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Elaborada por: Andalué Ambiental S.A. Noviembre, 2016 P1500300 ADENDA 3 COMPLEMENTARIA ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL “CENTRO DE DISTRIBUCIÓN EL PEÑON"

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Elaborada por:

Andalué Ambiental S.A.

Noviembre, 2016

P1500300

ADENDA 3 COMPLEMENTARIA

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

“CENTRO DE DISTRIBUCIÓN EL PEÑON"

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ADENDA COMPLEMENTARIA EIA CENTRO DE DISTRIBUCIÓN EL PEÑON

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ADENDA COMPLEMENTARIA

AL INFORME CONSOLIDADO DE SOLICITUD DE ACLARACIONES, RECTIFICACIONES Y/O AMPLIACIONES COMPLEMENTARIO AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO “CENTRO

DE DISTRIBUCIÓN EL PEÑÓN”

En esta Adenda Complementaria del Proyecto “Centro de Distribución El Peñón”, se presentan las respuestas a las solicitudes de aclaración, rectificación o ampliación dadas a conocer en el ICSARA Complementario de la revisión de la Adenda.

ÍNDICE DE CONTENIDOS

1 Establecimiento del inicio de ejecución de proyecto............................................... 2

2 descripción del proyecto o actividad ...................................................................... 5

3 Plan de cumplimiento de la Legislación Ambiental Aplicable - Normativa Ambiental10

4 Plan de cumplimiento de la Legislación Ambiental Aplicable - Permisos Ambientales Sectoriales .................................................................................................................... 7

5 Plan de medidas de mitigación, reparación y compensación ................................. 9

6 Plan de prevención de contingencias y de emergencias ...................................... 29

7 Plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes .............................. 30

8 Ficha resumen para cada fase del proyecto o actividad....................................... 30

9 Relación con los planes de desarrollo comunal ................................................... 33

10 Relación con las políticas, planes y programas de desarrollo regional ............. 36

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1 ESTABLECIMIENTO DEL INICIO DE EJECUCIÓN DE PROYECTO

1.1 El Titular declara como fecha del hito de inicio de la fase de construcción y del Proyecto Septiembre de 2016. Al respecto se solicita verificar y actualizar, en caso de corresponder, las fechas de inicio de fase de Construcción y de Operación del Proyecto.

Respuesta 1.1:

Se actualiza la información entregada en Adenda Complementaria, aclarando que el inicio de la Fase de Construcción se estima que será para Enero 2017 y que la fecha de inicio de la Etapa de Operación de la Subfase 1 será en Mayo 2018, ambas fechas sujetas a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental.

1.2 En la respuesta 1.1 de la Adenda Complementaria, no resulta clara la presentación de la Tabla 1 “Actividades que forman parte de la fase de construcción del Proyecto” con el contenido de la tabla en el cual se aborda la “fase de operación” se solicita aclarar.

Además, debido a que se sobrepone parte de la fase de construcción con la fase de operación se solicita incluir un cronograma que permita observar “fase de construcción” y sus distintas etapas, “subfase de Operación parcializada” y “subfase 2: Plena Operación”. Si bien en la respuesta 2.5 de la Adenda Complementaria, se presenta un Cronograma no resulta claro en el Cronograma como se inicia la “Operación Parcializada” si no se ha terminado la Obra Gruesa. Al respecto, se deberá analizar una mejor presentación del Cronograma estableciendo partes del Proyecto con obra gruesa terminada la cual permitiría la operación parcializada.

Respuesta 1.2:

Se acoge la observación, se corrige el nombre de la tabla, la cual corresponde a “Actividades que dan inicio a cada etapa y subfase del proyecto”, donde se detalla el hito que dará inicio a cada etapa y Subfase del proyecto:

TABLA 1: “ACTIVIDADES QUE DAN INICIO A CADA ETAPA Y SUBFASE DEL PROYECTO” Etapas Subfase Hito de Inicio Detalle

Etapa de Construcción -

Movimiento del escarpe asociado, comenzando en el sector dispuesto para habilitar el acceso provisorio a la ruta 5 y para el sector de instalación de faenas

La habilitación del acceso provisorio se contempla como el inicio de la fase de construcción del proyecto, que se realizará por la prolongación de la Caletera poniente de la Ruta 5, lo que comenzará con el Movimiento de tierra para la habilitación.

Etapa de Operación

Subfase 1: Operación Parcializada

Obtención de Recepción Parcial municipal.

Para comenzar con la operación parcializada del centro en la superficie construida, se solicitará la

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Etapas Subfase Hito de Inicio Detalle recepción municipal parcial y su obtención dará el inicio a la Fase de Operación- Subfase 1.

Subfase 2: Plena Operación

Obtención Recepción Municipal.

Una vez terminada la construcción del centro, se solicitará la Recepción Municipal total y su obtención dará el inicio a la plena operación del Centro.

En cuanto al cronograma solicitado, se acoge la observación, a continuación se presenta el cronograma actualizado diferenciando la obra gruesa terminada para las áreas asociadas a las Subfases “Operación parcializada” y “Plena Operación”:

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FIGURA 1: CRONOGRAMA ACTUALIZADO DEL PROYECTO:

* La Operación Parcializada o Subfase 1, se inicia en el momento en que se la obra gruesa y las terminaciones se encuentran ejecutadas.

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2 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

2.1 Se solicita aclarar la finalidad por la cual se mantendrá la “Casona de Construcción Solida” que se observa en Plano de Planta AG100 6.2 del Anexo A “Planos del Proyecto” de la Adenda, y descartar que se encuentre habitada para fines residenciales por personas externas al Proyecto.

Respuesta 2.1:

Se aclara que actualmente la Casona se encuentra dentro del predio del Proyecto, el que posee acceso restringido y vigilancia permanente. De esta forma se descarta que sea habilitada para fines residenciales por personas externas o ajenas al Proyecto.

Por otra parte, cabe señalar que la Casona se mantendrá solo como un elemento representativo de la condición de ruralidad del área y no será habitada o habilitada en ningún caso.

2.2 En relación a la respuesta 2.2 de la Adenda Complementaria se solicita presentar nuevamente la información del Anexo A de la Adenda Complementaria, rectificando según corresponda tablas en baja resolución que no son legibles en formato digital ni en papel, además, se solicita mejorar la presentación del plano de dicho anexo, ya que los nombres de las partes del Proyecto no son legibles debido a que los colores los tapan.

Respuesta 2.2:

Se acoge la observación, en el Anexo A “Comparativo EIA vs Adenda Actualizado” de la presenta adenda, se presenta el Anexo A de la Adenda Complementaria rectificado la información de las tablas en una mejor resolución, y en general, mejorando la presentación del plano presentado en dicho anexo.

2.3 Se solicita complementar el Anexo A “Comparativo EIA versus Adenda” en el cual se da respuesta a la observación 2.2 del ICSARA Complementario. Al respecto, se solicita:

i. Informar el nombre de cada parte del Proyecto según el “Plano EIA” (por ejemplo: “Future Expansión –A”, o “PBYL – GM”), y presentar para cada parte su respectiva definición. ii. Informar el nombre de cada parte del Proyecto según el “Plano Adenda 1” (por ejemplo: “Preparación en carrusel a piso mercadería general”, o “Seco”), y presentar para cada parte su respectiva definición. Lo anterior se solicita para entender en detalle la modificación del Proyecto que se llevó a cabo entre el EIA y la Adenda debido a que: a. Las partes del Proyecto se nombran de manera distinta entre ambos planos (si bien se observa la aproximación de nombres de lnglés al español dicha situación debe ser aclarada por el Titular).

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b. Existe una distribución distinta del Proyecto que se observa entre ambos planos. c. Aparecen partes del Proyecto entre ambos planos que son distintas. Por ejemplo en el “Plano Adenda 1” se observan las siguientes partes que no han sido definidas y que no aparecen en el “Plano EIA”: la “Casona de Construcción Solida”, “áreas de Plan de Compensación”, “estanque de riego”, “áreas sin intervención”, estructuras similares a plantas de tratamiento deagua en el sector norte del Proyecto, bodegas de materiales, etc.

Respuesta 2.3:

Se acoge la observación, y a continuación se presenta tabla comparativa con la definición de cada una de sus partes, y plano con la incorporación de las observaciones, adjunto en Anexo A “Comparativo EIA vs Adenda Actualizado” de la presente adenda:

TABLA 2: TABLA COMPARATIVA–DESCRIPTIVA DE PARTES DEL PROYECTO Plano EIA Plano ADENDA 1 Definición

BREAK PACK / PTL

ALMACENAJE POR UNIDADES

Sector del CD donde se procesan pedidos por unidades. Se abren las cajas y se sacan unidades para armar pedidos. Normalmente las cajas se mandan completas al local, no se abren.

STORE SUPPLIES

INSUMOS PARA LOCALES

Todos aquellos materiales o insumos que el local utiliza para su operación diaria: bolsas, envases de torta, bandejas, etc.

DRY SECO 1 Sector del CD que almacena Abarrotes. DRY SECO 2 Sector del CD que almacena Abarrotes. DRY SECO 3 Sector del CD que almacena Abarrotes.

PBYL - GM

PREPARACIO EN CARRUSEL A PISO MERCADERIA GENERAL

Proceso en el cual se utiliza un área abierta en donde se genera una grilla de pallets, ubicando 1 por cada local. Se van surtiendo las cajas del pallet que envía en proveedor en cada uno de esos pallet de destino en la grilla según la demanda de cada local.

GM - DOMESTIC MERCADERÍA GENERAL NACIONAL

Sector del CD que almacena Mercadería General.

GM - IMPORTS MERCADERIA GENERAL IMPORTADA 2

Sector del CD que almacena Mercadería General.

GM – IMPORTS MERCADERIA NACIONAL IMPORTADA

Sector del CD que almacena Mercadería General.

BULK AREA + PALLETS + CARTS

ALMACENAMIENTO A PISO

Debido al tamaño y peso de algunos productos, se decide almacenarlos apilados en vez de guardarlos en Rack. Normalmente son los artículos de Línea Blanca. En estas áreas sin Rack también se almacenan los Pallets vacíos y los CARTS (carros metálicos en los cuales se despachan las cajas a algunas tiendas).

FUTURE EXPANCION – A - Futura expansión, denominada Etapa 2,

considerada sólo en el EIA, no forma parte

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Plano EIA Plano ADENDA 1 Definición del plano adenda 1 por adecuación de superficies.

SHRINK + RETURNS

MERMAS Y DEVOLUCIONES

Área donde se manejan productos dañados durante el proceso operativo. Se clasifican, se botan o se recuperan según sea el caso.

BETTERY S. BATERÍAS

Sector del Centro de Distribución donde se realiza la carga de las baterías, que son las que necesitan las máquinas (grúas, traspaletas) para funcionar.

BATTERY ROOM S. BATERIAS

Sector del Centro de Distribución donde se realiza la carga de las baterías, que son las que necesitan las máquinas (grúas, traspaletas) para funcionar.

ASSENTS RETURN LOGISTICA INV.

Área del CD donde se procesan y distribuyen los pallets vacíos que devuelven las tiendas una vez que ya reciben su pedido y guardan las cajas. Los camiones se traen de vuelta esos pallets al CD.

TRUCK SHOP TALLER DE CAMIONES Taller de Mantenimiento de los Trailers (SemiRemolques) que son propiedad de Walmart.

TRUCK WASHING LAVADO CAMIONES Máquina que realiza lavado exterior e interior de los SemiRemolques.

BUFFER ESPERA - 2

FUTURO ESPERA CAMIONES

Sector del CD donde los transportistas esperan que su Carga esté lista para poder llevarla al local de destino.

BUFFER ESPERA - 1

ESTACIONAMIENTO (ESPERA)

Sector del CD donde los transportistas esperan que su Carga esté lista para poder llevarla al local de destino.

SHIPPING DOCKS (EKONO)

ANDEN DESPACHO (EKONO)

Esta zona es un andén de despacho normal, con la diferencia que está dedicado de forma específica a realizar despachos a uno de los formatos de la Compañía.

RECEIVING DOCKS (QA + BACKHAUL + REVERSE LOGISTIC)

ANDEN RECEPCIÓN (QA + “BACKHAUL” + LOGISTICA INVERSA)

Andén de recepción de proveedores normal, usado específicamente para recibir camiones de proveedores atendidos por nuestro Transporte (proceso que se llama Backhaul), recibir pallets vacíos para ser utilizados en los procesos de Operación y donde se realizan auditorías internas (QA: Quality Assurance: aseguramiento de Calidad).

RECEIVING DOCKS (SSTK DRY)

ANDEN DE RECEPCIÓN (MERCADERÍA GRAL. + SECO)

Andenes de recepción de proveedores general, sirve a ambos tipos de mercadería: Abarrotes y Mercadería General (no-comida).

RECEIVING DOCKS (GM - IMPORTS)

ANDEN DE RECEPCIÓN (MERCADERÍA GENERAL – IMPORTADA)

Andenes de recepción de proveedores con foco especial en recibir camiones con mercadería Importada, cuyo origen es el Puerto.

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Plano EIA Plano ADENDA 1 Definición

PARKING SPOTS ESTACIONAMIENTOS

Estacionamientos disponibles para que se estacionen los Semi-Remolques vacíos, aquellos que ya están cargados, aquellos que están en espera de ser despachados o aquellos que están en espera de ser descargados.

SHIPPING DOCS (LIDER)

ANDEN DESPACHO (LIDER)

Andén de despacho dedicado a atender locales de Formato Lider.

SHIPPING DOCS (TRUNKING)

SHIPPING DOCS (“TRUNKING”)

Andén de despacho dedicado a atender un proceso particular llamado Trunking en donde se envía mercadería de varios locales al mismo tiempo en el mismo camión.

SHIPPING DOCS (EXP. + ACUENTA)

ANDEN DESPACHO (EXP. + ACUENTA)

Andén de despacho dedicado a atender a locales del Formatos Express y Acuenta.

PAKING SPOTS ESTACIONAMIENTOS

Estacionamientos disponibles para que se estacionen los Semi-Remolques vacíos, aquellos que ya están cargados, aquellos que están en espera de ser despachados o aquellos que están en espera de ser descargados.

2.4 Se reitera la observación 2.7 en relación a la situación del Lote – A (rol 106023). Al respecto el Titular informa que “para efectos del Proyecto sometido a evaluación ambiental los predios que forman parte de él, incluyen al lote A (Rol 106023). Sin embargo efectivamente dicho lote no forma parte de la fusión solicitada a la Dirección de Obras Municipales de San Bernardo, otorgada mediante la resolución N° 45 del 10.11.2015” (énfasis añadido) de lo anterior se desprende que el Lote A corresponde al predio del Proyecto para efectos ambientales, sin embargo, la superficie total del predio del Proyecto de 471.630 m2 informada en la respuesta 2.2 de la Adenda Complementaria, Anexo A, es la misma que la informada para el Lote Z como superficie bruta, en el Anexo C.3., téngase presente que la Superficie del Lote Z no incluye al Lote A. Se solicita aclarar las superficies del Proyecto.

Respuesta 2.4:

Se aclara que el proyecto de arquitectura se desarrolla en el predio resultante de la fusión de lotes “Lote Z”, cuya aprobación fue otorgada por la DOM mediante la Resolución N°45 del 10.11.2015, la cual corresponde a una superficie total de 471.630 m2.

Esta fusión no incluye el predio de Rol 1060-23, correspondiente al Lote A, el cual de acuerdo a las escrituras, tiene una superficie aproximada de 6.798 m2 y que solo correspondería considerar la superficie de este lote para efectos ambientales, es decir un total de 478.428 m2.

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Vialidad

2.5 La Seremi de Transportes y Telecomunicaciones RM mediante Ord. N°6357 de fecha 26 de agosto de 2016 observa lo siguiente:

“Se solicita informar al Titular si la modificación de la cantidad de estacionamientos del EISTU aprobado, que declara en la tabla en el punto 1.2.4. de la tabla de “Adecuación del Proyecto”, fue informada a esta Secretaria Regional Ministerial. Esto porque el EIA debe ser concordante con los datos presentados en el EISTU.”. Al respecto, se solicita dar respuesta a lo observado por la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones RM y aportar el Informe de Factibilidad Técnica (IFT) del EISTU Aprobado y Esquema de Medidas de Mitigación. En el caso en que el EISTU no sea concordante con el EIA, se solicita presentar complementariamente la resolución de Modificación del EISTU y esquemas complementarios emitidos por la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones RM con la finalidad de dar cuenta de la consistencia entre el EIA en evaluación y el EISTU del Proyecto con su número de estacionamientos final.

Respuesta 2.5:

Se acoge la observación, se aclara que no existe modificación de la cantidad de Estacionamientos requeridos por normativa según los metros cuadrados a construir por lo que el EIA es concordante con el EISTU aprobado, ya que éste último aprueba la construcción de los siguientes estacionamientos asociados a los metros cuadrados construidos:

Fuente: EISTU aprobado por SEREMIT, Punto 3.2, Cuadro 3.3.

Tal como se informó en el punto 1.3.3 de la Tabla “Adecuación del Proyecto” del Anexo A de la Adenda Complementaria, el proyecto considera una superficie total de 144.264 m2 respondiendo a la adecuación de superficies del proyecto, lo que corresponde los estacionamientos aprobados para la Etapa I del EISTU, es decir, los 712 Estacionamientos informados en el punto 1.2.4. de la tabla de “Adecuación del Proyecto” al que hace referencia la observación de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones.

Además, en Anexo B “Antecedentes del EISTU” de la presente Adenda, se reitera la información de Informe de Factibilidad Técnica (IFT) del EISTU aprobado y el Esquema de Medidas de Mitigación, anteriormente presentada en Adenda 1_ Anexo R “Antecedentes del EISTU”.

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3 PLAN DE CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL APLICABLE - NORMATIVA AMBIENTAL

Respecto del Cumplimiento de la Ley 19.300 y el Reglamento Sistema de Evaluación Ambiental (D.S 40/2012 del MMA y sus modificaciones), se solicita al titular:

3.1 Respecto de las diferentes componentes ambientales (aire, ruido, residuos líquidos, residuos sólidos, residuos peligrosos, vialidad, sustancias peligrosas, agua, arqueología, etc.), indicadas por el Titular en el Capítulo IX del EIA “Normativa Ambiental Aplicable y Permisos Ambientales Sectoriales”, en el Anexo O, en el Anexo I “Fichas Ambientales” de la Adenda Complementaria y lo solicitado en el presente documento. Se solicita al Titular actualizar y completar las siguientes fichas con cada una de las componentes en cuestión, de forma separada para cada una de las normativas establecidas. Para esto deberá utilizar la siguiente tabla las cuales se solicita presentar de manera independiente a lo presentado en las Fichas Ambientales:

1. COMPONENTE / MATERIA

Norma Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Parte, obra o acción a la que aplica ]Forma de cumplimiento Indicador que acredita su cumplimiento

Cabe señalar que los indicadores que acrediten el cumplimiento de la normativa propuestos por el Titular, deben ser precisos, atingentes y de fácil verificación en relación a la norma, es decir, no deben ser susceptibles de interpretación teniendo en cuenta que la(s) norma(s) no son susceptibles de cumplirse parcialmente.

Respuesta 3.1:

Se acoge solicitud. En el Anexo F.2 se presentan fichas normativas actualizadas y completas para cada una de las componentes en cuestión, de forma separada y para cada una de las normativas establecidas.

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Emisiones Atmosféricas

Respecto del cumplimiento del D.S. 66/09 MINSEGPRES: “Que Revisa, Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) para la Región Metropolitana”, se solicita al Titular presentar una nueva estimación de emisiones considerando:

Fase de Construcción

3.2 Respecto a la respuesta 5.3 de la Adenda Complementaria. Se solicita rectificar en la Tabla 9 del Anexo K.1 de la Adenda Complementaria, el valor de la densidad de los escombros. Para esto, el Titular debe considerar una densidad de 1,5 ton/m3 como fue presentado inicialmente en el Anexo E del EIA, por lo que no se aceptará la modificación presentada en la Adenda. Lo anterior, se solicita puesto que la disminución del valor de densidad promedio presentado por el Titular en la Adenda no se justifica e implica una subestimación de emisiones, además no correspondería al peor escenario.

Respuesta 3.2:

Se acoge la observación de la autoridad, considerando el peor escenario, por lo tanto se rectificó el valor de la densidad utilizada para escombros por el valor sugerido de 1,5 ton/m3. A continuación se presenta la tabla actualizada de Cantidad de Material de Transferencia y la tabla de emisiones de Material Particulado respectiva.

TABLA 3: Cantidad de material de la Transferencia

Año Traslado de Material Volumen (m3/año) Densidad (ton/m3) Movimiento de Material (ton/año)

Año 1

Escarpe 204.848 1,6 327.757

Excavaciones 293.707 1,8 528.673

Relleno 246.553 2 493.106

Demolición (escombros) 1.115 1,5 1.673

Escombros Totales 9.210 1,5 13.815

Total 755.433 -- 1.365.024

Año 2

Escombros totales 12.140 1,5 18.210

Escarpe a María Pinto 43.333 1,6 69.333

Total 55.473 -- 87.543

Año 3 Escarpe a María Pinto 43.333 1,6 69.333

Total 43.333 -- 69.333

Año 4 Escarpe a María Pinto 43.333 1,6 69.333

Total 43.333 -- 69.333

Fuente: Elaboración propia

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Debido al cambio de densidad de escombros, aumentó el valor de material a transferir en los años 1 y 2. Los años 3 y 4 se mantienen sin cambios dado que corresponden sólo a traslado de escarpe a María Pinto y no consideran traslado de escombros.

TABLA 4: EMISIONES DE MP RESUSPENDIDO DE LA TRANSFERENCIA DE MATERIAL

Año FE MP2,5 (kg/ton)

FE MP10 (kg/ton)

NA(*) (ton/año)

Emisión MP2,5

(ton/año) Emisión MP10

(ton/año)

Año 1 0,00005 0,00031 2.722.711 0,129 0,851

Año 2 0,00005 0,00031 199.934 0,009 0,063

Año 3 0,00005 0,00031 138.666 0,007 0,043

Año 4 0,00005 0,00031 138.666 0,007 0,043

(*) El volumen de material fue multiplicado por 2 para considerar la actividad de carga y volteo de camiones. Fuente: Elaboración propia

3.3 Se reitera al Titular, rectificar en la Tabla N° 16 "Volúmenes de material y números de viajes anuales del proyecto" del Anexo K.1 de la Adenda Complementaria, el número de viajes (ida y vuelta). Lo anterior, se solicita puesto que el Titular solo modifica los viajes para la actividad de compensación de suelo, mientras que no lo hace para el resto de las actividades, lo que implica una subestimación de emisiones.

Respuesta 3.3:

En la Respuesta 5.5 Adenda complementaria se corrigió la cantidad de viajes asociada únicamente a Traslado de material para Compensación de Suelos, dado que solo había error de tipeo en esta tipología de viajes.

No obstante se ha revisado una vez más la cantidad de viajes indicados en esta tabla verificándose que están bien calculados para todas las tipologías al considerar los valores de volumen (m3), densidad (ton/m3) y capacidad del vehículo (ton).

Se aclara que las diferencias apreciadas se deben a que los cálculos que se pueden hacer directamente de esta tabla no incluyen la cantidad de decimales ocultos con los que trabaja el procesador Excel.

Para dar mayor claridad de la información utilizada y de los cálculos realizados se presenta la siguiente Tabla "Volúmenes de material y números de viajes anuales del proyecto" con ejemplos de cálculos con mayor cantidad de decimales, emulando el cálculo que hace el procesador Excel.

Cabe señalar que por la modificación sugerida por parte de la autoridad respecto del cambio de densidad en la pregunta anterior, los volúmenes de escombros fueron modificados, reflejándose esto en la siguiente Tabla:

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TABLA 5: VOLÚMENES DE MATERIAL Y NÚMEROS DE VIAJES ANUALES DEL PROYECTO

Actividad Materiales

Densidad

(ton/m3)

Cap.

Veh (ton)

Año 1 Año 2 Año 3 Año 4

Tipo de vehículo

Volumen

(m3)

Nº viajes (ida y vuelta

)

Volumen

(m3)

Nº viajes (ida y

vuelta)

Volumen

(m3)

Nº viajes (ida y vuelta

)

Volumen (m3)

Nº viajes (ida y vuelta

)

Habilitación de acceso provisorio

Escarpe 1,6 22 C. Tolva 2.048 293 - - - - - -

Ejemplo de cálculo Número de viajes Escarpe Año 1 sin decimales= ((2.048 m3*1,6 m3/ton)/ 22 ton)*2 = 297,89 (viajes) Ejemplo de cálculo Número de viajes Escarpe Año 1 con decimales= ((2.048,480174 m3*1,600000 m3/ton)/22,400000 ton)*2 =292.640024 ~ 293 (viajes)

Excavaciones 1,8 25 C. Tolva 2.937 420 - - - - - -

Ejemplo de cálculo Número de viajes Excavaciones Año 1 sin decimales= ((2.937 m3*1,8 m3/ton)/ 25 ton)*2 = 422,92 (viajes)

Ejemplo de cálculo Número de viajes Escarpe Año 1 con decimales= ((2.937,070630 m3*1,800000 m3/ton)/25,200000 ton)*2 =419.581518 ~ 420 (viajes)

Relleno 2 28 C. Tolva 2.466 352 - - - - - -

Ejemplo de cálculo Número de viajes Escarpe Año 1 sin decimales= ((2.465 m3*2,0 m3/ton)/ 28 ton)*2 = 352,14 (viajes) Ejemplo de cálculo Número de viajes Escarpe Año 1 con decimales= ((2.465,533460 m3*2,000000 m3/ton)/28,000000 ton)*2 =352.142857 ~ 352 (viajes)

Escombros 1,5 23 C. Tolva 198 26 - - - - - -

Habilitación terreno y

continuación de

construcción de carretera

Escarpe 1,6 22 C. Tolva 202.800 28.971 - - - - - -

Excavaciones 1,8 25 C. Tolva 290.770 41.539 - - - - - -

Relleno 2 28 C. Tolva 244.088 34.870 - - - - - -

Demolición 1,5 23 C. Tolva 1.115 149 - - - - - -

Obra Gruesa

Hormigón 2,4 19 C. Mixer 37.269 9.317 42.593 10.648 - - - -

Cemento 2,5 28 C. Rampla 2.114 378 2.416 431 - - - -

Prefabricados Hormigón 2,4 19 C. Rampla 5.511 1.378 6.299 1.575 - - - -

Cubiertas 7,8 28 C. Rampla 3.558 1.982 4.066 2.265 - - - -

Fierro 7,8 28 C. Rampla 84 47 96 54 - - - -

Otros 0,5 28 C. Rampla 2.472 88 2.825 101 - - - -

Escombros 1,5 23 C. Tolva 5.754 767 6.576 877 - - - -

Terminaciones

Aislación 0,1 28 C. Rampla - - 3.050 22 - - - -

Rack 3,2 28 C. Rampla - - 4.045 924 - - - -

Tabiquería 0,5 28 C. Rampla - - 2 0 - - - -

Puertas 0,5 28 C. Rampla - - 88 3 - - - -

Pinturas 1,4 28 C. Rampla - - 2.246 225 - - - -

Diluyentes 1,4 28 C. Rampla - - 225 22 - - - -

Otros 0,5 28 C. Rampla - - 9.654 345 - -

Escombros 1,5 28 C. Tolva - - 2.178 233 - -

Vialidad

Estabilizado 2,1 28 C. Tolva 9.911 1.487 15.858 2.379 - - - -

Asfalto 1,8 28 C. Rampla 6.607 850 10.572 1.359 - - - -

Otros 0,5 28 C. Rampla 1.652 59 2.643 94 - - - -

Escombros 1,5 28 C. Tolva 2.050 220 3.279 351 - - - -

Paisajismo Tierra de Hojas 1,0 12 C. Tolva 827 138 946 158 - - - -

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Actividad Materiales

Densidad

(ton/m3)

Cap.

Veh (ton)

Año 1 Año 2 Año 3 Año 4

Tipo de vehículo

Volumen

(m3)

Nº viajes (ida y vuelta

)

Volumen

(m3)

Nº viajes (ida y

vuelta)

Volumen

(m3)

Nº viajes (ida y vuelta

)

Volumen (m3)

Nº viajes (ida y vuelta

)

Árboles - 28 C. Rampla - 2 - - - - - -

Otros - 12 C. Rampla - 4 - - - - - -

Escombros 1,5 28 C. Tolva 93 10 107 11 - - - -

Compensación de suelo Escarpe 1,6 22 C. Tolva - - 43.333 6.190 43.33

3 6190 43.333 6.303

Fuente: Elaboración propia

3.4 Aclarar en la Tabla 31 del Anexo K.1, si los viajes por caminos no pavimentados interiores fueron considerados como viajes "ida y vuelta". Adicionalmente, se solicita aclarar a que corresponde la columna de "Nivel de Actividad", lo anterior se solicita puesto que las unidades del nivel de actividad son modificadas entre la Adenda y la Adenda complementaria, además se observa que ciertos valores son aumentados al doble mientras que otros no (como es el caso del camión hormigonero).

Respuesta 3.4: Se aclara que en los viajes de la Tabla 31 por caminos no pavimentados interiores, sí están considerados los viajes ida y vuelta.

Cabe señalar que el Nivel de actividad presentado en la adenda 2 (complementaria) corresponde al número de viajes/año y en la adenda 1 el Nivel de actividad presentado correspondió al Producto entre el número de viajes y las distancias a recorrer. Esto se modificó en la adenda 2 (respecto de la adenda 1) dado que el número de viajes resulta más ilustrativo para entender los niveles de actividad en el caso de las actividades de transporte. No obstante, a continuación en la tabla siguiente se presenta nuevamente ésta información, especificando cada uno de los parámetros que conforman el Nivel de Actividad, de manera que resulte claro y auto-explicativo el cálculo presentado.

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TABLA 6: NA Y EMISIONES DE MP RESUSPENDIDO DE LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN VÍA NO PAVIMENTADA INTERIOR

Actividad Traslado

de Materiales

Año 1 Año 2

NA Emisión MP2,5

(ton/año)

Emisión MP10

(ton/año)

NA Emisión MP2,5

(ton/año)

Emisión MP10

(ton/año) (Viajes/año)

Ida y vuelta Distancia

(Km)

Nivel de actividad

(km-veh/año)

(Viajes/año)

Ida y vuelta Distancia

(Km)

Nivel de actividad

(km-veh/año)

Habilitación de acceso provisorio

Escarpe 293 0,75 219,5 0,00154 0,01541 - 0,73 - -

Excavaciones

420 0,75 314,7 0,00221 0,02210 - 0,73 - -

Relleno 352 0,75 264,2 0,00185 0,01855 - 0,73 - -

Escombros 26 0,75 19,8 0,00014 0,00139 - 0,73 - -

Habilitación terreno y continuación de construcción de carretera

Escarpe 28.971 0,75 21.728,5 0,15257 1,52574 - 0,73 - -

Excavaciones

41.539 0,75 31.153,9 0,21876 2,18758 - 0,73 - -

Relleno 34.870 0,75 26.152,3 0,18364 1,83637 - 0,73 - -

Demolición 149 0,75 111,5 0,00078 0,00783 - 0,73 - -

Obra Gruesa

Hormigón 9.317 0,75 6.988,0 0,04907 0,49069 10.648 0,73 7.773 0,0533 0,5331

Cemento 378 0,75 283,1 0,00199 0,01988 431 0,73 315 0,0022 0,0216

Prefabricados Hormigón

1.378 0,75 1.033,4 0,00726 0,07256 1.575 0,73 1.150 0,0079 0,0788

Cubiertas 1.982 0,75 1.486,7 0,01044 0,10439 2.265 0,73 1.654 0,0113 0,1134

Fierro 47 0,75 35,1 0,00025 0,00247 54 0,73 39 0,0003 0,0027

Otros 88 0,75 66,2 0,00046 0,00465 101 0,73 74 0,0005 0,0051

Escombros 767 0,75 575,4 0,00404 0,04040 877 0,73 640 0,0044 0,0439

Terminaciones Aislación - 0,75 - - - 22 0,73 16 0,0001 0,0011

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Actividad Traslado

de Materiales

Año 1 Año 2

NA Emisión MP2,5

(ton/año)

Emisión MP10

(ton/año)

NA Emisión MP2,5

(ton/año)

Emisión MP10

(ton/año) (Viajes/año) Ida y vuelta

Distancia (Km)

Nivel de actividad

(km-veh/año)

(Viajes/año) Ida y vuelta

Distancia (Km)

Nivel de actividad

(km-veh/año)

Rack - 0,75 - - - 924 0,73 675 0,0046 0,0463 Tabiquería - 0,75 - - - 0 0,73 0 0,0000 0,0000 Puertas - 0,75 - - - 3 0,73 2 0,00002 0,0002 Pinturas - 0,75 - - - 225 0,73 164 0,0011 0,0112 Diluyentes 0,75 - - - 22 0,73 16 0,0001 0,0012

Otros 0,75 - - - 345 0,73 252 0,0017 0,0173

Escombros 0,75 - - - 78 0,73 57 0,0004 0,0039

Vialidad

Estabilizado

1.487 0,75 1.115,0 0,00783 0,07829 2.379 0,73 1.736 0,0119 0,1191

Asfalto 850 0,75 637,1 0,00447 0,04474 1.359 0,73 992 0,0068 0,0680

Otros 59 0,75 44,2 0,00031 0,01157 94 0,73 69 0,0005 0,0047

Escombros 220 0,75 164,7 0,00116 0,00386 351 0,73 256 0,0018 0,0176

Paisajismo

Tierra de Hojas

138 0,75 103,4 0,00073 0,00726 158 0,73 115 0,0008 0,0079

Árboles 2 0,75 1,5 0,00001 0,00011 - 0,73 - - -

Otros 4 0,75 3,0 0,00002 0,00021 - 0,73 - - -

Escombros 10 0,75 7,5 0,00005 0,00053 11 0,73 8 0,00006 0,0006

Retiro de escarpe

Excedentes de tierra a María Pinto

- - - - - 6.190 0,73 4.519 0,0232 0,2324

Total - 0,6496 6,4961 - 0,1339 1,3389

Fuente: Elaboración propia

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En la tabla anterior se incluyó una columna triple “NA” en la cual la primera columna corresponde a los Viajes/año, la segunda columna a la distancia del trayecto a recorrer en cada viaje y la tercera al Nivel de Actividad propiamente tal, que corresponde al producto entre los Viajes/año y la distancia, a continuación se presenta un extracto de dichas columnas en las que describe el cálculo realizado.

TABLA 7: EXTRACTO TABLA CON NA

NA

(Viajes/año) Ida y vuelta

Distancia (Km)

Cálculo de Nivel de actividad (km-veh/año)

293 0,75 219,5 (293 x0,75=219,5) 420 0,75 315,0 (420x0,75=315,0) 352 0,75 264(352x0,75=264,0)

Fuente: Elaboración propia

Finalmente, respecto de lo consultado sobre el camión hormigonero, como se aclaró anteriormente, en la Adenda 1 se presentó el Nivel de Actividad como el producto entre el número de viajes y la distancia recorrida (10.648 x 0,48 = 5.058 km-veh/año) y, posteriormente en la Adenda complementaria se presentó el NA como el número de viajes/año de los camiones (10.648 viajes/año), es por esta razón que la Autoridad interpretó un aumento al doble. Para una mayor comprensión, a continuación se detallan los valores que se presentaron en ambas adendas, para este caso en particular durante el año 2.

TABLA 8: DETALLE NA ADENDA 1 Y COMPLEMENTARIA

Adenda

NA

(Viajes/año)

Ida y vuelta Distancia

(Km) Cálculo de Nivel de actividad

(km-veh/año)

Adenda 1 10.648 0,48 5.058 (10.648 x 0,48 = 5.058) Adenda complementaria 10.648 0,731 7.773 (10.648 x 0,73 = 7.773)

3.5 Ampliar la presentación indicando el supresor de polvo a utilizar en los caminos no pavimentados al interior del predio, incluyendo además la ficha técnica del supresor de polvo. Lo anterior, se solicita puesto que el Titular omite en la Adenda Complementaria la información técnica respectiva al supresor de polvo a utilizar. Adicionalmente, se solicita al Titular ampliar la presentación con un programa de estabilización de los caminos interiores no pavimentados, el cual contenga la cantidad de estabilizador utilizar, método de aplicación, frecuencia de aplicación, un encargado de llevar el registro de la ejecución del programa (el

1 Cabe señalar que esta distancia se modificó entre la adenda y la adenda complementaria.

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cual deberá ser individualizado en caso de requerir los registros de aplicación del programa en caso de posibles fiscalizaciones), entre otros.

Respuesta 3.5:

Se aclara que la autoridad no había pedido una ficha técnica del supresor solo hasta esta oportunidad, por lo tanto se adjunta a esta Adenda la solicitada Ficha (Ver Anexo C, Apartado 3 de la presente adenda). Adicionalmente y de acuerdo a lo solicitado por la autoridad, se adjunta también un Programa de Estabilización de Caminos Interiores No Pavimentados (Ver Anexo C, Apartado 2 de la presente adenda), en el cual se indica la cantidad de estabilizador utilizar, el método de aplicación, la frecuencia de aplicación, las funciones del supervisor encargado de llevar el registro de la ejecución del programa, entre los otros aspectos relevantes del Programa.

3.6 Rectificar en la Tabla 32 del Anexo K.1, los niveles de actividad. Lo anterior, se solicita puesto que se observa mediante imágenes de Google Earth, en conjunto con el archivo KMZ (Anexo K.3), que la ruta no pavimentada exterior (desde "Camino Catemito" hasta el Vertedero Catemito) tiene una distancia de a lo menos 850 metros, a diferencia de los 400 metros indicados por el Titular. Adicionalmente, deberá ampliar la presentación indicando el detalle de los cálculos para estimar los niveles de actividad para el tránsito de vehículos pesados por caminos no pavimentados en vías exteriores.

Respuesta 3.6:

Se acoge la observación, se rectificó la distancia al vertedero de 400 metros que se utilizó en la Adenda complementaria a 850 metros, los que fueron calculados nuevamente. La Tabla siguiente muestra el nivel de actividad y las emisiones con la actualización de la distancia al vertedero.

TABLA 9: NA Y EMISIONES DE MP RESUSPENDIDO DE LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN VÍAS NO PAVIMENTADAS EXTERIORES

Actividad Traslado de Materiales

Año 1 Año 2

Na (km-

veh/año)

Emisión MP2,5

(ton/año)

Emisión MP10

(ton/año

Na (km-

veh/año)

Emisión MP2,5

(ton/año)

Emisión MP10

(ton/año) Habilitación de acceso provisorio Escombros 22 0,00158 0,01579 - - -

Habilitación terreno y continuación de construcción de carretera

Demolición 126 0,00887 0,08871 - - -

Obra Gruesa Escombros 652 0,04579 0,45789 745 0,0511 0,5115

Terminaciones Escombros - - - 198 0,0136 0,1361

Vialidad Escombros 187 0,01311 0,13108 299 0,0205 0,2050

Paisajismo Escombros 8 0,00060 0,00597 10 0,0007 0,0067

Total 0,0699 0,6994 0,0859 0,8593

Fuente: Elaboración propia

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Se aclara a la autoridad que el Nivel de Actividad para el tránsito de vehículos pesados por caminos no pavimentados exteriores se calcula en función del número de viajes (ida y vuelta) multiplicado por la distancia recorrida por los camiones para cada año. En la Tabla siguiente se muestran los parámetros utilizados.

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TABLA 10: NA DE MP RESUSPENDIDO DE LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN VÍAS NO PAVIMENTADAS EXTERIORES.

Actividad Traslado de Materiales

Año 1 Año 2

NA NA

(Viajes/año)

Ida y vuelta Distancia

(Km) Nivel de actividad

(km-veh/año) (Viajes/año)

Ida y vuelta Distancia

(Km) Nivel de actividad

(km-veh/año)

Habilitación de acceso provisorio

Escarpe 293 - - - - - -

Excavaciones 420 - - - - - -

Relleno 352 - - - - - - Escombros 26 0,85 22 (26 * 0,85 = 22) - - - -

Habilitación terreno y continuación de construcción de carretera

Escarpe 28.971 - - - - - Excavaciones 41.539 - - - - - -

Relleno 34.870 - - - - - - Demolición 149 0,85 126 (149 * 0,85 = 126,7) - - - -

Obra Gruesa

Hormigón 9.317 - - - 10.648 - - -

Cemento 378 - - - 431 - - - Prefabricados Hormigón 1.378 - - - 1.575 - - -

Cubiertas 1.982 - - - 2.265 - - - Fierro 47 - - - 54 - - - Otros 88 - - - 101 - - - Escombros 767 0,85 652 (767 * 0,85 = 652) 877 0,85 745 (877 * 0,85 = 745)

Terminaciones

Aislación - - - - 22 0,73 - -

Rack - - - - 924 0,73 - -

Tabiquería - - - - 0 0,73 - -

Puertas - - - - 3 0,73 - -

Pinturas - - - - 225 0,73 - -

Diluyentes - - - - 22 - - -

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Actividad Traslado de Materiales

Año 1 Año 2

NA NA

(Viajes/año)

Ida y vuelta Distancia

(Km) Nivel de actividad

(km-veh/año) (Viajes/año)

Ida y vuelta Distancia

(Km) Nivel de actividad

(km-veh/año)

Otros - - - -

345 - - -

Escombros - 0,85 - - 233 0,85 198 (233 * 0,85 = 198)

Vialidad

Estabilizado 1.487 - - - 2.379 - - -

Asfalto 850 - - - 1.359 - - -

Otros 59 - - - 94 - - -

Escombros 220 0,85 187 (220 * 0,85 =187) 351 0,85 299 (351 * 0,85 = 298,35)

Paisajismo

Tierra de Hojas 138 - - 158 - - -

Árboles 2 - - - - - -

Otros 4 - - - - - -

Escombros 10 0,85 8 (10 * 0,85 = 8,5) 11 0,85 10 -

Retiro de escarpe

Excedentes de tierra a María Pinto

- - - - 6.190 - - -

Fuente: Elaboración propia

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Fase de Operación

3.7 Respecto a la nueva estimación de emisiones para la fase de operación (respuesta 5.9 de la Adenda Complementaria), se solicita lo siguiente:

a. Ampliar el Punto 5.2 “Actividades de la fase de operación” del Anexo K.1 de la Adenda Complementaria, incluyendo el detalle de la estimación del flujo máximo de camiones en la operación del centro de distribución. Lo anterior, se solicita puesto que el Titular indica solo el aumento de flujo proyectado, mientras que no indica la máxima capacidad de flujo que puede mantener el centro de distribución. b. Rectificar en la Tabla 48 “FE de MP resuspendido de la circulación de vehículos en caminos pavimentados” del Anexo K.1, los factores de emisión para MP10. Lo anterior, se solicita puesto que los valores presentados por el Titular no utilizan para su cálculo los parámetros de carga de fino y peso promedio indicados en la misma Tabla. En su lugar, el Titular deberá considerar los valores correspondientes, como se indica en la siguiente tabla:

Tipo Vía Carga Fino (g/m2)

Peso W (ton)

FE MP10 (g/km-veh)

Flujo superior a 10.000 veh/día 0,3 8 1,728 Flujo entre 500 y 10.000 veh/día 0,7 8 3,737 Flujo inferior a 500 veh/día 2,4 8 11,469

c. Ampliar la presentación incluyendo la proyección de aumento de flujo presentada en la Figura 4 del Anexo E del EIA. Lo anterior, se solicita puesto que aquella proyección representa un escenario más desfavorable. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá considerar como peor escenario en la operación, los flujos vehiculares del centro de distribución operando a plena carga.

Respuesta 3.7 a):

Se acoge la observación. En Anexo C “Informe de Emisiones Actualizado” de la presente Adenda, se adjunta la estimación de emisiones actualizada al flujo máximo de camiones, correspondiente a 42 Camiones/hora, tal como se informó en el Anexo A “Comparativo EIA Versus Adenda” de la Adenda Complementaria, dicho flujo máximo responde a la ocupación máxima del Centro de Distribución con la adecuación de superficies de la Adenda, informada en la Adenda Complementaria (Punto 1.3.3 de la Tabla Comparativa EIA Versus Adenda). Es necesario aclarar, que el flujo máximo de 42 Camiones/hora, se obtuvo como una relación de la superficie total construida de 144.264 m2, operando a plena carga, la que se alcanzará en un 100%, el año 2022. A continuación se presenta un gráfico con la relación entre la ocupación del centro en m2 y el aumento en el Flujo de Camiones necesaria, hasta alcanzar operación total del proyecto.

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GRÁFICO 1: OCUPACIÓN DEL CENTRO EN M2 Y AUMENTO DE FLUJO DE CAMIONES NECESARIOS

Respecto del año 2018 (año en que se iniciará la operación del CD), los flujos de camiones en la fase de operación, se obtuvieron en dos cortes temporales, divididos de acuerdo a la superficie construida que abarca cada Subfase (1 y 2).

Del cronograma indicado anteriormente, se observa la existencia de una operación parcializada de los flujos en el Año 2 (2018), ya que durante la primera mitad del año, sólo parte de las dependencias del CD, se encontrarán disponibles para la puesta en marcha, lo que tendrá una duración aproximada de 5 meses. Luego, los últimos 3 meses de ese mismo año (2018), el centro entrará en operación total, disponiendo de toda su superficie construida, pero sin llegar a su máxima capacidad. Desde el Año 3 (2019) hasta el Año 5 (2021), gradualmente se irá alcanzando la máxima capacidad del Centro, para que finalmente desde el Año 6 (2022) y en adelante, se tenga el Centro de Distribución operando a plena carga.

En Anexo C de esta Adenda, se presenta el resultado de la estimación de las emisiones actualizada al flujo máximo de camiones de 42 Camiones/hora, correspondiente al Año 6 (2022), momento en el que se alcanzará la máxima capacidad del CD, obteniéndose, de esta manera, el peor escenario de la operación del proyecto.

Respuesta 3.7 b):

Se aclara a la autoridad, que tal como se indicó en el párrafo ubicado a continuación de la Tabla 48, en el Anexo K.1, la fórmula del FE para la circulación de vehículos en caminos pavimentados, fue multiplicada por 0,91 para corregir por días de lluvia, por lo que los factores de emisión, tanto para el MP10, como para el MP2.5, se encuentran bien calculados. Sin

34

37

39

40

42117

124131

137144

40

60

80

100

120

140

160

30

35

40

45

2018 2019 2020 2021 2022

N° Camiones/hora Superficie de ocupación Edificio (millares de m2)

Supe

rfic

iede

ocu

paci

ón

Edifi

cio

(mill

ares

de

m2)

°

Año

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embargo, se reemplazará esta tabla por la siguiente, para mejorar la presentación al lector de los cálculos realizados.

TABLA 11: (TABLA 45 CORREGIDA) FE DE MP RESUSPENDIDO DE LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN CAMINOS PAVIMENTADOS

Año Tipo Vía Carga Fino

(g/m2)

Peso W (ton)

FE MP2,5 (g/km-veh)

FE MP10 (g/km-veh)

Factor de Corrección por días de

lluvia

FE MP2,5 corregido

(g/km-veh)

FE MP10 corregido

(g/km-veh)

Año 1

Flujo superior a 10.000 veh/día 0,3 8 0,418 1,729 0,91 0,381 1,573

Flujo entre 500 y 10.000 veh/día

0,7 8 0,904 3,738 0,91 0,823 3,401

Flujo inferior a 500 veh/día 2,4 8 2,775 11,469 0,91 2,525 10,437

Fuente: Elaboración propia

Respuesta 3.7 c):

Se acoge la observación, tal como se señala en la respuesta 3.7 a. con la modificación de las superficies, el flujo máximo con el Centro de Distribución operando a plena carga, es de 42 Camiones/hora (Año 2022 y en adelante), la proyección de aumento de flujo se muestra en el gráfico de la misma respuesta. En el Anexo C de la presente Adenda, se adjunta el Estudio de Emisiones actualizado con el flujo máximo de camiones según dicha ocupación, correspondiente al peor escenario.

3.8 Ampliar el archivo KMZ (Anexo K.3) incluyendo las rutas más probables para el tránsito de vehículos en la fase de operación. Lo anterior, se solicita puesto que el Titular solo indica puntos de distribución y proveedores pero no presenta ninguna ruta en el archivo KMZ respectivo a la operación.

Respuesta 3.8:

Se acoge la observación. En el Apartado 4 del Anexo C de la presente adenda, se adjunta archivo KMZ con la ruta Origen-Destino de los camiones, considerando su trayectoria más probable.

Este archivo se generó identificando los orígenes y destinos de los flujos vehiculares (proyecto, proveedores y despachos), ubicados en la Región Metropolitana, junto con sus coordenadas de latitud y longitud. Estos fueron ubicado y marcados en un plano georeferenciado (esto se hizo con apoyo de los programas Google Maps y Google Earth). Una vez ubicados los puntos, se obtuvieron las rutas entre el Centro de Distribución y cada uno de los locales y proveedores, lo anterior mediante Google Maps, donde se muestra cual sería la ruta más probable entre ambos puntos Origen-Destino. Todas estas rutas fueron guardadas e incluidas en archivo KMZ.

Para el caso de los locales y proveedores fuera de la Región Metropolitana, se hizo el mismo ejercicio, determinando la ruta más probable desde de la Región Metropolitana por la ruta 5 Norte, 5 Sur y Ruta 68 para los locales de categorías Norte, Sur y Puerto respectivamente.

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Los resultados de las rutas más probables, entregados por Google Maps, arrojaron una diferencia marginal, respecto de la distancia promedio total presentada en el EIA. Lo anterior se muestra en la tabla que se presenta a continuación.

TABLA 12: DIFERENCIA DE LAS DISTANCIAS DEL EIA VERSUS KMZ

Origen-Destino Viajes (%) Distancia (km) Diferencia

(km) EIA KMZ

Proveedor 55,67 42 40 2,0 Despacho 44,33 43 43 0

Total Ponderado 100 42,4 41,3 1,1

Fuente: Elaboración propia

Como se puede apreciar en la Tabla 2, la diferencia de la distancia promedio total entre lo presentado en el EIA y lo entregado por el KMZ, es de 1,1 km, lo que corresponde al 2,6% de lo informado previamente. Este valor además de ser marginal, permitiría una disminución de las emisiones, no obstante, se mantienen las distancias presentadas en el EIA, con el fin de considerar el escenario más desfavorable, respecto de la estimación de las rutas probables.

Fase de Construcción y Operación:

3.9 Ampliar la presentación incluyendo un nuevo anexo de emisiones de partículas y gases, para ello deberá incorporar las observaciones anteriores. Adicionalmente, deberá entregar el desglose de los cálculos y una tabla resumen de emisiones de gases y partículas para cada actividad, por fase y año cronológico.

Respuesta 3.9:

Se acoge la observación, adjunto a la presente Adenda se presenta el Anexo C de Estimación de Emisiones Atmosféricas que incorpora las observaciones realizadas por la autoridad. Adicionalmente en dicho anexo, se adjunta una memoria de cálculo con el desglose de los cálculos y una tabla resumen de emisiones de gases y partículas para cada actividad, por fase y año cronológico.

3.10 Presentar un cuadro resumen de emisiones en ton/año para cada fase y etapa del proyecto actualizado.

Respuesta 3.10:

Se acoge la observación, a continuación se presenta el cuadro solicitado:

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TABLA 13: EMISIONES ETAPA DE CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN.

Año Etapa Emisiones Atmosféricas del Proyecto (ton/año)

CO HC SOx NOx MP2,5 Comb

MP10 Comb

MP2,5 Resup

MP10 Resup

MP2,5 Total

MP10 Total

1 Construcción 8,918 3,961 2,004 31,806 2,528 2,748 5,906 20,304 8,434 23,051

2

Construcción 2,094 0,701 0,649 7,715 0,401 0,443 1,126 7,278 1,527 7,722

Operación 25,268 3,854 3,325 30,370 0,744 0,700 3,926 16,228 4,670 16,927

Total 27,362 4,555 3,974 38,085 1,145 1,143 5,052 23,506 6,197 24,649

3

Construcción (transporte de escarpe)

0,678 0,227 0,311 3,297 0,117 0,129 0,218 0,917 0,335 1,046

Operación 31,681 4,852 6,252 56,221 1,246 1,162 6,656 27,510 7,902 28,671

Total 32,359 5,079 6,563 59,518 1,363 1,291 6,874 28,427 8,237 29,717

4

Construcción (transporte de escarpe)

0,855 0,227 0,311 3,297 0,117 0,129 0,218 0,917 0,335 1,046

Operación 33,596 5,037 6,628 59,500 1,309 1,220 7,066 29,206 8,375 30,426

Total 34,451 5,264 6,939 62,797 1,426 1,349 7,284 30,123 8,710 31,472

5 Operación 35,061 5,179 6,917 62,020 1,357 1,264 7,381 30,506 8,738 31,770

6 (y en

adelante)

Operación 36,642 5,333 7,229 64,741 1,410 1,312 7,720 31,909 9,130 33,222

Límite PPDA - - 50 8 - - - - - 2,5

3.11 En el nuevo Anexo de Emisiones, se deberá indicar y aclarar de manera explícita las modificaciones a la presentación que no respondan a ninguna de las observaciones del presente pronunciamiento.

Respuesta 3.11:

Se acoge la observación, en el nuevo anexo de emisiones se indican las modificaciones que no responden a ninguna de las observaciones solicitadas por la autoridad, pero que si ha sido necesario incorporar, como es el caso de la Carta Gantt en la que se incorpora desagregada las actividades de obra gruesa y terminaciones que solo complementan el detalle de la cronología de actividades, sin modificar la extensión de estas, ni generar nuevas fuentes ni niveles de actividad, las que se mantienen íntegramente respecto de la presentación de la Adenda anterior.

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Recurso Hídrico

Respecto del cumplimiento del D.S. N°609/98 del ministerio de Obras Públicas

3.12 El Titular adjunta un Flujograma de RILes del proyecto, que incluye efluentes de lavado de camiones, a razón de 72 m3/día, que tendría cámara interceptora de aceites y grasas, para luego incorporarse a la descarga al colector público de Aguas Andinas, mediante la impulsión de aguas servidas y riles, debido a que el proyecto se ubica fuera del área de concesión.

Por lo tanto, las aguas residuales de la fase de operación serían debido a: lavado de contenedores de basura (3 m3/día), aguas de casino (13 m3/día), y lavado de camiones (72 m3/día), los que, previo a su paso por los sistemas de separación de grasas, y debido a la información disponible en la SISS de otros establecimientos con operaciones similares, calificarían al Centro de Distribución como Establecimiento Emisor, de acuerdo a la definición del numeral 3.4 del D.S. N° 609/98 del MOP, y por lo tanto se generarían RILes. Debido a ello, se solicita informar cómo se dispondrán los riles generados en el proceso, cumpliendo con la norma de emisión que corresponda.

Respuesta 3.12:

Efectivamente, tal como se indicó en el flujograma de RILes como respuesta a la observación 8.2 de la Adenda Complementaria, las aguas residuales provenientes de la sala de basura, lavado de camiones y casino, serán interceptadas por cámaras de grasa y aceite (Ver detalle de Cámaras en Anexo G.1 “Proyecto Alcantarillado” de la Adenda 1) con las cuales se dará un pre-tratamiento físico. Sin embargo, como se menciona en la observación, las actividades del Centro de Distribución del Peñón se han calificado como Establecimiento Emisión, y por tanto, cumplirán con lo establecido en la Tabla N°4 del D.S. N°609/98 del MOP, antes de descargar sus efluentes a la red de alcantarillado. De lo anterior, el titular se compromete a realizar monitoreos trimestrales con un laboratorio autorizado.

Junto a lo anterior y tal como se señaló en la respuesta 8.1 de la Adenda Complementaria, el proyecto considera una serie de buenas prácticas que contribuyen a mejorar la calidad de las aguas residuales, las que se detallan a continuación:

- Para el lavado de sala de basura se considera el uso de químicos autorizados por la compañía, los que no afectan parámetros tales como pH, poder espumógeno y fósforo.

- Por contrato, se exige al proveedor del servicio de contenedores de basura que éstos regresen limpios y siempre herméticos, de manera de evitar la generación de líquidos percolados.

- Para contenedores de menor tamaño, siempre se utilizará bolsa plástica de manera de mantener la hermeticidad de éstos y evitar líquidos percolados.

- Se mantendrá en todo momento la limpieza de la sala de basura, por lo que cualquier sólido que pudiese caer se retornará al contenedor (barrido en seco) previo al lavado.

Todo lo anterior permitirá que las aguas residuales cumplan con los parámetros establecidos en el D.S MOP 609/98.

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4 PLAN DE CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL APLICABLE - PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES

PAS 146

“Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso.”

4.1 Respecto a lo planteado por el Titular “Si las actividades de rescate tuvieran que ejecutarse en invierno, se aplicará método especial. Se procurará realizar las capturas sólo los días soleados. Respuesta 6.1.”. Se solicita reconsiderar la propuesta, ya que sólo es posible aceptar que las capturas se deberán efectuar en la época de mayor actividad biológica para la especie.

Respuesta 4.1:

Se acoge la observación. Considerando el cronograma del Proyecto, las capturas se realizarán en la época de mayor actividad biológica para la especie.

PAS 160

“Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos”

4.2 En relación a los antecedentes del PAS 160, no se incluyeron los antecedentes necesarios para las instalaciones de faenas tanto de la obra principal en San Bernardo, como para el Plan de Compensación de Suelos (PCS) de María Pinto y Cerro Chena. Estos antecedentes son: destino de la edificación, plano de ubicación que señale la posición relativa respecto de los terrenos colindantes, plano de emplazamiento de las edificaciones y caracterización del suelo en María Pinto y Cerro Chena, al respecto se solicita aclarar y complementar con lo solicitado.

Respuesta 4.2:

Se acoge la observación para predio principal (San Bernardo) y áreas de Compensación de suelos comuna de María Pinto. El PAS 160 que se adjunta en Anexo D “PAS 160 Actualizado” de la presente Adenda, se complementa con la siguiente información asociada a instalación de faenas:

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Área Antecedente Complementario

Obra Principal predio El Peñón (San Bernardo)

Para la instalación de faenas en el predio principal del Proyecto (comuna San Bernardo), se presentan los siguientes antecedentes:

- Destino de la edificación - Plano de ubicación que señala la posición relativa respecto

de los terrenos colindantes - Plano de emplazamiento de las edificaciones

Áreas de Compensación de suelos, comuna de María Pinto

Para las áreas de compensación de suelos en María Pinto, se presentan los siguientes antecedentes:

- Destino de la edificación - Plano de ubicación que señala la posición relativa respecto

de los terrenos colindantes - Plano de emplazamiento de las edificaciones - Caracterización de suelos

No obstante lo anterior, es importante destacar que los emplazamiento indicados, son sólo referenciales, ya que se definirán una vez se adjudiquen los trabajos, pero se solicitará que se emplacen dentro de las áreas a mejorar. No obstante lo anterior, estas obras son de carácter temporal y móviles, que sólo duraría el tiempo estimado para las etapas de ejecución de las obras, dejando el suelo según se especifica en cada caso.

La instalación de faenas solicitada, constará con tres módulos que incluirá bodegas, sector de alimentación y servicios sanitarios. Para el primer año en que se realice el PCS de María Pinto, será inserta en el predio del Sr. Heriberto Balladares. El año siguiente la instalación será ubicada en el predio del Sr. José Luis Barrera, mientras que el último año de implementación del PCS, será instalada sólo en el predio del Sr. Sergio Sepúlveda, y no en los predios del Sr. Sergio Aguirre y Carlos Cisterna, ya que es el predio que presenta mejor ubicación entre los predios donde se realice el PCS para ese año. Además cabe destacar que para los predios que no consideren instalación de faenas, serán instalados servicios sanitarios para el personal de trabajo durante el proceso de ejecución de obras del PCS.

Áreas de Compensación de suelos, Cerro Chena, comuna de San Bernardo

Para el caso de Cerro Chena, no se contempla instalación de Faenas, ya que se solicitará el uso de las instalaciones que posee actualmente el Parque Metropolitano Sur (cerro Chena) como servicios sanitarios y sector donde el personal pueda alimentarse.

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5 PLAN DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN, REPARACIÓN Y COMPENSACIÓN

Suelo

5.1 Se reitera la observación 9.3 de la Adenda Complementaria. Al respecto, se considera que dejar libres 43.705 m2 de suelo Clase I emplazados al interior del Proyecto los cuales serían cultivado con alfalfa, avena u otro cereal no constituye una medida de mitigación, entendiendo que no se conoce la permanencia de dicha área sin intervención emplazada al interior del Proyecto mismo (téngase presente además que en el EIA dicha área correspondía a la futura expansión del Proyecto), considerando además que el terreno en el cual se emplaza el Proyecto tiene por función darle utilidad al Centro de Distribución no al suelo Clase I sobre el cual se emplaza. Se solicita considerar lo presentado por el Titular mediante un compromiso voluntario,

Respuesta 5.1:

El titular se compromete a dejar libres, sin intervención de obras y con manejo agrícola permanente, la superficie de suelo indicada durante toda la vida útil del proyecto. Al respecto, cabe recalcar que una de las ventajas de la adecuación de superficie a construir, es una menor intervención de suelos Clase I en el predio del Proyecto y todas las obras y áreas de circulación contempla la exclusión de dicha superficie.

5.2 De acuerdo a la información presentada en el Anexo M de la Adenda Complementaria, Plan de compensación de suelo, (página 13 punto 5). Resultados, se señala:

Nombre propietario Cargo N° de Rol Clase CUS Sup. PCS (ha) Heriberto Balladares Propietario 0016 – 216 IV 21,78 José Luis Barrera

Representante Legal

Propietario 0005 – 156 IV 25,45

Sergio Sepúlveda Propietario 0005 – 157 IV 13,89 Sergio Aguirre Propietario 0005 – 118 IV 6,855 Carlos Cisterna Representante

Legal 0004 - 55 IV 3,29 TOTAL 71,265 (Fuente: ATM S.A. 2015)

a. De acuerdo al Ord. N°094 de fecha 19 de febrero de 2016, así como en el ICSARA Complementario N° 0753 de fecha 10 de mayo de 2016 mediante la observación 9.9.5, se reitera que la Seremi de Agricultura solicitó expresamente eliminar el rol 5156 dado que este se encuentra comprometido en otra compensación de suelo, cuya superficie era de 17,8 ha. b. Mediante Ord. N°26 de fecha 15 de enero de 2016 de la Seremi de Agricultura RM aprobó una compensación de suelo en el rol 5118, por lo que este deberá ser excluido de la presente propuesta de compensación. La superficie de 6,85 ha

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deberá ser reemplazada para cumplir con el área total ha compensar por el Proyecto. c. Se solicita actualizar el Anexo M de la Adenda Complementario, planos y KMZ respectivos considerando lo observado por el presente ICSARA Complementario 2.

Respuesta 5.2 a):

La tabla señalada presenta un error de transcripción, dado que el productor involucrado Sr. José Luis Barrera posee el rol 00016 – 00235. El predio rol 00005 – 00156, corresponde a una presentación anterior, descartado para el presente proyecto.

En el Anexo E.1 “Plan de Compensación de Suelo María Pinto” de la presente Adenda, se adjunta Certificado de Avalúo Fiscal del SII para su comprobación.

Respuesta 5.2 b): Se verificó la orden N°26 de 15/01/2016, en donde se señala que el rol 00005 – 00118 será utilizado por el proyecto “Parque Solar Quilapilún” con una superficie total de 19,5 ha. Este proyecto, presenta como dueño del área de compensación a la Agrícola Ossa, que también incluye el rol 5-307 en su compensación.

No obstante, el proyecto “Centro de distribución el Peñón” (CDEP), propone compensar superficie de 6,85 ha, en el predio del Sr. Sergio Aguirre, cuyo predio aparece inscrito con el mismo rol 00005-00118.

Ante lo anterior, se realizó una búsqueda y recopilación de antecedentes en el Conservador de Bienes Raíces de la Comuna de Melipilla, en donde es declarado que, en el año 1981, el Sr. Sergio Aguirre Pizarro vende una superficie de 24,85 ha al Sr. Eduardo Ossa., y es dicha superficie que el proyecto “Parque Solar – Quilapilún” propone compensar.

Ante lo anterior, y pese a que dos propietarios poseen el mismo rol, las superficies de compensación no presentan traslape, como se puede observar en la Figura 2. Sin embargo, la división de roles, no se observa en los Certificados de Avalúo Fiscal del SII, ni en el registro de propiedades de CIREN (2013), fuentes consultadas para la realización del estudio.

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FIGURA 2: SUPERFICIE DEL ROL AGRÍCOLA 00005 – 00118 Y EL ÁREA A INTERVENIR DE DOS PLANES DE COMPENSACIÓN DE SUELOS.

Fuente: ATM SpA. 2016.

Respuesta 5.2 c):

Se acoge la solicitud de actualizar el Anexo M de la Adenda Complementaria, planos y kmz respectivos considerando lo observado por el presente ICSARA. En el Anexo E.1 de la presente Adenda se adjunta lo solicitado.

5.3 Dentro de los predios que conforman el Plan de Compensación de Suelos, se incluyó un rol en la cartografía del Adenda Complementaria, para Sergio Aguirre rol: 5118. Al respecto, se debe señalar que este rol fue incorporado como parte de la compensación de suelos, que está considerado en el proyecto fotovoltaico (Quilapilún), situación que deberá ser aclarada ya que no se podrá aprobar una misma compensación para dos proyectos diferentes.

Respuesta 5.3:

Se verificó la orden N°26 de 15/01/2016, en donde se señala que el rol 00005 – 00118 será utilizado por el proyecto “Parque Solar Quilapilún” con una superficie total de 19,5 ha. Este

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proyecto, presenta como dueño del área de compensación a la Agrícola Ossa, que también incluye el rol 5-307 en su compensación.

No obstante, el proyecto “Centro de distribución el Peñón” (CDEP), propone compensar superficie de 6,85 ha, en el predio del Sr. Sergio Aguirre, cuyo predio aparece inscrito con el mismo rol 00005-00118.

Ante lo anterior, se realizó una búsqueda y recopilación de antecedentes en el Conservador de Bienes Raíces de la Comuna de Melipilla, en donde es declarado que, en el año 1981, el Sr. Sergio Aguirre Pizarro vende una superficie de 24,85 ha al Sr. Eduardo Ossa., y es dicha superficie que el proyecto “Parque Solar – Quilapilún” propone compensar.

Ante lo anterior, y pese a que dos propietarios poseen el mismo rol, las superficies de compensación no presentan traslape, como se puede observar en la Figura 2. Sin embargo, la división de roles, no se observa en los Certificados de Avalúo Fiscal del SII, ni en el registro de propiedades de CIREN (2013), fuentes consultadas para la realización del estudio.

5.4 Se solicita incluir la carta de compromiso del Sr. José Luis Barrera.

Respuesta 5.4:

Se acoge la solicitud de incluir la carta de compromiso del Sr. José Luis Barrera. En el documento adjunto son presentadas las cartas de compromiso para los cinco productores agrícolas de la comuna de María Pinto.

En Anexo E.1, se adjunta Plan de Compensación de Suelos de María Pinto actualizado.

5.5 En relación con el predio del Sr. José Luis Barrera, se solicita explicitar en la carta Gantt presentada, el resto de los compromisos establecidos para tener éxito en la propuesta de compensación de suelo. Se plantea el inicio de obras el enero de 2018 en un plazo de tres meses. Sin embargo, no se contemplan las obras de construcción de galpón para el mantenimiento de los 150 animales durante la fase de implementación del plan de compensación, la fase de suplementación de alimentación al ganado (duración), sector de acopio de los fardos, construcción de la piscina de purines, número de nivelaciones y de riegos que se realizarán.

Respuesta 5.5:

Dado que la realidad de los productores es muy diferente, en el PCS no es posible señalar todas las medidas a realizar en cada uno de los predios. No obstante lo anterior, se propondrán medidas individualizadas a cada productor como solución al manejo del ganado, durante el tiempo que dure la realización de los trabajos, las que quedaran definidas una vez se adjudiquen los trabajos.

Dentro de las medidas propuestas destacan el arriendo de un predio agrícola durante el tiempo que duren las obras y el establecimiento del PCS (cinco años por predio), incluyendo la infraestructura necesaria para el manejo del ganado por ejemplo: galpón de almacenamiento de alimentos, corral de estabulación, Sala de ordeña, etc.

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Una segunda propuesta será la estabulación bovina, propuesta para el caso del predio del Sr. José Luis Barrera, producto del alto número de animales. En este caso se consideran instalaciones como corrales, sala de ordeña, laguna de almacenamiento de heces, laguna de sedimentación, galpón de almacenamiento de alimentos y sombreadora para el ganado.

Además, en cada uno de los casos la alimentación deberá ser entregada durante los cinco años del PCS en el caso de que no pueda suplirse el alimento.

Estas medidas serán solicitadas en las especificaciones técnicas que se realicen para licitar los trabajos, pero se definirán una vez recibidas las ofertas de las empresas licitantes. El cambio en alguna de las medidas se informará oportunamente a la autoridad correspondiente.

5.6 En relación con el predio 5157, se presenta una superficie mayor a la señalada en la Adenda. Dado la nueva revisión en terreno, se solicita descontar del área de compensación los suelos que presentan las condiciones similares a las dos calicatas efectuadas en terreno (Calicata 1: 2989176291644 y Calicata 2: 2988966291645), ya que los suelos fueron descrito en clase de capacidad de uso III, situación que fue consensuada con el consultor. Deberá por tanto ajustar las superficie, considerando que la calicata N°3 2988526291562 fue descrita con clase de capacidad de uso IV.

Respuesta 5.6:

La zona señala es una zona de transición entre las series de suelo “Pomaire” y “Pudahuel”, donde esta última Serie está caracterizada, entre otras cosas, por la presencia de un duripán, que limita la profundidad efectiva del suelo. En la descripción de suelo realizada en el predio, el duripán se describió con un horizonte ondulado, y específicamente en la calicata N° 16, se encontró el duripán a los 45 cm de profundidad y problemas de mal drenaje, lo que califico el suelo como CUS IV. No obstante, y por tratarse de un área de transición, en las calicatas realizadas por el SAG en su visita, el duripán presentó una profundidad mayor por lo que el Servicio lo catalogo como CUS III.

Por lo anterior se incorporará la observación realizada y se ajustará la superficie de compensación de dicho predio (Figura 3), en función de la calicata N° 18 (E 298.852 – N 6.291.562). Esto implicará eliminar una superficie de 1,63 ha, quedando un total de 12,26 ha para compensación. Adicionalmente se disminuirá la superficie total de compensación desde 71,26 ha hasta 69,63, manteniendo 86,71 ha totales (Cerro Chena 17,07 ha), aún con margen por sobre las 85,66 ha a compensar.

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FIGURA 3: NUEVA ÁREA A INTERVENIR PREDIO SR. SERGIO SEPÚLVEDA V

Fuente: ATM SpA. 2016.

En la siguiente tabla, se presentan los predios agrícolas, la superficie presentada en la Adenda N° 2 Complementaria y la superficie corregida.

TABLA 14: PRODUCTORES AGRÍCOLAS Y SUPERFICIES DE CADA PREDIO, EN LA COMUNA DE MARÍA PINTO

Nombre Propietario Superficie presentada Adenda Complementaria Superficie corregida (ha)

Heriberto Balladares 21,78 21,78

José Luis Barrera 25,45 25,45

Sergio Sepúlveda 13,89 12,26

Sergio Aguirre 6,85 6,85

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Nombre Propietario Superficie presentada Adenda Complementaria Superficie corregida (ha)

Carlos Cisterna 3,17 3,29

Superficie total 71,26 69,63

Fuente: ATM SpA. 2016.

5.7 En relación al punto 7 el Anexo M de la Adenda Complementaria, relativo a la respuesta 9.6 del Adenda, se solicita aclarar el sitio de acopio del suelo de escarpe, dado que las obras de la compensación de suelo serán en algunos casos en fechas muy posteriores a las obras del Centro de Distribución el Peñón; por ejemplo para el año 2018 se espera el uso de 58.072 m3 y para el año 2021 la cantidad de 7.288 m3., se solicita aclarar esta logística.

Respuesta 5.7:

Los sitios de acopio de escarpe variarán en superficie y cantidad según los distintos productores agrícolas. El escarpe será trasladado en los años en que sea realizado el PCS para cada predio. En la siguiente tabla, se presenta el mes y año de inicio de obras propuestos del PCS por predio, y por lo tanto la incorporación de escarpe, junto con las coordenadas y superficie (ha). Además, se incluirá carta Gantt general para los trabajos.

TABLA 15: INICIO DE OBRAS Y ZONAS DE ACOPIO POR PRODUCTOR

Nombre Propietario Mes de Inicio y año de obras propuestos para

el PCS

Coordenadas áreas de acopio UTM Superficie

(ha) Este Norte

Sr. Heriberto Balladares Enero de 2017 290.744 6.290.848 21,78

Sr. José Luis Barrera Enero de 2018 292.891 6.291.113 25,45

Sr. Sergio Sepúlveda Enero de 2019 298.928 6.291.650 12,26

Sr. Sergio Aguirre Marzo de 2019 --- --- 6,85

Sr. Carlos Cisterna Abril de 2019 297.195 6.288.317 3,29

Fuente: ATM SpA. 2016.

Las superficies de acopio fueron propuestas basadas en criterios como la cercanía de los caminos principales, la cantidad total de escarpe por productor (m3) y el común acuerdo con el propietario. Cada área de acopio, es considerada temporal, por lo que una vez incorporado el material, en esta zona se realizarán labores agrícolas para devolverlas a su estado previo. Adjunto se presentan los planos con los sectores de acopio de cada productor agrícola.

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Plan de Compensación de Suelos de María Pinto

5.8 Se solicita complementar los medios de verificación incorporando además de lo ya señalado por el Titular el cumplimiento de todos los parámetros establecidos para la clase III en la Pauta de suelos del SAG.

Respuesta 5.8:

Si bien la Adenda complementaria (punto 6.9 del PCS de María Pinto) hace hincapié en los parámetros de profundidad de suelo y agua aprovechable, que previo a la intervención son los criterios que califican como CUS IV, efectivamente, se tienen contemplados los criterios de aproximación, definición y especiales, definidos por la Pauta para estudios de Suelos de SAG (2011), por lo que el indicador de cumplimiento fue modificado indicando que se deberá cumplir todos los criterios de SAG para alcanzar la CUS III.

En la nueva línea de base a realizar (el punto 7.1 de la Adenda N°2 Complementaria del PCS de María Pinto), se menciona que serán tomadas muestras de suelo para ser analizadas en laboratorio, determinando agua aprovechable, pH, salinidad, sodicidad, alcalinidad y Capacidad de intercambio Catiónico (CIC), de esta forma se podrán completar todos los criterios contemplados por SAG.

5.9 Dado que el proyecto contempla la extracción de volúmenes variables de “duripán” en cada potrero y que además la estrata de duripán es de carácter ondulado y de espesores versátiles en cada uno de los terrenos revisados, se deberá asegurar que el suelo clase de capacidad de uso III final que se obtenga no presente bolsones de aire o sectores ondulados, es decir, el Titular deberá asegurar un completo asentamiento del terreno. Por ello, en los informes que se presenten deberá incluir la topografía inicial y final, como medio de verificación y tomar medidas correctivas si fuere pertinente. El suelo intervenido debe devolverse al agricultor, en condiciones arables, con pendientes uniformes y condiciones de uso equivalente o mejor a las actuales.

Respuesta 5.9:

Se acoge el comentario realizado y se hará hincapié en la solicitud de los trabajos, al levantamiento topográfico en las instancias señaladas. Cabe destacar que, en la etapa de nivelación y compactación (punto 7.10 de Anexo M.1 de la Adenda Complementaria) se menciona la utilización de maquinaria agrícola para nivelar y posteriormente realizar una compactación del suelo con el objetivo de asentar el suelo removido. Además, el suelo tendrá cinco años con cultivos cuya función será generar estructura en el suelo y generar un asentamiento sobre él. Al quinto año se realizará un análisis de cada uno de los predios (punto 7.14 de Anexo M.1 de la Adenda Complementaria) y será realizado un nuevo estudio topográfico, donde posteriormente se deberá nivelar el terreno si fuese necesario, de esta forma el suelo para cada agricultor será entregado en condiciones arables, pendientes uniformes y con condiciones equivalentes o mejores a las actuales.

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5.10 Se deja presente, como responsabilidad del Titular, que este no ha informó ni describió la presencia, en la descripción de algunas calicatas, de carbonato de calcio, el cual actúa como agente cementante pudiendo ser causante de restitución del duripan en el suelo. Se aclara, que la revisión donde se da cuenta por parte de la compensación de suelo se verificará la real disgregación de la capa cementante que se describe como limitante, y se verificará que esta no se pueda restituir, ya que el manejo que se proponga para llevar los suelos desde la clase de capacidad de uso IV a III debe ser permanente.

Respuesta 5.10:

En la Adenda Complementaria fue descrito en distintas calicatas la presencia de carbonato de calcio por la efervescencia que se produjo con ácido clorhídrico (HCl), incluida la calicata N° 16, en el área que revisó el SAG.

No obstante lo anterior, él área descrita por lo calicata N° 16, será eliminada de la presente compensación a solicitud del SAG.

Adicionalmente, es posible señalar duripán es un horizonte subsuperficial cementado con sílice con o sin agentes cementantes auxiliares, y que puede ocurrir en conjunción con un horizonte petrocálcico (USDA, 2006). Según CIREN (1996) y Tosso (1985), el duripán presente en la Serie Pudahuel tiene como origen cenizas volcánicas ácidas (pumíceas), provenientes del volcán San José, por lo que el agente cementante correspondería a sílice.

Adicionalmente, es posible señalar que, en la mayoría de las descripciones de suelo realizadas no se detectó la presencia de carbonato en el perfil. No obstante lo anterior, cabe señalar que en calicatas puntuales, si se registró una ligera reacción al HCL, evidenciando presencia de carbonato (no cuantificable), la que se explica por la reducida lixiviación al presentarse el duripán en profundidad.

La acumulación de carbonato de calcio es un rasgo característico de las regiones áridas y semiáridas, resultado intrínseco de la escasa precipitación (Gutiérrez et al., 1998). Teniendo en cuenta que la zona de estudio está ubicada en una zona mediterránea árida, con precipitaciones mayores a las zonas antes mencionadas (Luzio et al., 2010), la acumulación de carbonato de calcio en el suelo no es atribuible a las condiciones climáticas.

Además, según lo señalado por el estudio agrológico de la Región Metropolitana (CIREN, 1996), el porcentaje de carbonato es de 0,1%, lo que indica un contenido muy bajo de este nutriente en el suelo como para generar una cementación en un horizonte hasta alcanzar un duripán.

Por lo anterior, la presencia de carbonato de calcio, podrían atribuirse al contenido de carbonato de las aguas de riego (Canal Las Mercedes) que tiene origen en el río Mapocho, el cual presenta carbonatos en sus aguas, pero en un bajo porcentaje, el que no permitiría la restitución del duripán.

En base a los antecedentes anteriores, las medidas a tomar en el PCS serán permanentes en cada predio agrícola y el contenido de carbonato en los suelos no sería una limitante ya que no actuaría como agente cementante formador de duripán, y en el caso de que aumentase repentinamente el contenido de carbonato serán aplicadas enmiendas orgánicas para disminuir el pH del suelo, de manera que el carbonato no perjudique los cultivos.

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Finalmente, se solicitará una toma de muestras de suelo para determinar si la cantidad de carbonatos de calcio descritos que se encuentran presentes en el sector, pueden afectar la restitución del duripán.

Aspectos de Trabajo

5.11 Se solicita precisar la cantidad de materia orgánica a adicionar por hectárea.

Respuesta 5.11:

Se acoge la solicitud de precisar la cantidad de materia orgánica a adicionar por hectárea. La enmienda orgánica, se aplicará en forma de guano de broiler en una dosis de 30 t ha-1. El objetivo principal de esta aplicación es mejorar las propiedades físicas y químicas, dadas las clases texturales gruesas en profundidad y el bajo contenido de materia orgánica presente en los horizontes en profundidad.

5.12 Respecto a la manera de adicionar el escarpe de suelo Clase Capacidad de Uso I, proveniente de San Bernardo, se indicó en el Adenda complementaria que se mezclaría con el suelo, materia orgánica y arena, sin embargo, dadas las mejores características de este suelo deberá considerar su aprovechamiento como capa final de término para asegurar una mejor recuperación del suelo. En complemento, el Titular consideró un volumen de escarpe de 130.000 m3 o menos, que acota las posibilidades en caso de ser necesario un mayor volumen, por lo tanto, debe ser 130.000 m3 de escarpe o más para asegurar el indicador de cumplimiento.

Respuesta 5.12:

Sobre la adición de escarpe de suelo CUS I con el suelo de los propietarios involucrados en el PCS, según la etapa de esparcimiento de escarpe (punto 7.9 de la Adenda Complementaria del PCS de María Pinto), éste será incorporado sobre el suelo tratado de los predios, y luego será utilizado un arado de vertedera, mezclando ambos tipos de suelo, y finalmente será utilizado un rodillo compactador, de esta forma se asegura que las características del suelo CUS I sean aprovechadas por los cultivos a utilizar en el establecimiento del PCS.,

El contenido de escarpe fue determinado según el agua aprovechable alcanzada hasta los 70 cm de profundidad de suelo para cada uno de los productores, con un monto mínimo de escarpe de 78.000 m3, consiguiendo los 9,5 cm c.a, asegurando así una CUS III. En la etapa de traslado y relleno con escarpe (punto 7.8 de la Adenda Complementaria del PCS de María Pinto), es utilizado un factor de eficiencia de un 40 % con respecto al contenido de escarpe, con lo que se llega a un monto total de 130.000 m3 de escape, por lo que se aseguraría el agua aprovechable en los predios. Además, en la etapa de seguimiento (punto 7.14 del PCS de María Pinto), es mencionado que en el caso de que no se alcance el contenido de 9,5 cm c.a de agua aprovechable será evaluada la posibilidad de incorporar nuevamente escarpe y/o enmiendas orgánicas, por lo que se da a entender que el mínimo a aplicar es 130.000 m3.

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Especificación de metodologías: Drenaje

5.13 En el Ord. N° 1090 del Director Regional del SAG, así como en el ICSARA N° 0998 de fecha 13 de julio de 2015 mediante la observación 9.3 e), se solicitó especificar las metodologías y prácticas de manejo del drenaje. Dado que se informa de manera reiterada que los suelos propuestos presentan evidencias de problemas de drenaje que se evidencia por la presencia de moteados, el Titular deberá indicar como afectara este problema a su propuesta de compensación e indicar las medidas que permitirán que la mejora no se vea afectada por el mal drenaje.

Respuesta 5.13:

En las descripciones morfológicas realizadas para los predios agrícolas del PCS de María Pinto son presentados problemas de mal drenaje en distintas calicatas indicados por rasgos redoximórficos, relacionados directamente con la presencia de duripán, al no permitir la percolación de agua en profundidad; y no por las clases texturales presentes, ya que en la mayoría de los perfiles, éstas varían entre franca a franco arenosa (moderadamente gruesa), así el contenido de agua debiese percolar rápidamente.

Al hacer uso de maquinaria tipo Bulldozer junto con la herramienta ripper, se alcanzaría una profundidad mínima de 70 cm (ripper alcanza los 90 cm de profundidad), por lo que aumentaría el agua aprovechable en los perfiles y el agua podría percolar en profundidad al no presentarse el duripán, de esta forma no habría problemas de mal drenaje en las áreas compensadas.

En el caso de que se presenten problemas de mal drenaje (rasgos redox, disminución de producción de cultivos sembrados), se evaluará la opción de incorporar sistemas de drenaje y de esta forma asegurar que se alcance una CUS III.

Excluir Suelos Clase de Capacidad de Uso III

5.14 En relación a la solicitud excluir los suelos de Clase de Capacidad de Uso III, de acuerdo a la Pauta de Estudios del SAG (2011). Se detectó entre el Adenda y Adenda Complementaria una diferencia de superficie en el PCS del predio del Sr. Sepúlveda de 13,63 a 13,89 ha y el Sr. Heriberto Balladares de 19,37 a 21,78 has. Por otro lado, se retiraron de la propuesta del Adenda dos agricultores y en la propuesta del Adenda Complementario se incorporaron 3 nuevos agricultores, con nuevas descripciones de perfiles de suelos a través de calicatas y las calicatas fueron renumeradas respecto al Adenda. Se solicita aclarar.

Respuesta 5.14:

El caso del aumento de superficie del Sr. Sergio Sepúlveda, se explica por los resultados del estudio topográfico, los que permitieron ajustar la superficie hasta 13,89 ha de CUS IV, y finalmente con lo planteado por SAG en la presente ICSARA, la superficie disminuyó a las 12,26 ha.

En el caso del Sr. Heriberto Balladares, el mismo estudio topográfico planteado anteriormente, junto con un estudio mediante lanzas, permitió la incorporación de un nuevo sector del predio aumentando la superficie hasta 21,78 ha de CUS IV (Ver siguiente figura).

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FIGURA 4: DIFERENCIA DE ÁREAS ENTRE ADENDA N° 1 Y PRESENTACIÓN ACTUAL PARA EL PREDIO DEL SR. HERIBERTO BALLADARES

Fuente: ATM SpA. 2016.

La eliminación de los 2 propietarios de la Adenda N° 1 con respecto a la Adenda Complementaria, responde a que los suelos de dichas personas se comprometieron para otro proyecto de compensación de Suelos, que obligó a una nueva búsqueda de suelos, el preacuerdo con nuevos propietarios y la reestructuración del informe de suelos (numeración de calicatas).

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5.15 En los potreros involucrados del predio del Sr. Sergio Sepúlveda la calicata testigo N° 16 del Adenda Complementaria, Coordenadas UTM Huso 19 HS; 298922 E, 6291638 N correspondiente a la calicata N°12 del Adenda fue determinado por el Titular como Clase de Capacidad de Uso IV, pero en el terreno se observó que era Clase de Capacidad de Uso III r (profundidad efectiva de raíces de 50 cm) y que el consultor estuvo de acuerdo con esta caracterización. Además, la profundidad efectiva de la calicata N° 16 informada en el Adenda Complementaria fue de 34 cm y en la Adenda de 45 cm. Por tal motivo deberá replantear los sectores de este predio y cumplir con la proporción de suelos a compensar comprometida en y considerar exclusivamente las clases IV y VI.

Respuesta 5.15:

La zona señaló anteriormente es una zona de transición entre las series de suelo “Pomaire” y “Pudahuel”, donde esta última Serie está caracterizada, entre otras cosas, por la presencia de un duripán, que limita la profundidad efectiva del suelo. En la descripción de suelo realizada en el predio, el duripán se describió con un horizonte ondulado, y específicamente en la calicata N° 16 (Adenda N° 2 del PCS de María Pinto), se encontró el duripán a los 45 cm de profundidad y problemas de mal drenaje, lo que califico el suelo como CUS IV. No obstante, y por tratarse de un área de transición, en las calicatas realizadas por el SAG en su visita, el duripán presentó una profundidad mayor por lo que el Servicio lo catalogó como CUS III.

Por lo anterior se incorporará la observación realizada y se ajustará la superficie de compensación de dicho predio (Ver siguiente figura), en función de la calicata N° 18 (E 298.852 – N 6.291.562). Esto implicará eliminar una superficie de 1,63 ha, quedando un total de 12,26 ha para compensación. Adicionalmente se disminuirá la superficie total de compensación desde 71,26 ha hasta 69,51, manteniendo 86,71 ha totales (Cerro Chena 17,07 ha), aún con margen por sobre las 85,66 ha a compensar.

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FIGURA 5: NUEVA ÁREA A INTERVENIR PREDIO SR. SERGIO SEPÚLVEDA

Fuente: ATM SpA. 2016.

En la Tabla de la Observación 5.6 de la presente adenda, se presentan los predios agrícolas de la Comuna de María Pinto, la superficie presentada en la Adenda Complementaria y la superficie corregida.

5.16 En relación a la respuesta 9.8 de la Adenda Complementaria sobre los plazos se solicita aclarar que los trabajos estarían ejecutados a abril del 2019, se requiere una confirmación.

Respuesta 5.16:

Los trabajos serán realizados en un periodo de 3 años consecutivo. El primer año se intervendrá el predio del Sr. Heriberto Balladares, el siguiente año el Sr. José Luis Barrera, y el último año los predios del Sr. Sergio Sepúlveda, Sergio Aguirre y Carlos Cisterna.

El replanteo de estudios de suelos se realizará entre septiembre y octubre del año anterior a que sean realizadas las obras de rehabilitación de suelos en terreno, para asegurar que las muestras de suelo sean entregadas por los laboratorios a las que sean enviadas, y con estas evaluar los distintos parámetros de suelos evaluados.

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Los trabajos en terreno comenzarán el mes de enero, cuando la producción de la pradera natural disminuya, y tendrá una duración aproximada de 3 meses y medio por año, de tal forma de sembrar el abono verde entre los meses de mayo – junio.

En la siguiente tabla, se presenta el cronograma de ejecución de las obras del PCS para cada productor, junto con el total de meses en que serán realizados los trabajos.

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TABLA 16: CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DEL PCS PARA CADA UNO DE LOS PRODUCTORES INVOLUCRADOS

Productor Meses de trabajo

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33

Sr. Heriberto Balladares

Sr. José Luis Barrera

Sr. Sergio Sepúlveda

Sr. Sergio Aguirre

Sr. Carlos Cisterna

Fuente: ATM SpA. 2016.

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Plan de Compensación de Suelos de Cerro Chena

5.17 La propuesta de frenar erosión implementando zanjas de infiltración incluye una separación de 0,5 m entre ellas, esto no permitirá cumplir con el objetivo de infiltrar agua y puede ser un factor de erosión. Por ello, se debiera replantear su distanciamiento a lo largo de la ladera en función de su pendiente.

Respuesta 5.17:

La propuesta de frenar la erosión provocada principalmente por el recurso hídrico en zanjas de infiltración, incluye un diseño de construcción de zanjas de infiltración con una separación de 0,5 m entre cada zanja a nivel de cota, lo que ha sido recomendado por Pizarro y CORFO (2004).

Según los antecedentes literarios consultado, Pizarro et al (2004), indica que las zanjas de infiltración están conectadas entre sí por una especie de tabique bajo (Ver siguiente figura), el cual facilita el paso del agua entre una y otra zanja, cuando una de ellas se ha llenado. Dado esto, el conjunto de zanjas de infiltración a lo largo la curva de nivel, es considera como una sola unidad, antes que como unidades individuales.

FIGURA 6: TABIQUE BAJO ENTRE ZANJAS DE INFILTRACIÓN

Fuente: Pizarro et al. 2003.

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Además, será utilizado un sistema de “tresbolillo” (Ver siguiente figura) (CONAF, 2003), el que permite disminuir el escurrimiento entre zanjas de infiltración a lo largo de la ladera en función de su pendiente, aumentando la infiltración de agua en el área. Utilizando este sistema el distanciamiento entre zanjas serán los mismos planteados en la Adenda Complementaria.

FIGURA 7: MEDICIÓN Y MARCACIÓN DE ZANJAS DE INFILTRACIÓN

Fuente: CONAF. 2003.

Como medida adicional se considerará, en la parte baja de las zanjas (lugar dónde será depositado el suelo extraído tras la construcción de estas obras), y en la separación entre ellas (0,5 m), se sembrarán semillas de especies herbáceas, como por ejemplo Avena barbata, Stipa sp. y/o Trifolium rapens (especies herbáceas presentes en el sector), así, existirá una mejor estructuración de las partículas de suelo, además de disminuir la velocidad del flujo de agua que cruce la división entre una zanja y otra.

5.18 En la primera Fase de implementación, sector Camino a la Virgen a las obras contempladas; gaviones al costado del camino, pircas en el sector alto, e hidrosiembra en canalículos, se solicita al Titular indicar de qué forma contralará los procesos erosivos por el escurrimiento de las aguas.

Respuesta 5.18:

Las propuestas de control de erosión son barreras físicas que están enfocadas principalmente a la disminución de la velocidad de flujo de agua en áreas propensas al escurrimiento de ésta, teniendo además, la capacidad de retener sedimentos.

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En el caso de los gaviones, tienen como objetivo disminuir la velocidad del agua, amortiguar el impacto del flujo hídrico en sectores con bruscos cambios de pendiente y en riberas de cursos de agua; esto provocará que el “Camino a la Virgen” no sufra desmoronamientos en sus bordes y acumule los sedimentos que sean capaces de movilizarse de la parte alta del cerro, por lo que sería capaz de generar una terraza.

Por otro lado, el uso de pircas tiene como objetivo reducir el escurrimiento superficial de suelo y agua, y lograr que este se fije en la parte superior de los muros de piedras, de forma que genera pequeñas terrazas. Estos fueron planteados para el PCS del cerro Chena ya que es una medida que puede ser utilizada en zonas con una alta cobertura vegetal y que tengan altas pendientes dado su alta adaptabilidad a terrenos.

La hidrosiembra es un tratamiento biológico que es recomendado en áreas difíciles de estabilizar y en terrenos escarpados, con la función de aumentar la cobertura vegetal de áreas con erosión severa y distintos tipos de taludes. Los canalículos en el sector del Camino de la Virgen son sectores con un alto grado de erosión, los que no presentan cobertura vegetal. Dado esto la siembra permitiría disminuir la velocidad del flujo de agua, aumentar la cobertura y disminuir la pérdida de suelo.

5.19 Respecto al indicador: determinación erosión consistente en el depósito de sedimentos en el suelo. La erosión debe determinarse previo al inicio de las obras para tener una base de comparación. Las parcelas de medición de erosión deben georeferenciarse.

Respuesta 5.19:

Las parcelas para los estudios de escorrentía, suelen requerir un largo tiempo de estudio, ineficaces y la gran mayoría de ellas aporta información escasa o poco valida, además de, razones por las cuales se decidió determinar la erosión mediante métodos empíricos.

Se estudiaron modelos empíricos para determinar la erosión actual en el sector que consideran precipitaciones, aspectos físicos de suelo, pendiente de la ladera y manejo de la cobertura vegetal, los que fueron presentados por CIREN (2010).

Se utilizaron distintos supuestos relacionados con escenarios de precipitación normales, lluviosos y secos. Así, se determinó que en condiciones normales la erosión en el cerro Chena alcanza las 23 t ha-1 año-1, mientras que con prácticas de conservación se buscará disminuir a 0,5 t ha-1 año-1. En escenarios lluviosos la erosión puede alcanzar las 200 t ha-1 año-1, mientras que con las obras podrían disminuir a los 5 t ha-1 año-1. Finalmente en años secos la erosión podría alcanzar las 11 t ha-1 año-1 y con manejos ser de 0,2 t ha-1 año-1.

Estos datos serán utilizados como base de comparación con los cinco años de seguimiento de las obras de control de erosión. Este seguimiento será realizado, mediante el establecimiento de parcelas de medición de erosión instaladas para cada una de las medidas de control, según lo solicitado por la autoridad.

Las parcelas serán evaluadas mediante el método de las estacas o clavos de sedimentación, los que permiten cuantificar el movimiento de suelo en las distintas parcelas de control.

Serán utilizadas tres (3) parcelas de control de erosión para las distintas medidas propuestas, las que serán distribuidas de manera estratificada, permitiendo la correcta evaluación de las medidas. Adicionalmente, en un área sin influencia y de características

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similares, se establecerá el testigo. Para zanjas de infiltración, pircas e hidrosiembra, serán instaladas tres parcelas (1,2 m x 4,4 m de largo) por cada medida; mientras que para los diques de disipación serán instaladas tres parcelas de tamaño (1,2 m x 2 m), dado que estos presentan una menor dimensión en sentido horizontal, dificultando el establecimiento de la parcela de control. A la vez serán enterrados 15 clavos de sedimentación en tres zanjas de infiltración para estudiar la sedimentación al interior de ellas. En el caso de los gaviones. No se considera el establecimiento de parcelas, dado que la magnitud de erosión para el que están diseñados es distinta. Los mismos serán monitoreados en terreno evaluando directamente el desmoronamiento.

El área de estudio será visitada 2 veces al año, durante 5 años. En el plano 03 CE87-19-AX-01-V00 del Anexo E.2 “Plan de Compensación Cerro Chena” de la presente adenda, muestra la ubicación propuesta de las parcelas de control de erosión.

5.20 El Titular indica que el diseño de las obras se efectuará con posterioridad, sin embargo, este debiera ser entregado a la autoridad competente previo a su ejecución. Las obras debieran estar georreferenciadas y considerar una cartografía cuya base sean las curvas de nivel.

Respuesta 5.20:

Las obras serán georreferenciadas y se considerará una cartografía cuya base sean las curvas de nivel. Adjunto se presentan los planos. Adicionalmente, se incluirán los diseños preliminares a solicitar.

5.21 Dentro de las especies consideradas para la hidrosiembra; debieran priorizarse aquellas con mecanismos de latencia ante la falta de humedad, y que puedan generar un efecto antierosivo como Stipa sp.

Respuesta 5.21:

Se propone realizar hidrosiembra en los sectores aledaños al sendero de la Virgen y en las laderas más altas del cerro. La siembra constará de semillas de plantas forrajeras existentes en el sector del cerro, como por ejemplo Avena barbata, Trifolium rapens, Erodium cicutarium o alguna especie con mecanismos de latencia ante la falta de humedad y que pueda generar un efecto anti erosivo como Stipa sp.

5.22 El Titular indicar los mecanismos que utilizara para prevenir efectos indeseados por el riego con camión aljibe, ya que de lo contrario se obtendrá efecto indeseado en erosión.

Para ambos casos, se solicita que se contemple un seguimiento del avance de la rehabilitación de los suelos, por lo tanto, se solicita al Titular dar aviso previo al SAG de cada etapa de las obras.

Respuesta 5.22:

La hidrosiembra deberá utilizar camión aljibe los primeros tres meses para alcanzar un buen establecimiento de las especies sembradas, el camión deberá pasar cada 3 días y tendrá que regar 20 m3 ha-1. El riego proporcionado por el camión no tendrá efecto negativo en la degradación de suelos en el sector de hidrosiembra, ya que serán regulados los caudales de riego de forma que no genere escurrimiento, y en el peor de los casos, el agua a escurrir será detenida inmediatamente por gaviones y o pircas ubicados en la parte baja de la hidrosiembra.

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Además se acoge la solicitud de realizar un seguimiento de las obras de compensación para la comuna de María Pinto y San Bernardo desde el momento en que sean desarrolladas las etapas de ejecución del proyecto, comenzando con la línea de base de los distintos componentes (suelo, topografía, flora y fauna), junto con la implementación de las obras de compensación, dando aviso a SAG antes del comienzo de cada etapa.

6 PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y DE EMERGENCIAS

6.1 En relación al punto 10 de la Adenda Complementaria y a los Plan de prevención de Contingencias y de Emergencias.

Situación de riesgo p contingencia [Nombre de la situación de riesgo o contingencia 1] Situación de riesgo o contingencia Fase de Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Forma de control y seguimiento Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta 6.1:

Se acoge observación. En el Anexo F.1 “Fichas Ambientales”, de la presente adenda se incluye el punto 10 de la Adenda Complementaria a los Planes de Prevención de Contingencias y de Emergencias.

6.2 En relación al punto 10 de la Adenda Complementaria y a las diferentes situaciones de emergencia, el Titular deberá presentar para cada una de ellas, la siguiente tabla:

[Situación de emergencia 1] Situación de emergencia Fase del Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada Acciones a implementar Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta 6.2:

Se acoge observación. En el Anexo F.1 “Fichas Ambientales”, de la presente adenda se incluye el punto 10 de la Adenda Complementaria a los Planes de Prevención de Contingencias y de Emergencias.

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7 PLAN DE SEGUIMIENTO DE LAS VARIABLES AMBIENTALES RELEVANTES

7.1 Respecto del “Plan de Seguimiento” del “Plan de Compensación de suelo”, junto con la verificación de todos los parámetros indicados en la Pauta de Estudios de Suelos de SAG, se deberá incluir como medio de verificación la línea de base de suelos tanto en sus propiedades físicas como químicas, y los cambios verificables que se produzcan.

Respuesta 7.1:

Para efectos de la compensación de suelos, se incluirán como medio de verificación, tanto la caracterización de sus parámetros físicos como de sus parámetros químicos, y todos aquellos cambios verificables, con énfasis en aquellos descritos en la pauta de estudios del SAG 2011, destinados a evaluar la clase de capacidad de uso.

8 FICHA RESUMEN PARA CADA FASE DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

8.1 De acuerdo a lo expuesto en el Capítulo XI del EIA “Fichas Ambientales”, el Anexo O de la Adenda y el Anexo I de la Adenda Complementaria el Titular deberá actualizar los antecedentes presentados en virtud de las observaciones del presente ICSARA Extraordinario acompañando fichas nuevas, en conformidad a los contenidos de:

a. Descripción del Proyecto. b. Predicción y Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto o Actividad. c. Descripción de Efectos, Características o Circunstancias del Artículo 11 de

la Ley que dan Origen a la Necesidad de Efectuar un EIA. d. Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y compensación del proyecto

o actividad. e. Plan de Prevención de Contingencias y de Emergencias. f. Seguimiento de las Variables Ambiental del Proyecto o Actividad. g. Plan De Cumplimiento de la Legislación Ambiental Aplicable. h. Compromisos Ambientales Voluntarios.

Las nuevas fichas deberán presentarse de acuerdo al siguiente formato:

IDENTIFICACIÓN DEL TITULAR Y REPRESENTANTE LEGAL Nombre o razón social Rut Domicilio Teléfono Nombre representante legal Rut representante legal Domicilio Representante legal Teléfono representante legal Correo electrónico Titular o representante legal

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ANTECEDENTES GENERALES Cap/Pto EIA –Cap/Pto Adenda – Cap/Pto Adenda Complementaria – Adenda Extraordinaria

UBICACIÓN DEL PROYECTO PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO FASE DE CONSTRUCCIÓN Cap/Pto EIA -

Pto Adenda

FASE DE OPERACIÓN Cap/Pto EIA - Pto Adenda

FASE DE CIERRE Cap/Pto EIA - Pto Adenda

DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO FASE DE CONSTRUCCIÓN Cap/Pto EIA -

Pto Adenda FASE DE OPERACIÓN Cap/Pto EIA -

Pto Adenda FASE DE CIERRE PREDICCIÓN Y EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO O ACTIVIDAD. FASE DE CONSTRUCCIÓN Cap/Pto EIA -

Pto Adenda FASE DE OPERACIÓN Cap/Pto EIA -

Pto Adenda FASE DE CIERRE Cap/Pto EIA -

Pto Adenda

EFECTOS, CARACTERÍSTICAS O CIRCUNSTANCIAS DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY QUE DAN ORIGEN A LA NECESIDAD DE EFECTUAR UN EIA Y LOS EFECTOS, CARACTERÍSTICAS O CIRCUNSTANCIAS DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY QUE NO DAN ORIGEN A LA NECESIDAD DE EFECTUAR UN EIA PLAN DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN, REPARACIÓN Y COMPENSACIÓN. FASE CONSTRUCCIÓN Cap/Pto EIA -

Pto Adenda FASE OPERACIÓN Cap/Pto EIA -

Pto Adenda FASE CIERRE Cap/Pto EIA- Pto

Adenda PLAN DE SEGUIMIENTO DE LAS VARIABLES AMBIENTALES RELEVANTES FASE CONSTRUCCIÓN Cap/Pto EIA -

Pto Adenda FASE OPERACIÓN Cap/Pto EIA -

Pto Adenda FASE DE CIERRE Cap/Pto EIA- Pto

Adenda PLAN DE CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL APLICABLE - PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES (PAS). PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

Cap/Pto EIA - Pto Adenda

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PLAN DE CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL APLICABLE - NORMATIVA AMBIENTAL. COMPONENTE/MATERIA: [XXX] Cap/Pto EIA -

Pto Adenda PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Cap/Pto EIA -

Pto Adenda PLAN DE EMERGENCIAS Cap/Pto EIA -

Pto Adenda COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS. Cap/Pto EIA -

Pto Adenda

Respuesta 8.1:

Se acoge observación. En el Anexo F.1 se presentan las fichas ambientales actualizadas a la presente adenda.

8.2 Se solicita que en las columnas en las cuales se coloca el Pto EIA – Adenda Adenda Complementaria – Adenda Extraordinaria, no se puede asumir que la numeración corresponda al EIA, para lo cual se debe precisar en todo momento si el punto corresponde al EIA, Adenda o Adenda Complementaria o Adenda Extraordinaria.

Respuesta 8.2:

Se acoge observación. En el Anexo F.1 de las Fichas Ambientales, de la presente adenda, se precisa si el punto corresponde al EIA, Adenda o Adenda Complementaria o Adenda Extraordinaria.

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9 RELACIÓN CON LOS PLANES DE DESARROLLO COMUNAL

9.1 La Municipalidad de San Bernardo mediante Ord. N°1351 de fecha 11 de agosto de 2016 observa lo siguiente:

“Esta entidad Edilicia asume de manera responsable e ineludible el resguardo del componente ambiental y patrimonial, independientemente del ámbito de pronunciamiento ambiental municipal, partiendo de la base de lo señalado en el Plan de Desarrollo Comunal de San Bernardo (2011) que señala como objetivo; El incentivar la conservación y zonificación general de la comuna; nuevos polos de desarrollo; ejes y áreas de crecimiento futuro; áreas protegidas y con restricción de usos y la protección del patrimonio natural y cultural, así corno la protección del medio ambiente.", en este orden de ideas indicar que el desestimar la temática arqueológica al tenor de antecedentes técnicos relevados por esta Entidad Edilicia es desestimar un contexto patrimonial, lo cual para términos de este proyecto, de existir, puede redundar en pérdidas invaluables del patrimonio arqueológico local, situación ya acontecida en intervenciones, en particular, lo acaecido con MH Pucara de Chena, el cual fue destruido por la intromisión de maquinaria pesada en el polígono definido como Monumento Nacional. En este contexto, este Órgano de la Administración del Estado, es enfático en solicitar titular, guarde todas las providencias necesarias a fin de ampliar el diagnóstico para el paño a intervenir, respecto de salvaguardar el potencial patrimonio ambiental e histórico arqueológico comunal.” Al respecto, se solicita aclarar y responder lo solicitado por el Municipio de San Bernardo.

Respuesta 9.1:

En primer lugar se debe aclarar que en ningún caso el titular del proyecto ha pretendido soslayar, ni menos desestimar la opinión técnica de la Municipalidad respecto de la temática arqueológica y Patrimonial.

Al respecto, cabe enfatizar que el estudio arqueológico realizado ha considerado en todo momento la importancia por la protección del patrimonio cultural tanto arqueológico, como histórico del área donde se emplazará el proyecto, para ello se han presentado todos los antecedentes que permiten tomar las medidas y recomendaciones para su resguardo.

Se considera que los antecedentes presentados en la Línea de Base como en las adendas, constituyen toda la información de carácter científico, como de conocimiento público a la cual se ha podido acceder, y que demuestra el potencial arqueológico que posee la localidad de San Bernardo como área de ocupación constante y continua desde tiempos prehispánicos. Es así como se presenta en el informe de Línea de base los antecedentes que enfatizan la importancia de este espacio como un área rica en evidencias arqueológicas, presentando la información en: Antecedentes Arqueológicos de Chile Central - Antecedentes Arqueológicos de la Cuenca Maipo-Mapocho - Antecedentes Históricos de la Cuenca Maipo-Mapocho, y Antecedentes Arqueológicos, Históricos y Patrimoniales de San Bernardo. Todo esto acompañado de una tabla con los sitios más cercanos al área del proyecto y su correspondiente imagen. Asimismo y con posterioridad, se adjuntó información referente a los Túneles Jesuitas y sobre Manuel Magallanes Moore, como personaje ilustre de la comuna de San Bernardo, complementando todos los antecedentes presentados a partir de los requerimientos solicitados en las adendas,

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ante cuyas respuestas el Consejo de Monumentos Nacionales se ha pronunciado conforme en todos sus pronunciamientos.

Cabe señalar, que se considera relevante el interés que ha tenido el Municipio de San Bernardo en desarrollar una investigación sistemática respecto de la espacialidad (georreferenciación) de los hallazgos y sitios arqueológicos encontrados en el territorio comunal, lo que permite reconocer, actualizar y dimensionar la riqueza de este componente en el área. De esta condición y su valor arqueológico en relación al contexto de ocupación pre-hispánico da cuenta la línea de base realizada, donde se reconoce esta ocupación constante e intensiva señalando textualmente que “en el sector de las terrazas fluviales colindantes a la ribera del rio Maipo, como también los sectores aledaños al cerro Chena, hay una constante ocupación del espacio por parte de poblaciones prehispánicas, que se evidencian tanto en sitios de carácter habitacionales como funerarios y logísticos-administrativos, que nos hablan de un área con gran potencial arqueológico. Este sector puede en sí ser un área arqueológica, desde la perspectiva de la arqueología distribucional, que entiende que los sitios no son puntos aislados en el espacio, sino que se presentan en un continuo y relacionados entre sí, por lo que no es descartable que puedan existir elementos patrimoniales en estratigrafía, que no fueron detectados durante la inspección superficial del terreno. Si a eso le sumamos que el sector corresponde a una terraza fluvial de mucha dinámica, no es extraño que puedan existir hallazgos arqueológicos a dos o tres metros de profundidad”

Por otra parte, respecto al proyecto de vivienda social “Conjunto Habitacional Nueva Ilusión”, emplazado en la localidad de Lo Herrera, distante a 2 km al sur poniente del proyecto el Peñón, para el cual se solicitó, mediante ORD. N° 3605 con fecha 20 de noviembre de 2015, realizar una caracterización arqueológica del área a través de la excavación de una red de pozos de sondeo de 50x50cm, responde a que durante la prospección arqueológica realizada para la Línea de Base del proyecto Nueva Ilusión, se identificaron 12 restos arqueológicos correspondientes a cerámicas y líticos.

Situación no comparable a lo sucedido en el área del proyecto, en donde no se lograron identificar elementos arqueológicos en superficie, incluso estando gran parte de la superficie arada y libre de cubierta vegetal, lo que facilita la detección de restos culturales. Por lo tanto, si el Honorable Consejo de Monumentos Nacionales no estimó necesario la realización de una red de pozos de sondeo, fue debido a que no se encontraron evidencias materiales en superficie que indiquen la presencia de posibles elementos materiales en estratigrafía durante la prospección del área.

Asimismo para dicho proyecto, el Consejo de Monumentos Nacionales pidió un monitoreo arqueológico permanente de las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades de excavación a realizar en el proyecto, igualmente a lo solicitado para CD El Peñón, como se aclara en el ORD. N°1591 con fecha 12 de junio de 2015, en donde además se solicita la realización de charlas de inducción arqueológica, y por supuesto la paralización de las obras frente a cualquier hallazgo arqueológico en el lugar, procediendo según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

En síntesis, es importante señalar que si bien no se encontró material en superficie, en el EIA se establece de manera manifiesta el contexto espacial en el cual se encuentra el predio, por lo que se recomienda la realización de un monitoreo arqueológico permanente y sistemático, que permite que ninguna actividad tanto de escarpe, excavación o movimiento de tierras quede sin supervisión de un profesional arqueólogo, resguardando dicho componente.

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Por su parte los proyectos FONDECYT que actualmente se están llevando a cabo en su año número 3, tanto por los equipos encabezados por los arqueólogos Daniel Pavlovic y Rubén Stehberg, sí fueron considerados en la información entregada en el EIA y adendas; no obstante es importante tener en cuenta, que al ser proyectos que actualmente se encuentran en desarrollo, sus resultados aún no se encuentran publicados oficialmente en documentos específicos, tales como Revistas Científicas indexadas, actas de congresos nacionales de arqueología Chilena, como tampoco los informes anuales entregados a CONICYT por parte de los equipos de investigación que se encuentran a disposición pública, por lo que ha sido difícil acceder a esa información. Los proyectos FONDECYT generalmente hacen públicos sus resultados una vez terminado el tiempo que establecen los mismos. No obstante, sí se han tenido conversaciones de manera personal con el arqueólogo Daniel Pavlovic sobre la arqueología del área y la importancia del resguardo del patrimonio arqueológico, esto debido a que uno de los profesionales arqueólogos que participa en el presente proyecto, ha trabajado desde el pregrado en los diferentes proyectos FONDECYT que ha liderado el señor Daniel Pavlovic. También se han incorporado a la bibliografía del área, trabajos específicos publicados en las Actas del XIX Congreso Nacional de Arqueología Chilena del año 2012, publicados en el año 2015 por la Sociedad de Arqueología Chilena, referentes a la arqueología del área, específicamente el trabajo “El Paisaje Ritualizado del Pucará de Chena” de Ruben Stehberg, Gonzalo Sotomayor y Carolina Gática y el trabajo “Arqueoastronomía Inca en el sitio ruinas de Chada, Región Metropolitana, Chile” de Pablo Ruano.

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10 RELACIÓN CON LAS POLÍTICAS, PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO REGIONAL

10.1 En relación a la respuesta 15.1 de la Adenda Complementaria, y la propuesta sobre compensaciones para evitar la erosión del Cerro Chena, el Gobierno Regional mediante Ord. N°2963 de fecha 26 de agosto de 2016 precisa lo siguiente:

a. “Se considera que la propuesta de Walmart, en las condiciones presentadas, no compensa realmente el fuerte impacto que tendría el proyecto sobre el territorio intervenido, considerando que se está afectando importantes necesidades de la localidad, como son la identidad rural, el valor del paisaje y la pérdida de suelo agrícola clase I. Esto en su relación a lo establecido en la Estrategia Regional de Desarrollo 20122021, principalmente en los lineamientos Región Integrada e Inclusiva (1.1, 1.3, 1.9) y Región Segura (3.4), cuyos objetivos estratégicos procuran soluciones diferentes a lo propuesto por el presente proyecto, para el desarrollo de la Región.” b. “Dado que el polígono en el cual Walmart pretende ejecutar sus obras se traslapa con el polígono en que está forestando Cultiva ("la otra empresa", como se menciona en la Adenda Complementaria), es dable concluir que será complejo ejecutar las primeras sin afectar los sistemas de riego que instalará Cultiva. Además, esta sobreposición de polígonos impedirá evaluar si la mejora en la calidad del suelo se debe a la obras ejecutadas por Walmart o a la forestación ejecutada por Cultiva.” Considerando lo anterior, se solicita al Titular generar medidas que tengan un impacto mayor y directo sobre el Parque Cerro Chena, en sus usuarios, la comunidad de San Bernardo y Calera de Tango, dada su proximidad y dada una visión integral del territorio. Por ejemplo, generando una intervención completa sobre los polígonos no incluidos en la forestación que está en ejecución u otra propuesta cuyo impacto sea de evaluación y visualización más directa. Adicionalmente, cabe destacar que la solución presentada no da respuesta directa a la solicitud realizada a la primera Adenda, en que se hace referencia al Plan Maestro Cerro Chena, en la cual se solicita "proponer compromisos ambientales voluntarios que apunten a potenciar la vocación turística del territorio intervenido o área de influencia, colaborando en la puesta en valor de la zona".

Respuesta 10.1 a):

El Plan de Compensación de Suelos (PCS), que presenta la empresa Walmart surge de la necesidad de compensar la superficie a utilizar por el “Centro de distribución el Peñón” (CDEP) de la comuna de San Bernardo, que alcanza 42,83 ha, con un suelo con Capacidad de Uso (CUS) I. Este PCS abarca dos zonas de intervención con distintos tipos de manejos, buscando disminuir procesos de degradación de suelos, junto con la habilitación de suelos de baja calidad para agricultores en la Región Metropolitana, generando un impacto significativo en relación a la superficie a utilizar por el CDEP.

Sobre las superficies a compensar se debe contemplar que en el primer ICSARA la I. Municipalidad de San Bernardo mediante oficio Ord. N°823 de fecha 26 de mayo de 2015, fue solicitado compensar suelo en la comuna de San Bernardo, donde la

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clasificación de suelos corresponde a las categorías I, II y III, por consiguiente, el mejoramiento de suelos es factible en suelos de clase II o III para llevarlos a clase I.

Según lo anterior, la última actualización del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) (2007), establece que los proyectos que se presenten en sectores con suelos de CUS I, II y III, deberán compensar la pérdida potencial de dichas CUS, rehabilitando otros suelos de inferior CUS, dentro de la Región Metropolitana, en una relación de 1: 1,5, de esta forma, se debe compensar suelos cuyo CUS esté entre IV – VIII, hasta alcanzar CUS I – II ó III.

Fue realizada una búsqueda de suelo en la comuna de San Bernardo junto con el Departamento de Desarrollo Local Sustentable, el que recomendó predios de pequeños productores, los que poseen suelos con CUS I, II y III, los que son descartados por el PRMS (2007).

Por otra parte, en reuniones realizadas con representantes del Parque Metropolitano Sur (PARQUEMET Sur) y el Gobierno Regional (GORE) se abrió la posibilidad de aportar al proyecto del Parque Metropolitano Sur (cerro Chena) una superficie de 17,07 ha con una propuesta ambiental, lo que fue acogido por Walmart, ya que es un sector que presenta un alto riesgo de erosión, por lo que serán utilizadas medidas de conservación de suelos.

Además, fue solicitado por las SEREMI de Agricultura RM mediante Ord. N°229 de fecha 27 de mayo de 2015, que la superficie restante para cumplir con el área de compensación debe ser equivalente a la proporción 1:2, por lo que se deberá compensar .una proporción mayor a lo que dice el PRMS (2007). Dicho esto, se deberá alcanzar una superficie total de 85,66 ha.

Dado lo anterior, fue encontrada una superficie de 69,63 ha en la comuna de María Pinto, que tendrá como objetivo modificar la CUS de IV a III, en los predios de cinco agricultores de dicha comuna, siendo una propuesta productiva del PCS. Con la obtención de la superficie, se cumple la solicitud de la SEREMI de agricultura de la Región Metropolitana en compensar en una relación de 1:2; de esta forma la superficie de María Pinto (69,63 ha) junto con la del cerro Chena (17,07 ha), alcanzan un total de 86,70 ha, superando en 1,04 ha la superficie solicitada a compensar.

Con respecto al impacto a generar en el sector cerro Chena (PARQUEMET Sur), el objetivo del PCS será disminuir la pérdida del recurso suelo existente en las laderas del cerro, la que, según el estudio realizado, puede alcanzar las 23 t ha-1año-1, pudiendo disminuir a 1 t ha-1año-1, con medidas de conservación de suelos.

Cabe mencionar, que en el punto 3.2 del Anexo M.2 de la Adenda Complementaria (PCS de cerro Chena), es presentado un diagnóstico de erosión en el cerro Chena, pudiendo observar problemas de canalículos, desprendimientos de suelo y desmoronamiento de éste en caminos y senderos, es por esto que se plantean distintas medidas de control de erosión, las que contemplan una protección inmediata y total del área una vez construidas (17,07 ha).

No obstante lo anterior, producto de un Plan de Corrección en el marco de la Ley N° 20.283 sobre recuperación de Bosque Nativo, será realizada una reforestación en el área propuesta por Walmart en el sector del cerro Chena (Ver siguiente figura), existiendo un traslape de 12,60 ha entre ambas.

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FIGURA 8: TRASLAPE DE ÁREAS ENTRE LA EMPRESA WALMART Y CULTIVA EN EL ÁREA DEL PARQUE METROPOLITANO SUR

Fuente: ATM SpA. 2016.

La reforestación contempla la utilización de distintas especies forestales, las que, según los antecedentes disponibles, serán establecidas en un marco de plantación de 3,5 m x 3,5 m, alcanzando una densidad de 816 plantas ha-1. Las plantas a establecer se presentan en la siguiente tabla.

TABLA 17: ESPECIES DE PLANTAS A ESTABLECER EN LA REFORESTACIÓN Y SU DENSIDAD

Especie Porcentaje (%) Densidad (plantas ha-1)

Quebracho 30 240

Huingán 20 160

Molle 20 160

Quillay 10 80

Litre 5 40

Colliguay 10 80

Quilo 5 40

Fuente: Plan de Corrección.

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Como se señaló anteriormente, la reforestación que se propone realizar se enmarca en la Ley N° 20.283, la que como criterios en la definición de bosque considera una superficie mínima de 0,5 ha, un ancho mínimo de 40 m y un porcentaje de cobertura mínimo de 10%. Las reforestaciones que se realizan en el marco de esta Ley buscan, que una vez finalizado el proceso de mantención de las mismas, se acerquen a cumplir con los criterios que la Ley utiliza para definir bosque, sin embargo, el criterio de éxito de la reforestación sólo corresponde a que exista un 75% de sobrevivencia del número de individuos comprometidos en los respectivos planes de manejo, criterio evaluable a partir de que los individuos cumplan 2 años de vida desde el momento de la plantación (Art. 14 Ley 20.283).

Las características anteriores para el establecimiento de una reforestación, en ningún caso hace referencia al recurso suelo. No obstante, en los formularios tipo elaborados por CONAF, en este caso de Plan de Compensación (AL-IBN-7.5-R1), en su numeral 4 solicita medidas de protección al establecimiento de la reforestación, donde pueden incluirse medidas para el control de erosión. Dicho lo anterior, al revisar los antecedentes disponibles, en el Plan de Corrección no se señalan medidas que ayuden al control de la erosión en el sitio donde se realizará, por lo que cualquier medida complementaria que se realice para el control de la erosión, es necesaria, bienvenida y no atribuible a la reforestación sino a la medida adicional propiamente tal.

Finalmente es posible señalar que, la zona de estudio es propensa a procesos de erosión generados, entre otros factores, por el efecto de las gotas de lluvia que caen directamente en el suelo sin cubierta vegetal, generando procesos de escorrentía (FAO, 2000), por lo que se debiesen contemplar medidas de control de erosión de suelos, destacando que debe existir un enfoque integrador de manejo y conservación de suelos y aguas, como estrategia técnica al uso de prácticas que tengan como fin aumentar la cobertura vegetal, mejorar infiltración en el perfil y controlar el escurrimiento superficial, por lo que se deben contemplar distintos tipos de prácticas (INIA, 2012).

Respuesta 10.1 b)

Según lo señalado en la respuesta anterior, el Plan de Compensación que da origen a la reforestación, no considera medidas de control de erosión, por lo que las medidas de control de erosión serán atribuibles a las acciones que plantea Walmart.

Por otra parte, Walmart no desconoce que previamente se realizarán labores en el área, producto de la reforestación, por lo mismo las medidas que propone son adaptables a las características con que se entregue la reforestación.

Finalmente, Walmart se comprometerá, mediante un documento a acordar entre las partes, al aseguramiento de todos los componentes de la reforestación mientras dure construcción de las medidas del PCS.

Respuesta 10.1 c):

Por lo expuesto anteriormente, Walmart considera que no existe impedimento para que se realice el PCS en una superficie donde se establecerá una reforestación, dado que el objetivo de ambas medidas es distinto y puede complementarse, asegurando Walmart en no alternar las condiciones de la reforestación en ningún momento.

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Ante lo señalado por la autoridad, de la imposibilidad de medir el efecto de ambas medidas, dado que la reforestación no considera medidas de control de erosión, una mejora en el recurso suelo es atribuible al PCS.

No obstante lo anterior, y en el marco de la Responsabilidad Social Empresarial del Titular, posterior a la aprobación ambiental del Proyecto, Walmart se compromete a establecer un convenio de cooperación con el Gobierno Regional (con alcances y montos claramente establecidos), que permita apoyar la materialización de obras asociadas al Plan Maestro del Parque Metropolitano Cerro Chena y de esta forma, aportar en la recreación y cultura tanto de habitantes de los municipios de San Bernardo y Calera de Tango, como del resto de la Región.

10.2 Además, el Gobierno Regional solicita al Titular tomar mayor consideración del espacio intervenido, acordando con los Municipios afectados posibles medidas que pudieran atenuar el impacto que un Proyecto de esta envergadura y características afectaría a los sistemas del entorno (vialidad, cultura, planificación, etc). Sobre la base de lo anterior, se solicita que el Proyecto se haga cargo de estas problemáticas a nivel local.

Respuesta 10.2:

El Estudio de Impacto Ambiental, como el EISTU realizado por el titular, ha tenido como objetivo precisamente evaluar los efectos que el proyecto tendrá, tanto en su etapa de construcción como de operación, sobre los sistemas de su entorno. Para ello se ha hecho cargo y propuesto diversas medidas de mitigación y planes de compensación que se han detallado tanto en EIA, como en las Adendas presentadas.

No obstante lo anterior y considerando aspectos de Responsabilidad Social Empresarial, posterior a la aprobación ambiental del Proyecto, el Titular se compromete a establecer un convenio de cooperación con el Gobierno Regional (con alcances y montos claramente establecidos), que permita apoyar la materialización de obras asociadas al Plan Maestro del Parque Metropolitano Cerro Chena y de esta forma, aportar en la recreación y cultura tanto de habitantes de los municipios de San Bernardo y Calera de Tango, como del resto de la Región.

10.3 En relación a la respuesta 15. 1 de la Adenda Complementaria la Municipalidad de Calera de Tango mediante Ord. N°372/2016 de fecha 26 de agosto de 2016 solicita potenciar los aspectos territoriales definidos en el EIA y sus respectivas Líneas de Base, donde se determinó el valor paisajístico de las Unidades de Paisaje (agrícola y rural) en el área de influencia del Proyecto, la cual corresponde al Área de Gestión Turística y Patrimonial del Plan Maestro en cuestión. Al respecto, el Titular apunta a mejoras ambientales en el "Área de Parque" del Plan Maestro Cerro Chena y no alude al Área de Gestión Turística y Patrimonial que es donde se emplazaría el Proyecto, sobre la base de lo anterior, y en virtud de que el Municipio de Calera de Tango es parte de la mesa de trabajo del Plan Maestro Cerro Chena se solicita al Titular mejorar o potenciar las vocación turística del área de influencia del Proyecto.

Respuesta 10.3:

Como se ha señalado en la respuesta a la observación 10.2 y en el marco de la Responsabilidad Social Empresarial del Titular, posterior a la aprobación ambiental del Proyecto, Walmart se compromete a establecer un convenio de cooperación con el Gobierno Regional (con alcances y montos claramente establecidos), que permita apoyar la materialización de obras asociadas al Plan Maestro del Parque Metropolitano

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Cerro Chena y de esta forma, aportar en la recreación y cultura tanto de habitantes de los municipios de San Bernardo y Calera de Tango, como del resto de la Región.

10.4 Referente a la Respuesta 15.2 de la Adenda Complementaria: "La Municipalidad de Calera de Tango observa la falta de coherencia con algunos lineamientos y objetivos de la Estrategia Regional de Desarrollo (ERD) 2012.2021, si bien el Titular indica en su respuesta 15.5 de la Adenda, que la actividad no corresponde al desarrollo de un polo industrial en la zona y que su actividad está permitida de acuerdo al PRMS toda vez que el Proyecto se localiza en una zona I.S.A.M. 9, cumpliendo con el continuación y solicita al Titular detallar por objetivo y lineamiento, cuales son los aspectos que se señalan contrarios a la ERD que han sido considerados en el EIA:

Al respecto, la Municipalidad de Calera de Tango mediante Ord. N°372/2016 de fecha 26 de agosto de 2016 solicita precisar, señalando puntualmente si los lineamientos definidos en la ERD serían "favorecidos o perjudicados" por el Proyecto. Al respecto, y de acuerdo a las respuestas del Titular para cada lineamiento: a. ““1.1.9. del lineamiento estratégico 1", sobre incentivar la recuperación y valorización de identidades territoriales, dado que el Proyecto no potencia la agricultura ni el desarrollo de las localidades rurales aledañas.” Se solicita analizar y complementar la respuesta del Titular sobre la inexistencia de relación directa con este lineamiento, toda vez que parte de la Línea de Base del EIA definió dos de cuatro unidades de paisaje de este Proyecto, como unidad agrícola (UP1) y rural (UP2), respectivamente, atribuyendo a estas unidades un valor paisajístico y con riesgo de fragilidad. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular destaca la conformación de una superficie de uso agrícola incluida en el Proyecto, además de un plan de paisajismo. Este último no puede estar sino consistentemente alimentado por los antecedentes generados en el EIA (Líneas de base para los componentes de paisaje, actividades económicas productivas, construcciones relevante y medio humano), de manera que el Titular debe ser capaz de precisar cómo las acciones a realizar dentro del plan de paisajismo propuesto responden a las condiciones preexistentes en el área de influencia del proyecto. Por otra parte, debido a que se debe definir la relación del Proyecto con políticas, planes y programas de desarrollo regional y comunal del área de influencia, se solicita complementar los planes de desarrollo de las localidades rurales aledañas, las que incluyen aquellos definidos en el Plan Maestro Cerro Chena, aprobado en Marzo de 2015 por la Mesa Directiva liderada por el Gobierno Regional. b. “"1.2.4. del lineamiento estratégico 3", sobre asegurar un equilibrio en la localización de la instalación de infraestructura peligrosa y/o molesta, toda vez que se instalaría en una zona rural lo que generará como consecuencia, diversas molestias en el entorno directo tales como contaminación acústica, impacto vial, contaminación lumínica, pérdida de suelo, excesivo uso de agua, entre otras.” Se solicita complementar informando sobre la infraestructura peligrosa y/o molesta que podría generar molestias en el área de influencia del Proyecto. Al respecto, el Titular no precisa nuevamente cual será el efecto de las infraestructuras asociadas al Proyecto sobre los diferentes componentes

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ambientales, al margen de que las áreas de influencia por componente requieren de una revisión, esto último enmarcado en las aclaraciones emitidas en la Estrategia Regional de Conservación de la Biodiversidad, Región Metropolitana 2015 2025, y especificadas para el sitio prioritario Cerro Chena. c. ““1.3.2. del lineamiento estratégico 4", sobre proteger la disponibilidad de

suelo agrícola con factibilidad de explotación, dado que se ubicaría en un área rural, perdiendo 45 hectáreas de suelo de clase 1.”

La Municipalidad de Calera de Tango mediante Ord. N°372/2016 de fecha 26 de agosto de 2016 precisa que: “La respuesta del titular evita la definición de un efecto desfavorable de este proyecto respecto al lineamiento estratégico 4, desviando la atención a la formulación de un Plan de Compensación de suelo asociado al proyecto. Sín embargo, este Plan de Compensación de Suelos propone la compensación de suelo de sólo 17 hectáreas de superficie en el cerro Chena (1:0,5) y alrededor de 71 hectáreas (1:1,5) en la comuna de María Pinto, lo que denota el efecto desfavorable de este Proyecto asociado a la pérdida de suelo de clase 1 presente en el área de influencia, lo que en ningún caso será compensado para el territorio donde se desarrollaría el proyecto.” d. “"1.5.8. del lineamiento estratégico 4", sobre promover un sistema regional de adaptación a los efectos del cambio climático, dado que si este proyecto no considera un sistema de captación, filtración e Infiltración de aguas lluvias, generará una disminución de las napas freáticas al perderse 45 hectáreas de suelo, lo que impacta el área de influencia directa en el ámbito de disminuir su capacidad de adaptación al cambio climático.” El Titular aclara que el proyecto considera la infiltración del 100% de las aguas lluvias a través de zanjas de cubo dren. Para el dimensionamiento de las obras se utilizó como parámetro el caudal y volumen generado por las aguas lluvias en condiciones naturales, permitiendo usar estos parámetros como valores de referencia tras la urbanización del terreno. Sin embargo, estos valores fueron estimados sobre un supuesto demasiado restrictivo, con una precipitación máxima en 24 hrs. durante una tormenta menor. De esta manera, cualquier episodio pluviométrico por sobre estos valores de referencia no asegurarla la infiltración requerida de las aguas lluvias en el terreno sujeto a urbanización. En consecuencia, las medidas consideradas por el Titular no dan cuenta de un sistema de captación, filtración e infiltración de aguas lluvias que asegure la disponibilidad de napas freáticas y de una visión integral respecto a medidas para adaptarse a efectos del cambio climático. Se solicita aclarar.

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Respuesta 10.4 a):

En el paisaje estudiado no solo existen la unidad Agrícola (UP1) y Rural (UP2), sino también la unidad Industrial UP3 y unidad condominio UP4, todas estas se relacionan y generan un paisaje de carácter mixto.

El proyecto es coherente con la identidad mixta que permite el uso de suelo planificado para el lugar. No solo la actividad agrícola es la de interés para desarrollarse en la zona.

Según lo planteado en la línea de base de Paisaje, se establece que las UP1 y UP2, presentan una calidad de paisaje media, y se define que:

“Estas unidades presentan una mezcla de características sobresalientes para algunos aspectos y bastante comunes para otros”.

“Algunos de los elementos evaluados requieren protección por su valor individual, su grado de restricción es variable y permite un nivel mayor de presión sobre el paisaje”.

Según lo anterior se puede decir que la evaluación no le atribuye a ninguna de las dos áreas mencionadas un valor paisajístico sobresaliente, si bien se define que presentan características que deben ser consideradas por su valor individual, no presentan un valor paisajístico que las haga ser únicas y poco comunes dentro del área estudiada.

Según la evaluación de fragilidad de paisaje realizada, todo el paisaje del área de estudio presenta fragilidad media, esto quiere decir que la capacidad de absorber impactos es alta o media según la unidad, por lo que la condición de calidad podría o no, verse afectada.

Lo anterior no quiere decir que el área presente un riesgo de fragilidad, si no que el paisaje no acepta fuertes impactos paisajísticos y su grado de restricción es moderado y se deben tomar medidas ambientales asociadas como bien se está considerando e incluyendo en este proyecto.

Por su parte, respecto de las decisiones de diseño del paisajismo del proyecto y los usos internos, en la medida que respondan a las condiciones urbanísticas permitidas, no tienen por qué responder a las condiciones previas del predio.

Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto ha querido mantener dentro de su terreno y como parte del paisajismo una superficie con actividades de uso agrícola, un lomaje (de 8 a 10 m de alto entre el límite superior y el punto medio del borde adyacente de la Calle El Barrancón) que ayudará a generar un límite visual y actuará como barrera visual desde la ruta de observación aledaña (Calle El Barrancón). Adicional a esto el proyecto de paisajismo incorpora una consistente franja de vegetación compuesta por arborizaciones de espacies nativas y vegetación baja, de manera de lograr una cobertura de suelo del 100% en la superficie de este lomaje y del borde adyacente a la ruta 5. Se generará una densa cobertura vegetal que actuará como barrera natural hacia el proyecto, lo que sumado a la restauración de parte del muro existente actualmente en límite con El Barrancón, permitirá mantener las características que actualmente presenta el área.

Respeto de la solicitud de complementar los planes de desarrollo de las localidades rurales aledañas, las que incluyen aquellos definidos en el Plan Maestro Cerro Chena, aprobado en Marzo de 2015 por la Mesa Directiva liderada por el Gobierno Regional, por favor remitirse a la respuesta 10.7 de esta Adenda.

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Respuesta 10.4 b):

Primeramente, se aclara que el Proyecto consiste en un centro de distribución, y no corresponde en ningún caso a “infraestructura peligrosa o molesta”, como se indica en la pregunta.

De acuerdo al Artículo 2.1.29. de la OGUC, el tipo de uso Infraestructura se refiere a las edificaciones o instalaciones y a las redes o trazados destinados a:

- Infraestructura de transporte, tales como, vías y estaciones ferroviarias, terminales de transporte terrestre, recintos marítimos o portuarios, instalaciones o recintos aeroportuarios, etc.

- Infraestructura sanitaria, tales como, plantas de captación, distribución o tratamiento de agua potable o de aguas servidas, de aguas lluvia, rellenos sanitarios, estaciones exclusivas de transferencia de residuos, etc.

- Infraestructura energética, tales como, centrales de generación o distribución de energía, de gas y de telecomunicaciones, gasoductos, etc.

Por su parte en el párrafo 6 del Artículo 2.1.17. de la OGUC identifica obras de infraestructura peligrosa, tales como aeropuertos, helipuertos, torres de alta tensión, embalses, acueductos, oleoductos, gaseoductos, u otras similares, establecidas por el ordenamiento jurídico vigente. En consecuencia el proyecto no presenta infraestructura peligrosa y/o molesta, asociada al proyecto que podría generar molestias en el área de influencia.

No obstante lo anterior, cabe señalar que es precisamente el objeto de la evaluación ambiental de este proyecto determinar aquellas medidas de mitigación y compensación, así como un plan de seguimiento que permitan un equilibrio en la localización de la nueva instalación con su entorno.

Por lo demás, la calificación de inofensiva, molesta o peligrosa, solamente es aplicable a las actividades industriales, y para el caso de infraestructura, solamente cuando consideran procesos de transformación (artículo 2.1.29.- de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones), lo que tampoco corresponde a este proyecto. Y, en todo caso, el pronunciamiento a que se refiere el artículo 161 del Reglamento del SEIA (D.S. 40/2012), sólo será exigible para aquellos proyectos o actividades emplazados en áreas reguladas por un instrumento de planificación territorial en el cual se imponen restricciones al uso del suelo en función de dicha calificación, restricciones que no se encuentran establecidas en el Artículo N° 8.3.2.2., I.S.A.M.-9 del PRMS.

Respuesta 10.c):

El Plan de Compensación de Suelos (PCS) presentado por el Titular, surge de la necesidad de compensar la superficie a utilizar por el “Centro de distribución el Peñón” (CDEP) de la comuna de San Bernardo, con un suelo con Capacidad de Uso (CUS) I. Este PCS abarca dos zonas de intervención con distintos tipos de manejos, buscando disminuir procesos de degradación de suelos, junto con la habilitación de suelos de baja calidad para agricultores en la Región Metropolitana, generando un impacto significativo en relación a la superficie a utilizar por el CDEP.

Sobre las superficies a compensar se debe contemplar que en el primer ICSARA, la I. Municipalidad de San Bernardo mediante oficio Ord. N°823 de fecha 26 de mayo de 2015, solicitó compensar suelo en la comuna de San Bernardo, donde la clasificación de suelos corresponde a las categorías I, II y III, por consiguiente, el mejoramiento de suelos es factible en suelos de clase II o III para llevarlos a clase I.

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Según lo anterior, la última actualización del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) (2007), establece que los proyectos que se presenten en sectores con suelos de CUS I, II y III, deberán compensar la pérdida potencial de dichas CUS, rehabilitando otros suelos de inferior CUS, dentro de la Región Metropolitana, en una relación de 1: 1,5, de esta forma, se debe compensar suelos cuyo CUS esté entre IV – VIII, hasta alcanzar CUS I – II ó III.

Al respecto, fue realizada una búsqueda de suelo en la comuna de San Bernardo junto con el Departamento de Desarrollo Local Sustentable, el que recomendó predios de pequeños productores, los que poseen suelos con CUS I, II y III, por lo que no pueden ser objeto de compensación de acuerdo a lo indicado en el PRMS (2007).

Por otra parte, en reuniones realizadas con representantes del Parque Metropolitano Sur (PARQUEMET Sur) y el Gobierno Regional (GORE) se abrió la posibilidad de aportar al proyecto del Parque Metropolitano Sur (cerro Chena) una superficie de 17,07 ha con una propuesta ambiental, ya que es un sector que presenta un alto riesgo de erosión, por lo que serán utilizadas medidas de conservación de suelos.

Además, fue solicitado por las SEREMI de Agricultura RM mediante Ord. N°229 de fecha 27 de mayo de 2015, que la superficie restante para cumplir con el área de compensación debe ser equivalente a la proporción 1:2, por lo que se deberá compensar .una proporción mayor a lo que dice el PRMS (2007).

Dado lo anterior, fue encontrada una superficie de 69,63 ha en la comuna de María Pinto, que tendrá como objetivo modificar la CUS de IV a III, en los predios de cinco agricultores de dicha comuna, siendo una propuesta productiva del PCS. Con la obtención de la superficie, se cumple la solicitud de la SEREMI de agricultura de la Región Metropolitana en compensar en una relación de 1:2; de esta forma la superficie de María Pinto (69,63 ha) junto con la del cerro Chena (17,07 ha), alcanzan un total de 86,70 ha, superando en 1,04 ha la superficie solicitada a compensar.

Con respecto al impacto a generar en el sector cerro Chena (PARQUEMET Sur), el objetivo del PCS será disminuir la pérdida del recurso suelo existente en las laderas del cerro.

Respuesta 10.4 d):

Debido a los efectos de cambios climáticos y en concordancia con soluciones amigables con el medio ambiente, es que el proyecto de saneamiento propone una solución que captura e infiltra al subsuelo todo el volumen de aguas lluvias capturado en las superficies impermeable para una tormenta de Intensidad, Duración y Frecuencia determinada según normativa vigente, con lo cual se asegura la mantención de recarga acuífera y de esta manera evitar problemas por efectos de impermeabilización de suelos producto de las urbanizaciones. El lote donde se emplaza el “Centro de Distribución El Peñón” tiene una superficie de 476.630 m2 de terreno natural, de los cuales 316.058 m2 serán impermeabilizas producto de la construcción de edificios y pavimentos, mientras que el resto de suelo 144.264 m2 se mantendrán como suelo natural y permeable, por lo que esta última superficie tendrá la capacidad de infiltración directa por capilaridad desde la superficie. Respecto a la solución de aguas lluvias, se consulta la instalación de zanjas de infiltración estratégicamente ubicadas, las cuales están conformadas por cajas plásticas modulares del tipo Atlantis, las cuales cuentan con la particularidad de tener un 95% de huecos, por lo que el volumen ocupado por material externo a los estratos de suelo no supera el 5%, con esto se logra un gran volumen de acumulación de aguas lluvias en un espacio reducido si lo comparamos con una solución tradicional con bolones de

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procedencia pétrea, ya que estos últimos solo tienen un porcentaje de huecos que no supera el 25%. Para la captación de las aguas lluvias de las superficies impermeables, se consulta la colocación de sumideros en los pavimentos y canaletas en los techos, los cuales serán interconectados mediantes colectores que tendrán como disposición final las zanjas de infiltración mencionadas más arriba.

Para el cálculo de volúmenes de agua producto de las lluvias, se consulta como bibliografía de referencia el Manual de Carretas (MOP) y el Manual de Técnicas Alternativas para soluciones de aguas lluvias en sectores urbanos (Minvu), ambos textos indicados por los servicios competentes como normativa nacional vigente. Para el dimensionamiento de las obras de saneamiento se utiliza una precipitación de diseño por razón empírica, definida por una tormenta de conjunto de intervalos de lluvia producido por una situación meteorológica favorable. El número de horas sin lluvia que separa una tormenta de otra es un valor arbitrario, pero típicamente se supone que lapsos del orden de seis a ocho horas sin lluvia determinan eventos diferentes. Es por esta razón que el Ministerio de Vivienda Urbanismo establece que para diseños de drenajes urbano en la Región Metropolitana se debe tomar en consideración precipitaciones máximas para 1,2 y 3 días P=71mm (24hrs, 48hrs y 72hrs) con un periodo de retorno T=10 años, según datos de estaciones pluviométricas de la Dirección de General de Aguas. Respecto a la capacidad de infiltración del subsuelos, la mecánica de suelos asociada al proyecto, indica un índice de infiltración promedio de I=800mm/hr, sin embargo y por seguridad del sistema y sobredimensionamiento de capacidad de acumulación de zanjas, se utiliza un valor conservador de diseño de I= 500mm/hr. Por lo que al aplicar este factor de seguridad se mantiene cubierto para el caso que la lluvia de diseño sea superior para un evento determinado. Ahora bien, para resguardar la contaminación del subsuelo por sólidos en suspensión por escurrimiento en pavimentos, se considera la utilización de sumideros y cámaras repartidoras ambas con decantador, esto previo a la descarga de las aguas a las zanjas drenantes.

10.5 Referente a la Respuesta 15.3 de la Adenda Complementaria, sobre que el área de influencia del Proyecto se localizaría en el área de gestión turística y patrimonial del proyecto Parque Metropolitano Sur Cerro Chena, aprobado en noviembre de 2014 por el Gobierno Regional, se aclara que la observación se realiza para el "área de influencia" no para el emplazamiento de la iniciativa como lo señala en su respuesta el Titular, indicando además que el terreno previsto no es para uso de área verde. Si bien, el Titular indica que el Proyecto no interfiera con el cumplimiento de los objetivos de la línea estratégica 3 de la ERD se solícita aclarar los motivos por los cuales su área de influencia no afectará negativamente el futuro proceso de planificación del área de gestión turística y patrimonial proyectada, sin acogerse que aún no existen lineamientos para dicha área. Se solicita que el Titular aclare los motivos por los cuales su área de influencia no afectará negativamente el futuro proceso de planificación del área de gestión turística y patrimonial proyectada.

Respuesta 10.5:

El Proyecto no afectará negativamente “el futuro proceso de planificación del área de gestión turística y patrimonial proyectada”, ya que, primero, la gestión del Plan Maestro del Proyecto Parque Metropolitano Cerro Chena, corresponde en su totalidad al Gobierno Regional de Santiago, entidad que podrá elaborar los distintos planes y

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programas asociados, así como ejecutar las distintas obras que se consideren, prescindiendo de la materialización del Proyecto.

En segundo lugar porque las actividades del Centro de Distribución no interferirán con las actividades desarrolladas en el área de gestión turística y patrimonial proyectada.

En función de la información disponible del Proyecto Parque Metropolitano Cerro Chena (https://www.gobiernosantiago.cl/estrategias-y-politicas-para-la-region-metropolitana), se entiende que el Plan de Gestión Turístico Patrimonial tiene que ver con tres temas acotados, a saber:

- Senderos patrimoniales (parque-pucará-cementerios incas)

- Recuperación del pucará

- Zonas de interés turístico

El primero de estos, consiste en una obra de infraestructura específica y concreta a construirse en la ladera; el segundo, a un proyecto de arquitectura particular y concreto del MOP, y el tercero, se entiende, a una posible área de estudio para determinar una propuesta de zona de interés turístico, en los términos de la Ley 20.423, para el desarrollo del turismo. No obstante, en las tareas asignadas al desarrollo del “área de gestión turística patrimonial”, no aparece considerado este tema, consignándose en cambio solo dos elementos:

- “Resolver desafectación terrenos de memorial, cumbres, senderos y otros

- Definir estrategia de intervención y plan de trabajo con los privados dueños de los terrenos de cumbres y sendero principales”

Y para estas dos tareas, aparecen los siguientes organismos públicos involucrados: SEREMI de Bienes Nacionales; Consejo de Monumentos Nacionales; Municipalidad de Calera de Tango; Municipalidad de San Bernardo y Gobierno Regional, no incluyéndose la Subsecretaría de Turismo del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

En resumen, puede señalarse que la denominada área de gestión turística patrimonial que se señala en el Proyecto Parque Metropolitano Cerro Chena, se traduce a dos proyectos u obras concretas, que son el sendero para unir el Parque Metropolitano Sur con el Pucará de Chena y la recuperación de este último, ambos con localizaciones precisas y conocidas.

Como se ha señalado en anteriores respuestas de la presente Adenda, en el marco de la Responsabilidad Social Empresarial del Titular y posterior a la aprobación ambiental del Proyecto, Walmart se compromete a establecer un convenio de cooperación con el Gobierno Regional (con alcances y montos claramente establecidos), que permita apoyar la materialización de obras asociadas al Plan Maestro del Parque Metropolitano Cerro Chena y de esta forma, aportar en la recreación y cultura tanto de habitantes de los municipios de San Bernardo y Calera de Tango, como del resto de la Región.

10.6 De manera complementaria al a observación anterior y debido a que el Titular señala que el área de influencia es aquella donde un componente ambiental podría ser afectado por actividades del proyecto, especificando en función de sólo cinco componentes, los que no se impactarían negativamente a juicio del Titular se solicita aclarar lo siguiente:

a. Sobre el componente calidad del aire, a pesar del Plan de Compensación para PM10 y NOX que propone el Titular, en la fase de construcción y operación del Proyecto se generarán emisiones de material particulado y

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gases, en el área de influencia regional, afectando directamente la gestión del área turística y patrimonial establecido en el Plan Maestro Cerro Chena del Gobierno Regional. En consecuencia, no se aborda esta arista en el Plan de Compensación para PM10 y NOX que propone el Titular. Se solicita aclarar. b. La Municipalidad de Calera de Tango mediante Ord. N°372/2016 de fecha 26 de agosto de 2016 precisa que: “Sobre el componente geología y geomorfología, la indicación establecida en el EIA sobre la existencia de la Falla Los Ángeles Infiernillo cuya proyección bajo el relleno sedimentario de la cuenca de Santiago se encuentra justo al este del área de establecimiento del Proyecto pone de manifiesto que el proyecto presenta fragilidad en términos de constructibilidad, toda vez que la norma de construcción chilena no ha sido probada para sismos superficiales, como sería el caso de un sismo asociado a la Falla Los Ángeles Infiernillo. Esto implica que la ocurrencia de un eventual sismo superficial de magnitud Richter > 5 tendría un alto grado de influencia en el proyecto en cuestión, tornando frágil y altamente riesgoso la construcción de edificaciones en el área de establecimiento del proyecto, lo que afectaría no sólo la integridad de seres humanos asociados a estos espacios físicos sino que la integridad del espacio y los proyectos paisajísticos. En consecuencia, este aspecto en todos los casos debe ser considerado dentro de cualquier programa de planificación del territorio afectado por el proyecto del titular y en este caso particular, a incluirse en el Plan Maestro Cerro Chena que define el área donde se pretende emplazar el proyecto como parte del Área de Gestión Turística y Patrimonial. Por lo tanto, la respuesta del titular acerca de la influencia del riesgo geológico en el área de influencia (AID y AII) es completamente insuficiente respecto a la necesidad de incorporar tales impactos en proyectos de gestión turística y patrimonial como el del Plan Maestro en cuestión.”. Se solicita aclarar. c. En relación al componente paisaje, debido a las característica topográficas del área de influencia del Proyecto, la existencia de laderas asociadas al cerro Chena permiten la visibilización desde una distancia de 900 m lineales aproximadamente, permitiendo identificar la magnitud del Proyecto y detalles de materialidad y armonía paisajística. Sobre la base de lo anterior, la Municipalidad de Calera de Tango considerando la cercanía al cerro Chena solicita aportar una propuesta coherente con los objetivos de gestión turística y patrimonial del Plan Maestro Cerro Chena. d. Sobre componentes no referidos por el Titular presentes en el área de influencia del proyecto la Municipalidad de Calera de Tango mediante Ord. N°372/2016 de fecha 26 de agosto de 2016 solicita tener presente que: “Componente arqueología: El EIA señala que el sector en donde se realizará el Proyecto se emplaza dentro de un área arqueológica importante, en donde se han registrado hallazgos arqueológicos relevantes en torno al cerro Chena. En los sectores aledaños al cerro Chena hay una constante ocupación del espacio por parte de poblaciones prehispánicas, que hablan de un área con gran potencial arqueológico. Este sector puede en sí ser un área arqueológica, ya que los sitios no son puntos aislados en el espacio, sino que se presentan en un continuo y relacionados entre sí, por lo que no es descartable que puedan existir elementos patrimoniales no detectados durante la inspección superficial del terreno. Al respecto, a este municipio le parece inconsistente la respuesta del titular, desestimando el componente arqueología dentro de aquellos componentes que afectarían el área de gestión turística y patrimonial del Plan Maestro Cerro Chena.

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Componente áreas protegidas y sitios prioritarios para la conservación: De acuerdo al EIA este componente ambiental tiene un área de influencia regional, por lo tanto, considerando que el Sitio Prioritario "Cerro Chena" está muy próxima al área de establecimiento del proyecto, además de presentar un proyecto de relevancia regional como es el Plan Maestro Cerro Chena, a este municipio le parece totalmente insatisfactoria la respuesta que no considere este componente en la definición de impactos, con el agravante de desestimar por parte del titular las gestiones coordinadas entre diferentes servicios del ministerio público que buscan poner en valor la condición natural del cerro Chena.” Al respecto, se solicita aclarar en torno a responder las precisiones realizadas por la Municipalidad de Calera de Tango.

Respuesta 10.6.a):

Sobre el componente calidad del aire, a pesar del Plan de Compensación para PM10 y NOX que propone el Titular, en la fase de construcción y operación del Proyecto se generarán emisiones de material particulado y gases, en el área de influencia regional, afectando directamente la gestión del área turística y patrimonial establecido en el Plan Maestro Cerro Chena del Gobierno Regional. En consecuencia, no se aborda esta arista en el Plan de Compensación para PM10 y NOX que propone el Titular. Se solicita aclarar. En primer lugar es importante señalar que el Plan de Compensación de Emisiones no se ha presentado aún, dado que este se debe presentar a la autoridad una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental favorable del Proyecto, en el plazo establecido en ésta, el cual habitualmente corresponde a 90 días una vez notificado el titular de la aprobación de su proyecto. Lo presentado en el contexto de esta evaluación ambiental corresponde sólo a posibles alternativas de compensación, las cuales corresponden a:

Alternativas de Compensación de MP10 y NOx:

Las alternativas contempladas para la compensación de emisiones durante la fase de construcción y operación corresponden a las siguientes.

i. Forestación ii. Pavimentación iii. Chatarrización de vehículos

O cualquier otra alternativa que cumpla con los criterios establecidos por la SEREMI del Medio Ambiente RM, así como la combinación de algunas de ellas.

- Forestación. En este punto se agrupan las tres alternativas de compensación que tienen relación con la forestación, en la creación de zonas de bosque nativo y áreas naturales, de nuevos metros lineales de arbolado en soleras y cortinas verdes de áreas verdes en espacios privados urbanos.

Estas alternativas consideran la superficie del terreno necesaria para la forestación y el número de árboles que se deberán plantar en esta superficie, para compensar las emisiones de MP10 generadas por el proyecto.

Esta medida tiene por objeto capturar el material particulado en la atmósfera, a través del aumento de la masa foliar, para luego devolverlo a un suelo, mucho más estable y protegido de la erosión producto del viento. El factor utilizado para determinar las emisiones que serán compensadas corresponde al desarrollado por la SEREMI de Medio Ambiente de la Región Metropolitana, y considera que 2,15 ha de bosque captura 1 ton/año de material particulado.

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- Pavimentación

En este punto se agrupan las alternativas de compensación que tienen relación con la pavimentación asfáltica y/o de hormigón de un tramo de calle de tierra, para la eliminación del polvo resuspendido generado por el tránsito vehicular.

Esta alternativa considera las características según tipo de pavimento y flujos asociados a la circulación vehiculares en esta calle, para la evaluación de su factibilidad.

Las calles no pavimentadas deberán cumplir con los requerimientos técnicos de compensación exigidos por la autoridad evaluadora, especialmente el correspondiente a verificar la pertenencia o la administración vial, los flujos vehiculares y la no existencia de compromisos futuros de pavimentación sobre estas calles.

- Chatarrización (Fuentes Móviles)

Esta alternativa consiste en estimar la cantidad de fuentes móviles destinados a chatarrización, con el objetivo de eliminar la emisión de contaminantes atmosféricos de fuentes móviles y con esto cumplir con el mecanismo de compensación de emisiones estimadas de NOX del proyecto, en la Región Metropolitana de Santiago.

El número de vehículos destinados a chatarrización está determinado por las emisiones de NOX que se deben compensar y por las características particulares de cada vehículo, que en general son aquellos camiones o buses que por su antigüedad ya deben ser retirados del parque automotriz o no cuentan con ninguna norma de emisión para vehículos nuevos aplicables en Chile y se consideran variables como números de viajes, velocidad y distancias recorridas por cada vehículo.

No obstante para el caso de la reforestación se tendrá especial consideración en la elección de terrenos localizados dentro de la comuna de San Bernardo y dentro del área turística y patrimonial establecida en el Plan Maestro Cerro Chena, siempre y cuando los terrenos cumplan con los requisitos técnico-ambientales requeridos para la implementación de este tipo de proyectos de compensación de emisiones.

Respuesta 10.6 b): No obstante y tal como se señala en la Línea de Base del proyecto la falla Los Ángeles Infiernillo divide la Depresión Central en una parte oeste y una parte este, según se observa en la siguiente figura:

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FIGURA 9: FALLAS GEOLÓGICAS EN LA CUENCA DE SANTIAGO

Fuente: Modificado de Rodríguez, 2008.

Como se observa en esta figura la proyección bajo el relieve sedimentario de la Falla Los Ángeles-Infiernillo aflora justo al este de los Cerros de Chena y, por lo tanto, esta falla se encontraría cercana a las AID y AII del proyecto. Por otra parte, cabe señalar que el territorio donde se emplaza el proyecto no se encuentra afectado por ningún área de riesgo o restricción asociada a la Falla Los Ángeles Infiernillo, y en este sentido, el Proyecto no se encuentra en los supuestos del artículo 2.1.17.- de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Lo anterior se verifica con el Certificado de Informaciones Previas emitido por la DOM de San Bernardo y de una revisión acabada del PRMS.

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Además, en la misma línea base se señala que; con respecto a los sismos se cuenta con la información de la carta geológica de la serie ambiental de la respuesta sísmica de la cuenca de Santiago, (SERNAGEOMIN, 2003b), asociada al sismo de marzo de 1985, de magnitud (Ms) igual a 7,8 grados que se ilustra en la siguiente Figura.

FIGURA 10: RESPUESTA SÍSMICA DE LA CUENCA DE SANTIAGO POR EL SISMO DE MARZO DE 1980

Fuente: Modificado de Sernageomin, 2003. El AID del proyecto (polígono rojo en Figura) se ubica en unidades con buena respuesta sísmica (B) (6,5 a 7 grados de intensidad), asociados a depósitos de abanicos aluviales constituidos por gravas en matriz arenosa, con niveles freáticos profundos (> 20 m). En algunos sectores existen suelos limos-arcillosos que pueden desmejorar la respuesta sísmica. Por su parte, el AII del proyecto (círculo azul en Figura) se ubica mayormente en zonas con buena respuesta sísmica (B), y en las zonas más distales en unidades con regular y mala respuesta sísmica (C1 y D3, respectivamente), lo cual no representaría riesgos directos a la construcción del proyecto. No obstante las características anteriores, las recomendaciones para este proyecto es que sea ejecutado siguiendo rigurosamente los parámetros de construcción acorde a la normativa nacional antisísmica vigente, la cual considera parámetros asociados a sismos superficiales. En consecuencia, como parte del desarrollo de la ingeniería y arquitectura del Proyecto, se ha elaborado un estudio de mecánica de suelos que avala el proyecto de Cálculo Estructural, y que en lo que interesa, garantiza la estabilidad de las edificaciones frente a solicitaciones sísmicas. Lo anterior, además, conforme a las normas chilenas oficiales vigentes.

AII del Proyecto

AID del Proyecto

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Respuesta 10.6 c):

A juicio del Titular y considerando la distancia del Cerro Chena hacia el área del proyecto, no es posible percibir en forma clara detalles sobresalientes asociados a esta infraestructura. Por otra parte, la materialidad y armonía paisajística del proyecto no tiene relación alguna ni interfiere con los objetivos de gestión turística y patrimonial del Plan Maestro Cerro Chena, ya que cualquiera sea la solución de diseño, ésta no impedirá ni afectará los planes considerados para el Cerro Chena, ya que no modifica los aspectos generales que existen en la cuenca visual.

Al respecto, y tal como se ha expuesto en anteriores respuestas de la presenta Adenda, en el marco de la Responsabilidad Social Empresarial del Titular y posterior a la aprobación ambiental del Proyecto, Walmart se compromete a establecer un convenio de cooperación con el Gobierno Regional (con alcances y montos claramente establecidos), que permita apoyar la materialización de obras asociadas al Plan Maestro del Parque Metropolitano Cerro Chena y de esta forma, aportar en la recreación y cultura tanto de habitantes de los municipios de San Bernardo y Calera de Tango, como del resto de la Región.

Respuesta 10.6 d):

El criterio para determinar el área de influencia responde a los objetivos de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y a lo señalado en el artículo 10 del D.S. N° 40 de Reglamento de Medio Ambiente, el cual señala que el objeto de la evaluación es determinar si el proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, considerando en que se, remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga, modifique o que exista afectación en forma permanente a algún Monumento Nacional o sitio de aquellos definidos por la Ley N° 17.288.

Dentro de este contexto, la remoción, excavación, intervención y modificación asociada al desarrollo del proyecto se realiza sobre y dentro del predio de emplazamiento del mismo, por lo que lo que no se identifica de qué manera podría ser afectada el Área de Gestión Turística y Patrimonial del Plan Maestro Cerro Chena.

Respuesta 10.6.e): En primer lugar cabe aclarar, que en ningún momento el titular ha desestimado las gestiones coordinadas y realizada entre los diferentes servicios del ministerio público que buscan poner en valor la condición natural del cerro Chena. Es por ello que en el marco de la Responsabilidad Social Empresarial del Titular y posterior a la aprobación ambiental del Proyecto, Walmart se compromete a establecer un convenio de cooperación con el Gobierno Regional (con alcances y montos claramente establecidos), que permita apoyar la materialización de obras asociadas al Plan Maestro del Parque Metropolitano Cerro Chena y de esta forma, aportar en la recreación y cultura tanto de habitantes de los municipios de San Bernardo y Calera de Tango, como del resto de la Región.

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10.7 Se solicita al Titular incluir aspectos dinámicos del territorio como son los requerimientos de desarrollo productivo sustentable coordinados con los propietarios prediales del sector, todo enmarcado en la iniciativa del Gobierno Regional de establecer un Área de Gestión Turística y Patrimonial precisamente donde se emplazaría el proyecto.

Respuesta 10.7:

Como se ha señalado en relación a respuestas a la I. M. de San Bernardo en esta línea o similar, es necesario puntualizar que los lineamientos de las políticas de Walmart Chile en materia de relación con la comunidad y responsabilidad corporativa son los siguientes: Comunidad a) Favorecer el empoderamiento económico de la mujer. b) Colaborar con la erradicación del hambre, la desnutrición y la pobreza. c) Enfocar nuestras oportunidades laborales a las comunidades aledañas de nuestras instalaciones. Sustentabilidad a) Abastecernos en un 100% de energía renovable. b) Favorecer la elaboración de productos más sustentables c) No generar residuos que deban destinarse a rellenos sanitarios. Diversidad a) Contar con un equipo humano más diverso b) Generar un ambiente de trabajo más inclusivo c) Favorecer un mercado y un entorno más diverso e inclusivo Considerando lo anteriormente expuesto, y tal como lo ha propuesto Walmart Chile en otras oportunidades, el titular se compromete a evaluar impulsar iniciativas en coordinación con Municipios y/o Gobierno Regional, siempre que las solicitudes y/o lineamientos de desarrollo comunitario estén dentro de los ámbitos expuestos anteriormente.

10.8 Referente a la respuesta 15.4 de la Adenda Complementaria sobre la “Estrategia Regional para la Conservación de la Biodiversidad de la Región Metropolitana 20152025”, el Titular reitera que los componentes fueron evaluados en función del área de influencia estimada en el estudio de Línea de Base, siendo que precisamente se pide ampliar el área de influencia. Al respecto, sobre los corredores biológicos para avifauna aludidos por el Titular, lo señalado no parece un argumento con fundamento técnico ni precisiones científicas ya que para proponer alteraciones significativas en los corredores biológicos, en este caso entre el sitio prioritario y el área del Proyecto, es necesario realizar estimaciones rigurosas y de validez estadística. Por lo demás, entre el sitio prioritario y el área del proyecto no existen un proyecto con la magnitud y/o densidad que pretende el Proyecto del Titular. Por lo anterior, se reitera la observación 15.4 de la Adenda Complementaria la cual solicita lo siguiente:

“En relación a la Estrategia Regional para la Conservación de la Biodiversidad de la Región Metropolitana 20152025,donde se señala que el área del Proyecto afectaría la avifauna residente del sitio prioritario, dado el impacto acústico, la pérdida de suelo lo que conlleva a una pérdida de

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hábitat (corredores biológicos), impacto lumínico por las noches durante la fase de operación, por lo tanto se solicitó incorporar dichos impactos al EIA, ampliando el área de influencia, se indica al titular que el estudio al que hace mención (Valor biológico, servicios ecosistémicos y plan indicativo de los cerros islas Lonquén y Chena), no establece zonificaciones para la protección de la biodiversidad en el área de emplazamiento del Proyecto, no porque no afecte sino que porque el área de estudio abarcó sólo el sitio prioritario como tal y una zona limítrofe directa no mayor a 100 m. Este punto se aclara dado que el Municipio de Calera de Tango elaboró los Términos de referencia del estudio y fue el mandante de dicha investigación. En este sentido la respuesta 15.6 b carece de sustento, por lo que se solicita una respuesta con respaldo técnico.”

Respuesta 10.8:

El concepto de corredor biológico tiene sus bases en el concepto de corredor proveniente de la disciplina científica ecología del paisaje, la que considera al territorio, o paisaje, como un mosaico de ecosistemas que se expresan espacialmente sobre el planeta, en el que existen tres tipos de elementos o tipos de ecosistemas que componen dicho mosaico, estos son la matriz, los parches y los corredores (Forman y Godron, 19862). La matriz es el elemento del paisaje que ocupa una mayor superficie y que tiene mayor conectividad. Los parches son los ecosistemas aislados o fragmentos que están al interior de la matriz y los corredores los ecosistemas que conectan a los parches. Desde esta perspectiva, los corredores biológicos son los ecosistemas de tipo corredor por los cuales existe un flujo de organismos vivos entre ecosistemas parches. En este contexto, al observar con la adecuada escala espacial el área del proyecto (Figura 11), tenemos que los sitios prioritarios cerros de Chena y Lonquén son dos parches aislados, inmersos en una matriz de terrenos de uso agrícola y urbano. Un corredor biológico de aves entre estos dos parches debería ser un tipo de ecosistema, idealmente del mismo tipo para generar una continuidad en las condiciones ambientales de los dos ecosistemas a unir, que permita el flujo de especies de estos organismos entre estos dos ecosistemas de cerros, como por ejemplo, una cadena de cerros que una a estos dos sitios prioritarios. Por el contrario, en el caso del proyecto, la configuración del paisaje existente no permite que haya continuidad en las condiciones ambientales del espacio existente entre estos dos cerros, debido a que en dicho espacio está presente el tipo de ecosistema matriz el cual es significativamente distinto a los ecosistemas de cerros, en términos de estructura y composición de la vegetación, topografía y grado de artificialización, entre otras variables ambientales. Entonces, a la luz de lo anterior, no se podría hablar de corredor biológico para la porción de tierra que ocupa el área del proyecto, ya que es parte del ecosistema matriz existente entre los cerros Chena y Lonquén. De esta forma, la pérdida de suelo que se genere en el área del proyecto no afectaría a ningún corredor biológico de avifauna y, por lo tanto, no provocaría impactos negativos sobre la avifauna del sitio prioritario Cerro Chena, razón por la cual no sería necesario ampliar el área de influencia del proyecto.

2 Forman, R.T.T. and M. Godron. 1986. Landscape ecology. John Wiley & Sons, New York. 620 pp.

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FIGURA 11. CONTEXTO DE PAISAJE DEL ÁREA DEL PROYECTO. EN VERDE SITIO PRIORITARIO CERRO CHENA Y EN ROSADO SITIO PRIORITARIOS CERROS DE

LONQUÉN. SE OBSERVA QUE AMBOS SITIOS PRIORITARIOS SON ECOSISTEMAS DEL TIPO PARCHE, AISLADOS E INMERSOS EN UNA MATRIZ DE TERRENOS DE USO

AGRÍCOLA Y URBANO DE LA CUAL EL ÁREA DEL PROYECTO (EN ROJO) ES PARTE.

En relación al estudio “Valor biológico, servicios ecosistémicos y plan indicativo de los sitios prioritarios cerros de Lonquén y Chena”, elaborado por el Laboratorio de Ecología de Ecosistemas de la Facultad de Ciencias Agronómicas de la Universidad de Chile, Julio 2013, se aclara que este estudio fue citado para mostrar que el área del proyecto no interviene ninguna de las áreas que establece el estudio en las cuales una actividad como la que pretende desarrollar el proyecto podría afectar el valor biológico del sitio prioritario, incluyendo la avifauna del sitio prioritario Cerro Chena.