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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 13:30 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina" 3937 22/06/2012

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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 13:30 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar

Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina"

3937

22/06/2012

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Sumario Poder Legislativo

Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Ley-4171 Se modifica el sentido de circulación de tramos de diferentes arterias Pág.7

Poder Ejecutivo Decreto

Área Jefe de Gobierno Decreto-288 Se modifica el Decreto N° 226/11 Pág.9 Decreto-289 Se encomienda a la Presidente del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes la convocatoria para la cobertura de cargos de planta permanente Pág.9 Decreto-289 Se encomienda a la Presidente del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes la convocatoria para la cobertura de cargos de planta permanente Pág.10 Decreto-290 Se aceptan renuncias Pág.11 Decreto-291 Se procede a la desocupación administrativa del inmueble sito en Ventana 3549 Pág.12 Decreto-293 Se designan Subsecretarios Pág.14 Decreto-294 Se ratifica el Convenio de Permiso de Uso Precario y Oneroso suscripto con la Fundación UOCRA para la Educación de los Trabajadores Constructores Pág.15 Decreto-295 Se declara de interés el Acto Cívico-Militar en Homenaje al Gral Güemes Pág.16 Decreto-295 Se declara de interés el Acto Cívico-Militar en Homenaje al Gral Güemes Pág.17

Resolución Ministerio de Hacienda

Resolución-242-MHGC/12 Se designa Gerente Operativo Jurídico Administrativo Pág.19 Resolución-821-MHGC/12 Se aprueba modificación de créditos Pág.20

Ministerio de Justicia y Seguridad Resolución-77-ISSP/12 Se establece regimen de equivalencias entre planes de estudios Pág.21 Resolución-78-ISSP/12 Se aceptan solicitudes de baja voluntaria Pág.22 Resolución-79-ISSP/12 Se designa personal Pág.23 Resolución-80-ISSP/12 Se incorporan estudiantes al Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficiales de la Policía Metropolitana Pág.24 Resolución-81-ISSP/12 Se acepta renuncia de personal Pág.25 Resolución-82-ISSP/12 Se aprueban cursos Pág.26 Resolución-115-SSSC/12 Se aprueba el gasto de Servicio de Seguridad Privada prestados en los Ministerios de Desarrollo Social, de Desarrollo Económico y de Educación y en la Jefatura de Gabinete Pág.28 Resolución-116-SSSC/12 Se aprueba el gasto de Servicio de Seguridad Privada prestados en los Ministerios de Cultura y de Justicia y Seguridad y en la Secretaría General y la Jefatura de Gabinete Pág.29 Resolución-117-SSSC/12 Se aprueba el gasto de Servicio de Seguridad Privada prestados en los Ministerios de Desarrollo Social, de Cultura y de Educación Pág.30 Resolución-118-SSSC/12 Se aprueba el gasto de Servicio de Seguridad Privada prestados en los Ministerios de Desarrollo Social, de Educación y de Justicia y Seguridad Pág.30 Resolución-119-SSSC/12 Se aprueba el gasto de Servicio de Seguridad Privada prestado en el Ministerio de Educación Pág.31 Resolución-120-SSSC/12 Se aprueba el gasto de Servicio de Seguridad Privada prestados en los Ministerios de Desarrollo Económico, de Desarrollo Social, de Desarrollo Urbano y de Justicia y Seguridad y en la Jefatura de Gabinete Pág.32 Resolución-121-SSSC/12 Se aprueba el gasto de Servicio de Seguridad Privada prestado en los Ministerios de Desarrollo Económico, de Desarrollo Urbano, de Hacienda y de Educación Pág.33 Resolución-125-SSSC/12 Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 839-SIGAF/12 Pág.33 Resolución-259-SSEMERG/12 Se aprueba pliego y se llama a Licitación Pública N° 1292/12 Pág.34 Resolución-389-MJYSGC/12 Se otorga estado policial a personal Pág.35 Resolución-390-MJYSGC/12 Se dispone la baja obligatoria de personal Pág.37

Ministerio de Educación Resolución-202-SSGEFYAR/12 Se aprueba y se adjudica la Licitación Pública N° 784-SIGAF/12 (9/12) Pág.39 Resolución-2162-MEGC/12 Se crea la Escuela Infantil N° 11, DE 21 Pág.41

Ministerio de Desarrollo Urbano Resolución-194-MDUGC/12 Se archiva sumario Pág.43 Resolución-203-MDUGC/12 Se aprueba modificación de créditos Pág.43 Resolución-203-MDUGC/12 Se aprueba modificación de créditos Pág.44

Ministerio de Cultura Resolución-1991-MCGC/12 Se limita licencia sin goce de sueldo Pág.45 Resolución-1992-MCGC/12 Se otorga licencia sin goce de sueldo Pág.45 Resolución-1993-MCGC/12 Se otorga licencia sin goce de sueldo Pág.46

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Resolución-2157-MCGC/12 Se aprueba Acta de Redeterminación de Precios de la obra Recuperación de la fachada y acondicionamiento interior Museo Casa Isaac Fernández Blanco Pág.46 Resolución-2165-MCGC/12 Se aprueba contratación de personal Pág.50

Ministerio de Desarrollo Económico Resolución-383-MDEGC/12 Se reconoce prestación de servicios Pág.52 Resolución-388-MDEGC/12 Se aprueban solicitudes de Redeterminación Provisoria de Precios del Servicio de Extracción, Transporte y Disposición Final de Líquidos Cloacales y/o Pluviales Pág.53 Resolución-396-MDEGC/12 Se modifican diferentes Resoluciones Pág.54

Secretaría Legal y Técnica Resolución-227-SECLYT/12 Se transfiere a agente Pág.56

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos Resolución-386-AGIP/12 Se aprueba Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra Provisión e instalación de 4 ascensores nuevos Pág.57 Resolución-394-AGIP/12 Se aprueba la Contratación Directa N° 5422/12 Pág.57

Agencia de Protección Ambiental Resolución-201-APRA/12 Se otorga la Declaración de Impacto Ambiental al emprendimiento Continuación de obras de construcción de la Autopista Illia Pág.60

Ente de Turismo Resolución-145-ENTUR/12 Se otorga el auspicio institucional al XVIII Congreso Internacional de Hispanistas

Pág.63 Resolución-146-ENTUR/12 Se otorga el auspicio institucional a Eggo de Expotrastiendas 2012 Pág.63 Resolución-146-ENTUR/12 Se otorga el auspicio institucional a Eggo de Expotrastiendas 2012 Pág.64 Resolución-148-ENTUR/12 Se autoriza la contratación de personal Pág.64

Agencia de Sistemas de Información Resolución-70-ASINF/12 Se aprueba compensación presupuestaria Pág.66

Disposición Ministerio de Hacienda

Disposición-116-DGCYC/12 Se aplica apercibimiento a la firma Laboratorios Richet SA Pág.68 Ministerio de Salud

Disposición-204-HGAPP/12 Se impone multa a la firma Berrnardo Lew e Hijos SRL Pág.70 Disposición-205-HGAPP/12 Se impone multa a la Firma Bernardo Kew e Hijos SRL Pág.70 Disposición-205-HGAPP/12 Se impone multa a la Firma Bernardo Kew e Hijos SRL Pág.71 Disposición-206-HGAPP/12 Se impone multa a la Firma Bernardo Lew e Hijos SRL Pág.71 Disposición-206-HGAPP/12 Se impone multa a la Firma Bernardo Lew e Hijos SRL Pág.72 Disposición-207-HGAPP/12 Se impone Multa a la Firma Ximax SRL. Pág.72 Disposición-208-HGAPP/12 Se impone multa a la Firma Bernardo Lew e Hijos SRL Pág.73 Disposición-209-HGAPP/12 Se impone multa a la Firma Bernardo Lew e Hijos SRL Pág.74 Disposición-210-HGAPP/12 Se impone multa a la firma Veinfar ICSA Pág.75 Disposición-211-HGAPP/12 Se impone multa a la firma Veinfar ICSA Pág.76 Disposición-212-HGAPP/12 Se impone multa a la firma Droguería Bioweb SA Pág.77 Disposición-215-HGAPP/12 Se impone multa a la firma Rodolfo Eduardo Frisare SA Pág.78

Ministerio de Educación Disposición-435-DGAR/12 Se aprueban modificaciones a la Licitación Privada N° 14-SIGAF/12 (15/12) Pág.80

Ministerio de Desarrollo Urbano Disposición-880-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Gorriti 5374 Pág.81 Disposición-881-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av Santa Fe 3253 Pág.82 Disposición-882-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Bonpland 1904 Pág.83 Disposición-883-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av Pueyrredón 110/190

Pág.84 Disposición-884-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Baigorria 3285 Pág.85 Disposición-884-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Baigorria 3285 Pág.86 Disposición-885-DGIUR/12 Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Echeverría 1287 Pág.87 Disposición-886-DGIUR/12 Se consideran aplicables normas del Código de Planeamiento Urbano respecto del predio sito en Arévalo 2306/12 Pág.89

Ministerio de Desarrollo Económico Disposición-1058-DGINC/12 Se aprueba nómina de seleccionados que participaran en la Feria CEMCA Pág.93 Disposición-1059-DGINC/12 Se aprueba nómina de seleccionados que participarán en la Feria EFICA Pág.93

Ministerio de Ambiente y Espacio Público Disposición-144-DGTALMAEP/12 Se amplía el monto del contrato de la Licitación Pública N° 1939 Pág.95

Agencia de Sistemas de Información Disposición-91-DGTALINF/12 Se extiende el plazo entrega de la Orden de Compra N° 11844/10 Pág.97

Organos de Control Resolución

Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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Resolución-81-SGCBA/12 Se designa Subgerente de Fiscalización Pág.99 Resolución-82-SGCBA/12 Se autoriza comisión de servicios de agente Pág.100 Resolución-83-SGCBA/12 Se autoriza contratación de personal Pág.101

Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Resolución-204-ERSP/11 Se aprueba contratación de personal Pág.104 Resolución-206-ERSP/11 Se aprueba pase en colaboración de agente Pág.104 Resolución-207-ERSP/11 Se modifica cartel informativo para el servicio de autotransporte de pasajeros Pág.105 Resolución-208-ERSP/11 Se sanciona con multa a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida Pág.106 Resolución-208-ERSP/11 Se sanciona con multa a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida Pág.107 Resolución-210-ERSP/11 Se desestima la aplicación de sanciones a la empresa Manteléctric ICISA Pág.110 Resolución-212-ERSP/11 Se sanciona con multa a la empresa Cliba Ingeniería Ambiental SA Pág.112 Resolución-214-ERSP/11 Se sanciona con multa a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida Pág.116

Comunicados y Avisos Comunicados

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos Comunicados-148768-AGIP/12 Pág.121 Comunicados-527391-AGIP/12 Pág.121

Ministerio de Educación Comunicados-352-DCYDD/12 Pág.122

Ministerio de Desarrollo Económico Comunicados-2-SSDEP/12 Pág.123

Licitaciones Licitación

Jefatura de Gabinete de Ministros Licitación-111-DGTALMJG/12 Pág.127 Licitación-112-DGTALMJG/12 Pág.127 Licitación-1124-DGTALMJG/12 Pág.128

Ministerio de Justicia y Seguridad Licitación-1292-SSEMERG/12 Pág.129

Ministerio de Salud Licitación-171-HGAT/12 Pág.130 Licitación-807-DGADC/12 Pág.130 Licitación-1114-HGACD/12 Pág.131 Licitación-1255-HGAVS/12 Pág.131 Licitación-1298-HBR/12 Pág.132 Licitación-1331-HGATA/12 Pág.132 Licitación-1337-HIJCTG/12 Pág.133 Licitación-1340-HGAVS/12 Pág.133 Licitación-1361-HGAJAF/12 Pág.134 Licitación-1362-HGAJAF/12 Pág.134

Ministerio de Ambiente y Espacio Público Licitación-909-DGTALMAEP/12 Pág.136 Licitación-916-DGTALMAEP/12 Pág.136

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos Licitación-1131-AGIP/12 Pág.138 Licitación-1232-AGIP/12 Pág.138

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires Licitación-27-IVC/11 Pág.139 Licitación-14-IVC/12 Pág.139

Instituto Universitario Nacional del Arte Licitación-3-IUNA/12 Pág.140

Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Licitación-6-FG/12 Pág.141

Defensor General - Ministerio Público CABA Licitación-7-DG/12 Pág.142 Licitación-10-DG/12 Pág.142

Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana Licitación-1257-SECGCYAC/12 Pág.144 Licitación-1258-SECGCYAC/12 Pág.144

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Licitación-1259-SECGCYAC/12 Pág.145 Licitación-1261-SECGCYAC/12 Pág.146 Licitación-1271-SECGCYAC/12 Pág.147

Ministerio de Salud Licitación-104-HGAT/12 Pág.148 Licitación-1330-HGNPE/12 Pág.148 Licitación-1330-HGNPE/12 Pág.149

Ministerio de Educación Licitación-170-DGAR/12 Pág.150

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos Licitación-1383-AGIP/12 Pág.153

Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Licitación-27-FG/11 Pág.154 Licitación-4-FG/12 Pág.156

Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana Licitación-184-SECGCYAC/12 Pág.159

Ministerio de Salud Licitación-687-HGADS/12 Pág.160 Licitación-4164-HNBM/12 Pág.160

Defensor General - Ministerio Público CABA Licitación-13-DG/12 Pág.162

Expediente Ministerio de Hacienda

Expediente-662999 Pág.163 Ministerio de Salud

Expediente-987485 Pág.164 Expediente-1105600 Pág.164

Ministerio de Educación Expediente-640854 Pág.166 Expediente-1005221 Pág.166 Expediente-1050218 Pág.167 Expediente-1050309 Pág.167 Expediente-1088413 Pág.167 Expediente-1088413 Pág.168 Expediente-1199302 Pág.168

Ministerio de Salud Expediente-14218 Pág.169

Ministerio de Educación Expediente-1927211 Pág.170

Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Expediente-1095 Pág.171 Expediente-1113 Pág.171 Expediente-1074 Pág.172

Carpeta Banco Ciudad De Buenos Aires

Carpeta-20268 Pág.173 Carpeta-20287 Pág.173 Carpeta-20290 Pág.173

Nota Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Nota-2 Pág.175 Nota-4 Pág.176

Edictos Particulares Retiro de Restos

Particular Retiro de Restos-178-DGTAD/12 Pág.178

Transferencias Particular

Transferencias-175-DGTAD/12 Pág.179 Transferencias-176-DGTAD/12 Pág.179 Transferencias-177-DGTAD/12 Pág.179 Transferencias-179-DGTAD/12 Pág.179 Transferencias-180-DGTAD/12 Pág.180

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Transferencias-181-DGTAD/12 Pág.180 Transferencias-182-DGTAD/12 Pág.180

Edictos Oficiales Citación

Justicia Penal, Contravencional y de Faltas Citación-1222922-JPCF/12 Pág.182 Citación-1256984-JPCF/12 Pág.182 Citación-1257608-JPCF/12 Pág.183

Juzgado Provincial Citación-1273313-JP/12 Pág.184

Notificación Ministerio de Desarrollo Social

Notificación-5629-SSFFYC/09 Pág.185 Notificación-2156488-SSFFYC/11 Pág.185

Secretaría Legal y Técnica Notificación-285-DGTAD/12 Pág.186

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires Notificación-6677-IVC/12 Pág.187 Notificación-6678-IVC/12 Pág.187

Ministerio de Desarrollo Social Notificación-1142510-SSFFYC/10 Pág.189

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires Notificación-63-IVC/11 Pág.190

Justicia Penal, Contravencional y de Faltas Notificación-1242842-UFSEFB/12 Pág.191

Intimaciones Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Intimaciones-1183459-DGCEM/12 Pág.192

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Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEY N.° 4171

Buenos Aires, 17 de mayo de 2012

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Se asigna doble sentido de circulación asimétrico a los siguientes tramos de arterias: -Av. Jujuy entre Av. Belgrano y Av. Rivadavia. -Av. Pueyrredón entre Av. Rivadavia y la calle Azcuénaga. Art. 2°.- Se asigna el carácter de vías preferenciales exclusivas para el transporte público de pasajeros, el cual funcionará como tal los días hábiles durante el horario comprendido entre las 8.00 y las 20.00 horas, a los siguientes tramos de arteria: -Av. Pueyrredón entre Bartolomé Mitre y Av. Córdoba en sentido Sur -Norte -Av. Pueyrredón entre Bartolomé Mitre y Av. Córdoba en sentido Norte - Sur, sólo en los dos carriles adyacentes a la acera. Art. 3°.- Se asigna el carácter de vía preferencial exclusiva para el transporte público de pasajeros todos los días durante las 24 horas, al siguiente tramo de arteria: -Bartolomé Mitre entre Jean Jaures y Ecuador. Art. 4°.- Por las vías preferenciales indicadas en el artículo 2º sólo podrán circular los vehículos afectados al Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros por Automotor y los vehículos afectados al Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, estos últimos únicamente con pasajeros en sentido Sur - Norte y con o sin pasajeros en sentido Norte - Sur. Art.5°.- Por la vía preferencial indicada en el artículo 3° sólo podrán circular los vehículos afectados al Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros por Automotor y los vehículos afectados al Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, estos últimos con o sin pasajeros. Art. 6°.- Se prohíbe la circulación, el estacionamiento y la detención de vehículos particulares de cualquier porte y cilindrada en las vías preferenciales indicadas en los artículos 2° y 3° durante los días y horarios de su funcionamiento. Art. 7°.- Se prohíbe la colocación de vallas de obra, volquetes o cualquier otro elemento que pueda afectar el desplazamiento vehicular en las vías preferenciales indicadas en los artículos 2° y 3° durante los días y horarios de su funcionamiento. Art. 8°.- Se exceptúan de lo dispuesto en el Artículo 6° a los siguientes vehículos: a) Los vehículos que transporten personas con discapacidad que requieran detenerse junto a la acera. b) Los vehículos que deban ingresar o egresar de cocheras privadas, garajes, playas de estacionamiento o estaciones de servicio lindantes con la vía preferencial. c) Los vehículos de las fuerzas de seguridad, ambulancias y autobombas, siempre que se encuentren en situación de emergencia. Art. 9°.- Se autoriza de manera excepcional la detención de los vehículos afectados al Servicio de Transporte Escolar al sólo efecto de efectuar el ascenso y descenso de escolares durante los días y horarios en que funcionen las vías preferenciales indicadas en los artículos 2° y 3°.

Art. 10.- Se prohíben los giros a la derecha de los vehículos particulares que circulen por el carril central de la Av. Pueyrredón en sentido Norte - Sur. Art. 11.- Se asignan los siguientes sentidos únicos de circulación:

Página Nº 7Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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-Azcuénaga, desde la Av. Pueyrredón hasta la calle Juncal, de Norte a Sur. -Anchorena, Tomás Manuel de, desde la Av. Pueyrredón hasta la calle Juncal, de Norte a Sur. -Ecuador, desde la calle Juncal hasta Tte. Gral. Juan D. Perón, de Norte a Sur. -Castelli, desde la Av. Corrientes hasta Valentín Gómez, de Norte a Sur. Art. 12.- Se prohíbe el estacionamiento general de vehículos todos los días hábiles entre las 7.00 y las 21.00 horas en los siguientes tramos de arterias: -Gral. Lucio N. Mansilla entre la calle Larrea y la Av. Pueyrredón. -Azcuénaga entre Av. Córdoba y Av. Rivadavia. -Azcuénaga entre Av. Córdoba y Av. Santa Fe sólo junto a la acera derecha. -Matheu entre Av. Rivadavia y Av. Belgrano. Art. 13.- Se restablece el permiso para estacionamiento general de vehículos junto a la acera derecha en la calle Larrea entre Bartolomé Mitre y Pacheco de Melo. Art. 14.- Se dejan sin efecto las siguientes normas transitorias y experimentales dictadas por la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte: -Artículos 1°, 2° y 6° de la Resolución N° 8-SSTRANS-2009 (B.O.C.B.A. Nº 3124). -Resolución N° 11-SSTRANS-2009 (B.O.C.B.A. N° 3133) -Artículos 1°, 2°, 4°, 5°, 6°, 7º, 9° y 10° de la Resolución N° 30-SSTRANS-2009 (B.O.C.B.A. N° 3162). -Resolución N° 44-SSTRANS-2009 (B.O.C.B.A. N° 3181) -Resolución N° 74-SSTRANS-2009 (B.O.C.B.A. N° 3216). Art. 15.- Comuníquese, etc. Vidal - Pérez DECRETO Nº 292/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 En uso de las facultades conferidas por el Artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 4.171, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 17 de mayo de 2012. Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentaría del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos; comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Subsecretaría de Transporte. Cumplido, archívese. El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. MACRI - Rodríguez Larreta

Página Nº 8Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Poder Ejecutivo Decreto

DECRETO N.° 288/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: La Ley Nº 3294, el Decreto Nº 226/11, y el Expediente Nº 871.563/2012, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 3294 tiene por objeto la investigación, promoción, regulación y fiscalización de la actividad de procuración, ablación e implante de órganos, tejidos y materiales anatómicos entre seres humanos vivos y fallecidos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 20 de la Ley precedentemente citada crea el Instituto de Trasplante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Salud, el cual tiene a su cargo el contralor jurisdiccional, en forma exclusiva y excluyente en los términos establecidos por la Ley Nacional de Trasplante Nº 24.193 y su modificatoria Nº 26.066 y normas complementarias; Que por Decreto Nº 226/11 se designó a los miembros del Directorio del mencionado Instituto, asignándoseles por el artículo 3° del citado Decreto remuneración equivalente al nivel del entonces Director Operativo, actualmente Gerente Operativo, propiciándose por los presentes actuados la modificación de dicha remuneración a efectos de que la misma sea equivalente al nivel de Director General; Que en virtud de lo expuesto corresponde modificar parcialmente los términos del artículo 3º del Decreto ya citado; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase parcialmente los términos del Artículo 3° del Decreto Nº 226/11, estableciéndose que la remuneración a percibir por los integrantes del Directorio del Instituto de Trasplante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será equivalente al nivel de Director General. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Modernización, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. MACRI - Lemus - Ibarra - Rodríguez Larreta

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DECRETO N.° 289/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: La Ley Nº 114 y el Expediente Nº 289.487/12, y CONSIDERANDO: Que el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad, creado por la Ley Nº 114, goza de autonomía técnica y administrativa, así como de autarquía financiera; Que el citado Consejo ha elevado un requerimiento, para la realización de un proceso de selección para la cobertura de doscientos veinte (220) cargos en la planta permanente de ese organismo, de conformidad con las necesidades del servicio; Que la realización del referido proceso resulta necesario a efectos de adaptar y seleccionar mejores capacidades entre el personal que actualmente presta servicios en el mismo, lo que redundará en una mejor asignación de las mismas y permitirá la reasignación de tareas y la atención del incremento de las demandas del referido Organismo; Que, la Ley Nº 4013 establece entre las competencias del Ministerio de Modernización, el diseño e implementación de las políticas de gestión y administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como la coordinación con los entes y agencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para la formulación de iniciativas para el desarrollo de sus recursos humanos y escalafones particulares; Que en tal sentido, la citada instancia no encuentra objeciones para la realización del proceso de selección en cuestión; Que se entiende oportuno que el referido proceso sea convocado por el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como delegar en la Presidente del citado Organismo en forma conjunta con el Ministerio de Modernización, la facultad de dictar normas aclaratorias, interpretativas, reglamentarias y complementarias a los efectos de la implementación del mentado proceso; Por ello, en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA

Artículo 1°.- Encomiéndase a la Presidente del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la convocatoria de un proceso de selección entre el personal del referido ente, para la cobertura de doscientos veinte (220) cargos en la planta permanente del citado Organismo. Artículo 2°.- Delégase en la Presidente del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en forma conjunta con el Ministerio de Modernización la facultad de dictar normas aclaratorias, interpretativas, reglamentarias y complementarias a los efectos de la implementación de lo establecido en el artículo 1° del presente. Artículo 3°.- Facúltase a la Presidenta del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a efectuar las designaciones de quienes resulten seleccionados en el proceso de selección. Artículo 4°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

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Artículo 5.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 6.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, al Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. MACRI - Ibarra - Rodríguez Larreta

DECRETO N.° 290/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: La Ley Nº 4.013, los Decretos Nº 430/09, Nº 660/11, Nº 150/12 y Nº 36/12, y el Expediente Nº 869.966/12, y CONSIDERANDO: Que por ley Nº 4.013 se aprobó la ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto Nº 660/11, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la Dirección General de Infraestructura Social bajo la órbita de la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social; Que el Decreto N° 150/12 modificó parcialmente el Decreto Nº 660/11 y estableció la actual estructura organizativa de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana; Que el Lic. Juan Pablo Graña. DNI Nº 22.707.782, CUIL Nº 20-22707782-5, presentó su renuncia, a partir del 27 de abril de 2012, al cargo de Subsecretario de la Subsecretaría de Descentralización y Participación Ciudadana dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, cuya designación fuera dispuesta mediante Decreto Nº 36/12; Que, asimismo, el Sr. Sergio Costantino, DNI Nº 22.366.623, CUIL Nº 20-22366623-0, renunció a partir del11 de mayo de 2012, al cargo de Director General de la Dirección General de Infraestructura Social dependiente de la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, cuya designación fuera dispuesta mediante Decreto Nº 430/09; Que, en virtud de ello, el Sr. Secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, propicia la designación del Sr. Sergio Costantino como Subsecretario de Descentralización y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana; Que por lo expuesto deviene procedente el dictado de la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

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Artículo 1°.- Acéptase, a partir del 27 de abril de 2012, la renuncia del Sr. Juan Pablo Graña, DNI Nº 22.707.782, CUIL Nº 20-22707782-5, al cargo de Subsecretario de la Subsecretaría de Descentralización y Participación Ciudadana dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana. Artículo 2°.- Acéptase a partir del 11 de mayo de 2012, la renuncia presentada por el Sr. Sergio Costantino DNI Nº 22.366.623, CUIL Nº 20-22366623-0, como Director

General de Infraestructura Social dependiente de la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, designándoselo como Subsecretario de la Subsecretaría de Descentralización y Participación Ciudadana dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, al Ministerio de Desarrollo Social y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana. Cumplido, archívese. MACRI - Stanley - Rodríguez Larreta DECRETO N.° 291/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: El Expediente Nº 91.002/12, y CONSIDERANDO: Que el bien sito en la calle Ventana N° 3.549, con acceso alternativo por la calle Diógenes Taborda Nº 933, esquina Av. Perito Moreno (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 2, Sección 34, Manzana 61A, Parcela C), pertenece al dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en razón de haber sido adquirido por expropiación en los autos caratulados: "Casa Gayo Sociedad Anónima Comercial e/ M.C.B.A. si expropiación inversa", que tramitó por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 21, Secretaría Nº 42; Que según lo informado por el área de Patrimonio Físico perteneciente a la Dirección General Administración de Bienes, el predio se encuentra ocupado por la señora Tania Veizaga y su familia, además de otros tres grupos familiares que no pudieron ser identificados; Que mediante la Providencia Nº 142.989/DGAB/12 los ocupantes de los predios mencionados fueron intimados a fin de que acrediten la legitimidad de su ocupación, en un plazo de cinco (5) días, bajo apercibimiento de considerarlos intrusos e iniciar las acciones legales que correspondiesen; Que no habiéndose dado cumplimiento a la intimación vertida y no constando permiso o autorización alguna emanada de un organismo competente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que los habilite a la ocupación que detentan, el presente caso encuadra concretamente en la ocupación ilegitima de un espacio perteneciente al dominio público de la Ciudad, resultando procedente en consecuencia la intervención de esta Administración para recuperar el espacio a los fines del uso y goce de la comunidad en general; Que constituye un deber imperativo e inexcusable del Jefe de Gobierno, resguardar y velar por el patrimonio público de la Ciudad; Que el régimen jurídico del dominio publico se caracteriza por su inalienabilidad, por su imprescriptibilidad y por las reglas de policía de la cosa pública que le son aplicables (Fallos 146:289, 297, 304 y 315);

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EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA

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Que respecto de la tutela del dominio público se ha considerado: "La protección o tutela de dependencias dominicales está a cargo de la Administración Pública, en su carácter de órgano gestor de los intereses del pueblo, titular de dominio de tales dependencias. En ese orden de ideas, para hacer efectiva dicha tutela, con el fin de hacer cesar cualquier avance indebido de los particulares contra los bienes del dominio público, en ejercicio del poder de policía que le es inherente y como principio general en materia de dominicalidad, la Administración Pública dispone de un excepcional privilegio. Procede directamente, por sí misma, sin necesidad de recurrir a la vía judicial: procede unilateralmente, por autotutela, a través de sus propias resoluciones ejecutorias." (Marienhoff, Miguel; "Tratado de Dominio Público"; Bs. As.; 1960; pág. 271); Que en tal sentido, resulta aplicable lo dispuesto por el Artículo 12 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, en cuanto dispone que "El acto administrativo goza de presunción de legitimidad; su fuerza ejecutoria faculta a la Administración a ponerlo en práctica por sus propios medios, a menos que deba utilizarse la coacción contra la persona o bienes de los administrados, en cuyo caso será exigible la intervención judicial. Solo podrá la Administración utilizar la fuerza contra la persona o bienes del administrado, sin intervención judicial, cuando deba protegerse el dominio público, desalojarse o demolerse edificios que amenacen ruina, o tengan que incautarse bienes muebles peligrosos para la seguridad, salubridad o moralidad de la población, o intervenirse en la higienización de inmuebles. Los recursos que interpongan los administrados contra los actos administrativos no suspenderán su ejecución y efectos, salvo norma expresa que disponga lo contrario". Que en consecuencia, el caso encuadra, desde el punto de vista jurídico, en una típica ocupación ilegítima del espacio del dominio público de la Ciudad de Buenos Aires y que la recuperación del inmueble mediante la vía de la desocupación administrativa es procedente, atento que la misma se encuentra entre las facultades conferidas al Jefe de Gobierno de la Ciudad por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad; Que a fin de brindar a los ocupantes del inmueble en cuestión, la asistencia de programas sociales y habitacionales que correspondan, deberá darse intervención al Ministerio de Desarrollo Social; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, en virtud de la Ley Nº 1.218. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, de acuerdo a lo establecido en el artículo 104, inciso 24, de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA

Artículo 1°.- Procédase a la desocupación administrativa de las personas, de las instalaciones y los bienes que se encuentren en el inmueble perteneciente al dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la calle Ventana Nº 3.549, con acceso alternativo por fa calle Diógenes Taborda Nº 933; esquina Av. Perito Moreno (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 2, Sección 34, Manzana 61A, Parcela C), bajo apercibimiento de trasladarlos a depósitos del Gobierno de la Ciudad, a exclusivo cargo de los ocupantes intimados y/o subocupantes, labrándose la correspondiente Acta Notarial, por parte de un escribano designado por la Dirección General Escribanía General, a fin de confeccionar el acta de constatación pertinente en el que dejará constancia de los bienes muebles que existieren, de su estado de conservación, lugar al que eventualmente fueren trasladados y dejará constancia de la restitución de la propiedad.

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Artículo 2°.- Instrúyase a la Dirección General Administración de Bienes para que, con la colaboración de la Dirección General de Atención Inmediata del Ministerio de Desarrollo Social, las Direcciones Generales de Guardia de Auxilio y Emergencia, de Fiscalización y Control, de Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), de Atención Inmediata, de Logística, de Escribanía General, de Mantenimiento de la Flota Automotor, y el Instituto de Zoonosis "Dr. Luis Pasteur", procedan a efectivizar la

desocupación administrativa dispuesta por el presente Decreto, pudiendo en caso de ser necesario requerir el auxilio de la fuerza pública. Artículo 3°.- Encomiéndase al Ministerio de Desarrollo Social, en el marco de los planes y programas que se implementan en el ámbito del mismo, la asistencia de los actuales ocupantes del inmueble, cuya desocupación fue dispuesta por el Artículo 1º del presente. Artículo 4°.- Encomiéndase al organismo bajo cuya jurisdicción se encuentre la administración del inmueble de que tratan las presentes, la adopción de las medidas necesarias tendientes a propender, en el supuesto de la desocupación, al mantenimiento de las condiciones de higiene y de seguridad del inmueble, a los fines de evitar posibles intrusiones. Artículo 5°.- Intímase a los ocupantes a acreditar el pago de tasas, servicios y cánones adeudados por el referido bien, en cada caso, por todo el tiempo de ocupación, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales correspondientes. Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico, la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 7°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Atención Inmediata, de Guardia de Auxilio y Emergencia, de Fiscalización y Control, de Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), de Logística, de Mantenimiento de la Flota Automotor, de Escribanía General y el Instituto de Zoonosis "Dr. Luis Pasteur". Para su conocimiento, notificación y demás efectos, gírese a la Dirección General Administración de Bienes. Cumplido, archívese. MACRI - Cabrera - Stanley - Rodríguez Larreta

DECRETO N.° 293/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: Los Decretos Nros. 660/11, 693/11 y 252/12, el Expediente Nº 1.114.159/12, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 660/11, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por medio del Decreto Nº 252/12, que modificó parcialmente el Decreto Nº 660/11, se creó la Subsecretaría de Asuntos Públicos en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que por Decreto Nº 693/11 se designó, entre otros, al Dr. Álvaro Gustavo González como Subsecretario de la Subsecretaría de Gobierno, dependiente del Ministerio de Gobierno; Que en virtud de la modificación de estructura antes mencionada, se propicia designar al Dr. Álvaro Gustavo González, como Subsecretario de la Subsecretaría de Asuntos Públicos dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a partir del día 29 de mayo de 2012, cesando como Subsecretario de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno;

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Que, asimismo, encontrándose vacante el cargo de Subsecretario de la Subsecretaría de Gobierno, se propicia la designación del Sr. Augusto José Rodríguez Larreta, DNI Nº 18.305.090, CUIL Nº 20-18305090-8, para cubrir dicho puesto a partir del día 29 de mayo de 2012; Que por lo expuesto, deviene procedente dictar la norma legal pertinente. Por ello en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aíres.

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 29 de mayo de 2012, al Dr. Álvaro Gustavo González, DNI Nº 12.696.650, CUIL Nº 20-12696650-5, como Subsecretario de la Subsecretaría de Asuntos Públicos dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, cesando como Subsecretario de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno. Artículo 2°.- Desígnase, a partir del 29 de mayo de 2012, al señor Augusto José Rodríguez Larreta, DNI Nº 18.305.090, CUIL Nº 20-18305090-8, como Subsecretario de la Subsecretaría de Gobierno dependiente del Ministerio de Gobierno. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Gobierno y a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. MACRI - Monzó - Rodríguez Larreta

DECRETO N.° 294/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 3399, el expediente Nº 696035/2012, y CONSIDERANDO: Que por Carta Intención suscripta entre el Ministerio de Educación y la Fundación U.O.C.R.A. para la Educación de los trabajadores Constructores, se acordó instrumentar un convenio de comodato sobre el terreno propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ubicado en la esquina de las calle Monteagudo y Pedro Chutro, con la finalidad de crear un centro de formación profesional público, gratuito, abierto a la comunidad; Que el inmueble se halla emplazado en la calle Monteagudo Nº 351 y su intersección con la calle Pedro Chutro; desarrollado en 28,87 metros sobre la calle Monteagudo y 61,69 metros sobre la calle Pedro Chutro, totalizando una superficie del polígono de 1.800,52m2, cuyos datos catastrales conforme títulos respecto de mayor fracción son: Circunscripción N° 2, Sección 32, Manzana 99; Que el inmueble será destinado al funcionamiento del Centro de Formación Profesional "Pedro Chutro" dependiente de la "Fundación UOCRA para la Educación de los Trabajadores Constructores"; Que la citada Fundación tendrá a su cargo la custodia, guarda, higiene y seguridad del predio;

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Que corresponde destacar que el citado inmueble pertenece al dominio público del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose, en consecuencia, facultado para formalizar la cesión del mismo mediante el pertinente Convenio de Permiso de Uso Precario y Gratuito; Que la modalidad antes citada es la que mejor se adapta a la gestión tramitada por los presentes toda vez que el requerimiento formulado reúne como una de sus condiciones la gratuidad y su aplicación encuentra justificación en la finalidad de educación, acción social y comunitaria que posee la Fundación permisionaria; Que el plazo del Convenio de Permiso de Uso Precario y Gratuito se estableció en cinco (5) arios contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato con la entrega efectiva del inmueble y cese automático por cumplimiento del plazo, salvo expresa renovación dispuesta por el Ministerio de Educación; Que en virtud de ello y en el marco de las competencias asignadas al Ministerio de Educación en la Ley N° 4013 de Ministerios, entre las que se dispone la de "Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social" y "Planificar y administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" (Artículo 20 inc. 1 y 4 respectivamente), se estimó conveniente suscribir el Convenio de Permiso de Uso Precario y Gratuito con la "Fundación UOCRA para la Educación de los Trabajadores Constructores" para el fin previsto; Que la Procuración General ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 1.218; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA

Artículo 1.- Ratifícase en todos sus términos el Convenio de Permiso de Uso Precario y Gratuito celebrado entre el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires y la "Fundación UOCRA para la Educación de los Trabajadores Constructores" suscripto el día 28 de febrero de 2012 por el cual se otorga el uso de un sector del inmueble sito en la calle Monteagudo Nº 351 y su intersección con la calle Pedro Chutro de la Ciudad de Buenos Aires, individualizado en el Anexo I que se adjunta y forma parte integrante del presente decreto, con destino al funcionamiento del Centro de Formación Profesional "Pedro Chutro". Artículo 2.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión Económica, Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, y de Infraestructura Escolar dependientes del Ministerio de Educación, a la Dirección General de Administración de Bienes dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. MACRI - Bullrich - Rodríguez Larreta

ANEXO

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DECRETO N.° 295/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: La Ley 578, el Expediente Nº 878.841/12, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto, el Secretario de Estado de la Delegación Casa de Salta en Capital Federal solicita se declare de Interés del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Acto Cívico-Militar, en Homenaje al Héroe Nacional, Gral. D. Martín Miguel de Güemes, que tendrá lugar el día 22 de junio del corriente año a las 19 hs., en su monumento, sito en la Plaza San Benito, Av. Figueroa Alcorta y La Pampa de esta Ciudad, con motivo de conmemorarse el 191ª aniversario de su muerte, ocurrida el 17 de junio de 1821; Que motiva esta solicitud, el interés del pueblo y Gobierno de Salta, en compartir activamente con toda la comunidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las honras, que tradicionalmente se bridan al Héroe Gaucho y Nacional; Que cada año, en la segunda quincena de junio, los argentinos son convocados a honrar al Gral. Martín Miguel de Güemes en el Monumento que recuerda su memoria en el Barrio de Palermo, calle La Pampa y Av. Figueroa Alcorta; Que si bien ese monumento fue previsto inicialmente para ser emplazado en la actual plaza Güemes, en Charcas y Salguero, del mismo barrio, ello no fue posible por las dimensiones del predio en relación al Monumento que se deseaba erigir, una réplica del Monumento de la Ciudad de Salta; Que por los motivos expuestos, se decidió erigirlo en la calle La Pampa y Av. Figueroa Alcorta, donde había un descampado que podía ser parquizado y constituirse en importante punto de concentración en el futuro; Que el Monumento al Gral. Güemes en la Ciudad de Buenos Aires reconoce como precedente al de la Ciudad de Salta, realizado por el escultor Víctor Juan Garino, que fuera inaugurado el 20 de febrero de 1931; Que es voluntad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declarar de interés todas aquellas actividades que propendan a la divulgación, conocimiento, experiencia y extensión de carácter científico, cultural, tecnológico, deportivo, y cuyas finalidades sean de evidente interés comunitario; Que en cumplimiento de lo determinado por la ley 578 y sus normas modificatorias, tal actividad no implica exención de aranceles, tasas y/o contribuciones, ni ocasiona erogación alguna por parte de la Administración. Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA

Artículo 1°.- Declárase de Interés del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Acto Cívico-Militar organizado por el Gobierno de la Provincia de Salta en Homenaje al Héroe Nacional, Gral. D. Martín Miguel de Güemes, que tendrá lugar el día 22 de junio del corriente año a las 19 hs. en su monumento, sito en la Plaza San Benito, ubicada en la Av. Figueroa Alcorta y calle la Pampa de esta Ciudad, con motivo de conmemorarse el 191° aniversario de su muerte, ocurrida el 17 de junio de 1821. Artículo 2°.- Déjese constancia que dicha solicitud no implica exención de aranceles, tasas y/o contribuciones y no ocasiona erogación alguna al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Gobierno y pase a la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales dependiente de la Secretaría General, para su conocimiento y demás efectos, quien deberá notificar a la interesada de los términos del presente Decreto. Cumplido, archívese. MACRI - Monzó - Rodríguez Larreta

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Resolución Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N.º 242/MHGC/12

Buenos Aires, 15 de febrero de 2012 VISTO: El Decreto Nº 684/09 y modificatorios, las Resoluciones Nº 141-SECRH-11 y Nº 312-MJGGC-10 y el expediente Nº 748.706/11, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 684/09 y normas modificatorias rige el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el Decreto Nº 886/10, actualmente derogado, otorgó a la por entonces Secretaría de Recursos Humanos las atribuciones necesarias para convocar los concursos a pedido de los Ministros, Secretarios del Jefe de Gobierno y/o funcionarios de rango equivalente, como así también para designar a los miembros titulares y suplentes del Comité de Selección de los distintos concursos a convocarse; Que, a requerimiento de este Ministerio, la referida Secretaría dictó la Resolución Nº 141-SECRH-11, convocando al Concurso Público de Antecedentes y Oposición para cubrir el cargo de Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Jurídico Administrativa de la Dirección General de Relaciones Fiscales, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera de este Ministerio; Que, sustanciado el pertinente concurso, la por entonces Dirección General de Organización y Estructura del Gobierno produjo su Informe Nº 01870269-DGOYEG-2011, con todos los antecedentes del proceso de selección, haciendo saber que el mismo ya se encontraba concluido e informando los datos de los integrantes de la terna resultante; Que habiéndose analizado los antecedentes del caso, incluida una entrevista personal a los integrantes de la terna respectiva, se concluye que quien reviste mayor idoneidad para cubrir el cargo es el Dr. Pablo Gastón González, DNI Nº 27.878.545, CUIL 23-27878545-9; Que el nombrado ejerce con carácter transitorio la Gerencia Operativa referenciada, según fuera designado mediante Resolución Nº 312-MJGGC-10. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º del decreto Nº 684/09,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1º.- Desígnase a partir del 15 de febrero de 2012 al Dr. Pablo Gastón González, DNI 27.878.545, CUIL 23-27878545-9, como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Jurídico Administrativa de la Dirección General de Relaciones Fiscales, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, como resultado del concurso público abierto convocado mediante Resolución Nº 141-SECRH-11, reteniendo sin percepción de haberes la partida Nº 6077.0000.A.A.01. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Estructuras del Gobierno y Relaciones

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Laborales y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, ambas dependientes del Ministerio de Modernización, y a la Dirección General de Relaciones Fiscales y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, la que procederá a notificar fehacientemente al interesado de los términos de la presente. Cumplido, archívese. Grindetti

RESOLUCIÓN N.º 821/MHGC/12

Buenos Aires, 6 de junio de 2012 VISTO: La Ley N° 4041 promulgada por el Decreto N° 713-GCABA-2011, la distribución analítica aprobada por Decreto N° 34-GCABA-12 (B.O. 3.837), el Decreto N° 28-GCABA-12 (B.O. 3.837), el Expediente Nº 1.013.824/12, y CONSIDERANDO: Que, por el expediente citado en el Visto distintas Jurisdicciones propician una modificación crediticia al Presupuesto vigente; Que, entre las compensaciones a realizar se encuentran la requerida por el Ministerio de Justicia y Seguridad con relación a una transferencia de crédito a favor de la Agencia de Sistemas de Información con el objeto de llevar a cabo la adquisición de equipamiento informático, la gestionada por la Dirección General Mantenimiento de la Flota Automotor a fin de afrontar el pago de la quinta cuota y endosos varios del seguro de la totalidad de la flota automotor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la tramitada por la Dirección General de Compras y Contrataciones a fin de reforzar el proyecto “Fortalecimiento del Sistema de Compras”, así como también aquellas otras readecuaciones crediticias que son imprescindibles para el normal desarrollo de las actividades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde efectuar las modificaciones presupuestarias que se detallan en las fojas adjuntas, utilizando para ello las facultades emergentes del Capítulo IX, Artículo 34, Apartado I de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2012, aprobadas por Decreto N° 28-GCBA-12 (B.O. 3.837); Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Articulo 1º.- Apruébase la modificación de créditos obrante en el Anexo I que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente resolución. Articulo 2º.- Apruébase la modificación de apertura programática obrante en el Anexo II que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente resolución. Articulo 3º.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública. Cumplido, archívese. Grindetti

ANEXO

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Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.º 77/ISSP/12

Buenos Aires, 13 de junio de 2012 VISTO: Las Leyes Nº 2.894, Nº 2.895, la Resolución Nº 64/ISSP/2012, el Expediente Nº 857245/12, y CONSIDERANDO: Seguridad Pública de la Ciudad de Buenos Aires, encomendando al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana; Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, creado por la Ley Nº 2.894, tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal de la citada Fuerza de Seguridad; Que la Ley Nº 2.895 establece los principios básicos para la capacitación, formación e investigación científica y técnica en materia de seguridad pública y la formación y capacitación del personal policial; Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de apoyo a la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública a través de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre la seguridad; Que en tal sentido mediante Resolución Nº 64/ISSP/2012 se aprobó el Plan de Estudios del Curso de Formación Inicial para aspirantes a Oficial de la Policía Metropolitana; Que por Resolución Nº 399/SSIEyCP/2011 la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, resolvió aprobar con carácter experimental el Plan de Estudios “Tecnicatura Superior en Seguridad Pública” presentado por este Instituto; Que en ese orden de ideas la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública, con aportes recibidos de asesores pedagógicos consultados al efecto, diseñó el régimen de equivalencias y homologaciones entre los planes de estudio mencionados con el objeto de establecer una continuidad institucional y curricular en el desarrollo de la carrera de los Oficiales de la Policía Metropolitana, el cual eleva a consideración de esta instancia; Que la excelencia académica de la formación que reciben los aspirantes a Oficial durante el Curso de Formación Inicial se corresponde con la calidad pedagógica y de gestión académica exigida para un Instituto de Educación Superior; Que a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto por la normativa citada se impone posibilitar la inscripción al segundo año de la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública a los egresados del Curso de Formación Inicial para aspirantes a Oficial de la Policía Metropolitana, respetando el cupo de vacantes académicas reservadas para el correspondiente ciclo lectivo; Que en virtud de lo expuesto y con el objeto de brindar una debida continuidad institucional y curricular en el desarrollo de la carrera de los oficiales de la Policía Metropolitana resulta necesario establecer el régimen de equivalencias entre el plan del Curso de Formación Inicial para aspirantes a Oficial de la Policía Metropolitana y el plan de la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública, de este Instituto Superior de Seguridad Pública. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley Nº 2.895,

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Artículo 1.- Establecer el régimen de equivalencias entre los planes de estudios del Curso de Formación Inicial para aspirantes a Oficial de la policía Metropolitana y de la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública del Instituto Superior de Seguridad Pública, de conformidad con el cuadro de equivalencias que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad, para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Administración de la Policía. Cumplido, archívese. De Langhe

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 78/ISSP/12

Buenos Aires, 13 de junio de 2012 VISTO: La Ley Nº 2.894, las Resoluciones Nº 267/MJYSGC/10, Nº 276/MJYSGC/12, Nº 44/ISSP/12, el Expediente Nº 1137051/12, y CONSIDERANDO: Que el Artículo 40 de la Ley Nº 2.894 dispone que el ingreso a la Policía Metropolitana se produce previa aprobación de la capacitación para la seguridad pública y de los exámenes que al efecto se establezcan en las normas reglamentarias en el Instituto Superior de Seguridad Pública, y asimismo agrega que los/as estudiantes no tendrán estado policial durante su formación inicial y serán becarios según el régimen que se establezca al respecto; Que mediante Resolución Nº 267/MJYSGC/10 se estableció que será función exclusiva del Instituto Superior de Seguridad Pública la selección e incorporación de aspirantes a la formación en seguridad pública, incluyendo los candidatos a oficiales de la Policía Metropolitana; Que por Resolución Nº 44/ISSP/12 se incorporó al “Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficiales de la Policía Metropolitana” ciclo lectivo 2012 a los aspirantes detallados en el Anexo de la misma, entre los que se encuentran los Señores Roberto Lenzken (DNI 30.463.566) y Emanuel Darío Santillán (DNI 32.848.572); Que mediante Resolución Nº 276/MJYSGC/12 se le otorgó a los nombrados la beca mensual prevista en el Artículo 40 de la Ley Nº 2.894 para los estudiantes del Instituto Superior de Seguridad Pública; Que con fecha 29 de mayo de 2012 el cadete Roberto Lenzken ha solicitado la baja voluntaria del Instituto Superior de Seguridad Pública, conforme constancia obrante a fojas 4 del Expediente Nº 1137051/12; Que asimismo, con fecha 30 de mayo del corriente año, el cadete Emanuel Darío Santillán también ha solicitado la baja voluntaria de esta Institución, tal como luce a fojas 8 del presente expediente; Que conforme la normativa citada, atento la decisión adoptada por los cadetes arriba mencionados y no existiendo óbice alguno a las presentaciones efectuadas, corresponde disponer la aceptación de las solicitudes de baja y el cese del beneficio de la beca otorgado a los nombrados mediante Resolución Nº 276/MJYSGC/12. Por ello, en uso de las facultades que son propias,

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LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE

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RESUELVE Artículo 1.- Aceptar la solicitud de baja voluntaria como cadete del Instituto Superior de Seguridad Pública presentada por el Sr. Roberto Lenzken (DNI 30.463.566) a partir del día 29 de mayo de 2012. Artículo 2.- Aceptar la solicitud de baja voluntaria como cadete del Instituto Superior de Seguridad Pública presentada por el Sr. Emanuel Darío Santillán (DNI 32.848.572) a partir del día 30 de mayo de 2012. Artículo 3.- Comunicar de manera inmediata a la Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana y a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana, a los efectos de disponer el cese definitivo del beneficio establecido en el Artículo 40 de la Ley Nº 2.894. Artículo 4.- Notificar a los interesados por intermedio de la Coordinación de Capacitación e Instrucción Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública. Artículo 5.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana y a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana. Cumplido, archívese. De Langhe

RESOLUCIÓN N.º 79/ISSP/12

Buenos Aires, 13 de junio de 2012 VISTO: Las Resoluciones Nº 117/ISSP/11, Nº 118/ISSP/11, N° 30/ISSP/12, el Expediente N° 1056398/12, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 117/ISSP/11 se aprobó la nueva estructura organizativa del Instituto Superior de Seguridad Pública; Que por Resolución N° 118/ISSP/11 se estableció la retribución bruta, normal y habitual del personal y se creó el Escalafón General del Instituto Superior de Seguridad Pública; Que por Resolución Nº 30/ISSP/12 fue aceptada la renuncia presentada por la Sra. Daniela Di Lisio al cargo de Prosecretaria Administrativa - Administrativa A conforme Resolución N° 118/ISSP/11 -, a partir del 6 de marzo de 2012; Que a efectos de asegurar el normal funcionamiento de este Instituto y a los fines de cubrir las funciones oportunamente asignadas a la Sra. Daniela Di Lisio, ha sido propuesta la Sra. Evelin Gabriela Peralta para ocupar el cargo de Administrativa A; Que a la luz de lo expuesto corresponde designar a la Sra. Evelin Gabriela Peralta en la categoría Administrativa A del Instituto Superior de Seguridad Pública, toda vez que la nombrada reúne los requisitos y posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo mencionado; Que asimismo se ha dado cumplimiento a los requisitos necesarios para proceder al presente nombramiento conforme obra glosado en el Expediente Nº 1056398/12. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley Nº 2.895,

LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE

Artículo 1.- Designar Administrativa A del Instituto Superior de Seguridad Pública a la Sra. Evelin Gabriela Peralta (DNI Nº 14.605.537) a partir del 1º de Junio de 2012.

Página Nº 23Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

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Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y a la Obra Social de la Policía Metropolitana, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana y a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana. Cumplido, archívese. De Langhe

RESOLUCIÓN N.º 80/ISSP/12

Buenos Aires, 13 de junio 2012 VISTO: Las Leyes Nº 2.894 y Nº 2.895, la Resolución Nº 267/MJYSGC/10, la Nota Nº 1176563/ISSSP/12, el Expediente Nº 1164423/12, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad de Buenos Aires, encomendando al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana; Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, creado por la Ley Nº 2.894, tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente, al personal de la citada Fuerza de Seguridad; Que la mencionada Ley Nº 2.894 establece en su Artículo 40, que el ingreso a la Policía Metropolitana se produce previa aprobación de la capacitación para la seguridad pública a efectuarse en el Instituto Superior de Seguridad Pública, y de los exámenes que al efecto se establezcan en las normas reglamentarias; Que asimismo en el segundo párrafo del Artículo supra citado, se determina que los estudiantes no tendrán estado policial durante su formación inicial y serán becarios, según el régimen que se establezca al efecto; Que por su parte la mentada Ley Nº 2.894 en sus Artículos 46 y 47, enumera los requisitos e impedimentos para desempeñarse como miembro de la Policía Metropolitana; Que el Artículo 1º de la Resolución Nº 267/MJYSGC/10 determina que es función exclusiva del Instituto Superior de Seguridad Pública la selección e incorporación de aspirantes a la formación en seguridad pública, incluyendo los candidatos a oficiales de la Policía Metropolitana; Que en dicho marco normativo y habiéndose efectuado un pormenorizado análisis de los antecedentes y condiciones de los postulantes, se ha llevado a cabo el proceso de selección de los aspirantes a cadetes; Que en ese entendimiento, mediante Nota Nº 1176563/ISSP/12 el Sr. Coordinador de Recursos Humanos e Incorporaciones elevó la solicitud de formalización de la incorporación de la Sra. Romina Paola Pettignano y del Sr. Nahuel Luciano Carriego al “Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficiales de la Policía Metropolitana” ciclo lectivo 2012; Que a la luz de todo lo expuesto se impone dictar el acto administrativo correspondiente a los fines de la incorporación de la Sra. Romina Paola Pettignano y del Sr. Nahuel Luciano Carriego al “Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficiales de la Policía Metropolitana” ciclo lectivo 2012. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

Página Nº 24Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 1.- Incorporar al “Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficiales de la Policía Metropolitana” ciclo lectivo 2012, a la Sra. Romina Paola Pettignano (DNI 29.632.090) y al Sr. Nahuel Luciano Carriego (36.286.038). Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana y a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana. Cumplido, archívese. De Langhe RESOLUCIÓN N.º 81/ISSP/12

Buenos Aires, 13 de junio de 2012 VISTO: Las Resoluciones N° 36/ISSP/11, Nº 118/ISSP/11, el Expediente N° 1136940/12, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 36/ISSP/11 se designó al Dr. Matías Jorge Moreno en el cargo de Administrativo A, cumpliendo funciones en la Dirección de Docencia y Contenidos dependiente de la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública, a partir del 15 de abril del año 2011; Que el Dr. Matías Jorge Moreno solicitó a esta instancia la aceptación de renuncia al mencionado cargo a partir del 31 de mayo de 2012; Que en virtud de la necesidad de optimizar recursos y funciones dentro de su órbita la Secretaría Académica de este Instituto Superior de Seguridad Pública propuso designar al Dr. Matías Jorge Moreno para cubrir el cargo de Investigador Docente; Que por Resolución N° 118/ISSP/11 se estableció la retribución bruta, normal y habitual del personal y se creó el Escalafón General del Instituto Superior de Seguridad Pública; Que por su parte el Artículo 12 de la Resolución Nº 118/ISSP/2011 estableció el plantel de capacitadores rentados del Instituto Superior de Seguridad Pública y sus correspondientes niveles retributivos; Que el Dr. Matías Jorge Moreno, reúne las condiciones y la idoneidad necesarias para desempeñar el cargo de Investigador Docente; Que consecuentemente corresponde aceptar la renuncia del nombrado al cargo de Administrativo A del Instituto Superior de Seguridad Pública y proceder a su designación como Investigador Docente. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE

Artículo 1.- Aceptar, a partir del 31 de mayo de 2012, la renuncia presentada por el Dr. Matías Jorge Moreno (DNI 29.076.070) al cargo de Administrativo A de la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública. Artículo 2.- Designar al Dr. Matías Jorge Moreno (DNI 29.076.070) como Investigador Docente del Instituto Superior de Seguridad Pública, por el período comprendido entre el 1º de junio y el 31 de diciembre de 2012. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Haciendo, para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana y a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana. Cumplido, archívese. De Langhe

Página Nº 25Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE

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RESOLUCIÓN N.º 82/ISSP/12

Buenos Aires, 13 de junio de 2012 VISTO: Las Leyes Nº 2.894, Nº 2.895, las Resoluciones Nº 1133/MJYSGC/09, Nº 1183/MJYSGC/09, el Expediente Nº 1174723/12, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y encomienda al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana y el Instituto Superior de Seguridad Pública; Que consecuentemente el Artículo 56 de la mencionada Ley de Seguridad Pública crea el Instituto Superior de Seguridad Pública como ente autárquico, dependiente orgánica y funcionalmente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que asimismo la Ley Nº 2.894 en su Artículo 57 establece que el Instituto Superior de Seguridad Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad; Que mediante la Resolución Nº 1133/MJYSGC/09 el Sr. Ministro de Justicia y Seguridad asumió las facultades y funciones de Rector del Instituto Superior de Seguridad Pública, hasta tanto se designara a su titular; Que en ese contexto y en virtud de las facultades conferidas por la mencionada Resolución Nº 1133/MJYSGC/09 se dictó la Resolución Nº 1183/MJYSGC/09 por la cual a través de su Artículo 2 se aprobaron los cursos de capacitación detallados en el Anexo II de la misma; Que dicho Anexo ilustra sobre el “Curso de Conductores para Oficiales con Experiencia”, “Curso de Conductores para Oficiales sin Experiencia”, “Curso de Adaptación a la Conducción de Flota Pesada”, “Curso de Motociclista Policial para Oficiales con Experiencia” y “Curso de Motociclista Policial para Oficiales sin Experiencia”; Que asimismo por el Artículo 3 de la Resolución Nº 1183/MJYSGC/09 se designó al personal individualizado en el Anexo III para el dictado de los citados cursos; Que la Ley Nº 2.895 establece los principios básicos para la capacitación, formación e investigación científica y técnica en materia de seguridad pública y la formación y capacitación del personal policial; Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública a través de

la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre la seguridad; Que asimismo el Artículo 7 de la mencionada Ley Nº 2.895 dispone que la formación y capacitación en general tiende a la profesionalización y especialización del desempeño policial de acuerdo a la función específica de cada uno de los cargos que ejerciera el/la oficial a lo largo de la carrera policial. El plan de formación y capacitación se desarrolla teniendo en cuenta las competencias funcionales necesarias para el desempeño eficiente del cargo;

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Que en ese entendimiento y luego de una evaluación de la experiencia recogida desde el dictado de la Resolución Nº 1183/MJYSGC/09 hasta la fecha se advierte la necesidad de actualizar y agiornar el contenido curricular de los cursos aprobados mediante el citado acto administrativo; Que sobre esas bases se introdujeron las modificaciones pertinentes para adecuar los contenidos a las nuevas necesidades de capacitación de la fuerza a la vez que se crean espacios curriculares diferenciados que apuntan a completar las instrucciones en temáticas operativas específicas; Que como consecuencia de ello son elevados a consideración de esta instancia para su aprobación el “Curso Regular de Patrulleros para Cadetes”, el “Curso Regular de Patrulleros”, el “Curso de Motociclista Policial para Oficiales con Experiencia”, el “Curso de Motociclista Escoltas de Protección”, el “Curso de Cuatriciclo”, el “Curso de Adaptación a Flota Pesada”, el “Curso Básico de Protección de Dignatarios”, el “Curso de Guía de Canes Detectores de Explosivos”, el “Curso de Guía de Canes Detectores de Narcóticos”, el “Curso de Guía de Canes de Seguridad”, el “Curso de Encargado de Salas de Armas”, el “Curso de Operador Básico de Armas Policiales”, el “Curso de Operador Básico de Escopeta”, el “Curso de Operador Avanzado de Escopeta” y el “Curso de Tiro Virtual”; Que los mentados Cursos tienen como eje la continua necesidad de capacitación y actualización en las labores propias del servicio policial, intrínsecamente relacionada con los aspectos inherentes a la seguridad pública; Que en virtud de las tareas que desarrolla la Policía Metropolitana dentro del ejido de esta Ciudad se impone que el personal policial destinado a conducir vehículos de la mencionada fuerza, se encuentre debidamente capacitado para desarrollar tal función; Que por lo expuesto corresponde dejar sin efecto los Artículos 2 y 3 de la Resolución Nº 1183/MJYSGC/09 dictada en uso de las facultades conferidas por la Resolución Nº 1133/MJYSGC/09 y aprobar las características y contenidos de los cursos arriba mencionados. Por ello en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley Nº 2.895,

LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE

Artículo 1.- Dejar sin efecto los Artículos 2 y 3 de la Resolución Nº 1183/MJYSGC/09 dictada en uso de las facultades conferidas por la Resolución Nº 1133/MJYSGC/09. Artículo 2.- Aprobar el “Curso Regular de Patrulleros para Cadetes” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Aprobar el “Curso Regular de Patrulleros” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4.- Aprobar el “Curso de Motociclista Policial para Oficiales con Experiencia” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo III forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 5.- Aprobar el “Curso de Motociclista Escoltas de Protección” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo IV forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 6.- Aprobar el “Curso de Cuatriciclo” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo V forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 7.- Aprobar el “Curso de Adaptación a Flota Pesada” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo VI forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 8.- Aprobar el “Curso Básico de Protección de Dignatarios” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo VII forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 9.- Aprobar el “Curso de Guía de Canes Detectores de Explosivos” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo VIII forma parte integrante de la presente Resolución.

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Artículo 10.- Aprobar el “Curso de Guía de Canes Detectores de Narcóticos” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo IX forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 11.- Aprobar el “Curso de Guía de Canes de Seguridad” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo X forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 12.- Aprobar el “Curso de Encargado de Salas de Armas” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo XI forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 13.- Aprobar el “Curso de Operador Básico de Armas Policiales” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo XII forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 14.- Aprobar el “Curso de Operador Básico de Escopeta” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo XIII forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 15.- Aprobar el “Curso de Operador Avanzado de Escopeta” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo XIV forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 16.- Aprobar el “Curso de Tiro Virtual” cuyas características y contenido obran en el cuadernillo que como Anexo XV forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 17.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad y al Sr. Jefe de la Policía Metropolitana, para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana y a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana. Cumplido, archívese. De Langhe ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 115/SSSC/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: El Decreto Nº 752/10 y el Expediente Nº 1221206/12, y CONSIDERANDO: Que por la referida actuación, tramita la aprobación del gasto originado por el Servicio de Seguridad Privada prestado en los Ministerios de Desarrollo Social, Desarrollo Económico, Educación y Jefatura de Gabinete de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por la firma Comahue Seguridad Privada S.A., por un importe total de pesos doscientos veintidós mil ochocientos noventa y ocho con 91/100 ($ 222.898,91). Que el Decreto Nº 752/10 en su Artículo 6º, faculta a aprobar los gastos relacionados con la prestación de bienes y servicios de carácter imprescindible cuando la operación sea de tracto sucesivo; Que la actuación en cuestión cumple los requisitos exigidos por el Artículo 7º incisos a), b) y c) del Decreto Nº 752/10. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

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Artículo 1º.- Apruébase el gasto correspondiente al Servicio de Seguridad Privada prestado en los Ministerios de Desarrollo Social, Desarrollo Económico, Educación y Jefatura de Gabinete de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por la firma Comahue Seguridad Privada S.A., por un importe total de pesos doscientos veintidós mil ochocientos noventa y ocho con 91/100 ($ 222.898,91). Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del presente ejercicio. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Contaduría y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la confección del respectivo parte de recepción definitiva. Cumplido, archívese. García RESOLUCIÓN N.º 116/SSSC/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: El Decreto Nº 752/10 y el Expediente Nº 1220705/12, y CONSIDERANDO: Que por la referida actuación, tramita la aprobación del gasto originado por el Servicio de Seguridad Privada prestado en los Ministerios de Jefatura de Gabinete, Cultura, Justicia y Seguridad y la Secretaría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por Murata SA- Yusion SRL- Verini Security SA- UTE, por un importe total de pesos trescientos noventa y un mil ochocientos treinta y cinco con 24/100 ($ 391.835,24). Que el Decreto Nº 752/10 en su Artículo 6º, faculta a aprobar los gastos relacionados con la prestación de bienes y servicios de carácter imprescindible cuando la operación sea de tracto sucesivo; Que la actuación en cuestión cumple los requisitos exigidos por el Artículo 7º incisos a), b) y c) del Decreto Nº 752/10. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto correspondiente al Servicio de Seguridad Privada prestado en los Ministerios de Jefatura de Gabinete, Cultura, Justicia y Seguridad y la Secretaría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por Murata SA- Yusion SRL- Verini Security SA- UTE, por un importe total de pesos trescientos noventa y un mil ochocientos treinta y cinco con 24/100 ($ 391.835,24). Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del presente ejercicio. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Contaduría y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la confección del respectivo parte de recepción definitiva. Cumplido, archívese. García

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EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA RESUELVE

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RESOLUCIÓN N.º 117/SSSC/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: El Decreto Nº 752/10 y el Expediente Nº 1220875/12, y CONSIDERANDO: Que por la referida actuación, tramita la aprobación del gasto originado por el Servicio de Seguridad Privada prestado en los Ministerios de Desarrollo Social, Cultura y Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por Murata SA- Yusion SRL- Verini Security SA- UTE, por un importe total de pesos trescientos noventa mil trescientos setenta y ocho con 76/100 ($ 390.378,76). Que el Decreto Nº 752/10 en su Artículo 6º, faculta a aprobar los gastos relacionados con la prestación de bienes y servicios de carácter imprescindible cuando la operación sea de tracto sucesivo; Que la actuación en cuestión cumple los requisitos exigidos por el Artículo 7º incisos a), b) y c) del Decreto Nº 752/10. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto correspondiente al Servicio de Seguridad Privada prestado en los Ministerios de Desarrollo Social, Cultura y Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por Murata SA- Yusion SRL- Verini Security SA- UTE, por un importe total de pesos trescientos noventa mil trescientos setenta y ocho con 76/100 ($ 390.378,76). Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del presente ejercicio. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Contaduría y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la confección del respectivo parte de recepción definitiva. Cumplido, archívese. García

RESOLUCIÓN N.º 118/SSSC/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: El Decreto Nº 752/10 y el Expediente Nº 1221262/12, y

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Que por la referida actuación, tramita la aprobación del gasto originado por el Servicio de Seguridad Privada prestado en los Ministerios de Desarrollo Social, Educación y Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por la firma Comahue Seguridad Privada S.A., por un importe total de pesos trescientos sesenta y cuatro mil trescientos cincuenta y seis con 32/100 ($ 364.356,32). Que el Decreto Nº 752/10 en su Artículo 6º, faculta a aprobar los gastos relacionados con la prestación de bienes y servicios de carácter imprescindible cuando la operación sea de tracto sucesivo; Que la actuación en cuestión cumple los requisitos exigidos por el Artículo 7º incisos a), b) y c) del Decreto Nº 752/10. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto correspondiente al Servicio de Seguridad Privada prestado en los Ministerios de Desarrollo Social, Educación y Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por la firma Comahue Seguridad Privada S.A., por un importe total de pesos trescientos sesenta y cuatro mil trescientos cincuenta y seis con 32/100 ($ 364.356,32). Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del presente ejercicio. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Contaduría y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la confección del respectivo parte de recepción definitiva. Cumplido, archívese. García RESOLUCIÓN N.º 119/SSSC/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: El Decreto Nº 752/10 y el Expediente Nº 1220126/12, y CONSIDERANDO: Que por la referida actuación, tramita la aprobación del gasto originado por el Servicio de Seguridad Privada prestado en el Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por la firma Lideres Consultores de Seguridad S.R.L., por un importe total de pesos ciento noventa mil ciento cuarenta y tres con 91/100 ($ 190.143,91). Que el Decreto Nº 752/10 en su Artículo 6º, faculta a aprobar los gastos relacionados con la prestación de bienes y servicios de carácter imprescindible cuando la operación sea de tracto sucesivo; Que la actuación en cuestión cumple los requisitos exigidos por el Artículo 7º incisos a), b) y c) del Decreto Nº 752/10. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

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CONSIDERANDO:

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Artículo 1º.- Apruébase el gasto correspondiente al Servicio de Seguridad Privada prestado en el Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por la firma Lideres Consultores de Seguridad S.R.L., por un importe total de pesos ciento noventa mil ciento cuarenta y tres con 91/100 ($ 190.143,91). Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del presente ejercicio. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Contaduría y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la confección del respectivo parte de recepción definitiva. Cumplido, archívese. García RESOLUCIÓN N.º 120/SSSC/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: El Decreto Nº 752/10 y el Expediente Nº 1220439/12, y CONSIDERANDO: Que por la referida actuación, tramita la aprobación del gasto originado por el Servicio de Seguridad Privada prestado en los Ministerios de Desarrollo Económico, Desarrollo Social, Desarrollo Urbano, Justicia y Seguridad y Jefatura de Gabinete de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por la firma Lideres Consultores de Seguridad S.R.L., por un importe total de pesos trescientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y ocho con 49/100 ($ 352.788,49). Que el Decreto Nº 752/10 en su Artículo 6º, faculta a aprobar los gastos relacionados con la prestación de bienes y servicios de carácter imprescindible cuando la operación sea de tracto sucesivo; Que la actuación en cuestión cumple los requisitos exigidos por el Artículo 7º incisos a), b) y c) del Decreto Nº 752/10. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto correspondiente al Servicio de Seguridad Privada prestado en los Ministerios de Desarrollo Económico, Desarrollo Social, Desarrollo Urbano, Justicia y Seguridad y Jefatura de Gabinete de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por la firma Lideres Consultores de Seguridad S.R.L., por un importe total de pesos trescientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y ocho con 49/100 ($ 352.788,49). Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del presente ejercicio. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Contaduría y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la confección del respectivo parte de recepción definitiva. Cumplido, archívese. García

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EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA RESUELVE

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RESOLUCIÓN N.º 121/SSSC/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: El Decreto Nº 752/10 y el Expediente Nº 1221074/12, y CONSIDERANDO: Que por la referida actuación, tramita la aprobación del gasto originado por el Servicio de Seguridad Privada prestado en los Ministerios de Desarrollo Económico, Desarrollo Urbano, Hacienda y Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por Murata SA- Yusion SRL- Verini Security SA- UTE-, por un importe total de pesos doscientos noventa y tres mil trescientos sesenta con 59/100 ($ 293.360,59). Que el Decreto Nº 752/10 en su Artículo 6º, faculta a aprobar los gastos relacionados con la prestación de bienes y servicios de carácter imprescindible cuando la operación sea de tracto sucesivo; Que la actuación en cuestión cumple los requisitos exigidos por el Artículo 7º incisos a), b) y c) del Decreto Nº 752/10. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto correspondiente al Servicio de Seguridad Privada prestado en los Ministerios de Desarrollo Económico, Desarrollo Urbano, Hacienda y Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el mes de Mayo del 2012 por Murata SA- Yusion SRL- Verini Security SA- UTE-, por un importe total de pesos doscientos noventa y tres mil trescientos sesenta con 59/100 ($ 293.360,59). Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del presente ejercicio. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Contaduría y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la confección del respectivo parte de recepción definitiva. Cumplido, archívese. García

RESOLUCIÓN N.º 125/SSSC/12

Buenos Aires, 18 de junio de 2012 VISTO: La Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCABA/06 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/08, modificado por el Decreto Nº 232/GCABA/10 y el Expediente Nº 785338-MGEYA-SSSC-2012; y

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Que mediante el referido Expediente, tramita la adquisición de veinte (20) Computadoras de Escritorio, con destino a la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes dependiente de esta Subsecretaria de Seguridad Ciudadana y que son de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de la misma; Que se procedió a imputar al Código Contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que mediante Resolución Nº 094-SSSC-2012, se dispuso el llamado a Licitación Publica Nº 839-SIGAF-2012 para el día 10 de Mayo de 2012 a las 11:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley 2095; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 1143/2012, se recibieron CUATRO (4) ofertas a saber: MACOR INSUMOS HOSPITALARIOS S.R.L., GYB S.R.L., CORADIR S.A. y SERVICIOS GLOBALES DE INFORMATICA S.A.; Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la Reglamentación y de la cual es fiel reflejo el Acta de Preadjudicación; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Art. 13 de la Ley 2095 y su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/08 modificado por el Decreto Nº 232/GCABA/10;

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA RESUELVE:

Art.1º.- Apruébase la Licitación Publica Nº 839-SIGAF-2012, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley 2095, adjudicándose a la firma CORADIR S.A. renglón Nº 1, por la suma de PESOS SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 00/100 CENTAVOS ($ 71.880,00), con destino a la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes dependiente de esta Subsecretaria de Seguridad Ciudadana, según el siguiente detalle: RENGLON 1, CANTIDAD 20 Unidades , P. UNITARIO $ 3.594,00 P. TOTAL$ 71.880,0 PESOS SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 00/100 CENTAVOS ($ 71.880,00).- Art.2º.- Dicho gasto será imputado a la correspondiente Partida del Presupuesto en vigor. Art.3º.-Autorizase al Área de Compras y Contrataciones de la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana, para emitir la respectiva Orden de Compra.- Art.4º.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase al Área de Compras y Contrataciones indicada en el Articulo precedente para la prosecución de su trámite. García RESOLUCIÓN N.º 259/SSEMERG/12

Buenos Aires, 30 de mayo de 2012 VISTO: El Expediente Nº 288307/2012, la Ley Nº 2095/07 y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08, y CONSIDERANDO: Que, por la mencionada actuación tramita la solicitud de adquisición de elementos de seguridad solicitada por la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias , la Dirección General de Defensa Civil y la Dirección General de Logística de la Subsecretaria de Emergencias, perteneciente al Ministerio de Justicia y Seguridad;

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CONSIDERANDO:

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Que, en el Expediente de referencia, obran agregadas la Solicitudes de Gastos debidamente autorizadas y de acuerdo a los montos estimados, con cargo al Presupuesto del Ejercicio 2012 y el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares debidamente refrendados por las Autoridades competentes; Que, por Disposición Nº 171/GCABA/DGCyC/2008, el Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Art. 85 de la Ley 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, mediante Resolución Nº 3891-MHGC/2008, se constituyó la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Subsecretaría de Emergencias conforme la normativa vigente, dictándose asimismo en consecuencia las Resoluciones Nº 602-MJYSGC/09 y Nº 81-SSEMERG/09; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 2095,

EL SUBSECRETARIO DE EMERGENCIAS RESUELVE

Artículo 1: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el que como Anexo forma parte integrante del presente para la adquisición de elementos de seguridad solicitada por la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias, la Dirección General de Defensa Civil y la Dirección General de Logística de la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad por un monto total aproximado de PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO DIEZ Y SIETE ($ 147.117,00.-). Artículo 2: Llámase a Licitación Pública Nº 1292/2012 al amparo de lo establecido en la Ley Nº 2095/07 hasta el día 29 de junio de 2012 a las 12,00 horas a llevarse a cabo en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Subsecretaría de Emergencias sita en Av. Regimiento de los Patricios 1142, 2do piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3: Establécese que el Pliego es de carácter gratuito, el que podrá ser consultado y/o retirado en Av. Regimiento de Patricios 1142, piso 2º en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Subsecretaría de Emergencias de Lunes a Viernes de 10 a 17 horas. Artículo 4: Regístrese, publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 93 y 98 de la Ley 2095, reglamentados por los Artículos 97 y 98 del Decreto Nº 754/GCABA/08 y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, vuelva a la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Subsecretaria de Emergencias, para la prosecución del trámite licitatorio. Nicolás

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 389/MJYSGC/12

Buenos Aires, 13 de junio de 2012 VISTO: Las Leyes Nº 2.894 de Seguridad Pública y Nº 2.947 del Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, el Decreto Nº 380/09, las Resoluciones Nº 479-MJYSGC/09 y Nº 76-ISSP/12 y los Expedientes Nº 1020659/12 y 1178078/12, y

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Que la Ley Nº 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana; Que el Instituto Superior de Seguridad Pública creado por la Ley Nº 2.894 tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente, al personal de la Policía Metropolitana; Que la Ley Nº 2.947 del Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, determina las bases jurídicas e institucionales que regirán la relación de empleo del personal de la Policía Metropolitana; Que el Artículo 17 del mencionado Estatuto establece que el Escalafón General Policial se organiza en una categoría única que cuenta con grados que integran cuadros oficiales; Que en dicho marco legal se ha iniciado el proceso de selección e incorporación de los aspirantes a formar parte de la Policía Metropolitana, habiéndose efectuado un pormenorizado análisis de los antecedentes personales y profesionales de los agentes propuestos; Que la Resolución Nº 479-MJYSGC/09 ha aprobado la descripción de las responsabilidades primarias de los distintos grados del personal de la Policía Metropolitana; Que mediante Decreto Nº 380/09, se estableció la retribución bruta normal y habitual del personal de la Policía Metropolitana; Que el Sr. Jefe de la Policía Metropolitana propone la lista de personal para ser designado con los alcances previstos en las Disposiciones Transitorias Primera y Tercera, de la Ley de Seguridad Pública Nº 2.894; Que la Ley Nº 2.894, en su Cláusula Transitoria Tercera, establece que “El personal proveniente de otras Fuerzas que se incorporen para conformar la primera estructura de mandos medios deberá satisfacer las exigencias de los exámenes psicofísicos y de conocimientos profesionales durante la realización del Curso de Integración y Nivelación del Instituto Superior de Seguridad Pública, siendo éste condición sine qua non para formar parte de los cuadros permanentes de la Institución”; Que los agentes cuyo estado policial se otorga por la presente han aprobado el examen psicológico que fuera realizado en la División CENTRO DE INCORPORACIONES, de conformidad con las constancias obrantes en los legajos de los mismos;

Que por Resolución Nº 76-ISSP/12, se tiene por aprobados a los aspirantes detallados en el listado que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, quienes integraron el “XV Curso de Estado Policial: Integración y Nivelación” para personal ingresante a la Policía Metropolitana, realizado en la sede del Instituto Superior de Seguridad Pública; Que el personal cuya designación se propicia en el Anexo II de la presente, ha solicitado su baja en su fuerza de origen, encontrándose en la actualidad en situación de inactividad; Que ello significa que el personal señalado en el párrafo precedente, se encuentra imposibilitado de desempeñar actividad alguna en su fuerza de origen; Que sin perjuicio de lo señalado en los considerandos precedentes corresponde establecer que las designaciones que se propician en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente, serán definitivas una vez acreditada la baja definitiva otorgado por la fuerza de origen; Que, en virtud de ello, corresponde otorgar el estado policial al personal que se detalla en los anexos que forman parte integrante de la presente; Que suscribe la presente el Ministro de Ambiente y Espacio Público en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nº 418/MJGGC/12. Por ello, en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 2.894,

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CONSIDERANDO:

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Artículo 1.- Desígnase en la Policía Metropolitana y otórgase estado policial, al personal en los grados que se detallan en los Anexos que forman parte integrante de la presente y a partir del 14 de junio de 2012. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Contaduría, a la Dirección General Tesorería, a la Jefatura de la Policía Metropolitana, a la Superintendencia de Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, al Instituto Superior de Seguridad Pública, a la Obra Social de la Policía Metropolitana y pase a la Dirección General de Administración de los Recursos Humanos de la Policía Metropolitana para su conocimiento, notificación del personal y demás efectos. Cumplido, archívese. Santilli a/c

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 390/MJYSGC/12

Buenos Aires, 18 de junio de 2012 VISTO: Las Leyes Nº 2.947 y Nº 2894, los Decretos Nº 55/10, Nº 261/10 y Nº 516/11, y el Expediente Nº 62997/12, y CONSIDERANDO: Que a fs. 1, mediante Nota Nº 1/DVP/12, la Dirección de Vigilancia Preventiva emitió informe respecto de la capacidad psicofísica de la Oficial LP 2278 Adriana Andrea Tapari, aconsejando evaluar su estado médico, psicológico y psiquiátrico por parte de una Junta Médica de esta Institución; Que, de conformidad a lo prescripto por el Artículo 6, inciso k) de la Ley Nº 2947, se otorgó intervención a la Junta Médica de la Policía Metropolitana, la cual, tras realizarle distintos estudios físicos y psicológicos, concluyó que la Oficial Tapari “…no reúne los requisitos necesarios para pertenecer a esta institución”; Que, con fecha 1 de febrero de 2012 la Oficial Tapari fue notificada del Dictamen emitido por la Junta Médica mencionada ut supra; Que, mediante Providencia Nº 334425/12, la Dirección de Personal de la Policía Metropolitana, en atención a los antecedentes psicológicos que registra, solicitó el otorgamiento de la baja obligatoria a la Oficial Adriana Andrea Tapari; Que el Jefe de la Policía Metropolitana mediante Providencia Nº 462513/12, sobre la base de las conclusiones de la Junta Médica actuante, estimó que debería procederse a la baja de la Oficial Tapari de las filas de la Policía Metropolitana; Que la Dirección General de Administración de los Recursos Humanos de la Policía Metropolitana tomó intervención en los términos del Artículo 25 del Decreto Nº 516/11, concluyendo que no resulta posible la asignación de tareas administrativas a la nombrada, y propiciando su baja obligatoria, de conformidad con lo previsto por el Artículo 49 inciso d) de la Ley Nº 2947; Que el Artículo 49 de la Ley Nº 2947 expresa: “…La baja obligatoria importa la exclusión definitiva del personal y la consecuente pérdida de su estado policial” y su inciso d) establece: “Cuando en los exámenes psicofísicos periódicos surgiera una disminución grave de las aptitudes profesionales y personales que le impidan el normal ejercicio de la función policial que le compete, y no pudiere ser asignado a otro destino ni acogerse a los beneficios provisionales”;

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EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

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Que, en consecuencia, teniendo en consideración las conclusiones a las que arribara la Junta Médica de la Policía Metropolitana, y habiendo tomado la debida intervención la Dirección de Personal de la Policía Metropolitana y la Dirección General de Administración de los Recursos Humanos de la Policía Metropolitana, se estima procedente el dictado del presente acto administrativo mediante el cual se dispone la baja obligatoria de la mencionada Oficial. Por ello, y en uso de las facultades previstas en la Ley Nº 2894,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Dispónese la baja obligatoria de la Policía Metropolitana de la Oficial LP 2278 Adriana Andrea Tapari (D.N.I. Nº 32.303.871), en virtud de lo normado por el Artículo 49, inciso d), de la Ley Nº 2947. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese fehacientemente a la Sra. Adriana Andrea Tapari, y comuníquese a la Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana, a la Jefatura de la Policía Metropolitana, a la Superintendencia de Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Contaduría, a la Dirección General Tesorería, a la Obra Social de la Policía Metropolitana, y pase para su intervención a la Dirección General de Administración de los Recursos Humanos de la Policía Metropolitana. Cumplido, archívese. Montenegro

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Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN N.º 202/SSGEFYAR/12

Buenos Aires, 18 de junio de 2012 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nº 1254/GCBA/08, N° 481/GCBA/11 y Nº 714/GCBA/11, la Disposición Nº 262/DGAR/12, el Expediente Nº 644427/12, y CONSIDERANDO: Que por Disposición Nº 262/DGAR/12 se llamó a Licitación Pública N° 784-SIGAF-12 (9/12) para llevar a cabo trabajos de retiro de tanques de combustible en el edificio de la Escuela N° 19 sita en la calle Avda. Salvador María del Carril 4957 del Distrito Escolar Nº 17, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y fijando como Presupuesto Oficial la suma de pesos tres millones ciento setenta y dos mil cuarenta y seis con noventa y un centavos ($ 3.172.046,91); Que con fecha 15 de mayo de 2012 ha tenido lugar el acto de apertura de ofertas correspondiente, presentándose cuatro (4) ofertas: Sunil S.A., Ernesto Tarnousky S.A., AC S.R.L. y Lihue Ingeniería S.A.; Que con fecha 17 de mayo de 2012 se realizó el análisis y evaluación del aspecto legal de las ofertas presentadas en el acto de apertura, donde se concluyó que las presentadas por las empresas Sunil S.A., Ernesto Tarnousky S.A., AC. S.R.L. y Lihue Ingeniería S.A. estaban en condiciones de ser analizadas por el Área de Control y Ejecución de Contratos, previo cumplimiento y análisis del área técnica en lo que respecta a los puntos de antecedentes y Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos; Que de acuerdo surge del Acta de Asesoramiento técnico de las Ofertas obrante a fs. 1013-expedido por la Dirección General de Infraestructura Escolar- la empresa Sunil S.A. no presenta Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos, el Certificado Ambiental se encuentra vencido el 17/09/2011 y no adjunta solicitud de renovación del mismo ni antecedentes de obras similares; por su parte, la empresa Erneto Tarnousky S.A. no presenta Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos, ni antecedentes de obra similar; y la firma AC S.R.L., acompaña antecedentes propios de obras similares pero presenta el Certificado de Gestión de Residuos Peligrososde otra empresa (G215 S.A.) y no el propio; finalmente, la firma Lihue Ingeniería S.A. Presenta el Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos, la solicitud de renovación del mismo al momento de la apertura y antecedentes de obras similares en la Ciudad de Buenos Aires y el resto de país; Que, luego de un exhaustivo análisis se concluyó que Lihué Ingeniería S.A. es la única empresa que reviste calidad de oferente según los antecedentes y la Circular Nº 1 y Nº 3, toda vez que , acreditó haber obtenido el Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos –expedido por la Agencia de Protección ambiental de la Ciudad de Buenos Aires-, el cual constituye un requisito como evidencia clara y manifiesta de tener la calificación técnica para este tipo de obras en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires; Que por su parte, el Área de Control y Ejecución de Contratos realizó el informe técnico de la documentación presentada donde infirió que las empresas Sunil S.A.,

Ernesto tarnousky S.A. y AC S.R.L. no revisten calidad de oferente en virtud de lo establecido en el Acta de Asesoramiento Técnico de la Ofertas. Asimismo, se aceptó la oferta de la firma Lihue Ingeniería S.A. y se solicitó a dicha firma, en virtud de ser económicamente conveniente y cumplir en términos generales con las exigencias técnicas, legales y contables del Pliego de la Licitación, que presente la documentación faltante;

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Que en forma previa a la preadjudicación la Dirección General de Administración de Recursos intimó a dicha empresa a actualizar la documentación presentada al momento de la oferta; Que la mencionada empresa adjuntó la documentación requerida, obrando en el Expediente un segundo informe del Área de Control y Ejecución de Contratos donde dio por cumplido lo solicitado; Que asimismo, y aún previo a la preadjudicación, se recibió una nota de la firma Ernesto Tarnousky S.A. –presentación que fue tenida como mera colaboración con la Administración en los términos del dictamen emitido por la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional- y mediante la cual acompañó el inicio del trámite de inscripción para la obtención del Certificado de Residuos Peligrosos cuyo procedimiento le estableció una citación para el próximo 3 de julio de 2012, circunstancia que ameritó la inadmisibilidad de su oferta; Que la Comisión de Preadjudicaciones creada por Resolución Nº 10/SSGEFyAR/12 en ejercicio de las atribuciones estipuladas en la misma, mediante Acta de Preadjudicación Nº 39 de fecha 28 de mayo de 2012 procedió a declarar inadmisibles las ofertas presentadas por las empresas Sunil S.A., Ernesto Tarnousky S.A. y AC S.R.L. por no presentar el Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos, declarar admisible la oferta presentada por Lihue Ingeniería atento a que presentó dicho Certificado y solicitud de renovación del mismo y preadjudicar los trabajos en el edificio indicado en el primer Considerando de la presente a la empresa Lihue Ingeniería S.A. por la suma de PESOS TRES MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 3.096.919,99) en virtud de ser la oferta más conveniente entre las admisibles; Que el resultado de la preadjudicación fue notificado mediante cédula al preadjudicatario y al resto de los oferentes, publicado en el Boletín Oficial por un día, en el sitio de internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones conforme lo dispone el Pliego de Condiciones Particulares; Que no hubo impugnaciones a la preadjudicación; Que por los motivos reseñados y en atención al resultado de la preadjudicación, correspondió adjudicar a la empresa Lihue Ingeniería S.A. los trabajos de retiro de tanques de combustible en el edificio de la Escuela Nº 19 sita en la calle Avda. Salvador María del Carril 4957 del Distrito Escolar Nº 17, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado por la suma de PESOS TRES MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 3.096.919,99); Que ha tomado debida intervención la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional dependiente de este Ministerio; Que en razón del monto no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (conf. Ley N° 1218 modificada por la Ley N° 3167).

Por ello, en razón de lo normado por los Decretos Nº 481/GCBA/11 y Nº 714/GCBA/11,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

RESUELVE Artículo 1.- Aprobar la Licitación Pública N° 784-SIGAF-12 (9-12) y adjudícase a LIHUE INGENIERIA S.A. –CUIT 30-61217676-7- los trabajos de retiro de tanques de combustible en el edificio de la Escuela Nº 19 sita en la calle Avda. Salvador María del Carril 4957 del Distrito Escolar Nº 17, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y por la suma de PESOS TRES MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 3.096.919,99). Artículo 2.- Imputar a la partida correspondiente por la suma de PESOS TRES MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 3.096.919,99).

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Artículo 3.- Autorizar al Sr. Director General de Administración de Recursos a suscribir la Contrata y la Orden de Comienzo respectiva. Asimismo, encomiéndase al Director General de Infraestructura Escolar la suscripción de las Actas de Recepción Provisoria y definitiva de la obra. Artículo 4.- Regístrese. Notifíquese a las empresas oferentes en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y publíquese en el BOCBA por un día, en el sitio de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Dirección General de Administración de Recursos. Regazzoni

RESOLUCIÓN N.º 2162/MEGC/12

Buenos Aires, 8 de junio de 2012 VISTO: La Ordenanza N° 40.593 –Estatuto del Docente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, el Expediente N° 981.824/12, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita un proyecto de acto administrativo por medio del cual se propicia la creación, ad referéndum de la aprobación del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la Escuela Infantil N° 11 Distrito Escolar 21° (Comuna 8), que funcionará en el inmueble ubicado en la Avenida Coronel Roca Puerta 9 de esta ciudad; Que mediante el Expediente N° 1.414.996/11 tramita el proyecto decreto de creación originario, pero en virtud de la urgencia que amerita la puesta en operatividad de la misma, se propicia el dictado del presente; Que la Dirección de Educación Inicial manifiesta la necesidad imperiosa de efectivizar la apertura del establecimiento educativo precitado, para dar cobertura a las vacantes solicitadas por los niños del barrio de Villa Lugano y zonas aledañas; Que asimismo dicha dirección considera pertinente trasladar las dos secciones que funcionan en el JIN B (Escuela 18) Distrito Escolar 21, al nuevo edificio sito en el mismo predio, en Avenida Coronel Roca Puerta 9; Que el traslado aludido se realiza con la totalidad de la Planta Orgánico Funcional (POF) actualmente vigente para el establecimiento educativo mencionado, manteniéndose el mismo horario de funcionamiento; Que teniendo en cuenta que se mantiene la población escolar al igual que el personal docente que presta servicios en el establecimiento educativo JIN B (Escuela 18) Distrito Escolar 21°, la medida que se propicia no implica erogación presupuestaria alguna para esta jurisdicción; Que sin perjuicio de ello, la erogación que demande la puesta en marcha y funcionamiento de la nueva unidad educativa que se crea, exceptuando las dos secciones cuyo traslado se solicita, será imputada a la partida presupuestaria año 2012; Que por el presente se aprueba la Planta Orgánica Funcional con que funcionará la Institución cuya creación se propicia; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello,

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Artículo 1.- Créase, ad referéndum de la aprobación por el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Escuela Infantil N° 11 Distrito Escolar 21 (Comuna 8), que funcionará en el horario de 8:45 hs. a 16:15 hs en el inmueble ubicado en la Avenida Coronel Roca Puerta 9 de esta Ciudad de Buenos Aires. Artículo 2.- Apruébase, la Planta Orgánico Funcional del citado establecimiento, cuyo detalle obra en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Trasládase las dos secciones que funcionan en el JIN B (Escuela 18) Distrito Escolar 21° al nuevo edificio sito en la Avenida Coronel Roca Puerta 9. Artículo 4.- Trasládase, la Planta Orgánico Funcional existente en el JIN B (Escuela 18) Distrito Escolar 21, que figura como Anexo II de la presente medida, a la nueva unidad educativa creada, dejándose expresa constancia que el mencionado traslado no implica mayor erogación presupuestaria. Artículo 5.- Establézcase, que el personal docente titular del establecimiento que será trasladado -JIN B (Escuela 18) Distrito Escolar 21-, podrá optar por no aceptar el cambio de ubicación de su sede laboral o, en caso contrario, ser declarado en disponibilidad conforme al artículo 22 de la Ordenanza N° 40.593 –Estatuto del Docente- y su reglamentación por Decreto N° 611/86 y modificatorios. Artículo 6.- El gasto que demande la apertura consignada en el artículo 1 de la presente, cuenta con reflejo presupuestario que se imputará a la partida presupuestaria aprobada para el año 2012. Artículo 7.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Subsecretarías de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, y a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Administración de Recursos, de Personal Docente y No Docente, de Planeamiento Educativo y de Coordinación Legal e Institucional, y a la Dirección de Educación Inicial. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

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EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

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Ministerio de Desarrollo Urbano

RESOLUCIÓN N.º 194/MDUGC/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente Nº 70.602/08 e incorporados y Expediente Nº 90560/07, y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 537-MDUGC/08 de fecha 28 de agosto de 2.008, se dispuso la instrucción de sumario a fin de ponderar los hechos denunciados y deslindar responsabilidades que pudieran corresponder con motivo del extravío del expediente Nº 12.063/95; Que en tal orden, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires instruyó el sumario Nº 423/08; Que sustanciada la instrucción, de los elementos de convicción colectados no surgen constancias que permitan determinar las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurriera el extravío del precitado expediente, en tanto, como consecuencia del tiempo transcurrido, ha ocurrido la depuración de las constancias que permitan seguir el curso de su tramitación, así como tampoco sindicar a agente alguno de la Administración, como responsable del hecho investigado; Que el extravío de las actuaciones no ocasionó perjuicio a esta Administración ni a terceros toda vez que con posterioridad al hecho investigado las mismas fueron reconstruidas; Que por consiguiente, con las limitaciones expuestas se concluye en la imposibilidad de profundizar la investigación a los efectos de determinar las circunstancias en las que ocurrió la desaparición del expediente, extremo necesario para determinar responsabilidades disciplinarias en cabeza de agentes públicos; Que en orden a lo expuesto se concluye que el hecho objeto de autos constituye un supuesto insusceptible de irrogar irresponsabilidad administrativa, por lo que cabria archivar el presente sumario administrativo; Que por la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 4013 (B.O.C.B.A Nº 3.807) se establecieron las funciones de los distintos Ministerios; Que tomado intervención la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires aconseja el temperamento antes expuesto. Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE

ARTICULO 1º.- Archívese el presente sumario instruido a fin de ponderar los hechos denunciados y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder con motivo del extravío del expediente Nº 12.063/95. ARTICULO 2º.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase a la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Subsecretaría de Planeamiento, a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Chaín

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RESOLUCIÓN N.º 203/MDUGC/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: el Expediente Nro. 1.243.149/2012, y CONSIDERANDO: Que mediante el citado Expediente se propicia una redistribución de créditos dentro de los Programas 84 y 24 los cual se encuentran bajo la órbita de este Ministerio, en el marco del Presupuesto para el Ejercicio 2.012; Que dicha redistribución se realiza a fin de incrementar la partida de 3.9.6 “Servicios de Consultoría” del Programa 84, a fin de poder realizar la contratación de servicios de consultoría vinculados al evento “Rock in Río”: realización de estudios preliminares, gestión de los Estudios de Impacto Ambiental, realización del anteproyecto y la documentación para el llamado a licitación de las obras de infraestructura necesarias para dar soporte el festival; Que de acuerdo a las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.012, se establecen niveles de competencia que facultan a los Señores Ministros o máxima autoridad de la Jurisdicción a efectuar modificaciones de créditos, tal como se indica en el Artículo Nro. 34, Apartado II, puntos 1 y 4 del Capítulo IX correspondiente al Anexo I del Decreto Nº 28-GCABA-2.012, por el cual se aprobaron las mencionadas Normas, por el cual se aprobaron las mencionadas Normas; Que se ha dado cumplimiento al Artículo Nro.9 del Capítulo Tercero del Anexo I del mencionado Decreto en lo referente a la validación del Requerimiento Nro. 2.364/12 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera por parte de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quien ha otorgado al mismo el estado de “Pendiente OGESE”; Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE

Artículo 1° Apruébase la modificación de créditos obrante en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de los cinco (5) días de firmada la presente, conforme lo dispone el Art. 9no. del Decreto Nro. 28-2.012 y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Chaín

ANEXO

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Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N.º 1991/MCGC/12

Buenos Aires, 28 de mayo de 2012 VISTO: El expediente 980406/12, la Resolución N° 3040-MCGC-11, y CONSIDERANDO: Que por la mencionada norma se otorgó a la agente de la Dirección General de Promoción Cultural, doña Andrea Silvana González, ficha 426.182, licencia sin goce de sueldo por el término de un (1) año, a partir del 01 de julio del 2011; Que la interesada solicita se limite dicha licencia a partir del 01 de junio del corriente año, toda vez que desaparecieron las razones que motivaron su pedido; Que en consecuencia procede dictar la pertinente norma legal; Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1°.- Limítase al 01 de junio del año en curso, la licencia sin goce de sueldo otorgada a la agente de la Dirección General de Promoción Cultural, doña Andrea Silvana González, ficha 426.182, otorgada oportunamente por Resolución N° 3040-MCGC-11. Artículo 2°.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Promoción Cultural, quien procederá a su publicación y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lombardi

RESOLUCIÓN N.º 1992/MCGC/12

Buenos Aires, 28 de mayo de 2012 VISTO: El Expediente nº 193120-2012, y CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación, el agente de la Dirección General de Promoción Cultural, Don Alejandro Gabriel Calampuca, ficha 252.854, solicita licencia extraordinaria sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía, a partir del 1 de febrero del corriente año y por el tiempo que permanezca en el desempeño del mismo, Que motiva dicho pedido, el haber sido designado como titular de la Subgerencia de Programación Económica, del Instituto Nacional de Servicios Sociales a Jubilados y Pensionados. Por ello y atento las facultades conferidas por el Decreto N° 293-2002,

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Art.1° Otorgar al agente de la Dirección General de Promoción Cultural, Don Alejandro Gabriel Calampuca, ficha 252.854, licencia extraordinaria sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía, a partir del 1° de febrero del corriente año y por el tiempo que permanezca en el desempeño del mismo. Art.2° Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Promoción Cultural la que procederá a publicar en el Boletín Oficial la presente norma y a la Subsecretaría de Gestión Recursos Humanos. Cumplido, archívese en la repartición de origen, de acuerdo a lo dispuesto Resolución 13-SECLYT-12. Lombardi

RESOLUCIÓN N.º 1993/MCGC/12

Buenos Aires, 28 de mayo de 2012 VISTO: El Expediente nº 2042397-2011, y CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación la agente de la Dirección General de Promoción Cultural, Doña Ondina Beatriz Fraga, ficha 329.359, solicita licencia extraordinaria sin goce de haberes, por cargos electivos, Articulo 16, inc. j) y 29 de la Ley 471, a partir del 10 de diciembre del 2011 y por el tiempo que dure el mandato; Que motiva dicho pedido, el haber sido electa miembro de la Junta Comunal, de la Comuna 6 en las elecciones del mes de julio del año 2011. Por ello y atento las facultades conferidas por el Decreto n° 293/02,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Art.1° Otorgar a la agente de la Dirección General de Promoción Cultural, Doña Ondina Beatriz Fraga, ficha 329.359, licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargos electivos, a partir del 10 de diciembre del 2011 y por el tiempo que dure el mandato, -Articulo 16, inc j) y 29 de la Ley 471-. Art.2° Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Promoción Cultural la que procederá a publicar en el Boletín Oficial la presente norma y a la Subsecretaría de Gestión Recursos Humanos. Cumplido, archívese en la repartición de origen, de acuerdo a lo dispuesto Resolución 13-SECLYT-12. Lombardi

RESOLUCIÓN N.º 2157/MCGC/12

Buenos Aires, 6 de junio de 2012 VISTO: El Expediente Nº 844.962/2011 e incorporados, y

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EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

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Que por las actuaciones mencionadas tramita la Redeterminación de Precios del contrato de obra básica de la obra: “RECUPERACION DE LA FACHADA Y ACONDICIONAMIENTO INTERIOR – MUSEO CASA “ISAAC FERNANDEZ BLANCO”, Licitación Pública Nacional Nº 10/2003, Expediente Nº 31.538/2003, adjudicada por Resolución Nº 3571-SC-2004 y contratada con la empresa FILIP S.A. por la suma de Pesos Ciento Sesenta y Siete Mil ($ 167.000); Que la contratista solicitó la redeterminación de precios definitiva de obra básica, bajo el régimen establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2/03 y su Decreto Reglamentario Nº 2119/03; Que la contratista efectuó su primera presentación mediante Registro Nº 309-DGINFR/06 de fecha 13 de Febrero de 2006, adjuntando los análisis de precios de la obra para su aprobación, con el fin de redeterminar los precios de acuerdo al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2/03; Que posteriormente la empresa FILIP S.A. realizó diversas presentaciones, las cuales fueron motivo de diversas observaciones; Que con fecha 10 de Junio de 2010 la contratista efectuó una nueva presentación mediante Registro Nº 600.666-DGIyME/2010; Que por informe de fecha 11 de Mayo de 2011 originado por la Comisión integrada por un representante de la UPE de Redeterminación de Precios del Ministerio de Hacienda y un representante de la Dirección General de Infraestructura y Mantenimiento Edilicio, concluyen en redeterminar el faltante de obra básica a ejecutar desde el 1º de Julio de 2005 y los Certificados de Obra Nº 1 y Nº 2 inclusive, correspondientes al período mayo-junio/2005 inclusive, todo ello a valores del 30 de abril de 2005; Que teniendo en cuenta la Estructura de Ponderación de Insumos Principales de la Obra se ha verificado que la variación superó, al mes de abril de 2005, el porcentaje de incremento establecido en el Artículo 1º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2/03, siendo la misma del 26,72%; Que asimismo se verificó el plazo de seis meses establecido en el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2/03, a partir de la fecha de la firma del contrato (28 de Diciembre de 2004), operando dicho plazo a partir del 30 de Junio de 2006, quedando habilitada la contratista para efectuar su reclamo; Que se ha mantenido fijo e inamovible el 10% del valor total del contrato; Que a valores del 30 de Abril de 2005 la redeterminación de precios de los Certificados Nº 1 y Nº 2 -correspondientes al período del 3 de Mayo de 2005 al 30 de Junio de 2005- ascienden a la suma de Pesos Ochenta y Nueve Mil Ciento Treinta y Uno con Cincuenta y Seis Centavos ($ 89.131,56), con un incremento de Pesos Veintiún Mil Setecientos Cuarenta y Cinco con Cuarenta y Nueve Centavos ($ 21.745,49) (32,27%), con respecto a la suma total de los certificados a valores básicos de contrato que ascendían a Pesos Sesenta y Siete Mil Trescientos Ochenta y Seis con Siete Centavos ($ 67.386,07); Que el monto redeterminado del faltante de obra básica a ejecutar al 1º de Julio de 2005, a valores del 30 de Abril de 2005, asciende a la suma de Pesos Ciento Veintinueve Mil Ciento Ochenta y Uno con Tres Centavos ($ 129.181,03), siendo el incremento de Pesos Veintinueve Mil Quinientos Sesenta y Seis con Setenta y Tres Centavos ($ 29.566,73) (29,68%), con respecto del faltante de obra básica a valores básicos de contrato que ascendía a la suma de Pesos Noventa y Nueve Mil Seiscientos Catorce con Treinta Centavos ($ 99.614,30); Que como consecuencia de lo detallado, el monto total del contrato de obra básica redeterminado a valores del 30 de Abril de 2005, asciende a la suma de Pesos Doscientos Dieciocho Mil Trescientos Doce con Cincuenta y Nueve Centavos ($ 218.312,59), alcanzando un incremento total por obra básica de Pesos Cincuenta y Un Mil Trescientos Doce con Veintidós Centavos ($ 51.312,22), con relación al monto total de la obra a precios de contrato que ascendía a la suma de Pesos Ciento Sesenta y Siete Mil ($ 167.000); Que la empresa contratista no ha tramitado redeterminación provisoria alguna de la obra en cuestión y a la fecha en que la contratista solicitó la preesente redeterminación de precios, no se había efectuado la recepción provisoria total de la obra;

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CONSIDERANDO:

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Que con fecha 20 de julio de 2011, el Director General de Infraestructura y Mantenimiento Edilicio y el Presidente de la empresa FILIP S.A. firmaron el Acta de Redeterminación de Precios con sus Anexos I, II, III, IV, V y VI, “ad referéndum” de su aprobación por el Ministerio de Cultura, por la cual se fija el incremento del monto de obra básica por la presente redeterminación de precios, al mes de Abril de 2005, en la Suma de Pesos Cincuenta y Un Mil Trescientos Doce con Veintidós Centavos ($ 51.312,22), ascendiendo el monto redeterminado de la obra básica a un total de Pesos Doscientos Dieciocho Mil Trescientos Doce con Cincuenta y Nueve Centavos ($ 218.312,59), con relación al monto total de la obra a precios de contrato que ascendía a la suma de Pesos Ciento Sesenta y Siete Mil ($ 167.000); Que la contratista renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos, mayores gastos generales e indirectos, o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, pretendidamente motivados por los cambios registrados en la economía con anterioridad a la firma del Acta de Redeterminación de Precios, en los términos del Artículo 10 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2/03; Que por Ley N° 2810 (B.O.C.B.A. N° 2996- 20/08/2008), se facultó al Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir certificados de cancelación de deudas contraídas al 31 de diciembre de 2007 y establecer fehacientemente la procedencia legal de las acreencias por las que se emiten dichos certificados y por Decreto Reglamentario N° 1098-GCBA-2008 (B.O.C.B.A. N° 3017- 18/09/2008), el señor Jefe de Gobierno de esta Ciudad aprobó la reglamentación de la Ley N° 2810; Que por el Artículo 3° del Anexo del Decreto Reglamentario N° 1098/08 se facultó a los señores Ministros, entre otros, para aprobar en cada jurisdicción y mediante Resolución, los gastos correspondientes a las cancelaciones previstas en la Ley N° 2810 y que a la fecha se encuentren sujetos a aprobación; Que por el Artículo 9° del Anexo del Decreto Reglamentario N° 1098/08, se estableció que previo a todo trámite el acreedor debe prestar conformidad a la cancelación de su acreencia mediante la operatoria fijada en el Ley N° 2810 suscribiendo a dichos efectos la correspondiente Acta Acuerdo, conforme los modelos que como Anexo II y III respectivamente se aprueban y forman parte integrante del mencionado Decreto Reglamentario; Que con fecha 20 de julio de 2011 se firmó en los términos de la Ley Nº 2.810 y su Decreto Reglamentario Nº 1.098/08, el Acta Acuerdo por Reclamos No Ingresados en la Dirección General de Contaduría, reconociéndose como deuda correspondiente por la presente redeterminación de precios de obra básica, la suma de Pesos Cincuenta y Un Mil Trescientos Doce con Veintidós Centavos ($ 51.312,22), aceptando el acreedor por su cláusula OCTAVA que la misma se suscribió “ad referéndum” de la aprobación y reconocimiento del gasto por el Ministerio de Cultura, sin el cual lo acordado en la misma carecerá de validez y eficacia; Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, dependiente de este Ministerio, manifestó que de acuerdo a lo establecido en el art. 2 punto b) de la Ley Nº 2810 y lo informado por la Dirección General de Contaduría, resulta inviable la operatoria de pago prevista en la mencionada norma; Que se requirió dictamen a la Procuración General para que indique el temperamento a seguir en el trámite de la redeterminación de precios del contrato celebrado con la empresa FILIP S.A., en atención a que han sido suscriptas con la empresa mencionada un acta de redeterminación de precios y un acta acuerdo por reclamos no ingresados en la Dirección General de Contaduría, esta último en el marco de la operatoria de pago prevista en la Ley Nº 2810; Que mediante Informe N° 00427046-DGRECO-12 la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictaminó que el pago de las sumas adeudadas a la empresa deberá efectuarse con fondos del Tesoro de la Ciudad de Buenos Aires y de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 70; Que se han realizado las reservas presupuestarias correspondientes; Que la Procuración General ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo establecido por la Ley Nº 1.218 y por el Decreto Nº 752/08. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 948/08, y su modificatorio Decreto Nº 1123/08,

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EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase el Acta de Redeterminación de Precios del contrato de obra básica y sus Anexos I, II, III, IV, V y VI que forman parte integrante de la presente, suscripta el día 20 de julio de 2011, entre el Director General de Infraestructura y Mantenimiento Edilicio y el Ing. Arturo Ricardo Filip, en su condición de Presidente de la empresa FILIP S.A., por la cual se acuerda la Redeterminación de Precios al mes de Abril de 2005 del contrato de obra básica de la obra: “RECUPERACION DE LA FACHADA Y ACONDICIONAMIENTO INTERIOR – MUSEO CASA “ISAAC FERNANDEZ BLANCO", correspondiente a la parte pendiente de ejecución al 1º de Julio de 2005, por aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2-GCBA/03 y su Decreto Reglamentario Nº 2119-GCBA/2003. Artículo 2º.- Apruébase la redeterminación de precios de los Certificados Nº 1 y Nº 2 correspondientes a los meses de mayo/junio 2005 respectivamente, a valores del 30 de abril de 2005, en la suma de Pesos Ochenta y Nueve Mil Ciento Treinta y Uno con Cincuenta y Seis Centavos ($ 89.131,56), con un incremento de Pesos Veintiún Mil Setecientos Cuarenta y Cinco con Cuarenta y Nueve Centavos ($ 21.745,49) (32,27%), con respecto a la suma total de lo ejecutado a valores básicos de contrato que ascendía a Pesos Sesenta y Siete Mil Trescientos Ochenta y Seis con Siete Centavos ($ 67.386,07). Artículo 3º.- Apruébase los precios redeterminados del faltante de ejecución de la obra básica al 1º de Julio de 2005, a valores del 30 de Abril de 2005, por la suma de Pesos Ciento Veintinueve Mil Ciento Ochenta y Uno con Tres Centavos ($ 129.181,03), siendo el incremento de Pesos Veintinueve Mil Quinientos Sesenta y Seis con Setenta y Tres Centavos ($ 29.566,73) (29,68%), con respecto del faltante de obra básica a valores básicos de contrato que ascendía a la suma de Pesos Noventa y Nueve Mil Seiscientos Catorce con Treinta Centavos ($ 99.614,30). Artículo 4º.- Fíjase el monto total del contrato redeterminado, a valores del 30 de Abril de 2005, en la suma de Pesos Doscientos Dieciocho Mil Trescientos Doce con Cincuenta y Nueve Centavos ($ 218.312,59), representando un incremento total por obra básica de Pesos Cincuenta y Un Mil Trescientos Doce con Veintidós Centavos ($ 51.312,22), con relación al monto total de la obra a precios de contrato que ascendía a la suma de Pesos Ciento Sesenta y Siete Mil ($ 167.000). Artículo 5º.- Mantiénese fijo e inamovible el 10% del monto del contrato de obra básica, conforme surge de las planillas adjuntadas al Acta de Redeterminación de Precios, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Reglamentario Nº 2119-GCBA/2003. Artículo 6º.- El pago de cada certificado que incluya la presente Redeterminación de Precios, no podrá ser liberado hasta que el contratista no presente una garantía de contrato a satisfacción del comitente de similar calidad que la original aprobada, en reemplazo de la anterior, por un monto total del contrato actualizado, respetando el porcentaje estipulado en el contrato para dicha garantía. Artículo 7º.- El gasto que demande la presente se imputa a las partidas presupuestarias correspondientes. Artículo 8º.- Dejáse sin efecto el Acta Acuerdo por Reclamos No Ingresados en la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda, de fecha 20 de julio de 2011, suscripta en los términos de la Ley Nº 2810 y el Decreto Reglamentario Nº 1098/08, entre el Señor Director General de Infraestructura y Mantenimiento Edilicio y el Ing. Arturo Ricardo Filip en su condición de Presidente de la empresa FILIP S.A., carece de validez y eficacia, toda vez que el gasto correspondiente a la presente redeterminación de precios se efectua con fondos del Tesoro de la Ciudad de Buenos Aires.

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Artículo 9º.- Regístrese, remítase a la Dirección General de Infraestructura y Mantenimiento Edilicio del Ministerio de Cultura, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificarla a la empresa contratista FILIP S.A., y comunicarla a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Lombardi

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 2165/MCGC/12

Buenos Aires, 6 de junio de 2012 VISTO: el Expediente Nº 887.669-MGEYA-12, el Decreto Nº 915-GCABA-2009 y sus modificatorios los Decretos Nº 1008-GCABA-2009, y Nº 694-GCABA-11, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Centro Cultural General San Martín propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2012; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 915-GCABA-2009 y sus modificatorios los Decretos Nº 1008-GCABA-2009 y Nº 694-GCABA-11; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 915-GCABA-2009 y sus modificatorios los Decretos Nº 1008-GCABA-2009 y Nº 694-GCABA-11,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2012.

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Artículo 6º-Regístrese, comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lombardi

ANEXO

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Ministerio de Desarrollo Económico

RESOLUCIÓN N.º 383/MDEGC/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: EL Decreto Nº 280/12, el Expediente Nº 1.096.134/12, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 280/12, se convalidó y creó la Planta Transitoria Docente y No Docente afectada al Programa “Colonia de Invierno y Escuelas Deportivas para Personas con Discapacidad”, a cargo de la Subsecretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, por el período comprendido entre el 1 de marzo al 30 de diciembre de 2012; Que el artículo 3 del mencionado Decreto establece que el personal será designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará automáticamente a la fecha de finalización de su Planta Transitoria, pudiendo la autoridad competente disponer su cese anticipado sin expresión de causa; Que la retribución del personal que se designe conforme a lo establecido en los Anexos aprobados en el artículo 1 y 2 de la citada norma, será la suma fija no remunerativa que en cada caso se indica como retribución única para todo el período, y en caso de disponerse un cese anticipado, se abonará una retribución proporcional al tiempo del efectivo servicio; Que asimismo, el artículo 5 del Decreto N° 280/12, faculta al señor Ministro de Desarrollo Económico a designar, cesar y reconocer los servicios del personal afectado a los Programas en cuestión. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO RESUELVE

Artículo 1.- Reconócense los servicios prestados por el personal nominado en los Anexos I y II que forman parte de la presente, en carácter de Personal de Planta Transitoria Docente y No Docente, en el marco del Programa “Colonia de Invierno y Escuelas Deportivas para Personas con Discapacidad”, por el período allí indicado. Artículo 2.- Desígnase al personal de la Planta Transitoria Docente y No Docente, en el marco del Programa “Colonia de Invierno y Escuelas Deportivas para Personas con Discapacidad” con los alcances previstos en el Anexo aprobados en el artículo 1 de la presente. Artículo 3.- El señor Subsecretario de Deportes, dependiente de este Ministerio, certificará los servicios prestados por el personal integrante de la Planta Transitoria Docente y No Docente creada por el Decreto Nº 280/12. Artículo 4.- El gasto que demande el cumplimiento de lo resuelto en la presente, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio en vigor. Artículo 5.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Deportes dependiente de este Ministerio. Cumplido, archívese. Cabrera

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.º 388/MDEGC/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: La Ley Nº 2.809/08, su Decreto reglamentario Nº 1312/08, las Resoluciones Nros. 801/MHGC/08, 2.849/MHGC/08, 4271/MHGC/08, el Decreto Nº 488/10, el Expediente N° 419.355/12, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley mencionada en el Visto establece el Régimen de Redeterminación de Precios aplicable a los contratos de obra pública regidos por la Ley Nacional N° 13.064 y sus modificatorias, y es aplicable a los contratos de locación de servicios y de servicios públicos que expresamente lo establezcan; Que la Resolución Nº 4271/MHGC/08 aprueba la metodología del procedimiento de redeterminación de precios de los contratos comprendidos por la Ley N° 2.809 y su Decreto reglamentario Nº 1312/08; Que el Decreto Nº 488/10 aprobó la Licitación Pública Nº 567/10 y adjudicó a la firma Reconstrucción Caños S.A., el renglón Nº 2 relacionado con el “Servicio de Extracción, Transporte y Disposición Final de Líquidos Cloacales y/o Pluviales a realizarse mediante la utilización de Camiones Atmosféricos desde Villas, Barrios Carenciados, Asentamientos y Núcleos Habitacionales Transitorios hasta la Planta Depuradora de Líquidos Cloacales Sudoeste de AYSA, o a donde la Unidad de Gestión de Intervención Social, en caso de emergencia, lo requiera dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” por la suma de pesos trece millones ciento treinta y dos mil ochocientos ($ 13.132.800); Que la mencionada firma mediante su presentación de fecha 2 de marzo del año en curso manifestó el acaecimiento de un incremento mayor al siete por ciento (7%) sobre los valores originales a la fecha de adjudicación conforme a la Tabla de Ponderación oportunamente presentada y aprobada; Que solicitó la redeterminación provisoria de los precios del contrato, en el marco de la normativa citada, respecto de los períodos contados a partir del 1 de julio de 2010, 1 de marzo de 2011 y 1 de julio del mismo año hasta noviembre de 2011, dando cumplimiento con las formalidades requeridas por sus Resoluciones Reglamentarias; Que la Unidad de Gestión de Intervención Social, dependiente de este Ministerio verificó los porcentajes de redeterminación provisoria y determinó que las variaciones alcanzadas respecto de la primera redeterminación provisoria contada a partir del 1 de julio de 2010 asciende en un diez por ciento (10%), respecto de la segunda redeterminación provisoria de precios contada a partir del 1 de marzo de 2011 en un nueve con noventa y siete por ciento (9,97%) y para la tercera redeterminación provisoria computada a partir del 1 de julio de 2011 en un nueve con treinta y seis por ciento (9,36%) e informó el importe total a abonar por los períodos mencionados; Que se efectuaron las correspondientes solicitudes de Gasto, según el sistema SIGAF. Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el artículo 3 de la Resolución Nº 2849/MHGC/08,

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Artículo 1.- Apruébase las solicitudes de redeterminación provisoria de precios del renglón Nº 2 adjudicado a la firma Reconstrucción Caños S.A., mediante el Decreto Nº 488/10 del “Servicio de Extracción, Transporte y Disposición Final de Líquidos Cloacales y/o Pluviales a realizarse mediante la utilización de Camiones Atmosféricos desde Villas, Barrios Carenciados, Asentamientos y Núcleos Habitacionales Transitorios hasta la Planta Depuradora de Líquidos Cloacales Sudoeste de AYSA, o a donde la Unidad de Gestión de Intervención Social, en caso de emergencia, lo requiera dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, estableciéndose las mismas en un 10% a partir del 1 de julio de 2010, un 9,97 % por ciento a partir del 1 de marzo del año 2011 y un 9,36 % a partir del 1 de julio de 2011 hasta noviembre del mismo año, de acuerdo a la normativa vigente. Artículo 2.- Establécese el monto a abonar a la firma Reconstrucción Caños S.A., en un importe total de pesos novecientos noventa y cinco mil ciento veintidós con veintitres centavos ($ 995.122,23). Artículo 3.- El presente gasto se imputará a la partida presupuestaria del año en curso. Artículo 4.- Comuníquese a la firma Reconstrucción Caños S.A. que dentro de los treinta (30) días de notificada la presente Resolución deberá presentar ante el Ministerio de Hacienda el cálculo correspondiente a la redeterminación definitiva de precios, conforme la normativa vigente. Artículo 5.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, comuníquese a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General Redeterminación de Precios del Ministerio de Hacienda. Cumplido, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, archívese. Cabrera RESOLUCIÓN N.º 396/MDEGC/12

Buenos Aires, 14 de junio de 2012 VISTO: El Decreto Nº 660/11 y su modificatorio Decreto Nº 236/12, las Resoluciones Nros. 19/MDEGC/12, 20/MDEGC/12 y 21/MDEGC/12, el Expediente Nº 1.162.128/2012, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme su Anexo I; Que por las Resoluciones citadas en el Visto, se designó oportunamente a los responsables de la administración y rendición de fondos en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial, Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, Fondo de Viáticos, Alojamiento y Pasajes, y Fondo de Viáticos y Movilidad de la Subsecretaría de Inversiones y de las Direcciones Generales Gestión de Inversiones y Promoción de Inversiones; Que por el Expediente citado en el Visto el señor Subsecretario de Inversiones solicita el cese del señor Federico Gastón Thea, DNI Nº 30.223.329, CUIL 20-30223329-3 como responsable de la administración y rendición de los fondos mencionados, y la designación en su reemplazo de la señora Débora Gisela Caruso, DNI Nº 28.984.669, CUIL 27-28984669-2; Que de lo expresado precedentemente corresponde el dictado de la norma legal pertinente que efectúe la modificación del responsable de fondos de la Subsecretaría de Inversiones y de las Direcciones Generales Gestión de Inversiones y Promoción de Inversiones. Por ello, y en uso de las facultades que le fueron conferidas,

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EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO RESUELVE

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EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONOMICO RESUELVE

Artículo 1.- Modificanse los términos de diferentes Resoluciones en lo referente a la designación de responsables de la administración y rendición de fondos en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial, Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, Fondo de Viáticos, Alojamiento y Pasajes, y Fondo de Viáticos y Movilidad de la Subsecretaría de Inversiones y de las Direcciones Generales Gestión de Inversiones y Promoción de Inversiones, conforme el Anexo I que forma parte integrante de la presente. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Inversiones de este Ministerio, y gírese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Cabrera

ANEXO

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Secretaría Legal y Técnica

RESOLUCIÓN N.° 227/SECLYT/12

Buenos Aires, 14 de junio de 2012 VISTO: el Decreto Nº 148/11, el Expediente N° 465597/12, y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, solicita la transferencia de la agente Ivonne Solange Gonzales, DNI Nº 92.931.082, CUIL Nº 27-92931082-4, proveniente de la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico; Que, la misma, cuenta con el aval del organismo cedente, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 1°, del Decreto N° 148/11; Que, a tales fines resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido; Por ello, conforme las facultades que le son propias

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO RESUELVE

Artículo 1º.- Transfiérase a la agente Ivonne Solange Gonzales, DNI Nº 92.931.082, CUIL Nº 27-92931082-4, a la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, asignándole partida 2057.0010.AA01 y dejando partida 2098.0050.AA01, correspondiente a la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Asuntos Laborales y Provisionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos; y para su conocimiento, notificación y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, y a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes de la citada Subsecretaría. Cumplido, archívese. Clusellas

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

RESOLUCIÓN N.º 386/AGIP/12

Buenos Aires, 8 de junio de 2012 VISTO: la ley 13.064, la Licitación Pública Nº 1174/2009, la C.I.Nº 65.511/DGR/2009, y el Expediente Nº 515258/2012 y, CONSIDERANDO: Que mediante C.I.Nº 65.511/DGR/2009 tramitó la Licitación Pública Nº 1174/2009 para la contratación de la obra: "Provisión e instalación de 4 ascensores nuevos -Viamonte 900 y Esmeralda 638", la que fuera adjudicada a la firma ASCENSORES TESTA S.A. Que con fecha 19 de Diciembre de 2011 se suscribió el Acta de Recepción Definitiva de la mencionada obra, la que obra glosada en el Expediente Nº 515258/2012 entre la firma contratista y el Área de Gestión Edilicia y Calidad Ambiental; Que en virtud de lo establecido en el Artículo 1.15.4. del Pliego de Condiciones Generales "Recepción de la obra-Provisoria-Definitiva", corresponde el dictado de la correspondiente norma aprobatoria; Que, asimismo, habiendo transcurrido el plazo de garantía, y de conformidad con lo establecido los artículos Nº 41 y 44 de la Ley Nº 13.064, en el Artículos 1.15.5. del Pliego de Condiciones Generales y el artículo Nº 2.15. del Pliego de Condiciones Particulares corresponde la devolución del fondo de reparos como así también la garantía de adjudicación. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 1º del Decreto Nº 948/GCBA/2008 (B.O.C.B.A.Nº 2.989),

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el Acta de Recepción Definitiva suscripta con fecha 19 de Diciembre de 2011, correspondiente a la obra: ""Provisión e instalación de 4 ascensores nuevos Viamonte 900 y Esmeralda 638 la calle Viamonte Nº 900 y Esmeralda Nº 638 ", la que fuera adjudicada a la firma ASCENSORES TESTA S.A. en el marco de la Licitación Pública Nº 1174/2009, que como Anexo forma parte integrante del presente.- Artículo 2°.- Reintégrese a la empresa ASCENSORES TESTA S.A , la garantía correspondiente al Fondo de Reparo, como así también la garantía de adjudicación.- Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese a la firma contratista respectiva de los términos de la presente. Comuníquese a la Dirección de Administración, al Departamento Compras y Contrataciones, al Área Gestión Edilicia y Calidad Ambiental y a la Dirección General de Contaduría. Walter

RESOLUCIÓN N.º 394/AGIP/12

Buenos Aires, 13 de junio de 2012 VISTO:

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el Expediente Nº 1085873/2012, la Ley N° 2.603 promulgada por Decreto Nº 2.140/GCABA/07 (B.O.C.B.A. Nº 2.846) y reglamentada mediante el Decreto Nº 745/GCABA/08 (B.O.C.B.A. Nº 2.961), la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCABA/06 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), su Decreto Reglamentario Nº 754/GCABA/08 (B.O.C.B.A. Nº 2.960), la Resolución Nº 59/MHGC/12 (B.O.C.B.A. Nº 3895), la Resolución Nº 180-MHGC-08 (B.O.C.B.A. N° 2.875) y Disposición Nº 171/DGCyC/2008 (B.O.C.B.A. Nº 2.968), y Ley 133/98 y CONSIDERANDO: Que, por el presente actuado la Dirección General de Relaciones Institucionales de esta Administración Gubernamental, solicita la contratación de una compañía teatral que comprenda la puesta en escena y montaje de una obra de teatro la cual forma parte del programa Educación Tributaria de la Ciudad, que promueve esta Administración Gubernamental; Que, tal solicitud se realiza en virtud de la necesidad de contar con tal obra para la continuidad de la promoción y desarrollo de prácticas ciudadanas y trabajar sobre la dimensión social de la tributación, apoyándose en que Derechos y Deberes van juntos; Que, el requerimiento aludido se vincula en forma directa con las funciones constitutivas de este organismo establecidas por el Artículo 5º de la Ley Nº 2.603; Que, tratándose de una obra de teatro cuyos derechos de puesta en escena, realización y montaje, han sido cedidos por su guionista el Sr. Martin Joab en exclusivo sobre la firma KOCAWA S.R.L. tal como consta en nota agregada de su autor, corresponde efectuar su contratación en la modalidad de Contratación Directa según los términos del Art. 28°, inciso 3) de la Ley Nº 2.095; Que, corre agregado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición Nº 171/DGCyC/2008 (B.O.C.B.A. Nº 2.968), el Pliego de Cláusulas Particulares y su Anexo Técnico, que rigen en esta contratación; Que, se ha solicitado a la firma KOCAWA S.R.L. la cotización de la obra teatral "Tucho no seas Trucho", atento que es la única autorizada para la ejecución de la mencionada; Que, en respuesta a lo solicitado, la mencionada firma a presentado su oferta en un todo de acuerdo a lo requerido, por un importe total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA ($ 482.790); Que, se procedió a efectuar la registración presupuestaria emitida por el SIGAF en su etapa de compromiso definitivo sobre el presupuesto 2012 por el importe indicado; Que, en uso de las facultades otorgadas por la Resolución Nº 180/MHGC/08 (B.O.C.B.A. N° 2.875) la cual constituye esta Unidad Operativa de Adquisiciones y conforme lo establecido en el Artículo 2º de la misma, se autoriza al titular de esta repartición a realizar la aprobación de la presente Contratación Directa al amparo de lo establecido en el Artículo 13° del Decreto Nº 754/GCABA/08 y modificado por Decreto Nº 232/GCABA/10. Por ello,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA ENTIDAD

RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento de Contratación Directa N° 5422/SIGAF/2012, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA ($ 482.790); Artículo 2°.- Contrátese a la empresa KOCAWA S.R.L. al amparo de la Ley N° 2095, artículo 28 inciso 3°, la obra teatral "Tucho no seas Trucho", atento que es la única autorizada por su autor para la puesta en escena, realización y montaje, emitiéndose en consecuencia la correspondiente Orden de Compra.

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Artículo 3°.- Notifíquese fehacientemente los términos de la presente a la firma Kocawa S.R.L. de acuerdo a las previsiones establecidas en los Artículos Nº 60 y 61 de la Ley de Procedimiento Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCABA/97, ratificado por Resolución Nº 41/LCABA/98. Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección de Administración (Departamento Compras y Contrataciones) para la prosecución de su trámite y publicación en la cartelera del Departamento Compras y Contrataciones y en Internet, página Web: www.buenosaires.gov.ar - hacienda - licitaciones y compras - consultas de compras. Walter

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Agencia de Protección Ambiental

RESOLUCIÓN N.º 201/APRA/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: La Ley N° 123, modificada por las Leyes N° 452 y 1.773, el Decreto N° 1.352/02 y la Resolución N° 873-A.A.Ley N° 123-SSMAMB-04 y el Expediente N° 87.687/11y, CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada tramita la categorización del proyecto "Continuación de obras de construcción de la Autopista Illia. Construcción de una rama de ingreso-egreso en encuentro de la AU Illia y la Avenida del Libertador sobre la calle Facundo Quiroga", cuyo titular es la empresa Autopistas Urbanas S.A., y Que en el Art. 13 incisos a) y k) de la Ley N° 123 se presumen Con Relevante Efecto "Las autopistas, autovías y líneas de ferrocarril y subterráneas y sus estaciones" y "Las obras relevantes de infraestructura que desarrollen entes públicos o privados que presten servicios públicos" Que como antecedentes vinculados a la obra en cuestión caben citar los Certificados de Aptitud Ambiental otorgados a la empresa N° 3.107 para el "Proyecto Ejecutivo Autopista Arturo Illia - Tramo: Peaje Retiro - Avenida Sarmiento" y el Certificado N° 10.271 para la "Construcción y operación de Autopista Illia - Tramo Avenida Sarmiento - Avenida Cantilo"; Que por tratarse de la ampliación de una obra ya existente - Autopista Illia - que no supera el 10% de la totalidad de la superficie correspondiente a esta última corresponde la inclusión en el Régimen de Adecuación previsto en el Art. 40 de la Ley 123; Que por Informe Nº 1358031-DGET-11, el área técnica de evaluación ambiental efectuó un exhaustivo análisis de la documentación y de lo declarado en el estudio presentado, destacando los aspectos de interés y formulando las observaciones correspondientes; Que la obra consiste en la continuación de las obras de la AU Presidente Arturo Illia a través de la construcción de la conexión con la Avenida del Libertador, mediante dos ramales de circulación uno de ellos, el de ingreso, conecta desde la vía rápida de la avenida, calle Facundo Quiroga con la autopista, mientras que el segundo es de salida, desde el viaducto hacia la mencionada calle; Que como objetivo principal se indican: la mejora en el flujo vehicular disminuyendo los tiempos de recorrido, el aumento en la cantidad de viajes, descongestionamiento de arterias y el mejoramiento en las comunicaciones viales, dando otra opción de acceso y egreso a la Autopista Illia, otorgando mayor fluidez de tránsito en la zona acortando los tiempos de traslado; Que como objetivos específicos se señalan: a) facilitar el acceso del flujo vehicular vespertino hacia la AU Illia; b) optimizar el movimiento de vehículos en Avenida del Libertador y en el sector de la calle Arroyo/Avenida 9 de Julio; c) mejorar la calidad de aire por aumento en la fluidez del tránsito y por disminución de las emisiones de gases vehiculares por disminución del congestionamiento vehicular; d) disminución de ruidos molestos que producen las aceleraciones de arranque y uso de las bocinas durante las interrupciones del tránsito; e) cumplimiento de requerimientos por parte del Plan Urbano Ambiental;

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Que la materialización del emprendimiento comprende las siguientes tareas: obrador, movilización de obras; liberación de traza, demoliciones; excavación, construcción de columnas y vigas de apoyo; construcción de infraestructura; construcción de muros de sostenimiento del terraplén; relocalización de interferencias; terraplenamiento; desagües pluviales; construcción de superestructura; readecuación al pavimento existente; construcción de veredas; semaforización; señalización horizontal y vertical; iluminación; desmovilización de obra; Que de acuerdo a lo declarado se identifican los siguientes impactos: a)alteración de la geomorfología del suelo; b) afectación de la calidad desagua; c) afectación de la calidad del aire; d) incremento del nivel de ruidos y vibraciones; e) afectación de la infraestructura; f) aumento de la población económicamente activa; g) aumento de niveles de empleo; h) afectación del transporte y del tránsito; i) afectación de actividades dominantes; j) incremento de los accidentes y k) economía; Que en cuanto a las medidas de mitigación expuestas en el estudio se extraen las siguientes: a) obrador (ubicación); b) cercado de la obra; c) control de roedores y otros vectores; d) acopio de materiales; e) manejo general de residuos; f) señalización-carteles de seguridad; g) control de escurrimiento superficial; h) depresión de la napa; i) sistema de control de acceso y egreso en el área de obras; j) transporte de suelos; k) acondicionamiento de la carga y l) desvíos vehiculares programados; Que como informes sectoriales se citan: el N° 1.071.010-DGET-11 emitido por la ex2 Unidad de Coordinación de Impacto Acústico sobre el mérito del IEIA presentado y en el que se establecen condiciones ambientales específicas de funcionamiento y, el N° 929.277-DGTRANSI-11 en el que la Dirección General de Tránsito se expidió en el sentido que "El estudio presentado abarca la totalidad de los aspectos técnicos. No obstante, la materialización de la rama de salida resulta sumamente importante desde el punto de vista del tránsito para la ciudad. Con relación a la rama de egreso, ésta tendrá carácter provisorio hasta tanto se materialice la vinculación con la Autopista Ribereña"; Que, a lo antes expuesto se aclara lo siguiente: "sin perjuicio de lo señalado en el punto que antecede, este Consejo deja expresamente establecido que el presente no contempla los predios señalados en el proyecto bajo análisis como "Área a concesionar", sobre los cuales se expedirá al momento en que se formulen las consultas correspondientes; Que, como conclusión del informe, el sector interviniente de la Dirección General de Evaluación Técnica, categoriza el emprendimiento de que se trata Con Relevante Efecto, fijando al propio tiempo condiciones de funcionamiento; Que, el informe en examen ha sido ratificado por el señor Director General de Evaluación Técnica; Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 2628 y los Decretos Nº 138/08 y 442/10;

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Otórgase la Declaración de Impacto Ambiental, en los términos del inciso c) del Art. 28 de la Ley Nº 123, al emprendimiento "Continuación de obras de construcción de la Autopista Illia. Construcción de una rama de ingreso-egreso en encuentro de la AU Illia y la Avenida del Libertador sobre la calle Facundo Quiroga", categorizado Con Relevante Efecto Ambiental (CRE) e incluido en el Artículo 40 de la Ley N° 123 (Del Régimen de Adecuación"). Artículo 2°.- Otórgase, por el plazo de cuatro (4) años o hasta la finalización de la obra, el Certificado de Aptitud Ambiental previsto en el Art. 9º inc.g) de la Ley Nº 123, a nombre de Autopistas Urbanas S.A. titular del emprendimiento citado en el Artículo 1°.

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Artículo 3°.- Apruébanse las condiciones a cumplir por el titular que se enumeran en el Anexo I de la presente Resolución, fijadas con el objeto de evitar, minimizar o mitigar los potenciales impactos negativos de la actividad. Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones enunciadas en el Anexo I y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el régimen de faltas. Artículo 5°.- Podrá disponerse la realización de una Auditoria Ambiental Externa por parte de auditores específicamente destinados por la Autoridad de Aplicación, con el objeto de comprobar el cumplimiento de las condiciones fijadas en el ANEXO I y de los resultados que surgen de las auditorias presentadas por el titular de la actividad, en caso de corresponder. Artículo 6°.-Regístrese, pase a la Dirección General de Evaluación Técnica para la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para la notificación al interesado a quien deberá otorgar copia certificada de la presente Resolución, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación, y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y de Control. Cumplido, archívese. Corcuera Quiroga

ANEXO

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Ente de Turismo

RESOLUCIÓN N.º 145/ENTUR/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: el Expediente Nº 1.112.794/12 y, CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado, Melchora Romanos, presidenta de la Comisión Local Organizadora del Congreso Internacional de Hispanistas, del Instituto de Filología y Literatura Hispánicas "DR. Amado Alonso" de la Universidad de Buenos Aires (UBA), junto a un consorcio de Universidades Nacionales y la Asociación Argentina de Hispanistas, solicita el auspicio institucional para el "XVIII Congreso Internacional de Hispanistas", a realizarse entre los días 15 y 20 de julio de 2013, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre los motivos de la elección de nuestra ciudad como sede, se destaca la importancia de Buenos Aires como un centro académico de proyección internacional con una larga tradición en el desarrollo de la disciplina, la concentración de instituciones reunidas en el área geográfica y su reconocida infraestructura turística; Que la participación de numerosos profesionales nacionales y extranjeros que asistirán a este congreso, significa una excelente oportunidad para que los mismos visiten y conozcan los atractivos turísticos y culturales de nuestra ciudad, favoreciendo así el crecimiento de la actividad turística; Que son atribuciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fomentar y apoyar iniciativas que contribuyan a la promoción del turismo y crear las herramientas necesarias para posicionar a Buenos Aires como sede de congresos, ferias, exposiciones y eventos. Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias;

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Otórgase el auspicio institucional para el "XVIII Congreso Internacional de Hispanistas", a realizarse entre los días 15 y 20 de julio de 2013, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Artículo 2º.- El presente auspicio no generará erogación presupuestaria alguna para el Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, ni exime a la entidad solicitante de sus obligaciones fiscales respecto del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no implica autorización para ejercer funciones que son propias de este Ente, ni permiso alguno, los que, de resultar necesarios, deberán canalizarse de acuerdo a su naturaleza, por las áreas de gobierno que resulten competentes. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los requirentes, remítase copia a la Dirección General de Promoción Turística, dependiente del Ente Turismo de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido. Archívese. Lombardi

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RESOLUCIÓN N.º 146/ENTUR/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO el Expediente Nº 1.121.460/12, CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado, Patricia Moreira, Productora Ejecutiva de la Asociación Argentina de Galerías de Arte, solicita el auspicio institucional para la "Eggo de Expotrastiendas 2012", a realizarse del 31 de agosto al 3 de septiembre de 2012, en el Pabellón Ocre de la Rural, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la "Eggo de Expotrastiendas 2012" tiene como principal objetivo ser una plataforma de promoción de los nuevos soportes artísticos para ampliar el mercado existente y convertir el evento en un bien cultural exportable; Que la exhibición aportará a nuestra Ciudad un nuevo atractivo cultural-turístico para turistas y residentes; Que son atribuciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fomentar y apoyar iniciativas que contribuyan a la promoción del turismo, y crear las herramientas necesarias para posicionar a Buenos Aires como sede de turismo cultural. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas;

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Otórgase el auspicio institucional para la "Eggo de Expotrastiendas 2012", a realizarse del 31 de agosto al 3 de septiembre de 2012, en el Pabellón Ocre de la Rural, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- El presente auspicio institucional no generará erogación presupuestaria alguna para el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni exime a la entidad solicitante de sus obligaciones fiscales respecto del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y no implica autorización alguna para ejercer funciones que son propias de este Ente, como así tampoco la utilización del logo/firma del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los requirentes, remítase copia a la Dirección General de Promoción Turística, dependiente del Ente Turismo de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido. Archívese. Lombardi

RESOLUCIÓN N.º 148/ENTUR/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: LOS EXPEDIENTE Nº 960059/2012 Y 1084232/2012, EL DECRETO Nº 915-GCABA-2009 Y SU MODIFICATORIO EL DECRETO Nº 1008-GCBA-2009, Y,

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Que por las mencionadas actuaciones tramita las contratación de personas para prestar servicios en el Ente de Turismo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que los citados trámites encuadran en los términos del Decreto Nº 915/09 (B.O.C.B.A. Nº 3280) y su modificatorio el Decreto Nº 1008-GCBA-2009, por los cuales se establece el régimen para la contratación de personas bajo la figura de Locación de Servicios; Por ello, atento las facultades conferidas,

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Autorízase la contratación de varias personas bajo la figura de Contrato de Locación de Servicios en el modo y forma que se detalla en el Anexo I adjunto, que forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Delégase en la Directora General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo, la suscripción de los contratos aludidos en el artículo 1º. Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden de Pago. Artículo 4º.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección Ejecutiva del Ente de Turismo. Cumplido, archívese. Lombardi

ANEXO

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CONSIDERANDO:

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Agencia de Sistemas de Información

RESOLUCIÓN N.º 70/ASINF/12

Buenos Aires, 18 de junio de 2012 VISTO: La Ley Nº 70, la Ley Nº 4.041, Ley N° 2.689, el Decreto N° 28/12, el Expediente N° EX 2012-01244296-MEGEYA-ASINF, y CONSIDERANDO: Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento Nº 2356/SIGAF/2.012 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para contratar el desarrollo de nuevos módulos que integrarán el Ecosistema SADE (Sistema de Administración de Documentos Electrónicos) los cuales resultan necesarios para la implementación de la Tarjeta Única Social; Que es función del suscripto “Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes” (art. 10, inc. b, Ley Nº 2.689); Que por otro lado, la Ley Nº 70 de “Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad” establece en el artículo 63, 2º párrafo que “Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires”; Que por medio de la Ley Nº 4.041 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.012; Que así por Decreto Nº 28-12, se aprobaron las “Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2012”, estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 2.356/SIGAF/2.012 se encuentra en estado “Pendiente OGESE”, validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en virtud de ello, en el presente caso corresponde la aplicación del apartado II, punto 2 y 4 del artículo 34 Anexo I del Decreto Nº 28-12; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar la compensación presupuestaria y creación de partida que se propician. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.689 y el Decreto Nº 28-12,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébanse la compensación presupuestaria y creación de partida obrantes en el Anexo I, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

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Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Oficina de Gestión Sectorial de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Gazzaneo

ANEXO

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Disposición Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N.º 116/DGCYC/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: El T.S. Nº 340-3-2012, referente al incumplimiento contractual incurrido por la firma LABORATORIOS RICHET S.A. en virtud del contrato amparado mediante Orden de Compra Nº 127/2009, por la cual se tramitó la adquisición de Medicamentos destinados a la Sección Farmacia del Hospital General de Agudos Dr. Ignacio Pirovano, dependiente del Ministerio de Salud, y CONSIDERANDO: Que por Disposición Nº 352/HGAIP/2009, se le aplicaron a la firma adjudicataria las penalidades reglamentarias por el incumplimiento de las obligaciones contractuales surgidas de la Orden de Compra mencionada ut supra; imponiéndole una multa de pesos ciento veintiocho ($ 128,00); Que dicho acto administrativo fue notificado de acuerdo a los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que se corrió el traslado previsto en el artículo 135 del Decreto Nº 754/GCBA/2008, reglamentario de la Ley Nº 2.095 y se siguió el procedimiento administrativo estatuido por las normas legales vigentes; Que llamada a intervenir la Unidad Operativa de Adquisiciones, el Director del Hospital declara que “…se agotaron las existencias de este consumo… ” y “…causó perjuicio para el buen funcionamiento de los servicios a los cuales estaban destinados…”; Que la Jefa a Cargo Representación de la Dirección General de Contaduría ante el Ministerio de Salud dependiente del Ministerio de Hacienda informa que “…la penalidad señalada en la Disposición 352/HGAIP/09 que tramita por Nota Nº 1124437/HGAIP/09 (ACC), no fue deducida al día de la fecha y se encuentra a la espera de alguna acreencia para poder ser descontada…”; Que el Departamento Registro de Ingresos de la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda formula el Cargo Nº 56/2011 en la Partida Nº 12.6.0.0 y lo remite a la Dirección General Guardia Rentas dependiente de la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos; Que la Dirección General de Rentas dependiente de la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos en uso de las facultades que le son propias procede en fecha 08/07/2011 a citar al proveedor en su domicilio legal a fin que abone la multa pecuniaria; Que la Dirección de Administración y Control de la Recaudación de la Dirección General de Rentas dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos informa que el Cargo Nº 56/2011 con comprobante Nº 13.738 fue abonado en el Banco Ciudad de Buenos Aires, siendo el importe de pesos ciento cuarenta y tres con 36/100 ($ 143,36) por habérsele adicionado intereses resarcitorios; Que notificado el adjudicatario de la iniciación del trámite disciplinario conforme Cédula de Notificación de fecha 03.05.12, procedió a tomar vista de las actuaciones y no presentó el descargo que hace a su derecho de defensa;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete y en su Dictamen obrante a fs.60/62 considera que “…este organismo asesor, entiende que en el presente caso, correspondería aplicarle a la firma LABORATORIOS RICHET S.A. la sanción disciplinaria de apercibimiento”; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 18 de la Ley Nº 2.095, promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.007 (BOCBA Nº 2.557);

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EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

EN SU CARÁCTER DE ÓRGANO RECTOR DISPONE:

Artículo 1º.- Aplíquese un apercibimiento en el marco del inciso a) del artículo 135 de la Ley Nº 2.095 reglamentada por el Decreto Nº 754/GCBA/2008 y su modificatorio Decreto Nº 232/GCBA/2010 a la firma LABORATORIOS RICHET S.A. CUIT Nº 30-50429422-2, de conformidad con lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dado que el incumplimiento de las obligaciones contractuales surgidas de la Orden de Compra Nº 127/2009 produjo inconvenientes al normal funcionamiento de las distintas áreas del Hospital General de Agudos Dr. Ignacio Pirovano, dependiente del Ministerio de Salud. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, en el sitio Web de la Ciudad de Buenos Aires, pase a la Gerencia Operativa de Registros, Departamento Controles y Registros y Área Sanciones quien notificará de modo fehaciente a la firma conforme lo establecido por los artículos 60 y 61 del DNU Nº 1.510/GCBA/97, aprobado por Resolución Nº 41/LCBA/98, al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores y al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Butera

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.º 204/HGAPP/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente N° 1495087/2011 y el Parte de Recepción Definitiva Nº 227625-HGAPP-2012, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente N° 1495087/2011 se autorizó la adquisición de Reactivos con destino a la División Anatomía Patológica emitiéndose en consecuencia la Orden de Provisión N° 56585/2011 a favor de la firma BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. habiéndose fijado su vencimiento el día 06-03-2012; Que, la firma antes mencionada procedió a la entrega del elemento del renglón Nº 28 con fecha 22-03-2012 según Parte de Recepción Definitiva N° 227625-HGAPP-2012; es decir, vencido el plazo establecido de cincuenta y siete (57) días hábiles a tal efecto; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA . N° 2557);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO DISPONE:

Art. 1°.- Impónese a la firma BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. adjudicataria de la Orden de Provisión N° 56585/2011 domiciliada en Combatientes de Malvinas 3087 de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 121°, 123° y 127º de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS VEINTINUEVE CON 70/00 ($ 29,70) por mora en el cumplimiento de la entrega sobre el vencimiento original. Art. 2°.- Pase al Departamento Economía y Finanzas el que notificará fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf. Capítulo VI Art. 60/65 del DNU Nº 1510/97 - BOCBA Nº 310), y a la Sección Compras y Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135° de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo debiendo procederse a la caratulación del respectivo Antecedente de Cancelación de Cargo y Formación del Legajo Único (Conf. Disposición Nº 146- DGCyC-2009 - BOCBA Nº 3271). Artículo 3º.- Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a fin que proceda a deducir el importe consignado el Art.1º de las facturas de la empresa que se encuentren al cobro. De no contar con acreencias, deberá tomar la intervención de su competencia el Departamento Control de Ingresos de la Contaduría General, para que por su intermedio la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), formule el cargo e ingrese el importe pertinente. Caridi

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DISPOSICIÓN N.º 205/HGAPP/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente N° 1495087/2011 y el Parte de Recepción Definitiva Nº 228233-HGAPP-2012, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente N° 1495087/2011 se autorizó la adquisición de Reactivos con destino a la División Anatomía Patológica emitiéndose en consecuencia la Orden de Provisión N° 56585/2011 a favor de la firma BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. habiéndose fijado su vencimiento el día 09-01-2012; Que, la firma antes mencionada procedió a la entrega del elemento del renglón Nº 25 con fecha 10-04-2012 según Parte de Recepción Definitiva N° 228233-HGAPP-2012; es decir, vencido el plazo establecido de doce (12) días hábiles a tal efecto; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA . N° 2557);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO DISPONE:

Art. 1°.- Impónese a la firma BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. adjudicataria de la Orden de Provisión N° 56585/2011 domiciliada en Combatientes de Malvinas 3087 de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 121°, 123° y 127º de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS DIEZ CON 71/00 ($ 10,71) por mora en el cumplimiento de la entrega sobre el vencimiento original. Una multa de PESOS CINCUENTA Y TRES CON 55/00 ($ 53,55) por la Rehabilitación del Contrato. Una multa de PESOS VEINTISEIS CON 78/00 ($ 26,78) por atraso en el cumplimiento de la entrega correspondiente al contrato rehabilitado. Art. 2°.- Pase al Departamento Economía y Finanzas el que notificará fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf. Capítulo VI Art. 60/65 del DNU Nº 1510/97 - BOCBA Nº 310), y a la Sección Compras y Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135° de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo debiendo procederse a la caratulación del respectivo Antecedente de Cancelación de Cargo y Formación del Legajo Único (Conf. Disposición Nº 146- DGCyC-2009 - BOCBA Nº 3271). Artículo 3º.- Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a fin que proceda a deducir el importe consignado el Art.1º de las facturas de la empresa que se encuentren al cobro. De no contar con acreencias, deberá tomar la intervención de su competencia el Departamento Control de Ingresos de la Contaduría

General, para que por su intermedio la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), formule el cargo e ingrese el importe pertinente. Caridi

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DISPOSICIÓN N.º 206/HGAPP/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente N° 1495087/2011 y el Parte de Recepción Definitiva Nº 228317-HGAPP-2012, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente N° 1495087/2011 se autorizó la adquisición de Reactivos con destino a la División Anatomía Patológica emitiéndose en consecuencia la Orden de Provisión N° 56585/2011 a favor de la firma BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. habiéndose fijado su vencimiento el día 06-03-2012; Que, la firma antes mencionada procedió a la entrega del elemento del renglón Nº 25 con fecha 10-04-2012 según Parte de Recepción Definitiva N° 228317-HGAPP-2012; es decir, vencido el plazo establecido de cincuenta y siete (57) días hábiles a tal efecto; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA . N° 2557);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO DISPONE:

Art. 1°.- Impónese a la firma BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. adjudicataria de la Orden de Provisión N° 56585/2011 domiciliada en Combatientes de Malvinas 3087 de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 121°, 123° y 127º de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS DIESCISEIS CON 07/00 ($ 16,07) por mora en el cumplimiento de la entrega sobre el vencimiento original. Art. 2°.- Pase al Departamento Economía y Finanzas el que notificará fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf. Capítulo VI Art. 60/65 del DNU Nº 1510/97 - BOCBA Nº 310), y a la Sección Compras y Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135° de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo debiendo procederse a la caratulación del respectivo Antecedente de Cancelación de Cargo y Formación del Legajo Único (Conf. Disposición Nº 146- DGCyC-2009 - BOCBA Nº 3271). Artículo 3º.- Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a fin que proceda a deducir el importe consignado el Art.1º de las facturas de la empresa que se encuentren al cobro. De no contar con acreencias, deberá tomar la intervención de su competencia el Departamento Control de Ingresos de la Contaduría General, para que por su intermedio la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), formule el cargo e ingrese el importe pertinente. Caridi DISPOSICIÓN N.º 207/HGAPP/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO:

Página Nº 72Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

El Expediente N° 1916223/2011 y el Parte de Recepción Definitiva Nº 219184-HGAPP-2012 y,

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CONSIDERANDO: Que, por el Expediente N° 1916223/2011 se autorizó la adquisición de Medicamentos con destino a la División Farmacia emitiéndose en consecuencia la Orden de Provisión N° 55857/2011 a favor de la firma XIMAX S.R.L. habiéndose fijado su vencimiento el día 20-04-2012; Que, la firma antes mencionada procedió a la entrega de los elementos del renglón Nº 16 con fecha 17-05-2012 según Parte de Recepción Definitiva N° 219184-HGAPP-2012; es decir, vencido el plazo establecido de cuatro (4) meses calendario a tal efecto; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006(BOCBA . N° 2557);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO DISPONE:

Art. 1°.- Impónese a la firma XIMAX S.R.L. adjudicataria de la Orden de Provisión N° 55857/2011 domiciliada en Ramírez Carlos M. 1544 de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 123° y 127º de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS OCHOCIENTOS VEINTIDOS CON 40/00 ($ 822,40) por mora en el cumplimiento de la entrega sobre el vencimiento original. Art. 2°.- Pase al Departamento Economía y Finanzas el que notificará fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf. Capítulo VI Art. 60/65 del DNU Nº 1510/97 - BOCBA Nº 310), y a la Sección Compras y Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135° de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo debiendo procederse a la caratulación del respectivo Antecedente de Cancelación de Cargo y Formación del Legajo Único (Conf. Disposición Nº 146- DGCyC-2009 - BOCBA Nº 3271). Artículo 3º.- Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a fin que proceda a deducir el importe consignado el Art.1º de las facturas de la empresa que se encuentren al cobro. De no contar con acreencias, deberá tomar la intervención de su competencia el Departamento Control de Ingresos de la Contaduría General, para que por su intermedio la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), formule el cargo e ingrese el importe pertinente. Caridi

DISPOSICIÓN N.º 208/HGAPP/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente N° 1495087/2011 y el Parte de Recepción Definitiva Nº 227542-HGAPP-2012, y CONSIDERANDO:

Página Nº 73Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Que, por el Expediente N° 1495087/2011 se autorizó la adquisición de Reactivos con destino a la División Anatomía Patológica emitiéndose en consecuencia la Orden de Provisión N° 56585/2011 a favor de la firma BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. habiéndose fijado su vencimiento el día 28-12-2011;

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Que, la firma antes mencionada procedió a la entrega del elemento del renglón Nº 28 con fecha 22-03-2012 según Parte de Recepción Definitiva N° 227542-HGAPP-2012; es decir, vencido el plazo establecido de siete (7) días corridos a tal efecto; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA . N° 2557);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO DISPONE:

Art. 1°.- Impónese a la firma BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. adjudicataria de la Orden de Provisión N° 56585/2011 domiciliada en Combatientes de Malvinas 3087 de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 121°, 123° y 127º de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS CATORCE CON 85/00 ($ 14,85) por mora en el cumplimiento de la entrega sobre el vencimiento original. Una multa de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO CON 50/00 ($ 148,50) por la Rehabilitación del Contrato. Una multa de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO CON 50/00 ($ 148,50) por atraso en el cumplimiento de la entrega correspondiente al contrato rehabilitado. Art. 2°.- Pase al Departamento Economía y Finanzas el que notificará fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf. Capítulo VI Art. 60/65 del DNU Nº 1510/97 - BOCBA Nº 310), y a la Sección Compras y Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135° de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo debiendo procederse a la caratulación del respectivo Antecedente de Cancelación de Cargo y Formación del Legajo Único (Conf. Disposición Nº 146- DGCyC-2009 - BOCBA Nº 3271). Artículo 3º.- Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a fin que proceda a deducir el importe consignado el Art.1º de las facturas de la empresa que se encuentren al cobro. De no contar con acreencias, deberá tomar la intervención de su competencia el Departamento Control de Ingresos de la Contaduría

General, para que por su intermedio la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), formule el cargo e ingrese el importe pertinente. Caridi

DISPOSICIÓN N.º 209/HGAPP/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente N° 1495087/2011 y el Parte de Recepción Definitiva Nº 227580-HGAPP-2012, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente N° 1495087/2011 se autorizó la adquisición de Reactivos con destino a la División Anatomía Patológica emitiéndose en consecuencia la Orden de Provisión N° 56585/2011 a favor de la firma BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. habiéndose fijado su vencimiento el día 09-01-2012;

Página Nº 74Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, la firma antes mencionada procedió a la entrega del elemento del renglón Nº 28 con fecha 22-03-2012 según Parte de Recepción Definitiva N° 227580-HGAPP-2012; es decir, vencido el plazo establecido de doce (12) días hábiles a tal efecto; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA . N° 2557);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO DISPONE:

Art. 1°.- Impónese a la firma BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. adjudicataria de la Orden de Provisión N° 56585/2011 domiciliada en Combatientes de Malvinas 3087 de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 121°, 123° y 127º de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS CATORCE CON 85/00 ($ 14,85) por mora en el cumplimiento de la entrega sobre el vencimiento original. Una multa de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO CON 50/00 ($ 148,50) por la Rehabilitación del Contrato. Una multa de PESOS SETENTA Y CUATRO CON 25/00 ($ 74,25) por atraso en el cumplimiento de la entrega correspondiente al contrato rehabilitado. Art. 2°.- Pase al Departamento Economía y Finanzas el que notificará fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf. Capítulo VI Art. 60/65 del DNU Nº 1510/97 - BOCBA Nº 310), y a la Sección Compras y Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135° de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo debiendo procederse a la caratulación del respectivo Antecedente de Cancelación de Cargo y Formación del Legajo Único (Conf. Disposición Nº 146- DGCyC-2009 - BOCBA Nº 3271). Artículo 3º.- Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a fin que proceda a deducir el importe consignado el Art.1º de las facturas de la empresa que se encuentren al cobro. De no contar con acreencias, deberá tomar la intervención de su competencia el Departamento Control de Ingresos de la Contaduría

General, para que por su intermedio la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), formule el cargo e ingrese el importe pertinente. Caridi

DISPOSICIÓN N.º 210/HGAPP/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente N° 430939/2012 y el Parte de Recepción Definitiva Nº 221286-HGAPP-2012, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente N° 430939/2012 se autorizó la adquisición de Medicamentos con destino a la División Farmacia emitiéndose en consecuencia la Orden de Provisión N° 19236/2012 a favor de la firma VEINFAR I.C.S.A. habiéndose fijado su vencimiento el día 14-05-2012; Que, la firma antes mencionada procedió a la entrega de los elementos del renglón Nº 10 con fecha 28-05-2012 según Parte de Recepción Definitiva N° 221286-HGAPP-2012; es decir, vencido el plazo establecido de siete (7) días corridos a tal efecto;

Página Nº 75Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA . N° 2557);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO DISPONE:

Art. 1°.- Impónese a la firma VEINFAR I.C.S.A. adjudicataria de la Orden de Provisión N° 19236/2012 domiciliada en Piedrabuena 4190 de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 121°, 123° y 127º de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS QUINCE CON 54/00 ($ 15,54) por mora en el cumplimiento de la entrega sobre el vencimiento original. Una multa de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 40/00 ($ 155,40) por la Rehabilitación del Contrato. Art. 2°.- Pase al Departamento Economía y Finanzas el que notificará fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf. Capítulo VI Art. 60/65 del DNU Nº 1510/97 - BOCBA Nº 310), y a la Sección Compras y Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135° de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo debiendo procederse a la caratulación del respectivo Antecedente de Cancelación de Cargo y Formación del Legajo Único (Conf. Disposición Nº 146- DGCyC-2009 - BOCBA Nº 3271). Artículo 3º.- Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a fin que proceda a deducir el importe consignado el Art.1º de las facturas de la empresa que se encuentren al cobro. De no contar con acreencias, deberá tomar la intervención de su competencia el Departamento Control de Ingresos de la Contaduría General, para que por su intermedio la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), formule el cargo e ingrese el importe pertinente. Caridi

DISPOSICIÓN N.º 211/HGAPP/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente N° 430939/2012 y el Parte de Recepción Definitiva Nº 219279-HGAPP-2012, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente N° 430939/2012 se autorizó la adquisición de Medicamentos con destino a la División Farmacia emitiéndose en consecuencia la Orden de Provisión N° 19236/2012 a favor de la firma VEINFAR I.C.S.A. habiéndose fijado su vencimiento el día 14-05-2012; Que, la firma antes mencionada procedió a la entrega de los elementos de los renglón Nº 12 con fecha 23-05-2012 según Parte de Recepción Definitiva N° 219279-HGAPP-2012; es decir, vencido el plazo establecido de siete (7) días corridos a tal efecto; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA . N° 2557);

Página Nº 76Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Art. 1°.- Impónese a la firma VEINFAR I.C.S.A. adjudicataria de la Orden de Provisión N° 19236/2012 domiciliada en Piedrabuena 4190 de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 121°, 123° y 127º de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS VEINTICINCO CON 25/00 ($ 25,25) por mora en el cumplimiento de la entrega sobre el vencimiento original. Una multa de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 50/00 ($ 252,50) por la Rehabilitación del Contrato. Art. 2°.- Pase al Departamento Economía y Finanzas el que notificará fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf. Capítulo VI Art. 60/65 del DNU Nº 1510/97 - BOCBA Nº 310), y a la Sección Compras y Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135° de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo debiendo procederse a la caratulación del respectivo Antecedente de Cancelación de Cargo y Formación del Legajo Único (Conf. Disposición Nº 146- DGCyC-2009 - BOCBA Nº 3271). Artículo 3º.- Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a fin que proceda a deducir el importe consignado el Art.1º de las facturas de la empresa que se encuentren al cobro. De no contar con acreencias, deberá tomar la intervención de su competencia el Departamento Control de Ingresos de la Contaduría General, para que por su intermedio la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), formule el cargo e ingrese el importe pertinente. Caridi

DISPOSICIÓN N.º 212/HGAPP/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente N° 1916223/2011 y el Parte de Recepción Definitiva Nº 219092-HGAPP-2012, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente N° 1916223/2011 se autorizó la adquisición de Medicamentos con destino a la División Farmacia emitiéndose en consecuencia la Orden de Provisión N° 55851/2011 a favor de la firma DROG. BIOWEB S.A. habiéndose fijado su vencimiento los días 23-12-2011 y 16-02-2012; Que, la firma antes mencionada procedió a la entrega de los elementos de los renglones Nº 11, 19 y 22 con fecha 01-03-2012 según Parte de Recepción Definitiva N° 219092-HGAPP-2012; es decir, vencido el plazo establecido de siete (7) días corridos y 2 (dos) meses calendario a tal efecto; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA . N° 2557);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO DISPONE:

Art. 1°.- Impónese a la firma DROG. BIOWEB S.A. adjudicataria de la Orden de Provisión N° 55851/2011 domiciliada en La Plata 1331 de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 121°, 123° y 127º de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO CON 57/00 ($ 135,57) por mora en el cumplimiento de la entrega sobre el vencimiento original.

Página Nº 77Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO

DISPONE:

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Una multa de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 92/00 ($ 451,92) por la Rehabilitación del Contrato. Una multa de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON 54/00 ($ 361,54) por atraso en el cumplimiento de la entrega correspondiente al contrato rehabilitado. Artículo 3º.- Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a fin que proceda a deducir el importe consignado el Art.1º de las facturas de la empresa que se encuentren al cobro. De no contar con acreencias, deberá tomar la intervención de su competencia el Departamento Control de Ingresos de la Contaduría General, para que por su intermedio la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), formule el cargo e ingrese el importe pertinente. Caridi

DISPOSICIÓN N.º 215/HGAPP/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: El Expediente N° 1932209/2011 y el Parte de Recepción Definitiva Nº 241894-HGAPP-2012, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente N° 1932209/2011 se autorizó la adquisición de Alimento Dietético con destino a la División Alimentación emitiéndose en consecuencia la Orden de Provisión N° 56165/2011 a favor de la firma RODOLFO EDUARDO FRISARE S.A. habiéndose fijado su vencimiento el día 16-05-2012; Que, la firma antes mencionada procedió a la entrega del elemento de los renglones Nº 2, 9 y 13 con fecha 07-06-2012 según Parte de Recepción Definitiva N° 241894-HGAPP-2012; es decir, vencido el plazo establecido de cinco (5) meses calendario a tal efecto; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA . N° 2557);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO DISPONE:

Art. 1°.- Impónese a la firma RODOLFO EDUARDO FRISARE S.A. adjudicataria de la Orden de Provisión N° 56165/2011 domiciliada en Tucumán 1621 3º "E" de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 123° y 127º de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS CIENTO OCHENTA CON 05/00 ($ 180,05) por mora en el cumplimiento de la entrega sobre el vencimiento original. Art. 2°.- Pase al Departamento Economía y Finanzas el que notificará fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf. Capítulo VI Art. 60/65 del DNU Nº 1510/97 - BOCBA Nº 310), y a la Sección Compras y Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135° de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo debiendo procederse a la caratulación del respectivo Antecedente de Cancelación de Cargo y Formación del Legajo Único (Conf. Disposición Nº 146- DGCyC-2009 - BOCBA Nº 3271).

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Artículo 3º.- Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a fin que proceda a deducir el importe consignado el Art.1º de las facturas de la empresa que se encuentren al cobro. De no contar con acreencias, deberá tomar la intervención de su competencia el Departamento Control de Ingresos de la Contaduría General, para que por su intermedio la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), formule el cargo e ingrese el importe pertinente. Caridi

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Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N.º 435/DGAR/12

Buenos Aires, 19 de junio de 2012 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos N° 481/GCBA/11 y N° 714/GCBA/11, la Disposición 51/DGAR/12 y 381/DGAR/12, el Expediente Nº 210.354/12, y CONSIDERANDO: Que por la presente tramitan los trabajos accesibilidad: rampas y plataformas elevadoras en ingresos y baños para discapacitados en el edificio de la Escuela N° 21 DE 1 sita en Ayacucho 1849, Escuela N° 7 DE 1 sita en Libertad 581 y Escuela N° 2 DE 1 sita en Libertad 1257, todas ellas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Disposición Nº 381/DGAR/2012 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, planos y demás documentación que regirán la Licitación Privada Nº 14-SIGAF-12 (15/12); Que mediante Nota N° 1259242-DGIES-2012, la Dirección General de Infraestructura Escolar comunica que se realizaron modificaciones técnicas al proyecto de la presente licitación, por lo que se ha modificado el presupuesto oficial siendo el nuevo de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL ($ 288.000). Por ello, en razón de lo normado por los Decretos N° 481/GCBA/11 y Nº 714/GCBA/11,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1°.- Apruébanse las modificaciones técnicas efectuadas por la Dirección General de Infraestructura Escolar Artículo 2°.- Modifícase el presupuesto oficial, siendo el nuevo de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL ($ 288.000). Artículo 3°.- Notifíquese a todos los adquirentes del pliego. Artículo 4°.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Loprete

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Ministerio de Desarrollo Urbano

DISPOSICIÓN N.º 880/DGIUR/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente Nº 26.889/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos “Hotel 3 estrellas”, en el inmueble sito en la calle Gorriti Nº 5374, Sótano, Planta Baja, 1º, 2º y 3º Piso, con una superficie de 1246,32m², y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado a un Distrito R2b1 (Parágrafo 5.4.1.4 Distrito R2b) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 2145-DGIUR-2012, indica que en el Cuadro de Usos 5.2.1 a) en el Agrupamiento Residencial, el rubro solicitado “Hotel 3 estrellas”, se encuentra comprendido en el rubro “Hotel 3 estrellas”, con Referencia P (Permitido), respecto a la Ley Nº 123 resulta Sin Relevante Efecto (S.R.E.) y afectado a la Referencia de estacionamiento: 28b (número de cocheras igual o mayor al 20% del total de habitaciones) y Carga y Descarga I (1 espacio de 30m²); Que en la documentación presentada se observa: - Plano Conforme a Obra registrado por Expediente Nº 87.392/2005 a fs. 22, con destino “Vivienda Multifamiliar, Estudio profesional y Local comercial”, con una superficie a construir de 1264,32m². - De fs. 31 y 32 consta Memoria Descriptiva en la que se explica que la modalidad propuesta es de “Hotel Boutique” para lo que cuenta con 10 habitaciones con baño privado y servicios complementarios como ser: desayuno buffet, cocktails, cena, piscina con “open bar, viandas, etc.”. - A fs. 37 y 38 consta “Plano de habilitación” donde se observa que el hotel se desarrolla en un edificio de Planta Baja, Subsuelo, 3 pisos altos y Azotea. En el subsuelo se localizan: sala de máquinas, tableros, guardarropas, depósitos, cocina, sanitarios y salón destinado a café-bar de 84,15m²; en Planta Baja se localizan: 2 salones destinados a comidas y tragos de 41,96m² y 41,77m² cada uno, sanitarios y pileta en la zona posterior del lote; en 1º Piso se localizan dos habitaciones y un salón que mira hacia la piscina; en los Pisos 2 y 3 se localizan habitaciones. La superficie total de uso es de 1264,38m². - De fs. 39 a 41 consta relevamiento de la manzana en el que se observa que los usos de la misma son mayormente de vivienda multifamiliar con algún local comercial; Que de lo expuesto se concluye que: a) La presente propuesta se encuadra dentro de los parámetros establecidos para el distrito de implantación. b) Los servicios complementarios de la actividad (servicio de bar, comedor) no afectan el entorno inmediato, dado que las instalaciones para tal fin son reducidas y resultarían de uso exclusivo del “Hotel”. c) De acuerdo a la imagen y funcionalidad que reúne esta nueva modalidad de servicio que brinda un “Hotel Boutique” resulta diferente a las características clásicas de un hotel tradicional. d) Respecto al entorno inmediato se compone de viviendas multifamiliares y unifamiliares, coexistiendo con locales de servicio en muy pequeña escala; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existirían inconvenientes desde el punto de vista urbanístico en la localización del rubro “Hotel 3 estrellas”, en el inmueble sito en la calle Gorriti Nº 5374, con una superficie total de 1264,38m².

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos “Hotel 3 estrellas”, en el inmueble sito en la calle Gorriti Nº 5374, Sótano, Planta Baja, 1º, 2º y 3º Piso, con una superficie de 1246,32m² (Mil doscientos cuarenta y seis metros cuadrados con treinta y dos decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 881/DGIUR/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente Nº 899.406/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos “Cajero Automático”, en el inmueble sito en la Av. Santa Fe Nº 3253, Alto Palermo Shopping, con una superficie a habilitar de 1m², y CONSIDERANDO: Que el edificio del que se trata, Alto Palermo Shopping, resulta afectado a la Ordenanza Nº 35.856 – BM 16.307, que se adjunta para mejor proveer y en la cual el Ítem e) “Usos permitidos y requeridos del Polígono I, establece: “…Serán de aplicación las normas establecidas para el Distrito C3 y R2a optativamente …”; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 2120-DGIUR-2012, indica que en relación con la normativa vigente, se informa que: a) El Artículo Nº 5.1.1. Nomenclatura, para los Distritos Centrales, C; establece: “… Se denomina así los agrupamientos de usos: administrativo, financiero, comercial y de servicios a distintos niveles cuali y cuantitativos, que definen rasgos diferenciales entre distintas categorías de centros…”. b) El rubro “Banco, Oficinas crediticias, financieras y cooperativas”, pertenece a la Clase “A”, dentro de la descripción: Servicios para la Vivienda y sus Ocupantes, resulta un uso Permitido (P), en el Distrito C3 de localización y con la restricción “SA” (sobre Avenidas) en el Distrito R2a. De acuerdo con los alcances de la Ley Nº 123 está Categorizado como “S.R.E.” (Sin Relevante Efecto); Que analizado el caso en cuestión, el Área Técnica competente informa que: a) Se trata de la localización de un Cajero Automático en la Planta Baja del Hall del Alto Palermo Shopping. b) Tal lo informado por los interesados en la Memoria Descriptiva a fs 4, dicho Cajero Automático, se localiza en un núcleo circulatorio vertical, no comprometiendo ningún medio de salida exigido y con una superficie de 1m²; Que de la inspección ocular efectuada “in situ” se observó que el cajero propiamente dicho, se encuentra entre las escaleras mecánicas (circulación vertical) sin ninguna protección ni seguridad para el usuario;

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Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existen inconvenientes desde un punto de vista urbanístico, en acceder a la localización del citado “Cajero Automático”, en el edificio en cuestión, toda vez que el uso es similar al rubro “Banco, Oficinas crediticias, financieras y cooperativas”, permitido en el Distrito de localización, siempre que cumpla con todas las reglamentaciones exigibles para esta instalación. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos “Cajero Automático”, en el inmueble sito en la Av. Santa Fe Nº 3253, Alto Palermo Shopping, con una superficie a habilitar de 1m² (Un metro cuadrado), siempre que cumpla con todas las reglamentaciones exigibles para esta instalación y debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 882/DGIUR/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente Nº 2.343.694/2011 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos “Lavandería mecánica por sistema de autoservicio”, en el inmueble sito en la calle Bonpland Nº 1904, Planta Baja, con una superficie de 33,33m2, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado a Distrito U20, Subzona 2b, de Zonificación General, en orden de lo normado por el Parágrafo 5.4.6.21, Apartado 4.1 del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 1887-DGIUR-2012, indica que en relación a la consignación de usos atinente al Distrito de implantación, se denota que dentro del Apartado 4.2.5 del parágrafo precitado no yace contemplada la actividad de referencia. Por consiguiente, es necesario citar el Artículo 5.2.1 de la norma mencionada, el cual indica: “(…) El Consejo podrá adecuar los cuadros de usos especiales de estos distritos al Cuadro de Usos correlacionando los distritos de zonificación general con los subdistritos o subzonas de las normativas especiales (…)”; Que según lo mencionado precedentemente, se informa que la actividad peticionada se encuentra contenida dentro del Cuadro de Usos 5.2.1 a), Agrupamiento “Servicios Terciarios”, Clase “A”, “Servicios para la vivienda y sus ocupantes”, bajo el rubro: “Lavandería mecánica por sistema de autoservicio. Ley Nº 123: Sin Relevante Efecto, en tanto presenten Manifiesto de ruidos s/Ordenanza Nº 40.497” y afectado a la Referencia: 200 (Permitido hasta 200m2) para los Distritos R2b; Que respecto al análisis de la documentación adicionada por el requirente, se observa que:

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a. Según lo estipulado en el plano de uso obrante a fs. 21, se trata de un local ubicado en la Planta Baja de un edificio existente, emplazado en una parcela de esquina, y cuya superficie total a localizar consta de 33,33m2. A dichos efectos, su distribución consiste en un salón de ventas, de 30,23m2; un paso, de 1,30m2; y un sanitario, de 1,80m2. b. En razón del Contrato de Locación, adjunto a fs. 11-17, se identifica que su cláusula segunda establece el pertinente destino del objeto contractual, coincidente con lo peticionado por medio de la presente solicitud. c. En lo que atañe al entorno, y en vinculación con el relevamiento provisto a fs. 2-5, se puede ver una zona residencial en conjunción con una proporcional presencia de locales comerciales y de servicios; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende en una primera instancia que, desde el punto de vista urbanístico, resultaría factible el acceso a la localización del rubro “Lavandería mecánica por sistema de autoservicio”, para el local sito en la calle Bonpland Nº 1904, Planta Baja, con una superficie de 33,33m2; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Dictamen Nº 125-CPUAM-2012, considera admisible desde el punto de vista urbanístico, acceder a la localización del uso “Lavandería mecánica por sistema de autoservicio”, para el local en cuestión, con una superficie de 33,33m²; Que el Área Técnica competente, mediante Dictamen Nº 2151-DGIUR-2012, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos “Lavandería mecánica por sistema de autoservicio”, en el inmueble sito en la calle Bonpland Nº 1904, Planta Baja, con una superficie de 33,33m2 (Treinta y tres metros cuadrados con treinta y tres decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 883/DGIUR/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2102 VISTO:

Página Nº 84Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

El Expediente Nº 1.045.136/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos “Agencia Comercial de Empleo, Turismo, Inmobiliaria, etc.; Venta de Pasajes, Envíos y/o Entrega de Dinero o Encomiendas de Ayuda Familiar”, en el inmueble ubicado en la Av. Pueyrredón Nº 110/190 esquina Bartolomé Mitre Nº 2811/31-2961/99 esquina Ecuador Nº 181/93 esquina Tte. Gral. Juan D. Perón Nº 2820/44-2910/70 (Estación Terminal Once de Septiembre), Local Nº 29, Planta Baja, con una superficie de 30,20m², y

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Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado a un Distrito UF (Artículo 5.4.9 Distrito Urbanización Futura - UF) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 2136-DGIUR-2012, indica que de acuerdo al Código de Planeamiento Urbano y a los antecedentes obrantes en el Organismo de Planificación, se informa que: a) Distrito UF, el carácter corresponde a terrenos de propiedad pública aún no urbanizados u ocupados por instalaciones y usos pasibles de remoción futura, así como a las tierras destinadas al uso ferroviario, zonas de vías, playas de maniobra, estaciones y terrenos aledaños a esos usos. b) En este caso el terreno resulta ser de propiedad pública, perteneciendo a la Estación Terminal “Once de Septiembre” (F.G.D.F.S.) y se halla ubicado dentro del espacio que se encuentra sobre la calle Bartolomé Mitre Nº 2811/15/19/27/29/31 – 2961/69/71/73/75/77/81/89/91/95/99 – Planta Baja, Locales 2 y 1b (unificados), Planta Baja, Locales 58 y 59, los que funcionarán como un solo local; Que para el presente caso, resulta de aplicación el Artículo Nº 5.4.9, Punto 3) Disposiciones Particulares, Inciso c); Que de acuerdo al Cuadro de Usos Nº 5.2.1 a), se informa que: a) Los usos " Agencia Comercial de Empleo, Turismo, Inmobiliaria, etc.” y “Venta de Pasajes, Envíos y/o Entregas de Dinero o Encomiendas de “Ayuda Familiar”, se encuentran comprendidos en la Clase A, en el Agrupamiento: “Servicios Terciarios”, Descripción: “Servicios para la Vivienda y sus Ocupantes”, dentro del rubro: " Agencias Comerciales de Empleo, Turismo, Inmobiliaria, etc. Ley Nº 123 Sin Relevante Efecto”, Permitido en el Distrito C3. b) Se informa, además, que por Disposición Nº 723-DGIUR-2008, de fecha 16 de diciembre de 2008, cuya copia obra a fs. 7, se autorizó, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso “Venta de pasajes, envíos y/o entregas de dinero o encomiendas de ayuda familiar”, para este mismo local. Que en tal sentido, el Área Técnica competente no encuentra inconvenientes desde el punto de vista urbanístico en acceder a la localización de los usos: "Agencia Comercial de Empleo, Turismo, Inmobiliaria, etc.; Venta de Pasajes, Envíos y/o Entrega de Dinero o Encomiendas de Ayuda Familiar”. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización del uso “Agencia Comercial de Empleo, Turismo, Inmobiliaria, etc.; Venta de Pasajes, Envíos y/o Entrega de Dinero o Encomiendas de Ayuda Familiar”, en el inmueble ubicado en la Av. Pueyrredón Nº 110/190 esquina Bartolomé Mitre Nº 2811/31-2961/99 esquina Ecuador Nº 181/93 esquina Tte. Gral. Juan D. Perón Nº 2820/44-2910/70 (Estación Terminal Once de Septiembre), Local Nº 29, Planta Baja, con una superficie de 30,20m² (Treinta metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

Página Nº 85Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CONSIDERANDO:

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DISPOSICIÓN N.º 884/DGIUR/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente Nº 255.371/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos: “Comercio minorista de productos alimenticios en general; Comercio minorista de productos alimenticios envasados; Comercio minorista de bebidas en general envasadas”, para el inmueble sito en la calle Baigorria Nº 3285, Planta Baja, UF Nº 2, con una superficie de 57,10m2, y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado al Distrito R1bI (Parágrafo 5.4.1.2) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen Nº 1684-DGIUR-2012, indica que las actividades solicitadas en el Cuadro de Usos 5.2.1 a) se encuentran contempladas en el Agrupamiento, Comercio Minorista, Clase A, Local Comercial s/ exigencia de estacionamiento o carga y descarga, para el rubro “Productos alimenticios y/o bebidas” le corresponde la Referencia “C” (El Consejo efectuará en cada caso el estudio para determinar la conveniencia de la localización propuesta, y en su caso, el FOS correspondiente) y respecto a la Ley Nº 123 resulta Sin Relevante Efecto; Que la presente solicitud se localizaría en un edificio existente en planta baja, UF Nº 2, según plano de uso a fs. 1, con una superficie de 57,10 m2 distribuidas en un local de atención, un sector de depósitos y sanitarios. En cuanto al entorno, de fs. 14 a 19, se presenta relevamiento en el cual se observa que la cuadra de implantación, se encuentra conformada por viviendas unifamiliares y multifamiliares, coexistiendo con locales minoristas y de servicios; Que en tal sentido, el Área Técnica entiende que no existirían inconvenientes desde el punto de vista urbanístico en acceder, en primera instancia, a la localización del uso: “Productos alimenticios y/o bebidas”, rubro este que contempla las actividades solicitadas, en el inmueble sito en la calle Baigorria Nº 3285, Planta Baja, UF Nº 2, con una superficie de 57,10 m2, dejándose expresamente aclarado que previo al trámite de habilitación de existir construcciones de adecuación, los mismos deberán regularizarse, debiendo exhibir comprobante de inicio de trámite ante el organismo de aplicación y en este caso se deberá presentar el Reglamento de Copropiedad para corroborar el destino del local; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Dictamen Nº 118-CPUAM-2012, indica que considera desde el punto de vista urbanístico admisible, acceder a la localización del uso solicitado para el local en cuestión, con una superficie de 57,10m², dejándose expresa constancia que de existir construcciones de adecuación, las mismas deberán regularizarse previo al trámite de habilitación; Que el Área Técnica competente, mediante Dictamen Nº 2063-DGIUR-2012, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización de los usos: “Comercio minorista de productos alimenticios en general; Comercio minorista de productos alimenticios envasados; Comercio minorista de bebidas en general envasadas”, para el inmueble sito en la calle Baigorria Nº 3285, Planta Baja, UF Nº 2, con una superficie de 57,10m2 (Cincuenta y siete metros cuadrados con diez decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente que de existir construcciones de adecuación, las mismas deberán regularizarse previo al trámite de habilitación. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 885/DGIUR/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente Nº 319.821/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos “Comercio minorista de Librería, Papelería, Cartonería, Impresos, Filatelia, Juguetes, Discos y Grabaciones”, en el inmueble sito en la calle Echeverría 1287, Planta Baja, con una superficie a habilitar de 21,41m2, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado a la Zona 1 del Distrito U23 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 1147-DGIUR-2012, indica que de fs. 3 a 6 el interesado agregó Consulta Catastral, a fs. 28 se adjuntó Plano de Uso y a fs. 30 fotocopia del plano registrado del inmueble y de fs. 20 a 27 del local que nos ocupa y de la manzana a la cual pertenece; Que en el plano de obra se evidencia que el local comercial se encuentra dentro de un edificio en esquina, de planta baja y planta alta, donde sobre Echeverría hay cinco locales de similares características constructivas, sobre Miñones una panadería, confitería, heladería con cuadra de elaboración y vivienda unifamiliar en planta alta; Que esta parcela pertenece al Distrito U23 - Z1, dándole un carácter urbanístico residencial. El Distrito consigna los usos permitidos y las restricciones que condicionan los mismos, los factores de ocupación del suelo, y los requerimientos de estacionamiento y lugar para carga y descarga, según corresponda. El Artículo 5.4.6.24, Parágrafo 4.1 establece “Zona destinada a la localización de vivienda individual (sinónimo: vivienda unifamiliar, casa de familia)”; Que a fs. 30 se adjuntó plano de obra registrado por Expediente Nº 198.577/76, en vigencia del Código de la Edificación, donde se verifica el permiso otorgado para un edificio con destino de “Locales Comercio Minorista y para Vivienda”;

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

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Que si bien de lo informado precedentemente se desprende que el uso requerido no está permitido en el distrito en cuestión, no pudiéndose aplicar el parágrafo de deslinde por no ser frentista a una zona en la que el uso solicitado resulte permitido, no obstante, el hecho de poseer plano registrado con destino hace que pueda aceptarse el comercio diario minorista de bajo grado de molestia, con el correspondiente consenso de esta Dirección y del Consejo del Plan Urbano Ambiental; Que el uso solicitado “Comercio minorista de Librería, Papelería, Cartonería, Impresos, Filatelia, Juguetes, Discos y Grabaciones” se encuentra comprendido en la Clase A en la “Descripción Local comercial sin exigencia de estacionamiento o carga y descarga”, en el Agrupamiento “a) Comercial Minorista”, en el rubro “Papelería, Librería, Cartonería, Impresos, Cotillón, Filatelia, Venta de Discos y Grabaciones, Juguetes. Artículos de plástico y embalaje - Artículos publicitarios (dos máquinas fotocopiadoras como actividad complementaria). Ley Nº 123: Sin Relevante Efecto (S.R.E.), se encuentra Permitido en los distritos más residenciales, como ser el R1a y R1bI, con la Referencia EE/50, es decir hasta 50m² de superficie máxima, y en “Local o edificio preexistente al 31/12/1996”, condiciones ambas que se cumplirían de tratarse de estos distritos generales residenciales; Que por otra parte se deja constancia que, del relevamiento efectuado “in situ”, se puede ver que el local está siendo utilizado para la comercialización de formularios, para Grabado de cristales, chasis y motor, actividades éstas propias del parque automotor, sin la correspondiente habilitación comercial, pesando, además, sobre esta actividad, quejas de los vecinos, ya que el uso no se encuentra permitido; Que en la actualidad este local se encuentra habilitado como “Verdulería; Frutería y Despecho de Comestibles Envasados”, siendo sus titulares Antonio y Alberto Lovara, según constancia de fs. 11; Que la presente solicitud la realiza Gabriel Pellegrino, quien ha firmado con los locadores un Contrato de Locación en abril de 2008 con vigencia hasta el 31 de marzo de 2008 (fs. 31 y 32), con una prórroga hasta el 31 de marzo de 2012 (fs. 34), lo que implica que el funcionamiento del mismo de comercialización de formularios de Verificación, Grabado de cristales, chasis y motor, data del año 2008, fundando así la queja vecinal; Que por otra parte por datos recabados por el Área Técnica competente se hace notar que se presentó consulta al Código de Planeamiento Urbano, por Expediente Nº 57.654/08, la que no tuvo dictamen (se adjuntan a fs. 51); Que además, los locales de la calle Echeverría Nº 1297, Echeverría Nº 1293, Echeverría Nº 1291, Echeverría Nº 1289, y Echeverría Nº 1283, se encuentran funcionando con rubros como ser verdulería, quiosco, habiéndosele denegado oportunamente (según fs. 52 a 61); Que se aclara que dada las irregularidades detectadas en toda la zona y en el entorno, el Área Técnica competente se encuentra abocada al relevamiento general de la misma; Que en tal sentido, dicha Área Técnica entiende que la autorización resultaría conflictiva para el sector; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Dictamen Nº 123-CPUAM-2012, indica que considera admisible desde el punto de vista urbanístico acceder a la localización del uso solicitado para el local en cuestión con una superficie de 21,41m²; Que asimismo deja constancia que por Cédula de Notificación obrante a fs. 65, se dio intervención a la Asociación Vecinal Bajo Belgrano, la que se notificó el 16/04/12 según consta al pie de la misma. A fs. 66 dicha Asociación solicita prórroga, la que es otorgada por el lapso de 5 días y notificada el 11/05/12, según fs. 67, cumpliendo con lo establecido por Ley Nº 2606. Se deja igualmente constancia que vencido el plazo, no obran en los presentes constancia de la recepción de la opinión de la mencionada Asociación; Que el Área Técnica competente, mediante Dictamen Nº 2051-DGIUR-2012, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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DISPONE Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos “Comercio minorista de Librería, Papelería, Cartonería, Impresos, Filatelia, Juguetes, Discos y Grabaciones”, en el inmueble sito en la calle Echeverría 1287, Planta Baja,

con una superficie a habilitar de 21,41m2 (Veintiún metros cuadrados con cuarenta y un decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma DISPOSICIÓN N.º 886/DGIUR/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: El Expediente Nº 2.255.658/2011, por el que se consulta sobre el proyecto de construcción de un edificio con destino "Vivienda Multifamiliar, Estudio Profesionales y Local Comercial", en el inmueble sito en la calle Arévalo Nº 2.306/12 esquina Paraguay Nº 5.601/19/21/23, y; CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión se encuentra afectado al Distrito U20 - Barrio Nuevo Colegiales Zona 5 de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, Parágrafo 5.4.6.21; Que en el punto1) de la Ley Nº 2.567 se establece: "...Aplicación: Será de aplicación lo establecido en el parágrafo 4.10 "Completamiento de Tejidos" para las zonas 3, 4 y 5 y lo establecido en el Cuadro de Usos Nº 5.2.1 a) respecto de las referencias de "guarda y estacionamiento" y de "carga y descarga" para todos los usos admitidos en todas las zonas..."; Que se trata, de un edificio a realizarse de acuerdo a lo previsto en el Capítulo 4.10 "Completamiento de Tejido" del mencionado Código y el predio cuenta con edificios linderos en altura superior a los 15,00 metros, cumpliendo con las condiciones del Tipo A "Parcelas flanqueadas por edificios de igual altura" resultando de aplicación las normas descriptas en el Artículo 4.10.1 del citado Código; Que en el Dictamen Nº 2.045-DGIUR-2012, el Área Técnica competente analizó el proyecto, de conformidad con la norma de Completamiento de Tejido, según la documentación adjunta, la que está compuesta por Plano de relevamiento planimétrico y perfiles medianeros a fs. 9; Memoria descriptiva, Relevamiento fotográfico, plantas, cortes, fachadas y axonométricas a fs. 12; Solicitud de Consulta de Registro Catastral de fs. 30 a 37; Solicitud de medidas perimetrales y anchos de calle a fs. 38 y 39; Plano de Obra Nueva a fs. 43 y 44; fotos de la cuadra a fs. 59 y 60, Resolución de Línea de Frente Interno de la manzana a fs. 67 y Plano de Mensura particular con unificación de las parcelas 1 y 10 a fs. 71; Que el predio en cuestión, se encuentra ubicado en una manzana atípica delimitada por las calles Paraguay, Arévalo, Avenida Santa Fe y Vías del Ferrocarril General Bartolomé Mitre, y se inserta dentro de un área en proceso de consolidación con tejido de gran porte;

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

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Que se trata de la futura Parcela 1a, que surgirá del englobamiento de las actuales Parcelas 1 y 10, que tendría 20,12m de frente sobre la calle Arévalo por 20,05m de frente sobre la calle Paraguay, y una superficie total de aproximadamente 402,38 m²; Que el edificio motivo de la propuesta, se encuentra inserta entre dos parcelas, esto es, la Parcela 2 de la calle Arévalo Nº 2.336/38, que resulta ser un edificio de tipología entre medianeras con una altura sobre Línea Oficial a nivel de piso terminado de +23,50m, mas 2 (dos) pisos retirados de la Línea Oficial, ubicados a +26,50m y +29,66m a nivel de piso terminado respectivamente, mas servicios, alcanzando una altura total de +31,88m a nivel de piso terminado de la azotea de la sala de maquinas;

Que por el otro lado, linda con la Parcela 7a de la calle Paraguay Nº 5.625/27/29/33/43/45 que resulta ser también un edificio de tipología entre medianeras, con altura sobre Línea Oficial a nivel de piso terminado de +25,56m, más un 1 (uno) piso retirado de la Línea Oficial hasta una altura a nivel de piso terminado de +28,55m, mas servicios, alcanzando una altura total de +33,20m a nivel de piso terminado de la azotea de la sala de maquinas; Que ambos edificios linderos, resultan ser edificios con destino vivienda colectiva con alturas mayores a 15,00m, con un alto grado de consolidación y un buen estado de conservación, por lo que no tenderían a una pronta renovación; Que el edificio que se proyecta, se destinará a "Vivienda Multifamiliar, Estudios Profesionales y Local Comercial", que resultan usos Permitidos en el Distrito E3 de Zonificación General, al cual se asimila la Zona 5 del Distrito U20 y siempre que encuadre dentro de lo establecido en el Cuadro de Usos Nº 5.2.1 el uso a habilitarse, en el local comercial de la planta baja. Asimismo, respecto del uso residencial, el mismo resulta afectado a la referencia "19" de guarda y estacionamiento vehicular que establece: "...Los requerimientos de módulos de guarda y estacionamiento vehicular que se indican en los siguientes puntos a-b-c, se establecen como cantidad mínima: a) Unidades de hasta 60 m² de superficie propia inclusive, 1 módulo cada 3 unidades. b) Unidades de más de 60 m² hasta 90 m² de superficie propia inclusive, 1 módulo cada 2 unidades. c) Unidades de más de 90 m² de superficie propia, 1 módulo por unidad..."; Que en función de lo expuesto en los considerandos que antecede, el Área Técnica competente informa que el presente caso, puede encuadrarse dentro de lo previsto en el Capítulo 4.10 "Completamiento de Tejido" Artículo 4.10.1 "Parcelas flanqueadas por edificios de igual altura" (Tipo A), según los siguientes lineamientos urbanísticos: a) La altura predominante de los volúmenes que lindan con la parcela objeto de “enrase“, esto es, el edificio sito en la Parcela 2 de la calle Arévalo Nº 2.336/38, de Planta Baja + 7 pisos + 2 pisos retirados de la Línea Oficial + servicios, con una altura sobre Línea Oficial a nivel de piso terminado de +23,50m, mas 2 (dos) pisos retirados de la Línea Oficial a +26,50m y +29,66m a nivel de piso terminado respectivamente, mas servicios, alcanzando una altura total de +31,88m a nivel de piso terminado de la azotea de la sala de maquinas y el lindero sito en la Parcela 7a de la calle Paraguay Nº 5.625/27/29/33/43/45, que consta de Planta Baja + 8 pisos + 1 piso retirado de la Línea Oficial + servicios, con altura sobre Línea Oficial a nivel de piso terminado de +25,56m, más un 1 (uno) piso retirado de la Línea Oficial hasta una altura a nivel de piso terminado de +28,55m, mas servicios, alcanzando una altura total de +33,20m a nivel de piso terminado de la azotea de la sala de maquinas; b) Podrá así, igualar las alturas de los edificios linderos de las Parcelas 2 y 7a, desarrollando una altura sobre línea Oficial a nivel de piso terminado de +23,70m y generar un volumen superior retirado de ambas Línea Oficial siguiendo los perfiles medianeros de los respectivos linderos hasta llegar a una altura de +29,66m, mas sala de maquinas, alcanzando una altura total de +32,90m, similar a las alturas de ambos edificios linderos. Por encima del plano límite ubicado a +31,00m permitido para el distrito solo podrá incluirse lo previsto en el Artículo 4.2.5 "Construcciones permitidas por sobre los planos límites" del citado Código de Planeamiento Urbano; c) Ocupación del suelo de la parcela: El área edificable surge de lo graficado en los planos Nº 5.4.6.21 c1, c2 y c5. El retiro de frente graficado en dichos planos será de cumplimiento optativo;

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d) De acuerdo con lo previsto por el Capítulo 4.10. “Completamiento de Tejidos“, no resulta de aplicación el Factor de Ocupación Total (FOT); e) Respecto del requerimiento de estacionamiento vehicular que le resulta exigible, la propuesta contempla un total de 20 módulos distribuidos en 2 subsuelos, los que deberán ser verificados por la Dirección General Registro de Obras y Catastro al momento de la presentación de la documentación de obra; Que además, deja constancia que el análisis realizado no exime del cumplimiento de las restantes disposiciones vigentes contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, que no hayan sido expresamente contemplados en la presente, debiendo la Dirección General Registro Obras y Catastro contemplar, al momento de la presentación de los planos, que los mismo se ajusten a los lineamientos urbanísticos consignados en la presente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Considérese aplicable, respecto del predio sito en la calle Arévalo Nº 2.306/12 esquina Paraguay Nº 5.601/19/21/23, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 17, Sección 35, Manzana 121A, Parcela 1a; las normas de completamiento de tejidos previstas en el Capítulo 4.10. “COMPLETAMIENTO DE TEJIDOS“, cuyas condiciones permiten encuadrarlo en el Tipo A “PARCELAS FLANQUEADAS POR EDIFICIOS DE IGUAL ALTURA“, del Código de Planeamiento Urbano, si y sólo si se da cumplimiento a los siguientes lineamientos urbanísticos: a) La altura predominante de los volúmenes que lindan con la parcela objeto de “enrase“, esto es, el edificio sito en la Parcela 2 de la calle Arévalo Nº 2.336/38, de Planta Baja + 7 pisos + 2 pisos retirados de la Línea Oficial + servicios, con una altura sobre Línea Oficial a nivel de piso terminado de +23,50m, mas 2 (dos) pisos retirados de la Línea Oficial a +26,50m y +29,66m a nivel de piso terminado respectivamente, mas servicios, alcanzando una altura total de +31,88m a nivel de piso terminado de la azotea de la sala de maquinas y el lindero sito en la Parcela 7a de la calle Paraguay Nº 5.625/27/29/33/43/45, que consta de Planta Baja + 8 pisos + 1 piso retirado de la Línea Oficial + servicios, con altura sobre Línea Oficial a nivel de piso terminado de +25,56m, más un 1 (uno) piso retirado de la Línea Oficial hasta una altura a nivel de piso terminado de +28,55m, mas servicios, alcanzando una altura total de +33,20m a nivel de piso terminado de la azotea de la sala de maquinas; b) Podrá así, igualar las alturas de los edificios linderos de las Parcelas 2 y 7a, desarrollando una altura sobre línea Oficial a nivel de piso terminado de +23,70m y generar un volumen superior retirado de ambas Línea Oficial siguiendo los perfiles medianeros de los respectivos linderos hasta llegar a una altura de +29,66m, mas sala de maquinas, alcanzando una altura total de +32,90m, similar a las alturas de ambos edificios linderos. Por encima del plano límite ubicado a +31,00m permitido para el distrito solo podrá incluirse lo previsto en el Artículo 4.2.5 "Construcciones permitidas por sobre los planos límites" del citado Código de Planeamiento Urbano; c) Ocupación del suelo de la parcela: El área edificable surge de lo graficado en los planos Nº 5.4.6.21 c1, c2 y c5. El retiro de frente graficado en dichos planos será de cumplimiento optativo;

d) De acuerdo con lo previsto por el Capítulo 4.10. “Completamiento de Tejidos“, no resulta de aplicación el Factor de Ocupación Total (FOT); e) Respecto del requerimiento de estacionamiento vehicular que le resulta exigible, la propuesta contempla un total de 20 módulos distribuidos en 2 subsuelos, los que deberán ser verificados por la Dirección General Registro de Obras y Catastro al momento de la presentación de la documentación de obra ; Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que, lo consignado en el Artículo 1º no implica la aprobación de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Código de Planeamiento Urbano y de la Edificación y las relacionadas con los usos a localizar en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro.

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Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante él o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese, entréguese la presente al interesado y la documentación obrante a fs. 10, 13, 45 y 46, para el archivo del Organismo se destinarán las fs. 11, 14, 47 y 48; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

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Ministerio de Desarrollo Económico

DISPOSICIÓN N.º 1058/DGINC/12

Buenos Aires, 18 de junio de 2012 VISTO la Disposición Nº 810/DGINC/2011, y CONSIDERANDO: Que por Disposición 810/DGINC/2011 se convocó a empresas y/o diseñadores que produzcan artículos de diseño en cuero y afines a presentarse para participar en la Feria "CEMCA", entre los días 29, 30 de junio y 1 de julio del 2012 en Centro Costa Salguero Pabellón 5, de esta ciudad; Que asimismo la fecha dispuesta para la recepción de las solicitudes para participar en la mencionada convocatoria conforme la normativa citada era desde el 14 de mayo al 8 de junio inclusive del corriente año. Que en consecuencia corresponde el dictado del presente acto administrativo con el fin de comunicar los seleccionados que participarán en la referida actividad. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias

EL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase la nómina de seleccionados que participaran en la Feria "CEMCA", entre los días 29, 30 de junio y 1 de julio del 2012: a) Kitchenette - Expediente N° 1145659-12; b) Mainna - Expediente N° 1145990-12; 3) Pebeta Teta- Expediente N°1134382-12; 4) Etchevers - Expediente N°1147086-12; 5) Cloetas- Expediente N°1145551-12.- Artículo 2°: Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Avogadro

DISPOSICIÓN N.º 1059/DGINC/12

Buenos Aires, 18 de junio de 2012 VISTO la Disposición Nº 811/DGINC/2011, y CONSIDERANDO: Que por Disposición 811/DGINC/2011 se convocó para participar a empresas y/o diseñadores que produzcan artículos de diseño en calzado y afines a presentarse para participar en la Feria "EFICA", entre los días 29, 30 de junio y 1 de julio del 2012; Que asimismo la fecha dispuesta para la recepción de las solicitudes para participar en la mencionada convocatoria conforme la normativa citada era desde el 10 de mayo al 8 de junio del 2012, inclusive Que en consecuencia corresponde el dictado del presente acto administrativo con el fin de comunicar los seleccionados que participarán en la referida actividad. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias

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EL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS

DISPONE: Artículo 1°.- Apruébase la nómina de seleccionados que participaran en la Feria "EFICA", entre los días 29, 30 de junio y 1 de julio del 2012: a) Mule Zapatos - Expediente N° 1195237-12; b) Chicco Ruiz - Expediente N° 1147552-12; c) Ruma - Expediente N° 1095103-12.- Artículo 2°: Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Avogadro

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

DISPOSICIÓN N.º 144/DGTALMAEP/12

Buenos Aires, 13 de junio de 2012 VISTO: la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08 y sus modificatorios, el Expediente Nº 59.329/10 e incorporados y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 1.939/11 cuyo objeto es la contratación del "Servicio de Alquiler de Baños Químicos" con destino a la Dirección General de Espacios Verdes, la Dirección General de Reciclado y la Dirección General de Ferias y Mercados dependientes del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos novecientos sesenta y dos mil cuatrocientos ($962.400.-) Que mediante Disposición Nº 137-DGTALMAEP/11, de fecha 9 de Agosto de 2011, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas para la Licitación en cuestión y se autorizó el llamado para el día 19 de Agosto de 2011 a las 12.00 hs., al amparo de lo establecido en el artículo 31º, párrafo primero, de la Ley Nº 2.095; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 2.208/11 se recibió una única oferta correspondiente a la firma B.A.SANI S.A.; Que a través de la Disposición Nº 204-DGTALMAEP/11, se adjudicó a la firma B.A.SANI S.A. la Licitación Pública Nº 1.939/11, por un monto de pesos novecientos sesenta y un mil novecientos ochenta y nueve con noventa y seis centavos.- ($961.989,96.-) por resultar la oferta más conveniente para esta administración, con apego a lo establecido en los artículos 108 y 109 de la Ley Nº 2.095; Que con fecha 4 de noviembre de 2011, la empresa se notificó en forma fehaciente y retiró la Orden de Compra Nº 50.441/11, habiendo quedado así perfeccionado el contrato administrativo; Que por Expediente Nº 1.044.054/12, la Dirección General de Reciclado solicitó ampliar en siete (7) la cantidad de los ítems del renglón N° 1 y en uno (1) los ítems del renglón N° 2 adjudicados originalmente en la citada contratación, hasta la finalización de la misma, a partir del 11 de junio de 2012, por resultar indispensable para la operatividad del centro Verde ubicado en la calle Herrera 2124 dependiente de dicho organismo; Que de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Compras y Contrataciones, el organismo contratante posee la facultad de ampliar en hasta un quince por ciento (15%) del valor original del contrato; Que consecuentemente, corresponde ampliar la Orden de Compra N° 50.441/11, por un monto total de pesos dieciséis mil setecientos noventa y cuatro con ochenta centavos ($ 16.794,80.-), equivalente al uno con setenta y cinco por ciento (1,75%); Que se ha efectuado la reserva del gasto presupuestario correspondiente. Por ello, en virtud de las competencias que le son propias,

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Artículo 1°.- Amplíese el uno con setenta y cinco por ciento (1,75%) a partir del 1° de junio de 2012, el contrato adjudicado a la firma B.A.SANI S.A. en el marco de la Licitación Pública N° 1.939/11, “Servicio de Servicio de Alquiler de Baños Quimicos“; de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 117 inciso III) de la Ley N° 2.095. Artículo 2°.- Ampliase la Orden de Compra N° 50.441/11 por un monto total de PESOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON OCHENTA CENTAVOS ($16.794,80.-). Artículo 3°.- Las erogaciones a que dé lugar la presente contratación serán imputadas a la respectivas partidas presupuestarias. Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al interesado de acuerdo a lo previsto en los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Exhíbase copia de la presente Resolución en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Reciclado. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público en prosecución del trámite. Greco

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EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DISPONE

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Agencia de Sistemas de Información

DISPOSICIÓN N.º 91/DGTALINF/12

Buenos Aires, 18 de junio de 2012 VISTO: La Ley Nº 2.095, el Decreto Nº 754-08, la Resolución Nº 16-ASINF-10, el Expediente Nº 1.289.773/2.009, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente indicado en el Visto tramita la "Adquisición del servicio de capacitación integra para el área de diseño gráfico" perteneciente a la Dirección General de Desarrollo de Sistemas de la Agencia de Sistemas de Información (ASI) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA); Que por Disposición Nº 27-DGTALINF-12 se aprobó la Licitación Pública Nº 116/SIGAF/2.010 y se adjudicó a la empresa Image Campus S.A. por la suma de pesos cincuenta y ocho mil ($ 58.000.-), emitiéndose la orden de compra Nº 11.844/2.010, entregada con fecha 26 de marzo de 2.010; Que en lo que aquí interesa, el Pliego en su parte pertinente establece que "El servicio de capacitación integral en aplicaciones web deberá completarse dentro de un plazo máximo de hasta (18) meses de haber sido recepcionada por el adjudicatario la correspondiente orden de compra"... Que por Disposición N° 186-DGTALINF-2.011 se extendió el plazo de vencimiento de la Orden Compra hasta el 31 de mayo del 2.012 sin imposición de penalidades, con fundamento en los motivos expuestos por la ex Dirección General de Desarrollo de Sistemas de esta Agencia de Sistemas de Información; Que por Informe N° 1126785-DGSIS-12 se solicitó una extensión del plazo de finalización de los cursos dictados por la firma Image Campus S.A. por el término de quince (15) días a partir del 31 de mayo del 2.012, ello con fundamento en los motivos allí expuestos, no imputables al proveedor; Que a través del P.A. N°12- Ex.1.289.773-09 Image Campus S.A. prestó conformidad con la extensión solicitada y manifestó que la misma no tiene incidencia alguna en los costos de la presente Licitación Pública; Que la situación descripta encuadra en el artículo 9 de la Ley Nº 2.095 que establece que el órgano contratante tiene la prerrogativa de modificar los contratos, permitiendo así la citada norma extender el plazo de vencimiento de la orden de compra a los efectos de finalizarse las tareas referidas a la contratación aquí en trámite; Que en el presente caso, teniendo en cuenta lo informado por el área técnica correspondiente no deberán imponerse penalidades, toda vez que las razones que motivan la extensión de los plazos pactados no se relacionan con actividad alguna de la contratista; Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que modifique y extienda el plazo de entrega de la orden de compra emitida por la adjudicación de la "Adquisición del servicio de capacitación integral para el área de diseño gráfico" perteneciente a la Dirección General de Integración de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).

Por ello, en virtud de la normativa citada y en uso de las facultades conferidas por el art. 9 de la Ley Nº 2.095,

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Artículo 1º.- Extiéndase el plazo entrega de la Orden de Compra Nº 11.844/2.010, adjudicada a la firma Image Campus S.A. por la "Adquisición del Servicio de capacitación integral para el área de diseño gráfico" para la Dirección General de Integración de Sistemas de la Agencia de Sistemas de Información, hasta el 21 de junio de 2.012, sin imposición de penalidades, al amparo del art. 9 de la Ley Nº 2.095. Artículo 2°.- Hágase saber que la extensión dispuesta precedentemente no implica mayor erogación para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3°.- Publíquese en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día. Artículo 4º.- Notifíquese fehacientemente a Image Campus S.A. de conformidad a lo establecido en los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos. Artículo 5º.- Regístrese y publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase en prosecución de su trámite a la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Agencia de Sistemas de Información. Cumplido, archívese. Scodellaro

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EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE

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Organos de Control Resolución Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.º 81/SGCBA/12

Buenos Aires, 5 de junio de 2012 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 70 (BOCBA Nº 539), las Resoluciones Nº 17-SGCBA/10 (BOCBA Nº 3.378), Nº 4-SGCBA/11 (BOCBA Nº 3.597), Nº 5-SGCBA/11 (BOCBA Nº 3.597), N° 56-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.699), Nº 24-SGCBA/12 (BOCBA Nº 3.869), los Expedientes Nº 1.045.433/12 y Nº 1.148.014/12, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera; Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que la Ley Nº 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal; Que, asimismo, el inciso 5), le otorga las atribuciones de "Designar a su personal, así como promover, aceptar renuncias, disponer cesantías, exoneraciones y otras sanciones disciplinarias..."; Que mediante Resolución Nº 17-SGCBA/10 se aprobó la Estructura Organizativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires; Que por Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprobó el Estatuto del Personal de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires; Que por Resolución N° 5-SGCBA/11 se aprobó el Sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires; Que mediante Resolución N° 56-SGCBA/11 se encasilló de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 5-SGCBA/11 al Sr. BERRINI, Cristian Raúl (DNI N° 25.100.268 - Ficha N° 420.151) en el Agrupamiento, Categoría, Tramo y Grado "AU-PB-I"; Que por Resolución N° 24-SGCBA/12 se modificó la Estructura Organizativa, a fin de adecuarla a la nueva Estructura Orgánico Funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por Decreto N° 660/11; Que por Expediente Nº 1.045.433/12 tramitó la aceptación de la renuncia presentada por la Cdora. MARIANI, Laura Beatriz (DNI Nº 17.969.233 - Ficha Nº 414.943) al cargo interino de Subgerente de la Subgerencia de Fiscalización del Ministerio de Educación dependiente de la Gerencia de Supervisión de Educación, Justicia y Seguridad de la Gerencia General de Auditoría Jurisdicción II, a partir del día 15 de mayo de 2012; Que teniendo en cuenta lo expuesto, corresponde proceder a cubrir el cargo vacante con una nueva designación, debiendo recaer la misma sobre una persona que reúna las características técnicas y posea la idoneidad que el cargo requiere;

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Que el Sr. BERRINI, Cristian Raúl (DNI N° 25.100.268 - Ficha N° 420.151) reúne las características enunciadas precedentemente para ser designado interinamente en el cargo de Subgerente de la Subgerencia de Fiscalización del Ministerio de Educación dependiente de la Gerencia de Supervisión de Educación, Justicia y Seguridad de la Gerencia General de Auditoría Jurisdicción II; Que a efectos de posibilitar lo requerido, resulta necesario dictar la norma legal correspondiente; Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 1.151.339-SGCBA/12. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, incisos 2) y 5) de la Ley Nº 70,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:

Artículo 1º.- Desígnase al Sr. BERRINI, Cristian Raúl (DNI N° 25.100.268 - Ficha N° 420.151) en el cargo interino de Subgerente de la Subgerencia de Fiscalización del Ministerio de Educación dependiente de la Gerencia de Supervisión de Educación, Justicia y Seguridad de la Gerencia General de Auditoría Jurisdicción II de esta Sindicatura General de la Ciudad, reservándose su partida -sin percepción de haberes- como personal de planta permanente, conforme al artículo 63 de la Resolución Nº 4-SGCBA/11, a partir del día 1º de junio de 2012. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización, notifíquese al interesado y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial

RESOLUCIÓN N.º 82/SGCBA/12

Buenos Aires, 7 de junio de 2012 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 70 (BOCBA Nº 539), La Leyes N° 471 (BOCBA Nº 1.026) y N° 3.317 (BOCBA Nº 3.347), las Resoluciones Nº 4-SGCBA/11 (BOCBA Nº 3.597) y Nº 80-SGCBA/12, y el Expediente Nº 979.935/12, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera; Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que la Ley Nº 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal; Que por Ley N° 3.317 se reglamentó el Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 45 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires; Que el artículo 32 de la mencionada Ley establece, en su segunda disposición transitoria que, "El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires proporcionará la infraestructura necesaria para el funcionamiento del Consejo y le prestará la asistencia técnica, administrativa, estadística y material, necesaria para el desarrollo de sus Funciones, hasta tanto se conforme definitivamente el Consejo";

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Que según surge del Expediente citado en el Visto el Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires solicita la autorización del pase en comisión de servicios de la Cdora. MARIANI, Laura Beatriz (D.N.I Nº 17.969.233 - Ficha Nº 414.943) para prestar servicios en dicho Consejo a partir del 15 de mayo de 2012; Que mediante la Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprobó el Estatuto del personal de esta Sindicatura General, que en su artículo 79 establece: "El Personal bajo Relación de Dependencia revista en comisión de servicios cuando, en virtud de un acto administrativo emanado del/la Síndico/a General, es destinado/a a ejercer sus funciones en forma transitoria fuera del asiento habitual de la Sindicatura General..."; Que la Cdora. MARIANI, Laura Beatriz (D.N.I. Nº 17.969.233 - Ficha Nº 414.943) reúne las características profesionales y posee la idoneidad para prestar la asistencia requerida; Que mediante Resolución Nº 80-SGCBA/12, se aceptó la renuncia a la Cdora. MARIANI, Laura Beatriz (D.N.I. Nº 17.969.233 - Ficha Nº 414.943) al cargo interino de Subgerente de la Subgerencia de Fiscalización del Ministerio de Educación dependiente de la Gerencia de Supervisión de Educación, Justicia y Seguridad de la Gerencia General de Auditoría Jurisdicción II y se la restituyó a la partida AU PB III de la Sindicatura General, a partir del día 15 de mayo de 2012;

Que a efectos de posibilitar lo requerido, resulta necesario dictar la norma legal correspondiente; Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF-01164223-SGCBA/12. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, inciso 2) de la Ley Nº 70,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorízase la Comisión de Servicios de la Cdora. MARIANI, Laura Beatriz (D.N.I. Nº 17.969.233 - Ficha Nº 414.943) al Concejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires por el término de ciento ochenta (180) días corridos, a partir del 15 de mayo de 2012. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización, notifíquese a la interesada y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial

RESOLUCIÓN N.º 83/SGCBA/12

Buenos Aires, 7 de junio de 2012 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 70 (BOCBA Nº 539), los Decretos Nº 915/09 (BOCBA Nº 3.280) y Nº 694/11 (BOCBA Nº 3.824), las Resoluciones Nº 17-SGCBA/10 (BOCBA Nº 3.378), Nº 24-SGCBA/12 (BOCBA Nº 3.869), el Expediente Nº 1.157.025/12, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la contratación de personal bajo la figura de locación de servicios; Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires es un organismo que posee autarquía administrativa y financiera;

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Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que la Ley Nº 70 "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad", atribuye en su artículo 130 inciso 6), al titular de este organismo, la facultad de "Efectuar contrataciones de personal para la realización de trabajos específicos o extraordinarios que no puedan ser realizados por el personal de planta permanente, fijando su retribución y condiciones de trabajo"; Que el Decreto Nº 915/09, modificado por el Decreto Nº 694/11, faculta a los/as Ministros/as del Poder Ejecutivo y a los funcionarios con rango o nivel equivalente para contratar a personas bajo el Régimen de Locación de Servicios hasta un monto máximo de PESOS VEINTE MIL ($20.000.-) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades presupuestarias; Que el artículo 3º del citado Decreto faculta a los/as funcionarios/as a delegar en los/as Directores/as Generales de su jurisdicción la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes; Que por Resolución N° 17-SGCBA/10 se aprobó la Estructura Orgánico Funcional de esta Sindicatura General de la Ciudad; Que por Resolución N° 24-SGCBA/12 se modificó la Estructura Orgánico Funcional de esta Sindicatura General de la Ciudad, fijándose entre otras las misiones y funciones de la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal, en la que recae la facultad para contratar a personas bajo el Régimen de Locación de Servicios; Que existe crédito legal y suficiente para atender el gasto que por la presente tramita; Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen Nº IF 1.164.438 - SGCBA/12. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, inciso 6) de la Ley Nº 70,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorízase la contratación de la persona detallada en el Anexo I que forma parte integrante de la presente, bajo la figura de Locación de Servicios y para prestar tareas en esta Sindicatura General a partir del 1° de junio de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012, delegándose en la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal la suscripción del respectivo contrato. Artículo 2º.- El/la contratado/a deberá, si corresponde, abrir una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires (casa matriz o sucursales) a los fines que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deposite mensualmente los honorarios correspondientes, previa certificación de servicios. Asimismo, deberá comunicar los datos de la cuenta a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, la que remitirá a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda el formulario de la apertura de la cuenta solicitada.

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Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I y en el Anexo II, que forman parte integrante de la presente. Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida presupuestaria del ejercicio 2012. Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización y a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda, notifíquese a la interesada, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial

ANEXO

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Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.º 204/ERSP/11

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, el Acta del Directorio Nº 445 del 6 de julio de 2011, y CONSIDERANDO: Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad establece que el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es autárquico, con personería jurídica, independencia funcional y legitimación procesal; Que, la Ley Nº 210, que reglamenta de su creación, ratifica la facultad que tiene el Ente para administrarse a sí mismo conforme las pautas normativas expresadas en su texto; Que, el Art. 11 inc. c) y d) de la mencionada ley confiere al Directorio la facultad de contratar personal y también proceder a su remoción por acto fundado respetando el debido proceso; Que, en su reunión ordinaria del 6 e julio de 2011 el Directorio aprobó la contratación de personas, bajo la modalidad de locación de servicios para los meses de julio, agosto y septiembre de 2011; Que, el servicio jurídico ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébese la contratación para el tercer trimestre de 2011 de las personas que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será imputado a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Gerencia de Administración. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - García - Michielotto - Rozenberg

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 206/ERSP/11

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 84 / EURSPCABA/2003, el Acta de Directorio Nº 445 del 6 de julio de 2011, el Expediente Nº 4372/EURSPCABA/2010, y

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CONSIDERANDO: Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, la Ley Nº 210, reglamentaria de su creación, establece en su Art. 11, incs c) y d), que son funciones del Directorio determinar su estructura orgánica, contratar personal y también proceder a su remoción por acto fundado, respetando el debido proceso; Que, el Diputado de la Ciudad de Buenos Aires Martín Ocampo, solicitó, oportunamente, el pase en colaboración del agente Miguel Ángel Sánchez para prestar servicios en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires partir del 1º de julio de 2011; Que, el Directorio, a través del Acta 445, aprobó el pase en colaboración del mencionado agente desde 1º de julio de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011; Que, el servicio jurídico ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Articulo 1º.- Aprobar el pase en colaboración del agente de planta permanente Miguel Ángel Sánchez -LE. 04.337.946-, para prestar servicios en el despacho del Diputado de la Ciudad de Buenos Aires Martín Ocampo, desde el 1º de julio de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011. Artículo 2º.- Comuníquese a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a las Gerencias de Administración y de Control. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - García - Michielotto - Rozenberg

RESOLUCIÓN N.º 207/ERSP/11

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 VISTO: El Art. 138, la Ley Nº 210, la Ley Nacional Nº 24.449, la Ley Nº 2.148, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 30/EURSPCABA/2007, el Acta de Directorio Nº 402 del 11 de agosto de 2010, el Expediente Nº 1056/EURSPCABA/2009, y CONSIDERANDO: Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, según lo prescribe el Art. 2º, inc. a) de la Ley Nº 210, se entiende como servicio público a los efectos de la aplicación de la misma, el transporte público de pasajeros;

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Que, el Organismo en uso de sus facultades aprobó la Resolución 30/EURSPCABA/2007, a través de la cual se aprobó el modelo de cartel conteniendo información reglamentaria a comunicar a los usuarios del Auto transporte Público de Pasajeros de carácter urbano y suburbano que circulan por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, se observan errores materiales en el mencionado cartel producto del tiempo transcurrido entre el momento de la redacción del proyecto de resolución y la redacción final y firma de la misma; Que, al momento de la redacción del proyecto se encontraba vigente la Ordenanza Nº 23.583/MCBA/68; Que, en ese lapso se sancionó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el que, entre otras cuestiones, abrogó la Ordenanza Nº 23.583/MCBA/68 y homologó el beneficio establecido mediante el inc. c) del Artículo 54 de la Ley Nº 24.449, zanjando la diferencia horaria existente entre la citada Ordenanza y la Ley Nacional de Tránsito; Que, el Título Noveno del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por la Ley Nº 2.148, establece en sus artículos 9º, 4º, 7º, que "a) El Transporte Colectivo de Pasajeros debe efectuar las detenciones en los sectores de parada establecidos por la Autoridad de Aplicación. Sólo entre las veintidós (22) y las seis (6) horas del día siguiente y durante tormenta o lluvia, el ascenso y descenso debe hacerse antes de la encrucijada que el pasajero requiera, aunque no coincida con la parada establecida. De igual beneficio gozan permanentemente las personas con movilidad reducida. Esta excepción no rige en las arterias transversales de la Av. 9 de Julio en los tramos comprendidos entre Lima - Cerrito y Bernardo de Irigoyen - Carlos Pellegrini.";

Que, el cartel aprobado mediante la Resolución 30/EURSPCABA/2007 en su texto incluye la abrogada Ordenanza Nº 25.583/MCBA/68, por lo que resulta necesario adecuar y actualizar el texto conforme la normativa vigente; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLCIOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.- Modificase el modelo de cartel conteniendo información reglamentaria que resulta de interés para el público usuario en general, con sus correspondientes especificaciones técnicas, que como Anexo forman parte de la Resolución 30/ERSP/2007, el que será reemplazado por el que, como Anexo, forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Notifíquese de la presente a las entidades representativas del Transporte Automotor de Pasajeros de carácter urbano y suburbano que circulen por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3º.- Comuníquese a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Subsecretaría de Transporte dependiente de la Jefatura de Gabinete. Artículo 4º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Control, de Usuarios, de Proyectos, de Administración y a la Asesoría Legal. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - García - Michielotto - Rozenberg

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.º 208/ERSP/11

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, el Pliego de Bases y Condiciones para el Servicio de Higiene Urbana Licitación Pública Nº 6/2003, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002, el Acta de Directorio Nº 409 del 29 de septiembre de 2010, el Expediente Nº 1040/EURSPCABA/2008, y CONSIDERANDO: Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. c) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final; Que, el Art. 3º incs. b), e), j), k) y l) de la Ley Nº 210, establece como funciones de este Ente, entre otras, controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; recibir y tramitar las quejas y reclamos de los usuarios en sede administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el prestador; ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso; Que, el Expediente Nº 1040/EURSPCABA/2008 se inicia a raíz de la denuncia realizada por el Sr. Andrés Álvarez, bajo el Nº 381/08, con fecha 28/04/08, respecto de dos contenedores que se encontrarían quemados en Pje. Wagner 1024, entre Gral. César Díaz y Murature, ello conforme constancias de fs. 1 y 2; que el incumplimiento denunciado se produce en la denominada Zona 4, a cargo de la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida; Que, no genera dudas, entonces, la calificación como servicio público y la inclusión entre las prestaciones sujetas al control del Ente, tanto del servicio de recolección de residuos sólidos urbanos como el de reposición de contenedores, como es el caso en cuestión, conforme Anexo IX, del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003; Que, a fs 6 se hubo de comprobar la detección al servicio de omisión de reposición de 2 contenedores; Que, a fs. 4/5 y 7 constan Planillas de Reclamo, Registro y Servicio por las cuales se ha constatado la referida omisión de servicio; Que, a fs. 24/26 la sumariada Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida, adjudicataria de la Zona 4 de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/2003, presenta su descargo y ofrece documental en relación a los hechos que se le imputaron; Que, conforme las Actas anteriormente referenciadas, se han de tomar por ciertos los hechos expresados, atento a que se han comprobado por medio de las mismas;

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Que, de este modo, la prestataria incumple con el precepto general de Ciudad Limpia que es el que debe tomarse como guía de interpretación final a los fines de establecer, pacíficamente y junto a las demás estipulaciones contractuales, si corresponde o no la aplicación de una sanción leve, en el marco del contractual aludido; Que, manifiesta la sumariada en su descargo la existencia de una supuesta "superposición de funciones sancionatorias entre el Ente y la Dirección General de Higiene Urbana" y asimismo, una "eventual duplicidad de sanciones", atento lo dispuesto por la Ley Nº 210, lo establecido en el Art. 61 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nº 06/2003; Que, las facultades otorgadas por los Arts. 58 a 61 establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nº 06/2003, no invalida, ni resulta oponible al curso de este sumario, ni a la posible aplicación de sanciones por parte de este Organismo, ya que, como se menciona previamente, existen potencialmente infracciones distintas, metodología que, vale mencionar, fue aceptado por las empresas concesionarias del servicio de higiene urbana; Que, respecto a la eventual duplicidad de sanciones, cabe aclarar que cuenta el Ente con facultades específicas para aplicar sanciones por las penalidades previstas en el Pliego, en su Art. 61, que dice claramente "... El Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá en el marco de la Ley Nº 210/99 aplicar las penalidades pertinentes a su competencia debiendo informar a la Dirección General de Higiene Urbana sobre su intervención y resolución final de la misma...". Una vez finalizado el sumario corresponde informar a la Dirección General de Higiene Urbana lo que se resuelva. Vale decir que el Pliego, como no puede ser de otra manera, otorga al Organismo facultades para aplicar sanciones. No hace más que cumplir con la Ley Nº 210, que le da competencia en dicho sentido. Aunque el Pliego no lo previera expresamente, el Ente debiera aplicar sanciones, considerando lo dispuesto en la Ley Nº 210; Que, se entiende que las Actas labradas por agentes del Organismo gozan de entidad suficiente para dar inicio a un sumario, y de corresponder, aplicar las penalidades previstas; Que, en relación a las deficiencias imputadas, los argumentos de la sumariada en su descargo no logran conmover los fundamentos expuestos, ni quitarle o eximirle de responsabilidad en estas actuaciones sumariales, por lo cual se ha de concluir y se debe resolver este sumario aplicando las sanciones leves estatuidas en el Art. 59 del Pliego de Bases y Condiciones, dado que las conductas comprobadas encuadran típicamente, en lo singular, a los casos de marras; Que, vale destacar lo resuelto en forma unánime, por la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, en oportunidad de expedirse sobre el recurso interpuesto por Ecohábitat SA (Expte. 7639/0), donde reconoce la

facultad sancionatoria del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmando el acto administrativo apelado, es decir, la sanción aplicada a través del procedimiento sancionatorio establecido en la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001, reconociendo a este Organismo como autoridad de aplicación; Que, el punto 3 del voto del Dr. Esteban Centanaro señala que "... la autoridad de aplicación -en cumplimiento de lo normado por el Capítulo III del Reglamento de Procedimientos y Controversias- imputó a la empresa mencionada una presunta infracción del Art. 54, deficiencias Nº 1, 4 y 46 del Pliego de Bases y Condiciones correspondientes a la Licitación Pública de Firmas o Consorcios de Firmas Consultoras Nacionales para realizar la Inspección de los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires en la Zona 1, Licitación Nº 122/98 (corregido luego por la propia denunciada a fs. 28, resaltando que el Pliego correspondiente a la Licitación Pública en la que resultara adjudicataria era el 14/97)...";

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Que, en el último párrafo del punto 10 del mismo voto hace una breve reseña del procedimiento diseñado por el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones dictado por el Ente, señalando "...en resumidas cuentas, tales circunstancias establecen en forma indudable que el trámite administrativo que diera origen al presente recurso se llevó a cabo dentro del marco del procedimiento sancionatorio establecido por el reglamento ut supra aludido; por ende, las disposiciones según las cuales habrán de ser analizadas las quejas relativas a la regularidad del procedimiento son las contenidas en los Arts. 10 a 20 de la norma mencionada..."; Que, ante la afirmación de la recurrente de que la omisión al llamado de autos para alegar constituyó una violación al debido proceso adjetivo, fundando esa postura en el Art. 18 del Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Organismo, con lo que estaría validando el procedimiento interno del Ente, la Sala señaló que "...la improcedencia del punto invocado resulta patente a poco que se repare que la norma señalada como aplicable por la recurrente se encuadra en el marco del Capítulo II del mentado reglamento (reclamos y controversias), cuando el que resulta aplicable en la especie -y que es el que ha seguido el Órgano Administrativo con carácter previo al dictado de la resolución cuestionada- es el procedimiento regulado en el Capítulo III (sancionatorio), que no contempla la posibilidad alguna de presentar alegatos...", conforme el segundo párrafo del punto 12.4; Que, el Área Técnica en su Informe Nº 1619/ACA/2010 señala que ratifica el criterio expuesto en primera instancia, es decir, incumplimiento a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003, en su Anexo IX; Que, la Dirección General de Limpieza a través de su Nota Nº 2013/DGLIM/09, expresó que "...no puede bajo ningún concepto dejar de cumplir con la orden de descuento establecida, a excepción que se le instruya una orden por parte del Ente o en sede judicial..."; Que, a su vez la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, expresó en el Dictamen Nº 070470, que "...ante la falta de pago voluntario sólo puede el Ente promover y llevar adelante las acciones judiciales pertinentes coordinando con la Procuración General, de conformidad con la facultad acordada en el Art. 3º, inc. q) de la Ley Nº 210...". Continúa diciendo en el párrafo décimo, del punto II, Análisis, que los Art. 60 y 61 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/2003 que regula las relaciones entre el Gobierno de la Ciudad y los prestadores del servicio público involucrado, sólo admiten el descuento de la facturación mensual de las faltas graves y leves resultantes del incumplimiento de las pautas contractuales y de conformidad con el procedimiento establecido en el mismo. En los siguientes párrafos de este punto, Análisis, el Procurador General, expresa "Ello revela que las multas de las que resultan pasibles los prestadores del servicio público responden a dos órdenes distintos, el legal a cargo del Ente y el contractual, responsabilidad de la Dirección General de Limpieza, sujetos a sus propios procedimientos y mecanismos ejecutorios, existiendo una previsión expresa en el Art. 61 in fine del Pliego...". Concluye, el citado funcionario que "...resulta improcedente descontar de la facturación mensual de las prestadoras del servicio público concesionado mediante Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/2003 multas que no resulten de los procedimientos contractualmente establecidos en el marco de la misma."; Que, sin perjuicio de lo antedicho, la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, al resolver en el Expte. "Ecohábitat SA c/ EURSPCABA s/Impugnación de actos administrativos", Nº 7639/00, reconoció la facultad sancionatoria del Ente, confirmando la validez del acto administrativo emitido por el mismo, en el cual se disponía el descuento del 0,01% de la facturación mensual correspondiente al servicio específico, el cual multiplicado por cada punto de multa dispuesto como sanción, da el monto en pesos a descontar de la facturación mensual a abonar por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la empresa prestataria sancionada;

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Que, pese a estar reconocida la facultad sancionatoria de este Organismo, la Dirección General de Limpieza no da cumplimiento a los descuentos ordenados por el Ente; Que, en uso de las facultades otorgadas a este Organismo por la Ley Nº 210 y a los fines de evitar un dispendio administrativo que genere dilaciones en las funciones de este Ente, resulta procedente la aplicación de las multas prescindiendo de la solicitud de descuento a la Dirección General de Limpieza; Que, corresponde la aplicación de la sanción prevista para las faltas leves en el Art. 59, inc. 26, del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003, imponiendo a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida, una penalidad de diez (10) puntos en total, esto es cinco (5) puntos por cada contenedor y por un día, equivalentes a pesos cinco mil seiscientos cincuenta y dos con 43/100 ($5.652,43.-), por deficiencias en el servicio de provisión, de conservación o reposición de contenedores, y que las mencionadas deficiencias afectan la calidad de la prestación del servicio, teniendo en cuenta que cada punto será el equivalente al 0,01 % del monto de la factura del servicio específico en el que se cometió la infracción; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.- Sancionar a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida con una multa de diez (10) puntos, equivalentes a pesos cinco mil seiscientos cincuenta y dos con 43/100 ($5.652,43.-), por incumplimiento en el servicio de reparación de contenedores, correspondientes al mes de mayo del año 2008, conforme el Art. 59, inc. 26 del Pliego de Bases y Condiciones; Artículo 2º.- El importe de la multa fijada en el artículo precedente deberá ser depositado en la Cuenta Corriente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 28060/6 -Sucursal Centro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires- dentro de los treinta (30) días de notificada la presente resolución, debiendo acreditar dicho depósito en el Organismo y en el expediente en igual plazo. Artículo 3º.- Poner en conocimiento de la Dirección General de Limpieza, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo dispuesto por el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 4º.- Notifíquese al Sr. Andrés Álvarez (DNI 18.135.090) y a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida. Artículo 5º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Control, de Usuarios, de Proyectos, de Administración y a la Asesoría Legal. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - García - Michielotto - Rozenberg

RESOLUCIÓN N.º 210/ERSP/11

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 VISTO:

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el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, el Pliego de Bases y Condiciones que rige el Servicio de Alumbrado Público, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002, el Acta de Directorio Nº 409 del 29 de septiembre de 2010, el Expediente Nº 2524/EURSPCABA/2008, y

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CONSIDERANDO: Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, según lo prescribe el Art. 2º, inc. b) de la Ley Nº 210, se entiende como servicio público a los efectos de la aplicación de la misma, el alumbrado público; Que, conforme lo establece el Art. 3º incs. a), b), e), i) y l) de la Ley Nº 210, el Ente tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar las actividades de los prestadores de los servicios públicos en todos los aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto de la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y efectuar las denuncias pertinentes implementando las acciones tendientes a hacer cesar dichas conductas; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso; Que, el Expediente Nº 2524/EURSPCABA/2008 se inicia a raíz de la denuncia efectuada por una usuaria, la Sra. Claudia Kirchhof en fecha 16/09/08, respecto a una luminaria apagada en la calle San Luís 2450, entre Larrea y Azcuénaga, correspondiente a la Zona 1, concesionada a la empresa Manteléctric ICISA; Que, el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 93/97 para la contratación del Servicio de Alumbrado Público, en su Art. 68.1 -Plazos de Reparación- establece un plazo máximo de 24 horas para la reparación del tipo de deficiencia detectada; Que, el Pliego mencionado en su Art. 55-Importe de las Penalidades- establece que las penalidades máximas que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá imponer a la contratista, expresadas en puntos, donde cada punto será equivalente a 0,01% del total de la facturación mensual del servicio; Que, en la tabla que identifica las deficiencias específicas por categorías, en el Nº 22 se especifica que para el incumplimiento en los plazos de reparación (Art. 68.1), corresponde una penalidad máxima de 200 puntos por día de incumplimiento; Que, conforme el Acta Acuerdo aprobada por Res. 221/SJG/2002 entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la empresa Manteléctric ICISA, la facturación mensual disminuye un 4% del monto total de la certificación mensual; Que, el Área Técnica en su Informe considera que los hechos denunciados podrían constituir una presunta infracción a los deberes de la concesionaria según el Pliego Licitatorio mencionado, por lo cual recomienda el inicio del correspondiente sumario; Que, la Asesoría Legal dispuso la apertura del sumario, notificando a la empresa prestadora del servicio la presunta infracción por ella cometida; Que, a fs. 24/26 Manteléctric ICISA, presenta su descargo y ofrece prueba en relación a los hechos que se le imputaron;

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Que, producida la prueba, no quedando ninguna pendiente de producción, se remiten las actuaciones al Área Técnica para la elaboración del correspondiente Informe, conforme lo establecido por el Art. 28 del Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Organismo; Que, el Área Técnica en su Informe Nº 458/AVP/2008 obrante a fs. 78, sostiene que atento al tiempo transcurrido desde la denuncia efectuada por la usuaria y la fecha de la primera fiscalización, sin poder comprobar lo ocurrido en ese lapso y sin haberse realizado una nueva denuncia ante la empresa, sugiere desestimar la aplicación de sanción a la empresa Manteléctric ICISA; Que, la Instrucción coincidiendo con el Área Técnica, sostiene en su descargo que, habiéndose respetado el debido proceso y por duda razonable a favor de la empresa, no surgen elementos suficientes que permitan adjudicar a Manteléctric ICISA un incumplimiento al Pliego de Bases y Condiciones que rige el servicio respecto a los plazos máximos de reparación de la falta detectada en autos. Ello tiene sustento en una correcta valoración de las pruebas, el descargo ofrecido por la sumariada y las fiscalizaciones realizadas por agentes de este Organismo; Que, de acuerdo con lo informado por el Área Técnica y la Instrucción, en cuanto a que lo actuado no determina un cuadro probatorio técnico suficiente, que permita adjudicarle a la concesionaria el incumplimiento del Pliego de Bases y Condiciones que rige el servicio, corresponde la desestimación de la aplicación de sanciones a la prestataria; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.- Desestimar la aplicación de sanciones contra la empresa Manteléctric ICISA. Artículo 2º.- Notifíquese a la Sra. Claudia Kirchhof (DNI 18.125.775) y a la empresa Manteléctric ICISA. Artículo 3º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Control, de Usuarios, de Proyectos y

a la Asesoría Legal. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - García - Michielotto - Rozenberg

RESOLUCIÓN N.º 212/ERSP/11

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, el Pliego de Bases y Condiciones para el Servicio de Higiene Urbana Licitación Nº 6/2003, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002, el Acta de Directorio Nº 408 del 22 de septiembre de 2010, el Expediente Nº 354/EURSPCABA/2010, y

Página Nº 112Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. c) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final; Que, el Art. 3º incs. b), e), j), k) y l) de la Ley Nº 210, establece como funciones de este Ente, entre otras, controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; recibir y tramitar las quejas y reclamos de los usuarios en sede administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el prestador; ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso; Que, el presente sumario 354/EURSPCABA/2010, se inicia a raíz del Plan de Control correspondiente al mes de octubre del año 2009, mediante Actas Nº 000538/ATO/2009, Nº 000539/ATO/2009, Nº 000540/ATO/2009, Nº 000541/ATO/2009, Nº 000531/ATO/2009 y Nº 000551/ATO/2009 de fecha 28/10/09 y Nº 000560/ATO/2009 de fecha 29/10/09, respecto de la deficiencia en los servicios de recolección de restos verdes, restos de obras y demoliciones y restos voluminosos; ello configuraría un incumplimiento en el servicio de higiene urbana. El mencionado Plan de Control se produjo en la denominada Zona 1, a cargo de la empresa Cliba Ingeniería Ambiental SA; Que, no genera dudas, entonces, la calificación como servicio público y la inclusión entre las prestaciones sujetas al control del Ente, del servicio de recolección de restos verdes, restos de obras y demoliciones y restos voluminosos, como es el caso en cuestión, conforme Anexo VIII, apartados 1.3, 1.4 y 1.5 del Pliego de Bases y

Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003; Que, respecto a los restos de obras verificados a fs. 10/15, por el cual se verifican incumplimientos en los servicios de recolección de restos verdes, restos de obras y demoliciones y restos voluminosos detectados conforme dichas Actas, es de considerar que las mismas han procedido a verificar rótulos, y todas ellas con comprobación de permanencia en la vía pública por un lapso mayor a las 48 hs., y con ello, la comisión de las infracciones; Que, de este modo, la prestataria incumple con el precepto Ciudad Limpia que es el que debe tomarse como guía de interpretación final a los fines de establecer, pacíficamente y junto a las demás estipulaciones contractuales, si corresponde o no aplicar una sanción leve, en el marco contractual aludido; Que, respecto de las deficiencias puntuales antedichas, los argumentos de la sumariada en su descargo de fs. 37/38, no logran conmover ni quitar responsabilidad a la misma, por lo cual los argumentos allí vertidos no pueden prosperar, a tenor de lo claramente dispuesto en el Anexo VIII del Pliego de Bases y Condiciones correspondiente; Que, vale destacar respecto de la facultad sancionatoria del Ente lo resuelto, en forma unánime, por la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, en oportunidad de expedirse sobre el recurso interpuesto por Ecohábitat SA (Expte. 7639/0), donde reconoce la facultad sancionatoria del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmando el acto administrativo apelado, es decir, la sanción aplicada a través del procedimiento sancionatorio establecido en la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001, reconociendo a este Organismo como autoridad de aplicación;

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CONSIDERANDO:

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Que, el punto 3 del voto del Dr. Esteban Centanaro señala que "... la autoridad de aplicación -en cumplimiento de lo normado por el Capítulo III del Reglamento de Procedimientos y Controversias- imputó a la empresa mencionada una presunta infracción del Art. 54, deficiencias Nº 1, 4 y 46 del Pliego de Bases y Condiciones correspondientes a la Licitación Pública de Firmas o Consorcios de Firmas Consultoras Nacionales para realizar la Inspección de los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires en la Zona 1, Licitación Nº 122/98 (corregido luego por la propia denunciada a fs. 28, resaltando que el Pliego correspondiente a la Licitación Pública en la que resultara adjudicataria era el 14/97)..."; Que, en el último párrafo del punto 10 del mismo voto hace una breve reseña del procedimiento diseñado por el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones dictado por el Ente, señalando "...en resumidas cuentas, tales circunstancias establecen en forma indudable que el trámite administrativo que diera origen al presente recurso se llevó a cabo dentro del marco del procedimiento sancionatorio establecido por el reglamento ut supra aludido, por ende, las disposiciones según las cuales habrán de ser analizadas las quejas relativas a la regularidad del procedimiento son las contenidas en los Arts. 10 a 20 de la norma mencionada..."; Que, asimismo, entendemos que las Actas labradas por agentes del Organismo gozan de entidad suficiente para dar inicio a un sumario, y de corresponder, aplicar las penalidades previstas; Que, el Área Técnica en su Informe Nº 1651/ACA/2010, señala que ratifica el criterio expuesto en primera instancia, es decir, incumplimiento a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003, en su Anexo VIII, servicio de recolección de residuos sólidos urbanos; Que, la Dirección General de Limpieza a través de su Nota Nº 2013/DGLIM/09, expresó que "...no puede bajo ningún concepto dejar de cumplir con la orden de descuento establecida, a excepción que se le instruya una orden por parte del Ente o en sede judicial..."; Que, a su vez la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, expresó en el Dictamen Nº 070470, que "...ante la falta de pago voluntario sólo puede el Ente promover y llevar adelante las acciones judiciales pertinentes coordinando con la Procuración General, de conformidad con la facultad acordada en el Art. 3º, inc. q) de la Ley Nº 210...". Continúa diciendo en el párrafo décimo del punto II, Análisis, que los Art. 60 y 61 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/2003 que regula las relaciones entre el Gobierno de la Ciudad y los prestadores del servicio público involucrado, sólo admiten el descuento de la facturación mensual de las faltas graves y leves resultantes del incumplimiento de las pautas contractuales y de conformidad con el procedimiento establecido en el mismo. En los siguientes párrafos de este punto, Análisis, el Procurador General, expresa "Ello revela que las multas de las que resultan pasibles los prestadores del servicio público responden a dos órdenes distintos, el legal a cargo del Ente y el contractual, responsabilidad de la Dirección General de Limpieza, sujetos a sus propios procedimientos y mecanismos ejecutorios, existiendo una previsión expresa en el Art. 61 in fine del Pliego...". Concluye, el citado funcionario que "...resulta improcedente descontar de la facturación mensual de las prestadoras del servicio público concesionado mediante Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/2003 multas que no resulten de los procedimientos contractualmente establecidos en el marco de la misma.";

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Que, sin perjuicio de lo antedicho, la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, al resolver en el Expte. "Ecohábitat SA c/ EURSPCABA s/Impugnación de actos administrativos", Nº 7639/00, reconoció la facultad sancionatoria del Ente, confirmando la validez del acto administrativo emitido por el mismo, en el cual se disponía el descuento del 0,01% de la facturación mensual correspondiente al servicio específico, el cual multiplicado por cada punto de multa dispuesto como sanción, da el monto en pesos a descontar de la facturación mensual a abonar por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la empresa prestataria sancionada; Que, pese a estar reconocida la facultad sancionatoria de este Organismo, la Dirección General de Limpieza no da cumplimiento a los descuentos ordenados por el Ente; Que, en uso de las facultades otorgadas a este Organismo por la Ley Nº 210 y a los fines de evitar un dispendio administrativo que genere dilaciones en las funciones de este Ente, resulta procedente la aplicación de las multas prescindiendo de la solicitud de descuento a la Dirección General de Limpieza; Que, corresponde la aplicación de la sanción prevista para las faltas leves en el Art. 59, inc. 14º del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003, imponiendo a la empresa Cliba Ingeniería Ambiental SA las siguientes penalidades 1.- una penalidad de sesenta (60) puntos, equivalentes a pesos seiscientos sesenta y dos con 61/100 ($662,61.-), calculados sobre el servicio de recolección de restos voluminosos; 2.- una penalidad de sesenta (60) puntos, equivalentes a pesos cuatrocientos quince con 87/100 ($415,87.-), calculados sobre el servicio de recolección de restos de obras y demoliciones; 3.- una penalidad de veinte (20) puntos, equivalentes a pesos ciento veintidós con 45/100 ($122,45.-), calculados sobre el servicio de recolección de restos verdes, ya que las mencionadas deficiencias afectan la calidad de la prestación del servicio, teniendo en cuenta que cada punto será equivalente a 0,01% del monto de la factura del servicio específico en el que se cometió la infracción; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.- Sancionar a la empresa Cliba Ingeniería Ambiental SA con una multa de sesenta (60) puntos, equivalentes a pesos seiscientos sesenta y dos con 61/100 ($662,61.-), calculados sobre el servicio de recolección de residuos voluminosos, correspondiente al mes de octubre del año 2009, conforme el Art. 59, inc. 17 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003. Artículo 2º.- Sancionar a la empresa Cliba Ingeniería Ambiental SA con una multa de sesenta (60) puntos, equivalentes a pesos cuatrocientos quince con 87/100 ($415,87), calculados sobre el servicio de recolección de restos de obras y demoliciones, correspondientes al mes de octubre del año 2009, conforme el Art. 59 inc. 17 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003. Artículo 3º.- Sancionar a la empresa Cliba Ingeniería Ambiental SA con una multa de veinte (20) puntos, equivalentes a pesos ciento veintidós con 45/100 ($122,45.-), calculados sobre el servicio de recolección de restos verdes, correspondientes al mes de octubre del año 2009, conforme el Art. 59 inc. 17 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003.

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Artículo 4º.- El monto correspondiente a las multas fijadas en los artículos 1º, 2º y 3º deberán ser depositados en la Cuenta Corriente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 28060/6 -Sucursal Centro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires- dentro de los treinta (30) días de notificada la presente resolución, debiendo acreditar en el Organismo y en el expediente el cumplimiento del depósito en igual plazo. Artículo 5º.- Poner en conocimiento a la Dirección General de Limpieza, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo dispuesto por los artículos 1°, 2° y 3° de la presente resolución. Artículo 6º.- Notifíquese a la empresa Cliba Ingeniería Ambiental SA. Artículo 7º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Control, de Usuarios, de Proyectos, de Administración y a la Asesoría Legal. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - García - Michielotto - Rozenberg

RESOLUCIÓN N.º 214/ERSP/11

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, el Pliego de Bases y Condiciones para el Servicio de Higiene Urbana Licitación Nº 6/2003, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002, el Acta de Directorio Nº 409 del 29 de septiembre de 2010, el Expediente Nº 2285/EURSPCABA/2008 , y CONSIDERANDO: Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. c) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final; Que, el Art. 3º incs. b), e), j), k) y l) de la Ley Nº 210, establece como funciones de este Ente, entre otras, controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; recibir y tramitar las quejas y reclamos de los usuarios en sede administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el prestador; ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso; Que, el Expediente Nº 2285/EURSPCABA/2008 se inicia a raíz de la actuación del Área de Relaciones con la Comunidad. Con fecha 07/08/08, se constataron en Avda. Francisco Beiró y Bermúdez, situaciones de incumplimiento en los servicios de reposición de cestos papeleros; el incumplimiento denunciado se produce en la denominada Zona 4, a cargo de la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida;

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Que, no genera dudas, entonces, la calificación como servicio público y la inclusión entre las prestaciones sujetas al control del Ente, tanto del servicio de recolección de residuos sólidos urbanos como el de reposición de cestos papeleros, como es el caso en cuestión, conforme Anexo IX del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003; Que, a fs 13 y 15 se hubo de comprobar las detecciones antedichas al servicio de omisión de reparación de cesto papelero y que a fs. 18/19 constan Planillas de registro por las que se han constatado las referidas omisiones a la prestación de servicio en las calles Desaguadero esquina J. P. Varela y Calderón de la Barca 3.158, respectivamente; en ambos casos las infracciones han sido puestas a conocimiento de la sumariada en fecha 21/08/08; Que, a fs. 40/42 la sumariada Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida, adjudicataria de la Zona 4 de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/2003, presenta su descargo y ofrece prueba en relación a los hechos que se le imputaron; Que, conforme las Actas anteriormente referenciadas, se han de tomar por ciertos los hechos expresados, ello atento a que los mismos se han comprobado no sólo por las Actas sino por la referencia a los rótulos (etiquetas Nº 16.529 y Nº 16.600) con comprobación de permanencia en la vía pública por un lapso mayor a las 48 hs., y con ello se ha comprobado la comisión de las infracciones; Que, de este modo, la prestataria incumple con el precepto general de Ciudad Limpia, que es el que debe tomarse como guía de interpretación final a los fines de establecer, pacíficamente y junto a las demás estipulaciones contractuales, si corresponde o no la aplicación de una sanción leve, en el marco contractual ya aludido; Que, manifiesta la sumariada en su descargo de fojas 40/42, la existencia de una supuesta "superposición de funciones sancionatorias entre el Ente y la Dirección General de Higiene Urbana" y asimismo, una "eventual duplicidad de sanciones", ello atento lo dispuesto por la Ley Nº 210, lo establecido el Art. 61 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nº 06/2003; Que, las facultades otorgadas por los Arts. 58 a 61 establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nº 06/2003 no invalida, ni resulta oponible al curso de este sumario, ni a la posible aplicación de sanciones por parte de este Organismo, ya que, como se menciona previamente, existen potencialmente infracciones distintas, metodología que, vale mencionar, fue aceptado por las empresas prestatarias del servicio de higiene urbana; Que, respecto a la eventual duplicidad de sanciones, cabe aclarar que cuenta el Ente con facultades específicas para aplicar sanciones por las penalidades previstas en el Pliego, en su Art. 61, que dice claramente "... El Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá en el marco de la Ley Nº 210/99 aplicar las penalidades pertinentes a su competencia debiendo informar a la Dirección General de Higiene Urbana sobre su intervención y resolución final de la misma...". Una vez finalizado el sumario corresponde informar a la Dirección General de Higiene Urbana lo que se resuelva. Vale decir que el Pliego, como no puede ser de otra manera, otorga al Organismo facultades para aplicar sanciones. No hace más que cumplir con la Ley Nº 210, que le da competencia en dicho sentido. Aunque el Pliego no lo previera expresamente, el Ente debiera aplicar sanciones, considerando lo dispuesto en la Ley Nº 210; Que, asimismo, entendemos que las Actas labradas por agentes del Organismo gozan de entidad suficiente para dar inicio a un sumario, y de corresponder, aplicar las penalidades previstas; Que, respecto de las deficiencias imputadas, podemos inferir que los argumentos de la sumariada en su descargo no logran conmover los fundamentos expuestos, ni quitarle o eximirle de responsabilidad en estas actuaciones sumariales, por lo cual se ha de concluir y se debe resolver este sumario aplicando las sanciones leves estatuidas en el Art. 59 del Pliego de Bases y Condiciones, dado que las conductas comprobadas encuadran típicamente, en lo singular, a los casos de marras;

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Que, sobre este punto, vale destacar lo resuelto, en forma unánime, por la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, en oportunidad de expedirse sobre el recurso interpuesto por Ecohábitat SA (Expte. 7639/0), donde reconoce la facultad sancionatoria del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmando el acto administrativo apelado, es decir, la sanción aplicada a través del procedimiento sancionatorio establecido en la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001, reconociendo a este Organismo como autoridad de aplicación; Que, el punto 3 del voto del Dr. Esteban Centanaro señala que "... la autoridad de aplicación -en cumplimiento de lo normado por el Capítulo III del Reglamento de Procedimientos y Controversias- imputó a la empresa mencionada una presunta infracción del Art. 54, deficiencias Nº 1, 4 y 46 del Pliego de Bases y Condiciones correspondientes a la Licitación Pública de Firmas o Consorcios de Firmas Consultoras Nacionales para realizar la Inspección de los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires en la Zona 1, Licitación Nº 122/98 (corregido luego por la propia denunciada a fs. 28, resaltando que el Pliego correspondiente a la Licitación Pública en la que resultara adjudicataria era el 14/97)..."; Que, en el último párrafo del punto 10 del mismo voto hace una breve reseña del procedimiento diseñado por el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones dictado por el Ente, señalando "...en resumidas cuentas, tales circunstancias establecen en forma indudable que el trámite administrativo que diera origen al presente recurso se llevó a cabo dentro del marco del procedimiento sancionatorio establecido por el reglamento ut supra aludido; por ende, las disposiciones según las cuales habrán de ser analizadas las quejas relativas a la regularidad del procedimiento son las contenidas en los Arts. 10 a 20 de la norma mencionada..."; Que, ante la afirmación de la recurrente de que la omisión al llamado de autos para alegar constituyó una violación al debido proceso adjetivo, fundando esa postura en el Art. 18 del Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Organismo, con lo que estaría validando el procedimiento interno del Ente, la Sala señaló que "... la improcedencia del punto invocado resulta patente a poco que se repare que la norma señalada como aplicable por la recurrente se encuadra en el marco del Capítulo II del mentado reglamento (reclamos y controversias), cuando el que resulta aplicable en la especie -y que es el que ha seguido el Órgano Administrativo con carácter previo al dictado de la resolución cuestionada- es el procedimiento regulado en el Capítulo III (sancionatorio), que no contempla la posibilidad alguna de presentar alegatos...", conforme el segundo párrafo del punto 12.4; Que, el Área Técnica en su Informe Nº 1620/ACA/2010 señala que ratifica el criterio expuesto en primera instancia, es decir, incumplimiento a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003, en su Anexo IX; Que, la Dirección General de Limpieza a través de su Nota Nº 2013/DGLIM/09, expresó que "...no puede bajo ningún concepto dejar de cumplir con la orden de descuento establecida, a excepción que se le instruya una orden por parte del Ente o en sede judicial..."; Que, a su vez la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, expresó en el Dictamen Nº 070470, que "... ante la falta de pago voluntario sólo

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puede el Ente promover y llevar adelante las acciones judiciales pertinentes coordinando con la Procuración General, de conformidad con la facultad acordada en el Art. 3º, inc. q) de la Ley Nº 210...". Continúa diciendo en el párrafo décimo, del punto II, Análisis, que los Art. 60 y 61 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/2003 que regula las relaciones entre el Gobierno de la Ciudad y los prestadores del servicio público involucrado, sólo admiten el descuento de la facturación mensual de las faltas graves y leves resultantes del incumplimiento de las pautas contractuales y de conformidad con el procedimiento establecido en el mismo. En los siguientes párrafos de este punto, Análisis, el Procurador General, expresa "Ello revela que las multas de las que resultan pasibles los prestadores del servicio público responden a dos órdenes distintos, el legal a cargo del Ente y el contractual, responsabilidad de la Dirección General de Limpieza, sujetos a sus propios procedimientos y mecanismos ejecutorios, existiendo una previsión expresa en el Art. 61 in fine del Pliego...". Concluye, el citado funcionario que "...resulta improcedente descontar de la facturación mensual de las prestadoras del servicio público concesionado mediante Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/2003 multas que no resulten de los procedimientos contractualmente establecidos en el marco de la misma."; Que, sin perjuicio de lo antedicho, la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, al resolver en el Expte. "Ecohábitat SA c/ EURSPCABA s/Impugnación de actos administrativos", Nº 7639/00, reconoció la facultad sancionatoria del Ente, confirmando la validez del acto administrativo emitido por el mismo, en el cual se disponía el descuento del 0,01% de la facturación mensual correspondiente al servicio específico, el cual multiplicado por cada punto de multa dispuesto como sanción, da el monto en pesos a descontar de la facturación mensual a abonar por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la empresa prestataria sancionada; Que, pese a estar reconocida la facultad sancionatoria de este Organismo, la Dirección General de Limpieza no da cumplimiento a los descuentos ordenados por el Ente; Que, en uso de las facultades otorgadas a este Organismo por la Ley Nº 210 y a los fines de evitar un dispendio administrativo que genere dilaciones en las funciones de este Ente, resulta procedente la aplicación de las multas prescindiendo de la solicitud de descuento a la Dirección General de Limpieza; Que, corresponde la aplicación de la sanción prevista para las faltas leves en el Art. 59, inc. 26, del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003, imponiendo a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida, una penalidad de diez (10) puntos, equivalentes a pesos cinco mil setecientos cuarenta y nueve con 62/100 ($5.749,62.-), por deficiencias en el servicio publico de falta de provisión, de conservación o reposición de cestos papeleros, y que las mencionadas deficiencias afectan la calidad de la prestación del servicio, teniendo en cuenta que cada punto será el equivalente al 0,01 % del monto de la factura del servicio específico en el que se cometió la infracción; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.- Sancionar a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida con una multa de diez (10) puntos, equivalentes a pesos cinco mil setecientos cuarenta y nueve con 62/100 ($5.749,62.-), calculados sobre el servicio de falta de reparación de cestos papeleros, correspondientes al mes de agosto del año 2008, conforme el Art. 59, inc. 26 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003.

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Artículo 2º.- El importe de la multa fijada en el artículo precedente deberá ser depositado en la Cuenta Corriente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 28060/6 -Sucursal Centro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires- dentro de los treinta (30) días de notificada la presente resolución, debiendo acreditar dicho depósito en el Organismo y en el expediente en igual plazo. Artículo 3º.- Poner en conocimiento de la Dirección General de Limpieza, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo dispuesto por el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 4º.- Notifíquese a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida. Artículo 5º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Control, de Usuarios, de Proyectos, de Administración y a la Asesoría Legal. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - García - Michielotto - Rozenberg

Página Nº 120Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Comunicados y Avisos Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TÉCNICA Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 36.401-MGEYA/12 Se solicita a los Sres. Jefes de las Mesas de Entradas y Salidas de las distintas dependencias del GCBA que realicen la búsqueda y/o se sirvan informar si en el organismo al que pertenecen se encuentra la siguiente actuación: Expediente Nº 36.401-MGEYA/12. La información ha de ser enviada a la Subdirección General de Fiscalización, sita en la calle Esmeralda Nº 638, 1º piso.

Juan Carlos Pérez Colman Director General

CA 359 Inicia: 19-6-2012 Vence: 22-6-2012

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TÉCNICA Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 1.899.815-MGEYA/12 Se solicita a los Sres. Jefes de las Mesas de Entradas y Salidas de las distintas dependencias del GCBA que realicen la búsqueda y/o se sirvan informar si en el organismo al que pertenecen se encuentra la siguiente actuación: Expediente Nº 1.899.815/11. La información ha de ser enviada a la Subdirección General de Fiscalización, sita en la calle Esmeralda Nº 638, 1º piso.

Juan Carlos Pérez Colman Director General

CA 360 Inicia: 19-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 121Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECTOR DE CLASIFICACIÓN Y DISCIPLINA DOCENTE DIRECCIÓN OPERATIVA DE CLASIFICACIÓN Y DISCIPLINA DOCENTES Docentes Área Inicial El Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires comunica la inscripción en Listado de Emergencia 2012, para la cobertura del cargo de Maestro de Sección y Celador de Nivel Inicial. Se podrán inscribir: Los que no se inscribieron en el mes de abril de 2011 en los Distritos Escolares ni en el Listado Complementario 2012. Quienes accedan al título docente dentro del plazo de vigencia del presente Edicto. Fecha: a partir del 21 de junio de 2012. Lugar de inscripción: Esmeralda 55, 4° piso contrafrente. Horario: 10 hs. a 12 hs. y de 14 hs. a 16 hs.

Roberto Galíndez Sainz Director

CA 352 Inicia: 18-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 122Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Económico

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Comunicado El señor Subsecretario de Deportes Francisco J. Irarrázaval, en su carácter de Presidente de la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte, informa que con fecha 1 de Marzo de 2012, la Comisión Directiva aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte (Ley 1624) efectuada por el Coordinador Ejecutivo Financiero, la cual fue modificada en fecha 25 de Abril de 2012 en consideración de la situación de emergencia generada por el fenómeno meteorológico ocurrido el 4 de abril donde distintas instituciones deportivas fueron afectadas. A continuación se detallan la Planificación Financiera del Fondo del Deporte antes mencionada, el plazo y lugar para la recepción de solicitudes, los requisitos y condiciones para presentarlas, y la normativa aplicable a la rendición de cuentas. PLANIFICACIÓN FINANCIERA DEL FONDO DEL DEPORTE En cumplimiento de lo normado en el Art. 20, Inc. b) del Decreto 1416/GCABA/07, se detalla la planificación financiera aprobada por la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte, a saber: - Fondos destinados a asistir a Clubes de Barrio: $800.000; - Fondos destinados a asistir Federaciones: $ 800.000; - Fondos destinados a asistir a personas físicas en calidad de deportistas amateurs, técnicos y científicos del deporte: $ 400.000; - Fondos destinados a solicitudes de emergencia: $ 1.000.000. Total fondos a destinar: $ 3.000.000. Estos montos deberán ser distribuidos en concepto de subsidios, dejándose constancia de que, a fin de lograr una aplicación distributiva de los recursos provenientes del Fondo del Deporte, se establecen los siguientes límites mínimos y máximos: a) Para deportistas amateur, un máximo de diez mil pesos ($10.000); b) Para clubes y federaciones, un mínimo de veinticinco mil pesos ($25.000) y un máximo de sesenta mil pesos ($60.000) para cada institución; c) Para la capacitación de científicos y/o técnicos del deporte, un máximo de diez mil pesos ($10.000) por persona; d) Para las solicitudes de emergencia, un máximo de cien mil pesos ($100.000) por institución. PLAZO Y LUGAR PARA LA RECEPCIÓN DE SOLICITUDES Se informa que el plazo en que se recibirán las solicitudes de beneficio para acceder al Fondo del Deporte (creado por el Art. 20 de la ley 1624) finalizará diez (10) días

después de la publicación del presente, inclusive. Dichas solicitudes deberán ser presentadas en la Mesa de Entradas de la Subsecretaría de Deportes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sito en la calle Cerrito 268, piso 10, Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 10 a 17 horas.

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REQUISITOS. PERSONAS JURÍDICAS. 1. Nota de solicitud del beneficio económico dirigida al Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente de la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte, explicando los motivos del pedido y agregando los antecedentes necesarios que permitan dar fundamento al requerimiento del beneficio, de acuerdo al modelo de proyecto que se transcribe como Anexo I. 2. Deberán acompañar estatuto, contrato social o instrumento equivalente, con todas las modificaciones existentes al día de la presentación, debidamente inscriptos ante la Inspección General de Justicia, en original o copia certificada, del cual deberá surgir que el último domicilio de la entidad solicitante, registrado en el citado organismo, se encuentra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 3. Deberán informar con carácter de declaración jurada: (i) los juicios que tuvieren en calidad de actores o demandados con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; (ii) los juicios y/o embargos que tuvieren en calidad de demandados, y toda otra deuda, de cualquier índole, que contraigan en forma previa o con posterioridad del otorgamiento del beneficio, por un monto superior al 30% del mismo o que comprometa a la institución por un plazo mayor a dos años; y (iii) no ser poseedores de otro beneficio otorgado por organismos estatales con idéntico destino. REQUISITOS. DEPORTISTAS AMATEURS 1. Nota de solicitud del beneficio económico dirigida al Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente de la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte, explicando los motivos del pedido y agregando los antecedentes necesarios que permitan dar fundamento al requerimiento del beneficio. Se deja constancia que el beneficio económico consistirá en la asignación de una suma de dinero para ser destinada a la compra de pasajes a efectos de asistir a competencias deportivas amateurs. 2. Declaración Jurada donde consten los datos del solicitante, de su condición de amateur y del evento conforme el modelo que figura en el Anexo II del Decreto Reglamentario Nº 896/07 de la Ley 311. Asimismo, se deberá declarar en la misma que: (i) el solicitante no es poseedor de otro beneficio otorgado por organismos estatales con idéntico destino; (ii) los juicios que tuvieren en calidad de actores o demandados con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; y (iii) los juicios y/o embargos que tuvieren en calidad de demandados, y toda otra deuda, de cualquier índole, que contraigan en forma previa o con posterioridad del otorgamiento del beneficio, por un monto superior al 30% del mismo o que lo comprometa por un plazo mayor a dos años. 3. Original y copia del Documento Nacional de Identidad y/o Libreta de enrolamiento y/o Libreta Cívica, en la parte pertinente, de donde deberá surgir que el/la peticionante se encuentra domiciliado/a en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En su defecto, deberá acreditar dos años de residencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o

bien, acreditar un mínimo de dos años como representante de una institución o federación deportiva con domicilio en la misma. 4. Acompañar tres presupuestos expedidos por Empresas de transporte, aéreo o terrestre, reconocidas por la Comisión Nacional de Transporte, de donde surja el monto del valor del pasaje. 5. En el caso de los deportistas federados/as, las federaciones y confederaciones a las que pertenezcan deberán adjuntar todos los datos personales del/la deportista, teniendo además que certificar los antecedentes del/la deportista propuesto/a. Debiendo contar con la aprobación de la comisión técnica de dicha federación, quien aportará información relacionada con los objetivos del corto, mediano y largo plazo a los que se apunta y los eventos en que se pretende lograrlas. 6. Cuando la solicitud de beneficio sea realizada por un/a deportista que represente a una institución de 1º grado (Clubes) o Federación deberá acreditar que la entidad se encuentra debidamente inscripta en el Registro Único de Instituciones Deportivas (R.U.I.D).

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REQUISITOS Y CONDICIONES PARA PRESENTAR SOLICITUDES

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1. Nota de solicitud del beneficio económico dirigida al Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente de la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte, explicando los motivos del pedido y agregando los antecedentes necesarios que permitan dar fundamento al requerimiento del beneficio. 2. Informar con carácter de declaración jurada lo siguiente: (i) que no es poseedor de otro beneficio otorgado por organismos estatales con idéntico fin; (ii) los juicios que tuvieren en calidad de actores o demandados con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; y (iii) los juicios y/o embargos que tuvieren en calidad de demandados, y toda otra deuda, de cualquier índole, que contraigan en forma previa o con posterioridad del otorgamiento del beneficio, por un monto superior al 30% del mismo o que comprometa a la institución por un plazo mayor a dos años. 3. Original y copia del Documento Nacional de Identidad y/o Libreta de enrolamiento y/o Libreta Cívica, en la parte pertinente, de donde deberá surgir que el/la peticionante se encuentra domiciliado/a en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En su defecto, deberá acreditar dos años de residencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 4. Una carta de referencia del postulante a cargo de una personalidad reconocida dentro del ámbito académico dedicado al estudio de las Ciencias del Deporte y/o de la federación respectiva. 5. Certificado de preinscripción y/o invitación al curso que pretenda realizar. 6. Programa del Curso con cronograma de fechas de inicio y finalización. 7. En caso de solicitar beca para la realización o continuación de un proyecto de investigación deberá adjuntarse una memoria del proyecto donde conste la Universidad o Instituto que será sede de la investigación, marco teórico, estado de la cuestión que se investigará, relevancia del problema a analizar, hipótesis de trabajo, metodología y técnicas de recolección de datos, objetivos generales y específicos de la investigación. 8. En caso de solicitar pasajes aéreos para asistir a la capacitación, deberá acompañar tres presupuestos expedidos por empresas de transporte, aéreo o terrestre, reconocidas por la Comisión Nacional de Transporte, de donde surja el monto del valor del pasaje. CONDICIONES PARA SER BENEFICIARIO. - Haber rendido los anteriores subsidios en tiempo y forma. - Presentar las solicitudes en tiempo y forma. - No ser poseedores de otro subsidio otorgado con idéntico fin. - No tener juicios en calidad de actores o demandados con el Gobierno de la Ciudad y/o embargos en calidad de demandados, o deuda de cualquier otra índole, que hayan contraído en forma previa o con posterioridad al otorgamiento del subsidio, por un monto superior al 30 % del mismo o que comprometa a la institución o a la persona física beneficiaria por un plazo mayor a dos años. RENDICIÓN DE CUENTAS RENDICIÓN DE CUENTAS. PERSONAS JURÍDICAS. Se aplica el régimen establecido en el Art. 4 del Anexo I de la Resolución 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. En el supuesto caso que el proyecto implique un plazo de ejecución mayor a ciento ochenta (180) días corridos contados a partir de la acreditación de los fondos, la rendición total deberá efectuarse dentro de los treinta (30) días corridos de realizada la actividad de cierre del proyecto, es decir, la competencia deportiva amateur. RENDICIÓN DE CUENTAS. PERSONAS FÍSICAS. Se aplica lo establecido al respecto en la Ley 311 y su decreto reglamentario Nº 896/07. En tal sentido, las personas beneficiarias (deportistas amateurs y/o científicos y técnicos del deporte) deberán acreditar la utilización de los fondos en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde el día de finalizada la competencia deportiva o capacitación para la que solicitó el beneficio.

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REQUISITOS. CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS DEL DEPORTE

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Los requisitos formales relativos a la documentación a presentar son los definidos en la Resolución 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución 50/SSDEP/10.

Francisco Irarrazával Subsecretario

CA 364 Inicia: 22-6-2012 Vence: 25-6-2012

Página Nº 126Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Licitaciones Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Contratación de la Obra SV14/11 - Expediente Nº 2.007.893/11 Objeto de la Contratación: Contratación de la Obra SV14/2011: "Provisión e Instalación de Señalamiento Vial en Proximidades a Escuelas". Rubro comercial: contratación de obras en general. Llámese a Licitación Privada de Obra Menor Nº 111-SIGAF/12 con fecha de apertura programada para el día 2 de julio de 2012 a las 13 horas. Autorizante: Resolución Nº 295-SSTRANS/12. Repartición destinataria: Dirección General de Tránsito. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consulta de pliegos: Unidad Operativa de Adquisiciones de la Jefatura de Gabinete de Ministros sita en Av. de Mayo 591, 3º piso, de lunes a viernes en el horario de 11 a 18 horas. Presentación de las ofertas: de lunes a viernes de 11 a 18 horas exceptuando el día de la apertura de ofertas que se recibirán hasta las 12.50 horas, en la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en Av. de Mayo 591, 3° piso. Fecha y lugar de apertura: 2 de julio de 2012 a las 13 horas en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Jefatura de Gabinete de Ministros, sita en Av. de Mayo 591, 3º piso.

Guillermo Dietrich Subsecretario

OL 2234 Inicia: 15-6-2012 Vence: 22-6-2012

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Contratación de la Obra “Plan FR1/2011: Fresado de Pintura Termoplástica” en diferentes áreas de la Ciudad - Expediente N° 2.170.872/11 Objeto de la Contratación: Contratación de la Obra “Plan FR1/2011: Fresado de Pintura Termoplástica” en diferentes áreas de la Ciudad. Rubro Comercial: Contratación de obras en general. Llámese a Licitación Privada de Obra Menor N° 112-SIGAF/2012 con fecha de apertura programada para el día 29 de junio de 2012 a las 13:00 horas. Autorizante: Resolución Nº 291 - SSTRANS/12. Repartición destinataria: Dirección General de Tránsito Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consulta de pliegos: Unidad Operativa de Adquisiciones de la Jefatura de Gabinete de Ministros sita en Av. de Mayo 591 - 3º piso, de lunes a viernes en el horario de 11:00 a 18:00 horas.

Página Nº 127Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Presentación de las Ofertas: de lunes a viernes de 11:00 a 18:00 horas exceptuando el día de la apertura de ofertas que se recibirán hasta las 12:50 horas, en la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en Av. de Mayo 591 - 3° piso. Fecha y Lugar de Apertura: 29 de junio de 2012 a las 13:00 horas en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Jefatura de Gabinete de Ministros, sita en Av. de Mayo 591, 3º piso.

Guillermo Dietrich Subsecretario de Transporte

OL 2275 Inicia: 18-6-2012 Vence: 25-6-2012

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Obra: Plan DH 9/2012 “Demarcación Horizontal en diferentes áreas de la Ciudad” - Licitación Pública N° 1124/2012. Llámese a Licitación Pública Nº 1124/SIGAF/2012 con fecha de apertura programada para el día 27 de julio de 2012, a las 13:00 hs. Expediente N° 213529/2012 – Autorizante: Resolución Nº 400 - MJGGC/12. Valor del pliego: Pesos Cinco Mil ($ 5000.-) Adquisición y consulta de pliegos: Unidad Operativa de Adquisiciones de la Jefatura de Gabinete de Ministros sita en Av. de Mayo 591, 3º piso, de lunes a viernes en el horario de 11:00 a 18:00 horas, hasta Cuarenta y Ocho (48) horas antes de la apertura de las ofertas. Presentación de las Ofertas: de lunes a viernes de 11:00 a 18:00 horas exceptuando el día de la apertura de ofertas que se recibirán hasta las 12:50 horas, en la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en Av. de Mayo 591, 3° piso. Fecha y Lugar de Apertura: 27 de julio de 2012 a las 13:00 horas en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Av. de Mayo 591, 3º piso.

Horacio Rodriguez Larreta

Jefe de Gabinete de Ministros

OL 2073 Inicia: 6-6-2012 Vence: 27-6-2012

Página Nº 128Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Justicia y Seguridad

SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Adquisición de elementos de seguridad - Expediente N° 288307/2012 Licitación Pública Nº 1292/12 Resolución Nº 259-SSEMERG-12 Repartición destinataria: Dirección General de Defensa Civil, Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias y Dirección General de Logística. Valor del pliego: Sin valor económico Retiro y consultas de pliegos: de lunes a viernes en el horario de 10 a 17 hs en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Subsecretaria de Emergencias sita en Av. Regimientos de Patricios Nº 1142, piso 2º. Apertura: 29 de Junio de 2012 a las 12:00 horas en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Subsecretaría de Emergencias

Nestor Nicolas Subsecretario De Emergencias

OL 2303 Inicia: 21-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 129Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. E. TORNU” Insumos de laboratorio - Expediente Nº 951536/12 Licitación Privada Nº 171/2012 Adquisición: INSUMOS DE LABORATORIO Nombre del contratante: Hospital Gral. de Agudos Dr. Enrique Tornu Lugar donde pueden retirarse o consultar los pliegos: Div.Compras y Contrataciones. Av. Combatientes de Malvinas 3002 1º piso. Valor del pliego: sin cargo Lugar de presentación de las ofertas: División Compras y Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002 1º piso. Lugar, día y hora del acta de apertura: División Compras y Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002 1º piso, fecha 29/06/2012 a las 11:00 horas. Los pliegos se podrán retirar a partir del 26/03/2012 de 08:00 a 12:00 horas.

Hilda Cabuche Sub- Director

OL 2317 Inicia: 21-6-2012 Vence: 22-6-2012

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Obra: Remodelación de patios y galería de internación del Hospital de Salud Mental Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García - Expediente Nº 274.419/12 Llámase a Licitación Pública Nº 807-SIGAF/12 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1.254/08, para contratar la siguiente obra: “Remodelación de patios y galería de internación del Hospital de Salud Mental Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García, sito en Ramón Carrillo 315 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la provisión de mano de obra, materiales y equipos”. Autorizante: Disposición Nº 80-DGRFISS/12. Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 1.170.634,38. Plazo de ejecución: doscientos cuarenta (240) días corridos. Fecha de apertura: 31 de julio de 2012 a las 11 hs. Visita lugar de obra: los días 5 y 6 de julio de 2012 a las 11 horas, en el Hospital de Salud Mental Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García de la C.A.B.A. - lugar de Encuentro en la Dirección del Hospital. Consultas técnicas: deberán presentarse por escrito en el Ministerio de Salud - Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A., de lunes a viernes de 9 a 17 hs., hasta el día 20 de julio de 2012.

Página Nº 130Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A. de lunes a viernes de 9 a 17 hs. o en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: www.buenosaires.gob.ar - Hacienda - Compras y Contrataciones - Licitaciones y Compras - Consulta de Compras y Contrataciones. Se deja constancia que la página de Internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A. Repartición destinataria: Hospital de Salud Mental Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García de la C.A.B.A. Valor del pliego: sin valor comercial.

Mónica González Biondo Gerente Operativa Compras y Contrataciones

OL 2338 Inicia: 22-6-2012 Vence: 5-7-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. CARLOS G. DURAND” Adquisición de dispositivos para incontinencia - Expediente Nº 977.808 Licitación Pública Nº 1114/12. Apertura: 28/6/12, a las 12 hs. Objeto de la licitación: dispositivos para incontinencia. Valor del pliego: sin valor. Los respectivos pliegos podrán ser retirados del Hospital General de Agudos Carlos Durand, Oficina de Compras, Díaz Vélez 5044, Capital Federal, de lunes a viernes de 8 a 12 hs., hasta el día anterior a la apertura de la licitación y las ofertas podrán ser presentadas en el mismo lugar hasta la fecha y hora de la apertura.

Carlos D. Rosales Director

OL 2343 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. DALMACIO VÉLEZ SARSFIELD” Adquisición de descartable laboratorio - Nota Nº 1.246.656-HGAVS/09 Llámase a Licitación Pública Nº 1255/12, cuya apertura se realizará el día 27/6/12, a las 12 hs., para la adquisición de descartable laboratorio. Valor del pliego: $ 0,00. Adquisición y consultas de pliegos: en Oficina de Compras, Calderón de la Barca 1550, de lunes a viernes en el horario de 9 a 12 hs., hasta un día antes de la apertura. Lugar de apertura: en Oficina de Compras, Calderón de la Barca 1550.

Página Nº 131Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Rodolfo Blancat Director

Daniel Filippo

Gerente Operativo Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2349 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. BERNARDINO RIVADAVIA” Provisión Insumos para cirugía - Expediente Nº 1.198.307/12 Llámase a Licitación Pública Nº 1298/12, cuya apertura se realizará el día 2/7/12, a las 10.30 hs., para la provisión de Insumos para Cirugía. Autorizante: Disposición Nº 323-HBR/12. Repartición destinataria: Departamento Quirúrgico. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: en Departamento de Compras, Av. Las Heras 2670, 2º piso, Capital Federal, de lunes a viernes en el horario de 9 a 12 hs., hasta 24 horas antes de la apertura. Pliego publicado en la página Web. Lugar de apertura: en Departamento de Compras, Av. Las Heras 2670, 2º piso, Capital Federal.

Luis E. Somaruga Director de Atención Médica

María del Carmen Maiorano

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2342 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. TEODORO ALVAREZ” Adquisición e instalación de toldos para el Pabellón J - Expediente Nº 803881/12 Llamase a Licitación Publica nº 1331/12, cuya apertura se realizara el dia 25/06/2012, a las 10.00 hs., para: Adquisición e instalación de toldos para el pabellon j Valor del pliego: 00 Adquisición y consultas de pliegos: en Hospital Alvarez, Aranguren 2701, 1º piso, oficina de compras, de Lunes a Viernes en el horario de 08.00 a 12.00hs. hasta el dia 25de Junio de 2012. Lugar de apertura: en Hospital Alvarez, Aranguren 2701, 1º piso, oficina de compras.

Diana Galimberti Directora General

Página Nº 132Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Viviana Bobovnik

Coordinadora de Gestion Economico Financiera OL 2315 Inicia: 21-6-2012 Vence: 22-6-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL INFANTO JUVENIL “DRA. CAROLINA TOBAR GARCÍA” Adquisición de recarga y mantenimiento de matafuegos - Expediente Nº 1.264.296-HIJCTG/12 Llámese a Licitación Pública Nº 1337/12, cuya apertura se realizará el día 28/6/12 a las 9 hs. para la adquisición de recarga y mantenimiento de matafuegos. Autorizante: Disposición 71-HIJCTG/12. Repartición destinataria: Hospital Tobar García. Valor del pliego: gratuito, art. 86 del Decreto Nº 754/08. Adquisición y consultas de pliegos: Departamento de Compras y Contrataciones sito en Dr. Ramón Carrillo 315, PB, CABA, de lunes a viernes de 9 a 12.30 hs. hasta 24 horas previas a la apertura. Lugar de apertura: Departamento de Compras y Contrataciones sito en Dr. Ramón carrillo 315, PB, CABA.

Roberto A. Yunes Director

Walter Bitar

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2352 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. DALMACIO VÉLEZ SARSFIELD” Adquisición de descartable laboratorio - Expediente Nº 1.167.030/12 Llámase a Licitación Pública Nº 1340/12, cuya apertura se realizará el día 27/6/12, a las 11 hs., para la adquisición de descartable laboratorio. Valor del pliego: $ 0,00. Adquisición y consultas de pliegos: en Oficina de Compras, Calderón de la Barca 1550, de lunes a viernes en el horario de 9 a 12 hs., hasta un día antes de la apertura. Lugar de apertura: en Oficina de Compras, Calderón de la Barca 1550.

Página Nº 133Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Director

Daniel Filippo Gerente Operativo Gestión Administrativa,

Económica y Financiera OL 2350 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JUAN A. FERNÁNDEZ” Adquisición de catéteres para hemodinamia - Expediente Nº 553.598-MGEYA/12 Llámese a la Licitación Pública Nº 1361/12 cuya apertura se realizara el día 29/6/12 a las 10 hs., para la adquisición de catéteres para hemodinamia. Valor del pliego: $ 0. Adquisición y consultas de pliegos: en la Oficina de Compras del Hospital General de Agudos Juan A. Fernández, Cerviño 3356, 5º piso de lunes a viernes de 9 a 12 hs., hasta la hora de apertura. Lugar de apertura: en la Oficina de Compras del Hospital General de Agudos Juan A. Fernández, Cerviño 3356, 5º piso.

Jose A. Lanes Director Medico

Stella M. Nocetti

Coordinadora de Gestión Económico Financiera OL 2346 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JUAN A. FERNÁNDEZ” Adquisición de insumos para hemodinamia - Expediente Nº 196.425-MGEYA/12 Llámese a la Licitación Pública Nº 1362/12 cuya apertura se realizara el día 29/6/12 a las 10.30 hs., para la adquisición de insumos para hemodinamia. Valor del pliego: $ 0. Adquisición y consultas de pliegos: en la Oficina de Compras del Hospital General de Agudos Juan A. Fernández, Cerviño 3356, 5º piso de lunes a viernes de 9 a 12 hs., hasta la hora de apertura. Lugar de apertura: en la Oficina de Compras del Hospital General de Agudos Juan A. Fernández, Cerviño 3356, 5º piso.

Jose A. Lanes Director Medico

Página Nº 134Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Rodolfo Blancat

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Stella M. Nocetti Coordinadora de Gestión Económico Financiera

OL 2347 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 135Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra: Juegos de Agua en Varios Espacios Verdes - Expediente Nº 383.114/12 Llámase a Licitación Pública Nº 909/12 para el día 16 de julio de 2012, a las 12 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley Nº 13.064, para la realización de la Obra “Juegos de Agua varios Espacios Verdes - Dirección General Espacios Verdes (DGEV)”. Presupuesto oficial: pesos tres millones seiscientos noventa y seis mil trescientos treinta y cinco con cinco centavos ($3.696.335,05.-). Plazo de ejecución: 120 (ciento veinte) días corridos. Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden ser obtenidos en forma gratuita y consultados, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5º piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 15 hs. Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el 16 de julio de 2012 a las 12 hs., momento en que se realizará la apertura de las ofertas, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ANEXO

Lisandro Greco Director General

OL 2340 Inicia: 22-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra: Gimnasios (Juegos 3ª edad y postas aeróbicas) - Expediente Nº 383.147/12 Llámase a Licitación Pública Nº 916/12 para el día 16 de julio de 2012, a las 14 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la contratación de la Obra “Gimnasios (Juegos 3ª edad y postas aeróbicas)”. Presupuesto oficial: pesos tres millones ciento treinta mil treinta y cinco con cinco centavos ($ 3.130.035,05). Plazo de ejecución: 120 (ciento veinte) días corridos. Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden ser obtenidos en forma gratuita y consultados, en Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 17 hs.

Página Nº 136Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el 16 de Julio de 2012 a las 12 hs., momento en que se realizará la apertura de las ofertas, en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Lisandro Greco Director General

OL 2341 Inicia: 22-6-2012 Vence: 2-7-2012

Página Nº 137Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Obra Mayor Actualización y Puesta en Valor del Sector Jerárquico y Ampliación y Remodelación del Sector de Capacitación - Expediente Nº 2.021.847/11 Llámese a Licitación Pública Nº 1131/SIGAF/2012, cuya apertura se realizará el día 25/07/12, a las 12:00hs., destinados a la Obra Mayor Actualización y Puesta en Valor del Sector Jerárquico y Ampliación y Remodelación del Sector de Capacitación. Repartición destinataria: AGIP. Adquisición y consultas de pliegos: en el Departamento Compras y Contrataciones de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, sito en la calle Viamonte 900, Capital Federal, de lunes a viernes en el horario de 9,00 a 15,00 Hs. T.E. 4323-8899/8872 hasta el día 25/07/12 11:45hs y en Internet página Web: www.buenosaires.gov.ar – hacienda – licitaciones y compras – consultas de compras. Lugar de apertura: Departamento Compras y Contrataciones de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, sito en la calle Viamonte 900, Capital Federal.

Fabián Fernández Director de Administración

OL 2209 Inicia: 14-6-2012 Vence: 29-6-2012

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Adquisición de servicio de consultoría para auditorías del proyecto GIT - Expediente Nº 1.057.352-MGEYA/12 Llámese a Licitación Pública Nº 1232/12, cuya apertura se realizará el día 4/7/12, a las 12 hs., para el servicio de consultoría para auditorías del proyecto GIT en la AGIP. Repartición destinataria: AGIP. Valor del pliego: sin costo. Retiro y consultas de pliegos: en el Departamento Compras y Contrataciones de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, sito en la calle Viamonte 900, Capital Federal, de lunes a viernes en el horario de 9 a 15 hs. T.E. 4323-8899/8872 hasta el día 4/7/12 11.45 hs. y únicamente consulta en Internet en la página Web: www.buenosaires.gov.ar - hacienda - licitaciones y compras - consultas de compras. Lugar de apertura: departamento Compras y Contrataciones de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, sito en la calle Viamonte 900, Capital Federal.

Fabián Fernández Director

OL 2336 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 138Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Maquinaria Vial y Camiones - Licitación Pública Nº 27/11 Se llama a Licitación Pública Nº 27-11 para la contratación de Maquinaria Vial y Camiones – Nota Nº 6259/IVC/2011 Fecha de Apertura: lunes 2 de julio de 2012 a las 11:00 hs. Presupuesto Oficial: $ 4.370.350,00.- (mes base: agosto 2011) El Pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en el horario de 9:30 a 15:30 hs. En la Subgerencia de Compras y Licitaciones, Carlos Pellegrini 211, 6º Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los oferentes deberán presentar junto con su oferta el certificado de retiro gratuito del pliego emitido por la Subgerencia de Compras y Licitaciones.

Ivan Kerr Gerente General

CV 15 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Mantenimiento y Atención de Emergencias de la Red Eléctrica y Alumbrado Público Interno de Asentamientos y Barrios - Contratación Directa Nº 14/12 Se llama a Contratación Directa Nº 14/12 para Servicio de Mantenimiento y Atención de Emergencias de la Red Eléctrica y Alumbrado Público Interno de Asentamientos y Barrios. Nota Nº 12766/IVC/2011 Fecha de Apertura: Miércoles 4 de Julio de 2012 a las 11.00 hs. Plazo Vigencia de Contrato: 365 días corridos. Presupuesto Oficial: $ 3.000.000,00.- (monto estimado para el mes de Septiembre 2011) El Pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en el horario de 9:30 a 15:30 hs. En la Subgerencia de Compras y Licitaciones, Carlos Pellegrini 211, 6º Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

Ivan Kerr Gerente General

CV 14 Inicia: 21-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 139Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Instituto Universitario Nacional del Arte

INSTITUTO UNIVERSITARIO NACIONAL DEL ARTE Obra: “Puesta en Valor Sede French Departamento de Artes Dramáticas de este IUNA” - Licitación Publica Nº 03/12 Expediente IUNA Nº01/153/11 Presupuesto Oficial: $ 2.381.961.81 (PESOS: DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO CON OCHENTA Y UNO). PLAZO DE EJECUCION DE OBRA: 8 (ocho) meses. MODALIDAD: AJUSTE ALZADO. EL MONTO DE LA GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA ES DE: $ 23.819,62 ( PESOS: VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE CON SESENTA Y DOS). Consulta y venta de pliegos: A partir del 04 de junio de 2012 hasta el 22 de junio de 2012 inclusive en Area de Compras y Contrataciones, Rectorado, IUNA, Azcuenaga 1169, Planta Baja “A”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 11 a 16 hs. ([email protected]). Valor del pliego: $ 150.- ( PESOS: CIENTO CINCUENTA). PRESENTACIÓN DE OFERTAS: En Área de Compras y Contrataciones, Rectorado, IUNA, Azcuenaga 1169, Planta Baja “A”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 02 de julio de 2012 a las 12 hs. Apertura De Ofertas: 02 de julio de 2012 a las 12 hs, en el Rectorado del IUNA, Salón de los Vitrales, Azcuenaga 1129, Primer Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Maria Marta Gigena Secretaria general de este instituto universitario nacional del arte.

OL 2034 Inicia: 4-6-2012 Vence: 25-6-2012

Página Nº 140Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

FISCALÍA GENERAL Adquisición de Cajas Fuertes - Licitación Pública Nº 6/12 Adquisición de Cajas Fuertes para uso del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A Actuación Interna Nº 21295/12. Disposición UOA Nº 23/12. Objeto de la contratación: La Licitación Pública Nº 06/12, tiene por objeto la adquisición de Cajas Fuertes para uso del Ministerio Público Fiscal conforme las características y demás condiciones que surgen del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Lugar de consulta y retiro del pliego: Por correo electrónico a [email protected] o en la página de Internet http://www.mpf.jusbaires.gov.ar/lang/es/administracion/compras-y-contratacionesprocurement-2-2-2/licitaciones-publicas-competitive-biddings/ o en el Departamento de Compras y Contrataciones del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL sita en Combate de los Pozos 155, 3º piso de esta Ciudad, de lunes a viernes en el horario de 09:00 a 17:00 hs., o al teléfono 4011-1538. Valor del pliego: gratuito. Lugar de entrega de las ofertas: hasta las 11:00 horas del día 12 de julio de 2012 en la Mesa de Entradas del Ministerio Público Fiscal, sita en Combate de los Pozos 155, 1º piso contrafrente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar y fecha de apertura de ofertas: Combate de los Pozos 155, 3º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 12 de julio de 2012, a las 11:15 horas. Plazo de mantenimiento de la oferta: plazo mínimo de treinta (30) días, hábiles a contar de la fecha de la apertura, prorrogables automáticamente por igual plazo. Presupuesto oficial: El presupuesto oficial de la Licitación Pública Nº 06/12 asciende a la suma de pesos trescientos cincuenta y dos mil ochocientos setenta ($352.870,00) IVAincluido.

Miguel Ángel Espiño Unidad Operativa de Adquisiciones

Fiscalía General OL 2351 Inicia: 22-6-2012 Vence: 25-6-2012

Página Nº 141Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Defensor General - Ministerio Público CABA

MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA DEFENSORÍA GENERAL Adquisición de equipos para computación - Licitación Pública Nº 07/12 EXPEDIENTE Nº 13/12 DISPOSICIÓN OAyP Nº 120/12: 1º.- APROBAR el llamado a Licitación Pública Nº 07/12, encuadrada en la Ley de Compras Nº 2.095 y su Reglamentación aprobada por Resolución CCAMP Nº 11/10, tendiente a la adquisición de Equipamiento Informático, con destino a las distintas dependencias de este Ministerio Público de la Defensa; por un monto total de OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS ($ 841.700,00). 2º.- APROBAR los pliegos de bases y condiciones particulares y especificaciones técnicas del llamado licitatorio indicado en el artículo precedente que como Anexo I se agregan y forman parte integrante de la presente. 3º.- ESTABLECER la fecha del acto de apertura de ofertas para el día 3 de julio de 2012 a las 13 horas. 4º.- REGÍSTRESE, protocolícese y publíquese. Firmado: Dr. Alejandro Formento

Alejandro Guyon Jefe de Departamento de Compras y Contrataciones

OL 2355 Inicia: 22-6-2012 Vence: 25-6-2012

MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA DEFENSORÍA GENERAL Adquisición de herramientas menores, materiales y ropa de trabajo - Licitación Pública Nº 10/12 Expediente Nº 147/12 Objeto: adquisición de herramientas menores, materiales y ropa de trabajo. DISPOSICIÓN OAyP Nº 175/12: Aprobar el llamado a Licitación Pública Nº 10/12, encuadrada en la Ley de Compras Nº 2.095 y su Reglamentación aprobada por Resolución Nº 11/CCAMP/10 tendiente a la ADQUISICIÓN DE HERRAMIENTAS MENORES, MATERIALES Y ROPA DE TRABAJO con destino a este Ministerio Público de la Defensa, por un monto total estimado de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS CON 84/100 ($ 99.816,84). APROBAR los pliegos de bases y condiciones particulares y especificaciones técnicas del llamado a Licitación Pública Nº 10/12 que como Anexo I se agregan como parte integrante de la presente. ESTABLECER la fecha del acto de apertura de ofertas para el día 5 de julio de 2012 a las 13 horas. FIRMADO: LIC. HERNAN PIETRUSZKA, JEFE OFICINA DE ADMINISTRACION Y PRESUPUESTO (I)

Página Nº 142Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Jefe de Departamento de Compras y Contrataciones OL 2360 Inicia: 22-6-2012 Vence: 25-6-2012

Página Nº 143Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Alejandro Guyon

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Secretaría de Gestión Comunal y Atención

Ciudadana

SECRETARIA DE GESTION COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES –GOCYC- Obra: “Pasaje la Porteña” - Expediente Nº 288.955/12 Llámase a Licitación Pública Nº 1257/SIGAF/2012 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 481/GCBA/11, para contratar la siguiente obra: “Pasaje la Porteña” al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1.254/GCBA/08 Autorizante: Resolución N° 202/SECGCYAC/2012 Sistema de Contratación: Ajuste alzado. Presupuesto Oficial: $ 1.386.393,56.- Plazo de Ejecución: Ciento veinte (120) días corridos. Fecha de Apertura: 20 de julio de 2012, a las 15:00 hs. Visita Lugar de Obra: Los días 6 y 11 de julio de 2012 a las 11:00 horas, en la intersección de las calles Av. Rivadavia y Pasaje la Porteña de la C.A.B.A.- Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A., de lunes a viernes de 10 a 17 hs., hasta el día 13 de julio de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591 1º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 10 a 17 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PAGINA DE INTERNET DEL GCABA DEBERÁ SER CONSULTADA PERIODICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISION DE CIRCULARES. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A. Repartición Destinataria: Comuna 7 Valor del Pliego: Sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2197 Inicia: 13-6-2012 Vence: 27-6-2012

SECRETARIA DE GESTION COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES –GOCYC- Mejoramiento de la Accesibilidad en la Comuna 2- Expediente Nº: 287.144/2012

Página Nº 144Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Llámase a Licitación Pública Nº 1258/SIGAF/2012 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1254/GCBA/08, para contratar la siguiente obra: “Mejoramiento de la Accesibilidad en la Comuna 2”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 209/SECGCYAC/2012 Sistema de Contratación: Ajuste alzado. Presupuesto Oficial: $ 1.556.348,08.- Plazo de Ejecución: Ciento ochenta (180) días corridos. Fecha de Apertura: 23 de julio de 2012, a las 12:00 hs. Visita Lugar de Obra: El día 11 de julio de 2012 a las 11:00 horas, en la intersección de las calles Uriburu y Marcelo T. de Alvear de la C.A.B.A.- Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, sita en Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A., de lunes a viernes de 10 a 17 hs., hasta el día 16 de julio de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591 1º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 10 a 17 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PAGINA DE INTERNET DEL GCABA DEBERÁ SER CONSULTADA PERIODICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISION DE CIRCULARES. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A. Repartición Destinataria: Comuna 2 Valor del Pliego: Sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2222 Inicia: 14-6-2012 Vence: 28-6-2012

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES –GOCYC- Continuación del Boulevard Iriarte desde la calle Santa María del Buen Ayre hasta la Av. Vélez Sarsfield - Expediente Nº: 288.137/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 1259/SIGAF/2012 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1254/GCBA/08, para contratar la siguiente obra: “Continuación del Boulevard Iriarte desde la calle Santa María del Buen Ayre hasta la Av. Vélez Sarsfield”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 201/SECGCYAC/2012 Sistema de Contratación: Ajuste alzado. Presupuesto Oficial: $ 1.782.372,79.- Plazo de Ejecución: Noventa (90) días corridos. Fecha de Apertura: 20 de julio de 2012, a las 12:00 hs. Visita Lugar de Obra: Los días 05 y 10 de julio de 2012 a las 11:00 horas, en la intersección de las avenidas Vélez Sarsfield y Gral. Iriarte (cantero central) de la C.A.B.A.-

Página Nº 145Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Consultas Técnicas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A., de lunes a viernes de 10 a 17 hs., hasta el día 13 de julio de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591 1º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 10 a 17 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PAGINA DE INTERNET DEL GCABA DEBERÁ SER CONSULTADA PERIODICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISION DE CIRCULARES. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A. Repartición Destinataria: Comuna 4 Valor del Pliego: Sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2196 Inicia: 13-6-2012 Vence: 27-6-2012

SECRETARIA DE GESTION COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES –GOCYC- Obra: Patio Salguero - Licitación Pública Nº 1261/SIGAF/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 1261/SIGAF/2012 para contratar la siguiente obra: “Patio Salguero”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Expediente Nº: 279.346/2012 Autorizante: Resolución N° 199/SECGCYAC/2012 Sistema de Contratación: Ajuste alzado. Presupuesto Oficial: $ 1.108.022,66.- Plazo de Ejecución: Ciento veinte (120) días corridos. Fecha de Apertura: 19 de Julio de 2012, a las 15:00 hs. Visita Lugar de Obra: Se efectuará los días 04 y 06 de Julio de 2012 en Salguero 751 a las 11 hs. Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A., de lunes a viernes de 10 a 17 hs., hasta el día 12 de julio de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591, 1° Piso, C.A.B.A., en el horario de 10:00 a 17:00 Hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PAGINA DE INTERNET DEL GCABA DEBERÁ SER CONSULTADA PERIODICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISION DE CIRCULARES.

Página Nº 146Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Valor del Pliego: Sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2172 Inicia: 12-6-2012 Vence: 26-6-2012

SECRETARIA DE GESTION COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES –GOCYC- Obra: Revalorización Acceso Balbin - Licitación Pública Nº 1271/SIGAF/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 1271/SIGAF/2012 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1254/GCBA/08, para contratar la siguiente obra: “Revalorización Acceso Balbin”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Expediente Nº: 299.646/2012 Autorizante: Resolución N° 198/SECGCYAC/2012 Sistema de Contratación: Ajuste alzado. Presupuesto Oficial: $ 1.895.895,53.- Plazo de Ejecución: Ciento Cincuenta (150) días corridos. Fecha de Apertura: 19 de julio de 2012, a las 12:00 hs. Visita Lugar de Obra: Se efectuará los días 05 y 10 de Julio de 2012 en Av. Balbín y Pico (Cantero Central) a las 11 hs. Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A., de lunes a viernes de 10 a 17 hs., hasta el día 12 de Julio de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo Nº 591 Piso 1º - Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Horario: 10 a 17 Hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PAGINA DE INTERNET DEL GCABA DEBERÁ SER CONSULTADA PERIODICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISION DE CIRCULARES. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A. Repartición Destinataria: Comuna 12 Valor del Pliego: Sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2171 Inicia: 12-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 147Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A. Repartición Destinataria: Comuna 5

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. ENRIQUE TORNÚ” Preadjudicación - Expediente Nº 351.046-HGAT/12 Licitación Privada Nº 104/12. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1370/12. Clase: etapa única. Rubro comercial: salud. Objeto de la contratación: insumos para terapia intensiva. Firmas preadjudicadas: Fedimed S.A. Renglón 1 cantidad 4 un-precio unitario $ 433.00-precio total $ 1732. Total adjudicado $ 1732. Droguería Martorani S.A. Renglón 3 cantidad 100 un-precio unitario $ 69.99-precio total $ 6999. Renglón 12 cantidad 2 un-precio unitario $ 179.98-precio total $ 359,96. Total adjudicado $ 7358,96. Unic Company S.R.L. Renglón 7 cantidad 20 un-precio unitario $ 112.00-precio total $ 2240. Renglón 11 cantidad 50 un-precio unitario $ 67.00-precio total $ 3350. Total adjudicado $ 5590. Charaf Silvana Graciela Renglón 8 cantidad 12 un-precio unitario $ 53.00-precio total $ 636. Total adjudicado $ 636. Total preadjudicado: $ 15.316,96 (pesos quince mil trescientos dieciséis con noventa y seis centavos). Fundamentos de la preadjudicación: art. 108 de la Ley Nº 2095. Lugar de exhibición del acta: División Compras, sito en Av. Combatientes de Malvinas 3002, 1º piso, a partir del 22/6/12. Gerardo C. Gliemmo - Analía Pedernera

Liliana Musante Subdirectora Administrativa

OL 2348 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 148Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE Preadjudicación – Expediente Nº 927299/HGNPE/2012 Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1330/12 Licitación Pública Nº 1164/HGNPE/12. Rubro: servicio mantenimiento correctivo y preventivo camara gamma spect. Firma preadjudicada: GAMMASYS S.R.L: Renglón: 1- cant. 12 Meses. -precio unit $ 4.950,00 -precio total $59.400.00 Total: Cincuenta y nueve mil cuatrocientos con 00/100 ($59.400.00) Encuadre legal: Art. 109 Ley 2.095; Decreto Nº 754/08 Art. 108 Ley 2.095; Decreto Nº 754/08 Observaciones: se preadjudico según informe técnico

Norberto R. Garrote Director Médico (I)

Marcelo Fakih

Gerente Operativo De Gestion Administrativa Economica Y Financiera OL 2314 Inicia: 21-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 149Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA OPERATIVA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Preadjudicación - Expediente Nº 73.551/12 Licitación Pública Nº 170-SIGF/12. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1/12. Clase: etapa única. Rubro comercial: contratación del servicio de provisión y distribución de productos lácteos (Leche y Yogur), destinados a la elaboración de desayunos y/o meriendas de los alumnos de establecimientos educativos de gestión estatal dependientes del Ministerio de Educación. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al día 8 del mes de junio del año 2012, se reúne la Comisión de Evaluación de Ofertas, designada por Resolución N° 151-SSGEFyAR/12 con la presencia de los Sres. Francisco José Caimari, Gonzalo Luis Riobó, María Oneto, Isis Riveros y Sebastián Eduardo Invernizzi, con el objeto de evaluar la documentación contenida en los sobres correspondientes a las ofertas presentadas en la Licitación Pública de referencia, a la luz de lo establecido en los Pliegos de Bases y Condiciones, y de conformidad con prescripto por la Ley N° 2095 y su correspondiente Decreto Reglamentario Nº 754/08. Conforme surge del Acta Nº 1069/12 labrada en oportunidad de la apertura de sobres el día 3 de mayo de 2012 y que obra a fs. 1984/89 del Expte. Nº 73.551-MGEYA/12, se presentaron 4 oferentes en el siguiente orden: 1) LACTEOS CONOSUR S.A. 2) EQUIS QUINCE S.A. 3) MASTELLONE HERMANOS S.A. 4) TEYLEM S.A. En virtud de la documentación agregada al expediente y de su exhaustivo análisis realizado conforme al procedimiento establecido en el art. 33 del Pliego de Condiciones Particulares, es dable concluir que los Oferentes N° 1 (LACTEOS CONOSUR S.A.) y N°2 (EQUIS QUINCE S.A.), y por las razones que luego se detallan, no han cumplimentado los requisitos de admisibilidad y demás recaudos establecidos por la ley Nº 2095 y su reglamentación, como asimismo de los pliegos generales y particulares de la presente Licitación, para dar por válidas las ofertas realizadas, razón por la cual correspondería descartar dichas ofertas. Por el contrario, las Ofertas N° 3 (Mastellone Hermanos SA) y N° 4 (TEYLEM SA), luego de efectuado el análisis, sí han cumplido los requisitos de admisibilidad y por lo tanto, corresponde admitir las mismas. Observaciones específicas: Oferta N° 1 - LACTEOS CONOSUR S.A. El Oferente ha presentado oferta respecto del Renglón 5 exclusivamente. Sin embargo, no ha acompañado copia certificada del último ejercicio económico, finalizado el 31/12/2011, requisito exigido por el art. 21 inc

Página Nº 150Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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8 con lo cuál, no ha podido acreditar ventas anuales superiores a $ 40.000.000, por lo que, en virtud de lo establecido por el art. 34 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, corresponde descartar su oferta. Se deja aclarado que, si bien esta Comisión tiene la facultad de requerir a los oferentes la subsanación de aquellos vicios formales o insustanciales siempre y cuando con ello no vulnere el principio de igualdad entre los oferentes o implique colocar a alguno en ventaja respecto de otro, lo cierto es que en el caso, aún de haber acompañado el balance de su último ejercicio económico cerrado el 31/12/11 y del cual pudieran acreditarse ventas netas anuales superiores a $ 40.000.000, el precio ofertado por el renglón N° 5 ha sido superior al del Oferente N° 4 (TEYLEM SA). Consecuentemente, por aplicación de los principios de celeridad y economía, corresponde descartar la oferta sin más, pues no sólo no cumple con los requisitos de admisibilidad previstos en el pliego sino que tampoco resultar ser la oferta más conveniente. Oferta N° 2 - EQUIS QUINCE S.A. En este caso, también es dable descartar la oferta por inadmisible, toda vez que según los estados contables acompañados, las ventas netas del oferente durante el último ejercicio económico cerrado el 31/12/2011 ha sido de $ 7.236.558,06 según consta a fs. 6 de la Oferta, es decir, muy inferior al mínimo requerido por el art. 34 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares ($ 40.000.000). Oferta N° 4 - TEYLEM S.A. En lo que hace a este oferente, si bien en su oferta había acompañado en forma parcial e incompleta la declaración jurada exigida por el Art. 21 inc. 12) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares respecto de la capacidad diaria de provisión expresada el litros/día, lo cierto es que a fs. 1 del expte. N° 974230/MEGYA/12 obra la subsanación de dicha omisión y su agregación posterior no vulnera el principio de igualdad entre los demás oferentes y por el contrario, ayuda a formar la voluntad de la administración para adjudicar la Licitación a la oferta más conveniente para el interés público comprometido en la misma. Sentado ello, resulta oportuno señalar que respecto del renglón N° 6, la oferente ha manifestado a fs 1/2 del expte. N° 1099212/MEGYA/12 su voluntad de no mantener la garantía de oferta a su respecto, por lo cuál, ha pesar de haber ofrecido el precio más bajo esta comisión entiende que no resulta ser la oferta más conveniente a los intereses de la administración toda vez que el retiro del mantenimiento de la garantía de oferta, demuestra el desinterés del oferente en precisamente mantener su oferta; ello sin perjuicio de la aplicación al caso del Art. 18 del Pliego. Consecuentemente, tal como surge del cuadro comparativo de precios que obra como anexo al presente y que también lo integra, se ha procedido a realizar la comparación de las ofertas realizadas renglón por renglón a fin de determinar en cada caso cuál es la oferta más conveniente, teniendo en cuenta la calidad, el precio y la idoneidad del oferente, conforme Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Asimismo se deja constancia que el presente dictamen se emite superado el plazo previsto en el art. 106 de la ley 2095 reglamentado por decreto N° 754/GCBA/08 en razón del tiempo que insumiera el análisis técnico y la documentación incorporada con posterioridad a la apertura. Por todo ello, en concordancia con lo establecido en los arts. 33, 34, 35 y 36º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el art. 108 de la Ley 2.095 y su reglamentación, esta Comisión Evaluadora de Ofertas aconseja adjudicar la presente Licitación de acuerdo con el listado de preadjudicación anexo al presente y que forma parte del mismo. Con lo expuesto, se cierra el acto y leída la presente, se firma de conformidad por todos los miembros de la Comisión Evaluadora de Ofertas designada al efecto.

Anexo Razón Social: Mastellone Hnos. S.A. Renglón: 1 Producto: leche fluida uat, entera o descremada por litro - precio unitario: $ 5,62

Página Nº 151Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Producto: yogur bebible entero o descremado en sachets por litro- precio unitario: $ 6,22 Producto: leche modificada en envases tetrabrik de 200cc o 250cc precio por litro - precio unitario: $ 13,47 Renglón: 2 Producto: leche fluida uat, entera o descremada por litro - precio unitario: $ 5,62 Producto: yogur bebible entero o descremado en sachets por litro- precio unitario: $ 6,22 Producto: leche modificada en envases tetrabrik de 200cc o 250cc precio por litro - precio unitario: $ 13,47 Renglón: 3 Producto: leche fluida uat, entera o descremada por litro - precio unitario: $ 5,62 Producto: yogur bebible entero o descremado en sachets por litro- precio unitario: $ 6,22 Producto: leche modificada en envases tetrabrik de 200cc o 250cc precio por litro - precio unitario: $ 13,47 Renglón: 4 Producto: leche fluida uat, entera o descremada por litro - precio unitario: $ 5,62 Producto: yogur bebible entero o descremado en sachets por litro- precio unitario: $ 6,22 Producto: leche modificada en envases tetrabrik de 200cc o 250cc precio por litro - precio unitario: $ 13,47 Renglón: 6 Producto: leche fluida uat, entera o descremada por litro - precio unitario: $ 5,62 Producto: yogur bebible entero o descremado en sachets por litro- precio unitario: $ 6,22 Producto: leche modificada en envases tetrabrik de 200cc o 250cc precio por litro - precio unitario: $ 13,47 Teylem S.A. Renglón: 5 Producto: leche fluida uat, entera o descremada por litro - precio unitario: $ 5,45 Producto: yogur bebible entero o descremado en sachets por litro- precio unitario: $ 6,05 Producto: leche modificada en envases tetrabrik de 200cc o 250cc precio por litro - precio unitario: $ 12,90

Francisco José Caimari Gonzalo Luis Riobó

María Oneto Isis Rivero

Sebastián Eduardo Invernizzi

Miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas Lugar de exhibición del acta: Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, sita en Paseo Colon 255 2º piso (frente) a partir 22/06/12 al 22/06/12.

Graciela Mónica Testa Gerente Operativa

OL 2339 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 152Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Preadjudicación - Expediente Nº 593.538-MGEYA/12 Licitación Pública Nº 825/12. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1383/12. Clase: etapa única. Objeto de la contratación: adquisición de equipos de telefonía. Firma preadjudicada: Siemens Enterprise Communications S.A. Renglón: 1 - cantidad: 200 unidades - precios unitario: $ 73,90. - total: $ 14.780. Renglón: 2 - cantidad: 60 unidades - precios unitario: $ 1.366,00. - total: $ 81.960. Renglón: 3 - cantidad: 10 unidades - precios unitario: $ 326,00. - total: $ 3.260. Renglón: 4 - cantidad: 2 unidades - precios unitario: $ 15.165,00. - total: $ 30.330. Total preadjudicado: pesos ciento treinta mil trescientos treinta ($ 130.330). Fundamento de la preadjudicación: d acuerdo a lo informado por parte del área asesora respecto al cumplimiento de lo solicitado mediante los requisitos establecidos por pliego, la Comisión de Evaluación de Ofertas recomienda preadjudicar a la firma Siemens Enterprise Communications S.A. el renglón 1 por calidad, precio conveniente para el GCBA (Art. 108° de la Ley 2095) y los renglones 2 a 4 por calidad, precio y ser única oferta (Art 108° y 109° de la ley 2095). Se descarta la Oferta N° 2 (Liefrink y Marx SA) por precio no conveniente para el GCBA. Suscriben Sr. Walter Licciardello, Lic. Federico Sánchez y Sr. Emilio Rodriguez designados mediante Resolución N° 955/AGIP/11 como miembros de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Lugar de exhibición del acta: Dpto. Compras y Contrataciones, sito en Viamonte 900, 1º piso, sector A, durante 3 días a partir del 21/6/12.

Fabián Fernández Director

OL 2337 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 153Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

FISCALÍA GENERAL Preadjudicación - Licitación Pública Nº 27/11 DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS, Buenos Aires, 15 de junio de 2012. Ref: Expediente OAyF Nº 112/11-0 s/ provisión y mantenimiento de relojes fechadores para las distintas dependencias del Pode Judicial. Llega este expediente a conocimiento de la Comisión de Preadjudicaciones, a fin de dictaminar en la Licitación Pública Nº 27/2011, referida a la provisión y mantenimiento de relojes fechadores, con un presupuesto oficial de pesos seiscientos setenta y dos mil setecientos ochenta y cinco con 20/100 ($ 672.785,20.-) IVA incluido De fs. 1 surge la necesidad de impulsar a la presente contratación. En respuesta a la invitación a participar de la presente adquisición cursada por la Dirección de Compras y Contrataciones, el Ministerio Público Fiscal, de la Defensa y Asesoría Tutelar informan que no intervendrán. A fs. 53 la Dirección de Compras y Contrataciones realiza la estimación del presupuesto oficial para la contratación. Asimismo, a fs. 54 entiende viable el llamado a Licitación Pública de etapa única, bajo la modalidad de orden de compra abierta, conforme lo dispuesto por los arts. 25, 27, 31, 32 y cc de la Ley 2095 y Res. CM Nº 810/2010. A fs. 55/64 luce agregada la Resolución CM Nº 810/2010 aprobatoria del Pliego de Bases y Condiciones Generales aplicable a la presente licitación junto con sus modificatorias resoluciones 967/2010 y 1041/2010. A fs. 65/68 se acompaña el proyecto de Pliego de Condiciones Particulares. A fs. 69 luce el modelo de publicación en el boletín oficial. A fs. 70/73 obra el listado de las empresas que serán invitadas a participar en este proceso, el cual fue confeccionado con la información surgida de las consultas realizadas al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la C.A.B.A., como así de las cámaras del sector. A fs. 74/75 la Dirección de Programación y Administración Contable informa que ha tomando razón y conocimiento del compromiso adquirido para el ejercicio contable del período 2012 y parte del 2013. A fs. 84 emite dictamen la Dirección General de Asuntos Jurídicos, expresando que resulta viable el llamado a la contratación y considerando que el contenido del pliego de condición particular que regulará el proceso es correcto. A fs. 86/92 obra Res. OAyF Nº 245/11 del 27 de diciembre de 2011, la cual autoriza el llamado a Licitación Pública Nº 27/11 de etapa única. Asimismo, aprueba el Pliego de Condiciones Particulares para el proceso y el modelo de publicación para el Boletín Oficial. Asimismo, dicha resolución fija como fecha de apertura el día 06 de febrero de 2012 a las 12.00 hs. A fs. 97 y 117 la Dirección de Compras y Contrataciones procede a designar a los funcionarios que participarán en el acto de apertura y en la Comisión de Preadjudicaciones. De fs. 116, 127/131 y 142 surgen las publicaciones efectuadas en la página de internet y en la cartelera de este Consejo, así como en el B.O. de la CABA.

De fs. 94/96, 100/115 y 118/126 se incorporan las invitaciones cursadas vía correo electrónico a los posibles oferentes junto con sus respectivas confirmaciones de recepción. A fs. 143/144 se agregan las constancias de retiro de pliegos de bases y condiciones junto con el informe respectivo. A fs. 147/148 obra Acta de Apertura de sobres, donde se registra que se han presentado dos (2) ofertas ante la Mesa de Entradas de este Consejo.

Página Nº 154Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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OFERTAS 1. Susana Lidia Galan (Control Service) CUIT Nº: 27-12836585-6 Domicilio: Uruguay 292 14 A Correo Electrónico: [email protected] A fs. 167/173 presenta el presupuesto con la propuesta económica por un total de pesos seiscientos sesenta y nueve mil cien ($ 669.100,00). Cotiza, además, dos opciones de menor valor. Se deja constancia que el plazo de entrega de la opción 1 es de 60 días de fabricación dado que no hay existencia en fábrica. Además hay que sumarle 27 días por tramite de aduana y flete. En cuanto a las opciones 2 y 3, el plazo se reduce a 15 días de fabricación más 18 de aduana y flete. A fs. 164vta/165 se acompaña la DDJJ solicitada en el Art. 10 del PBCG. De fs. 166 surge la constancia de adquisición de pliego. A fs. 179 se agrega copia del Certificado Fiscal para Contratar expedido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura de sobres. Conforme lo dispuesto en el art. 6 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, el oferente constituyó garantía de su oferta con póliza de seguro de caución Nº 1.639.678 de “La Mercantil Andina S.A.”, hasta la suma de treinta y tres mil seiscientos cincuenta pesos ($ 33.650,00), reservándose el original en la caja fuerte del Consejo y obrando su copia a fs. 180/182. A fs. 184 se acompaña copia del Certificado expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, vigente a la fecha de apertura. A fs. 227/228 se incluye el resultado de la consulta de Estado Registral efectuada por esta Comisión al R.I.U.P.P, de la que surge que el oferente se encuentra inscripto en dicho registro. Asimismo, del mismo surge el domicilio constituido en la CABA. De fs. 173 se puede obtener una dirección de correo electrónico válida. Por todo lo expuesto, corresponde declarar a la presente oferta como ADMISIBLE. 2. Andres Fraga CUIT Nº: 20-14565867-6 Domicilio: Honorio Pueyrredón 1033 3º B. Correo Electrónico: [email protected] A fs. 190 presenta el presupuesto con la propuesta económica por un total de pesos setecientos treinta y siete mil seiscientos ochenta ($ 737.680,00). Se deja constancia que el plazo de entrega puede tener demoras debido a que los insumos provienen de USA. A fs. 192/193 se acompaña la DDJJ solicitada en el Art. 10 del PBCG. A fs. 196/203 acompaña copia de la solicitud de inscripción en el RIUPP de donde surge el domicilio constituido en la CABA y la dirección de correo electrónico.

A fs. 229/230 se incluye el resultado de la consulta de Estado Registral efectuada por esta Comisión al R.I.U.P.P, de la que surge que el oferente se encuentra inscripto en dicho registro. No se acompaña la constancia de adquisición de pliego. No se acompaña copia del Certificado Fiscal para Contratar expedido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura de sobres. No se acompaña copia del Certificado expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, vigente a la fecha de apertura. No se acompaña garantía de oferta. Conforme el Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por el Art. 14.1 del Anexo III de la Res. CM Nº 810/2010, dicha omisión resulta insubsanable. Por todo lo expuesto, corresponde declarar a la presente oferta como NO ADMISIBLE Conclusión Como bien se detalla en el informe técnico obrante a fs. 221 elaborado por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, la opción 3 presentada por Susana Galván resulta la más viable y la más económica para los intereses de este consejo.

Página Nº 155Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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El problema radica en que dicha tecnología no se tuvo en cuenta a los momentos de elaborar el PBCP que rige esta licitación pública, por lo que se trata de una completa innovación y una propuesta totalmente distinta a lo allí solicitado. Por lo aquí detallado, es que esta comisión solicitó la intervención de la Secretaría de Innovación, que a fs. 225 emite su informe del cual se desprende que actualmente se esta trabajando en la actualización de los sistemas electrónicos del Poder Judicial de la CABA. Así se sostiene que “...la secretaría de innovación ha iniciado el análisis y evaluación de factibilidad de la tecnología de sellado a tiempo en línea (conocida como timestamp). Se trata de equipos que empleen protocolo para asegurar la identidad e integridad de un documento y reemplazar así los vetustos y costosos “relojes fechadores”.” En conclusión, del análisis efectuado a las ofertas presentadas en la Licitación Pública Nº 27/2011, y conforme los informes obrantes a fs. 221 y 225 es que esta Comisión aconseja dejar sin efecto el procedimiento en los términos del art. 20 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Federico Carballo Eduardo Tagliani Abel F. Prota

Miguel Angel Espiño Titular de la Unidad Operativa de Adquisiciones

OL 2363 Inicia: 22-6-2012 Vence: 25-6-2012

FISCALIA GENERAL Preadjudicación - Licitación Pública Nº 4/12 DICTAMEN DE LA COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS Nº 10/12 En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 21 de junio de 2012, siendo las 12:15 horas, en la Sala de Reuniones de la Comisión Evaluadora de Ofertas, se reúne la Comisión, para analizar las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Pública Nº 04/12, que tramita por Actuación Interna Nº 21650/12, tendiente a lograr la adquisición de cuarenta y cinco (45) heladeras, cuarenta (40) microondas y un (1) lavavajillas para uso del Ministerio Público de la C.A.B.A. El llamado se aprobó mediante Disposición UOA Nº 16/2012, que fuera oportunamente publicada en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones (fs. 67), en la Página Web de éste Ministerio Público Fiscal (fs. 75) y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (fs. 83/86). El presupuesto oficial estimado asciende a la suma de pesos ciento treinta y dos mil novecientos veinte ($ 132.920,00) IVA incluido. La apertura de ofertas se llevó a cabo el día 12 de junio del corriente, recibiéndose ofertas de TACSO S.R.L. y HABIBI de JENNIFER ZUBILLAGA. Previo a emitir dictamen esta Comisión Evaluadora de Ofertas, con fecha 13 de junio resolvió: agregar una impresión de Internet de las constancias del estado ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores de los oferentes y del Certificado Fiscal AFIP del oferente HABIBI, y solicitar al Departamento de Infraestructura y Apoyo Operativo que emita el informe técnico correspondiente (fs. 152). En atención a lo dispuesto por la Ley Nº 2095, su reglamentación aprobada mediante Resolución C.C.A.M.P. Nº 11/10, y conforme los requisitos específicos y técnicos que rigen a los pliegos de la presente contratación, se procede a analizar las ofertas presentadas en el expediente de referencia. Análisis particular de las ofertas: a).- Examen de aspectos formales: 1.- Oferente TACSO S.A. (CUIT Nº 30-71046073-2).

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El oferente da cumplimiento con los aspectos formales que rigen a los pliegos de la presente contratación, acompañando la presente documentación: a) Escrito denunciando domicilio real y constituyendo domicilio (fs. 106). b) Formulario con la cotización respectiva (fs. 115). c) Deudores alimentarios morosos (fs. 110). d) Inscripción en el RIUPP (fs. 147/149). e) Garantía de mantenimiento de oferta (fs. 118) f) Certificado fiscal AFIP para contratar (fs. 109) 2.- Oferente HABIBI de J.N. ZUBILLAGA. (CUIT Nº 27-29866899-3). El oferente da cumplimiento con los aspectos formales que rigen a los pliegos de la presente contratación, acompañando la presente documentación: a) Escrito denunciando domicilio real y constituyendo domicilio (fs. 120). b) Formulario con la cotización respectiva (fs. 120). c) Deudores alimentarios morosos (fs. 133). d) Inscripción en el RIUPP (fs. 159/160). e) Garantía de mantenimiento de oferta (fs. 121) f) Certificado fiscal AFIP para contratar (fs. 150/151)

b).- Informe Técnico Previo a emitir dictamen, mediante Nota CEO Nº 67/12 se solicitó al Departamento de Infraestructura y Apoyo Operativo de este Ministerio Público Fiscal que confeccione el Informe Técnico correspondiente al procedimiento de marras. En este orden de ideas, esa área técnica se expidió a fs. 154/155 señalando que las soluciones ofertadas cumplen con los requerimientos técnicos establecidos. c).- Evaluación de la oferta por renglón Renglón Nº 1 Descripción: “Cuatro (4) heladeras: ancho 0,48 cm, profundidad 0,43 cm, altura 0,51 cm”. Orden de Mérito --------------Oferente --------------Precio Unitario-------- Costo Total Nº 1 --------------------------------HABIBI--------------------$ 1.813,00---------------$ 7.252,00 Renglón Nº 2 Descripción: “Dos (2) heladeras: ancho 0,60 cm, profundidad 0,60 cm, altura 1,56 cm”. Orden de Mérito --------------Oferente --------------Precio Unitario-------- Costo Total Nº 1 --------------------------------HABIBI--------------------$ 2.023,00---------------$ 4.046,00 Nº 1 -------------------------------TACSO--------------------$ 3.145,05---------------$ 6.290,10 Renglón Nº 3 Descripción: “Treinta y nueve (39) heladeras: ancho 0,60 cm, profundidad 0,60 cm, altura 0,87 cm”. Orden de Mérito --------------Oferente --------------Precio Unitario-------- Costo Total Nº 1 ---------------------------------TACSO------------------$ 1.449,22--------------$ 56.519,46 Nº 1 --------------------------------HABIBI------------------$ 2.603,00-------------$ 101.517,00 Observación: El costo total ofertado por TACSO SRL analizada la cantidad de bienes ofrecidos por el precio unitario ofertado arroja la cantidad de pesos cincuenta y seis mil quinientos diecinueve con 58/100 ($ 56.519,58). Renglón Nº 4 Descripción: “Cuarenta (40) microondas: ancho 0,57 cm, profundidad 0,35 cm, altura 0,37 cm”. Orden de Mérito --------------Oferente --------------Precio Unitario-------- Costo Total Nº 1 ---------------------------------HABIBI--------------------$ 763,00---------------$ 30.520,00 Nº 1 --------------------------------TACSO--------------------$ 957,96---------------$ 38.318,28 Renglón Nº 5 Descripción: “Un (01) lavavajillas: ancho 0,60 cm, profundidad 0,60 cm, altura 0,85 cm”. No se presentaron ofertas para el presente renglón. d).- Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento. En conclusión, luego de analizadas las ofertas recibidas, esta Comisión recomienda:

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1.- Adjudicar al oferente HABIBI de J.N. ZUBILLAGA., los renglones Nº 1, 2 y 4 de la Licitación Pública Nº 04/12 por la suma total de pesos cuarenta y un mil ochocientos dieciocho ($ 41.818,00) IVA incluido, en razón de resultar la oferta mas conveniente para dichos renglones. 2.- Adjudicar al oferente TACSO S.R.L. el renglón Nº 3 de la Licitación Pública Nº 04/12 por la suma total de pesos cincuenta y seis mil quinientos diecinueve con 58/100 ($ 56.519,58) IVA incluido, en razón de resultar la oferta mas conveniente para dicho renglón. 3.- Declarar desierto el renglón Nº 5 de la Licitación Pública Nº 04/12, en virtud de no haberse recibido ninguna oferta para dicho renglón. Federico Compeano Alejandro Oscar Dottori Guido Valenti Argüello Dictamen CEO Nº 10/12

Miguel Angel Espiño Titular de la Unidad Operativa de Adquisiciones

OL 2362 Inicia: 22-6-2012 Vence: 25-6-2012

Página Nº 158Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Secretaría de Gestión Comunal y Atención

Ciudadana

SECRETARIA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL (GOCyC) Preadjudicación - Expediente Nº 197.363/2012 e Inc. 307.072/2012 Licitación Pública Nº 184/2012 Acta Nº 2/2012 de fecha 13 de Junio de 2012. Clase: Etapa única Rubro Comercial: Contratación de Obras en General, Carpintería, Herrería, Pintura, Servicio de Profesionales de la Construcción. Objeto de la Contratación: "Apertura y recuperación de la calle Vespucio y su entorno entre las calles Cnel. Salvadores y Quinquela Martin del Barrio de La Boca". Orden de Mérito: 1° CAVCON S.A., 2° INDHAL S.R.L. y 3º ALTOTE S.A. de conformidad a lo aconsejado en el Acta N° 2/2012 efectuada por la Comisión de Evaluación de Ofertas. Firma Preadjudicataria: CAVCON S.A. - Dirección: Av. Roque Saenz Peña 917 4º piso - C.A.B.A. Reng: 1 - Cant.: 1 - P. Unit.: $2.095.953,59.- Total: $ 2.095.953,59.- Total preadjudicado: Son pesos dos millones noventa y cinco mil novecientos cincuenta y tres con cincuenta y nueve centavos ($2.095.953,59). Fundamento de la preadjudicación: Por ajustarse a Pliego y ser la oferta más conveniente. No se consideran: Las ofertas presentadas por las firmas INSTALECTRO S.A. SURTECH S.R.L., AVINCO CONSTRUCCIONES S.A., MEDITERRANEO S.A. y PALECO S.A., según los términos vertidos en la mencionada Acta.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2335 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 159Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Adjudicación - Expediente Nº 2.313.505-MGEYA/11 Licitación Pública Nº 687/12. Disposición aprobatoria Nº 170-HGADS/12. Rubro: reparación integral de camas de uso hospitalario, con destino a los servicios de internación. Firma adjudicada: Marcos Juan Carlos Renglón: 01- Cantidad: 25 Unidad - Precio unitario: $9.950,00- Precio Total: $248.750,00. Total pesos doscientos cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta ($248.750). Encuadre legal: art. 31, Ley Nº 2095; Decreto Nº 754/08. Observaciones: se adjudico según Informe Técnico.

Eduardo O. Tognetti Director Médico

Diego A. Rizzo

Coordinador de Gestión Económico Financiero OL 2344 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO “DR. BRAULIO A. MOYANO” Adjudicación - Expediente Nº 740.477-HNBM/12 Contratación Directa por Urgencia Nº 4164-HNBM/12. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 998/12. Clase: etapa única. Rubro comercial: salud. Objeto de la contratación: adquisición de drogas para preparaciones magistrales. Firmas adjudicadas: Euro Swiss S.A. Renglón: 1 -cantidad: 250 litro - precio unitario: $ 13,09 - precio total: $ 3.272,50. Química Córdoba S.A. Renglón: 2 -cantidad: 50 litro - precio unitario: $ 25,20 - precio total: $ 1.260. Renglón: 5 -cantidad: 10 litro - precio unitario: $ 127,00 - precio total: $ 1.270.

Página Nº 160Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Renglón: 6 -cantidad: 4 env. - precio unitario: $ 56,80 - precio total: $ 227,20. Medi Sistem S.R.L. Renglón: 4 -cantidad: 100 litro - precio unitario: $ 6,86 - precio total: $ 686. Total adjudicado: siete mil setecientos quince con setenta centavos ($ 6.715,70).

Alberto Monchanblon Espinoza Director

Luisa M. Gavechesky

Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera

OL 2353 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 161Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Defensor General - Ministerio Público CABA

MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA DEFENSORIA GENERAL Servicio de enlace México – Expediente Nº 181/12 Licitación Pública Nº 13/12 Recomendación de la Comisión Evaluadora de Ofertas: A) Recomendación: ADJUDICAR la oferta 1 del oferente CPS Comunicaciones SA (Metrotel) por un monto de $ 35.280. Fundamento de la preadjudicación: Dr. Guillermo Patricio Canepa –Dr. Guillermo García Fabués. Lugar de exhibición del acta: Departamento de Compras y Contrataciones, sito en calle Florida 15, Piso 7º, a partir del 22 de junio de 2012 se exhibirá el acta en el Departamento de Compras y Contrataciones.

Alejandro Guyon Departamento de Compras y Contrataciones

OL 2361 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 162Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Hacienda

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Servicio Bancario para el Pago de Sueldos mediante acreditación en Cuenta con Tarjeta de Débito - Expediente N° 662.999/2012 Llámase a Licitación Pública de Etapa Única Nº 5/DGCYC/2012 para la Contratación del “Servicio Bancario para el Pago de Sueldos mediante acreditación en Cuenta con Tarjeta de Débito” para el personal dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un periodo de cuarenta y ocho (48) meses, a realizarse el día 03 de Julio de 2012 a las 11,00 horas. Los pliegos podrán ser consultados y/o retirados en la Dirección General de Compras y Contrataciones, Av. Roque Sáenz Peña 547 Piso 8º - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - de lunes a viernes de 10,00 a 15,00 horas. Asimismo, se encuentran publicados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

Mauricio A. Butera Director General

OL 2294 Inicia: 19-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 163Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL OFTALMOLÓGICO “DR. PEDRO LAGLEYZE” Adquisición de artículos de limpieza - Expediente Nº 987.485-MGEYA/12 Llámase a Contratación Directa Nº 5549-SIGAF-HOPL/12 cuya a apertura se llevará a cabo el día 28 de junio de 2012 a las 11 hs. Rubro: perfumería, limpieza y contenedores comerciales e industriales. Valor del pliego: sin valor. Los pliegos de bases y condiciones podrán ser retirados en el Hospital Oftalmológico Dr. Pedro Lagleyze, Av. Juan B. Justo 4151, CABA. Of. de Compras, 3º piso, de lunes a viernes en el horario de 8 a 13 hs. Lugar de presentación de ofertas: Hospital Oftalmológico Dr.Pedro Lagleyze, Of. de Compras, 3º piso.

Ernesto José Anauati Director Médico

OL 2354 Inicia: 22-6-2012 Vence 22-6-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL NEUROPSIQUIATRICO “DR. BRAULIO MOYANO” Adquisición de Aparatos de Fisioterapia y Elementos de Gimnasio para rehabilitación de pacientes (Servicio de Kinesiología) - Expediente Nº 1105600-HNBM/12

Página Nº 164Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Página Nº 165Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Licitación Publica N° 1238-SIGAF/12. Adquisición: “aparatos de fisioterapia y elementos de gimnasio para rehabilitación de pacientes, (servicio de kinesiología)” Fecha de apertura: 28/06/2012, a las 10 hs. Retiro o adquisición de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 13 hs. Antes de la fecha de apertura. Consulta de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 12 hs. Presentación de ofertas: de lunes a viernes de 8 a 13 hs. Cierre de ofertas: 28/06/2012, a las 10 hs (fecha de apertura) Oficina de Compras y Contrataciones, Hospital Braulio Moyano, Brandsen 2570, 1º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Alberto Monchanblon Espinoza Director

Luisa Gavechesky

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2313 Inicia: 21-6-2012 Vence: 22-6-2012

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS Trabajos de ampliación y rehabilitación integral - Expediente Nº 640.854/2012 Programa Plan de Obras - Financiamiento del Ministerio de Educación de la Nación. Licitación Pública Nº 10-12 Objeto del llamado: Trabajos de ampliación y rehabilitación integral en el edificio de la Escuela N° 33 “Fundición Maestranza del Plumerillo” D.E. Nº 19, sita en Av. Intendente Rabanal 1549 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10:00 hs. a 17: 00 hs. Valor del Pliego: $ 800 (Pesos ochocientos) Presupuesto oficial: $ 3.174.306,22 (Pesos tres millones ciento setenta y cuatro mil trescientos seis con veintidós centavos) Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones, Avda. Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 19 de julio de 2012 a las 13:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 4 de julio de 2012 a las 11:00 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de ejecución de las obras: 210 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Marcelo Aníbal Loprete Director General

OL 2015 Inicia: 8-6-2012 Vence: 29-6-2012

MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Quimicos – Expediente Nº 1005221/2012 Tipo de Procedimiento de Selección: Contratacion Directa Nº 02/11 (Segundo Llamado) Objeto de la contratación: Adquisición de Quimicos Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día 29 de Junio de 2012. Vencimiento validéz de oferta: 29/07/12 Consulta de pliegos: [email protected] Acto de Apertura: 29 de Junio de 2012, a las 11:00hs, Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Página Nº 166Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Coordinador General Ejecutivo OL 2258 Inicia: 18-6-2012 Vence: 27-6-2012

MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Equipamiento Informático y Electrónico – Expediente Nº 1900218/2011 Tipo de Procedimiento de Selección: Contratacion Directa Nº 1/11 Objeto de la contratación: Adquisición de Equipamiento Informático y Electrónico Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día 21 de Noviembre de 2011. Vencimiento validéz de oferta: 21/12/11. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de Apertura: 21 de Octubre de 2011, a las 11:00 hs, Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

OL 2306 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Insumos Informáticos – Expediente Nº 1050309/12 Tipo de Procedimiento de Selección: Contratación Directa Nº 02/11 Objeto de la contratación: Adquisición de Insumos Informáticos Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día 29 de Junio de 2012. Vencimiento validez de oferta: 29/07/12. Consulta de pliegos: [email protected]. Acto de Apertura: 29 de Junio de 2012, a las 11:40hs, Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

OL 2305 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

Página Nº 167Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Marcelo Lorenzo

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MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Elementos para Química – Expediente Nº 1088413/12 Tipo de Procedimiento de Selección: Contratacion Directa Nº 01/11. Objeto de la contratación: Adquisición de Elementos para Quimica Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día 29 de Junio de 2012. Vencimiento validéz de oferta: 29/07/12. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de Apertura: 29 de Junio de 2012, a las 12:00hs, Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

OL 2304 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Equipamiento Informático - Expediente Nº 1199302/12 Tipo de Procedimiento de Selección: Contratacion Directa Nº 01/11 (Segundo Llamado) Objeto de la contratación: Adquisición de Equipamiento Informatico Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día 29 de Junio de 2012. Vencimiento validez de oferta: 29/07/12. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de Apertura: 29 de Junio de 2012, a las 11.15 hs, Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

OL 2257 Inicia: 18-6-2012 Vence: 25-6-2012

Página Nº 168Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. IGNACIO PIROVANO” Preadjudicación - Expediente Nº 14.218/12 Licitación Pública Nº 3/12. Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 780/12. Fecha de apertura: 26/3/12 a las 9.30 horas. Rubro: adquisición de reactivos de laboratorio. Firma preadjudicada: Biomerieux Argentina S.A. R 1 - cant. 3500 det - precio unitario: $ 41,96 - precio total: $ 146.860. R 2 - cant. 240 det - precio unitario: $ 76,37 - precio total: $ 18.328,80. Total: $ 165.188,80 (son pesos ciento sesenta y cinco mil ciento ochenta y ocho con 80/100). Encuadre legal: art. 108 de la Ley Nº 2095, Decreto N° 754/08. Vencimiento validez de la oferta: 27/6/12. Observaciones: se preadjudicó según Informe Técnico. Lugar de exhibición del acta: División Compras, sita en Monroe 3555, 1° piso, a partir del 22/6/12 en Cartelera. Comisión Evaluadora de Ofertas: Silvia Álvarez - Oscar Varela - José Luis Tobar.

José A. Cuba Director

F. Daniel Vitali

Gerente Operativo OL 2345 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 169Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Preadjudicación - Expediente N°1.927.211/11 Licitación Privada N° 73-SIGAF-12 (82-11) Acta de Preadjudicación de Ofertas Nº 25 de fecha 19 de junio de 2012. En la Ciudad de Buenos Aires a los 19 días del mes de junio de 2012, se reúnen los integrantes de la Comisión de Preadjudicaciones, creada por la Resolución Nº 185-SSGEFyAR/12, con el objeto de realizar la preadjudicación de la Licitación Privada Nº 73-SIGAF-12 (82-11), que tramita por Expediente Nº 1.927.211/11, autorizada por Disposición Nº 139/DGAR/12 para los trabajos de instalación eléctrica en la Escuela Nº 12, sita en Av. Crisólogo Larralde 5934 del Distrito Escolar Nº 16 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con lo establecido por la ley de obras públicas Nº 13.064. Que corresponde la intervención de esta Comisión, en razón de la normativa precedentemente citada. Que se presentaron dos (2) ofertas correspondientes a los siguientes oferentes: Codyar S.R.L. e Ingeniería y Proyectos Besada S.R.L. Que en función del informe técnico legal y contable que corresponde al análisis de las ofertas se recomienda: 1. Declarar admisibles las ofertas presentadas por las empresas Codyar S.R.L. e Ingeniería y Proyectos Besada S.R.L. 2. Preadjudicar a la oferente Codyar S.R.L., por la suma de pesos setecientos ocho mil quinientos veintiséis con setenta y seis centavos ($ 708.526,76), la ejecución de los trabajos de instalación eléctrica en la Escuela Nº 12, sita en Av. Crisólogo Larralde 5934 del Distrito Escolar Nº 16 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en razón de ser la oferta más conveniente entre las admisibles, siendo a su vez un 5,67 % superior/ al presupuesto oficial. Gonzalo Luis Riobó-Ignacio Curti-Graciela Testa-Martina Ruiz Suhr Miembros de la Comisión de Preadjudicación según Resolución 185/SSGEFyAR/12 Lugar de Exhibición del Acta: En Licitaciones dependiente de la Dirección Operativa de Compras y Contrataciones sita en Paso Colón 255 2° Piso (Frente) a partir del 19/06/2012 al 22/06/2012

Marcelo Aníbal Loprete Dirección General

Inicia: 21-06-2012 Vence: 22-06-2012

Página Nº 170Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Preadjudicación – Expediente Nº 1095/EURSP/12 Tipo de Procedimiento de Selección: Contratación Directa N° 03/EURSP/12 Acta de Preadjudicación N° 7/12, de fecha 30 de Mayo de 2012 Clase: Etapa única Rubro comercial: 503 – Equipos de comunicación y detección Objeto de la contratación: Servicio de localización y posicionamiento satelital vehicular. Firmas preadjudicadas: Ubicar Argentina S.A: Subtotal: Renglón 1, item 1: Cantidad 12 Unidad. P. Unitario: $1.512.- P. Total: $ 18.144.- Total preadjudicado: $18.144.- No se considera: - Fundamento de la preadjudicación: Martín A. Casabé - Mariano C. Corazzi Vencimiento validez de oferta: VEINTE (20) días a contar de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial. Lugar de exhibición del acta: Unidad Operativa de Adquisiciones, sito en Bartolomé Mitre 760, por 1 día a partir de 06/06/2012, en planta baja y piso 9

Cristina Proverbio Gerente

OL 2358 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Preadjudicación – Expediente Nº 1113-EURSP/12 Tipo de Procedimiento de Selección: Contratación Directa N° 04/EURSP/12 Acta de Preadjudicación N° 8/12, de fecha 11 de Junio de 2012 Clase: Etapa única Rubro comercial: 3000-Publicidad Objeto de la contratación: Contratación pauta comercial programa de radio “El Porteño”. Firmas preadjudicadas: Titius Producciones SRL Subtotal: Renglón 1, item 1: Cantidad 12 Unidad. P. Unitario: $1.815.- P. Total: $ 21.780.- Total preadjudicado: $21.780.- No se considera: - Fundamento de la preadjudicación: Martín A. Casabé - Mariano C. Corazzi

Página Nº 171Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Vencimiento validez de oferta: VEINTE (20) días a contar de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial. Lugar de exhibición del acta: Unidad Operativa de Adquisiciones, sito en Bartolomé Mitre 760, por 1 día a partir de 13/06/2012, en planta baja y piso 9

Cristina Proverbio Gerente

OL 2357 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Preadjudicación – Expediente N° 1074-EURSP/12 Tipo de Procedimiento de Selección: Licitación Privada N° 04/EURSP/12 Acta de Preadjudicación N° 6/12, de fecha 28 de Mayo de 2012 Clase: Etapa única Rubro comercial: 2090 – Servicios profesionales, técnicos y operativos Objeto de la contratación: Servicio de conexión a Internet punto a punto Firmas preadjudicadas: NSS S.A. Subtotal: Renglón 1, item 1: Cantidad 12 Unidad. P. Unitario: $2178.- P. Total: $ 26.136.- Total preadjudicado: $166.594.- No se considera: - Fundamento de la preadjudicación: Martín A. Casabé - Mariano C. Corazzi Vencimiento validez de oferta: VEINTE (20) días a contar de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial. Lugar de exhibición del acta: Unidad Operativa de Adquisiciones, sito en Bartolomé Mitre 760, por 1 día a partir de 04/06/2012, en planta baja y piso 9

Cristina Proverbio Gerente

OL 2356 Inicia: 22-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 172Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Banco Ciudad De Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS

Trabajos de impermeabilización de subsuelos y tanques - Carpeta de Compra Nº 20.268 Llámese a Licitación Pública con referencia los “Trabajos de impermeabilización de subsuelos y tanques, en Dependencias Varias del Banco Ciudad de Buenos Aires”, con Fecha de Apertura el día 12/07/2012 a las 11 horas.- Valor del pliego: $ 0 (Sin cargo) Consultas: Gerencia de Compras, sita en Florida 302 - 7mo. Piso – Capital Federal, en el horario de 10.00 a 15.00 horas. Fecha tope de consultas: 05/07/2012.-

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo de Obras BC 137 Inicia: 21-6-2012 Vence: 25-6-2012

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES Provisión de portabanner e impresión de banner - Carpeta de Compra Nº 20.287 Llámese a Licitación Pública con referencia a la “Provisión de portabanner e impresión de banner” Fecha de apertura de sobres: 16.07.2012 a las 11 hs. Valor del pliego: $ 0,00.- (Pesos: Sin Cargo) Adquisición y Consulta de pliegos: el Pliego de Bases y Condiciones Particulares podrá ser consultado u obtenido desde la página web del Banco www.bancociudad.com.ar en el link Licitaciones a partir del día 21.06.2012. Fecha tope de consultas: 10.07.2012

Jessica Maiolo Jefe de Equipo

Contrataciones Diversas BC 138 Inicia: 21-6-2012 Vence: 25-6-2012

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES Impresión de cartas de aumento de límite personalizadas con dato variable - Carpeta de Compra Nº 20.290 Llámese a Licitación Pública con referencia a la “Impresión de cartas de aumento de límite personalizadas con dato variable” Fecha de apertura de sobres: 13.07.2012 a las 11 hs. Valor del pliego: $ 0,00.- (Pesos: Sin Cargo)

Página Nº 173Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Adquisición y Consulta de pliegos: el Pliego de Bases y Condiciones Particulares podrá ser consultado u obtenido desde la página web del Banco www.bancociudad.com.ar en el link Licitaciones a partir del día 21.06.2012. Fecha tope de consultas: 06.07.2012

Jessica Maiolo Jefe de Equipo

Contrataciones Diversas BC 136 Inicia: 21-6-2012 Vence: 25-6-2012

Página Nº 174Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES FISCALÍA GENERAL UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Circular Con Consulta Nº 2/12 - Licitación Pública CCAMP Nº 04/12. Expediente CCAMP Nº 01/12. OBJETO: ”Contratación del servicio de telefonía celular y de tabletas GSM para uso del MINISTERIO PÚBLICO” Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 19 de junio de 2012. Por la presente, la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. se dirige a los interesados en la Licitación Pública CCAMP Nº 04/2012, tendiente a lograr la contratación del servicio de telefonía celular y de tabletas GSM para uso del MINISTERIO PÚBLICO, a efectos de responder a las consultas efectuadas por la firma AMX ARGENTINA S.A.: Pregunta Nº 1: “…solicitud de aclaratoria que a continuación pasaremos a exponer, a saber: 1) Pliego de Bases y Condiciones Anexo I - 9.1.7. SEGUROS Los equipos requeridos deberán estar asegurados contra robo/pérdida/extravío, debiendo estar incluido su costo en la propuesta economica. En caso del acaecer una de las causales señaladas, la franquicia que corresponda será a cargo del Ministerio Público, debiendo ser cotizada al momento de la presentación de la oferta. Para el caso de reposición por fallas, las mismas no insumirán costo alguno al Ministerio Público. En caso de ser necesario efectuar reparación por roturas, su costo será a cargo del Ministerio Público, debiendo facturarse con el detalle de los trabajos efectuados. Anexo II - 10. GARANTÍA. SERVICIO TÉCNICO Todos los terminales telefónicos deberán ser entregados con garantía de perfecto funcionamiento por el término de un (1) año. Al término de este plazo los mismos deberán ser reemplazados por equipos nuevos y sin uso, que deberán volver a contar con un (1) año de garantía. El oferente se compromete al reemplazo provisorio de terminales telefónicos ante pedidos de reparación, hasta su efectiva reparación y/o reemplazo definitivo de los mismos, en forma inmediata desde la notificación formal por parte del Ministerio Público. Las reparaciones técnicas que se realicen a las diferentes terminales telefónicas elementos componentes serán sin cargo para este Ministerio Público. Deseamos consultarles, respecto del párrafo expuesto lo siguiente: Con respecto a las reparaciones que se soliciten de los terminales telefónicos, que abarca el término “roturas” mencionado en el punto 9.1.7 SEGUROS y que abarca el término “reparaciones técnicas” mencionado en el punto 10. Garantía. Servicio Técnico”. Respuesta Nº 1:

Se indica remitirse al Pliego de Bases y Condiciones Particulares (Anexo I) y al Pliego de Especificaciones Técnicas (Anexo III) aprobados mediante la Resolución CCAMP Nº 08/12. Pregunta Nº 2: “… Nuestra solicitud de prórroga por 10 días hábiles al tiempo estipulado para la apertura, se debe a fin de poder cumplimentar con vuestra solicitud, y poder de esta manera darles una solución más adecuada al pedido de dicha contratación;…”.

Página Nº 175Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Respuesta Nº 2: Se indica que la apertura de ofertas de la Licitación Pública CCAMP 04/12, cuyo objeto es la contratación del servicio de telefonía para uso del Ministerio Público, se realizará el 21 de junio de 2012 a las 12:15 horas conforme lo establecido en el pliego de bases y condiciones particulares aprobado mediante la Resolución CCAMP Nº 08/12 del 27 de abril de 2012. Por último, se hace saber a Uds. que la presente circular se considera un anexo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado en el marco del procedimiento de selección supra referenciado. Sin otro particular, saludamos a Uds. cordialmente.

Miguel A. Espiño Unidad Operativa de Adquisiciones

OL 2311 Inicia: 21-6-2012 Vence: 22-6-2012

MINISTERIO PÚBLICO” Circular Con Consulta Nº 2/12 - Licitación Pública CCAMP Nº 4/12. Expediente CCAMP Nº 01/12. Circular Con Consulta Nº 02/12. OBJETO: ”Contratación del servicio de telefonía celular y de tabletas GSM para uso del MINISTERIO PÚBLICO” Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 19 de junio de 2012. Por la presente, la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. se dirige a los interesados en la Licitación Pública CCAMP Nº 04/2012, tendiente a lograr la contratación del servicio de telefonía celular y de tabletas GSM para uso del MINISTERIO PÚBLICO, a efectos de responder a las consultas efectuadas por la firma AMX ARGENTINA S.A.: Pregunta Nº 1: “…solicitud de aclaratoria que a continuación pasaremos a exponer, a saber:

1) Pliego de Bases y Condiciones 2) Anexo I - 9.1.7. SEGUROS

Los equipos requeridos deberán estar asegurados contra robo/pérdida/extravío, debiendo estar incluido su costo en la propuesta economica. En caso del acaecer una de las causales señaladas, la franquicia que corresponda será a cargo del Ministerio Público, debiendo ser cotizada al momento de la presentación de la oferta. Para el caso de reposición por fallas, las mismas no insumirán costo alguno al Ministerio Público. En caso de ser necesario efectuar reparación por roturas, su costo será a cargo del Ministerio Público, debiendo facturarse con el detalle de los trabajos efectuados. Anexo II - 10. GARANTÍA. SERVICIO TÉCNICO Todos los terminales telefónicos deberán ser entregados con garantía de perfecto funcionamiento por el término de un (1) año. Al término de este plazo los mismos deberán ser reemplazados por equipos nuevos y sin uso, que deberán volver a contar con un (1) año de garantía. El oferente se compromete al reemplazo provisorio de terminales telefónicos ante pedidos de reparación, hasta su efectiva reparación y/o reemplazo definitivo de los mismos, en forma inmediata desde la notificación formal por parte del Ministerio Público.

Página Nº 176Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Las reparaciones técnicas que se realicen a las diferentes terminales telefónicas elementos componentes serán sin cargo para este Ministerio Público. Deseamos consultarles, respecto del párrafo expuesto lo siguiente: Con respecto a las reparaciones que se soliciten de los terminales telefónicos, que abarca el término “roturas” mencionado en el punto 9.1.7 SEGUROS y que abarca el término “reparaciones técnicas” mencionado en el punto 10. Garantía. Servicio Técnico”. Respuesta Nº 1: Se indica remitirse al Pliego de Bases y Condiciones Particulares (Anexo I) y al Pliego de Especificaciones Técnicas (Anexo III) aprobados mediante la Resolución CCAMP Nº 08/12. Pregunta Nº 2: “… Nuestra solicitud de prórroga por 10 días hábiles al tiempo estipulado para la apertura, se debe a fin de poder cumplimentar con vuestra solicitud, y poder de esta manera darles una solución más adecuada al pedido de dicha contratación;…”. Respuesta Nº 2: Se indica que la apertura de ofertas de la Licitación Pública CCAMP 04/12, cuyo objeto es la contratación del servicio de telefonía para uso del Ministerio Público, se realizará el 21 de junio de 2012 a las 12:15 horas conforme lo establecido en el pliego de bases y condiciones particulares aprobado mediante la Resolución CCAMP Nº 08/12 del 27 de abril de 2012. Por último, se hace saber a Uds. que la presente circular se considera un anexo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado en el marco del procedimiento de selección supra referenciado. Sin otro particular, saludamos a Uds. cordialmente.

Miguel A. Espiño Unidad Operativa De Adquisiciones

OL 2334 Inicia: 21-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 177Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Edictos Particulares

Retiro de Restos Se comunica a todos los familiares que tengan deudos en la bóveda ubicada en los lotes 38 y 39, tablón 14, manzana 4, sección 5, del Cementerio de la Chacarita, que pasen a retirarlos en un plazo no mayor a cinco (5) días, caso contrario serán cremados y depositados en el Osario General.

Solicitantes: Matías Castagneto.

EP 178 Inicia: 15-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 178Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Transferencia de Habilitación Dorrego 443 S.R.L. representada por su apoderado Sr. Luis Alberto Burman, con DNI. 8.255.072, transfiere las habilitaciones municipales del local sito en Av. Dorrego 443, esquina Muñecas 1481, CABA, que funciona como Com. Min. de accesorios para automotores (603.305), Estación de Servicio Combustible Líquido (604061), Estación de Servicio G.N.C. (604.062), habilitado por expediente 44.415-1999 y Vta. Min. P/sistema de autoservicio de beb y prod. alimenticios Env, de limpieza y tocador, kiosco, servicios de bar, café, hielo, carbón, leña, estafeta postal y cajeros automáticos de entidades bancarias habilitado por Expediente 78687-2001, a Eess Nueva Borghetto S.A. representada por su presidente Sr. Carlos Leonardo Loira DNI. 18.282.088, con domicilio en Libertad 1145, CABA. Reclamo de ley en local.

Solicitantes: Eess Nueva Borghetto S.A.

EP 175 Inicia: 15-6-2012 Vence: 22-6-2012

Transferencia de Habilitación El señor Marco Luciano Murredda avisa que transfiere su habilitación del local que funciona como: “Garage Comercial”, por Exp. Nº 77848/2004 de fecha 13/09/2005, ubicado en la calle Balcarce 1325 y Cochabamba 338 PB. planta alta, con una superficie total de 2718,16 m2, a la firma Garage Balcarce 1325 S.R.L. Reclamos de Ley mismo local.

Solicitantes: Garage Balcarce 1325 S.R.L.

EP 176 Inicia: 15-6-2012 Vence: 22-6-2012

Transferencia de Habilitación Patricia Mabel Cordoba, con domicilio legal en Ramallo 2785 C.A.B.A., cede y transfiere la habilitación municipal del Garage comercial con una capacidad máxima de 20 cocheras, ubicado en la calle Bucarelli 2814/16/18 C.A.B.A., Expediente Nº 17348-2001 de fecha 12/09/2003, con una superficie de 820,51 m2, PB, Piso 1º, al Sr. Luis Doce, con domicilio en Av. Congreso 5965 C.A.B.A., libre de toda deuda y sin personal. Reclamos de Ley en Av. Córdoba 391, piso 12 “B“ C.A.B.A.

Solicitantes: Luis Doce

EP 177 Inicia: 15-6-2012 Vence: 22-6-2012

Transferencia de Habilitación Carlos Adrián Romero Abogado, tomo 84 Folio 695 C.P.A. C.A.B.A., con oficinas en Belgrano 342 Piso 2º Of. 23 C.A.B.A avisa que transfiere la habilitación municipal del local sito en Baez 227 PB y PA C.A.B.A que funciona como: “Restaurante, cantina - café bar - despacho de bebidas, wisquería, cervecería - parrilla” Expte. Nº 72680/2007 Superficie: 241,93 m2 a Baez 227 S.A. Reclamos de Ley y domicilio de partes en mis oficinas Belgrano 342 Piso 2º Of. 23 C.A.B.A.

Página Nº 179Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Solicitantes: Baez 227 S.A.

EP 179 Inicia: 19-6-2012 Vence: 26-6-2012

Transferencia de Habilitación Maria Beatriz Brumana dom. en la calle Ramon L. Falcon 4974 C.A.B.A. transfiere la habilitación municipal, rubro comercio minorista cerrajería (venta y confeccion); comercio minorista de maquinas para oficina, calculo, computación, informática; comercio minorista de artículos de librería, papelería, cartonería, impresos, filatelia, juguetes, discos y grabaciones por exp. 67.964/95, ubicado en la Avenida Rivadavia 9693 de la Planta Baja, UF 1 C.A.B.A. a Gomez Brumana S.R.L. con dom. en la calle Ramon L. Falcon 4974 C.A.B.A. Reclamos de ley en el mismo local.

Solicitantes: Gomez Brumana S.R.L.

EP 180 Inicia: 19-6-2012 Vence: 26-6-2012

Transferencia de Habilitación Alberti, Gabriela Juliana, en carácter de apoderada de “Jardín de la Luna y el Sol S.A.”, transfieren a Masterblas SRL., la habilitación municipal del rubro “Escuela Infantil”, aprobada por Expediente 19777-2003, en fecha 23/12/2003 mediante Decreto Nº 2516/1998, para el inmueble ubicado en la calle Blanco Encalada Nº 4860 PB, de Capital Federal, con una superficie total de 142.38 m². Observaciones: Capacidad 20 niños por turno, jornada simple, 9 cunas. Numero de Habilitación anterior por Expediente 38823/2000. Los valores de superficie son los consignados en la Habilitación Original. Se procesa según Decreto 919/GACBA/02 e informe de fs. 18 vta del presente expediente, oposiciones de ley en la misma dirección.

Solicitantes: Masterblas SRL.

EP 181 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

Transferencia de Habilitación Se avisa que Rosana Delfina Berlocco con DNI 22-608-119, domicilio en Valentín Gómez Nº 3519 planta baja. C.A.B.A. transfiere la habilitación con Exp. 93349/2007 del local sito en Valentín Gómez Nº 3519/23 planta baja, uf.1 y 2 C.A.B.A a Ramivi S.R.L. representada por su gerente Natalia Andrea Berlocco con DNI 23-904309 con domicilio en Valentín Gómez Nº 3525 1º piso C.A.B.A. habilitado como elaboración de masas, pasteles, sándwiches y productos, similares, 500.200, elaboración de productos de panadería con venta directa al públicos 500.202. Comercio minorista de productos alimenticios envasados 601005, comercio minorista de bebidas en general envasadas 601010, comercio minorista masas bombones sándwiches (sin elaboración) 601030 casa de comida rotiseria 602040. Reglamos de ley en Valentín Gómez Nº 3519 planta baja.

Página Nº 180Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Solicitantes: Natalia Andrea Berlocco

EP 182 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

Página Nº 181Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Edictos Oficiales Justicia Penal, Contravencional y de Faltas

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 17 CITACIÓN: (Oficio Judicial Nº 1222922/12) AUTOS: CAUSA N° 52185/10 (3136/D) C/ ROLDAN GERMAN CARLOS S/ INFR. 149 BIS CP” Cítese al señor Carlos Germán Roldan DNI 32.753.124, mediante la publicación de edictos, como lo prevé el artículo 63 del Código Procesal Penal de la Ciudad de Buenos Aires, para que en el plazo de cinco días desde su notificación, comparezca personalmente a los estrados de este juzgado a fin de estar a derecho, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. A tal fin líbrese oficio a la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...Fdo: Norberto R. Tavosnanska, juez. Ante mi: Beatriz Andrea Bordel, secretaria."

Beatriz Andrea Bordel Secretaria

OJ 94 Inicia: 15-6-2012 Vence: 22-6-2012

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUSTICIA PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 7 CITACIÓN (OFICIO JUDICIAL Nº 1256984/12) AUTOS: “VASQUES, Oscar Adrián s/infr. art (s) 85 del CC" CAUSA Nº 4088/11 "En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los cinco días del mes de Junio de dos mil doce RESUELVE: I. Tener presente la solicitud de revocación de la suspensión del juicio a prueba solicitada por la Sra. Fiscal; II.- ordenar el libramiento de edictos por el término de cinco (5) días a fin de lograr la comparecencia del Sr. Oscar Adrián Vásques, bajo apercibimiento en caso de nueva incomparecencia de declararlo rebelde y ordenar su inmediata captura; III.- Regístrese en los libros del Juzgado. Notifíquese a las partes presentes y, firme que fuere ejecútese. - Fdo: Dr. Norberto Tavosnanska, Juez (P.R.S.). Ante mí: Dr. Martín Serantes, Prosecretario Coadyuvante." Dado en la Sala de mi Público Despacho, a los 5 días del mes de Junio de 2012.

Página Nº 182Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Norberto R. Tavosnanska Juez

OJ 96 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUSTICIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 15 CITACIÓN (OFICIO JUDICIAL Nº 1257608/12) AUTOS: "PAREDES, SILVIO JAVIER S/ INF. ART (S). 149 BIS AMENAZAS - CP (P/L2303)" El Dr. Santiago Otamendi, Juez interinamente a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 15 del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la calle Beruti nro. 3345, piso 4, de esta ciudad (Tel 011-4014-5886/5887), Secretaria Única a cargo del Dr. Ariel Sáenz Tejeira, cita por cinco (5) días y emplaza a Silvio Javier Paredes, DNI N° 29.868.419, nacido el día 19 de noviembre de 1982 en la localidad de Florencia Varela, de nacionalidad argentina, con último domicilio en la calle 519 N° 2462 de la localidad de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, para que comparezca ante este Tribunal dentro de los cinco (5) días posteriores a la última publicación del presente edicto, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y su consecuente captura.

Santiago Otamendi Juez

OJ 97 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

Página Nº 183Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Juzgado Provincial

PODER JUDICIAL PROVINCIA DE NEUQUÉN JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINERÍA Nº 2 SECRETARÍA ÚNICA CITACIÓN (OFICIO JUDICIAL Nº 1273313/12) AUTOS: "TRIPAÑAN JUANA CONTRA SUCES.ARRIGHI AMADEO ÁNGEL S/POSESIÓN VEINTEAÑAL" La Sra. Jueza, Dra. Alejandra C. Bozzano, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Minería N° 2, sito en calle Rivadavia 205-211, 3° piso de la ciudad de Neuquén, cita y emplaza por el término de DIEZ días, a los sucesores de Ángel Amadeo Arrighi, L.E. 4.164.116, fallecido en la Ciudad de Buenos Aires el 19/06/11 y de María Inés Aida Arrighi, DNI 3.719.953, fallecida en la ciudad de Buenos Aires el 02/03/04 para que comparezcan tomar la intervención que les corresponde en este proceso bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial de Ausentes para que los represente en autos: "TRIPAÑAN JUANA CONTRA SUCES. ARRIGHI AMADEO -ÁNGEL S/POSESIÓN VEINTEAÑAL" EXPTE N° 390216/9. Publíquense edictos en el Boletín Oficial de la ciudad de Neuquén, como así del respectivo de la ciudad autónoma de Buenos Aires por el término de dos días. Se hace saber que los presentes tramitan con BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS. SECRETARIA, 09 de Mayo de 2012.-

Maria Graciela Martin Prosecretaria

OJ 98 Inicia: 22-6-2012 Vence: 25-6-2012

Página Nº 184Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Social

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO Notificación - Nota Nº 5629-DGDAI/09 El Subsecretario de Fortalecimiento Familiar y Comunitario notifica a la agente Julia Elías, CUIL 27-11422860-0, Ficha Nº 296.988 que por Resolución Nº 484-SSGOMH/09 que tramita por Nota Nº 5629-DGDAI/09, el Subsecretario de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda resuelve, Art. 1: “Recházanse los recursos de reconsideración de los agentes que se indican en el Anexo que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente, toda vez que los mismos se encuentran encasillados de conformidad con las tareas que efectivamente desempeñaban al momento de ser relevadas”.

Santiago López Medrano Subsecretario

EO 292 Inicia: 19-6-2012 Vence: 22-6-2012

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO Notificación - Expediente Nº 2.156.488/11 El Subsecretario de Fortalecimiento Familiar y Comunitario notifica a la agente Karina Susana Besverge, Ficha Nº 440.321, que por Resolución Nº 648-SSFFYC/12 (21/11/12) que tramita por Expediente Nº 2.156.488/11, se resuelve, Art. 1: “Créase la Supervisión Inmediata del Área Banco de Elementos Ortopédicos”; Art. 2: “Encomiéndese a cargo de la Supervisión Inmediata de Área Banco de Elementos Ortopédicos, al agente Karina Susana Besverge, Ficha Nº 440.321, sin que ello implique mayor retribución presupuestaria”.

Santiago López Medrano Subsecretario

EO 290 Inicia: 19-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 185Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Secretaría Legal y Técnica

DIRECCIÒN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA Notificación El Director General de la Dirección Técnica Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, atento lo actuado a través del Expediente Nº 64601/12 y conforme lo establecido en el artículo 48 de la ley Nº 471, notifica que el agente Merlo Diego Gastón, DNI. 28.352.509, F.M. Nº 430.654, que “en caso de no regularizar su situación laboral se procederá a la tramitación inmediata de su cesantía”

Pedro Hadida

Director General Dirección Técnica Administrativa

EO 285 Inicia: 19-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 186Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber a la Sra. Perez, Juana Gabriela (L.C. 3.297.913), que por Resolución Nº 44/DE/92 de fecha 3/02/1992, se ha procedido a rescindir el Boleto de Compraventa correspondiente a la U.C. Nº 45.277, ubicada en el Block 87 Escalera 48 Piso 1 Dto "B" del C.U. Don Orione, Claypole, Pcia. de Buenos Aires. Asimismo, se le hace saber al interesado, que la referida Resolución es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en Subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva prevista en los art. 62 del decreto Nº 1510/CABA/97, de conformidad a lo establecido en los arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. De la misma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto en el art 113 del mencionado Decreto. La Presente Notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art 62 del Decreto citado).

Juan Francisco Trotta Gerencia Regularización Dominial y Notarial

EO 293 Inicia: 18-6-2012 Vence: 21-6-2012

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr. Bahia, Mario Alfredo (C.I. 5.268.217), que por Resolución Nº 148/SS/96 de fecha 22/02/1996, se ha procedido a rescindir el Boleto de Compraventa correspondiente a la U.C. Nº 46.737, ubicada en el Block 76-Nudo 1 Piso 2º Dto. "N" del C.U. Soldati, por transgresión a la Cláusula 4º, en los términos de la 9º y 11º del mismo. Asimismo, se le hace saber al interesado, que la referida Resolución es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en Subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva prevista en los art. 62 del decreto Nº 1510/CABA/97, de conformidad a lo establecido en los arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. De la misma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto en el art 113 del mencionado Decreto.

Página Nº 187Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Gerencia Regularización Dominial y Notarial EO 294 Inicia: 18-6-2012 Vence: 21-6-2012

Página Nº 188Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

La Presente Notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art 62 del Decreto citado).

Juan Francisco Trotta

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Ministerio de Desarrollo Social

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO Notificación - Carpeta Nº 1.142.510-DGDAI/10 El Subsecretario de Fortalecimiento Familiar y Comunitario notifica al agente Claudio Fernando Del Río, Ficha Nº 437.502, que por Informe Nº 1.896.613-MDSGC/11, que tramita por la Carpeta Nº 1.142.510-DGDAI/10, la Gerencia Operativa de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Desarrollo Social, informa en el Punto 2: “Atento lo informado a fs. 13 por el Gerente Operativo de Asistencia integral a los Sin Techo, se informa que no es posible resolver el planteo realizado por el agente atento la falta de información en la presentación efectuada a fs. 04 y las copias simples de fs. 05 a 10”. Punto 3: “Asimismo se informa que al corresponder los períodos enunciados a ejercicios vencidos, se solicita al agente informe de corresponder si existen Resoluciones que hubiesen autorizado modificaciones en los montos de su Contrato de Locación, por no contar esta área con registros anteriores, debiéndose iniciar una nueva actuación”.

Santiago López Medrano Subsecretario

EO 291 Inicia: 19-6-2012 Vence: 22-6-2012

Página Nº 189Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber a los Sres. Basteiro, Barbara Soledad (DNI 32.171.919) y Cuarterola, Gabriel Alfredo (DNI 29.313.572), que por Acta Nº 63/CEC/2011 con fecha 08/06/2011 la Comisión Evaluadora de Créditos ha dejado sin efecto el crédito hipotecario otorgado por Acta Nº 90/CEC/10 en razón de lo manifestado por la Escribanía interviniente en virtud del desinterés demostrado por el tomador del crédito en realizar la operación. El Acta dictada es susceptible de impugnación por vía de los recursos de reconsideración y/o jerárquico en subsidio, los que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos, respectivamente, conforme lo dispuesto por los art. 103 y 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/GCBA/97. La Presente Notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art 62 ley citada).

Mariano A. Abraham Gerencia de Asuntos Jurídicos

EO 295 Inicia: 22-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 190Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Justicia Penal, Contravencional y de Faltas

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES JUSTICIA PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS UNIDAD FISCAL SUDESTE-UNIDAD TRAMITACIÓN COMÚN NOTIFICACIÓN (OFICIO JUDICIAL Nº 1242842/12) AUTOS: LEGAJO 51619/0-2011 "QUINTANA, SERGIO DANIEL s/INFR. ART(s). 85, PORTAR ARMAS NO CONVENCIONALES EN LA VÍA PUBLICA, SIN CAUSA QUE LO JUSTIFIQUE - CC" "Hágase saber a Sergio Daniel QUINTANA DNI N° 24.166.863 que deberá comparecer a esta Unidad Fiscal Sudeste, Equipo "B" (situada en Bartolomé Mitre 1735 piso 4° de esta Ciudad) dentro del tercer día hábil de notificada a partir de la última publicación y en el horario comprendido entre las 9:00 y 14:00 horas, a los efectos de ser intimada en los términos del art 41 de la ley 12, bajo apercibimiento en caso de incomparencia injustificada de solicitar su rebeldía (art. 158 CPPCABA de aplicación supletoria según art. 6 de la ley 12). Comuníquese al nombrado el derecho que le asiste de ser asistido por un abogado de su confianza o por el defensor oficial que por turno corresponda. Déjese constancia Queda Ud. notificado. Buenos Aires 07 de junio de 2012 OJ 95 Inicia: 19-6-2012 Vence: 26-6-2012

Julio Barreto Prosecretario Administrativo

Unidad de tramitación Común

Página Nº 191Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS Intimación - Nota Nº 1.183.459/12 Por resolución Nº 767-SOySP/03 de fecha 30 de junio de 2003, se declaró la extinción de la concesión del terreno formado por los lotes 27 y 28, tablón 9, sección 3 del Cementerio de Flores. Intímase al Sr. Aldo Brunelli, en su carácter de único titular y/o familiares/descendientes y/o quienes puedan tener un interés directo legítimo sobre los inhumados en el sepulcro en cuestión en el término de cinco (5) días, caso contrario el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires arbitrará los medios para la desocupación, enviándose los cadáveres al Crematorio de la Ciudad de Buenos Aires, los restos reducidos al Osario Común y las cenizas al Cinerario Común.

Néstor Pan Director General

EO 286 Inicia: 18-6-2012 Vence: 25-6-2012

Página Nº 192Nº3937 - 22/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Factor Puntaje máximo por factorExamen escrito de oposición 40 Evaluación de antecedentes curriculares y laborales 35 Entrevista personal 25 Metodología de Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales

Factor Subfactor Forma de Evaluación Puntaje Máximo del Subfactor

Máx

Antecedentes Curriculares

Nivel educativo requerido

Posee nivel educativo requerido para el cargo

5

10

Nivel superior al requerido

Posee nivel superior al requerido para el cargo

Programas aprobados en el Instituto Superior de la Carrera.

4 Cursos, Congresos y/o Jornadas en el Instituto Superior de la Carrera o en instituciones de reconocido prestigio. (Se evaluarán hasta 10 cursos de capacitación relacionados con el cargo).

Experiencia Docente Posee experiencia docente 1

Antecedentes Laborales

Experiencia en el Sector Público o Privado, relacionada con los requisitos específicos del cargo.

15

25 Experiencia en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, relacionada con los requisitos específicos del cargo.

10