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    - 5135 -

    ESTUDIOSC u e s t i o n e s dee s t i lo yt c n ic a s d e o r a t o r i a e ne l m b i t o f o r e n s e

    J U A N ACUIRRE SEOANEFiscal

    RE S UME NLos programas acadmicos a los que se enfrenta cualquier juristadurante su form acin ayudan a configurar el conte nido de los escritos einformes orales dirigidos a los tribunales. Sin embargo, no propo rcionanlos conocimientos imprescindibles para exponerlos adecuadamente,cuestin de extraordinaria importancia en una profesin que se ejerceprincipalmente mediante el uso de la palabra. Esta premisa, junto a lafirme conviccin de que el modo de redactar un documento o exponer

    oralmente un informe condiciona su eficacia, constituye la motivacindel presente trabajoS um ario: I. Introduccin.-II. Cuestiones com unes a los informes orales y escri-tos: 1. E l estudio del asunto com o presupuesto indispensable. 2. La claridad: unaprioridad absoluta. 3. Con cisin. 4. Tratam ientos.-lll. Informes escritos: I. R e-glas generales acerca de la fuente y emplazamiento del texto. 2. E ncabezamiento.3. E structura general del informe. 4. U so/abuso de las maysculas. 5. U so l ings-tico del punto. 6. Fechas. 7. N meros. 8. R ecursos tipogrficos. 9. Citas.10. Consejos de redaccin.-IV. Informes orales: 1. Importanc ia del informe final.

    2. Preparacin del informe. 3. Duracin. 4. Qu decir?. 5. E n qu orden? E s-tructura del informe: A) Introduccin. B) R elato de Hechos. C) N udo. D) Con-clusin. 6. E xposicin del informe: A) Posicin y gesticulacin. B Tono y ritmo .C) La mirada. 7. R ecursos retricos: A) U na imagen vale ms que mil palabras.B) La reiteracin de argumentos o palabras. C) Preguntas. D) E l amago. E ) S -miles. F) M etforas. 8. Tono considerado y corts. U so de eufemismos.-V. Anexos.

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    - 5136 -INTRODUCCIN

    La forma de expresarse, tanto oralme nte com o por e scrito, est con dicionad a engran medida por la personalidad de cada uno y el bagaje cultural acumulado a lolargo de los aos. La expe riencia prctica ayuda a progresar en esta materia y a incre -mentar la confianza en las propias posibilidades. Con toda seguridad, el miedo esc-nico que nos agarrotaba al comienzo de nuestra andadura profesional habr idodesapareciendo paulatinamente.

    En cualquier caso, el rodaje profesional no es suficiente para lograr que un ale-gato dirigido a los tribunales sea efectivo. Las habilidades retricas precisan de unatcnica. A continuacin, se expondrn una serie de ideas encaminadas a facil i tar laconfeccin de los escritos forenses as como la exposicin de un informe oral,tareasno exentas de dificultad. Conviene aclarar que no se pretende un anlisis exhaustivode las diferentes reglas de ortografa o sintaxis aplicables a los distintos escritos (exce-dera del objeto de este artculo y, obviamente, de la competencia de su autor). Tansolo se tratarn los aspectos considerados ms problemticos en la prctica.Las cuestiones de estilo, en su mayora, son fruto de una eleccin personal; porello buena parte de las propuestas que contiene este trabajo han de interpretarse deforma flexible. Lo nico que se pretende es l lamar la atencin sobre la importanciadel aspecto formal de los informes dirigidos a los tribunales y exponer algunas suge-rencias sobre el manejo del lenguaje, de los signos gramaticales o, simplemente, fa-cilitar unas reglas de estilo basadas en la exp eriencia personal y en usos generalmen -te aceptados.Antes de comenzar con el desarrollo dertema que nos ocupa conviene recordarque la capacidad de persuasin de un informe jurd ico d epende principalm ente de lafuerza que ostenten sus argume ntos. A hora bien,parece evidente que una exposicinclara, ordenada y elocuente tiene mayores probabilidades de xito que otra tediosa yfarragosa.Son muchas las empresas y organismos que han reparado en la trascendencia quetiene la forma de presentar un trabajo. C on el fin de lograr la excelencia en la red accinde todo tipo de documentos proliferan los libros de estilo en distintos mbitos profe-sionales: en el periodstico, la Administracin Pblica (manuales de documentaciny lenguaje administrativo, manuales de formularios para las Fuerzas y Cuerpos deSeguridad del Estado) e, incluso, nos hemos encontrado con libros de estilo editadospor iniciativa del algn prestigioso despacho de abogados'.Existe un ejemplo paradigmtico de este cambio de rumbo en el campo ju dic ial.Se trata de las Instrucciones Prcticas del Tribunal de Justicia de las ComunidadesEuropeas (DOU E de 16 de abril de 200 3). En este docum ento, co n todo lujo de deta-lles, el propio tribunal regula los requisitos formales de los documentos que se le re-mitan por correo electrnico (v. gr.,tam ao de la letra, espacio entre lneas, mrgenes,estructura de los principales escritos) e, incluso (esto nos ha llamado poderosamentela atencin), la duracin mxima de las intervenciones orales.Tradicionalmente, en una profesin co mo la nuestra, extraordinariame nte vin cu -lada a la co m un icac in oral y escrita, se ha presc indido del estudio de estas materias.1 Cen tro de Estudios Ca rrigues,Libro de estiloGarrigues Thomson-Aranzadi, Navarra, 200 5.

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    - 5137 -Por esta razn es muy probable que un profesional con un nivel de conocimientosjurdicos notable vea deslucido su trabajo de bido a que no dom ina la tcnica necesa-ria para exponerlo de forma adecuada.

    I I . C U E S T IO N E S C O M U N E S A L O S I N F O R M E S O R A L E S Y E S C R IT O S1 . E L E S T U D IO D E L A S U N T O C O M O P R E S U P U E S T O I N D I S P E N S A B L E 2

    Como se afirmaba anteriormente el xito o fracaso de cualquier actuacin antelos tribunales depende principalmente de los argumentos esgrimidos. Pues b ien,stosno sern certeros sin un estudio exhaustivo del procedimiento. Slo de esta manerase pod rn iden tificar aquellas cuestiones (procesales, probatorias o de fond o) qu e vana condicionar la resolucin jud icial .El siguiente p aso, tras la prime ra fase de a nlisis, sera re unir aquellos argumentos(derecho p ositivo, principios generales, doctrina , jurisprud encia y reglas de experien-cia) que servirn para apoyar la pretensin ejercitada (en el caso del Ministerio Fiscalvendr determinada por razones de estricta legalidad) y oponernos a la sostenida porla parte contraria. El acop io de conocim ientos jurdico s co nstituye el eje prin cipal delos planes de estudio que integran la carrera de Derecho as como de los programasque se exigen en la mayora de las oposiciones de acceso a las distintas profesiones

    jurdicas.Con respecto al Ministerio Fiscal en este punto (referido a la preparacin deljuicio) existe una peculiaridad puesto que, debido a su singular organizacin, en unmismo asunto pueden intervenir sucesivamente distintos fiscales. Es probable que elfuncionario encargado de actuar en el juicio lo estudie por primera vez unos dasantes de la fecha sealada para el penario y que se vea obligado a preparar otrosmuchos juicios en breve espacio de tiempo. Tambin puede ocurrir que un juicio sedesarrolle a lo largo de varias sesiones en las que intervengan diferentes fiscales. Si elfiscal no quiere partir con clara desventaja respecto de las dems partes, la labor deestudio debe ser responsabilidad p rincipal de quien form ula el escrito de califica cin .Para rentabilizar al mximo su esfuerzo es absolutamente necesario aadir al expe-diente (carpetilla) un completo resumen de las pruebas en que fundamenta su pe-t ic in;au nque para ello haya que dedicarle ms tiemp o a confeccionar el extracto q uea redactar la propia calificacin. De este modo el compaero que acuda al juiciopodr conocer los aspectos ms relevantes del caso mediante una rpida lectura delextracto incorporado a la carpetilla. Es aconsejable redactarlo incluso antes que elescrito de acusacin porque, de este modo, podremos afrontar este ltimo con unconocimiento ms exhaustivo del asunto. Por otra parte, siempre que se suspenda unjuicio ya iniciado es imprescindible incorporar al expediente una nota descriptiva delas pruebas practicadas en esa sesin, las inciden cias producidas y la causa de sus-pensin.

    Vid.A .TRAVERSI,Ladefensapenal,trad.de M. A . Gmez C ampos, Aranza di, Navarra, 2005, p. 33.

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    - 5138 -En cualquier caso, considero necesario pedir los autos originales antes de asistiral juicio puesto que entre la fecha de calificacin y el plenario a veces transcurrenvarios aos. Durante ese perodo pued en produ cirse incidencias importantes q ue vana condicionar el resultado del proceso y, por tanto, conviene conocer. Entre ellaspodemos citar: la incorporacin de documentos o informes periciales, problemas co nla citacin de los testigos, paralizaciones de l proc edim iento que pueden fundamen taruna atenuante analgica o, incluso , la prescripcin d el delito, etc.La preparacin del juic io oral no debe relajarse porque hayan existido conversa-ciones previas con alguna de las partes que permitan vislumbrar una conformidad.Mientras no tengamos garantizado el acuerdo con todos los intervinientes debemosprepararnos para un escenario de c onfrontacin (como si efectivamente el ju ici o fue-ra a celebrarse). No sera la prime ra vez que , a pesar de existir un acu erdo mu y avan-zado con alguna de las partes, otro interviniente (acusacin particular o defensa)frustra la conformidad y obliga a celebrar un juicio (eventualidad para la que ha deestarse convenientemente preparado).Una vez estudiada la causa, y seleccionados los argumentos que servirn paradefender nuestra pretensin procede ordenarlos y revestirlos de la forma adecuadapara transmitirlos de un m odo claro, ordenado y c onvincen te. sta es la fina lidad delpresente trabajo; ni ms ni menos que proporcionar unas pautas de actuacin que, almargen de los contenidos jurdicos, faciliten la redaccin de los informes escritos y lapreparacin de las intervenciones orales ante los tribunales de justicia.

    2 . L A C L A R I D A D : U N A P R I O R ID A D A B S O L U T ASegn el octavo ba rme tro externo del C onsejo Gen eral del Poder Ju dicial (CGPJ)el 82 por 100 de los espaoles considera que el lenguaje y los procedim ientos de lostribunales son excesivamente complicados y difci les de entender para el ciudadanomedio. Es un dato que obliga a reflexionar a todos los operadores jurdicos. Hastaque punto no constituye un fracaso del servicio prestado a los ciudadanos utilizar unlenguaje inin telig ible para la mayor parte de sus usuarios?Es de suma importancia que el lenguaje uti l izado sea comprensible para el ciu-

    dadano lego en D erecho, verdadero destinatario del servicio prestado por la A dm inis-tracin de Justicia.Por este mo tivo, debe l imitarse al m xim o la uti l izac in de latinismos y trminoscon significado jurdico especfico, salvo que se trate de expresiones ampliamenteconocidas. Cuando se acte ante un tribunal del jurado se desecharn por completoese tipo de expresiones. La regla bsica de la oratoria es que el estilo se encuentracondicionado por el auditorio. Por ello, el discurso dirigido al tribunal popular serms sencillo en las palabras; pero tambin ms vehemente en las formas.A unq ue el destinatario natural de los informes emitidos en ju ici o es el tribuna ldebe tenerse en cuenta que se pronuncian en presencia de personas ajenas al mundodel Derecho (acusado, partes civiles, pblico...). Por ello, y sin perjuicio de respetarlas exigencias derivadas de una correcta tcnica jurdica, se utilizar un lenguajecomprensible para cualquier ciudadano.

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    - 5139 -Esta idea no est reida con la propiedad de las palabras. Debemos seleccionarlos trminos que describan con mayor precisin la idea que se desea transmitir y huirde las expresiones excesivamente genricas (v. gr., en lugar de poner una querellaser ms apropiado formular una querella; se optar por cometer un hecho de-

    lictivo y no realizar un delito).En ocasiones la acum ulacin de trabajo no perm itir d edicar el tiem po necesarioa preparar un informe con las palabras ms acertadas; pero en cualquier caso el es-ti lo que desde aqu se preconiza, por un lado, tratar de evitar frases o palabrasrimbombantes o presuntuosas y, por otro, aqullas que resulten excesivamentevulgares.La claridad del lenguaje jurdico es uno de los objetivos perseguidos por el Plande Transparencia Judicial, aprobado por e l Go bierno de la N acin en su reunin de 21de octubre de 2005 (BOE nm . 2 6 1 , de 1 de n oviembre). Entre otras materias, indicaque segn las estadsticas los usuarios con ms dificultades de comprensin del len-

    guaje son los de los juicios de faltas y juicios penales, ms concretamente, los denun-ciados, los acusados, los testigos y los testigos-vctima s, po r este ord en . Con el fin deobtener una Justicia comprensible para todos los ciudadanos, el Gobierno asume elcomprom iso de alcanzar la modernizacin del lenguaje jurdico .

    3 . C O N C I S I NLa concisin es la otra directriz de cualquier informe jurdico. Para lograr este

    propsito debemos evitar reiteraciones innecesarias, prescindir de todo aquello quesea superfluo y concentrar nuestro esfuerzo en aquellos argumentos ms relevantespara la decisin del l i t igio . La eficacia de un inform e no es prop orciona l a su exten-sin. En pocas palabras, bien escogidas y ordenadas, se puede decir mu cho . U n c o-nocido aforismo, obra de Baltasar Gracin, resume a la perfeccin esta idea: Lobueno, si breve, dos veces bueno y aun lo malo, si poco, no tan malo.La informtica, u ti lizada de form a inadecuada, puede convertirse en un peligrosoenem igo de la con cisi n. El abuso de las funcione s cortar y pegar pued e dar lugara escritos inte rmina bles, en los que se han insertado extensos fragmentos de sentenciasencontradas en las bases de datos o procedentes de otros informes elaborados en

    circunstancias semejantes; pero que no siempre guardan relacin directa con la ma-teria objeto del dictam en. Si no queremos que los argumentos principales se pierdanentre una maraa de razonamientos que po co tienen que ver con la cuestin debatidase impon e una u ti l izacin moderada de estas herramientas.

    4 . T R A T A M I E N T O SEn los actos estrictamente jurisdiccionales se recomienda limitar el uso de lostratamientos oficiales atribuidos a los distintos cargos del mbito forense (excelen-

    cia, excelentsimo, seora ilustrsima). Como regla general su utilizacin debereservarse para actos protocolarios, revestidos de mayor solemnidad. Este principiogeneral se desprende, no solo de la prctica forense actual, sino tambin del Regla-Boletn nm. 2027 -P g. 9

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    - 5140 -ment 2/20 05, de 23 de noviemb re, del CGPJ,sobre honores , tratamientos y protoco-lo en los actos udiciales solemnes.Entre otras materias, regula los tratamientos de losmiembros de la carrera judic ial (arts. 4 a 7). De confo rmida d con su artculo 2 : Salvoel ttulo IV [referido al uso de toga, insignias y condecoraciones] este reglamento nose aplicar a los actos jurisd iccion ales , que se regirn por las leyes procesales [... ] .La utilizacin del tratamiento correspondiente estara indicada en la expresindel destinatario de un escrito oficial (v. gr.,exhorto dirigido al limo. Sr. Presidente dela Audiencia Provincial u oficio dirigido al Excmo. Sr. Fiscal Jefe del Tribunal Supe-rior de Justicia). Sin embargo, en el cuerpo de cualquier escrito no es convenienteutilizar el tratam iento o fic ial . En las intervenciones orales ordinarias es ms apro piadoel trm ino seora o simp leme nte el tratam iento de seor seguido de la in dica cindel cargo (Sr. Presidente del Tribunal, Sres. magistrados de la sala).

    I I I . I N F O R M E S E S C R IT O S1 . R E G L A S G E N E R A L E S A C E R C A D E L A F U E N T E Y E M P L A Z A M I E N T O D E LT E X T O

    Si no queremos contribuir a agudizar la miopa del lector el tamao de la fuenteser, como regla general, al menos de 12 puntos, con una separacin entre lneas deespacio y medio. s conveniente que los escritos compuestos de varias pginas apa-rezcan numerados en el margen superior derecho (lugar destinado a foliar las actua-ciones procesales).Los estilos de letra ms empleados actualmente son Arial, Times New Romn oCourier New. Una vez que hayamos optado por uno de ellos debe mantenerse inva-riable a lo largo del docu me nto. O tro tanto cabe decir del tamao de la letra y espaciointerlineal, con la nica excepcin de algunas indicaciones incluidas en la cabecerade form a independiente (rgano de origen , juzgad o de destino y procedim iento), quepodrn escribirse de forma separada en letra ms pequea.En aquellos escritos que no superen un folio debe distribuirse el texto de forma

    proporciona da con el espacio en blan co. C uando el informe ocupe unas pocas lneas,para evitar una presentacin antiesttica puede aumentarse el tamao de la letra y laseparacin interlineal de forma que el espacio en blanco del folio no sobrepase de-masiado el ocupado por el texto. Finalmente, mediante la op cin correspondiente deltratamiento de textos podremos centrarlo verticalmente en el folio (en el programaMicrosoft Word esta funcin se encuentra en archivo/configurar pgina, pestaa dediseo de pagina y el botn de alineacin vertical).Al final de este trabajo (anexos 1 y 2) podemos apreciar con un ejemplo las dis-tintas formas de situar un informe breve en el folio. Aunque el contenido de ambosinformes es idntico, desde un punto de vista esttico el resultado es mucho mejor enel segundo supuesto ya que en lugar de apelotonar el texto en la parte superior se hacentrado verticalmente y aum entado la separacin interl ineal as com o el tamao dela fuente.

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    - 5141 -2 . E N C A B E Z A M I E N T O

    Es conveniente especificar en la cabecera, de forma destacada (mayscula ynegrita), el ttulo o denominacin del escrito que, en pocas palabras y sin sobrepasaruna lnea, refleje su con tenido (v. gr.,escrito de acusa cin, contestacin a la deman -d a , recurso de ape lacin, .. .), sin punto alf inal.D e este modo el funcio na rio receptordel documento sabr darle curso sin perder tiempo leyndolo.

    El rgano jud icia l destinatario as com o el tipo y n me ro de proced imien to deb enindicarse igualmente de forma independiente con el objeto de que una primera ob-servacin permita conocer a qu procedimiento debe incorporarse. En estas indica-ciones previas el tamao de la letra puede ser inferior al resto del documento.Considero preferible esta frmula a incluir la identificacin del rgano, procedi-miento y tipo de escrito en el primer prrafo. As se facil i ta la identificaci n del escri-

    to y se libera el primer prrafo de extensas especificaciones ajenas a su contenidopropio.Los documentos que procedan de un organismo pblico deben estar presididospor su den om inacin . En el caso de que tengan su origen en la fiscala se indicar cu les sta as com o la seccin correspondiente (Menores, V iolenc ia de G nero, etc.). Todoello, junto con el nombre y apellidos del autor (que se indicar al final), servir paraidentificar plenamente su procedencia.Mientras siga utilizndose papel de oficio por el Ministerio Fiscal no ser precisoincluir en la cabecera el escudo oficial. De lo contrario, deber constar en el mem-brete correspondiente. Desde mi punto de vista, lo ideal sera que las fiscalas dispu-sieran de papel oficial propio en el que figurara impreso, adems del escudo, laidentificacin de la fiscala, la direccin postal y el telfono al que se puede d irigir eldestinatario (incluso una direccin de correo electrnico).En el caso de que el traslado de las actuaciones se verifique al amparo de undeterminado precepto (v. gr., art. 781.1 LECrim) es conveniente citarlo en el primerprrafo del documento. Cuando se trate de un informe solicitado por iniciativa deltribunal debe especificarse la resolucin (fecha del auto o providencia) que ha origi-nado ese traslado, con el fin de de limitar desde un primer mo me nto su objeto puestoque en un mismo asunto pueden emitirse mltiples informes.En el anexo 3 puede verse uno de los modelos posibles de encabezamiento, enel que se han seguido las recomendaciones anteriormente expuestas.

    3 . E S T R U C T U R A G E N E R A L D E L I N F O R M EEn ocasiones la propia ley determina la estructura que han de revestir determina-dos escritos. Veamos algunos supuestos pertenecientes al proceso penal:- Qu erella: artculo 277 LEC rim.- Escrito de acu sacin : artculos 650 y 781 LEC rim.- Recurso de apelacin pe nal: artculos 766.3 y artculo 790.2 LEC rim.

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    - 5142 -- Escrito de prep arac in del recurso de casacin pen al: artcu lo 855 LEC rim (losmiembros de la carrera fiscal tendrn en cuenta el contenido de las Circulares de laFiscala General del Estado 1/1954, de 28 de mayo,1/1955, de 21 de septiembre,2/1966, de 25 de enero, 5/1966, de 14 de octubre; y 1/1980, de 14 de marzo, as

    como la Instruccin FGE 1/1985,de 28 de octubre).- Escrito de interposicin de recurso de casacin pen al: artculo 874 LE C rim.Con independencia de los supuestos en que las leyes procesales determinan lanecesidad de or a las partes y el fiscal con carcter previo a la resolucin judicial, esmuy frecuente que se confiera traslado al Ministerio Fiscal y las partes con el fin deque se pronuncien sobre las ms variadas materias.A diferencia de la regulacin establecida con respecto a los autos y sentencias(que constan de unos antecedentes de hecho y unos fundamentos de derecho) losdictmenes no tienen por qu sujetarse a una estructura determinada. Por tanto, pue-

    de prescindirse de esa separacin formal. Sin embargo, es conveniente que se siga unorden similar comenzando por expresar la cuestin debatida, los distintos presupues-tos fcticos relevantes para su resolucin y, a continuacin, los argumentos legales,doctrinales y jurisprudenciales aplicables al caso para finalizar con la conc lusin , quese deducir naturalmente de las premisas anteriores. De este modo se est facilitandoel conten ido de la resolucin subsiguiente tal y com o entendemos qu e debe dictarse.La exposicin se asemejar a la de un silogismo de modo que la conclusin fluyanaturalm ente de la aplica cin de los fundam entos jurd icos a los presupuestos fcticospreviamente delimitados.

    4 . U S O / A B U S O D E L A S M A Y S C U L A SCon el afn de destacar las partes ms importantes de un documento a menudose incurre en un uso abusivo de la escritura en letras maysculas. Co m o regla generalno cabe escribir una palabra o frase completamente en letras maysculas, salvo elt tulo del documento (v. gr.,querella, contestacin a la dem an da ,...) y las rbricas delos distintos apartados que lo componen, enunciados de forma independiente, gene-ralmente en una sola lnea (antecedentes de hecho, fundamentos de derecho, prop o-sicin de prueba para el acto del juicio, ...).No viene al caso un estudio exhaustivo de las normas que regulan el empleo dela mayscula. Tan solo me atrevera a recordar alguno de los aspectos que tienenmayor incidencia en nuestraactividad cotidiana:- Las normas reguladoras del uso de la tilde conservan su vigen cia en las letrasmaysculas.- En los docu me ntos jurdicos y adm inistrativos se pued e escribir con letras ma -ysculas el verbo que expresa el objetivo prin cipal del docum ento (certifica, inform a,solicita...). No obstante, si en la cabecera se incluye (tal y como se recomienda eneste trabajo) un ttulo con la denominacin del escrito resultara superfluo destacar en

    mayscula el verbo principal.- Igualm ente, la prime ra letra tras los dos puntos que siguen a ese verb o p rinc ipa l(informa: Q ueno se opon e a la solicitud formulada ) o a con tinuac in de los dos pu n-Boletn nm. 2027-P g. 12

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    - 5143 -tos que anuncian una cita o palabras textuales (E l acusado comenz agritar: T e vasa enterar).

    - Los sustantivos y adjetivos que com pon en el nomb re de un organismo o entidad(v. gr.,Juzgado de Primera Instancia nme ro 1 de C arballo).Por el contrario, se escriben en minscula:- Los nombres genricos de vas o espacios urbanos (calle V alle In cln , avenidade la Ma rina, plaza Mayor).- Lo mismo sucede con los das de la semana y los meses (lunes, enero).- Las deno minacione s de cargos (juez, fiscal, secretario jud icial).

    5 . U S O L IN G S T I C O D E L P U N T O 3C om o regla general debe recordarse que el punto y seg uido sirve para marcar unapausa al final de un enunciado. No debe existir espacio l ibre con la palabra que loprecede; pero s entre el punto y la palabra (o signo) siguiente.A continuacin veremos una relacin de los principales supuestos en que el usodel punto es correcto: con el objeto de separar las horas de los minutos (8.50 horas,tamb in se admite 8:50); en la expresin nu m rica de las fechas (30.12.1981) y detrsde las abreviaturas (telf. ptas. fdo .). En las abreviaturas que estn acom paadas de letravolada debe tenerse en cuenta que el punto se escribe antes que sta (v. gr., D.a, 1.).Por el contrario, no se debe escribir punto: en las siglas (v. gr., D N I, CGPJ, LEC,B O E ; a co ntin ua cin de los puntos suspensivos; despus de signos de cierre de ex-clamacin o interrogacin, aunque con ellos termine el enunciado; no se emplea enla expresin numrica de los artculos, leyes, decretos, pginas, cdigos postales oaos (ao 2006, art. 1311, Real Decreto 1056/2003) y tampoco se escribe el puntotras el ttulo, subttulo o epgrafe, cuando aparecen aislados, del docu me nto. C onvie-ne tener en cuenta (con frecuencia en calificaciones por delitos contra la seguridaddel trfico) que los smbolos no llevan punto al final (g, mg, km, I, m). Para separar laparte entera de la decimal es preferible el uso de la coma (v. gr., 166,386).

    6 . F E C H A S 4Una fecha puede expresarse de diferentes formas: slo en letras (veintids deagosto de dos mil seis), en nmeros (22-8-2006, 22/8/2006) o combinando letras ynmeros (22 de agosto de 2006). El sistema habitual es el ltimo de los mencionados,al menos para indica r las fechas de mayor trascendencia (v. gr.,fecha en que o currieronlos hechos o la de redaccin del escrito). En la datacin de documentos, la separacinentre el lugar y fecha se realiza mediante una coma: Madrid, 22 de agosto de 2006;3 Diccionario Panhispnico de dudas, Real Academia Espaola y Asociacin de Academias de la LenguaEspaola, Santillana, Madrid, 2005, pp. 537 y 538.4 Ibid. p. 293.

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    - 5144 -o b ien: En Madrid, a 22 de agosto de 2006). Es importante recordar que los aos seescriben sin punto ni separacin (2006, en n ingn caso 2 00 6 ni 2.006).

    Se ha discutido si debe anteponerse el artculo a la indicacin del ao 2000y sucesivos (22 de agosto de 2006 o bien 22 de agosto del 2006). La Real Acade-mia Espaola, en el Diccionario panhispnico (cuyas indicaciones hemos seguidoen esta materia) recuerda que desde el ao 1 al 1100 es ms frecuente el empleodel artculo (el barco se hundi en el 1050). En el perodo comprendido entreel ao 1101 y 1999 dej de usarse (la Consti tucin se publ ic el 29 de diciembrede 1978). A part i r del ao 2000 la Real Academia admite la tendencia general aemplear de nuevo el artcu lo, si bien en la datacin de cartas y docum entos reco-mienda prescindir del mismo (22 de agosto de 2006). Ahora b ien, el artculo espreceptivo cuando se uti l ice la palabra ao (en la misma fecha delao 2005).En el caso de que se incluya una relacin de fechas, como sucede, por ejemplo,en la cita de varias sentencias, podra optarse por el sistema abreviado, con nmerosarbigos en su totalidad (sentencias del Tribunal Supremo dictadas el 25 de juniode 1 999 , 4 de mayo de 200 0 y 2 de noviem bre d e 2004 ). Tambin se considera acer-tado este sistema en las fechas escritas dentro de parntesis (segn la mencionadaley [de 30-12-1981 ] ...)..Cuando se opte por escribir la fecha con nmeros en su totalidad, separados porguiones, es conveniente no corta rla al final de un a lnea. Para evitarlo existen recursosinformticos en los programas de tratamiento de textos. As, en el Microsoft Wordpulsando al mismo tiempo las teclas control^ maysculas y guin el programa escri-

    bir la fecha por completo en una lnea o la siguiente (otro tanto puede hacerse parano cortar las matrculas separadas con guiones).La separacin entre los nmeros puede realizarse mediante guiones, barras opuntos (25-6-2 000, 25 /6/20 00, 25 .6.2000 ); pero se desaconseja anteponer el cero enlas cifras inferiores a diez (01/02/2006).

    7 . N M E R O SLos nmeros pueden expresarse mediante letras o cifras (diez/10). La Real Aca-demia Espaola (RAE)5 aconseja escribir con letras los nmeros en los siguientes ca-sos:- C uando puedan expresarse en una sola palabra y en este grupo inclu ye: delcero al veintinu eve , las decenas (treinta, cuarenta, etc.) y las centenas (cien, doscien -tos,etc.).- Los nm eros redondos que pued en expresarse en dos palabras (trescientosmi l , dos millones, etc.).- Y los nmeros que se expresan en dos palabras unidas por la co nju nc in y

    (hasta noventa y nueve).5 Ibid. p. 46 1.

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    Por el contrario, la RAE establece el uso de cifras:- En los nmeros que exigiran e l empleo de cuatro o ms palabras en su escri-tura con letras (v. gr.,32 423).- En los formad os por una parte entera y otra decim al (1,2 mg).- Las unidades de me dida seguidas de un smbo lo (v. gr., las joyas sustradasfueron valoradas en 50 0 ).- Y los nmeros seguidos de abreviatura (v. gr., los artculos que se publiquenen la revista no podrn exceder de 50 pgs.).N o deben mezclarse en una enum eracin los dos mtodos (sera inco rrecto, p orejemplo, en el registro domicil iario fueron aprehendidos cinco relojes, dos anil los,1253 eu ros...); es preferible emplear cifras en todo el enu ncia do 6(5 relojes, 2 anillosy 1253 euros).La letra o, conjuncin disyuntiva, suele l levar ti lde cuando se escribe entre n-meros con el fin de no confundirla con el cero (v. gr., envame 5 6 rabos de boinade ltim a generacin. En un caso com o ste confun dir 5 6 co n 506 tendra conse-cuencias catastrficas). Esta norma se ha puesto en cuestin ltimamente puesto queen los sistemas mecanografieos e informticos es completamente distinto el nmero0 de la letra o (506; 5 6, en el ejemplo uti l izado). S in emb argo, la Real Aca de-mia en el Diccionario Panhispnico de Dudas, por razones de claridad, mantiene larecomendacin de colocar la ti lde en la letra o colocada entre nmeros, para distin-guirla del cero.Finalmente, (y seguimos con las recomendaciones de la RAE) los nmeros decuatro cifras se escriben sin puntos ni separacin (1965) y los que tengan ms decua tro cifras se agruparn de tres en tres emp ezan do p or la izquie rda y co nunespaciode separacin entre los grupos (3 256 780). No obstante, debe reconocerse que lamayora de los l ibros de esti lo recom iendan la uti l izacin del punto en la escritura delos nmeros con ms de cuatro cifras (3.256.780).En todo caso los aos, nmeros de pginas, cdigos postales, artculos de normaslegales, nmeros de decretos o leyes y nmeros de apartados de correos, se escribensin separacin ni puntos (ao 20 06 , cdigo postal 1 5009).

    8 . R E C U R S O S T IP O G R F I C O SLos modernos programas informticos de tratamiento de textos ponen a nuestradisposicin toda una serie de recursos que, convenientemente utilizados, sirven parallamar la atencin del lector sobre frases o palabras que consideramos especialmenteimportantes. Mediante el uso de la negrita, cursiva, subrayado o las comillas (por citarlos ms usuales) podremos destacar el ttulo del escrito (v. gr., escrito de acusacin),algn apartado del mismo (v. gr., otros) o el no mb re de la persona a quien se refiereprincipalmente el documento (acusado, deman dante, deman dado ...).La regla de oro a tener en cuenta es la moderacin. Sera absurdo que un estu-

    diante subrayara todo el tema que tiene que aprender. De igual forma, un texto pla-Ibid. p. 461.

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    - 5146 -gado de letras en ne grita, cursiva y ma yscula carecera de sentido y el resultado seraantiesttico.

    Es necesario ajustarse a u na jerarq ua, es decir, reservar un m ismo recurso paradestacar aquellas partes del doc um ento que ostenten similar imp ortan cia; por eje m plo,empleando la letra mayscula en negrita para destacar el ttulo del escrito, slo ma-yscula para los distintos apartados (v. gr., Hechos, Fundamentos de derecho yProposicin de prueba) y la letra cursiva reservarla para destacar algn aspectodentro de cada prrafo (nombre del acusado, demandante y demandado).

    Las com illas puede n ser de dos tipo s: latinas (...) o inglesas( ... ).Es preferibleutilizar las primeras. El problema es que no se incluyen en el teclado de los ordena-dores;pero este inconve niente puede subsanarse con la herram ienta autocore ccindel procesador de textos. Como se recomienda en el Libro de Estilo Garrigues 7basta con acceder al men insertar smbolo, seleccionar las comillas inglesas, pul-sar la opcin autocorreccin (incluida en la misma ventana que el smbolo), introdu-cir las teclas con las que querem os asociar ese smbolo (en el libr o citad o se reco m ien-da la tecla ) y finalmente aceptar. De este mo do, siempre que pulsemos elordenador escribir automticamente (lo ms lgico sera que las comillas de cierrese asocien en la ventana de autocorreccin a la tecla ) .

    9 . C I T A SSiempre que se reproduzca literalmenteel contenido de alguna sentencia, dispo-sicin normativa o trabajo doctrinal el texto ir entrecom illado y, cuando se suprimauna parte de ese fragmento deber indicarse mediante puntos suspensivos colocadosentre corchetes: [...].Es necesario que la cita de un trabajo doctrinal incluya una referencia al nombrey apellidos del autor (el nombre se puede expresar mediante las iniciales), ttulo de laobra, nmero de edici n, editorial, lugar y ao de edicin y pg ina de la que se tomael fragmento. De este modo se respetar lo establecido en el artculo 32 del texto re-fundido de la Ley de Propiedad Intelectual (segn la redaccin introducida por Ley23/2006, de 7 de julio), que considera lcita la inclusin en una obra propia de frag-mentos pertenecientes a otra siempre que se indique la fuente y el nombre del autor.En cuanto a la cita de resoluciones judiciales, comprender todos los datos ne-cesarios para su plena identificacin, esto es, tipo de resolucin, fecha, rgano (conexpresin de la sala o seccin, en su caso), nmero de recurso, de autos...Las normas jurd icas ms usuales pod rn especificarse c on fas siglas (v. gr.,LOPJ,LEC,LECrim). En estos supuestos (de normas de uso corriente en los escritos dirigidosa los tribunales) pueden emplearse las siglas desde un prim er mo me nto; sin necesidadde expresar anteriormente la denominacin completa de la norma y sus siglas entreparntesis. En los dems casos se expresa la de nom inac in com pleta (Ley O rgn icade Medidas de Proteccin Integral contra la V iolenc ia de Gnero), en ma ysculas8,salvo las conjunciones, preposiciones y artculos. No obstante, si la denominacin es

    Centro de Estudios Garrigues,ob. cit, nota 1, pp. 40 y 171 .Centro de Estudios Garrigues,ob. cit, nota 1, p. 46.

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    - 5147 -muy extensa se puede escribir por completo en letras minsculas. Aquellas normasmenos cono cidas debe n citarse con referencia expresa a su nm ero y fecha e, incluso,al boletn oficia l en que se ha publicad o (v. gr.,Ley Org nica 11/200 3, de 29 de sep-tiemb re, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana , violencia doms-tica e integracin social de los extranjeros, [BOE nm. 234, de 30 de sept iembrede 2003]).

    1 0 . C O N S E J O S DER E D A C C I NPara que el mensaje sea captado por el destinatario sin dificultad es preferibleredactar el documento cumpliendo las siguientes recomendaciones: estilo directo(sujeto-verbo-predicado), la afirma cin frente a neg acin, voz activa en lugar de pa-siva y la oracin coordinada en vez de subordinada. No se deben mezclar ideas enoraciones interminables, en las que se insertan frases incidentales (de carcter expli-cativo); es much o mejor emplear oraciones simples de forma sucesiva, o coordinadas,concluir la frase con una idea antes de empezar otra.Las frases tamp oco pueden ser muy largas pues de lo co ntrario se perdera el hilocon ducto r. La sucesin de frases cortas resulta igua lmen te rechazable (efecto telegra-ma). Como recomienda An tonio Mi l ln Garr ido 9 deben alternarse las frases largascon las cortas, sin abusar de frases incidentales (explicativas).Para evitar el efecto negativo que produce la reiteracin de la misma palabrapuede recurrirse al uso de sinnim os. Los tratamientos de texto al uso disponen de un

    diccionario de sinnimos que nos permitir elegir otra palabra con el mismo signifi-cado (en el Microsoft Word se encuentra en a herramientas/idioma/sinnimos), quetambin ser til para evitar la utilizacin de palabras distintas; pero con sonidos se-mejantes (cacofona).En ocasiones se incurre en una uti l izacin excesiva del gerundio para describirdistintas a cciones, lo que puede provocar frases demasiado extensas y p oco claras. Espreciso recuperar el sentido genuino de esta forma verbal; sirve esencialmente paraexpresar acciones simultneas o inmediatamente anteriores; aunque tambin se pue-de emplear en un sentido adverbial, que exprese modo, condicin o circunstancia(sera correcto sali corriendo y tambin accedi al interior forza ndo la cerradura);

    pero el gerundio no sirve para expresar una accin posterior (v. gr.,entr en la casaapoderndose de todos lo objetos de valor).No es conveniente que los prrafos sean demasiado extensos ya que dificulta lalectura del texto . El prrafo agrupa diversas frases que po r su conte nido guardan rela-cin entre s, normalmente porque desarrollan un mismo argumento o tema dentrodel con junto desarrollado en el escrito. Tradicionalmente se diferencia u n prrafo deotro aumentando el margen izquierdo de la primera lnea (sangra). Otra posibil idades prescindir de la sangra de primera lnea y aumentar el espacio entre prrafos (de-nominado prrafo alemn). ltimamente, es muy frecuente recurrir a sistema mixto,consistente en sangrar la prim era lnea de l prrafo y, adems, aumentar la separacin

    entre los distintos prrafos con el objeto de resaltarlos an ms. La separacin entreA .MILLN GARRIDO,Libro de e stilo parauristas 2. aedicin , Bosch, Barcelona, 1999, pp. 75-76.

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    - 5148 -prrafos se efecta mediante una sencilla herramienta informtica (en el programaMicro soft Wo rd se accede a ella pulsando formato/prrafo y en la ventana que se abre,concretamente en la pestaa sangra y espacio, la opcin espaciado anterior yposterior). Nuevamente estamos ante una cuestin de estilo que, depender, de ladecisin personal que tome el autor.

    I V . I N F O R M E S O R A L E S1 . IM P O R T A N C I A D E L IN F O R M E F I N A L

    Nuestra profesin nos brinda una ocasin nica para fijarnos en la actuacin deinnumerables profesionales del foro. A lo largo de nuestra carrera observaremos cmoactan ante los tribunales los abogados ms afamados y en qu se diferencian de losdems.

    Al menos en el proceso penal (tambin en el civil a partir de la Ley de 7 de ene-ro de 2000) se cumple la regla general de que los letrados de mayor prestigio se ca-racterizan po rque se han estudiado a fondo e l proce dimien to y, adems, dom inan lastcnicas de comu nicacin oral. Todos ellos saben medir la extensin y contenido delinforme en fun cin de las circunstancias de cada caso, uti l izan un tono a decuado (queirn variando deliberadamente segn la impo rtancia de lo que dicen en cada mom en-t o , dirigirn su mirada al tribun al co n frecuencia, adaptarn su exposicin al resulta-do de las pruebas (con referencias constantes a stas), refutarn las argumentacionesde la parte contraria, reiterarn al principio y final de su intervencin los argumentosde mayor inters, enriquecern su discurso con toda clase de artificios retricos paracaptar la atencin del tribunal... En definitiva, dominan el arte de hablar en pblico.Frente a ellos, existen o tros (a me nudo tan bue nos juristas co m o los anteriores e,incluso, mejores) que se l im itan a leer un informe p reviamente prepa rado, totalmentedesvinculado de las incidencias ocurridas en el juicio, con un tono de voz monocor-d e , sin alzar la mirada de la mesa... El resultado conse guido por estos ltim os serque a los dos minutos de su intervencin todos los presentes empezarn a pensar enotra cosa y desear que el informe concluya cuanto antes.En los procesos penales ms sencillos el sen tido del fallo depender del resultadode la prueba practicada en el juicio oral. Sin embargo, en otros muchos casos noocurrir lo mismo y el informe final puede ser decisivo para persuadir al juzgador enuno u otro sen tido, no slo en cuanto a la decisin p rincip al (absolutoria o conde na-toria si del proceso penal se trata) sino tam bin en cuestiones a ccidentales (extensinde la pea, concu rrencia de circunstancias m odificativas de la responsabilidad cr im i-n a l , etc).A l com ienzo de m i andadura profesional me limitaba a acudir a los juicios pertre-chado con toda clase de argumentos legales y jurisprudenciales mientras los letradosde la defensa centraban sus esfuerzos en poner de manifiesto las circunstancias perso-

    nales que determinaron la actuacin de su cliente y los graves perjuicios que para suvida personal y familiar tendra el ingreso en prisin. Pronto comprob que la percep-cin y valoracin de un hecho punible depende de mltiples factores, no siempre decarcter jurd ico . En mi o pin in , jun to al indispensable acopio de argumentos jurdicosBoletn nm. 2027-Pg. 18

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    - 5149 -es preciso saber convencer del acierto de la posicin sostenida y, para ello, convienemanejar un mnimo de recursos oratorios y saber construir razonamientos lgicos.

    Constituye un manifiesto error acudir a un juicio convencidos de que vamos adefender una verdad absoluta. El Derecho es una ciencia que se presta como pocasal debate c on trad ictorio . Por ello, casi siempre pueden sostenerse tesis distintas acer-ca de un mismo asunto. El sentido de la resolucin puede verse influenciado por lacapacidad de las partes para convencer al tribunal de que su peticin es acertada.

    El objeto de toda controversia jud icial siempre gira en torno a los hechos y a lainterpretacin de las normas jurdicas aplicables. La determinacin de los hechosdepende de los medios de prueba que se practiquen a lo largo del procedimiento(fundamentalmente en el acto del juicio). Su valoracin es una labor extremadamen-te subjetiva ya que, aparte de la capacidad de conviccin de las diferentes pruebas,incide la percepcin personal por parte del juzgador. Los testimonios vertidos en ju i-cio pueden ser objeto de toda clase de crticas, referidas bien a su eficacia probatoriabien a su credibi l idad.Las normas jurdicas aplicables casi siempre admiten distintas interpretaciones;puede debatirse acerca de la observancia de las normas procesales, califica ci n penalde los hechos, impuabil idad, circunstancias modificativas de la responsabil idad odeterminacin de la pena imponible.

    Por todo ello, el informe final tiene una enorme uti l idad; viene a ser la ltimaoportunidad de convencer al tribunal de que la pretensin ejercitada es la ms acer-tada. El tiempo invertido en el mismo debe aprovecharse al mximo. En lugar deperderlo en cuestiones obvias o que ya se incluyen en los escritos rectores del proce-dimiento nos centraremos en las materias ms relevantes, atinentes de la prueba oaspectos jurdicos determinantes del fallo.

    2 . P R E P A R A C I N D E L IN F O R M EEn los juicios ms com plejos es conveniente preparar de antemano e l co ntenidoesencial del informe ordenando y plasmando por escrito sus principales argumentos,que se referirn a los puntos objeto de controversia. La improvisacin es admisible enaquellos asuntos de menor enjundia. Ahora b ien, normalmente es incompatible con

    un informe eficaz en los que presenten mayor calado.Preparar con antelacin el informe no significa que se vaya a reproducir literal-mente un discurso previamente redactado. Se trata de reflexionar sobre su estructuray argumentos principales para, en el mome nto o portun o, transm itirlo de forma espon-tnea y permeable a las incidencias del juicio. La necesaria flexibil idad del informesupone que su contenido habr de adaptarse al resultado del juicio y rebatir los razo-namientos esgrimidos por la parte contraria.El protoc olo de preparacin recomendable ante cualquier ju icio sera el siguiente:1. Estudio exha ustivo de la causa.2 Ide ntificaci n de las cuestiones ms controv ertidas.3. Bsqueda de argumen tos que apoyen nuestra tesis y comba tan la defend idapor la parte contraria.

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    - 5150 -4. Planificar el orde n de los argum entos.5. Finalme nte, se revestir el discurso de la form a adecuada .Como se afirmaba anteriormente las ideas previamente seleccionadas pueden

    esbozarse por escrito; pero en ningn caso se leern ante el tribunal. En el momentode informar podemos tener a mano un esquema con las ideas principales, que nosayudar a hablar con mayor seguridad y a que el informe sea ms ordenado. Unaforma adecuada de no perder el hilo argum enta es memorizar sus ideas fundame nta-l e s , subrayar las palabras clave, confec cionar con e llas un esquema y tene rlo a ma noen el mo me nto de la exp osicin. En todo caso, cuanto ms se adapte a lo oc urrido enel juicio mucho mejor. Debe contener una valoracin de las pruebas y dedicar unapartado a refutar los argumentos de la parte contraria.Es aconsejable memorizar los detalles ms significativos del hecho enjuiciado,esto es, el no mb re de l acusado, de la vctim a as com o la fecha y el lugar de los hechos.

    De este mod o podrem os actuar con mayor soltura tanto en el interrogatorio com o enel informe y daremos la sensacin de conocer perfectamente el asunto. Tambin po -demos m em orizar al pie de la letra aquellas frases o expresiones q ue, m ientras prepa -ramos el informe, consideramos especialmente acertadas o ingeniosas.En cualquier caso, al menos en los procedimientos penales por delito, debenevitarse los informes estereotipados, vlidos para cualquier asunto y desconectadosdel resultado del juicio. El principio constitucional que proscribe la arbitrariedad delos poderes pblicos (art. 9.3) obliga a los representantes del Ministerio Fiscal a faci-l itar una ex plica cin , por mnima que sea, de la peticin ejercitada. Si la controversiaha girado p rincipalme nte sobre cuestionesprobatorias ser obligada alguna referenciaconcreta a las pruebas en que se basa nuestra so licitu d. D e igua l m odo las referenciaslegales, doctrinales o jurisprudenciales sern pertinentes cuando el debate se hayacentrado en cuestiones de ndole jurdica.Para termina r c on este pu nto, y ya que estamos tratando de retrica, sera imper-donable no citar al gran maestro de la antigedad clsica; me refiero a Cicern (106-43 a .C ). Segn sus propias palabras10 el orad or debe tener en c uenta tres cosas: qudecir?,en qu orden? y cmo?. D ich o en otras palabras, al preparar el inform e noscentraremos en el contenido y la disposicin de los argumentos y, cuando llegue lahora de exponerlo, ser el momento de desplegar las tcnicas de elocucin y todoslos recursos retricos a nuestro alcance.

    3 . D U R A C I N D E L IN F O R M EEn cuanto al tiempo necesario para exponer el informe oral la respuesta es biensencil la: el estrictamente necesario; su extensin depender de la complejidad delasunto, pero como regla general vale ms quedarse corto que desesperar al tribunal.En cualquier caso, no se recomienda marcar de antemano una duracin mnima(tengo que informar al menos durante 20 minutos), es decir, recrearnos en explica-ciones intiles simplemente para cubrir el tiempo marcado de antemano. La durac in10 CICERN,E lorador trad.de E. Snchez Salor, Alianza Editorial, Madrid , 2004, p. 47.

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    - 5151 -del informe estar determinada por el tiempo estrictamente necesario para exponertodo aquello que estimemos oportuno para la defensa de la peticin formulada.

    O bviam ente, no puede dedicarse el mismo tiem po a informar tras un m acro juiciodesarrollado a lo largo de varias sesiones que en u n jui ci o de faltas. Por otra parte, lapredisposicin a escuchar del destinatario es digna de consideracin. El juez no seencontrar igual de receptivo en el primer juicio que en el duodcimo, tras cincohoras ininterrumpidas en sala e impaciente por salir a tomar un bocado.En los juicios ms sencil los, que no planteen problemas tcnico-ju rdicos, basta-r con una breve referencia a las pruebas practicadas y una remisin genrica al es-crito rector del proced imien to. U na de las m ltiples posibil idades d e informe oral (porparte de la acusacin) sera sta:Con la venia y para solicitar la condena de XYZ como autor de un delito delesiones puesto que ha quedado plenamente demostrada su participacin en los he-chos contenidos en el escrito de acusacin (introduccin).Efectivamente, su declaracin exculpatoria ha sido desvirtuada por el contenidode las dems pruebas practicadas en el juicio. A la vista de su resultado puede afir-marse que los hechos ocurrieron del siguiente modo: "el da ... (somera descripcindel hecho punible)". As resulta, en primer lugar de la declaracin prestada por lavctima que, tanto en la fase de instruccin co mo en el acto del ju ici o, ha reco nocidoal acusado com o e l causante de las lesiones sufridas. Este testim on io ha sido co rrob o-rado por el testigo ... as como el contenido del parte mdico e informe forense, enlos que se describen de forma plenamente coincidente con la versin del lesionadolas heridas sufridas y la atencin mdica prestada. Concurren, por tanto, todos loselementos tpicos del delito de lesiones, previsto en el artculo 147 del Cdigo Penal.

    En el apartado de la responsabilidad c iv i l , el importe solicitado se ha calculado te-niendo en cuenta los das invertidos en la curacin de las heridas as como la entidadde las secuelas descritas en los distintos informes mdicos y se han tomado comoreferencia las cuantas fijadas en el ltim o baremo p ublicad o por la Direcc in Gene-ral de Seguros, que establece la cuanta de las indem nizacion es por daos personalescausados en accidentes de circulacin (nudo).Por todo ello, concluyo solicitando que se dicte sentencia en los trminos denuestro escrito de acusaci n. Es tod o po r m i parte. Muchas gracias (conclusin ).U n inform e de este estilo no sobrepasara los diez m inutos. En otros casos puederesultar imprescindible extenderse ms con el propsito de citar alguna sentenciasobre aspectos jurdicos controvertidos y tambin dedicar unos minutos a refutar latesis de la parte contraria.El intento de ser demasiado exhaustivo p uede ser contraproduce nte. Se corre elriesgo de que los argumentos principales se pierdan en una maraa de razonamientos.Es preferible seleccionar aque llos argumentos de m ayor peso y centrar nue stro esfuer-zo en que el tribunal los asimile como propios.

    4 . Q U E D E C I R ?En el mbito forense la controversia siempre gira en torno a los hechos y a lainterpretacin de las normas jurdicas. Con respecto a los hechos los argumentos a

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    - 5152 -favor y en contra se obtendrn del anlisis de las pruebas. En cuanto a las normas,encontraremos los principales apoyos en los textos legales y en la jurisprudencia(fundamentalmente en la emanada del Tribunal S upremo y Tribunal C onstitucional).

    N o es que exista un pro toco lo nic o para esta fase de prepa racin; pero el pre-supuesto indispensa ble de cua lquie r d iscurso es la clarid ad d e deas y sta slo pue deconseguirse mediante un detenido estudio de la causa (aspecto ya aludido en lascuestiones comunes a los informes escritos y orales).Una vez que tenemos clara la solicitud que vamos a formular el siguiente pasosera buscar aquellos argumentos de hecho y de derecho que la apoyen. La experien-cia profesional acum ulada co n los aos nos perm itir identif icar los puntos ms dbi-les de nuestra tesis; sobre ellos ser necesario hacer especial hincapi. A partir deentonces estaremos en dispos icin de pensar cul ser el enfoque de nuestra interv en-cin,esto es, cu l ser la pretensin prin cip al y los aspectos cruciales de los que va adepender su estimacin o desestimacin (prueba, calif icacin jurdica, eximentes,atenuantes...).La actu aci n de las dems partes a lo largo del ju ic io nos ilustrar sobre su estra-tegia y, partir de entonces, tendremos que emplearnos a fondo para neutralizar laeficacia de sus argumentos.

    5 . EN QUO R D E N ? E S T R U C T U R A DEL I N F O R M EUna vez determinado el contenido del-alegato llega el momento de darle forma.

    En general se suelen clasificar las partes de un discurso en introduccin (exordio),relato de hechos, argumentacin (nudo) y conclusin. Algn autor ha descrito laspartes de cualqu ier discurso con extraordinaria claridad de la siguiente form a: prim e-ro ha de decirse lo que se va a decir, luego se dice lo que se quiere decir y, finalmen-te, se dir lo que se ha dicho (tcnica de la reiteracin)11 .

    A) IntroduccinDebemos tener presente que en los primeros minutos de cualquier discurso el

    grado de atencin es mayor, por lo qu e no podem os de sperdiciar las primeras palabrasaburriendo al tribuna l con frm ulas vacas de contenido o reiterando los aspectos queya constan en nuestro escrito de calificacin. Es una buena ocasin para dejar cons-tancia de nuestra peticin principal, sin entrar en demasiados detalles. Se puede co-menzar mediante una remisin genrica al escrito rector (v. gr., solicitando la conde-na del acusado X en los trminos de nuestro escrito de calificacin) e inmediatamenteanticipar brevemente los argumentos p rincipales en que se fundam enta.Si intuimos algn prejuicio que pueda hacernos perder capacidad de conviccines el momento de combatirlo. Desde el punto de vista de los fiscales, en los juiciosante el tribunal del jurado es recomendable dedicar unos minutos del alegato inicial

    (que precede a la prctica de la prueba) a explicar la fun ci n d el M inisterio Fiscal en11 JEAN GUITTON ,citadop o r j . Estadella del Pino,E l abogado eficaz,La Ley, Mad rid, 2005, p. 102.

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    - 5153 -el ordenamiento jurdico espaol, que poco tiene que ver con la imagen que sueletenerse de la institucin, ms cercana a otros modelos, y que se transmite fundamen-talmente a travs del cine. En todo caso se trata de hablar de uno mismo sin parecerprepotente frente a los dems.

    Algunos autores optan por p rescindir de cualquier me ncin a lo que ya es obvioy prefieren comenzar con algn comentario original que rpidamente d pie a susprincipales argumentos. No se trata de hacerse el gracioso o recurrir a la pedanteracon citas que no vienen a cuento. Lo mejor es actuar con naturalidad. Si no nosviene a la mente ninguna introduccin original es preferible recurrir a la ms tradi-cional (esto es, hacer constar la peticin principal en los trminos de nuestro escritorector).En los supuestos en que se prevea una intervencin ms extensa conviene co-menzar esbozando las ideas ms importantes que se expondrn seguidamente.En algunos procedimientos no consta expresamente al comienzo del juicio cules la solicitud de todos los intervinientes, bien porque el escrito de alegaciones con-tiene frmulas abiertas, pendientes de concretar en funcin del resultado de la prueba(v. gr., contestacin a la demanda formulada por el Ministerio Fiscal en procesos deseparacin o divorcio) bien porque no existe un escrito rector previo (v. gr.,juicios defaltas,o en las medidas provisionales previas o simultneas a la separacin o divo rcioy cuando se interviene como demandado en los procedimientos laborales. En estossupuestos es necesario concretar en el juicio (si es posible al empezar nuestra inter-venc in) cu l es nuestra posici n acerca del obje to de l proceso. Esta parte del inform ese efectuar a un ritmo mucho ms lento de lo normal para que el Secretario Judicialpueda recogerlo en acta con precisin.

    B R e la t o d e h e c h o sEn el proceso penal es necesario describir, de forma resumida y por orden crono-lgico, aquellos hechos que consideremos probados y constituyan la base fctica dela pretensin ejercitada. Coincidir bsicamente con el relato contenido en el escritode calificacin; pero se puede enriquecer con detalles revelados en el juicio y quesirvan para reforzar nuestra peticin. En todo caso, la descripcin del modo en queocurrieron los hechos debe reunir dos condiciones:- Se efectuar de un m odo ca tegrico, con ro tun dida d, sin frases que expresenduda o posibilidad, excluyendo los aspectos que no podemos demostrar.- En segundo lugar, debe ser verosm il,, es decir, plena mente respetuosa con e lresultado del juicio.

    C Nu d oEn esta fase del inform e corresponde expone r las razones a favor de nuestra pe-ticin y aqullas que sirvan para rebatir los pilares de la argumentacin contraria(argumentos de refutacin), con alusin a las pruebas y fundamentos de tipo jurdico(derecho positivo, jurisprudencia y doctrina). La estructura de esta parte del discursose adaptar al orden lgico que tendra una sentencia favorable a la peticin ejercita-

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    - 5154da. Por tanto, tratndosedeuna sentencia p enal habr que fa cilitaraljuzgador unamotivacin suficiente acercade ossiguientes aspectos: ladeclaracin dehechosprobados, su calificacin jurdica,laextensinde apena y, finalm ente,laresponsa-bi l idad c iv i l .

    Es preferible quelos argumentosdemayor pesosereserven paraelpr inc ipioyf inal del informe , mom entos en que se retendrn m ejor enlamem oria del tr ibun al. Setrata del orden nestoriano, mencionado por Alessandro Traversi,enreferenciaa latctica militar empleada porelgeneral griego Nstor (personajede alliada) queenel iniciode abata lla u tilizaba elementos fuertes, segua co n losms dbilesyf inal-mente recurraaos considerados ms potentes (La defensa penal,Thomson-Aranzadi,Navarra, 2005, pp . 120).

    D) ConclusinAl final del informe procede reiterarlapeticin principaly, si lacomp lej idad delasunto lorequ iere, recap itular breveme nte sus principales argum entos. Puede serelmom ento preciso para poner de relieve argumentos de carcter e xtrajurdico destina-dosaobtener una mayor imp licaci n en elau ditorio (v. gr., especial gravedaddeldelito, crueldad, frialdadoprofesionalidad demostradas en su com isin, situacinenqueha quedado lavct imaosu fam ilia, e tc.odesdelepunto de vistade adefensalas circunstancias personales concurrentesen el reo que permitan justificar su con-ductaohagan especialmente penoso su ingreso enunC entro Penitenciario).

    6 . E X P O S I C I N DEL IN F O R M EUna vez determinadoelcontenidoyestructura del inform e estamos en dispos i-c indeadentrarnosen lafase dec isiva:lae locucin; momentoenque se pondraprueba nuestra capacidaddeconvicc inyaptitudes oratorias . En esta fase se inte n-tar dotar al informe de losme dios necesarios para quellegue deforma clarayconvincentealt r ibun al .Si no queremos provocar en nuestro auditorioelms espa n-

    tosode losletargos d ebem os huirde lamono tona.Loprim ero que descartaremosser leerel informe puesto queperdera espontaneidad y, portan to, sera menosconv incen te. Aparte de esta m xima general existen una serie de recursos m uy ti lesen este campo.

    A) PosicinygesticulacinEs conveniente mantenerse erguido durantelaexposicindelnforme. Con estapostura conseguiremos que nuestra voz alcance mayor vigoryse oigadeuna forma

    ms ntida. Es muy grfica laexpresin uti l izada por Jordi Estadela de l Pin o1 2

    parareferirseaesta cuestin. Segn este autorlapostura ms recome ndable enelestrado1 2 Vid. J. ESTADELLA DEL PINO, El abogado eficaz cit. p. 1SO.

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    - 5155 -es la misma que adopta el jinete sobre su caballo. Ahora bien, esto no quiere decirque nos mantengamos inmviles durante el transcurso del informe, como si se tratarade esos hombres-estatua que pueblan algunas calles de la ciudad. Una ligera inclina-cin hacia el tribun al puede servir para enfatizar un fragmento determinado del me n-saje.En definitiva, un lenguaje corpo ral acorde co n el con tenido del inform e sirve paralograr una mayor persuasin.

    En cuanto a los gestos el principio general es que vale ms pecar por defectoque por exceso. De lo contrario puede suceder lo que, hace ms de dos mil aos,vaticinaba C icern 13:Si [el orador] se pone a calentar el tema sin haber preparado antes los odos delau dito rio dar la impres in d e ser un loco en m edio de personas sensatas y de, por asdecir, andar borracho en medio de sobrios.Se admite cierto grado de vehemencia en los puntos centrales de nuestra argu-

    mentacin. En ellos, el discurso puede ser ms encendido e ir acompaado de gestoscon brazos, manos y rostro. Por el contrario, tanto en la introduccin como en laconc lusin el tono y el gesto deben a doptar una form a serena (incluso solemne).

    B) Tono y ritmoEn los informes ms extensos es preciso agudizar el ingenio para mantener laatencin del au ditorio, que irremed iableme nte se ir debil itando paulatinamente. Loscambios de entonacin pueden ayudar a lograr ese objetivo. Para ello podemos subir

    o bajar el tono de voz en aquellos pasajes que nos interesa enfatizar 14 . Es frecuentecomenzar la intervencin con un tono suave, elevarlo al exponer los principales argu-mentos y refutar los contrarios para volver a relajarlo m ientras exponemos la conc lusinf inal. Una pausa previa tambin sirve para destacar un argumento considerado clave.Si el ritmo es demasiado acelerado parecer que estamos recitando un tema deoposicin bajo la presin del cronmetro. Lo nico que conseguiremos es dificultarla comprensin de nuestro informe y transmitir una impresin de inseguridad. En elmomento de relatar los hechos es mejor que el ritmo sea lento. Sin embargo, cuandose quiera transmitir tensin es preferible imprimir al discurso mayor rapidez.Debemos recordar que no estamos hablando para nosotros mismos y esforzarnos

    en voca lizar correctam ente a briend o la boca tanto co m o sea necesario hasta conseguiruna correcta pronunciacin (de lo contrario se nos podra confundir con un ventrlo-cuo). Es conve niente e nfatizar algunas slabas para que el mensaje sea pe rcib ido sinesfuerzo.

    C) La miradaEl destinatario del informe no es la parte contraria sino el tribunal, al que se in-tenta convencer de la tesis expuesta. Por tanto, en los momentos ms trascendentes13 CICERN, op. tt,nota 10, p. 70.14 J. GARCA RAMREZ, strategiade oratoria prctica paraabogados 2. edic. Colex, Madrid, 2004, p. 69.

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    - 5156 -del informe la mirada se dirigir a los miembros del tribunal. No se trata de mirar fi-jamente al juez durante todo el informe como si pretendiramos hipnotizarle. Sidominramo s esta tcnica podramos prescindir de la retrica. U na mirada penetran-te provocara un sentimiento de incomodidad que debemos evitar. Como acertada-mente recuerda Garca Ram rez15: Cuando miramos fijamente a los ojos estamostransmitiendo toda nuestra tensin del momento. Tensin que, sinceramente, al juezno le interesa soportar [...].

    Lo ms aconsejable es mirar alternativamente a las distintas personas para las quehablamos. Cua ndo nos dirijamo s a un tribuna l co legiado habr que tener en cuenta atodos sus miembros; pero principalmente a aquel que parezca ms atento o realiceanotaciones con ms frecuencia (seguramente se trate del ponente).

    7. RECURSOS RETRICOSLos recursos retricos constituyen una serie de artificios dirigidos a captar laatencin del destinatario de un discurso y lograr mayor efecto persuasivo. A este ob-jetivo contribuyen, como hemos visto, mltiples factores: el tono de voz, el ritmo dealocucin, las pausas, los gestos, la credibilidad del orador, el orden, la claridad ycon ten ido del m ensaje, etc. Junto a tod o esto, analizaremos una serie de artificios quecontribuirn a alcanzar el mismo fin.

    A) Una imagen vale ms que mil palabrasEsta expresin encierra una gran verdad. Lo que percibimos por el sentido de lavista se comprende y retiene mucho mejor que las palabras. Si somos capaces deconseguir que los hechos enjuiciad os estn presentes en el lugar de l ju ic io de un m od ogrfico habremos avanzado un largo cam ino. Me refiero al cono cido efecto presen-cia, que puede lograrse de mltiples formas:- E xhibiendo piezas de con vicci n en el lugar del ju icio (v. gr.,el arma homici-da, el objeto falsificado).- C on fotografas del cuerpo del delito , lugar de los hechos (v. gr.,del cadver).- Escuchando a los familiares de la vctim a para que declaren sobre sus circuns -tancias personales.- A ud ici n de grabaciones de voz (procedentes de escuchas telefnicas). Por estarazn, aunque las transcripciones puedan adquirir valor de prueba documental siestn adveradas por la fe de l S ecretario Judicial es preferible escuchar las cintas en eljuicio (sus pasajes ms importantes).- Diapos itivas, para ilustrar un inform e pericial o, inclus o, el inform e fina l cu an -do sea necesario de bido a la cpm plejida d d el asunto (v. gr.,en supuestos de ingenie-ra financiera o tramas delictivas complejas).15 Ibid. p. 3 1 . Por esta razn el citado a utor recom ienda m irar al entrecejo, en lugar de hacerlo directam en-te a los ojos, en aquellos mom entos en que vayamos a exponer los argumentos de mayor enjun dia.

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    - 5157 -En los juicios por homicidio que se tramitarn generalm ente por el procedim ien-to de la Ley del Jurado) debe tenerse presente que es mucho ms prob able empa tizarcon el acusado y, por tanto compadecerse de l, que con el fallecido. Esto puedeocurrir porque aqul estar en su presencia mientras se desarrollen las sesiones, sen-

    tado en el banquillo con cara de no haber roto un plato en su vida, y la defensa noperder la ocasin de poner de manifiesto la extrema dureza de la pena de prisinsolicitada y sus efectos perniciosos para el acusado al tiempo que presentar la pr-dida de una vida humana como un suceso desgraciado; pero al fin y al cabo irrepa-rable. Para contrarrestar los efectos de esta estrategia, que en algn caso p ue de distor-sionar injustamente el sentido del veredicto, es importante esforzarse en que elrecue rdo de la vctima est presen te en el proceso de la forma ms viva posible me-diante declaraciones de los familiares, fotografas del cadver y refirindonos a supersona de un modo cercano tanto en el alegato inicial como el informe final). Elobjetivo es poner de manifiesto que si estamos solicitando una pena grave se debe aque las consecue ncias del delito tambin lo son.

    B) La reiteracin de argumentos o palabrasLa repeticin de los principales argumentos al princip io y final del discurso sirvepara que el tribunal los retenga mejor.Otro forma de captar su atencin es reproducir peridicamente una oracin opalabra con el fin de que el discurso sea ms vivo y el mensaje llegue mejor al audi-torio. Las palabras en cuestin pueden situarse al inicio o al final de una frase e, in-

    cluso, se puede hacer coincidir la ltima palabra de una frase con la primera de lasiguiente. Un ejemplo de esto sera el clebre puedo prometer y prometo que ...;puedo prometer y prometo que ...; puedo prometer y prometo que ..., obra de unpoltico clave en la transicin espaola que actualmente no pasa por uno de sus me-jores momentos. Otros ejemplos de repeticiones peridicas de palabras son los si-guientes: no es casualidad q ue ...; no es casualidad qu e...; no es casu alidad...; y dela repeticin de la palabra con la que finaliza una frase al iniciar la siguiente: a lavista de su conducta previa estaba clara su intencin ysu intencinno poda ser otraque...El mismo efecto se consigue con la repeticin de sonidos . Supongamos qu e vamos

    enu meran do las premisas de nuestra tesis y, al finalizar c ada una de ellas, concluim osla frase del sigu iente m odo: 1.apremisa ...irrefutable; 2.a ... incontestable; 3 .a . . .incuestionable.

    C P r e g u n t a sUna forma de captar la atencin del oyente es formular una pregunta de formaque parezca que se la dirigimos a l. Puede formularse con dos intenciones. La pri-mera es para contestarla el propio orador; pero tambin cabe la posibilidad de que la

    pregunta quede sin respuesta porque es tan obvia que no precisa contestacin y co-incidir, precisamente, con la que pretende resaltar al orador. As, en un juicio delesiones en el que se discute si el dolo abarca el resultado producido sera oportunolanzar la siguiente pregunta al aire: qu intencin puede guiar a quien mediante un

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    - 5158 -fuerte impacto rompe un vaso de cristal en la cara de una persona?. En realidad lapregunta encierra implcitamente la respuesta.

    D) E lamagoEsta tcn jca, tam bin con ocida com o pretericin, consiste en llamar la atencinsobre una materia que nicamente se anuncia; pero de tal forma que es evidente loque se est sugiriendo. Se puede efectuar advirtiendo que no se va a hablar de ella,por obvio, o escabroso, o apuntar la idea sin llegar a desarrollarla. Aunque resulteparadjico; lo cierto es que sirve para destacar la cuestin anunciada.Algu nos ejemp los de este recurso seran los siguientes:- No creo necesario recordar, por sobradamente cono cida, la doctrina jurisp ru-

    dencial acerca del valor probatorio de la prueba indiciara. De este modo estamosobligando al tribun al a recordar esa construccin d octrinal de una forma activa y, porende, con mejor resultado que si la reproducimos literalmente, en cuyo caso lo msseguro es que terminemos aburriendo incluso al ms paciente.- Para no cansar al tribu na l no voy a analizar todo el historial de enfrentam ien-tos entre el acusado y la vctima.- C omo prueba de la pa rticipa cin de los acusados en el robo contamos co n ladeclaracin del testigo,por no hablar de los numerosos efectos procedentes d eldeli-to que se hallaron en su poder.- En ocasiones, el orador se lim ita a apuntar un a rgum ento, sin llegar a desarro-l larlo, simplemente porque no dispone de pruebas suficientes para hacerlo con unmnimo de rigor. Con respecto a la credibil idad del testigo propuesto por la de-fensa, me limitar a constatar que actualmente presta servicios para el suegro delacusado.Un efecto parecido al amago se logra cuando el orador se corrige a s mismo, noporqu e est equivoca do sino para resaltar aun ms lo que acaba de afirmar (v. gr.,eraun hecho notorio que el acusado y la vctima no tenan buenas relaciones o, para serms exactos, se odiaban a muerte).

    E) SmilesC on frecuencia no es fcil expresar con clar idad la idea que deseamos transm i-tir. En estos casos puede ser muy til recurrir a las comparaciones. As por ejemplo,si queremos describir de una forma grfica y fcilmente comprensible la dimensinde un incendio forestal, en lugar de hablar de hectreas o metros cuadrados podemosbuscar la equivalencia con un campo de ftbol, cuya extensin es universalmenteconocida (la superficie afectada equivala a la de veinte campos de ftbol). Otroejemplo de este recurso sera, en un delito de apropiacin indebida, afirmar quedejar al acusado al frente del negocio fue algo as como poner al raposo a vigilarlas ga llinas .Recuerdo un juicio en que este mecanismo fue muy til para desvirtuar la decla-racin exculpatoria de los acusados. stos regentaban un negocio de compraventa y

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    - 5159 -reparacin de vehculos en el que se haban intervenido varios coches robados conlas matrculas, nmeros de ba stidor y d ocu m en tacin falsificado s. Los acusados insis-tan en que desconocan el origen i lcito de los vehculos as como la manipulacinde nmeros de bastidor y matrculas; pero no aportaban una explicacin coherentede cmo haban llegado a su poder. La ausencia de justificacin suficiente acerca dela adquisicin de los vehculos, desde mi punto de vista, era un ind icio que (un ido aotras pruebas) reforzaba la tesis acusatoria. Para ponerlo de manifiesto me serv delsiguiente smil: la ocupacin de varios cuadros falsificados de Laxeiro o Lugrs enpoder de un marchante de obras de arte no puede interpretarse del mismo mo do quesi aparece un cuadro falsificado en el dom icil io de un simp le aficionado a la pintura,alguna explicacin tendr que facil i tar el marchante sobre su adq uisicin Ah orabien,si en lugar de dar explicaciones incurre en contradicciones sobre el modo en quellegaron a su poder estar ocultando algo? Algo parecido ocurre en el presente su-puesto, en el que se han ocup ado esos vehculos sustrados en m anos de profesionalesde la compraventa.

    F) MetforasPosiblemente la metfora sea el artificio retrico por excelencia. Mediante estemecanismo se sustituye una palabra o expresin por otra que guarda semejanza conla primera. Por tanto, en ese contexto la palabra utilizada pasa a tener un sentido fi-gurado. Estaramos ante una metfora si para expresar el riesgo de incendios forestalesafirmamos que en el mes de agosto Galicia es un polvorn al que basta prender una

    cer illa para que estalle y arda por los cuatro costados.8 . T O N O C O N S I D E R A D O Y C O R T E S . U S O D E E U F E M I S M O S

    Finalmente, he querido analizar un aspecto que considero fundamental y quedebe inspirar cualquier actuacin profesional; pero sobre todo las intervencionesorales en el acto del juicio. Me estoy refiriendo al respeto hacia las dems partes, eltribuna l y cualquier persona que se acerque a la A dm inistracin de Justicia. A lgo queparece obvio; pero en ocasiones con la intensidad propia del debate dialctico llegaa olvidarse.En las intervenciones orales siempre debe extremarse la correccin evitando enla medida de lo posible descalificaciones o enfrentamientos directos, tanto con eltribu na l co m o co n el resto de los intervinientes (fiscal, letrados, acusados, testigos...).Las descalificaciones y ataques personales son absolutamente contraproducentes,nicamente sirven para predisponer al tribunal en contra del que recurre a ellas y,adems, evidencian la propia ineptitud para defender una pretensin jurdica confundamentos estrictamente jurd icos.

    Es verdad que debe reconocerse cierto margen de crtica inhere nte al derechode defensa; pero no se puede aprovechar el privilegio procesal que permite a los le-trados de la defensa intervenir en ltimo lugar para arremeter de forma irrespestuosacontra la actuacin de la acusacin (sea oficial o no). Si alguna de las partes incurreen extralimitaciones injustificadas conviene reaccionar mediante la oportuna protestaBoletn nm. 202 7-P g. 29

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    - 5160 -para que el tribunal la llame al orden o bien pedir la palabra para ejercer el derechoa replicar por la va del artculo 738 LECrim. Segn este precepto: Despus de estosinformes, slo ser permitida a las partes la rectificacin de hechos o conceptos.

    Se puede cu estionar la tesis con traria sin caer en la crtica pe rsona l. A lo largo demi trayectoria profesional he comprobado que los que centran su discurso en la des-ca lificac in generalmente carecen de argumentos slidos para defender su pretensin.El que acta con la seguridad de que le asiste la razn y es capaz de demostrarlo nose plantea desacreditar a la parte contraria.Ahorab ien,esto no significa qu e no deba rebatirse con ro tundida d todo aque lloque sea necesario. En ocasiones, los eufemismos permiten expresar todo aquello quesea procedente con un tono ms suave. Probablemente sea ms adecuado decir quedeterminada afirmacin no se corresponde con el resultado de la prueba practicadaque asegurar que se ha mentido. Si empleamos esta expresin es muy posible que

    se desencadene una llamada de atencin del que dirige las sesiones y un incidentedesagradable.Por otra parte, esa consideracin debe reflejarse tambin en el momento de inte-rrogar a los testigos y peritos. No puede olvidarse que antes de entrar en la sala pro-bablemente habrn permanecido un buen rato esperando y que han tenido queabandonar actividades personales mucho ms productivas para ellos que acudir alju ic io .

    V . A N E X O SAnexo

    FISCALA DEL TR IBUN AL SUPERIOR DE JUSTIC IA DE GALIC IA A C OR U A)Ejecutoria 2/2006Juzgado de lo Penal n. 3 de A Corua

    DIC TAMEN FISCALA L J U Z G A D O

    El fiscal, despachando el traslado conferido en virtud providenc ia d ictada el 4 deseptiembre de 2006 no se opone al l icnciamiento definitivo del penado XYZ, en lostrminos propuestos por el Centro Penitenciario.A Corua, 8 de septiembre de 2006

    Fdo.Juan Aguirre Seo ane

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    - 5161 -Anexo 2

    FISCALA DEL TR IBUN AL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALIC IA A C OR U A)Ejecutoria 2/2006Juzgado de lo Penal n. 3 de A Corua

    DICTAMEN FISCALA L J U Z G A D O

    El fiscal, despachando el traslado co nferido en virtud p rovidenc ia dictada el 4 deseptiembre de 2006 no se opone al l icnciamiento definitivo del penado XYZ, en lostrminos propuestos por el Centro Penitenciario.

    A Corua, 8 de septiembre de 2006Fdo.Juan Aguirre S eoane

    Anexo 3FISCALA DEL TR IBUN AL SUPERIOR DE JUSTIC IA DE GALIC IA A C OR U A)

    Procedimiento abreviado 110/2006Juzgado de Instruccin nmero 1 de Carballo

    ESCR ITO DE AC USAC I NA L J U Z G A D O

    El fiscal, al amparo del artculo 781.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sol i-cita la apertura del juicio oral, estima competente para conocer y fallar la causa alJuzgado de lo Penal y dirige la acusacin contra Carmelo Cotn M iranda, c on DNInme ro 7 8.315 .792, en los siguientes trminos: ...

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