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UNIDAD IV – PUNTO 1 UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR PARTICULAR La Administración Central: el Presidente La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios de Estado, el Ministros y secretarios de Estado, el Procurador del Tesoro de la Nación; Procurador del Tesoro de la Nación; Direcciones Generales y Nacionales. Direcciones Generales y Nacionales. Autoridades Administrativas Autoridades Administrativas Independientes: El Defensor del Independientes: El Defensor del Pueblo; la Auditoria General de la Pueblo; la Auditoria General de la Nación; el Consejo de la Magistratura; Nación; el Consejo de la Magistratura; el Jurado de Enjuiciamiento; el el Jurado de Enjuiciamiento; el Ministerio Público; Ministerio Público; Entes reguladores y de control del poder Entes reguladores y de control del poder económico. económico.

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Page 1: UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios

UNIDAD IV – PUNTO 1UNIDAD IV – PUNTO 1ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN

PARTICULARPARTICULAR

La Administración Central: el Presidente de la Nación; La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios de el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios de Estado, el Procurador del Tesoro de la Nación; Estado, el Procurador del Tesoro de la Nación;

Direcciones Generales y Nacionales. Direcciones Generales y Nacionales. Autoridades Administrativas Independientes: El Autoridades Administrativas Independientes: El

Defensor del Pueblo; la Auditoria General de la Defensor del Pueblo; la Auditoria General de la Nación; el Consejo de la Magistratura; el Jurado de Nación; el Consejo de la Magistratura; el Jurado de

Enjuiciamiento; el Ministerio Público; Enjuiciamiento; el Ministerio Público; Entes reguladores y de control del poder económico.Entes reguladores y de control del poder económico. Entes Federales: Consejo Federal de Inversiones, Entes Federales: Consejo Federal de Inversiones,

Consejo Federal de Cultura y Educación, Fondo Consejo Federal de Cultura y Educación, Fondo Nacional de las Artes.Nacional de las Artes.

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1.- ¿COMO SE COMPONE LA 1.- ¿COMO SE COMPONE LA ADMINISTRACION CENTRAL?ADMINISTRACION CENTRAL?

El Presidente de la NaciónEl Presidente de la Nación el Jefe de Gabineteel Jefe de Gabinete Ministros y Secretarios de EstadoMinistros y Secretarios de Estado El Procurador del Tesoro de la El Procurador del Tesoro de la

NaciónNación Direcciones Generales y Nacionales. Direcciones Generales y Nacionales.

Page 3: UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios

2.- ¿QUÉ FUNCIONES CUMPLE 2.- ¿QUÉ FUNCIONES CUMPLE EL PRESIDENTE DE L A EL PRESIDENTE DE L A

NACIÓN?NACIÓN?

2.1.- Art.99 inc.1) de la Constitución 2.1.- Art.99 inc.1) de la Constitución NacionalNacional

2.1.- Es el jefe supremo de la Nación, 2.1.- Es el jefe supremo de la Nación, 2.3.- jefe del gobierno y2.3.- jefe del gobierno y 2.4.- responsable político de la 2.4.- responsable político de la

administración general del país. administración general del país.

Page 4: UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios

3.- ¿QUÉ SIGNIFICA JEFE 3.- ¿QUÉ SIGNIFICA JEFE SUPREMO DE LA NACIÓN?SUPREMO DE LA NACIÓN?

3.1.- PUNTO DE 3.1.- PUNTO DE REFERENCIA UNITARIO Y REFERENCIA UNITARIO Y

COMO TAL COMO TAL REPRESENTANTE NATURAL REPRESENTANTE NATURAL DEL PUEBLO ORGANIZADO DEL PUEBLO ORGANIZADO JURIDICAMENTE (NACIÓN)JURIDICAMENTE (NACIÓN)

Page 5: UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios

4.- ¿QUÉ SIGNIFICA JEFE DE 4.- ¿QUÉ SIGNIFICA JEFE DE GOBIERNO?GOBIERNO?

4.1.- ES EL PUNTO CENTRAL DE 4.1.- ES EL PUNTO CENTRAL DE LA FUERZA DE IMPULSO LA FUERZA DE IMPULSO DIRECCIONADO DE LA DIRECCIONADO DE LA

ADMINISTRACION, EL PRIMER ADMINISTRACION, EL PRIMER MOTOR DE LA ACCIÓN POLÍTICA MOTOR DE LA ACCIÓN POLÍTICA

DESTINADA A LOGRAR LOS DESTINADA A LOGRAR LOS OBJETIVOS CONSTITUCIONALESOBJETIVOS CONSTITUCIONALES

Page 6: UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios

5.- RESPONSABLE POLITICO DE 5.- RESPONSABLE POLITICO DE LA ADMINISTRACION GENERAL LA ADMINISTRACION GENERAL

DEL PAISDEL PAIS

5.1.- DECIDE LA ORIENTACIÓN DE LA 5.1.- DECIDE LA ORIENTACIÓN DE LA ADMINITRACION PUBLICA Y LA ADMINITRACION PUBLICA Y LA

EJERCE A TRAVÉS DEL JEFE DE EJERCE A TRAVÉS DEL JEFE DE GABINETE Y EL RESTO DE LOS GABINETE Y EL RESTO DE LOS

MINISTROSMINISTROS

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6.- ¿PODEMOS DECIR QUE EL 6.- ¿PODEMOS DECIR QUE EL PODER EJECUTIVO ES PODER EJECUTIVO ES

UNIPERSONAL?UNIPERSONAL?

6.1.- Artículo 100 C.N.- El jefe de gabinete de 6.1.- Artículo 100 C.N.- El jefe de gabinete de ministros y los demás ministros secretarios cuyo ministros y los demás ministros secretarios cuyo número y competencia será establecida por una número y competencia será establecida por una ley especial, tendrán a su cargo el despacho de ley especial, tendrán a su cargo el despacho de

los negocios de la Nación, y refrendarán y los negocios de la Nación, y refrendarán y legalizarán los actos del Presidente por medio legalizarán los actos del Presidente por medio

de su firma, sin cuyo requisito carecen de de su firma, sin cuyo requisito carecen de eficacia. eficacia.

Page 8: UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios

7.- ¿CUALES SON LAS 7.- ¿CUALES SON LAS FUNCIONES DEL JEFE DE FUNCIONES DEL JEFE DE

GABINETE?GABINETE?

7.1.- ART.100 INC.1) C.N. Ejercer 7.1.- ART.100 INC.1) C.N. Ejercer la administración general del la administración general del

país. país. 7.2.- INC.7). Hacer recaudar las 7.2.- INC.7). Hacer recaudar las

rentas de la Nación y ejecutar la rentas de la Nación y ejecutar la Ley de Presupuesto Nacional. Ley de Presupuesto Nacional.

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8.- ¿LOS MINISTROS?8.- ¿LOS MINISTROS?

8.1.- Artículo 102 C.N.- Cada ministro es 8.1.- Artículo 102 C.N.- Cada ministro es responsable de los actos que legaliza, y responsable de los actos que legaliza, y

solidariamente de los que acuerda con sus solidariamente de los que acuerda con sus colegas. colegas.

8.2.- Artículo 103 C.N.- Los ministros no 8.2.- Artículo 103 C.N.- Los ministros no pueden por sí solos, en ningún caso, tomar pueden por sí solos, en ningún caso, tomar

resoluciones, a excepción de lo concerniente resoluciones, a excepción de lo concerniente al régimen económico y administrativo de al régimen económico y administrativo de

sus respectivos departamentos. sus respectivos departamentos.

Page 10: UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios

9.- El Procurador del Tesoro de la 9.- El Procurador del Tesoro de la Nación (Ley 24.667) Nación (Ley 24.667)

9.1.- El Procurador del Tesoro de la Nación 9.1.- El Procurador del Tesoro de la Nación depende directamente del Presidente de la Nación. depende directamente del Presidente de la Nación. Tiene jerarquía equivalente a la de los Ministros del Tiene jerarquía equivalente a la de los Ministros del Poder Ejecutivo y ejerce sus competencias con Poder Ejecutivo y ejerce sus competencias con independencia técnica. independencia técnica.

9.2.- La Procuración del Tesoro de la Nación es un 9.2.- La Procuración del Tesoro de la Nación es un organismo desconcentrado del Poder Ejecutivo organismo desconcentrado del Poder Ejecutivo Nacional, cuya estructura administrativa y Nacional, cuya estructura administrativa y presupuesto están contenidos en la estructura y presupuesto están contenidos en la estructura y presupuesto del Ministerio de Justicia de la Nación. presupuesto del Ministerio de Justicia de la Nación. Los funcionarios y empleados de la Procuración del Los funcionarios y empleados de la Procuración del Tesoro integran la planta de personal del Ministerio Tesoro integran la planta de personal del Ministerio de Justicia de la Nación y tienen relación jerárquica de Justicia de la Nación y tienen relación jerárquica y dependencia funcional con el Procurador del y dependencia funcional con el Procurador del Tesoro. Tesoro.

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10.- Direcciones Generales y 10.- Direcciones Generales y Nacionales Nacionales

10.1.- SON LA MAS ALTA 10.1.- SON LA MAS ALTA JERARQUÍAADMINISTRATIVA (NO SON JERARQUÍAADMINISTRATIVA (NO SON

POLÍTICOS SINO TÉCNICOS)POLÍTICOS SINO TÉCNICOS) 10.2.- SI HAN SIDO CREADOS POR LEY 10.2.- SI HAN SIDO CREADOS POR LEY

PUEDEN TENER COMPETENCIAS PUEDEN TENER COMPETENCIAS ESPECIFICAS (AFIP)ESPECIFICAS (AFIP)

10.3.- SON ORGANOS 10.3.- SON ORGANOS DESCONCENTRADOS, NO DESCONCENTRADOS, NO

DESCENTRALIZADOSDESCENTRALIZADOS

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11.- AUTORIDADES 11.- AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS ADMINISTRATIVAS INDEPENDIENTESINDEPENDIENTES

11.1.- EL DEFENSOR DEL PUEBLO11.1.- EL DEFENSOR DEL PUEBLO 11.1.1.- Artículo 86 C.N.- El Defensor del Pueblo es un 11.1.1.- Artículo 86 C.N.- El Defensor del Pueblo es un

órgano independiente instituido en el ámbito del órgano independiente instituido en el ámbito del Congreso de la Nación, que actuará con plena Congreso de la Nación, que actuará con plena autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Su misión es la defensa y protección de los autoridad. Su misión es la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos, garantías e derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses tutelados en esta Constitución y las leyes, ante intereses tutelados en esta Constitución y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración; y el hechos, actos u omisiones de la Administración; y el control del ejercicio de las funciones administrativas control del ejercicio de las funciones administrativas públicas. públicas.

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12.- La Auditoria General de la 12.- La Auditoria General de la Nación Nación

12.1.- Artículo 85 C.N.- El control externo del sector público nacional 12.1.- Artículo 85 C.N.- El control externo del sector público nacional en sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y en sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, será una atribución propia del Poder Legislativo. operativos, será una atribución propia del Poder Legislativo.

12.2.- El examen y la opinión del Poder Legislativo sobre el 12.2.- El examen y la opinión del Poder Legislativo sobre el desempeño y situación general de la Administración Pública estarán desempeño y situación general de la Administración Pública estarán sustentados en los dictámenes de la Auditoria General de la Nación. sustentados en los dictámenes de la Auditoria General de la Nación.

12.3.- Este organismo de asistencia técnica del Congreso, con 12.3.- Este organismo de asistencia técnica del Congreso, con autonomía funcional, se integrará del modo que establezca la ley autonomía funcional, se integrará del modo que establezca la ley que reglamenta su creación y funcionamiento, que deberá ser que reglamenta su creación y funcionamiento, que deberá ser aprobada por mayoría absoluta de los miembros de cada Cámara. aprobada por mayoría absoluta de los miembros de cada Cámara. El presidente de organismo será designado a propuesta del partido El presidente de organismo será designado a propuesta del partido político de oposición con mayor número de legisladores en el político de oposición con mayor número de legisladores en el Congreso. Congreso.

12.4.- Tendrá a su cargo el control de legalidad, gestión y auditoría 12.4.- Tendrá a su cargo el control de legalidad, gestión y auditoría de toda la actividad de la Administración Pública centralizada y de toda la actividad de la Administración Pública centralizada y descentralizada, cualquiera fuera su modalidad de organización, y descentralizada, cualquiera fuera su modalidad de organización, y las demás funciones que la ley le otorgue. Intervendrá las demás funciones que la ley le otorgue. Intervendrá necesariamente en el trámite de aprobación o rechazo de las necesariamente en el trámite de aprobación o rechazo de las cuentas de percepción e inversión de los fondos públicos. cuentas de percepción e inversión de los fondos públicos.

Page 14: UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios

13.- El Consejo de la 13.- El Consejo de la Magistratura Magistratura

13.1.- Artículo 114 C.N.- El Consejo de la 13.1.- Artículo 114 C.N.- El Consejo de la Magistratura, regulado por una ley Magistratura, regulado por una ley especial sancionada por la mayoría especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, tendrá a su cargo la de cada Cámara, tendrá a su cargo la selección de los magistrados y la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial. administración del Poder Judicial.

13.2.- LEY 24.93713.2.- LEY 24.937

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14.- El Jurado de 14.- El Jurado de Enjuiciamiento Enjuiciamiento

14.1.- Artículo 115 C.N.- Los jueces de 14.1.- Artículo 115 C.N.- Los jueces de los tribunales inferiores de la Nación los tribunales inferiores de la Nación serán removidos por las causales serán removidos por las causales expresadas en el Artículo 53, por un expresadas en el Artículo 53, por un jurado de enjuiciamiento integrado por jurado de enjuiciamiento integrado por legisladores, magistrados y abogados de legisladores, magistrados y abogados de la matrícula federal. la matrícula federal.

Page 16: UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios

15.- El Ministerio Público 15.- El Ministerio Público

15.1.- Artículo 120 C.N.- El ministerio Público es 15.1.- Artículo 120 C.N.- El ministerio Público es un órgano independiente con autonomía un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, que tiene por funcional y autarquía financiera, que tiene por función promover la actuación de la justicia en función promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad, en coordinación con generales de la sociedad, en coordinación con las demás autoridades de la República. las demás autoridades de la República.

15.2.- Está integrado por un procurador general 15.2.- Está integrado por un procurador general de la Nación y un defensor general de la Nación de la Nación y un defensor general de la Nación y los demás miembros que la ley establezca. y los demás miembros que la ley establezca.

15.3.- Sus miembros gozan de inmunidades 15.3.- Sus miembros gozan de inmunidades funcionales e intangibilidad de remuneraciones.funcionales e intangibilidad de remuneraciones.

Page 17: UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios

16.- Entes reguladores16.- Entes reguladores 16.1.- Artículo 42- Los consumidores y usuarios de bienes y 16.1.- Artículo 42- Los consumidores y usuarios de bienes y

servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno. equitativo y digno.

16.2.- Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, 16.2.- Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios. consumidores y de usuarios.

16.3.- La legislación establecerá procedimientos eficaces para la 16.3.- La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control. las provincias interesadas, en los organismos de control.

Page 18: UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios

17.-Entes de control del poder 17.-Entes de control del poder económicoeconómico

17.1.- BANCO CENTRAL DE LA 17.1.- BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINAREPUBLICA ARGENTINA

Page 19: UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios

18.-CONSEJO FEDERAL DE 18.-CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACIONCULTURA Y EDUCACION

18.1.- Ley 22.04718.1.- Ley 22.047 18.2.- planificar, coordinar, asesorar y acordar los 18.2.- planificar, coordinar, asesorar y acordar los

aspectos de la política cultural y educativa que requiera el aspectos de la política cultural y educativa que requiera el país y que comprometan la acción conjunta de la Nación, país y que comprometan la acción conjunta de la Nación, las provincias, el Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, las provincias, el Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y la Municipalidad de la Antártida e Islas del Atlántico Sur y la Municipalidad de la ciudad de Buenos Aires para afirmar el desarrollo ciudad de Buenos Aires para afirmar el desarrollo educativo y asegurar la vigencia de la cultura nacional, su educativo y asegurar la vigencia de la cultura nacional, su proyección en el mundo y la consolidación de los valores proyección en el mundo y la consolidación de los valores éticos cristianos enraizados en la tradición del país. éticos cristianos enraizados en la tradición del país.

18.3.- Los gastos de funcionamiento del Consejo Federal 18.3.- Los gastos de funcionamiento del Consejo Federal de Cultura y Educación se imputarán en forma equitativa a de Cultura y Educación se imputarán en forma equitativa a los presupuestos del Ministerio de Cultura y Educación de los presupuestos del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación y al de las jurisdicciones que lo integren. la Nación y al de las jurisdicciones que lo integren.

Page 20: UNIDAD IV – PUNTO 1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN PARTICULAR La Administración Central: el Presidente de la Nación; el Jefe de Gabinete; Ministros y secretarios

19.- FONDO NACIONAL DE LAS 19.- FONDO NACIONAL DE LAS ARTESARTES

19.1- Decreto-Ley Nº 1.224 del 3 de febrero de 1958 19.1- Decreto-Ley Nº 1.224 del 3 de febrero de 1958 19.2.- Art. 1º. - Créase el Fondo Nacional de las Artes, con carácter 19.2.- Art. 1º. - Créase el Fondo Nacional de las Artes, con carácter

de organismo autárquicode organismo autárquico 19.3.- Art. 2º. - El Fondo tendrá por objeto:19.3.- Art. 2º. - El Fondo tendrá por objeto: 19.3.1.- a) Otorgar créditos destinados a estimular, desarrollar, 19.3.1.- a) Otorgar créditos destinados a estimular, desarrollar,

salvaguardar y premiar las actividades artísticas y literarias en la salvaguardar y premiar las actividades artísticas y literarias en la República y su difusión en el extranjero.República y su difusión en el extranjero.

19.3.2.- b) Otorgar créditos para construir y adquirir salas de 19.3.2.- b) Otorgar créditos para construir y adquirir salas de espectáculos, galerías de arte, estudios cinematográficos y espectáculos, galerías de arte, estudios cinematográficos y cualquier otro inmueble necesarios para el desarrollo de labores cualquier otro inmueble necesarios para el desarrollo de labores artísticas; como asimismo, para la adquisición o construcción de artísticas; como asimismo, para la adquisición o construcción de maquinarias y todo tipo de elementos o materiales que requieran maquinarias y todo tipo de elementos o materiales que requieran estas actividades.estas actividades.