uunnaassaamm –– ffaaccuullttaadd ddee...
TRANSCRIPT
Aprobado con Resolución
Nº 078-2011-UNASAM-FC/D del 21 de Junio del 2011
Reglamento de Práctica Pre-Profesional
UUNNAASSAAMM –– FFAACCUULLTTAADD DDEE CCIIEENNCCIIAASS
EESSCCUUEELLAA DDEE IINNGGEENNIIEERRÍÍAA DDEE SSIISSTTEEMMAASS EE IINNFFOORRMMÁÁTTIICCAA
HUARAZ - 2011
ESQUEMA DE CONTENIDOS
Pág
I De los fines y Objetivos 4
II De la Base Legal 4
III De los alcances y Organizaciones 5
IV De la Práctica Pre-Profesional 7
V De los Centros de Práctica 8
VI Del Docente Guía 8
VII De los Practicantes 9
VIII De la realización de las prácticas 10
IX De la evaluación de las prácticas 11
X De los Jurados 13
XI Disposiciones Finales 13
Anexo 01: Ficha de registro de Práctica Pre-Profesional
Anexo 02: Carta de Presentación
Anexo 03: Control de Asistencia a las PPP
Anexo 04: Ficha de Seguimiento de PPP
Anexo 05: Formato de Presentación de Informe final de PPP
Anexo 06: Formato de Calificación del Responsable del Centro de Prácticas
Anexo 07: Formato de Calificación del Docente Guía
Anexo 08: Formato de Calificación del Jurado
Anexo 09: Acta de Calificación del Informe de PPP
Anexo 10: Modelo de convenio
AAGGRRAADDEECCIIMMIIEENNTTOO
La Dirección de Escuela de Ingeniería de Sistemas e Informática, agradece la
valiosa colaboración a los miembros de la comisión, para la reformulación del
presente Reglamento de Práctica Pre-Profesional.:
Dr. Eddy Jesús Montañez Muñoz Presidente
MSc. Rolando Roberto Salazar Cáceres Secretario
Ingº Erick Giovanny Flores Chacón Vocal
RREEGGLLAAMMEENNTTOO DDEE PPRRÁÁCCTTIICCAA PPRREE--PPRROOFFEESSIIOONNAALL
EESSCCUUEELLAA DDEE IINNGGEENNIIEERRIIAA DDEE SSIISSTTEEMMAASS EE IINNFFOORRMMÁÁTTIICCAA --44--
II.. DDEE LLOOSS FFIINNEESS YY OOBBJJEETTIIVVOOSS
Art 1º.- La Práctica Pre-Profesional es el desempeño y el conjunto de experiencias que
el estudiante deberá realizar en una entidad pública ó privada de producción de bienes
o servicios, donde aplicará las capacidades y conocimientos de la Ingeniería de
Sistemas e informática, iniciándolo en el campo del ejercicio profesional.
Art 2º.- Son objetivos de la Práctica Pre-Profesional, los siguientes:
a. Aplicar los conocimientos teóricos, las habilidades y destrezas adquiridas, en la
solución de problemas de la realidad en la que en el futuro el practicante trabajará
como profesional, familiarizándolo con actividades y funciones del quehacer
profesional.
b. Adquirir experiencias de la realidad que puedan servir para mejorar el currículo de
la carrera profesional.
c. Contribuir a la formación integral del practicante mediante su participación activa en
el centro de prácticas.
d. Estimular el trabajo interdisciplinario con profesionales de otras especialidades.
e. Incentivar al estudiante en la búsqueda de un tema de Tesis ó Investigación.
f. Motivar al estudiante en la constante búsqueda de soluciones a problemas que
afectan a nuestra sociedad, participando en la ejecución de planes de desarrollo de
la comunidad local, regional y nacional.
g. Preparar al estudiante en las destrezas y habilidades que debe tener al momento
de ejercer su profesión.
IIII.. DDEE LLAA BBAASSEE LLEEGGAALL
Art 3º.- El presente Reglamento se rige y se sustenta en las siguientes normas legales.
2.1. Ley Universitaria 23733
2.2. Estatuto de la UNASAM
2.3. Reglamento de Estudios
2.4. Plan Curricular
RREEGGLLAAMMEENNTTOO DDEE PPRRÁÁCCTTIICCAA PPRREE--PPRROOFFEESSIIOONNAALL
EESSCCUUEELLAA DDEE IINNGGEENNIIEERRIIAA DDEE SSIISSTTEEMMAASS EE IINNFFOORRMMÁÁTTIICCAA --55--
IIIIII.. DDEE LLOOSS AALLCCAANNCCEESS YY OORRGGAANNIIZZAACCIIOONNEESS
Art 4º.- El presente Reglamento entrará en vigencia desde la emisión de la resolución
de aprobación respectiva y tendrá como alcance a los integrantes de la Escuela
Académico-Profesional de Ingeniería de Sistemas é Informática, por lo que todos los
docentes, alumnos y administrativos tienen la obligación de cumplirlas.
Art 5º.- La Práctica Pre – Profesional, como proceso, será organizada, supervisada y
evaluada por la Comisión Permanente de Práctica Pre-Profesional (CPPP) de la
Escuela Académico-Profesional de Ingeniería de Sistemas é Informática.
Art 6º.- La Comisión Permanente de Práctica Pre-Profesional será nombrada por el
Consejo de Facultad y estará conformada por tres docentes: El Director de la Escuela
Académico-Profesional de Ingeniería de Sistemas é Informática, que lo preside y dos
docentes ordinarios de la sección de Ingeniería de Sistemas e Informática.
Art 7º.- Son funciones de la Comisión Permanente de Práctica Pre-Profesional:
a. Planificar, supervisar y evaluar el proceso de Práctica Pre-Profesional.
b. Presentar el presupuesto de la Práctica Pre-Profesional al Consejo de
Facultad para su aprobación.
c. Presentar el Plan de Trabajo, estableciendo el calendario de Prácticas
Pre–Profesionales, número de Plazas vacantes ofertadas por los Centros
de Práctica, con los que se tenga convenio suscrito.
d. Mantener una cartera de Empresas e Instituciones dispuestas a viabilizar
la Práctica Pre-Profesional.
e. Buscar y Establecer relaciones con nuevos Centros de Prácticas.
f. Recepcionar los informes finales, en tres anillados, de acuerdo a los
formatos establecidos, dando el Vº Bº, para su sustentación respectiva
ante un Jurado. Velar por el estricto cumplimiento del presente
Reglamento.
g. Realizar Charlas de orientación sobre Prácticas Pre–Profesionales.
RREEGGLLAAMMEENNTTOO DDEE PPRRÁÁCCTTIICCAA PPRREE--PPRROOFFEESSIIOONNAALL
EESSCCUUEELLAA DDEE IINNGGEENNIIEERRIIAA DDEE SSIISSTTEEMMAASS EE IINNFFOORRMMÁÁTTIICCAA --66--
h. Presentar su informe en forma anual o cuando la autoridad competente lo
solicite.
i. Proponer la conformación de un jurado, para la evaluación de los informes
finales.
j. Gestionar las suscripciones de convenios específicos con instituciones de
la localidad para la ejecución de la Práctica Pre-Profesional.
k. Realizar acciones de supervisión para garantizar la ejecución efectiva de
las prácticas.
l. Verificar los requisitos adjuntos a la solicitud de práctica.
m. Solicitar, por intermedio de la Dirección de Escuela, la emisión de la
Resolución Decanatural para la ejecución de la práctica y designación del
Docente Guía (docente de la asignatura).
n. Derivar 01 copia del informe final a la Biblioteca especializada de la
facultad, para su custodia y puesta a disposición de los estudiantes.
Art 8º.- La Comisión Permanente de Práctica Pre-Profesional de la Escuela
Académico-Profesional de Ingeniería de Sistemas é Informática, presentará a la
decanatura y este al consejo de Facultad, el Proyecto del Convenio entre el Centro de
Prácticas y la Facultad de Ciencias para su aprobación (según Anexo Nº 10).
Art 9º.- Dado el carácter Académico de la Práctica Pre-Profesional, ésta tendrá un
monitoreo constante de parte del Docente Guía designado.
Art 10.- La Comisión Permanente de Práctica Pre-Profesional, dará el visto bueno
para la ejecución de la Práctica y comunicará a la Decanatura para que ésta emita la
Carta de Presentación respectiva.
RREEGGLLAAMMEENNTTOO DDEE PPRRÁÁCCTTIICCAA PPRREE--PPRROOFFEESSIIOONNAALL
EESSCCUUEELLAA DDEE IINNGGEENNIIEERRIIAA DDEE SSIISSTTEEMMAASS EE IINNFFOORRMMÁÁTTIICCAA --77--
IIVV.. DDEE LLAA PPRRÁÁCCTTIICCAA PPRREE--PPRROOFFEESSIIOONNAALL
Art 11º.- La Práctica Pre-Profesional tendrá una duración de un mínimo de 400 horas,
reconociéndose 25 horas por la formulación del Plan de Práctica y 50 horas por la
elaboración del Informe Final.
Art 12.- La Práctica Pre-Profesional se realizará durante un semestre académico, en un
periodo de 4 meses acumulativos de 25 horas semanales (5 horas diarias), los que
tienen un valor de 5 créditos. Excepcionalmente se podrán realizar en periodos
vacacionales en un período de 9 semanas de 40 horas semanales (8 horas diarias),
reconociéndoles en este caso 20 horas por la formulación del Plan de Práctica y 40
horas por la elaboración del Informe Final.
Art 13º.- La Práctica Pre-Profesional se puede realizar al haber concluido satisfac-
toriamente el 8vo ciclo de su Plan de Estudios vigente.
Art 14º.- Son requisitos indispensables para la ejecución de la Práctica Pre-Profesional
en Ingeniería de Sistemas e Informática, los siguientes:
a. Ser alumno regular matriculado de la Escuela Académico-Profesional de
Ingeniería de Sistemas é Informática.
b. Haber aprobado todas las asignaturas correspondientes a los ocho
primeros ciclos académicos.
c. Haber acumulado como mínimo 163 créditos de su plan de estudios
vigente.
d. Tener asignado un Docente Guía.
e. Haber sido aceptado en un Centro de Prácticas.
Art 15º.- La Dirección de Escuela de Ingeniería de Sistemas e Informática propondrá al
Departamento Académico de Estadística y Sistemas el cuadro de Docentes Guía para
cada año académico, para la asignación de la asignatura de Práctica Pre-Profesional
como parte de la carga académica con dos horas académicas por semana y con no
más de cuatro estudiantes por docente.
RREEGGLLAAMMEENNTTOO DDEE PPRRÁÁCCTTIICCAA PPRREE--PPRROOFFEESSIIOONNAALL
EESSCCUUEELLAA DDEE IINNGGEENNIIEERRIIAA DDEE SSIISSTTEEMMAASS EE IINNFFOORRMMÁÁTTIICCAA --88--
Art 16º.- La Dirección de Escuela de Ingeniería de Sistemas e Informática solicitará la
oficialización de la designación del Docente Guía mediante una resolución decanatural.
VV..-- DDEE LLOOSS CCEENNTTRROOSS DDEE PPRRÁÁCCTTIICCAASS.
Art 17º.- Son Centros de Práctica Pre-Profesional, las empresas, las instituciones ó
cualquier Centro de Producción de bienes o de servicios cuya actividad esté
relacionada o tenga una oficina dedicada al Campo de acción de la Ingeniería de
Sistemas e Informática, y que haya aceptado el convenio establecido o la solicitud del
estudiante.
Art 18- De la Asignación de los Centros de Prácticas
a. La Dirección de la Escuela de Ingeniería de Sistemas e Informática
establecerá convenios con Instituciones y/o empresas, con el objeto de
lograr Centros de Prácticas para los estudiantes.
b. Un mes antes de la iniciación de la Práctica Pre-Profesional, la Escuela
tendrá un listado de las vacantes requeridas.
c. La asignación de Centros de Prácticas se hará por orden de mérito, según
promedio ponderado.
d. Los alumnos que no alcanzaran las plazas para la realización de sus
prácticas podrán conseguir su Centro de Práctica por gestión personal.
VVII..-- DDEELL DDOOCCEENNTTEE GGUUÍÍAA
Art 19º.- Todos los docentes adscritos a la sección de Ingeniería de Sistemas e
Informática del Departamento Académico de Estadística y Sistemas están en la
obligación de aceptar el monitoreo de la Práctica Pre-Profesional, actividad que
formará parte de su labor académica docente.
Art 20º.- El Docente Guía deberá registrar en la Ficha de Seguimiento (Anexo Nº 04),
las acciones de supervisión, control, observación y/o recomendaciones que se realicen
durante el desarrollo de la Práctica.
RREEGGLLAAMMEENNTTOO DDEE PPRRÁÁCCTTIICCAA PPRREE--PPRROOFFEESSIIOONNAALL
EESSCCUUEELLAA DDEE IINNGGEENNIIEERRIIAA DDEE SSIISSTTEEMMAASS EE IINNFFOORRMMÁÁTTIICCAA --99--
Art 21º.- Las funciones del Docente Guía son los siguientes:
a. Suscribir el compromiso de monitoreo, en la Ficha de Registro de la
Práctica Pre-Profesional (Anexo Nº 01)
b. Brindar asesoría permanente, registrando las acciones en la Ficha de
Seguimiento (Anexo Nº 04).
c. Cumplir con la evaluación de la Práctica Pre-Profesional dentro del
calendario de actividades académicas del semestre correspondiente.
d. Llenar las Pre-Actas y suscribir las Actas de Notas Finales de la
asignatura de Práctica Pre-Profesional.
e. Entregar a la Comisión Permanente de Práctica Pre-Profesional, las
Fichas de Control de Asistencia y las Fichas de seguimiento.
f. Participar como jurado en la sustentación del informe final de la práctica
que monitoreó.
VVIIII..-- DDEE LLOOSS PPRRAACCTTIICCAANNTTEESS
Art 22º.- Los estudiantes de la Escuela Académico-Profesional de Ingeniería de
Sistemas é Informática, habilitados para realizar su Práctica Pre-Profesional, podrán
efectuarlas según el calendario establecido por la CPPP.
Art 23º.- Los estudiantes deberán adquirir el Reglamento de Práctica Pre-Profesional
en la Secretaría Administrativa de la Facultad de Ciencias.
Art 24º.- El practicante deberá respetar y cumplir con las disposiciones o Reglamentos
de la entidad que lo acoge.
Art 25º.- Es responsabilidad del practicante solicitar el Certificado de Práctica por
duplicado a su Centro de Práctica, una de las cuales se adjuntará al informe final.
Art 26º.- El practicante debe concluir su Práctica Pre-Profesional en el tiempo previsto.
RREEGGLLAAMMEENNTTOO DDEE PPRRÁÁCCTTIICCAA PPRREE--PPRROOFFEESSIIOONNAALL
EESSCCUUEELLAA DDEE IINNGGEENNIIEERRIIAA DDEE SSIISSTTEEMMAASS EE IINNFFOORRMMÁÁTTIICCAA --1100--
Art 27º.- El alumno, concluida su Práctica, está obligado a sustentar el informe final de
Práctica ante el jurado nominado por la Comisión Permanente de Práctica Pre-
Profesional y en acto público.
VVIIIIII.. DDEE LLAA RREEAALLIIZZAACCIIÓÓNN DDEE LLAA PPRRÁÁCCTTIICCAA
La realización de la Práctica Pre-Profesional se efectuará de la siguiente manera:
Art 28º.- El estudiante que requiera acceder a la Práctica Pre-Profesional, deberá
presentar una solicitud dirigida al Director de la Escuela de Ingeniería de Sistemas e
Informática, al menos quince días antes del inicio del semestre en el que se
desarrollará la práctica, para que se le emita una Carta de Presentación (Anexo 02)
dirigida al encargado del área en la entidad donde se efectuará la práctica.
Art 29º.- Los estudiantes admitidos en un Centro de Práctica, solicitarán a la Dirección
de Escuela de Ingeniería de Sistemas e Informática el registro de matrícula en la
asignatura de Práctica Pre-Profesional si cumplen lo establecido en el Art. 14. y se
adjunte una copia del RCI, aceptación del Docente Guía (Anexo 01) y documento de
aceptación del Centro de Práctica. El número de horas para la práctica se comenzará a
contar a partir de la fecha de inicio del semestre académico.
Art 30º.- Los estudiantes que han sido admitidos en un Centro de Práctica deberán
presentar un Plan de Práctica al Docente Guía y este a la CPPP para su aprobación en
el transcurso de los siguientes 5 días de haberse iniciado las prácticas.
Art 31º.- El Plan de Práctica deberá contemplar la siguiente estructura:
1. Generalidades
2. Estado situacional
3. Objetivos
4. Justificación
5. Actividades a desarrollar
6. Ingeniería del Proyecto
7. Cronograma de ejecución
8. Bibliografía
RREEGGLLAAMMEENNTTOO DDEE PPRRÁÁCCTTIICCAA PPRREE--PPRROOFFEESSIIOONNAALL
EESSCCUUEELLAA DDEE IINNGGEENNIIEERRIIAA DDEE SSIISSTTEEMMAASS EE IINNFFOORRMMÁÁTTIICCAA --1111--
Art 32º.- El Plan de Práctica será revisado y evaluado por el Docente Guía, quien
calificará dicho documento en un plazo no mayor a tres días calendarios.
Art 33º.- El Plan de Práctica que resulte observado será devuelto con las observaciones
correspondientes para que el alumno efectúe las correcciones en un lapso no mayor de
cinco días.
Art 34º.- Sólo el Plan de Práctica sin observaciones podrá ejecutarse.
Art 35º.- El Practicante presentará informes de avance de la Práctica según el
cronograma aprobado por el Docente Guía.
IIXX..-- DDEE LLAA EEVVAALLUUAACCIIÓÓNN DDEE LLAA PPRRÁÁCCTTIICCAA
Art 36.- La evaluación de la Práctica tendrá un enfoque integral y tendrá tres
componentes:
a. La calificación asignada por el responsable del Centro de Práctica que
evaluará los siguientes factores: Actitud, Desempeño Laboral y
Habilidades, esta evaluación tendrá una ponderación de uno (1).
b. La calificación asignada por el Docente Guía, que evaluará los
siguientes factores: Plan de Trabajo, Desarrollo de las Prácticas,
Presentación de informes parciales y las Características Individuales del
practicante mostradas en el desarrollo de la práctica, esta evaluación
tendrá una ponderación de uno (1).
c. La calificación asignada por el Jurado evaluador, que evaluará los
siguientes factores: Informe Final, Sustentación, Absolución de
preguntas y aspectos meritorios de la Práctica Pre-Profesional, esta
evaluación tendrá una ponderación de uno (1).
d. La calificación final será el promedio ponderado de los tres
componentes.
Art 37.- Concluidas las Prácticas, el Docente Guía solicitará al responsable del Centro
de Práctica aplicar el formato de evaluación de desempeño del practicante (Anexo 06).
Art 38.- Concluidas las Prácticas, el Docente Guía asignará una calificación al
desempeño del practicante (Anexo 07).
RREEGGLLAAMMEENNTTOO DDEE PPRRÁÁCCTTIICCAA PPRREE--PPRROOFFEESSIIOONNAALL
EESSCCUUEELLAA DDEE IINNGGEENNIIEERRIIAA DDEE SSIISSTTEEMMAASS EE IINNFFOORRMMÁÁTTIICCAA --1122--
Art 39.- Concluidas las Prácticas, el Docente Guía presentará a la Comisión
Permanente de Práctica Pre-Profesional un informe acreditando el cumplimiento o no
de la Práctica Pre-Profesional por un total de no menos 400 horas, deberá adjuntar las
Fichas de Control de Asistencia (Anexo 03) y las Fichas de Seguimiento (Anexo 04) de
los alumnos practicantes.
Art 40º.- Dentro del cronograma fijado por la CPPP, y concluidas las Prácticas, los
alumnos que hayan acreditado el cumplimiento de las mismas, presentarán a la
Comisión Permanente de Prácticas Pre – Profesionales el Informe Final en original y
tres copias debidamente anillados adjuntándose el Certificado del Centro de Prácticas.
Art 41º.- El Informe deberá mantener concordancia con el Anexo Nº 05, del
Reglamento de Prácticas.
Art 42º.- La comisión evaluará el informe, en caso de existir alguna observación, el
estudiante efectuará las correcciones en un plazo no mayor de tres días.
Art 43º.- Los practicantes sustentarán en acto público el informe final dentro del
cronograma fijado por la CPPP.
Art 44 º.- En la sustentación se evaluará los siguientes Tópicos:
a. Presentación y contenido de Informe.
b. Exposición del Informe.
c. Absolución de preguntas.
d. Aspectos Meritorios de la Práctica Pre-Profesional
Art 45 º.- De la aprobación de la Práctica Pre-Profesional:
a. Los alumnos que no acrediten el cumplimiento de la Práctica Pre-
Profesional no podrán presentar el informe final, asignándoseles en ese
rubro el calificativo de cero (00).
b. El Jurado evaluará el informe final y presentará a la Comisión
Permanente de Práctica Pre–Profesionales los formatos de calificación
RREEGGLLAAMMEENNTTOO DDEE PPRRÁÁCCTTIICCAA PPRREE--PPRROOFFEESSIIOONNAALL
EESSCCUUEELLAA DDEE IINNGGEENNIIEERRIIAA DDEE SSIISSTTEEMMAASS EE IINNFFOORRMMÁÁTTIICCAA --1133--
de cada uno de los miembros del jurado (Anexo 08) y el Acta de
Evaluación (Anexo 09).
c. La calificación será de 0 a 20, siendo la nota aprobatoria mínima de
Once (11)
d. El Docente Guía registrará las calificaciones del Responsable del Centro
de Prácticas, del Docente Guía y la del Jurado en las Pre Actas y
obtendrá el promedio ponderado final.
e. En caso de desaprobación, el alumno volverá a realizar una práctica
equivalente, en el siguiente semestre.
XX..-- DDEE LLOOSS JJUURRAADDOOSS
Art 46º.- El Jurado evaluador estará conformado, por tres miembros, de los cuales uno
debe ser el Docente Guía (Docente de la Asignatura), un Docente de la especialidad y
un Docente ordinario de la sección de Ingeniería de Sistemas e Informática.
Art 47º.- Las funciones del Jurado Calificador son las siguientes:
a. Respetar el cronograma de sustentación de informes finales, establecido
por la Comisión de Práctica Pre-Profesional.
b. Evaluar los Informes Finales en sustentación pública
c. Llenar el Acta de Calificación (Anexo 09)
d. Elevar un informe final a la Comisión de Práctica Pre-Profesional
adjuntándose las actas de calificación y una copia de los informes
finales. Se debe dar énfasis a las observaciones al proceso y
recomendaciones para su mejora.
XXII..-- DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS FFIINNAALLEESS
Art 48.- Cualquier situación no contemplada en el presente Reglamento, será resuelto
en primera instancia por la Comisión Permanente de Práctica Pre-Profesional y en
última instancia por el Consejo de Facultad de Ciencias.
UUUNNNIIIVVVEEERRRSSSIIIDDDAAADDD NNNAAACCCIIIOOONNNAAALLL EEESSSCCCCCCUUUEEELLLAAA DDDEEE IIINNNGGGEEENNNIIIEEERRRÍÍÍAAA DDDEEE
"""SSSAAANNNTTTIIIAAAGGGOOO AAANNNTTTUUUNNNEEEZZZ DDDEEE MMMAAAYYYOOOLLLOOO""" SSSIIISSSTTTEEEMMMAAASSS EEE IIINNNFFFOOORRRMMMÁÁÁTTTIIICCCAAA
AA NN EE XXOO NN ºº 00 11
FF IICC HH AA DDEE RR EE GGIISS TT RR OO DD EE LL AA PP RR ÁÁCC TT IICC AA PP RR EE –– PP RR OOFF EE SS IIOO NN AA LL
1. DATOS DEL ALUMNO APELLIDOS Y NOMBRES CÓDIGO
CREDITOS APROBADOS
FECHA DE INICIO DE PRÁCTICAS
FIRMA ALUMNO PRACTICANTE
2. DATOS DEL DOCENTE GUÍA APELLIDOS Y
NOMBRES
TÍTULO
GRADO
CATEGORÍA CONDICIÓN
DEDICACIÓN
FIRMA DOCENTE GUÍA
3. CENTRO DE PRÁCTICAS INSTITUCIÓN
DEPARTAMENTO PROVINCIA
DIRECCIÓN
TELÉFONO
NOMBRE DEL
RESPONSABLE
CARGO QUE
DESEMPEÑA
ESPECIALIDAD
ACTIVIDADES A
DESARROLLAR
FIRMA RESPONSABLE
FECHA
UUUNNNIIIVVVEEERRRSSSIIIDDDAAADDD NNNAAACCCIIIOOONNNAAALLL EEESSSCCCCCCUUUEEELLLAAA DDDEEE IIINNNGGGEEENNNIIIEEERRRÍÍÍAAA DDDEEE
"""SSSAAANNNTTTIIIAAAGGGOOO AAANNNTTTUUUNNNEEEZZZ DDDEEE MMMAAAYYYOOOLLLOOO""" SSSIIISSSTTTEEEMMMAAASSS EEE IIINNNFFFOOORRRMMMÁÁÁTTTIIICCCAAA
AANNEEXXOO NNºº 0022 CC AA RR TT AA DD EE PP RR EE SS EE NN TT AA CC II OO NN
Huaraz, “Capital de la Amistad
In ternac ional ”, - - - - - - - - - - -- - - - - - -
Señor :
PRESENTE
ASUNTO: Presentac ión de a lumno Prac t icante y
Autor izac ión de la Práct ica Pre – Profes ional
Con singular agrado me dirijo a usted, para hacerle llegar el
saludo cordial de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional “Santiago Antunez de Mayolo”, y presentar
al portador de la presente:
Sr…………………………………………........................................., alumno del ….. Ciclo de la Escuela Académico-
Profesional de Ingeniería de Sistemas é Informática, con ………………….. créditos aprobados, quien desea
realizar su Práctica Pre – Profesional en vuestra representada, por el lapso de ………………………………... a
partir del ……………………………………………………
Conocedor de su alto espíritu de colaboración, recurro a su
despacho solicitando la AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL, que redundará
en beneficios de la adecuada formación profesional del (la) indicado (a) alumno (a), quien está en condiciones de
aportar sus aptitudes en su prestigiosa entidad.
Con el compromiso de retribuir la atención a la presente,
reitérale mi agradecimiento y deferencia personal.
Atentamente;
__________________________
DECANO FC.
UUUNNNIIIVVVEEERRRSSSIIIDDDAAADDD NNNAAACCCIIIOOONNNAAALLL EEESSSCCCCCCUUUEEELLLAAA DDDEEE IIINNNGGGEEENNNIIIEEERRRÍÍÍAAA DDDEEE
"""SSSAAANNNTTTIIIAAAGGGOOO AAANNNTTTUUUNNNEEEZZZ DDDEEE MMMAAAYYYOOOLLLOOO""" SSSIIISSSTTTEEEMMMAAASSS EEE IIINNNFFFOOORRRMMMÁÁÁTTTIIICCCAAA
AANNEEXXOO NNºº 0055
FF OO RR MM AA TT OO DD EE PP RR EE SS EE NN TT AA CC II ÓÓ NN DD EE II NN FF OO RR MM EE FF II NN AA LL DD EE PP RR ÁÁ CC TT II CC AA
PP RR EE –– PP RR OO FF EE SS II OO NN AA LL
El Informe de Práctica Pre – Profesional deberá contener los siguientes aspectos:
Parte Inicial:
Título
Índice
Contenido del Informe:
I Presentación
II Plan de Prácticas
III Metodología empleada
IV Actividades complementarias
V Resultados obtenidos
VI Conclusiones
VII Recomendaciones
Parte Final:
Bibliografía
Parte Complementaria:
Apéndices
Anexos
DESCRIPCIÓN DE CONTENIDOS
1. Título
El informe final debe tener un título claro y descriptivo.
2. Índice
Lista de títulos principales y la página en que aparece cada uno de ellos.
3. Presentación
Breve descripción indicando la visión de la actividad desarrollada y qué, y por
qué se hizo el trabajo materia del informe final, puede incluirse aspectos
resaltantes de su actividad dentro de la organización donde desarrolló la
práctica.
4. Plan de Prácticas
Plan de trabajo formulado al inicio de la Práctica Pre-Profesional.
5. Metodología empleada
Descripción de la metodología de ingeniería de sistemas e informática empleada,
acorde con el tipo de actividad fundamental realizada en la práctica.
6. Actividades complementarias
En toda actividad de práctica existen un conjunto de actividades y responsabilidades
conexas a la actividad principal presentada en el plan de prácticas; estas
actividades son relevantes y consumen muchas horas de la práctica. En el informe
se deben detallar sobre estas actividades de haber existido, de manera cronológica
o según algún orden que elija; colocando pruebas de lo realizado de ser el caso:
fotografías, esquemas, informes, etc.
7. Resultados obtenidos
En este punto el practicante debe resaltar los resultados obtenidos de su actividad
de práctica según sus objetivos planteados, señalando alguna métrica o forma en
que demuestre el impacto logrado al cumplir su práctica. Por ejemplo ahorro en
costos, reducción de tiempos, satisfacción del usuario, número de beneficiarios,
avance en el logro de los objetivos del área u organizacional, etc.
8. Conclusiones
Lista las conclusiones arribadas en el plan de prácticas, siendo necesario
enumerar una conclusión como mínimo por cada objetivo planteado en el
plan de prácticas.
9. Recomendaciones
Lista las sugerencias que ofrece el practicante respecto a sus prácticas, al proceso
seguido o a la mejora de algún aspecto de organización de las prácticas.
10. Referencias
Incluir un listado alfabético de los libros, revistas, tesis, direcciones electrónicas u
otra fuente consultada para elaborar el informe.
11. Apéndices
Sección empleada para incluir agregados que a juicio del autor sean detalles
importantes del trabajo realizado.
12. Anexos
Se incluye documentación adicional (gráficas, mapas, cuadros, esquemas,
documentos de gestión, etc.) a juicio del autor y documentos solicitados por el
Reglamento de Práctica Pre-Profesional.
UUUNNNIIIVVVEEERRRSSSIIIDDDAAADDD NNNAAACCCIIIOOONNNAAALLL EEESSSCCCCCCUUUEEELLLAAA DDDEEE IIINNNGGGEEENNNIIIEEERRRÍÍÍAAA DDDEEE
"""SSSAAANNNTTTIIIAAAGGGOOO AAANNNTTTUUUNNNEEEZZZ DDDEEE MMMAAAYYYOOOLLLOOO""" SSSIIISSSTTTEEEMMMAAASSS EEE IIINNNFFFOOORRRMMMÁÁÁTTTIIICCCAAA
AANNEEXXOO NN ºº 1100
MMOODDEE LLOO DDEE CCOONNVVEENNIIOO
CONVENIO QUE SUSCRIBEN LA UNASAM- FC y ……………………………………..……...
………………………………………………………………………………………………………….
Conste por el presente Convenio de COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL, que
firman de una parte:
Decano de la Facultad de Ciencias, de la Universidad Nacional de Ancash “Santiago
Antunez de Mayolo”, con L.E. No…………………con domicilio legal en la Av. Centenario No
200- Huaraz,
Que en adelante representará a la Facultad de Ciencias.
Por otra parte el …………………………………………………………………………………………
…………………………………………., representado por :………………………………………....
L.E………………………………………………y que en adelante se llamará…………..………....
………………………………………………………….quienes suscribe el presente convenio en
los términos siguiente:
CLÁUSULA PRIMERA
Finalidad del Convenio:
1.1 Afianzar los conocimientos teóricos – prácticos de los alumnos de la Escuela Académico-
Profesional de Ingeniería de Sistemas é Informática.
1.2 Promover y desarrollar trabajos de investigación que redunden en beneficio de las
entidades cooperantes.
CLÁUSULA SEGUNDA
La Facultad de Ciencias se compromete a:
2.1 Presentar alumnos con condiciones intelectuales y destrezas motores mínimas
adquiridas en la Escuela Académico-Profesional de Ingeniería de Sistemas é Informática,
en función a la exigencia del Reglamento del Práctica Pre-Profesional (82% del avance
curricular).
2.2 Designar un Docente Guía de práctica, quien monitoreará las actividades a desarrollar
por el practicante en la entidad cooperante.
2.3 Presentar un Informe de las actividades realizadas por el practicante a la entidad
cooperante.
CLÁUSULA TERCERA
La……………………………………………….se compromete a:
3.1 Brindar las facilidades de instalación, equipo, centro de cómputo, personal técnico y
administrativo, para el mejor desarrollo de las Prácticas Pre – Profesionales.
3.2 Acorde a la disponibilidad de recursos, se compromete a dar alojamiento, alimentación,
movilidad y/o un estipendio por su labor prestada.
3.3 Ofrecer vacantes por periodo mínimo de 4 meses.
CLÁUSULA CUARTA
Acciones conjuntas:
4.1 Intercambio de profesionales o técnicos del mas alto nivel en el área de Ingeniería de
Sistemas é Informática.
a) Estudios.
b) Profesionales Visitantes.
c) Profesionales Investigadores.
4.2 Realizar actividades de promoción social a través de auspicio y ejecución de eventos
científico de actualización y capacitación.
CLÁUSULA QUINTA
El presente Convenio entrará en vigencia a partir de la fecha de suscripción y
concluirá a los …………. años, pudiendo prorrogarse por acuerdo de las partes.
CLÁUSULA SEXTA
El Convenio podrá rescindirse de mutuo acuerdo o a solicitud de una de las partes,
por incumplimiento de alguna obligación consignada en el presente Convenio.
CLÁUSULA SÉPTIMA
Cualquier aspecto no previsto en el presente Convenio Será tratado y resuelto por los
representantes.
Estando conforme la partes, con todas y cada una de las cláusulas del Convenio, lo
suscriben en tres ejemplares igualmente validas en la Ciudad de Huaraz, a
los…………….días del mes de………………………..de………………………………
----------------------------------------- ------------------------------------------
DECANO DE LA FC
UNASAM.- Av. Centenario Nº 200- Huaraz
Teléfono-72-70-40 -74-14-52-Fax 044-72139