u.1 titulos de credito

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Unidad nº 1 “Los títulos de crédito” (PTO.1) El crédito y su importancia actual: El instituto del crédito permite que el hombre ejerza cierto dominio sobre el tiempo anticipando la riqueza. El capital por su naturaleza, es limitado y si se agota el ciclo no puede reproducirse. (El crédito tiende a ser ilimitado). Así, el crédito importa la posibilidad de eliminar o reducir la incidencia del factor tiempo en el desarrollo del ciclo económico – productivo. El crédito y la circulación de la riqueza: En la economía moderna, caracterizada por la producción en masa y por el empleo del crédito en escala ilimitada, el fenómeno de la circulación de los bienes se presenta como el de mayor trascendencia. El crédito facilita la colocación de la producción y la rotación del capital (la renovación del ciclo productivo). Así el funcionamiento del crédito presenta dos variantes: CREDITO A LA PRODUCCION: su carácter principal es la posibilidad de desplazarse por medio del descuento, operación que consiste en que se transfiera a un tercero el crédito antes de su vencimiento mediante una retribución (“descuento”). CREDITO AL CONSUMO: se caracteriza por no desplazarse, siendo absorbidas por el acreditante. Concepto de operación de crédito:

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titulos de credito legislacion argentina

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Unidad n 1Los ttulos de crdito(PTO.1)El crdito y su importancia actual:El instituto del crdito permite que el hombre ejerza cierto dominio sobre el tiempo anticipando la riqueza. El capital por su naturaleza, es limitado y si se agota el ciclo no puede reproducirse. (El crdito tiende a ser ilimitado). As, el crdito importa la posibilidad de eliminar o reducir la incidencia del factor tiempo en el desarrollo del ciclo econmico productivo.El crdito y la circulacin de la riqueza:En la economa moderna, caracterizada por la produccin en masa y por el empleo del crdito en escala ilimitada, el fenmeno de la circulacin de los bienes se presenta como el de mayor trascendencia.El crdito facilita la colocacin de la produccin y la rotacin del capital (la renovacin del ciclo productivo).As el funcionamiento del crdito presenta dos variantes:CREDITO A LA PRODUCCION: su carcter principal es la posibilidad de desplazarse por medio del descuento, operacin que consiste en que se transfiera a un tercero el crdito antes de su vencimiento mediante una retribucin (descuento).CREDITO AL CONSUMO: se caracteriza por no desplazarse, siendo absorbidas por el acreditante.Concepto de operacin de crdito:Se caracteriza fundamentalmente por ser una postergacin de la exigibilidad. Posee diversas manifestaciones: un descuento, un anticipo, una cuenta corriente mercantil, etc.(PTO.2)EXPRESION SISTEMATICA Y DOCUMENTAL . LOS VALORES ESENCIALES (CERTEZA Y SEGURIDAD):El desplazamiento del crdito a la produccin no hubiera sido posible sin la adopcin de los ttulos de crdito.El crdito permite intensificar la produccin de la riqueza, ampliar el margen de su rendimiento y favorecer nuevas combinaciones econmicas.Para que el titulo de crdito facilite el desplazamiento de las relaciones de crdito, con tendencia al infinito, debe llenar dos condiciones, o valores esenciales: CERTEZA: en la existencia del derecho al tiempo de su adquisicin. En las cosas muebles la certeza est dada por la posesin (en caso de derechos creditorios se habla de titularidad o legitimacin) SEGURIDAD: en la realizacin al final de la circulacin. Otros autores agregan como otro valor esencial la SIMPLIFICACION DE FORMALIDADES, que hace referencia a la necesidad de obviar los problemas que se presentan en la transferencia de crditos del derecho comn (cesin de crditos), y ello hace a la CELERIDAD en la tranferencia.El instrumento como medio tcnico de circulacin:El titulo de crdito debe poseer una forma, una estructura que le posibilite cumplir cabalmente con las finalidades pre-mencionadas.Estructura primaria: (estos elementos le otorgan el carcter literal al derecho creditorio incorporado al documento) Firma del obligado Denominacin del titulo Determinacin de la forma de circulacin Legitimacin nominalAptitudes del documento: CONSTITUTIVA: el derecho creditorio solo existe por el documento mismo (como resultado de su creacin). DISPOSITIVA: porque el contenido y la extensin del mismo regulara la conducta de las partes. Adems, solo la disposicin del ttulo permite disponer del derecho incorporado. Ningn otro documento permite el traspaso de la relacin jurdica. APTITUD PROBATORIA: se sirve a si misma a los fines procesales. Es limitado, pueden aceptarse otros medios de prueba. A su vez los documentos probatorios puede dividirse en: CONFESORIOS: Representan el reconocimiento de una persona de estar sometida a una obligacin, o de ser parte de una especifica relacin jurdica. REPRESENTATIVOS: representan el valor de las cosas. Ej.: titulo de la propiedad automotor. ASEGURATIVOS: son los propios del contrato de seguro (la pliza y los endosos de la misma).

(PTO. 3)LA DENOMINACION. EVENTUAL DIVERSIFICACION DE LA EXPRESION TITULO DE CREDITO:En su aceptacin literal, la expresin parecera limitar el concepto a las operaciones de crdito propiamente dichas.La expresin no es usada uniformemente. La denominacin utilizada es la de VIVANTE. Bsqueda de una denominacin comprensiva: TITULOS VALORES: se lo critica por exceder el marco de los documentos de que se trate. TITULOS CIRCULATORIOS: la crtica se funda en que la circulacin no es un elemento esencial a los mismos. PAPELES DE COMERCIO: tiene su origen en la doctrina francesa y que es usada por nuestro cdigo de comercio. INSTRUMENTO NEGOCIABLE: designacin anglosajona. TITULO DE CREDITO.(PTO.4)DEFINICION:(VIVANTE). El titulo de crdito es un documento necesario para ejercitar el derecho literal y autnomo en l expresado.En la definicin no aparece el carcter de la incorporacin (solo dice literal y autnomo), pero ello se subsana al enunciar el carcter necesario del documento; de all surge el no poder ejercer el derecho sin tener la posesin del ttulo.CARACTERISTICAS ESENCIALES:-NECESIDAD: se necesita el documento para poder ejercitar el derecho en el representado.- LITERALIDAD: el derecho solo existe en los trminos que constan en el titulo.- AUTONOMIA: se refiere al carcter originario. El derecho incorporado se transmite a los sucesivos adquirentes con prescindencia de los caracteres particulares de la relacin.El contenido del ttulo de crdito es, en todos los casos, una operacin de crdito. En cuanto l documenta la postergacin de la exigibilidad de la prestacin a que se refiere.

FUNDAMENTOS DE LA OBLIGACION:El fundamento del carcter autnomo del derecho del portador legtimo del ttulo de crdito se explica por medio del principio de la simplificacin analtica de las condiciones legales. El principio de la autonoma explica la estructura lgica de la relacin abstracta.APARIENCIA JURIDICA, PRUEBA LEGAL, TEORIA NEGOCIAL:Cuando el que aparece como deudor puso su firma en el titulo SIN la real voluntad de obligarse (ej.: firma un papel en blanco que despus lo llena otra persona), se habla de la teora de la apariencia jurdica o de la voluntad aparente.Segn aquella, la voluntad aparente (lo que aparece manifiesto en el titulo) prevalece sobre la voluntad real o intencional, frente al tercero portador de buena fe.En cuanto a la prueba, CARNELUTTI cree que el fundamento de la obligacin caratular es el hecho mismo de su creacin (del ttulo). Para esta teora el titulo de crdito seria una prueba legal que por lo tanto no admite prueba en contrario. El deudor se somete a la obligacin procesal de responder a la accin intentada por el 3 poseedor de buena fe.Para otros, la aptitud probatoria del ttulo de crdito es limitada, no absoluta, se trata simplemente de prueba negocial, representa un acto o negocio jurdico.EL TITULO DE CREDITO COMO DOCUMENTO:El titulo es un documento declarativo, destinado a crear una relacin jurdica con otras personas. El titulo de crdito solo adquiere valor econmico por medio de la obligacin cartular, o sea, la obligacin incorporada al mismo.Los ttulos valores son: cheque, pagare, letra de cambio, factura de crdito. Consisten en dar sumas de dinero liquidas, ciertas y determinadas.