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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
VIGÉSIMA PRIMERA ÉPOCA 31 DE JULIO DE 2019 No. 146
Í N D I C E
9 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Jefatura de Gobierno
Decreto que adiciona un párrafo noveno, y derogan los párrafos séptimo y octavo, todos del artículo 302 del
Código Fiscal de la Ciudad de México 4
Aviso mediante el cual se da a conocer el Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentos, con número de registro MEO-103/100719-D-JGCDMX-01/010119 6
Aviso mediante el cual se da a conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, con número de registro MEO-105/110719-D-
JGCDMX-01/010119 19
Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación
Aviso mediante el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del programa social, “Mi Beca para terminar la
Prepa en Pilares, 2019” 33
Consejería Jurídica y de Servicios Legales
Aviso por el que se da a conocer el inicio del procedimiento de clausura temporal del protocolo de la Notaría 195
de esta ciudad, en virtud del fallecimiento de la Licenciada Ana Patricia Bandala Tolentino, quien fuera titular de
la misma 57
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2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
Índice
Viene de la Pág. 1
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
Secretaría de Desarrollo Económico.- Licitación Pública Nacional, número
SEDECO/DEAF/SRMAS/LPN/01/2019.- Convocatoria SEDECO/DEAF/SRMAS/LPN/01/2019.- Contratación
del servicio integral para la organización y ejecución de Desafío PYME, 2019 58
Secretaría del Medio Ambiente.- Sistema de Aguas.- Licitación Pública Nacional, número SACMEX-LP-111-
2019.- Convocatoria 061.- Contratación de acciones para llevar a cabo la rehabilitación y/o sustitución de
precolados tipo marimba y losas tapa dañadas en diferentes estructuras de la red de drenaje, en las demarcaciones
territoriales de la Ciudad de México 60
Procuraduría General de Justicia.- Licitación Pública Nacional, número LPN/PGJDF/012/2019.- Convocatoria
No. 008-19.- Adquisición de mobiliario 63
Red de Transporte de Pasajeros.- Licitación Pública, número RTP/LP-004/19.- Enajenación de bienes 65
Alcaldía en Azcapotzalco.- Licitación Pública Nacional, número 30001058-LP-011-2019.- Convocatoria No.
AAZCA/DGO/005-2019.- Contratación ´para llevar a cabo el proyecto integral para la rehabilitación y
restauración de vialidad 67
Alcaldía en Venustiano Carranza.- Licitaciones Públicas Nacionales, números 3000-1061-016-19 y 3000-1061-
017-19.- Convocatoria N°. 008/19.- Contratación de obra pública en la modalidad de precios unitarios por unidad
de concepto de trabajo terminado para llevar a cabo la rehabilitación de banquetas, guarniciones, además de la
rehabilitación, mantenimiento y conservación de mercados públicos 69
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
JEFATURA DE GOBIERNO
DECRETO QUE ADICIONA UN PÁRRAFO NOVENO, Y DEROGAN LOS PÁRRAFOS SÉPTIMO Y OCTAVO,
TODOS DEL ARTÍCULO 302 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, a sus habitantes sabed.
Que el H. Congreso de la Ciudad de México I Legislatura, se ha servido dirigirme el siguiente:
D E C R E T O
CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
I LEGISLATURA
EL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DECRETA:
SE ADICIONA UN PÁRRAFO NOVENO, Y SE DEROGAN LOS PÁRRAFOS SÉPTIMO Y OCTAVO, TODOS
DEL ARTÍCULO 302, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
ÚNICO.- Se adiciona un párrafo noveno, y se derogan los párrafos séptimo y octavo, todos del artículo 302, del Código
Fiscal de la Ciudad de México, para quedar como sigue:
DECRETO
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo 302.- …
…
…
…
…
…
Se deroga.
Se deroga.
Una vez que la autoridad competente dé el visto bueno respecto a que el particular cumplió con las medidas de mitigación,
previo a la ocupación de la obra; el Sistema de Aguas deberá publicar en su portal oficial, a más tardar en los 5 días
posteriores, la versión pública del documento que acredite dicho cumplimiento, así como el monto de los aprovechamientos
pagados por parte del desarrollador.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo contenido en el presente decreto;
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SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, y en el Diario Oficial de la Federación para su
mayor difusión;
TERCERO.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México; y
CUARTO.- Las solicitudes de desarrolladores para cubrir el pago de aprovechamientos a que se refiere el artículo 302 de
este Código, mediante el pago en especie tramitados ante el Sistema de Aguas de la Ciudad de México con anterioridad a la
entrada en vigor del presente Decreto, deberán continuarse hasta su conclusión de conformidad con la legislación vigente al
momento de su iniciación.
Palacio Legislativo del Congreso de la Ciudad de México, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil
diecinueve.
POR LA MESA DIRECTIVA
(Firma)
DIPUTADO JOSÉ DE JESÚS MARTÍN DEL CAMPO CASTAÑEDA
PRESIDENTE
SECRETARIA SECRETARIA
(Firma)
DIPUTADA ISABELA ROSALES HERRERA DIPUTADA ANA PATRICIA BAEZ
GUERRERO
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, Apartado A, fracción III, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 32 apartado C, numeral 1, inciso a) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 3, fracciones
XVII y XVIII, 7, 10 fracción II, 12 y 21 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración
Pública de la Ciudad de México; para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto Promulgatorio en la
Residencia Oficial de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil
diecinueve.- LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO.-
FIRMA.- LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR.-
FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, MARINA ROBLES GARCÍA.- FIRMA.
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María de Jesús Herros Vázquez, Directora General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno de la
Ciudad de México, con fundamento en los artículos; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 19
y 92 Duodecimus Fracción XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; numeral 2.4.6.7
de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,
Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, y
numeral 8.4.13 de la Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal y lineamiento Décimo Segundo de los Lineamientos Generales para el
Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de las Dependencias, Órganos, Entidades de la
Administración Pública de la Ciudad de México, emito el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL
COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DE LA JEFATURA DE
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON REGISTRO MEO-103/100719-D-JGCDMX-01/010119
CONTENIDO
I. MARCO JURÍDICO
II. OBJETIVO GENERAL
III. INTEGRACIÓN
IV. ATRIBUCIONES
V. FUNCIONES
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
VII. PROCEDIMIENTO
VIII. GLOSARIO
IX. VALIDACION DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
I. MARCO JURÍDICO
CONSTITUCIÓN (Federal y Local)
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de
1917. Última reforma 6 de junio de 2019.
2. Constitución Política de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 5 de febrero de
2017. Última reforma 2 de mayo de 2019.
LEYES
3. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México el 13 de diciembre de 2018. Sin reformas.
4. Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008. Última
reforma publicada el 28 de noviembre de 2014.
5. Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México el 01 de septiembre de 2017. Última reforma publicada el 4 de marzo de 2019
6. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 06 de mayo de 2016. Última reforma, 29 de mayo de 2019.
JEFATURA DE GOBIERNO
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7. Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México el 10 de abril de 2018. Sin reformas.
8. Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México,
publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 31 de diciembre de 2018. Sin reformas.
REGLAMENTOS
9. Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, el 2 de enero de 2019. Última reforma el 16 de mayo de 2019.
CIRCULARES
10. Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 18 de septiembre de
2015. Última reforma publicada el 14 de octubre de 2015.
11. Circular por medio de la cual se racionaliza la generación y entrega de copias de conocimiento, derivadas de la
actuación de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 01 de octubre de 2015.
II. OBJETIVO GENERAL
Establecer las directrices organizacionales y operativas para el funcionamiento del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentos mediante la descripción detallada de sus atribuciones, funciones y procedimientos, en apego
a lo establecido en la Ley de Archivos del Distrito Federal y demás normatividad aplicable en materia archivística.
III. INTEGRACIÓN
De conformidad con el artículo 17 de la Ley de Archivos del Distrito Federal y el numeral 8.4.6 de la Circular Uno 2015,
para el debido cumplimiento de sus objetivos, funciones y atribuciones, el Comité Técnico Interno de Administración de
Documentos, estará integrado de la siguiente forma:
Integrante Puesto de Estructura Orgánica
Presidencia Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno de la Ciudad
de México
Secretaria Técnica Subdirección de Compras y Control de Materiales
Secretaria Ejecutiva Dirección de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Vocales
Secretaría Particular
Dirección General de Resolución a la Demanda Ciudadana
Coordinación General del Gabinete de Seguridad Ciudadana y Procuración de Justicia
Dirección General de Organización Técnica e Institucional
Coordinación General de Asesores y Asuntos Internacionales
Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México
Subdirección de Administración y Capital Humano
Jefatura de Unidad Departamental de Mantenimiento
Representantes Subdirección de Finanzas
Titular del Órgano Interno de Control en la Jefatura de Gobierno
Asesores Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
IV. ATRIBUCIONES
De conformidad con el artículo 21 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, las funciones del COTECIAD son:
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I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad aplicable en la
materia dentro de los archivos del ente público;
II. Realizar los programas de valoración documental del ente público;
III. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros que
favorezcan la implantación de las normas archivísticas para el mejoramiento integral de los archivos del ente público;
IV. Participar en los eventos técnicos y académicos que en la materia se efectúen en el ente público, en los que sean
convocados por el Consejo General de Archivos de la Ciudad de México y los que lleven a cabo otras instituciones
nacionales o internacionales;
V. Emitir su reglamento de operación y su programa anual de trabajo; y
VI. Aprobar los instrumentos de control archivístico, establecidos en el artículo 35 de la presente Ley;
VII. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.
De conformidad con el Numeral 8.4.14 de la Circular Uno, las funciones del COTECIAD son:
I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad interna en la
materia de archivos de la Dependencia, Órgano Desconcentrado o Entidad.
II. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros, que
favorezcan la implantación de las normas archivísticas institucionales a partir de las contenidas en este apartado, para el
mejoramiento integral de los archivos; y
III. Regirse por su Manual Específico de Operación, remitiéndolo a la DGRMSG y a la CGEMDA para su registro, así
como su Programa Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe de su cumplimiento, el cual deberá enviarse
también a la DGRMSG dentro de los primeros treinta días del mes de enero del año que corresponda para su registro y
seguimiento.
V. FUNCIONES
DE LA PRESIDENCIA
1. Presidir las sesiones del Comité, con derecho a voz y voto y emitir el voto de calidad en caso de empate;
2. Autorizar la convocatoria a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones extraordinarias;
3. Analizar y autorizar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;
4. Asegurar que las resoluciones y acciones del COTECIAD, se apeguen a las disposiciones jurídicas, técnicas y
administrativas que regulan la materia de archivos;
5. Aplicar criterios de economía y gasto eficiente que deben concurrir para la utilización óptima de los recursos en el
tratamiento de archivos, de conformidad con la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y
Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y demás normas aplicables;
6. Presentar a consideración del Comité, para su aprobación, el Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Programa
Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior;
7. Instrumentar las acciones necesarias para la integración y operación de los grupos de apoyo;
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8. Proveer los medios y recursos necesarios para mantener en operación el COTECIAD;
9. Remitir a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Subsecretaría de Capital Humano y
Administración, el Programa Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio
anterior, para su registro; y
10. Las demás atribuciones que determine el Comité y otras disposiciones legales aplicables.
DE LA SECRETARÍA TÉCNICA
1. Suplir a la persona que funge como Presidente y ejercer las atribuciones señaladas en el presente Manual, que le
correspondan.
2. Convocar, previa autorización de la Presidencia, a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones
extraordinarias.
3. Presentar a la Presidencia del Comité para su aprobación, el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;
4. Recibir, los asuntos o casos que sometan las áreas requirentes, debiendo revisar que cumplan con los requisitos
establecidos en el presente Manual, en su caso, supervisar la incorporación de los mismos en el orden del día y en la carpeta
de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;
5. Integrar la carpeta de cada sesión con la documentación respectiva y vigilar su oportuna entrega a los miembros del
Comité y demás invitados, considerando los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de
la Administración Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas,
información o documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;
6. Elaborar las Actas de Sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos del Comité y verificar e informar de su
cumplimiento;
7. Diseñar, formular y proponer los instrumentos de control archivístico a que se refiere el artículo 35 de la Ley y
actualizarlos cuando se requiera;
8. Vigilar que las unidades de archivos (trámite, concentración e histórico) estén, clasificadas, inventariadas y revisadas,
cuidando su conservación por el tiempo establecido en el Catálogo de Disposición Documental vigente;
9. Elaborar y proponer el Calendario de las Sesiones Ordinarias; y
10. Las demás que le encomiende el Comité y la Presidencia.
DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA
1. Coadyuvar con la Secretaría Técnica para el mejor desempeño de sus funciones y responsabilidades.
2. Apoyar a la Secretaría Técnica en el desarrollo de las sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos tomados en
las mismas; con derecho a voz y voto;
3. Coadyuvar con la Secretaría Técnica en la recepción de los asuntos o casos que sometan las áreas generadoras, debiendo
revisar que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Manual y en su caso, incorporarlos en el orden del día y
en la carpeta de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;
4. Revisar que se envíe oportunamente, la invitación y la carpeta de la sesión correspondiente a los miembros del Comité, de
conformidad a los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas, información o
documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;
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5. Coadyuvar con la Secretaría Técnica en la elaboración del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe
Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior del Órgano Colegiado;
6. Realizar las demás funciones inherentes a su cargo, previstas en las disposiciones aplicables y aquéllas que le encomiende
la Presidencia del Comité.
DE LAS Y LOS VOCALES
1. Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario sesiones extraordinarias del Comité; con derecho a
voz y voto;
2. Suplir a la Secretaría Ejecutiva en las sesiones del Comité, en apoyo a la Secretaría Técnica, por lo que se deberá prever
un orden para suplencia cuando son varios vocales.
3. Enviar en tiempo y forma a la Secretaría Técnica la propuesta de asuntos o casos a tratar en el Comité, acompañados de la
documentación soporte, para incluirlos en el orden del día.
4. Presentar a la consideración y resolución del Comité, los asuntos que requieran de su atención;
5. Analizar con oportunidad los asuntos que se consignen en el orden del día;
6. Proponer mejoras y estrategias de trabajo para la implementación y perfeccionamiento de los procesos archivísticos;
7. Participar en las comisiones y en los grupos de trabajo que constituya el Comité;
8. Acordar e instrumentar los mecanismos de coordinación para el adecuado funcionamiento del Comité;
9. Emitir su voto, exponiendo las razones cuando sea en el sentido de abstención o de rechazo a los acuerdos propuestos;
10. Firmar la sesión y la documentación soporte que dé cuenta de los acuerdos tomados por el Comité; y
11. Las demás que expresamente les asigne el Pleno del Comité.
DE LAS PERSONAS REPRESENTANTES
1. Brindar asesoría al Comité y a los grupos de trabajo que se integren en su seno, en el ámbito de su respectiva
competencia;
2. Aportar la información y documentación que otorgue fundamento, justificación y certeza a los asuntos que se presenten a
la consideración o resolución del Comité; y
3. Las que les sean encomendadas expresamente por la Presidencia del Comité y el pleno del Comité.
DE LAS/OS ASESORAS/ES
1. Exponer los temas de los cuales son expertos para que el Comité pueda resolver los asuntos o casos que se presenten en el
orden del día.
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
DE LA PLANEACIÓN
1. Antes de la Sesión de Instalación y de la Primera Sesión Ordinaria, se solicitará a las áreas correspondientes la
designación oficial de las personas servidoras públicas que en su representación fungirán como vocales, debiendo señalar a
una persona titular y a una suplente.
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2. En la sesión de instalación se y presentará la integración del Comité, y posteriormente se presentará para aprobación el
Plan de Trabajo del Comité, su cronograma de cumplimiento y el calendario de sesiones.
3. En la última sesión del ejercicio fiscal o bien antes del último día hábil del mes de enero de cada ejercicio, se presentará
el informe de cumplimiento del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico del ejercicio que concluye y se propondrá
el correspondiente al del ejercicio siguiente, a efecto de que sean comentados, validados y en su caso aprobados por los
miembros del Comité.
4. Para la integración de asuntos y casos en las sesiones del Comité, las áreas deberán enviarlos con mínimo con veinte días
hábiles y con los documentos de soporte, para que sean analizados por el Secretaría Técnica y sean considerados en las
sesiones del Comité.
5. Cuando así lo requiera, el Comité invitará a personas expertas en materia de datos personales, restauración, conservación,
archivo histórico, archivonomía y a la Subsecretaría de Capital Humano y Administración, cuya participación de las y los
asesores deberá ser propuesta en los términos del numeral anterior y estará sujeta a la naturaleza y complejidad de los
asuntos a tratar en la sesión correspondiente, previa valoración de los Vocales.
DE LA CONVOCATORIA Y CARPETA DE TRABAJO
1. La convocatoria a las sesiones se realizará por escrito dirigido a cada uno de los integrantes del Comité, debiendo señalar:
El día y hora de su celebración.
El lugar en donde se celebrará la Sesión.
Su naturaleza ordinaria o, en su caso, extraordinaria.
El proyecto de Orden del Día
A dicha convocatoria, se acompañará de manera digital la carpeta de trabajo que contenga los documentos y anexos
necesarios para la discusión de los asuntos contenidos en el Orden del Día.
2. Para la celebración de las sesiones ordinarias, la convocatoria deberá enviarse por lo menos con diez días hábiles de
anticipación a la fecha fijada para la sesión; y en el caso de las sesiones extraordinarias, la convocatoria deberá expedirse
por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la fecha de su celebración.
3. Las copias de la carpeta de trabajo para los miembros del Comité serán reproducidas únicamente en carpetas electrónicas
y, en casos excepcionales y plenamente justificados, se podrá imprimir. En este último caso, se usarán preferentemente
hojas de reúso, cancelándose el lado inutilizado con la leyenda “REUSO”.
La carpeta de trabajo original impresa quedará en resguardo de la Secretaría Técnica.
4. Si alguno de los miembros del Comité considera conveniente tratar algún asunto en la sesión siguiente, deberá enviar, a la
Secretaría Técnica, su propuesta para ser incluida en los puntos del Orden del Día próximo, con doce días hábiles de
anticipación a la celebración de la reunión, acompañada de la documentación que justifique su petición.
5. La carpeta de trabajo se integrará con los asuntos que hayan cumplido con los términos y modalidades establecidos en el
presente Manual; la excepción al cumplimiento de este requisito podrá ser autorizada por la Presidencia, tomando en
consideración la importancia y urgencia del asunto.
DE LAS DESIGNACIONES Y MECANISMO DE SUPLENCIA
1. Las personas responsables de las distintas Unidades de Archivos de los Órganos de la Administración Pública que
fungirán como vocales dentro del Comité, serán nombradas por las personas titulares de las Unidades Administrativas y/o
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, por oficio y al principio de cada ejercicio.
2. En caso de ausencia de la Presidencia, la Secretaría Técnica tendrá la facultad para presidir las sesiones. En el caso de
ausencia de ambos, se dará por cancelada la sesión.
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3. En caso de ausencia de la persona que funge como Secretario Ejecutivo en la sesión del Comité, se solicitara que se elija
entre los vocales quien lo va a sustituir, para apoyar a la Secretaría Técnica en la sesión del Comité.
4. Los miembros titulares del Comité deberán designar una persona suplente en caso de ausencia, que ocupe un puesto
jerárquicamente inmediato inferior, según las respectivas estructuras dictaminadas.
5. Las personas suplentes asumirán, en caso de ejercer la suplencia, las facultades, funciones y responsabilidades que a los
titulares correspondan.
DEL QUÓRUM
1. Para que el Comité pueda sesionar, es necesario que estén presentes el 50% más uno de sus integrantes con derecho a voz
y voto, incluido la Presidencia, en caso contrario se diferirá la sesión por falta de quórum.
DEL DESARROLLO DE LA SESIÓN
1. Las sesiones del Comité se llevarán a cabo en las instalaciones del Órgano de la Administración Pública; no obstante,
cuando existan causas que por su naturaleza impidan la celebración de la sesión en sus instalaciones, ésta podrá celebrarse
fuera de la misma, dejando constancia de tal circunstancia en el acta correspondiente, o bien, indicándolo de esa forma en la
respectiva convocatoria.
2. Las sesiones ordinarias podrán ser diferidas o canceladas por causas de fuerza mayor, fortuitas o justificadas en caso de
no existir asuntos a tratar; las sesiones extraordinarias convocadas sólo podrán ser diferidas por causas de fuerza mayor o
fortuita.
3. Cuando el diferimiento sea por causa de fuerza mayor o fortuita, éste podrá notificarse a los miembros del Comité hasta
con dos horas de anticipación a la fecha y hora programada o, si la naturaleza del evento así lo exige, a la hora de inicio
señalada para la sesión. En estos supuestos la notificación podrá realizarse mediante correo electrónico y algún otro medio
disponible.
4. Cuando la cancelación sea por causas justificadas, deberá notificarse por escrito a los miembros del Comité, con cinco
días hábiles de anticipación a la fecha programada en la convocatoria.
5. En caso de diferimiento, la nueva fecha para la celebración de la sesión no podrá exceder, en el caso de las sesiones
ordinarias, de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que desaparezca la causa del diferimiento y, en el caso de las
extraordinarias, de los tres días hábiles siguientes.
DE LA VOTACIÓN
1. Las decisiones se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos de las personas integrantes con derecho a voto
presentes en la sesión, considerando las siguientes definiciones:
Unanimidad: La votación en favor o en contra, del 100% de las personas integrantes presentes con derecho a voto.
Mayoría de votos: La votación en favor o en contra, de cuando menos el 50% más uno de las personas integrantes presentes
con derecho a voto, en esta circunstancia se registrará el voto nominal.
Voto de calidad: En caso de empate, corresponde a la Presidencia la resolución del asunto en votación, en esta circunstancia
se registrará el voto nominal.
Voto nominal: Es el voto individual de cada integrante.
2. Previo a la toma de decisiones, deberá efectuarse un análisis detallado del asunto a fin de prever los alcances de las
decisiones tomadas.
3. El sentido de las decisiones deberá hacerse constar en el acta de la sesión, indicando los integrantes que emitieron su voto
y el sentido de éste, excepto en los casos en que la decisión sea por unanimidad.
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4. Para los integrantes del Comité que cuenten con voz y voto, el sentido de la votación deberá ser a favor o en contra,
evitando en lo posible la abstención para lo cual se deberá motivar la razón de la misma.
DEL ACTA DE LA SESIÓN
1. Por cada sesión, la Secretaría Técnica levantará un acta en la que se harán constar los hechos y actos realizados, misma
que será sometida a la consideración y firma de los miembros del Comité en la sesión siguiente.
2. En términos de lo anterior, el acta contendrá, cuando menos las formalidades siguientes:
Fecha de celebración;
Una relación nominal de los miembros presentes indicando su calidad de Titular o Suplente;
Verificación del quórum legal;
La declaratoria de apertura de la sesión por parte de la Presidencia del Comité;
La aprobación del Orden del Día;
La aprobación del acta de la sesión anterior;
Una relación sucinta y clara de los asuntos abordados, señalando los razonamientos u observaciones particulares expresados
por los miembros, en su caso invitados, expresando el resultado de la votación;
La redacción del acuerdo por cada punto abordado así como todos las opiniones, preguntas, observaciones que se realicen
de cada asunto o caso, debiendo señalar puntalmente en cada acuerdo si éste se tomó de manera Unánime, por mayoría de
conformidad con lo especificado en el numeral 1 del apartado "DE LA VOTACIÓN" ; y
La declaratoria de clausura de la sesión.
3. El acta debe estar firmada al calce y al final de la misma por cada uno de las personas integrantes que participaron en la
Sesión, indicando la calidad con la que asisten, Titular o Suplente.
DE LOS GRUPOS DE TRABAJO
1. Cuando se acuerde la constitución de grupos de trabajo, deberá establecerse el asunto o asuntos a cuya resolución se
abocarán, el tiempo para realizarlos, los objetivos concretos que deban alcanzar, el o los responsables de su coordinación y
las personas integrantes de los mismos.
2. En caso de considerarse necesario, en los Grupos de Trabajo que se integren podrán participar personas ajenas al Comité.
3. Los grupos de trabajo deberán informar al Comité los resultados de los trabajos encomendados, en los términos y forma
que éste determine.
4. En el caso de los Grupos de trabajo de valoración documental que tenga el objetivo de determinar la transferencia o
destino final de determinado acervo, se deberá:
Instruir la elaboración del acta por medio de la cual se haga constar las circunstancias de modo, lugar y tiempo en que se
llevó a cabo la revisión y valoración aludida; debiendo incluir una descripción de la forma en que se llevó a cabo la misma,
precisando el acervo sobre el cual se realizó e incluir evidencia fotográfica de dichos trabajos.
Presentar un informe sucinto de las actividades realizadas que se especificaron en el acta, el cual deba incluir: tipo de
revisión (muestreo, parcial o total), el nombre del área generadora, las series documentales a valorar, ubicación física,
estado físico del papel, total de expedientes, total de cajas o paquetes, metros lineales, peso en kilogramos y una memoria
fotográfica delas actividades realizadas.
Emitir y presentar el dictamen de valoración documental, que deberá ser aprobado y firmado por los integrantes del Comité
que incluya la declaratoria de inexistencia de valores primarios y secundarios, en el caso de la documentación que causará
baja definitiva, o la declaratoria de inexistencia de valores primarios y detección de valores secundarios de la
documentación que será transferida al archivo histórico.
5. En el caso de baja documental, una vez firmada el acta de la sesión de que se trate, por los integrantes del Comité en la
que se valide y apruebe los requisitos del numeral inmediato anterior, el Comité enviará a la DGRMSG, los documentos que
integren el expediente de la baja documental, de acuerdo al numeral 8.5.12 de la Circular Uno para su registro.
14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
6. En el caso de detección de valores secundarios de la documentación que será transferida al archivo histórico, el Comité
determinará el tiempo de envío al Archivo Histórico, siempre y cuando haya espacio en él; de no contar con el espacio
adecuado para el resguardo de esta documentación histórica, gestionará ante la instancia responsable un lugar idóneo para
resguardo de la dicha documentación.
VII. PROCEDIMIENTO
Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las Sesiones del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos.
Objetivo General: Establecer las actividades para llevar a cabo las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité
Técnico Interno de Administración de Documentos de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, que le permitan
como órgano técnico consultivo en materia de archivos realizar la instrumentación y retroalimentación a partir de la
normatividad aplicable.
Descripción Narrativa:
No. Actor Actividad
1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaría o extraordinaria.
2 Secretaría Ejecutiva Verifica la asistencia y el quórum necesario para el desarrollo de la sesión.
¿Existe quórum?
NO
3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.
4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba la firma de las
personas integrantes del Comité presentes.
(Conecta con la actividad 12)
SI
5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de quórum.
6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de los miembros del Comité el Orden del Día.
¿Se aprueba el orden del día?
NO
7 Secretaría Técnica Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por los Integrantes del
Comité.
(Conecta con la actividad 6)
SI
8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Comité los asuntos del Orden del Día.
9 Integrantes del Comité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos presentados al Comité,
exponiendo los argumentos que correspondan.
10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman acuerdos sobre los
asuntos de la sesión.
11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos y su votación para el seguimiento de su cumplimiento.
12 Presidencia Declara la conclusión de la Sesión.
Fin del procedimiento
Aspectos a Considerar:
1. El desahogo de los asuntos presentados ante el Comité se llevará a cabo en apego a la Ley de Archivos del Distrito
Federal, Circular Uno y demás normatividad archivística aplicable.
2. En el caso de que se excluyan asuntos del Orden del Día, en el acuerdo que apruebe los términos del Orden del Día
deberán señalarse los asuntos que fueron excluidos.
3. Las áreas que hayan propuesto asuntos para la sesión y haya sido abordados en la misma, podrán participar en la
presentación y exposición de los mismos durante el desarrollo de la sesión, de conformidad con el Orden del Día aprobado.
4. De las aprobaciones y acuerdos tomados en las sesiones se hará constar por escrito.
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15
5. Debido a la complejidad diversa de los asuntos sometidos a la consideración del Comité, el tiempo para su deliberación y
votación no estará sujeto a término. En consecuencia, tampoco lo estará la duración de la sesión.
6. En el supuesto en que por la complejidad de los asuntos sea necesario continuar el día hábil siguiente, y siempre que la
naturaleza del asunto lo permita, se emitirá un acuerdo en el que se haga constar esta situación, señalándose en el mismo la
hora en que deba reanudarse la sesión, de lo cual se elaborará un acta por cada día.
Diagrama de Flujo:
16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
VIII. GLOSARIO
Acta: Documento formal que constata los hechos y actos realizados en las sesiones del COTECIAD.
Acuerdo: Resolución formal y obligatoria que expresa las decisiones y acciones que aprueba en consenso el Comité para la
solución o tratamiento de los asuntos.
Asunto: Planteamiento de un tema, problemática o situación relacionado con la Administración de Documentos y Archivos
que amerite el conocimiento y, en su caso, tratamiento y/o solución por parte del Comité.
Calendario: Documento autorizado que establece las fechas para celebrar las sesiones ordinarias que se llevarán a cabo
durante el ejercicio.
Carpeta: Cuaderno de trabajo que contiene los asuntos o casos debidamente documentados a tratar en la sesión del Comité
sobre la administración del Sistema Institucional de Archivos y sus componentes operativos.
Componentes Normativos del Sistema Institucional de Archivos: Son la Unidad Coordinadora de Archivos y el Comité
Técnico Interno de Administración de Documentos (COTECIAD) quienes tienen a su cargo la regulación y coordinación de
la operación del Sistema.
Componentes Operativos del Sistema Institucional de Archivos: Son los archivos de trámite, concentración e histórico,
encargados del funcionamiento cotidiano del Sistema, de conformidad con el ciclo vital de los documentos del ente público.
Consejo: Consejo General de Archivos del Distrito Federal.
Convocatoria: Documento formal por el que se convoca a los miembros del Comité a las sesiones, fecha, hora y lugar
determinado.
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17
COTECIAD: Es el órgano técnico consultivo de instrumentación y retroalimentación de la normatividad aplicable en
materia de archivos del ente público, integrado por los titulares de los archivos de trámite, concentración e histórico y por
aquellas personas que por su experiencia y función dentro del ente público se consideren necesarias para promover y
garantizar la correcta administración de documentos y para la gestión de los archivos de cada institución.
DGRMSG: Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.
Grupos de Trabajo: Grupos constituidos por el Comité para auxiliarlo en las labores específicas que éste le encomiende.
Plan de Trabajo del Comité: Instrumento mediante el cual se organiza y programan las actividades necesarias para concretar
las acciones y compromisos derivados del Comité.
Programa Institucional de Desarrollo Archivístico: Instrumento donde se contemplan los objetivos, estrategias,
proyectos y actividades que se llevarán a cabo para dar cumplimiento a lo previsto en la Ley de Archivos del Distrito
Federal.
Quórum: Número mínimo de asistentes (50% más uno) para dar validez a una sesión y a los acuerdos en ella emitidos.
Representantes: Responsables de aportar criterios técnicos que fundamenten los acuerdos tomados en las sesiones del
Comité.
Sistema Institucional de Archivos: Se integrará en cada ente público a partir de la composición siguiente: Componentes
normativos y componentes operativos, los cuales son los encargados de la correcta administración de documentos a lo largo
de su ciclo vital.
Suplente: Persona servidora Pública designada por la persona integrante titular para asistir, de manera ocasional y por causa
justificada, a las sesiones del Comité.
Titular: Cada persona integrante del Comité.
Unidad Coordinadora de Archivos: Será la responsable de regular el Sistema Institucional de Archivos para su
funcionamiento estandarizado y homogéneo, y el COTECIAD será su órgano técnico consultivo y el COTECIAD será su
órgano técnico consultivo.
Valoración documental: Proceso de análisis mediante el cual se determinan los valores de los documentos.
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
Presidenta
María de Jesús Herros Vázquez
Directora General de Administración y Finanzas
en la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de
México
Secretario Técnico Secretario Ejecutivo
Héctor Luis Gerardo Peña Vázquez
Subdirector de Compras y
Control de Materiales
Mtro. Silverio Chávez López
Director de Transparencia y Acceso a la
Información Pública
Vocal Vocal
Mtro. Carlos Alberto Ulloa Pérez
Secretario Particular
Lic. María del Rocío Vilchis Espinosa
Directora General de Resolución a la Demanda
Ciudadana
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Vocal Vocal
Tomás Pliego Calvo
Coordinador General del Gabinete de Seguridad
Ciudadana y Procuración de Justicia
Lic. Luisa Elena Abreu González
Directora General de Organización Técnica e
Institucional
Vocal Vocal
Dra. Diana Alarcón González
Coordinadora General de Asesores y Asuntos
Internacionales
Lic. César Arnulfo Cravioto Romero
Comisionado para la Reconstrucción de la Ciudad
de México
Vocal Vocal
L.A.P. Diana Hilda Pérez León
Subdirectora de Administración y Capital
Humano
Erick Medina Martínez
Jefe de la Unidad Departamental de
Mantenimiento
Representante Representante
C.P. María de Lourdes de la Sota Arrieta
Titular del Órgano Interno de Control en la
Jefatura de Gobierno
Lic. Raúl Hernández Juárez
Subdirector de Finanzas
Asesor
Arq. Pedro Jesús Lara Lastra
Director General de Recursos Materiales y
Servicios Generales
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México a 24 de julio del 2019
Directora General de Administración y finanzas en la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
María de Jesús Herros Vázquez
(Firma)
______________________________________________________________
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19
JEFATURA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
María de Jesús Herros Vázquez, Directora General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno de la
Ciudad de México, con fundamento en los artículos; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 19
y 92 Duodecimus Fracción XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; numeral 2.4.6.7
de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,
Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, y
numeral 8.4.13 de la Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal y lineamiento Décimo Segundo de los Lineamientos Generales para el
Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de las Dependencias, Órganos, Entidades de la
Administración Pública de la Ciudad de México, emito el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DEL SUBCOMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA
JEFATURA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON REGISTRO MEO-105/110719-D-JGCDMX-
01/010119
CONTENIDO
I. MARCO JURÍDICO
II. OBJETIVO GENERAL
III. INTEGRACIÓN
IV. ATRIBUCIONES
V. FUNCIONES
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
VII. PROCEDIMIENTO
VIII. GLOSARIO
IX. VALIDACION DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
I. MARCO JURÍDICO
CONSTITUCIÓN (Federal y Local)
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de
1917. Última reforma 6 de junio de 2019.
2. Constitución Política de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 5 de febrero de
2017. Última reforma 2 de mayo de 2019.
LEYES
3. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el
4 de enero de 2000. Última reforma 10 de noviembre de 2014.
4. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México el 13 de diciembre de 2018. Sin reformas.
5. Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de septiembre de
1998. Última reforma 26 de febrero de 2018.
6. Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México,
publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 31 de diciembre de 2018.
7. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Publicada en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 6 de mayo de 2016. Última reforma el 29 de mayo de 2019.
20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
8. Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal que corresponda.
9. Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de mayo de
2004. Última reforma 8 de mayo de 2019.
REGLAMENTOS
10. Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, el 2 de enero de 2019. Última reforma el 16 de mayo de 2019.
11. Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicada en el Diario Oficial
de la Federación el 28 de julio de 2010.
12. Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
23 de septiembre de 1999. Última reforma 16 de octubre de 2007.
13. Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la
Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 1 de abril de 2019.
DECRETOS
14. Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal que corresponda.
CIRCULARES
15. Circular Uno 2015 “Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal” publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 18 de septiembre de
2015. Última reforma publicada el 14 de octubre de 2015.
LINEAMIENTOS
16. Lineamientos que deberán observar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal, en los procedimientos de contratación establecidos en la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de febrero de 2007.
17. Lineamientos Generales para la Contratación de Adquisiciones y Prestación de Servicios con Sociedades Cooperativas
del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de abril de 2007.
18. Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en
la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 13 de mayo de 2011. Última reforma 01 de agosto de 2016.
19. Lineamientos Generales para la Adquisición de Bienes con Características y Especificaciones de Menor Grado de
Impacto Ambiental. Publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de junio de 2018.
20. Lineamientos para Determinar el Grado de Integración de los Bienes y Servicios de Importación a que se sujetan los
Convocantes y los Criterios para la Disminución u Omisión de Porcentaje de Integración Nacional, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 11 de octubre de 2011.
21. Lineamientos con los que se dictan medidas de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestal para contener el gasto
en la Administración Pública del Distrito Federal, y sus reformas publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 5 de
marzo de 2012.
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21
REGLAS
22. Reglas para Fomentar y Promover la Participación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Nacionales y Locales en
las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios que realice la Administración Pública del Distrito Federal,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de noviembre de 2003.
CLASIFICADOR
23. Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 19 de
octubre de 2010. Última reforma 21 de septiembre de 2015.
MANUAL
24. Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública de la Ciudad de
México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 30 de octubre de 2018.
II. OBJETIVO GENERAL
Establecer las directrices organizacionales y operativas para el funcionamiento del Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, mediante la descripción
detallada de sus atribuciones, integración, funciones y procedimientos, en apego a lo establecido en la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
III. INTEGRACIÓN
Para el debido cumplimiento y de conformidad con el artículo 29 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal, el Subcomité está integrado por las personas que ocupen la Titularidad de los cargos que se mencionan:
Integrante Puesto de Estructura Orgánica
Presidencia Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México
Secretaria Ejecutiva Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno de la
Ciudad de México
Secretaria Técnica Subdirección de Compras y Control de Materiales
Vocales
Secretaría Particular
Coordinación General de Gabinete de Seguridad Ciudadana y Procuración de
Justicia
Dirección General de Organización Técnica e Institucional
Coordinación General de Asesores y Asuntos Internacionales
Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México
Subdirección de Finanzas
Jefatura de Unidad Departamental de Almacenes y Abastecimientos
Contralorías
Ciudadanas
Dos Contralores Ciudadanos acreditadas y designados en términos de la Ley de
Participación Ciudadana del Distrito Federal
Asesor/a Titular del Órgano Interno de Control en la Jefatura de Gobierno
Invitada/o/s Personas servidoras públicas invitadas por la Presidencia del Subcomité
IV. ATRIBUCIONES
LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo 21 Bis.- Los Subcomités de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades tendrán las facultades a que se
refieren las fracciones I, VI y XI de elaborar el informe de las adquisiciones a que se refiere la fracción IX del artículo 21 de
esta Ley, además de las que se establezcan en el Reglamento de esta Ley.
22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
Artículo 22.- Las dependencias y entidades podrán establecer Subcomités Técnicos de Especialidad, y deberán solicitar la
opinión del Instituto, para atender casos específicos que estarán vinculados al Subcomité en los términos y condiciones que
al efecto establezca el Reglamento de esta Ley, debiendo considerar en su integración a dos contralores ciudadanos
designados por el Jefe de Gobierno.
REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
Artículo 30.- Para el cumplimiento de su objeto, los subcomités tendrán las siguientes facultades y obligaciones:
I. Elaborar y proponer al Comité Central la autorización de su Manual de Integración y Funcionamiento;
II. Elaborar, aprobar, analizar y evaluar trimestralmente su Programa Anual de Trabajo;
III. Dar seguimiento al cumplimiento de sus acuerdos;
IV. Aplicar los lineamientos generales y las políticas que emitan en su ámbito de atribuciones el Comité;
V. Aplicar las políticas para la verificación de precios, especificación de insumos, pruebas de calidad, menor impacto al
ambiente y otros requerimientos que fije el Comité;
VI. Revisar sus programas y presupuestos de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, así como formular
observaciones y recomendaciones;
VII. Dictaminar los casos de excepción a la licitación previstos en el artículo 54 de la Ley, salvo las fracciones IV y XII del
mismo precepto;
VIII. Aplicar las políticas relativas a la consolidación de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios,
condiciones de pagos, así como el uso y aprovechamiento de los bienes y servicios, debiendo atender lo previsto en el
artículo 23 de la ley;
IX. Analizar trimestralmente el informe de los casos dictaminados conforme a la fracción VII del presente artículo, así
como los resultados generales de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios y en su caso, disponer las
medidas necesarias para su aplicación;
X. Elaborar y enviar semestralmente el informe de actuación sobre las adquisiciones, arrendamientos y servicios, para su
análisis, al Comité;
XI. Aplicar, difundir y vigilar el cumplimiento de la Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables, y
XII. Las demás que les confieran las disposiciones aplicables en esta materia.
V. FUNCIONES
DE LA PRESIDENCIA
I. Presidir las sesiones del Subcomité, con derecho a voz y voto y emitir el voto de calidad en caso de empate;
II. Analizar y autorizar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;
III. Convocar a sesiones extraordinarias;
IV. Proponer la designación de las personas invitadas al Subcomité;
V. Cumplir las disposiciones jurídicas, técnicas y administrativas que regulan las adquisiciones;
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23
VI. Aplicar criterios de economía y gasto eficiente que deben concurrir para la utilización óptima de los recursos en las
adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, de conformidad con la Ley de Austeridad, Transparencia en
Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y demás normas aplicables;
VII. Cumplir el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios;
VIII. Obtener las mejores condiciones de calidad, precio y oportunidad de los bienes y servicios que adquiere el Órgano de
la Administración Pública.
IX. Presentar a consideración del Subcomité, para su aprobación, el Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Programa
Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios;
X. Presentar para conocimiento del Subcomité, los informes semestrales y anuales de actuación del Órgano Colegiado; y
XI. Las demás atribuciones que determine el Comité y otros ordenamientos legales aplicables.
DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA
I. Formular el orden del día, considerando los asuntos propuestos y someterlo a consideración de la presidencia del
Subcomité;
II. Conducir el desarrollo de las sesiones del Subcomité y dar seguimiento a los acuerdos tomados en las mismas; con
derecho a voz y voto;
III. Designar a la Secretaría Técnica;
IV. Suscribir las Convocatorias de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité;
V. Vigilar la correcta elaboración del acta de cada sesión;
VI. Recibir, los asuntos o casos que sometan las áreas requirentes, debiendo revisar que cumplan con los requisitos
establecidos en el presente Manual, en su caso, supervisar la incorporación de los mismos en el orden del día y en la carpeta
de trabajo, para ser dictaminados por el Subcomité;
VII. Presentar al Presidente del Subcomité para su aprobación, el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;
VIII. Supervisar que se envíe oportunamente, la invitación y la carpeta de la sesión correspondiente a los miembros del
Subcomité, de conformidad a los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas,
información o documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;
IX. Coordinar la elaboración del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios y el
Calendario de Sesiones Ordinarias;
X. Elaborar los informes semestrales y anuales de actuación del Órgano Colegiado;
XI. Ejercer cuando supla a la Presidencia, las atribuciones señaladas en el presente Manual; y
XII. Vigilar que se integren los expedientes y archivos con la documentación que sustenten los actos y resoluciones tomadas
por el Subcomité.
XIII. Realizar las demás funciones inherentes a su cargo, previstas en las disposiciones aplicables y aquéllas que le
encomiende la presidencia del Subcomité o el Comité;
24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
DE LA SECRETARÍA TÉCNICA
I. Integrar el orden del día de cada sesión con la documentación respectiva y vigilar su oportuna entrega a los miembros del
Subcomité y demás invitados, considerando los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica
de carpetas, información o documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;
II. Elaborar las Actas de Sesiones del Subcomité e integrar y administrar los documentos y archivos en términos de la Ley
de Archivos del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables;
III. Auxiliar a la Secretaría Ejecutiva en el ejercicio de sus funciones; con derecho a voz;
IV. Vigilar que el archivo se mantenga completo y actualizado, cuidando su conservación por el tiempo que marca la
normatividad aplicable;
V. Elaborar y proponer el Calendario de las Sesiones Ordinarias.
VI. Ejercer cuando supla a la Secretaría Ejecutiva, las atribuciones inherentes a este cargo; y
VII. Las demás que le encomiende la presidencia y la Secretaría Ejecutiva;
DE LAS Y LOS VOCALES
I. Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité; con derecho a voz y voto;
II. Presentar a la consideración y resolución del Subcomité, los asuntos que en materia de adquisiciones, arrendamientos y
prestación de servicios, requieran de su atención, conforme a las facultades y atribuciones que le han sido conferidas en la
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, su Reglamento y demás
consideraciones jurídicas aplicables;
III. Analizar con oportunidad los asuntos que se consignen en el orden del día;
IV. Proponer cuando resulte aplicable, alternativas de solución para los asuntos que se presenten a consideración y
resolución del Subcomité,
V. Emitir su voto razonado sobre los asuntos que se presenten en las sesiones del Subcomité;
VI. Firmar la documentación que dé cuenta de los acuerdos tomados por el Subcomité; y
VII. Las demás que expresamente les asigne la presidencia y el pleno del Subcomité.
DE LAS CONTRALORÍAS CIUDADANAS
I. Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité; con derecho a voz y voto;
II. Analizar con oportunidad los asuntos que se consignen en el orden del día;
III. Vigilar en el ámbito de su competencia el cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, de su
Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, mediante las recomendaciones u observaciones que
proporcionen al Subcomité;
IV. Proponer cuando resulte aplicable, alternativas de solución para los asuntos que se presenten a consideración y
resolución del Subcomité,
V. Emitir su voto razonado en los asuntos que se presenten en las sesiones del Subcomité;
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25
VI. Firmar la documentación que dé cuenta de los acuerdos tomados por el Subcomité; y
VII. Las demás que expresamente les asigne la Normatividad.
DE LAS Y LOS ASESORES
1. Exponer de manera fundada y motivada, sus puntos de vista en torno a los asuntos que se traten en el Subcomité; con
derecho a voz;
II. Proporcionar según su competencia, la asesoría legal, técnica y administrativa que se les requiera, para sustentar las
resoluciones y acciones del Subcomité;
III. Promover ante las instancias internas y externas de su competencia, la atención y resolución expedita de los asuntos que
atañen al Subcomité; y
IV. Las demás que expresamente les asigne la Normatividad, la presidencia o el pleno del Subcomité.
DE LAS PERSONAS INVITADAS
I. Coadyuvar en la exposición de los asuntos que se sometan a la consideración y resolución del Subcomité; con derecho a
voz;
II. Emitir su opinión respecto de los asuntos de su competencia, cuando le sea requerida por el Subcomité; y
III. Las demás que expresamente les asigne la Normatividad, la presidencia o el pleno del Subcomité.
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
1. ACREDITACIÓN
1. Las personas Vocales y Asesoras/es titulares integrantes del Subcomité, previo a la realización de la primera sesión de
cada ejercicio o cuando las circunstancias lo ameriten, deberán acreditar por escrito a sus suplentes, quienes
preferentemente deberán tener nivel jerárquico inmediato inferior, según las respectivas estructuras dictaminadas, con
excepción de la Presidencia y la Secretaría Ejecutiva, a quienes invariablemente lo suplirán, a la primera la Secretaría
Ejecutiva, y a la segunda la Secretaría Técnica.
2. Para las suplencias no podrá ser designado por ningún motivo personal contratado como Prestadores de Servicios.
2. DE LA SUPLENCIA
1. La Secretaría Ejecutiva desempeñará las funciones de la Presidencia, en caso de ausencia.
2. Las ausencias de la Secretaría Ejecutiva serán cubiertas por la Secretaría Técnica, quien en estos casos tendrá derecho a
voz y voto. En ningún caso Secretaría Técnica podrá suplir la ausencia de la Presidencia, ni asumir la suplencia de la
Secretaría Ejecutiva en su carácter de la Presidencia Suplente.
3. La persona suplente de la Secretaría Técnica será quien designe la Secretaría Ejecutiva.
4. Las y los Vocales podrán designar suplentes, quienes tendrán derecho a voz y voto.
5. Las y los Asesores podrán designar suplentes, quienes tendrán derecho únicamente a voz.
6. Las Contralorías Ciudadanas no podrán designar suplentes.
7. Cuando asista la persona suplente y en el transcurso de la sesión se incorpore la persona titular, la suplente podrá seguir
participando en la reunión en la calidad de integrante que le corresponda, con sus funciones y responsabilidades inherentes.
26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
3. PRESENTACIÓN DE CASOS ANTE EL SUBCOMITÉ
Los casos se someterán a consideración del Subcomité de la siguiente forma:
1. Se presentarán a través de la Secretaría Ejecutiva, para lo cual las áreas requirentes, deberán remitir sus asuntos cuando
menos con siete días hábiles de anticipación a la fecha en que vaya a celebrarse la sesión.
2. Las propuestas de asuntos deberán hacerse por escrito en forma individual, acompañadas con los antecedentes,
justificación y fundamento legal.
3. Los asuntos serán atendidos por el Subcomité en estricto apego al orden del día autorizado.
4. Cada caso deberá acompañarse de la siguiente documentación:
Formatos que al efecto establezca el Subcomité para presentar los casos;
Formato de Listado de Caso. - Contiene el resumen del caso que se presenta.
Formato de Justificación. - Justificación del procedimiento de excepción a la licitación pública a dictaminarse, debidamente
fundada, motivada y autorizada por la persona Titular del Órgano de la Administración Pública.
Justificación Técnica de los bienes o servicios a adquirir o contratar.
Oficio de autorización de suficiencia presupuestal que emita el área de recursos financieros o equivalente del Órgano de la
Administración Pública, con la que se acredite la disponibilidad de recursos en la partida correspondiente al caso, debiendo
contener fecha de expedición, nombre, cargo y firma de la persona servidora pública responsable;
Requisición de compra de bienes o solicitud de servicio con sellos de suficiencia presupuestal y en su caso, de no existencia
en el almacén, que contenga nombre, cargo y firma del servidor público responsable respectivo;
Estudio de precios de mercado, validado por la Dirección General de Administración y Finanzas u homólogo, así como las
cotizaciones que alude el artículo 51 de la Ley, debiendo cumplir con los requisitos indicados en el numeral 4.8 de la
Circular Uno;
Oficio de Autorización para la Adquisición de Bienes Restringidos, emitido por la DGRMSG, para el caso que aplique;
Oficio de liberación para la Adquisición de Bienes Consolidados, emitido por la DGRMSG, para el caso que aplique;
La documentación relativa al “Conflicto de Intereses”.
La información y documentación adicional necesaria que sirva para enriquecer el caso que se presenta.
5. La convocatoria la emite la Secretaría Técnica de acuerdo al calendario aprobado de sesiones ordinarias, y para el caso de
las extraordinarias será por instrucciones de la Presidencia del Subcomité.
4. INTEGRACIÓN DE LA CARPETA DE TRABAJO Y SU DISTRIBUCIÓN
La Carpeta de trabajo deberá estar en el sitio de la página web para consulta de las personas integrantes del Subcomité, la
contraseña de acceso se dará a conocer en la convocatoria respectiva, en su defecto se enviará la Carpeta de Trabajo en
disco compacto, USB u otro medio electrónico, con la documentación mínima siguiente:
Lista de asistencia
Orden del día
Acta de la anterior sesión (no aplica para la sesión extraordinaria)
Seguimiento de acuerdos (no aplica para la sesión extraordinaria)
Presentación de casos
Asuntos generales (no aplica para la sesión extraordinaria)
El orden del día y los documentos correspondientes de cada sesión, se difundirán cuando menos con dos días hábiles de
anticipación para reuniones ordinarias y un día hábil para el caso de las extraordinarias.
5. TÉRMINOS EN LOS QUE SE CELEBRARÁN LAS SESIONES DEL SUBCOMITÉ
Las sesiones del Subcomité podrán ser ordinarias o extraordinarias, y se celebrarán de la siguiente forma:
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27
1. El Subcomité llevará a cabo doce sesiones ordinarias al año.
2. Las sesiones ordinarias se llevarán a cabo una vez al mes, salvo que no existan asuntos que tratar, en cuyo caso se deberá
dar aviso de cancelación mediante oficio a sus integrantes por lo menos con 2 días hábiles de anticipación;
3. El Subcomité llevará a cabo sesiones extraordinarias, cuando lo solicite alguno de sus integrantes, siempre y cuando en
dicha solicitud se encuentren debidamente fundadas y motivadas las razones de la petición y sea aprobada por la presidencia
del Subcomité. Las sesiones extraordinarias se efectuarán cuando se estime necesario a solicitud de la Presidencia, de la
mayoría de sus integrantes o de cualquier miembro con derecho a voz y voto, previo acuerdo del primero;
4. Las sesiones se celebrarán en la fecha, hora y lugar preestablecidos, otorgando una tolerancia máxima de 15 minutos;
5. Para la celebración de las sesiones se requerirá que asistan como mínimo, cincuenta por ciento más uno de los miembros
con derecho a voto, contando invariablemente con la presencia de la presidencia o de su suplente;
6. Las personas integrantes asistentes se registrarán en una lista que contendrá los siguientes datos:
Número y fecha de la sesión.
Nombre, firma, cargo, área que representa y calidad con la que asisten.
7. En caso de receso de la sesión, ocasionado por circunstancias ajenas a la voluntad de las personas integrantes, se
levantará una sola acta en la que se asentarán las causas, y si fuera necesario que la sesión continúe otro día, se asentarán los
motivos.
8. En caso de que la sesión no se lleve a cabo por situaciones excepcionales, la Secretaría Técnica deberá asentar razón de
las mismas en el acta, así como notificar por escrito la nueva fecha de realización de la sesión pospuesta, la cual no podrá
exceder de 5 días hábiles.
9. Se deberá expedir previamente la convocatoria que indique fecha, hora y lugar en que se celebrará la sesión, señalando el
tipo; ordinaria o extraordinaria, según corresponda;
10. La primera sesión de cada ejercicio presupuestal será ordinaria, se efectuará en el primer mes de cada año, en donde se
instalará formalmente los trabajos del Subcomité y se acreditarán los integrantes que asistirán a las sesiones, asimismo, se
presentará la “Memoria de Gestión” la cual será la constancia de los trabajos realizados por el Subcomité del ejercicio
inmediato anterior;
11. Previo al inicio de la sesión, los miembros registrarán su asistencia en la lista que al efecto se elabore;
12. La Secretaría Ejecutiva verificará la lista de asistencia e informará a la Presidencia si existe quórum;
13. La Presidencia declarará formalmente si procede o no la celebración de la sesión. En los casos de ausencia de la
presidencia Titular y de su Suplente, la Secretaría Técnica procederá a la cancelación de la sesión;
14. En las sesiones ordinarias, la presidencia someterá a consideración de los demás miembros, el acta de la sesión anterior,
de no haber observaciones se declarará aprobada; de haberlas pedirá a la Secretaría Ejecutiva se tome nota de las mismas
para que se realicen las modificaciones correspondientes.
15. La Secretaría Técnica llevará a cabo la formalización del acta aprobada, recabando la firma de los miembros que hayan
asistido a la sesión. En caso de existir modificaciones, se firmará en la sesión posterior. De resultar ser aprobada, pero que
no haya asistido alguno de los integrantes que debieran firmar el acta, se recabará la firma dentro de los cinco días hábiles
posteriores a la sesión.
16. La Secretaría Ejecutiva procederá a someter a la consideración y resolución de los miembros del Subcomité, los asuntos
contenidos en el orden del día;
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
17. Los asuntos se presentarán por las áreas solicitantes de conformidad con el orden del día, los cuales serán objeto de
análisis, evaluación, deliberación, dictaminación y en su caso aprobación por parte de los integrantes del Subcomité;
18. La Presidencia y la Secretaría Ejecutiva serán las únicas facultadas para otorgar, limitar o suspender el uso de la palabra
de las y los participantes, en razón de que la exposición de los comentarios y observaciones sean responsables y congruentes
con el asunto en análisis;
19. La Secretaría Ejecutiva vigilará que se registren en el formato del acta correspondiente de la sesión, las consideraciones
vertidas en torno a los asuntos tratados por el Subcomité;
20. La Presidencia y la Secretaría Ejecutiva, serán los facultados para compilar, resumir, sintetizar y precisar las propuestas
o alternativas de solución a los casos;
21.Se deberá someter a votación de los miembros del Subcomité la propuesta de los acuerdos que se tomen en cada caso;
22. La Secretaría Ejecutiva vigilará que se consigne la resolución tomada con toda claridad y precisión en el formato del
acta correspondiente;
23. Las resoluciones tomadas y votadas por el Subcomité tendrán el carácter de acuerdo y sólo mediante resolución del
propio Subcomité se podrá suspender, modificar o cancelar su contenido y efectos;
24. Desahogado el orden del día y registrados los acuerdos, se procederá a declarar formalmente terminada la sesión,
precisando, para efectos de registro en el acta respectiva, la hora de su finalización;
25. La Secretaría Técnica elaborará el acta que contendrá además de los requisitos señalados en el presente Manual, los
casos presentados y los acuerdos de cada sesión, procediéndose a la firma por parte de los miembros del Subcomité, una vez
aprobada;
26. Las sesiones extraordinarias se celebrarán exclusivamente para dictaminar casos urgentes.
27. En la última sesión ordinaria de cada ejercicio presupuestal, que efectúe el Subcomité, se deberá someter a
consideración del pleno, el calendario de sesiones ordinarias para el ejercicio presupuestal siguiente.
6. TOMA DE DECISIONES Y DICTAMEN DE CASOS
1. Las decisiones se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos, considerando las siguientes definiciones:
Unanimidad: La votación en favor o en contra, del 100% de los miembros presentes con derecho a voto.
Mayoría de votos: La votación en favor o en contra, de cuando menos el 50% más uno de las personas integrantes presentes
con derecho a voto, en esta circunstancia se registrará el voto nominal.
Voto de calidad: En caso de empate, corresponde la Presidencia, la resolución del asunto en votación, en esta circunstancia
se registrará el voto nominal.
Voto nominal: Es el voto individual de cada integrante.
2. Previo a la toma de decisiones, deberá efectuarse un análisis detallado del asunto a fin de prever los alcances de las
decisiones tomadas.
3. El sentido de las decisiones deberá hacerse constar en el acta de la sesión, indicando los integrantes que emitieron su voto
y el sentido de éste, excepto en los casos en que la decisión sea por unanimidad.
4. Para los integrantes del Comité que cuenten con voz y voto, el sentido de la votación deberá ser a favor, en contra o
abstención.
5. En caso de que un acuerdo sea motivo de reconsideración, suspensión, modificación o cancelación, éste se hará sólo
mediante consenso mayoritario del Subcomité.
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29
7. ACTA DE CADA SESIÓN
En cada sesión se levantará acta, que será firmada por todos los que hubiesen asistido a ella, la que deberá incluir los
siguientes conceptos:
Lista de Asistencia
Declaratoria de quórum
Orden del día
Acuerdos
Votos
Asuntos Generales
Cierre de la sesión
VII PROCEDIMIENTO
Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las sesiones del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios.
Objetivo General: Establecer las actividades para llevar a cabo las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, como órgano
de auxilio a través del análisis de los casos con un enfoque racional, óptimo, eficiente y transparente, y que se apliquen
políticas para la verificación de precios, especificación de insumos, menor impacto ambiental, pruebas de calidad y demás
requerimientos exigidos por la normativa aplicable.
Descripción Narrativa:
No. Actor Actividad
1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaria o extraordinaria.
2 Secretaría Ejecutiva Verifica la asistencia y el quórum necesario para el
desarrollo de la sesión.
¿Existe quórum?
NO
3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.
4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba
la firma de las personas integrantes del Subcomité
presentes.
(Conecta con la actividad 12)
SI
5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de
quórum.
6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de las personas integrantes del
Subcomité el Orden del Día.
¿Se aprueba el orden del día?
NO
7 Secretaría Técnica Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por las
personas integrantes del Comité.
(Conecta con la actividad 6)
SI
8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Subcomité los
asuntos del Orden del Día.
9 Integrantes del Subcomité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos
presentados al Subcomité, exponiendo los argumentos que
correspondan.
10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman
acuerdos sobre los asuntos de la sesión.
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos para el seguimiento de su
cumplimiento.
12 Presidencia Declara la conclusión de la Sesión.
Fin del procedimiento
Diagrama de Flujo:
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31
VIII. GLOSARIO.
Acta: Relación escrita de lo tratado y acordado en una sesión de Subcomité.
Acuerdo: Resolución tomada por los miembros del Subcomité, respecto a un caso sometido a su consideración y dictamen.
Autorización: Documento signado por el titular de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad, en la que se funden y
motiven las causas que acrediten fehaciente y documentalmente el ejercicio de la preferencia.
CDMX: Ciudad de México.
Comité: Comité de Autorizaciones de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Administración
Pública de la Ciudad de México.
Consolidación de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios: La figura jurídica mediante la cual,
conjunta o separadamente, las Dependencias, Delegaciones, Órganos Desconcentrados o Entidades, podrán realizar
adquisiciones o arrendamientos de bienes o contratación de servicios de uso generalizado, con objeto de obtener las mejores
condiciones en cuanto a precio, calidad y oportunidad.
Caso: asunto que se integran de documentos e información para el análisis y dictaminación del Pleno del Subcomité;
Dictamen: Opinión, juicio o determinación de los miembros del Subcomité de los asuntos o casos que se sometan a su
consideración.
DGRMSG: Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Subsecretaría de Capital Humano y
Administración.
Estudio de precios de mercado: El análisis comparativo de precios que ofertan los fabricantes, prestadores de servicios y/o
comerciantes, respecto a un bien o servicio determinado.
Formato(s): Documento(s) diseñado para un uso específico, cuyo llenado se describe en un instructivo.
Justificación: Documento firmado por el titular del área usuaria o requirente de los bienes o servicios.
Ley de Austeridad: La Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la
Ciudad de México.
Lista de Asistencia: Documento en el cual firman las personas integrantes del Subcomité, como constancia de su
participación en las sesiones de dicho Órgano Colegiado.
Orden del Día: Lista de Asuntos que han de ser tratados en una sesión, indicando el orden o prioridad que han de seguir
para su atención y desahogo.
Reglamento: El Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
Sesión: Reunión que realiza el Pleno del Subcomité para tratar asuntos agendados en el orden del día.
Subcomité: Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
Subcomités Técnicos: Los Subcomités de las diferentes especialidades técnicas.
Voto: Método de toma de decisión de los miembros del Subcomité.
32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Presidenta
Dra. Claudia Sheinbaum Pardo
Jefa de Gobierno de la Ciudad de México
Secretaria Ejecutiva Secretario Técnico
María de Jesús Herros Vázquez
Directora General de Administración y Finanzas en
la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México
Héctor Luis Gerardo Peña Vázquez
Subdirector de Compras y Control de Materiales
Vocal Vocal
Mtro. Carlos Alberto Ulloa Pérez
Secretario Particular
Tomas Pliego Calvo
Coordinador General del Gabinete de
Seguridad Ciudadana y Procuración de Justicia
Vocal Vocal
Lic. Luisa Elena Abreu González
Directora General de Organización Técnica e
Institucional
Dra. Diana Alarcón González
Coordinadora General de Asesores y Asuntos
Internacionales
Vocal Vocal
Lic. Cesar Arnulfo Cravioto Romero
Comisionado para la Reconstrucción de la Ciudad
de México
Lic. Raúl Primitivo Hernández Juárez
Subdirector de Finanzas
Vocal Contralor/a Ciudadana/o
Edgar Javier Arellano Juárez
Jefe de Unidad Departamental de Almacenes y
Abastecimientos
Ana Araceli García García
Contralor/a Ciudadana/o Asesor/a
C.P. Alberto Ruíz Gamboa C.P. María de Lourdes de la Sota Arrieta
Titular del Órgano Interno de Control en la Jefatura
de Gobierno
Invitada/o Invitada/o
Nombre)
(Cargo)
Nombre)
(Cargo
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México a 24 de julio del 2019
Directora General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
María de Jesús Herros Vázquez
(Firma)
______________________________________________________________
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Rosaura Ruiz Gutiérrez, Secretaria de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México con
fundamento en los artículos 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4 apartado A 8, 33, Transitorio
Trigésimo de la Constitución Política de la Ciudad de México; 3 fracción II, 11 fracción I, 14, 16 fracción VII, 18 y 32
inciso A) de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de la Administración Pública de la Ciudad de México; 124 y 129 de la
Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 47 y
48 de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal; 1, 4, 6, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal;7° fracción VII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública
de la Ciudad de México;2 fracción I, 5, 10 fracción I y 28 del Reglamento para someter a la aprobación del Comité de
Planeación del Desarrollo del Distrito Federal la creación y operación de Programas de Desarrollo Social que otorguen
subsidios, apoyos y ayudas a la población de la Ciudad de México; y 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad
de México para el Ejercicio Fiscal 2019, emito el siguiente::
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA
SOCIAL “MI BECA PARA TERMINAR LA PREPA EN PILARES, 2019”
I. NOMBRE DEL PROGRAMA SOCIAL Y DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE
1.1 Nombre del Programa Social
Mi beca para terminar la Prepa en PILARES, 2019
1.2 Dependencia Responsable de la Ejecución del Programa
La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México.
1.3 Unidades Administrativas involucradas en la operación del programa social y unidades de apoyo técnico
operativo
La Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, a través de la Dirección Técnica (registro, seguimiento,
verificación y control), y de la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria (verificación de la vigencia
del derecho al apoyo económico).
II. ALINEACIÓN PROGRAMÁTICA
El Gobierno de la Ciudad de México establece entre sus ejes, la construcción de una Ciudad de Derechos mediante la
promoción del desarrollo educativo de todas las personas.
Con el fin de favorecer la inclusión educativa, el gobierno de la Ciudad de México establecerá 300 centros comunitarios
denominados Puntos de Innovación, Libertad, Arte, Educación y Saberes (PILARES) en los barrios, colonias y pueblos de
menores índices de desarrollo social, mayor presencia de jóvenes con estudios truncos, mayor densidad de población y
donde se presume que los habitantes padecen altos índices de violencia. Los PILARES cuentan con una Ciberescuela donde
todas las personas, y especialmente las y los jóvenes entre 15 y 29 años de edad podrán recibir asesorías educativas para
concluir sus estudios de primaria, secundaria o bachillerato, e incluso a nivel de educación superior para acortar las
desigualdades y proveer de oportunidades de desarrollo a todas las personas en general.
Dado que el mayor número de jóvenes demanda iniciar, reanudar o concluir el bachillerato, el gobierno de la Ciudad de
México otorgará una beca mensual de $800.00 (ochocientos pesos 00/100 MN) hasta a 10,000 (diez mil) personas entre 15
y 29 años de edad inscritos en las Ciberescuelas de los PILARES a fin de recibir asesorías para cursar el bachillerato en
alguna de las modalidades en línea, a distancia o abierta, que ofrecen los entes públicos con facultades para certificar este
nivel, o mediante la acreditación del bachillerato a través de los procedimientos previstos por las instituciones competentes,
de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.3.4 de las presentes Reglas de Operación.
34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
Para cumplir con este encargo el Programa se alinea con las libertades y derechos plasmados en la Constitución Política de
la Ciudad de México, con la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, con los enfoques transversales reconocidos
internacionalmente y en las leyes aplicables a la Ciudad y con los Ejes del Programa de Gobierno 2019-2024.
2.1 Constitución Política de la Ciudad de México
Artículo 6 Ciudad de libertades y derechos
G. Derecho a defender los derechos humanos
Este programa se alinea con el artículo sexto, ya que contribuye a promover y procurar la protección y realización de los
derechos humanos y las libertades fundamentales, de forma eventual o permanente.
Artículo 7 Ciudad democrática
A. Derecho a la buena administración pública
Este programa se alinea con el artículo séptimo, inciso A, ya que contribuye a establecer una buena administración pública
de carácter receptivo, eficaz y eficiente, y a brindar los servicios públicos de conformidad con los principios de generalidad,
uniformidad, regularidad, continuidad, calidad y uso de las tecnologías de la información y la comunicación.
E. Derecho a la privacidad y protección de los datos personales
Este programa se alinea con el artículo séptimo, inciso E, porque contribuye a proteger la información referida a la
privacidad y los datos personales, en los términos y con las excepciones previstas en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y en las leyes específicas.
Artículo 8 Ciudad Educadora y del conocimiento
A. Derecho a la educación
Este programa se alineacon el artículo octavo, inciso A, ya que contribuye al acceso igualitario a la educación, a recibir
formación adecuada a la edad, capacidades y necesidades específicas de las personas; y a la garantía de su permanencia,
independientemente de su condición económica, étnica, cultural, lingüística, de credo, de género o de discapacidad, y brinda
espacios públicos de aprendizaje que reconozcan las diversas formas de acceso a la educación y a la cultura.
El Programa, de igual manera, contribuye al derecho a la educación obligatoria como deber primordial y bien público
indispensable para la realización plena de las personas; así como a la impartición de una educación gratuita, laica, inclusiva,
intercultural, pertinente y de calidad.
Así mismo, coadyuva a que la educación de los tipos medio superior y superior propicien el pensamiento crítico y la
conciencia de las personas sobre su papel en la sociedad y su compromiso con la ciudad, el país y el mundo.
De conformidad con el ámbito de competencia se establecerán acciones afirmativas destinadas a prevenir o compensar
situaciones de desventajas o dificultades de grupos vulnerables, con el fin de procurar su continuidad y permanencia en el
sistema educativo.
La Ciudad de México es un espacio público de aprendizaje que reconoce las diversas formas de acceso a la educación y a la
cultura.
B. Sistema educativo local
Este programa se alinea con el artículo octavo, inciso B, ya que tiende a revertir el abandono escolar mediante el
establecimiento de apoyos económicos a la educación media superior.
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35
Asimismo, se alinea con el principio de adaptación a las necesidades de la comunidad escolar y responderá a su diversidad
social y cultural; así como al fomento de la innovación, la preservación, la educación ambiental y el respeto a los derechos
humanos, la cultura, la formación cívica y ética, la educación, y la creación artística, la educación tecnológica, la educación
física y el deporte mediante la promoción de los sistemas educativos de nivel medio superior.
C. Derecho a la ciencia y a la innovación tecnológica
Este programa se encuentra alineado con el artículo octavo, inciso C, ya que contribuye a impulsar el uso de las tecnologías
de la información y la comunicación, garantizando el libre acceso, uso y desarrollo de la ciencia, la tecnología y la
innovación.
Otorgamiento del acceso gratuito a Internet en las Ciberescuelas ubicadas en los espacios públicos denominados PILARES.
Artículo 9 Ciudad solidaria
A. Derecho a la vida digna
Este programa se alinea con el artículo noveno, inciso A. Contribuye a adoptar medidas necesarias para que
progresivamente, se erradiquen las desigualdades estructurales y la pobreza y se promueva el desarrollo sustentable, que
permita alcanzar una justa distribución de la riqueza y del ingreso entre personas, familias, grupos sociales y ámbitos
territoriales.
Artículo 10 Ciudad productiva
B. Derecho al trabajo
Este programa se alinea con el artículo décimo, inciso A, ya que contribuye a tutelar el derecho humano al trabajo,
mejorando la empleabilidad de las personas con la conclusión del bachillerato.
Artículo 11 Ciudad incluyente
A. Grupos de atención prioritaria
Este programa se alinea con el artículo décimo primero, inciso A, porque contribuye a garantizar la atención prioritaria para
el pleno ejercicio de los derechos de las personas que, debido a la desigualdad estructural, enfrentan discriminación,
exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades
fundamentales.
C. Derechos de las mujeres
De igual modo este programa contribuye a reconocer la contribución fundamental de las mujeres en el desarrollo de la
ciudad, promoviendo la igualdad sustantiva y la paridad de género. Las autoridades adoptarán todas las medidas necesarias,
temporales y permanentes, para erradicar la discriminación, la desigualdad de género y toda forma de violencia contra las
mujeres.
E. Derecho de las personas jóvenes
Este programa se encuentra alineado con el artículo décimo primero, inciso E, ya que contribuye a adoptar medidas para
garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas jóvenes, en particular los aspectos referidos a la identidad
individual y colectiva, al libre desarrollo de su personalidad, a la autonomía, independencia y emancipación; a la
participación política, económica, social, ambiental, cultural, y a la educación.
36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
G. Derechos de personas con discapacidad
Este programa se alinea con el artículo décimo primero, inciso G. Contribuye a adoptar las medidas necesarias para
salvaguardar integralmente el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, garantizando en todo momento los
principios de inclusión y accesibilidad.
H. Derechos de las personas LGBTTTI
Este programa se alinea con el artículo décimo primero, inciso H, porque contribuye a establecer y adoptar las medidas
necesarias para la atención y erradicación de conductas y actitudes de exclusión o discriminación por orientación sexual,
preferencia sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales.
O. Derechos de personas de identidad indígena
Este programa se alinea con el artículo décimo primero, inciso O, porque contribuye a proteger los derechos reconocidos de
las personas de identidad indígena que habiten o estén de tránsito en la Ciudad de México, mediante la adopción de las
medidas necesarias para impedir la discriminación y garantizar el trato igualitario progresivo y cultural pertinente.
Artículo 59 De los derechos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes
G. Derecho a la educación
Este programa se alinea con el artículo cincuenta y nueve, inciso G; ya que contribuye a que los integrantes de los pueblos y
barrios originarios y comunidades indígenas, en particular las y los menores accedan a todos los niveles y formas de
educación de la Ciudad de México sin discriminación.
2.2 De la misma forma, el Programa se encuentra alineado con los principios de la política social configurados por la Ley de
Desarrollo Social para el Distrito Federal plasmados en su Artículo 4.- referidos a:
I. UNIVERSALIDAD: El Programa prevé el acceso las personas jóvenes entre 15 y 29 años de edad al ejercicio de los
derechos sociales, al uso y disfrute de los bienes urbanos y a una creciente calidad de vida;
II. IGUALDAD: El Programa contribuye a la mejora continua de la distribución de la riqueza, el ingreso y la propiedad, en
el acceso al conjunto de los bienes públicos y al abatimiento de las grandes diferencias entre personas, familias, grupos
sociales y ámbitos territoriales;
III. EQUIDAD DE GÉNERO: El Programa se orienta a garantizar la plena igualdad de derechos y oportunidades entre
mujeres y hombres, la eliminación de toda forma de desigualdad, exclusión o subordinación basada en los roles de género y
una nueva relación de convivencia social entre mujeres y hombres desprovista de relaciones de dominación, estigmatización,
y sexismo;
IV. EQUIDAD SOCIAL: Las acciones previstas por el Programa toman en cuenta la superación de toda forma de
desigualdad, exclusión o subordinación social basada en roles de género, edad, características físicas, pertenencia étnica,
preferencia sexual, origen nacional, práctica religiosa o cualquier otra;
V. JUSTICIA DISTRIBUTIVA: Es propósito del Programa aplicar de manera equitativa los recursos que se le destinan,
priorizando las necesidades de los grupos en condiciones de pobreza, exclusión y desigualdad social
VI. DIVERSIDAD: El Programa reconoce la condición pluricultural y la extraordinaria diversidad social de la ciudad que
presupone el reto de construir la igualdad social en el marco de la diferencia de sexos, cultural, de edades, de capacidades,
de ámbitos territoriales, de formas de organización y participación ciudadana, de preferencias y de necesidades;
VII. INTEGRALIDAD: Las actividades previstas se articulan y complementan con otras políticas y programas sociales para
el logro de una planeación y ejecución multidimensional que atienda el conjunto de derechos y necesidades de los
ciudadanos;
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37
VIII. TERRITORIALIDAD: El Programa ha sido planeado desde un enfoque socio espacial en el que confluyen, se
articulan y complementan las diferentes políticas y programas y donde se incorpora la gestión del territorio como
componente del desarrollo social y de la articulación de este con las políticas de desarrollo urbano;
IX. EXIGIBILIDAD: El Programa ha diseñado un conjunto de normas y procedimientos, para garantizar que los derechos
sociales sean progresivamente exigibles, a partir de la disposición presupuestal con que se cuente;
X. PARTICIPACIÓN: El Programa ha tomado en cuenta el derecho de las personas, comunidades y organizaciones para
participar en su diseño, seguimiento, aplicación y evaluación, en el ámbito de los órganos y procedimientos establecidos
para ello;
XI. TRANSPARENCIA: Se ha planificado que la información que se genere a partir de la operación del Programa sea
pública con las salvedades que establece la normatividad en materia de acceso a la información y con pleno respeto a la
privacidad de los datos personales y a la prohibición del uso político-partidista, confesional o comercial de la información;
XII. EFECTIVIDAD: El Programa se ejecuta de manera austera, con el menor costo administrativo, la mayor celeridad, los
mejores resultados e impacto, y con una actitud republicana de vocación de servicio, respeto y reconocimiento de los
derechos.
2.3 Enfoques transversales
Los enfoques transversales: derechos humanos, igualdad de género, participación ciudadana, transparencia, sustentabilidad
y desarrollo metropolitano han orientado el diseño de la propuesta de atención que representa el otorgamiento de becas a
personas entre 15 y 29 años y están presentes en las diferentes actividades de ejecución y evaluación del programa.
Enfoque de Derechos Humanos, en la erradicación de mecanismos administrativos que puedan generar exclusión y
discriminación, así como en la contribución a consolidar una cultura de respeto y defensa de los derechos humanos de las
personas entre 15 y 29 años de edad, a través de las actividades del Programa.
Enfoque de Igualdad de Género, como una acción que contribuye a la eliminación de las estructuras y los mecanismos
discriminatorios existentes, promoviendo la igualdad de trato, oportunidades y derechos (igualdad sustantiva) y da
tratamiento a las mujeres entre 15 y 29 años de edad que no han podido concluir sus estudios de educación media superior.
Enfoque de Participación Ciudadana, en la consideración e incorporación de las respuestas, percepciones y demandas de
la ciudadanía y aplicación en la ejecución del Programa.
Enfoque de Transparencia, en el uso de las nuevas tecnologías de información y comunicación para facilitar el acceso a la
información pública que genera el programa.
Enfoque de Sustentabilidad, a través del enfoque del programa con el fin de crear condiciones ambientales y
socioculturales en las Ciberescuelas que permitan a las personas jóvenes entre 15 y 29 años de edad, una calidad de vida
aceptable.
Enfoque de Desarrollo Metropolitano, presencia del programa en los espacios de todas las alcaldías en donde se
encuentren ubicados los PILARES.
2.4 Ejes rectores del Programa de Gobierno 2019-2024
Este programa está alineado con el Eje 1. Igualdad y Derechos, epígrafe 1.1 Derecho a la educación, subepígrafes 1.1.3
Fortalecer y ampliar la cobertura de la educación media superior en las demarcaciones periféricas y 1.1.5 PILARES: Puntos
de Innovación, Libertad, Artes, Educación y Saberes; epígrafe 1.5 Derechos de las Mujeres; epígrafe 1.6 Derecho a la
igualdad e inclusión y epígrafe 1.7 Pueblos originarios y poblaciones indígenas residentes. Es objetivo priorizado del
Programa de Gobierno disminuir el rezago educativo entre jóvenes de 15 a 29 años. Para ello establece el Proyecto
Prioritario PILARES que, entre otros aspectos, toma en cuenta dar prioridad a la población joven que se ha quedado
38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
rezagada en las instituciones formales de educación. El Programa de Becas que se propone es una respuesta concreta a estos
propósitos; ya que otorga un apoyo económico a jóvenes entre 15 y 29 años de edad con certificado de secundaria para que
puedan iniciar o concluir sus estudios de educación media superior.
III. DIAGNÓSTICO
III.1 Antecedentes
3.1 El programa social “Mi beca para terminar la Prepa en PILARES, 2019”,es de nueva creación su propósito es ofrecer
apoyos económicos (becas) a jóvenes entre 15 y 29 años de edad con secundaria concluida que se encuentran inscritos en
asesorías educativas en las Ciberescuelas en PILARES para que puedan obtener su certificación de educación media
superior en alguna de las modalidades en línea, a distancia o abierta, que ofrecen los entes públicos con facultades para
certificar el nivel de bachillerato, o mediante la acreditación de este nivel a través de los procedimientos de examinación
previstos por las instituciones competentes. Lo anterior, como parte de la estrategia de actuación integral del Programa de
Gobierno 2019-2024 que busca fortalecer el tejido social en las comunidades más vulnerables de la Ciudad de México y que
da prioridad a la población joven que se ha quedado rezagada en las instituciones formales de educación.
III.2 Problema Social Atendido por el Programa Social
3.2.1 El problema social que se atiende es: jóvenes de entre 15 y 29 años de edad de la Ciudad de México se encuentran en
situación de rezago educativo. Según datos del INEGI (2016) una de las variables que tratan de medir la eficacia de las
políticas públicas en materia de educación es el rezago educativo.
El rezago educativo está referido a una condición de desigualdad, a una situación de clara falta de justicia, en términos de
distribución de servicios y oportunidades educativas. La bibliografía sobre el tema reporta que no cabe duda que este alude
a una condición de atraso que enfrenta un segmento de la población con respecto a otro. Habría que considerarlo entonces
como el resultado de un proceso en el que intervienen diversos eventos: la exclusión del sistema educacional; el
aprovechamiento escolar inferior al mínimo necesario; la extraedad y el abandono prematuro de los estudios emprendidos
(también conocido como “deserción escolar”).
El Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, Evalúa CDMX, define el rezago educativo con
base en el Art.3° Constitucional de la siguiente manera:
* La población de 6 a 18 años presenta rezago educativo si la persona no está cursando el nivel académico y grado que le
corresponde. La norma establece que las personas deben completar la primaria a los 13; la secundaria a los 16 y la
preparatoria a los 19 años.
* Los mayores de 19 años tendrán rezago educativo cuando no cuenten con la preparatoria terminada.1
Según datos de Evalúa (2016) las entidades donde existe menor porcentaje de rezago son Ciudad de México (24.1%
hombres y 26.5% mujeres) y Nuevo León (34.2% las mujeres y 31.6% los hombres). A la vez, se apunta que Ciudad de
México presenta mayores disparidades de género con relación a otros estados; ya que las mujeres registran proporciones
más altas respecto a las de los hombres (+5.3 puntos porcentuales)2
En la Ciudad de México viven 2.1 millones de jóvenes entre 15 y 29 años de edad, lo cual representa el 23.7% de la
población total de la entidad que, en 2015, era de 8.9 millones de personas (INEGI, 2015). El 30.8% de los jóvenes tiene de
15 a 19 años de edad, 35.3% de 20 a 24 y el 35.3% tiene de 25 a 29. Son cuatro las demarcaciones que concentran el 50%
de la población joven de la Ciudad: Iztapalapa, Gustavo A. Madero, Álvaro Obregón y Tlalpan. Uno de cada cinco jóvenes
habita en Iztapalapa.
En el Programa de Gobierno 2019-2024 se señala como un objetivo priorizado la creación de los Puntos de Innovación,
Libertad, Arte, Educación y Saberes (PILARES). El objetivo de los PILARES es contribuir alejercicio de los derechos: a la
educación, al desarrollo sustentable, al empleo, a la cultura y al deporte a través de la instalación de 300 centros
comunitarios en el periodo 2019-2020 en barrios, colonias y pueblos de menores índices de desarrollo social, mayor
densidad de población, mayor presencia de jóvenes con estudios truncos, y que se presume, padecen altos índices de
violencia.
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39
En el país, alrededor de una tercera parte de la población de 15 a 29 años de edad asiste a la escuela. La Ciudad de México
es la entidad con mayor proporción de población en esta situación (41.3% mujeres y 43.3 hombres).3
En cuanto al nivel de escolarización, el promedio de escolaridad de la población de 15 años y más en la Ciudad de México
es de 11.1 grados (11.4 grados para los hombres y 10.8 grados para las mujeres) (INEGI, 2016b:32).La discrepancia de
género en la condición de asistencia escolar de la población de 15 a 29 años de edad es favorable para los varones en la
mayor parte de las entidades federativas. En el caso de la Ciudad de México las mujeres tienen -2 puntos porcentuales, en
relación con los hombres.
3.2.2 Entre las causas del rezago educativo se encuentra el abandono prematuro de los estudios. En el estudio Diagnóstico
de la educación media superior en la CDMX, realizado por Eréndira Vivero Ballesteros /y/ Karla Ivonne Chávez Álvarez
(2017) se realiza un comparativo de las cifras de abandono escolar entre los ciclos escolares 2005-2006/2016-2017 en la
Ciudad de México, en el cual se observa que mientras a nivel nacional hay una tendencia de decrecimiento sostenida, en el
caso de la CDMX la tendencia se muestra intermitente en el tiempo, a pesar de que en 2016-2017 hay cifras similares a las
de la República.
De acuerdo con el modelo de tránsito escolar en el sistema educativo escolarizado a nivel nacional, publicado por la
Secretaría de Educación Pública (SEP, 2017:11), 46 de cada 100 estudiantes de la cohorte 2000–2001 a 2016-2017
abandonaron sus estudios entre la educación secundaria y el bachillerato. (SEP 2017)4.
Otro estudio, 10 años del Programa Estímulos para el Bachillerato Universal (PREBU, Prepa Sí) de José Arturo Cerón
Vargas /y/ Carlos Nava Pérez (2017) señala sobre este fenómeno lo siguiente: "La deserción escolar en el nivel medio
superior se alimenta (como muchos procesos en la ciudad y el país) de mecanismos de marginación, donde las carencias
económicas de los alumnos van incrementando la vulnerabilidad de este grupo social (principalmente en la población de 15
a 19 años), situación que obliga a los jóvenes a abandonar sus estudios por razones económicas. En su conformación
intervienen múltiples factores y causas, algunos de los cuales son característicos de los niños y jóvenes y de sus situaciones
socioeconómicas (factores extraescolares), y de otros más asociados a las insuficiencias del propio sistema educativo
(factores intraescolares)"5.
3.2.3 ¿Qué efectos puede traer esta problemática? Tres elementos resultan clave para intentar una explicación sobre el
particular. Cerón /y/ Nava (2017) destacan:
*El estado actual de abandono escolar deteriora el posicionamiento estratégico de la ciudad, la cual tiene un gran potencial
para convertirse en una de las ciudades más competitivas, receptora de inversión, eje de desarrollo y centro de innovación y
tecnología.
*La deserción escolar, en un contexto de carencias y falta de oportunidades, crea también escenarios plausibles y
desafortunados de delincuencia y violencia, de altos costos sociales y económicos.
*La deserción escolar en este nivel frena el desarrollo de la ciudad al sumergir a los jóvenes y futuros adultos en
condiciones de pobreza, debido a los bajos ingresos que obtienen por la falta de preparación adecuada.
El incremento de la vulnerabilidad social de las y los jóvenes, propicia situaciones de riesgo que incluyen el consumo de
sustancias tóxicas, puede provocar que ejerzan o padezcan violencia, favorece la depresión, el embarazo adolescente e
inserción precaria en el mercado laboral. Este hecho condiciona la aparición de un círculo vicioso que consiste en que, a
mayor profundización de estos conflictos, se cuenta con menor posibilidad de ingresar al sistema oficial escolarizado, el
cual impone requisitos específicos que las personas en situaciones difíciles no alcanzan a cubrir.
La incorporación precaria y temprana de los jóvenes a la vida laboral resulta otro efecto del abandono escolar. De acuerdo
con el INEGI la tasa de ocupación en la población de la Ciudad de México de 15 a 29 años de edad en el primer trimestre de
2016, fue de 89.2%. El 85.1% de los jóvenes que trabajan lo hacen de manera subordinada y remunerada; 10.3% son
trabajadores por cuenta propia; 3.9% son trabajadores sin pago y el 0.7% son empleadores. El 53.0% de los jóvenes
ocupados en la Ciudad de México laboran en la informalidad; de ellos el 43% tiene la secundaria completa y el 42.8%
estudiaron algún grado de educación media superior o superior; el 22.3% obtiene hasta un salario mínimo, el 30.1% obtiene
más de uno y hasta dos salarios mínimos y el 17.9% obtiene más de dos y hasta tres salarios mínimos (INEGI, 2016:14,15).
Las principales ocupaciones de los varones jóvenes son: profesionales, técnicos y trabajadores del arte (21.1%); el comercio
40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
(20.5%) y trabajadores de servicios personales (17.4%). En el caso de las mujeres jóvenes las principales ocupaciones son
comerciantes (26.6%), trabajadores de servicios personales (24.1%) y profesionales técnicos y trabajadores del arte (20.3%).
A pesar de que la mayor parte de la población joven en la ciudad de México vive en alcaldías con suelo de conservación,
solo el 0.5% son trabajadores agropecuarios.
La Encuesta Nacional de Deserción en la Educación Media Superior (SEP 2012)6informa que una de las principales causas
de abandono es la económica: “la falta de dinero” con 36% de menciones de los encuestados. Agrupando las 22 causas
enlistadas en la encuesta en tres grandes rubros, factores escolares, razones familiares y causas económicas, estas últimas
representan el 40% de las causas de abandono. El factor económico atenta contra la posibilidad real de que una persona con
deseos de estudiar logre su objetivo. Frecuentemente, en hogares con bajos ingresos económicos las necesidades más
básicas se anteponen a la educación académica y reducen las posibilidades de formación de los jóvenes colocándolos en
posiciones de alta vulnerabilidad social.
3.2.4 De lo apuntado se deriva que, como consecuencia del problema social identificado, se vulneran los derechos
fundamentales planteados en la Constitución Política de la Ciudad de México, en la Ley de Desarrollo Social del Distrito
Federal y su Reglamento y los derechos económicos, sociales y culturales reconocidos universalmente. Todos
comprometidos, entre otros, con aspectos relativos al derecho a un empleo y a un salario dignos, derecho a la educación;
derecho al acceso a la cultura y derecho a la igualdad e inclusión.
3.2.5 Un problema se vuelve público cuando deja de ser particular y afecta en forma negativa el bienestar social, el medio
ambiente, la armonía social o, inclusive, la existencia de la misma comunidad, por lo que debe ser prioridad del gobierno
incluirlo en su agenda política. Uno de los principales problemas que presentan las y los jóvenes de entre 15 y 29 de años de
edad de la Ciudad de México es el abandono de sus estudios de Nivel Medio Superior, dicho problema social se incrementa
día a día y uno de los principales factores que lo causa es la falta de recursos económicos para sustentar los estudios,
derivado de los bajos ingresos familiares y de la desigualdad social y económica.
En este sentido, un apoyo económico contribuirá a crear mejores condiciones para el ingreso, permanencia o egreso del
bachillerato a través de las Ciberescuelas que son espacios de inclusión educativa y social y resultan una opción atractiva
para iniciar, o continuar los estudios. Las Ciberescuelas en PILARES tienen un enfoque de derechos humanos y ofrecen una
propuesta educativa consistente en asesorías y acompañamiento a los jóvenes que les permite retomar sus estudios en línea
o a distancia, en un ambiente de respeto, inclusión y libre de violencia; así como con amplia accesibilidad.
3.2.6 En la Ciudad de México se han instrumentado diversos programas que atienden la dimensión de apoyos económicos.
El Fideicomiso de Educación Garantizada puso en práctica desde el año 2007 el Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal (conocido como Prepa sí) con el propósito de implantar un sistema de estímulos económicos para asegurar que
toda la población estudiantil de la Ciudad de México que cursara el bachillerato en escuelas públicas pudiera hacerlo con
éxito, el cual se ha mantenido hasta 2019.
Sin embargo, a pesar de ello, uno de los principales problemas que continúan presentando las y los jóvenes es el abandono
del Nivel Medio Superior, entre cuyos principales factores de existencia se encuentra la falta de recursos económicos para
sustentar los estudios, derivado de los bajos ingresos familiares y de la desigualdad social y económica. Los resultados de la
última Encuesta a Beneficiarios del Programa “Prepa Sí” 2015 arrojaron que el 67% de las personas encuestadas
manifiestan que la razón principal por la que dejarían sus estudios es por razones económicas.
Tomando en consideración los aspectos precedentes, el Gobierno de la Ciudad de México ha planteado que, además de
ofertar asesorías para el estudio en línea de Bachillerato, razón de ser del Programa Ciberescuelas en Pilares 2019, se
entregarán 10 mil becas consistentes en un apoyo económico de 800 pesos, a los jóvenes que se inscriban en los nuevos
Puntos de Innovación, Libertad, Arte, Educación y Saberes (PILARES) que se han inaugurado en las 16 alcaldías de la
Ciudad de México.
3.2.7 Para el establecimiento de la línea base se tomarán en consideración los siguientes elementos:
1) Población de entre 15 a 29 años de edad con secundaria terminada inscrita en Ciberescuelas, al 30 de junio de 2019
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41
3.2.8 Programas sociales similares y/o complementarios
Beca para el Bienestar de Educación Media Superior “Benito Juárez”.
III.3 Definición de la población objetivo del Programa Social
3.3.1 La definición de las poblaciones se ha realizado a partir de considerar no solo el enfoque correctivo del rezago
educativo; sino el enfoque preventivo. Es por ello, que el rango de edad seleccionado recorre desde los quince y hasta los 29
años de edad. Se ha tomado en cuenta que en la Ley de las y los jóvenes del Distrito Federal se considera: "I. Joven. Sujeto
de derecho cuya edad comprende: a) Mayor de edad. El rango entre los 18 y los 29 años de edad cumplidos, identificado
como un actor social estratégico para la transformación y el mejoramiento de la ciudad; b) Menor de edad. El rango entre
los 14 años cumplidos y los 18 incumplidos, identificado como un actor social estratégico para la transformación y el
mejoramiento de la ciudad;..."7 Además se consideró el Artículo 3° Constitucional que plantea: "La educación inicial,
preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias,..."8
Los elementos precedentes constituyeron el sustento para la definición de las diferentes poblaciones que atenderá el
programa social:
Poblaciones Descripción Datos Estadísticos
Total
Personas de entre 15 y 29
años de edad residentes en
la Ciudad de México.
En la Ciudad de México, en 2016 había una población de 2 millones
noventa y un mil setenta personas (2.091,070) en las edades
comprendidas entre 15 y 29 años de edad, según cálculos de Evalúa
Ciudad de México.
3.3.2
Potencial
Personas de entre 15 y 29
años de edad residentes en
la Ciudad de México con
secundaria concluida que no
asisten a la Escuela.
En ese año en la Ciudad de México había una población de 417,580
personas de entre 15 y 29 años de edad con secundaria concluida que no
asistían a la escuela. (Evalúa Ciudad de México).
3.3.3 Objetivo
Personas de entre 15 y 29
años de edad residentes en
la Ciudad de México con
secundaria concluida que
viven en las 16 alcaldías en
situación de pobreza.
En la Ciudad de México, existe una población de 354,515 personas de
entre 15 y 29 años con secundaria básica concluida que viven en las 16
Alcaldías en situación de pobreza. Fuente del % de Pobreza: Evalúa,
Ciudad de México.
3.3.4
Beneficiaria
Personas de entre 15 y 29
años de edad que asisten a
las Ciberescuelas ubicadas
en los Puntos de
Innovación, Libertad, Artes,
Educación y Saberes
(PILARES) y que acrediten
su inscripción en una de las
modalidades de estudios de
educación media superior
previstas en estas ROP.
En las Ciberescuelas ubicadas en los Puntos de Innovación, Libertad,
Artes, Educación y Saberes (PILARES) se ofrecerán apoyos económicos
hasta a 10 000 (diez mil) personas de entre 15 y 29 años de edad con
secundaria concluida que viven en las 16 Alcaldías de la CDMX.
IV. OBJETIVOS Y ALCANCES
4.1 Objetivo General
Contribuir al ejercicio del derecho a la educación de la población entre 15 y 29 años de edad con secundaria concluida que
no asiste a la escuela, residente en la Ciudad de México y registrados en las Ciberescuelas en PILARES, que estén inscritos
en alguna de las modalidades de educación media superior que ofrecen los entes públicos competentes; mediante la
implementación de un programa de apoyos económicos en 2019 que otorgará hasta 10,000 (diez mil) becas.
42 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
4.2 Objetivos Específicos
1) Contribuir a que las personas jóvenes de entre 15 y 29 años de edad integrantes de la población beneficiaria donde operan
los PILARES, ejerzan su derecho a la Educación Media Superior.
2) Otorgar un apoyo económico de $ 800.00 (ochocientos pesos 00/100 MN) pesos mensuales hasta a 10,000 (diez mil)
jóvenes entre 15 y 29 años de edad, residentes en la Ciudad de México e inscritos a las Ciberescuelas en PILARES que no
han iniciado o concluido estudios de educación media superior.
4.3 Servicios que otorga el programa
Se proporcionará una beca mensual de $800.00 (ochocientos pesos 00/100 MN) a un máximo de 10,000 (diez mil) jóvenes
entre 15 y 29 años de edad para iniciar, reanudar o concluir sus estudios de bachillerato.
4.4 Alcances
4.4.1 Con este programa social se busca promover el ejercicio del derecho a la educación, como parte de los Derechos
Económicos, Sociales y Culturales reconocidos universalmente.
4.4.2 La trascendencia de este programa social reside en la inclusión y acceso al desarrollo educativo, mediante la
disposición de servicios y becas a un máximo de 10,000 (diez mil) jóvenes entre 15 y 29 años de edad para la acreditación
del bachillerato.
Los beneficiarios en PILARES podrán iniciar, reanudar o concluir el bachillerato, mediante el apoyo al ingreso personal, lo
que les permitirá tener mayor disponibilidad de tiempo para la conclusión de sus estudios; así como acceder a mejores
opciones de empleo y también tendrán mayores posibilidades de ingresar al sistema de educación superior.
Se entregará a las personas de 15 a 29 años estudiantes inscritos en las Ciberescuelas de PILARES en alguna de las
modalidades de bachillerato en línea, abierto, a distancia o certificación de nivel por examinación, un monto de
$800.00(ochocientos pesos 00/100 MN) mensuales de septiembre a diciembre de 2019.
4.5 Cronograma esperado de cumplimiento 2019
Cons Etapa Acción JUL AGO SEP OCT NOV DIC
1
1
Publicación de las Reglas de Operación X
2 Publicación de la Convocatoria X
3 Divulgación X X
4 Registro a "Mi beca para terminar la Prepa en PILARES,
2019"
X
5 Validación e Integración de expedientes X
6 Publicación de listados de beneficiarios X
7 2 Transferencia monetaria (mensual) X X X X
V. METAS FÍSICAS
5.1 Meta de cobertura de la población objetivo
Otorgar durante el ejercicio 2019 hasta 10,000 (diez mil) becas mensuales a personas jóvenes entre 15 y 29 años de edad
inscritas en las Ciberescuelas de los PILARES en operación en las 16 Alcaldías de la Ciudad de México, que se inscriban o
estén inscritos en alguna de las siguientes modalidades educativas:
1) Bachillerato Digital de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de la Ciudad de
México.
2) Preparatoria abierta, Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública.
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 43
3) Certificación por evaluaciones parciales (EXACER), Colegio de Bachilleres, según la convocatoria vigente.
4) Prepa en línea SEP.
VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
6.1 Presupuesto Total Autorizado para 2019
El presupuesto total autorizado para el año 2019 es de $32,000,000.00 (treinta y dos millones de pesos 00/100MN).
Hasta 10,000 (diez mil) becas de $800.00 (ochocientos pesos 00/100 MN) mensuales en cuatro ministraciones de
septiembre a diciembre de 2019.
6.2 Monto Unitario Anual por beneficiarios
El monto unitario por persona beneficiaria será de hasta $3,200.00 (tres mil doscientos pesos 00/100 M.N) distribuido en un
máximo de cuatro ministraciones mensuales de $800.00 pesos (ochocientos pesos 00/100 M.N) en 2019.
VII. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO
Este programa se propone fomentar la equidad social y de género, así como la igualdad en la diversidad. Se promoverá que
la población beneficiada, además de cumplir con la totalidad de los requisitos establecidos en las presentes Reglas de
Operación, pertenezca a los distintos grupos sociales, de género, origen étnico y provengan de las distintas localizaciones
territoriales de la Ciudad de México, prioritariamente zonas de bajo y muy bajo nivel de desarrollo social.
7.1 Difusión
7.1.1 Las Reglas de Operación de este programa social se publicarán en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en el
Sistema de Información del Desarrollo Social de la Ciudad de México (SIDESO). Entre la población, el programa se dará a
conocer por medio de convocatoria que será publicada por dichos medios, la página oficial de Internet
www.sectei.cdmx.gob.mx y redes sociales de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación.
En caso de presentarse alguna modificación a las Reglas de Operación del programa, se hará pública a través de la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, del SIDESO y de la página oficial de Internet de la Secretaría de Educación, Ciencia,
Tecnología e Innovación (www.sectei.cdmx.gob.mx).
7.1.2 En los casos en que sea posible, la difusión del programa se hará por medios impresos y de difusión barrial en los
PILARES que al momento de la convocatoria se encuentren en operación y mediante propaganda adherida en inmuebles del
Gobierno de la Ciudad de México y las Alcaldías.
7.1.3 Las personas interesadas podrán solicitar información sobre el programa social, acudiendo a las oficinas de la
Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación ubicadas en Av. Chapultepec 49, 3er Piso, Colonia Centro;
Alcaldía de Cuauhtémoc, CP. 06010, Ciudad de México, y en el número telefónico 01(55) 51 34 0770, Ext. 1415 y 1414, en
horario de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 y 17:00 a 18:00 horas.
7.1.4 La difusión del presente programa social será de acuerdo con la imagen institucional establecida y de acuerdo con la
normatividad vigente aplicable.
7.2 Requisitos de Acceso
7.2.1 Requisitos
El Programa social “Mi beca para terminar la Prepa en PILARES, 2019” está abierto a las personas jóvenes entre 15 y 29
años de edad inscritas en las Ciberescuelas ubicadas en los PILARES que cursen alguna de las modalidades descritas en el
punto 5.1 de las presentes Reglas de Operación. La inclusión de los beneficiarios requerirá de su registro, proporcionando
los datos y documentación que se les solicite.
44 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
Las personas interesadas en ser beneficiarias del apoyo económico (beca) del programa social "Mi beca para
terminar la Prepa en PILARES, 2019" deberán cumplir con los siguientes requisitos para ingresar al programa:
a)Ser residente de la Ciudad de México.
b)Tener entre 15 años cumplidos y 29 años once meses de edad
c)Estar inscrito en alguna de las Ciberescuelas de los PILARES de la Ciudad de México
d)No ser persona beneficiaria de otro apoyo económico o programa social de la misma naturaleza.
e)Tener una cuenta de correo electrónico activa
f)Presentar registro de inscripción para el Examen de Certificación por Evaluaciones Parciales (EXACER), del Colegio de
Bachilleres
g)Contar con el registro oficial de inscripción en alguna de las modalidades que los entes públicos ofrecen para la
certificación del bachillerato descritas a continuación:
1) Bachillerato Digital de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de la Ciudad de
México.
2) Prepa en línea, Subsecretaria de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Púbica.
3) Preparatoria abierta, Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública.
7.2.2 Documentos
Las personas interesadas en ser beneficiarias del programa social deberán presentar en la sede de PILARES, de acuerdo con
lo descrito en el numeral 7.3.5 de las presentes Reglas de Operación, la siguiente documentación en copia fotostática simple
para la integración del expediente respectivo y mostrar original para cotejo.
Los documentos a entregar deberán ser legibles y acreditar la información proporcionada en la solicitud de manera correcta.
Si los datos no son correctos o existen tachaduras o enmendaduras, no procederá el trámite de incorporación al Programa:
a) Formato de solicitud de ingreso al programa social “Mi beca para terminar la Prepa en PILARES, 2019” debidamente
requisitado y firmado. En caso de ser menor de edad, el padre,la madre, o la persona responsable de crianza es quien deberá
suscribir el formato de solicitud referido. El formato se encontrará disponible en la sede de los PILARES tal y como se
indicará en la Convocatoria que se publique al efecto.
b) Carta compromiso de asistencia a las asesorías en las Ciberescuelas de PILARES debidamente requisitada y firmada. En
caso de ser menor de edad, el padre, la madre, o la persona responsable de crianza es quien deberá suscribir la carta
compromiso referida.
c) Firmar, bajo protesta de decir verdad,que no es persona beneficiaria de otro apoyo económico o programa social de la
misma naturaleza. En caso de ser menor de edad, el padre, la madre, o la persona responsable de crianza es quien deberá
suscribir el escrito.
d) Las personas que elijan la modalidad de certificación por evaluaciones parciales (EXACER), Colegio de Bachilleres
deberán presentar el documento que acredite su inscripción al examen elegido. Ello según el calendario vigente de
aplicación de exámenes. A las personas interesadas en esta modalidad no les aplica el inciso e).
e) Comprobante de registro o inscripción en alguna de las siguientes modalidades:
1) Bachillerato Digital de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de la Ciudad de
México.
2) Prepa en línea, Subsecretaria de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Púbica.
3) Preparatoria abierta, Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública.
f) Comprobante de domicilio de la Ciudad de México expedido en los últimos tres meses previos al momento del registro en
el programa social (agua, predial, teléfono, gas, luz, contrato de arrendamiento o constancia de residencia).
g) Identificación oficial vigente con fotografía de la persona aspirante (credencial de elector o pasaporte). En caso de ser
menor de edad, la identificación oficial vigente del padre, la madre o la persona responsable de crianza (credencial de
elector, pasaporte o cédula profesional).
h) Clave Única de Registro de Población (CURP).
Los datos contenidos en los documentos entregados por las personas aspirantes y por el padre, la madre o persona
responsable de crianza, en su caso, así como todo aquel dato personal, será protegido de acuerdo con lo establecido en la
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 45
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, así como en la Ley de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito Federal y demás normatividad vigente aplicable.
7.2.3 En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los
requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de las personas en el programa social, pueden variar, en cuyo
caso, se emitirán lineamientos específicos.
7.2.4 En el caso de que se presente una situación coyuntural de contingencia, desastre o emergencia para el caso de la
población migrante, se proporcionarán apoyos sociales humanitarios, para lo cual cada programa establecerá las medidas
correspondientes dadas sus competencias.
7.2.5 Los requisitos de acceso a los programas sociales serán transparentes, neutrales, apartidistas, institucionales y
congruentes con los objetivos y la población beneficiaria definida en el programa social, tomando en consideración los
principios generales de la política social de la Ciudad de México.
7.3 Procedimientos de Acceso
7.3.1 Al presente Programa se accede mediante convocatoria pública, la cual será publicada en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México, en el portal del SIDESO, en la página oficial de Internet www.sectei.cdmx.gob.mx y en las redes
sociales de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, y de manera impresa en algunos de los PILARES
en operación.
7.3.2 Los criterios con base en los cuales la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación asignará a las
personas beneficiarias del programa “Mi beca para terminar la Prepa en PILARES, 2019” son los siguientes:
1) Cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos y documentación correspondiente acorde con las presentes Reglas de
Operación y la convocatoria.
2) Tener el domicilio de preferencia en alguna colonia, barrio o pueblo con índice de desarrollo social bajo o muy bajo.
3) Se dará preferencia a las personas que pertenezcan a algún pueblo indígena y a personas con discapacidad.
4) El Programa no incorporará a la persona aspirante hasta que se verifique que la información y documentación
proporcionada cumple con los requisitos señalados en la Convocatoria del Programa y las presentes Reglas de Operación.
7.3.3 Los requisitos, forma de acceso y criterios de asignación de los apoyos económicos (becas) establecidos en este
programa social son públicos y se podrá solicitar información sobre ellos acudiendo a los PILARES en operación o a las
oficinas de la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, ubicadas en Av. Chapultepec 49, 3er Piso,
Colonia Centro; Alcaldía de Cuauhtémoc, CP. 06010, Ciudad de México, y en el número telefónico 01(55) 51 34 0770, Ext.
1415 y 1414 en horario de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 y 17:00 a 18:00 horas.
7.3.4 Criterios y procedimientos de acceso en situaciones de excepción para poblaciones en situación de vulnerabilidad y/o
discriminación:
En el presente procedimiento está prohibida cualquier forma de discriminación sea por acción u omisión, por razones de
origen étnico o racial, género, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias o
identidad sexual o de género, estado civil, apariencia exterior o cualquier otra análoga. Por lo anterior se ofrecerán las
facilidades necesarias en el procedimiento de queja a la población indígena y a las personas con discapacidad para la debida
tramitación de la misma.
7.3.5 Los mecanismos, procedimientos, lugares, horarios de atención y periodos de registro de las personas solicitantes, así
como las unidades administrativas responsables son los descritos en las presentes Reglas de Operación y específicamente,
las sedes de inscripción se publicarán en la convocatoria correspondiente.
El horario de registro al programa social “Mi beca para terminar la Prepa en PILARES, 2019” se podrá consultar en la
convocatoria.
46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
El periodo para el registro inicia el 5 de agosto de 2019 y concluye el 31 de agosto de 2019 o antes, si se alcanza la meta en
fecha previa al 31 de agosto, de acuerdo con lo estipulado en el numeral 3.3.4 de las presentes Reglas de Operación.
7.3.6 En el caso de que la cantidad de solicitudes recibidas entre el 5 y el 31 de agosto de 2019 (o antes si se cumple la
meta) sea mayor al presupuesto disponible para la ejecución del programa, los criterios con los que se dará prioridad para la
inclusión de las personas interesadas serán los siguientes:
1) Personas que habiten en alguna colonia, barrio o pueblo de la Ciudad de México con índice de desarrollo social bajo o
muy bajo.
2) Personas que vivan con alguna discapacidad
3) Personas que pertenezcan a algún pueblo indígena.
7.3.7 Las personas solicitantes de la beca, podrán conocer el estado de su solicitud acudiendo a la sede del PILARES donde
realizaron su registro,en el horario de operación que se establezca en la convocatoria.
7.3.8 Una vez que las personas solicitantes sean incorporadas al programa social como beneficiarias, formarán parte de un
Padrón de Beneficiarios que, conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, será de carácter público. Sus
datos personales serán reservados de acuerdo con la normatividad vigentey, en ningún caso, podrán emplearse para
propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en las Reglas de
Operación del Programa Social.
7.3.9 En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en estas
Reglas de Operación.
7.3.10 Para promover el principio de simplicidad administrativa, únicamente se solicitan los documentos necesarios para
acreditar los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación, para estar en posibilidad de generar el Padrón de
Beneficiarios que, conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, será de carácter público. Sus datos
personales serán reservados de acuerdo con la normatividad vigente, y en ningún caso podrán emplearse para propósitos de
proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en las Reglas de Operación del
Programa Social.
7.3.11En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los
requerimientos para la inclusión de las personas en el programa social, puede variar, en cuyo caso, se emitirán lineamientos
específicos.
7.4 Requisitos de permanencia, causales de cancelación del registro, reemplazos y suspensión temporal
7.4.1 Son requisitos de permanencia para los beneficiarios del programa social:
a) Para seguir formando parte del padrón de beneficiarios(as) del Programa las personas beneficiarias deberán:
1) Presentar informe firmado bajo protesta de decir verdad en el que se aborden los aspectos en que el apoyo económico
(beca) ha contribuido en su objetivo de certificar el bachillerato y a mejorar su vida cotidiana. Este informe debe contar con
el nombre y firma de una persona que atestigua. En el caso de personas menores de edad el escrito deberá contener la firma
del padre, la madre o la persona responsable de crianza.
2) Abstenerse de proporcionar, en cualquier momento del desarrollo de este programa social, datos falsos o documentos
apócrifos.
3) No ser beneficiario de otro programa social de apoyo para la acreditación o el estudio del nivel de bachillerato.
7.4.2 Cancelación del registro
1) Presentar documentos apócrifos
2) Ser beneficiario de otro apoyo económico de la misma naturaleza o tener otra beca de bachillerato.
3) Inscribirse o estar inscrito en el sistema escolarizado del bachillerato.
4) Ser servidor público del gobierno de la Ciudad de México.
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 47
7.4.3 Es causal de suspensión temporal del beneficio de este programa social: a) No recoger la tarjeta bancaria en los tiempos y formas estipulados por la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación. 7.4.4 Procedimiento de baja En el caso de que la persona beneficiaria decida darse de baja del Programa deberá dirigir a la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, un escrito firmado y con huella digital con la solicitud de la baja, y entregarlo en las oficinas de la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación ubicada en Av. Chapultepec 49, 3er Piso, Colonia Centro; Alcaldía de Cuauhtémoc, CP. 06010, Ciudad de México. En el caso de personas menores de edad, la solicitud deberá contener también el nombre, firma y huella digital del padre, la madre o persona responsable de crianza. VIII. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN 8.1 Operación 8.1.1 La Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación a través de la Dirección de Operación y Servicios de Educación Comunitaria determinará quiénes cumplen con los requisitos y documentación completa, de acuerdo con los criterios señalados. La Dirección Técnica procederá a publicar la lista de beneficiarios en la página de Internet de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México, www.sectei.cdmx.gob.mx. 8.1.2 La Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, a través de la Dirección de Operación de Servicios de Educación, dará aviso por escrito a la Dirección Técnica sobre cualquier alta o baja de la lista de personas beneficiarias del programa, a efecto de actualizar el listado de quienes reciben apoyo económico (beca), motivo de la implementación del programa. 8.1.3 La beca se entregará por medio de una tarjeta expedida por institución bancaria para la dispersión electrónica del importe. La Dirección Técnica, con apoyo de la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria hará la entrega de la tarjeta a las personas beneficiarias seleccionadas de este programa, en el lugar, fecha y horario que establezca la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación. 8.1.4 Las personas beneficiarias de este Programa podrán contar con la beca, como máximo: Hasta el 31 de diciembre de 2019. 8.1.5 Cada persona beneficiaria del Programa recibirá, como máximo, una beca mensual de $800.00 (ochocientos pesos 00/100 MN) durante cuatro meses de septiembre a diciembre de 2019, de acuerdo con su periodo de registro e incorporación al Padrón de beneficiarios. 8.2 La Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, dará seguimiento a los procedimientos referentes para el funcionamiento del Programa, de acuerdo con el siguiente cuadro:
Etapa Unidad Administrativa Responsable Plazos
Publicación de Reglas de Operación Secretaría de Educación Ciencia, Tecnología e Innovación
Julio 2019
Publicación de Convocatoria para la selección de beneficiarios (becarios)
Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación
Agosto de 2019
Registro de beneficiarios (becarios) La Dirección Técnica con apoyo de la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria
Agosto de 2019
Recepción de documentos de beneficiarios (becarios)
La Dirección Técnica con apoyo de la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria
Agosto de 2019
Incorporación de beneficiarios (becarios)
Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación a través de la Dirección Técnica y la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria
Agosto de 2019
48 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
Publicación del listado de
beneficiarios
Coordinación General de Inclusión Educativa
e Innovación, Dirección Técnica y Dirección
de Operación de Servicios de Educación
Comunitaria
Septiembre de 2019
Operación del Programa
La Dirección Técnica con apoyo de la
Dirección de Operación de Servicios de
Educación Comunitaria
Septiembre a Diciembre 2019
La recepción de documentación y el proceso de registro al programa no garantizan la incorporación como beneficiarios
(becarios) y exclusivamente permiten a la persona solicitante participar en el inicio del trámite. La solicitud estará sujeta a la
revisión y valoración de la documentación.
La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, a través de la Coordinación General de Inclusión Educativa
e Innovación es la instancia competente para resolver lo no previsto en las presentes Reglas de Operación, así como los
aspectos relacionados con su aplicación y la operación del programa.
La instrumentación del programa se encuentra sujeta a la suficiencia presupuestal que determine la Secretaría de
Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México. Puede ser suspendido en cualquier momento por la
Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación sin incurrir en responsabilidad alguna.
8.3 Los datos personales de las personas beneficiarias del programa social y la información adicional generada y
administrada, se regirá por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad
de México.
Los datos recabados se utilizarán para la siguiente finalidad: revisar que los interesados reúnen los requisitos para acceder a
los beneficios (beca), para selección, prelación, verificación, seguimiento, integración de expedientes, integración del
padrón de beneficiarios y su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para elaboración de reportes, recibir
su ayuda social, publicación en Internet de la información sobre los montos pagados durante el período por concepto de
ayudas conforme a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Así como para fines estadísticos,
asignación de claves y contraseñas, soporte técnico, en su caso la elaboración de la evaluación interna y externa, así como
para atención de quejas.
Para las finalidades antes señaladas se solicitarán los siguientes datos personales:
1) Los datos recabados de las personas menores de edad o en estado de interdicción beneficiarios (becarios):
A. Datos identificativos: Nombre, domicilio, lugar y fecha de nacimiento, edad, idioma, clave única de registro de población
(CURP), género, teléfono particular, teléfono celular, imagen, fotografía, voz y tiempo de residencia en la Ciudad de
México.
B. Datos afectivos y/o familiares: Parentesco.
C. Datos de relaciones familiares: Nombre del padre, la madre, el (la) tutor o tutriz, curador o responsable de crianza.
D. Datos académicos: Trayectoria educativa, certificados y reconocimientos y/o calificaciones.
E. Datos laborales: Ocupación.
2) Los datos recabados de las personas mayores de edad becarios son:
A. Datos identificativos: Nombre, domicilio, lugar y fecha de nacimiento, edad, clave única de registro de población
(CURP), género, teléfono particular, teléfono celular, imagen, fotografía, voz y tiempo de residencia en la Ciudad de
México.
B. Datos afectivos y/o familiares: Parentesco.
C. Datos académicos: Trayectoria educativa, certificados y reconocimientos y/o calificaciones.
D. Datos laborales: Ocupación.
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 49
8.4 Todo material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban estarán regulados a
través del artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, y el artículo 60 de su Reglamento y contarán con
la siguiente leyenda “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus
recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines
políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa
en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
8.5 Los formatos y los trámites a realizar dentro del Programa son gratuitos.
8.6 Se invitará a las personas participantes o beneficiarias del programa social a diversas actividades que se realicen en los
PILARES de manera complementaria a sus estudios, para reforzar su participación comunitaria en materia de derechos
humanos y de las mujeres, así como se proporcionarán materiales de difusión, relacionados con estos temas y la
información respecto a los lugares e instituciones a los cuales pueden tener acceso para mayor información y atención, en
caso necesario (art. 38 Bis, LDSDF).
8.7 Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales, no se suspenderá el programa social, sin
embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos
electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el
principio de equidad en la contienda electoral.
8.8 La ejecución del programa social se ajustará al objeto y Reglas de Operación establecidas, evitando su utilización con
fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su
vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.
8.9. Supervisión y Control
8.9.1 Las actividades que conforman este programa social se supervisarán y controlarán mediante seguimiento a indicadores,
encuestas, e informes indicados en el numeral 7.4.1, a), 1).
8.9.2 La Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, es responsable de la validación final de cada una de las
etapas que den cumplimiento a la operación del programa.
IX. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA
9.1 La persona solicitante o beneficiaria podrá presentar reclamos e inconformidades cuando considere que ha sido
perjudicada por una acción u omisión del personal responsable de la aplicación de este programa social, dentro de los 30
días siguientes a la fecha en que haya sucedido el acto u omisión. La queja se deberá presentar por escrito en las oficinas de
la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación ubicadas en Av. Chapultepec 49, Colonia Centro; Alcaldía de
Cuauhtémoc, 3er Piso, CP. 06010, Ciudad de México, en horario de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 y 17:00 a 18:00 horas.
9.2 La Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, tendrá un plazo de 15 días para emitir respuesta por
escrito.
1) Nombre de la persona quejosa y, en su caso, de su representante.
2) Domicilio para oír y recibir notificaciones.
3) Número telefónico de quien interpone la queja o inconformidad, donde se le pueda contactar.
4) Descripción de los hechos o actos que constituyen la inconformidad o irregularidad que contravengan lo dispuesto en las
Reglas de Operación del programa de mérito y las demás disposiciones legales aplicables.
5) En su caso, la persona quejosa deberá presentar las pruebas que verifiquen los hechos que motivaron la inconformidad.
6) Fecha y firma.
9.3 En caso de que la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación no resuelva la queja, la persona interesada
podrá interponerla ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación,
Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México o en la Procuraduría Social de la Ciudad de México; o en su
caso, registrarla a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, que deberá turnarse a la Procuraduría
Social para su debida investigación y, en su caso, a la instancia correspondiente.
50 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
9.4 Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras públicas
en la implementación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta disposición será sancionada
conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad y las personas beneficiarias podrán acudir al Consejo para Prevenir y
Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), para su investigación.
9.5 Para denunciar cualquier delito electoral, se encuentra disponible la línea telefónica INETEL (01800 433 2000).
X. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD
10.1 Los requisitos, forma de acceso y criterios de selección de personas beneficiarias de este programa social son públicos.
Podrán ser consultados en las oficinas de la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación a través de la
Dirección Técnica, ubicadas en Av. Chapultepec 49, 3er Piso Colonia Centro; Alcaldía de Cuauhtémoc, CP. 06010, Ciudad
de México, y en el número telefónico 01(55) 51 34 0770, Ext. 1415 y 1414, en horario de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 y
17:00 a 18:00 horas.
10.2 La Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación a través de la Dirección Técnica y de la Dirección de
Operación de Servicios de Educación Comunitaria tendrán a la vista los requisitos, derechos, obligaciones, procedimientos
y plazos para que las personas beneficiarias (becarios) puedan acceder a los beneficios de este programa social.
10.3 Los casos en los que se podrán exigir los derechos por incumplimiento o por violación de los mismos pueden ocurrir
en al menos las siguientes situaciones:
a) Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho
garantizado por un programa social y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente del mismo.
b) Cuando la persona derechohabiente de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de
manera integral en tiempo y forma, como lo establece el programa.
c) Cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación a un programa por restricción presupuestal, y estas
exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.
10.4 Las personas derechohabientes o beneficiarias de los programas sociales tendrán los siguientes derechos y
obligaciones:
a) Recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de
sus derechos;
b) Ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de la normativa aplicable;
c) Acceder a la información de los programas sociales, Reglas de Operación, vigencia del programa social, cambios y
ajustes; de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales;
d) Interponer quejas, inconformidades, reclamos y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas en apego a
la normatividad aplicable;
e) Conocer que, bajo ninguna circunstancia, le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social,
siempre que cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales;
f) Solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales;
g) Conocer que una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la
información proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases
de datos de la Administración Pública de la Ciudad de México, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México, con al menos 10 días hábiles de anticipación.
h) Cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada programa social.
10.5 La Secretaría de la Contraloría General del Gobierno de la Ciudad de México, es el órgano competente para conocer
las denuncias de violación e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social, sus oficinas se encuentran
ubicadas en Avenida Tlaxcoaque 8, Edificio Juana de Arco, Col. Centro, Alcaldía de Cuauhtémoc, C.P. 06090, Ciudad de
México, Teléfono 56279700.
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 51
XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES
11.1 Evaluación
11.1.1 Como lo establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa del
programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de
la Ciudad de México, en caso de encontrarse considerada en su Programa Anual de Evaluaciones Externas.
11.1.2 La Evaluación Interna se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los
Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México y sus resultados
serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito
Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.
11.1.3 La Dirección Técnica es la responsable de llevar a cabo la evaluación interna del programa social.
11.1.4 Para la realización de la Evaluación Interna de este programa social se empleará información generada en campo, tal
como encuestas; además de la generada por el propio programa.
11.2 Indicadores de Gestión y de Resultados
11.2.1 En congruencia con la metodología de Presupuesto Basado en Resultados empleada a nivel nacional, y adoptada por
el Gobierno de la Ciudad de México, para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico
(MML). Los instrumentos de evaluación cuantitativa y/o cualitativa que se considerarán para tal efecto son los formatos de
solicitudes de acceso al programa, reportes e informes, Matriz FODA, entre otros.
11.2.2 Matriz de Indicadores
Nivel de
objetivo
Objetivo Indicador Fórmula de
cálculo
Tipo de
Indicador
Unidad de
Medida
Desagregación Medios de
verificación
Unidad
responsabl
e
Supuesto Meta
Fin
Apoyar
económica
mente a
jóvenes de
15 a 29
años,
inscritos en
las
Ciberescue
las de
PILARES,
para que
continúen
los
estudios de
educación
media
superior
Incremento
en el
número de
jóvenes
entre 15 y
29 años de
edad que
ingresan o
continúan
la
educación
media
superior a
través de
de
PILARES
Número de
jóvenes entre
15 y 29 años
de edad con
secundaria
terminada que
ingresa o
continúa la
educación
media
superior a
través de
PILARES al
cierre del
programa -
Número de
jóvenes de
entre 15 y 29
años de edad
con
secundaria
terminada
inscritos en
PILARES en
educación
media
superior antes
del inicio del
programa
Eficiencia Cantidad
Reporte de la
cantidad de
personas
beneficiarias
Sistema de
información
estadística
del
programa
Dirección
Técnica
La obtención
de un apoyo
económico
(beca) permite
a las personas
jóvenes
dedicar tiempo
para asistir a
los PILARES
y preparar la
acreditación y
certificación
de su
bachillerato
10,000
jóvenes
entre 15
y 29
años de
edad.
Nivel de
objetivo
Objetivo Indicador Fórmula
de cálculo
Tipo de
Indicador
Unidad de
Medida
Desagregación Medios de
verificación
Unidad
responsable
Supuesto Meta
Propósito Jóvenes de
entre 15 y 29
años de edad
inscritos en
la
Ciberescuela
reciben
apoyo
económico
para su
acreditación
del
bachillerato
Porcentaje
del importe
de apoyos
económicos
entregado a
jóvenes de
15 a 29 años
de edad
inscritos en
Ciberescuela
s para el
bachillerato
(Importe de
apoyos
económico
s becas
entregados/
importe de
apoyos
económico
s
ofertados)*
100
Eficiencia Porcentaje Reporte
mensual de la
cantidad de
apoyos
económicos
(becas)
entregados
Reporte
financiero
Dirección
Técnica
Jóvenes de 15
a 29 años de
edad cuentan
con tiempo
para asistir a
la
Ciberescuela
para preparar
su
acreditación
del
bachillerato
32
millones
de pesos
en becas
Compone
nte
Apoyo
económico
para avance
en la
acreditación
del
bachillerato
entregado
Porcentaje
de apoyos
económicos
(becas)
entregadas a
personas
inscritas en
Ciberescuela
s al
bachillerato
(Apoyos
económico
s
entregados/
Apoyo
económico
s
ofertados)*
100
Eficiencia Porcentaje Reporte
mensual de la
cantidad de
apoyos
económicos
(becas)
entregados
Reporte de
metas
Dirección
Técnica
Jóvenes de 15
a 29 años de
edad cuentan
con tiempo
para asistir a
la
Ciberescuela
para preparar
su
acreditación
del
bachillerato
10 mil
becas
Actividad Entrega de
tarjetas
electrónicas
para
dispersar el
apoyo
Porcentaje
de tarjetas
electrónicas
entradas
(Cantidad
de tarjetas
electrónica
s
entregadas/
Cantidad
de tarjetas
electrónica
s de la
meta) *100
Eficiencia Porcentaje Reporte de
tarjetas
entregadas
Sistema de
información
estadística
del
programa
Dirección
Técnica
Jóvenes de 15
a 29 años de
edad cuentan
con tiempo
para asistir a
la
Ciberescuela
para preparar
su
acreditación
del
bachillerato
10, 000
tarjetas
electrónic
as
54 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
XII. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
12.1 La población participará para la evaluación de este programa social, de manera individual.
12.2 La participación social se realizará en las modalidades de: información, consulta y sugerencias de mejora, entre otras.
Participante Etapa en la que participa Forma de participación Modalidad
Estudiante Registro Individual Información y Consulta
Madre, padre o responsable
de crianza Registro Individual Información y Consulta
Estudiante Evaluación del programa Individual Sugerencias de Mejora
Madre, padre o responsable
de crianza Evaluación del programa Individual Sugerencias de Mejora
XIII. ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS Y ACCIONES SOCIALES
13.1 Este programa se articula con el programa social “Ciberescuelas en PILARES, 2019”.
XIV. MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN
14.1 La fecha de la sesión del Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México (COPLADE) en la que fue
aprobado el Programa Social, es la siguiente: 24 de julio de 2019.
14.2 Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, se
enviarán los avances en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la
distribución, según sea el caso, por alcaldía y colonia.
14.3 La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto
guarde congruencia con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México y en el Presupuesto
de Egresos de la Ciudad de México.
14.4 Se proporcionará la información que sea solicitada por la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México
y/o los órganos de control interno, a fin de que estos puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación
del ejercicio del gasto público.
14.5 Las personas Contraloras Ciudadanas de la Red de Contralorías Ciudadanas que coordina y supervisa la Secretaría de
la Contraloría General de la Ciudad de México, vigilarán en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley
de Participación Ciudadana del Distrito Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el
cumplimiento de las presentes Reglas de Operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación
y ejecución del programa social y el ejercicio de los recursos públicos
XV. MECANISMOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS
15.1 De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios, Estímulos
y Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se difundirá y
mantendrá actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia donde se indicará el sitio de
internet de la entidad o dependencia en el que también se podrá disponer de esta información:
15.1.1 Los criterios de planeación y ejecución del programa, especificando las metas y objetivos anualmente y el
presupuesto público destinado para ello;
15.1.2 La siguiente información del programa social será actualizada mensualmente
a) Área;
b) Denominación del programa;
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 55
c) Periodo de vigencia;
d) Diseño, objetivos y alcances;
e) Metas físicas;
f) Población beneficiada estimada;
g) Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;
h) Requisitos y procedimientos de acceso;
i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana;
j) Mecanismos de exigibilidad;
k) Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;
l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de
las bases de datos utilizadas para su cálculo;
m) Formas de participación social;
n) Articulación con otros programas sociales;
o) Vínculo a las Reglas de Operación o documento equivalente;
p) Vínculo a la convocatoria respectiva;
q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas;
r) Padrón de beneficiarios que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de
las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, su distribución por
unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y el resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa.
XVI. CRITERIOS PARA LA INTEGRACIÓN Y UNIFICACIÓN DEL PADRÓN UNIVERSAL DE PERSONAS
BENEFICIARIAS O DERECHOHABIENTES
16.1 Se publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el 15 de marzo de 2020, el padrón de
beneficiarios correspondiente, indicando nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que
dicho padrón estará ordenado alfabéticamente e incorporado en el “Formato para la Integración de Padrones de
Beneficiarios de Programas Sociales de la Ciudad de México”, que para tal fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo
Social de la Ciudad de México ha diseñado. En donde, adicional a las variables de identificación: “nombre, edad, sexo,
unidad territorial y demarcación territorial”, se precisará el número total de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de
desempeño de alguna índole, tal como lo establece el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal.
16.2 A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las
Dependencias de la Administración Pública local, en el mismo periodo, la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e
Innovación, a través de la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación entregará el respectivo padrón de
beneficiarios en medios magnético, óptico e impreso a la Comisión de Vigilancia y Evaluación de Políticas y Programas
Sociales del Congreso de la Ciudad de México. Así como la versión electrónica de los mismos a la Secretaría de Inclusión y
Bienestar Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al Sistema de Información del Desarrollo Social
(SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de beneficiarios de la CDMX, de acuerdo a lo establecido
en la fracción II del Artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal.
16.3 Esta dependencia otorgará a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México toda la información
necesaria que permita cumplir con el programa de verificación de padrones de beneficiarios de programas sociales, diseñado
por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México e implementado por la Secretaría de la
Contraloría General de la Ciudad de México. Ello con la intención de presentar los resultados del mismo al órgano
Legislativo de la Ciudad de México, salvaguardando siempre los datos de los beneficiarios conforme a la Ley de Protección
de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
16.4 El sitio de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia en donde se publicará en formato y bases abiertas, de
manera mensual, la actualización de los avances de la integración de los padrones de beneficiarios del presente programa
social es el siguiente: www.plataformadetransparencia.org.mx
16.5 El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal
será sancionado en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
56 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
Referencias 1 EVALÚA CDMX 2019 (en Prensa): Descripción del Método de Medición Integrada de Pobreza (MMIP) y Umbrales para
medirla." 2 INMUJERES/INEGI (2016): Mujeres y hombres en México 2016, en
http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/MHM_2016.pdf 3 INMUJERES/INEGI (2016): Mujeres y hombres en México 2016, en
http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/MHM_2016.pdf 4 SEP (2017), Principales Cifras del Sistema Educativo Nacional 2016-2017, pág. 11 5 Cerón Vargas /y/ Carlos Nava Pérez (2017): 10 años del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal (PREBU,
Prepa Sí), en La educación motor del desarrollo y la movilidad social: el caso del Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal (PREBU) a diez años de operación, 2007-2017, México.
6 SEP (2012):“Deserción: asunto medular en la agenda educativa del nivel medio superior", Capitulo 1 del Reporte de la
Encuesta Nacional de Deserción en la EMS, SEP 2012, págs. 13-19. 7 Gaceta Oficial del Distrito Federal (2000): LEY DE LAS Y LOS JOVENES DEL DISTRITO FEDERAL, GODF N° 136
de 25 de julio del 2000, en https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/2000_julio_25_136.pdf 8 DOF (2019): Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, última reforma 15-05-2019, en
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_060619.pdf
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquense en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para su difusión.
SEGUNDO. El presente aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
Ciudad de México, a 25 de julio de dos mil diecinueve.
(Firma)
Dra. Rosaura Ruiz Gutiérrez
Secretaria de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México
31 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 57
LICENCIADO JUAN ROMERO TENORIO, DIRECTOR GENERAL JURÍDICO Y DE ESTUDIOS
LEGISLATIVOS, con fundamento en los artículos 2º fracción VII de la Ley del Notariado para la Ciudad de México y 229,
fracción XVI del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, emite el
siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE CLAUSURA TEMPORAL
DEL PROTOCOLO DE LA NOTARÍA 195 DE ESTA CIUDAD, EN VIRTUD DEL FALLECIMIENTO DE LA
LICENCIADA ANA PATRICIA BANDALA TOLENTINO, QUIEN FUERA TITULAR DE LA MISMA.
I.- Se comunica en términos de los artículo 2 fracción VII, 194, 196, 213 Y 214 de la Ley del Notariado para la Ciudad de
México, que derivado del fallecimiento de la Licenciada Ana Patricia Bandala Tolentino, quien fuera titular de la Notaría
195 de esta Ciudad, el día 10 de junio de 2019, se inicio el procedimiento de Clausura Temporal del Protocolo de la Notaría
a la que se hace mención, para su entrega al Licenciado Patricio Garza Bandala, Titular de la Notaría 18 de la Ciudad de
México, en su carácter de Notario asociado, para que se hiciera cargo del protocolo de la Notaría referida, a efecto de
concluir solamente los asuntos en trámite y en consecuencia se pueda iniciar, tramitar y finiquitar lo conducente, en los
términos de la ley citada.
El domicilio de la Notaría 18 de la Ciudad de México, del la cual es Titular el Licenciado Patricio Garza Bandala, se
encuentra ubicado en Vito Alessio Robles Número 240, Colonia Florida, Alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01030, Ciudad de
México, con horario de atención de Lunes a Jueves de 8:30 a 17:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 14:30 hrs., con los siguientes
números telefónicos: 5553-5658 y 55537785 y correo electrónico [email protected]
TRANSITORIO
Artículo Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
EL DIRECTOR GENERAL JURÍDICO Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS
LICENCIADO JUAN ROMERO TENORIO
(Firma)
Ciudad de México a 25 de julio de 2019
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
Administración Pública de la Ciudad de México
Secretaría de Desarrollo Económico
Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas en la
Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México
Licitación Pública Nacional Convocatoria: SEDECO/DEAF/SRMAS/LPN/01/2019
Mtro. José Luis Beato González, Secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México, en cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los artículos 26, 27 inciso a), 28, 30 fracción I, 32 y 43 de La Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional SEDECO/DEAF/SRMAS/LPN/01/2019
para la contratación del “SERVICIO INTEGRAL PARA LA ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE DESAFÍO PYME 2019”, conforme a lo siguiente:
No. de Licitación Costo de las
Bases
Fecha límite para
adquirir las Bases
Junta de
Aclaración de
Bases
Presentación y apertura de
documentación legal,
administrativa, propuesta
técnica y económica
Fallo
SEDECO/DEAF/SRMAS/LPN/01/2019 $1,600.00 31/07/2019 al 07/08/2019 08/08/2019 15/08/2019 19/08/2019
08:00 A 15:00 horas. 13:00 horas. 11:00 horas. 11:00 horas.
Partida Descripción Unidad de
medida Cantidad Lugar del servicio
Fecha de
Servicio
3841
“Exposiciones”
CONTRATACIÓN PARA EL “SERVICIO INTEGRAL
PARA LA ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE
DESAFÍO PYME 2019”.
Servicio 1
EXPO REFORMA, ubicada
en la Avenida Morelos,
Número 67, Juárez, Código
Postal 06600, Ciudad de
México
11, 12 y 13 de
octubre de 2019
Responsables del procedimiento de la Licitación Pública: Mtro. José Luis Beato González, Secretario de Desarrollo Económico; Daniel Arturo Díaz Ibáñez,
Director Ejecutivo de Administración y Finanzas en la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México; Graciela Arellano López, Subdirectora de
Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios; Jesús Natanael Cortés Ramírez, Jefe de Unidad Departamental de Compras y Control de Materiales.
Las Bases de licitación se encuentran disponibles para la consulta en el portal web https://www.sedeco.cdmx.gob.mx y venta en las oficinas de la Jefatura de la
Unidad Departamental de Compras y Control de Materiales adscrita a la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas en la Secretaría de Desarrollo
Económico, ubicado en Avenida Cuauhtémoc 898, primer piso, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad
de México, con teléfonos para efectos de este procedimiento 5682-2096 Extensión 515, Ciudad de México, en un horario de 08:00 a 15:00 horas, en días hábiles y
hasta la fecha límite para adquirir las Bases.
El pago de las Bases será a través de:
Nombre de la Institución Bancaria Santander
Número de Referencia y/o Clave Interbancaria 65501123467
Nombre del Beneficiario Secretaría de Finanzas del Distrito Federal/Tesorería
Cubrir el costo de las Bases es un requisito para participar en la Licitación.
Las Juntas de Aclaración, Presentación y Apertura del Sobre que contenga la documentación Legal y Administrativa, Propuesta Técnica y Económica, así como
el Fallo se efectuarán en la fecha y horario arriba indicados, en la Sala de juntas de la Convocante, ubicada Avenida Cuauhtémoc 898, primer piso, Colonia
Narvarte Poniente, Demarcación territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
La finalidad de la presente Licitación Pública Nacional es con la finalidad de asegurar a la Administración Pública de la Ciudad de México las mejores
condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes de conformidad con lo establecido en la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal.
El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será en: español.
La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Moneda Nacional.
Las condiciones de pago serán: conforme a las Bases.
No se otorgarán anticipos.
La presente Licitación no se realiza bajo el amparo de algún Tratado Internacional.
Lugar de realización del servicio, como se indica en las bases.
No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
Ciudad de México, 25 de julio de 2019
(Firma)
Mtro. José Luis Beato González
Secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE
SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
CONVOCATORIA 061
El Ing. Santiago Maldonado Bravo, Director General de Drenaje del Órgano Desconcentrado Sistema de Aguas de la Ciudad de México, en observancia a lo
dispuesto en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, convoca a
las personas físicas y morales interesadas en participar en las Licitaciones de carácter nacional para la contratación de las acciones que a continuación se
describen de conformidad con lo siguiente:
No. de licitación Descripción y ubicación de la obra Fecha de inicio Fecha de terminación Capital Contable
requerido
SACMEX-LP-111-2019 Rehabilitación y/o sustitución de precolados tipo
marimba y losas tapa dañadas en diferentes
estructuras de la red de drenaje, Alcaldía en todas las
Alcaldías.
02-Septiembre-2019 30-Noviembre-2019 $2,500,000.00
No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para
adquirir bases
Junta de Aclaraciones Visita al lugar de la obra
o los trabajos
Acto de Sesión de
Presentación de
Propuestas
SACMEX-LP-111-2019 Costo en Dependencia: 02-Agosto-2019 14-Agosto-2019 08-Agosto-2019 20-Agosto-2019
$2,000.00 10:30 Hrs 09:00 Hrs 10:30 Hrs.
Los recursos fueron aprobados con Oficio de Autorización de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México número SAF/SE/0081/2019 de
fecha 10 de enero de 2019.
Las bases de las Licitaciones se encuentran disponibles para consulta y venta en la Subdirección de Concursos de Obra Públicas y Servicios de Drenaje Oficinas
del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, sito en calle Nezahualcóyotl número 127, Planta Baja, Colonia Centro, Código Postal 06080, Alcaldía
Cuauhtémoc, de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas, lo anterior a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria y hasta la fecha límite señalada
para su adquisición.
Requisitos para adquirir las bases:
1. La adquisición es directa en las oficinas del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, mediante cheque certificado o de caja, expedido a favor del Gobierno
de la Ciudad de México con cargo a una institución de crédito autorizada para operar en la Ciudad de México, o bien, a través del Banco Santander, S.A., con
número de cuenta 65501123467 referencia 06D3.
1.1 Carta de aceptación de participación a la Licitación. (2 juegos)
1.2 Escrito de la empresa, mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que es de Nacionalidad Mexicana.
1.3 Escrito de la empresa, mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en los supuestos que señala el Artículo 37 de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal.
1.4 Manifestación de que los socios, directivos, accionistas, administradores, comisarios y demás personal de sus procesos de ventas, comercialización, relaciones
públicas o similares, no tienen, no van a tener en el siguiente año o han tenido en el último año, relación personal, profesional, laboral, familiar o de negocios con
las personas servidoras públicas señaladas.
1.5 Constancia del Registro de Concursante emitido por la Secretaria de Obras y Servicios y que cumpla con el capital contable solicitado; entregar copia legible
y presentar original para cotejo.
1.6 Manifestación bajo protesta de decir verdad, en el sentido de que no se encuentran en los supuestos de impedimento legales, inhabilitadas o sancionadas por la
Secretaria de la Contraloría General de la Ciudad de México, por la Secretaría de la Función Pública de la Administración Pública Federal, ni por las autoridades
competentes de los gobiernos de las entidades federativas o municipios.
1.7 Presentar el comprobante de pago de dicha licitación.
1.8 La documentación deberá de ir dirigida al Ing. Santiago Maldonado Bravo, Director General de Drenaje.
2. Los planos, especificaciones u otros documentos complementarios, los podrán revisar en las Oficinas del Sistema de Aguas de la Ciudad de México en la
Subdirección de Concursos de Obra Pública y Servicios de Drenaje, sita en Avenida Nezahualcóyotl número 127, Planta Baja, Colonia Centro, Código Postal
06080, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, éstos se entregarán a los interesados previa presentación del recibo de pago. El no contar con esta
documentación será motivo de descalificación en el acto de apertura de sesión de presentación de propuestas.
3. Se anexará dentro del sobre de la Propuesta Técnica en el documento T.1 copia de la Constancia de Registro de Concursante ante la Secretaria de Obras y
Servicios, así como copia del recibo de pago, el no presentar cualquiera de estos documentos será motivo de descalificación.
Para la licitación SACMEX-LP-111-2019 Las empresas participantes en el procedimiento en la modalidad de Licitación Pública Nacional, deberán contar con
capacidad técnica y experiencia necesaria, así como asegurar la calidad y seguridad en los trabajos mencionados, de conformidad con lo siguiente:
Deberán acreditar la experiencia en la ejecución de trabajos referentes a la construcción de losas pre coladas tipo marimba y losas tapa acreditándolo mediante
documentos que lo avalen en dos obras diferentes, de 1.07 a 1.83 metros de diámetro por lo que deberán presentar copia de contratos y no se aceptara experiencia
mediante currículum de personal.
Presentar las actas de recepción de entrega correspondientes a los citados contratos, además de comprobar la capacidad financiera mediante la presentación de las
declaraciones anuales 2017 y 2018, sus estados financieros anuales auditados por contador público externo con autorización de la SHCP, así como las razones
financieras de estos mismos ejercicios en donde demuestre la liquidez de la empresa.
El no cumplir con el requisito de experiencia señalado en los párrafos anteriores y/o no demostrar solvencia financiera con los documentos presentados, será
motivo de descalificación durante la revisión detallada de la propuesta.
La cita para llevar a cabo la visita de obra para la licitación SACMEX-LP-111-2019 se realizará en la Unidad Departamental de Obras en Colectores, ubicada en
Calle Nezahualcóyotl No. 109, 8° Piso, Colonia Centro, Código Postal 06080, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.
El lugar de reunión para las juntas de aclaraciones, será en la sala de juntas de la Dirección de Licitaciones de Obra Pública y Servicios de Drenaje, perteneciente
al Sistema de Aguas de la Ciudad de México, ubicada en calle Nezahualcóyotl número 127, 2do Piso, Colonia Centro, Código Postal 06080, Alcaldía
Cuauhtémoc de esta Ciudad el día y hora indicados anteriormente. Es obligatoria la asistencia de personal calificado a la (s) junta (s) de aclaraciones. Se
acreditará tal calidad con oficio de presentación signado por el representante legal y con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia
legible de ambos documentos), se deberá presentar por escrito y en dispositivo electrónico USB las dudas o preguntas referentes a la Licitación, previo a la junta
de aclaraciones en la Subdirección de Concursos de Obra Pública y Servicios de Drenaje, perteneciente al Sistema de Aguas de la Ciudad de México, ubicada en
Avenida Nezahualcóyotl número 127, Planta Baja, Colonia Centro, Código Postal 06080, Alcaldía Cuauhtémoc, de esta Ciudad.
El acto de sesión de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo en la sala de juntas de la Dirección de Licitaciones de Obra Pública y Servicios de
Drenaje, perteneciente al Sistema de Aguas de la Ciudad de México, ubicada en calle Nezahualcóyotl número 127, 2do. Piso, Colonia Centro, Código Postal
06080, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, el día y hora señalados anteriormente.
En la licitación SACMEX-LP-111-2019 aplica lo siguiente.
Únicamente se reconocer la subcontratación de los acarreos.
No se otorgará anticipo.
Si requiere visita de Obra.
Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
La moneda en que deberá cotizarse la proposición será: peso mexicano.
Para las empresas que participen en más de un evento las obras y/o servicios se adjudicaran independiente del tipo de recurso tomando en cuenta los siguientes
criterios: que cuenten con personal distinto y suficiente para cada obra, demostrar dentro de la propuesta que disponen de diferente equipo para atender cada
evento simultaneo así mismo se aplicará para el aspecto financiero señalado en las Políticas Administrativas Bases y Lineamientos en materia de obra Pública.
Las condiciones de pago son: mediante estimaciones que se pagaran en un plazo no mayor de 20 días naturales a partir de que hayan sido autorizadas por la
residencia de obra. Las empresas participantes deberán estar al corriente de las obligaciones Fiscales en tiempo y forma previstos en el Código Fiscal de la Ciudad
de México.
El Sistema de Aguas de la Ciudad de México, con base en los Artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, efectuará el análisis comparativo
de las propuestas admitidas, formulará el dictamen y emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al concursante, que reuniendo las condiciones
establecidas en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, su Reglamento y Políticas Administrativas Bases y Lineamientos, haya presentado la postura legal,
técnica, económica, financiera y administrativa que garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato y presente el precio más bajo.
Los porcentajes a los que se deberán sujetar las garantías serán de la siguiente manera: el de seriedad de la propuesta se apegará a lo establecido en la sección
21.2.4 de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Pública, emitidos por la Administración Pública de la Ciudad de México,
Secretaría de Obras y Servicios; de cumplimiento del contrato, 10 % de su importe por vicios ocultos, 10% del monto total ejercido. Contra la resolución que
contenga el fallo no procederá recurso alguno, pero los concursantes podrán inconformarse en los términos del Artículo 72 de la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal.
CIUDAD DE MÉXICO, A 24 DE JULIO DE 2019
EL DIRECTOR GENERAL DE DRENAJE
(Firma)
ING. SANTIAGO MALDONADO BRAVO
PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
Licitación Pública Nacional
Convocatoria No. 008-19
El Ingeniero Carlos Miguel Ricárdez Mendoza, Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Procuraduría General de Justicia, en
cumplimiento a las disposiciones que establecen: el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de conformidad con los artículos
26, 27, inciso a), 28, 30, fracción I, 32, 33, 34 y 43 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y demás normatividad aplicable, convoca a las personas
físicas y morales a participar en la Licitación Pública Nacional, relativa a la Adquisición de diverso mobiliario, conforme a lo siguiente:
No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir
bases Junta de aclaraciones
Presentación y
apertura de
propuestas
Lectura de dictamen y
fallo
LPN/PGJDF/012/2019 En Convocante 02/08/2019 05/08/2019 08/08/2019 14/08/2019
$1,300.00 17:00 horas 11:00 horas 11:00 horas
Partida Clave CABMS Descripción Unidad de
medida Cantidad
1 5111000326 ANAQUEL TIPO ESQUELETO PIEZA 20
2 5111000012 ARCHIVERO VERTICAL DE 4 GAVETAS PIEZA 60
3 5111000108 ESCRITORIO RECTO DE 120X60X75CM PIEZA 25
4 5111000212 MÓDULO EJECUTIVO DE ESTACIÓN DE TRABAJO PIEZA 15
5 5111000408 SILLA EJECUTIVA PIEZA 36
Las bases de la licitación se encuentran disponibles los días 31 de julio, 01 y 02 de agosto de 2019, para consulta y venta en la Dirección de Adquisiciones y
Contratación de Servicios, sita en Av. Coyoacán No. 1635, Edificio “B” Planta Alta, Colonia Del Valle, C.P. 03100, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de
México, con horario de 09:00 a 14:00 horas, después de este horario no podrá realizarse la consulta ni la venta de bases.
El pago de bases tiene un costo de $1,300.00 (Un mil trescientos pesos 00/100 M.N.), I.V.A incluido, que deberá ser pagado a través de depósito bancario: a la
cuenta 00101258122 con la referencia 14010516 del banco Scotiabank a favor del Gobierno de la Ciudad de México / Secretaría de Finanzas de la Ciudad de
México / Tesorería del Gobierno de la Ciudad de México o realizando el pago en la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto,
mediante cheque certificado o de caja, a nombre del Gobierno de la Ciudad de México / Secretaría de Finanzas / Tesorería del Gobierno de la Ciudad de
México ubicada en el domicilio de la convocante, no se aceptan depósitos o pago interbancarios (banca electrónica). Es necesario de que en caso de realizar
depósito bancario, invariablemente deberá presentar la ficha de depósito en la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto en un horario
de 9:00 a 14:00 horas, misma que elaborará un recibo el cual se deberá de presentar en la Dirección de Adquisiciones y Contratación de Servicios para la
entrega de bases en el entendido de que este recibo será el único medio comprobatorio de pago de las bases para poder participar en este procedimiento de
Licitación Pública.
Los eventos se realizarán en la sala de eventos de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Av. Coyoacán No. 1635,
Edificio “B” Planta Alta, Colonia Del Valle, C.P. 03100, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México.
El idioma en que deberá presentar la proposición será: español.
La moneda en que se deberán cotizarse las propuestas será en pesos mexicanos.
Los plazos señalados en la convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Las condiciones de pago será conforme a bases; no se otorgará anticipo alguno en esta Licitación.
Se determina que los servidores públicos responsables en los diferentes actos y etapas que conforman el procedimiento, quienes presidirán y firmarán
indistintamente las actas de los eventos, dictamen y fallo son el Ing. Carlos Miguel Ricárdez Mendoza, Director General de Recursos Materiales y Servicios
Generales, el Lic. Juan Zanabria Becerra, Director de Adquisiciones y Contratación de Servicios y el Mtro. Eduardo Montesano Villavicencio, Subdirector de
Adquisición de Bienes.
CIUDAD DE MÉXICO, A 25 DE JULIO DE 2019
(Firma)
ING. CARLOS MIGUEL RICÁRDEZ MENDOZA
DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (RTP)
CONVOCATORIA No. E-003/19
Lic. Antonio Chávez Cruz, Director Ejecutivo de Administración y Finanzas de la Red de Transporte de Pasajeros de la Ciudad de México (RTP), con
fundamento y en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 134 Constitucional, Artículo 57 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, y las
Normas 33, 35, 36 y 52 de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal, así como la Circular Uno 2015 emitida
por la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México y el Artículo 25 del Estatuto Orgánico del Organismo:
CONVOCA
A las personas físicas y morales interesadas en participar en la Licitación Pública No. RTP/LP-004/19 para la enajenación de bienes de acuerdo a lo siguiente:
Licitación Pública P.M.V. Aclaración de
Bases
Acto de Apertura
de Ofertas Acto de Fallo
RTP/LP-004/19 $10.10 08-Agosto-2019 13-Agosto-2019 13-Agosto-2019
Un lote de 299 acumuladores de desecho (177 chicos y 122 grandes),
aproximadamente 10,525 kilogramos generados en los Módulos Operativos y
Centros de Reconstrucción del Organismo.
por kilogramo
10:00 horas 10:00 horas 14:00 horas
El costo de las bases es de $2,000.00 (Dos Mil Pesos 00/100 M.N.) por juego, I.V.A. incluido, importe que se podrá pagar mediante efectivo, cheque de caja o
certificado a nombre de “Red de Transporte de Pasajeros de la Ciudad de México (RTP)”, y que se depositará en la caja general del Organismo ubicada en
Versalles Número 46 quinto piso, Col. Juárez, C. P. 06600, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, previa presentación de la cédula de identificación fiscal
respectiva. Cabe mencionar que las bases de la Licitación podrán ser revisadas por los interesados, sin costo alguno, sin embargo para participar será requisito
cubrir su costo, las cuales se pondrán a la venta los días miércoles 31 de julio, jueves 01 y viernes 02 de agosto de 2019, en un horario de 09:30 a 13:30 horas
y de 15:30 a 17:30 horas, excepto el día viernes 02 de agosto, el cual tendrá un horario de 09:30 a 14:30 horas. Asimismo, todos los actos relativos al
proceso de enajenación, se llevarán a cabo en la Sala de Juntas del quinto piso del Organismo, ubicada en Versalles Número 46, Colonia Juárez, C. P. 06600,
Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México. Para mayor información, comunicarse al teléfono 1328-6300 ext. 6371.
Los bienes objeto de este documento podrán inspeccionarse, no sin antes haber adquirido las bases de Licitación y el pase de acceso. La visita se realizará los días
lunes 05 y martes 06 de agosto de 2019 de 11:00 a 17:30 horas, en los Módulos Operativos donde se encuentran resguardados los bienes de la licitación en
cuestión, los cuales se describen a continuación:
Módulo Domicilio Teléfono Módulo Domicilio Teléfono
1 Camino al Huizachito No. 25 Col. Navidad, C.P.
05210, Alcaldía Cuajimalpa de Morelos.
8164-8065 2
Av. México No. 6114, Col. Tierra Nueva, C.P.
16050, Alcaldía Xochimilco. 1509-0857
8164-8063
3 Aquiles Serdán No. 5865, Col. Pueblo
Tulyehualco, C.P. 16700, Alcaldía Xochimilco.
2161-3926 4
Braulio Maldonado No. 100, Col. Consejo
Agrarista Mexicano, C.P. 09760, Alcaldía
Iztapalapa.
5428-2964 2161-3945
4-A
Av. Telecomunicaciones S/N, Col. Ejército
Constitucionalista, C.P. 09220, Alcaldía
Iztapalapa.
5745-1932 5
Calle 301 No. 1001 Col. Nueva Atzacoalco, C.P.
07420, Alcaldía Gustavo A. Madero.
5757-4583
5745-6984 5757-4241
6 Puerto Mazatlán No. 11, Col. La Pastora, C.P.
07290, Alcaldía Gustavo A. Madero.
5392-0409 7
Palestina No. 170, Col. El Recreo, C.P. 02070,
Alcaldía Azcapotzalco. 5396-6626
2227-2777
CRD Av. México No. 6289, Barrio San Marcos, C.P.
16030, Alcaldía Xochimilco.
56535071
Los licitantes deberán garantizar la seriedad de sus propuestas, mediante cheque certificado o de caja, expedido por una institución de banca y crédito, o fianza
expedida por institución afianzadora legalmente autorizada, a favor de “Red de Transporte de Pasajeros de la Ciudad de México (RTP)”, por un monto
equivalente al 10% de su oferta. La garantía de sostenimiento presentada se considerará como respaldo de cumplimiento y se reintegrará al término del retiro de
bienes.
En la presente convocatoria, así como en la determinación y aplicación de sanciones derivadas de incumplimiento al contrato que en su oportunidad se asigne,
queda prohibida cualquier forma de discriminación, sea por acción u omisión, por razones de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición
social, condición de salud, religión, opiniones, preferencia o identidad sexual o de género, estado civil, apariencia exterior o cualquier otra análoga.
Por lo anterior, se entenderá por discriminación, toda distinción, exclusión o restricción que tenga por efecto u objeto anular o menoscabar el reconocimiento,
goce o ejercicio, de los derechos y libertades fundamentales, así como la igualdad real de oportunidades de las personas, o que atente contra la dignidad humana o
produzca consecuencias perjudiciales para los grupos en situación de discriminación.
Ciudad de México, a 24 de julio de 2019
(Firma)
LIC. ANTONIO CHÁVEZ CRUZ
DIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
ALCALDÍA AZCAPOTZALCO
DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS
CONVOCATORIA No. AAZCA/DGO/005-2019
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LOCAL)
Dr. Vidal Llerenas Morales, Alcalde en Azcapotzalco, en observancia a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de
conformidad con los artículos 3º apartado “c”, 5, 23, 24 inciso A), 25 apartado “a” fracción I, 26, 28, 44 fracción II de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y artículo 26
de su Reglamento, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en las licitaciones de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Licitación
Pública Nacional a base de precios alzado, conforme a lo siguiente:
No. de Licitación Descripción y Ubicación de las Obras Fecha de
Inicio
Fecha de
Termino
Plazo de
Ejecución
Capital Contable
mínimo requerido
30001058-LP-011-2019
PROYECTO INTEGRAL PARA LA REHABILITACIÓN Y
RESTAURACIÓN DE LA VIALIDAD PONIENTE 150 EN LA
COLONIA INDUSTRIAL VALLEJO, DEMARCACIÓN DE LA
ALCALDÍA AZCAPOTZALCO.
22/08/19 31/12/19 132 D.N. $15’000,000.00
Costo de las Bases Fecha límite para
adquirir las bases
Visita al Lugar de la
Obra
Junta de
Aclaraciones Acto de Presentación y Apertura del Sobre Único
Fecha y Hora Fecha y Hora Fecha y Hora
$2,000.00 02/08/19 05/08/19 09/08/19 15/08/19
11:00 11:00 11:00
Los recursos fueron autorizados con la Suficiencia Presupuestal Número 41 de fecha 5 de julio de 2019, autorizada por la Directora de Recursos Financieros adscrita a la Dirección
General de Administración de la Alcaldía Azcapotzalco.
Las bases de licitación se encuentran disponibles para su adquisición en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750,
2do. Piso, Col. Santo Domingo, Alcaldía Azcapotzalco, C.P. 02160, Ciudad de México, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria de lunes a viernes de 10:00 a
14:00 horas, en días hábiles.
Requisitos para adquirir las bases:
Se deberá entregar copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejar:
1.- Constancia de registro de concursantes emitido por la Secretaría de Obras y Servicios, vigente.
1.1.- Documentos comprobantes para el capital contable mínimo (mediante declaración fiscal del ejercicio del año inmediato anterior), donde se compruebe el capital contable
mínimo requerido y los estados financieros (6 meses de antigüedad máxima), firmados por Contador Público, anexando copia de la cédula profesional del contador.
1.2.- En caso de estar en trámite el registro:
Constancia de registro en trámite acompañado de:
Documentos comprobantes para el capital contable mínimo (mediante declaración fiscal del ejercicio del año inmediato anterior), donde se compruebe el capital contable
mínimo requerido y los estados financieros (6 meses de antigüedad máxima), firmados por Contador Público, anexando copia de la cédula profesional del contador. Cabe
señalar, que este documento únicamente servirá como comprobante para venta de bases. La constancia de registro de concursante deberá presentarse en la propuesta técnica
del sobre único, de no presentarlo será motivo de descalificación de la propuesta.
2.- En caso de adquisición:
2.1.- El comprobante de pago de bases, así como el documento indicado en el punto 1. y 1.1, se anexarán en el sobre único dentro de la propuesta técnica como se indica en las
bases de concurso, el no presentar estos documentos será motivo de descalificación.
2.2.- Los planos, especificaciones y otros documentos, se entregarán a los interesados en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones de esta Alcaldía, previa
presentación del recibo de pago a más tardar en la Junta de Aclaraciones, siendo responsabilidad del interesado su adquisición oportuna.
3.- La forma de pago de bases se hará:
3.1.- En el caso de adquisición directa en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, Mediante Cheque Certificado o de Caja, Expedido a favor del
Gobierno de la Ciudad de México/Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México con cargo a una institución de crédito autorizado para operar en La
Ciudad de México.
4.- El lugar de reunión para la visita de obra será en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso, Col.
Santo Domingo, Alcaldía Azcapotzalco, C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicados anteriormente, asimismo deberá de elaborar en papel membretado de la
empresa, escrito de presentación de la persona que asistirá a la visita de obra. Es obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto, ingeniero o técnico en
construcción), se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (presentar copia y original para cotejar), la asistencia a la visita de
obra es obligatoria.
5.- La(s) junta(s) de aclaraciones se llevará(n) a cabo en la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso, Col. Santo
Domingo, Alcaldía Azcapotzalco, C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicados anteriormente, asimismo deberá de elaborar en papel membretado de la
empresa, escrito de presentación de la persona que asistirá a la(s) junta(s) de aclaraciones. Es obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto, ingeniero o técnico
en construcción), se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (presentar copia y original para cotejar), la asistencia a la junta
de aclaraciones es obligatoria.
6.- El acto de presentación y apertura de propuestas técnicas y económicas del sobre único se llevará a cabo en la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita
Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso, Col. Santo Domingo, Alcaldía Azcapotzalco, C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicados anteriormente.
7.- Se otorgará anticipo del 30% para las presente licitación.
8.- Las propuestas deberán presentarse en idioma español.
9.- La moneda en que deberán cotizarse las propuestas será: unidades de moneda nacional.
10.- La contratista no podrá subcontratar ningún trabajo relacionado con esta licitación, de no ser indicado en las bases de la licitación o previa autorización por escrito de la
convocante de acuerdo al Artículo 47 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
11.- Los interesados en la licitación deberán comprobar experiencia técnica, mediante la relación de contratos de obras relacionados con las mismas vigentes que tengan o hayan
celebrado con la Administración Pública o con particulares para la ejecución de los trabajos similares a los concursados, comprobando documentalmente su cumplimiento a
satisfacción de la contratante, tales como carátulas de contratos y actas de entrega-recepción; así como también currículum de la empresa y del personal técnico a su servicio
relativo a las obras similares a las descritas en la licitación y capacidad financiera, administrativa y de control según la información que se solicita en las bases de la
Licitación Pública Nacional.
12.- Los criterios generales para la adjudicación serán con base en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, efectuándose el análisis comparativo de
las propuestas admitidas, se formulará el dictamen y se emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al concursante, que reuniendo las condiciones establecidas
en la Ley y su Reglamento y solicitadas en las bases de la licitación, haya presentado la propuesta legal, técnica, económica financiera y administrativa que resulte ser la más
conveniente y garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato.
13.- El pago se hará mediante ministraciones de trabajos ejecutados, las cuales se presentarán por periodos máximos mensuales, acompañadas de la documentación que acredite
la procedencia del pago.
14.- La forma de garantizar el cumplimiento del contrato será del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, incluye IVA, a favor de: Secretaría de Administración y
Finanzas de la Ciudad de México; mediante Póliza de Fianza expedida por Institución autorizada y de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
15.- Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno.
Ciudad de México a 24 de Julio de 2019.
(Firma)
DR. VIDAL LLERENAS MORALES
ALCALDE EN AZCAPOTZALCO
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MEXICO
ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN VENUSTIANO CARRANZA
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
Licitación Pública Nacional
Convocatoria N°. 008/19
La Alcaldía Venustiano Carranza por conducto del Arq. José Roberto Román Uriostegui, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en cumplimiento
a lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 53 apartado A inciso 2 fracción XII, inciso 12 fracciones II,
III, IV, V, VI de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 29 fracción II y 30 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, y de
conformidad con los artículos 3° apartado A, fracciones I y IV, 23, 24 inciso A, 25 apartado A, fracción I, 26, 28 y 44 fracción I, inciso a) de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal, y artículo Quinto del “Acuerdo por el que se delegan en los titulares de las Direcciones Generales y Ejecutivos de la Alcaldía
Venustiano Carranza que se mencionan, las facultades que se indican”, publicado en la Gaceta de la Ciudad de México, el 07 de Diciembre de 2018, convoca a
las personas físicas y morales interesadas en participar en la Licitación Pública de carácter Nacional para la contratación de Obra Pública en la modalidad de
Precios Unitarios por Unidad de Concepto de Trabajo Terminado de los siguientes trabajos:
No. De licitación Descripción y ubicación de la obra Fecha de
inicio
Fecha de
término
Plazo de
ejecución
Capital contable
mínimo requerido
3000-1061-016-19 Rehabilitación de banquetas y guarniciones en las Colonias: Lorenzo
Boturini, 20 de noviembre y Peñón de los Baños en la Alcaldía
Venustiano Carranza.
28 de
agosto de
2019
30 de
diciembre
de 2019
125 días
naturales
$3,658,000.00
Costo de las bases Fecha límite para
adquirir las bases
Visita al lugar de la
obra
Junta de aclaraciones Presentación de proposición y
apertura de sobre único
Fallo
Fecha y hora Fecha y hora Fecha y hora Fecha y hora
$3,500.00 02 de agosto de 2019 05 de agosto de
2019 09 de agosto de 2019 15 de agosto de 2019 21 de agosto de 2019
14:00 hrs. 11:00 hrs 10:00 hrs 10:00 hrs 10:00 hrs
No. De licitación Descripción y ubicación de la obra Fecha de
inicio
Fecha de
término
Plazo de
ejecución
Capital contable
mínimo requerido
3000-1061-017-19 Rehabilitación, mantenimiento y conservación de 02 mercados
públicos: "El Parque" y "Octavio Senties" de la Alcaldía Venustiano
Carranza..
28 de
agosto de
2019
30 de
diciembre
de 2019
125 días
naturales
$3,533,200.00
Costo de las bases Fecha límite para
adquirir las bases
Visita al lugar de la
obra
Junta de aclaraciones Presentación de proposición y
apertura de sobre único
Fallo
Fecha y hora Fecha y hora Fecha y hora Fecha y hora
$3,500.00 02 de agosto de 2019 05 de agosto de
2019 09 de agosto de 2019 15 de agosto de 2019 21 de agosto de 2019
14:00 hrs. 12:00 hrs 13:00 hrs 13:00 hrs 12:00 hrs
Los recursos fueron autorizados por la Subsecretaria de Egresos de la Secretaria de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, mediante oficio número
SAF/SE/0069/2019 de fecha 10 de enero de 2019, y hechos del conocimiento por la Dirección General de Administración del Órgano Político Administrativo en
Venustiano Carranza, mediante el oficio número AVC/DGA/144/2019 de fecha 15 de enero de 2019.
Las bases de la licitación y sus anexos, se encuentran disponibles, para consulta y venta en la Subdirección Técnica de la Dirección General de Obras y Desarrollo
Urbano, sita en Francisco del Paso y Troncoso Nº 219, Colonia Jardín Balbuena, Código Postal 15900, Ciudad de México; a partir de la fecha de publicación de
la presente convocatoria, 31 de julio y hasta el día 02 de agosto de 2019, fecha límite para adquirir las bases, con el siguiente horario: de 10:00 a 14:00 horas,
comprendiendo un lapso de TRES (03) días hábiles.
1.- La adquisición de las bases de licitación, se realizará en la Subdirección Técnica de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, sita en Francisco del
Paso y Troncoso Nº 219, Colonia Jardín Balbuena, Código Postal 15900, Ciudad de México. Para tal efecto deberá presentar lo siguiente:
Escrito de solicitud por parte del interesado, manifestando su interés en participar en la licitación correspondiente, indicando el número de licitación y descripción
de la misma, su objeto social, nombre o razón social, domicilio completo para recibir notificaciones, ubicado dentro de la Ciudad de México y teléfono (s), en
papel membretado de la persona o razón social, firmado por el representante o apoderado legal, señalando claramente el cargo que ostenta (según acta constitutiva
o poder notarial).
Dicho escrito se presentará en original, para su revisión y cotejo y una copia simple ante la Subdirección Técnica quien emitirá una Orden de Cobro con la que el
interesado acudirá a la J.U.D. de Caja y Tesorería de la Alcaldía quien le recibirá el o los pagos expidiendo el o los recibos correspondientes. El cheque será
certificado o de caja a nombre de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MEXICO/SRIA DE FINANZAS/TESORERIA DEL GCDMX. Con este recibo o
recibos, el interesado acudirá a la Subdirección Técnica quien le hará entrega de las Bases de Licitación, sus anexos y el Catálogo de Conceptos, quedando de esta
manera el interesado inscrito y registrado, teniendo derecho a presentar su proposición. El concursante es el único responsable de registrarse dentro del plazo
establecido y cumpliendo con las formalidades descritas para la compra de bases, debiendo prever los tiempos de operación de las Instituciones Bancarias para
obtener el cheque certificado o de caja para adquirir las bases de licitación, por lo que el incumplimiento de este requisito será motivo para no inscribir, registrar y
participar en la licitación correspondiente.
2.- Conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley de Obras Publicas del Distrito Federal, fracción VII para participar en el concurso, se requerirá acreditar
la experiencia técnica y la capacidad financiera - administrativa y de control, conforme a lo solicitado en las bases de concurso, y a lo siguiente:
a) Copia de la constancia de registro de concursante definitivo vigente, expedida por la Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México, mismo que
deberá expresar el capital contable requerido para la licitación correspondiente, así como las especialidades solicitadas, presentando original para cotejo.
b) Acreditar el capital contable mínimo requerido en el cuadro de referencia de cada licitación con copia de la Declaración Anual del Ejercicio 2018, Balance
General, Estado de Resultados, Cuentas Analíticas y Razones Financieras de; Capital Neto de Trabajo, Indice de Solvencia, Indice de la Prueba del Ácido y
Razón de Endeudamiento, (deberá presentar originales para cotejo), los cuales, no deberán exceder los 180 días naturales de elaborados previos a la fecha de
presentacion y apertura de sobre unico, mismos que deberán presentarse firmados por contador público que cuente con cédula profesional.
c) Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos que establece el artículo 37 de la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal, debiendo transcribir en ésta, cada uno de los supuestos establecidos en el ordenamiento de referencia.
d) Escrito de promoción en papel membretado de la empresa en el cual, el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad que ha cumplido en debida forma con
las obligaciones fiscales a su cargo previstas en el artículo 69 del Código Fiscal de la Ciudad de México correspondientes a los últimos cinco ejercicios fiscales,
así como, las que indica la circular número SF/CG/141111/2007 emitida por la Contraloría General y la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal. El
concursante que resulte ganador en la licitación que haya participado, deberá presentar para la firma del contrato copia simple (presentando original para cotejo)
de la constancia de no adeudo de las contribuciones señaladas en el artículo 69 del Código Fiscal de la Ciudad de México y la Circular número
SF/CG/141111/2007 publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 06 de agosto de 2007.
e) Los interesados, que para participar decidan asociarse, deberán acreditar en forma individual los requisitos antes señalados, además de entregar en el plazo
administrativo señalado una copia del convenio notarial a que se refieren los artículos 47 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 49 de su Reglamento,
en el que se especifique el Número de empresas asociadas, Nombre y domicilio de los integrantes, Datos de los testimonios públicos con los que se acredita la
existencia legal de las personas morales de la agrupación, Datos de los capitales contables de las personas morales de la agrupación y documentos con los que se
acreditan, Nombre de los representantes de cada una de las personas identificando los datos de los testimonios públicos con los que se acredita su representación,
Definición de la proporción de participación financiera y las partes de la obra pública que cada persona física o moral se obligara a realizar, Determinación de un
domicilio común para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, Designación de representante legal común, otorgándole poder amplio y suficiente para
firmar la propuesta y designar representante para asistir a la presentación de las propuestas, apertura de propuestas y fallo de la licitación, por tratarse de actos de
administración, Estipulación expresa que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria para comprometerse por cualquier
responsabilidad derivada del contrato que se firme, En este supuesto la propuesta deberá ser firmada por el representante común que se haya designado por el
grupo de empresas. En caso de que no decidan asociarse, deberá manifestarlo por escrito.
Los documentos referidos del inciso a) al e), se deberán anexar por parte del licitante en la propuesta técnica, conforme a las bases de licitación.
3.- El lugar de reunión para la visita de obra será: la oficina de Jefatura de Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones adscrita a la
Subdirección Técnica de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano del Órgano Político Administrativo en Venustiano Carranza, sita en Francisco del
Paso y Troncoso Nº 219, Colonia Jardín Balbuena, Código Postal 15900, Ciudad de México, el día y hora indicados en el cuadro de referencia de cada licitación.
La empresa concursante deberá de elaborar escrito de presentación de la persona que asistirá a la visita de obra en papel membretado, anexando copia de la cédula
a nivel profesional, título profesional o cédula a nivel técnico del personal técnico calificado y presentar original para cotejo. La asistencia a la(s) visita(s) de
obra(s) será obligatoria.
4.- El lugar de celebración para la(s) Sesión(es) de Junta(s) de Aclaraciones será: la sala de juntas de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano del
Órgano Político Administrativo en Venustiano Carranza, sita en Francisco del Paso y Troncoso Nº 219, Colonia Jardín Balbuena, Código Postal 15900, Ciudad de
México, el día y hora indicados en el cuadro de referencia de cada licitación. La empresa concursante deberá elaborar escrito de presentación de la persona que
asistirá a la junta de aclaraciones en papel membretado, anexando copia de la cédula a nivel profesional, título profesional o cédula a nivel técnico del personal
técnico calificado y presentar original para cotejo. La asistencia a la(s) junta(s) de aclaraciones será obligatoria.
5.- La Sesión Pública de Presentación de proposición y apertura de sobre único se llevará a cabo en la sala de juntas de la Dirección General de Obras y
Desarrollo Urbano del Órgano Político Administrativo en Venustiano Carranza, sita en Francisco del Paso y Troncoso Nº 219, Colonia Jardín Balbuena, Código
Postal 15900, Ciudad de México, el día y hora indicados en el cuadro de referencia de cada licitación.
6.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
7.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
8.- Para cada una de las licitaciones de esta convocatoria, no se podrá subcontratar ninguna parte de los trabajos, de no ser indicado en las bases de la licitación o
previa autorización por escrito de la contratante de acuerdo al artículo 47 párrafo quinto de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
9.- Ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria, así como en las bases de cada una de las licitaciones podrá ser negociada.
10.- No se otorgará anticipo para la ejecución de la obra que contempla la Licitación Pública Nacional de la presente Convocatoria.
11.- Las condiciones de pagos; serán mediante estimaciones con períodos máximos mensuales, las que serán presentadas por “el contratista” a la residencia de
supervisión dentro de los 4 días hábiles siguientes a la fecha de corte, de conformidad con el artículo 52 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
12.- Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán con fundamento en lo establecido en los artículos 40, 41 y 43 de la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal, efectuándose el análisis comparativo de las propuestas admitidas, se formulará el dictamen y se emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el
contrato al concursante que, reuniendo las condiciones solicitadas en las bases de la licitación, haya reunido las condiciones legales, técnicas, económicas,
financieras y administrativa requeridas, y garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas, y/o haber presentado el precio más bajo,
por lo tanto, en la evaluación de las propuestas no se utilizarán mecanismos de puntos o porcentajes.
13.- Se informa a los interesados a participar en estas licitaciones, que en caso de presentarse alguna contingencia ajena a la Alcaldía, que impida cumplir con las
fechas de los eventos de estos concursos, dichas fechas se prorrogaran en igual tiempo al que dure la contingencia mencionada.
CIUDAD DE MEXICO A 24 DE JULIO DE 2019
(Firma)
ARQ. JOSÉ ROBERTO ROMÁN URIOSTEGUI
DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
72 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de julio de 2019
DIRECTORIO
Jefa de Gobierno de la Ciudad de México
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
HÉCTOR VILLEGAS SANDOVAL
Director General Jurídico y de Estudios Legislativos
JUAN ROMERO TENORIO
Director de Estudios Legislativos y Trámites Inmobiliarios
GUILLERMO CRUCES PORTUGUEZ
Subdirector de Proyectos de Estudios Legislativos y Publicaciones
RICARDO GARCÍA MONROY
Jefe de Unidad Departamental de la Gaceta Oficial y Trámites Funerarios
SAID PALACIOS ALBARRÁN
INSERCIONES
Plana entera ...................................................................................... $ 2,024.00
Media plana ...................................................................................... $ 1,088.50
Un cuarto de plana .............................................................................. $ 677.50
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad Departamental de la Gaceta Oficial, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n,
Col. 10 de Mayo, C.P. 15290, Demarcación Territorial Venustiano Carranza, Ciudad de México.
Consulta en Internet
www.consejeria.cdmx.gob.mx
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Impresa por Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V.
Calle General Victoriano Zepeda No. 22, Col. Observatorio C.P. 11860,
Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
Teléfono: 55-16-85-86 con 20 líneas.
www.comisa.cdmx.gob.mx
(Costo por ejemplar $42.00)