2014 técnicas y procedimientos de ic.doc

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POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA ESCUELA DE SUBOFICIALES PNP PUENTE PIEDRA SÍLABO “TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS POLICIALES DE INVESTIGACIÓN” PROGRAMA REGULAR 1

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Permite el conocimiento de las técnicas y procedimientos para realizar la investigación científica policial acorde con la nueva legislación judicial

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POLICA NACIONAL DEL PERDIRECCIN DE EDUCACIN Y DOCTRINAESCUELA DE SUBOFICIALES PNPPUENTE PIEDRA

SLABO TCNICAS Y PROCEDIMIENTOS POLICIALES DE INVESTIGACIN

PROGRAMA REGULAR

2014 ESCUELA TCNICO SUPERIOR------------------------

SLABO DE TCNICAS Y PROCEDIMIENTOS POLICIALES DE INVESTIGACIN

I. DATOS GENERALESEJE CURRICULAR:Formacin Profesional PolicialAREA EDUCATIVA:Formacin Especfica.AREA COGNITIVA:Tcnicas y Procedimientos Policiales.AO DE ESTUDIOS:SEGUNDO AOHORAS SEMESTRALES:90 horas acadmicasHORAS SEMANALES:05 horasCREDITOS:03 crditosPERIODO ACADEMICO:III Semestre

II. SUMILLA:La Asignatura forma parte del Currculo de Estudios de las Escuela Tcnico Superior PNP, es de naturaleza terico prctica y se orienta al desarrollo de competencias para la investigacin Policial o Investigacin Criminal, cuyos contenidos implican el dominio cognoscitivo de sus caractersticas, sus principios doctrinarios, la participacin del Ministerio Pblico, su importancia en el acopio de las evidencias probatorias del delito, el empleo de la Criminalstica y el conocimiento y aplicacin del Mtodo General de Investigacin Policial, en funcin de la Especialidad de Orden Pblico y Seguridad Ciudadana del Programa Regular.

III. OBJETIVOS:A. OBJETIVO GENERAL:Proporcionar los conocimientos doctrinarios de la Investigacin Policial, as como las tcnicas y procedimientos del Mtodo General de la Investigacin Policial, para la ptima investigacin del delito en el ejercicio de la funcin Policial, en funcin de la Especialidad de Orden Pblico y Seguridad Ciudadana del Programa Regular.

B. OBJETIVOS ESPECFICOS:1. Propiciar el logro de elevado nivel de profesionalidad, tcnica cientfica en la ejecucin de la Investigacin Policial, en funcin de la Especialidad de Orden Pblico y Seguridad Ciudadana- Programa Regular. 2. Lograr la unidad de criterios en la aplicacin de los procedimientos operativos policiales en la investigacin del delito.3. Coadyuvar a la eficiencia y eficacia del cumplimiento de la misin que compete a la PNP en el campo de la Investigacin de los Delitos, en funcin de la Especialidad de Orden Pblico y Seguridad Ciudadana- Programa Regular.

IV. CONTENIDOS:

I UNIDAD ACADMICA

PRIMERA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (25 Noviembre 2014)Generalidades de la Investigacin Policial, dentro de ello el tratamiento con los Fiscales, funciones, legalidad Segunda Sesin (29 Noviembre 2014)Investigacin Policial, Mtodo general de la investigacin policial, fases, explicar brevemente cada una

SEGUNDA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (02 Diciembre 2014)Conocimiento del hecho delictuoso, definicin, operatoria Segunda Sesin (06 Diciembre 2014)Denuncias, definicin, clases, ocurrencia, definicin, operatoria

TERCERA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (09 Diciembre 2014)Comprobacin del hecho, definicin, importancia, fases, operatoria. Segunda Sesin (13 Diciembre 2014)Diligencias investigatorias preliminares en la escena del delito. Operatoria

CUARTA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (16 Diciembre 2014)Inspeccin Tcnica Policial, definicin, generalidades, personal. Inspeccin Criminalstica Segunda Sesin (20 Diciembre 2014) Mtodos de ocupacin la escena del delito. Taller dirigido

II UNIDAD ACADMICA

QUINTA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (23 Diciembre 2014)Perennizacin de la escena del delito, Mtodos. operatoria Segunda Sesin (27 Diciembre 2014)Acopio de huellas, indicios, evidencias, generalidades. Operatoria.

SEXTA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (30 Diciembre 2014) Cadena de custodia de indicios, evidencias, generalidades, operatoria. Segunda Sesin (03 Enero 2015)Planeamiento de la investigacin Policial, generalidades. Operatoria.

SETIMA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (06 Enero 2015)Plan, definicin, anlisis del esquema del Plan de Investigacin Segunda Sesin (10 Enero 2015)Tratamiento de Informantes y Confidentes, generalidades, diferencia. Operatoria.

OCTAVA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (13 Enero 2015)Vigilancia, definicin, elementos, finalidad, importancia, condiciones que debe de reunir los vigilantes. Segunda Sesin (17 Enero 2015)

EXAMEN PARCIAL I

III UNIDAD ACADMICA

NOVENA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (20 Enero 2015)Tcnicas de vigilancia, fase preliminar, fase especfico, fase de ejecucin. Operatoria. Segunda Sesin (24 Enero 2015)Contrainteligencia, definicin, tcticas de contrainteligencia. Operatoria.

DCIMA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (27 Enero 2015)Detencin y capturas, definicin, clases, base legal. Operatoria. Segunda Sesin (31 Enero 2015)Custodia y traslado de detenidos, generalidades. Operatoria.

DCIMO PRIMERA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (03 Febrero 2015)Incursiones, definicin, importancia, clases, grupos operativos de intervencin. Segunda Sesin (07 Febrero 2015)Registros, definicin, importancia, clases, generalidades. Operatoria.

DCIMO SEGUNDA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (10 Febrero 2015)Interrogatorio y Entrevista, definicin, diferencia, generalidades. Operatoria. Segunda Sesin (14 Febrero 2015)Preparacin del pliego de preguntas, desarrollo de la manifestacin relacionado a la consumacin de un hecho delictuoso.

DCIMO TERCERA SEMANA(05 horas) Primera Sesin ( 17 Febrero 2015)Sustentacin de la prueba, clases de prueba, formulacin del Informe final (Atestado) Segunda Sesin (21 Febrero 2015)EXAMEN PARCIAL II

IV UNIDAD ACADMICA

DCIMO CUARTA SEMANA(05 horas) Primera Sesin( 24 Febrero 2015)Operatoria Policial en los casos del Delito contra la vida el cuerpo y la salud (Homicidio) Segunda Sesin (28 Febrero 2015)Sustentacin de los Trabajos Aplicativos Grupales: Grupo 1, 2 y 3.

DCIMO QUINTA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (03 Marzo 2015)Operatoria Policial en los casos del Delito contra la vida, el cuerpo y la salud (Aborto doloso) Segunda Sesin (07 Marzo 2015)Sustentacin de los Trabajos Aplicativos Grupales: Grupo 4, 5 y 6.

DCIMO SEXTA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (10 Marzo 2015)Operatoria Policial en los casos del delito contra la vida el cuerpo y la salud (Lesiones de consideracin, que constituyen delito) Segunda Sesin (14 Marzo 2015)Sustentacin de los Trabajos Aplicativos Grupales: Grupo 7, 8 y 9 .

DCIMO STIMA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (17 Marzo 2015)Procedimiento Operativo Policial en delito contra el Patrimonio (Robo a una entidad o domicilio) Segunda Sesin ( 21 Marzo 2015) Procedimiento especializado en la investigacin del delito contra el Patrimonio (Robo)

DCIMO OCTAVA SEMANA(05 horas) Primera Sesin (24 Marzo 2015) Procedimiento Operativo Policial en delito contra la Libertad Individual (Violacin sexual de menores) Segunda Sesin (28 Marzo 2015)EXAMEN FINAL

V. PROCEDIMIENTOS DIDCTICOS

A. Las tcnicas de enseanza se orientarn a la interaccin permanente docente educando, enmarcadas en la cultura participativa, el trabajo en equipo y el mtodo de Laboratorio. B. Se promover la investigacin permanente y la exposicin de los conocimientos adquiridos.C. El desarrollo de los contenidos curriculares sern eminentemente objetivos mediante el empleo de Mapas Conceptuales.

VI. EQUIPOS Y MATERIALES:

El docente para el desarrollo de la asignatura emplear los siguientes equipos y materiales:A. EQUIPOSRetroproyector, video grabadora, computador, proyector multimedia. B. MATERIALESProveer separatas a los educandos, as como utilizar transparencias o videos para reforzar las tcnicas de enseanza.

VII. EVALUACIN:

La asistencia a las sesiones tericas es obligatoria en el 70% y a los Talleres en el 90%, en caso contrario de no existir justificacin alguna por la Sub Direccin Acadmica de las ETS PNP, el Alumno desaprobar la asignatura. El proceso de evaluacin del aprendizaje ser permanente, comprender:A. Evaluacin Diagnstica o de entrada, para conocer el nivel de conocimiento sobre la asignatura.B. Evaluacin Formativa Interactiva, en relacin a la participacin activa del Alumno(a) en el aula. El promedio de las intervenciones orales constituir Nota de Paso Oral.C. Evaluacin Formativa o de Proceso para comprobar el rendimiento acadmico, pronosticar posibilidades de desarrollo y reorientar la metodologa, compromete la aplicacin de:1. Talleres. 2.Exposiciones. 3.Dos exmenes escritos parciales (8 y 13 semana), enmarcados en los modelos de la Prueba Objetiva, pudiendo, adems, contener preguntas tipo desarrollo y situacin problema, en las que prime el empleo de la capacidad reflexiva, la correlacin de criterios, el anlisis y el pensamiento lgico. 4.Un trabajo de investigacin monogrfica que se valorar en su forma y contenido. D. Evaluacin Sumativa orientada a comprobar el nivel de desarrollo cognoscitivo, reflexivo y del pensamiento lgico, para lo cual se aplicar un examen final (17 semana), de similar caracterstica empleada en los exmenes parciales.E. El Promedio General se calcular en concordancia con las disposiciones establecidas en el Manual de Rgimen de Educacin de las Escuelas de Formacin de la PNP y a la naturaleza de la Asignatura, conforme se detalla a continuacin: Promedio General:

PG = PEP (3) + PO (1) + TA (2) +EF (4) 10

PEP= Promedio de Exmenes ParcialesPO=Paso OralTA=Trabajo de Investigacin MonogrficaEF=Examen Final

VIII. BIBLIOGRAFA BASICA

A. Manual de Procedimientos Operativos de Investigacin Criminal. Editorial Imprenta PIP 1971.B. Manual de Criminalstica PIP. Editorial. Tipogrfica Offset Peruana S.A. 1966C. Introduccin a la Investigacin Policial y Manual de Procedimientos Operativos de Investigacin Criminal. Volumen I. Distribuidora Comercial Murakami SA. 1989.D. Manual de Procedimientos Operativos Policiales. Libro II El Mtodo General de la Investigacin Policial. Edicin 1996.E. Proyecto de Manual de Procedimientos Operativos PNP. Libro II El Mtodo General de la Investigacin Policial ( MAPROPOL 2000).F. ZEVALLOS ALE, Alberto El Homicidio, el suicidio y otras muertes. Ed. El Universo Tomos I y II. Lima. 1987.

I UNIDAD ACADMICAPRIMERA SEMANA(25 NOVIEMBRE 2014)

PRIMERA SESINGENERALIDADES

En el contexto de las Organizaciones Tutelares de la Nacin, la PNP en su desarrollo como una especialidad de Investigacin Policial o Investigacin Criminal, cumple eminentemente el servicio a la comunidad, investigando y denunciando los delitos en general la criminalidad, aprehende las evidencias de la participacin delictiva, para ponerlos a disposicin de las Autoridades competentes, dentro ste contexto, sta Unidad Policial especializada, emplea mtodos y procedimientos tcnicos y cientficos.

Entre las importantes actividades desarrolladas por la Polica Nacional, frente al procedimiento penal, estn aquellos que contienen la mecnica de la investigacin del delito y del delincuente, desde los puntos de vista de, cmo se realiz, es decir establecer las circunstancias de su perpetracin y de quien o quienes lo han realizado, esto es, identificar a los autores, estableciendo tcnicas y cientficamente los elementos que han de permitir a los Jueces la conviccin del grado de responsabilidad y que servirn de ayuda para desentraar en toda su verdad un hecho delictuoso; para complementar ste trabajo tcnico, recurriremos el apoyo de otras ciencias como la Criminalstica, la Biologa, la Antropologa, la Psicologa, la Criminologa, etc., son elementos los que vienen a constituir la base y fundamento de un mtodo o sistema que alcanza la categora de Ciencia de la pesquisa.

En el Artculo 166 de la Constitucin Poltica del Per, en su parte extrema seala la funcin de la PNP de prevenir, investigar y combatir la delincuencia; dentro de sta concepcin se define en su acpite 4 del Artculo 159 de dicha Norma, que al Ministerio Pblico corresponde, conducir desde su inicio la investigacin del delito, con tal propsito la PNP est obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Pblico en el mbito de su funcin. Asimismo en el Inciso 1 Artculo IV del Ttulo Preliminar del Nuevo Cdigo Procesal Penal, seala que el Ministerio Pblico es el Titular del ejercicio pblico de la accin penal en los delitos y tiene el deber de la carga de la prueba, asume la condicin de la investigacin desde su inicio. De igual manera en el Inciso 2 del Artculo 60 del Nuevo Cdigo Procesal Penal, se precisa que el Ministerio Pblico est obligado a actuar con objetividad, indagando los hechos constitutivos del delito, los que determinan y acreditan la responsabilidad o inocencia del imputado, con esta finalidad conduce y controla jurdicamente los actos de investigacin que realiza la Polica Nacional.Por consiguiente la relacin entre el Fiscal y la Polica, se convierte en un binomio clave del xito, debe de existir entre ambos profesionales una coordinacin armnica, responsable y permanente. Significndose que la participacin del Ministerio Pblico en las diferentes diligencias preliminares del proceso investigatorio que realiza la Polica Nacional, le da el respaldo jurdico pertinente, recomendndose que en todas estas actividades, el Pesquisa deber de formular el Acta correspondiente, donde firmarn todos los Funcionarios intervinientes en dicha diligencia.

SEGUNDA SESIN(29 NOVIEMBRE DEL 2014)

INVESTIGACIN POLICIAL

1. DEFINICIN:Es una de las funciones que realiza la Polica Nacional del Per, que consiste en un proceso especializado, continuo, metodolgico, organizado y preciso de anlisis y sntesis, que el Pesquisa Policial desarrolla, cuando se ha consumado un hecho delictuoso, propiciando tcnica y cientficamente el acopio de huellas, indicios, evidencias, que sometidas a un proceso riguroso, se lograr su esclarecimiento.

2. CARACTERSTICAS:a. Continuidad.- La investigacin Policial es un proceso concatenado de actividades que permite lograr el esclarecimiento del delito.b. Organizacin.- Es una secuencia de pasos sistematizados, que siguiendo un orden lgico y ordenado permite esclarecer el hecho delictuoso.c. Especializacin.- Es un trabajo de rigor tcnico cientfico, requiere de profesionales calificados y el apoyo de ciencias auxiliaresd. Previsin.- Debe de realizarse con la debida previsin, planificado y con el conocimiento pleno.e. Actividad analtica sinttica.- En todo momento por induccin o inferencia se va formular conclusiones, orientadas al esclarecimiento del hecho delictuoso.f. Explicativo causal.- El pesquisa formular hiptesis, incidindose en las preguntas de oro el quin, dnde, cundo, cmo, porqu, y para qu, etc.g. Metdico.- La investigacin Policial por ser un proceso, es planeada, se rige a una metodologa.h. Legal.- El trabajo del Pesquisa Policial est sostenida y comprendida en la Normatividad vigente.

3. MTODO GENERAL DE LA INVESTIGACIN POLICIAL

La Polica Nacional del Per, como ciencia, tiene un Mtodo General de Investigacin Policial, que consiste en el proceso metodolgico continuo, organizado, especializado y preciso de anlisis y sntesis, que desarrolla respecto a diversos hechos, que expliquen la perpetracin de un delito, a fin de lograr su esclarecimiento.

El Mtodo General de la Investigacin Policial, tiene las siguientes fases:(Explicar brevemente cada una de ellas)a. Conocimiento del hechob. Comprobacin del hechoc. Diligencias investigatorias preliminares en la escena del delitod. Planeamiento de la Investigacin Policiale. Tratamiento de Informantes y Confidentesf. Vigilanciasg. Detenciones y Capturash. Incursionesi. Registrosj. Interrogatorios y Entrevistask. Sustentacin de la pruebal. Informe de la Investigacin Policial

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SEGUNDA SEMANA

PRIMERA SESIN(02 DICIEMBRE 2014)CONOCIMIENTO DEL HECHO

1. DEFINICIN:Es la informacin, versin, noticia, notificacin, expresin o la simple referencia, que llega por cualquier medio o circunstancias a conocimiento de la Polica, sobre la comisin u omisin de un acto delictuoso o infraccin punible o supuestamente delictual, para su posterior esclarecimiento, dentro de sta concepcin hay dos formas que el Pesquisa Policial toma conocimiento del hecho delictuoso:

a. Directa: Cuando la Autoridad Policial sorprende al agente en plena ejecucin material del delito (infraganti). Operatoria: cuando el Polica sorprende al agente en plena ejecucin del acto delictuoso, formular un Parte en la que dar cuenta en detalle de lo ocurrido y de ser posible poniendo a disposicin al presunto autor, si se logr su detencin o captura, el servicio dar cuenta a la brevedad al Jefe de la Unidad, quien previa evaluacin o calificacin de la ocurrencia y registro en el Libro de Registro de documentos, lo decretar a un Efectivo Policial para las investigaciones pertinentes. Significndose que toda sta informacin ser alimentada al Sistema Virtual PNP.

b. Indirecta: Cuando la Polica toma conocimiento del accionar delictivo por intermedio del agraviado o de terceras personas u otras circunstancias anlogas.Operatoria: Cuando el denunciante se apersona a la Unidad Policial a manifestar la comisin de un hecho delictuoso, el servicio le har una entrevista previa para tomar conocimiento de lo sucedido, teniendo cuidado que sta sea verosmil, lgica y de competencia Policial, cumplida estas formalidades y con la autorizacin del Jefe de la Unidad o quien hace las veces, se proceder a registrar la denuncia en el Libro de Denuncias comunes o reservadas, que muchas Unidades Policiales, todava vienen empleando esta modalidad; sin embargo en un gran porcentaje de Unidades Operativas, lo registran mediante el sistema de la denuncia virtual PNP. La formulacin de ste documento contendr de modo claro y preciso, en cuanto sea posible y segn la naturaleza del acto: forma y circunstancias del hecho delictuoso, identificacin de los autores y otros detalles, al trmino firmar el denunciante, estampar su dedo ndice derecho, de igual manera firmar el Instructor y es conforme del Jefe de la Unidad. Significndose que de conformidad al avance tcnico cientfico de la humanidad, en la actualidad en la mayora de las Dependencias Policiales, vienen registrndose las referidas denuncias, mediante el sistema de denuncia virtual, lo cual permite mayor agilidad en la atencin al pblico

Cuando la denuncia lo hace por escrito: lo registrar en el Libro de Registro de Documentos recibidos, el Jefe de la Unidad decretar a un Efectivo Policial, para que realice las investigaciones pertinentes, de igual manera toda esta informacin, ser registrada en el sistema denuncia virtual de la PNP.

SEGUNDA SESIN(06 DICIEMBRE 2014)

DENUNCIA POLICIAL

1. DEFINICIN:Es la manifestacin verbal o escrita que se hace ante la Autoridad Policial de la perpetracin de un acto delictuoso o infraccin punible. Como es de conocimiento general, de conformidad al avance tecnolgico cientfico, muchas Unidades Policiales operativas, reciben las denuncias mediante el sistema de denuncia virtual de la PNP, sin embargo existen algunas Unidades, que todava registran las denuncias en los Libros tradicionales, argumentndose que el sistema an todava es lento, estamos seguros, que muy pronto esto se superar, en ambos casos el Docente, explicar la forma como se asienta o registra stas denuncias.

2. CLASIFICACIN:a. Por su formalidad, pueden ser:(1) Verbal: El agraviado o el denunciante expone en forma oral ante la Polica, sobre la comisin u omisin del acto delictuoso, relato que se plasma en el Libro de Denuncias que obra en la Unidad Policial.(2) Escrita: El agraviado o el denunciante manifiesta por escrito la forma y circunstancias de la perpetracin de un acto delictuoso en su agravio o de un tercero, documento que se registrar en el Libro de Registro de Documentos, en donde el Jefe de la Unidad decretar al Efectivo Policial que se har cargo de la investigacin. De igual manera dicha informacin ser alimentado al Sistema de denuncias virtuales de la PNP.

b. Por el Mtodo empleado, puede ser:(1) Personal(2) Telefnica(3) Postal(4) Comunicacin social (peridicos, revistas, radio, televisin, internet, etc,)(5) Rumor popular

c. Por la identidad del denunciante:(1) Identificada(2) Annima

d. Por la condicin del denunciante o denunciado:(1) Comn(2) Reservada

e. Otras formas del conocimiento del acto delictuoso:(1) Solicitud de la autoridad competente: Autoridad Judicial, Ministerio Pblico, Contralora General de la Repblica, Autoridades Polticas, otras Autoridades.(2) Accin Popular: publicaciones periodsticas, comunicaciones radiales, televisivas, opinin pblica.

LA OCURRENCIA POLICIAL

1. DEFINICIN:Son todos aquellos sucesos, acontecimientos, ocasiones o encuentros fortuitos o inesperados, que por su naturaleza no puedan ser registrados como denuncia; sin embargo a travs de las cuales la polica toma conocimiento de la comisin de un acto presumiblemente delictuoso.

2. FORMAS DE SU PRESENTACIN:a. Del personal de servicio de otras Unidades Policiales: Remitirn la ocurrencia a la Unidad Policial Especializada, a fin de que sta realice las diligencias preliminares correspondientes.

b. Como consecuencia de la investigacin de otros delitos: Cuando se est realizando la investigacin pertinente de un determinado caso, y en esas circunstancias se llega a conocer indicios y/o evidencias de otro hecho delictuoso, por consiguiente el Pesquisa formular el Parte correspondiente, con el que dar cuenta de ste nuevo hecho delictuoso.

c. Por el hallazgo de indicios, elementos u objetos que constituyen cuerpo del delito: En ste caso el Pesquisa Policial, formular el Parte y/o documentacin pertinente, con las cuales dar cuenta a la Superioridad, para las acciones propias de su competencia.

d. Como consecuencia de una intervencin Policial: En dichas circunstancias se llega a constatar la consumacin de un ilcito penal, por lo que el Pesquisa formular el Parte y/o documentacin pertinente, a fin de que la instancia correspondiente, disponga su diligenciamiento.

Operatoria: En todas las Unidades Policiales, existe un Libro de ocurrencias, donde se anotar en forma correlativa todas las ocurrencias que se presentan en el transcurso del servicio, de igual manera el Jefe de la Unidad previa evaluacin decretar a un efectivo Policial para su diligenciamiento correspondiente; cuando existe los presupuestos de la consumacin de un acto delictuoso, se formular el Parte y/o documentacin pertinente, con el que dar cuenta al Jefe de la Unidad y ste mediante un Decreto dispondr al personal de la Seccin de Investigacin Criminal las acciones pertinentes de su responsabilidad.

TERCERA SEMANA

PRIMERA SESIN(09 DICIEMBRE DEL 2014)

COMPROBACIN DEL HECHO

1. DEFINICIN: Es la diligencia Policial que consiste en la verificacin directa y objetiva del hecho o la consumacin del acto delictuoso, su importancia radica en que el pesquisa al tener el primer contacto con el acto criminal, va a captar u obtener un sin nmero de informacin, de detalles objetivos y de indicios orientados a reforzar o descartar los hiptesis planteadas.

2. FORMAS:

a. Tcnica: Es aquella verificacin que hace el pesquisa de la realizacin del acto delictual, mediante una adecuada apreciacin objetiva y general de lo acontecido en el escenario del crimen.b. Cientfica: Es la comprobacin del hecho delictuoso en el lugar de los sucesos por personal especializado de Criminalstica, que adems de hacer una apreciacin sensible de la realidad, emplea medios cientficos para confirmar su consumacin.

Operatoria: Tan pronto se tenga conocimiento del hecho delictuoso, el Investigador Policial designado se constituir de inmediato al lugar de los hechos, con la finalidad de verificar lo ocurrido, ya en el escenario, el pesquisa realizar una apreciacin general de lo sucedido, en ste acto inmediatamente dar cuenta a su Jefe inmediato, a fin de que ste a su vez comunique a la Fiscala correspondiente, como Titular de la investigacin, paralelo a ello solicitar la presencia de los Peritos Criminalsticas para el recojo de huellas, indicios, evidencias y dispondr lo conveniente para llevar a cabo la etapa de las inspecciones. Significndose que al trmino de la diligencia el pesquisa formular el documento correspondiente, donde se encuentra plasmado la presente diligencia.

SEGUNDA SESIN(13 DICIEMBRE 2014)

DILIGENCIAS INVESTIGATORIAS PRELIMINARES

1. DEFINICIN:

Conjunto de acciones que realiza el pesquisa paralelas y/o simultneas a la comprobacin del hecho delictuoso, con la finalidad de reunir una serie de informaciones (tcnicas, testimoniales, entrevistas, etc.) relativas al acto criminal que se ha suscitado, para lograr llegar a la verdad de lo ocurrido. sta diligencia policial es muy importante, va permitir evaluar e interpretar las pruebas de la comisin delictuosa, as como descubrir una serie de elementos orientados a la identidad de los responsables del acto criminal y consecuentemente llegar a descubrir el hecho delictuoso.

2. OPERATORIA:

a. Consideraciones generales: El pesquisa debe de actuar con tino, serenidad e imparcialidad, no dejarse impresionar, sugestionarse ni influenciarse por algn motivo, tener presente el tiempo, la oportunidad que se debe de actuar, no desestimar ninguna informacin, anotar todo detalle, debe de considerar la escena del delito el manantial de informacin, esto depender de la habilidad del pesquisa para interpretarlo y de sta manera descubrir el caso.

b. Llegada a la escena: El pesquisa al llegar al lugar de los hechos, deber de hacer un examen panormico del lugar del crimen, procurando grabar todo detalle, recomendndose de tomar vistas fotogrficas de acercamiento y panormico, asimismo tomar en cuenta la zona adyacente.

c. Ingreso a la escena: El pesquisa ingresar a la escena para verificar el acto delictuoso, deber de tomar las precauciones de no alterar, ni modificar o destruir los indicios, evidencias, como dijimos dispondr la intangibilidad de la escena, su aislamiento y proteccin, incidindose en comunicar a su Jefe inmediato superior, al Fiscal competente y a los Peritos criminalsticas. Significndose, que de conformidad a la normatividad vigente, el Pesquisa en algunas oportunidades, dada la urgencia, podr recoger, embalar y trasladar los indicios y/o evidencias al laboratorio Policial, recomendndose que sta diligencia lo realice conjuntamente con el Fiscal, quien dar la legalidad a la intervencin, de conformidad a la Normatividad vigente. 3. APORTE OPERATIVO DEL DOCENTE: El Docente ilustrar a los Alumnos, de hechos en la que particip operativamente durante su carrera profesional. Significndose que el Docente, sobre los temas tratados realizar la prctica dirigida.

CUARTA SEMANA

PRIMERA SESIN(16 DICIEMBRE 2014)

INSPECCIN TCNICO POLICIAL

1. DEFINICIN:

Es el conjunto de diligencias o comprobaciones inmediatas al conocimiento del acto delictuoso, que el pesquisa realiza directa y personalmente en el escenario del delito, con la finalidad de verificar objetivamente y desde el punto de vista tcnico. Constituye un examen minucioso de la escena del delito, recomendndose que deber de realizarse con responsabilidad profesional.

2. PERSONAL QUE INTERVIENE:

El Pesquisa (puede ser Oficial o Suboficial encargado de la investigacin). Los Peritos de criminalstica. El representante del Ministerio Pblico. Personal Tcnico Especializado (fotgrafo, camargrafo, etc.)

3. INGRESO A LA ESCENA:

Antes de ingresar se debe de tomar fotografas panormicos y de acercamiento del hecho delictuoso, precisndose la ubicacin de huellas, indicios, evidencias, tanto en la escena y la zona adyacente se tomar fotografas precisando con un croquis de sta ubicacin, recomendndose que el pesquisa ingresar a la escena, procurando no destruir, alterar o modificar la ubicacin de dichos elementos. De igual manera deber de anotar todo detalle, que quede plasmado, con la finalidad de recordarse posteriormente y no confundirse.

4. APORTE OPERATIVO DEL DOCENTE:

El Docente ilustrar a los Alumnos, de hechos en la que particip operativamente durante su carrera profesional. Asimismo establecer la diferencia entre Inspeccin Tcnica Policial e Inspeccin Criminalstica.

SEGUNDA SESIN(20 DICIEMBRE DEL 2014)

MTODOS DE OCUPACIN DE LA ESCENA

1. MTODO DE CUADROS: Es apropiado para registrar un lugar cerrado, se divide la escena en cuadrantes y se les identifica con un nmero o una letra, cada zona se le responsabiliza a un efectivo Policial.

2. MTODO LINEAL O PEINE: Es adecuado para registrar un lugar abierto, el personal Policial de un extremo y en fila avanza en forma paralela y simultnea, cada cual va examinando su recorrido hasta el otro extremo, de all dar media vuelta y siempre en fila regresar y as sucesivamente hasta peinar toda el rea.

3. MTODO EN ESPIRAL: Se puede emplear para registros en lugares abiertos o cerrados, el personal Policial en fila ingresa a la escena haciendo su recorrido en crculo desde el exterior hasta el interior, examinando el sector que le corresponde, al llegar a la parte cntrica pueden hacer un desplazamiento en sentido contrario reexaminando su sector.

4. MTODO AMERICANO O DE PUNTO A PUNTO: Cuando l pesquisa y/o perito ingresan a la escena haciendo un recorrido de punto a punto, todo el recorrido deber estar plasmado en un croquis de recorrido.

Realizar el taller en el campo y en un ambiente cerrado, considerado como prctica dirigida, recomendndose que documentos deber de formular en estas diligencias: El Acta de Inspeccin y/o Registro, desarrollarse en clase ste documento. Aporte operativo del Docente: El Docente ilustrar a los Alumnos, de hechos en la que particip operativamente durante su carrera profesional.

II UNIDAD ACADMICAQUINTA SEMANA

PRIMERA SESIN(23 DICIEMBRE 2014)

PERENNIZACIN DE LA ESCENA

1. MTODO DESCRIPTIVO: Consiste en hacer una resea del lugar de los hechos, localizando las cosas, tomando como puntos de referencia las partes fijas del inmueble o del lugar con las huellas, evidencias, indicios, la descripcin debe de ser lo ms completa posible, pero sin llegar a excesos.

2. CROQUIS Y PLANIMETRA: Levantar croquis, conforme se va avanzando en la bsqueda de indicios y/o evidencias, luego este croquis se va perfeccionar por tcnicos convirtindose en planimetra.

3. FOTOGRAFAS, FILMACIONES, GRABACIONES, ETC. Esto es importante para perennizar el cuerpo del delito, las huellas, indicios, evidencias, etc.

4. TALLER DIRIGIDO: Que el Alumno realice prcticas de perennizacin de la escena, para ello el Docente designar las tareas correspondientes.

SEGUNDA SESIN(27 DICIEMBRE DEL 2014)

ACOPIO DE INDICIOS Y EVIDENCIAS

1. BSQUEDA: Elegido el mtodo de registro adecuado, se proceder a la bsqueda de indicios, evidencias y huellas en forma cuidadosa y detallada.

Recomendaciones: a. El pesquisa debe de saber que la escena del delito es un manantial de informaciones, por consiguiente debe de distinguir que elementos guardan relacin con el hecho delictuoso y tener la conviccin dnde pueden encontrarse, cmo deben de protegerse, recogerse y conservarse.b. Se requiere para el presente trabajo de tcnicas especializadas, por lo tanto es recomendable la intervencin del personal policial especializado Peritos, sin embargo en los casos de urgencia, el Pesquisa que est a cargo de la investigacin, tiene la responsabilidad de realizar el trabajo del Perito; por lo tanto ste personal debe de estar capacitado para cumplir esta funcin tcnica especializada.c. Los indicios o evidencias pueden ser de dos clases: fijas y mviles.(1) Fijas: Est constituido por las huellas que aparecen en estructuras fijas, asimismo otras evidencias que por su naturaleza, peso o condicin no pueden ser movidas del lugar donde se encuentran, razn por la cual es aconsejable el revelado, fotografiado o modelado en el mismo sitio. (2) Mviles: Son aquellas que pueden trasladarse de la escena del delito al laboratorio, ejemplos: fibras, pelos, cabellos, colillas, armas y otros.

2. PROTECCIN DE HUELLAS, INDICIOS O EVIDENCIAS:a. Adems de las indicaciones generales, es necesario especial cuidado en su proteccin, asimismo emplear la tcnica adecuada para su recojo, adoptando las precauciones y cuidados especiales.b. Conforme se vaya descubriendo las huellas, indicios, evidencias se deben ir protegiendo, pueden utilizarse seales visibles, cartones doblados, cuerdas y otros de su creatividad con iniciativa y profesionalismo.c. El personal que integra la Inspeccin Tcnica Policial, son los nicos que pueden ocupar las huellas, indicios, evidencias encontradas en la escena del delito.

3. RECOJO DE HUELLAS, INDICIOS, EVIDENCIAS:a. El perito de Criminalstica con la tcnica adecuada es el encargado de recoger las huellas, indicios, evidencias, asimismo el pesquisa encargado de la investigacin debe de estar capacitado para cumplir con xito la investigacin, es necesario incidir, que en algunos casos de urgencia el pesquisa podr recoger las huellas, indicios, evidencias, cuidando en todo momento de no destruir, alterar o modificar dichos elementos, formulndose al respecto el Acta de recojo y/o otros documentos que corresponden.b. Recojo de pisadas:(1) En piso duro: Se descubrirn mediante la observacin con luz oblicua con una linterna aplicada a la penumbra, luego se fotografiarn, la pisada advertida se podr levantar con cinta adhesiva o papel fotogrfico.(2) En piso blando: Las pisadas se reproducen en bajo relieve, para el levantamiento se har en vaciado con yeso de pars u otro material a fin, se tomarn las vistas fotogrficas, con la cmara dirigida en forma vertical y luz rasante.(3) Cuando se encuentra ms de una pisada, se fotografiarn en su conjunto, luego se levanta un croquis con las medidas exactas, pudiendo deducirse altura, corpulencia y otras circunstancias del autor.(4) La fotografa de pisadas: Debe de llevar al costado una medida de referencia con cinta mtrica.(5) Este trabajo debe de realizarse con calma y minuciosidad y sobre todo con profesionalismo.c. Recojo de huellas digitales: Para el descubrimiento se aplica luz oblicua, ubicada el rea sospechosa, se esparce adecuadamente reactivos especiales, una vez advertidas las huellas digitales latentes, se procede a ver su nitidez, con cinta adhesiva se procede a su recojo, luego se traslada a un soporte especial, posteriormente ser remitido al Laboratorio Central PNP, para su anlisis comparativo correspondiente.d. Recojo de manchas de sangre: El pesquisa buscar en toda la escena del delito manchas de sangre, una vez ubicada debe de fotografiarse, incidiendo que aparezca con el cuerpo del delito u otros elementos que lo relaciona. Si la sangre es abundante se puede recoger con una jeringa descartable esterilizada y luego depositarlo en un tubo de prueba o ensayo, taparlo con un material permeable para evitar su descomposicin. La posicin de las manchas de sangre, as como la configuracin de stas en el soporte, nos orienta la forma como se produjo el hecho, el mecanismo de cada, el desfallecimiento de la vctima y la posicin de ste.

4. TRASLADO DE INDICIOS, EVIDENCIAS:a. El embalaje debe de ser apropiado, con la finalidad de evitar que se borren, destruyan o desaparezcan las huellas, indicios, evidencias.b. Marcar la muestra para su futura identificacin.c. Los sobres son apropiados para transportar artculos pequeos: pintura seca, sangre seca, fragmentos de vidrio, semen seco, polvos, etc.d. Las cajitas son apropiadas para fragmentos de vidrio, proyectiles, casquillos, pelos, fibras, previamente envueltos en papel filtro u otro similare. Si los fragmentos de vidrio son grandes, es conveniente sujetarlas con una tabla perforada, usando una cuerda de nylon.f. Cuando se trata de ropa, despus de marcarlo y etiquetarlos, debe de ser cuidadosamente doblada y envueltos en paquetes separados, utilizando papel limpio, ste paquete se colocar en una caja debidamente cerrada y etiquetada.g. Las botellas y vasos de vidrio pueden asegurarse usando cajones de madera.h. Los documentos deben ser recogidas con una pinza u otro similar, no doblarlos innecesariamente, evitar los rozamientos, se embala en una caja de cartn o recipiente de plstico.i. Los frascos de vidrio o de plsticos de preferencia con tapa de rosca, son ideales para recoger sustancias lquidas o gelatinosas.j. Las muestras no deben ser mezcladas, puede remitirse por correo o designarse a un Efectivo Policial para su traslado de dichas muestras.k. Las muestras deben de ir acompaadas con el documento de la autoridad remitente, debidamente detallada.5. Cierre de la escena del delitoEl Representante del Ministerio Pblico, cuando cree que se haya agotado la bsqueda de huellas, indicios, evidencias en la escena del delito, dispondr provisionalmente el cierre de la escena del delito, solo por mandato judicial se dar trmino al cierre de la escena del delito.

SEXTA SEMANA

PRIMERA SESIN(30 DICIEMBRE DEL 2014)

CADENA DE CUSTODIA

1. DEFINICIN:Es el procedimiento para asegurar la integridad de las muestras, desde que es hallado, levantado y remitido al Laboratorio de Criminalstica, con el documento denominado Informe de Cadena de Custodia .Tambin se puede definir como un conjunto de actividades, que desarrolla el Perito Criminalstica y/o en caso de urgencia, lo realiza l Pesquisa, para la recoleccin, embalaje y envo de los elementos fsicos de prueba al Laboratorio o al almacn de evidencias, en condiciones de preservacin y seguridad que garanticen la integridad, identidad de los elementos remitidos. Se inicia la cadena de custodia, desde el momento que se verifica o comprueba la comisin del hecho delictuoso por el Pesquisa y que necesariamente estar a cargo del personal interviniente especializado (Perito), como se dijo anteriormente, en caso de urgencia, tambin estar a cargo el Pesquisa para el recojo de los indicios y evidencias.

2. ASPECTOS CON RELACION AL TRASLADO:a. El envo de los indicios y/o evidencias debe hacerlo el Perito y/o en caso de urgencia podr hacerlo el Pesquisa al Laboratorio Central de Criminalstica (Lima), para su estudio y anlisis. Se debe tener en cuenta la Cadena de Custodia, es decir que en el embalaje, debe figurar un registro (recuadro) donde se anotarn los nombres, fechas y firmas de todas las persona por las cuales estuvo a cargo la evidencia durante todo el proceso. Esto es para deslindar cualquier responsabilidad y asegurar su legitimidad.b. Remisin o transporte de los indicios y/o evidencias al Laboratorio Central (En caso de Provincias). Se requiere de un tratamiento especial, con el propsito de que no se destruyan, alteren, malogren o mezclen por lo tanto, hay que seguir o cumplir con las recomendaciones que se han dado para el recojo, etiquetado y traslado de las evidencias y cadena de custodia respectivamente.

3. PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN LA CADENA DE CUSTODIA:Existe un procedimiento recomendado para asegurar la integridad de la muestra, desde que es hallado (Pesquisa Perito), recogido y hasta la emisin del Informe, conocido como CADENA DE CUSTODIA aplicable segn sea el caso, a los diferentes tipos de muestras que son remitidas al laboratorio de Criminalstica, siguiendo los siguientes pasos: a. Ubicacin de la muestra.- Mantener su intangibilidad, debiendo de adoptar las medidas de seguridad para su conservacin y posterior traslado.b. Recojo de los indicios y/o evidencias.- A cargo de los Peritos de Criminalstica, o en el caso de urgencia por los Pesquisas, conforme a la especificaciones sealadas en el presente manual y dependiendo del tipo de muestra.c. Etiquetado de la muestra.- Utilice etiquetas para evitar falsas identificaciones de la muestra. En ella debe constar al menos la siguiente informacin: Nmero de la muestra, Nombre del que a la toma o recogido la muestra y fecha hora y lugar.d. Sellado de la muestra.- Utilcese sellos para detectar cualquier falsificacin de la muestra. Se recurrir para ello a cintas adhesivas de papel en las que conste la siguiente informacin: Nmero de la muestra (Idntico al nmero de la etiqueta), Nombre del que ha toma y recogido la muestra y Fecha y hora. Asimismo se puede utilizarse cintas adhesivas de embalaje; la cinta se colocar de forma tal que sea necesario romperla para abrir el envase. El sellado debe realizarse antes de que el envase haya sido apartado de la vigilancia del personal que ha efectuado la toma.e. Libro o registro de Campo.- Debe registrarse lo siguiente: Objeto de la toma, localizacin del punto donde se ha realizado, identificar el proceso que la produce, posible composicin de la muestra, calidad tomada, mtodo de la toma (De sondeo, simple, compuesta o integrada), fecha hora y momento de la toma.f. Registro de la cadena de vigilancia.- Es preciso rellenar el registro de la cadena de vigilancia que acompaa a cada muestra o grupo de muestra, firma del que ha tomado o recogido la muestra, fecha hora y lugar, tipo de la muestra, firmas de las personas que han participado en la cadena de posesin y fechas de las distintas posesiones.g. Hoja de Peticin de Anlisis.- La muestra ir al Laboratorio, acompaada de una hoja de peticin de anlisis, debe incluir gran parte de la informacin pertinente, las referencias del hecho y mencionando en forma clara y precisa el resultado que se desea obtener.h. Envi de la muestra al Laboratorio.- La muestra se enviar al Laboratorio, lo antes posible. Ir acompaada del Registro de Cadena de vigilancia y de la hoja de peticin de anlisis, la muestra se encargar a la persona encargada de su custodia.i. Recepcin y Almacenamiento de la muestra.- En el Laboratorio, la persona encargada recibe la muestra e inspecciona su estado y el sello, luego comprueba la informacin de la etiqueta y la del sello, comparndolas con el fiel registro de la cadena de custodia y/o vigilancia, acto seguido le asigna el nmero del laboratorio y la guarda en una habitacin o cabina de almacenamiento hasta que sea asignada a un Perito analista.j. Asignacin de la muestra para ser analizada.- Una vez en el laboratorio, la muestra es asignada al perito, siendo responsable del cuidado y la vigilancia de la muestra hasta que emita su Informe Pericial.k. Remisin de la muestra.- Cuando la circunstancia lo ameriten o se disponga lo conveniente, se remitir la muestra estudiada, analizada o procesada a la Autoridad Judicial competente, previa documentacin. Culminando la Cadena de Custodia.Documentos que se deben de formular para el traslado de la cadena de custodia: El Perito para el Registro y traslado de indicios y evidencias, debe formular un Informe de Registro de Cadena de Custodia, mediante el cual en forma ordenada recoge, levanta y remite al Laboratorio, todos los elementos que van a ser analizados y posteriormente demostrar con pruebas, que van a servir al Poder Judicial para encontrar la verdad de un hecho delictuoso. En primera Instancia formular un Informe adjuntando un formato de Registro de Cadena de Custodia, donde se detallar lo siguiente: Nmero de Caso. Fecha y Hora, Referencia, Indicio Nmero, Tipo Descripcin, Fecha y Hora de Recojo, Lugar de Hallazgo, Recogido por...

FORMATO DE REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIANumero de caso: Fecha: .Hora: Referencia: . INDICIO Nro.: .. Tipo:. Descripcin: ..Fecha y hora del recojo: ............................ Lugar del Hallazgo: ... Recogido por:

Remitido a: PNP: IML: Otros: Observaciones: ......................................................................................................................... Firmas de Responsables: .............................................. . FISCAL PESQUISA.. PERITO PNP PERITO IML

CADENA DE CUSTODIA

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SEGUNDA SESIN(30 DICIEMBRE DEL 2014)

PLANEAMIENTO DE LA INVESTIGACION POLICIAL

1. DEFINICIN:1. Es la etapa del Mtodo General de la Investigacin Policial, que consiste en la previsin y la racionalizacin oportuna de las actividades policiales por ejecutar, para alcanzar un fin especfico o esclarecer un delito.Normalmente el planeamiento se origina al recepcionar una misin o conocimiento de la perpetracin de un hecho delictivo, concretndose con la formulacin de planes, directivas u otros documentos. Esta etapa es importante porque en ella se planifica, los pasos secuenciales que debe ejecutar el pesquisa para esclarecer un delito, conllevando al xito de la misin asignada., dentro de esta concepcin sealaremos las 5 fases, que comprende el proceso de planeamiento de la investigacin policial:a. Definir el Problema a InvestigarEn esta etapa se define el tipo de delito que el pesquisa va a investigar, el mismo qu debe estar tipificado en el Cdigo Penal y/o Leyes Especiales, por consiguiente permite la intervencin de oficio de la Polica.b. Formulacin de HiptesisEn esta etapa, en base a las evidencias encontradas en la escena del delito e investigaciones preliminares realizadas, el pesquisa asume una suposicin acerca de la forma y circunstancias en que se cometi el acto delictivo; es decir, de la identidad de la vctima y de los autores, de la modalidad empleada, ubicacin de los implicados, testigos, etc. Esta etapa es sumamente importante, por cuanto las hiptesis que disea o formule incidirn en el proceso de la investigacin policial, incidindose en la bsqueda de la verdad y el esclarecimiento de hecho delictivo.c. Bsqueda y Obtencin de InformacionesTeniendo como referencia las hiptesis diseadas, se procede a efectuar un planeamiento especfico para orientar nuestro esfuerzo de bsqueda a obtener datos e informaciones que permitan posteriormente confirmar, rechazar o reformular las hiptesis.d. Anlisis de las Informaciones y Verificacin de las Hiptesis.Con los datos e informaciones obtenidas, mediante un proceso de anlisis y sntesis y deduccin - induccin, se constaten con las evidencias encontradas en la escena del delito y con la versin de la vctima y testigos, verificndose las hiptesis cuando stas son verdaderas o reformulndose para continuar con el proceso de investigacin, incidindose en la bsqueda de nuevas informaciones hasta establecer la verdad de los hechos. Una vez que las hiptesis han sido verificadas, se procede a la obtencin de las pruebas que sern presentadas ante las autoridades judiciales correspondientes.e. Conclusiones y Elaboracin del Informe Verificadas las hiptesis, se establecen conclusiones respecto a cada una de ellas y se procede a formular el informe correspondiente, que por el momento an se mantiene el Atestado Policial; sin embargo hay que tener en cuenta, que muy pronto entrar en vigencia el Nuevo Cdigo Procesal Penal, donde se especifica que la Polica Nacional, formular en stos casos el Informe Policial correspondiente.

SPTIMA SEMANAPRIMERA SESIN(06 ENERO 2015)

EL PLAN DE INVESTIGACIN

Es el documento que contiene en forma clara y precisa el proceso de planeamiento, expresa la misin, la hiptesis de trabajo, las actividades especficas a realizar, las responsabilidades que competen a los integrantes del grupo encargado de la investigacin y los resultados que se espera obtener.Es responsabilidad del Jefe de Unidad la formulacin de planes para la ejecucin de actividades ms an, para esclarecer un hecho criminal. En consecuencia, un plan es un conjunto organizado de actividades previstas para realizar una accin que permita el cumplimiento de la misin, particularmente el esclarecimiento de un delito.Este Plan de Investigacin debe ser formulado por el Oficial Pesquisa encargado de la investigacin y se debe especificar las diversas HIPOTESIS sobre la forma, circunstancias, autores, mvil, armas, etc. que se deben tener en cuenta en el transcurso de la investigacin y orientadas al esclarecimiento del hecho delictuoso. El mencionado PLAN es diferente al PLAN DE OPERACIONES, ya que el primero es especfico para un solo caso e involucra al pesquisa y/o al Equipo de Trabajo, mientras que el segundo es ms genrico e involucra a una o ms Unidades Policiales.

Esquema del Plan(Ver Formato, Analizar su contenido)Copia NUnidadLugarFechaPLAN DE INVESTIGACION NCARTAS

I.PROBLEMAExpresado en forma de MISION Es el delito por investigar ej. "Personal del Departamento de Investigacin Criminal de la JP.PNP de Chincha, investigar el robo de especies cometido el da D a horas H en la Tienda Comercial "TODOS": ubicada en la calle Jorge Chvez Nro.222, en agravio de Juan PEREZ PREZ, por un monto de 500,000 nuevos soles.II.HIPOTESIS DEL TRABAJO(Son las suposiciones que el pesquisa elabora para identificar al autor o autores del hecho delictuoso. Cada hiptesis debe referirse especficamente a una situacin puntual ej.)A. Hiptesis Nro.01(Sobre la identidad de la vctima).B. Hiptesis No. 02(Sobre las circunstancias de la perpetracin del hecho criminal)C. Hiptesis Nro.03(Sobre la modalidad empleada).D. Hiptesis Nro.04(Sobre el mvil del delito)E. Hiptesis Nro.5(Sobre la identidad del autor(es), cmplice (s), encubridores.F. etc.III.BUSQUEDA Y OBTENCION DE LA INFORMACIONEs el esfuerzo para la orientacin de la bsqueda de datos e informaciones que permita verificar cada una de las hiptesis sealadas.Estas actividades especficas en algunos casos conducirn a la formulacin de Planes especficos conocidos tambin como Planes de Operaciones.Para el logro y cumplimiento de las tareas especficas, se debe responsabilizar a un integrante del equipo de trabajo; de modo que fcilmente sea posible la evaluacin trabajo que realiza el pesquisa.IV.OBTENCION DE PRUEBASLas informaciones obtenidas, sern analizadas para verificar las hiptesis significa haberla comprobado, es decir, haber encontrado la verdad. La verificacin de una hiptesis significa encontrar las pruebas que sirvan para incriminar ante los futuros respectivos al autor de un hecho criminal, En el Plan se debe especificar la forma como sern analizados las informaciones y los responsables del hecho.V.ELABORACION DEL DOCUMENTO POLICIALSe debe especificar al personal responsable de la formulacin de los diferentes documentos que tiene que hacer durante y al final del proceso de investigacin FIRMA Post Firma

SEGUNDA SESIN(06 ENERO DEL 2015)

TRATAMIENTO DE INFORMANTES Y CONFIDENTES1. DEFINICIN:Son personas que proporcionan informacin de importancia e inters sobre el delito, delincuente o mundo circundante, para el esclarecimiento de un hecho delictuoso. Un buen investigador policial, aparte de otras habilidades, debe saber captar informantes o confidentes porque ellos sern sus ojos y odos, que les permitir aclarar muchos casos policiales y que por falta de otros medios hubieran corrido el riesgo de quedar en el anonimato.

2. CAPTACIN DE INFORMANTES Y CONFIDENTES: Establecer la motivacin del informador, confidente (deber cvico, miedo, venganza, dinero, etc.), no prometer al informador algo que este fuera del alcance de cumplir, entrevistar debidamente al posible informante / confidente, mantener la confidencialidad de la identidad del informante/ confidente, establecer si a sido informante / confidente en otro caso y su confiabilidad, evaluar la inteligencia y experiencia del informante/confidente, definir su conocimiento sobre el caso u objetivo, establecer su acceso a la informacin, dirigir y controlar al informante / confidente en todo momento, evitar participar en los problemas personales de los informantes, abrir un registro de la referencia del informante/ confidente protegiendo su identidad.

3. DIFERENCIA ENTRE INFORMANTE Y CONFIDENTE:INFORMANTECONFIDENTE

No est reclutado formalmente. Si est registrado en un archivo

Se clasifica en lo ocasional y habitual. Siempre es habitual, mucho ms que el informante.

No pide nada en retribucin a excepcin de algunos habituales Si pide retribucin econmica.

La informacin que suministra es por razones circunstanciales de carcter personal(venganza, rivalidad, celos, otros) o por razones de trabajo u/o ocupacin ( ambulante, cuidador de carros, prostitutas, delincuentes menores, otros) por razones de civismo ( cualquier persona) La informacin que proporciona es como consecuencia de la bsqueda de informacin en que est enfrascado dentro del mundo de hampa.

La informacin que proporciona es de calidad variable. Generalmente proporciona informacin de valor.

OCTAVA SEMANA

PRIMERA SESIN(13 ENERO 2015)

VIGILANCIA POLICIAL

1. VIGILANCIA:Es una etapa del Mtodo General de la Investigacin, que consiste en mantener bajo observacin a personas, objetos o lugares, para obtener informacin con un propsito policial determinado. La vigilancia es una tcnica y un arte, porque para realiza un seguimiento, sobre todo a una o ms personas, sin que se percaten de ello se requiere de habilidad y mucha imaginacin creativa; por eso, no existen reglas fijas y las que se van a exponer orientan doctrinariamente el accionar prctico del polica.

2. ELEMENTOS:a. El vigilante, es la persona que ejerce la vigilancia.b. El vigilar, es el acto o aplicacin de la tcnica de la vigilancia que realiza el polica.c. El objetivo, es la persona, objeto o cosa, que est sujeta a vigilancia.d. El convoy o campana; es el cmplice del sujeto que trata de poner al descubierto la vigilancia.

3. OBJETO, FINALIDAD E IMPORTANCIA DE LA VIGILANCIALa vigilancia es una antigua manera de obtener datos, con el objeto de conocer hasta donde sea posible, las actividades y contactos de una o ms personas puesto bajo sospecha. De acuerdo al propsito de la vigilancia, que son numerosas, esta tcnica sirve para: Proteger a las personas. Obtener pruebas o evidencias de un delito. Localizar al sujeto, vigilando escondrijos familiares, amigos o cmplices vinculados. Ubicar la residencia o residencias del sujeto. Determinar la actividad y/o contactos del sujeto. Descubrir la identidad de todos los involucrados en un hecho delictuoso. Ubicar botines. Obtener pruebas necesarias para conseguir una orden de allanamiento o registro. Obtener fotografas, filmaciones. Impedir la fuga del pas de un sospechoso. Localizar testigos. Verificar informaciones que se proporcionan por parte de la vctima, denunciante o informante o confidente. Evitar la comisin de un delito. Conseguir datos que sirven de base para un interrogatorio. Aprehender a quienes lo estn cometiendo.

4. CONDICIONES QUE DEBE DE REUNIR EL VIGILANTE:a. El polica (vigilante) debe tener una apariencia regular, que no sea sobresaliente en ninguna forma. Toda caracterstica fsica que sobresalga de lo comn, tal como altura excesiva, baja estatura, obesidad, etc. puede llamar la atencin del sujeto. El agente tiene que tener habilidad de actuar naturalmente bajo toda circunstancia, como si perteneciera al lugar donde se encuentra.b. El polica (vigilante) debe ser muy despierto y debe poder habilitarse rpidamente, por los hechos inesperados que ocurren a pesar de toda la planificacin preliminar. Debe tener buena memoria y ser buen observador, porque muchas veces no puede escribir todos los acontecimientos, las descripciones de los contactos, o la hora en que ocurrieron.c. Por ltimo el polica (vigilante) debe tener paciencia y perseverancia.

5. TIPOS DE VIGILANCIA:a. Por la Posicin:(1) Vigilancia Fija.- Cuando la observacin se realiza desde uno o ms puntos fijos, para conocer lo que acontece en el rea bajo vigilancia.(2) Vigilancia Mvil.- Es el seguimiento con desplazamiento al sujeto observado, se realiza a pie o en vehculo.(3) Vigilancia Combinada.- Es el uso combinado de las dos vigilancias anteriores.

b. Por el Medio Empleado:(1) Vigilancia a Pie.- Llevada a cabo por uno o ms efectivos policiales.(2) Vigilancia en Vehculos.- Terrestres, el automvil es el ms usado; areos, el helicptero es el ms adaptable; martimos, las lanchas y los deslizadores por ser ms maniobrables.

c. Por la Forma:(1) Vigilancia Prxima o de Cerca.- Se mantiene al sujeto constantemente vigilado y el hecho de que la vigilancia sea descubierta o no, dependen del propsito de la investigacin. Si el sujeto vigilado es una persona, el seguimiento no debe exceder de 48 horas.(2) Vigilancia a Distancia o Floja.- Es la vigilancia clsica, donde el seguimiento debe ser disimulado al mximo y no importa perder de vista al sujeto. Se emplea en los campos policiales importantes.(3) Vigilancia por Etapas o Salto de Rana.- Consiste en vigilar parte por parte las actividades del sujeto, hasta averiguar finalmente todos sus movimientos. As, un momento se le vigilar en su domicilio, otro en su oficina otro en sus desplazamientos, etc., y luego se reunir toda la informacin en torno al sujeto.

SEGUNDA SESIN

(17 ENERO 2015)

PRIMER EXAMEN PARCIAL

III UNIDAD ACADMICA

NOVENA SEMANA

PRIMERA SESIN(20 DE ENERO DEL 2015)

TCNICAS DE VIGILANCIAS

1. FASE PREPARATORIA:a. De Carcter General(1) Precisar el propsito de la vigilancia y ello deviene de estudiar los detalles de la interrelacin sujeto-delito.(2) Efectuar una inspeccin preliminar en las zonas en que la vigilancia se va a realizar, tomando en cuenta la configuracin de las calles (posibles vas de escape), grado de congestin vehicular y/o personas, facilidad en las comunicaciones y en el trasporte, es decir, apreciar el terreno en general.(3) Decidir el tipo o combinacin de vigilancia.(4) Obtener la foto o la mayor descripcin posible del sujeto.(5) Proveerse del equipo necesario.(6) Explicar al personal interviniente sobre los pormenores de la vigilancia, utilizando para los efectos planos, croquis o fotografas y en este acto, se debe:(a) Proporcionar la fotografa o descripcin del sujeto.(b) Hacer conocer la ubicacin de los puestos o zonas de vigilancia, de las mviles y del puesto de comunicacin; del rol del servicio de vigilancia, de la clase de ropa adecuada que debe llevar, de las de las circunstancias que debe portar o no arma de fuego y la forma como deben hacer uso del equipo tcnico.(c) Acordar como se van a establecer las comunicaciones. Puede ser por telfono, radio transceptor (es riesgoso por la interferencia de que puede ser objeto o tambin por la posibilidad de que ponga al descubierto la vigilancia) o por lo ms simple a travs de un lenguaje de seales, como son, con pauelos, manos, peridicos u otros.(d) Estar seguro de que el personal tenga una libreta de apuntes para anotar las novedades de la vigilancia, de que cuenten con un reloj y que hayan comprendido bien las instrucciones y responsabilidades.(e) Recomendar al personal que est alerta, pues el vigilado puede realizar una contra vigilancia, que est preparado para dar una explicacin razonable de su presencia en la zona si son interceptados, y que estn aptos para realizar en cualquier momento de la vigilancia, una detencin o incautacin de especies.(f) Prever instrucciones, respecto a s continuar o interrumpir la vigilancia al ser descubierta.b. De Carcter Especfico(1) Vigilancia fija(a) Preparar un lugar como puesto de vigilancia, puede ser un cuarto, un depsito, una casa en construccin, etc. En caso de no existir un ambiente cerrado, emplear una cubierta, como por ejemplo un puesto de vendedor ambulante.(b) Efectuar una investigacin directa del propietario del sitio o lugar, para averiguar su reputacin y si se puede confiar en l.(c) Ocupar el puesto de vigilancia, preferentemente de noche y disimuladamente.(d) Trazar un Plan de emergencia para los casos en que haya que levantar la vigilancia sin dejar rastros.(e) Utilizar binoculares y/o preferentemente una cmara fotogrfica "Una fotografa equivale a mil palabras".(f) Comprobar el funcionamiento del equipo, de los medios de comunicacin y de transporte.

(2) Vigilancia a pie(a) Utilizar equipos de (3) hombres, es lo mejor cuando existe personal disponible. Por lo menos, uno de ellos, debe ser un vigilante experimentado.(b) Vestir en forma conservadora y apropiada a la zona de vigilancia, no se debe usar una indumentaria llamativa o fuera de lo comn.(c) Cambiar de apariencia con simples variaciones de traje, corbata, usando o no anteojos, etc.(d) Tratar en lo posible que la apariencia fsica de los vigilantes sea similar a la mayora de los lugareos de la zona de vigilancia; es decir mimetizarse.(3) Vigilancia en Vehculo(a) Utilizar vehculos de uso comn que no tengan el sello Oficial, que no sean llamativos ni de fcil identificacin.(b) Llevar gasolina de reserva para aprovisionar al vehculo en caso de emergencia.(c) Asignar un piloto experimentado y conocedor de las reglas de trnsito, los vigilantes tambin debe tener las mismas condiciones.(d) Equipar el vehculo para casos de emergencia, como incendios, accidentes o climas rigurosos.(e) Designar como mnimo dos efectivos, uno al volante y otro vigilante, quien podr bajarse del vehculo si es necesario continuar la vigilancia a pie.(f) Disponer como mnimo dos vehculos, para cambiarlos durante la vigilancia y si se cuenta con uno, poner en juego la creatividad para cambiarle de apariencia. Por ejemplo, en vigilancia nocturna, puede emplearse un interruptor especial de contactos mltiples para amortiguar o eliminar cualquiera de los faros delanteros, le dar la apariencia de ser varios automviles. Estas precauciones son necesarias para evitar que la vigilancia sea descubierta. Contar con radio transreceptor de onda corta en cada vehculo, para comunicar sobre las novedades de la vigilancia.

RECOMENDACIONES DE CARCTER GENERAL:Los investigadores que han efectuado vigilancia pueden confirmar que se necesita gran perseverancia para esperar que aparezca un sospechoso y para luego seguirlo todos los das mientras completa la misma rutina.Antes de iniciar una vigilancia, todos los investigadores que participen en la operacin se encargarn de las siguientes actividades: Un estudio de todos los archivos relacionados a los sujetos, sus actividades y crmenes, su ambiente de trabajo y residencia, vehculos involucrados a los sospechosos.Los investigadores deben concentrarse en los nombres y alias de todos los sospechosos o involucrados en el caso. Los investigadores deben conocer el lugar donde van a hacer la vigilancia, concentrndose en aspectos tales como: clase de gente, manera de vestir y de hablar.El equipo que utilizarn los agentes de vigilancia est de acuerdo al criterio de cada agente; como parte de sus preparativos para efectuar la vigilancia, los agentes deben estudiar su propia apariencia, en estos preparativos y dentro del equipo deben incluirse cmaras, binoculares, telescopios y grabadoras, otros, cuando estos tengan aplicabilidad.

RECOMENDACIONES ESPECFICAS:a. Vigilancia a pie por un agente.- Este tipo de vigilancia es de las ms difciles y debe evitarse en cuanto sea posible debido a la limitacin que tiene el agente que realiza la vigilancia. Hay situaciones en las que un agente se ve obligado a iniciar una vigilancia de repente, pero la distancia entre el agente y el sujeto, es casi totalmente dictada por el nmero de personas en el lugar.b. Vigilancia a pie por dos agentes.- Con este tipo se aumentan grandemente las posibilidades de xito porque el segundo agente de mayor flexibilidad. Cuando se tienen dos agentes, la posicin del agente inmediatamente detrs del sujeto puede variarse con frecuencia, con lo cual permite que el agente se site en una posicin relativamente cerca al sujeto.c. Vigilancia a pie por tres agentes o mtodo ABC.- Este tipo se considera ser el mejor y el ms comn en la vigilancia a pie. En cuanto sea posible debe usarse este mtodo porque, con tres agentes hay mucho menos riesgo de perder de vista al sujeto y hay mayor seguridad contra la posibilidad de ser descubierto. Esto se debe a que los agentes tienen la facilidad de cambiar de posicin, permitiendo que quien sea descubierto se retire sin afectar la vigilancia.d. El uso de Vehculos en la Vigilancia: Los vehculos que se van a utilizar en la vigilancia deben corresponder a esta funcin en apariencia y velocidad. Los vehculos se utilizan en la vigilancia de lugares, pero su uso principal es vigilar otros vehculos. La vigilancia a pie solo puede acompaar al sujeto hasta cierto punto y si de all el sujeto se moviliza, el agente lo sigue en un vehculo.Es necesario recalcar que a pesar de lo muy eficaz que es un vehculo en la vigilancia, a la larga hace falta usar algn tipo de vigilancia a pie. Cuando es el caso ayuda mucho tener un observador.Un factor que contribuye mucho a una vigilancia exitosa es que el conductor del vehculo pueda conducir bien en cualquier circunstancia o tipo de trnsito.Aunque los agentes siempre siguen al sospechoso ms cerca por la noche, los vehculos de vigilancia de preferencia deben tener interruptores separados para los faros, luces posteriores y las de los frenos ya que es de mucha utilidad. Cuando se utiliza debidamente este equipo, permite al vehculo cambiar de apariencia, ya sea apagando sus luces o cambindolas de intensidad.

2. FASE DE EJECUCIN:a. Vigilancia Fija(1) Anotar en una libreta de apuntes todos los detalles observados con relacin al propsito de la vigilancia, para formular el Parte dando cuenta de las novedades.(2) Evitar intimidades con los vecinos.(3) Prohibir la entrada al puesto de vigilancia a las personas no autorizadas.(4) Hablar lo indispensable a fin de no distraer la vigilancia, ni telefonearse con sus familiares.(5) Tener cuidado con las observaciones hechas desde la ventana, no deben ser notadas por los de afuera; para ello, los vigilantes deben observar detrs de las cortinas o persianas.(6) Evitar por las noches estar entre la luz y la ventana a fin de no perfilar su silueta, hacindose notar por los de afuera.(7) Evitar dejar el puesto solo, siempre debe estar un vigilante y si es necesario dejar el puesto de vigilancia provisionalmente hay que trasladar todo equipo.(8) Hacer un paquete con los papeles y materiales que sobran para quemarlos fuera del puesto; nunca quemarlos dentro.(9) Evitar ruidos y movimientos que despierten sospechas. Hay que actuar con naturalidad.(10) Retirar cuidadosamente antes del operativo, todo aquello que sirva como prueba de la vigilancia efectuada.b. Vigilancia a pie(1) Vigilancia de tres Conocida, con el nombre "ABC". Consiste en que el vigilante "A" se coloca detrs del sujeto, "B" detrs de "A", y "C" marcha en lnea con el sujeto, es decir en la vereda opuesta ms o menos a su altura.Hasta el momento, sta es la mejor tcnica de vigilancia a pie, porque:(a) Hacen un trabajo rotativo, de modo que el mismo vigilante no est detrs del sujeto por mucho tiempo, y as se hace ms difcil el descubrimiento de la vigilancia.(b) "B" tiene la misin de descubrir los convoyes o campanas.(c) En las esquinas, el vigilante "C" d la seal a "A" y "B", cuando el sujeto ha volteado una esquina e incluso cuando ha entrado inmediatamente a un edificio.(d) Cuando el sujeto toma repentinamente un taxi, cada vigilante debe tratar de seguirlo por su cuenta.(e) El equipo elabora un cdigo de seales propio para comunicarse, como tocarse las orejas, tomarse las solapas, mirar el reloj, etc.(2) Vigilancia de a dos"A" se coloca detrs del sujeto y "B" atrs de "A", lo que permite cierta movilidad, como:(a) Cambiar de puestos alternativamente entre "A" y "B" para no despertar sospechas del sujeto.(b) De acuerdo a la actitud del sujeto, "B" podr colocarse en la vereda opuesta y a su altura para dar aviso a "A" del movimiento del sujeto al voltear las esquinas y si creen necesario, cambiar de puesto; es decir "B" detrs del sujeto, "A" despus de "B" o en lnea con el sujeto.(c) Si el sujeto arroja un papel o se detiene de improviso en forma adrede, para notar si es vigilado, "A" pasa de largo y "B" se encarga de recoger el papel o continuar con el seguimiento.(d) Si el sujeto hace un contacto, la vigilancia se desdobla, siguiendo un vigilante a cada sujeto.(e) Si el sujeto entra a un lugar a telefonear, "B" debe entrar y fingir una llamada para escuchar al sujeto.(f) Si el sujeto entra a un restaurante "B" debe ingresar con cautela y pagar la cuenta antes que el vigilado, para evitar sorpresas.(g) Cuando el sujeto entra al correo, "B" debe seguirlo y fingir que escribe un telegrama y tratar de obtener el contenido del mensaje del vigilado o en caso contrario, conseguir la hoja en blanco siguiente a la que us el sujeto, pueden quedar surcos de la escritura para reproducirlas en el laboratorio.(h) Cuando el sujeto se acerque a una boletera "B" debe tratar de ver que dice, y ver que boleto compra.(3) Vigilancia de uno y vlido para los casos anteriores(a) Evitar perder de vista al sujeto en los lugares concurridos, hay que tenerlo a unos 3 a 5 metros de distancia(b) El vigilante no debe observar fijamente el sujeto, podra atraer su mirada. En caso de que ello suceda, no debe creer que ha sido descubierto, sino que debe reaccionar comportndose con naturalidad, por ejemplo, comprar un peridico, mirar vitrinas, pedir la hora, etc.(c) El vigilante durante su trabajo no debe estar esttico, debe estar simulando siempre hacer algo que no sea vigilar.(d) El vigilante tiene que estar listo en todo momento para adelantarse a los movimientos del sujeto.(e) El vigilante tiene que adecuarse al ritmo del caminar del vigilado.(f) Si el sujeto comete una falta o delito y lo que investiga es ms importante, no debe intervenir, pero hay que registrar el incidente. (g) Cuando el vigilante ha perdido de vista al sujeto debe dar cuenta a su jefe inmediato y dejar de inventar movimientos que no ha efectuado el sujeto. Haran desviar o fracasar el curso de la investigacin.(h) Si el sujeto entra en un vehculo pblico el vigilante debe entrar por la puerta y sentarse a tres asientos atrs, sin perderlo de vista.(i) El vigilante no debe seguir al sujeto si ste se baja de un vehculo inmediatamente despus de subir, ms bien debe bajarse en el siguiente paradero y esperar para subir a la misma lnea de transporte pblico; probablemente vuelva a ubicar al sujeto.(j) Cuando el sujeto entra a un ascensor y elige el nmero de piso, el vigilante debe permanecer en silencio y seguir al sujeto cuando sale. Si el vigilado no indica o marca el piso, el vigilante debe solicitar el piso y seguir al sujeto cuando ste sale.(k) Protegerse durante la vigilancia nocturna, evitando pararse en las esquinas con luces o en las puertas abiertas. Cuidarse al cruzar callejuelas oscuras, al cruzar esquinas, as como de cualquier tipo de acecho.(l) Identificar el modo de caminar del sujeto, el movimiento del brazo y otras particularidades para facilitar el seguimiento, sobre todo en los lugares congestionados.(m) Los vigilantes no deben apresurarse en terminar rpidamente una vigilancia, podra desnaturalizar el operativo, ms bien deben pensar que puede durar varios meses.(n) Finalmente, en la vigilancia con un solo hombre ste seguir al sujeto, tomando nota disimuladamente de todo lo que haya observado, como por ejemplo, de las personas con quien hable, de los lugares que visite, del tiempo que permanezca en cada lugar, de los itinerarios que siga, etc.

c. Vigilancia con automvilLa distancia a guardar debe ser:(1) En la ciudad, el vehculo de vigilancia debe estar en la misma cuadra que el vigilado.(2) En el campo, es preferible dejar algunos carros intermedios.(3) Si se identifica al convoy o campana del sujeto, hay que colocarse detrs del convoy.(4) Cuando se tenga conocimiento del itinerario a seguir por el sujeto, el vigilante puede adelantarse y efectuar el seguimiento a travs del espejo retrovisor.(5) No operar la radio a volumen excesivo.(6) Efectuar los relevos de vigilancia sin discusiones ni mucha conversacin, es decir, no llamar la atencin. (7) Cuando hay que estacionar el vehculo, hacerlo en forma normal.(8) Llevar a cabo los cambios siguientes durante la vigilancia de vehculos, lugar de estacionamiento y de puestos dentro del vehculo.(9) El que maneja el vehculo, debe ir a una marcha normal, evitando hacer maniobras innecesarias a fin de pasar desapercibido.(10) Cuando el sujeto se baja del vehculo, el vigilante hace lo mismo y lo sigue a pie.(11) Si se usa dos automviles en la vigilancia, "A permanece delante y "B" detrs del vehculo del sujeto. Al doblar una esquina "B" le comunica a "A" sobre la maniobra del sujeto, para retornar la formacin de vigilancia y en caso, "B" se coloca delante y "A" detrs del vehculo vigilado.

SEGUNDA SESIN(24 DE ENERO 2015)

CONTRAVIGILANCIA

1. DEFINICINEs cuando el sujeto y/o convoy o campana, adopta una serie de acciones a fin de poner al descubierto una vigilancia. Hay que tener en cuenta que los criminales de profesin actan siempre conscientes de que estn siendo vigilados. Los sujetos cuando se percatan que los vigilan, reaccionan de diferentes modos contra el vigilante; as tenemos: Lo ms grave, atentar contra su integridad fsica. Amenazarlo, acosarlo o denunciarlo por hostigamiento policial. Actan normalmente al preferir un vigilante conocido antes que desconocido.

2. TCTICAS DE CONTRAVIGILANCIAa. En vigilancia fija:El sujeto observa abiertamente los alrededores y simula haberse percatado de la vigilancia, a fin de provocar que los vigilantes se pongan en evidencia. Aparenta esperar a alguien en la puerta de ingreso a fin de verificar, si es observado. Mientras el sujeto acta con naturalidad, el convoy o campana se encarga de descubrir la vigilancia:(1) Apostando gente de contra observacin en los puntos estratgicos de la zona bajo vigilancia.(2) Efectuando indagaciones entre el vecindario, sobre personas extraas que hayan visto ltimamente por los alrededores.b. En la vigilancia a pie(1) El sujeto se para repentinamente y aparenta amarrarse los zapatos.(2) El sujeto al doblar la esquina, se para repentinamente.(3) arroja un papel y se vuelve para ver si alguien lo recoge.(4) Camina mirando las vitrinas y observa por el reflejo de las lunas.(5) retrocede una o ms veces para ver quien hace lo mismo.(6) Entra en una calle sin salida.(7) Camina por calles desoladas y mira hacia atrs.(8) Sube y baja de un vehculo pblico.(9) Utiliza varios transportes, cambiando de uno a otro.(10) El sujeto repentinamente puede interceptar al vigilante para inquirirle sobre la razn de su presencia en dicho lugar.c. En la vigilancia con automvil(1) El sujeto infringe el reglamento de trnsito, es decir, se pasa la luz roja o va en sentido contrario al trfico, para ver quien lo sigue.(2) Avanza a una velocidad excesiva o muy lentamente, o alternativamente las dos cosas.(3) Se detiene de un momento a otro.(4) Gira repentinamente en U.(5) Da vuelta en una manzana.(6) Desaparece despus de una subida y luego espera al que lo sigue.

3. TCTICAS DEL SUJETO PARA ELUDIR LA VIGILANCIAa. En la vigilancia fija(1) El sujeto entra o sale disfrazado a la zona bajo vigilancia.(2) Entra o sale confundido entre personas convenientemente aleccionadas.(3) Entra o sale escondido dentro de una caja o algo similar.(4) Provoca mediante terceros algn incidente, como un accidente de trnsito, una pelea callejera, etc., para distraer la atencin e ingresar o salir de la zona de vigilancia.b. En la vigilancia a pie(1) Ingresa a un edificio o local comercial con varias salidas.(2) Sube a un vehculo pblico y se baja al momento que parte o sube en el ltimo instante de la partida.(3) Ingresa a un edificio inmediatamente despus de doblar una esquina.(4) Entra y sale inmediatamente de un cine o se oculta en el bao.(5) Toma el nico taxi disponible de los alrededores.(6) Se moviliza en varios medios de transporte.(7) Busca las calles de gran congestin para desaparecer entre la multitud.(8) Emplea al convoy o campana para que intercepte y distraiga al vigilante con cualquier pretexto.c. En la vigilancia con automvil(1) Desaparece a gran velocidad.(2) Busca los lugares de bastante congestin vehicular para colocarse cada vez varios vehculos delante del vigilante.(3) Trata de perderse momentneamente de la vista del vigilante para cambiar de vehculo.(4) Infringe las reglas de trnsito como ir contra el trfico, pasarse la luz roja, dar la vuelta en U o desviar a la izquierda o derecha en arteras de doble va cuando est prohibido.(5) Utiliza el convoy o campana para que intercepte o distraiga al vigilante con cualquier pretexto.

4. ALGUNAS TCNICAS PARA REANUDAR LA VIGILANCIA PERDIDAa. Vigilar simultneamente los lugares frecuentados por el sujeto.b. Ubicar al sujeto en base a una suposicin inteligente.c. Hacer una llamada telefnica a la casa del sujeto y tambin preguntar por l, en los sitios en que se crea puede estar.d. Dejar pasar un tiempo si la investigacin no urge, para que el sujeto se confe y vuelva a su actividad habitual.

DCIMA SEMANAPRIMERA SESIN(27 ENERO 2015)

DETENCIONES Y CAPTURAS

1. DETENCIONES:Detener es privar a una persona de su libertad.Desde el punto de vista policial debemos enmarcar las diferencias entre lo que es una detencin y lo que es una captura, que si bien es cierto ambas conllevan a la privacin de la libertad de la persona mediante su aprehensin fsica, en la detencin no se produce ninguna clase de resistencia de quien acepta ser detenido, como tampoco el empleo de la fuerza por parte del polica que la ejecuta; situaciones que si se presentan en la captura donde la conminacin policial si encuentra resistencia pasiva hasta tornarse agresiva crendose las situaciones represivas que no deben producir maltratos, daos en la salud o dignidad del detenido, buscando que la violencia minimice.Cabe mencionar la LEY No.29372 (que modifica el art.259,260 del CPP,) referidos a la detencin policial y arresto ciudadano en flagrante delito respectivamente, el mismo que a la letra dice 260 Arresto ciudadano (vigente) 1. En los casos previstos en el artculo anterior toda persona podr proceder al arresto en estado de flagrancia delictiva.- 2. En este caso debe entregar inmediatamente al arrestado y las cosas que constituyan el cuerpo del delito a la polica, ms cercanaLa polica redactar un acta esta ley es concordante con la ley 27972 Ley Orgnica de municipalidades y Art. 85 en materia de Seguridad Ciudadana.

2. CAPTURA:Como se seal en el prrafo anterior se deben tomar otras medidas de seguridad (empleo de grilletes, mayor nmero de efectivos policiales y otras medidas de acuerdo a la peligrosidad de la persona o personas por aprehender). Por lo general, las capturas son previamente preparadas (planificadas) y requiere de tcnicas y procedimientos adecuados para evitar que en la reaccin (generalmente violenta) de la persona aprehendida (o por capturar) pueda atentar contra la vida de sus Captores y logre fugar. El polica nunca debe llegar a emplear mayor fuerza que la necesaria, Jams debe prolongar su impetuosidad, por el contrario debe guardar la calma y serenidad. Salvo que sea absolutamente indispensable. No deben efectuarse capturas (ni detenciones) en calles muy concurridas o en los lugares pblicos donde se estn llevando a cabo espectculos diversos o reuniones de personas, manifestaciones etc., donde resulte difcil la captura o una persecucin; de igual modo, no debe hacerse empleo de armas, porque la misma gente puede impedir la aprehensin de las personas intervenidas, con grave riesgo contra la vida el cuerpo de los captores y de las personas inocentes.

EL ARRESTO CIUDADANOEl citado artculo esta descrito en el artculo 260 del Nuevo Cdigo Procesal Penal (D. LEG. 975 SECCION III LAS MEDIDAS DE COERCION PROCESAL TITULO II) que dice: Artculo 260 Arresto Ciudadano.-1. En los casos previstos en el artculo anterior, toda persona podr proceder al arresto en estado de flagrancia delictiva.2. En este caso debe entregar inmediatamente al arrestado y las cosas que constituyan el cuerpo del delito a la Polica ms cercana. Se entiende por entrega inmediata el tiempo que demanda el dirigirse a la dependencia policial ms cercana o al Polica que se halle por inmediaciones del lugar. En ningn caso el arresto autoriza a encerrar o mantener privada de su libertad en un lugar pblico o privado hasta su entrega a la autoridad policial. La Polica redactar un acta donde se haga constar la entrega y las dems circunstancias de la intervencin.Esto es debido a que la realidad evidente de la insuficiencia de efectivos policiales para combatir a la delincuencia y que no todos los distritos de Lima poseen serenazgo y si lo poseen tienen poco elemento humano y logstica.Veamos, cuales son las ventajas de esta figura:1. Combate a la delincuencia ante la insuficiencia de efectivos policiales, de este modo frena el ndice de criminalidad, mayormente crmenes de poca monta.2. Es una herramienta til en caso de serenazgo, ya que en sus intervenciones contra la delincuencia debera de estar presente un efectivo policial para validar la detencin.3. Posibilita que los delincuentes sean identificados, desapareciendo la cifra negra de la delincuencia, pues sera procesado.4. La ley en los otros distritos judiciales donde se ha aplicado el Nuevo Cdigo Procesal no ha tenido problemas en su aplicacin, ni nadie se ha quejado del mismo.5. Se podra conservar los medios o efectos del delito cometido hasta que el delincuente sea puesto a disposicin de las autoridades competentes.6. La norma del arresto ciudadano indica que se debe entregar inmediatamente al arrestado y las cosas que constituyan el cuerpo del delito a la Polica ms cercana.7. Considerando los pro y los contra de una situacin delictiva, si un ciudadano se considera apto o capaz de hacer un arresto ciudadano podra hacerlo.8. Esta figura del arresto ciudadano es til si se usa adecuadamente.Las desventajas de esta figura de arresto ciudadano sera:1. Pondra en peligro la vida de los ciudadanos, en el sentido que si el delincuente tiene un arma escondida o posee una mayor fuerza fsica podra ser asesinado o lesionado2. No es un secreto que los efectivos policiales en sus das de franco tienen que buscar otro tipo de ingresos como el cuidado de bancos, entre estos tambin trabajan juntos con los serenazgos en los municipios, por lo que si la ley faculta el arresto ciudadano, solo bastara que estn presentes los serenos al momento de producirse los hechos delictivos.3. La eficacia de esta ley se vera con el transcurso del tiempo, pues si existe temor de arrestar a un delincuente, este no sera identificado y no sera procesado, manteniendo la cifra negra de la criminalidad.4. Existira un conflicto entre esta figura de arresto ciudadano y lo sealado en el inciso f artculo 24 de la Constitucin Poltica del Estado que dice lo siguiente:Articulo 24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:Inciso F. Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito.El detenido debe ser puesto a disposicin del juzgado correspondiente, dentro de las veinticuatro horas o en el trmino de la distancia.Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje y trfico ilcito de drogas. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detencin preventiva de los presuntos implicados por un trmino no mayor de quince das naturales. Deben dar cuenta al Ministerio Pblico y al juez, quien puede asumir jurisdiccin antes de vencido dicho trmino.Es decir, la Constitucin Poltica del Estado solo contempla dos posibilidades para detener a un presunto delincuente que son la polica en el supuesto de delito flagrante y por mandato judicial, por lo que para posibilitar esta figura se debera modificar la Constitucin en los artculos antes mencionados.5. Como el ciudadano comn no tiene conocimientos bsicos de criminalsticas, podra contaminar o perder la evidencia e incluso se le podra involucrar en este delito.6. Es evidente que si la polica carece de logstica as como de recursos humanos, que se puede decir de los ciudadanos comunes, pues si no tiene un celular para comunicarse con la comisara ms cercana as como si no posee un vehculo o no tiene para el pasaje en bus para trasladar al detenido ante la autoridad competente, esta parte de la ley seria inaplicable en la realidad.7. Se tiene que tener en consideracin que un efectivo policial tiene una preparacin especial para enfrentar a la delincuencia como el manejo de armas y la defensa personal, habilidades que un ciudadano comn no la posee.8. Si esta figura es usada de modo inadecuado, como por ejemplo en los casos de venganza por ejemplo, en el caso de un vecino que le tiene odio a otro y le arresta sembrando pruebas, entonces se convertira en un acto arbitrario.Como apreciamos, estas son algunas de las ventajas y las desventajas del arresto ciudadano, que debern ser apreciadas en su contexto global, pues aunque haya tenido xito en los otros distritos judiciales, el distrito judicial de Lima es uno de los mas que tiene una alta carga procesal, y aqu se ver si es eficaz o no. Adems hay que tener muy en claro lo que se entiende como estado de flagrancia delictiva, pues si no se posibilitara el uso del habeas corpus.

LA FLAGRANCIA DELICTIVAPrevio al abordaje de la figura legal denominada arresto ciudadano, es necesario definir el concepto de flagrancia. Esta definicin es un tema que an se mantiene en debate a nivel doctrinario, de esta manera suele distinguirse 3 supuestos:Flagrancia estricta: Cuando el sujeto es sorprendido en el mismo acto de estar ejecutando el delito.Cuasiflagrancia: Cuando ya se ha ejecutado el delito, pero es detenido poco despus ya que no se le perdi de vista desde entonces,Presuncin de flagrancia: Cuando slo hay indicios razonables que permiten pensar que es el autor del delito.Ahora, la Real Academia de la Lengua Espaola refiere que la flagrancia es el mismo momento de estarse cometiendo un delito, sin que el autor haya podido huir. Luego, tenemos como otra definicin que el delito flagrante, es cuando se ha cometido pblicamente y cuyo perpetrador ha sido visto por muchos testigos.En el plano normativo, la Constitucin del Estado (1993) no define la flagrancia delictiva; sin embargo, la Ley N 27934 estableci taxativamente un concepto legal de flagrancia. Entendindose cuando la realizacin del acto punible es actual y el autor es descubierto, o cuando el agente es perseguido y detenido inmediatamente de haber perpetrado el acto punible o cuando es sorprendido con objetos o huellas que revelan que acaba de ejecutarlo. Luego con el Dec. Leg. N 986, aparece un concepto amplio de flagrancia, incorporndose supuestos que a nuestro criterio colindaban con la sospecha; as, a la definicin inicial se le incorpor los siguientes supuestos:i) Ha huido y ha sido identificado inmediatamente despus de la perpetracin del hecho punible, sea por el agraviado o por otra persona que haya presenciado el hecho o por medio audiovisual o anlogo que haya registrado imgenes de ste y es encontrado dentro de las 24 horas de producido un hecho punible;ii) Es encontrado dentro de las 24 horas, despus de la perpetracin del delito con efectos o instrumentos procedentes de aqul o que hubiesen sido empleados para cometerlos o con seales en s mismo o en su vestido que indiquen su probable autora o participacin en el hecho delictuoso.Sin embargo con la dacin de la Ley N 29372 que modifica el artculo 259 del Nuevo Cdigo Procesal Penal vigente actualmente-, se ha devuelto al concepto inicial de flagrancia delictiva, su contenido clsico que dice: existe flagrancia cuando la realizacin de un hecho punible es actual y en esa circunstancia, el autor es descubierto o cuando es perseguido y capturado inmediatamente despus de haber realizado el acto punible o cuando es sorprendido con objetos o huellas que revelan que acaba de ejecutarlo; explicacin clara de lo que se entiende por flagrancia y que consideramos un acierto del legislador su rescate y as no causar confusiones o la aplicacin inadecuada al momento de ejecutar el arresto ciudadano.Con la definicin legal de lo que es la flagrancia delictiva, tambin es importante establecer los dos requisitos insustituibles y constitutivos de dicha figura; as tenemos:i) Inmediatez temporal: En primer lugar, hay que tener en consideracin que flagrancia y consumacin no coinciden temporalmente; en segundo punto, la flagrancia en su concepto estricto- implica sorprender al sujeto durante o inmediatamente despus de la perpetracin del delito, es decir, cuando ste se hubiera cometido instantes antes.ii) Inmediatez personal: Este elemento exige que el sujeto sea sorprendido en el lugar de la comisin del supuesto hecho delictivo o en sus inmediaciones luego de la persecucin. Sin embargo, en ambos casos se requiere que el sujeto est relacionado a los instrumentos u objetos que evidencien su participacin en el mismo.

EL ARRESTO CIUDADADANOLos ordenamientos jurdicos actuales para garantizar el derecho a la libertad individual han establecido el principio de reserva judicial o reserva de jurisdiccin. En virtud de tal principio las limitaciones a la libertad personal slo pueden provenir, por regla general, de actos emanados de autoridades encargadas de administrar justicia, en aplicacin de normas de rango legal en las cuales se encuentran sealados con precisin, los motivos y los procedimientos para afectar la espontnea determinacin de las personas en el plano fsico. Es por ello que el derecho a la libertad person