administraciÓn de recursos humanos de la ciudad de … · la administración de recursos humanos...

24
1 ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE NUEVA YORK Aviso de audiencia pública y oportunidad para comentar sobre las reglas propuestas ¿Qué proponemos? Para garantizar mejor que todos los neoyorquinos tengan la oportunidad y la tranquilidad que representa contar con una identificación con fotografía emitida por el gobierno, el comisionado del Departamento de Servicios Sociales (Department of Social Services, DSS) de la Ciudad de Nueva York, que incluye la Administración de Recursos Humanos (Human Resources Administration, HRA), la agencia administradora del Programa de Tarjeta de Identificación de la Ciudad de Nueva York (New York City Identification Card, IDNYC), propone modificar el capítulo 6 del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York (Rules of the City of New York, RCNY) para, entre otras cosas, facilitar un proceso de renovación de la tarjeta más accesible y simplificado. ¿Cuándo y dónde es la audiencia? La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla propuesta. La audiencia pública se llevará a cabo el 21 de agosto de 2019 a las 9:30 a. m. La audiencia se celebrará en 125 Worth Street, 2 nd Floor, en Manhattan. Le pedimos que ingrese por Lafayette Street. ¿Cómo puedo hacer comentarios sobre las reglas propuestas? Cualquier persona puede hacer comentarios sobre las reglas propuestas de las siguientes formas: Sitio web. Puede enviar comentarios a la HRA a través del sitio web de reglas de la ciudad de Nueva York: http://rules.cityofnewyork.us. Correo electrónico. Puede enviar los comentarios por correo electrónico a [email protected]. Correo postal. Puede enviar los comentarios por correo postal a: IDNYC One MetroTech Center, Suite 1801 Brooklyn, NY 11201 Attention: Nathaniel Hobelman Fax. Puede enviar sus comentarios por fax al 718-250-5916 Puede hablar en la audiencia. Cualquier persona que desee hacer comentarios sobre la regla propuesta en la audiencia pública debe inscribirse para hablar. Puede inscribirse antes de la audiencia llamando al 929-221-7668. También puede inscribirse en la sala de audiencias antes de que comience la audiencia el 21 de agosto de 2019. Puede hablar hasta por tres minutos como máximo. ¿Existe una fecha límite para enviar los comentarios? La fecha límite para enviar los comentarios es el 21 de agosto de 2019.

Upload: others

Post on 28-May-2020

9 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

1

ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE NUEVA YORK Aviso de audiencia pública y oportunidad para comentar sobre las reglas propuestas

¿Qué proponemos? Para garantizar mejor que todos los neoyorquinos tengan la oportunidad y la tranquilidad que representa contar con una identificación con fotografía emitida por el gobierno, el comisionado del Departamento de Servicios Sociales (Department of Social Services, DSS) de la Ciudad de Nueva York, que incluye la Administración de Recursos Humanos (Human Resources Administration, HRA), la agencia administradora del Programa de Tarjeta de Identificación de la Ciudad de Nueva York (New York City Identification Card, IDNYC), propone modificar el capítulo 6 del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York (Rules of the City of New York, RCNY) para, entre otras cosas, facilitar un proceso de renovación de la tarjeta más accesible y simplificado. ¿Cuándo y dónde es la audiencia? La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla propuesta. La audiencia pública se llevará a cabo el 21 de agosto de 2019 a las 9:30 a. m. La audiencia se celebrará en 125 Worth Street, 2nd Floor, en Manhattan. Le pedimos que ingrese por Lafayette Street. ¿Cómo puedo hacer comentarios sobre las reglas propuestas? Cualquier persona puede hacer comentarios sobre las reglas propuestas de las siguientes formas:

• Sitio web. Puede enviar comentarios a la HRA a través del sitio web de reglas de la ciudad de Nueva York: http://rules.cityofnewyork.us.

• Correo electrónico. Puede enviar los comentarios por correo electrónico

a [email protected].

• Correo postal. Puede enviar los comentarios por correo postal a: IDNYC One MetroTech Center, Suite 1801 Brooklyn, NY 11201 Attention: Nathaniel Hobelman

• Fax. Puede enviar sus comentarios por fax al 718-250-5916

• Puede hablar en la audiencia. Cualquier persona que desee hacer comentarios sobre la regla propuesta en la audiencia pública debe inscribirse para hablar. Puede inscribirse antes de la audiencia llamando al 929-221-7668. También puede inscribirse en la sala de audiencias antes de que comience la audiencia el 21 de agosto de 2019. Puede hablar hasta por tres minutos como máximo.

¿Existe una fecha límite para enviar los comentarios? La fecha límite para enviar los comentarios es el 21 de agosto de 2019.

Page 2: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

2

¿Qué debo hacer si necesito ayuda para participar en la audiencia? Si, en la audiencia, necesita un intérprete de un idioma extranjero o de lenguaje de señas, o una adaptación razonable por una discapacidad, debe informárselo a Nathaniel Hobelman. Para hacerlo, puede comunicarse con nosotros por correo, fax o correo electrónico a la dirección, el número de fax o la dirección de correo electrónico que le proporcionamos arriba. También puede llamarnos por teléfono al 929-221-7668. Se solicita que avise con anticipación con el fin de contar con el tiempo suficiente para hacer los arreglos necesarios. Le pedimos que nos informe a más tardar el 14 de agosto de 2019. Esta ubicación posee las siguientes opciones de acceso disponibles: Esta ubicación tiene acceso para personas que usan sillas de ruedas u otros dispositivos para la movilidad. Para solicitar opciones de acceso adicionales, comuníquese con Nathaniel Hobelman como se indicó arriba, a más tardar el 14 de agosto de 2019. ¿Puedo revisar los comentarios que se hicieron sobre las reglas propuestas? Puede revisar los comentarios que se hicieron sobre las reglas propuestas en el sitio web http://rules.cityofnewyork.us/. Algunos días después de la audiencia, las copias de todos los comentarios enviados en línea, las copias de los comentarios escritos y un resumen de los comentarios orales en relación con la regla propuesta estarán a disposición del público en el sitio web de la HRA. ¿Qué le otorga a la HRA la autoridad para hacer esta regla? Los artículos 603 y 1043 del Estatuto de la Ciudad, el artículo 3-115 del Código Administrativo y el Decreto No 6 de 2014 autorizan a la HRA para hacer esta regla propuesta. Esta regla propuesta no estaba incluida en la agenda regulatoria más reciente de la HRA porque no se la tuvo en cuenta cuando la HRA publicó la agenda. ¿Dónde puedo encontrar las reglas de la HRA? Las reglas de la HRA están en el título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York. ¿Qué leyes rigen el proceso de creación de reglas? La HRA debe cumplir con los requisitos del artículo 1043 del Estatuto de la Ciudad para crear o modificar reglas. Este aviso se hace de acuerdo con los requisitos del artículo 1043 del Estatuto de la Ciudad.

Page 3: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

3

Declaración del fundamento y del propósito de la regla propuesta

El Programa de Tarjeta de Identificación de la Ciudad de Nueva York (“Programa de Tarjeta de IDNYC”), que se puso en marcha por primera vez en enero de 2015, ahora se encuentra en su cuarto año de implementación e incluye a más de un millón de titulares de tarjeta.

En abril de 2016 y en julio de 2018, se modificaron las reglas que rigen el programa según la experiencia del funcionamiento del programa y las recomendaciones de las partes interesadas, que incluyen a los solicitantes, los defensores, el personal de inscripción del programa de IDNYC y los miembros del Concejo Municipal. Ahora, en función de la experiencia adicional y de los comentarios, el programa de IDNYC propone un conjunto de modificaciones adicionales al capítulo 6 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York.

Entre otras cuestiones, estas modificaciones implicarían:

• Revisar las disposiciones sobre la renovación de las tarjetas. Las tarjetas de IDNYC se diseñaron con un vencimiento a los cinco años y, al estar cerca el quinto aniversario del programa de IDNYC, el programa propone revisar las reglas para permitir un proceso de renovación más simplificado y flexible.

• Permitir que los titulares actuales de la tarjeta actualicen su dirección, incluso al momento de la renovación, sin exigirles que presenten documentos de residencia originales.

• Permitir que los menores de 10 a 13 años soliciten la tarjeta sin la presencia de un cuidador en los centros temporales de inscripción de las escuelas de educación media.

• Añadir disposiciones sobre los motivos de invalidación de la tarjeta.

• Permitir que las personas que no son estudiantes usen contratos de alojamiento universitario si residen en viviendas en la ciudad de Nueva York afiliadas a la institución educativa.

• Eximir del cargo por reemplazo a las personas que demuestren que su tarjeta fue robada.

La autoridad que tiene la HRA con respecto a esta regla se puede encontrar en los artículos 603 y 1043 del Estatuto de la Ciudad, el artículo 3-115 del Código Administrativo y el Decreto No 6 de 2014.

Page 4: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

4

Texto de la regla El texto nuevo está subrayado.

El texto eliminado está [entre corchetes].

Sección 1. La sección 6-01 del capítulo 6 del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York se modifica para que contenga lo siguiente:

Sección 6-01: Definiciones A los efectos de este capítulo: (a) “Cuidador” es un padre o una madre biológicos; padre o madre adoptivos; padrastro o madrastra; tutor, custodio o curador nombrado por un tribunal; padre o madre de cuidado de acogida temporal; el patrocinador de un menor nombrado por la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (Office of Refugee Resettlement, ORR) del Departamento de Salud y Servicios Humanos (Department of Health and Human Services) de los Estados Unidos; un empleado de la Administración de Servicios para Niños (Administration for Children's Services, ACS) de la Ciudad de Nueva York, la Oficina para las Personas con Discapacidades de Desarrollo (Office for People with Developmental Disabilities, OPWDD) del Estado de Nueva York, el Departamento de Salud del Estado de Nueva York (New York State Department of Health, NYS DOH), la Oficina de Salud Mental del Estado de Nueva York (New York State Office of Mental Health, NYS OMH), el Departamento de Salud y Salud Mental de la Ciudad de Nueva York (New York City Department of Health and Mental Hygiene, NYC DOHMH), una agencia de cuidado de acogida temporal designada por la ACS, o una agencia o institución, que incluye un centro de atención residencial administrado, autorizado, certificado o financiado por la OPWDD, el NYS DOH, la NYS OMH o el NYC DOHMH; un conviviente de un solicitante para quien la OPWDD haya establecido que tiene una discapacidad del desarrollo; una persona autorizada para recibir pagos representante del Seguro Social del solicitante; o cualquier otra clase de personas que la HRA pueda designar como cuidadores en el futuro, de acuerdo con lo establecido en la subdivisión (f) de la sección 6-07 de este título. (b) “Tarjeta de IDNYC” tiene el mismo significado que “Tarjeta de Identificación de la Ciudad de Nueva York”, según lo establecido en la sección 3-115 (a) del Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York. [(b)] (c) “HRA” se refiere a la Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York. [(c) “Residente” tiene el mismo significado que el establecido en la sección 3-115 (a) del Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York. (d) “Cuidador” es un padre o una madre biológicos; padre o madre adoptivos; padrastro o madrastra; tutor, custodio o curador nombrado por un tribunal; padre o madre de cuidado de acogida temporal; el patrocinador de un menor nombrado por la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR) del Departamento de Salud y Servicios

Page 5: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

5

Humanos de los Estados Unidos; un empleado de la Administración de Servicios para Niños (ACS) de la Ciudad de Nueva York, la Oficina para las Personas con Discapacidades de Desarrollo (OPWDD) del Estado de Nueva York, el Departamento de Salud del Estado de Nueva York (NYS DOH), la Oficina de Salud Mental del Estado de Nueva York (NYS OMH), el Departamento de Salud y Salud Mental de la Ciudad de Nueva York (NYC DOHMH), una agencia de cuidado de acogida temporal designada por la ACS, o una agencia o institución, que incluye un centro de atención residencial administrado, autorizado, certificado o financiado por la OPWDD, el NYS DOH, la NYS OMH o el NYC DOHMH; un conviviente de un solicitante para quien la OPWDD haya establecido que tiene una discapacidad del desarrollo; una persona autorizada para recibir pagos representante del Seguro Social del solicitante; o cualquier otra clase de personas que la HRA pueda designar como cuidadores en el futuro, de acuerdo con lo establecido en la subdivisión (f) de la sección 6-07 de este título.] [(e)] (d) “Persona sin residencia estable” se refiere a una persona que no tiene una vivienda permanente, que puede vivir en la calle, en un vehículo o en un edificio abandonado, o que reside en un lugar donde no puede quedarse más de 30 días. (e) “Legible por una máquina” se refiere a un documento cuya información puede verificarse electrónicamente mediante el sistema de solicitudes del Programa de Tarjeta de IDNYC. (f) “Solicitante nuevo” se refiere a una persona que solicita su primera tarjeta de IDNYC o que ya recibió una tarjeta de IDNYC y esta venció, y está fuera del período de renovación establecido por la HRA de acuerdo con la sección 6-10 (b) de este título. (g) “Escuela elegible” es toda escuela autónoma subsidiada, privada, religiosa acreditada o del Departamento de Educación (Department of Education, DOE) de la Ciudad de Nueva York ubicada en dicha ciudad y que la HRA ha designado como escuela de la cual aceptará un formulario de verificación escolar, de acuerdo con la sección 6-04 (d) de este título. (h) “Período de renovación” se refiere al período establecido por la HRA de acuerdo con la sección 6-10 (b) en el cual el titular de una tarjeta puede renovarla sin que se lo considere como un solicitante nuevo.

(i) “Residente” tiene el mismo significado que el establecido en la sección 3-115 (a) del Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York. [(f)] (j) “Estado” se refiere a uno de los 50 estados de los Estados Unidos, y también incluirá al distrito de Columbia y a cualquiera de los territorios de los Estados Unidos. [(g)] (k) “Territorios” se refiere a Samoa Americana, la Mancomunidad de las Islas Mariana del Norte, Guam, Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos. [(h) “Legible por una máquina” se refiere a un documento cuya información puede verificarse electrónicamente mediante el sistema de solicitudes del Programa de Tarjeta de IDNYC.

Page 6: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

6

(i)] (l) “Presentado” significa presentado ante la HRA, como agencia administradora del programa de IDNYC, de conformidad con este capítulo.

Sección 2. La sección 6-02 del capítulo 6 del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York se modifica para que contenga lo siguiente:

Sección 6-02: La tarjeta de IDNYC (a) La tarjeta de IDNYC mostrará la fotografía del titular de la tarjeta, así como su nombre, fecha de nacimiento, fecha de vencimiento de la tarjeta, firma, color de ojos, estatura, número de identificación y, a menos que se establezca otra cosa en esta sección, una dirección en la ciudad de Nueva York. Además, la tarjeta podrá mostrar, a elección del titular, el sexo designado por el titular, el idioma preferido, la condición de veterano y otra información que la HRA podría incluir en el futuro. Además, en el caso de los titulares menores de 14 años, la tarjeta indicará la información del contacto de emergencia designado por el titular. En el caso de los titulares mayores de 14 años, la información del contacto de emergencia designado por el titular podrá aparecer en la tarjeta a elección del titular. Las tarjetas emitidas de conformidad con la sección 6-04 (e) de este título también indicarán el nombre de la institución educativa del titular.

(b) En la tarjeta de IDNYC no aparecerá el domicilio en los siguientes casos:

(1) Si el solicitante tiene entre 10 y 13 años, el cuidador del solicitante podrá elegir que no aparezca el domicilio en la tarjeta. (2) Si el solicitante es una persona sin residencia estable o es sobreviviente de violencia doméstica y proporciona constancia de residencia de conformidad con la sección 6-06 (c) (2) del título 68, la tarjeta de IDNYC no mostrará la dirección o mostrará la leyenda “a cargo de”, según se detalla en dicha sección. (3) Si un solicitante vive en un programa de atención residencial administrado o supervisado por los Servicios de Intervención para Casos de Emergencia (Emergency Intervention Services) de la HRA con el fin de proporcionar refugio, servicios y atención a los sobrevivientes de violencia doméstica, y presenta una Carta de un programa de atención residencial, según se detalla en la tabla de la sección 6-06 (c) (2) de este título, la tarjeta de IDNYC mostrará una dirección de apartado postal asociada al programa correspondiente o no mostrará la dirección, según la preferencia del solicitante. (4) Si un solicitante proporciona pruebas de que participa en el Programa de Confidencialidad del Domicilio (Address Confidentiality Program, ACP) del Estado de Nueva York establecido por el Artículo 108 de la Ley Ejecutiva de Nueva York (New York Executive Law) para víctimas de violencia doméstica, la tarjeta de IDNYC mostrará una dirección de apartado postal asociada con el programa correspondiente o no mostrará la dirección, según la preferencia del

Page 7: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

7

solicitante. Un solicitante que participa en el ACP aún debe establecer su residencia conforme a lo establecido en este capítulo.

(5) Si un solicitante es estudiante de una universidad o una institución de estudios superiores, un empleado u otra persona que vive en una vivienda afiliada a [la] una universidad y recibe la correspondencia en una ubicación universitaria central distinta de la ubicación donde reside, la tarjeta de IDNYC mostrará la dirección donde el solicitante recibe la correspondencia y el nombre de su universidad, siempre que el solicitante envíe una carta del secretario académico de una universidad o una institución de estudios superiores según se detalla en la tabla de la sección 6-06 (c) (1) de este título.

(6) Las tarjetas de IDNYC emitidas de conformidad con la sección 6-04 (e) de este título no mostrarán el domicilio.

Sección 3. El título de la sección 6-03 del capítulo 6 del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York se modifica para que contenga lo siguiente:

Sección 6-03: Elegibilidad y proceso de solicitud para solicitantes nuevos

Sección 4. La subdivisión (g) de la sección 6-03 del capítulo 6 del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York se modifica para que contenga lo siguiente:

(g) [Solicitantes] Los solicitantes de entre diez y trece años deben estar acompañados por algún cuidador al momento de la inscripción, quien debe firmar la solicitud en nombre del solicitante, excepto que sean estudiantes que soliciten una tarjeta de IDNYC en una escuela de educación media participante de acuerdo con la sección 6-04 (e) de este título. Los estudiantes que soliciten una tarjeta conforme a la sección 6-04 (e) no necesitan estar acompañados por un cuidador, pero deberán presentar una solicitud firmada por el padre o la madre, según se detalla en la Regulación del Rector Nº A-820(III)(E).

Sección 5. La sección 6-04 del capítulo 6 del título 68 del Estatuto de la Ciudad de Nueva York se modifica para que contenga lo siguiente:

Sección 6-04: Prueba de identidad y residencia (a) Un solicitante podrá proporcionar un único documento con un valor de cuatro puntos, los cuales son necesarios para establecer tanto la identidad como la residencia. Los documentos enumerados abajo cumplen este requisito de cuatro puntos, siempre que estos documentos incluyan una fotografía del solicitante, su fecha de nacimiento y su dirección de residencia actual en la ciudad de Nueva York.

Page 8: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

8

Los siguientes documentos tienen un valor de cuatro puntos y establecen la identidad y la residencia:

Documento Descripción ¿Se acepta

como identificación

con fotografía?

Valor en puntos para constancia

de identidad y residencia

¿Se acepta como

constancia de la fecha

de nacimiento?

Licencia de conducir o permiso de

aprendizaje del Departamento de

Vehículos Motorizados del

Estado de Nueva York (New York

State Department of Motor Vehicles, NYS

DMV)

Licencia de conducir del estado de Nueva York, que incluye la licencia de conducir

comercial o el permiso de aprendiz con el domicilio actual, la fecha de nacimiento, la

fotografía y la fecha de vencimiento, emitida por el NYS DMV. Se aceptará una licencia

o permiso del NYS DMV vencidos si se presenta con un permiso temporal del DMV

vigente que tenga el mismo número de identificación que la licencia o el permiso.

Sí 4 Sí

Tarjeta de identificación de no conductor del NYS

DMV

La tarjeta de identificación de no conductor

con fotografía con el domicilio actual, la fecha de nacimiento y la fecha de

vencimiento emitida por el NYS DMV. Se aceptará una tarjeta de identificación del

NYS DMV vencida si se presenta con una tarjeta de identificación temporal del DMV

vigente con el mismo número de identificación que la tarjeta de identificación.

Sí 4 Sí

Licencia de conducir o tarjeta de

identificación de no conductor del

Departamento de Estado de los EE. UU. (US

Department of State)

Licencia de conducir o tarjeta de identificación de no conductor del

Departamento de Estado de los EE. UU. con el domicilio actual, la fecha de

nacimiento, la fotografía y la fecha de vencimiento.

Sí 4 Sí

Tarjeta de IDNYC con el domicilio

actual

Una tarjeta de IDNYC vigente o una

tarjeta de IDNYC vencida con el domicilio actual. Si la tarjeta ya venció,

[la fecha de vencimiento debe estar dentro de los 60 días anteriores a la

fecha de presentación] debe estar dentro del período de renovación.

Sí 4 Sí

Page 9: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

9

Licencia restringida de portación de

armas del Departamento de

Policía de la Ciudad de Nueva York (New

York City Police Department, NYPD)

Licencia restringida de portación de armas emitida por el NYPD que

contenga el domicilio actual, la fotografía del solicitante y la fecha de vencimiento.

Sí 4 Sí

(b) Para los solicitantes que son clientes del Departamento de Libertad Condicional (Department of Probation, DOP) de la Ciudad de Nueva York, el programa de IDNYC aceptará la verificación de la identidad y la residencia del solicitante por parte del DOP, siempre que esta se proporcione en un formato y de una manera que la HRA y el DOP acuerden mutuamente, como constancia suficiente de la identidad y la residencia del solicitante para establecer la elegibilidad para recibir la tarjeta de IDNYC. (c) Para los solicitantes que son estudiantes de las escuelas elegibles [escuelas del Departamento de Educación (DOE) de la Ciudad de Nueva York] y que no presentan su solicitud con un cuidador conforme a la sección 6-07 de este título, el programa de IDNYC aceptará la verificación de la identidad y la residencia del solicitante por parte de la escuela [del DOE], siempre que esta se proporcione en un formato y de una manera que la HRA y la escuela [el DOE] acuerden mutuamente (“verificación de la escuela [del DOE]”). También aceptará documentos de identidad adicionales conforme a la sección 6-05 de este título, que no sea un expediente académico de la escuela [del DOE], como constancia suficiente de la identidad y la residencia para establecer la elegibilidad para recibir la tarjeta de IDNYC, de la siguiente manera:

(1) Si se le proporciona al IDNYC la verificación de la escuela [del DOE] en el centro temporal de inscripción de la escuela en la cual está inscrito el solicitante, el programa de IDNYC aceptará cualquier documento de identidad enumerado en la sección 6-05 de este título. No es necesario que dicho documento incluya una identificación con fotografía.

(2) Si se proporciona la verificación de la escuela [del DOE] en cualquier otro centro de inscripción, el solicitante también debe presentar:

(A) una tarjeta de identificación del estudiante emitida por la misma

escuela que emite la verificación de la escuela [del DOE]; (B) y

(i) al menos un documento de identidad adicional enumerado en la sección 6-05, si la tarjeta de identificación del estudiante incluye una fotografía; o (ii) los documentos de identidad enumerados en la sección 6-05 que valgan, al menos, dos puntos en total, y uno de ellos debe aceptarse como una identificación con fotografía si la tarjeta de identificación del estudiante no incluye una.

(d) Para los solicitantes que son estudiantes de las escuelas elegibles [escuelas del DOE de la Ciudad de Nueva York] y que no presentan su solicitud con un cuidador conforme a la sección 6-07 de este título, el programa de IDNYC aceptará la verificación de la identidad y la residencia del solicitante por parte de la escuela [del DOE], siempre que esta se proporcione en un formato y de una manera que la HRA

Page 10: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

10

y la escuela [el DOE] acuerden mutuamente (“verificación de la escuela [del DOE]”), como constancia suficiente de la identidad y la residencia para establecer la elegibilidad para recibir la tarjeta de IDNYC. (e) Para los solicitantes que presenten su solicitud en las escuelas de educación media del DOE participantes, acordadas de forma conjunta entre el HRA y el DOE, el programa de IDNYC aceptará la verificación de la identidad y la residencia del solicitante por parte de la escuela, siempre que esta se proporcione en un formato y de una manera que la HRA y la escuela acuerden mutuamente, como constancia suficiente de la identidad y la residencia del solicitante para establecer su elegibilidad para recibir la tarjeta de IDNYC. Las tarjetas emitidas de acuerdo con esta subdivisión indicarán el nombre de la escuela, y su fecha de vencimiento será la fecha estimada de graduación del estudiante. [(e)] (f) Para los solicitantes que participan en el Programa de Empleo Juvenil de Verano (Summer Youth Employment Program, SYEP) del Departamento de Desarrollo Juvenil y Comunitario (Department of Youth and Community Development, DYCD) de la Ciudad de Nueva York, el programa de IDNYC aceptará la verificación de la identidad y la residencia del solicitante por parte del DYCD, siempre que esta se proporcione en un formato y de una manera que la HRA y el DYCD acuerden mutuamente, como constancia suficiente de la identidad y la residencia del solicitante para establecer la elegibilidad para recibir la tarjeta de IDNYC, si se presenta junto con una identificación con fotografía de conformidad con la sección 6-05 de este título. [(f)] (g) Para los solicitantes que son clientes del Departamento de Servicios Sociales (DSS) de la Ciudad de Nueva York, el programa de IDNYC podrá, a pedido del solicitante, verificar su identidad o residencia con la información de los sistemas que mantiene el DSS, siempre que se pueda acceder a dicha información para los fines de la verificación y, una vez que se accede a la información, esta se considere suficientemente confiable. Dicha información valdrá tres puntos para establecer la identidad del solicitante si la fotografía original y la información demográfica relacionada, que incluye el nombre completo y la fecha de nacimiento, están disponibles en los sistemas del DSS; o valdrá un punto para establecer la identidad si solo el nombre y la fecha de nacimiento, pero no la fotografía, están disponibles en el sistema del DSS; y valdrá un punto para establecer la residencia si la dirección del solicitante también figura en el sistema del DSS.

Sección 6. La subdivisión (c) de la sección 6-05 del capítulo 6 del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York se modifica para que contenga lo siguiente:

(c) (1) Los siguientes documentos establecen la identidad del solicitante (3 puntos):

Page 11: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

11

Documento Descripción

¿Se acepta como

identificación con

fotografía?

Valor en puntos para la constancia de identificación

¿Se acepta como

constancia de la fecha de nacimiento?

Pasaporte de los EE. UU. o tarjeta de

pasaporte de los EE. UU.

Pasaporte o tarjeta de pasaporte de los EE. UU. Sí 3 Sí

Pasaporte extranjero (Legible por una

máquina) Pasaporte extranjero legible por una

máquina. Sí 3 Sí

Licencia de conducir del estado de los

EE. UU. o permiso de aprendizaje con

fotografía

Tarjeta de identificación con fotografía de un estado o territorio de los EE. UU. (que no sea la licencia de conducir del estado de Nueva York con la dirección actual en la ciudad de Nueva York) que otorgue privilegios para conducir y que

incluya la dirección, la fecha de nacimiento y la fecha de vencimiento.

Sí 3 Sí

Tarjeta de identificación de un

estado de los EE. UU.

Tarjeta de identificación con fotografía emitida por un estado o territorio de los EE. UU. (que no sea la tarjeta de identificación del estado de Nueva York con la dirección actual en la

ciudad de Nueva York), con dirección, fecha de nacimiento y fecha de

vencimiento.

Sí 3 Sí

Tarjeta de residente permanente de los

EE. UU.

Tarjeta de registro de extranjero (I-551), también conocida como tarjeta de residente permanente o tarjeta de

residente (green card). Debe indicar la fecha de vencimiento. También se

aceptan estampillas I-551 no vencidas en el pasaporte para residentes

permanentes que esperan la emisión de sus tarjetas de residente.

Sí 3 Sí

Tarjeta de beneficios con fotografía del

NYS

Tarjeta de bienestar social, Medicaid o cupones de alimentos de Nueva York,

también denominada “Tarjeta para transferencia electrónica de beneficios (Electronic Benefit Transfer, EBT)” o

“Tarjeta de identificación de beneficios comunes (Common Identification

Benefit Card, CBIC)”, con una fotografía y la fecha de nacimiento.

Sí 3 Sí

Tarjeta de acceso común

Tarjeta de identificación con fotografía emitida por el

Departamento de Defensa (Department of Defense, DOD) con la fecha de nacimiento, la fecha de emisión, la fecha de vencimiento, el

grupo sanguíneo y el número de identificación del DOD, emitido para

servicio activo o personal militar jubilado o de reserva únicamente.

Sí 3 Sí

Page 12: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

12

Permiso de trabajo vigente en los

EE. UU.

Documento de Autorización de Empleo (Employment Authorization Document, EAD) o permiso de trabajo emitido por

los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (U.S.

Citizenship and Immigration Services, USCIS) que compruebe que el titular tiene autorización para trabajar en los EE. UU., con la fecha de nacimiento y

la fecha de vencimiento.

Sí 3 Sí

Certificado de ciudadanía/

naturalización

Certificado de ciudadanía de los EE. UU. (N-560 o N-561); Certificado

de naturalización (N-550, N-570 o N-568)

Sí 3 Sí

Credencial de marino mercantil de los

EE. UU.

Tarjeta de identificación con fotografía emitida por el Centro Marítimo Nacional

de Guardia Costera de los EE. UU. (U.S. Coast Guard National Maritime Center) con la dirección, la fecha de nacimiento, la fecha de emisión y la

fecha de vencimiento.

Sí 3 Sí

Licencia de conducir o tarjeta de identificación

de no conductor del Departamento de

Estado de los EE. UU. sin el domicilio actual

Licencia de conducir o tarjeta de identificación de no conductor del Departamento de Estado de los

EE. UU. con la fecha de nacimiento, la fotografía y la fecha de

vencimiento, pero sin el domicilio actual.

Sí 3 Sí

Tarjeta de identificación de

delincuente puesto en libertad del

Departamento de Instituciones

Penitenciarias y Supervisión

Comunitaria del NYS (Department of Corrections and

Community Supervision, DOCCS)

Tarjeta de identificación con fotografía emitida por el DOCCS,

con número de identificación, fecha de nacimiento y fecha de liberación del titular de la tarjeta que no sea

mayor a un año antes de la presentación. Se acepta aun si la

tarjeta ya venció.

Sí 3 Sí

Tarjeta de identificación de pase

seguro de abogado del Sistema Unificado de Tribunales (Unified

Court System Attorney Secure Pass) del NYS

Tarjeta de identificación con fotografía emitida por el Sistema Unificado de Tribunales del NYS a los abogados.

Incluye una fotografía a color, la fecha de nacimiento, el número de matrícula del abogado y la fecha de vencimiento.

Sí 3 Sí

Identificación tribal de los EE. UU.

Una identificación tribal de los EE. UU. con fotografía, dirección, firma, fecha

de nacimiento y fecha de vencimiento. Sí 3 Sí

Tarjeta de IDNYC sin el domicilio actual

Tarjeta vigente o vencida de IDNYC sin el domicilio actual. Si la tarjeta ya

venció, [la fecha de vencimiento debe estar dentro de los 60 días

anteriores a la fecha de presentación] debe estar dentro del

período de renovación.

Sí 3 Sí

Page 13: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

13

(c) (2) Los siguientes documentos tienen un valor de dos puntos para establecer la identidad del solicitante:

Documento Descripción ¿Se acepta como

identificación con fotografía?

Valor en puntos para la constancia de identificación

¿Se acepta como

constancia de la fecha

de nacimiento?

Pasaporte extranjero (No legible por una

máquina) Pasaporte extranjero que no es

legible por una máquina. Sí 2 Sí

Pasaporte o tarjeta de pasaporte de los EE. UU. vencidos

Pasaporte o tarjeta de pasaporte de los EE. UU. vencidos en una fecha no mayor a los tres años

anteriores a la fecha de presentación.

Sí 2 Sí

Pasaporte extranjero vencido

Pasaporte extranjero legible por una máquina vencido en una

fecha no mayor a los tres años anteriores a la fecha de

presentación.

Sí 2 Sí

Tarjeta de IDNYC vencida

Tarjeta de IDNYC vencida en una fecha no mayor a los tres años anteriores a la fecha de presentación, pero fuera del

período de renovación.

Sí 2 Sí

Tarjeta de identificación

consular

Tarjeta de identificación con fotografía con la dirección, la

fecha de nacimiento y la fecha de vencimiento emitida por un gobierno extranjero reconocido

por los EE. UU. a sus ciudadanos, que viven fuera del

país emisor.

Sí 2 Sí

Tarjeta de identificación de

veteranos emitida por el Departamento

de Asuntos de Veteranos

(Department of Veterans Affairs, VA)

de los EE. UU.

Debe incluir una fotografía y un número de identificación del

miembro. Sí 2 No

Tarjeta de identificación de

salud de los veteranos emitida

por el VA

Debe incluir una fotografía y un número de identificación del

miembro. Sí 2 No

Identificación de empleado del

gobierno federal, estatal o local de los

EE. UU.

Tarjeta de identificación con fotografía de empleado del

gobierno federal, estatal o local de los EE. UU.

Sí 2 No

Page 14: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

14

Certificado de nacimiento en los

EE. UU.

Certificado de nacimiento emitido por un estado o territorio, o una

localidad de un estado o territorio, o por el Departamento

de Estado de los EE. UU., incluido el informe consular de nacimiento en el extranjero. No se aceptarán los certificados de nacimiento emitidos en Puerto

Rico antes del 1 de julio de 2010. Todos los certificados de

nacimiento antes de esa fecha fueron invalidados por la

legislación de Puerto Rico.

No 2 Sí

Visa emitida por el Departamento de

Estado de los EE UU.

Visa de inmigrante o de no inmigrante con identificación con

fotografía emitida por el Departamento de Estado de los

EE. UU.

Sí 2 Sí

Licencia de conducir en el extranjero (Legible por una

máquina)

Tarjeta de identificación con fotografía legible por una

máquina que otorgue privilegios para conducir y que incluya la

dirección, la fecha de nacimiento y la fecha de vencimiento.

Sí 2 Sí

Tarjeta de identificación en el

extranjero (Legible por una

máquina)

Tarjeta de identificación nacional con fotografía y fecha de

nacimiento legible por una máquina. Debe aceptarse a los efectos de volver a ingresar al país emisor. Incluye tarjetas de registro de votante legibles por una máquina que sirven como

tarjeta de identificación nacional.

Sí 2 Sí, si contiene

la fecha de nacimiento.

Tarjeta del seguro social

Se aceptarán los siguientes tipos de tarjetas del seguro social (con o sin restricción) emitidas por la

Administración del Seguro Social de EE. UU.: (i) una tarjeta que

permita que el titular trabaje sin ninguna restricción; (ii) una tarjeta que permita que una

persona, con autorización del Departamento de Seguridad

Nacional (Department of Homeland Security), trabaje de

forma temporal; y (iii) una tarjeta marcada como “no válida para el

trabajo”.

No 2 No

Carta de asignación del número de

identificación de contribuyente individual de

EE. UU.

Carta del Servicio de Rentas Internas (Internal Revenue Service, IRS) de EE. UU. asignando un número de

identificación de contribuyente individual (Individual Taxpayer Identification Number, ITIN) al

solicitante con la fecha de nacimiento. (Aviso CP565 del

IRS)

No 2 No

Page 15: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

15

Identificación de Servicios

Uniformados (Uniformed Services)

de los EE. UU.

Tarjeta de identificación con fotografía con la fecha de nacimiento y la fecha de

vencimiento para militares jubilados o miembros de la

familia jubilados para acceder a los beneficios y privilegios del

servicio militar.

Sí 2 Sí

Tarjeta de identificación

profesional del Departamento de

Educación del NYS

Tarjeta de identificación con fotografía emitida por la Oficina

de Profesiones (Office of the Professions) del Departamento de Educación del NYS con la

profesión, el número de licencia y la fecha de vencimiento.

Sí 2 No

Formulario I-94 con fotografía y huellas dactilares emitido

por el Departamento de Seguridad

Nacional de los EE. UU.

Registro de entradas y salidas I-94 con fotografía y huellas

dactilares emitido por el Departamento de Seguridad

Nacional de los EE. UU. con la fecha de nacimiento, la fotografía

y las huellas dactilares.

Sí 2 Sí

Licencia de conducir provisional, permiso de aprendiz o tarjeta de identificación de

no conductor del NYS

Licencia de conducir provisional, permiso de aprendiz o tarjeta de identificación de no conductor

emitida por el Departamento de Vehículos Motorizados del NYS.

No 2 Sí

Aviso de autorización de los formularios I-797,

I-797A, I-797B o I-797D emitido por

los USCIS

Aviso de los USCIS en el que se autoriza al solicitante a recibir un

beneficio de inmigración actualmente válido o que no tiene fecha de vencimiento.

No 2 No

Sección 7. La subdivisión (c) de la sección 6-06 del capítulo 6 del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York se modifica para que contenga lo siguiente:

(c) (1) Los siguientes documentos tienen un valor de un punto y establecen la residencia. La dirección que se indica en el documento se mostrará en la tarjeta, excepto en los casos establecidos en la sección 6-02 (b) del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York (RCNY):

Documento Descripción Valor en puntos para

constancia de residencia

¿Se acepta como

constancia de la dirección?

Factura o estado de cuenta del servicio de televisión

por cable, de teléfono o de servicios públicos

Debe tener una fecha no mayor a 60 días antes de la fecha de presentación y debe incluir el domicilio del solicitante. Incluye hojas de resumen de la cuenta y

estados de cuenta.

1 Sí

Page 16: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

16

Contrato de arrendamiento

o subarrendamiento de la propiedad residencial

Debe ser un arrendamiento actual. Todos los contratos de arrendamiento deben incluir el nombre

del solicitante, la dirección de la unidad arrendada, el plazo del contrato, la cantidad de la renta, los

términos relacionados con los servicios públicos y la información de contacto del arrendador. Si el número de teléfono del arrendador no aparece en el contrato de arrendamiento, el solicitante deberá proporcionar

el número de teléfono por separado.

1 Sí

Declaración del impuesto inmobiliario local

Declaración del impuesto inmobiliario local que incluya el domicilio, con fecha de no más de un año

antes de la fecha de presentación.

1 Sí

Recibo de pago de la hipoteca de la propiedad

Recibo de pago de la hipoteca, que incluye el domicilio, con fecha de no más de 60 días antes de la

fecha de presentación.

1 Sí

Facturas, estados de cuenta o avisos

bancarios, financieros o de tarjeta de crédito

Factura, estado de cuenta o aviso de la empresa de la tarjeta de crédito, el banco u otras instituciones

financieras. La fecha no debe ser mayor a los 60 días antes de la fecha de presentación y debe incluir el

domicilio y el número de cuenta. Incluye estados de cuenta bancarios, estados de cuenta de la tarjeta de

crédito, estados de cuenta de una cooperativa de crédito, hojas de resumen de la cuenta, estados de

cuenta de préstamos, y avisos de bancos y de cooperativas de crédito que confirmen la apertura de una cuenta. Se aceptarán otros tipos de documentos bancarios, financieros o de tarjeta de crédito solo en virtud de lo dispuesto en la sección 6-06(b) de este

título.

1 Sí

Recibo de pago del empleo

Debe incluir el nombre del empleador, el domicilio del solicitante y la fecha no debe ser mayor a 60 días

antes de la fecha de presentación.

1 Sí

Estado de cuenta, factura o registro de una

institución psiquiátrica

Estados de cuenta, factura o registro de cualquier hospital o clínica administrada por la Corporación de

Salud y Hospitales (Health and Hospitals Corporation) o por un Centro de Salud Federalmente Calificado (Federally Qualified Health Center), o un hospital público o privado ubicado en la ciudad de

Nueva York. Debe incluir el número de identificación del paciente o de la cuenta y el

domicilio del solicitante, y la fecha no debe ser mayor a un año antes de la fecha de presentación.

1 Sí

Citación judicial u orden judicial emitida por un tribunal del estado de

Nueva York (se incluyen los tribunales de la

ciudad de Nueva York, como el Tribunal de

Vivienda, el Tribunal de Familia y el Tribunal Testamentario) o un

tribunal federal

La fecha no debe ser mayor a 60 días antes de la fecha de presentación y deberá incluir el domicilio.

1 Sí

Formularios W-2, 1099-MISC, 1095-A, 1095-B y

1095-C del IRS

Debe incluir el nombre del empleador y el domicilio del solicitante. Se acepta hasta el 15 de abril del año

siguiente al año fiscal del formulario.

1 Sí

Carta o documento emitidos por el Servicio de Rentas Internas (IRS) o por el Departamento de

Impuestos y Finanzas (Department of Taxation and Finance, DTF) del

NYS

Carta o documento emitidos por el IRS o el DTF dirigidos al solicitante en relación con su estado

impositivo personal. Algunos ejemplos incluyen la transcripción de la declaración de impuestos, la

declaración de impuestos o reembolso por pagar, o cheques de reembolso. La fecha no debe ser mayor

a un año antes de la fecha de presentación.

1 Sí

Page 17: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

17

Declaración de impuestos con constancia

de presentación

Declaración de impuestos local, estatal o federal de los EE. UU. presentada con constancia de

presentación, como la transcripción de la declaración de impuestos ante el IRS, el resumen de la cuenta del Departamento de Impuestos y Finanzas del Estado de

Nueva York, el historial de pagos del impuesto inmobiliario del Departamento de Finanzas de la

Ciudad de Nueva York u otra constancia de presentación satisfactoria. La fecha no debe ser

mayor a un año antes de la fecha de presentación.

1 Sí

Factura de seguro, estado de cuenta o registro

(seguro de propietario de inmueble, de vida, de

renta, de automóvil o de salud)

Factura de seguro, estado de cuenta o registro que incluya el domicilio y cuya fecha no sea mayor

a 60 días antes de la fecha de presentación.

1 Sí

Carta de un refugio para personas sin hogar que

recibe financiamiento de la Ciudad

Carta firmada por un funcionario ejecutivo del refugio para personas sin hogar que recibe

financiamiento de la Ciudad en la que se indique que el solicitante ha sido residente actual, por lo menos,

durante 15 días y que el refugio permite que los residentes permanezcan allí durante no más de

30 días. La fecha no debe ser mayor a 60 días antes de la fecha de presentación.

1 Sí

Carta de un centro de atención residencial

administrado, certificado o financiado por la

Oficina para las Personas con Discapacidades de

Desarrollo (OPWDD) del Estado de Nueva York, el Departamento de Salud

del Estado de Nueva York (NYS DOH), la

Oficina de Salud Mental (OMH) del Estado de

Nueva York o el Departamento de Salud y

Salud Mental de la Ciudad de Nueva York

(NYC DOHMH)

Carta firmada de un funcionario ejecutivo de un centro de atención residencial ubicado en la ciudad

de Nueva York y administrado, autorizado, certificado o financiado por la OPWDD, el NYS

DOH, la NYS OMH o el NYC DOHMH, en la que se establezca la residencia del solicitante en el centro.

La fecha no debe ser mayor a 60 días antes de la fecha de presentación. Solo se aceptará si el

solicitante está acompañado por algún cuidador que sea empleado del centro que emitió la carta.

1 Sí

Carta de la Autoridad de la Vivienda de la Ciudad

de Nueva York (New York City Housing

Authority, NYCHA)

Carta firmada por el gerente del complejo residencial de la NYCHA, donde se indique que el solicitante

figura en el contrato de arrendamiento vigente o está autorizado, de otro modo, por la NYCHA para residir

en el apartamento, con fecha no mayor a 60 días antes de la fecha de presentación.

1 Sí

Aviso de renta y anexo al contrato de

arrendamiento de la NYCHA

Documento de la NYCHA que establezca que el solicitante es un arrendatario o un inquilino

autorizado de la unidad residencial de la NYCHA. La fecha no debe ser mayor a un año antes de la fecha de

presentación.

1 Sí

Carta de Head Start, Early Learn, preescolar, escuela primaria, escuela

intermedia o escuela secundaria ubicada en la ciudad de Nueva York o

cualquier escuela del Departamento de

Educación (DOE) de la Ciudad de Nueva York en la que esté inscrito el

hijo del solicitante

Carta firmada por el director, el funcionario ejecutivo o el representante del director o el funcionario

ejecutivo en una escuela pública, privada o parroquial Head Start, Early Learn, preescolar, escuela primaria, escuela intermedia o escuela secundaria ubicada en la ciudad de Nueva York o cualquier escuela del DOE

en la que el hijo del solicitante esté inscrito actualmente como estudiante. La carta debe

confirmar el domicilio del estudiante y la fecha no debe ser mayor a 60 días antes de la fecha de

presentación.

El solicitante también deberá presentar una constancia de su relación con el estudiante mencionado en la carta, usando uno de los

documentos que se detallan en la sección 6-07(b).

1 Sí

Page 18: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

18

Carta de una escuela privada, parroquial

intermedia o escuela secundaria ubicada en la ciudad de Nueva York, en la que se encuentre inscrito el solicitante

Carta firmada por el director o funcionario ejecutivo o el representante del director o el funcionario ejecutivo en

una escuela privada o parroquial intermedia o secundaria ubicada en la ciudad de Nueva York, en la

que el solicitante esté inscrito actualmente como estudiante. La carta debe confirmar el domicilio y la

fecha no debe ser mayor a 60 días antes de la fecha de presentación. Es posible que las escuelas requieran el

consentimiento de los padres para emitir dicha carta para un estudiante menor de 18 años.

El solicitante debe presentar una tarjeta de identificación

del estudiante de la escuela que emite la carta.

Los solicitantes que sean estudiantes y deseen recibir ayuda del DOE para establecer la residencia podrán

hacerlo conforme a lo establecido en la sección 6-03 (a) (2) (C) de este título.

1 Sí

Carta de una agencia de cuidado de acogida

Temporal de la Administración de

Servicios para Niños (ACS) de la Ciudad de

Nueva York

Carta firmada por el funcionario ejecutivo de la ACS o de una agencia de cuidado temporal de la ciudad de Nueva York designada por la ACS que establezca la residencia del solicitante menor de edad en cuidado de acogida temporal con fecha no mayor a 60 días

antes de la fecha de presentación. Solo se aceptará si el solicitante está acompañado por algún cuidador que sea empleado del centro que emitió la carta.

1 Sí

Confirmación de cambio de dirección del Servicio

Postal de los Estados Unidos (United States Postal Service, USPS)

Debe enviarse al solicitante a la misma dirección que aparece en la solicitud del programa de IDNYC. La fecha no debe ser mayor a 60 días antes de la fecha

de presentación.

1 Sí

Formulario de desglose de la renta de la sección 8 del

Departamento de Preservación y Desarrollo

de Viviendas (Housing Preservation and

Development, HPD) de la Ciudad de Nueva York

La fecha no debe ser mayor a un año antes de la fecha de presentación y debe incluir el domicilio.

1 Sí

[“Respuesta a una solicitud de informe de

cálculo presupuestario” de la HRA] Informe del

resumen de la composición del caso

generado por el Sistema de Gestión Asistencial

(Welfare Management System) del Estado de

Nueva York

Informe del resumen de la composición del caso generado por el Sistema de Gestión Asistencial del Estado de Nueva York con el domicilio actual. La fecha no debe ser mayor a 60 días antes de la fecha

de presentación.

1 Sí

Tarjeta de identificación con fotografía para

paciente hospitalizado en un centro de la Oficina de Salud Mental (OMH) del Estado de Nueva York

Tarjeta de identificación de paciente hospitalizado emitida por un centro psiquiátrico administrado por la OMH, con nombre, fotografía y dirección del centro.

1 Sí

Formulario de “Verificación de la

liberación” emitido por el Departamento de Salud y

Servicios Humanos, Oficina de

Reasentamiento de Refugiados, División de

Servicios Infantiles (Division of Children's

Services) de los Estados Unidos

Documento de “Verificación de la liberación” de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR),

Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU., que incluya la fotografía, la fecha de

nacimiento, y el nombre y la dirección del patrocinador del solicitante. Incluye el formulario

UAC/R-1 de la ORR, el formulario R-535 de la ORR y cualquier otro formulario que use la ORR para

verificar la liberación.

La fecha no debe ser mayor a un año antes de la fecha de presentación.

1 Sí

Page 19: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

19

Orden de supervisión del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas

(Immigration and Customs Enforcement, ICE) de los EE. UU.

Orden de supervisión emitida por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) de los

EE. UU. con fecha no mayor a un año antes de la fecha de presentación y que incluya el domicilio

actual. Podría ser emitida por el ICE de los EE. UU. como formulario I-220B.

1 Sí

Licencia de conducir provisional del estado de Nueva York, permiso de

aprendiz o tarjeta de identificación de no

conductor

Licencia de conducir provisional, permiso de aprendiz o tarjeta de identificación de no conductor

emitidos por el Departamento de Vehículos Motorizados del Estado de Nueva York, con el

domicilio actual.

1 Sí

Aviso de decisión o determinación de

discapacidad de desarrollo de la Oficina

para Personas con Discapacidades de

Desarrollo (OPWDD) del Estado de Nueva York

Aviso de decisión o determinación emitido por la OPWDD que establezca que el solicitante reúne los requisitos para la atención. Debe incluir el domicilio del solicitante y debe tener una fecha no mayor a un

año antes de la fecha de presentación.

1 Sí

Carta de confirmación de residencia para

diplomáticos de las Naciones Unidas (ONU)

y sus familias

Carta de confirmación de residencia para diplomáticos de las Naciones Unidas y sus familias

emitida por el Departamento de Estado de los EE. UU., las Naciones Unidas, o la misión

permanente del país frente a la ONU. Debe incluir el domicilio del solicitante y debe tener una fecha no mayor a 60 días antes de la fecha de presentación.

1 Sí

Contrato de alojamiento en una universidad/institución de estudios superiores

Contrato emitido por una institución de educación superior ubicada en la ciudad de Nueva York por

medio de una carta, un contrato de arrendamiento u otro formato. Debe indicar que se le permite al solicitante vivir en una vivienda afiliada a la

institución; y debe incluir el nombre del solicitante, la dirección postal de la residencia y las fechas durante las cuales es posible que el estudiante

resida allí.

El documento debe presentarse junto con una identificación con fotografía [del estudiante] de la

institución que emite el contrato.

1 Sí

Carta del secretario académico de la universidad o la institución de estudios superiores

Carta firmada por un secretario académico de la institución educativa en la que se indique: (i) que el

solicitante está inscrito en la universidad [como estudiante] o es empleado o está relacionado de

otra forma con la institución educativa; (ii) que el solicitante reside en una vivienda de la ciudad de

Nueva York afiliada a la institución educativa; (iii) que el solicitante recibe la correspondencia en una

dirección universitaria central distinta a la de su residencia; y (iv) el apartado postal de la

institución educativa o la dirección donde el solicitante recibe la correspondencia.

Este documento debe presentarse junto con una

identificación con fotografía [del estudiante] de la institución que emite la carta.

La tarjeta de IDNYC exhibirá el nombre de la institución educativa y la dirección donde el

solicitante recibe la correspondencia.

1 Sí

Page 20: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

20

Sección 8. La sección 6-08 del capítulo 6 del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York se modifica para que contenga lo siguiente:

Sección 6-08: [Informe de cambio de nombre o de dirección] Cambio de nombre, dirección o género. (a) Una persona cuya tarjeta de IDNYC esté vencida debe informar el cambio de nombre o de dirección [o de género] dentro de los 10 días posteriores al cambio. El sexo que se muestra en la tarjeta puede actualizarse en cualquier momento. [(b) Después de un cambio de nombre, dirección o género, la persona que haya notificado a la HRA sobre dicho cambio podrá obtener una nueva tarjeta de IDNYC si lleva la tarjeta no actualizada a un centro de inscripción del programa de IDNYC. Además, los titulares de tarjetas que cambien su nombre y su dirección deben presentar una constancia del cambio que informan, de la siguiente manera:

(i) Para demostrar un cambio legal de nombre, el titular de la tarjeta debe presentar una orden judicial, un certificado de matrimonio o de divorcio, o cualquier otro documento emitido por el gobierno en el que se establezca el cambio legal del nombre.

(ii) Para demostrar el cambio de dirección, el titular de la tarjeta debe establecer la residencia conforme a una de las secciones 6-04, 6-06 o 6-07 de este título.] (b) Para obtener una tarjeta con el nombre actualizado, el titular de la tarjeta debe presentar una orden judicial, un certificado de matrimonio o de divorcio, o cualquier otro documento emitido por el gobierno en el que se establezca el cambio legal del nombre. Solo se aceptarán documentos originales o documentos certificados por la agencia emisora. (c) Para obtener una tarjeta con la dirección actualizada, el titular de la tarjeta debe establecer la residencia conforme a una de las secciones 6-04, 6-06 o 6-07 de este título, a menos que la HRA pueda verificar la dirección nueva del titular mediante otro método. Los documentos presentados al programa de IDNYC para demostrar el cambio de dirección no necesitan ser originales. Sección 9. Los incisos (a) y (b) de la sección 6-09 del capítulo 6 del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York se modifican para que contengan lo siguiente:

(a) La HRA no le cobrará ningún cargo a un solicitante por la emisión de su primera tarjeta de IDNYC, por la renovación de la tarjeta conforme a la sección 6-10 de este título, o por la emisión de una tarjeta nueva por la solicitud del titular de actualizar su nombre, dirección, sexo o condición de veterano o de corregir un error cometido por el programa de IDNYC. La HRA tampoco le cobrará a las personas que soliciten un reemplazo de su tarjeta si demuestran que la tarjeta fue robada.

Page 21: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

21

(b) En todos los demás casos, la HRA cobrará un cargo de $10 por la emisión de una tarjeta. [La HRA cobrará un cargo de $10.00 por el reemplazo de una tarjeta vigente, a menos que la persona solicite una tarjeta de reemplazo para actualizar su dirección, nombre o sexo y traiga su tarjeta de IDNYC no actualizada a un centro de inscripción del programa de IDNYC.] Sección 10. La sección 6-10 del capítulo 6 del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York se eliminó y se reemplazó por una nueva sección 6-10 que establece lo siguiente:

Sección 6-10: Vencimiento y renovación (a) Las tarjetas de IDNYC emitidas luego de la fecha de entrada en vigor de esta regla serán válidas por cinco años a partir de la fecha de aprobación de la solicitud, excepto para las tarjetas emitidas de conformidad con la sección 6-04 (e), que vencerán en la fecha estimada de graduación de la escuela de educación media del titular, y para las tarjetas emitidas a menores de 16 años, que tendrán una vigencia de dos años a partir de la fecha de aprobación de la solicitud. Las tarjetas de IDNYC emitidas antes de la fecha de entrada en vigor de esta regla serán válidas hasta la fecha de vencimiento que se indica en el frente de la tarjeta. (b) La renovación de las tarjetas estará disponible para las personas que ya hayan recibido una tarjeta de IDNYC, cuya fecha de vencimiento esté dentro de los próximos 60 días (o cualquier otro plazo mayor que la HRA pueda determinar en el futuro) o que haya vencido hace menos de seis meses (o cualquier otro plazo mayor que el programa de IDNYC pueda determinar en el futuro), y que presenten una solicitud de renovación a partir del 1 de diciembre de 2019 en el formato y de la manera que el comisionado establezca. En la mayoría de los casos, los titulares que soliciten la renovación de sus tarjetas no deberán restablecer su identidad conforme a lo establecido en las secciones 6-04 y 6-05 de este título, pero, si desean actualizar su nombre o dirección, deben cumplir con los requisitos de las subdivisiones (b) o (c) de la sección 6-08 de este título, según corresponda. Sin embargo, el programa de IDNYC se reserva el derecho a exigir que los titulares de tarjetas restablezcan su identidad conforme a las secciones 6-04 o 6-05, si el programa no puede confirmar mediante otros métodos que la persona que solicita la renovación es la misma persona a la que se le emitió la tarjeta. Sección 11. El inciso (b) de la sección 6-12 del capítulo 6 del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York se modifica para que contenga lo siguiente:

(b) La revisión secundaria consistirá en una conferencia en la cual una persona nombrada por el director ejecutivo del programa de IDNYC revisará los documentos y la elegibilidad del solicitante de la tarjeta, y el solicitante tendrá la oportunidad de volver a solicitar una tarjeta. Las revisiones secundarias solo se ofrecerán en centros [de inscripción] especialmente designados.

Page 22: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

22

Sección 12. Se agrega una nueva sección 6-13 al capítulo 6 del título 68 de las Reglas de la Ciudad de Nueva York, que contendrá lo siguiente:

Sección 6-13: Invalidaciones de la tarjeta

(a) El programa de IDNYC invalidará una tarjeta emitida a una persona en las siguientes circunstancias:

(i) El programa de IDNYC emite una nueva tarjeta a dicha persona. (ii) El programa de IDNYC toma conocimiento de que dicha persona ha fallecido. (iii) En los casos detallados en las subdivisiones de la (b) a la (e) de esta sección.

(b) Si el director ejecutivo del programa de IDNYC o la persona nombrada por este determina que una persona pudo haber obtenido una tarjeta bajo una identidad falsa, se le suspenderá la tarjeta de forma inmediata, se le notificará sobre la suspensión a la mayor brevedad posible y se le proporcionará una oportunidad para objetar la suspensión mediante la presentación de una solicitud de revisión secundaria, tal como lo establezca el comisionado, al Programa de Tarjeta de IDNYC dentro de los 30 días posteriores a la notificación. Las revisiones secundarias solo se ofrecerán en los centros especialmente designados.

(c) La revisión secundaria consistirá en una conferencia en la cual una persona nombrada por el director ejecutivo del programa de IDNYC revisará los documentos y la elegibilidad de una persona para recibir la tarjeta.

(d) El programa de IDNYC le ofrecerá a la persona una fecha, una hora y un lugar para la conferencia de revisión, que se celebrará dentro de los 14 días posteriores a la recepción de la solicitud. Si la fecha, la hora y el lugar ofrecidos no son convenientes para la persona, el programa trabajará con ella para encontrar una alternativa, pero no podrá garantizar que la conferencia se celebre dentro de los 14 días posteriores a la solicitud.

(e) Luego de la conferencia de revisión, el programa de IDNYC notificará a la persona por correo si restituirá la validez de la tarjeta. Si el programa de IDNYC no emite una decisión dentro de los 14 días posteriores a la conferencia, se considerará que la solicitud de revisión secundaria fue rechazada.

Page 23: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

23

NEW YORK CITY MAYOR’S OFFICE OF OPERATIONS 253 BROADWAY, 10th FLOOR

NEW YORK, NY 10007 212-788-1400

CERTIFICACIÓN O ANÁLISIS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 1043(d) DEL ESTATUTO

TÍTULO DE LA REGLA: Modificación a las reglas del programa de IDNYC

NÚMERO DE REFERENCIA: HRA-21

AGENCIA DE CREACIÓN DE REGLAS: Administración de Recursos Humanos

Certifico que esta oficina ha revisado la regla propuesta a la que se hizo referencia arriba según lo dispuesto en el artículo 1043(d) del Estatuto de la Ciudad de Nueva York y que la regla propuesta mencionada arriba presenta las siguientes características:

(i) Es comprensible y está escrita en lenguaje simple para las comunidades

específicas reguladas. (ii) Minimiza los costos de cumplimiento para la comunidad o comunidades

diferenciadas reguladas para lograr el propósito afirmado de la regla.

(iii) No proporciona un período de subsanación porque no establece una violación, la modificación de una violación ni una modificación de las sanciones asociadas con una violación.

Firmado por Adam Barin 21 de junio de 2019 Oficina de Operaciones del Alcalde Fecha

Page 24: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE … · La Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York llevará a cabo una audiencia pública sobre la regla

24

NEW YORK CITY LAW DEPARTMENT DIVISION OF LEGAL COUNSEL

100 CHURCH STREET NEW YORK, NY 10007

212-356-4028

CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD CON

EL ARTÍCULO 1043(d) DEL ESTATUTO

TÍTULO DE LA REGLA: Modificación a las Reglas del programa de IDNYC

NÚMERO DE REFERENCIA: 2019 RG 041

AGENCIA DE CREACIÓN DE REGLAS: Administración de Recursos Humanos

Certifico que esta oficina ha revisado la regla propuesta a la que se hizo referencia arriba según lo dispuesto en el artículo 1043(d) del Estatuto de la Ciudad de Nueva York y que la regla propuesta mencionada arriba presenta las siguientes características:

(i) Se redacta para cumplir con el propósito de autorizar las disposiciones de la ley.

(ii) No está en conflicto con otras reglas vigentes.

(iii) En la medida que sea posible y adecuado, se reduce para lograr su propósito establecido.

(iv) En la medida que sea posible y adecuado, contiene una declaración de los fundamentos y del propósito que proporciona una explicación clara de la regla y los requisitos impuestos por la regla.

Firmado por STEVEN GOULDEN Fecha: 21 de junio de 2019

Abogado municipal interino