4 gestion de residuos

Upload: axoncomunicacion

Post on 30-May-2018

221 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/14/2019 4 Gestion de Residuos

    1/9

    S egn la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos,un residuo es cualquier sustancia u objeto pertene-ciente a alguna de las categoras que figuran en el Anexo de

    esta Ley, del cual su poseedor se desprenda o del que tenga

    la intencin u obligacin de desprenderse. (Anexo de laLey 10/1998).

    Segn esta misma Ley un Residuo Peligroso seraquel que figure en la lista de residuos peligrosos, aproba-da en el Real Decreto 952/1997, as como los recipientes y

    envases que los hayan contenido. Los que hayan sido califi-

    cados como peligrosos por la normativa comunitaria y los

    que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo esta-

    blecido en la normativa europea o en convenios

    internacionales de los que Espaa sea parte. (Tabla deResduos Peligrosos.

    Las Clnicas Veterinarias estn consideradas comoPequeos Productores de Residuos Peligrosos, esdecir, generan estos residuos pero en cantidad me-nor de 10.000 kg/ao. Una Clnica adquiere estacondicin de Pequeo Productor de manera legaltras inscribirse en el Registro correspondiente de laConsejera de Medioambiente de cada ComunidadAutnoma.

    Las Clnicas Veterinarias producen principalmente

    dos tipos de residuos peligrosos:

    26

    Qu debe hacer un veterinario

    en una clnica para cumplir lanormativa sobre gestin deresiduos?

    Julio-Agosto 2004

    estin de residuos

  • 8/14/2019 4 Gestion de Residuos

    2/9

    1. Cortantes y punzantes: residuos biosanitariosespeciales catalogados como Clase III.Cuchillas de bistur, agujas hipodrmicas ycualquier objeto cortante o punzante suscepti-

    ble de estar en contacto con sangre yderivados. La frecuencia de retirada mximaser trimestral.

    2. Lquidos radiolgicos: residuos qumicos de Clase V.Lquido revelador y fijador. La frecuencia de reti-rada mxima ser semestral.

    En general las obligaciones en todas las ComunidadesAutnomas son similares y estn marcadas por unaLey y unos Decretos Estatales pero puede haber dife-rencias en funcin de que haya LegislacinAutonmica que regule algn punto:

    27Julio-Agosto 2004

    gestin de residuos

    ANEXO DE LA LEY 10/1998

    Q1 Residuos de produccin o de consumo no especificados a continuacin

    Q2 Productos que no respondan a las normas.

    Q3 Productos caducados.

    Q4 Materias que se hayan vertido por accidente, que se hayan perdido o que hayan sufrido cualquier otro incidente, coninclusin del material, del equipo, etc., que se haya contaminado a causa del incidente en cuestin.

    Q5Materias contaminantes o ensuciadas a causa de actividades voluntarias (por ejemplo, residuos de operaciones de

    limpieza, materiales de embalaje, contenedores, etc.).

    Q6 Elementos inutilizados (por ejemplo, bateras fuera de uso, catalizadores gastados, etc.).

    Q7Sustancias que hayan pasado a ser inutilizables (por ejemplo, cidos contaminados, disolventes contaminados, sales

    de temple agotadas etctera).

    Q8 Residuos de procesos industriales (por ejemplo, escorias, posos de destilacin, etc.).

    Q9Residuos de procesos anticontaminacin (por ejemplo, barros de lavado de gas, polvo de filtros de aire, filtros

    gastados, etc.).

    Q10 Residuos de mecanizacin/acabado (por ejemplo, virutas de torneado o fresado, etc.).

    Q11Residuos de extraccin y preparacin de materias primas (por ejemplo, residuos de explotacin minera o petrolera,

    etc.).

    Q12 Materia contaminada (por ejemplo, aceite contaminado con PCB, etc.).

    Q13 Toda materia, sustancia o producto cuya utilizacin est prohibida por la Ley.

    Q14Productos que no son de utilidad o que ya no tienen utilidad para el poseedor (por ejemplo, artculos desechados por

    la agricultura, los hogares, las oficinas, los almacenes, los talleres, etc.).

    Q15 Materias, sustancias o productos contaminados procedentes de actividades de regeneracin de suelos.

    Q16 Toda sustancia, materia o producto que no est incluido en las categoras anteriores.

  • 8/14/2019 4 Gestion de Residuos

    3/9

    Una Clnica Veterinaria debe:

    1) Inscribirse en el Registro de Pequeos Productoresde Residuos Peligrosos.

    2) Separar adecuadamente los residuos y no mezclar-los.

    3) Envasar y etiquetar los recipientes de forma correc-ta de acuerdo a la normativa establecida.

    4) Entregar a un transportista y gestor autorizado losresiduos peligrosos. (Hay que formalizar un con-trato con una empresa que est autorizada).

    5) Llevar un registro de los residuos producidos, en elque queden reflejados los datos siguientes: fecha, resi-duo, cdigo CER, cantidad, nmero de documento decontrol y seguimiento asociado al residuo, gestor alque se le entrega y destino del residuo.

    6) Conservar las hojas de aceptacin de los residuosque nos entrega la empresa que los recoge. Hayque guardar la documentacin relativa a la entregade los residuos al gestor durante 5 aos.

    7) Tener la documentacin a disposicin de la autori-dad competente.

    Regulacin en la Comunidad de Madrid

    El 31 de Marzo de 2003 apareci publicada en elB.O.C.M la Ley 5/2003 relativa a la Produccin y Gestinde Residuos en la Comunidad de Madrid. La Ley entren vigor el 1 de Abril, vena a completar en la CAM la

    Ley 10/98, de 21 de Abril de Residuos y deroga toda lanormativa de igual o inferior rango que se oponga a ella.

    La Ley remarca los principios de quien contaminapaga y de responsabilidad del productor, que habrde asumir los costes de la gestin de los residuos ge-nerados.

    Algunas definiciones que sern tiles para entenderesta Ley y segn aparecen en ella:

    2. Residuo: cualquier sustancia u objeto pertenecien-te a alguna de las categoras que figuran en esteanexo de la Ley 10/98 de 21 de Abril del cual suproductor se desprenda.

    28 Julio-Agosto 2004

    estin de residuos

  • 8/14/2019 4 Gestion de Residuos

    4/930 Julio-Agosto 2004

    3. Residuos urbanos o municipales: Los residuos pe-ligrosos y no peligrosos generados en losdomicilios particulares, comercios, oficinas y ser-

    vicios, animales de compaa muertos, residuosvoluminosos, como muebles y enseres, vehculosabandonados.

    estin de residuos

    TABLA 3 DE RESIDUOS PELIGROSOS SEGN REAL DECRETO 952/1997

    A

    Residuos que presenten alguna de las caractersticas

    enumeradas en la tabla 5 (Explosivo, Comburente, Fcilmente

    inflamable, Inflamable, Irritante, Nocivo, Txico, Carcingeno,

    Corrosivo, Infeccioso, Txico para la reproduccin, Mutagnico,

    Peligroso para el medio ambiente) y estn formados por:

    1Sustancias anatmicas: residuos hospitalarios u otros

    residuos clnicos.

    2Productos farmacuticos, medicamentos, productos

    veterinarios.

    3 Conservantes de la madera.

    4 Biocidas y productos fitofarmacuticos.

    5 Residuos de productos utilizados como disolventes.

    6Sustancias orgnicas halogenadas no utilizadas como

    disolventes, excluidas las materias polimerizadas inertes.

    7 Sales de temple cianuradas.

    8Aceites y sustancias oleosas minerales (lodos de corte,

    etctera).

    9 Mezclas aceite/agua o hidrocarburo/agua, emulsiones.

    10 Sustancias que contengan PCB y/o PCT (dielctricas, etctera).

    11Materias alquitranadas procedentes de operaciones de

    refinado, destilacin o pirlisis (sedimentos de destilacin, etc).

    12 Tintas, colorantes, pigmentos, pinturas, lacas, barnices.

    13 Resinas, ltex, plastificantes, colas.

    14

    Sustancias qumicas no identificadas y/o nuevas y de efectosdesconocidos en el hombre y/o el medio ambiente queprocedan de actividades de investigacin y desarrollo o de

    actividades de enseranza (residuos de laboratorios, etc.).

    15 Productos pirotcnicos y otros materiales explosivos.

    16Sustancias qumicas y productos de tratamiento utilizados

    en fotografa.

    17Todos los materiales contaminados por un producto de la

    familia de los dibenzofuranos policlorados.

    18Todos los materiales contaminados por un producto de la

    familia de las benzo-para-dioxinas policloradas.

    B

    Residuos que contengan cualquiera de los componentesque figuran en la lista de la tabla 4, que presentencualquiera de las caractersticas mencionadas en la tabla5 y que estn formados por:

    19 Jabones, materias grasas, ceras de origen animal o vegetal.

    20Sustancias orgnicas no halogenadas no empleadas comodisolventes.

    21Sustancias inorgnicas que no contengan metales ocompuestos de metales.

    22 Escorias y/o cenizas.

    23 Tierra, arcillas o arenas incluyendo lodos de dragado.

    24 Sales de temple no cianuradas.

    25 Partculas o polvos metlicos.

    26 Catalizadores usados.

    27Lquidos o lodos que contengan metales o compuestosmetlicos.

    28Residuos de tratamiento de descontaminacin (polvos decmaras de filtros de bolsas, ectceta), excepto losmencionados en los puntos 29, 30 y 33.

    29 Lodos de lavado de gases.

    30 Lodos de instalaciones de purificacin de agua.

    31 Residuos de descarbonatacin.

    32 Residuos de columnas intercambiadoras de iones.

    33Lodos de depuracin no tratados o no utilizables en laagricultura.

    34 Residuos de la limpieza de cisternas y/o equipos.

    35 Equipos contaminados.

    36Recipientes contaminados (envases, bombonas de gas,etctera) que hayan contenido uno o varios de los

    constituyentes mencionados en la tabla 4.

    37 Bateras y pilas elctricas.

    38 Aceites vegetales.

    39Objetos procedentes de recogidas selectivas de basurasdomsticas y que presenten cualesquiera de lascaractersticas mencionadas en la tabla 5.

    40Cualquier otro residuo que contenga uno cualesquiera de losconstituyentes enumerados en la tabla 4 y presentecualesquiera de las caractersticas enunciada en la tabla 5.

    Categoras o tipos genricos de residuos txicos y peligrosos, presentados en forma lquida, slida o de lodos,clasificados segn su naturaleza o la actividad que los genera. (Real Decreto 952/1997, de 20 de junio)

  • 8/14/2019 4 Gestion de Residuos

    5/931Julio-Agosto 2004

    4. Residuos peligrosos:

    Aquellos que figuren en la lista de residuos pe-ligrosos aprobada en la legislacin estatal(Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero del

    Ministerio de Medioambiente y Real Decreto952/1997).

    Los que sin estar en la lista citada, tengan talconsideracin de conformidad con lo estableci-do en la norma estatal.

    Los que hayan sido calificados como peligrosospor la normativa comunitaria y los que puedaaprobar el Gobierno.

    Los recipientes y envases contaminados quehayan contenido sustancias peligrosas.

    5. Residuos no peligrosos: aquellos no incluidos enla definicin del apartado anterior.

    6. Productor: cualquier persona fsica o jurdica cuyaactividad, excluida la derivada del consumo do-mstico, produzca residuos.

    7. Gestor: la persona o entidad, pblica o privadaque realice cualquiera de las operaciones que com-ponen la gestin de los residuos sea o no elproductor de los mismos.

    8. Operaciones de Gestin: Entre otras: Recogida y transporte de residuos llevado a ca-

    bo en instalaciones diferentes a las deproduccin. La clasificacin y otras operaciones de prepara-

    cin de residuos, incluido el tratamiento previoa las operaciones de valorizacin o eliminacin.

    Hasta la entrada en vigor de esta Ley si se producanCortantes y punzantes y lquidos radiolgicos en la Clnicaera necesario inscribirse en dos Registros indepen-dientes, en el Registro de Pequeos Productores deResiduos Peligrosos y en el Registro de Residuos

    Biosanitarios y Citotxicos.

    Desde Abril de 2003 se facilitan los trmites, slo

    ser necesario inscribirse en el Registro de

    Pequeos Productores de Residuos Peligrosos (ad-

    juntamos el Modelo), siempre y cuando se detallenlos tipos de residuos producidos. Tampoco ser nece-sario presentar ninguna Memoria Anual de

    Actividades, los Pequeos Productores estn exentos.

    Recordamos que la produccin de ResiduosPeligrosos en Madrid obliga por Ley a:

    A) Inscribirse en el Registro de la Consejera deMedio Ambiente de la Comunidad de Madrid.

    B) Contratar un servicio autorizado de recogida ytransporte de los residuos desde la clnica hasta unaempresa de tratamiento y eliminacin de los mismos.

    Detallando un poco y resumiendo las obligaciones ada de hoy:

    A) Inscribirse en el Registro de la Consejera deMedio Ambiente de la Comunidad de Madrid.

    Las Clnicas que producen lquidos radiolgicos y residuoscortantes y punzantes deben inscribirse en el Registro dePequeos Productores de Residuos Peligrosos.

    La inscripcin en el Registro la puede hacer el propioveterinario o la empresa contratada para la recogida.Si la inscripcin la realiza esta empresa, suele cobrarunas tasas por la gestin, adems de las que cobra laComunidad de Madrid.

    El impreso necesario se recoge en la Consejera deMedioambiente, en la calle Princesa, 3. No es nece-sario que sea un original, se acepta una fotocopia.

    Debe acompaarse con la inscripcin:

    1. Justificante de liquidacin de la tasa de tramita-cin, segn modelo 030. Tasa de 36,18

    2. ltimo recibo del I.A.E

    gestin de residuos

  • 8/14/2019 4 Gestion de Residuos

    6/932 Julio-Agosto 2004

    estin de residuos

    ANDALUCAConsejera de Medio AmbienteD. G. de Prevencin y Calidad AmbientalAv. Manuel Siurot, 5041071 SevillaTel: 955 00 34 00http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/

    ARAGNConsejera de Medioambiente

    Edificio PignatelliP Mara Agustn, 3650071 ZaragozaTfno: 976 71 40 00 (Centralita)

    ASTURIASConsejera de Medio Ambiente delGobierno del Principado de AsturiasC/ Coronel Aranda, 233005 OviedoTel: 985 105 500http://tematico.princast.es/mediambi/siapa/

    default.htm

    BALEARES

    Direcci General de Qualitat Ambiental iLitoralAv. Gabriel Alomar Villalonga, 3307006 PALMATel: 971 17 68 00

    CANARIASViceconsejera de Medio AmbienteServicio de Calidad AmbientalEdificio de Usos Mltiples II, 5 plantaLas Palmas de Gran CanariaTlf.: 928 30 65 63

    Viceconsejera de Medio Ambiente

    Servicio de Calidad AmbientalAvda. de Anaga, 35, 6 plantaSanta Cruz de TenerifeTlf.: 922 47 51 28/33http://www.gobiernodecanarias.org/medioambiente/calidad/peqxs/index.html

    CANTABRIADireccin General de Medio AmbienteC/ Antonio Lpez, 6, 139009-Santander.Tel: 942 207004Fax: 942 207034

    CASTILLA - LEON

    Consejera de MedioambienteC/ Rigoberto Cortejoso, 14. 47014ValladolidCentralita Telf. 983 419988.

    CASTILLA-LA MANCHADelegaciones provinciales de MedioAmbiente de Castilla-la Mancha:

    ALBACETE

    Paseo de la Cuba, 2702071 - AlbaceteTfnos. 967 195007/08

    CIUDAD REAL

    C/ Alarcos, 21

    13071 Ciudad RealTfno. 926 279502CUENCA

    C/ Coln 2,16071 - CuencaTfnos. 969 178353 - 969 176358

    GUADALAJARA

    Avda del Ejrcito, 1019071 - GuadalajaraTfno. 949 885307

    TOLEDO

    C/ Marqus de Mendigorra, 445071 ToledoTfnos. 925 266833 - 925 265263http://www.jccm.es/medioambiente/

    calamb/respel/index.htm

    CATALUAAgncia de Residus de CatalunyaC/ Doctor Roux, 8008017-BarcelonaTel: 935 673 300http://www.arc-cat.net/agencia/contacte/

    EXTREMADURAConsejera de Agricultura yMedioambiente. Direccin General deMedioambiente. Servicio de ProteccinAmbientalAvda de Portugal, s/n

    Tel: 924 00 23 89

    GALICIADireccin Xeral de Desenvolvemento SostibleS.X. de Informacin, Formacin eProspectiva Ambiental. Consellera deMedio AmbienteC/ San Lzaro s/n15781 - Santiago de Compostela (A Corua)Tlf.: 981-541-700 Fax: 981-541-765

    LA RIOJADireccin General de Calidad AmbientalConsejera de Turismo, Medioambiente yPoltica Territorial. Gobierno de la Rioja

    C/ Pradoviejo, 62 Bis26071-LogrooTel: 941291100http://www.larioja.org/ma/

    MADRIDConsejera de MedioambienteC/ Princesa, 328008- MadridTel: 91 580 38 3491 580 39 31http://dgpea2.comadrid.es/jsps/portada.jsp

    MURCIADireccin General de Calidad Ambiental.

    Consejera de Medio Ambiente yOrdenacin del Territorio. ComunidadAutnoma de la Regin de MurciaInformacin general sobre residuos:Telfono: 968 22 89 25Fax: 968 22 89 20e-mail: [email protected]

    NAVARRAServicio de Integracin Ambiental.Departamento de Medio Ambiente,Ordenacin del Territorio y ViviendaAvda. del Ejrcito, 231002 PamplonaTelf.: 848 42 75 77

    Fax: 848 22 00 12

    PAIS VASCOServicio de Residuos Peligrosos. Direccinde Calidad Ambiental. Departamento deOrdenacin del Territorio yMedioambiente. Gobierno VascoC/Donostia-San Sebastin, 1. 2 Planta -01010 Vitoria - GasteizTel: 945 01 99 10Fax: 945 01 99 11http://www.euskadi.net/vima_residuos/

    VALENCIARegistro del Servicio Territorial De Medio

    Ambiente - AlicanteC/ Churruca, 29 - 03003 Alacant/AlicanteTelfono: 012

    Registro Del Servicio Territorial De MedioAmbiente - CastellnAvda. Hermanos Bou, 47 - 12003 Castellde la Plana/Castelln de la Plana.Telfono: 012

    Registro del Servicio Territorial de MedioAmbiente - ValenciaC/ Gregorio Gea, 27 (PROP 1) - 46009Valencia. Telfono: 012

    Direccin General de Calidad AmbientalC/ Francisco Cubells, 7 (Edifici Portes dela Mediterrania) - 46011 ValenciaTelfono: 012

    REGISTROS E INFORMACIN DE RESIDUOS PORCOMUNIDADES AUTNOMAS

    (Actualizacin Agosto 2004)

  • 8/14/2019 4 Gestion de Residuos

    7/934 Julio-Agosto 2004

    estin de residuos

    3. Debe ir correctamente cumplimentado el reverso de lasolicitud donde se declaran los residuos producidos.

    Es importante conservar una copia de la inscripcinen el Registro por si se nos pide en alguna inspecciny hasta que llegue el documento oficial.

    Si surgen dudas para rellenar los impresos, en laSecretara de AMVAC hay un modelo para hacerlo.

    B) Contratar un servicio autorizado de recogi-da y transporte de los residuos desde la clnicahasta una empresa de tratamiento y elimina-cin de los mismos.

    Hay dos tipos de empresas de gestin de residuos:

    1. Empresas autorizadas por la CAM para la realizacin

    de actividades de transporte de residuos peligrosos.

    2. Empresas autorizadas por la CAM para la realiza-cin de actividades de tratamiento de residuostxicos y peligrosos.

    La mayora de las empresas que se contratan para gestionarresiduos son empresas nicamente transportistas y debenluego remitirlo a una empresa de tratamiento. Hay que ase-gurarse que estas empresas son empresas autorizadas. EnAMVAC estn disponibles los listados para comprobarlo.

    En la nueva Ley se hace referencia a que dentro de lasobligaciones de los productores de residuos peligrosos es-t la de presentar cada 4 aos en la Consejera de Medio

    Ambiente un Estudio de Minimizacin de los ResiduosPeligrosos. Hemos consultado con los responsables de es-te tema en la Consejera y nos han comentado que esteestudio sera slo necesario en el caso de que los residuos

    se generarn en un proceso de produccin, como estono ocurre en el ejercicio de la clnica veterinaria, no sernecesario hacer el Estudio de Minimizacin de Riesgos.

    Cuando un empresario sea propietario de ms de uncentro veterinario, tendr que realizar una inscripcin enel Registro por cada centro, la inscripcin y el detalle delo que se genera debe ir individualizado por centro.

    Las obligaciones de las Clnicas Veterinarias de la

    Comunidad de Madrid como productoras de

    Residuos incluyen adems:

    Llevar un Registro de los Residuos Peligrosos pro-

    ducidos y del destino de los mismos. El Registrocontendr los datos correspondientes a los ltimos 5aos y debe guardarse en la Clnica a disposicin de laautoridad competente.

    En el Registro deben constar:

    1. Nombre de la empresa, C.I.F, domicilio, telfono,actividad, representante de la empresa, D.N.I.2. Origen de los residuos, si proceden de generacin

    propia o son importados.3. Cantidad (indicando unidad de medida)4. Naturaleza fsica o caractersticas del residuo.5. Cdigo segn Anexo del RD 833/88 y 952/97.6. Fecha de cesin de los residuos.7. Frecuencia de recogida y medio de transporte8. Gestor destinatario y nmero de documento de

    control y seguimiento.

    Cada vez que el personal de la empresa de recogida re-aliza una retirada de algn contenedor, debe dejar enla Clnica una Hoja de Control y Seguimiento y tam-bin deben guardarse 5 aos.

    Los centros que a la entrada en vigor de esta Ley estuvie-ran inscritos en el Registro de Residuos Biosanitarios yCitotxicos se inscribirn de oficio en el de Peligrosos.

    Cuando sea necesario modificar o ampliar una ins-cripcin anterior se rellenar un impreso de solicitudde inscripcin en el Registro de Pequeos Productoresde Residuos Peligrosos y se aportar copia de la ins-cripcin anterior.

  • 8/14/2019 4 Gestion de Residuos

    8/935Julio-Agosto 2004

    gestin de residuos

  • 8/14/2019 4 Gestion de Residuos

    9/9

    estin de residuos