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" EDUCAR NO ES DAR CAMINO PARA VIVIR, SINO TEMPLAR EL ALMA PARA LAS

DIFICULTADES DE LA VIDA "

JOANNE KATHLEEN ROWLING

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BASE JURIDICA DE LOS SEGUROS

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Marco Legal:

Las empresas, cuando identifican los riesgos que por previsión deben ser transferidos a compañías aseguradoras, efectúan una selección de ellas para determinar, cual le brinda las mejores condiciones para atender sus requerimientos de cobertura de riesgos.

Esta actividad, esta regulada mediante un sistema de seguros establecido con el propósito de garantizar estas operaciones y que permite que estas transacciones se encuentren respaldadas, amparadas y protegidas por normas legales.

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Esta actividad, esta regulada mediante un sistema de seguros establecido con el propósito de garantizar estas operaciones y que permite que estas transacciones se encuentren respaldadas, amparadas y protegidas por normas legales.

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Así como existen normas que formalizan y regulan sus operaciones de acuerdo a cada sector(minería, pesquería, agraria, industrial manufacturera; etc) en el campo de seguros, también existen normas legales que formalizan, regulan y amparan el funcionamiento de las compañías aseguradoras, GARANTIZANDO SUS TRANSACCIONES ANTE OTRAS PERSONAS JURIDICAS Y NATURALES

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El 10 de diciembre de 1996, entró en vigencia la LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS; Ley Nº 26702.

La nueva ley trae nuevos aportes que se adaptan a los nuevos conceptos de modernidad y avances, como:

1º La libertad de contratación con compañías aseguradoras nacionales e internacionales.

2º La libertad de fijar el contenido de las pólizas así como las tarifas.

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El objetivo de la Ley es promover un

Sistema de Seguro Sólido, Confiable y Competitivo,

que contribuya al desarrollo nacional.

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Por eso permite que los inversionistas extranjeros tengan el mismo tratamiento que los nacionales sin discriminación.

Pueden formar una empresa, con inversionistas nacionales o invertir en una ya constituida y operando dentro del mercado o pueden decidir forma una propia.

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La Ley permite que las personas naturales y jurídicas puedan contratar seguros y reaseguros fuera del país con otras empresas aseguradoras por que no hay obligación de contratar los seguros con compañías que operan en el país.

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INTRODUCCION

AL

RIESGO Y AL SEGURO

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CONCEPTO DE RIESGO

RIESGO:

Es cualquier fenómeno aleatorio, o sea capaz de producirse o no producirse en un determinado momento o espacio de tiempo.

Es la probabilidad de que ocurra un evento desfavorable.

RIESGO DE NEGOCIOS:

Es una incertidumbre inherente en las operaciones físicas de la empresa.

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Estas definiciones nos llevan a meditar que, en un mundo globalizado, caracterizado por una vasta información y una continua evolución del entorno, la atención del riesgo empresarial es uno de los factores clave a tener en cuenta por la empresa y del hombre de negocios en el desarrollo de su actividad.

En el caso de algunas empresas, funciona un Area de Riesgos dependiente de la Gerencia Administrativa o Financiera.

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EL AREA DE RIESGOS

Es el lugar donde se desarrollan los programas de protección de los recursos de la empresa con el propósito de que los objetivos empresariales puedan ser alcanzados sin interrupción, aún cuando aquellos se produzcan.

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Esta área de riesgos desarrolla las siguientes funciones básicas:

1º- Identificación y evaluación de los riesgos.

2º - Tratamiento de los riesgos.

3º- Monitoreo de las medidas de tratamiento

adoptadas.

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Los riesgos entendidos como la incertidumbre frente a una pérdida económica, han de ser identificados y clasificados, por esta área aunque nunca podrán eliminarse todos.

Una vez conocidos y tipificados se debe medir la presencia de ellos, con relación a la frecuencia e intensidad.

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Posteriormente, dichos riesgos serán tratados en función de sus costos, tipología, importancia de las pérdidas estimadas y probabilidad e intensidad de ocurrencia de los mismos.

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IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS

Es el primer paso para la aplicación de un programa del área de riesgos. En esta fase se recopilará toda la información disponible.

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Se considerará la interrelación de los siguientes componentes:

El riesgo, como causa original de un acontecimiento no deseado.

El sujeto o sujetos sobre los que repercute el acontecimiento.

Los efectos directos y consecuencias que puedan tener lugar, la ocurrencia de ellos.

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Entendiendo por:

“RIESGO ES TODO SUCESO SUSCEPTIBLE DE OCURRIR Y QUE ALTERA EL DESARROLLO NORMAL DE UNA EMPRESA CON UN RESULTADO NEGATIVO EN TERMINOS ECONOMICOS.”

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LOS SUJETOS AFECTADOS POR LA OCURRENCIA DE UN RIESGO

SON:

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LAS PERSONAS

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LOS ACTIVOS FIJOS: Los edificios, maquinarias, mercadería, existencias etc.

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ACTIVOS INMATERIALES: Las finanzas, imagen institucional, prestigio; etc.

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LA TECNOLOGIA: El Know How

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TRATAMIENTOS DE RIESGOS

Una vez planteado el problema se lleva a cabo las acciones pertinentes, entre las soluciones disponibles:

Eliminación o reducción del riesgo a través de medidas de prevención o protección.

Retención o asunción del riesgo.

Diversificación del riesgo.

Seguro convencional.

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DEFINICION DEL SEGURO

“El contrato mediante el cual la empresa aseguradora se obliga a indemnizar o a pagar, o a proveer a otra persona un beneficio específico o determinable al producirse un suceso incierto previsto en el mismo”.

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LOS SEGUROS DESEMPEÑAN UN PAPEL

PRIMORDIAL EN LAS ECONOMIAS MODERNAS,

PROPORCIONANDO MEDIOS ADECUADOS

PARA REEMPLAZAR LA PERDIDA O DESTRUCCION

DE BIENES MATERIALES

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TERMINOS Y CONCEPTOS

UTILIZADOS EN

SEGUROS

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LAS CINCO “A” EN EL SISTEMA ASEGURADOR

EL ASEGURADO

Como la persona natural o jurídica que necesita la protección del seguro, recibe el servicio y paga su precio.

EL AGENTE CORREDOR DE SEGUROS

Como la persona natural o jurídica, que asesora al asegurado y propone los mejores programas de aseguramiento de los riesgos en las condiciones más ventajosas.

LA ASEGURADORA

Como la persona jurídica que acepta el riesgo y conviene en las condiciones de su función de protección e indemnizará el siniestro.

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EL AJUSTADOR

Como la persona natural o jurídica, es el perito que evalúa el daño por encargo de la aseguradora, opina sobre la procedencia o no del reclamo, recomienda el pago del siniestro.

LA AUTORIDAD COMPETENTE

Es el organismo de control; en el Perú le corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, es la que controla la idoneidad de la aseguradora, del agente y ajustador, cuida la equidad que estos deben mantener con el asegurado y controla el más correcto funcionamiento del sistema.

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En la actualidad existe una institución pública, creada para velar los intereses del asegurado denominada:

DEFENSORIA DEL ASEGURADO

Dirección: Av. Arias Aragüez 146, Urb. San Antonio, distrito de Miraflores.

Teléfono: (01) 4469158

www.desafeg.com.pe

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EL COASEGURO

Es una práctica usual, los tipos de seguro de mayor importancia se concertan bajo esta modalidad.

Para las aseguradoras es la distribución o reparto del riesgo cubierto entre dos o más aseguradoras, actuando en este caso la compañía emisora de la póliza de seguro como administradora o “Lider”.

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Riesgo

$ 500,000

ASEGURADORA (A)

$ 200,000

(40%)

ASEGURADORA (B)

$ 50,000

(10%)

ASEGURADORA (C)

$ 100,000

(20%)

ASEGURADORA (D)

$ 150,000

(30%)

C O A S E G U R O

LIDER

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LAS COMPAÑIAS ASEGURADORASLAS COMPAÑIAS ASEGURADORAS

Hay muchas clases de compañías aseguradoras, Sociedades Anónimas, Mutualidades, Asociaciones, Corporaciones sin Fines de lucro, Organizaciones de Riesgo Compartido, Hermandades y Empresas gestoras de Planes de Jubilación.

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EL REASEGURO

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R E A S E G U R O

Para evitar hacerse cargo de todos los riesgos al 100% , las compañías aseguradoras recurren al REASEGURO. Es decir pagan una prima a otra empresa de seguros extranjera para que ésta cubra parte del riesgo suscrito.

Este mecanismo permite compartir los riesgos para que las compañías de seguros puedan cumplir con las obligaciones contraídas hacia sus clientes al emitir una póliza de seguro amparando un determinado riesgo.

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LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS LOCALES VENDEN PARTE DEL RIESGO ASUMIDO

A OTRAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS

EXTRANJERAS

LLAMADAS REASEGURADORAS

EN EL IDIOMA DE SEGUROS EL REASEGURO SE DENOMINA

“EL SEGURO DEL SEGURO”

UNA DE LAS COMPAÑÍAS ASEGURADORA Y REASEGURADORA DE FAMA MUNDIAL Y QUIZÁS

LA MÁS GRANDE A NIVEL DEL MUNDO ES

LLOYD’S DE LONDRES

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EL CONTRATO DE SEGURO

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DEFINICION DE CONTRATO DE SEGURO

Institución jurídica, técnica y económica por la que en razón del pago de una prima, son indemnizados los daños o mermas económicos sufridos en nuestro patrimonio o personas y se recibe una suma, bien sea capital o renta, en lugar y tiempo determinados, al realizarse ciertas eventualidades independientes de la propia voluntad y previamente establecidas.

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1º El seguro es un contrato o convenio entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada y a cuyo cumplimiento pueden ser obligadas.

2º No adquiere importancia actual sino al producirse un suceso incierto previsto en el mismo.

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PRINCIPIOS BASICOS QUE CONTIENEN LOS

CONTRATOS DE SEGUROS

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A. Principio de Buena Fe

Se trata de un pacto en que la confianza recíproca juega un papel importante y decisivo. “Uberrima Buona Fide”.

La buena fe constituye un principio básico y característico de todos los contratos de seguros, que obliga a cada una de las partes a actuar con la máxima honestidad.

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Bajo este principio:

- El Asegurado: Describir total y claramente la naturaleza del riesgo que pretende asegurar.

- El Asegurador: Información clara y exacta de los términos del contrato que permitan al asegurado conocer e interpretar correctamente las condiciones generales de la póliza.

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B. Principio de Indemnización.

Es la cantidad de dinero que desembolsa la aseguradora a favor del asegurado, al producirse un siniestro cubierto por la póliza (es un derecho del asegurado).

“El seguro no es para ganar, el seguro es para no perder”

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C. Principio de Interés Asegurable.

El interés asegurable, constituye el fundamento moral y práctico de todo seguro.

“Interés asegurable”, es un interés de tal naturaleza que el evento contra el cual se asegura, pudiera causar pérdida al asegurado.

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D. Principio de Subrogación.

Le otorga a la compañía aseguradora la facultad expresamente reconocida en la póliza, de iniciar acción administrativa o legal contra el causante del siniestro, para tratar de recuperar en tal forma el monto pagado al asegurado.

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E. Principio de Mutualidad.

Las pérdidas de pocos son cubiertas con la contribución de muchos o sea que las primas pagadas por una colectividad de asegurados sirve para reponer, reparar o indemnizar las pérdidas de quienes sufran siniestros.

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F. Principio de Contribución.

Podría darse el caso que un bien sea asegurado por su valor real con distintos aseguradores. En tal eventualidad, si cada asegurador indemnizara un siniestro en su totalidad, el asegurado resultaría recibiendo una suma de dinero superior al daño sufrido.

Asegurado en Rimac = $ 10,000

Asegurado en Mapfre = $ 10,000

Asegurado en Ace = $ 10,000

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Rimac, Mapfre y Ace Pagarían US$ 30,000

Esta práctica sería contraria al espíritu del seguro y en consecuencia entra en acción el llamado “principio de contribución”, en virtud del cual el monto del siniestro se prorratea entre los distintos aseguradores, a razón de la suma normal cubierta por cada uno de ellos.

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El asegurado al momento de suscribir la póliza, debe de manifestar si tiene otras pólizas contratadas vigentes asegurando el mismo bien.

Hecho que se tendrá presente al liquidarse un siniestro.

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LA POLIZA DE SEGURO

INTRODUCCION AL RIESGO ADMINISTRATIVO

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LA POLIZA DE SEGURO

Contrato de seguro, en donde una de las partes(Asegurador) conviene en proteger un bien, una propiedad, la vida; etc. De otra parte llamado Asegurado.

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TIPOS DE POLIZA

Póliza flotante o abierta (Transportes e Incendio).

Póliza individual (todos los riesgos).

VIGENCIA

Es la duración o plazo de una póliza (1 año, con fecha y hora de Inicio / término). Se pueden contratar por periodos mayores o menores.

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12:00 pm del 31/07/2009

12:00 pm del 31/07/2010

La cobertura se inicia con la aceptación de la solicitud del asegurado por la compañía aseguradora más el pago de la prima.

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Condiciones Generales

Condiciones Particulares

Condiciones Especiales

Póliza de

Seguro

Condiciones

de una

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REQUISITOS

Establecer las condiciones de cobertura redactado por escrito y en idioma oficial.

Las coberturas y exclusiones con caracteres destacados.

El importe de la prima.

El número de registro del corredor de seguros.

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CARACTERISTICAS

Sujeta a oferta y demanda del mercado.

No requieren aprobación de la SBS.

Pueden pactarse en moneda nacional o moneda extranjera.

Rescisión automática por mora en el pago de las primas.

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LA PRIMA DE SEGURO

Aportación económica que ha de satisfacer el contratante o asegurado a la compañía aseguradora en concepto de contraprestación por la cobertura de riesgo que ésta ofrece.

Es el costo económico de tener un seguro.

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Requisitos

Se fijan por escrito.

Es suscrito por las partes.

De ser fraccionada, se indica los plazos, montos y tipo de documento de crédito que se entrega.

El plazo de pago de la prima no puede exceder el término de la vigencia del seguro.

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Consecuencias

Para la aseguradora:

Dar cobertura respetando la fecha de vencimiento legal de las obligaciones.

Derecho de resolver automáticamente el contrato ante la mora en el pago de la prima.

No será responsable de los siniestros que ocurran después de la fecha en que el asegurado haya incurrido en mora por el no pago de la prima.

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Para el asegurado:

Derecho de cobertura hasta que haya incurrido en mora.

Oportuno pago del siniestro dentro de los términos de ley.

Excepciones:

Los seguros obligatorios.

Los seguros de transportes de mercaderías bajo pólizas flotantes y con coberturas sujetas a declaraciones.

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SINIESTROEs la aparición, acontecimiento, suceso o materialización del riesgo cubierto por el seguro.

Es la manifestación concreta del riesgo asegurado, que produce unos daños garantizados en la póliza hasta por un monto determinado.

Motiva la aparición del principio indemnizatorio, obligando a la compañía aseguradora a satisfacer, total o parcialmente, al asegurado o sus beneficiarios, el capital garantizado en el contrato.

El siniestro puede ser total. Puede ser parcial. Puede ser catastrófico.

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AVISO DEL SINIESTRO

Si el asegurado sospecha, intuye o ha sido afectado por una daño o pérdida de un bien asegurado, debe dar aviso inmediato a la compañía aseguradora dentro de las 24 horas de tener conocimiento del mismo, además debe ser hecho obligatoriamente por escrito.

TERMINOS LEGALES PARA EL PAGO

En no más de 30 días de consentido el siniestro.

Consentido el siniestro, es igual a que la compañía de seguros aprueba el Certificado de Averías el cual contiene el Ajuste y la Liquidación del Reclamo de Siniestro o cuando no lo rechaza en un plazo no mayor de 10 días calendarios de recibido dicho documento.

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DERECHOS DEL ASEGURADO

Declarar la mora de la compañía aseguradora.

Percibir un interés moratorio anual equivalente a 1.5 veces la tasa promedio para las operaciones activas.

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DERECHOS DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA

Aprobar o rechazar el convenio de ajuste en un plazo no mayor a diez días calendarios de haberlo recibido.

Exigir un nuevo ajuste en un plazo no mayor de 30 días.

Solicitar a la SBS un plazo adicional que no podrá exceder de 90 días para realizar investigaciones adicionales u obtener evidencias suficientes sobre la procedencia del siniestro y la adecuada determinación del monto del siniestro.

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EL MERCADO ASEGURADOR PERUANO

INTRODUCCION AL RIESGO ADMINISTRATIVO

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EL MERCADO NACIONAL:

Antes del año 1996 el sistema de seguro se sustentaba en un estado proteccionista y con un sistema de rígido control.

El cambio actual ha generado que se opere en un mercado globalizado, amplio y sin fronteras, de asegurados y aseguradoras, donde las leyes de la oferta y la demanda deben de producir un crecimiento de servicios y la reducción de los costos una reducción de las tarifas.

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Las compañías de seguros operan con dos segmentos muy definidos las personas jurídicas como empresas en general, instituciones públicas y privadas, organismos públicos entre otros, el segundo segmento, las personas naturales.

LAS COMPAÑIAS ASEGURADORAS

El sistema asegurador peruano está compuesto por 14 compañías de seguros; de las cuales 4 operan en ramos generales y vida, 5 sólo en ramos generales y 5 sólo en el ramo de vida.

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EMPRESAS AUTORIZADAS POR RAMOS AL 30/06/2009

RAMOS GENERALES Y DE VIDA

Ace Seguros S.A.

Cardif del Perú Compañía de Seguros.

Rimac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros.

Interseguros S.A.

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RAMOS GENERALES

Pacífico Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros.

La Positiva Compañía de Seguros.

Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros.

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Secrex Compañía de Seguro de Crédito y Garantías.

Insur S.A. Compañía de Seguro de Crédito y Garantías.

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RAMOS DE VIDA

Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros.

Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros.

Invita Seguros de Vida.

La Positiva Vida.

Protecta Compañía de Seguros.

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PRINCIPALES RIESGOS ATENDIDOS POR EL SISTEMA ASEGURADOR

COBERTURA DE RIESGO %

RIESGOS GENERALES 54.90%

1º Vehículos 19.30%

2º Incendio, Terremoto y Líneas Aliadas 13.60%

3º Transporte de mercaderías 4.70%

4º Cascos - Marítimo 2.90%

5º Aviación 2.90%

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6º Otros (Comprensivo contra deshonestidad, Deshonestidad frente a la empresa, Lucro cesante, Lucro cesante rotura de maquinaria, Montaje contra todo riesgo-EAR, Responsabilidad civil, Robo y asalto, Rotura de maquinaria, Todo Riesgo para contratista-CAR, Todo riesgo equipo electrónico-EE, Seguro de bancos-BBB, Cauciones y Crédito a la exportación

11.50%

RIESGOS PERSONALES 45.10%

1º Accidentes y enfermedades 17.70%

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2º Seguros de vida 15.80%

3º Seguros previsionales 11.60%