el acto jurídico en sus conceptos fundamentales daniel echaiz moreno magíster en derecho de la...
Post on 24-Jan-2016
222 Views
Preview:
TRANSCRIPT
El acto jurídico en sus conceptos fundamentales
Daniel Echaiz MorenoMagíster en Derecho de la Empresa por la Pontificia Universidad Católica del Perú y Abogado summa cum laude por la Universidad de Lima. Socio fundador de Echaiz Estudio Jurídico Empresarial. Miembro asociado del Instituto Peruano de Derecho Mercantil. Catedrático de la Universidad de Lima, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas, Universidad ESAN y Universidad San Ignacio de Loyola.
www.echaiz.com
2
www.echaiz.com
Evolución histórica
Generalidades.- Antes del CODE: convención. Problema: ¿actos unilaterales? Siglo XIX: teoría del acto jurídico (doctrina francesa) y
teoría del negocio jurídico (doctrina alemana). Objetivo: explicar el rol de la voluntad privada en la
generación de relaciones jurídicas y en su regulación, modificación y extinción.
3
www.echaiz.com
Evolución histórica
Las bases romanistas.-
CODE: D. Romano / D. Moderno. Derecho Romano: Ulpiano establece la summa
divisio iuris (ius publicum y ius privatum). Inicialmente: El acto jurídico se ubica en el ius
privatum. Posteriormente: privacización y y y y publicización.
4
www.echaiz.com
Evolución histórica
La codificación civil.-
CC francés (1804): CODE. CC alemán (1900): BGB. CC italiano (1942): Código de Derecho
Privado. La codificación latinoamericana. CC peruano de 1852. CC peruano de 1936. CC peruano de 1984.
5
www.echaiz.com
Evolución histórica
El Código Civil francés de 1804.-
NO regula el acto jurídico. SÍ regula la convención en cuanto al objeto, la
causa, el consentimiento, la interpretación, la condición, el plazo…
Todo derecho u obligación proviene de: la ley, el contrato, el cuasicontrato, el delito o el cuasidelito.
6
www.echaiz.com
Evolución histórica
El Código Civil peruano de 1852.-
NO regula el acto jurídico. SÍ regula las obligaciones y los contratos. Supera al CODE (es más romanista que
napoleónico).
7
www.echaiz.com
Evolución histórica
El Código Civil argentino de 1871.-
Autor: Dalmacio Vélez Sarsfield. SÍ regula el acto jurídico. ¿El negocio jurídico? Con terminología francesa se incorpora la
teoría alemana.
8
www.echaiz.com
Evolución histórica
El Código Civil alemán de 1900.-
NO regula el acto jurídico. SÍ regula el negocio jurídico que incluye al
contrato.
9
www.echaiz.com
Evolución histórica
El Código Civil peruano de 1936.-
Legisló las Obligaciones que incluían al Acto Jurídico (errado).
Manuel Augusto Olaechea luchó por demostrar este error pero fracasó.
10
www.echaiz.com
Evolución histórica
El Código Civil italiano de 1942.-
NO regula el acto jurídico. NO regula el negocio jurídico. SÍ regula el contrato. Retroceso legislativo: la doctrina es amplia,
pero la ley es limitada.
11
www.echaiz.com
Evolución histórica
El Código Civil peruano de 1984.-
Regula con independencia a las Obligaciones respecto al Acto Jurídico.
El Acto Jurídico se ubica antes que las Obligaciones.
Sigue los conceptos del Código Civil de 1936 e incorpora temas como la representación y la interpretación.
12
www.echaiz.com
Los hechos
Generalidades.-
No todo hecho es hecho jurídico. Algunos hechos permiten la adquisición, modificación,
transferencia o extinción de derechos (Savigny: hechos jurídicos; León Barandiarán: hechos jurígenos).
Los hechos pueden ser: naturales y humanos.
13
www.echaiz.com
Los hechos
Los hechos naturales.-
Sin intervención humana. Fenómenos de la naturaleza. Más importante: transcurso del tiempo (basta solo: caducidad;
requiere algo más: prescripción adquisitiva).
14
www.echaiz.com
Los hechos
Los hechos humanos.-Pueden ser: Voluntarios, con intención y con
discernimiento (acto jurídico). Involuntarios, sin intención y con
discernimiento (homicidio culposo). Involuntarios, sin intención y sin
discernimiento (homicidio realizado por un loco).
15
www.echaiz.com
Los hechos
Los hechos voluntarios.-
Pueden ser: Lícitos (acto jurídico). Ilícitos que comprende: Ilícito civil: Responsabilidad civil contractual. Responsabilidad civil extracontractual. Ilícito penal: Responsabilidad penal.
16
www.echaiz.com
Los hechos
Los hechos.-
1. Naturales.2. Humanos.
A. Voluntarios. - Lícitos.
- Ilícitos.B. Involuntarios.
Acto jurídico
17
www.echaiz.com
La autonomía de la voluntad
Generalidades.-
El Derecho objetivo reconoce la libertad. El ejercicio de la libertad es la autonomía de la voluntad
(autonomía privada). El límite a la autonomía privada es el orden público. La autonomía de la voluntad trasciende al titular de esa
voluntad (testamento).
18
www.echaiz.com
La autonomía de la voluntad
El orden público.-
Autonomía privada vs. orden público. A partir del CODE surgen tres sistemas: Hegemonía de la autonomía privada. Hegemonía del orden público. Equilibrio de la autonomía privada y el orden público.
19
www.echaiz.com
La autonomía de la voluntad
La codificación civil peruana.-
Artículo V del Título Preliminar del CC: Es nulo el acto jurídico contrario a las leyes que interesan
al orden público o a las buenas costumbres.
20
www.echaiz.com
La autonomía de la voluntad
La codificación civil peruana.-
Normas limitadas por el orden público Bajo sanción de nulidad. Debe/deberá. Normas no limitadas por el orden público Salvo pacto en contrario. Puede/podrá.
21
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por el # de manifestaciones de voluntad.-
Unilateral: una manifestación (ex uno latere). Bilateral: dos manifestaciones (ex duobus lateribus). Plurilateral: más de dos manifestaciones (ex pluribus
lateribus).
22
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por el # de manifestaciones de voluntad.-Unilateral:
Simple: se forma por una sola voluntad (testamento). Complejo: se forma por varias voluntades (directorio).
23
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por el # de manifestaciones de voluntad.-Unilateral: Recepticio: dirigido a persona determinada
(reconocimiento de hijo). No recepticio: dirigido a persona indeterminada (promesa
de pública recompensa).
24
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por el # de manifestaciones de voluntad.-Bilateral (convención):
Convención: sin contenido patrimonial (matrimonio). Contrato: con contenido patrimonial (compraventa).
25
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por el # de manifestaciones de voluntad.-Plurilateral (Italia): Subarrendamiento: Arrendador-propietario. Arrendatario-subarrendador. Subarrendatario.
26
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por el agente.-
Actos inter vivos. Actos mortis causa: producen sus efectos a partir de la
muerte (testamento).
27
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por la formalidad.-
Ad solemnitatem. Ad probationen.
28
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por el nombre jurídico.-Nomen juris: Nominados e innominados.
Derecho Romano: Doy para que des. Doy para que hagas. Hago para que des. Hago para que hagas.
29
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por la tipicidad.-
Típicos. Atípicos (contratos modernos).
30
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por sus efectos.-
Acto constitutivo: Hacia delante (matrimonio). Acto declarativo: Efectos retroactivos (reconocimiento de hijo).
31
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por sus efectos.- Acto simple: Genera una relación jurídica simple
(compraventa: patrimonial). Acto compuesto: Genera una relación jurídica compleja
(matrimonio: patrimonial y extrapatrimonial).
32
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por su autonomía.-
Acto principal: Existe por sí solo (compraventa). Acto accesorio: Lo accesorio sigue la suerte de lo principal (compraventa
a plazos con hipoteca legal).
33
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por la contraprestación.-
Oneroso: si hay contraprestación.1. Conmutativo: reciprocidad (CV).2. Aleatorio: incertidumbre (seguro).
Gratuito: no hay contraprestación (donación).
34
www.echaiz.com
Clasificación del acto jurídico
Por el plazo de ejecución.-
Ejecución inmediata: instantáneos (compraventa al contado).
Ejecución continuada: de tracto sucesivo (arrendamiento).
35
www.echaiz.com
Estructura del acto jurídico
Generalidades.-
Elementos esenciales. Elementos naturales. Elementos accidentales.
36
www.echaiz.com
Estructura del acto jurídico
Los elementos esenciales.-
De carácter general: Manifestación de voluntad. Capacidad. Objeto. Finalidad. Forma. De carácter especial.
37
www.echaiz.com
Estructura del acto jurídico
Los elementos naturales.-
Son inherentes o implícitos que se les considera por tradición.
La voluntad puede separarlos. Ejemplo: los intereses en el mutuo.
38
www.echaiz.com
Estructura del acto jurídico
Los elementos accidentales.-
Son incorporados por la voluntad de las partes siempre que no desnaturalicen el acto y no se opongan a la ley.
Actos modales o modalidades: condición, plazo y cargo.
39
www.echaiz.com
La manifestación de voluntad
Generalidades.-
Presupuesto: la voluntad es subjetiva (voluntad interna).
Consecuencia: la manifestación de voluntad es objetiva (voluntad externa).
40
www.echaiz.com
La manifestación de voluntad
La voluntad interna.-
Discernimiento: es la racionalidad que permite diferenciar.
Intención: es el propósito deliberado de realizar un acto jurídico.
Libertad: es la facultad de elección.
41
www.echaiz.com
La manifestación de voluntad
La seriedad.-Manifestaciones no serias: Animus jocandi. Fines didácticos. Fines teatrales. Por cortesía. Podrían ocasionar responsabilidad civil extracontractual.
42
www.echaiz.com
La manifestación de voluntad
Las formas de manifestación.-
Expresa: oral y escrita (mímica). Tácita: no hay cuando… La ley exige declaración expresa. El agente formula reserva. El agente formula declaración en contrario.
43
www.echaiz.com
La manifestación de voluntad
El silencio.-
No es manifestación de voluntad. Su significado sólo proviene de la ley o el
convenio. El silencio administrativo.
44
www.echaiz.com
La capacidad
Generalidades.-
La capacidad de goce: es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones.
La capacidad de ejercicio: es la posibilidad de adquirir derechos o de contraer obligaciones.
45
www.echaiz.com
El objeto
Generalidades.-
El objeto del acto jurídico es el conjunto de derechos y de deberes u obligaciones que generan y se integran a la relación jurídica que crea, regula, modifica o extingue.
Véase el artículo 1402 (¿y los derechos?)
46
www.echaiz.com
El objeto
Características.-
Posibilidad física. Posibilidad jurídica. Determinabilidad.
47
www.echaiz.com
La finalidad
Evolución histórica.-
CC 1852: la causa es requisito de validez de los contratos.
CC 1936: la causa es innecesaria o irrelevante.
CC 1984: la causa reposa sobre móviles individuales y debe ser lícita.
48
www.echaiz.com
La forma
Generalidades.-
Todo acto jurídico tiene forma. La forma puede ser: un medio de
prueba (forma ad probationem) o un requisito de validez (ad solemnitatem).
49
www.echaiz.com
La forma
Clasificación.-
Formas simples (donación de bien mueble de escaso valor: 1623).
Formas complejas, como escrito (fianza: 1871), escritura pública (donación de bien inmueble: 1625), al momento de la celebración (testamento cerrado: 699), previas (matrimonio: 248) o posteriores (matrimonio in extremis: 268).
50
www.echaiz.com
Los vicios de la voluntad
Clasificación.-
Error. Dolo. Violencia. Intimidación.
51
www.echaiz.com
El error
Clasificación.- El error en el objeto. El error en las cualidades del objeto. El error en la persona. El error en las cualidades de la persona. El error en el cálculo. El error en la cantidad. El error en el motivo. El error de derecho.
52
www.echaiz.com
El dolo
Clasificación.-
El dolo por acción. El dolo por omisión. El dolo directo (del
representante y del incapaz). El dolo recíproco. El dolo indirecto (o de
tercero).
53
www.echaiz.com
La violencia
Clasificación.-
La violencia de una de las partes. La violencia de un tercero.
54
www.echaiz.com
La intimidación
Elementos.-
La amenaza (grave e injusta). El mal. El temor.
Muchas gracias por vuestra amable atención
Áreas de práctica profesional: Derecho Societario y Corporativo. Derecho Contractual. Derecho de la Competencia y de la Publicidad. Derecho de la Propiedad Industrial e Intelectual. Derecho Financiero y Asegurador. Derecho Concursal y Reflotamiento Empresarial. Derecho Tributario y Planeamiento Fiscal. Derecho Inmobiliario y de la Construcción. Derecho Laboral y Regímenes Especiales. Derecho Penal Económico. Derecho Deportivo.
Servicios complementarios: Informes jurídico-profesionales. Trámites y diligencias legales. Asesoría de tesis de pre-grado y post-grado. Capacitación en temas empresariales. Publicación de libros.
Avenida Rousseau 170, Of. 203San Borja, Lima 41, PerúTeléfono: (51-1) 4370626Web page: www.echaiz.comE-mail: contacto@echaiz.com
top related