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Proyecto de Urbanización en la U.E.R.-6 Arkotxa. Zaratamo
Eneko Aiala·Javier Idirin enekoaiala@gmail.com 946 54 90 23 c/Hernani nº 3, Bilbao A R K I T E K T U R A javier.idirin@coavn.org
PROYECTO DE EJECUCIÓN Urbanización U.E.R.-6 Kaletarte. Arkotxa. Zaratamo
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ÍNDICE 1. MEMORIA M1 ANTECEDENTES M2 ESTADO ACTUAL M3 DESCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN M3.1. URBANIZACIÓN DE LA VIABILIDAD M3.2. RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA M3.3. RED DE ALUMBRADO M3.4. RED DE TELEFONÍA M3.5. SEÑALIZACIÓN Y MOBILIARIO URBANO M3.6. ESTRUCTURA MURO DE CONTENCIÓN. 2. CUMPLIMIENTO DE LA NORMA DE ACCESIBILIDAD 3. PRESUPUESTO 4. PLIEGO DE CONDICIONES 5. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD 6. CONTROL DE CALIDAD 7. GESTIÓN DE RESIDUOS 8. DOCUMENTACIÓN GRÁFICA 9. ANEXO: FASES DE CONSTRUCCIÓN Y SEÑALIZACIÓN DE OBRA
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1. MEMORIA
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M1. ANTECEDENTES. M1.1. OBJETO DEL PROYECTO M1.2. AUTORES DEL PROYECTO M1.3. PROMOTOR M1.4. NORMATIVA APLICABLE M2. ESTADO ACTUAL. M2.1. SITUACIÓN GEOGRÁFICA M2.2. ÁMBITO Y DESCRIPCIÓN DE LA U.E.R.-6 M2.3. SERVICIOS EXISTENTES M3. DESCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN. M3.1. URBANIZACIÓN DE LA VIALIDAD M3.2. RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA M3.3. RED DE ALUMBRADO M3.4. RED DE TELEFONÍA M3.5. SEÑALIZACIÓN Y MOBILIARIO URBANO M3.6. ESTRUCTURA MURO DE CONTENCIÓN
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M1. ANTECEDENTES M1.1. OBJETO El presente Proyecto de Urbanización regula todos los aspectos referentes al trazado, diseño y ejecución de los esquemas de redes de servicio, vialidad rodada y peatonal previstos para la prolongación de la acera en la BI-3701 hasta el paso hacia la casa de cultura definido en el PGOU de Zaratamo para la Unidad de Ejecución U.E.R.-6 Kaletarte. El proyecto de Urbanización es un proyecto de obras que define los detalles técnicos de las obras de urbanización previstas en el Plan General de Ordenación Urbana de Zaratamo. M1.2. AUTORES DEL PROYECTO Los autores del proyecto son: Eneko Aiala Gómez de Segura, arquitecto colegiado en el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro, delegación de Bizkaia, con el Nº 2863. Javier Idirin Hurtado, arquitecto colegiado en el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro, delegación de Bizkaia, con el Nº 3191. Ambos con domicilio de trabajo en calle Hernani nº 3, Bajo izq. Bilbao. M1.3. PROMOTOR El promotor del presente proyecto es el Excmo. Ayuntamiento de Zaratamo, con domicilio en Elexalde 16, 48480 Zaratamo, Bizkaia. M1.4. NORMATIVA APLICABLE El planeamiento vigente es el documento de las Normas Subsidiarias tipo b) del 27 de marzo de 1990; se encuentra en tramitación el Plan General de Ordenación Urbana, actualmente objeto de informe por la Comisión de Ordenación del Territorio, previo a su aprobación definitiva. En cuanto a los aspectos técnicos de normativa y diseño se establece como norma mínima de referencia el Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación, de desarrollo de la Ley 20/1997, de 4 de diciembre, para la Promoción de la Accesibilidad.
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M2. ESTADO ACTUAL M2.1. SITUACIÓN GEOGRÁFICA El ámbito de actuación se desarrolla en torno a la unidad de ejecución residencial U.E.R.-6 Kaletarte del barrio de Arkotxa. M2.2. ÁMBITO Y DESCRIPCIÓN DE LA U.E.R.-6 El presente proyecto de urbanización interviene en el límite Oeste de la U.E.R.-6 de Zaratamo, con la urbanización del nuevo trazado peatonal contenido en dicha unidad, que resulta de la prolongación del trazado existente interrumpido en el límite Norte. Además, contempla el soterramiento y reconducción de los servicios de energía eléctrica, alumbrado público y telefonía hasta la fachada sur del C.P. Arkotxa. La U.E.R.-6 es una Unidad de Ejecución Residencial en suelo urbano no consolidado, cuyos parámetros urbanísticos vienen definidos por el PGOU del término municipal de Zaratamo. La Unidad tiene forma irregular, y limita al norte con una parcela residencial privada, al sur con el n28, al este con un vial rodado municipal y al oeste con la carretera local BI-3701. El desnivel medio que absorbe la U.E.R.-6 en dirección oeste-este es de 8 m, aproximadamente. A continuación, se describen varias de las características del estado actual de la Unidad y el entorno que afecta al presente proyecto:
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CALLE Se trata de un tramo de 6.7% de pendiente descendente aproximada en dirección norte de la carretera local BI-3701. Actualmente, cuenta con acera peatonal a ambos lados, aunque la del lado este se interrumpe en el límite norte de la U.E.R.-6 (Foto 1). Su pavimento es de baldosa tipo “Ayuntamiento de Bilbao”. Las medidas aproximadas son: acera este de 2,7 metros, calzada de 6.5 m. y acera Oeste de 2,5 metros. Existe actualmente un vado de vehículos de acceso rodado al nivel inferior de la parcela privada del n 28 (Foto 2). ACERA INTERRUMPIDA El presente proyecto contempla la prolongación de la acera este de la carrera, cuya interrupción impide la continuidad de la circulación peatonal siguiendo el trazado ascendente. Actualmente, un terreno vegetal ocupa el lugar de la futura prolongación, contenido por un pequeño muro de contención que limita una zona plana inferior. Foto 1 Foto 2
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M2.3. SERVICIOS EXISTENTES EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Existe una red de evacuación de aguas pluviales subterránea que discurre bajo la acera lateral derecha (en sentido ascendente de la calzada), siguiendo paralelamente su trazado. Junto al vado de vehículos del n28, existe un sumidero de aguas pluviales que recoge las aguas de la rígola izquierda (en sentido ascendente de la carretera), y las vierte al camino descendente de dominio público que atraviesa la U.E.R.-6 de forma diagonal. ENERGÍA ELÉCTRICA Según información facilitada por Iberdrola, existe una red aérea de Media Tensión que discurre desde pilares existentes (puntos A, B y C; ver plano UR05), que continúa enterrada bajo el trazado de la acera existente interrumpida, a partir del punto A (línea 4CT 1055). ALUMBRADO PÚBLICO La red de alumbrado público es subterránea en el tramo de la acera interrumpida. A partir del punto A, de forma análoga a la red eléctrica, el trazado se vuelve aéreo, y la red se bifurca en una derivación al C.P. Arkotxa y otra que da continuidad a la red (paralelamente a la carretera foral). Solamente existe alumbrado en el lado Este de la carretera. Se compone de puntos de luz sobre columna en el borde de la acera interrumpida, y de báculos sobre los postes correspondientes a los puntos B Y D (plano UR05) en la continuación del trazado por vía aérea. GAS Existe una red actual de suministro de gas natural, que discurre siguiendo el trazado de la acera lateral derecha del sentido ascendente de la carretera foral BI-3701. TELECOMUNICACIONES El trazado aéreo de la red de Telefónica del ámbito de actuación surge del poste destinado exclusivamente a tal fin, situado en la parcela privada al Norte de la U.E.R.-6. Este poste proporciona suministro al C.P. Arkotxa mediante una derivación individual.
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M3. DESCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN Se prevé la continuación del itinerario peatonal interrumpido en la BI-3701 (tramo PK13+020-tramo PK13+120 del barrio de Arkotxa), la implantación de un nuevo paso peatonal (PK13+170), y el desplazamiento del existente para hacerlo coincidir con el paso hacia la casa de cultura (PK13+090). El tramo coincide parcialmente con la nueva acera que recorre el límite Oeste de la U.E.R.-6. Se mantendrá el vado de vehículos existente, adaptándolo a los condicionantes impuestos por el nuevo trazado peatonal. En este sentido, se construirá la acera requerida hasta el nuevo paso de peatones, garantizando el cruce hacia la casa de cultura de manera segura. El desnivel que genera la nueva acera respecto del resto de la U.E.R.-6, aún sin previsión de desarrollo, se supera mediante un muro de contención. Por otro lado, se ejecutará la continuación de los servicios de suministro de energía eléctrica, alumbrado público y telefonía existentes. Como fruto de la urbanización, se han de soterrar los tendidos aéreos: uno de telefónica, uno de alumbrado y otro de baja tensión. Para ello, se sustituyen los tendidos aéreos existentes por canalizaciones subterráneas, hasta alcanzar el punto de suministro al C.P. Arkotxa. Se procede a la sustitución del poste B por un poste de final de línea, ya que se mantienen los trazados aéreos a partir de dicho punto.
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Los obras a ejecutar por el Proyecto de Urbanización son las siguientes: - Construcción y pavimentación de la nueva acera; reparación tramos del sistema viario y peatonal existentes afectados por el tendido de nuevas redes y acometidas. - Red de distribución de energía eléctrica. - Red de Telefónica. - Red de alumbrado público. Los servicios existentes en el ámbito de la urbanización que no se contempla modificar son: - Red de Gas. - Red de saneamiento para evacuación de aguas pluviales y residuales, salvo la eliminación del punto de recogida y vertido de aguas pluviales existente junto al vado actual de vehículos descrito en el apartado M2.3 de la presente memoria. Los servicios nuevos que se coloquen discurrirán de forma paralela a las calles, evitando en lo posible los cruces tanto de las instalaciones existentes como de las nuevas a instalar. Atendiendo a los criterios contenidos en la Ordenanza Municipal de Edificación y Urbanización del Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Zaratamo, se opta por las siguientes soluciones: M3.1. URBANIZACIÓN DE LA VIALIDAD La vialidad proyectada comprende las siguientes actuaciones: - Realización de una nueva acera para permitir el itinerario peatonal en la BI-3701 (y prolongación del existente hasta el paso hacia la casa de cultura (PK13+090). - Reparación de las áreas de calzada y acera afectadas por los trazados de las nuevas redes y acometidas. ACERA Características generales: -Tendrá una anchura de 2,5 m (según lo previsto en el plano 8.2 de Ordenación de Alineaciones y Rasantes - Arkotxa del Texto Refundido del PGOU de Zaratamo), y una pendiente transversal máxima de 1,5% hacia la calzada (art. 3.2 del Anejo II del Decreto 68/2000). -El Pavimento será de baldosa antideslizante “tipo Bilbao”, al igual que en aceras actuales. -Remate lateral con bordillo de hormigón prefabricado de 12 cm de anchura y canto redondeado de radio r=1cm. Se dispondrá bordillo rebajado para el vado de vehículos. -Se dispondrá barandilla de protección de acero galvanizado en la totalidad del borde Este de la nueva acera, del modelo y acabado con pintura del color a definir por el Ayto. PASOS PEATONALES Se dispone un paso peatonal en el extremo Sur de la acera nueva, de 4 m de anchura y bandas de 50 cm de ancho, eliminándose el existente en el mismo tramo de carretera. Su señalización en la nueva acera será por medio de «Franja Señalizadora» de 1m. de anchura, colocada a eje del paso de peatones. Se señalizará el paso con señalización vertical, respondiendo en su nomenclatura al Catálogo de señales editado asimismo por el MOPT. El desnivel entre las aceras y la calzada se salvarán mediante la incorporación de vados peatonales de las siguientes características:
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- Se formalizará mediante planos inclinados con pendientes longitudinales y transversales no superiores al 8% y al 1,5%, respectivamente, quedando un ancho de acera de 1,50 m., no afectado por el vado. - Su anchura a cota de calzada es la del paso de peatones (4 m.). - El pavimento en todo el vado peatonal, ampliado en 1 m. de anchura en todo su perímetro, será, al igual que la Franja Señalizadora, de baldosa hidráulica antideslizante pododáctil roja, con resaltos cilíndricos tipo botón de 25 mm. de diámetro, 6 mm. De altura y 67 mm. de separación entre sus centros. CALZADA - El firme será flexible y para tráfico pesado. Sección transversal con acuerdo parabólico central y pendiente del 2% hacia sus extremos, con una zona final de la rigola del 2% de anchura mínima 20 cm. El bordillo de hormigón asentará sobre una capa de hormigón HM-20 de 10 cm. En viales, además, capa de regularización de aglomerado en caliente tipo S o D con árido calizo y espesor mínimo de 4 cm. La capa de rodadura será de 3 cm de microaglomerado con árido ofídico. Los dos riegos de adherencia se ejecutarán con emulsión catiónica. M3.2. RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA Se proyecta soterrar la distribución aérea de la línea 4 CT 1055 en el punto A, proporcionando suministro subterráneo hasta el C.P. Arkotxa (pasando por los puntos B y C). CANALIZACIÓN Las redes de suministro de energía eléctrica serán subterráneas en todo el Suelo Urbano. En su diseño y trazado se cumplirá la normativa legal vigente, así como las Ordenanzas que al respecto pueda dictar el Ayuntamiento. El tendido subterráneo de la red de energía eléctrica coexistirá con la red de alumbrado público, de manera que se minimice la intervención sobre la carretera de acceso a la casa de cultura (canalización por la rigola). El relleno entre ambos conductos será de arena lavada fina, discurriendo el tendido de energía eléctrica 20 cms por debajo del de la Red de alumbrado público. Canalización entubada en aceras y jardines: Se dispondrán dos tubos de plástico de Ø160 mm sobre 5 cm de asiento de arena y recubiertos por el mismo material en su separación de la red de alumbrado; relleno de zanja de tierra de zanja, todo-uno o zahorras. Canalización entubada cruces y calzadas: Se dispondrán dos tubos de plástico de Ø160 mm sobre 5 cm de asiento de hormigón H-125 y recubiertos por el mismo material en su separación de la red de alumbrado; relleno de zanja de tierra de zanja, todo-uno o zahorras. ARQUETAS La red dispondrá de arquetas registrables modulares homologadas por Iberdrola, con marco-tapa de fundición cuadrada en aceras y jardines y circular en calzadas.
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M3.3. RED DE ALUMBRADO La canalización de la red de alumbrado seguirá paralelamente el recorrido completo de la red de electricidad. CANALIZACIÓN Las zanjas para la instalación de la conducción eléctrica y de su tubo protector serán de 40 cm de anchura con una profundidad de 60 cm bajo las aceras o paseos peatonales y 80 cms., bajo calzadas. Las canalizaciones se ajustarán bajo tubo protector de 100 mm y 3 mm de espesor de pared, colocado sobre cama de arena fina y protegida por el mismo material hasta 10 cms, encima de su generatriz, con posterior relleno del material sobrante de la excavación, en el caso del tendido por aceras. En los cruces de calzadas rodada, la entubación será con triple tubo, apoyado en una cama de hormigón de 8 cms y reforzado con hormigón hasta la base del pavimento. Al coexistir el tendido subterráneo de la red de alumbrado público y de energía eléctrica, el relleno entre ambos conductos será de arena lavada fina, discurriendo el tendido de energía eléctrica 20 cms por debajo del de la Red de alumbrado público. Los cables serán tetrapolares, tendrán una sección mínima de 6 mm2. en la red subterránea y 2,5 mm2. en la aérea. Se realizará la instalación para reducción de flujo o ahorro de energía. Las entradas o salidas de la red subterránea a fachadas de edificio, irán protegidas con tubo blindado en acero galvanizado, hasta una altura mínima de 3 m. Por otro lado, se proyecta la canalización para la posible colocación de 2 semáforos a ambos lados del nuevo paso peatonal. Se colocará una cinta de señalización que advierta de la existencia de cables de alumbrado público, situada a una distancia mínima bajo el nivel inferior del pavimento de 0,10 m. SOPORTES Y LUMINARIAS Se dispondrán 2 nuevos puntos de luz sobre columna: uno sustituirá a las farola sobre báculo colocada en el poste B a sustituir; el otro se situará en la acera nueva, en posición equidistante de la última farola de la acera interrumpida y del punto B. Los soportes serán del modelo definido por el Ayuntamiento. Las luminarias tendrán carcasa metálica inoxidable y serán herméticas. Las lámparas serán de las características y potencias definidas por el Ayuntamiento. Todas las unidades luminosas y armarios de control llevarán tomas de tierra individuales y todos los puntos de utilización llevarán elementos de maniobra y protección. ARQUETAS Se ubicarán arquetas de registro de 50x50x50 cm de profundidad, formada por hormigón armado en solera de 10 cm HM-20 y HA-25 en paredes de 10 cm. Registro formado por tapa de fundición nodular para embaldosar.
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M3.4. RED DE TELEFONÍA La Red de Telefonía y las de otros sistemas de Telecomunicación por cable, serán subterráneas en todo el Suelo Urbano. En su diseño y trazado se cumplirá la normativa legal vigente, así como las Ordenanzas que al respecto pueda dictar el Ayuntamiento. Se proyecta la red subterránea a partir del poste de telefonía existente en la parcela privada que limita al sur con la U.E.R.-6. La red soterrada seguirá paralelamente el trazado previsto para las redes de electricidad y alumbrado público. CANALIZACIONES La sección de canalización está formada por conductos colocados en zanja y protegidos por hormigón o con arena o tierra cribada compactadas, formado por un conjunto denominado prisma de canalización. La profundidad mínima desde la superficie del pavimento al prisma de canalización con tubos de PVC es de 45 cm. Sería de 60 cm si excepcionalmente fuera bajo calzada. Se dispondrán canalizaciones de doble tubo de PVC de Ø63 mm. ARQUETAS Se dispondrá arqueta tipo “M” (940x840) junto al citado poste de telefonía. El resto de las arquetas serán normales (434x440). En el punto de suministro de fachada del C.P. Arkotxa no será necesaria arqueta. M3.5. SEÑALIZACIÓN Y MOBILIARIO URBANO Se señalizará el paso de peatones con señalización vertical, respondiendo en su nomenclatura al Catálogo de señales editado asimismo por el MOPT. M3.6. ESTRUCTURA MURO CONTENCIÓN Para llevar a cavo la urbanización de la acera superior de la unidad, que permite el paso de peatones requerido, es necesario la construcción de un muro de contención de hormigón armado para superar el desnivel del terreno. Tendrá un drenaje en el lado del terreno, protegido con geotextil, y recubierto de material drenante. El muro tendrá un ancho de 20 cm y variará entre 1 metro y 2 metros de altura, aproximadamente. Sobre este muro de contención, en el extremo de la acera, se colocará una barandilla de 1,10cm de altura, sin permitir paso de esferas de 10 cm. de diámetro. M3.6.1. MEMORIA DE CÁLCULO 1 Introducción 1.1 Cálculo de muros de contención 1.2 M3.6.2. FICHAS JUSTIFICATIVAS 2 Acciones en la edificación 2.1 Características y especificaciones del hormigón según EHE 2.2 Características de los materiales estructurales 2.3 Opciones de cálculo 2.4 M3.6.3. ANEJO DE CÁLCULO 3 Muro altura máxima contención 2,00 metros 3.1
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Muro altura máxima contención 1,50 metros 3.2 Muro altura máxima contención 1,00 metros 3.3
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SEGURIDAD ESTRUCTURAL (CTE-SE) ÍNDICE M3.6.1.MEMORIA DE CÁLCULO 1 INTRODUCCIÓN 1.1 El cálculo de la estructura ha sido realizado mediante el programa TRICALC de Cálculo Espacial de Estructuras Tridimensionales, versión 8.0, de la empresa ARKTEC, S.A., con domicilio en la calle Cronos, 63, edificio Cronos de Madrid. Se han empleado hojas de cálculo basadas en la Instrucción y bibliografía del Dr. Calavera para contraste de resultados y dimensionado de elementos. CÁLCULO DE MUROS DE CONTENCIÓN 1.2 Criterios de cálculo 1.2.1 Los muros de contención en ménsula trabajan fundamentalmente a flexión simple, recibiendo los empujes horizontales y (en menor medida) verticales del terreno y del agua por debajo del nivel freático, y trasmitiéndolos de nuevo al terreno mediante su propia cimentación. Son elementos autoportantes, que no necesitan de la colaboración de ningún otro elemento estructural. Tampoco reciben acciones de ninguna otra parte de la estructura. Determinación de los empujes 1.2.2 En la determinación del valor de los empujes, se considera el coeficiente de empuje activo del terreno, de acuerdo con la teoría de Coulomb. El terreno por encima de la cota del nivel freático se considera siempre húmedo (densidad aparente). El empuje por debajo de la cota del nivel freático es la suma del empuje producido por la presión hidrostática y del empuje producido por el terreno considerando su densidad sumergida. Si existe sobrecarga en coronación se asimila a una presión uniforme en toda la altura del muro. Estos empujes tienen siempre una componente horizontal, y dependiendo de la geometría del muro y los parámetros de cálculo, una componente vertical. Se considera también el peso propio del muro, del terreno situado sobre la puntera y de parte del terreno situado sobre el talón. Todas las acciones se consideran concomitantes. Dimensionado de la cimentación 1.2.3 La cimentación se dimensiona de forma que no se supere la tensión máxima admisible del terreno, con la hipótesis de respuesta uniforme. Se comprueba la seguridad a vuelco, de acuerdo con lo indicado en las opciones. Se comprueba la seguridad a deslizamiento, de acuerdo con lo indicado en las opciones. Si se considera el efecto favorable del empuje pasivo sobre la puntera y tacón del muro, también se realiza la comprobación sin tener en cuenta dicho empuje pasivo y con coeficiente de seguridad unidad. Cálculo de la armadura transversal (vertical) 1.2.4 La armadura transversal en cada cara del muro y para cada altura del muro se dimensiona para la combinación más desfavorable de esfuerzos, compresión y flexión y para un ancho de muro de un metro.
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Se consideran las cuantías mínimas a retracción y temperatura del artículo 42.3.5 de la EHE. También se realiza la comprobación del E.L.S. de Fisuración, de acuerdo con el artículo 49.2 de la EHE. Armadura longitudinal 1.2.5 Se consideran las cuantías mínimas a retracción y temperatura del artículo 42.3.5 de la EHE, para la armadura horizontal. En todo punto, la armadura horizontal tendrá una cuantía no menor de un 20% de la armadura vertical en el mismo punto. M3.6.2.FICHAS JUSTIFICATIVAS 2 ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN SEGÚN CTE DB SE-AE FICHA 2.1 Contención de tierras 2.1.1 PARÁMETROS GEOTÉCNICOS Angulo de rozamiento interno en trasdós: material granular 30º Coeficiente de rozamiento terreno-cimentación 0,577 EMPUJE CONSIDERADO Empuje activo y pasivo. Se ha supuesto drenaje. Sobrecarga en rasante superior 5,00 kN/m² METODO DE OBTENCIÓN DE SOLICITACIONES Leyes de Rankine SISTEMA DE CONTENCIÓN ADOPTADO Muros en ménsula con talón y puntera. Coeficiente de trabajo terreno 0,10 N/mm² Normativa básica 2.1.2 CTE DB SE-AE
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CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES DEL HORMIGÓN S/EHE FICHA 2.2 Componentes 2.2.1 CEMENTO Tipo, clase y características, Art. 26 EHE CEM II/A-V 42,5R AGUA Art. 27 EHE ÁRIDO Clase / Naturaleza MACHACADO Tamaño máximo 20 mm ADITIVOS Aditivo reductor de agua B255 (optativo) 0,6% (kg. cem.) ARMADURAS Tipo de acero B-500-S Límite elástico 500 N/mm² Hormigones 2.2.2 DENOMINACIÓN Igual toda la obra HA-25/B/20/IIa RESISTENCIA CARACTERÍSTICA A 7 días (orientativa) 20 N/mm² A 28 días 25 N/mm² PROPIEDADES Relación A/C < 0,60 Contenido mínimo de cemento 275 kg Consistencia BLANDA Asiento Cono de Abrams 6-9 cm OTRAS ESPECIFICACIONES Compactación VIBRADO Ambiente IIa Puesta en obra 2.2.3 RECUBRIMIENTO NOMINAL DE ARMADURAS Muros 30 mm Zapatas 50 mm Elementos hormigonados directamente contra el terreno 80 mm Controles 2.2.4 NIVEL DE CONTROL Ejecución NORMAL Hormigón ESTADÍSTICO Acero NORMAL
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LOTES DE SUBDIVISIÓN DE LA OBRA Según lo especificado en el Programa de Control de Calidad ENSAYOS Según lo especificado en el Programa de Control de Calidad CARACTERÍSTICAS DE LOS MATERIALES ESTRUCTURALES FICHA 2.3 Estructura de hormigón armado 2.3.1 HORMIGÓN Resistencia característica 25 N/mm² Módulo de deformación longitudinal 27500 N/mm² Coeficiente de dilatación térmica 10 10-6 1/ºC Coeficiente de retracción 3 10-4 Nivel de control ESTADÍSTICO Coeficiente parcial de seguridad del material 1,50 ARMADURAS Barras corrugadas B-500-S Límite elástico 500 N/mm² Nivel de control NORMAL Coeficiente parcial de seguridad del material 1,15 OPCIONES DE CÁLCULO FICHA 2.4 Estructura de hormigón armado 2.4.1 COEFICIENTES PARCIALES DE SEGURIDAD PARA LAS ACCIONES Cargas permanentes (G) 1,35 Cargas variables (Q) 1,50 COEFICIENTES PARCIALES DE SEGURIDAD: EQUILIBRIO Coeficiente frente al vuelco 1,80 Coeficiente frente al deslizamiento 1,50 NORMATIVA CTE EHE-08
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M3.6.3.ANEJO DE CÁLCULO 3 MURO ALTURA MÁXIMA DE CONTENCIÓN: 2,00 METROS 3.1
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MURO ALTURA MÁXIMA DE CONTENCIÓN: 1,50 METROS 3.2
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MURO ALTURA MÁXIMA DE CONTENCIÓN: 1,00 METROS 3.3
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2. CUMPLIMIENTO DE LA NORMA DE ACCESIBILIDAD
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NORMATIVA SOBRE ACCESIBILIDAD EN EL ENTORNO URBANO F.ACC/URB.A.II AMBITO DE APLICACIÓN: El diseño de planos y la redacción de determinaciones de los instrumentos de planeamiento, y la redacción y ejecución de proyectos de Urbanización, así como el diseño, características y colocación de mobiliario urbano. ELEMENTOS DE URBANIZACIÓN: Se considerarán como tales; La pavimentación, abastecimiento y distribución de aguas, saneamiento y alcantarillado, distribución de energía eléctrica, gas, telefonía y telemática, alumbrado público, jardinería y aquellas otras que materialicen las indicaciones de los instrumentos de planeamiento urbanístico. APARTADO NORMATIVA. Decreto 68/2000 de 11 de Abril. Anejo II PROYECTO ITINERARIOS PEATONALES (Anejo II. Art.3.2) Públicos y Privados de uso comunitario. ANCHO Min. General Si densidad. d12viv/ha PENDIENTE Longitudinal Transversal ALTURA Libre de paso BORDILLO acera Altura máxima. A 200 cm A 150 cm, con rellanos intermedios =180cm/20m máx. P 6% P 2%. Recomd.1,5% h 2,20m h 12cm A = 250 cm P = según calle P = 1,5% h 2,20m h = 12 cm Excepcionalmente, cuando en la construcción de itinerarios peatonales aparezcan contradicciones con la normativa urbanística o sectorial concurrente en el área o sean de difícil materialización por razones topográficas, será preciso justificar la solución en un informe de los Servicios Municipales, previo a la concesión de licencia. PAVIMENTO (Anejo II, Art.3.3.) Pavimentos Duros. Antideslizante y sin resaltos. Pavimentos Blandos. Suficientemente compactados, que impidan deslizamientos y hundimientos. Rejas y registros de los itinerarios y pasos peatonales, enrasados con el pavimento circundante de material antideslizante aún en mojado, serán de cuadrícula de apertura
1,0x1,0 cm, si invade el ancho mínimo. del itinerario peatonal y sino de 2,5x2,5cm. Alcorques. Serán elementos enrasados al pavimento y no deformables. De ser enrejados cumplirán con lo anteriormente dispuesto para Rejas y registros. Rejilla = - Sin arbolado SEÑALIZACIÓN Anejo IV: De Desniveles, Depresiones y Cambios de Cota, mediante Franjas Señalizadoras, Perpendiculares al sentido de marcha, de Anchura 1m y con Pavimento de textura y color diferentes. VADOS DE VEHÍCULOS (Anejo II, Art.3.4) El itinerario peatonal que atraviesen no debe verse afectado por pendientes superiores a las definidas para los itinerarios peatonales. Cuando lo anteriormente expuesto no pueda darse, al menos 150cm de acera respetarán dichas pendientes. Si la acera fuese de 150cm, se deberá rebajar el bordillo. Proyecto: el vado de vehículos propuesto deja libre un paso de acera de anchura superior a 1,50 m, no afectado por pendientes derivadas de la configuración del vado
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PASO DE PEATONES (Anejo II, Art.3.5) VADO PEATONAL. Planos inclinados: ANCHO mínimo a cota de calzada PENDIENTE Longitudinal Transversal = Paso peatones P 8% P 1,5% A = 4 m. P = 8% P = 1,5% ACERA a respetar de anchura A 150 cm A = 150 cm En aceras estrechas rebajar la acera en todo el ancho del paso peatonal con planos inclinados que respeten las pendientes fijadas. ISLETA A nivel de calzada ANCHO A 2m. en viales con doble sentido y tres o más carriles: A = - SEÑALIZACIÓN Anejo IV: El pavimento en las isletas y en el ancho del vado peatonal ampliado en un metro en todo su perímetro será igual a la franja señalizadora, materializado a través de baldosas u otro tipo de material con protuberancias o tetones de 25mm de , 6mm de altura y 67mm de separación entre centros, antideslizantes y contrastadas en color. PARQUES, JARDINES, PLAZAS (Anejo II, Art.3.6) ANCHO (CAMINOS y SENDAS) DESNIVELES DESNIVELES 0,40m A 2,00 m Mediante Itinerario Peatonal Elementos continuos de protección A = - A = - P = - ESCALERAS (Anejo II, Art.3.7) DIRECTRIZ recta Directriz caracol o abanico, si huella mínima 35 cm Directriz = recta ANCHO HUELLA CONTRAHUELLA Prohibido sin contrahuellas Nº PELDAÑOS mínimo -máximo Extremo libre escalón resalto DESCANSILLO. FONDO PASAMANOS Para cualquier ancho Para ancho 240 cm uno a otro a Prolongación en los extremos ALTURA LIBRE bajo escalera Intrados del tramo inferior PAVIMENTO BANDAS en borde peldaño A 200 cm h 35 cm t 15 cm 3 Nº 12 h 3 cm B 150 cm Obligatorio a ambos lados Además intermedio H = 100 5 cm H = 70 5 cm L = 45 cm H 220 cm Cerrarlo hasta 220cm Antideslizante A = 5-10cm, antideslizantes y de textura y color diferentes
A = existente h = existente t = existente Nº = prolongación existente h = existente B = existente H = 100 H = 70 L = 45 cm H = - A = 10 cm
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SEÑALIZACIÓN Anejo IV: Se dispondrá señalización táctil en los accesos. y mediante franja señalizadora en los itinerarios peatonales. Se dispondrán placas de orientación en los pasamanos de los edificios públicos de interés general y vestíbulos con varias opciones. RAMPAS (Anejo II, Art.3.8) ACCESOS 180cm = - PENDIENTE Longitudinal Transversal P 8 % P 1,5 % P = - P = - ANCHURA A 200 cm A = - BORDILLO LATERAL H 5 cm H = - LONGITUD máxima sin rellano L 10m L = - RELLANO INTERMEDIO. Fondo B 200 cm B = - PASAMANOS: Para cualquier ancho uno a otro a Prolongación en los extremos PAVIMENTO Obligatorio a ambos lados H = 100 5 cm H = 70 5 cm L = 45 cm Antideslizante H = - H = - L = - SEÑALIZACIÓN Anejo IV: Mediante franja señalizadora en los itinerarios peatonales. Se dispondrán placas de orientación en los pasamanos de los edificios públicos de interés general y vestíbulos con varias opciones. ESCAL. MECANICAS, TAPICES RODANTES Y ASCENSORES (Anejo II, Art.3.9) Cuando se instalen en los espacios públicos este tipo de elementos se estará a lo dispuesto en esta ficha en cuanto a accesibilidad y señalización y en cuanto a construcción ficha referente al Anejo III. APARCAMIENTOS (Anejo II, Art.3.11) RESERVA 1 cada 40 plazas o fracción Recorrido peatonal entre dos reservas 250m Situación junto a accesos y cerca itinerarios peatonales Si reserva próxima a paso peatones. Espacio libre A 200 cm ANCHO de plaza A 360 cm LARGO de plaza L 600 cm Nº de plazas = - R = - A = - A = - L = - Tipo = - En BATERÍA, si no es posible L = 600cm se admite L=500cm. En LINEA si no es posible A = 360m se admite la del resto de vehículos manteniendo el largo establecido debiendo ser las reservadas colindantes al paso peatonal.. SEÑALIZACIÓN: Mediante símbolo internacional de accesibilidad en el plano vertical y horizontal y prohibición de aparcar al resto de vehículos.
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ASEOS PÚBLICOS (Anejo II, Art.3.12) RESERVA Si se instalan aislados Si hay agrupación DISTRIBUIDOR ASEOS PUERTAS, De distribuidor y cabina adaptada. Accesibles Minusválidos 1 por sexo por /10 o fracción. 180cm A 90cm Nº Baños = - Nº reservas= -
= - A = - Zócalo protector en ambas caras de la hoja A 30cm BATERÍA URINARIOS: Al menos uno a h = 45 cm, sin pedestal Nº= - h = - CABINA INODORO ADAPTADA ESPACIO LIBRE 150cm, recomen. 180cm LAVABO, contará al menos con uno a h = 80cm INODORO h= 45-50cm Separación de exterior a pared d 70cm Espacio libre lateral a 80cm Barras laterales h = 805cm L = 80-90cm Distancia barras al eje inodoro d = 30-35cm PAVIMENTO Antideslizante en seco y mojado SUMIDEROS Enrasados. Rejillas de ranuras r 1,0cm x 1,0cm ACCESORIOS Espejos borde inferior a h 90cm Perchas, toalleros, etc h = 90-120cm ALARMA Tipo cordón o similar a h = 40cm = - h= - h= - e = - a = - h = - L = - d = - r = - h = - SEÑALIZACIÓN: Mediante símbolo internacional de accesibilidad colocado en la puerta de la cabina del inodoro. MOBILI. URBANO (Anejo II, Art.4) Se entiende como tales, al conjunto de objetos a colocar en los espacios exteriores superpuestos a los elementos de urbanización; Semáforos, Señales, Paneles Informativos, Carteles, Cabinas telefónicas, Fuentes públicas, Servicios Higiénicos, Papeleras, Marquesinas, Asientos y otros de análoga naturaleza. NORMAS GENERALES Se dispondrán de forma que no interfieran la accesibilidad Se diseñarán y ubicarán de forma que puedan ser utilizados por personas con dificultad en la accesibilidad. En las aceras se colocaran en el borde exterior, sin invadir los 200cm de itinerario peatonal o 150cm en densidades de 12viv/ha, ni invadir vados y pasos peatonales. Se dispondrán alineados longitudinalmente en el itinerario peatonal Elementos salientes de fachada fijos o móviles que interfieran un itinerario peatonal, Marquesinas, etc h 220cm Elemento fijo o móvil a h 220cm, se prolongará hasta el suelo. Elementos Trasparentes 2 Bandas de a= 20cm, colocadas una a h = 90cm otra a h = 150cm h = - Contarán con señal acústica, con emisores orientados hacia el otro lado de la calzada, recomendable emisor de activación a distancia por el discapacitados. h = 90-120cm Semáforos manuales, pulsador h = 90-120cm
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TELEFONOS (Anejo II, Art.4.2.2.2) RESERVA Si se instalan aislados Si hay agrupación En los Locutorios Accesibles Minusválidos 1 /10 o fracción. Un teléfono adaptado Nº reservas = - (a personas con problemas de comunicación) Cabinas y Locutorios Cumplirán parámetros accesibilidad en los edificios TELEFONO ACCESIBLE Acceso frontal a su uso, espacio libre 180cm Aparatos, diales, monederos y tarjeteros h = 90cm Repisa h = 80cm Bajo libre h = 70cm Baterías Teléfonos Laterales primero y último hasta el suelo = - h = - MAQUINAS EXPENDEDORAS (Anejo II, Art.4.2.2.4) Incorporarán sistema Braille, altorrelieve y macrocaracteres Diales y Monederos h = 90cm Recogida de billetes o productos h = 70cm CONTEDORES, PAPELER., BUZON, o análogos (Anejo II, Art.4.2.2.5) BOCAS h = 90cm CONTENEDORES Fuera del itinerario peatonal h = - FUENTES y BEBEDE. (Anejo II, Art.4.2.2.6) Aproximación a cota Rejillas antideslizantes en seco y mojado 2,5cm x 2,5cm Si el accionamiento es manual h 90cm BANCOS (Anejo II, Art.4.2.2.7) Asiento con respaldo y reposabrazos h = 40-50cm Reposabrazos h = 20-25cm Distancia máxima entre varios bancos d = 50m d = - Complementariamente a los anteriores y ajustándose a las condiciones ergonómicas para sentarse y levantarse se podrán utilizar otros. BOLARDOS (Anejo II, Art.4.2.2.8) Los Bolardos o Mojones serán visibles por color y volumen, no susceptibles de enganches. P. INFORMACION (Anejo II, Art.4.2.2.9) Sistemas de Información Interactivo (Anejo IV) Acceso con espacio libre 180cm Teclado, ligeramente inclinado h = 90-120cm Pantalla entre 30-40º inclinación h = 100-140cm = - PARADA AUTOBUS MARQUESINA (Anejo II, Art.4.2.2.10) En zona de espera y andén un lateral de ancho libre 180cm Si tiene asientos h = 40-50cm Si tiene elementos trasparentes: 2 Bandas señal a = 20cm, colocadas una a h = 90cm otra a h = 150cm A = - Parada por plataforma desde la acera, tendrá mismo pavimento que esta y podrá tener bordillo a 20cm.
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MOSTARDORES y VENTANILLAS (Anejo II, Art.4.2.2.11) Altura máxima h 110cm Dispondrá de un tramo de mostrador de: L = 120cm h= 80cm con hueco libre inferior de F = 50cm h = 70cm h = - ELEMENTOS PROVISIONALES. Protección y Señalización (Anejo II, Art.4.3) La protección será mediante vallas estables y continuas que no tengan cantos vivos, no sean autodeslizantes y resistan al vuelco. Prohibido la sustitución de vallas por mallas, cuerdas, cables o similares Distancia del vallado a zanjas, acopios, etc d 50cm Luces Rojas, deberán tener los elementos de protección y permanecerán encendidas en horarios de iluminación insuficiente. Itinerario peatonal garantizado a 150cm Si la acera fuese menor de 150cm a = Acera Elementos de andamiaje arriostrando a h 220m, deberán ser señalizados y protegidos adecuadamente hasta el suelo en longitudinal al itinerario. d = 50 cm a 150cm
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3. PRESUPUESTO
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1 TRABAJOS PREVIOS ........................................................................................................................................................ 2.395,82 2 MURO CONTENCION ........................................................................................................................................................ 13.234,96 3 PAVIMENTOS ..................................................................................................................................................................... 11.562,73 4 ALUMBRADO PUBLICO .................................................................................................................................................... 7.027,04 5 CANALIZACIONES ELECTRICIDAD ................................................................................................................................ 8.476,00 6 CANALIZACIONES TELEFONIA ....................................................................................................................................... 6.814,77 7 JARDINERIA ...................................................................................................................................................................... 1.692,60 8 SEÑALIZACIONES ............................................................................................................................................................. 2.289,27 9 VARIOS ............................................................................................................................................................................... 2.250,00 ____________________ TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL 55.743,79 13,00 % Gastos generales ............................ 7.246,69 6,00 % Beneficio industrial .......................... 3.344,62 _______________________________________ SUMA DE G.G. y B.I. 10.591,32 21,00 % I.V.A. ................................................................................ 13.930,37 _______________________ TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA 80.265,48 CAPÍTULO 01 TRABAJOS PREVIOS
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01.01 m. DESMONTAJE DE CERCA DIÁFANA Desmontaje de cerca diáfana de altura < de 2 m., formada por postes de madera, hierro u hormigón y alambrada, anclados al terreno directamente o recibidos con hormigón, incluso retirada a excom- brera autorizada. 1 38,00 38,00 38,00 15,74 598,12 01.02 m2 DEMOLICIÓN Y LEVANTADO DE ACERAS Demolición y levantado de aceras de loseta hidráulica o equivalente, con solera de hormigón en ma- sa 10/15 cm. de espesor, incluso carga y transporte de material resultante a vertedero. acera subida 1 5,00 1,20 6,00 paso minus 1 8,00 3,00 24,00 cruce instalaciones 1 3,00 2,00 6,00 36,00 8,12 292,32 01.03 m. DEMOLICIÓN Y LEVANTADO DE BORDILLO Demolición y levantado de bordillo de cualquier tipo y cimientos de hormigón en masa, de espesor variable, incluso carga y transporte del material resultante a vertedero. acera subida 1 33,00 33,00 paso minus 1 8,00 8,00 41,00 2,92 119,72 01.04 m2 DEMOL.Y LEVANTADO PAVIMENTO MBC e=10/20 cm. Demolición y levantado de pavimento de M.B.C/F. de 10/20 cm. de espesor, incluso corte previo y transporte del material resultante a vertedero. acera nueva 1 40,00 1,50 60,00 acera nueva + cruce instalaciones 1 30,00 1,50 45,00 105,00 4,25 446,25 01.05 ud RETIRADA ARBUSTO Retirada de arbusto, troceado y apilado del mismo en la zona indicada, incluso carga y transporte a vertedero o planta de reciclaje de ramas y el resto de productos resultantes. 1 1,00 1,00 569,49 569,49 01.06 m3 RETIRADA TIERRA VEGETAL DESBROCE Retirada de tierra vegetal superficial de terreno por medios mecánicos, de profundidad variable, inclu- so carga y transporte de la tierra vegetal a vertedero o lugar de empleo. canalizacion 1 11,15 1,50 16,73 1 21,00 1,50 31,50 48,23 7,67 369,92 TOTAL CAPÍTULO 01 TRABAJOS PREVIOS 2.395,82
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CAPÍTULO 02 MURO CONTENCION 02.01 m3 EXCAVACIÓN CIM. Y POZOS ROCA MED.MEC. Excavación en cimientos y pozos en roca con medios mecánicos, incluso carga y transporte de los productos de la excavación a vertedero o lugar de empleo. 1 28,00 5,40 151,20 .. 1 28,00 2,50 70,00 221,20 19,81 4.381,97 02.02 m3 RELLENO TRASDÓS MURO C/MAT. EXCAVACIÓN Relleno localizado en trasdós de muros con productos de la excavación, extendido, humectación y compactación en capas de 30 cm. de espesor, con un grado de compactación del 95% del proctor modificado. 1 28,00 2,60 72,80 1 28,00 1,00 28,00 100,80 7,28 733,82 02.03 m. DREN CIRCULAR PVC D=160 mm Tubería corrugada de PVC circular, ranurada, de diámetro 160 mm. en drenaje longitudinal, incluso geotextil y relleno de grava/balastro, incluso preparación de la superficie de asiento, compactación y nivelación, terminado. 1 28,00 28,00 1 3,00 3,00 2 6,00 12,00 43,00 13,33 573,19 02.04 m3 HORMIGÓN HM-20 LIMPIEZA Hormigón de limpieza HM-20 de espesor 10 cm., en cimientos de muro, incluso preparación de la superficie de asiento, regleado y nivelado, terminado. 1 28,00 1,40 0,10 3,92 1 3,00 1,40 0,10 0,42 4,34 73,13 317,38 02.05 m3 H.ARM. HA-25/P/20/Ia ZAPATA MURO Hormigón armado HA-25 N/mm2, consistencia plástica, Tmáx.20 mm., para ambiente normal, ela- borado en central en relleno de zapatas y zanjas de cimentación, incluso armadura, encofrado y de- sencofrado, por medio de camión grua o bomba, vibrado y colocado. Según normas NTE-CSZ , EHE-08 y CTE-SE-C. 1 28,00 1,40 0,40 15,68 1 3,00 1,40 0,40 1,68 17,36 240,90 4.182,02 02.06 m3 H.ARM. HA-25/P/20/Ia 2 CARAS 0,20 MURO Hormigón armado HA-25N/mm2, consistencia plástica, Tmáx. 20 mm. para ambiente normal, elabo- rado en central, en muro de 20 cm. de espesor, incluso armadura, encofrado y desencofrado con pa- neles metálicos de 2,70x2,40 m. a dos caras, vertido, encofrado y desencofrado con grúa, vibrado y colocado. Se colocaran juntas de estanqueidad y berengenos. Según normas NTE-CCM , EHE-08 y CTE-SE-C. sup polilinea 1 46,00 0,20 9,20 9,20 331,15 3.046,58 TOTAL CAPÍTULO 02 MURO CONTENCION 13.234,96
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CAPÍTULO 03 PAVIMENTOS 03.01 m. BORD.HORM. BICAPA GRIS C5 Bordillo de hormigón bicapa, de color gris, achaflanado, tipo C5 de Prefabricados Alberdi o similar, colocado sobre solera de hormigón HM-20/P/20/I, de 10 cm. de espesor, rejuntado y limpieza,inclu- so excavación y relleno necesario. acera nueva 1 40,00 40,00 paso minus 1 8,00 8,00 acera subida colegio 1 25,00 25,00 73,00 13,69 999,37 03.02 m. RIGOLA IN SITU 20x20 Rigola de hormigón fabricada in situ junto a bordillo existente, con hormigón HM-20/P/20/I, acabado refinado y pulido, excavación necesaria, rejuntado, llagueado y limpieza. acera nueva 1 40,00 40,00 paso minus 1 8,00 8,00 acera subida colegio 1 25,00 25,00 73,00 14,58 1064,34 03.03 m2 SOLERA PARA ENBALDOSAR Realización de solera de hormigón HM-20/P/20/I de 15 cm de espesor acabada para enbaldosar aceras, incluso preparación y nivelado de base. acera nueva 1 40,00 2,50 100,00 acera minus 1 8,00 3,50 28,00 cruce inst. 1 9,00 2,50 22,50 150,50 14,69 2.210,84 03.04 m2 PAV.LOSETA BILBAO GRIS Pavimento de loseta hidráulica, 4 pastillas, modelo Bilbao, color gris de 20x20 cm., sentada con mortero de cemento, i/p.p. de junta de dilatación, enlechado y limpieza. acera nueva 1 40,00 2,50 100,00 cruce inst. 1 9,00 2,50 22,50 cruce en acera subida colegio 1 2,00 2,50 5,00 127,50 20,68 2.636,70 03.05 m2 PAV.LOSETA CEM.BOTÓN COLOR Pavimento de loseta hidráulica color de 20x20 cm., con resaltos cilíndricos tipo botón, sentada con mortero de cemento, i/p.p. de junta de dilatación, enlechado y limpieza. acera minus 2 lados 2 8,00 2,50 40,00 40,00 22,68 907,20 03.06 m2 CAPA RODADURA D-12 e=7 cm. D.A.<30 Suministro y puesta en obra de M.B.C. tipo D-12 en capa de rodadura de 7 cm. de espesor, con ári- dos con desgaste de los ángeles < 30, extendida y compactada, incluido riego asfáltico, filler de aportación y betún, se incluyen los cortes necesarios. 1 234,50 234,50 9,04 2.119,88 03.07 m. BARANDILLA METÁLICA Barandilla metálica galvanizada en caliente y pintada en esmalte color a elegir, colocada mediante placas de anclaje, pasamanos y fijaciones de 80x40x1,5 mm., barras verticales interiores de30x30x1,5 mm. y base de 60x25x1,5 mm. con una altura de 1,05 m., terminado. muro 1 28,00 28,00 1 3,00 3,00 31,00 52,40 1.624,40 TOTAL CAPÍTULO 03 PAVIMENTOS 11.562,73
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CAPÍTULO 04 ALUMBRADO PUBLICO 04.01 m. CANAL.ALUMB.2 PVC 110 Canalización alumbrado público en zanja bajo acera, para 3 conductos, en base 3, de PVC de 110 mm. de diámetro, embebidos en prisma de hormigón HM-20 de central de 8 cm. de recubrimiento superior e inferior y 10 cm. lateralmente, incluso excavación de tierras a máquina en terrenos flojos, tubos, soportes distanciadores cada 70 cm., cuerda guía para cables, hormigón y relleno de la capa superior con tierras procedentes de la excavación, en tongadas <25 cm., compactada al 95% del P.N., ejecutado según pliego de prescripciones técnicas particulares de la obra. 120,00 21,15 2.538,00 04.02 ud ARQUETA ALUMBRADO Arqueta de alumbrado público construida in situ, de dimensiones exteriores 0,50x0,50x0,50 m., for- mada por hormigón armado HM-20/P/20/I en solera de 10 cm. y HA-25/P/20/I en paredes 10 cm. de espesor, tapa defundición nodular para embaldosar, con ventanas para entrada de conductos, in- cluso excavación de zanja en terreno flojo, 10 cm. de hormigón de limpieza HM-20 N/mm2, embo- cadura de conductos, relleno lateralmente de tierras procedentes de la excavación y transporte de sobrantes a vertedero, ejecutada según pliego de prescripciones técnicas particulares de la obra. 8 8,00 8,00 255,94 2.047,52 04.03 ud COLUMNA Y LUMINARIA Suministro e instalacion de luminaria TECEO, de Schréder, modelo pequeño ITO; con carcasa en aluminio inyectado a alta presión y con reflector asimétrico en aluminio anodizado, con cierre de vidrio plano IP66. Instalada sobre columna de 6 m de altura fabricada en acero cilíndrico galvanizado con un revesti- miento superficial de poliuretano acabado al horno, puerta de registro enrasada y placa de anclaje con cartelas de refuerzo. Incluso caja emmp, fusibles , pernos de anclaje y cableado. 2 2,00 2,00 640,96 1.281,92 04.04 m. LÍNEA ALUMB.P.4(1x6)+T.16 Cu. C/EXC. Suministro y tendido de linea de alimentación de Alumbrado público formada por conductores de co- bre 4(1x6) mm2 con aislamiento tipo RV-0,6/1 kV, incluso cable para red equipotencial tipo VV-750. Se incluye la p.p. de conexiones, picas de tierra, y legalizaciones. 120,00 5,08 609,60 04.05 ud CONEXION A RED EXISTENTE Realización de trabajos de conexionado a red existente municipal. 1 1,00 1,00 550,00 550,00 TOTAL CAPÍTULO 04 ALUMBRADO PUBLICO 7.027,04
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CAPÍTULO 05 CANALIZACIONES ELECTRICIDAD 05.01 m. CANALIZ. ELÉCT. ZANJA ACERA 2T-160mm. Realización de zanja y canalización de tubos para energia electrica formada por 2T de 160mm bajo acera, realizada mediante el siguiente proceso: - Excavación y posterior relleno compactado de zanja de 56 cms. de ancho y 70 cms. de profundi- dad, al 95% del p.n. en tongadas <25 cm., en cualquier clase de terreno. se incluye el cargue y transporte a vertedero o lugar de utilización de los sobrantes en caso de resultar necesario. - Suministro y colocación de capa de asiento de 10 cm. de hormigon en masa HM-25/P/20/I. - colocación de dos tuberías de p.e. con doble pared, la exterior corrugada y la interior lisa, segun norma e.n. 50086/2/4/1994 de DN-160mm, incluso parte proporcional de uniones, separadores, se- llado de extremos en arqueta homologada por iberdrola totalmente colocada. - llenado posterior de hormigón en masa HM-25/P/20/I sobrepasando en 10 cm. la parte superior del tubo. - Se incluye la parte proporcional del recibido del tubo en las arquetas, soportes distanciadores cada 70 cm, cuerda guía para cables, etc, asi como todos los elementos necesarios para el correcto fun- cionamiento de la red. Todo ello ejecutado según normas de compañía suminstradora y pliego de prescripciones técnicas particulares de la obra. Medida la longitud ejecutada. 120,00 28,81 3457,20 05.02 ud ARQ.IBERDROLA HORMIGON CON TAPA HOMOLOGADA Arqueta simple de hormigón homologada por Iberdrola de medidas 1000x1000-700 cm, con registro con anagrama de Iberdrola de 700x700 incluso hormigón de limpieza en solera, excavación necesa- ria y posterior relleno. 8 8,00 8,00 314,85 2.518,80 05.03 ud RETIRADA POSTES Realización de las gestiones necesarias ante Iberdrola y retirada de poste, incluso tendidos de red y reposiciones necesarias. 1 1,00 1,00 300,00 300,00 05.04 ud INSTALACIÓN POSTE DE HORMIGÓN FINAL DE LINEA IBERDROLA Realización de las gestiones necesarias ante Iberdrola y colocación de poste de hormigón según indicaciones Iberdrola. Incluido Zapata de hormigón armada. 1 1,00 1,00 2.200,00 2.200,00 TOTAL CAPÍTULO 05 CANALIZACIONES ELECTRICIDAD 8.476,00
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CAPÍTULO 06 CANALIZACIONES TELEFONIA 06.01 m. CANAL. TELEF. 2 PVC 110 Canalización telefónica en zanja bajo calzada, de 0,45x0,88 m. para 2 conductos, en base 2, de PVC de 110 mm. de diámetro, embebidos en prisma de hormigón HM-20 de central de 8 cm. de re- cubrimiento superior e inferior y 10 cm. lateralmente, incluso excavación de tierras a máquina en te- rrenos flojos, tubos, soportes distanciadores cada 70 cm., cuerda guía para cables, hormigón y relle- no de la capa superior con tierras procedentes de la excavación, en tongadas <25 cm., compactada al 95% del P.N., ejecutado pliego de prescripciones técnicas particulares de la obra. 120,00 35,68 4.281,60 06.02 ud ARQUETA IN SITU TIPO M Arqueta tipo M construida in situ, de dimensiones exteriores 0,50x0,50x0,68 m., formada por hormi- gón armado HM-20/P/20/I en solera de 10 cm. y HA-25/P/20/I en paredes 10 cm. de espesor, tapa de fundición sobre cerco metálico L, con ventanas para entrada de conductos, incluso excavación de zanja en terreno flojo, 10 cm. de hormigón de limpieza HM-20 N/mm2, embocadura de conductos, relleno lateralmente de tierras procedentes de la excavación y transporte de sobrantes a vertedero, ejecutada según pliego de prescripciones técnicas particulares de la obra. 5 5,00 5,00 255,94 1.279,70 06.03 ud ARQUETA TELEF. IN SITU TIPO H-II Arqueta tipo H-II construida in situ, de dimensiones exteriores 1,00x1,10x1,03 m.,formada por hormi- gón armado HM-20/P/20/I en solera de 15 cm. y HA-25/P/20/I en paredes 15 cm. de espesor, tapa metálica sobre cerco metálico L de 80x8 mm., formación de sumidero o poceta, recercado con perfil metálico L 40x4 mm. en solera para recogida de aguas, con dos ventanas para entrada de conduc- tos, dos regletas y dos ganchos de tiro, incluso excavación de zanja en terreno flojo, 10 cm. de hor- migón de limpieza HM-20/P/40/I, embocadura de conductos, relleno lateralmente de tierras proce- dentes de la excavación y transporte de sobrantes a vertedero, ejecutada según pliego de prescrip- ciones técnicas particulares de la obra. 1 1,00 1,00 753,47 753,47 06.04 ud RETIRADA POSTES Realización de las gestiones necesarias ante Compañias y retirada de tres postes de hormigón y uno de madera, incluso tendidos de red y reposiciones necesarias. 1 1,00 1,00 500,00 500,00 TOTAL CAPÍTULO 06 CANALIZACIONES TELEFONIA 6.814,77
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CAPÍTULO 07 JARDINERIA 07.01 m2 TIERRA VEGETAL Tierra vegetal en arcenes en capas de 5-15 cm. de espesor, incluyendo el suministro, carga, trans- porte, extendido, compactación y perfilado, terminado. camino 1 15,00 2,00 30,00 1 21,00 2,00 42,00 muro 1 28,00 3,00 84,00 156,00 8,39 1.308,84 07.02 m2 FORM.CÉSPED NATURAL Formación de césped tipo pradera natural rústico, por siembra de una mezcla de Festuca arundina- cea al 70% y Ray-grass al 30 %, en superficies hasta 1000 m2, comprendiendo el desbroce, perfi- lado y fresado del terreno, distribución de fertilizante complejo NPK-Mg-M.O., pase de motocultor a los 10 cm. superficiales, perfilado definitivo, pase de rulo y preparación para la siembra, siembra de la mezcla indicada a razón de 30 gr/m2. y primer riego. camino 1 15,00 2,00 30,00 1 21,00 2,00 42,00 muro 1 28,00 3,00 84,00 156,00 2,46 383,76 TOTAL CAPÍTULO 07 JARDINERIA 1.692,60
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CAPÍTULO 08 SEÑALIZACIONES 08.01 ud SEÑAL CUADRADA REFLEXIVA E.G. L=60 cm. Señal cuadrada de lado 60 cm., reflexiva nivel I (E.G.) y troquelada, incluso poste galvanizado de sustentación y cimentación, colocada. 2 2,00 2,00 123,95 247,90 08.02 m. M.VIAL CONTINUA ACRÍLICA ACUOSA 10 cm Marca vial reflexiva continua blanca/amarilla, de 10 cm. de ancho, ejecutada con pintura acrílica en base acuosa con una dotación de 720 gr./m2 y aplicación de microesferas de vidrio con una dota- ción de 480 gr./m2, excepto premarcaje. 1 101,00 101,00 101,00 0,37 37,37 08.03 m2 PINTURA ACRÍLICA B.DISOLV. EN CEBREADOS Pintura reflexiva acrílica en cebreados, realmente pintado, incluso barrido y premarcaje sobre el pa- vimento. 1 4,00 6,00 24,00 24,00 8,50 204,00 08.04 ud ARQUILER DE LA SEÑALÍTICA PARA SEÑALIZACIÓN DE EN FASE OBRA Alquiler de la señalítica para la señalización en fase obra. Definido en el anexo final del proyecto 9. Anexo: Fases de cosntrucción y señalización de obra. 1 1,00 1,00 1 1 1.800,00 1.800,00 TOTAL CAPÍTULO 08 SEÑALIZACIONES 2.289,27
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CAPÍTULO 09 VARIOS 09.01 UD SEGURIDAD Y SALUD Cumplimiento de medidas de Seguridad y Salud en la obra. 1,00 750,00 750,00 09.02 UD CONTROL DE CALIDAD Realización de ensayos a petición de la Dirección de la Obra. 1,00 750,00 750,00 09.03 UD GESTION DE RESIDUOS Realización de los trabajos de la gestión de residuos de la obra de acuerdo al Proyecto específico. 1,00 750,00 750,00 TOTAL CAPÍTULO 09 VARIOS 2.250,00
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4. PLIEGO DE CONDICIONES
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1. CLAÚSULAS ADMINISTRATIVAS 1.1. CONDICIONES GENERALES 1.2. CONDICIONES FACULTATIVAS 1.2.1. AGENTES INTERVINIENTES EN LA OBRA 1.2.1.1 Promotor 1.2.1.2 Contratista 1.2.1.3 Dirección facultativa 1.2.2. DOCUMENTACIÓN DE OBRA 1.2.3. REPLANTEO y ACTA de REPLANTEO 1.2.4. LIBRO DE ÓRDENES 1.2.5. RECEPCIÓN DE LA OBRA 1.3. CONDICIONES ECONÓMICAS 1.3.1. FIANZAS y SEGUROS 1.3.2. PLAZO de EJECUCIÓN y SANCIÓN por RETRASO 1.3.3. PRECIOS 1.3.4. MEDICIONES y VALORACIONES 1.3.5. OBRAS CONTRATADAS POR LAS AA.PP. 1.4. CONDICIONES LEGALES 2. CONDICIONES TÉCNICAS de los MATERIALES, de la EJECUCIÓN y de las VERIFICACIONES 2.1. URBANIZACIÓN. PREPARACIÓN DEL TERRENO Y MOVIMIENTOS DE TIERRA 2.2. ESTRUCTURA 2.3 ELECTRICIDAD. INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN 2.4. ELECTRICIDAD. ILUMINACIÓN. ALUMBRADO PUBLICO (Báculos + Luminarias) 2.6. URBANIZACIÓN. POZOS ARQUETAS 2.7. URBANIZACIÓN. DRENAJES 2.8. URBANIZACIÓN BORDILLOS 2.9. URBANIZACIÓN. ACERAS, CALLES Y ZONAS PEATONALES 2.10. URBANIZACIÓN. AFIRMADOS DE CALLES 2.11. URBANIZACIÓN. PAVIMENTOS DE CALLES PARA TRÁFICO RODADO 2.12. JARDINERÍA 2.13. SEGURIDAD E HIGIENE 2.14. OBRA CIVIL
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1. CLAÚSULAS ADMINISTRATIVAS 1.1. CONDICIONES GENERALES El objeto del presente pliego es la ordenación de las condiciones facultativas, técnicas, económicas y legales que han de regir durante la ejecución de las obras de construcción del proyecto. La obra ha de ser ejecutada conforme a lo establecido en los documentos que conforman el presente proyecto, siguiendo las condiciones establecidas en el contrato y las órdenes e instrucciones dictadas por la dirección facultativa de la obra, bien oralmente o por escrito. Cualquier modificación en obra, se pondrá en conocimiento de la Dirección Facultativa, sin cuya autorización no podrá ser realizada. Se acometerán los trabajos cumpliendo con lo especificado en el apartado de condiciones técnicas de la obra y se emplearán materiales que cumplan con lo especificado en el mismo. Durante la totalidad de la obra se estará a lo dispuesto en la normativa vigente especialmente a la de obligado cumplimiento. Es obligación de la contrata, así como del resto de agentes intervinientes en la obra el conocimiento del presente pliego y el cumplimiento de todos sus puntos. Como documento subsidiario para aquellos aspectos no regulados en el presente pliego se adoptarán las prescripciones recogidas en el Pliego General de Condiciones Técnicas de la Edificación publicado por los Consejos Generales de la Arquitectura y de la Arquitectura Técnica de España. 1.2. CONDICIONES FACULTATIVAS 1.2.1. AGENTES INTERVINIENTES en la OBRA 1.2.1.1 Promotor Será considerado promotor cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación objeto de este proyecto. Cuando el promotor realice directamente con medios humanos y materiales propios la totalidad o determinadas partes de la obra, tendrá también la consideración de contratista a los efectos de la Ley 32/2006. A los efectos del RD 1627/97 cuando el promotor contrate directamente trabajadores autónomos para la realización de la obra o de determinados trabajos de la misma, tendrá la consideración de contratista excepto en los casos estipulados en dicho Real Decreto. Tendrá la consideración de productor de residuos de construcción y demolición a los efectos de lo dispuesto en el RD 105/2008. Son obligaciones del promotor: • Ostentar sobre el solar la titularidad de un derecho que le faculte para construir en él. • Nombrar a los técnicos proyectistas y directores de obra y de la ejecución material. • Contratar al técnico redactor del Estudio de Seguridad y Salud y al Coordinador en obra y en proyecto si fuera necesario. • Facilitar la documentación e información previa necesaria para la redacción del proyecto, así como autorizar al director de obra las posteriores modificaciones del mismo. • Gestionar y obtener las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas, así como suscribir el acta de recepción de la obra. • Suscribir los seguros exigidos por la Ley de Ordenación de la Edificación. • Facilitar el Libro del Edificio a los usuarios finales. Dicho Libro incluirá la documentación reflejada en la Ley de Ordenación de la Edificación, el Código Técnico de la Edificación, el certificado de eficiencia energética del edificio y los aquellos otros contenidos exigidos por la normativa. • Incluir en proyecto un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición. En obras de demolición, rehabilitación, reparación o reforma, hacer un inventario de los residuos peligrosos
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que se generarán, que deberá incluirse en el estudio de gestión, así como prever su retirada selectiva y asegurar su envío a gestores autorizados de residuos peligrosos. • Disponer de la documentación que acredite que los residuos de construcción y demolición han sido debidamente gestionados según legislación. • En su caso constituir la fianza o garantía financiera equivalente que asegure el cumplimiento de los requisitos establecidos en relación con los residuos de construcción y demolición de la obra. 1.2.1.2 Contratista Contratista: es la persona física o jurídica, que tiene el compromiso de ejecutar las obras con medios humanos y materiales suficientes, propios o ajenos, dentro del plazo acordado y con sujeción estricta al proyecto técnico que las define, al contrato firmado con el promotor, a las especificaciones realizadas por la Dirección Facultativa y a la legislación aplicable. Tendrá la consideración de poseedor de residuos de construcción y demolición a los efectos de lo dispuesto en el RD 105/2008. Son obligaciones del contratista: • La ejecución del las obras alcanzando la calidad exigida en el proyecto cumpliendo con los plazos establecidos en el contrato. • Tener la capacitación profesional para el cumplimiento de su cometido como constructor. • Designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del constructor en la obra, tendrá la capacitación adecuada de acuerdo con las características y la complejidad de la obra y permanecerá en la obra a lo largo de toda la jornada legal de trabajo hasta la recepción de la obra. El jefe de obra, deberá cumplir las indicaciones de la Dirección Facultativa y firmar en el libro de órdenes, así como cerciorarse de la correcta instalación de los medios auxiliares, comprobar replanteos y realizar otras operaciones técnicas. • Asignar a la obra los medios humanos y materiales que su importancia requiera. • Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes o instalaciones de la obra dentro de los límites establecidos en el contrato. • Firmar el acta de replanteo y el acta de recepción de la obra. • Facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboración de la documentación de la obra ejecutada. • Suscribir las garantías previstas en el presente pliego y en la normativa vigente. • Redactar el Plan de Seguridad y Salud. • Designar al recurso preventivo de Seguridad y Salud en la obra entre su personal técnico cualificado con presencia permanente en la obra y velar por el estricto cumplimiento de las medidas de seguridad y salud precisas según normativa vigente y el plan de seguridad y salud. • Vigilar el cumplimiento de la Ley 32/2006 por las empresas subcontratistas y trabajadores autónomos con que contraten; en particular, en lo que se refiere a las obligaciones de acreditación e inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas, contar con el porcentaje de trabajadores contratados con carácter indefinido aspectos regulados en el artículo 4 de dicha Ley y al régimen de la subcontratación que se regula en el articulo 5. • Informar a los representantes de los trabajadores de las empresas que intervengan en la ejecución de la obra de las contrataciones y subcontrataciones que se hagan en la misma. • Estará obligado a presentar al promotor un plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra. • Cuando no proceda a gestionar por sí mismo los residuos de construcción y demolición estará obligado a entregarlos a un gestor de residuos o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración para su gestión. • Estará obligado a mantener los residuos de construcción y demolición en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, así como a evitar la mezcla de fracciones ya seleccionadas que impida o dificulte su posterior valorización o eliminación. PLAZO de EJECUCIÓN y PRÓRROGAS
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En caso de que las obras no se pudieran iniciar o terminar en el plazo previsto como consecuencia de una causa mayor o por razones ajenas al Contratista, se le otorgará una prórroga previo informe favorable de la Dirección Facultativa. El Contratista explicará la causa que impide la ejecución de los trabajos en los plazos señalados, razonándolo por escrito. La prórroga solo podrá solicitarse en un plazo máximo de un mes a partir del día en que se originó la causa de esta, indicando su duración prevista y antes de que la contrata pierda vigencia. En cualquier caso el tiempo prorrogado se ajustará al perdido y el Contratista perderá el derecho de prórroga si no la solicita en el tiempo establecido. Cada una de las partidas que compongan la obra se ejecutarán con personal adecuado al tipo de trabajo de que se trate, con capacitación suficientemente probada para la labor a desarrollar. La Dirección Facultativa, tendrá la potestad facultativa para decidir sobre la adecuación del personal al trabajo a realizar. El Contratista proporcionará un mínimo de dos muestras de los materiales que van a ser empleados en la obra con sus certificados y sellos de garantía en vigor presentados por el fabricante, para que sean examinadas y aprobadas por la Dirección Facultativa, antes de su puesta en obra. Los materiales que no reúnan las condiciones exigidas serán retiradas de la obra. Las pruebas y ensayos, análisis y extracción de muestras de obra que se realicen para cerciorarse de que los materiales y unidades de obra se encuentran en buenas condiciones y están sujetas al Pliego, serán efectuadas cuando se estimen necesarias por parte de la Dirección Facultativa y en cualquier caso se podrá exigir las garantías de los proveedores. El transporte, descarga, acopio y manipulación de los materiales será responsabilidad del Contratista. INSTALACIONES y MEDIOS AUXILIARES El proyecto, consecución de permisos, construcción o instalación, conservación, mantenimiento, desmontaje, demolición y retirada de las instalaciones, obras o medios auxiliares de obra necesarias y suficientes para la ejecución de la misma, serán obligación del Contratista y correrán a cargo del mismo. De igual manera, será responsabilidad del contratista, cualquier avería o accidente personal que pudiera ocurrir en la obra por insuficiencia o mal estado de estos medios o instalaciones. El Contratista instalará una oficina dotada del mobiliario suficiente, donde la Dirección Facultativa podrá consultar la documentación de la obra y en la que se guardará una copia completa del proyecto visada por el Colegio Oficial, el libro de órdenes, libro de incidencias según RD 1627/97, libro de visitas de la inspección de trabajo, copia de la licencia de obras y copia del plan de seguridad y salud. SUBCONTRATAS Subcontratista es la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el contratista u otro subcontratista comitente el compromiso de realizar determinadas partes o unidades de obra. El Contratista podrá subcontratar capítulos o unidades de obra, bajo su responsabilidad, previo consentimiento del Promotor y la Dirección Facultativa, asumiendo en cualquier caso el contratista las actuaciones de las subcontratas. Será obligación de los subcontratistas vigilar el cumplimiento de la Ley 32/2006 por las empresas subcontratistas y trabajadores autónomos con que contraten; en particular, en lo que se refiere a las obligaciones de acreditación e inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas, contar con el porcentaje de trabajadores contratados con carácter indefinido aspectos regulados en el artículo 4 de dicha Ley y al régimen de la subcontratación que se regula en el articulo 5. Tendrán la consideración de poseedores de residuos de construcción y demolición a los efectos de lo dispuesto en el RD 105/2008. RELACIÓN con los AGENTES INTERVINIENTES en la OBRA El orden de ejecución de la obra será determinada por el Contratista, excepto cuando la dirección facultativa crea conveniente una modificación de los mismos por razones técnicas en cuyo caso serán modificados sin contraprestación alguna. El contratista estará a lo dispuesto por parte de la dirección de la obra y cumplirá sus indicaciones en todo momento, no cabiendo reclamación alguna, en cualquier caso, el contratista puede manifestar por escrito su disconformidad y la dirección firmará el acuse de recibo de la notificación.
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En aquellos casos en que el contratista no se encuentre conforme con decisiones económicas adoptadas por la dirección de la obra, este lo pondrá en conocimiento de la propiedad por escrito, haciendo llegar copia de la misma a la Dirección Facultativa. DEFECTOS de OBRA y VICIOS OCULTOS El Contratista será responsable hasta la recepción de la obra de los posibles defectos o desperfectos ocasionados durante la misma. En caso de que la Dirección Facultativa, durante las obras o una vez finalizadas, observara vicios o defectos en trabajos realizados, materiales empleados o aparatos que no cumplan con las condiciones exigidas, tendrá el derecho de mandar que las partes afectadas sean demolidas y reconstruidas de acuerdo con lo contratado, antes de la recepción de la obra y a costa de la contrata. De igual manera, los desperfectos ocasionados en fincas colindantes, vía pública o a terceros por el Contratista o subcontrata del mismo, serán reparados a cuenta de éste, dejándolas en el estado que estaban antes del inicio de las obras. MODIFICACIONES en las UNIDADES de OBRA Las unidades de obra no podrán ser modificadas respecto a proyecto a menos que la Dirección Facultativa así lo disponga por escrito. En caso de que el Contratista realizase cualquier modificación beneficiosa (materiales de mayor calidad o tamaño), sin previa autorización de la Dirección Facultativa y del Promotor, sólo tendrá derecho al abono correspondiente a lo que hubiese construido de acuerdo con lo proyectado y contratado. En caso de producirse modificaciones realizadas de manera unilateral por el Contratista que menoscaben la calidad de lo dispuesto en proyecto, quedará a juicio de la Dirección Facultativa la demolición y reconstrucción o la fijación de nuevos precios para dichas partidas. Previamente a la ejecución o empleo de los nuevos materiales, convendrán por escrito el importe de las modificaciones y la variación que supone respecto al contratado. Toda modificación en las unidades de obra serán anotadas en el libro de órdenes, así como su autorización por la Dirección Facultativa y posterior comprobación. 1.2.1.3 Dirección facultativa PROYECTISTA Es el encargado por el promotor para redactar el proyecto de ejecución de la obra con sujeción a la normativa vigente y a lo establecido en contrato. Será encargado de realizar las copias de proyecto necesarias y visarlas en el colegio profesional correspondiente. Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediante proyectos parciales o documentos técnicos, cada proyectista asumirá la titularidad de su proyecto. El proyectista suscribirá el certificado de eficiencia energética del proyecto a menos que exista un proyecto parcial de instalaciones térmicas, en cuyo caso el certificado lo suscribirá el autor de este proyecto parcial. DIRECTOR de la OBRA Forma parte de la Dirección Facultativa, dirige el desarrollo de la obra en aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto. Son obligaciones del director de obra: • Verificar el replanteo y la adecuación de la cimentación y de la estructura proyectadas a las características geotécnicas del terreno. • Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto. • Elaborar modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra . • Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como conformar las certificaciones de las unidades de obra ejecutadas.
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• Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que en su caso fueran preceptivos. • Suscribir el certificado de eficiencia energética del edificio terminado. DIRECTOR de la EJECUCIÓN de la OBRA Forma parte de la dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado. Son obligaciones del director de la ejecución de la obra: • Verificar la recepción en obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas. • Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del director de obra. • Consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas. • Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones de las unidades de obra ejecutadas. • Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado. • Suscribir el certificado de eficiencia energética del edificio terminado. 1.2.2. DOCUMENTACIÓN DE OBRA En obra se conservará una copia integra y actualizada del proyecto para la ejecución de la obra incorporando el estudio de gestión de residuos de construcción y demolición. Todo ello estará a disposición de todos los agentes intervinientes en la obra. Tanto las dudas que pueda ofrecer el proyecto al contratista como los documentos con especificaciones incompletas se pondrán en conocimiento de la Dirección Facultativa tan pronto como fueran detectados con el fin de estudiar y solucionar el problema. No se procederá a realizar esa parte de la obra, sin previa autorización de la Dirección Facultativa. La existencia de contradicciones entre los documentos integrantes de proyecto o entre proyectos complementarios dentro de la obra se salvará atendiendo al criterio que establezca el Director de Obra no existiendo prelación alguna entre los diferentes documentos del proyecto. Una vez finalizada la obra, el proyecto, con la incorporación en su caso de las modificaciones debidamente aprobadas, será facilitado al promotor por el director de obra para la formalización de los correspondientes trámites administrativos. A dicha documentación adjuntará el Promotor el acta de recepción, la relación identificativa de los agentes que han intervenido durante el proceso de edificación, las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones, de conformidad con la normativa que le sea de aplicación y aquellos datos requeridos según normativa para conformar el Libro del Edificio que será entregado a los usuarios finales del edificio. 1.2.3. REPLANTEO y ACTA de REPLANTEO El Contratista estará obligado a comunicar por escrito el inicio de las obras a la Dirección Facultativa como mínimo tres días antes de su inicio. El replanteo será realizado por el Constructor siguiendo las indicaciones de alineación y niveles especificados en los planos y comprobado por la Dirección Facultativa. No se comenzarán las obras si no hay conformidad del replanteo por parte de la Dirección Facultativa. Todos los medios materiales, personal técnico especializado y mano de obra necesarios para realizar el replanteo, que dispondrán de la cualificación adecuada, serán proporcionadas por el Contratista a su cuenta. Se utilizarán hitos permanentes para materializar los puntos básicos de replanteo, y dispositivos fijos adecuados para las señales niveladas de referencia principal.
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Los puntos movidos o eliminados, serán sustituidos a cuenta del Contratista, responsable de conservación mientras el contrato esté en vigor y será comunicado por escrito a la Dirección Facultativa, quien realizará una comprobación de los puntos repuestos. El Acta de comprobación de Replanteo que se suscribirá por parte de la Dirección Facultativa y de la Contrata, contendrá, la conformidad o disconformidad del replanteo en comparación con los documentos contractuales del Proyecto, las referencias a las características geométricas de la obra y autorización para la ocupación del terreno necesario y las posibles omisiones, errores o contradicciones observadas en los documentos contractuales del Proyecto, así como todas las especificaciones que se consideren oportunas. El Contratista asistirá a la Comprobación del Replanteo realizada por la Dirección, facilitando las condiciones y todos los medios auxiliares técnicos y humanos para la realización del mismo y responderá a la ayuda solicitada por la Dirección. Se entregará una copia del Acta de Comprobación de Replanteo al Contratista, donde se anotarán los datos, cotas y puntos fijados en un anexo del mismo. 1.2.4. LIBRO DE ÓRDENES El Director de Obra facilitará al Contratista al comienzo de la obra de un libro de Órdenes, Asistencias e Incidencias que se mantendrá permanente en obra a disposición de la Dirección Facultativa. En el libro se anotarán: • Las contingencias que se produzcan en la obra y las instrucciones de la Dirección Facultativa para la correcta interpretación del proyecto. • Las operaciones administrativas relativas a la ejecución y la regulación del contrato. • Las fechas de aprobación de muestras de materiales y de precios nuevos o contradictorios. • Anotaciones sobre la calidad de los materiales, cálculo de precios, duración de los trabajos, personal empleado... Las hojas del libro serán foliadas por triplicado quedando la original en poder del Director de Obra, copia para el Director de la Ejecución y la tercera para el contratista. La Dirección facultativa y el Contratista, deberán firmar al pie de cada orden constatando con dicha firma que se dan por enterados de lo dispuesto en el Libro. 1.2.5. RECEPCIÓN DE LA OBRA La recepción de la obra es el acto por el cual el constructor, una vez concluida ésta, hace entrega de la misma al promotor y es aceptada por éste. Podrá realizarse con o sin reservas y deberá abarcar la totalidad de la obra o fases completas y terminadas de la misma. La recepción deberá realizarse dentro de los 30 días siguientes a la notificación al promotor del certificado final de obra emitido por la Dirección Facultativa y consignarse en un acta firmada, al menos, por el promotor y el constructor, y en la misma se hará constar: las partes que intervienen, la fecha del certificado final de la obra, el coste final de la ejecución material de la obra, la declaración de recepción de la obra con o sin reservas, especificando, en su caso, éstas de manera objetiva y el plazo en que deberán quedar subsanados los defectos observados y las garantías que en su caso se exijan al constructor para asegurar sus responsabilidades. Una vez subsanados los defectos, se hará constar en un acta aparte, suscrita por los firmantes de la recepción. Asimismo, se adjuntará el certificado final de obra suscrito por el director de obra y el director de la ejecución de la obra. El promotor podrá rechazar la recepción de la obra por considerar que la misma no está terminada o que no se adecua a las condiciones contractuales. El rechazo deberá se motivado por escrito en el acta, en la que se fijará el nuevo plazo para efectuar la recepción. La recepción se entenderá tácitamente producida si transcurridos los 30 días el promotor no hubiera puesto de manifiesto reservas o rechazo motivado por escrito. El cómputo de los plazos de responsabilidad y garantía establecidos se iniciará a partir de la fecha en que se suscriba el acta de recepción, o cuando se entienda ésta tácitamente producida según lo previsto en el apartado anterior.
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El Contratista deberá dejar el edificio desocupado y limpio en la fecha fijada por la Dirección Facultativa, una vez que se hayan terminado las obras. El Propietario podrá ocupar parcialmente la obra, en caso de que se produzca un retraso excesivo de la Recepción imputable al Contratista, sin que por ello le exima de su obligación de finalizar los trabajos pendientes, ni significar la aceptación de la Recepción. 1.3. CONDICIONES ECONÓMICAS El Contratista debe percibir el importe de todos los trabajos ejecutados, cuando hayan sido realizados de acuerdo con el Proyecto, al contrato firmado con el promotor, a las especificaciones realizadas por la Dirección y a las Condiciones generales y particulares del pliego de condiciones. 1.3.1. FIANZAS y SEGUROS A la firma del contrato, el Contratista presentara las fianzas y seguros obligados a presentar por Ley, así mismo, en el contrato suscrito entre Contratista y Promotor se podrá exigir todas las garantías que se consideren necesarias para asegurar la buena ejecución y finalización de la obra en los términos establecidos en el contrato y en el proyecto de ejecución. El Contratista está obligado a asegurar la obra contratada mientras dure el plazo de ejecución, hasta su recepción. PG1.3.2. PLAZO de EJECUCIÓN y SANCIÓN por RETRASO Si la obra no está terminada para la fecha prevista, el Propietario podrá disminuir las cuantías establecidas en el contrato, de las liquidaciones, fianzas o similares. La indemnización por retraso en la terminación de las obras, se establecerá por cada día natural de retraso desde el día fijado para su terminación en el calendario de obra o en el contrato. El importe resultante será descontado con cargo a las certificaciones o a la fianza. El Contratista no podrá suspender los trabajos o realizarlos a ritmo inferior que lo establecido en el Proyecto, alegando un retraso de los pagos. 1.3.3. PRECIOS PRECIOS CONTRADICTORIOS Los precios contradictorios se originan como consecuencia de la introducción de unidades o cambios de calidad no previstas en el Proyecto por iniciativa del Promotor o la Dirección Facultativa. El Contratista está obligado a presentar propuesta económica para la realización de dichas modificaciones y a ejecutarlo en caso de haber acuerdo. El Contratista establecerá los descompuestos, que deberán ser presentados y aprobados por la Dirección Facultativa y el Promotor antes de comenzar a ejecutar las unidades de obra correspondientes. Se levantarán actas firmadas de los precios contradictorios por triplicado firmadas por la Dirección Facultativa, el Contratista y el Propietario. En caso de ejecutar partidas fuera de presupuesto sin la aprobación previa especificada en los párrafos anteriores, será la Dirección Facultativa la que determine el precio justo a abonar al contratista. PROYECTOS ADJUDICADOS por SUBASTA o CONCURSO Los precios del presupuesto del proyecto serán la base para la valoración de las obras que hayan sido adjudicadas por subasta o concurso. A la valoración resultante, se le añadirá el porcentaje necesario para la obtención del precio de contrata, y posteriormente, se restará el precio correspondiente a la baja de subasta o remate. REVISIÓN de PRECIOS
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No se admitirán revisiones de los precios contratados, excepto obras extremadamente largas o que se ejecuten en épocas de inestabilidad con grandes variaciones de los precios en el mercado, tanto al alza como a la baja y en cualquier caso, dichas modificaciones han de ser consensuadas y aprobadas por Contratista, Dirección Facultativa y Promotor. En caso de aumento de precios, el Contratista solicitará la revisión de precios a la Dirección Facultativa y al Promotor, quienes caso de aceptar la subida convendrán un nuevo precio unitario, antes de iniciar o continuar la ejecución de las obras. Se justificará la causa del aumento, y se especificará la fecha de la subida para tenerla en cuenta en el acopio de materiales en obra. En caso de bajada de precios, se convendrá el nuevo precio unitario de acuerdo entre las partes y se especificará la fecha en que empiecen a regir. 1.3.4. MEDICIONES y VALORACIONES El Contratista de acuerdo con la Dirección Facultativa deberá medir las unidades de obra ejecutas y aplicar los precios establecidos en el contrato entre las partes, levantando actas correspondientes a las mediciones parciales y finales de la obra, realizadas y firmadas por la Dirección Facultativa y el Contratista. Todos los trabajos y unidades de obra que vayan a quedar ocultos en el edificio una vez que se haya terminado, el Contratista pondrá en conocimiento de la Dirección Facultativa con antelación suficiente para poder medir y tomar datos necesarios, de otro modo, se aplicarán los criterios de medición que establezca la Dirección Facultativa. Las valoraciones de las unidades de obra, incluidos materiales accesorios y trabajos necesarios, se calculan multiplicando el número de unidades de obra por el precio unitario (incluidos gastos de transporte, indemnizaciones o pagos, impuestos fiscales y toda tipo de cargas sociales). El Contratista entregará una relación valorada de las obras ejecutadas en los plazos previstos, a origen, a la Dirección Facultativa, en cada una de las fechas establecidas en el contrato realizado entre Promotor y Contratista. La medición y valoración realizadas por el Contratista deberán ser aprobadas por la Dirección Facultativa, o por el contrario ésta deberá efectuar las observaciones convenientes de acuerdo con las mediciones y anotaciones tomadas en obra. Una vez que se hayan corregido dichas observaciones, la Dirección Facultativa dará su certificación firmada al Contratista y al Promotor. El Contratista podrá oponerse a la resolución adoptada por la Dirección Facultativa ante el Promotor, previa comunicación a la Dirección Facultativa. La certificación será inapelable en caso de que transcurridos 10 días, u otro plazo pactado entre las partes, desde su envío, la Dirección Facultativa no recibe ninguna notificación, que significará la conformidad del Contratista con la resolución. UNIDADES por ADMINISTRACIÓN La liquidación de los trabajos se realizará en base a la siguiente documentación presentada por el Constructor: facturas originales de los materiales adquiridos y documento que justifique su empleo en obra, nóminas de los jornales abonados indicando número de horas trabajadas por cada operario en cada oficio y de acuerdo con la legislación vigente, facturas originales de transporte de materiales a obra o retirada de escombros, recibos de licencias, impuestos y otras cargas correspondientes a la obra. Las obras o partes de obra realizadas por administración, deberán ser autorizadas por el Promotor y la Dirección Facultativa, indicando los controles y normas que deben cumplir. El Contratista estará obligado a redactar un parte diario de jornales y materiales que se someterán a control y aceptación de la Dirección Facultativa, en obras o partidas de la misma contratadas por administración. ABONO de ENSAYOS y PRUEBAS Los gastos de los análisis y ensayos ordenados por la Dirección Facultativa, serán a cuenta del Contratista cuando el importe máximo corresponde al 1% del presupuesto de la obra contratada, y del Promotor el importe que supere este porcentaje. 1.3.5. OBRAS CONTRATADAS POR LAS AA.PP.
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Las obras contratadas por los entes, organismos y entidades del sector público definidos en el artículo 3 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público se regirán por lo dispuesto en los Pliegos de Claúsulas Administrativas Particulares redactados al efecto. Dichos Pliegos incluirán los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones de las partes del contrato y las demás menciones requeridas por la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, sus normas de desarrollo de carácter estatal o autonómico. Por tanto este documento no incorporara las condiciones económicas que regirán la obra y se remite al Pliego de Claúsulas Administrativas Particulares de la obra para cualquier aspecto relacionado. 1.4. CONDICIONES LEGALES Tanto la Contrata como a Propiedad, asumen someterse al arbitrio de los tribunales con jurisdicción en el lugar de la obra. Es obligación de la contrata, así como del resto de agentes intervinientes en la obra el conocimiento del presente pliego y el cumplimiento de todos sus puntos. El contratista será el responsable a todos los efectos de las labores de policía de la obra y del solar hasta la recepción de la misma, solicitará los preceptivos permisos y licencias necesarias y vallará el solar cumpliendo con las ordenanzas o consideraciones municipales. todas las labores citadas serán a su cargo exclusivamente. Podrán se causas suficientes para la rescisión de contrato las que a continuación se detallan: • Muerte o incapacidad del Contratista. • La quiebra del Contratista. • Modificaciones sustanciales del Proyecto que conlleven la variación en un 50 % del presupuesto contratado. • No iniciar la obra en el mes siguiente a la fecha convenida. • Suspender o abandonar la ejecución de la obra de forma injustificada por un plazo superior a dos meses. • No concluir la obra en los plazos establecidos o aprobados. • Incumplimiento de las condiciones de contrato, proyecto en ejecución o determinaciones establecidas por parte de la Dirección Facultativa. • Incumplimiento de la normativa vigente de Seguridad y Salud en el trabajo. Durante la totalidad de la obra se estará a lo dispuesto en la normativa vigente, especialmente la de obligado cumplimiento entre las que cabe destacar: NORMAS GENERAL del SECTOR • Decreto 462 / 1971 de 11 de Marzo Normas sobre redacción de proyectos y dirección de obras de edificación • Ley 38 / 1999 de 5 de Noviembre Ley de Ordenación de la Edificación. LOE • Real Decreto 314/2006 de 17 de Marzo por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. • Real Decreto 47/2006 de 19 de enero, certificación energética de edificios. • Real Decreto 1371/2007 de 19 de Octubre por el que se aprueba el Documento Básico de Protección contra el Ruido DB-‐HR del Código Técnico de la Edificación. • Real Decreto 105/2008 por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. ESTRUCTURALES • Real Decreto 997 / 2002 de 27 de Septiembre Aprueba la norma de construcción sismorresistente: parte general y edificación (NCSR-‐02). • Real Decreto 1247 / 2008 de 18 de julio EHE-‐08. Instrucción de hormigón estructural MATERIALES • Orden 1974 de 28 de julio Pliego de prescripciones técnicas generales para tuberías de abastecimiento de agua. • Orden 1986 de 15 de septiembre Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de
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Saneamiento de Poblaciones. • Real Decreto 956 / 2008 RC-‐08. Instrucción para la recepción de cementos. INSTALACIONES • Orden de 23 de mayo de 1977 Reglamento de aparatos elevadores para obras. • Real Decreto 1427 / 1997 de 15 de Septiembre Instalaciones petrolíferas para uso propio. • Real Decreto 2291 / 1985 de 8 de Noviembre Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos. • Real Decreto 836/2003 de 27 de junio Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención referente a grúas torre para obra u otras aplicaciones. • Real Decreto 1314 / 1997 de 1 de Agosto Reglamento de aparatos de elevación y su manutención. • Real Decreto 1942 / 1993 de 5 de noviembre Reglamento de instalaciones de protección contra incendios • Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. • Real Decreto 842 / 2002 de 2 de agosto REBT. Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e instrucciones complementarias. • Real Decreto 1663/2000 de 29 de septiembre, sobre conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de baja tensión. • Real Decreto-‐Ley 1 / 1998 de 27 de Febrero Infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicaciones. • Real Decreto 401 / 2003 de 4 de Abril Reglamento regulador de infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y de la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones. • Real Decreto 919/2006, de 28 de julio Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias. • Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. RITE 2007. • Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias. SEGURIDAD y SALUD • Real Decreto 1407/1992 Decreto Regulador de las condiciones para la Comercialización y Libre Circulación Intracomunitaria de los Equipos de Protección Individual. • Ley 31/1995 Prevención de riesgos laborales • Real Decreto 1627/1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción • Real Decreto 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales. • Real Decreto 485/1997 Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. • Real Decreto 486/1997 Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. • Real Decreto 487/1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. • Real Decreto 488/1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativos al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. • Real Decreto 665/1997 Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. • Real Decreto 664/1997 Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. • Real Decreto 773/1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de los EPI. • Real Decreto 1215/1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los trabajadores de los equipos de trabajo. • Real Decreto 614/2001 Disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
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• Real Decreto 374/2001 Protección de la Salud y Seguridad de los Trabajadores contra los Riesgos relacionados con los Agentes Químicos durante el Trabajo. • Ley 54/2003 Reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. • Real Decreto 171/2004 Desarrolla L.P.R.L. en materia de coordinación de actividades empresariales. • Real Decreto 2177/2004 Modifica R.D. 1215/1997 que establece disposiciones mínimas de seguridad y salud para el uso de equipos en trabajos temporales de altura. • Real Decreto 1311/2005, protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. • Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los equipos de trabajo. • Real Decreto 286/2006, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. • Real Decreto 396/2006, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. • Real Decreto 604/2006, que modifica el Real Decreto 39/1997 y el Real Decreto 1627/1997 antes mencionados. • Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y Real Decreto 1109/2007 que la desarrolla. • Resolución de 1 de agosto de 2007 de la Dirección General de Trabajo que inscribe y publica el Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción. • Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. ADMINISTRATIVAS • Resolución 1971 de 7 de Diciembre Correos. Instalación de casilleros domiciliarios. • Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. En todas las normas citadas anteriormente que con posterioridad a su publicación y entrada en vigor hayan sufrido modificaciones, corrección de errores o actualizaciones por disposiciones más recientes, se quedará a lo dispuesto en estas últimas.
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2. CONDICIONES TÉCNICAS de los MATERIALES, de la EJECUCIÓN y de las VERIFICACIONES
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Se describen en este apartado las CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES incluyendo los siguientes aspectos: PRESCRIPCIONES SOBRE LOS MATERIALES Características técnicas mínimas que deben reunir los productos, equipos y sistemas que se incorporen a la obra, así como sus condiciones de suministro, recepción y conservación, almacenamiento y manipulación, las garantías de calidad y el control de recepción que deba realizarse incluyendo el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo, y las acciones a adoptar y los criterios de uso, conservación y mantenimiento. PRESCRIPCIONES EN CUANTO A LA EJECUCIÓN POR UNIDADES DE OBRA Características técnicas de cada unidad de obra indicando su proceso de ejecución, normas de aplicación, condiciones previas que han de cumplirse antes de su realización, tolerancias admisibles, condiciones de terminación, conservación y mantenimiento, control de ejecución, ensayos y pruebas, garantías de calidad, criterios de aceptación y rechazo, criterios de medición y valoración de unidades, etc. Las medidas para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos. PRESCRIPCIONES SOBRE VERIFICACIONES EN EL EDIFICIO TERMINADO Las verificaciones y pruebas de servicio que deben realizarse para comprobar las prestaciones finales del edificio. 2.1. URBANIZACIÓN. PREPARACIÓN DEL TERRENO Y MOVIMIENTOS DE TIERRA DESCRIPCIÓN Trabajos de extracción y retirada de las zonas designadas de todos los árboles, tocones, plantas, maleza, broza, maderas caídas, escombros, basura o cualquier otro material indeseable, así como de excavación a cielo abierto para rebajar el nivel del terreno y obtener una superficie regular definida por los Planos, dando forma a una explanada. La excavación podrá ser clasificada o no clasificada. En el caso de excavación clasificada, se considerarán los tipos siguientes: -‐ Excavación en roca. Comprenderá la correspondiente a todas las masas de roca, depósitos estratificados y la de todos aquellos materiales que presenten características de roca maciza, cimentados tan sólidamente, que únicamente puedan ser excavados utilizando explosivos. -‐ Excavación en terreno de tránsito. Comprenderá la correspondiente a los materiales formados por rocas descompuestas, tierras muy compactas, y todos aquellos en que para su excavación no sea necesario el empleo de explosivos y sea precisa la utilización de escarificadores profundos y pesados. -‐ Excavación en tierra. Comprenderá la correspondiente a todos los materiales no incluidos en los apartados anteriores. También se incluyen las labores de extensión y compactación de suelos procedentes de las excavaciones o de préstamos, así como el conjunto de operaciones para conseguir el acabado geométrico de la explanada. CONDICIONES PREVIAS -‐ Replanteo. -‐ Trazado de alineaciones. -‐ Localización de los servicios de las distintas Compañías y solución a adoptar en caso de que puedan afectar a los trabajos de explanación. COMPONENTES -‐ Desbroce del terreno.
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-‐ Excavación. -‐ Escarificado de firmes. -‐ Terraplenes y rellenos. -‐ Refino de la explanada. EJECUCIÓN Tras el replanteo se realizan las labores de despeje y desbroce. A continuación se retirará la capa de tierra vegetal existente y se acopiará para su posible utilización exterior. Todas las oquedades causadas por la extracción de tocones y raíces se rellenarán con material análogo al suelo que ha quedado al descubierto al hacer el desbroce, y se compactarán hasta que la superficie se ajuste a la del terreno existente. Una vez terminadas las operaciones de desbroce del terreno, se iniciarán las obras de excavación, ajustándose a las alineaciones, pendientes, dimensiones y demás información contenida en los Planos, y a lo que sobre el particular ordene el Director de Obra. Durante la ejecución de los trabajos se tomarán las precauciones necesarias para no disminuir la resistencia del terreno no excavado; en especial, se adoptarán las medidas adecuadas para evitar los siguientes fenómenos: Inestabilidad de taludes en roca debida a voladuras inadecuadas, deslizamientos ocasionados por el descalce del pie de la excavación, erosiones locales y encharcamientos debidos a un drenaje defectuoso de las obras. Se eliminarán las rocas o bolos de piedra que aparezcan en la explanada. Si se hubiese previsto la utilización del material procedente de la excavación para la formación de terraplenes, la Dirección de Obra comprobará la idoneidad del mismo, depositándose de acuerdo con lo que se ordene al respecto. La escarificación se llevará a cabo en las zonas y con la profundidad que se estipule en los Planos o que, en su defecto, señale el Director de Obra, hasta un límite máximo de veinticinco (25) centímetros. Los caballeros que se formen tendrán forma regular y superficie lisa, favoreciendo la escorrentía, y taludes estables que eviten cualquier derrumbamiento. La ejecución de terraplenes incluye las operaciones siguientes: -‐ Preparación de la superficie de asiento del terraplén. -‐ Extensión de una tongada. -‐ Humectación o desecación de una tongada. -‐ Compactación de una tongada. Estas tres últimas, reiteradas cuantas veces sea necesario. Las obras de terminación y refino de la explanada, se ejecutarán con posterioridad a la explanación y construcción de todos los servicios de la urbanización que impidan o dificulten su realización. La terminación y refino de la explanada se realizará inmediatamente antes de iniciar la construcción del firme. NORMATIVA -‐ Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes. PG3/75. 300, 302, 303, 320, 321, 322, 330, 331, 332, 340, 341. -‐ Normas de ensayo NLT 105/72, 106/72, 107/72, 111/72, 118/59, 152/72. CONTROL -‐ Ensayos previos: Características de los materiales a emplear como rellenos. Se analizará la granulometría, límite líquido, límite plástico, índice de plasticidad, densidad Proctor normal, índice C.B.R. y contenido de materia orgánica. -‐ Forma y dimensiones: Las señaladas en los Planos. -‐ Ejecución: Todos los tocones y raíces mayores de diez (10) centímetros de diámetro serán eliminados hasta una profundidad no inferior a cincuenta (50) centímetros por debajo de la rasante de excavación, ni menor de quince (15) centímetros bajo la superficie natural del terreno.
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En la coronación de los terraplenes, la densidad que se alcance no será inferior a la máxima obtenida en el ensayo Proctor normal. En los cimientos y núcleos de terraplenes la densidad que se alcance no será inferior al noventa y cinco (95) por ciento de la máxima obtenida en dicho ensayo. Los terraplenes se ejecutarán cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea superior a dos (2) grados centígrados, debiendo suspenderse los trabajos cuando la temperatura descienda por debajo de dicho límite. Se comprobarán las cotas de replanteo del eje, bordes de la explanación y pendiente de taludes, con mira, cada veinte (20) metros. En la explanada la superficie no rebasará la superficie teórica definida por los Planos, ni bajará de ella más de tres (3) centímetros en ningún punto. La superficie acabada no deberá variar en más de quince (15) milímetros cuando se compruebe con una regla de tres (3) metros, aplicada tanto paralela como normalmente al eje del vial. SEGURIDAD Las operaciones de remoción se efectuarán con las precauciones necesarias para lograr unas condiciones de seguridad suficientes y evitar daños en las construcciones existentes, de acuerdo con lo que sobre el particular ordene el Director de Obra, quien designará y marcará los elementos que haya que conservar intactos. No podrá permanecer un operario en una zona menor a la resultante de trazar un circulo de cinco (5) metros de radio, desde el punto extremo de la máquina. En trabajos nocturnos, los operarios irán provistos de prendas reflectantes. Protecciones colectivas: Señalización de obra y Normativa vigente para la utilización de maquinaria. Protecciones personales: Casco. Riesgos: Atrapamientos, golpes y atropellos. MEDICIÓN El desbroce del terreno se abonará por metro cuadrado (m²) medido sobre Plano. En el caso de que no figure esta unidad, se entenderá que está comprendida en las de excavación y, por tanto, no habrá lugar a su medición y abono por separado. La excavación se abonará por metros cúbicos (m³) medidos sobre los Planos de perfiles transversales, una vez comprobado que dichos perfiles son correctos, en el caso de explanación. La escarificación y compactación del terreno se abonará por metros cuadrados (m²) realmente ejecutados, medidos sobre el terreno. Los terraplenes se abonarán por metros cúbicos (m³) medidos sobre los Planos de perfiles transversales. MANTENIMIENTO Limpieza de cuencas de vertido y recogida de aguas cada doce (12) meses. Inspección cada doce (12) meses de los taludes y muros de contención.
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2.2. ESTRUCTURA ESTRUCTURA HORMIGÓN ARMADO según Código Técnico 1. CONDICIONES TÉCNICAS de los MATERIALES, de la EJECUCIÓN y de las VERIFICACIONES Se describen en este apartado las CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES incluyendo los siguientes aspectos: PRESCRIPCIONES SOBRE LOS MATERIALES -‐ Características técnicas mínimas que deben reunir los productos, equipos y sistemas que se incorporen a la obra, así como sus condiciones de suministro, recepción y conservación, almacenamiento y manipulación, las garantías de calidad y el control de recepción que deba realizarse incluyendo el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo, y las acciones a adoptar y los criterios de uso, conservación y mantenimiento. PRESCRIPCIONES EN CUANTO A LA EJECUCIÓN POR UNIDADES DE OBRA -‐ Características técnicas de cada unidad de obra indicando su proceso de ejecución, normas de aplicación, condiciones previas que han de cumplirse antes de su realización, tolerancias admisibles, condiciones de terminación, conservación y mantenimiento, control de ejecución, ensayos y pruebas, garantías de calidad, criterios de aceptación y rechazo, criterios de medición y valoración de unidades, etc. -‐ Las medidas para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos. PRESCRIPCIONES SOBRE VERIFICACIONES EN EL EDIFICIO TERMINADO -‐ Las verificaciones y pruebas de servicio que deben realizarse para comprobar las prestaciones finales del edificio. 1.1. ESTRUCTURA ESTRUCTURA de HORMIGÓN ARMADO Descripción Estructuras constituidas por elementos de hormigón armado con barras de acero: vigas, pilares, forjados con nervios, viguetas o semiviguetas y losas. Materiales El constructor dispondrá de un sistema de gestión de materiales, productos y elementos a poner en obra que garantice la trazabilidad de los mismos según 66.2 de la EHE-‐08. • ·∙ Hormigón armado, según lo dispuesto en el punto específico de este mismo Pliego. • ·∙ Elementos para forjados cumplirán con las especificaciones establecidas en la EHE-‐08. Piezas de entrevigado aligerantes de cerámica, hormigón, poliestireno expandido u otros materiales suficientemente rígidos, cumplirán con lo establecido en el artículo 36 de la EHE-‐08. Estos elementos se presentarán sin alabeos, roturas ni fisuraciones, su carga de rotura a flexión será superior a 1,0 KN, en caso de piezas cerámicas el valor de expansión por humedad estará en los límites establecidos en la EHE-‐08. En caso de piezas de EPS con marcado CE según UNE-‐EN 15037-‐04. En el caso de utilizar forjados de viguetas de hormigón prefabricado estas contarán con marcado CE según lo expueso en la norma armonizada UNE-‐EN 15037 y facilitará la declaración de conformidad que detallará la información del fabricante, descripción del producto y disposiciones con las que es conforme, condiciones específicas al uso del producto, número de certificado de control de producción en fábrica, nombre y cargo de la persona facultada por el fabricante para la firma y certificado de control de producción emitido por organismo notificado. El propio producto o el albarán de entrega incluirá el marcadoCE. En el caso de utilizar elementos prefabricados de hormigón para forjados nervados compuestos por una placa superior y uno o más nervios longitudinales dispondrán de marcado CE según lo expueso en la norma armonizada UNE-‐EN 13224. Del mismo modo, la utilización de elementos prefabricados de hormigón en vigas y pilares requerirá la presentación de la documentación relativa a su marcado CE según UNE-‐EN 13225.
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En caso de empleo de placas alveolares prefabricadas dispondrán de garantía documental del cumplimiento del marcado CE y deberán cumplir las condiciones indicadas en la norma armonizada UNE-‐EN 1168+A1. En caso de puesta en obra de prelosas prefabricadas para forjados dispondrán de garantía documental del cumplimiento del marcado CE y deberán cumplir las condiciones indicadas en la norma armonizada UNE-‐EN 13747+A1. Puesta en obra La puesta en obra se atendrá estrictamente a lo dispuesto en las Instrucciones EHE-‐08 y NCSE-‐02. Los encofrados se realizarán según las indicaciones del artículo 68 de la EHE-‐08, debiendo ser estancos para que impidan pérdidas apreciables de pasta, rígidos para que se cumplan las tolerancias dimensionales y no sufran asientos ni deformaciones perjudiciales, y podrán desmontarse fácilmente, sin peligro y sin producir sacudidas ni daños en el hormigón. Han de estar limpios y húmedos antes de verter el hormigón y el empleo de desencofrante ha de contar con autorización de la dirección de obra. Se prohíbe el uso de aluminio en moldes. Para la puesta en obra de cimbras, encofrados y apuntalamientos el constructor se ajustará a lo dispuesto en el punto 68.2, 68.3, 73 y 74 de la EHE-‐08 ejecutándose preferentemente de acuerdo a la norma EN 12812. Los puntales se dispondrán sobre durmientes y las cimbras se arriostrarán en las 2 dirección para garantizar adecuada respuesta ante esfuerzos horizontales. Los movimientos serán inferiores a 5 mm. locales y a 1/1000 de la luz para el conjunto. Los tiempos de desencofrado se adoptarán según lo expuesto en el artículo 74 de la EHE-‐08. No se efectuará el hormigonado sin la conformidad de la Dirección Facultativa, una vez se hayan revisado las armaduras. La elección del tamaño máximo del árido de los hormigones vendrá determinado por las indicaciones del fabricante del forjado y las condiciones de la estructura según 28.3.1 EHE-‐08. Los forjados unidireccionales se regarán antes del hormigonado que se realizará en el sentido de los nervios y en un solo proceso tanto los nervios como la losa superior. Se seguirán las instrucciones indicadas por el fabricante para la manipulación y almacenamiento de viguetas y losas cuidando de retirar aquellos elementos que resulten dañados con su capacidad portante afectada. Durante la ejecución se evitará la actuación de cualquier carga estática o dinámica que pueda provocar daños en los elementos ya hormigonados. El recubrimiento de la armadura se garantizará mediante la disposición de separadores y se ajustará a las especificaciones del 37.2 EHE-‐08. Los separadores serán elementos especialmente diseñados para tal fin, de naturaleza no atacable por la alcalinidad del hormigón, no introducirán corrosión en las armaduras, serán tan impermeables como el propio hormigón. Expresamente queda prohibido el uso de separadores de madera, ladrillo u otros elementos residuales de la obra. Para el anclaje y empalme de armaduras se atenderá a lo dispuesto en 69.5 EHE-‐08. El apoyo de forjados sobre la estructura se realizará según lo expuesto en el punto 7 del anejo 12 de la EHE-‐08 y las recomendaciones de la norma UNE-‐EN 15037. Los enfrentamientos de nervios en los apoyos garantizarán la continuidad de los mismos con una desviación máxima de 5 cm. Control, criterios de aceptación y rechazo y verificaciones en el edificio terminado Se hará un control de la ejecución por lotes según artículo 92 de la EHE-‐08, haciendo comprobaciones previas al comienzo de la ejecución, control de acopios, comprobaciones de replanteo y geométricas, cimbras y andamiajes, armaduras, encofrados, transporte, vertido y compactación, juntas de trabajo, contracción o dilatación, curado, desmoldeo y descimbrado, tolerancias y dimensiones finales. Se comprobará la situación de los elementos, las distancias a otros elementos, flechas, deformación bajo carga, adherencia entre el hormigón y el acero, uniones con otros elementos, apoyos, coincidencia con pilar inferior, entrevigado de la sección, pandeo, desplome, planeidad, horizontalidad, formación de huecos, anclajes. Las viguetas llevarán marcas que permitan identificarlas y conocer todas sus características. Las tolerancias máximas admisibles serán las establecidas en el anejo 11 de la EHE-‐08. Criterios de medición y valoración En caso de que en el presupuesto del proyecto o el contrato de obra no se especifiquen otros criterios, se adoptarán las siguientes pautas de medición y valoración: Elementos estructurales de hormigón armado volumen realmente ejecutado. Las planchas en superficie teórica descontando huecos mayores de 1 m2.
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Condiciones de conservación y mantenimiento Se exponen a continuación las condiciones básicas y generales de conservación y mantenimiento. En el preceptivo "Libro del Edificio", a redactar tras la finalización de la obra, se incluirá mayor detalle de las mismas. La modificación de cargas, realización de taladros o perforaciones se realizarán previa consulta con un técnico. Se revisará anualmente la posible aparición de fisuras, grietas, manchas de óxidos, golpes, desconchados en revestimientos del hormigón, humedades, degradación del hormigón, abombamiento de techos, puertas y ventanas que no cierran... debiendo ser comunicadas a un técnico especialista en caso de detectarse. Cada 10 años se realizará limpieza de las superficies de vigas y pilares vistos con un cepillo de raíces y agua. En función de la contaminación y la suciedad a la que se vean expuestos estos elementos, se deberá realizar con mayor o menor frecuencia. Cada 10 años se inspeccionará la estructura por técnico especialista. , 2.3 ELECTRICIDAD. INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN DESCRIPCIÓN Instalación de la red de distribución eléctrica en baja tensión a 380 V. entre fases y 220 V. entre fases y neutro, desde el final de la acometida perteneciente a la Compañía Suministradora, localizada en la caja general de protección, hasta cada punto de utilización, en edificios, principalmente de viviendas. COMPONENTES -‐ Conductores eléctricos. Reparto. Protección. -‐ Tubos protectores. -‐ Elementos de conexión. -‐ Cajas de empalme y derivación. -‐ Aparatos de mando y maniobra. Interruptores. Conmutadores. -‐ Tomas de corriente. -‐ Aparatos de protección. Disyuntores eléctricos. Interruptores diferenciales. Fusibles. Tomas de tierra. Placas. Electrodos o picas. -‐ Aparatos de control. Cuadros de distribución. Generales. Individuales. Contadores. CONDICIONES PREVIAS Antes de iniciar el tendido de la red de distribución, deberán estar ejecutados los elementos estructurales que hayan de soportarla o en los que vaya a estar empotrada: Forjados, tabiquería, etc. Salvo cuando al estar previstas se hayan dejado preparadas las necesarias canalizaciones al ejecutar la obra
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previa, deberá replantearse sobre ésta en forma visible la situación de las cajas de mecanismos, de registro y de protección, así como el recorrido de las líneas, señalando de forma conveniente la naturaleza de cada elemento. EJECUCIÓN Todos los materiales serán de la mejor calidad, con las condiciones que impongan los documentos que componen el Proyecto, o los que se determine en el transcurso de la obra, montaje o instalación. CONDUCTORES ELÉCTRICOS.-‐ Serán de cobre electrolítico, aislados adecuadamente, siendo su tensión nominal de 0,6/1 Kilovoltios para la línea repartidora y de 750 Voltios para el resto de la instalación, debiendo estar homologados según normas UNE citadas en la Instrucción MI-‐BT-‐044. CONDUCTORES DE PROTECCIÓN.-‐ Serán de cobre y presentarán el mismo aislamiento que los conductores activos. Se podrán instalar por las mismas canalizaciones que éstos o bien en forma independiente, siguiéndose a este respecto lo que señalen las normas particulares de la empresa distribuidora de la energía. La sección mínima de estos conductores será la obtenida utilizando la tabla V (Instrucción MI-‐BT-‐017, apartado 2.2), en función de la sección de los conductores de la instalación. IDENTIFICACIÓN DE LOS CONDUCTORES.-‐ Deberán poder ser identificados por el color de su aislamiento: -‐ Azul claro para el conductor neutro. -‐ Amarillo-‐verde para el conductor de tierra y protección. -‐ Marrón, negro y gris para los conductores activos o fases. TUBOS PROTECTORES.-‐ Los tubos a emplear serán aislantes flexibles (corrugados) normales, con protección de grado 5 contra daños mecánicos, y que puedan curvarse con las manos, excepto los que vayan a ir por el suelo o pavimento de los pisos, canaladuras o falsos techos, que serán del tipo PREPLAS, REFLEX o similar, y dispondrán de un grado de protección de 7. Los diámetros interiores nominales mínimos, medidos en milímetros, para los tubos protectores, en función del número, clase y sección de los conductores que deben alojar, se indican en las tablas de la Instrucción MI-‐BT-‐019. Para más de 5 conductores por tubo, y para conductores de secciones diferentes a instalar por el mismo tubo, la sección interior de éste será, como mínimo, igual a tres veces la sección total ocupada por los conductores, especificando únicamente los que realmente se utilicen. CAJAS DE EMPALME Y DERIVACIONES.-‐ Serán de material plástico resistente o metálicas, en cuyo caso estarán aisladas interiormente y protegidas contra la oxidación. Las dimensiones serán tales que permitan alojar holgadamente todos los conductores que deban contener. Su profundidad equivaldrá al diámetro del tubo mayor más un 50% del mismo, con un mínimo de 40 mm. de profundidad y de 80 mm. para el diámetro o lado interior. La unión entre conductores, dentro o fuera de sus cajas de registro, no se realizará nunca por simple retorcimiento entre sí de los conductores, sino utilizando bornes de conexión, conforme a la Instrucción MI-‐BT-‐019. APARATOS DE MANDO Y MANIOBRA.-‐ Son los interruptores y conmutadores, que cortarán la corriente máxima del circuito en que estén colocados sin dar lugar a la formación de arco permanente, abriendo o cerrando los circuitos sin posibilidad de tomar una posición intermedia. Serán del tipo cerrado y de material aislante. Las dimensiones de las piezas de contacto serán tales que la temperatura no pueda exceder en ningún caso de 65º C. en ninguna de sus piezas. Su construcción será tal que permita realizar un número del orden de 10.000 maniobras de apertura y cierre, con su carga nominal a la tensión de trabajo. Llevarán marcada su intensidad y tensiones nominales, y estarán probadas a una tensión de 500 a 1.000 Voltios. APARATOS DE PROTECCIÓN.-‐ Son los disyuntores eléctricos, fusibles e interruptores diferenciales. Los disyuntores serán de tipo magnetotérmico de accionamiento manual, y podrán cortar la corriente máxima del circuito en que estén colocados sin dar lugar a la formación de arco permanente, abriendo o
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cerrando los circuitos sin posibilidad de tomar una posición intermedia. Su capacidad de corte para la protección del corto-‐circuito estará de acuerdo con la intensidad del corto-‐circuito que pueda presentarse en un punto de la instalación, y para la protección contra el calentamiento de las líneas se regularán para una temperatura inferior a los 60 ºC. Llevarán marcadas la intensidad y tensión nominales de funcionamiento, así como el signo indicador de su desconexionado. Estos automáticos magnetotérmicos serán de corte omnipolar, cortando la fase y neutro a la vez cuando actúe la desconexión. Los interruptores diferenciales serán como mínimo de alta sensibilidad (30 mA.) y además de corte omnipolar. Podrán ser "puros", cuando cada uno de los circuitos vayan alojados en tubo o conducto independiente una vez que salen del cuadro de distribución, o del tipo con protección magnetotérmica incluida cuando los diferentes circuitos deban ir canalizados por un mismo tubo. Los fusibles a emplear para proteger los circuitos secundarios o en la centralización de contadores serán calibrados a la intensidad del circuito que protejan. Se dispondrán sobre material aislante e incombustible, y estarán construidos de tal forma que no se pueda proyectar metal al fundirse. Deberán poder ser reemplazados bajo tensión sin peligro alguno, y llevarán marcadas la intensidad y tensión nominales de trabajo. TOMAS DE CORRIENTE.-‐ Las tomas de corriente a emplear serán de material aislante, llevarán marcadas su intensidad y tensión nominales de trabajo y dispondrán, como norma general, todas ellas de puesta a tierra. El número de tomas de corriente a instalar, en función de los m² de la vivienda y el grado de electrificación, será como mínimo el indicado en la Instrucción MI-‐BT-‐022 en su apartado 1.3 PUESTA A TIERRA.-‐ Las puestas a tierra podrán realizarse mediante placas de 500 x 500 x 3 mm. o bien mediante electrodos de 2 m. de longitud, colocando sobre su conexión con el conductor de enlace su correspondiente arqueta registrable de toma de tierra, y el respectivo borne de comprobación o dispositivo de conexión. El valor de la resistencia será inferior a 20 Ohmios. CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN DE LAS INSTALACIONES. -‐ Las cajas generales de protección se situarán en el exterior del portal o en la fachada del edificio, según la Instrucción MI-‐BT-‐012. Si la caja es metálica, deberá llevar un borne para su puesta a tierra. -‐ La centralización de contadores se efectuará en módulos prefabricados, siguiendo la Instrucción MI-‐BT-‐015 y la norma u homologación de la Compañía Suministradora, y se procurará que las derivaciones en estos módulos se distribuyan independientemente, cada una alojada en su tubo protector correspondiente. -‐ El local de situación no debe ser húmedo, y estará suficientemente ventilado e iluminado. Si la cota del suelo es inferior a la de los pasillos o locales colindantes, deberán disponerse sumideros de desagüe para que, en caso de avería, descuido o rotura de tuberías de agua, no puedan producirse inundaciones en el local. Los contadores se colocarán a una altura mínima del suelo de 0,50 m. y máxima de 1,80 m., y entre el contador más saliente y la pared opuesta deberá respetarse un pasillo de 1,10 m., según la Instrucción MI-‐BT-‐015. -‐ El tendido de las derivaciones individuales se realizará a lo largo de la caja de la escalera de uso común, pudiendo efectuarse por tubos empotrados o superficiales, o por canalizaciones prefabricadas, según se define en la Instrucción MI-‐BT-‐014. -‐ Los cuadros generales de distribución se situarán en el interior de las viviendas, lo más cerca posible a la entrada de la derivación individual, a poder ser próximo a la puerta, y en lugar fácilmente accesible y de uso general. Deberán estar realizados con materiales no inflamables, y se situarán a una distancia tal que entre la superficie del pavimento y los mecanismos de mando haya 200 cm. -‐ En el mismo cuadro se dispondrá un borne para la conexión de los conductores de protección de la instalación interior con la derivación de la línea principal de tierra. Por tanto, a cada cuadro de derivación individual entrará un conductor de fase, uno de neutro y un conductor de protección. -‐ El conexionado entre los dispositivos de protección situados en estos cuadros se ejecutará ordenadamente, procurando disponer regletas de conexionado para los conductores activos y para el conductor de protección. Se fijará sobre los mismos un letrero de material metálico en el que debe estar indicado el nombre del instalador, el grado de electrificación y la fecha en la que se ejecutó la instalación.
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-‐ La ejecución de las instalaciones interiores de los edificios se efectuará bajo tubos protectores, siguiendo preferentemente líneas paralelas a las verticales y horizontales que limitan el local donde se efectuará la instalación. -‐ Deberá ser posible la fácil introducción y retirada de los conductores en los tubos después de haber sido colocados y fijados éstos y sus accesorios, debiendo disponer de los registros que se consideren convenientes. -‐ Los conductores se alojarán en los tubos después de ser colocados éstos. La unión de los conductores en los empalmes o derivaciones no se podrá efectuar por simple retorcimiento o arrollamiento entre sí de los conductores, sino que deberá realizarse siempre utilizando bornes de conexión montados individualmente o constituyendo bloques o regletas de conexión, pudiendo utilizarse bridas de conexión. Estas uniones se realizarán siempre en el interior de las cajas de empalme o derivación. -‐ No se permitirán más de tres conductores en los bornes de conexión. -‐ Las conexiones de los interruptores unipolares se realizarán sobre el conductor de fase. -‐ No se utilizará un mismo conductor neutro para varios circuitos. -‐ Todo conductor debe poder seccionarse en cualquier punto de la instalación en la que derive. -‐ El conductor colocado bajo enlucido (caso de electrificación mínima) deberá instalarse de acuerdo con lo establecido en la Instrucción MI-‐BT-‐024, en su apartado 1.3. -‐ Las tomas de corriente de una misma habitación deben estar conectadas a la misma fase. En caso contrario, entre las tomas alimentadas por fases distintas debe haber una separación de 1,5 m. como mínimo. -‐ Las cubiertas, tapas o envolturas, manivela y pulsadores de maniobra de los aparatos instalados en cocinas, cuartos de baño o aseos, así como en aquellos locales en los que las paredes y suelos sean conductores, serán de material aislante. -‐ El circuito eléctrico del alumbrado de la escalera se instalará completamente independiente de cualquier otro circuito eléctrico. -‐ Para las instalaciones en cuartos de baño o aseos, y siguiendo la Instrucción MI-‐BT-‐024, se tendrán en cuenta los siguientes volúmenes y prescripciones para cada uno de ellos: Volumen de prohibición.-‐ Es el limitado por planos verticales tangentes a los bordes exteriores de la bañera, baño, aseo o ducha, y los horizontales constituidos por el suelo y por un plano situado a 2,25 m. por encima del fondo de aquellos o por encima del suelo, en el caso de que estos aparatos estuviesen empotrados en el mismo. Volumen de protección.-‐ Es el comprendido entre los mismos planos horizontales señalados para el volumen de prohibición y otros verticales situados a un metro de los del citado volumen. -‐ En el volumen de prohibición no se permitirá la instalación de interruptores, tomas de corriente ni aparatos de iluminación. -‐ En el volumen de protección no se permitirá la instalación de interruptores, pero podrán instalarse tomas de corriente de seguridad. Se admitirá la instalación de radiadores eléctricos de calefacción con elementos de caldeo protegidos siempre que su instalación sea fija, estén conectados a tierra y se haya establecido una protección exclusiva para estos radiadores a base de interruptores diferenciales de alta sensibilidad. El interruptor de maniobra de estos radiadores deberá estar situado fuera del volumen de protección. -‐ Los calentadores eléctricos se instalarán con un interruptor de corte bipolar, admitiéndose éste en la propia clavija. El calentador de agua deberá instalarse, a ser posible, fuera del volumen de prohibición, con objeto de evitar las proyecciones de agua al interior del aparato. -‐ Las instalaciones eléctricas deberán presentar una resistencia mínima del aislamiento por lo menos igual a 1.000 x U Ohmios, siendo U la tensión máxima de servicio expresada en Voltios, con un mínimo de 250.000 Ohmios. -‐ El aislamiento de la instalación eléctrica se medirá con relación a tierra y entre conductores mediante la aplicación de una tensión continua, suministrada por un generador que proporcione en vacío una tensión comprendida entre los 500 y los 1.000 Voltios, y como mínimo 250 Voltios, con una carga externa de 100.000 Ohmios. -‐ Se dispondrá punto de puesta a tierra accesible y señalizado, para poder efectuar la medición de la resistencia de tierra.
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-‐ Todas las bases de toma de corriente situadas en la cocina, cuartos de baño, cuartos de aseo y lavaderos, así como de usos varios, llevarán obligatoriamente un contacto de toma de tierra. En cuartos de baño y aseos se realizarán las conexiones equipotenciales. -‐ Los circuitos eléctricos derivados llevarán una protección contra sobre-‐intensidades, mediante un interruptor automático o un fusible de corto-‐circuito, que se deberán instalar siempre sobre el conductor de fase propiamente dicho, incluyendo la desconexión del neutro. -‐ Los apliques del alumbrado situados al exterior y en la escalera se conectarán a tierra siempre que sean metálicos. -‐ La placa de pulsadores del aparato de telefonía, así como el cerrojo eléctrico y la caja metálica del transformador reductor si éste no estuviera homologado con las normas UNE, deberán conectarse a tierra. -‐ Los aparatos electrodomésticos instalados y entregados con las viviendas deberán llevar en sus clavijas de enchufe un dispositivo normalizado de toma de tierra. Se procurará que estos aparatos estén homologados según las normas UNE. -‐ Los mecanismos se situarán a las alturas indicadas en las normas I.E.B. del Ministerio de la Vivienda. NORMATIVA La instalación eléctrica a realizar deberá ajustarse en todo momento a lo especificado en la normativa vigente en el momento de su ejecución, concretamente a las normas contenidas en los siguientes Reglamentos: REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN Real Decreto 842/2002 02 agosto 2002 Mº Ciencia y Tecnología B.O.E. 18/09/02 -‐ nº224 MODIFICACIÓN PARCIAL Y AMPLIACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS MI-‐BT-‐004, 007 Y 017. PRESCRIPCIONES PARA ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS. ADAPTACIÓN AL PROGRESO TÉCNICO DE LA INSTRUCCIÓN COMPLEMENTARIA MI-‐BT-‐026. INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS DEL REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN. REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN EN RELACIÓN CON LAS MEDIDAS DE AISLAMIENTO DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS. NORMAS PARTICULARES DE LA COMPAÑÍA SUMINISTRADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA. CONTROL Se realizarán cuantos análisis, verificaciones, comprobaciones, ensayos, pruebas y experiencias con los materiales, elementos o partes de la obra, montaje o instalación se ordenen por el Técnico-‐Director de la misma, siendo ejecutados por el laboratorio que designe la dirección, con cargo a la contrata. Antes de su empleo en la obra, montaje o instalación, todos los materiales a emplear, cuyas características técnicas, así como las de su puesta en obra, han quedado ya especificadas en el anterior apartado de ejecución, serán reconocidos por el Técnico-‐Director o persona en la que éste delegue, sin cuya aprobación no podrá procederse a su empleo. Los que por mala calidad, falta de protección o aislamiento u otros defectos no se estimen admisibles por aquél, deberán ser retirados inmediatamente. Este reconocimiento previo de los materiales no constituirá su recepción definitiva, y el Técnico-‐Director podrá retirar en cualquier momento aquellos que presenten algún defecto no apreciado anteriormente, aun a costa, si fuera preciso, de deshacer la obra, montaje o instalación ejecutada con ellos. Por tanto, la responsabilidad del contratista en el cumplimiento de las especificaciones de los materiales no cesará mientras no sean recibidos definitivamente los trabajos en los que se hayan empleado.
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SEGURIDAD En general, basándonos en la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo y las especificaciones de las normas NTE, se cumplirán, entre otras, las siguientes condiciones de seguridad: -‐ Siempre que se vaya a intervenir en una instalación eléctrica, tanto en la ejecución de la misma como en su mantenimiento, los trabajos se realizarán sin tensión, asegurándose de la inexistencia de ésta mediante los correspondientes aparatos de medición y comprobación. -‐ En el lugar de trabajo se encontrará siempre un mínimo de dos operarios. -‐ Se utilizarán guantes y herramientas aislantes. -‐ Cuando se usen aparatos o herramientas eléctricos, además de conectarlos a tierra cuando así lo precisen, estarán dotados de un grado de aislamiento II, o estarán alimentados con una tensión inferior a 50 V. mediante transformadores de seguridad. -‐ Serán bloqueados en posición de apertura, si es posible, cada uno de los aparatos de protección, seccionamiento y maniobra, colocando en su mando un letrero con la prohibición de maniobrarlo. -‐ No se restablecerá el servicio al finalizar los trabajos antes de haber comprobado que no exista peligro alguno. -‐ En general, mientras los operarios trabajen en circuitos o equipos a tensión o en su proximidad, usarán ropa sin accesorios metálicos y evitarán el uso innecesario de objetos de metal o artículos inflamables; llevarán las herramientas o equipos en bolsas y utilizarán calzado aislante o, al menos, sin herrajes ni clavos en las suelas. -‐ Se cumplirán asimismo todas las disposiciones generales de seguridad de obligado cumplimiento relativas a Seguridad e Higiene en el trabajo, y las ordenanzas municipales que sean de aplicación. MEDICIÓN Las unidades de obra serán medidas con arreglo a lo especificado en la normativa vigente, o bien, en el caso de que ésta no sea suficientemente explícita, en la forma reseñada en el Pliego Particular de Condiciones que les sea de aplicación, o incluso tal como figuren dichas unidades en el Estado de Mediciones del Proyecto. A las unidades medidas se les aplicarán los precios que figuren en el Presupuesto, en los cuales se consideran incluidos todos los gastos de transporte, indemnizaciones y el importe de los derechos fiscales con los que se hallen gravados por las distintas Administraciones, además de los gastos generales de la contrata. Si hubiera necesidad de realizar alguna unidad de obra no comprendida en el Proyecto, se formalizará el correspondiente precio contradictorio. MANTENIMIENTO Cuando sea necesario intervenir nuevamente en la instalación, bien sea por causa de averías o para efectuar modificaciones en la misma, deberán tenerse en cuenta todas las especificaciones reseñadas en los apartados de ejecución, control y seguridad, en la misma forma que si se tratara de una instalación nueva. Se aprovechará la ocasión para comprobar el estado general de la instalación, sustituyendo o reparando aquellos elementos que lo precisen, utilizando materiales de características similares a los reemplazados. 2.4 RED ELECTRICIDAD. ILUMINACIÓN. ALUMBRADO ORNAMENTAL JARDÍN DESCRIPCIÓN Son aparatos de iluminación adosados a pared o techo, balizas, sobre pies, ...etc, diseñados como alumbrado de jardines, paseos, parques, exteriores de edificios, construidos en diferentes materiales con
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formas de plafones, apliques, balizas, farolas, ...etc, normalmente con difusores resistentes a la humedad y la lluvia. COMPONENTES. Plafón circular u otras formas − Base de material termoplástico, fibra de vidrio, metálicos, aluminio... − Reflector de aluminio. − Aro de blocaje de policarbonato mixto ABS. Tornillos de anclaje. − Difusor de cristal trabajado interiormente, o material acrílico. − Equipo eléctrico con reactancia, y/o regleta de conexión con toma de tierra, y/o portalámparas. − Lámparas fluorescentes de 1x22 /32 w. circular, lámpara compacta, incandescente, halógena. − Protección IP 65 clase I Apliques de pared − Base de material termoplástico, fibra de vidrio o aluminio de diferentes formas. − Reflector de aluminio en algunos casos. − Difusor de cristal trabajado interiormente, material acrílico o policarbonato. − Equipo eléctrico con reactancia, y/o regleta conexión con toma de tierra, y/o portalámparas, y/o transformador. − Lámparas fluorescentes de 1x7/9w., incandescente, halógenas a 12 V. − Puede ir recibido a la pared, empotrados en ésta, o sobre poste de fundición de aluminio en diferentes alturas con caja de registro de material autoextinguible. − Protección IP 65 clase I Farol − Cuerpo construido en material plástico, acero, aluminio, fundición, etc. − Soporte a modo de palomilla o similar. − Difusor en metacrilato o cristal de diferentes formas. − Lámparas: incandescencia, fluorescencia PL o compacta, vapor de mercurio, sodio alta presión. − Protección IP 65 clase I. Farola − Base metálica para anclar a solera. − Poste de chapa, fibra de vidrio, aluminio, fundición, etc., con caja de conexiones y toma de tierra. − Farol construido en material plástico, acero, aluminio, fundición, etc, con formas diferentes. − Difusor en metacrilato o cristal de diferentes formas. − Lámparas: incandescencia, fluorescencia PL o compacta, vapor de mercurio, sodio alta presión. − Protección IP 65 clase I CONDICIONES PREVIAS − Planos de proyecto donde se defina la ubicación del aparato. − Puntos de luz replanteados de acuerdo a la distribución posterior de los aparatos, tubos metidos. − Niveles definitivos de zonas próximas. − Conexionado de puntos de luz y de cuadros de distribución. − Ordenación del material a colocar con distribución en ubicación definitiva. EJECUCIÓN − Desembalaje del material. − Lectura de las instrucciones del fabricante. − Replanteo definitivo del aparato.
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− Recibido de la placa base en el caso de farolas. − Montaje del poste o de la palomilla. − Montaje del cuerpo base con fijación al soporte. − Conexionado a la red eléctrica. − Instalación de las lámparas. − Prueba de encendido. − Montaje de los difusores. − Retirada de los embalajes sobrantes. NORMATIVA − Reglamento electrotécnico para baja tensión e Instrucciones complementarias. Real Decreto 842/2002 02 agosto 2002 Mº Ciencia y Tecnología B.O.E. 18/09/02 -‐ nº224 − NTE−IEB. − Normas UNE. − Norma IEC 60−598 CONTROL − Presentación y comprobación del certificado de origen industrial. − Comprobación del replanteo de los aparatos. − Aplomado, horizontalidad y nivelación de los mismos. − Ejecución y prueba de las fijaciones. − Comprobación en la ejecución de las conexiones y tomas de tierra. − Comprobación del total montaje de todas las piezas . − Prueba de encendido. − Se realizarán los controles que exijan los fabricantes. − Comprobación del tipo de voltaje a que deben conectarse los aparatos, haciendo especial hincapié en aquellos que por sus especificaciones tengan que estar montados a baja tensión con instalación de transformadores. SEGURIDAD − Se cumplirá estrictamente lo que para estos trabajos establezca la Ordenanza de Seguridad e Higiene en el trabajo. − Se dejarán sin tensión las líneas de alimentación, desconectando las llaves, automáticos de protección y verificando con un comprobador de tensión tal circunstancia. − Las escaleras o medios auxiliares estarán firmes, sin posibilidad de deslizamiento o caída. − En operaciones donde sea preciso, el Oficial contará con la colaboración del Ayudante. − Las herramientas estarán convenientemente aisladas. − Cuando se utilicen herramientas eléctricas, éstas estarán dotadas de grado de aislamiento II. MEDICIÓN − Todos los aparatos ornamentales se medirán por unidad, abonándose las unidades realmente instaladas. − No se abonará la limpieza de los embalajes sobrantes. − Todos los aparatos llevarán sus lámparas correspondiente, estando su abono incluido en la unidad base. MANTENIMIENTO − La propiedad recibirá a la entrega de la vivienda un resumen del origen industrial de cada aparato montado, así como del tipo de lámparas instaladas en el mismo. − En locales de pública concurrencia, una vez al año se deberá pasar la revisión correspondiente que indica el Reglamento.
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− Se llevará estadillo de cambio de lámparas para así poder prever su sustitución. − Una vez al año se revisará cada aparato, observando sus conexionados y estado mecánico de todas sus piezas y principalmente aquellas que puedan desprenderse, así como las cajas de conexiones de las farolas comprobando su cierre. − La instalación no la podrá manipular nada más que personal especializado, dejando sin tensión previamente la red.
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2.5 ELECTRICIDAD. ILUMINACIÓN. ALUMBRADO PUBLICO (Báculos + Luminarias) DESCRIPCIÓN Son aparatos de iluminación de calles, caminos, carreteras, urbanizaciones, parques, ...etc, constituidos de un báculo o brazo mural y una luminaria, construidos los primeros en chapa de acero posteriormente galvanizado con formas cónicas y las luminarias normalmente en aluminio con difusores de policarbonato, resistentes a la humedad y la lluvia. COMPONENTES Postes − Placa de asiento de chapa de acero con 4 taladros rasgados 400x400 mm. − Columna o báculo de chapa de acero al carbono de calidad A−360 B, sección troncocónica. − Diámetro inferior 120 a 140 mm. − Diámetro superior 60 mm. − Altura entre 4 y 14 metros sin juntas, gran altura entre 20 y 30 m. − Orejeta para toma de tierra. − Casquillo para anclaje de luminaria. − Caja de conexiones con tapa de registro con llave especial ¼ vuelta. Luminaria − Chasis de poliamida inyectada reforzada en fibra de vidrio. − Óptica de policarbonato o aluminio metalizado con pintura exterior. − Cierre de cubeta de metacrilato con junta de silicona que garantice estanqueidad. − Sistema de reglaje del portalámparas. − Portalámparas de porcelana con freno E−27 ó E−40. − Filtro de ventilación. − Sistema de cierre con grapas de acero inoxidable. − Equipo eléctrico fijo a la luminaria por dos tornillos. − Lámparas vapor de mercurio (125/250 w), sodio alta presión (150/250 w) CONDICIONES PREVIAS − Planos de proyecto donde se defina la ubicación del aparato. − Puntos de luz replanteados de acuerdo a la distribución posterior de los aparatos, tubos metidos. − Espárragos de anclaje de la placa, recibidos en dado de hormigón. − Niveles definitivos de zonas próximas. − Conexionado de puntos de luz y de cuadros de distribución. − Ordenación del material a colocar con distribución en ubicación definitiva. EJECUCIÓN − Desembalaje del material. − Lectura de las instrucciones del fabricante. − Replanteo definitivo del aparato. − Recibido y nivelado de la placa base. − Montaje del poste. − Conexionado a la red eléctrica. − Colocación conjunto bandeja, equipo y portalámparas. − Instalación de las lámparas. − Fijar la luminaria al báculo apretando los tornillos. − Cerrar luminaria.
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− Prueba de encendido. − Montaje de los difusores. − Retirada de los embalajes sobrantes. NORMATIVA − Reglamento electrotécnico para baja tensión e Instrucciones complementarias. Real Decreto 842/2002 02 agosto 2002 Mº Ciencia y Tecnología B.O.E. 18/09/02 -‐ nº224 − NTE−IEB. − Normas UNE. − Galvanizado: Real Decreto 2531/1985 18 diciembre 1985 Mº de Industria y Energía B.O.E. 03/01/86 – nº 3 − Postes: RD 401 y O.M. 16.5.89 CONTROL − Presentación y comprobación del certificado de origen industrial. − Comprobación del replanteo de los aparatos. − Aplomado, horizontalidad y nivelación de los mismos. − Ejecución y prueba de las fijaciones. − Comprobación en la ejecución de las conexiones y tomas de tierra. − Comprobación del total montaje de todas las piezas. − Prueba de encendido. − Se realizarán los controles que exijan los fabricantes. SEGURIDAD − Se cumplirá estrictamente lo que para estos trabajos establezca la Ordenanza de Seguridad e Higiene en el trabajo. − Se dejarán sin tensión las líneas de alimentación, desconectando las llaves, automáticos de protección y verificando con un comprobador de tensión tal circunstancia. − Las escaleras o medios auxiliares estarán firmes, sin posibilidad de deslizamiento o caída. − En operaciones donde sea preciso, el Oficial contará con la colaboración del Ayudante. − Las herramientas estarán convenientemente aisladas. − Cuando se utilicen herramientas eléctricas, éstas estarán dotadas de grado de aislamiento II. MEDICIÓN − El conjunto Báculo + Luminaria se medirá por unidad, abonándose las unidades realmente instaladas. − No se abonará la limpieza de los embalajes sobrantes. − Todos los aparatos llevarán sus lámparas y equipos eléctricos correspondiente, estando su abono incluido en la unidad base. MANTENIMIENTO − La propiedad recibirá a la entrega de la vivienda un resumen del origen industrial de cada aparato montado, así como del tipo de lámparas instaladas en el mismo. − En locales de publica concurrencia una vez al año se deberá pasar la revisión correspondiente que indica el Reglamento. − Se llevará estadillo de cambio de lámparas para así poder prever su sustitución.
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− Una vez al año se revisará cada aparato, observando sus conexionados y estado mecánico de todas sus piezas y principalmente aquellas que puedan desprenderse, así como las cajas de conexiones de las farolas comprobando su cierre. − La instalación no la podrá manipular nada más que personal especializado, dejando sin tensión previamente la red.
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2.5 URBANIZACIÓN. POZOS DE REGISTRO Y ARQUETAS DESCRIPCIÓN Arquetas y pozos de registro de hormigón, bloques de hormigón, mampostería, ladrillo o cualquier otro material previsto en el Proyecto o autorizado por el Director de Obra. CONDICIONES PREVIAS -‐ Replanteo. -‐ Ejecución de las redes. COMPONENTES -‐ Pozos prefabricados de hormigón. -‐ Bloques. -‐ Ladrillos. -‐ Hormigón. -‐ Mortero de cemento. EJECUCIÓN Una vez efectuada la excavación requerida, se procederá a la ejecución de las arquetas o pozos de registro, de acuerdo con las condiciones señaladas en los Artículos correspondientes del presente Pliego para la fabricación, en su caso, y puesta en obra de los materiales previstos, cuidando su terminación. Las conexiones de tubos y caños se efectuarán a las cotas debidas, de forma que los extremos de los conductos coincidan al ras con las caras interiores de los muros, o ejecutando tubos pasantes en caso de que así se señale en los Planos. Las tapas de las arquetas o de los pozos de registro ajustarán perfectamente al cuerpo de la obra, y se colocarán de forma que su cara superior quede al mismo nivel que las superficies adyacentes. NORMATIVA -‐ Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes. PG3/75. 410. -‐ Normativa especifica de las Compañías titulares de los servicios. CONTROL -‐ Ensayos previos: Los ensayos previos vendrán derivados del tipo de material empleado para su construcción. -‐ Forma y dimensiones: Las indicadas en los Planos o las homologadas por las Compañías titulares de los servicios a que pertenezcan. -‐ Ejecución: Los controles en la ejecución de pozos de registro y arquetas se adaptarán a los realizados para la red del servicio a que pertenezcan. SEGURIDAD Las paredes de los pozos se entibarán en caso necesario. MEDICIÓN Las arquetas y pozos de registro se abonarán por unidades realmente ejecutadas en obra. MANTENIMIENTO Revisión y limpieza, en caso necesario, al menos una (1) vez cada seis (6) meses.
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2.6 URBANIZACIÓN. AUDIOVISUALES: TELEFONIA: ARQUETAS Y CÁMARA DE REGISTRO DESCRIPCIÓN Su instalación deberá cumplir las especificaciones de la Compañía Suministradora. La distancia entre arquetas como máximo debe ser de 150 m mientras que entre armario y arqueta de conexión la distancia deberá ser siempre de un máximo de 50 m. En cuanto a la acometida al edificio y concretamente al cuarto de Telefonía si se ha previsto este local, la longitud máxima será de 100 m. La arqueta tipo D se construirá para canalizaciones laterales y se utilizará cuando haya que dar paso o empalmar aquellos cables que sigan en la misma dirección o que cambien de dirección en la arqueta. Las paredes principales paralelas al eje longitudinal no podrán tener entradas de conductos. Las desviaciones se realizarán curvando a la salida de la arqueta. La arqueta tipo H se utiliza para dar paso a cables que sigan la misma dirección pudiendo tener empalmes recto o múltiples; también cuando sea necesario curvar cables dentro de la arqueta; para dar paso a uno o dos grupos de acometidas o para dar paso a un pedestal para un armario de distribución de acometidas. La arqueta tipo M se usa exclusivamente en la red de dispersión y no se ubicarán empalmes utilizándose para distribuir las acometidas a las parcelas más próximas a la vez que se puede dar paso a uno o dos grupos de acometidas para atender, mediante nuevas arquetas tipo M a sucesivas parcelas. MATERIALES: Hormigones, morteros y demás elementos integrantes cumplirán lo establecido en el apartado correspondiente de este Pliego. EJECUCIÓN Se comprobará expresamente el tamaño de las ventanas de salida y entrada de los pares, no admitiéndose ninguna variación. Se tendrá en cuenta el asesoramiento de las Unidades de Ingeniería de Telefónica para la aceptación de la obra. 2.7 URBANIZACIÓN. AUDIOVISUALES: TELEFONIA: CANALIZACIONES DESCRIPCIÓN Su instalación deberá cumplir las especificaciones de la Compañía Suministradora. En una misma zanja todos los tubos se dispondrán según el mismo diámetro de forma que siempre se elija el de mayor sección necesario. En la salida a postes, pedestales, etc., se dispondrá un codo de PVC de diámetro 110 mm. La disposición esquemática de los conductos serán las siguientes: -‐ Respecto a la red de distribución 2 conductos de 110 mm. -‐ Respecto a la red de dispersión 1 de 40 mm para 1 acometida; 2 de 40 mm para 2 a 4 acometidas y 2 de 60 mm para 5 a 8 acometidas. Los tubos de 40 mm solamente se alojarán en acometidas.
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MATERIALES: Tuberías y demás elementos integrantes cumplirán lo establecido en el apartado correspondiente de este Pliego. EJECUCIÓN Se controlará expresamente la profundidad de la zanja y sus dimensiones. Se tendrá en cuenta el asesoramiento de las Unidades de Ingeniería de Telefónica para la aceptación de la obra. No se admitirá ninguna desviación sobre la reglamentada. 2.8 URBANIZACIÓN. DRENAJES DESCRIPCIÓN Sistemas de captación y conducción de aguas del subsuelo, procedentes de un manto freático o infiltraciones de aguas de lluvia, mediante tubos ranurados de policloruro de vinilo no plastificado con perforaciones u orificios uniformemente distribuidos en la superficie o tubos de hormigón poroso. Los tubos ranurados de PVC se usarán preferentemente en terrenos estratificados o de permeabilidad variable, mientras que los tubos de hormigón poroso se emplearán preferentemente en terrenos no estratificados o de permeabilidad no variable, y al pie de pantallas de bloque poroso. A veces se omite la tubería, en cuyo caso la parte inferior de la zanja queda completamente rellena de material filtrante, constituyendo un dren ciego o dren francés. En estos drenes el material que ocupa el centro de la zanja es piedra gruesa. CONDICIONES PREVIAS -‐ Replanteo en planta. -‐ Excavación de la zanja. COMPONENTES -‐ Tubos de: Hormigón poroso. PVC ranurado. -‐ Bloque poroso de hormigón. -‐ Material drenante compuesto por áridos naturales o procedentes de machaqueo ó áridos artificiales exentos de arcilla, marga y otros materiales extraños. EJECUCIÓN Una vez abierta la zanja se comprobará el lecho de asiento, compactándolo hasta lograr una base de apoyo firme y verificando que está de acuerdo con la rasante definida en los Planos. La colocación de la tubería se realizará una vez obtenida la autorización de la Dirección de Obra. Los tubos se tenderán sobre un lecho de material filtrante de diez (10) centímetros de espesor, comenzándose a colocar en la cabecera de la red, con la copa en el sentido de la pendiente. El material filtrante cubrirá el tubo hasta una altura de veinticinco (25) centímetros por encima de la generatriz superior. Los materiales de relleno se extenderán en tongadas sucesivas, de espesor uniforme y sensiblemente horizontal. El espesor de las tongadas será el que permita, con los medios disponibles, obtener el grado de compactación exigido. Antes de extender cada tipo de material se comprobará que es homogéneo y que su humedad es la adecuada para su puesta en obra. La densidad mínima a obtener en el relleno será del noventa y cinco (95) por ciento del Proctor normal, excepto en los cincuenta (50) centímetros superiores que será del cien (100 ) por cien del Proctor normal.
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NORMATIVA -‐ Pliego de Prescripciones Técnicas para tuberías de abastecimiento de agua, del MOPU. -‐ Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes. PG3/75. 420, 421. -‐ NTE-‐ASD Drenajes y avenamientos. Alcantarillado. -‐ Normas UNE 7140-‐58, 7050-‐85, 53114-‐87, 53114-‐88. -‐ Norma ASTM C. 497-‐72. CONTROL -‐ Ensayos previos: Antes de la recepción de los tubos se comprobará: . El aspecto exterior de los tubos y accesorios. . Las dimensiones y espesores de los tubos y accesorios. . Las perforaciones en el caso de tubería ranurada de PVC. -‐ Forma y dimensiones: La forma y dimensiones serán las señaladas en los Planos. -‐ Ejecución: Cada cincuenta (50) metros se realizará un control de profundidad, rechazándose los tramos con una profundidad inferior al diez (10) por ciento de la especificada. En esos mismos puntos se comprobará el diámetro y disposición de los tubos. Se comprobará la pendiente de uno de cada tres tramos, rechazándose los que tengan variaciones superiores a más-‐menos el cero coma cinco (0,5) por ciento en tramos con pendientes superiores al cuatro (4) por cien, y del cero coma veinticinco (0,25 ) por ciento en los de pendientes inferiores. Cada cien (100) metros cuadrados se comprobará la granulometría y plasticidad del material filtrante. SEGURIDAD Cuando exista la posibilidad de existencia de canalizaciones en servicio en la zona de excavación, se determinará su trazado solicitando a las Compañías propietarias los Planos de situación de los mismos, y si fuera necesario el corte del fluido. Siempre que se prevea el paso de personas o vehículos se adoptarán las medidas necesarias que impidan las caídas fortuitas a las zanjas, colocándose pasos sobre las mismas a distancias adecuadas. El acopio de las tierras procedentes de la excavación se realizará a distancia suficiente que impida la caída de las mismas a la excavación y/o sobrecargas que favorezcan el desprendimiento de los taludes de las zanjas. Al comienzo de cada jornada y siempre que sea necesario se revisarán las entibaciones y se comprobará la ausencia de gases. MEDICIÓN Los drenes lineales subterráneos se abonarán por metros (m) realmente ejecutados, medidos en el terreno, incluyendo el lecho de asiento y sin incluir la excavación. Los rellenos localizados de material filtrante se abonarán por metros cúbicos (m3) medidos sobre los Planos de perfiles transversales, una vez comprobado que dichos perfiles son correctos. MANTENIMIENTO Se comprobará su funcionamiento en los puntos de desagüe o pozos de registro cada seis (6) meses o en caso de que se aprecie un mal funcionamiento. En caso de obstrucción se provocará una corriente de agua en sentido inverso; si la obstrucción se mantiene se localizará el punto de la misma y se repondrán los materiales deteriorados. 2.9 URBANIZACIÓN. BORDILLOS
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DESCRIPCIÓN Piezas de piedra o elementos prefabricados de hormigón colocados sobre una solera adecuada, que constituyen una faja o cinta para delimitar la superficie de la calzada, acera o andén. CONDICIONES PREVIAS -‐ Replanteo y preparación del asiento. -‐ Ejecución del cimiento de hormigón. COMPONENTES -‐ Bordillo de piedra o prefabricado de hormigón. -‐ Hormigón base. -‐ Mortero de cemento. EJECUCIÓN Sobre el cimiento de hormigón se extiende una capa de tres (3) centímetros de mortero para asiento del bordillo o del bordillo-‐rigola. Las piezas que forman el bordillo se colocarán dejando un espacio entre ellas de cinco (5) milímetros. Este espacio se rellenará con mortero del mismo tipo que el empleado en el asiento. NORMATIVA -‐ Normas UNE 7067 a 7070. -‐ Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes. PG3/75. 570. -‐ Norma NTE-‐RSR. -‐ Norma EHE ó UNE 7068-‐53: Resistencia a compresión. CONTROL -‐ Ensayos previos: Con objeto de determinar si el producto es en principio aceptable o no, se verificará en fábrica o a su llegada a obra, de una muestra extraída del mismo: . Peso específico neto. . Resistencia a compresión. . Coeficiente de desgaste. . Resistencia a la intemperie. -‐ La resistencia a compresión en probeta cúbica cortada con sierra circular diamantada a los veintiocho (28) días será como mínimo de trescientos cincuenta (350) kilogramos por centímetro cuadrado. -‐ La resistencia a flexión de los bordillos o rigolas, bajo carga puntual, será superior a cincuenta (50) kilogramos por centímetro cuadrado. -‐ El desgaste por abrasión será inferior a tres (3) milímetros para bordillos y dos (2) milímetros para rigolas. -‐ El coeficiente de absorción de agua máximo admisible será del diez (10) por ciento en peso. -‐ Las piezas estarán exentas de fisuras, coqueras o cualquier otro defecto, que indique una deficiente fabricación. Deberán ser homogéneas y de textura compacta y no tener zonas de segregación. -‐ Forma y dimensiones: -‐ La forma y dimensiones de los bordillos serán las señaladas en los Planos o corresponderán a los modelos oficiales. -‐ La longitud mínima de las piezas de piedra será de un (1) metro, aunque en suministros grandes se admitirá que el diez (10) por ciento tenga una longitud comprendida entre sesenta (60) centímetros y un (1) metro. En el caso de bordillos prefabricados de hormigón la longitud mínima de las piezas será de un (1) metro. -‐ En las medidas de la sección transversal se admitirá una tolerancia de diez (10) milímetros en más o en menos. -‐ Ejecución: No se aceptará una colocación deficiente así como una capa de hormigón de asiento del bordillo inferior a la especificada.
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SEGURIDAD -‐ Cuando se emplee maquinaria alimentada con energía eléctrica, se tomarán las medidas pertinentes (toma de tierra, doble aislamiento, diferenciales, automáticos, etc.). -‐ Se adoptarán las precauciones necesarias para la manipulación de los bordillos, evitando los sobreesfuerzos en el transporte a mano de los mismos. -‐ Protecciones colectivas: Señalización de obra y Normativa vigente para la utilización de maquinaria. -‐ Protecciones personales: Botas altas de goma y guantes para el manejo del hormigón. -‐ Riesgos: Golpes y sobreesfuerzos. MEDICIÓN Los bordillos se medirán y abonarán por metros (m) realmente colocados, de cada tipo, medidos en el terreno. MANTENIMIENTO -‐ La limpieza se realizará con abundante agua y cepillo de cerda. -‐ Cada cinco (5) años o antes, si se aprecia alguna anomalía, se realizará una inspección del encintado, observando si aparece alguna pieza agrietada o desprendida, en cuyo caso se repondrá o se procederá a su fijación con los materiales y forma indicados para su colocación.
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2.9 URBANIZACIÓN. ACERAS, CALLES Y ZONAS PEATONALES DESCRIPCIÓN Pavimentos de hormigón, adoquinados, aceras o enlosados destinados al tráfico de personas. CONDICIONES PREVIAS -‐ Planos del trazado urbanístico. -‐ Conocimiento del tipo de suelo o base. -‐ Colocación de bordillos o rigolas. -‐ Base o cimiento de hormigón terminado. COMPONENTES -‐ Losas de hormigón en masa. -‐ Adoquines. -‐ Baldosas hidráulicas. -‐ Baldosas de terrazo. -‐ Losas de piedra natural. -‐ Arena o mortero de cemento. EJECUCIÓN En el caso de solados de aceras construidas con una capa de mortero sobre un cimiento de hormigón, una vez ejecutado el cimiento se extenderá una capa de mortero de consistencia muy seca, con un espesor total de treinta (30) milímetros, con una tolerancia en más o menos de cinco (5) milímetros. Se extenderá el mortero uniformemente, auxiliándose el operario de llanas y reglones, sobre maestras muy definidas. La capa de terminación se espolvoreará con cemento, en una cantidad de más o menos un kilogramo y medio por metro cuadrado de pavimento (1,5 Kg/m²). Terminada la acera, se mantendrá húmeda durante tres (3) días. Los pavimentos de baldosa hidráulica o de terrazo se colocarán sobre una capa de mortero bastardo, de cemento y cal, pudiéndose situar de dos formas, al tendido o golpeando cada baldosa. Antes de colocarse, el operario hará una regata en el mortero con la paleta, para facilitar su adherencia. Una vez colocada se rellenarán las juntas con lechada de cemento. Para la ejecución de los pavimentos de adoquines se colocará primero una capa de asiento de mortero de cemento, con un espesor de cinco (5) centímetros, o de arena compactada, con un espesor de cuatro (4) centímetros, en estado semiseco. A continuación se colocarán los adoquines, bien a máquina o a mano, alineados, golpeándose con martillo, hasta que queden bien sentados, cuando son recibidos sobre capa de mortero, y colocándolos a tope pisando el operario las piezas ya colocadas cuando lo sea sobre arena. Las juntas entre los adoquines tendrán un espesor inferior a ocho (8) milímetros. Finalmente regado y rellenado de las juntas, en los colocados sobre mortero, con llagueado final, transcurridas tres (3) o cuatro (4) horas, y apisonado con rodillo, los colocados sobre capa de arena, con extendido posterior con escobas de una capa de arena muy fina, nuevo apisonado y recebado de huecos y posterior regado. NORMATIVA -‐ Normas UNE: 7203 Fraguado del cemento 7240, 7395, 7103 Hormigón. 7034-‐51 Determinación de la resistencia a flexión y al choque. 7033-‐51 Ensayos de heladicidad y permeabilidad. 7082-‐54 Determinación de materias orgánicas en arenas a utilizar en la fabricación de las baldosas de terrazo. 7135-‐58 Determinación de finos en áridos a utilizar en la fabricación de baldosas de terrazo. 7067-‐54, 7068-‐53, 7069-‐53, 7070 Piedra labrada. -‐ Normas de ensayo NLT 149/72.
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-‐ Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes. PG3/75. 220, 560. CONTROL -‐ Ensayos previos: En el momento de recibir las baldosas en obra se comprobará, en un muestreo aleatorio, sus características geométricas y espesores, así como su aspecto y estructura. Se realizarán ensayos de resistencia al desgaste y al choque. -‐ Forma y dimensiones: La forma y dimensiones de las piezas serán las señaladas en los Planos o corresponderán a los modelos oficiales. Las dimensiones de las aceras se ajustarán a las señaladas en los Planos. -‐ Ejecución: Se controlará la ejecución admitiéndose una tolerancia de hasta cinco (5) milímetros en el espesor de la capa de mortero. cada cien (100) metros cuadrados se realizará un control verificando la planeidad del pavimento, medida por solape con regla de dos (2) metros, no aceptándose variaciones superiores a cuatro (4) milímetros, ni cejas superiores a un (1) milímetro. Se suspenderán los trabajos cuando se prevea que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, la temperatura ambiente pueda descender por debajo de los cero (0) grados centígrados. SEGURIDAD -‐ Cuando se emplee maquinaria alimentada con energía eléctrica, se tomarán las medidas pertinentes (toma de tierra, doble aislamiento, diferenciales, automáticos, etc.). -‐ Se adoptarán las precauciones necesarias para la manipulación de los materiales, evitando los sobreesfuerzos en el transporte a mano de los mismos. -‐ Protecciones colectivas: Señalización de obra y Normativa vigente para la utilización de maquinaria. -‐ Protecciones personales: Botas altas de goma y guantes para el manejo del hormigón. -‐ Riesgos: Golpes y sobreesfuerzos. MEDICIÓN Se medirá y valorará por metro cuadrado (m²) de pavimento colocado, medido sobre el terreno, incluso rejuntado y limpieza. En caso que así se indique en el precio, también irá incluido el hormigón de la base de asiento. MANTENIMIENTO -‐ Limpieza periódica del pavimento. -‐ Cada cinco (5) años, o antes si fuera apreciada alguna anomalía, se realizará una inspección del pavimento, observando si aparecen en alguna zona fisuras, hundimientos, bolsas, o cualquier otro tipo de lesión. En caso de ser observado alguno de estos síntomas, será estudiado por Técnico competente, que dictaminará las reparaciones que deban efectuarse.
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2.10 URBANIZACIÓN. AFIRMADOS DE CALLES DESCRIPCIÓN Capas formadas por mezcla de diversos materiales convenientemente tratados y compactados, utilizada en la constitución de asientos para firmes y pavimentos de calzadas. CONDICIONES PREVIAS -‐ Ejecución de drenajes, cruces de agua o conducciones que puedan afectar al futuro firme. -‐ Estudio del tipo de suelo o explanada existente en la zona destinada a la ejecución del firme. -‐ Comprobación de densidad, irregularidades y rasantes indicadas en los planos, de la superficie. COMPONENTES -‐ Áridos procedentes de machaqueo y trituración de piedras de cantera o grava natural. -‐ Escorias. -‐ Suelos seleccionados. -‐ Materiales locales exentos de arcilla, marga u otras materias extrañas. -‐ Cal. -‐ Cemento. EJECUCIÓN Para la ejecución de las bases y subbases se llevará a cabo en primer lugar una preparación de la superficie existente, consistente en la comprobación de la superficie sobre la que va a asentarse la misma, comprobando que tenga la densidad debida, que las rasantes coincidan con las previstas en los planos y que no existan en la superficie irregularidades mayores a las admitidas. A continuación se procederá a la extensión de la capa, en la que los materiales previamente mezclados, serán extendidos en tongadas uniformes, tomando la precaución de que no se segreguen ni contaminen. Las tongadas tendrán un espesor adecuado para que, con los medios disponibles, se obtenga el grado de compactación exigido. Extendida la tongada, en caso necesario, se procederá a su humectación. Por último se compactará la tongada hasta conseguir una densidad del noventa y cinco (95) por ciento de la máxima obtenida en el ensayo Proctor modificado en el caso de subbases granulares, y del noventa y ocho (98) por ciento o cien (100) por cien de la densidad máxima obtenida en el mismo ensayo en capas de base para tráfico ligero o pesado y medio, respectivamente. El apisonado se ejecutará en el sentido del eje de las calles, desde los bordes exteriores hacia el centro, solapándose en cada recorrido un ancho no inferior a un tercio (1/3) del elemento compactador. No se extenderá ninguna tongada en tanto no haya sido realizada la nivelación y comprobación del grado de compactación de la precedente. NORMATIVA -‐ Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes. PG3/75. 500, 501, 502, 510, 511, 512, 513, 514, 515. -‐ Normas de ensayo NLT 105/72, 106/72, 108/72, 111/58, 113/72, 149/72. -‐ Normas UNE. 7082, 7133. CONTROL -‐ Ensayos previos: Control de la superficie de asiento. Se controlará la composición granulométrica, coeficiente de desgaste medido por el ensayo de los Ángeles, índice C.B.R. y plasticidad. -‐ Forma y dimensiones: Las dimensiones de las capas se ajustarán a las señaladas en las secciones tipo incluidas en los Planos.
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-‐ Ejecución: Control de la extensión de la tongada (segregación del árido) y nivel de compactación. Se comprobará las cotas de replanteo del eje cada veinte (20) metros, así como la anchura y la pendiente transversal. La superficie acabada no deberá rebasar a la teórica en ningún punto ni diferir de ella en más de un quinto (1/5) del espesor previsto en los Planos. La superficie acabada no deberá variar en más de diez (10) milímetros comprobada con una regla de tres (3) metros, aplicada tanto paralela como normalmente al eje de la calzada. No se extenderán tongadas ni se compactarán cuando la temperatura ambiente descienda a menos de dos (2) grados centígrados. SEGURIDAD Protecciones colectivas: Señalización de obra y Normativa vigente para la utilización de maquinaria. Riesgos: Atrapamientos, golpes y atropellos. MEDICIÓN Las capas de base y subbase se abonarán por metros cúbicos (m³) realmente ejecutados medidos en las secciones tipo señaladas en los Planos. MANTENIMIENTO -‐ Inspecciones periódicas, en caso de ser posible, para comprobar que se cumple la función drenante de estas capas. -‐ Inspecciones visuales para detectar fallos en la base del firme. En caso de detectarse se llevarán a cabo las labores de reparación necesarias enfocadas a una conservación preventiva y curativa.
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2.11 URBANIZACIÓN. PAVIMENTOS DE CALLES PARA TRÁFICO RODADO DESCRIPCIÓN Pavimentaciones destinadas a la circulación motorizada. Pueden ser ejecutados con adoquines, recibidos con mortero de cemento, sobre base de hormigón o de arena o pavimentos de hormigón. CONDICIONES PREVIAS -‐ Preparación de la superficie de asiento, comprobando que tiene la densidad exigida y las rasantes indicadas. -‐ En pavimentos de hormigón ejecutados con encofrados fijos, se pasará una cuerda para comprobar que la altura libre corresponde al espesor de la losa. COMPONENTES -‐ Adoquines de piedra o prefabricados de hormigón. -‐ Mortero de cemento. -‐ Lechadas de cemento para rejuntado de adoquines. -‐ Hormigón. -‐ Material de relleno para juntas de dilatación. EJECUCIÓN Para la ejecución de los pavimentos de adoquines se colocará primero una capa de asiento de mortero de cemento, con un espesor de cinco (5) centímetros, o de arena compactada, con un espesor de cuatro (4) centímetros, en estado semiseco. A continuación se colocarán los adoquines, bien a máquina o a mano, alineados, golpeándose con martillo, hasta que queden bien sentados, cuando son recibidos sobre capa de mortero, y colocándolos a tope pisando el operario las piezas ya colocadas cuando lo sea sobre arena. Las juntas entre los adoquines tendrán un espesor inferior a ocho (8) milímetros. Finalmente regado y rellenado de las juntas, en los colocados sobre mortero, con llagueado final, transcurridas tres (3) o cuatro (4) horas, y apisonado con rodillo, los colocados sobre capa de arena, con extendido posterior con escobas de una capa de arena muy fina, nuevo apisonado y recebado de huecos y posterior regado. En los pavimentos de hormigón la extensión se realizará manualmente, con máquinas entre encofrados fijos o con extendedoras de encofrados deslizantes. No deberá transcurrir más de una (1) hora entre la fabricación del hormigón y su puesta en obra, compactación y acabado. La Dirección de Obra podrá aumentar este plazo hasta dos (2) horas si se adoptan las precauciones necesarias para retrasar el fraguado del hormigón. En ningún caso se colocarán amasadas que acusen un principio de fraguado, segregación o desecación. Si se interrumpe la extensión por más de media (1/2) hora, se tapará el frente del hormigón con arpilleras húmedas; si el tiempo de interrupción es mayor al máximo admitido, se dispondrá una junta transversal. El hormigonado se hará por carriles de ancho constante separados por juntas longitudinales de construcción. En las juntas longitudinales, resultantes de hormigonar una banda contra otra ya construida, al hormigonar la banda adyacente, se aplicará al canto de la anterior un producto para evitar la adherencia del hormigón nuevo con el antiguo. Se cuidará particularmente el desencofrado de estas zonas delicadas. Si se observasen desperfectos en la ranura formada entre los cantos, deberán corregirse antes de aplicar el producto antiadherente. En las juntas de contracción efectuadas en el hormigón fresco, la ranura superior que ha de situarse en la posición exacta que fija la referencia correspondiente, deberá hacerse con un cuchillo vibrante o elemento similar. esta operación deberá llevarse a cabo inmediatamente después del paso de la terminadora transversal y antes del acabado longitudinal del pavimento. La ranura se obturará con una plancha de material rígido adecuado, retocándose manualmente la zona de los bordes para corregir las imperfecciones que hayan quedado. En caso de realizarse las juntas mediante serrado, éste se realizará entre las seis (6) y doce (12) horas posteriores a la colocación del hormigón. No es conveniente hacer losas muy alargadas. Lo óptimo son losas tendiendo a cuadradas; sin embargo, es habitual hacerlas rectangulares, en cuyo caso la relación entre las longitudes de los lados no
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debe ser superior a dos:uno (2:1). Las dimensiones recomendables y máximas de las losas de un pavimento de hormigón, en función de su espesor, referidas al lado mayor de la losa serán las siguientes: Espesor Distancia recomendable Distancia máxima 14 cm. 3,50 m. 4,00 m. 16 cm. 3,75 m. 4,50 m. 18 cm. 4,00 m. 5,00 m. 20 cm. 4,25 m. 5,50 m. 22 cm. 4,50 m. 6,00 m. 24 cm. 4,75 m. 6,00 m. Para el acabado del pavimento, la longitud, disposición longitudinal o diagonal, y el movimiento de vaivén del fratás, serán los adecuados para eliminar las irregularidades superficiales y obtener el perfil sin rebasar las tolerancias fijadas. Una vez acabado el pavimento y antes del comienzo del fraguado del hormigón, se dará con aplicación manual o mecánica de un cepillo con púas, de plástico o alambre, y en sentido transversal o longitudinal al eje de la calzada, una textura transversal o longitudinal. Durante el primer período de endurecimiento, el hormigón fresco deberá protegerse contra el lavado por lluvia, contra una desecación rápida especialmente en condiciones de baja humedad relativa del aire, fuerte insolación o viento y contra los enfriamientos bruscos y la congelación. Para el sellado de juntas, se limpiará el fondo y los cantos de la ranura, enérgica y cuidadosamente, con procedimientos adecuados tales como chorro de arena, cepillos de púas metálicas, dando una pasada final con aire comprimido. Finalizada esta operación, se procederá a la colocación del material previsto. NORMATIVA -‐ Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes. PG3/75. 550, 560. -‐ Normas UNE. 7203, 7139, 41107, 41104, 41108, 7067, 7068, 7069, 7070. -‐ Normas ASTM D 2628, 3042. -‐ Normas NLT 149/72 -‐ EHE. CONTROL -‐ Ensayos previos: Se realizarán ensayos previos de laboratorio antes de comenzar el hormigonado, para establecer la dosificación a emplear teniendo en cuenta los materiales disponibles. En caso de emplear hormigón preparado en planta controlada, se podrá prescindir de estos ensayos. -‐ Forma y dimensiones: Las dimensiones de las capas se ajustarán a las señaladas en las secciones tipo incluidas en los Planos. -‐ Ejecución: Ensayos de resistencia del hormigón. Comprobada con regla de tres (3) metros, la superficie de acabado, no variará en más de cinco (5) milímetros. En el caso de pavimentos de hormigón, se comprobará que las losas no presenten fisuras. Si se observa que a causa de un serrado prematuro se producen desconchados en las juntas, deberán ser reparadas con un mortero de resina epoxi. SEGURIDAD Protecciones colectivas: Señalización de obra y Normativa vigente para la utilización de maquinaria. Protecciones personales: Casco, botas altas de goma y guantes.
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Riesgos: Atrapamientos, golpes y atropellos. MEDICIÓN Las mediciones se realizarán sobre Planos. El pavimento completamente terminado, se medirá y abonará por metros cúbicos (m³) o por metros cuadrados (m²), de acuerdo con lo que se indique el precio. MANTENIMIENTO La conservación de los firmes se dirigirá a mantener una textura de la superficie suficientemente áspera y rugosa, unas irregularidades superficiales (ondulaciones) de una longitud de onda mayor que la que puede afectar, dada la velocidad del vehículo, a sus ocupantes y, finalmente, una capacidad de soporte tal que puedan circular los vehículos pesados previstos sin que se deteriore la explanación ni el propio firme. Para ello se realizará una conservación preventiva con inspecciones visuales ayudadas de catálogos de deterioros.
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2.12 JARDINERÍA CAPÍTULO I.− CONDICIONES DE LOS MATERIALES 1.1.-‐ Suelos y tierras fértiles Se considerarán aceptables los que reúnan las condiciones siguientes: − Cal inferior al diez por ciento (10%) − Humus, comprendido entre dos y el diez por ciento (2-‐10%). − Ningún elemento mayor de cinco centímetros (5 cm). − Menos de tres por ciento (3%) de elementos comprendidos entre uno y cinco centímetros (1-‐5 cm). − Nitrógeno, uno por mil (1 por 1.000). − Fósforo total, ciento cincuenta partes por millón (150 p.p.m.) − Potasio, ochenta partes por millón (80 p.p.m.) o bien P2O5 asimilable, tres décimas por mil. − K2O asimilable, una décima por mil (0,1 por 1.000). 1.2.-‐ Profundidad del suelo El suelo fértil deber ser como mínimo una capa de la profundidad de los hoyos que se proyecten para cada tipo de plantación. En cualquier caso, la capa de suelo fértil, aunque sólo deba soportar céspedes o flores, deberá tener al menos 30 cm. de profundidad. 1.3.-‐ Aguas Para el riego se desecharán las aguas salitrosas, y todas las aguas que contengan más de 1% de Cloruros Sódicos o Magnésicos. Las aguas de riego deberán tener pH superior a seis (6). 1.4.-‐ Definición de elementos vegetales Las dimensiones y características que se señalan en las definiciones de este apartado son las que han de poseer las plantas una vez desarrolladas, y no necesariamente en el momento de la plantación. * Árbol. Vegetal leñoso, que alcanza más de cinco (5) metros de altura, se ramificará o no desde la base y posee un tallo principal, llamado tronco. * Arbusto. Vegetal leñoso que, como norma general, se ramifica desde la base y no alcanza los cinco metros (5) de altura. * Planta vivaz. Planta de escasa altura, o leñosa, que en todo o en parte, vive varios años y rebrota cada temporada. * Anual. Planta cuya vida abarca un solo ciclo vegetativo. * Bienal o bianual. Que vive durante dos períodos vegetativos; en general, plantas que germinan y dan hojas el primer año y florecen y fructifican el segundo. * Tapizante. Vegetal de pequeña altura que, plantado a una cierta densidad, cubre el suelo completamente con sus tallos y con sus hojas. Serán, en general, pero no necesariamente, plantas cundidoras. * Cepellón. Se entiende por cepellón, el conjunto de sistema radical y tierra que resulta adherida al mismo, al extraer cuidadosamente las plantas, cortando tierra y raíces, en corte limpio y con
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precaución de que no se disgreguen. El cepellón podrá presentarse atado con red de plástico o metálica, con paja o rafia, cubierto con escayola, etc. * Container. Se entenderá por planta en container, la que haya sido criada o desarrollada, por lo menos dos años antes de su entrega, en recipiente de gran tamaño, dentro del cual, se transporta hasta el lugar de su plantación, con sistema radicular consolidado. En cualquier caso, deberá tener las dimensiones especificadas en las mediciones del proyecto. * Trepadoras. Son las que siendo de naturaleza herbácea y vivaces, se sujetan o no por sí solas, por medio de zarcillos o ventosas, en los muros o emparrados, debiendo sujetarse si carecen de esta propiedad. 1.5.-‐ Condiciones generales de las plantas * Semillas: Serán de pureza superior al noventa por ciento (90%) y poder germinativo no inferior al noventa por ciento (90%). Carecerán de cualquier síntoma de enfermedad, ataque de insectos o roedores. * Las plantas serán en general bien conformadas, de desarrollo normal, sin que presenten síntomas de raquitismo o retraso. No presentarán heridas en el tronco o ramas y el sistema radicular será completo y proporcionado al porte. Su porte será normal conforme a su especie y variedad, bien ramificado. Las plantas de hoja perenne presentarán el sistema foliar completo, sin decoloración ni síntomas de clorosis. 1.6.-‐ Presentación y conservación de las plantas − Las plantas a raíz desnuda deberán presentar un sistema radicular proporcionado al sistema aéreo, con las raíces sanas y bien cortadas, sin longitudes superiores a la mitad de la anchura del hoyo de plantación. Deberán transportarse al pie de obra el mismo día que sean arrancadas en el vivero, y si no se plantan inmediatamente, se depositarán en zanjas de forma que queden cubiertas con veinte (20) centímetros de tierra sobre la raíz. Inmediatamente después de taparlas, se procederá a su riego por inundación para evitar que queden bolsas de aire entre sus raíces. − Las plantas en contenedor o en maceta deberán permanecer en ellas hasta el mismo instante de su plantación, transportándolas hasta el hoyo sin que se deteriore el contenedor ni el cepellón de tierra. Si no se plantan inmediatamente después de su llegada a la obra, se depositarán en lugar cubierto o se taparán con paja hasta encima del contenedor. En cualquier caso, se regarán mientras permanezcan depositadas. − Las plantas de cepellón deberán llegar hasta el hoyo con el cepellón intacto, tanto sea éste de yeso, plástico o paja. El cepellón deber ser proporcionado al sistema radicular y los cortes de raíz dentro de éste, serán limpios y sanos. CAPÍTULO II.− EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 2.1.-‐ Preparación del terreno − Se define el extendido de tierra vegetal como la operación de situar, en los lugares y cantidades indicados en el Proyecto o por la Dirección Facultativa, una capa de tierra vegetal procedente de excavación en préstamos o de los acopios realizados. − Terminada esta operación se procederá a la comprobación de las dimensiones resultantes y a efectuar el refino de explanaciones y taludes. 2.2.-‐ Superficies encespedadas
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La instalación de una superficie encespedada comprende las siguientes operaciones: − Preparación en profundidad de un suelo adecuado; drenaje, laboreo, enmiendas, abonados y aportaciones de tierra vegetal. − En las superficies planas convendrá establecer una pendiente del uno por ciento (1%), a partir del eje longitudinal hacia los lados. En las superficies pequeñas se procurarán dar un ligero abombamiento del centro hacia los bordes, y, en general, evitar la formación de superficies cóncavas. − Se siembran primero las semillas gruesas; a continuación se pasa suavemente el rastrillo, en sentido opuesto al último pase que se efectuó, y se extiende una capa ligera de mantillo u otro material semejante para que queden enterradas; estas dos operaciones pueden invertirse. Después se siembran las semillas finas, que no precisan ser recubiertas. − La siembra puede hacerse a voleo y requiere entonces personal calificado, capaz de hacer una distribución uniforme de la semilla, o por medio de una sembradora. Para facilitar la distribución de semillas finas pueden mezclarse con arena o tierra muy fina en la proporción de uno a cuatro (1:4) en volumen. − Todas estas operaciones pueden quedar reducidas a una sola cuando se den garantías de una buena distribución de las semillas en una sola pasada * Época de siembra y plantación − Los momentos más indicados son durante el otoño y la primavera, por este orden de preferencias, en días sin viento y con suelo poco o nada húmedo. Estas épocas, sin embargo, son susceptibles de ampliación cuando así lo exija la marcha de la obra y puedan asegurarse unos cuidados posteriores suficientes; en climas extremados, cabe sembrar fuera de diciembre, enero, julio y agosto; en los de inviernos y veranos suaves en cualquier momento. * Dosificación − Las cantidades de mezcla de semillas a emplear por unidad de superficies se fija entre cuarenta y cincuenta gramos por metro cuadrado (40-‐50 gr/m²) − Las cantidades habrán de aumentarse cuando se ha de temer una disminución en la germinación, por insuficiente preparación del terreno, por abundancia de pájaros o de hormigas. * Cuidados posteriores a la siembra − Compactación ligera, o pase de rodillo. Tiene por finalidad esta operación dar consistencia al terreno y evitar que formen macolla las plantas. Los pases de rodillo se darán, alternativamente, en la misma dirección y distinto sentido, o en direcciones perpendiculares; y siempre, después de nacer la semilla, sobre suelo ligeramente húmedo. − El riego inmediato a la siembra se hará con las precauciones oportunas para evitar arrastres de tierra o de semillas. Se continuará regando con la frecuencia e intensidad necesaria para mantener el suelo húmedo. Según la época de siembra y las condiciones meteorológicas, el riego podrá espaciarse más o menos. Los momentos del día más indicados para regar las siembras son las últimas horas de la tarde y las primeras de la mañana. − La primera siega se dará cuando se alcancen los primeros diez (10) centímetros. La operación debe hacerse con una segadora adecuada, manteniendo relativamente alto, a unos dos (2) centímetros,
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el nivel de corte. Posteriormente, se efectuará la siega tantas veces como la hierba alcance los siete (7) centímetros de altura. − La operación de aireación es necesaria en los suelos poco permeables, y beneficiosa siempre, ya que los pases de rodillo y los riegos acaban por dar compacidad al césped. Debe hacerse en otoño, tras la última siega, y puede repetirse siempre que parezca conveniente. − Los abonos orgánicos, en forma de mantillo principalmente, se aplican en otoño, extendiéndolos sobre el suelo en toda la extensión, a razón de medio centímetro de altura. 2.3.-‐ Elementos vegetales arbóreos y arbustivos * Precauciones previas a la plantación − Aún cuando se haya previsto un sistema de drenaje, es conveniente colocar una capa filtrante en el fondo de los hoyos o zanjas de plantación de especies de gran tamaño y de coníferas de cualquier desarrollo. − Antes de "presentar" la planta, se echará en el hoyo la cantidad precisa de tierra para que el cuello de la raíz quede luego a nivel del suelo o ligeramente más bajo. Sobre este particular, que depende de la condición del suelo y de los cuidados que puedan proporcionarse después, se tendrá en cuenta el asiento posterior del aporte de tierra, que puede establecerse como término medio alrededor del quince por ciento (15%). En la orientación de las plantas se seguirán las normas que a continuación se indican: − Los ejemplares de gran tamaño se colocarán con la misma orientación que tuvieran en origen. − En las plantaciones aisladas, la parte menos frondosa se orientará hacia el Sudoeste para favorecer el crecimiento del ramaje al recibir el máximo de luminosidad. − Sin perjuicio de las indicaciones anteriores, la plantación se hará de modo que el árbol presente su menor sección perpendicularmente a la dirección de los vientos dominantes. En caso de ser estos vientos frecuentes e intensos, es conveniente efectuar la plantación con una ligera desviación de la vertical, en sentido contrario al de la dirección del viento. − El trasplante, especialmente cuando se trata de ejemplares añosos, origina un fuerte desequilibrio inicial entre las raíces y la parte aérea de la planta; esta última, por tanto, debe ser reducida de la misma manera que lo ha sido el sistema radical, para establecer la adecuada proporción y evitar las pérdidas excesivas de agua por transpiración. − Esta operación puede y debe hacerse con todas las plantas de hoja caduca que vayan a ser plantadas a raíz desnuda, o que dispongan de un cepellón desproporcionado en relación a la zona aérea, pero las de hoja persistentes, singularmente las coníferas, no suelen soportarla. Los buenos viveros la realizan antes de suministrar las plantas; en caso contrario, se llevará a cabo siguiendo las instrucciones de la Dirección facultativa. * Normas generales de plantación a) Dimensionado de los hoyos de plantación El dimensionado general para el hoyo destinado a las plantaciones de arbolado y arbustos es el siguiente: 1,00 x 1,00 x 1,00 m. -‐ para arbolado con cepellón escayolado.
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0,80 x 0,80 x 0,80 m. -‐ para arbolado en contenedor o a raíz desnuda. 0,50 x 0,50 x 0,50 m. -‐ para arbustaje en general. 0,20 x 0,20 x 0,20 m. -‐ para vivaces, aromáticas y tapizantes. − Se deberá abrir el hoyo con la suficiente antelación sobre la plantación para favorecer la meteorización de las tierras. b) Plantación propiamente dicha − La plantación a raíz desnuda se efectuará, como norma general, sólo en los árboles y arbustos de hoja caediza que no presenten especiales dificultades para su posterior enraizamiento. Previamente, se procederá a eliminar las raíces dañadas por el arranque o por otras razones, cuidando de conservar el mayor número posible de raicillas, y a efectuar el "pralinage", operación que consiste en sumergir las raíces, inmediatamente antes de la plantación, en una mezcla de arcilla, abono orgánico y agua, (a la que debe añadirse una pequeña cantidad de hormonas de enraizamiento), que favorece la emisión de raicillas e impide la desecación del sistema radical. La planta se presentará de forma que las raíces no sufran flexiones, especialmente cuando exista una raíz principal bien definida, y se rellenará el hoyo con una tierra adecuada en cantidad suficiente para que el asentamiento posterior no origine diferencias de nivel. − El trasplante con cepellón es obligado para todas las coníferas de algún desarrollo y para las especies de hoja persistente. El cepellón deberá estar sujeto de forma conveniente para evitar que se agriete o se desprenda en los ejemplares de gran tamaño o desarrollo. En todo caso, el contenedor plástico se retirará una vez colocada la planta en el interior del hoyo. − Al rellenar el hoyo e ir apretando la tierra por tongadas, se hará de forma que no se deshaga el cepellón que rodea a las raíces. c) Momento de la plantación − La plantación debe realizarse, en lo posible, durante el período de reposo vegetativo, pero evitando los días de heladas fuertes, lo que suele excluir de ese período los meses de diciembre, enero y parte de febrero. El trasplante realizado en otoño presenta ventajas en los climas de largas sequías estivales y de inviernos suaves, porque al llegar el verano la planta ha de emitir ya raíces nuevas y estará en mejores condiciones para afrontar el calor y la falta de agua. En lugares de inviernos crudos es aconsejable llevar a cabo los trasplantes en los meses de febrero y marzo. La plantación de vegetales cultivados en maceta puede realizarse casi en cualquier momento, incluido el verano, pero debe evitarse hacerlo en época de heladas. * Operaciones posteriores a la plantación − Es preciso proporcionar agua abundantemente a la planta en el momento de la plantación y hasta que se haya asegurado el arraigo. − Debe vigilarse la verticalidad del arbolado después de una lluvia o de un riego copioso y proceder, en su caso, a enderezar el árbol. − La operación de acollar o aporcar consiste en cubrir con tierra el pie de las plantas, hasta una cierta altura. En las plantas leñosas, tiene como finalidad proteger de las heladas al sistema radicular y contribuir a mantener la verticalidad − Las heridas producidas por la poda o por otras causas, deben ser cubiertas por un mástic antiséptico, con la doble finalidad de evitar la penetración de agua y la consiguiente pudrición, y de impedir la infección de las mismas.
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− Se efectuará un alcorque a cada elemento aislado, o zanjas en alineaciones o setos, con el fin de retener la mayor cantidad de agua posible en las proximidades del sistema radicular de la planta.
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2.13 SEGURIDAD E HIGIENE DESCRIPCIÓN -‐ Sistemas de protección tanto individuales como colectivos, para evitar posibles accidentes. -‐ Instalaciones necesarias para conseguir un mínimo confort en la obra, para aquellos trabajadores que tengan que permanecer en ésta fuera del horario de trabajo. -‐ Tanto los sistemas de protección como las instalaciones proyectadas, se ajustarán a la Legislación vigente como a la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo. COMPONENTES Forman este capítulo los siguientes elementos: * Instalaciones provisionales de obra: -‐ Casetas Prefabricadas -‐ Acometidas provisionales -‐ Mobiliario y equipamiento * Señalizaciones: -‐ Carteles y señales -‐ Vallados * Protecciones personales: -‐ Protecciones para cabeza -‐ Protecciones para cuerpo -‐ Protecciones para manos -‐ Protecciones para pies * Protecciones colectivas: -‐ Protecciones horizontales -‐ Protecciones verticales -‐ Protecciones varias * Mano de obra de seguridad: -‐ Formación de Seguridad e Higiene. -‐ Reconocimientos -‐ Limpieza y conservación CONDICIONES PREVIAS -‐ Se considerarán las unidades que intervendrán para desarrollar la protección más idónea en cada caso. -‐ Se incluirán también aquellas instalaciones de salubridad que sean necesarias para el correcto funcionamiento de las personas que tengan que utilizarlas. EJECUCIÓN Se especificarán todas las características, tanto geométricas como físicas de los productos a emplear. Dichas características se ajustarán a la normativa vigente y en su defecto se adecuarán al riesgo del que se pretende proteger. NORMATIVA -‐ Convenio de la OIT de 23 de junio de 1937, número 62, ratificado por Instrumento de 12 de Junio de 1958 (Prescripciones de seguridad en la industria de la edificación).
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-‐ Orden de 31 de enero de 1940 (Aprobación del Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Capítulo VII). -‐ Declaración Universal de Derechos Humanos (Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas de 10 de Agosto de 1948). -‐ Orden de 20 de Mayo de 1952 (Aprobación del Reglamento de Seguridad en el Trabajo en la Industria de la construcción y obras públicas). -‐ Tratado Constitutivo de la Comunidad Económico Europea (Roma, 25 de marzo de 1957) ratificado por Instrumento 1 de Enero de 1986. -‐ Carta Social Europea, Turín 18 de Octubre de 1961, ratificada por Instrumento de 29 de abril de 1980. -‐ Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, (Organización de las Naciones Unidas, 16 de diciembre de 1966, número 1496) ratificado por Instrumento 1 de enero de 1986. -‐ Ordenanza del Trabajo para las Industrias de la Construcción, Vidrio y Cerámica (Orden de 28 de agosto de 1970). -‐ Constitución Española de 27 de diciembre de 1978. (Selección de artículos). -‐ Estatuto de los Trabajadores. Ley 8/1980 de 10 de Marzo. (Selección de artículos). -‐ Ley 8/1988 de 7 de abril (Infracciones y Sanciones de Orden Social, Selección de artículos). CONTROL -‐ Todas las protecciones que dispongan de homologación deberán de acreditarla para su uso. Para su recepción y por tanto poder ser utilizadas, carecerán de defectos de fabricación, rechazándose aquellas que presenten anomalías. -‐ Los fabricantes o suministradores facilitarán la información necesaria sobre la duración de los productos, teniendo en cuenta las zonas y ambientes a los que van a ser sometidos. -‐ Las condiciones de utilización se ajustarán exactamente a las especificaciones indicadas por el fabricante. -‐ Los productos que intervengan en la seguridad de la obra y no sean homologados, cumplirán todas y cada una de las especificaciones contenidas en el Pliego de Condiciones y/o especificados por la Dirección Facultativa. -‐ Cuando los productos a utilizar procedan de otra obra, se comprobará que no presenten deterioros, ni deformaciones; en caso contrario serán rechazados automáticamente. -‐ Periódicamente se comprobarán todas las instalaciones que intervengan en la seguridad de la obra. Se realizarán de igual modo limpiezas y desinfecciones de las casetas de obra. -‐ Aquellos elementos de seguridad que sean utilizados únicamente en caso de siniestro o emergencia, se colocarán donde no puedan ser averiados como consecuencia de las actividades de la obra. -‐ En cada trabajo, se indicará el tipo de protección individual que debe utilizarse, controlándose el cumplimiento de la normativa vigente. SEGURIDAD -‐ En su colocación, montaje y desmontaje, se utilizarán protecciones personales y colectivas necesarias para la prevención de los riesgos que puedan derivarse de dichos trabajos. -‐ Se verificará periódicamente el estado de todos los elementos que intervengan en la seguridad de la obra. -‐ Las partes activas de cualquier elemento de seguridad no serán accesibles en ningún caso. -‐ No servirán como protección contra contactos directos con las partes activas los barnices, esmaltes, papeles o algodones. -‐ Cuando se realicen conexiones eléctricas se comprobará la ausencia de alimentación de corriente. -‐ En los obstáculos existentes en el pavimento se dispondrán rampas adecuadas, que permitan la fácil circulación. -‐ Los medios personales responderán a los principios de eficacia y confort permitiendo realizar el trabajo sin molestias innecesarias para quien lo ejecute y sin disminución de su rendimiento, no presentando su uso un riesgo en sí mismo. -‐ Los elementos de trabajo que intervengan en la seguridad tanto personal como colectiva, permitirán una fácil limpieza y desinfección.
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MEDICIÓN -‐ El criterio general de medición y valoración será el reflejado en el presupuesto del proyecto. -‐ Al intervenir una gran cantidad de elementos en la Seguridad e Higiene en una obra, no podemos dar ninguna pauta de medición concreta en este pliego; por lo que al desarrollar el Pliego de Condiciones particulares de cada uno de ellos, se especificará claramente su forma de medición y valoración. MANTENIMIENTO -‐ Periódicamente se comprobará el estado de las instalaciones, así como del mobiliarios y enseres. -‐ Cuando las protecciones, tanto individuales como colectivas, presenten cualquier tipo de defecto o desgaste, serán sustituidas inmediatamente para evitar riesgos. -‐ Se rechazarán aquellos productos que tras su correspondiente ensayo no sean capaces de absorber la energía a la que han de trabajar en la obra. -‐ Periódicamente se medirá la resistencia de la puesta a tierra para el conjunto de la instalación. -‐ Los equipos de extinción serán revisados todas las semanas, comprobando que los aparatos se encuentren en el lugar indicado y no han sido modificadas las condiciones de accesibilidad para su uso. -‐ Se tendrá en cuenta el cumplimiento de las normas de mantenimiento previstas para cada tipo de protección, comprobando su estado de conservación antes de su utilización.
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2.14 OBRA CIVIL 1.− DESPEJE Y DESBROCE DEL TERRENO. 1.1.− La presente unidad comprende las operaciones necesarias para eliminar de la zona de ocupación de las obras, los escombros, basura, maleza, broza, y en general cualquier otro material indeseable a juicio del Director de las obras. − Asimismo, se considera incluida en esta partida la tala de árboles, extracción de tocón y retirada de productos a vertedero. − Los trabajos se efectuarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 300 del PG-‐3. 1.2.− El material resultante de las operaciones anteriores será transportado a vertedero, ó en cualquier caso alejado de las zonas de afección de las obras. 1.3.− Se abonará por metros cuadrados realmente ejecutados, al precio correspondiente del Cuadro de Precios Núm. 1. − Se incluyen en esta partida las posibles demoliciones a realizar y no contempladas en el proyecto como unidades aparte. 2.− EXTRACCION DE TOCONES. 2.1.− Comprende esta unidad la extracción de tocones de árboles de diámetro superior a 10 cms., y relleno del hueco con zahorra natural compactada, hasta una densidad del 100 % de la máxima obtenida en el Próctor Normal 3.2.− Esta unidad no será objeto de abono aparte por considerarse incluida en el "Despeje y Desbroce del Terreno". 3.-‐ EXCAVACION DE LA EXPLANACION Y PRESTAMOS 3.1.− Definición − Es la excavación necesaria para definir la Explanada de asiento de la red viaria. − Únicamente se definen los siguientes tres (3) tipos de excavación en explanación o préstamos: -‐ Excavación de tierra vegetal en explanación, la cual incluirá su acopio eventual intermedio y su posterior empleo en rellenos en mediana y mermas de seguridad. -‐ Excavación en explanación (excepto en tierra vegetal). -‐ Excavación en préstamos para coronación de terraplenes o para relleno. 3.2.− Clasificación de las excavaciones − La excavación de la explanación o préstamos se entenderá, en todos los casos, como no clasificada ni por el método de arranque y carga, ni por la distancia de transporte, ni por el destino que se dé al material extraído. 3.3.− Ejecución − La ejecución de las obras se realizará de acuerdo con lo especificado en el art. 320 del PG-‐3. 3.3.1.− Tierra vegetal − Se excavará aparte la capa de tierra vegetal existente en las zonas de desmonte y en las de cimiento de rellenos según se indica en los Planos. − La tierra vegetal extraída que no se utilice inmediatamente será acopiada en emplazamientos adecuados y en ningún caso en depresiones del terreno. Los acopios se ejecutarán utilizando
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maquinaria que no compacte el material, que a su vez deberá encontrarse lo más seco posible. La altura máxima de los acopios será de cinco metros (5 m) cuando su duración no exceda de un (1) período vegetativo y de tres metros (3 m) en caso contrario. 3.3.2.− Empleo de los productos de excavación − Los materiales procedentes de la excavación que sean aptos para rellenos u otros usos se transportarán hasta el lugar de empleo, o a acopios intermedios autorizados por el Director de la obra, caso de no ser utilizables en el momento de la excavación. Los materiales sobrantes y no aptos se transportarán a vertedero. 3.3.− Medición y abono − La excavación de la explanación, incluida la tierra vegetal, se abonará por metros cúbicos (m³), deducidos por diferencia entre los perfiles del terreno después de efectuado el Desbroce y los resultantes de las secciones definidas en los Planos. No se abonarán los excesos de excavación sobre dichas secciones que no sean expresamente autorizados por el Director de la obra, ni los rellenos que fueran precisos para reponer aquéllas en el caso de que la profundidad de la excavación hubiera sido mayor de la autorizada. − El abono de la excavación en préstamos se considerará incluido en el de la unidad de la que pasen a formar parte los materiales extraídos, no considerándose objeto de abono aparte. 3.3.4.− Refino de taludes y rasanteo de Explanación − Se considera incluido en la presente unidad el refino y terminación de los taludes resultantes de la excavación, así como el rasanteo, compactación y terminación de la explanación resultante, que en ningún caso serán objeto de abono aparte. 4.-‐ TERRAPLENES 4.1.− Definición − Relleno situado entre la explanada y el terreno natural una vez excavada la tierra vegetal. En el terraplén se distinguirán las siguientes zonas: . Coronación: La superior de cincuenta centímetros (50 cm) de espesor. . Cimiento: La inferior, que ocupa el volumen excavado en tierra vegetal. . Núcleo: La situada entre las dos anteriores. A esta unidad de obra le será de aplicación el Artículo 330 del PG-‐3 (1988) modificado por el presente Pliego de prescripciones técnicas particulares. 4.2.− Materiales 4.2.1.− Calidad de los materiales − Para la coronación de los terraplenes se deberá emplear un suelo seleccionado o adecuado cuyo índice CBR, según la Norma NLT-‐111/58, no sea inferior a diez (10). − Para el cimiento y núcleo de terraplenes se podrá emplear un suelo seleccionado, adecuado o tolerable. 4.3.− Ejecución de las obras 4.3.1.− Compactación − Se satisfarán las prescripciones siguientes: -‐ El cimiento y el núcleo del terraplén se compactará al noventa y cinco por ciento (95%) de la máxima densidad obtenida en el ensayo Proctor modificado, según la norma NLT-‐107/72.
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-‐ La coronación se compactará al cien por cien (100%) de la máxima densidad obtenida en el ensayo Proctor modificado según la norma NLT-‐107/72. 4.4.− Medición y abono − La coronación, el núcleo y cimiento de los terraplenes se abonará a precio único por metros cúbicos medidos por diferencia entre las secciones del terreno, una vez excavada la tierra vegetal y las secciones previstas en los Planos. Su abono incluirá el del material, sea cual fuere su procedencia ( excavación ó préstamo). 5.-‐ EXCAVACION EN ZANJAS, POZOS Y CIMIENTOS − Esta unidad incluye la excavación en zanjas ó pozos en cualquier tipo de terreno, y cualquier medio empleado en su ejecución (manual ó mecánico). 5.1.− Clasificación de la excavación − La excavación en zanjas, pozos, y cimientos para las redes de saneamiento, abastecimiento, electricidad y alumbrado, así como las obras de cruce de calzada será "no clasificada". 5.2.− Ejecución de las obras − Para la ejecución de las obras se cumplirán las prescripciones del artículo 321 del PG-‐3. 5.2.1.− Principios generales − No se procederá al relleno de zanjas, pozos o cimientos sin previa autorización del Director de la obra. − Si a la vista del terreno resultase la necesidad de variar el sistema de cimiento previsto, el Director de la Obra dará al Contratista las instrucciones oportunas para la continuación de las obras. − El perfilado para emplazamiento de cimientos se ejecutará con toda exactitud, admitiéndose suplementar los excesos de excavación con hormigón H-‐125, el cual no será de abono. 5.3.− Medición y abono − La excavación en zanjas, pozos o cimientos se abonará por metros cúbicos (m³) medidos por diferencia entre las secciones del terreno antes de comenzar los trabajos y las resultantes previstas en los Planos. No se abonarán los excesos de excavación sobre dichas secciones que no sean expresamente autorizadas por el Director de la obra, ni los rellenos que fueran precisos para reponer aquéllas en el caso de que la profundidad de excavación hubiera sido mayor de la autorizada. − El abono incluirá el de los agotamientos, desagües provisionales, andamiajes, apuntalamientos, entibaciones, etc., que pudieran resultar necesarios. − No serán objeto de abono por separado las excavaciones en zanjas, pozos o cimientos incluidos en otras unidades de obra tales como: -‐ Drenes subterráneos -‐ Cimiento de báculos -‐ Cimientos de señales de tráfico − Pozos de saneamiento -‐ Arquetas de redes de abastecimiento, saneamiento, eléctricas.. 6.− RELLENOS LOCALIZADOS.
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6.1.− Incluye la presente unidad el material de relleno, transporte al tajo, relleno y compactación. − Se distinguen dos tipos de relleno: − Relleno localizado con Material Seleccionado − Relleno localizado con material procedente de la excavación. 6.2.− La ejecución de las obras se realizará de acuerdo con las prescripciones del artículo 332 del PG-‐3. 6.3.− La partida se abonará por m³. realmente ejecutado, medidos sobre perfil.
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7.-‐ZAHORRAS ARTIFICIALES 7.1.− Definición − Se define como zahorra artificial el material formado por áridos machacados, total o parcialmente, cuya granulometría es de tipo continuo. − Se empleará la zahorra artificial como base del firme situada sobre la capa de zahorra natural en toda la red viaria. − Se admitirá el empleo de zahorra artificial en lugar de la natural conforme al artículo 500 del presente Pliego, pero el Contratista no tendrá derecho a una mejora de precio por éste concepto. 7.2.− Materiales 7.2.1.− Condiciones generales − Los materiales procederán de la trituración de piedra de cantera o grava natural. El rechazo por el tamiz UNE 5 mm deberá contener una proporción de elementos triturados que presenten no menos de dos (2) caras de fractura, no inferior al cincuenta por ciento (50%), en masa. 7.3.− Granulometría − La curva granulométrica estará comprendida dentro de los husos reseñados en el Cuadro 501.1 del PG−3. − El cernido por el tamiz UNE 80 mm. será menor que los dos tercios (2/3) del cernido por el tamiz UNE 400 m. 7.4.− Forma − El índice de lajas, según la Norma NLT 354/74, deberá ser inferior a treinta y cinco (35). 7.5.− Dureza − El coeficiente de desgaste Los Angeles, según la Norma NLT 149/72, será inferior a treinta y cinco (35). El ensayo se realizará con la granulometría tipo B de las indicadas en la citada Norma. 7.6.− Limpieza − Los materiales estarán exentos de terrones de arcilla, materia vegetal, marga u otras materias extrañas. El coeficiente de limpieza, según la Norma NLT 172/86, no deberá ser inferior a dos (2). − El equivalente de arena, según la Norma NLT 113/72, será mayor de treinta (30). 7.7.− Plasticidad − El material será "no plástico", según las Normas NLT 105/72 y 106/72. 7.8.− Ejecución de las obras 7.8.1.− Preparación de la superficie de asiento − La zahorra artificial no se extenderá hasta que se haya comprobado que la superficie sobre la que haya de asentarse tenga las condiciones de calidad y forma previstas, con las tolerancias establecidas. Para ello, además de la eventual reiteración de los ensayos de aceptación de dicha superficie, el Director de las obras podrá ordenar el paso de un camión cargado, a fin de observar su efecto. − Si en la citada superficie existieran defectos o irregularidades que excediesen de las tolerables, se corregirán antes del inicio de la puesta en obra de la zahorra artificial, según las prescripciones del correspondiente Artículo del Pliego. 7.8.2.− Preparación del material − La preparación de la zahorra artificial se hará en central y no "in situ". La adición del agua de compactación se hará también en la central, salvo que el Director de las obras autorice la humectación "in situ".
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− 7.8.3.− Extensión de la tongada − Los materiales serán extendidos, una vez aceptada la superficie de asiento, tomando las precauciones necesarias para evitar segregaciones y contaminaciones. − Las eventuales aportaciones de agua tendrán lugar antes de la compactación. Después, la única humectación admisible será la destinada a lograr en superficie la humedad necesaria para la ejecución de la capa siguiente. El agua se dosificará adecuadamente, procurando que en ningún caso un exceso de la misma lave al material. 7.8.4.− Compactación de la tongada − Conseguida la humedad más conveniente, la cual no deberá rebasar a la óptima en más de un (1) punto porcentual, se procederá a la compactación de la tongada, que se continuará hasta alcanzar la densidad especificada en el apartado 7.9.1 del presente Pliego. − Las zonas que, por su reducida extensión, su pendiente o su proximidad a obras de paso o desagüe, muros o estructuras, no permitieran el empleo del equipo que normalmente se estuviera utilizando, se compactarán con medios adecuados a cada caso, de forma que las densidades que se alcancen cumplan las especificaciones exigidas a la zahorra natural en el resto de la tongada. 7.8.5.− Tramo de prueba − Antes del empleo de un determinado tipo de material, será preceptiva la realización de correspondiente tramo de prueba, para fijar la composición y forma de actuación del equipo compactador, y para determinar la humedad de compactación más conforme a aquéllas. − La capacidad de soporte, y el espesor si procede, de la capa sobre la que se vaya a realizar el tramo de prueba serán semejantes a los que vaya a tener en el firme la capa de zahorra artificial. − El Director de las obras decidirá si es aceptable la realización del tramo de prueba como parte integrante de la obra en construcción. − Se establecerán las relaciones entre número de pasadas y densidad alcanzada, para cada compactador y para el conjunto del equipo de compactación. − A la vista de los resultados obtenidos, el Director de las obras decidirá si es aceptable o no el equipo de compactación propuesto por el Constructor. -‐ En el primer caso, su forma específica de actuación y, en su caso, la corrección de la humedad de compactación. -‐ En el segundo, el Constructor deberá proponer un nuevo equipo, o la incorporación de un com-‐pactador suplementario o sustitutorio. − Asimismo, durante la realización del tramo de prueba se analizarán los aspectos siguientes: -‐ Comportamiento del material bajo la compactación. -‐ Correlación, en su caso, entre los métodos de control de humedad y densidad "in situ" establecidos en el presente Pliego y otros métodos rápidos de control, tales como isótopos radiactivos, carburo de calcio, picnómetro de aire, etc. 7.9.− Especificaciones de la unidad terminada 7.9.1.− Densidad − La compactación de la zahorra artificial se continuará hasta alcanzar una densidad no inferior al noventa y siete por ciento (97%) de la máxima obtenida en el ensayo "Proctor modificado" según la norma NLT-‐108/72. − El ensayo para establecer la densidad de referencia se realizará sobre muestras de material obtenidas "in situ" en la zona a controlar, de forma que el valor de dicha densidad sea represen-‐tativo de aquélla. Cuando existan datos fiables de que el material no difiere sensiblemente, en sus características, del aprobado en el estudio de los materiales y existan razones de urgencia, así apreciadas por el Director de las obras, se podrá aceptar como densidad de referencia la corres-‐pondiente a dicho estudio. 7.9.2.− Carga con placa
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− En las capas de zahorra artificial, los valores del módulo E2, determinado según la Norma NLT 357/86, no serán inferiores a cuarenta megapascales (40 MPa). 7.9.3.− Tolerancias geométricas de la superficie acabada − Dispuestas estacas de refino, niveladas hasta milímetros (mm) con arreglo a los Planos, en el eje, quiebros de peralte si existen, y bordes de perfiles transversales cuya separación no exceda de la mitad (1/2) de la distancia entre los perfiles del Proyecto, se comparará la superficie acabada con la teórica que pase por la cabeza de dichas estacas. − La citada superficie no deberá diferir de la teórica en ningún punto en más de veinte milímetros (20 mm). − En todos los semiperfiles se comprobará la anchura extendida, que en ningún caso deberá ser inferior a la teórica deducida de la sección-‐tipo de los Planos. − Será optativa del Director de las obras la comprobación de la superficie acabada con regla de tres metros (3m), estableciendo la tolerancia admisible en dicha comprobación. − Las irregularidades que excedan de las tolerancias especificadas se corregirán por el Constructor, a su cargo. Para ello se escarificará en una profundidad mínima de quince centímetros (15 cm), se añadirá o retirará el material necesario y de las mismas características, y se volverá a compactar y refinar. − Cuando la tolerancia sea rebasada por defecto y no existieran problemas de encharcamiento, el Director de las obras podrá aceptar la superficie, siempre que la capa superior a ella compense la merma de espesor sin incremento de coste para la Administración. 7.10.− Limitaciones de la ejecución − Las zahorras artificiales se podrán emplear siempre que las condiciones climatológicas no hayan producido alteraciones en la humedad del material tales que se supere en más de dos (2) puntos porcentuales la humedad óptima. − Sobre las capas recién ejecutadas se prohibirá la acción de todo tipo de tráfico, mientras no se construya la capa siguiente. Si esto no fuera posible, el tráfico que necesariamente tuviera que pasar sobre ellas se distribuirá de forma que no se concentren las rodadas en una sola zona. El Constructor será responsable de los daños originados, debiendo proceder a su reparación con arreglo a las instrucciones del Director de las obras. 7.11.− Medición y abono − La zahorra artificial se abonará por m³ ejecutado medido sobre perfil de la sección tipo de cada uno de los viales. 7.12.− Control de calidad 7.12.1.− Control de procedencia − Antes del inicio de la producción previsto, se ensayará un mínimo de cuatro (4) muestras, añadiéndose una (1) más por cada diez mil metros cúbicos (10.000 m³), o fracción, de exceso sobre cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m³). − Sobre cada muestra se realizarán los siguientes ensayos: -‐ Humedad natural, según la Norma NLT 102/72 -‐ Granulometría por tamizado, según la Norma NLT 104/72 -‐ Límite líquido e índice de plasticidad, según las Normas NLT 105/72 y 106/72 -‐ Proctor modificado, según la Norma NLT 108/72 -‐ Equivalente de arena, según la Norma NLT 113/72 -‐ Indice de lajas, según la Norma NLT 354/74 -‐ CBR, según la Norma NLT 149/72 -‐ Coeficiente de limpieza, según la Norma NLT 172/86 − Además, sobre una (1) de las muestras se determinará el peso específico de gruesos y finos, según las Normas NLT 153/76 y 154/76.
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7.12.2.− Control de producción Se realizarán los siguientes ensayos: -‐ Por cada mil metros cúbicos (1.000 m³) de material producido, o cada día si se emplea menos material: . Proctor modificado, según la Norma NLT 108/72 . Equivalente de arena, según la Norma NLT 113/72 . Granulometría por tamizado, según la Norma NLT 104/72 -‐ Por cada cinco mil metros cúbicos (5.000 m³) de material producido, o una (1) vez a la semana si se emplea menos material: . Indice de lajas, según la Norma NLT 354/74 . Límite líquido e índice de plasticidad, según las Normas NLT 105/72 y 106/72 . Coeficiente de limpieza, según la Norma NLT 172/86 -‐ Por cada quince mil metros cúbicos (15.000 m³) de material producido, o una (1) vez al mes si se emplea menos material: . Desgaste Los Angeles, según la Norma NLT 149/72 7.12.3.− Control de ejecución − Se considerará como "lote" que se aceptará o rechazará en bloque, al material uniforme que entre en doscientos cincuenta metros (250 m) de calzada, o alternativamente en tres mil metros cuadrados (3.000 m²) de capa, o en la fracción construida diariamente si ésta fuere menor. − Las muestras se tomarán, y los ensayos "in situ" se realizarán, en puntos previamente seleccionados mediante un muestreo aleatorio, tanto longitudinal como transversalmente. 7.12.4.− Compactación − Sobre una muestra de efectivo seis unidades (6 ud) se realizarán ensayos de: -‐ Humedad natural, según la Norma NLT 102/72 -‐ Densidad "in situ", según la Norma NLT 109/72 7.12.5.− Carga con placa − Sobre una muestra de efectivo una unidad (1 ud) se realizará un ensayo de carga con placa, según la Norma NLT 357/86. 7.12.6.− Materiales − Sobre cada uno de los individuos de la muestra tomada para el control de compactación, según el apartado 7.12.4 del presente Artículo, se realizarán ensayos de: -‐ Granulometría por tamizado, según la Norma NLT 104/72 -‐ Proctor modificado, según la Norma NLT 108/72 7.12.7.− Criterios de aceptación o rechazo del lote − Las densidades medias obtenidas en la tongada compactada no deberán ser inferiores a las especificadas en el apartado 7.9.1 del presente Artículo; no más de dos (2) individuos de la muestra podrán arrojar resultados de hasta dos (2) puntos porcentuales por debajo de la densidad exigida. − Los ensayos de determinación de humedad tendrán carácter indicativo y no constituirán por sí solos base de aceptación o rechazo. − Si durante la compactación apareciesen blandones localizados, se corregirán antes de iniciar el muestreo. − Para la realización de ensayos de humedad y densidad podrán utilizarse métodos rápidos no destructivos, tales como isótopos radiactivos, carburo de calcio, picnómetro de aire, etc, siempre que mediante ensayos previos se haya determinado una correspondencia razonable entre estos métodos y las Normas NLT 102/72 y 109/72
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− Los módulos E2 obtenidos en el ensayo de carga con placa no deberán ser inferiores a los especificados en el artículo 7.9.2 del presente Pliego. − Caso de no alcanzarse los resultados exigidos, el lote se recompactará hasta alcanzar las densidades y módulos especificados. − Se recomienda llevar a cabo una determinación de humedad natural en el mismo lugar en que se realice el ensayo de carga con placa; así como proceder, cuando corresponda por frecuencia de control, a tomar muestras en dicha zona para granulometría y Proctor modificado.
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8.-‐ MEZCLAS BITUMINOSAS EN CALIENTE 8.1.− Definición Se definen los siguientes tipos de mezclas bituminosas en caliente en la pavimentación de la red viaria: -‐ Mezcla bituminosa en caliente para capa de rodadura tipo −−−−−−−−−−−− 8.2.− Materiales 8.2.1.− Ligantes bituminosos − Se empleará betún asfáltico del tipo B 60/70. 8.2.2.− Áridos − El noventa por ciento (90%) al menos del árido grueso silíceo ó porfídico empleado en la capa de rodadura tendrá un desgaste medido en ensayo de Los Angeles inferior a veintidós (22) y el coeficiente del ensayo de pulido acelerado será como mínimo de cuarenta y cinco centésimas (0,45). El quince por ciento (15%) restante deberá tener un desgaste según los Angeles inferior a veinticinco (25), el mismo coeficiente de pulido y buen comportamiento frente a los ciclos de hielo y deshielo así como a los sulfatos. − El equivalente de arena de la mezcla áridos-‐filler deberá ser superior a setenta (70). − El índice de lajas deberá ser inferior a treinta (30). − El filler será de aportación en su totalidad en las capas de rodadura; la relación filler/betún para la capa de rodadura será de 1,3. 8.2.3.− Tipo y composición de la mezcla − Los tipos y clasificación de la mezcla previstos son los siguientes: -‐ Capa de rodadura de red viaria. − La mezcla Densa será del tipo −−−−−−−−−−−− − Las mezclas bituminosas para las capas de rodadura e intermedia se ajustarán a los criterios del método Marshall, de acuerdo con lo indicado en la tabla 542.3 del Pliego de Prescripciones Generales PG−3 para tráfico Ligero. 8.3.− Ejecución de las obras 8.3.1.− Preparación de la superficie existente − Antes de extendido se eliminarán todas las exudaciones de betún mediante soplete con chorro de aire a presión. 8.3.2.− Compactación de la mezcla − La mezcla bituminosa drenante se compactará con apisonadoras estáticas, y no deben transcurrir más de tres horas desde su fabricación en central hasta su extensión. − La compactación de la capa se realizará hasta alcanzar el noventa y ocho por ciento (98%) de la obtenida aplicando a la fórmula de trabajo la compactación prevista en el método Marshall según la norma NLT-‐159/75. 8.4.− Medición y abono − La fabricación y puesta en obra de las mezclas bituminosas en caliente se abonarán, según su tipo, por las toneladas (t) realmente fabricadas y puestas en obra, obtenidas de la superficie construida, del espesor medio de la capa y de la densidad media de la mezcla. − La densidad media se deducirá mediante probetas tomadas en la propia obra, en aquellas zonas que estime conveniente el Director de la obra. − El ligante y el "filler de aportación" no se consideran incluidos en el precio de la mezcla. − La preparación de la superficie existente no será objeto de abono independiente.
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9.− RIEGO DE IMPRIMACION. 9.1.− Los riegos de imprimación se dispondrán sobre la capa de zahorras artificiales, y previamente al extendido de la capa de rodadura. − Cumplirán en cuanto se refiere a Materiales, Dosificación, Ejecución de las Obras, Equipos necesarios y limitaciones a la ejecución, lo prescrito en el art. 530 del PG-‐3. 9.2.− El ligante a emplear será una Emulsión Catiónica de rotura lenta tipo ECL−1, con una dosificación media de 1.50 kg/m². 9.3.− Si fuese necesaria la extensión de un árido de cobertura por insuficiente absorción de la emulsión o por otra causa determinada por la Dirección de Obra, el tipo de árido a emplear será arena natural, arenas procedentes de machaqueo o mezcla de ambos materiales, exentos de polvo, suciedad, arcilla y materias extrañas. La totalidad del material pasará por el tamiz 5 UNE. La dotación aproximada será de 8 l. − Si la extensión del árido de cobertura sobre el riego fuese debida a la necesidad de permitir el tráfico rodado sobre la carretera, previamente a la extensión del aglomerado se procederá a un riego de adherencia con la dosificación indicada por el Director de Obra. 9.4.− La preparación de la superficie existente se considera incluida en la presente unidad y no se abonará cantidad alguna en concepto de corrección de la misma, reparaciones o limpieza. 9.5.− La medición y abono se efectuará por Tm. de emulsión realmente empleada, considerándose incluido en el precio de la misma el árido de cobertura necesario. 10.-‐ ACERAS 10.1.− Definición − Estarán compuestas por una capa de hormigón tipo H-‐150 de diez centímetros (10 cm) de espesor apoyado sobre el relleno necesario y terminado mediante un pavimento formado por losas calizas. 10.2.− Medición y abono − Se abonará por metros cuadrados (m²) ejecutados, medidos sobre los planos. El abono incluye todas las operaciones y materiales necesarios para la completa ejecución de la unidad, incluida la formación de barbacanas. 11.− BORDILLOS PREFABRICADOS DE HORMIGON 11.1.− El tipo de bordillo a utilizar será prefabricado de hormigón de −−−−−−−−−−−−−. Los bordillos cumplirán las prescripciones de fabricación indicadas en el Art. 570.2.3 del PG-‐3. − Se considera incluida en la presente unidad la cimentación del bordillo sobre solera de hormigón H−125 de 10 cm. de espesor, y con las dimensiones indicadas en los planos. − La disposición de bordillos se efectuará en la delimitación de aceras con la calzada. 11.2.− La ejecución de las obras se efectuará según las indicaciones del Art. 570.3 del PG-‐3, la descripción de los correspondientes planos de detalle, y las indicaciones del Director de las Obras. 11.3.− Se medirá por ML. realmente colocados medidos sobre el terreno y abonados al correspondiente precio del Cuadro de Precios Num 1, considerándose incluido en el precio todas las operaciones y materiales necesarios para la correcta ejecución de la unidad.
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12.-‐ HORMIGONES 12.1.− Prescripciones generales − Será de aplicación las Instrucciones EHE para elementos de hormigón en masa o armado. 12.2.− Materiales 12.2.1.− Cemento − En todos los hormigones se hará uso de cemento PA-‐350, aunque el Director de las Obras podrá exigir la utilización de cementos resistentes al yeso, si las condiciones del terreno así lo justificasen, sin que por ello haya lugar a un aumento del precio contractual del hormigón. 12.2.2.− Aridos -‐ Granulometría: − El tamaño máximo del árido será de veinticinco milímetros (25mm) para hormigones de elementos de poco espesor y de cincuenta milímetros (50 mm) en los elementos de espesor superior a treinta centímetros (30 cm), salvo que estudios en laboratorio aconsejen otros límites, o las prescripciones contempladas en la EHE. 12.3.− Tipos de Hormigón − Los tipos de hormigón empleado y el control que debe establecerse se recogen en los Planos para cada uno de los elementos constructivos correspondientes. 12.4.− Estudio de la mezcla − Para comprobar que la dosificación propuesta proporciona hormigones que satisfacen las condiciones exigidas se fabricarán seis (6) amasados diferentes de dicha dosificación, moldeándose un mínimo de seis (6) probetas tipo por cada una de las seis (6) amasadas. − Con objeto de conocer la curva de endurecimiento, se romperá una (1) probeta de las de cada amasada a los siete (7) días, otra a los catorce (14) y las otras cuatro (4) a los veintiocho (28). De los resultados de ésta última se deducirá la resistencia característica, que deberá ser superior a la exigida. − Una vez hecho el ensayo y elegida la dosificación, no podrá alterarse durante la obra más que con autorización del Ingeniero Director de la obra. 12.5.− Fabricación − Con relación a las dosificaciones establecidas se admitirán solamente tolerancias del tres (3) por ciento en el cemento, del ocho por ciento (8%) en la proporción de los diferentes tamaños de áridos, y del tres (3) por ciento en la concentración (relación cemento/agua). − En el hormigón H-‐125 podrá autorizarse por el Director de la obra la dosificación volumétrica de los áridos. La dosificación del cemento se hará siempre por peso. − El período de amasado a la velocidad de régimen será en todo caso superior a un (1) minuto, e inferior a tres (3), siempre que no se empleen hormigoneras de más de un (1) metro cúbico. En caso de emplearse hormigoneras de mayor capacidad, la duración del amasado se prolongará hasta obtener la necesaria homogeneidad, de acuerdo con los ensayos que se realicen al efecto. − No se mezclarán masas frescas conglomeradas con tipos distintos de cemento. Antes de comenzar la fabricación de una mezcla con un nuevo tipo conglomerante, deberán limpiarse las hormigoneras. 12.6.− Vertido − El intervalo señalado en el PG-‐4 (1988) como norma entre la fabricación y su puesta en obra, se rebajará en caso de emplearse masas de consistencia seca, cemento de alta resistencia inicial, o con
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ambientes calurosos. Tampoco se utilizarán masas que hayan acusado anormalidades del fraguado o defectos de mixibilidad de la pasta. − Los dispositivos y procesos de transporte y vertido del hormigón evitarán la segregación y la desecación de la mezcla, evitando, para ello, las vibraciones, sacudidas repetidas y caídas libres de más de un (1) metro. 12.7.− Compactación Consolidación del hormigón. − Solo se admitirá la consolidación por apisonado en el H-‐125. − La consolidación del hormigón se ejecutará con igual o mayor intensidad que la empleada en la fabricación de las probetas de ensayo. − En el hormigonado de piezas, de fuerte cuantía de armaduras, se ayudará la consolidación mediante un picado normal al frente o talud de la masa. − Se autoriza el empleado de vibradores firmemente anclados a los moldes encofrados, en piezas de escuadrías menores de medio metro, siempre que se distribuyan los aparatos de forma que su efecto se extienda a toda la masa. − El hormigón se verterá gradualmente, no volcando nuevos volúmenes de mezcla hasta que se hayan consolidado las últimas masas vertidas. 12.8.− Juntas − Las juntas de hormigonado se alejarán de las zonas donde las armaduras están sometidas a fuertes tracciones. − Las superficies se mantendrán húmedas durante tres (3), siete (7) o quince (15) días como mínimo, según que el conglomerante empleado sea de alta resistencia inicial, Portland de los tipos normales o cementos de endurecimiento más lento que los anteriores, respectivamente. − Estos plazos mínimos de curado deberán ser aumentados en un cincuenta (50) por ciento en tiempo seco o caluroso, cuando se trate de piezas de poco espesor y cuando las superficies estén soleadas o hayan de estar en contacto con agentes agresivos. 12.9.− Medición y abono − El hormigón se abonará por metros cúbicos (m³) realmente colocado en obra, según su tipo, medidos sobre los Planos. No serán objeto de medición y abono independiente el hormigón consti-‐tutivo de otras unidades de obra para las que exista un precio global de ejecución. 13.− ENCOFRADOS. 13.1.− Se prevé la ejecución de las U.O. que se relacionan a continuación: 1. Encofrado plano en paramentos no vistos. 2. Encofrado plano en paramentos vistos. − Todos ellos se ajustarán a las prescripciones del artículo 680 del PG-‐3. 13.2.− Los encofrados de paramentos vistos serán de madera. En los paramentos no vistos podrán emplearse elementos metálicos. Los paramentos han de recibir el tratamiento como vistos en cuantas partes queden al aire y en la franja de veinte centímetros inmediatamente por debajo de la línea de las tierras. 13.3.− Los encofrados se medirán por metros cuadrados de superficie de hormigón medidos en los planos. A tal efecto, los hormigones en elementos horizontales se considerarán encofrados por la cara inferior y bordes laterales. − No serán objeto de medición y abono independientes los encofrados incluidos como elementos integrantes de unidades de obra para las que exista un precio global de ejecución.
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14.− ARQUETAS. 14.1.− Se definen los siguientes tipos de arquetas: 1.− Arquetas para ubicación de mecanismos de la red de Abastecimiento 2.− Arquetas de acometida para red de Saneamiento 3.− Arquetas de conexión para Líneas eléctricas 4.− Arquetas de Conexión para Alumbrado Público − Cada una de las arquetas definidas se ejecutará de acuerdo con las especificaciones contenidas en los correspondientes planos de detalle. 14.2.− La medición de las mismas se efectuará por Unidad realmente ejecutada y abonada a los correspondientes precios del Cuadro de Precios Núm. 1, sin que sea objeto de abono aparte la medición desglosada de ninguna de las unidades intervinientes en su construcción. 15.− FABRICAS DE LADRILLO. 15.1.− Ladrillos: − Antes de su colocación en obra, los ladrillos empleados deberán ser saturados de humedad, aunque bien escurridos del exceso de humedad para evitar el deslavamiento del mortero de agarre. El asiento del ladrillo se ejecutará por hileras horizontales, no debiendo corresponder en un mismo plano vertical las juntas de las hileras consecutivas. 15.2.− Morteros: − Las características de los morteros cumplirán las prescripciones del artículo 611 del PG-‐3, siendo la dosificación de los mismos fijada por el Director de Obra. 15.3.− Agua: − El agua a emplear en la ejecución de los morteros será dulce y exenta de materiales disueltos ó en suspensión que pudieran afectar a las características de los morteros. 15.4.− Ejecución de las obras: − Se atendrán a lo indicado en el artículo 657 del PG-‐3. 15.5.− Medición y Abono : − Las fábricas de ladrillo se medirán y abonarán por m². realmente ejecutado, y abonados al precio correspondiente del Cuadro de Precios Núm. 1. − No se considerarán de abono aparte las fábricas incluidas como integrantes de otra unidad de obra de la que se establece un precio global de ejecución. 16.− POZOS DE REGISTRO O RESALTO. 16.1.− La ejecución de esta unidad se ajustará a lo reflejado en el artículo 410 del PG-‐3. − La forma, dimensiones y tipología de los pozos se definen en los correspondientes planos de saneamiento, en los que se incluyen especificaciones de cada uno de los elementos integrantes de los mismos. − Se prevé la ejecución de pozos mixtos constituidos por una solera de hormigón y cerramiento de fábrica de ladrillos hasta la generatriz superior del colector; sobre esta fábrica, se dispondrán anillos de hormigón prefabricados de las características y dimensiones indicadas en los planos. − Se proyectan dos tipos de pozo de registro ó resalto: − Pozo tipo 1, de 100 cm. de diámetro interior, para colectores de D<= 60 cm.
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− Pozo tipo 2, de 120 cm. de diámetro interior para colectores D 80 y D 100 cm 16.2.− La medición y abono se ejecutará por el desglose de los elementos constituyentes del mismo que se definen en el Cuadro de Precios Nº 1, debiendo tenerse en cuenta, que estos precios pueden englobar varias unidades de obra que en ningún caso serán objeto de abono aparte. 17.− SUMIDEROS 17.1.− Las condiciones de ejecución serán las descritas en el artículo 411 del PG-‐3. − Las características de los sumideros se reflejan en los planos de detalle de saneamiento. 17.2.− La medición se realizará por Unidad de sumidero realmente ejecutada y abonada al precio establecido en el Cuadro de Precios Número 1, sin que las diferentes partidas intervinientes en su ejecución sean objeto de medición y abono aparte. 18.− ACOMETIDAS INDIVIDUALES. 18.1.− Las acometidas individuales se ejecutarán según lo indicado en los correspondientes Planos de Detalle. − Se prevén acometidas para cada uno de los servicios definidos en el Proyecto. 18.2.− La medición y abono se efectúa por unidad realmente ejecutada, en la que se incluyen los diferentes elementos intervinientes en la misma, que en ningún caso serán objeto de abono aparte. 19.− TUBOS COLECTORES. 19.1.− Los tubos colectores que figuran en el presente Proyecto serán de Fibrocemento serie S−3 con apoyo sobre cama de arena según las especificaciones definidas en los planos. − La sección interior de los mismos será circular, con los diámetros especificados. 19.2.− La estanqueidad de la junta, al igual que la conducción, han de ser garantizadas antes de la puesta en funcionamiento de la instalación, realizando las pruebas establecidas en el Pliego de prescripciones técnicas generales para tuberías de saneamiento de poblaciones. 19.3.− La medición y abono se efectúa por Ml. de tubo realmente colocado, incluyendo el mismo la parte proporcional de juntas y las conexiones a los pozos de registro de la red. 20.− TUBERIAS DE P.V.C. 20.1.− La tubería de presión utilizada para la red de abastecimiento será de PVC, con los diámetros y timbrajes especificados en los Planos de Proyecto. − Los timbrajes de estas tuberías no serán en ningún caso inferiores a 6 Atm. de P.N. 20.2.− Las características de los tubos cumplirán lo prescrito en el artículo 8 del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de abastecimiento de agua. − Se realizarán las pruebas de estanqueidad de acuerdo con lo especificado en la NTE− IFA/1975 20.3.− Se medirá por m.l. de tubería realmente ejecutada, y se abonará al correspondiente precio del Cuadro de Precios Núm. 1 en el que se incluye la parte proporcional correspondiente a montaje, juntas, codos, tés, anclajes y piezas especiales necesarias, que en ningún caso serán objeto de abono aparte.
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21.− TUBERIAS DE POLIETILENO 21.1.− Las tuberías de Polietileno se utilizarán en la red de Abastecimiento en las acometidas individuales y acometidas a bocas de riego. − La Presión Nominal de estas tuberías será como mínimo de 6 Atm. 21.2.− El material constitutivo de las mismas cumplirá los requisitos indicados en el Capítulo 2 Ap. 2.23 del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de Abastecimiento de Agua. 21.3.− Los tubos cumplirán lo prescrito en el Capítulo 8 del citado Documento, y la instalación de los mismos se efectuará de acuerdo con lo indicado en el Capítulo 10. 21.4.− No es objeto de medición y abono dado que se encuentra incluido en las partidas correspondientes de acometidas domiciliarias y bocas de riego. 22.− −VALVULAS PARA LAS TUBERIAS 22.1.− Válvulas de compuerta − Los cuerpos de las válvulas serán de fundición dúctil de primera calidad y serán todos probados en fábrica a una presión de −−−−−−−−−−−−−−−−−−−−−−−−−−− − Las válvulas estarán construidas de modo que las piezas movibles tengan frotamiento de bronce sobre bronce, debiendo estar perfectamente mecanizadas y ajustadas. − Todo el material de fundición de las válvulas estará embetunado o pintado. − Los modelos que se propongan deberán ser sometidos a la aprobación del Ingeniero director de las obras. − Deberán probarse a una presión hidráulica de −−−−−−−−−−−−−−−−− para comprobar su estanqueidad, actuando en las dos caras alternativamente y no deberá observarse ninguna anor-‐malidad. − Todos los gastos que ocasionen estas operaciones de prueba, serán de cuenta del contratista. − Se medirán unidades realmente instaladas y se abonará al correspondiente precio del Cuadro de Precios Núm. 1 en el que se incluye la parte proporcional correspondiente a montaje, juntas, codos, tés, anclajes y piezas especiales necesarias, que en ningún caso serán objeto de abono aparte. 23.-‐ PIEZAS ESPECIALES − Todas las piezas especiales (tes, conos, codos, bridas ciegas, etc.), podrán ser de los siguientes materiales: a) De palastro revestido con mortero de cemento interiormente, el cual se adherirá al palastro mediante una armadura o mallazo de hierro soldado al mismo. Exteriormente se revestirán, bien con una capa de mortero que envolverá a una armadura de sujeción o de resistencia, solidaria al palastro que forma la pieza, o bien se pintarán a base de dos capas de resinas de epoxi, después de haber tratado exteriormente el palastro del núcleo con un chorro de arena. Las formas, dimensiones y espesores de estas piezas las fijará para cada caso, el Ingeniero director de las obras y el contratista se atendrá en todo caso a ello. b) De fundición dúctil, la cual deberá reunir las siguientes características mecánicas: -‐ Resistencia mínima a la tracción de cuarenta y tres (43) Kg/mm². -‐ Alargamiento mínimo a la rotura del cinco (5) por ciento. -‐ Dureza Brinell máxima de doscientos treinta (230).
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Tanto las piezas a) como b) deberán ser probadas en fábrica a una presión hidráulica de treinta y cinco (35) Kg/cm². 24.− CIMENTACION DE BACULOS DE ALUMBRADO, INCLUIDA LA EXCAVACION 24.1.− La excavación para cimiento y arqueta será en todo conforme a lo prescrito en el artículo 321 del PG-‐3, y se considera incluida en el precio de la unidad. 24.2.− El macizo de cimentación se realizará con Hormigón H-‐175 de consistencia plástica, y de las dimensiones indicadas en los planos de detalle. − Esta unidad incluye además los pernos, placa de anclaje para sujeción del báculo, tubo para tierras y arqueta de conexiones de las características y dimensiones indicadas en los planos. 24.3.− Se medirán por unidad realmente ejecutada y se abonará al precio indicado en el Cuadro de Precios Número 1.
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5. ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD
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1. MEMORIA INFORMATIVA 1.1. DATOS DE LA OBRA 2. AGENTES INTERVINIENTES 2.1. PROMOTOR 2.2. PROYECTISTA 2.3. COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN FASE DE PROYECTO 2.4. COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN FASE DE EJECUCIÛN 2.5. DIRECCIÛN FACULTATIVA 2.6. CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS 2.7. TRABAJADORES AUTÛNOMOS 2.8. TRABAJADORES POR CUENTA AJENA 2.9. TRABAJADORES DE EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL 2.10. FABRICANTES Y SUMINISTRADORES DE EQUIPOS DE PROTECCIÛN Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÛN 2.11. RECURSOS PREVENTIVOS 3. RIESGOS ELIMINABLES 4. TRABAJOS PREVIOS 5. FASES DE EJECUCIÛN 5.1. DEMOLICIONES 5.2. MOVIMIENTO DE TIERRAS 5.3. TRABAJOS PREVIOS 5.4. ESTRUCTURAS 5.5. INSTALACIONES 6. MEDIOS AUXILIARES 6.1. ANDAMIOS
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7. AUTOPROTECCIÓN Y EMERGENCIA 8. MAQUINARIA 8.1. EMPUJE Y CARGA 8.2. TRANSPORTE 8.3. SILOS Y TOLVAS 8.4. HORMIGONERA 8.5. VIBRADOR 8.6. SIERRA CIRCULAR DE MESA 8.7. HERRAMIENTAS MANUALES LIGERAS 9. CONTROL DE ACCESOS A LA OBRA
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1. Memoria Informativa Objeto Según se establece en el Real Decreto 1627/1997, por el que se establecen disposiciones mÌnimas de seguridad y salud en las obras de construcciÛn, el promotor est·∙ obligado a encargar la redacciÛn de un estudio b·∙sico de seguridad y salud en los proyectos de obras en que no se den alguno de los supuestos siguientes: a) Que el presupuesto de ejecuciÛn por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 450.759 euros. b) Que la duraciÛn estimada sea superior a 30 dÌas laborables, emple·∙ndose en alg˙n momento a m·∙s de 20 trabajadores simult·∙neamente. c) Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los dÌas de trabajo del total de los trabajadores en la obra, sea superior a 500. d) Las obras de t˙neles, galerÌas, conducciones subterr·∙neas y presas. Dado que la obra en cuestiÛn no queda enmarcada entre los grupos anteriores, como se aclara en el punto "Datos de la Obra" de este mismo EBSS, el promotor Ayuntamiento de Zaratamo ha designado al firmante de este documento para la redacciÛn del Estudio B·∙sico de Seguridad y Salud de la obra. En este Estudio B·∙sico se realiza descripciÛn de los procedimientos, equipos tÈcnicos y medios auxiliares que van a utilizarse previsiblemente, identificando los riesgos laborales y especificando las medidas preventivas y protecciones tÈcnicas tendentes a eliminar, controlar y reducir dichos riesgos. Este E.B.S.S. servir·∙ de base para la redacciÛn del Plan de Seguridad y Salud por parte de cada Contratista interviniente en la obra en el que se analizar·∙n, estudiar·∙n, desarrollar·∙n y complementar·∙n las previsiones contenidas en este EBSS, adaptando a sus propios recursos, equipos y procesos constructivos. En ning˙n caso las modificaciones planteadas en el PSS podr·∙n implicar disminuciÛn de los niveles de protecciÛn previstos. TÈcnicos TÉCNICOS La relación de técnicos intervinientes en la obra es la siguiente: Técnico Redactor del Proyecto de Ejecución: ENEKO AIALA y JAVIER IDIRIN. Titulación del Proyectista: ARQUITECTURA SUPERIOR Director de Obra: ENEKO AIALA y JAVIER IDIRIN. Titulación del Director de Obra: ARQUITECTURA SUPERIOR Director de la Ejecución Material de la Obra: ENEKO AIALA y JAVIER IDIRIN. Titulación del Director de la Ejecución Material de la Obra: ARQUITECTURA SUPERIOR Coordinador de Seguridad y Salud en fase de proyecto: Titulación del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de proyecto: Autor del Estudio de Seguridad y Salud: ENEKO AIALA y JAVIER IDIRIN Titulación del Autor del Estudio de Seguridad y Salud: ARQUITECTURA SUPERIOR Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución: Titulación del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución:
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1.1. Datos de la Obra El presente Estudio B·∙sico de Seguridad y Salud se redacta para la EL PROYECTO DE URBANIZACIÓN UER-‐6 KALETARTE ZARATAMO. El presupuesto de ejecución por contrata de las obras es de 88.584,23€ PRESUPUESTO DE EJECUCI”N POR CONTRATA inferior en cualquier caso a 450.759 euros a partir del cual serÌa preciso Estudio de Seguridad y Salud. La superficie total en m2 construidos es de: 360m2. Se prevÈ un plazo de ejecuciÛn de las mismas de sustituya por PLAZO de EJECUCIÓN PREVISTO. El n˙mero de operarios previstos que intervengan en la obra en sus diferentes fases es de 15. No concurrir la circunstancia de una duraciÛn de obra superior a 30 dÌas y coincidir 20 trabajadores simultaneamente que seg˙n R.D. 1627/97 requerirÌa de E.S.S. El volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los dÌas de trabajo del total de los trabajadores en la obra es de: sustituya por la suma de los dÌas de trabajo del total de los trabajadores en la obra menor de 500. Descripción de la Obra Se construirá la acera requerida hasta el nuevo paso de peatones, garantizando el cruce hacia la casa de cultura de manera segura. El desnivel que genera la nueva acera respecto del resto de la U.E.R.-‐9, aún sin previsión de desarrollo, se supera mediante un muro de contención. Por otro lado, se ejecutará la continuación de los servicios de suministro de energía eléctrica, alumbrado público y telefonía existentes. Como fruto de la urbanización, se han de soterrar los tendidos aéreos existentes: uno de telefónica, uno de alumbrado y otro de baja tensión. Para ello, se sustituyen los tendidos aéreos existentes por canalizaciones subterráneas hasta alcanzar los puntos de suministro al C.P. Arkotxa y al n° 26 (bar La Bodeguilla). Esta solución responde al condicionante expreso de los servicios de Iberdrola, entendiéndola más viable que proceder a la sustitución del poste B por un poste de final de línea, en el supuesto en que se mantuviesen los trazados aéreos a partir de dicho punto. Presencia de amianto EL REAL DECRETO 386/2006 QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES MÕNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD APLICABLES A LOS TRABAJOS CON RIESGO DE EXPOSICI”N AL AMIANTO ESPECIFICA EXPRESAMENTE LA NECESIDAD DE IDENTIFICAR EN EL ESTUDIO B¡SICO DE SEGURIDAD Y SALUD LOS MATERIALES DE LA OBRA QUE CONTIENEN AMIANTO Y POR TANTO EXPONEN AL TRABAJADOR A SUS RIESGOS. ACTUALMENTE ES HABITUAL ENCONTRAR EN LOS TRABAJOS DE DEMOLICI”N MATERIALES QUE CONTIENEN AMIANTO, PRINCIPALMENTE AISLANTES T…RMICOS, PLACAS DE FIBROCEMENTO, CONDUCTOS DE FIBROCEMENTO Y EQUIPOS CONTRAINCENDIOS. SI EN SU OBRA SE REALIZAR¡N ACTIVIDADES EN LAS QUE SE MANIPULEN ESTOS MATERIALES ES NECESARIO QUE LO ESPECIFIQUE EN ESTE PUNTO SUSTITUYENDO ESTE TEXTO EN MAY⁄SCULAS. 2. Agentes Intervinientes Son agentes todas las personas, fÌsicas o jurÌdicas, que intervienen en el proceso de la edificaciÛn. Sus obligaciones vendr·∙n determinadas por lo dispuesto en esta Ley y dem·∙s disposiciones que sean de aplicaciÛn y por el contrato que origina su intervenciÛn con especial referencia a la L.O.E. y el R.D.1627/97.
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2.1. Promotor Ser·∙ considerado promotor cualquier persona, fÌsica o jurÌdica, p˙blica o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificaciÛn para sÌ o para su posterior enajenaciÛn, entrega o cesiÛn a terceros bajo cualquier tÌtulo. Cuando el promotor realice directamente con medios humanos y materiales propios la totalidad o determinadas partes de la obra, tendr·∙ tambiÈn la consideraciÛn de contratista a los efectos de la Ley 32/2006 A los efectos del RD 1627/97 cuando el promotor contrate directamente trabajadores autÛnomos para la realizaciÛn de la obra o de determinados trabajos de la misma, tendr·∙ la consideraciÛn de contratista excepto en los casos estipulados en dicho Real Decreto. Es el promotor quien encargar·∙ la redacciÛn del E.S.S. y ha de contratar a los tÈcnicos coordinadores en Seguridad y Salud tanto en proyecto como en ejecuciÛn. Para ello se firmar·∙ contrato con los tÈcnicos que defina la duraciÛn del mismo, dedicaciÛn del coordinador, sistemas de contrataciÛn previstos por el promotor y sus limitaciones, forma de pago, motivos de rescisiÛn, sistemas de prÛrroga y de comunicaciÛn entre coordinador y promotor. Facilitar·∙ copia del E.S.S. a las empresas contratistas, subcontratistas o trabajados autÛnomos contratados por directamente por el promotor, exigiendo la presentaciÛn de Plan de Seguridad y Salud previo al comienzo de las obras. Velar·∙ por que el/los contratista/s presentan ante la autoridad laboral la comunicaciÛn de apertura del centro de trabajo y sus posibles actualizaciones. 2.2. Proyectista El proyectista es el agente que, por encargo del promotor y con sujeciÛn a la normativa tÈcnica y urbanÌstica correspondiente, redacta el proyecto. Deber·∙ tomar en consideraciÛn, de conformidad con la Ley de PrevenciÛn de Riesgos Laborales, los principios generales de prevenciÛn en materia de seguridad y de salud en las fases de concepciÛn, estudio y elaboraciÛn del proyecto de obra. 2.3. Coordinador de Seguridad y Salud en fase de proyecto Coordinador en materia de seguridad y de salud durante la elaboraciÛn del proyecto de obra: el tÈcnico competente designado por el promotor para coordinar, durante la fase del proyecto de obra, la aplicaciÛn de los principios generales de prevenciÛn en materia de seguridad y de salud durante la fase de proyecto. 2.4. Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecuciÛn Coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecuciÛn de la obra es el tÈcnico competente integrado en la direcciÛn facultativa, designado por el promotor para llevar a cabo las siguientes tareas: • Coordinar la aplicaciÛn de los principios generales de prevenciÛn y de seguridad. • Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autÛnomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acciÛn preventiva. • Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista. • Organizar la coordinaciÛn de actividades empresariales. • Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicaciÛn correcta de los mÈtodos de trabajo. • Adoptar las medidas necesarias para que sÛlo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. • Asegurarse de que las empresas subcontratistas han sido informadas del Plan de Seguridad y Salud y est·∙n en condiciones de cumplirlo.
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El Coordinador en materia de seguridad podr·∙ paralizar los tajos o la totalidad de la obra, en su caso, cuando observase el incumplimiento de las medidas de seguridad y salud establecidas, dej·∙ndolo por escrito en el libro de incidencias. Adem·∙s, se deber·∙ comunicar la paralizaciÛn al Contratista, Subcontratistas afectados, InspecciÛn de Trabajo y Seguridad Social correspondiente y representantes de los trabajadores. 2.5. DirecciÛn Facultativa DirecciÛn facultativa: el tÈcnico o tÈcnicos competentes designados por el promotor, encargados de la direcciÛn y del control de la ejecuciÛn de la obra. Asumir·∙ las funciones del Coordinador de Seguridad y Salud en el caso de que no sea necesaria su contrataciÛn dadas las caracterÌsticas de la obra y lo dispuesto en el R.D. 1627/97. En ning˙n caso las responsabilidades de los coordinadores, de la direcciÛn facultativa y del promotor eximir·∙n de sus responsabilidades a los contratistas y a los subcontratistas. 2.6. Contratistas y Subcontratistas Contratista es la persona fÌsica o jurÌdica que asume contractualmente ante el promotor, con medios humanos y materiales, propios o ajenos, el compromiso de ejecutar la totalidad o parte de las obras con sujeciÛn al proyecto y al contrato. Cuando el promotor realice directamente con medios humanos y materiales propios la totalidad o determinadas partes de la obra, tendr·∙ tambiÈn la consideraciÛn de contratista a los efectos de la Ley 32/2006 A los efectos del RD 1627/97 cuando el promotor contrate directamente trabajadores autÛnomos para la realizaciÛn de la obra o de determinados trabajos de la misma, tendr·∙ la consideraciÛn de contratista excepto en los casos estipulados en dicho Real Decreto. Subcontratista es la persona fÌsica o jurÌdica que asume contractualmente ante el contratista u otro subcontratista comitente el compromiso de realizar determinadas partes o unidades de obra. Son responsabilidades del Contratistas y Subcontratistas: • La entrega al Coordinador de Seguridad y Salud en la obra de documentaciÛn clara y suficiente en que se determine: la estructura organizativa de la empresa, las responsabilidades, las funciones, las pr·∙cticas, los procedimientos, los procesos y los recursos de los que se dispone para la realizaciÛn de la acciÛn preventiva de riesgos en la empresa. • Redactar un Plan de Seguridad y Salud seg˙n lo dispuesto en el apartado correspondiente de este E.S.S. y el R.D. 1627/1997 firmado por persona fÌsica. • Aplicar los principios de la acciÛn preventiva seg˙n Ley de PrevenciÛn de Riesgos Laborales. • Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el plan de seguridad y salud. • Cumplir la normativa en materia de prevenciÛn de riesgos laborales. • Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autÛnomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra. Vigilar·∙n el cumplimiento de estas medidas por parte de los trabajadores autÛnomos en el caso que estos realicen obras o servicios correspondientes a la propia actividad de la empresa contratista y se desarrollen en sus centros de trabajos. • Informar por escrito al resto de empresas concurrentes en la obra y al coordinador de seguridad y salud en la obra de los riesgos especÌficos que puedan afectar a otros trabajadores de la obra seg˙n lo dispuesto en el Real Decreto 171/2004. • Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecuciÛn de la obra o, en su caso, de la direcciÛn facultativa. • Los Contratistas y Subcontratistas son los responsables de que la ejecuciÛn de las medidas preventivas correspondan con las fijadas en el Plan de Seguridad y Salud. • Designar los recursos preventivos asignando uno o varios trabajadores o en su caso uno o varios miembros del servicio de prevenciÛn propio o ajeno de la empresa. AsÌ mismo ha de garantizar la presencia de dichos recursos en la obra en los casos especificados en la Ley 54/2003 y dichos recursos contar·∙n con capacidad suficiente y dispondr·∙n de medios necesarios para vigilar el
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cumplimiento de las actividades preventivas. El plan de seguridad y salud identificar·∙ los recursos con declaraciÛn de formaciÛn y funciones. • Vigilar el cumplimiento de la Ley 32/2006 por las empresas subcontratistas y trabajadores autÛnomos con que contraten; en particular, en lo que se refiere a las obligaciones de acreditaciÛn e inscripciÛn en el Registro de Empresas Acreditadas, contar con el porcentaje de trabajadores contratados con car·∙cter indefinido aspectos regulados en el artÌculo 4 de dicha Ley y al rÈgimen de la subcontrataciÛn que se regula en el articulo 5. • Informar a los representantes de los trabajadores de las empresas que intervengan en la ejecuciÛn de la obra de las contrataciones y subcontrataciones que se hagan en la misma. • Garantizar la formaciÛn adecuada a todos los trabajadores de nivel productivo, de acuerdo con lo que dispone el artÌculo 19 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevenciÛn de riesgos laborales y lo dispuesto en los convenios colectivos de aplicaciÛn en los que se establezcan programas formativos y contenidos especÌficos necesarios en materia de PRL. 2.7. Trabajadores AutÛnomos Trabajador autÛnomo: la persona fÌsica distinta del contratista y del subcontratista, que realiza de forma personal y directa una actividad profesional, sin sujeciÛn a un contrato de trabajo, y que asume contractualmente ante el promotor, el contratista o el subcontratista el compromiso de realizar determinadas partes o instalaciones de la obra. Cuando el trabajador autÛnomo emplee en la obra a trabajadores por cuenta ajena, tendr·∙ la consideraciÛn de contratista o subcontratista a los efectos de la Ley 32/2006 y del RD 1627/97. Los trabajadores autÛnomos estar·∙n obligados a: • Aplicar los principios de la acciÛn preventiva seg˙n la Ley de PrevenciÛn de Riesgos Laborales. • Cumplir las disposiciones mÌnimas de seguridad y salud. • Cumplir las obligaciones en materia de prevenciÛn de riesgos que establece para los trabajadores la Ley de PrevenciÛn de Riesgos Laborales. • Ajustar su actuaciÛn en la obra conforme a los deberes de coordinaciÛn de actividades empresariales. • Utilizar equipos de trabajo que se ajusten a lo dispuesto en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mÌnimas de seguridad y salud para la utilizaciÛn por los trabajadores de los equipos de trabajo. • Elegir y utilizar equipos de protecciÛn individual en los tÈrminos previstos en el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mÌnimas de seguridad y salud relativas a la utilizaciÛn por los trabajadores de equipos de protecciÛn individual. • Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecuciÛn de la obra o, en su caso, de la direcciÛn facultativa. • Informar por escrito al resto de empresas concurrentes en la obra y al coordinador de seguridad y salud en la obra de los riesgos especÌficos que puedan afectar a otros trabajadores de la obra seg˙n lo dispuesto en el Real Decreto 171/2004. • Deber·∙n cumplir lo establecido en el plan de seguridad y salud. 2.8. Trabajadores por cuenta ajena Los contratistas y subcontratistas deber·∙n garantizar que los trabajadores reciban una informaciÛn adecuada de todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y su salud en la obra. La consulta y participaciÛn de los trabajadores o sus representantes se realizar·∙n, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de PrevenciÛn de Riesgos Laborales. Una copia del plan de seguridad y salud y de sus posibles modificaciones ser·∙ facilitada por el contratista a los representantes de los trabajadores en el centro de trabajo. Usar·∙n adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las m·∙quinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. Utilizar·∙n correctamente los medios y equipos de protecciÛn facilitados por el empresario. No pondr·∙n fuera de funcionamiento y utilizar·∙n
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correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que Èsta tenga lugar. Informar·∙n de inmediato a su superior jer·∙rquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protecciÛn y de prevenciÛn o, en su caso , al servicio de prevenciÛn, acerca de cualquier situaciÛn que, a su juicio, entraÒe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. Contribuir·∙n al cumplimiento delas obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 2.9. Trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal La obra podr·∙ contar con personal de Empresas de Trabajo Temporal previa concertaciÛn de contratos de puesta a disposiciÛn exclusivamente para las ocupaciones, puestos de trabajo o tareas que expresamente se determinan en el Convenio Colectivo General de la construcciÛn y con las restricciones que en el mismo se estipulan. En virtud de lo expuesto en el Convenio, para aquellos puestos de trabajo con limitaciÛn absoluta para la celebraciÛn de contratos de puesta a disposiciÛn, en ning˙n caso se podr·∙n celebrar este tipo de contratos por razones de peligrosidad, accidentalidad, siniestralidad y/o seguridad y salud de los trabajadores. Para puestos de trabajo con limitaciÛn relativa para la celebraciÛn de contratos de puesta a disposiciÛn, queda limitada relativamente la celebraciÛn de estos contratos, de manera que si las circunstancias seÒaladas en el Convenio como de riesgo especial para la Seguridad y Salud de los trabajadores no concurren se podr·∙n celebrar este tipo de contratos. Para el resto de los puestos de trabajo no existe inconveniente en ser ocupados por trabajadores de ETT. Los trabajadores contratados para ser cedidos a empresas usuarias tendr·∙n derecho durante los perÌodos de prestaciÛn de servicios en las mismas a la aplicaciÛn de las condiciones esenciales de trabajo y empleo que les corresponderÌan de haber sido contratados directamente por la empresa usuaria para ocupar el mismo puesto. Los trabajadores cedidos por las empresas de trabajo temporal deber·∙n poseer la formaciÛn teÛrica y pr·∙ctica en materia de prevenciÛn de riesgos laborales necesaria para el puesto de trabajo a desempeÒar, teniendo en cuenta su cualificaciÛn y experiencia profesional y los riesgos a los que vaya a estar expuesto. Igualmente, tendr·∙n derecho a la utilizaciÛn de los servicios comunes e instalaciones colectivas de la obra en las mismas condiciones que los trabajadores contratados directamente por la empresa usuaria. Siempre que haya en obra trabajadores cedidos por E.T.T. ser·∙ imprescindible la presencia permanente de los Recursos Preventivos. Finalmente seÒalar que a estos trabajadores les son de aplicaciÛn las condiciones expuestas en este mismo documento para los trabajadores por cuenta ajena. 2.10. Fabricantes y Suministradores de Equipos de ProtecciÛn y Materiales de ConstrucciÛn Los fabricantes, importadores y suministradores de maquinaria, equipos, productos y ˙tiles de trabajo est·∙n obligados a asegurar que Èstos no constituyan una fuente de peligro para el trabajador, siempre que sean instalados y utilizados en las condiciones, forma y para los fines recomendados por ellos. Los fabricadores, importadores y suministradores de productos y sustancias quÌmicas de utilizaciÛn en el trabajo est·∙n obligados a envasar y etiquetar los mismos de forma que se permita su conservaciÛn y manipulaciÛn en condiciones de seguridad y se identifique claramente su contenido y los riesgos para la seguridad o la salud de los trabajadores que su almacenamiento o utilizaciÛn comporten. Deber·∙n suministrar la informaciÛn que indique la forma correcta de utilizaciÛn por los trabajadores, las medidas preventivas adicionales que deban tomarse y los riesgos laborales que conlleven tanto su uso normal, como su manipulaciÛn o empleo inadecuado. Los fabricantes, importadores y suministradores de elementos para la protecciÛn de los trabajadores est·∙n obligados a asegurar la efectividad de los mismos, siempre que sean instalados y usados en las condiciones y de la forma recomendada por ellos. A tal efecto, deber·∙n suministrar la informaciÛn
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que indique el tipo de riesgo al que van dirigidos, el nivel de protecciÛn frente al mismo y la forma correcta de su uso y mantenimiento. Los fabricantes, importadores y suministradores deber·∙n proporcionar a los empresarios la informaciÛn necesaria para que la utilizaciÛn y manipulaciÛn de la maquinaria, equipos, productos, materias primas y ˙tiles de trabajo se produzca sin riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. 2.11. Recursos preventivos Con el fin de ejercer las labores de recurso preventivo seg˙n lo establecido en la Ley 31/1995, Ley 54/2003 y Real Decreto 604/2006 el empresario designar·∙ para la obra los recursos preventivos que podr·∙n ser: a. Uno o varios trabajadores designados de la empresa. b. Uno o varios miembros del servicio de prevenciÛn propio de la empresa c. Uno o varios miembros del o los servicios de prevenciÛn ajenos. La empresa contratista garantizar·∙ la presencia de dichos recursos preventivos en obra en los siguientes casos: a. Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados, en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simult·∙neamente y que hagan preciso el control de la correcta aplicaciÛn de los mÈtodos de trabajo. b. Cuando se realicen las siguientes actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales: 1.∫ Trabajos con riesgos especialmente graves de caÌda desde altura. 2.∫ Trabajos con riesgo de sepultamiento o hundimiento. 3.∫ Actividades en las que se utilicen m·∙quinas que carezcan de declaraciÛn CE de conformidad, que sean del mismo tipo que aquellas para las que la normativa sobre comercializaciÛn de m·∙quinas requiere la intervenciÛn de un organismo notificado en el procedimiento de certificaciÛn, cuando la protecciÛn del trabajador no estÈ suficientemente garantizada no obstante haberse adoptado las medidas reglamentarias de aplicaciÛn. 4.∫ Trabajos en espacios confinados. 5.∫ Trabajos con riesgo de ahogamiento por inmersiÛn. c. Cuando sea requerida por la InspecciÛn de Trabajo y Seguridad Social. TambiÈn ser·∙ precisa su presencia, en base a los criterios tÈcnicos publicados por el Ministerio, cuando en la obra se empleen menores de 18 aÒos, trabajadores especialmente sensibles, trabajadores de reciente incorporaciÛn en fase inicial de adiestramiento o cedidos por ETT. En el apartado correspondiente de este Estudio B·∙sico de Seguridad y Salud se especifica cuando esta presencia es necesaria en funciÛn de la concurrencia de los casos antes seÒalados en las fases de obra y en el montaje, desmontaje y utilizaciÛn de medios auxiliares y maquinaria empleada. Ante la ausencia del mismo, o de un sustituto debidamente cualificado y nombrado por escrito, se paralizar·∙n los trabajos incluyendo los de las empresas subcontratadas o posible personal autÛnomo. Las personas a las que se asigne esta vigilancia deber·∙n dar las instrucciones necesarias para el correcto e inmediato cumplimiento de las actividades preventivas, en caso de observar un deficiente cumplimiento de las mismas o una ausencia, insuficiencia o falta de adecuaciÛn de las mismas, se informar·∙ al empresario para que Èste adopte las medidas necesarias para corregir las deficiencias observadas y al coordinador de seguridad y salud y resto de la direcciÛn facultativa. El Plan de Seguridad y Salud especificar·∙ expresamente el nombre de la persona o personas designadas para tal fin y se detallar·∙n las tareas que inicialmente se prevee necesaria su presencia por concurrir alguno de los casos especificados anteriormente. 3. Riesgos Eliminables No se han identificado riesgos totalmente eliminables. Entendemos que ninguna medida preventiva adoptada frente a un riesgo lo elimina por completo dado que siempre podr·∙ localizarse una situaciÛn por mal uso del sistema, actitudes imprudentes de los operarios u otras en que dicho riesgo no sea eliminado.
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Por tanto se considera que los ˙nicos riesgos eliminables totalmente son aquellos que no existen al haber sido eliminados desde la propia concepciÛn del edificio, por el empleo de procesos constructivos, maquinaria, medios auxiliares o incluso medidas del propio diseÒo del proyecto que no generen riesgos y sin duda estos riegos no merecen de un desarrollo detenido en este Estudio B·∙sico. 4. Trabajos Previos Vallado y SeÒalizaciÛn Resulta especialmente importante restringir el acceso a la obra de personal no autorizado, de manera que todo el recinto de la obra, en cuyo entorno se crean los riesgos derivados de la misma, quede inaccesible para personas ajenas a la obra. Del mismo modo es necesario la instalaciÛn de un mÌnimo de elementos de seÒalizaciÛn que garanticen la presencia de informaciones b·∙sicas relativas a la Seguridad y Salud en diversos puntos de la obra. Para ello se instalar·∙n las siguientes medidas de cierre y seÒalizaciÛn: Vallado perimetral con placas met·∙licos de acero galvanizado plegado sustentadas por pies derechos formados con perfiles laminados. La altura de dichos paneles quedar·∙ establecido como mÌnimo en 2 m. IluminaciÛn: Se instalar·∙n equipos de iluminaciÛn en todos los recorridos de la obra, en los accesos y salidas, locales de obra, zonas de carga y descarga, zonas de escombro y en los diversos tajos de la misma de manera que se garantice la correcta visibilidad en todos estos puntos. SeÒalizaciÛn mediante paneles en el acceso de la obra con los pictogramas indicados en los esquemas gr·∙ficos de este documento y como mÌnimo seÒales de "Prohibido el acceso a personal no autorizado", "Uso obligatorio del casco" y pictogramas y textos de los riesgos presentes en la obra. Panel seÒalizador en la base de la gr˙a en el que se especifiquen las caracterÌsticas tÈcnicas de la misma: lÌmites de carga, condiciones de seguridad, alcance... Cartel informativo ubicado en un lugar preferente de la obra en el que se indiquen los telÈfonos de interÈs de la misma y en el que como mÌnimo aparezcan reflejados los telÈfonos de urgencia: servicios sanitarios, bomberos, policÌa, centros asistenciales, instituto toxicolÛgico y los telÈfonos de contacto de tÈcnicos de obra y responsables de la empresa contratista y subcontratistas. Cierre de la obra: la obra permanecer·∙ cerrada fuera del horario laboral de manera que no sea posible el acceso a la misma sin forzar los elementos de cierre. 5. Fases de EjecuciÛn 5.1. Demoliciones RIESGOS: • CaÌdas a distinto nivel de objetos. • CaÌdas a distinto o mismo nivel de los operarios por pÈrdida de equilibrio o hundimiento del forjado donde opera. • Referentes a maquinaria y vehÌculos: vuelcos, choques, golpes y caÌdas en el ascenso o descenso de los mismos.
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• Atrapamientos y atropellos de personas con la maquinaria. • ProyecciÛn de tierra y piedras. • Golpes, choques, cortes, • Sobreesfuerzos • Pisadas sobre materiales punzantes. • Atrapamientos y aplastamientos. • Afecciones cut·∙neas. • ProyecciÛn de partÌculas en los ojos. • ExposiciÛn a ruido y vibraciones. • EmisiÛn de polvo: InhalaciÛn o molestias en los ojos. • Sustancias nocivas o tÛxicas. • Contactos elÈctricos. • Incendios y explosiones. • Inundaciones o filtraciones de agua. • Infecciones. • Desplomes de elementos MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • Durante la ejecuciÛn de esta fase los RECURSOS PREVENTIVOS tendr·∙n presencia permanente en obra ya que concurren alguno de los supuestos por los que el Real Decreto 604/2006 exige su presencia. • Con car·∙cter previo al inicio de los trabajos deber·∙n analizarse las condiciones del edificio y de las instalaciones preexistentes, investigando, para la adopciÛn de las medidas preventivas necesarias, su uso o usos anteriores, las condiciones de conservaciÛn y de estabilidad de la obra en su conjunto, de cada parte de la misma, y de las edificaciones adyacentes. El resultado del estudio anterior se concretar·∙ en un plan de demoliciÛn en el que constar·∙ la tÈcnica elegida asÌ como las personas y los medios m·∙s adecuados para realizar el trabajo. • Queda prohibido el vertido de materiales a plantas inferiores. • Los contenedores no se llenar·∙n por encima de los bordes. • Los contenedores deber·∙n ir cubiertos con un toldo y el extremo inferior del conducto no tendr·∙ una altura superior a 2 m., para disminuir la formaciÛn de polvo. • Las herramientas elÈctricas cumplir·∙n con las especificaciones contempladas en este documento dentro del apartado de herramientas elÈctricas. • La iluminaciÛn en la zona de trabajo ser·∙ siempre suficiente. • Se dispondr·∙ de extintores en obra. • Se dispondr·∙ de una bomba de achique cuando haya previsiÛn de fuertes lluvias o inundaciones. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Casco de seguridad. • Calzado con puntera reforzada. • Calzado de seguridad con suela aislante y anticlavos. • Gafas de seguridad antiimpactos. • Protectores auditivos. • Mascarillas antipolvo. • Guantes de cuero. • Ropa de trabajo adecuada. • Ropa de trabajo impermeable. • Ropa de trabajo reflectante.
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• CinturÛn de seguridad y puntos de amarre. • Cinturones portaherramientas. • Fajas de protecciÛn dorsolumbar. 5.2. Movimiento de Tierras RIESGOS: • Referentes a maquinaria y vehÌculos: vuelcos, choques, golpes y caÌdas en el ascenso o descenso de los mismos. • Atrapamientos y atropellos de personas con la maquinaria. • Desplomes de las paredes o taludes de la excavaciÛn y edificios colindantes. • Fallo de las entibaciones. • ProyecciÛn de tierra y piedras. • Pisadas sobre materiales punzantes. • Golpes, atrapamientos y aplastamientos. • Afecciones cut·∙neas • ProyecciÛn de partÌculas en los ojos. • ExposiciÛn a ruido y vibraciones • EmisiÛn de polvo: InhalaciÛn o molestias en los ojos. • Sobreesfuerzos. • Contactos elÈctricos. • Inundaciones o filtraciones de agua. • Incendios y explosiones. MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • Durante la ejecuciÛn de esta fase los RECURSOS PREVENTIVOS tendr·∙n presencia permanente en obra ya que concurren alguno de los supuestos por los que el Real Decreto 604/2006 exige su presencia. • Se proceder·∙ a la localizaciÛn de conducciones de gas, agua y electricidad, previo al inicio del movimiento de tierras. El corte de suministro o desvÌo de las conducciones se pondr·∙ en conocimiento de la empresa propietaria de la misma. • Se realizar·∙ un estudio geotÈcnico que indique las caracterÌsticas y resistencia del terreno, asÌ como la profundidad del nivel fre·∙tico. • Se seÒalizar·∙ la zona y cerrar·∙ el ·∙mbito de actuaciÛn mediante vallas de 2 m de altura como mÌnimo y una distancia mÌnima de 1,5m al borde superior del talud de la excavaciÛn. • Se seÒalar·∙ el acceso de la maquinaria y del personal a la obra, siendo estos diferenciados. • Se seÒalizar·∙n las zonas de circulaciÛn en obra para vehÌculos y personas y las zonas de acopio de materiales. • Se dispondr·∙n rampas de acceso para camiones y vehÌculos cuyas pendientes no ser·∙n superiores al 8% en tramos rectos y 12% en tramos curvos. • El acceso del personal al fondo de la excavaciÛn se realizar·∙ mediante escaleras de mano o rampas provistos de barandillas normalizadas. Queda prohibido servirse del propio entramado, entibado o encofrado para el descenso o ascenso de los trabajadores. • Se realizar·∙ un estudio previo del suelo para comprobar su estabilidad y calcular el talud necesario dependiendo del terreno. • Los bordes superiores del talud, dependiendo de las caracterÌsticas del terreno y profundidad de la excavaciÛn, se indicar·∙ la mÌnima distancia de acercamiento al mismo
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para personas y vehÌculos. • Se evitar·∙n los acopios pesados a distancias menores a 2m del borde del talud de la excavaciÛn. • Se dispondr·∙n barandillas protectoras de 90cm de altura, con barra intermedia y rodapiÈs en el perÌmetro de la excavaciÛn, en el borde superior del talud y a 0,6m del mismo. • Los bordes de huecos, escaleras y pasarelas estar·∙n provistos de barandillas normalizadas. • Los operarios no deber·∙n permanecer en planos inclinados con fuertes pendientes. • Los operarios no deber·∙n permanecer en el radio de acciÛn de m·∙quinas o vehÌculos en movimientos. • Los operarios no deber·∙n permanecer debajo de cargas suspendidas. • El ascenso o descenso de cargas se realizar·∙ lentamente, evitando movimientos bruscos que provoquen su caÌda. • Las cargas no ser·∙n superiores a las indicadas. • La maquinaria a utilizar en la excavaciÛn cumplir·∙ con las especificaciones contempladas en este documento dentro del apartado de maquinaria. • La maquinaria dispondr·∙ de un sistema Ûptico-‐ac˙stico para seÒalizar la maniobra. • Las herramientas elÈctricas cumplir·∙n con las especificaciones contempladas en este documento dentro del apartado de herramientas elÈctricas. • Evitar la acumulaciÛn de polvo, gases nocivos o falta de oxÌgeno. • La iluminaciÛn en la zona de trabajo ser·∙ siempre suficiente. • Se dispondr·∙ de extintores en obra. • Se dispondr·∙ de una bomba de achique cuando haya previsiÛn de fuertes lluvias o inundaciones. • En caso de haber llovido, se respetar·∙n especialmente las medidas de prevenciÛn debido al aumento de la peligrosidad de desplomes. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Casco de seguridad. • Calzado con suela antideslizante. • Calzado con puntera reforzada. • Botas de goma o PVC. • Protectores auditivos. • Guantes de cuero. • Ropa de trabajo adecuada. • Ropa de trabajo impermeable. • Ropa de trabajo reflectante. • CinturÛn de seguridad y puntos de amarre. 5.3. Trabajos Previos Vallado de Obra RIESGOS: • Afecciones cut·∙neas.Incendios y explosiones.ProyecciÛn de sustancias en los ojos.Quemaduras.IntoxicaciÛn por ingesta.IntoxicaciÛn por inhalaciÛn de vapores. • Afecciones cut·∙neas.
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• Incendios y explosiones. • ProyecciÛn de sustancias en los ojos. • Quemaduras. • IntoxicaciÛn por ingesta. • IntoxicaciÛn por inhalaciÛn de vapores. MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • Los sustancias catalogadas como peligrosas, bien sean residuos o acopios de material de construcciÛn, deber·∙n almacenarse en un sitio especial que evite que se mezclen entre sÌ o con otras sustancias no peligrosas manteniendo la distancia de seguridad entre sustancias que sean sinÈrgicas entre sÌ o incompatibles. AsÌ mismo, se dispondr·∙n alejadas de tr·∙nsito de personas o maquinaria, convenientemente seÒalizadas y en zonas de acceso restringido.Las casetas que almacenen sustancias peligrosas dispondr·∙n ventilaciÛn e iluminaciÛn adecuadas, estar·∙n cubiertas, cerradas con llave y se mantendr·∙n ordenadas. En caso de almacenar sustancias que puedan emitir vapores inflamables, dispondr·∙n de luminaria antideflagrante.Las sustancias sensibles a las temperaturas, como las inflamables, se mantendr·∙n en sitio aislado tÈrmicamente y protegido de fuentes de calor o frÌo.Los lugares de almacenaje de sustancias lÌquidas peligrosas carecer·∙n de sumideros por los que puedan evacuarse eventuales fugas o derrames.Las sustancias peligrosas se almacenar·∙n en envases adecuados, siempre cerrados y bien etiquetados con referencia expresa a: identificaciÛn de producto, composiciÛn, datos responsable comercializaciÛn, pictograma que indique peligrosidad, frases R que describen los riesgos del producto, frases S que aconsejan como manipular el producto e informaciÛn toxicolÛgica. El almacenaje se realizar·∙ lo m·∙s prÛximo al suelo posible para evitar caÌdas, se mantendr·∙n con un stock mÌnimo y si fuera necesario contar·∙n con cubeta de retenciÛn.En los puntos de almacenaje de sustancias peligrosas se dispondr·∙ de arena u otro absorbente para caso de derrame.En los puntos de almacenaje de sustancias peligrosas se dispondr·∙ de extintor quÌmico y de CO2.Los trabajadores que manipulen sustancias peligrosas contar·∙n con la necesaria formaciÛn e informaciÛn. • Los sustancias catalogadas como peligrosas, bien sean residuos o acopios de material de construcciÛn, deber·∙n almacenarse en un sitio especial que evite que se mezclen entre sÌ o con otras sustancias no peligrosas manteniendo la distancia de seguridad entre sustancias que sean sinÈrgicas entre sÌ o incompatibles. AsÌ mismo, se dispondr·∙n alejadas de tr·∙nsito de personas o maquinaria, convenientemente seÒalizadas y en zonas de acceso restringido. • Las casetas que almacenen sustancias peligrosas dispondr·∙n ventilaciÛn e iluminaciÛn adecuadas, estar·∙n cubiertas, cerradas con llave y se mantendr·∙n ordenadas. En caso de almacenar sustancias que puedan emitir vapores inflamables, dispondr·∙n de luminaria antideflagrante. • Las sustancias sensibles a las temperaturas, como las inflamables, se mantendr·∙n en sitio aislado tÈrmicamente y protegido de fuentes de calor o frÌo. • Los lugares de almacenaje de sustancias lÌquidas peligrosas carecer·∙n de sumideros por los que puedan evacuarse eventuales fugas o derrames. • Las sustancias peligrosas se almacenar·∙n en envases adecuados, siempre cerrados y bien etiquetados con referencia expresa a: identificaciÛn de producto, composiciÛn, datos responsable comercializaciÛn, pictograma que indique peligrosidad, frases R que describen los riesgos del producto, frases S que aconsejan como manipular el producto e informaciÛn toxicolÛgica. El almacenaje se realizar·∙ lo m·∙s prÛximo al suelo posible para evitar caÌdas, se mantendr·∙n con un stock mÌnimo y si fuera necesario contar·∙n con cubeta de retenciÛn.
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• En los puntos de almacenaje de sustancias peligrosas se dispondr·∙ de arena u otro absorbente para caso de derrame. • En los puntos de almacenaje de sustancias peligrosas se dispondr·∙ de extintor quÌmico y de CO2. • Los trabajadores que manipulen sustancias peligrosas contar·∙n con la necesaria formaciÛn e informaciÛn. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Casco de seguridad.Calzado con suela antideslizante.Calzado con puntera reforzada.Botas de goma o PVC.Guantes de goma o PVC.Ropa de trabajo adecuada.Gafas de seguridad.Mascarilla de filtro recambiable. • Casco de seguridad. • Calzado con suela antideslizante. • Calzado con puntera reforzada. • Botas de goma o PVC. • Guantes de goma o PVC. • Ropa de trabajo adecuada. • Gafas de seguridad. • Mascarilla de filtro recambiable. CimentaciÛn RIESGOS: • Inundaciones o filtraciones de agua. • CaÌdas a distinto nivel de trabajadores. • CaÌdas a mismo nivel de trabajadores. • Golpes, choques y cortes con herramientas u otros materiales. • Referentes a maquinaria y vehÌculos: vuelcos, choques, golpes y caÌdas en el ascenso o descenso de los mismos. • Atrapamientos y atropellos de personas con la maquinaria. • Atrapamientos por desplome de tierras. • Fallo de las entibaciones. • ProyecciÛn de tierra y piedras. • Hundimiento o rotura de encofrados. • Pisadas sobre materiales punzantes. • Dermatosis por contacto con el hormigÛn o cemento. • ProyecciÛn de partÌculas en los ojos. • ExposiciÛn al polvo, ruido y vibraciones. • Sobreesfuerzos. • Contactos elÈctricos. MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • IluminaciÛn suficiente en la zona de trabajo. • Durante la ejecuciÛn de esta fase los RECURSOS PREVENTIVOS tendr·∙n presencia permanente en obra ya que concurren alguno de los supuestos por los que el Real Decreto 604/2006 exige su presencia. • La zona de actuaciÛn deber·∙ permanecer ordenada, libre de obst·∙culos y limpia de residuos. • Se seÒalar·∙n en obra y respetar·∙n las zonas de circulaciÛn de vehÌculos, personas y el almacenamiento de acopios de materiales. • Se dispondr·∙n barandillas rÌgidas y resistentes para seÒalizar pozos, zanjas, bordes de
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excavaciÛn, desniveles en el terreno y lados abiertos de plataformas con alturas superiores a 2 m. • Se realizar·∙n entibaciones cuando exista peligro de desprendimiento de tierras. • Se colocar·∙n escaleras peldaÒeadas con sus correspondientes barandillas, para el acceso al fondo de la excavaciÛn. • El vertido del hormigÛn se realizar·∙ por tongadas desde una altura adecuada. • Especial cuidado del vibrado del hormigÛn en zonas h˙medas. • Prohibido el atado de las armaduras en el interior de los pozos. • Prohibido el ascenso por las armaduras. • Los operarios no deber·∙n permanecer en el radio de acciÛn de m·∙quinas o vehÌculos en movimientos. • Los operarios no deber·∙n permanecer debajo de cargas suspendidas. • El ascenso o descenso de cargas se realizar·∙ lentamente, evitando movimientos bruscos que provoquen su caÌda. • Las cargas no ser·∙n superiores a las indicadas. • La maquinaria a utilizar en la excavaciÛn cumplir·∙ con las especificaciones contempladas en este documento dentro del apartado de maquinaria. • La maquinaria dispondr·∙ de un sistema Ûptico-‐ac˙stico para seÒalizar la maniobra. • Las herramientas elÈctricas cumplir·∙n con las especificaciones contempladas en este documento dentro del apartado de herramientas elÈctricas. • Retirar clavos y materiales punzantes. • Evitar la acumulaciÛn de polvo, gases nocivos o falta de oxÌgeno. • Estudio para medir el nivel del ruido y del polvo al que se expondr·∙ el operario. • Prohibido trabajar con vientos superiores a 50 km/h. • Se dispondr·∙ de una bomba de achique cuando haya previsiÛn de fuertes lluvias o inundaciones. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Casco de seguridad. • Calzado con puntera reforzada. • Calzado de seguridad con suela aislante y anticlavos. • Botas de goma o PVC. • Protectores auditivos. • Mascarillas antipolvo. • Guantes de cuero. • Guantes aislantes. • Guantes de goma o PVC. • Ropa de trabajo adecuada. • Ropa de trabajo impermeable. • CinturÛn de seguridad y puntos de amarre. • Fajas de protecciÛn dorsolumbar. • Mandil de cuero. 5.4. Estructuras HormigÛn Armado
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RIESGOS: • Referentes a maquinaria y vehÌculos: vuelcos, choques, golpes y caÌdas en el ascenso o descenso de los mismos. • Atrapamientos y atropellos de personas con la maquinaria. • Desplomes de elementos • Atrapamientos y aplastamientos. • Vuelco del material de acopio. • ProyecciÛn de partÌculas en los ojos. • CaÌdas a mismo nivel de trabajadores. • CaÌdas a distinto nivel de personas. • CaÌdas de materiales de acopios, trabajos de encofrado y desencofrado, apuntalamiento defectuoso, transporte de cargas por la gr˙a... • Golpes y cortes con herramientas u otros materiales: transporte, acopios... • Pisadas sobre materiales punzantes. • Sobreesfuerzos. • ExposiciÛn a ruido y vibraciones • EmisiÛn de polvo: InhalaciÛn o molestias en los ojos. • Dermatosis por contacto con el hormigÛn. • Contactos elÈctricos. MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • El edificio quedar·∙ perimetralmente protegido mediante barandillas. • Durante la ejecuciÛn de esta fase los RECURSOS PREVENTIVOS tendr·∙n presencia permanente en obra ya que concurren alguno de los supuestos por los que el Real Decreto 604/2006 exige su presencia. • Los encofrados, las piezas prefabricadas pesadas o los soportes temporales y los apuntalamientos sÛlo se podr·∙n montar o desmontar bajo vigilancia, control y direcciÛn del personal competente. • La zona de actuaciÛn deber·∙ permanecer ordenada, libre de obst·∙culos y limpia de residuos. • IluminaciÛn suficiente en la zona de trabajo. Se colocar·∙n puntos de luz de emergencia donde se prevea escasez de luz. • Prohibido trabajar en caso de hielo, nieve, lluvia o vientos superiores a 50 km/h. • Cuando las temperaturas sean extremas, especialmente en las conocidas ´olas de calorª se podr·∙n proponer horarios distintos que permitan evitar las horas de mayor insolaciÛn. • Se dispondr·∙ en las obras de cremas protectoras de factor suficiente contra las inclemencias atmosfÈricas tales como la irradiaciÛn solar. • Ante la existencia de lÌneas elÈctricas aÈreas, se deber·∙n guardar las mÌnimas distancias. • Prohibido colgar conducciones elÈctricas o focos de luz de armaduras. • Los materiales se acopiar·∙n alejados de zonas de circulaciÛn, de manera que no provoquen sobrecargas en forjados, caÌdas o vuelcos. • El almacenamiento de cargas en forjados se realizar·∙ lo m·∙s prÛximo a vigas o muros de carga. • Para acceder al forjado de la planta baja desde el terreno, ante la imposibilidad de acceder directamente, se colocar·∙n pasarelas de 60 cm. de ancho, sÛlidas y con barandillas. • El acceso de una planta a otra se realizar·∙ mediante escaleras de mano con zapatas antideslizantes, prohibiendo trepar por los encofrados. • El edificio quedar·∙ perimetralmente protegido mediante redes. • Los huecos interiores de forjados con peligro de caÌda ( patios, ascensores...), quedar·∙n
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protegidos con barandillas ( con listÛn intermedio y rodapiÈ de 15 cm. ), redes horizontales o plataformas de trabajo regulables. • Los operarios no deber·∙n permanecer debajo de cargas suspendidas. • El ascenso o descenso de cargas se realizar·∙ por medios mec·∙nicos, lentamente, evitando movimientos bruscos que provoquen su caÌda. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Casco de seguridad. • Calzado con puntera reforzada. • Calzado de seguridad con suela aislante y anticlavos. • Botas de goma para el hormigonado y transitar por zonas inundadas. • Protectores auditivos. • Guantes de cuero. • Guantes gruesos aislantes para el vibrado del hormigÛn. • Guantes de goma o PVC. • Ropa de trabajo ajustada, impermeable y reflectante. • CinturÛn de seguridad y puntos de amarre. • Cinturones portaherramientas. • Fajas de protecciÛn dorsolumbar. Encofrado MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • ComprobaciÛn del material de encofrado. • Se acopiar·∙n de forma ordenada, alejados de zonas de circulaciÛn, huecos, terraplenes, sustancias inflamables ( si son de madera )... • El montaje del encofrado se realizar·∙ desde plataformas independientes con sus correspondientes barandillas. • Se utilizar·∙n castilletes independientes para el montaje de encofrados, evitando el apoyo de escaleras sobre ellos. • Prohibida la permanencia o tr·∙nsito por encima de los encofrados, zonas apuntaladas o con peligro de caÌda de objetos. • El operario estar·∙ unido a la viga mediante una cuerda atada a su cinturÛn, en caso de que no existan pasarelas o plataformas para moverse horizontalmente. • Reparto uniforme de las cargas que soporta el puntal en la base del mismo. • Los encofrados met·∙licos se conectar·∙n a tierra ante la posibilidad de contactos elÈctricos. Ferrallado MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • El acopio de armaduras se realizar·∙ en horizontal sobre durmientes con alturas inferiores a 1,5 m.. • Queda prohibido el transporte vertical de armaduras; Estas quedar·∙n sujetas de 2 puntos mediante eslingas. • No se montar·∙ el zuncho perimetral de un forjado sin previa colocaciÛn de la red. • El montaje se realizar·∙ desde plataformas independientes con sus correspondientes barandillas, evitando pisar las armaduras de negativos o mallazos de reparto. • Los mosquetones dispondr·∙n de puntos fijos de amarre.
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• Los desperdicios met·∙licos se transportar·∙n a vertedero, una vez concluidos los trabajos de ferrallado. • Prohibido trabajar en caso de tormenta. Hormigonado MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • Se colocar·∙n topes que impidan el acercamiento excesivo de los vehÌculos encargados del vertido del hormigÛn, a 2 metros del borde superior del talud. • Las hormigoneras estar·∙n ubicadas en las zonas seÒaladas en el proyecto de seguridad; Previamente, se revisar·∙n los taludes. • Las hormigoneras dispondr·∙n de un interruptor diferencial y toma de tierra. Se desconectar·∙n de la red elÈctrica para proceder a su limpieza. • El transporte de las bovedillas se realizar·∙ de forma paletizada y sujetas. • ComprobaciÛn de encofrados para evitar derrames, reventones... • No golpear las castilletas, encofrados... • Evitar que el vibrador toque las paredes del encofrado durante la operaciÛn de vibrado. • No pisar directamente sobre las bovedillas. • Se colocar·∙n pasarelas de 60 cm. de ancho y que abarquen el ancho de 3 viguetas de largo, para desplazamientos de los operarios. • El vertido del hormigÛn se realizar·∙ por tongadas uniformes, con suavidad, evitando los golpes bruscos sobre el encofrado. • Evitar contactos directos con el hormigÛn. Desencofrado MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • El desencofrado de la estructura se realizar·∙ una vez transcurridos los dÌas necesarios. • Comprobar que ning˙n operario permanezca o circule bajo la zona de desencofrado. • Los elementos verticales se desencofrar·∙n de arriba hacia abajo. • Controlar el desprendimiento de materiales mediante cuerdas y redes. • Barrido de la planta despuÈs de terminar los trabajos de desencofrado. 5.5. Instalaciones RIESGOS: • CaÌdas a mismo nivel de personas u objetos. • CaÌdas a distinto nivel de personas u objetos. • IntoxicaciÛn por vapores procedentes de la soldadura. • Cortes, golpes y pinchazos con herramientas o materiales. • Atrapamientos y aplastamientos. • Sobreesfuerzos. • Pisadas sobre materiales punzantes. • ProyecciÛn de partÌculas en los ojos. • ExposiciÛn a ruido y vibraciones • Contactos elÈctricos. • Incendios y explosiones. • Inundaciones o filtraciones de agua.
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• En trabajos de soldadura, quemaduras y lesiones oculares por proyecciones de metal, quemaduras con la llama del soplete. • Cef·∙leas y conjuntivitis agudas a causa de las radiaciones de la soldadura. MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • En los trabajos de soldadura se atendr·∙ a lo dispuesto en el apartado correspondiente de este mismo documento. • Se utilizar·∙n l·∙mparas port·∙tiles con portal·∙mparas estanco con mango aislante, rejilla protectora de la bombilla con gancho de cuelgue, manguera antihumedad y clavija de conexiÛn normalizada estanca de seguridad y alimentado a 24 voltios. • Durante la ejecuciÛn de esta fase los RECURSOS PREVENTIVOS tendr·∙n presencia permanente en obra ya que concurren alguno de los supuestos por los que el Real Decreto 604/2006 exige su presencia. • La zona de actuaciÛn deber·∙ permanecer ordenada, libre de obst·∙culos y limpia de residuos. • El material de la instalaciÛn se acopiar·∙ en los lugares seÒalados en los planos. • Las herramientas elÈctricas cumplir·∙n con las especificaciones contempladas en este documento dentro del apartado de herramientas elÈctricas. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Guantes aislantes. • Ropa de trabajo adecuada. • Fajas antilumbago. • CinturÛn de seguridad anticaÌda. • Casco de seguridad. Electricidad MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • La instalaciÛn elÈctrica ser·∙ realizada por tÈcnicos especialistas, haciendo uso del REBT. • Cortar el suministro de energÌa por el interruptor principal, que se colocar·∙ en un lugar visible y conocido por los operarios, ante cualquier operaciÛn que se realice en la red. • La conexiÛn del cuadro general con la lÌnea suministradora ser·∙ el ˙ltimo cableado de la instalaciÛn. • Inspeccionar las conexiones de mecanismos, protecciones y empalmes de los cuadros generales elÈctricos, antes de la entrada en carga de la instalaciÛn. • Se utilizar·∙n clavijas macho-‐hembra para el conexionado de los cables al cuadro de suministro. • Se colocar·∙n planos de distribuciÛn sobre los cuadros elÈctricos. • Las plataformas y herramientas estar·∙n protegidas con material aislante. • ProtecciÛn adecuada de los huecos, antes de la instalaciÛn de andamios de borriquetas o escaleras de mano, para la realizaciÛn del cableado y conexiÛn de la instalaciÛn elÈctrica. • IluminaciÛn mÌnima de 200 lux en la zona de trabajo. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Calzado con suela aislante ante contactos elÈctricos. • Guantes aislantes. • Comprobadores de temperatura.
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6. Medios Auxiliares 6.1. Andamios RIESGOS: • CaÌda de personas u objetos a distinto nivel. • CaÌdas o atrapamientos por desplome o derrumbamiento del andamio. • Golpes, cortes o choques con herramientas u objetos. • Atrapamiento de pies y dedos. • Contactos elÈctricos. • Sobreesfuerzos. MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • Durante el montaje, desmontaje y uso de este medio auxiliar los RECURSOS PREVENTIVOS tendr·∙n presencia permanente en obra ya que concurren alguno de los supuestos por los que el Real Decreto 604/2006 exige su presencia. • Todo andamio deber·∙ cumplir las condiciones generales respecto a materiales, estabilidad, resistencia, seguridad en el trabajo y seguridad general, y las particulares referentes a la clase a la que el andamio corresponda, especificadas en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, modificado por el Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por lo que respecta a su utilizaciÛn y a lo expuesto en el Convenio General del Sector de la ConstrucciÛn. • Los andamios se montar·∙n y desmontar·∙n, siguiendo las instrucciones del fabricante. • Los andamios y sus alrededores deber·∙n permanecer ordenados, libres de obst·∙culos y limpios de residuos. • Los andamios deber·∙n proyectarse, montarse y mantenerse, de manera que se evite el desplome o el desplazamiento. • Las plataformas de trabajo, las pasarelas y las escaleras de andamios deber·∙n construirse, dimensionarse, protegerse y utilizarse de forma que se evite que las personas caigan o estÈn expuestas a caÌdas de objetos y se ajusten al n˙mero de trabajadores que vayan a utilizarlos. • Los apoyos del andamio dispondr·∙n de medidas contra el deslizamiento, y la superficie portante tendr·∙ capacidad para garantizar la estabilidad del andamio. • Las dimensiones, forma y disposiciÛn de las plataformas de un andamio ser·∙n apropiadas al trabajo, cargas y permitir·∙ la circulaciÛn con seguridad. • Los elementos que formen las plataformas no se desplazar·∙n. No existir·∙n vacÌos en las plataformas ni entre estas y los dispositivos verticales de protecciÛn colectiva contra caÌdas. • Cuando un andamio no este listo para su utilizaciÛn, contar·∙ con seÒales de advertencia de peligro ( Real Decreto 485/1997) y se delimitar·∙ mediante elementos que impidan el acceso. • El andamio contar·∙ con una nota de c·∙lculo de resistencia y estabilidad y un plan de montaje, de utilizaciÛn y de desmontaje del andamio, en los casos en que se establece en el R.D. 2177/2004. Los andamios tubulares que no hayan obtenido una certificaciÛn del producto por una entidad reconocida de normalizaciÛn, sÛlo podr·∙n utilizarse para aquellos supuestos en los que el Real Decreto 2177/2004, en su Anexo II apartado 4.3, no exige plan de montaje, esto es para alturas no superiores a 6 metros y que adem·∙s no
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superen los 8 metros de distancia entre apoyos, y siempre que no estÈn situados sobre azoteas, c˙pulas, tejados o balconadas a m·∙s de 24 metros desde el nivel del suelo. • No ser·∙ obligatorio el plan cuando los andamios dispongan del marcado "CE", se seguir·∙n las instrucciones del fabricante • Los andamios sÛlo podr·∙n ser montados, desmontados o modificados sustancialmente bajo la direcciÛn de una persona cualificada seg˙n el R.D. 2177/2004. • Los andamios deber·∙n ser inspeccionados por persona cualificada, antes de su puesta en servicio, periÛdicamente y tras cualquier modificaciÛn, perÌodo de no utilizaciÛn, exposiciÛn a la intemperie, sacudidas sÌsmicas, o circunstancias que hubiera podido afectar su resistencia o estabilidad. • Cuando el acceso al andamio o la ejecuciÛn de una tarea particular exija la retirada temporal de un dispositivo de protecciÛn colectiva contra caÌdas, deber·∙n preverse medidas compensatorias y eficaces de seguridad, que contar·∙n con la aprobaciÛn previa del coordinador de seguridad. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Casco de seguridad. • Calzado con suela antideslizante. • Calzado con puntera reforzada. • Calzado con suela aislante ante contactos elÈctricos. • Calzado de seguridad con suela aislante y anticlavos. • Guantes dielÈctricos. • Guantes de cuero u otros resistentes a la abrasiÛn, desgarros, cortes... • CinturÛn portaherramientas. • CinturÛn de seguridad, tipo arnÈs, con dispositivo anticaÌda. • Faja de protecciÛn dorsolumbar. • Ropa de trabajo adecuada. 7. AutoprotecciÛn y emergencia De acuerdo con las obligaciones establecidas en la Ley 31/1995 de PrevenciÛn de Riesgos Laborales el contratista deber·∙ adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuaciÛn de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en pr·∙ctica estas medidas y comprobando periÛdicamente su correcto funcionamiento. El citado personal deber·∙ poseer la formaciÛn necesaria, ser suficiente en n˙mero y disponer del material adecuado. Primeros auxilios En lugar visible de la obra se dispondr·∙ el cartel con los telÈfonos de urgencias. El centro sanitario m·∙s prÛximo a la obra al que se evacuar·∙n los heridos es: Sustituya por el NOMBRE DEL CENTRO DE SALUD • La evacuaciÛn de heridos a los centros sanitarios se realizar·∙ exclusivamente en ambulancia y ser·∙ llevado a cabo por personal especializado. Tan sÛlo heridos leves podr·∙n trasladarse por otros medios siempre que asÌ lo disponga el responsable de emergencias de la obra. • La obra dispondr·∙ de un botiquÌn port·∙til debidamente equipado para la realizaciÛn de los primeros auxilios que contenga como mÌnimo desinfectantes y antisÈpticos autorizados, gasas estÈriles, algodÛn hidrÛfilo, venda, esparadrapo, apÛsitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables. • El material de primeros auxilios se revisar·∙ periÛdicamente por el responsable de emergencias y se ir·∙ reponiendo tan pronto como caduque o sea utilizado.
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8. Maquinaria En este punto se detalla memoria descriptiva de la maquinaria prevista durante la ejecuciÛn de la obra, seÒalando para cada una de ellas los riesgos no eliminables totalmente y las medidas preventivas y protecciones tÈcnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos. • Dispondr·∙n de ´marcado CEª y manual de instrucciones. Aquella maquinaria que por su fecha de comercializaciÛn o de puesta en servicio por primera vez no les sea de aplicaciÛn el marcado CE, deber·∙n someterse a la puesta en conformidad de acuerdo con lo establecido en el R.D. 1215/1997. • La maquinaria puesta en servicio al amparo de lo dispuesto en el R.D.1644/2008 que establece las normas para la comercializaciÛn y puesta en servicio de las m·∙quinas cumplir·∙ con los requisitos de seguridad establecidos en su anexo I. 8.1. Empuje y Carga RIESGOS: • CaÌda de personas a distinto nivel al ascender o descender de la m·∙quina. • Vuelcos, deslizamientos... de la maquinaria. • Atrapamientos de personas por desplome de taludes o vuelco de maquinaria por pendiente excesiva. • Choques contra objetos u otras m·∙quinas. • Atropellos de personas con la maquinaria. • ProyecciÛn de tierra y piedras. • Polvo, ruido y vibraciones. • Contactos con infraestructura urbana: red de saneamiento, suministro de agua, conductos de gas o electricidad. • Quemaduras. MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • Mientras trabajen en obra maquinaria de empuje y carga los RECURSOS PREVENTIVOS tendr·∙n presencia permanente en obra ya que concurren alguno de los supuestos por los que el Real Decreto 604/2006 exige su presencia. • El personal que utilice la maquinaria dispondr·∙ de la formaciÛn adecuada. • La zona de actuaciÛn deber·∙ permanecer ordenada, libre de obst·∙culos, limpia de residuos y suficientemente iluminad y no se permitir·∙ el paso de peatones u operarios. • Se trazar·∙n y seÒalizar·∙n los caminos de paso de la maquinaria que permanecer·∙n en correctas condiciones, evitando la formaciÛn de baches, blandones y zonas de barro excesivo. • El ascenso y descenso del operador a la m·∙quina se realizar·∙ en posiciÛn frontal, haciendo uso de los peldaÒos y asideros, evitando saltar al suelo, y con el motor apagado. • La cabina deber·∙ permanecer limpia de trapos sucios y combustible. • Los terrenos secos ser·∙n regados para disminuir la concentraciÛn de polvo originado por la maquinaria. • Se colocar·∙n "topes de final de recorrido" a 2 m. de los bordes de excavaciÛn, para evitar una aproximaciÛn excesiva a los mismos. • No se acopiar·∙n pilas de tierra a distancias inferiores a 2 m. del borde de la excavaciÛn. • Se colocar·∙n tacos de inmovilizaciÛn en las ruedas, antes de soltar los frenos cuando la m·∙quina se encuentre en posiciÛn de parada. • Se circular·∙ a una velocidad m·∙xima de 20 Km/h dentro del recinto de la obra. • Se cuidar·∙ especialmente de no sobrepasar la carga m·∙xima indicada por el fabricante.
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• Se impedir·∙ la entrada de gases en la cabina del conductor, mediante la inspecciÛn periÛdica de los puntos de escape del motor. • Se mantendr·∙ una distancia superior a 3 m. de lÌneas elÈctricas inferiores a 66.000 V. y a 5 m. de lÌneas superiores a 66.000 V. • Las operaciones de mantenimiento se realizar·∙n con el motor apagado. • El cambio de aceite se realizar·∙ en frÌo. • En maquinaria de neum·∙ticos, la presiÛn de estos ser·∙ la indicada por el fabricante y se revisar·∙ semanalmente. • No se abrir·∙ la tapa del radiador cuando se produzca un calentamiento excesivos del motor, ya que los vapores provocarÌan quemaduras graves. • Apagar el motor y sacar la llave para realizar operaciones en el sistema elÈctrico. • Se utilizar·∙n guantes de goma o PVC para la manipulaciÛn del electrolito de la baterÌa. • Se utilizar·∙n guantes y gafas antiproyecciÛn para la manipulaciÛn del lÌquido anticorrosiÛn. • Se comprobar·∙ el funcionamiento de los frenos si se ha trabajado en terrenos inundados. • Se realizar·∙ comprobaciÛn diaria del funcionamiento del motor, frenos, niveles de aceite, luces y dispositivos ac˙sticos. • No se trabajar·∙ con vientos fuertes o condiciones climatolÛgicas adversas. • Dispondr·∙n de cabinas de seguridad antivuelco (ROPS) y antiimpacto (FOPS). • Antes de empezar a trabajar: Ajustar el asiento, comprobaciÛn del funcionamiento de los mandos y puesta en marcha de los apoyos hidr·∙ulicos de inmovilizaciÛn. • Dispondr·∙n de botiquÌn de primeros auxilios y extintor timbrado revisado al dÌa. • Tendr·∙n luces, bocina de retroceso y de limitador de velocidad. • No se trabajar·∙ sobre terrenos con inclinaciÛn superior al 50 %. • El valor de exposiciÛn diaria normalizado a vibraciones mec·∙nicas de cuerpo entero para un perÌodo de referencia de ocho horas para operadores de maquinaria pesada no superar·∙ 0,5 m/s2, siendo el valor lÌmite de 1,15 m/s2. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Calzado de seguridad adecuados para la conducciÛn. • Calzado con suela aislante. • Guantes aislantes de vibraciones. • Guantes de cuero. • Guantes de goma o PVC. • Ropa de trabajo reflectante. • Protectores auditivos. • Mascarillas antipolvo. • CinturÛn de seguridad del vehÌculo. • CinturÛn abdominal antivibratorio. Retroexcavadora MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • Para realizar las tareas de mantenimiento, se apoyar·∙ la cuchara en el suelo, se parar·∙ el motor, freno de mano y bloqueo de m·∙quina. • Queda prohibido el uso de la cuchara como medio de transporte de personas o gr˙a. • SeÒalizar con cal o yeso la zona de alcance m·∙ximo de la cuchara, para impedir la realizaciÛn de tareas o permanencia dentro de la misma. • Los desplazamientos de la retro se realizar·∙n con la cuchara apoyada sobre la m·∙quina en
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el sentido de la marcha. Excepto el descenso de pendientes, que se realizar·∙ con la cuchara apoyada en la parte trasera de la m·∙quina. • Los cambios de posiciÛn de la cuchara en superficies inclinadas, se realizar·∙n por la zona de mayor altura. • Estar·∙ prohibido realizar trabajos en el interior de zanjas, cuando estas se encuentren dentro del radio de acciÛn de la m·∙quina. 8.2. Transporte RIESGOS: • CaÌda de personas a distinto nivel al ascender o descender de la m·∙quina. • Vuelcos, deslizamientos... de la maquinaria. • Choques contra objetos u otras m·∙quinas. • Atropellos de personas con la maquinaria. • Atrapamientos. • ProyecciÛn de tierra y piedras. • Polvo, ruido y vibraciones. • Contactos con infraestructura urbana: red de saneamiento, suministro de agua, conductos de gas o electricidad. • Quemaduras. MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • El valor de exposiciÛn diaria normalizado a vibraciones mec·∙nicas de cuerpo entero para un perÌodo de referencia de ocho horas para operadores de maquinaria pesada no superar·∙ 0,5 m/s2, siendo el valor lÌmite de 1,15 m/s2. • Mientras trabajen en obra maquinaria de transporte los RECURSOS PREVENTIVOS tendr·∙n presencia permanente en obra ya que concurren alguno de los supuestos por los que el Real Decreto 604/2006 exige su presencia. • Incluso para circulaciÛn por el interior de la obra, los conductores dispondr·∙n del correspondiente permiso y la formaciÛn especÌfica adecuada. • La zona de actuaciÛn deber·∙ permanecer ordenada, libre de obst·∙culos, limpia de residuos y suficientemente iluminada y no se permitir·∙ el paso de peatones u operarios. • Se trazar·∙n y seÒalizar·∙n los caminos de paso de vehÌculos que permanecer·∙n en correctas condiciones, evitando la formaciÛn de baches, blandones y zonas de barro excesivo. • El ascenso y descenso del conductor al vehÌculo se realizar·∙ en posiciÛn frontal, haciendo uso de los peldaÒos y asideros, evitando saltar al suelo, y con el motor apagado. • La cabina deber·∙ permanecer limpia de trapos sucios y combustible. • Los terrenos secos ser·∙n regados para disminuir la concentraciÛn de polvo originado por los vehÌculos • Se circular·∙ a una velocidad m·∙xima de 20 Km/h dentro del recinto de la obra. • Se cuidar·∙ especialmente de no sobrepasar la carga m·∙xima indicada por el fabricante. • Las operaciones de mantenimiento se realizar·∙n con el motor apagado. • El cambio de aceite se realizar·∙ en frÌo. • Los neum·∙ticos tendr·∙n la presiÛn indicada por el fabricante y se revisar·∙ semanalmente. • No se abrir·∙ la tapa del radiador cuando se produzca un calentamiento excesivo del motor, ya que los vapores provocarÌan quemaduras graves. • Se comprobar·∙ el funcionamiento de los frenos si se ha trabajado en terrenos inundados. • Se realizar·∙ comprobaciÛn diaria del funcionamiento del motor, frenos, niveles de aceite, luces y dispositivos ac˙sticos. • Dispondr·∙n de botiquÌn de primeros auxilios y extintor timbrado y revisado.
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• Los vehÌculos dispondr·∙n de bocina de retroceso. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • CinturÛn abdominal antivibratorio. • Casco de seguridad. • Calzado de seguridad adecuados para la conducciÛn. • Botas impermeables. • Botas de goma o PVC. • Guantes aislantes de vibraciones. • Guantes de cuero. • Guantes de goma o PVC. • Ropa de trabajo reflectante. • Ropa de trabajo impermeable. • Gafas de protecciÛn. • Protectores auditivos. CamiÛn Transporte MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • Las maniobras del camiÛn ser·∙n dirigidas por un seÒalista de tr·∙fico. • Las cargas se repartir·∙n uniformemente en la caja; En caso de materiales sueltos, ser·∙n cubiertos mediante una lona y formar·∙n una pendiente m·∙xima del 5 %. • Prohibido el transporte de personas fuera de la cabina. • Se colocar·∙ el freno en posiciÛn de frenado y calzos de inmovilizaciÛn debajo de las ruedas en caso de estar situado en pendientes antes de proceder a las operaciones de carga y descarga. • Para la realizaciÛn de la carga y descarga, el conductor permanecer·∙ fuera de la cabina. • La carga y descarga se realizar·∙ evitando operaciones bruscas, que provoquen la pÈrdida de estabilidad de la carga. • Se utilizar·∙n escaleras met·∙licas con ganchos de inmovilizaciÛn y seguridad para ascender o descender a la caja. Evitando subir trepando sobre la caja o bajar saltando directamente al suelo. 8.3. Silos y Tolvas Tolvas RIESGOS: • Atropellos o golpes a personas. • Choques contra objetos u otras m·∙quinas. • Atrapamiento del conductor en el interior. • CaÌda de la carga por vuelco de la carretilla MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • Si la carretilla est·∙ cargada, el descenso sobre superficies inclinadas se realizar·∙ marcha atr·∙s, para evitar el vuelco del vehÌculo. • Mientras estÈ en funcionamiento la carretilla elevadora, los RECURSOS PREVENTIVOS
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tendr·∙n presencia permanente en obra ya que concurren alguno de los supuestos por los que el Real Decreto 604/2006 exige su presencia. • La conducciÛn de las carretillas se realizar·∙ por personas cualificadas y autorizadas. • Las carretillas estar·∙n dotadas de pÛrticos de seguridad o cabinas antivuelco. • La carga m·∙xima admisible estar·∙ anunciada en un letrero en la carretilla. • Tendr·∙n luces de marcha adelante y atr·∙s y dispositivo ac˙stico y luminoso de marcha atr·∙s. • Antes de empezar a trabajar, comprobar que el freno de mano se encuentre en posiciÛn de frenado y la presiÛn de los neum·∙ticos sea la indicada por el fabricante. • El desplazamiento de la carretilla se realizar·∙ siempre con la horquilla en posiciÛn baja. • Prohibido el estacionamiento de la carretilla con la carga en posiciÛn alta. • La carga transportada no ser·∙ superior a la carga m·∙xima indicada en el mismo y no tendr·∙ un volumen excesivo que dificulte la visibilidad frontal del conductor.No sobresaldr·∙ de los laterales. • Prohibido el transporte de personas en la carretilla. • Se circular·∙ a una velocidad m·∙xima de 20 Km/h. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Casco de seguridad. • Hacer uso del cinturÛn de seguridad de la carretilla elevadora 8.4. Hormigonera RIESGOS: • Afecciones cut·∙neas.Incendios y explosiones.ProyecciÛn de sustancias en los ojos.Quemaduras.IntoxicaciÛn por ingesta.IntoxicaciÛn por inhalaciÛn de vapores. • Afecciones cut·∙neas. • Incendios y explosiones. • ProyecciÛn de sustancias en los ojos. • Quemaduras. • IntoxicaciÛn por ingesta. • IntoxicaciÛn por inhalaciÛn de vapores. MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • Los sustancias catalogadas como peligrosas, bien sean residuos o acopios de material de construcciÛn, deber·∙n almacenarse en un sitio especial que evite que se mezclen entre sÌ o con otras sustancias no peligrosas manteniendo la distancia de seguridad entre sustancias que sean sinÈrgicas entre sÌ o incompatibles. AsÌ mismo, se dispondr·∙n alejadas de tr·∙nsito de personas o maquinaria, convenientemente seÒalizadas y en zonas de acceso restringido.Las casetas que almacenen sustancias peligrosas dispondr·∙n ventilaciÛn e iluminaciÛn adecuadas, estar·∙n cubiertas, cerradas con llave y se mantendr·∙n ordenadas. En caso de almacenar sustancias que puedan emitir vapores inflamables, dispondr·∙n de luminaria antideflagrante.Las sustancias sensibles a las temperaturas, como las inflamables, se mantendr·∙n en sitio aislado tÈrmicamente y protegido de fuentes de calor o frÌo.Los lugares de almacenaje de sustancias lÌquidas peligrosas carecer·∙n de sumideros por los que puedan evacuarse eventuales fugas o derrames.Las sustancias peligrosas se almacenar·∙n en envases adecuados, siempre cerrados y bien etiquetados con referencia expresa a: identificaciÛn de producto, composiciÛn, datos responsable comercializaciÛn, pictograma que indique peligrosidad, frases R que describen los riesgos del producto, frases S que aconsejan como manipular
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el producto e informaciÛn toxicolÛgica. El almacenaje se realizar·∙ lo m·∙s prÛximo al suelo posible para evitar caÌdas, se mantendr·∙n con un stock mÌnimo y si fuera necesario contar·∙n con cubeta de retenciÛn.En los puntos de almacenaje de sustancias peligrosas se dispondr·∙ de arena u otro absorbente para caso de derrame.En los puntos de almacenaje de sustancias peligrosas se dispondr·∙ de extintor quÌmico y de CO2.Los trabajadores que manipulen sustancias peligrosas contar·∙n con la necesaria formaciÛn e informaciÛn. • Los sustancias catalogadas como peligrosas, bien sean residuos o acopios de material de construcciÛn, deber·∙n almacenarse en un sitio especial que evite que se mezclen entre sÌ o con otras sustancias no peligrosas manteniendo la distancia de seguridad entre sustancias que sean sinÈrgicas entre sÌ o incompatibles. AsÌ mismo, se dispondr·∙n alejadas de tr·∙nsito de personas o maquinaria, convenientemente seÒalizadas y en zonas de acceso restringido. • Las casetas que almacenen sustancias peligrosas dispondr·∙n ventilaciÛn e iluminaciÛn adecuadas, estar·∙n cubiertas, cerradas con llave y se mantendr·∙n ordenadas. En caso de almacenar sustancias que puedan emitir vapores inflamables, dispondr·∙n de luminaria antideflagrante. • Las sustancias sensibles a las temperaturas, como las inflamables, se mantendr·∙n en sitio aislado tÈrmicamente y protegido de fuentes de calor o frÌo. • Los lugares de almacenaje de sustancias lÌquidas peligrosas carecer·∙n de sumideros por los que puedan evacuarse eventuales fugas o derrames. • Las sustancias peligrosas se almacenar·∙n en envases adecuados, siempre cerrados y bien etiquetados con referencia expresa a: identificaciÛn de producto, composiciÛn, datos responsable comercializaciÛn, pictograma que indique peligrosidad, frases R que describen los riesgos del producto, frases S que aconsejan como manipular el producto e informaciÛn toxicolÛgica. El almacenaje se realizar·∙ lo m·∙s prÛximo al suelo posible para evitar caÌdas, se mantendr·∙n con un stock mÌnimo y si fuera necesario contar·∙n con cubeta de retenciÛn. • En los puntos de almacenaje de sustancias peligrosas se dispondr·∙ de arena u otro absorbente para caso de derrame. • En los puntos de almacenaje de sustancias peligrosas se dispondr·∙ de extintor quÌmico y de CO2. • Los trabajadores que manipulen sustancias peligrosas contar·∙n con la necesaria formaciÛn e informaciÛn. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Casco de seguridad.Calzado con suela antideslizante.Calzado con puntera reforzada.Botas de goma o PVC.Guantes de goma o PVC.Ropa de trabajo adecuada.Gafas de seguridad.Mascarilla de filtro recambiable. • Casco de seguridad. • Calzado con suela antideslizante. • Calzado con puntera reforzada. • Botas de goma o PVC. • Guantes de goma o PVC. • Ropa de trabajo adecuada. • Gafas de seguridad. • Mascarilla de filtro recambiable. 8.5. Vibrador RIESGOS:
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• CaÌda de personas a distinto nivel durante las operaciones de vibrado o circulaciÛn. • CaÌda de objetos a distinto nivel. • ProyecciÛn de partÌculas en ojos o cara del operario. • Golpes, cortes o choques. • Ruido y vibraciones. • Sobreesfuerzos. • Contactos elÈctricos. MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • En los casos en se superen los valores de exposiciÛn al ruido indicados en el artÌculo 5.1 del Real Decreto 286/2006 de protecciÛn de los trabajadores frente al ruido, se establecer·∙n las acciones correctivas oportunas como el empleo de protectores auditivos. • El vibrado del hormigÛn se realizar·∙ desde plataformas de trabajo seguras. En ning˙n momento el operario permanecer·∙ sobre el encofrado. • La alimentaciÛn elÈctrica de la herramienta permanecer·∙ siempre aislada. • Prohibido el abandono del vibrador en funcionamiento o desplazarlo tirando de los cables. • El valor de exposiciÛn diaria normalizado a vibraciones mec·∙nicas al sistema manobrazo para un perÌodo de referencia de ocho horas para operadores de vibradores no superar·∙ 2,5 m/s2, siendo el valor lÌmite de 5 m/s2. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Casco de seguridad. • Calzado de seguridad antideslizante. • Calzado con puntera reforzada. • Calzado de seguridad con suela aislante y anticlavos. • Botas de goma o PVC. • Guantes de cuero u otros resistentes a la abrasiÛn, desgarros, cortes... • Guantes de goma o PVC. • Gafas de seguridad antiimpactos. • Protectores auditivos. • Ropa de trabajo adecuada. 8.6. Sierra Circular de Mesa MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • Durante la utilizaciÛn de la sierra circular en obra, los RECURSOS PREVENTIVOS tendr·∙n presencia permanente en obra ya que concurren alguno de los supuestos por los que el Real Decreto 604/2006 exige su presencia. • La sierra circular de mesa se ubicar·∙ en un lugar apropiado, sobre superficies firmes, secas y a una distancia mÌnima de 3 m. a bordes de forjado. • La zona de actuaciÛn deber·∙ permanecer ordenada, libre de obst·∙culos y limpia de residuos. • Por la parte inferior de la mesa la sierra estar·∙ totalmente protegida de manera que no se pueda acceder al disco. • Por la parte superior se instalar·∙ una protecciÛn que impida acceder a la sierra excepto por donde se introduce la madera, el resto ser·∙ una carcasa met·∙lica que proteger·∙ del acceso al disco y de la proyecciÛn de partÌculas. • Es necesario utilizar empujador para guiar la madera, de manera que la mano no pueda
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pasar cerca de la sierra en ning˙n momento. • La m·∙quina contar·∙ con un cuchillo divisor en la parte trasera del disco y lo m·∙s prÛxima a ella para evitar que la pieza salga despedida. • El disco de sierra ha de estar en perfectas condiciones de afilado y de planeidad. • La sierra contar·∙ con un dispositivo que en el caso de faltar el fluido elÈctrico mientras se utiliza, la sierra no entre en funcionamiento al retornar la corriente. • La instalaciÛn elÈctrica de la m·∙quina estar·∙ siempre en perfecto estado para lo que se comprobar·∙ periÛdicamente el cableado, las clavijas, la toma de tierra... • El personal que utilice la sierra estar·∙ aleccionado en su manejo y conocer·∙ todas las medidas preventivas y EPIs necesarias. • Las piezas aserradas no tendr·∙n clavos no otros elementos met·∙licos. • El operario se colocar·∙ a sotavento del disco, evitando la inhalaciÛn de polvo. • En los casos en se superen los valores de exposiciÛn al ruido indicados en el artÌculo 5.1 del Real Decreto 286/2006 de protecciÛn de los trabajadores frente al ruido, se establecer·∙n las acciones correctivas oportunas como el empleo de protectores auditivos. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Casco de seguridad. • Gafas antiimpactos. • Protectores auditivos. • Empujadores. • Guantes de cuero. • Ropa de trabajo ajustada. • Mascarilla de filtro mec·∙nico recambiable. 8.7. Herramientas Manuales Ligeras RIESGOS: • CaÌda de objetos a distinto nivel. • Golpes, cortes y atrapamientos. • ProyecciÛn de partÌculas • Ruido y polvo. • Vibraciones. • Sobreesfuerzos. • Contactos elÈctricos. • Quemaduras. MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS: • La zona de actuaciÛn deber·∙ permanecer ordenada, libre de obst·∙culos y limpia de residuos. • La alimentaciÛn de las herramientas que no dispongan de doble aislamiento y se ubiquen en ambientes h˙medos, se realizar·∙ conect·∙ndola a transformadores a 24 v.. • Las herramientas se transportar·∙n en el interior de una batea colgada del gancho de la gr˙a. • El uso de las herramientas estar·∙ restringido solo a personas autorizadas. • Se emplear·∙n herramientas adecuadas para cada trabajo. • No retirar las protecciones de las partes mÛviles de la herramienta diseÒadas por el fabricante. • Prohibido dejarlas abandonadas por el suelo.
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• Evitar el uso de cadenas, pulseras o similares para trabajar con herramientas. • Cuando se averÌe la herramienta, se colocar·∙ la seÒal “ No conectar, m·∙quina averiada “ y ser·∙ retirada por la misma persona que la instalÛ. • Las herramientas elÈctricas dispondr·∙n de doble aislamiento o estar·∙n conectadas a tierra. • Las transmisiones se proteger·∙n con un bastidor soporte de un cerramiento con malla met·∙lica. • En las herramientas de corte se proteger·∙ el disco con una carcasa antiproyecciÛn. • Las conexiones elÈctricas a travÈs de clemas se proteger·∙n con carcasas anticontactos elÈctricos. • Las herramientas se mantendr·∙n en buenas condiciones • Mangos sin grietas, limpios de residuos y aislantes para los trabajos elÈctricos. • Dispondr·∙n de toma de tierra, excepto las herramientas port·∙tiles con doble aislamiento. • Las clavijas y los cables elÈctricos estar·∙n en perfecto estado y ser·∙n adecuados. • La instalaciÛn dispondr·∙ de interruptor diferencial de 0,03 A. de sensibilidad. • Las herramientas elÈctricas no se podr·∙n usar con manos o pies mojados. • Estar·∙n apagadas mientras no se estÈn utilizando. • En los casos en se superen los valores de exposiciÛn al ruido indicados en el artÌculo 5.1 del Real Decreto 286/2006 de protecciÛn de los trabajadores frente al ruido, se establecer·∙n las acciones correctivas oportunas como el empleo de protectores auditivos. EQUIPOS de PROTECCI”N INDIVIDUAL: • Casco de seguridad. • Calzado con suela antideslizante. • Calzado de seguridad con suela aislante y anticlavos. • Guantes de cuero u otros resistentes a la abrasiÛn, desgarros, cortes... • Guantes dielÈctricos. • Ropa de trabajo ajustada, especialmente en puÒos y bastas. • Faja de protecciÛn dorsolumbar. • Gafas de protecciÛn del polvo. • Gafas de seguridad antiimpactos. • Mascarilla de filtro mec·∙nico recambiable. • Protectores auditivos. • CinturÛn portaherramientas. 9. Control de Accesos a la Obra El contratista principal pondr·∙ en pr·∙ctica un procedimiento de control de accesos tanto de vehÌculos como de personas a la obra de manera que quede garantizado que sÛlo personas autorizadas puedan acceder a la misma. Ser·∙ en el Plan de Seguridad y Salud donde se materialice la forma en que el mismo se llevar·∙ a cabo y ser·∙ el coordinador en la aprobaciÛn preceptiva de dicho plan quien valide el control diseÒado. Desde este documento se establecen los principios b·∙sicos de control entre los que se contemplan las siguientes medidas: • El contratista designar·∙ a una persona del nivel de mando para responsabilizarse del correcto funcionamiento del procedimiento de control de accesos. Se informar·∙ al coordinador de seguridad y salud del nombramiento antes del comienzo de la obra y en el caso de sustituciÛn. Si se produjera una ausencia puntual del mismo en la obra, se designar·∙ sustituto competente de manera que en ning˙n momento quede desatendido este control. • El vallado perimetral de la obra garantizar·∙ que el acceso tanto de vehÌculos como peatonal a la obra queda restringido a los puntos controlados de acceso.
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• Cuando por motivos derivados de los propios trabajos de la obra sea preciso retirar parte de los vallados de acceso a la obra dejando expedito el mismo por puntos no controlados, ser·∙ necesario que se disponga personal de control en dichos lugares. • En los accesos a la obra se situar·∙n carteles seÒalizadores, conforme al Real Decreto 485/1997 seÒalizaciÛn de lugares de trabajo, que informen sobre la prohibiciÛn de acceso de personas no autorizadas y de las condiciones establecidas para la obra para la obtenciÛn de autorizaciÛn. • Durante las horas en las que en la obra no han de permanecer trabajadores, la obra quedar·∙ totalmente cerrada, bloqueando los accesos habitualmente operativos en horario de trabajo. • El contratista garantizar·∙, documentalmente si fuera preciso, que todo el personal que accede a la obra se encuentra al tanto en sus obligaciones con la administraciÛn social y sanitaria y dispone de la formaciÛn apropiada derivada de la Ley de PrevenciÛn de Riesgos, Convenio de aplicaciÛn y resto de normativa del sector.
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6. CONTROL DE CALIDAD
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ÍNDICE INTRODUCCIÓN NORMATIVA DE APLICACIÓN PARA EL CONTROL DE CALIDAD CONDICIONES GENERALES PARA EL CONTROL DE CALIDAD CONDICIONES DE RECEPCIÓN DE PRODUCTOS ENSAYOS, ANÁLISIS Y PRUEBAS A REALIZAR VALORACIÓN ECONÓMICA LISTADO DE DOCUMENTACIÓN
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Proyecto PROYECTO DE URBANIZACION. Autor del proyecto JAVIER IDIRIN HURTADO ENEKO AIALA GOMEZ DE SEGURA Promotor -‐ Autor del Plan de Control de Calidad JAVIER IDIRIN HURTADO ENEKO AIALA GOMEZ DE SEGURA Presupuesto de ejecución material 85.705,05 € INTRODUCCIÓN El Plan de Control se ha llevado a cabo de acuerdo a lo establecido en Código Técnico de la Edificación CTE y en el Decreto 238/1996 de 22 de Octubre del Gobierno Vasco, por el que se regula el Control de calidad en la construcción. Su objeto es garantizar la verificación y el cumplimiento de la normativa vigente, creando el mecanismo necesario para realizar el Control de Calidad que avale la idoneidad técnica de los materiales, unidades de obra e instalaciones empleadas en la ejecución y su correcta puesta en obra, conforme a los documentos del proyecto. Para ello se ha extraído de los documentos del proyecto las características y requisitos que deben cumplir los materiales así como los datos necesarios para la elaboración del Plan que consta de los siguientes apartados: -‐ INTRODUCCIÓN -‐ NORMATIVA DE APLICACIÓN PARA EL CONTROL DE CALIDAD -‐ CONDICIONES GENERALES PARA EL CONTROL DE CALIDAD -‐ ENSAYOS, ANALISIS Y PRUEBAS A REALIZAR -‐ VALORACIÓN ECONOMICA Para la realización de los ensayos, análisis y pruebas se contratará, con el conocimiento de la Dirección Facultativa, los servicios de un Laboratorio de Ensayos debidamente acreditado y antes del comienzo de la obra se dará traslado del “Plan de Control de Calidad” a dicho Laboratorio con el fin de coordinar de manera eficaz el control de calidad. Una vez comenzada la obra la Dirección Facultativa elaborará el Libro de Control de Calidad que contendrá los resultados de cada ensayo y la identificación del laboratorio que los ha realizado, así como la documentación derivada de las labores de dicho control. La Dirección Facultativa establecerá y documentará los criterios a seguir en cuanto a la aceptación o no de materiales, unidades de obra o instalaciones, en el caso de resultados discordes con la calidad definida en el Proyecto, y en su caso cualquier cambio con respecto a lo recogido en el Plan de Control. Finalmente para la expedición del “Certificado Final de Obra” se presentará, en su caso, en el Colegio Oficial correspondiente el “Certificado de Control de Calidad” siendo preceptivo para su visado la aportación del “Libro de Control de Calidad”. Este Certificado de Control de Calidad será el documento oficial garante del control realizado.
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NORMATIVA DE APLICACIÓN PARA EL CONTROL DE CALIDAD Se refiere a la normativa aplicable a cada producto, unidad de obra o instalación, según se establezca en cada caso y forme parte de este Proyecto de Ejecución. De acuerdo con el Proyecto de Ejecución la normativa aplicable es la siguiente: -‐ CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN (CTE). -‐Ahorro de energía (HE). -‐Protección frente al ruido (HR). -‐Salubridad (HS). -‐Seguridad contra incendio (SI). -‐Seguridad de utilización (SU). -‐Seguridad estructural (SE) -‐acciones -‐cimientos -‐acero -‐fábricas -‐madera -‐ INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL (EHE-‐08). -‐ NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORESISTENTE (NCSE). -‐ INSTRUCCIÓN PARA LA RECEPCION DE CEMENTOS (RC-‐08). -‐ NORMA BÁSICA DE CONDICIONES ACÚSTICAS EN LOS EDIFICIOS (NBE-‐CA-‐88). -‐ REGLAMENTO TÉCNICO DE DISTRIBUCIÓN Y UTILIACIÓN DE COMBUSTIBLES GASEOSOS Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ICG 01 a 11 (GAS). -‐ REGLAMENTO DE APARATOS A PRESIÓN (RAP). -‐ REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA PLANTAS E INSTALACIONES DE FRÍO INDUSTRIAL (RIF). -‐ REGLAMENTO DE INSTALACONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS (RITE). -‐ REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN (REBT). -‐ DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA 95/16/CE SOBRE ASCENSORES (RAEM). -‐ REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOSN (RIPCI).
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-‐ REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES (RSCIEI). -‐ CLASIFICACIÓN DE PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN Y ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS POR SUS PROPIEDADES DE REACCIÓN Y RESISTENCIA FRENTE AL FUEGO. -‐ REGLAMENTO GENEREAL DE POLICÍA DE ESPECTÁCULOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS (RGPEAR). -‐ PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE CARRETERAS Y PUENTES (PG-‐3/75). -‐ INSTRUCCIÓN SOBRE SECCIONES DE FIRMES EN AUTOVÍAS (ANEXOS) S/ORDEN MINISTERIAL DE 31 DE JULIO DE 1.986. -‐ ORDEN CIRCULAR 299/89T DE 23 DE FEBRERO DE 1989 SOBRE MEZCLAS BITUMINOSAS EN CALIENTE QUE REVISA EL ARTÍCULO 542 DEL PG-‐3/75. (DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS). -‐ NORMAS UNE PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA METODOLOGÍA DE LOS ENSAYOS A REALIZAR SOBRE LOS DIVERSOS MATERIALES. -‐ NORMAS NLT DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. -‐ PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO DE EJECUCION.
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CONDICIONES GENERALES PARA EL CONTROL DE CALIDAD Se recogen en este apartado las exigencias básicas de calidad que deben cumplir los edificios, incluidas sus instalaciones, para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. El CTE establece dichas exigencias básicas para cada uno de los requisitos básicos de “seguridad estructural”, “seguridad en caso de incendio”, “seguridad de utilización”, “higiene, salud y protección del medio ambiente”, “protección contra el ruido” y “ahorro de energía y aislamiento térmico”, establecidos en el artículo 3 de la LOE, y proporciona procedimientos que permiten acreditar su cumplimiento con suficientes garantías técnicas. 1.-‐ Conformidad con el CTE de los productos, equipos y materiales Los productos de construcción que se incorporen con carácter permanente a los edificios, en función de su uso previsto, llevarán el marcado CE, de conformidad con la Directiva 89/106/CEE de productos de construcción, transpuesta por el Real Decreto 1630/1992 de 29 de diciembre, modificado por el Real Decreto 1329/1995 de 28 de julio, y disposiciones de desarrollo, u otras Directivas europeas que les sean de aplicación. Estos productos podrán ostentar marcas, sellos, certificaciones de conformidad u otros distintivos de calidad voluntarios que faciliten el cumplimiento de las exigencias del proyecto. Se considerarán conformes también los productos, equipos y sistemas innovadores que demuestren el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE referentes a los elementos constructivos en los que intervienen, mediante una evaluación técnica favorable de su idoneidad para el uso previsto, concedida por las entidades autorizadas para ello por las Administraciones Públicas competentes. 2.-‐ Condiciones del proyecto Contendrá las características técnicas mínimas que deben reunir los productos, equipos y sistemas que se incorporen a las obras, así como sus condiciones de suministro, recepción y conservación, almacenamiento y manipulación, las garantías de calidad y el control de recepción que deba realizarse incluyendo el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo, y las acciones a adoptar y los criterios de uso, conservación y mantenimiento. Estas especificaciones se pueden hacer por referencia a pliegos generales que sean de aplicación, documentos reconocidos u otros que sean válidas a juicio del proyectista. Características técnicas de cada unidad de obra indicando su proceso de ejecución, normas de aplicación, condiciones previas que han de cumplirse antes de su realización, tolerancias admisibles, condiciones de terminación, conservación y mantenimiento, control de ejecución, ensayos y pruebas, garantías de calidad, criterios de aceptación y rechazo, criterios de medición y valoración de unidades, etc. Finalmente describirá las verificaciones y las pruebas de servicio que, en su caso, deban realizarse para comprobar las prestaciones finales del edificio.
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3.-‐ Condiciones en la ejecución de las obras Durante la construcción de las obras el Director de Obra y el Director de la Ejecución de la Obra realizarán, según sus respectivas competencias, los controles siguientes: a) control de recepción en obra de los productos, equipos y sistemas que se suministren a las obras. b) control de ejecución de la obra c) control de la obra terminada 3.1.-‐ Control de recepción en obra de productos, equipos y sistemas El control de recepción tiene por objeto comprobar que las características técnicas de los productos, equipos y sistemas suministrados satisfacen lo exigido en el proyecto. Este control comprenderá: a) el control de la documentación de los suministros. b) el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad. c) el control mediante ensayos. 3.2.-‐ Control de ejecución de la obra Durante la construcción, el director de la ejecución de la obra controlará la ejecución de cada unidad de obra verificando su replanteo, los materiales que se utilicen, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, así como las verificaciones y demás controles a realizar para comprobar su conformidad con lo indicado en el proyecto, la legislación aplicable, las normas de buena práctica constructiva y las instrucciones de la dirección facultativa. 3.3.-‐ Control de la obra terminada En la obra terminada, bien sobre el edificio en su conjunto, o bien sobre sus diferentes partes y sus instalaciones, parcial o totalmente terminadas, deben realizarse, además de las que puedan establecerse con carácter voluntario, las comprobaciones y pruebas de servicio previstas en el proyecto u ordenadas por la dirección facultativa y las exigidas por la legislación aplicable. 4.-‐ Documentación del control de la obra El control de calidad de las obras realizado incluirá el control de recepción de productos, los controles de la ejecución y de la obra terminada. Para ello: a) El Director de la Ejecución de la Obra recopilará la documentación del control realizado, verificando que es conforme con lo establecido en el proyecto, sus anejos y modificaciones; b) El Constructor recabará de los suministradores de productos y facilitará al Director de Obra y al Director de la Ejecución de la Obra la documentación de los productos anteriormente señalada así como sus instrucciones de uso y mantenimiento, y las garantías correspondientes cuando proceda; y
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c) La documentación de calidad preparada por el Constructor sobre cada una de las unidades de obra podrá servir, si así lo autorizara el Director de la Ejecución de la Obra, como parte del control de calidad de la obra. Una vez finalizada la obra, la documentación del seguimiento del control será depositada por el Director de la Ejecución de la Obra en el Colegio Profesional correspondiente o, en su caso, en la Administración Publica competente, que asegure su tutela y se comprometa a emitir certificaciones de su contenido a quienes acrediten un interés legítimo. 5.-‐ Certificado final de obra En el Certificado Final de obra, el Director de la Ejecución de la Obra certificará haber dirigido la ejecución material de las obras y controlado cuantitativa y cualitativamente la construcción y la calidad de lo edificado de acuerdo con el proyecto, la documentación técnica que lo desarrolla y las normas de la buena construcción. El Director de la Obra certificará que la edificación ha sido realizada bajo su dirección, de conformidad con el proyecto objeto de licencia y la documentación técnica que lo complementa, hallándose dispuesta para su adecuada utilización con arreglo a las instrucciones de uso y mantenimiento. Al certificado final de obra se le unirán como anejos los siguientes documentos: a) Descripción de las modificaciones que, con la conformidad del promotor, se hubiesen introducido durante la obra, haciendo constar su compatibilidad con las condiciones de la licencia; y b) Relación de los controles realizados durante la ejecución de la obra y sus resultados.
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CONDICIONES DE RECEPCIÓN DE PRODUCTOS 1. Condiciones generales de recepción de los productos 1.1. Código Técnico de la Edificación Según se indica en el Código Técnico de la Edificación, en la Parte I, artículo 7.2, el control de recepción en obra de productos, equipos y sistemas, se realizará según lo siguiente: 7.2. Control de recepción en obra de productos, equipos y sistemas. 1. El control de recepción tiene por objeto comprobar que las características técnicas de los productos, equipos y sistemas suministrados satisfacen lo exigido en el proyecto. Este control comprenderá: a) el control de la documentación de los suministros, realizado de acuerdo con el artículo 7.2.1; b) el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad, según el artículo 7.2.2; y c) el control mediante ensayos, conforme al artículo 7.2.3. 7.2.1. Control de la documentación de los suministros. 1. Los suministradores entregarán al constructor, quien los facilitará a la dirección facultativa, los documentos de identificación del producto exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el proyecto o por la dirección facultativa. Esta documentación comprenderá, al menos, los siguientes documentos: a) los documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado; b) el certificado de garantía del fabricante, firmado por persona física; y c) los documentos de conformidad o autorizaciones administrativas exigidas reglamentariamente, incluida la documentación correspondiente al marcado CE de los productos de construcción, cuando sea pertinente, de acuerdo con las disposiciones que sean transposición de las Directivas Europeas que afecten a los productos suministrados. 7.2.2. Control de recepción mediante distintivos de calidad y evaluaciones de idoneidad técnica. 1. El suministrador proporcionará la documentación precisa sobre: a) los distintivos de calidad que ostenten los productos, equipos o sistemas suministrados, que aseguren las características técnicas de los mismos exigidas en el proyecto y documentará, en su caso, el reconocimiento oficial del distintivo de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2.3; y b) las evaluaciones técnicas de idoneidad para el uso previsto de productos, equipos y sistemas innovadores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2.5, y la constancia del mantenimiento de sus características técnicas. 2. El director de la ejecución de la obra verificará que esta documentación es suficiente para la aceptación de los productos, equipos y sistemas amparados por ella. 7.2.3. Control de recepción mediante ensayos. 1. Para verificar el cumplimiento de las exigencias básicas del CIÉ puede ser necesario, en determinados casos, realizar ensayos y pruebas sobre algunos productos, según lo establecido en la reglamentación vigente, o bien según lo especificado en el proyecto u ordenados por la dirección facultativa. 2. La realización de este control se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en el proyecto o indicados por la dirección facultativa sobre el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo y las acciones a adoptar.
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Este Pliego de Condiciones, conforme a lo indicado en el CIÉ, desarrolla el procedimiento a seguir en la recepción de los productos en función de que estén afectados o no por la Directiva 89/106/CE de Productos de la Construcción (DPC), de 21 de diciembre de 1988, del Consejo de las Comunidades Europeas. El Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, regula las condiciones que estos productos deben cumplir para poder importarse, comercializarse y utilizarse dentro del territorio español de acuerdo con la mencionada Directiva. Así, dichos productos deben llevar el marcado CE, el cual indica que satisfacen las disposiciones del RD 1630/1992. 1.2. Productos afectados por la Directiva de Productos de la Construcción Los productos de construcción relacionados en la DPC que disponen de norma UNE EN (para productos tradicionales) o Guía DÍTE (Documento de idoneidad técnica europeo, para productos no tradicionales), y cuya comercialización se encuentra dentro de la fecha de aplicación del marcado CE, serán recibidos en obra según el siguiente procedimiento: a) Control de la documentación de los suministros: se verificará la existencia de los documentos establecidos en los apartados a) y b) del artículo 7.2.1 del apartado 1.1 anterior, incluida la documentación correspondiente al marcado CE: 1. Deberá ostentar el marcado. El símbolo del marcado CE figurará en al menos uno de estos lugares: -‐ sobre el producto, o -‐ en una etiqueta adherida al producto, o -‐ en el embalaje del producto, o -‐ en una etiqueta adherida al embalaje del producto, o -‐ en la documentación de acompañamiento (por ejemplo, en el albarán o factura). 2. Se deberá verificar el cumplimiento de las características técnicas mínimas exigidas por la reglamentación y por el proyecto, lo que se hará mediante la comprobación de éstas en el etiquetado del marcado CE. 3 Se comprobará la documentación que debe acompañar al marcado CE, la Declaración CE de conformidad firmada por el fabricante cualquiera que sea el tipo de sistema de evaluación de la conformidad. Podrá solicitarse al fabricante la siguiente documentación complementaria: -‐ Ensayo inicial de tipo, emitido por un organismo notificado en productos cuyo sistema de evaluación de la conformidad sea 3. -‐ Certificado de control de producción en fábrica, emitido por un organismo notificado en productos cuyo sistema de evaluación de la conformidad sea 2 o 2+. -‐ Certificado CE de conformidad, emitido por un organismo notificado en productos cuyo sistema de evaluación de la conformidad sea 1 o 1+. La información necesaria para la comprobación del marcado CE se amplía para determinados productos relevantes y de uso frecuente en edificación en la subsección 2.1 de la presente Parte del Pliego. b) En el caso de que alguna especificación de un producto no esté contemplada en las características técnicas del marcado, deberá realizarse complementariamente el control de
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recepción mediante distintivos de calidad o mediante ensayos, según sea adecuado a la característica en cuestión. 1.3. Productos no afectados por la Directiva de Productos de la Construcción Si el producto no está afectado por la DPC, el procedimiento a seguir para su recepción en obra (excepto en el caso de productos provenientes de países de la UE que posean un certificado de equivalencia emitido por la Administración General del Estado) consiste en la verificación del cumplimiento de las características técnicas mínimas exigidas por la reglamentación y el proyecto mediante los controles previstos en el CTE, a saber: a) Control de la documentación de los suministros: se verificará en obra que el producto suministrado viene acompañado de los documentos establecidos en los apartados a) y b) del artículo 7.2.1 del apartado 1.1 anterior, y los documentos de conformidad o autorizaciones administrativas exigidas reglamentariamente, entre los que cabe citar: Certificado de conformidad a requisitos reglamentarios (antiguo certificado de homologación) emitido por un Laboratorio de Ensayo acreditado por ENAC (de acuerdo con las especificaciones del RD 2200/1995) para los productos afectados por disposiciones reglamentarias vigentes del Ministerio de Industria. Autorización de Uso de los forjados unidireccionales de hormigón armado o pretensado, y viguetas o elementos resistentes armados o pretensados de hormigón, o de cerámica y hormigón que se utilizan para la fabricación de elementos resistentes para pisos y cubiertas para la edificación concedida por la Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda del Ministerio de Vivienda. En determinados casos particulares, certificado del fabricante, como en el caso de material eléctrico de iluminación que acredite la potencia total del equipo (CTE DB HE) o que acredite la succión en fábricas con categoría de ejecución A, si este valor no viene especificado en la declaración de conformidad del marcado CE (CTE DB SE F). b) Control de recepción mediante distintivos de calidad y evaluaciones de idoneidad técnica: Sello o Marca de conformidad a norma emitido por una entidad de certificación acreditada por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación) de acuerdo con las especificaciones del RD 2200/1995. Evaluación técnica de idoneidad del producto en el que se reflejen las propiedades del mismo. Las entidades españolas autorizadas actualmente son: el Instituto de Ciencias de la Construcción "Eduardo Torroja" (lETcc), que emite el Documento de Idoneidad Técnica (DIT), y el Instituí de Tecnología de la Construcció de Catalunya (ITeC), que emite el Documento de Adecuación al Uso (DAU). c) Control de recepción mediante ensayos: Certificado de ensayo de una muestra del producto realizado por un Laboratorio de Ensayo acreditado por una Comunidad Autónoma o por ENAC. En el apartado 2. Relación de productos con marcado CE, se especifican los productos de edificación a los que se les exige el marcado CE, según la última resolución publicada en el momento de la redacción del presente documento (Resolución de 17 de abril de 2007 de la Dirección General de Desarrollo Industrial, por la que se amplían los anexos I, II y III de la
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Orden de 29 de Noviembre de 2001, por la que se publican las referencias a las Normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así como el periodo de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias familias de productos de la construcción). En la medida en que vayan apareciendo nuevas resoluciones, este listado deberá actualizarse. 1.4. Relación de documentos en la recepción de productos. Resumen Documentación de identificación y garantía -‐Documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado -‐Certificado de garantía del fabricante, firmada por persona física Documentación de cumplimiento de características técnicas mínimas Productos con marcado CE (1) Documentación necesaria -‐Etiquetado del marcado CE -‐Declaración CE de conformidad firmada por el fabricante Documentación complementaria -‐Ensayo inicial de tipo emitido por un Organismo Notificado para un S.E.C. 3 -‐Certificado de control de producción en fábrica emitido por un Organismo Notificado para un S.E.C. 2 o 2+ -‐Certificado CE de conformidad emitido por un Organismo Notificado para un S.E.C. 1 o 1+ -‐Marcas de conformidad a norma (norma nueva de producto) Productos sin marcado CE (2) Productos tradicionales -‐Marcas de conformidad a norma (norma antigua) -‐Certificado de conformidad a requisitos reglamentarios (antiguo certificado de homologación) Productos innovadores Evaluación técnica de la idoneidad mediante: -‐Documento de Idoneidad técnica DIT -‐Documento de adecuación al uso DAU Otros documentos -‐Certificados de ensayos realizados por un laboratorio (1) La documentación de productos con marcado CE no contempla fecha de caducidad. (2) La documentación de productos sin relación con marcado CE tienen fecha de concesión y un periodo de validez.
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2. Relación de productos con marcado CE Relación de productos de construcción correspondiente a la Resolución de 17 de abril de 2007 de la Dirección General de Desarrollo Industrial. Los productos que aparecen en el listado están clasificados por su uso en elementos constructivos, si está determinado o, en otros casos, por el material constituyente. Para cada uno de ellos se detalla la fecha a partir de la cual es obligatorio el marcado CE, las normas armonizadas de aplicación y el sistema de evaluación de la conformidad. En el listado aparecen unos productos referenciados con asterisco (*), que son los productos para los que se amplia la información y se desarrollan en el apartado 2.1. Productos con información ampliada de sus características. Se trata de productos para los que se considera oportuno conocer más a fondo sus especificaciones técnicas y características, a la hora de llevar a cabo su recepción, ya que son productos de uso frecuente y determinantes para garantizar las exigencias básicas que se establecen en la reglamentación vigente. Índice: 1. CIMENTACIÓN Y ESTRUCTURAS 2. FÁBRICA DE ALBAÑILERÍA 3. AISLANTES TÉRMICOS 4. IMPERMEABILIZACIÓN 5. CUBIERTAS 6. TABIQUERÍA INTERIOR 7. CARPINTERÍA, DEFENSAS, HERRAJES Y VIDRIO 8. REVESTIMIENTOS 9. PRODUCTOS PARA SELLADO DE JUNTAS 10. INSTALACIÓN DE CALEFACCIÓN 11. INSTALACIÓN DE DEPÓSITOS DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS 12. INSTALACIÓN DE GAS 13. INSTALACIÓN DE ELECTRICIDAD 14. INSTALACIÓN DE SANEAMIENTO Y DRENAJE 15. INSTALACIÓN DE FONTANERÍA Y APARATOS SANITARIOS 16. INSTALACIÓN DE VENTILACIÓN 17. INSTALACIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 18. KITS DE CONSTRUCCION 19. OTROS (CLASIFICACIÓN POR MATERIAL) 19.1. HORMIGONES, MORTEROS Y COMPONENTES 19.2. YESO Y DERIVADOS 19.3. FIBROCEMENTO 19.4. PREFABRICADOS DE HORMIGÓN 19.5. ACERO 19.6. ALUMINIO 19.7. MADERA 19.8. VARIOS
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1. CIMENTACIÓN Y ESTRUCTURAS 1.1. Acero 1.1.1. Vainas de fleje de acero para tendones de pretensado Marcado CE obligatorio desde del 1 de junio de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 523:2005. Vainas de fleje de acero para tendones de pretensado. Terminología, especificaciones, control de la calidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 1.1.2. Productos laminados en caliente, de acero no aleado, para construcciones metálicas de uso general Marcado CE obligatorio desde 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 10025-‐1:2005. Productos laminados en caliente, de acero no aleado, para construcciones metálicas de uso general. Parte 1: Condiciones técnicas de suministro. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 1.1.3. Pernos estructurales de alta resistencia para precarga Marcado CE obligatorio a partir del 1 de octubre de 2007. Norma de aplicación: UNE EN 14399-‐1:2006. Pernos estructurales de alta resistencia para precarga. Parte 1: Requisitos generales. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. Marcado CE obligatorio a partir del 1 de octubre de 2007. Norma de aplicación: UNE EN 14399-‐4:2006. Pernos estructurales de alta resistencia para precarga. Parte 4. Sistema de evaluación de la conformidad 2+. 1.2. Productos prefabricados de hormigón 1.2.1 Placas alveolares* Marcado CE obligatorio a partir del 1 de marzo de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1168:2006. Productos prefabricados de hormigón. Placas alveolares. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 1.2.2 Pilotes de cimentación* Marcado CE obligatorio a partir del 1 de enero de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12794:2005. Productos Prefabricados de hormigón. Pilotes de cimentación. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+ 1.2.3 Elementos nervados para forjados* Marcado CE obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2007. Norma de aplicación UNE-‐EN 13224:2005/AC:2005. Productos prefabricados de hormigón -‐ Elementos nervados para forjados. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 1.2.4 Elementos estructurales lineales* Marcado CE obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2007. Norma de aplicación UNE-‐EN 13225:2005. Productos prefabricados de hormigón. Elementos estructurales lineales. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 1.3. Apoyos estructurales 1.3.1. Apoyos elastoméricos Marcado CE obligatorio a partir del 1 de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1337-‐3:2005. Apoyos estructurales. Parte 3: Apoyos elastoméricos. Sistema de evaluación de la conformidad: 1 /3. 1.3.2. Apoyos de rodillo Marcado CE obligatorio desde el 1 de febrero de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1337-‐4:2005. Apoyos estructurales. Parte 4: Apoyos de rodillo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1 /3. 1.3.3. Apoyos «pot» Marcado CE obligatorio desde el 1 de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1337-‐5:2006. Apoyos estructurales. Parte 5: Apoyos «pot» Sistema de evaluación de la conformidad: 1 /3. 1.3.4. Apoyos oscilantes Marcado CE obligatorio desde el 1 de febrero de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1337-‐6:2005. Apoyos estructurales. Parte 6: Apoyos oscilantes. Sistema de evaluación de la conformidad: 1 /3. 1.3.5. Apoyos oscilantes Marcado CE obligatorio desde el 1 de junio de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1337-‐7:2004. Apoyos estructurales. Parte 7: Apoyos de PTFE cilíndricos y esféricos. Sistema de evaluación de la conformidad: 1 /3.
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1.4. Productos y sistemas para la protección y reparación de estructuras de hormigón 1.4.1. Sistemas para protección de superficie Marcado CE obligatorio a partir del 1 de enero de 2009. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1504-‐2:2005. Productos y sistemas para la protección y reparación de estructuras de hormigón. Definiciones, requisitos, control de calidad y evaluación de la conformidad. Parte 2: Sistemas para protección de superficie. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/2+/3/4. 1.4.2. Reparación estructural y no estructural Marcado CE obligatorio a partir del 1 de enero de 2009. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1504-‐3:2006. Productos y sistemas para la protección y reparación de estructuras de hormigón. Parte 3: Reparación estructural y no estructural. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/2+/3/4. 1.4.3. Adhesivos estructurales Marcado CE obligatorio a partir del 1 de enero de 2009. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1504-‐4:2005. Productos y sistemas para la protección y reparación de estructuras de hormigón. Definiciones, requisitos, control de calidad y evaluación de la conformidad. Parte 4: Adhesivos estructurales. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/2+/3/4. 1.4.4. Productos y sistemas de inyección del hormigón Marcado CE obligatorio a partir del 1 de enero de 2009. Norma de aplicación UNE-‐EN 1504-‐5:2004. Productos y sistemas para la protección y reparación de estructuras de hormigón. Definiciones, requisitos, control de calidad y evaluación de la conformidad. Parte 5: Productos y sistemas de inyección del hormigón. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+/4. 1.4.5. Anclajes de armaduras de acero Marcado CE obligatorio a partir del 1 de enero de 2009. Norma de aplicación UNE-‐EN 1504-‐6:2007. Productos y sistemas para la protección y reparación de estructuras de hormigón. Definiciones, requisitos, control de calidad y evaluación de la conformidad. Parte 6: Anclajes de armaduras de acero. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/2+/3/4. 1.4.6. Protección contra la corrosión de armaduras Marcado CE obligatorio a partir del 1 de enero de 2009. Norma de aplicación UNE-‐EN 1504-‐7:2007. Productos y sistemas para la protección y reparación de estructuras de hormigón. Definiciones, requisitos, control de calidad y evaluación de la conformidad. Parte 7: Protección contra la corrosión de armaduras. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/2+/3/4. 1.5. Estructuras de madera 1.5.1. Madera laminada encolada Marcado CE obligatorio a partir del 1 de abril de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14080:2006. Estructura de madera. Madera laminada encolada. Requisitos. Sistema de evaluación de conformidad: 1. 1.5.2. Clasificación de la madera estructural con sección transversal rectangular Marcado CE obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14081-‐1:2006. Estructuras de madera. Clasificación de la madera estructural con sección transversal rectangular. Parte 1: especificaciones generales. Sistema de evaluación de conformidad 2+. 1.5.3. Elementos estructurales prefabricados que utilizan conectores metálicos de placa dentada Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14250:2005, Estructuras de madera. Requisitos de producto para elementos estructurales prefabricados que utilizan conectores metálicos de placa dentada. Sistema de evaluación de conformidad: 2+. 1.5.4. Madera microlaminada (LVL) Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE UNE-‐EN 14374:2005. Estructuras de madera. Madera microlaminada (LVL). Requisitos. Sistema de evaluación de conformidad: 1. 1.5.5. Vigas y pilares compuestos a base de madera Norma de aplicación: Guía DITE Nº 011. Vigas y pilares compuestos a base de madera. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 1.6. Sistemas y Kits de encofrado perdido no portante de bloques huecos, paneles de materiales aislantes o a veces de hormigón Norma de aplicación: Guía DITE Nº 009. Sistemas y Kits de encofrado perdido no portante de bloques huecos, paneles de materiales aislantes o a veces de hormigón. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego.
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2. FÁBRICA DE ALBAÑILERÍA 2.1. Piezas para fábrica de albañilería 2.1.1. Piezas de arcilla cocida* Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 771-‐1:2003/A1:2006. Especificaciones de piezas para fábricas de albañilería. Parte 1: Piezas de arcilla cocida. Sistemas de evaluación de la conformidad: 2+/4. 2.1.2. Piezas silicocalcáreas* Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 771-‐2:2005. Especificaciones de piezas para fábricas de albañilería. Parte 2: Piezas silicocalcáreas. Sistemas de evaluación de la conformidad: 2+/4. 2.1.3. Bloques de hormigón (áridos densos y ligeros)* Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2006. Norma de aplicación: UNE EN 771-‐3. Especificaciones de piezas para fábricas de albañilería. Parte 3: bloques de hormigón (con áridos densos y ligeros). Sistemas de evaluación de la conformidad: 2+/4. 2.1.4. Bloques de hormigón celular curado en autoclave* Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2006. Norma de aplicación: UNE EN 771-‐4:2004/A1 2005. Especificaciones de piezas para fábricas de albañilería. Parte 4. Bloques de hormigón celular curado en autoclave. Sistemas de evaluación de conformidad: 2+/4. 2.1.5. Piezas de piedra artificial* Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 771-‐5:2005/A1:2005. Especificaciones de piezas para fábrica de albañilería. Parte 5: Piezas de piedra artificial. Sistemas de evaluación de conformidad: 2+/4. 2.1.6. Piezas de piedra natural* Marcado CE obligatorio a partir del 1 de agosto de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 771-‐6:2006. Especificación de piezas para fábrica de albañilería. Parte 6: Piezas de piedra natural. Sistemas de evaluación de conformidad: 2+/4. 2.2. Componentes auxiliares para fábricas de albañilería 2.2.1. Llaves, amarres, colgadores, ménsulas y ángulos* Marcado CE obligatorio desde el 1 de febrero de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 845-‐1:2005. Componentes auxiliares para fábricas de albañilería. Parte 1: Llaves, amarres, colgadores, ménsulas y ángulos. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 2.2.2. Dinteles Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 845-‐2:2004. Componentes auxiliares para fábricas de albañilería. Parte 2: Dinteles. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 2.2.3. Armaduras de tendel prefabricadas de malla de acero* Marcado CE obligatorio desde el 1 de febrero de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 845-‐3:2004. Componentes auxiliares para fábricas de albañilería. Parte 3: Armaduras de tendel prefabricadas de malla de acero. Sistema de evaluación de la conformidad: 3.
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3. AISLANTES TÉRMICOS 3.1. Productos manufacturados de lana mineral (MW)* Marcado CE obligatorio desde el 13 de mayo de 2003. Norma de aplicación: UNE EN 13162:2002. Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de lana mineral (MW). Sistemas de evaluación de la conformidad: 1, 3 ó 4. 3.2. Productos manufacturados de poliestireno expandido (EPS)* Marcado CE obligatorio desde el 13 de mayo de 2003. Norma de aplicación: UNE EN 13163:2002. Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de poliestireno expandido (EPS). Especificación. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1, 3 ó 4. 3.3. Productos manufacturados de poliestireno extruido (XPS)* Marcado CE obligatorio desde el 13 de mayo de 2003. Norma de aplicación: UNE EN 13164:2002. Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de poliestireno extruido (XPS). Especificación. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1, 3 ó 4. 3.4. Productos manufacturados de espuma rígida de poliuretano (PUR)* Marcado CE obligatorio desde el 13 de mayo de 2003. Norma de aplicación: UNE EN 13165:2002. Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de espuma rígida de poliuretano (PUR). Especificación. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1, 3 ó 4. 3.5. Productos manufacturados de espuma fenólica (PF)* Marcado CE obligatorio desde el 13 de mayo de 2003. Norma de aplicación: UNE EN 13166:2002. Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de espuma fenólica (PF). Especificación. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1, 3 ó 4. 3.6. Productos manufacturados de vidrio celular (CG)* Marcado CE obligatorio desde el 13 de mayo de 2003. Norma de aplicación: UNE EN 13167:2002. Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de vidrio celular (CG). Especificación. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1, 3 ó 4. 3.7. Productos manufacturados de lana de madera (WW)* Marcado CE obligatorio desde el 13 de mayo de 2003. Norma de aplicación: UNE EN 13168:2002. Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de lana de madera (WW). Especificación. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1, 3 ó 4. 3.8. Productos manufacturados de perlita expandida (EPB)* Marcado CE obligatorio desde el 13 de mayo de 2003. Norma de aplicación: UNE EN 13169:2002. Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de perlita expandida (EPB). Especificación. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1, 3 ó 4. 3.9. Productos manufacturados de corcho expandido (ICB)* Marcado CE obligatorio desde el 13 de mayo de 2003. Norma de aplicación: UNE EN 13170:2002. Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de corcho expandido (ICB). Especificación. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1, 3 ó 4. 3.10. Productos manufacturados de fibra de madera (WF)* Marcado CE obligatorio desde el 13 de mayo de 2003. Norma de aplicación: UNE EN 13171:2002. Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de fibra de madera (WF). Especificación. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1, 3 ó 4. 3.11. Productos in-‐situ de agregado ligero de arcilla expandida aligerada (LWA) Marcado CE obligatorio desde el 1 de junio de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14063-‐1:2005. Productos y materiales aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos in-‐situ de agregado ligero de arcilla expandida aligerada (LWA). Parte 1: Especificación de los productos a granel antes de su instalación. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1, 3 ó 4. 3.12. Productos para aislamiento térmico in-‐situ formados por perlita expandida (PE) Marcado CE obligatorio desde el 1 de junio de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14316-‐1:2005. Productos aislantes térmicos para edificios. Productos para aislamiento térmico in-‐situ formados por perlita expandida (PE). Parte 1: Especificación para productos de adhesivos y sellantes antes de instalación. Sistemas de evaluación de la conformidad: 3 /4. 3.13. Productos para aislamiento térmico in-‐situ formados por vermiculita exfoliada (EV) Marcado CE obligatorio desde el 1 de junio de 2006. Norma de aplicación: UNE UNE-‐EN 14317-‐1:2005.Productos aislantes térmicos para edificios. Productos para aislamiento térmico in-‐situ formados
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por vermiculita exfoliada (EV). Parte 1: Especificación para productos de adhesivos y sellantes antes de instalación. Sistemas de evaluación de la conformidad: 3 /4. 3.14. Sistemas y kits compuestos para el aislamiento térmico exterior con revoco Guía DITE Nº 004. Sistemas y kits compuestos para el aislamiento térmico exterior con revoco. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 3.15. Anclajes de plástico para fijación de sistemas y Kits compuestos para el aislamiento térmico exterior con revoco Norma de aplicación: Guía DITE Nº 014. Anclajes de plástico para fijación de sistemas y Kits compuestos para el aislamiento térmico exterior con revoco. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 3.16. Kits para elementos prefabricados para aislamiento térmico exterior en muros (vetures) Norma de aplicación: Guía DITE nº 017. Kits para elementos prefabricados para aislamiento térmico exterior en muros (vetures). Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 4. IMPERMEABILIZACIÓN 4.1. Láminas flexibles para la impermeabilización 4.1.1. Láminas bituminosas con armadura para impermeabilización de cubiertas* Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13707:2005. Láminas flexibles para la impermeabilización. Láminas bituminosas con armadura para impermeabilización de cubiertas. Definiciones y características. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1/2+/3/4. 4.1.2. Láminas auxiliares para cubiertas con elementos discontinuos* Marcado CE obligatorio desde el 1 de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13859:2006. Láminas flexibles para la impermeabilización. Definiciones y características de las láminas auxiliares. Parte 1: Láminas auxiliares para cubiertas con elementos discontinuos. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 4.1.3. Capas base para muros* Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13859-‐2:2004. Láminas flexibles para la impermeabilización. Definiciones y características de las láminas auxiliares. Parte 2: Capas base para muros. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 4.1.4. Láminas plásticas y de caucho para impermeabilización de cubiertas* Marcado CE obligatorio a partir del 1 de julio de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13956:2006. Láminas flexibles para la impermeabilización. Láminas plásticas y de caucho para impermeabilización de cubiertas. Definiciones y características. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1/2+/3/4. 4.1.5. Membranas aislantes de plástico y caucho Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13967:2005. Láminas flexibles para impermeabilización. Membranas aislantes de plástico y caucho incluyendo las membranas de plástico y caucho para el basamento de tanques. Definiciones y características. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1/2+/3/4. 4.1.6. Membranas bituminosas aislantes Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13969:2005. Láminas flexibles para impermeabilización. Membranas bituminosas aislantes incluyendo las membranas bituminosas para el basamento de tanques. Definiciones y características. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1/2+/3/4. 4.1.7. Láminas bituminosas para el control del vapor de agua* Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13970:2004. Láminas flexibles para la impermeabilización. Láminas bituminosas para el control del vapor de agua. Definiciones y características. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 4.1.8. Capas base de plástico y de caucho para el control del vapor de agua
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Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13984:2005. Láminas flexibles para impermeabilización. Capas base de plástico y de caucho para el control del vapor de agua. Definiciones y características. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 4.1.9. Barreras anticapilaridad plásticas y de caucho Marcado CE obligatorio a partir del 1 de febrero de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14909:2007. Láminas flexibles para impermeabilización. Barreras anticapilaridad plásticas y de caucho. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 4.1.10.Barreras anticapilaridad bituminosas Marcado CE obligatorio a partir del 1 de marzo de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 149067:2007. Láminas flexibles para impermeabilización. Barreras anticapilaridad bituminosas. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 4.2. Sistemas de impermeabilización de cubiertas 4.2.1. Sistemas de impermeabilización de cubiertas aplicados en forma líquida Guía DITE Nº 005. Sistemas de impermeabilización de cubiertas aplicados en forma líquida. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 4.2.2. Sistemas de impermeabilización de cubiertas con membranas flexibles fijadas mecánicamente Guía DITE Nº 006. Sistemas de impermeabilización de cubiertas con membranas flexibles fijadas mecánicamente. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 4.3. Geotextiles y productos relacionados 4.3.1. Uso en movimientos de tierras, cimentaciones y estructuras de contención Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2002. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13251:2001/A1:2005. Geotextiles y productos relacionados. Requisitos para su uso en movimientos de tierras, cimentaciones y estructuras de contención. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+/4. 4.3.2. Uso en sistemas de drenaje Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2002. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13252:2001/ Erratum:2002/ A1:2005. Geotextiles y productos relacionados. Requisitos para su uso en sistemas de drenaje. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+/4. 4.3.3. Uso en obras para el control de la erosión (protección costera y revestimiento de taludes) Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2002. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13253:2001/ A1:2005. Geotextiles y productos relacionados. Requisitos para su uso en obras para el control de la erosión (protección costera y revestimiento de taludes). Sistema de evaluación de la conformidad: 2+/4. 4.3.4. Uso en los vertederos de residuos sólidos Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2002. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13257:2001/ AC:2003/ A1:2005. Geotextiles y productos relacionados. Requisitos para su uso en los vertederos de residuos sólidos. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+/4. 4.3.5. Uso en proyectos de contenedores para residuos líquidos Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2002. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13265:2001/ AC:2003/ A1:2005. Geotextiles y productos relacionados. Requisitos para su uso en proyectos de contenedores para residuos líquidos. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+/4. 4.4. Placas 4.4.1 Placas bituminosas con armadura sintética y/o mineral Marcado CE obligatorio a partir del 1 de octubre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 544:2006. Placas bituminosas con armadura sintética y/o mineral. Sistemas de evaluación de la conformidad: 3 /4. 4.4.2 Placas onduladas bituminosas Marcado CE obligatorio a partir del 1 de abril de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 534:2007. Placas onduladas bituminosas. Especificaciones de productos y métodos de ensayo. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1 / 3 /4.
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5. CUBIERTAS 5.1. Sistemas de cubierta traslúcida autoportante (excepto los de cristal) Norma de aplicación: Guía DITE Nº 010. Sistemas de cubierta traslúcida autoportante (excepto los de cristal). Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 5.2. Elementos especiales para cubiertas Marcado CE obligatorio desde 1 de junio de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13693:2005. Productos prefabricados de hormigón. Elementos especiales para cubiertas. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 5.3. Accesorios prefabricados para cubiertas 5.3.1. Instalaciones para acceso a tejados. Pasarelas, pasos y escaleras Marcado CE obligatorio a partir del 1 de noviembre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 516:2006. Accesorios prefabricados para cubiertas. Instalaciones para acceso a tejados. Pasarelas, pasos y escaleras. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 5.3.2. Ganchos de seguridad Marcado CE obligatorio a partir del 1 de diciembre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 517:2006. Accesorios prefabricados para cubiertas. Ganchos de seguridad. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 5.3.3. Luces individuales para cubiertas de plástico Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2009. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1873:2006. Accesorios prefabricados para cubiertas. Luces individuales para cubiertas de plástico. Especificación de producto y métodos de ensayo. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 5.3.4. Escaleras de cubierta permanentes Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12951:2005. Accesorios para cubiertas prefabricados. Escaleras de cubierta permanentes. Especificaciones de producto y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 6. TABIQUERÍA INTERIOR 6.1. Kits de tabiquería interior Guía DITE Nº 003. Kits de tabiquería interior. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 7. CARPINTERÍA, DEFENSAS, HERRAJES Y VIDRIO 7.1. Carpintería 7.1.1. Ventanas y puertas peatonales exteriores sin características de resistencia al fuego y/ o control de humo* Marcado CE obligatorio a partir del 1 de febrero de 2009. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14351-‐1:2006. Ventanas y puertas peatonales exteriores. Norma de producto, características de prestación. Parte 1: Ventanas y puertas peatonales exteriores sin características de resistencia al fuego y/ o control de humo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 7.1.2. Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones, sin características de resistencia al fuego o control de humos
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Marcado CE obligatorio desde el 1 de mayo de 2005. Norma UNE EN 13241-‐1:2003. Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Parte 1: Productos sin características de resistencia al fuego o control de humos. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 7.1.3. Fachadas ligeras CE obligatorio desde el 1 de diciembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13830:2004. Fachadas ligeras. Norma de producto. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3. 7.2. Defensas 7.2.1. Persianas Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13659:2004. Persianas. Requisitos de prestaciones incluida la seguridad. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 7.2.2. Toldos Marcado CE obligatorio desde el 1 de marzo de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13561:2004.Toldos. Requisitos de prestaciones incluida la seguridad. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 7.3. Herrajes 7.3.1. Dispositivos de emergencia accionados por una manilla o un pulsador para salidas de socorro Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 179:1997/A1:2001/AC:2003. Herrajes para la edificación. Dispositivos de emergencia accionados por una manilla o un pulsador para salidas de socorro. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 7.3.2. Dispositivos antipánico para salidas de emergencia activados por una barra horizontal Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1125:1997/A1:2001/AC:2003. Herrajes para la edificación. Dispositivos antipánico para salidas de emergencia activados por una barra horizontal. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 7.3.3. Dispositivos de cierre controlado de puertas Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1154:2003. Herrajes para la edificación. Dispositivos de cierre controlado de puertas. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 7.3.4. Dispositivos de retención electromagnética para puertas Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1155:2003. Herrajes para la edificación. Dispositivos de retención electromagnética para puertas batientes. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 7.3.5. Dispositivos de coordinación de puertas Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1158:2003/AC:2006. Herrajes para la edificación. Dispositivos de coordinación de puertas. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 7.3.6. Bisagras de un solo eje Marcado CE obligatorio desde el 1 de diciembre de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1935:2002. Herrajes para la edificación. Bisagras de un solo eje. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 7.3.7. Cerraduras y pestillos. Cerraduras, pestillos y cerraderos mecánicos Marcado CE obligatorio desde el 1 de junio de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12209:2004/AC: 2006. Herrajes para edificación. Cerraduras y pestillos. Cerraduras, pestillos y cerraderos mecánicos. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 7.4. Vidrio 7.4.1. Vidrio incoloro de silicato sodocálcico* Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: Norma UNE EN 572-‐9:2004. Vidrio para la construcción. Productos básicos de vidrio. Vidrio de silicato sodocálcico. Parte 9: Evaluación de la conformidad/Norma de producto. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 7.4.2. Vidrio de capa*
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Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma UNE EN 1096-‐4:2004. Vidrio para la edificación. Vidrio de capa. Parte 4: Evaluación de la conformidad/Norma de producto. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 7.4.3. Unidades de vidrio aislante* Marcado CE obligatorio desde el 1 de marzo de 2007. Norma UNE EN 1279-‐5:2005 Vidrio para la edificación. Unidades de vidrio aislante. Parte 5: Evaluación de la conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 7.4.4. Vidrio borosilicatado* Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma UNE EN 1748-‐1-‐2:2004. Vidrio para la edificación. Productos básicos especiales. Parte 1-‐2: Vidrio borosilicatado. Evaluación de la conformidad/Norma de producto. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 7.4.5. Vidrio de silicato sodocálcico termoendurecido* Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma UNE EN 1863-‐2:2004. Vidrio para la edificación. Vidrio de silicato sodocálcico termoendurecido. Parte 2: Evaluación de l conformidad/Norma de producto. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 7.4.6. Vidrio de silicato sodocálcico de seguridad templado térmicamente* Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma UNE EN 12150-‐2:2004. Vidrio para la edificación. Vidrio de silicato sodocálcico de seguridad templado térmicamente. Parte 2: Evaluación de la conformidad/Norma de producto. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 7.4.7. Vidrio de silicato sodocálcico endurecido químicamente* Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma UNE EN 12337-‐2:2004. Vidrio para la edificación. Vidrio de silicato sodocálcico endurecido químicamente. Parte 2: Evaluación de la conformidad/Norma de producto. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 7.4.8. Vidrio borosilicatado de seguridad templado térmicamente* Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma UNE EN 13024-‐2:2004. Vidrio para la edificación. Vidrio borosilicatado de seguridad templado térmicamente. Parte 2: Evaluación de la conformidad/ Norma de producto. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 7.4.9. Productos de vidrio de silicato básico alcalinotérreo* Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma UNE EN 14178-‐2:2004. Vidrio para la edificación. Productos de vidrio de silicato básico alcalinotérreo. Parte 2: Evaluación de la conformidad/Norma de producto. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 7.4.10. Vidrio de seguridad de silicato sodocálcico templado en caliente* Marcado CE obligatorio desde el 1 de marzo de 2007. Norma UNE EN 14179-‐2:2005. Vidrio para la edificación. Vidrio de seguridad de silicato sodocálcico templado en caliente. Parte 2: Evaluación de la conformidad/ Norma de producto. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 7.4.11. Vidrio de seguridad de silicato alcalinotérreo endurecido en caliente* Marcado CE obligatorio a partir del 1 de junio de 2007. Norma UNE EN 14321-‐2:2005. Vidrio para la edificación. Vidrio de seguridad de silicato alcalinotérreo endurecido en caliente. Parte 2: Evaluación de la conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 7.4.12. Vidrio laminado y vidrio laminado de seguridad* Marcado CE obligatorio desde el 1 de junio de 2006. Norma UNE EN 14449:2005/AC:2005. Vidrio para la edificación. Vidrio laminado y vidrio laminado de seguridad. Evaluación de la conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 7.4.13. Vidrio para la edificación. Vitrocerámicas Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1748-‐2-‐2:2005. Vidrio para la edificación. Productos básicos especiales. Parte 2-‐2: Vitrocerámicas. Evaluación de la conformidad/Norma de producto. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3 /4.
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8. REVESTIMIENTOS 8.1. Piedra natural 8.1.1. Baldosas de piedra natural para uso como pavimento exterior* Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1341:2002. Baldosas de piedra natural para uso como pavimento exterior. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad 4. 8.1.2. Adoquines de piedra natural para uso como pavimento exterior Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1342:2003. Adoquines de piedra natural para uso como pavimento exterior. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad 4. 8.1.3. Bordillos de piedra natural para uso como pavimento exterior Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1343:2003. Bordillos de piedra natural para uso como pavimento exterior. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad 4. 8.1.4. Piedra natural. Placas para revestimientos murales* Marcado CE obligatorio desde el 1 de julio de 2006. Norma de aplicación UNE-‐EN 1469:2005. Piedra natural. Placas para revestimientos murales. Requisitos. Sistema de evaluación de la conformidad: ¾ 8.1.5. Productos de piedra natural. Plaquetas* Obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE EN 12057:2005. Productos de piedra natural. Plaquetas. Requisitos. Sistema de evaluación de la conformidad: 3/4. 8.1.6. Productos de piedra natural. Baldosas para pavimento y escaleras* Obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE EN 12058:2005. Productos de piedra natural. Baldosas para pavimentos y escaleras. Requisitos. Sistema de evaluación de la conformidad: 3/4. 8.1.7. Productos de pizarra y piedra natural para tejados y revestimientos discontinuos Obligatorio desde el 1 de mayo de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12326-‐1:2005. Productos de pizarra y piedra natural para tejados y revestimientos discontinuos. Parte 1: Especificación de producto. Sistema de evaluación de la conformidad: 3/4. 8.2. Hormigón 8.2.1. Tejas y piezas de hormigón para tejados y revestimiento de muros* Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 490:2005 Tejas y piezas de hormigón para tejados y revestimiento de muros. Especificaciones de producto. Sistemas de evaluación de la conformidad: 3/4. 8.2.2. Adoquines de hormigón Marcado CE obligatorio desde el 1 de marzo de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1338:2004/AC:2006. Adoquines de hormigón. Especificaciones y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad 4. 8.2.3. Baldosas de hormigón* Marcado CE obligatorio desde el 1 de marzo de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1339:2004/AC:2006. Baldosas de hormigón. Especificaciones y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad 4. 8.2.4. Bordillos prefabricados de hormigón Marcado CE obligatorio desde el 1 de marzo de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1340:2004. Bordillos prefabricados de hormigón. Especificaciones y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad 4. 8.2.5. Baldosas de terrazo para uso interior* Obligatorio desde el 1 de junio de 2006. Norma de aplicación: UNE EN 13748-‐1:2005/A1 2005. Baldosas de terrazo. Parte 1: Baldosas de terrazo para uso interior. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 8.2.6. Baldosas de terrazo para uso exterior* Obligatorio desde el 1 de abril de 2006. Norma de aplicación: UNE EN 13748-‐2:2005. Baldosas de terrazo. Parte 2: Baldosas de terrazo para uso exterior. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 8.2.7. Losas planas para solado
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Marcado CE obligatorio desde el 1 de mayo de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13747: 2006. Productos prefabricados de hormigón. Losas planas para solado. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 8.2.8. Pastas autonivelantes para suelos Obligatorio desde el 1 de agosto de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13813:2003. Pastas autonivelantes y pastas autonivelantes para suelos. Pastas autonivelantes. Características y especificaciones. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4 8.2.9. Anclajes metálicos utilizados en pavimentos de hormigón Obligatorio desde el 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13877-‐3:2005. Pavimentos de hormigón. Parte 3: Especificaciones para anclajes metálicos utilizados en pavimentos de hormigón. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 8.3. Arcilla cocida 8.3.1. Tejas de arcilla cocida para colocación discontinua* Marcado CE obligatorio desde el 1 de febrero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1304:2006. Tejas de arcilla cocida para colocación discontinua. Definiciones y especificaciones de producto. Sistemas de evaluación de la conformidad: 3/4. 8.3.2. Adoquines de arcilla cocida Marcado CE obligatorio desde el 1 de enero de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1344:2002. Adoquines de arcilla cocida. Especificaciones y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad 4. 8.3.3. Adhesivos para baldosas cerámicas* Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12004:2001/A1:2002/AC:2002. Adhesivos para baldosas cerámicas. Definiciones y especificaciones. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 8.3.4. Baldosas cerámicas* Obligatorio desde el 1 de diciembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14411:2004. Baldosas cerámicas. Definiciones, clasificación, características y marcado. (ISO13006:1998 modificada) Sistema de evaluación de la conformidad: 3/4. 8.4. Madera 8.4.1. Suelos de madera* Obligatorio desde el 1 de marzo de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14342:2006. Suelos de madera. Características, evaluación de conformidad y marcado. Sistema de evaluación de la conformidad: 3/4. 8.4.2. Frisos y entablados de madera Marcado CE obligatorio a partir del 1 de junio de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14915:2007. Frisos y entablados de madera. Características, evaluación de conformidad y marcado. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/ 4. 8.5. Metal 8.5.1. Enlistonado y cantoneras metálicas. Enlucido interior Marcado CE obligatorio desde 1 de marzo de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13658-‐1:2006. Enlistonado y cantoneras metálicas. Definiciones, requisitos y métodos de ensayo. Parte 1: Enlucido interior. Sistema de evaluación de la conformidad: 3/4. 8.5.2. Enlistonado y cantoneras metálicas. Enlucido exterior Marcado CE obligatorio desde 1 de marzo de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13658-‐2:2006. Enlistonado y esquineras metálicas. Definiciones, requisitos y métodos de ensayo. Parte 2: Enlucido exterior. Sistema de evaluación de la conformidad: 3/4. 8.5.3. Láminas de metal autoportantes para cubiertas y revestimiento de paredes Marcado CE obligatorio desde 1 de noviembre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14782:2006. Láminas de metal autoportantes para cubiertas y revestimiento de paredes. Sistema de evaluación de la conformidad: 3/4. 8.5.4. Láminas y flejes de metal totalmente soportados para cubiertas de tejados y acabados de paredes interiores y exteriores. Marcado CE obligatorio a partir del 1 de julio de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14783:2007. Láminas y flejes de metal totalmente soportados para cubiertas de tejados y acabados de paredes
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interiores y exteriores. Especificación de producto y requisitos. Sistema de evaluación de la conformidad: 3/4. 8.6. Laminados compactos y paneles de compuesto HPL para acabados de paredes y techos Marcado CE obligatorio desde 1 de noviembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 438-‐7:2005. Laminados decorativos de alta presión (HPL). Láminas basadas en resinas termoestables (normalmente denominadas laminados). Parte 7: Laminados compactos y paneles de compuesto HPL para acabados de paredes y techos externos e internos. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 8.7. Recubrimientos de suelo resilientes, textiles y laminados Obligatorio desde el 1 de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14041:2005/AC/2005. Recubrimientos de suelo resilientes, textiles y laminados. Características esenciales. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 8.8. Techos suspendidos Marcado CE obligatorio desde el 1 de julio de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13964:2005. Techos suspendidos. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 8.9. Placas de escayola para techos suspendidos Marcado CE obligatorio a partir del 1 de abril de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14246:2007. Placas de escayola para techos suspendidos. Definiciones, especificaciones y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3/4. 8.10. Superficies para áreas deportivas Marcado CE obligatorio a partir del 1 de febrero de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14904:2007. Superficies para áreas deportivas. Especificaciones para suelos multi-‐deportivos de interior. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3. 9. PRODUCTOS PARA SELLADO DE JUNTAS 9.1. Productos de sellado aplicados en caliente Marcado CE obligatorio desde el 1 de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14188-‐1:2005. Productos para sellado de juntas. Parte 1: Especificaciones para productos de sellado aplicados en caliente. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 9.2. Productos de sellado aplicados en frío Marcado CE obligatorio desde el 1 de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14188-‐2:2005. Productos para sellando de juntas. Parte 2: Especificaciones para productos de sellado aplicados en frío. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 9.3. Juntas preformadas Marcado CE obligatorio desde el 1 de noviembre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14188-‐3:2006. Juntas de sellado. Parte 3: Especificaciones para juntas preformadas. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 10. INSTALACIÓN DE CALEFACCIÓN 10.1. Aparatos insertables, incluidos los hogares abiertos, que utilizan combustibles sólidos Marcado CE obligatorio desde 1 de enero de 2007. Norma UNE EN 13229. Aparatos insertables, incluidos los hogares abiertos, que utilizan combustibles sólidos. Sistema de evaluación de la conformidad 3. 10.2. Estufas que utilizan combustibles sólidos Marcado CE obligatorio desde 1 de julio de 2007. Norma UNE EN 13240. Estufas que utilizan combustibles sólidos. Sistema de evaluación de la conformidad 3. 10.3. Calderas domésticas independientes que utilizan combustibles sólidos Marcado CE obligatorio desde 1 de julio de 2007. Norma UNE-‐EN 12809:2002. Calderas domésticas independientes que utilizan combustibles sólidos. Sistema de evaluación de la conformidad 3.
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10.4. Paneles radiantes montados en el techo alimentados con agua a una temperatura inferior a 120 ºC Marcado CE obligatorio desde 1 de febrero de 2005.Norma UNE EN 14037-‐1 Paneles radiantes montados en el techo alimentados con agua a una temperatura inferior a 120 ºC. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 10.5. Radiadores y convectores Marcado CE obligatorio desde 1 de diciembre 2005. Norma UNE EN 442-‐1 y A1. Radiadores y convectores. Sistema de evaluación de la conformidad 3. 11. INSTALACIÓN DE DEPÓSITOS DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS 11.1. Sistemas separadores para líquidos ligeros Marcado CE obligatorio desde 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 858-‐1:2002/A1:2005.Sistemas separadores para líquidos ligeros (por ejemplo aceite y petróleo). Parte 1: Principios de diseño de producto, características y ensayo, marcado y control de calidad. Sistema de evaluación de la conformidad 3/4. 11.2. Depósitos estáticos de polietileno para el almacenamiento aéreo de carburantes, queroseno y combustibles diesel para calefacción doméstica Marcado CE obligatorio desde 1 de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13341: 2005. Depósitos estáticos de materiales termoplásticos para el almacenamiento aéreo de carburantes, queroseno y combustibles diesel para calefacción doméstica. Depósitos de polietileno moldeados por soplado y por moldeo rotacional y de poliamida 6 fabricados por polimerización aniónica. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad 3. 11.3. Dispositivos de prevención del rebosamiento para tanques estáticos para combustibles petrolíferos líquidos Marcado CE obligatorio desde 1 de junio de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13616:2005/AC: 2006. Dispositivos de prevención del rebosamiento para tanques estáticos para combustibles petrolíferos líquidos. Sistema de evaluación de la conformidad 3/4. 11.4. Tanques horizontales cilíndricos, de acero fabricados en taller, de pared simple o de pared doble, para el almacenamiento por encima del suelo de líquidos inflamables y no inflamables contaminantes del agua Marcado CE obligatorio desde 1 de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12285-‐2: 2005. Tanques de acero fabricados en taller. Parte 2: Tanques horizontales cilíndricos, de pared simple o de pared doble, para el almacenamiento por encima del suelo de líquidos inflamables y no inflamables contaminantes del agua. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3 /4. 12. INSTALACIÓN DE GAS 12.1. Juntas elastoméricas. Materiales de juntas empleadas en tubos y accesorios para transporte de gases y fluidos hidrocarbonados Marcado CE obligatorio desde 1 de diciembre de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 682:2002. Juntas elastoméricas. Requisitos de los materiales de juntas empleadas en tubos y accesorios para transporte de gases y fluidos hidrocarbonados Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 12.2. Sistemas de detección de fugas Marcado CE obligatorio desde 1 de marzo de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13160-‐1:2003. Sistemas de detección de fugas. Parte 1: Principios generales. Sistema de evaluación de la conformidad: 3/4
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13. INSTALACIÓN DE ELECTRICIDAD 13.1. Columnas y báculos de alumbrado Marcado CE obligatorio desde 1 de octubre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 40-‐4: 2006. Columnas y báculos de alumbrado. Parte 4: Requisitos para columnas y báculos de alumbrado de hormigón armado y hormigón pretensado. Sistema de evaluación de la conformidad 1. 13.2. Columnas y báculos de alumbrado de acero Marcado CE obligatorio desde 1 de febrero de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 40-‐5:2003. Columnas y báculos de alumbrado. Parte 5: Requisitos para las columnas y báculos de alumbrado de acero. Sistema de evaluación de la conformidad 1. 13.3. Columnas y báculos de alumbrado de aluminio Marcado CE obligatorio desde 1 de febrero de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 40-‐6:2003. Columnas y báculos de alumbrado. Parte 6: Requisitos para las columnas y báculos de alumbrado de aluminio. Sistema de evaluación de la conformidad 1. 13.4. Columnas y báculos de alumbrado de materiales compuestos poliméricos reforzados con fibra Marcado CE obligatorio desde 1 de octubre de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 40-‐7:2003. Columnas y báculos de alumbrado. Parte 7: Requisitos para columnas y báculos de alumbrado de materiales compuestos poliméricos reforzados con fibra. Sistema de evaluación de la conformidad 1. 14. INSTALACIÓN DE SANEAMIENTO Y DRENAJE 14.1. Tubos 14.1.1. Tuberías de gres, accesorios y juntas para saneamiento Marcado CE obligatorio desde 1 de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 295-‐10:2005. Tuberías de gres, accesorios y juntas para saneamiento. Parte 10: Requisitos obligatorios. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 14.1.2. Tuberías de fibrocemento para drenaje y saneamiento. Pasos de hombre y cámaras de inspección Marcado CE obligatorio desde 1 de octubre de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 588-‐2:2002. Tuberías de fibrocemento para drenaje y saneamiento. Parte 2: Pasos de hombre y cámaras de inspección. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 14.1.3. Tubos y accesorios de acero galvanizado en caliente soldados longitudinalmente con manguito acoplable para canalización de aguas residuales Marcado CE obligatorio desde 1 de junio de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1123-‐1:2000/A1:2005 Tubos y accesorios de acero galvanizado en caliente soldados longitudinalmente con manguito acoplable para canalización de aguas residuales. Parte 1: Requisitos, ensayos, control de calidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 14.1.4. Tubos y accesorios de acero inoxidable soldados longitudinalmente, con manguito acoplable para canalización de aguas residuales Marcado CE obligatorio desde 1 de junio de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1124-‐1:2000/A1:2005. Tubos y accesorios de acero inoxidable soldados longitudinalmente, con manguito acoplable para canalización de aguas residuales. Parte 1: Requisitos, ensayos, control de calidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 14.2. Pozos de registro 14.2.1. Pozos de registro y cámaras de inspección de hormigón en masa, hormigón armado y hormigón con fibras de acero
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Marcado CE obligatorio desde 23 de noviembre de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1917:2003. Pozos de registro y cámaras de inspección de hormigón en masa, hormigón armado y hormigón con fibras de acero. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 14.2.2. Pates para pozos de registro enterrados Marcado CE obligatorio desde 1 de agosto de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13101:2003. Pates para pozos de registro enterrados. Requisitos, marcado, ensayos y evaluación de conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 14.2.3. Escaleras fijas para pozos de registro Marcado CE obligatorio desde 1 de diciembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14396:2004. Escaleras fijas para pozos de registro. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 14.3. Plantas elevadoras de aguas residuales 14.3.1. Plantas elevadoras de aguas residuales que contienen materias fecales Marcado CE obligatorio desde 1 de noviembre de 2002. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12050-‐1:2001. Plantas elevadoras de aguas residuales para edificios e instalaciones. Principios de construcción y ensayo. Parte 1: Plantas elevadoras de aguas residuales que contienen materias fecales. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 14.3.2. Plantas elevadoras de aguas residuales que no contienen materias fecales Marcado CE obligatorio desde 1 de octubre de 2002. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12050-‐2:2001. Plantas elevadoras de aguas residuales para edificios e instalaciones. Principios de construcción y ensayo. Parte 2: Plantas elevadoras de aguas residuales que no contienen materias fecales. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 14.3.3. Plantas elevadoras de aguas residuales que contienen materias fecales para aplicaciones limitadas Marcado CE obligatorio desde 1 de octubre de 2002. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12050-‐3:2001. Plantas elevadoras de aguas residuales para edificios e instalaciones. Principios de construcción y ensayo. Parte 3: Plantas elevadoras de aguas residuales que contienen materias fecales para aplicaciones limitadas. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 14.4. Válvulas 14.4.1. Válvulas de retención para aguas residuales que no contienen materias fecales y para aguas residuales que contienen materias fecales en plantas elevadoras de aguas residuales Marcado CE obligatorio desde 1 de octubre de 2002. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12050-‐4:2001. Plantas elevadoras de aguas residuales para edificios e instalaciones. Principios de construcción y ensayo. Parte 4: Válvulas de retención para aguas residuales que no contienen materias fecales y para aguas residuales que contienen materias fecales. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 14.4.2. Válvulas equilibradoras de presión para sistemas de desagüe Marcado CE obligatorio desde 1 de octubre de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12380:2003. Válvulas equilibradoras de presión para sistemas de desagüe. Requisitos, métodos de ensayo y evaluación de la conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 14.5. Canales de desagüe para zonas de circulación utilizadas por peatones y vehículos Marcado CE obligatorio desde 1 de agosto de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1433:2003/A1:2005. Canales de desagüe para zonas de circulación utilizadas por peatones y vehículos. Clasificación, requisitos de diseño y de ensayo, marcado y evaluación de la conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 14.6. Pequeñas instalaciones de depuración de aguas residuales 14.6.1. Pequeñas instalaciones de depuración de aguas residuales para poblaciones de hasta 50 habitantes equivalentes. Fosas sépticas prefabricadas Marcado CE obligatorio desde 1 de diciembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12566-‐1:2000/A1:2004. Pequeñas instalaciones de depuración de aguas residuales para poblaciones de hasta 50 habitantes equivalentes. Parte 1: Fosas sépticas prefabricadas. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 14.6.2. Pequeñas instalaciones para el tratamiento de aguas residuales iguales o superiores a 50 PT. Plantas de tratamiento de aguas residuales domésticas ensambladas en su destino y/o embaladas
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Marcado CE obligatorio desde 1 de mayo de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12566-‐3:2006. Pequeñas instalaciones para el tratamiento de aguas residuales iguales o superiores a 50 PT. Parte 3: Plantas de tratamiento de aguas residuales domésticas ensambladas en su destino y/o embaladas. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 14.7. Dispositivos antiinundación para edificios Marcado CE obligatorio desde 1 de mayo de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13564-‐1:2003. Dispositivos antiinundación para edificios. Parte 1: Requisitos. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 14.8. Juntas de estanquidad de tuberías empleadas en canalizaciones de agua y en drenaje 14.8.1. Caucho vulcanizado Marcado CE obligatorio desde 1 de enero de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 681-‐1:1996/A1:1999/A2:2002. Juntas elastoméricas. Requisitos de los materiales para juntas de estanquidad de tuberías empleadas en canalizaciones de agua y en drenaje. Parte 1: Caucho vulcanizado. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 14.8.2. Elastómeros termoplásticos Marcado CE obligatorio desde 1 de enero de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 681-‐2:2001/A1:2002. Juntas elastoméricas. Requisitos de los materiales para juntas de estanquidad de tuberías empleadas en canalizaciones de agua y en drenaje. Parte 2: Elastómeros termoplásticos. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 14.8.3. Materiales celulares de caucho vulcanizado Marcado CE obligatorio desde 1 de enero de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 681-‐3:2001/A1:2002. Juntas elastoméricas. Requisitos de los materiales para juntas de estanquidad de tuberías empleadas en canalizaciones de agua y en drenaje. Parte 3: Materiales celulares de caucho vulcanizado. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 14.8.4. Elementos de estanquidad de poliuretano moldeado Marcado CE obligatorio desde 1 de enero de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 681-‐4:2001/ A1:2002. Juntas elastoméricas. Requisitos de los materiales para juntas de estanquidad de tuberías empleadas en canalizaciones de agua y en drenaje. Parte 4: Elementos de estanquidad de poliuretano moldeado. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 14.9. Separadores de grasas Marcado CE obligatorio desde 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1825-‐1:2005. Separadores de grasas. Parte 1: Principios de diseño, características funcionales, ensayos, marcado y control de calidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 /4. 15. INSTALACIÓN DE FONTANERÍA Y APARATOS SANITARIOS 15.1. Inodoros y conjuntos de inodoros con sifón incorporado Marcado CE obligatorio desde 1 de diciembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 997:2004. Inodoros y conjuntos de inodoros con sifón incorporado. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 15.2. Tubos y racores de acero para el transporte de líquidos acuosos, incluido el agua destinada al consumo humano Marcado CE obligatorio desde 1 de abril de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 10224:200/A1:20063. Tubos y racores de acero para el transporte de líquidos acuosos, incluido el agua destinada al consumo humano. Condiciones técnicas de suministro. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 15.3. Juntas para la conexión de tubos de acero y racores para el transporte de líquidos acuosos incluido agua para el consumo humano
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Marcado CE obligatorio desde 1 de marzo de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 10311:2006. Juntas para la conexión de tubos de acero y racores para el transporte de líquidos acuosos incluido agua para el consumo humano. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 15.4. Tubos y racores de acero inoxidable para el transporte de líquidos acuosos incluyendo agua para el consumo humano Marcado CE obligatorio desde 1 de abril de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 10312:2003/A1:2006. Tubos y racores de acero inoxidable para el transporte de líquidos acuosos incluyendo agua para el consumo humano. Condiciones técnicas de suministro. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 15.5. Bañeras de hidromasaje Marcado CE obligatorio desde 1 de octubre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12764:2005. Aparatos sanitarios. Especificaciones para bañeras de hidromasaje. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 15.6. Fregaderos de cocina Marcado CE obligatorio desde 1 de febrero de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13310:2003. Fregaderos de cocina. Requisitos funcionales y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 15.7. Bidets Marcado CE obligatorio desde 1 de octubre de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14528: 2006. Bidets. Requisitos funcionales y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 15.8. Cubetas de lavado comunes para usos domésticos Marcado CE obligatorio desde 1 de marzo de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14296:2006. Cubetas de lavado comunes para usos domésticos. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 15.9. Mamparas de ducha Marcado CE obligatorio desde 1 de septiembre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14428:2005. Mamparas de ducha. Requisitos funcionales y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 15.10.Cobre y aleaciones de cobre. Tubos redondos de cobre, sin soldadura, para agua y gas en aplicaciones sanitarias y de calefacción Marcado CE obligatorio a partir del 1 de marzo de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1057:2007. Cobre y aleaciones de cobre. Tubos redondos de cobre, sin soldadura, para agua y gas en aplicaciones sanitarias y de calefacción. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1/3/ 4. 16. INSTALACIÓN DE VENTILACIÓN 16.1. Sistemas para el control de humos y de calor 16.1.1. Cortinas de humo Marcado CE obligatorio desde 1 de septiembre de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12101-‐1: 2006 /A1:2006. Sistemas para el control de humos y de calor. Parte 1: Especificaciones para cortinas de humo. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 16.1.2. Aireadores de extracción natural de extracción de humos y calor Marcado CE obligatorio desde 1 de septiembre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12101-‐2:2004. Sistemas para el control de humos y de calor. Parte 2: Especificaciones para aireadores de extracción natural de extracción de humos y calor. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 16.1.3. Aireadores extractores de humos y calor mecánicos Marcado CE obligatorio desde 1 de abril de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12101-‐3:2002/AC:2006. Sistemas de control de humos y calor. Parte 3: Especificaciones para aireadores extractores de humos y calor mecánicos. Sistema de evaluación de la conformidad: 1.
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16.1.4. Sistemas de presión diferencial. Equipos Marcado CE obligatorio desde 1 de abril de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12101-‐6:2006. Sistemas control de humos y de calor. Parte 6: Sistemas de presión diferencial. Equipos. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 16.1.5. Suministro de energía Marcado CE obligatorio desde 1 de enero de 2009. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12101-‐10:2006. Sistemas de control de humos y calor. Parte 10: Suministro de energía. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 16.1.6. Alarmas de humo autónomas Marcado CE obligatorio desde 1 de agosto de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14604:2006. Alarmas de humo autónomas. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 16.2. Chimeneas 16.2.1. Chimeneas modulares con conductos de humo de arcilla o cerámicos Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13063-‐1: 2006. Chimeneas. Chimeneas modulares con conductos de humo de arcilla o cerámicos. Parte 1: Requisitos y métodos de ensayo para resistencia al hollín. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. Marcado CE obligatorio desde el 1 de marzo de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13063-‐2:2006. Chimeneas. Chimeneas modulares con conductos de humo de arcilla o cerámicos. Parte 2: Requisitos y métodos de ensayo en condiciones húmedas. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 16.2.2. Paredes exteriores de arcilla o cerámicas para chimeneas modulares Marcado CE obligatorio desde el 1 de mayo de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13069:2006. Chimeneas. Paredes exteriores de arcilla o cerámicas para chimeneas modulares. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 16.2.3. Materiales para conductos de ladrillo de chimeneas industriales autoportantes. Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13084-‐5:2006. Chimeneas industriales autoportantes. Parte 5: Materiales para conductos de ladrillo. Especificación del producto. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 16.2.4. Construcciones cilíndricas de acero de uso en chimeneas de pared simple de acero y revestimientos de acero de chimeneas autoportantes Marcado CE obligatorio desde el 1 de agosto de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13084-‐7: 2006. Chimeneas autoportantes. Parte 7: Especificaciones de producto para construcciones cilíndricas de acero de uso en chimeneas de pared simple de acero y revestimientos de acero. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 16.2.5. Conductos de humo de arcilla o cerámicos Marcado CE obligatorio desde el 1 de agosto de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1457:2003. Chimeneas. Conductos de humo de arcilla o cerámicos. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 16.2.6. Chimeneas metálicas modulares Marcado CE obligatorio desde el 1 de agosto de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1856-‐1:2004/1M 2005. Chimeneas. Requisitos para chimeneas metálicas. Parte 1: Chimeneas modulares. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+/4. 16.2.7. Conductos interiores y conductos de unión metálicos para chimeneas metálicas Marcado CE obligatorio desde el 1 de noviembre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1856-‐2:2005. Chimeneas. Requisitos para chimeneas metálicas. Parte 2: Conductos interiores y conductos de unión metálicos. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 16.2.8. Conductos interiores de hormigón Marcado CE obligatorio desde el 1 de mayo de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1857:2004/AC:2006. Chimeneas. Componentes. Conductos interiores de hormigón. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+.
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16.2.9. Bloques para conductos de humo de hormigón Marcado CE obligatorio desde el 1 de mayo de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1858:2004. Chimeneas. Componentes. Bloques para conductos de humo de hormigón. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 16.2.10. Elementos de pared exterior de hormigón Marcado CE obligatorio desde el 1 de febrero de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12446:2003. Chimeneas. Componentes. Elementos de pared exterior de hormigón. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 16.2.11. Terminales de los conductos de humos arcillosos/cerámicos Marcado CE obligatorio desde el 1 de agosto de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13502:2003. Chimeneas. Terminales de los conductos de humos arcillosos/cerámicos. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 16.2.12. Chimeneas con conductos de humo de material plástico Marcado CE obligatorio desde el 1 de junio de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14471:2006. Chimeneas. Requisitos y métodos de ensayo para sistemas de chimeneas con conductos de humo de material plástico. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/2+/3/4. 16.2.13. Bloques para conductos de humo de arcilla o cerámicos para chimeneas de pared simple Marcado CE obligatorio a partir del 1 de mayo de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1806:2007. Chimeneas. Bloques para conductos de humo de arcilla o cerámicos para chimeneas de pared simple. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 17. INSTALACIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 17.1. Productos de protección contra el fuego Normas de aplicación: Guía DITE Nº 018-‐1, Guía DITE Nº 018-‐2, Guía DITE Nº 018-‐3, Guía DITE Nº 018-‐4. Productos de protección contra el fuego. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 17.2. Hidrantes 17.2.1. Hidrantes bajo nivel de tierra, arquetas y tapas Marcado CE obligatorio desde 1 de mayo de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐ EN 14339:2006. Hidrantes bajo nivel de tierra, arquetas y tapas. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.2.2. Hidrantes Marcado CE obligatorio desde 1 de mayo de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14384:2006. Hidrantes. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.3. Sistemas de detección y alarma de incendios 17.3.1. Dispositivos de alarma de incendios acústicos Marcado CE obligatorio desde el 30 de junio de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 54-‐3:2001/A1:2002. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.3.2. Equipos de suministro de alimentación Marcado CE obligatorio desde el 31 de diciembre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 54-‐4:1997 AC:1999/A1:2003. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.3.3. Detectores de calor puntuales Marcado CE obligatorio desde el 30 de junio de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 54-‐5:2001/A1:2002. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.3.4. Detectores de humo puntuales que funcionan según el principio de luz difusa, luz transmitida o por ionización Marcado CE obligatorio desde el 30 de junio de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 54-‐7:2001/A1:2002. Sistema de evaluación de la conformidad: 1.
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17.3.5. Detectores de llama puntuales Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 54-‐10: 2002/A1: 2006. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.3.6. Pulsadores manuales de alarma Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 54-‐11: 2001/A1: 2006. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.3.7. Detectores de humo de línea que utilizan un haz óptico de luz Marcado CE obligatorio desde el 31de diciembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 54-‐12:2003. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.3.8. Seccionadores de cortocircuito Marcado CE obligatorio desde el 31de diciembre de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 54-‐17: 2006. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.3.9. Dispositivos entrada/salida para su uso en las vías de transmisión de los detectores de fuego y de las alarmas de incendio Marcado CE obligatorio desde el 31de diciembre de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 54-‐18: 2006. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.3.10. Detectores de aspiración de humos Marcado CE obligatorio a partir del 1 de julio de 2009. Norma de aplicación: UNE-‐EN 54-‐20: 2007. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.3.11. Equipos de transmisión de alarmas y avisos de fallo Marcado CE obligatorio a partir del 1 de junio de 2009. Norma de aplicación: UNE-‐EN 54-‐21: 2007. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.4. Instalaciones fijas de lucha contra incendios. Sistemas equipados con mangueras 17.4.1. Bocas de incendio equipadas con mangueras semirrígidas Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 671-‐1:2001. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.4.2. Bocas de incendio equipadas con mangueras planas Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 671-‐2:2001. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.5. Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos 17.5.1. Dispositivos automáticos y eléctricos de control y retardo Marcado CE obligatorio desde el 1 de mayo de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12094-‐1:2004. Parte 1: Requisitos y métodos de ensayo para los dispositivos automáticos y eléctricos de control y retardo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.5.2. Dispositivos automáticos no eléctricos de control y de retardo Marcado CE obligatorio desde el 1 de mayo de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12094-‐2:2004. Parte 2: Requisitos y métodos de ensayo para los dispositivos automáticos no eléctricos de control y retardo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.5.3. Dispositivos manuales de disparo y de paro Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12094-‐3:2004. Parte 3: Requisitos y métodos de ensayo para los dispositivos manuales de disparo y paro. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.5.4. Conjuntos de válvulas de los contenedores de alta presión y sus actuadores Marcado CE obligatorio a partir del 1 de agosto de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12094-‐4:2005. Parte 4: Requisitos y métodos de ensayo para los conjuntos de válvulas de los contenedores de alta presión y sus actuadores. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.5.5. Válvulas direccionales de alta y baja presión y sus actuadores para sistemas de CO2 Marcado CE obligatorio a partir del 1 de febrero de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12094-‐5:2007. Parte 5: Requisitos y métodos de ensayo para válvulas direccionales de alta y baja presión y sus actuadores para sistemas de CO2. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.5.6. Dispositivos no eléctricos de aborto para sistemas de CO2
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Marcado CE obligatorio a partir del 1 de febrero de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12094-‐6:2007. Parte 6: Requisitos y métodos de ensayo para los dispositivos no eléctricos de aborto para sistemas de CO2. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.5.7. Difusores para sistemas de CO2 Marcado CE obligatorio desde el 1 de noviembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12094-‐7:2001/A1:2005. Parte 7: Requisitos y métodos de ensayo para difusores para sistemas de CO2. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.5.8. Conectores Marcado CE obligatorio a partir del 1 de mayo de 2009. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12094-‐8:2007. Parte 8: Requisitos y métodos de ensayo para conectores. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.5.9. Detectores especiales de incendios Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12094-‐9:2003. Parte 9: Requisitos y métodos de ensayo para detectores especiales de incendios. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.5.10. Presostatos y manómetros Marcado CE obligatorio desde el 1 de mayo de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12094-‐10:2004. Parte 10: Requisitos y métodos de ensayo para presostatos y manómetros. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.5.11. Dispositivos mecánicos de pesaje Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12094-‐11:2003. Parte 11: Requisitos y métodos de ensayo para dispositivos mecánicos de pesaje. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.5.12. Dispositivos neumáticos de alarma Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12094-‐12:2004. Parte 12: Requisitos y métodos de ensayo para dispositivos neumáticos de alarma. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.5.13. Válvulas de retención y válvulas antirretorno Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12094-‐13:2001/AC:2002. Parte 13: Requisitos y métodos de ensayo para válvulas de retención y válvulas antirretorno. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.6. Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de rociadores y agua pulverizada 17.6.1. Rociadores automáticos Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12259-‐1:2002/A2:2005/A3: 2006. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.6.2. Conjuntos de válvula de alarma de tubería mojada y cámaras de retardo Marcado CE obligatorio desde el 1 de agosto de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12259-‐2:2000/ A1:2001/ A2: 2006/AC:2002. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.6.3. Conjuntos de válvula de alarma para sistemas de tubería seca Marcado CE obligatorio desde el 1 de agosto de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12259-‐3:2001/ A1:2001/ A2:2006. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.6.4. Alarmas hidromecánicas Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12259-‐4:2000/A1:2001. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.6.5. Detectores de flujo de agua Marcado CE obligatorio desde el 1 de septiembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12259-‐5:2003. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.7. Sistemas fijos de lucha contra incendios. Sistemas de extinción por polvo 17.7.1. Componentes Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12416-‐1:2001. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 17.7.2. Diseño, construcción y mantenimiento Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12416-‐2:2001. Sistema de evaluación de la conformidad: 1.
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17.8. Instalaciones fijas de lucha contra incendios. Sistemas de espuma 17.8.1. Componentes Marcado CE obligatorio desde el 1 de marzo de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13565-‐1:2005. Sistema de evaluación de la conformidad: 1. 18. KITS DE CONSTRUCCIÓN 18.1. Edificios prefabricados 18.1.1. De estructura de madera Norma de aplicación: Guía DITE Nº 007. Kits de construcción de edificios prefabricados de estructura de madera. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 18.1.2. De estructura de troncos Norma de aplicación: Guía DITE Nº 012. Kits de construcción de edificios prefabricados de estructura de troncos. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 18.1.3. De estructura de hormigón Norma de aplicación: Guía DITE nº 024. Kits de construcción de edificios prefabricados de estructura de hormigón. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 18.1.4. De estructura metálica Norma de aplicación: Guía DITE nº 025. Kits de construcción de edificios prefabricados de estructura metálica. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 18.2. Almacenes frigoríficos Norma de aplicación: Guía DITE nº 021-‐1 -‐ Guía DITE Nº 021-‐2. Kits de construcción de almacenes frigoríficos. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 19. OTROS (Clasificación por material) 19.1. HORMIGONES, MORTEROS Y COMPONENTES 19.1.1. Cementos comunes* Marcado CE obligatorio desde el 1 de febrero de 2002. Norma de aplicación: UNE-‐EN 197-‐1:2000/A1:2005. Cemento. Parte 1: Composición, especificaciones y criterios de conformidad de los cementos comunes. Sistema de evaluación de la conformidad: 1+. 19.1.2. Cementos de escorias de horno alto de baja resistencia inicial Marcado CE obligatorio desde el 1 de febrero de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 197-‐4:2005 Cemento. Parte 4: Composición, especificaciones y criterios de conformidad de los cementos de escorias de horno alto de baja resistencia inicial. Sistema de evaluación de la conformidad: 1+. 19.1.3. Cementos de albañilería Marcado CE obligatorio desde el 1 de diciembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 413-‐1:2005. Cementos de albañilería. Parte 1: Composición, especificaciones y criterios de conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 1+. 19.1.4. Cemento de aluminato cálcico Marcado CE obligatorio desde el 1 de agosto de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14647:2006. Cemento de aluminato cálcico. Composición, especificaciones y criterios de conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 1+.
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19.1.5. Cementos especiales de muy bajo calor de hidratación Marcado CE obligatorio desde el 1 de febrero de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14216:2005. Cemento. Composición, especificaciones y criterios de conformidad de los cementos especiales de muy bajo calor de hidratación. Sistema de evaluación de la conformidad: 1+. 19.1.6. Cenizas volantes para hormigón Marcado CE obligatorio desde el 1 de de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 450-‐1:2006. Cenizas volantes para hormigón. Parte 1: Definiciones, especificaciones y criterios de conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 1+. 19.1.7. Cales para la construcción* Marcado CE obligatorio desde el 1 de agosto de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 459-‐1:2002. Cales para la construcción. Parte 1: Definiciones, especificaciones y criterios de conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 2. 19.1.8. Aditivos para hormigones* Marcado CE obligatorio desde el 1 de mayo de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 934-‐2:2002/A1:2005/A2:2006 Aditivos para hormigones, morteros y pastas. Parte 2: Aditivos para hormigones. Definiciones, requisitos, conformidad, marcado y etiquetado. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 19.1.9. Aditivos para morteros para albañilería Marcado CE obligatorio desde el 1 de junio de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 934-‐3:2004/AC:2005. Aditivos para hormigones, morteros y pastas. Parte 3: Aditivos para morteros para albañilería. Definiciones, requisitos, conformidad, marcado y etiquetado. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 19.1.10. Aditivos para pastas para tendones de pretensado Marcado CE obligatorio desde el 1 de de mayo de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 934-‐4:2002. Aditivos para hormigones, morteros y pastas. Parte 4: Aditivos para pastas para tendones de pretensado. Definiciones, especificaciones, conformidad, marcado y etiquetado. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 19.1.11. Morteros para revoco y enlucido* Marcado CE obligatorio desde el 1 de febrero de 2005. Norma de aplicación: UNE EN 998-‐1:2003/AC:2006. Especificaciones de los morteros para albañilería. Parte 1: Morteros para revoco enlucido. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 19.1.12. Morteros para albañilería* Marcado CE obligatorio desde el 1 de febrero de 2005. Norma de aplicación: UNE EN 998-‐2:2004. Especificaciones de los morteros para albañilería. Parte 2: Morteros para albañilería. Sistemas de evaluación de la conformidad: 2+/4. 19.1.13. Áridos para hormigón* Marcado CE obligatorio desde el 1 de junio de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12620:2003/AC:2004. Áridos para hormigón. Sistemas de evaluación de la conformidad: 2+/4. 19.1.14. Áridos ligeros para hormigón, mortero e inyectado Marcado CE obligatorio desde el 1 de junio de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13055-‐1:2003/AC:2004. Áridos ligeros. Parte 1: Áridos ligeros para hormigón, mortero e inyectado. Sistemas de evaluación de la conformidad: 2+/4 19.1.15. Áridos ligeros para mezclas bituminosas, tratamientos superficiales y aplicaciones en capas tratadas y no tratadas Marcado CE obligatorio desde el 1 de mayo de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13055-‐2:2005. Áridos ligeros. Parte 2: Áridos ligeros para mezclas bituminosas, tratamientos superficiales y aplicaciones en capas tratadas y no tratadas. Sistemas de evaluación de la conformidad: 2+/4. 19.1.16. Áridos para morteros* Marcado CE obligatorio desde el 1 de junio de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13139:2003/AC:2004. Áridos para morteros. Sistemas de evaluación de la conformidad: 2+/4. 19.1.17. Humo de sílice para hormigón Marcado CE obligatorio desde el 1 de abril de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13263:2006. Humo de sílice para hormigón. Definiciones, requisitos y control de la conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 1+. 19.1.18. Ligantes, ligantes compuestos y mezclas prefabricadas a base de sulfato cálcico para soleras
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Marcado CE obligatorio desde el 1 de julio de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13454-‐1:2005. Ligantes, ligantes compuestos y mezclas prefabricadas a base de sulfato cálcico para soleras. Parte 1: Definiciones y requisitos. Sistemas de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 19.1.19. Ligantes de soleras continuas de magnesita. Magnesita cáustica y cloruro de magnesio Marcado CE obligatorio desde el 1 de diciembre de 2005. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14016-‐1:2005. Ligantes de soleras continuas de magnesita. Magnesita cáustica y cloruro de magnesio. Parte 1: Definiciones y requisitos Sistemas de evaluación de la conformidad: 3/4. 19.1.20. Pigmentos para la coloración de materiales de construcción basados en cemento y/o cal Marcado CE obligatorio desde el 1 de marzo de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12878:2006. Pigmentos para la coloración de materiales de construcción basados en cemento y/o cal. Especificaciones y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 19.1.21. Fibras de acero para hormigón Marcado CE obligatorio a partir del 1 de junio de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14889-‐1:2007. Fibras para hormigón. Parte 1: Fibras de acero. Definiciones, especificaciones y conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3. 19.1.22. Fibras poliméricas para hormigón Marcado CE obligatorio a partir del 1 de junio de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14889-‐2:2007. Fibras para hormigón. Parte 2: Fibras poliméricas. Definiciones, especificaciones y conformidad. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3. 19.2. YESO Y DERIVADOS 19.2.1. Placas de yeso laminado* Marcado CE obligatorio desde 1 de marzo de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 520:2005 Placas de yeso laminado. Definiciones, especificaciones y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3/4. 19.2.2. Paneles de yeso* Marcado CE obligatorio desde 1 de abril de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12859:2001/A1:2004. Paneles de yeso. Definiciones, especificaciones y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 19.2.3. Adhesivos a base de yeso para paneles de yeso Marcado CE obligatorio desde 1 de abril de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12860:2001. Adhesivos a base de yeso para paneles de yeso. Definiciones, especificaciones y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 19.2.4. Yeso y productos a base de yeso para la construcción* Marcado CE obligatorio desde 1 de abril de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13279-‐1:2006. Yeso y productos a base de yeso para la construcción. Parte 1: Definiciones y requisitos. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 /4. 19.2.5. Paneles compuestos de cartón yeso aislantes térmico/acústicos Marcado CE obligatorio desde 1 de septiembre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13950:2006. Paneles compuestos de cartón yeso aislantes térmico/acústicos. Definiciones, requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 /4. 19.2.6. Material de juntas para placas de yeso laminado Marcado CE obligatorio desde 1 de marzo de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13963:2006. Material de juntas para placas de yeso laminado. Definiciones, especificaciones y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 /4. 19.2.7. Productos de placas de yeso laminado de procesamiento secundario Marcado CE obligatorio desde 1 de abril de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14190:2006. Productos de placas de yeso laminado de procesamiento secundario. Definiciones, requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 /4. 19.2.8. Molduras de yeso prefabricadas Marcado CE obligatorio desde 1 de septiembre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14209:2006. Molduras de yeso prefabricadas. Definiciones, requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 /4. 19.2.9. Adhesivos a base de yeso para aislamiento térmico/acústico de paneles de composite y placas de yeso
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Marcado CE obligatorio desde 1 de septiembre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14496:2006. Adhesivos a base de yeso para aislamiento térmico/acústico de paneles de composite y placas de yeso. Definiciones, requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 /4. 19.2.10. Materiales en yeso fibroso Marcado CE obligatorio a partir del 1 de junio de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13815:2007. Materiales en yeso fibroso. Definiciones, especif. y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 19.3. FIBROCEMENTO 19.3.1. Placas onduladas o nervadas de fibrocemento y piezas complementarias Marcado CE obligatorio desde 1 de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 494:2005. Placas onduladas o nervadas de fibrocemento y piezas complementarias. Especificaciones de producto y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 /4. 19.3.2. Plaquetas de fibrocemento y piezas complementarias Marcado CE obligatorio desde 1 de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 492:2005. Plaquetas de fibrocemento y piezas complementarias. Especificaciones de producto y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 /4. 19.3.3. Placas planas de fibrocemento Marcado CE obligatorio desde 1 de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12467:2006. Placas planas de fibrocemento. Especificaciones del producto y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 /4. 19.4. PREFABRICADOS DE HORMIGÓN 19.4.1. Componentes prefabricados de hormigón armado de áridos ligeros con estructura abierta Marcado CE obligatorio desde 1 de septiembre de 2004. Norma de aplicación: UNE-‐EN 1520:2003 /AC:2004 Componentes prefabricados de hormigón armado de áridos ligeros con estructura abierta. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+ /4. 19.4.2. Tubos y piezas complementarias de hormigón en masa, hormigón armado y hormigón con fibra de acero Marcado CE obligatorio desde 23 de noviembre de 2004. Normas de aplicación: UNE-‐EN 1916:2003/ AC:2005/ ERRATUM:2006, UNE 127916:2004. Tubos y piezas complementarias de hormigón en masa, hormigón armado y hormigón con fibra de acero. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 19.4.3. Elementos para vallas Marcado CE obligatorio desde 1 de marzo de 2003. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12839:2001. Productos prefabricados de hormigón. Elementos para vallas. Sistema de evaluación de la conformidad: 4. 19.4.4. Mástiles y postes Marcado CE obligatorio desde 1 de septiembre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12843:2005. Productos prefabricados de hormigón. Mástiles y postes. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 19.4.5. Garajes prefabricados de hormigón Marcado CE obligatorio desde 1 de marzo de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13978-‐1:2006. Productos prefabricados de hormigón. Garajes prefabricados de hormigón. Parte 1: Requisitos para garajes reforzados de una pieza o formados por elementos individuales con dimensiones de una habitación. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 19.4.6. Marcos Marcado CE obligatorio a partir del 1 de mayo de 2008. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14844:2007. Productos prefabricados de hormigón. Marcos. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+/4. 19.5. ACERO 19.5.1. Perfiles huecos para construcción acabados en caliente, de acero no aleado de grano fino Marcado CE obligatorio a partir del 1 de febrero de 2008. UNE-‐EN 10210-‐1:2007. Perfiles huecos para construcción acabados en caliente, de acero no aleado de grano fino. Parte 1: Condiciones técnicas de suministro. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 19.5.2. Perfiles huecos para construcción conformados en frío de acero no aleado y de grano fino
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Marcado CE obligatorio a partir del 1 de febrero de 2008. UNE-‐EN 10219-‐1:2007. Perfiles huecos para construcción soldados, conformados en frío de acero no aleado y de grano fino. Parte 1: Condiciones técnicas de suministro. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 19.5.3. Perfilería metálica para particiones, muros y techos en placas de yeso laminado Marcado CE obligatorio desde 1 de enero de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14195:2005. Perfilería metálica para particiones, muros y techos en placas de yeso laminado. Definiciones requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 /4. 19.6. ALUMINIO 19.6.1. Aluminio y aleaciones de aluminio. Productos estructurales Marcado CE obligatorio desde el 1 de octubre de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 15088:2005. Aluminio y aleaciones de aluminio. Productos estructurales para construcción. Condiciones técnicas de inspección y suministro. Sistema de evaluación de la conformidad: 2+. 19.7. MADERA 19.7.1. Tableros derivados de la madera Marcado CE obligatorio desde 1 de junio de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 13986:2006. Tableros derivados de la madera para su utilización en la construcción. Características, evaluación de la conformidad y marcado. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/2+/3/4. 19.7.2. Paneles a base de madera prefabricados portantes de caras tensionadas Norma de aplicación: Guía DITE Nº 019. Paneles a base de madera prefabricados portantes de caras pensionadas. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 19.8. VARIOS 19.8.1. Cocinas domésticas que utilizan combustibles sólidos Marcado CE obligatorio desde 1 de julio de 2007. Norma de aplicación: UNE-‐EN 12815:2002/AC:2003/A1:2005. Cocinas domésticas que utilizan combustibles sólidos. Requisitos y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 3. 19.8.2. Techos tensados Marcado CE obligatorio desde 1 de octubre de 2006. Norma de aplicación: UNE-‐EN 14716:2005. Techos tensados. Especificaciones y métodos de ensayo. Sistema de evaluación de la conformidad: 1/3/4. 19.8.3. Escaleras prefabricadas (Kits) Guía DITE Nº 008. Escaleras prefabricadas (Kits). Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego. 19.8.4. Paneles compuestos ligeros autoportantes Norma de aplicación: Guía DITE Nº 016, parte 1. Paneles compuestos ligeros autoportantes. Parte 1: Aspectos generales. Sistema de evaluación de la conformidad: 3 sólo para ensayos de reacción al fuego.
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ENSAYOS, ANALISIS Y PRUEBAS A REALIZAR
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PCC CIMENTACIÓN PANTALLAS, MUROS Y ANCLAJES AL TERRENO OBRA PROYECTO DE URBANIZACIÓN. -‐ ZARATAMO. Identificación del Producto SISTEMA TIPO PRODUCTO / CLASE / DIMENSIONES ANCLAJES AL TERRENO HA25/B/20IIa ZAPATA CORRIDA 140/90x40 Exigencia Documental de Control de Recepción Tipo S.C. / Pr. Descripción Mar. CE Dist.Cal Otros Control HA25/B/20IIa ANCLAJES AL TERRENO ZAPATA CORRIDA Si Si Exento Relación de Ensayos / Pruebas Ref. Ensayos de Control-‐PANTALLAS Y MUROS Norma DBs de aplicación Frecuencia prescriptiva Frecuencia facultativa 1 Colocación de inclinómetros DB – SE -‐ C 1 / 50 m 2 Control de movimientos DB – SE -‐ C 1 / nº sótanos Ref. Ensayos de Control -‐ ANCLAJES AL TERRENO Norma DBs de aplicación Frecuencia prescriptiva Frecuencia facultativa 3 Ensayo de aceptación del anclaje UNE EN 1.537:2001 DB – SE -‐ C 1 / 20 uds. Ref. Ensayos de Control -‐ LECHADAS DE INYECCIÓN Norma DBs de aplicación Frecuencia prescriptiva Frecuencia facultativa 4 Viscosidad Marsch s/ EHE 1/día 5 Estabilidad de la inyección (exudación y variación de volumen) s/ EHE 1/ 10 días 6 Resistencia a compresión de la lechada s/ EHE 1/ 10 días
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Control de recepción: Lotes y Ensayos / Pruebas Producto/Clase Medición Nº Lotes Ref.Ensayos 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 ACEROS EN CHAPAS Y PERFILES TORNILLOS, TUERCAS Y ARANDELAS MATERIAL DE APORTACIÓN TOTAL ENSAYOS / PRUEBAS Documentación: Distintivo de Calidad, Documentación Obligatoria, Marcado CE (Obligatorio) Observaciones:
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PCC REVESTIMIENTOS BALDOSAS DE CEMENTO PAVIMENTOS IN-‐SITU OBRA PROYECTO DE URBANIZACIÓN. -‐ ZARATAMO. Identificación del Producto SISTEMA TIPO PRODUCTO / CLASE / DIMENSIONES BALDOSAS DE CEMENTO Y PAVIMENTOS IN-‐SITU BALDOSA DE CEMENTO BALDOSA TIPO BILBAO | Tomada con mortero M-‐40 BALDOSAS DE CEMENTO Y PAVIMENTOS IN-‐SITU RIGOLA DE HORMIGÓN EN MASA RIGOLA IN-‐SITU HM-‐20/P/20/I pulido BALDOSAS DE CEMENTO Y PAVIMENTOS IN-‐SITU CAPA DE RODADURA CAPA DE RODADURA M.B.C. TIPO D-‐12 Exigencia Documental de Control de Recepción Tipo S.C. / Pr. Descripción Mar. CE Dist.Cal Otros Control BALDOSAS DE CEMENTO Y PAVIMENTOS IN-‐SITU BALDOSA DE CEMENTO BALDOSA TIPO BILBAO Si Si Exento BALDOSAS DE CEMENTO Y PAVIMENTOS IN-‐SITU RIGOLA DE HORMIGÓN EN MASA RIGOLA IN-‐SITU HM-‐20/P/20/I pulido Si Si Exento BALDOSAS DE CEMENTO Y PAVIMENTOS IN-‐SITU CAPA DE RODADURA CAPA DE RODADURA M.B.C. TIPO D-‐12 Si Si Exento Relación de Ensayos / Pruebas Ref. Ensayos de Control Norma DBs de aplicación Frecuencia prescriptiva Frecuencia facultativa 1 Dimensiones y aspecto superficial UNE-‐EN ISO 10545-‐2:98 1/ tipo 2 Absorción de agua UNE-‐EN ISO 10545-‐ 1/ tipo
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3:97 3 Resistencia a la flexión UNE-‐EN ISO 10545-‐4:97 1/ tipo 4 Resistencia al impacto UNE-‐EN ISO 10545-‐5:98 1/ tipo 5 Resistencia abrasión (profunda o superficial) UNE-‐EN ISO 10545-‐6ó7: 98 o 99 1/ tipo 6 Dilatación térmica lineal UNE-‐EN ISO 10545-‐8:97 1/ tipo 7 Choque térmico UNE-‐EN ISO 10545-‐9:97 1/ tipo 8 Dilatación por humedad UNE-‐EN ISO 10545-‐10:97 1/ tipo 9 Resistencia a la helada UNE-‐EN ISO 10545-‐12:97 1/ tipo 10 Resistencia al cuarteo UNE-‐EN ISO 10545-‐11:97 1/ tipo 11 Resistencia química UNE-‐EN ISO 10545-‐13:98 1/ tipo 12 Resistencia a las manchas UNE-‐EN ISO 10545-‐14:98 1/ tipo 13 Resistencia deslizamiento/resbalamiento * UNE-‐ENV 12633:03 DB-‐SU-‐1 1/ tipo
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Documentación: Documentación Obligatoria, Marcado CE (Obligatorio) Observaciones:
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LISTADO DE DOCUMENTACIÓN
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CIMENTACIÓN PANTALLAS, MUROS Y ANCLAJES AL TERRENO ANCLAJES AL TERRENO ZAPATA CON VIGA CENTRADORA ........... Documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado ........... Certificado de garantía del fabricante, firmada por persona física ........... Etiquetado del marcado CE ........... Declaración CE de conformidad firmada por el fabricante ........... Marcas de conformidad a norma ESTRUCTURAS DE ACERO ACEROS ACEROS EN CHAPAS Y PERFILES. PERFILES SIMPLES S 275 JR Y PERFILES HUECOS S 275 JO-‐H ........... Documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado ........... Certificado de garantía del fabricante, firmada por persona física ........... Etiquetado del marcado CE ........... Declaración CE de conformidad firmada por el fabricante FÁBRICAS MORTEROS MORTEROS MORTERO TRATAMIENDO DE HUMEDADES ........... Documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado ........... Certificado de garantía del fabricante, firmada por persona física ........... Etiquetado del marcado CE ........... Declaración CE de conformidad firmada por el fabricante AHORRO ENERGÉTICO AISLANTES TERMICOS AISLANTES TÉRMICOS ULTRACOUSTIC ABSORCION TECHOS ........... Documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado ........... Certificado de garantía del fabricante, firmada por persona física ........... Etiquetado del marcado CE ........... Declaración CE de conformidad firmada por el fabricante ULTRACOUSTIC R. TABIQUES Y TRASDOSADO ........... Documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado ........... Certificado de garantía del fabricante, firmada por persona física ........... Etiquetado del marcado CE ........... Declaración CE de conformidad firmada por el fabricante CARPINTERIAS VENTANAS VENTANAS CARPINTERIA EXTERIOR ........... Documentación de Calidad de Materiales Componentes ........... Documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado ........... Certificado de garantía del fabricante, firmada por persona física ........... Etiquetado del marcado CE ........... Declaración CE de conformidad firmada por el fabricante REVESTIMIENTOS MATERIALES CERÁMICOS MATERIALES CERÁMICOS PORCELANICO TODO MASA ........... Documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado ........... Certificado de garantía del fabricante, firmada por persona física ........... Etiquetado del marcado CE ........... Declaración CE de conformidad firmada por el fabricante
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PINTURAS Y BARNICES PINTURAS Y BARNICES PINTURA DE SOL-‐SILICATO ........... Documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado ........... Certificado de garantía del fabricante, firmada por persona física ........... Etiquetado del marcado CE ........... Declaración CE de conformidad firmada por el fabricante ........... Marcas de conformidad a norma
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7. GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN (EGR)
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Se redacta este Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición en cumplimiento Real Decreto 112/2012, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición. 1.-‐ Estimación de la cantidad, expresada en toneladas y en metros cúbicos, de los residuos de construcción y demolición que se generarán en la obra, codificados con arreglo a la Lista Europea de Residuos, publicada por Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos, o norma que los sustituya. [Artículo 4.1.a)1º] a) Obra Nueva de urbanización(i): Sº m2 superficie construída V m3 volumen residuos (S x 0,2) d densidad tipo entre 1,5 y 0,5 tn/m3 Tn tot toneladas de residuo (v x d) 360 72 1,5 108 Evaluación teórica del peso por tipología de RCD % en peso (según Cmdad Madrid, Plan Nacional de RCDs Tn cada tipo de RCD (Tn tot x %) RCD: Naturaleza no pétrea 1. Asfalto (LER: 17 03 02) 0,050 5,40 3. Metales (LER: 17 04 ) 0,025 2,70 5. Plástico (LER: 17 02 03) 0,015 1,62 Total estimación (tn) 0,090 9,70 RCD: Naturaleza pétrea 1. Arena, grava y otros áridos (LER: 01 04 08 y 01 04 09) 0,04 4,32 2.Hormigón (LER: 17 01 01) 0,12 12,96 4. Piedra (LER: 17 09 04) 0,05 5,4 Total estimación (tn) 0,17 2,90 RCD: Potencialmente Peligrosos y otros 2. Pot. Peligrosos y otros (LER: ii) 0,04 4,32 Total estimación (tn) 0,04 4,32 Estimación del volumen(iii) de los RCD según el peso evaluado: Tn toneladas de residuo d densidad tipo entre 1,5 y 0,5 tn/m3 V m3 volumen residuos (Tn / d) 16,92 1,5 25,38
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b) Derribo de urbanización(iv): Sº m2 superficie construída V m3 volumen residuos (S x 0,4) d densidad tipo entre 1,5 y 0,5 tn/m3 Tn tot toneladas de residuo (v x d) 360 144 1,5 216 Evaluación teórica del peso por tipología de RCD % en peso (según Cmdad Madrid, Plan Nacional de RCDs Tn cada tipo de RCD (Tn tot x %) RCD: Naturaleza no pétrea 1. Asfalto (LER: 17 03 02) 0,050 10,80 2. Metales (LER: 17 04 ) 0,025 5,40 3. Plástico (LER: 17 02 03) 0,015 3,24 Total estimación (tn) 0,090 19,44 RCD: Naturaleza pétrea 1. Arena, grava y otros áridos (LER: 01 04 08 y 01 04 09) 0,04 8,664 2.Hormigón (LER: 17 01 01) 0,12 25,92 3. Piedra (LER: 17 09 04) 0,05 10,80 4. Ladrillos, azulejos y otros cerámicos (ler:17 01 02 y 17 01 03) 0,05 10,80 Total estimación (tn) 0,26 56,16 RCD: Potencialmente Peligrosos y otros 2. Pot. Peligrosos y otros (LER: v) 0,04 8,64 Total estimación (tn) 0,04 8,64 Estimación del volumen(vi) de los RCD según el peso evaluado: Tn toneladas de residuo d densidad tipo entre 1,5 y 0,5 tn/m3 V m3 volumen residuos (Tn / d) 84,44 1,5 126,66 c) Obra nueva y derribo(vii) de urbanización: Las tierras y pétreos que no sean reutilizadas in situ o en exterior, en restauraciones o acondicionamientos, y que sean llevadas finalmente a vertedero tendrán la consideración de RCDs, y deberá por tanto tenerse en cuenta. Las cantidades se calcularán con los datos de extracción previstos en proyecto.
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Tierras y pétreos de la excavación Tierra y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03 17 05 04 X
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2.-‐ Medidas para la prevención de residuos en la obra objeto de proyecto. No se prevé operación de prevención alguna Estudio de racionalización y planificación de compra y almacenamiento de materiales X Realización de demolición selectiva Utilización de elementos prefabricados de gran formato (paneles prefabricados, losas alveolares…) Las medidas de elementos de pequeño formato (ladrillos, baldosas, bloques…) serán múltiplos del módulo de la pieza, para así no perder material en los recortes; Se sustituirán ladrillos cerámicos por hormigón armado o por piezas de mayor tamaño. Se utilizarán técnicas constructivas “en seco”. X Se utilizarán materiales “no peligrosos” (Ej. pinturas al agua, material de aislamiento sin fibras irritantes o CFC.). X Se realizarán modificaciones de proyecto para favorecer la compensación de tierras o la reutilización de las mismas. X Se utilizarán materiales con “certificados ambientales” (Ej. tarimas o tablas de encofrado con sello PEFC o FSC). X Se utilizarán áridos reciclados (Ej., para subbases, zahorras…), PVC reciclado ó mobiliario urbano de material reciclado…. X Se reducirán los residuos de envases mediante prácticas como solicitud de materiales con envases retornables al proveedor o reutilización de envases contaminados o recepción de materiales con elementos de gran volumen o a granel normalmente servidos con envases. Otros (indicar) 3.-‐ Operaciones de reutilización, valorización o eliminación de los residuos generados. Operación prevista Destino previstoviii No se prevé operación de reutilización alguna X Reutilización de tierras procedentes de la excavación LA PROPIA OBRA Reutilización de residuos minerales o petreos en áridos reciclados o en urbanización Reutilización de materiales cerámicos Reutilización de materiales no pétreos: madera, vidrio,... Reutilización de materiales metálicos Otros (indicar) Previsión de operaciones de valoración "in situ" de los residuos generados. No se prevé operación alguna de valoración "in situ" Utilización principal como combustible o como otro medio de generar energía Recuperación o regeneración de disolventes Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que utilizan no disolventes X Reciclado y recuperación de metales o compuestos metálicos Reciclado o recuperación de otras materias inorgánicas Regeneración de ácidos y bases Tratamiento de suelos, para una mejora ecológica de los mismos. X Acumulación de residuos para su tratamiento según el Anexo II.B de la Decisión Comisión 96/350/CE. Otros (indicar) Destino previsto para los residuos no reutilizables ni valorables "in situ"ix. RCD: Naturaleza no pétrea Tratamiento Destino
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X Mezclas Bituminosas distintas a las del código 17 03 01 Reciclado Planta de Reciclaje RCD Madera Reciclado Gestor autorizado RNPs X Metales: cobre, bronce, latón, hierro, acero,…, mezclados o sin mezclar Reciclado Gestor autorizado Residuos No Peligrosos X Papel , plástico, vidrio Reciclado Gestor autorizado RNPs Yeso Gestor autorizado RNPs RCD: Naturaleza pétrea X Residuos pétreos trituradas distintos del código 01 04 07 Planta de Reciclaje RCD X Residuos de arena, arcilla, hormigón,… Reciclado Planta de Reciclaje RCD X Ladrillos, tejas y materiales cerámicos Reciclado Planta de Reciclaje RCD X RCDs mezclados distintos de los códigos 17 09 01, 02 y 03 Reciclado Planta de Reciclaje RCD RCD: Potencialmente peligrosos y otros X Mezcla de materiales con sustancias peligrosas ó contaminados Depósito Seguridad Gestor autorizado de Residuos Peligrosos (RPs) X Materiales de aislamiento que contienen Amianto Depósito Seguridad X Residuos de construcción y demolición que contienen Mercurio Depósito Seguridad Gestor autorizado RPs X Residuos de construcción y demolición que contienen PCB’s Depósito Seguridad X Otros residuos de construcción y demolición que contienen SP’s Depósito Seguridad Materiales de aislamiento distintos de los 17 06 01 y 17 06 03 Reciclado Gestor autorizado RNPs X Tierras y piedras que contienen sustancias peligrosas Gestor autorizado RPs X Aceites usados (minerales no clorados de motor..) Tratamiento/Depósito Tubos fluorescentes Tratamiento/Depósito Pilas alcalinas, salinas y pilas botón Tratamiento/Depósito X Envases vacíos de plástico o metal contaminados Tratamiento/Depósito X Sobrantes de pintura, de barnices, disolventes,… Tratamiento/Depósito Baterías de plomo Tratamiento/Depósito
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4.-‐ Medidas para la separación de los residuos en obra X Eliminación previa de elementos desmontables y/o peligrosos. Derribo separativo/ Segregación en obra nueva (ej: pétreos, madera, metales, plasticos+cartón+envases, orgánicos, peligrosos). X Derribo integral o recogida de escombros en obra nueva “todo mezclado”, y posterior tratamiento en planta Separación in situ de RCDs marcados en el art. 5.5. que superen en la estimación inicial las cantidades limitantes. Idem. aunque no superen en la estimación inicial las cantidades limitantes. Separación por agente externo de los RCDs marcados en el art. 5.5. que superen en la estimación inicial las cantidades limitantes. Idem. aunque no superen en la estimación inicial las cantidades limitantes. Se separarán in situ/agente externo otras fracciones de RCDs no marcadas en el artículo 5.5. Otros (indicar) 5.-‐ Planos(x) de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra(xi), donde se especifique la situación de: Bajantes de escombros X Acopios y/o contenedores de los distintos tipos de RCDs (tierras, pétreos, maderas, plásticos, metales, vidrios, cartones…..). X Zonas o contenedor para lavado de canaletas/cubetos de hormigón. Almacenamiento de residuos y productos tóxicos potencialmente peligrosos. Contenedores para residuos urbanos. Ubicación de planta móvil de reciclaje “in situ”. Ubicación de materiales reciclados como áridos, materiales cerámicos o tierras a reutilizar Otros (indicar) 6.-‐ Prescripciones del pliego de prescripciones técnicas particulares del proyecto en relación con el almacenamiento, manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra. Actuaciones previas en derribos: se realizará el apeo, apuntalamiento,... de las partes ó elementos peligrosos, tanto en la propia obra como en los edificios colindantes. Como norma general, se actuará retirando los elementos contaminantes y/o peligrosos tan pronto como sea posible, así como los elementos a conservar o valiosos (cerámicos, mármoles……). Seguidamente se actuará desmontando aquellas partes accesibles de las instalaciones, carpintería, y demás elementos que lo permitan. Por último, se procederá derribando el resto. X El depósito temporal de los escombros, se realizará bien en sacos industriales iguales o inferiores a 1 metro cúbico, contenedores metálicos específicos con la ubicación y condicionado que establezcan las ordenanzas municipales. Dicho depósito en acopios, también deberá estar en lugares debidamente señalizados y segregados del resto de residuos. X El depósito temporal para RCDs valorizables (maderas, plásticos, chatarra....), que se realice en contenedores o en acopios, se deberá señalizar y segregar del resto de residuos de un modo adecuado. X El responsable de la obra a la que presta servicio el contenedor adoptará las medidas necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos a la misma. Los contenedores permanecerán cerrados o cubiertos, al menos, fuera del horario de trabajo, para evitar el depósito de residuos ajenos a las obras a la que
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prestan servicio. X En el equipo de obra se establecerán los medios humanos, técnicos y procedimientos de separación para cada tipo de RCD. Se deberán atender los criterios municipales establecidos (ordenanzas, condicionados de la licencia de obras), especialmente si obligan a la separación en origen de determinadas materias objeto de reciclaje o deposición. En este último caso se deberá asegurar por parte del contratista realizar una evaluación económica de las condiciones en las que es viable esta operación. Y también, considerar las posibilidades reales de llevarla a cabo: que la obra o construcción lo permita y que se disponga de plantas de reciclaje/gestores adecuados. La Dirección de Obras será la responsable última de la decisión a tomar y su justificación ante las autoridades locales o autonómicas pertinentes. X Se deberá asegurar en la contratación de la gestión de los RCDs, que el destino final (Planta de Reciclaje, Vertedero, Cantera, Incineradora, Centro de Reciclaje de Plásticos/Madera ……) sean centros autorizados. Así mismo se deberá contratar sólo transportistas o gestores autorizados e inscritos en los registros correspondientes. Se realizará un estricto control documental, de modo que los transportistas y gestores de RCDs deberán aportar los vales de cada retirada y entrega en destino final. Para aquellos RCDs (tierras, pétreos…) que sean reutilizados en otras obras o proyectos de restauración, se deberá aportar evidencia documental del destino final. X La gestión (tanto documental como operativa) de los residuos peligrosos que se hallen en una obra de derribo o se generen en una obra de nueva planta se regirá conforme a la legislación nacional vigente, la legislación autonómica y los requisitos de las ordenanzas locales. Asimismo los residuos de carácter urbano generados en las obras (restos de comidas, envases, lodos de fosas sépticas…), serán gestionados acorde con los preceptos marcados por la legislación y autoridad municipales. X Los restos de lavado de canaletas/cubas de hormigón, serán tratados como residuos “escombro”. X Se evitará en todo momento la contaminación con productos tóxicos o peligrosos de los plásticos y restos de madera para su adecuada segregación, así como la contaminación de los acopios o contenedores de escombros con componentes peligrosos. X Las tierras superficiales que puedan tener un uso posterior para jardinería o recuperación de suelos degradados, será retirada y almacenada durante el menor tiempo posible, en caballones de altura no superior a 2 metros. Se evitará la humedad excesiva, la manipulación, y la contaminación con otros materiales. X Ante la detección de un suelo como potencialmente contaminado se deberá dar aviso a la autoridades ambientales pertinentes, y seguir las instrucciones descritas en el Real Decreto 9/2005. Otros (indicar)
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7.-‐ Valoración del coste previsto de la gestión de los residuos de construcción y demolición que formará parte del presupuesto del proyecto en capítulo independiente. Tipo de RCD Estimación RCD en Tn Coste gestión en €/Tn planta, vertedero, gestor autorizado… Importe € TIERRAS Y PETREOS DE LA EXCAVACION -‐ DE NATURALEZA NO PETREA 29,14 6,78 197,56 DE NATURALEZA PETREA 59,06 5 295,30 POTENCIALMENTE PELIGROSOS Y OTROS 12,96 20 259,20 TOTAL 266,11 750 i En ausencia de datos más contrastados, pueden manejarse parámetros estimativos con fines estadísticos de 20 cm de altura de mezcla de residuos por m2 construído con una densidad tipo del orden de 1,5 tn/m3 a 0,5 tn/m3. ii Los códigos LER de los residuos peligrosos se marcan en el punto número 8. La estimación de dichos residuos deberá realizarse conforme a la normativa vigente (Real Decreto 112/2012,) y en los formatos que cada Comunidad Autónoma tenga prefijados. Dicha labor corresponderá al Poseedor de RCDs como Productor o Pequeño productor de residuos peligrosos. iii Este último paso se realizará para cada tipo de RCD identificado. iv En ausencia de datos más contrastados, pueden manejarse parámetros estimativos con fines estadísticos de 20 cm de altura de mezcla de residuos por m2 construído con una densidad tipo del orden de 1,5 tn/m3 a 0,5 tn/m3. v Los códigos LER de los residuos peligrosos se marcan en el punto número 8. La estimación de dichos residuos deberá realizarse conforme a la normativa vigente (Real Decreto 833/88, R.D. 952/1997 y Orden MAM/304/2002) y en los formatos que cada Comunidad Autónoma tenga prefijados. Dicha labor corresponderá al Poseedor de RCDs como Productor o Pequeño productor de residuos peligrosos. vi Este último paso se realizará para cada tipo de RCD identificado. viii Se optará por: Propia obra ó externo, escribiendo en este último caso la dirección. ix La columna de “destino” es predefinida como mejor opción ambiental. En el caso de que sea distinta la realidad se deberá especificar (no todas las provincias dispondrán de Plantas de Reciclaje de Rcds por ejemplo). x Proyecto Básico para la licencia → No es necesario este apartado Proyecto Ejecución → Es necesario este apartado xi Posteriormente, dichos planos podrán ser objeto de adaptación a las características particulares de la obra y sus sistemas de ejecución, siempre con el acuerdo de la dirección facultativa de la obra. Art 4.1.a.5.
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8. DOCUMENTACIÓN GRÁFICA L I S T A D O D E P L A N O S
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código nombre Escala DIN A2 Escala DIN A4 UR 00 Urbanización UR 0.1 Urbanización. SITUACIÓN 1/1000 1/2000 UR 0.2 Urbanización. ESTADO ACTUAL 1/100 1/200 UR 0.3 Urbanización. ESTADO REFORMADO 1/100 1/200 UR 0.4 Urbanización. ESTRUCTURA 1/100 1/200 UR 0.5 Urbanización. INSTALACIONES Estado actual 1/300 1/600 UR 0.6 Urbanización. INSTALACIONES Estado reformado 1/3000 1/600 UR 0.7 UR 0.8 Urbanización. SITUACIÓN Urbanización. DETALLES 1/300 1/30 1/600 1/60
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9. ANEXO: FASES DE CONSTRUCCIÓN Y SEÑALIZACIÓN DE OBRA.
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9.1. FASES DE CONSTRUCCIÓN 9.1.1. ANTECEDENTES Las obras del presente Proyecto de Urbanización se organizarán de tal manera que quede garantizada la seguridad y funcionalidad de la Carretera Foral BI-3701 (de doble sentido y carril único para cada sentido). Se prevé la siguiente zona que, afectada por las obras, pueda ver dificultada o impedida la circulación en algún carril: el cruce de las futuras canalizaciones a través de la carretera (anchura aproximada en este punto de cada carril= 2,70 m). 9.1.2. FASES DE CONSTRUCCIÓN Se prevé organizar las obras del proyecto de tal manera que la presencia de obras fijas no impida una ordenación alternativa de la circulación que permita dar continuidad al tránsito rodado. De esta manera, se plantean dos fases de ejecución: FASE 1: obras al Oeste del eje de la carretera Foral, que comprenden el soterramiento y reconducción de los servicios de energía eléctrica, alumbrado público y telefonía hasta la fachada sur del C.P. Arkotxa; la colocación del semáforo del nuevo paso de peatones; conducciones que cruzan la carretera hasta el eje de la calzada.
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FASE 2: obras al Este del eje de la carretera Foral: ejecución de la nueva acera; soterramiento y reconducción de los servicios de energía eléctrica, alumbrado público y telefonía; conducciones que cruzan la carretera hasta el eje de la calzada.
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9.1.3. ORDENACIÓN DE LA CIRCULACIÓN. A los efectos de la Norma de Carreteras 8.3.-IC, la Carretera Foral BI-3701, en cuanto a su funcionalidad, es una vía de: - clase A) doble sentido de circulación, calzada única con dos carriles. En cuanto a la situación del obstáculo representado por una zona fija de obras, las del presente proyecto responderán: - al caso 6) en la calzada, de forma que se requiera disminuir en uno el número de carriles abiertos a la circulación, en el caso de las obras para cruzar las redes de suministros por la carretera foral (FASE 1 y FASE 2). 9.1.3.2. CASO A-6 (FASE 1 y FASE 2): En este caso será preciso ordenar la circulación en sentido único alternativo, con la consiguiente demora para la misma. Normalmente no será necesario establecer carriles provisionales balizados, ni siquiera para los vehículos cuyo carril sea el afectado por las obras. Para cada sentido de circulación, habrá que disponer: - Señalización de aviso (TP-18), complementada por un cajetín que indique la distancia a la línea de detención. - Limitación de velocidad (TR-301) hasta la detención total: - el usuario, al percibir la primera señal (TP-18 “obras”), empieza a reducir su velocidad. La primera señal TR-301 “velocidad máxima” debe ser visible, como
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mínimo, desde la TP-18 “obras”, a una distancia no inferior a la correspondiente reducción de velocidad. - cuando haya más señales TR-301 “velocidad máxima” deberán situarse de forma que cada una sea visible desde la anterior. - la detención de la circulación deberá producirse a una distancia de la última señal TR-301 “velocidad máxima” necesaria para detenerse desde la velocidad señalada. - se prevé una señal TR-301 de velocidad límitada a 40 previa a la detención total (regulación en sentido único aternativo, tabla 3 apartado 3 de la Norma de Carreteras 8.3.-IC. - - No será necesaria la prohibición de adelantamiento, por existir línea contínua. Deberá tenerse en cuanta, sobre todo con intensidades elevadas de circulación, la progresión hacia atrás de la cola formada por los vehículos detenidos, cuya longitud puede rebasar incluso la señal TP-18 “obras” y alcanzar zonas de visibilidad restringida, con el consiguiente peligro de accidentes por alcance. Donde se considere necesario en función de la visibilida disponible y de la intensidad y velocidad previsible de la circulación: - Deberá reajustarse la posición de la señal TP-18 o aumentar su número para tener en cuenta la presencia de la cola. - De día, deberá disponerse a cada lado un agente (con chaleco luminiscente) provisto de una señal TM-1, quien deberá moverse en correspondencia con el final de la cola, para advertir su presencia. La ordenación en sentido único alternativo sellevará a cabo mediante ordenación regulada manualmente mediante las señales TM-2 y TM-3. Se opta por este sistema por tratarse de una carretera iluminada con farolas. En este sistema: - Los agentes que regulan las señales deberán coordinarse, deberán poderse comunicar visualmente o mediante un teléfono o radioteléfono, quedando expresamente proscrito el sistema de testigos. - La regulación deberá ajustarse de tal forma que el primer vehículo detenido no tenga que esperar más de unos 7 minutos si IMD>2000, ni más de unos 15 si IMD<1000. Balizamiento en ordenación en sentido único alternativo: el cierre del carril ocupado por la obra necesitará balizamiento. El cierre del carril a la circulación define un borde recto e inclinado, que deberá materializarse mediante un balizamiento compuesto por:
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- Un panel TB-1 (o TB-2 cuando la IMD sea inferior a 2000) situado, si es posible, en el arcén en la sección en que empieza la inclinación del borde para cerrar el carril; y otro igual situado en la sección en la que termina dicha inclinación y el carril ha quedado cerrado. Entre estos dos paneles extremos se recomienda colocar uno intermedio. Para el sentido cuyo carril derecho no esté afectado por la obra se dispondrá un panel TB-1 o TB-2 (según la IMD), colocado transversalmente al carril izquierdo de dicho sentido de forma que su borde coincida con el de la zona de obra más próxima al carril derecho. Los paneles TB-1 o TB-2 podrán complementarse con señales TR-400 o TR-401 de sentido o paso obligatorio. - Una serie de conos TB-6 sobre el borde inclinado y entre los dos paneles TB-1 o TB-2 extremos, a una separación comprendida entre 5 y 10 m de manera que resulte uniforme. Cuando la duración del cierre del carril sea superior a una semana, se considerará la conveniencia de complementar los conos por una marca vial de balizamiento TB-12, adherida y removible. - Cuando el cierre del carril abarque horas nocturnas o de reducida visibilidad (por ejemplo por niebla) los paneles TB-1 o TB-2 deberán complementarse con elementos luminosos intermitentes TL-2, colocados sobre la esquina superior del panel más próxima a la circulación.
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