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Este trabqjo esta dedicczdo a mis queridos pczdres, Luis Sandovczl y Yolwzdcz Medina, que siempre hall estczdo conmigo brindándome lodo su czpoyo y comprenswrz. Su i1!}7.uerzcia y educación hcm logmdo convertirme en lo persona que .foy, por eso sólo ,ne queda decirles, LOS AMO Y GRACIAS POR TODO.

Page 3: y i1!}7.uerzcia LOS AMO Y GRACIAS POR TODO

INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY

CAMPUS CIUDAD DE MÉXICO

ESCUELA DE GRi\DUADOS EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y POLÍTICA PÚBLICA CAMPUS CIUDAD DE MÉXICO

,

LA MEDIOCRACIA. LA RELACION ElvTRE MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y DE~~10CRACIA:

EL CASO MEXICANO ANTE LA "LEY TELEVISA n.

Lic. Luis Rubén Sandoval Medina Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey

TECNOLÓGICO Campus Ciudad de México DE rv10NTERREY • [email protected]

BIBLIO-rECf\ h.z .. · .. - , . ·~ ~l~}~m Proyecto de Investigación Aplicada

Maestría en Análisis Político y Medios de Información Asesor: Dr. Uriel Caballero González

Mayo de 2007

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. ,¡. .

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

RESUMEN EJECUTIVO

En los últimos años debido a que los medios de comunicación masiva alrededor

del mundo han ido observando el papel fundamental gue desempeñan en el espacio

público y por ello se ha experimentado una transformación de los mismos. Bajo esta

transformación se ha observado que los medios han logrado ubicarse dentro del espacio

público e incluso se han conformado como nuevos actores políticos, es decir, los medios

han ido consolidándose corno un elemento importante y definitorio en la arena política.

El elemento que explica este cambio y estas nuevas funciones de los medios de

comunicación es precisamente a que las grandes compañías de la comunicación han

observado en la información un bien más, que puede ser comercializado entre las élites

de un Estado.

La introducción de los medios de comunicación en la arena política ha traído

graves consecuencias una de ella, y la más importante, es que actualmente los medios

son parte fundamental en el desarrollo de la democracia y en los procesos de transición

a la democracia y de ello se deriva la importancia y el poder del que gozan, así es como

en la actualidad los medios parecen más bien parte del establishment que expresiones de

la ciudadanía. Esto es de suma importancia, por que se vive un momento en donde las

democracias tienen grandes crisis de representación, pero que los medios de

comunicación han sabido a aprovechar esta oportunidad para ubicarse como

instrumentos de una verdad absoluta y de esta forma obtener mayor poder e influencia

en los procesos políticos y sociales.

Por ello, en la presente investigación se examinará el papel de los medios en la

democracia y la relación de los mismos con el Estado que da nacimiento al fenómeno

de la mediocracia, en donde los medios de comunicación se han consolidado como una

figura importante y definitoria de los procesos políticos. De igual forma se examinará

como la ''Ley Televisa" repercute negativamente en la democracia del país y apunta

más a la consolidación de la rnediocracia mexicana, al gobierno de los medios de

comunicación.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación v democracia. El caso mexicano ante la "Le_v Televisa"

ÍNDICE

Introducción ................................................................ . ........................ 3

Capítulo 1. La Democracia y la Mediocracia .................................................... 8

1.1. Definición de democracia ......... . . .............. . ......................................... 8

1.2. Democracia en México .......... . ..................... . ................ . . . . .............. 18

1.3. Mediocracia ............................................................................... 25

1.4. Los medios en la construcción democrática en México ............................. 33

Capítulo 2. Los medios de comunicación y la democracia .................................. .37

2.1. El papel de lo medios en la democracia ............................................... 3 9

2.2. Los medios y el proceso electoral. .... . .................. . . . .... . ............ . ........ 51

Capítulo 3. La reforma a la Ley Federal de Radio y Televisión: sus consecuencias y el camino a la mediocracia .......................................................................... 60

3 .1. Antecedentes ......................... . ............................... . . .................... 60

3 .2. Eíectos de la reforma ..................................................................... 63

3 .3. Concentración del poder. ...................................................... : . ......... 64

3.4. Repercusiones en la democracia mexicana ................................ . .......... 74

3.5. Repercusiones económicas .............................................................. 90

Conclusiones ............................................................................................. 96

Bibliografia ................................................ .. .................... . ................ 105

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa "

INTRODUCCION

lvluy pronto la televisión. para ejercer su influencia soberana. recorrerá en todos los sentidos toda la

maquinaria y todo el bullicio de las relaciones humanas

Martín Heidegger

Debido a las nuevas capacidades tecnológicas que a principios del siglo XX1

conquistaron los medios de información colectivos, especialmente los electrónicos,

estos incrementaron sustantivamente su eficacia de transmisión informativa y de

persuasión extensa y se convirtieron en el centro del poder ideológico y político

contemporáneo. Dando paso a una nueva era, a un nuevo capítulo de la historia política

del ser humano.

Mientras tanto, hay algo sobre lo que no tenemos la menor incertidumbre: casi

toda la reflexión filosófica sobre la democracia fue acuñada antes de la aparición de la

televisión y del poder adquirido por los medios de comunicación masiva. Lo cual es

tanto como decir que nos urge reflexionar sobre el nuevo objeto político que podemos

llamar democracia mediática.

Es importante mencionar que la investigación que se hará en este proyecto es de

tipo exploratoria y abordada desde la perspectiva teórica. El proyecto de investigación

tiene el objetivo de explorar las relaciones entre los medios de comunicación y la

democracia, es decir, de cómo los primeros se han configurado como un actor

importante para el desarrollo y consolidación de la democracia, a tal grado de que

actualmente se habla de una Mediocracia en donde los medios de comunicación son uno

de los pilares fundamentales de la democracia y del ejercicio del gobierno.

La importancia de realizar este proyecto es que a lo largo de la historia, los

medios se han conformado como un instrumento que le ha permitido a la población de

los diferentes países que sus opiniones e ideas sean escuchadas, es decir, los medios que

han conformado como un elemento intermediario entre la población y el Estado, dando

a conocer a éste último las demandas de la población.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa "

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Sin embargo, lo anterior ha cambiado en los últimos años debido a que los

medios de comunicación masiva alrededor del mundo han ido observando el papel

fundamental que desempeñan en el espacio público y por ello se ha experimentado una

transformación de los mismos. Bajo esta transformación se ha observado que los medios

han logrado ubicarse dentro del espacio público e incluso se han conformado como

nuevos actores políticos, es decir, los medios han ido consolidándose como un elemento

impo1tante y definitorio en la arena política.

Este cambio en los intereses de los medios se debe principalmente a que dentro

del marco de la globalización, los medios de comunicación locales no han podido

sobrevivir a las grandes corporaciones de la comunicación por lo cual se han hecho

verdaderos emporios de la información en donde a nivel mundial solo existen unas

cuantas empresas que controlan el flujo de la información y con ello, han concentrado

tal poder que les ha permitido formar parte de la arena política.

De la misma manera esta investigación está enfocada a encontrar las variables

que expliquen el por qué del cambio en los medios de comunicación, así mismo como

describir y explorar las estructuras de los medios mexicanos que han permitido que

éstos se consoliden como un agente importante en los gobiernos y definitorio en muchos

procesos democráticos.

Una segunda aportación que se espera de este proyecto es trazar un mapa en

don.de se establezcan claramente las relaciones de los medios con los gobierno y con

ello con la democracia. De igual forma se busca aportar un mejor estudio de las

estructuras de los medios en México y sobre todo a raíz de la reforma que se hizo en

2005-2006 a la Ley de Radio y Televisión., en la cual, los medios de comunicación salen

favorecidos.

De igual forma en la presente investigación se examinará el papel de los medios

en la democracia y la relación de los mismos con el Estado que da nacimiento al

fenómeno de la mediocracia, en donde los medios de comunicación se han consolidado

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa "

corno una figura imponante de los procesos políticos. Esto es fundamental, ya que en

los últimos años los medios se han conformado como elementos definitorios del juego

político no solo en nuestro país sino alrededor del mundo.

También una de las aportaciones principales que se espera hacer con este

proyecto es llegar a una clara definición de los conceptos rnediocracia y poder fáctico,

ya que son elementos muy usados en la actualidad, pero que su significado es aún

disperso.

La importancia de estudiar a los medios de comunicación esta dada en el sentido

en que los medios de comunicación en los últimos años se han conformado corno un

verdadero instrumento de poder y sobre todo por la gran influencia que tienen en la

formación de la opinión pública de cualquier sociedad. Además, los medios "permean

todas las actividades humanas de manera tan insistente, intensa y extensa, que el

entendimiento de cómo funcionan, con que contenidos, intereses y resultados. es

fundamental lo mismo para explicarnos las vanac10nes de la economía, que las

tensiones de la política".(Esteinou, 2007, url).

La relevancia teórica de este proyecto de investigación esta determinada en la

elaboración de una clara y precisa definición de lo que es la rnediocracia. Es decir, se

buscará aportar al marco teórico una verdadera definición de este concepto que englobe

características y rasgos principales, para explicar el fenómeno en donde los medios de

comunicación son la parte fundamental de la instauración, consolidación y desarrollo de

la democracia tanto en México corno en el resto del mundo.

De igual forma, en el presente trabajo se busca comprobar que ios medios de

comunicación, son algo más que agentes comunicativos y de entretenimiento y que en

realidad tienen un papel más preponderante en las sociedades de los Estados

democráticos. Así mismo, con esta investigación se pretender comprobar las siguientes

hipótesis:

• La concentración de los medios de comunicación, el posicionamiento de

los mismos en la arena política y su gran influencia en los procesos

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La meáiocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa "

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políticos los ha puesto como piedra angular de la política, y ello provoca

la transformación de la democracia en una mediocracia.

• Los medios de comunicación en México juegan un papel fundamental en

la formación de la opinión pública y con ello influyen de forma

importante en los procesos políticos y en la cultura política de la

sociedad.

• La reforma a la Ley de Radio y Televisión provocara que los medios de

comunicación concentren mayor poder, lo que les permitirá seguir siendo

pane fundamental en el desarrollo de la democracia mexicana.

Los medios de comunicación juegan un papel importante en la actualidad, sobre

todo en esta época en donde las comunicaciones han experimentado una revolución tal

que permiten la comunicación inmediata a pesar de las distancias y por ello es que se

puede explicar que los medios '"cambiaron el modo en que la mayoría de las personas

recibían la ínformación, se entretenían y se enteraban de los asuntos mundiales".(Fox,

1988, p.10).

A lo largo de la historia, los medios se han conformado como un instrumento

que le ha permitido a la población de los diferentes países que sus opíniones e ideas

sean escuchadas, es decir, los medios que han conformado como un elemento

intermediario entre la población y el Estado, dando a conocer a éste último las

demandas de la población.

Sin embargo, lo anterior ha cambiado en los últimos años debido a que los

medios de comunicación masiva alrededor del mundo han ido observando el papel

fundamental que desempeñan en el espacio público y por ello se ha experimentado una

transformación de los mismos. Bajo esta transformación se ha observado que los medios

han logrado ubicarse dentro del espacio público e incluso se han conformado como

nuevos actores políticos, es decir, los medios han ido consolidándose corno un elemento

importante y definitorio en la arena política.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano a/lle la 'Ley Televisa"

La influencia de los medios de comunicación es tal que actualmente se ubican

como un instrumento importante para la economía, aspectos sociales y sobre todo para

la política, tanto para los políticos como para los partidos mismos. Sin embargo, la

utilización que hacen estos personajes de los medios es la errónea lo cual conlleva a que

los medios se desvíen en sus principales tareas como medios de comunicación al grado

que llegan a pervertirse y con ello a la búsqueda de otros intereses, lejanos a los que

tienen como medio de comunicación masiva.

Este cambio en los intereses de los medios se debe principalmente a que dentro

del marco de la globalización, los medios de comunicación locales no han podido

sobrevivir a las grandes corporaciones de la comunicación por lo cual se han hecho

verdaderos emporios de la información en donde a nivel mundial solo existen unas

cuantas empresas que controlan el flujo de la información y con ello, han concentrado

tal poder que les ha permitido formar parte de la arena política.

La introducción de los medios de comunicación en la arena política ha traído

graves consecuencias una de ella, y la más importante, es que actualmente los medios

son pane fundamental en el desarrollo de la democracia y en los procesos de transición

a la democracia y de ello se deriva la importancia y el poder del que gozan, así es como

en la actualidad "los medios parecen más bien parte del establishment que expresiones

de la ciudadanía". (Sánchez, 2004, p.4).

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. E! caso mexicano ante la "Lev Televisa"

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CAPÍTULO 1

DEMOCRACIA Y MEDIOCRACIA.

1.1 Definición de democracia

la democracia debe guardarse de dos excesos: e! espíritu de desigualdad. que ia conduce a la

aristocracia. y el espíriw de igualdad extrema. que la conduce al despotismo.

Charles Louis de Secondat, señor de La Brede y barón de Momesquieu

La evolución política de la comunidad internacional se ha configurado a partir

de los resultados de la Guerra Fria, es decir, prevaleció el surgimiento y desarrollo de

sistemas políticos en función de la democracia. Lo anterior se evidenció con lo que

llama Huntington, la tercera ola democrática que precisamente explica la expansión del

proceso democratizador del mundo impulsado por factores políticos, económicos y

sociales.

Sin embargo, la democracia sigue siendo uno de los conceptos más utilizados en

el mundo actual pero al mismo tiempo es un elemento de gran complejidad en cuanto a

su significado, debido principalmente a que existen un sin fin de definiciones, que en

lugar de crear una misma idea entorno a lo que es y representa, genera una mayor

confusión.

Los antecedentes más remotos de la democracia se encuentran en Atenas. Lo que

implica este concepto es la participación de los ciudadanos en la dirección de los

asuntos de la ciudad, al igual que supone un gobierno que limita sus acciones a las leyes

previamente establecidas, es decir, un gobierno limitado por la ley.

Una de las definiciones más simples de democracia proviene de la etimología de

la palabra griega demokratia, en donde demos significa pueblo y kratos significa

autoridad o poder. Por lo tanto, democracia significa el poder del pueblo o gobierno del

pueblo. Sin embargo, está definición es sencilla y carece de profundidad pero representa

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La mediocracia. La relación entre medios de comwzicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televiso"

un primer acercamiento al concepto, por lo que es necesario analizar más detalle lo que

representa y engloba la democracia.

A la democracia debemos entenderla como una forma de conducirnos

políticamente, una manera de llevar las cosas dentro de la esfera de lo público. Para

entenderlo mejor Woldenberg y Salazar lo definen de la siguiente forma:

"La democracia es, por lo tanlo, una forma de gobierno, un modo de organizar

el poder político en el que lo decisivo es que el pueblo no es sólo el objeto del gobierno

-lo que hay que gobernar- sino también el sujeto que gobierna. Se distingue y se opone

así claramente de uno -la monarquía o la monocracia- o al gobierno de pocos -la

aristocracia y la oligarquía. En términos modernos, en cambio, se acostumbra oponer

la democracia a la dictadura, y más generalmente, a los gobiernos autoritarios.

(W o lderberg, 200 1, p .15).

Dentro de esta definición, se puede observar el papel preponderante que tiene el

individuo al elegir a sus gobernantes y participar en la decisión de políticas públicas y

demás aspectos que le son de su interés. De igual forma, se deja entre ver la relación en

dos vías entre el gobierno y los gobernados, es decir, la existencia de un fluJo de

información en dos sentidos, una especie de retroalimentación, en donde el gobierno y

la sociedad interactúan con un fin en común, mismo que es definido por las necesidades

de la sociedad.

En este sentido, Bovero menciona que la democracia se define como "el sistema

de reglas del juego, que permiten participar de manera igual a todos los individuos en la

determinación de las decisiones y orientaciones políticas de la colectividad en la que

viven, formulando y reformulando periódica y libremente las propias preferencias".

(Bovero, 2000, p.5).

En la democracia, entendida por Bovero, la formulación de preferencias es una

elemento de suma importancia, ya que permite expresar los diferentes puntos de vista al

interior de un Estado o régimen, lo que puede dar paso al pluralismo y con ello a un

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa "

verdadero espac10 de dialogo. Precisamente la reformulación periódica de dichas

preferencias es la base del entendimiento y ele! orden general en una democracia.

Debido a esta relación y participación de los ciudadanos y retomando la teoria de

Robert DaW se puede mencionar que '·son democracias todos los regímenes que se

distinguen por la garantía de la más amplia participación política de la población adulta

femenina y masculina y por la posibilidad de disenso y oposición" (Morlino, 2005,

p.35). 1 En esta definición se observar a la democracia como la garante de la

participación de la población y en específico de los ciudadanos, lo importante a destacar

es que Dahl ya hace mención de la participación en general, sin distinción de sexo.

Un elemento más que se aprecia de esta definición es que la democracia permite

la creación de espacios en donde diferentes formas de pensar pueden interactuar, en

donde se da la creación de un dialogo y se analizan los diferentes puntos de vista de la

sociedad y en donde se genera el flujo bidireccional entre el gobierno y los ciudadanos

para la creación de esas metas en común.

Sin embargo, el mecanismo más importante mediante el cual la sociedad puede

participar en la toma de decisiones aún no ha sido abordado, por lo cual las definiciones

antes mencionadas son parcialmente correctas. Al mecanismo de participación al que se

hace referencia es el voto. Uno de los instrumentos fundamentales para la democracia es

el ejercicio ciudadano de votación, mediante este elemento la sociedad expresa

claramente sus prerreferencias, además de que se conforma como el medio por el cual la

sociedad puede elegir a aquellas personas que buscan representarlos en el gobierno.

Para que el voto pueda cumplir como máximo instrumento de participación en la

democracia, este debe de ser universal, debe de incluir a todas las personas que cumplan

con los requisitos de ciudadanía que cada Estado estipula sin ningún tipo de distinción

basado en el sexo, religión, raza o etnia.

1 Dahl, Robert. Citado en Morlino, Leonardo. "Definiciones de democracia" en Democracia y democratizaciones. Ediciones Cepcom. México, 2005. p.35.

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!..,a mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

Tomando en cuenta el papel relevante que juega la participación de la sociedad a

través del voto, Giovanni Sartori hace notar que la democracia en este sentido se puede

ex.presar como "el mecanismo que genera una poliarquía abierta cuya competición en el

mercado electoral atribuye poder al pueblo y específicamente impone la reciprocidad de

los representantes con respecto a sus electores". (Morlino, 2005, p.35). 2

En la democracia, los únicos valores comunes a todos los ciudadanos son los

derivados de la naturaleza y dignidad humana, entre los que resaltan el respeto a la vida,

a la propiedad, a la libertad y la creación de un ambiente de paz y justicia, para que cada

persona busque sus propios fines, tanto materiales como espirituales.

Analizando la definición de Sartori, se introduce una nueva palabra poliarquía,

por esta palabra se entiende que sólo un grupo reducido es el que puede participar como

representantes y este grupo en la modernidad esta identificado con la clase política, es

decir, aquellos que aspiran a obtener el poder delegado de la sociedad. Además se puede

observar que el voto le proporciona un cierto poder a la ciudadanía, la cual tiene la

responsabilidad de elegir a sus propios representantes. Además, considera la

reciprocidad entre las dos figuras, los gobernantes y los gobernados, como fundamental

para entender que ambas figuras son importantes en la democracia y no solamente una

es la preponderante en la toma de decisiones.

Continuando con la importancia de la idea de Sartori, es de llamar la atención

que él introduce la idea de competencia al mencionar que esta clase política o poliarquía

tiene que pelear por el apoyo de la sociedad en un mercado electoral, justamente esto es

lo que le da imponancia y poder a la sociedad. La relevancia de la sociedad entorno a la

competencia electoral esta dada en el sentido que esta poliarquía tiene que captar y

ofrecer cosas que satisfagan las necesidades de estas personas para asegurar su apoyo.

Retomando la idea de disenso plateada por Dahl, la democracia se configura

como un espacio en donde las diferentes voces tienen participación, lo cual puede

2 Sartori, Giovanni. Citado en Morlino, Leonardo. "Definiciones de democracia" en Democracia y democratizaciones. Ediciones Cepcom. México, 2005. p.35.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

generar diferentes problemáticas y es justamente en donde El consenso y el disenso son

realidades que se encuentran en compleja interacción. Con ello, se quiere decir que

debido a esa gran diversidad de voces muchas veces puede ser dificil generar un

consenso en donde cada una de las partes participantes este de acuerdo sobre un curso

de acción. Justamente este pensamiento nos introduce a un elemento más en la

democracia que es el pluralismo.

El pluralismo hace referencia a la existencia garanuza de diferentes voces y

puntos de vista, además que estos mismos pueden ser expresados y tomados en cuenta.

El pluralismo de esta forma, se conforma corno una pieza clave dentro de la democracia

para asegurar el dialogo en los aspectos públicos, pero a su vez representa la clave para

la conformación de consensos, por ello, se puede expresar que sin pluralismo no hay

democracia. Luego entonces, democracia es pluralidad.

Justamente el pluralismo y la creación de los pactos entre la sociedad es lo que

conlleva a Luis Maira a expresar que "la democracia es la respuesta a la angustia de

Hobbes y a la amenaza del Leviatán y de un hombre poco solidario que necesita un

pacto social y una autoridad qu_e regule, dividiendo, el enorme poder que se genera en

una sociedad" (Maira, 2004, p.21 ). Así, el autor continúa desarrollando el concepto de

la democracia y le otorga un gran peso al reconocimiento de grupos mayoritarios y

minoritarios en las relaciones de poder en una democracia lo que genera un intercambio

libre de de opiniones e ideas, lo cual tiende a fortalecer a la democracia:

"reconocer la validez de la expreswn de los otros que no piensan como

nosoiros, pero que maiiana pueden ser la base de nuevas mayorías legítimas en un país,

es el fundamento de una cultura que no relativiza las nociones fundamentales del

respeto a la vida y la dignidad de las personas, pero sí o.frece espacios, participación y

diálogo" (Maira, 2004, p.22).

Una de las formas en que se puede expresar la pluralidad es precisamente

basándose en la diversidad de los pensamientos de una sociedad, se puedan generar

diferentes grupos que representen a las personas. Con ello, se hace referencia a que

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dentro de una democracia la existencia de estos grupos es un pnmer paso para la

conformación de los partidos políticos. Los cuales no son otra cosa que grupos de

personas asociados entorno a una serie de valores en común y a una misma forma de ver

las cosas.

Precisamente estos elementos que se reílejan en la pluralidad son los que dan

paso o permiten la existencia de la poliarquía, en el sentido que solamente en dichas

sociedades plurales en donde existe "el reconocimiento de la dispersión en el poder, la

presencia de ciudadanos con distintos intereses con posibilidad de agruparse libremente,

la existencia de de grupos de interés" (Iriarte, 2003, url). Esto permite la interacción de

diversos puntos de vista, lo cual a fin de cuentas enriquece la base de la sociedad y

genera una mayor participación, aspecto central en la democracia.

Por ello, Robert Dahl expresa que el ténnino de democracia real es utópico, es

decir, es un camino a seguir el cual es imposible alcanzar. Por ello, el hace referencia a

la necesidad de centrarse en prácticas reales o poliarquías, entendidas como fueron

definidas anteriormente. Justamente por este proceso que comenta Dahl es que las

poliarquías pueden ser comúnmente identificadas y asociadas como democracias.

En gran parte tiene razón Dahl en el sentido que la democracia tiende a ser un

ejercicio del poder en unas cuantas manos, pero sin dejar a un lado la participación de la

sociedad y ese reconocimiento de la pluralidad que da paso al ejercicio democrático. La

idea central es que las poliarquías pueden configurarse corno un elemento positivo, a

pesar de las implicaciones que. el concepto tiene y es así como recobra importancia la

idea de Aristóteles al enunciar que la democracia es el menor de los males.

La democracia es un concepto muy amplio y con muy diversos significados, por

ello, es importante determinar cual son los aspectos fundamentales mínimos para definir

a la democracia y tener un parámetro para poder determinar si una sociedad es más

democrática que otra. Esta definición mínima, según Morlino, debe considerar que un

régimen para ser considerado como democrático debe "presentar al menos: 1) sufragio

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

universal; 2) elecciones libres, competidas, periódicas; 3) más de un partido; 4) fuentes

de información y alternas". (lriarte, 2003, url).

El elemento importante que se desprende de esta definición mínima de la que

habla Morlino, es la necesaria existencia de fuentes de información para que de esta

forma la sociedad se pueda informar acerca de los aspectos que ocurren en la arena

política y de esta forma pueda ejercer su voto de forma racional. Sin embargo, como

bien señala este autor, no solo es necesario la existencia de dichas fuentes, sino que

también deben de ser alternas. Es decir, los medios de información con los que cuenta

una sociedad, deben de ofrecer distintos puntos de vista y no solo presentar una visión

como la realidad absoluta. Esto es fundamental, por que nuevamente ayuda a sustentar

la idea de pluralidad.

Es necesano reconocer que la democracia se debe sostener en una sene de

valores o instrumentos institucionales que permitan su óptimo funcionamiento y que

aseguren la configuración de los elementos antes señalados en la definición mínima. Es

así que Dahl señala la existencia de ocho garantías institucionales las cuales deben estar

presentes en cualquier democracia, estas son: " a) libertad de asociación y organización;

b) libertad de pensamiento y expresión); c) derecho de voto; d) derecho de los líderes

políticos para competir por el apoyo electoral; e) fuentes alternativas de información; f)

posibilidad de ser electos a los cargos públicos; elecciones libres y competidas; h)

existencia de instituciones que hagan a las políticas gubernamentales depender del voto

y de otras expresiones de preferencia". (Morlino, 2005, p.46-47). 3

En efecto, estas garantías deben de asegurarse en cualquier régimen político para

que pueda ser calificado como tal. Corno se puede apreciar, los pilares que sustentan a

estas garantías son la libertad y la igualdad. La libertad se manifiesta a través de

derechos implícita y explícitamente reconocidos: derechos civiles, políticos y sociales.

Por lo que se refiere a la igualdad en un sistema político, hace referencia al principio

jurídico por el cual se reconoce a todos los ciudadanos, sin distinción de clase, raza o

religión, su capacidad para los mismos derechos.

3 Dahl, Robert. Citado en Morlino, Leonardo. "Definiciones de democracia" en Democracia y democratizaciones. Ediciones Cepcom. México, 2005. p.46-47.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa "

Una definición más de la democracia la proporc10na Joseph Schurnpeter, autor

que considera que la democracia tiende a restarle un cierto poder a la sociedad debido a

que esta únicamente se limita a escoger a una serie de representantes dentro de un

abanico de opciones, que al paso del tiempo tiende a caer el número de participantes y

la calidad de los mismos.

De esta forma la sociedad de cierta forma se desplaza de su posición como base

de la democracia hacia una posición de simple observador y seleccionador de lo que le

parece la mejor opción política. Es así que Schumpeter define a la democracia como "un

sistema institucional, para llegar a las decisiones políticas, en el que los individuos

adquieren el poder de decidir por medio de una lucha de competencia por el voto del

pueblo". (Emmerich, 2005. p.15).

La democracia definida de esta manera proporciona el espac10 para observar

que la relación que se hacía referente entre gobernados y gobernantes y el flujo de

comunicación en dos vías es reducido a una simple participación por parte de la

sociedad que consiste simplemente en seleccionar al mejor candidato, según los puntos

de vista de la sociedad misma.

Se observa que este efecto de desplazamiento que reciente la sociedad es muy

cercano a lo que se denomina como democracia delegativa, la cual es defina por

Guillermo O 'Donell corno "aquella en que los ciudadanos eligen en elecciones

razonablemente competitivas a un titular del Ejecutivo que habrá de gobernar por cierto

periodo, lo que hará con amplias facultades y escasos controles, y usualmente

invadiendo otros ámbitos" (Emmerich, 2005, p.16).

Es decir, se observa que este tipo democracia minimiza la participación de la

sociedad y la limita solamente a delegar su poder a una sola persona la cual busca

concentrar más dicho poder en su persona y desdeñar aquellos sistemas de control sobre

sus acciones y responsabilidades.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante lo. "Ley Televisa"

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.Ante ello, en las democracias se puede observar una gran preocupación por parte

de la sociedad, la cual exige que existan diversos sistemas o mecanismos de control

sobre aquellas personas a las que se les elige o delega el poder, existe una demanda real

"por una participación más efectiva de los ciudadanos en las decisiones reales, junto con

la exigencia de mejores y más efectivos mecanismos de control ciudadano sobre

representantes, gobernantes y funcionarios públicos" (Emmerich, 2005, p.17). Esta

demanda se hace, debido a que en las democracias es fundamental la participación de la

sociedad en la conducción del Estado y de sus políticas públicas. Por ello, se busca que

la sociedad vuelva a retomar ese poder de decisión y de participación que la

caracterizaba.

Es fundamental recalcar que la democracia es un régimen de vida, es un proceso

en evolución. En este sentido, no hay democracia perfecta, ya que evoluciona junto con

su pueblo. Bobbio señala "para un régimen democrático, estar en transformación es el

estado natural; la democracia es dinámica, el despotismo es estático y siempre igual a si

mismo" (Bobbio, 1986, p.7).

La democracia no constituye un orden social unitario y homogéneo desde el

punto de vista de valores. Una de las características fundamentales de la democracia es

respetar los diversos órdenes de valores de los miembros de la sociedad. Para que de

esta forma, la democracia no solamente se quede en un tipo de régimen político, sino

que trascienda y logre convertirse en un modo de vida para todos, es decir, que la

democracia se convierta en la esencia de todas las cosas y actividades al interior de los

Estados. Todo ello, con la finalidad de alcanzar esa democracia utópica de la que

hablaba Robert Dahl.

Como se puede observar, la democracia es un concepto muy complejo el cual

cuenta con una gran diversidad de definiciones, Jo cual genera la problemática debido a

que cada quien puede identificar y entender la democracia de diferente manera. Sin

embargo, como se puede apreciar, en la democracia existen ciertos elementos comunes

entre estas definiciones, elementos que pueden ser utilizados para generar una

definición clara.

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Ante ello, en el presente trabajo, democracia será abordada desde la definición

mínima de Leonardo Morlino. Esto se debe a que dicha definición cuenta con los

elementos básicos mediante la cual se puede comparar y saber, bajo mismos parámetros,

si una sociedad es democrática o no. Sin embargo, para enriquecer dicha definición,

también se tomarán los conceptos u garantías institucionales de Robert Dahl.

Teniendo en cuento todo ello, democracia será entendida como el régimen

político mediante el cual un Estado se conduce y se organiza al interior con base a dos

elementos fundamentales, la libertad y la igualdad. Busca, o al menos tiende, a la

generación de consensos a pesar de la pluralidad existente en la sociedad. Como

características fundamentales tiene el sufragio universal: la existencia de elecciones

libres, competidas y periódicas; la existencia de un sistema de partidos en el cual se

asegura la presencia de más de un panido; y por último un Estado democrático deberá

de contar con un sistema de información no comrolado y que garantice la existencia de

fuentes de información alternas, es decir, que exista una pluralidad informática. Así

mismo, la democracia siempre velara por aquellos elementos que la fundamentan como

la libertad de asociación, organización, expresión; por el derecho de voto universal; la

existencia de instituciones políticas y sociales que logren configurar un marco legal, es

decir, un Estado de Derecho que permita legislar y proteger todas estas garantías

esenciales que definen a la democracia.

Finalmente cabe señalar que un país no puede ser democrático por decreto ni

solo por la vigencia de un marco legal que garantice elecciones y demás procesos corno

la pluralidad. Es posible que se puedan regir las mejores leyes para garantizar procesos

electorales confiables, pero la participación de los ciudadanos es fundamental para dar

vida al proceso y a la vida democrática de un Estado. Por ello, el papel que juega la

sociedad, sobre todo los ciudadanos, es fundamental para el desarrollo y fortalecimiento

de la democracia, por lo que no se debe dejar a un lado o menospreciar la importancia

de la sociedad en la construcción del concepto de democracia.

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1.2 Democracia en México

El camino de la democracia mexicana es un proceso que se ha ido construyendo

poco a poco en las diferentes etapas de nuestra historia. Primero tenía que consolidarse

el Estado Nacional y organizarse una sociedad civil, que fue obra del gobierno juarista.

Después se buscó salir de la bancarrota permanente del erario nacional, pero fue hasta la

Revolución social de 191 O cuando, al acuñarse por primera vez los derechos sociales en

la Constitución de 1917, se completaron los cimientos para edificar la vida democrática

de México.

La democracia en México es un concepto que ha pasado por diversas etapas, sin

olvidar el gran peso y obstáculo que el autoritarismo del partido oficial ejerció y

representó durante más de 70 años. Sin embargo, dentro de esta hegemonía del partido,

se esbozan un proceso gradual que parte de la intención de cambio de una dicta-blanda,

protagonizado por el partido hegemónico, hacia el establecimiento de una democracia.

En otras palabras, retornando la metáfora de Emilio Rabasa Gamboa (2000), se puede

observar que la democracia mexicana es como la marea que sube; retrocede sólo para

regresar con mayor fuerza, y pronto uno se da cuenta que al cabo de todas sus

fluctuaciones sigue ganando terreno.

En primer lugar se puede observar que México no ha tenido, desde que se

conformó como un Estado independiente, una tradición democrática. Lo anterior, no

significa que no haya existido, sino que solamente ha habido esbozos de democracia,

como la elección del primer congreso del México ya independizado, el periodo de

Madero que termina siendo asesinado. Por ello es que México no ha tenido una cultura

democrática o una tradición democrática, por lo mismo las transiciones que se han dado

en el país han sido a través de la violencia y uso de las armas.

El camino gradual y esbozado de este proceso democrático llevó al país a uno de

los elementos esenciales para la llegada de la democracia, es decir, en el año 2000 se

alcanzó la alternancia política a nivel federal, con lo cual se cristaliza con mayor

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impulso los resultados de la transición, es decir, la imparcialidad electoral, la equidad, la

jurisdicción electoral y sobretodo, el pluralismo político. Este último punto ha sido

esencialmente importante, ya que evidencia la capacidad del sistema político para

impulsar las alternativas y con ello, la competencia de cualquier proceso electoral.

La democracia en México ha sido un fenómeno que se ha configurado de manera

gradual por diversos elementos, como lo es el pluralismo, lo cual genera ia siguiente

pregunta ¿Por qué el pluralismo es una pieza clave para la consolidació11 de una

democracia mexicana? Con la finalidad de contestar esta pregunta se hará una breve

descripción de la formulación del pluralismo en México, y así entender la importancia

de su presencia en el contexto político.

Cabe rescatar el hecho de que en México, el pluralismo político básicamente

quedaba anulado por la hegemonía del partido único, el PRI, y ante ello '"faltaba el gran

paso hacia un sistema pluripartidista por el cual todos los partidos, todas las corriente de

opinión, por más diversas que fueran, tuvieron asegurado Wl lugar en la representación

nacional y con ello su participación en el debate político nacional" (Labastida, 2000,

p.12). Por lo que, su formulación era esencial para el establecimiento de la derr,.ocracia.

El cammo que escogió México para realizar dicha transición ha sido el

reformismo, sobre todo en materia electoral. Debido a que este era el sector más

atrasado en la política nacional y se da como respuesta a la crisis que sufre el sistema en

1968 con el movimiento estudiantil, ya que "las movilizaciones políticas emanadas

desde el seno de la sociedad civil contribuyen a acelerar una crisis política o in.fluyen en

un proceso de cambio de régimen así como en su posterior consolidación" (Cansino,

2000, p.4 7). Es justamente lo anterior lo que provocó un miedo en la clase política

dominante y por lo mismo decide empezar a generar una apertura del sistema político,

con el fin de legitimar su poder, sin embargo, dicho miedo o preocupación fue que la

movilización se dio de un sector del cual el gobierno estaba orgulloso por el crecimiento

exponencial que había tenido, es decir, el sector estudiantil.

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La transición democrática en el caso mexicano se da a través del liberalismo el

cual es "un proceso de apertura gradual y controlada de un régimen autoritario,

instrumentado por la propia élite en el poder como respuesta institucional a la

emergencia de factores de diversa índole que han puesto en riesgo la estabilidad o la

propia continuidad del régimen." (Cansino, 2000, p.60). Por ello, es que después del

movimiento estudiantil, una de las primeras reformas que se hicieron en materia

electoral, fue reducir la edad para votar, de 21 a 18 años, esto permitió que los jóvenes

estudiantes tuvieran una mayor participación y con ello el régimen ganara legitimidad

en este sector que había puso a temblar a la clase política dominante.

A partir de la reforma integral de 1977, se inicia la conformación del pluralismo,

ya que se introduce el sistema mixto de representación proporcional y mayoria relativa,

lo que permitió la presencia de diferentes partidos en la Cámara de Diputados. aunque

obviamente el dominio de la misma la seguía manteniendo el PFJ. En 1990. con la

reforma introducida por Carlos Salinas de Gortari se suprime la cláusula de

gobernabilidad, ya que se reduce la sobre-representación en la Cámara de Diputados a

185 emules para la oposición y 3 l 5 al parido mayoritario. Asimismo, la reforma de

1996 elimina la sobre-representación de dos maneras, primero el tope máximo por

partido político seria de 300 diputados, lo que precisamente sigue disminuyendo la

cláusula de gobemabilidad. Por otro lado, se introduce el principio de representación

proporcional para la elección de 32 senadores.

Como se puede observar, el pluralismo había sido un aspecto olvidado desde

surgimiento del partido hegemónico en 1929, sin embargo, gracias al proceso de

transición, el pluralismo se pudo construir para estar presente en la escena política, ya

que como lo menciona José Woldenberg, "el pluralismo, permite no solo relativizar las

certezas políticas, sino teóricamente obliga a un procesamiento más cuidadoso y

racional de los asuntos públicos" (Woldenberg, 2000, p.36).

Uno de los principales problemas que se encuentran en el cammo hacia la

democracia mexicana es la falta de consenso, pactos o alianzas y con ello, el fallo en la

gobernabilidad ha minado la consolidación de la democracia mexicana. Es importante

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La mediocracia. La relación entre medios rie comunicación v democracia. El caso mexicano ante la "Lei Televisa"

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mencionar que "la existencia de un pacto o acnerdo no es un rasgc indispensable pc!ra el

desarrollo de un proceso de transición. Sin .:::mbargo, su existencia determina en sí

misma las condiciones bajo las cuales se realiza dicho proceso'' (Cansino, 2000, p.51 ).

Las reformas de haber sido pactadas y conciiiadas entre las diferentes fuerzas

políticas hubieran sido el camino perfecto para que se diera b alternancia y al mismo

tiempo se pudiera llegar al momento de la consolidación democrática. Sin embargo, las

reformas fueron impulsadas por un solo actor, que era el PRJ y que por lo mismo esas

refomias iban enfocadas solamente a reformar o cambiar ciertos aspectos que pudieran

en cierta manera darle legitimidad al gobierno autoritario del PRI y que al mismo

tiempo pudieran parecer corno reformas necesarias e integrales.

Este contexto ha generado repercusiones importantes hacia la sociedad

mexicana, al ocasionar una pérdida de confianza hacia los actores políticos e

instituciones, lo cual ha impedido que se formule una verdadera cultura política,

entendiendo ésta corno ''valores, concepciones y actitudes que se orientan al árnbi to

específicamente políticos, es decir, el conjunto de elementos que configuran la

percepción subjetiva que tiene la población respecto del poder" (Peschard, s.f, url). La

cultura política se expresa como otra opción, además del consenso, para terminar con la

democracia de baja intensidad que actualmente vivimos.

Por lo tanto, la democracia que México está experimentado se ha debido, entre

otras cosas, por la falta de consenso entre los actores y la falta herramientas que

permitan la construcción de una cultura política, ya que ésta es afectada por la forma

con que operan las estructuras políticas. Este aspecto claramente lo afirma Jacqueline

Perschard, al expresar que "no podrá florecer una cultura política democrática si las

instituciones gubernamentales y de representación funcionan a partir de criterios de

unanimidad y no de construcción de consensos y acuerdos capaces de recoger la

pluralidad política de la sociedad" (Peschard, s.f, url).

Esta última es indispensable, para que la democracia se consolide, ya que s1

recordamos a Rustow, precisamente la consolidación de la democracia se dará cuando

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ésta se convierta en una cultura, es decir, en cultura democrática, en una fonnn de vida,

la cual solamente se va a llegar a cimentar con la evolución de la culturn política " ( ... )

que la democracia funcione en la práctica y no sólo de forma, y que la población esté

convencida de que la única opción posible es la democracia, y de que no puede haber

otra alternativa para llegar al poder y gobernar" (Flores, 1999, p.15).

El principal motivo de que las reformas prov1meran del mismo gobierno

autoritario, respondía a una serie de variables, entre las cuales se encuentra la situación

que vivía el país con las recurrentes crisis económicas, por lo que las refonnas en

materia electoral iban dando mayor libertad y participación a la sociedad. De la misma

manera, estas reformas iban con el principal objetivo de legitimar el gobierno autoritario

del partido hegemónico, es decir, que iban modificando la arena política de tal manera

que el PRI siguiera tenjendo el control en la Cámara de diputados y senadores, que

controlara las elecciones y en sí, que tuviera el monopolio político del país, impidiendo

el desarrollo de la transición democrática.

Sin embargo, estas reformas sobre pasaron todo lo pensado e imaginado por e!

PRI, en el sentido, de que las mismas reformas que se fueron dando desde el 77 hasta la

del 96, fueron de una forma u otra creando el camino de hacia la democracia y que

permitieron la alternancia en el 2000 y sobre todo la consolidación de la democracia

mex1ca.TJa con la victoria de Felipe Calderón, en las elecciones más cerradas de la

historia.

México es un país que experimentó un proceso gradual para obtener la

democracia, para ello se configuraron elementos esenciales para el desarrollo y la

evolución del mismo. Un claro ejemplo, es el pluralismo ei cual representa la

participación y un alto grado de competitividad en el escenario político, dotándolo de

diversas opciones y alternativas para la conformación de un plural sistema.

Cabe mencionar o analizar a la democracia mexicana desde la defmición dada en

la primera parte de este capítulo. En este sentido, podemos observar que la democracia

en México efectivamente cumple con el papel de reglamentar la vida de los mexicanos y

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La mediocracia. La relación emrc medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

conducir las acciones del Estado. Al mismo tiempo, se puede observar que los sustentos

de la definjción que son la libertad y la igualdad están presentes en México, al grado de

que son parte fundamental de la Constitución de 191 7 que nos rige y que aún sigue en

vigencia.

Uno de los aspectos que crea una mayor problemática es en cuanto a las

elecciones libres, competidas y periódicas. En la democracia mexicana se puede

observar que aún al día de hoy, la parte referente a las elecciones competidas tiende a

ser cuestionada, ya que se sigue pensando que el Ejecutivo ejerce una gran influencia en

los comicios electorales, lo cual genera desconfianza y ello mina la importancia y

relevancia y transparencia de las elecciones, punto fundamental en una democracia. Por

otro lado, las elecciones en nuestro país no han sido interrumpidas por ningún fenómeno

específico y han mostrado una continuidad.

En lo referente al sistema de partidos se puede observar que dicho sistema se

encuentra más abierto a la participación de diferentes voces que representan la

pluralidad en el país. Según el criterio numérico de Sartori, el sistema de partidos en

México era un sistema de partidos hegemónico, pero que a través de las reformas se fue

abriendo para generar un pluralismo limitado, es decir, de 3 a 5 partidos políticos. Este

Pluralismo limitado aún persiste en nuestro país, cabe recordar que fueron cinco los

partidos políticos que participaron en los comicios electorales de 2006. Sin embargo,

cabe señalar que a pesar de lo limitado del sistema, la democracia mexicana cumple con

el criterio de la existencia de más de un partido político.

En cuanto a la existencia de fuentes de información, la democracia mexicana

cuenta con diversos medios de comurucación que le permiten a la sociedad mantenerse

informada de los hechos más relevantes, aunque actualmente y a raíz de la "Ley

Televisa", aprobada en 2006, se cuestiona que la información que transmitan sea la

mejor para la ciudadanía y los medios de información alternativa quedan vulnerables,

por lo cual se puede observar una debilidad en los requisitos de la democracia.

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La mediocracia. La relación emre medios de comunicación v democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

Por último, podernos observar que México, actualmente, si puede denominarse

como una verdadera democracia, claro con sus pequeños o grandes problemas, pero en

términos generales puede ser considerado como una democracia en vías de

consolidación. De igual forma, se aprecia que el Estado Mexicano se hace garante de las

libertades de expresión, de asociación, de organización, ya que estos derechos se

encuentran establecidos en la Carta Magna bajo el titule de garantías individuales.

De la misma forma, la democracia mexicana protege y asegura el voto universal

sm distinción algw1a de sexo, raza o religión. Es decir, el voto es garantizado para

cualquier ciudadano que compruebe ciudadanía mexicana y sea mayor de edad (18

años). Por otra parte, en México si existen instituciones políticas y sociales que

configuran un marco regulatorio de las actividades del Estado. En una primera instancia

se encuentra la división de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial. En donde el

último, en recientes años ha logrado consolidarse como un verdadero poder y crear la

idea de pesos y contrapesos que se asocia con dicha división de poderes.

De igual forma, existe un organismo que vigila y regula las elecciones en el país,

dicho ente es el Instituto Electoral Federal. el cual se encarga de todas las cuestiones

electorales, lo más importante de esto es que es un instituto totalmente autónomo, en el

sentido de que no depende del gobierno y mucho menos esta conformado por personajes

poiíticos.

Sin embargo, el problema de México radica en el renglón de la· creación de un

verdadero Estado de Derecho, que vele por la protección de los derechos y obligaciones

de los ciudadanos, así como asegure que las autoridades actúan de acorde a sus

funciones y en beneficio de la sociedad. Es decir, en México aún no existen los

verdaderos mecanismos que le permitan al ciudadano sentirse libre y con la seguridad

de que el Estado lo protege.

Sin embargo, en términos generales y de acorde a la definición de democracia

de Leonardo Molino, México claramente puede ser identificado y nombrado como un

país democrático. Aunque la calidad de dicha democracia mexicana es y puede ser

cuestionada, por ello, se habla de una democracia en vías de consolidación, ya que

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

existen elementos como la conupción que impiden dar ese paso firme hacia la

consolidación de una verdadera democracia liberal.

1.3. La Mediocracia

La importancia de estudiar a los medios de comunicación esta dada en el sentido

en que los medios de comunicación en los últimos años se han conformado como un

verdadero instrumento de poder y sobre todo por la gran influencia que tienen en la

formación de la opinión pública de cualquier sociedad. Además, los medios "permean

todas las actividades humanas de manera tan insistente, intensa y extensa, que el

entendimiento de cómo funcionan, con que contenidos, intereses y resultados, es

fundamental lo mismo para explicarnos las vanac10nes de la economía, que las

tensiones de la política" (Esteinou, 2007, url).

Ante esta situación, es que los medios de comunicación masiva alrededor del

mundo se han convertido en actores fundamentales para entender y para dar a conocer

los procesos políticos que suceden en los diferentes Estados. Por ello, es que los medios

de comunicación son considerados como "aliados naturales de la arena pública abierta y

democrática en la que los políticos no sólo ven juzgados sus acciones, sino en la que

deben justificar su conducta" (Guerrero, 2003, p. 2).

Es justamente este aspecto lo que permite identificar tres funciones básicas de

los medios de comunicación dentro de la democracia, siendo estas "vigilar contra los

abusos de poder por parte de la autoridad; proveen de información a los ciudadanos; y

por último son en sí mismo espacios abiertos para el libre debate" (Guerrero, 2003, p.

3 ). Los medios justamente están para ser el perro guardián del Estado, es decir, tienen la

función de dar a conocer cualquier tipo de irregularidades que se puedan presentar en el

ejercicio del poder y así informar a la sociedad, lo cual lleva a la segunda función en

donde los medios deben de mantener informados a los ciudadanos con la finalidad de

generar una opinión pública informada que genere resultados positivos en los debates y

en la participación de la ciudadanía en los aspectos públicos.

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Cabe señalar que estas funciones son las tareas ideales que tendrían que

desempeñar los medios en la democracia, sin embargo, ia situación ha cambiado en el

sentido que los medios de comunicación han experimentado un cambio producido por

una variable económica que ha hecho que los medios de comunicación comiencen a

observar la información como un bien comerciable en donde pueden obtener grandes

beneficios y debido a este "aspecto mercantil de la información ha motivado la

afluencia del gran capital hacia los media" (Kapuscinski, 1999, url), lo cual a llevado a

la concentración de la propiedad de los medios y con ello a que tengan un poder muy

importante en la arena política.

El posicionamiento de los medios en la arena política y su gran influencia en los

procesos políticos los ha puesto como piedra angular de la política, ante ello es que la

democracia se transforma para dar paso a la mediocracia, en donde los medios de

comunicación son la clave de todo el sistema político y social, pero sobre todo se puede

apreciar que los medios de comunicación se lanzan a la conquista del poder político, por

lo mismo, la mediocracia puede ser definida corno

"el poder político de los medios, que en ve de enfrentar a! Estado en nombre de

los ciudadanos, enfrenta ahora a los ciudadanos, como mercado, con la complicidad

del Estado cuando el gobierno no representa a los ciudadanos, sino a las elites

políticas en complicidad con el gran capital" (DusseL 2006, url).

Uno de los principales elementos que se pueden observar que dan paso a las

mediocracias es la concentración de los medios de comunicación en unas cuantas

manos, es decir, en una pequeña élite que mantiene el control del acceso a los medios,

lo cual representa un obstáculo para la democracia debido principalmente a que esta

concentración de los medios "ha disminuido la oportunidad de expresar diversos y

alternativos puntos de vista y en este sentido, no se debe de olvidar que la democracia

supone un mercado libre de intercambio de ideas" (Stelling, 2005, url). Ante esto es que

los medios de comunicación se ubican como un elemento poderoso e importante en las

sociedades actuales.

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La mediocracia. La relación emre medios de comunicación y clemocmcia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa··

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De igual fonna es importante mencionar que la importancia de los medios de

comunicación en la política se debe principalmente a que dentro de estos medios la

televisión se ha convertido en el instrumento por excelencia para informar a la sociedad

y ante ello, es que los políticos le han dado una importancia exacerbada ya que la

televisión y los medios en general pueden influir en la generación de la opinión pública

y moldearla. Ante esta situación es que los medios siguen consiguiendo un gran poder

para influir en las decisiones políticas.

Sumado a lo anterior, la sociedad también en parte es responsable por el poderío

que han tornado los medios de comunicación en las democracias occidentales en el

sentido que la sociedad cada vez le ha otorgado más credibilidad a los medios que los

han convertido en verdaderas Bíblias, en donde lo que aparece en ellos es la verdad en

caso contrario ninguna cosa existe, por ello es que los medios dentro de la democracia

"constituyen el lugar de convergencia de la vida pública y es innegable la enorme

influencia que ha cobrado la industria de la comunicación en la arena política'' (Stelling,

2005, url).

Sin embargo, es importante que en la mediocracia la concentración de la

propiedad de los medios de comunicación, con el poder que se les ha otorgado además

de la capacidad de influencia que tienen en la fonnación de la opinión pública, en

mediocracia se puede apreciar que la posibilidad de una elección libre ha sido reducida

debido a que el ciudadano solo cuenta con la información, manipulada o no, que los

medios ofrecen lo cual genera que la sociedad no esté bien informada y con ello su

capacidad de elegir se ve mermada, afectando evidentemente a la democracia, debido a

que "la opinión de los gobernados es la base real de todo gobierno democrático"

(Brunner, 1994, url).

Por eso, en estos tiempo en donde aparece que los grandes temas de la agenda

política se deciden en los medios, Manuel Guerrero (2003) expresa claramente que se

vuelve esencial conocer dos aspectos de la relación comunicación-políticos, uno sobre

la naturaleza de los propios medios y el otro sobre la forma en cómo los políticos han

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estado buscando apoyos en los públicos a través de los medios mismos. Es decir, es

importante por un lado conocer los motivos que mueven a los medios para comunicar e

informar cierta información y por el otro lado analizar las formas en las que la política

busca ayuda en los medios.

Es justamente la opinión pública lo que ha hecho que la relación entre la política

y los medios de comunicación haya cambiado y dicha relación se convierta en una

forma en la que los políticos buscan a través de los medios tener una impacto positivo

entre la sociedad. Los políticos para tener una buena imagen o reputación se han

acercado a los medios para tratar de influir en la percepción que la población pueda

tener de la política, de los políticos e inclusive de las decisiones en materia de políticas

públicas, ante esto es que la relación de los medios y el Estado ha cambiado y parece

dar señales de que existe una atmósfera de servilismo enrre estos dos actores. Lo

anterior. se entiende a la perfección cuando Manuel Guerrero (2003) menciona que

"muchos polüicos creen en el poder prácticamente absoluto de los medios para influir

no sólo en las opiniones, sino hasrn la conducta de los individuos"

La importancia de la opinión pública bajo está dinámica se debe principalmente

a que "los media, al describir y precisar la realidad externa, presentan al público una

hsta de todo aquello en tomo a lo que tener una opinión y discutir" (Brun.T1er, 1994, url).

Es de suma importancia señalar que bajo esta idea es que los políticos y los medios se

han acercado más en su relación, debido a que el gobierno para evitar qu·e sea juzgado y

evaluado por la sociedad ha creado, con la complicidad de los medios, una agenda que

evite dar herramientas a la sociedad para generar un pensamiento critico y al mismo

tiempo una opinión pública que los desfavorezca. Sin embargo, esto puede ser una

contra producción ya que debilita la calidad del debate público y como Robert Dalh

apunta "el grado de riqueza del debate público es un elemento fundamental para medir

el nivel de la democratización" (Klein, 2001, url).

Dentro de la mediocracia, los medios de comunicación gozan de una gran

libertad para fijar los temas en la agenda política, pero hay que señalar que detrás de

esta implantación de estos temas existen una serie de intereses que los mueven a cubrir,

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investigar y presentar algo como noticia, algunos de estos intereses pueden estar dados

por cuestiones económicas, políticas e incluso cuestiones relacionadas a favores con el

gobierno. Esta ultima, es la razón que más preocupa debido a que con ello, los medios

dejan de ser ese instrumento que media entre la sociedad y el Estado y se convierte en

un instrumento del gobierno y de esta forma, la tarea de los medios como perro

guardián se pervierte y se convierte en un actor que ayuda y encubre al gobierno mismo,

por lo cual el ''telespectador de masas, al filo del tiempo, no conocerá más que la

historia telefalsificada y solo un pequeño número de personas tendrán conciencia de que

existe otra versión más autentica de la historia" (Kapuscinski, 1999, url).

Es así como los medios al tener una relación muy cercana con el poder pueden

dejar de cumplir con sus funciones principales y así generar un ambiente en donde las

denuncias del abuso del poder no sean presentadas a la sociedad, lo que va permitiendo

la conformación de la mediocracia y en donde se deja a un lado a la poseedora de la

legitimidad el gobierno, la sociedad.

La relación que se genera entre los medios de información y el Estado, no es

simétrica en el sentido que no es una relación igual entre los primeros con las diferentes

fuerzas políticas del país, sino al contrario, los medios generan una relación cercana con

la élites gobernantes y esto se debe específicamente a que ciertos partidos u actores

políticos son beneficiados por estos medios debido a que "la falta de regulación y

autorregulación de los medios de comunicación les permite a éstos favorecer a algunos

partidos políticos con tarifas de transmisión bajas, sobre todo en tiempo de campañas,

en tanto que a otros despojan con tarifas estratosféricas" (Sherer, 2004, url).

Es así como los medios de comunicación se van conformando como un centro de

poder muy importante en años electorales, debido a que las campañas de los candidatos

dedican la mayor parte de su presupuesto a la generación de mensajes a través de la

televisión. Esto representa una ganancia económica enorme a los corporativos de las

telecomunicaciones, lo que a su vez se traduce en un aumento de su poder e influencia

en la arena política, debido a que los políticos por tratar de ganar espacios y publicidad

televisada otorgan una serie de concesiones que le son favorables a los medios, "pero

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lejos de ser sólo un eco de lo que la clase política dice, la televisión y la radio adquieren

voz propia y sin que nadie lo cuestione, se convierten en la voz principal" (González,

2000, url) y más importante en la arena política, apoyando políticas y campañas

electorales para sus propios fines.

Un efecto negativo que se desprende de este apoyo a los políticos y a sus

campañas electorales es que generan una desinformación que afecta a la sociedad,

debido a que por el poder y las relaciones con los políticos, las campañas electorales son

cubiertas de una deficiente en el sentido que los medios solamente reportan incidentes

que pueden llamar la atención del público, así corno personalizan las campañas· y se

enfocan solamente en las acciones que realizan los políticos y no informan a la sociedad

de forma adecuada acerca de las propuestas y proyectos que pueden tener.

Esto es un grave problema para la sociedad ya que si no cuentan la información

necesaria no podrán generar una verdadera opinión pública y un voto razonado, lo cual

afecta negativamente a la democracia y refuerza el concepto de la mediocracia.

Es así como se puede observar que a través del gran poder que tienen los

medios, éstos pueden apoyar una campaña o a un candidato para obtener beneficios y

conseguir sus intereses propios.

Quizás uno de los elementos que más se ve afectado con la concentración de los

medios de comunicación es que el acceso a los mismos se ve limitado u obstaculizado.

Con el poder que van obteniendo los medios, estos son los que van a decidir quien

puede o no acceder y lo peligroso de ello es que se cae en una violación de la libertad de

expresión y se reduce la pluralidad en el espacio público y sobre todo es contradictorio a

la idea general existente de que la información no es patrimonio exclusivo y excluyente

de los periodistas ni de las empresas informativas.

La relación tan dudosa que se ha presentado en los últimos años enrre los medios

y el gobierno y el claro abandono por parte de ambos actores para con la sociedad es lo

que ha producido que este tipo de ideas se gestionen en la sociedad y que se genere un

30 '-·--

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

ideario colectivo acerca de que "el Estado es la fuente de los principales problemas que

sufre la libertad de prensa" (Waisbord, 2000, url), pero cabria resaltar que no solo es el

Estado, sino de los nuevos intereses de los medios, lo cuales han sido generados desde

que empezaron a observar la información como una mercancía más, por lo mismo no es

del todo correcto solo culpar al Estado.

Finalmente, cabe mencionar que la mediocracia representa un verdadero peligro

para el desarrollo y la calidad de la democracia, debido a que monopolizan la

información, lo cual crea un problema muy grave en la sociedad por que deja a ésta sin

la capacidad de poder utilizar las herramientas que en un inicio la misma democracia

proporcionó para juzgar y evaluar la actuación de sus representantes.

Por eso ante la mediocracia, se puede observar que existe una cns1s de

representación, debido a que la sociedad ya no confia en sus gobernantes debido a la

relación que han creado con los medios y mediante los cuales no ofrecen una verdadera

información que pueda generar un opinión pública bien informada. Pero sobre todo, la

desconfianza se genera a raíz del gran olvido que los políticos y los medios han tenido

con la sociedad y por ello la crisis de representatividad que actualmente se experimenta

en diversos países.

Cabe mencionar que los medios y la situación que se vive actualmente con ellos,

ha sido por una decisión echa por los dueños y operadores de los medios de

comunicación, ya que en principio "los medios, por su parte, pueden elegir entre dos

claras opciones: ser garantes e impulsores del desarrollo democrático, o ser meros

agentes del control social global" (Albarrán, 2003, url). Los medios de comunicación se

han conformado como agentes de control social, en donde junto al Estado, prefieren

darle al espectador diversión, en lugar de mantenerlo bien informado, esto es de suma

importancia cuando se considera a la información como fuente de poder.

Con la decisión de no informar bien a la sociedad los medios buscan debilitar a

la sociedad, al mismo tiempo que ellos se fortalecen y se van abriendo paso en otras

esferas como la política y así dar paso a' la consolidación de la Mediocracia, en donde

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

los medios se han encontrado con un gran poder, el cual dificilrnente dejaran escapar de

sus manos y han visto consolidarse corno un verdadero poder político, al grado de poner

influir de manera directa en diversos procesos políticos.

Los medios de comunicación juegan un papel fundamental en las democracias,

ya que "la calidad de la democracia depende de la calidad de la comunicación que se

produzca en la democracia" (Klein, 2001, url). Esto se debe a que los medios de

comunicación permiten la apertura de la esfera pública y representan a la sociedad ante

el Estado, además de que son la herramienta de la sociedad para conocer de los abusos

que se comenten en el poder y todas las acciones de gobierno. Sin embargo, al tener a

los medios de comunicación corno la piedra angular de la política de los Estados, la

concentración de la propiedad de los mismos, los medios le han dado la espalda a la

sociedad y con ello han dejado de representarlo ante el Estado y más bien los medios

han generado una relación simbiótica con el Estado en donde ambos se utilizan en su

beneficio propio.

Es así como la rnediocracia se configura corno un nuevo reto para la democracia,

ya que es importante mencionar que los medios de comunicación bajo esta dinámica de

conseguir mayor poder e influencia van creando una serie de demandas que se

incrementan y al ser otorgadas por los Estados, los medios se posicionan cada vez más

como el actor político de mayor importancia, lo cual es negativo en el sentido de que se

olvidan de sus funciones primordiales y dejan de funcionar como el vehículo que

vincula y representa a la sociedad ante el Estado.

Con la mediocracia, se puede observar que los medios de comunicación por su

afán de conseguir el poder, se han olvidado de cumplir con sus funciones más

importantes. Es claro que con el nacimiento de la relación y la proximidad entre los

medios de comunicación y el gobierno, los primeros han dejado de ser esos perros

guardianes que están para denunciar y vigilar que los políticos y el gobierno no lleve

acabo actos de abuso de poder y más bien ahora los medios se configuren como los

aliados de la élite política.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

1.4. Los medios en la construcción democrática de México

A partir del desarrollo de la tecnología utilizada en los medios de comunicación

masiva la política ha cambiado de manera radical. Antes la política se hacia de manera

mas personal. Había un contacto directo entre los políticos y los candidatos en las

campañas electorales con la gente a la cual se le trataba de convencer de los diferentes

proyectos políticos, económicos y sociales que se estaban implementando o que se iban

a llevar a cabo en caso de ganar las elecciones.

Desde el sexenio del presidente Miguel Alemán Valdés (1946-1952) ha existido

un vínculo muy estrecho entre el estado y la televisión privada. Basta recordar que a

este político se le ha conocido como el presidente empresario, inclusive su hijo Miguel

Alemán Velasco fue uno de los altos ejecutivos e importante accionista de la empresa

privada Televisa.

La relación de poder entre los presidentes y el dueño de Televisa, Emilio

Azcárraga Milrno, fue algo innegable, incluso el Presidente José López Portillo lo

reconocía: "Emilio tenia muy clara cual era su función política; no intervenía, solo

estaba a las ordenes del Presidente, de todos los presidentes" (Fernández, 2001, p.267).

Estas palabras claramente permiten confinnar la correspondencia que había entre el

Estado y la televisión privada.

Televisa al ser una empresa lo que busca es ganancias económicas. Estas las ha

obtenido por medio de los favores del gobierno, y éste a cambio ha sido bien tratado en

su imagen y en la divulgación de los contenidos y supuestas bondades de los programas

de gobierno. Además la ideología del partido de estado ha sido difundida por medio de

los diferentes programas de televisión.

Los noticieros de la televisión mexicana han sido una pane muy importante en la

formación política de los mexicanos, y éstos juzgan de acuerdo a lo que dice la

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

televisión4. Lo anterior es de suma preocupación para una democracia que apenas esta

naciendo, esto tiene sentido cuando se retoman las palabras de Sartori (2003) el cual

menciona que el pueblo soberano opina sobre todo en función de cómo la televisión de

induce a opinar y en el hecho de conducir la opinión, el poder de la imagen se coloca en

el centro de todos los procesos de la política contemporánea.

Se han encargado de difundir sólo las noticias de manera parcial y soslayando

los problemas importantes que aquejan al país. "además, llegan a tener necesidad de

hacerlo así porque por encima de la divulgación o la explicación, les interesa mantener

la expectación de sus públicos. Indudablemente un pleito entre dos personajes políticos,

mientras mas acalorado y altisonante mejor, resulta mas mediáticamente atractivo que la

explicación de fondo de las diferencias programáticas que puedan tener" (Treja, 2001,

p.120).

De esta forma, se puede observar como siempre ha estado presente una

mediocracia en México, es decir, esto permite observar como los medios se han

preocupado más por entretener que por informar, y sobre todo, se puede apreciar la

alianza entre la élite política y la élite empresarial de México.

Este tipo de información se hace más tractiva para las personas que las cesiones

del congreso de la unión o los informes presidenciales; y sobre todo rentable,

económicamente hablando, para la televisión.

El hecho de que la cultura política mexicana sea débil hace más fácil la

manipulación de las personas. Un pueblo educado y con una cultura democrática sólida

y que ha llevado décadas o incluso siglos construir ( corno en los casos de Estados

Unidos, Francia e Inglaterra, entre otros), cree en sus instituciones y confia en su

gobierno. En el caso mexicano, la cultura democrática es aún escasa y muy joven, por lo

tanto, existe un alto grado de vulnerabilidad, pero sobre todo el margen de perversión de

la misma es muy alto.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "ley Televisa "

Con la relación entre el estado y la televisión privada se ha dirigido la opinión y

la formación de lo cultura política de acuerdo a los intereses de los gobernantes y los

empresarios televisivos. La televisión jugó, y lo sigue haciendo, cada día con más

fuerza, un papel importantísimo como sostén del régimen en cuestión. En palabras de

Sartori "la televisión condiciona fuertemente el proceso electoral, bien en su modo de

plantear la batalla electoral, o en la forma de ayudar a vencer al vencedor. Además, la

televisión condiciona, o puede condicionar, fuertemente el gobierno, es decir, las

decisiones del gobierno: lo que un gobierno puede y no puede hacer, o decir lo que va a

hacer'' (Trejo, 2001, p.66).5

De acuerdo con este planteamiento del politólogo italiano, podemos decir que el

gobierno se ha subordinado de una o de otra forma al poder de la televisión. Ésta tiene

tal control y capacidad de influencia sobre las personas que para el gobierno siempre 1

será más conveniente mantenerse en paz con ella que entrar en controversia. Así se crea

un binomio de formación política y control social que parece impensable que el poder

político en la actualidad sobreviva sin la televisión.

El politólogo italiano, Giovanni Sartori (2001) menciona claramente que la

Televisión cambiado nuestra forma de hacer política y de relacionamos socialmente; ha

influido en nuestro comportamiento político y electoral, además de que ha creado el

gobierno de las encuestas. En la actualidad los diferente gobiernos de los Estados

occidentales, están gobernando de acuerdo a lo que les dicen los sondeos de opinión.

Éstos se han vuelto fundamentales para la decisión de los gobiernos federal, estatal o

municipal. Los gobernantes están más preocupados por su imagen personal y por su

popularidad que por gobernar eficaz y honradamente.

Así mismo este aparato electrónico se ha vuelto un espac10 de propaganda y

comercio político sin comparación. La política se ha comercializado a tal grado por

medio de la televisión que ha llegado a desvirtuarse y a convertirse en una caricatura, en

un espacio de un verdadero y puro entretenimiento.

5 Sartori, Giovanni. Citado en Trejo Delarbre, Raúl. "A golpes de spot". en Mediocracia sin mediciones, Prensa, televisión y elecciones, México. Editorial Cal y Arena. México, 2001. p.66.

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La meáiocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley· Televisa"

Finalmente, la televisión no ha contribuido en gran medida a la difusión y al

fomento de la cultura democrática en México. Sólo basta echar un vistazo a la

programación que se transmite todos los días. Esta programación crea la Sartori

denomina como la cultura de la incultura, y lo que es peor, crea ciudadanos

despolitizados e ignorantes de su historia nacional, dando paso a un pueblo sin cultura

política, a esto se le suma que un nivel educativo deplorable. Ante esto, la televisión y

el resto de los medios de comunicación masiva, se consolidan como la principal fuente

de información. lo peligro de ello, es que con este tipo de pueblo, la información

procedente de estos medios será aceptada como una verdad absoluta, sin permitir

cuestionamiento alguno.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. E! caso mexicano anle la "Ley Televisa"

CAPÍTULO 2 LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y LA DEMOCRACIA

Los medios de comunicación. tanto escritos como electrónicos, han rratado de influir en el quehacer estatal, no siempre en beneficio del bien común y

de la libertad de expresión como a veces se ha querido entender, sino en su propio interés y

conforme a procedimientos bien lejanos de la libertad de iriformación de los usuarios.

Miguel Carbone/l

Los medios de comunicación son un elemento fundamental para el desarrollo

democrático de un Estado, con la caída del comunismo y la libertad de prensa y de

expresión que se generó a raíz de ello, es que lo medios de comunicación se han

ubicado como parte fundamental de la democracia occidental. La importancia de los

medios está dada por el hecho de que una democracia es fortalecida y tiene un buen

funcionamiento "mientras que se asegure el libre flujo de la información, exista una

competencia leal por los medios públicos y comerciales y que de ello se generen

diversas opiniones que le permitan al público tomar decisiones informadas, sobre todo,

en tiempo de elecciones" (Gunther, 2000, p5).

La relación existente entre los medios de comunicación y la democracia, es una

relación muy estrecha, en donde cabe mencionar que en muchas ocasiones uno necesita

del otro. Es así que los medios de comunicación han entendido a la perfección que

ganan más al tener una relación cercana con las élites del poder en un Estado, que

mantenerse como el mediador entre el Estado y la sociedad; así como ser el interlocutor

de la sociedad.

Ante esta situación y sobre todo, a raíz de que los medios de comunicación han

considerado a la información como un bien material que puede ser comercializado, han

logrado adentrarse en la arena política y se han configurado como un poder más dentro

de los Estados. Precisamente, la clase política se ha dado cuenta del poder que en esta

época tienen los medios de comunicación, en el sentido que pueden ser los mejores

amigos o los peores enemigos del político.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ame la "Lev Televisa"

Es así, que se ha ido formando una relación simbiótica entre estos dos actores

que poco a poco le ha permitido a los medios de comunicación masiva consolidarse

como un verdadero poder, con capacidad de movilización tanto social como política y

sobre todo que los medios de comunicación son elementos importantes a considerar en

la toma de decisiones. Ante esta situación

"La relación entre medios y la democracia, como ya varios autores han

afirmado, consiste en que la información es la base de todo proceso democrático, o

dicho en términos de Diego Valadés , wdo proceso democrático es un proceso

comunicalivo, de ahí que existan intereses diversos en la posesión y ejecución de los

medios. (Luna, 2001, url).

Continuando con la relación tan cercana que existe entre los medios de

comunicación y la democracia, Javier del Rey Morató, explica que la "democracia es

algo más que un régimen político: es también una forma de organizar el espacio

público, el espacio de la comunicación" (Del Rey, 1996, p.24). Es así que deja entre ver,

que la democracia en cierto sentido necesita de los medios de comunicación para

organizar dicho espacio. Además, resulta importante mencionar, que la democracia,

como fue definida en el primer capítulo, necesita de un espacio comunicativo, ya que

contempla la participacion de la sociedad en la decisión de políticas públicas.

Sin embargo, la importancia de los medios de comunicación en una democracia,

se conforma precisamente en que son el medio para que la gente conozca sus opciones

en una elección y sobre todo, permite que los procesos políticos sean de dominio

público. Al respecto Sartori menciona que la relevancia de los medios de comunicación

en la democracia se debe a que estamos ante una poliarquía abierta, en la que la

competencia por el favor popular, por el voto, se lleva a cabo desde la comunicación,

con estrategias de imagen y de marketing que tienen como herramientas a los medios de

comunicación.

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)

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa'"

Finalmente, cabe mencionar que los medios de comunicación en la democracia

son fundamentales para que exista el flujo libre de información, pero también son

elementales para una democracia plena ya que

"no solo se hallan obligados a informar a los ciudadanos y debatir acerca de los

actos, decisiones y resultados del quehacer político y gubernamental, sino que también

contribuyen a mantener el ejercicio del poder en sus cauces democráticos a través de

su función de investigación y vigilancia ante posibles abusos de poder por parte de la

autoridad" (Guerrero, 2006, p.12).

De esta forma, se aprecia que los medios de comunicación en una democracia

desempeñan un doble papel, por un lado son un instrumento de gran utilidad para dar a

conocer las propuestas de gobierno, pero por otro lado son el medio por el cual la \

sociedad puede llegar a conocer y a preciar el escenario político de un Estado y de los

posibles abusos que en el ejercicio de las facultades del Estado y_de los gobernantes se

cometen. Es así, que los medios se configuran como pilar del ejercicio democrático y

sobre todo pueden llegar a ser elementales como el mejoramiento de la calidad de la

vida cívica en una sociedad.

2.1 El papel de los medios en la democracia

Antes que nada, es importante distinguir que "los medios de comunicación no

sólo informan sobre lo que pasa, no solo son instituciones emisoras de mensajes, sino

que también se conforman como instituciones sociales, implicadas en la trama

institucional desde la que informan, para que informan y sobre la que informan" (Del

Rey, 1996, p.74).

Es así que los medios de comunicación en la democracia eJercen el rol de

reguladores institucionales, en donde la tarea que ejercen es justamente la de mediar

entre la sociedad y el Estado. Es así, que los medios de comunicación juegan un papel

fundamental en una democracia, ya que ellos son los que ubican y exponen las

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa"

necesidades y opiniones de la sociedad ante sus gobernantes, así como también hacen

públicas las acciones llevadas a acabo por parte del Estado y que son de interés general

para la sociedad.

De esta forma, Touraine propone abordar el tema de la comunicación '·a partir

de una observación concreta: la atención que se pone en la comunicación es correlativa

de las crisis de representación política'' (Del Rey, 1996, p.74). Esto quiere decir, que los

medios de de comunicación cobran una mayor importancia en los momentos de crisis,

en momentos en donde la sociedad no tiene otros agentes que le puedan ayudar o que

han dejado de representarlos ante el poder.

El ejemplo más claro de ello, es que en la actualidad existe una tendencia

negativa a tener una desconfianza hacia los partidos políticos y hacia las instituciones de

gobierno. Ante esta situación, los medios se han convertido en el refugio de la sociedad,

un refugio en donde han encontrado información, diversión y demás cosas que le han

permitido identificar a estos como sus representantes ante el poder. De esta

identificación es de la que se han valido los medios para irse configurando como

fundamental en las democracias.

Sin embargo, cabe recodar que una de las funciones principales de los medios de

comunicación en una democracia es la de mediar entre el Estado y la sociedad. El

esquema que se presenta a continuación, ejemplifica a la perfección esta función

principal de los medios de comunicación masiva.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. E! caso mexicano ante la "Ley Televisa, ..

Demandas sociales

l Espacio Público de la mediación MEDIOS/ PERIODISTAS

~~~~~~~~~~~~-

Reglas Institucionales

Justamente, el cuadro anterior ejemplifica a la perfección la función de los

medios de comunicación dentro de una democracia. Los medios se conforman así en la

piedra angular del funcionamiento óptimo de la democracia, debido principalmente a

que son un mediador entre tres fuerzas fundamentales: las demandas sociales, las reglas

institucionales de la democracia y el Estado mismo.

Los medios de comunicación son el elemento fundamental que permite el flujo

de la información entre la sociedad y el Estado, por ello es que se ubican en el centro de

estas tres fuerzas. De esta forma, los medios dan a conocer los eventos y programas del

Estado a la sociedad. Así mismo, los medios llevan o le dan conocimiento al Estado de

las demandas sociales que se generan con la finalidad de que éste último diseñe

programas o políticas para satisfacer dichas necesidades de la sociedad. Es importante

mencionar, que este esquema de las interacciones entre Estado y Sociedad, se deben de

cumplir de acuerdo con las reglas institucionales marcadas por la democracia.

6 Cuadro extraído de Touraine, Alain. Citado en Del Rey Morató, Javier. Democracia y Posmodernidad: Teoría General de la Información". Editorial Complutense. Madrid, 1996. p.121.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

Teniendo en cuento lo anterior, la mediación realizada por parte de los distintos

medios de comunicación puede tener distintos matices y con ello diversas

interpretaciones. Manuel Guerrero, explica con precisión que John Ha1tley define a la

mediación como "interventora o canalizadora entre dos partes" (Guerrero, 2006, p.15).

Esta definición se ve superada debido a que en muchas ocasiones la visión que

presentan los medios de comunicación de los acontecimientos es la única forma de

conocerlos. Por ello, la mediación en una democracia debe de ser una ventana que

permita apreciar los acontecimientos y experiencias y de esta forma permita observar de

manera clara y sin ningún tipo de restricción los que está ocurriendo dentro y fuera de la

arena política.

De igual forma, la mediación puede ser interpretada como una señal o guía, en el

sentido de que los medios pueden explicar cosas que de otra forma la sociedad en

general nunca podría entender a la perfección, lo cual podría ser una arma de doble filo,

principalmente por que podría generar una mayor desinformación o inclusivo podría

llegar al grado de manipular la información y presentarle a la sociedad una información

falsa, la cual no podrías ser cuestionada debido a la falta de conocimiento acerca de la

misma por parte de la sociedad.

Otro de los aspectos positivos que se desprenden de la función de mediación de

los medios de comunicación, es que puede representar un foro o plataforma para la

presentación de información e ideas a una audiencia, a menudo corno_ posibilidad de

respuesta y de estar forma permitir el flujo de la información en dos vías, en donde la

sociedad sienta que su voz es escuchada y tornada en seria y a su vez los medios le

presentan la información que la sociedad considera importante para ella.

A pesar de estos conceptos positivos de la mediación, esta función que ejercen

los medios, también tiene ciertos tintes negativos. Uno de los principales aspectos que

se critica es que la mediación puede ser un filtro para la sociedad, "también tienen el

poder para ocultar e inhibir temas de la agenda en el espacio público" (Guerrero, 2006,

p.12). Es decir, los medios seleccionan partes de experiencia para una atención especial

y al mismo tiempo puede bloquear de manera intencional otro tipo de información,

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

voces y opm1ones, todo ello, dependiendo de los intereses de estos conglomerados

mediáticos o de los intereses de sus aliados en la élite del poder de los distintos Estados.

Una última interpretación negativa de la mediación es que los medios,

justamente valiéndose de esta función, pueden presentarle a la sociedad una pantalla de

la realidad. Es decir, que los medios pueden dar una visión del mundo falseado por

fantasías y no apegado a los verdaderos sucesos acontecidos en el Estado. Con ello, se

produce que la sociedad viva y sumergida en una desinformación, que como

consecuencia minará la racionalidad en la toma de decisiones. Por eso, la mediación en

la democracia debe consolidarse como el "vehículo de transmisión, ayuda a interpretar y

reconstruir los eventos" (Guerrero, 2006, p.15), con base a información veraz y de

importancia para los intereses de toda una sociedad.

Bajo este esquema se pueden identificar tres las funciones básicas de los medios

de comunicación dentro de la democracia, siendo estas "vigilar contra los abusos de\

poder por parte de la autoridad; proveen de información a los ciudadanos; y por último

son en sí mismo espacios abiertos para el libre debate" (Guerrero, 2003).

Los medios justamente están para ser el perro guardián del Estado, es decir,

tienen la función de dar a conocer cualquier tipo de irregularidades que se puedan

presentar en el ejercicio del poder y así informar a la sociedad. Lo cual lleva a la

segunda función en donde los medios deben de mantener informados a los ciudadanos

con la finalidad de generar una opinión pública informada que genere resultados

positivos en los debates y en la participación de la ciudadanía en los aspectos públicos.

Precisamente por estas tareas elementales que se forman en la democracia, los

medios de comunicación masiva, sobre todo la televisión, han cambiado las relaciones

entre políticos y periodistas. Esta situación se ha llevado a tal grado, como ya quedo

demostrado en el apartado de la mediocracia, que actualmente dichos medios han

conseguido robar protagonismo a los otros poderes dentro de los estados democráticos.

Como ya se ha mencionado, los medios de comunicación juegan un papel

fundamental en el óptimo desarrollo y funcionamiento de la democracia, pero es

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa'"

importante retomar algunas teorías que hablan acerca de la actuación de los medios de

comunicación.

Una de las primeras teorías con la que se cuenta es la teoría de la responsabilidad

social, la cual, cabe aclarar, es una teoría en donde se hace mención de la función ideal

de los medios de comunicación, no solo en la democracia pero en cualquier sistema

político. Es decir, esta teoría asimila el pensamiento sobre cómo deberían actuar los

media o cómo se espera que actúen. Una de las principales primicias de esta teoría es

que los medios de comunicación deben tener una responsabilidad social con la sociedad.

Dentro de esta responsabilidad social, los medios deben de tener ciertas

obligaciones con la sociedad, es decir, estas herramientas tecnológicas deben de cumplir

ciertas tareas o funciones para la sociedad, con ello queda claro que ellos son más que

una institución mediática, sino que también están obligados como instituciones

mediadoras a cumplir con ciertas metas u objetivos que la sociedad misma les

interpone.

Algunas de las metas que se deben de cumplir los medios de comunicación es la

de ser veraces, precisos, justos, objetivos y pertinentes. Así mismo los medios deberían

de servir de foro para las ideas; de igual manera deberían seguir códigos éticos y

profesionales; y por último en ciertas circunstancias deberían de permitir que la

sociedad intervenga por el interés público. (Me Quail, 2000, p. 200).

En una democracia, en donde el flujo de la información es fundamental para el

buen funcionamiento de la democracia, los mass media deben de proporcionarle a la

sociedad la posibilidad de contar con la mejor información posible y una imagen de la

arena política lo más apegado a la realidad. El motivo de esto se debe a que es necesario

recordar que los medios deben de servirle a la sociedad como el mecanismo mediante el

cual se mantengan informados y por ello, deben de presentarle los acontecimientos que

sean del interés de la sociedad y no de lo que los medios asuman importante para la

misma.

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La mediocracia. La reíación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

-~~...:...._~~~~~~~~~~~~~

Bajo esta teoría, los medios deben de ser el espacio mediante el cual los

ciudadanos puedan expresar sus ideas, así corno el espacio por excelencia en donde

dichas ideas pudieran ser discutidas a profundidad, con el principal objetivo de

enriquecer el dialogo y las ideas, dando paso a un mejor funcionamiento de la

democracia. Sin embargo, el problema se deriva cuando los medios han dejado de

servirle a la sociedad y se han unido al poder económico, lo que ha provocado que

ciertas voces que no son económicamente rentables, pero que pueden aprovechar mucho

al diálogo hayan sido excluidas. Esto mismo a cerrado las puertas a que la sociedad en

detenninados momentos pueda participar en la definición de lo que es el interés público.

Esta teoría de la responsabilidad social, señala aquellos objetivos que deberían

de tener los medios, sin embargo, si se realiza un análisis de la actualidad, se observa

que dichas tareas se han ido minimizando para darle paso a otro tipo de tareas, tareas

que tienen que ver más con el reforzamiento de una ideología dominante y al servicio de

las clases altas de los Estados. Dejando las funciones sociales e ideales de los medios

como una simple utopía.

Una de las teorías acerca de los medios de comunicación que mayor impacto han

tenido y que aún es fundamental para explicar las tareas sencillas y fundamentales de

los medios es la teoría funcionalista. Esta teoría pretende explicar las prácticas e

instituciones sociales en función de las necesidades de la sociedad y de los individuos.

Lo relevante de esta teoría es que busca la continuidad y el orden a raíz de los medios de

comunicación. Considera que los grandes medios de comunicación son esenciales para

la continuidad de la cultura y de los valores, son una gran válvula para aliviar la tensión

que se genera al interior de un Estado, pero sobre todo pueden llegar a ser verdaderos

agentes de integración y cooperación.

De esta forma Laswell y Wrigth, grandes teóricos pertenecientes a esta corriente

de pensamiento, citados en el libro Introducción a la teoría de la comunicación de

masas de Denis McQuail (2000). Estos autores son relevantes en el estudio de los

medios de comunicación y democracia debido a que han identificado cinco funciones

que deben de desempeñar los medios de comunicación en la sociedad, pero también se

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La mediocracia. La relación entre medios áe comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Le_¡.: Televisa"

puede llevar a otro nivel este argumento y determinar que son funciones que los medios

desempeñan en cualquier democracia. Entre estas funciones encontramos cuatro

grandes áreas de acción entre las que encontramos:

l. Información

2. Correlación

3. Continuidad

4. Entretenimiento

5. Movilización

En lo referente al área de la información los medios de información tienen la

obligación de proporcionar información sobre acontecimientos y situaciones que sean

de gran interés o que sean de ayuda a la sociedad para entender ciertas problemáticas

referentes a lo político, social o económico que suceden en el Estado. Continuando con

este rubro, se identifica que los medios en la democracia deben de ser los principales

agentes para señalar y detectar las relaciones de poder existentes en una sociedad y en

un Estado. Esto lleva a confirmar que una de las funciones primordiales de los medios

es la del perro guardián del poder en donde pueda vigilar el entorno.

En cuanto a la correlación, ésta significa que deben de crear un ambiente

estrecho entre la sociedad y la realidad política de la sociedad. EN otras palabras, los

medios no solo deben de presentar la información, sino que tienen la obligación, al

menos moral, de explicar, comentar y analizar el significado y las posibles

consecuencias de los acontecimientos o noticias que presentan. Esto se debe a que la

sociedad al tener el derechos de mantenerse informada, también debe de ver más allá de

la información e imagen que presentan los medios masivos de comunicación y debe de

entender a la perfección como un evento, noticia o nueva ley le afecta o le afectará en

un futuro próximo. Esto remonta a la idea de que la sociedad deben de estar lo mejor

informada posible y que por lo tanto los medios deben de ser veraces, eficaces y sobre

todo honestos a la hora de presentar la información a la sociedad.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

La continuidad no es otra cosa que el hecho de darle una continuidad a una

cultura dominante, pero que al mismo tiempo debe tener la responsabilidad de

reconocer a otras subculturas u otras formas de expresión cultural que permiten el

enriquecimiento de la base social fundamental para una democracia. De igual forma,

esta teoría contempla que los medios de comunicación deben se ser el camino mediante

el cual se pueden reforzar o eliminar ciertos valores. Es decir, que los medios a través de

la información o diferentes programas que presentan pueden permitir que las sociedades

cambien o reafirmen sus valores y justamente esto es lo que da paso a que los medios de

comunicación se ubiquen como fundamentales para la adaptación a nuevas realidades,

a nuevos sistemas sociales y que permiten la evolución y fortalecimiento de la

democracia misma, ya que genera cambios en las percepciones de las personas.

Por último, cabe menc10nar que los medios también tienen la función de

entretener a la sociedad, es decir, es fundamental para los medios el mantener a la

sociedad informada, pero también es necesario darle una cierta diversión, una ventana

mediante la cual puedan escapar de la realidad y olvidarse de cualquier tipo de

problemática. Por ello, los medios son esenciales para reducir la tensión social

ocasionada por uno o por varios acontecimientos dentro del Estado. Pero al mismo

tiempo, que los medios pueden ser el instrumento de diversión, también son

fundamentales corno mecanismos de movilización y promoción de objetivos referentes

a lo político, económico y social.

Analizando estas dos teorías del comportamiento de los medios de comunicación

en una democracia, podemos observar que se señalan funciones muy importantes que

deben de cubrir, pero que desafortunadamente, han ido poco a poco dejando de cumplir

para dar paso a otras tareas. Sin embargo, en la actualidad los medios de comunicación

masiva, han dejado atrás los intereses y obligaciones que tenían para con la sociedad y

en lugar de ello, han interpuesto primero sus intereses comerciales como empresa,

dejando a la sociedad con una estructura comunicativa e informativa deficiente.

J\nte esta realidad, probablemente el modelo teórico que meJor describe la

actuación y funciones de los medios es la teoría político-económica critica. Esta teoría

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La mediacracia. La relación e,itre medias de comunicación y democracia. Eí caso mexicano ante la "Ley Televisa"

se '·centra esencialmente en las estructuras y la dinámica económica de la industria

mediática y en los contenidos ideológicos de los media" (McQuaiL 2000, p.140). Es

justamente esta teoría la que mejor explica las funciones que actualmente están

desempeñando los medios de comunicación, ya que es innegable pensar que los medios

están funcionando bajo premisas económicas y bajo sus propios intereses.

La cuestión fundamental de esta teoría es que alude a la existencia de la

concentración en los grandes mercados, pero sobre todo indica que los medios en este

mundo contemporáneo evitan riesgos y buscan una menor inversión en las tareas

mediáticas menos rentables. De esta forma, los medios actúan como un simple empresa

con la principal meta de conseguir o generar ganancias económicas, pero al mismo

tiempo buscan la forma de mantener el poder tan grande que han ido acumulando en los

últimos años.

El aspecto negativo que más que se desprende de esta teoría de la actuación de

los medios, es lo que señalan Murdock y Holding. 7 Estos autores especifican claramente

que los efectos de las fuerzas económicas no son aleatorios, es decir, que cada paso o

acción realizada por los medios esta pensada desde un marco de suma cero. Con ello, se

hace referencia a que los medios calculan a la perfección que ganancias o pérdidas

podrán tener si llevan acabo cierto curso de acción. Es así, como se aprecia que los

medios han dejado de ser el ente mediador entre la sociedad y el Estado para convertirse

un actor más en la lucha por el poder al interior y al exterior del Estado. (McQuail,

2000,p.141).

Sin embargo, los efectos negativos que se señalan de la actuación de los medios

en esta teoria continúan debilitando el funcionamiento real de la democracia. Esto se

aprecia cuando, bajo este marco teórico se señala que los medios se "esfuerzan para

excluir voces que carecen de poder y recursos económicos y de esta forma aquellas

voces que sobreviven pertenecen en su mayor parte a quienes menos interés tienen en

criticar el imperante reparto de riqueza y poder" (McQuail, 2000, p.142).

7 Para mayores referencias véase McQuail, D. (2001): Introducción a la teoría de la comunicación de masas. Editorial Páidos. México.

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La mediocracia. La relación emre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa"

Es quizás este efecto negativo el que más preocupa, ya que a nivel internacional,

la tendencia es justamente esta señalada, la de la concentración de los medios en unas

cuantas manos. Es peligroso en el sentido, que corno ya se ha señalado anteriormente,

esto representa una de las principales caracteristicas que dan paso a la formación de la

Mediocracia. De esta concentración, la teoría menciona que se puede dar el paso a la

venta de información. Esto último es Jo que se ha convertido en el principal aspecto

comercial de los medios de información. Los rnass media han encontrado en la venta de

la información al mejor postor su elemento económico más importante y el pilar que los

mantiene funcionando y concentrando más poder.

Finalmente esta teoria tan apegada a la realidad, menc10na que estos

conglomerados mediáticos le han dado la espalda a la sociedad y en lugar de informarla

o mantenerla lo más informada que se pueda, han optado por tratarla como un cliente y

un consumidor más. De esta forma, "los media producen en realidad audiencias, en el

sentido de que venden la atención de las audiencias a los anunciantes, e influyen de

diversas maneras en el comportamiento de los públicos" (McQuail, 2000, p.142).

Parece ser que esta venta de las audiencias a los anunciantes se ha colocado

como la principal función que desempeñan los medios de comunicación en la

actualidad. Por anunciantes, se comprende cualquier empresa o institución dispuesta a

pagar por dicha venta y que tenga un beneficio directo de la misma. Es decir, los medios

se han convertido en un mercado de ideas en donde se venden realidades construidas

por los anunciantes.

Lo peligroso de ello, es cuando la clase política aprovecha esta ventana de

oportunidad para venderse a las audiencias como un producto más. Esta situación del

público y de los votantes como una audiencia más, será tratada en el siguiente apartado.

Sin embargo, solo cabe mencionar, que los medios de comunicación se conforman cada

vez más como el sistema mediante el cual se monopoliza el interés público y se

consolida como el mejor aliado de la clase política y el peor enemigo de la sociedad,

cuando la situación debería de ser totalmente al revés.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

La teoría político económica de los medios de comunicación de acuerdo a Baran

& Davis (2006), puede ser identificada como la teoría que permite explicar los cambios

que han sufrido los medios de comunicación masiva a nivel mundial. Lo preocupante de

esta explicación es que la interdependencia que debería de existir entre la sociedad y los

medios de comunicación ya ha ido desapareciendo. Interdependencia en el sentido que

los medios de comunicación de masas y la sociedad deberían de estar en interacción

constante e interactuar para construir objetivos en común.

Dicha interdependencia ahora ha sido cambiada y se entrelaza una

interdependencia aún más fuerte entre medios de comunicación y la clase política. En

esta relación, ambos se necesitan, ya que los últimos son los principales compradores de

las audiencias creadas por los primeros. Y los medios necesitan de la clase política para

obtener beneficios como legislaciones en materia de comunicación más laxas y que les

permita escalar en el escalafón del poder nacional.

Los medios y la clase política se configuran de esta forma en el peor enemigo de

la sociedad y de la sociedad civil misma, ocasionando una severa crisis de

representación y una desconfianza en los medios, ocasionando que el ciudadano en una

democracia se quede sin los elementos fundamentales, libertad de expresión, el acceso a

los medios y sobre todo, la sociedad se ha quedado sin el bien más preciado de

cualquier sistema democrático, la información veraz en la cual puedari ayudarse para

formular sus propios juicios y decisiones. Sencillamente, los medios de comunicación

se han quedado como simples repetidoras de lo que políticos, partidos políticos o

cualquier otro anunciante quieren o tratan de comunicar a la sociedad.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa"

2.2. Los medios y el proceso electoral

Los medios de comunicación como ya se observó tienen diferentes funciones

dentro de la democracia, sin embargo uno de los elementos más importantes es la

relación entre los medios y el proceso electoral. En el sentido, de que los medios de

comunicación se posicionan como el actor clave para el desarrollo de dichos procesos

electorales.

El por que de ello, se debe a que los medios son el instrumento mediante el cual

se dan a conocer las opciones a elegir que tiene la sociedad. Además de ello, los medios

de comunicación en años electorales, se vuelven el centro de atención, ya que la gran

mayoría de la sociedad utiliza estos instrumentos para informarse de la vida política y

de los candidatos que son presentados para competir por los diferentes cargos. De esta

forma, la sociedad hace uso de lo medios para obtener información, analizarla y con

base a ello emitir su juicio personal que se verá reflejado el días de las elecciones.

Ante esto, los medios de comunicación masiva deben presentarse como actores

imparciales y con la única función de dar a conocer las propuestas de los candidatos y

de informar a la sociedad. Con respecto a esto, Robert Dahl hace mención que los

medios de información deben de "asegurar que la información sobre el programa de

acción política sea accesible a todos los ciudadanos y fomentar la panicipac_ión en

forma significativa en los debates políticos" (Del Rey, 1996, 139).

Claramente, se observa que el papel que deben desempeñar los medios en un

proceso electoral es totalmente imparcial y con la finalidad de siempre ofrecer la mejor

información disponible a su audiencia, mejor dicho, a sus ciudadanos para que estos

puedan con base a toda esa información decidir y emitir su voto de forma racional.

Uno de los puntos fundamentales acerca de este tema es que los medios se han

ido conformando como un elemento indispensable para el desarrollo de la democracia

en casi todos los Estados y es justamente de esta percepción por parte de los medios,

que su poder e influencia se ha ido incrementando a paso agigantados. Es importante

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

mencionar que los medios son el espac10 por excelencia para la producción de

acontecimientos referentes a la maquinaria estatal, a la administración y a los procesos

electorales. Ante ello es que se consolidan los medios de comunicación masiva como el

vínculo entre el representante y el representado. Pero al mismo tiempo, se puede

apreciar la gran importancia que para los políticos y la clase gobernante tienen los

medios de comunicación masiva. Es decir, los primeros dependen en gran medida de los

segundos para conseguir sus propios intereses.

Uno de los aspectos en esta relación medio-democracia electoral, aún no ha sido

abordado. Al aspecto que se hace referencia es el hecho de que los medios de

información pueden influir e sobre la opinión pública, de ahí la importancia que ha ido

adquiriendo estos medios para la clase política. Y a que es una forma de influir en la

percepción de la sociedad lo cual puede beneficiar o no dicha clase política.

Lo anterior toma una mayor dimensión debido al entorno globalizado en el que

se habita, en donde los sucesos o eventos que pasan en un lado pueden ser trasmitidos a

diferentes lugares de manera instantánea. Bajo la globalización, los medios de

comunicación han visto incrementar su influencia y su poderío, por ello es que se ha

dado un acercamiento entre las elites gobernantes y los dueños de los medios de

comunicación, dado resultado a una relación de mutua dependencia, como ya se

explicó.

Pero, aún queda en el aire el saber como influyen los medios de comunicación

sobre la opinión pública. Cabe señalar, que los medios de información no influyen de

manera directa sobre el pensamiento de la sociedad sino que introduce temas en los

cuales crea una prioridad. Esto torna importancia si se recuerda que "la sociedad

organiza sus pensamientos sobre los objetos sociales en los términos en que éstos son

configurados por los contenidos mediáticos" (Del Rey, 1996, p. 383 ).

Esta forma de influencia es conocida corno agenda setting, en la cual los medios

de información son los que influyen en la agenda pública, o mejor dicho, son los que

ponen en la mesa los temas a discutir. Esta teoría es resultado de la investigación

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La mediocracia. La relación entre meáios de comunicación _i.,· democracia. El caso mexicano ame la "Ley Televisa"

realizada por MCombs y Shaw, en donde determinaron que los medios de

comunicación tienen la capacidad de hacer posible que un tema sea prioridad en una

sociedad. Lo fundamemal a entender en este aspecto, es que los medios de

comunicación no influyen en la forma en que pensar acerca de algún evento o terna en

especial, sino que buscan es darles en que pensar a la sociedad.

Es decir, si un medio de información determina que cierto asunto es importante,

ya sea para sus intereses o lo de las sociedad o del estado, ha~e énfasis en dicho asunto

y lo hace pública y le da un seguimiento exhaustivo, al grado de que penetra en la

sociedad y ésta considera que en efecto ese asunto es importante y prioritario. Es así

como una vez capturada la atención del público "los medios consiguen polarizar la

atención y el pensamiento en torno a los objetos y temas propuestos" (Del Rey, 1996, p.

383).

De esta manera provoca que aquellos temas que no se encuentran en los medios

de comunicación no sean de discutidos por la sociedad. Para entender a la perfección el

efecto de la agenda setting de McCombs y Shaw cabe enunciar que "la prensa y los

medios en la mayoría de las veces no son tan efectivos para decirle a la gente cómo

pensar, pero si son muy efectivos para indicarle a la sociedad en que deben pensar".

(Gunther, 2000, p. 17).

De esta forma, se consigue en la sociedad el decirles sobre qué tiene que pensar,

dando como resultado que la relación que la sociedad mantiene con los objetos sociales

· o los temas de interés general se encuentre mediada por la comunicación, a través de los

medios de información. De esta fonrta se puede entender cuando Luhrnan menciona que

el establecimiento mediático de los grandes temas es uno de los efectos cognitivos de la

acción de los medios, dando paso a que esta función que sea el efecto más importante de

los medios y de la comunicación masiva.

Sin lugar a dudas, los medios de comunicación ejercen ciertos efectos sobre la

sociedad, lo importante es saber distinguir cuales son estos efectos. Es decir, no existe

un solo efecto sino que son varios o distintas las maneras en que influyen los medios de

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La mediocracia. La relación enrre medios de comunicación y democrncia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

comunicación masiva sobre los ciudadanos, al respecto cambe mencionar que "existe

evidencia de que los efectos políticos que tienen los medios de comunicación se pueden

apreciar, principalmente, en dos aspectos: el efecto sobre el voto y el efecto sobre las

percepciones" (Street, 2001, p. 84).

Los efectos de mayor importancia de los medios, es que pueden generar una

influencia directa en la decisión del voto, es decir, que los medios de una manera u otra

permiten que el ciudadano pueda verse influido a la hora de decidir y emitir su voto

debido principalmente a la información que se le presenta. La forma en que este

fenómeno se hace presente es que los medios al presentar de manera continua la

información acerca de quien es el posible ganador en una contiendo, lo que ocasionan es

que se presente el fenómeno del "carro ganador". En este fenómeno, se presenta que los

ciudadanos por el miedo que tienen de quedar mal ante la sociedad e inclusive ante el

círculo de sus relaciones más cercanas, deciden su voto a favor del candidato que se

presenta corno ganador en los medios de comunicación, permitiendo ver claramente

corno estos influyen en el voto de las personas.

A pesar de ello, los medios de comunicación también tienen el efecto de reforzar

la tendencia electoral que tiene el ciudadano. No solamente, los medios pueden influir

en el voto de las personas al hacerlas cambiar de opinión acerca de su preferencias

partidista. También pueden conseguir que las ideas y los juicios de valor que la sociedad

tiene se refuercen, permitiendo que la tendencia electoral se mantenga co"nstante, lo cual

significa una gran herramienta para que los partidos políticos puedan hacer uso de los

medios con la finalidad de mantener su voto duro.

Entendiendo esto, se aprecia que son los medios los que estructuran las

percepciones que tienen los votantes de la realidad politica y son los medios los que

pueden ejercer una influencia considerable a la hora ele definirqué cuestiones componen

la agenda en una campaña electoral. Los medios de esta forma se han configurado como

un agente más del poder, a tal grado que pueden determinar que cuestiones son de

mayor interés para el público o pueden convertir en importantes y relevantes diversas

cuestiones. Haciendo a un lado y minando la importancia del papel de los políticos en la

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

determinación de la agenda pública, generado que la agenda setting sea más que una

simple teoria, sea una realidad que demuestra el poderio y la influencia que tienen los

medios de comunicación masiva en el mundo actual, en un mundo globalizado.

Habermas escribe, en su libro Historia y Crítica de la Opinión Pública (1999),

que parte de la tarea fundamental que tiene la ciudadanía es interesarse y panicipar en

el debate público, pero es importante mencionar que dicha participación se tiene que

realizar en base a un conocimiento, a un juicio racional de la información y siempre en

busca del bienestar general.

Sin embargo, la problemática a la que se enfrenta y que se relaciona con lo

enunciado en el párrafo anterior, es que los medios son los que generan y ponen en la

mesa de debate los temas afines a sus intereses o de la clase política dejando a un lado,

probablerneme, temas que la ciudadarúa encuentra más interesantes o relevantes a sus

intereses como sociedad.

Con esto, se demuestra que los medios de comurúcación influyen en la opinión

pública, en el aspecto en que son ellos los que deciden la agenda y los que le dan en que

pensar a la sociedad y con ello queda cuestionada seriamente la racionalidad del dialogo

social, pero sobre todo, limita la capacidad de la sociedad para participar e interesarse,

no solo en el debate público, pero también en cualquier elemento de la vida política de

un Estado. Esto genera que la opirúón pública se ve afectada negativamente y que

sencillamente se exprese, por parte de la sociedad, aquello que desde un principio los

medios de comunicación se habían trazado como objetivo. Es decir, que se exprese lo

que los medios o en su caso, la clase política quería escuchar.

Es así como los medios de comurúcación logran convertir la arena política

electoral en un simple espacio publicitario lleno de mensajes y en donde se aprecia un

dominio del marketing político, generando la venta de candidatos y políticos en g~neral,

como un simple producto más.

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La meáiocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Le.v Televisa"

A pesar de que los medios efectivamente ejercen una influencia importante en

los ciudadanos, también resulta importante destacar que los medios no son la única

variable determinante en la influencia que ejercen, es decir, "la estructura de las

audiencias de los distintos medios de comunicación es relevante, ya que son importantes

las caracteristicas individuales de las personas para que los efectos de los medios

ocurran (Gunther, 2000, p.420). Con ello, se quiere decir, que las personas o

ciudadanos también tienen una parte de responsabilidad en los efectos que producen los

medios. No todo es responsabilidad de los medios comunicativos, sino que la educación

y formación de las personas es un factor importante que participan en gran medida en la

influencia que los medios ejercen sobre la sociedad.

La forma en que participan estas variables, es que la gente con menor grado

educativo tiende a considerar todo aquello que se le presenta en los medios de

comunicación, pero sobre todo en la televisión, como una verdad absoluta y con base a

ello generan su opinión. Por otro lado, gente con una mayor preparación suele

cuestionar lo que se le presenta en los medios y tiende a buscar otras fuentes de

información para formar una opinión más racional. Cabe señalar, que estas posturas

solamente representan algunas tendencias, no son enunciados que deben de tomarse al

pie de la letra, pero la importancia de ellos, es que revelan una tendencia que no puede

ser negada a nivel mundial.

Ante este escenario, se puede observar que los medios de comunicación juegan

un papel importante en la democracia, ya que son las herramientas mediante el cual la

información circula. La importancia de ello, se debe a que la información es la esencia

de la democracia en el sentido de que le permite a la ciudadanía poder conocer acerca de

lo que sucede en la arena política y poder generar una opinión pública bien informada.

Ante esto, es fundamental que los medios en una democracia tiendan a la imparcialidad

y por imparcialidad se entiende que presenten reportes o información proveniente de

diversas fuentes y no solo monopolizar dicha información.

La monopolización de la información, como ya se mencionó en el pn.mer

capítulo en el apartado de la mediocracia, genera una opinión pública impuesta desde

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ame la "Ley Televisa "

arriba, es decir que los medios de información orientan la opinión pública en algún

sentido, lo cual desvirtúa su función de hacer fluir la información de manera imparcial.

Para evitar estos fenómenos, los medios de comunicación tienen como responsabilidad

"maximizar las oportunidades de los ciudadanos de realizar una decisión informada y de

presentar la información de manera imparcial" (Gunther, 2000, p. 422). De tal forma

que esto le permite a los ciudadanos pueden generar su propia decisión o juicio acerca

de alf,>Ún evento relevante.

De esta forma, los medios de comunicación juegan un papel fundamental en la

arena política de los Estados, sobre todo en una era en donde todo aquello que aparece

en televisión, radio o prensa es tomado como una verdad absoluta. Ante ello, es

necesario considerar que los medios en la democracia, pero sobre todo en los procesos

políticos que atañen a este tipo de régimen, tienen una participación muy importante ya

que "tienen un efecto sobre los procesos políticos y sobre sus resultados, pero también

los medios tienen intereses particulares que pueden moldear los resultados de dichos

procesos" (Street, 2001, p. 231).

Los posibles intereses de los medios de comunicación pueden ser determinantes

en el resultado de los procesos políticos como votaciones, reformas a las leyes, etc. El

por qué de ello, se debe a que con la capacidad que tienen los medios de fijar la agenda,

ellos pueden colocar como prioridad cualquier proceso que considere benéfico a su

causa, o por lo contrario excluir de la agenda aquellos temas que van en contra de su

intereses u objetivos. Ante esto, es importante reconocer cuales serían los posibles

beneficios de los medios de comunicación y partiendo de esto poder entender el por que

de sus funciones. De igual forma, al conocer los intereses particulares de los medios en

algún proceso de la arena política da la oportunidad de entender las alianzas que

realizan con la élite política de un país.

Lo anterior cobra importancia, cuando reconocemos que actualmente "las

personas están condicionadas por lo que piensan y que esos pensamientos a su vez se

encuentran influenciados por las imágenes que manipulan los medios de comunicación"

(Street, 2001, p. 233). De esta forma, los medios de comunicación pueden generar toda

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

una línea de pensamiento dentro de la sociedad que se encuentre dirigida a apoyar algún

proceso político, el cual sea beneficioso a sus propios intereses.

Hay que recordar que los medios de comunicación además de que son los

intermediarios entre el Estado y los ciudadanos y cumplen con ciertas funciones sociales

corno la de informar, ser el perro guardián del Estado, también son empresas

comerciales que buscan incrementar sus ingresos y obtener ganancias. Este afán

comercial de los medios de comunicación es lo que ha generado que se alejen de sus

funciones ideales como medios de información y es lo que ha dado paso a la

concentración de la información y de la propiedad de los medios, creando así la

mediocracia, como fue descrita anteriormente.

Justamente este carácter comercial de los medios dentro de la democracia,

permite que se den muchas otras formas de influir en el accionar de las personas y de la

sociedad en general. Dentro de estas diversas formas, nos encontrarnos con las

telenovelas, programas de diferente tipo, películas entre otros, que pueden influir en el

sentido y en la forma de pensar de la sociedad, ocasionando que su opinión se vea

influenciado por lo que ve y escucha en los distintos medios de comunicación.

Esto se debe a que también dentro de las funciones de los medios está la de

entretener, y justamente a través de este tipo de programación, los medios cumplen

dicho objetivo. Sin embargo, no existe nada que impida que estos programas contengan

imágenes y mensajes que moldeen la opinión de los espectadores. De esta forma, se

puede entender que "las aspiraciones del pueblo, los anhelos del país que querernos ser

y la visión del mundo y de la vida, se construyen en la nación lenta, cotidiana y

eficazmente a través del contenido de la programación de los sistemas de comunicación

colectivos" (Esteinou, 2000, p. 50).

Un claro ejemplo de ello, se dio justamente en las elecciones presidenciales del

2006 en México, en donde dentro de los programas que desempeñaban la función de

entretener, las cadenas de medios, sobre todo las de televisión, introducían mensajes

políticos a favor de uno de los candidatos. Lo cual a la larga, tuvo un impacto positivo

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

para ese candidato y que le permitió darle la vuelta en las encuestas a su principal

competidor y ganar la elección.

Aunque no ha sido estudiado a profundidad el impacto de este fenómeno en

México para determinar si realmente tuvo un fuerte impacto en la percepción y en la

decisión del voto, lo que es claro es que ante una sociedad mundial en donde los medios

se han configurado como la fuente de la verdad, es claro que tuvo una gran influencia y

fue factor, no único, pero si decisivo en dicha elección.

Solo queda mencionar que este panorama de las funciones ideales que deberian

de desempeñar los medios de comunicación es importante, ya que permite contrastar la

verdadera e idónea función de los medios con las actuales funciones que desempeñan

los medios de comunicación en las democracias actuales, bajo un marco en donde el

mercado y lo económico se han insertado como dinámicas fundamentales e

imprescindibles.

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La mediocrczcia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

CAPÍTULO 3 LA REFORMA. A LA LEY DE RADIO Y TELEVISIÓN: SUS CONSECUENCIAS Y EL CAMINO A LA MEDIOCRACIA

3.1. Antecedentes de la Reforma

La democracia 110 es el siíencio. es la claridad con que se exponen los problemas y la existencia de

medios para resolver/os. Enrique Múgica Herzog

Hasta hace poco tiempo México contaba con un marco legal para los medios

sancionado en 1960. Dicha ley tuvo diversos intentos de reforma, pero mnguno

consiguió modificaciones tan sustanciales como la de marzo de 2006.

En 1980, en la Cámara de Diputados se intentó cambiar la Ley de Radio y TV

sin éxito. Fue hasta 1997, que el Congreso propuso una Ley de Comunicación Social,

(conocida como "Ley Mordaza"8) que no tuvo el · consenso necesario para su

aprobación.

Algunos años más tarde, en 2001, se realizaron consultas para la Reforma

Integral de los medios de comunicación y cuyo único cambio fue la reducción del

tiempo que los medios pagan al Estado por cuestiones legales y fiscales.

Sin embargo, hacía falta una reforma que contemplara la urgente necesidad de

acotar la discrecionalidad del Estado en el otorgamiento de las concesiones, que

regulara la correspondencia social de la programación y finalmente, que se creara un

marco adecuado para la rendición de cuentas de los gastos que los partidos y el propio

gobierno ejercían en la contratación de campañas electorales. Otra razón que llevó a

proclamar la· urgencia de una reforma legal fue la fuerza expansiva de las

telecomunicaciones.

El viejo concepto del espectro radial o televisivo ya no correspondía con la

convergencia tecnológica de redes que brindan, desde entonces, servicios por un único

medio: Internet, televisión, telefonía, etc. que están al alcance de un usuario de manera

simultánea.

8 Sobre este tema" véase: L. Mat. Jorge Tomás Vera Prenn "Crónica de una legislación abortada", en: Razón y Palabra .Las libertades en México. No. 17, Febrero-Abril de 2000.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

La ausencia de un marco legal específico para la transferencia tecnológica en

materia de convergencia de redes, colocaba a los concesionarios nacionales en franca

desventaja competitiva con el extranjero.

El anteproyecto de modificación a la Ley Federal de Telecomunicaciones y a la

Ley Federal de Radio y Televisión tuvo como propósito dar respuesta a las necesidades

y demandas anteriores. Durante más de dos años y medio se llevaron a cabo consultas

con organizaciones sociales, organismos estatales, concesionarios, representantes de los

medios, etc.

El anteproyecto presentado en octubre del 2004 planteaba el carácter prioritario

de la radio y televisión corno medios masivos necesarios para la comunicación,

información y expresión de la sociedad mexicana, así como el incentivar los cambios

tecnológicos.

Entre las propuestas se encontraban:

• Eliminar la asignación directa de las concesiones por parte del Estado, y se

establecían candados para evitar monopolios, al imponer a un operador un tope

máximo de 3 5 por ciento del total de la coberrura o de los ingresos del sector en

una plaza.

• Que fuera el Instituto Federal Electoral quien se encargara de comrarnr la

propaganda directa de los partidos políticos con los medios, garantizando de

esta manera la equidad en la propaganda electoral.

• Por ultimo, desaparecerian las distintas instituciones reguladoras de los medios

actuales (Comisión Federal de Telecomunicaciones -COFETEL- y la Comisión

Federal de Competencia --COFECO-) para dar lugar a un Consejo Nacional de

Telecomunicaciones, con la intención de evitar monopolios y regular las

disputas en el sector. Dicho Consejo estaría integrado por ciudadanos

reconocidos, cuyo nombramiento y duración trascendiera los tiempos del

cambio de gobiemo. 9

9 Para mayor información véase Gaytán Alcaraz, Felipe y Juliana Fragoso Bonilla. "La Ley Televisa de México". Ensayos Revista Latinoamericana de Comunicación, CIESPAL/Chasqui, No. 94, 2006 Disponible en Internet www.chasqui.comunica.org

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La mediocracia. La relación emre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

Todo apuntaba a un consenso general de todos los actores, pero los tiempos

electorales y la disputa interna entre los concesionarios condujeron a una seria polémica

entre las partes que casi paralizó los trabajos legislativos.

No obstante, un factor coyuntural que afectaba directamente la postergación de

este debate obedecía justamente a la proximidad del proceso electoral del 2 de julio del

2006. El 1 º de diciembre del 2005 se presentó un dictamen diferente al discutido a lo

largo de los dos años anteriores, sin tomar en cuenta las 141 O propuestas hechas durante

ese tiempo.

Dicho dictamen fue votado por unanimidad por todos los partidos políticos -sin

el respaldo de los actores que habían participado en las consultas y foros- y ratificado

por mayoria en el Senado de la República el 21 de marzo del 2006. 10

Aunque el entonces "nuevo proyecto de ley" originalmente provenía de una

iniciativa ciudadana impulsada en marzo de 2001 11; incluía los acuerdos alcanzados a lo

largo de 18 meses de discusión entre diversos actores involucrados en el tema durante la

Mesa de Diálogo para la Revisión Integral de la Legislación de los Medios

Electrónicos instalada en la Secretaria de Gobernación.

Este proceso se vio interrumpido cuando Vicente Fox, emitió, el l O de octubre

de 2002, un decreto al Reglamento de la Ley Federal de Radio y TV para reducir casi 10

veces el Tiempo de Estado en los medios electrónicos.

Frente a eUo, varias organizaciones civiles solicitaron la intervención del Senado

de la República, entregando su propuesta de iniciativa que -desde diciembre de 2002-

impulsaban como proyecto ciudadano de ley los senadores: Javier Corral (PAN) y

Raymundo Cárdenas (PRD), a quienes posteriormente se les unirían los senadores

Felipe de Jesús Vicencio (PAN) y Manuel Bartlett (PRI) 12•

10 Poco después el Partido de la Revolución Democrática (PRO), argumentó no haber leído con detenimiento la minuta que ese día fue aprobada por unanimidad en Cámara de Diputados ·,

1 En este sentido y para mayores datos véase la página del ex Senador panista Javier Corral: www.iaviercorral.org ·,

2 Sobre el tema véase la página del ex Senador panista Javier Corral: www.iaviercorral.ora

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa"

El 3 de enero de 2006, la Subcomisión de Radio y TV entregó para su análisis a

las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes, Gobernación y Estudios

Legislativos, el anteproyecto de dictamen de la nueva ley con la incorporación de poco

más de 100 observaciones que enviaron senadores del PRI, académicos, funcionarios

del Gobierno Federal, miembros del Poder Judicial, así como de organizaciones sociales

y laborales.

Una vez en el Senado de la República se buscó enriquecer, corregir o depurar la

iniciativa, asunto que los concesionarios rechazaron consiguiendo que finalmente fuera

aprobada el 4 de abril.

3.2. Efectos de la Reforma

Es de suma importancia mencionar que una de las consecuencias más graves de

esta ley, es que no es un marco normativo nuevo, sino que sencillamente es visto corno

un parche a una Ley de Radio y Televisión que data de 1960 y precisamente este parche

es lo que generar una serie de problemáticas y lagunas en dicho marco normativo y es la

principal razón de que las tres funciones principales de los medios de comunicación,

que señala José Joaquín Brunner (1994), la función de crear una comunidad informada,

representar a dicha comunidad en la esfera pública y contribuir a la formación de la

agenda de asuntos de interés general se vean en riesgo.

El fundamento de lo anterior se debe a con esta ley el poder de la información

estaría en manos de unos cuantos quienes decidirán que tipo de información presentar a

la sociedad, dependiendo de los interés de los mismos medios y con ello ya no

representar a la comunidad y por ello se corre el peligro de no contar con una

comunidad bien informada, lo cual afectaría para el desarrollo social y político del país.

La aprobación de las reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión y la de

Telecomunicaciones significan para el país uno de los retrocesos más grandes en la

construcción de nuestra democracia, ya que limitan de manera sustancial el ejercicio de

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La mediocracia. La relación entre medios de cmnzmicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa"

la libertad de expresión y el derecho a la información por parte de los sectores

mayoritarios.

Lo anterior, se presenta corno un grave obstáculo debido a que la libertad de

expresión, el derecho a la información y el acceso a los medios así como la necesidad de

medios alternos son fundamentales para la democracia, tal y como fue definida en el

primer capitulo de este trabajo. Estos tres elementos representan uno de los pilares

fundamentales para el desarrollo democrático de México. Justamente estas reformas

contravienen a preceptos constitucionales que garantizan estos elementos, al mismo

tiempo que violan estándares internacionales que el México como país soberano se ha

comprometido a respetar.

Lo que genera un cierto ruido en la negociación de esta reforma es que la

Cámara de Diputados aprobó en sólo siete minutos, por unanimidad y sin conocer su

contenido, la Ley de Radio y Televisión, cuando durante cuatro años o más diversos

sectores sociales trabajaron y pugnaron por un nuevo marco normativo en materia de

radio y televisión.

3.3. Concentración del Poder

A lo largo de muchos años el principal problema de los medios de comunicación

ha sido la concentración de poder económico, social y político materialmente.

Algunas de las consecuencias pueden tener un carácter negativo ya que muchos

de los analistas, pensadores y especialistas en la materia, se han percatado que la minuta

aprobada por ambas Cámaras genera en un primer plano una incompetitividad entre los

demás actores del sector. Esta falta de competencia genera la concentración del poder en

un pequeño grupo, el cual es económicamente fuerte, dejando a un lado a los pequeños

y medianos consorcios de medios, que al no tener este mismo poder. Pero sobre todo, a

la luz de esta nueva ley, se puede observar que los grandes medios de comunicación hay

descubierto que "la información es una mercancía cuya venta y difusión puede

proporcionar importantes beneficios, lo que ha motivado la afluencia del gran capital

hacia los media". (Kapuscinski, 1999, url).

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

Es así como una de las principales críticas que se desprenden del análisis de la

LFR TV, es que es una reforma hecha a la medida por parte de los grandes grupos de la

comunicación en el país y que sobre todo generan grandes beneficios a estos grupos,

pero también les abrió la oportunidad de tener una mayor concentración del poder

mediático, lo cual se transforma en un gran poder político generando a su vez presencia

e influencia en la arena política, tal y como quedó demostrado en las negociaciones para

esta reforma.

El artículo de la LFRTV que da pie a esta interpretación de la concentración de

la propiedad de los medios de comunicación y del poder a gran escala por parte de los

grandes grupos comunicativos del país es justamente el artículo 17 de la misma ley, el

cual estipula que el procedimiento mediante el cual se entregaran las concesiones será la

licitación pública. El artículo señala con precisión que

"Las concesiones previstas en la presente ley se otorgarán mediante licitación

pública. El Gobierno Federal tendrá derecho a recibir una contraprestación económica

por el otorgamiento de la concesión correspondiente··. 13

El punto favorable que se aprecia en este sentido, es que ciertamente elimina la

discrecionalidad para otorgar las concesiones para operar estaciones de televisión y de

radio por parte del poder ejecutivo. Cabe recordar, que uno de los principales problemas

en materia de medios de comunicación era precisamente que dicho poder asignaba las

frecuencias en base a su propio juicio y criterio, por lo que representaba una verdadera

limitación al acceso de los medios. Es así, que mediante esta reforma y sobre todo a este

artículo dicha discrecionalidad se ve eliminada y con ello se plantea darle un mejor

procedimiento a las concesiones y hacer dicho procedimiento más transparente.

Sin embargo, a raíz de esta eliminación de la discrecionalidad del poder

ejecutivo, este artículo de la LFRTV introduce un nuevo mecarusmo de

discrecionalidad, el poder económico. Lo anterior, se entiende de mejor manera al

~3 Sobre el tema y más información véase Ley Federal de Radio y Televisión. Disponible en

Internet en b!iQ:i/www.diputados.qob.mx/LeyesBiblio/odf/"l 14.Qdf

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El ca.so mexicano ame la "Ley Televisa"

observar lo establecido en el artículo l 7ºG de dicha reglamentación, en el cual se hace

mención que

"La Comisión valorará, para definir el otorgamiento de la conceswn, la

congruencia entre el Programa a que se refiere el artículo 17-A de esta ley y los fines

expresados por el interesado para utilizar la .fi"ecuencia para prestar el servicio de

radiodifusión, así como el resultado de la licitación a través de subasw pública '' 14

Como se puede apreciar, en estos artículos, el punto fundamental dentro de los

procesos para otorgar las concesiones de radio y televisión es la subasta pública. Es

decir, el factor que determinará el otorgamiento de dichas concesiones será el criterio

del mejor postor, en donde la persona que tenga mayores recursos será la que tenga la

oportunidad de obtener dicha concesión.

Sin embargo, la problemática que se aprecia es que esta norma "traslada el

criterio discrecional para el otorgamiento de concesiones de radio y televisión al criterio

claramente antidemocrático del poder económico" (Saavedra, 2006, p.319). De esta

forma, la LFR TV representa un obstáculo claro a la libertad de expresión, de acceso a

los medios de comunicación, pero ante todo es el esfuerzo cristalizado del poder

mediático en la arena política, en donde, la política ha cedido ante este cuarto poder y ha

abierto las puertas a una mayor concentración del poder, sobre todo en la televisión, que

a su vez deja apreciar de nueva cuenta la mediocracia existente en el país".

El articulo 17º de la Ley Federal de Radio y Televisión trae consigo una seria de

violaciones serias a los precepws contemplados por la Constitución. Nuevamente, se

aprecia que dicha ley fue una elaboración a la medida por parte de los consorcios

mediáticos, en donde ellos fueron los principales benefactores de la reforma. Esto se

llevó a tal grado, que no importó que durante este proceso, en donde se benefician

claramente los medios de comunicación, se violen conceptos fundamentales de la

Constitución. Una prueba más del poder que los medios tienen en el desarrollo político

y democrático del país.

14 Para Mayor información véase Ley Federal de Radio y Televisión. Disponible en Internet en http://www.diputa9os.qob.mx/LeyesBiblio/pdf/114.pdf

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

Ante esta situación, el articulo 17º de la LFRTV, sobre todo en la subsección G,

antepone el criterio económico en las concesiones para operar los medios de

comunicación. De esta forma, se fomenta y se refuerza el monopolio u oligopolio

existente en el país, dando una mayor presencia a las empresas comunicativas en la

arena política. A pesar de ello, lo importante a señalar referente a este artículo, es que

viola distintos artículos de la Constitución.

El claro ejemplo de la inconstitucionalidad de este artículo es que atenta con lo

que se señala en el artículo 1 º de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos

En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que

otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los

casos _v con las condiciones que ella misma establece ...

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el

género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de

salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que

atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos

y libertades de las personas. 15

La parte fundamental de esta violación se debe a que el criterio económico

genera una notoria discriminación en el acceso a los medios de comunicación y que

justamente al tener esta limitante en el acceso genera que los ricos y poderos, que no

son otras personas mas que aquellas que actualmente son dueñas y dirigen a las

empresas de comunicación del país, tengan la oportunidad de ampliar sus concesiones

y con ello incrementar su poderío e influencia tanto en la política como en la sociedad

mISrna.

Justamente, el factor económico genera una discriminación basada en la clase

social, en específico la capacidad económica de las personas, por lo cual se puede

15 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Titulo primero. Artículo 1 º. Igualdad Jurídica. Disponible en Internet en htto://consti!!,1__~Qb.rr1_~

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La mecliocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

observar que una persona que no tenga los recursos suficientes no podrá acceder a los

medios. Es decir, el factor económico realmente se constituye como uno de los

principales filtros en los procesos de subasta pública, creando de esta forma un factor

muy claro de discriminación y la falta de aplicación de la ley de manera general.

Al mismo tiempo que es violatorio del artículo 1 º constitucional, este artículo

17º de la LFRTV también introduce lineamientos que apuntan a la violación del artículo

6° constitucional.

"La man~feslación ele las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o

administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero,

provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será

. l l E l " 16 garontz:::ac o por e stac o .

Dicho artículo habla acerca de la libertad de expresión. Hasta este punto, es

dificil determinar la manera en que el criterio económico puede ser violatorio dei

derecho de expresión. Sin embargo, el punto es sencillo de explicar.

En un primer plano, se observa que el carácter puramente económico en el

proceso para otorgar las concesiones de radio, limita a la gente sin recursos a acceder a

los medios de comunicación, es decir, a ser dueño de alguna estación de radio y/o

televisión y con ello, se limita el derecho de expresión de las personas. Aunado a esto,

se encuentra el hecho de que esta reforma ha contribuido que los poderosos se vuelvan

aún más poderosos, que tengan la posibilidad de determinar quien puede acceder a los

medios y quien no. Es así que estos eiementos de manera conjunta obstaculizan el pleno

ejercicio del derecho de expresión.

Es importante mencionar, que es claro que no todos los ciudadanos pueden ser

dueños u operadores de frecuencias radiofónicas o televisivas, pero los elementos o

requisitos no deberían basarse en cuestiones monetarias, ya que de esta forma se

discrimina a la gente en base a lo que tiene o a lo que no tiene, por ello, este artículo

16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Titulo primero. Artículo 6º. Disponible en Internet en http://constitucion.gob.mx

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación v democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa "

resulta ser una limitante al derecho de expresión. Respecto a este elemento, la

Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión hace referencia que se deben de

instaurar mecanismos más democráticos para la asignación de frecuencias, el principio

12 de dicha declaración estipula lo siguiente al señalar que

"Los monopolios u oligopolios en la propiedad y control de los medios de

comunicación deben estar sujetos a leyes antimonopólicas por cuanto conspiran contra

la democracia al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del

derecho a la información de los ciudadanos. En ningún caso esas leyes deben ser

exclusivas para los medios de comunicación. Las asignaciones de radio y televisión

deben considerar criterios democráticos que garanticen una igualdad de oportunidades

para todos los individuos en el acceso a los mismos "17

Teniendo como referencia este principio, se puede ver claramente que la reforma

a la LFRTV es violatoria a este principio y por ende al artículo 6º y 133°

constitucional. Principalmente a que esta reforma genera todo lo contrario a lo

estipulado anteriormente al instaurar un mecanismo de concesiones totalmente

amidemocrático y basado solamente en el criterio económico limitan.do así el derecho

de expresión y el acceso a los medios de comunicación.

Además la reforma, en lugar de crear un marco normativo que evite los

monopolios y oligopolios comunicativos, crea un marco que favorece y. les da un gran

poder, además de concentrarlo en unas cuantas familias y empresas, generando así que

este cuarto poder se convierta en una realidad, al mismo tiempo que mina las bases del

avance democrático del país al poner en un primer plano el criterio económico como

definitorio para el acceso a las concesiones de radio y televisión, "ello es claramente

antidemocrático y desvirtúa la esencia de la radiodifusión, además de ser incompatible

con la democracia participativa y con el derecho a la libertad de expresión e

información" (Saavedra, 2006, p. 324).

17 Declaración de Principios sobre libertad de expresión. Comisión lnteramericana de Derechos Humanos. Organización de Estados Americanos. Disponible en Internet www.cidh.oas.org

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

También es importante apuntar que esta reforma es violatoria de La Ley Federal

de Competencia Económica que en su artículo 16 señala:

"para los efeccos de esta ley, se entiende por concenrración la fúsión,

adquisición del control o cualquier acto por virtud del cual se concentren sociedades,

asociaciones, acciones, partes sociales, fideicomisos o activos en general que se realice

entre competidores, proveedores, clientes o cualesquiera otros agentes económicos. La

Comisión impugnará y sancionará aquellas concentraciones cuyo objeto o efecto sea

disminuir, dañar o impedir la competencia y la libre concurrencia respecto de bienes o

servicios iguales, similares o sustancialmente relacionados. "18

Es justamente lo descrito por este artículo Jo que los medios de comunicación

han realizado para generar el duopolio televisivo y el oligopolio radiofónico. Lo peor de

todo es que a pesar de que esta reforma no contempla verdaderos límites a la

concentración de la propiedad, los diputados aprobaron la reforma sin ningún tipo de

observación.

Las principales razones que se pueden observar y que sustentan la idea anterior

pueden ser encontradas en la reforma misma, en donde se estipula claramente que las

concesiones de radio y televisión quedarán reducidas en subastas al mejor postor. Es

decir, la Ley Televisa contempla que el Estado, en específico el poder ejecutivo, ya no

sea el órgano que otorgue los espacios radioelectrónícos, de esta forma queda eliminada

por completo la discrecionalidad de los permisos y concesiones por parte del gobierno.

Bajo este análisis de las violaciones a los artículos constitucionales y a la Ley de

Competencia, se aprecia con claridad qué todo quedará en manos de los medios de

comunícación a través de la subasta pública. Esta concentración sin límites afecta el

derecho que tiene la sociedad de poder disponer de una oferta de comunícación

electróníca diversa, con voces plurales, y de poder elegir -entre muchas opciones-

18 Ley Federal de Competencia Económica. Capítulo 111 De las concentraciones. Disponible en http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/tcfed/108.htm?s=

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La meáiocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa,.

aquella que mejor le parezca o le convenga, y derecho de los propios empresarios a ser

competidores, a estar en la cancha de juego de la industria de los medios electrónicos. 19

Sin embargo, dicha acción quedará bajo un comité regulador, el cual estará

compuesto por integrantes de los diferentes medios de comunicación y autoridades.

Esto permitirá a los particulares concentrar el control sobre las concesiones en donde el

factor monetario será una variable de gran importancia para otorgar las mismas. '·Según

la nueva ley, los dueños de la radio y la televisión pueden meter a sus ejecutivos como

consejeros a la Cofetel -y como hemos visto, no les será dificil convencer al presidente

en tumo y a los senadores-, y así ellos decidirán a quién le dan las nuevas concesiones,

bajo el criterio de la subasta" (Alemán, 2006, url).

Una consecuencia inmediata de este fenómeno es que estos grupos, que

económicamente son sustentables por si solos, generarán que el acceso a la información

y a los medios de comunicación por parte del resto de la población, así como a las

medianas y pequeñas empresas, sea más dificil y por ende se produzca un verdadero

duopolio por parte de las dos televisaras más grandes en el país. Por ello, es que esta

reforma a la ley es percibida como un obstáculo para el desarrollo de las estaciones con

menor capacidad económica, lo que eventualmente llevará a que éstas desaparezcan y

los grandes consorcios serias los verdaderos beneficiados, lo cual traería consecuencias

de gran magnitud ya que toda competencia quedaría eliminada.

Uno de los grandes peligros que se observan a partir de la llamada Ley Televisa

es que la utilización de las nuevas tecnologías quedarían de igual forma en las manos de

unos cuantos, específicamente de TV Azteca y Televisa.

Ambas empresas, bajo el marco jurídico de esta reforma de ley, podrán utilizar

la infraestructura que actualmente tienen para hacer uso de nuevas tecnologías y

expandir sus servicios con tan solo pedirlo a las autoridades, mientras que nuevas o

pequeñas empresas tendrán que participar en una subasta pública, en donde el precio de

la adquisición de alguna concesión será muy elevado, por lo cual la cuestión monetaria

19 Para mayor información véase Programa especial, mesa de diálogo "Limites a la concentración". Canal del Congreso. Disponible en Internet www.canaldelcongreso.gob.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

se trasformará en el elemento discriminatorio para acceder a la radio y a la televisión ..

Es decir, la normatividad de la Ley Televisa les permite a estas empresas gozar de un

amplio margen para diversificar los servicios que ofrecen, lo cual nuevamente conduce

a una concentración de los medios y del poder.

Ante esto, el senador Javier Corral del Partido Acción Nacional (PAN),

considera que la ley, en los términos en que fue aprobada, representa "dos regalos por

parte del gobierno a las televisoras que les permitirán tener el control del espectro

electrónico y blindarse frente a los futuros gobiernos" (Cortés, 2006, url). Es decir, una

consecuencia clara de esta ley, es que ambas televisoras van a tener el control en el

sector y prácticamente serán los actores más importantes en este rubro y los que

tomarán las decisiones.

Uno de los actores que saldrá más afectado serán las radios comunitarias ya que

éstas no son mencionadas y ni son contempladas por la Ley Televisa, lo que se puede

observar en este nuevo marco jurídico es que desaparecen las frecuencias

comunitarias, Al respecto Ricardo Alemán expresa "que según la ley vigente obtuvieron

su permiso de operación, pero que en la nueva ley no las Loma en cuenta, ya que sólo se

podrán otorgar permisos a las dependencias de la administración pública federal, a

entidades paraestatales, educativas y culturales" (Alemán, 2006, url).

Lo anterior, es una señal clara de que esta ley busca darle el monopolio de los

medios de comunicación a las dos grandes televisoras y eliminar por completo a la

competencia, en este caso representada por la radio comunitaria que representa fuentes

de información alternativas, lo cual será un impacto negativo para el desarrollo político

y de las libertades en México.

Una de las preocupaciones más grandes que se tiene respecto de esta nueva ley

es que la regulación en cuanto a contenidos televisivos es tratada de manera muy laxa,

ya que no hay una especificación a detalle en esta materia. El miedo que esto genera es

que las televisoras, teniendo el poder y el duopolio del sector, podrán generar los

contenidos que ellas quieran, mientras que les resulten favorablemente en cuestiones de

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La mecliocracia. La relación emrc medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

rating e mgresos económicos, dejando a un lado aquellos programas educativos y

culturales. Ante este escenario es posible que cadenas de relevisión de propiedad del

Estado como Canal 11 y 22 puedan desaparecer si no llevan a cambio reformas a sus

estructuras, lo cual pone en peligro la diversidad cultural a través de los medios de

comunicación.

Es justamente esta línea de pensamiento la cual defiende Gabriel Sosa Platas20,

al expresar que "se necesita una discusión abierta para abrir los medios de comunicación

a otras voces de la opinión pública, las universidades o los sectores sociales. En síntesis,

la discusión en México debe ser para abrirse a la diversidad culrural mediática" (Torres,

2006, url). Justamente la Ley Televisa es un elemento que atenta directamente a este

concepto al marginarlo por cuestiones económicas. Esto puede ocasionar que las

televisoras dejen a un lado su función de educar y simplemente se conduzcan por la

línea del entretenimiento, cerrando la oportunidad de participar a otros actores de la

sociedad de tener una voz en los medios de comunicación masiva.

Las consecuencias que se pueden observar de esta concentración del poder en

los medios de comunicación, es que la opinión pública y el proceso de generación de la

misma puede ser afectada. Es importante mencionar que el monopolio que se pretende

crear con la Ley Televisa va en contra de la libertad de expresión dentro de una

democracia, ya que el monopolio implica que solo un actor controle todo lo referente al

mercado o sector en el cual se desenvuelve.

En este caso, Televisa tendría el control de los contenidos informáticos y de la

elaboración de la programación. Sumado a ello, se encuentra la falta de un competidor

real, lo cual generaría que la opinión pública se pueda construir desde arriba, que sea

impuesta entre la sociedad y que tenga por objetivo conducir o dirigir a la sociedad

respecto a diversos temas, incluyendo la imposición de candidatos como se aprecio en el

pasado proceso electoral, dependiendo de los intereses de estos medios.

2° Comunicológo y autor del Libro Control de los medios, control del hombre.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa ,.

Es decir, la televisión bajo este contexto ya no solo dictará en lo que se debe

pensar, sino que también estaría habilitada para decir en el como pensar respecto de

alguna temática. Lo anterior va en contra de la democracia, ya que ésta plantea que la

opinión pública tenga lugar dentro de la sociedad y que los medios de comunicación

sean el vehículo para dar expresión a esa opinión pública y no al revés.

Ante este escenario, existe el miedo de que Televisa pueda tener el control de la

información y que en consecuencia de ello decida ocultar cierta información que le sea

contraria a sus intereses, privilegiando aquella que sea consistente con sus los objetivos,

metas y planes de la televisora. Este punto es importante debido a que esta

manipulación de la información y el monopolio de la televisión pueden conllevar a una

sociedad mal informada y manipulable, dando mayor peso a la opinión publicada que a

la opinión pública.

3.4. Repercusiones en la democracia mexicana

Probablemente una de las consecuencias más severas de entrar en vigor dicha

ley, es que afectaría de manera consistente a la democracia, la cual ha pasado por un

proceso de construcción muy dificil en el país. Esta consecuencia tiene que ver con la

definición mínima de democracia de Robert Dahl, quien nos señala que ésta no sólo

requiere de elecciones libres, justas y competitivas, sino que necesita de libertades como

la libertad de asociación y la libertad de expresión par.a poder funcionar.

Uno de los principales problemas a la democracia mexicana que la reforma a la

LFRTV genera es que es violatoria de varios principios constitucionales. Por ello, es

fundamental presentar en que sentido esta reforma es violatoria a la Constitución y una

vez realizado esto, se podrá entender mejor esta situación y sobre todo, dará cabida a

una serie de ideas acerca del efecto negativo de la ley en la democracia mexicana.

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Uno de los aspectos negativos que se observan en esta reforma a la ley de

medios de comunicación, es que lo referente a los permisos por parte para operar los

medios alternos o medios no comerciales, exigen una serie de trámites que no son

contemplados para el proceso de concesiones. Por lo mismo, se mantiene la idea de que

dicha ley es violatoria al principio de igualdad jurídica, establecido en la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Ley Televisa, en su artículo 20 seíiala lo

siguiente:

Artículo 20. - Los permisos a que se refiere la presente Ley se otorgarán

conforme al siguiente procedimiento:

J. Los solicitantes deberán presentar, cuando menos, la ú~formación a que se

refieren las fracciones 1, !11, IV y V del artículo 17-E de esta Ley, así como un

programa de desan·ollo y senJicio de la estación; (requisitos para el otorgamiento de

concesiones)

11. De considerarlo necesario, la Secretaría podrá sostener entrevistas con los

interesados que hubiesen cumplido, en su caso, con los requisitos exigidos, para que

aporten información adicional con relación a su solicitud. Lo anterior, sin pe,juicio de

la demás información que la Secretaría considere necesario recabar de otras

autoridades o instancias, para el cabal conocimiento de las características de cada

solicitud, del solicitante y de su idoneidad para recibir el permiso de que se trate.

!JI. Cumplidos los requisitos exigidos y considerando la función social de la

radiodifusión, la Secretaría resolverá a su juicio sobre el otorgamiento del permiso.

La duración de los permisos no excederá de 20 años, renovables por plazos

. l 21 zgua es.

21 Para mayor información y datos véase Ley Federal de Radio y Televisión. Disponible en Internet en http://www.diputados.gob.mx/LevesBiblio/pdf/114.pdf

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Como se observa, para ei otorgamiento de conces10nes y de permisos se

establecen procedimientos diferentes. Sin embargo, por lo que respecta al otorgamiento

de permisos, lejos de acabar con la discrecionalidad del Ejecutivo Federal, la reforma

referente a esta materia establece un claro procedimiento discrecional en el sentido que

señala que de considerarlo necesario, la Secretaria podrá sostener entrevistas con los

interesados para que aporten información adicional con relación a su solicitud y también

menciona que podrá solicitar mayor información al resto de dependencias que considere

oportuno. Con todo este proceso se pretende tener un claro conocimiento de las

características de cada solicitud, del solicitante y de su idoneidad para recibir el permiso

de que se trate.

La problemática que esto genera, es que dicho proceso no es aplicable para las

concesiones, inclusive no aplica para la renovación de las concesiones, por ello se

aprecia que este articulo de la Ley Televisa es violatorio a uno de los principales pilares

de la democracia mexicana y de la Constitución, la igualdad jurídica, la cual está

contemplada en el articulo 1 º de la Constitución y que expresa

En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que

otorga esta Consútución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los

casos y con las condiciones que ella misma establece ...

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional. el

género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de

salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier oira que

atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos

y libertades de las personas. 21

La principal razón por la cual se detennina que el articulo 20º de La Ley Federal

de Radio y Televisión es violatorio de la Constitución se debe a que esta reglamentación

no trata por igual a los permisionarios, es decir, uno de los principales elementos

positivos que se discutían acerca de la ley, era que eliminaba la discrecionalidad en el

otorgamiento de las concesiones y de los permisos.

22 Véase Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Titulo primero. Artículo 1 º. Igualdad Jurídica. Disponible en Internet en b!!Q://Qonstituq_g_o__,_g_ob.mx

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

Sin embargo, se observa que es justamente lo contrario, ya que el procedimiento

tal corno esta redactado en la ley genera una mayor discrecionalidad en el

otorgamiento, no de concesiones, pero si de los permisos, creando así una atmosfera de

incertidumbre, desconfianza y de ilegalidad.

La diferencia entre los concesionarios y los perrnisionarios, es sencillamente que

el primero goza de un carácter comercial, mientras que el segundo no tiene fines de

lucro. Considerando esto, se infiere que las funciones referentes en materia de

comunicación son las mismas o mejor dicho similares entre concesionarios y

perrnisionarios, por lo cual no deberían de existir diferencias en los requisitos que se

establecen en la ley para ser candidato a obtener un permiso. Al respecto Yuria

Saavedra y Mario Solórzano (2006) señalan que entre las similitudes entre . . .

conces10nanos y perm1s1onanos son:

"La primera consiste en que ambos son gobernados que gozan por igual de las

garantías reconocidas en la Constitución. La segunda es que ambos ejercen a través de

las estaciones de radio y televisión que operan, sus derechos a la Libre expresión y a la

información, entre otras libertades, y que en ambos casos la radiodifusión tiene que

cumplir con un fin social, en términos de los artículos 4° y 5° de la LFRTY. "(Saavedra,

2006, p.298).

Es decir, si los conces10nanos y los perrnisionarios, van a desempeñar tareas

similares, no existe justificación para introducir tratos desiguales de manera arbitraria.

Justamente este hecho es el que permite calificar a este artículo de la Ley Federal de

Radio y Televisión como violatorio ya que los requisitos adicionales que se establecen

en el artículo 20 no son los mismos que se solicitan en los procesos de concesiones. Por

lo tanto, el individuo u organización que busca obtener un permiso para operar algún

medio público, cultural, no lucrativo, se encontrara con un gran obstáculo, ya que se

enfrentara a una serie de requisitos, lo cuales no se especifica cual podrán ser, que

tendrá que cumplir si es que desea obtener dicho permiso.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Le_v Televisa "

Es así, corno aquel individuo u organización ve violada su igualdad jurídica, ya

que las leyes no se aplican de la misma manera para todos, el elemento clave, sin lugar a

dudas, es la cuestión monetaria. Es decir, "mientras que este criterio económico es

puntual para el 010rgarniento de concesiones, el criterio del juicio para los permisos no

está claro en qué consiste o qué deberia enienderse por juicio" (Calleja, 2006, p.278).

Por lo mismo, se aprecia que existe un trato y aplicación de la ley desigual lo que genera

mayores conflictos y un mayor grado de incenidurnbre ya que no se saben con claridad

que tipo de información se solicitará ni a que dependencia se le solicitará.

Es así como el articulo 20º de la LFR TV es violatorio del artículo 1 º de la

Constitución al generar procesos distintos para el otorgamiento de permisos y licencias

sin ninguna razón fundamentada, pero sobre todo a que "una de las garantías de

seguridad jurídica contempladas por la Constitución es el de la lege manifiesta, es decir,

las leyes deben ser claras, precisas, comprensibles, alejadas de formulismos oscuros y

complicados" (Calleja, 2006, p. 278).

Lo anterior es fundamental, ya que tal y como está redactada la LFR TV en lugar

de eliminar la discrecionalidad en el proceso de otorgamiento de permisos, lo que

genera es una mayor discrecionalidad, debido a que los aspirantes a permisionarios no

conocen previa y detalladamente los requisitos necesarios para el cumplimiento del

proceso, lo que genera un vacío en el marco normativo y el cual es una violación clara

en la aplicación de las leyes y de los derechos de dichos aspirantes.

Si se analiza a profundidad este artículo se aprecia que existe una especie de

permiso para realizar una investigación policíaca por parte de las amoridades

correspondientes en la materia, para tratar de determinar que tan idóneo u óptimo puede

ser una cierta persona u organización para que pueda obtener un permiso.

Tomando en cuenta todas estas variables, los actores que se ven más afectados

son las radios comunitarias, las cuales operan bajo permisos. Si bien, las radios

comunitarias no son eliminadas con estas reformas, si ven limitada su posibilidad de

existencia como medios de comunicación. Este tipo de medios, se tienen que apegar a

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La mediocracia. La relación entr(! medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa"

este "juicio" de las autoridades para poder seguir operando. Sin embargo, como ya se

examino, los requerimientos no son claros y precisos, por lo cual se tienen que apegar a

los elementos que las autoridades requieran de ellos, generando con ello un trato

desigual y una clara violación.

Dentro de esta reforma, los medios comunitarios, quedan al margen de todo

marco normativo lo cual representa una violación al artículo 2° de la Constitución el

cual establece en su apartado B fracción VI que el Estado tiene la necesidad de

"Extender la red de comunicaciones que permita la imegración de las

comunidades, mediante la construcción y ampliación de vías de comunicación y

telecomunicación. Establecer condiciones para que los pueblos y las comunidades

indígenas puedan adquirir, operar y administrar medios de comunicación, en los

términos que las leyes de la materia determinen "23

Este es justamente uno de los principales puntos negativos contenidos en la

reforma de la ley, ya que parece increíble que las autoridades, diputados y senadores,

hayan olvidado incluir una clara reglamentación acerca de la operación de estos medios

comunitarios. Ya que como se observa, el Estado debe de establecer las condiciones

para que los pueblos y las comunidades indígenas puedan adquirir y operar medios que

les permitan generar una dinámica propia al interior de sus comunidades y de esta forma

mantener informados de lo que pasa dentro y fuera de su comunidad.

Sin embargo, el Estado ha olvidado esta tarea que debe reali~r debido a que la

legislación fue planeada por grupos de las dos grandes televisoras, por lo que sus

intereses comerciales predominan en toda la reforma y por ello, este tipo de estaciones

comunitarias son olvidadas en tal reforma. Mejor dicho, no es que sean olvidadas, pero

el marco en el que operan es muy confuso y se presta a muchas confusiones a muchas

interpretaciones y a juicios de valor de las autoridades, y sobre todo a que estos medios

se enfrentan a una gran discrecionalidad a la cual no se enfrentan con contrapartes

comerciales.

23 Para Mayor información véase Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Titulo primero. Artículo 2º. Disponible en Internet en htto://constitucion.oob.mx

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

Continuando con lo anterior, los medios comunitarios, son los actores que han

resultado ser más afectados, ya que bajo este nuevo marco normativo, sus alcances y

capacidades se ven reducidas, ya que solo falta que alguna autoridad, que tenga

intereses con los grandes grupos mediáticos, encuentre cualquier tipo de anomalía o

algún antecedente negativo en la persona titular del permiso para negárselo. Por lo

mismo, la reforma contempla estos medios bajo el rubro de medios culturales, sin

embargo, muchos de ellos no son exactamente medios culturales, por lo cual se aprecia

que la reforma corresponde a los intereses de los grandes grupos mediáticos que tienen

la finalidad de eliminar cualquier tipo de competencia, por más mínima que ésta sea y

con el objetivo último de tener presencia en todo el territorio nacional.

Nuevamente, se encuentra que este marco normativo en materia de radio y

televisión es violatoria de la constitución y por ende es anticonstitucional. Aunado a

ello, se encuentra que bajo la dinámica de esta reforma, parece ser que sólo se podrán

otorgar permisos para establecer estaciones oficiales a las dependencias de la

Administración Pública Federal o a entidades para estatales. El panorama es claro, esta

reforma, busca la eliminación de cualquier tipo de competencia para los grandes

corporativos televisivos y radiofónicos, al mismo tiempo persigue la eliminación de

medios alternativos que puedan cuestionar cualquier tipo de información e incluso al

sistema mismo.

Por ello se contempla, ante la luz de todas estas grandes incógnitas en cuanto a

los permisos, que la única forma de obtener un permiso sin tantos obstáculos es para las

dependencias públicas o estatales, en las cuales es claro que seguirán una misma línea,

la cual se ajustará a los objetivos y propósitos de las dependencia, del gobierno e

incluso de las grandes corporaciones de la comunicación. De esta forma, se afirma que

la ley en sus términos actuales "profundiza la exclusión de las mayorias para acceder a

frecuencias radioeléctricas y por ende, para ejercer sus derechos informativos y el

ejercicio de la libertad de expresión" (Calleja, 2006, p. 280). Ambos derechos son

contemplados y sobreguardados en la Constitución de México, por lo que se conforma

como una clara violación a la Constitución.

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La medioc:racia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

Continuando con los efectos negativos de la reforma sobre los medios

comunitarios, es importante señalar que este tipo de medios, al no ser contemplados por

la reforma quedan en el aire, en el sentido que al no recibir dinero del erario público, la

LFRTV no contempla mecanismos de financiamiento para este tipo de estaciones

radioeléctricas, por lo cual nuevamente se puede sentir que es un obstáculo más para la

sobre vivencia de este tipo de medios de comunicación, lo cual reafirma lo antes

señalado, la eliminación de cualquier tipo de competencia en materia de comunicación

para los medios de comunicación comerciales.

Lo grave del asunto, es que esta situación empuja cada vez más a un oligopolio

de los medios de comunicación, a una mayor concentración de los medios y de la

información, en una época en donde la información es poder, estamos presenciando el

camino hacia la Mediocracia en México.

En lo referente a la libertad de expresión, esta reforma a la ley se contrapone con

el artículo 6º de la Constitución referente a la libertad de expresión. Dicho artículo hace

mención que

"La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o

administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos ele tercero,

provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será

. d / E d "'4 garantiza o por e sta o . -

En este sentido, la LFRTV crea una problemática, ya que en su articulo 20º

referente a los requisitos adicionales que se podrán pedir a los candidatos a permisos

genera, como ya se observó, una discriminación en el proceso legal para la adquisición

de permisos, gene~a una gran discrecionalidad para el otorgamiento de los mismos, pero

sobre todo, lo que provoca es una limitante a libertad de expresión.

24 Para mayor información véase Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Titulo primero. Artículo 6º. Disponible en Internet en htto://constit\Jcion.aoJ;J.mx

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

¿Cómo es que se da esto? La respuesta es sencilla, la ley viola dicho precepto de

libertad de expresión, ya que introduce variables en el otorgamiento de permisos sin

ninguna racionalidad, lo cual obstaculiza que voces alternativas a los medios de

comunicación comerciales tengan un acceso a medios tales como los comunitarios, lo

cual resulta en que estas mismas voces no puedan expresar sus ideas o cumplir con las

funciones que se han trazado para ayudar a una comunidad en especifico.

Justamente esto se convierte en un elemento negativo en el proceso democrático

y de consolidación democrática del país, ya que se está obstaculizando y haciendo el

acceso a los medios de comunicación y a la libertad de expresión cada vez más dificil y

complicado, dejando a un amplio sector de la sociedad sin un mecanismo de expresión

ad hoc a sus intereses y visiones.

No obstante, es preciso señalar que la violación a este artículo constitucional se

debe a que se está generando una violación a priori, es decir, antes de que se cometa el

acto. Con ello, se quiere decir, que el artículo 6º de la constitución establece que la

libertad de expresión solo se puede ver limitada en caso de de ataques a la moral y a los

derechos de terceros, "estos supuestos suponen que la limitación no pueda hacerse de

manera previa smo posterior, pues de otra manera no podría determinarse si

consiguientemente se está atacando a la moral o a derechos de terceros" (Saavedra,

2006, p.307).

A pesar de ello, esta nueva legislación está coartando esa libertad desde antes,

en el momento en que dificulta el proceso para que diversas voces obtengan permisos

para operar estaciones de radio y de televisión distintas a las ya establecidas, debido a

que elimina la oportunidad de que esas ideas se den a conocer, pero es fundamental

recodar que "el hecho de que la libertad de expresión y el derecho a la información se

ejerzan por medio de un soporte tecnológico no debe servir de excusa para limitar su

ejercicio mismo" (Saavedra, 2006, p.307-308).

Lo antes señalado, comprende unos de los aspectos importantes en el proceso de

consolidación democrática, ya que es importante reconocer que el hecho del uso de

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa"

tecnologías no es una variable permisible para limitar el acceso a la información y a los

medios de comunicación y mucho menos para reducir u obstaculizar el derecho de

expresión del que gozan las personas. La relevancia de esto se debe a que los medios de

información funcionan como el primer mecanismo median.te el cuál la sociedad se

mantiene informada.

Esta restricción que se pone en la reforma ocasiona que parte de la sociedad no

cuenta con una información alternativa que le permita generar un criterio adecuado

acerca de cualquier eventualidad que sea de su interés, sino que se tendrá que utilizar la

versión de solo dos actores en el campo de la comunicación, es así justamente que se

limita el derecho de expresión y de ser informado.

Es necesario mencionar que la ljbertad constitucional de expresar ideas debe

incluir necesariamente la libertad constitucional de utilizar libremente todos los medios

de expresión, sean palabras o conductas, en cuanto puedan difundir ideas. Esto incluye

necesariamente también los medios masivos de difusión. Pues seria absurdo, en la

sociedad contemporánea, que sólo la palabra hablada o escrita en forma individual

estuviera constitucionalmente protegida, dejando al arbitrio o monopolio de las

autoridades el uso, a su antojo, de los medios masivos de comunicación modernos,

como son la prensa, el radio y la televisión. (Saaveclra, 2006, p.308).

Lo anterior, es de suma importancia, debido a que la ley en su forma actual

eJerce un claro obstáculo para la utilización de los medios recomunicación como

herramienta para la libertad de expresión, lo cual constituye una clara violación a la

Constitución, en el sentido que la fracción II del artículo 20° de la LFRTV limita

infundada y previamente el acceso de los ciudadanos a la radiodifusión, y a los medios

comunitarios en general, a través de la cual, sin fines de lucro, quieran ejercer sus

derechos a la libertad de expresión y a la información.

Continuando con el análisis de la inconstitucionalidad de la reforma a la

LFRTV, un elemento que en diversos análisis acerca de dicha reglamentación se omite

es acerca de la violación que hace referente a los tratado~ internacionales firmados y

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La mediocracia. La relación emre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano anee la "Ley Televisa"

ratificados por el Estado Mexicano. Ciertamente la Constitución es la norma suprema,

es también importante mencionar que los tratados internacionales contraídos por el

Estado se encuentran dentro de la jerarquía jurídica nacional, es así que ellos se ubican

por debajo de la Constitución. Respecto a esto, la Suprema Corte de Justicia hace

menciona que los tratados internacionales se encuentran en un segundo plano

inmediatamente debajo de la Ley Fundamental y por encima del derecho federal y el

local.

Esta interpretación que realiza La Suprema Corte de Justicia deriva del artículo

13 3 º de la Constitucional que expresa

"Esta Consritución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y

lodos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por

el Presidente de la República, con aprobación de! Senado, serán la Ley Suprema de

toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y

tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las

Consrituciones o leyes de los Estados". 25

De esta forma, se demuestra que los tratados internacionales se conciben como

una pieza fundamental en el marco normativo del Estado. Sin embargo, aún queda en el

aire el determinar por que esta reforma a la ley de radio y televisión es violatoria de

este tipo de compromisos internacionales. La cuestión es sencilla, una vez, que se

determinó que los tratados internacionales se encuentran en un segundo plano referente

a la Constitución, estos tratados asumidos por el Estado mexicano en su conjunto

comprometen a todas sus autoridades frente a la comunidad internacional.

Es decir, una vez que los tratados han sido firmados y ratificados por el

Congreso, comprometen a todas las partes que integran el Estado a hacerlos cumplir y

respetar los principios que emanan de los mismos, existe una obligación de vigilar y

hacer cumplir lo que en ellos se manifiesta, ya que se consideran puntos importantes en

25 Para mayor información véase Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Titulo primero. Artículo 6º. Disponible en Internet en http://constitucion.aob.mx

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

el avance democrático del país, de otra forma, no hubiesen sido firmados y ratificados,

pero además representa un compromiso ante la comunidad internacional.

Analizando la reforma a la ley de radio y televisión, de acuerdo al ya citado

artículo 20º, se observa que existe una clara violación a uno de los principales tratados

internacionales firmados por el Estado mexicano, La Convención Americana sobre

Derechos Humanos, aprobada por el Senado el 18 de diciembre de 1980 y ratificada el

24 de marzo de 1981 El artículo 20º es violatorio de la convención, por lo que al mismo

tiempo es una reforma que atenta con los derechos humanos de las personas que habitan

el país.

Dicha violación se manifiesta en los sentidos de libertad de expresión y de

pensamiento, los cuales son unos de los principios más importantes dentro de los

derechos humanos, y por lo cuales la humanidad ha peleado para obtenerlos. Es así que

en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su artículo 13 º estipula

"Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Esie

derecho comprende la libertad de buscar.. recibir y d~fundir informaciones e ideas de

toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma

impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a

previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente

fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar:

a. El respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o

b. La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas ". 26

De acuerdo a este artículo de la convención., que fue ratificada por el Estado

mexicano, se estipula claramente que toda persona tiene derecho . a la libertad de

pensamiento y de expresión, así como a buscar la información necesaria que considere

26 Para mayor información y datos véase Convención Americana sobre Derechos Humanos. Articulo 13º "Libertad de pensamiento y expresión". En Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco, disponible en Internet en www.Qedhj.orq.mx/

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La mediocrczcia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa"

pertinente para formular su propio juicio acerca de un acontecimiento. Sin embargo, la

parte más importante dentro de este artículo es el tercer párrafo el cual señala

"No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos,

tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de

frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la d{fusión de

información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y

la circulación de ideas y opiniones ". 27

De esta forma, se aprecia que el articulo 20º fracción segunda y tercera es

completamente violatoria de las disposiciones del articulo 13 º de la Convención, en el

sentido de que como se estipula en la ley, la Secretaría puede investigar y solicitar

mayor información a otras instancias para determinar su idoneidad de los peticionarios

de permisos para operar canales de radio y de televisión.

Resulta claro, que los requisitos adicionales que se contemplan en la reforma,

son elementos que obstaculizan y limitan el acceso a los medios de comunicación, al

mismo tiempo de que se ejerce una limitación a los derechos de libertad de expresión y

de pensamiento. Es así que se determina que la reglamentación en curso es violatoria

no solo de La Constitución, sino que también resulta ser violatoria de los derechos

humanos. La explicación de ello, se debe, a que como ya se mencionó, la

reglamentación tal y como se encuentra redactada constituye, sin dejar duda alguna, una

restricción indirecta por parte del Estado, es decir, se aprecia un abuso de controles

oficiales referentes al marco normativo de las comunicaciones.

El procedimiento que esta~lece la LFRTV al ser discrecional para el

otorgamiento de permisos restringe infundadamente el acceso, la adquisición y

operación de medios de radiodifusión por parte de aquellos ciudadanos que sin fmes de

lucro quieran ejercer sus derechos a la libertad de expresión y a la información a través

de ellos. Es así que la legislación acrual en esta materia viola la Convención Americana

27 Véase Convención Americana sobre Derechos Humanos. Articulo 13º "Libertad de pensamiento y expresión". En Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco, disponible en Internet en www.cedhi.orc.mx/

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa"

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debido a que la reforma se constituye corno una restricción indirecta del derecho a la

libertad de expresión que limita la comunicación y la libre circulación de ideas y

op1ruones.

Por ello, es fundamental, que se elimine o se modifique la fracción segunda del

artículo 20º que genera una discrecionalidad en el otorgamiento de permisos para que se

puedan ejercer efectivamente dichos derechos humanos, o en el mejor de los casos, que

esta misma reglamentación y revisión se hiciera de manera general, es decir, que el

mismo procedimiento se aplicara para las concesiones, que se aplique las mismas reglas

del juego para todos, sin generar ningún tipo de discriminación.

Esto es fundamental de entender debido a que en un futuro, el Estado mexicano

podrá enfrentar demandas internacionales referentes a violación de derechos humanos,

lo cual sería un grave retroceso en la democracia mexicana, sobre todo, en una época en

donde los derechos humanos juegan un papel importante en la arena internacional y en

donde la imagen del país se puede ver afectada negativamente, al desobedecer los

principios indicados en los tratados que suscribe.

Por ello, estos mecanismos indirectos establecidos en la reforma a la LFRTV son

una clara violación al artículo 13º de la Convención Americana, y al mismo tiempo

violatorio de la Constitución en su artículo 133º al no reconocer y hacer valer y respetar

los principios de los tratados internacionales, lo cuales se encuentran pür debajo de la

Constitución y que son parte fundamental en el marco jurídico nacional.

Ante esto, se observa que con la aprobación de esta reforma a la Ley de Radio y

Televisión es un atentado directo a la libertad de expresión, ya que deja sin posibilidad a

la sociedad de poder expresarse debido a la concentración de los medios de

comunicación en tres grandes grupos Televisa, Tv Azteca y Telrnex, lo cual implica el

deterioro de uno de los pilares que sostienen a la democracia.

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La mediocracia. La relación entre medios de cornunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

Lo anterior se agrava cuando se observa que la democracia mexicana se

encuentra apenas en sus etapas iniciales. Es decir, a forma de metáfora, cuando se

construye un edificio y uno de sus pilares fundamentales no está construido y cimentado

de forma adecuada, éste tiende a caer y con él se desploma el edificio mismo. Es

justamente esto lo que puede pasar en México en donde la libertad de expresión a raíz

de esta nueva ley quedaría excluida Jo cual generaría que a fin de cuentas el edificio de

la democracia mexicana se denumbe.

El efecto de la Ley Televisa en la democracia seria de grandes consecuencias ya

que si se toma la definición de democracia como "el sistema. de reglas del juego, que

permiten participar de manera igual a todos los individuos en la determinación de las

decisiones y orientaciones políticas de la colectividad en la que viven, formulando y

reforrnulando periódica y libremente las propias preferencias" (Bovero, 2000, url). Se

puede apreciar que el monopolio que podrían tener las televisaras realmente no

permitiría participar a todos los individuos o ciudadanos en la elaboración de las

preferencias. Ya que serian las mismas televisaras quienes garantizarían el acceso a los

medios, por lo que generaría una exclusión de diversos puntos de vista, diferentes o no

de las televisoras, lo cual podría impactar en el desarrollo de la democracia.

También se puede observar que esto generaría que los ciudadanos se quedarán

como simples espectadores pasivos, que no tendrían oportunidad de participar en las

decisiones de interés general y que la calidad de la democracia mexicana se viera

afectada de forma negativa debido a que como ya se menciona, la calidad de la

democracia, dependen en gran medida de la calidad de medios de información que se

tienen. En este sentido cabe destacar que si se cuenta con un sistema de comunicación

deficiente y con una estructura descentralizada, contraria a los ideales democráticos

como forma de vida, esto no habla nada bien de la democracia que se vive en México.

Retomando la idea anterior, especialistas, analistas, académicos y políticos

expresan que esta reforma de ley en cierta forma es discriminatoria debido

principalmente a que excluye al individuo en la formación de la misma y que los

políticos hicieron lo mismo, excluyeron a los ciudadanos, lo cual representa un

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lcv Televisa"

elemento negativo si se considera que dentro de la tradición democrática liberal, "el

individuo es un sujeto fundante para la democracia y para lograr conformar decisiones

legírimas." (lriarte, 2003, url).

Sin embargo, el factor más negativo de está exclusión es que la reforma a la ley

tal y como está redactada actualmente deja sin posibilidad de participación a los

ciudadanos en el proceso de formación de los medios de comunicación y sus

contenidos. Se aprecia claramente, que esta ley ha sido aprobada para el beneficio de

uno pocos dejando la voz ciudadana en un segundo plano, lo cual no puede ser posible

dentro de una democracia, en donde su principal función es "asegurar la libertad de los

individuos frente a la prepotencia del Estado" (lriarte, 2003, url). Esto resulta casi

imposible en un país como México en donde la democracia apenas está en una etapa

embrionaria.

El miedo existente a raíz de la Ley Televisa es que los grandes corporativos de

la comunicación en México se vayan conformando cada vez más en actores

fundamentales y decisivos de la política nacional, es decir, que los medios de

comunicación abandonen su función de informar, educar y sobre todo de vigilar la vida

pública, que dejen de ser el perro guardián de la política y que se conviertan en parte

esencial de la política misma.

Este miedo está fundado en el hecho, de que al parecer con esta reforma a la Ley

de Radio y Televisión, estos dos conglomerad.os (Televisa y Tv Azteca) van a poder

transitar de poderes fácticos a convertirse verdaderamente en el cuarto poder, con

dominio social y el peligro de ello es que "un poder social concentrado aspira a

conquistar también el poder político y apuntará luego a eliminar límites, frenos y

contrapesos institucionales a su acción".(Bovero, S.F, url).

No suena dificil imaginarse lo anterior, ya que en el año de 2006 de campañas

electorales y con la simple aprobación de la reforma se pudieron ver esbozos del gran

poder que tienen las televisaras ya que los políticos querian evitar la confrontación con

los medios de comunicación debido a que seria un suicidio político y a que Manuel

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La mecliocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa, ..

Guerrero (2003) rnenc10na claramente que muchos políticos creen en el poder

prácticamente absoluto de los medios para influir no sólo en las opiniones, sino hasta la

conducta de los individuos.

Un punto adicional a esta conducta se debe a que "las televisaras, y en menor

medida las emisoras de radio, acaparan totalmente los gastos de publicidad de las

campañas electorales, el mayor negocio privado con recursos públicos".28

Esta fue una de las razones para que los legisladores aprobaran la reforma de ley

de manera inmediata sin cambiar ningún aspecto de la misma, debido principalmente a

los chantajes y presiones de las televisaras, en específico Televisa. Con esta nueva

reforma, las televisaras gozaran de un mayor poder y capacidad de inferir en las

decisiones públicas, dando paso a una democracia de los medios, mejor conocida corno

Mediocracia

3.5. Repercusiones Económicas

Algunos especialistas en la materia, señalan que la ley permitirá a las televisaras

generar una mayor riqueza, en el sentido que está previendo otorgar a las televisaras un

"canal adicional al que tienen para llevar transmisiones digitales, y esta minuta les está

autorizando para que en esos canales adicionales y lo que no usen para la transmisión de

canal digital lo puedan usar para servicio de telecomunicaciones" (Teherán, 2006, url).

Lo anterior significa, que dentro de la ley se estipula la facilidad para las

televisaras de hacerse de otros canales, pero el problema que se observa, es que dentro

de esta idea de transitar a la modernidad y utilizar lo último en tecnología, puede llevar

a que las televisaras -sobre todo en el caso de Televisa- a utilizar estos espacios para

ampliar y diversificar sus servicios.

28 Para mayor información véase Editorial. "Las televisaras, poder sin contrapeso" en La jornada 2 de Enero de 2006. Disponible en Internet http://www.javiercorral.org

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación }" democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa"

Como ya se mencionó anteriormente.. estas televisciras ya establecidas y

económicamente viables pueden, ampliar sus funciones con el simple hecho de

solicitarlo a las autoridades correspondientes.

Estas televisaras ganarán mayor control de los medios y sobre todo tendrán la

oportunidad de entrar a competir en otros sectores como el de telecomun.icaciones. Es

decir, esta reforma se esta permitiendo que los televisaras emigren a otros sectores de la

comun.icación, creando grandes corporativos y la centralización del poder mediático en

manos de unos cuantos, debido principalmente a que la televisaras podrán entrar al

mercado de la transferencia de datos a través de la banda ancha, servicios de Internet,

televisión digital y servicios de telefonía fija y móvil.

Podrán entrar sm ningún tipo de freno u obstáculo al campo de las

telecomunicaciones, por ello es que el senador Corral señala que este fenómeno se

puede convertir en un negocio fructífern ya que "solo en el caso de Televisa, la

asignación de los espectros radioeléctricos sería de 250 millones de dólares en lo que se

refiere al Distrito Federal" (Teherán, 2006, url).

Lo que definitivamente traerá como consecuencia inmediata la concentración de

poder, generación de un duopolio y la capacidad de influir en las políticas públicas por

parte de estos actores, dando paso a una mediocracia. En donde los medios de

comunicación serán los actores más importantes en el sistema político, social y

económico y con ello se cumple a la perfección la promesa incumplida de la democracia

que menciona Norberto Bobbio ( 1993) acerca de la derrota del poder oligárquico, y

parece ser que con esta ley se reafirma dicho poder.

Una pregunta queda en el aire ¿Cuál es el efecto de que las televisoras tengan

este tipo de control sobre las telecomunicaciones? :r,-¡o existe una respuesta clara, precisa

y única, sin embargo, la mayor preocupación viene desde el sector económico. Cabe

señalar, que la telecomun.icación es uno de los sectores clave para el desarrollo de un

país ya que, en un mundo inmerso en la globalización, la comunicación se convierte en

el elemento fundamental para cualquier tipo de operación.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

Teniendo esto en cuenta, se puede apreciar que este sector ha presentado un

crecimiento imponante, las cifras del 2004 señalan que "creció a una tasa de 19 .7 por

ciento, más de 15 puntos porcentuales que la evolución del producto interno bruto

(PIB). Los datos disponibles de 2005 apuntan a un incremento de 17 por ciento contra

un aumento de 3 por ciento del PIB". (Cortés, 2006, url).

La preocupación de este elemento es que la lógica inmersa en la convergencia

tecnológica es "una oponunidad para que los Estados puedan obtener ingresos

millonarios por la subasta del espacio liberado, abriendo la radiodifusión a una mayor

competencia, o prestar servicios adicionales de telecomunicaciones" (González, 2006,

url). Pero que en este caso no se cumple y parece ser que el Estado perderá recursos y

las televisaras serán las únicas beneficiadas.

Como se puede apreciar, este es un sector con una gran importancia para la

economía mexicana, de ahí la preocupación que con esta nueva ley y el control que las

televisaras puedan tener en este rubro, sean estas las únicas beneficiadas, excluyendo,

nuevamente a la ciudadanía y al Estado mismo, de los beneficios Jo cual generaria un

impacto negativo para el desarrollo económico y político del país.

Por otra parte, el control de las televisoras sobre las concesiones de radio y

televisión será tan grande que solo serán otorga.das para aquellos grupos que cuenten

con el dinero suficiente por lo que el derecho a la libertad de expresión se verá afectado

por el hecho de condicionar a través del dinero las concesiones y relegar o excluir a las

estaciones públicas y a las radios comunitarias.

Por ello, es importante mencionar que "la información no es patrimonio

exclusivo y excluyente de los periodistas ni dí! las empresas informativas y que la

titularidad universal del derecho a la información pertenece a todos" (Camacho, 2000,

url). Ante esta violación de los derechos humanos, el gobierno del país se puede

introducir en una gran problemática de consecuencias, ya no solo nacionales, smo

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La mediocracia. La relación encre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

internacionales, lo cual seria un golpe severo a la consolidación de la democracia en

México.

Si la Corte Superior de Justicia. declara valida las reformas a la Ley de Radio y

Televisión tal y como están redactadas, se afianzará la concentración de los medios de

comunicación en unas cuantas empresas, aseguro el especialista de la UdeG, Eruigue

Sánchez Ruiz.

La propuesta que analizará por segunda vez el Congreso de la Unión durante el

próximo periodo de sesiones ha sido criticada porque responde a los intereses

particulares de los grandes organismos mediáticos, como Televisa.

Para el investigador del Departamento de Estudios en Comunicación Social, de

esta casa de estudios, el asunto no es que las empresas pretendan favorecer sus intereses,

el problema es cuando quieren imponerlos como una necesidad de la sociedad en

general. Los intereses de Televisa, también de TvAzteca, no son los del país entero,

como quieren hacemos creer desde hace mucho. El resto de los grupos sociales

comamos con intereses propios. Los receptores tenemos derecho a recibir otro tipo de

contenidos y disponer de una programación alternativa a la que nos ofrecen las grandes

televisaras .. Ahí es donde los legisladores deben actuar como verdaderos representantes

del pueblo de México.

Uno de los aspectos que no se ha discutido de forma suficiente, es la

actualización tecnológica. La iniciativa de reforma privilegia la explotación de recursos.

sin embargo, ''ei proyecto debe especificar qué contenidos serán emitidos mediante las

posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías y a quiénes se les otorgarán los

derechos de explotación. Ambas cosas son importantes, pues lo que ven los mexicanos

depende de cómo está distribuido el control y la propiedad de los grupos".

Aún cuando exista una adecuada regulación de contenidos, si uno o dos grupos

controlan la circulación de mensajes, añadió, estaremos ante el mismo monopolio.

"Corremos el riesgo de que la diversidad cultural se pierda, que no se dé voz a los otros

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La meáiocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa'·'

y, por tanto, los medios se vuelvan un estorbo en la consolidación de la democracia más

c¡ue un instrumento para fomentarla".

lvne este panorama, es necesario que los legisladores retomen la iniciativa que

presentó un grupo de diputados como resultado de la consulta nacional con diversos

actores de la sociedad. Este documento recogía varias propuestas para regular los

medios de comunicación en México y consistía en un proyecto inclusivo y más

democrático que el actual. Lo grave del asw1to, es que estas propuestas alternas fueron

ignoradas por completo y la iniciativa de Ley de radio y televisión fue aprobada por

unanimidad en el Congreso de la Unión en diciembre de 2005.

Sin embargo, al tumarla para su revisión y aprobación en el Senado, los

diputados decidieron dar marcha atrás y posponer su discusión hasta el próximo periodo

ordinario de sesiones, que inicia en febrero.

Abandonados a su suerte si bien se supone que la iniciativa elimina la

discrecionalidad en el otorgamiento de concesiones y permisos para operar canales de

radio y televisión, en la práctica no ocuniria asi, pues favoreceiia a las empresas más

poderosas. El investigador del Departamento ele Estudios en Comunicación Social,

Pablo Arredondo Ramírez, argumentó que al someter los pem1isos y concesiones a una

liciración pública, da la impresión de que la subasta deja abiena la posibilidad a quienes

disponen de más recursos debido a que los "Criterios como la pertinencia, e! proyecto

de comunicación o la evaluación de! trabajo de los comunicadores aciuales quedan

supeditados a si una empresa cuenta con los recursos para ser el mejor postor'· .

De esta manera, las radiodifusoras y televisaras culturales, comunitarias y

menos comerciales quedan excluidas del mapa. El proyecto habla del sector

perrms1onano como si fuera exclusivo para estaciones que dependen de instancias

públicas, pero todos los esfuerzos al margen de ellas quedan abandonados a su suerte.

De esta forma la reforma a la LFRTV cierra el paso a las radios comunitarias o

experimentales y a las que operan mediante pe1misos. Por si fuera poco , elimina los

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa "

requisitos de imparcialidad que deben cumplir los integrantes de la Comisión Federal de

Telecomunicaciones (Cofetel), órgano que regula el sector. Las licencias podrán

refrendarse automáticamente por el mismo periodo para el que fueron otorgadas con

anterioridad, sin previa revisión del expediente legal. Incluso se permitirá a los actuales

concesionarios prestar servicios adicionales de telecomunicaciones, con lo que se da

libre acceso a las principales televisoras para ofrecer servicios de telefonía.

Por lo que se observa que cada vez más los medios de comunicación en México

van a ir ganando terreno en todo lo referente a las telecomunicaciones, creándose así

mismos como unos verdaderos monstruos de la comunicación y con un enorme poder

tanto económico, político y social que estará retando las estructuras mismas de la

democracia.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Le_v Televisa"

CONCLUSIONES

La democracia es un sistema político en el cual se basa en la participación de la

sociedad. Esta participación supone la existencia de una sociedad educada cívicamente

y políticamente, además de una cultura política que permita hacer un uso productivo y

efectivo de la democracia. Es justamente en este sentido que los medios de

comunicación juegan un papel fundamental ya que son ellos los responsables de que la

información fluya y llegue a todos los ciudadanos, para que estos con dicha información

puedan definir sus opciones y decisiones de la vida política de un país.

Los medios de comunicación cumplen con un papel muy importante en las

sociedades contemporáneas, a tal grado que se han consolidado como pilares

fundamentales para el desarrollo y consolidación de la democracia. Dicha importancia

radica en que los medios son el espacio para el libre flujo de las ideas, para la creación,

por así llamarlo, de un "mercado de ideas", en el cual estén al alcance de la población,

además es importante mencionar que los medios no están para definir en lo que se debe

pensar o hacer, sino que al contrario, están para ofrecer un enfoque complementario de

la realidad y que sirva de base para la torna de decisiones por parte de la sociedad.

Sin embargo, como se pudo apreciar a lo largo del trabajo, los medios de

comunicación han dejado a un lado sus funciones ideales de mediadores, informadores,

entretenedores y perros guardianes del poder político, para consolidarse como un

verdadero poder en la arena política. ¿Qué supone dicho cambio?

Este cambio, claramente ha afectado de manera importante las funciones de los

medios, ante este panorama las funciones que actualmente desempeñan están guiadas

por los intereses particulares de los grandes conglomerados comunicativos. Intereses

que están determinados por las lógicas del mercado y que por ello, ha orillado a los

medios de comunicación masiva a tener un mayor acercamiento con las clases

poderosas existentes en los Estados como la clase política.

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La mediocracia. La relación emre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

De esta forma, se aprecia, que los medios de comunicación en la actualidad

pueden ser un arma de doble filo, ya que son .. organizaciones complejas que tienen el

potencial de ser, a un mismo tiempo, tanto agentes que defiendan y promuevan la

democracia y la transparencia, como mecanismos de intereses políticos y económicos

cuyos móviles se definan en la opacidad." (Guenero, 2006, p. 15).

Este estudio ha demostrado que los medios de comunicación a nivel

internacional tienen la tendencia de guiarse por los intereses políticos y económicos, lo

cuales les generan grandes beneficios. Pero lo grave de la situación es que este

panorama es lo que ha generado el paso a la mediocracia.

Para la explicación de este fenómeno existen principalmente dos variables que

determinan el por qué de esta rnediocracia. Una de ellas, es la premisa que las grandes

empresas de la comunicación han observado y que lleva al ideario de que la información

es un aspecto fundamental en el poder. El estar informado representa una ventaja sobre

los demás actores, ventaja que se puede capitalizar en un mayor poder. La segunda

premisa está relaciona con esta primera y es el hecho de que la información puede ser

manejada como un bien material el cual puede ser comprado y generar grandes

ganancias.

Bajo estos dos conceptos es que los medios de comunicación han consolidado su

poderío en los regímenes democráticos y han dado paso a un nuevo sistema en donde

los medios concentran un gran poder y por ello, pueden ser determinantes en las

decisiones políticas y en materia de políticas públicas y del mismo marco normativo del

país.

Este escenario, no es otra cosa que la consolidación de la mediocracia, la cual,

como ya se observo a lo largo de esta investigación, existen características vitales que

dan paso a la formación de la misma, siendo estas:

1. Aumento en la concentración de la propiedad de los medios.

2. Uniformidad en los contenidos y los formatos de la programación.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

3. Relaciones cercanos con las élites del poder, lo cual generar una amplia

discrecionalidad en la selección de los temas que se le presentan a la

sociedad.

4. Se cierran las puertas de entrada ai acceso a los medios de comunicación

a las personas o a instituciones mediáticas que buscan otros objetivos

diferentes a los medios comerciales.

5. El poder de determinar la agenda pública e influir en los procesos

políticos.

6. Ingerencia en las políticas públicas.

La mediocracia trae consigo una serie de elementos negativos que impiden un

desarrollo óptimo de la democracia, como ya se pudo observar, la concentración de la

propiedad de los medios de comunicación genera una serie de daños colaterales que

afectan de manera directa la democracia. Uno de ellos, es que con tal concentración y el

poder de los medios de comunicación masiva, se puede influir en la generación de la

opinión pública, he incluso generar una visión positiva ante cualquier eventualidad

negativa para los medios como para el gobierno.

Esto deja ver que la sociedad es vista, por parte de estos dos actores, como una

rebaño al cual hay que domesticar y entretenerlo y nunca sobreinfonnarlo de las

situaciones que acontecen. Sin embargo, la democracia requiere de reflexión y de un

espíritu crítico, los cuales son minimizados por los medios lo que genera un impacto

negativo en la calidad democrática de los Estados.

Probablemente el daño más importante y ante el cual nadie ha generado una

verdadera crítica es la violación al derechos de información y de expresión que se

provoca con la concentración de los medios, ya que es importante reconocer que la

negación al acceso a los medios de información constituye una forma de exclusión de

los grupos más débiles y con ello se atienta al principio democrático del pluralismo.

Por eso es importante entender que "la creación de condiciones para el pleno

ejercicio del derecho humano a la información, no se reduce a permitir a las personas

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La mediocracia. la relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa"

saber lo que deberían pensar o hacer, sino que otorga sentido y forma a sus aspiraciones,

permitiéndoles tornar el control de sus propias vidas" (Carnacho, 2000, Url).

La mediocracia, es un fenómeno que esta afectando a todos los Estados en la

arena internacional y México no fue la excepción. La aprobación de las reformas a la

Ley Federal de Radio y Televisión y la de Telecomunicaciones significan para el país

uno de los retrocesos más grandes en la construcción de la democracia mexicana, ya que

limitan de manera sustancial el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la

información por parte de los sectores mayoritarios.

La Ley Televisa es hoy una reforma y una realidad impugnada por muchos

actores políticos y sociales. Están en juego diversos intereses que definirán el rumbo de

los medios en México para las siguientes décadas. El problema de percepción pública en

el país es que los políticos no fueron críticos con lo que aprobaron, más bien se plegaron

a los intereses de una empresa que legalmente defiende sus intereses, pero que

ilegítimamente excluyó los intereses del resto de los participantes, incluyendo a la

sociedad misma.

Lo anterior, se presenta como un grave obstáculo debido a que la libertad de

expresión, el derecho a la información y el acceso a los medios así como la necesidad de

medios alternos son fundamentales para la democracia, tal y corno fue definida en el

primer capitulo de este trabajo. Estos tres elementos representan uno de los pilares

fundamentales para el desarrollo democrático de México.

Justamente estas reformas contravienen a preceptos constitucionales que

garantizan estos elementos, al mismo tiempo que violan estándares internacionales que

el México como país soberano se ha comprometido a respetar. Como ha quedado ya

establecido, el artículo 20º de la LFRTV es discriminatoria y contraria al principio de

legalidad y de seguridad Jurídica y por lo tanto, es violatoria no solamente de las

garantías consagradas en la Constitución en sus artículos 1 °,6° y 133°, principalmente.

Se observa que esta reforma a la ley constmye un procedimiento que establece,

totalmente discrecional, el otorgamiento de permisos en donde se restringe

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infundadamente el acceso, la adquisición y operación de medios de radiodifusión por

parte de aquellos ciudadanos que sin fines de lucro quieran ejercer sus derechos a la

libertad de expresión y a la información a través de ellos.

La violación de esos derechos es un efecto que debe tomarse en serio, ya que de

continuar la situación actual a la larga creará una sociedad mal informada y con falta de

fuentes de información alternas lo cual derivará en una opinión pública implementada

desde arriba, reduciendo el papel del individuo a un mero teleespectador y se ratificará

la idea de que "los individuos que integran toda la sociedad han sido reducidos a la

condición de masa por un modelo predominante de libre mercado al que los medios se

han ajustado cómodamente" (Albarrán, 2003, url).

La reforma a la Ley de Radio y Televisión fue aprobada sin tomar en cuenta las

múltiples voces que argumentaron sobre las deficiencias y vacíos que contenía. A pesar

de que el Congreso llevó acabo varias sesiones con expertos en la materia para

determinar la viabilidad de dicha reforma, se puede decir que, sin temor a ninguna

equivocación que

"hemos sido testigos de cómo el poder mediático puso de rodillas a los partidos

y doblegó al congreso y al Ejecutivo, cuyos miembros sólo escucharon la opinión de

personeros quienes afirmaban que se trataba de una ley moderna, con algunos

problemas, pero que era mejor de la que ahora tenemos" (Calleja, 2006, p. 272).

Otro de los efectos negativos de de esta reforma, es la concentración ·del poder

en un grupo reducido de empresas que le permitirán tener un gran peso en las decisiones

dentro del sector, corno en la elaboración de las políticas públicas del Estado. Es de esta

forma, que se aprecia que los medios de comunicación han alcanzado un nivel de poder

que les permite configurarse como una figura autentica de poder y con ello en busca de

sus propios intereses, olvidándose a sí de sus funciones principales como medio de

comunicación. que son la de informar. dar una ventana de expresión a la sociedad y ser

el perro guardián de los actores políticos.

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La mediocracia. La relación enire medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa,.

En una mediocracia los medios de comunicación masiva se enfrentan a una

disyuntiva en la cual "pueden elegir entre dos claras opciones de acción: ser garantes e

impulsores del desarrollo democrático, o ser meros agentes del control social global"

(Albarrán, 2003, url). Ante la normatividad que se esboza en la reforma a la Ley de

Radio y Televisión es visiblemente claro que los medios de comunicación en México

han decido por dejar de lado la primera opción y se han motivado por sus propios

interés a conformarse en un verdadero centro de poder y control de la sociedad,

generando un severo deterioro en el proceso de consolidación democrática del país.

Cabe destacar, que el poder que puedan experimentar los medios de

comunicación a raíz de dicha ley, los pondrá en un lugar p1ivilegiado, ya que "mientras

que el acceso a los documentos sigue siendo dificil. la versión que difunde la televisión,

incompetente e ignorante, se impone sin que podamos cuestionarla'' (Kapuscinki, 1999,

url). ,i\nte ello y con el excesivo poder que se les dará a las televisorns, estas podrán

conirolar la opinión pública y regular los contenidos de sus pro~rramas e informaciones.

Por lo cual, el miedo existente es que el mayor gmpo televisivo, Televisa, podrá

influir de manera directa en la forma de pensar y de qué pensar de la sociedad, la cual

no podrá ser enfrentada a otros medios debido a esa eliminación de la competencia con

base al factor económico, por ello, se percibe en el futuro que todo aquello que aparezca

en la televisión será tomado como verdad absoluta.

De esta manera, en el afán de maquillar esta reforma como un L."ltento de

democratizar el espacio legal de los medios, el Estado mexicano entregó al mercado sus

atribuciones en el tema de la regulación de los medíos y el uso del espectro

electromagnético. De lo que no se dio cuenta jamás el Estado y en especial los

kgisladores es que el mercado y el mundo globalizado de la comunicación y

telecomunicación no es precisamente el espacio democrático por excelencia, ames bien,

es un ámbito en el que pocos hablan y muchos callan y por ello el fonalecimiento de la

democracia mexicana se cuestiona y se pone en duda su consolidación y abre u.ria

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Lev Televisa"

ventana a la interpretación de que la democracia mexicana ha sido reemplazada por un

nuevo monstruo político. la mediocracia.

Al dejar casi completamente en manos de los medios de co1mmicación, es

especifico. dejar el proceso de otorgamiento de concesiones y permisos estar

determinado por el carácter económico. choca y al mismo tiempo viola una de las

atribuciones que tiene el Estado mexicano, que es el de poseer el control sobre las

frecuencias auditivas y digitales en los cuales se transmiten los mensajes de los medios

de comunicación electrónicos. Ya que en el párrafo cuarto del artículo 27 constitucional

se señala que es propiedad de la Nación el espacio situado sobre el territorio nacional,

en la extensión y términos que fije el Derecho Imemacional.

Ante este escenano que vive México, es fundamental preguntarse s1

¿Conseguirá la democracia someter a la televisión? ¿O será la televisión la que someta y

domestique a la democracia, hasta convertirla en un reality-show, en un espacio virtual

en el que ficción y realidad se confunden? (Del Rey, 1996, p.24). Después del análisis

realizado en este trabajo de investigación, se concluye que la situación tal y como está

actualmente indica que los medios de comunicación masiva y su capacidad de influir en

la sociedad, acerca de los temas en los que se debe pensar, aunado a eso la gran

concentración de la propiedad de los mismos, da pie a pensar que la Mediocracia ha

llegado de manera directa y con gran fuerza a México.

Lo preocupante del caso, es que los medios una vez instaurados en el poder

solamente buscarán incrementar ese poder, por lo que se ve muy dificil que la

democracia pueda someter, no solo a la televisión, sino a todos los medios de

información masiva. Por lo que el futuro no es nada esperanzador y al contrario se prevé

que los medios continúen ganando terreno en la arena política.

Por ello, hoy por hoy, se puede expresar que la política mexicana, al igual que el

Estado mexicano, se encuentra influenciado por el poder de los medios, pero sobre todo,

por los beneficios que gozan al tener a los medios como un aliado, un aliado con la

capacidad de poder destruir y reconstruir lo que considere necesario.

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa "

Es así que México puede ser clasificado corno una Mediocracia, ya que los

medios de comunicación '·con su amplia cobertura informativa, su gran penetración

mental, su rápida capacidad de difusión, su enorme versatilidad semiótica, su gran

perfeccionamiento técnico, se han convertido en el centro del poder comernporáneo de

nuestra nación" (Esteinou, 2000, p.50).

Es así que a raíz de la Ley Televisa y con un pasado autoritario, los medios han

iogrado consolidarse corno el agente fundamental en la arena política, en donde, los

políticos y las clases dominantes se han doblegado ante estos monstruos mediáticos. De

esta forma, México como una rnediocracia, depende totalmente de los medios para la

consolidación de su proceso democrático, el cual no figura como uno de los principales

objetivos de los medios de comunicación contemporáneos.

Fmalmeme, solo queda por mencionar que a lo largo del todo la investigación, se

pudieron comprobar las hipótesis planteadas desde un inicio. Es decir, se puedo

comprobar efectivameme que la concentración de los medios de comunicación, el

posicionamiemo de los mismos en la arena política y su gran influencia en los procesos

políticos los ha puesto corno piedra angular de la política, y ello provoca la

transformación de la democracia en una mediocracia.

De la misma forma, se apreció que los medios de comunicación en México

juegan un papel fundamental en la formación de la opinión pública y con ello influyen

de forma importante en los procesos políticos y en la cultura política de la sociedad.

Dicho poder se verá incrementando con la entrada de vigor de esta nueva reforma a la

Ley de Radio y Televisión. Además este poderlo del que gozan se debe principalmente

a una época en donde la imagen lo es todo y en donde la televisión es el maestro por

excelencia en todos los hogares.

Por último, quedó demostrado claramente que La reforma a la Ley de Radio y

Televisión provocará que los medios de comunicación concentren mayor poder, lo que

les permitirá seguir siendo parte fundamental en el desarrollo de la democracia

mexicana. Pero más allá de ser fundamentales para el desarrollo de la democracia, estos

medios de comunicación mexicanos, TV AZTECA y TELE'v1SA, junto con TELMEX,

se convertirán en elementos clave que el desarrollo del país, ya que como quedó visto

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La mediocracia. La relación entre medios de comunicación y democracia. El caso mexicano ante la "Ley Televisa"

con la reforma, estas agrupaciones mediáticas serán las que tendrán el poder de las

decisiones políticas, dando paso a una realidad inobjetable, La Mediocracia Mexicana.

Solo queda mencionar, que el panorama de esta reforma a la Ley de Radio y

Televisión es un ta.TJ.to incierto, ya que la Suprema Corte aún no ha terminado de

analizar la inconstitucionalidad de la misma. Sin embargo, es casi una garantía que a

pesar de lo que ya se demostró en esta investigación, es que la refom1a salga victoriosa

de la Suprema Corte, dejando mucho que decir de la actuación de este poder. El por qué

de la victoria se deberá principalmente a los grandes intereses que se encuentran detrás

de la misma, y a la ya mencionada viciada relación entre los dueños de los medios de

comunicación y la élite política.

Como propuesta, debe de existir una nueva modificación a la reforma, en la cual

se contemple a las radios comunitarias y al resto de los medios públicos. Sin embargo,

la mejor opción o curso de acción, seria la formulación de una nueva ley acerca de los

medios de comunicación, ya que está "Ley Televisa" solamente fue un parche para

solucionar problemas por un cierto tiempo. Lo que si es necesario es la generación de

todo un nuevo marco legal para la operación y propiedad de los medios de

comunicación. Un elemento que puede favorecer a este nuevo marco, es la reforma de!

Estado. Esta reforma será fundamental para determinar no solo el futuro del Estado en

cuanto a su administración, sino también en cuanto al futuro de los medios y del

proceso democrático de México. Por ello, es fundamental que el nuevo marco legal de

los medios de comunicación se de a la par o como consecuencia de la reforma del

Estado.

Por último, el poder de los medios de comunicación masiva en México es

fundamental para entender el desarrollo político del país. Pero también se sabe que los

medios obtienen su gran poder a raíz de los comicios electorales. Por ello, una

propuesta es que dicho poder se vaya reduciendo poco a poco y darle Un menor peso o

importancia a los medios, sobre todo a la televisión en los procesos electorales. Esto se

podria hacer mediante la prohibición de la publicidad política y mantenerla solamente

en tiempo gratuito; prohibir la promoción de los gobernantes; y por último sancionar la

publicidad encubierta. Justamente aquí en radica el futuro democrático de México.

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ANEXOS

• Ley Federal de Radio y Televisión

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Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión Secre1aria General Secrelana de Servicios Parlamentarios Centro de Documentación, lniormación y Análisis

LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Última Reforma OOF 11-04-2006

LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 1960

TEXTO VIGENTE Última reforma publicada DOF 11-04-2006

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ADOLFO LOPEZ MATEOS, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:

Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO:

"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:

LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISION

TITULO PRIMERO Principios fundamentales

CAPITULO UNIGO

Artículo 1o.- Corresponde a la Nación el dominio directo de su espacio·territorial y, en consecuencia, del medio en que se propagan las ondas electromagnéticas. Dicho dominio es inalienable e imprescriptible.

Artículo 2o. La presente Ley es de orden público y tiene por objeto regular el servicio de radiodifusión.

El servicio de radiodifusión es aquél que se presta mediante la propagación de ondas electromagnéticas de señales de audio o de audio y video asociado, haciendo uso, aprovechamiento o explotación de las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico atribuido por el Estado precisamente a tal servicio; con el que la población puede recibir de manera directa y gratuita las señales de su emisor utilizando los dispositivos idóneos para ello.

El uso, aprovechamiento o explotación de las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para prestar el servicio de radiodifusión sólo podrá hacerse previos concesión o permiso que el Ejecutivo Federal otorgue en los términos de la presente ley.

Para los efectos de la presente ley, se entiende por radio y televisión al servicio de radiodifusión. Articulo reformado DOF I i-04-2006

Artículo 3o. La industria de la radio y la televisión comprende el aprovechamiento de las ondas electromagnéticas, mediante la instalación, funcionamiento y operación de estaciones radiodifusoras por los sistemas de modulación, amplitud o frecuencia, televisión, facsímile o cualquier otro procedimiento técnico posible, dentro de las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico atribuidas a tal servicio.

Arcículo reformado DOF I 1-04-2006

I de 31

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Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión Secretaria Genera: Secretaria de Servicro5 Pa11amen1arios Ceniro de DocumentaclOn. informacion y An.31ists

LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Ú/1,ma Reiorma DOF 11-04-2006

Artículo 4o.- La radio y la televisión constituyen una actividad de interés público, por lo tanto el Estado deberá protegerla y vigilarla para el debido cumplimiento de su función social.

Artículo So.- La radio y la televisión, tienen la función social de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana. Al efecto, a través de sus transmisiones, procurarán:

1.- Afirmar el respeto a los principios de la mornl social, la dignidad humana y los vínculos familiares;

11.- Evitar influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud;

111.- Contribuir a elevar el nivel cultural del pueblo y a conservar las características nacionales, las costumbres del país y sus tradiciones, la propiedad del idioma y a exaltar los valores de la nacionalidad mexicana.

IV.- Fortalecer las convicciones democráticas, la unidad nacional y la amistad y cooperación internacionales.

Artículo 60.- En relación con el artículo anterior, el Ejecutivo Federal por conducto de las Secretarías y Departamentos de Estado, los Gobiernos de los Estados, los Ayuntamientos y los organismos públicos, promoverán la transmisión de programas de divulgación con fines de orientación social, cultural y cívica.

Artículo 7o.- El Estado otorgará facilidades para su operación a las estaciones difusoras que, por su potencia, frecuencia o ubicación, sean susceptibles de ser captadas en el extranjero, para divulgar las manifestaciones de la cultura mexicana, fomentar las relaciones comerciales del país, intensificar ia propaganda turística y transmitir informaciones sobre los acontecimientos de ia vida nacional.

Artículo 7-A. A falta de disposición expresa en esta [_ey, en su Reglamento o en los Tratados Internacionales, se aplicarán:

l. La Ley Federal de Telecomunicaciones:

11. La Ley de Vías Generales de Comunicación;

111. La Ley General de Bienes Nacionales;

IV. El Código Civil Federal;

V. El Código de Comercio;

VI. La Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y

VII. El Código Federal de Procedimientos Civiles.

TITULO SEGUNDO Jurisdicción y competencias

CAPITULO UNICO

Articulo adicionado DOF ! I-04-2006

Artículo 80.- Es de jurisdicción federal todo lo relativo a la radio y la televisión.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Ultima Reforma DOF 1, -04-2006

Artículo 9o. A la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, por conducto de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, corresponde:

l. Ejercer las facultades que le confiere la Ley Federal de Telecomunicaciones, promoviendo la más amplia cobertura geográfica y de acceso a sectores sociales de menores ingresos;

11. Promover las inversiones en infraestructura y servicios de radio y televisión en el país, impulsando su desarrollo regional;

111. Promover la investigación y el desarrollo tecnológico en materia de radiodifusión, la capacitación y el empleo de mexicanos;

IV. Interpretar esta Ley para efectos administrativos en el ámbito de su competencia, y

V. Las demás facultades que le confieren la presente Ley y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Para los fines de la presente Ley, a la Dependencia a que se refiere este artículo se le p_odrá denominar también como la Secretaría.

La resolución sobre el rescate de frecuencias queda reservada al Secretario de Comunicaciones y Transportes.

Arricuio reformado DOF JO-! J-!980. I J-04-20116

Artículo 1 O.· Compete a la Secretaría de Gobernación:

1.- Vigilar que las transmisiones de radio y televisión se mantengan dentro de los limites del respeto a la vida privada, a la dignidad personal y a la moral, y no ataquen los derechos de tercero, ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden y la paz públicos;

11.· Vigilar que las transmisiones de radio y televisión dirigidos a la población infantil propicien su desarrollo armónico, estimulen la creatividad y la solidaridad humana, procuren la comprensión de los valores nacionales y el conocimiento de la comunidad internacional. Promuevan el interés científico, artístico y social de los niños, al proporcionar diversión y coadyuvar a su proceso formativo.

Fracción adicionada DOr //-0/-/98:

111. Se deroga. Fracción reíormada DOF 1 /-0l-l':J8: ise recorre!. Derogada DOF 30-! /-2000

IV.· Vigilar la eficacia de las transmisiones a que se refiere el artículo 59 de esta ley; Fracción r~¡órmada DOF / 1-0/-!982 (se recorre)

V.· Imponer las sanciones que correspondan a sus atribuciones y denunciar los delitos que se cometan en agravio de las disposiciones de esta ley, y

Fracción reformada DOr" J /-0/-/982 rse recorrej

VI.- Las demás facultades que le confieren las leyes. Fracción reformada DOF J /-0!-/982 !se recorre)

Artículo 11.· La Secretaría de Educación Pública tendrá las siguientes atribuciones:

l.· Promover y organizar la enseñanza a través de la radio y la televisión;

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Ultima Reforma DOF 11-04-2006

11.- Promover la transmisión de programas de interés cultural y cívico;

111.- Promover el mejoramiento cultural y la propiedad del idioma nacional en los programas que difundan las estaciones de radio y televisión;

JV.- Elaborar y difundir programas de carácter educativo y recreativo para la población infantil. Fra::ció11 adicionada DOF i I-0/-/982

V.- Intervenir dentro de la radio y la televisión para proteger los derechos de autor; Fracción re.formada DOF I i-Oi-/98] fse recorre)

VI.- Extender certificados de aptitud al personal de locutores que eventual o permanentemente participe en las transmisiones;

Fracción reforma.da DOF I I-Ol-/98] (se recorrej

VII.- Informar a la Secretaría de Gobernación los casos de infracción que se relacionen con lo preceptuado en este artículo, con excepción de la fracción IV, a fin de que imponga las sanciones correspondientes, y

Fracción reformada DO, f I-Ol-l'J8:: (s,· recorr!'I

VIII. Coordinar el funcionamiento de las estaciones de radio y televisión pertenecientes al Gobierno Federal, con apego al articulo tercero constitucional cuando se trate de cuesiiones educativas; y

Fracción ad1cw11ada DOF 30-//-2000

IX. Las demás que le confiera la ley. Fracción re/órmada DOF I !-01-1982 !se recorre) 30-1 l-]000 (se recorr,:1

Artículo 12.- A la Secretaría de Salubridad y Asistencia compete:

1.- Autorizar la transmisión de propaganda comercial relativa al ejercicio de la medicina y sus actividades conexas;

11.- Autorizar la propaganda de comestibles, bebidas, medicamentos, insecticidas, instalaciones y aparatos terapéuticos, tratamientos y artículos de higiene y embellecimiento y de prevención o de curación de enfermedades;

111.- Promover y organizar la orientación social en favor de la salud del pueblo;

IV.- Imponer las sanciones que correspondan a sus atribuciones, y

V.- Las demás facultades que le confiera la iey.

TITULO TERCERO Concesiones, permisos e instalaciones

CAPITULO PRIMERO Concesiones y permisos

Artículo 13.- Al otorgar las concesiones o permisos a que se refiere esta iey, el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes determinará la naturaleza y propósito de las estaciones de radio y televisión, las cuales podrán ser: comerciales, oficiales, culturales, de experimentación, escuelas radiofónicas o de cualquier otra índole.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Ultima Reforma OOF 11-04-2006

Las estaciones comerciales requenran concesión. Las estaciones oficiales, culturales, de experimentación, escuelas radiofónicas o las que establezcan las entidades y organismos públicos para el cumplimiento de sus fines y servicios, sólo requerirán permiso.

Artículo 14.- Las concesiones para usar comercialmente canales de radio y televisión, en cualesquiera de los sistemas de modulación, de amplitud o frecuencia, se otorgarán únicamente a ciudadanos mexicanos o a sociedades cuyas socios sean mexicanos. Si se tratare de sociedad por acciones, éstas tendrán precisamente el carácter de nominativas y aquéllas quedarán obligadas a proporcionar anualmente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la lista general de sus socios.

Artículo 15.- La instalación de una difusora de radio que vaya a operar retransmitiendo o enlazada permanentemente a otra que no era recibida anteriormente en la localidad en que pretenda ubicarse, será considerada como una estación nueva y, en consecuencia, deberá llenar todos los requisitos respectivos.

Artículo 16. El término de una concesión será de 20 años y podrá ser refrendada al mismo concesionario que tendrá preferencia sobre terceros. El refrendo de las concesiones, salvo en el caso de renuncia, no estará sujeto al procedimiento del artículo 17 de esta ley.

Anicuio reJÓrmado DOF I !-M--20/Jó

Artículo 17. Las concesiones previstas en la presente ley se otorgarán mediante licitación pública. El Gobierno Federal tendrá derecho a recibir una contraprestación económica por el otorgamiento de la concesión correspondiente.

Arcirnía refórmado DOF27-l!J-/970. I 1-04-]lllló

Artículo 17-A. La Secretaría publicará en el Diario Oficial de ia Federación el programa de concesionamiento de frecuencias de radiodifusión.

Para determinar la ubicación de las estaciones de radiodifusión y las demás características de las frecuencias que serán licitadas, la Secretaría considerará:

l. Los fines de la radio y televisión previstos por el artículo 5 de la presente ley;

11. Las condiciones del mercado del servicio de radiodifusión en la plaza o región de que se trate, y

111. Las solicitudes que, en su caso, le hayan sido presentadas previamente por los interesados.

Cualquier interesado podrá solicitar dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación del programa, que se liciten frecuencias y coberturas geográficas adicionales o distintas de las ahí contempladas. En estos casos, la Secretaría resolverá lo conducente en un plazo que no excederá de 30 dias naturales.

Artículo adicionado DOF 11-04-2006

Artículo 17-B. La CDmisión deberá publicar la convocatoria para la licitación de nuevas concesiones en el Diario Oficial de la Federación, poniendo a disposición de los interesados las bases de la licitación en un plazo máximo de 30 días naturales contados a partir de la citada publicación.

Arúcuio adiciorwdo DOF I l-04-:!00ó

Artículo 17-C. La convocatoria deberá contener:

l. Frecuencia a través de la cual se prestara el servicio objeto de la licitación, potencia y zona geográfica de cobertura;

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Última Reíorma DOF 11-04-2006

11. Los requisitos y plazos que deberán cumplir los interesados en participar en la licitación; y

111. Formas de adquisición de las bases de licitación. 1Jrtícu/o adicionado DOF l /-04-20116

Artículo 17-D. Las bases de licitación deberán contener:

t. Procedimiento y plazos;

11. Información y documentación que se requerirá de los soiicitantes;

111. Montos y formas de las garantías y derechos que deberán cubrir los participantes;

IV. Especificaciones de los requisitos señalados en el artículo 17-E, y

V. Modelo del título que será otorgado. Anículo adicw,wdo DOF I /-04-211116

Artículo 17-E. Los requisitos que deberán llenar los interesados son:

t. Datos generales del solicitante y acreditamiento su nacionalidad mexicana;

11. Plan de negocios que deberá contener como minimo, los siguientes apartados:

a) Descripción y especificaciones técnicas:

b) Programa de cobertura;

c) Programa de Inversión;

d) Programa Financiero, y

e) Programa de actualización y desarrollo tecnológico.

111. Proyecto de producción y programación;

IV. Constituir garantía para asegurar la continuación de los trámites hasta que la concesión sea otorgada o negada, y

V. Solicitud de opinión favorable presentada a la Comisión Federal de Competencia. Arrícuio ad1ciunaoo DOF ! 1-0,1-20116

Artículo 17 -F. Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de recepción, se prevendrá al solicitante de la información faltante o de aquella que no cumpla con los requisitos exigibles. quien tendrá un plazo de hasta 15 días hábiles, a partir de la prevención de la Comisión, para la entrega de la información requerida.

Si no se hace requerimiento alguno de información dentro del plazo señalado, no se podrá descalificar al solidtante argumentándose falta de información.

Anículu adicionado DOF J 1-04-20116

Artículo 17-G. La Comisión valorará, para definir el otorgamiento de la concesión, la congruencia entre el Programa a que se refiere el artículo 17 -A de esta ley y los fines expresados por el interesado

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEV!SIÓN

Última Reforma DCJF 1 , -04-2006

para utilizar la frecuencia para prestar el servicio de radiodifusión, así como el resultado de la licitación a través de subasta pública.

Arúculo ClCÍicionado DOF i !-!14-]006

Artículo 17-H. Concluido el procedimiento de licitación, quedará sin efecto la garantía que se hubiera constituido para asegurar la continuidad del trámite de solicitud.

Arricuío Cld1cw11adc DOF I í-04-2006

Artículo 17-1. Dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la resolución que declare al ganador de la licitación, éste deberá acreditar el pago de la contraprestación a que se refiere el artículo 17 de esta Ley.

Articulo adicwnado DOF ! / -0¿-2006

Artículo 17-J. Una vez acreditado el pago a que se refiere el artículo anterior, la resolución que declare al ganador de la licitación deberá ser presentada al Secretario de Comunicaciones y Transportes para la emisión del título de concesión. A su vez. se deberá notificar a los participantes que no hubiesen sido seleccionados, con fundamento en la misma resolución. ·

El título de concesión será publicado, a costa del interesado, en el Diario Oficial de la Federación. Arciculo adicionado DOF i i-04-2006

Artículo 18. (Se deroga) AriÍculo r~formado DOF JO-/ !-1980. Derogado DOF ! I-0<-2006

Artículo 19. Cuando a juicio de la Secretaría las solicitudes presentadas no aseguren las mejores condiciones para la prestación de los servicios de radiodifusión, las contraprestaciones ofrecidas no sean satisfactorias o ninguna de las solicitudes cumpla con los requisitos exigidos en la convocatoria o las bases de licitación, declarará desierto el procedimiento concesionario a que se refiere el artículo 17-B, sin responsabilidad alguna para esa Dependencia.

Aniculo reíormado DOF :!i-Oi-1970. 10-! i-!9M), I 1-04-:!006

Artículo 20. Los permisos a que se refiere la presente Ley se otorgarán conforme al siguiente procedimiento:

l. Los solicitantes deberán presentar, cuando menos, la información a que se refieren las fracciones 1, 111, IV y V del artículo 17-E de esta Ley, así como un programa de desarrollo y servicio de la estación;

11. De considerarlo necesario, la Secretaría podrá sostener entrevistas con los interesados que hubiesen cumplido, en su caso, con los requisitos exigidos. para que aporten información adicional con relación a su solicitud. Lo anterior, sin perjuicio de la demás información que la Secretaría considere necesario recabar de otras autoridades o instancias, para el cabal conocimiento de las características de cada solicitud, del solicitante y de su idoneidad para recibir el permiso de que se trate.

111. Cumplidos los requisitos exigidos y considerando la función social de la radiodifusión, la Secretaría resolverá a su juicio sobre el otorgamiento del permiso.

La duración de los permisos no excederá de 20 años, renovables por plazos iguales. Artículo refomzado DOF J /-04-2006

Artículo 21. Las concesiones y permisos contendrán, cuando menos, lo siguiente:

l. El nombre del concesionario o permisionario;

11. El canal asignado;

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111. La ubicación del equipo transmisor;

IV. La potencia autorizada;

V. El sistema de radiación y sus especificaciones técnicas;

VI. El horario de funcionamiento;

VII. El nombre, clave o indicativo;

VIII. Término de su duración;

IX. Área de cobertura;

LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Ultima Reforma DOF 1'-0"--2006

X. Las contraprestaciones que, en su caso, el concesionario se hubiere obligado a pagar como consecuencia de la licitación pública prevista en el artículo 17 de esta ley, así como las demás contraprestaciones que se hubieren previsto en las bases de la licitación del procedimiento concesionario;

XI. La garantía de cumplimiento de obligaciones, y

XII. Los demás derechos y obligaciones de los concesionarios o permisionarios . . 1nículo reformado DOF l l-04-2006

Artículo 21-A. La Secretaría podrá otorgar permisos de estaciones oficiales a dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada, a las entidades a que se refieren los artículos 2, 3 y 5 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, a los gobiernos estatales y municipales y a las instituciones educativas públicas.

En adición a lo señalado en el artículo 20 de esta ley, para otorgar permisos a estaciones oficiales, se requerirá lo siguiente:

l. Que dentro de los fines de la estación se encuentre:

a) Coadyuvar al fortalecimiento de la participación democrática de la sociedad, garantizando mecanismos de acceso público en la programación;

b) Difundir información de interés público;

e) Fortalecer la identidad regional en el marco de la unidad nacional;

d) Transparentar la gestión pública e informar a la ciudadanía sobre sus programas y acciones;

e) Privilegiar en sus contenidos la producción de origen nacional;

f) Fomentar los valores y creatividad artísticos locales y nacionales a través de la difusión de la producción independiente, y

g) Los demás que señalen los ordenamientos específicos de la materia.

11. Que dentro de sus facultades u objeto se encuentra previsto el instalar y operar estaciones de radio y televisión;

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Última Reiorma OOF 11-04-2006

111. Tratándose de dependencias de la Administración Pública Federal, acuerdo favorable del titular de la dependencia;

IV. En el caso de los gobiernos estatales y municipales, acuerdo del titular del poder ejecutivo del Estado o del presidente municipal, según corresponda;

V. En los demás casos, acuerdo favorable del órgano de gobierno de que se trate, y

VI. En todos los casos, documentación que acredite que el solicitante cuenta con la autorización de las partidas presupuéstales necesarias para llevar a cabo la instalación y operación de la estación, de conformidad con la legislación que le resulte aplicable.

Arciculo adicionado DOF I J-114-21106

Artículo 22. No podrán alterarse las características de la concesión o permiso sino por resolución administrativa en los términos de esta ley o en cumplimiento de resoluciones judiciales.

Ariiculo reformado DOF l l-04-2006

Artículo 23. No se podrá ceder ni en manera alguna gravar, dar en fideicomiso o enajenar total o parcialmente la concesión o permiso, los derechos en ellas conferidos, instalaciones, servicios auxiliares, dependencias o accesorios, a un gobierno o persona extranjeros, ni admitirlos como socios o asociados de la sociedad concesionaria o permisionaria, según corresponda.

Aniculu relúrmado DOF i l-OL2{)(16

Artículo 24.- Las acciones y participaciones emitidas por las empresas que exploten una estación radiodifusora, que fueren adquiridas por un gobierno o persona extranjeros, desde el momento de la adquisición quedarán sin efecto para el tenedor de ellas y pasarán al dominio de la nación los derechos que representen, sin que proceda indemnización alguna.

Artículo 25. Los permisos para las estaciones culturales y de experimentación y para las escuelas radiofónicas sólo podrán otorgarse a ciudadanos mexicanos o sociedades mexicanas sin fines de lucro.

Articulo reformado DOF i i-0-1-JOll(i

Artículo 26. Sólo se autorizará el traspaso de concesiones de estaciones comerciales y de permisos a entidades, personas físicas o morales de orden privado o público que estén capacitados conforme esta ley para obtenerlos y siempre que hubieren estado vigentes dichas concesiones y permisos por un término no menor de tres años; que el beneficiario hubiese cumplido con todas sus obligaciones y se obtenga opinión favorable de la Comisión Federal de Competencia.

,.Jrticulo reformado DOF l /-04-2006

Artículo 27.- Para que una concesión pueda ser transmitida por herencia o adjudicación judicial o cualquier otro título, se requerirá_ que los causahabientes reúnan la calidad de mexicanos.

Artículo 28. Los concesionarios que deseen prestar servicios de telecomunicaciones adicionales a los de radiodifusión a través de las bandas de frecuencias concesionadas deberán presentar solicitud a la Secretaría.

Para tal efecto, la Secretaría podrá requerir el pago de una contraprestación, cuyo monto se determinará tomando en cuenta la amplitud de la banda del espectro radioeléctrico en la que se prestarán los servicios de telecomunicaciones adicionales a los de radiodifusión, la cobertura geográfica que utilizará el concesionario para proveer el nuevo servicio y el pago que hayan realizado otros concesionarios en la obtención de bandas de frecuencias para usos similares, en los términos de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELl':VISIÓN

Uliima Reforma DOF 17-04-2006

En el mismo acto administrativo por el que la Secretaría autorice los servicios de telecomunicaciones, otorgará título de concesión para usar, aprovechar o explotar una banda de frecuencias en el territorio nacional, así como para instalar, operar o explotar redes públicas de telecomunicaciones, a que se refieren las fracciones I y 11, respectivamente, del artículo 11 de la Ley Federal de Telecomunicaciones. Estos títulos sustituirán ia concesión a que se refiere el artículo 21 de la presente Ley.

Los concesionarios a quienes se hubiese otorgado la autorización a que se refiere este articulo deberán observar lo siguiente:

l. Las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico y los servicios de telecomunicaciones que se presten en ellas, se regirán por las disposiciones aplicables en materia de telecomunicaciones;

11. El servicio de radiodifusión se regirá por las disposiciones de la presente ley, en lo que no se oponga a la Ley Federal de Telecomunicaciones.

Anicuio reformado DOF I !-04-2006

Artículo 28-A. La Secretaría emitirá disposiciones administrativas de carácter general para fines de lo previsto en el artículo 28 de esta ley atendiendo, entre otros, a los siguientes criterios:

l. El uso eficiente del espectro radioeléctrico y de la infraestructura existente;

11. La promoción de la competitividad, diversidad, calidad y mejores precios de los servicios, y

111. El impulso de la penetración y cobertura de servicios.

La Secretaría vigilará que no se afecten en forma alguna los servicios de radiodifusión, ni la implantación futura de la digitalización de los propios servicios.

CAPITULO SEGUNDO Nulidad, caducidad y revocación

Articulo adicwnado DOF I [-04-~lll!(i

Artículo 29.- Son nulas las concesiones y los permisos que se obtengan o se expidan sin llenar los trámites o en contravención con las disposiciones de esta ley y sus reglamentos.

Artículo 30.- Las concesiones otorgadas para el funcionamiento de las estaciones de radio y televisión, caducarán por las causas siguientes:

1.- No iniciar o no terminar la construcción de sus instalaciones sin causa justificada, dentro de los plazos y prórrogas que al efecto se señalen;

11.- No iniciar las transmisiones dentro de los plazos fijados en la concesión, salvo causa justificada;

111.- No otorgar la garantía a que se refiere el artículo 19 de esta Ley. Fracción reformada DOF 10-i i-1900

Artículo 31.- Son causas de revocación de las concesiones:

1.- Cambiar la ubicación del equipo transmisor sin previa autorización de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

11.- Cambiar la o las frecuencias asignadas, sin la autorización de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Ultima Reforma DOF 11-0~-2006

111.- Enajenar la concesión, los derechos derivados de ella o el equipo transmisor, sin la aprobación de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes.

IV.- Enajenar, ceder o transferir, hipotecar, dar en garantía o -en fideicomiso o gravar de cualquier modo, integra o parcialmente, la concesión y los derechos derivados de ella, el equipo transmisor, o los bienes afectos a su actividad, a Gobierno, empresa o individuo extranjeros, o admitirlos como socios de la negociación concesionaria.

V.- Suspender sin justificación los servicios de la estación difusora por un período mayor de 60 días;

VI.- Proporcionar al enemigo, en caso de guerra, bienes o servicios de que se disponga, con motivo de la concesión;

Vil.- Cambiar el concesionario su nacionalidad mexicana o solicitar protección de algún gobierno, empresa o persona extranjeros.

VIII.- Modificar la escritura social en contravención con las disposiciones de esta ley;

IX.- Cualquier falta de cumplimiento a la concesión, no especificada en las fracciones anteriores.

Artículo 32.- En los casos de los artículos anteriores, y cuando la causa sea imputable al concesionario, éste perderá a favor de la nación el importe de la garantía que hubiese otorgado conforme al artículo 18 o al 19 en su caso.

Artículo 33.- En los casos de las fracciones IV, VI y VII del articulo 31, el concesionario perderá la propiedad de los bienes en favor de la nación. En los demás casos de caducidad y de revocación, el concesionario conservará la propiedad de los bienes pero tendrá obligación de levantar las instalaciones en el término que al efecto le señale la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la cual podrá efectuar dicho levantamiento a costa del concesionario, siguiendo el procedimiento administrativo establecido en el Código Fiscal de la Federación.

Artículo 34.- El Ejecutivo Federal, en los casos a que se refiere el artículo anterior, tendrá en todo tiempo, derecho de adquirir los bienes que el concesionario conserve en propiedad, previo pago de su valor, fijado por peritos nombrados conforme al procedimiento judicial señalado en materia de expropiación, que los valúen conforme a las normas de la misma.

Artículo 35.- La caducidad y la revocación, serán declaradas administrativamente por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, conforme al procedimiento siguiente:

1.- Se hará saber al concesionario los motivos de caducidad o revocación que concurran, y se le concederá un plazo de treinta días para que presente sus defensas y sus pruebas;

11.- Formuladas las defensas y presentadas las pruebas, o transcurrido el plazo sin que se hubieren presentado, la Secretaría dictará su resolución declarando la procedencia o improcedencia de la caducidad o de la revocación, salvo cuando medie caso fortuito o fuerza mayor.

En los casos de nulidad se observará el procedimiento anterior para declararla.

Artículo 36.- El beneficiario de una concesión declarada caduca o revocada no podrá obtener otra nueva, dentro de un plazo de uno a cinco años, según la gravedad de la causa que motivó la declaración, contados a partir de la fecha de ésta.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Última Reiorma DOF 11-04-2006

No podrá otorgarse otra nueva concesión al que hubiere incurrido en alguna de las causas enumeradas en las fracciones IV, VI y VII del artículo 31.

Artículo 37.- Los permisos para el funcionamiento de estaciones de radio y televisión, podrán ser revocados por los siguientes motivos:

1.- Cambiar la ubicación del equipo transmisor sin la autorización de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

11.- Cambiar la o las frecuencias asignadas, sin la autorización de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

111.- Transmitir anuncios comerciales o asuntos ajenos a aquéllos para los que se concedió el permiso;

IV.- No prestar con eficacia, exactitud y regularidad, el servicio especializado, no obstante el apercibimiento; y

V.- Traspasar el permiso sin la autorización de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Artículo 38.- Las autorizaciones otorgadas a los locutores extranjeros, serán revocadas cuando éstos hayan reincidido en alguna de las infracciones señaladas en esta ley.

Artículo 39.- En los casos previstos en los dos artículos anteriores, se declarará la revocación · observando lo dispuesto en el artículo 35 de esta ley.

CAPITULO TERCERO Instalaciones

Artículo 40.- Cuando fuere indispensable, a juicio de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el uso de algún bien de propiedad federal para ser empleado en la instalación, construcción y operación de las estaciones y sus servicios auxiliares, dicho uso deberá sujetarse a las leyes y disposiciones relativas. El Ejecutivo Federal podrá acordar en los casos a que se refiere este artículo, que no se cobren contraprestaciones por el uso de estos bienes, ni en su caso, se causen derechos.

Artículo 41.- Las estaciones radiodifusoras se construirán e instalarán con sujeción a los requisitos técnicos que fije la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de acuerdo con los planos, memorias descriptivas y demás documentos relacionados con las obras por realizarse, los cuales deberán ajustarse a lo dispuesto por esta ley, sus reglamentos y las normas de ingeniería generalmente aceptadas.

Las modificaciones se someterán igualmente, a la aprobación de la Secretaría de Comunicaciones, salvo los trabajos de emergencia necesarios para la realización del servicio, respecto a los cuales deberá rendirse un infom,e a dicha Secretaría, dentro de las 24 horas siguientes.

Artículo 42.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes dictará todas las medidas que juzgue adecuadas para la seguridad y eficiencia técnica de los servicios que presten las radiodifusoras, las cuales deberán estar dotadas de los dispositivos de seguridad que se requieran.

Artículo 43.- Las estaciones radiodifusoras podrán instalarse dentro de los límites urbanos de las poblaciones, siempre que no constituyan obstáculos que impidan o estorben el uso de calles, calzadas y plazas públicas, y que cumplan los requisitos técnicos indispensables para no interferir la emisión o recepción de otras radiodifusoras. Además, en las torres deberán instalarse las señales preventivas para la navegación aérea que determine la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Úlftma Reforma OOF 1í-04-2006

Artículo 44.- Las estaciones difusoras podrán contar con un equipo transmisor auxiliar, que eventualmente substituya al equipo principal.

Artículo 45.- La Secretaría de Comunicaciones y Transpo1ies señalará un plazo prudente, no menor de 180 días, para la terminación de los trabajos de construcción e instalación de una emisora, tomando en cuenta los cálculos que presente el concesionario o perrnisionario, de conformidad con los planos aprobados.

TITULO CUARTO Funcionamiento

CAPITULO PRIMERO Operación

Artículo 46.- Las difusoras operarán con sujeción al horario que autorice la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de acuerdo con los Tratados Internacionales vigentes y las posibilidades técnicas de utilización de los canales.

Artículo 47.- Las estaciones no podrán suspender sus transmisiones, salvo hecho fortuito o causa de fuerza mayor. El concesionario deberá informar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes:

a).- De la suspensión del servicio;

b).- De que utilizará, en su caso, un equipo de emergencia mientras dure la eventualidad que origine la suspensión;

c).- De la normalización del servicio al desaparecer la causa que motivó ia emergencia.

Los avisos a que se refieren los incisos anteriores, se darán en cada caso, en un término de veinticuatro horas.

Artículo 48.- Las estaciones operarán con la potencia o potencias que tuviere_n autorizadas para su horario diurno o nocturno, dentro de los límites de tolerancia permitidos por las normas de ingeniería.

Las estaciones que deban operar durante las horas diurnas con mayor potencia que la nocturna, estarán dotadas de dispositivos para reducir la potencia.

Artículo 49.- El funcionamiento técnico de las estaciones de radio y televisión deberá reunir las condiciones señaladas en las disposiciones que dicte la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de acuerdo con las normas de ingeniería reconocidas.

Artículo 50.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes dictará las medidas necesarias para evitar interferencias en las emisiones de radio y televisión. Toda estación o aparato científico, terapéutico o industrial, y aquellas instalaciones que radien energía en forma suficientemente perceptible para causar perturbaciones a 1-as emisiones autorizadas, deberán suprimir esas interferencias en el plazo que al efecto fije la Secretaría.

Artículo 51.- La misma Secretaría evitará las interferencias entre estaciones nacionales e internacionales, y dictará las medidas convenientes para ello, velando porque las estaciones que operen sean protegidas en su zona autorizada de servicio.

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Última Reforma DOF 11-04-2006

Secretaria de Servicios Parlamentanos Centro oe Documentacion. iníorrnación y Análisis

Determinará también los limites de las bandas de los distintos servicios, la tolerancia o desviación de frecuencia y la amplitud de las bandas de frecuencia de emisión para toda clase de difusoras cuando no estuvieren especificados en los tratados en vigor.

Artículo 52.· No se considerará interferencia objetable la que provenga de algún fenómeno esporádico de radiopropagación.

CAPITULO SEGUNDO Tarifas

Artículo 53.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes fijará el mínimo de las tarifas a que deberán SUJetarse las difusoras comerciales en el cobro ele los diversos servicios que les sean contratados para su transmisión al público.

Artículo 54.- La misma Secretaría vigilará que se apliquen correctamente las tarifas y que no se hagan devoluciones o bonificaciones que impliquen la reducción de las cuotas señaladas.

Artículo 55.- Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior:

1.- Los convenios celebrados por las difusoras, con el Gobierno Federal, Gobiernos Locales, Ayuntamientos y organismos públicos, en interés de la Sociedad o de un servicio público;

11.- Las transmisiones gratuitas o las reducciones que hagan las empresas por razones de beneficencia a instituciones culturales, a estudiantes, a maestros y a conjuntos deportivos.

Artículo 56.- Las estaciones difusoras deberán tener a disposición del público, en sus oficinas, suficientes ejemplares de las tarifas respectivas y de sus formas de aplicación.

Artículo 57.- No se concederán prerrogativas que impliquen privilegios de alguna empresa de radio y televisión en perjuicio de las demás.

CAPITULO TERCERO Programación

Artículo 58.- El derecho de información, de expresión y de recepción, mediante la radio y la televisión, es libre y consecuentemente no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa ni de limitación alguna ni censura previa, y se ejercerá en los términos de la Constitución y de las leyes.

Artículo 59.- Las estaciones de radio y televisión deberán efectuar transmisiones gratuitas diarias, con duración hasta de 30 minutos continuos o discontinuos, dedicados a difundir temas educativos, culturales y de orientación social. El Ejecutivo Federal señalará la dependencia que deba proporcionar el material para el uso de dicho tiempo y las emisiones serán coordinadas por el Consejo Nacional de Radio y Televisión.

Artículo 59-Bis.- La Programación General dirigida a la población infantil que transmitan las estaciones de Radio y Televisión deberá:

1.- Propiciar el desarrollo armónico de la niñez.

11.· Estimular la creatividad, la integración familiar y la solidaridad humana.

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LEY FEDERAL DE RADIO YTEL.i::vlSIÓN

Última Reiormc OOF 11-04-2006

111.- Procurar la comprensión de los valores nacionales y el conocimiento de ia comunidad internacional.

IV.- Promover el interés científico, artístico y social de los niños.

V.- Proporcionar diversión y coadyuvar el proceso formativo en la infancia.

Los programas infantiles que se transmiten en vivo, las series radiofónicas, las telenovelas o teleteatros grabados, las películas o series para niños filmadas, los programas de caricaturas, producidos, grabados o filmados en el país o en el extranjero deberán sujetarse a lo dispuesto en las fracciones anteriores.

La Programación dirigida a los niños se difundirá en los horarios previstos en el reglamento de esta Ley.

Arúcufo udicionado DOF 1 !-01-1911:!

Artículo 60.- Los concesionarios de estaciones radiodifusoras comerciales y los permisionarios de estaciones culturales y de experimentación, están obligados a transmitir gratuitamente y de preferencia:

1.- Los boletines de cualquier autoridad que se relacionen con la seguridad o defensa del territorio nacional, la conservación del orden público, o con medidas encaminadas a prever o remediar cL.alquier calamidad pública;

11.- Los mensajes o cualquier aviso relacionado con embarcaciones o aeronaves en peligro, que soliciten auxilio.

Artículo 61.- Para los efectos del artículo 59 de esta ley, el Consejo Nacional de Radio y Televisión oirá previamente al concesionario o permisionario y, de acuerdo con ellos, fijará los horarios a que se refiere el citado artículo.

Artículo 62.- Todas las estaciones de radio y televisión en el país, estarán obligadas a encadenarse cuando se trate de transmitir informaciones de trascendencia para la nación, a juicio de la Secretaría de Gobernación.

Artículo 63.- Quedan prohibidas todas las transmisiones que causen la corrupción del lenguaje y las contrarias a las buenas costumbres, ya sea mediante expresiones maliciosas, palabras o imágenes procaces, frases y escenas de doble sentido, apología de la violencia o del crimen; se prohibe, también, todo aquello que sea denigrante u ofensivo para el culto cívico de los héroes y para las creencias religiosas, o discriminatorio de las razas; queda asimismo prohibido el empleo de recursos de baja comicidad y sonidos ofensivos.

Artículo 64.- No se podrán transmitir:

1.- Noticias, mensajes o propaganda de cualquier clase, que sean contrarios a la seguridad del Estado o el orden público;

11.- Asuntos que a juicio de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes impliquen competencia a la Red Nacional, salvo convenio del concesionario o permisionario, con la citc;1da Secretaría.

Artículo 65.- La retransmisión de programas desarrollados en el extranjero y recibidos por cualquier medio por las estaciones difusoras, o la transmisión de programas que patrocine un gobierno extranjero o un organismo internacional, únicamente podrán hacerse con la previa autorización de la Secretaría de Gobernación.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Ultima Reforma DOF 11-04-2006

En el caso de programas para niños deberá cumplirse con lo establecido en el Artículo 59-Bis de esta Ley.

Párrafo adicionado DOF f I-OJ-1982

Artículo 66.- Queda prohibido interceptar, divulgar o aprovechar, los mensajes, noticias o informaciones que no estén destinados al dominio público y que se reciban por medio de los aparatos de radiocomunicación.

Artículo 67.- La propaganda comercial que se transmita por la radio y la televisión se ajustará a las siguientes bases:

1.- Deberá mantener un prudente equilibrio entre el anuncio comercial y el conjunto de la programación;

11.- No hará publicidad a centros de vicio de cualquier naturaleza;

111.- No transmitirá propaganda o anuncios de productos industriales, comerciales o de actividades que engañen al público o le causen algún perjuicio por la exageración o falsedad en la indicación de sus usos, aplicaciones o propiedades.

IV.- No deberá hacer, en la programación referida por el Artículo 59 Bis, publicidad que incite a ia violencia, así como aquélla relaíiva a productos alimenticios que distorsionen los hábitos de la buena nutrición.

Fracción culicio11ada DOF i I-Ol-!Yli2

Artículo 68.- Las difusoras comerciales, al realizar la publicidad de bebidas cuya graduación alcohólica exceda de 20 grados, deberán abstenerse de toda exageración y combinarla o alternarla con propaganda de educación higiénica y de mejoramiento de la nutrición popular. En la difusión de esta clase de publicidad no podrán emplearse menores de edad; tampoco podrán ingerirse real o aparentemente frente al público, los productos que se anuncian.

Artículo 69.- Las difusoras comerciales exigirán que toda propaganda de instalaciones y aparatos terapéuticos, tratamientos y artículos de higiene y embellecimiento, prevención o curación de enfermedades, esté autorizada por la Secretaría de Salubridad y Asistencia.

Artículo 70.- Sólo podrá hacerse propaganda o anuncio de loterías, rifas y otra clase de sorteos, cuando éstos hayan sido previamente autorizados por la Secretaría de Gobernación. La propaganda o anuncio de las Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares y de las operaciones que realicen, deberá contar con la autorización de la Secretaría de Hacienda. ·

Artículo 71.- Los programas comerciales de concursos, los de preguntas y respuestas y otros semejantes en que se ofrezcan premios, deberán ser autorizados y supervisados por la Secretaría de Gobernación, a fin de proteger la buena fe de los concursantes y el público.

Artículo 72.- Para los efectos de la fracción II del artículo 5o. de la presente ley, independientemente de las demás disposiciones relativas, la transmisión de programas y publicidad impropios para la niñez y la juventud, en su caso, deberán anunciarse como tales al público en el momento de iniciar la transmisión respectiva.

Artículo 72-A. Los concesionarios que cubran con producción nacional independiente cuando menos un veinte por ciento de su programación, podrán incrementar el porcentaje de tiempo de publicidad a que se refiere el Reglamento de esta ley, hasta en un cinco por ciento.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

U/lima Reiorma OOF 1'-04-2006

Este incentivo se aplicará de manera directamente proporcional al porcentaje de producción nacional independiente con el que se dé cumplimiento a lo establecido en el párrafo anterior.

Anículo adicionadú DOF l /-li4-2006

Artículo 73.- Las difusoras deberán aprovechar y estimular los valores artísticos locales y nacionales y las expresiones de arte mexicano, dedicando como programación viva el mínimo que en cada caso fije la Secretaría de Gobernación, de acuerdo con las peculiaridades de las difusoras y oyendo la opinión del Consejo Nacional de Radio y Televisión. La programación diaria que utilice la actuación personal, deberá incluir un mayor tiempo cubierto por mexicanos.

Artículo 74.- Para los efectos del artículo anterior, se entenderá por programa vivo toda intervención personal realizada en el momento de la transmisión, exceptuando el anuncio o mención comercial.

Artículo 75.- En sus transmisiones las estaciones difusoras deberán hacer uso del idioma nacional.

La Secretaría de Gobernación podrá autorizar, en casos especiales, el uso de otros idiomas, siempre que a continuación se haga una versión al español, íntegra o resumida, a juicio de la propia Secretaría.

Artículo 76.- En toda transmisión de prueba o ajuste que se lleve a cabo por las estaciones, así como durante el desarrollo de los programas y en lapsos no mayores de 30 minutos, deberán expresarse en español las letras nominales que caracterizan a la estación, seguidas del nombre de lá localidad en que esté instalada.

Artículo 77.- Las transmisiones de radio y televisión, como medio de orientación para la población del país, incluirán en su programación diaria información sobre acontecimientos de carácter político, social, cultural, deportivo y otros asuntos de interés general nacionales o internacionales.

Artículo 78.- En las informaciones radiofónicas, deberán expresarse la fuente de la información y el nombre del locutor, y se evitará causar alarma o pánico en el público.

Artículo 79.- Para que una estación de radio y televisión se dedique a la transmisión de sólo uno de los asuntos permitidos por esta ley, se deberán llenar los siguientes requisitos:

1.- Que se trate de un servicio de interés público, a juicio de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

11.- Que se garantice la regularidad y eficiencia del servicio, y

111.- Que no se cree una innecesaria multiplicación del mismo servicio.

Artículo 79-A. En cumplimiento de la función social de la radiodifusión a que se refiere el artículo 5 de esta ley, en la difusión de propaganda electoral, los concesionarios observarán las siguientes disposiciones:

l. Tratándose de elecciones federales, deberán informar al Instituto Federal Electoral sobre la propaganda que hubiese sido contratada por los partidos políticos o por los candidatos a cualquier puesto de elección, así como los ingresos derivados de dicha contratación, conforme a la metodología y formatos que al efecto emita ese Instituto en el Reglamento de Fiscalización respectivo;

IL Atenderán los requerimientos de información en la materia que les formule el Instituto Federal Electoral;

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

U/lima Reíorma OOF 1,-04-2006

111. Tratándose de concesionarios, éstos ofrecerán tarifas equivalentes a la publicidad comercial, y

IV. El Instituto Federal Electoral, durante los procesos electorales federales, será la instancia encargada de pagar la publicidad electoral de los partidos políticos con cargo a sus prerrogativas, y dictará las medidas necesarias para ello.

Aniculo adicionado DOF I i-lJJ-21106

Artículo 80 .- Serán responsables personalmente de las infracciones que se cometan en las transmisiones de radio y televisión, quienes en forma directa o indirecta las preparen o transmitan.

CAPITULO CUARTO De las escuelas radiofónicas

Artículo 81.- Las escuelas radiofónicas constituyen un sistema de estaciones emisoras y receptores especiales para los fines de extensión de la educación pública, en los aspectos de difusión cultural, instrucción técnica, industrial, agrícola, alfabetización y orientación social.

Artículo 82.- La transmisión y la recepción de las escuelas radiofónicas, estarán regidas por las disposiciones que sobre la materia dicte la Secretaría de Educación Pública, la cual seleccionará al personal especializado, profesores, locutores y técnicos que participen en ese tipo de programas.

Artículo 83.- Los Ayuntamientos, sindicatos, comunidades agrarias y cualesquiera otras organizaciones que se inscriban en ese sistema, tendrán la obligación de instalar en sitios adecuados, el número de receptores que satisfaga las necesidades de cada comunidad.

CAPITULO QUINTO De los locutores

Artículo 84.- En las transmisiones de las difusoras solamente podrán laborar los locutores que cuenten con certificado de aptitud.

Artículo 85.- Sólo los locutores mexicanos podrán trabajar en las estaciones de radio y televisión. En casos especiales la Secretaría de Gobernación podrá autorizar a extranjeros para que actúen transitoriamente.

Artículo 86.- Los locutores serán de dos categorías:

"A" y "B". Los locutores de la categoría "A" deberán comprobar que han terminado sus estudios de bachillerato o sus equivalentes, y los de la categoría "B", los estudios de enseñanza secundaria o sus equivalentes; unos y otros cumplirán, además, con los requisitos que establezca el reglamento.

Artículo 87.- Los concesionarios o permisionarios de las difusoras podrán emplear aprendices de locutores para que practiquen por períodos no mayores de 90 días, previa autorización de la Secretaría de Educación Pública.

Artículo 88.- Las estaciones difusoras hasta de 10,000 vatios de potencia, podrán emplear locutores autorizados de cualquiera de las dos categorías.

En las de mayor potencia, cuando menos el 50% de sus locutores autorizados serán precisamente de la categoría "A".

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Ultima Reforma DOF 11-04-2006

Artículo 89.- Los cronistas y los comentaristas deberán ser de nacionalidad mexicana y presentar un certificado que acredite su capacidad para la actividad especial a que se dediquen, expedido por la Secretaria de Educación Pública.

TITULO QUINTO Coordinación y vigilancia

CAPITULO PRIMERO Organismo coordinador

Artículo 90.- Se crea un organismo dependiente de la Secretaria de Gobernación denominado Consejo Nacional de Radio y Televisión, integrado por un representante de dicha Secretaría, que fungirá como Presidente, uno de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, otro de la de Educación Pública, otro de la de Salubridad y Asistencia, dos de la Industria de la Radio y Televisión y dos de los trabajadores.

Artículo 91.- El Consejo Nacional de Radio y Televisión tendrá las siguientes atribuciones:

l.- Coordinar las actividades a que se refiere esta ley;

11.- Promover y organizar las emisiones que ordene el Ejecutivo Federal;

111.- Servir de órgano de consulta del Ejecutivo Federal;

IV.- Elevar el nivel moral, cultural, artístico y social de las transmisiones;

V.- Conocer y dictaminar los asuntos sometidos a su estudio y opinión por las Secretarías y Departamentos de Estado o por las instituciones, organismos o personas relacionadas con la radio y la televisión;

VI.- Todas las demás que establezcan las leyes y sus reglamentos.

Artículo 92.- El Consejo celebrará sesiones ordinarias y extraordinarias, conforme a su reglamento. El Presidente tendrá voto de calidad. ·

CAPITULO SEGUNDO Inspección y vigilancia

Artículo 93.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para cumplir con las funciones y atribuciones que esta ley le señala, podrá practicar las visitas de inspección que considere pertinentes.

Artículo 94.- Las visitas de inspección técnica de dichas estaciones tendrán por objeto comprobar que su operación se ajuste a la potencia, frecuencia, ubicación, normas de ingeniería y demás requisitos fijados en la concesión o el permiso, en la ley y los reglamento, o para determinar si su servicio es satisfactorio y se presta con las especificaciones señaladas.

Artículo 95.- Las visitas de inspección se practicarán en presencia del permisionario o concesionario o de alguno de sus empleados, dentro de las horas de funcionamiento de la estación.

Artículo 96.- La Secretaría de Gobernación, para cumplir con las funciones y atribuciones que esta ley le señala, podrá practicar las visitas de inspección que considere pertinentes.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Última Reforma OOF 11-0"--2006

Artículo 97.- El concesionario o permisionario está obligado a atender las observaciones que por escrito le haga la Secretaría de Gobernación, si a juicio de ésta las transmisiones no se ajustaren a la presente ley y su reglamento.

Artículo 98.- Las visitas se practicarán o se suspenderán mediante la orden expresa de la Secretaría facultada para la inspección.

Artículo 99.- La inspección y vigilancia la cubrirán las Secretarías de Comunicaciones y Transportes y de Gobernación, con personal a su cargo.

Artículo 100.- Los datos que el personal de inspección obtenga durante o con motivo de su visita tend~án el carácter de confidenciales y sólo se comunicarán a !a Secretaria que haya ordenado la práctica de esa diligencia o al Consejo Nacional de Radio y Televisión, para los efectos legales correspondientes.

TITULO SEXTO Infracciones y sanciones

CAPITULO UNICO

Artículo 101.- Constituyen infracciones a la presente ley:

l.- Las transmisiones contrarias a la seguridad del Estado, a la integridad nacional, a !a paz y al orden públicos;

11.- No prestar los servicios de interés nacional previstos en esta ley, por parte de los concesionarios o permisionarios;

111.- La operación de una emisora con una potencia distinta a la asignada, sin autorización de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes;

IV.- La alteración sustancial por los locutores de los textos de boletines o informaciones proporcionados por el Gobierno, con carácter oficial para su transmisión; asimismo, la emisión no autorizada de los textos de anuncios o propaganda comerciales que requieran previamente la aprobación oficial;

V.- Utilizar los servicios de locutores, cronistas o comentaristas que carezcan de certificado de aptitud;

VI.- Iniciar las transmisiones sin !a previa inspección técnica de las instalaciones;

VII.- No suprimir las perturbaciones o interferencias que causen a las emisiones de otra difusora en el plazo que al efecto les haya fijado la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

VIII.- Modificar las instalaciones sin la previa aprobación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

IX.- La violación a lo dispuesto en el artículo 46;

X.- No cumplir con la obligación que les impone el artículo 59 de esta ley;

XI.- La falta de cumplimiento a cualesquiera de las obligaciones contenidas en el artículo 60 de esta ley;

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Ultima Reforma DO~ 11-0&-2006

XII.- No encadenar una emisora cuando se trate de transmitir las informaciones a que se refiere el artículo 62;

XIII.- La desobediencia a cualquiera de las prohibiciones que para la correcta programación prevee el artículo 63 de esta ley;

XIV.- La violación a lo dispuesto por el artículo 64 de esta ley;

XV.- Contravenir lo dispuesto por cualesquiera de las tres fracciones del artículo 67 de esta ley;

XVI.- Contravenir las disposiciones que, en defensa de la salud púbiica, establece el artículo 68 de la presente ley;

XVII.- Realizar propaganda o anuncios en contravención al artículo 70;

XVIII.- Faltar a lo que dispone el artículo 75 en relación con el uso del idioma nacional;

XIX.- La violación a lo dispuesto en el artículo 78;

XX.- No acatar las observaciones que haga la Secretaría de Gobernación en los términos del artículo 97;

XXI.- No acatar las órdenes o no respetar las características de las autorizaciones que sobre transmisiones formule la Secretaría de Gobernación;

Fracción reíormada DOF 3 !-12-19.74

XXII.- No transmitir los programas que el Estado ordene en el tiempo cuyo uso le corresponde en los términos de esta Ley u otros ordenamientos.

Fracción adicionada DOF 3 i-12-/'Jí4

XXIII.- Operar o explotar estaciones de radiodifusión, sin contar con la previa concesión o permiso del Ejecutivo Federal; y

Frar;::ión adicionada DOF 3!-1::.-JY:4

XXIV.- Las demás infracciones que se originen del incumplimiento de esta Ley. Fracción adicionada DOF 3/-J::.-/974

Artículo 102.- Quienes dañen, pe~udiquen o destruyan cualquier bien inmueble o mueble usado en la instalación u operación de una estación de radio o televisión, interrumpiendo sus servicios, serán castigados con tres días a cuatro años de prisión y multa de $1,000.00 a $50,000.00. Si el daño se causa empleando explosivos o materias incendiarias, la prisión será en ese caso de 5 a 1 O años.

Artículo 103.- Se impondrá multa de cinco mil a cincuenta mil pesos en los casos de las fracciones 1, 11, 111, VIII, XIII, XXI, XXII y XXIII del artículo 101 de esta Ley.

Articulo reformado DOF 31-/ 2-1974

Artículo 104.- Se impondrá multa de quinientos a cinco mil pesos en los casos de las fracciones IV, V, VI, VII, IX, X, XI, XII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX y XXIV del mismo artículo 101.

;Jnicuio r~lormado DOF 3 i-n-19'4

Artículo 104 Bis.- El que sin concesión o permiso del Ejecutivo Federal opere o explote estaciones de radiodifusión, sin perjuicio de la multa prevista en el artículo 103, perderá en beneficio de la Nación todos los bienes muebles e inmuebles dedicados a la operación o explotación de la estación de que se trate.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Ultima Reforma DOF ,;-()4-2006

Cuando la Secretaría de Comunicaciones y Transportes tenga conocimiento de alguno de esos hechos, procederá al aseguramiento de las construcciones, instalaciones y de todos los demás bienes destinados a la operación o explotación de la estación de que se trate, poniéndolos bajo la custodia del depositario interventor que ésta designe. En el momento de la diligencia se notificará al presunto infractor que dispone de un término de diez días para que presente las pruebas y defensas pertinentes. Transcurrido éste, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes dictará la resolución que corresponda.

;irriculo 11d1cionudo DOF 3/-12-/974

Artículo 105.- Para imponer las sanciones a que se refieren los artículos 103 y 104 de esta ley, la autoridad administrativa oirá previamente al o a los presuntos infractores. Cuando se encuentren irregularidades de carácter técnico durante las visitas de inspección a las radiodifusoras, se les concederá un plazo perentorio para corregirlas, sin perjuicio de formar el expediente de infracción que proceda, a que se refiere el párrafo antecedente y de que la autoridad administrativa dicte oportunamente la resolución que corresponda.

Artículo 106.- Para la fijación del monto de las sanciones pecuniarias que resulten aplicables según el titulo sexto de esta Ley, los importes mínimo y máximo establecidos se convertirán a días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y Area Metropolitana, a razón de un día por cada diez pesos, teniendo en cuenta la fecha en que se cometió la infracción.

En las infracciones a que se refiere el Artículo 104, la multé:1 mínima será de veinte días de salario mínimo.

En todo caso, la sanción se aplicará en consideración a la gravedad de la falta y a la capacidad económica del infractor.

Arcicuio a,.iicio11cu:io DOF !5--0!-J'J/16

TRANSITORIOS:

Artículo 1o.- La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

Artículo 2o.- Se deroga el capítulo sexto del libro quinto de la Ley de Vías Generales de Comunicación, con excepción de lo relativo a instalaciones de aficionados, consignado en su artículo 406. Se derogan también todas aquellas disposiciones que se opongan á la presente ley.

Artículo 3o.- Las concesiones y permisos otorgados al entrar en vigor esta ley, conservarán su vigencia y se ajustarán a la misma en todo lo no previsto en dichas concesiones y permisos.

Artículo 4o.- Las autorizaciones expedidas hasta la fecha, por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a locutores, animadores, narradores, comentaristas, cronistas y conferenciantes de estaciones de radio y televisión, continuarán en vigor.

Artículo So.- Las solicitudes de concesiones o permisos en trámite, se ajustarán a los términos de esta ley, y los interesados gozarán de un plazo de 90 días para cumplir con sus requisitos.

Artículo So.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes otorgará la concesión a las estaciones de radio y televisión que operen con permiso provisional, ajustándose a los requisitos de esta ley.

Artículo 7o.- Para cumplir con lo establecido en el artículo 90 de la presente ley, los organismos oficiales, industriales y de .trabajadores, deberán acreditar ante la Secretaría de Gobernación en un plazo de 30 días a sus representantes a fin de constituir el Consejo Nacional de la Radio y la Televisión.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Ultima Reforma 001= 11-04-2006

Juan Sabines Gutiérrez, D. P.- Guillermo lbarra lbarra, S. P - Marta Andrade del Rosal, D. S.­Carlos Román Ceiis, S. S.- Rúbricas".

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido la presente ley en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, D. F., a los ocho días del mes de enero de mil novecientos sesenta.- Adolfo López Mateas.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Gustavo Díaz Ordaz.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Walter C. Buchanan.- Rúbrica.­El Secretario de Educación Pública, Jaime Torres Bodet.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Antonio Ortiz Mena.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Manuel Tello.- Rúbrica.­El Secretario de Salubridad y Asistencia, José Alvarez Amézquita.- Rúbrica.- El Secretario del Patrimonio Nacional, Eduardo Bustamante.- Rúbrica.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Salomón González Blanco.- Rúbrica.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEV!SIÓN

Úli1ma Reforma DOF 71-04-2006

ARTÍCULOS TRANSITORIOS DE DECRETOS DE REFORMA

DECRETO que reforma los artículos 17 y 19 de la l_ey Federal de Radio y Televisión.

Publicado en el Diario Oñcial de la Federa::ión el 27 de enero de 1970

ARTICULO UNICO.- Se reforman los artículos 17 y 19 de la Ley Federal de Radio y Televisión, para quedar como sigue:

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

SEGUNDO.- Las solicitudes de concesión en trámite se resolverán de acuerdo con lo dispuesto en este Decreto.

México, D. F., a 29 de diciembre de 1969.- Joaquín Gamboa Pascoe, D. P.- lng. Luis L. León, S. P.­Alberto Briceño Ruiz, D. S.- Dr. Juan Pérez Vela, S. S.- Rúbricas".

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta y un días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y nueve.- Gustavo Díaz Ordaz.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, José Antonio Padilla Segura.- Rúbrica.- El Subsecretario de Gobernación, Encargado del Despacho, Mario Moya Palencia.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Agustín Yáñez.- Rúbrica.- El Secretario del Patrimonio Nacional, Manuel Franco López.­Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Antonio Ortiz Mena.- Rúbrica.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Ultima Reiorma DOF 11-04-2006

DECRETO por el que se Reforma y Adiciona ta Ley Federal de Radio y Televisión.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 197 4

ARTICULO UNICO.- Se reforman los artículos 101, 103 y 104 de la Ley Federal de Radio y Televisión y se adiciona con el artículo 104 Bis para quedar como sigue:

TRANSITORIO

ARTICULO UNICQ .. El presente Decreto entrara en vigor treinta días después de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

México, D. F., a 28 de diciembre de 1974.· "AÑO DE LA REPUBLICA FEDERAL Y DEL SENADO".· Francisco Luna Kan, S. P.- Píndaro Urióstegui Miranda, D. P.- Agustín Ruiz Soto, S. S.- Carlos A. Madraza Pintado, D. S.- Rúbricas".

En cumplimiento de lo dispuesto por ia fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiocho días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro.- "Año de la República Federal y del Senado".­Luis Echeverría Alvarez.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Mario Moya Palencia.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Eugenio Méndez Docurro.- Rúbrica.

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Última Reforma DOF 11-04-2006

Decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley Federal de Radio y Televisión.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 O de noviembre de 1980

ARTICULO UNICO.- Se reforman los artículos 9o., fracción 11, 18, 19 y 30 en su fracción 111, de la Ley Federal de Radio y Televisión para quedar como sigue:

TRANSITORIOS

ARTICULO PRIMERO.- Este decreto entrará en vigor en 30 días después de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

ARTICULO SEGUNDO.- Los asuntos en trámite para su terminación deberán ajustarse a lo dispuesto en este decreto.

México, D. F., 28 de octubre de 1980.- Ismael Orozco Loreto, D. P.- Nicolás Reynés Berezaluce, S. P.- David Jiménez González, D. S.- Gustavo Guerra Castaños, S. S.- Rúbricas".

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, Distrito Federal, a los cuatro días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta.- José López Portillo.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Emilio Mújica Montoya.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Enrique Olivares Santana.- Rúbrica.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Última Reforma OCJF 1 i -0&-2006

Decreto de Reformas y Adiciones a la Ley Federal de Radio y Televisión.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 1982

ARTICULO PRIMERO: Se adiciona la Ley Federal de Radio y Televisión en sus artículos 10, Fracción 11, convirtiéndose la fracción II vigente en Fracción 111, corriéndose en su orden las fracciones subsecuentes; y el 11 fracción IV convirtiéndose la actual fracción IV en fracción V corriéndose asimismo las siguientes fracciones, para quedar como sigue:

ARTICULO SEGUNDO.- Se adiciona la Ley Federal de Radio y Televición (sic) con un Artículo 59-Bis, para quedar como sigue:

ARTICULO TERCERO.- Se adiciona asimismo con un párrafo segundo el Artículo 65 de la citada Ley, para quedar con el siguiente texto:

ARTICULO CUARTO.- Se adiciona con una nueva fracción el Artículo 67 de !a misma Ley, para quedar como sigue:

TRANSITORIO

ARTICULO UNICO.- Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, D. F., 30 de diciembre de 1981.- Marco Antonio Aguilar Cortés, D. P.- Bias Chumacero Sánchez, S. P.- Silvio Lagos Martínez, D. S.- Luis León Aponte, S. S.- Rúbricas".

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, Distrito Federal a los cinco días del mes de enero de mil novecientos ochenta y dos.- José López Portillo.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes. Emilio Mújica Montoya.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Enrique Olivares Santana.- Rúbrica.

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DECRETO de Reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión

Publicado en el Diario Oñcial de la Federación el 13 de enero de 1986

Última Reformó OOF 11-0L-2006

ARTICULO UNICO.- Se adiciona la Ley Federal de Radio y Televisión con el Artículo 106, para quedar como sigue:

TRANSITORIO

UNICO.- Este Decreto entrará en vigor al dia siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, D. F., a 28 de diciembre de 1985.- Dip. Fernando Ortiz Arana, Presidente.- Sen. Socorro Díaz Palacios, Presidenta.- Dip. Rebeca Arenas Martínez, Secretario.- Sen. Luis José Dorantes Segovia, Secretario.- Rúbricas."

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal a los veintinueve días dei mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco.- Miguel de la Madrid H.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Manuel Bartlett D.- Rúbrica.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TEL!:v'!SIÓN

Última Reiorma DOF 1í-0~-2006

DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Federal de Radio y Televisión, de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de la Ley de la Policía Federal Preventiva y de la Ley de Pesca.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2000

ARTÍCULO SEGUNDO. Se adiciona una fracción VIII al artículo 11 y se recorre la actual fracción VIII para quedar como fracción IX. y se deroga la fracción 111 del artículo 1 O de la Ley Federal de Radio y Televisión, para quedar como sigue:

TRANSITORIOS

ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los traspasos que por motivo de este Decreto deban realizarse de una dependencia a otra, incluirán las adecuaciones presupuestarias que comprenden las modificaciones a la estructura programática y financiera, a los calendarios financieros y de metas, así como los traspasos de recursos humanos y de los activos patrimoniales tales como bienes inmuebles, mobiliario, vehículos, instrumentos, aparatos, maquinaria, archivos y, en general, el equipo que la dependencia haya utilizado para los asuntos a su cargo. Los derechos laborales del personal que, en virtud de lo dispuesto en el presente Decreto, pase de una dependencia a otra, se respetarán conforme a la ley.

ARTÍCULO TERCERO.- Los asuntos que con motivo de este Decreto, deban pasar de una Secretar;a , a otra, permanecerán en el último trámite que hubieren alcanzado hasta que las unidades administrativas que los despachen se incorporen a la dependencia que señale el mismo, a excepción de aquellos urgentes o sujetos a término los cuales se atenderán por las dependencias que las venían despachando.

ARTÍCULO CUARTO.- El Presidente de la República, por conducto de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y Contraloría y Desarrollo Administrativo, con la participación de las Secretarías correspondientes, deberán concluir aquellas adecuaciones presupuestarias y traspasos de personas, recursos materiales y financieros, así como de activos patrimoniales, en un plazo no mayor de un año, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.

ARTÍCULO QUINTO.- Las menciones contenidas en otras leyes, reglamentos y en general en cualquier disposición, respecto de las Secretarías cuyas funciones se reforman por virtud de este Decreto, se entenderán referidas a las dependencias que, respectivamente, asuman tales funciones.

ARTÍCULO SEXTO.- El Presidente de la República deberá expedir el Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, así como realizar las adecuaciones correspondientes a los reglamentos interiores de las Secretarías, en un plazo no mayor de seis meses, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- En un plazo no mayor de seis meses, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, se deberá crear la Entidad Pública señalada en la fracción XXI del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

Últim2 Reiorma DOF 11-04-2006

ARTÍCULO OCTAVO.- Cuando en la Ley de Pesca se mencione a la desaparecida Secretaría de Pesca, deberá entenderse como Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

ARTÍCULO NOVENO.- La facultad prevista en la fracción XXV, del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, subsistirá hasta en tanto se cree una entidad pública encargada de promover el desarrollo del potencial de las mujeres, su participación en la vida política, social y cultural del país y el ejercicio pleno de todos sus derechos.

ARTÍCULO DÉCIMO.- Se derogan las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

México, D.F., a 28 de noviembre de 2000.- Dip. Ricardo Francisco García Cervantes, Presidente.­Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Dip. Manuel Medellín Milán, Secretario.- Sen. Yolanda González Hernández, Secretaria.- Rúbricas".

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- [=I Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco Altamirano.- Rúbrica.

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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEV!SIÓN

Ultima Reforma OOF 7; -04-2006

DECRETO por el que se reforman, adicionan y de~rogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley Federal de Radio y Televisión.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2006

ARTÍCULO SEGUNDO. Se reforman los artículos 2, 3, 9, 16, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 25, 26 y 28; se adicionan los artículos 7-A; 17-A, 17-B, 17-C, 17-0, 17-E, 17-F, 17-G, 17-H, 17-1. 17-J, 21-A, 28-A, 72-A y 79-A; y se deroga el artículo 18 de la Ley Federal de Radie y Televisión, para quedar como sigue:

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- El Poder Ejecutivo Federal cuenta con 30 días para realizar las modificaciones correspondientes al Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión, en Materia de Concesiones, Permisos y Contenido de las Transmisiones de Radio y Televisión, de acuerdo con lo previsto en el presente Decreto.

TERCERO.- Las disposiciones contenidas en el artículo 79-A, entrarán en vigor a partir del 1 º de enero de 2007.

México, D.F., a 30 de marzo de 2006.- Dip. Marcela González Salas P., Presidenta.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Dip. Ma. Sara Rocha Medina, Secretaria.- Sen. Micaela Aguilar González, Secretaria.- Rúbricas."

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los diez días del mes de abril de dos mil seis.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Carlos María Abascal Carranza.- Rúbrica.

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