veto código monetario

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Page 1: Veto Código Monetario

nifestó Aguilar.

Agregó que “los partíci-

pes de los fondos comple-

mentarios provisionales

deberán estar muy pen-

dientes sobre esta disposi-

ción, que seguramente se-

rá aprobada por la Asam-

blea”.

Y aunque ese texto le

preocupa, también resalta

cambios que lo dejan más

tranquilo. Es así que ve de

forma positiva que se ha-

ya eliminado que la activi-

dad del sistema financiero

sea potestad del Estado.

Tras un mes de la vota-

ción del Código Moneta-

rio y Financiero el Presi-

dente de la República

envió la tarde del viernes

el veto parcial.

El 70% de los cambios

son modificaciones al

proyecto original que el

mismo Ejecutivo envió a

la Comisión de Régimen

Económico y Tributario.

“Es curioso que la mayo-

ría de las modificaciones

que se han realizado,

sean cambios que se hace

el Presidente a sí mis-

mo”, señaló el asambleís-

ta Ramiro Aguilar.

El legislador sostiene que

pocos son los cambios

relevantes que se pueden

observar en el veto.

Destaca el numeral dos

de la Disposición Refor-

matoria Décima Octava,

en la que se señala que la

“La Superintendencia de

Bancos…controlará que

las actividades económi-

cas y los servicios que

brinden las instituciones

públicas y privadas de

seguridad social, incluyen-

do los fondos complemen-

tarios previsionales públi-

cos o privados, atiendan al

interés general y se suje-

ten a las normas legales

vigentes”.

“El Presidente se está

dando modos para a tra-

vés de la Superintendencia

de Bancos ejercer control

sobre la actividad econó-

mica de los fondos comple-

mentarios previsionales.

Esto implica poder obje-

tar las inversiones de los

fondos y decirles en qué

invertir, como por ejemplo

en bonos del Estado”, ma-

Por: Belén Merizalde

EL AUTOVETO DEL CÓDIGO MONETARIO

Page 2: Veto Código Monetario

“En el veto se manifiesta

que la actividad del siste-

ma financiero será un ser-

vicio de orden público, lo

cual aleja el miedo de que

la banca se nacionalice”,

comentó.

Además sobre la orienta-

ción de los créditos, el ve-

to señala que …en nin-

gún caso el Estado podrá

decir al banco a qué per-

sona dar o no un crédito

Finalmente en cuanto a

un logro que tuvo la Co-

misión, por la creación

del Fondo de Seguros Pri-

vados, en el veto el Presi-

dente manifiesta que éste

solo entrará en vigencia a

partir del 2016. “Es un

tanto ilógico porque este

fondo ya podía funcionar

a partir de la promulga-

ción de este Código, ya

que cuentan con los re-

cursos necesarios”, dijo.

Y aunque el veto trae

consigo un mensaje políti-

co más conciliador, Agui-

lar continúa creyendo que

este Código mantiene una

clara intención de mane-

jar la liquidez del sistema

privado, no deja de pen-

sar que la Junta de Regu-

lación Política y Moneta-

ria sigue siendo un ente

todo poderoso.

Incluso al hablar de la

Junta, el asambleísta re-

cuerda un rumor que ha

escuchado por varias oca-

siones. “La Junta, al pa-

recer, fue una idea de Pe-

dro Delgado, quien era

hasta hace poco el gurú

del sistema financiero del

país. No me extraña que

fuera idea de él”, comentó

el legislador.

En cuanto a otros temas

que fueron duramente

criticados en los debates

del Pleno de la Asamblea

y expuestos durante va-

rios días dentro de la Co-

misión por parte del

Asambleísta Aguilar co-

mo la impunidad a los

miembros de la Junta, el

respaldo de la moneda

electrónica y otros, no

fueron vetados por el Pre-

sidente.

“Esto demuestra el traba-

jo que junto a mi equipo

realizamos al interior de

la Comisión. Significa

que lo estamos haciendo

bien, pues nuestras modi-

ficaciones tienen sustento

técnico y por eso no fue-

ron vetadas”, expresó.

Luego que el Código en-

tre en vigencia, Aguilar

manifiesta que deberá ser

manejado con extrema

responsabilidad para evi-

tar procesos inflaciona-

rios.

La actividad

del sistema

financiero

será un

servicio de

orden

público, ya

no una

potestad del

Estado.

Página 2

Con respecto a la inver-

sión del fondo de liquidez,

si bien el veto indica que

no se podrá invertir el

fondo en bonos emitidos

por el Ministerio de Fi-

nanzas, se deja abierta la

posibilidad de que ese

fondo sea invertido en

otros productos financie-

ros estatales como titula-

rización de flujos futuros

o titularización de obliga-

ciones .