viernes 28 de febrero de 2020 edicion nº 10 · 2020. 3. 4. · resoluciÓn nº 1191 declarar de...

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-1- Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500 PROVINCIA DEL CHACO PODER LEGISLATIVO SESIÓN DEL 12-06-19 RESOLUCIÓN Nº 1131 Conmemorar el 101º aniversario de la Escuela De Educación Primaria N° 38 “Ramón José Carcano”, de la localidad de Presidencia Roca, a celebrarse el día 22 de junio. RESOLUCIÓN Nº 1132 Recordar y conmemorar el 128° Aniversario del nacimiento de la UCR, hecho histórico ocurrido el día 26 de junio de 1891. RESOLUCIÓN Nº 1133 Declarar de interés provincial la conmemoración del “Día de la Cartografía”, a celebrarse el 26 de junio. RESOLUCIÓN Nº 1134 Adherir a la conmemoración del “Día del Pontífice”, a celebrarse el 29 de junio. RESOLUCIÓN Nº 1135 Declarar de interés legislativo y provincial, la 5ª edición del Festival Literario y Cultural Mulita, que se llevó a cabo el 28 y 29 de junio en la ciudad de Resistencia. RESOLUCIÓN Nº 1136 Adherir a la celebración de la Fiesta Patronal San Pedro y San Pablo, a realizarse en la localidad de Enrique Urien el día 29 de junio. RESOLUCIÓN Nº 1137 Expresar beneplácito por el convenio celebrado entre el Gobernador de la Provincia y el Consejo Federal de Inversiones. RESOLUCIÓN Nº 1138 Expresar preocupación ante el informe emitido por el Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad Nacional de Avellaneda, sobre el aumento del precio de los alimentos básicos. RESOLUCIÓN Nº 1139 Solicitar al P E, proceda a reglamentar la Ley N° 1535 E (5877). RESOLUCIÓN Nº 1140 Declarar de interés legislativo y provincial, el Curso de Postgrado “Abordajes Socioeducativos de las Problemáticas de Género y Educación. Sexuando el Curriculum”, que se llevó a cabo del 8 al 10 de agosto en la UNNE. RESOLUCIÓN Nº 1141 Expresar rechazo al dictado del Decreto Nº 345/2019 por parte del Poder Ejecutivo Nacional. RESOLUCIÓN Nº 1142 Expresar repudio ante los dichos discriminatorios efectuados por el Titular de la UTA de Rosario, Manuel Cornejo. RESOLUCIÓN Nº 1143 Adherir al rechazo Decreto Nº 9794, de fecha 14 de mayo de 2019, por parte del actual presidente de la República Federativa del Brasil, Jair Bolsonaro, por cuanto atenta contra la autonomía universitaria de las casas de estudios superiores del vecino país. RESOLUCIÓN Nº 1144 Expresar preocupación ante los datos difundidos por la responsable del Servicio Integral a Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Violencia del Hospital Pediátrico. RESOLUCIÓN Nº 1145 Expresar beneplácito y adherir a la conmemoración del aniversario de la creación del Jardín de Infantes Nº 92, de la ciudad de Barranqueras, el, 16 de junio. RESOLUCIÓN Nº 1146 Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488 PROVINCIA DEL CHACO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Y COORDINACION SUBSECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA DIRECCION BOLETIN OFICIAL Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL LEGISLACION, NORMATIVA

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    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

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    PROVINCIA DEL CHACOPODER LEGISLATIVO

    SESIÓN DEL 12-06-19RESOLUCIÓN Nº 1131Conmemorar el 101º aniversario de la Escuela De Educación Primaria N° 38 “Ramón José Carcano”, de la localidad de PresidenciaRoca, a celebrarse el día 22 de junio.RESOLUCIÓN Nº 1132Recordar y conmemorar el 128° Aniversario del nacimiento de la UCR, hecho histórico ocurrido el día 26 de junio de 1891.RESOLUCIÓN Nº 1133Declarar de interés provincial la conmemoración del “Día de la Cartografía”, a celebrarse el 26 de junio.RESOLUCIÓN Nº 1134Adherir a la conmemoración del “Día del Pontífice”, a celebrarse el 29 de junio.RESOLUCIÓN Nº 1135Declarar de interés legislativo y provincial, la 5ª edición del Festival Literario y Cultural Mulita, que se llevó a cabo el 28 y 29 dejunio en la ciudad de Resistencia.RESOLUCIÓN Nº 1136Adherir a la celebración de la Fiesta Patronal San Pedro y San Pablo, a realizarse en la localidad de Enrique Urien el día 29 de junio.RESOLUCIÓN Nº 1137Expresar beneplácito por el convenio celebrado entre el Gobernador de la Provincia y el Consejo Federal de Inversiones.RESOLUCIÓN Nº 1138Expresar preocupación ante el informe emitido por el Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad Nacional de Avellaneda,sobre el aumento del precio de los alimentos básicos.RESOLUCIÓN Nº 1139Solicitar al P E, proceda a reglamentar la Ley N° 1535 E (5877).RESOLUCIÓN Nº 1140Declarar de interés legislativo y provincial, el Curso de Postgrado “Abordajes Socioeducativos de las Problemáticasde Género y Educación. Sexuando el Curriculum”, que se llevó a cabo del 8 al 10 de agosto en la UNNE.RESOLUCIÓN Nº 1141Expresar rechazo al dictado del Decreto Nº 345/2019 por parte del Poder Ejecutivo Nacional.RESOLUCIÓN Nº 1142Expresar repudio ante los dichos discriminatorios efectuados por el Titular de la UTA de Rosario, Manuel Cornejo.RESOLUCIÓN Nº 1143Adherir al rechazo Decreto Nº 9794, de fecha 14 de mayo de 2019, por parte del actual presidente de la República Federativa delBrasil, Jair Bolsonaro, por cuanto atenta contra la autonomía universitaria de las casas de estudios superiores del vecino país.RESOLUCIÓN Nº 1144Expresar preocupación ante los datos difundidos por la responsable del Servicio Integral a Niños, Niñas y Adolescentes Víctimasde Violencia del Hospital Pediátrico.RESOLUCIÓN Nº 1145Expresar beneplácito y adherir a la conmemoración del aniversario de la creación del Jardín de Infantes Nº 92, de la ciudad deBarranqueras, el, 16 de junio.RESOLUCIÓN Nº 1146

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    PROVINCIA DEL CHACOSECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Y COORDINACION

    SUBSECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA DIRECCION BOLETIN OFICIALSubsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL

    LEGISLACION, NORMATIVA

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    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    Adherir a la conmemoración del 131º aniversario de la localidad de Laguna Blanca del Departamento Libertad que se llevó a caboel 14 de julio.RESOLUCIÓN Nº 1147Adherir a la conmemoración del aniversario 131º de la localidad de Makallé del Departamento General Dónovan que se llevó a caboel 13 de julio.RESOLUCIÓN Nº 1148Adherir a la conmemoración del 98º aniversario de la localidad de Presidencia de La Plaza, que se llevó a cabo el 11 de julio.RESOLUCIÓN Nº 1149Adherir a la conmemoración del 98º aniversario de la Ciudad de Las Breñas, que se llevó a cabo el 11 de julio.RESOLUCIÓN Nº 1150Adherir a la conmemoración del 98º aniversario de la localidad de Corzuela, que se llevó a cabo el 11 de julio.RESOLUCIÓN Nº 1151Adherir a la conmemoración del 98º aniversario de la localidad de Avia Terai, que se llevó a cabo el 11 de julio.RESOLUCIÓN Nº 1152Adherir a la conmemoración del 98º aniversario de la localidad de Campo Largo que se llevó a cabo el 11 de julio.RESOLUCIÓN Nº 1153Adherir a la conmemoración del 36º aniversario de la localidad de El Espinillo del Departamento General Güemes que se llevó acabo el 8 de julio.RESOLUCIÓN Nº 1154Declarar de interés provincial y social la 1º Edición de la Mater Class Solidaria de Zumba y Ritmos Latinos que se llevó a cabo el22 de junio.RESOLUCIÓN Nº 1155Declarar de interés provincial y legislativo la XXV Reunión de Comunicaciones Científicas y Técnológicas de la UNNE que serealizó el 13 y 14 de junio.RESOLUCIÓN Nº 1156Declarar de interés legislativo la celebración del Día del Escritor que se llevó a cabo el 13 de junio en la Ciudad de Resistencia.RESOLUCIÓN Nº 1157Declarar de interés legislativo el homenaje a la trayectoria pastoral, para pastores de más de 25 años de la Provincia que se realizóel 24 de junio en ésta ciudad.RESOLUCIÓN Nº 1158Declarar de interés legislativo y provincial el IX Encuentro Internacional de Jóvenes y Adolescentes que se llevó a cabo desde el 18al 21 de julio en la Ciudad de Las Breñas.RESOLUCIÓN Nº 1159Expresar beneplácito por los festejos llevados a cabo en ofrenda al Inmaculado Corazón de María, de la Ciudad de Barranqueras, el8 de junio.RESOLUCIÓN Nº 1160Declarar de interés provincial social y cultural el Fogón Comunitario, que se llevó a cabo en la Ciudad de Barranqueras, el 8 dejulio.RESOLUCIÓN Nº 1161Expresar preocupación por la crítica situación que atraviesa la cosecha de soja de nuestra Provincia.RESOLUCIÓN Nº 1162Declarar de interés legislativo y provincial la XV Copa Nacional de Ciclismo Infanto Juvenil y la 98 Copa aniversario Ciudad deLas Breñas que se llevó a cabo el 6 y 7 de julio.RESOLUCIÓN Nº 1163Declarar de interés legislativo y provincial el dictado de II Módulo de la Diplomatura en Salud y Justicia, llevada a cabo el 13 dejunio en la UNCAUS.RESOLUCIÓN Nº 1164Expresar satisfacción ante la colocación de un nuevo Banco Rojo en la Biblioteca Pública Popular Evita.RESOLUCIÓN Nº 1165Declarar de interés legislativo y cultural la presentación de la obra de teatro musical Querido Libro Diario, llevado a cabo el 6 dejunio, en la Ciudad de Resistencia.RESOLUCIÓN Nº 1166Declarar de interés legislativo y cultural el 8º Encuentro Inter Institucional de Lectura en Fontana que se llevó a cabo el 14 de junio.RESOLUCIÓN Nº 1167Declarar de interés legislativo el Té a beneficio que se llevó a cabo el 28 de julio, en la Ciudad de Resistencia.RESOLUCIÓN Nº 1168Declarar de interés legislativo el V Motoencuentro Solidario que se llevó a cabo el 14 y 15 de junio en la localidad de Colonia Elisa.RESOLUCIÓN Nº 1169

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    Declarar de interés legislativo la Jornada de Concienciación en Seguridad Vial llevado a cabo el 10 de junio en la Ciudad deResistencia.RESOLUCIÓN Nº 1170Expresar satisfacción ante la recuperación del espacio verde Nº 61, ubicado en el Barrio Provincias Unidas de ésta ciudad.RESOLUCIÓN Nº 1171Declarar de interés legislativo la caminata Huellas de Teranuara que se llevó a cabo el 9 de junio en la Ciudad de Resistencia.RESOLUCIÓN Nº 1172Declarar de interés legislativo el evento Expo Emprende llevado a cabo el 8 de junio en la Ciudad de Resistencia.RESOLUCIÓN Nº 1173Declarar de interés legislativo la presentación del libro “Lizandra, Semillas de Luna”, que tuvo lugar el 13 de junio en ésta ciudad.RESOLUCIÓN Nº 1174Expresar beneplácito por la celebración de las Bodas de Plata del Jardín de Infantes Nº 149, que se conmemoró el 13 de mayo en laCiudad de J.J. Castelli.RESOLUCIÓN Nº 1175Manifestar preocupación en virtud de las estadísticas sobre los casos de abuso infantil en Argentina.RESOLUCIÓN Nº 1176Reconocer la labor desempeñada por la Dra. Mónica A. Anís, Abogada y docente de la UNNE, a cargo del proyecto PatrocinioJurídico Gratuito para Mujeres en Situación de Vulnerabilidad Social.RESOLUCIÓN Nº 1177Declarar de interés legislativo la Expo Miel 2019 llevada a cabo el 7 y 8 de junio en la ciudad de Resistencia.RESOLUCIÓN Nº 1178Manifestar el reconocimiento a la trayectoria de la señora Mirta Stacul por su aporte a la producción, promoción, desarrollo ydifusión de la apiculturaRESOLUCIÓN Nº 1179Declarar de interés legislativo y provincial la realización de la jornada de Capacitación Radiológica que se llevó a cabo el 13 dejunio en la UTN Resistencia.RESOLUCIÓN Nº 1180Expresar beneplácito por el inicio del proceso de exportación de la Empresa Frigoporc.RESOLUCIÓN Nº 1181Destacar la relevancia del descenso a un dígito en el índice de mortalidad infantil de niños menores a un año.RESOLUCIÓN Nº 1182Declarar de interés legislativo y provincial el Curso de Postgrado Métodos de aproximación al estudio de la Eneida, que se llevó acabo del 10 al 13 de julio en la UNNE.RESOLUCIÓN Nº 1183Expresar repudio con motivo de pintadas nazis en el espacio de homenaje a las sobrevivientes de la Shoáh.RESOLUCIÓN Nº 1184Declarar de interés legislativo y provincial las jornadas de orientación vocacional, que se llevó a cabo del 11 al 14 de junio en laUNNE.RESOLUCIÓN Nº 1185Declarar de interés educativo cultural y legislativo la presentación del Proyecto Rincón de Lectura que se realizó en la Ciudad deResistencia el 14 de junio.RESOLUCIÓN Nº 1186Destacar la participación y presentación de trabajos académicos del Instituto de Investigaciones Geohistóricas, que se llevó a caboel 30, 31 de mayo y 1 de junio, en la Universidad Nacional del Litoral.RESOLUCIÓN Nº 1187Declarar de interés legislativo y provincial el II Taller de Cardiopatías Congénitas del Adulto, que se llevó a cabo el 12 de junio enla Ciudad de Resistencia.RESOLUCIÓN Nº 1188Declarar de interés cultural legislativo y provincial el III Seminario de Reflexión sobre el Genocidio Indígena en el Chaco que sellevó a cabo el 8 y 9 de agosto en ésta ciudad.RESOLUCIÓN Nº 1189Declarar de interés legislativo y provincial el IV Congreso de la red de Filosofía Norte Grande que se llevó a cabo del 25 al 27 deseptiembre en la UNNE.RESOLUCIÓN Nº 1190Expresar beneplácito ante la presentación de la Muestra cartográfica del Chaco, que se llevó a cabo el 30 de mayo en la Ciudad deCharata.RESOLUCIÓN Nº 1191Declarar de interés legislativo y provincial la 1º Jornada “Sin Equipo no hay posible atención en Salud” que se llevó a cabo el 11 y12 de junio, en la Ciudad de P. R. Saenz Peña.

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    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    RESOLUCIÓN Nº 1192Declarar de interés cultural legislativo y provincial el Encuentro Literario Chaqueño que se llevó a cabo del 12 al 14 de junio en éstaciudad.RESOLUCIÓN Nº 1193Declarar de interés legislativo y provincial el Primer Congreso Provincial para la Lucha Contra la Trata y Explotación de Personasy la Protección y Asistencia a las Victimas, que se llevó a cabo el 12 de junio en ésta ciudad.RESOLUCIÓN Nº 1194Expresar beneplácito ante la exposición de la Muestra Fotográfica “Malvinas: allá lejos, acá cerca”, en varias localidades.RESOLUCIÓN Nº 1195Expresar beneplácito ante las acciones desarrolladas en el marco de la campaña de prevención del cáncer en la Ciudad de Quitilipi.

    Dora Amanda PereyraSubdirectora Despacho Técnica

    s/c E:28/02/2020––––––––––––– >*< –––––––––––––

    PROVINCIA DEL CHACOTRIBUNAL DE CUENTAS

    RESOLUCIÓN N° 24/19 - ACUERDO SALA II N° 14EXPTE. N° .402081117-29054-EAprueba la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de General Capdevila — Ejercicio 2018. Dispone el archivo de las presentesactuaciones de conformidad a lo previsto en el artículo 45°, inc. a) de la Ley N° 831 - A (antes Ley 4159) (Orgánica del Tribunal deCuentas).Devuelve a la Municipalidad de General Capdevila, los libros y las documentaciones objeto del presente estudio.

    ***************RESOLUCIÓN N° 25/19 - ACUERDO SALA IIEXPTE. 402081117-29104-EAprueba la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Charadai - Ejercicio 2018.Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el artículo 45°, inc. a) de la Ley N° 831 - A (antesLey N° 4159), (Orgánica del Tribunal de Cuentas).Devuelve a la Municipalidad de Charadai, los libros y las documentaciones objeto del presenteestudio.

    ***************RESOLUCIÓN N° 42/19 - ACUERDO PLENARIOEXPTE. N° 400230317-28543-ESustituye el Anexo "A" aprobado por Resolución T.C. N° 5/19, por el texto que quedará redactado en la forma indicada en Anexo"A" a la presente.

    ANEXO "A"(Cpde. Acuerdo Plenario N° 30/19 - Punto 7° - Resol. N° 42/19)

    SECTOR PÚBLICO PROVINCIAL - SALA IA) — Vocal Presidente Coordinador:— Administración Tributaria Provincial (A.T.P.)- Comité Provincial de Prevención de la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanas y/o Degradantes- Contaduría General de la Provincia— Cooperativa Agropecuaria y Forestal de Provisión, Industrialización y Comercialización - Trento Chaqueña Limitada— Cuenta General del Ejercicio— Dirección de Vialidad Provincial (D.V.P.)— ECOM Chaco S.A.— Escuela de Gobierno— Fiesta Nacional del Algodón — En Liquidación— Instituto de Colonización— Instituto de Cultura de la Provincia del Chaco- Instituto de Investigaciones Forestales y Agropecuarias (I.I.F.A.)— Instituto del Defensor del Pueblo— Instituto del Deporte Chaqueño— Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda (I.P.D.U.V.)— Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad— Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología— Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas— Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos (Incluye Secretaría de Logística y Transporte)

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    — Ministerio de Seguridad Pública— Obligaciones a Cargo del Tesoro— Poder Legislativo (Incluye Fondo Especial Retiros Voluntarios)— Policía Provincial— Secretaría de Inversiones, Asuntos Internacionales y Promoción— Servicio de Agua y Mantenimiento Empresa del Estado Provincial (S.A.M.E.E.P.)— Servicio Penitenciario y de Readaptación Social— Servicios Ferroviarios del Chaco S.A. (SE.FE.CHA. S.A.)— Subunidad de Obras y Programas Especiales (S.U.O.P.E.)— Tesorería General de la Provincia — Jur. O— Tesorería General de la Provincia — Jur. 26— Tribunal de CuentasFideicomisos- Fideicomiso La Fidelidad- Fideicomiso de Fortalecimiento Municipal- Fideicomiso de Pagos de Sentencias Judiciales- Fideicomiso de Custodia, Administración, Inversión y Pagos para la Construcción del Edificio Legislativo de la Provincia delChaco- Fideicomiso de Fortalecimiento Institucional del Poder Legislativo de la Provincia delChaco- Fideicomiso del Instituto de Colonización de la Provincia del Chaco- Fideicomiso de Integración Estratégica de la Cadena Cárnica- Fondo Fiduciario Prointex (ex Fondo Fiduciario Polo Chaco de la Industria y Diseño,Textil y Afines)- Fideicomiso de Seguridad Vial del Chaco- Fideicomiso de Fortalecimiento Institucional de la Policía de la Provincia del Chaco- Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Empleo Industrial - FODEI- Fideicomiso de Pavimentación- Fideicomiso de Administración del Fondo Federal Solidario- Fideicomiso de Desarrollo de Infraestructura Provincial- Fideicomiso para Garantizar el Financiamiento de Obras Públicas- Fondo Fiduciario de Inversión y Asistencia a la Producción Regional (va a COLONO)- Fondo Fiduciario Provincial de Administración de Asistencias y Garantías para el SectorProductivo Primario- Fondo Fiduciario Leasing- Fondo Fiduciario Deportes Chaco- Fideicomiso Financiero Ecom I- Fondo Fiduciario de Desarrollo Industrial- Fideicomiso de Administración de Pautas Publicitarias Oficiales- Fondo Fiduciario para la Promoción del Empleo Joven- Fideicomiso de Fortalecimiento Institucional del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco- Fideicomiso para el Desarrollo Agroindustrial- Fondo Fiduciario Desarrollo Algodonero- Fondo Fiduciario Fortalecimiento del Mercado Algodonero- Fideicomiso Obra Segundo Acueducto del Interior del Chaco- Fideicomiso Escuela de Gobierno de la Provincia del Chaco- Fondo para la Radicación y el Desarrollo de las Industrias Culturales (Dcto. 669/13)- Fondo Fiduciario Instituto del Deporte Chaqueño- Fideicomiso de Gestión CulturalB) — Vocal:- Administración Portuaria Puerto de Barranqueras- Administración Provincial del Agua (A.P.A)- Compañía Logística del Norte S.A. (CO.LO.NO. SA)- Corporación Forestal SA. (COR.FOR. S.A.)- Farmacia Social, Óptica y Banco de Prótesis- Fiduciaria del Norte SA. ~~ ~~- Fiscalía de Estado- Fiscalía de Investigaciones Administrativas (F.I.A.)- Fundación Chaco Solidario

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    - Instituto de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar (I.D.R.A.F.)- Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos (In.S.S.Se.P.)- Instituto de Turismo del Chaco- Instituto del Aborigen Chaqueño (I.D.A.CH.)- Instituto Provincial de Administración Pública (I.P.A.P.)- Laboratorios Chaqueños S.A.- Lotería Chaqueña- Ministerio de Desarrollo Social- Ministerio de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial- Ministerio de Gobierno, Justicia y Relación con la Comunidad- Ministerio de Industria, Comercio y Servicios- Ministerio de Planificación, Ambiente e Innovación Tecnológica- Ministerio de Producción- Ministerio de Salud Pública- Nuevo Banco del Chaco S.A.- Secretaría de Derechos Humanos- Secretaría de Empleo y Trabajo- Secretaría de Municipios y Ciudades- Servicios Energéticos del Chaco, Empresa del Estado Provincial (S.E.CH.E.E.P.)- Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento- Poder Judicial- Tribunal Electoral- Secretaría General de Gobierno y CoordinaciónFideicomisos- Fondo de Garantías del Chaco - FOGACH- Fideicomiso Hidrocarburos I- Fideicomiso Fondo Fiduciario de Gestión Social- Fideicomiso Desarrollo Regional- Fideicomiso Financiero de Producción Ganadera- Fideicomiso de Desarrollo Ganadero del Chaco (Ex Apicola-Ganadero)- Fideicomiso Financiamiento de Comercialización Ganadera (FECHASORU)- Fideicomiso Aerochaco- Fideicomiso de Administración para la Asistencia al Sector Industrial de la Provincia delChaco - Consejo Federal de Inversiones - Fiduciaria del Norte S.A. 2da. Etapa (CFI IV)- Fideicomiso de Administración para la Asistencia al Sector Industrial de la Provincia delChaco (CFI III)- Fideicomiso de Administración para el Financiamiento del Sector Ganadero Bovino condestino a la Retención de Vientres - Consejo Federal de Inversiones - Provincia del Chaco-Fiduciaria del Norte S.A: (CFI V)- Fideicomiso de Cancelación de Deudas- Fondo Fiduciario de Pasivos del Banco del Chaco S.E.M. —en liquidación-- Fideicomiso Financiero de Infraestructura Eléct. I- Fondo Fiduciario de Gestión Ambiental- Fondo Fiduciario Chaco para el Desarrollo de Centros de Entretenimientos- Fideicomiso de Ordenamiento Territorial- Fideicomiso de Fortalecimiento Cívico, Cultural, Deportivo y del Sistema de Ciudades de la Provincia del Chaco (ex FideicomisoCentro Cívico, Cultural y Deportivo Chaco) - Fideicomiso de Compras y Contrataciones Estratégicas de la Administración Pública- Fideicomiso de Gobierno y Justicia Provincial- Fideicomiso de Capitalización de Empresas Emprendedoras- Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Turismo- Fondo Fiduciario Chaco de Producción Estratégica- Fondo Fiduciario Industrias Textiles Chaco- Fondo Fiduciario de Desarrollo Rural- Fondo Fiduciario de Asistencia Agrícola- Fondo Fiduciario de Desarrollo Frutihortícola del Chaco- Fideicomiso Foresto Industrial- Fideicomiso Financiero de la Producción Forestal- Fondo Fiduciario del Programa de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar —PRODAF-SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL - SALA II

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    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    A) - Vocal Presidente Coordinador:- Avia Terai- Campo Largo- Coronel Du Graty- Concepción del Bermejo- Corzuela- Charata- Chorotis- El Sauzalito- Fontana- Fuerte Esperanza- Gancedo- General Capdevila- General Pinedo- Hermoso Campo- Isla del Cerrito- La Clotilde- La Escondida- La Verde- Las Breñas- Las Garcitas- Los Frentones- Laguna Limpia- Makallé- Margarita Belén- Misión Nueva Pompeya- Pampa Almirón- Pampa del Indio- Pampa del Infierno- Presidencia de La Plaza- Presidencia Roca- Presidencia Roque Sáenz Peña- Puerto Eva Perón- Puerto Tirol- Samuhú- Santa Sylvina- Taco Pozo- Villa ÁngelaB) — Vocal:- Barranqueras- Basail- Caja Municipal de General San Martín- Caja Municipal de Machagai- Caja Municipal de Resistencia- Capitán Solari- Ciervo Petiso- Colonia Benítez- Colonia Elisa- Colonia Popular- Colonias Unidas- Cote Lai- Charadai- El Espinillo- Enrique Unen- General San Martín- General Vedia- Juan José Castelli- La Eduvigis- La Leonesa

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    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    - La Tigra- Las Palmas- Laguna Blanca- Lapachito- Machagai- Miraflores- Napenay- Puerto Bermejo- Puerto Vilelas- Quitilipi- Resistencia- San Bernardo- Tres Isletas- Villa Berthet- Villa Río Bermejito

    ***************RESOLUCIÓN N° 47/19 - ACUERDO SALA IIEXPTE. 403-081110-24.314-EDeclara Responsable y Condena al Sr. VICENTES GONZALEZ, DNI N°14.343.837, al pago de la Suma de PESOS: CIEN MILSEISCIENTOS SIETE CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 100.607,86), determinada como perjuicio fiscal, con más losintereses que correspondieren hasta el momento de su efectivo pago, conforme a la tasa de uso judicial (Art. 88 de la Ley 831 A -antes Ley 4.159).Intima al responsable Sr. VICENTES GONZALEZ DNI N°14.343.837, al pago de la suma determinada en el art. 1°, conforme alplazo establecido en el art. 84 de la Ley 831 A (antes Ley 4.159). Vencido el mismo, quedará constituido en mora.Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el art. 86 de la de la Ley 831 A (antes Ley 4.159), para promover laacción ejecutiva pertinente en el caso de incumplimiento al art. 2° de la presente Resolución.

    ***************RESOLUCIÓN PLENARIA N° 48/19EXPTE. N° 400020294-9876-E.-Promover, a partir del día 01 de diciembre del 2019, a las Dras. SANDRA TATIANA BOGDANOVICH (D.N.I. N° 32.089.244);YANINA SOLEDAD SABADINI (D.N.I. N° 30.377.167) y a las Cras. GABRIELA ANDREA LOPEZ NENDA (D.N.I. N°30.959.542); MIRIAN TERESITA ZINI (D.N.I. N° 20.088.709) del Cargo Categoría Nivel Jefe de División de Primera - Revisorde Primera - porcentaje 46,00 - Área S.P.P. Sala I (C.E.I.C. 334-0), al cargo Categoría Nivel Jefe de Departamento- Supervisor-porcentaje 57,00 - Área S.P.P. Sala I (C.E.I.C. 3-26-0).Promover, a partir del día 01 de diciembre de 2019, a la Cra. CYNTHIA MARIA ITATI LYDE - (D.N.I. N° 35.495.855) del CargoCategoría Nivel Jefe de División de Primera Revisor de Primera - porcentaje 46,00 - Área S.P.M. Sala II (C.E.I.C. 3-34-0), al cargoCategoría Nivel Jefe de Departamento- Supervisor - porcentaje 57,00 - Área S.P.P. Sala I (C.E.I.C. 3-26-0).Promover, a partir del día 01 de diciembre de 2019, a la Cra. CINTHIA IVANNA ROIG (D.N.I. N° 32.854.964) del Cargo CategoríaNivel Jefe de División de Primera - Sistema Integrado Personal - porcentaje 46,00 - Área Prosecretaría (C.E.I.C. 3-32-0), al cargoCategoría Nivel Jefe de Departamento - Supervisor - porcentaje 57,00 - Área S.P.P. Sala I (C.E.I.C. 3-26-0).Promover, a partir del día 01 de diciembre de 2019, a la Cra. CECILIA NOELIA ALVAREZ - (D.N.I. N° 30.478.731) del CargoCategoría Nivel Jefe de División de Primera - Técnico de Ofimática - porcentaje 46,00 - Área Secretaría (C.E.I.C. 3-33-0), al cargoCategoría Nivel Jefe de Departamento - Supervisor - porcentaje 57,00 - Área S.P.P. Sala I (C.E.I.C. 3-26-0). Promover, a partir deldía 01 de diciembre de 2019, al Sr. FERNANDO DIAZ BEVERAGGI (D.N.I. N° 34.301.090) del Cargo Categoría Nivel Jefe deDivisión de Primera - Revisor de Primera - porcentaje 46,00 - Área S.P.M. Sala II (C.E.I.C. 3-34-0), al cargo Categoría Nivel Jefede Departamento - Supervisor - porcentaje 57,00 - Área S.P.M. Sala II (C.E.I.C. 326-0).Promover, a partir del día 1 de diciembre del año 2019, a los Cres. MARCOS JESUS MACIEL (D.N.I. N° 36.115.353); VANESAALEJANDRA FONTANA (D.N.I. N° 32.729.030); DANIELA MIRIAM CODUTTI (D.N.I. N° 31.971.097); SHEILA NAZER(D.N.I. N° 29.554.701) del Cargo Categoría Jefe de, División de Segunda - Técnico Administrativo - porcentaje 39,00 - S.P.P.- SalaI (C.E.I.C. 3-64-0) al cargo Categoría Nivel Jefe de División de Primera - Revisor de Primera - porcentaje 46,00 - Área S.P.P. SalaI (C.E.I.C. 3-34-0).Promover, a partir del día 01 de diciembre del año 2019, al Cra. MARIA NOEL ZENIQUEL ROBLES (D.N.I. N° 33.144.166) delCargo Categoría Jefe de División de Segunda - Técnico Administrativo - porcentaje 39,00 - DCOP (C.E.I.C. 3-64-0) al cargoCategoría Nivel Jefe de División de Primera - Revisor de Primera - porcentaje 46,00 - Área S.P.P. Sala I (C.E.I.C. 3-34-0).Promover, a partir del día 01 de diciembre del año 2019, al Dr. FERNANDO JOSE SCHMIDT (D.N.I. N° 33.012.707) del CargoCategoría Nivel Jefe de División de Segunda - Notificaciones y Devoluciones - porcentaje 39,00 - Área Control Procesal (C.E.I.C.3-40-0) al cargo Categoría Nivel Jefe de División de Primera - Instructor de Primera - porcentaje 46,00 - Área J.A.R. Sala I (C.E.I.C.3-38-0).

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    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    Promover, a partir del día 01 de diciembre del año 2019, a los Cres. DAVID TANNURI (D.N.I. N° 36.020.940); JUAN JOSEMONFARDINI (D.N.I. N° 26.696.012) y el Dr. CLAUDIO DANIEL RAMIREZ (D.N.I. N° 30.614.565) del Cargo Categoría Jefede División de Segunda - Técnico Administrativo - porcentaje 39,00 - S.P.M.- Sala II (C.E.I.C. 364-0) al cargo Categoría Nivel Jefede División de Primera - Revisor de Primera - porcentaje 46,00 - Área S.P.M. Sala II (C.E.I.C. 3-34-0).

    ***************RESOLUCIÓN PLENARIA N° 54/19EXPTE. N° 400020294-9876-E.-Promover, a partir del día 01 de enero de 2020, a la Cra. SUSANA OFELIA TOURN (D.N.I. N° 18.436.943) del Cargo CategoríaNivel Jefe de Departamento - Supervisor - porcentaje 57,00 - Área S.P.P. Sala I (C.E.I.C. 3-26-0), al cargo Categoría Nivel Director- Fiscal - porcentaje 71,00 - Área S.P.P. Sala I (C.E.I.C. 3-10-0).Promover, a partir del día 01 de enero de 2020, a las Cras. ELIANA DANIELA RIVERO (D.N.I. N° 30.378.072) y SILVIALORENA LOPEZ SCHNELLMANN (D.N.I. N° 32.465.933) del Cargo Categoría Nivel Auxiliar - Auxiliar Administrativo -porcentaje 28,00 - Área S.P.P. Sala I (C.E.I.C. 3-46-0), al cargo Categoría Nivel Jefe de División de Segunda - TécnicoAdministrativo - porcentaje 39,00 - Área S.P.P. Sala I (C.E.I.C. 3-64-0).Promover, a partir del día 01 de enero de 2020, al Sr. RAUL EMMANUEL CIARRETA (D.N.I. N° 35.589.528) del Cargo CategoríaNivel Auxiliar - Auxiliar Administrativo - porcentaje 28,00 - Área DCOP (C.E.I.C. 3-46-0), al cargo Categoría Nivel Jefe de Divisiónde Segunda -Técnico Administrativo - porcentaje 39,00 - Área DCOP (C.E.I.C. 3-64-0).Promover, a partir del día 01 de enero de 2020, al Sr. GUILLERMO OSCAR BRAILLARD POCCARD (D.N.I. N° 30.478.537) delCargo Categoría Nivel Auxiliar - Auxiliar Administrativo - porcentaje 28;00.-„ Área S.P.P. Sala I (C.E.I.C. 3-46-0), al cargoCategoría Nivel Jefe de División de Segunda - Técnico Administrativo - porcentaje 39,00 - Área S.P.M. Sala II (C.E.I.C. 3-64-0).

    Cr. Rogelio Dionisio GomezSecretario a/c.

    s/c E: 21/02 V: 28/02/2020––––––––––––– >*< –––––––––––––

    PROVINCIA DEL CHACOADMINISTRACION PROVINCIAL DEL AGUA-APA

    RESOLUCION Nº 0097-20Resistencia, 27 de enero de 2020.

    VISTO:La Actuación Simple N° E24.2020.190/A del Registro de Mesa de Entradas y Salidas de la

    Administración Provincial del Agua; yCONSIDERANDO:

    Que por la misma el Responsable de la Dirección de Laboratorio de Agua, solicita la actualización de losaranceles que se aplican a los servicios de dicha área que actualmente se aplica a través de la Resolución N° 1619/18;

    Que en virtud de un análisis detallado de los factores que inciden en el costo de los servicios delLaboratorio, se elaboró un índice de actualización combinando los índices particulares que efectivamente son de relevancia;

    Que el Articulo 2° de la Resolución citada establece una actualización periódica de los arancelasaplicados a los servicios del Laboratorio;

    Que en uso de las facultades que le son propias del Directorio de la Administración Provincial del Aguaemanadas del Código de Aguas - Ley N° 555-R (EX LEY N° 3230 t.v. — y su Decreto Reglamentario N° 174/90- ;

    EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DEL AGUARESUELVE:

    ARTÍCULO 1°: APRUÉBANSE los nuevos valores de los aranceles para los distintos tipos de análisis que se realizan en elLaboratorio de Agua del organismo, conforme a lo especificado en la Planilla Anexa I que forma parte integrante de la presenteResolución, y que tendrán vigencia a partir de la fecha de la presente Resolución.-ARTÍCULO 2°: DETERMINASE que los valores consignados en la mencionada Planilla Anexa serán actualizados en forma anual,tomado como base el incremento Índice de Actualización elaborado al efecto y que compone de los aranceles del IPIM.-ARTICULO 3°: ESTABLÉCESE que, independientemente de estos aranceles, el organismo se reserva la facultad de percibir valoresdiferenciales por el servicio brindado ante situaciones que a su juicio estén plenamente justificados, las que serán determinadas porinstrumento legal.-ARTÍCULO 4°: REGÍSTRESE, comuníquese, gírese copia al Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chaco, publíquese en elBoletín Oficial.-

    (Al pie de la presente edición ANEXO I a la Resolución Nº 0097-20 en formato digital)***************

    RESOLUCION Nº 0098-20Resistencia, 27 de enero de 2020.

    VISTO: -La Actuación Simple N° E 24.2020.225/A del Registro de Mesas de Entradas y Salidas de la Administración

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    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    Provincial del Agua, la Ley N° 555-R y los Decretos N° 847/92 y 787/94; yCONSIDERANDO:

    Que, por la misma la Lic. Nancy Raffault, solicita la actualización del valor "K" para el año 2020;Que, el artículo 19 de la Ley 555-R, establece que la Administración Provincial del Agua, será la Autoridad

    de Aplicación de todo el sistema normativo hídrico;Que, por Decreto N° 847/92 se aprueba el Reglamento de las Condiciones Físico Químicas a las que deben

    ajustarse las descargas de líquidos industriales y/o residuales, las aguas para riego de cultivos, los derrames a cursos y aguaslacustres; las aguas que se infiltran a través de suelos permeables hacia acuíferos subterráneos, a efectos de controlar las causas decontaminación, otorgando el Poder de Policía a la Administración Provincial del Agua;

    Que, por Decreto N° 787/94, se designan a la Administración Provincial del Agua, los recursos producto delcobro de cánones y multas establecidos en el Código de Aguas y sus Reglamentos;

    Que, para la determinación del Canon a abonar por las industrias y establecimientos agropecuarios, se tiene encuenta el caudal de agua utilizado (m3/d) y el grado de contaminación de vuelco, cuyo coeficiente obtenido en base a los análisisfísicos-químico realizados de extracciones in situ, al cual se le asigna un valor "K" por cada unidad de contaminación que arroja lamuestra;

    Que, por Resolución N° 0636/18 de fecha 22 de Mayo de 2018, se actualizó el valor monetario de cada "K";Que, es necesario modificar el valor monetario de cada "K" de impurezas de vuelcos a las aguas, debido a la

    inflación ocurrida desde la última actualización y las variaciones en los costos debe incurrir la Autoridad de Aplicación;Que, dicho reajuste regirá a partir de la fecha de la presente Resolución;Que, por ello y en uso de las facultades que le son propias;

    EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE AGUARESUELVE:

    ARTÍCULO 1°: APROBAR la Actualización del valor monetario de cada unidad de contaminación de vuelco de efluentes,denominado unidad "K", al valor de PESOS VEINTITRÉS CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($23,73.-), que regirá a partirde la fecha de la presente Resolución.-ARTÍCULO 2°: REGISTRAR, comunicar, publicar en forma sintetizada en el Boletín Oficial, cumplido archivar.-

    Ing. Pegoraro D. DanielPresidente

    s/c E:26/02 V:02/03/2020––––––––––––– >*< –––––––––––––

    PROVINCIA DEL CHACOADMINISTRACION PROVINCIAL DEL AGUA-APA

    RESOLUCION Nº 1752-19: 26/11/2019- ARTICULO 1°: OTORGAR la certificación de riesgo hídrico para el inmuebleidentificado catastralmente en Circunscripción II, Sección A, Chacra 18, Parcelas 12, 14, 15, 17 y 18, de la Ciudad de Resistencia,Departamento San Fernando, se encuentran en 100% en zona de riesgo leve, con las características y restricciones del terrenoencuadradas con los usos permitidos del suelo por riesgo de inundación planteadas en la Resolución N°303/17, de conformidad alas constancias obrantes en la presente Actuación Simple y los Considerandos.- ARTICULO 2°: OTORGAR la certificación deriesgo hídrico por precipitaciones para el inmueble ubicado en catastralmente en Circunscripción II, Sección A, Chacra 18, Parcelas12, 14, 15, 17 y 18, de la Ciudad de Resistencia, Departamento San Fernando, se encuentran en zona de Riesgo Severo sin PlanDirector de Drenaje Urbano por precipitaciones de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 121/14 de Zonificación de RiesgoHídrico Urbano por precipitaciones en el AMGR, de conformidad a las constancias obrantes en la presente Actuación Simple y losConsiderandos.RESOLUCION Nº 1753-19: 26/11/2019- ARTICULO 1°: OTORGAR la certificación de riesgo hídrico para el inmuebleidentificado catastralmente en Circunscripción II, Sección A, Chacra 63, de la localidad de Puerto Tirol, Departamento Libertad, seencuentra en zona de Riesgo Leve 100%, con las características y restricciones del terreno encuadradas con los usos permitidos delsuelo por riesgo de inundación planteadas en la Resolución N°303/17, de conformidad a las constancias obrantes en la presenteActuación Simple y los Considerandos.- ARTICULO 2°: OTORGAR la certificación de riesgo hídrico por precipitaciones para elinmueble ubicado en catastralmente en Circunscripción II, Sección A, Chacra 63, de la localidad de Puerto Tirol, DepartamentoLibertad se encuentra un 26% en zona de Riesgo Severo y 74% en zona de Restricción Leve sin Plan Director de Drenaje Urbanopor precipitaciones de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 121/14 de Zonificación de Riesgo Hídrico Urbano porprecipitaciones en el AMGR, de, conformidad a las constancias obrantes en la presente Actuación Simple y los Considerandos.RESOLUCION Nº 1754-19: 26/11/2019- ARTICULO 1°: OTORGAR la certificación de riesgo hídrico para el inmuebleidentificado catastralmente en Circunscripción II, Sección C, Chacra 177, Parcela 32, de la Ciudad de Resistencia, DepartamentoSan Fernando, figura como subdividida en dos parcelas (55 y 56) según plano 20-500- 10, las parcelas 55 y 56 se encuentran enzona de Restricción 100% leve, con las características y restricciones del terreno encuadradas con los usos permitidos del suelo porriesgo de inundación planteadas en la Resolución N°303/17, de conformidad a las constancias obrantes en la presente ActuaciónSimple y los Considerandos.- ARTICULO 2°: OTORGAR la certificación de riesgo hídrico por precipitaciones para el inmuebleubicado en catastralmente en catastralmente en Circunscripción II, Sección C, Chacra 177, Parcela 32, de la Ciudad de Resistencia,Departamento San Fernando, figura como subdividida en dos parcelas (55 y 56) según plano 20-500-10, se encuentra un 100% en

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    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    zona de Restricción Leve con Plan Director de Drenaje Urbano por precipitaciones de acuerdo a lo establecido en la Resolución N°121/14 de Zonificación de Riesgo Hídrico Urbano por precipitaciones en el AMGR, de conformidad a las constancias obrantes enla presente Actuación Simple y los Considerandos.

    Ing. Francisco M. ZisuelaPresidente

    s/c E: 26/02 V:28/02/2020––––––––––––– >*< –––––––––––––

    MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y ECONOMÍARESOLUCION Nº 0056

    RESISTENCIA, 21 febrero 2020VISTO:

    La Ley 2252-D y ley 3108-A; yCONSIDERANDO:

    Que el Art. 1 de la ley 2252- D indica que el objeto de la misma es establecer el conjunto de requisitos formales,administrativos e informáticos, tendientes a transparentar y garantizar la aplicación del "Sistema o Régimen de Deducciones Directade Códigos de Descuentos", en los haberes de los Agentes Públicos;

    Que el Art. 10 de la ley 2252-D establece que la Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Hacienda yFinanzas Públicas y/u organismo que el futuro lo reemplace;

    Que por la ley de Ministerios 3108- A, se establece que es competencia del Ministerio de Planificación yEconomía, aquellas funciones que oportunamente pertenecían al Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas;

    Que el Art. 11, de la ley 2252-D, establece las facultades de la autoridad de aplicación;Que haciendo uso de las facultades reglamentarias que le otorga la ley 2252- D a la titular de la cartera de

    Planificación y Economía, es necesario el dictado del presente instrumento legal;Por ello;

    LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN Y ECONOMIARESUELVE:

    ARTICULO 1°: CONFÓRMESE la Comisión de Seguimiento y Fiscalización del Sistema de Códigos de Descuento ley 2252-D,en el ámbito del Ministerio de Planificación y Economía, cuya integración se hará con personal administrativo y los profesionalesmatriculados abogados y/o contadores, de planta permanente, según consta en la Planilla anexa, la cual tendrá como objetivoprincipal la Coordinación Funcional, el Control y Seguimiento del Sistema, de acuerdo al marco instituido por la mencionada LesARTICULO 2°: DELÉGUESE a la Comisión de Seguimiento del Sistema de Código de Descuento las funciones de Coordinación,Control y Seguimiento estipuladas en los Artículos 4°, 5°, 7°, 8° y 9°, de la ley 2252-D.ARTICULO 3°: DELÉGUESE en la Comisión de Control y Seguimiento del Sistema de Códigos de Descuento Ley 2252-D lasfacultades estipuladas en los incs. b); c); d); e) del Artículo 11 de la mencionada ley.ARTICULO 40: DELEGUESE en la Comisión de Control y Seguimiento del Sis ma deCódigos de Descuento las funciones de fiscalización establecidas en los Artículos 13 de la ley 2252-D.ARTICULO 5°: INTRUYASE a la actualización del Registro de titulares de Códigos de Descuentos en el ámbito de la Comisiónde Seguimiento del Sistema de Códigos de Descuento regido por las disposiciones de la ley 2252-D y por las normas quereglamentariamente se dicten, teniendo como principal objetivo fiscalizar periódicamente el estado de las entidades titulares deCódigos de Descuento respecto de lo establecido en Ley 2252-D.ARTICULO 6°: ESTABLÉZCASE que las entidades que tengan asignados Códigos de Descuento, en el plazo de sesenta (60)días deberán manifestar su voluntad de conservarlos y adjuntar toda la documentación relativa a la regular constitución de su entidad,en el marco de lo instruido en el artículo anterior. Esta presentación, es a los fines de un relevamiento, no implicando ni garantizandola conservación de los códigos de descuentos asignados oportunamente.ARTICULO 7°: ENCOMIENDESE en la Comisión de Control y Seguimiento del Sistema de Códigos de Descuento las facultadesdel Art. 8° del decreto 242/2020.ARTICULO 8°: ENCOMIENDESE a la Comisión de Control y Seguimiento a emitir los correspondientes dictámenes referidosa solicitudes de bloqueos y desbloqueos de los códigos de descuento, realizando el control pertinente y según lo establecido en lanormativa vigente, con la firma de al menos un profesional integrante de la misma. Los mismos deberán remitirse a la superioridad,debiendo adjuntar toda la documentación respaldatoria correspondiente.ARTICULO 9°: COMUNÍQUESE, dese al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

    ANEXO N° I A LA RESOLUCION N° 0056APELLIDO Y NOMBRE CUILCARLETTI, ROBERTO JOSE 20-16314936-3DELGADO, NOELIA MARISEL 27-30384883-0ESTECHE, GABRIELA LILIANA 27-21978180-1KESQUI, MIGUEL SANTIAGO 20-13033299-5

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    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    MIHOFF, CLAUDIA NOEMI 27-26910612-9RATTI, CLAUDIA VIVIANA 27-22711415-6ROMERO, DANIEL TELMO 20-26267102-0

    La presente planilla consta de siete (7) agentes.

    Lic. Maia WoelflinMinistra de Planificación Y Economía

    s/c E: 28/02/2020––––––––––––– >*< –––––––––––––

    RESOLUCION N° 0045RESISTENCIA, 17 FEBRERO 2020

    VISTO:Las Leyes N° 1092-A y N° 3111 -F y el Decreto N° 17/2020; y

    CONSIDERANDO:Que el Artículo 13 de la Ley N° 3111-17 autoriza la emisión de Letras de Tesorería por hasta un monto máximo en circulación depesos tres mil quinientos millones ($ 3.500.000.000), o su equivalente en moneda extranjera,Que el Artículo 3° del Decreto N° 17/2020 faculta al Ministerio de Planificación y Economía, en su carácter de autoridad deaplicación, entre otras cuestiones, a dictar la normativa reglamentaria, complementaria e interpretativa que fuere menester para laobtención de los fines propuestos por dicho instrumento legal,Que el Artículo 4° del mencionado decreto faculta al Ministerio de Planificación y Economía a determinar la época y oportunidadde la emisión de Letras de Tesorería a realizarse por la Tesorería General de la Provincia, , como así también los términos de lasmismas y a adoptar todas las medidas, disposiciones y/o resoluciones complementarias, aclaratorias e interpretativas que seanrequeridas a efectos de la emisión y colocación de las Letras de Tesorería,Que la presente Resolución se emite en el mareo de lo dispuesto por las Leyes N° 1092-A, N° 3111-F y el Decreto N° 17/2020; ylas Resoluciones oportunamente emitidas por este Ministerio, como así también la demás normativa que resulte aplicable,Que ha tomado intervención la Contaduría General de la Provincia,Por ello:

    LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN Y ECONOMÍA RESUELVE:Artículo 1°: Efectuase el llamado a licitación pública correspondiente a la emisión de Letras de Tesorería de la Provincia del Chacoprevisto en el Decreto N° 17/2020. La estructura y condiciones de las Letras de Tesorería de la Provincia del Chaco Clases 4, 5 y 6serán las que se establecen en esta Resolución.Artículo 2°: Fíjanse las condiciones particulares de las Letras de Tesorería de la Provincia del Chaco Clase 4 a 28 días por un montode hasta valor nominal de pesos treinta millones (VN $30.000.000), ampliables, a ser emitidas por la Tesorería General de laProvincia, de acuerdo a las siguientes pautas:a) Denominación: Letras de Tesorería de la Provincia del Chaco Clase 4 en pesos a veintiocho (28) días. b) Moneda de emisión:Pesos.c) Moneda de Integración: Pesos ($) y/o dólares estadounidenses (USD), al tipo de cambio de integración dispuesto por el BancoCentral de la República Argentina de conformidad con lo establecido por la Comunicación "A" 3.500 calculado a la fecha de lalicitación.d) Fecha de Licitación: 19 de febrero de 2020.e) Fecha de Emisión: 21 de febrero de 2020.f) Fecha de Liquidación: 21 de febrero de 2020.g) Monto total a ser colocado: Por un monto total de hasta valor nominal treinta millones (VN $30.000.000) ampliables.h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor nominal pesos uno (VN $1).i) Plazo: veintiocho (28) días.j) Vencimiento: 20 de marzo de 2020.k) Amortización: íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la amortización no fuere un día hábil, el pago serealizará el día hábil inmediato posterior.l) Garantía: Recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, correspondientes a la Provincia, deacuerdo a lo establecido por los artículos 1°, 2° y 3° del Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera y Bases de unRégimen de Coparticipación Federal de Impuestos o aquél que en el futuro lo sustituya.m) Régimen de Colocación: Licitación pública. n) Régimen de adjudicación: Subasta holandesa deprecio único.o) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés.p) Tipo de oferta: oferta parcial.q) Interés:

    1) Tasa aplicable: en la fecha de vencimiento se pagará en pesos el monto máximo entre: (i) los intereses devengados a la tasa

    fija nominal anual a licitar y (u) el valor nominal dividido por el tipo de cambio de integración más un interés nominalanual de [6,25] % y multiplicando el resultado por el tipo de cambio final, menos el valor nominal.

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    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    2) Cálculo de interés: para el punto q) 1) (i) se calcularán sobre el valor nominal, desde la fecha de emisión hasta la fecha devencimiento excluyendo a esta última; para el punto q) 1) (ji) se calcularán sobre el valor nominal dividido por el tipo de

    cambio de integración, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento excluyendo esta última.3) Fecha de pago de intereses: se pagará un (1) servicio de interés el 20 de marzo de 2020. Si la fecha de pago no fuere un día

    hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.

    4) Convención de intereses: días reales sobre la base de años de 365 días.r) Tipo de cambio final: a determinarse al momento de la licitación.s) Importe de las ofertas:

    1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de valornominal pesos uno (VN $1).

    2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $10.000) ymúltiplo de valor nominal pesos uno (VN $1).

    3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplode valor nominal pesos uno (VN $1). El importe máximo será de valor nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve milnovecientos noventa y nueve (VN $499.999).

    t) Agente de cálculo: Contaduría General de la Provincia.u) Agente Financiero: Nuevo Banco del Chaco S.A. v) Organizador: Nuevo Chaco Bursátil S.A. tendrá derecho a comisión del0,35% sobre el monto total emitido de estas Letras.w) Colocadores: Nuevo Chaco Bursátil S.A., Banco de Servicios y Transacciones S.A., Macro Securities S.A., Puente Hnos. S.A.,AdCap Securities Argentina S.A, y Balanz Capital Valores SAU.x) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocacionesprimarias de estas Letras de Tesorería. La comisión será del 0,25% sobre el monto adjudicado a terceros.y) Participantes: podrán participar de las licitaciones:

    1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.

    2) Inversores: todas aquellas personas fisicas o jurídicas interesadas, quienes deberán presentar sus órdenes a través de lasentidades mencionadas en 1) precedente.

    z) Negociación: Podrán negociarse en el Mercado Abierto Electrónico S.A. y listarse en Bolsas y Mercados Argentinos S.A.("BYMA").aa) Forma de pago de los servicios: Los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes a Caja deValores S.A., para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de las Letras de Tesorería de la Provincia del ChacoClase 4 a 28 días con derecho al cobro. Si la fecha de vencimiento y/o cualquier fecha de pago no fuera un día hábil, el pago serealizará el día hábil inmediatamente posterior. Se considerará "día inhábil" cualquier día en el cual los bancos comerciales de laciudad de Resistencia y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no estuvieran abiertos para operar. bb) Forma y titularidad:Estarán representadas por un certificado global permanente a ser depositado en la Caja de Valores S.A., renunciando los beneficiariosal derecho a exigir la entrega de láminas individuales, o de cualquier otra forma que sea permitida conforme las normas vigentes.cc) Entidad Depositaria: Caja de Valores S.A.dd) Rescate anticipado: A opción del emisor, podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada. ee) Forma deliquidación: A través de MAE-Clear o aquella entidad compensadora que se designe a tal efecto.ff) Tratamiento impositivo: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en lamateria.gg) Legislación aplicable: Argentina.Artículo 3°: Fíjanse las condiciones particulares de las Letras de Tesorería de la Provincia del Chaco Clase 5 a 63 días por un montode hasta valor nominal de pesos treinta millones (VN $30.000.000), ampliables, a ser emitidas por la Tesorería General de laProvincia, de acuerdo a las siguientes pautas:a) Denominación: Letras de Tesorería de la Provincia del Chaco Clase 5 en pesos a sesenta y tres (63) días.b) Moneda de emisión: Pesos.c) Moneda de Integración: Pesos ($) y/o dólares estadounidenses (USD), al tipo de cambio de integración dispuesto por el BancoCentral de la República Argentina de conformidad con lo establecido por la Comunicación "A" 3.500 calculado a la fecha de lalicitación.d) Fecha de Licitación: 19 de febrero de 2020.e) Fecha de Emisión: 21de febrero de 2020.f) Fecha de Liquidación: 21 de febrero de 2020.g) Monto total a ser colocado: Por un monto total de hasta valor nominal treinta millones (VN $ 30.000.000) ampliables.h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor nominal pesos uno (VN $1).i) Plazo: sesenta y tres (63) días.j) Vencimiento: 24 de abril de 2020.

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    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    k) Amortización: íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la amortización no fuere un día hábil, el pago serealizará el día hábil inmediato posterior.1) Garantía: Recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, correspondientes a la Provincia, deacuerdo a lo establecido por los artículos 1°, 2° y 3° del Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera y Bases de unRégimen de Coparticipación Federal de Impuestos o aquél que en el futuro lo sustituya.m) Régimen de Colocación: Licitación pública.n) Régimen de adjudicación: Subasta holandesa de precio único.o) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés.p) Tipo de oferta: oferta parcial.q) Interés: 1) Tasa aplicable: en la fecha de vencimiento se pagará en pesos el monto máximo entre: (i) los intereses devengados ala tasa fija nominal anual a licitar y (u) el valor nominal dividido por el tipo de cambio de integración más un interés nominal anualde [6,50] % y multiplicando el resultado por el tipo de cambio final, menos el valor nominal. 2) Cálculo de interés: para el punto q)1) (i) se calcularán sobre el valor nominal, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento excluyendo a esta última; parael punto q) 1) (u) se calcularán sobre el valor nominal dividido por el tipo de cambio de integración, desde la fecha de emisión hastala fecha de vencimiento excluyendo esta última. 3) Fecha de pago de intereses: se pagará un (1) servicio de interés el 24 de abril de2020. Si la fecha de pago no fuere un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior. 4) Convenciónde intereses: días reales sobre la base de años de 365 días.r) Tipo de cambio final: a determinarse al momento de la licitación.s) Importe de las ofertas: 1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (\TN $500.000) ymúltiplo de valor nominal pesos uno (VN $1). 1) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valornominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de valor nominal pesos uno (VN $1). 2) Tramo No Competitivo - Personas Físicas:el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de valor nominal pesos uno (VN $1). El importemáximo será de valor nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve (VN $499.999).t) Agente de cálculo: Contaduría General de la Provincia.u) Agente Financiero: Nuevo Banco del Chaco S.A.v) Organizador: Nuevo Chaco Bursátil S.A. tendrá derecho a comisión del 0,35% sobre el monto total emitido de estas Letras.w) Colocadores: Nuevo Chaco Bursátil S.A., Banco de Servicios y Transacciones S.A., Macro Securities S.A., Puente Hnos. S.A.,AdCap Securities Argentina S.A., y Balanz Capital Valores SAU.x) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocacionesprimarias de estas Letras de Tesorería. La comisión será del 0,25% sobre el monto adjudicado a terceros.y) Participantes: podrán participar de las licitaciones: 1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto. 2) Inversores: todas aquellaspersonas físicas o jurídicas interesadas, quienes deberán presentar sus órdenes a través de las entidades mencionadas en 1)precedente.z) Negociación: Podrán negociarse en el Mercado Abierto Electrónico S.A. y listarse en Bolsas y Mercados Argentinos S.A.("BYMA").aa) Forma de pago de los servicios: Los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes a Caja deValores S.A., para respectivas cuentas de los tenedores de las Letras de Tesorería de la Provincia del Chaco Clase 5 a 63 días conderecho al cobro. Si la fecha de vencimiento y/o cualquier fecha de pago no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábilinmediatamente posterior. Se considerará "día inhábil" cualquier día en el cual los bancos comerciales de la ciudad de Resistenciayio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no estuvieran abiertos para operar.bb) Forma y titularidad: Estarán representadas por un certificado global permanente a ser depositado en la Caja de Valores S.A.,renunciando los beneficiarios al derecho a exigir la entrega de láminas individuales, o de cualquier otra forma que sea permitidaconforme las normas vigentes.cc) Entidad Depositaria: Caja de Valores S.A.dd) Rescate anticipado: A opción del emisor, podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada. ee) Forma deliquidación: A través de MAE-Clear o aquella entidad compensadora que se designe a tal efecto.ff) Tratamiento impositivo: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en lamateria.gg) Legislación aplicable: Argentina.Artículo 4°: Fíjanse las condiciones particulares de las Letras de Tesorería de la Provincia del Chaco Clase 6 a 189 días por unmonto de hasta valor nominal de pesos treinta millones (VN $30.000.000), ampliables, a ser emitidas por la Tesorería General de laProvincia, de acuerdo a las siguientes pautas:a) Denominación: Letras de Tesorería de la Provincia del Chaco Clase 6 en pesos a ciento ochenta y nueve (189) días.b) Moneda de emisión: Pesos.c) Moneda de Integración: Pesos ($) y/o dólares estadounidenses (USD), al tipo de cambio de integración dispuesto por el BancoCentral de la República Argentina de conformidad con lo establecido por la Comunicación "A" 3.500 calculado a la fecha de lalicitación.d) Fecha de Licitación: 19 de febrero de 2020.e) Fecha de Emisión: 21 de febrero de 2020.

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    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    f) Fecha de Liquidación: 21 de febrero de 2020.g) Monto total a ser colocado: Por un monto total de hasta valor nominal treinta millones (VN $ 30.000.000) ampliables.h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor nominal pesos uno (VN $1).

    i) Plazo: ciento ochenta y nueve (189) días.j) Vencimiento: 28 de agosto de 2020.k) Amortización: íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la amortización no fuere un día hábil, el pago serealizará el día hábil inmediato posterior.1) Garantía: Recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, correspondientes a la Provincia, deacuerdo a lo establecido por los artículos 1°, 2° y 3° del Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera y Bases de unRégimen de Coparticipación Federal de Impuestos o aquél que en el futuro lo sustituya.m) Régimen de Colocación: Licitación pública.n) Régimen de adjudicación: Subasta holandesa de precio único.o) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés.p) Tipo de oferta: oferta parcial.q) Interés:

    1) Tasa aplicable: en la fecha de vencimiento se pagará en pesos el monto máximo entre: (i) los intereses devengados a

    la tasa fija nominal anual a licitar y (u) el valor nominal dividido por el tipo de cambio de integración más un interésnominal anual de [7] % y multiplicando el resultado por el tipo de cambio final, menos el valor nominal.

    2) Cálculo de interés: para el punto q) 1) (i) se calcularán sobre el valor nominal, desde la fecha de emisión hasta la fecha

    de vencimiento excluyendo a esta última; para el punto q) 1) (u) se calcularán sobre el valor nominal dividido por eltipo de cambio de integración, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento excluyendo esta última.

    3) Fecha de pago de intereses: se pagará un (1) servicio de interés el 28 de agosto de 2020. Si la fecha de pago no fuereun día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.

    4) Convención de intereses: días reales sobre la base de años de 365 días.

    r) Tipo de cambio final: a determinarse al momento de la licitación.s) Importe de las ofertas:

    1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (\TN $500.000) y múltiplo de valor

    nominal pesos uno (VN $1).2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $10.000) y

    múltiplo de valor nominal pesos uno (VN $1).

    3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplode valor nominal pesos uno ('\TN $1). El importe máximo será de valor nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil

    novecientos noventa y nueve (VN $499.999).

    t) Agente de cálculo: Contaduría General de la Provincia.u) Agente Financiero: Nuevo Banco del Chaco S.A.v) Organizador: Nuevo Chaco Bursátil S.A. tendrá derecho a comisión del 0,3 5% sobre el monto total emitido de estas Letras.w) Colocadores: Nuevo Chaco Bursátil S.A., Banco de Servicios y Transacciones S.A., Macro Securities S.A., Puente Hnos. S.A.,AdCap Securities Argentina S.A., y Balanz Capital Valores SAU.x) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocacionesprimarias de estas Letras de Tesorería. La comisión será del 0,25% sobre el monto adjudicado a terceros.y) Participantes: podrán participar de las licitaciones:

    1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.

    2) Inversores: todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, quienes deberán presentar sus órdenes a través de lasentidades mencionadas en 1) precedente.

    z) Negociación: Podrán negociarse en el Mercado Abierto Electrónico S.A. y listarse en Bolsas y Mercados Argentinos S.A.("BYMA").aa) Forma de pago de los servicios: Los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes a Caja deValores S.A., para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de las Letras de Tesorería de la Provincia del ChacoClase 6 a 189 días con derecho al cobro. Si la fecha de vencimiento y/o cualquier fecha de pago no fuera un día hábil, el pago serealizará el día hábil inmediatamente posterior. Se considerará "día inhábil" cualquier día en el cual los bancos comerciales de laciudad de Resistencia y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no estuvieran abiertos para operar. bb) Forma y titularidad:Estarán representadas por un certificado global permanente a ser depositado en la Caja de Valores S.A., renunciando los beneficiariosal derecho a exigir la entrega de láminas individuales, o de cualquier otra forma que sea permitida conforme las normas vigentes.cc) Entidad Depositaria: Caja de Valores S.A.dd) Rescate anticipado: A opción del emisor, podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.

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    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    ee) Forma de liquidación: A través de MAE-Clear o aquella entidad compensadora que se designe a tal efecto.ff) Tratamiento impositivo: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en lamateria.gg) Legislación aplicable: Argentina.Artículo 5°: La licitación pública de Letras de Tesorería, cuya emisión se dispone en la presente Resolución, se llevará a cabo en elMercado Abierto Electrónico S.A. a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normasdictadas por dicho Mercado en materia de concertación, registración y liquidación de las operaciones con letras, así como lasdisposiciones contenidas en el Manual de la Aplicación SIOPEL.Artículo 6°: De mediar inconvenientes de fuerza mayor atribuibles al sistema de comunicaciones previsto por el Mercado AbiertoElectrónico S.A. o la Aplicación SIOPEL, la Subsecretaría de Presupuesto y/o la Subsecretaría de Ingresos y Créditos Públicos,ambas dependientes del Ministerio de Planificación y Economía, podrán extender el plazo para la recepción de ofertas, previanotificación fehaciente de funcionarios autorizados del Mercado Abierto Electrónico S.A. y bajo responsabilidad de los mismos.Artículo 7°: Autorizar a la Subsecretaría de Presupuesto y/o la Subsecretaría de Ingresos y Créditos Públicos, ambas dependientesdel Ministerio de Planificación y Economía a publicar el llamado a licitación pública, establecer el horario límite de admisión deofertas, recepcionar las ofertas recibidas desde el M.A.E., establecer la variable de corte, elaborar el ordenamiento y el listado depreadjudicación con un detalle de los importes en valores nominales y efectivos a ser colocados, pudiendo, de corresponder, realizarasignaciones por prorrateo, comunicar los resultados del llamado a licitación pública a través de la red de comunicaciones provistapor el M.A.E. y tomar toda otra medida que el perfeccionamiento de la operatoria requiera.Artículo 8°: Autorizar a la Subsecretaría de Presupuesto y/o la Subsecretaría de Ingresos y Créditos Públicos, ambas dependientesdel Ministerio de Planificación y Economía, a modificar los importes a ser colocados al momento de la adjudicación de Letras deTesorería dentro de los límites establecidos por la Ley N'3111-F, y el Decreto N°17/2020, así como declarar total o parcialmentedesierta la licitación pública en caso de no convalidar o desestimar todas o algunas de las ofertas recibidas y a dictar todas las normas,realizar las gestiones, actos y tomar toda otra medida que sea necesaria, acorde con las prácticas usuales de los mercados, a losefectos de lo dispuesto en la presente Resolución. Ante la inexistencia de ofertas para el Tramo Competitivo y habiéndose presentadopropuestas para el Tramo No Competitivo, la tasa de corte podrá ser fijada de acuerdo a lo que se considere conveniente para losintereses generales de la Provincia.Artículo 9°: La Subsecretaría de Presupuesto y/o la Subsecretaría de Ingresos y Créditos Públicos, ambas dependientes del Ministeriode Planificación y Economía, conformarán la adjudicación e informarán a la Tesorería General de la Provincia el resultado de lalicitación pública de Letras de Tesorería, a los efectos de la colocación y liquidación de dichos instrumentos.Artículo 10°: Facúltese a la Subsecretaría de Presupuesto y/o la Subsecretaría de Ingresos y Créditos Públicos, ambas dependientesdel Ministerio de Planificación y Economía, a adoptar todas aquellas decisiones que sean necesarias y/o convenientes acordes conlas prácticas usuales en los mercados, a fin de llevar a cabo la emisión y colocación de las Letras de Tesorería conforme a lostérminos y condiciones de la presente Resolución. Asimismo, autorícese a la Lic. Eliana Iris Oviedo, D.N.I. N° 30.744.876, la Cra.María Cecilia Tracogna, D.N.I. N°24.908.948; al Cr. José María Orsolini, D.N.I. N° 25.672.900; a Justo Segura, D.N.I. N°25.873.341; a Antonio Arias, D.N.I. N° 31.164.261; a María Emilia Díaz, D.N.I. N° 35.897.906; a Michael Simmons D.N.I N°38.536.168, a Laura Peña D.N.I. 41.172.771y a Marcos Taiana D.N.I 3 7.806.431para que indistintamente cualquiera de ellossuscriba (incluyendo el uso de firma facsímil) cualquier clase de documento, incluidos los documentos de difusión, y/o realice lasgestiones, actos y toda otra medida necesaria en representación de la Provincia del Chaco para instrumentar la garantía establecidapara las Letras de Tesorería a ser emitidas por la Provincia.Artículo 11°: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

    Lic. Maia WoelfinMinistra de planificacion y economía

    c/s E:28/02/2020––––––––––––– >*< ––––––––––––

    RESOLUCION N° 0051RESISTENCIA, 17 FEBRERO 2020

    VISTO:La Resolución N° 004512020 del Ministerio de Planificación y Economía, la Actuación Simple E4-2020- 990-A-;

    yCONSIDERANDO:

    Que el Artículo 13 de la Ley N° 3111 -F autoriza la emisión de Letras de Tesorería por hasta un monto máximo encirculación de pesos tres mil quinientos millones ($ 3.500.000.000), o su equivalente en moneda extranjera;

    Que el Artículo 3° del Decreto N° 1712020 faculta al Ministerio de Planificación y Economía, en su carácter deautoridad de aplicación, entre otras cuestiones, a dictar la normativa reglamentaria, complementaria e interpretativa que fueremenester para la obtención de los fines propuestos por dicho instrumento legal;

    Que el Artículo 4° del mencionado decreto faculta al Ministerio de Planificación y Economía a determinar la épocay oportunidad de la emisión de Letras de Tesorería a realizarse por la Tesorería General de la Provincia, como así también lostérminos de las mismas y a adoptar todas las medidas, disposiciones y/o resoluciones complementarias, aclaratorias e interpretativasque sean requeridas a efectos de la emisión y colocación de las Letras de Tesorería;

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    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    Que se considera oportuno modificar los términos y condiciones particulares de las Letras de Tesorería de laProvincia del Chaco Clase 6;

    Que ha tomado intervención la Contaduría General de la Provincia;Que la presente Resolución se emite en el marco de lo dispuesto por las Leyes N° 1.092-A, N° 3.111-F y el Decreto

    N°17/2020; y las Resoluciones oportunamente emitidas por este Ministerio, como así también la demás normativa que resulteaplicable;

    Por ello;LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN Y ECONOMÍA

    RESUELVE:Artículo 1°: Modifíquese el Artículo 4° de la Resolución N° 004512020 del Ministerio de Planificación y Economía, el que quedaráredactado de la siguiente manera: "Artículo 4: Fíjase las condiciones particulares de las Letras de Tesorería de la Provincia delChaco Clase 6 a 154 días por un monto de hasta valor nominal de PESOS TREINTA MILLONES (VN $30.000.000), ampliables,a ser emitidas por la Tesorería General de la Provincia, de acuerdo a las siguientes pautas:a) Denominación: Letras de Tesorería de la Provincia del Chaco Clase 6 en pesos a ciento cincuenta y cuatro (154) días.b) Moneda de emisión: Pesos.c) Fecha de Licitación: 19 de febrero de 2020.d) Fecha de Emisión: 21 de febrero de 2020.e) Fecha de Liquidación.' 21 de febrero de 2020.f) Monto total a ser colocado: Por un monto total de hasta valor nominal treinta millones (VN $30.000.000) ampliables.g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor nominal pesos uno (VN $1).h) Plazo: ciento cincuenta y cuatro (154) días.i) Vencimiento: 24 de julio de 2020.j) Amortización: íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la amortización no fuere un día hábil, el pago serealizará el día hábil inmediato posterior.k) Garantía: Recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, correspondientes a la Provincia, deacuerdo a lo establecido por los artículos 1°, 20 y3° del Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera y Bases de unRégimen de Coparticipación Federal de Impuestos o aquél que en el futuro lo sustituya.l) Régimen de Colocación: Licitación pública.m) Régimen de adjudicación: Subasta holandesa de precio único.n) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés.o) Tipo de oferta: oferta parcial.p) Interés:

    1. Tasa aplicable: se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más

    de pesos un millón ($ 1.000.000) -Badlar Promedio Bancos Privados- o aquélla que en el futuro lo sustituya, calculadoconsiderando las tasas promedio diarias publicadas por el Banco Central de la República Argentina desde los diez (10) díashábiles anteriores a la fecha de emisión y hasta los diez (10) días hábiles anteriores al vencimiento más un margen fijo

    resultante de la licitación expresado en porcentaje nominal anual.2. Cálculo de interés: se calculará sobre el valor nominal; desde la fecha de emisión hasta el día previo a la fecha de pago.

    3. Fecha de pago de interés: se pagará un (1) servicio de interés el 24 de julio de 2020. Si el vencimiento no fuere un día hábil,la fecha de pago será el día hábil posterior a la fecha de vencimiento original, devengándose intereses hasta la fecha de

    efectivo pago.4. Convención de intereses: días reales sobre días reales.

    q) Importe de las ofertas:1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de valor

    nominal pesos uno (VN $1). 1) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesosdiez mil (VN $10.000) y múltiplo de valor nominal pesos uno (VN $1).

    2) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo

    de valor nominal pesos uno (VN $1). El importe máximo será de valor nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve milnovecientos noventa y nueve (VN $499.999).

    r) Agente de cálculo: Contaduría General de la Provincia.s) Agente Financiero: Nuevo Banco del Chaco S.A.t) Organizador: Nuevo Chaco Bursátil S.A. tendrá derecho a comisión del 0,35% sobre el monto total emitido de estas Letras.u) Colocadores: Nuevo Chaco Bursátil S.A., Banco de Servicios y Transacciones S.A., Macro Securities S.A., Puente Hnos. S.A.,AdCap Securitíes Argentina S.A., y Balanz Capital Valores SAU.v) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.AE. autorizados para participar en las colocacionesprimarias de estas Letras de Tesorería. La comisión será del 0,25% sobre el monto adjudicado a terceros.w) Participantes: podrán participar de las licitaciones:

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    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.2) Inversores: todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, quienes deberán presentar sus órdenes a través de las

    entidades mencionadas en 1) precedente.x) Negociación: Podrán negociarse en el Mercado Abierto Electrónico S.A. y listarse en Bolsas y Mercados Argentinos S.A.("BYMA').y) Forma de pago de los servicios: Los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes a Caja deValores S.A., para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de las Letras de Tesorería de la Provincia del ChacoClase 6 a 154 días con derecho al cobro. Si la fecha de vencimiento y/o cualquier fecha de pago no fuera un día hábil, el pago serealizará el día hábil inmediatamente posterior. Se considerará "día inhábil" cualquier día en el cual los bancos comerciales de laciudad de Resistencia yio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no estuvieran abiertos para operar.z) Forma y titularidad: Estarán representadas por un certificado global permanente a ser depositado en la Caja de Valores S.A.,renunciando los beneficiaríos al derecho a exigir la entrega de láminas individuales, o de cualquier otra forma que sea permitidaconforme las normas vigentes.aa) Entidad Depositaria: Caja de Valores S.A.bb) Rescate anticipado: A opción del emisor, podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada. cc) Forma deliquidación: A través de MAE-Clear o aquella entidad compensadora que se designe a tal efecto.dd) Tratamiento impositivo: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en lamateria.ee) Legislación aplicable: Argentina"Artículo 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese.

    Lic. Maia WoelfinMinistra de planificacion y economía

    Cristina ParraMinistra de planificacion y economía

    c/s E:28/02/20––––––––––––– >*< ––––––––––––

    MUNICIPALIDAD DE BARRANQUERASPROVINCIA DEL CHACO

    RESOLUCION N° 317VISTO:

    Las Resoluciones de Intendencia N°183/2020, N°184/2020, la Ordenanza N° 5810/2020, Resolución de Intendencia N°209/2020, y las presentes actuaciones; yCONSIDERANDO:

    Que el Poder Ejecutivo Municipal ha dictado la Resolución de Intendencia N°183/2020, mediante la cual se crea el Programade Regularización del Empleo Público y Erradicación de la Precarización Laboral para los agentes bajo las modalidades de contratosde servicios, jornalizados y P.A_M (Programa de Ayuda Municipal) en el ámbito del Departamento Ejecutivo de la Municipalidadde Barranqueras; Que asimismo el Poder Ejecutivo Municipal ha dictado la Resolución de Intendencia N°184/2020 mediante la cualse crea el Programa de Regularización del Empleo Público y Erradicación de la Precarización Laboral en relación a los agentes dela Guardia Urbana Municipal (GUM) y la Central de Video Vigilancia Municipal (CVVM) en el ámbito de la Municipalidad deBarranqueras; Que para la inscripción en ambos programas — Resoluciones N° 183/2020 y N° 184/2020, se estableció comorequisito que el aspirante deberá presentar en carpeta colgante la siguiente documentación: A) Formulario de inscripción establecidoen el ANEXO II de la presente (2 copias — 1 para el Organismo y 1 para el agente con el cargo de recepción) B) Certificado deDomicilio expedido por autoridad policial C) Certificado de Antecedentes Penales D) Certificado de buena Salud y AptitudPsicofisíca expedido por autoridad sanitaria pública. E) Certificado de discapacidad en caso de corresponder. E) Copia de recibosde sueldos correspondientes a los meses de Octubre de 2019 Noviembre de 2019 y Diciembre 2019. G) Copia de DM Ira y 2da hoja.Que a los fines de facilitar a los aspirantes la inscripción a los programas supra mencionados, deviene necesario establecer que, losrequisitos establecidos en los Puntos B) C) D) E) y F) del ANEXO II serán exigidos al momento de la designación oportuna delagente al pase planta, en consecuencia solamente deberán acompañar a efectos de inscribirse al Programa la copia de DM Ira y 2dahoja (Pto G) juntamente con el Formulario Anexo N° I de Inscripción ( Pto. A) Que deviene necesario dictar la presente, con laúnica finalidad de simplificar la tarea de inscripción al programa por parte de los agentes; Que en las resoluciones N° 183/2020 y184/2020 se ha establecido que las designaciones a la planta permanente que oportunamente se realicen en el marco de los Programascreados mediante los mencionados instrumentos, se harán en el escalafón básico, debiendo aclararse que el escalafón básico a losfines de la designación de planta permanente es Grupo 8°; Que la presente se dicta en orden a las facultades I conferidas por laConstitución del Chaco y Ley Orgánica de Municipios, y en orden a las facultades de ampliación del programa;POR ELLO:

    LA INTENDENTE MUNICIPAL DE BARRANQUERASRESUELVE:

    Articulo 1°.- DETERMINAR que los requisitos establecidos en los Puntos B) C) D) E) y F) del ANEXO II N° 183/2020 y N°

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    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    184/2020 ,serán exigidos al momento de la designación oportuna del agente al pase planta del Municipio,Articulo 2°.- DETERMINAR que para la inscripción a los programas creados por Resolución deIntendencia N° 183/2020 y Resolución de Intendencia N° 184/2020 ratificadas por Ordenanza N° 5810/2020, será admitido comoválido a eféctos de Inscripción del aspirante la copia de DNI lra y 2da. hoja (Pto G) juntamente con el Formulario Anexo N° I deInscripción (Pto. A).-Articulo 3°.- ACLARAR que el escalafón básico a los fines de la designación de planta permanente en el marco de las Resolucionesde Intendencia N° 183/2020 y 184/2020 es Grupo 8°.-Articulo_4.- REGISTRAR, comunicar, Notificar a quienes corresponda y cumplido, ARCHIVAR.-

    **************************************RESOLUCION N° 075

    VISTO:La Resolución de Intendencia N° 2101/19 y las presentes actuaciones.

    CONSIDERANDO:Que la ex Intendente de la Municipalidad de Barranqueras Sra. Alicia Graciela Diguini de Azula, dictó la Resolución

    de Intendencia 2101/2019 fechada el 11 de. Octubre de 2019, con el objeto de designar a una gran cantidad de agentes a la plantapermanente de la Municipalidad de Barranqueras — agentes que figuran en los anexos de la Resolución N° 2101/19-.Que tratándose de un acto que resuelve sobre derechos subjetivos de agentes, el primer vicio que se aprecia literalmente del actoadministrativo, es la FALTA del elemento esencial del acto administrativo, la MOTIVACIÓN del mismo, violando de esta manerael artículo 119 de la Ley 179-A antes ley 1140 que se erige como código de procedimientos administrativos de la provincia delChaco- que establece "...todo acto administrativo final deberá ser motivado y contendrá una relación de hechos y fundamentos dederechos cuando: a) Decida sobre derechos subjetivos; b) Resuelva recursos; c) Se separe del criterio seguido en actuacionesprecedentes o de dictamen de órganos consultivos....".

    Que en el caso, ante una decisión gubernamental del Municipio de Barranqueras, de designar a la planta permanente aciento de agentes, imperaba la necesidad de motivar los argumentos por las cuales se tomaba dicha decisión, explicando cual es elfundamento para emitir el acto administrativo, y por qué esos agentes y no otros deben ser designados , soslayando la autoridadadministrativa de motivar / explicar/ fundar por que los agentes que figuran en la planilla anexa tenían el derecho a pasar planta yno los agentes que quedaron fuera de tal designación y que se encuentran entablando reclamos administrativos y judiciales contra laMunicipalidad de Barranqueras, cuestionando justamente las designaciones efectuadas mediante resolución de intendencia N°2101/19, arguyendo que ellos también tienen igual o más derecho que las personas que figuran en la planilla anexa del actoadministrativo en análisis.

    Que es preciso señalar, que la Resolución de Intendencia bajo análisis, debió necesariamente establecer la motivaciónrespecto del mérito de los agentes a ser designados a la planta permanente (consignando por ej; antecedentes laborales, antigüedad,cuestiones que hacen a la idoneidad, grulla de agentes que se encontraban en condiciones de ser pasados a planta permanente, etc,)y ello ha sido omitido por la máxima autoridad administrativa del Municipio — a la fecha del dictado del acto en cuestión- por locual la asesoría legal considera que el Acto administrativo carece del elemento MOTIVACIÓN, y que ello invalida al actoadministrativo como tal.

    Que otro vicio del acto se aprecia de la lectura de la Resolución N° 2101/19 que en su artículo 4° se dispone dejar sin efectotoda norma legal que se oponga a la presente en relación a los agentes designados. Que atendiendo a que no se dejan sin efectoresoluciones o actos del ente que emite el acto, sino que se refiere a toda norma legal, surge la falta de incompetencia del EjecutivoMunicipal para dejar sin efecto normas legales en relación a los agentes designados. Que la ex titular del ejecutivo municipal, carecede competencia para derogar normas legales (salvo resoluciones dictadas por intendencia municipal, circunstancia que no se apreciade la lectura del artículo 4° de la Resolución N° 2201/19), evidenciándose la falta de competencia denunciada como vicio del actoadministrativo.

    Que en virtud de ello, surge que la fórmula utilizada en el artículo 4° de la Resolución N° 2101/19 deja sin efecto cualquiernorma — nacional, provincial, municipal incluso las Constituciones- que se oponga a la presente, conlleva la absoluta nulidad delacto administrativo por falta de competencia del Intendente para ello, maxime en atención a los lineamientos fijados por el STJCHmediante sentencia N° 92/19 cuya copia se glosan a estas actuaciones. Que por otra parte la Constitución del Chaco establece en suartículo 69.- La administración pública debe estar dirigida a satisfacer las necesidades de la comunidad con eficiencia, eficacia,economicidad y oportunidad. Todos los habitantes de la Provincia son admisibles en los empleos públicos sin más requisito que laidoneidad y preferente domicilio real en la misma. La ley propenderá a asegurar a todo empleado de la administración pública unrégimen jurídico básico y escalafón único Para los extranjeros, no habrá otras limitaciones que las establecidas en esta Constitución.

    Que asimismo el estatuto del empleado Municipal establece en su artículo 7° "El ingreso de los agentes de plantapermanente se efectuará previo concurso abierto de antecedentes y oposición el nivel inferior del agrupamiento escalafonario quecorresponda. En caso de que deban cubrirse cargos de nivel superior se realizará previamente concurso interno de antecedentes y/ooposición para la promoción de los agentes que ya prestan servicios en la Administración Municipal. Solo si ese concurso se declaradesierto podrá llamarse a concurso abierto.

    Que la a Resolución N° 2101/19, es violatoria de las siguientes normas A) Art 69 de la CP, en razón que se alza contra elderecho de todo ciudadano / empleado de acceder al cargo público.- B) Art. 104 de la ley 854-P y artículo 7°del Estatuto del empleado

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    Oficina: Julio A. Roca 227 (P.A.) – Resistencia – Chaco - http://chaco.gov.ar/boficial/boletin (0362) 4453520 - CTX 53520 – CP 3500

    Viernes 28 de febrero de 2020 EDICION Nº 10.488

    Municipal, creado por Resolución del Concejo Municipal N° 215bis/88, por cuanto en dichas normas se consagra la obligatoriedaddel concurso previo a las designaciones de planta permanente (acceso a la administración) y los ascensos en el escalafón. C) DerechosConstitucionales vgr. Igualdad art. 16 CN.

    Que no debe soslayarse que la Resolución N° 215bis/88 del Concejo Municipal de Barranqueras, es una norma formalvigente, y debe respetarse de buena fe y con una interpretación congruente, integral, y armónica de sus postulados.

    Que al margen de que la Resolución N° 2101/19 contiene una manifiesta ilegalidad y ser lesiva de los intereses delMunicipio como así también del erario público municipal, no puede soslayarse que contiene una inequidad manifiesta, ergo viola elderecho de igualdad (Art 16 CN) por cuanto no ha contemplado en forma integral a todos los agentes con derecho a pasar planta,sino que se ha designado a un sector de agentes en forma discrecional.

    Que en virtud de la contradicción del acto administrativo con el orden jurídico, surge que la Resolución en trato, contieneun Objeto ilegal e irrazonable que configura el vicio del acto administrativo.

    Que debe tenerse presente que el orden constitucional obliga que todo acto de la administración debe ser producto de lalegalidad y juridicidad y ello constituye una derivación lógica de la normatividad superior. Cuando concurre una desviación sea dela norma sea de su correcta interpretación y como derivación de ello se produce el quebrantamiento de derechos individualessustantivos, la actuación de la Autoridad deviene ilegítima.

    Que, en relación a la previsión presupuestaria para las designaciones de planta permanente, que necesariamente implicanuna erogación del Municipio, la misma debe estar incluida en el presupuesto general de gastos, es decir autorizada por el ConcejoMunicipal de Barranqueras.

    Que lo cierto es que a la fecha del dictado de la Resolución N° 2101/19 regia la Ordenanza N° 5544/2014 de fecha 18 denoviembre de 2014, mediante la cual el Concejo Municipal de Barranqueras fijo en la suma de pesos doscientos nueve millonesseiscientos cincuenta y nueve mil setecientos con 00/100 ($ 209.659.700,00) el total de erogaciones del Presupuesto general degastos de la Municipalidad de Barranqueras.

    Que ante un intento de ampliación de presupuesto mediante Resolución de Intendencia, en fecha 17 de Abril de 2019 elSuperior Tribunal de Justicia del Chaco, mediante sentencia N° 92/19 decl