vigilancia contrato estatal colombia

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vigilancia supervision interventoria contrato estatal Colombia

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  • JORGE GUILLERMO ORTEGA RUBIO Abogado

    Especialista en Ciencias Administrativas y Constitucionales

  • JORGE GUILLERMO ORTEGA RUBIO Abogado

    Especialista en Ciencias Administrativas y Constitucionales

    07/09/2015 2

  • 07/09/2015 3

  • 07/09/2015 4

  • DECRETO 1082 DE 2015

    Por medio del cual se expide el Decreto nico Reglamentario del Sector Administrativo de

    Planeacin (Diario Oficial No. 49523 del 26 de mayo de 2015)

  • Ley 80 de 1993 ARTCULO 4o. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS

    ENTIDADES ESTATALES.

    1o. Exigirn del contratista la ejecucin idnea y oportuna del objeto contratado. Igual exigencia podrn hacer al garante.

    07/09/2015 6

  • Ley 80 de 1993 ARTCULO 4o. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS

    ENTIDADES ESTATALES. 4o. Adelantarn revisiones peridicas de las obras

    ejecutadas, servicios prestados o bienes suministrados, para verificar que ellos cumplan con las condiciones de calidad ofrecidas por los contratistas, y promovern las acciones de responsabilidad contra stos y sus garantes cuando dichas condiciones no se cumplan.

    07/09/2015 7

  • Ley 80 de 1993 ARTCULO 4o. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS ENTIDADES ESTATALES.

    4o. () Las revisiones peridicas a que se refiere el presente numeral debern llevarse a cabo por lo menos una vez cada seis (6) meses durante el trmino de vigencia de las garantas. (5 AOS PLIZA DE ESTABILIDAD DE LA OBRA)

    07/09/2015 8

  • Ley 80 de 1993 ARTCULO 4o. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS

    ENTIDADES ESTATALES. 5o. Exigirn que la calidad de los bienes y servicios adquiridos

    por las entidades estatales se ajuste a los requisitos mnimos previstos en las normas tcnicas obligatorias, ()

    07/09/2015 9

  • Ley 80 de 1993 ARTCULO 32o. 1o. Contrato de Obra. () En los contratos de obra que hayan sido celebrados como resultado de un

    proceso de licitacin, la interventora deber ser contratada con una persona independiente de la entidad contratante y del contratista, quien responder por los hechos y omisiones que le fueren imputables en los trminos previstos en el artculo 53 del presente estatuto.

    07/09/2015 10

  • Ley 80 de 1993 ARTCULO 32o. 2o. Contrato de Consultora. (). Son tambin contratos de consultora los que tienen por objeto la

    interventora, asesora, gerencia de obra o de proyectos, direccin, programacin y la ejecucin de diseos, planos, anteproyectos y proyectos.

    Ninguna orden del interventor de una obra podr darse verbalmente. Es obligatorio para el interventor entregar por escrito sus rdenes o sugerencias y ellas deben enmarcarse dentro de los trminos del respectivo contrato.

    07/09/2015 11

  • Ley 80 de 1993 ARTCULO 53. DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS CONSULTORES,

    INTERVENTORES Y ASESORES. (Modificado artculo 82 Ley 1474 de 2011)

    ARTCULO 56. DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS PARTICULARES QUE INTERVIENEN EN LA CONTRATACIN ESTATAL.

    07/09/2015 12

  • Ley 1474 de 2011, artculos 82 al 86. ARTCULO 82. RESPONSABILIDAD DE LOS INTERVENTORES. ARTCULO 83. SUPERVISIN E INTERVENTORA

    CONTRACTUAL. ARTCULO 84. FACULTADES Y DEBERES DE LOS

    SUPERVISORES Y LOS INTERVENTORES ARTCULO 85. CONTINUIDAD DE LA INTERVENTORA ARTCULO 86. IMPOSICIN DE MULTAS, SANCIONES Y

    DECLARATORIAS DE INCUMPLIMIENTO.

    07/09/2015 13

  • SUPERVISIN E INTERVENTORA CONTRACTUAL.

    Busca: Proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupcin y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades pblicas estn obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecucin del objeto contratado a travs de un supervisor o un interventor, segn corresponda.

  • SUPERVISIN CONTRACTUAL.

    ARTICULO 83 LEY 1474 DE 2011

    Seguimiento tcnico, administrativo, financiero, contable y jurdico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la misma entidad estatal. NO requieren conocimientos especializados. La Entidad Estatal podr contratar personal de apoyo, a travs de los contratos de prestacin de servicios .

  • INTERVENTORA CONTRACTUAL.

    ARTICULO 83 LEY 1474 DE 2011

    Seguimiento tcnico que sobre el cumplimiento del contrato realice una persona natural o jurdica contratada para tal fin por la Entidad Estatal, cuando el seguimiento del contrato suponga conocimiento especializado en la materia, o cuando la complejidad o la extensin del mismo lo justifiquen.

  • INTERVENTORA CONTRACTUAL.

    ARTICULO 83 LEY 1474 DE 2011

    No obstante, lo anterior cuando la entidad lo encuentre justificado y acorde a la naturaleza del contrato principal, podr contratar el seguimiento administrativo, tcnico, financiero, contable, jurdico del objeto o contrato dentro de la interventora.

  • Por regla general, no sern concurrentes en relacin con un mismo contrato, las funciones de supervisin e interventora. Sin embargo, la entidad puede dividir la vigilancia del contrato principal, caso en el cual en el contrato respectivo de interventora, se debern indicar las actividades tcnicas a cargo del interventor y las dems quedarn a cargo de la Entidad a travs del supervisor.

  • ENTIDAD

    CONTRATISTA

    SUPERVISOR

  • ENTIDAD

    CONTRATISTA

    SUPERVISOR INTERVENTOR

  • ENTIDAD

    CONTRATISTA

    SUPERVISOR INTERVENTOR

    Implica divisin de las funciones asignadas

  • RESPONSABILIDAD DE LOS ASESORES E INTERVENTORES:

    Los consultores y asesores externos:

    Respondern civil, fiscal, penal y disciplinariamente

    Por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de consultora o asesora, como por los hechos u omisiones que les fueren imputables y que causen dao o perjuicio a las entidades, derivados de la celebracin y ejecucin de los contratos respecto de los cuales hayan ejercido o ejerzan las actividades de consultora o asesora.

  • RESPONSABILIDAD DE LOS ASESORES E INTERVENTORES:

    Los interventores:

    Responderan, tanto por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de interventora, como por los hechos u omisiones que les sean imputables y causen dao o perjuicio a las entidades, derivados de la celebracin y ejecucin de los contratos respecto de los cuales hayan ejercido o ejerzan las funciones de interventora.

    Respondern civil, fiscal, penal y disciplinariamente

  • FACULTADES Y DEBERES DE LOS SUPERVISORES Y LOS INTERVENTORES.

    La supervisin e interventora contractual implica el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la entidad contratante sobre las obligaciones a cargo del contratista.

  • FACULTADES Y DEBERES DE LOS SUPERVISORES Y LOS INTERVENTORES.

    Solicitar: Informes

    Aclaraciones, y Explicaciones

    Sobre el desarrollo de la ejecucin

    contractual

  • FACULTADES Y DEBERES DE LOS SUPERVISORES Y LOS INTERVENTORES.

    Sern responsables por mantener informada a la entidad contratante de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupcin tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.

  • 07/09/2015 27

    INTERCAMBIO DE ROLES DE CONTRATISTA E INTERVENTOR

    Quien haya celebrado un contrato estatal no podr celebrar contratos de interventora con la misma entidad. Opera durante el plazo de ejecucin y hasta la liquidacin del mismo, Obra pblica. Concesin. Suministro de medicamentos y de alimentos.

  • 07/09/2015 28

    INTERCAMBIO DE ROLES DE CONTRATISTA E INTERVENTOR

    Esta causal tambin operar para el cnyuge, compaero o compaera permanente, pariente hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil Opera para sus socios en sociedades distintas de las annimas abiertas

  • 07/09/2015 29

    INTERCAMBIO DE ROLES DE CONTRATISTA E INTERVENTOR

    El contrato de Interventora ser supervisado directamente por la entidad estatal.

  • 07/09/2015 30

    Falta gravsima: No exigir, el supervisor o el interventor, la calidad de los bienes y servicios adquiridos por la entidad estatal, o en su defecto, los exigidos por las normas tcnicas obligatorias, o certificar como recibida a satisfaccin, obra que no ha sido ejecutada a cabalidad.

  • 07/09/2015 31

    Falta gravsima:

    Omitir el deber de informar a la entidad contratante los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupcin tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando se presente el incumplimiento.

  • 07/09/2015 32

    Se crea una nueva inhabilidad para contratar: El interventor que incumpla el deber de entregar informacin a la entidad contratante relacionada con: El incumplimiento del contrato, Con hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupcin tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato. Esta inhabilidad se extender por un trmino de cinco (5) aos, contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo que as lo declare, previa la actuacin administrativa correspondiente.

  • 07/09/2015 33

    SOLIDARIDAD:

    a. El interventor que no haya informado oportunamente a la Entidad de un posible incumplimiento del contrato vigilado o principal, parcial o total, de alguna de las obligaciones a cargo del contratista, ser solidariamente responsable con ste de los perjuicios que se ocasionen con el incumplimiento por los daos que le sean imputables al interventor.

  • 07/09/2015 34

    SOLIDARIDAD:

    b. Se crea una solidaridad con el ordenador del gasto: Cuando el ordenador del gasto sea informado oportunamente de los posibles incumplimientos de un contratista y no lo conmine al cumplimiento de lo pactado o adopte las medidas necesarias para salvaguardar el inters general y los recursos pblicos involucrados, ser responsable solidariamente con este, de los perjuicios que se ocasionen.

  • 07/09/2015 35

    OBLIGADOS A SUMINISTRAR INFORMACIN

    Contratistas Interventores Supervisores Proveedores Personas que hayan participado,

    determinado, coadyuvado, colaborado o hayan conocido los hechos objeto de investigacin

  • 07/09/2015 36

    INFORMACIN QUE DEBEN SUMINISTRAR

    La presentacin de documentos que registren sus operaciones. La exhibicin y de los libros, comprobantes y documentos de contabilidad

  • 07/09/2015 37

    ADMINISTRACIN DE LOS ANTICIPOS Manejo se da en cuenta bancaria separada, no conjunta, del contratista. Objeto facilitar la labor del supervisor e interventor en el control de los desembolsos y correcta aplicacin a la ejecucin del contrato respectivo.

  • 07/09/2015 38

    IRREGULARIDADES COMUNES

    Acuerdos entre contratistas y supervisores o interventores, dentro de la ejecucin del contrato. Modificacin del contrato dentro de su ejecucin sin mediar estudio tcnico

  • Funciones De verificacin: Perfeccionamiento (Firma del Contrato) Legalizacin CDP y RP Estampillas Impuestos

    07/09/2015 39

  • Funciones De verificacin: Ejecucin Aprobacin Garanta Cronograma Plan de Inversin del Anticipo

    07/09/2015 40

  • Funciones De verificacin: Pago Cumplimiento a satisfaccin Situacin financiera del contrato Conceptuar sobre viabilidad de modificaciones

    contractuales

    07/09/2015 41

  • Funciones De verificacin: Pago Conceptuar viabilidad del restablecimiento del

    equilibrio econmico Aportes Seguridad Social y parafiscales? ley

    1607 Derecho de Turno

    07/09/2015 42

  • CONTINUIDAD DE LA INTERVENTORA.

    Podrn prorrogarse los contratos de interventora por el mismo plazo que se haya prorrogado el contrato objeto de vigilancia. En tal caso el valor podr ajustarse en atencin a las obligaciones del objeto de interventora, sin que resulte aplicable lo dispuesto en el pargrafo del artculo 40 de la Ley 80 de 1993.

  • CONTINUIDAD DE LA INTERVENTORA.

    Pargrafo. Para la ejecucin de los contratos de interventora es obligatoria la constitucin y aprobacin de la garanta de cumplimiento hasta por el mismo trmino de la garanta de estabilidad del contrato principal; el Gobierno Nacional regular la materia.

  • Decreto 1082 de 2015 Artculo 2.2.1.1.1.2.1. Partcipes de la Contratacin Pblica. Los partcipes del sistema de compras y contratacin pblica la contratacin pblica para efectos del Decreto Ley 4170 de 2011 son: 1.. 2. 3. 4..

    5. Los supervisores. 6. Los interventores. 7.

  • Decreto 1082 de 2015 Artculo 2.2.1.1.2.1.3. Pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deben contener por lo menos la siguiente informacin:

    12. Los trminos de la supervisin y/o de la interventora del contrato.

  • Decreto 1082 de 2015

    Artculo 2.2.1.2.1.2.26. Seleccin abreviada para la adquisicin de Bienes y Servicios para la Defensa y Seguridad Nacional. Las Entidades Estatales que adquieren Bienes y Servicios para la Defensa y Seguridad Nacional deben utilizar el procedimiento de seleccin abreviada de menor cuanta para las siguientes categoras: 15.El mantenimiento de los bienes y servicios sealados en el presente artculo, as como las consultoras que para la adquisicin o mantenimiento de los mismos se requieran, incluyendo las interventoras necesarias para la ejecucin de los respectivos contratos.

  • Decreto 1082 de 2015

    GARANTAS Artculo 2.2.1.2.3.1.15. Suficiencia de la garanta de calidad del servicio. La Entidad Estatal debe determinar el valor y el plazo de la garanta de acuerdo con el objeto, el valor, la naturaleza y las obligaciones contenidas en el contrato. En los contratos de interventora, la vigencia de este amparo debe ser igual al plazo de la garanta de estabilidad del contrato principal en cumplimiento del pargrafo del artculo 85 de la Ley 1474 de 2011.

  • VERIFICACIN DOCUMENTAL El supervisor y/o interventor deber verificar que en la carpeta del contrato se encuentren como mnimo los siguientes documentos: a) Contrato debidamente legalizado, con todos

    sus antecedentes.

    b) Cronograma de actividades.

  • VERIFICACIN DOCUMENTAL El supervisor y/o interventor deber verificar que en el expediente del contrato se encuentren como mnimo los siguientes documentos: c) Garantas del contrato. d) Aprobacin de las garantas contractuales.

  • e) Plan de Inversin del Anticipo f) Acta de inicio. g) Actas de suspensin y reiniciacin, cuando sea del caso.

  • h) Comunicaciones a la Compaa Aseguradora o al Garante, sobre el inicio del contrato, o la suspensin o reinicio del mismo. i) Documentos soporte de prrroga, adicin o modificacin del contrato.

  • j) Documentos soporte de la autorizacin de trabajos o actividades adicionales. Informes de supervisin y/o interventora. k) Informes de ejecucin del contratista de acuerdo con la periodicidad pactada en el contrato.

  • l) Recibos tcnicos por parte de las autoridades respectivas Secretaras de Planeacin, Obras Pblicas, Empresas de Servicios Pblicos Domiciliarios, Curaduras y dems, segn sea el caso.

  • m) Acta de entrega y recibo final. n) Acta de Liquidacin. o) Modificacin de las garantas y aprobacin p) Bitcoras, Clculos y Memorias Documentos relacionados con la ejecucin del contrato que se consideren importantes a juicio del supervisor y/o interventor.

  • 07/09/2015 56

    Nmero de diapositiva 2Nmero de diapositiva 3Nmero de diapositiva 4Nmero de diapositiva 5Nmero de diapositiva 6Nmero de diapositiva 7Nmero de diapositiva 8Nmero de diapositiva 9Nmero de diapositiva 10Nmero de diapositiva 11Nmero de diapositiva 12Nmero de diapositiva 13Nmero de diapositiva 14Nmero de diapositiva 15Nmero de diapositiva 16Nmero de diapositiva 17Nmero de diapositiva 18Nmero de diapositiva 19Nmero de diapositiva 20Nmero de diapositiva 21RESPONSABILIDAD DE LOS ASESORES E INTERVENTORES:RESPONSABILIDAD DE LOS ASESORES E INTERVENTORES:Nmero de diapositiva 24Nmero de diapositiva 25Nmero de diapositiva 26Nmero de diapositiva 27Nmero de diapositiva 28Nmero de diapositiva 29Nmero de diapositiva 30Nmero de diapositiva 31Nmero de diapositiva 32Nmero de diapositiva 33Nmero de diapositiva 34Nmero de diapositiva 35Nmero de diapositiva 36Nmero de diapositiva 37Nmero de diapositiva 38FuncionesFuncionesFuncionesFuncionesNmero de diapositiva 43Nmero de diapositiva 44Nmero de diapositiva 45Nmero de diapositiva 46Nmero de diapositiva 47Nmero de diapositiva 48Nmero de diapositiva 49Nmero de diapositiva 50Nmero de diapositiva 51Nmero de diapositiva 52Nmero de diapositiva 53Nmero de diapositiva 54Nmero de diapositiva 55Nmero de diapositiva 56