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H. AYUNTAMIENTO DE TEKAX, YUC.
2018 – 2021
PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO
PROGRAMA DE
DESARROLLO
URBANO
H. AYUNTAMIENTO DE TEKAX, YUC.
2018 – 2021
PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO
I. ANTECEDENTES
I.1 UBICACIÓN Y REFERENCIAS
I.1.1 La ubicación del programa en el contexto de la planificación del desarrollo
económico y social del municipio.
I.1.1.1 Superficie y extensión municipal.
I.1.1.2 La conformación del territorio municipal.
I.1.1.3 Los planteamientos regionales para el desarrollo económico y social
del municipio.
I.1.2 Antecedentes.
I.1.2.1 Históricos.
I.1.2.2 Legales.
I.2 MEDIO FÍSICO NATURAL
I.2.1 Las condiciones socio económicas de la población.
I.2.2 Las condiciones ambientales y de riesgo.
I.2.2.1 Clima.
I.2.2.2 Hidrografía.
I.2.2.3 Suelo.
I.2.2.4 Flora y Fauna.
I.2.2.5 Áreas Naturales Protegidas (ANP).
I.2.2.6 Vulnerabilidad y Riesgos.
I.2.2.6.1 Riesgos geológicos y meteorológicos.
● Vulcanismo.
● Sismicidad.
● Procesos de Remoción en Masa.
● Hundimientos.
● Hidrometereológicos.
● Inundación.
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● Ciclones Tropicales.
● Incendios Forestales.
I.2.2.6.2 Contaminación del suelo por basura.
I.2.2.6.3 Contaminación del suelo por extracción de materiales.
I.2.2.6.4 Contaminación del agua.
I.2.2.6.5 Contaminación del aire.
I.2.2.6.6 Contaminación por ruido.
I.2.2.6.7 Pérdida de vegetación y biodiversidad.
I.3 MEDIO FÍSICO ARTIFICIAL
I.3.1 Las vialidades.
I.3.2 La aptitud del suelo.
I.3.2.1 Unidades de gestión ambiental que tienen como uso principal el
Suelo Urbano: (POETY, publicado en el DOEY el 26 de julio 2007).
I.3.2.2 Perfil del desarrollo urbano sustentable y ordenamiento territorial.
I.3.2.2.1 Urbanización.
I.3.2.2.2 Sistema estatal de asentamientos humanos.
I.3.2.3 Estrategia regional de desarrollo a partir de la regionalización
estatal existente.
I.3.3 Los regímenes de la tenencia de la tierra.
I.3.4 Patrimonio Histórico.
I.4 EQUIPAMIENTO
I.4.1 Las condiciones del equipamiento urbano, la vivienda, la infraestructura
básica y los servicios públicos fundamentales.
I.4.1.1 Equipamiento urbano.
I.4.1.1.1 Educación.
I.4.1.1.2 Salud.
I.4.1.1.3 Comercio y abasto.
I.4.1.1.4 Recreativo.
I.4.1.1.5 Cultura.
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I.4.1.1.6 Servicios varios.
I.4.1.1.7 Administración pública.
I.4.1.1.8 Alumbrado.
1.1 UBICACIÓN Y REFERENCIAS
El municipio de Tekax se localiza en la región sur del estado. Está situado entre los
paralelos 19º 32' y 20º 19'de latitud norte y los meridianos 89º 09' y 89º 39' de longitud
oeste; posee una altura de 37 metros sobre el nivel del mar. Se encuentra a una distancia
de 112 km de la capital del estado, la ciudad de Mérida. (Imagen 1)
Las comisarías de este municipio son: Becanchén, Kancab, Kinil, Pencuyut, Ticum, Xaya,
Chacmultún, Flor de Pozo, Manuel Cepeda Peraza, Jesús, Candelaria Nohalal, Nueva Santa
Cruz, Nuevo Mundo, Canek, San Alonso, San Antonio Knuc, San Diego Buenavista, San
Diego Tekax, San Diego I, San Diego II, San Esteban, San Felipe I, San Felipe II, San
Francisco, San Gaspar, San Isidro, Mac-Yan, San José, San Juan, San Norberto, Santa Cruz,
Santa Rosa, Tixcuytún, Tzakeljaltun, Xkiridz, Xpakan, Kiu Xtoquil, Kantemó, Alfonso Caso,
Huntochác y Benito Juárez.
Imagen 1: División Municipal de Yucatán, ubicación de Tekax.
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Fuente: INEGI. Marco Geoestadístico Municipal, 2010.
A continuación, se muestra en la siguiente el mapa de la delimitación georreferenciada del
territorio correspondiente al Municipio de Tekax y las tablas (Tabla 1.1), con las
coordenadas que delimitan el municipio de Tekax, tomando en cuenta todos sus
alrededores.
Imagen 2. Mapa de la delimitación territorial del municipio de Tekax, Yucatán
Fuente: Creación propia.
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En la tabla siguiente (Tabla 1), se puede apreciar todas las coordenadas georreferenciadas
que delimitan el municipio de Tekax, Yucatán.
Tabla 1. Coordenadas delimitantes del municipio de Tekax, Yucatán.
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Fuente: Creación propia
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A continuación, se muestra en la siguiente Imagen 3 el mapa de la delimitación de la
extensión urbana actual de la localidad de Tekax de Álvaro Obregón, y las coordenadas
georreferenciadas de su ubicación.
Imagen 3. Mapa con puntos de referencia de la delimitación urbana de la ciudad de Tekax de Álvaro
Obregón, Yucatán.
Fuente: Creación propia.
Se puede observar los límites de dicho territorio que forma parte del municipio de Tekax,
Yucatán; ubicado entre Oxkutzcab y Tzucacab.
En la Tabla 2 se muestran las coordenadas georreferenciadas de la delimitación urbana de
la localidad de Tekax de Álvaro de Obregón.
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Tabla 2. Tabla de coordenadas georreferenciadas de la delimitación urbana de la ciudad De Tekax de Álvaro
Obregón, Yucatán.
Fuente: Creación propia.
1.1.1 La ubicación del programa en el contexto de la planificación del desarrollo
económico y social del Municipio.
1.1.1.1 Superficie y extensión municipal
La superficie territorial del municipio de Tekax es de 3,819.61 Km².
Para delimitar el municipio de Tekax, se ha utilizado la información cartográfica del INEGI,
con actualización de año 2010, en el que se muestran los límites de Tekax de la siguiente
manera: Colinda al norte con Teabo y Cantamayec; al este con Tzucacab y Tixmehuac; al
sur con el estado de Campeche y Quintana Roo; y al oeste con Oxkutzcab y Akil.
Hasta el momento, en uso común, se ha utilizado la información cartográfica más
accesible, que para el caso, ha sido la del INEGI, cuando ésta, ha declarado en toda su
información lo siguiente: “Los límites estatales fueron compilados del marco
geoestadístico del INEGI, el cual consiste en la delimitación del territorio nacional en
unidades de área codificadas con el objeto de referenciar la información estadística de
censos y encuestas. Los límites no necesariamente coinciden con los políticos
administrativos”.
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Para este caso, la otra dependencia legalmente establecida que maneja, limita y registra
las superficies y predios, es el Registro Agrario Nacional, que para nuestro caso, sería la
única dependencia oficial competente en delimitaciones territoriales válidos en tierra; es
cierto que el RAN, no cuenta con facultades de limitaciones político – administrativas,
pero es la única cartografía legalmente constituida de ejidos que pertenecen a un
municipio, y para nuestro caso, los límites ejidales son similares en su mayoría, a los
límites que el INEGI reconoce.
Por lo tanto, una vez revisados los bancos de información y datos oficiales, así como las
competencias de las dependencias, se define para este Programa, que los límites
municipales se tomarán como válidos los que el Registro Agrario nacional tiene, ya que es
este quien define límites territoriales reales y actuales.
El límite de municipal, que corresponde a los levantamientos y polígonos certificados del
RAN, se conforma de la siguiente manera:
1.1.1.2 La conformación del territorio municipal
El territorio municipal, se basa en los polígonos ejidales que el RAN tiene registrados y
certificados en su base de datos, y que se ha dividido en 4 Distritos, para organizar y
distribuir la prestación, mantenimiento y cuidado de los servicios públicos que presta el
ayuntamiento.
Estos distritos administrativos, se decretaron por el Cabildo y fue publicado en la Gaceta
Municipal, el día 1 de diciembre de 2016, donde se define de modo específico las
delimitaciones de cada uno de estos, permitiendo una mejor intervención en las
obligaciones del ordenamiento y la planificación urbana.
La demarcación en distritos, favorece el ordenamiento a manera de que cada zona, por
sus regímenes en la tenencia, las actividades productivas existentes o los mismos predios
y su aparcelamiento, se pueda detallar las condicionantes y especificaciones que se deben
de cuidar en la utilización de áreas y predios, definidas por vocación y aptitudes de los
mismos.
La demarcación del municipio, se estructura de la manera siguiente:
• Distrito Norte
• Distrito centro
• Distrito sur
• Distrito oriente
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1.1.1.3 Los planteamientos regionales para el desarrollo económico y social del
municipio.
Este programa se incluye a todo el planteamiento de mejora y desarrollo del estado,
elaborado en diferentes instrumentos de planeación con los que cuenta el estado, su
importancia consiste en fomentar, impulsar e integrarse al impulso de desarrollo que el
gobierno del estado ha venido promoviendo, formando parte de los ejes de crecimiento
que esta administración planteó como medidas fundamentales de inversión, crecimiento y
mejora de las condiciones de vida. (PEDU, publicado en el DOEY el 26 de agosto 2016)
De acuerdo con el Decreto de la Reforma a los artículos 14, 15 y 17, del Reglamento del
Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Yucatán, publicado en el Diario
Oficial del Gobierno del estado de Yucatán, con fecha Jueves 2 de Octubre del 2008, se
establece en el artículo 17, que para efectos de la planeación del desarrollo y la operación
de la Administración Pública del estado, el territorio de Yucatán se divide en siete regiones,
en cada una de las cuales funcionará un subcomité regional, con sede en sus respectivas
cabeceras conforme a la distribución siguiente:
• Región I. Poniente. (Diez municipios) ... Cabecera: Maxcanú.
• Región II. Noroeste. (Diecinueve municipios) ... Cabecera: Mérida.
• Región III. Centro. (Quince municipios) ... Cabecera: Izamal.
• Región IV. Litoral Centro. (Dieciséis municipios) Bokobá, Cacalchén, Cansahcab, Dzemul,
Dzidzantún, Dzilam de Bravo, Dzilam González, Dzoncauich, Motul, Muxupip, Sinanché,
Suma, Telchac Pueblo, Telchac Puerto, Temax y Yobaín. Cabecera: Motul.
• Región V. Noreste. (Nueve municipios) ... Cabecera: Tizimín.
• Región VI. Oriente. (Veinte municipios) ... Cabecera: Valladolid.
• Región VII. Sur. (Diecisiete municipios) ... Cabecera: Ticul.
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Imagen 4: Orientación económica municipal del Estado de Yucatán.
Fuente: Página web del Gobierno del Estado de Yucatán, www.yucatan.gob.mx
El municipio de Tekax se localiza en la Región VII Sur de la división territorial del estado
para los fines administrativos (Imagen 5), considerando que de acuerdo con el Plan Estatal
de Desarrollo del Estado de Yucatán 2012 – 2018, la regionalización es un instrumento de
planeación que permite ajustar cada uno de los objetivos a las necesidades dentro del
territorio, con la finalidad de alcanzar mejores niveles de bienestar para la población, una
producción más eficiente y una distribución más equilibrada. (PEDU, publicado en el DOEY
el 26 de agosto 2016). El Municipio de Tekax pertenece a la región VII Sur. (Publicado en el
sitio web del Gobierno Estatal de Yucatán 2012-2018).
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Imagen 5: Ámbito regional del Estado de Yucatán.
Fuente: Carta Síntesis Tekax, SEDUMA 2012-2018.
Este Programa tiene vinculación directa con varios instrumentos de planificación que
abarcan temáticas, procesos y actividades específicas de cobertura estatal. El primero de
éstos es el Plan Estatal de Desarrollo 2012-2018, el cual se perfila en los ejes de desarrollo:
Yucatán competitivo, Yucatán incluyente, Yucatán con educación de calidad, Yucatán con
crecimiento ordenado y Yucatán seguro. (PEDU, publicado en el DOEY el 26 de agosto
2016)
Entre sus diferentes directrices se sostiene en el compromiso de un desarrollo ordenado
desde el enfoque integral para aprovechar la posición geográfica de Yucatán en el área del
Caribe y los países centroamericanos, así como su relación con las entidades federativas
vecinas. En síntesis, se busca incrementar la conectividad entre regiones, mejorar el
ordenamiento territorial de manera sustentable y mejorar el sistema de transporte
público urbano, incrementar el acceso a vivienda, disminuir la degradación ambiental.
(PEDU, publicado en el DOEY el 26 de agosto 2016)
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El Plan también presenta una propuesta de regionalización enfocada a alcanzar mejores
niveles de bienestar, una producción más eficiente y una distribución más equilibrada,
propone aplicar estrategias de integración interregional en el sistema de ciudades,
microrregiones, corredores y circuitos de la entidad. El objetivo es disminuir la
desigualdad del desarrollo de los municipios a nivel intrarregional e interregional. (PEDU,
publicado en el DOEY el 26 de agosto 2016)
Otro instrumento es el Programa Estatal de Ordenamiento Ecológico del Territorio de
Yucatán (POETY), el cual tiene como objeto “regular los usos del suelo, el
aprovechamiento de los recursos naturales, las actividades productivas y el desarrollo
urbano, con el fin de hacer compatible la conservación de la biodiversidad, la protección al
ambiente y el aprovechamiento sustentable de los recursos y elementos naturales con el
desarrollo urbano y rural del estado de Yucatán”. (PEDU, publicado en el DOEY el 26 de
agosto 2016)
Este instrumento asigna una porción importante del territorio al uso con suelo urbano,
que abarca la región II, el poniente de la región III y el norte de la región VII, básicamente
en la zona de influencia de la ZMM. (PEDU, publicado en el DOEY el 26 de agosto 2016)
El Modelo de Desarrollo Territorial es una proyección espacial de una estrategia de
desarrollo económico y social que contribuye al diseño del sistema territorial futuro y a la
forma en que se puede llegar a conseguirlo, representando la forma de concretar
espacialmente los objetivos ambientales propuestos en términos de sustentabilidad.
El modelo incluye la propuesta de usos para el territorio, acorde con sus
potencialidades y limitantes y el establecimiento de un sistema de políticas y
criterios ambientales de aprovechamiento, protección, conservación y restauración
que garanticen la explotación racional y la conservación a mediano y largo plazo de
los recursos naturales y humanos del Estado.
El modelo considera la protección de la naturaleza al asignarle a cada área un valor
funcional determinado y un régimen de explotación y transformación que lleva
implícito medidas de conservación. Su construcción refleja la necesidad de
disminuir las desigualdades socio-espaciales y el incremento sostenido de la calidad
de vida de la población residente en el Estado. Se propone a través de la
implementación del presente programa de Ordenamiento una serie de acciones
que contribuyan a:
• Disminuir las desigualdades económicas y sociales entre los municipios y
regiones, propiciando el desarrollo de actividades acordes con las condiciones y
potenciales naturales y socioeconómicos, en cada parte del territorio.
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• Potenciar el desarrollo de la ganadería y de la agricultura con técnicas
apropiadas, de bajos insumos y orientadas a la sustentabilidad, en las zonas
declaradas con aptitud para ello en el diagnóstico del sistema natural.
• Desarrollar una explotación sustentable y socialmente participativa y equitativa
de la actividad pesquera.
• Revalorizar y mejorar el sistema estatal de áreas protegidas para la protección y
conservación de la naturaleza y del patrimonio arqueológico e histórico– cultural
del territorio.
• Potenciar el desarrollo del turismo no sólo asociado con actividades de sol y
playa, sino también con el turismo de naturaleza, deportivo, cultural y de aventura.
• Promover las actividades extractivas debidamente programadas y controladas, la
rehabilitación y el uso adecuado del recurso forestal y la conservación de los suelos,
flora y fauna.
• Lograr una adecuada combinación del desarrollo industrial con la planeación y
control del crecimiento de las ciudades con vistas a disminuir los problemas de
déficit de servicios, marginación, etc.
• Desarrollar el potencial científico local y su aplicación en el aumento del
conocimiento y en la solución de los problemas que plantea el desarrollo económico
y social del Estado.
• Consolidar a los municipios y regiones como componentes dinámicos del Estado y
a éste como componente dinámico de la Federación, lo que ha de basarse en la
adopción de medidas encaminadas a un mayor y mejor aprovechamiento de sus
potencialidades, en dos vertientes: conseguir cohesión interior y fomentar su
integración a escala regional, estatal y nacional.
• La cohesión interior ha de lograrse a partir del aprovechamiento de las peculiares
condiciones de los municipios y regiones, consolidando un verdadero sistema
urbano regional, así como un potente y estructurado tejido económico.
• La integración con los restantes estados de la federación ha de alcanzarse a partir
de la inserción de los distintos sectores de la economía yucateca en el tejido
económico de los estados vecinos y del resto del país, aprovechando sus
potencialidades y los nichos de mercado existentes.
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Con base en lo anterior, se establece un Modelo del Programa de Ordenamiento Ecológico
del Territorio del Estado de Yucatán que incluye la zonificación funcional o propuesta de
usos para el territorio, acorde con sus potencialidades y limitantes, el esclarecimiento de
la intensidad de dicha utilización y el sistema de políticas y criterios ambientales de
aprovechamiento, protección, conservación y restauración que garanticen la explotación
racional y la conservación a mediano y largo plazo de los recursos naturales y humanos en
cada región del territorio. (POETY, publicado en el DOEY el 26 de julio 2007)
1.1.2 Antecedentes
1.1.2.1 Históricos
El nombre de Tekax se traduce como "Aquí lo ataron o amarraron", este sitio se encuentra
en la región sur del estado. No se sabe con exactitud de la fecha de fundación de Tekax,
sin embargo, se conoce que en la época prehispánica la región pertenecía a la jurisdicción
de los Tutul Xiu, hasta que fue colonizado por el español Alfonso López en el siglo XVI.
En 1558, Tekax recibió la visita del Comisario General de la Nueva España; de 1749 y hasta
1795 perteneció al Parido de la Sierra Alta. En 1809 se convirtió en cabecera de la Sub-
delegación de intendencia de Yucatán. En el año de 1823 Tekax recibió el título de Villa y
en 1841 obtuvo el título de ciudad. Sin embargo, en 1922 fue degradado a la categoría de
pueblo y se le derogan los decretos que le concedieron esos títulos anteriormente. En
1928 Tekax se denominó por decreto Ciudad Obregón, pero dos años después se le
cambió el nombre por el de Tekax de Álvaro Obregón
La región correspondiente al actual municipio de Tekax, se considera ocupada desde la
época precolombina cuando inició el desarrollo de la cultura maya en la zona Puuc; así lo
atestiguan los sitios arqueológicos de Chacmultún, Canahaltún, Chunmul, Xkichmook,
Chacchob y Chunconab, que son ejemplos del estilo Puuc, aunque algunos con influencia
de los Chenes de Campeche.
1.1.2.2 Legales
Está ubicado en la región denominada sur del Estado. Queda comprendido entre los
paralelos 19º 32' y 20º 19'de latitud norte y los meridianos 89º 09' y 89º 39' de longitud
oeste; posee una altura de 37 metros sobre el nivel del mar. Está situado a una distancia
de 112 km de la capital del estado, la ciudad de Mérida, a 10 km de Akil, a 18 km de
Oxkutzcab y a 34 km de Ticul.
Su superficie es de 3,819.61 Km².
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1.2 MEDIO FÍSICO NATURAL
1.2.1 Las condiciones socio económicas de la población.
De acuerdo al censo del 2010 realizado por el INEGI, el municipio de Tekax cuenta con: 40
547 habitantes de los cuales 19,975 son hombres y 20,572 son mujeres. De esta población
total, el 63.51% habitan en la cabecera municipal del mismo nombre y el 35.49% en las
localidades restantes del mismo; considerando la población total del municipio, ésta
representa el 17.82% del total y el 2.07% del total estatal. Respecto al tipo y número de
servicios públicos con que cuenta la cabecera municipal, se le considera como centro
proveedor de servicios urbanos, dentro del Sistema de Asentamientos Humanos del
Estado de Yucatán. (Datos recopilados de la Carta Síntesis de Tekax)
De su población total el 28.8 por ciento son jóvenes y el 9.2 por ciento son personas de 60
años y más, según datos del INEGI a 2010. De su población total 23, 156 personas hablan
el idioma Maya y 73 la lengua chol, siendo estas las principales lenguas indígenas que se
utilizan en el municipio.
En contraste con lo anterior la población no económicamente activa asciende a la
cantidad de 14, 812 personas, de las cuales 3,043 (22.97 %) son hombres y 11,049 (77.03
%) son mujeres.
Según datos del 2010 de la Secretaría de Desarrollo Social, el grado de marginación
municipal es Medio, y existe un total de 9,603 viviendas particulares habitadas.
Las principales actividades económicas son las siguientes:
1. Agricultura: los cultivos de mayor producción son el maíz y frijol. Tekax también se
caracteriza por tener una alta cantidad de hectáreas sembradas con pastos, para ser precisos 8,192 de las 25,935 hectáreas que la SAGARPA registra como superficie sembrada en el municipio para 2009 se encuentran mecanizadas.
2. Ganadería: las especies de mayor atención son los bovinos, porcinos y aves. Esto se lleva a cabo con créditos de las diferentes instituciones destinadas al fomento de la ganadería. Su producción de miel para 2009 según SAGARPA fue de 1,005 toneladas.
3. Industria: sobresale principalmente la industria de la manufactura de acuerdo al
Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas del INEGI.
4. Turismo: en la cabecera municipal se encuentran principalmente los hoteles y los servicios turísticos. Sin embargo la proyección turística es poca.
5. Comercio: en el sector comercial predominan los establecimientos de venta de
alimentos preparados y abarrotes al por menor.
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1.2.2 Las condiciones ambientales y de riesgo.
1.2.2.1 Clima
En el municipio de Tekax predomina el clima cálido húmedo con lluvias en verano. La
temperatura media anual es de 25.7 °C. La precipitación pluvial es de 75,4 mm. Los
vientos dominantes son del sureste hacia el noreste, pero en invierno durante los frentes
fríos el viento proviene del noroeste.
En la Imagen 6 se puede apreciar el mapa del clima del municipio de Tekax y la variedad
de distintos climas que se pueden encontrar en este municipio.
Imagen 6: Mapa de Clima en la región de Tekax de Álvaro
Fuente: Creación propia.
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Con respecto al clima en la región delimitada como Tekax de Álvaro de Obregón el clima
es mayoritariamente cálido húmedo, con un coeficiente P/T menor de 43.2. En un área
menor, se observa que es cálido húmero con un coeficiente P/T de humedad entre 43.2 y
55.3.
En la Imagen 7 se puede observar el mapa del municipio de Tekax, así como una
ampliación del mapa del área que delimita Tekax de Álvaro de Obregón:
Imagen 7: Mapa de Clima en la localidad de Tekax de Álvaro de Obregón.
Fuente: Creación propia.
1.2.2.2 Hidrografía
En el territorio municipal no existen corrientes superficiales de agua. Sin embargo, en el
subsuelo se forman depósitos naturales, con corrientes de agua. En algunos casos los
techos de estos se desploman y forman las Aguadas, grutas y cavernas.
1.2.2.3 Suelo
El estado de Yucatán se caracteriza por tener una gran diversidad de suelos en
extensiones pequeñas de terrenos. Caracterizar y clasificar los suelos, es necesario para
conocer sus particularidades y así poder utilizar esa información en el manejo de recursos.
La mayor parte de la superficie del territorio municipal es plana, clasificada con llanura de
barrera, con piso rocoso o cementado, alta y escarpada, salpicada únicamente por la
sierrita del sur que corre de noroeste a sur con una altitud de 80 metros a 130 metros de
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altura en sus partes más elevadas; en la parte oeste se encuentra el llamado Valle Central,
una enorme extensión de tierra arable con suelo predominantemente del tipo llamada
Akalché, y en el que se practica la agricultura mecanizada. El origen geológico del
municipio corresponde a la era terciaria. (Imagen 8)
Imagen 8: Paisajes naturales en el territorio del Municipio de Tekax.
Fuente: Creación propia.
1.2.2.4 Flora y Fauna
En toda la extensión del municipio, crece la selva mediana Subcaducifolia, según datos del
INEGI, 2007; con agricultura nómada; algunas especies comunes son: amapola, alché,
bohom, caoba y cedro.
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En la imagen siguiente (Imagen 9), se puede observar la vegetación y usos de suelo del
Estado de Yucatán, como las selvas bajas que abarcan la mayor parte de su territorio, las
cuales son mayormente Selva Bajas y Selvas Medianas; algunas son caducifolias y otras
subcaducifolias:
Imagen 9: Paisajes naturales y usos de suelo en el territorio del Estado de Yucatán.
Fuente: Página web del Gobierno del Estado de Yucatán, www.yucatan.gob.mx
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Con respecto al área que comprende el municipio de Tekax, en la imagen siguiente
(Imagen 10) se puede observar cómo se divide el paisaje natural y uso de suelo:
Imagen 10: Paisajes naturales y usos de suelo en el territorio del municipio de Tekax.
Fuente: Creación propia.
Se puede observar que el uso de suelo y vegetación correspondiente al municipio de
Tekax, ubicado en la Región VII, es de selva mediana subcaducifolia, con un tipo de uso de
suelo agropecuario y de selva baja espinosa subcaducifolia. Sin embargo, también
podemos encontrar distintos asentamientos humanos, que a pesar de no ser los que
abarcan mayor parte de la región, son clave importante en el desarrollo económico, social
y cultural del municipio de Tekax.
El desarrollo agropecuario es, de igual manera, importante para el municipio e impacta
positivamente en él.
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Con respecto a la fauna del municipio de Tekax, esta está constituida por conejo,
mapache, venado, armadillo, iguanas, lagartijas, boas, chachalaca, chel, tzutzuy.
Por otro lado, en la imagen siguiente (Imagen 11) se muestra la vegetación y usos de suelo
de la región que abarca exclusivamente la localidad de Tekax de Álvaro de Obregón
Imagen 11: Vegetación en Tekax de Álvaro de Obregón.
Fuente: Creación propia.
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1.2.2.5 Áreas Naturales Protegidas (ANP)
“Las Áreas Naturales Protegidas juegan un papel de gran relevancia, al considerarlas
dentro de un marco real de operatividad, pues ofrecen las particularidades que permiten
conservar los ecosistemas al tiempo en que asumen el factor social como aspecto clave
para el cuidado y uso sostenible de los recursos, en beneficio de la sociedad y el entorno
natural por igual. Actualmente, el 12% del territorio se encuentra bajo condiciones de
protección ecológica”. (Plan Estatal de Desarrollo, 2012-2018, Yucatán).
Imagen 12: Áreas Naturales Protegidas (APN).
Fuente: Creación propia.
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PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO
En la Imagen 12 podemos observar que en el área del municipio de Tekax, ubicado en la
Región VII, existen Reservas Estatales, las cuáles entran dentro de las Áreas Naturales
Protegidas del Estado de Yucatán; por lo tanto, se condiciona el cuidado y protección de
estas áreas con las políticas ambientales que les corresponden.
1.2.2.6 Vulnerabilidad y Riesgos.
1.2.2.6.1 Riesgos geológicos y meteorológicos
“El estado de Yucatán por su ubicación geográfica, distribución morfológica y geología
asociada a las unidades litoestratigráficas que afloran, presenta características propias
que lo hacen vulnerable a los peligros por fenómenos geológicos. Estos están presentes de
manera natural pero, en parte, son acelerados por factores hidrometeorológicos y
antropogénicos. Existe una gran variedad de factores o causales detonantes de peligro, en
términos generales se dividen en internos y externos, los primeros están directamente
relacionados con el origen y las propiedades físicas del material original, como son: fallas,
fracturas y erosión; mientras que los segundos son aquellos que perturban su estabilidad,
ya sean fenómenos naturales como lluvias intensas, sismos, actividad volcánica, o
actividades antropogénicas”. (Atlas de Riesgos y Fenómenos Naturales de Yucatán).
● Vulcanismo
Según datos recabados por el Atlas de los Peligros por Fenómenos Naturales del
Estado de Yucatán, en el territorio del Estado de Yucatán no existen indicios de
actividad volcánica ni productos volcánicos recientes que hayan afectado o puesto en
riesgo a la población o a su infraestructura. Los registros indican que las estructuras
volcánicas con actividad en los últimos 10,000 años, corresponden a los volcanes
situados en el estado de Chiapas y en la república de Guatemala en los límites con
México los cuales corresponden a los volcanes El Chichón y Tacaná localizados
aproximadamente a 438 Km y 507 Km respectivamente. (Imagen 13)
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Imagen 13: Actividad volcánica próxima al área de estudio.
Fuente: Atlas de los Peligros por Fenómenos Naturales del Estado de Yucatán.
Con estos registros y tomando en cuenta las distancias a las que se encuentran las
estructuras volcánicas más cercanas mostradas en la imagen anterior, podemos decir
que el Estado de Yucatán es un territorio libre de actividad volcánica, por lo que no es
una amenaza para el área del municipio de Tekax.
● Sismicidad
“El análisis de sismicidad se basa en la Regionalización Sísmica del Manual de Diseño de
Obras Civiles de la Comisión Federal de Electricidad (CFE, 1993), así como en la
recopilación e interpretación de registros históricos de sismos obtenidos de la base de
datos del Servicio Sismológico Nacional (SSN) y United States Geological Survey (USGS)
periodos 1900-2013 y 1973-2013, respectivamente. Aunado a esto, se plasma la
información del Programa de Peligro Sísmico en México (PSM), como son los periodos
de retorno para aceleraciones del terreno mayores a 0.15 g para el estado de Yucatán y
15 de sus 106 Municipios”. (ATLAS DE LOS PELIGROS POR FENÓMENOS NATURALES DEL
ESTADO DE YUCATÁN)
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Con base a este análisis e interpretación de lo mencionado anteriormente, el estado de
Yucatán se ubicaría dentro de la zona A de la Regionalización Sísmica de CFE; se indica
en esta zona que no se han reportado sismos de gran intensidad. Sin embargo, se han
presentado algunos epicentros en zonas geográficas próximas al Estado de Yucatán,
que han registrado magnitudes bajas de 3.9 a 5.0 grados en escala de Ritcher.
● Procesos de Remoción en Masa
Según los datos del Atlas de los Peligros por los Fenómenos Naturales del Estado de
Yucatán, la estimación de la amenaza por Procesos de Remoción en Masa (PRM),
todavía es una tarea ardua y que enfrenta una serie de problemas, como el alto grado
de complejidad e incertidumbre que implica dicha estimación. “Las dificultades que se
tienen en la modelación de los fenómenos de los PRM, para este caso, es de disponer de
información actualizada relacionada con estos procesos, la estimación de la magnitud
de las masas deslizadas, la determinación de las probabilidades espaciales y temporales
de ocurrencia y la modelación de las trayectorias de los movimientos; por lo tanto sólo
se llegó a nivel de susceptibilidad, que corresponde al favorecimiento del ambiente
físico de los elementos inherentes como la geología, geomorfología, el uso del suelo,
pendiente, y otros factores para potenciar deslizamientos”.
El nivel de susceptibilidad, se realizó en el Atlas de los Peligros por los Fenómenos
Naturales del Estado de Yucatán mediante el análisis multicriterio utilizando el Proceso
Analítico Jerárquico (PAJ). Este proceso incluye cinco variables donde se ponderó su
peso, tomando en consideración su relativo impacto en términos de susceptibilidad a
los PRM, con estos datos se obtuvo la Matriz de Comparaciones Pareadas de Variables.
El resultado fue la obtención de un mapa de susceptibilidad a los procesos de remoción
en masa (Imagen 11), resaltando que el 13.2% de la superficie del Estado que se
encuentra en probabilidad de tener PRM. Las zonas en color verde se clasificaron como
“muy bajo”, en amarillo “bajo”, y en blanco “nulo”, que representan el 54.7, 32.9 y
12.4% respectivamente, de la zona de estudio.
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Imagen 14: Susceptibilidad a PRM en el área de estudio.
Fuente: Atlas de los Peligros por Fenómenos Naturales del Estado de Yucatán.
Se puede observar que la mayor parte del territorio estatal son zonas planas, pero al
Sur se encuentra la Sierrita de Ticul, donde existen procesos de remoción en masa que
afectan algunas vías de comunicación. Los principales procesos identificados son caídos
de bloques y flujos, considerándolos como problemas aislados por deslizamientos.
Con base en el análisis de datos obtenidos en campo y al cruce de información básica y
temática con ayuda de un Sistema de Información Geográfica (SIG), se determinó que
de los 39,524 Km2 de la superficie total del Estadoel 13.2% del territorio, se encuentra
en posibilidades de tener PRM, en susceptibilidad baja el 5%, muy baja el 8.2%, y nula
el 86.80%. Esto debido a que los taludes y laderas que afectan los caminos son de hasta
8 m de altura, lo que provoca que los PRM sean de categorías bajas.
El municipio de Tekax cae dentro de la zonificación de amenaza, junto con las
localidades urbanas de Halachó, Cepeda Peraza, Maxcanú, Opichen, Muna, Santa Elena,
Ticul, Oxkutzcab, Akil, Tzucacab y algunas poblaciones rurales que abundan en el Sur.
En la siguiente imagen podemos observar el área que abarca exclusivamente Tekax y la
susceptibilidad a la que está expuesta esta zona (Imagen 15):
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Imagen 15: Susceptibilidad a PRM en el municipio de Tekax
Fuente: Creación propia.
La susceptibilidad a los procesos de remoción de masa de Tekax es mayormente muy baja;
sin embargo, también puede ser baja en gran parte de su territorio, por lo que se
consideraría que no es un fenómeno que impacte profundamente en el desarrollo del
municipio.
● Hundimientos
El territorio del estado de Yucatán, geológicamente está constituido por rocas calcáreas
principalmente. Aunado a condiciones hidrogeológicas e hidroquímicas, prevalece el
desarrollo de procesos kársticos. Dicho término es referido a la disolución indirecta del
carbonato de calcio contenido en las rocas solubles debido a la acción del agua cuando
se infiltra y escurre por el interior del macizo rocoso, a través de las discontinuidades
geológicas, disolviendo la roca y creando una red de galerías y sistemas hidrológicos
subterráneo. Se manifiesta en superficie a través de estructuras denominadas dolinas y
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cenotes (dolinas con agua), asociadas con hundimiento gradual y colapso repentino del
terreno; de las cuales se obtuvo el registro de aproximadamente 10,000 estructuras,
con base en el análisis e interpretación de cartas topográficas escala 1:50,000 de INEGI,
imágenes de satélite y registros de cenotes (CINVESTAV-SEDUMA). (Atlas de Riesgos y
Fenómenos Naturales de Yucatán)
Se llevó a cabo una metodología para el análisis de suscepibilidad por hundimientos en
el Estado de Yucatán mediante un análisis bibliocartográfico y estudios a nivel mundial;
de donde salió el siguiente resultado en mapa (Imagen 16).
Imagen 16: Mapa de susceptibilidad a hundimientos en el Estado de Yucatán.
Fuente: Atlas de los Peligros por Fenómenos Naturales del Estado de Yucatán.
A partir de esta información recabada entre el mapa de susceptibilidad y la
infraestructura urbana (áreas urbanas, vialidades federales y estatales) se generó el
mapa de amenaza por hundimientos en áreas urbanas.
En este mapa observamos que el área de Tekax se encuentra dentro del grado muy
alto; así como otras poblaciones como Cenotillo, Dzitas, Temozón, Calotmul,
Oxkutzcab, Akil, Kompomá y Maxcanú.
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En la siguiente imagen (Imagen 17), podemos observar el área específicamente que
abarca el municipio de Tekax y la susceptibilidad a hundimientos a la que está
expuesto:
Imagen 17: Mapa de susceptibilidad a hundimientos en el municipio de Tekax.
Fuente: Creación propia.
● Hidrometereológicos
Los fenómenos hidrometereológicos son cambios en la naturaleza, procesos
permanentes de movimiento y transformaciones que tienen una relación directa o
indirecta con el agua. Los más comunes son la lluvia y el viento; otros que se engloban
dentro de este concepto son: ciclones tropicales, tormentas, heladas, nevadas,
granizadas, inundaciones, tornados, sequía, temperaturas extremas, erosión y entre
otras consecuencias como la marea de tormenta. La importancia de abordar este tipo
de fenómenos es debido a la ubicación geográfica del Estado y su orografía con
respecto a la constante incidencia de estos y los efectos adversos que pueden causar
hacia la población, la infraestructura, bienes y el medio.
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Los fenómenos naturales relacionados a peligros hidrometereológicos a abordarse
dentro de este nivel de información son: inundación (por encharcamiento, y por
acumulación en zonas bajas y zonas costeras), ciclones tropicales (en sus diversas
categorías) y otros fenómenos que van relacionados con los anteriores o son
consecuencia del impacto de éstos, además de las sequías e incendios forestales. (Atlas
de Riesgos y Fenómenos Naturales de Yucatán)
● Inundación
En el estado de Yucatán se presentan inundaciones a pesar de tener características
físicas particulares como: suelo cárstico (muy permeable) y topografía plana, que en
consecuencia le es atribuible la ausencia de ríos, no por ende como sabemos la entidad
ha sido afectada por inundaciones provocadas por ciclones tropicales tales como Hilda,
Janet, Beulah, Gilberto e Isidoro entre otros. En el estudio de “Diagnóstico de Riesgo
por Inundación para la Ciudad de Campeche” (2005), se expone un caso que se
asemeja a algunas condiciones físicas de la zona Sur del Estado, en el cual se realiza un
análisis de infiltración-escurrimiento, dicho trabajo resulta de gran utilidad para valorar
las características físicas del suelo Yucateco. Sin embargo, el estado de Yucatán consta
de sus propias características físicas por lo que en este trabajo se adaptó una
metodología específica que se adecua a la información disponible y en relación a las
particularidades de la Entidad. (Fuente: Atlas de Riesgos y Fenómenos Naturales de
Yucatán)
Para la descripción de los puntos se clasificó al territorio en tres zonas según la
distribución de los diferentes tipos de inundaciones que se presentan en la Entidad,
dichas clasificaciones corresponden a la “Zona Costera” que comprende áreas
afectadas por inundaciones costeras; “Zona Plana” en la que se presentan
principalmente encharcamientos asociados a zonas urbanas; y “Sierra de Ticul” la cual
se presentan inundaciones por acumulación en zonas bajas, sin embargo cabe aclarar
que dichas zonas no son exclusivas de un solo tipo de inundación. (Atlas de Riesgos y
Fenómenos Naturales de Yucatán).
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Imagen 18: Mapa de susceptibilidad del estado de Yucatán por inundaciones pluviales.
Fuente: Atlas de los Peligros por Fenómenos Naturales del Estado de Yucatán.
En resumen, la zona de la Sierra de Ticul, muestra una variedad en la configuración del
relieve, de sierra, lomeríos, cuencas endorreicas y planicies de diversa génesis y formas.
(Imagen 18). Entre las principales causas de inundación en la zona está la saturación de
las capas de baja permeabilidad, la presencia de crecientes por lagunas y aguadas y la
interrupción del paso del agua por la presencia de infraestructura. Es importante
mencionar que no todas las cuencas que existen en la zona son inundables, sin
embargo existe un número considerable de cuencas de este tipo, donde existen varios
asentamientos humanos que son afectados durante temporadas de lluvias normales
y/o extraordinarias. (Atlas de Riesgos y Fenómenos Naturales de Yucatán).
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Imagen 19: Mapa de susceptibilidad del municipio de Tekax por inundaciones pluviales.
Fuente: Creación propia.
En la Imagen 19 se puede apreciar la susceptibilidad por inundaciones pluviales a la que
está expuesto el municipio de Tekax. Mayormente tiene una susceptibilidad alta y muy
alta, por lo que es un punto importante a considerar para el desarrollo de proyectos
futuros en el territorio.
● Ciclones Tropicales
Los ciclones Tropicales son eventos hidrometereológicos que generan pérdidas
humanas y económicas en el Estado, y a su vez desencadenan problemas severos en
materia de peligros naturales. Para este trabajo en particular, se realizó un análisis
estadístico basado en la información histórica, a partir del cual se obtuvieron mapas
que ejemplifican la frecuencia e incidencia exclusiva de los ciclones para el estado de
Yucatán. (Fuente: Atlas de Riesgos y Fenómenos Naturales de Yucatán)
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El Estado de Yucatán es propenso a sufrir embates constantes de ciclones tropicales,
debido a la ubicación geográfica en la que se encuentra y por contar con ciertas
condiciones de formación en el Océano Atlántico, mismas que dependen de al menos
tres características: Un disturbio atmosférico preexistente (Onda Tropical) con
tormentas embebidas en el mismo; temperaturas oceánicas cálidas de al menos 26 °C,
desde la superficie del mar hasta 15 metros por debajo de ésta; y vientos débiles en los
niveles altos de la atmósfera que no cambian mucho en dirección y velocidad. (Atlas de
Riesgos y Fenómenos Naturales de Yucatán).
● Incendios forestales
Los incendios forestales van a la alza en todo el planeta. Los efectos del cambio
climático global, están implicando en diversas regiones sequías más severas y
duraderas, condiciones que incrementan la probabilidad de incendio. En las últimas dos
décadas se ha registrado un importante cambio en las condiciones ambientales,
económicas y sociales que afectan los incendios forestales en México. Los incendios
forestales en el estado de Yucatán representan uno de los peligros de mayor impacto,
anualmente se destruyen desde pequeñas comunidades vegetales hasta amplios
ecosistemas. De los años de 1991 a 2013, se registraron 902 incendios que afectaron
78,229 ha; Así mismo los incendios registrados en el periodo de diciembre de 2012 a
abril de 2013, afectaron a 5,279.43 ha, donde los municipios más impactados en el
presente año son: Chemax con 225.68 ha afectadas, Motul con 444.78 ha, Tekax con
479.27 ha y Tizimín con 710.50 ha. (Atlas de Riesgos y Fenómenos Naturales de
Yucatán).
Tekax se encuentra entre los municipios considerados dentro del nivel de amenaza
muy alta y cuenta con 11,723 ha; Teabo, Maní, Sinanché, Sucilá, Tekal de Venegas,
Chacsinkín, Espita, Cansahcab, Tzucacab, Teki y Tizimín también se encuentran en esta
consideración.
Esta amenaza está ligada a las Áreas Naturales Protegidas y éstas tienen un papel
fundamental como estrategia de política ambiental, ya que tienen como objetivo
principal el mantener la estructura y los procesos ecológicos que permiten se
mantenga una calidad ambiental adecuada y mejorar el nivel de vida de los pobladores
de la misma. Es por esto que se identifican las zonas de amenaza dentro de las ANP, de
acuerdo al mapa obtenido; de esta manera se identifican las zonas que pueden verse
amenazadas por este fenómeno. (Imagen 20).
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Imagen 20: Mapa de amenaza por incendios forestales del Estado de Yucatán.
Fuente: Atlas de los Peligros por Fenómenos Naturales del Estado de Yucatán.
El número de viviendas ubicadas dentro de las áreas que pueden afectarse son 1,338 de ellas 1,163 están habitadas y el promedio de habitantes por vivienda es de 4. La tipología de vivienda es de tipo I, II y III, los costos por cada tipo de vivienda oscila entre los 12,500 y 150,500 pesos respectivamente y el número de habitantes registrados es de 2,379 para las 1,163 viviendas.
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Imagen 21: Mapa de amenaza por incendios forestales del municipio de Tekax.
Fuente: Creación propia.
1.2.2.6.2 Contaminación del suelo por basura
La contaminación es un tema del que se habla todos los días; es fácil hoy en día
mantenerse informados sobre los acontecimientos que ocurren en el mundo, y sobre todo
en tu ciudad o localidad. Uno de estos temas tan sonados y de suma importancia es el de
la contaminación.
La contaminación afecta de maneras severas el entorno natural y a la calidad de vida de
las personas. Irónicamente, un tipo de contaminación muy constante es la contaminación
del suelo por basura, la cual es ocasionada por las mimas personas que habitan el
territorio. Esta contaminación es visible en carreteras, montes y caminos, en los cuales las
personas tiran su basura; esto ocasiona que se prolifere la fauna nociva como mosquitos,
cucarachas y moscas. Esta fauna afecta la saluda al ser transmisores de enfermedades las
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cuales pueden volverse epidemias, como el zika (ZIKV), el dengue, fiebre, chikungunya
(CHIK), etc.
Las enfermedades afectan entonces el nivel de calidad de vida de las personas, así como
su economía. Esto sitúa a las familias en un cuadro de pobreza.
La fauna nociva afecta también la flora natural del medio en el que se producen estos
acontecimientos; la basura en sí es un problema grave que cada vez provoca trastornos
climatológicos cada vez más severos y extremos.
1.2.2.6.3 Contaminación del suelo por extracción de materiales
La explotación indiscriminada del suelo, sin líneas guía que permitan la delimitación de
áreas y consiente extracción de materiales del suelo, provoca que se extraigan cada vez
mayor cantidad de materiales que no se renuevan con tanta facilidad, lo que provoca a su
vez que exista erosión eólica e hídrica del suelo. Esta erosión trae en consecuencia un
suelo estéril y pobre, tanto en el ámbito forestal como agropecuario, por lo que muchas
especies de animales tienen que emigrar a otros medios o simplemente mueren al
desaparecer su hábitat.
Esta contaminación al suelo trae efectos negativos catastróficos, los cuales podrían
preverse y de esta manera crear líneas de acción, como por ejemplo, planes de
reforestaciones que mitiguen el impacto negativo al medio ambiente por estas
actividades.
1.2.2.6.4 Contaminación del agua
Este tipo de contaminación se ocasiona por el manejo de los residuos de manera
inadecuada, los cuales entran en contacto directo con el suelo. Además, el contacto del
agua de lluvia con estos residuos, provoca la saturación del miedo y se efectúa la
disolución de sustancias y la suspensión de partículas contenidas en los residuos sólidos,
generando lixiviados. Como los lixiviados constituyen el producto de la solubilización y
descomposición biológica de los residuos sólidos, son de especial interés por las sustancias
químicas que los conforman y por el hecho de que éstos pueden migrar hacia aguas
subterráneas o superficiales, contaminando el acuífero y provocando deterioro ambiental
y de salud pública.
El riesgo a la contaminación del agua subterránea está condicionado por el tipo de suelo
que es altamente poroso, lo que facilita la afectación del acuífero ante las descargas de
aguas residuales. Como consecuencia de lo anterior, se degradan espacios de zonas
urbanas pues se depositan los residuos, en mayor parte, en sitios a cielo abierto lo que
perjudica la calidad del aire local, los recursos hídricos, suelos y la salud de la población. La
superficie urbana contaminada por disposición inadecuada de residuos sólidos urbanos
(RSU) es del 0.15%. Los escenarios de cambio climático indican que Yucatán es altamente
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vulnerable ante este fenómeno global, lo cual podría limitar la disponibilidad de agua
dulce por sequía, impactando la productividad de los cultivos, para el desarrollo
agropecuario y urbano; así como un incremento, tanto en la incidencia de inundaciones
por frentes fríos y nortes, como una mayor ocurrencia de huracanes de alta peligrosidad.
(Plan Estatal de Desarrollo, 2012-2018, Yucatán).
1.2.2.6.5 Contaminación del aire
La contaminación del aire es ocasionada principalmente por los vehículos que circulan en
la zona y el municipio de Tekax. A pesar de no ser tantos como en la capital del Estado de
Yucatán, Mérida, sí existen varios que circulan en las localidades de Tekax. Sin embargo, la
mayoría de los habitantes circulan en vehículos ligeros como bicicletas o triciclos; aunque,
esto no significa que los habitantes no utilicen automóviles o las mototaxis para
trasladarse de un lugar a otro.
Además, se da la contaminación del aire por la quema de basura que es un hábito de
algunos habitantes de las localidades, los cuales prefieren esta actividad por el hecho de
ser un remedio relativamente fácil para su basura. Esto demuestra falta de conciencia con
respeto al cuidado del medio ambiente.
1.2.2.6.6 Contaminación por ruido
La contaminación por ruido en el municipio podría tomarse como mínima, ya que no
existe gran cantidad de vehículos que emitan tanto ruido, y no hay industrias y comercios
tan grandes.
1.2.2.6.7 Pérdida de vegetación y biodiversidad
El uso de suelo y vegetación presenta un proceso altamente cambiante y constante a lo
largo de los años; este proceso pone en riesgo la biodiversidad existente en los
ecosistemas característicos del estado. Una amenaza actual es el alto peligro de
deforestación, derivado del incremento de la frontera agrícola y pecuaria, el crecimiento
urbano descontrolado que aceleran la pérdida de hábitat de especies prioritarias de la
región. (Plan Estatal de Desarrollo, 2012-2018, Yucatán).
Además, la caza inmoderada afecta considerablemente el equilibrio ecológico de las
especies y las pone a las mismas al borde de la extinción, interrumpiendo la cadena
alimentaria, provocando que el entorno natural a futuro este carente de fauna silvestre.
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1.3 MEDIO FÍSICO ARTIFICIAL
1.3.1 Las vialidades.
Dentro del territorio municipal, cruzan dos vialidades importantes dentro del sistema vial
estatal, que, por su función e importancia, son vías primarias, del cual, se identifican dos
tipos, las vialidades Regionales y las de Ciudad.
• Regionales: son las vías cuya función es conectar o comunicar ciudades y poblaciones de
una región, y que permite una comunicación directa y rápida; son vialidades de accesos
controlados y su velocidad de diseño es arriba de los 80 km/hr.
En el municipio se reconocen como tales: al norte la carretera federal 184 Mérida-
Peto/Teya – Peto/México, que atraviesa el distrito norte de oriente a poniente; y la que
comunica la Tekax con la ciudad de Mérida; en el sur la que comunica el municipio de
Tekax con el municipio de Peto.
• Ciudad: son las vías que funcionan como comunicación del centro urbano con otras
zonas lejanas; en esta clasificación, se reconoce las vías de conexión de las comisarías de
Becanché y Kantemó con Tekax de Álvaro de Obregón.
La red de carretera de Tekax de acuerdo al Anuario Estadístico del Estado de Yucatán,
editado por el INEGI al año 2010 es de 278 km, de los cuales 10 corresponden a caminos
federales pavimentados, 78 a carreteras alimentadoras pavimentadas, 58 a caminos
rurales pavimentados, 89 a caminos revestidos y 44 a caminos rurales de terracería.
(Imagen 22)
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Imagen 22: Mapa de vialidades del municipio de Tekax.
Fuente: Creación propia.
Con respecto al área que abarca el límite de Tekax de Álvaro de Obregón, las vialidades se
muestran en la imagen siguiente (Imagen 23).
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Imagen 23: Mapa de vialidades del área abarcada por Tekax de Álvaro de Obregón.
Fuente: Creación propia.
1.3.2 La aptitud del suelo
En los diferentes instrumentos de ordenamiento que se han elaborado y publicado en
nuestro Estado, se ha determinado y establecido políticas de ordenamiento territorial con
base en las aptitudes y actividades de las diferentes regiones, todas ellas, determinadas en
los diagnósticos que han servido como base de las estrategias planteadas, que nos indican
lineamientos de consideración para los posibles usos y aprovechamiento del suelo.
Las aptitudes se incluyen en el Plan Estatal de Desarrollo 2012 – 2018, el POETY, 2007 y
por último en el Programa Estatal de Desarrollo Urbano, publicado en 2016.
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El tipo de suelo de la región de Tekax es diverso, por lo que se puede observar en la
imagen 24, este se puede encontrar como: suelo cambisol, leptosol, lluvisol, nitisol,
phaeozem y vertisol.
Imagen 24: Mapa tipos de suelo en el municipio de Tekax.
Fuente: Creación propia.
1.3.2.1 Unidades de gestión
ambiental que tienen como uso
principal el Suelo Urbano: (POETY,
publicado en el DOEY el 26 de julio
2007).
Dos unidades de gestión ambiental, el
área metropolitana de Mérida y una
planicie adyacente (1.2A y 1.2N), con
una superficie de 6,614.64 km2, que
representa el 16.84% del área del
Estado, tienen condiciones favorables
para el desarrollo de actividades
industriales que pueden ser
combinadas adecuadamente con el
desarrollo de asentamientos
humanos. Sería deseable impulsar a
mediano y largo plazo que las
actividades que se promuevan estén
asociadas a las cabeceras municipales y a los asentamientos de más de 2,500 habitantes.
Aunque las unidades se presentan formando un conjunto, entre ambas existen evidentes
diferencias dadas las funciones que les son propias a cada una de las mismas. En dichas
unidades residen 1’038,658 habitantes, lo que representa el 62.65% del total estatal, en
675 localidades (20.08% del total del Estado) y la densidad de población se eleva a más de
157 hab/km2, siendo evidentemente la más alta registrada en el Estado. La densidad de
vías pavimentadas supera en más de tres veces a la media para la Entidad.
Dichas UGA’s reúnen a una parte importante de la población y a las principales actividades
industriales del Estado, por lo que debe de existir un equilibrio entre los requerimientos de
la población y la industria, ya que ambas actividades implican importantes
transformaciones y afectaciones al medio.
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En general las potencialidades del territorio para el desarrollo de nuevos asentamientos
humanos son medias y a pesar de la gran dispersión que tiene la población, se estima que
varios asentamientos mayores de 2,500 habitantes seguirán creciendo en los próximos
años, por lo que se propone entonces la combinación de este uso de suelo con el desarrollo
de las zonas industriales, el turismo y otras actividades agrícolas y ganaderas, sustentando
todo este proceso en una planificación científicamente argumentada.
1.3.2.2 Perfil del desarrollo urbano sustentable y ordenamiento territorial.
1.3.2.2.1 Urbanización.
El Estado de Yucatán se ha caracterizado por la elevada concentración demográfica en
prácticamente un sólo centro urbano, producto de los flujos migratorios que optaron por
buscar en estas concentraciones demográficas, alternativas de mejores empleos e
ingresos y por lo tanto más elevados niveles de calidad de vida que los que sostenían en el
área rural y que Mérida ofrece por su histórica centralidad que ejerce. En primera
instancia las actividades secundarias y ahora las terciarias han sido los principales
atractivos de dichos movimientos demográficos, que se han alojado en ciertos puntos del
territorio conocidos como centros de población. Las ventajas locales, así como la densidad
y especialidad de las actividades no primarias han provocado diferenciados fenómenos de
urbanización en el territorio. La población que se concentra en localidades de más de 15
mil 000 habitantes pasó de 185 mil 867 habitantes en 1930 a 1 millón 642 mil 756 al año
2010, incrementándose en siete veces más durante los últimos 80 años. En términos
relativos, la proporción de población estatal que se aloja en localidades mayores a 15 mil
000 habitantes (grado de urbanización), se ha incrementado de 49.7% que se registró en
1980, a 61% en el año 2010; marcando una clara y creciente tendencia de urbanización.
(PEDU, publicado en el DOEY el 26 de agosto 2016)
1.3.2.2.2 Sistema estatal de asentamientos humanos.
● Sistemas urbano-rurales de escala regional
En la reciente década, en la entidad se han consolidado nuevas formas de
organización territorial con importantes cambios cualitativos como la incidencia
de los procesos productivos en las áreas rurales que se localizan en torno a los
principales centros urbanos. Se han fortalecido algunos lugares centrales de
menor tamaño y se han conformado redes de ciudades o centros urbanos con
una mayor intensidad de interacciones entre ellas, conformando sistemas
urbano-rurales en diferente escala. (SEDESOL, 2012).
● Sistemas urbano-rural policéntrico de la ZMM.
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Está conformado por la aglomeración regional de localidades en torno a 60 km de la ciudad de Mérida, por lo que integra a los principales centros urbanos y localidades de las regiones I, II y IV. (PEDU, publicado en el DOEY el 26 de agosto 2016) En este caso, el municipio de Tekax no sería parte de este sistema; ya que no se encuentra dentro del radio de los 60km de la ciudad de Mérida.
1.3.2.3 Estrategia regional de desarrollo a partir de la regionalización estatal
existente.
El incremento de la calidad de vida de los yucatecos es uno de los asuntos prioritarios de
la agenda gubernamental, por ello, la presente estrategia plantea un conjunto de
directrices para incidir de manera directa en la generación de empleo y reducción de las
condiciones de marginación, rezago y pobreza prevalecientes en la entidad. (PEDU,
publicado en el DOEY el 26 de agosto 2016).
Se parte de la definición de funciones urbanas y rurales para un conjunto de
asentamientos que, por su ubicación, servicios, infraestructura, actividades económicas y
conectividad, adquieren un papel estratégico en el acceso a empleo, servicios y otros
satisfactores que coadyuvan a mejorar el nivel socioeconómico de la población. En este
contexto se busca aprovechar las ventajas geográficas y los recursos disponibles de
localidades urbanas y rurales para consolidar una red de asentamientos humanos
oferente de mejores servicios.
El soporte de esta estrategia es un sistema de asentamientos configurado a partir de
Centros Urbanos Integrales (CUI), Subsistemas Urbano Rurales (SSUR), Subsistemas
Urbanos Independientes y el Sistema de Localidades Rurales Sustentables (SLRS).
Las localidades urbanas y rurales que integran el SAHY configuran una jerarquía de
asentamientos que favorece la organización del territorio para otorgar mayor equidad,
calidad y eficiencia en la distribución de los recursos públicos.
● Subsistemas Urbano Rurales (SSUR). Es una agrupación espacial de
localidades urbanas (más de 2 mil 500 habitantes) y rurales. Su
determinación como subsistemas atiende a criterios demográficos y de
distribución espacial, a partir de los cuales se identifican sus tendencias de
integración funcional con los centros urbanos integrales. De acuerdo con las
proyecciones poblacionales, estos subsistemas albergarán en el año 2040 a
más de 2 millones de habitantes, es decir 86% del total estatal. (PEDU,
publicado en el DOEY el 26 de agosto 2016).
● Sector primario. En este sector, la región se especializa en la producción
agrícola. Se caracteriza por comercializar papaya maradol a nivel nacional e
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internacional. Por su parte, ocupa el segundo lugar estatal al concentrar 10 %
del valor de la producción bovina de la entidad. Destaca la producción de
leche de bovino, la producción pesquera, productos de ganado ovino (en pie y
en canal) y ganado bovino en pie.
Las características de desarrollo de las actividades primarias son limitadas y
están relacionadas en especial con el agotamiento de la tierra agrícola.
Además destaca el hecho de que los productores agrícolas tradicionales
tienen un potencial productivo de bajo nivel (tendencia de envejecimiento de
la fuerza productiva rural y monocultivo), lo que orienta el destino de sus
productos al autoconsumo familiar (GEY, 2009).
● Sectores secundario y terciario. En el sector secundario sólo presenta
especialización en la industria manufacturera (textiles); mientras que en el
terciario destacan las actividades relacionadas con los servicios financieros y
de seguros, seguidas de servicios inmobiliarios y comercio. (PEDU, publicado
en el DOEY el 26 de agosto 2016).
1.3.3 Los regímenes de la tenencia de la tierra.
Los regímenes de tenencia de la tierra son ejidal y privada, con uso agrícola 21.96% y
urbano 3.95 % y selva 74.09 %.
La propiedad privada, por origen tiene un pronóstico de uso y aprovechamiento, lo que
por su condición y complementó de la propiedad púbica y social, vocacional su uso y
aprovechamiento, y favorece el desarrollo y ampliación de redes y de los servicios e
infraestructura urbana pública.
1.3.4 Patrimonio Histórico
En el territorio municipal, se reconocen como monumentos históricos, de acuerdo a La ley
federal de Zonas y monumentos Arqueológicos, Históricos y Artísticos, los siguientes
edificios: Ex Convento y Parroquia de San Juan Bautista, del Siglo XVII; la Ermita de San
Diego, del Siglo XVII; la Capilla de San Francisco; y la Capilla del Padre Eterno.
Además, parte del patrimonio del municipio son los monumentos arqueológicos, entre los
que se destacan los siguientes: Chakmultún, Chuncanap, Itzitz, Nocacab, Santa María,
Tzulay, Xaya, Kinil, Tixhualahtun, Chacchob, San Diego, Ticum y Cotbé.
En la siguiente imagen (Imagen 25), se puede observar el patrimonio que se encuentra en
el área de Tekax de Álvaro de Obregón:
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Imagen 25: Mapa de patrimonio de Tekax de Álvaro de Obregón.
Fuente: Creación propia.
1.4 EQUIPAMIENTO
1.4.1. Las condiciones del equipamiento urbano, la vivienda, la infraestructura básica y
los servicios públicos fundamentales.
1.4.1.1 Equipamiento urbano
El equipamiento urbano se refiere al conjunto de instalaciones, inmuebles, espacios
construcciones y actividades que presta la población para los servicios urbanos. Se
conocen los equipamientos, todos aquellos servicios que el estado presta a sus habitantes,
en sus tres órdenes de gobierno de acuerdo a sus propias competencias. En este punto es
necesario establecer las coberturas y niveles de servicio.
El municipio cuenta con distintos equipamientos que brindan distintos servicios a la
población. Se hace un listado detallado de Tekax de Álvaro de Obregón, con su
correspondiente área de influencia de cada uno de los equipamientos existentes, en la
relación siguiente:
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1.4.1.1.1 Educación
Según los datos del Plan de Desarrollo 2012-2015 del municipio de
Tekax, los datos sobre educación son los siguientes:
Tabla 3: Tabla de alumnos (as) inscritos en escuelas públicas por nivel educativo, 2010.
Fuente: Plan de Desarrollo de Tekax, 2012-2015.
Tabla 4: Tabla de alumnos (as) inscritos en escuelas privadas por nivel educativo, 2010.
Fuente: Plan de Desarrollo de Tekax, 2012-2015.
Tabla 5: Tabla de alumnos (as) egresados de escuelas públicas por nivel educativo, 2010.
Fuente: Plan de Desarrollo de Tekax, 2012-2015.
Tabla 6: Tabla de alumnos (as) egresados de escuelas privadas por nivel educativo, 2010.
Fuente: Plan de Desarrollo de Tekax, 2012-2015.
Tabla 7: Tabla de población de 15 años y más, analfabeta según sexo, 2010.
Fuente: Plan de Desarrollo de Tekax, 2012-2015.
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En la Imagen 26 se observa el equipamiento de educación en Tekax
de Álvaro de Obregón:
Imagen 26: Plano de equipamiento de educación en Tekax de Álvaro de Obregón.
Fuente: Creación propia.
Con respecto a la educación en Tekax de Álvaro de Obregón, nos
encontramos con los siguientes equipamientos: Como educación
inicial, el “Centro de Desarrollo Infantil #5 Lev Vygotsky”.
En cuanto a la educación preescolar se encuentran: “Enrique Ávila
Vazquez”, “Miguel Hidalgo y Costilla”, “Zacil Be”, “Elena Valencia de
Gil”, “Mi Primer Aprendizaje”, “Jardin de Niños Kookay”, “Jose
Martí”, “Eva Samano Bishop”, y “Josefa Ortiz de Dominguez”.
También se encuentran establecimientos a nivel primaria, los cuales
son los siguientes: “Cirilo J. Montes de Oca Ramírez”, “Consuelo
Zavala Castillo”, “Ricardo Flores Magón”, “Miguel Hidalgo y
Costilla”, “Sabiduría y Verdad”, “Juan Sarabia”, “José Martí”,
“Fabian Sansores”, “Onofre Bacelis”, “Miguel Alonzo Romero”, y
“Carlos Castillo Montes de Oca”.
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En educación secundaria se encuentran las siguientes escuelas:
“Juan Pacheco Torres”, “José Montes de Oca”, y “Emiliano Zapata”.
Para la educación bachillerato se encuentran las escuelas: “Dgeti
José María Morelos y Pavón”, “Colegio de Bachilleres Plantel Tekax”,
y “Escuela Preparatoria Regional del Sur”.
A nivel superior podemos encontrar en Tekax de Álvaro de Obregón
dos establecimientos: La “Universidad Tecnológica del Sur”, y La
“Universidad Privada de la Península”.
En la imagen 17 del mapa de equipamiento de educación de Tekax
de Álvaro de Obregón podemos observar que, además de las
escuelas ya mencionadas, se encuentra una categoría nombrada
“otros”, la cual menciona los demás establecimientos educativos que
se prestan en esta localidad como: “Centro de Atención Múltiple No.
18”, “Escuela de Idiomas”, “Escuela de Computación e Inglés ITSP”,
“IAEAY (para adultos)”, “Escuela de Belleza”, “Centro de Maestros
Región Tekax” y “Consejo Nacional de Fomento Educativo Región
Tekax”.
1.4.1.1.2 Salud
Según el Plan de Desarrollo de Tekax, 2012-2015, con datos citados
del INEGI al año 2010, se cuenta con una unidad médica del ISSSTE,
la cual es de primer nivel. Además, se cuenta con un hospital
general, un hospital del IMSS; y una subdelegación de la Cruz Roja
Mexicana.
Además, se cuenta con una Unidad Médica Urbana, del programa
“Oportunidades”; una Unidad Básica de Rehabilitación; Centro de
Salud Sector 7; Centro de Salud Tekax; Guarderías Públicas; y un DIF
Municipal.
Como apoyo social a la comunidad, se cuenta con Comedores
Comunitarios, uno del programa “Un kilo de ayuda” y el “CIMAY”; y
un Centro de Atención a la Violencia de Género.
En la Imagen 27 se observa el equipamiento de salud en Tekax de
Álvaro de Obregón, la cual divide en dos secciones dicho
equipamiento: Salud y Asistencia Social y Servicios Particulares.
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Imagen 27: Plano de equipamiento de salud en Tekax de Álvaro de Obregón.
Fuente: Creación propia.
En cuanto a los servicios particulares del área de salud, se puede
observar que Tekax de Álvaro de Obregón cuenta con medicina
general, dental, quiropráctico, laboratorios y servicios de enfermería.
En la siguiente imagen Tabla 8, se puede observar la población total
de derechohabientes a servicios de salud en Tekax.
Tabla 8: Tabla de población total según derechohabiencia a servicios de salud por grupos de edad y sexo,
2010.
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Fuente: Plan de Desarrollo de Tekax, 2012-2015.
1.4.1.1.3 Comercio y abasto
Con respecto a los servicios de comercio y abasto que se encuentran
en Tekax de Álvaro de Obregón y para poder diferenciarlos mejor, se
dividen en comercio menor y comercio especializado.
En cuanto a comercio menor encontramos: diversas tiendas y
tendejones; establecimientos para venta de carne; panaderías;
tiendas de ropa de vestir; fruterías; papelerías y artículos escolares;
estéticas y servicios de belleza; ferreterías; entre otros.
En el ámbito del comercio especializado podemos encontrar:
distintos bancos y financieras, así como cajas de ahorro y cajas de
empeños; además de industria y comercio especializado como:
“PEPSICO Tekax”, “Refacciones, accesorios y autopartes”,
“Fertiquímicos de Tekax”, “Depósito Pico Rey”, agencias de cerveza,
alimentos y medicamentos veterinarios; además de tiendas de
materiales para la construcción; venta de miel; compra y venta de
chatarra; agencia BIMBO. Incluso existen establecimientos de
servicios profesionales como despachos contables y jurídicos,
estudios de fotografía y video; así como despachos de arquitectura y
veterinarias.
En la Imagen 28 se observa el equipamiento de comercio menor en
Tekax de Álvaro de Obregón:
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Imagen 28: Plano de equipamiento de comercio menor en Tekax de Álvaro de Obregón.
Fuente: Creación propia.
En la Imagen 29 se muestra el plano de equipamiento con respecto a
comercio especializado en Tekax de Álvaro de Obregón:
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Imagen 29: Plano de equipamiento de comercio especializado en Tekax de Álvaro de Obregón.
Fuente: Creación propia.
1.4.1.1.4 Recreativo
En el ámbito recreativo, podemos encontrar en Tekax de Álvaro de
Obregón: la plaza principal, diversos parques, espacios de juegos
infantiles, y área de ferias; estas con la intención de que los
habitantes puedan realizar actividades recreativas y evitar el ocio.
También encontramos espacios deportivos entre los que destacan
unidades deportivas y canchas deportivas, para futbol, basquetbol,
beisbol y mixtas.
En la Imagen 30 se muestra el plano de equipamiento con respecto a
deportes y recreación en Tekax de Álvaro de Obregón:
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Imagen 30: Plano de equipamiento de deportes y recreación en Tekax de Álvaro
de Obregón.
Fuente: Creación propia.
1.4.1.1.5 Cultura
Existen distintas áreas de esparcimiento cultural en Tekax de Álvaro
de Obregón, entre las que destacan las siguientes: biblioteca digital,
casa de las artesanías, local de fiestas “La Montaña”, balneario
“Yana Lum”, sala de fiestas y balneario “El Profe”, gimnasio “Fitness
y Sport”, gimnasio “Aries”, balneario “Saacil Ha”, balneario “Los
Pavoreales”, gimnasio “Stop Gym”, gimnasio “Gabriela”, “Curves
Gym”, balneario “Chaltu Ha”, “Museo de la Fotografía de Tekax”, y
la Cancha-Auditorio Municipal.
En la Imagen 31 se muestra el plano de equipamiento con respecto a
equipamiento de cultura en Tekax de Álvaro de Obregón:
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Imagen 31: Plano de equipamiento de cultura en Tekax de Álvaro de Obregón.
Fuente: Creación propia.
1.4.1.1.6 Servicios varios
Según datos de SEDESOL-Sistema Normativo de Equipamiento
Urbano, Tomo III-Comercio y abasto, Tomo IV- Comunicaciones y
Transporte, las coberturas de los servicios diversos en Tekax de
Álvaro de Obregón son los siguientes:
Podemos encontrar las subestaciones eléctricas, así como la CFE;
además, Cementerio, gasolineras, gaseras, antena de
telecomunicaciones, y Central de Bomberos.
También encontramos iglesias y recintos religiosos. Incluso en el
área se pueden observar la existencia de otros servicios tales como:
Centros comerciales, mercado, tienda DICONSA, centro comercial
ISSTE.
Con respecto a los servicios de transporte, encontramos: Central de
autobuses, sitio de taxis local, sitio de taxis foráneo, y sitio de
tricitaxis.
El “Centro de Adaptación Social”, vestigios arqueológicos, estaciones
de bombas de agua, agencias de correos (SEPOMEX) y telégrafos
(TELECOM), son otros servicios que se encuentran en el área de la
localidad y son parte del equipamiento de ésta.
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La Imagen 32 muestra el equipamiento diverso en la mancha urbana
de Tekax de Álvaro de Obregón:
Imagen 32: Plano de equipamiento varios en Tekax de Álvaro de Obregón.
Fuente: Creación propia.
Para mayor entendimiento de los servicios destinados a esta
localidad, se puede observar en la Tabla 9 el número de vivienda por
tipo de servicio con el que cuenta:
Tabla 9 Tabla de servicios por viviendas.
Fuente: Plan de Desarrollo de Tekax, 2012-2015.
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1.4.1.1.7 Administración pública
Según los datos del INEGI del 2010 y de SEDESOL, Tomo VI-
Administración Pública y Servicios Urbanos; en Texas de Álvaro de
Obregón existen diversos equipamientos con respecto a la
administración pública, los cuales son los siguientes: Caseta de
policía, “Instituto a la Defensa Pública del Estado de Yucatán”,
Supervisión Escolar 066, Dirección de Seguridad Pública Municipal,
Agencia del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado,
bodegas, Dirección de Catastro Municipal, Oficialía del Registro Civil,
Dirección de Desarrollo Rural, SAGARPA, Secretaría de Hacienda
Estatal USE, INDEMAYA, Instituto Federal Electoral, Palacio
Municipal, USAR 40, Coordinación Regional CONAFE, y la Cámara de
Comercio.
En la Imagen 33 se observa el equipamiento en cuanto a
administración pública de Tekax de Álvaro de Obregón:
Imagen 33: Plano de Equipamiento de Administración Pública en Tekax de Álvaro de Obregón.
Fuente: Creación propia.
1.4.1.1.8 Alumbrado
El equipamiento con respecto al alumbrado público de la región de
Tekax de Álvaro de Obregón se puede observar en la Imagen 34:
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Imagen 34: Plano de Equipamiento de Alumbrado Público en Tekax de Álvaro de Obregón
Fuente: Creación propia.
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II. NORMATIVO
II.1 LOS OBJETIVOS A QUE ESTÁN ORIENTADAS LAS ACCIONES DE PLANEACIÓN
DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS.
II.2 LOS CRITERIOS Y LAS NORMAS DE DESARROLLO URBANO.
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2.1. LOS OBJETIVOS A QUE ESTARÁN ORIENTADAS LAS ACCIONES DE PLANEACIÓN DE
LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS.
• El Programa Estatal de Desarrollo Urbano
Sistema urbano- rural policéntrico de la ZMM. Está conformado por la aglomeración
regional de localidades en torno a 60 km de la ciudad de Mérida, por lo que integra a los
principales centros urbanos y localidades de las regiones I, II y IV.
V. Propuesta de desarrollo urbano y regional
V.1 Estrategia regional de desarrollo a partir de la regionalización estatal existente
V.1.1 Sistema estatal de asentamientos humanos
V.1.2 Desarrollo regional y asentamientos humanos
Objetivo 1: Descentralizar la provisión de infraestructura, servicios y empleo.
Objetivo 1.1: Equilibrar el desarrollo de los asentamientos humanos de Yucatán,
estableciendo las funciones productivas y sociales de regiones, municipios, centros
urbanos y localidades.
Objetivo 1.2: Incrementar la infraestructura productiva regional para potenciar el
intercambio comercial y el turismo en la Zona del Caribe.
V.1.3 Redistribución de servicios y equipamiento
Objetivo 2: Resolver las necesidades de construcción, rehabilitación, mejoramiento y
mantenimiento de equipamiento social.
Objetivo 2.1: Reducir el rezago existente en la dotación de equipamiento social en centros
urbanos y localidades rurales.
V.2 Estrategias territoriales para ciudades metropolitanas, con base en vocaciones de
desarrollo y políticas generales de crecimiento urbano
V.2.1 Planeación y coordinación metropolitana.
Objetivo 3: Reordenar el crecimiento urbano de la Zona Metropolitana de Mérida y los
centros urbanos con tendencias de integración metropolitana.
Objetivo 3.3: Establecer un sistema de transporte metropolitano multimodal, eficiente y
sustentable que coadyuve a fortalecer la movilidad no motorizada y un servicio rápido y
funcional.
Objetivo 3.4: Promover una gestión adecuada en el aprovechamiento del suelo disponible
para el crecimiento urbano de la zona metropolitana en el cual opere del modelo de
ciudad compacta.
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V.3 Estrategia para las áreas de protección y preservación ecológica
V.3.5 Contención de los cambios de usos del suelo
Objetivo 5: Contener las presiones de urbanización en zonas de alto valor ambiental y de
riesgo.
Objetivo 5.1: Apoyar la aplicación de mecanismos técnicos, legales, fiscales y financieros
que desincentiven la localización de asentamientos humanos en áreas no urbanizables.
• Programa Estatal de Ordenamiento Ecológico del Territorio de Yucatán (POETY)
El Programa Estatal de Ordenamiento Ecológico del territorio de Yucatán (POETY), tiene
como objeto “regular los usos del suelo, el aprovechamiento de los recursos naturales, las
actividades productivas y el desarrollo urbano, con el fin de hacer compatible la
conservación de la biodiversidad, la protección al ambiente y el aprovechamiento
sustentable de los recursos y elementos naturales con el desarrollo urbano y rural del
estado de Yucatán”. Este Programa parte de la identificación de Unidades de gestión
ambiental (UGAS), definidas como unidad mínima territorial en la que se aplican
estrategias ambientales de política territorial, lineamientos de manejo de recursos
naturales orientados a un desarrollo que transite a la sustentabilidad.
Entre las disposiciones establecidas se destaca que las UGAS son sujetos de aplicación de
criterios generales de ordenamiento, entre los cuales destacan:
• Que el crecimiento de los asentamientos humanos deberá limitarse a las áreas y
criterios establecidos en los programas de desarrollo urbano y las disposiciones del
programa.
• Proteger la recarga de acuíferos en las áreas de captación de los asentamientos
humanos.
• En el desarrollo de los asentamientos humanos deberá evitarse la afectación (tala,
extracción, caza, captura, etc.) de selvas, manglares, ciénaga y dunas entre otros, excepto
en aquellos casos en que de manera específica se permita alguna actividad; así como la
afectación las poblaciones de flora y fauna endémicas, amenazadas o en peligro de
extinción. En su caso, se establecerán medidas de mitigación o compensación de acuerdo
a la normatividad ambiental vigente.
• En la definición de nuevas reservas territoriales para asentamientos humanos deberá
evaluarse las condiciones físicas, biológicas y socioeconómicas locales en congruencia con
la propuesta de ordenamiento ecológico.
2.2. CRITERIOS Y NORMAS DE DESARROLLO URBANO
2.2.1. Federales
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2.2.1.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 1. En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que
otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los
casos y con las condiciones que ella misma establece.
Artículo 4. Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley
establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.
Artículo 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que
éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen
democrático.
Artículo 26. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo
nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la
economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la
Nación.
… Mediante la participación de los diversos sectores sociales recogerá las aspiraciones y
demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. …
Artículo 27
… así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos
naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de
la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el
mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia,
se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer
adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de
ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y
crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico;
para el fraccionamiento de los latifundios.
La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio
nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de
transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
La ley protegerá la integridad de las tierras de los grupos indígenas.
La ley, considerando el respeto y fortalecimiento de la vida comunitaria de los ejidos y
comunidades, protegerá la tierra para el asentamiento humano y regulará el
aprovechamiento de tierras, bosques y aguas de uso común y la provisión de acciones de
fomento necesarias para elevar el nivel de vida de sus pobladores.
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Artículo 115. Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno
republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su
organización política y administrativa, el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes:
I.- Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa,
integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley
determine.
III.- Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:
a. Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales;
b. Alumbrado público.
c. Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;
d. Mercados y centrales de abasto.
e. Panteones.
f. Rastro.
g. Calles, parques y jardines y su equipamiento;
h. Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía
preventiva
municipal y tránsito; e
i. Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y
socioeconómicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera
V.- Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán
facultados
para:
a. Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;
b. Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;
c. Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar
en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los
Estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los
municipios;
e. Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana;
g. Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la
elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia;
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2.2.1.2. Ley de Planeación
Artículo 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por
objeto establecer:
I.- Las normas y principios básicos conforme a los cuales se llevará a cabo la Planeación
Nacional del Desarrollo y encauzar, en función de ésta, las actividades de la administración
Pública Federal;
V.- Las bases para que las acciones de los particulares contribuyan a alcanzar los objetivos
y prioridades del plan y los programas.
Artículo 2.- La planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño
de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y
deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y
económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para
ello, estará basada en los siguientes principios:
III.- La igualdad de derechos, la atención de las necesidades básicas de la población y la
mejoría, en todos los aspectos, de la calidad de la vida, para lograr una sociedad más
igualitaria, garantizando un ambiente adecuado para el desarrollo de la población;
Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entiende por planeación nacional de desarrollo
la ordenación racional y sistemática de acciones que, en base al ejercicio de las
atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad
económica, social, política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento
racional de los recursos naturales, mediante la planeación se fijarán objetivos, metas,
estrategias y prioridades; se asignarán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución,
se coordinarán acciones y se evaluarán resultados.
2.2.1.3. Ley General de Asentamientos Humanos
Artículo 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por
objeto:
I. Establecer la concurrencia de la Federación, de las entidades federativas y de los
municipios, para la ordenación y regulación de los asentamientos humanos en el territorio
nacional;
II. Fijar las normas básicas para planear y regular el ordenamiento territorial de los
asentamientos humanos y la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los
centros de población;
III. Definir los principios para determinar las provisiones, reservas, usos y destinos de áreas
y predios que regulen la propiedad en los centros de población, y
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IV. Determinar las bases para la participación social en materia de asentamientos
humanos.
Artículo 3.- El ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo
urbano de los centros de población, tenderá a mejorar el nivel y calidad de vida de la
población urbana y rural, mediante:
I. La vinculación del desarrollo regional y urbano con el bienestar social de la población;
II. El desarrollo socioeconómico sustentable del país, armonizando la interrelación de las
ciudades y el campo y distribuyendo equitativamente los beneficios y cargas del proceso
de urbanización;
III. La distribución equilibrada y sustentable de los centros de población y las actividades
económicas en el territorio nacional;
IV. La adecuada interrelación socioeconómica de los centros de población;
V. El desarrollo sustentable de las regiones del país;
VIII. La protección del patrón de asentamiento humano rural y de las comunidades
indígenas;
X. La creación y mejoramiento de condiciones favorables para la relación adecuada entre
zonas de trabajo, vivienda y recreación;
XI. La estructuración interna de los centros de población y la dotación suficiente y
oportuna de infraestructura, equipamiento y servicios urbanos;
XII. La prevención, control y atención de riesgos y contingencias ambientales y urbanos en
los centros de población;
XIII. La conservación y mejoramiento del ambiente en los asentamientos humanos;
XIV. La preservación del patrimonio cultural de los centros de población;
XV. El ordenado aprovechamiento de la propiedad inmobiliaria en los centros de
población;
XVIII. La participación social en la solución de los problemas que genera la convivencia en
los asentamientos humanos.
XIX. El desarrollo y adecuación en los centros de población de la infraestructura, el
equipamiento y los servicios urbanos que garanticen la seguridad, libre tránsito y
accesibilidad que requieren las personas con discapacidad.
Artículo 4. En términos de lo dispuesto en el artículo 27 párrafo tercero de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, se considera de interés público y de beneficio
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social la determinación de provisiones, reservas, usos y destinos de áreas y predios de los
centros de población, contenida en los planes o programas de desarrollo urbano.
Artículo 5. Se considera de utilidad pública:
I. La fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población;
III. La constitución de reservas territoriales para el desarrollo urbano y la vivienda;
IV. La regularización de la tenencia de la tierra en los centros de población;
V. La edificación o mejoramiento de vivienda de interés social y popular;
VIII. La preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente de los centros de
población.
Artículo 9.- Corresponden a los municipios, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones,
las siguientes atribuciones:
I. Formular, aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo
urbano, de centros de población y los demás que de éstos deriven, así como evaluar y
vigilar su cumplimiento, de conformidad con la legislación local;
II. Regular, controlar y vigilar las reservas, usos y destinos de áreas y predios en los centros
de población;
III. Administrar la zonificación prevista en los planes o programas municipales de
desarrollo urbano, de centros de población y los demás que de éstos deriven;
IV. Promover y realizar acciones e inversiones para la conservación, mejoramiento y
crecimiento de los centros de población;
V. Proponer la fundación de centros de población;
VI. Participar en la planeación y regulación de las conurbaciones, en los términos de esta
Ley y de la legislación local;
XI. Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana, en los términos de la
legislación aplicable y de conformidad con los planes o programas de desarrollo urbano y
las reservas, usos y destinos de áreas y predios;
XII. Participar en la creación y administración de reservas territoriales para el desarrollo
urbano, la vivienda y la preservación ecológica, de conformidad con las disposiciones
jurídicas aplicables;
Artículo 19. Los planes o programas de desarrollo urbano deberán considerar los criterios
generales de regulación ecológica de los asentamientos humanos establecidos en los
artículos 23 a 27 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y en
las normas oficiales mexicanas en materia ecológica.
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Artículo 27. Para cumplir con los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27
constitucional en materia de fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los
centros de población, el ejercicio del derecho de propiedad, de posesión o cualquier otro
derivado de la tenencia de bienes inmuebles ubicados en dichos centros, se sujetará a las
provisiones, reservas, usos y destinos que determinen las autoridades competentes, en los
planes o programas de desarrollo urbano aplicables.
Artículo 30. La fundación de centros de población deberá realizarse en tierras susceptibles
para el aprovechamiento urbano, evaluando su impacto ambiental y respetando
primordialmente las áreas naturales protegidas, el patrón de asentamiento humano rural
y las comunidades indígenas.
Artículo 33. Para la ejecución de acciones de conservación y mejoramiento de los centros
de población, además de las previsiones señaladas en el artículo anterior, la legislación
estatal de desarrollo urbano establecerá las disposiciones para:
I. La protección ecológica de los centros de población;
II. La proporción que debe existir entre las áreas verdes y las edificaciones destinadas a la
habitación, los servicios urbanos y las actividades productivas;
III. La preservación del patrimonio cultural y de la imagen urbana de los centros de
población;
VII. La acción integrada del sector público que articule la regularización de la tenencia de
tierra urbana con la dotación de servicios y satisfactores básicos que tiendan a integrar a
la comunidad;
VIII. La celebración de convenios entre autoridades y propietarios o la expropiación de sus
predios por causa de utilidad pública, y
Artículo 34. Además de lo dispuesto en el artículo 32 de esta Ley, la legislación estatal de
desarrollo urbano señalará para las acciones de crecimiento de los centros de población,
las disposiciones para la determinación de:
I. Las áreas de reserva para la expansión de dichos centros, que se preverán en los planes
o programas de desarrollo urbano;
II. La participación de los municipios en la incorporación de porciones de la reserva a la
expansión urbana y su regulación de crecimiento, y
III. Los mecanismos para la adquisición o aportación por parte de los sectores público,
social y privado de predios ubicados en las áreas a que se refieren las fracciones
anteriores, a efecto de satisfacer oportunamente las necesidades de tierra para el
crecimiento de los centros de población.
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Artículo 51.- La Federación, las entidades federativas y los municipios fomentarán la
coordinación y la concertación de acciones e inversiones entre los sectores público, social
y privado para:
I. La aplicación de los planes o programas de desarrollo urbano;
II. El establecimiento de mecanismos e instrumentos financieros para el desarrollo
regional y urbano y la vivienda;
III. El otorgamiento de incentivos fiscales, tarifarios y crediticios para inducir el
ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de centros
de población;
IV. La canalización de inversiones en reservas territoriales, infraestructura, equipamiento y
servicios urbanos;
V. La satisfacción de las necesidades complementarias en infraestructura, equipamiento y
servicios urbanos, generadas por las inversiones y obras federales;
VI. La protección del patrimonio cultural de los centros de población;
VII. La simplificación de los trámites administrativos que se requieran para la ejecución de
acciones e inversiones de desarrollo urbano;
VIII. El fortalecimiento de las administraciones públicas estatales y municipales para el
desarrollo urbano;
IX. La modernización de los sistemas catastrales y registrales de la propiedad inmobiliaria
en los centros de población;
X. La adecuación y actualización de las disposiciones jurídicas locales en materia de
desarrollo urbano;
XI. El impulso a la educación, la investigación y la capacitación en materia de desarrollo
urbano, y
XII. La aplicación de tecnologías que protejan al ambiente, reduzcan los costos y mejoren
la calidad de la urbanización.
XIII. Promover la construcción y adecuación de la infraestructura, el equipamiento y los
servicios urbanos que requiera la población con discapacidad.
2.2.1.4. Ley De Vivienda
Artículo 1.
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La vivienda es un área prioritaria para el desarrollo nacional. El Estado impulsará y
organizará las actividades inherentes a la materia, por sí y con la participación de los
sectores social y privado, de acuerdo con las disposiciones de esta Ley.
2.2.1.5. Plan Nacional De Desarrollo 2013 - 2018
Objetivo 2.5. Proveer un entorno adecuado para el desarrollo de una vida digna.
Estrategia 2.5.1. Transitar hacia un Modelo de Desarrollo Urbano Sustentable e Inteligente
que procure vivienda digna para los mexicanos.
Líneas de acción
• Fomentar ciudades más compactas, con mayor densidad de población y actividad
económica, orientando el desarrollo mediante la política pública, el financiamiento y los
apoyos a la vivienda.
• Inhibir el crecimiento de las manchas urbanas hacia zonas inadecuadas.
• Promover reformas a la legislación en materia de planeación urbana, uso eficiente del
suelo y zonificación.
• Mejorar las condiciones habitacionales y su entorno, en coordinación con los gobiernos
locales.
• Adecuar normas e impulsar acciones de renovación urbana, ampliación y mejoramiento
de la vivienda del parque habitacional existente.
Fomentar una movilidad urbana sustentable con apoyo de proyectos de transporte
público y masivo, y que promueva el uso de transporte no motorizado.
• Propiciar la modernización de catastros y de registros públicos de la propiedad, así como
la incorporación y regularización de propiedades no registradas.
Estrategia 2.5.2. Reducir de manera responsable el rezago de vivienda a través del
mejoramiento y ampliación de la vivienda existente y el fomento de la adquisición de
vivienda nueva.
Líneas de acción
• Desarrollar y promover vivienda digna que favorezca el bienestar de las familias.
• Desarrollar un nuevo modelo de atención de necesidades de vivienda para distintos
segmentos de la población, y la atención a la población no cubierta por la seguridad social,
incentivando su inserción a la economía formal.
• Fortalecer el mercado secundario de vivienda, incentivando el mercado de renta, que
eleve la plusvalía de viviendas desocupadas y contribuya a una oferta más diversa y
flexible.
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• Desarrollar los instrumentos administrativos y contributivos que permitan preservar la
calidad de la vivienda y su entorno, así como la plusvalía habitacional de los desarrollos
que se financien.
• Fomentar la nueva vivienda sustentable desde las dimensiones económica, ecológica y
social, procurando en particular la adecuada ubicación de los desarrollos habitacionales.
Estrategia 2.5.3. Lograr una mayor y mejor coordinación interinstitucional que garantice la
concurrencia y corresponsabilidad de los tres órdenes de gobierno, para el ordenamiento
sustentable del territorio, así como para el impulso al desarrollo regional, urbano,
metropolitano y de vivienda.
Líneas de acción
• Consolidar una política unificada y congruente de ordenamiento territorial, desarrollo
regional urbano y vivienda, bajo la coordinación de la Secretaría de Desarrollo Agrario,
Territorial y Urbano (SEDATU) y que presida, además, la Comisión Intersecretarial en la
materia.
• Promover la adecuación de la legislación en la materia para que responda a los objetivos
de la Nueva Política de Vivienda.
Objetivo 4.6. Abastecer de energía al país con precios competitivos, calidad y eficiencia a
lo largo de la cadena productiva.
Estrategia 4.6.2. Asegurar el abastecimiento racional de energía eléctrica a lo largo del
país.
Líneas de acción
• Impulsar la reducción de costos en la generación de energía eléctrica para que
disminuyan las tarifas que pagan las empresas y las familias mexicanas.
• Homologar las condiciones de suministro de energía eléctrica en el país.
• Diversificar la composición del parque de generación de electricidad considerando las
expectativas de precios de los energéticos a mediano y largo plazos.
• Modernizar la red de transmisión y distribución de electricidad.
• Promover el uso eficiente de la energía, así como el aprovechamiento de fuentes
renovables, mediante la adopción de nuevas tecnologías y la implementación de mejores
prácticas.
• Promover la formación de nuevos recursos humanos en el sector, incluyendo los que se
especialicen en la energía nuclear.
2.2.1.6. Ley General Del Equilibrio Ecológico Y Protección Al Ambiente
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ARTÍCULO 1º. La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración
del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y
las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son
de orden público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y
establecer las bases para:
I.- Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su
desarrollo, salud y bienestar;
III.- La preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente;
V.- El aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del
suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la
obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la preservación
de los ecosistemas;
ARTÍCULO 2. Se consideran de utilidad pública:
I. El ordenamiento ecológico del territorio nacional en los casos previstos por ésta y las
demás leyes aplicables;
II.- El establecimiento, protección y preservación de las áreas naturales protegidas y de las
zonas de restauración ecológica;
ARTÍCULO 8.- Corresponden a los Municipios, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley
y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades:
II.- La aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales en
la materia y la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al
ambiente en bienes y zonas de jurisdicción municipal, en las materias que no estén
expresamente atribuidas a la Federación o a los Estados;
V.- La creación y administración de zonas de preservación ecológica de los centros de
población, parques urbanos, jardines públicos y demás áreas análogas previstas por la
legislación local;
VII.- La aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la
contaminación de las aguas que se descarguen en los sistemas de drenaje y alcantarillado
de los centros de población, así como de las aguas nacionales que tengan asignadas, con la
participación que conforme a la legislación local en la materia corresponda a los gobiernos
de los estados;
IX.- La preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en
los centros de población, en relación con los efectos derivados de los servicios de
alcantarillado, limpia, mercados, centrales de abasto, panteones, rastros, tránsito y
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transporte locales, siempre y cuando no se trate de facultades otorgadas a la Federación o
a los Estados en la presente Ley;
ARTÍCULO 23. Para contribuir al logro de los objetivos de la política ambiental, la
planeación del desarrollo urbano y la vivienda, además de cumplir con lo dispuesto en el
artículo 27 constitucional en materia de asentamientos humanos, considerará los
siguientes criterios:
I.- Los planes o programas de desarrollo urbano deberán tomar en cuenta los lineamientos
y estrategias contenidas en los programas de ordenamiento ecológico del territorio;
II.- En la determinación de los usos del suelo, se buscará lograr una diversidad y eficiencia
de los mismos y se evitará el desarrollo de esquemas segregados o unifuncionales, así
como las tendencias a la suburbanización extensiva;
III.- En la determinación de las áreas para el crecimiento de los centros de población, se
fomentará la mezcla de los usos habitacionales con los productivos que no representen
riesgos o daños a la salud de la población y se evitará que se afecten áreas con alto valor
ambiental;
V.- Se establecerán y manejarán en forma prioritaria las áreas de conservación ecológica
en torno a los asentamientos humanos;
2.2.1.7. Ley Federal Sobre Monumentos Y Zonas Arqueológicos, Artísticos E Históricos
Artículo 1. El objeto de esta ley es de interés social y nacional y sus disposiciones de orden
público.
Artículo 6. Los propietarios de bienes inmuebles declarados monumentos históricos o
artísticos, deberán conservarlos y, en su caso, restaurarlos en los términos del artículo
siguiente, previa autorización del Instituto correspondiente.
Artículo 8. Las autoridades de los Estados, Territorios y Municipios podrán colaborar con el
Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura para la conservación y exhibición de los
monumentos artísticos en los términos que fije dicho Instituto.
Artículo 27. Son propiedad de la Nación, inalienables e imprescriptibles, los monumentos
arqueológicos muebles e inmuebles.
Artículo 28. Son monumentos arqueológicos los bienes muebles e inmuebles, producto de
culturas anteriores al establecimiento de la hispánica en el territorio nacional, así como los
restos humanos, de la flora y de la fauna, relacionados con esas culturas.
Artículo 35. Son monumentos históricos los bienes vinculados con la historia de la nación,
a partir del establecimiento de la cultura hispánica en el país, en los términos de la
declaratoria respectiva o por determinación de la Ley.
2.2.1.8. Ley De Aguas Nacionales
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Artículo 1. (sic) … sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto
regular la explotación, uso o aprovechamiento de dichas aguas, su distribución y control,
así como la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral
sustentable.
Artículo 2. Las disposiciones de esta Ley son aplicables a todas las aguas nacionales, sean
superficiales o del subsuelo. Estas disposiciones también son aplicables a los bienes
nacionales que la presente Ley señala.
Artículo 7. Se declara de utilidad pública:
II. La protección, mejoramiento, conservación y restauración de cuencas hidrológicas,
acuíferos, cauces, vasos y demás depósitos de agua de propiedad nacional, zonas de
captación de fuentes de abastecimiento, zonas federales, así como la infiltración natural o
artificial de aguas para reabastecer mantos acuíferos
IV. El restablecimiento del equilibrio hidrológico de las aguas nacionales, superficiales o
del subsuelo, incluidas las limitaciones de extracción en zonas reglamentadas, las vedas,
las reservas y el cambio en el uso del agua para destinarlo al uso doméstico y al público
urbano
VI. La eficientización y modernización de los servicios de agua domésticos y públicos
urbanos, para contribuir al mejoramiento de la salud y bienestar social, para mejorar la
calidad y oportunidad en el servicio prestado, así como para contribuir a alcanzar la
gestión integrada de los recursos hídricos;
VII. El mejoramiento de la calidad de las aguas residuales, la prevención y control de su
contaminación, la recirculación y el reúso de dichas aguas, así como la construcción y
operación de obras de prevención, control y mitigación de la contaminación del agua,
incluyendo plantas de tratamiento de aguas residuales;
XI. La adquisición o aprovechamiento de los bienes inmuebles que se requieran para la
construcción, operación, mantenimiento, conservación, rehabilitación, mejoramiento o
desarrollo de las obras públicas hidráulicas y de los servicios respectivos, y la adquisición y
aprovechamiento de las demás instalaciones, inmuebles y vías de comunicación que las
mismas requieran.
Artículo 14 BIS 5. Los principios que sustentan la política hídrica nacional son:
V. La atención de las necesidades de agua provenientes de la sociedad para su bienestar,
de la economía para su desarrollo y del ambiente para su equilibrio y conservación;
particularmente, la atención especial de dichas necesidades para la población marginada y
menos favorecida económicamente;
XIV. En particular, el Ejecutivo Federal establecerá las medidas necesarias para mantener
una adecuada calidad del agua para consumo humano y con ello incidir en la salud
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pública; para el mejor cumplimiento esta política, se coordinará y solicitará los apoyos
necesarios a los estados, Distrito Federal y municipios;
XXII. El uso doméstico y el uso público urbano tendrán preferencia en relación con
cualesquiera otros usos.
2.2.1.9. Ley Agraria
Artículo 1. La presente ley es reglamentaria del artículo 27 Constitucional en materia
agraria y de observancia general en toda la República.
Artículo 9. Los núcleos de población ejidales o ejidos tienen personalidad jurídica y
patrimonio propio y son propietarios de las tierras que les han sido dotadas o de las que
hubieren adquirido por cualquier otro título.
Artículo 56. Consecuentemente, la asamblea podrá destinarlas al asentamiento humano,
al uso común o parcelarlas en favor de los ejidatarios.
I. Si lo considera conveniente, reservará las extensiones de tierra correspondientes al
asentamiento humano y delimitará las tierras de uso común del ejido;
Artículo 68. Los solares serán de propiedad plena de sus titulares. Todo ejidatario tendrá
derecho a recibir gratuitamente un solar al constituirse, cuando ello sea posible, la zona
de urbanización.
La extensión del solar se determinará por la asamblea, con la participación del municipio
correspondiente, de conformidad con las leyes aplicables en materia de fraccionamientos
y atendiendo a las características, usos y costumbres de cada región.
Artículo 87. Cuando los terrenos de un ejido se encuentren ubicados en el área de
crecimiento de un centro de población, los núcleos de población ejidal podrán
beneficiarse de la urbanización de sus tierras.
2.2.1.10. Ley Forestal
Artículo 1. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto
regular y fomentar la conservación, protección, restauración, aprovechamiento, manejo,
cultivo y producción de los recursos forestales del país, a fin de propiciar el desarrollo
sustentable.
Artículo 2. Se declara de utilidad pública la conservación, protección y restauración de los
ecosistemas forestales.
Artículo 5. Son atribuciones de la Secretaría en materia forestal:
VI. Autorizar el cambio de utilización de los terrenos forestales;
2.2.2. ESTATALES
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2.2.2.1. Constitución Política Del Estado De Yucatán
Artículo 1.- Todos los habitantes del Estado de Yucatán, gozarán de las garantías que
otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las derivadas de los
Acuerdos o Tratados Internacionales, en los que el Estado Mexicano sea parte, y las
establecidas en esta Constitución.
Artículo 30.- Son facultades y atribuciones del Congreso del Estado:
I.- Crear nuevos municipios dentro del territorio del Estado, siendo necesario para el
efecto, que:
c). Los ayuntamientos de los municipios cuyo territorio se pretenda afectar, sean
escuchados sobre la conveniencia en este aspecto; quedando obligados a remitir el
acuerdo correspondiente, dentro de los doce días hábiles siguientes, al de la fecha en que
reciban la prevención del Congreso;
d). Se escuchen las comunidades indígenas, que resultaren afectadas. La ley determinará
los términos en los cuales se ejercerá este derecho; Para …
II.- Arreglar definitivamente los límites municipales,… tomando en consideración la
opinión de las comunidades del pueblo maya, cuando resultaren afectados.
XXXVIII.- Fijar las modalidades que a la propiedad privada deban imponerse para beneficio
público; ejercer los derechos que le confieren los artículos 27 y 28 de la Constitución
Federal.
Artículo 83.- Los Municipios, a través de sus Ayuntamientos, y de conformidad con los
acuerdos aprobados por los mismos, en los términos de las leyes Federales y Estatales,
tendrán las siguientes facultades:
I.- Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;
II.- Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;
III.- Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar
en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando el Estado junto con la
Federación elabore proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de
los municipios que resultaren involucrados;
IV.- Autorizar, controlar y vigilar el uso del suelo en el ámbito de su competencia, en sus
jurisdicciones territoriales;
V.- Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana;
VI.- Otorgar licencias y permisos para construcciones;
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Artículo 85 Ter.- Los municipios, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, concurrirán
con las autoridades estatales y federales, de acuerdo con lo que establezcan las leyes
respectivas, en las siguientes materias:
IX.- Protección al medio ambiente;
X.- Planeación del Desarrollo Regional;
XI.- Creación y Administración de Reservas Territoriales;
Artículo 86. (sic) ...El Estado, por medio de sus Poderes Públicos, garantizará el respeto al
derecho de todo individuo de gozar de un ambiente ecológicamente equilibrado y la
protección de los ecosistemas que conforman el patrimonio natural de Yucatán, basado
en los siguientes principios:
I. Los habitantes del Estado tienen derecho a vivir en un ambiente saludable que les
permita una vida digna, y a hacer uso racional de los recursos naturales con que cuenta la
Entidad, para alcanzar el desarrollo sostenido.
2.2.2.2. Ley De Gobierno De Los Municipios Del Estado De Yucatán
Artículo 1.- La presente Ley es de interés público y observancia general en el Estado de
Yucatán, y tiene por objeto establecer las bases del gobierno municipal, así como la
integración, organización y funcionamiento del Ayuntamiento, con sujeción a los
mandatos establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la
particular del Estado.
Artículo 12.- Los núcleos de población de los Municipios, por su importancia, grado de
concentración demográfica, infraestructura y equipamiento urbano, tendrán las
categorías geográficas siguientes:
I.- Ciudad, es el núcleo de población con censo no menor de quince mil vecinos;
II.- Villa, es el núcleo de población con censo no menor de ocho mil vecinos;
III.- Pueblo, es el núcleo de población con censo no menor de tres mil vecinos o aquel
donde se asiente la cabecera municipal;
IV.- Comisaría, es el núcleo de población con censo no menor a los quinientos vecinos, y
V.- Sub-Comisaría, el núcleo de población con censo inferior a quinientos vecinos.
Artículo 13.- Las categorías geográficas mencionadas en el artículo anterior, podrán ser
establecidas por el Cabildo, mediante acuerdo que será publicado en la Gaceta Municipal
y comunicado al Congreso del Estado, dentro de los treinta días hábiles posteriores a su
realización.
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PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO
El Cabildo declarará el surgimiento de nuevos centros de población dentro de su
jurisdicción, señalando la respectiva categoría política, sus características y localización y,
en su caso, la declaración de la desaparición de los preexistentes.
Artículo 41.- El Ayuntamiento tiene las atribuciones siguientes, las cuales serán ejercidas
por el Cabildo:
A) De Gobierno:
II.- Hacer uso del derecho de iniciar leyes ante el Congreso del Estado, respecto de los
asuntos de su competencia;
III.- Expedir y reformar el Bando de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y demás
disposiciones administrativas de observancia general, dentro de su jurisdicción;
XVII.- Procurar la atención de personas con capacidades diferentes y de la tercera edad,
mediante la creación de programas que integren a las primeras y propicien el bienestar de
las segundas;
XXII.- Las que señale la presente ley y los ordenamientos legales aplicables.
B) De Administración:
I.- Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana conforme a la ley de la
materia;
II.- Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales, así como
aprobar los programas relativos;
IV.- Celebrar los convenios con la Federación para la administración y custodia de las
zonas federales;
V.- Dividir la demarcación territorial municipal para efectos administrativos;
VI.- Regular la utilización del suelo, formular y aprobar su fraccionamiento de conformidad
con los planes municipales;
VII.- Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia,
conforme a las leyes federales y estatales relativas;
XIII.- Cuidar que los terrenos del fundo legal se empleen exclusivamente para los usos a
que están destinados por las leyes respectivas, adjudicando lotes del mismo, a quienes
pretendan establecerse;
XV.- Acordar el destino o uso de los bienes inmuebles municipales;
XVI.- Expedir permisos y licencias en el ámbito exclusivo de su competencia;
XVII.- Promover las estrategias necesarias para establecer políticas de gobierno a través
del uso de la tecnología, y
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XVIII.- Las demás que le asignen las leyes.
D) De Planeación:
I.- Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;
III.- Participar en la elaboración de los planes estatal y regional de desarrollo, según lo
dispuesto en las leyes;
IV.- Vigilar la ejecución de los planes y programas, y
V.- Regular de manera conjunta y coordinada con el Estado, y con otros Municipios, las
zonas de conurbación.
Artículo 45.- Son obligaciones del Ayuntamiento, en materia de preservación del medio
ambiente:
I.- Formular políticas y criterios de preservación ecológica de acuerdo a las características
sociodemográficas del Municipio;
II.- Preservar el equilibrio ecológico y proteger el medio ambiente, mediante el control de
las emisiones contaminantes entre otras medidas, en coordinación con los demás órdenes
de Gobierno y en los términos de las leyes respectivas;
III.- Participar en la creación y administración de reservas territoriales y ecológicas, y la
aplicación de programas para su ordenamiento, y
IV.- Las demás que les asignen las diversas leyes.
Artículo 112.- Los Ayuntamientos contarán con los siguientes instrumentos de planeación:
I.- Plan Estratégico;
II.- Plan Municipal de Desarrollo, y
III.- Programas derivados de los Planes señalados en las fracciones anteriores.
Artículo 114.- El Plan Municipal de Desarrollo contendrá los objetivos, políticas y
estrategias que sirvan de base a las actividades de la administración pública municipal, de
forma que aseguren el cumplimiento de dicho Plan y estará vigente durante su período
constitucional.
2.2.2.3. Ley Estatal de Planeación
Artículo 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por
objeto establecer:
I.- Las normas y principios básicos conforme a los cuales se planeará el desarrollo de la
entidad II.- Las bases de integración y funcionamiento del Sistema Estatal de Planeación
del Desarrollo Integral del Estado;
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VI. Las bases del Subsistema de participación social que se integra por los mecanismos,
procedimientos, instrumentos, órganos y normas que garantizan la participación efectiva
de la sociedad, a través de los grupos y organizaciones sociales y civiles.
Artículo 2. La planeación deberá llevar a cabo como un medio para el eficaz desempeño
de la responsabilidad del Estado sobre su desarrollo y deberá atender a la consecución de
los fines y objetivos políticos, sociales, económicos y culturales contenidos en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para ello, estará basada en los
siguientes principios:
III.- La igualdad de derechos, la atención de las necesidades básicas de la población, y la
mejoría en todos los aspectos de la calidad de vida en cumplimiento del principio de
justicia social, para lograr una sociedad más igualitaria;
IV.- El respeto irrestricto de las garantías individuales y de las libertades y derechos
sociales y políticos;
V.- El fortalecimiento del Municipio Libre, para lograr un desarrollo equilibrado del Estado,
promoviendo la descentralización de la vida nacional y estatal; y
Artículo 3. Para los efectos de esta Ley, se entiende por Planeación Estatal del Desarrollo,
la ordenación racional y sistemática de acciones en materia de regulación y promoción de
la actividad económica, social, política y cultural, que corresponden al Ejecutivo estatal y a
los ayuntamientos, con la participación efectiva de la sociedad.
Artículo 30.- Los programas sectoriales se sujetarán a las previsiones contenidas en el Plan
Estatal y tomarán en cuenta las contenidas en los planes municipales. ... Asimismo,
contendrán estimaciones de recursos y determinaciones sobre instrumentos, así como los
responsables de su ejecución.
2.2.2.4. Ley De Asentamientos Humanos Del Estado De Yucatán
Artículo 1. - Las disposiciones de esta ley son de orden público y tiene por objeto.
I. Establecer las normas conforme a las cuales el Estado y los municipios participarán en la
ordenación y regulación de los asentamientos humanos.
II. Fijar las normas a las que se sujetará la planeación, fundación, mejoramiento,
conservación y crecimiento de los centros de población de la Entidad.
III. Definir las normas conforme a las cuales el Gobernador del Estado, la Secretaría de
Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Vivienda y los ayuntamientos ejercerán sus
atribuciones para determinar las correspondientes provisiones, usos, destinos y las
reservas de áreas, zonas y predios, que regulen la propiedad en el territorio del Estado.
IV. Determinar las bases para la participación social en materia de asentamientos
humanos.
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Artículo 2. - El ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo
tenderán a mejorar las condiciones de vida de la población mediante:
I. El desarrollo socioeconómico del Estado armonizando la interrelación de las ciudades y
el campo y distribuyendo equitativamente los beneficios y cargas del proceso de
urbanización.
II. La participación social en la solución de los problemas que genera la convivencia en los
asentamientos humanos.
Artículo 6. - Son atribuciones y obligaciones de los ayuntamientos en su jurisdicción
territorial:
I. Elaborar, aprobar, ejecutar, administrar, controlar, modificar y evaluar los programas de
desarrollo urbano de su competencia y vigilar su cumplimiento.
II. Regular, controlar y vigilar las reservas, usos y destinos de áreas y predios en los centros
de población.
III. Participar en la administración de la zonificación, de las reservas territoriales y en el
control de usos y destinos del suelo.
IV. La regulación y administración de las zonas sujetas a conservación ecológica, los
parques urbanos y los refugios municipales.
V. Promover y planear el desarrollo equilibrado de comunidades y centros de población
del municipio.
VI. Participar en la ordenación y regulación de las zonas conurbanas que se presenten en
el municipio.
VII. Participar en la elaboración y ejecución de los programas regionales de desarrollo
urbano de su competencia.
X. Participar en la regulación de la tendencia de la tierra.
XI. Promover ante el congreso del Estado, la fundación y extinción de centros de
población.
XIII. Promover la participación ciudadana en la elaboración y ejecución de los programas
de desarrollo urbano de su competencia.
XIV. Realizar las acciones necesarias para la preservación y el control del medio ambiente
en el municipio.
XVII. Ejercer el derecho de preferencia establecido en esta Ley, en favor del municipio.
XVIII. Instalar los consejos municipales de desarrollo urbano.
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PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO
Artículo 13.- La planeación y regulación del ordenamiento territorial de los asentamientos
humanos y del desarrollo urbano de los centros de población, se llevarán a cabo a través
de:
V. Los programas municipales de desarrollo urbano.
VI. Los programas de desarrollo urbano de centros de población.
VII. Los programas parciales de desarrollo urbano.
VIII. Los programas sectoriales de desarrollo urbano.
IX. Los programas de desarrollo urbano derivados de los señalados en las fracciones
anteriores, así como demás disposiciones relacionadas con los asentamientos humanos.
Artículo 15.- La fundación y la extinción de centros de población será decretada por el
Congreso del Estado... El programa de desarrollo urbano mencionado deberá ser
autorizado por el ayuntamiento en el que se encuentre ubicado el centro de población.
2.2.2.5. Ley De Protección Al Medio Ambiente Del Estado De Yucatán
Artículo 1.- La presente Ley es de orden público e interés general y tiene por objeto:
I. Proteger el ambiente en el Estado de Yucatán, con el fin de regular y evitar efectos
nocivos de origen antropogénico y natural;
II. Garantizar el derecho de todos los habitantes del Estado a disfrutar de un ambiente
ecológicamente equilibrado que les permita una vida saludable y digna.
V. Fijar, administrar, regular, restaurar y vigilar las áreas naturales protegidas de
competencia estatal; así como manejar y vigilar aquéllas cuya administración se asuma
por convenio con la Federación o los municipios;
Artículo 2.- Se consideran de utilidad pública:
I. Los ordenamientos ecológicos del territorio del Estado de Yucatán;
III. La prevención, regulación y control de las actividades industriales, agropecuarias,
comerciales, de servicios y demás que contaminen el ambiente; así como el cuidado,
restauración y aprovechamiento de los recursos naturales y de ecosistemas necesarios
para asegurar dichos recursos;
Artículo 7. Son facultades y obligaciones de los municipios:
I. Formular, conducir y evaluar la política ambiental del municipio y vigilar su aplicación en
el plan y programas que se establezcan en la materia;
VI. Regular, crear y administrar las zonas de preservación ecológica de los centros de
población de su respectiva jurisdicción;
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PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO
Artículo 28.- El Poder Ejecutivo emitirá normas técnicas ambientales, las cuales tienen por
objeto establecer los requisitos o especificaciones, condiciones, parámetros y límites
permisibles en:
I. El desarrollo de las actividades humanas que puedan afectar la salud, el medio ambiente
y los recursos naturales;
2.2.2.6. Plan Estatal De Desarrollo 2012-2018
V.1.2 Desarrollo regional y asentamientos humanos
Objetivo 1: Descentralizar la provisión de infraestructura, servicios y empleo.
Objetivo 1.1: Equilibrar el desarrollo de los asentamientos humanos de Yucatán,
estableciendo las funciones productivas y sociales de regiones, municipios, centros
urbanos y localidades.
Estrategia 1.1.1: Establecer un esquema territorial de previsión de infraestructura y
reconversión productiva, que incentive el desarrollo de los principales centros urbanos de
la entidad y equilibre el desarrollo de sus regiones.
Objetivo 1.2: Incrementar la infraestructura productiva regional para potenciar el
intercambio comercial y el turismo en la Zona del Caribe.
Estrategia 1.2.1: Desarrollar un esquema de planificación regional que permita la
integración de la entidad, sus regiones y municipios a las previsiones de desarrollo
económico y productivo nacional e internacional, así como a las estrategias que determina
este Programa para equilibrar el desarrollo de los asentamientos humanos en Yucatán.
Líneas de acción:
Infraestructura, conectividad y accesibilidad regional
23. Integrar al esquema de ciudades y asentamientos humanos de Yucatán, el desarrollo
de nuevos corredores y ejes de conectividad previstos por el Gobierno Federal en el
Programa Nacional de Infraestructura 2012-2018. Destacan al respecto los siguientes
corredores que permiten potenciar el transporte de carga y el turismo:
a. Corredor del caribe mexicano. Contempla diversas inversiones en infraestructura de
conectividad. Destaca la construcción del tren transpeninsular Mérida-Punta Venado, que
permitirá potenciar el turismo internacional en los estados que integran la Península de
Yucatán. Asimismo, mediante la construcción de la plataforma logística en Progreso, se
potenciarán las actividades de intercambio comercial en la Península de Yucatán, siendo la
ZMM y Valladolid, los nodos regionales que adquieran nuevas funciones urbanas
asociadas al desarrollo logístico.
b. Corredor del Golfo de México. Comprende el mejoramiento del eje carretero
Campeche- Mérida, que mejora la accesibilidad entre el centro del país y Yucatán. Su
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consolidación potencia las actividades turísticas, de transporte de carga y comercio de
productos agroindustriales.
c. Ejes de conectividad intra regional. Con el objeto de favorecer esquemas de
cooperación entre regiones, equilibrar el desarrollo de los centros urbanos y propiciar el
desarrollo de actividades de base local asociadas a la agroindustria, comercio y turismo,
será necesario consolidar los siguientes ejes transversales de conectividad vial en la
entidad: Sisal-Mérida, Mérida-Tizimín y Peto-Valladolid.
24. Aprovechar el potencial de los nodos, ejes y corredores de desarrollo para el impulso
de la especialización económica.
25. Mejorar las condiciones para el transporte de carga y de pasajeros.
27. Mantener en buen estado la red carretera federal-estatal para garantizar la movilidad
entre los subsistemas urbanos-rurales y los subsistemas independientes.
2.2.3. MUNICIPAL
2.2.3.1. Plan Municipal de Desarrollo
IV.- Misión
Impulsar el crecimiento sustentable con la participación ciudadana, implementando
nuevas técnicas administrativas
V.- Visión
Destacar como municipio de alto desarrollo económico, político, social y cultural.
X.- Plan Estratégico
Este plan descansara en 5 ejes que serán la base y Guía para su ejecución:
EJES DEL GOBIERNO MUNICIPAL
1.- Seguridad Pública y Protección Civil.
2.- Desarrollo Social y Humano.
3.- Desarrollo Rural y Económico.
4.- Obras Públicas e Infraestructura.
5.- Transparencia.
10.5.- Obras Públicas, Alumbrado e Infraestructura Municipal.
10.5.1.- ALUMBRADO PUBLICO
2. Establecer planes de trabajo mensuales de acuerdo a la priorización de las necesidades
de cada comisaría.
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3. Incrementar y rehabilitar la iluminación en las canchas deportivas ya que este es uno de
los principales problemas que aqueja al municipio.
4. Incrementar y rehabilitar la iluminación de calles y caminos para mayor seguridad de la
población.
10.5.2.- SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES
2. Mantenimiento y conservación del cementerio municipal procurando que se brinde a la
población un servicio digno de inhumación de sus seres queridos.
3. Conservación y Mantenimiento de Parques y Jardines
2.2.3.2. Reglamento de la Demarcación Territorial del Municipio de Tekax.
Artículo 1. El presente REGLAMENTO es de observancia e interés general, y tiene por
objeto, establecer la división y organización territorial del municipio, que permita al
ayuntamiento estructurar sus servicios y atención de modo que se cuide y proteja el
territorio por su vocación y ubicación territorial.
Artículo 5. El AYUNTAMIENTO determina que su distribución territorial, se divide para
mejor trabajo de cuidado, conservación, mejoramiento y construcción de infraestructura y
servicios públicos en 4 DISTRITOS, denominados de la manera siguiente:
• DISTRITO NORTE;
• DISTRITO CENTRO;
• DISTRITO SUR; y
• DISTRITO ORIENTE
Artículo 15. El AYUNTAMIENTO podrá establecer, de acuerdo a las condiciones
particulares de cada DISTRITO, por sus actividades económicas, sus características del
terreno, de su flora y fauna, de sus vocaciones de uso de suelo y de los regímenes en la
tenencia de la tierra, reglamentar de manera separada cada uno de los distritos
Artículo 16. La administración de todos y cada uno de los DISTRITOS, siempre será
responsabilidad y facultad del AYUNTAMIENTO su vigilancia, cuidado y atención.
2.2.3.3. Reglamento de Utilización y Construcción de las Edificaciones en el Municipio
de Tekax
Artículo 1. El presente REGLAMENTO es de observancia e interés general, y tiene por
objeto, reglamentar la utilización, aprovechamiento y edificación de inmuebles en el
municipio de Tekax, de acuerdo a lo siguiente:
a. Establecer las condiciones de características técnicas que deberán disponer las
edificaciones para su utilización;
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b. Establecer los derechos y obligaciones de los propietarios o poseedores de los
inmuebles en la utilización de éstos;
c. Establecer los requisitos y medidas de protección para la ocupación, uso y
aprovechamiento de las vías y espacios públicos;
d. Establecer los requisitos y medidas de cuidado, protección y rehabilitación de obras y
construcciones en las vías y espacios públicos;
Artículo 6. La diversificación en las edificaciones, de acuerdo a su localización y vocación,
será de acuerdo al Reglamento de la Demarcación Territorial del Municipio de Tekax, en
donde cada Distrito define de modo particular, las especificaciones y lineamientos a los
que cada predio y edificación deberá de considerar para su funcionamiento; para lo cual,
el CABILDO deberá publicar los reglamentos correspondientes, basados en las
disposiciones del presente REGLAMENTO en lo general, de procedimientos, gestiones,
derechos y obligaciones.
Artículo 9. La vía pública es la superficie delimitada por la generatriz vertical que se sigue
al alineamiento oficial, destinada a comunicar en forma peatonal y vehicular los PREDIOS,
sean de dominio privado o público; y llevar las conexiones e infraestructura y servicios
urbanos. Se entiende por vía y espacio público, aquellas superficies de dominio y uso
común, destinadas a la libre circulación y tránsito de personas y vehículos, y que están al
cuidado del Ayuntamiento.
Artículo 10. El AYUNTAMIENTO es el responsable de determinar las condiciones físico
arquitectónicas y técnicas para la circulación, tránsito, iluminación, aireación, accesos,
ocupación u otros semejantes de los particulares en las vías y espacios públicos, de
acuerdo a lo establecido en el TITULO II, CAPÍTULO IV, ACCESIBILIDAD.
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