auto de prueba litis pendencia y corrección procedimiento

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  FOJA: 87 .- ochenta y siete .- NOMENCLATURA : 1. [2!Reci"e # a ca$sa a %&$e"a  JU'(A)O : *+ J$,ao Ci/i# e 0antiao CAU0A ROL : C-8-2311 CARATULA)O : COMUN4)A) C ENTRO COMERC4AL CO0MOCENTRO A5UMAN 6UE 4NER04ONE0 9 RENTA0 E4T- JALAL4M4TA)A 0antiao; /eintin$e/e e A osto e os <i# once  A fojas 84: T éngase por eva cuado el trasl ado.  Vistos: Se declaran admisibles las excepciones opuestas y se reciben a prueba por el término leg al la !ue deber" recaer en los siguientes #e c#os sus tan cia les perti ne ntes y controvertidos: $.% &xistencia de otro juicio pendiente con identidad legal de personas de la cosa pedida y de la causa de pedir. '.% &fe ctividad de car ecer el t(t ulo de alg uno de los re! uisitos o condiciones establecidos en las leyes para !ue tenga fuer)a ejecutiva sea absolutamente sea en relaci*n al demandado. Se fij a para la testi mon ial !ue proce die re los cuatro +l timos d(a s del térmi no probatorio a las $,:,, #oras. &n 0antiao; a  /eintin$e/e e Aosto e os <i# once ; se notific* por el estado diario la resoluci*n precedente

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Auto de Prueba Litis Pendencia y Corrección Procedimiento

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FOJA: 87 .- ochenta y siete .-NOMENCLATURA

: 1. [24]Recibe la causa a prueba

JUZGADO

: 6 Juzgado Civil de Santiago

CAUSA ROL

: C-38354-2011

CARATULADO

: COMUNIDAD C ENTRO COMERCIAL COSMOCENTRO APUMANQUE / INVERSIONES Y RENTAS BEIT-JALALIMITADA

Santiago, veintinueve de Agosto de dos mil once A fojas 84: Tngase por evacuado el traslado.

Vistos:

Se declaran admisibles las excepciones opuestas y se reciben a prueba por el trmino legal, la que deber recaer en los siguientes hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos:

1.- Existencia de otro juicio pendiente, con identidad legal de personas, de la cosa pedida y de la causa de pedir.

2.- Efectividad de carecer el ttulo de alguno de los requisitos o condiciones establecidos en las leyes para que tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea en relacin al demandado.

Se fija para la testimonial que procediere, los cuatro ltimos das del trmino probatorio a las 10:00 horas.

En Santiago, a veintinueve de Agosto de dos mil once , se notific por el estado diario, la resolucin precedente