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TSJ ORGANIZACION CORDOBATRANSCRIPT
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Máxima autoridad del Poder Judicial
Cúmulo de funciones:Jurisdiccionales (Competencias –art. 165 C.P.)
Administrativas (Superintendencia –art. 166 C.P.y art. 12 LOPJ)
ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
(Art. 164 C.P)
EN PLENO POR INTERMEDIO DE SUS SALAS
Sala Civil y Comercial (con comp. en materia de Familia)
Sala Contencioso Administrativa Sala Penal (con comp. en materia de
menores)Sala Laboral Sala Electoral c/comp. origin.y As.Instituc.
COMPETENCIAS(ART. 165 C.P.)
COMPETENCIA ORIGINARIA Y EXCLUSIVA, EN PLENO:
Acciones declarativas de inconstitucionalidad: en caso concreto y por parte interesada
Cuestiones de competencia entre poderes públicos provinciales y de tribunales inferiores que no tengan superior común
Conflictos internos de las municipalidades, de una municipalidad con otra o de éstas con autoridades de provincia
Acciones de responsabilidad civil contra magistrados y funcionarios con motivo del ejercicio de sus funciones, sin remoción previa
Recursos extraordinarios de inconstitucionalidad
COMPETENCIAS(ART. 165 C.P.)
Recursos procedimentales locales (mediante sus salas)
Recusación de sus vocales Quejas por denegación o retardo de
justicia
ATRIBUCIONES ADMINISTRATIVAS (art. 166 C.P. y art.
12 LOPJ) Dictar el reglamento interno del PJ (celeridad,
eficiencia y descentralización). Divisiones administrativas, horarios de funcionamiento y atención, fijación de competencia ante ausencia de ley, turnos de distribución de causas, etc.
Superintendencia, que puede delegarse a las sedes del interior de la provincia (contrataciones, organización de listas de peritos, asesores ad hoc, jurados populares)
Crear la escuela de capacitación (Centro de Perfeccionamiento Ricardo Núñez)
Supervisa las cárceles provinciales junto con los jueces competentes
Administración del patrimonio y fondos de Tasa de Justicia
ATRIBUCIONES ADMINISTRATIVAS (art. 166 C.P. y art.
12 LOPJ)
EN RELACIÓN AL PERSONAL Designa a su personal en base a un
procedimiento que garantice la igualdad y la idoneidad
Controla el cumplimiento de las funciones de magistrados, funcionarios y empleados
Controla asistencias, licencias, vacaciones Aplica sanciones disciplinarias a magistrados,
funcionarios y empleados judiciales Remueve empleados judiciales
ATRIBUCIONES ADMINISTRATIVAS (art. 166 C.P. y
art. 12 LOPJ)
EN RELACIÓN CON LOS DEMÁS PODERES DEL ESTADO
Preparar y elevar el cálculo de recursos, gastos e inversiones al Gobernador para su consideración por la Legislatura (Tasa de Justicia. Ley de presupuesto)
Elevar proyectos de ley sobre organización y funcionamiento del Poder Judicial
Informar anualmente al Poder Legislativo sobre la actividad de los tribunales