tutela de la libertad sindical sanciÓn de las prÁcticas antisindicales

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Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES ANTISINDICALES

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Page 1: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Tutela de la Libertad Sindical

SANCIÓN DE LAS SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS PRÁCTICAS

ANTISINDICALESANTISINDICALES

Page 2: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Libertad sindical

““La libertad sindical nace para facilitar y La libertad sindical nace para facilitar y tutelar –frente al Estado, frente al tutelar –frente al Estado, frente al

empresario y a sus organizaciones y, empresario y a sus organizaciones y, en su caso, frente a otras posibles en su caso, frente a otras posibles agresiones- la libre constitución de agresiones- la libre constitución de

sindicatos, la libre sindicación y el libre sindicatos, la libre sindicación y el libre desarrollo de la actividad sindical” desarrollo de la actividad sindical”

(Martín Valverde, Rodríguez Sañudo, García Murcia (Martín Valverde, Rodríguez Sañudo, García Murcia Joaquín)Joaquín)

Page 3: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Libertad sindical

La evolución del concepto de libertad sindical transitó La evolución del concepto de libertad sindical transitó por todos los estadios del derecho colectivo del por todos los estadios del derecho colectivo del

trabajo, desde su prohibición tipificado como delito trabajo, desde su prohibición tipificado como delito por normas del derecho penal, la etapa intermedia por normas del derecho penal, la etapa intermedia

de tolerancia pero sin reconocimiento y promoción, de tolerancia pero sin reconocimiento y promoción, hasta alcanzar su máximo desarrollo con el hasta alcanzar su máximo desarrollo con el

reconocimiento de la existencia de un derecho a la reconocimiento de la existencia de un derecho a la libertad sindical que es propio de la condición de libertad sindical que es propio de la condición de trabajador y pertenece al género de los derechos trabajador y pertenece al género de los derechos fundamentales del hombre en cuanto tal (Hugo fundamentales del hombre en cuanto tal (Hugo

Fernández Brignoni)Fernández Brignoni)

Page 4: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Tutela de la libertad sindical

Terminología utilizada (Prof. Oscar Ermida): Terminología utilizada (Prof. Oscar Ermida):

a) Fuero sindical;a) Fuero sindical;

b) Prácticas desleales;b) Prácticas desleales;

c) Actos de discriminación antisindical y c) Actos de discriminación antisindical y actos de injerencia;actos de injerencia;

d) Prácticas o actos antisindicales. d) Prácticas o actos antisindicales.

Page 5: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Fuero sindical

Propia de Latinoamérica. Originalmente Propia de Latinoamérica. Originalmente identificada con la protección del dirigente identificada con la protección del dirigente

sindical contra el despido, para sindical contra el despido, para posteriormente extenderse a la protección de posteriormente extenderse a la protección de

todo trabajador que realice alguna acción todo trabajador que realice alguna acción sindical, gremial o colectiva, sin limitarse al sindical, gremial o colectiva, sin limitarse al

despido como acto perjudicial.despido como acto perjudicial.Se trata de una protección unilateral (no alcanza jamás Se trata de una protección unilateral (no alcanza jamás

al empleador)al empleador)

Page 6: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Prácticas desleales

Tiene su origen en la Ley Nacional de Relaciones de Tiene su origen en la Ley Nacional de Relaciones de Trabajo de 1935 (Ley Wagner) de EEUU, que Trabajo de 1935 (Ley Wagner) de EEUU, que prohibió determinadas conductas (únicamente) prohibió determinadas conductas (únicamente)

patronales calificándolas como “prácticas desleales” patronales calificándolas como “prácticas desleales” (la obstrucción del ejercicio de los derechos (la obstrucción del ejercicio de los derechos

sindicales, los actos de injerencia de los sindicales, los actos de injerencia de los empleadores en las organizaciones de trabajadores, empleadores en las organizaciones de trabajadores, ciertos actos de discriminación antisindicales y la ciertos actos de discriminación antisindicales y la

negativa a negociar colectivamente)negativa a negociar colectivamente)

Page 7: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Prácticas desleales

La Ley de Relaciones Obrero-Patronales de 1947 La Ley de Relaciones Obrero-Patronales de 1947 (Ley Taft-Hartley) bilateraliza en EEUU las (Ley Taft-Hartley) bilateraliza en EEUU las

prácticas desleales, calificando como prácticas prácticas desleales, calificando como prácticas desleales determinados actos cometidos por las desleales determinados actos cometidos por las organizaciones de trabajadores en perjuicio de organizaciones de trabajadores en perjuicio de empleadores, como el uso de la violencia, la empleadores, como el uso de la violencia, la

intimidación, la represalia, la negativa a negociar.intimidación, la represalia, la negativa a negociar.

Page 8: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Prácticas desleales

Los países latinoamericanos que recogieron esta Los países latinoamericanos que recogieron esta influencia, la sumaron al sistema ya instalado de influencia, la sumaron al sistema ya instalado de

fuero sindical, conviviendo normas limitativas del fuero sindical, conviviendo normas limitativas del despido (u otros actos del empleador) antisindical, despido (u otros actos del empleador) antisindical, con normas restrictivas de las prácticas desleales.con normas restrictivas de las prácticas desleales.

En el caso de Chile, las normas sobre prácticas En el caso de Chile, las normas sobre prácticas desleales (incluidas tanto en el Libro III, como IV desleales (incluidas tanto en el Libro III, como IV del C.T.) se sumaron a las normas sobre el fuero del C.T.) se sumaron a las normas sobre el fuero

sindical.sindical.

Page 9: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Actos de discriminación antisindical y actos de injerencia

Su origen se encuentra en los arts. 1 y 2 del Su origen se encuentra en los arts. 1 y 2 del Convenio 98 O.I.T.Convenio 98 O.I.T.

Artículo 1Artículo 1

““1. Los trabajadores deberán gozar de adecuada 1. Los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en tendiente a menoscabar la libertad sindical en

relación con su empleo.”relación con su empleo.”

Page 10: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Actos de discriminación antisindical y actos de injerencia

Artículo 1Artículo 1

““2. Dicha protección deberá ejercerse especialmente 2. Dicha protección deberá ejercerse especialmente contra todo acto que tenga por objeto: a) sujetar el contra todo acto que tenga por objeto: a) sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que no empleo de un trabajador a la condición de que no se afilie a un sindicato o a la de dejar de ser se afilie a un sindicato o a la de dejar de ser miembro de un sindicato; b) despedir a un miembro de un sindicato; b) despedir a un trabajador o perjudicarlo en cualquier otra forma a trabajador o perjudicarlo en cualquier otra forma a causa de su afiliación sindical o de su participación causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales fuera de las horas de en actividades sindicales fuera de las horas de trabajo o, con el consentimiento del empleador, trabajo o, con el consentimiento del empleador, durante las horas de trabajo.”durante las horas de trabajo.”

Page 11: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Actos de discriminación antisindical y actos de injerencia

Artículo 2Artículo 2

““1. Las organizaciones de trabajadores y 1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores deberán gozar de de empleadores deberán gozar de

adecuada protección contra todo acto adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de las de injerencia de unas respecto de las

otras, ya se realice directamente o por otras, ya se realice directamente o por medio de sus agentes o miembros, en medio de sus agentes o miembros, en

su constitución, funcionamiento o su constitución, funcionamiento o administración.”administración.”

Page 12: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Actos de discriminación antisindical y actos de injerencia

Artículo 2Artículo 2

““2. Se consideran actos de injerencia, en el 2. Se consideran actos de injerencia, en el sentido del presente artículo, principalmente, sentido del presente artículo, principalmente, las medidas que tiendan a fomentar la las medidas que tiendan a fomentar la constitución de organizaciones de trabajadores constitución de organizaciones de trabajadores dominadas por un empleador o una organización dominadas por un empleador o una organización de empleadores, o a sostener económicamente, de empleadores, o a sostener económicamente, o en otra forma, organizaciones de trabajadores, o en otra forma, organizaciones de trabajadores, con objeto de colocar estas organizaciones bajo con objeto de colocar estas organizaciones bajo el control de un empleador o de una el control de un empleador o de una organización de empleadores.”organización de empleadores.”

Page 13: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Prácticas o actos antisindicales

Con esta denominación se busca superar las Con esta denominación se busca superar las diferencias entre los diferentes sistemas, diferencias entre los diferentes sistemas, englobando en un solo concepto los actos englobando en un solo concepto los actos

de discriminación antisindical, los actos de de discriminación antisindical, los actos de injerencia y las prácticas desleales. injerencia y las prácticas desleales.

(O. Ermida)(O. Ermida)

Page 14: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Prácticas desleales o antisindicales

Son todas aquellas conductas que, por vía de Son todas aquellas conductas que, por vía de acción o de omisión, lesionan la libertad acción o de omisión, lesionan la libertad

sindical, tanto en su manifestación sindical, tanto en su manifestación individual como colectiva, afectando, por individual como colectiva, afectando, por

regla general, a trabajadores, a sus regla general, a trabajadores, a sus representantes o a la organización sindical representantes o a la organización sindical

misma.misma.””

Page 15: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Terminología en la ley chilena

1.- 1.- Prácticas desleales o antisindicalesPrácticas desleales o antisindicales como como acciones u omisiones que atentan contra la acciones u omisiones que atentan contra la

libertad sindical libertad sindical (Libro III, Título I, Capítulo IX (Libro III, Título I, Capítulo IX del Código del Trabajo);del Código del Trabajo);

2.-2.-Prácticas desleales Prácticas desleales como acciones que como acciones que entorpecen la negociación colectiva y sus entorpecen la negociación colectiva y sus

procedimientos procedimientos ( Libro IV, Título VIII del ( Libro IV, Título VIII del Código del Trabajo)Código del Trabajo)

Page 16: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Evolución de las normas legales sancionatorias de las prácticas

antisindicales

1.- D.L. 2.758 de 19791.- D.L. 2.758 de 1979

2.- Ley 18.620 de 19872.- Ley 18.620 de 1987

3.- Ley 19.069 de 19913.- Ley 19.069 de 1991

4.- Ley 19.481 de 19964.- Ley 19.481 de 1996

5.- Ley 19.759 de 2001 5.- Ley 19.759 de 2001

Page 17: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Mecanismos de protección eficaz contra las prácticas antisindicales1.- 1.- PreventivosPreventivos: se procura el análisis previo : se procura el análisis previo

del acto (Ej. desafuero);del acto (Ej. desafuero);2.- 2.- ReparatoriosReparatorios: ordenan el restablecimiento : ordenan el restablecimiento

de la situación alterada, incluyendo de la situación alterada, incluyendo indemnizaciones por el acto antisindical;indemnizaciones por el acto antisindical;

3.- 3.- Sanciones administrativas y judicialesSanciones administrativas y judiciales4.- 4.- Otros mecanismos tendientes a lograr Otros mecanismos tendientes a lograr

efecto disuasivoefecto disuasivo: publicidad.: publicidad.

Page 18: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Requisitos de eficacia de la protección contra el acto antisindical (O. Ermida)

1.- 1.- La posibilidad de suspensión del acto La posibilidad de suspensión del acto antisindical;antisindical;

2.- 2.- La distribución de la carga de la La distribución de la carga de la prueba;prueba;

3.-3.- La celeridad del proceso; La celeridad del proceso;

Page 19: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

1.- La posibilidad de suspensión del acto antisindical

Por ejemplo, el retiro de los trabajadores que, Por ejemplo, el retiro de los trabajadores que, ilegalmente se encuentren reemplazando en ilegalmente se encuentren reemplazando en sus funciones a los trabajadores en huelga o sus funciones a los trabajadores en huelga o

el retiro de aquellos que se reintgren el retiro de aquellos que se reintgren anticipadamente a sus labores.anticipadamente a sus labores.

Page 20: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

2.- La distribución de la carga de la prueba

Traslado al empresario de la carga de la Traslado al empresario de la carga de la prueba de la existencia de un motivo prueba de la existencia de un motivo

razonable de despido o de cualquier acto razonable de despido o de cualquier acto no resolutivo del contrato ajeno por no resolutivo del contrato ajeno por

completo a propósitos discriminatorioscompleto a propósitos discriminatorios. . (M-C. PALOMEQUE LÓPEZ) (M-C. PALOMEQUE LÓPEZ)

Page 21: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

2.-La distribución de la carga de la prueba

Lo que se requiere del demandante es Lo que se requiere del demandante es que efectúe una labor de aportación que efectúe una labor de aportación

indiciaria sobre la posible concurrencia indiciaria sobre la posible concurrencia de una conducta antisindical; es decir, un de una conducta antisindical; es decir, un principio de prueba, capaz de generar en principio de prueba, capaz de generar en

el juzgador el convencimiento de la el juzgador el convencimiento de la probabilidad de la presencia de la lesiónprobabilidad de la presencia de la lesión

(WILFREDO SANGUINETI RAYMOND) (WILFREDO SANGUINETI RAYMOND)

Page 22: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

2.-La distribución de la carga de la prueba

Ley chilenaLey chilena::

““(…) Con el mérito del informe de fiscalización, de (…) Con el mérito del informe de fiscalización, de lo expuesto por los citados y de las demás pruebas lo expuesto por los citados y de las demás pruebas

acompañadas al proceso, las que apreciará en acompañadas al proceso, las que apreciará en conciencia, el juez dictará sentencia(…) (art. 292 conciencia, el juez dictará sentencia(…) (art. 292

inc. 8° CT)inc. 8° CT)

Page 23: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

3.- La celeridad del proceso

““Los procesos relativos a cuestiones de discriminación Los procesos relativos a cuestiones de discriminación antisindical, en violación del Convenio núm.98, deberían antisindical, en violación del Convenio núm.98, deberían

ser examinados prontamente, a fin de que las medidas ser examinados prontamente, a fin de que las medidas correctivas necesarias puedan ser realmente eficaces. Una correctivas necesarias puedan ser realmente eficaces. Una

excesiva demora en la tramitación de los casos de excesiva demora en la tramitación de los casos de discriminación antisindical y, en particular, la ausencia de discriminación antisindical y, en particular, la ausencia de

decisión por largo tiempo en los procesos relativos a la decisión por largo tiempo en los procesos relativos a la reposición de los dirigentes sindicales despedidos equivale reposición de los dirigentes sindicales despedidos equivale a una denegación de justicia y por tanto una negación de a una denegación de justicia y por tanto una negación de

los derechos sindicales afectados” (C.L.S. O.I.T., los derechos sindicales afectados” (C.L.S. O.I.T., Recopilación de 1996, párrafo 749)Recopilación de 1996, párrafo 749)

Page 24: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Práctica(s) desleal(es) o antisindical(es) que atenta(n)

contra la libertad sindical1.- Bien jurídico tutelado.1.- Bien jurídico tutelado.

2.- Carácter no taxativo.2.- Carácter no taxativo.

3.- Importancia del efecto de las 3.- Importancia del efecto de las prácticas (perspectiva prácticas (perspectiva

objetivista).objetivista).

4.- Sujeto activo.4.- Sujeto activo.

5.- Sujeto pasivo.5.- Sujeto pasivo.

Page 25: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

Práctica(s) desleal(es) o antisindical(es) que atenta(n) contra la libertad sindical

6.- Titulares de la acción.6.- Titulares de la acción.

7.- Oportunidad de las prácticas.7.- Oportunidad de las prácticas.

8.-8.- Procedimiento judicial.Procedimiento judicial.

Page 26: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

1.- Bien jurídico tutelado

Es la libertad sindical en todas sus Es la libertad sindical en todas sus dimensionesdimensiones

Page 27: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

1.- Bien jurídico tutelado

La libertad sindical comprende la facultad individual La libertad sindical comprende la facultad individual y colectiva de fundar y organizar sindicatos, y colectiva de fundar y organizar sindicatos,

afiliarse a los mismos a organizaciones mayores y, afiliarse a los mismos a organizaciones mayores y, en definitiva, emprender todo tipo de acciones que en definitiva, emprender todo tipo de acciones que

correspondan en defensa de los intereses de los correspondan en defensa de los intereses de los trabajadores, sin interferencia de terceros como el trabajadores, sin interferencia de terceros como el

Estado o el empleador Estado o el empleador (9º Juzgado del Trabajo de (9º Juzgado del Trabajo de Santiago, rol 5.216-2003, 13.02.2003)Santiago, rol 5.216-2003, 13.02.2003)

Page 28: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

2.- Carácter no taxativo de las prácticas antisindicales

Constituye práctica antisindical cualquier Constituye práctica antisindical cualquier conducta que atente contra la libertad conducta que atente contra la libertad

sindical sindical (por ej. Las descritas en el art. 215 CT)(por ej. Las descritas en el art. 215 CT), lo , lo que no obsta a que el legislador haya que no obsta a que el legislador haya

descrito conductas especiales que califica descrito conductas especiales que califica como prácticas antisindicales.como prácticas antisindicales.

Page 29: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

2.- Carácter no taxativo de las prácticas antisindicales

“(…) las conductas descritas en las normas que rigen la materia no constituyen una enumeración taxativa y que la determinación en orden a que otros hechos pueden o no configurar prácticas antisindicales, se encuentra entregada al criterio de los falladores e importa una cuestión de naturaleza fáctica que escapa al control de casación. En tal sentido debe considerarse la circunstancia que se califique de práctica antisindical el traslado de lugar de trabajo”.

( C. Suprema, rol 1.967-2003, 23 de marzo de 2004)

Page 30: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

3.- La importancia del efecto de las prácticas antisindicales

No hay práctica antisindical sin lesión a la libertad No hay práctica antisindical sin lesión a la libertad sindical (en cambio, no parecer ser un elemento sindical (en cambio, no parecer ser un elemento

significativo la intencionalidad del sujeto activo).significativo la intencionalidad del sujeto activo).

Se relaciona con la inversión de la carga de la pruebaSe relaciona con la inversión de la carga de la pruebaSólo hacen referencia a la finalidad de la práctica (elemento Sólo hacen referencia a la finalidad de la práctica (elemento

subjetivo) ciertas conductas específicas descritas por la ley subjetivo) ciertas conductas específicas descritas por la ley (por ej. art.289 f) y art. 290 a parte final).(por ej. art.289 f) y art. 290 a parte final).

Page 31: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

3.- La importancia del efecto de las prácticas antisindicales

““El derecho a la libertad sindical queda El derecho a la libertad sindical queda afectado y menoscabado si la actividad afectado y menoscabado si la actividad

sindical tiene consecuencias negativas para sindical tiene consecuencias negativas para quien la realiza o si éste queda perjudicado quien la realiza o si éste queda perjudicado por el desempeño legítimo de la actividad por el desempeño legítimo de la actividad

sindical” (STC Español N° 79/2004 de 5 de sindical” (STC Español N° 79/2004 de 5 de mayo de 2004)mayo de 2004)

Page 32: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

4.- Sujeto activo de las prácticas antisindicales

Tradicionalmente lo son los empleadores o sus organizaciones (en perjuicio de los trabajadores o de sus organizaciones).

Sujeto activo determinado en C.T.:

a)El empleador (art.289, 290);

b)El trabajador (arts.290);

c) La organización sindical (arts.290)

Page 33: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

4.- Sujeto activo de las prácticas antisindicales

Sujeto activo abiertoSujeto activo abierto:: a) Los que ejerzan fuerza física o moral en los a) Los que ejerzan fuerza física o moral en los trabajadores para que se afilien, desafilien, o se trabajadores para que se afilien, desafilien, o se abstenga de pertenabstenga de perteneecer a un sindicato o quien cer a un sindicato o quien impida u obligue a un trabajador a promover impida u obligue a un trabajador a promover

formación de sindicato; formación de sindicato;

b) Los que entorpezcan o impidan libertad de b) Los que entorpezcan o impidan libertad de opinión de miembros de un sindicato opinión de miembros de un sindicato (art. 291 C.T.)(art. 291 C.T.)

Page 34: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

5.- Sujeto pasivo de las prácticas antisindicales

Los TrabajadoresLos Trabajadores (arts.289, 290 CT)(arts.289, 290 CT)

Los SindicatosLos Sindicatos (arts.289, 290 CT)(arts.289, 290 CT)

Los Dirigentes sindicalesLos Dirigentes sindicales (arts.289, 290 CT)(arts.289, 290 CT)

Los integrantes del Comité paritario de higiene Los integrantes del Comité paritario de higiene

y seguridad y sus integrantesy seguridad y sus integrantes (art.289, 290 CT)(art.289, 290 CT)

Page 35: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

5.- Sujeto pasivo de las prácticas antisindicales

El Socio de un sindicatoEl Socio de un sindicato (arts.289, 290 CT)(arts.289, 290 CT) El Potencial trabajadorEl Potencial trabajador (arts.289, 290 rel. art. 2 (arts.289, 290 rel. art. 2

CT)CT) El empleador El empleador (art.290 d y e) CT)* (art.290 d y e) CT)*

* Se trata de dos hipótesis en que se sanciona , * Se trata de dos hipótesis en que se sanciona , fundamentalmente al directorio de la organización fundamentalmente al directorio de la organización

sindical, y en que no hay una afectación a la sindical, y en que no hay una afectación a la libertad sindical.libertad sindical.

Page 36: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

6.- Titulares de la acción por práctica antisindical

Cualquier interesado. Cualquier interesado. La Inspección del Trabajo está obligada a La Inspección del Trabajo está obligada a denunciar a los Tribunales de Justicia los denunciar a los Tribunales de Justicia los hechos constitutivos de prácticas hechos constitutivos de prácticas antisindicales o desleales de las que tome antisindicales o desleales de las que tome conocimiento.conocimiento.

Page 37: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

7.- Oportunidad de las prácticas antisindicales

1.- En el ámbito individual1.- En el ámbito individual

2.- En el ámbito colectivo2.- En el ámbito colectivo

Page 38: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

7.- Oportunidad de las prácticas antisindicales

En En el ámbito individualel ámbito individual1.- En el acceso al trabajo1.- En el acceso al trabajo

2.- En el desenvolvimiento de la relación 2.- En el desenvolvimiento de la relación laboral: a) En cuanto a beneficios; b) laboral: a) En cuanto a beneficios; b)

Modificaciones de las prestaciones; c) Con Modificaciones de las prestaciones; c) Con relación al poder disciplinariorelación al poder disciplinario

3.- Al momento de la finalización de l.a 3.- Al momento de la finalización de l.a relación laboral (despido antisindical)relación laboral (despido antisindical)

Page 39: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

7.- Oportunidad de las prácticas antisindicales

En el ámbito intrasindical:En el ámbito intrasindical: La libertad individual positiva supone la La libertad individual positiva supone la acción de participar en las actividades y en acción de participar en las actividades y en

la toma de decisiones del sindicato en la toma de decisiones del sindicato en cuanto afiliado, especialmente en la cuanto afiliado, especialmente en la elección de sus órganos de dirección elección de sus órganos de dirección

(ANTONIO BAYLÓS)(ANTONIO BAYLÓS)

Page 40: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

7.- Oportunidad de las prácticas antisindicales

En la relación colectiva de trabajo. Con En la relación colectiva de trabajo. Con relación arelación a::

1.-La libertad colectiva de constitución;1.-La libertad colectiva de constitución;2.-La libertad de afiliación y de desafiliación;2.-La libertad de afiliación y de desafiliación;

3.-La libertad de organización y 3.-La libertad de organización y reglamentación;reglamentación;

Page 41: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

7.- Oportunidad de las prácticas antisindicales

En la relación colectiva de trabajo. Con En la relación colectiva de trabajo. Con relación arelación a::

4.- La libertad de representación sindical;4.- La libertad de representación sindical;5.- La negociación colectiva*5.- La negociación colectiva*

6.-La huelga*6.-La huelga** * Lesión al derecho de actividad sindical externa de la Lesión al derecho de actividad sindical externa de la

organización sindical, cubierta por la sanción a las organización sindical, cubierta por la sanción a las prácticas que atentan contra la libertad sindical del Libro prácticas que atentan contra la libertad sindical del Libro

III C.T.III C.T.

Page 42: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

8.- Procedimiento judicial

a.- Conocimiento y resolución;a.- Conocimiento y resolución;b.- Comparecencia;b.- Comparecencia;

c.- Normas mínimas de procedimiento;c.- Normas mínimas de procedimiento;d.- Apreciación de la prueba. Consideraciones d.- Apreciación de la prueba. Consideraciones

respecto a la carga de la prueba; respecto a la carga de la prueba; e.- Efectos de sentencia condenatoria en e.- Efectos de sentencia condenatoria en

materia de prácticas antisindicales;materia de prácticas antisindicales;

Page 43: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

8.- Procedimiento judicialConocimiento y resolución

El conocimiento y la resolución de las El conocimiento y la resolución de las denuncias por prácticas antisindicales o denuncias por prácticas antisindicales o

desleales le corresponde a los Juzgados de desleales le corresponde a los Juzgados de Letras del Trabajo.Letras del Trabajo.

Page 44: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

8.- Procedimiento judicialComparecencia

La ley permite la comparecencia personal sin La ley permite la comparecencia personal sin el patrocinio de abogado.el patrocinio de abogado.

Page 45: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

8.- Procedimiento judicial. Apreciación de la prueba

La prueba que se apreciará serán los antecedentes La prueba que se apreciará serán los antecedentes acompañados en la audiencia por el denunciado acompañados en la audiencia por el denunciado

estimados necesarios para resolver por el Juez , así estimados necesarios para resolver por el Juez , así como lo expuesto en la misma audiencia por el como lo expuesto en la misma audiencia por el

denunciante y los presuntamente afectados, acerca denunciante y los presuntamente afectados, acerca de los hechos denunciados (art. 292 C. Trabajo).de los hechos denunciados (art. 292 C. Trabajo).

La prueba se apreciará en conciencia.La prueba se apreciará en conciencia.

Page 46: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

8.- Procedimiento judicialNormas mínimas de procedimiento

a.- a.- Citación a una audienciaCitación a una audiencia al denunciado, al denunciado, para que declare y al denunciante y para que declare y al denunciante y

presuntamente afectados para que expongan presuntamente afectados para que expongan lo que estimen conveniente acerca de los lo que estimen conveniente acerca de los

hechos denunciados;hechos denunciados;

b.- b.- Realización de la audienciaRealización de la audiencia

Page 47: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

8.- Procedimiento judicialNormas mínimas de procedimiento

c.- c.- Dictación de la sentenciaDictación de la sentencia:: C Con el mérito del on el mérito del informe de fiscalización, de lo expuesto por los informe de fiscalización, de lo expuesto por los citados y de las demás pruebas acompañadas al citados y de las demás pruebas acompañadas al

proceso, apreciadas en conciencia;proceso, apreciadas en conciencia;

d.- d.- Reincorporación de trabajadoresReincorporación de trabajadores:: Respecto de quienes se haya acreditado fuero de los Respecto de quienes se haya acreditado fuero de los

arts. arts. 221, 224, 229, 238, 243 y 309 C.T.221, 224, 229, 238, 243 y 309 C.T.

Page 48: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

8.-Procedimiento judicialEfectos de la sentencia condenatoria

a.- Dispondrá que se subsanen o enmienden a.- Dispondrá que se subsanen o enmienden los actos que constituyen la práctica los actos que constituyen la práctica

antisindical;antisindical;

b.-Ordenará el pago de una multa, fijando su b.-Ordenará el pago de una multa, fijando su monto;monto;

Page 49: Tutela de la Libertad Sindical SANCIÓN DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES

8.- Procedimiento judicialEfectos de la sentencia condenatoria

c.-Ordenará la reincorporación de c.-Ordenará la reincorporación de trabajadores aforados que no hubieran sido trabajadores aforados que no hubieran sido

reincorporados previamente;reincorporados previamente;d.-Remitirá la sentencia condenatoria a la d.-Remitirá la sentencia condenatoria a la Dirección del Trabajo para su registro y Dirección del Trabajo para su registro y publicación semestral de la nómina de publicación semestral de la nómina de empresas y organizaciones sindicales empresas y organizaciones sindicales

infractoras.infractoras.