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TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE GUANAJUATD TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE GUANAJUATO TERCERA PONENCIA PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR EXPEDIENTE: TEEG-PES-05/2018. DENUNCIANTE: INSTITUCIONAL. DENUNCIADO: COALICiÓN "POR G~ANAJUATO AL FRENTE", CONSTITUIDA POR PARTIDO ACCiÓN NACIONAL, DE LA REVOLUCiÓN DEMOCRÁTICA y MOVIMIENTO CIUDADANO; y DIEGO SINHUÉ RODRíGUEZ VALLEJO, PARTIDO REVOLUCIONARIO AUT~RIDAD SUSTANCIADORA: UNlpAD TÉCNICA JURIDICA y DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO CÉDULA DE NOTIFICACiÓN POR ESTRADOS En la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, siendo las catorce horas 60ntreinta minutos del día seis del mes de junio del dos mil dieciocho, el suscrito Licenciado Luis Felipe Cardoso Castillo, con el carácter de actuario del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, procedo a notificar por medio de los Estrados de este órgano jurisdiccional a cualquier diverso interesado, el auto de fecha cinco de! mes dejunio del año dos mil dieciocho, dictado dentro del expediente TEEG-PES-05/2018, formado con motivo de la denuncia presentada por el Partido Revolucionario Institucional,en contra de la coalición "Por Guanajuato al Frente" y Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, por ~echos que considera constituyen infracciones a la normatividad electoral local, lo que realizo acompañando a la presente cédula de notificación copia certificada, en tres fojas útiles por ambos lados, del auto de mérito, en el que se "... ordena notificar a Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, el acuerdo de turno y el presente proveído, requiriéndole en el mismo acto para que en el término de 3 (lías señale ante este Tribunal domicilio para oír y recibir notificaciones, en este ciudad capital, apercibiéndole que en caso de no cumplir con lo anterior, las subsecuentes se efectuarán en el domicilio señalado en el expediente primigenio."; lo anterior para los efectos legales precisados en el auto que se notifica.- - - - - - - - - - - - - - - - Lo anterior además, con fundamento en el artículo 357 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guaniajuato;así como 32 fracciones 1,11Y 111, así como párrafo segundo del artículo 99 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal E de uanajuato. Doy fe.- - - ttttfli1;4¿ ~~ \ "" ~ oso C~~l!m~~ Actuario 'TERCf:RA PONE~CIA; I AGTUARIA. -' \

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Page 1: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL TRIBUNAL ESTATAL …teeg.gob.mx/estrados/2018/tercera/sancionadores/TEEG PES... · 2018. 6. 8. · acuerdo deturno de fecha 25de mayo del año en curso,

TRIBUNAL ESTATAL ELECTORALDE GUANAJUATD TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE GUANAJUATO

TERCERA PONENCIA

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOREXPEDIENTE: TEEG-PES-05/2018.

DENUNCIANTE:

INSTITUCIONAL.

DENUNCIADO: COALICiÓN "POR G~ANAJUATO AL

FRENTE", CONSTITUIDA POR PARTIDO ACCiÓN

NACIONAL, DE LA REVOLUCiÓN DEMOCRÁTICA y

MOVIMIENTO CIUDADANO; y DIEGO SINHUÉ

RODRíGUEZ VALLEJO,

PARTIDO REVOLUCIONARIO

AUT~RIDAD SUSTANCIADORA: UNlpAD TÉCNICAJURIDICA y DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO

CÉDULA DE NOTIFICACiÓN POR ESTRADOS

En la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, siendo las catorce horas 60n treinta

minutos del día seis del mes de junio del dos mil dieciocho, el suscritoLicenciado Luis Felipe Cardoso Castillo, con el carácter de actuario del

Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, procedo a notificar por medio de los

Estrados de este órgano jurisdiccional a cualquier diverso interesado, el

auto de fecha cinco de! mes de junio del año dos mil dieciocho, dictado dentro

del expediente TEEG-PES-05/2018, formado con motivo de la denuncia

presentada por el Partido Revolucionario Institucional, en contra de la coalición

"Por Guanajuato al Frente" y Diego Sinhué RodríguezVallejo, por ~echos que

considera constituyen infracciones a la normatividad electoral local, lo que

realizo acompañando a la presente cédula de notificación copia certificada, en

tres fojas útiles por ambos lados, del auto de mérito, en el que se "...ordenanotificar a Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, el acuerdo de turno y el presente

proveído, requiriéndole en el mismo acto para que en el término de 3 (lías señale

ante este Tribunal domicilio para oír y recibir notificaciones, en este ciudad capital,

apercibiéndole que en caso de no cumplir con lo anterior, las subsecuentes se

efectuarán en el domicilio señalado en el expediente primigenio."; lo anterior para

los efectos legales precisados en el auto que se notifica.- - - - - - - - - - - - - - - -

Lo anterior además, con fundamento en el artículo 357 de la Ley de

Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guaniajuato;asícomo 32 fracciones 1,11Y 111,así como párrafo segundo del artículo 99 delReglamento Interior del Tribunal Estatal E de uanajuato. Doy fe.- - -

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oso C~~l!m~~Actuario 'TERCf:RA PONE~CIA;

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Page 2: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL TRIBUNAL ESTATAL …teeg.gob.mx/estrados/2018/tercera/sancionadores/TEEG PES... · 2018. 6. 8. · acuerdo deturno de fecha 25de mayo del año en curso,

TRIIJUNAL ESTATALELECTORALDE GUANAIUATO

PROCEDIMIENTOESPECIAL SANCIONADOR

EXPEDIENTE:TEEG-PES-0512018

DENUNCIANTE: Partido RevolucionarioInstitucional.

DENUNCIADO: Coalición "Pdr Guanajuato al

Frente", constituida por los partido Acción

Nacional, de la Revolución I Democrática y

MovimientoCiudadanoy DiegoSinhuéRodríguez---~..---~Unidad

I

TécnicaJurídica y de lo Conte cioso Electoraldel

InstitutoElectoraldel Estado D Ouanajrato

MAGISTRADO PONENTE: MAESTRO

GERARDORAFAELARZOLA S LVA.

RAZÓN.- Guanajuato, Guanajuato; a 10 de junio 12018,

Se recibe en esta Secretaría de la Tercera P del

Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, el oficio nú ero TEEG­

SG-235/2018, que suscribe el Licenciado Alejandro J vier Martínez

Mejía, Secretario General de este organismo jurisdi cional, con el

cual remite el original del oficio número UTJCE/72 /2018, suscrito

por la licenciada Lourdes Melissa Gaytán Valdivi , Encargada de

Despacho de la Unidad Técnica Jurídica y d

Electoral del Instituto Electoral del Estado deoriginal del expediente que conforma el Proce imiento Especial

Sancionador identificado como 04/2018-PE -CG, iniciado a

instancia del Partido Revolucionario Institucion I en el Estado de

lo ContenciosoI

Guanajuato, por conducto de la licenciada Miria Cabrera Morales

representante propietaria de dicho partido políti o ante el ConsejoI

General del Instituto Electoral del Estado de Gu najuato, en contraI

de la coalición "Por Guanajuato al Frente",partido Acción Nacional, de la Revolució Democrática Y

Movimiento Ciudadano, por supuestos hechos que, a su decir,

contravienen la normatividad electoral vigente y que dio lugar a

vincular al entonces precandidato de la Coalición, Diego Sinhué

Rodríguez Vallejo.

__ ----

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Lic. José Ricardo Aguilar Torres.

Secretario Coordinador de la Tercera Ponencia.

UNA FIRMA ILEGIBLE.- DOY FE.-

RAZÓN.- Guanajuato, Guanajuato; a 2 de junio de 2018.

Se recibe en esta Secretaría de la Tercera Ponencia del

Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, las diligencias

practicadas por la licenciada Eisa Milagros Barrera Valdivia.

Lic. José Ricardo Aguilar Torres.

Secretario Coordinador de la Tercera Ponencia.

UNA FIRMA ILEGIBLE.- DOY FE.- "rERCEAft

CERTIFICACIÓN.- Guanajuato, Guanajuato a 2 de junio de 2018,

el suscrito Secretario Coordinador licenciado José Ricardo Aguilar

Torres, hago constar que el plazo de tres días otorgado mediante

acuerdo de turno de fecha 25 de mayo del año en curso, para que

señalaran domicilio ante este tribunal para oír y recibir toda clase

de notificaciones en esta ciudad capital, para los posibles terceros

interesados y para la coalición "Por Guanajuato al Frente", tuvo

comienzo el 25 de mayo del presente año y feneció el día 28 del

mismo mes y año, haciéndose constar que dentro del plazo

mencionado no se presentó escrito alguno de las partes

mencionadas, en el que den cumplimiento al requerimiento en

comento. Lo anterior para los efectos legales que haya lugar. Doyfe.

Lic. José Ricardo Aguilar Torres.

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TRIBUNAL ESTATAL ELECTORALDE GUANA)UATO

Secretario Coordinador de la Tercera Ponencia.

UNA FIRMA ILEGIBLE.- DOY FE.-

Se recibe en esta Secretaría de la Tercera Ponencia delI

Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, el escrito pr sentado porla licenciada Miriam Cabrera Morales.

Lic. José Ricardo Aguilar Torres.. ..'...! :: .~.I

Secretario Coordinador de la Tercera Po

UNA FIRMA ILEGIBLE.- DOY FE -

CUENTA.- En fecha 4 de junio de 201 , se da cuenta al

ciudadano Magistrado de la Tercera Ponenci del TribumalEstatal

Electoral,Maestro Gerardo Rafael Arzola Si a, con el expediente

del Procedimiento Sancionador y con el e rito a que se hacen

referencia en las razones y certificación que nteceden.- CONSTE.I

Lic. José Ricardo Aguilar

UNA FIRMA ILEGIBLE.- OY FE.-

Secretario Coordinador de la Te cera Ponencia.

Guanajuato, Guanajuato a 5 de juni\ de 2018.

IPrimero.- Vistas las constancias que anteceden, con las que

se da cuenta, del oficio número TEEG-SG-235/2018, signado por

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el ciudadano Licenciado Alejandro Javier Martínez Mejía,

Secretario General de este organismo jurisdiccional, a través del

cual, en cumplimiento al acuerdo de Presidencia, remite a esta

Tercera Ponencia el Procedimiento Sancionador substanciado en

la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral del

Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, a instancia del

Partido Revolucionario Institucional en el Estado de

Guanajuato, por lo que con fundamento en lo dispuesto por los

artículos 150, 163 fracción 1, 164, 165 fracción XV, 166 fracción 111,

170, 356 al 360 y 370 al 380 de la Ley Comicial de la Entidad, así -como en los diversos 1, 4, 6, 9, 11, 13, 14, 84, 86, 97 al 101 del, · '~~~-~il¡;,_~.~I;.os'~~

Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato,~cY~~: 'e~:s

se provee: ~~'tP~

Se tiene por recibido en esta Tercera Ponencia del TribU'rfáiI~~~~:~

Estatal Electoral de Guanajuato el oficio suscrito por la licenciada

Lourdes Melissa Gaytán Valdivia, Encargada de Despacho de la

Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral del Instituto

Electoral del Estado de Guanajuato, en el que remite su informe

circunstanciado y las constancias atinentes al expediente original

número 04/2018-PES-CG, formado con motivo de la denuncia

presentada, por el Partido Revolucionario Institucional en el

Estado de Guanajuato, en contra de la coalición "Por Guanajuato

al Frente" y quien resulte responsable, por hechos que a juicio del

denunciante, constituyen infracciones a la normatividad electoral

vigente susceptibles de ser sancionadas, consistente en las

presuntas violaciones a los principios de certeza, legalidad,

imparcialidad, equidad en la contienda electoral, todo ello en virtud

del desarrollo del acto público con motivo de la presentación de

solicitud de registro del ciudadano Diego Sinhué Rodríguez Vallejo,

como candidato a la Gubernatura del Estado de Guanajuato, en

fecha 19 de marzo de 2018,

Con las constancias de mérito, fórmese el expediente TEEG­

PES-05/2018, que es el que por orden le correspondió.

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TRIBUNAL ESTATALELECTORALDE GUANA}UATO

Visto el auto de fecha 25 de mayo del año en curso, así como

lo expuesto por la licenciada Lourdes Melissa Gaytán Valdivia,

Encargada de Despacho de la Unidad Técnica Jurídica y de lo

Contencioso Electoral del Instituto Electoral del Estado de

Guanajuato, en el informe circunstanciado, se advierte que dentro

del presente Procedimiento Especial Sancionador t1mbién fue

denunciado Diego Sinhué Rodríguez Vallejo I didato a

Gobernador en Guanajuato por la Coalición

Frente".juato al

,~-,¡le:-

;,~...}~ Por lo tanto, se ordena notificar a Diego Sinhué odríguez

;';NC1AVallejo, el acuerdo de turno y el presente proveído, rel uiriéndoleHA ,J;¡enel mismo acto para que en el término de 3 días seña e ante este

Tribunal domicilio para oír y recibir notificaciones, e 1sta ciudad

capital, apercibiéndole que en caso de no cumplir e n lo anterior,

las subsecuentes se efectuarán en el domicilioexpediente primigenio.

en el

Lo anterior de conformidad con lo establecrdo en I~s artículos

357, 405, 406, 407 Y 408 de la Ley e Instituciones y

Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato.

Una vez realizado lo anterior, dese nueva uenta para proveer lo

conducente en términos del párrafo terc ro del artículo 99 del

Reglamento Interior del Tribunal Estatal El ctoral de Guanajuato.

Segundo.- Vistas las diligencias pr cticadas por la licenciada

Eisa Milagros Barrera Valdivia, las mis as se ordenan agregar al

presente expediente para que su efectos legales

correspondientes.

Tercero.- En términos de lo aco dado en auto de turno de

fecha 25 de mayo del año en curso, y en virtud de que la coalición

"Por Guanajuato al Frente", no señaló ante este Tribunal nuevo

domicilio para oír y recibir notificaciones, se orde+ que las

notificaciones que deben ser personales, se le reali1cenen el

I

Page 7: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL TRIBUNAL ESTATAL …teeg.gob.mx/estrados/2018/tercera/sancionadores/TEEG PES... · 2018. 6. 8. · acuerdo deturno de fecha 25de mayo del año en curso,

Notifíquese como corresponda. "-~~~:,,,;,~~:~(11,."" <p(.' ",~:$ ~ ,'.i''¿':~

Así lo proveyó y firma el ciudadano Maestro Gerardo Rafael ~!~,':~";ti.o.r .. ~';';'~~:.{" .:._ .

domicilio ubicado en Local "0"', número 1, colonia Conjunto

Comercial Villas Manchegas, de esta ciudad.

Cuarto.- Agréguese el escrito presentado por la licenciada

Miriam Cabrera Morales, al que se provee:

Como lo solicita la promovente, se le tiene señalando como

domicilio para oír y recibir notificaciones en el ubicado en Paseo de

la Presa número 37, zona centro, de esta ciudad.

Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo

406 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el

Estado de Guanajuato.

Arzola Silva, Magistrado de la Tercera Ponencia del Tribuna 'RCF~},?:

Estatal Electoral de Guanajuato, quien actúa en forma legal con

.secretario que autoriza, licenciado José Ricardo Aguilar Torres.­

Doy fe.

DOS FIRMAS ILEGIBLES.- DOY FE.-

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T~mUNAl ESTATAL ELECTORALDE GUANAjUATO

CERTIFICACION.- El suscrito Secretario Coordinador licenciado

José Ricardo Aguilar Torres, hago constar que las presentes copias

que constan de 3 fojas útiles por ambos lados, coinciden len forma

fiel y exacta con sus originales que obran dentro del Procedimiento

Especial Sancionador promovido por el partido Revolucionario

Institucional, instaurado en contra de la Coalición "Por

Guanajuato al Frente" y Diego Sinhué Rodríguez Vallejo,

radicado bajo el número de expediente TEEG-PES-05/~018, de

donde se cotejó y compulsó por mandamiento judicial, lo anterior

para los efectos legales que haya lugar. Guanajuato, Guanajuato,

a 5 cinco de junio del 2018 dos mil dieciocho. Doy fe.

MENctA, ~A _.. ' Licenciado J

Secretario Coordinado