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DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
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TABLA DE CONTENIDO
1. Objetivo.
2. Alcance.
3. Referencias.
4. Definiciones.
5. Descripción.
6. Registros.
7. Anexos.
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PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
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1. OBJETIVO Establecer el procedimiento para los servicios de Autorización Sanitaria del Proyecto de Construcción y de Autorización Sanitaria de Funcionamiento de mataderos; a fin de garantizar que los procesos llevados a cabo en el establecimiento para la obtención de carnes, productos y subproductos cárnicos de animales de abasto garanticen su inocuidad.
2. ALCANCE Aplica en las Direcciones Ejecutivas del Servicio Nacional de Sanidad Agraria que emiten las Autorizaciones Sanitarias de Proyecto de Construcción y de Funcionamiento para Mataderos. Las actividades establecidas en el presente procedimiento aplican tanto a las colaboradoras como a los colaboradores del SENASA, promoviendo la interculturalidad.
3. REFERENCIAS
- Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - Decreto Legislativo N° 1062, Ley de Inocuidad de los Alimentos. - Decreto Supremo Nº 034-2008-AG, Reglamento de la Ley de Inocuidad de
los Alimentos. - Decreto Supremo N° 004-2011-AG, Reglamento de Inocuidad
Agroalimentaria. - Decreto Supremo N° 006-2016-AG, Modifican el Reglamento de Inocuidad
Agroalimentaria - Decreto Supremo Nº015-2012-AG, Reglamento Sanitario del Faenado de
Animales de Abasto. - Resolución Directoral Nº 154-2011-AG-SENASA-DIAIA. Guías de Buenas
Prácticas de Producción e Higiene. - CAC/RCP 58-2005, Código de Prácticas de Higiene para la carne, del
Codex Alimentarius. 4. DEFINICIONES
4.1. Autorización Sanitaria de Funcionamiento.- Es un acto jurídico
administrativo mediante el cual el SENASA luego de la verificación de la cadena de producción en cumplimiento de las Buenas Prácticas de Producción e Higiene así como, de la aplicación de los principios del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (APPCC) y los Procedimientos Operativos Estandarizados de Saneamiento (POES), autoriza el funcionamiento de un establecimiento dedicado a la producción primaria de carne, productos y sub productos cárnicos.
4.2. Autorización Sanitaria del Proyecto de Construcción.- Es el acto jurídico
administrativo mediante el cual el SENASA autoriza el proyecto de construcción de los mataderos, verificando que se cumplan con los requisitos de infraestructura y organización expresados en la reglamentación vigente.
4.3. Buenas Prácticas de faenado.- Conjunto de procedimientos, condiciones y
controles que se aplican en el proceso de faenado, en referencia a las Buenas
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Prácticas Ganaderas o Pecuarias; así como en referencia a las Buenas Prácticas de Manufactura, Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (APCC) y Procedimientos Operativos Estandarizados de Saneamiento (POES).
4.4. Buenas Prácticas de Higiene.- Conjunto de procedimientos, condiciones y
controles que se aplican en los procesos ejecutados en los mataderos, referentes a las condiciones y medidas necesarias para garantizar la inocuidad y salubridad de los alimentos en todas las etapas de la cadena alimentaria.
4.5. Observación preventiva.- Observación referente a problemas potenciales,
tales como, excesiva acumulación de polvo sobre los equipos, pisos, cañerías, etc.; falta o inadecuada limpieza en general, desorden, puertas mal mantenidas, ventanas sin pantallas de protección anti insectos, agujeros en paredes, contenedores o envases de productos sin protección; tubos fluorescentes sin protección en áreas alejadas de las líneas de producción.
4.6. Observación mayor.- Observación referente a la falta de hermeticidad de la
planta (zona limpia), posibles peligros de contaminación del producto, tales como, presencia de insectos muertos en las áreas de proceso (puede ser crítico); pintura descascarada, hongos en cielorrasos; fragmentos de metal, astillas de madera, contenedores de productos descubiertos (puede llegar a ser crítico); contenedores de residuos o equipos mal identificados; bandejas, canastos, cajas o bolsas de producto terminado o semielaborado en el piso; residual de productos de equipos sin uso; contenedores o envases de producto usados para otro fin; pérdida de objetos (reloj, pulseras, etc.) o uso inadecuado de protectores de los empleados, indumentaria sucia; falla en la preparación o limpieza de materias primas.
4.7. Observación crítica.- Cuando no tiene la Autorización Sanitaria de
Funcionamiento, existe evidencia de que los animales ingresan sin Certificado Sanitario de Tránsito Interno (CSTI), no cumple con el número de médicos veterinarios según norma establecida. Así como, otras observaciones referentes a peligro directo de contaminación tales como, falta de control de la temperatura, infestación, actividad de roedores en áreas de elaboración; cuerpos extraños en el producto o sus envases; pérdida de aceite o grasa fluyendo hacia el producto o sus envases; empleados manipulando alimentos sin adecuado lavado de manos o uso de guantes; equipos de iluminación sin protección sobre las líneas de envase o producción.
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5. DESCRIPCIÓN FLUJOGRAMA PARA AUTORIZACIÓN DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN Y AUTORIZACIÓN SANTARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
FLUJOGRAMA AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS, CÁMARAS FRIGORÍFICAS Y CENTROS DE RENDERING
Usuario Mesa de Partes Jefe DIAIA (e) Especialista Inocuidad (e)
Establecimiento (mataderos, Rendering y cámaras frigoríficas) equipo evaluador que actúa en
mataderos
Director Ejecutivo
Fase
REAG-SIAG-44
REG-SIAG-39 o REG-SIAG-40
REG-SIAG-45
REG-SIAG-48 o REG-SIAG-49
REG-SIAG-45
REG-SIAG-39 o REG-SIAG-40
REG-SIAG-47
REG-SIAG-46
REG-SIAG-41
Inicio
Presentar Solicitud
Recibir Expediente
¿Conforme requerimiento
según ley 27444?
SINO¿Levanta Observaciones?
Z
NO
SI
Recepcionar número de Expediente
Recepcionar Expediente
Recibir Expediente
Realizar evaluación documentaria
¿Dictamen favorable?
Generar carta de improcedencia de la solicitud de autorización
Remitir actas de evaluación documentaria y proyecto de
carta de improcedencia
Recibir documentación
1
Realizar la inspección técnica in Situ (Equipo
evaluador)
1
Realizar la identificación de hallazgos de inspección
remitir el informe técnico favorable
¿Favorable?
NOGenerar Autorización Sanitaria de Proyecto de
Construcción/ Funcionamiento
emitir informe técnico de denegación de autorización
sanitaria.
Recibir autorización sanitaria
Registrar en BPM/
STD
Registrar en SIGIA
Emitir en el SIGIA acta de evaluación
documentaria o funcionamiento
SI
Designar Equipo evaluador y emitir plan de inspección
en el SIGIA
Recibir carta de Improcedencia.
¿Presenta recurso de apelación?
Emitir pronunciamiento
Z
si
Recibir notificación
fundada
2
2
remitir informe técnico de denegación
si
Realizar el informe técnico
Recibir apelación
si derivar apelación
¿apelación fundada? no
Z
Fin
no
Z
no
si
no
¿Carta De Improcedencia?
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5.1. De la aplicación del procedimiento
a. El Director General de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria – DIAIA, es responsable del cumplimiento del presente procedimiento.
b. El Director de la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria – SIAG,
es responsable de actualizar, verificar y supervisar el cumplimiento del presente procedimiento.
c. Los Especialistas de la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria –
SIAG son responsables de supervisar la correcta aplicación del presente procedimiento.
d. El Director Ejecutivo del SENASA o quien haga sus veces, es
responsable de resolver los recursos de apelación que interpongan los administrados en el presente procedimiento y supervisar su aplicación.
e. El Jefe del Área de Insumos Agropecuarios e Inocuidad
Agroalimentaria - JAIAIA de la Dirección Ejecutiva o quién haga sus veces, es responsable de cumplir con lo establecido en el presente procedimiento. Debe de resolver las solicitudes de Autorización Sanitaria de Proyecto de Construcción y de Autorización Sanitaria de Funcionamiento de mataderos. Igualmente, es el responsable de la conducción del proceso de Autorización sanitaria en mención y de la custodia de los archivos electrónicos entregados por el administrado.
f. El especialista que ejecuta las actividades de vigilancia y control de la
inocuidad agroalimentaria en la jurisdicción de la Dirección Ejecutiva o quien haga sus veces, es responsable de cumplir lo establecido en el presente procedimiento.
5.2. Criterios Generales
5.2.1. El Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de Abasto aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 015-2012-AG, establece en su artículo 11º que los titulares de los mataderos deben contar con la Autorización Sanitaria del Proyecto de Construcción; la que debe solicitarse en la Dirección Ejecutiva de su jurisdicción.
5.2.2. El Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de Abasto aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 015-2012-AG, establece en su artículo 12º que los titulares de los mataderos deben contar con la Autorización sanitaria de Funcionamiento; la que debe solicitarse en la Dirección Ejecutiva de su jurisdicción.
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5.2.3. La evaluación de la solicitud declaración jurada de inscripción de
Autorización sanitaria, tanto de proyecto de construcción como de funcionamiento, comprende dos (2) etapas:
1. Evaluación Documentaria. 2. Inspección in situ.
5.2.4. En caso que el titular cuente con uno o más establecimientos anexos o
sucursales, debe obtener la respectiva Autorización sanitaria de construcción y funcionamiento, por cada uno de ellos.
5.2.5. La Autorización sanitaria del proyecto de construcción queda cancelada si
transcurridos los tres (03) años desde su otorgamiento, la construcción no ha concluido.
5.2.6. La vigencia de la Autorización Sanitaria de Funcionamiento de acuerdo a
lo establecido en la reglamentación vigente, es de cinco (05) años y está sujeta al resultado de la inspección técnica que ejecute el SENASA. En virtud de los hallazgos, la Autorización Sanitaria puede ser cancelada o suspendida. La cual debe ser registrada en el sistema del SIGIA por el JAIAIA.
a. Cancelada: - Reubicación del matadero. - Disolución y liquidación de la empresa dentro de un procedimiento
concursal. - Por transferencia o cesión sin previa modificación de la
Autorización Sanitaria de Funcionamiento. - Cualquier otra causa que con arreglo a derecho determine la
caducidad o revocación según lo establezca el SENASA. - Por no subsanar las causas que motivaron la suspensión en el
plazo establecido por SENASA.
b. Suspendida: - Por no ejecutar oportunamente las disposiciones que determine el
SENASA. - El centro no opere por un periodo mayor de seis (6) meses de
forma consecutiva. - Por faenar especies no autorizadas. - Por no contar con la cantidad de médicos veterinarios requeridos
por el presente reglamento o incumplir el pago oportuno de la tasa correspondiente.
- Por no mantener las condiciones exigidas para la operación del centro, bajo las cuales se otorgó el funcionamiento.
- Cualquier otra causa que con arreglo a derecho determine la suspensión según lo establezca el SENASA.
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5.2.7. La condición de cancelada, suspendida o vigente de la Autorización
Sanitaria de Proyecto de Construcción y de la Autorización Sanitaria de Funcionamiento de mataderos se publica en el portal web institucional.
5.3. De la solicitud de Autorización Sanitaria
5.3.1. El administrado debe presentar con la información que se consigna, el
formato de Solicitud declaración jurada de inscripción de Autorización Sanitaria (Anexo 01), adjuntando la documentación según los anexos correspondientes establecidos en el Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de Abasto. No obstante si no presentara dicha documentación en su totalidad, no se podrá exigir la presentación faltante, hasta que los procedimientos de Autorización del Proyecto de Construcción y de Funcionamiento se encuentren contenidos en el TUPA del SENASA vigente.
5.3.2. Mesa de Partes debe considerar la fecha y hora de presentación del
documento y disponer que el administrado entregue el expediente físico foliado y compaginado, siguiendo el orden regular de los documentos que lo integran.
5.4. De la recepción del expediente
5.4.1. La solicitud que contiene el expediente con la documentación en físico es
presentada en Mesa de Partes, en donde el responsable verifica que cuente con los requisitos establecidos en el artículo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444 que señala:
Nombre y apellidos completos, domicilio y número de Documento Nacional de Identidad o carnet de extranjería del administrado, y en su caso, la calidad de representante y la persona a quien represente.
La expresión concreta de lo solicitado, los fundamentos sobre los hechos en los que se base el pedido, expresión sobre lo sucedido, es decir las circunstancias reales y, cuando lo sea posible, los de derecho (invocación de la fundamentación jurídica en la que basa su pedido).
Lugar, fecha, firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido.
La indicación del JAIAIA, de la Dirección Ejecutiva con competencia para conocer y resolver.
La dirección del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, cuando sea diferente al domicilio real expuesto en virtud al primer punto. Este señalamiento de domicilio surte efecto desde su indicación y es presumido
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subsistente, mientras no sea comunicado expresamente su cambio.
La relación de los documentos y anexos que acompaña deben estar foliados.
La identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados.
Nota: Mesa de Partes revisa que exista la documentación exigida considerada como requisitos de la solicitud establecidos en el art 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General 27444 para la presentación de la solicitud, más no evalúa el tema de fondo, ni requiere si faltare cualquier requisito que aparece en el reglamento para la tramitación de la Autorización Sanitaria del Proyecto de Construcción y Autorización Sanitaria de Funcionamiento. Asimismo el administrado de considerarlo pertinente puede presentar la documentación o anexos de su solicitud vía formato electrónico (digitalizado, no en pdf) o presentado en un CD.
5.4.2. Si la solicitud con el expediente que contiene la documentación respectiva, se encuentra conforme con lo anterior, es recibido y registrado en el BPM/STD, en donde se genera el número de expediente y a su vez se registra automáticamente en el módulo de Inocuidad Agroalimentaria del SIGIA.
5.4.3. El responsable de Mesa de Partes entrega el cargo de recepción con el número de expediente al administrado.
5.4.4. Si los requisitos de la solicitud (que son diferentes a los requisitos de
los anexos del reglamento) están incompletos, el encargado de Mesa de Partes exigirá su cumplimiento invitando al administrado a subsanarlas, bajo apercibimiento de tenerla por no presentada otorgándole un plazo de dos (02) días. La observación debe anotarse bajo firma del receptor en la solicitud y en la copia que conserva el administrado, con las alegaciones respectivas si las hubiere.
5.4.5. Formulada la subsanación dentro del plazo, la solicitud se considera recibida a partir del documento inicial.
5.5. De la Derivación de la solicitud con expediente en la Dirección Ejecutiva
5.5.1. La solicitud a la que se adjunta el expediente con la documentación
respectiva, es derivado por el responsable de Mesa de Partes a través
del BPM/STD, al JAIAIA, dentro del mismo día de su presentación.
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5.5.2. El JAIAIA recibe la solicitud con el expediente ingresando los datos al SIGIA y lo deriva al Especialista de inocuidad, dentro del mismo día de su presentación.
5.6. De la Evaluación Documentaria.
5.6.1. El Especialista de inocuidad recibe el expediente, verifica el número en el
SIGIA y la fecha de recepción.
5.6.2. El Especialista de inocuidad realiza la evaluación documentaria del expediente, en base a los criterios técnicos de evaluación establecidos en el Anexo 02 o Anexo 03, según corresponda. Verifica que lo presentado en físico tenga la misma información que lo presentado en formato electrónico (si es que fuera presentado en esta forma). En este sentido considera lo establecido en el Anexo 6 ó 7, según corresponda, del Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de Abasto, aprobado mediante Decreto Supremo N°015-2012-AG.
5.6.3. Luego de la evaluación respectiva y según sea el caso emite el Acta de Evaluación Documentaria a través del REG-SIAG-39 (Proyecto de Construcción) o REG-SIAG-40 (Funcionamiento), en el módulo del SIGIA; remitiendo dicha Acta por la misma vía al JAIAIA. La información electrónica (de existir) debe mantenerse archivada por el Especialista a cargo de la evaluación, bajo responsabilidad; la misma que debe estar protegida por una clave de seguridad que haga imposible que ésta sea abierta por otra persona no autorizada.
5.6.4. Si durante el registro de la información en el SIGIA, se presentan errores u
omisiones, se permitirá revertir éstos únicamente cuando se encuentre en estado de SOLICITADO.
5.6.5. Dictamen favorable. Si como resultado de la evaluación documentaria se
concluye que el expediente cumple con condiciones o permite técnicamente su tramitación y evaluación, el especialista emite el Acta de Evaluación Documentaria (REG-SIAG-39), para Proyecto de Construcción o (REG-SIAG-40), para Funcionamiento), en el módulo del SIGIA; remitiéndola por la misma vía al JAIAIA, quien designa el equipo evaluador y elabora el Plan de Inspección (REG-SIAG-41) en el módulo del SIGIA, previa coordinación de fecha y hora con el administrado.
5.6.6. Dictamen desfavorable: Si luego de la evaluación documentaria, se
concluye que no es posible continuar con el trámite de la solicitud, pues no resulta posible formar criterios técnicos suficientes con la documentación presentada el especialista remite el Acta de Evaluación Documentaria (REG-SIAG-39), para Proyecto de Construcción o (REG-SIAG-40), para Funcionamiento) a través del módulo del SIGIA al JAIAIA; recomienda la
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improcedencia de la solicitud de la autorización y adjunta el proyecto de carta de improcedencia, según modelo establecido en el REG-SIAG-45; la cual luego de ser suscrita por el JAIAIA, debe ser notificada por el encargado de Mesa de Partes al administrado.
5.7. De la Inspección in situ
Si el dictamen de la evaluación documentaria es favorable, el JAIAIA designa el equipo evaluador, a fin de efectuar la inspección in situ; la cual debe
considerar como mínimo dos (02) profesionales vinculados a la actividad.
5.7.1. Cumpliendo lo establecido en el Plan de inspección (REG-SIAG-41), el equipo evaluador designado realiza la inspección técnica in situ; utilizando
los criterios técnicos establecidos en el Anexo 02 o Anexo 03, según corresponda; y el REG–SIAG-44, Lista de verificación para inspección. Para el caso del proyecto de construcción, se considera solo los ítems que aplican para evaluación.
5.7.2. Hallazgos de Inspección: El equipo evaluador realiza la identificación de
hallazgos de inspección, mediante el REG-SIAG-46 y el informe técnico in situ, mediante el REG-SIAG-47; el cual contiene el dictamen del resultado final de la inspección favorable o desfavorable.
5.8. Del informe de Inspección in situ Dependiendo de los resultados de la evaluación, considerar lo siguiente:
5.8.1. Informe favorable: Cuando el informe de inspección in situ (REG-SIAG-
47) es favorable, el JAIAIA genera en el sistema la Autorización Sanitaria de Proyecto de Construcción, mediante el REG-SIAG-48 o Funcionamiento, mediante el REG-SIAG-49; lo firma y remite a Mesa de Partes para su notificación al administrado.
5.8.2. Informe desfavorable: Cuando las condiciones detectadas no garantizan
la inocuidad del producto final y el especialista emite un informe técnico de denegación (REG-SIAG-47), el JAIAIA remite a Mesa de Partes el expediente, junto con la carta de improcedencia, REG-SIAG-45, según modelo establecido; para su entrega al administrado.
5.9. Apelación a la carta de improcedencia.
En el caso que el administrado no se encuentre conforme con lo resuelto por el JAIAIA de la Dirección Ejecutiva correspondiente, puede presentar un recurso de apelación, posterior a la notificación; para lo cual tiene como plazo máximo 05 días hábiles, para presentarlo. Dicho recurso es presentado ante Mesa de Partes y derivado el mismo día al JAIAIA, quien a su vez lo deriva al Director Ejecutivo para que resuelva el caso en segunda instancia.
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Dicho Director Ejecutivo puede resolver declarando Fundada o Infundada la apelación presentada en el plazo de 30 días hábiles, luego de lo cual se procede a la notificación de lo resuelto en un plazo de 05 días hábiles.
5.10. Emisión de la Autorización Sanitaria
5.10.1. La numeración a utilizar en la Autorización Sanitaria corresponde a la
secuencia correlativa que se genere en el SIGIA por cada Dirección Ejecutiva.
Ejemplo: N° 0001-2016-MINAGRI-SENASA- PIURA. N° 0001-2016-MINAGRI-SENASA- UCAYALI.
Esta numeración corresponderá al Código de Rastreabilidad, el cual es consignado en la Autorización Sanitaria.
5.11. De la Notificación.
5.11.1. El responsable de Mesa de Partes recibe los documentos que se
entregaran al administrado, verifica los datos y representación del establecimiento.
5.11.2. La notificación de la Autorización Sanitaria y carta de improcedencia, se
realiza bajo la modalidad y en la dirección declarada por el administrado en su solicitud. En caso la notificación sea personal, quien la recibe firma el cargo de recepción consignando su nombre, documento de identidad, fecha y hora de recepción; así como su relación con el solicitante.
5.12. Del archivo del cargo a la solicitud de autorización
El cargo de la notificación de la autorización respectiva, es enviado por el responsable de Mesa de Partes al JAIAIA en formato físico y electrónico, quien lo incorpora al expediente e ingresa los datos del cargo en el SIGIA y efectúa el cierre del procedimiento.
5.13. No Otorgamiento de Autorización Sanitaria La autorización no es otorgada en los siguientes casos:
5.13.1. Abandono del trámite.
5.13.2. Dictamen desfavorable: según lo establecido en el 5.6.6.
5.13.3. Desistimiento del procedimiento: Cuando el administrado manifiesta
voluntariamente mediante documento su deseo de no continuar con el trámite de lo solicitado. En este caso debe ser presentado hasta antes que resuelva el JAIAIA.
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La improcedencia es dictaminada por el JAIAIA utilizando una carta según modelo (REG-SIAG-45).
En cualquiera de los casos la condición del expediente es cambiada por el JAIAIA, al estado ANULADO en el SIGIA.
5.14. Verificación/ supervisión de la Autorización Sanitaria del Proyecto de
Construcción y Autorización Sanitaria de Funcionamiento.
5.14.1. Las Direcciones Ejecutivas del SENASA ejecutan, de oficio y de
manera inopinada, las supervisiones/verificaciones a los establecimientos autorizados a fin de verificar si se mantienen las condiciones que permitieron el otorgamiento de la Autorización; utilizando como herramienta el REG-SIAG-50. Estas actividades se deben ejecutar cada 02 meses, y de acuerdo a los criterios
establecidos en el Anexo 03, para el caso de Funcionamiento; para lo cual se levanta un Acta que detalle sobre lo actuado, la cual debe registrarse en el SIGIA. De detectarse modificaciones en la construcción, que difieren de lo aprobado en el Proyecto de Construcción, se levantará un Acta que detalle sobre lo actuado; la que igualmente debe registrarse en el SIGIA.
5.14.2. De verificarse observaciones post Autorización Sanitaria de
Funcionamiento, corresponderá la evaluación respectiva mediante el REG-SIAG-44: Lista de Verificación de Inspección; determinando a través de un informe si se trata de i) comisión de una infracción, ii) aplicación de alguna causal de cancelación o suspensión, o iii) aplicación de una medida sanitaria de seguridad. Para lo cual corresponde aplicar los procedimientos respectivos a dichas acciones en coordinación con la Oficina de Asesoría Jurídica del SENASA.
5.15. Plazo de atención del procedimiento de Autorización sanitaria.
El plazo para otorgar la Autorización Sanitaria de Proyecto de Construcción o la Autorización Sanitaria para el Funcionamiento, a cargo de la JAIAIA, no puede exceder de 30 días hábiles de conformidad a lo establecido en el artículo 35° de la Ley 27444. De estar el procedimiento comprendido en el TUPA del SENASA, se procede de acuerdo a lo establecido en dicho instrumento normativo.
6. REGISTROS REG-SIAG-39: Acta de Evaluación Documentaria para Proyecto de
Construcción REG-SIAG-40: Acta de Evaluación Documentaria para Autorización de
Funcionamiento REG-SIAG-41: Plan de Inspección
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REG-SIAG-44: Lista de Verificación de Inspección REG-SIAG-45: Modelo de Carta de Improcedencia REG-SIAG-46: Hallazgos de Inspección REG-SIAG-47: Informe de Inspección in situ. REG-SIAG-48: Modelo de Autorización Sanitaria del Proyecto de Construcción REG-SIAG-49: Modelo de Autorización Sanitaria de Funcionamiento REG-SIAG-50: Acta de Supervisión/Verificación Sanitaria de mataderos
7. ANEXOS
ANEXO 01: Solicitud declaración jurada de Autorización sanitaria de Proyecto de Construcción/ Funcionamiento de Mataderos
ANEXO 02: Criterios de Evaluación para atender solicitudes de Autorizaciones sanitarias de Proyecto de Construcción
ANEXO 03: Criterios de Evaluación para atender solicitudes de Autorización sanitaria de funcionamiento
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PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 14 de 49
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REG-SIAG-39: Acta de Evaluación Documentaria para Proyecto de
Construcción
1 INFORME N° 2 N° DE EXPEDIENTE: 3 FECHA
4 ESPECIALISTA RESPONSABLE
PARTE I. INFORMACIÓN DE ESTABLECIMIENTO
5 NOMBRE O RAZON SOCIAL 6 R.U.C. N°
7 8 N°
9 DEPARTAMENTO 10 PROVINCIA 11 DISTRITO
12 TELEFONO 13 N° del Registro Único de contribuyente 14 EMAIL
15
16
PARTE II. ANTECEDENTES
17
18 INFORMACIÓN Y/O DOCUMENTACIÓN PRESENTADA
a. Certificado de Zonificación y Vías
b. Plano de localización del terreno
c. Planos de arquitectura detallados
d. Memoria descriptiva
e. Descripción del proceso de operaciones
f. Recibo de pago
PARTE III. CONCLUSIONES
PARTE IV. RECOMENDACIONES
ESPECIALISTA RESPONSABLE
FIRMA Y NOMBRE COMPLETO
ACTA DE EVALUACIÓN DOCUMENTARIA PARA PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN
DOMICILIO LEGAL. Av./Calle/Jr.
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DEL RESPONSABLE TÉCNICO
BASE LEGAL: CONFORME
REG-SIAG-30
20
Si No
19
REG-SIAG-39
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 15 de 49
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REG-SIAG-40: Acta de Evaluación Documentaria para Autorización Sanitaria de
Funcionamiento
ACTA DE EVALUACION DOCUMENTARIA PARA AUTORIZACION SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO
1 INFORME N° 2 N° DE EXPEDIENTE 3 FECHA
4 ESPECIALISTA RESPONSABLE
PARTE I. INFORMACION DE ESTABLECIMIENTO
5 NOMBRE O RAZON SOCIAL 6 RUC N°
7 DOMICILIO LEGAL Av./Calle/Jr.
8
9 DEPARTAMENTO 10 PROVINCIA 11 DISTRITO
12 TELEFONO 13 EMAIL
14 NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL
15 NOMBRE DEL RESPONSABLE TECNICO
PARTE II. ANTECEDENTE
16 BASE LEGAL CONFORME
17 INFORMACION Y/O DOCUMENTACION PRESENTADA SI NO
a. Descripción del Proceso de Operaciones
b. Manual de Buenas Practicas de Faenado
c. Plan de Análisis de Peligro y Punto Crítico de Control (APPCC/HACCP)
d. Procedimiento Operativos Estandarizados de Saneamiento (POES)
e. Plan interno de Rastreabilidad.
f. Recibo de pago.
PARTE III. CONCLUSIONES
18
PARTE IV. RECOMENDACIONES
19
----------------------------------------------------- ESPECIALISTA RESPONSABLE FIRMA Y NOMBRE COMPLETO
REG-SIAG-40
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 16 de 49
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REG-SIAG-41: Plan de Inspección
ESTABLECIMIENTO A INSPECCIONAR N° DE EXPEDIENTE
OBJETIVO
ALCANCE
1.- 5.-
2.- 6.-
3.- 7.-
4.- 8.-
Jefe de Insumos Agropecuarios e Inocuidad
Agroalimentaria del SENASA (Nombre de Dirección Ejecutiva)
NOTA: El Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, como Autoridad competente en el aspecto técnico, normativo y de vigilancia en materia de
inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario destinados al consumo humano y piensos de producción nacional y
extranjera, hace de conocimiento que todos los documentos de trabajo son tratados con CONFIDENCIALIDAD y se almacenan en forma segura.
FECHA HORA ACTIVIDADES / REQUISITOS A INSPECCIONAR PROCESONOMBRE / CARGO DEL
INSPECCIONADOINSPECTOR (ES)
REG-SIAG-36
CRONOGRAMA
PLAN DE INSPECCIÓN
"Si no hay cambios al plan de inspección una semana
antes de la misma, entonces el plan de inspección se
considera aprobado"
EQUIPO INSPECTOR
APELLIDOS Y NOMBRES APELLIDOS Y NOMBRES
INSPECTOR LIDER
CRITERIOS DE INSPECCIÓN
TIPO DE AUTORIZACIÓN: PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN FUNCIONAMIENTO
REG-SIAG-41
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
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REG-SIAG-44: Lista de Verificación de Inspección
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 18 de 49
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DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
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DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
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DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
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PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
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DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
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PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
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PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
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PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
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DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
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PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
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DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
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PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 26 de 49
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DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
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PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 27 de 49
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DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 28 de 49
Esta versión está vigente, en tanto esté publicada en la Intranet. En caso de imprimir este documento con fines didácticos, una vez utilizado debe destruirlo, bajo responsabilidad.
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
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PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 29 de 49
Esta versión está vigente, en tanto esté publicada en la Intranet. En caso de imprimir este documento con fines didácticos, una vez utilizado debe destruirlo, bajo responsabilidad.
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 30 de 49
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REG-SIAG-45: Modelo de Carta de Improcedencia
(Colocar encabezado de documentos oficiales generado por Dirección Ejecutiva)
Carta N° xxx-201x-AG-SENASA-DE (Dirección Ejecutiva)
___________, ________________
Ciudad Fecha
Nombre del representante legal de la empresa
Empresa
Domicilio fiscal del establecimiento
Presente.-
Asunto: Denegación de Solicitud de Autorización Sanitaria de Funcionamiento/ Autorización Sanitaria de Proyecto de Construcción.
Referencia: N° de Expediente
Mediante la presente me dirijo a usted, para saludarlo y a la vez manifestarle lo siguiente:
Habiendo evaluado el Expediente de la referencia, presentado por su representada, en relación al trámite de Autorización Sanitaria de Funcionamiento/ Autorización Sanitaria de Proyecto de Construcción; y, en atención al Informe Técnico N°……. el cual se concluye:……………………………………………………………………………………...….. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
…………..., incumpliendo de esta manera con lo establecido en el Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de Abasto, aprobado por el Decreto Supremo 015-2012-AG, este Despacho ha resuelto declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Autorización Sanitaria de establecimiento/ Autorización Sanitaria de Proyecto de Construcción.
Sin otro particular.
Atentamente,
________________________________________________
Jefe de Insumos Agropecuarios e Inocuidad
Agroalimentaria del SENASA (Nombre de Dirección Ejecutiva)
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 31 de 49
Esta versión está vigente, en tanto esté publicada en la Intranet. En caso de imprimir este documento con fines didácticos, una vez utilizado debe destruirlo, bajo responsabilidad.
REG-SIAG-46: Hallazgos de Inspección
ESTABLECIMIENTO INSPECCIONADO N° DE EXPEDIENTE FECHA
TIPO DE AUTORIZACIÓN: PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN FUNCIONAMIENTO
OBJETIVO
ALCANCE
CRITERIOS DE INSPECCIÓN
N° DE REVISIÓN
RESULTADOS POR ACTIVIDAD INSPECCIONADA
NO CONFORMIDADES MAYORES (Enumerar c/u): AREA RESPONSABLE
NO CONFORMIDADES MENORES (Enumerar c/u): AREA RESPONSABLE
OBSERVACIONES (Enumerar c/u): AREA RESPONSABLE
RECOMENDACIONES PARA LA MEJORA (Enumerar c/u): AREA RESPONSABLE
RESULTADO PRELIMINAR (DE CORRESPONDER)
RESULTADO FINAL LEVANTAR OBSERVACIONES
INSPECTOR O EQUIPO INSPECTOR
NOMBRES Y APELLIDOS FIRMA
RESPONSABLE DEL ESTABLECIMIENTO INSPECCIONADO:
NOMBRES Y APELLIDOS FIRMA
HALLAZGOS DE INSPECCIÓN
DOCUMENTOS REVISADOS
REG-SIAG-40REG-SIAG-46
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 32 de 49
Esta versión está vigente, en tanto esté publicada en la Intranet. En caso de imprimir este documento con fines didácticos, una vez utilizado debe destruirlo, bajo responsabilidad.
REG-SIAG-47: Informe de Inspección in situ
1 INFORME N° 2
3 FECHA 4 ESPECIALISTA RESPONSABLE
PARTE I. INFORMACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO
5
6
7 8
9 10 11
12 13 14
16
17
18
PARTE II. ANTECEDENTES
19 OBJETIVO
20 ALCANCE
21
22
PARTE III. RESULTADOS DE INSPECCIÓN
PARTE IV. CONCLUSIONES
PARTE V. RECOMENDACIONES
ESPECIALISTA RESPONSABLE
FIRMA Y NOMBRE COMPLETO
25
24
23
TIPO DE ESTABLECIMIENTO
CRITERIOS DE INSPECCIÓN
EQUIPO INSPECTOR
INFORME TÉCNICO DE INSPECCIÓN
NOMBRE O RAZON SOCIAL
R.U.C. N°
DOMICILIO LEGAL. Av./Calle/Jr. N°
N° DE EXPEDIENTE
TIPO DE AUTORIZACIÓN: PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN FUNCIONAMIENTO
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO
TELEFONO FAX EMAIL
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DEL RESPONSABLE TÉCNICO
REG-SIAG-41REG-SIAG-47
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 33 de 49
Esta versión está vigente, en tanto esté publicada en la Intranet. En caso de imprimir este documento con fines didácticos, una vez utilizado debe destruirlo, bajo responsabilidad.
REG-SIAG-48: Modelo de Autorización Sanitaria del Proyecto de Construcción
Razón Social del Establecimiento:
RUC:
Domicilio Legal:
Departamento: Provincia: Distrito:
Dirección del Establecimiento:
Actividad del Establecimiento:
Fecha de Emisión:
____________________________________
Jefe del Área de Insumos Agropecuarios
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIASUBDIRECCIÓN DE INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
AUTORIZACIÓN SANITARIA DE PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE
MATADEROS
N° 0001-2016-AG-SENASA- (Dirección Ejecutiva )
De conformidad a lo establecido en el Artículo 11° del Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de Abasto,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2012-AG; la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria de la Dirección
General de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria, a través del Área de Insumos Agropecuarios e
Inocuidad Agroalimentaria de la Dirección Ejecutiva XX del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; certifica
que el establecimiento que a continuación se detalla, cumple con los requisitos de construcción establecidos en la
mencionada norma; quedando listo para solicitar la Autorización sanitaria para el funcionamiento de Matadero; de
acuerdo a la actividad que desarrolle:
e Inocuidad Agroalimentaria
Dirección Ejecutiva SENASA
(Código de Barras)
Dirección Ejecutiva
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 34 de 49
Esta versión está vigente, en tanto esté publicada en la Intranet. En caso de imprimir este documento con fines didácticos, una vez utilizado debe destruirlo, bajo responsabilidad.
REG-SIAG-49: Modelo de Autorización Sanitaria de Funcionamiento
Razón Social del Establecimiento:
RUC:
Domicilio Legal:
Departamento: Provincia: Distrito:
Dirección del Establecimiento:
Actividad del Establecimiento: Categoría:
Fecha de Emisión:
____________________________________
e Inocuidad Agroalimentaria
Dirección Ejecutiva SENASA
(Código de Barras)
Jefe del Área de Insumos Agropecuarios
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIASUBDIRECCIÓN DE INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
AUTORIZACIÓN SANITARIA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS
N° 0001-2016-AG-SENASA- (Dirección Ejecutiva )
De conformidad a lo establecido en el Artículo 12° del Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de Abasto,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2012-AG; la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria de la Dirección
General de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria, a través del Área de Insumos Agropecuarios e
Inocuidad Agroalimentaria de la Dirección Ejecutiva XX del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; certifica
que el establecimiento que a continuación se detalla, se encuentra autorizado para efectuar actividades sanitarias de
acuerdo a lo siguiente:
Dirección Ejecutiva
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
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Esta versión está vigente, en tanto esté publicada en la Intranet. En caso de imprimir este documento con fines didácticos, una vez utilizado debe destruirlo, bajo responsabilidad.
REG-SIAG-50: Acta de Supervisión / Verificación Sanitaria en mataderos
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 36 de 49
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DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 37 de 49
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DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 38 de 49
Esta versión está vigente, en tanto esté publicada en la Intranet. En caso de imprimir este documento con fines didácticos, una vez utilizado debe destruirlo, bajo responsabilidad.
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
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Esta versión está vigente, en tanto esté publicada en la Intranet. En caso de imprimir este documento con fines didácticos, una vez utilizado debe destruirlo, bajo responsabilidad.
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 40 de 49
Esta versión está vigente, en tanto esté publicada en la Intranet. En caso de imprimir este documento con fines didácticos, una vez utilizado debe destruirlo, bajo responsabilidad.
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
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Esta versión está vigente, en tanto esté publicada en la Intranet. En caso de imprimir este documento con fines didácticos, una vez utilizado debe destruirlo, bajo responsabilidad.
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 42 de 49
Esta versión está vigente, en tanto esté publicada en la Intranet. En caso de imprimir este documento con fines didácticos, una vez utilizado debe destruirlo, bajo responsabilidad.
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
Página: 43 de 49
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DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
PRO-SIAG-16
PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
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ANEXO 01: Solicitud declaración jurada de Autorización Sanitaria de Proyecto de Construcción/ Funcionamiento de Mataderos
Señor Jefe de Area de Insumos Agropecuarios Inocuidad Agroalimentaria de la Dirección Ejecutiva del SENASA
________________________________________
PARTE I. TIPO DE TRAMITE
1 Solicitud
Inscripción
Modificación
Renovación
PARTE II. REPRESENTANTE LEGAL
2 Tipo de Razón Social 3 Nombre o Razón Social 4 R.U.C. Nº
Natural Jurídica
5 Domicilio Legal Av. Jr. Calle
6 Nombre del Representante Legal 7 DNI
PARTE III. UBICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO
8 Dirección
9 Departamento 10 Provincia 11 Distrito
12 Teléfono 13 Correo Electrónico
14 Referencia de Dirección
PARTE IV. RESPONSABLE TÉCNICO
15 Nombre 16 DNI
17 Nº de Colegiatura
PARTE V. AUTORIZACION DE NOTIFICACION DE DOCUMENTOS VIA CORREO ELECTRONICO SI NO
Anexo 6 Anexo 7
________________________________________
Representante Legal
Nombre:______________________________________
DNI/CE Nº : ___________________________________
a----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
b----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
h----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
c----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Solicitud de Declaración Jurada de Inscripción/ Modificación de Autorización Sanitaria de Proyecto de
Construcción / Funcionamiento de Mataderos
Proyecto de Construcción Funcionamiento
Inscripción
Para tal efecto del presente trámite adjunto los siguientes documentos de conformidad sobre el Reglamento Sanitario del
Faenado de Animales de Abasto.
d----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
e----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
f-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
g----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Asimismo, me someto a brindar las facilidades del caso al SENASA cuando requiera realizar la vigilancia sanitaria del matadero.
Declaro bajo juramento que los datos consignados en la presente solicitud son verídicos y me someto a las sanciones legales
que se me impongan por contravenir al Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de Abasto (D.S. 015-2012-AG), a la Ley
de Inocuidad de los Alimentos (D.L. N°1062) y a sus reglamentos, el Reglamento de la ley de Inocuidad de los Alimentos (D.S.
034-2008-AG) y al Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria (D.S. 004-2011-AG). Los documentos presentados se efectua a la
conformidad de lo establecido de los anexos: 6 u 7 del D.S 015-2012-AG.
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
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PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
Revisión: 00
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Esta versión está vigente, en tanto esté publicada en la Intranet. En caso de imprimir este documento con fines didácticos, una vez utilizado debe destruirlo, bajo responsabilidad.
ANEXO 02: Criterios de Evaluación para atender solicitudes de Autorizaciones sanitarias de Proyecto de Construcción
EVALUACIÓN DOCUMENTARIA
- Número de Registro Único de Contribuyente (RUC): Verificar en la página
web de la SUNAT, si la información que ha brindado el administrado en el
formato solicitud declaración jurada, corresponde a la representación legal que
se declara.
- Certificado de Zonificación y Vías: Verificar que la zonificación que indica la
municipalidad autoriza el funcionamiento específico para un matadero. Se
acepta también que el administrado presente un Certificado de Compatibilidad
de Uso con la especificación correspondiente. De tener dudas, efectuar la
consulta respectiva con la misma municipalidad.
- Plano de localización del terreno: Verificar la cercanía a fuentes de agua y la
distancia con otras edificaciones, cerciorándose de cumplir con el artículo 19° del
Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de Abasto: “Ubicación de los
mataderos”. Tener en cuenta la escala y que sea suscrito por un profesional
vinculado a la actividad que se declara.
- Planos de arquitectura detallados: Verificar que la distribución de las áreas
evite la contaminación entre estas y que demuestre que el proceso sea fluido y
evite la contaminación cruzada de los productos. Se recomienda que las áreas
sigan un orden de acuerdo al proceso y que el producto circule en una sola
dirección, evitando el paso de zona limpia a sucia. Tener en cuenta la escala y
que sea suscrito por un profesional competente.
- Memoria descriptiva:
- Materiales a usar: Que todos los materiales mencionados sean suficientes
para llevar a cabo el faenado de animales de acuerdo al reglamento y a la
capacidad del matadero (tanto en especie como en número de animales).
- Cronograma de avance: El cronograma que se establezca para concluir
con el proyecto de construcción, no debe superar los tres (03) años
calendarios.
- Abastecimiento y consumo de energía eléctrica y otras formas de energía
que se contemple: tomar en cuenta la capacidad del matadero y que el
abastecimiento de energía eléctrica concuerde con las actividades
llevadas a cabo en cada área.
DIRECCIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria
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PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN SANITARIA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION Y AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MATADEROS.
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- Aprovisionamiento y consumo de agua potable fría y caliente: el matadero
debe contar con agua potable de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento vigente. En el área de faenado y cortes es necesario que
cuenten con agua caliente para las distintas actividades de limpieza.
- Sistema de tratamiento y eliminación de aguas residuales: Los mataderos
deben demostrar que contarán con un sistema de tratamiento y
eliminación de aguas residuales, de acuerdo a lo establecido por la
autoridad competente; evitando la contaminación del propio matadero y
del ambiente.
- Características técnicas de las maquinarias y equipos: Verificar que el
matadero esté equipado de acuerdo a la especie y a la capacidad de
faena que planea tener.
- Descripción del proceso de operaciones detallado por especie de animal,
incluyendo flujograma: Detallar el proceso de faena de los animales, según la
especie y que el flujograma cumpla con las características técnicas, describiendo
PASO A PASO y en orden todo el proceso.
Recordar que en el caso de équidos, el matadero debe ser exclusivo para ésta
especie, considerando lo establecido en el Artículo 59° del Reglamento
Sanitario del Faenado de Animales de Abasto.
INSPECCIÓN IN SITU
- Plano de localización del terreno: Verificar los alrededores del terreno,
especialmente los establecimientos vecinos, la actividad que ellos realizan
y si es conforme a lo establecido en el artículo 19° del Reglamento
Sanitario del Faenado de Animales de Abasto: “Ubicación de los
mataderos”.
- Memoria descriptiva:
- Abastecimiento y consumo de energía eléctrica, aprovisionamiento y
consumo de agua potable fría y caliente, Sistema de tratamiento y
eliminación de aguas residuales: Verificar lo declarado en los planos
presentados.
- Proceso de operaciones: Verificar que el terreno y el tamaño de éste
concuerde con los ambientes que se van a construir de acuerdo al flujo de
operaciones descrito.
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ANEXO 03: Criterios de Evaluación para atender solicitudes de
Autorización sanitaria de funcionamiento
EVALUACIÓN DOCUMENTARIA:
1. Descripción del proceso de operaciones:
Verificar que este sea detallado para cada especie y que el flujograma cumpla
con las características técnicas, describiendo PASO A PASO y en orden
secuencial todo el proceso. El cual debe ser diagramado en un plano simple del
establecimiento, en el que se identifique cada área.
2. Manual de Buenas Prácticas, que incluyan el programa de control de
plagas
Verificar:
Que este manual esté elaborado de acuerdo a lo establecido en el Código
de Prácticas de Higiene para la Carne del Codex Alimentarius (CAC/RCP
58-2005). Considerando como mínimo:
- Higiene personal, estado de salud, capacitación, Inspección ante y post
mortem, diseño de las instalaciones y equipos, control del proceso.
Que incluya la capacidad de faena, adaptado a la realidad del matadero y
teniendo en cuenta el cupo de faena según las consideraciones establecidas
en el Anexo N°12 del Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de
Abasto.
Que el manejo de aguas residuales es el aprobado por la autoridad
competente.
Sobre bienestar animal, verificar en la documentación:
manejo y estructuras en recepción de los animales (evitar el maltrato
animal durante el desplazamiento hacia los corrales de descanso y hacia
la manga para el aturdimiento).Debe llevarse a cabo de una manera que
no tenga efectos negativos de la inocuidad y salubridad de la carne.
tiempo de descanso de éstos en los corrales de acuerdo a las distancias
establecidas en el Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de
Abasto.
condiciones de los corrales de descanso (que dispongan de agua, luz,
sombras, se encuentren secas y limpias).
métodos para movilizar a los animales al área de procesos evitando el
sufrimiento innecesario.
método de aturdimiento permitido por la OIE
El tiempo entre el aturdimiento y el sangrado
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3. POES
Verificar:
Describir todos los procedimientos que se llevan a cabo diariamente, antes y
durante las operaciones, las cuales deben ser suficientes para evitar la
contaminación de la carne y menudencia.
Que identifique al personal encargado de la aplicación y seguimiento de los
POES
Los formatos para llevar registros de todos los procedimientos e incidencias
y deben estar identificados como operativo o pre operativo y contener las
indicaciones para la limpieza y desinfección de las superficies, equipos y
utensilios.
Deben mantener los registros diarios para evidenciar documentadamente la
implementación, monitoreo, verificación e implementación de las medidas
correctivas que se hayan realizado.
Que estén descritas las medidas correctivas a seguir, incluyendo la manera
adecuada de disponer del producto.
Que esté indicado un cronograma de evaluaciones periódicas de la eficacia
del sistema.
Los registros deben tener la fecha y firma de la persona quien realice la
evaluación in situ del proceso y también de la persona que tiene autoridad
en el matadero.
4. HACCP (con excepción de mataderos de Categoría 1). Verificar lo siguiente:
Principio 1 – Identificación de peligros
a. Presentación del equipo HACCP y las responsabilidades de cada uno
b. Definición documentada del alcance del plan HACCP.
c. Descripción y especificación del producto
d. Destino del producto (uso previsto – mercado)
e. Descripción del flujo de procesos – (insumos y productos / entradas y
resultados de cada paso del proceso)
f. Verificación del flujo de procesos in-situ
g. Identificación de peligros documentada: para cada producto y para cada
paso del proceso, incluyendo antecedentes y considerando variaciones del
proceso y de los operarios
Principio 2 - Determinación de puntos críticos de control:
a. Determinación del nivel de inaceptabilidad de cada peligro o grupo general
de peligros en cada paso del proceso
b. Identificación de medidas de control para cada peligro inaceptable.
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c. Documentación que respalda la determinación de los Puntos Críticos de
Control.
d. Identificación y documentación de peligros no gestionados (porque no son
tan relevantes)
Principio 3 – Establecimiento de límites críticos:
a. Determinación y documentación de límites críticos medibles para todos los
peligros que conforman un Punto Crítico de Control
b. Documentación que muestra validez científica del límite crítico
c. Dado el proceso, sustentación de que los límites críticos son alcanzables
Principio 4 – Medidas de vigilancia para los puntos críticos de control
a. Asignación de responsabilidades en vigilancia
b. Demostración de que estas medidas brindan la información necesaria para
garantizar el control de los Puntos Críticos
c. Documentación de procedimientos de vigilancia
d. Registros de vigilancia de resultados
Principio 5 – Medidas correctivas de falla en el control del punto crítico
a. Asignación de responsabilidades para las acciones de medidas correctivas.
b. Documentación de medidas correctivas.
c. Criterio para proceder con medidas correctivas.
d. Alcance de la medida correctiva y verificaciones posteriores
e. Registros de cada medida correctiva y forma de cierre (firma del
responsable, sello, etc.)
Principio 6 – Procedimientos de comprobación del correcto funcionamiento
del sistema HACCP
a. Documentación de estos procedimientos
b. Definición de responsabilidades para estos procedimientos
c. Registros de los procedimientos de comprobación
Principio 7 – Sistema de documentación sobre todos los procedimientos y
registros apropiados para la aplicación del plan HACCP
a. Formatos adicionales a los registros y documentación ya mencionados
5. Plan interno de rastreabilidad
Verificar que el plan interno de rastreabilidad permita identificar tanto el origen,
como el destino del producto. Revisar la Guía para Sistemas de Rastreabilidad
del SENASA (página web).