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FORMULARIO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO 2019 MANUAL DE USUARIO FORMULARIO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO 2019 BASE NORMATIVA La Constitución del Ecuador en la sección segunda sobre la Administración Pública en su artículo 227 establece que: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”. La Ley interpretativa del artículo 3 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece en su artículo 1 que: “Interprétese el inciso quinto del artículo 2 de la Ley Orgánica del Servicio Público en el siguiente sentido: el régimen especial de administración de personal señalado en el inciso quinto del artículo 3 de la Ley Orgánica de Servicio Público se refiere al conjunto de disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, así como también a los reglamentos específicos y resoluciones que expida el Consejo de Administración Legislativa. En consecuencia, las y los Asambleístas y las y los servidores de la Función Legislativa se regirán imperativamente por la Ley Orgánica de la Función Legislativa y las resoluciones del Consejo de Administración Legislativa…” El Reglamento Orgánico Funcional de la Asamblea Nacional (codificado), en su artículo 29, establece que es misión de la Coordinación General de Talento Humano: “Gestionar el desarrollo profesional, técnico y personal de las y los servidores legislativos, mediante la definición e implementación de estrategias de fortalecimiento e innovación institucional, procesos técnicos, administrativos, programas médicos y de trabajo social en ambientes laborales adecuados que procuren su seguridad y salud integral, en el ámbito de sus competencias, para lograr el permanente mejoramiento, eficiencia y calidad de los servicios institucionales; y, en la literal n) determina como atribución y responsabilidad: “Coordinar la gestión de procesos de reclutamiento y 1

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Page 1: €¦ · Web viewEl Reglamento Orgánico Funcional de la Asamblea Nacional (codificado), en su artículo 29, establece que es misión de la Coordinación General de Talento Humano:

FORMULARIO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO 2019

MANUAL DE USUARIO

FORMULARIO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO 2019

BASE NORMATIVA

La Constitución del Ecuador en la sección segunda sobre la Administración Pública en su artículo 227 establece que: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”.

La Ley interpretativa del artículo 3 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece en su artículo 1 que: “Interprétese el inciso quinto del artículo 2 de la Ley Orgánica del Servicio Público en el siguiente sentido: el régimen especial de administración de personal señalado en el inciso quinto del artículo 3 de la Ley Orgánica de Servicio Público se refiere al conjunto de disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, así como también a los reglamentos específicos y resoluciones que expida el Consejo de Administración Legislativa. En consecuencia, las y los Asambleístas y las y los servidores de la Función Legislativa se regirán imperativamente por la Ley Orgánica de la Función Legislativa y las resoluciones del Consejo de Administración Legislativa…”

El Reglamento Orgánico Funcional de la Asamblea Nacional (codificado), en su artículo 29, establece que es misión de la Coordinación General de Talento Humano: “Gestionar el desarrollo profesional, técnico y personal de las y los servidores legislativos, mediante la definición e implementación de estrategias de fortalecimiento e innovación institucional, procesos técnicos, administrativos, programas médicos y de trabajo social en ambientes laborales adecuados que procuren su seguridad y salud integral, en el ámbito de sus competencias, para lograr el permanente mejoramiento, eficiencia y calidad de los servicios institucionales; y, en la literal n) determina como atribución y responsabilidad: “Coordinar la gestión de procesos de reclutamiento y selección de personal, evaluación del desempeño, capacitación, formación y desarrollo integral del talento humano, definiendo estrategias para su eficiente implementación.”

Las Normas de Control Interno para las entidades, organismos del sector público y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos 407-04 Evaluación del desempeño, establece:

“La máxima autoridad de la entidad en coordinación con la unidad de administración de talento humano, emitirán y difundirán las políticas y procedimientos para la evaluación del desempeño, en función de los cuales se evaluará periódicamente al personal de la Institución…”

El procedimiento técnico administrativo de este programa se sustentará en los términos aprobados en el presente documento y en el Manual de Descripción, Valoración y Clasificación de Puestos de la Asamblea Nacional aprobado mediante Resoluciones CAL-2015-2017-229 y CAL-2015-2017-245 de 27 de octubre y 21 de diciembre de 2016 y tomará como referencia la Norma Técnica de Calificación de Servicios y Evaluación de Desempeño emitida mediante Resolución 2008-000038 el 05 de marzo de 2008 y la Norma

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FORMULARIO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO 2019

Técnica del Subsistema de Evaluación del Desempeño emitida mediante Acuerdo Ministerial No. MDT-2018-0041 de 07 de marzo de 2018.

ANTECEDENTES

La Administración General de la Asamblea Nacional, mediante sumilla inserta en el Memorando No. 028-CGTH-AN-2019 de 04 de enero de 2019, aprobó el Programa de Evaluación del Desempeño para el período comprendido entre el 01 de enero y el 31 de octubre de 2019. Los servidores evaluados serán todos los servidores legislativos que prestan sus servicios en la Asamblea Nacional, exluyéndose a los servidores comprendidos en los puestos directivos, de libre nombramiento y remoción y aquellos que tengan menos de tres meses en la institución dentro del período evaluado.

OBJETIVO GENERAL

Realizar una estimación cuantitativa y cualitativa del grado de eficacia con la que los servidores legislativos llevan a cabo las actividades, objetivos y responsabilidades de sus puestos de trabajo, mediante la cual se obtendrá una retroalimentación que permita aplicar las acciones de desarrollo del talento humano de la Asamblea Nacional.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

a) Promover una cultura de eficiencia en la Asamblea Nacional.b) Establecer las responsabilidades de los evaluadores para la determinación clara de

indicadores de gestión metas.c) Fortalecer la relación entre el evaluado y el evaluador.d) Identificar las necesidades de capacitación y desarrollo a partir de las brechas

evidenciadas en la medición de los conocimientos y competencias en el proceso de Evaluación de Desempeño.

FORMULARIO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO 2018

1. DATOS DEL SERVIDOR

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FORMULARIO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO 2018

UNIDAD ADMINISTRATIVA

PUESTO INSTITUCIONAL

No. CEDULA GRUPO OCUPACIONAL

FECHA DEL FORMULARIO 11/12/18

PERÍODO DE EVALUACIÓN Nov./17 – Oct./18 No. CEDULA

NOMBRES Y APELLIDOS DEL SERVIDOR LEGISLATIVO

NOMBRES Y APELLIDOS DEL TITULAR

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FORMULARIO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO 2019

1.1 No. Cédula: Registrar el número de cédula del servidor legislativo.

Se desplegarán todos los datos relacionados.

2. EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL PUESTO:

La descripción de actividades, indicador y meta del periodo se obtiene del formulario “Asignación de responsabilidades para la evaluación del desempeño”

2.1 Cumplidos: Se procede a registrar el valor alcanzado en el periodo evaluado, se ingresará el valor en número.

2.2 % de Cumplimiento: Se registra automáticamente, una vez que se han colocado los datos precedentes.

2.3 Nivel de Cumplimiento: Se registra automáticamente, una vez que se han colocado los datos precedentes.

2.4 ¿A más del cumplimiento de la totalidad de metas y objetivos se adelantó y cumplió con objetivos y metas previstas para el siguiente periodo de evaluación?: En el caso de ser una respuesta afirmativa, registrar SI, el % de Aumento se registra automáticamente al finalizar la calificación.

3. CONOCIMIENTOS

3.1 El detalle de conocimientos requeridos y el nivel requerido se obtiene del formulario “Asignación de responsabilidades para la evaluación del desempeño”

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FORMULARIO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO 2019

3.2 Los conocimientos que debe tener el funcionario para el óptimo desempeño de su puesto se define en la evaluación entre el “nivel requerido” para el puesto y el “nivel de conocimiento” que posee el servidor evaluado, eligiendo de la lista desplegable entre el más alto: Sobresaliente y el mínimo: Insuficiente.

4. COMPETENCIAS TÉCNICAS DEL PUESTO

4.1 El detalle de destrezas, relevancia y comportamiento observable se obtiene del formulario “Asignación de responsabilidades para la evaluación del desempeño”

4.2 Nivel de Desarrollo: Se procederá a evaluar conforme a la lista desplegable, siendo la puntuación más alta Altamente Desarrollada y la puntuación mínima No Desarrollada.

5. COMPETENCIAS CONDUCTUALES

5.1 El detalle de relevancia y comportamiento observable se obtiene del formulario “Asignación de responsabilidades para la evaluación del desempeño”

5.2 Frecuencia de Aplicación: Corresponde a la calificación que el jefe inmediato realiza, debiendo seleccionar la frecuencia con la que el evaluado aplica la competencia siendo la más alta: Siempre y la mínima: Nunca.

6. TRABAJO EN EQUIPO, INICIATIVA Y LIDERAZGO

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FORMULARIO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO 2019

6.1 El detalle de relevancia y comportamiento observable se obtiene del formulario “Asignación de responsabilidades para la evaluación del desempeño”

6.2 Frecuencia de Aplicación: Corresponde a la calificación que el jefe inmediato realiza, debiendo seleccionar la frecuencia con la que el evaluado aplica la competencia siendo la más alta: Siempre y la mínima: Nunca.

*Nota: La competencia de Liderazgo se evaluará únicamente cuando la persona evaluada tenga servidores bajo su responsabilidad de gestión.

7. OBSERVACIONES DEL JEFE INMEDIATO (EN CASO DE QUE LAS TENGA):

En este espacio se registrará las observaciones que se tengan en torno al desempeño del servidor evaluado, en el caso de que amerite, caso contrario, no se registrará ninguna novedad.

Una vez registrados los datos establecidos en el presente instructivo en el Formulario de Evaluación del Desempeño 2019, la calificación se generará automáticamente.

Una vez elaborado el documento, el mismo deberá ser suscrito por el Líder o Responsable de área junto con el Titular de la Unidad Administrativa, Secretarios o Coordinadores Generales correspondientes al Nivel Directivo, y ser remitidos a la Coordinación General de Talento Humano, hasta el día lunes 18 de noviembre de 2019.

El Formulario de Evaluación del Desempeño 2019 se encuentra disponible en la Plataforma de Intranet Institucional (MI CURUL), en la sección Formularios, ícono Evaluación del Desempeño:

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FORMULARIO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO 2019

La Coordinación General de Talento Humano se encuentra presta a solventar cualquier inquietud con respecto al desarrollo del instrumento de medición, para lo cual agradeceremos comunicarse a las extensiones: 3128, 1463 y 1205.

COORDINACIÓN GENERAL DE TALENTO HUMANO

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