vacaciones

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¿Qué ocurre si un trabajador no goza de sus vacaciones en el año que corresponde hacerlo? El empleador debe pagar, una remuneración por el trabajo realizado; otra por el descanso vacacional adquirido y no gozado; y, adicionalmente una indemnización equivalente a una remuneración por no haber disfrutado del descanso (en la práctica se abonan solo dos remuneraciones ya que la remuneración por haber laborado en vacaciones se entiende que se pagó oportunamente). Esta indemnización no está sujeta a pago o retención de ninguna aportación; sin embargo ella no corresponderá a los gerentes o representantes de la empresa que hayan decidido no hacer uso del descanso vacacional. Referencia: Artículo 23° del Decreto Legislativo N° 713. ¿Cuál es la remuneración que percibirá el trabajador en el momento que goza de su descanso vacacional y cuándo corresponde su pago? La remuneración vacacional es equivalente a la que el trabajador hubiera percibido habitualmente en caso de continuar laborando. Se considera remuneración, para este efecto, la computable para la Compensación por Tiempo de Servicios. El pago de la remuneración vacacional se abonará antes del inicio del descanso del trabajador. La remuneración vacacional de los comisionistas se establece de conformidad a lo establecido en el artículo 17° del Decreto Supremo N° 001-97-TR. Referencia: Artículos 15°, 16° y 17° del Decreto Legislativo N° 713. ¿Qué sucede si el empleador otorga un aumento remunerativo al trabajador durante el goce vacacional? El trabajador tiene derecho a percibir a la conclusión de su descanso, los incrementos de remuneración que se pudieran producir durante el goce de sus vacaciones. Referencia: Artículo 20° del Decreto Supremo N° 012-92-TR. ¿Cómo se efectúa el cálculo de las vacaciones truncas y en qué oportunidad deben pagarse? Son vacaciones truncas cuando el trabajador ha cesado sin haber cumplido con el requisito de un año de servicios y el respectivo récord vacacional para generar derecho a vacaciones; en ese caso, se le abonará como vacaciones truncas tantos dozavos de la remuneración vacacional como meses efectivos haya laborado, las fracciones de mes (días) se calcularán por treintavos. Para que proceda el abono del récord trunco vacacional el trabajador debe acreditar por lo menos un mes de servicios a su empleador. Referencia: Artículo 22° del Decreto Legislativo N° 713 y Artículo 23° del Decreto Supremo N° 012-92-TR. ¿Cuándo debe el empleador otorgar descanso vacacional a la trabajadora gestante? La trabajadora gestante tiene derecho a que el periodo de descanso vacacional por récord cumplido y aún pendiente de goce, se inicie a partir del día siguiente de vencido el descanso post natal. La trabajadora gestante deberá comunicar al empleador con una anticipación no menor de 15 días calendario al inicio del goce vacacional. Referencia: Artículo 4°de la Ley N° 26644. ¿Pueden otorgarse vacaciones cuando el trabajador se encuentra incapacitado?

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Qu ocurre si un trabajador no goza de sus vacaciones en el ao que corresponde hacerlo?

El empleador debe pagar, una remuneracin por el trabajo realizado; otra por el descanso vacacional adquirido y no gozado; y, adicionalmente una indemnizacin equivalente a una remuneracin por no haber disfrutado del descanso (en la prctica se abonan solo dos remuneraciones ya que la remuneracin por haber laborado en vacaciones se entiende que se pag oportunamente). Esta indemnizacin no est sujeta a pago o retencin de ninguna aportacin; sin embargo ella no corresponder a los gerentes o representantes de la empresa que hayan decidido no hacer uso del descanso vacacional.Referencia: Artculo 23 del Decreto Legislativo N 713.

Cul es la remuneracin que percibir el trabajador en el momento que goza de su descanso vacacional y cundo corresponde su pago?

La remuneracin vacacional es equivalente a la que el trabajador hubiera percibido habitualmente en caso de continuar laborando. Se considera remuneracin, para este efecto, la computable para la Compensacin por Tiempo de Servicios. El pago de la remuneracin vacacional se abonar antes del inicio del descanso del trabajador. La remuneracin vacacional de los comisionistas se establece de conformidad a lo establecido en el artculo 17 del Decreto Supremo N 001-97-TR.Referencia: Artculos 15, 16 y 17 del Decreto Legislativo N 713.

Qu sucede si el empleador otorga un aumento remunerativo al trabajador durante el goce vacacional?

El trabajador tiene derecho a percibir a la conclusin de su descanso, los incrementos de remuneracin que se pudieran producir durante el goce de sus vacaciones.Referencia: Artculo 20 del Decreto Supremo N 012-92-TR.

Cmo se efecta el clculo de las vacaciones truncas y en qu oportunidad deben pagarse?

Son vacaciones truncas cuando el trabajador ha cesado sin haber cumplido con el requisito de un ao de servicios y el respectivo rcord vacacional para generar derecho a vacaciones; en ese caso, se le abonar como vacaciones truncas tantos dozavos de la remuneracin vacacional como meses efectivos haya laborado, las fracciones de mes (das) se calcularn por treintavos. Para que proceda el abono del rcord trunco vacacional el trabajador debe acreditar por lo menos un mes de servicios a su empleador.Referencia: Artculo 22 del Decreto Legislativo N 713 y Artculo 23 del Decreto Supremo N 012-92-TR.

Cundo debe el empleador otorgar descanso vacacional a la trabajadora gestante?

La trabajadora gestante tiene derecho a que el periodo de descanso vacacional por rcord cumplido y an pendiente de goce, se inicie a partir del da siguiente de vencido el descanso post natal. La trabajadora gestante deber comunicar al empleador con una anticipacin no menor de 15 das calendario al inicio del goce vacacional.Referencia: Artculo 4de la Ley N 26644.

Pueden otorgarse vacaciones cuando el trabajador se encuentra incapacitado?

El descanso vacacional no podr ser otorgado inclusive si la oportunidad de las vacaciones estuviera previamente acordada, cuando el trabajador est incapacitado por enfermedad o accidente. Este supuesto no ser aplicable si la incapacidad sobreviene durante el perodo de vacaciones.Referencia: Artculo 13 del Decreto Legislativo N 713 y Artculo 14 del Decreto Supremo N 012-92-TR.

Qu sucede si estando de vacaciones el trabajador sufre un accidente y le otorgan descanso mdico, las vacaciones se suspenden?

No, las vacaciones no se suspenden ya que el descanso vacacional fue otorgado antes del accidente y la incapacidad es posterior al inicio de las vacaciones.

Cundo debe el empleador otorgar el descanso vacacional a un trabajador que ha iniciado un procedimiento de adopcin?

El trabajador solicitante de una adopcin tiene derecho a que el perodo de descanso vacacional por rcord cumplido y an pendiente de goce se inicie a partir del da siguiente de vencida la licencia con goce de haber por adopcin correspondiente a 30 das naturales, siempre que haya gozado de sta. La voluntad de gozar del descanso vacacional deber ser comunicada al empleador con una anticipacin no menor de 15 das calendario al inicio del goce vacacional.Referencia: Artculos 1 y 6 de la Ley N 27409.

Qu sucede si en el mes de mis vacaciones hay feriados? Estos das se cuentan para el rcord de 30 das de vacaciones?

Si dentro de los das de las vacaciones, hay das feriados, estos das se contabilizan de igual forma para el rcord de los 30 das de vacaciones.

En qu consisten los descansos remunerados?

La finalidad de los descansos remunerados es que los trabajadores recuperen las energas desgastadas durante la semana laborada y destinen tiempo para s mismosy sus familias, as como el reconocimiento de determinados das en funcin a las festividades o acontecimientos por feriados. Estos das de descanso se cancelan con la remuneracin equivalente a das ordinarios de trabajo.Referencia: Convenio Internacional de Trabajo N 52, Articulo 25 de la Constitucin y Artculos1 y 2 del Decreto Legislativo N 713.

A cunto asciende la remuneracin por el da de descanso semanal obligatorio?

La remuneracin por el da de descanso semanal obligatorio ser equivalente al de una jornada ordinaria diaria de labores y se abonar en forma directamente proporcional al nmero de das efectivamente trabajados en dichos periodos, inclusive, en los regmenes acumulativos o atpicos.Referencia: Artculo 4 del Decreto Legislativo N 713.

Cunto se debe abonar a un trabajador por laborar en su da de descanso?

Los trabajadores que laboren en su da de descanso sin sustituir por otro da en la misma semana, tendrn derecho al pago de la retribucin correspondiente a la labor efectuada ms una sobretasa del 100%, en caso exista sustitucin del da laborado por otro de descanso no corresponde el pago de la sobretasa.

Qu trabajadores no tienen derecho al pago de la sobretasa en caso laboren en su descanso semanal obligatorio?

Los trabajadores de direccin, los trabajadores que laboran sin fiscalizacin superior inmediata, los trabajadores que perciben el 30% o ms del importe de la tarifa por los servicios que brinda el empleador, y los miembros de una misma familia que realizan trabajo familiar o en taller de familia, sin colaboracin de personas extraas al ncleo familiar, no tienen derecho a la sobretasa en caso laboren en su da de descanso.