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UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMONFACULTAD DE CIENCIAS AGRÍCOLAS, Y PECUARIAS
“Dr. Martín Cárdenas”
ANÁLISIS DE LA PROBLEMÁTICA E IMPLICANCIASDEL PARQUE NACIONAL TUNARI: CASO
SUBCENTRAL WAKA PLAYA, PROVINCIA TAPACARI,DEPARTAMENTO DE COCHABAMBA
TRABAJO DIRIGIDO PARAOBTENER TITULO DEINGENIERO AGRÓNOMO
SILVIO CLAROS RODRIGUES
Cochabamba – Bolivia2003
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TABLA DE CONTENIDO
Pág.
1. INTRODUCCIÓN........................................................................................................i
1.2. OBJETIVOS------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 3
1.2.1. Objetivo general------------------------------------------------------------------------------------------------- 31.2.2. Objetivos específicos------------------------------------------------------------------------------------------- 3
2. MARCO TEORICO..............................................................................................................4
2.1. ALGUNOS ASPECTOS CONCEPTUALES GENERALES --------------------------------------------------- 4
2.1.1. Territorio --------------------------------------------------------------------------------------------------------- 52.1.2. Tierra -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 52.1.3. Suelo--------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 62.1.4. Uso de la tierra -------------------------------------------------------------------------------------------------- 72.1.5. Desarrollo sostenible. ------------------------------------------------------------------------------------------ 82.1.6. Planificación del uso del suelo ------------------------------------------------------------------------------- 92.1.7. Territorio indígena y áreas protegidas ---------------------------------------------------------------------- 92.1.8. Áreas Protegidas y Parque Nacional -----------------------------------------------------------------------102.1.9. Saber local-------------------------------------------------------------------------------------------------------112.1.10. Gestión campesina de los recursos naturales ------------------------------------------------------------12
3. MATERIALES Y MÉTODOS.................................................................................14
3.1. UBICACIÓN DEL AREA DE ESTUDIO ------------------------------------------------------------------------14
3.2. MATERIALES---------------------------------------------------------------------------------------------------------15
3.3. METODOLOGÍA-----------------------------------------------------------------------------------------------------17
3.3.1. Enfoque Histórico Cultural Lógico.(HCL) ---------------------------------------------------------------17.3.4. METODOS Y TÉCNICAS EMPLEADAS -----------------------------------------------------------------------18
3.4.1. Observación participante (activa) --------------------------------------------------------------------------183.4.2. Entrevistas semi-estructuradas ------------------------------------------------------------------------------183.4.3. Historia oral -----------------------------------------------------------------------------------------------------193.4.4. Talleres comunales o (grupos de discusión)--------------------------------------------------------------193.5. ETAPAS DEL TRABAJO REALIZADO-------------------------------------------------------------------------21
4. RESULTADOS Y DISCUSIÓN...............................................................................23
4.1. CARACTERISTICAS DE LA ZONA -----------------------------------------------------------------------------23
4.1.1. Topografía y Fisiografia de la Subcentral Waka Playa-------------------------------------------------234.1.2. Clima -------------------------------------------------------------------------------------------------------------244.1.3. Vegetación ------------------------------------------------------------------------------------------------------244.1.4. auna ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------254.1.5. Suelos -------------------------------------------------------------------------------------------------------------27
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Pág.
4.2. ACTIVIDADES Y POBLACIÓN HUMANA--------------------------------------------------------------------29
4.3. IDIOMA. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------29
4.4. ORGANIZACIÓN SOCIO TERRITORIAL Y USO DEL ESPACIO ---------------------------------------30
4.4.1. El derecho a la tierra "la tierra es de quien la trabaja" -------------------------------------------------314.4.2. La tenencia de tierras------------------------------------------------------------------------------------------334.4.3. Otras formas de acceso a la tierra --------------------------------------------------------------------------354.4.4. Uso actual de las tierras en las comunidades-------------------------------------------------------------384.4.5. Factores que influyen en la desertización de las tierras dentro de las comunidades -------------404.5. CARACTERISTICAS DEL AREA AFECTADA CON LA LEY 1262 DEL PARQUE
NACIONAL TUNARI------------------------------------------------------------------------------------------------41
4.5.1. Proceso histórico -----------------------------------------------------------------------------------------------414.5.2. Ubicación del Parque Nacional Tunari --------------------------------------------------------------------434.5.3. Los Limites del Parque Nacional Tunari------------------------------------------------------------------444.5.4. Superficie y relieve del Parque Nacional Tunari --------------------------------------------------------444.5.5. Flora y fauna ----------------------------------------------------------------------------------------------------474.6. LA PROBLEMÁTICA DEL PARQUE NACIONAL TUNARI ----------------------------------------------47
4.6.1. Seguimiento de algunos seminarios talleres del proceso de solución -------------------------------484.6.2. Resumen del trabajo de la Consultoría “Resolución de Conflictos e
Institucionalización de la Gestión del Parque Nacional Tunari --------------------------------------494.6.3. Propuestas de la Central Regional Waka Playa respecto al PNT ------------------------------------534.6.4. Puntos fundamentales y/o propuestas para la elaboración del anteproyecto ley ------------------544.6.5. Incumplimiento del gobierno departamental en la elaboración del anteproyecto
ley -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------564.6.6. El anteproyecto ley del PNT---------------------------------------------------------------------------------584.6.7. Las garantías y derechos que tienen las comunidades campesinas en torno la ley
1262---------------------------------------------------------------------------------------------------------------594.6.8. Análisis de las perspectivas campesinas sobre la ley Nº 1262------------------------------------------i4.6.9. Leyes sin consenso, conflictos por resolver --------------------------------------------------------------- v4.6.10. El voto resolutivo de la FSUTCC -------------------------------------------------------------------------- vi4.6.11. Alternativa de una posible solución de acuerdo al criterio técnico por el
seguimiento realizado ----------------------------------------------------------------------------------------- vi
5. CONCLUSIONES................................................................................................... viii
6. RECOMENDACIONES............................................................................................xi
REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA..............................................................................................xii
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CONTENIDO DE CUADROS
Cuadro Nº 1. Talleres realizados en las comunidades de la Subcentral Waka Playa-------------------21
Cuadro Nº 2. Registro meteorológico de la zona Waka playa ----------------------------------------------24
Cuadro Nº 3. Vegetación predominante de la zona -----------------------------------------------------------25
Cuadro Nº 4. Principales especies domésticos y silvestre de la zona Waka Playa----------------------26
Cuadro Nº 5. Diversidad ecológica mas importante en la Subcentral Waka Playa ---------------------28
Cuadro Nº 6. Distribución de la población por sexo y por comunidades ---------------------------------29
Cuadro Nº 7. Superficies del Parque Nacional Tunari de acuerdo a jurisdicciónprovincial---------------------------------------------------------------------------------------------44
Cuadro Nº 8. Comparación de los Artículos de la Constitución Política del Estado y laLey INRA, sobre las garantías constitucionales de las comunidadescampesinas. ------------------------------------------------------------------------------------------61
Cuadro Nº 9. Leyes y Decretos con respecto a las comunidades de la Cordillera delTunari -------------------------------------------------------------------------------------------------63
CONTENIDO DE ESQUEMAS
Esquema Nº 1. Procedimiento del trabajo realizado .......................................................................... 22
Esquema Nº 2. Ocupación de los recursos naturales existentes dentro de las comunidades ............. 31
Esquema Nº 3. Acceso y tenencia de la tierra en las comunidades.................................................... 36
Esquema Nº 4. Gestión y uso de la tierra en las comunidades de la Subcentral Waka Playa............ 40
Esquema Nº 5. Esquema de talleres realizados por la Consultora externa de la Prefectura .............. 51
Esquema Nº 6. Proceso de solución sobre la problemática del PNT., desde autoridades regionales 57
CONTENIDO DE MAPAS
Mapa Nº 1. Ubicación geográfica de la Subcentral Waka Playa ........................................................... 16
Mapa Nº 2. Limites y provincias que comprende el Parque Nacional Tunari....................................... 46
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CONTENIDO DE FOTOS
Foto Nº 1. Realización de cursos talleres en las comunidades de la Subcentral Waka Playa;para analizar, reflexionar y asentar una información a los comunarios sobre laproblemática del Parque Nacional Tunari. .......................................................................... 20
Foto Nº 2. Seminario taller en la Subcentral Waka Playa, organizado por la ConsultoraExterna de la Prefectura, en cual se elaboraron propuestas locales para solucionarla problemática de las comunidades con el Parque Nacional Tunari. ................................. 20
Foto Nº 3. Pese a la topografía de la zona se observa pequeñas parcelas con cultivos,dispersos en los diferentes pisos altitudinales. Donde el aprovechamiento delrecurso tierra es de manera intensiva en esta zona ............................................................. 34
Foto Nº 4. Las comunidades de esta zona muestran una topografía irregular, bastanteaccidentada e igualmente presentan pequeñas parcelas, con algunas practicasagroforestales de acuerdo al conocimiento local dispersos en toda la zona........................ 35
Foto Nº 5. Realización del talleres sobre la problemática del PNT en la Subcentral CorralPampa, provincia Tapacari a cargo de la consultoría en la facilitación deresolución de conflictos del Parque..................................................................................... 52
Foto Nº 6. Realización de seminarios talleres de discusión y reflexión de la problemática delPNT en la ciudad de Cochabamba organizada por consultoría en la facilitación deresolución de conflictos del Parque..................................................................................... 52
CONTENIDO DE ANEXOS
Anexo Nº 1. Planilla de planificación semanal para la realización del trabajo.
Anexo Nº 2. Resumen de actividades realizadas durante el trabajo dirigido.
Anexo Nº 3. Resumen de actividades de apoyo durante el trabajo dirigido.
Anexo Nº 4. Asistencia a reuniones ordinarias y extraordinarias de la zona Waka Playa.
Anexo Nº 5. Perfiles de cursos talleres realizados en las comunidades de la Subcentral Waka Playa(el primero y el segundo).
Anexo Nº 6. Ley Nº 1262 del Parque Nacional Tunari.
Anexo Nº 7. Testimonios campesinos de los talleres realizados en la Subcentral Waka Playa.
Anexo Nº 8. Declaratoria del Sindicato Agrario Central Taquiña, provincia Cercado.
Anexo Nº 9. Anteproyecto ley del Parque Nacional Tunari.
Anexo Nº 10. Voto Resolutivo de la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos deCochabamba
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1. INTRODUCCIÓN
Siendo el territorio la base para todas las actividades humanas y por consiguiente el
factor de todos los impactos de los procesos productivos y de la utilización de los recursos, su
manejo y organización, tiene que ser una tarea fundamental de la planificación del uso del
suelo y manejo ambiental. En este sentido uno de los objetivos de la Ley del Instituto Nacional
de Reforma Agraria (INRA), es el de "organizar el uso sostenible de la tierra", para lo cual
dentro de las políticas del Estado se crea la Superintendencia Agraria que a su vez implementa
instrumentos técnicos de regulación del uso y gestión de la tierra por los usuarios.
Cabe subrayar que el manejo de la tierra se ha convertido en un problema grave que
ocasiona la degradación, pérdida de la cobertura vegetal y la erosión paulatina, ocurriendo
principalmente por la acción antrópica1 (factores naturales y por la actividad del hombre)
El minifundio hace que muchos sectores de la sociedad civil especialmente las
comunidades campesinas, comunidades de origen vivan una problemática sobre el derecho de
tener tierras (parcelas de cultivo) para el sustento de la vida, actualmente la tenencia de la
tierra es una preocupación permanente. Sin embargo el descuido y/o las malas políticas
diseñadas y aplicadas por los gobiernos, han causado problemas en muchas regiones del país
con comunidades campesinas o comunidades de origen, especialmente en regiones donde se
han declarado Áreas Protegidas.
La promulgación del Decreto Ley Nº 12622 (la ampliación del Parque Nacional
Tunari) del 13 de septiembre de 1991 y su aplicación preocupa a la población de varias
comunidades campesinas municipios y provincias, que desconocen casi en su totalidad el
1. Entre los agentes de la degradación y erosión se encuentra el ser humano, desde los tiempos remotos lasociedad humana ha incidido en los procesos de erosión.
2. Ampliación del Parque Nacional Tunari que involucra a las provincias; Cercado, Quillacollo, Sacaba,Ayopaya y Tapacarí en una superficie de 300 000 hectáreas y/o 3090.91 kilómetros cuadrados.
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contenido de esta ley por estar relacionada la problemática en torno a la ciudad de
Cochabamba.
Como todas las medidas de cambio de los diferentes gobiernos de turno, la aprobación
de las Leyes y Decretos no pasan por un consenso previo, provocando serios problemas y
confrontaciones a las partes involucradas. Una de las mayores movilizaciones campesinas de
la historia fue en octubre de 1996, tras las concentraciones masivas y enfrentamientos
provocada por la aprobación de la ley INRA (Instituto Nacional de Reforma Agraria),
(VARGAS A. 1996: 46), pero actualmente esta Ley no ha solucionado los problemas de
tenencia de tierras de varias regiones del país y mas aun en zonas donde son consideradas
parques nacionales mas al contrario se han originado serios problemas, Tal el caso del Parque
Nacional Tunari es otro de ellos y es objeto de la presente investigación.
La implantación de nuevas ideas exigen un mejor desarrollo dentro de una perspectiva
margen Sostenible para el bien común de la sociedad, con prácticas y manejos que permitan
una mejor utilización y buen uso de los Recursos Naturales, especialmente el recurso suelo y la
biodiversidad en las comunidades. La actual coyuntura que arrastra y vive el país es cada vez
más difícil si se habla de políticas de conservación y protección el medio natural, sin embargo
una tarea fundamental, es el de encontrar nuevas ideas innovadoras de equilibrio y manejo de
los nuestros Recursos Naturales, para promocionar, incentivar la participación de los diferentes
actores en la búsqueda de soluciones para todo el Territorio Nacional
El presente trabajo esta referida al análisis y reflexión desde la perspectiva campesina,
de la problemática existente de la cordillera del Tunari, en torno a la Ley 1262 de la
ampliación del Parque Nacional Tunari, en las comunidades de la Subcentral Waka Playa,
Provincia Tapacari.
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1.2. OBJETIVOS
1.2.1. Objetivo general
Conocer y analizar la problemática e implicancias de la Ley del Parque Nacional
Tunari en la gestión del territorio de las comunidades campesinas de la zona Waka
Playa (Nº 1262).1.2.2. Objetivos específicos
Conocer y analizar la situación actual de las comunidades campesinas de la Subcentral
Waka playa dentro del Parque Nacional Tunari (PNT) y apoyar su proceso de análisis y
reflexión en torno al Decreto Ley 1262.
Proponer alternativas para la solución de conflictos con relación al acceso y manejo del
Parque, a partir de la gestión campesina del manejo del territorio y de los recursos
naturales de la zona.
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2. MARCO TEORICO
La promulgación de leyes y decretos, han creado en las comunidades campesinas una
serie de susceptibilidades negativas y desconfianza total por que afecta sus intereses y pone en
cuestión el acceso a la tierra.
Actualmente las comunidades campesinas viven en un estado de ignorancia en relación
a las leyes y decretos; uno de estos problemas es la tierra que sin lugar a dudas cada año que
pasa las áreas cultivables se reducen mas, ya sea por el crecimiento demográfico, por el
minifundio, la degradación de las bases productivas y los procesos erosivos del suelo.
En los últimos años, las autoridades de nuestra región y del país, dando respuesta a la
problemática de la tierra y el medio ambiente, han sancionado y promulgado varias Leyes, entre
ellas; la Ley INRA, Ley del Medio Ambiente, Ley de Aguas, y Decretos Supremos
(DS).Actualmente la Ley Nº 1262 del Parque Nacional Tunari, que es cuestionado por ser
atentatorio contra los intereses de los habitantes que viven en esta zona; según los campesinos
"el mal llamado Parque Nacional Tunari", que involucra a cinco provincias del Departamento
de Cochabamba; Tapacari, Quillacollo, Sacaba, Ayopaya y Cercado. Las comunidades
campesinas luego de un análisis han declarado que esta Ley amenaza y atenta la vida de quienes
viven dentro del Parque Nacional Tunari, puesto que se resisten en formar parte de ella como
comunidades campesinas.
2.1. ALGUNOS ASPECTOS CONCEPTUALES GENERALES
Según el Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente (1996: 8) la tierra, es
considerado un sistema bioproductivo terrestre que comprende el suelo, la vegetación, otros
componentes de la biota3 y los procesos ecológicos e hidrológicos que se desarrollan dentro del
sistema.
3. Biota.- Esta referido al conjunto de flora y fauna de un lugar determinado.
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Para el caso de la caracterización campesina, dada la integridad del enfoque
Agroecológico se usara el conceptos de tierra. De esta manera, se hace evidente la importancia
que reviste el estudio integral de la tierra, tomando en cuenta la perspectiva campesina.
2.1.1. Territorio
Según Albo, (1993: 21) aunque todavía no se habla de territorio comunal, el concepto
esta duramente presente cuando se afirma que "las comunidades originarias y reconstituidas
(Exhaciendas)" tienen un "dominio originario sobre sus tierras". Esta figura va mas allá de la
simple propiedad de la tierra para quienes la trabajan ya que postula un derecho anterior a la
constitución misma del estado Boliviano.
CIPCA, (1997:4) indica que "En la región andina se entiende por territorio al espacio
geográfico que tiene características climáticas, poblacionales y culturales especificas, en las que se
desarrollan e interrelacionan diversas estrategias de uso y manejo de los Recursos naturales, prácticas
tecnológicas de producción, que permanentemente se readecuan por el proceso gradual de pérdida de
la capacidad bioproductiva y por el proceso de degradación ambiental cada vez mayor.
Para las comunidades campesinas el territorio esta definido, como un elemento
fundamental para desarrollar todas las actividades cotidianas dentro de las comunidades en
beneficio de si mismo, porque; de la tierra se alimentan, se visten, se educan, se curan de las
enfermedades, sin ella el hombre no hubiera existido. Por otro lado el territorio contempla el
suelo, el subsuelo y todos los componentes naturales en el espacio físico natural.
2.1.2. Tierra
Según Albo (1993: 21) "Tierra" o terreno entendemos como una superficie que es a la ves
un medio de producción, por actividades agrícolas, ganaderas u otras. El concepto del "Territorio".
Es un área, por lo general mayor, en la que sus ocupantes comparten ciertos derechos sobre el
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conjunto de recursos (en el suelo, sobre el o en el subsuelo) y en la que rigen normas, una
organización y un gobierno comunes. Sobre uno u otro puede existir derechos de propiedad o al
menos de usufructo. Pero sobre el territorio existe además una jurisdicción, dentro de la que sus
autoridades ejercen gobierno con ciertas competencias y posibles márgenes de autonomía. Una
comunidad, un municipio o un estado son territorio, que pueden tener en su seno muchos
propietarios, pero todos ellos deben regirse por las normas establecidas dentro de el.
Se afirma que la tierra es un bien indivisible e inalienable. El tema de la tenencia de la
tierra se articula con una serie de sugerencias sobre unidades de producción asociadas y
comunales, que deberían constituirse a partir de la propiedad indivisa de la comunidad sobre la
tierra y otros recursos naturales, gozando de autonomía en lo político administrativo y formando
como base el modelo organizativo de las comunidades campesinas Albo (1993: 21).
Por otro lado para la percepción campesina el territorio es todo lo que percibe a su
alrededor, en donde incluye los recursos; bióticos4; flora,. fauna y recursos abióticos5 el aire,
agua y el suelo, en donde además desarrollan todas las actividades para la sucesión de la vida
misma, realizando labores agrícolas, ganaderas y otras actividades con la finalidad de
desenvolverse de acuerdo a Usos y Costumbres (identidades, tradiciones, modos de vida y
formas de organización).
2.1.3. Suelo
Según Morales, L (1979 :15) el "suelo" es un recurso natural renovable, porque tiene
su propiedad especifica de generación constante, consiste en un incesante formación a través de
cambios naturales, la fertilidad de los suelos; se debe a los nutrieres disueltos en el agua, a la
constitución química de sus componentes y los componentes de microorganismos, todos estos
elementos hacen que el suelo sea el proveedor de nutrientes para la existencia de la vida de
hombres y de las plantas en general.
4. Bióticos.- Esta referida específicamente a los que tienen vida. Se aplica a todo el conjunto de organismosvivos que participan en un determinado ecosistema. Méndez J. (1980:21).
5. Abióticos .- Se refiere a la parte no viviente del medio conformado por los elementos o sus tácticas inertes como lasroca, la arena, el agua, el aire, etc Méndez J. (1980:21).
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De acuerdo al concepto científico, Buckmann (1947) citado por FRIAS (2001:6) define
al “suelo” como un cuerpo natural, sintetizado en su perfil a partir de una mezcla variable de
minerales desmenuzados y modificados atmosféricamente, junto con la materia orgánica en
descomposición, que cubre la tierra en una capa delgada y que proporciona, cuando contiene
cantidades adecuadas de aire y agua el soporte mecánico y en una parte un sustento de las
plantas.
El suelo para las comunidades campesinas es la base del sustento familiar,
específicamente en la producción agrícola y ganadera, puesto que trabajando y aprovechando la
capacidad productiva y la fertilidad del suelo se puede garantizar la existencia y la sucesión de
la vida a través de las generaciones.
2.1.4. Uso de la tierra
El uso de la tierra esta determinado por factores biofísicos y socioeconómicos, que una
relación de marginalismo biofísico y marginalidad socioeconómica que el uno sostiene al otro, y
viceversa.
El uso de la tierra es de vital importancia, por que se concentra en la esencia de la vida
misma de las familias y los patrones de uso de la tierra por parte de las comunidades son el
resultado de los aspectos: el natural que contempla la geografía, relieve y por otro lado el clima
como indicador principalmente para determinar las practicas agrícolas. Meyer (1981) citado por
FRIAS (2001: 10)
La tierra es el recurso que se puede dar infinidad de usos y aprovechamiento de
acuerdo a las condiciones y características dadas en un determinado lugar. Para el caso de las
comunidades campesinas, este recurso es aprovechado de manera intensiva todos los elementos
que están en su entorno natural.
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El uso de la tierra en la cabecera de los valles, tal el caso de la provincia Tapacari esta
caracterizado por cultivos en pequeñas parcelas, como consecuencia del sistema de tenencia de
la tierra del minifundio acentuado, casi todas las comunidades tienen pequeñas tierras para el
pastoreo comunitario y por otro lado las unidades de producción que están basadas en la familia
campesina en cultivos a secano y también en algunos casos bajo pequeñas superficies de riegos.
2.1.5. Desarrollo sostenible.
Desarrollo sostenible se entiende como “un desarrollo que satisfaga las necesidades de
las generaciones presentes, sin comprometer y/ atentar la capacidad de las futuras generaciones
para satisfacer las propias” (Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, 1997: 50).
Para MAGDR, (2000: 20) es la dimensión conjunta ambiéntal, económica política y social.
En términos ambientales para aprovechar los recursos preservando el equilibrio del medio ambiente
con carácter Inter.-generacional; en lo político para ampliar la participación en las decisiones
políticas y económicas, construir pactos sociales, garantizar la gobernabilidad y transformaciones
en la democracia; y finamente en lo social, para fortalecer a las organizaciones naturales que
representa a las sociedad, las que tienen rol central en la gestión del desarrollo local.
CIPCA (1999: 126), indica en el caso de l desarrollo rural sostenible, es la gestión
integral concertada y equitativa de un determinado territorio, para asegurar y mejorar la
satisfacción de las necesidades básicas y la generación de excedentes, sin comprometer la
disponibilidad y reproducción de los recursos para generaciones futuras.
Se debe interpretar el desarrollo sostenible en las comunidades, como un proceso de
cambio socioeconómico, en el cual la explotación de los recursos, el sentido de las
inversiones, la orientación del desarrollo tecnológico y las reformas de áreas rurales se realicen
en forma armónica, ampliando el potencial actual y futuro de áreas rurales, para satisfacer las
necesidades y aspiraciones humanas.
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2.1.6. Planificación del uso del suelo
Según KENNY & JORDÁN, (1985),.el campesino considera casi toda la tierra como
apta para la producción de alimentos, ello hace indispensable la implementación de las
actividades medio ambiéntales y agrícolas.
La planificación del uso del suelo comprende “las acciones y decisiones que toman
quienes las manejan y la trabajan, por decir como utilizar la tierra y que hacer durante un ciclo
agrícola, sin embargo, para las comunidades campesinas existen una serie de patrones de
alternativas de aprovechamiento, escogiendo el uso adecuado que reúne los requerimientos y
necesidades propios trazados para el uso de la tierra”.
Dentro del pensamiento campesino, solo se puede sacar mayor beneficio de la utilidad
del suelo si se hace una administración, planificación y gestión adecuada de acuerdo a la
estrategia y al conocimiento local del uso del suelo. El hombre del campo conoce la realidad de
su comunidad y define dentro de su manejo el destino que se debe dar al suelo en torno a sus
necesidades en el transcurso del tiempo.
2.1.7. Territorio indígena y áreas protegidas
El asentamiento de un pueblo indígena en un determinado lugar no ha sido uno de los
criterios para la designación de un área protegida, ni tampoco se ha incluido una evaluación
sobre la presencia de habitantes. Además, los derechos sobre la tierra y la reglamentación de las
actividades permitidas y prohibidas no fueron presentados en forma clara y coherente en la
declaración de áreas protegidas (CID/BOLIVIA 1994: 20).
Este hecho en ciertos casos ha resultado una coincidencia y en otros, motivo de
conflicto, porque la mayoría de parques afectaron negativamente a los legítimos usuarios,
particularmente cuando se declara la intangibilidad de una zona que esta siendo utilizada en
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forma tradicional desde tiempos precolombinos. De la misma forma se procedió para proyectar
reservas forestales de inmovilización o áreas de concesión forestal, es así que se realizaron
concesiones forestales en áreas de uso tradicional, sin la mínima consulta a los indígenas y con
resultados catastróficos para el medio ambiente (CID/BOLIVIA 1994: 21).
2.1.8. Áreas Protegidas y Parque Nacional
La Ley general del Medio Ambiente Nº 1333, aprobada el 17 de abril de 1992, define a
las áreas protegidas como "áreas naturales con o sin intervención humana, declaradas bajo
protección del Estado mediante disposiciones legales, con el propósito de proteger y conservar
la flora y fauna silvestre, recursos genéticos, ecosistemas naturales, cuencas hidrográficas y
valores de interés científico, estético, histórico económico y social con la finalidad de
conservar, preservar el patrimonio natural y cultural del país (Art. 60. Cap. VIII, Ley general del
Medio Ambiente.
Según la Ley del Medio Ambiente, el Servicio Nacional de Áreas Protegidas
(SERNAP), comprende las áreas protegidas existentes en el territorio nacional, como un
territorio de diferentes categorías que, ordenadamente relacionadas entre si y a través de su
protección y manejo, contribuyen al logro de los objetivos de conservación.
La Ley 1333, establece que las áreas protegidas son patrimonio del Estado y de interés
público y social, debiendo ser administrado según sus categorías, zonificación y reglamentación
en base a planes de manejo con fines de protección y conservación de sus recursos naturales,
investigación científica, así como la recreación, educación y promoción del turismo ecológico.
Las áreas protegidas son territorios especiales, geográficamente definidos, jurídicamente
declarados y sujetos a legislación, manejo y jurisdicción especial para la consecución de
objetivos de conservación de la diversidad biológica.
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El Art. 60 de la Ley Medio Ambiente indica que las áreas protegidas constituyen áreas
naturales con o sin intervención humana, declaradas bajo protección del Estado mediante
disposiciones legales, con el propósito de proteger y conservar la flora y la fauna silvestre,
recursos naturales, investigación científica, así como la recreación, educación y promoción del
turismo ecológico.
De acuerdo al Reglamento General de Áreas Protegidas (RGAP), la categoría de
Parque Nacional o Departamental tiene por objeto, la protección estricta y permanente de
muestras representativas de ecosistemas o de provincias biogeográficas y de los recursos de
flora, así como los geomorfológicos, escénicos o paisajísticos que contengan y cuenten con una
superficie la comunidad de los procesos ecológicos .y evolutivos de sus ecosistemas (RGAPAS
1997: 8).
Una de las necesidades y prioridades del hombre moderno es el de preservar, proteger
y mantener los recursos existentes de manera sostenible lo que la naturaleza nos ha dado
grandiosamente en beneficio del hombre mismo. Sin embargo en los últimos tiempos por falta
de políticas de protección y de cuidar el medio natural, ha existido un descuido de esos
recursos, entonces por el peligro de las constantes amenazas en el deterioro y devastación de
estos bienes naturales, nacen las preocupaciones sobre la implementación de áreas protegidas
con sus diferentes categorías de manejo, para que estas a su ves cumplan una determinada
función en beneficio de las presentes y las futuras generaciones.
2.1.9. Saber local
Agroecología y el saber campesino, como conceptos básicos son fundamentales para
entender la lógica campesina en la organización de su producción que integra procesos
económicos, sociales y culturales que dan identidad propia y diversa en contraposición a
modelos mas bien homogeneizantes. En este sentido, la Agro ecología entiende las relaciones
sociales como elemento central de la coevolución de la sociedad, naturaleza y el saber
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campesino entendido como un sistema de conocimientos dinámico - con alta capacidad de
modernización - diverso, articulado al medio natural y social con un inmenso bagaje basado en
principios mas dirigidos a la sostenibilidad (AGRUCO, 1998: 4-5).
Dentro de una lógica campesina, existe una gama de conocimientos propios de la
sociedad local que les permite desenvolverse en torno a las necesidades que se presentan en
torno al hombre mismo y las familias de una determinada comunidad, donde se desarrolla la
cotidianidad relacionado entre el espacio y el tiempo.
Estos saberes son la base para la búsqueda de alternativas de gestión del territorio en
las comunidades campesinas insertas en el área del Parque Nacional Tunari.
2.1.10. Gestión campesina de los recursos naturales
Para AGRUCO, (1998: 2) la gestión campesina; la gestión campesina: “Es la
capacidad autónoma en la toma de decisiones para planificar, evaluar y administrar actividades,
proyectos y programas para el desarrollo sostenible”. Esta capacidad la poseen las comunidades
campesinas que realizan una planificación conjunta con todos sus miembros que buscan un
manejo sostenible de sus recursos como ser suelo, agua y diversidad biológica de cultivos.
Por otro lado, CIPCA (1997: 12) sobre la gestión campesina de los Recursos Naturales
indica que “se refiere a la gestión integral, concertada y equipada del territorio para asegurar la
satisfacción de necesidades básicas, la generación de excedentes, la reproducción y
disponibilidad de recursos para las generaciones futuras”. También menciona que existe la
necesidad de manejar y planificar en forma integral el uso de los Recursos Naturales, tomando
como unidad de manejo la cuenca hidrográfica. En el marco conceptual del manejo de cuencas
hidrográficas, el uso de la tierra debe estar dirigido hacia el uso sostenido de la misma.
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Dentro de las comunidades campesinas existen normas y reglas básicas establecidas
para administrar, explotar y beneficiarse de acuerdo a la idiosincrasia de la sociedad local, todos
los recursos naturales renovables (suelo, fauna y flora) existentes al interior de una determinada
comunidad, la sociedad local de una comunidad tiene un poder de decisión del manejo de los
recursos para un sustento y/o beneficio de sus familias.
Para las comunidades campesinas, gestión del territorio esta referido a la forma de
manejar y administrar el recurso tierra en todas sus dimensiones: de forma individual (por las
familias) y colectiva (por las organizaciones) dentro de una comunidad y siempre fortalecida
por las normas y obligaciones de acuerdo a los usos y costumbres que existe en las mismas.
Dentro de las organizaciones locales existen diferencias marcadas en el mecanismo de hacer la
gestión del territorio, dependiendo de la ubicación geográfica (pendientes, planicies, rocas,
lugares aptas para la agricultura y pastoreo) y el clima (en las zonas bajas templados, en las
zonas medias semitemplados y en las partes mas altas zonas frígidas), actualmente cada una de
las comunidades en sus jurisdicciones establecen sus propias reglas para que exista el manejo
adecuado de su territorio comunal, incluyendo todos los recursos (flora, fauna, agua y tierras
agrícolas).
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3. MATERIALES Y MÉTODOS
3.1. UBICACIÓN DEL AREA DE ESTUDIO
Las comunidades en estudio se encuentran en la jurisdicción del Área Protegida con la
categoría de manejo como; parque Nacional o Departamental y están sometidos a la ley Nº 1262
del Parque Nacional Tunari, sancionado el 13 de septiembre de 1991 actualmente vigente.
El presente trabajo se realizo en la Subcentral de Waka Playa ubicada al noreste del
Cantón Ramadas de la provincia Tapacari, Departamento de Cochabamba. Geográficamente
esta ubicada entre los paralelos 17º27'21" y 17º29'21" de latitud sur ;66º28'24" y 66º28'50" de
longitud oeste, en su jurisdicción incluye a cinco comunidades que son; Tres Cruces, Rodeo,
Lambramani, K'aralahuani y Chilizaya (ver mapa 1), denominadas todas como haciendas6 antes
de la reforma agraria del año 1953. Sus limites son: al norte con la Subcentral Jatun Ciénaga, al
este con la comunidad de Chorojo de la Provincia Quillacollo, al sur con la comunidad de Luyo
luyuni y al oeste con la comunidad de Troje Pampa.(véase mapa 1).
Paralelamente al trabajo especifico de la Subcentral Waka Playa, se ha realizado un
seguimiento de otras Subcentrales de la provincia Tapacari de manera desinteresada y de otras
provincias afectadas con el Parque Nacional Tunari (ley Nº 1262).
6. Comunidades que, antes de la revolución agraria formaban parte de la hacienda de los patrones de la coloniaespañola.
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3.2. MATERIALES
GABINETE CAMPO
Bibliografía:
Ley No 1262 PNT, D.S. No 24781
Reglamento General de Áreas Protegidas,
Ley No !715 INRA, Ley No 1333 Medio
Ambiente
Ley No 1700 forestal
Computadora
Impresora
Disquetts
Mapas temáticas de la zona
Papel de impresión
Hojas de papel Bonn
Papelografos
Marcadores
Cámara fotográfica
Rollos de película
Reportera
Cassettes de audio
Pilas
Libreta de campo
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Mapa 1. Ubicación geográfica de la Subcentral Waka Playa
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3.3. METODOLOGÍA
El presente trabajo de investigación, esta basado en la metodología que ha desarrollado
AGRUCO el "Enfoque - Histórico - Cultural - Lógico".
3.3.1. Enfoque Histórico Cultural Lógico.(HCL)
Según SAN MARTÍN, (1997) el enfoque histórico cultural lógico permite revalorizar
el saber comunal, estableciendo un diálogo intercultural, el acercamiento de una cultura a otra
con un fin en común, la reciprocidad colocando en un plano horizontal, el saber local y el
conocimiento científico.
Este enfoque teórico conceptual esta dirigido de manera directa a la participación de la
sociedad local (comunidades campesinas) en el análisis y estudio que permite entender y
comprender la realidad de una comunidad campesina.
3.3.1.1. Investigación Participativa Revalorizadora (IPR)
El enfoque de la investigación participativa Revalorizadora, tiene el rol de generar
conocimientos, saberes y revalorizar estos saberes locales desde la perspectiva de los actores
sociales (locales y externos), para la comprensión de la realidad en el desarrollo rural sostenible
(AGRUCO 1998: 2).
Dentro de este marco se utilizaron diferentes métodos y técnicas para llevar adelante el
estudio como los talleres comunales, observación participante, entrevistas estructuradas y semi-
estructuradas, historia oral y otras técnicas adecuadas para el caso.
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3.4. METODOS Y TÉCNICAS EMPLEADAS
3.4.1. Observación participante (activa)
Soriano, (1989) indica que la observación activa del investigador, consiste en la
participación real de la vida de las comunidades, permite proporcionar información de las
comunidades o grupos sociales tal como ocurre, en comparación con otras técnicas que captan
información sobre conductas pasadas o que supuestamente se presentaran en el futuro.
A través de esta técnica se conoció la realidad de las comunidades campesinas en
cuanto el manejo y la administración del recurso tierra, territorio, además de las estrategias de
gestión de acuerdo a usos, costumbres, necesidades y la situación actual de la tierra dentro de
las comunidades de la zona.
3.4.2. Entrevistas semi-estructuradas
Para la realización de entrevistas en las comunidades fue importante conocer el tema
de estudio y la entrevista, es decir los hechos mas importantes, la región, etc. El entrevistador
no debe ceñirse a ningún formulario y a lo sumo debe llevar una ayuda memoria. La entrevista
debe ser abierta y permitir que la persona entrevistada se exprese libremente, sin ayudar a que
“cuente todo”. (MAMANI, C. 1989: 31).
Esta técnica permitió básicamente obtener datos de las personas locales ya sea
individuales o grupales asentadas en las comunidades y la Subcentral para conocer todos los
elementos y aspectos necesarios, fundamentalmente sobre opiniones, comentarios e
informaciones complementarias sobre la situación actual de las comunidades con respecto al
Parque Nacional Tunari.
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3.4.3. Historia oral
Es un registro histórico de acontecimientos, cuya cronología es posible establecer,
sobre la base de testimonio de testigos directos de dichos acontecimientos. Por ello mismo los
hechos sobre lo que guarda memoria son verificables en otras fuentes, pueden ser portadores de
la historia oral, individuos y colectividades, (Mamani, 1989: 25).
A través de esta técnica se ha logrado conocer los diferentes procesos y cambios que
han ocurrido dentro de las comunidades, específicamente con respecto a la gestión, manejo del
territorio y los Recursos Naturales, en el pasado y presente.
3.4.4. Talleres comunales o (grupos de discusión)
Son eventos desarrollados en un espacio, tiempo determinado, en el que de acuerdo al
contenido temático de la misma se hacen la socialización, validación, difusión y planificación
de técnicas donde existe una directa participación en el diálogo, análisis, así mismo se
planifican acciones futuras de apoyo mutuo dirigidos a la revalorización y vigorización del
saber local (AGRUCO, 1996: 1)
Con el propósito de generar un análisis y reflexión sobre la situación actual de las
comunidades, específicamente a raíz de la Ley Nº 1262 del Parque Nacional Tunari y con la
finalidad de asentar una información básica de acuerdo a las necesidades y expectativas
requeridas para los habitantes de la zona, se han realizado talleres comunales en la
Subcentral Waka Playa, siendo esta técnica fundamental en este trabajo de sub-
investigación (véase anexo 5).
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Foto 1. Realización de cursos talleres en las comunidades de la Subcentral Waka Playa;para analizar, reflexionar y asentar una información a los comunarios sobre laproblemática del Parque Nacional Tunari.
Foto 2. Seminario taller en Subcentral Waka Playa, organizado por la Consultoria de laPrefectura, en cual se elaboraron propuestas para solucionar la problemática delas comunidades con el Parque Nacional Tunari.
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Los talleres se realizaron de acuerdo al cronograma de actividades y fechas
planificadas en dos oportunidades y en diferentes fechas en las cinco comunidades de la
Subcentral Waka Playa, realizándose esta actividad durante el día como de noche en algunos
casos, según el acuerdo y bajo la coordinación con los representantes y/o dirigentes de las
comunidades tal como indica el cuadro siguiente.
Cuadro Nº 1. Talleres realizados en las comunidades de la Subcentral Waka Playa
PRIMERARONDA DETALLERES
COMUNIDAD FECHA Ѻ PARTICIPANTES OBSTres Cruces, 17/10/01 27 participantes día*Rodeo 30/10/01 24 participantes díaChilizaya 22/11/01 38 participantes díaK'aralahuani 22/11/01 19 participantes noche**Lambramani 29/11/01 35 participantes noche
SEGUNDARONDA DETALLERES
K'aralahuani 10/01/02 30 participantes díaLambramani 10/01/02 20 participantes nocheRodeo 17/01/02 25 participantes díaChilizaya 24/01/02 21 participantes díaTres Cruces 24/01/02 20 participantes noche
Día. Talleres realizados durante el día de acuerdo a una planificación con las autoridades de las comunidades.. Talleres realizados durante la noche por razones de trabajo y/o labores agrícolas de los comunarios.
Fuente: Elaboración propia en base al proceso del trabajo realizado
3.5. ETAPAS DEL TRABAJO REALIZADO
El presente trabajo de fue realizado en tres etapas fundamentales; primero en la
elaboración de un perfil del Trabajo Dirigido a realizarse en la Subcentral Waka Playa, segundo
en el trabajo de campo, seguimiento al proceso de solución y revisión respectiva de las
documentaciones existentes y finalmente tercero en la sistematización y redacción final del
trabajo técnico final en gabinete.
1. Primera etapa.- se consolido el tema específico para este trabajo, a través del personal
técnico del programa Agroecologia Universidad Cochabamba (AGRUCO),
posteriormente se elaboro el perfil respectivo para el tema sugerido y para luego su
aprobación respectiva.
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2. Segunda etapa.- se inicio con el trabajo de campo, realizando el seguimiento a los
actores locales en torno a problemática de las cinco comunidades de la Subcentral
Waka Playa. Paralelamente se realizo el seguimiento respectivo del proceso de
solución por las autoridades regionales y los dirigentes y/o responsables de las
provincias afectadas con la Ley Nº 1262 del Parque Nacional Tunari. En esta etapa se
realizaron dos rondas de talleres en diferentes fechas tal como indica el cuadro
anterior. (Cuadro 1), durante esta etapa de trabajo se rescataron todas las expectativas,
reflexiones y análisis de la percepción local de las comunidades campesinas afectados
con la problemática del Parque Nacional Tunari.
3. Tercera etapa.- contempla la realización del trabajo de gabinete que consiste en la
sistematización de la información rescatada de las comunidades.
Esquema Nº 1. Procedimiento del trabajo realizado
Fuente: Elaboración propia en base al proceso del trabajo realizado
Durante el Trabajo Dirigido se ha impartido a través de cursos talleres a las
comunidades de la Subcentral Waka Playa, toda la información existente de las perspectivas y
el proceso de solución a partir de las autoridades regionales; Dirigentes campesinos del área
afectada con el Parque, representantes de la Prefectura de Cochabamba, Consultora Externa de
la Prefectura, las diferentes comisiones e instituciones (Ambientalistas, SERNAP. Colegio de
Arquitectos y el Comité de Gestión del PNT).
PRESENTACIÓNA LAS
COMUNIDADES
VISITASINFORMALES A LAS
COMUNIDADES
ASISTENCIA AREUNIONESORDINARIAS
TALLERESCOMUNALES
Tres Cruces Lambramani ChilizayaRodeo K'aralahuani
PARTICIPACIÓN ASEMINARIOSTALLERES EN
CBBA.
AGRUCO
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4. RESULTADOS Y DISCUSIÓN
4.1. CARACTERISTICAS DE LA ZONA
4.1.1. Topografía y Fisiografia de la Subcentral Waka Playa
La Subcentral Waka Playa es una región de cabecera de valle y se caracteriza por tener
un espacio conformado principalmente por serranías, quebradas con pendientes fuertes. Los
niveles altitudinales están entre 2760 msnm. En las zonas mas bajas (lugares bajas de Tres
Cruces), y 3880 msnm.(Lugares mas altas de Lambramani), caracterizándose como una zona
con alto porcentaje de cultivos a secano y excepcionalmente con riegos deficientes, los
habitantes de esta zona se dedican fundamentalmente a la agricultura, ganadería, artesanía y
otras actividades complementarias.
Fisiográficamente pertenece a la cadena montañosa del Mazo Cruz de la Cordillera
Oriental de los Andes de Bolivia, presentando serranías con pendientes cóncava convexas muy
susceptibles a la erosión hídrica y eólica por su naturaleza, por otro lado presenta sectores
rocosos especialmente por la parte alta de las comunidades de la zona.(AGRUCO, 1993: 13).
El área afectada presenta características muy diferenciadas, encontrándose desde zonas
bajas (ura jallp'as)7, medias (chaupi jallpas)8 y altas (pata jallp'as)9, donde los habitantes de la
zona realizan la administración, gestión del territorio y aprovechan de acuerdo a las necesidades
cotidianas todos los años. Cada una de estas zonas cumplen una función social especifica.
7. Son las tierras ubicadas en las partes mas bajas de las comunidades de la Subcentral Waka Playa (según loscomunarios).
8. Nombre que le asignan los comunarios a las tierras ubicadas en la parte media de las comunidades.9. Son tierras que se encuentran y/o ubicadas en las partes altas de la zona (según los comunarios).
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4.1.2. Clima
Por las características de la zona la temperatura y las precipitaciones varían de acuerdo
a los pisos altitudinales, desde templados secos y áridos en las partes bajas, hasta semihúmedas
en las partes altas. La planificación agrícola ganadera esta en función al clima, donde las
comunidades desarrollan sus actividades según la ubicación de los pisos altitudinales.
Por otro lado, se pueden evidenciar que las precipitaciones caen en mayor cantidad a
las partes mas altas y no ocurriendo así en las partes bajas y medias, haciendo que exista una
clara diferencia entre las zonas de acuerdo a los pisos altitudinales que presenta la zona de
Waka Playa.
Cuadro Nº 2. Registro meteorológico de la zona Waka playa
Subcentral Altitud aproximado
en (msnm.)
temperatura media
anual (oC)
precipitación promedio
anual (mm.)
Waka Playa 2770 - 3880 12 400 - 500
Fuente: Elaborado en la base al Diagnostico Subcentral Waka Playa AGRUCO (1999: 8)
4.1.3. Vegetación
La Subcentral Waka Playa, por las características similares de las comunidades10,
presenta una diversidad de vegetación nativa, encontrándose desde especies arbustivas
predominantes de la zona, herbáceos y arbóreas, también existe la presencia de algunas especies
exóticas introducidas y que se han adecuado a la zona.
10. Comunidades de; Rodeo, Chilizaya, Lambramani, K'aralahuani y Tres Cruces
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Cuadro Nº 3. Vegetación predominante de la zona
Nombre común Nombre científico
HerbáceasIchuGarrotillaSewenqaWira wiraPaiqoCh'iji pastoLoq'osti
Festuca spMedicago spCortaderia rudiusculaGamochoeta pensilvanicChenopodiumPennisetum clandestinunPassiflora umbilicata
ArbustosT'olaMuñaThuiCh'illcaCh'illca
Baccharis sp.Satureja bolivianaAgerantina sterbergianaSatureja bolivianaBaccharis punitulata
ArbóreasMolleKewiñaAlgarroboKiswaraEucaliptoPinoCipres
Schinus mollePolylepis beseriProsopis julifloraBudleja cariaceEucalyptus globulosPius radiataCupressus macrocarpa
Fuente. Elaborado sobre la base del diagnostico (PDM) Tapacari AGRUCO 2001
4.1.4. Fauna
En la zona se encuentra una diversidad de especies domésticos y silvestres;
encontrándose desde aves, reptiles, mamíferos que se encuentran dispersos, de acuerdo a las
características de los pisos altitudinales, donde se han adecuado y conservado para poder
sobrevivir, pese que en muchos casos están en peligro de extinción provocado por los habitantes
de la zona. Entre los animales mas importantes se indican los siguientes:
![Page 31: UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON - UMSS: Home](https://reader036.vdocuments.net/reader036/viewer/2022070314/62bfa88ef1b4a87385223d93/html5/thumbnails/31.jpg)
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Cuadro Nº 4. Principales especies domésticos y silvestre de la zona Waka Playa
NOMBRE COMUNNOMBRE
CIENTIFICO
DomésticosVacas
Caballo
Burro
Cabra
Oveja
Perro
Chancho
Mamíferos SilvestresZorro
Zorrino
Juron
Liebre.
Comadreja
Bos tauros
Equinus vulgaris
Asinus equinos
Capra ircus
Ovis aries
Cannis domesticus
Suis escrofa
Pseudolopex culpaeus
Comepatus chingarex
Juron sp.
Liebre sp.
Dilelphiz azarae
Aves SilvestresCóndor
Águila.
Búho.
Alcon
Perdiz
Pi'saqa
Torcaza
Paloma
Jork'ota
ReptilesLagartija
Víbora
Vultor gryphus
Buteo Sp.
Buo sp.
Buteo magrirostrix
Nothoprocta ornata
Artaguis gait
Columba fasciata
Netropelta ceciliae
Zenaida manculata
ReptilesNo identificado
No identificadoFuente: Elaboración en base al diagnostico PDM Tapacari AGRUCO 2002
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4.1.5. Suelos
Por las características de la zona, el suelo varía de acuerdo a los pisos altitudinales y
son clasificados de acuerdo a zonas de producción, además los comunarios toman en cuenta la
coloración, pedregosidad, ubicación respecto a la altitud de la zona, la textura del suelo. Los
terrenos que se encuentran mayor a los 3650 msnm. son denominados chirijallp'as11, aptos para
cultivo de diversidad de tubérculos12 y menores a 3400 msnm. denominados q'oñi jallpas13 apto
para cereales y para algunas hortalizas que se adecuan al lugar. AGUILAR, L. (1999).
11. Tierras agrícolas ubicadas en la parte alta de las comunidades, generalmente aptas para el cultivo detubérculos
12. Las diferentes variedades; de papa, papa lisa y oca.13. Tierras ubicadas en la parte baja de las comunidades, aptas para el cultivo de cereales y gramíneas.
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Cuadro Nº 5. Diversidad ecológica mas importante en la Subcentral Waka Playa
Altitud(msnm)
Actividades que se realizan en el manejo de los recursos naturales dentro de las comunidadesUso de la tierra Cultivos Flora Fauna
3880
Zona alta(pata)
PastoreoAgricultura
Papa lizaOcaAvenaPapa
QuewiñaEucaliptoPino
Ovino
3660
Zona media(Chaupi)
PastoreoAgricultura
PapaCebada
TrigoMaíz
HortalizasLeguminosas
T’olaEucaliptoPinoMolleMotocho
OvinoCaprinoVacuno
3025
Zona baja(Ura)
2760
PastoreoAgricultura
MaízTrigoHortalizas
AlgarroboMolle
CaprinoOvinoPorcinoVacunoEquino
Fuente: Elaboración en base a Frías, S 2001
![Page 34: UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON - UMSS: Home](https://reader036.vdocuments.net/reader036/viewer/2022070314/62bfa88ef1b4a87385223d93/html5/thumbnails/34.jpg)
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4.2. ACTIVIDADES Y POBLACIÓN HUMANA
Las actividades de los habitantes de la zona son muy diferenciadas respecto a las
comunidades ya sea en el sexo y las edades que cumplen; la población en edad escolar cumplen
actividades de asistir a las escuelas y complementando con labores agrícolas y el pastoreo; las
mujeres generalmente se dedican al pastoreo, labores agrícolas, artesanías y labores de casa; los
hombres se dedican netamente a las actividades agrícolas y al tema de la organización sindical.
Sin embargo es importante dar a conocer el número de habitantes de la Subcentral tal como se
indica en el cuadro siguiente:
Cuadro Nº 6. Distribución de la población por sexo y por comunidades
Nº COMUNIDADES HOMBRES MUJERES TOTAL
1 K'aralahuani 64 73 1372 Rodeo 85 92 1773 Waka Playa 38 26 644 Lambramani 86 69 1555 Tres cruces 71 90 1616 Chilizaya 85 37 172
Total población de la Subcentral Waka Playa 866
Fuente: Elaboración propia en base a INE 2001
4.3. IDIOMA.
Todas las comunidades de la Subcentral hablan el idioma quechua y/o quechua
castellanizada14 de manera generalizada también existiendo algunos pocos comunarios que
hablan castellano, ocurriendo en las cinco comunidades, especialmente los jóvenes que por
diferentes situaciones y causas han migrado y/o salido hacia las ciudades, aprendiendo de
acuerdo a sus posibilidades y al medio en que se han desarrollado.
14. Lenguaje propio de las comunidades de la zona, entreverado entre quechua y castellano.
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4.4. ORGANIZACIÓN SOCIO TERRITORIAL Y USO DEL ESPACIO
Las comunidades de la Subcentral Waka Playa, son comunidades que han sido Ex-
haciendas, a partir de la reforma agraria del año 1953 cuando las tierras fueron repartidas en calidad
de dotación a todas las familias campesinos que vivían en la servidumbre hacia los patrones; en
principio optaron por los suelos de buena calidad y de superficies pequeñas a moderadas,
posteriormente se fueron dando nuevas formas de acceso a la tierra como la venta de la tierras,
dotación del sindicato a las familias jóvenes y finalmente por la sucesión hereditaria de padres a
hijos.
Los habitantes de esta zona construyen su realidad social, a partir de una serie de
alternativas y problemas que se presentan en su entorno y su contexto físico, estableciendo sus
viviendas, escuelas, Iglesias y parcelas de cultivo a lo largo y ancho de sus comunidades e
igualmente en los diferentes pisos altitudinales de la zona. Las parcelas se encuentran dispersas en
diferentes zonas de producción, en este sentido los campesinos, dependen fundamentalmente de
todos los recursos naturales existentes dentro de sus comunidades como: la tierra, el agua y la
vegetación que las utilizan bajo diferentes criterios locales con el propósito de aprovechar de acuerdo
a usos y costumbres en beneficio de sus familias y de la comunidad en su conjunto (esquema 2).
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Esquema Nº 2. Ocupación de los recursos naturales existentes dentro de las comunidades
Fuente: Elaboración propia sobre la base de la realidad de las comunidades
De acuerdo al esquema anterior se muestra dentro del sindicato y/o comunidad
campesina, una interrelación directa de todos los recursos y elementos existentes con las
familias dentro del espacio físico de las comunidades, haciendo el uso y manejo de estos bienes
todos los miembros del sindicato y familias, de manera cotidiana y de acuerdo a la necesidad de
requerimiento y propósito de satisfacer las necesidades diarias dentro de sus comunidades.
4.4.1. El derecho a la tierra "la tierra es de quien la trabaja"
Para los campesinos la tierra es mucho mas que una condición para la producción; es
una herencia de sus antepasados, es el elemento que liga a la misma comunidad y esta con las
demás comunidades, es el que sostiene todos los aspectos físicos, económico-sociales,
FAMILIAS
Recursosforestales
Tierras de pastoreo
Recurso Tierra
Recurso agua
Tierras de cultivo
Comunidad o sindicato
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culturales y espirituales que están ligados a usos y costumbres que por generaciones se
practican.
El trabajo es la mediación directa del campesino con la tierra, a través del cual
desarrolla sus potencialidades humanas, se constituye en el factor fundamental del proceso
productivo, es la razón causal explicativa de derecho del campesino a la propiedad de la tierra
que trabaja. Los campesinos están íntimamente ligados a la tierra porque en ella nacen, crecen y
aprenden a trabajar, allí tienen sus casas, sus terrenos de cultivo y sus familias establecidas.
Pero el campesino de las comunidades no solo tiene derecho a la tierra por lo que la
trabaja o por lo que es parte de su vida, si no que es también parte de su herencia de sus
antepasados, es parte de su cultura y de su historia; es la razón que explica su pasado, su
presente y finalmente proyectando su futuro en el tiempo.
Los habitantes de esta zona están dedicados fundamentalmente a la actividad agrícola y
pecuaria, realizando trabajos intensivos durante todo el año sobre sus parcelas individuales y en
algunos casos en las parcelas comunales; todo su tiempo esta dedicada a realizar un trabajo bien
planificado y bajo un propósito de lograr un beneficio para su familia, realizando labores
agrícolas como la preparación de terrenos para la siembra y cosechas de los cultivos y
finalmente realización de barbechos para el próximo ciclo agrícola del año siguiente.
Una estrategia de los habitantes de esta zona para un mejor aprovechamiento del
recurso tierra, es la construcción de ch'ujllas15 en parcelas alejadas de sus casas, para ahorrar
mayor tiempo y energía, de esta manera generar mayor avance en el trabajo y mejor
aprovechamiento del tiempo. Sin embargo, no todas las familias de esta zona practican esta
actividad, por la escasez o falta de tierras y/o parcelas. Algunas familias se ven limitadas de
realizar este tipo de actividades, especialmente ocurriendo esto con familias jóvenes o nuevos
15. Chujllas .- pequeñas viviendas itinerantes y/o temporales construidos generalmente en lugares alejados desus viviendas, que habilitan temporalmente durante la época de siembra y cuando se intensifican los trabajosagrícola.
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matrimonios que están obligados a realizar una agricultura intensiva solo en parcelas reducidas,
pero con un manejo de acuerdo a la idiosincrasia de las comunidades.
Sin embargo estas familias y la comunidad en general, realizan un manejo adecuado de
los recursos existentes en su entorno familiar, también realizan prácticas de rotación de cultivos,
sistema de aynocas y finalmente algunas familias ya están tomando la conciencia de realizar
trabajos de conservación, preservación y cuidado de suelos, con el propósito de preservar y
cuidar las tierras que ciertamente están empobrecidas por la acción del hombre mismo.
4.4.2. La tenencia de tierras
Después de la reforma agraria de 1953, en estas comunidades se estableció el principio
de que la tierra es de quien la trabaja, fortaleciendo la identidad de las comunidades; bajo este
argumento se abolió el latifundio y posteriormente se adjudicaron las tierras existentes bajo
diferentes modalidades de acceso, como legítimos y verdaderos dueños de las parcelas
familiares y por otro lado como dueños colectivos de las tierras comunales.
De acuerdo a testimonios de los comunarios de la Subcentral Waka Playa, antes de la
revolución agraria los originarios de las comunidades ya se adjudicaron de pequeñas parcelas
llamándose la unidad tierra como "pegujal o mellas" como producto de la servidumbre que
hacían a los patrones y en otros casos a través de compras directas a los terratenientes de
acuerdo la posibilidad en ese entonces, los cuales se denominaban como "piqueros" (tierras
compradas de terratenientes o patrones).
Posteriormente, el año 53 muchos campesinos obtuvieron títulos ejecutoriales ya sea
de forma individual o colectivo dentro de sus comunidades, considerándose dueños absolutos
ya sea de propiedades colectivos (comunitarios) y finalmente como individuales (familiares).
Todas las propiedades actuales manejadas y tituladas por las comunidades de la cordillera del
Tunari, fueron adjudicados antes de la creación de la Ley del Parque Nacional Tunari, por esta
razón se han declarado afectados con la Ley Nº 1262.
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Foto Nº 3. Pese a la topografía de la zona se observa pequeñas parcelas con cultivos, dispersosen los diferentes pisos altitudinales. Donde el aprovechamiento del recurso tierraes de manera intensiva en esta zona
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Foto Nº 4. Las comunidades de esta zona muestran una topografía irregular, bastanteaccidentada e igualmente presentan pequeñas parcelas, con algunas practicasagroforestales de acuerdo al conocimiento local dispersos en toda la zona.
4.4.3. Otras formas de acceso a la tierra
La tenencia de la tierra, particularmente esta referido a la fragmentación de la tierra, es
un problema de todos los tiempos y esta presente hoy en día, llegándose a extremos de
microparcelación16 de las unidades productivas; la excesiva explotación de este recurso en
muchos casos ha determinado la pérdida de las propiedades productivas. Situación que se
agrava por la escasez de este recurso. Por otro lado la sucesión hereditaria de la propiedad,
especialmente en las comunidades de la zona Waka Playa ocasiona problemas en el manejo y
gestión de la tierra, traduciéndose en el comentario de todos los días la falta como la escasez de
tierras agrícolas y tierras de pastoreo.
Hasta algunos años atrás la forma de ser parte de la tierra y/o la adjudicación de las
tierras tenia varias modalidades, entre ellas la adjudicación en calidad de dueño permanente de
una cierta porción de tierra por dotación y por sucesión hereditaria, donde las dos formas les
acreditaba dueños legítimos de sus tierras y de esta forma usufructuar de acuerdo a las
necesidades, sin embargo actualmente la forma de acceder por dotación sindical en la mayoría
de las comunidades ya no existe, puesto que el crecimiento demográfico ha convertido las
tierras en pequeñas parcelas, provocando el minifundio17 que viven estas comunidades.
Actualmente existen otras formas de acceder a las tierras como temporal y/o pasajera,
que es frecuente hoy en día, generalmente con aquellas familias jóvenes (nuevos matrimonios)
16. La microparcelación, según don Pedro Herbas (comunario de Lambramani) es la subdivisión de laspequeñas parcelas para actividades agrícolas/ganaderas y para otros propósitos productivos, es muy comúnen las comunidades de la zona Waka Playa, donde existen pocas tierras comunales y tierras individuales.
17. Minifundio, son propiedades de parcelas agrícolas muy reducidas en las comunidades tradicionales y/ocampesinas, siendo frecuente en la zona andina.
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que tienen pocas parcelas o no tienen; estas familias se benefician a través de normas
establecidas dentro de organizaciones sindicales como: Arriendos, compañía y las yapas18.
Esquema Nº 3. Acceso y tenencia de la tierra en las comunidades
Fuente: Elaboración propia en base a visitas comunales.
4.4.3.1. Tenencia definitiva o permanente.
Dotación. En la época de hacienda, el patrón otorgaba una porción de tierra al
campesino, mayor superficie a los que trabajan mas y menor superficie a los que
trabajaban menos, en ese entonces la unidad tierra que tenían los campesinos se
llamaba pegujal.
18. Las yapas son parcelas prestadas bajo ciertas normas y reglas por la organización campesina y/o sindicatos,generalmente para las familias jóvenes o personas sin tierra dentro de la comunidad.
TENENCIA
Temporal y/o pasajero Definitivo y/o permanente
Compania Arriendo Yapa
Dotación Herencia Compra y venta
ACCESO
ESTRATEGIASMATERIALES ESPACIALES ESPIRITUALES
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Mas tarde después de la reforma agraria, el Consejo Nacional de la Reforma Agraria
(CNRA) repartió las tierras a las comunidades o sindicatos; de esta manera han podido
acceder en muchos casos a una posición en común. Según testimonios de los
comunarios de la Subcentral Waka Playa señalan que, se dotó tierras de acuerdo al
grado de participación en la revolución del año 1952.
Herencia. Es la forma mas común de heredar y tener tierra de padres a hijos.
Generalmente ocurre cuando los hijos se independizan o forman nuevas familias,
donde los padres distribuyen a sus hijos de manera equitativa.
Compra/venta. Es una forma tradicional de tener tierra, hasta hace varios años esta
forma de adquirir tierra era vigente. Actualmente esto solo puede ocurrir entre
hermanos o familiares, puesto que personas extrañas de otras comunidades están
prohibidos de poder acceder y tener tierra por normas y reglas sindicales establecidas.
Este ultimo según los comunarios era legal cuando estas tierras tenían títulos
ejecutoriales, sin embargo la ley INRA19 y la CPE20, al respecto no se hacen entender
específicamente, cuando habla de la indivisibilidad de la pequeña propiedad y/o solar
campesino (ver cuadro 6).
4.4.3.2. Tenencia temporal y/o pasajera
Compañía.- Esto ocurre con los que no tienen tierras. Consiste en que una parte pone
el terreno, semilla y la otra parte la trabaja todo el proceso de producción y finalmente
la cosecha se dividen equitativamente.
Arriendo.- Consiste en usufructuar una cierta propiedad por un tiempo determinado a
cambio de dinero (para actividad agrícola o pastoreo).
Yapa.- Se practica en algunas comunidades como por ejemplo en la comunidad de
K'aralahuani; esto ocurre generalmente en terrenos comunales y consiste en que las
familias jóvenes sin tierra o que tienen pocas parcelas, recurren al sindicato y acceden a
19. Ley Nº 1715 Instituto Nacional de Reforma Agraria.20. Constitución Política del Estado de Bolivia.
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tierras por un tiempo determinado (2-3 años), al cabo de los cuales deben devolver al
sindicato, los cuales están obligados a colaborar en todas las actividades dentro de la
organización sindical.
El área comprendida del Parque Nacional Tunari fue ocupada desde épocas
prehispánicas por poblaciones indígenas, comunidades de origen, comunidades campesinas y/o
tradicionales, desde ese entonces administraron los diferentes recursos naturales y sus
potencialidades dentro de sus comunidades, posteriormente por la colonización y la época de la
hacienda se someten a la servidumbre y pierden la legitimidad de derecho sobre la tierra, sin
embargo después de la revolución del año 1952 fueron rescatados nuevamente por las
comunidades, y desde entonces realizaron su gestión, administración de su territorio y los
recursos naturales.
4.4.4. Uso actual de las tierras en las comunidades
La agricultura es una de las actividades principales de la zona; gran parte de esta zona
esta destina fundamentalmente para el uso agrícola, existiendo zonas que están destinadas para
diferentes usos. De acuerdo al diagnostico realizado de la Subcentral Waka Playa por programa
AGRUCO (1999), el uso del suelo de esta zona se clasifica como:
Uso Agrícola.- Gran parte de las tierras están destinadas para la agricultura a secano
(temporal) y pequeñas porciones de parcelas bajo riego; generalmente las parcelas bajo
riego son una forma complementaria de la producción, no todas las familias practican
por la escasez de tierras y por falta de agua.
Uso agro-silvo-pastoril.- Estas son propiedades colectivas y también como
propiedades individuales, donde sirven al mismo tiempo para la agricultura, por otro
lado para el pastoreo y finalmente para el aprovechamiento de la vegetación nativa
como madera, leña y las plantas medicinales.
Uso Silvo-pastoril.- Estas tierras están dedicadas para actividades de pastoreo y
aprovechamiento de la vegetación. Estas tierras en algunos casos pueden estar
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descansando como tierras agrícolas, por ejemplo los las Ayanocas21 y finalmente
muchas de estas tierras tienen pendientes fuertes y una topografía accidentada que tan
solamente sirven para pastoreo y no son aptos para las actividades agrícolas.
Uso forestal.- Dentro de estas comunidades existen dos formas de espacios de uso forestal:
el primero esta conformado de bosques relictos22 que se han mantenido hasta la actualidad
gracias al manejo que han sabido hacer las comunidades campesinas, una de las muestras
claras es el bosque de Quewiñas en la comunidad de Rodeo. El segundo esta referida a
espacios que han sido manejadas para introducir plantaciones forestales con especies
exóticas como el Eucalipto y pinos de diferentes variedades, estas plantaciones forestales se
encuentran especialmente en las comunidades de Lambramani y Tres Cruces, que es el
producto de la reflexión y decisión de los comunarios, quienes con la finalidad de proteger
la erosión de los suelos y de poder aprovechar a la larga como leña y madera de las mismas
han realizado este tipo de actividades con apoyo de instituciones como AGRUCO.
Dentro de las organizaciones campesinas existen diferentes formas de manejo y
administración propiamente establecidos como una especie de control comunal, con el propósito de
hacer un manejo y uso adecuado, de manera sostenible del recurso tierra y están básicamente
formalizados a través de normas que regulan dentro de una organización sindical.
Según algunos ancianos del lugar (Primo Arias), indican que hace tres décadas atrás las
tierras agrícolas o de pastoreo eran de uso exclusivo para una finalidad especifica, en ese entonces
alcazaba para todos y no existía problemas para acceder a tierras comunales tal como ocurre hoy en
día, el sindicato proporcionaba tierra a los que no tenían o aquellas personas con parcelas reducidas.
Actualmente estas tierras no necesariamente son de uso especifico, en muchos casos ya sea
por el crecimiento demográfico (que ha hecho que las tierras de cultivo, tierras de pastoreo y las
21. Aynocas, Manejo de suelo con rotaciones en espacio- tiempo , donde se cultivan por tres años consecutivosen una parcela y luego vuelve al mismo después de 6 a 12 años, el primer año se cultiva papa, el segundo ytercer año tubérculos menores (papaliza, oca) y luego se deja descansar como aynoca
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tierras en descanso se reduzcan en pequeñas parcelas y con poca capacidad productiva) y finalmente
por el factor climático (falta de precipitaciones y por causa de las sequías), son aprovechadas
indistintamente durante el calendario agrícola.
Esquema Nº 4. Gestión y uso de la tierra en las comunidades de la Subcentral Waka Playa
Fuente: Elaborado en base a Frías, S. 2001
4.4.5. Factores que influyen en la desertización de las tierras dentro de las comunidades
Actualmente los Recursos Naturales (RRNN) de estas comunidades por las
características que tiene esta zona, sufren un continuo cambio por el comportamiento del
hombre mismo, aspecto que en los posteriores años puede tener un mayor efecto significativo,
afectando negativamente sobre la vida de las familias campesinas de esta zona y otras. Entre los
factores mas importantes que pueden estar presentes son; Físico-Biológicos y Socio-
Económicos.
La existencia de sobre pastoreo de animales, la intensa tala de arbustos y árboles
existentes para la leña (que utilizan como combustible), las prácticas agrícolas inadecuadas en
las laderas con pendientes pronunciadas, se observan con serios problemas de erosión y de
22. Bosques relictos, son la conformación de bosques con especies nativas, como producto del cuidado de las
Dinamizado por el sindicato
Tierras comunales Tierras en arriendo Rotación de cultivos
Uso de la tierra
Yapas Aynocas
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pérdida de suelos, todos estos aspectos hacen que en estas zonas exista mayor riesgo para la
desertificación a futuro.
Los factores negativos para que las tierras de esta zona sufran un continuo cambio en su
estructura natural, es la desertización23 de las comunidades, que esta ocurriendo paulatinamente en
el transcurso del tiempo, causado por diferentes factores como la erosión hídrica, la pérdida de la
cobertura vegetal que inciden en el crecimiento de la pobreza como una variable fundamental de los
habitantes en las comunidades de esta zona.
Según las afirmaciones de los habitantes de estas zonas, en las ultimas décadas las tierras
han sufrido una serie de cambios en su estructura natural (las tierras agrícolas y pastoreo), han sido
desbastadas principalmente por la erosión hídrica y eólica, las tierras de esta zona han perdido su
capa arable y la cobertura vegetal, por las características topográficas las tierras de estas zonas están
ubicadas con fuertes pendientes, aspecto que hace que en el futuro sea encaminada y amenazada a
una paulatina desertización.
4.5. CARACTERISTICAS DEL AREA AFECTADA CON LA LEY 1262 DEL
PARQUE NACIONAL TUNARI
4.5.1. Proceso histórico
En 1939 surgen las primeras acciones del estado boliviano sobre la preservación y
protección de los recursos naturales (RRNN), a través de un decreto supremo que consistía en la
prohibición de "roza y quema" en terrenos forestales.
En 1946, el Arquitecto. Jorge Urquidi Z., escribió sobre la necesidad de "declarar Parque
Nacional Tunari ubicada al norte de la ciudad de Cochabamba, razón por la que el Ing. Herbert
Oscar Von Borries Guillen, atribuye el origen del Proyecto del Parque nacional Tunari a los señores:
generaciones ancestrales que a un existen.23. Desertificación. degradación de las tierras de zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas resultante de
diversos factores, tales como las variaciones climáticas y las actividades humanas (Ministerio de DesarrolloSostenible y Medio Ambiente 1998).
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Jorge Urquidi Z. y Gustavo Urquidi "quienes en el periodo edilicio del Sr., Carlos Aranibar Orosco,
consiguieron que se dicte la ordenanza Municipal que contemplaba la arborización de la falda del
Tunari" (febrero de 1950) (CTIPNT, 1998)24.Posteriormente en Abril de 1952, mediante Ley de reforma Agraria se considera la
protección de los Recursos Naturales, reiterándose la "roza a fuego" y tala indiscriminada en
jurisdicción del Parque, sin embargo, el problema se agudizo debido que los propietarios de los
latifundios existentes, temerosos de perder sus terrenos a consecuencia de la nueva ley,
iniciaron la tala indiscriminada de los bosques existentes en la zona del Parque con el propósito
de "salvar" aunque fuese una parte de sus bienes. Por su parte, los campesinos del lugar
siguieron practicando la quema de pajonales. Producto de ello, una nueva disposición legal se
promulga en 1954 creando el servicio Forestal y de Caza, a través del DS.: de 22 de enero, que
proporciona los mecanismos necesarios para lograr el objetivo de proteger los Recursos
Naturales.
En los siguientes años la situación del Parque sigue la tendencia señalada, los
habitantes del área rural y los de la ciudad continúan destruyendo la vegetación a través de
quema de pastos y tala de árboles de manera continua e indiscriminada. Por otro lado en 1958
se produjeron intensas lluvias, produciendo en Cochabamba serios problemas como
inundaciones producto de las torrenteras de la Cordillera Tunari. La respuesta a estos problemas
culmino con la elaboración de un anteproyecto para la creación del Parque Tunari con el
objetivo de "buscar una solución integral a la ciudad de Cochabamba" realizado por Eduardo
Tardío, Benno Marcus y Jorge Alejandro Ovando Sanz.
El Anteproyecto hacia referencia al problema erosivo que afectaba a la región de la
Cordillera del Tunari provocando desastres naturales. Una ves mas se sugieren "algunas
medidas de emergencia" y como solución definitiva se propone la "Creación de un Parque
Nacional, de acuerdo al Decreto Supremo No 3612 de 22 de enero de 1954, que seria atribución
24. Comisión Técnica Interinstitucional del Parque Nacional Tunari.
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de la Dirección Forestal de Caza y Conservación de Suelos, la formulación del proyecto
definitivo.
En ese entonces los limites propuestos del Parque Nacional Tunari fueron: al Sur,
desde la Avenida América; al Norte, hasta la cabecera del río Tablas, al Este desde la primera
quebrada de Tupuraya y al Oeste hasta la quebrada de Aalisukha; estos limites suponían una
superficie total de 300 km2 aproximadamente.
El 30 de marzo de 1962 se emite el Decreto Supremo No 06045 para crear el Parque
Nacional Tunari, donde en su artículo primero declara Parque Nacional Tunari a la zona situada al
norte de la ciudad de Cochabamba dentro de los siguientes limites: Al Norte la ceja del monte de la
región de Tablas; al Sud la Avenida Circunvalación que limita el radio urbano de la ciudad; al Este
la Quebrada de Arocagua y al Oeste la Quebrada de la Taquiña, cuya superficie total era de 240 kmª
aproximadamente. Posteriormente en 1963 fue elevado a rango de Ley. No 253, donde el decreto en
su artículo primero declara Parque Nacional Tunari (Comisión Técnica Interinstitucional del Parque
Nacional Tunari, 1998: 5).
El 13 de septiembre de 1991 se dicta una nueva Ley vigente a la fecha, que modifica
nuevamente los limites del Parque; en el artículo primero indica que se amplíe la extensión del PNT,
creado mediante el D.S. 06045 del 30 de marzo de 1962, hasta los siguientes limites: al Norte, la
Ceja de la Región de Tablas, al Sur la cota 2750 msnm., al Este el río Kenko Mayu y al Oeste la
margen del estrecho de Parotani. Esta nueva modificación llega a una superficie aproximada de 300
000 ha o 3 090.91 km2.(Comisión Técnica Interinstitucional del Parque Nacional Tunari, 1998).
4.5.2. Ubicación del Parque Nacional Tunari
El área afectada por el Parque Nacional Tunari se encuentra en la cuenca hidrográfica de los
ríos Rocha - Maylancu, estos a su ves pertenecen a las cuencas de los ríos Caine y Grande,
comprendida en la vertiente del rió Amazonas. Geográficamente se encuentra entre las coordenadas
65º55' a 66º45' de longitud oeste y 16º55' a 17º33' de latitud sud (FUNDACIÓN SIMON I PATIÑO,
1999: 15).
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4.5.3. Los Limites del Parque Nacional Tunari
Según el artículo primero de la Ley N° 1262 de 13 de septiembre de 1991, los límites del
Parque Nacional Tunari son: Al norte, la ceja del Monte de la región de Tablas; al Sur, la cota 2750
msnm.; al Este, el río Kenko o Kenko mayu; y al oeste la margen Norte del estrecho de Parotani (ver
mapa 1).La Subcentral Waka Playa perteneciente al Cantón Ramadas de la provincia Tapacari,
de acuerdo a la Ley Nº 1262 del Parque Nacional Tunari (PNT), esta dentro del limite sudoeste
del PNT, empezando desde el estrecho de Parotani, subiendo por la cuenca Tintaya y
finalizando con el limite de la provincia Ayopaya en la parte norte y al este limita con las
provincias Quillacollo y Ayopaya.
4.5.4. Superficie y relieve del Parque Nacional Tunari
La superficie que se establece según los limites indicados anteriormente es de
aproximadamente de 300 000 has ó 3090.91 Km², que incluyen cinco provincias tal como se
muestra en el cuadro 5 (Comisión Técnica - Parque Nacional Tunari, 1998).
De acuerdo a los limites que indica la Ley Nº !262 del PNT., al incluir en su
jurisdicción cinco provincias del Departamento de Cochabamba También incluye gran parte del
cantón Ramadas de la provincia Tapacari e incluye dentro de esta área según los dirigentes
campesinos alrededor de treinta y cinco comunidades.
Cuadro Nº 7. Superficies del Parque Nacional Tunari de acuerdo a jurisdicción provincial
PROVINCIAS MUNICIPIOSUPERFICIE
(Km²)PORCENTAJE
AYOPAYA MorochataAyopayaa
774.49 25%
CERCADO Cercado 22.33 1%
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QUILLACOLLO
QuillacolloColcapirhuaTiquipayaVintoSipe - sipe
1092.98 35%
CHAPARE SacabaColomiVilla Tunari
934.32 30%
TAPACARI Tapacari 266.79 9%
Fuente: Elaboración sobre la base de la Comisión Técnica Parque Nacional Tunari, 1998
Esta zona se caracteriza por la presencia de montañas moderadamente altas de cimas
ligeramente convexas, pendientes cortas y disectadas, entre las montañas se encuentran altas
mesetas onduladas a escarpadas. El rango latitudinal oscila entre 2750 a 4420 msnm.
Por las características de la zona de la cordillera del Tunari, la parte afectada de la
provincia Tapacari, también presenta algunas características similares de la zona, existiendo
pendientes fuertes, quebradas con mesetas escarpadas y presencia de montañas.
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Mapa Nº 2. Limites y provincias que comprende el Parque Nacional Tunari
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4.5.5. Flora y fauna
En esta área existe una amplia gama de diversidad de flora, quedando algunos rodales
de Polilepsis besseri y especies introducidas como: pino (pinus spp) y eucalipto (Eucalyptus
globulos). Aún se encuentran en algunos lugares bosque relictos de bosques andinos Quewiña
(Polylepis), molle (Shinos), aliso (Alnus acuminata).
También existen una diversidad de fauna presente en la Cordillera del Tunari, entre los
más importantes tenemos como: el gato andino (Conepatus chinga), el pato de las torrentes
(Merganetta armata), mirlo de los torrentes (Cinclus leucocepahalus), paloma nuca blanca
(Columba fasciata); entre los reptiles se encuentran: lagartijas del genero liolaemus (mabuya
cochabambae) y dos especies de culebra (Tachymenis peruviana y Wanglerophis merremii).
Por otro lado, se encuentran especies de anfibios como: ranas (Hyla albonigra e Hyla
Pulchella) y sapo (Bufo arenarum). (FUNDACIÓN SIMON I. PATIÑO, 1999:15).
4.6. LA PROBLEMÁTICA DEL PARQUE NACIONAL TUNARI
El origen del problema de las comunidades campesinas y de las autoridades regionales
fue el Decreto Ley Nº 1262 del Parque Nacional Tunari (PNT), que fue promulgado y
sancionado durante el gobierno del Lic. Jaime Paz Zamora, que se sancionó y promulgo como
regalo de aniversario en su efemérides para Cochabamba el 13 de septiembre de 1991. En un
principio el problema solo se concentraba y se traducía en los asentamientos humanos sobre la
cota 2750 msnm. que es la parte del limite sur los que se encuentran dentro del "Área
Protegida". Con el afán de legalizar y regularizar varias de sus propiedades privadas (lotes), se
involucran en el contexto problemático del Parque. Sin embargo, hasta entonces muchas
comunidades de las cinco provincias también afectadas no conocían el contenido y el
significado de la Ley, a partir de esto ya, con el conocimiento de las comunidades campesinas,
el problema del Parque Tunari se agudiza mas y se vuelve en un problema bastante serio,
complicado y muy delicado, por las características de las zonas afectadas.
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Según los dirigentes campesinos, el problema se inicia por la exigencia del gobierno de
hacer cumplir la Ley Nº 1262 del Parque Nacional Tunari, donde en un principio habían empezado
con el mojonamiento del área en algunas provincias involucradas con el Parque.
Como producto de un análisis y reflexión por las comunidades, la Ley Nº 1262 entra en
cuestionamiento sobre el contenido y el significado de la misma, donde en algunos de sus artículos
tal como el Art. Nº 7 es carácter estricto y prohibitivo contra los intereses de los habitantes de la
Cordillera del Tunari (comunidades campesinas de las cinco provincias), el mismo ha sido
cuestionado como atentatorio, afectando los Usos y Costumbres (véase anexo 6).
El proceso de discusión sobre las implicaciones de la Ley Nº 1262 en las comunidades
campesinas se inicia desde fines del 2000, con la intervención de los asentamientos por encima de la
cota 2750 msnm. y de las autoridades regionales de la ciudad de Cochabamba. El propósito era llegar
a una solución de manera pacifica y consensuada en beneficio de las comunidades campesinas y la
región en general, en sentido de que no existan afectados.
4.6.1. Seguimiento de algunos seminarios talleres del proceso de solución
El proceso de solución estaba a cargo de la Prefectura de Cochabamba, quien contrata una
Consultaría “ Resolución de conflictos e Institucionalización de la gestión del Parque Nacional
Tunari (Licenciada Debra Pereira), para que se encargue del trabajo y para llegar a una solución y/o
entendimiento con los actores locales afectados con la ampliación del Parque Nacional Tunari. La
"Consultoría" a través de un equipo técnico de la Prefectura inicio su trabajo desde el mes de febrero
a diciembre del 2001 como una primera etapa y finalizando su trabajo en febrero 2002, abocándose
al proceso de resolución de la problemática y conflictos del Parque Nacional Tunari
La Consultoría en; “Resolución de Conflictos e Institucionalización de la Gestión delParque Nacional Tunari, realizo un estudio serio y responsable de la problemática del "Área
Protegida", realizando una serie de Seminarios Talleres en la ciudad de Cochabamba con
Autoridades, Instituciones, Comisión Campesina y Comité de Gestión, para tratar como tema
específico la problemática del Parque y llegar una alternativa de solución a la ley Nº 1262 del Parque
Nacional Tunari.
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Posteriormente a través de un previo acuerdo con los dirigentes campesinos y una
planificación, como producto del entendimiento la Consultora realizo Seminarios Talleres en
las provincias afectadas (Cercado, Quillacollo, Chapare, Tapacari) con excepción de Ayopaya,
donde el objetivo de los talleres fue el de asentar una información básica de la coyuntura del
Parque, recabar las perspectivas, opiniones campesinas y finalmente recoger las propuestas
campesinas para buscar una alternativa solución y proponer un anteproyecto Ley que reemplace
o sustituya a la Ley Nº 1262 (véase el esquema 5).
4.6.2. Resumen del trabajo de la Consultoría “Resolución de Conflictos eInstitucionalización de la Gestión del Parque Nacional Tunari
Objetivos
1. Facilitar la identificación de alternativas consensuadas de resolución de conflictos, a travésde la articulación de la participación de los actores sociales con el conocimiento técnico,ambiental y jurídico del área, de tal manera se tomen decisiones factibles de ser aplicadas.
Facilitar la estructuración de mecanismos institucionales y de una base técnica y social quepermita el diseño de un plan de manejo y gestión del Parque Nacional Tunari.
Fuente: Elaboración sobre la base de Pereira, 2002:7
Objetivo IntermedioResolución de
conflictos
Objetivo FinalGestión del Parque
Nacional Tunari
Toma de decisiones
Participaciónciudadana
Información ycapacitación
Soportetécnico
Normas yreglamentos
Bases para lagestión del PNT
Sostenibilidadfinanciera
Componentes por actividad
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Metas
Fuente: Elaboración sobre la base de Pereira, 2001:14
Financiamiento
Para la realización del trabajo de la Consultaría “Resolución de Conflictos eInstitucionalización de la Gestión del Parque Nacional Tunari”, fue con recursos de laPrefectura de Cochabamba y para la realización de los Seminarios talleres; en la ciudad comoen áreas rurales fue financiado desde afines de junio 2001 hasta febrero de 2002 por la“Fundación Boliviana para la Capacitación y la Investigación” Pereira, 2002: 6
Duración
Al trabajo de la Consultoría “Resolución de Conflictos e Institucionalización de la Gestión delParque Nacional Tunari” duro toda la gestión del 2001, hasta febrero de 2002 de maneraintensa.
Beneficiarios
El trabajo de la Consultoría a beneficiado a:
12 Municipios Comunidades campesinas (familias campesinas) Autoridades regionales Dirigentes campesinos Asentamientos por encima de la cota 2750 msnm.
Fuente: Sobre la base de Pereira, 2001:6
Expectativas de organizaciones campesinasrespecto a normas del parque
Realización de talleres deinformación y capacitación
Elaboración de propuestas de modificaciónde propuestas de modificación de ley en
comunidades campesinas
Propuestas campesinas para lamodificación de la ley Nº 1262
Elaboración del primer borrador de proyectode ley
Borrador elaborado y discutidopor profesionales conconocimiento del tema
Elaboración de bases conceptuales
Discusión con organizaciones campesinas Sugerencias para incorporar alproyecto Ley
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Esquema Nº 5. Esquema de talleres realizados por la Consultora externa de la Prefectura
* Consultoría “Resolución de Conflictos e Institucionalización de la Gestión del Parque Nacional TunariFuente: Elaboración propia en base al seguimiento realizado al proceso de solución
La labor de modificar y/o sustituir esta Ley fue asumida seriamente por las
comunidades que se encuentran dentro del área protegida y por otro lado por las autoridades
regionales. El trabajo se realizo con la elaboración de propuestas de acuerdo a las perspectivas y
necesidades campesinas de la zona y en sus propias comunidades.
SeminariosTalleres
CercadoQuillacolloChapareTapacari
Subcentralescampesinas
EquipoTécnico
CONSULTORÍA*
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Foto Nº 5. Realización del talleres sobre la problemática del PNT en la Subcentral CorralPampa, provincia Tapacari a cargo de la consultoría en la facilitación deresolución de conflictos del Parque.
Foto Nº 6. Realización de seminarios talleres de discusión y reflexión de la problemática delPNT en la ciudad de Cochabamba organizada por consultoría en la facilitaciónde resolución de conflictos del Parque.
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4.6.3. Propuestas de la Central Regional Waka Playa respecto al PNT
En el caso de la zona Waka Playa el seminario taller se realizo en fecha 13 de Septiembre
del 2001. Para la elaboración de las propuestas se dividieron por Subcentrales, en esta oportunidad
con la ayuda de los técnicos de AGRUCO y dirigentes campesinos se elaboraron las propuestas
respectivas donde participaron directamente todos los presentes tanto hombres y mujeres
(campesinos) de las cuatro Subcentrales de la zona Tapacari afectados por el Parque Nacional
Tunari. Posteriormente cada Subcentral expuso sus propuestas respectivas a sus bases con la ayuda
de los técnicos de AGRUCO, donde las conclusiones fueron los siguientes:
Subcentral Waka Playa
1. El gobierno debe respetar la soberanía nacional.
2. El gobierno debe respetar la soberanía y la dignidad de los campesinos de
Cochabamba.
3. Debe respetarse los usos y costumbres de acuerdo a la cultura andina.
4. Participación campesina en 50 mas uno por ciento en la toma de decisiones.
5. Rechazo a la ley 1262, la administración y la expropiación de nuestras tierras.
6. Si no se hace caso a nuestras propuestas tomaremos medidas estrictas como el bloqueo
de caminos, además si continúan midiendo y colocando mojones, la organización
campesina no se responsabiliza de cualquier acción a tomarse por los campesinos.
Subcentral Lap’iani
1. Que se respeten los usos y costumbres.
2. Auto gestión de los recursos existentes por campesinos.
3. Administración de los Recursos Naturales (RRNN), hídricos, forestales, tierra y fauna
directamente por las comunidades campesinas.
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4. Derogación de la ley 1262.
5. Incorporación de proyectos sostenibles para las comunidades.
6. Que se respeten las áreas de cultivo y pastoreo.
7. No aceptamos la expropiación de nuestras tierras por el gobierno u otras instituciones.
8. Que se respete la pequeña ganadería ya sea de ganado mayor y menor.
Subcentral Chivirrancho y Corral Pampa
1. Nosotros queremos expropiar nuestros recursos naturales y tierras según a nuestros
usos y costumbres, respetando nuestras organizaciones de base.
2. Que se respete el pastoreo por que con estas estrategias mantenemos nuestros suelos
libre de erosión y poder en el futuro sobrevivir.
3. No a la administración de las instituciones gubernamentales (Prefectura, Alcaldía,
CORDECO, Séptima División y otros).
4. Queremos la reformulación de la ley 1262 y pedimos que se considere nuestros
reglamentos propuesto en este seminario.
Según el personal técnico de la Consultora a la cabeza del Dr. José de la Fuente y el
Lic. Luis Rojas indicaron en esta oportunidad, de que se tomaran en cuenta estas propuestas
(Tapacari) mas las otras de las cinco provincias (Cercado, Quillacollo, Sacaba y Ayopaya)
afectadas con el Parque Nacional Tunari, para sustituir y/o reemplazar la Ley 1262.
4.6.4. Puntos fundamentales y/o propuestas para la elaboración del anteproyecto ley
Después de un arduo trabajo de la Comisión Campesina, Comité de gestión y la
Consultora, las propuestas campesinas de las cinco provincias afectadas se ha reducido solo a
18 puntos, considerados como aspectos fundamentales que se tenían que tomarse en cuenta para
sustituir la ley 1262, para esto la Consultora Externa de la Prefectura en función a las
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propuestas, elaboro un Anteproyecto de Ley para el Parque Nacional Tunari. sobre la base de
las siguientes propuestas:1. Rechazo y/o sustitución de la Ley Nº 1262.
2. Se respetan los limites actuales del Parque Nacional Tunari.
3. Administración propia por las comunidades campesinas del Área Protegida con apoyo
institucional.
4. Respeto a usos, costumbres y servidumbres de las comunidades originarias.
5. Respeto a derecho propietario sobre la tierra, con el mismo tratamiento y saneamiento
de tierras en forma gratuita y territorio.
6. No se acepta ningún tipo de concesión de los recursos del Parque Nacional Tunari.
7. Protección bajo gestión campesina de cuencas, torrenteras y áreas de pendientes.
8. Protección bajo administración campesina de áreas verdes, lagunas y biodiversidad.
9. Manejo de los bosques, plantas nativas y exóticas bajo administración de las
comunidades campesinas.
10. Realizar actividades agrícolas, ganaderas, agroforestal de forma sostenible con manejo
de ayanokas y conservación de suelos.
11. Uso apropiado del agua, construcción, mantenimiento de sistemas de riego,
recuperación de lagunas y conservación de vertientes.
12. Capacitación técnica para el manejo de los recursos naturales.
13. Mejoramiento del ganado, del sistema de pastoreo y del manejo sostenible de los
pastizales.
14. Acceso general a servicios públicos: básicos, equipamiento social y vías de acceso con
planificación especializada.
15. Construcción de viviendas rurales con planificación apropiada.
16. Garantizar mercado para la producción de las comunidades campesinas del Parque con
precios justos.
17. Financiamiento para administración y ejecución de actividades en el Parque del Tesoro
Nacional, Municipios e impuesto ecológico.
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18. El Comité de Gestión debe constituirse con una representación de las organizaciones
campesinas provinciales igual al 50% mas uno del total de sus miembros.
El problema no se ha podido solucionarse debido a que la consultora culmino su
contrato con la Prefectura antes de terminar el trabajo de manera consolidada y consensuado,
sin embargo los responsables de la parte técnica de la Prefectura han seguido con el trabajo final
del Anteproyecto y presentaron a las partes interesadas (véase anexo 9).
4.6.5. Incumplimiento del gobierno departamental en la elaboración del anteproyectoley
El Anteproyecto Ley del PNT ya como documento final elaborado por la Prefectura,
según los dirigentes y la Comisión Campesina, el documento propuesto no contemplaba todas
las expectativas y propuestas campesinas, existiendo ciertos vacíos y dudas en el documento,
razón por la cual se paralizo el proceso de solución, porque la Comisión Campesina rompió el
acuerdo con las autoridades departamentales por el simple hecho de no respetar la decisión de
las propuestas exigidos campesinas.
El desenlace entre Autoridades regionales y los campesinos, ha hecho de que existan
desconfianzas en la parte campesina por la mala intención en los representantes de la
Prefectura; producto de este desentendimiento los representantes campesinos han buscado otras
alternativas de solución, para este problema y se han responsabilizado con la contratación o
simplemente invitación de profesionales entendidos en la materia jurídica y técnicos (Mesa
Técnica) que conozcan la realidad de las comunidades, para que el proceso final de la
problemática sea llevado adelante por estos profesionales invitada por la Comisión Campesina
de las de las cinco Provincias afectadas con el Parque Nacional Tunari.
Desde la perspectiva del gobierno la problemática y el proceso de solución del Parque
Nacional Tunari, en donde han participado por una parte la Comisión Campesina como
representante legitimo de las comunidades afectadas y en otra responsabilidad las autoridades
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regionales donde están la Prefectura, el Comité de Gestión como representantes del Gobierno,
siendo una posición exclusionista, extructuralista, vertical y no participativa que se puede
sintetizar en el esquema Nº 6.
Esquema Nº 6. Proceso de solución sobre la problemática del PNT., desde autoridadesregionales
* SERNAP.- Servicio Nacional de Areas Protegidas** Mesa Técnica.- Conformación de profesionales voluntarios interdisciplinarios.Fuente: Elaboración propia, en base al seguimiento realizado.
Otro de los factores, para que el proceso de solución se estanque y/o paralice fue la
coyuntura política electoral (elecciones presidenciales, junio de 2002), que ha influido para que
exista un desentendimiento entre representantes del Comité de Gestión, Prefectura y la Comisión
Campesina, estos últimos decidieron paralizar el proceso de solución evitando que el asunto sea
politizado, porque muchos políticos aparecieron como salvadores del Parque Nacional Tunari solo
por las campañas electorales, planteando inclusive alternativas sobre la base de requerimientos de
involucrados.
La Consultora Externa de la Prefectura finaliza su contrato de servicio en el mes de mayo
del 2002, que por diferentes causas como; las elecciones presidenciales, cambio de autoridades
PROCESO DESOLUCIÓN
PREFECTURA
CONSULTORIAComisión Campesina
Mesa Técnica**
Asentamientos
Comité de gestión
Instituciones
SERNAP*
PROBLEMÁTICA DEL PNT
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políticas (Prefectura de Cochabamba) y en otros casos el desentendimiento de las autoridades
campesinas del área afectada sobre la política de solución no ha podido culminar su trabajo y de
llegar a una solución exitosamente en casi dos años de trabajo.
Según el seguimiento realizado al proceso de discusión y de acuerdo a los talleres
realizados en las comunidades campesinas, los actores sociales locales afirman que, el Parque
Nacional Tunari con la Ley 1262 como lo propone, no se adecua a las características de la zona,
por ejemplo esta Ley en su artículo séptimo habla de la no extracción del material de
construcción y también la prohibición de cría de animales o simplemente en el artículo segundo
habla de la expropiación (véase el anexo 6), revisando el Reglamento General de Áreas
Protegidas, la categoría de manejo como parque es de carácter estricto y prohibitivo, en este
sentido esta categoría de manejo es contradictorio contra las comunidades campesinas de la
zona afectada.
Dentro del área comprendida, según los representantes de la "Comisión Campesina"
existen mas de 300 comunidades con diferencias claramente marcadas en los aspectos como; la
organización, las estrategias y gestión en el manejo de sus tierras, el número de familias y
habitantes entre las comunidades, los pisos ecológicos, necesidades dentro de las comunidades
y los usos y costumbres, pudiendo variar de comunidad a comunidad e igualmente de Provincia
a Provincia. Por otro lado dentro del Área Protegida, existen diferentes; ecosistemas con
distintos pisos altitudinales y finalmente la riqueza en la diversidad de los Recursos Naturales;
minerales, flora, fauna e hídricos también varia.
4.6.6. El anteproyecto ley del PNT
Una de las primeras falencias y/o incumplimiento del gobierno regional según la
Comisión Campesina, es que no habían sido tomados en cuenta todas las propuestas y/o puntos
planteados por las bases locales (comunidades campesinas) en los seminarios talleres realizados
en cada una de las provincias afectados, bajo ese argumento en un principio el documento del
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anteproyecto había sido observado y rechazado, por ejemplo el articulo 9º del anteproyecto no
especifica el poder y grado de participación de las comunidades campesinas en el Comité de
Gestión (véase el anexo 9).
Otro de los aspectos que siempre discrepan los representantes campesinos, es
específicamente en el nombre del área protegida y la categoría de manejo. Según el Reglamento
General de Áreas Protegidas en el Articulo 20 hace referencia sobre Parque Nacional o
Departamental, e indica de que tiene por objeto la protección estricta y permanente. Revisando
el capítulo cinco del Reglamento General de Áreas Protegidas, donde indica una protección
absoluta sin permitir una modificación alguna al ambiente, ciertamente a las características de la
cordillera del Tunari no se adecua por la presencia de las comunidades campesinas en esta zona
(véase el cuadro 7 y el anexo 10)
El anteproyecto actual ha sido de avance significativo en el proceso de solución de la
problemática de las comunidades campesinas, puesto que reúne aspectos y elementos
considerables para llegar a la finalización de la problemática del Parque Nacional Tunari, sin
embargo la Comisión Campesina (dirigentes campesinos) no están de acuerdo con la categoría
de manejo y el grado de participación que se les plantean (véase el anexo 9).
4.6.7. Las garantías y derechos que tienen las comunidades campesinas en torno la ley1262
También es importante indicar fundamentalmente sobre los derechos y garantías que le
conceden las leyes para los habitantes de las comunidades campesinas, comunidades
tradicionales y/o originarias que están escritas en la Constitución Política del Estados (C.P.E.),
Leyes y Decretos Supremos (D.S.) existentes y que ciertamente tiene que ver con la
problemática de la Ley 1262 del Parque Nacional Tunari y que presentamos en forma resumida
en el cuadro Nº 8.
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Cuadro Nº 8. Comparación de los Artículos de la Constitución Política del Estado y la Ley INRA, sobre las garantías constitucionales delas comunidades campesinas.
Constitución. Política del Estado Ley INRA* Ley Nº 1262
Art. 169.- El solar campesino y la pequeña propiedad sedeclaran indivisibles; constituyen el mínimo vital y tieneel carácter de patrimonio familiar inembargable
Art. 171.-
I.- Se reconocen, respetan y protegen en el marco de laLey, los derechos sociales, económicos y culturales de lospueblos indígenas que habitan en el territorio nacional,garantizando el uso y aprovechamiento de los RecursosNaturales a su identidad, valores, lengua, costumbres einstituciones.
II.- El Estado reconoce la personalidad jurídica de lascomunidades indígenas y campesinas y de lasasociaciones y sindicatos campesinos
III.- Las Autoridades naturales de las comunidadesindígenas y campesinas podrán ejercer funciones deadministración y normas propias como soluciónalternativa de conflictos, en conformidad a sus costumbresy procedimientos; siempre que no sean contrarias a estaconstitución y las leyes. La Ley compatibilizara estasfunciones con las atribuciones de los poderes del Estado
Art. 2.- (Función Económica Social)
I.- El solar campesino, la pequeña propiedad, lapropiedad comunitaria y las tierras comunitarias deorigen cumplen una función social cuando estándestinadas a lograr el bienestar o el desarrolloeconómico de sus propietarios, pueblos ycomunidades indígenas, campesinas y originariasde acuerdo a la capacidad de uso mayor de la tierra
Art. 3.- (Garantías Constitucionales)
II.- Se garantiza la existencia del Solar Campesino,la pequeña propiedad, las propiedadescomunitarias, cooperativas y otras formas depropiedad privada. El estado no reconoce ellatifundio
III.- Se garantiza los derechos de los pueblos ycomunidades de origen, tomando en cuenta susimplicaciones económicos, sociales y culturales, eluso y aprovechamiento sostenible de los RecursosNaturales (Art. 171 de la CPE***).
Art. 1. Amplíese la extensión del PNT**, creadomediante DS. Nº 06045 de 30 de marzo de 1962hasta los siguientes limites: al Norte, la Ceja delmonte de la región de Tablas; al Sur, la cota 2750msnm.; al Este el río Kenko Mayu, y al Oeste lamargen Norte del estrecho de Parotani.
Art.2. Declárese de utilidad y necesidad publica, laexpropiación de los terrenos comprendidos dentrodel área señalada, la misma que se sujetará a lasdisposiciones legales en vigencia. Quedan excluidosde los alcances de la presente Ley, los terrenoscultivados y aquellos en los en los que se encuentreninstalaciones industriales a la fecha de promulgaciónde la presente Ley, salvo que las necesidadestécnicas exijan la ejecución de obras defensivascontra la erosión y las inundaciones.
Art. 7. Queda terminantemente prohibida laextracción de material de construcción, así como lacrianza de Ganado en el área del parque, salvo lasexcepciones que se determinaron en lareglamentación respectiva.
* Instituto Nacional de Reforma Agraria** Parque Nacional Tunari*** Constitución Política del Estado
Fuente: Elaboración propia sobre la base de la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 1715 INRA y la Ley Nº 1262 PNT.
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Según la Constitución Política del Estado las propiedades de las comunidades y/o
territorio comunal campesina, son de carácter pro indiviso e inembargable porque cumplen una
función social; tanto la Ley INRA como la Constitución hablan de; respeto, garantías, derechos
sociales y protección a las comunidades originarias y/o tradicionales. Por consiguiente en
ambos casos ciertamente son compatibles y no existen contradicción negativa en contra de las
comunidades, mas al contrario reconocen como tal la existencia de las comunidades campesinas
y/o tierras comunitarias de origen. Entonces la tierra y el territorio de las comunidades por la
dignidad campesina no debe sufrir alteración alguna en contra de sus intereses, puesto que los
habitantes de estas comunidades están asentadas antes de la colonización española.
Las comunidades afectadas con la Ley 1262 del Parque Nacional Tunari se respaldan
en el derecho de tener la tierra para la sobrevivencia actual y de las futuras generaciones, por
otro lado los usos, costumbres y servidumbres deben ser respetados por las autoridades y
quienes gobiernan este país.
En cuanto a leyes y decretos existentes parecen ser contradictorios a lo que indica la
Constitución Política del Estado (CPE), se ha realizado un análisis en el que se llega a la
conclusión de que la “función social” que cumplen estos territorios con presencia campesina
debe sobreponerse a otros criterios técnicos, a menos que el Estado asuma la responsabilidad de
una justa indemnización. En el cuadro Nº 9 se puede ver en forma resumida algunas de estos
decretos y leyes.
![Page 68: UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON - UMSS: Home](https://reader036.vdocuments.net/reader036/viewer/2022070314/62bfa88ef1b4a87385223d93/html5/thumbnails/68.jpg)
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Cuadro Nº 9. Leyes y Decretos con respecto a las comunidades de la Cordillera del Tunari
D.S. Nº 24781 del R.G.A.P Ley Nº 1333 del M.A. Ley Nº 1715 INRA
(Con respecto a la categoría de manejo)
Art. 20.- La categoría del Parque Nacional oDepartamental tiene por objeto la protección estricta ypermanente de muestras representativas deecosistemas o provincias biogeográficas y de losrecursos de flora, fauna así los geomorfológico,escénicos o paisajísticos que contengan y cuenten conuna superficie que garantice la continuidad de losprocesos ecológicos y evolutivos de sus ecosistemas
CAP. V.
Art. 31 (Protección estricta)Tiene como el objetivo la preservación de lanaturaleza, garantizando su evolución natural. Estazona esta conformada por ecosistemas o biotiposfrágiles que justifican la declaración de áreas y queameritan protección absoluta, sin permitirsemodificación alguna al ambiente natural. Al efecto, nose permitirá actividades de uso publico a fin de que lascondiciones se conserven a perpetuidad. En esta zonasolo se permitirán las actividades de guardiana y deinvestigación científica previamente autorizadas yreguladas.
Art. 60.- Las Áreas Protegidasconstituyen áreas Naturales con osin intervención humana,declaradas bajo protección delEstado mediante disposicioneslegales, con el propósito deproteger y conservar la flora yfauna silvestre, recursosgenéticos, ecosistemas naturales,cuencas hidrográficas y valoresde interés científico, social con lafinalidad de conservar y preservarel patrimonio natural y culturaldel país
Art. 64.- La declaratoria de ÁreasProtegidas es compatible con laexistencia de comunidadestradicionales y pueblos indígenas,considerando los objetivos de laconservación y sus planes demanejo.
Art. 58 (Expropiación)
La expropiación de la propiedad agraria procedepor causa de utilidad pública calificada por Leyo cuando no cumple la función económica-social, previo pago de una justa indemnización,de conformidad con Art. 22, 166 y 169 de laConstitución Política del Estado
Art. 59.- (Causa de utilidad publica)I.- Son causas de Utilidad Pública:
2.- La conservación y protección de labiodiversidad3.- La realización de obras de interés público
IV.- El solar campesino, la pequeña propiedad,las tierras comunitarias de origen y las tierrascomunales tituladas que, por su especialnaturaleza, cumplen una función social, solopodrán ser expropiados por las causas deutilidad publica, referidas en los numerales 2 y3 del parágrafo I
Fuente: Elaboración sobre la base del D.S. Nº 24781 Reglamento General de Aras Protegidas, Ley Nº 1715 INRA y Ley Nº 1333 del Medio Ambiente
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Otro de los aspectos que muestran las leyes, es que no se hacen entender con
especificaciones claras y concretas, donde los artículos de una Ley se contradicen con otras,
existiendo ciertos vacíos legales, como por ejemplo el Decreto Supremo Nº 24718 del
Reglamento General de Áreas Protegidas, la ley Nº 1715 INRA y la ley Nº 1333 del Medio
Ambiente no se hacen entender con respecto al articulo 169 y 171 de la Constitución Política
del Estado, cuando hablan de la expropiación, protección estricta dentro de las Áreas
protegidas, cuando en este caso particular del PNT, se esta refiriéndose a un caso donde están
asentados varios centenares de comunidades campesinas que viven de acuerdo a usos,
costumbres y servidumbres ya por varias generaciones.
El Decreto Supremo Nº 24781 del Reglamento General de Áreas Protegidas, con
respecto a la categoría de Parque Nacional25 o Departamental se sostiene en una protección
estricta de todo el área comprendida.
La categoría de manejo como Parque con respecto a la Constitución Política del Estado
no se adecua y tampoco es compatible con la presencia de las comunidades que están asentadas
en la zona de la Cordillera del Tunari, porque la presencia de las comunidades y/o habitantes es
incluso antes de la época de la colonia; es en este contexto que las leyes en Bolivia en muchos
casos no están de acuerdo a los requerimientos, características y necesidades de muchos
sectores de población que están dispersos a lo largo y ancho del País
4.6.8. Análisis de las perspectivas campesinas sobre la ley Nº 1262
Las comunidades campesinas desde los años 1952, posteriores a la revolución agraria
han estado desarrollando sus actividades de manera tradicional y de acuerdo a las normas que
rigen dentro de sus organizaciones sindicales. En este sentido la ley 1262 ocasiona un fuerte
impacto contra las comunidades tradicionales o comunidades de origen, violando los derechos y
garantías constitucionales que les da la Constitución Política del Estado.
25. Parque Nacional . Tiene por objeto la protección estricta de muestras representativas de ecosistemas o provinciasbiogeográficas y de los recursos de flora fauna, así como los geomorfológicos, escénicos o paisajísticos que contengany cuenten con una superficie que garantice l continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos de sus ecosistemas.
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Por otro lado desde la creación de la Reforma Agraria del año 1953 los campesinos se
han considerado dueños del territorio y de sus tierras, ya que el acceso a la tierra fue por compra
o como dotación producto de la servidumbre que hacían sus antepasados a los patrones durante
la colonia. Actualmente la tierra es considerada como uno de los recursos mas importantes para
el sustento de la economía familiar, en el cual desarrollan las diferentes actividades como la
pequeña agricultura y ganadería que son las únicas formas de mantener la existencia de las
familias campesinas dentro de sus comunidades. En este sentido conoceremos algunos
testimonios rescatados de campesinos de las comunidades afectadas con el Parque sobre las
interpretaciones de la Ley Nº 1262.
“Sindicato Taquiña, (Septiembre del 2001) A futuro el Parque nacional Tunari,
significa un problema de dependencia y expropiación de tierras de las comunidades de las
provincias afectadas; la ley 1262, claramente define en sus artículos las limitaciones a que
serán sometidas nuestras comunidades en las diferentes actividades agropecuarias, forestales y
de nuestras riquezas hídricas como primer paso y luego a la expropiación definitiva de
nuestras tierras con el pretexto de formar un pulmón para Cochabamba y posteriormente
entregar o vender nuestras tierras a entidades privadas para su manejo y administración,
“Pedro Herbas, (enero del 20002) Según el comunario, la preocupación de la tierra y
el manejo, no solo se comenta por estos conflictos, mas al contrario desde varios años ha sido
una continua discusión y preocupación de las comunidades en cuanto al manejo, protección de
acuerdo a usos, costumbres, y por otro lado a las propias reglas de las organizaciones
sindicales, es por esta razón que las tierras de estas zonas se han manejado y cuidado de
manera adecuada”
“Walter Ortega,(enero del 2002) comunario de la comunidad K’aralahuani decía que
el anteproyecto nos afecta de gran manera a todos porque si se lleva adelante este
anteproyecto con el nombre del Parque Nacional Tunari y con la Ley 1262 esta muy claro que
tarde o temprano el Gobierno procederá con la expropiación de nuestros terrenos y cuando
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pase esto nosotros los campesinos ya no vamos a poder decidir o tomar decisiones de nuestras
tierras, y poco a poco estaríamos sacados de nuestras comunidades, estamos a tiempo para
poder hacer algo, para que en adelante no tengamos ningún tipo de inconveniencias, nosotros
estamos de acuerdo de sacar alguna alternativa de solución mediante dialogo pero que no
atenté nuestro usos y costumbres que practicamos desde nuestros antepasados”.
Según indican los habitantes de la región dan una justificación de sus propiedades; y
ello son los verdaderos dueños de la tierra, porque hacen cumplir la función social de la tierra
de sus comunidades, por otro lado indican que las tierras de estas zonas al igual que muchas han
sido adquiridas, algunas en calidad de dotación como sacrificio de la servidumbre de sus
antepasados después de la reforma agraria en el año 1953 y otros que han sido adquiridas a
través de compras a los patrones y por la herencia de sus padres, pero que todas las tierras de
esta zona tienen sus títulos ejecutoriales que les da una absoluta legitimidad de dueños y esta no
puede ser afectado con medidas atentatorias.
Según afirman las comunidades no se pueden permitir que vengan gente extraña a
manejar y/o manipular a los habitantes de las comunidades, tampoco permitir una
administración directa al Estado, porque no existen tierras vacantes o tierras en desuso, para
que se revierta al Estado; todas las propiedades tienen sus títulos ya sea individual o colectivo.
Por otro lado indican que las tierras actualmente son deficientes por que no les alcanzan para
realizar sus labores agrícolas y/o ganaderas, porque se han convertido en minifundio,
reduciéndose en pequeñas parcelas que no permiten la continuidad de vida en las comunidades.
La realidad de hoy en día el minifundio es el principal factor para que exista el problema de la
tierra y el mismo es uno de los factores para que exista el crecimiento de la pobreza y la
migración continua de los campesinos hacia las ciudades y otras regiones.
“Mario Mamani,(enero del 2002) de la comunidad de Lambramani decía, me parece
que el gobierno quiere aparecer dueño de nuestras tierras, según a mi manera de entender, en
este sentido a la larga nos llevara a una tristeza si la Ley se cumple, entonces estamos a tiempo
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para luchar y preocuparnos de manera mas responsable. Si el Parque Nacional Tunari va ha
triunfar siempre, nosotros los campesinos seremos atropellados y abusados, aunque
teóricamente todas las tierras son del Estado, pero los verdaderos dueños somos nosotros los
campesinos y en ningún momento aceptaremos ningún atentado contra nuestros intereses. Por
otro lado somos 35 comunidades de Tapacari y juntos debemos luchar hasta conseguir
nuestros intereses”.
“Roberto Rojas,( enero del 2002) comunario de Lambramani decía, las tierras de
nuestras comunidades son tituladas y no existen tierras vacantes, hasta los últimos rincones
tienen dueño y no sobran ni un solo metro cuadrado en las comunidades, nosotros lo
aprovechamos de manera continua de acuerdo a nuestras necesidades y ni siquiera alcanza
para mantener nuestras familias, ¿por qué no respetan las tierras tituladas?, la realidad de
nuestras comunidades es una verdadera lastima con una pobreza total, nuestras tierras son
demasiados pequeños actualmente y por esta razón mucha gente campesina se migra a las
ciudades en busca de mejores condiciones de vida. Finalmente nosotros conocemos la realidad
de nuestras comunidades por que la palpamos y vivimos sobre ella”.
También indican que nunca estarán de acuerdo con la ampliación del Parque Tunari y
peor a que vengan gente extraña a manejar y/o manipular a los habitantes de las comunidades,
tampoco se permitirá una administración directa por el Estado, porque no existen tierras
vacantes o tierras en desuso, para que se revierta al Estado, en estas comunidades todas las
propiedades tienen sus títulos ejecutoriales ya sea individual o colectivo. Por otro lado indican
que las tierras actualmente son deficientes porque no les alcanzan para realizar sus labores
agrícolas y/o ganaderas, porque se han convertido en minifundio, reduciéndose en pequeñas
parcelas provocado por el crecimiento demográfico. La realidad de hoy en día es el minifundio
que hace que exista el crecimiento de la pobreza y la migración continua de los campesinos
hacia las ciudades (véase anexo 7).
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Sin embargo la situación actual de las tierras de las comunidades según indican, han
sido fraccionadas y divididas en pequeñas parcelas producto del crecimiento demográfico a
través de la sucesión de generaciones, aunque actualmente según las familias jóvenes se han
declarado en una preocupación continua, por que no tienen títulos ejecutoriales individuales y
actualizados, pero que se consideran dueños de las tierras, por que se respaldan en sus títulos
ejecutoriales de sus padres o abuelos.
4.6.9. Leyes sin consenso, conflictos por resolver
Pese a que muchas Leyes y Decretos están diseñadas con intenciones de favorecer y
mejorar la condición y situación de los habitantes de las comunidades rurales y de la población
en general, es que en las comunidades campesinas nadie hace entender de lo que es en favor o
en contra de intereses campesinas. Las diferentes leyes que se sancionan por parte del gobierno
central, existiendo la ausencia de políticas de concientización en este tema por parte de las
autoridades gubernamentales, pero principalmente hay una falta de búsqueda de consensos con
la sociedad civil, pues las leyes son hechas sin consultar.
Los campesinos indican que no cuentan con la posibilidad de entender e interpretar las
Leyes como están, porque tienen poca formación con respecto a la educación, que para salir de
las desconfianzas se deben implementar proyectos sociales para socializar e impartir el
contenido y el significado de las Leyes y Decretos, hacer entender en idioma nativo (quechua)
de lo que es en contra o a favor de las comunidades campesinas, como por ejemplo el tema de
las Áreas Protegidas y específicamente el Parque Nacional Tunari para las comunidades de la
cordillera Tunari, según testimonios campesinos esto es uno de los factores imprescindibles
para que exista un entendimiento entre autoridades y comunidades campesinas.
En muchos casos las autoridades regionales y nacionales para sancionar Leyes y
Decretos, no están tomando en cuenta el conocimiento y el saber local de la sociedad civil de
las comunidades campesinas, desconociendo el contexto de la vida real que lleva el hombre del
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vi
campo, sin lugar a dudas; cuando no se toman en cuenta este tipo de aspectos pueden resultar
fundamentalmente problemáticos y en contra de las comunidades campesinas.
4.6.10. El voto resolutivo de la FSUTCC26
Según el voto resolutivo sacado en fecha 5 de abril del 2002 por la Federación Sindical
Única de Trabajadores Campesinos de Cochabamba (FSTCC), indican que en la cordillera del
Tunari en sus laderas norte y sur están ocupadas en un 95% por propietarios campesinos de las
comunidades de origen y/o comunidades tradicionales de esta región, cuyos asentamientos son
inclusive anteriores al año 1952, por lo que estas propiedades merecen el máximo respaldo que
otorgan las leyes constitucionales y particularmente los Art. 22 y 166 de la Constitución Política
del Estado.
También indican que los campesinos asentados dentro del área del PNT, constituyen
propiedades privadas y comunitarias. No existen en la cordillera Tunari ninguna propiedad de
dominio del Estado y por esta razón no se puede desconocer los legítimos derechos propietarios
de los campesinos que ocupan estas tierras por generaciones (véase el anexo 10).
La categoría de Parque Nacional Tunari no se adecua ni a las características ecológicas
del Área mencionada, ni a las condiciones socioeconómicas de la población asentada desde los
tiempos pasados.
4.6.11. Alternativa de una posible solución de acuerdo al criterio técnico por el
seguimiento realizado
La categoría de manejo de Parque Nacional no se adecua ni a las características
ecológicas del Área de la Cordillera Tunari, ni a las condiciones socioeconómicas de las
comunidades asentadas desde tiempos mucho mas antes de la colonia. Pese a que la ley del
Medio Ambiente Nº 1333 en su articulo 64 indica que las comunidades tradicionales y/o
pueblos indígenas son compatibles con la declaratoria de Áreas Protegidas, pero no indica con
26. Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Cochabamba.
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respecto a la categoría de manejo como Parque Nacional o departamental. Sin embargo, por las
características de la zona y por las presencia de varios centenares de comunidades asentadas en
esta zona, no es compatible a la categoría de manejo anteriormente indicada.Las comunidades campesinas afectadas con el Parque Nacional Tunari, están
consientes de estar involucrados en el problema y preocupados de llegar a algunas alternativas
de solución y por otro lado en la voluntad de sustituir o reemplazar la Ley Nº 1262, por ser
cuestionada como atentatoria contra intereses campesinas, violando sus derechos y garantías
Constitucionales.
El Art. 25 del Reglamento General de Áreas Protegidas, señala la categoría de Área
Natural de Manejo Integrado (ANMI), Nacional o Departamental tiene por objeto
compatibilizar la conservación de la diversidad biológica y el desarrollo sostenible de la
población local. Constituye un mosaico de unidades que incluyen muestras representativas de
ecorregiones, provincias biogeográficas, comunidades naturales o de especies de flora y fauna
de singular importancia, zonas de sistemas tradicionales de uso de la tierra, zonas para uso
múltiple de recursos naturales y zonas núcleo de protección estricta.
Con esta categoría de manejo (ANMI), la Cordillera del Tunari, estaría adecuada a las
características de la zona, donde de acuerdo a un plan de manejo y zonificación del área, el
Gobierno Nacional tomaría una atención especial en beneficio de las comunidades asentadas
dentro de la jurisdicción del Área Protegida, Implementando instrumentos, políticas
fundamentales de planificación y ordenamiento espacial participativa, coadyuvando a la gestión
y a la conservación de los recursos existentes dentro del Área Protegida y finalmente
estableciendo directrices, lineamientos y políticas para que el Área se convierta en un verdadero
proveedor de beneficios para la las comunidades y la región en general.
En este sentido una de las alternativas para que la problemática del Parque llegue a una
posible solución, seria cambiando la categoría de manejo, en este caso como Área natural de
Manejo Integrado (ANMI), puesto que esta categoría no indica la protección estricta y
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permanente, mas al contrario se compatibiliza con las características de la zona, reconociendo la
existencia de las comunidades tradicionales y/o comunidades de origen. El Reglamento
General de Áreas Protegidas con respecto a la categoría de manejo como ANMI indica
5. CONCLUSIONES
1. La Subcentral Waka Playa y sus comunidades al igual que muchas de la cordillera del
Tunari, están involucrados a la problemática del Parque Nacional Tunari con la Ley Nº
1262, que ciertamente ha causado un fuerte impacto, puesto que esta Ley se reduce en
un denominativo de carácter estricto y prohibitivo contra los intereses de las familias
campesinas, donde a partir del 13 de septiembre de 1991 les involucra de manera
directa a las cinco provincias (Tapacari, Chapare, Cercado, Quillacollo y Ayopaya) y
desde de esta fecha entra en vigencia la categoría de manejo como Parque Nacional y/o
Departamental de acuerdo al Reglamento General de Áreas Protegidas.
2. Actualmente existe un desentendimiento de las comunidades campesinas con las
autoridades regionales sobre el mal llamado "Parque Tunari" según las comunidades,
de acuerdo al seguimiento realizado y según manifestaciones de la Comisión
Campesina, "no están de acuerdo en estar dentro ni formar parte del Parque
Nacional Tunari", donde el concepto de esta categoría de manejo no se adecua a las
características de la zona, atentando los Usos Costumbres que por generaciones se han
practicado. Sin embargo si no se analiza, se reflexiona y se soluciona debidamente de
manera consensuada a corto plazo, este problema tiende a llegar a mayores
complicaciones y con las comunidades campesinas, con los asentamiento por encima
de la cota 2750 msnm., con la biodiversidad existente en la zona y los recursos en
general dentro de esta área denominado como Parque Nacional Tunari.
3. De acuerdo al seguimiento realizado tanto a la parte campesina como a las autoridades,
existen ciertos intereses en los dos casos con justificaciones que se respaldan en la
legitimidad de derecho. En el primer caso en Usos y Costumbres, la tierra es de quien
la trabaja y en muchos casos de contar con títulos ejecutoriales de sus tierras dentro de
sus comunidades. En el segundo caso las autoridades regionales se respaldan en la
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ix
necesidad de proteger y/o preservar la biodiversidad existente en la zona, de controlar
las torrenteras que amenazan a la ciudad de Cochabamba, argumentando la necesidad
de la existencia de una cobertura vegetal para disipar la contaminación, proteger la
erosión de suelos y finalmente se respaldan en las Leyes sancionadas para la existencia
del Parque Nacional Tunari.
4. Sin lugar a dudas el Problema del Parque Nacional Tunari, por las características que
presenta como; los asentamiento humanos por encima de la cota 2750 msnm.,
comunidades rurales asentadas a lo largo y ancho de las cinco provincias afectadas y la
necesidad de la población Cochabambina de contar y tener un parque, se traduce en un
problema bastante grande, complicado y muy delicado, pudiendo convertirse en un
problema de nunca solucionarse o terminar en una polémica conflictiva de todos los
tiempos.
5. El crecimiento demográfico de las comunidades, sin lugar a dudas es uno de los
factores que provoca el minifundio y/o la microparcelación de tierras de las
comunidades, por ejemplo; en las comunidades de la Subcentral Waka Playa según
indican los comunarios no les alcanzan para realizar labores agrícolas y pastoreo,
puesto que los abuelos habían repartido a sus hijos y las generaciones actuales (jóvenes
de hoy en día) han heredado pequeñas parcelas que no abastece para vivir trabajando
en sus comunidades, aspecto que le obliga a que tienen que migrar hacia las ciudades o
lugares como Chapare e inclusive a salir al exterior a buscar mejores condiciones de
vida.
6. En el caso de la Subcentral Waka Playa el territorio de su jurisdicción (las
comunidades), administran y manejan bajo normas y reglas establecidas por la
organización sindical y por otro lado de acuerdo a usos y costumbres que por
generaciones se han practicado (desde sus antepasados), sin embargo estas normas y
reglas tienen ciertas diferencias de una comunidad a otra.
7. Con la Ley Nº 1262 el Parque Nacional Tunari como Área Protegida (AP) no se adecua
a las características de la cordillera del Tunari, porque dentro de esta área existen mas
de trescientas comunidades tradicionales y/o de origen, que viven básicamente de la
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pequeña agricultura y ganadería, con distintas formas de organización, bajo diferentes
normas sindicales, donde los usos costumbres y servidumbres son muy diferentes de
comunidad a comunidad y peor de provincia a provincia. Por otro lado dentro de esta
jurisdicción existen propiedades individuales (familiares) y también propiedades
comunales (colectivas) que son manejados y administrados por los propios pobladores
en muchos casos legalizadas con títulos ejecutoriales.
8. Dentro del Área Protegida, como en las comunidades de la zona Waka Playa, existe la
necesidad de preservar, proteger y conservar los Recursos Naturales que aun existen,
donde en las ultimas décadas han sufrido una serie de amenazas devastadoras,
producto del proceso de degradación de los Recursos Naturales como la perdida de la
cobertura vegetal, uso excesivo de los suelos agrícolas y ganaderas, escapando de la
recomendación técnica de protección. Por otro lado la sobre explotación de los
recursos vegetales especialmente nativas y el uso excesivo de las tierras agrícolas
hacen que ocurra la perdida de la capacidad productiva de las tierras.
9. Las políticas nacionales y regionales de desarrollo y conservación, por otro lado no son
resultado de consenso ni responden a la realidad de las comunidades de la cordillera
del Tunari y también porque no existen políticas claras de entendimiento entre los
involucrados con el Parque Nacional Tunari
10. Cuando han planteado las políticas de protección y conservación, no han considerado
la existencia de las comunidades campesinas y asentamiento dentro del área protegida,
no han valorado y tampoco han respetado los usos y costumbres de las comunidades
locales como parte activa en la gestión ambiental del Área, sino los vieron como un
grupo de estorbo y sobrante como depredadores del Parque Nacional Tunari.
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6. RECOMENDACIONES
1. La elaboración de Leyes y Decretos, se deben consultar a los actores sociales locales
(comunidades campesinas) si realmente es una necesidad y de que manera los actores
locales puedan contribuir y colaborar en la aplicación de las mismas, por que solo los
que viven o están asentados en el área pueden conocer la realidad de su entorno y/o
comunidades, de esta manera consensuar los criterios y elementos necesarios de la
temática que se desea aplicar, para que en lo posterior no se tenga problemas entre los
actores sociales (pobladores, comunidades) y el Gobierno
2. Cualquier acción de corrección, debe planificarse bien y tomarse en cuenta las
realidades y condiciones básicas de la situación actual (en este caso de las
comunidades de la Cordillera del Tunari), para tener trabajos exitosos con las actuales
y futuras generaciones de la sociedad civil, ya sea con comunidades; campesinas,
originarias y/o tradicionales y también con los que viven en las ciudades (ciudadanos
de Cochabamba) y de la región en general.
3. Las Leyes y Decretos no se deben elaborar solo en las oficinas de los parlamentarios
sin un conocimiento claro sobre la realidad de un área y/o sector que se quiere afectar
con el propósito de favorecer o en su caso desfavorecer para que cumpla una
determinada función, tal como ha ocurrido con la Ley Nº 1262. Esta Ley presenta en su
contenido muchas contradicciones y vacíos que desfavorecen a las comunidades
campesinas de la Cordillera Tunari. En este sentido para elaborar y posteriormente
sancionar una determinada ley, mínimamente se deben realizar estudios específicos
tomando en cuenta aspectos fundamentales y de manera consensuada con los actores
sociales como sociedad civil interesada, sobre todo en el conocimiento legal de los
pobladores locales.
4. En este sentido de acuerdo al reglamento general de Áreas Protegidas se debe asumir la
categoría de manejo de Área Natural de Manejo Integrado (ANMI ) y de uso múltiple,
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xii
como una alternativa de solución en favor alas comunidades campesinas y de la región
en general.
REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA
AGRUCO, (1998). Aportes de la Agroecologia y el saber local en la formación Profesional, Una
Propuesta Metodológica hacia la Evaluación de Impacto Cochabamba-Bolivia 34 p
AGRUCO, (1994). Agroecologia y saber campesino, Boletín Nº 15 Cochabamba-Bolivia 12p
Albo, (1993). La Pachamama no se vende como cualquier camisa La Paz-Bolivia 100 p
AGRUCO, (1998). Agroecologia y saber campesino, Boletín Nº 13 Cochabamba-Bolivia 4p
AGRUCO, (1996). Agroecologia y saber campesino, Boletín Nº 10 Cochabamba-Bolivia 4p
AGRUCO, (1993). Conformación de Espacios Socioeconómicos, serie técnica Nº 31 Cochabamba-
Bolivia 48p
AGUILAR, (1997). Predicción del tiempo y su influencia en la organización de la producción en la
comunidad de Tres Cruces, Provincia Tapacari, Departamento de Cochabamba. Tesis de
grado, AGRUCO, FCA y P. Cochabamba-Bolivia 188p
AGRUCO, (1998). Documento sobre el taller de investigación y conceptualización de términos (4 -
8 junio). 45p
AGUILAR, L.(1999). Informe Diagnostico Subcentral Waka Playa, Provincia Tapacari. AGRUCO,
Cochabamba-Bolivia. 98p
BOLIVIA, (1997). Reglamento General de Áreas Protegidas Decreto Supremo No. 24781 La Paz
Bolivia 44p
BOLIVIA, (1991). Ley Nº 1262 del Parque Nacional Tunari, La Paz-Bolivia 3p
BOLIVIA, SECRETARIA NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE (1992). LEY del Medio
Ambiente, No 1333 La Paz- Bolivia 50p
![Page 81: UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON - UMSS: Home](https://reader036.vdocuments.net/reader036/viewer/2022070314/62bfa88ef1b4a87385223d93/html5/thumbnails/81.jpg)
xiii
CID/BOLIVIA, (1994). PRO CAMPO, Revista de Desarrollo Rural Nº 53 La Paz-Bolivia 52p
CIPCA, (1997). Documento Síntesis del Primer Año de Aplicación del Programa de
Acompañamiento Dirigido al Desarrollo Rural Sostenible, Cochabamba-Bolivia 20p
FRIAS, S.(2001). Caracterización agrológica y uso de la tierra en el proceso de auto desarrollo y
organización productiva de la comunidad de K'aralahuani, Provincia Tapacari. Tesis de
grado. AGRUCO, FCA y P, Cochabamba - Bolivia, UMSS. 139p
FUNDACIÓN SIMON I. PATIÑO, (1999). BOLIVIA ECOLÓGICA, Áreas Protegidas en el
Departamento de Cochabamba, Cochabamba - Bolivia, 24p
KENNY, C.B. JORDAN, C.B,. (1985). Desarrollo Rural: Un mundo nuevo para los ingenieros
forestales. Un reto para los profesores de ingeniería forestal, Documento de trabajo No 3
Proyecto FAO Holanda INFOR, Lima, Perú. 18p
MINISTERIO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE, SUPERINTENDENCIA
AGRARIA, (1997). Hacia el Uso Sostenido de la tierra La Paz, Bol. 80p
MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y DESARROLLO RURAL, (2000) Política
Nacional de Desarrollo Agropecuario y Rural La Paz Bolivia. 110p
MAMANI, C. (1989) Metodología de la Historia Oral, cuadernos de formación Nº 1 La Paz
Bolivia 48 p
MINISTERIO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y PLANIFICACIÓN, SUPERINTENDENCIA
AGRARIA, PREFECTURA DE COCHABAMBA, HONORABLE MUNICIPALIDAD
DE COCHABAMBA (1998) Criterios Técnico - Legales para Abordar la Problemática del
Parque Nacional Tunari. Cochabamba-Bolivia 90p
MORALES, L (1979) Los Recursos Naturales Renovables de Cochabamba Agua, suelo, Vegetación
y Hombre Cochabamba - Bolivia. 147p
OPINION, (1991) Pueblo y Cultura Nº 291 Cochabamba Bolivia 8p
![Page 82: UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON - UMSS: Home](https://reader036.vdocuments.net/reader036/viewer/2022070314/62bfa88ef1b4a87385223d93/html5/thumbnails/82.jpg)
xiv
PEREIRA, D (2002) Situación y Perspectivas del Parque Nacional TUNARI, Informe de Consultora
“Resolución de Conflictos e Institucionalización de la Gestión del Parque Nacional Tunari”Cochabamba-Bolivia. 41p
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA (1991) Ley No 1262 del Parque Nacional Tunari La Paz-
Bolivia 3p
RIST; S., SAN MARTIN, J. (1993). Agroecología y Saber Campesino en la Conservación de
Suelos. 2 da. De Talleres Gráficos Hisbol. AGRUCO, Cochabamba-Bolivia. 138p
TORRICO, S. (1996) Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria. INRA. LEY No 1715
Cochabamba - Bolivia 110 p
UPS, (2000) Constitución Política del Estado, La Paz-Bolivia 80p
VARGAS, (1996) Revolución Agraria en Bolivia. Cochabamba-Bolivia. 188 p