universidad politÉcnica salesiana … · reglamento interno de carrera y escalafÓn del profesor e...
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~ _________________ ECUAOOR
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA SALESIANA
REGLAMENTO INTERNO DE CARRERA Y ESCALAFÓN DEL PROFESOR E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA
SALESIANA
CAPITULO I
GENERALIDADES
Artículo I
Los ámbitos que regu la e l presente Reglamento se re fi eren al ingreso, permanencia y
promoción del personal académico de la Uni vers idad Politécnica Salesiana.
Artículo 2
El persona l académico 10 confo rman los profesores e investigadores no ti tu lares y titulares. Se
regirá por la Ley Orgánica de Educación Superior, el Reglamento de Carrera y Esca lafón de l
Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior expedido por el Consejo de
Educación Superior en lo pert inente a las un ivers idades part icul ares, el Cód igo de Trabajo y
Código Civil, el Estatuto, e l presente Reglamento, el Manual de Asunción de Personal de la
Univers idad Politécn ica Sales iana, y demás normativa correspondiente.
Los titulares son aquellos que ingresan a la carrera y escalafón del profesor e investigador y se
clasifican en principa les, agregados y auxi liares.
Los no titulares son aque llos que no ingresan a la carrera y esca lafón del profesor e
investigador y se clas ifican en honorarios, invitados y ocasionales.
Artículo 3
La dedicación del personal académico es:
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a) Exclus iva o t iempo completo: 40 horas semanales
b) Semi exc lusiva o medio tiempo: 20 horas semana les
e) Tiempo parcial: COIl menos de 20 horas semanales
La d istri bución del tiempo de dedi cac ión de l personal académico se rea lizará de acuerd o a la
necesidad y rea lidad instituc ional observando la normati va de l sistema de educac ión supe ri or.
El cambio de dedi cación de l personal académico en cualquiera de los ni veles de ded icac ión,
será autori zado por el Consejo Superior a petición moti vada del Vicerrector de Sede.
Las horas de dedi cación del personal acadé mico respecto a las di stin tas fu nciones
un ivers itarias, estarán distri bu idas entre los máx imos y mínimos establecidos en la Ley Orgán ica
de Educac ión Superior y sus Reglamentos.
Ni ngún profesor con ded icac ión exc lusiva o ti empo completo podrá desempeñar
simu ltáneamente dos o más cargos con dedi cac ión a ti empo completo en e l sistema educativo, en
el sector públ ico o privado.
Artículo 4
El desempeño de una di gnidad académica, por parte de l personal académico en los órganos de
cogobierno de la Univers idad Po li técn ica Sales iana, es consecuenc ia de l ejercic io de la docencia
y por tanto no puede ser considerado como otro cargo o función.
C APITULO 11
DERECHOS Y OBLIGAC IO NES DE LOS PROFESORES E INVESTIGADORES
Articulo 5
La Uni versidad Po litécnica Salesiana garantiza los sigui entes derechos a sus profesores e
investi gadores:
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a) Ejercer con libertad de cátedra e in vestigación Sin ningún tipo de IInposición o restricción
rel igiosa, po lítica, partid ista o de otra índole;
b) Contar con el deb ido proceso en el caso de reconocimiento y sanciones a é l impuestos;
c) Contar con las condic iones necesarias para el ejercicio de su act ividad;
d) Acceder a la carrera de profesor e in vestigador y a cargos direct ivos, que garan ti ce su
estabilidad, promoción, movilidad y ret iro, basados en e l mérito académico, en la ca lidad de la
enseñanza impartida, en la producción investigativa, en el perfeccionamiento permanente, sin
admit ir di scrimi nación de género ni de ningún otro tipo;
e) Participar en el sistema de evaluac ión inst itucional;
f) Participar en las representaciones de profesores/as e integrar el cogobierno universitario de
acuerdo al Reglamento respect ivo;
g) Ejercer la libertad de asociarse y expresarse;
h) Participar en el proceso de construcción, difusión y aplicación del conocimiento;
i) Rec ibir capacitación periódica acorde a su formación profesional y la cátedra que imparta, que
fomen te e incent ive la superac ión personal académica y pedagógica de acuerdo a las políticas
y normat iva instituc ionales;
j) Ser reconocido como auto r o coautor de los trabajos académicos en los que part ic ipe.
Artículo 6
A más de las activ idades de docencia, investigación, dirección o gestión académica y
vinculac ión con la sociedad mencionadas en el Artículo 6 y siguientes del Reglamento de Carrera
y Escalafón de l Profesor e In vestigador del Sistema de Educación Superior, y, las establecidas en
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la Constitución de la Repúb lica del Ecuador, Leyes y normat iva interna institucional , SOin deberes
de los profesores e investigadores de la Universidad Politécnica Sales iana:
a) Part icipar en la vida de la inst itución cum pliendo con responsabilidad su función docente, de
in vestigac ión y de vi nculación con la sociedad;
b) Ejercer con ética sus funciones de docente y/o investigador, en coherencia y s inton ía con el
Código de Convivenc ia inst it uc ional ;
e) Respetar la li bertad de conciencia, la dignidad , integridad e int imidad de todos los miembros
de la comunidad universitaria ;
d) Contribu ir al desarrollo científico, tecnológico, artíst ico; mediante su act ividad siguiendo las
práct icas y principios éti cos;
e) Participar en la difusión del conocimiento, la promoción y el fomento de la cultura c ientífica
en la soc iedad;
f) Ser protagon ista activo en la consecución de la Carta de Navegación, Plan Estratégico y Plan
Operativo;
g) Rea lizar otra act ividad q ue le sea encomendada por la Uni versidad en el ámbito y eje:rcicio de
su función.
CA PITULO III
REQUISITOS, PROCESO DE INGRESO Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL
ACADÉMICO INVITADO, HONORARIO, OCASIONAL Y TITULAR AUXILIAR
NIVEL 1
Artículo 7
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41& - ........ ':: ..... ,,"' ........ SALESIANA Para ser Profesor Invitado de la Universidad Pol itécnica Salesiana, deberá cumplir los
requisitos establecidos en el Reglamento de Carrera y Esca lafón de l Profesor e In vesti.gador de l
Sistema de Educación Superior:
a) Tener grado académico de doctorado (PhO. o su equivalente) en el área de conocimiento
vi nculada a sus activ idades de docencia e investigac ión, obtenido en una de las insti tuciones
que consten en la li sta elaborada por la SENESCYT al tenor de l Art ículo 27 de l Reglamento
General a la Ley Orgán ica de Educación Superior;
b) Los demás que determine la Universidad Politécn ica Salesiana en el perfil de l Profesor
Invi tado, de acuerdo al requerimiento de la unidad académica correspondiente.
El t iempo máximo de con tratación de l Profesor In vitado, se sujetará a lo establecido en el
Código de Trabajo, y a la autori zac ión del Rector.
Artículo 8
Para ser Profesor Honorario de la Un ivers idad Politécnica Sales iana, deberá cumpl ir los
requisi tos establec idos en el Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor e In vestigador del
Sistema de Educación Superior:
a) Tener título de cuarto nivelo gozar de prestigio académico, científico, cultural, artístico,
profes ional o empresarial, por haber prestado serv icios re levantes a la humanidad, la región o
al país;
b) Los demás que determine la Univers idad Po litécnica Sales iana en el perfil del Profesor
Honorario, de acuerdo al requerimiento de la unidad académica correspondiente.
El tiempo máximo de contratac ión del Profesor Honorario, se sujetará a 10 establec ido en e l
Cód igo de Trabajo, ya la autorizac ión de l Rector.
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Artículo 9
Para la con tratac ión de profesores inv itados y honorarios, a más de los requisitos estab lecidos
en los Artículos 7 y 8 del presente Reglamento. el Vicerrector de Sede adjuntará:
a) Solicitud motivada, dirigida al Rector;
b) Plan de l programa académico avalado por el Consejo Académico, que contempla las tareas y
el tiempo de ejecución de l programa;
c) Justificat ivos de la neces idad de contratar al profesor in vitado u honorario;
Con la autori zación de l Rector, la Dirección Técnica de Gestión de l Talento Humano e labora
e l contrato e insc ribe en la instancia legal correspondiente.
Artículo JO
Para ser Profesor Ocasional o Profesor Titular Auxil iar Nive l l de la Uni vers idad Politécnica
Salesiana, deberá cumpli r los siguientes requisitos:
a) Tener al menos grado académico de maestría, debidamente reconocido e inscrito por la
SENESCYT, en el área de conocimiento vinculada a sus actividades de docencia o
investigac ión;
b) Ganar el correspondiente concurso de merecimientos y oposición;
c) Los demás que determine la Universidad Politécnica Salesiana en el perfil de l Profesor
Ocasional o de l Profesor Titular Auxiliar Nive l 1, de acuerdo al requerim iento de la unidad
académica correspondiente.
El tiempo máx imo de contratación del Profesor Ocasional, se sujetará a lo eSlableddo en el
Código de Trabajo o Civil de acuerdo al caso.
El contrato del Profesor Ti tular Auxi liar ni vel 1, es un contrato laboral de tiempo inddin ido.
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Artículo 11
La Comisión de Selección, está integrada por:
a) El Vicerrector de Sede, que pres ide;
b) El Director Técnico de Gestión del Talento Humano;
e) El Coord inador de Desa rro llo Académico;
d) El Director del Programa Académico.
Artículo 12
Para la contratac ión de l Profesor Ocas ional o Profesor T itular Auxil iar ni ve l 1, a más de los
req ui sitos estab lecidos en e l Art ículo 10 del presente Reglamento, el postulante presentará los
doc umentos determinados en el Manual de Asunción de Personal en los plazos establec:idos en la
convocatoria.
La Dirección Técnica de Gest ión del Talento Humano comunicará a los candidatos que han
cumplido con el perfi l req uerido y notificará el día, hora y luga r para la apl icac ió n de los
instrumentos de evaluación.
Artículo 13
El puntaje total con e l que se cal ificará a los candidatos será sobre 100 puntos di stribuidos en
dos ámbitos:
a) Oposición: 60 puntos
b) Méritos: 40 puntos
Artículo 14
La valoración de la opos ición, comprenderá los sigu ientes aspectos y puntuaciones:
a) Entrevista: 12 puntos
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>oI""LESIANA ~& .., '-.,_.......... ... ..... -.-b) Pruebas técnicas: 30 puntos
e) Pruebas psicométricas: 18 puntos
Artículo 15
La valoración de los méri tos, comprenderá los sigu ien tes parámetros y puntuaciones:
a) Formación: 20 puntos
Tít ul os o grados académicos de Cuarto Nivel afin a la cátedra
• Especia li sta: 5 puntos
• Maestría: 10 puntos
• PhD: 20 puntos
Si el postulante tuv iese tít ulos de cuarto nivel ad icionales no a fin es al área de la cátedra, se
considerará hasta e l 70% de l puntaje en cada nivel.
b) Experienc ia: 15
• Experiencia de docenc ia uni versitaria: 7 puntos
• Experiencia profesiona l en el área convocada: 4 puntos
• Capacitación afín al área para la que se convoca: 4 puntos
e) Publicac iones: 5
• En rev istas indexadas: máx imo 5 ( 1 punto por art ículo)
• Revistas no indexadas: máx imo 2 (1 punto por art ículo)
Artículo 16
Cumplidas las fases del proceso de ingreso, la Direcc ión Técnica de Gestión dl~1 Talento
Humano elaborará y presentará al Vicerrector de Sede el informe de resu ltados en los formatos
establec idos.
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Con el informe de resultados la Comisión de Selección determinará una terna final,
conformada por los candidatos mejor puntuados en el proceso de se lección; de dicha tern a la
Com isión de Selección identificará al ganador o ganadores del concurso y e laborará e l acta de
se lecc ión. El Vicerrector de Sede soli citará al Rector la contratación del candidato o candidatos
se leccionados, motivando su dec isión.
Artíc ulo 17
La Dirección Técnica de Gestión de l Ta lento Humano comunicará y citará al profesor,
ind icando las cláusulas de con tratación y demás normativa a la que se sujetará el profesor e
investigador. El contrato de trabajo será elaborado por la Dirección Técnica de Gestión del
Talento Humano, dentro de los cinco (5) d ías laborab les a partir de la firma de l acta de se lección
y deberá inscribirse en la respect iva dependencia del Min isterio de Re lac iones Laborales en el
plazo prev isto por el Código de Trabajo.
Artículo 18
Con la so lic itud del Vicerrector de Sede, el Rector de la Univers idad Politécn ica Salesiana
suscribirá la cont ratación y so licitará al Consejo Superior la emisión de l nombramiento de
profesor Titular Auxi liar Nivel l en igua l fecha que el contrato.
CAPITULO IV
NIVELES, CATEGO RI AS V COM ISiÓN DE PROMOCiÓN DEL PERSONAL
ACADÉMICO
Artículo 19
La Universidad Pol itécnica Salesiana motiva la calidad académica reconociendo y validando
los méritos del personal académico a través de la promoción establecida en e l esca lafón , y por
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UNIVERSIDAD POLlTÉCNICA
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medio de las categorías y niveles alcanzados durante su ejercrcio Y desarrollo académico
profesional.
Artículo 20
El Personal Académico Titular contempla categorías, niveles y grado escalafonario, de
acuerdo a la siguiente tabla.
Categoría Nivel Grado escalafonario
3 8
Principal - Principal Investigador 2 7
1 6
" 5.)
Agregado 2 4
1 3
2 2Auxiliar
1 1
. ,Fuente: Reglamento de Carrera y Escalafon del Profesor e Investigador del SIstema de Educacián Superior .
Artículo 21
La Comisión de Promoción, está integrada por:
a) El Vicerrector Académico o su delegado, que preside;
b) El Vicerrector de Sede o su delegado;
e) El Director Técnico de Gestión del Talento Humano;
d) El Director del Programa Académico.
El voto dirimente le corresponde a quien preside la Comisión.
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CAPITULO V
PROMOCiÓN Y REQU ISITOS PARA EL PROFESOR TITULAR AUXILIAR NIVEL
2 Y AG REGADO NIVEL 1,2,3
Articulo 22
Para la promoción del personal académico Ti tu lar Auxiliar ni vel I a Titular Auxiliar ni vel 2, el
aspirante cumpl iendo los requ isitos establecidos en los Artícu los 18 y 54, numclLal 1, del
Reglamento de Carrera y Escalafón de l Profesor e In vestigador de l Sistema de Educación
Superior, presentará al Vicerrector de Sede para e l trámite correspondiente, la siguiente
documentación:
a) So li cit ud dir igida al Rector;
b) Recomendación favorable de l Vicerrector de Sede respectivo que cons idera aspectos refer idos
a la ident idad y pertenencia con la Institución;
e) In forme favorable del o los Consejos de Carrera, referida a [a pert inencia académica,
profes iona l, in vest igat iva, de vinculación con la sociedad del docente en la o las carreras;
d) Documento que acredite un curso de docencia uni versitaria, equi valente a cuatro créd itos,
para aquellos que no tengan titul ac ión en el área pedagógica;
e) Documento de la Unidad Académica de Educación a Distancia y Virtual (UNADEDV I), que
acredite haber aprobado e l primer nivel del Curso de Desarrollo Humano y Universidad;
f) No se considerarán los requisitos establecidos en los literales b, c y e para los postulantes que
provienen de una inst ituciones de educación superior di st inta a la Universidad Politécnica
Salesiana;
g) Ser ganador de l correspondiente concurso de merecimientos y opos ición;
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h) Con el informe favorab le de la Com isión de Promoción, se remitirá el trámite al Rector para
aprobac ión del Consejo Superior.
Artículo 23
Para la promoción del personal académico Titular Auxi li ar nivel 2 a Titular Agregado ni ve l 1,
el aspirante cumpl iendo los requisitos establecidos en los Artícu los 19 y 54, numera l 2, del
Reglamento de Carrera y Escalafón de l Profesor e Investigador del Sistema de Educación
Superior, presentará a l Vicerrector de Sede para el trám ite correspondien te, la siguiente
doc umentación:
a) So li citud dirigida al Rector;
b) Recomendac ión favorab le de l Vicerrector de Sede respect ivo que considera aspectos referidos
a la identidad y pertenencia con la Instit ución;
c) In forme favorable del o los Consejos de Carrera que considera la pert inencia académica,
profesional , investigativa, de vinculación con la co lectiv idad del docente en la o las carreras;
d) Documento de la Unidad Académica de Educación a Distancia y Virtual (UNADEDV I), que
acred ite haber aprobado el segundo nivel del Curso de Desarrollo Humano y Uni versidad;
e) Ser ganador del correspondiente concurso de merecimientos y oposición;
f) Con el informe favorable de la Comisión de Promoción, se remitirá el trám ite al Rector para
aprobación de l Consejo Superior.
Artículo 24
Para la promoción del personal académico Titul ar Agregado ni ve l I a Ti tular Agregado nivel
2, el asp irante cumpliendo los requ isitos estab lecidos en los Artículos 19 y 55, numeml 1 de l
Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor e In vestigador del Sistema de Educación
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Superior, presentará a l Vicerrector de Sede para el trámite correspondiente, la siguiente
documentación:
a) Solicitud dirigida al Rector;
b) Recomendación favorable del Vicerrector de Sede respect ivo que considera aspectos referidos
a la identidad y pertenencia con la Instituc ión;
c) Informe favorab le del o los Consejos de Carrera que considera la pertinencia académica,
profesional, invest igat iva, de vinculación con la colecti vidad de l docente en la o las carreras;
d) Documento de la Unidad Académ ica de Educación a Distancia y Virtual (UNA DEDVI), que
acredite haber aprobado el tercer nive l del Curso de Desarrollo Humano y Universidad;
e) Ser ganador del correspondiente concurso de merecimientos y oposición;
f) Con el informe favorable de la Comis ión de Promoción, se remitirá e l trámite al Rector para
aprobación del Consejo Superior.
Artículo 25
Para la promoción del personal académico Titular Agregado nive l 2 a Titu lar Agregado nive l
3, el aspirante cumpliendo los requisitos establecidos en los Artículos 19 y 55, numeral 2, del
Reglamento de Carrera y Esca lafón del Profesor e Investi gador del Sistema de Educación
Superior, presentará al Vicerrector de Sede para el trámite correspondiente, la sigu iente
documentación:
a) So li citud dirigida al Rector;
b) Recomendación favorable del Vicerrector de Sede respect ivo que considera aspectos referidos
a la identidad y pertenencia con la Institución;
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SALESIANA e) Informe favorab le del o los Consejos de Carrera que considera la pert inencia académica,
profesional, invest igat iva, de vinculación con la sociedad del docente en la o las c::irreras, en
caso de ser docente de la Universidad Politécnica Salesiana.
d) Documento de la Unidad Académica de Educación a Distanc ia y Vi rtual (UNA DEDVI), que
acredite haber aprobado el cuarto ni ve l del Curso de Desarro ll o Humano y Univers idad;
e) Ser ganador del correspond iente concurso de merecimientos y opos ición.
f) Con el informe favorable de la Comisión de Pro moción, se remi tirá el trámite al Rector para
aprobación de l Consejo Superi or.
CA PITULO VI
PROMOCIÓN Y REQ UISIT OS PARA EL PROFESOR TITULAR PRI NCIPAL Y
PRINC IPAL INVESTIGADOR.
Artículo 26
Para ser Profesor Titular Principal Nivel I de la Universidad Politécnica Sales iana, deberá
cum pli r los s igui en tes req uis itos:
a) Tener grado académico de doctorado (PhO), en el área de conocim iento vinculada a sus
actividades de docencia e investigación, obtenido en una de las inst ituciones que consten en la
lista e labo rada por la SENESCYT al tenor de l artículo 27 del Reg lamenlO Genera l a la Ley
Orgánica de Educación Superior, el cual deberá estar reconoc ido e inscrito por la SENESCYT;
b) Tener al menos cuatro años de experienc ia como personal académico en institl.:lciones de
educación superior;
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e) Haber creado o publicado doce obras de relevancia o artícu los indexados en d área de
conocim iento vi ncu lada a sus acti vidades de docencia o investigación, de los cuales al menos
tres deberá haber s ido creado o publicado durante los últimos cinco años;
d) Haber obtenido como mínimo el setenta y cinco por ciento del puntaje de la eval.uación de
desempeño en sus últimos dos periodos académ icos;
e) Haber rea li zado cuatrocientas ochenta horas de capac itac ión y actua li zación profes ional , de las
cuales noventa habrán sido en metodo logías de aprend izaje e investigación, y el resto en e l
área de conoc imiento vinculada a sus actividades de docenc ia o investigación;
f) Haber participado en uno o más proyectos de investigación con una durac ión de al menos 12
meses cada uno, por un total mínimo de seis años;
g) Haber di rigido o codirigido a l menos una tesis de doctorado o tres tes is de maestría de
invest igac ión;
h) Sufi ciencia en un idioma diferente a su lengua materna;
i) Ganar el correspondiente concurso público de merecimientos y oposición;
j) Los demás que determine la Univers idad Pol itécnica Salesiana en el perfi l de l Profesor Titular
Principa l nivel 1, de acuerdo al requerimiento de la unidad académ ica correspondiente.
Artículo 27
Para la contratac ión de l Profesor Titular Principal ni ve l 1, a más de los requi sitos establecidos
en el Artículo 26 de l presente Reglamento, el postulante presen tará los documentos determinados
en e l Manua l de Asunción de Persona l en los plazos estab lecidos en la convocatori a.
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La Dirección Técnica de Gestión de l Talento Humano comunicará a los candidatos que han
cumplido con el perfil requerido y not ificará el día, hora y lugar para la apl icac ión de los
instrumentos de evaluación.
Articulo 28
El puntaje con el que se cal ificará a los candidatos serán los determinados en los Art iculo 13,
14 Y 15 en lo referente a formación de nivel de doctorado (PhD) de este Reglamento.
Articulo 29
Cumplidas las fases del proceso de ingreso, la Dirección Técnica de Gest ión del Talento
Humano elaborará y presentará al Vicerrector de Sede el informe de resultados en los formatos
establecidos.
Con el informe de resultados la Comisión de Selección determinará una tt!rna final,
conformada por los candidatos mejor punluados en el proceso de selección; de dicha terna la
Com isión de Selección identificará al ganador o ganadores del concurso y elaborará el acta de
selección. El Vicerrector de Sede solic itará al Rector la contratación del candidato o candidatos
seleccionados, motivando su decisión.
Artículo 30
La Dirección Técnica de Gestión del Talento Humano comunicará y citará al. profesor,
indicando las cláusulas de contratación y demás normativa a la que se sujetará el profesor Titular
Principal nivel 1. El contrato de trabajo será elaborado por la Di rección Técnica de Gestión del
Talento Humano, dentro de 5 días laborab les a partir de la firma del acta de seleccióm y deberá
inscrib irse en la respectiva dependencia del Ministerio de Relaciones Laborales en el plazo
previsto por el Código de Trabajo.
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q15-- -.:J ..,_ .... ,_ .... , ...... -.-SALESIANA
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Articulo 31
Con la solicitud de l Vicerrector de Sede, el Rector de la Un iversidad Politécnica Sales iana
suscri birá la con tratación y so li citará al Consejo Superior la emisión de l nombram iento de
Profesor Titul ar Principal nivel 1 en igua l fecha que el contrato.
Artículo 32
Para la promoción de l Persona l Académico Titu lar Principal nivel I a Tit ular Principal nive l 2,
cumpliendo los requisitos estab lecidos en los Art ícu lo 20 y 56 numera l 1, de l Reglamento de
Carrera y Esca lafón del Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior, presentará al
Vicerrector de Sede para el trámite correspondiente, la siguiente documentación:
a) So lic itud di ri gida al Rector;
b) Recomendación favorable del Vicerrector de Sede respecti vo que considera aspectos re fe ridos
a la identidad y pertenenc ia con la Institución;
c) Informe favorable de l o los Consejos de Carrera que considera la pertinenc ia académica,
profesional, investigat iva, de vinculación con la colectividad de l docente en la carrera.
d) Ser ganador de l correspondiente concurso de merecimientos y opos ic ión;
e) Con el informe favorable de la Com isión de Promoción, se remi tirá el trámite al Rector para
aprobac ión del Consejo Superior.
Artículo 33
Para la promoción del personal académico titular principal ni vel 2 a titu lar principa l ni ve l 3,
cumpliendo los req uisitos estab lecidos en los Artículos 20 y 56 numeral 2, del Reglamento de
Carrera y Escalafón del Profesor e In vestigador del Sistema de Educación Superior, presentará al
Vicerrector de Sede para e ltrámile correspondiente, la s iguiente documentac ión:
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a) So li citud d irigida al Rector;
b) Recomendación favorab le del Vicerrector de Sede respectivo que cons idera aspectos referidos
a la ident idad y pertenencia con la Inst itución;
e) In forme favorab le del o los Consejos de Carrera que considera la pert inencia académica,
profesional, investigati va, de vi nculación con la colectividad del docente en la carrera.
d) Ser ganador del correspond iente concurso de merec im ientos y opos ición;
e) Con el informe favorable de la Com isión de Promoción, se remiti rá el trámite al Rector para
aprobación del Consejo Superior.
Artículo 34
Para se r Profesor Ti tular Princi pal In vestigador Nive l 1 de la Un iversidad Po li técnica
Sales iana, deberá cumplir los s iguientes requis itos:
a) Tener grado académico de doctorado (PhD o su eq ui va lente) en el área de conocimiento
vi ncu lada a sus activ idades de docencia e investigación, obtenido en una de las inst ituciones
que consten en la lista elaborada por la SENESCYT a tenor del art ículo 27 de l Reglamento
General a la Ley Orgán ica de Educación Superior, el cual deberá estar reconoc ido e inscri to
por la SENESCYT ;
b) Tener al menos cuatro años de experiencIa como persona l académico en inst ituciones de
educación superior;
c) Haber creado, publicado o patentado doce obras de relevancia, artículos indexados o
resultados de invest igac ión en el área de conocimiento vincu lada a sus act iv idades de docencia
o invest igac ión;
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SALESIANA eCUA D O R
d) Haber obtenido como mínimo el setenta y cinco por ciento del puntaje de la evaluación de
desempeño en sus últ imos dos periodos académicos;
e) Haber realizado cuatrocientos ochenta horas de capacitación y actualización profesional, de
las cua les noventa habrán sido en metodologías de aprendizaje e investigación, y el resto en el
área de conocimiento vinculada a sus activ idades de docenc ia o investigac ión;
f) Haber participado en uno o más proyectos de invest igación con una duración de al menos 12
meses cada uno, por un total mínimo de seis años, de los cua les deberá haber dirigido o
cod irigido al menos dos proyectos de in vestigación;
g) Haber dirigido o codirigido al menos dos tes is de doctorado o cinco tesis de maestría de
invest igac ión;
h) Suficiencia en un id ioma diferente a su lengua materna;
i) Ganar el correspondiente concurso público de merecim ientos y oposición, O ser incorporado
con dedicac ión excllJsiva a las actividades de investigac ión de conformidad con las normas de
este Reg lamento;
j) Los demás que determine la Universidad Politécnica Salesiana en el perfil del Pro resor Titular
Principa l Investigador ni vel 1, de acuerdo al requerim iento de la un idad :académica
correspondiente.
Artículo 35
Para la contratac ión del Proresor Investigador Titu lar Principal ni vel 1, a más de los requisitos
establecidos en el Artículo 26 del presente Reg lamento, el postu lante presentará los documentos
determinados en el Manua l de Asunción de Persona l en los plazos establec idos en la
convocatoria.
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La Dirección Técnica de Gest ión del Talento Humano comunicará a los candidatos que han
cumpl ido con el perfil requerido y not ificará el día, hora y lugar para la aplicacjón de los
instrumentos de eva luación .
Artículo 36
El pun taje con el que se calificará a los candidatos serán los determinados en los Anícu lo 13,
14 Y 15 en lo referente a formación de nivel de doctorado (PhO) de este Reglamento.
Articulo 37
Cumplidas las fases del proceso de ingreso, la Dirección Técnica de Gestión del Talento
Humano elaborará y presentará al Vicerrector de Sede el infonne de resu ltados en los fonnatos
establecidos.
Con el informe de resultados la Comis ión de Selección determinará una H:rna final,
conformada por los candidatos mejor puntuados en el proceso de se lecc ión; de dicha tema la
Com isión de Selección identificará al ganador o ganadores del concurso y elaborará el acta de
selección. El Vicerrector de Sede solic itará al Rector la contratación del candidato o ,candidatos
seleccionados, motivando su decisión.
Artículo 38
La Dirección Técnica de Gestión del Talento Humano comu nicará y citará al profesor,
indicando las cláusulas de contratac ión y demás normativa a la que se sujetará el profesor Titular
Principal Investigador nivel 1. El contrato de trabajo será elaborado por la Dirección Técnica de
Gestión de l Talento Humano, dentro de 5 días laborables a partir de la firma del acta dt~ se lección
y deberá inscribirse en la respectiva dependencia del Ministerio de Relac iones Laborales en el
plazo previsto por e l Código de Trabajo.
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Articulo 39
Con la soli citud del Vicerrector de Sede, el Rector de la Uni versidad Pol itécnica Sales iana
susc ribirá la contratación y sol icitará al Consejo Superior la emis ión del nombramiento de
Profeso r Titu lar Principal Investigador ni vel 1 en igual fecha que e l contrato.
Artículo 40
Para la promoción del Personal Académico Titular In vesti gado r, a más de los requisitos
establec idos en los Artícu lo 2 1 y 57 numeral I y 2 del Reglamento de Carrera y Esca lafón del
Profesor e In vest igador del Sistema de Educac ión Superior, se apli carán los Artícu lo 32, 33 Y 34
de l presente Reglamento.
CA PITULO YII
REM UNERACIÓN DEL PE RSONAL ACADÉM ICO
Artículo 41
Las Uni versidad Politécnica Salesiana en cum pl imiento con el Art ículo 46 del Reg~amento de
Carrera y Esca lafón del Profesor e Investigador de l S istema de Educación Superio r, observa las
categorías, ni ve les y grados esca lafonarios.
Articulo 42
El Consejo Superior determinará las remunerac iones respectivas de acuerdo a la dedicac ión,
categoría, nivel y grado, previo informe del Consejo Económ ico y Fi nanciero.
CAP ITULO YIII
PROTECCIÓN SOCIAL
Artículo 43
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El Personal Académico tendrá derecho a gozar de 30 días consecutivos de vacación anual de
conform idad con el calendario inst itucional , percib iendo su remunerac ión total salvo que haya
laborado menos de un año, en cuyo caso será la alíc uota respectiva.
Artículo 44
Los docentes tienen derecho a ser declarados en com isión de serV ICIOS para actua lización,
perfecc ionamiento de conocimientos y participación en eventos académicos que sean de
beneficio inst itucional.
El Consejo Superior autorizará estudios de posgrado a nivel de maest ría y Doctorado (PhO),
j ustificando la neces idad e importancia inst ituc iona l.
Los Docentes podrán solicitar las siguientes licencias:
a) Licencia con o sin sue ldo, de hasta 30 días calendario, concedida por el Vicerrector de Sede;
b) Las demás licencias con o sin sue ldo, serán concedidas por e l Consejo Superior;
Artículo 45
El profesor ti tular principal o principa l investigador con ded icación a tiempo completo,
después de se is años de labores in interrumpidas podrá solic itar e l período sabático, de hasta doce
meses.
El Consejo Superior de la Universidad Politécnica Salesiana ana lizará y aprobará el plan
académico que presente el solic itante, en los térm inos y condic iones estab lecidos en la Ley
Orgánica de Educación Superior y la normativa correspondiente. Al rei ntegrarse deberá presentar
el informe de las activ idades realizadas.
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SIANA Artícu lo 46
Para los casos previstos en los Anícu los 44 y 45 de este Reglamento, la Uni versidacllegalizará
los compromisos adquiridos por el beneficiario, qu ien se obligará a cumplir el plan previsto y a
laborar en la Institución en la forma y condiciones expresadas en el respect ivo convenio.
Artículo 47
Los docentes amparados por este Reg lamento. tendrán derecho a una beca de acuerdo al
Reglamento General de Becas de la Universidad Politécnica Salesiana.
Artículo 48
La Un ivers idad Politécnica Salesiana fomentará procesos y accIOnes afi rmati vas que
reconozcan y estimulen al personal académico por los aportes relevantes que genere en beneficio
instituc iona l.
Artículo 49
Para los aspectos disc iplinarios, se procederá de acuerdo a lo que establece la Ley O rgánica de
Educación Superior y la normativa instit uciona l.
DISPOSIC IONES GENERA LES
PRI ME RA.
El concurso público de merec imientos y oposición será convocado por el Rector, mediante
publicaciones escritas, electrón icas y plataformas virtuales; cumpliendo con los requisitos
establec idos en el Estatuto de la Uni versidad Politécn ica Salesiana, este Reglamento, la Ley
Orgánica de Educación Superior y su Reglamento, e l Reglamento de Carrera y Esca lafón del
Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior, en lo pert inente a las un iversidades
particulares y demás normativa correspond iente.
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~_LESIANA
SEGUNDA.
Los postulantes a promocionarse de ni ve l escalafonario provenientes de una Inst itución de
Educación Superior distinta a la Universidad Politécn ica Salesiana, deberán acreditar los nive les
del Curso de Formación de Desarrollo Humano hasta el nivel requerido para [os doclentes de la
Universidad.
TERCERA.
El personal académico se someterá a una evaluación periódica integral según lo establecido en
la Ley Orgán ica de Educación Superior y el Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor e
In vestigador del Sistema de Educación Superior y la normativa institucional
CUARTA.
Dentro del período académico y en caso de ausencia temporal o permanente de un docente, el
Vicerrector de Sede en coordinación con la Direcc ión Técnica de Gestión del Ta lento Humano,
de acuerdo a la solic itud del Director de Programa Académico respectivo, solicitará la
contratac ión de un docente bajo la modalidad de cOlllrato civ il si el tiem po máx imo es de tres
meses; y bajo la modalidad de contrato laboral si el tiempo excede los tres meses hasta completar
el resto del período académico.
Para cont inuar con la cal idad de profesor de la Uni versidad el docente deberá cum plir con 10
establecido en el presente Reglamento.
QUI NTA.
El Consejo Académico defi nirá para cada cáted ra, el perfi l del personal académico que
incluye: perfil profesional, competencias inst itucionales y requerimientos míni mos legales.
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SEXTA.
La Universidad Politécnica Salesiana garantiza los derechos establecidos en el Art ículo 6 de la
Ley Orgán ica de Ed ucac ión Superior, para los profesores in vitados, honorarios u ocasionales.
SÉPTIMA.
Todo lo que no se encuentre previsto en el presente Reglamento, se someterá a lo di spuesto en
la Ley Orgánica de Educación Superior, sus Reglamentos, y la normativa interna de la
Uni versidad Politécn ica Sales iana.
DISPOSICION ES TRANSITORIAS
PRIM ERA.
Para la ap licac ión de los Artículos 34 hasta el Artículo 40, se debe contar COI1 la tipo logía de
Uni versidad de Docenc ia con In vestigac ión otorgada por el organismo correspondiente.
SEG UN DA.
Una vez aprobado el presente Reglamento Imerno de Carrera y Escalafón de l Profesor e
Investi gador, el Consejo Superior procederá de acuerdo a la di sposición transitoria qui nta del
Reglamento de Carrera y Esca lafón del Profesor Investi gador det Sistema de Educación Superior.
T ERCERA.
El presente Reg lamento deja sin efecto el Reglamento del Personal Académico de la
Uni versidad Politécnica Salesiana, aprobado mediante resolución 492-53-05-09-2 1, y las
di sposic iones del Consejo Superior que tengan referencia al reglamento anterior.
Dado en Cuenca , a 15 de mayo de 201 3.
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-Javier ómez, sdb.
REC~~ Dr. SE ,~~,<:-" ROCURADOR
CERTIFICO: Que, el presente documento fue aprobado mediante resoluciones del Consejo Superior, N° 0022-
02-2013-03-20 de ses ión realizada el 20 de marzo de 2013 y N° 0033-03-2013-05-15 de sesión rea liza de mayo de 20 13. . o.~u Politecl¡'
\.s'l. J'C'.¡
º . ..:,,~ ~ ~ ~
'" '"
Dr. ~iga uilova ~ ..,~ SEC~ETAR I O fEN¡;R-At - -O URADOR 1'«), f<-q,.'?" \,/ 4/t/A GE.~
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