Es el sistema de gobierno y forma de vida, en la que todos los miembros de la comunidad pueden, por igual, participar en la toma de decisiones colectivas, de manera directa o a través de sus representantes electos.

REPRESENTATIVA.- Es la democracia parlamentaria donde se utiliza un método político por el cual la ciudadanía que participa en la elecciones, elige, reelige o cambia a sus representantes a un cargo de elección popular para que tomen las decisiones que favorezcan a la colectividad.

DIRECTA.- Es un procedimiento electoral que permite que los asuntos políticos sean resueltos con la participación de todos los ciudadanos, sin que existan representantes o intermediarios de ninguna naturaleza.

SEMI DIRECTA.- Es la combinación de las dos anteriores.

 Glosario Electoral de Enrique López Sanavia.

JUSTICIA ELECTORAL.- Son todos aquellos principios, valores y medidas encaminados a la óptima realización de la democracia representativa.

Art. 3 frac. II a) CPEUM

Page 3: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

El Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado funcionará en Pleno y será la única instancia para la resolución de los asuntos en materia electoral. Sus resoluciones serán emitidas con plenitud de jurisdicción, y contará con la fuerza coactiva del Estado para hacer cumplir sus ejecutorias. Podrá emitir criterios de jurisprudencia de conformidad con lo previsto en la ley respectiva. Sus sesiones de resolución serán públicas, en los términos que determine la ley y el reglamento correspondiente.

( fracciones III y IV del Art. 20 de la Constitución Política de Tamaulipas; y Art.180 de LOPJE)

TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL

DEL ESTADO DE TAMAULIPASDEL ESTADO DE TAMAULIPAS

Tesis LVII-2001

Page 4: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

 Su pleno esta integrado por cinco magistrados, presidido por uno de ellos. Sus sesiones son validas con tres de sus integrantes, este emitirá sus resoluciones y tomará sus decisiones por mayoría simple.

Goza de plena autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones.

(Arts. 20 Fracción IV de CPET y 181, 182 y 183 de LOPJE)

  

INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL ELECTORALTRIBUNAL ELECTORAL

Tesis CXVIII-2001

Page 5: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

TRIBUNAL ELECTORAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPASPODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS

MAGDO. MIGUEL GRACIA RIESTRAPRESIDENTE

MAGDA. EMILIA VELA GONZÁLEZ MAGDO. CLAUDIO DÍAZ CASTAÑOMAGDO. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZARMAGDO. ANDRÉS MEZA PINZON

Page 6: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

PLENOPLENO

Page 7: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

JUICIO.- Proceso mediante el cual el Juez aplica la ley para solucionar un litigio a través de una resolución jurisdiccional.

RECURSO.-Medio técnico de impugnación y subsanación de los errores de una resolución judicial, dirigida a provocar la revisión de ésta ya sea por el Juez que la dictó o por otra autoridad de superior jerarquía.

JUICIOS Y RECURSOS, SU DIFERENCIAJUICIOS Y RECURSOS, SU DIFERENCIA

DERECHO PROCESAL ELECTORAL MEXICANO. Flavio Galván Rivera.

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Page 8: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

DEL JUICIO •Contenido material o de fondo de un proceso.•Se presenta ante la autoridad competente para conocer de la controversia.•Tiene como objeto resolver controversias o conflictos de intereses.•Tiene como efecto declarar, crear, modificar, extinguir o imponer una situación jurídica.

DEL RECURSO•Se interponen para impugnar resoluciones que no están firmes.•Se presentan ante la autoridad que emitió el acto o resolución impugnada. •Su conocimiento y fallo le corresponde al Superior Jerárquico.•Tiene como efectos confirmar, modificar o anular la resolución impugnada.

DERECHO PROCESAL ELECTORAL MEXICANO. Flavio Galván Rivera.

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

CARACTERISTICAS

Page 9: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

Que todos los actos y resoluciones de las autoridades electorales se sujeten

invariablemente a los principios de:

• Legalidad

• Definitividad

SU OBJETOSU OBJETO

(Art. 20 Fracción III de CPET y Art. 4 de LMIET) Jurisprudencia 21-2001

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Page 10: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

COMPETENCIA (1 de 2)COMPETENCIA (1 de 2)

La competencia del Tribunal Electoral es el resultado de la conjunción de tres factores; por materia pues constitucional y legalmente está facultado para conocer asuntos de carácter electoral, por grado ya que es la única instancia para resolverlos y por territorio al abarcar su jurisdicción todos los distritos electorales de Tamaulipas.

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Page 11: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

El Tribunal Electoral conocerá:

a) Las impugnaciones en las elecciones Gobernador, diputados e integrantes de los Ayuntamientos; b) Las impugnaciones de actos y resoluciones que violen los derechos político-electorales de los ciudadanos de votar y ser votado, de asociación en asuntos políticos y de afiliación a los partidos políticos;c) Las impugnaciones de actos, resoluciones y omisiones del Instituto Electoral de Tamaulipas; d) Los conflictos o diferencias laborales entre el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado o el Instituto Electoral de Tamaulipas y sus servidores; e) Las demás que señale la ley.

Art. 20 CPET

COMPETENCIA (2 de 2)COMPETENCIA (2 de 2)

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Page 12: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

El medio de impugnación se presenta ante a la Autoridad Responsable. El plazo para interponerlo es de 4 días, contados a partir de que se tuvo conocimiento o se hubiese notificado el acto o resolución impugnado.

Computo del plazo para presentar los Medios de Impugnación.

Para efecto del computo del plazo para impugnar los actos o resoluciones relacionados con el proceso electoral todas las horas y días son hábiles, los cuales se computaran de momento a momento. En los demás casos serán inhábiles los sábados y domingos, y los establecidos por las leyes respectivas.

(Artículos 11 y 12 de la LMIET)

PLAZO PARA SU INTERPOSICIÓNPLAZO PARA SU INTERPOSICIÓN

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Jurisprudencia 1/2009 SRII,8/2001

Page 13: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

REQUISITOS DE LA DEMANDAREQUISITOS DE LA DEMANDA

•Se deberá presentar por escrito

•Nombre de Actor

•Domicilio

•Acreditar Personería

•Acto impugnado

•Autoridad Responsable

•Hechos, agravios y preceptos violados

•Pruebas

•Firma de promovente

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

InsubsanableJurisprudencia 17/2000, 3/2000

Tesis XLIX/2002

Art. 8 DUDH

Page 14: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

PRINCIPIOSPRINCIPIOS APLICABLESAPLICABLES

Autonomía Autonomía

IndependenciaIndependencia

LegalidadLegalidad

ImparcialidadImparcialidad

ObjetividadObjetividad

ProfesionalismoProfesionalismoArt. 120 CEET

Page 15: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

Artículo 8 de LMIET

La interposición de los medios de impugnación no produce, en ningún caso, efectos suspensivos sobre el acto o la resolución impugnada, de modo que éstos surten todos sus efectos de inmediato, y su cumplimiento es exigible, sin perjuicio de que si la resolución es favorable para el interesado, se dejará insubsistente lo realizado en ejecución del acto atacado y se restituirá al promovente en el goce de sus derechos violados, en lo que esto resulte jurídica y materialmente posible.

EFECTOS DE LA INTERPOSICIÓNEFECTOS DE LA INTERPOSICIÓN

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Page 16: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

I. El medio de impugnación no se presente por escrito ante la autoridad correspondiente;

II. Incumpla cualquiera de los requisitos previstos por las fracciones I o VII del artículo anterior;

III. Resulte evidentemente frívolo;

IV. Su notoria improcedencia se derive de las disposiciones del presente ordenamiento;

V. No existan hechos y agravios expuestos o habiéndose señalado sólo hechos, de ellos no se pueda deducir agravio alguno;

VI. El actor no tenga interés jurídico;

VII. Se pretendan impugnar actos o resoluciones que se hayan consumado de un modo irreparable;

CAUSALES DE IMPROCEDENCIA (1 de 2)CAUSALES DE IMPROCEDENCIA (1 de 2)

Tesis XLIV/2002, XXVII/2007, CXII/2002Jurisprudencia 56/2002, 4/2005, 33/2002, 34/2002, 3/2000,

7/2002, 8/2004, 45/2010

Artículo 14.-LMIET

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Page 17: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

CAUSALES DE IMPROCEDENCIA (2 de 2) CAUSALES DE IMPROCEDENCIA (2 de 2)

VIII. Se pretendan impugnar actos o resoluciones que se hubiesen consentido expresamente, entendiéndose por esto las manifestaciones de voluntad que entrañen ese consentimiento; o contra los cuales no se hubiese interpuesto el medio de impugnación respectivo, dentro de los plazos señalados en esta Ley;

IX. Que el promovente carezca de legitimación en los términos de la presente Ley;

X. En lo conducente, no se hayan agotado las instancias previas establecidas por la ley aplicable, o por las normas internas de los partidos políticos, según corresponda, en virtud de las cuales se pudiera haber modificado, revocado o anulado, el acto o resolución impugnado, salvo que se considere que los órganos partidistas competentes no estuvieren integrados e instalados con antelación a los hechos litigiosos, o dichos órganos incurran en violaciones graves de procedimiento que dejen sin defensa al quejoso; y

XI. En un mismo escrito se pretenda impugnar más de una elección, salvo el caso señalado en la fracción VI del artículo 69 del presente ordenamiento.

Jurisprudencia 1/2005, 10/2003, S3ELJ 04/2003, 23/2000, 9/2007, 6/2002

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Page 18: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

SOBRESEIMIENTOSOBRESEIMIENTO

“Resolución jurisdiccional que da por concluido el proceso, ya de naturaleza judicial o administrativa, sin resolver el fondo de la litis planteada. […] se debe decretar siempre que aparezca o sobrevenga, durante el proceso, alguna causal, plenamente probada […] con lo cual se impida o torne improcedente o ineficaz la emisión de una decisión de fondo, para resolver la controversia de intereses de trascendencia jurídica, materia del recurso o juicio electoral correspondiente. “

DERECHO PROCESAL ELECTORAL MEXICANO. Flavio Galván Rivera.

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Page 19: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

I. El promovente se desista expresamente por escrito;

CAUSALES DE SOBRESEIMIENTOCAUSALES DE SOBRESEIMIENTO

II. La autoridad u órgano partidista responsable del acto o resolución impugnado lo modifique o revoque, de tal manera que quede totalmente sin materia el medio de impugnación respectivo antes de que se dicte resolución o sentencia;

III. Habiendo sido admitido el medio de impugnación correspondiente, aparezca o sobrevenga alguna causal de improcedencia en los términos de la presente Ley; y

IV. El ciudadano agraviado fallezca o sea suspendido o privado de sus derechos político-electorales.

Artículo 15.-LMIET

Tesis XXVIII/2005, CXXXVII/2002 Jurisprudencia 12/2005, 8/2009

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Page 20: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

PARTES

ACTORACTOR

Por sí mismo o a travésPor sí mismo o a travésde representante.de representante.

AUTORIDAD RESPONSABLEAUTORIDAD RESPONSABLE

Administrativa o partidistaAdministrativa o partidistaqque haya realizado elue haya realizado el

acto o emitido la acto o emitido la Resolución.Resolución.

TERCERO TERCERO INTERESADOINTERESADO

Con un interés legítimo en la causa Con un interés legítimo en la causa derivado de un derecho incompatiblederivado de un derecho incompatible

con el que pretende el actor.con el que pretende el actor.

CANDIDATO

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Art. 16 de LMIET

Page 21: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

Los ciudadanos y los candidatos por su propio derecho.

Partidos políticos a través de sus representantes legítimos.

Las organizaciones de ciudadanos a través de sus representantes legítimos.

¿Quiénes están legitimados para promover un medio de

impugnación?

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESDE LA LEGITIMACIÓN Y LA PERSONERÍADE LA LEGITIMACIÓN Y LA PERSONERÍA

PersoneríaFacultad de poder actuar en el proceso.Ejemplo: Un representante de un partido

político

Art. 17 de LMIET

Page 22: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

ORGANO RESPONSABLE

RECIBEMEDIO DE

IMPUGNACIÓN

AVISA AL TRIBUNAL

ELECTORAL

SE PUBLICA POR ESTRADOS A MAS

TARDAR AL DIA SIGUIENTE DE

RECIBIDO

TRIBUNAL ELECTORAL

(OFICIALIA DE PARTES)

RECIBE AVISO

DA A CONOCER AL PRESIDENTE

FAX OFICIO TELEFONO

48 HRS. SIGUIENTES AL VENCIMIENTO DEL

PLAZO DE PUBLICACIÓN REMITE EXPEDIENTE AL TRIBUNAL ELECTORAL

TRÁMITE POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE TRÁMITE POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE (1 de 2)(1 de 2)

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORAL

Page 23: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

Martes Jueves ViernesMiércoles

Fijación de Cédulaen estrados 10:00 hrs.

Sábado

Vencimiento de plazopara presentar escritode tercero interesado

10:00 hrs.

Vencimiento de plazo para fijación de cédula

TRÁMITE POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE (2 de 2)TRÁMITE POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE (2 de 2)

Artículo 31.- El órgano electoral o partidista que reciba un medio de impugnación en contra de sus propios actos o resoluciones lo hará del conocimiento público mediante cédula que fijará en los estrados, a más tardar, el día siguiente de su recepción.

Artículo 32.- Dentro de las 72 horas siguientes a la de su fijación, los terceros interesados podrán presentar los escritos que consideren pertinentes . . .

Artículo 34.- Dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes al vencimiento del plazo de fijación a que se refiere el artículo 31, la autoridad o el órgano partidario responsable del acto o resolución impugnado deberá remitir al Tribunal el expediente formado con motivo del recurso.

Miércoles24 HRS. Viernes

24 HRS.

Vencimiento plazo para Remitir el expedienteAl Tribunal Electoral

0 hrs. 48 hrs.

Recibe medio de impugnación 13:00 hrs.

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORAL

Page 24: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

ACUMULACIÓN (1 de 2)ACUMULACIÓN (1 de 2)

La acumulación es una institución procesal de trascendencia fundamentalmente pragmática y no de esencia teórica o técnica, cuya declaración resulta procedente ya de oficio o a petición de parte interesada.

Como sustento de la acumulación se encuentra la economía de tiempo y la economía procesal, lo cual se justifica en razón de evitar la emisión de dos o más resoluciones en sentido diverso e incluso contradictorio, en asuntos esencialmente similares.

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Tesis S3ELJ 02/2004

Page 25: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

TIPOS DE ACUMULACIÓN

(2 de 2)(2 de 2)

•De partes (pluralidad de partes o litisconsorcio): Por efecto de una acción son actores en una misma causa, sustentando una posición uniforme o común entre ellos.

•De pretensiones (acciones): Varias acciones en contra de una misma persona, respecto de una misma cosa que proviene de una misma causa

•De autos o eventual (expedientes) Es el caso en el que coexisten dos o más expedientes en los que hay una conexidad de la causa a efecto de que no se emitan resoluciones contradictoria.

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Page 26: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

OFICIALIA DE PARTES

RECIBE MEDIO DE

IMPUGANCIÓN

ASIGNA NUMERO DE

TRAMITE

REGISTRA EN EL LIBRO DE

GOBIERNO

REMITE EXPEDIENTE A SECRETARIA

GENERAL

SECRETARIA GENERAL

POR ACUERDO DEL

PRESIDENTE

TURNA EL EXPEDIENTE A ALGUNA PONENCIA PARA SU

TRAMITE Y, EN SU CASO, SUSTANCIACIÓN

SUSTANCIACIÓNSUSTANCIACIÓN

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Art. 35 LMIET

Page 27: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

MAGISTRADO PONENTE

RECIBE EXPEDIENTE

REVISA EXPEDIENTE PARA DETERMINAR:

DICTANDO AUTO CORRESPONDIENTE

REMITE AUTO A ACTUARIA

PARA NOTIFICARLO A

LAS PARTES

SU ADMISION

PROPONER SU DESECHAMIENTO

PROPONER TENERLO POR NO PRESENTADO

ENVIAPROYECTO DE RESOLUCIÓN

AL PRESIDENTE

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

SUSTANCIACIÓNSUSTANCIACIÓN

Art. 35 LMIETArt. 35 LMIET

Page 28: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

PRUEBASPRUEBAS

Documentales públicas

Documentales privadas

Técnicas

Presuncionales legales y humanas

Instrumental de actuaciones

Confesional y testimonial

Pericial

VALORACIÓN DE LAS VALORACIÓN DE LAS PRUEBASPRUEBAS

•Las pruebas serán valoradas Las pruebas serán valoradas por el TEPJE para resolver, por el TEPJE para resolver, atendiendo a las reglas de atendiendo a las reglas de la lógica, de la sana críticala lógica, de la sana crítica

y de la experienciay de la experiencia..

Art. 26 LMIET

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Jurisprudencia 06/2005

Art. 18,19,20,21,22,23 LMIET

Page 29: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

Debe emitirse dentro de los 6 días siguientes al auto de admisión.

(Artículo 35, fracción VII LMIET)

Requisitos: 

•La fecha, el lugar y el órgano que la dicta;•El resumen de los hechos o puntos de derecho controvertidos;•En su caso, el análisis de los agravios así como el examen y valoración de las pruebas que resulten pertinentes;•Los fundamentos jurídicos de la resolución;•Los puntos resolutivos; y•En su caso, el plazo para su cumplimiento.

(Artículo 39 LMIET)

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESDE LAS RESOLUCIONES (1 de 2) DE LAS RESOLUCIONES (1 de 2)

Page 30: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

El Pleno emite sus sentencias en sesión pública.

(Artículo 42 LMIET) Pueden tener los efectos siguientes: 

•Confirmar el acto o resolución impugnado; y•Revocar o modificar el acto o resolución impugnado y restituir al promovente en el uso y goce del derecho político-electoral que le haya sido violado.

(Artículo 43 LMIET)

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

DE LAS RESOLUCIONES (2 de 2) DE LAS RESOLUCIONES (2 de 2)

Page 31: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Personal

Por Oficio

Por Correo Certificado

Por Telegrama

Por Fax

Por Estrados

Notificación Automática

TIPOS DE TIPOS DE NOTIFICACIONESNOTIFICACIONES

Page 32: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

NOTIFICACIÓN AUTOMÁTICANOTIFICACIÓN AUTOMÁTICA

Que el representante del partido político se encuentre presente en la sesión en que se emita la determinación correspondiente.Que tenga a su alcance todos los elementos necesarios para quedar enterado del contenido del acuerdo o de la resolución

Que el representante del partido político se encuentre presente en la sesión en que se emita la determinación correspondiente.Que tenga a su alcance todos los elementos necesarios para quedar enterado del contenido del acuerdo o de la resolución

Para su validez :Para su validez :

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Art. 56 LMIET

Page 33: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

DEL CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN DE LAS RESOLUCIONESDEL CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN DE LAS RESOLUCIONES

Para hacer cumplir las disposiciones del presente ordenamiento y las sentencias que dicte, así como para mantener el orden y el respeto y la consideración debidos, el Tribunal podrá aplicar discrecionalmente los medios de apremio y las correcciones disciplinarias siguientes: Art.59 LMIET

MEDIOS DE APREMIO Y CORRECIONES DISCIPLINARIAS

MEDIOS DE APREMIO Y CORRECIONES DISCIPLINARIAS

Multa de cincuenta hasta cinco mil veces el salario mínimo diario general vigente en la capital del Estado. En caso de reincidencia se podrá aplicar hasta el doble de la cantidad señalada;

Multa de cincuenta hasta cinco mil veces el salario mínimo diario general vigente en la capital del Estado. En caso de reincidencia se podrá aplicar hasta el doble de la cantidad señalada;

APERCIBIMIENTOAPERCIBIMIENTO

AMONESTACIÓNAMONESTACIÓN

ARRESTO HASTA POR 36 HORASARRESTO HASTA POR 36 HORAS

AUXILIO DE LA FUERZA PÚBLICAAUXILIO DE LA FUERZA PÚBLICA

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALESMEDIOS DE IMPUGNACIÓN ELECTORALES

Art. 68,69,70,71,72,73 REG. INTERIOR DEL TRIBUNAL

Page 34: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

Los medios de impugnación para garantizar la legalidad y definitividad de actos y resoluciones de las autoridades electorales son:

•Recurso de Apelación (Art. 61 LMIET) 

•Recurso de Defensa de Derechos Político Electorales del Ciudadano (Art. 64 LMIET)

 •Recurso de Inconformidad (Art. 66 LMIET)

 •Juicio para Dirimir Conflictos o Diferencias Laborales entre el Instituto y sus Servidores entre el tribunal y los suyos (Art.86 LMIET)

(Art.4 y 60 LMIET)

 

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULARMEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULAR

Jurisprudencia S3ELJ03-2003

Page 35: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

RECURSO DE APELACIÓN (1 de 3)

De conformidad con el Artículo 61 dicho recurso será procedente en todo tiempo para impugnar los actos o resoluciones de cualquiera de los órganos del Instituto que causen un perjuicio al partido político o a quien que teniendo interés jurídico lo promueva, y que no sean materia de recurso de inconformidad. Este recurso lo podemos definir como el medio de impugnación legalmente establecido, en favor de los sujetos de derecho legitimados para cuestionar, procesalmente, la legalidad y, por ello, la validez de los actos, resoluciones y o procedimientos realizados, material o formalmente, por los órganos del Instituto Electoral de Tamaulipas, siempre que no sean controvertibles por algún otro medio de impugnación electoral, con la finalidad de obtener su análisis y consecuente revocación, anulación o modificación, una vez demostrada su ilegalidad.   

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULARMEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULAR

Page 36: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

LEGITIMACION ACTIVA Están legitimados para promover el recurso en cuestión los partidos políticos y las agrupaciones políticas nacionales; sin embargo, también tienen legitimación activa las organizaciones de ciudadanos, las agrupaciones políticas sin registro y otras personas morales, así como los ciudadanos y demás personas físicas que, en el caso particular, resientan alguna lesión en sus derechos o prerrogativas político-electorales.

(Art. 62 LMIET)

  LEGITIMACION PASIVA Están investidos de legitimación pasiva cualquiera de los órganos del Instituto Estatal Electoral que cause algún perjuicio a un partido político o a quien se sienta con interés jurídico de promover este recurso.

RECURSO DE APELACIÓN (2 de 3)MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULARMEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULAR

Page 37: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

Recurso de Recurso de ApelaciónApelación

Accionantes:Accionantes:

-Partido PolíticoPartido Político-Organizaciones de CiudadanosOrganizaciones de Ciudadanos

-Agrupaciones PolíticasAgrupaciones Políticas- Ciudadanos- Ciudadanos

Se presenta dentro del plazo de Se presenta dentro del plazo de 4 días ante la autoridad 4 días ante la autoridad

responsableresponsable

Demandado:Demandado:

Cualquier Órgano Cualquier Órgano del IETAMdel IETAM

Plazo para resolver: Plazo para resolver: 6 Días a partir de la admisón6 Días a partir de la admisón

Procedencia:Procedencia:

Será procedente en todo tiempo, para Será procedente en todo tiempo, para impugnar actos o impugnar actos o resoluciones de cualquier resoluciones de cualquier óórgano del Institutorgano del Instituto que cause que cause perjuicio al partido político o a quien tenga interés jurídico perjuicio al partido político o a quien tenga interés jurídico lo promueva, y que no se materia del RIN.lo promueva, y que no se materia del RIN.

Si se interpone 5 días antes de Si se interpone 5 días antes de la elección se resolverá con el la elección se resolverá con el

RIN que guarde relaciónRIN que guarde relación

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULARMEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULARRECURSO DE APELACIÓN (3 de 3)

Page 38: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

RECURSO DE DEFENSA DE DERECHOS POLÍTICORECURSO DE DEFENSA DE DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DEL CIUDADANOELECTORALES DEL CIUDADANO (1 de 3) (1 de 3)

Este recurso se incorporo en nuestro Código a partir de la reforma al Código electoral del estado de 12 de diciembre de 2008.

 El recurso de defensa de derechos político-electorales del ciudadano, será procedente en todo momento, cuando el ciudadano por sí mismo y en forma individual, haga valer presuntas violaciones a sus derechos de votar y ser votado en las elecciones populares, de asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos y de afiliarse libre e individualmente a los partidos políticos.

(Art. 64 LMIET) Este juicio se puede definir como la vía legalmente establecida, en favor exclusivo de los ciudadanos, para impugnar procesalmente la legalidad y validez de un acto o resolución electoral que viole el derecho ciudadano de votar o ser votado en las elecciones populares, de asociación individual y libre para participar pacíficamente en asuntos políticos del país o de afiliación, libre e individual, a los partidos políticos.

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULARMEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULAR

Page 39: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

 Dada su especial naturaleza y la finalidad de garantizar por esta vía los derechos político-electorales establecidos en la Constitución General de la Republica, en favor de los ciudadanos, se ha investido de legitimación activa en la causa a todos los mexicanos que gozan de este privilegio estatus jurídico-político: la ciudadanía. En algunos casos dicha legitimación se ve acotada, como en el caso de la negativa de registrar la candidatura de un ciudadano o la negativa de otorgar la constancia de mayoría por declaración de inelegibilidad del candidato triunfador, en cuyo caso solo corresponde la presentación del escrito a el candidato postulado al cargo.

LEGITIMACIÓN ACTIVA (RDC) 2 de 3LEGITIMACIÓN ACTIVA (RDC) 2 de 3

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULARMEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULAR

Page 40: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

RECURSO DE DEFENSA DE LOS DERECHOS RECURSO DE DEFENSA DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES (3 de 3)POLÍTICO-ELECTORALES (3 de 3)

Recurso de Recurso de Defensa de los Defensa de los

Derechos Derechos Político-Político-

ElectoralesElectorales

Accionantes:Accionantes:

- Ciudadanos- CiudadanosPlazo para interponer: Plazo para interponer:

4 Días4 Días

Demandado:Demandado:

Cualquier AutoridadCualquier Autoridadque vulnere los derechosque vulnere los derechos

político-electorales político-electorales del ciudadanodel ciudadano

Procedencia:Procedencia:

Procede en todo momentoProcede en todo momento

Plazo para resolver:Plazo para resolver: 6 días6 días

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULARMEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULAR

Page 41: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

RECURSO DE INCONFORMIDAD (1 de 2)

Durante el proceso electoral, y exclusivamente en la etapa de resultados y de declaraciones de validez, el recurso de inconformidad procederá para impugnar las determinaciones de la autoridad electoral administrativa que violen normas legales relativas a las elecciones de Gobernador, Diputados al Congreso del Estado e integrantes de los Ayuntamientos, en los términos señalados por el presente ordenamiento. (Art. 66 LMIET). Lo podemos definir como la vía legalmente establecida, en favor de los partidos políticos y excepcionalmente de los candidatos a cargos de elección popular, para cuestionar la validez de una elección, la legalidad de los resultados del computo, el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez o asignación de diputados de representación proporcional, por los supuestos establecidos en la ley. En virtud de que este recurso se puede incoar únicamente durante la etapa de resultados del proceso electoral - a diferencia de los otros recursos instituidos en la Ley electoral del estado- para efectos del computo de los plazos todas las horas y días son hábiles.

La resolución deberá emitirse a más tardar 20 de agosto del año de la elección.

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULARMEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULAR

Page 42: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

RECURSO DE INCONFORMIDAD (2 de 2)RECURSO DE INCONFORMIDAD (2 de 2)

Recurso de Recurso de InconformidadInconformidad

Accionantes:Accionantes:

-Partido PolíticoPartido PolíticoPlazo interponer: 4 Plazo interponer: 4 DíasDías

Demandado:Demandado:

Consejo Estatal,Consejo Estatal,Distrital o MunicipalDistrital o Municipal

del IETAMdel IETAM

Procedencia:Procedencia:

Procede unicamente en la etapaProcede unicamente en la etapade resultados y declaración de validezde resultados y declaración de validez

Plazo resolver:Plazo resolver:

20 de Agosto20 de Agosto

-Señalar elección o casilla que se Señalar elección o casilla que se impugnaimpugna

de manera individualizadade manera individualizada- Acta de computo que se impugna, Acta de computo que se impugna, entrega de constancia de mayoría entrega de constancia de mayoría

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULARMEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULAR

Page 43: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

JUICIO PARA DIRIMIR CONFLICTOS O DIFERENCIAS JUICIO PARA DIRIMIR CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES ENTRE EL INSTITUTO O TRIBUNAL Y SUS LABORALES ENTRE EL INSTITUTO O TRIBUNAL Y SUS

SERVIDORESSERVIDORES

Juicio para dirimir Juicio para dirimir conflictos o conflictos o

diferencias laborales diferencias laborales entre el Instituto o entre el Instituto o

Tribunal y sus Tribunal y sus servidoresservidores

Accionantes:Accionantes:

Servidor Público del Servidor Público del IETAM o TEPJEIETAM o TEPJE

Demandado:Demandado:

IETAM o TEPJEIETAM o TEPJE

Procedencia:Procedencia:

Procede en todo momentoProcede en todo momentoen caso de conflicto laboralen caso de conflicto laboral

Plazo para interponer:Plazo para interponer: 15 Días hábiles IETAM15 Días hábiles IETAM

5 Días hábiles TEPJE5 Días hábiles TEPJE

Plazo para resolver:Plazo para resolver: 28 días28 días

Requisitos Demanda:Requisitos Demanda:

- Nombre de Actor- Nombre de Actor- Domicilio- Domicilio- AgraviosAgravios- Acompañar PruebasAcompañar Pruebas- Firma AutografaFirma Autografa

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULARMEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN PARTICULAR

Page 44: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

Reforma Constitucional (9 de Agosto de 2012)Reforma Constitucional (9 de Agosto de 2012)

Artículo 35. Son derechos del ciudadano:

I. (...)

II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;

TERCERO transitorio: “Los Congresos de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberán realizar las adecuaciones necesarias a su legislación secundaria, derivadas del presente Decreto en un plazo no mayor a un año, contado a partir de su entrada en vigor”.

Artículo 35. Son derechos del ciudadano:

I. (...)

II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;

TERCERO transitorio: “Los Congresos de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberán realizar las adecuaciones necesarias a su legislación secundaria, derivadas del presente Decreto en un plazo no mayor a un año, contado a partir de su entrada en vigor”.

TEMAS ELECTORALES DE INTERÉS GENERALTEMAS ELECTORALES DE INTERÉS GENERALCANDIDATURAS INDEPENDIENTES (1 de 3)CANDIDATURAS INDEPENDIENTES (1 de 3)

Page 45: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

ANTINOMIA CONSTITUCIONALANTINOMIA CONSTITUCIONAL

El artículo 116 no las prevé.

El artículo 35, fracción II, las establece expresamente.

El artículo 116 no las prevé.

El artículo 35, fracción II, las establece expresamente.

Acción de inconstitucionalidad 50/2012. SUP-JDC-72/2013.SUP-JDC-72/2013.

SUP-JDC-41/2013, SUP-JDC-42/2013 Y SUP-JDC-43/2013 ACUMULADOS. SUP-JDC-41/2013, SUP-JDC-42/2013 Y SUP-JDC-43/2013 ACUMULADOS.

TEMAS ELECTORALES DE INTERÉS GENERALTEMAS ELECTORALES DE INTERÉS GENERALCANDIDATURAS INDEPENDIENTES (2 de 3)CANDIDATURAS INDEPENDIENTES (2 de 3)

Page 46: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

LEGISLACIONES LOCALES QUE REGULANLEGISLACIONES LOCALES QUE REGULAN

COAHUILA

YUCATÁN

ZACATECAS

DURANGO (CONSTITUCIÓN POLÍTICA)

TEMAS ELECTORALES DE INTERÉS GENERALTEMAS ELECTORALES DE INTERÉS GENERALCANDIDATURAS INDEPENDIENTES (3 de 3)CANDIDATURAS INDEPENDIENTES (3 de 3)

Page 47: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

EQUIDAD DE GÉNERO (1 de 2) EQUIDAD DE GÉNERO (1 de 2)

Principio que, conscientes de la desigualdad existente entre mujeres y hombres, permite el acceso con justicia e igualdad de condiciones al uso, control, aprovechamiento y beneficio de los bienes, servicios, oportunidades y recompensas de la sociedad; lo anterior con el fin de lograr la participación de las mujeres en la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.

Conforme al Código Electoral para el Estado de Tamaulipas, serán los propios partidos políticos quienes promoverán y garantizarán en los términos de ese Código la igualdad de oportunidades y la equidad entre hombres y mujeres en la vida política del Estado, a través de sus postulaciones a cargos de elección popular.

TEMAS ELECTORALES DE INTERÉS GENERALTEMAS ELECTORALES DE INTERÉS GENERAL

Art. 218 CEET

Page 48: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

Postulación de Candidatos por Partido Político Postulación de Candidatos por Partido Político

No Especifica

No + 50% No + 50%

No Especifica

No Especifica

No + 60% No + 40%

EQUIDAD DE GÉNERO (2 de 2)EQUIDAD DE GÉNERO (2 de 2)

TEMAS ELECTORALES DE INTERÉS GENERALTEMAS ELECTORALES DE INTERÉS GENERAL

Page 49: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

ACTUARIA RECIBE AUTO

REGISTRA EN EL

LIBRO DE CONTROL

ASIGNA ACTUARIO

ORDENA LA NOTIFICACION

DEL AUTO

ACTOR

AUTORIDAD

PERSONAL

ESTRADOS

POR OFICIO

CORREO, TELEGRAMA

O FAX3° INTERESADO

ASIENTA RAZON

REMITE EXPEDIENTE A MAGISTRADO PONENTE

Notificación del Auto de Admisión por Notificación del Auto de Admisión por

conducto del Actuarioconducto del Actuario

Page 50: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

MAGISTRADO PONENTE

REMITE AL SECRETARIO

DE ESTUDIO Y CUENTA

ESTUDIA Y FORMULA

PROYECTO DE RESOLUCION

PRESENTA PROYECTO DE RESOLUCION A MAGISTRADO

MAGISTRADO PONENTEANALIZA

PROYECTO

ENVIAPROYECTO DE

RESOLUCIÓN AL PRESIDENTE

Elaboración del Proyecto de Resolución Elaboración del Proyecto de Resolución

del asunto por el Magistrado Ponentedel asunto por el Magistrado Ponente

ENVIAPROYECTO DE

RESOLUCIÓN AL PRESIDENTE

Page 51: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

PRESIDENTERECIBE

PROYECTO DE RESOLUCION

ORDENA PUBLICACION DE LISTA DE EXPEDIENTES A RESOLVER Y

CONVOCA A SESIONAR EN PLENO

SESION

DE PLENO

MAGISTRADOSEN PLENO

DISCUTEN Y VOTAN

ASUNTOS

REMITE EXPEDIENTE Y SENTENCIA A ACTUARIA

ACTUARIA RECIBE EXPEDIENTE

Y SENTENCIA

REGISTRA EN EL LIBRO DE CONTROL

ASIGNA ACTUARIO

ORDENA NOTIFICACION DE SENTENCIA

ACTOR

AUTORIDAD RESP.

PERSONAL

ESTRADOS

POR OFICIO

POR CORREO CERTIFICADO

ASIENTA RAZON

INTEGRA CEDULAS Y RAZONES AL EXPEDIENTE

RECIBE EXPEDIENTE

SECRETARIO GENERAL

DA CUENTA DE LOS ASUNTOS ENLISTADOS

SECRETARIO GENERAL

LEVANTA ACTA DE SESION

EMITEN SENTENCIA

REMITE EXPEDIENTE A ARCHIVO

ARCHIVOREVISA

NUMERO DE FOJAS

REGISTRA DATOS EN EL LIBRO DE

CONTROL

TERCERO INTERESADO

SECRETARIO DE ESTUDIO Y

CUENTA EXPONE

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Sesión de Pleno y emisión de SentenciaSesión de Pleno y emisión de Sentencia

Page 52: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de

MAGISTRADOMAGISTRADO

LIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZARLIC. MATÍAS ENRÍQUEZ SALAZAR

TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL

DEL ESTADO DE TAMAULIPASDEL ESTADO DE TAMAULIPAS

Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de 2013Ciudad Victoria, Tamaulipas, 17 y 18 de Mayo de 2013