tp dec pep neuquen 1631

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DECRETO PEP NEUQUEN 1631/2006

Materia: Legislación y NormativaProfesor: Jorge René BertinInstituto: Cedep

Alumnos: Carlos Lizana y Walter Taucher

Decreto 1631/2006Fecha: 31 de Agosto del 2006

Identificación: Abandono de Pozos Decreto Provincial Especifico de la Provincia del Neuquén

Organismo Emisor:

Vicegobernador de la provincia del Neuquén (Poder Ejecutivo)

Organismo Regulador:

Secretaría de Estado de Energía y Minería

Sujetos Obligados:

El concesionario, Permisionario o contratista de la actividad hidrocarburífera. (Empresas Operadoras de abandono de pozos)

Cambios a la actividad Hidrocarburífera:

Normas de abandono de los pozos (protección al medio ambiente), clasificación y descripción de cada abandono, cronograma de las actividades realizadas, inspecciones, sanciones/ multas por incumplimiento.

Norma Reglamentaria: Resolución 05/1996

Decreto 1631/2006

¿Por que se creo el decreto?

CN. Art. 124

El dominio originario de los recursos

naturales Adopten las mejores

técnicas para garantizar un ambiente

sano, apto para el desarrollo humano y las actividades productivas

Medidas de abandono

Dec. 1631/06Res. 05/96

Ley 1875 (texto ordenado N°2267)

Decreto reglamentario 2656/99

NO LAS CONTIENE

Decreto 1631/2006

MEDIO AMBIENTEEl vigente decreto

abarca:

Conservar

Proteger

Pozos de Exploración y Producción mayor de 100 mts. bajo boca de pozo

Clasificación : Temporario y Definitivo

AA y/o ENTE Regulador será la SEEyM (Secretaría de Estado de Energía y Minería)

Permisos y/o licencias para los trabajos

Clasificaciones de los pozos

Tasa Mensual de Abandono

Cronograma Detallado

Decreto 1631/2006Categoría de pozos

Ubicación

Función

PrioridadZonas

Urbanas

Zonas Cultivadas

Otras Zonas

Pozos Activos

Pozos Inactivos

Pozos Abandonados

Niveles de prioridad

Evaluación de Prioridad

Todo pozo que se perfore en áreas de exploración y explotación deberá ser categorizado de conformidad

Zapato: Es un complemento del casing, que es usado en su extremo inferior para guiarlo en el pozo.

Casing: Es una cañería que sirve para entubar la pared interna del pozo para sostenerlo, donde después es fijado por cementación.

Decreto 1631/2006Técnicas Recomendadas

Abandono Temporario:

El abandono temporario que se realice deberá permitir la eventual reutilización de pozo y la ejecución de controles periódicos de presión

del mismo.

Decreto 1631/2006Técnicas Recomendadas

Abandono Temporario:

Se fijara un tapón ciego por encima del punzado superior a un mínimo de treinta (30) mts. por debajo del tope de un buen cemento

Tapón Ciego: Es un accesorio colocado en el casing para impedir el paso de circulación de fluidos (hacia ninguno de los 2 sentidos).

Cemento/Lechada: es un proceso que consiste en mezclar cemento seco y ciertos aditivos con agua, para formar una lechada que es bombeada al pozo a través de la sarta de revestimiento y colocarlo en el espacio anular entre el hoyo y el diámetro externo del revestidor.

Decreto 1631/2006Técnicas Recomendadas

Abandono Temporario:

Se fijara un tapón ciego por encima del punzado superior a un mínimo de treinta (30) mts. por debajo del tope de un buen cemento

Decreto 1631/2006Técnicas Recomendadas

Abandono Temporario:

Se fijara un tapón ciego por encima del punzado superior a un mínimo de treinta (30) mts. por debajo del tope de un buen cemento

Se rellenará el mismo con un tapón de cemento de diez (10) mts.

Decreto 1631/2006Técnicas Recomendadas

Abandono Temporario:

Se fijara un tapón ciego por encima del punzado superior a un mínimo de treinta (30) mts. por debajo del tope de un buen cemento

Se rellenará el mismo con un tapón de cemento de diez (10) mts. Verificación de la Hermeticidad del pozo

Decreto 1631/2006Técnicas Recomendadas

Abandono Temporario:

Se fijara un tapón ciego por encima del punzado superior a un mínimo de treinta (30) mts. por debajo del tope de un buen cemento.

Se rellenará el mismo con un tapón de cemento de diez (10) mts. Verificación de la Hermeticidad del pozo.

Medición de Presión y Colocación de carteles.

Decreto 1631/2006Técnicas Recomendadas

Abandono Temporario:

Se fijara un tapón ciego por encima del punzado superior a un mínimo de treinta (30) mts. por debajo del tope de un buen cemento.

Se rellenará el mismo con un tapón de cemento de diez (10) mts. Verificación de la Hermeticidad del pozo.

Medición de Presión y Colocación de carteles.Área Libre

Decreto 1631/2006Técnicas Recomendadas

Abandono Definitivo:

Aislar capas permeables de formación con tapones.

Mínimo 2 Tapones de cemento

Fijado de tapones

Primer Tapón

Se fijara un tapón ciego por encima del punzado superior a un mínimo de treinta (30) mts. por debajo del tope de un buen cemento.Segundo

Tapón Se efectuara un tapón de cemento de un mínimo de cincuenta (50) mts. de longitud cubriendo por lo menos treinta (30) mts. por debajo del zapato dela cañería guía y hacia la superficie

Decreto 1631/2006Técnicas Recomendadas

Abandono Definitivo:

Decreto 1631/2006Técnicas Recomendadas

Abandono Definitivo:

Aislar capas permeables de formación con tapones.

Mínimo 2 Tapones de cemento.

Fijado de tapones

Primer Tapón

Se fijara un tapón ciego por encima del punzado superior a un mínimo de treinta (30) mts. por debajo del tope de un buen cemento.Segundo

Tapón Se efectuara un tapón de cemento de un mínimo de cincuenta (50) mts. de longitud cubriendo por lo menos treinta (30) mts. por debajo del zapato dela cañería guía y hacia la superficie

Acondicionamiento de la superficie.

Decreto 1631/2006Técnicas Recomendadas

Abandono Definitivo:

Decreto 1631/2006Técnicas Recomendadas

Abandono Definitivo:

Decreto 1631/2006

Plazos para el abandono

Empresas Habilitadas

Inspecciones Tasa Mensual

Sanciones & Multas

Formularios del Dec. 1631/06

Formularios del Res. 05/96

Preguntas?

Gracias por tu tiempo

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