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Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Área responsable: Secretaría Legal y Técnica - Registro de la Propiedad Intelectual Nº 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Uspallata 3160 (1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: [email protected] [email protected] - Consultas de Edictos Particulares de 9:30 a 14:30 hs. Web: boletinoficial.buenosaires.gob.ar 4905 16/06/2016

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Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Área responsable:Secretaría Legal y Técnica - Registro de la Propiedad Intelectual Nº 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Uspallata 3160(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: [email protected][email protected] - Consultas de Edictos Particulares de 9:30 a 14:30 hs. Web: boletinoficial.buenosaires.gob.ar

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16/06/2016

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Sumario

Poder Legislativo

Ley

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Ley N° 5526Se incorporan Definiciones Generales al Código de Tránsito y Transporte......................................................... Pág. 17

Ley N° 5530Se adhiere a la Ley Nacional N° 24605 que declara Día de la Conciencia Ambiental al 27 de                                         septiembre............................................................................................................................................................ Pág. 28

Ley N° 5531Se declara Personalidad Destacada en el ámbito de la Ciencia a Antonio Elio Brailovsky.................................. Pág. 29

Ley N° 5532Se instituye como 'Día de concientización de la trombofilia en los embarazos al 13 de octubre......................... Pág. 30

Ley N° 5537Se corrige errata en la Ley N° 5526...................................................................................................................... Pág. 30

Ley N° 5538Se declara Personalidad Destacada en el ámbito de los Derechos Humanos a Lorenzo de                                            Vedia, conocido como Padre Toto........................................................................................................................ Pág. 31

Ley N° 5542Se adhiere a la Ley Nacional N° 27098 que instituye el Régimen de Promoción de los Clubes                                       de Barrio y de Pueblo............................................................................................................................................ Pág. 32

Poder Ejecutivo

Decreto

Área Jefe de Gobierno

Decreto N° 358Se crea la Planta Transitoria para el Programa Jóvenes Profesionales............................................................... Pág. 33

Decreto N° 359Se designa como Director General, de la Dirección General de Eventos Masivos a Marcelo                                           Fernando Meis...................................................................................................................................................... Pág. 35

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Resolución

Vicejefatura de Gobierno

Resolución N° 61-AVJG/16Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 36

Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución N° 246-MJGGC/16Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 38

Resolución N° 125-SECDES/16Se efectúa el Alta de Mantenimiento del Espacio Público intervenido por la Obra Plaza Éxodo                                       Jujeño a la Comuna 15......................................................................................................................................... Pág. 39

Resolución N° 57-ASINF/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 8056-0531-LPU16...................................................................... Pág. 40

Resolución N° 58-ASINF/16Se cesan y designan responsables de administración y rendición de fondos de Caja Chica                                            Especial de Refacciones y Mantenimiento Edilicio y de Espacios Guardacoches............................................... Pág. 43

Resolución N° 59-ASINF/16Se asigna Suplemento de Gabinete a agentes..................................................................................................... Pág. 44

Resolución N° 60-ASINF/16Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 46

Resolución N° 61-ASINF/16Se ratifican y designan responsables de administración y rendición de fondos de Caja Chica                                         Común y Gastos de Movilidad.............................................................................................................................. Pág. 48

Resolución N° 62-ASINF/16Se cesan responsables de la administración y rendición de fondos de Caja Chica Común y                                           Gastos de Movilidad.............................................................................................................................................. Pág. 49

Resolución N° 84-SECCCYFP/16Se aprueba y adjudica el Proceso de Compra N° 2051-0463-LPU16.................................................................. Pág. 51

Resolución N° 85-SECCCYFP/16Se aprueba y adjudica el Proceso de Compra N° 2051-1255-CME16................................................................. Pág. 53

Resolución N° 147-SSSYP/16Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 54

Resolución N° 148-SSSYP/16Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 56

Resolución N° 149-SSSYP/16Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 58

Resolución N° 150-SSSYP/16Se deja sin efecto la Resolución N° 148-SSSYP/16............................................................................................. Pág. 59

Resolución N° 151-SSSYP/16Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 60

Resolución N° 152-SSSYP/16Se acepta la renuncia presentada por Adela Silvana Verbauwede...................................................................... Pág. 62

Ministerio de Hacienda

Resolución N° 1729-MHGC/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 623-0091-LPU16........................................................................ Pág. 63

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Resolución N° 1730-MHGC/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 623-0294-LPU16........................................................................ Pág. 68

Resolución N° 1732-MHGC/16Se designa como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Diseño y Planificación                                                    Documental a Bettina Fernanda Sobrino.............................................................................................................. Pág. 71

Resolución N° 1733-MHGC/16Se designa como Subgerente Operativo Relaciones Institucionales a Gonzalo Sebastián La                                          Cava...................................................................................................................................................................... Pág. 73

Resolución N° 1735-MHGC/16Se modifica el Anexo I de la Resolución N° 1082-MHGC/16................................................................................ Pág. 74

Resolución N° 1736-MHGC/16Se designa como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Mantenimiento de Procesos a                                        Rodrigo María De Salas........................................................................................................................................ Pág. 75

Ministerio de Justicia y Seguridad

Resolución N° 386-MJYSGC/16Se designa personal de Planta de Gabinete......................................................................................................... Pág. 78

Resolución N° 387-MJYSGC/16Se designa personal de Planta de Gabinete......................................................................................................... Pág. 79

Resolución N° 236-SSJUS/16Se modifican los Anexo I de las Resoluciones N° 130-SSJUS/16, N° 134-SSJUS/16, y N°                                             148-SSJUS/16...................................................................................................................................................... Pág. 80

Resolución N° 237-SSJUS/16Se designa como Adscripta al Registro Notarial N° 776 a Ana Laura Salgueiro.................................................. Pág. 81

Resolución N° 238-SSJUS/16Se designa como Adscripta al Registro Notarial N° 760 a Josefina María Vergagni............................................ Pág. 82

Resolución N° 240-SSJUS/16Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 83

Resolución N° 241-SSJUS/16Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 84

Resolución N° 74-SSAFPC/16Se aprueba compensación de créditos................................................................................................................. Pág. 86

Resolución N° 75-SSAFPC/16Se modifica la Resolución N° 72-SSAFPC/16...................................................................................................... Pág. 87

Resolución N° 76-SSAFPC/16Se convalida la continuidad de contrato celebrado con la firma Cooperativa de Trabajo El                                              Porvenir Limitada por la Licitación Pública N° 2900-0147-LPU14........................................................................ Pág. 88

Resolución N° 111-ISSP/16Se dispone la baja del Instituto Superior de Seguridad Pública con prohibición de reingreso a                                        cadete................................................................................................................................................................... Pág. 90

Resolución N° 112-ISSP/16Se designan profesores de la materia Emergencias............................................................................................ Pág. 95

Resolución N° 113-ISSP/16Se aprueba el Curso de Actualización Policial para Personal Transferido de la Policía Federal                                       Argentina............................................................................................................................................................... Pág. 97

Ministerio de Salud

Resolución N° 1047-MSGC/16Se designa como Coordinadora General de Prensa y Comunicación Institucional a Silvia                                               Patricia Belsito...................................................................................................................................................... Pág. 99

Resolución N° 1049-MSGC/16Se designa como Especialista en la Guardia Médico (Psiquiatría) a Nicolás Ezequiel Marotta........................... Pág. 99

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Resolución N° 1050-MSGC/16Se contrata como Residentes a profesionales.................................................................................................... Pág. 100

Resolución N° 1051-MSGC/16Se designa como Especialista en la Guardia Médica (Pediatría) a Fabiola Edith Stoppel................................. Pág. 101

Resolución N° 1052-MSGC/16Se deja sin efecto la Resolución N° 887-MSGC/16............................................................................................ Pág. 102

Resolución N° 1054-MSGC/16Se contrata como Profesora de Enseñanza Superior en la asignatura Espacio de la Práctica a                                      Tamara Emma Dinapoli...................................................................................................................................... Pág. 103

Resolución N° 1061-MSGC/16Se contrata como Residentes a profesionales.................................................................................................... Pág. 104

Resolución N° 1062-MSGC/16Se contrata como Residentes a profesionales.................................................................................................... Pág. 105

Resolución N° 1063-MSGC/16Se cesa a personal de Planta de Gabinete......................................................................................................... Pág. 107

Resolución N° 1064-MSGC/16Se deja sin efecto la Resolución N° 919-MSGC/16............................................................................................ Pág. 107

Resolución N° 1065-MSGC/16Se designa como Especialista en la Guardia Médica (Psiquiatría) a Sabrina Davenia...................................... Pág. 108

Resolución N° 1066-MSGC/16Se designa como Especialista en la Guardia Médica (Psiquiatría) a Christian Ezequiel Lema                                         Carrion................................................................................................................................................................ Pág. 109

Resolución N° 1067-MSGC/16Se designa como Profesional de Guardia Psicóloga a Valeria Carla Leoni Augusto......................................... Pág. 110

Resolución N° 1068-MSGC/16Se designa como Especialista en la Guardia Médica (Obstetricia) a María Laura Rivas................................... Pág. 111

Resolución N° 1069-MSGC/16Se establece la continuidad como Profesional de Guardia Trabajadora Social de Marina                                                Tarasiuk.............................................................................................................................................................. Pág. 112

Resolución N° 1070-MSGC/16Se designa como Especialista en la Guardia Médica (Tocoginecología) a Nicolás Andrés                                              Basanta............................................................................................................................................................... Pág. 113

Resolución N° 1071-MSGC/16Se asigna Suplemento de Gabinete a Maximiliano Francisco Minio.................................................................. Pág. 114

Resolución N° 1081-MSGC/16Se contrata como Profesora de Enseñanza Superior en la asignatura Laboratorio                                                          Hematológico a Vilma Inés Brunetti.................................................................................................................... Pág. 115

Resolución N° 1082-MSGC/16Se contrata como Profesora de Enseñanza Superior en distintas asignaturas a Claudia Saidon...................... Pág. 116

Resolución N° 1083-MSGC/16Se contrata como Profesora de Enseñanza Superior en la asignatura Matemática a María José                                    Míguez................................................................................................................................................................ Pág. 117

Resolución N° 1084-MSGC/16Se encomienda la tarea de la Coordinación General de Residencias y Concurrencias a                                                 profesionales....................................................................................................................................................... Pág. 118

Resolución N° 1085-MSGC/16Se contrata como Profesora de Enseñanza Superior en distintas asignaturas a Fernanda                                              Colandrea............................................................................................................................................................ Pág. 119

Resolución N° 1093-MSGC/16Se designa como Profesional de Guardia Bioquímica a Raquel Viviana Barquez............................................. Pág. 120

Resolución N° 1094-MSGC/16Se designa como Profesional de Guardia Médica a Adriana Vanesa Babi........................................................ Pág. 121

Resolución N° 1101-MSGC/16Se rectifica la Resolución N° 833-MSGC/16....................................................................................................... Pág. 122

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Resolución N° 1102-MSGC/16Se contrata como Profesor de Enseñanza Superior en la asignatura Toxicología a Javier Felipe                                    Martin.................................................................................................................................................................. Pág. 123

Resolución N° 1103-MSGC/16Se ratifica como representante titular para la participación en la Mesa de Trabajo constituida                                         en virtud de la relocalización de las villas y asentamientos precarios de la Cuenca Matanza -                                        Riachuelo - Asentamiento Magaldi a Leonardo Estrada Martínez...................................................................... Pág. 124

Resolución N° 1104-MSGC/16Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 125

Ministerio de Educación

Resolución N° 1877-MEGC/16Se ratifica Acta de Redeterminación de Precios de los Trabajos de rehabilitación integral en el                                      edificio del Centro de Formación Profesional N° 1 DE 4 contratada por Licitación Pública N°                                          5/09..................................................................................................................................................................... Pág. 127

Resolución N° 1987-MEGC/16Se declara la disponibilidad con goce de haberes de docentes titulares............................................................ Pág. 128

Resolución N° 1988-MEGC/16Se declara la disponibilidad con goce de haberes de docentes titulares............................................................ Pág. 129

Resolución N° 1994-MEGC/16Se convalida licencia extraordinaria sin goce de haberes usufructuada por Georgina Cardillo......................... Pág. 129

Resolución N° 1996-MEGC/16Se acepta la renuncia presentada por Florencia Bellagamba............................................................................ Pág. 130

Resolución N° 1998-MEGC/16Se designan vocales titulares de las Juntas de Clasificación Docente............................................................... Pág. 131

Resolución N° 2053-MEGC/16Se modifican créditos.......................................................................................................................................... Pág. 132

Resolución N° 2131-MEGC/16Se modifican créditos.......................................................................................................................................... Pág. 133

Resolución N° 2161-MEGC/16Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes a Matías Ávalos............................................................. Pág. 134

Resolución N° 58-SSCPEE/16Se declara de interés educativo la realización de la Primera Jornada de Gastronomía..................................... Pág. 134

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

Resolución N° 286-SECTRANS/16Se dispone la caducidad para la prestación del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con                                    Taxímetro de la Licencia N° 18226..................................................................................................................... Pág. 136

Resolución N° 287-SECTRANS/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 768-0815-CME16.................................................... Pág. 137

Ministerio de Cultura

Resolución N° 1329-MCGC/16Se dan por cumplidas las obligaciones en concepto de gastos relacionados con la ejecución                                         del Proyecto N° 2292-RPC/14............................................................................................................................ Pág. 139

Resolución N° 1331-MCGC/16Se dan por cumplidas las obligaciones en concepto de gastos relacionados con la ejecución                                         del Proyecto N° 1738-RPC/13............................................................................................................................ Pág. 140

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Resolución N° 1489-MCGC/16Se dan por cumplidas las obligaciones en concepto de gastos relacionados con la ejecución                                         del Proyecto N° 2359-RPC/14............................................................................................................................ Pág. 141

Resolución N° 2717-MCGC/16Se aprueba cláusula modificatoria en contratos de personal............................................................................. Pág. 142

Resolución N° 2893-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 143

Resolución N° 3661-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 144

Resolución N° 3662-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 145

Resolución N° 3663-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 146

Resolución N° 3665-MCGC/16Se acepta la renuncia a contrato de personal..................................................................................................... Pág. 147

Resolución N° 3666-MCGC/16Se acepta la renuncia a contrato de personal..................................................................................................... Pág. 148

Resolución N° 3768-MCGC/16Se desestima solicitud de subsidio presentada por Melisa Cristina Liebenthal.................................................. Pág. 149

Resolución N° 3771-MCGC/16Se desestima solicitud de subsidio presentada por Fernando Emilio Casals..................................................... Pág. 150

Resolución N° 3772-MCGC/16Se desestima solicitud de subsidio presentada por Verónica Geraige............................................................... Pág. 151

Resolución N° 3787-MCGC/16Se desestima solicitud de subsidio presentada por Gisele Elizabeth Müller...................................................... Pág. 152

Resolución N° 422-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 153

Resolución N° 423-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 154

Resolución N° 425-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 155

Resolución N° 426-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 156

Resolución N° 427-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 157

Resolución N° 428-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 158

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Resolución N° 865-MAYEPGC/16Se aprueba Acta Acuerdo de la 4°, 5°, 6° y 7° Redeterminación Definitiva de Precios de la                                            Licitación Publica N° 1444/07............................................................................................................................. Pág. 160

Resolución N° 877-MAYEPGC/16Se modifica remuneración de personal de Planta de Gabinete.......................................................................... Pág. 162

Resolución N° 878-MAYEPGC/16Se modifica remuneración de personal de Planta de Gabinete.......................................................................... Pág. 163

Resolución N° 881-MAYEPGC/16Se cesa a personal de Planta de Gabinete......................................................................................................... Pág. 164

Resolución N° 882-MAYEPGC/16Se autoriza el traslado al Cementerio del Oeste de la Ciudad de San Miguel del Tucumán de                                        los restos de Bernardo José de Monteagudo..................................................................................................... Pág. 165

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Ministerio de Gobierno

Resolución N° 161-MGOBGC/16Se autoriza la transferencia de fondos a favor del Fondo Fiduciario de Compensación                                                   Ambiental ACUMAR............................................................................................................................................ Pág. 167

Resolución N° 162-MGOBGC/16Se designa personal de Planta de Gabinete....................................................................................................... Pág. 169

Resolución N° 164-MGOBGC/16Se modifica remuneración de personal de Planta de Gabinete.......................................................................... Pág. 170

Resolución N° 165-MGOBGC/16Se aprueba modificación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 171

Agencia de Protección Ambiental

Resolución N° 210-APRA/16Se modifica remuneración de contrato de personal............................................................................................ Pág. 173

Resolución N° 211-APRA/16Se deja sin efecto la Resolución N° 57-APRA/16............................................................................................... Pág. 174

Resolución N° 213-APRA/16Se exime de firmar en la Planilla de Registros de Asistencia a agente.............................................................. Pág. 175

Resolución N° 217-APRA/16Se autoriza la contratación de personal.............................................................................................................. Pág. 177

Ente de Turismo

Resolución N° 110-ENTUR/16Se declara el auspicio institucional para el IV Foro y Workshop de Turismo de Bienestar................................ Pág. 179

Ministerio de Hacienda - Ministerio de Salud

Resolución N° 1201-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 7-HNBM/16........................................................................................................ Pág. 181

Disposición

Vicejefatura de Gobierno

Disposición N° 17-DGDS/16Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 8801-0659-CME16................................................................ Pág. 183

Disposición N° 20-DGPJ/16Se otorga suma en concepto de beca a participantes del Programa Bandas por Barrios.................................. Pág. 184

Disposición N° 21-DGPJ/16Se deja constancia de los grupos musicales que brindan recitales en el marco del programa                                         Bandas por Barrios............................................................................................................................................. Pág. 185

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Jefatura de Gabinete de Ministros

Disposición N° 164-DGTALINF/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 8056-1434-CME16.................................................. Pág. 188

Ministerio de Hacienda

Disposición N° 106-DGCPUB/16Se dispone la emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires................................. Pág. 190

Disposición N° 297-DGCYC/16Se autoriza continuidad del servicio de la Orden de Compra Abierta N° 18330/15............................................ Pág. 192

Disposición N° 302-DGCYC/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 623-0622-LPU16......................................................... Pág. 194

Ministerio de Justicia y Seguridad

Disposición N° 28-DGTALMJYS/16Se declara desierto el Contratación Directa - Proceso de Compra BAC N° 282-0302-CDI16 y                                        Se aprueban pliegos y el segundo llamado a Contratación Directa - Proceso de Compra BAC                                       N° 282-0384-CDI16............................................................................................................................................. Pág. 196

Disposición N° 29-DGTALMJYS/16Se prorroga la Orden de Compra N° 282-6620-OC15........................................................................................ Pág. 197

Disposición N° 235-DGSPR/16Se concede habilitación para prestar servicios de seguridad privada a la empresa Shield II SA....................... Pág. 199

Ministerio de Salud

Disposición N° 16-EAIT/16Se designa como Jefe de Sección Farmacia a Graciela Irene Bosch................................................................ Pág. 201

Disposición N° 77-DGADCYP/16Se rectifica Disposición N° 30-DGADCYP/16..................................................................................................... Pág. 202

Disposición N° 80-DGADCYP/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 401-0528-LPU16......................................................... Pág. 203

Disposición N° 104-IRPS/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 446-0660-LPU16......................................................... Pág. 205

Disposición N° 105-IRPS/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 446-0663-LPU16......................................................... Pág. 207

Disposición N° 244-HGAP/16Se impone multa a la firma Alpha Medical Group SRL....................................................................................... Pág. 208

Disposición N° 246-HGAP/16Se impone multa a la firma Eglis SA................................................................................................................... Pág. 209

Disposición N° 247-HGAP/16Se rectifica la DI-2016-244-HGAP...................................................................................................................... Pág. 210

Disposición N° 254-HGACA/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa Menor N° 412-2428-CME15........................................ Pág. 211

Disposición N° 255-HGACA/16Se anula el llamado a Contratación Directa Menor N° 412-1326-CME16 y se aprueban pliegos                                     y se llama a Contratación Directa Menor N° 412-1514-CME16.......................................................................... Pág. 213

Disposición N° 344-HBR/16Se autoriza el ingreso y permanencia de equipos médicos en préstamo........................................................... Pág. 214

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Disposición N° 385-HBR/16Se autoriza el ingreso y permanencia de equipos médicos en préstamo........................................................... Pág. 215

Disposición N° 423-HGACD/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 416-0463-CDI16..................................................... Pág. 216

Ministerio de Educación

Disposición N° 546-DGAR/16Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 218

Disposición N° 587-DGAR/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 550-0466-CDI16..................................................... Pág. 219

Disposición N° 590-DGAR/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 550-1435-CME16................................................... Pág. 220

Disposición N° 592-DGAR/16Se deja sin efecto la Licitación Pública N° 550-0279-LPU16 y se aprueban pliegos y se llama a                                     Licitación Pública N° 550-0587-LPU16............................................................................................................... Pág. 222

Disposición N° 593-DGAR/16Se posterga el llamado a la Contratación Menor N° 550-0947-CME16.............................................................. Pág. 223

Disposición N° 594-DGAR/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 1/16......................................................................... Pág. 224

Ministerio de Desarrollo Económico

Disposición N° 9-DGEMPR/16Se autorizan actividades de relevamiento y diagnóstico de actividades productivas y de                                                 emprendimientos en barrios vulnerables............................................................................................................ Pág. 227

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Disposición N° 76-DGCEM/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 8503-0578-LPU16....................................................... Pág. 229

Disposición N° 224-DGCONTA/16Se reinscribe en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y                                    Desinfección a Héctor Enrique Díaz................................................................................................................... Pág. 230

Disposición N° 225-DGCONTA/16Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la empresa Fumigación Central Bs As.................................................................................... Pág. 231

Disposición N° 226-DGCONTA/16Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la empresa Suiza Fumigaciones............................................................................................. Pág. 232

Disposición N° 227-DGCONTA/16Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la empresa King Control de Plagas......................................................................................... Pág. 233

Disposición N° 228-DGCONTA/16Se inscribe en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza y                                                Desinfección de Tanques de Agua Potable a Carlos Horacio Rodríguez........................................................... Pág. 234

Disposición N° 229-DGCONTA/16Se inscribe en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza y                                                Desinfección de Tanques de Agua Potable a Rubén Alberto Morgan................................................................ Pág. 235

Disposición N° 230-DGCONTA/16Se inscribe en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza y                                                Desinfección de Tanques de Agua Potable a Daniel Catalani............................................................................ Pág. 236

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Disposición N° 231-DGCONTA/16Se inscribe en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y                                       Desinfección a Fabián Mengoli........................................................................................................................... Pág. 236

Disposición N° 232-DGCONTA/16Se inscribe en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y                                       Desinfección a Rubén Alberto Morgan............................................................................................................... Pág. 237

Disposición N° 233-DGCONTA/16Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la empresa Gustavo Alejandro Cabrera.................................................................................. Pág. 238

Disposición N° 237-DGCONTA/16Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la empresa Pureco SRL.......................................................................................................... Pág. 239

Disposición N° 239-DGCONTA/16Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la empresa La Favorita 2001................................................................................................... Pág. 240

Disposición N° 240-DGCONTA/16Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección                                     de Tanques de Agua Potable a la empresa Desinfecciones Los Ángeles.......................................................... Pág. 241

Disposición N° 241-DGCONTA/16Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la empresa Jaque Mate........................................................................................................... Pág. 242

Disposición N° 245-DGCONTA/16Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la empresa Fumicar................................................................................................................. Pág. 243

Disposición N° 246-DGCONTA/16Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la empresa CQ Fumigaciones................................................................................................. Pág. 244

Disposición N° 247-DGCONTA/16Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección                                     de Tanques de Agua Potable a la empresa Efar Fumigaciones......................................................................... Pág. 245

Disposición N° 248-DGCONTA/16Se reinscribe en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y                                                    Desinfestación a la empresa El Rayo................................................................................................................. Pág. 247

Agencia de Protección Ambiental

Disposición N° 45-DGTALAPRA/16Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 249

Disposición N° 47-DGTALAPRA/16Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 250

Ente de Turismo

Disposición N° 14-DGIOT/16Se declara fracasado y se deja sin efecto el Proceso de Compra BAC N° 9268-1253-CME16......................... Pág. 253

Disposición N° 61-DGTALET/16Se aprueban pliegos y se autoriza el llamado al Proceso de Compra BAC N°                                                                  9268-1491-CME16.............................................................................................................................................. Pág. 254

Disposición N° 62-DGTALET/16Se autoriza el llamado a Contratación Directa N° 2520-SIGAF/16..................................................................... Pág. 255

Ministerio de Salud

Disposición N° 15-IZLP/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 445-0524-LPU16...................................................................... Pág. 258

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Disposición N° 102-HBR/16Se aprueba y adjudica el segundo llamado de la Contratación Menor N° 431-0608-CME16............................ Pág. 259

Disposición N° 104-HBR/16Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 431-1057-CME16.................................................................. Pág. 261

Disposición N° 105-HBR/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 431-0397-LPU16...................................................................... Pág. 262

Disposición N° 106-HBR/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 431-0444-LPU16...................................................................... Pág. 264

Disposición N° 107-HBR/16Se amplía el monto adjudicado en la Orden de Compra N° 431-5561-OC15.................................................... Pág. 265

Disposición N° 114-HGACA/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Menor Nº 412-1048-CME16..................................................... Pág. 266

Disposición N° 135-HGNRG/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública Proceso de Compra N° 420-343-LPU16....................................... Pág. 267

Disposición N° 140-HGAP/16Se rescinde la Orden de Compra N° 425-6610-OC15 y se impone multa a la firma Bioquímica                                      SRL..................................................................................................................................................................... Pág. 269

Disposición N° 187-HGADS/16Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 271

Disposición N° 190-HGADS/16Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 272

Disposición N° 205-HGADS/16Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 274

Resolución Comunal

Junta Comunal 4

Resolución Comunal N° 12689133-COMUNA4/16Se dispone el traslado al Registro de Agentes en Disponibilidad (RAD) a agentes........................................... Pág. 276

Organos de Control

Disposición

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Disposición N° 38-DGTALPG/16Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 278

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Poder Judicial

Disposición

Ministerio Público Tutelar

Disposición N° 5-UOA/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 2/16........................................................................ Pág. 280

Comunicados y Avisos

Ministerio de Salud

Comunicados N° 10546400-DGAYDRH/16Se Prorroga la convocatoria a Concurso Cerrado a todas las Unidades de Organización, para                                       cubrir cargos de Profesionales Médicos de Guardia sin Especialidad............................................................... Pág. 282

Ministerio de Educación

Expediente N° 1549179-MEGC/13Búsqueda de Expediente ? Expediente Nº 1.549.179-MGEYA-DGEGE/13....................................................... Pág. 284

Licitaciones

Jefatura de Gabinete de Ministros

Licitación - Preadjudicación N° 540-DGTALMJG/16.......................................................................................... Pág. 285Contratación Directa - Adjudicación N° 1255-DGTALMJG/16........................................................................... Pág. 286Contratación Directa - Adjudicación N° 1381-DGTALMJG/16........................................................................... Pág. 286

Ministerio de Hacienda

Licitación - Llamado N° 622-DGCYC/16............................................................................................................ Pág. 287Licitación - Preadjudicación N° 186-DGCYC/16................................................................................................ Pág. 287

Ministerio de Salud

Licitación - Llamado N° 528-DGADCYP/16....................................................................................................... Pág. 289Licitación - Llamado N° 586-HGACD/16............................................................................................................ Pág. 289Licitación - Llamado N° 594-HGADS/16............................................................................................................ Pág. 290

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Licitación - Llamado N° 601-HGADS/16............................................................................................................ Pág. 290Licitación - Llamado N° 605-HMOMC/16........................................................................................................... Pág. 291Licitación - Llamado N° 608-HGACA/16............................................................................................................ Pág. 291Licitación - Llamado N° 636-HGACD/16............................................................................................................ Pág. 292Licitación - Llamado N° 648-DGABS/16............................................................................................................ Pág. 293Licitación - Llamado N° 650-HMIRS/16............................................................................................................. Pág. 293Licitación - Llamado N° 653-HMIRS/16............................................................................................................. Pág. 294Licitación - Llamado N° 659-HGAP/16............................................................................................................... Pág. 294Licitación - Llamado N° 664-HGACA/16............................................................................................................ Pág. 295Licitación - Preadjudicación N° 501-HGNPE/16................................................................................................ Pág. 295Licitación - Preadjudicación N° 559-HGAP/16................................................................................................... Pág. 297Licitación - Preadjudicación N° 566-HQ/16........................................................................................................ Pág. 297Licitación - Preadjudicación N° 581-HGAVS/16................................................................................................. Pág. 298Licitación - Rectificación N° 380-HGADS/16...................................................................................................... Pág. 299Licitación - Circular con consulta N° 358-DGADCYP/16................................................................................... Pág. 300Contratación Directa - Llamado N° 2428-HGACA/15........................................................................................ Pág. 301Contratación Directa - Llamado N° 1128-HGACA/16........................................................................................ Pág. 301Contratación Directa - Llamado N° 1514-HGACA/16........................................................................................ Pág. 302Contratación Directa - Preadjudicación N° 327-HGACA/16............................................................................... Pág. 302Contratación Directa - Adjudicación N° 1048-HGACA/16.................................................................................. Pág. 303

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Licitación - Preadjudicación N° 253-DGTALMAEP/16....................................................................................... Pág. 305Licitación Pública Nacional - Llamado N° 578-DGCEM/16....................................................... Pág. 306

Ente de Turismo

Contratación Directa - Llamado N° 1491-DGTALET/16..................................................................................... Pág. 307Contratación Directa - Llamado N° 2520-DGTALET/16..................................................................................... Pág. 307

Banco Ciudad de Buenos Aires

Carpeta - Llamado N° 22365-BCOCIUDAD/16.................................................................................................. Pág. 308Carpeta - Llamado N° 22404-BCOCIUDAD/16.................................................................................................. Pág. 308

Ministerio Público Tutelar

Actuación N° 2-UOA/16...................................................................................................................................... Pág. 310

Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado

Licitación - Llamado N° 193-SBASE/16............................................................................................................. Pág. 311Licitación - Llamado N° 196-SBASE/16............................................................................................................. Pág. 311

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

Licitación - Preadjudicación N° 235-DGTALMHYDH/16.................................................................................... Pág. 313

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

Expediente - Prórroga N° 10520928-DGTALMDUYT/15................................................................................... Pág. 315

Edictos Particulares

Transferencias N° 178-SECLYT/16.................................................................................................................... Pág. 316Transferencias N° 184-SECLYT/16.................................................................................................................... Pág. 316Transferencias N° 185-SECLYT/16.................................................................................................................... Pág. 317Transferencias N° 187-SECLYT/16.................................................................................................................... Pág. 317Transferencias N° 189-SECLYT/16.................................................................................................................... Pág. 318

Edictos Oficiales

Ministerio de Salud

Notificación N° 61-HGAJAF/16........................................................................................................................... Pág. 319Notificación N° 62-HGAJAF/16........................................................................................................................... Pág. 319

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Notificación N° 1654282-DGR/12....................................................................................................................... Pág. 320Intimaciones N° 65328-DGR/12.......................................................................................................................... Pág. 322Intimaciones N° 6425141-DGR/13...................................................................................................................... Pág. 323Intimaciones N° 2065549-DGR/15...................................................................................................................... Pág. 324Intimaciones N° 19839945-DGR/15.................................................................................................................... Pág. 326Intimaciones N° 34864277-DGR/15.................................................................................................................... Pág. 327Intimaciones N° 3450284-DGR/16...................................................................................................................... Pág. 329

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Notificación N° 9847329-IVC/16......................................................................................................................... Pág. 332Notificación N° 12446343-IVC/16....................................................................................................................... Pág. 332

Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

Citación N° 15128637-JPCFN21/16................................................................................................................... Pág. 334Citación N° 15171573-JPIPCFN2/16.................................................................................................................. Pág. 334Citación N° 15330128-JPCFN21/16................................................................................................................... Pág. 335Citación N° 15330672-JPIPCFN30/16................................................................................................................ Pág. 336Citación N° 15441514-JPCFN4/16..................................................................................................................... Pág. 336Citación N° 15448528-JPCFN21/16................................................................................................................... Pág. 337Citación N° 15449160-JPIPCFN13/16................................................................................................................ Pág. 337

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Ministerio Público Fiscal

Notificación N° 15460821-UFS/16...................................................................................................................... Pág. 339

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Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEY N.° 5526

Buenos Aires, 5 de mayo de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Incorpóranse a las Definiciones Generales contenidas en el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires las siguientes: “Mensajería Urbana: comprende el retiro y entrega de elementos varios de pequeña y mediana paquetería y/o la realización de gestiones desde su solicitud y hasta el o los domicilios que sean indicados, sin tratamiento o procesamiento, utilizando como medio de transporte un motovehículo o ciclorodado, en un plazo menor a las 24 horas y en un ámbito urbano acotado. Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias: abarca al transporte de sustancias alimenticias desde el domicilio de su proveedor hasta su entrega en el domicilio que el cliente indique, utilizando como medio de transporte un motovehículo o ciclorodado. Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias: la persona física o jurídica que presta el servicio de Mensajería Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias y lo realiza a través de un Conductor habilitado, bajo su dependencia y responsabilidad. Conductor habilitado para ejecutar el servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias: aquélla persona física que efectúa el servicio de Mensajería Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias en motovehículo o ciclorodado.“ Art. 2°.- Incorpórase al Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Título Decimo Tercero “Del Servicio de Transporte en Motovehículos y Ciclorodados“, con el siguiente texto:

“TITULO DECIMOTERCERO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE EN MOTOVEHICULOS Y CICLORODADOS

Capítulo 13.1 Disposiciones Generales 13.1.1 Alcance. El presente Título regula el servicio de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias alimenticias realizado en motovehículo o ciclorodado. A fin del cumplimiento de la presente Ley, las personas que presten estos servicios como complementarios de su actividad principal, se ajustarán a las prescripciones a las que se encuentran sujetos los prestadores bajo la modalidad Mensajería Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias. 13.1.2 Autoridad de Aplicación y Control. La Autoridad de Aplicación del presente Título es la misma que la del resto del Código.

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Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 1.1.3 del presente Código son también Autoridades de Control la Subsecretaría de Trabajo y la Agencia Gubernamental de Control, en todo aquello que resulte de su competencia. 13.1.3 Prestación del Servicio. La prestación del Servicio de Mensajería Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias, sólo puede ser desarrollada por personas físicas o jurídicas que cuenten con la habilitación otorgada por la Autoridad de Aplicación. En todos los supuestos, el transporte utilizado deberá observar los recaudos establecidos conforme el régimen de mercaderías que se transporte o gestión que se realice en caso de corresponder. 13.1.4 Jurisdicción y habilitación Los servicios de Mensajería Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias, que desarrollen su actividad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o desde ésta hacia jurisdicción extraña, deberán contar con la habilitación prevista en el presente Título. Cuando el servicio sea prestado interjurisdiccionalmente deberá además poseer la habilitación otorgada por la Autoridad competente. Capítulo 13.2 Características de la habilitación 13.2.1 De la exigibilidad de la habilitación. Los Prestadores del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias y sus Conductores podrán proveer el servicio que regula este Título, siempre que cuenten con la habilitación otorgada por la Autoridad de Aplicación. Los motovehículos utilizados en la ejecución del servicio deberán estar previamente registrados por la Autoridad de Aplicación. 13.2.2. Vigencia de la habilitación. La vigencia de la habilitación será de un (1) año pudiendo renovarse en forma indefinida en tanto se cumplan los requisitos establecidos en el presente Título. 13.2.3. Disposición de la habilitación. Está prohibido realizar cualquier acto de disposición, transferencia de uso y goce, locación, cesión, comodato o venta de las habilitaciones que otorga la Administración para prestar el Servicio que regula el presente Titulo. 13.2.4. Alta, renovación y baja de Habilitaciones. 13.2.4.1. Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias. Podrán solicitar el alta, la renovación o la baja de habilitaciones de Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias, los que a continuación se detallan: a) Las personas físicas con capacidad legal para contratar, conforme lo establecido por el Código Civil y Comercial, de nacionalidad argentina naturalizados o extranjeros con residencia definitiva en Argentina. b) Las personas jurídicas, legalmente constituidas en el marco de la Ley N° 19.550 e inscriptas en el Registro Público de Comercio de la Ciudad, con domicilio legal constituido dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 13.2.4.1.1 Condiciones necesarias para el otorgamiento de la habilitación de Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias.

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El solicitante de la habilitación de Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias, deberá cumplir con las siguientes condiciones: a) Indicar: tipo de actividad (Mensajería Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias aclarando si se trata de actividad principal o complementaria); b) Declarar la composición societaria consignando el porcentual de participación de cada uno de los socios (en caso de personas jurídicas); c) Presentar el certificado de inscripción vigente expedido por la Autoridad Nacional competente (en caso de corresponder); d) Identificar a los Conductores destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias a través de los cuales se prestará el servicio; e) Habilitar local u oficina en el que se desarrollará la actividad; f) Mantener la Titularidad de las líneas telefónicas a utilizarse durante la prestación; g) Acreditar la titularidad del/ de los motovehículo/s de su propiedad afectados al servicio (en caso de corresponder); h) Presentar la Constancia de pago del impuesto a la radicación de vehículos (en caso de corresponder); i) Presentar la Constancia de aprobación de la Verificación Técnica Vehicular prevista en el presente Título; j) Presentar la Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos; k) Presentar la Constancia de Inscripción en la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; l) Constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; m) Presentar la Constancia de “Clave de Alta Temprana“ de los Conductores destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias, de corresponder. Para el caso en que los conductores mantengan vinculación anterior a la solicitud de la habilitación, deberá acreditarse esa vinculación; n) Presentar la Constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos y en la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de los Conductores a su cargo o bajo su responsabilidad destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias, bajo la modalidad prevista para la prestación del servicio regulado en el presente Título en el art. 13.3.2, de corresponder; ñ) Mantener la Vigencia de los seguros previstos en el presente Título. 13.2.4.2 Conductor habilitado a ejecutar el servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias. Podrán solicitar el alta, la renovación o la baja de la habilitación como Conductor habilitado para ejecutar el servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de

sustancias alimenticias, para el servicio regulado en el presente, las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos: a) Tener una edad mínima de dieciocho (18) años para prestar el servicio en motovehículos y de dieciséis (16) años para el transporte en ciclorodados. b) Poseer Licencia de Conductor, cuando corresponda. c) Aprobar el curso de capacitación que establezca la Autoridad de Aplicación según articulo 13.3.3. 13.2.4.2.1 Requisitos que se deben cumplir para obtener la habilitación de Conductor habilitado para ejecutar el servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias:

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a) Solicitud de alta del Conductor destinado al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias, indicando: tipo de actividad (Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias); b) Indicar la Identidad del solicitante; c) Acreditar la Titularidad del Motovehículo o el derecho de uso sobre el mismo, cuando no resulte de propiedad del Prestador; d) Presentar la Constancia de pago del impuesto a la Radicación de Vehículos, cuando el mismo resulte de su propiedad o detente el derecho de uso del mismo; e) Presentar la Constancia de aprobación de la Verificación Técnica Vehicular o de haber cumplido con las características técnicas del vehículo, cuando resulte de su propiedad o detente el derecho de uso del mismo; f) Mantener la Vigencia de los seguros que correspondan a su actividad; g) Cuando ejecute servicios de Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias, presentar la Libreta Sanitaria otorgada por la autoridad competente; h) Presentar la Constancia de Alta de la relación laboral otorgada por AFIP, de corresponder. 13.2.4.3 Renovación de la habilitación. 13.2.4.3.1 Renovación de la habilitación de Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias. El Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias podrá solicitar la renovación de la habilitación anual, acreditando los siguientes requisitos: a) Solicitud de renovación de la habilitación indicando: tipo de actividad (Mensajería Urbana o Reparto de Sustancias Alimenticias aclarando si se trata de actividad principal o complementaria) y la cantidad de Conductores a su cargo o bajo su responsabilidad; b) Acreditar la vigencia del certificado de inscripción expedido por la Autoridad Nacional competente, en caso de corresponder; c) Identificar a los Conductores destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias a través de los cuales se realiza el transporte o la gestión; d) Acreditar la vigencia de la titularidad del uso del local habilitado para el desarrollo de la actividad; e) Acreditar la vigencia de la titularidad de las líneas telefónicas utilizadas durante la prestación;

f) Acreditar la vigencia de la titularidad del/ de los motovehículo/s de su propiedad afectados al servicio; g) Presentar la Constancia de pago del impuesto a la radicación de vehículos de su propiedad, de corresponder; h) Acreditar el pago de las obligaciones previsionales y tributarias para la actividad; i) Acreditar el pago de las obligaciones previsionales y tributarias para la actividad de los Conductores destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias, bajo la modalidad prevista para la prestación del servicio regulado en el presente Titulo en el art. 13.3.2 (de corresponder); j) Acreditar la vigencia de los seguros previstos en el presente Título; k) Acreditar la vigencia de aprobación de la Verificación Técnica Vehicular, de corresponder. 13.2.4.3.2 Renovación de la habilitación de Conductores destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias.

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El Conductor destinado al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias al momento de solicitar la renovación deberá: a) Acreditar vigencia de la Licencia de Conductor, cuando corresponda b) Aprobar el curso de capacitación que establezca la Autoridad de Aplicación según art. 13.3.3. c) Indicar tipo de actividad (Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias); d) Acreditar la vigencia de la titularidad del Motovehículo o el derecho al uso del mismo, cuando no resulte de propiedad del Prestador; e) Constancia de pago del impuesto a la Radicación de Vehículos, cuando resulte de su propiedad o detente el derecho de uso del mismo; (de corresponder); f) Acreditar la vigencia de aprobación de la Verificación Técnica Vehicular o acreditar el cumplimiento de las características técnicas del vehículo, cuando resulte de su propiedad o detente el derecho de uso del mismo; g) Acreditar la vigencia de los seguros previstos en el presente Título; h) Cuando ejecute servicios de Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias acreditar la vigencia de su aptitud sanitaria. 13.2.4.4 Disposiciones comunes. La renovación de la habilitación se puede solicitar hasta treinta (30) días corridos antes de su vencimiento. La baja de la habilitación procederá: a) A solicitud del titular de la habilitación; b) Por vencimiento de la habilitación, sin que se haya iniciado el trámite para su renovación; c) Por sanción administrativa o judicial; d) Por fin de la existencia del titular de la habilitación. Capítulo 13.3 Modalidad del servicio 13.3.1 Cantidad de Conductores por Prestador. La cantidad mínima de Conductores destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias es de tres (3), sin perjuicio de la Habilitación de Conductor que pudiere poseer el Prestador. En el supuesto de prestadores del servicio de Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias como complementario de su actividad principal, la cantidad mínima de Conductores destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias es de uno (1). Se ajustarán a las prescripciones a las que se encuentran sujetos los prestadores bajo la modalidad Mensajería Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias. 13.3.2 Régimen de los Conductores destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias. Los Conductores destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias que no sean titulares de habilitación de Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias, deberán encontrarse en calidad de conductores en el régimen del trabajador bajo relación de dependencia del Prestador, cumpliendo con la legislación laboral y previsional vigente.

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Para el supuesto en que el Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias sea una persona física; el cónyuge, los ascendientes y descendientes en línea recta en 1° grado y los de 2° grado colateral, podrán, opcionalmente, estar inscriptos como trabajadores por cuenta propia en la categoría de autónomos o monotributistas, según corresponda, hasta un máximo de dos. Para el supuesto en que el Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias sea una persona física que posea habilitación como prestador del Servicio que regula este Título, podrá solicitar su habilitación como Conductor. Para el supuesto en que el Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias sea una persona jurídica los integrantes de la sociedad titular de la explotación del servicio, siempre que reúnan los requisitos exigidos por el artículo 2°, inciso d) de la Ley Nacional N° 24.241 y la presente norma, podrá solicitar Habilitación de Conductor destinado al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias, hasta un máximo de uno (1) conductor por sociedad. 13.3.3 Capacitación de conductores. Los Conductores habilitados para ejecutar servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias deberán aprobar los cursos específicos de capacitación con la regularidad y los contenidos que establezca la Autoridad de Aplicación, los que necesariamente incluirán nociones de seguridad vial y de normativa vinculada con los servicios que presten. 13.3.4 Transporte de sustancias alimenticias. Cuando el Conductor ejecute el servicio de reparto a domicilio de sustancias alimenticias, deberá acreditar su aptitud sanitaria mediante Libreta otorgada por la Autoridad competente. 13.3.5 Indumentaria del Conductor destinado al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias. El Conductor que ejecute el servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias que se encuentre ejecutando el servicio, deberá utilizar: a) Casco homologado para la categoría según se trate el vehículo; b) Indumentaria con bandas reflectivas conforme la reglamentación que establezca la Autoridad de Aplicación; c) Indumentaria apropiada para utilizar días de lluvia y en época invernal, conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación. Los conductores deberán mantener su indumentaria en buenas condiciones de aseo y limpieza. 13.3.6 Equipaje. En el supuesto de emplearse bolsos, mochilas u otros elementos para el transporte, los mismos deberán contar con bandas reflectivas que favorezcan su visualización y llevarán la inscripción visible de la razón social, domicilio, teléfono y número de Habilitación, conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación. 13.3.7 Obligación del Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias.

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Los Prestadores del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias, deberán garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Título para los Conductores que ejecutan el servicio a su cargo o bajo su responsabilidad. 13.3.8 Documentación exigible durante la ejecución del servicio. El Conductor que ejecuta el servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias está obligado a presentar, a requerimiento de la Autoridad competente, la siguiente documentación, en caso de corresponder: a) Habilitación de Conductor para el servicio de Mensajería Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias; b) Constancia de registro del motovehículo; c) Licencia de Conducir, de corresponder; d) Libreta Sanitaria; e) Cédula de Identificación del motovehículo; f) Comprobante del Seguro del motovehículo en vigencia; g) Identificación de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo; h) Certificado de VTV (Verificación Técnica Vehicular) vigente. 13.3.9 Identificación del vehículo. Los vehículos afectados al Servicio de Mensajería Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias, durante la ejecución del servicio, deberán llevar una identificación que dispondrá la Autoridad de Aplicación, la que acreditará el cumplimiento de lo establecido en el presente Título. Dicha identificación deberá quitarse una vez finalizada la jornada. Sin perjuicio de otras que establezca la reglamentación, la identificación a la que alude el párrafo anterior deberá mantener características de visualización adecuadas, siendo

colocadas en los vehículos de tal forma que no pueda obstaculizarse su visualización por medio de equipajes, mecanismos o movimientos propios de la actividad. Capítulo 13.4 Vehículos 13.4.1 Antigüedad Máxima. La antigüedad máxima prevista para los vehículos que presten el servicio en motovehículos será de 10 años. 13.4.2. Características técnicas. 13.4.2.1 De los vehículos. La Autoridad de Aplicación podrá autorizar cambios a las características homologadas de fábrica en los vehículos, con la finalidad de permitir mayor seguridad en el transporte. 13.4.2.2 De la caja portaobjetos. De añadirse una caja portaobjetos la misma deberá contar con bandas reflectivas que favorezcan su visualización y llevar una inscripción visible de la razón social, domicilio, teléfono y número de permiso, conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación quien además establezca las demás características técnicas, dimensiones y formas de sujeción. Para el transporte de sustancias alimenticias deberá a su vez verificar lo establecido en el Código de Habilitaciones y Verificaciones. 13.4.3 Verificación Técnica Vehicular.

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Para efectuar la prestación del servicio de transporte en motovehículos, será condición esencial aprobar la Verificación Técnica Vehicular con una periodicidad anual en la cual se acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa. 13.4.4 Luces durante la circulación. Los vehículos deberán, durante la ejecución del servicio, circular con sus luces delanteras y traseras encendidas. Para el caso de ciclorodados, se observará lo estipulado en el artículo 4.2.4 del Código de Tránsito y Transporte durante las 24 hs. Capítulo 13.5 Prohibiciones 13.5.1 Prohibiciones durante el desarrollo de la actividad. a) Queda prohibido el uso de patines, patinetas o dispositivos similares, para la actividad de Mensajería Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias. b) Queda prohibido el transporte de acompañantes cuando se encuentre desarrollando la actividad de Mensajería Urbana o Reparto a domicilio de Sustancias Alimenticias. Capítulo 13.6 Seguros 13.6.1 Obligaciones. Todo titular de una habilitación deberá poseer los seguros previstos en el presente Título, para el caso de Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a

Domicilio de Sustancias Alimenticias, seguros de responsabilidad civil y de accidentes personales (en caso de corresponder), para el supuesto de Conductor destinado al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias, seguros de responsabilidad civil, de accidentes de trabajo y de vida obligatorio, según: a) Seguro de Responsabilidad Civil: cubrirá los riesgos de lesiones o muertes de terceras personas no transportadas y por daños a bienes de terceros, transportadas o no, hasta una suma establecida por la Autoridad de Aplicación; b) Seguro de Accidentes Personales: Cubrirá los riesgos de lesiones o muerte de los conductores titulares de Habilitación de Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias y de los Conductores destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias que no tuvieran relación de dependencia (art. 13.3.2), el que estará a cargo del titular de la Habilitación, hasta una suma establecida por la Autoridad de Aplicación; c) Seguro de Accidentes de Trabajo (para trabajadores en relación de dependencia): Aseguradora de Riesgos de Trabajo, (Ley Nacional N° 24.457, o la que en un futuro la reemplace) cubrirá a cada conductor dependiente del titular de la Habilitación como Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias. La póliza deberá expresar que la cobertura procede con independencia de la unidad afectada al servicio que aquél conduzca, hasta una suma establecida por la Autoridad de Aplicación; d) Seguro de Vida Obligatorio (para trabajadores en relación de dependencia Decreto Ley N° 1.567/74): cubrirá a cada conductor dependiente del titular de Habilitación de Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias, hasta una suma establecida por la Autoridad de Aplicación. Capítulo 13.7 Registro Único (RUTRAMYC) 13.7.1 Actualización. La Autoridad de Aplicación por sí o a través de Terceros, es la responsable de mantener actualizado el Registro Único de Transporte en Motovehículos y/o Ciclorodados (RUTRAMYC).

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13.7.2 Inscripción. Los interesados deberán obtener la inscripción en el Registro en la forma indicada en el presente, como condición previa para el funcionamiento del servicio del que resultan habilitados. 13.7.3 Objetivos y Funciones del Registro. a) Permitir la identificación de las personas físicas y/o jurídicas titulares de la habilitación. b) Permitir la individualización de los Conductores habilitados para ejecutar el servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias, su relación laboral, familiar o societaria con el titular de la habilitación de Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias. c) Posibilitar el establecimiento de una cadena de responsabilidades que permita la determinación fehaciente de quienes son titulares de cada rol respecto de una habilitación.

d) Permitir la determinación de quienes resultan aptos para desempeñar los diferentes roles previstos. e) Facilitar mediante la utilización de documentación de seguridad y de la informática, el adecuado control en la vía pública. f) Impedir que el servicio se encuentre prestado por personas no identificadas o no autorizadas. g) Posibilitar la coordinación con las entidades del sector, en relación a la gestión del sistema, admitiendo por su intermedio, la realización de los trámites que determine la Autoridad de Aplicación. h) Posibilitar a las entidades vinculadas al sector, conexiones informáticas, a fin de tener acceso a la información que la Autoridad de Aplicación determine. Se entiende por “Entidades vinculadas al Sector“ a aquéllas entidades empresariales (inscriptas en el Registro Público de Comercio) y sindicales (con personería gremial), debidamente constituidas y acreditadas, firmantes en ambos casos del Convenio Colectivo de Trabajo. 13.7.4 Contenido del Registro. Es responsabilidad esencial del Registro, llevar en forma, la siguiente información: a) Personas habilitadas para la prestación del servicio y su relación con el/los vehículos y con el/los Conductores habilitados para ejecutar el servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias; b) Motovehículos registrados para el servicio y su Revisión Técnica Vehicular c) Conductores habilitados para ejecutar el servicio; d) Apoderados; e) Prototipos de cajas porta objetos autorizadas. 13.7.5 Constancias de Identificación. El Registro deberá contener el legajo con los datos y antecedentes de los distintos actores del servicio a los cuales se les extenderá una identificación de vigencia anual, que los habilita para el desarrollo de la actividad. La constancia debe ser renovada, inmediatamente después de producirse alguna modificación en los datos principales que contiene. 13.7.5.1 Del Prestador del Servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias.

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El Registro deberá contener el legajo con los datos y antecedentes de los prestadores del servicio. Se les extiende una habilitación de vigencia anual y debe renovarse inmediatamente después de producirse alguna modificación en los datos esenciales que contiene. a) Los titulares de esta habilitación deberán mantener actualizadas anualmente, mediante declaración jurada, las nóminas de Conductores a su cargo y bajo su responsabilidad y de los vehículos registrados bajo su administración, destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias. b) El titular, en ocasión de la renovación de su habilitación, deberá manifestar ante el Registro si actuará corno Conductor o si empleará a otros Conductores destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias, debiendo, en este último caso, desempeñarse en relación de dependencia.

En dicha habilitación deberá constar la modalidad de servicio que se autoriza a prestar. 13.7.5.2 Del vehículo. a) El Registro lleva el legajo con los datos de todos los motovehículos habilitados para ejecutar el servicio. Para el caso de ciclorodados se deberán denunciar los mismos en calidad de flota. b) Todo titular debe mantener actualizadas, anualmente, mediante declaración jurada, la información correspondiente a todos los vehículos bajo su administración. 13.7.5.3 De los Conductores habilitados para el servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias. Todo conductor habilitado deberá reunir los requisitos establecidos en el presente Título, además deberá acreditar ante el Registro, su domicilio legal y real, debiendo denunciar cualquier cambio dentro de los diez (10) días de ocurrido, incluyendo domicilio constituido. El Registro contendrá el legajo con los datos y antecedentes de los Conductores habilitados. De dicha habilitación se entregará una constancia de Conductor, renovable anualmente o cuando el conductor cambie de empleador o de modalidad de servicio a ejecutar. Cuando se opere el distracto laboral, el empleador debe acreditar fehacientemente ante el Registro tal circunstancia dentro de los cinco (5) días hábiles. 13.7.5.4 De las Constancias. Las Constancias deberán contener la siguiente información: a) Apellido/s, nombre/s y número de Documento Nacional de Identidad del Conductor; b) Número de habilitación; c) Número de la Clave Única de Identificación Laboral (CUIL); d) Identificación del empleador: Apellido/s y nombre/s o razón social con su número CUIT; e) Vencimiento de la Habilitación. En caso de robo o extravío de la Constancia, debe efectuarse la denuncia policial y administrativa a fin de obtener su duplicado. Es responsabilidad del Conductor la portación y mantenimiento en buen estado de la Constancia, debiendo devolverla al Registro, dentro de los cinco (5) días hábiles cuando se produzca la desvinculación, no pudiendo obtener otra hasta no haber cumplimentado esta obligación. Capítulo 13.8 Penalidades 13.8.1 Tipos de sanciones.

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La ejecución del servicio mediante un vehículo no registrado, o mediante un conductor no habilitado o con habilitación vencida, o con la Verificación Técnica Vehicular vencida, es sancionada con el labrado de la correspondiente acta de comprobación, y el Prestador tendrá: a) Apercibimiento: si el vencimiento de la habilitación del conductor y/o de la Verificación Técnica Vehicular es igual o inferior a los sesenta (60) días corridos. En estos casos, el conductor y/o el vehículo, según corresponda, quedan inhabilitados

hasta regularizar la infracción. La acumulación de tres (3) apercibimientos en un año implica la suspensión de la habilitación del prestador por sesenta (60) días, con impedimento de renovación dentro de ese plazo. b) Suspensión de la habilitación por treinta (30) días: si el vencimiento de la habilitación del conductor y/o de la Verificación Técnica Vehicular es superior a los sesenta (60) días corridos. En estos casos, el conductor y/o el vehículo, según corresponda, quedan inhabilitados hasta regularizar la infracción. En caso de repetirse la causal de suspensión durante un año, se aplicará la sanción de baja de la habilitación prevista en el inciso siguiente. c) Baja de la habilitación de Prestador: cuando el servicio se prestaré con acompañantes, o mediante una unidad no registrada, o mediante un conductor no registrado. La sanción de baja importa la imposibilidad de solicitud de una nueva habilitación para el Prestador, cuando se tratare de una persona física, o de todos los socios cuando se tratare de una persona jurídica, por el término de cinco (5) años. También se aplicará la sanción de baja de la habilitación del Prestador cuando se verificare que el vehículo en cuestión posea falsificados los datos y/o posea características idénticas a las de otro registrado, y verifique la Autoridad de Aplicación que su propietario es titular de una habilitación, se procederá a declarar la caducidad de las respectivas habilitaciones, siempre que resulte comprobada la responsabilidad del titular. 13.8.2 Plazos vencidos. 13.8.2.1 En todos los casos de plazos vencidos se procederá a intimar fehacientemente por un término de treinta (30) días en el domicilio constituido o personalmente, a fin que regularice la situación. Caso contrario, se procederá a la baja de la habilitación. 13.8.2.2 En el caso de no poder ser notificado en el domicilio denunciado, no haber dado cambio de domicilio, o ser desconocido, la Autoridad de Aplicación podrá determinar la baja de la habilitación, cuando corresponda, previa publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 13.8.3 Baja o Caducidad de la Habilitación. En todos los casos que proceda la baja o caducidad de una habilitación, la Autoridad de Aplicación verificará a través del organismo competente, la eliminación de todas las características identificatorias del/ de los vehículo/s afectado/s. Podrá incluso requerir el auxilio de la fuerza pública para el supuesto que el propietario del vehículo no acredite la eliminación de todas las características identificatorias del servicio y realizar la tarea por administración a costa del propietario reticente"." Art. 3°.- Sustitúyense los textos de los artículos 8.3.1, 8.3.16, 8.3.17, 8.3.18 y 8.3.19 del Capítulo 8.3 “Transporte de sustancias alimenticias“ del Código de Habilitaciones y Verificaciones aprobado por Ordenanza N° 34.421 (Texto consolidado por Ley N° 5.454), los que quedarán redactados de la siguiente manera:

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“8.3.1 Los vehículos que realicen la actividad de distribución mayorista o minorista de entrega a domicilio de sustancias alimenticias deberán contar con habilitación de la Dirección. Quedan exceptuados aquellos que ingresen a la Ciudad en tránsito, por un

término que no exceda las veinticuatro (24) horas y que se encuentren habilitados en otras jurisdicciones por autoridad competente y aquellos comprendidos por el Título Decimotercero del Código de Tránsito y Transporte. 8.3.16 Las personas físicas o jurídicas que realicen la actividad de distribución minorista de entrega a domicilio de sustancias alimenticias efectuada en cualquier clase de motovehículos o ciclorodados, sea para terceros o como complementaria de su actividad principal y los vehículos por ellos destinados a tal fin, deben dar cumplimiento a lo establecido en el Título Decimotercero del Código de Tránsito y Transporte. 8.3.17. La actividad que se efectúa en motovehículos o ciclorodados deberá contar con un cajón de tapa hermética, revestido interiormente con material liso, de fácil limpieza, impermeable e inoxidable. 8.3.18 En los vehículos que transporten sustancias alimenticias contenidas en envases herméticos o al vacío, destinadas a ser comercializadas por unidad, no se requerirá que el lugar destinado al conductor esté independizado del resto del vehículo. 8.3.19 Se prohíbe el uso de los vehículos denominados “Cocinas ambulantes“ Art. 4°.- Suprímense las numeraciones de las Definiciones Generales contenidas en el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires (Texto consolidado por Ley 5454) y ordénense las mismas alfabéticamente. Art. 5°.- Deróganse los artículos 8.3.20, 8.3.21 y 8.3.22 del Capítulo 8.3 “Transporte de sustancias alimenticias“ del Código de Habilitaciones y Verificaciones aprobado por Ordenanza N° 34.421 (Texto consolidado por Ley 5454). Art. 6°.- Derógase el Capítulo 8.5 del Código de Habilitaciones y Verificaciones aprobado por Ordenanza N° 34.421 (Texto consolidado por Ley 5454). Art. 7°.- Derógase la Ley N° 3.131 (B.O.C.B.A. N° 3265). Art. 8°.- Comuníquese, etc. Polledo - Pérez

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.526 (Expediente Electrónico N° 13.681.692-MGEYA-DGALE-2016), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 5 de mayo de 2016, ha quedado automáticamente promulgada el día 9 de junio de 2016. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a los Ministerios de Desarrollo Urbano y Transporte, de Justicia y Seguridad y de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. Montiel

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La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional N° 24.605, que tiene por finalidad declarar el 27 de septiembre de cada año como el "Día de la Conciencia Ambiental". Art. 2°.- Comuníquese, etc. Polledo - Pérez

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.530 (Expediente Electrónico N° 13.594.861-MGEYA-DGALE-2016), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 12 de mayo de 2016, ha quedado automáticamente promulgada el día 08 de junio de 2016. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Montiel

LEY N.° 5531

Buenos Aires, 12 de mayo de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Declárese Personalidad Destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la ciencia al Licenciado Antonio Elio Brailovsky, por sus logros en el campo de la investigación, la docencia y la gestión de la temática ambiental. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Polledo - Pérez

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.531 (Expediente Electrónico N° 13.586.517-MGEYA-DGALE-2016), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 12 de mayo de 2016, ha quedado automáticamente promulgada el día 8 de junio de 2016. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Montiel

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 29

LEY N.° 5530

Buenos Aires, 12 de mayo de 2016

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LEY N.° 5532

Buenos Aires, 12 de mayo de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Institúyese el 13 de octubre como ''Día de concientización de la trombofilia en los embarazos“. Art 2°.- El poder ejecutivo designará la autoridad de aplicación y el tipo de campaña a realizar durante ese día con el fin de educar y prevenir a la población sobre este trastorno. Art 3°.- Comuníquese, etc. Polledo - Pérez

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.532 (Expediente Electrónico N° 13.595.812-MGEYA-DGALE-2016), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 12 de mayo de 2016, ha quedado automáticamente promulgada el día 08 de junio de 2016. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Montiel

LEY N.° 5537

Buenos Aires, 12 de mayo de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 30

Artículo 1°.- Corrígese la errata del artículo 2° de la Ley 5526, que incorpora el Título Decimotercero- Del Servicio de Transporte en Motovehículos y Ciclorodados, del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires - Ley 2148, en el Capítulo 13.3, punto 13.3.1. “Cantidad de conductores por prestador“, el cual queda redactado de la siguiente forma: “13.3.1. Cantidad de Conductores por Prestador. La cantidad mínima de Conductores destinados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias es de tres (3), sin perjuicio de la Habilitación de Conductor que pudiere poseer el Prestador. En el supuesto de prestadores del servicio de Mensajería Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias como complementario de su actividad principal, la cantidad mínima de

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Buenos Aires, 13 de junio de 2016

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.537 (Expediente Electrónico N° 13.680.367-MGEYA-DGALE-2016), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 12 de mayo de 2016, ha quedado automáticamente promulgada el día 9 de junio de 2016. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a los Ministerios de Desarrollo Urbano y Transporte, de Justicia y Seguridad y de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. Montiel

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 31

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 5.538 (E.E. N° 14035065-MGEYA-DGALE-2016) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 19 de mayo de 2016. El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel

LEY N.° 5538

Buenos Aires, 19 de mayo de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Declárase personalidad destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de los Derechos Humanos al sacerdote Lorenzo de Vedia, conocido como “Padre Toto“. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez DECRETO N.° 357/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016

sustancias alimenticias es de uno (1). Se ajustarán a las prescripciones a las que se encuentran sujetos los prestadores bajo la modalidad Mensajería Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias.”

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LEY N.° 5542

Buenos Aires, 19 de mayo de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1º.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional N° 27.098 que instituye el Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo destinado a fortalecer su rol comunitario y social con el objeto de generar inclusión social e integración colectiva. Art. 2º.- Comuníquese, etc. Polledo - Pérez DECRETO N.° 360/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 5.542 (E.E. N° 14.037.831-MGEYA-DGALE-2016) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 19 de mayo de 2016. El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Hábitat y Desarrollo Humano y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Tagliaferri - Miguel

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 32

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Poder Ejecutivo Decreto

DECRETO N.° 358/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la Ley N° 5.460 y su modificatoria; los Decretos N° 284/12, 67/13, 34/14 ,83/15, 363/15 y las Resoluciones N° 85/MMGC/12 y 313/MMGC/12, , el Expediente Electrónico N° 2015-34812045-MGEYA-DGCHU y, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires en su artículo 40 establece que la Ciudad garantiza a la juventud la igualdad real de oportunidades y el goce de sus derechos a través de acciones positivas que faciliten su integral inserción política y social y aseguren, mediante procedimientos directos y eficaces, su participación en las decisiones que afecten al conjunto social o a su sector; Que por ello el entonces Ministerio de Modernización dictó las Resoluciones N° 85/MMGC/2012 y N° 313/MMGC/2012, creó e instrumentó el Programa Jóvenes Profesionales bajo la órbita del citado Ministerio; Que el Programa en cuestión tiene como propósito desarrollar jóvenes profesionales con alto potencial de liderazgo, para conducir proyectos de gestión en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en función del modelo de gestión basada en una Administración Pública integral, moderna y eficiente; Que es de interés de esta gestión de gobierno implementar iniciativas que incentiven la inserción de jóvenes con vocación de servicio en el ámbito de la Administración Pública, en miras a brindar una atención de calidad a sus administrados; Que mediante los Decretos Nros. 284/12; 67/13, 34/14 y 83/15 se crearon las Plantas Transitorias para las distintas convocatorias del Programa "Jóvenes Profesionales"; Que la continuidad del Programa Jóvenes Profesionales, iniciado en el año 2012, obedece a la constante implementación de políticas de profesionalización y capacitación que desde esta Gestión se dirigen a la juventud, a efectos de propender a su inserción laboral, en un todo de acuerdo con los citados lineamientos de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contemplándose al Ministerio de Hacienda y a la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la Secretaría de Cultura Ciudadana y Función Pública que tendrá a cargo la continuación del aludido Programa Jóvenes Profesionales del entonces Ministerio de Modernización, bajo la órbita de la Dirección General Cultura del Servicio Público dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto ha tomado la intervención correspondiente;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 33

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Que en consecuencia para un mejor desarrollo del Programa, resulta necesario facultar al señor Jefe de Gabinete de Ministros a dictar las normas interpretativas,

aclaratorias, operatorias y complementarias, pudiendo determinar las instancias administrativas que llevarán a cabo la implementación de las medidas que se adopten en el marco de la misma. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Créase la Planta Transitoria para el Programa Jóvenes Profesionales, bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, tal como se indica en el Anexo "I" (IF-2016-12152202 -DGALP) que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto, en el modo y forma que en cada caso se señala. Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido conforme lo dispuesto en el Artículo 1° del presente Decreto, lo será en carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará automáticamente a la fecha de finalización de la Planta Transitoria y podrá disponerse su cese anticipado sin expresión de causa. Artículo 3°.- La retribución mensual consignada en el Anexo I del presente Decreto, corresponde a una asignación única, destacándose que se aplicará todo aumento que se otorgue durante el Ejercicio del año 2016 a los agentes de Planta Permanente del Escalafón General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4°.- Facúltase al Señor Jefe de Gabinete de Ministros a designar, cesar y reconocer los servicios del personal comprendido en la Planta Transitoria que se crea por el Artículo 1° del presente, así como a dictar las normas reglamentarias, interpretativas, aclaratorias, operativas y complementarias para un mejor desarrollo de la citada Planta Transitoria, pudiendo determinar las instancias administrativas que llevarán a cabo la implementación de las medidas que se adopten en el marco de la misma. Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar cumplimiento al Artículo 1° presente Decreto. Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás fines remítase y a la Secretaría Cultura Ciudadana y Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel

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ANEXO

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DECRETO N.° 359/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes N° 5.460 y N° 5503, los Decretos N° 363/15 y N° 121/16, y el Expediente Electrónico Nro. 2016- 14659520-MGEYA-DGTALMJYS, y CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 5.460 y su modificatoria N° 5503, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley establece, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Justicia y Seguridad; Que por Decreto N° 363/15 y su modificatorio N° 121/16, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Dirección General de Eventos Masivos; Que, según surge del expediente citado en el visto, el Ministerio de Justicia y Seguridad propicia, a partir del 1 de Junio de 2016, la designación del Sr. Marcelo Fernando Meis, CUIL Nº 20-17519635-9 como Director General, de la Dirección General de Eventos Masivos, dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Operativa del la Secretaria de Seguridad, del Ministerio citado; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Desígnase a partir día 1 de junio de 2016, al señor Marcelo Fernando Meis, DNI Nº17.519.635, CUIL Nº 20-17519635-9, como Director General, de la Dirección General de Eventos Masivos, dependiente de la Subsecretaria de Seguridad Operativa, de la Secretaria de Seguridad, del Ministerio de Justicia y Seguridad. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Ocampo - Miguel

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Resolución Vicejefatura de Gobierno

RESOLUCIÓN N.° 61/AVJG/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 5.495, el Decreto N° 10/16, la Resolución Conjunta N° 16/MJGGC-SECLYT/11, el Expediente Electrónico N° 15105809-MGEYA-SSBC/16, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 5.495 se aprobó el Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2.016; Que por su parte, por el Decreto Nº 10/16 se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2.016; Que el Capítulo IX de dicha normativa estipula los Niveles de Aprobación de las Modificaciones de Créditos Presupuestarios; Que el punto II del citado Capítulo IX determina la competencia del Ministro del Área o de la Máxima Autoridad de la Jurisdicción o Entidad para aprobar las modificaciones de créditos presupuestarios; Que por la Resolución Conjunta N° 16/MJGGC-SECLYT/11 se aprobó el procedimiento para las modificaciones presupuestarias, las que deberán tramitar por el Módulo Expediente Electrónico EE del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE-; Que por el Expediente citado en el Visto, la Subsecretaria de Bienestar Ciudadano, solicita una modificación presupuestaria - Requerimiento N° 3090/SIGAF/16 - destinada a llevar a cabo una compensación de crédito correspondiente al ejercicio presupuestario 2.016; Que la presente adecuación presupuestaria se fundamenta en la necesidad de optimizar la ejecución presupuestaria del ejercicio en curso y no modifica metas físicas; Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto N° 10/16 y al procedimiento establecido por la Resolución N° 16/MJGGC-SECLYT/11. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 10/16,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la modificación presupuestaria ingresada al Sistema de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) bajo Requerimiento N° 3090/SIGAF/16, que como Anexo I (IF-2016-15333836-SSBC) forma parte integrante de la presente Resolución.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 36

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Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 37

ANEXO

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, oportunamente, gírese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Santilli

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Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.° 246/MJGGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos Nº 224/13, N° 353/14, N° 539/14, N° 297/15 y N° 386/15; las Resoluciones Conjuntas N° 11-SECLYT/13, Nº 10-SECLYT/14, la Resolución N° 1727-MHGC/15, y los Expedientes N°s 10108305-MGEYA-DGTALMJG/16, 14614435-DGTALMJG/16 y, CONSIDERANDO: Que por la presente actuación tramita la contratación de diversas personas, bajo la figura de locación de obra en el modo, forma y período que se detalla en el Anexo I de la presente; Que por el Decreto Nº 224/13 se estableció que la contratación, modificación, ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE; Que, en el artículo 2º del citado Decreto se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de pesos veinte mil ($20.000), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad presupuestaria; Que, en el artículo 6º del Decreto Nº 224/13, se fijó en sesenta (60) días corridos el plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de la prestación celebrada bajo el régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva resolución autorizante; Que la Resolución N° 1.727-MHGC/15, en su artículo 1°, eleva el monto mensual máximo de las contrataciones antes mencionadas, hasta la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000.-); Que por la Resolución Conjunta Nº 11-SECLYT/13 y su modificatoria Nº 10-SECLYT/14 se aprobó el procedimiento administrativo electrónico para las contrataciones de locación de servicios y de obra que deberán tramitar por Expediente Electrónico, mediante el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE; Que el Decreto N° 353/14 en su artículo 2° instruye a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al Ministerio de Hacienda a fin que adopten las medidas que resulten necesarias a efectos de implementar restricciones presupuestarias en diversas materias, entre ellas, la contratación bajo los regímenes de locación de obra y de servicios; Que el Decreto N° 386/15 prorrogó los términos del Decreto N° 353/14 desde el 01 de enero de 2016 hasta el 30 de Junio de 2016; Que el gasto que ocasionan los contratos que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución, no excede los límites presupuestarios que se mencionan en el párrafo anterior para la repartición propiciante; Que, las personas a contratar no se encuentran inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 269 ni perciben ningún subsidio por razones de falta de empleo;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 38

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Que, asimismo, las personas por las cuales se propicia la contratación han declarado bajo juramento que no se encuentran revistando en la Planta Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se hallan vinculadas con éste, por contrato alguno o en calidad de pasantes o asistentes técnicos por convenio con alguna Universidad; Que, se han cumplimentado los requisitos y recaudos establecidos en la normativa precedentemente mencionada y se efectuó la afectación presupuestaria preventiva y definitiva del gasto que origina la contratación que se propicia, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL ($ 458.000.-), en la partida correspondiente al ejercicio presupuestario vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 224/13,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase la contratación de diversas personas, para realizar tareas en esta Jefatura de Gabinete de Ministros, bajo la modalidad de locación de obra, en el modo, monto y período que se detallan en el Anexo I (IF N° 15325958-DGTALMJG/16), de la presente. Artículo 2º.- Delégase al titular de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, de la Jefatura de Gabinete de Ministros la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes. Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente a lo mencionado en el artículo 1º de la presente. Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Miguel

RESOLUCIÓN N.° 125/SECDES/16

Buenos Aires, 31 de mayo de 2016 VISTO: Las Leyes N° 1.777 y N° 5.460, los Decretos N° 371/13 y Nº 363/15, la Licitación Pública Nº 1509/SIGAF/2014 y el Expediente Electrónico N° EX-2015-20562440-MGEYA-DGTALCIU, y CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de Comunas N° 1.777, establece en su artículo 10, inciso b) que las Comunas tienen a su cargo en forma exclusiva la planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento de los espacios verdes, de conformidad con la Ley de Presupuesto;

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ANEXO

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Que la ya citada normativa en su artículo 47 establece que el Poder Ejecutivo implementa un proceso de transición que implica la transferencia gradual de competencias a las unidades descentralizadas; Que por el Decreto N° 371/13 el Poder Ejecutivo transfirió a las Comunas las misiones, funciones y responsabilidades primarias relativas al mantenimiento de los espacios verdes de la Ciudad entre los que se incluyó al de "Plaza Éxodo Jujeño"; Que por la Ley Nº 5.460 la Jefatura de Gabinete de Ministros entiende en el diseño de las políticas tendientes a mantener el espacio público por aplicación de la Ley Nº 1.777. y que la Secretaría de Descentralización depende jerárquicamente de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que el Decreto Nº 363/15 establece que es responsabilidad de la Secretaría de Descentralización planificar y contratar obras públicas, proyectos y planes de impacto comunal en coordinación con las áreas competentes y de forma concurrente con las comunas, como así también asistir a las mismas en la ejecución de trabajos de mantenimiento urbano y de los espacios verdes; Que por la Licitación Pública Nº 1509/SIGAF/2014 se licitó la obra pública "Plaza Éxodo Jujeño" que tramita por el Expediente Electrónico N° 2015-20562440-MGEYA-DGTALCIU; Que con fecha 8 de Junio de 2015 se suscribió el Acta de Recepción Provisoria dejando constancia de la finalización de la Obra; Que la entonces Dirección General de Obras Comunales mediante informe N° IF-2015-20666764-DGOC manifiesta que corresponde instrumentar los medios adecuados para que la Comuna 15 en el ámbito de su competencia ejecute las tareas de cuidado, conservación y mantenimiento del espacio público intervenido. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE DESCENTRALIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1º.- Efectuase el Alta de Mantenimiento del Espacio Público intervenido por la Obra "Plaza Éxodo Jujeño" a la Comuna 15 haciéndose responsable de las tareas de conservación, cuidado y mantenimiento que le son suyas.-

Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Comuna 15.Cumplido. Archívese. Costantino

RESOLUCIÓN N.° 57/ASINF/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), su modificatoria Ley Nº 4.764, el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16, el Decreto N° 1.145/GCABA/09, las Resoluciones Nros.16/ASINF/10 y 1160/MHGC/11, la Disposición Nº 126/DGTALINF/16, el Expediente Electrónico Nº 12901592-MGEYA-ASINF-2.016, y

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Que por las presentes actuaciones tramita la "Adquisición de una solución de Gestión de Eventos de Seguridad (SIEM), bajo la modalidad llave en mano incluidas las funcionalidades y componentes. Asimismo, la implementación, soporte técnico asociado, mantenimiento y garantía por 36 meses"; Que luce la Nota N° 12334714/ASINF/2.016 obrante bajo orden N° 3 mediante el cual el Gerente Operativo de Seguridad Informática de esta Agencia de Sistemas de Información solicitó gestionar la contratación mencionada ut-supra; Que por Disposición Nº 126/DGTALINF/16, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y se llamó a Licitación Pública Nº 8056-0531-LPU16, bajo al amparo de lo establecido en el artículo 31 concordante con el párrafo primero del artículo 32 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), su modificatorio Ley Nº 4.764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, para el día 20 de mayo de 2.016 a las 11:00 hs; Que en este sentido, dicha contratación fue Publicada en el Boletín Oficial y en el portal BAC del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en el portal www.buenosairescompras.gob.ar obra el Acta de Apertura (Orden Nº 18) de fecha 20 de mayo de 2.016 a las 11:00 hs. de la cual surgen las ofertas presentadas por las empresas RAN INGENIERIA DE SISTEMAS S.R.L. y TARGET MINDS CONSULTING & SOFTWARE S.A.; Que por Informe Nº 13478029-ASINF-2016, obrante bajo Orden Nº 36 mediante el cual la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de esta Agencia de Sistemas de Información, informó que del análisis administrativo de las ofertas presentadas por las empresas RAN INGENIERIA DE SISTEMAS S.R.L. y TARGET MINDS CONSULTING & SOFTWARE S.A, cumplen con lo solicitado en los pliegos; Que bajo Orden Nº 38 luce el Examen Preliminar de los Aspectos Formales de la Oferta (IF-13500435-ASINF-2016); Que mediante Informe N° 14434520/ASINF/16 obrante bajo Orden N° 40 se realizo el correspondiente informe técnico mediante el cual se informo que de las ofertas presentadas, la oferta de la firma RAN INGENIERIA DE SISTEMAS S.R.L. cumple con lo solicitado por el pliego de especificaciones técnicas, y presenta oferta alternativa; Que la Comisión de Evaluación de Ofertas intervino en los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios de esta Agencia de Sistemas de Información a

través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que asimismo obra en el portal www.buenosairescompras.gob.ar el Dictamen de Pre Adjudicación de Ofertas (Orden Nº 42) por el cual se aconseja la adjudicación del Renglón Nro. 1 a la empresa RAN INGENIERIA DE SISTEMAS S.R.L. por la suma total de PESOS CINCO MILLONES CUATROSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS QUINCE CON 00/100 ($ 5.492.915,00), enmarcada conforme a los términos de los arts. 108 y 109 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), su modificatoria Ley Nº 4.764 y su correspondiente Decreto reglamentario Nº 95/GCABA/14, y en concordancia con el art. 21.3 del Dto.1.145/GCABA/109 y el art. 11 de la Resolución Nº 1160/MHGC/11; Que en el mencionado Dictamen, se deja constancia que el mismo se emitió superado el plazo previsto en el art. 106 del Decreto Nº 95/GCABA/14 por la compleja evaluación y análisis de lo ofertado; Que el acta emitida en consecuencia fue publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Orden Nº 43);

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CONSIDERANDO:

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Que por último bajo Orden Nº 44, obra el Informe Nº 15224632-ASINF-2016, mediante el cual el Gerente Operativo de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de esta Agencia de Sistemas de Información informó que de las propuestas recibidas por las firmas TARGET MINDS CONSULTING & SOFTWARE S.A. y RAN INGENIERIA DE SISTEMAS S.R.L., resulta adjudicable por ser económica y técnicamente más conveniente para la administración la oferta de la empresa RAN INGENIERIA DE SISTEMAS S.R.L. (IF-16-14434520-ASINF); Que asimismo manifestó que la erogación total del presente gasto asciende a la suma total de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS QUINCE CON 00/100 ($ 5.492.915,00.-); Que conforme obra bajo Orden Nº 47, la empresa RAN INGENIERIA DE SISTEMAS S.R.L. se encuentra debidamente inscripta en el Registro Único y Permanente de Proveedores (RIUPP); Que, asimismo, la Solicitud de Gastos Nº 8056-2514-SG16 en la cual se imputaron los fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio 2016; Que la Gerencia Operativa de Legales de la Agencia de Sistemas de Información ha tomado la debida intervención; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe Licitación Pública Nº 8056-0531-LPU16 y adjudique a la firma RAN INGENIERIA DE SISTEMAS S.R.L. la "Adquisición de una solución de Gestión de Eventos de Seguridad (SIEM), bajo la modalidad llave en mano incluidas las funcionalidades y componentes. Asimismo, la implementación, soporte técnico asociado, mantenimiento y garantía por 36 meses". Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el art. 13 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), modificada por la Ley N° 4.764, reglamentado por el Anexo II del Decreto N° 95/GCABA/14 modificado por Decreto N° 114/GCABA/16,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMA DE INFORMACION

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la Licitación Pública Nº 8056-0531-LPU16 realizada al amparo de lo establecido en el artículo 31 concordante con el párrafo primero del artículo 32 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), su modificatorio Ley Nº 4.764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 para la "Adquisición de una solución de Gestión de Eventos de Seguridad (SIEM), bajo la modalidad llave en mano incluidas las funcionalidades y componentes. Asimismo, la implementación, soporte técnico asociado, mantenimiento y garantía por 36 meses". Artículo 2°.- Adjudicase el Renglón Nro. 1, por la suma de suma total de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS QUINCE CON 00/100 ($ 5.492.915,00.-) a la empresa RAN INGENIERIA DE SISTEMAS S.R.L. Artículo 3°.- La erogación que demanda la presente gestión será imputada a la respectiva partida del presupuesto 2016. Artículo 4º.- Emítase la orden de compra. Artículo 5º.- Notifíquese fehacientemente a la empresa a las empresas oferentes de conformidad con lo establecido en el art. 6° del Decreto N° 1.145/GCABA/09. Artículo 6º.- Publíquese en el portal www.buenosairescompras.gob.ar por el término de un (1) día.

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Artículo 7º.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día y remítase para la prosecución de su trámite a la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información. Cumplido, archívese. Dougall

RESOLUCIÓN N.° 58/ASINF/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: El Decreto N° 67/GCABA/10, las Resoluciones Nros. 51/MHGC/10, 306/MHGC/16, los Expedientes Electrónicos Nros. 4613137-MGEYA-ASINF-2016, 4613143-MGEYA-ASINF-2016 y 15036384-MGEYA-ASINF-2016, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita la actualización de los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Especial de Refacciones y Mantenimiento Edilicio, y Espacio Guardacoches de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información; Que por Resolución N° 54/SSSYP/16, en trámite mediante Expediente Electrónico N° 4613143-MGEYA-ASINF-2016, se asignaron los fondos en concepto de Caja Chica Especial de Refacciones y Mantenimiento Edilicio a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información y se designaron a los responsables de los mismos al Lic. Carlos Dacharry, al Sr. Jorge Luis Ferrario, al Sr. Carlos Cortes y a la Sra. Jimena Heredia; Que, a su vez, por Resolución N° 53/SSSYP/16 del Expediente Electrónico N° 4613137-MGEYA-ASINF-2016, se asignaron los fondos en concepto de Caja Chica Especial de Espacio Guardacoches a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información y se designaron a los responsables de los mismos al Lic. Carlos Dacharry, al Sr. Jorge Luis Ferrario, al Sr. Carlos Cortes y a la Sra. Jimena Heredia; Que mediante Nota N° 14953502/DGTALINF/2016 la Directora General Técnica Administrativa y Legal solicitó el cese formal del Lic. Carlos Dacharry, del Sr. Jorge Luis Ferrario y del Sr. Carlos Cortés, la ratificación de la Sra. Jimena Heredia, y la designación de la Dra. Brenda Elizabeth Santagada Lopez; Que por el Decreto N° 67/GCABA/10 se aprobó el "Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que por Resolución N° 51/MHGC/10, se aprobó la reglamentación del citado Decreto; Que mediante la Disposición Nº 9/DGCG/10, la Disposición Nº 183/DGCG/13 y su modificatoria Disposición N° 36/DGCG/15 se estableció el procedimiento para la asignación en concepto de caja chica, caja chica especial y fondos; Que por Resolución N° 306/MHGC/2016, el Ministro de Hacienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció los montos máximos a asignar por parte de la Agencia de Sistemas de Información durante el ejercicio en curso; Que, sin perjuicio de ello, por Resolución N° 84/SSSYP/16 se aceptó la renuncia presentada por el Lic. Carlos Dacharry, al cargo de Director General Técnico Administrativo y Legal, a partir del 31 de Marzo de 2016;

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Que a su vez, por Resolución N° 31/ASINF/16 se aceptó la renuncia presentada por el Sr. Jorge Luis Ferrario como Gerente Operativo, de la Gerencia Operativa Oficina de

Gestión Sectorial, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal a partir del 31 de Mayo de 2016; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que cese, ratifique y designe a los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de caja chica especial de Refacciones y Mantenimiento Edilicio, y de Espacios Guardacoches. Por ello, y en uso de facultades conferidas por el Decreto N° 67/GCABA/2.010

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION

RESUELVE

Artículo 1°.- Cese al Lic. Carlos Dacharry DNI N° 12.548.623, al Sr. Jorge Luis Ferrario DNI N° 10.180.085 y al Sr. Carlos Cortés DNI N° 7.671.463 como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de caja chica especial de Refacciones y Mantenimiento Edilicio y de Espacios Guardacoches de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, quienes fueran designados mediante Resolución N° 54/SSSYP/16 y Resolución N° 53/SSSYP/16, respectivamente. Artículo 2°.- Ratifícase a la Sra. Jimena Heredia DNI N° 25.898.848 como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de caja chica especial de Refacciones y Mantenimiento Edilicio y de Espacios Guardacoches de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, quien fuera designada mediante Resolución N° 54/SSSYP/16 y Resolución N° 53/SSSYP/16, respectivamente. Artículo 3°.- Desígnase como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de caja chica especial de Refacciones y Mantenimiento Edilicio y de Espacios Guardacoches de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal a la Directora General Técnica Administrativa y Legal, Dra. Brenda Elizabeth Santagada Lopez DNI N° 24.183.634. Artículo 4°.- En los casos que correspondan deberán efectuarse las pertinentes retenciones impositivas, conforme lo establecido en la normativa vigente. Artículo 5°.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información, (F/N) de la Jefatura de Gabinete de Ministros y remítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Dougall

RESOLUCIÓN N.° 59/ASINF/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 471, la Ley 2689, la Ley de Ministerios Nº 5460, los Decretos Nros. 638/GCABA/07 y 363/GCABA/15, la Resolución N° 446/MHGC/2016 y el Expediente Electrónico N° 15106586-MGEYAASINF-2016, y

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 44

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Que mediante Ley N° 2.689, se creó la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ASI), como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero; Que en este sentido en el artículo 10° de la Ley 2.689, establece las funciones y facultades del Director Ejecutivo de la Agencia de Sistemas de Información, entre ellas, "Inc. a) Organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico-funcional, así como los aspectos organizativos, operativos y de administración; Que la actual Ley de Ministerios N° 5.460 establece que la Agencia de Sistemas de Información (ASI) se encuentra bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asimismo ésta además se encarga de supervisar su funcionamiento, en un todo conforme con dicha Ley, y su Decreto Complementario N° 363/GCABA/15; Que por Decreto N° 638/GCABA/07 se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que el artículo 7° del Decreto N° 363/GCABA/15 instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 446/MHGC/2016 se estableció que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo 7° y 8° del Decreto N° 363/15, podrán ser administrados como suplemento de Gabinete; Que por Nota Nº 14979475-DGIASINF-2016 y su rectificatoria Nota Nº 15124232-DGIASINF-2016, el Director General de Infraestructura, solicitó un Suplemento de Gabinete, equivalente a mil - (1000) unidades retributivas a partir del 1 de mayo del 2016, para los siguientes agentes, Diego Cafa, CUIL N° 20-30181444-6 (Planta Transitoria - Partida 2184.0300 00-H), Mariano Petroni, CUIL N° 20-35110662-0 (Planta Transitoria - Partida 2184.0300 00-H) quienes revisten como Planta Transitoria de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 620/MMGC/2015, Manuel Alen Freire CUIT N° 20- 32438084-2 (Planta Permanente - Partida 2184.0300 T-A-01), y Ariel Aranda CUIL N° 20-25095438-8 (Planta Permanente - Partida 2184.0000 AA-01) dependiente de dicha Dirección General.

Que en este sentido, mediante Providencia N° 15292041-DGALH-2016, la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes ha tomado la debida intervención y remitió la presente a efectos que se proceda a la asignación a partir del 01 de mayo del 2016, del Suplemento de Gabinete equivalente a 4.000 unidades retributivas a los agentes mencionados ut-supra, verificando que dicha Dirección General cuenta con las unidades retributivas necesarias para hacer frente a las mencionadas asignaciones, sin objeciones que formular al respecto. Por ello, en virtud de las atribuciones que le son propias,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

RESUELVE

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CONSIDERANDO:

Artículo 1°.- Asígnase a partir del 1 de mayo de 2016 el Suplemento de Gabinete equivalente a mil (1000) unidades retributivas a los agentes Diego Cafa, CUIL N° 20-

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30181444-6 (Planta Transitoria - Partida 2184.0300 00-H), y Mariano Petroni, CUIL N° 20-35110662-0 (Planta Transitoria - Partida 2184.0300 00-H) quienes revisten como Planta Transitoria de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 620/MMGC/2015 dependientes de la Dirección General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información (F/N) de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Articulo 2°.- Asígnese a partir del 1 de mayo de 2016 el Suplemento de Gabinete equivalente a mil (1000) unidades retributivas a los agentes Manuel Alen Freire CUIT N° 20-32438084-2 (Planta Permanente - Partida 2184.0300 T-A-01), y Ariel Aranda CUIL N° 20-25095438-8 (Planta Permanente - Partida 2184.0000 AA-01) dependientes de la Dirección General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información (F/N) de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes dependiente del Ministerio de Hacienda, y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información. Notifíquese a la interesada. Cumplido, archívese. Dougall

RESOLUCIÓN N.° 60/ASINF/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 70, la Ley N° 2.689, la Ley N° 5.460, la Ley Nº 5.495, el Decreto N° 396/GCABA/15, el Decreto N° 10/GCABA/16, el Expediente Electrónico N° 15096480-MGEYA-ASINF-2016, y CONSIDERANDO: Que a través del expediente indicado en el visto tramita las compensaciones presupuestarias detalladas en el Requerimiento N° 3082/SIGAF/2.016 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar el gasto detallado en el Informe N° 15245819-DGTALINF-2016; Que mediante Ley N° 2.689, se creó la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo, y como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero; Que, por su parte, la actual Ley de Ministerios N° 5.460 establece que la ASI se encuentra bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministerios de la Ciudad, asimismo ésta además se encarga de supervisar su funcionamiento, en un todo conforme con dicha Ley, y su Decreto Complementario N° 363/GCABA/15; Que los entes descentralizados tienen por definición la facultad de administrarse por sí mismos, poseen patrimonio y presupuesto propios y se rigen por las normas generales de Derecho Público, vinculándose con la Administración Central mediante una relación jurídica de control administrativo o tutela;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 46

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Que por otro lado, la Ley Nº 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 5495, promulgada por Decreto Nº 396/GCABA/15 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.016; Que así por Decreto Nº 10/GCABA/16, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.016", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento N° 3082/SIGAF/2.016 se encuentra en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF);

Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2.016, aprobadas mediante Decreto N° 10/GCABA/2.016; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 10/GCABA/2.016,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION

RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como IF-2016-15247073/DGTALINF/2.016 el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Dougall

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ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 61/ASINF/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: El Decreto N° 67/GCABA/10, las Resoluciones Nros. 51/MHGC/10, 18/MHGC/MJGGC/SECLYT/12, 306/MHGC/16, 88/SSSYP/16 y el Expediente Electrónico N° 15037444-MGEYA-ASINF-2016, CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 67/GCABA/10 se aprobó el "Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que por Resolución N° 51/MHGC/10, se aprobó la reglamentación del citado Decreto; Que mediante la Disposición Nº 9/DGCG/10, la Disposición Nº 183/DGCG/13 y su modificatoria Disposición N° 36/DGCG/15 se estableció el procedimiento para la asignación en concepto de caja chica, caja chica especial y fondos; Que la Resolución 18/MHGC/MJGGC/SECLYT/12 se aprobó el nuevo régimen de procedimiento de solicitud, rendición y devolución de gastos por movilidad, así como el procedimiento de designación de responsable de dichos fondos; Que el Anexo II de la Resolución 18/MHGC/MJGGC/SECLYT/12, establece en el punto 1 que: “Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción...”; Que asimismo en el punto 2 del mencionado Anexo establece que “los responsables de los fondos deberán ser como mínimo dos, de los cuales al menos uno de ellos deberá ser personal de planta permanente.”; Que en este sentido el punto 3 establece que “En caso de modificación de la nomina de agentes designados como responsable de fondos, deberán proceder conforme a lo establecido en primer párrafo del punto 1 de la presente“; Que por Resolución N° 306/MHGC/2016, el Ministro de Hacienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció los montos máximos a asignar por parte de la Agencia de Sistemas de Información durante el ejercicio en curso; Que por Resolución N° 88/SSSYP/16 se designó como nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información al Sr. Mariano Corti, DNI N° 28.178.919 y al Sr. Martín Montero, DNI N° 27.144.323; Que mediante Nota N° 14979195/DGIASINF/16 el Director General de Infraestructura solicitó la actualización de los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información, solicitándose la ratificación del Sr. Mariano Corti y del Sr. Martín Montero, y la designación del Ing. Sergio Omar Richetti; Que por Resolución N° 47/ASINF/2016 se designó al Ing. Sergio Omar Richetti al cargo de Director General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información

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(F/N) de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Nota N° 15028395/DGTALINF/2016, la Directora General Técnica Administrativa y Legal de esta Agencia de Sistemas de Información, solicitó realizar el correspondiente acto administrativo; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que ratifique y designe a los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección General de Infraestructura. Por ello, y en uso de facultades conferidas por el Decreto N° 67/GCABA/2.010

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION

RESUELVE

Artículo 1°.- Ratifícase al Sr. Mariano Corti, DNI N° 28.178.919 y al Sr. Martín Montero, DNI N° 27.144.323 como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información, quienes fueran designados mediante Resolución N° 88/SSSYP/16. Artículo 2°.- Desígnase como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información, al Ing. Sergio Omar Richetti, DNI N° 18.029.981. Artículo 3°.- En los casos que correspondan deberán efectuarse las pertinentes retenciones impositivas, conforme lo establecido en la normativa vigente. Artículo 4°.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información, (F/N) de la Jefatura de Gabinete de Ministros y remítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Dougall

RESOLUCIÓN N.° 62/ASINF/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos Nros 67/GCABA/10, 501/GCABA/12, las Resoluciones Nros. 51/MHGC/10, 214/ASINF/14, la Disposición Nº 9/DGCG/10, la Disposición N° 183/DGCG/13, la Disposición Nº 36/DGCG/15, Expediente Electrónico Nº 15035359 -MGEYA-ASINF-2.016, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita la designación de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información;

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Que por el Decreto Nº 67/GCABA/10 se aprobó el "Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que por intermedio de la Resolución N° 51/MHGC/10 y su modificatoria se aprobó la reglamentación de citado Decreto; Que mediante la Disposición N° 9/DGCG/10, la Disposición N° 183/DGCG/13 y su modificatoria Disposición N° 36/DGCG/15, se estableció el procedimiento para la asignación en concepto de caja chica, caja chica especial y fondos; Que asimismo por el Decreto N° 501/GCABA/12 se aprobó "el Régimen de Asignación de Gastos de Movilidad en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que en el punto 2 del Anexo I de la Disposición N° 9/DGCG/10 y modificatoria se establece que "los responsables de los fondos deberán ser como mínimo dos, de los cuales al menos uno de ellos deberá ser personal de planta permanente. Cuando el máximo responsable de la Unidad de Organización no pueda cumplir con el requisito de designar al menos un agente de planta permanente como responsable de los fondos, deberá solicitar la excepción -debidamente fundamentada- a la máxima autoridad de la Jurisdicción o Organismo Descentralizado, la que podrá autorizarla, de considerarlo conveniente, en el mismo Acto Administrativo de designación o de otorgamiento del fondo"; Que no pudiéndose cumplir el requisito establecido en la Disposición N° 9/DGCG/10 corresponde autorizar la excepción; Que en este sentido, por Resolución Nº 214/ASINF/2014, se ratifico al Lic. Carlos Norberto Dacharry, al Sr. Carlos Cortes, a la Sra. Jimena Heredia, y se designó al Sr. Jorge Ferrario como responsables de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección General Administrativa, Técnica y Legal de la Agencia de Sistemas de Información; Que por Resoluciones Nros 84/SSSYP/16 y 31/ASINF/16 se acepto la renuncia del Lic. Carlos Norberto Dacharry y el Sr. Jorge Ferrario respectivamente; Que mediante Nota Nº 14820781/DGTALINF/16 (Orden Nº 4) se solicitó se arbitren los medios a fin de designar a la Dra. Brenda Elizabeth Santagada López y ratificar a la Sra. Jimena Heredia como responsables de la Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad

de la Dirección General de Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información; Que en este sentido se requirió el cese como responsables de fondos al Lic. Carlos Norberto Dacharry DNI N° 12.548.623, al Sr. Carlos Cortes DNI N° 07.671.463 y al Sr. Jorge Ferrario DNI N° 10.180.085; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que por lo expuesto, resulta procedente ratificar y designar a los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto de la Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información. Por ello, y en el uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

RESUELVE

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Articulo 1°.- Cese como responsable de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección

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General Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información (F/N) de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Lic. Carlos Norberto Dacharry DNI N° 12.548.623, al Sr. Carlos Cortes DNI N° 07.671.463 y al Sr. Jorge Ferrario DNI N° 10.180.085. Articulo 2°.- Ratificase como responsable de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información (F/N) de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Sra. Jimena Heredia, DNI N° 25.898.848. Artículo 3º.- Designase como responsable de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Movilidad de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información (F/N) de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dra. Brenda Elizabeth Santagada López, DNI N° 24.183.634. Artículo 4°.- Exceptuase de nombrar como responsables de fondos en concepto de Caja Chica Común, Viáticos y Gastos de Movilidad a personal de Planta Permanente de la Agencia de Sistemas de Información, de acuerdo a los términos del Decreto N° 67/GCBA/10 y la Disposición N° 9/DGCG/10. Artículo 5°.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría General. Cumplido, archívese. Dougall

RESOLUCIÓN N.° 84/SECCCYFP/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016

VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado según Ley Nº 5454), sus Decretos Reglamentarios Nº 95/14 y Nº 1145/09, concordantes y modificatorios, Nº 114/2016, las Resoluciones Nº 1160-MHGC-11, Nº 424-MHGC-13 y sus complementarias y modificatorias, 596-MHGC-11 y sus reglamentarias, Nros 57/2016/SECCCYFP y 58/2016/SECCCYFP, la Disposición Nº 302-DGCyC-13, el Expediente Nº 11769929/MGEYA/DGTALMJG/16, y

CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación tramita la Contratación Menor Nº 2051-0463-LPU16 mediante el sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), para la contratación de los Servicios de Capacitación dirigidos a empleados/as del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de las demandas recibidas de las jurisdicciones gubernamentales y emanadas de la Evaluación de Desempeño 2015, así como de los relevamientos completados a la fecha del Plan Anual de Capacitación ISC 2016 y de temáticas obligatorias por normativa local y/o nacional, a ejecutarse a partir del perfeccionamiento del presente contrato y hasta el 31 de diciembre de 2016;

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Que, mediante las Resoluciones Nº 57/2016/SECCCYFP y su modificatoria 58/2016/SECCCYFP, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se realizó el llamado para el día 20 de mayo de 2016 a las 11.00 horas, por un monto total estimado de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS ($ 1.719.600,00.-); Que a tenor de lo expuesto, el proceso de contratación se realizó al amparo de lo normado por los artículos 25, 26, 27 30, 31 y concordantes de la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley 5.454) y su correspondiente reglamentación dando cumplimento a las exigencias de publicad y difusión estipuladas mediante Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 4882 del 13 de mayo de 2016 y BAC; Que conforme al Acta de Apertura de fecha 20 de mayo de 2016 y el Cuadro Comparativo de Ofertas de la misma fecha, se adquirieron 3 pliegos y se presentaron TRES (3) ofertas pertenecientes a las firmas INSTITUTO LENGUA DE SEÑAS S.R.L. (CUIT N° 30710767641) por un monto total de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS SESENTA ($320.760,00) por el Renglón Nº 1, Fundación Educando y Creando Conocimiento -FUNDAEDU- (CUIT 33-71447973-9) por un monto total de PESOS UN MILLON CIENTO OCHO MIL OCHOCIENTOS ($1.108.800,00) por el Renglón Nº 2 y la Fundación Desarrollo de Ciencias y Métodos de Gobierno - CIGOB (CUIT 30-70957480-5) por un monto total de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS ($182.400,00) por los Renglones Nº 3 y 4; Que mediante el Dictamen de Preadjudicación vinculado al Expediente a través del IF-2016-14560040-ENTUR, la Comisión de Evaluación de Ofertas considerando que "Las ofertas presentadas para cada uno de los renglones del presente proceso de compra cumplen cada una de ellas con los requisitos administrativos, técnicos y económicos."; recomendó la adjudicación para el Renglón Nº 1 al INSTITUTO LENGUA DE SEÑAS S.R.L. (CUIT N° 30-71076764-1) por un monto total de PESOS TRESCIENTOS

VEINTE MIL SETECIENTOS SESENTA ($320.760,00), para el Renglón Nº 2 a la Fundación Educando y Creando Conocimiento -FUNDAEDU- (CUIT 33-71447973-9) por un monto total de PESOS UN MILLON CIENTO OCHO MIL OCHOCIENTOS ($1.108.800,00) y para los Renglones Nº 3 y 4 a la Fundación Desarrollo de Ciencias y Métodos de Gobierno -CIGOB- (CUIT 30-70957480-5) por un monto total de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS ($182.400,00); Que la presente encuentra respaldo presupuestario y se halla emitida en el sistema B.A.C. la Afectación Definitiva de Fondos; Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el artículo 13 del Anexo I del Decreto Nº 95/14 reglamentario de la Ley Nº 2095 y el Decreto Nº 114/2016,

LA SECRETARIA DE CULTURA CIUDADANA Y FUNCIÓN PÚBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el proceso de compra Nº 2051-0463-LPU16 tramitado por el Sistema BAC y adjudicase la contratación de los Servicios de Capacitación a ejecutarse a partir del perfeccionamiento del presente contrato y hasta el 31 de diciembre de 2016, para el Renglón Nº 1 al INSTITUTO LENGUA DE SEÑAS S.R.L. (CUIT N° 30-71076764-1) por un monto total de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS SESENTA ($320.760,00), para el Renglón Nº 2 a la Fundación Educando y Creando Conocimiento -FUNDAEDU- (CUIT 33-71447973-9) por un monto total de PESOS UN MILLON CIENTO OCHO MIL OCHOCIENTOS ($1.108.800,00) y para los Renglones Nº 3 y 4 a la Fundación Desarrollo de Ciencias y Métodos de Gobierno -CIGOB- (CUIT 30-70957480-5) por un monto total de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS ($182.400,00).

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Artículo 2.- Dicho gasto será imputado a la partida presupuestaria correspondiente al presente Ejercicio. Artículo 3.- Emítanse las respectivas Órdenes de Compra. Artículo 4.- Publíquese en el sitio de Internet, notifíquese a las empresas INSTITUTO LENGUA DE SEÑAS S.R.L. (CUIT N° 30-71076764-1), Fundación Educando y Creando Conocimiento -FUNDAEDU- (CUIT 33-71447973-9) y Fundación Desarrollo de Ciencias y Métodos de Gobierno - CIGOB (CUIT 30- 70957480-5), y comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y Contaduría del Ministerio de Hacienda, y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Jefatura de Gabinete de Ministros para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Uhalde

RESOLUCIÓN N.° 85/SECCCYFP/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado según Ley Nº 5454), sus Decretos Reglamentarios Nº 95/14 y Nº 1145/09, concordantes y modificatorios, las Resoluciones Nº 1160-MHGC-11, Nº 424-MHGC-13 y sus complementarias y modificatorias, 596-MHGC-11 y sus reglamentarias, Nº 70/2016/SECCCYFP, la Disposición Nº 396-DGCyC-14, el Expediente Nº 13673230/MGEYA/DGTALMJG/16, y CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación tramita la Contratación Menor Nº 2051-1255-CME16 mediante el sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), para la prestación de un Servicio de Consultoría para el análisis cuali/cuantitativo de la conducta del ciudadano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuatro ámbitos de convivencia: i) Higiene y Limpieza; ii) Convivencia en el Tránsito; iii) Seguridad ciudadana y iv) Uso y Disfrute del Espacio Público, durante el presente año; Que, mediante la Resolución Nº 70/2016/SECCCYFP se aprobaron los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se realizó el llamado para el día 1º de junio de 2016 a las 12.00 horas estimándose el gasto de la misma en la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTE MIL ($ 720.000); Que a tenor de lo expuesto, el proceso de contratación se realizó al amparo de lo normado por el artículo 38 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley 5.454) y su correspondiente reglamentación; Que se procedió a invitar a las firmas POLIARQUIA CONSULTORES S.A. (CUIT 30-70955883-4) y MBC Consultores Asociados SA (CUIT 30-68267315-9) y a publicar el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires los días 27 y 30 de mayo de 2016. Que conforme Acta de Apertura de fecha 1º de junio de 2016 se presentaron DOS (2) ofertas pertenecientes a las firmas POLIARQUIA CONSULTORES S.A. (CUIT 30-70955883-4) y M Y F COMUNICACIÓN Y OPINIÓN PÚBLICA SRL (CUIT 30- 70994759-8);

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Que habiendo tomado intervención el órgano evaluador, procedió a recomendar la adjudicación a la firma POLIARQUIA CONSULTORES S.A. (CUIT 30-70955883-4) por la suma total de PESOS SETECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 00/100.- ($719.950,00.-), por ser la única oferta que cumple con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos previstos (IF-2016-15310791-SECCCYFP). Que la oferta de M Y F COMUNICACIÓN Y OPINIÓN PÚBLICA SRL (CUIT 30- 70994759-8) fue desestimada por los evaluadores, debido a no cumplir los requisitos administrativos establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones, a pesar de habérselo intimado a presentar la documentación faltante. Que, se ha elaborado el Cuadro Comparativo de ofertas según consta mediante el IF-2016-14218698-DGTALMJG;

Que la presente encuentra respaldo presupuestario y se halla emitida en el sistema B.A.C. la Afectación Definitiva de Fondos; Que por IF-2016-15252290-DGTALMJG la Subgerencia Operativa Pliegos y Control de las Contrataciones de la Gerencia Operativa Compras, Obras y Mantenimiento de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal aconsejó la adjudicación al mencionado proveedor; Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el artículo 13 del Anexo I del Decreto Nº 95/14 reglamentario de la Ley Nº 2095 y el Decreto Nº 114/2016,

LA SECRETARIA DE CULTURA CIUDADANA Y FUNCIÓN PÚBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE: Artículo 1°.- Apruébase el proceso de compra Nº 2051-1255-CME16 tramitado por el Sistema BAC y adjudicase a la empresa POLIARQUIA CONSULTORES S.A. (CUIT 30-70955883-4), la contratación de un servicio de Consultoría para el análisis cuali/ cuantitativo de la conducta del ciudadano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante el presente año, por la suma total de PESOS SETECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 00/100.- ($719.950,00.-). Artículo 2º.- Dicho gasto será imputado a la partida presupuestaria correspondiente al presente Ejercicio. Artículo 3º.- Emítase la respectiva Orden de Compra. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial y en el BAC, notifíquese a la empresa POLIARQUIA CONSULTORES S.A. (CUIT 30-70955883-4), y comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y Contaduría del Ministerio de Hacienda, y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Jefatura de Gabinete de Ministros para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Uhalde

RESOLUCIÓN N.° 147/SSSYP/16

Buenos Aires, 7 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos Nº 224/13, N° 353/14, N° 539/14, N° 297/15 y N° 386/15; las Resoluciones Conjuntas N° 11-SECLYT/13, Nº 10-SECLYT/14, la Resolución N° 1727-MHGC/15, y los Expedientes N°s 8517675-MGEYA-SSSYP/16, 13568361-MGEYA-DGABDIP/16 y,

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CONSIDERANDO: Que por la presente actuación tramita la contratación de diversas personas, bajo la figura de locación de obra en el modo, forma y período que se detalla en el Anexo I de la presente; Que por el Decreto Nº 224/13 se estableció que la contratación, modificación, ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE; Que, en el artículo 2º del citado Decreto se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de pesos veinte mil ($20.000), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad presupuestaria; Que, en el artículo 6º del Decreto Nº 224/13, se fijó en sesenta (60) días corridos el plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de la prestación celebrada bajo el régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva resolución autorizante; Que la Resolución N° 1.727-MHGC/15, en su artículo 1°, eleva el monto mensual máximo de las contrataciones antes mencionadas, hasta la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000.-); Que por la Resolución Conjunta Nº 11-SECLYT/13 y su modificatoria Nº 10-SECLYT/14 se aprobó el procedimiento administrativo electrónico para las contrataciones de locación de servicios y de obra que deberán tramitar por Expediente Electrónico, mediante el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE; Que el Decreto N° 353/14 en su artículo 2° instruye a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al Ministerio de Hacienda a fin que adopten las medidas que resulten necesarias a efectos de implementar restricciones presupuestarias en diversas materias, entre ellas, la contratación bajo los regímenes de locación de obra y de servicios; Que el Decreto N° 386/15 prorrogó los términos del Decreto N° 353/14 desde el 01 de enero de 2016 hasta el 30 de Junio de 2016; Que el gasto que ocasionan los contratos que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución, no excede los límites presupuestarios que se mencionan en el párrafo anterior para la repartición propiciante; Que, las personas a contratar no se encuentran inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 269 ni perciben ningún subsidio por razones de falta de empleo; Que, asimismo, las personas por las cuales se propicia la contratación han declarado bajo juramento que no se encuentran revistando en la Planta Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se hallan vinculadas con éste, por contrato alguno o en calidad de pasantes o asistentes técnicos por convenio con alguna Universidad; Que, se han cumplimentado los requisitos y recaudos establecidos en la normativa precedentemente mencionada y se efectuó la afectación presupuestaria preventiva y definitiva del gasto que origina la contratación que se propicia, por la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($333.400.-), en la partida correspondiente al ejercicio presupuestario vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 224/13,

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EL SUBSECRETARIO DE SISTEMAS Y PROCESOS RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase la contratación de diversas personas, para realizar tareas en la Subsecretaría de Sistemas y Procesos, de esta Jefatura de Gabinete de Ministros, bajo la modalidad de locación de obra, en el modo, monto y período que se detallan en el Anexo I (IF N° 14666264-DGTALMJG/16), de la presente. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente a lo mencionado en el artículo 1º de la presente. Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Cerdán

RESOLUCIÓN N.° 148/SSSYP/16

Buenos Aires, 7 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos Nº 224/13, N° 353/14, N° 539/14, N° 297/15 y N° 386/15; las Resoluciones Conjuntas N° 11-SECLYT/13, Nº 10-SECLYT/14, la Resolución N° 1727-MHGC/15, y el Expediente N° 12576362-MGEYA-SECISYU/16 y, CONSIDERANDO: Que por la presente actuación tramita la contratación de SANCHEZ CARDARELLI, Benjamin, DNI Nº 34.559.518, CUIT Nº 20-34559518-0, bajo la figura de locación de servicios en el modo, forma y período que se detalla en el Anexo I de la presente; Que por el Decreto Nº 224/13 se estableció que la contratación, modificación, ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE; Que, en el artículo 2º del citado Decreto se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de pesos veinte mil ($20.000), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad presupuestaria; Que, en el artículo 6º del Decreto Nº 224/13, se fijó en sesenta (60) días corridos el plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de la prestación celebrada bajo el régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva resolución autorizante; Que la Resolución N° 1.727-MHGC/15, en su artículo 1°, eleva el monto mensual máximo de las contrataciones antes mencionadas, hasta la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000.-);

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ANEXO

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Que por la Resolución Conjunta Nº 11-SECLYT/13 y su modificatoria Nº 10-SECLYT/14 se aprobó el procedimiento administrativo electrónico para las contrataciones de locación de servicios y de obra que deberán tramitar por Expediente Electrónico, mediante el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE; Que el Decreto N° 353/14 en su artículo 2° instruye a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al Ministerio de Hacienda a fin que adopten las medidas que resulten necesarias a efectos de implementar restricciones presupuestarias en diversas materias, entre ellas, la contratación bajo los regímenes de locación de obra y de servicios; Que el Decreto N° 386/15 prorrogó los términos del Decreto N° 353/14 desde el 01 de enero de 2016 hasta el 30 de Junio de 2016; Que el gasto que ocasiona el contrato que se detalla en el Anexo I de la presente Resolución, no excede los límites presupuestarios que se mencionan en el párrafo anterior para la repartición propiciante; Que, la persona a contratar no se encuentra inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 269 ni percibe ningún subsidio por razones de falta de empleo; Que, asimismo, la persona por la cual se propicia la contratación ha declarado bajo juramento que no se encuentra revistando en la Planta Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se halla vinculada con éste, por contrato alguno o en calidad de pasante o asistente técnico por convenio con alguna Universidad; Que, se han cumplimentado los requisitos y recaudos establecidos en la normativa precedentemente mencionada y se efectuó la afectación presupuestaria preventiva y definitiva del gasto que origina la contratación que se propicia, por la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL ($225.000.-), en la partida correspondiente al ejercicio presupuestario vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 224/13,

EL SECRETARIO DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase la contratación de SANCHEZ CARDARELLI, Benjamin, DNI Nº 34.559.518, CUIT Nº 20-34559518-0, para realizar tareas en la Secretaría de Integración Social y Urbana, de esta Jefatura de Gabinete de Ministros, bajo la modalidad de locación de servicios, en el modo, monto y período que se detallan en el Anexo I (IF N° 14664465-DGTALMJG/16), de la presente. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente a lo mencionado en el artículo 1º de la presente. Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Cerdán

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 57

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 149/SSSYP/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos Nº 224/13, N° 353/14, N° 539/14, N° 297/15 y N° 386/15; las Resoluciones Conjuntas N° 11-SECLYT/13, Nº 10-SECLYT/14, la Resolución N° 1727-MHGC/15, y los Expedientes N°s 13770650-MGEYA-DGEADM/16, 13771784-MGEYA-DGEADM/16, 10263982-MGEYA-SSSYP/16 y, CONSIDERANDO: Que por la presente actuación tramita la contratación de diversas personas, bajo la figura de locación de obra en el modo, forma y período que se detalla en el Anexo I de la presente; Que por el Decreto Nº 224/13 se estableció que la contratación, modificación, ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE; Que, en el artículo 2º del citado Decreto se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de pesos veinte mil ($20.000), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad presupuestaria; Que, en el artículo 6º del Decreto Nº 224/13, se fijó en sesenta (60) días corridos el plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de la prestación celebrada bajo el régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva resolución autorizante; Que la Resolución N° 1.727-MHGC/15, en su artículo 1°, eleva el monto mensual máximo de las contrataciones antes mencionadas, hasta la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000.-); Que por la Resolución Conjunta Nº 11-SECLYT/13 y su modificatoria Nº 10-SECLYT/14 se aprobó el procedimiento administrativo electrónico para las contrataciones de locación de servicios y de obra que deberán tramitar por Expediente Electrónico, mediante el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE; Que el Decreto N° 353/14 en su artículo 2° instruye a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al Ministerio de Hacienda a fin que adopten las medidas que resulten necesarias a efectos de implementar restricciones presupuestarias en diversas materias, entre ellas, la contratación bajo los regímenes de locación de obra y de servicios; Que el Decreto N° 386/15 prorrogó los términos del Decreto N° 353/14 desde el 01 de enero de 2016 hasta el 30 de Junio de 2016; Que el gasto que ocasionan los contratos que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución, no excede los límites presupuestarios que se mencionan en el párrafo anterior para la repartición propiciante;

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Que, las personas a contratar no se encuentran inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 269 ni perciben ningún subsidio por razones de falta de empleo; Que, asimismo, las personas por las cuales se propicia la contratación han declarado bajo juramento que no se encuentran revistando en la Planta Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se hallan vinculadas con éste, por contrato alguno o en calidad de pasantes o asistentes técnicos por convenio con alguna Universidad; Que, se han cumplimentado los requisitos y recaudos establecidos en la normativa precedentemente mencionada y se efectuó la afectación presupuestaria preventiva y definitiva del gasto que origina la contratación que se propicia, por la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL, QUINIENTOS ($372.500.-), en la partida correspondiente al ejercicio presupuestario vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 224/13,

EL SUBSECRETARIO DE SISTEMAS Y PROCESOS RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase la contratación de diversas personas, para realizar tareas en la Subsecretaría de Sistemas y Procesos, de esta Jefatura de Gabinete de Ministros, bajo la modalidad de locación de obra, en el modo, monto y período que se detallan en el Anexo I (IF N° 14994370-DGTALMJG/16), de la presente. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente a lo mencionado en el artículo 1º de la presente. Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Cerdán

RESOLUCIÓN N.° 150/SSSYP/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Resolución Nº 148-SSSYP/16, el Informe Nº 15008323-DGTALMJG/16, el Expediente N° 12576362-MGEYA-SECISYU/16 y CONSIDERANDO: Que, por la Resolución Nº 148-SSSYP/16, se autorizó la contratación de SANCHEZ CARDARELLI, Benjamin, DNI Nº 34.559.518, CUIT Nº 20-34559518-0, bajo la modalidad de locación de servicios, para desempeñarse en la Secretaría de Integración Social y Urbana, de la Jefatura de Gabinete de Ministros por el período comprendido entre el 01/05/2016 al 31/12/2016;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 59

ANEXO

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Que por el Informe N° 15008323-DGTALMJG/16, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, de está Jefatura de Gabinete de Ministros, solicita dejar sin efecto la contratación que tramita el expediente N° 12576362-MGEYA-SECISYU/16, por un error involuntario en la firma de la Resolución recientemente mencionada; Que, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE SISTEMAS Y PROCESOS RESUELVE

Artículo 1º.- Dejese sin efecto, la Resolución Nº 148-SSSYP/16, dejándose sin efecto la contratación de SANCHEZ CARDARELLI, Benjamin, DNI Nº 34.559.518, CUIT Nº 20-34559518-0. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Cerdán

RESOLUCIÓN N.° 151/SSSYP/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos Nº 224/13, N° 353/14, N° 539/14N° 297/15 y N° 386/15; las Resoluciones Conjuntas N° 11-SECLYT/13, Nº 10-SECLYT/14, la Resolución N° 1727-MHGC/15, y el Expediente N° 13762986-MGEYA-DGABDIP/16, y; CONSIDERANDO: Que por la presente actuación tramita la contratación de MAYOCHI, Pablo, DNI N° 37.247.995, CUIT N° 20-37247995-8, bajo la figura de locación de obra en el modo, forma y período que se detalla en el Anexo I de la presente; Que por el Decreto Nº 224/13 se estableció que la contratación, modificación, ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE; Que, en el artículo 2º del citado Decreto se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de pesos veinte mil ($20.000), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad presupuestaria; Que, en el artículo 6º del Decreto Nº 224/13, se fijó en sesenta (60) días corridos el plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de la prestación celebrada bajo el régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva resolución autorizante; Que la Resolución N° 1.727-MHGC/15, en su artículo 1°, eleva el monto mensual máximo de las contrataciones antes mencionadas, hasta la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000.-);

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Que por la Resolución Conjunta Nº 11-SECLYT/13 y su modificatoria Nº 10-SECLYT/14 se aprobó el procedimiento administrativo electrónico para las contrataciones de locación de servicios y de obra que deberán tramitar por Expediente Electrónico, mediante el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE; Que el Decreto N° 353/14 en su artículo 2° instruye a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al Ministerio de Hacienda a fin que adopten las medidas que resulten necesarias a efectos de implementar restricciones presupuestarias en diversas materias, entre ellas, la contratación bajo los regímenes de locación de obra y de servicios; Que el Decreto N° 386/15 prorrogó los términos del Decreto N° 353/14 desde el 01 de enero de 2016 hasta el 30 de Junio de 2016; Que el gasto que ocasiona el contrato que se detalla en el Anexo I de la presente Resolución, no excede los límites presupuestarios que se mencionan en el párrafo anterior para la repartición propiciante; Que, la persona a contratar no se encuentra inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 269 ni percibe ningún subsidio por razones de falta de empleo; Que, asimismo, la persona por la cual se propicia la contratación ha declarado bajo juramento que no se encuentra revistando en la Planta Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se halla vinculada con éste, por contrato alguno o en calidad de pasante o asistente técnico por convenio con alguna Universidad; Que, se han cumplimentado los requisitos y recaudos establecidos en la normativa precedentemente mencionada y se efectuó la afectación presupuestaria preventiva y definitiva del gasto que origina la contratación que se propicia, por la suma de PESOS CIENTO OCHO MIL, QUINIENTOS ($ 108.500.-), en la partida correspondiente al ejercicio presupuestario vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 224/13,

EL SUBSECRETARIO DE SISTEMAS Y PROCESOS RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase la contratación de MAYOCHI, Pablo, DNI N° 37.247.995, CUIT N° 20-37247995-8, para realizar tareas en la Dirección General Administración de Base de Datos e Ingeniería de Proyectos, dependiente de la Subsecretaría de Sistemas y Procesos, de ésta Jefatura de Gabinete de Ministros, bajo la modalidad de locación de obra, en el modo, monto y período que se detallan en el Anexo I (IF N° 15333019-DGTALMJG/16), de la presente. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente a lo mencionado en el artículo 1º de la presente. Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Cerdán

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 61

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 152/SSSYP/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: La Resolución Nº 29-SSSYP/16, el Expediente Nº 4910926-DGEADM/16 y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados, tramita la renuncia presentada por VERBAUWEDE, Adela Silvana, DNI N° 26.436.688, CUIT N° 27-26436688-2, al contrato de locación de servicios, autorizado por Resolución Nº 29-SSSYP/16, a partir del 01 de Junio del presente año; Que, por la mencionada Resolución, recaída en el Expediente Nº 4910926-DGEADM/16, se autorizó, entre otros, la contratación de VERBAUWEDE, Adela Silvana, DNI N° 26.436.688, CUIT N° 27-26436688-2, bajo la modalidad de locación de servicios para desempeñarse en la Dirección General Eficiencia Administrativa, dependiente de la Subsecretaría de Sistemas y Procesos, de esta Jefatura de Gabinete de Ministros, por el período comprendido entre el 01/01/2016 al 31/12/2016 Que no existen observaciones ni impedimentos, por lo que corresponde aceptar la renuncia presentada; Que, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo correspondiente; Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE SISTEMAS Y PROCESOS RESUELVE

Artículo 1º.- Acéptase, a partir del 01/06/2016 la renuncia presentada por VERBAUWEDE, Adela Silvana, DNI N° 26.436.688, CUIT N° 27-26436688-2, al contrato de locación de servicios autorizado por Resolución Nº 29-SSSYP/16. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Cerdán

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 62

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Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N.° 1729/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095, (texto consolidado según Ley N° 5.454), los Decretos Nro. Nº 1.145/09, 95/14 y 114/16, la Resolución Conjunta Nº 9-MHGC-MJGGC-SECLYT/11, las Resoluciones Nro. 596-MHGC/11 y 1.160-MHGC/11, las Disposiciones N° 302-DGCYC/13, 396-DGCYC/14 y 127-DGCYC/16, y el Expediente Electrónico Nº 6.477.274-MGEYA-DGCYC/2.016 y, CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita el Convenio Marco de Compras para la Adquisición de Material Deportivo y Didáctico, con destino a las Áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que el Convenio Marco de Compras es definido en el artículo 33 del Decreto reglamentario del Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires Nº 1.145/09 como "una modalidad de contratación electrónica mediante la cual se selecciona a uno o más proveedores para procurar el suministro directo de bienes y servicios a las Unidades Ejecutoras en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho convenio"; Que asimismo este proceso de selección de co-contratante para la celebración de Convenios Marco de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 9-MHGC-MJGGC-SECLYT/11; Que la presente Licitación Pública se ha realizado al amparo de lo establecido en el artículo 85 de la Ley N° 2.095, mediante el sistema electrónico de compras y contrataciones para el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado "Buenos Aires Compras (BAC)", cuya reglamentación fue aprobada por el Decreto N° 1.145/09; Que por Disposición Nº 396-DGCYC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios; Que por Disposición Nº 127-DGCYC/16, la Directora General de Compras y Contrataciones aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas y estableció el llamado a Licitación Publica Nº 623-0091-LPU16 para el día 22 de Marzo de 2.016 a las 14:00 horas, bajo la modalidad de Convenio Marco de Compras para la Adquisición de Material Deportivo y Didáctico, con destino a las Áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en los artículos 31 y 45 de la Ley Nº 2.095, cuya reglamentación se encuentra en el Artículo 44 bis del Decreto N° 95/14, y Decreto Nº 1145/09 y concordantes y la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, por un monto estimado de pesos Cinco Millones ($ 5.000.000,00).

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Que el llamado referido fue publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de dos (2) días, en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Portal Buenos Aires Compras. Asimismo, se notificó a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la Cámara Argentina de Comercio; Que conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas de fecha 22 de marzo de 2.016, se recibieron diez (10) ofertas de las firmas: SUPPLIER ARGENTINA S.A., A Y M D ESPOSITO S.R.L., OSVALDO S. A. C. E .I., YANINA KAREN CHODOS, ROBERTO OSCAR SCHVARZ, LUIS MARIANO RAGNO, ARTFUL S.A., PABLO DARIO RODRIGUEZ, MELENZANE S.A. y LICICOM S.R.L; Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que mediante Nota NO-2016-11495596-DGCYC la Dirección General de Compras y Contrataciones (DGCyC), le solicitó a la Dirección General Administración y Organización Deportiva (DGADMDEP) que se expida respecto de las Especificaciones Técnicas presentadas por las firmas oferentes, indicando si las mismas se ajustan a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones. Que habiendo verificado el cuadro original, mediante Nota NO-2016-12323366-DGADMDEP, la DGADMDEP informó para cada ítem de cada oferta, si el mismo cumple o no con las necesidades de las actividades deportivas y recreativas desarrolladas por la Subsecretaria de Deportes. Que es dable destacar, que como el archivo adjunto a la Nota precedentemente citada, contenía errores materiales involuntarios en su confección, la DGADMDEP procedió a emitir un nuevo informe técnico, el cual fuera girado a la DGCyC mediante Nota No-2016-12379364-DGADMDEP. Que mediante el Dictamen de Preadjudicación de Ofertas de fecha 1 de junio de 2.016, la Comisión Evaluadora de Ofertas aconsejó desestimar las ofertas de las firmas: SUPPLIER ARGENTINA S.A.: (Renglones Nro. 10, 31, 70 y 150) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A Y M D ESPOSITO S.R.L.: (Renglones Nro. 1, 3, 5, 6, 8, 9, 11 al 24, 26, 28, 32, 38 al 41, 44 al 46, 48 al 51, 56, 57, 59 al 61, 66, 71 al 78, 94 al 100, 112 al 125, 128, 130, 132, 137 al 140, 150 y 158) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. OSVALDO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL: (Renglones Nro. 18, 27, 29, 31, 36, 38, 41, 43, 44, 47 al 50, 53, 57, 58, 63, 65, 80 al 82, 112, 122, 126 al 128, 131, 132, 142, 159, 160, 169, 174 y 175) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y (Renglones Nro. 4 al 6, 25 al 26, 56, 75, 114, 165, 170 y 171) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas. YANINA KAREN CHODOS: (Renglón Nro. 1) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. LUIS MARIANO RAGNO : (Renglones Nro. 2, 3, 13, 16, 21 al 29, 32, 39, 40, 48, 52, 53, 58 al 60, 63, 64, 66, 69, 70, 80, 83 al 90, 92, 93, 95 al 97, 99, 110, 122 al 126, 128, 129, 131, 133, 137 al 140, 145, 147, 156, 157, 164 al 166, 170, 171 y 177) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y (Renglones Nro. 42 y 43) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas. ARTFUL S.A.: (Renglones Nro. 1, 10, y 131) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad

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Autónoma de Buenos Aires. PABLO DARIO RODRIGUEZ: (Renglón Nro. 1) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por no cumplimentar con los Requisitos Mínimos de Participación, Apartado II Requisitos Técnicos, Requisito Nro. 2. MELENZANE S.A.: (Renglones Nro. 1, 5, 6, 8, 10, 12 al 17, 20, 31, 37 al 39, 41 al 43, 45 al 47, 52 al 58, 62 al 65, 67, 68, 70, 72 al 77, 82, 84, 85, 91 al 94, 96 al 99, 109 al 111, 113 al 120, 130, 131, 134 al 136 y 141 al 144) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. LICICOM S.R.L.: (Renglones Nro. 8, 10 al 12, 15, 17, 18, 20, 28, 30, 32 al 34, 37, 38, 40, 41, 43, 44, 46, 54, 91 al 94, 98, 99, 105, 112 al 120, 126, 127, 131, 132, 151, 160, 170, 171 y 173 al 175) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y (Renglones Nro. 9, 53, 103, 108, 122, 128, 153 al 158, 163, 165, 168, 176 y 177) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas; Que el referido Dictamen aconseja adjudicar las ofertas de las firmas: SUPPLIER ARGENTINA S.A.: (Renglones 12, 131 y 165), A Y M D ESPOSITO S.R.L.: (Renglones Nro. 2, 4, 7, 10, 31, 42, 43, 52, 53, 58, 63 al 65, 68 al 70, 91 al 93, 131, 133 al 136, 141, 142, 148, 151, 165, 170, 171 y 176), OSVALDO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL: (Renglones Nro. 1 al 3, 7, 8, 10 al 14, 16, 17, 19 a 24, 28, 30, 32 al 35, 37, 39, 40, 42, 45, 46, 54, 59, 60, 61, 62, 64, 66, 68 al 73, 76, 77, 83 al 111, 113, 115 al 121, 130, 134 al 141, 143, 150, 151, 153 al 158, 161 al 164, 166, 168, 173, 176 y 177), ROBERTO OSCAR SCHVARZ : (Renglón Nro. 131), LUIS MARIANO RAGNO: (Renglones Nro. 1, 4 al 8, 10 al 12, 14, 15, 17 al 20, 30, 31, 33 al 38, 41, 44 al 47, 49, 50, 54 al 57, 61, 65, 67, 68, 71 al 77, 81, 82, 91, 94, 98, 100 al 109, 111 al 121, 127, 130, 132, 134 al 136, 141, 142, 144, 146, 153 a 155, 158 a 163, 167 al 169, 172 al 176), MELENZANE S.A.: (Renglones Nro. 2, 3, 4, 7, 9, 11, 18, 19, 21, 23 al 26, 40, 44, 48, 49, 51, 59, 60, 66, 69, 71, 78 a 81, 83, 87 al 90, 95, 100, 112, 122 al 126, 128, 129, 132, 133, 137 al 140 y 145 al 147), LICICOM S.R.L.: (Renglones Nro. 1, 7, 13, 14, 16, 19, 21 al 27, 29, 39, 42, 45, 48 al 50, 95 al 97, 100, 152, 159, 161, 162, 164, 166 y 169), Que la adjudicación aconsejada lo ha sido por ofertas más convenientes en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 110 de la Ley Nº 2095 cuya reglamentación se encuentra en el artículo 108 del Decreto Nº 95/14, en concordancia con el Artículo 28 de la Resolución Nº 1160-MHGC/11. Dicho Dictamen dejó constancia que fue emitido habiéndose superado el plazo previsto en el artículo 106 del Decreto Nº 95/14 reglamentario del art. 108 de la Ley Nº 2095, ello motivado en el tiempo que insumiera el análisis de la documentación y máxime considerando la solicitud de documentación complementaria; Que se considera desierto el Renglón Nro. 149; Que el acta emitida en consecuencia fue publicada en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar, comunicado a las firmas oferentes a través del Portal Buenos Aires Compras (BAC), publicado en la Página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad y publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley 2.095 cuya reglamentación se encuentra en el artículo 108 del Decreto Nº 95/14; Que los oferentes preadjudicados han dado cumplimiento a los aspectos formales y técnicos exigidos en los Pliegos licitatorios y se encuentran calificados para ingresar en el Convenio Marco considerado;

Que en esas condiciones, corresponde adjudicar este procedimiento de selección a los oferentes preadjudicados y citarlos a suscribir el Convenio Marco para que cada una de las Unidades Ejecutoras gestione la Adquisición de Material Deportivo y Didáctico, mediante la emisión de Órdenes de Compra, en la forma y condiciones establecidas en aquel.

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Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley Nº 2.095 y por el Anexo II del Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por el Decreto Nº 114/16,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 623-0091-LPU16 realizada bajo la modalidad especial de selección denominada Convenio Marco de Compras según lo previsto en el artículo 33 y concordantes del Anexo I del Decreto N° 1.145/09. Artículo 2º.- Adjudícase el Convenio Marco de Compras para la Adquisición de Material Deportivo y Didáctico con destino a las Áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC), a las firmas: SUPPLIER ARGENTINA S.A.: (Renglones Nro. 12, 131 y 165) en la suma de hasta pesos doscientos veinticinco mil setenta ($ 225.070,00). A Y M D ESPOSITO S.R.L.: (Renglones Nro. 2, 4, 7, 10, 31, 42, 43, 52, 53, 58, 63 al 65, 68 al 70, 91 al 93, 131, 133 al 136, 141, 142, 148, 151, 165, 170, 171 y 176) en la suma de hasta pesos novecientos treinta y cinco mil quinientos diecisiete ($ 935.517,00). OSVALDO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL: (Renglones Nro. 1 al 3, 7, 8, 10 al 14, 16, 17, 19 a 24, 28, 30, 32 al 35, 37, 39, 40, 42, 45, 46, 54, 59, 60, 61, 62, 64, 66, 68 al 73, 76, 77, 83 al 111, 113, 115 al 121, 130, 134 al 141, 143, 150, 151, 153 al 158, 161 al 164, 166, 168, 173, 176 y 177) en la suma de hasta pesos dos millones quinientos ochenta y seis mil quinientos treinta y ocho ($ 2.586.538,00).- ROBERTO OSCAR SCHVARZ: (Renglón Nro. 131) en la suma de hasta pesos ciento doce mil ochocientos ($ 112.800,00). LUIS MARIANO RAGNO: (Renglones Nro. 1, 4 al 8, 10 al 12, 14, 15, 17 al 20, 30, 31, 33 al 38, 41, 44 al 47, 49, 50, 54 al 57, 61, 65, 67, 68, 71 al 77, 81, 82, 91, 94, 98, 100 al 109, 111 al 121, 127, 130, 132, 134 al 136, 141, 142, 144, 146, 153 a 155, 158 al 163, 167 al 169, y 172 al 176) en la suma de hasta pesos dos millones ciento diecisiete mil seiscientos setenta y seis con 85/100 ($ 2.117.676,85).- MELENZANE S.A.: (Renglones Nro. 2, 3, 4, 7, 9, 11, 18, 19, 21, 23 al 26, 40, 44, 48, 49, 51, 59, 60, 66, 69, 71, 78 al 81, 83, 87 al 90, 95, 100, 112, 122 al 126, 128, 129, 132, 133, 137 al 140 y 145 al 147) en la suma de hasta pesos un millón trescientos siete mil ciento cincuenta y ocho con 47/100 ($ 1.307.158,47). LICICOM S.R.L.: (Renglones Nro. 1, 7, 13, 14, 16, 19, 21 al 27, 29, 39, 42, 45, 48 al 50, 95 al 97, 100, 152, 159, 161, 162, 164, 166 y 169) en la suma de hasta pesos ochocientos noventa y dos mil cincuenta y nueve con 53/100 ($ 892,059,53).por las cantidades y precios que constan en el Anexo I (IF 15260521/MHGC/16). Artículo 3º.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas: SUPPLIER ARGENTINA S.A.: (Renglones Nro. 10, 31, 70 y 150) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A Y M D ESPOSITO S.R.L.: (Renglones Nro. 1, 3, 5, 6, 8, 9, 11 al 24, 26, 28, 32, 38 al 41, 44 al 46, 48 al 51, 56, 57, 59 al 61, 66, 71 al 78, 94 al 100, 112 al 125, 128, 130,

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132, 137 al 140, 150 y 158) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. OSVALDO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL: (Renglones Nro. 18, 27, 29, 31, 36, 38, 41, 43, 44, 47 al 50, 53, 57, 58, 63, 65, 80 al 82, 112, 122, 126 al 128, 131, 132, 142, 159, 160, 169, 174 y 175) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y (Renglones Nro. 4 al 6, 25 al 26, 56, 75, 114, 165, 170 y 171) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas. YANINA KAREN CHODOS: (Renglón Nro. 1) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. LUIS MARIANO RAGNO : (Renglones Nro. 2, 3, 13, 16, 21 al 29, 32, 39, 40, 48, 52, 53, 58 al 60, 63, 64, 66, 69, 70, 80, 83 al 90, 92, 93, 95 al 97, 99, 110, 122 al 126, 128, 129, 131, 133, 137 al 140, 145, 147, 156, 157, 164 al 166, 170, 171 y 177) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y (Renglones Nro. 42 y 43) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas. ARTFUL S.A.: (Renglones Nro. 1, 10, y 131) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. PABLO DARIO RODRIGUEZ: (Renglón Nro. 1) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por no cumplimentar con los Requisitos Mínimos de Participación, Apartado II Requisitos Técnicos, Requisito Nro. 2. MELENZANE S.A.: (Renglones Nro. 1, 5, 6, 8, 10, 12 al 17, 20, 31, 37 al 39, 41 al 43, 45 al 47, 52 al 58, 62 al 65, 67, 68, 70, 72 al 77, 82, 84, 85, 91 al 94, 96 al 99, 109 al 111, 113 al 120, 130, 131, 134 al 136 y 141 al 144) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. LICICOM S.R.L.: (Renglones Nro. 8, 10 al 12, 15, 17, 18, 20, 28, 30, 32 al 34, 37, 38, 40, 41, 43, 44, 46, 54, 91 al 94, 98, 99, 105, 112 al 120, 126, 127, 131, 132, 151, 160, 170, 171 y 173 al 175) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y (Renglones Nro. 9, 53, 103, 108, 122, 128, 153 al 158, 163, 165, 168, 176 y 177) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas; Artículo 4°.- Declárase desierto el Renglón Nro. 149. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente contratación se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del ejercicio en vigor. Artículo 6º.- Cítase a las empresas a suscribir el Convenio Marco de Compras por ante la Dirección General de Compras y Contrataciones dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la presente Resolución. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar, en un todo de acuerdo a lo previsto en el artículo 27 del Anexo I del Decreto Nº 1145/09, en la página Web del Gobierno de Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notifíquese fehacientemente a cada uno de los oferentes de acuerdo a lo previsto en el artículo 26 del Anexo I del Decreto Nº 1145/09 . Artículo 8º.- Autorícese en Buenos Aires Compras y remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Mura

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ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 1730/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), los Decretos Nro. Nº 1.145/09, 95/14 y 114/16, la Resolución Conjunta Nº 9-MHGC-MJGGC-SECLYT/11, las Resoluciones Nro. N° 596- MHGC/11 y 1.160-MHGC/11, las Disposiciones N° 302-DGCYC/13, 396-DGCYC/14 y 181-DGCYC/16, y el Expediente Electrónico Nº 9.454.998-MGEYA-DGCYC/2.016 y, CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita el Convenio Marco de Compras para la Contratación del Servicio de Mantenimiento, Control, Recarga de Extintores y Provisión de Elementos necesarios para utilización de los Extintores, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que el Convenio Marco de Compras es definido en el artículo 33 del Decreto reglamentario del Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires Nº 1.145/09 como "una modalidad de contratación electrónica mediante la cual se selecciona a uno o más proveedores para procurar el suministro directo de bienes y servicios a las Unidades Ejecutoras en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho convenio"; Que asimismo este proceso de selección de co-contratante para la celebración de Convenios Marco de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 9-MHGC-MJGGC-SECLYT/11; Que la presente Licitación Pública se ha realizado al amparo de lo establecido en el artículo 85 de la Ley N° 2.095, mediante el sistema electrónico de compras y contrataciones para el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado "Buenos Aires Compras (BAC)", cuya reglamentación fue aprobada por el Decreto N° 1.145/09; Que por Disposición Nº 396-DGCYC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios; Que por Disposición Nº 181-DGCYC/16, la Directora General de Compras y Contrataciones, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas y estableció el llamado a Licitación Pública Nº 623-0294-LPU16 para el día 15 de Abril de 2.016 a las 14:00 horas, bajo la modalidad de Convenio Marco de Compras para la Contratación del Servicio de Mantenimiento, Control, Recarga de Extintores y Provisión de Elementos necesarios para la utilización de los Extintores, al amparo de lo establecido en los artículos 31 y 45 de la Ley Nº 2.095, los Decretos N° 95/14 y Nº 1145/09 y concordantes y la Resolución Conjunta Nº 9-MHGC-MJGGC-SECLYT/11,

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por un monto estimado de Pesos Seis Millones Ochocientos Noventa y Nueve Mil Cuatrocientos Veintiuno ($ 6.899.421.-); Que el referido llamado fue publicado en el Boletín Oficial por el término de dos (2) días, en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Portal Buenos Aires Compras. Asimismo, se notificó a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la Cámara Argentina de Comercio; Que conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas de fecha 15 de Abril de 2.016, se recibieron cinco (5) ofertas de las firmas: ALBERTO FORTUNATO SRL, Magno Leonardo RIOS, MATAFUEGOS DONNY SRL, AJYB SRL y FUEGOTECNIC SRL; Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Ofertas que ordena la reglamentación; Que mediante el Dictamen de Preadjudicación de Ofertas de fecha 3 de Junio de 2.016, la Comisión Evaluadora de Ofertas, aconseja desestimar las ofertas presentadas por las firmas: ALBERTO FORTUNATO S.R.L. (Renglones Nro. 11, 14, 16, 24 y 34), por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y (Renglón Nro. 40) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas; MAGNO LEONARDO RIOS (Renglones Nro. 1, 4, 5 (alternativa), 9, 10 (alternativa), 15 (alternativa), 16, 17, 19, 20 (alternativa), 22, 25 (alternativa), 30 (alternativa), 34, 35 (alternativa), 36, 39 y 40 (alternativa)) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (Renglones Nro. 18 y 41) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas y por no haber presentado Garantía de mantenimiento de ofertas de acuerdo a lo establecido en el Requisito Administrativo Nº 8, en concordancia con el Artículo 17.1 inciso a) del Pliego de Bases Condiciones Generales y el Artículo 18 del Anexo I del Decreto Nº 1.145/09; MATAFUEGOS DONNY S.R.L. (Renglones Nro. 2 al 5, 7 al 10, 12 al 15, 17 al 20, 23 al 30, 32 al 35, 37 al 41, 44 al 50, 54 y 55) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; AJYB S.R.L. (Renglones Nro. 5, 9, 10, 12 al 15, 19, 20, 27 al 30, 39, 42 y 43) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y (Renglones Nro. 52 al 57) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas; FUEGOTECNIC S.R.L. (Renglones Nro. 5, 10, 15 al 17, 20, 25, 30, 35, 42, 43, 52 y 53) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y (Renglones Nro. 18, 19, 22 y 29) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas; Que el referido Dictamen de Evaluación de Ofertas aconseja adjudicar a las firmas: ALBERTO FORTUNATO S.R.L. (Renglones Nro. 4, 5, 9, 10, 12, 13, 15, 17 al 20, 23, 25 al 33, 35 y 39); MATAFUEGOS DONNY S.R.L. (Renglones Nro. 1, 6, 11, 16, 21, 22, 31, 36, 42, 43, 51 al 53, 56 y 57); AJYB S.R.L. (Renglones Nro. 4, 16 al 18, 23, 24, 34, 44 al 48 y 50); FUEGOTECNIC S.R.L. (Renglones Nro. 1 al 4, 6 al 9, 11 al 14, 21, 23, 24, 26 al 28, 31 al 34, 36 al 41, 44 al 51 y 54 al 57), por ofertas más convenientes en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 110 de la Ley Nº 2095 cuya reglamentación se encuentra en el artículo 108 del Decreto Nº 95/14, en concordancia con el Artículo 28 de la Resolución Nº 1160-MHGC/11; Que, el Dictamen mencionado ut supra fue emitido habiéndose superado el plazo previsto en el artículo 108 de la Ley Nº 2095 cuya reglamentación se encuentra en el artículo 106 del Decreto Nº 95/14, teniendo en cuenta el tiempo que insumiera el

análisis de la documentación, máxime considerando la solicitud de documentación complementaria;

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Que el acta emitida en consecuencia fue publicada en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar, comunicado a las firmas oferentes a través del Portal Buenos Aires Compras (BAC), publicado en la Página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley N° 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 95/14; Que vencido el plazo para formular impugnaciones no fue recibida ninguna presentación en tal sentido; Que los oferentes preadjudicados han dado cumplimiento a los aspectos formales y técnicos exigidos en los Pliegos licitatorios y se encuentran calificados para ingresar en el Convenio Marco considerado; Que en esas condiciones, corresponde adjudicar este procedimiento de selección a los oferentes preadjudicados y citarlos a suscribir el Convenio Marco para que cada una de las Unidades Ejecutoras gestione la Contratación del Servicio de Mantenimiento, Control, Recarga de Extintores y Provisión de Elementos necesarios para la utilización de los Extintores, mediante la emisión de Órdenes de Compra, en la forma y condiciones establecidas en aquel; Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley Nº 2.095 y por el Anexo II del Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por el Decreto Nº 114/16,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 623-0294-LPU16 realizada bajo la modalidad especial de selección denominada Convenio Marco de Compras según lo previsto en el artículo 33 y concordantes del Anexo I del Decreto N° 1.145/09. Artículo 2º.- Adjudícase el Convenio Marco de Compras para la Contratación del Servicio de Mantenimiento, Control, Recarga de Extintores y Provisión de Elementos necesarios para utilización de los Extintores de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC), a las firmas: ALBERTO FORTUNATO S.R.L. (Renglones Nro. 4, 5, 9, 10, 12, 13, 15, 17 al 20, 23, 25 al 33, 35 y 39) por la suma total de hasta PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS SEIS MIL CIEN ($ 1.406.100,00); MATAFUEGOS DONNY S.R.L. (Renglones Nro. 1, 6, 11, 16, 21, 22, 31, 36, 42, 43, 51 al 53, 56 y 57) por la suma total de hasta PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA MIL VEINTICUATRO CON 20/100 ($ 1.270.024,20); AJYB S.R.L. (Renglones Nro. 4, 16 al 18, 23, 24, 34, 44 al 48 y 50) por la suma total de hasta PESOS UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 40/100 ($ 1.158.857,40); FUEGOTECNIC S.R.L. (Renglones Nro. 1 al 4, 6 al 9, 11 al 14, 21, 23, 24, 26 al 28, 31 al 34, 36 al 41, 44 al 51 y 54 al 57) por la suma total de hasta PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 2.868.995,00), por las cantidades y precios que constan en el Anexo I (IF15260668-MHCG-2.016). Artículo 3º.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas ALBERTO FORTUNATO S.R.L. (Renglones Nro. 11, 14, 16, 24 y 34), por considerar el precio

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cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y (Renglón Nro. 40) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas; MAGNO LEONARDO RIOS (Renglones Nro. 1, 4, 5 (alternativa), 9, 10 (alternativa), 15 (alternativa), 16, 17, 19, 20 (alternativa), 22, 25 (alternativa), 30 (alternativa), 34, 35 (alternativa), 36, 39 y 40 (alternativa)) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (Renglones Nro. 18 y 41) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas y por no haber presentado Garantía de mantenimiento de ofertas de acuerdo a lo establecido en el Requisito Administrativo Nº 8, en concordancia con el Artículo 17.1 inciso a) del Pliego de Bases Condiciones Generales y el Artículo 18 del Anexo I del Decreto Nº 1.145/09; MATAFUEGOS DONNY S.R.L. (Renglones Nro. 2 al 5, 7 al 10, 12 al 15, 17 al 20, 23 al 30, 32 al 35, 37 al 41, 44 al 50, 54 y 55) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; AJYB S.R.L. (Renglones Nro. 5, 9, 10, 12 al 15, 19, 20, 27 al 30, 39, 42 y 43) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y (Renglones Nro. 52 al 57) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas; FUEGOTECNIC S.R.L. (Renglones Nro. 5, 10, 15 al 17, 20, 25, 30, 35, 42, 43, 52 y 53) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y (Renglones Nro. 18, 19, 22 y 29) por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas. Artículo 4°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del ejercicio en vigor. Artículo 5°.- Cítanse a las empresas a suscribir el Convenio Marco de Compras por ante la Dirección General de Compras y Contrataciones dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la presente Resolución. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar, en un todo de acuerdo a lo previsto en el artículo 27 del Anexo I del Decreto Nº 1145/09, y notifíquese fehacientemente a cada uno de los oferentes de acuerdo a lo previsto en el artículo 26 del Anexo I del Decreto Nº 1145/09. Artículo 7º.- Autorícese en Buenos Aires Compras y remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Mura

RESOLUCIÓN N.° 1732/MHGC/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 5.460, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 363/15 y 306/16, las Resoluciones Nº 140/MMGC/2013 y 615/SSGRH/2016, el Expediente Electrónico Nº 10930012-MGEYA-SSSYP-2016, y

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ANEXO

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Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 363/15 fue aprobada la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 5° del citado decreto establece que los cargos del Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de dicho decreto, es decir, hasta tanto realice las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios producidos por la Ley N° 5.460 y el Decreto N° 363/15; Que por Decreto N° 306/16 se modificó la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando en consecuencia parcialmente modificado el Decreto Nº 363/15; Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/2011 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que la agente Sandra Negre, DNI Nº 25.987.506, CUIL Nº 23-25987506-4, fue designada como titular por concurso de la Gerencia Operativa Gestión Documental, de la entonces Dirección General Modernización Administrativa, de la Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización, del Ex Ministerio de Modernización mediante la Resolución Nº 140/MMGC/2013, y le fue otorgada mediante Resolución Nº 615/SSGRH/2016 la licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía en los términos del artículo 16, inc. k) de la Ley Nº 471; Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros propicia la designación de la Sra. Bettina Fernanda Sobrino, DNI Nº 25.433.072, CUIL Nº 27-25433072-3, como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Diseño y Planificación Documental, de la Dirección General Eficiencia Administrativa, dependiente de la Subsecretaría Sistemas y Procesos, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es propuesta; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el actuado referido en el anterior considerando, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad de la agente propuesta para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460,

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Artículo 1°.- Desígnase a partir del 05 de mayo de 2016, con carácter transitorio, a la agente Bettina Fernanda Sobrino, DNI Nº 25.433.072, CUIL Nº 27-25433072-3, como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Diseño y Planificación Documental, de la Dirección General Eficiencia Administrativa, dependiente de la Subsecretaría Sistemas y Procesos, de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Eficiencia Administrativa, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, debiendo esta última notificar fehacientemente a la interesada y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura

RESOLUCIÓN N.° 1733/MHGC/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 5.460, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 363/15 y 299/16, el Expediente Electrónico N° 13193471-MGEYA-DGEART-2016, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Decreto N° 363/15 fue aprobada la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 5° del citado decreto establece que los cargos del Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de dicho decreto, es decir, hasta tanto realice las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios producidos por la Ley N° 5.460 y los Decretos N° 363/15 y modificatorios; Que por Decreto N° 299/16 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Cultura, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando en consecuencia parcialmente modificado el Decreto Nº 363/15; Que por el Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos gerenciales, su duración y el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos;

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EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

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Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, el Ministerio de Cultura propicia la designación del Sr. Gonzalo Sebastián La Cava, DNI Nº 29.656.755, CUIL Nº 20-29656755-9, como Subgerente Operativo Relaciones Institucionales, de la Dirección General Enseñanza Artística, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es propuesta; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el actuado, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad de la agente propuesta para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471;

Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnase a partir del 01 de junio de 2016, con carácter transitorio, al agente Gonzalo Sebastián La Cava, DNI Nº 29.656.755, CUIL Nº 20-29656755-9, como Subgerente Operativo Relaciones Institucionales, de la Dirección General Enseñanza Artística, dependiente de la Subsecretaría de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias, del Ministerio de Cultura. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Enseñanza Artística, del Ministerio de Cultura, debiendo esta última notificar fehacientemente al interesado y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura

RESOLUCIÓN N.° 1735/MHGC/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos Nros. 78/14, 363/15 y modificatorios, la Resolución N° 1082/MHGC/16, y el Expediente Electrónico N° 8348676-MGEYA-SSHI-2016, CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Nº 78/14 se modificó la estructura orgánico funcional del entonces Ministerio de Desarrollo Económico, contemplándose la Gerencia Operativa Diseño Urbano Inclusivo dependiente de la Dirección General Hábitat;

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Que por Decreto N° 363/15 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, estableciéndose que los cargos del Régimen Gerencial existentes a la fecha fijada en su artículo 1º permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada Jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º del presente Decreto; Que por Resolución N° 1082/MHGC/16 se designó a la Sra. Victoria Palleiro, DNI N° 33.220.799, CUIL N ° 27-33220799-2, como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa de Diseño Universal de la Dirección Hábitat, dependiente de la Subsecretaría Hábitat e Inclusión del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano; Que en tal sentido, resulta necesario modificar parcialmente el Anexo I de la citada Resolución, en relación a la denominación de la Gerencia Operativa mencionada. Por ello, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 17 de la Ley 5.460,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE:

Art. 1°- Modifíquese parcialmente el Anexo I de la Resolución N° 1082/MHGC/16, dejándose establecido que la designación de la Sra. Victoria Palleiro, DNI N° 33.220.799, CUIL N° 27-33220799-2 lo es como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Diseño Urbano Inclusivo, a partir del 01 de febrero de 2016, reteniendo sin percepción de haberes la partida 2110.0000.H.00 de Planta Transitoria. Art. 2° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano debiendo esta última notificar fehacientemente a la interesada. Cumplido, archívese. Mura

RESOLUCIÓN N.° 1736/MHGC/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 5.460, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 363/15 y 306/16, las Resoluciones Nros. 611/MMGC/2015 y 854/SSGRH/2016, y el Expediente Electrónico Nº 13495646-MGEYA-SSSYP- 2016, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 363/15 fue aprobada la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Que el artículo 5° del citado Decreto establece que los cargos del Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de dicho Decreto, es decir, hasta tanto realice las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios producidos por la Ley N° 5.460 y el Decreto N° 363/15; Que por Decreto N° 306/16 se aprobó la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto Nº 363/15; Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/2011 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que el agente Santiago Ignacio Perciavalle Giudici, DNI Nº 26.880.659, CUIL Nº 20-26880659-9 fue designado como titular por concurso de la Gerencia Operativa Ingeniería de Procesos, de la entonces Dirección General de Ingeniería de Proyectos, de la Ex Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización, del Ex Ministerio de Modernización mediante la Resolución Nº 611/MMGC/2015, y le fue otorgada mediante Resolución Nº 854/SSGRH/2016 la licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía en los términos del artículo 16, inc. k) de la Ley Nº 471; Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición el

Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros propicia la designación del Sr. Rodrigo María De Salas, DNI Nº 20.440.514, CUIL Nº 20-20440514-0, como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Mantenimiento de Procesos, de la Dirección General Administración de Bases de Datos e Ingeniería de Proyectos, dependiente de la Subsecretaría Sistemas y Procesos, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es propuesto; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el actuado referido en el anterior considerando, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad del agente propuesto para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460,

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 76

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Artículo 1°.- Desígnase a partir del 06 de mayo de 2016, con carácter transitorio, al agente Rodrigo María De Salas, DNI Nº 20.440.514, CUIL Nº 20-20440514-0, como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Mantenimiento de Procesos, de la Dirección General Administración de Bases de Datos e Ingeniería de Proyectos, de Jefatura de Gabinete de Ministros. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Bases de Datos e Ingeniería de Proyectos, dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros, debiendo esta última notificar fehacientemente al interesado y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 77

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

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Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.° 386/MJYSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos Nros. 638/GCABA/07 y 363/GCABA/15 y sus modificatorios, la Resolución Nro. 698/MHGC/08 y sus modificatorias, el Expediente Electrónico Nro.13649213-MGEYA-SECS-16, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Nº 638/GCABA/07, se delega en los/as señores/as Ministros/as la facultad de efectuar las designaciones del personal de planta de gabinete correspondiente a su jurisdicción; Que por Decreto Nº 363/GCABA/15, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificada por Decreto Nº 121/GCABA/16; Que entre otras medidas, el artículo 7 del Decreto Nº 363/GCABA/15 y sus modificatorios, instituye a partir del 10 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo; Que mediante IF-2016-13669972-SECS, se ha propiciado la designación de la señora María Florencia PAVESE, CUIL Nº 27-34022047-7, como Personal de Planta de Gabinete de la Subsecretaría de Vinculación Ciudadana con la Seguridad, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad, con una asignación mensual de 3.650 Unidades Retributivas, a partir del 1º de abril de 2016; Que en las presentes actuaciones, obra la documentación y certificaciones de compatibilidad de la señora María Florencia PAVESE, CUIL Nº 27-34022047-7, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Nº 698/MHGC/08 y sus modificatorias; Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que permita la designación propiciada; Que ha tomado intervención la Gerencia Operativa de Legales de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1 del Decreto N° 638/GCABA/07,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Dase por designada a partir del 1º de abril de 2016, a la señora María Florencia PAVESE, CUIL Nº 27-34022047-7, como Personal de la Planta de Gabinete de la Subsecretaría de Vinculación Ciudadana con la Seguridad dependiente de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad, con una asignación mensual de 3.650 Unidades Retributivas, en las condiciones establecidas por el artículo 7 del Decreto Nº 363/GCABA/15 y sus modificatorios. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 78

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para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Vinculación Ciudadana con la Seguridad dependiente de la Secretaría de Seguridad, a fin de que notifique a la señora María Florencia PAVESE, CUIL Nº 27-34022047-7, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido archívese. Ocampo

RESOLUCIÓN N.° 387/MJYSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos Nros. 638/GCABA/07 y 363/GCABA/15 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 698/MHGC/08 y sus modificatorias, el Expediente Electrónico Nº 2016-12223252/MGEYA-DGPEYCB, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N° 638/GCABA/07, se delega en los/as señores/as Ministros/as la facultad de efectuar las designaciones del personal de planta de gabinete correspondiente a su jurisdicción; Que por Decreto Nº 363/GCABA/15, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificada por Decreto Nº 121/GCABA/16; Que entre otras medidas, el artículo 7 del Decreto Nº 363/GCABA/15 y sus modificatorios, instituye a partir del 10 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo; Que se ha propiciado la designación del señor Omar PIZZELLA, CUIL N° 23-14495056-9, como personal de Planta de Gabinete de la Dirección General Planeamiento de Emergencias y Coordinación de Bomberos, dependiente de la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, con una asignación mensual de 4.800 unidades retributivas a partir del 1 de Mayo de 2016; Que en las actuaciones citadas en el Visto, obra la documentación y certificaciones de compatibilidad del señor Omar PIZZELLA, CUIL N° 23-14495056-9, de acuerdo a lo dispuesto por Resolución N° 698/MHGC/08 y sus modificatorias; Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Que ha tomado intervención la Gerencia Operativa de Legales de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1 del Decreto N° 638/GCABA/07,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 79

Artículo 1.- Dase por designado partir del 1 de mayo de 2016, al señor Omar PIZZELLA, CUIL N° 23-14495056-9, como Personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General Planeamiento de Emergencia y Coordinación de Bomberos

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dependiente de la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, con una asignación mensual de 4.800 Unidades Retributivas, en las condiciones establecidas por el artículo 7 del Decreto Nº 363/GCABA/15 y sus modificatorios. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Planeamiento de

Emergencias y Coordinación de Bomberos, a fin de que notifique al Señor Omar PIZZELLA y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido archívese. Ocampo

RESOLUCIÓN N.° 236/SSJUS/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: El Decreto Nº 224/13, reglamentado por Resolución Nº 11/SECLYT/13, y sus modificatorias, las Resoluciones N° 130/SSJUS/16, N° 134/SSJUS/16, N° 148/SSJUS/16 y Expedientes Nº 14015104/16, N° 14022338/16 N° 14254792/16, N° 14255082/16, N° 14024374/16, N° 14024890/16, y N° 14025121/16 y CONSIDERANDO: Que, por las Resoluciones Nº 130/SSJUS/16, , N° 134/SSJUS/16, N° 148/SSJUS/16, se autorizó la contratación de diversas personas, bajo la modalidad de locación de servicios, para desempeñarse en la Subsecretaria de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, por el período comprendido entre el 01/02/2016 y el 31/12/2016; Que, por el Expediente citado en el Visto, la Subsecretaria de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad solicita se disponga un incremento en el monto originario de los honorarios fijados en el contrato de locación de servicios de la persona que se indica en el Anexo I, que se adjunta a la presente, a partir del 01/05/2016 hasta el 31/12/2016; Que, a efectos de dar cumplimiento a lo expresado precedentemente, corresponde modificar parcialmente la mencionada resolución, estableciendo los nuevos montos de honorarios mensuales, mediante la suscripción de una Cláusula Adicional al respectivo contrato. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 80

Artículo 1.- Modifíquese parcialmente el Anexo I de las Resoluciones Nº 130/SSJUS/16, N° 134/SSJUS/16, y N° 148/SSJUS/16 respecto de los honorarios fijados en los contratos de locación de servicios de varias personas, en el modo y forma que se detalla en el IF Nº 14948122-SSJUS-2016, que forma parte integrante de la presente.

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Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto en vigor. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Comuníquese a los interesados. Cumplido, archívese. Enríquez

RESOLUCIÓN N.° 237/SSJUS/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario Nº 1.624/00, la Ley Nº 5.460, los Decretos Nº 363/15 y 75/16, y el expediente N° 13301229/16, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el visto, el escribano Alfonso Gutiérrez Zaldívar, titular del Registro Notarial Nº 776, solicita, a fojas 1, que se designe como adscripta a su registro a la escribana Ana Laura Salgueiro, quien presta su conformidad con dicha propuesta; Que se encuentra acreditado que el escribano titular cumple con el requisito de antigüedad establecido en el artículo 46, incisos a) y b), de la Ley Nº 404 y el artículo 22 del Decreto reglamentario Nº 1624/00, y que, conforme surge de las constancias obrantes en autos, se ha efectuado la inspección de protocolo correspondiente al Registro Notarial Nº 776, tal como estipula el art. 13 del Decreto Nº 1624/00, obteniendo resultado favorable; Que la escribana Ana Laura Salgueiro ha obtenido un puntaje de 7 (siete) puntos en la prueba escrita y de 6 (seis) puntos en la prueba oral de la Evaluación de Idoneidad para acceder a la adscripción de registros notariales, cumpliendo, por ende, con lo dispuesto en el artículo 46, inciso c), de la ley citada; Que se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso y que no se han encontrado objeciones que formular a lo solicitado; Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 81

ANEXO

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Que la Ley Nº 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley; Que por la Ley 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto Nº 363/15, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso que, dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia, se encuentra la de "Administrar y supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los Registros Notariales"; Que atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente resolución, por la que se haga lugar a la propuesta del escribano Alfonso Gutiérrez Zaldívar y se adscriba al Registro Notarial Nº 837, a la escribana Ana Laura Salgueiro.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 363/15 y Nº 75/16,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1º.- Desígnase a la escribana Ana Laura Salgueiro, D.N.I Nº 34.547.817, matrícula Nº 5582, como adscripta al Registro Notarial Nº 776. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad, y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente a los interesados y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Enríquez

RESOLUCIÓN N.° 238/SSJUS/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario Nº 1.624/00, la Ley Nº 5.460, los Decretos Nº 363/15 y 75/16, y el expediente N° 12595160/16, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el visto, la escribana Mónica Graciela Tovagliaro de Russo, titular del Registro Notarial Nº 760, solicita, a fojas 1, que se designe como adscripta a su registro a la escribana Josefina María Vergagni, quien presta su conformidad con dicha propuesta; Que se encuentra acreditado que la escribana titular cumple con el requisito de antigüedad establecido en el artículo 46, incisos a) y b), de la Ley Nº 404 y el artículo 22 del Decreto reglamentario Nº 1624/00, y que, conforme surge de las constancias obrantes en autos, se ha efectuado la inspección de protocolo correspondiente al Registro Notarial Nº 760, tal como estipula el art. 13 del Decreto Nº 1624/00, obteniendo resultado favorable;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 82

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Que la escribana Josefina María Vergagni ha obtenido un puntaje de 5 (cinco) puntos en la prueba escrita y de 6 (seis) puntos en la prueba oral de la Evaluación de Idoneidad para acceder a la adscripción de registros notariales, cumpliendo, por ende, con lo dispuesto en el artículo 46, inciso c), de la ley citada; Que se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso y que no se han encontrado objeciones que formular a lo solicitado; Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución; Que la Ley Nº 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley; Que por la Ley 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto Nº 363/15, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso que, dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia, se encuentra la de "Administrar y supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los Registros Notariales"; Que atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente resolución, por la que se haga lugar a la propuesta de la escribana Mónica Graciela Tovagliaro de Russo y se adscriba al Registro Notarial Nº 1987 a la escribana Josefina María Vergagni.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 363/15 y Nº 75/16,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1º.- Desígnase a la escribana Josefina María Vergagni, D.N.I Nº 34.439.781, matrícula Nº 5558, como adscripta al Registro Notarial Nº 760. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad, y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente a los interesados y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Enríquez

RESOLUCIÓN N.° 240/SSJUS/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: El Decreto N° 224/GCBA/13,reglamentado por Resolución N° 11/SECLYT/13 y su modificatoria, y los Expedientes, N°11739158/16, N°11737960/16, N°11736521/16, N°11738456/16, N°11737296/16 y N°11738843/16 y

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 83

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Que, por las mencionadas actuaciones se solicita la contratación de diversas personas, para prestar servicios en la Dirección General Electoral, dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad por el período comprendido entre el 15/04/16 y el 31/12/16; Que, el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto Nº 224/GCABA/13 y sus modificatorios, reglamentado por Resolución N° 11/SECLYT/13 y su modificatoria, por los cuales se establece el régimen para la contratación de personas físicas bajo la modalidad de locación de servicios y de obra; Que, atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1.- Autorízase la contratación de diversas personas para prestar servicios en la Subsecretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, en el modo y forma que se detalla en el IF N° 2016-14958339-SSJUS, que forma parte integrante de la presente. Artículo 2.- Autorizase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales, en una Orden de Pago. Artículo 3.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Electoral y a la Dirección General de Contaduría, notifíquese a los interesados. Cumplido, archívese. Enríquez

RESOLUCIÓN N.° 241/SSJUS/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 614; el Decreto Nº 556/10 y su modificatorio el Decreto Nº 752/10; el Convenio de Cooperación Nº 8/05; el Expediente Nº EX-2014-9036830-MGEYA-SSJUS, el EX- 2016-14773672 -MGEYA-SSJUS, y CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 614 se aprobó el Convenio de Cooperación Nº 4/01, suscripto entre el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de fecha 20 de febrero de 2001;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 84

ANEXO

CONSIDERANDO:

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Que, con fecha 26 de abril de 2005 el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribieron el Convenio Complementario de Cooperación, Convenio Nº 8/05, a efectos de la creación y posterior puesta en funcionamiento de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual y Prostitución Infantil que se cometan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, con fecha 29 de diciembre de 2008 el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscribieron la Prórroga del Acuerdo Complementario de Cooperación identificado como Convenio Nº 8/05, el cual estableció en su cláusula SEGUNDA que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tendría a su cargo la infraestructura edilicia, el mobiliario, el equipamiento informático, las líneas telefónicas y los servicios básicos para el normal funcionamiento de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual y Prostitución Infantil; Que, por Expediente Nº EX-2014-9036830-MGEYA-SSJUS tramita el alquiler del inmueble sito en Lavalle 658/662/666, donde funciona la sede de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual y Prostitución Infantil; Que, con fecha 01 de septiembre de 2010 se ha suscripto el Contrato de Locación Administrativa, registrado en la Escribanía General bajo el Nº 6684 (02/09/2010); Que, dicho Contrato, en su cláusula SÉPTIMA establece que el locatario deberá tomar a su cargo el pago de todo servicio, como ser luz, gas, teléfono y expensas ordinarias, a partir de la entrada en vigencia de dicho contrato y hasta la fecha de entrega del inmueble; Que, con fecha 29 de marzo de 2011 se ha suscripto una Adenda al Contrato de Locación Administrativa bajo el Nº 8227 (04/04/2011); Que, la mencionada Adenda, en su cláusula PRIMERA establece que el LOCATARIO deberá depositar el monto de las expensas liquidadas mensualmente en la misma cuenta en donde es depositado el precio del alquiler, quedando a cargo del LOCADOR el pago de las mismas al Consorcio de Propietarios, una vez acreditado dicho pago en cuenta antes mencionada, y que dicha operatoria se implementará a partir de las expensas liquidadas por el mes de febrero de 2011 y hasta la finalización del contrato de locación;

Que, con fecha 29 de Octubre de 2013 se ha suscripto la Clausula Adicional de Prórroga del Contrato de Locación Administrativa en la Escribanía General de ésta Ciudad registrado bajo el Nº 14475 (04/11/2013); Que, con fecha 9 de enero de 2015 se ha suscripto una Addenda a la Cláusula Adicional de Prórroga del Contrato de Locación Administrativa bajo el Nº 16833 (04/02/2015); Que, en el Expediente EX-2016-14773672-MGEYA-SSJUS, obra la liquidación de expensas de Mayo 2016; Que, el artículo 1º inciso d) del Decreto Nº 556/10, modificado por el Decreto Nº 752/10, faculta a los funcionarios, según un cuadro de competencias, a aprobar gastos de imprescindible necesidad los cuales justificadamente no pudieran ser gestionados a través de compras y contrataciones del Estado o mediante la respectiva Caja Chica; Que, en virtud del cuadro de competencias establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 752/10, la presente es la aprobación de las expensas correspondientes al mes de Mayo 2016 por un monto total de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($4.250,00); Que se ha efectuado la reserva presupuestaria con cargo al presupuesto en vigencia;

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Que, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en concepto de expensas ordinarias del mes de Mayo 2016 del inmueble sito en la calle Lavalle 658/662/666 de esta ciudad, unidades funcionales 362 y 369 ubicadas en el piso octavo y unidades funcionales 401 y 402 ubicadas en el piso décimo, por un monto de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($4.250,00) Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 752/10,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébase el gasto correspondiente a expensas ordinarias del inmueble sito en la calle Lavalle 658/662/666 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, unidades funcionales Nº 362 y 369 ubicadas en el piso octavo y unidades funcionales 401 y 402 ubicadas en el piso décimo, sede de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual y Prostitución Infantil, correspondientes al mes de Mayo 2016, por la suma total de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($4250,00), a ser depositada en la misma cuenta donde es depositado el precio del alquiler, Sr. Jamil Tabet, CUIT Nº 20-16477922-0, quedando a cargo del locador el pago de las mismas al Consorcio de Propietarios. Artículo 2.- La presente erogación encontrará respaldo en las partidas presupuestarias en vigencia. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Dirección General de Contaduría General. Cumplido, archívese. Enriquez

RESOLUCIÓN N.° 74/SSAFPC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 5.495, el Decreto N° 10/16, el Expediente N°2016-14638914-DGALFPC, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 5.495 se aprobó el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2016; Que por Decreto Nº 10/16 se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2016; Que mediante el Expediente Electrónico Nº 2016-14638914-DGALFPC la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana gestiona una modificación presupuestaria por un monto de pesos siete millones ($7.000.000) a fin de realizar la imputación presupuestaria referente a la adquisición de insumos de criminalística, y la adecuación provisoria de precios correspondiente a la Licitación Pública N° 924-SIGAF-15; Que tales adecuaciones se fundamentan en la necesidad de optimizar la ejecución presupuestaria del ejercicio en curso;

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Que resulta procedente arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 10/16. Por ello en uso de las facultades conferidas por el Anexo I Capitulo IX artículo 37 Punto IV del Decreto Nº 10/16,

LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DE LAS FUERZAS POLICIALES DE LA CIUDAD

RESUELVE Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos correspondiente al Programa 58 por un monto total de pesos siete millones ($ 7.000.000) de acuerdo con el formulario de modificaciones y compensaciones presupuestarias, Requerimiento N° 3081. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto. Ferrero

RESOLUCIÓN N.° 75/SSAFPC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), los Decretos Nros. 1.145/09, 95/14 y 114/16, la Resolución N° 2016-72-SSAFPC, el Expediente Nº EX-2016-12674327-MGEYA-DGSFPC, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto, tramita la adquisición de ciento doce (112) cámaras DvrCom de la marca WOLFCOM; Que por Resolución N° 2016-72-SSAFPC, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la adquisición de ciento doce (112) cámaras DvrCom de la marca WOLFCOM, con destino a las Fuerzas Policiales de la Ciudad y se llamó a Contratación Directa N° 2900- 0331-CDI16 para el día 16 de junio de 2016 a las 13.00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 28 Inciso 5º de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y los Decretos Nros. 1.145/09 y 95/14, por un monto estimado de pesos doscientos ochenta y nueve mil quinientos noventa y dos con 80/100 ($ 289.592,80.-); Que la Superintendencia Comunicaciones y Servicios Técnicos destacó la conveniencia del uso de las cámaras modelo DvrCom de la marca WOLFCOM, atento a sus características diferenciales; Que se encuentran agregadas copias de la certificación expedida por la firma “Wolfcom“, que da cuenta de que la firma “Grupo Fejurom S.A.“ se encuentra autorizada en forma exclusiva, hasta el mes de mayo de 2017, para vender los productos de dicha empresa a las Fuerzas Policiales de la Ciudad, entre otros organismos; Que por PV-2016-15258508-DGSFPC, la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad informó en ampliación a lo expresado en el fundamento de la contratación (PV-2016-15035840- DGSFPC) que la firma Grupo Fejurom S.A. acreditó que Armoring Systems S.A. es VAR (Value Added Reseller) de esa compañía, con carácter de exclusividad para las Fuerzas de Seguridad y Fuerzas Armadas del producto objeto del presente proceso;

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Que en el orden Nº 3 de las presentes actuaciones consta la respectiva documentación por la que la empresa Grupo Fejurom S.A. certifica la exclusividad de la firma “Armoring Systems S.A.“ (CUIT N°: 30- 70810809-6), de acuerdo con lo señalado en el considerando precedente; Que en consecuencia procede modificar los términos de la Resolución N° 2016-72-SSAFPC, correspondiendo invitar a presentar cotización a la empresa Armoring Systems S.A. (CUIT N°: 30- 70810809-6). Por ello, de acuerdo con lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y reglamentada por el Anexo II del Decreto N° 95/14 modificado por Decreto N° 114/16, LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN

DE LAS FUERZAS POLICIALES DE LA CIUDAD RESUELVE

Artículo 1°.- Modificase el Artículo 3° de la Resolución N° 2016-72-SSAFPC, el que quedará redactado del siguiente modo: "Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, efectúese la invitación de rigor a la firma Armoring Systems S.A., comuníquese y remítase a la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad para la prosecución de su trámite". Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, comuníquese y remítase a la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad para la prosecución de su trámite. Ferrero

RESOLUCIÓN N.° 76/SSAFPC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 5.454), los Decretos Nros. 1.145/09, 95/14 y 114/16, el Expediente N° 2014-03572205-MGEYA-DGSPM, y CONSIDERANDO: Que el artículo 119 inc. IV) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 5.454) establece que "Vencido el plazo de prórroga de los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios, la autoridad competente podrá disponer su continuidad en aquellos casos de necesidad debidamente fundada en los actuados, siempre y cuando se estuviera gestionando el nuevo procedimiento de selección correspondiente y en instancia de convocatoria a presentar ofertas.";

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Que el Decreto N° 95/14, reglamentario de la Ley N° 2.095, en el artículo 117 inc. IV) del Anexo I establece que "Se puede disponer la continuidad del contrato luego de vencido el plazo de su prórroga, siempre que se encontrara gestionando el nuevo procedimiento de selección con tal objeto y como mínimo en instancia de convocatoria a presentar ofertas. En este supuesto, el acto administrativo que autorice la continuidad es suscripto por el funcionario que resulte competente de acuerdo con los niveles de decisión y cuadro de competencias aprobado en el artículo 2° del Decreto que aprueba la presente reglamentación o el que en el futuro lo reemplace y según el monto que resulte de la continuidad propiciada, individualmente considerada."; Que por Resolución N° 84/SSAPM/14, se aprobó la Licitación Pública de Etapa Única Nº 2900-0147-LPU14 y se adjudicó a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO EL PORVENIR LIMITADA (CUIT N° 30-71198394-1) la Contratación del Servicio de despeje de luminaria y cámaras de seguridad de video vigilancia de la Policía Metropolitana, por un período de doce (12) meses consecutivos e ininterrumpidos contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato; Que en consecuencia se emitió la Orden de Compra N° 2900-1375-OC14; Que mediante Resolución N° 10/SSAPM/15 se amplió la Orden de Compra precitada en un monto de pesos cuatrocientos ocho mil ($408.000.-), emitiéndose en consecuencia la Orden de Compra N° 2900-0390-OC15; Que mediante Resolución N° 63/SSAPM/15 se prorrogó la contratación por un período de seis (6) meses consecutivos e ininterrumpidos, emitiéndose en consecuencia la Orden de Compra N° 2900-3271-OC15 y la Orden de Compra N° 33573/SIGAF/2015; Que mediante Resolución N° 91/SSAPM/15 se amplió nuevamente la contratación en un monto de pesos ochocientos dieciséis mil ($816.000.-), emitiéndose en consecuencia la Orden de Compra N° 2900-4926-OC15; Que mediante Resolución N° 3/SSAFPC/16 se convalidó la continuidad del contrato celebrado con la firma COOPERATIVA DE TRABAJO EL PORVENIR LIMITADA por los meses de diciembre de 2015 y enero de 2016; Que mediante Resolución N° 52/SSAFPC/16 se convalidó la continuidad del contrato celebrado con la firma COOPERATIVA DE TRABAJO EL PORVENIR LIMITADA por los meses de febrero y marzo de 2016;

Que por Expediente Nº 2016-8924292-DGSFPC tramita la Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0262-LPU16, cuya apertura fue realizada el día 12 de mayo de 2016 a las 13.00 horas, y aprobada y adjudicada en fecha 9 de junio por Resolución Nº RESOL-2016-71-SSAFPC; Que la necesidad de ordenar la continuidad del contrato celebrado con la firma COOPERATIVA DE TRABAJO EL PORVENIR LIMITADA, en los términos aquí dispuestos, ha sido puesta de manifiesto por la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad y se refiere al servicio prestado por los meses de abril y mayo de 2016, previos al perfeccionamiento del contrato resultado de la Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0262-LPU16; Que se trata de una prestación de imprescindible necesidad, la que no puede ser interrumpida, en razón de la importancia de la misma para el mantenimiento de la seguridad pública; Que por Decreto N° 114/16 se modificó el Anexo II del Decreto N° 95/14, que establece los niveles de decisión y cuadro de competencias; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que ha tomado intervención la Dirección General Administrativa y Legal de las Fuerzas Policiales de la Ciudad. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 119 inc. IV) la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.454) y por el Anexo I del Decreto reglamentario N° 95/14 modificado por el Decreto N °114/16,

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LA SUBSECRETARIA

DE ADMINISTRACIÓN DE LAS FUERZAS POLICIALES DE LA CIUDAD RESUELVE

Artículo 1º.- Convalídase la continuidad del contrato celebrado con la firma COOPERATIVA DE TRABAJO EL PORVENIR LIMITADA (CUIT N° 30-71198394-1), en el marco de la Licitación Pública Nº 2900-0147-LPU14, perfeccionada mediante Orden de Compra N° 2900-1375-OC14, por los meses de abril y mayo de 2016, por un monto total de pesos seiscientos ochenta mil ($ 680.000). Artículo 2º.- Déjase establecido que la continuidad contemplada en el Artículo precedente queda extendida, en los mismos términos allí dispuestos, y por un monto de pesos sesenta y ocho mil ($68.000.-) a la Orden de Compra N° 2900-0390-OC15, y por un monto de pesos ciento treinta y seis mil ($136.000.-) a la Orden de Compra N° 2900-4926-OC15. Artículo 3º.- El gasto previsto en los Artículos 1º y 2º se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos. Artículo 4º.- Autorízase al Director General Administrativo y Legal de las Fuerzas Policiales de la Ciudad y/o a la Directora General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad, en forma indistinta, a suscribir la respectiva orden de compra. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO EL PORVENIR LIMITADA y a la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad, y remítase a la Dirección General Administrativa y Legal de las Fuerzas Policiales en prosecución de su trámite. Ferrero

RESOLUCIÓN N.° 111/ISSP/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.894 y N° 2.895, las Resoluciones Nº 15/ISSP/13, Nº 31/ISSP/16 y Nº 97/ISSP/15, el Expediente Electrónico Nº 14921686/MGEYA/SGISSP/16, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2.894, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encomendando al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e institucional de dicho Sistema, crea a la Policía Metropolitana y al Instituto Superior de Seguridad Pública; Que este Instituto, tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal de la citada Fuerza; Que la Ley Nº 2.894 dispone en su Artículo 40, que el ingreso a la Policía Metropolitana se produce previa aprobación de la capacitación para la seguridad pública a efectuarse en el Instituto Superior de Seguridad Pública, y de los exámenes que al efecto se establezcan en las normas reglamentarias;

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Que en el segundo párrafo del artículo supra citado, se determina que los estudiantes no tendrán estado policial durante su formación inicial y serán becarios/as, según el régimen que se establezca al efecto; Que por Resolución Nº 31/ISSP/16, fueron incorporados al "Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficial de la Policía Metropolitana", ciclo lectivo 2016, los alumnos detallados en el Anexo de la misma, entre los que se encuentra el Cadete Maximiliano Ezequiel Blasco (DNI 39.669.887); Que la Resolución Nº 15/ISSP/13, aprobó el Reglamento de Cadetes del Instituto Superior de Seguridad Pública, el cual fue modificado a través de la Resolución Nº 97/ISSP/15; Que en el marco de lo establecido por el Artículo 2 del citado Reglamento, se denomina cadete a toda persona que habiendo cumplido con los requisitos formales de la normativa vigente y con el período de adaptación, es incorporado como alumno al "Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficial de la Policía Metropolitana", mediante Resolución del Rector, encontrándose asimismo sujeto a lo dispuesto por el mentado Reglamento y la restante normativa en la materia; Que el mencionado cuerpo normativo, en su artículo 32, prescribe que "El régimen tiene por finalidad afianzar y mantener la disciplina sobre la base de los principios de autoridad y responsabilidad que deben regir los actos de los cadetes..."; Que el Reglamento de Cadetes citado, en su Artículo 33 establece que constituye una falta de disciplina toda violación a los deberes y obligaciones establecidos en el mismo; Que las faltas graves son definidas por el Artículo 34 inc. b) de la citada norma reglamentaria, como aquellas en las que en forma deliberada o por grave impericia inexcusable, se incumple con lo establecido en el reglamento, las que afectan la disciplina o la seguridad del Instituto o de terceras personas y las que evidencian

desobediencia a la autoridad o de las normas, encontrándose enumeradas en el Artículo 36 del mismo plexo normativo; Que tal como se detalla en el Informe N° 14946953/ISSP/2016, el cual forma parte del Expediente Electrónico citado en el Visto, el Inspector Leandro Matías Caprio Mujico, Jefe de la II Compañía de Cadetes, puso en conocimiento del Sr. Director de Instrucción Policial, Subcomisionado Patricio Bruno Gil, la situación ocurrida el día 29 de mayo del corriente año; Que en tal sentido, el Inspector Caprio Mujico, Jefe de la II Compañía de Cadetes, refirió que el día 01/06/16, se presentaron los cadetes Leonel Gustavo Cermelli (DNI 40.231.719), Federico Ezequiel Ledesma (DNI 40.137.515), Facundo Ignacio Codina (DNI 40.512.210), Juan Manuel Vidal (DNI 39.062.714) y Elvio Orlando Torrez (DNI 33.113.955), todos ellos de la III Sección de la compañía a su cargo, alojados en el dormi 6 habitación 2 A, quienes le informaron que con fecha 29 de mayo del corriente año, siendo aproximadamente las 22:00 horas, mientras se encontraba en el interior de su habitación, el cadete Cermelli pudo notar el faltante del interior de su cofre de una máquina de afeitar eléctrica, color gris y negra, marca "Philips" y su correspondiente cargador también de color negro con inscripción "Philips"; Que atento a ello, informó de la novedad a sus compañeros de habitación y decidieron revisar entre todos sus pertenencias y cofres a fin de corroborar que dichos elementos no hubieran sido guardados por error por otro cadete. Al comenzar dichas tareas, el cadete Maximiliano Ezequiel Blasco manifestó que no deseaba revisar su cofre, mostrando en ese momento sólo su bolso en donde no se hallaron dichos elementos; Que al día siguiente, al continuar desaparecidos los elementos citados, decidieron continuar la búsqueda dentro de los cofres, siendo hallado esta vez, dentro del cofre del cadete Blasco, un cargador de máquina de afeitar con inscripción "Philips" color negro, reconocido por el cadete Cermelli como de su propiedad;

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Que en virtud de lo acontecido, comenzaron a interrogar al cadete Blasco sobre la pertenencia de dicho cargador, alegando en un primer momento que era de una tablet de su hermana y luego, al no poder sostener dicha situación debido a que dicho cargador era compatible con una máquina de afeitar eléctrica, refirió que en realidad era de una máquina de afeitar de su hermano; Que al día siguiente, el cadete Cermelli notó que dentro de su cofre se encontraba su máquina de afeitar, asimismo, dentro del cajón de uno de los pupitres de la habitación, apareció la llave del cofre que comparte con el cadete Ledesma, la cual había desaparecido de la mochila personal del cadete mencionado, un mes atrás aproximadamente; Que en razón de esta nueva situación, los cadetes citados decidieron hablar nuevamente con el cadete Blasco para determinar si podía aportar algo para esclarecer lo ocurrido, manifestando el mismo que había sido él quien había tomado dicha máquina y cargador, pero que su intención era tomarla "prestada" y luego devolverla, pero que al salirse la situación de control, decidió devolverla a escondidas para rectificar su conducta, colocándola dentro del cofre que comparten los cadetes Cermelli y Ledesma; Que conforme lo narrado, los cadetes mencionados decidieron informar estos acontecimientos al Subinspector Sergio Lombardo, quien inmediatamente puso en conocimiento al Inspector Caprio Mujico;

Que claramente, el comportamiento desplegado por el cadete Maximiliano Ezequiel Blasco, es de naturaleza reprochable y no se condice con la de un futuro Oficial de la Policía Metropolitana; Que para casos como el presente, el Artículo 52 del Reglamento de Cadetes del Instituto Superior de Seguridad Pública, contempla la formación del Consejo de Disciplina, el que es convocado por la máxima autoridad de Formación Policial siempre que se haya cometido una falta grave o cuando la reiteración de faltas leves o acumulación de deméritos, de acuerdo con las circunstancias del caso, así lo aconsejen a juicio del Área de Instrucción Policial; Que dada la manifiesta gravedad del hecho, el Subcomisionado Patricio Bruno Gil, en su carácter de Director de Instrucción Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública, solicitó al Sr. Coordinador de Capacitación e Instrucción Policial, la convocatoria del Consejo de Disciplina, disponiendo el Superintendente Eduardo Mario Orueta convocarlo para el día 03 de junio de 2016 a las 11:30 horas; Que en consecuencia, en la referida fecha, se reunió el Consejo de Disciplina presidido por el Secretario Académico del Instituto Superior de Seguridad Pública, Dr. Gabriel Unrein, y constituido por el Señor Coordinador de Capacitación e Instrucción Policial Superintendente Eduardo Mario Orueta, el Director de Instrucción Policial Subcomisionado Patricio Bruno Gil, el Inspector Federico Gacharich A/C de la Oficina de Actuaciones y Registros, el Jefe de la Segunda Compañía de Cadetes Inspector Leandro Matías Caprio Mujico, el Oficial Mayor Damián Capdevila en carácter de Asesor del Cadete Maximiliano Ezequiel Blasco, designado por el mismo en los términos del artículo 53 del Reglamento de Cadetes, los cadetes Fabrizio Eduardo Gentile (DNI N° 34.929.325) y Facundo Daniel Ochoa (DNI N° 36.981.456), quienes ofician como testigos de actuación, y el Subinspector Damián Alejandro Baconski, como Secretario de Actuaciones del Consejo; Que en el marco del mentado Consejo, el Jefe de la Segunda Compañía de Cadetes, Inspector Leandro Matías Caprio Mujico, procedió a ilustrar a los presentes acerca de los motivos que dieron origen al Consejo;

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Que, posteriormente, se hizo pasar a los testigos del hecho que se intenta esclarecer, Cadetes Federico Ezequiel Ledesma (DNI N° 40.137.515), Nicolás Ezequiel Ferreira (DNI N° 38.455.746), Maximiliano Guerra (DNI N° 40.292.187), Facundo Ignacio Codina (DNI N° 40.512.210), Juan Manuel Vidal (DNI N° 39.062.714) y Elvio Orlando Torrez (DNI N° 33.113.955), todos pertenecientes a la 2da Compañía; Que en ese contexto, el Superintendente Eduardo Mario Orueta procedió a ilustrar a los mismos acerca de los motivos que dieron origen al Consejo, y solicitó que relataran los hechos tal y como los conocieran; Que en tal sentido, el Cadete Codina relató lo acontecido el domingo 29 de mayo, lo cual coincide con lo expuesto en el informe emitido por el Inspector Caprio Mujico; Que requerido el testimonio de los cadetes Federico Ezequiel Ledesma, Nicolás Ezequiel Ferreira, Maximiliano Guerra, Juan Manuel Vidal y Elvio Orlando Torrez, todos concuerdan con lo declarado por Codina, ratificando sus dichos y manifestando que todo sucedió tal y como lo relatara el cadete Codina; Que acto seguido, se invitó a retirarse del Consejo a los testigos del hecho, y se hizo pasar al Cadete Blasco, acompañado de su asesor. El Superintendente Eduardo Mario Orueta, los pone en conocimiento de los motivos de la formación del Consejo de Disciplina y de sus integrantes y a posteriori invitó a Blasco a dar su versión de lo sucedido;

Que en este contexto el Cadete Blasco manifestó que el día domingo 29 de mayo al regreso de franco, tomó la máquina de afeitar del bolso del Cadete Cermelli sin permiso, siendo su intención devolverla oportunamente, que al momento de que el Cadete Cermelli manifestara que le faltaba la máquina de afeitar, guardó el cargador de la misma en el cofre, ya que le daba vergüenza admitir que había tomado la maquina sin permiso, sabiendo que estaba mal hacerlo, posteriormente, preocupado por lo que estaba pasando, el día lunes deja la máquina de afeitar en el cofre de Cermelli, no así el cargador; Que cuando por la noche del martes sus compañeros encuentran la máquina, le preguntaron acerca del origen del cargador con tono acusador, mientras que le reprochaban que estaban faltando otras cosas de menor cuantía en la habitación, que estas acusaciones le generaron culpa y lo hicieron recapacitar, por lo que el miércoles 1 de junio, decidió confesar lo que realmente había pasado, indicando además que su intención no había sido quedarse con dicho efecto, pero que la situación lo había superado; Que asimismo afirmó que en ningún momento les faltó el respeto y que comprende la decisión de sus compañeros de comunicar la novedad, ya que entiende que se equivocó al obrar de tal modo; Que consultado el cadete Blasco por el Sr. Secretario Académico, Dr. Gabriel Unrein, sobre si cree que en caso de pedir la maquina se la hubiesen prestado, respondió que no porque era un elemento personal, y ante la pregunta de si entiende que lo que hizo no se condice con las actitudes que debe tener un policía, respondió que sí; Que el cadete Leonel Gustavo Cermelli, damnificado por el hecho, ratifica todo lo dicho por los testigos, no agregando nada más a lo expuesto por sus compañeros de habitación; Que el Consejo de Disciplina, considerando los antecedentes disciplinarios y académicos del Cadete Blasco, los conceptos y expresiones vertidas por él, por los cadetes testigos del hecho, por el damnificado en particular y las opiniones de los integrantes del citado Consejo, realizó una exhaustiva y pormenorizada valoración de todo lo descripto anteriormente;

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Que en consecuencia, el mencionado Consejo resolvió: "...2. Proponer la sanción disciplinaria prevista en el Art. 47 del Reglamento de Cadetes del Instituto Superior de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Bs. As. y solicitar a la Sra. Rectora de este ISSP la Baja Obligatoria del Cadete Maximiliano Ezequiel BLASCO (DNI: 39.669.887) de este Instituto Superior de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Bs. As. aclarándose que la misma es con prohibición de su reingreso. 3. Proponer a través de los medios que correspondan la suspensión de pago de la beca correspondiente. 4. Licenciarlo en los términos del art. 84 previsto en el Reglamento de Cadetes del I.S.S.P. 5. Realizar las comunicaciones pertinentes...". Que el Sr. Coordinador de Capacitación e Instrucción Policial, Superintendente Eduardo Mario Orueta, mediante Providencia N° 14933285/SAISSP/2016, elevó las actuaciones a esta instancia informando el licenciamiento del nombrado hasta la resolución definitiva; Que los principios que rigen la formación académica y profesional en el Instituto Superior de Seguridad Pública persiguen inculcar y desarrollar al máximo en los estudiantes los conceptos de abnegación, justicia, ecuanimidad, respeto, la consolidación de un profundo espíritu de camaradería, la identificación con la propia fuerza, la disciplina como principio básico y el orden; Que en esa inteligencia, los aspirantes a cadetes como futuros Oficiales de la Policía Metropolitana, deben ser constantemente evaluados en todos los aspectos de su vida académica y profesional, en especial en el aspecto disciplinario, a fin de ser formados como individuos aptos y eficaces para la labor a desarrollar; Que la baja obligatoria, conforme expresa el Artículo 47 de la normativa reglamentaria de referencia, importa la revocación de la incorporación y consiste en la separación definitiva del cadete del Instituto, siendo decidida por el Rector con la previa intervención del Consejo de Disciplina; Que el Artículo 75 del Reglamento de Cadetes establece que la baja obligatoria se dispone de oficio por el Rector, previa intervención de las instancias o el requerimiento de los informes que considere pertinentes, en los casos que taxativamente detalla, disponiendo en su inciso a) la baja obligatoria por razones disciplinarias, conforme lo dispuesto por el Artículo 47 del citado Reglamento; Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 76 del mismo cuerpo normativo, en los casos fundados en las causales previstas en los incisos a), b) y e) del Artículo precedente, la baja obligatoria importa además la prohibición de reingreso a este Instituto; Que el Artículo 4 del Reglamento de Cadetes del Instituto Superior de Seguridad Pública, erige a la baja obligatoria como una de las causales de cesación del derecho a percibir el beneficio de la beca; Que asimismo, el Artículo 38 del citado Reglamento, prescribe que "Los hechos que por su naturaleza resulten de exclusivo juzgamiento de los tribunales ordinarios serán siempre objeto de denuncia inmediata, sin perjuicio de su análisis por parte del Consejo de Disciplina del Instituto Superior de Seguridad Pública.", motivo por el cual corresponde remitir copia de lo actuado por el Consejo de Disciplina y de la presente Resolución, a la Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional; Que a la luz de todo lo expuesto, se impone dictar el acto administrativo correspondiente, a efectos de disponer la baja obligatoria con prohibición de reingreso al Instituto Superior de Seguridad Pública del cadete Maximiliano Ezequiel Blasco, el cese de su beca y la intervención de la Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional; Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

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LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE

Artículo 1.- Disponer la baja obligatoria como cadete del Sr. Maximiliano Ezequiel Blasco (DNI N° 39.669.887), con prohibición de reingreso al Instituto Superior de Seguridad Pública. Artículo 2.- Comunicar de manera inmediata a la Subsecretaría de Administración de las Fuerzas Policiales de la Ciudad, a los efectos de disponer el cese definitivo del beneficio establecido en el Artículo 40 de la Ley Nº 2.894. Artículo 3.- Notificar al interesado a través de la Coordinación de Capacitación e Instrucción Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública. Artículo 4.- Remitir copia de lo actuado por el Consejo de Disciplina y de la presente Resolución a la Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y

Correccional de la Capital Federal, conforme lo prescripto por el Artículo 38 del Reglamento de Cadetes del Instituto Superior de Seguridad Pública. Artículo 5.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana, a la Dirección de Recursos Humanos del Instituto Superior de Seguridad Pública, y a la Coordinación de Capacitación e Instrucción Policial del Instituto Superior de Seguridad. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Administración de las Fuerzas Policiales de la Ciudad. Cumplido, archívese. De Langhe

RESOLUCIÓN N.° 112/ISSP/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nº 2.894 y Nº 2.895, el Decreto Nº 316/10, las Resoluciones Nº 14/ISSP/13, N° 14/ISSP/16 y N° 72/ISSP/16, las Notas Nº 10054859/SAISSP/16, Nº 11146241/SAISSP/16 y 13568423/SAISSP/16 y el Expediente Electrónico N° 12577427/MGEYA/SGISSP/16, y CONSIDERANDO: Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, creado por la Ley Nº 2.894, tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente, al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial y a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad; Que la Ley Nº 2.895 fija los principios básicos para la capacitación, formación e investigación científica y técnica en materia de seguridad pública y la formación y capacitación del personal policial; Que en fecha 5 de enero de 2016, el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribieron el Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de las Facultades y Funciones de Seguridad en todas las materias no federales ejercidas en la Ciudad;

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Que en tal marco, las tareas vinculadas con la integración, nivelación, capacitación y perfeccionamiento del personal transferido de la Policía Federal serán coordinadas y ejecutadas por el Instituto Superior de Seguridad Pública, a fin de acompañar los procesos de formación permanente de los agentes provenientes de la mencionada fuerza, lo cual redundará en un incremento de la satisfacción de las necesidades de la ciudadanía en materia de seguridad; Que a través de la Resolución Nº 14/ISSP/16, modificada por Resolución N° 72/ISSP/16, fue aprobado el "Curso de Integración y Nivelación para Personal Transferido de la Policía Federal Argentina"; Que mediante el Decreto N° 316/10 se dispuso que el Rector y las Coordinaciones de Formación Académica y de Formación y Especialización en Seguridad Pública, con las respectivas Direcciones Operativas que de estas dependen, incluido el personal de capacitación, quedarán exceptuados de la prohibición prevista en el Artículo 7 inciso c) de la Ley N° 2.947; Que la Resolución Nº 14/ISSP/13, aprobó en su Artículo 2 el Reglamento Académico del Instituto Superior de Seguridad Pública, el cual fija las funciones, requisitos y categorización de los docentes de esta casa de estudios; Que a efectos de integrar el plantel de profesores del ISSP, el Sr. Secretario Académico ha solicitado mediante las Notas Nº 10054859/SAISSP/16, 11146241/SAISSP/16 y Nº 13568423/SAISSP/16, la designación de los capacitadores que conformarán el mismo con respecto a la materia "Emergencias" correspondiente al "II°, IIIº y IVº Cursos de Integración y Nivelación para Personal Transferido de la Policía Federal Argentina", a realizarse en la sede del Instituto Superior de Seguridad Pública durante los períodos comprendidos entre los días 14 de marzo y 15 de abril de 2016, 18 de abril y 13 de mayo de 2016 y entre el 16 de mayo y 10 de junio del corriente año; Que en esa inteligencia, corresponde designar a los profesores que dictarán la mencionada materia, quienes reúnen los requisitos de idoneidad suficiente para el desempeño de las tareas que se les asignan; Que se ha dado cumplimiento a los requerimientos necesarios para la designación de los mencionados capacitadores, conforme obra incorporado en el Expediente Electrónico citado en el Visto; Por ello, en uso de las facultades que son propias,

LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE

Artículo 1.- Designar Profesores Adjuntos II a los Téc. Eduardo Fernando Carabajal (DNI 26.282.845) y Daniel Rodolfo Benítez (DNI 10.921.893) y a los Sres. Sebastián Roberto Conti (DNI 25.547.084), Luis Alberto Amato (DNI 34.744.490) y Mariano Adolfo Gómez (DNI 23.847.267), en la materia "Emergencias", correspondiente al "IIº Curso de Integración y Nivelación para Personal Transferido de la Policía Federal Argentina", por el período comprendido entre los días 14 de marzo y 15 de abril de 2016. Artículo 2.- Designar Profesores Adjuntos II a los Téc. Eduardo Fernando Carabajal (DNI 26.282.845) y Daniel Rodolfo Benítez (DNI 10.921.893) y a los Sres. Sebastián Roberto Conti (DNI 25.547.084), Luis Alberto Amato (DNI 34.744.490) y Mariano Adolfo Gómez (DNI 23.847.267), en la materia "Emergencias", correspondiente al "IIIº Curso de Integración y Nivelación para Personal Transferido de la Policía Federal Argentina", por el período comprendido entre los días 18 de abril y 13 de mayo de 2016.

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Artículo 3.- Designar Profesores Adjuntos II al Téc. Daniel Rodolfo Benítez (DNI 10.921.893) y a los Sres. Luis Alberto Amato (DNI 34.744.490) y Mariano Adolfo Gómez (DNI 23.847.267), en la materia "Emergencias", correspondiente al "IVº Curso de Integración y Nivelación para Personal Transferido de la Policía Federal Argentina", por el período comprendido entre los días 16 de mayo y 10 de junio de 2016. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a la Secretaría Académica, a la Secretaría General y a la Dirección de Recursos Humanos del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De Langhe

RESOLUCIÓN N.° 113/ISSP/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nº 2.894 y Nº 2.895, las Resoluciones Nº 298/LCBA/16, Nº 14/ISSP/16 y Nº 72/ISSP/16, la Nota Nº 15257202/SAISSP/16, el Expediente Electrónico Nº 6458160/MGEYA/SGISSP/16, y CONSIDERANDO: Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, creado por la Ley Nº 2.894, tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente, al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial y a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad; Que la Ley Nº 2.895, fija los principios básicos para la capacitación, formación e investigación científica y técnica en materia de seguridad pública y la formación y capacitación del personal policial; Que este Instituto, ha asumido con compromiso y vocación de excelencia la formación del personal policial, promoviendo la capacitación de profesionales críticos, con conciencia social y responsabilidad ética; Que asimismo, esta casa de estudios se constituye como una instancia fundamental en la producción de investigaciones y conocimientos interdisciplinarios que contribuyan al diseño e implementación estratégica de políticas públicas de seguridad; Que en fecha 5 de enero de 2016, el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribieron el Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de las Facultades y Funciones de Seguridad en todas las materias no federales ejercidas en la Ciudad; Que mediante dicho instrumento, aprobado por Resolución Nº 298/LCBA/16, las partes manifestaron que la señalada trasferencia gradual y progresiva, permitirá consolidar la fusión de un modelo policial que garantice los derechos y garantías de los ciudadanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo eje central finca en la inmediación de las fuerzas de seguridad con la población, la presencia continua de seguridad en las calles, la prevención del delito, el empleo de estadísticas computarizadas, mapas electrónicos y juntas administrativas interdisciplinarias para conducir y guiar las estrategias de la Policía Local, entre muchos otros;

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Que en tal marco, las tareas vinculadas con la integración, nivelación, capacitación y perfeccionamiento del personal transferido de la Policía Federal serán coordinadas y ejecutadas por el Instituto Superior de Seguridad Pública, a fin de acompañar los procesos de formación permanente de los agentes provenientes de la mencionada fuerza, lo cual redundará en un incremento de la satisfacción de las necesidades de la ciudadanía en materia de seguridad; Que en ese entendimiento, por Resolución Nº 14/ISSP/16, fue aprobado el "Curso de Integración y Nivelación para Personal Transferido de la Policía Federal Argentina", mientras que por Resolución Nº 72/ISSP/16 fue modificado el programa de dicho

Curso, sustituyéndose la materia "Técnicas y Tácticas de Intervención Policial" por la asignatura "Policía Comunitaria"; Que al esgrimir los fundamentos de la mentada reforma se juzgó aconsejable, en base a la experiencia recogida, acrecentar los conocimientos en torno al servicio policial orientado a la comunidad, a la legislación local específica y a los nuevos paradigmas y desafíos profesionales; Que la observación efectuada al programa, permitió advertir la necesidad aprobar los contenidos de dicho Curso en un cuerpo único y adecuar su denominación, de modo tal de que sean plasmadas las nuevas y mejores herramientas de capacitación brindadas; Que en ese entendimiento se considera apropiado denominarlo "Curso de Actualización Policial para Personal Transferido de la Policía Federal Argentina"; Que a la luz de todo lo expuesto, corresponde dejar sin efecto las Resoluciones Nº 14/ISSP/16 y Nº 72/ISSP/16 y aprobar el "Curso de Actualización Policial para Personal Transferido de la Policía Federal Argentina", dejando establecido que resultan válidos los certificados de asistencia emitidos bajo la anterior denominación. Por ello, en uso de las facultades que son propias,

LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE

Artículo 1.- Dejar sin efecto las Resoluciones Nº 14/ISSP/16 y Nº 72/ISSP/16. Artículo 2.- Aprobar el "Curso de Actualización Policial para Personal Transferido de la Policía Federal Argentina", cuyo programa obra en el Anexo que como IF-2016-15266114-ISSP, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Establecer que resultan válidos los certificados de asistencia emitidos bajo la denominación "Curso de Integración y Nivelación para Personal Transferido de la Policía Federal Argentina". Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad, al Sr. Secretario de Seguridad, a la Jefatura de la Policía Metropolitana, a la Jefatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Policía Federal Argentina y a la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De Langhe

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ANEXO

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Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN N.° 1047/MSGC/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: El Acta Paritaria 51 de la Comisión Paritaria Sectorial de Médicos Municipales, instrumentada por Resolución N° 1304/MHGC/2011, el EE N° 15019513/MGEYA-MSGC/2016 y; CONSIDERANDO: Que en la mencionada Acta Paritaria, se estableció un adicional para ser percibido por la Lic. Silvia Patricia Belsito, FC N° 315.479 perteneciente a la Carrera de Profesionales de la Salud; Que la mencionada agente percibe dicho beneficio cumpliendo la función desde el año 2011; Que en la actualidad se encuentra a cargo de la Coordinación General de Prensa y Comunicación Institucional de este Ministerio; Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias;

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1°.- Designase a la Lic. Silvia Patricia Belsito, FC N° 315.479, DNI. N° 12.966.396 como Coordinadora General de Prensa y Comunicación Institucional de este Ministerio de Salud., sin que ello genere mayor erogación de su sueldo. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyecto de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaria de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1049/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El E.E. N° 19878962/2015 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO:

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Que el Hospital “Bernardino Rivadavia“, dependiente del Ministerio de Salud, oportunamente solicitó la designación con carácter de suplente, del Dr. Nicolás

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Ezequiel Marotta, CUIL. 20-29075856-5, como Especialista en la Guardia Médico (Psiquiatría), para desempeñarse los días miércoles; Que dicha designación resulta imprescindible, dado que el involucrado será convocado para cubrir las guardias por ausencias debidamente justificadas; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que el establecimiento asistencial en cuestión hace saber al respecto que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA). Que por otra parte es de hacer notar, que la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), del Ministerio que nos ocupa, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia; Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1 del Decreto N° 1821/2006,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.-Desígnase con carácter de suplente al Dr. Nicolás Ezequiel Marotta, CUIL. 20-29075856-5, como Especialista en la Guardia Médico (Psiquiatría), para desempeñarse los días miércoles, en el Hospital "Bernardino Rivadavia", dependiente del Ministerio de Salud, partida 4022.1506.Z.25.954, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Artículo 2º.-Dejase establecido que la presente designación se ajustará a los términos de la Resolución Nº 1657/MSGC/2013, del Régimen de Suplencias de Guardia. Artículo 3º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital “Bernardino Rivadavia“, al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1050/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos Nros. 96/12 y 399/13, las Resoluciones Nros. 279/MSGC/16 y 814/MSGC/16, y el Expediente Electrónico N° 13577189/MGEYA-DGDIYDP/16, y CONSIDERANDO: Que a partir del 1° de junio de 2016 se iniciará el Ciclo Lectivo de las Residencias Hospitalarias 2016 de los Sistemas de Residencias del "Equipo de Salud", de "Apoyo al Equipo de Salud" y de "Enfermería";

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Que por Resolución N° 279/MSGC/16 se llamó a Concurso para la cobertura de hasta ochocientos setenta cargos (870) cargos de Residentes de 1° año de Especialidades Médicas Básicas, no Básicas, Post-Básicas, Médicas Clínicas y Quirúrgicas con Orientación, y otras Residencias no Médicas contempladas en los mencionados Sistemas; Que los postulantes cumplen con los requisitos necesarios para cubrir las plazas concursadas, por lo que a efectos de posibilitar las contrataciones requeridas, resulta necesario dictar la norma legal correspondiente, incorporando a diversos profesionales a partir del 1° de junio de 2016 y hasta la finalización de cada especialidad, de acuerdo a la duración de las mismas; Que el presente no genera mayor erogación, toda vez que el gasto emergente de estas incorporaciones ha sido previsto al aprobarse la cantidad total de cargos concursados mediante la precitada Resolución N° 279/MSGC/16. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2 del Decreto N° 399/13,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1°.- Contrátanse a partir del 1° de junio de 2016 y hasta la finalización de cada Residencia, a diversos profesionales como Residentes de 1° año en diferentes hospitales dependientes del Ministerio de Salud, en distintas especialidades, de los Sistemas de Residencias del "Equipo de Salud", aprobado por Ordenanza N° 40.997 (texto consolidado por Ley N° 5.454), complementada por la Ordenanza N° 46.125, de "Apoyo al Equipo de Salud", aprobado por Ordenanza N° 41.793 (texto consolidado por Ley N° 5.454), y de "Enfermería", aprobado por Ordenanza N° 45.146 (texto consolidado por Ley N° 5.454), de conformidad con las condiciones establecidas por los Decretos reglamentarios Nros. 1167/86, 873/89, 2011/92 y 752/97, de acuerdo al detalle que obra como Anexo "I" (IF-2016-13789604-DGDIYDP), el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- La retribución que percibirán los profesionales contratados por la presente Resolución será la establecida por Decreto N° 912/93 y su modificatorio Decreto N° 139/94, y la Resolución N° 375/SSySHyF/06. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de

Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1051/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El E.E. N° 3172626/2016 (DGAYDRH) y

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 101

ANEXO

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Que el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", dependiente del Ministerio de Salud, oportunamente solicitó la designación con carácter de suplente, de la Dra. Fabiola Edith Stoppel, CUIL 27-20832451-4, como Especialista en la Guardia Médica (Pediatría), para desempeñarse los días domingo; Que dicha designación resulta imprescindible, dado que la involucrada será convocada para cubrir las guardias por ausencias debidamente justificadas; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que el establecimiento asistencial en cuestión hace saber al respecto que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA). Que por otra parte es de hacer notar, que la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), del Ministerio que nos ocupa, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia; Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1 del Decreto N° 1821/2006,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.-Desígnase con carácter de suplente, a la Dra. Fabiola Edith Stoppel, CUIL 27-20832451-4, como Especialista en la Guardia Médica (Pediatría), para desempeñarse los días domingo, en el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, partida 4021.0026.Z.25.954, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Artículo 2.-Dejase establecido que la presente designación se ajustará a los términos de la Resolución Nº 1657/MSGC/2013, del Régimen de Suplencias de Guardia. Artículo 3.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez" y al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1052/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 3543749/2016 (DGAYDRH), y

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CONSIDERANDO:

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Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand“, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 68/HGACD/2016, designó con carácter interino, a la agente Yamila Florencia Rodríguez, D.N.I. 33.024.280 CUIL. 27-33024280-4, como Profesional de Guardia Farmacéutica Asistente, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, correspondiéndole percibir el suplemento por Area de Urgencia (código 051), cesando como Profesional de Guardia Farmacéutica, suplente, del citado Hospital; Que posteriormente mediante Resolución N° 887/MSGC/2016, de fecha 16 de mayo de 2016, se procedió a convalidar la citada Disposición; Que al tomar conocimiento de la nombrada Resolución, se detectaron anomalías con respecto al refrendo respectivo. Que por lo expuesto, y a fin de regularizar la situación planteada corresponde dejar sin efecto la citada Resolución. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Déjanse sin efecto los términos de la Resolución N° 887/MSGC/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1054/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 9990356/MGEYA-DGDIYDP/2016, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados se propicia la contratación de la señora Tamara Emma Dinapoli, CUIL. 27-31208460-6, como Profesora de Enseñanza Superior, en la Carrera de Técnicos en Neurofisiología, en la asignatura "Espacio de la Práctica", en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, del Ministerio de Salud, por el período comprendido entre el 18 de abril y el 30 de septiembre de 2016;

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CONSIDERANDO:

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Que como consecuencia de lo expresado, resulta procedente dictar el acto administrativo en cuestión, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Anexo "I", punto 2, del Decreto Nº 1480/1987,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Contrátase por el período comprendido entre el 18 de abril y el 30 de septiembre de 2016, a la señora Tamara Emma Dinapoli, CUIL. 27-31208460-6, como Profesora de Enseñanza Superior, en la Carrera de Técnicos en Neurofisiología, en la asignatura "Espacio de la Práctica", con 15 (quince) horas semanales y 360 horas totales, en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, dependiente del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987. Artículo 2.- El Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, comunicará a la Gerencia Operativa Administración del Régimen Docente, de la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, la real prestación de los servicios desempeñados por la agente involucrada en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Déjase establecido que la retribución que percibirá la agente nominada en la presente Resolución, será la que establezcan las normas vigentes. Artículo 4.- La Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, tomará los recaudos necesarios con relación al gasto emergente de la presente Resolución. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional del Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1061/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos Nros. 96/12 y 399/13, las Resoluciones Nros. 279/MSGC/16 y 814/MSGC/16, y el Expediente Electrónico N° 13245346/MGEYA-DGDIYDP/16, y CONSIDERANDO: Que a partir del 1° de junio de 2016 se iniciará el Ciclo Lectivo de las Residencias Hospitalarias 2016 de los Sistemas de Residencias del "Equipo de Salud", de "Apoyo al Equipo de Salud" y de "Enfermería";

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Que por Resolución N° 279/MSGC/16 se llamó a Concurso para la cobertura de hasta ochocientos setenta cargos (870) cargos de Residentes de 1° año de Especialidades Médicas Básicas, no Básicas, Post-Básicas, Médicas Clínicas y Quirúrgicas con Orientación, y otras Residencias no Médicas contempladas en los mencionados Sistemas; Que los postulantes cumplen con los requisitos necesarios para cubrir las plazas concursadas, por lo que a efectos de posibilitar las contrataciones requeridas, resulta necesario dictar la norma legal correspondiente, incorporando a diversos profesionales a partir del 1° de junio de 2016 y hasta la finalización de cada especialidad, de acuerdo a la duración de las mismas; Que el presente no genera mayor erogación, toda vez que el gasto emergente de estas incorporaciones ha sido previsto al aprobarse la cantidad total de cargos concursados mediante la precitada Resolución N° 279/MSGC/16. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2 del Decreto N° 399/13,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1°.- Contrátanse a partir del 1° de junio de 2016 y hasta la finalización de cada Residencia, a diversos profesionales como Residentes de 1° año en diferentes hospitales dependientes del Ministerio de Salud, en distintas especialidades, de los Sistemas de Residencias del "Equipo de Salud", aprobado por Ordenanza N° 40.997 (texto consolidado por Ley N° 5.454), complementada por la Ordenanza N° 46.125, de "Apoyo al Equipo de Salud", aprobado por Ordenanza N° 41.793 (texto consolidado por Ley N° 5.454), y de "Enfermería", aprobado por Ordenanza N° 45.146 (texto consolidado por Ley N° 5.454), de conformidad con las condiciones establecidas por los Decretos reglamentarios Nros. 1167/86, 873/89, 2011/92 y 752/97, de acuerdo al detalle que obra como Anexo "I" (IF-2016-14217254-DGDIYDP), el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- La retribución que percibirán los profesionales contratados por la presente Resolución será la establecida por Decreto N° 912/93 y su modificatorio Decreto N° 139/94, y la Resolución N° 375/SSySHyF/06. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de

Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1062/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Las Ordenanzas Nros. 40.997, y sus reglamentarias, el Decreto N° 399/13 y el Expediente Electrónico N° 13363709/MGEYA-DGDIYDP/16, y

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ANEXO

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Que a partir del 1° de junio de 2016 se inició el Ciclo Lectivo de las Residencias Hospitalarias 2016; Que los Regímenes que encuadran estos Programas de Capacitación de Post-Grado, contemplan, entre otros, la prestación de los Jefes e Instructores de Residentes, como supervisores y colaboradores, respectivamente responsables de cada Especialidad, de conformidad con lo normado en las Ordenanzas Nros. 40.997 (textos consolidados por Ley N° 5.454) y sus decretos reglamentarios; Que a fin de asegurar el normal desarrollo de estos Programas de Residencias, resulta conveniente disponer la contratación, a partir del presente Ciclo, de aquellos profesionales propuestos por la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional, para desempeñar dichos cargos; Que, en consecuencia, corresponde dictar la norma legal que disponga la incorporación de los mismos, en diferentes establecimientos asistenciales, dependientes de este Ministerio de Salud, en distintas especialidades; Que por Decreto N° 399/13 se modificó parcialmente el artículo 7° del Decreto N° 736/04 delegándose en el/la titular del Ministerio de Salud la facultad de efectuar contrataciones de residentes, Jefes e Instructores de residentes del Sistema de Residencias del Equipo de Salud, del Sistema Municipal de de Residencias de Apoyo al Equipo de Salud y del Sistema de Residencias de Enfermería en el Equipo de Salud. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2 del Decreto N° 399/13,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Contrátense a partir del 1 de junio de 2016 y hasta el 31 de mayo de 2017, a diversos profesionales como Instructores de Residentes, en la especialidad " Economía de la Salud y Administración Hospitalaria", en distintos hospitales, dependientes del Ministerio de Salud, partida 4022.1200.R.47.304, del Sistema de Residencias del "Apoyo al Equipo de Salud", conforme la selección y autorización dispuesta por Resolución N° 285/MSGC/2015, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 inciso e) de la Ordenanza 40997 (texto consolidado por Ley N° 5.454), complementada por la Ordenanza N° 46.125, de conformidad con las condiciones establecidas por los Decretos reglamentarios Nros. 873/1989 y 752/1997, de acuerdo al detalle que obra como Anexo "I" (IF-2016-14414257-DGDIYDP),de la presente Resolución.

Articúlo 2º.- Contrátase a partir de 1 de junio de 2016 y hasta el 31 de mayo de 2017, al Licenciado Jorge Gustavo Ayala Streck, DNI N° 25.250.376, CUIL. 20-25250376-6, ficha 472.426, como Jefa de Residentes, en la especialidad "Economía de la Salud y Administración Hospitalaria", partida 4002.0000.R.48.305, en la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional, dependiente del Ministerio de Salud, del Sistema de Residencias del "Apoyo al Equipo de Salud", Ordenanza 40997 (texto consolidado por Ley N° 5.454), complementada por la Ordenanza N° 46.125, de conformidad con las condiciones establecidas por los Decretos reglamentarios Nros. 873/1989 y 752/1997. Artículo 3º.- La retribución que percibirán los profesionales contratados por la presente Resolución, será la establecida por Decreto N° 912/1993 y sus modificatorios Decreto N° 139/1994 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y modificatorios.

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CONSIDERANDO:

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RESOLUCIÓN N.° 1063/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El E.E. Nº 15041738/2016 (DGAYDRH), y; CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, el señor Sebastián Espino, CUIL. 20-22426904-9, presentó su renuncia como Personal de la Planta de Gabinete, de la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, del Ministerio de Salud, a partir del 9 de junio de 2016; Que a tal efecto, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1, del Decreto N° 638/2007,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Cese a partir del 9 de junio de 2016, del señor Sebastián Espino, CUIL. 20-22426904-9, como Personal de la Planta de Gabinete, de la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, del Ministerio de Salud, cuya designación fuera dispuesta por Resolución nº 1818/MSGC/14. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1064/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 8808209/2016 (DGAYDRH), y

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ANEXO

Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional del Ministerio de Salud. Bou Pérez

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Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Oncología “María Curié“, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 67/HMOMC/2016, saneada por Disposición N° 107/HMOMC/2016, designó con carácter interino, a la Lic. Laura Liliana López, D.N.I. 12.012.279 CUIL. 27-12012279-2, como Kinesióloga de Planta Asistente Adjunto, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Que posteriormente mediante Resolución N° 919/MSGC/2016, de fecha 26 de mayo de 2016, se procedió a convalidar las citadas Disposiciones; Que al tomar conocimiento de la nombrada Resolución, se detectaron anomalías con respecto al refrendo respectivo. Que por lo expuesto, y a fin de regularizar la situación planteada corresponde dejar sin efecto la citada Resolución. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Déjanse sin efecto los términos de la Resolución N° 919/MSGC/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1065/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El E.E. N° 23201604/2015 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que el Hospital General de Niños “Dr. Pedro de Elizalde", dependiente del Ministerio de Salud, oportunamente solicitó la designación con carácter de suplente, de la Dra. Sabrina Davenia, CUIL. 23-28800003-4, como Especialista en la Guardia Médica (Psiquiatría), para desempeñarse los días sábado; Que dicha designación resulta imprescindible, dado que el involucrado será convocado para cubrir las guardias por ausencias debidamente justificadas; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias;

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CONSIDERANDO:

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Que el establecimiento asistencial en cuestión, hace saber al respecto que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA). Que por otra parte es de hacer notar, que la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), del Ministerio que nos ocupa, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia; Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1 del Decreto N° 1821/2006,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Desígnase con carácter de suplente a la Dra. Sabrina Davenia, CUIL. 23-28800003-4, como Especialista en la Guardia Médica (Psiquiatría), para desempeñarse los días sábado, en el Hospital General de Niños “Dr. Pedro de Elizalde" dependiente del Ministerio de Salud, partida 4021.0016.Z.25.954, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Artículo 2.- Dejase establecido que la presente designación se ajustará a los términos de la Resolución Nº 1657/MSGC/2013, del Régimen de Suplencias de Guardia. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital General de Niños “Dr. Pedro de Elizalde", dependiente del Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1066/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de Junio de 2016 VISTO: El E.E. N° 3790546/2015 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que el Hospital Neuropsiquiátrico “Dr. Braulio Moyano", dependiente del Ministerio de Salud, oportunamente solicitó la designación con carácter de suplente, del Dr. Christian Ezequiel Lema Carrion, CUIL. 20-27010809-2, como Especialista en la Guardia Médica (Psiquiatría), para desempeñarse los días viernes; Que dicha designación resulta imprescindible, dado que el involucrado será convocado para cubrir las guardias por ausencias debidamente justificadas; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que el establecimiento asistencial en cuestión, hace saber al respecto que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA).

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Que por otra parte es de hacer notar, que la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), del Ministerio que nos ocupa, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia; Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1 del Decreto N° 1821/2006,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Desígnase con carácter de suplente al Dr. Christian Ezequiel Lema Carrion, CUIL. 20-27010809-2, como Especialista en la Guardia Médica (Psiquiatría), para desempeñarse los días viernes, en el Hospital Neuropsiquiátrico “Dr. Braulio Moyano" dependiente del Ministerio de Salud, partida 4023.0036.Z.25.954, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Médico Suplente partida 4023.0036.Z.25.924 del citado hospital. Artículo 2.- Dejase establecido que la presente designación se ajustará a los términos de la Resolución Nº 1657/MSGC/2013, del Régimen de Suplencias de Guardia. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital Neuropsiquiátrico “Dr. Braulio Moyano", dependiente del Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1067/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El E.E.N° 5486855/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que el Hospital "Dr. Braulio Moyano", dependiente del Ministerio de Salud, oportunamente solicitó la designación a partir del 1 de junio de 2016, con carácter de suplente, de la Lic. Valeria Carla Leoni Augusto, CUIL. 27-30959536-5, como Profesional de Guardia Psicóloga, para desempeñarse los días martes, Que dicha designación resulta imprescindible, dado que la involucrada será convocada para cubrir las guardias por ausencias debidamente justificadas; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que el Establecimiento Asistencial en cuestión, hace saber al respecto que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA).

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Que por otra parte es de hacer notar, que la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), del Ministerio que nos ocupa, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia; Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1 del Decreto N° 1821/2006,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.-Desígnase a partir del 1 de junio de 2016, con carácter de suplente a la Lic. Valeria Carla Leoni Augusto, CUIL. 27-30959536-5, como Profesional de Guardia Psicóloga, para desempeñarse los días martes, en el Hospital "Dr. Braulio Moyano", dependiente del Ministerio de Salud, partida 4023.0036.Z.25.958, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Artículo 2.-Dejase establecido que la presente designación se ajustará a los términos de la Resolución N° 1657/MSGC/2013, del Régimen de Suplencias de Guardia. Artículo 3.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al el Hospital "Dr. Braulio Moyano", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1068/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El E. E. N° 18181069/2015 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que el Hospital General de Agudos “Dr. José María Ramos Mejía“, dependiente del Ministerio de Salud, oportunamente solicitó la designación con carácter de suplente, de la Dra. María Laura Rivas, CUIL. 27- 25630654-4, como Especialista en la Guardia Médica (Obstetricia), para desempeñarse los días domingo; Que dicha designación resulta imprescindible, dado que la involucrada será convocada para cubrir las guardias por ausencias debidamente justificadas; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que el establecimiento asistencial en cuestión hace saber al respecto que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA). Que por otra parte es de hacer notar, que la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), del Ministerio que nos ocupa, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia; Por ello conforme las facultades conferidas por el artículo 1 del Decreto N° 1821/2006,

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LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnase con carácter de suplente a la Dra. María Laura Rivas, CUIL. 27-25630654-4, como Especialista en la Guardia Médica (Obstetricia), para desempeñarse los días domingo, en el Hospital General de Agudos “Dr. José María Ramos Mejía“, dependiente del Ministerio de Salud, partida 4022.1006.Z.25.954, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Médica, suplente, partida 4022.1006.Z.25.924, del citado Hospital. Artículo 2°.- Dejase establecido que la presente designación se ajustará a los términos de la Resolución Nº 1657/MSGC/2013, del Régimen de Suplencias de Guardia. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital General de Agudos “Dr. José María Ramos Mejía“, al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1069/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 12535568/2016 (HGAT) y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 549/MSGC/2015, se dispuso la designación, con carácter de suplente, entre otros, de la Lic. Marina Tarasiuk, CUIL. 27-29388787-5, como Profesional de Guardia Trabajadora Social, para desempeñarse los días miércoles, en el Hospital General de Agudos "Dr. Enrique Tornú", dependiente del Ministerio de Salud; Que según surge de los presentes actuados, el citado establecimiento asistencial manifiesta, que la nombrada profesional desempeñará las funciones mencionadas los días sábado, dado que la misma será propuesta para desempeñarse en el cargo de Instructora de Residentes de Servicios Social; Que por lo expuesto y a fin de regularizar la situación planteada, procede dictar la norma legal respectiva. Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1 del Decreto N° 1821/2006,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 112

Artículo 1°.-Establécese que a partir del 1 de junio de 2016, la Lic. Marina Tarasiuk, CUIL. 27-29388787-5, continuará revistando como Profesional de Guardia Trabajadora

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Social, para desempeñarse los días sábado, partida 4022.0306.Z.25.970, en el Hospital General de Agudos "Dr. Enrique Tornú", dependiente del Ministerio de Salud. Artículo 2°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1070/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016

VISTO: El E.E. N° 4781760/2015 (DGAYDRH) y

CONSIDERANDO:

Que el Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", dependiente del Ministerio de Salud, oportunamente solicitó la designación con carácter de suplente, del Dr. Nicolás Andrés Basanta, CUIL. 23-29950132-9, como Especialista en la Guardia Médica (Tocoginecología), para desempeñarse los días jueves; Que dicha designación resulta imprescindible, dado que el involucrado será convocado para cubrir las guardias por ausencias debidamente justificadas; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que el establecimiento asistencial en cuestión hace saber al respecto que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA). Que por otra parte es de hacer notar, que la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), del Ministerio que nos ocupa, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia; Por ello conforme las facultades conferidas por el Artículo 1 del Decreto N° 1821/2006,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.-Desígnase con carácter de suplente al del Dr. Nicolás Andrés Basanta, CUIL. 23-29950132-9, como Especialista en la Guardia Médica (Tocoginecología), para desempeñarse los días jueves, en el Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", dependiente del Ministerio de Salud, partida 4022.0706.Z.25.954, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Artículo 2º.-Dejase establecido que la presente designación se ajustará a los términos de la Resolución Nº 1657/MSGC/2013, del Régimen de Suplencias de Guardia.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 113

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Artículo 3º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1071/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley nº 471, los Decretos Nros. 638/07 y 363/15, la Resolución Nº 446/MHGC/16, y el Expediente Electrónico Nº 2016-13352617-MGEYA-DGADCYP, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 638/07 se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que en el Artículo 7º del Decreto Nº 363/15 instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución Nº 446/MHGC/2016 se estableció que el excedente de unidades retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo 7º y 8º del Decreto Nº 363/15, podrán ser administrados como Suplemento de Gabinete; Que la Directora General, de la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto, dependiente de la Subsecretaría Administración del Sistema de Salud, del Ministerio de Salud, solicitó un Suplemento de Gabinete, equivalente a mil quinientas (1500) unidades retributivas a partir del 1 de mayo de 2016, para el agente Maximiliano Francisco Minio, CUIL. 20-25386865-2, Partida Presupuestaria 40010050.AA.01.0000, quien reviste como Planta Permanente; Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes ha tomado la debida intervención a fin de verificar que la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto, cuenta con las unidades retributivas necesarias para hacer frente a las mencionadas asignaciones, sin objeciones que formular al respecto; Por ello, en virtud de las atribuciones que le son propias,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Asignase, a partir del 1 de mayo de 2016, Suplemento de Gabinete equivalente a mil quinientas (1.500) unidades retributivas al agente Maximiliano Francisco Minio CUIL. 20-25386865-2, Partida Presupuestaria 40010050.AA.01.0000, dependiente de la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto, de la Subsecretaria Administración del Sistema de Salud, del Ministerio de Salud.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 114

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Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, y pase a la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto, quien deberá notificar al interesado. Cumplido archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1081/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 10499154/MGEYA-DGDIYDP/2016, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional propicia la contratación de la agente Vilma Inés Brunetti, CUIL. 27-24212332-3, como Profesora de Enseñanza Superior, en la Carrera de Técnicos en Hematología, en la asignatura "Laboratorio Hematológico", en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, del Ministerio de Salud, por el período comprendido entre el 22 de febrero y el 22 de diciembre de 2016; Que, como consecuencia de lo expresado, resulta procedente dictar el acto administrativo en cuestión, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Anexo "I", punto 2, del Decreto Nº 1480/1987,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Contrátase por el período comprendido entre el 22 de febrero y el 22 de diciembre de 2016, a la agente Vilma Inés Brunetti, CUIL. 27-24212332-3, como Profesora de Enseñanza Superior, en la Carrera de Técnicos en Hematología, en la asignatura "Laboratorio Hematológico", 5 (cinco) horas semanales, 160 (ciento sesenta) horas totales, en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, dependiente del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987. Artículo 2.- El Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, del Ministerio de Salud, comunicará a la Gerencia Operativa Administración del Régimen Docente, de la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, la real prestación de los servicios desempeñados por la agente involucrada en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Déjase establecido que la retribución que percibirá la agente nominada en la presente Resolución, será la que establezcan las normas vigentes. Artículo 4.- La Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, tomará los recaudos necesarios con relación al gasto emergente de la presente Resolución.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 115

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Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional de este Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y

Previsionales, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1082/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 11436662/MGEYA-DGDIYDP/2016, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional, oportunamente propició la contratación por diferentes períodos, de la señora Patricia Claudia Saidon, CUIL. 27-13132790-6, como Profesora de Enseñanza Superior, en la Carrera de Neurofisiología, en distintas Asignaturas, en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, del Ministerio de Salud; Que como consecuencia de lo expresado, resulta procedente dictar el acto administrativo en cuestión, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Anexo "I", punto 2, del Decreto Nº 1480/1987,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Contrátase por diferentes períodos, como Profesora de Enseñanza Superior, en la Carrera de Neurofisiología, en distintas Asignaturas, en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, dependiente del Ministerio de Salud, a la señora Patricia Claudia Saidon, CUIL. 27-13132790-6, tal como se indica en el Anexo "I" (IF-2016-13226297-DGALP), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y forma que en cada caso se menciona, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987. Artículo 2.- El Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, comunicará a la Gerencia Operativa Administración del Régimen Docente, de la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, la real prestación de los servicios desempeñados por el personal involucrado en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Déjase establecido que la retribución que percibirá la persona nominada en la presente Resolución, será la que establezcan las normas vigentes. Artículo 4.- La Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, tomará los recaudos necesarios con relación al gasto emergente de la presente Resolución.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 116

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Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional del Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1083/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 9990965/MGEYA-DGDIYDP/2016, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados se propicia la contratación de la señora María José Miguez, CUIL. 27-32890996-6, como Profesora de Enseñanza Superior, en la Carrera Técnicos en Laboratorio, en la Asignatura “Matemática“, del Hospital General de Agudos “Dr. Ignacio Pirovano“, del Ministerio de Salud, durante el período comprendido entre el 4 de abril y el 22 de julio de 2016; Que, como consecuencia de lo expresado, resulta procedente dictar el acto administrativo en cuestión, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Anexo "I", punto 2, del Decreto Nº 1480/1987,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Contrátase por el período comprendido entre el 4 de abril y el 22 de julio de 2016, a la señora María José Miguez, CUIL. 27-32890996-6, como Profesora de Enseñanza Superior, en la Carrera Técnicos en Laboratorio, en la Asignatura “Matemática“ con 4 (cuatro) horas semanales y 48 (cuarenta y ocho) horas totales, del Instituto de Tecnicaturas de Salud, en el Hospital General de Agudos “Dr. Ignacio Pirovano“, del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987. Artículo 2.- El Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, comunicará a la Gerencia Operativa Administración del Régimen Docente, de la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, la real prestación de los servicios desempeñados por la involucrada en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Déjase establecido que la retribución que percibirá la nombrada en la presente Resolución, será la que establezcan las normas vigentes. Artículo 4.- La Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, tomará los recaudos necesarios con relación al gasto emergente de la presente Resolución.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 117

ANEXO

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Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional del Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1084/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Las Ordenanzas Nros. 40.997, 41.793 y 45.146 (textos consolidados por Ley N° 5.454), la Ley N° 153, las Resoluciones Nros. 987/MSGC/14, 2036/MSGC/14, 1920/MSGC/15 y el Expediente Electrónico N ° 14463138/MGEYA-DGDIYDP/16, y CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional tiene la misión de diseñar, coordinar y supervisar los sistemas de formación de postgrado en servicio que se desarrollan en los diversos efectores del Sistema de Salud; Que la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional viene desarrollando acciones tendientes a la adecuación de los programas de residencias del "Equipo de Salud", "Apoyo al Equipo de Salud" y "Enfermería" y los programas de concurrencias, en relación a los preceptos de la Ley Básica de Salud N° 153, en el marco de la realidad epidemiológica de la población y a las necesidades de formación del recurso humano requerido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a profesionales pertenecientes al Sistema de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se les ha encomendado la tarea de desarrollar la Coordinación General de diversas residencias y concurrencias en el marco de las normativas vigentes y en acuerdo con los Comité de Docencia e Investigación de los distintos efectores en el cual se desarrollan los referidos programas formativos; Que para el desempeño de las tareas que se encomiendan es necesario contar con la disponibilidad de profesionales para el cumplimiento de las misiones y funciones específicas que corresponden a la Coordinación General de los sistemas de residencias y concurrencias; Que las tareas encomendadas no implican mayor retribución para los profesionales involucrados, los cuales cumplirán sus funciones con la partida de su nombramiento; Que resulta necesario establecer las funciones y responsabilidades que tendrán los profesionales que se desempeñarán como Coordinadores Generales; Que, asimismo, corresponde derogar las Resoluciones Nros. 987/MSGC/14 y 1920/MSGC/15 que establecieron anteriormente los Coordinadores Generales de Residencias y Concurrencias. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 118

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Artículo 1°.- Encomiéndase la tarea de la Coordinación General de Residencias y Concurrencias, en las distintas especialidades, a los profesionales del Sistema de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se detallan en el Anexo I (IF-2016-14792958-DGDIYDP) que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente, por el término de dos (2) años.

Artículo 2°.- Establécense las funciones y responsabilidades que deberán desempeñar los Coordinadores Generales, conforme se detallan en el Anexo II (IF-2016-14465997-DGDIYDP) que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 3°.- Deróganse las Resoluciones Nros. 987/MSGC/14 y 1920/MSGC/15. Artículo 4°.- Las tareas encomendadas no implican mayor retribución para los profesionales involucrados, los cuales cumplirán sus funciones con la partida de su nombramiento. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1085/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016

VISTO: El Expediente Electrónico Nº 12306935/MGEYA-DGDIYDP/2016, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional oportunamente propició la contratación por diferentes períodos, de la señora Fernanda Colandrea, CUIL. 27-24335575-9, como Profesora de Enseñanza Superior, en la Carrera Técnicos en Esterilización, en distintas Asignaturas, en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, del Ministerio de Salud; Que como consecuencia de lo expresado, resulta procedente dictar el acto administrativo en cuestión, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Anexo "I", punto 2, del Decreto Nº 1480/1987,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 119

ANEXO

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Contrátase por diferentes períodos, como Profesora de Enseñanza Superior, en la Carrera Técnicos en Esterilización, en distintas Asignaturas, en el

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Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, dependiente del Ministerio de Salud, a la señora Fernanda Colandrea, CUIL. 27-24335575-9, tal como se indica en el Anexo "I" (IF-2016-13275476-DGALP), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y forma que en cada caso se menciona, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987. Artículo 2.- El Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, comunicará a la Gerencia Operativa Administración del Régimen Docente, de la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, la real prestación de los servicios desempeñados por la involucrada en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Déjase establecido que la retribución que percibirá la persona nominada en la presente Resolución, será la que establezcan las normas vigentes. Artículo 4.- La Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, tomará los recaudos necesarios con relación al gasto emergente de la presente Resolución. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional del Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y

Previsionales, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Perez

RESOLUCIÓN N.° 1093/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El E.E. N° 33857894/2015 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", dependiente del Ministerio de Salud, oportunamente solicitó la designación con carácter de suplente, de la agente Raquel Viviana Barquez, CUIL 27-18228093-9, como Profesional de Guardia Bioquímica, para desempeñarse los días jueves; Que dicha designación resulta imprescindible, dado que la involucrada será convocada para cubrir las guardias por ausencias debidamente justificadas; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que el establecimiento asistencial en cuestión hace saber al respecto que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA).

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 120

ANEXO

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Que por otra parte es de hacer notar, que la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), del Ministerio que nos ocupa, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia; Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1 del Decreto N° 1821/2006,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.-Desígnase con carácter de suplente, a la agente Raquel Viviana Barquez, CUIL 27-18228093-9, como Profesional de Guardia Bioquímica, para desempeñarse los días jueves, en el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", partida 4021.0026.Z.25.928, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Artículo 2.-Dejase establecido que la presente designación se ajustará a los términos de la Resolución Nº 1657/MSGC/2013, del Régimen de Suplencias de Guardia. Artículo 3.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez" y al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1094/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El E.E. N° 30106635/2015 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que el Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", dependiente del Ministerio de Salud, oportunamente solicitó la designación con carácter de suplente, de la Dra. Adriana Vanesa Babi, CUIL. 27-30791171-5, como Profesional de Guardia Médica para desempeñarse los días miércoles; Que dicha designación resulta imprescindible, dado que la involucrada será convocada para cubrir las guardias por ausencias debidamente justificadas; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que el establecimiento asistencial en cuestión hace saber al respecto que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA). Que por otra parte es de hacer notar, que la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), del Ministerio que nos ocupa, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia; Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1 del Decreto N° 1821/2006,

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LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE Artículo 1°.- Desígnase con carácter de suplente, a la Dra. Adriana Vanesa Babi, CUIL. 27-30791171-5, como Profesional de Guardia Médica, para desempeñarse los días miércoles, en el Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", dependiente del Ministerio de Salud, partida 4022.1006.Z.25.924 de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Artículo 2°.- Dejase establecido que la presente designación se ajustará a los términos de la Resolución Nº 1657/MSGC/2013, del Régimen de Suplencias de Guardia. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1101/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Resolución N° 833/MSGC/16 y el Expediente Electrónico Nº 7295587/MGEYA-DGDIYDP/2016, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución N° 833/MSGC/16 se contrató, por el período comprendido entre el 22 febrero y el 22 de diciembre de 2016, a diversas personas, como Profesores de Enseñanza Superior, en distintas asignaturas de la Carrera de Técnicos en Neurofisiología, en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, conforme lo indicado en el Anexo I de la misma; Que por un error involuntario se indicó al Informe N° 2016-8342503-DGALP como Anexo I de la mencionada Resolución N° 833/MSGC/16, cuando debió consignarse el Informe N° 2016-11223288-DGALP; Que corresponde dictar un nuevo acto administrativo a fin de rectificar la Resolución N° 833/MSGC/16, en virtud del artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Rectifícase el artículo 1° de la Resolución N° 833/MSGC/16 de modo que donde dice "Anexo "I" (IF-2016-8342503-DGALP)" debe decir "Anexo "I" (IF-2016-11223288-DGALP)".

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Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional del este Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1102/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos Nros. 1480/1987 y sus modificatorios y el Expediente Electrónico Nº 9000242/MGEYA-DGDIYDP/2016, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados, la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional propicia la contratación durante el período comprendido entre el 27 de julio y el 31 de agosto de 2016, del señor Javier Felipe Martin, CUIL 20-20203730-6, como Profesor de Enseñanza Superior, en la Asignatura Toxicología, de la Formación en Anfiteatro de Patología y Necropsia, con 5 horas semanales y 18 horas totales, del Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, dependiente del Ministerio de Salud; Que como consecuencia de lo expresado, resulta procedente dictar el acto administrativo en cuestión, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Anexo "I", punto 2, del Decreto Nº 1480/1987,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.- Contrátase por el período comprendido entre el 27 de julio y el 31 de agosto de 2016, al señor Javier Felipe Martin, CUIL 20-20203730-6, como Profesor de Enseñanza Superior, en la asignatura Toxicología, de la Formación en Anfiteatro de Patología y Necropsia, con 5 horas semanales y 18 horas totales, del Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, dependiente del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1480/1987, modificado por Decreto Nº 2489/1987 y Decreto Nº 3524/1987. Artículo 2.- El Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, comunicará a la Gerencia Operativa Administración del Régimen Docente, de la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, la real prestación de los servicios desempeñados por el personal involucrado en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Déjase establecido que la retribución que percibirá la persona nominada en la presente Resolución, será la que establezcan las normas vigentes. Artículo 4.- La Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, tomará los recaudos necesarios con relación al gasto emergente de la presente Resolución.

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Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, dependiente

de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1103/MSGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO El Expediente Electrónico N° 2016-13274059-MGEYA-DGPLO, el Decreto N° 57-2011, el Oficio Judicial N° 2156153-MSGC-12, la Resolución N° 1487-MSGC-2012 y; CONSIDERANDO Que por Decreto N° 57-2011, se suscribió un Convenio Marco para el cumplimiento del Plan de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios en Riesgo Ambiental de la Cuenca Matanza Riachuelo - Segunda y Última Etapa, entre el Estado Nacional, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la provincia de Buenos Aires, los municipios de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echevarría, La Matanza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, General Las Heras, Ezeiza y la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo por medio del cual los firmantes convinieron mejorara la calidad de vida de los habitantes en riesgo ambiental de la Cuenca Matanza-Riachuelo, regularizar el dominio de la tierra a favor de sus ocupantes efectivos y relocalizar a aquellas familias que de encuentren en sectores urbanos de riesgo ambiental inminente; Que como consecuencia, se ha confirmado una Mesa de Trabajo para la relocalización de las villas y asentamientos precarios de la Cuenca Matanza - Riachuelo - "Asentamiento Magaldi", con el fin de articular medidas y mejorar el intercambio entre las partes firmantes del precitado Convenio, acelerando de esta manera la concreción de las medidas necesarias para el cumplimiento del mismo; Que por Resolución N° 1487-MSGC-2012 el Dr. Leonardo Estrada Martínez, Ficha N° 389.742 fue designado como representante titular para la participación en la Mesa de trabajo en virtud de la relocalización de las villas y asentamientos precarios de la Cuenca Matanza- Riachuelo- "Asentamiento Magaldi"; Que atento la continuación y siendo el responsable en Salud Ambiental de coordinar las acciones de salud vinculadas al cumplimiento del Plan de Urbanización mencionado, la Dirección General de Planificación Operativa, dependiente de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria, mediante IF-2016-13284110-DGPLO, propuso su ratificación en las tareas asignadas; Por ello, en uso de las facultades que le son propias

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

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Artículo 1º.- Ratifíquese como representante titular para la participación en la Mesa de Trabajo constituida en virtud de la relocalización de las villas y asentamientos

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precarios de la Cuenca Matanza - Riachuelo - "Asentamiento Magaldi", al Dr. Leonardo Estrada Martínez, Ficha n° 389.742, quien reviste funciones en el Área de Salud Ambiental de este Ministerio. Artículo 2º.- La presente designación no implica erogación presupuestaria alguna.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y de más efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa de Normas, dependiente de la Dirección General de asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1104/MSGC/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: El Decreto Nº 556/10, modificado por Decreto 752/10, la Resolución 131-SSASS-14 y el EE-2016-12.687.103-MSGC, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación del Servicio de Limpieza en el Hospital de Gastroenterología Dr. C. Bonorino Udaondo, realizado por la firma Servicios de Limpieza y Mantenimiento S.A., en el marco del Decreto Nº 556/10, modificado por Decreto Nº 752/10, correspondiente al mes de Abril de 2016, por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($878.390,38); Que por Resolución 131-SSASS-14, -comunicada por NO-2014-4527579-DGADC- se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto 556/10 y su modificatorio Dto. 752/10; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los presentes dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluidas, dado que el presente tramite se inició con anterioridad al dictado del mencionado acto administrativo; Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud mediante la NO-2016-07753660-DGRFISS ampliada por la NO-2016-10659752-DGRFISS, comunicó la modificación del circuito administrativo para el reconocimiento y pago de los servicios de Limpieza General Integral, Limpieza Áreas No Concesionadas y Limpieza de Áreas Verdes; Que con relación a la prestación y su certificación, la misma se encuentra reconocida y conformada por la citada Dirección General mediante DI-2016-54-DGRFISS, -Orden 12-; Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud, acordó la gestión realizada y prestó conformidad a la prestación efectuada, atento que la misma resulta esencial e imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población;

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Que el monto de la prestación se corresponde con lo establecido en el Acta Acuerdo N° 20-MSGC-16, de fecha 03.03.2016, por la cual se reconoce a la firma prestadora de los servicios el incremento en el costo de la mano de obra según los convenios salariales aplicables, tomando como base las Actas Acuerdo N° 111- MSGC-15, N° 52-MSGC-15 y N° 55-MSGC-2013, y lo actuado por Registro Nº 804.435/MSGC/10, en el cual se fijaba un abono, sobre la base de un precio mensual final por operario de jornada completa a octubre de 2010, para las prestaciones de Hospitales; Que por EE-2014-4.881.784-DGRFISS tramita la regularización del servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose en etapa de revisión de Pliegos;

Que se ha registrado la Solicitud de Gastos -Orden 5- y Registro de Compromiso Definitivo, -Orden 15- con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 3.3.5.; Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 363-AJG-2015 rectificado por Decreto N° 141-AJG-2016; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación del Servicio de Limpieza en el Hospital de Gastroenterología Dr. C. Bonorino Udaondo, realizado por la firma Servicios de Limpieza y Mantenimiento S. A., durante el mes de Abril de 2016, por la suma de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($878.390,38). Artículo 2º.- El gasto que se aprueba por el artículo 1º de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente del Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Administración y Control Contable, y al Hospital de Gastroenterología Dr. C. Bonorino Udaondo. Bou Pérez

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Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN N.° 1877/MEGC/16

Buenos Aires, 17 de mayo de 2016 VISTO: La Ley Nº 2809, la Ley N° 4763, el Decreto Nº 127/14, la Resolución Nº 601/GCABA/MHGC/14, y Expediente Nº 2407918/2012, y CONSIDERANDO: Que la empresa INGECONS S.A., resultó adjudicataria de la obra denominada "Trabajos de rehabilitación integral en el edificio del Centro de Formación Profesional Nº 1", sito en Rio Cuarto 1993, DE Nº4 CABA, Licitación Pública Nº 5-09; Que por el expediente citado en el Visto, la empresa INGECONS S.A adjudicataria de la obra mencionada en el considerando precedente, solicitó la primera redeterminación definitiva de precios de la obra detallada, según lo dispuesto en la Ley Nº 2809 y la Resolución Nº 601/GCABA/MHGC/14 que la reglamenta; Que intervino la Dirección General de Redeterminación de Precios dependiente del Ministerio de Hacienda de la Ciudad de Buenos Aires tomando intervención el 22 de agosto de 2014, mediante IF-2014-12008245-DGRP; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires dictaminó favorablemente el pedido de la redeterminacion definitiva de precios solicitada por la empresa, en los términos de su Dictamen Jurídico IF-2014-15971717-DGRECO, de fecha 3 de noviembre de 2014; Que en virtud de lo expuesto, y por encontrarse reunidos todos los recaudos procedimentales y legales, corresponde en esta instancia ratificar el Acta de Redeterminación de Precios suscripta "ad referéndum" entre la Contratista y la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos; Que consta la afectación presupuestaria definitiva del gasto; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención de su competencia Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 127/14,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Ratifícase el Acta de Redeterminación de Precios suscripta entre la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos y la empresa INGECONS S.A. respecto de los “ Trabajos de rehabilitación integral en el edificio del Centro de Formación Profesional Nº 1", sita en Rio Cuarto 1993, DE Nº4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", que fuere contratada por la Licitación Pública Nº 5-09 - la que como anexo IF-2015-32787823-SSGEFYAR / IF-2014-17632636-DGIES, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- El gasto que demande la presente medida será imputado a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 3.- Notifíquese fehacientemente a la empresa de acuerdo a los términos establecidos en los artículos Números 60 y 61 de la Ley de Procedimientos

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Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y comuníquese a la Dirección General de Redeterminación de Precios del Ministerio de Hacienda, con copia a la Dirección General de Infraestructura Escolar y al área de redeterminación de precios de la Subsecretaría de Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, una vez cumplido, remítase el expediente a la Dirección General de Infraestructura Escolar para su archivo. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 1987/MEGC/16

Buenos Aires, 26 de mayo de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 11.380.462/MGEYA-DGEGE/16, y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 442-MEGC/2016 la Escuela N° 5 Distrito Escolar 3° ha pasado a integrar el "Programa de Escuelas de Jornada Completa con Intensificación en un Campo del Conocimiento: Artes"; Que a tenor de ello, se ha modificado la Planta Orgánica Funcional de dicho establecimiento; Que varios docentes titulares del Área Curricular de Materias Especiales - Educación Plástica, han quedado a resultas de ello en situación de disponibilidad; Que la Conducción de la Escuela Nº 5 Distrito Escolar 3° ha producido la información correspondiente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Declárase en disponibilidad con goce de haberes, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Estatuto Docente (Ordenanza N° 40.593 y su modificatoria N° 40.750) y decretos reglamentarios, en los cargos y establecimiento, a los docentes titulares que se nomina en el Anexo (IF- 2016-11523603-DGPDYND), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Personal Docente y No Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes). Cumplido, archívese. Acuña

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ANEXO

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 1988/MEGC/16

Buenos Aires, 26 de mayo de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 11.416.761/MGEYA-DGEGE/16, y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 442-MEGC/16 la Escuela N° 5 Distrito Escolar 3° ha pasado a integrar el "Programa de Escuelas de Jornada Completa con Intensificación en un Campo del Conocimiento: Artes"; Que a tenor de ello, se ha modificado la Planta Orgánica Funcional de dicho establecimiento; Que varios docentes titulares del Área Curricular de Materias Especiales - Educación Física, han quedado a resultas de ello en situación de disponibilidad en el mismo; Que la Conducción de la Escuela Nº 5 Distrito Escolar 3° ha producido la información correspondiente; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que les compete. Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Declárase en disponibilidad con goce de haberes, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Estatuto Docente (Ordenanza N° 40.593 y su modificatoria N° 40.750) y decretos reglamentarios, en los cargos y establecimiento, a los docentes titulares que se nomina en el Anexo (IF-2016-11523598-DGPDYND), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Personal Docente y No Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes). Cumplido, archívese. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 1994/MEGC/16

Buenos Aires, 26 de mayo de 2016 VISTO: El E.E. Nº 3190987/2016 (DGCLEI) y

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ANEXO

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CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la agente Georgina Cardillo, CUIL. 27-29867564-7, perteneciente a la Dirección General Coordinación Legal e Institucional, del Ministerio de Educación, solicitó a partir del 1 de enero y hasta el 31 de marzo de 2016, licencia extraordinaria sin goce de haberes, por razones personales; Que la precitada Dirección General accede a lo requerido, toda vez que su otorgamiento no afectará el normal desarrollo de las tareas; Que por lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 1550/2008, corresponde su autorización; Que a tal fin, procede dictar la norma legal respectiva; Por ello, conforme lo prescripto por el Decreto Nº 1550/2008,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.-Convalídase por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2016, la licencia extraordinaria sin goce de haberes usufructuada por la agente Georgina Cardillo, CUIL. 27-29867564-7, perteneciente a la Dirección General Coordinación Legal e Institucional, del Ministerio de Educación, de conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 1550/2008, habiendo retomado sus funciones el 1 de abril de 2016, en partida 5501.0030.H.00. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 1996/MEGC/16

Buenos Aires, 27 de mayo de 2016 VISTO: El E.E. Nº 4380519/2016 (DGEDS), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la señora Florencia Bellagamba, CUIL. 27-32640561-8, presentó a partir del 1 de febrero de 2016, su renuncia a los alcances del artículo 39 de la Ley Nº 471 y lo prescripto por el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo, desempeñándose en la Dirección General de Educación Superior, de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica Equidad Educativa, del Ministerio de Educación, establecido por Resolución Conjunta Nº 1831/MMGC/2015 modificada por Resolución Nº 1694/SSGRH/2015; Que como consecuencia de lo expresado, la citada Dirección General, eleva la renuncia a que nos hemos referido, conforme lo dispuesto por el artículo 65 de la precitada Ley; Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Por ello,

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EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 1 de febrero de 2016, la renuncia presentada por la señora Florencia Bellagamba, CUIL. 27-32640561-8, de la Dirección General de Educación Superior, de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica Equidad Educativa, del Ministerio de Educación, a los alcances del artículo 39 de la Ley Nº 471 y lo prescripto por el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo, conforme lo dispuesto por el artículo 65 de la precitada Ley, deja partida 5560.1000.H.00, cuya incorporación fuera dispuesta por Resolución Conjunta Nº 1831/MMGC/2015 modificada por Resolución Nº 1694/SSGRH/2015. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 1998/MEGC/16

Buenos Aires, 27 de mayo de 2016 VISTO: El artículo 10 de la Ordenanza N° 40593 (Estatuto del Docente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y sus modificatorias, el Expediente Electrónico N° 7.459.714-MGEYA-CJ/16, y CONSIDERANDO: Que el artículo 10 de la Ordenanza N° 40593 (Estatuto del Docente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y sus modificatorias dispone que los vocales de las Juntas de Clasificación Docente propuestos por el Ministerio de Educación durarán un año en sus funciones y podrán ser redesignados indefinidamente; Que los vocales propuestos en representación de este Ministerio para las Juntas de Clasificación Docente se desempeñaron en el cargo durante el año 2015 y cumplen con los requisitos estatutarios para ejercerlo; Que el proceso de regulación del sistema de clasificación docente y la reorganización de las Juntas de Clasificación Docente no ha finalizado y está en etapa de ejecución y monitoreo; Que resulta necesario optimizar los recursos humanos que dieron prueba de su idoneidad para desempeñarse en el cargo; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 131

Artículo 1.- Designase en el cargo, como vocales titulares de las Juntas de Clasificación Docente en representación del Ministerio de Educación a partir del 17 de

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febrero de 2016 y por el término de un año, a los docentes que se mencionan en el Anexo IF-2016-07547280-CJ que a todos sus efectos forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Otórgase a los miembros de las Juntas de Clasificación Docente a que hace referencia el artículo precedente la licencia que establece el apartado V, punto 1 del artículo 10, del Estatuto del Docente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, respectivamente en los cargos en que revistan y mientras duren en sus funciones. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Direcciones Generales de Carrera Docente (Gerencia Operativa de Clasificación y Disciplina Docente), de Personal Docente y No Docente (Gerencia Operativa de Recursos Humanos Docentes), de Educación de Gestión Estatal (Áreas de Educación Primaria, Inicial, Especial, del Adulto y del Adolescente, Media y Técnica), de Educación Superior (Áreas de Formación Docente y de Educación Artística), de Liquidación de Haberes y pase a los agentes involucrados para su notificación. Cumplido archívese. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 2053/MEGC/16

Buenos Aires, 31 de mayo de 2016 VISTO: La Ley N° 5.495, el Decreto N° 10/16, mediante el cual se aprobaron las normas anuales de ejecución y aplicación del presupuesto sancionado 2016 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2016, el Expediente Electrónico 2016-14036432-MGEYA-DGAR, y CONSIDERANDO: Que es necesario una modificación presupuestaria tendiente a redistribuir los créditos de diferentes programas, proyectos, actividades, obras y partidas de este Ministerio, de acuerdo al detalle que se adjunta en el anexo IF-2016-14038209-DGAR; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 10/16,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1º.- Modifícanse los créditos sancionados de diferentes programas, proyectos, actividades, obras y partidas de este ministerio conforme se detalla en el anexo IF-2016-14038209-DGAR;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 132

ANEXO

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Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de Administración de Recursos (Coordinación Oficina de Gestión Sectorial) dependiente del Ministerio de Educación y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 2131/MEGC/16

Buenos Aires, 2 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 5.495, el Decreto N° 10/16, mediante el cual se aprobaron las normas anuales de ejecución y aplicación del presupuesto sancionado 2016 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2016, el Expediente Electrónico Nº 2016-14221645-MGEYA-DGAR, y CONSIDERANDO: Que es necesario una modificación presupuestaria tendiente a redistribuir los créditos de diferentes programas, proyectos, actividades, obras y partidas de este Ministerio, de acuerdo al detalle que se adjunta en el anexo IF-2016-14224738-DGAR; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 10/16,

LA MINISTRA DE EDUCACION RESUELVE

Artículo 1º.- Modifícanse los créditos sancionados de diferentes programas, proyectos, actividades, obras y partidas de este ministerio conforme se detalla en el anexo IF-2016-14224738DGAR; Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de Administración de Recursos (Coordinación Oficina de Gestión Sectorial) dependiente del Ministerio de Educación y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Acuña

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 133

ANEXO

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 2161/MEGC/16

Buenos Aires, 6 de junio de 2016 VISTO: El E.E. Nº 13338465/2016 (DGPDYND), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, el agente Matías Ávalos, CUIL. 20-28936995-4, perteneciente a la Dirección General de Personal Docente y No Docente, de la Subsecretaría de Carrera Docente, del Ministerio de Educación, solicitó licencia extraordinaria sin goce de haberes, a partir del 14 de diciembre de 2015 y por el término de un (1) año, por razones personales; Que la citada Dirección General accede a lo requerido, toda vez que su otorgamiento no afectará el normal desarrollo de las tareas; Que por lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 1550/2008, corresponde su autorización; Que a tal fin, procede dictar la norma legal respectiva; Por ello, conforme lo prescripto por el Decreto Nº 1550/2008,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.-Otórgase a partir del 14 de diciembre de 2015 y por el término de un (1) año, licencia extraordinaria sin goce de haberes, al agente Matías Ávalos, CUIL. 20-28936995-4, de la Dirección General de Personal Docente y No Docente, de la Subsecretaría de Carrera Docente, del Ministerio de Educación, de conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 1550/2008, reservando el derecho a retomar sus funciones en partida 5501.0050.H.00, de la citada Dirección General. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 58/SSCPEE/16

Buenos Aires, 3 de junio de 2016 VISTO El Expediente Electrónico N° 14628083/MGEYA-SSCPEE/2016

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Que por los presentes actuados, por medio de los cuales tramita la solicitud de Declaración de Interés para la Primer Jornada de Gastronomía, la cual se realizara el día 10 de junio del corriente año. Que dicho Jornada tiene como objetivo fundamental tiene difundir todas las ofertas educativas en Gastronomía que desarrollan los Centros de Formación Profesional de la Ciudad de Buenos Aires dependientes de la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo; Que la gastronomía promueve el desempeño de competencias innovadoras en la elaboración de alimentos y bebidas, y fomenta el desarrollo de habilidades e iniciativas en la preparación, operación y administración de negocios gastronómicos, y el desempeño de competencias innovadoras en la elaboración de alimentos y bebidas; Que asimismo permite desempeñar una secuencia productiva y el sostenimiento de hábitos laborales relacionados a la higiene y a la seguridad, Que la Formación Profesional constituye una modalidad que vincula la educación con el sistema productivo, articulando servicios de formación, capacitación profesional y perfeccionamiento laboral; Que los Centros de Formación Profesional dependientes del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires promueven la formación profesional en el rubro gastronómico; Que las distintas instancias de la Jornada conforman un Cronograma que como Anexo I se incorpora a la presente resolución; Que son atribuciones de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa fomentar y apoyar iniciativas que contribuyan a la capacitación en materia educativa y pedagógica; Que dada la envergadura del encuentro, el mismo es merecedor del reconocimiento de la entidad rectora en el ámbito de la educación; Por ello y en uso de las facultades otorgada por la Resolución N° 263/MEGC/16.

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA

RESUELVE Artículo 1. Declárase de interés educativo la realización de la Primer Jornada de Gastronomía y que las distintas actividades que constan en el Anexo (IF- 14626690/SSCPEE/2016) forman parte de la presente Resolución. Artículo 2. Déjase constancia que la mencionada declaración de interés no representa erogación alguna para esta jurisdicción.

Artículo 3. Publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a esta Subsecretaría, a los presentantes y pase a la Dirección General de Educación Superior. Cumplido, archívese. Bruzos Bouchet

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ANEXO

CONSIDERANDO

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

RESOLUCIÓN N.° 286/SECTRANS/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2015-03989510- -MGEYA-DGTYTRA, las Leyes Nº 2.148 y 3.622, y CONSIDERANDO: Que el día 11 de agosto de 2015, durante un operativo de control llevado a cabo en la vía pública, el vehículo dominio NUN 292 de titularidad del Sr. Mario Alberto Vallejos, D.N.I. N° 23.903.925, afectado a la licencia Nº 18.226, para la prestación del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, fue detenido mientras prestaba servicio, para la verificación de su documentación habilitante; Que, como resultado de dicho control, se labró el Acta de Comprobación de Infracción N° B14227796, al verificarse que el vehículo estaba siendo conducido por el señor Sr. Carlos Alberto Vallejos, D.N.I. N° 22.827.322, quien al momento de efectuarse la inspección de la documentación pertinente, no se encontraba autorizado por la autoridad competente para ello; Que, en consecuencia, se iniciaron las correspondientes actuaciones administrativas, a los fines de establecer las responsabilidades por el supuesto incumplimiento al régimen que regula la actividad y de aplicar, en su caso, la sanción que pudiere caber; Que, el Sr. Mario Alberto Vallejos, en su carácter de titular de la licencia mencionada, presentó descargo, donde manifestó que el vehículo no se encontraba prestando servicio al momento del labrado del acta de infracción; Que, conforme surge del Acta de Comprobación de Infracción Nº B14227796, el vehículo dominio NUN 292 “circula con bandera libre encendida“; Que, por lo tanto, es posible afirmar que el Sr. Vallejos se encontraba prestando servicio al momento en que fue detenido por el control; Que, consecuentemente, se comprobó que el Sr. Carlos Alberto Vallejos no se encontraba habilitado como conductor de la licencia de taxi en cuestión; Que, de este modo, la conducta verificada se inscribe en el supuesto previsto, en el artículo 12.11.2.2 del Anexo de la Ley 2.148, como antecedente para la aplicación de la sanción de caducidad de la licencia; Que, en efecto, corresponde dictar el acto administrativo que disponga como sanción la caducidad de la licencia, de conformidad con lo establecido en el artículo mencionado; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en los términos de la Ley Nº 1.218 y del Artículo 7 inciso d) del Decreto Nº 1.510/97. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nro. 498/08,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Disponer la baja de la licencia Nº 18.226, para la prestación del Servicio

Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, otorgada a favor del señor Mario Alberto Vallejos, titular del D.N.I. Nº 23.903.925.

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Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte, quien notificará al interesado. Cumplido, archívese. Méndez

RESOLUCIÓN N.° 287/SECTRANS/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes N° 2.095, N° 4.764 (Texto consolidado por Ley 5.454), Nº 2.809, los Decretos N° 95/14, Nº 114/16, la Disposición Nº 396/DGCyC/14, y el Expediente N° 10864399-MGEYA-SECTRANS/16, y CONSIDERANDO: Que por las actuaciones consignadas en el Visto, tramita la Contratación Menor Nº 768-0815-CME16, que tiene por objeto el Servicio de mantenimiento de ascensor Playa de transferencia de combis - Terminal Obelisco, destinado a la Dirección General de Tránsito y de Transporte perteneciente a esta Secretaría de Transporte; Que dicho mantenimiento resulta indispensable para el debido funcionamiento a los efectos de permitir y desarrollar actividades en el edificio con un correcto ascenso y descenso en forma continua ya que es el único medio mecánico que posibilita el ingreso a la playa de combis; Que el mencionado ascensor está destinado a usuarios con movilidad reducida por lo cual es de suma importancia brindar y preservar su calidad, seguridad y confiabilidad; Que atento a ello, y tomando en cuenta que la presente contratación no supera las cien mil unidades de compra, se consideró conveniente encuadrar el proceso de compra en los términos del artículo 38 de la Ley N° 2.095, sus modificatorias y su reglamentación; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo con lo establecido en el Artículo 18 inciso j) de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria Nº 4.764, del Gobierno de la Ciudad (Texto consolidado por Ley 5454) aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige la presente Contratación; Que el gasto total estimado para la presente contratación ha sido debidamente imputado y autorizadas las Solicitudes de Gasto respectivas; Que son parte integrante de este llamado a Licitación Pública, los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en el Decreto 114/16,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1.- Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares que se acompaña como Anexo (IF-2016-15428051-SECTRANS) y de Especificaciones Técnicas que se acompaña como Anexo (IF-2016-15434057-SECTRANS), correspondientes al Proceso de Compra BAC N° Nº 768- 0815-CME16.

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Artículo 2.- Llámese el llamado a Contratación Menor Nº 768- 0815-CME16 para el día 21 de junio de 2016 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095 y Ley N° 4.764, (Texto consolidado por Ley 5.454). para la Contratación Menor Nº 768-0815-CME16, que tiene por objeto el Servicio de

mantenimiento de ascensor Playa de transferencia de combis - Terminal Obelisco, destinado a la Dirección General de Tránsito y de Transporte perteneciente a esta Secretaría de Transporte por un monto total estimado de SESENTA MIL ($60.000.-). Artículo 3.- El presente gasto se imputará a las partidas presupuestarias del ejercicio en vigencia. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; y para su conocimiento y demás fines remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones de esta Secretaría de Transporte. Cumplido. Archívese. Méndez

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ANEXO

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Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N.° 1329/MCGC/16

Buenos Aires, 4 de marzo de 2016 VISTO: La Ley N° 2.264, la Resolución N° 648/MCGC/10 y el Expediente Electrónico Nº 14.171.926/MGEYA-DGTALMC/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2.264 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la de aprobar, objetar o rechazar con causa fundada las rendiciones de cuentas documentadas que deben presentar los beneficiarios del Régimen; Que la Resolución N° 648/MCGC/10 establece que los beneficiarios del Régimen deben presentar un Informe de Actividades y un Informe Financiero referidos al proyecto realizado, como así también determina el plazo en el que debe cumplirse con la presentación de dicha rendición; Que por los presentes actuados tramitó el proyecto N° 2292/RPC/14 titulado "Foto Libro II Volviendo a nosotros mismos", siendo responsable del mismo Asociación Civil ProyectARG CUIT 30-70812630-2, el cual fue aprobado mediante Resolución N° 8593/MCGC/14 por resultar el mismo de interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que se estableció mediante la mencionada Resolución que el financiamiento del proyecto aprobado podría alcanzar hasta la suma máxima de $ 76.909.-; Que la entidad responsable del proyecto ha presentado en tiempo y forma los informes requeridos a modo de rendición, constando que el monto total ejecutado es de $ 76.992.- los rubros a los que se aplicaron los fondos se ajustan a los oportunamente presupuestados y los comprobantes adjuntados como prueba cumplen en sus aspectos formales con los requerimientos legales vigentes Que la Subgerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural informa que la recaudación vía Régimen Mecenazgo asciende a la suma de $ 76.909.- y que el monto restante fue aportado por la beneficiaria; Que corresponde dar por cumplidas las obligaciones relacionadas con la ejecución del proyecto N° 2292/RPC/14 por el monto establecido mediante la Resolución N° 8593/MCGC/14. Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 2.264 y la Resolución N° 648/MCGC/10,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1°.- Dense por cumplidas las obligaciones de la beneficiaria de la Resolución N° 8593/MCGC/14, Asociación Civil ProyectARG CUIT 30-70812630-2, en concepto

de gastos relacionados con la ejecución del Proyecto N° 2292/RPC/14 titulado "Foto Libro II Volviendo a nosotros mismos", por la suma de $ 76.909.-

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Artículo 2°.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subgerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificar a la entidad beneficiaria. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 1331/MCGC/16

Buenos Aires, 4 de marzo de 2016 VISTO: La Ley N° 2.264, la Resolución Nº 648/MCGC/10 y el Expediente Electrónico Nº 4.249.969/MGEYA-DGTALMC/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2.264 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la de aprobar, objetar o rechazar con causa fundada las rendiciones de cuentas documentadas que deben presentar los beneficiarios del Régimen; Que la Resolución Nº 648/MCGC/10 establece que los beneficiarios del Régimen deben presentar un Informe de Actividades y un Informe Financiero referidos al proyecto realizado, como así también determina el plazo en el que debe cumplirse con la presentación de dicha rendición; Que por los presentes actuados tramitó el proyecto Nº 1738/RPC/13 titulado "Zoltan Guera y los Transportadores", siendo responsable del mismo el señor Mariano Julián Álvarez DNI 21.765.065, el cual fue aprobado mediante Resolución Nº 4707/MCGC/13 por resultar el mismo de interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y nombrado nuevo titular del mismo por Resolución Nº 2400/MCGC/14; Que se estableció mediante Resolución Nº 4707/MCGC/13 que el financiamiento del proyecto aprobado podría alcanzar la suma máxima de $ 62.090.-; Que el responsable del proyecto ha presentado en tiempo y forma los informes requeridos a modo de rendición, constando que el monto total ejecutado es de $ 62.100,29.-, los rubros a los que se aplicaron los fondos se ajustan a los oportunamente presupuestados y los comprobantes adjuntados como prueba cumplen en sus aspectos formales con los requerimientos legales vigentes; Que la Subgerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural informa que la recaudación vía Régimen Mecenazgo asciende a la suma de $ 62.090.- y que el monto restante fue aportado por el beneficiario; Que corresponde dar por cumplidas las obligaciones relacionadas con la ejecución del proyecto Nº 1738/RPC/13 por el monto establecido mediante la Resolución Nº 4707/MCGC/13; Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 2.264 y la Resolución Nº 648/MCGC/10,

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Artículo 1°.- Dense por cumplidas las obligaciones del beneficiario de las Resoluciones Nº 4707/MCGC/13 y Nº 2400/MCGC/14, señor Mariano Julián Álvarez DNI 21.765.06,

en concepto de gastos relacionados con la ejecución del Proyecto Nº 1738/RPC/13 titulado "Zoltan Guera y los Transportadores", por la suma de $ 62.090.-. Artículo 2º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subgerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificar al beneficiario. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 1489/MCGC/16

Buenos Aires, 9 de marzo de 2016 VISTO: La Ley N° 2.264, la Resolución Nº 648/MCGC/10 y el Expediente Electrónico Nº 14.828.576/MGEYA-DGTALMC/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2.264 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la de aprobar, objetar o rechazar con causa fundada las rendiciones de cuentas documentadas que deben presentar los beneficiarios del Régimen; Que la Resolución Nº 648/MCGC/10 establece que los beneficiarios del Régimen deben presentar un Informe de Actividades y un Informe Financiero referidos al proyecto realizado, como así también determina el plazo en el que debe cumplirse con la presentación de dicha rendición; Que por los presentes tramitó el proyecto Nº 2359/RPC/14 titulado "Cultura al día", siendo responsable del mismo la señora Patricia Viviana Altmark DNI 11.450.088, el cual fue aprobado mediante Resolución Nº 8936/MCGC/14 por resultar el mismo de interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que se estableció mediante la mencionada Resolución que el financiamiento del proyecto aprobado podría alcanzar la suma máxima de $ 150.000.-; Que la responsable del proyecto ha presentado en tiempo y forma los informes requeridos a modo de rendición, constando que el monto total ejecutado es de $ 163.041,45.-, los rubros a los que se aplicaron los fondos se ajustan a los oportunamente presupuestados y los comprobantes adjuntados como prueba cumplen en sus aspectos formales con los requerimientos legales vigentes; Que la Subgerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural informa que la recaudación vía Régimen Mecenazgo asciende a la suma de $ 150.000.- y que el monto restante fue aportado por la beneficiaria; Que corresponde dar por cumplidas las obligaciones relacionadas con la ejecución del proyecto Nº 2359/RPC/14 por el monto establecido mediante la Resolución Nº 8936/MCGC/14; Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 2.264 y la Resolución Nº 648/MCGC/10,

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 141

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

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Artículo 1°.- Dense por cumplidas las obligaciones de la beneficiaria de la Resolución Nº 8936/MCGC/14, señora Patricia Viviana Altmark DNI 11.450.088, en concepto de gastos relacionados con la ejecución del Proyecto Nº 2359/RPC/14 titulado "Cultura al día", por la suma de $ 150.000.-.

Artículo 2º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subgerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificar a la beneficiaria. Lopérfido RESOLUCIÓN N.° 2717/MCGC/16

Buenos Aires, 20 de abril de 2016 VISTO: El EX-2016-03891030- -MGEYA-DGFYEC, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General de la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales propicia la modificación de los honorarios a percibir por el contratado, atento a las actividades que dicha persona desarrolla en el ámbito de la citada Dirección General razón por la cual resulta necesario modificar el Instrumento Contractual oportunamente suscripto a los fines de adecuarlo al servicio requerido; Por ello; y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la Cláusula Modificatoria de Aumento de Honorarios establecido en la contratación celebrada con la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-11173758- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a la Cláusula Modificatoria mencionada en el Anexo I que se aprueba por el Art. 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Artículo 4º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 5º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lóperfido

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 142

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 2893/MCGC/16

Buenos Aires, 25 de abril de 2016 VISTO: El EX-2016-10850973- -MGEYA-DGFYEC, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General de la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, SADE IF-2016-11488904- -MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 143

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Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 3661/MCGC/16

Buenos Aires, 20 de mayo de 2016 VISTO: El EX-2016-12090443- -MGEYA-CCGSM, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Director General del Centro Cultural General San Martín propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, SADE IF-2016-13495216-MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 144

ANEXO

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Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la

Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 3662/MCGC/16

Buenos Aires, 20 de mayo de 2016 VISTO: El EX-2016-12090597- -MGEYA-CCGSM, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Director General del Centro Cultural General San Martín propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, SADE IF-2016-13495297-MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 145

ANEXO

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Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la

Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 3663/MCGC/16

Buenos Aires, 20 de mayo de 2016 VISTO: El EX-2016-12090287- -MGEYA-CCGSM, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Director General del Centro Cultural General San Martín propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 146

ANEXO

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, SADE IF-2016-13495404-

Page 147: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la

Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 3665/MCGC/16

Buenos Aires, 20 de mayo de 2016 VISTO: El EX-2016-12038276- -MGEYA-CCGSM, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, por la Resolución N° 1084-MCGC-16, se aprobó el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a SOSA BARRIOS MARIA FERNANDA, DNI N° 95.045.455, para el Centro Cultural General San Martín, dependiente del Ministerio de Cultura. Que, el señor Director General del Centro Cultural General San Martín tramita la presente renuncia presentada por la citada persona a partir del 01 de Mayo de 2016, razón por la cual resulta necesario dictar el Acto Administrativo correspondiente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 147

ANEXO

Artículo 1º.-Acéptase la renuncia presentada por SOSA BARRIOS MARIA FERNANDA, DNI N° 95.045.455, a partir del 01 de Mayo de 2016, al Contrato de

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Locación de Servicios que la vinculara con el Centro Cultural General San Martín, el cual fuera oportunamente aprobado por Resolución N° 1084-MCGC-16. Artículo 2º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 3666/MCGC/16

Buenos Aires, 20 de mayo de 2016 VISTO: El EX-2016-12441669- -MGEYA-CCGSM, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, por la Resolución N° 1083-MCGC-16, se aprobó el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a MOLES IVAN NEHUEN, DNI N° 35.536.983, para el Centro Cultural General San Martín, dependiente del Ministerio de Cultura. Que, el señor Director General del Centro Cultural General San Martín tramita la presente renuncia presentada por la citada persona a partir del 01 de Mayo de 2016, razón por la cual resulta necesario dictar el Acto Administrativo correspondiente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.-Acéptase la renuncia presentada por MOLES IVAN NEHUEN, DNI N° 35.536.983, a partir del 01 de Mayo de 2016, al Contrato de Locación de Servicios que lo vinculara con el Centro Cultural General San Martín, el cual fuera oportunamente aprobado por Resolución N° 1083-MCGC-16. Artículo 2º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 148

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RESOLUCIÓN N.° 3768/MCGC/16

Buenos Aires, 23 de mayo de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 35.518.641-MGEYA-DGTALMC-15, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 3109-MCGC-15, N° 3138-MCGC-15, y CONSIDERANDO: Que por los Decretos N° 1020-04 y N° 115-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones; Que, por Resolución 3109-MCGC-15 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 3138-MCGC-15 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "Línea Audiovisuales" destinada a solventar los costos relativos a la realización de distintos filmes; Que, la Dirección General Festivales y Eventos Centrales ha propiciado la desestimación de la solicitud de subsidio del peticionante, en base a los fundamentos vertidos en su dictamen; Que, en virtud de tales antecedentes, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha aconsejado la desestimación de la solicitud de subsidio presentada en el año 2015; Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Desestímase la solicitud de subsidio presentada en el año 2015 por Melisa Cristina Liebenthal, en virtud de los argumentos esgrimidos en el dictamen emitido por el área sustantiva. Artículo 2º.- Pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificar al interesado. Cumplido, archívese. Lopérfido

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 149

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RESOLUCIÓN N.° 3771/MCGC/16

Buenos Aires, 23 de mayo de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 17.190.415-MGEYA-DGTALMC-15, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 3109-MCGC-15, N° 3139-MCGC-15, y CONSIDERANDO: Que por los Decretos N° 1020-GCBA-04 y N° 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones; Que, por Resolución 3109-MCGC-15 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 3139-MCGC-15 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "Línea Creadores" destinada a fomentar toda expresión de la Cultura, el Arte y de la Ciencia llevada a cabo por personas físicas o jurídicas de la Ciudad de Buenos Aires, con su labor enriquecen su desarrollo científico y cultural; Que, por el presente tramita el proyecto presentado por Fernando Emilio Casals. Que la Dirección General Centro Cultural Recoleta informa, como área sustantiva, que dicho proyecto no pudo ser evaluado en tiempo y forma debido al cambio de autoridades que ha tenido lugar en el mes de diciembre próximo pasado, motivo por el cual dicha área no emitió el dictamen correspondiente. Que, en virtud de tales antecedentes, y teniendo en cuenta que el ejercicio presupuestario que hubiera correspondido ejecutar se encuentra vencido, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha aconsejado la desestimación de la solicitud de subsidio presentada en el año 2015; Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Desestímase la solicitud de subsidio presentada en el año 2015 por Fernando Emilio Casals en virtud de los argumentos esgrimidos. Artículo 2º.- Pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificar al interesado. Cumplido, archívese. Lopérfido

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 150

Page 151: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

RESOLUCIÓN N.° 3772/MCGC/16

Buenos Aires, 23 de mayo de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 17.742.007-MGEYA-DGTALMC-15, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 3109-MCGC-15, N° 3139-MCGC-15, y CONSIDERANDO: Que por los Decretos N° 1020-GCBA-04 y N° 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones; Que, por Resolución 3109-MCGC-15 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 3139-MCGC-15 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "Línea Creadores" destinada a fomentar toda expresión de la Cultura, el Arte y de la Ciencia llevada a cabo por personas físicas o jurídicas de la Ciudad de Buenos Aires, con su labor enriquecen su desarrollo científico y cultural; Que, por el presente tramita el proyecto presentado por Verónica Geraige. Que la Dirección General Centro Cultural Recoleta informa, como área sustantiva, que dicho proyecto no pudo ser evaluado en tiempo y forma debido al cambio de autoridades que ha tenido lugar en el mes de diciembre próximo pasado, motivo por el cual dicha área no emitió el dictamen correspondiente. Que, en virtud de tales antecedentes, y teniendo en cuenta que el ejercicio presupuestario que hubiera correspondido ejecutar se encuentra vencido, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha aconsejado la desestimación de la solicitud de subsidio presentada en el año 2015; Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Desestímase la solicitud de subsidio presentada en el año 2015 por Verónica Geraige en virtud de los argumentos esgrimidos. Artículo 2º.- Pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificar al interesado. Cumplido, archívese. Lopérfido

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 151

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RESOLUCIÓN N.° 3787/MCGC/16

Buenos Aires, 23 de mayo de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 19.237.306-MGEYA-DGTALMC-15, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 3109-MCGC-15, N° 3134-MCGC-15, y CONSIDERANDO: Que por los Decretos N° 1020-GCBA-04 y N° 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones; Que, por Resolución 3109-MCGC-15 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 3134-MCGC-15 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "Línea Promoción y Desarrollo Cultural" destinada a fomentar el establecimiento y/o el desarrollo de proyectos Culturales con proyección inmediata o mediata en la comunidad desarrollados por personas físicas y jurídicas; Que, la Dirección General de Promoción Cultural ha propiciado la desestimación de la solicitud de subsidio del peticionante, en base a los fundamentos vertidos en su dictamen; Que, en virtud de tales antecedentes, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha aconsejado la desestimación de la solicitud de subsidio presentada en el año 2015; Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Desestímase la solicitud de subsidio presentada en el año 2015 por Gisele Elizabeth Müller en virtud de los argumentos esgrimidos en el dictamen emitido por el área sustantiva. Artículo 2º.- Pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificar al interesado. Cumplido, archívese. Lopérfido

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RESOLUCIÓN N.° 422/EATC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX - 2016-14772114-MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF - 2016 -14978692- EATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 153

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 423/EATC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX - 2016-14785281-MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF - 2016 -15015211-EATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 154

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 425/EATC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX - 2016-14773849-MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF - 2016 -14978389- EATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 155

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RESOLUCIÓN N.° 426/EATC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX - 2016-13685811-MGEYA-DGTALEATC, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia las contrataciones de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en las actuaciones citadas en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, en las citadas contrataciones se contempla que EL TEATRO asumirá los gastos de pasajes y alojamiento de los ARTISTAS, los cuales se abonarán, previa presentación de documentación respaldatoria, en la Tesorería del Teatro Colón. Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-2013,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTARQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF -2016-14006908-EATC y que a todos sus efectos pasas a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Tesorería del Teatro Colón a proceder al pago de los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, y los pagos de pasajes y alojamiento, según correspondiera, a través del Sistema de Cajas Chicas Especiales asignadas a tal fin, para su posterior inclusión en las respectivas rendiciones de fondos. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Artículo 4º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 5º.-Publíquese y pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico del Teatro Colón, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 156

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 427/EATC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX - 2016-15117759-MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF - 2016 -15120230- EATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 157

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 428/EATC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX - 2016-15295546-MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF - 2016 -15325285- EATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016.

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ANEXO

Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N.° 865/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 8 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.809 modificada por la Ley N° 4.763, los Decretos N° 1312/08 y N° 390/GCBA/11, las Resoluciones N° 543-MHGC/13, N° 1363/MAYEPGC/ N° 629/MAYEPGC/08, N° 1535-MAYEPGC/11, N° 1553-MAYEPGC/11, N° 1517-MAYEPGC/11 y N° 1363/MAYEPGC/10, el Expediente N° 325.968/13 e incorporados, y CONSIDERANDOS: Que mediante la Resolución N° 629/MAYEPGC/08 de fecha 30 de abril de 2008 fue aprobada la Licitación Publica N° 1444/07 y adjudicada a la firma EQUIMAC S.A.C.I.F.E.I., la contratación de la obra "Rehabilitación y Mantenimiento de Arterias Urbanas por Niveles de Servicio - Zona 6"; Que por Resolución N° 1363/MAYEPGC/10 del 18 de octubre de 2010, se aprobó una ampliación del monto contractual del 20%, correspondiente a la suma de Pesos Siete Millones Ciento Doce Mil Ochocientos Treinta y Ocho con 18/100 ($ 7.112.838,18.-); Que por Decreto N° 390/11 del 13 de julio de 2011, se aprobó un ampliación del monto contractual del 30%, correspondiente a la suma de Pesos Diez Millones Seiscientos Sesenta y Nueve Mil Doscientos Cincuenta y Siete con 27/100 ($ 10.669.257,27.-); Que la mencionada empresa, en fecha 30 de marzo de 2012, solicitó la Cuarta (4°), Quinta (5°), Sexta (6°) y Séptima (7°) Redeterminacion Definitiva de Precios del aludido contrato, resaltando que conforme las panillas de cálculo, información de precios y/o índices y antecedentes documentales, surge que a los meses de septiembre de 2010, enero de 2011, junio de 2011 y octubre de 2011 se han producido variaciones en la estructura de ponderación y por lo tanto corresponde acceder a su petición; Que la readecuación de precios solicitada encuentra amparo conforme a lo dispuesto en la Ley N° 2809 modificada por la Ley N° 4763; Que mediante las Resoluciones N° 1535-MAYEPGC/11, N° 1553-MAYEPGC/11 y N° 1517-MAYEPGC/11, se han aprobado la Cuarta, Quinta y Sexta Redeterminacion Provisoria de Precios de la presente obra, estableciéndose un porcentaje de aplicación de 7,23% 10,50% y 7,73% respectivamente; Que el Ente de Mantenimiento Urbano Integral, ha tomado la intervención prevista en la normativa vigente, emitiendo la Providencia N° 01420093-EMUI/12, resaltando que en las fechas citadas la Empresa ajustaba sus trabajos a los Planes de Inversión vigentes en cada una de ellas; Que asimismo ha tomado intervención la Dirección General de Redeterminacion de Precios del Ministerio de Hacienda, emitiendo el Informe N° 02429827-DGRP/12, expresando la misma que: "(...) Se verifico que la variación de los factores que integran la estructura de ponderación, conforme los porcentajes de incidencia, supero el mes de septiembre de 2010, enero de 2011, junio de 2011 y octubre de 2011, el porcentaje de incremento establecido en el artículo 2° de la Ley N° 2.809, siendo la misma del 7.23%, 11.84%,7.72% y 7.07% respectivamente (...)" En Anexo III se

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detallan los nuevos precios unitarios de aplicación cada uno de los ítems de obra, Ampliación de 20 % y 30 % y de los ítems nuevos a valores del 1° de septiembre de 2010, 1° de enero de 2011, 1° de junio de 2011 y 1° de octubre de 2011, aplicables de trabajos que se realicen a partir del 1° día de dichos meses, habiéndose mantenido fijo el 10% del precio unitario de aplicación a valores e la Redeterminación inmediata anterior; Que los índices utilizados se correspondes con son los publicados por el INDEC - Decreto N° 1295, la Dirección Nacional de Vialidad, y la Dirección General de Estadísticas y Censos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires correspondientes a los meses de abril de 2010, septiembre de 2010, enero de 2010, junio de 2011y octubre de 2011; Que en este contexto, la citada repartición adjuntó un proyecto de Acta Acuerdo a suscribir, esgrimiendo que la misma contiene la totalidad de los requisitos exigidos por el artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1.312/08; Que consecutivamente el Ente de Mantenimiento Urbano Integral mediante Informe N° 18081852-EMUI/14, y Providencia N° 18210989-EMUI/14, prestó conformidad al monto reclamado por la empresa; Que de acuerdo a lo establecido por el Ente de Mantenimiento Urbano Integral, y compartido por la Gerencia Operativa Redeterminacion de Precios, corresponde reconocer a la empresa suma de Pesos Un Millón Setenta y Seis Mil Ochocientos Ochenta y Cinco con 89/100 ($ 1.076.885.89.-) en concepto de diferencias por Cuarta, Quinta, sexta y Septima (4°, 5°, 6° y 7°) Redeterminación Definitiva de Precios; Que posteriormente, se remitieron los actuados a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires conforme las prescripciones de la Ley N° 1.218 y el Decreto N° 752-GCBA/08, emitiendo el Informe N° IF-2015-6133059-PGAAPYF y entendiendo que la presente solicitud de Cuarta Quinta y Sexta Redeterminaciones de Definitiva de precios ha sido presentada durante la vigencia del contrato; Que en cuanto a la redeterminación a valores del mes de octubre de 2011 (Séptima redeterminación provisoria), considerando lo informado a fs. 205 del Expediente N° 661.258/12, surgiría que la presentación efectuada por el contratista en la solicitud de redeterminación provisoria de precios se efectuó con posterioridad a la finalización del plazo previsto para la ampliación del 30% del monto contractual aprobada mediante Decreto N° 390/GCBA/11, cuya finalización habría operado el 30 de noviembre de 2011; Que sin perjuicio de ello, la administración consideró a dicha presentación como un pedido de redeterminación definitiva; Que en este estado, se suscribió el Acta Acuerdo de Redeterminacion de Precios entre el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, representado por la Dirección General de la Dirección General Planificación y Presupuesto, y a la empresa contratista, ad referéndum de este Ministerio; Que en virtud de lo expuesto, entendiendo que se ha dado cumplimiento al procedimiento y requisitos que rigen la materia, corresponde proceder a la aprobación del Acta Acuerdo mencionada precedentemente; Que se ha efectuado la afectación presupuestaria del presente gasto en las partidas correspondientes; Por ello, y en uso de las facultades que le fueran conferidas mediante el Decreto N° 1312-GCBA/08,

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Artículo 1°.- Apruébase el Acta Acuerdo de la Cuarta (4°), Quinta (5°), Sexta (6°) y Séptima (7°) Redeterminacion Definitiva de Precios del respectivo contrato, suscripta por el Director General de la Dirección General Planificación y Presupuesto, y la empresa EQUIMAC S.A.C.I.F.E.I en el marco de la Ley N° 2.809 modificada por la Ley N° 4.763, con respecto a la Licitación Publica N° 1444/07 en la obra "Rehabilitación y Mantenimiento de Arterias urbanas por Niveles de Servicio - Plan de Recuperación Vial 1 - Zona 6", aprobada y adjudicada mediante Resolución N° 629/MAYEPGC/08 de fecha 30 de abril de 2008, y que como Anexo (Folio N° 231) forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Apruébase el gasto de PESOS UN MILLON SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 89/100 ($ 1.076.885,89.-) en concepto de diferencias por Cuarta (4°), Quinta (5°), Sexta (6°) y Séptima (7°) Redeterminacion Definitiva de Precios Contractuales de la referida obra a favor de la empresa EQUIMAC S.A.C.I.F.E.I. Artículo 3°.- Imputase el presente gasto a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos aires Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese fehacientemente a la interesada los términos de la presente de acuerdo a lo previsto en los artículos 60° y 61° del D.N.U N° 1510/GCBA/97 aprobado por Resolución N° 41/LCABA/98. Comuníquese gírese a la Gerencia Operativa de Redeterminacion de precios de la Dirección General Planificación y Presupuesto de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 877/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos N° 1.143/05 y modificatorios, 638/07, 363/15, 141/16, la RESOL-2016-664-MAYEPGC, el Expediente Electrónico N° 12465992-MAYEPGC/2016, y; CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 363/2015, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el artículo 7 del citado Decreto instituye a partir del 15 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que, por medio de la RESOL-2016-664-MAYEPGC se propicia la designación del Lic. Maximiliano Campo, CUIL N° 20-25640791-5, como Personal de Planta de Gabinete de la Dirección General de Obras de Regeneración Urbana, a partir del 01 de abril de 2016; Que, dicho acto administrativo, se efectúa teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado, de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº 698/MHGC/2008 y sus modificatorias; Que a tal fin, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1° del Decreto N° 638/07,

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 162

ANEXO

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

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EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE Artículo 1.- Otórgase, a partir del 01 de junio de 2016, al Lic. Maximiliano Campo, CUIL N° 20-25640791-5, quien reviste como Personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General de Obras de Regeneración Urbana dependiente de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público, de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público, el total de 8.500 Unidades Retributivas Mensuales, en las condiciones establecidas por el artículo 7 del Decreto Nº 363/2015 y sus modificatorios. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal y a la Dirección General de Obras de Regeneración Urbana ambas de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 878/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos N° 1.143/05 y modificatorios, 638/07, 363/15, 141/16, las Resol-395-MAYEPGC/16 y 754-MAYEPGC/16, el Expediente Electrónico N°8358863-MAYEPGC/16, y; CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 363/2015, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el artículo 7 del citado Decreto instituye a partir del 15 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que, por medio de la Resol-2016-395-MAYEPGC se propicia la designación del Lic. Barruti, Camila CUIL N° 27-30746006-3, como Personal de Planta Gabinete de la Dirección General de Comunicación, a partir del 01 de marzo de 2016; Que, por medio de la Resol-2016-754-MAYEPGC se propicia la rectificación del número de Unidades Retributivas establecidas en la columna "Observaciones" del ANEXO I (IF-2016-08415518-MAYEPGC), Anexo indicado en la Resol-2016-395-MAYEPGC, sustituyendo "4.500" por "3.300". Que, dichos actos administrativos, se efectúan teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado, de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº 698/MHGC/2008 y sus modificatorias; Que a tal fin, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1° del Decreto N° 638/07,

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 163

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Artículo 1.- Otórgase, a partir del 01 de junio de 2016, a la Lic. Barruti, Camila, CUIL N° 27-30746006-3, quien reviste como Personal de Planta Gabinete de la Dirección General de Comunicación, de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público, el total de 3.278 Unidades Retributivas Mensuales, en las condiciones establecidas por el artículo 7 del Decreto Nº 363/2015 y sus modificatorios. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal y a la Dirección General de Comunicación, ambas de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 881/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: El Decreto Nº 638/07, el Decreto Nº 363/GCBA/2016 y el Expediente Electrónico Nº 15223061-MAYEPGC/16, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 363/GCBA/2016 y modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que, por el expediente citado en el Visto, la Dirección General de Control de Gestión del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, propicia el cese del señor Lautaro Vasser, C.U.I.L. N° 20-35231763-3, como Personal de su Planta de Gabinete, a partir del 1° de Junio de 2016; Que a tal fin, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1° del Decreto N° 638/07,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1.- Establécese el cese, a partir del 1° de Junio de 2016, del señor Lautaro Vasser, C.U.I.L. N° 20-35231763-3, como Personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General de Control de Gestión, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, cuya designación fuera dispuesta por la Resolución N° 48-MAYEPGC/16. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Macchiavelli

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EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

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RESOLUCIÓN N.° 882/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes N° 4.977 y N° 5.460, el Expediente Electrónico Nº 2016-07442858- -MGEYA-DGCEM, y, CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 4. 977 estableció el régimen jurídico ypoder de policía en materia mortuoria en los Cementerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Ley Nº 5.460 se establecieron los Ministerios del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre ellos, al Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por la actuación citada en el Visto tramita la solicitud de traslado de los restos de Bernardo José de Monteagudo, presentada por la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán,con destino a un Mausoleo en el Cementerio del Oeste de la citada ciudad, los cuales seencuentran inhumados en el sepulcro ubicado en la Sección 7- Tablón 1- sepulturas 4 a 8 y partede las sepulturas 1 a 3 y 9 a 15 del Cementerio de la Recoleta; Quepor nota de fecha 22 de febrero de 2016, suscripta por la Prof. Ester Susana Montaldo, Secretaria de Políticas Educativas de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, se acompañan las actuaciones administrativas caratuladas como Expediente Nº 9874/2014, en las cuales constan lasdiversas intervenciones practicadas por el citado Municipio a fin de obtener la autorización para el traslado de los restos de Bernardo José de Monteagudo; Que obra la autorización conferida por la Comisión Nacional de Museos,Monumentos y Lugares Históricos, para el traslado de los restos de Bernardo de Monteagudo al Cementeriodel Oeste de la Ciudad de San Miguel de Tucumánen el marco de las competencias otorgadas por la Ley Nº 12.665, cuya gestión fuera practicada por la Comisión establecida ad-hoc para el procedimiento en cuestión, requisito que se adecúa a la previsión contenida en el artículo 95º de la Ley Nº 4.977; Que en los presentes actuados constan los antecedentes obrantes en el Registro de Concesiones y Arrendamientos dependiente de la Dirección General de Cementerios, en relación al terreno formado por las referidas sepulturas del Cementerio de Recoleta, donde se encuentra emplazado el sepulcro que contiene la urna con los restos de Bernardo de Monteagudo entre otros próceres, surgiendo del mismo la declaración de Monumento Histórico y que se encuentra a cargo del Ministerio de Defensa Nacional, a partir del Decreto PEN. Nº 8017; Que asimismo, se acompañó a los presentes una copia certificada, de la nota remitida por el Ministerio de Defensa de la Nación Argentina, suscripta por su titular, Ing. Agr. Julio César Martínez, por la cual dicho organismo presta conformidad para el traslado de los restos de Bernardo de Monteagudo, condicionado al cumplimiento de las formalidades establecidas en el artículo 70º de la Ley Nº4977 y demás requisitos establecidos por la normativa vigente sobre la materia; Que a los fines supra referidos, en cuanto a los requisitos establecidos en la norma contenida en el artículo 70º de la Ley Nº 4.977, se glosaron a estos actuados las

publicaciones solicitadas por la Municipalidad de San Miguel de Tucumán al Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán y al diario La Nación;

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Que asimismo, se solicitó la publicación de Edictos por el términos de cinco (5) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de BuenosAires, notificando a la "Sociedad de Beneficencia de la Capital" - en carácter de concesionaria originaria del terreno donde se encuentra emplazado el supulcro - y a familiares y/o herederos del prócer, a fin que presenten reclamo u oposición sobre la petición de traslado que tramita por estos actuados, dentro del término de veinte (20) días, cuyo vencimiento operó en fecha 18/05/2016, no habiendo comparecido ningún interesado a tales efectos; Que por su parte, el art. 95 de la Ley N° 4.977 expresa que "La Autoridad de Aplicación dará intervención a la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural del Gobierno de laCiudad Autónoma de Buenos Aires y a la Comisión Nacional de Museos y Monumentos y LugaresHistóricos, u organismos competentes, cuando se soliciten permisos para reducir, incinerar o trasladar los cadáveres de las personalidades en cuyo homenaje el sepulcro respectivo fue declarado histórico. Igual temperamento se seguirá para la colocación de placas de homenaje conforme la normativa vigente en lamateria", por lo cual se ha dado traslado a la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la misma se ha expido al respecto, no oponiendo ningún tipo de objeción a lo actuado; Que es de destacar la relevancia histórica de la figura del tucumano Bernardo José de Monteagudo, por su activa participación en el proceso revolucionario sudamericano, por sus ideas progresistas que influyeron en la Revolución del 25 de mayo de 1810 en la ciudad de La Plata (actualmente Sucre); como representante ante la Asamblea del Año XIII, de la cual fue redactor y en la que actuó activamente en las decisiones adoptadas al momento de efectuar la declaración de derechos, entre otras acciones con diversas repercusiones durante el proceso revolucionario de América del Sur; Que asimismo, la proximidad del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Argentina - el cual se produce precisamente en el mes de julio del corriente año - resulta una oportunidad propicia para que la Municipalidad de San Miguel de Tucumán rinda un homenaje al General Bernardo de Monteagudo, dándole una ubicación definitiva y exclusiva en un Mausoleo propiedad de la misma, con la dignidad acorde al célebre revolucionario; Que atento lo expuesto, corresponde autorizar de traslado de los restos de Bernardo José de Monteagudo. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorízase el traslado de los restos de Bernardo José de Monteagudo, presentada por la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, con destino a un Mausoleo en el Cementerio del Oeste de la citada Ciudad. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Pase para su conocimiento y en prosecución del trámite a la Dirección General Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, la que procederá a notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Macchiavelli

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Ministerio de Gobierno

RESOLUCIÓN N.° 161/MGOBGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nacional N° 26.168, las Leyes N° 2.217, N° 5.460 y su modificatoria, N° 5.495, los Decretos N° 363/15 y modificatorios, N° 77/16, y el Expediente N° 14.675.641-MGEYA-CUMAR/2016 y, CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nacional N° 26.168 se creó la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR); Que la mencionada Ley contempla que dicho Ente estará integrado por un Presidente y tres (3) representantes por parte del Estado Nacional, dos (2) representantes de la Provincia de Buenos Aires y dos (2) representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 9° de la citada Ley creó un Fondo Fiduciario de Compensación Ambiental que debe ser administrado por la ACUMAR y destinado prioritariamente a la protección de los derechos humanos y a la prevención, mitigación y recomposición de los daños ambientales; Que según lo previsto en el mencionado artículo, el Fondo de Compensación Ambiental está integrado por: a) Las asignaciones presupuestarias incluidas en la Ley Anual de Presupuesto que efectúe el Gobierno Nacional; b) Los Fondos recaudados en concepto de multas, tasas y tributos especiales que establezcan las normas; c) Las indemnizaciones de recomposición fijadas en sede Judicial; d) Los subsidios, donaciones o legados; e) Otros recursos que le asigne el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y f) Créditos internacionales; Que en el punto 2) de la sesión celebrada el 17 de junio del 2010 el Consejo Directivo de ACUMAR aprobó por mayoría la instrumentación del Fondo de Compensación Ambiental previsto en el artículo 9° de la Ley 26.168, a través de un Contrato de Fideicomiso. En este contexto, se aprobó un Contrato de Fideicomiso "Fondo Fiduciario de Compensación Ambiental ACUMAR" que fue suscripto el 20 de septiembre de 2010, y cuyo fiduciante es la ACUMAR y el fiduciario es BAPRO Mandatos y Negocios S.A.; Que mediante la Ley N° 2.217, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a los términos de la Ley Nacional N° 26.168; Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Gobierno; Que conforme los términos del artículo 26°, corresponde al Ministerio de Gobierno coordinar con los distintos Ministerios, Secretarías y Entes específicos competentes, las políticas de los organismos interjurisdiccionales en los que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sea parte; como así también coordinar y proponer las relaciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el Estado Nacional, los Estados Provinciales y los Municipios;

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Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la actual estructura orgánica funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que contempla a la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza Riachuelo (CUMAR), como organismo Fuera de Nivel en la órbita del Ministerio de Gobierno, con rango y nivel de Subsecretaria; Que a su vez, por el Decreto N° 77/16 se designó a los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la ACUMAR; Que en cumplimiento de lo contemplado por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Presupuesto de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley N° 5.495 para el Ejercicio 2016, se propicia una transferencia de fondos a favor del Fondo Fiduciario de Compensación Ambiental ACUMAR, en los términos del artículo 9° inc. e) de la Ley Nacional N° 26.168, por la suma de pesos cincuenta y cinco millones quinientos sesenta y cuatro mil treinta y uno ($55.564.031) como aporte total de recursos de este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que en el marco del expediente citado en el Visto, la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza Riachuelo propicia una transferencia de fondos a favor del Fondo Fiduciario de Compensación Ambiental ACUMAR, en los términos del artículo 9° inc. e) de la Ley Nacional N° 26.168, por la suma de pesos once millones ciento doce mil ochocientos seis con 20/100 ($11.112.806,20), siendo este el tercer (3) aporte de recursos de este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8, inciso b), punto 7, de la Ley N° 5.460,

EL MINISTRO DE GOBIERNO RESUELVE

Artículo 1°.- Autorizase la transferencia de fondos en los términos del artículo 9° inc. e) de la Ley Nacional N° 26.168, a favor del Fondo Fiduciario de Compensación Ambiental ACUMAR, por la suma de pesos once millones ciento doce mil ochocientos seis con 20/100 ($ 11.112.806,20), como aporte de recursos de este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires al citado organismo. Artículo 2°.- La suma mencionada en el artículo 1° de la presente Resolución, deberá depositarse en la Cuenta Corriente (Cuenta de Aportes) N° 55270/7 del Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal N° 1000, a favor del Fideicomiso Fondo de Compensación Ambiental ACUMAR, Beneficiario N° 112.227. Artículo 3°.- El gasto que demande la cancelación de la presente transferencia, se imputará al ejercicio en curso. Artículo 4°.- Publíquese en Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, Comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, a la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza-Riachuelo, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, y a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Screnci Silva

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RESOLUCIÓN N.° 162/MGOBGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos N° 638/07, N° 363/15 y su modificatorios y complementario N° 293/16, la Resolución N° 698/MHGC/08, el Expediente N° 14.082.145/MGEYA-SSGOBIER /16, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 293/16 se aprobó la estructura organizativa interna del Ministerio de Gobierno, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto Nº 363/15; Que entre otras medidas, el artículo 7° del Decreto Nº 363/15 instituye a partir del 10 de diciembre de 2015 el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que el Decreto N° 638/07 delega en los/as señores/as Ministros/as, Secretarios/as y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar las designaciones y disponer los ceses del personal de las plantas de gabinete correspondientes a su jurisdicción, así como la de aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que en tal sentido, surge de los actuados que la Subsecretaría de Gobierno de este Ministerio de Gobierno propicia, a partir del 1° de junio de 2016, la designación de diversas personas, como Personal de su Planta de Gabinete; Que dicho acto administrativo, se efectúa teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el expediente, de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 698/MHGC/08 y sus modificatorias; Que a tal fin resulta necesario, dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1° del Decreto N° 638/07,

EL MINISTRO DE GOBIERNO RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnanse, a partir del 1° de junio de 2016, a diversas personas, como Personal de la Planta de Gabinete de la Subsecretaría de Gobierno de este Ministerio de Gobierno, tal como se indica en el Anexo I (IF 2016-15256157-DGTALGOB), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y forma que en el mismo se señala, en las condiciones establecidas por el artículo 7° del Decreto Nº 363/2015 y sus modificatorios. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados, comuníquese a la Dirección General Asuntos Laborales y Previsionales dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de

este Ministerio de Gobierno, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gobierno. Cumplido, archívese. Screnci Silva

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 169

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 164/MGOBGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos N° 638/07, N° 363/15 y su modificatorios, la Resolución N° 698/MHGC/08, el Expediente N° 14.655.971/MGEYA-DGSOCAI/16, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el artículo 7° del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2015 el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que el Decreto N° 638/07 delega en los/as señores/as Ministros/as, Secretarios/as y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar las designaciones y disponer los ceses del personal de las plantas de gabinete correspondientes a su jurisdicción, así como la de aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que en tal sentido, surge de los actuados que la Directora General de la Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información dependiente de la Subsecretaria de Reforma Política de este Ministerio de Gobierno propicia, a partir del 1° de abril de 2016, un incremento de TRESCIENTAS NOVENTA Y TRES (393) unidades retributivas a favor de la señora Rocca, Romina Paola, CUIL N° 27-26742615-0, quien oportunamente fuera designada como personal de la Planta de Gabinete mediante la Resolución N° 96/MGOBGC/16, siendo el total a percibir de DOS MIL NOVECIENTAS NOVENTA Y TRES (2.993) unidades retributivas; Que dicho acto administrativo se efectúa, teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 698/MHGC/08 y sus modificatorias; Que a tal fin resulta necesario, dictar la norma legal que posibilite lo requerido; Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1° del Decreto N° 638/07,

EL MINISTRO DE GOBIERNO RESUELVE

Artículo 1°.- Modifíquense en TRESCIENTAS NOVENTA Y TRES (393) la cantidad de unidades retributivas a percibir mensualmente por la señora Rocca, Romina Paola, CUIL N° 27-26742615-0, siendo el total a percibir de DOS MIL NOVECIENTAS NOVENTA Y TRES (2.993) unidades retributivas, a partir del 1° de abril de 2016. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada, comuníquese a la Dirección General Asuntos Laborales y Previsionales dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 170

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Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información. Cumplido archívese. Screnci Silva

RESOLUCIÓN N.° 165/MGOBGC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 5.495, el Decreto N° 10/16, la Resolución N° 16/MJGGC-SECLYT/11, el Expediente N° 14.772.991/MGEYA-DGTALGOB/16, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 5.495 se aprobó el Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2016; Que por su parte, por el Decreto Nº 10/16 se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2016; Que el Capítulo IX de dicha normativa estipula los Niveles de Aprobación de las Modificaciones de Créditos Presupuestarios; Que el punto II del citado Capítulo IX determina la competencia del Ministro del Área o de la Máxima Autoridad de la Jurisdicción o Entidad para aprobar las modificaciones de créditos presupuestarios; Que por la Resolución N° 16/MJGGC-SECLYT/11 se aprobó el procedimiento para las modificaciones presupuestarias, las que deberán tramitar por el Módulo Expediente Electrónico del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-; Que por el Expediente citado en el Visto, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Gobierno solicita una modificación presupuestaria- Requerimiento N° 3.019/SIGAF/16- destinada a llevar a cabo una compensación de créditos correspondiente al ejercicio presupuestario 2016; Que la presente adecuación presupuestaria se fundamenta en la necesidad de optimizar la ejecución presupuestaria del ejercicio en curso y no modifica metas físicas; Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto N° 10/16 y al procedimiento establecido por la Resolución N° 16/MJGGC-SECLYT/11. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 10/16,

EL MINISTRO DE GOBIERNO RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la modificación presupuestaria ingresada al Sistema de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) bajo Requerimiento N° 3.019/16, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

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ANEXO

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, oportunamente, gírese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Screnci Silva

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Agencia de Protección Ambiental

RESOLUCIÓN N.° 210/APRA/16

Buenos Aires, 9 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2628, el Decreto N° 224/13, Nº 353/14 y Nº 37/16 y las Resoluciones Nº-2-SECLYT-MHGC-MJGGC-MMGC/15; N° 11-SECLYT-MHGC-MJGGC-MMGC/13, RESO nº 12/APRA/16; y los Expedientes; N° 15051531; Y; CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad autárquica, con el objeto de proveer a la protección ambiental; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º inciso f) de la mencionada ley, es función de esta Presidencia: "contratar personal, por plazos preestablecidos y por tiempo limitado, para la realización de tareas estacionales, extraordinarias y/o especiales que no puedan realizarse de manera eficiente con los recursos humanos disponibles, estableciendo las condiciones y requisitos de prestación de servicios y remuneración."; Que mediante las Resoluciones Nº 12/APRA/16 fueron autorizadas, entre otras, las renovaciones de los contratos de Locación de Servicios de varias personas para desempeñarse en la Presidencia de esta Agencia; Que por razones de servicios, se promueve el incremento del monto oportunamente establecidos del mentado contrato, a partir del 01/06/2016; Que el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto N° 224/13 y Nº 353/14 reglamentado por Resolución N° 2-SECLYT-MHGC-MJGGC-MMGC/15 por los cuales se estableció el régimen y el procedimiento para la contratación de personas bajo las figuras de Locación de Servicios y de Obra; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8º de la Ley Nº 2.628 y el Decreto Nº 37/16,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Modificase la cláusula 3° por la ampliación del monto del contrato de Locación de Servicio, en el modo y forma descripta en el anexo adjunto Nº IF-2016-15138560-APRA el cual forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en una orden general de pago, correspondiente a lo establecido en el Artículo 1°. Artículo 3°.- Los importes a abonarse se depositarán en las cuentas corrientes o cajas de ahorro del Banco de la Ciudad, cuyos datos fueran comunicados oportunamente a la Dirección General de Tesorería.

Artículo 4°.- El gasto que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2016, de esta Agencia.

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Artículo 5º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a las Direcciones Generales de Contaduría y Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de esta Agencia de Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Filgueira Risso

RESOLUCIÓN N.° 211/APRA/16

Buenos Aires, 9 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.628, los Decretos Nº 37/16 y Nº 73/13, la Resolución Nº 57/APRA/2016 y la Nota NO-2016-14904893-DGTALAPRA y; CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 57/APRA/2016 se autorizó la prórroga de la comisión de Servicios de la agente Ardissone Nora Beatriz, DNI Nº 12.076.398, CUIL Nº 27-12076398-4, F.C. Nº 441.903, Partida Presupuestaria Nº 3533.0010, quien reviste en la Planta Permanente de la Dirección General de Control Ambiental, para prestar servicios en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Protección Ambiental, por (1) un año a partir del 1 de Enero del 2016; Que en ese sentido por Nota NO-2016-14904893-DGTALAPRA el Director General Técnico Administrativo y Legal solicitó dejar sin efecto la Resolución Nº 57/APRA/2016, atento al cambio de estructura producido por Resolución Nº 125/APRA/2016 y a razones operativas por las cuales devino necesario prescindir de los servicios que la agente Ardisone prestara en la Gerencia Operativa de Mesa de Entradas; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 8° inc. b) de la Ley Nº 2628 es función de esta Presidencia: organizar y reglamentar el funcionamiento interno de esta Agencia, respecto a su estructura orgánica funcional; Que por lo expuesto la agente en cuestión deberá regresar a su repartición de origen y a las tareas que allí le sean encomendadas; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Por ello, en el uso de las atribuciones legales que le son propias,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución Nº 57/APRA/2016. Artículo 2°.- Establécese que la agente Ardissone Nora Beatriz, DNI Nº 12.076.398, CUIL Nº 27-12076398-4, F.C. Nº 441.903, Planta Permanente, Partida Presupuestaria Nº 3533.0010, retome sus tareas habituales en la Dirección General de Control Ambiental, para prestar las tareas que le sean encomendadas.

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ANEXO

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Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a la interesada y comuníquese a la Subsecretaría de Recursos Humanos y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Control Ambiental. Cumplido archívese. Filgueira Risso

RESOLUCIÓN N.° 213/APRA/16

Buenos Aires, 9 de junio de 2016 VISTOS: La Ley 471, los Decretos Nº 281/GCBA/2010 y 37/AJG/2016, las Resoluciones N° 2777/MHGC/10, N°2778/MHGC/10, N°27790/MHGC/10 Nº 6-MMGC/2015, y, CONSIDERANDO: Que, el art. 38 de la Ley Nº 471 regula la jornada laboral de trabajo del personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que mediante Resoluciones Nos. 2777/MHGC/10, 2778/MHGC/10 y 2779/MHGC/10 se instrumentaron los convenios colectivos de trabajo que complementan la Ley marco que rige las relaciones de empleo público; Que por el Decreto 281/10 instruyo a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos y a la ex Subsecretaria de Modernización de la Gestión Pública, a elaborar en forma conjunta, el régimen general y único del registro de asistencia del personal comprendido en el art. 4° del capitulo 2 de la ley 471; Que en el marco del proceso de modernización de la Administración Pública llevada adelante por este Ministerio en cumplimiento de la Ley N° 3304, se han impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas que permitan administrar la información de manera más ágil, confiable y accesible, a través de la utilización de medios informáticos; Que desde la puesta en vigencia del Reglamento General del Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se ha avanzado significativamente en la utilización de herramientas informáticas, como el Sistema Informático de Control de Asistencia, homologado en varias reparticiones, y también en el desarrollo del Módulo de Incidencias SIAL; Que a fin de lograr la digitalización de los procesos administrativos se dispuso que el “Módulo de Incidencias SIAL” sea de uso obligatorio para la carga de las incidencias que realicen los Responsables Administrativos de Presentismo, mediante la solicitud del agente; Que en este entendimiento, se aprueban nuevos formularios denominados “Ficha de Eximición de Firma “para aquellos agentes que así lo requieran; y el “Formulario Controlado de Designación del Responsable Administrativo de Presentismo”; Que por medio de la Resolución Nº 6-MMGC/2012 se aprobó el Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

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Que el artículo 2º de la mencionada norma aprobó las Planillas de Registro de Asistencia, el Formulario de Notificación de Inasistencias, el acta de Notificación de Inasistencia, el Formulario Controlado SADE de Nombramiento del Responsable Administrativo de Presentismo, el formulario Controlado SADE de eximición de firma en la planilla de registro de asistencia y del monitoreo mediante sistemas informáticos de control de asistencia y el Listado de Incidencia, de conformidad con los Anexos III(IF-2015-221362-SSGRH), IV(IF-2015-221192-SSGRH), V (IF-2015-221049-SSGRH), VI (IF-2015-220630-SSGRH), VII (IF-2015-220449-SSGRH) y VIII (IF-2015-

219999-SSGRH) respectivamente, que a todos sus efectos forman parte de la Resolución citada anteriormente; Que el art. 4º estableció que los directores generales o funcionarios de rango equivalente de cada repartición serán los responsables últimos de registro de asistencia de los agentes y de la gestión e información de las licencias de los mismos; Que el agente CUATRIN, JORGE GUILLERMO - CUIL Nº 20-13458650-9 - , cumple funciones para esta Agencia de Protección Ambiental; controlando la salubridad de los caninos y felinos a través de tareas de prevención y atención de enfermedades.Las mismas se llevan a cabo a traves de jornadas de concientización sobre tenencia responsable de mascotas a vecinos en todas las comunas de la Ciudad de Buenos Aires con el apoyo de móviles quirúrgicos preparados para la atención clínica y castración de mascotas. Que en ese sentido cabe destacar que mediante Informe IF N° 14634733-2016- APRA se encuentra suscripta la ficha de eximición de firma en la Planilla de Registro de Asistencia y del Monitoreo mediante Sistemas Informáticos de Control de Asistencia; Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por la DECRETO-2016-37-AJG y la Resolución Nº 6-MMGC/2015,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

RESUELVE:

Artículo 1º.- Exímase al agente CUATRIN, JORGE GUILLERMO - CUIL Nº 20-13458650-9 -, del registro en la Planilla de Registros de Asistencia y del Monitoreo mediante Sistemas Informáticos de Control de Asistencia, en virtud de las tareas que realiza durante su jornada laboral; controlando la salubridad de los caninos y felinos a través de tareas de prevención y atención de enfermedades, en las diferentes comunas de la Ciudad Buenos Aires. Artículo 2º - El agente autorizado en el Artículo 1º de la presente estará eximido, desde el 12 de mayo de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, del registro en la Planilla de Registro de Asistencia, debiendo presentar en forma semanal la hoja de ruta que acredite dichas funciones. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese al interesado y comuníquese a Gerencia Operativa de Recursos Humanos y a la Unidad de Auditoria Interna de la Agencia de Protección Ambiental y a la Dirección General de Planeamiento y Control Operativo de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Filgueira Risso

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RESOLUCIÓN N.° 217/APRA/16

Buenos Aires, 9 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2628, el Decreto N° 224/13, Nº 353/14 y Nº 37/16, y las Resoluciones Nº-2-SECLYT-MHGC-MJGGC-MMGC/15; N° 11-SECLYT-MHGC-MJGGC-MMGC/13 y los Expedientes; N° 13.367.457/16; y; CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad autárquica, con el objeto de proveer a la protección ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º inciso f) de la mencionada ley, es función de esta Presidencia: "contratar personal, por plazos preestablecidos y por tiempo limitado, para la realización de tareas estacionales, extraordinarias y/o especiales que no puedan realizarse de manera eficiente con los recursos humanos disponibles, estableciendo las condiciones y requisitos de prestación de servicios y remuneración."; Que por las mencionadas actuaciones se solicita la contratación de una persona para prestar servicios en el área de Presidencia de la Agencia de Protección Ambiental, bajo la figura de Locación de Servicios, por el período comprendido entre el 01/06/2016 y el 31/12/2016; Que el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto N° 224/13 y Nº 353/14, y las resoluciones Nº-2-SECLYT-MHGC-MJGGC-MMGC/15; N° 11-SECLYT-MHGC-MJGGC-MMGC/13, por los cuales se estableció el régimen y el procedimiento para la contratación de personas bajo las figuras de Locación de Servicios y de Obra; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8º de la Ley Nº 2.628 y el Decreto Nº 37/16,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Autorízase la contratación de la persona cuyos datos se detallan en el Anexo adjunto IF-2016-15141345-APRA, para prestar servicios en el área de Presidencia de la Agencia de Protección Ambiental, bajo la figura de locación de servicios, por los plazos, montos y formas descriptas en el Anexo que forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en una orden general de pago, correspondiente a lo establecido en el Artículo 1°. Artículo 3°.- Los importes a abonarse se depositarán en las cuentas corrientes o cajas de ahorro del Banco de la Ciudad, cuyos datos fueran comunicados oportunamente a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4°.- El gasto que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2016, de esta Agencia.

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Artículo 5º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a las Direcciones Generales de Contaduría y Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Agencia de Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Filgueira Risso

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ANEXO

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Ente de Turismo

RESOLUCIÓN N.° 110/ENTUR/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 600, 2.627, su modificatoria y 5.460, el Decreto N° 235/16, la Resolución N° 17/ENTUR/14, el Expediente Electrónico Nº 13.923.488/ENTUR/16, y CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 2.627 y su modificatoria, se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Ley Nº 5.460, se aprobó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ente de Turismo en la órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, en virtud de lo dispuesto por el artículo 38 de la citada norma, modificatorio del artículo 1º de la Ley Nº 2.627 de creación del Ente; Que la Ley Nº 600 declara al Turismo una actividad socioeconómica de interés público y cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 8º de la norma, prevé las atribuciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo, entre otras: fomentar y apoyar la iniciativa que contribuya a la promoción del turismo y a la excelencia de los servicios; y crear las herramientas necesarias para posicionar a Buenos Aires como sede de congresos, ferias, exposiciones y convenciones; Que por Decreto Nº 235/16, se designó al Lic. Andrés Freire, DNI Nº 22.549.351, como Presidente ad honorem, del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme la Resolución Nº 17/ENTUR/14, la Dirección General de Promoción Turística tiene entre sus responsabilidades primarias, analizar e informar respecto de la procedencia de las solicitudes de auspicios y/o declaraciones de interés de eventos que se realizan en la ciudad y que sean presentadas ante el Ente de Turismo; Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud presentada por la Federación Empresaria Hotelera de la República Argentina (FEHGRA), tendiente a obtener el auspicio institucional por parte del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el "IV Foro y Workshop de Turismo de Bienestar", a realizarse los días 14 y 15 de junio del 2016, en el Hotel Emperador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en Av. Libertador Nº 402 de esta Ciudad; Que el evento que nos ocupa, reafirma el compromiso de la Federación Empresaria Hotelera de la República Argentina (FEHGRA) en liderar el desarrollo del negocio turístico que impacta en todo el país; Que la Dirección General de Promoción Turística de este Organismo, propicia el otorgamiento del auspicio solicitado, ello en vista a la importancia que representa para nuestra Ciudad contar este importante evento que contará con la presencia de referentes mundiales del segmento de Turismo de Bienestar, contribuyendo al posicionamiento de la Ciudad de Buenos Aires en dicho segmento; Que la presente solicitud no conlleva pedido de exención de aranceles, tasas y/o contribuciones, ni ocasiona erogación alguna al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

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EL PRESIDENTE

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.- Declárase el auspicio institucional para el "IV Foro y Workshop de Turismo de Bienestar", que se llevará a cabo los días 14 y 15 de junio del 2016, en el Hotel Emperador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en Av. Del Libertador Nº 402, de esta Ciudad. Artículo 2º.- Déjase constancia que el auspicio concedido no significa erogación alguna para este Gobierno y no implica estar exento del pago de aranceles, tasas y/o contribuciones que pudieren corresponderle. Artículo 3º.- Dése al Registro y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Remítase copia a la Dirección General de Promoción Turística, dependiente del Ente Turismo de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Freire

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Ministerio de Hacienda - Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1201/MHGC/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E.N° 33369/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital "Dr. Braulio Moyano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 7/HNBM/2016, designó con carácter interino al Dr. Alejandro Miguel Capobianco, D.N.I. 22.545.985, CUIL. 20-22545985-2, legajo personal 432.336, como Especialista en la Guardia Médico Hospital Adjunto (Psiquiatría), para desempeñarse los días domingo, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, correspondiéndole percibir el suplemento por "Área de Urgencia" (código 051), reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Médico de Planta Hospital Adjunto (Psiquiatría), titular, con 30 horas semanales, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 7/HNBM/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos

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Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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Disposición Vicejefatura de Gobierno

DISPOSICIÓN N.° 17/DGDS/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Nº 95/ 14 y su modificatorio, la Resolución N° 22/SSBC/16, el Expediente Electrónico N° 9743362-MGEYA-DGTAD/16, y CONSIDERANDO: Que, mediante el actuado citado en el Visto tramita la Contratación Menor N° 8801-0659-CME16, cuyo objeto es la contratación de un "Servicio de Recolección de Residuos Patogénicos", por el término de 6 (seis) meses, con destino a la Dirección General de Desarrollo Saludable de la Subsecretaria de Bienestar Ciudadano dependiente del Área Vicejefe de Gobierno, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2095, el Decreto Nº 95/14 y su modificatorio; Que asimismo, mediante Resolución N° 22/SSBC/16, se dispuso el llamado a Contratación Menor mediante el sistema de compras electrónicas BAC para el día 24 de mayo de 2016 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido el Artículo 38 de la Ley 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 95/14 y su modificatorio; Que por su parte, se cursaron las invitaciones de rigor a través del sistema de compras electrónicas BAC y se comunicó a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la Cámara Argentina de Comercio; Que en ese sentido, el presente llamado a Contratación Menor ha sido debidamente publicado en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; Que, tal como luce en el Acta de Apertura, se recibió la oferta de la firma Soma S.A.; Que en este estado, la Dirección General de Desarrollo Saludable procedió a evaluar la oferta en su aspecto técnico, emitiendo su Informe Nº 14012907-DGDS/16, mediante el que expresa que el oferente referido ha dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos especificados en los Pliegos aprobados para el procedimiento que nos ocupa; Que se ha procedido a efectuar la correspondiente previsión presupuestaria en etapa de compromiso definitivo para hacer frente a la erogación que demande la presente contratación; Que, la presente Contratación Menor no se encuentra supeditada a lo establecido en el Decreto N° 353/14, prorrogado por Decreto N° 386/15 y sus normas complementarias. Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley N° 2.095 y por el Anexo II del Decreto Reglamentario N° 95/14 y su modificatorio,

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Artículo 1º - Apruébase la Contratación Menor Nº 8801-0659-CME16 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2095 mediante el Sistema Electrónico de Compras y Contrataciones del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires, "Buenos Aires Compras (BAC)" para la contratación de un "Servicio de Recolección de Residuos Patogénicos" por el término de seis (6) meses, con destino a la Dirección General de Desarrollo Saludable de la Subsecretaria de Bienestar Ciudadano, dependiente del Área Vicejefe de Gobierno. Artículo 2° - Adjudícase el objeto de la presente contratación a favor de la firma Soma S.A. (CUIT N° 30-61608997-4), por la suma total de PESOS CIENTO OCHO MIL ($ 108.000.-). Artículo 3º -Impútase el gasto a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio en vigor. Artículo 4º - Autorízase a la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 5º - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo normado por el Artículo 112 de la Ley 2095. Artículo 6° - Remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica para la prosecución de su trámite. Antun

DISPOSICIÓN N.° 20/DGPJ/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: La Resolución N° 399/GCABA/SECDC/13, las Disposiciones N° 18/DGPJ/2014, N° 3/DGPJ/2016, N° 19/DGPJ/2016, el expediente N° 14592572/DGPJ/2016, y CONSIDERANDO: Que en este entendimiento se dictó la Resolución N° 399/GCABA/SECDC/13 por lo cual se creó el programa "Bandas x Barrios" en el ámbito de la Dirección General de Políticas de Juventud; Que en el Anexo N° I de la citada resolución se detallan los lineamientos generales donde se establece el objeto principal del programa siendo este "el de generar un circuito permanente de formación, exhibición y difusión de las distintas expresiones musicales de jóvenes artistas, a través de acciones formativas y de estímulo que, en conjunto con el desarrollo de alianzas estratégicas con los espacios culturales de la Ciudad de Buenos Aires, contribuyan al fomento de los recorridos profesionales de los jóvenes artistas"; Que en el punto dos (2) "Objetivos específicos", inciso primero se establece como objetivo específico "fomentar el desarrollo y formación de los músicos a través de su capacitación, clínicas y talleres relacionados al desarrollo profesional de los artistas a través del otorgamiento de becas"; Que por Artículo 2° de la Resolución ut supra mencionada se facultó a la Dirección General de Políticas de Juventud a dictar las bases y condiciones particulares del programa, las normas instrumentales, interpretativas y complementarias, y todo acto administrativo que fuera menester para la implementación del programa;

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LA DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO SALUDABLE DISPONE

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Que haciendo uso de estas facultades, se dictó la Disposición N° 18/DGPJ/2014 estableciendo las condiciones particulares del programa; Que por Artículo 4° de dicho acto administrativo se requiere "al momento de inscripción, cada banda deberá identificar cuál de los integrantes oficiará de representante frente a BxB"; Que asimismo el Artículo 5° estableció que dicho representante "tiene por función llevar a cabo la coordinación y comunicación entre ésta y "BxB", y ser el responsable de la distribución de los fondos que en concepto de becas pudieran corresponderle a la banda"; Que por Disposición N° 3/DGPJ/2016 se restableció el monto otorgado a los músicos participantes del programa; Que por Disposición N° 19/DGPJ/2016 se dejó constancia de los grupos musicales que brindaron recitales el día 5 de junio del corriente año en el Evento de Lanzamiento del Programa "Bandas por Barrios"; Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario el dictado de un acto administrativo aprobando el gasto derivado del pago de la Beca estímulo por la participación en el marco del Programa "Bandas por Barrios" el día 05/06 del corriente año a los grupos musicales que se detallan en la presente; Por ello, en uso de las facultades que le son propias

EL DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICAS DE JUVENTUD

DISPONE

Artículo 1°.- Otórguese en concepto de beca a los participantes del Programa Bandas por Barrios que se detallan a continuación, las siguientes sumas conforme a lo establecido en la Disposición N° 19/DGPJ/2016: a. Sr. Franco Ricardo Berardinelli, CUIT / CUIL 20-34858658-1, representante de la banda "OLD RADIO", la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1250). b. Sr. Maximiliano Rodriguez, CUIT / CUIL 20-26920358-8, representante de la banda "LA MEZZKLA", la suma de PESOS MIL ($1000). c. Sr. Nicolás Jose Szwarc, CUIT / CUIL 20-36528942-6, representante de la banda "THE PELOS", la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1250). d. Sr. Pedro Daniel Luna, CUIT / CUIL 20-28414138-6, representante de la banda "MIL BARES", la suma de PESOS DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($2750). e. Sr. Guillermo Daniel Mielgo, CUIT / CUIL 20-34142728-3, representante de la banda "CAPE LA MINGA", la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($2250). Artículo 2°.- Autorizase, en consecuencia, a la Dirección General de Contaduría a incluir dichos importes en las órdenes de pago a favor de los beneficiarios ut supra mencionados. Artículo 3.- Notifíquese, regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, Archívese. Pereyra

DISPOSICIÓN N.° 21/DGPJ/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: Las Resoluciones N° 399/GCABA/SECDC/13, las Disposiciones N° 18/DGPJ/2014, el Expediente N° 15199884/DGPJ/2016, y

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CONSIDERANDO: Que el Artículo 32 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires garantiza la difusión del patrimonio cultural, facilitando el acceso a los bienes culturales, fomentando las industrias del país, impulsando la formación artística y artesanal, promoviendo la capacitación profesional de los agentes culturales, así como protegiendo y difundiendo las manifestaciones de la cultura popular; Que asimismo el Artículo 40 establece que "La ciudad garantiza a la juventud la igualdad real de oportunidades y el goce de sus derechos a través de acciones positivas que faciliten su integral inserción política y social (...)"; Que en este entendimiento se dictó la Resolución N° 399/GCABA/SECDC/13 por la cual se creó el programa "Bandas x Barrios" en el ámbito de la Dirección General de Políticas de Juventud; Que en el Anexo N° I de la citada resolución se detallan los lineamientos generales donde se establece el objeto principal del programa siendo este "el de generar un circuito permanente de formación, exhibición y difusión de las distintas expresiones musicales de jóvenes artistas, a través de acciones formativas y de estímulo que, en conjunto con el desarrollo de alianzas estratégicas con los espacios culturales de la Ciudad de Buenos Aires, contribuyan al fomento de los recorridos profesionales de los jóvenes artistas"; Que en el punto dos (2) "Objetivos específicos", inciso primero se establece como objetivo específico "fomentar el desarrollo y formación de los músicos a través de su capacitación, clínicas y talleres relacionados al desarrollo profesional de los artistas a través del otorgamiento de becas"; Que por Artículo 2° de la Resolución ut supra mencionada se facultó a la Dirección General de Políticas de Juventud a dictar las bases y condiciones particulares del programa, las normas instrumentales, interpretativas y complementarias, y todo acto administrativo que fuera menester para la implementación del programa; Que haciendo uso de estas facultades, se dictó la Disposición N° 18/DGPJ/2014 estableciendo las condiciones particulares del programa; Que por el Artículo 4° de dicho acto administrativo se requiere que "al momento de inscripción, cada banda deberá identificar cuál de los integrantes oficiará de representante frente a BxB"; Que asimismo el Artículo 5° estableció que dicho representante "tiene por función llevar a cabo la coordinación y comunicación entre ésta y BxB", y ser el responsable de la distribución de los fondos que en concepto de becas pudieran corresponderle a la banda; Que en virtud de lo expuesto resulta necesario el dictado de un acto administrativo dejando constancia de las bandas que estarán brindando recitales el día 11 de junio

del corriente año en el evento "Yo Amo Mi Barrio" dentro del marco del Programa "Bandas por Barrios"; Por ello, en uso de sus facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICAS DE JUVENTUD DISPONE

Artículo 1°.- Dejase constancia de los grupos musicales que estarán brindando recitales el día 11/06 del corriente año en el marco del programa "Bandas por Barrios", conforme se detallan a continuación:

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a. Sr. Ezequiel Scamarda, CUIT / CUIL 20-30306319-7 , representante de la banda "LOS LUNES", compuesta por los integrantes: Bruno Leone, DNI 33.442.669; Eugenio Alvarez Parracia, DNI 24.220.742; Dario Segundo, DNI 23.183.335; Mariano Arotcarena, DNI 24.353.969; Juan Scamarda, DNI 32.358.766; Matias Apartín, DNI 30.980.943. b. Sra. Irina Natasha Capponi, CUIT / CUIL 27-33257871-0, representante de la banda "ESTACATTO-ORQUESTA DE TAMBORES", compuesta por los integrantes: Maria Noel Menegatti, DNI 33.403.566; Juan Ignacio Rodriguez, DNI 30.145.448; Analia Soledad Bagnato, DNI 25.914.085; Erika Wanda Maitia, DNI 28.911.331; Martin Campissi, DNI 27.191.198 ; Morena Machado San Leandro, DNI 37.113.965; Rocío Inés Jimenez, DNI 35.161.103; Nadia Jacqueline Rodriguez, DNI 35.228.567; Florencia Stefanía Mur Ríos, DNI 34.906.550; Gabriel Francisco Romero, DNI 35.184.741; Roberto Daniel Queirolo Niela, DNI 30.081.876; Santiago Adolfo Saenz, DNI 32.191.513 ; Paula Carolina Ferreyra, DNI 33.955.884; Emiliano Sierra, DNI 31.552.172 ; María Florencia Pioli, DNI 30.815.679. c. Sra. Camila Martinez, CUIT / CUIL 27-34585416-4, representante de la banda "QUIXOTES", compuesta por los integrantes: Christian Sampedro, DNI 22.846.122 ; Ramiro Sampedro, DNI 35.142.081; Andrés Pisnoy, DNI 33.104.566. Artículo 2.- Notifíquese, regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Pereyra

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Jefatura de Gabinete de Ministros

DISPOSICIÓN N.° 164/DGTALINF/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5454), su modificatoria Ley Nº 4.764, el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14, el Decreto N° 1.145/GCABA/09, la Resolución Nro. 16/ASINF/10, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº 14919587-MGEYA-ASINF-2.016, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la contratación para la "Adquisición de un cofre ignifugo para la guarda de medios magnéticos"; Que a través de la Nota N° 14744949/DGIASINF/2.016 y su ampliatoria Nota N° 15250495/DGIASINF/2016 obrante bajo Orden N° 3 y 4, el Director General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información, solicitó gestionar la contratación indicada ut-supra; Que en este sentido manifestó que esta contratación es necesaria para cumplir con la Política de resguardo de la información que indica que se debe guardar una copia de las cintas en una sede externa para garantizar su integridad ante una eventual contingencia en el edificio de la Agencia de Sistemas de Información; Que asimismo solicitó se invite a cotizar a las empresas: CONEXYS S.R.L., AREA DATA S.A., y TREE MAR S.R.L.; Que por último informó que el presupuesto estimado para la presente contratación asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL con 00/100 ($ 275.000,00.-) I.V.A. incluido; Que el presente llamado a Contratación Menor, se regirá por lo normado por el Articulo N° 38 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5454), su reglamentación, Ley Nº 4.764 y normas complementarias y/o modificatorias, por el Decreto N° 1.145/GCABA/09, la Resolución N° 1.160/MHGC/2011 y concordantes, por la Resolución 16/ASINF/2010; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5454), y su modificatoria Ley Nº 4.764 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios; Que bajo Orden N° 7 corre agregado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirá la contratación; Que asimismo bajo Orden N° 5, obra la Solicitud de Gastos Nº 682-3113-SG16 en la cual se imputaron los fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio 2016; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y llame a Contratación Menor N° 8056-1434-CME16 para la "Adquisición de un cofre ignifugo para la guarda de medios magnéticos".

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Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el art. 13 de la Ley N° 2.095 modificada por la Ley N° 4.764, reglamentado por el Anexo II del Decreto N° 95/GCABA/14 modificado por Decreto N° 114/GCABA/16,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas para la "Adquisición de un cofre ignifugo para la guarda de medios magnéticos". Artículo 2°.- Llámese a Contratación Menor Nº 8056-1434-CME16, bajo el amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095(Texto Consolidado por Ley N° 5454), su modificatorio Ley Nº 4.764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, para la "Adquisición de un cofre ignifugo para la guarda de medios magnéticos", para el día 21 de Junio de 2016 a las 11:00 horas. Artículo 3º.- Establézcase que el presupuesto oficial para la presente contratación es de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL con 00/100 ($ 275.000,00.-) I.V.A. incluido. Artículo 4°.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente partida del presupuesto 2016. Artículo 5°.- Las ofertas deberán presentarse hasta las 11:00 hs. del día 21 de junio de 2.016 a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones Buenos Aires Compras (BAC), al amparo de lo establecido en el artículo 20 de Decreto Nº 1.145/GCBA/09. Artículo 6°.- Remítanse las invitaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la del Decreto Nº 1.145/GCBA/09. Artículo 7°.- Publíquese en la portal www.buenosairescompras.gob.ar del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 8°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y remítase a la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información para la prosecución de su trámite. Santagada López

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Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N.° 106/DGPUB/16

Buenos Aires, 15 de junio de 2016 VISTO el artículo 107 de la Ley N° 70, el artículo 12 de la Ley N° 5.495, el Decreto N° 74-GCBA/09, la Resolución N° 331-MHGCBA/09, la Resolución N° 91-MHGC/15, el Expediente N° 15.133.655-DGCPUB/16 y CONSIDERANDO: Que el artículo 107 de la Ley N° 70 faculta a la Tesorería General a emitir Letras del Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja, hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General; Que la emisión que se dispone está contenida dentro de los límites que al respecto establece el artículo 12 de la Ley N° 5.495; Que el artículo 12 de la Ley N° 5.495 fija en la suma de PESOS CINCO MIL MILLONES ($ 5.000.000.000.-), el monto máximo en circulación autorizado al Ministerio de Hacienda para hacer uso, transitoriamente, del crédito a corto plazo a que se refieren los artículos 107 y 108 de la Ley 70 o de los adelantos en cuenta corriente para cubrir diferencias estacionales de caja; Que asimismo la mencionada norma faculta al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a emitir Letras del Tesoro a plazos que excedan el ejercicio financiero por un valor nominal de PESOS CINCO MIL MILLONES ($ 5.000.000.000.-), en los términos del inciso b) del artículo 85 de la Ley N° 70 por un plazo máximo de hasta trescientos sesenta y cinco (365) días, contados a partir de la fecha de su emisión. Dicho monto deberá considerarse parte integrante del monto máximo autorizado en el párrafo precedente; Que a efectos de la instrumentación en el mercado local de las operaciones referidas anteriormente, se estableció a través del Decreto N° 74-GCBA/09, el marco normativo al que estarán sujetos dichos instrumentos de financiamiento, especificando características, forma y modo de emisión y colocación de los mismos; Que la presente emisión corresponde al sexto tramo del Programa de Emisión de Letras de Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires del ejercicio 2016, y se llevará a cabo de conformidad con los lineamientos y procedimientos de licitación pública y colocación que fueron aplicados en las anteriores emisiones de dichos títulos; Que por el Decreto N° 74-GCBA/09 se designó al Ministro de Hacienda como Autoridad de Aplicación, quedando facultado para dictar las normas aclaratorias, interpretativas y/o complementarias del mencionado decreto; Que por la Resolución N° 91-MHGC/15 se facultó indistintamente a la Subsecretaría de Finanzas, a la Dirección General de Crédito Público y/o a la Dirección General de Tesorería, todas dependientes del Ministerio de Hacienda, a dictar las normas que resulten necesarias a fin de aprobar cada emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y asimismo determinar las condiciones particulares; Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1° de la Resolución N° 91-MHGC/15 y el artículo 3° del Decreto N° 74-GCBA/09;

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EL DIRECTOR GENERAL DE CREDITO PUBLICO DEL MINISTERIO DE HACIENDA

DISPONE: Artículo 1°.- Dispónese la emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en Pesos a 98 días por un monto de VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL (V.N. $ 528.343.000.-), de acuerdo a las siguientes condiciones particulares: a) Denominación: Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en Pesos a 98 días. b) Moneda de emisión y pagos: Pesos. c) Fecha de emisión: 16 de junio de 2016. d) Fecha de la Licitación: 15 de junio 2016. e) Monto total a ser colocado: Por un monto de VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL (V.N. $ 528.343.000.-). f) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Será de VALOR NOMINAL PESOS UNO (VN. $ 1.-). g) Plazo: NOVENTA Y OCHO (98) días. h) Vencimiento: 22 de septiembre de 2016. i) Amortización: Íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la amortización no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior. j) Régimen de colocación: Las citadas Letras del Tesoro serán colocadas por licitación pública por hasta los montos emitidos. k) Tipo de Instrumento: Letras a descuento. l) Tipo de Oferta: Oferta Parcial. m) Importe de las ofertas: (i) Tramo Competitivo: el importe mínimo de suscripción será VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $500.000.-) y múltiplos de VALOR NOMINAL PESOS MIL (V.N. $1.000.-) por encima de dicho monto. (ii) Tramo Competitivo o Tramo No Competitivo, a su opción: el importe mínimo de suscripción será de VALOR NOMINAL PESOS MIL ($1.000.-), y múltiplos de VALOR NOMINAL PESOS MIL ($1.000.-) por encima de dicho monto, siempre que la oferta sea menor a VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $500.000.-). n) Forma de liquidación: A través del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y del sistema de liquidación del Mercado Abierto Electrónico (MAECLEAR) o de otra entidad compensadora que se designe a tal efecto. o) Fecha de Liquidación: 16 de junio de 2016. p) Negociación: Se solicitará la negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores. q) Titularidad: Las Letras del Tesoro estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores S.A., renunciando los beneficiarios al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. r) Comisiones por terceros: Tendrán derecho a comisión todos los Agentes del Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos

inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será del 0,02% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones. Participantes: Podrán participar de las licitaciones: 1.- Agentes del Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados a tal efecto.

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2.- Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores. Inversores: Todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, quienes deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2. s) Agente de cálculo: Será la Dirección General de Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda. t) Atención de los servicios financieros: La cancelación de los servicios financieros se efectuará mediante la transferencia de los fondos correspondientes que realizará el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la Caja de Valores S.A. para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras del Tesoro con derecho al cobro. u) Rescate anticipado: Las letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada. v) Exenciones impositivas: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia. Artículo 2°.- La licitación pública de Letras del Tesoro, cuya emisión se dispone en el artículo 1° de la presente Disposición, se llevará a cabo en el Mercado Abierto Electrónico S.A. a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado en materia de concertación, registración y liquidación de las operaciones con letras, así como las disposiciones contenidas en el Manual de la Aplicación SIOPEL. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería, Técnica Administrativa y Legal, Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Crédito Público. Cumplido, archívese. Rosenfeld

DISPOSICIÓN N.° 297/DGCYC/16

Buenos Aires, 9 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 5.454), los Decreto Nº 1.145/09, 95/14 y 114/16 y los Expedientes Electrónicos N° 2.634.973/MGEYA-DGCYC/15 y 14.628.736/MGEYA-DGCYC/16, y CONSIDERANDO: Que por Expediente Electrónico Nº 2.634.973/MGEYA-DGCYC/15, tramitó la Licitación Pública de Etapa Única Nº 108-SIGAF/15, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 31, primera parte del Art. 32 y 40 de la Ley N° 2.095 y el Decreto Nº 95/14, referente a un Servicio de Verificación de funcionamiento, desconexión eléctrica, desmontaje de unidad interna y desmontaje de los equipos de aire acondicionado, identificación de las partes, de propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ; Que por Disposición Nº 151/DGCYC/15 se aprobó la mentada Licitación Pública y se adjudicó el servicio a la firma TEKNIK S.R.L (Renglones N°1 al 7) por la suma de Pesos Dos Millones Trescientos Veintisiete Mil Setecientos Cincuenta ($ 2.327.750,00);

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Que mediante Disposición Nº 574-DGCYC/15, se prorrogó por un período de tres (3) meses a partir del 30 de septiembre de 2.015, la Orden de Compra Abierta Nº 18.330/15; Qué asimismo, por Disposición N° 146-DGCYC/16, se prorrogó nuevamente la mencionada Orden de Compra, por un período de tres (3) meses a contar a partir del 30 de diciembre de 2015; Que en ese sentido, se agotó la posibilidad de realizar una nueva prórroga en el marco del articulo N° 119 inc.) III de la Ley N° 2095, debido a que la duración original del contrato era de seis (6) meses y las prórrogas efectuadas comprenden el mismo periodo; Que, por otro lado, se requiere de manera imperiosa proceder a la desocupación del Edificio del Plata, cuya subasta fue realizada el 20 de abril de 2016, para realizar la reubicación del IVC y de la Dirección General de Infracciones, en el marco del Plan de Relocalización del GCBA, el que pretende promover la revalorización social, urbana y económica del sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, implicando un crecimiento de la actividad comercial y de servicios del área, entre tantos otros beneficios; Que atento la celeridad con la que deberá llevarse a cabo la mudanza y teniendo en cuenta el carácter de prioridad que se le ha otorgado al Plan de Relocalización, se torna necesario llevar a cabo la continuidad del "Servicio de Verificación de funcionamiento, desconexión eléctrica, desmontaje de unidad interna y desmontaje de los equipos de aire acondicionado, identificación de las partes, de propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", encuadrándose la misma bajo lo normado en el artículo 119 inc. IV) de la Ley N° 2095; Que el artículo referido precedentemente prevé que: "...Vencido el plazo de prórroga de los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios,

la autoridad competente podrá disponer su continuidad en aquellos casos de necesidad debidamente fundada en los actuados, siempre y cuando se estuviera gestionando el nuevo procedimiento de selección correspondiente y en instancia de convocatoria a presentar ofertas..."; Que por Expediente Electrónico N° 14.628.736/MGEYA-DGCYC/16 tramita la Licitación Pública N° 623-0630-LPU16 para una nueva contratación del Servicio de Verificación de funcionamiento, desconexión eléctrica, desmontaje de unidad interna y desmontaje de los equipos de aire acondicionado, identificación de las partes, de propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por lo expuesto anteriormente y a los fines de poder cumplimentar los tiempos establecidos en el cronograma del Plan de Relocalización del GCBA, se considera pertinente dar continuidad al Servicio hasta el perfeccionamiento de un nuevo Contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 119 inc. IV) de la Ley N° 2095; Que en consecuencia y atento lo actuado, se procede al dictado del presente acto administrativo por el cual se autoriza la continuidad de la cobertura del contrato celebrado en el marco de la Licitación Pública de Etapa Única Nº 108-SIGAF/15; Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE:

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Artículo 1º.- Autorícese la continuidad del servicio a partir de su vencimiento y hasta el perfeccionamiento de un nuevo documento contractual, de la Orden de Compra Abierta Nº 18330/15 para el Servicio de Verificación de funcionamiento, desconexión

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eléctrica, desmontaje de unidad interna y desmontaje de los equipos de aire acondicionado, identificación de las partes, de propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el Artículo N° 119 inc.) IV de la Ley N° 2095. Artículo 2º.- Establécese que, atento la modalidad de ejecución del contrato, con cada solicitud de Provisión se efectuará la afectación preventiva de crédito y de compromiso definitivo de fondos en las correspondientes Partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del presente ejercicio. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a la empresa adjudicataria, de acuerdo con los términos establecidos en los Artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4º.- Cumplido, remítase a la Gerencia de Contrataciones para la prosecución de su trámite. Tojo

DISPOSICIÓN N.° 302/DGCYC/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 5.454), los Decretos Nº 95/14 y su modificatorio Nº 114/16, Nº 1.145/09 y concordantes, la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC-MJGGC-SECLYT/11, las Resoluciones Nº 596/MHGC/11 y Nº 1.160/MHGC/11, las Disposiciones Nº 302/DGCYC/13 y Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº 14.436.622/MGEYA/DGCYC/2.016, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita el Convenio Marco de Compras para la Adquisición de Materiales de Merchandising para la promoción y difusión de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2.018, los cuales serán distribuidos en distintos eventos de difusión de los Juegos programados para el 2.016, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que el Convenio Marco de Compras es definido en el artículo 33 del Decreto reglamentario del Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires Nº 1.145/09 como "una modalidad de contratación electrónica mediante la cual se selecciona a uno o más proveedores para procurar el suministro directo de bienes y servicios a las Unidades Ejecutoras en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho convenio"; Que asimismo este proceso de selección de co-contratante para la celebración de Convenios Marco de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC/MJGGC/SECLYT/11;

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Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley Nº 2.095 y el Decreto Nº 95/14 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que se publica en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conteniendo el detalle de productos licitados, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación, entre los que se cuentan requisitos técnicos de los bienes, económicos y financieros, condiciones de entrega, garantías, duración del Convenio a suscribirse, entre otras cuestiones exigibles por el artículo 23 de la Resolución Nº 1.160/MHGC/11 y concordantes; Que en virtud de los términos de la Ley Nº 2.095, los Decretos Nº 95/14 y Nº 1.145/09 y concordantes, la suscripta se encuentra facultada para realizar el llamado a Licitación Pública, aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexo I y designar los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Por ello, LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexo I publicado en www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública Nº 623-0622-LPU16 para el día 28 de Junio de 2016 a las 14:00 horas bajo la modalidad de Convenio Marco de Compras para la Adquisición de Materiales de Merchandising para la promoción y difusión de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2.018, los cuales serán distribuidos en distintos eventos de difusión de los Juegos programados para el 2.016, al amparo de lo establecido en los artículos 31 y 45 de la Ley Nº 2.095 y Decreto Nº 1.145/09 y concordantes, por un monto estimado de hasta Pesos Nueve Millones Ciento Diecisiete Mil Doscientos Cincuenta ($ 9.117.250,00.-), por cada empresa oferente. Artículo 3º.- Desígnase a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas de la Licitación Pública, la cual estará conformada por la Dra. Maria Victoria Charalambous (D.N.I. 32.920.145), el Sr. Pablo Lucas Converso (D.N.I. Nº 26.047.271) y la Srita. Camila Salas (D.N.I. Nº 36.529.548). Artículo 4º.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de dos (2) días. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en Internet en el portal Buenos Aires Compras y remítase a la Gerencia Operativa de Contrataciones para la prosecución de su trámite. Tojo

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Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N.° 28/DGTALMJYS/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado Ley N° 5454), su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14, modificado por el Decreto N° 114/GCABA/16, el Decreto N° 1145/GCABA/09, las Resoluciones N° 596/GCABA/MHGC/11, 1160/GCABA/MHGC/11 y 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición N° 396/GCABA/DGCYC/14, la Disposición N° 23/DGTALMJYS/16, el Expediente Nº 2016-12006711-MGEYA-DGTALMJYS, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones, tramita la Contratación Directa tendiente a contratar un servicio Jurídico de Consulta On line, a requerimiento de la Gerencia Operativa de Legales dependiente de esta Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, de conformidad a lo previsto en el artículo 28 inciso 4) de la Ley Nº 2095 (texto consolidado Ley N° 5454) y reglamentada por el Decreto Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio; Que mediante NO-2016-11637303-DGTALMJYS la citada Gerencia Operativa justificó la contratación la cual fue autorizada por NO-2016-11864205-DGTALMJYS en cumplimiento de lo que establece la Resolución N° 36/MJYSGC/2016; Que posteriormente, por Disposición Nº 23/DGTALMJYS/2016 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares del citado Proceso, a la vez que se fijó el plazo de presentación para el día 17 de mayo de 2016 a las 12:00 hs., invitándose a cotizar a la empresa EDICIONES RAP S.A.; Que transcurrido el plazo establecido, no se ingresó oferta alguna por el sistema Buenos Aires Compra (BAC), motivo por el cual el procedimiento de Contratación Directa N° 282-0302-CDI16 resulto desierto; Que el sistema BAC contempla la opción de realizar un nuevo llamado, manteniendo el mismo número Expediente y de Solicitud de Gasto, generando un nuevo Proceso de Compra N° 282-0384-CDI16, motivo por el cual se considera oportuno fijar una nueva fecha para la presentación de oferta; Que mediante el portal de compras BAC se ha emitido y autorizado oportunamente, la solicitud de Gasto N° 282-2163-SG16 por un importe de pesos dieciocho mil ($ 18.000,00) correspondiente al Ejercicio 2016; Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano de Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado Ley Nº 5454), aprobó el Pliego único de Bases y Condiciones Generales para la adquisición de bienes y servicios por el sistema BAC, el cual rige la adquisición perseguida; Que en consecuencia de lo expuesto, corresponde dictar un nuevo acto administrativo; Que mediante IF-2016-1367074-MGEYA-DGTALMJYS se ha expedido la Subgerencia Operativa de Compras de la Dirección general Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad; Que ha tomado intervención la Gerencia Operativa de Legales de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad.

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 del Anexo I del Decreto Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DISPONE

Artículo 1.- Declárase desierto el llamado para presentación de ofertas del día 17 de mayo del 2016, para Contratación Directa tramitada por el sistema BAC por proceso de compra N° 282-0302-CDI16, autorizado por DI-2016-23-DGTALMJYS. Artículo 2.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que consta en el Proceso de Compra que podrá ser consultado a través del sistema BAC bajo el número de referencia Nº 282-0384-CDI16. Artículo 3.- Autorizase el segundo llamado a Contratación Directa tramitada por el sistema BAC por Proceso de Compra N° 282-0384-CDI16, fijando el plazo para presentación de ofertas para el día 16 de junio 2016, a las 14:00 horas, para la contratación de servicio Jurídico de Consulta On line, a requerimiento de la Gerencia Operativa de Legales dependiente de esta Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Artículo 4.- El gasto que demande la presente contratación será imputado a la partida presupuestaria correspondiente al presente ejercicio. Artículo 5.- Invitase a cotizar a la empresa EDICIONES RAP S.A. CUIT Nº 30-70778707-0, inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad, atento lo establecido por el artículo 28 inciso 4) apartado d) del Decreto N° 95/GCABA/14. Artículo 6.- Publíquese la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el llamado en www.buenosairescompras.gob.ar, y, comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda; y remítase a la Gerencia Operativa de Gestión Sectorial del Ministerio de Justicia y Seguridad, para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Alfonso

DISPOSICIÓN N.° 29/DGTALMJYS/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado Ley Nº 5454), su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su modificatorio, el Decreto N° 1145/09, las Disposiciones Nros. 79/DGTALMJYS/15 y 82/DGATLMJYS/15, la Resolución N° 36/MJYSGC/16, el Expediente Electrónico Nº 2015-27692463-MGEYA-DGTALMJYS, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramitó la Contratación Directa, en su modalidad de Contratación Menor, cuyo objeto es el "Servicio de Mantenimiento de los Dispositivos del Sistema de Control de Acceso al edificio sede del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en Av. Regimiento de Patricios 1142, CABA"; Que por Disposición N° 79/DGTALMJYS/15 se aprobó el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el llamado para presentación de ofertas;

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Que por Disposición N° 82/DGATLMJYS/15 se aprobó y adjudicó la citada contratación a favor de la firma TLDLAB S.R.L al amparo de lo normado por el artículo 108 de la Ley N° 2095 y su decreto reglamentario N° 95/14; Que en virtud de ello se emitió la orden de compra N° 282-6620-OC15 por un monto total de pesos doscientos treinta y nueve mil cuatrocientos ($ 239.400,00) por un periodo de seis (6) meses desde el 19 de noviembre de 2015 hasta el 19 de mayo de 2016; Que mediante NO-2016-12593505-DGEYTI, el Gerente Operativo de la Dirección General de Estudios y Tecnologías de la Información de este Ministerio solicito "...la renovación del contrato de mantenimiento de control de acceso brindado por la firma TLDLAB S.R.L por el término de 6 (seis) meses y en los mismos términos y condiciones que el contrato vigente..."; Que se ha dado cumplimiento con lo previsto en la Resolución N° 36/MJYSGC/16 mediante NO-2016-13290075-DGTALMJYS; Que la prórroga del servicio se encuentra prevista en el artículo 119 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado Ley Nº 5454), en su apartado III) que faculta al organismo contratante a prorrogar cuando así se hubiese previsto; Que obra agregada la Solicitud de Gasto N° 282-2493-SG16 por un monto de pesos doscientos treinta y nueve mil cuatrocientos ($ 239.400,00) correspondiente al ejercicio 2016, a fin de hacer frente a la erogación en cuestión; Que a través del portal Buenos Aires Compras se ha generado el Proceso de Compra para gestionar la Prórroga N° 282-0052-PRO16; Que mediante IF-2016-15152183-DGTALMJYS de fecha 13/05/16, la firma TLDLAB S.R.L ha prestado su conformidad a la presente prórroga; Que el proveedor se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Único y Permanente del Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a través del IF-2016-13927037-DGTALMJYS tomó intervención la Subgerencia Operativa de Compras dependiente de esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad; Que asimismo ha tomado intervención la Gerencia Operativa de Legales de la Dirección General, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad; Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el artículo 117 inciso III) del Anexo I del Decreto Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DISPONE

Artículo 1.- Prorrógase por seis (6) meses la Orden de Compra N° 282-6620-OC15 para el "Servicio de Mantenimiento de los Dispositivos del Sistema de Control de Acceso al edificio sede del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", sito en Av. Regimiento de Patricios 1142 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a favor de la firma TLDLAB S.R.L, CUIT 30-71165370-4, por un monto de pesos doscientos treinta y nueve mil cuatrocientos ($ 239.400,00) que se abonará en seis pagos mensuales, iguales y consecutivos de pesos treinta y nueve mil novecientos ($ 39.900,00) cada uno. Artículo 2.- Dicho gasto será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al presente Ejercicio. Artículo 3.- Emítase la respectiva Orden de Compra.

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Artículo 4.- Publíquese la presente en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a la firma TLDLAB S.R.L, CUIT 30-71165370-4, comuníquese para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Estudios y Tecnologías de la Información del Ministerio de Justicia y Seguridad, a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y de Contaduría dependientes del Ministerio de Hacienda y pase a la Gerencia Operativa de Gestión Sectorial de esta Dirección General para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Alfonso

DISPOSICIÓN N.° 235/DGSPR/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La ley Nº 1913 (B.O. Nº 2363); N° 5238 (B.O. N° 4550), los Decretos Nº 446-GCBA/2006 (B.O. Nº 2436), y N° 394-GCABA/2013 y la Carpeta E465776, y, CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en los rubros establecidos en el Artículo 3°, Punto 2: Servicios sin autorización al uso de armas de fuego Incisos a), b), c), y d), presentada por la empresa "SHIELD II S.A." con domicilio real en la calle Aristóbulo del Valle N° 2083, Burzaco, Provincia de Buenos Aires y constituido en la calle Basualdo N° 2483, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos del Artículo 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Fabián Héctor Dal Degan, D.N.I. Nº 22.548.732 y como Responsable Técnico al señor Osvaldo Donato Marcovecchio, D.N.I. N° 11.848.971; Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los Artículos 9 Inciso c) y 20 Inciso a) de la Ley Nº 1913 y su reglamentación aprobada mediante los Decretos Nº 446-GCBA/2006 y N° 394-GCABA/2013; Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 1913 y por sus Decretos reglamentarios Nº 446-GCBA/2006 y N° 394-GCABA/2013 para concederle su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas; Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I, Artículo 167, Punto 4, de la Ley N° 5238, por lo que corresponde el otorgamiento de su habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día de la fecha. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

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Artículo 1º.- Concédase a partir del día de la fecha y por el término de (2) dos años a la empresa "SHIELD II S.A." su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 1913 en su Artículo 3º, Punto 2-

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Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incisos a) Vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b) Custodia y portería de locales bailables y confiterías y/o espectáculos en vivo, como otro lugar destinado a la recreación, c) Servicios de serenos en lugares fijos, privados o edificios de propiedad horizontal, y, d) Vigilancia por medios electrónicos, ópticos y electro ópticos.

Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá solicitarse con (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente. Artículo 3º.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la habilitación concedida en el artículo precedente. Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, a la Agencia Gubernamental de Control, y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Cocca

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.° 16/EAIT/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Resolución Nº 2015-1239-MSGC, el EX-2016-11308842- MGEYA-DGAYDRH y; CONSIDERANDO: Que por el expediente EX-2015-02143414-MGEYA-DGAYDRH tramitó la solicitud de llamado a selección para la cobertura del cargo de un Jefe de Sección de Farmacia, con carácter interino, con 40 horas semanales de labor, por la estructura establecida mediante Disposición Nº DI Nº 40/EAIT/2014; Que por Resolución Nº RESOL-2015-1239-MSGC se convocó al concurso al mencionado cargo. Que como consecuencia de lo expresado se procedió a convocar a una selección cerrada en el marco de la Ordenanza Nº 41455 (B.M.Nº 17920) y su modificatoria reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 (B.M.Nº 18047) y la Resolución Nº 375/SSySHYF/2006, avalada mediante el Acta del Consejo Asesor Técnico Administrativo CATA; Que, el Consejo Asesor Técnico Administrativo avaló el orden de mérito, en consecuencia corresponde dictar el acto administrativo para que se designe con carácter interino; Que, según surge de los presentes actuados, la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda ha tomado debida intervención; Que, el Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos ha intervenido en las presentes actuaciones manifestando su conformidad con la designación propuesta; Que, con el propósito de privilegiar la cobertura de puestos vacantes en áreas que prestan servicios esenciales, la presente Disposición se notificará dentro del plazo de cuarenta y ocho horas (48 hs.). Una vez notificado el presente, el agente deberá tomar el cargo y comenzar sus funciones dentro de los siguientes treinta (30) días corridos; Que, con el mismo propósito, se concederán sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de Alta en la liquidación de haberes, para que el agente presente ante la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos la documentación necesaria para determinar la aptitud médica; Que, la presente se dicta sin perjuicio de las facultades propias de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda de controlar las condiciones generales de ingreso que, en resguardo de los intereses del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, deben respetarse para cualquier incorporación de personal a esta Administración; Que en tal entendimiento, resulta necesario establecer que si del análisis de la documentación presentada surgiera algún impedimento para el ingreso o se incumpliera el plazo previsto para la presentación de la documentación, la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos resolverá dejar sin efecto la designación. Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2155 y su Decreto reglamentario N° 308/2008,

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EL DIRECTORIO DEL ENTE AUTARQUICO INSTITUTO DEL TRASPLANTE

DISPONE Artículo 1.- Desígnese con carácter interino a la Agente Graciela Irene Bosch, DNI 17.029.683, CUIL 23-17029683-4, Legajo Personal 323.448, como Jefe de Sección Farmacia en el Instituto de Trasplante, con 40 horas semanales de labor, partida 4001.0800.MS.18.016, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Farmacéutica de Guardia, partida 4022.0500.MS.18.930, del Hospital Gral. De Agudos "Dr. Cosme Argerich". Artículo 2.- Déjese establecido que, el agente deberá tomar el cargo para el que fue designado dentro de los siguientes treinta (30) días corridos de notificado, produciéndose la correspondiente "Alta" en el sistema de liquidación de haberes a partir de la fecha de comienzo efectivo de tareas. Artículo 3.- Dentro del plazo de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de comienzo efectivo de tareas, el agente deberá presentar la documentación necesaria y concurrir a la Dirección General de Administración de Medicina del Trabajo de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos para obtener el pronunciamiento sobre aptitud médica. Artículo 4.- Déjese establecido que si vencido el plazo, el agente no hubiera cumplido con lo dispuesto en el artículo anterior, o si del análisis de la documentación presentada surgiera alguna incompatibilidad, o se verificara falta de aptitud médica, la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos resolverá dejar sin efecto la presente designación. Artículo 5.- El área de Personal deberá notificar al agente dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de publicada esta Disposición Artículo 6.-Publíquese en el Boletín Oficial de CABA, comuníquese a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud y a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes y de Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Rojas

DISPOSICIÓN N.° 77/DGADCYP/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.454) y el Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14 y el Expediente Electrónico Nº 3.298.075/MGEYA-DGADC/15, y

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Que por la actuación citada en el visto tramitó la Licitación Pública Nº 401-0453-LPU15, que se gestionó bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1145/09, para la "Adquisición de bienes para el Departamento de Odontología dependiente de la Dirección General Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que por Disposición Nº 30-DGADCYP/16 se prorrogó el contrato perfeccionado en el marco de la citada licitación mediante la Orden de Compra N° 401-2557-OC15, emitida a favor de la firma ALBERTO JACINTO KANOORE EDUL CUIT Nº 23-10200012-9, y se impusieron las penalidades pecuniarias por la mora en la entrega, previstas en la normativa de aplicación; Que en el artículo 2° del citado acto administrativo se individualizó erróneamente el número de la Orden de Compra correspondiente a la firma ALBERTO JACINTO KANOORE EDUL, toda vez que se consignó el N° 52110/SIGAF/14, siendo el correcto el N° de Orden de Compra 401-2557-OC15, tal como surge de sus considerandos y de su artículo 1°; Que en consecuencia, corresponde rectificar la Disposición Nº 30-DGADCYP/16 en el sentido señalado en el considerando precedente. Por ello, en base a las competencias establecidas en la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.454) y el Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14, y a tenor de lo establecido en el artículo 120 de la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCBA/97 (Texto consolidado por Ley N° 5.454),

LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA, CONTABLE Y PRESUPUESTO

DISPONE Artículo 1º.- Rectificase el Artículo 2° de la Disposición Nº 30-DGADCYP/16, en el sentido que, donde dice: “Orden de Compra N° 52110/SIGAF/14,“ debe leerse "Orden de Compra N° 401-2557-OC15." Artículo 2º.- Pubíquese y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud. Filippo

DISPOSICIÓN N.° 80/DGADCYP/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5454), los Decretos Reglamentarios Nº 95-GCABA/14, 114-GCABA/16 y Nº 1145-GCABA/09, y el Expediente Electrónico Nº 12.876.786/MGEYA-DGADCYP/2016, y CONSIDERANDO:

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Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 401-0528-LPU16, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5454), el Decreto

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en Monasterio 480 Cuidad Autónoma de Buenos Aires";

CONSIDERANDO:

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Reglamentario Nº 95-GCABA/14 que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85 - Informatización de las contrataciones - de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09, para la "Provisión e instalación y puesta en servicio de un sistema de cableado estructurado de voz y datos y provisión de equipamiento informático destinado al edificio del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en Monasterio 480 Cuidad Autónoma de Buenos Aires"; Que la Dirección General Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda, autorizó la tramitación de la contratación que nos ocupa, al amparo de lo establecido en el artículo 20 de la Resolución N° 1160/MHGC/11, por no ajustarse las características específicas de los bienes cuya contratación se propicia a lo solicitado en el Convenio Marco en trámite ante ese Órgano Rector; Que obra registrada la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la licitación que asciende a la suma de PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL ($ 8.265.000-) con cargo en las partidas correspondientes; Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado por Disposición Nº 396-DGCYC-14 por el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo N° 18, Inciso j) y Artículo N° 87 de la Ley N° 2095; Que la Dirección General Sistemas Informáticos del Ministerio de Salud, remitió al organismo licitante los antecedentes técnicos correspondientes al objeto de la contratación; Que se encuentran incorporados los pliegos que han de regir la contratación que se propicia; Que en función de las características de los pliegos de aplicación han tomado intervención las Direcciones Generales de Redeterminación de Precios y de Seguros, dependientes del Ministerio de Hacienda, así como la Agencia de Sistemas de Información conforme lo establecido en el Decreto Nº 1036/GCABA/2008; Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General Legal y Técnica de este Ministerio de Salud.

Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5454) y los Decretos N° 95-GCABA/14, Nº 114-GCABA/16 y Nº 1145-GCABA/09,

LA DIRECTORA GENERAL

ADMINISTRATIVA, CONTABLE Y PRESUPUESTO DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y los Pliegos de Especificaciones Técnicas y plano que como Anexos, registrados en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo Nros. PLIEG-2016-15379761-DGADCYP, PLIEG-2016-15225195-DGSISIN e IF-2016-14195548-DGSISIN, respectivamente, forman parte integrante de la presente Disposición, para la "Provisión e instalación y puesta en servicio de un sistema de cableado estructurado de voz y datos, y provisión de equipamiento informático destinado al edificio del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en Monasterio 480 - Cuidad Autónoma de Buenos Aires" por un monto estimado de PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL ($ 8.265.000-).

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Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública Nº 401-0528-LPU16, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5454) y el Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14 que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85 de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09, en base a la documentación licitatoria aprobada por el Artículo 1º de la presente, y fíjase fecha de apertura de ofertas para el día 30 de Junio de 2016 a las 11:00 horas. Artículo 3º.- Fíjase fecha de visita técnica para el día 23 de Junio de 2016 a las 11:00 horas. Artículo 4º.- Establécese que los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y planos se suministran en forma gratuita. Artículo 5º.- Establécese que la Dirección General Sistemas Informáticos del Ministerio de Salud tendrá a su cargo el asesoramiento técnico de las ofertas, con la intervención de la Agencia de Sistemas de Información, como así también de la contratación. Artículo 6º.- La erogación que demande la presente gestión cuenta con imputación presupuestaria en las partidas correspondientes. Artículo 7º.- Remítanse invitaciones y cúrsense las comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 95 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5454) y los Decretos Reglamentarios Nº 95-GCABA/14 y Nº 1145-GCABA/09, y publíquese por el plazo de dos (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en los artículos 99 y 100 de la citada normativa. Artículo 8º.- Publíquese, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones y comuníquese a las Dirección General Sistemas Informáticos y a la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud. Filippo

DISPOSICIÓN N.° 104/IRPS/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley 5454), Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, Decreto Reglamentario Nº 1145/GCBA/09 y el EX-2016-15174725-MGEYA-IRPS, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 446-0660-LPU16, al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por la Ley 5454), Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14 y Decreto Reglamentario Nº 1145-GCBA/09, para la adquisición de una silla de ruedas ultraliviana con destino al paciente BLOCK Sergio H.C. Nº 111.543;

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ANEXO

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Que obra agregado en los actuados la Solicitud de Gastos Nº 446-3225-SG16 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva por el monto estimado de la contratación que asciende a la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS ($58.600,00.-); Que, por Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Resolución Nº 1226/MSGC/2007 del 04/06/2007 se designó a la Dirección del Instituto de Rehabilitación Psicofísica como Unidad Operativa de Adquisiciones; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley 5454), el Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14 y el Decreto Reglamentario Nº 1145/GCBA/09,

LA DIRECTORA A CARGO DEL INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFÍSICA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE:

Articulo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas que como Anexo registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo Nº PLIEG-2016-15185882-IRPS, forma parte integrante de la presente Disposición, para la adquisición de una silla de ruedas ultraliviana con destino al paciente BLOCK Sergio H.C. Nº 111.543, por un monto estimado de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS ($58.600,00.). Artículo 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº 446-0660-LPU16 al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por la Ley 5454) y Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, en base a la documentación aprobada por el Artículo 1º de la presente, y fíjase fecha de apertura de ofertas para el día 24 de Junio de 2016 a las 09.00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares, carecen de valor comercial.

Artículo 4º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio en vigor. Artículo 5º.- Remítanse las invitaciones y comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 93º de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley 5454), Decreto Reglamentario Nº 95/14 y Decreto Reglamentario Nº 1145/GCBA/09. Artículo 6º.- Publíquese por el término de un (1) día con no menos de tres (3) días de anticipación en el Boletín Oficial, en la página Web Buenos Aires Compras, según lo establecido por la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley 5454), el Decreto Reglamentario Nº 95/14 y el Decreto Reglamentario Nº 1145/GCBA/09. Artículo 7º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de Gestión Económica, Administrativa y Financiera. Ajolfi

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ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 105/IRPS/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley 5454), Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, Decreto Reglamentario Nº 1145/GCBA/09 y el EX-2016-15194248-MGEYA-IRPS, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 446-0663-LPU16, al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por la Ley 5454), Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14 y Decreto Reglamentario Nº 1145-GCBA/09, para la adquisición de una prótesis para amputación bajo rodilla con destino a la paciente TROCHE Gisela H.C. Nº 112.714; Que obra agregado en los actuados la Solicitud de Gastos Nº 446-3230-SG16 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva por el monto estimado de la contratación que asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS ($48.800,00.-); Que, por Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Resolución Nº 1226/MSGC/2007 del 04/06/2007 se designó a la Dirección del Instituto de Rehabilitación Psicofísica como Unidad Operativa de Adquisiciones; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley 5454), el Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14 y el Decreto Reglamentario Nº 1145/GCBA/09,

LA DIRECTORA A CARGO DEL INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFÍSICA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE:

Articulo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas que como Anexo registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo Nº PLIEG-2016-15213878-IRPS, forma parte integrante de la presente Disposición, para la adquisición de una prótesis para amputación bajo rodilla con destino a la paciente TROCHE Gisela H.C. Nº 112.714, por un monto estimado de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS ($48.800,00.-). Artículo 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº 446-0663-LPU16 al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por la Ley 5454) y Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, en base a la documentación aprobada por el Artículo 1º de la presente, y fíjase fecha de apertura de ofertas para el día 24 de Junio de 2016 a las 10.00 horas.

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Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares, carecen de valor comercial. Artículo 4º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio en vigor. Artículo 5º.- Remítanse las invitaciones y comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 93º de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley 5454), Decreto Reglamentario Nº 95/14 y Decreto Reglamentario Nº 1145/GCBA/09. Artículo 6º.- Publíquese por el término de un (1) día con no menos de tres (3) días de anticipación en el Boletín Oficial, en la página Web Buenos Aires Compras, según lo establecido por la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley 5454), el Decreto Reglamentario Nº 95/14 y el Decreto Reglamentario Nº 1145/GCBA/09. Artículo 7º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de Gestión Económica, Administrativa y Financiera. Ajolfi

DISPOSICIÓN N.° 244/HGAP/16

Buenos Aires, 1 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2095, (texto consolidado por Ley Nº 5454), el E.E. Nº 2016-08243831-HGAP, la Contratación Menor N° 425-0389-CME16 y la Orden de Compra N° 425-1277-OC16 a favor de ALPHA MEDICAL GROUP S.R.L., y CONSIDERANDO: Que mediante el E.E. mencionado ut-supra se autorizó la Contratación Menor N° 425-0389-CME16 que gestionó la adquisición de insumos con destino al servicio de farmacia, emitiéndose en consecuencia la Orden de Compra 425-1277-OC16 a favor de la firma ALPHA MEDICAL GROUP S.R.L., por la suma de pesos treinta y un mil trescientos cuarenta y siete con 00/100 ($31.347,00), habiéndose fijado quince (15) días hábiles para la entrega, cuyo vencimiento operó el día 25/04/2016; Que con fecha 12/05/2016 la firma adjudicataria procedió a la entrega del Renglón Nº 22 (complejo vitamina b) y el Renglón N° 27 ( succinilcolina cloruro de 100mg), según Parte de Recepción Definitiva N° 70496/HGAP/2016, es decir, vencido el plazo de entrega pactado; Que con fecha 18/05/2016 la firma adjudicataria procedió a la entrega del Renglón Nº 13 (difenhidramina clorhidrato 100 mg), según Parte de Recepción Definitiva N° 71518/HGAP/2016, es decir, vencido el plazo de entrega pactado; Que con fecha 30/05/2016 a pedido de la División Contable, la Jefa de la División Farmacia, Farm. Gabriela Crisci, presenta nota dónde reza: "(...) la demora en la entrega, causó perjuicio a nuestro servicio provocando stock cero del insumo (...)". Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Autónoma Buenos Aires (BOCBA 2557), promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA 2557) y su Decreto Reglamentario N° 95-GCABA-14, ( texto consolidado por Ley Nº 5454);

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ANEXO

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA" EN SU

CARÁCTER DE TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE

Art. 1°.- Impónese a la firma ALPHA MEDICAL GROUP S.R.L. - CUIT N° 30-71187832-3 adjudicataria de la Orden de Compra N° 425-1277-OC16 domiciliada en Cosquin 1860 (1440) de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 120º, 121°, 123°, 126° y 127° de la Ley 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su Decreto Reglamentario 95/14, la penalidad que a continuación se detalla: - Una multa de PESOS setenta y uno con 60/100 ($71,60) por mora en la entrega, correspondiente al 2% del valor del bien satisfecho fuera de termino según PRD 70496/HGAP/2016. - Una multa de PESOS trescientos cuarenta y siete con 10/100 ($347,10), correspondiente al 10% del valor del bien satisfecho fuera de termino en concepto de rehabilitación de contrato según PRD 71518/HGAP/2016.

Art. 2°.- Notifíquese fehacientemente a la firma ALPHA MEDICAL GROUP S.R.L. - CUIT N° 30-71187832-3 de los términos de la presente conforme lo establecido por los artículos 60 y 61 del DNU N° 1510/GCBA/97 aprobado por la Resolución N° 41-LCBA-98, y publíquese en el Boletín Oficial y en la página WEB de acuerdo a lo establecido en la Disposición Nº 95/DGCYC/2012-BOCCA Nº 3915. Caratúlese el Antecedente Cancelación de Cargo el cual será remitido a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda "Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental" y el Legajo Único el cual será remitido a la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda. "Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones". San Martín

DISPOSICIÓN N.° 246/HGAP/16

Buenos Aires, 1 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2095, (texto consolidado por Ley Nº 5454), el E.E. Nº 2016-08243831-HGAP, la Contratación Menor N° 425-0389-CME16 y la Orden de Compra N° 425-1279-OC16 a favor de DROGUERIA EGLIS S.A., y CONSIDERANDO: Que mediante el E.E. mencionado ut-supra se autorizó la Contratación Menor N° 425-0389-CME16 que gestionó la adquisición de insumos con destino al servicio de farmacia, emitiéndose en consecuencia la Orden de Compra 425-1279-OC16 a favor de la firma DROGUERIA EGLIS S.A., por la suma de pesos seis mil trescientos con 00/100 ($6.300,00), habiéndose fijado quince (15) días hábiles para la entrega, cuyo vencimiento operó el día 26/04/2016; Que con fecha 23/05/2016 la firma adjudicataria procedió a la entrega del Renglón Nº 7 (ketamina de 500 mg, inyectable, en frasco ampolla por 10 ml.), según Parte de Recepción Definitiva N° 74272/HGAP/2016, es decir, vencido el plazo de entrega pactado;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 209

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Que con fecha 30/05/2016 a pedido de la División Contable, la Jefa de la División Farmacia, Farm. Gabriela Crisci, presenta nota dónde reza: "(...) la demora en la entrega del renglón 7, causó perjuicio a nuestro servicio provocando stock cero del insumo (...)". Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Autónoma Buenos Aires (BOCBA 2557), promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA 2557) y su Decreto Reglamentario N° 95-GCABA-14, ( texto consolidado por Ley Nº 5454);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA" EN SU

CARÁCTER DE TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE

Art. 1°.- Impónese a la firma DROGUERIA EGLIS S.A. - CUIT N° 30-59401076-7 adjudicataria de la Orden de Compra N° 425-1279-OC16 domiciliada en Manuela Pedraza 5926 (1431) de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 120º, 121°, 123°, 126° y 127° de la Ley 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su Decreto Reglamentario 95/14, la penalidad que a continuación se detalla: - Una multa de PESOS ciento veinte seis con 00/100 ($126,00) por mora en la entrega, correspondiente al 2% del valor del bien satisfecho fuera de termino. - Una multa de PESOS seiscientos treinta con 00/100 ($630,00), correspondiente al 10% del valor del bien satisfecho fuera de termino en concepto de rehabilitación de contrato. Art. 2°.- Notifíquese fehacientemente a la firma DROGUERIA EGLIS S.A. - CUIT N° 30-59401076-7 de los términos de la presente conforme lo establecido por los artículos

60 y 61 del DNU N°1510/GCBA/97 aprobado por la Resolución N° 41-LCBA-98, y publíquese en el Boletín Oficial y en la página WEB de acuerdo a lo establecido en la Disposición Nº 95/DGCYC/2012-BOCCA Nº 3915. Caratúlese el Antecedente Cancelación de Cargo el cual será remitido a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda "Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental" y el Legajo Único el cual será remitido a la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda. "Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones". San Martín

DISPOSICIÓN N.° 247/HGAP/16

Buenos Aires, 1 de junio de 2016 VISTO: El Expediente EX 2016-08243831-MGEYA-HGAP, la Orden de Compra BAC N° 425-1277-OC16, la DI-2016-244-HGAP, La Ley N° 2095, (texto consolidado por Ley Nº 5454), y

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 210

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Que se incurrió en un error involuntario en el Art. 2° de la DI-2016-244-HGAP al omitir el cobro del porcentaje correspondiente a la imposición de la multa pecuniaria por mora en la entrega del contrato, el cual debió ser del 2% del monto previsto satisfactoriamente según Ley N° 2095, (texto consolidado por Ley Nº 5454); Que en consecuencia corresponde rectificar el mismo. Por ello, conforme al Artículo 124 del Decreto 1510/97 de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires;

EL DIRECTOR A CARGO DE LA DIRECCION DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA" EN SU CARÁCTER

DE TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONEN

Art. 1º.- Rectifíquese el Articulo 1º de la DI-2016-244-HGAP el que quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 1°.- Impónese a la firma ALPHA MEDICAL GROUP S.R.L. - CUIT N° 30-71187832-3 adjudicataria de la Orden de Compra N° 425-1277-OC16 domiciliada en Cosquin 1860 (1440) de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 120º, 121°, 123°, 126° y 127° de la Ley 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su Decreto Reglamentario 95/14, la penalidad que a continuación se detalla: - Una multa de PESOS setenta y uno con 60/100 ($71,60) por mora en la entrega, correspondiente al 2% del valor del bien satisfecho fuera de termino según PRD 70496/HGAP/2016. - Una multa de PESOS trescientos cuarenta y siete con 10/100 ($347,10), correspondiente al 10% del valor del bien satisfecho fuera de termino en concepto de rehabilitación de contrato según PRD 71518/HGAP/2016. - Una multa de PESOS sesenta y nueve con 42/100 ($69,42), correspondiente al 2% del valor del bien satisfecho fuera de termino según PRD 71518/HGAP/2016. Art. 2°.- Notifíquese fehacientemente a la firma ALPHA MEDICAL GROUP S.R.L. - CUIT N° 30-71187832-3 de los términos de la presente conforme lo establecido por los artículos 60 y 61 del DNU N° 1510/GCBA/97 aprobado por la Resolución N° 41-LCBA-98, y publíquese en el Boletín Oficial y en la página WEB de acuerdo a lo establecido en la Disposición Nº 95/DGCYC/2012-BOCCA Nº 3915. Caratúlese el Antecedente Cancelación de Cargo el cual será remitido a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda "Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental" y el Legajo Único el cual será remitido a la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del

Ministerio de Hacienda. "Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones". San Martín

DISPOSICIÓN N.° 254/HGACA/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO El Expediente Nº 2015-29414658-MGEYA-HGACA, la Ley Nº 2.095/06 promulgada por Decreto N° 1772/GCBA/06 (BOCBA. 2.557), su modificatoria Ley N° 4764/14 (BOCBA 4.313) y su Decreto Reglamentario Nº DECTO-2014-95-AJG, Decreto N° 1145/GCABA/09, y Decreto N° 196/GCABA/11 vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 211

CONSIDERANDO:

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CONSIDERANDO: Que, por el mencionado Expediente se tramita la Provisión de equipamiento medico especificado (Impedanciometro clínico, etc.) con destino a diferentes servicios de este Establecimiento Asistencial; Que, por Nota Nº NO-2014-13543683-HGACA la Dirección de este nosocomio autoriza la compra y solicita se gestione la misma por la modalidad de compra correspondiente; Que, se importó la Solicitud de Gastos N° 412-4483-SG15 debidamente valorizada de acuerdo a lo establecido en el Art. 78 de la Ley 2.095/06 y su modificatoria Ley 4764/14 y su Decreto Reglamentario Nº DECTO-2014-95-AJG; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos por un importe de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL ($ 486000,00), encuadrando la compra en los alcances del Art. 38 de la Ley Nº 2095/06 y su modificatoria; Que, por Disposición 171-DGCyC-08 del 07/07/08, la Dirección General de Compras y Contrataciones, como órgano rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, mediante Resolución 1.226-MS-GCBA-07 del 4/6/07, se designa a este Establecimiento Asistencial como Unidad Operativa de Adquisiciones a fin de establecer la gestión que tiene a su cargo en las Contrataciones y Adquisiciones en forma habitual; Que mediante Decreto 1145/09, en su Art.1° apruebase la reglamentación del art 83 de la Ley 2095 e implementase el Sistema Electrónico de Adquisición y Contratación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, denominándose en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 13º del Decreto Nº DECTO-2014-95-AJG reglamentario del Art. 13º de la Ley 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatoria;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. COSME ARGERICH EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1 ° Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que forman parte de la presente.

Art. 2 ° Llámase a Contratación Directa Menor Nº 412-2428-CME15, cuyo Acto de Apertura tendrá lugar el día 27 de Junio de 2016 a las 08:00 hs., para el Provisión de equipamiento medico especificado (Impedanciometro clínico, etc.) por un monto aproximado de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL ($ 486000,00), con destino a diferentes Servicios de este Establecimiento Asistencial, enmarcado en los alcances del Art. 38 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 3 ° El gasto que demanda la presente será imputado al presente ejercicio y registra un compromiso futuro sobre el ejercicio 2017 según Solicitud de Gasto N° 412-4483-SG15. Art. 4 ° Establécese el pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado en la Oficina de Compras y Contrataciones de esta Unidad Operativa de Adquisiciones, en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Buenos Aires Compras (BAC). Art. 5 ° Pase, para la prosecución de su trámite a la División Compras. Hernández

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 212

ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 255/HGACA/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO El Expediente Nº EX-2016-14065400-MGEYA-HGACA y la Disposición DI-2016-228-HGACA (DI-2016-14068678-HGACA) y; CONSIDERANDO: Que, mediante la mencionada Disposición se dispuso el llamado a Contratación Directa Menor Nº 412-1326-CME16 para el día 14/06/2016 a las 08:00 hs. para la PROVISION DE GASES MEDICINALES (Gas Helio) con destino a la División Farmacia de este Establecimiento Asistencial; Que, en el día de la apertura el BAC (Sistema de Compras Públicas) no obtuvo ninguna oferta por tal motivo quedo desierta; Que, persiste la imprescindible necesidad de contar con dicho servicio; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 13º del Decreto Nº DECTO-2014-95-AJG reglamentario del Art. 13º de la Ley 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatoria;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "COSME ARGERICH"

DISPONE: Art. 1º Anúlase el llamado a Contratación Directa Menor Nº 412-1326-CME16, dispuesto por DI-2016-228-HGACA (DI-2016-14068678-HGACA), cuya apertura tuvo lugar el día 14/06/2016 a las 08:00 hs., dado que no se obtuvieron ofertas. Art. 2º Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que forman parte de la presente. Art. 3º Llámase (2º llamado) a Contratación Directa Menor Nº 412-1514-CME16 para el día 21 de Junio de 2016 a las 08:00 hs., por un monto de PESOS CUATRO MIL CINCUENTA ($ 4050,00) para la PROVISION DE GASES MEDICINALES (Gas Helio) con destino a la División Farmacia o de este Establecimiento Asistencial al amparo de lo establecido en el Art. 38 del Reglamento de Contrataciones. Art. 4º El gasto que demanda la presente será imputado al presente ejercicio según Solicitud de Gastos N° 412-2188-SG16. Art. 5º Establécese el pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado en la Oficina de Compras y Contrataciones de esta Unidad Operativa de Adquisiciones, en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Buenos Aires Compras (BAC). Art. 6º Pase, para la prosecución de su trámite a la División Compras. Hernández

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 213

ANEXO

Page 214: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

DISPOSICIÓN N.° 344/HBR/16

Buenos Aires, 30 de mayo de 2016 VISTO: El E.E. Nº: 2016-10911862-MGEYA-HBR y las competencias otorgadas por el Decreto 566/2010, en su artículo 6º, (B. O. C. B. A Nº 3468 de fecha 26/07/2010); y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Hospital BERNARDINO RIVADAVIA, dependiente del Ministerio de Salud, gestiona la autorización para el ingreso de: UN EQUIPO SISTEMA DE INMUNOENSAYO POR QUIMIOLUMINISCENCIA MODELO ACCESS 2-BECKMAN COULTER ANMAT Nº: 007970 provisto por la firma BIODIAGNOSTICO SA, Que, dicha gestión se formuló, toda vez que en la LICITACION PUBLICA Nº: 431-0397-16, la cual tramita por Expediente Nº: 2016-10911862-MGEYA-HBR, en las condiciones ofertadas se encontraba incluida la provisión de insumos para la utilización de los equipos en cuestión, cuyas características y documentación obran en la oferta presentada por el proveedor; Que, se da cumplimiento a lo solicitado por Memorandum Nº: 18/DGAD/2009, obrando el Pliego de Bases y condiciones Generales y Particulares que rige el proceso licitatorio, como así también las características y especificaciones técnicas de los aparatos en cuestión, de acuerdo a la oferta presentada por la firma: BIODIAGNOSTICO SA, Que obra el Acta de Asesoramiento del servicio de fecha 03/05/2016, donde se manifiesta que la oferta de la firma BIODIAGNOSTICO SA, se ajusta a lo solicitado, Que, la firma ha manifestado en nota obrante en el expediente que se hace cargo del seguro del equipo; Que, teniendo en cuenta los términos del Artículo 6º del Decreto 566/2010, corresponde a esta Dirección autorizar la permanencia de los bienes recibidos en préstamo, ordenando al propio tiempo que este establecimiento asistencial efectúe la comunicación patrimonial respectiva; Que, en razón de ello, corresponde autorizar el ingreso y la permanencia en el establecimiento asistencial de los equipos de que se trata recibidos en préstamo, por el término de vigencia de la Orden de Compra que se emita en el marco de la LICITACION PUBLICA Nº: 431-0397-16 o hasta el consumo total de los insumos entregados en cumplimiento de dicha Orden de Compra; Que, una vez operado el vencimiento del término precedentemente indicado, el establecimiento asistencial respectivo deberá proceder al reintegro de los equipos a su propietario, ello bajo debida constancia; Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias ;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL BERNARDINO RIVADAVIA EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERTATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE:

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 214

Art. 1º Autorizase el ingreso y la permanencia, en el hospital BERNARDINO RIVADAVIA DE UN EQUIPO SISTEMA DE INMUNOENSAYO POR QUIMIOLUMINISCENCIA MODELO ACCESS 2-BECKMAN COULTER ANMAT Nº:

Page 215: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

007970 provisto por la firma BIODIAGNOSTICO SA, conforme surge del Pliego de Bases y Condiciones Generales como así también las características y especificaciones técnicas de los citados equipos en cumplimiento de la citada Orden de Compra ; Art. 2º Déjase establecido que este Establecimiento Asistencial, dependiente del Ministerio de salud, deberá reintegrar los equipos recibidos en préstamo a la firma BIODIAGNOSTICO SA bajo debida constancia, una vez producido el vencimiento del término arriba indicado; Art. 3º Comuníquese el ingreso y la permanencia de los equipos en cuestión a la Dirección General De Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda conforme las previsiones establecidas Por la Disposición Nº: A 388/DGC/2009. Art. 4º Emítase la respectiva Orden de Compra ajustada al Proyecto obrante en el pertinente actuado. Art. 5º Registrase, comuníquese al sector correspondiente y agréguese al EE. Nº:2016-10911862 MGEYA-HBR. Fernández Rostello

DISPOSICIÓN N.° 385/HBR/16

Buenos Aires, 6 de junio de 2016 VISTO: El E.E. Nº: 2016-07838241-MGEYA-HBR y las competencias otorgadas por el Decreto 566/2010, en su artículo 6º, (B. O. C. B. A Nº 3468 de fecha 26/07/2010); y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Hospital BERNARDINO RIVADAVIA, dependiente del Ministerio de Salud, gestiona la autorización para el ingreso de: UN EQUIPO DE SISTEMA DE LECTURA PARA ERITRO AUTOMATIZADO provisto por la firma BIOQUIMICA SRL, Que, dicha gestión se formuló, toda vez que en la COMPRA MENOR Nº: 431-0608-16, la cual tramita por Expediente Nº: 2016-07838241-MGEYA-HBR, en las condiciones ofertadas se encontraba incluida la provisión de insumos para la utilización de los equipos en cuestión, cuyas características y documentación obran en la oferta presentada por el proveedor; Que, se da cumplimiento a lo solicitado por Memorandum Nº: 18/DGAD/2009, obrando el Pliego de Bases y condiciones Generales y Particulares que rige el proceso licitatorio, como así también las características y especificaciones técnicas de los aparatos en cuestión, de acuerdo a la oferta presentada por la firma: BIOQUIMICA SRL, Que obra el Acta de Asesoramiento del servicio de fecha 19/04/2016, donde se manifiesta que la oferta de la firma BIOQUIMICA SRL, se ajusta a lo solicitado Que, la firma ha presentado una nota por la cual asume todas las responsabilidades por el equipo;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 215

Page 216: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Que, teniendo en cuenta los términos del Artículo 6º del Decreto 566/2010, corresponde a esta Dirección autorizar la permanencia de los bienes recibidos en préstamo, ordenando al propio tiempo que este establecimiento asistencial efectúe la comunicación patrimonial respectiva; Que, en razón de ello, corresponde autorizar el ingreso y la permanencia en el establecimiento asistencial de los equipos de que se trata recibidos en préstamo, por el término de vigencia de la Orden de Compra que se emita en el marco de la COMPRA MENOR Nº: 431-0608-16 o hasta el consumo total de los insumos entregados en cumplimiento de dicha Orden de Compra; Que, una vez operado el vencimiento del término precedentemente indicado, el establecimiento asistencial respectivo deberá proceder al reintegro de los equipos a su propietario, ello bajo debida constancia; Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias ;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL BERNARDINO RIVADAVIA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERTATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE:

Art. 1º Autorizase el ingreso y la permanencia, en el hospital BERNARDINO RIVADAVIA, UN EQUIPO DE SISTEMA DE LECTURA PARA ERITRO AUTOMATIZADO provisto por la firma BIOQUIMICA SRL, conforme surge del Pliego de Bases y Condiciones Generales como así también las características y especificaciones técnicas de los citados equipos en cumplimiento de la citada Orden de Compra ; Art. 2º Déjase establecido que este Establecimiento Asistencial, dependiente del Ministerio de salud, deberá reintegrar los equipos recibidos en préstamo a la firma BIOQUIMICA SRL bajo debida constancia, una vez producido el vencimiento del término arriba indicado; Art. 3º Comuníquese el ingreso y la permanencia de los equipos en cuestión a la Dirección General De Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda conforme las previsiones establecidas Por la Disposición Nº: A 388/DGC/2009. Art. 4º Emítase la respectiva Orden de Compra ajustada al Proyecto obrante en el pertinente actuado. Art. 5º Registrase, comuníquese al sector correspondiente y agréguese al EE. Nº: 2016-07838241 MGEYA-HBR. Fernández Rostello

DISPOSICIÓN N.° 423/HGACD/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO El Expediente EX-2016-15176566- -MGEYA-HGACD el cual tramita la Adquisición de Hoja film p/ impresiones de imágenes medicas, por un termino de doce meses, con destino a la División Radiodiagnóstico de este Establecimiento Asistencial, encuadrando la presente en la Ley Nº 2.095/06 promulgada por Decreto N° 1772/GCBA/06 (BOCBA. 2.557), su modificatoria Ley N° 4764/14 (BOCBA 4.313) y su Decreto Reglamentario Nº 95/14, Decreto N° 1145/GCABA/09, y Decreto N° 196/GCABA/11 vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 216

Page 217: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

CONSIDERANDO: Que, se importo la Solicitud de Gasto N° 416-2081-SG16 debidamente valorizada de acuerdo a lo establecido por el Art. 78 de la Ley 2.095/06, su modificatoria Ley 4764/14 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión, por un importe de Pesos: ciento veinticuatro mil doscientos ($ 124.200.-), encuadrando la compra en los alcances del Art. 31° párrafo primero de la Ley Nº 2.095/06 y su modificatoria; Que, por Disposición 171-DGCyC-08 del 07/07/08, la Dirección General de Compras y Contrataciones, como órgano rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, mediante Resolución 1.226-MS-GCBA-07 del 4/6/07, se designa a este Establecimiento Asistencial como Unidad Operativa de Adquisiciones a fin de establecer la gestión que tiene a su cargo en las Contrataciones y Adquisiciones en forma habitual; Que mediante Decreto 1145/09, en su Art.1° apruébase la reglamentación del art 83 de la Ley 2095 e implementase el Sistema Electrónico de Adquisición y Contratación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, denominándose en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 13º del Decreto Nº 95/14 reglamentario del Art. 13º de la Ley 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatoria; POR ELLO:

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS CARLOS G. DURAND EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1 °- Apruébase el pliego de bases y condiciones particulares que forman parte de la presente. Art. 2 °- Llamase a Contratación Directa Nº 416-0463-CDI16, cuyo acto de apertura tendrá lugar el día 24 de Junio de 2016 a las 11:00 hs., para la adquisición de de Hoja film p/ impresiones de imágenes medicas, por un termino de doce meses, con destino a la División Radiodiagnóstico, por un monto aproximado de Pesos: ciento veinticuatro

mil doscientos ($ 124.200.-), enmarcado en los alcances del Art. 31° párrafo primero de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo normado en Decreto N° 1145/GCABA/09. Art. 3 °- El gasto que demanda la presente adquisición para el término de doce meses, será imputado al ejercicio en vigor y ejercicio futuro, según Solicitud de Gasto 416-2081-SG16. Art. 4 ° Establécese el pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado en la Oficina de Compras y Contrataciones de esta Unidad Operativa de Adquisiciones, en la página Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Buenos Aires Compras (BAC). Art. 5 ° Pase, para la prosecución de su trámite a la División Compras. Fernández Alonso

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 217

ANEXO

Page 218: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N.° 546/DGAR/16

Buenos Aires, 6 de junio de 2016 VISTO: El Decreto Nº 556/GCABA/10, su modificatorio Decreto Nº 752/GCABA/10, el Expediente Nº EX-2016-10353073-MGEYA-DGCYRI, y CONSIDERANDO: Que por el mencionado actuado tramita la contratación de los servicios necesarios para la construcción del stand del Ministerio de Educación de "La Feria Internacional del Libro de Buenos Aires 2016"; Que se dispuso el llamado a Contratación Directa Nº 550-0212-CDI16 para el día 14 de abril de 2016, a las 09:00 hs; Que el sistema Buenos Aires Compras generó el 14 de abril de 2016 el Acta de Apertura la cual quedo desierta por falta de ofertas; Que por Disposición N° 405/DGAR/2016 fue declarada desierta la Contratación Directa Nº 550-0212-CDI16; Que atento lo expuesto en el párrafo anterior y dado que el 19 de abril comenzaba la preparación de los Stands para abrir las puertas al público el día 21 del mismo mes, se hizo necesario tramitar el gasto mediante Decreto Nº 556/GCABA/10 y su modificatorio el Decreto Nº 752/GCABA/10; Que a fin de llevar adelante la contratación objeto de las presentes en el marco del Decreto N° 556/GCBA/10 y su modificatorio N° 752/GCBA/10, se tuvieron en cuesta los dos presupuestos solicitados con fecha 15 y 26 de febrero respectivamente, invocados a los efectos de establecer un presupuesto oficial para efectuar la contratación up supra mencionada, los cuales obran en los ordenes 29 y 30. Adicionándose se solicitó un tercer pedido de cotización para cumplir con los requisitos del Decreto antedicho, con fecha 10 de marzo, el cual obra en el orden 31. Que se cumplen con los requisitos establecidos por el Artículo 2 del Decreto 556/GCABA/10; Que la firma se encuentra debidamente inscripta en el RIUPP; Que se efectuó la imputación presupuestaria en la partida respectiva. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 556/GCABA/10 y su modificatorio Decreto Nº 752/GCABA/10,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruébase el gasto que demandó la contratación de los servicios necesarios para la construcción del stand del Ministerio de Educación de "La Feria Internacional del Libro de Buenos Aires 2016," a favor de la firma LUONGO Y ASOCIADOS S.A. (CUIT Nº 30-70952986-9) por un importe de pesos seiscientos sesenta y nueve mil trescientos noventa y seis con dieciocho centavos ($669.396,18). Artículo 2.- El gasto que demanda el presente fue imputado a la partida presupuestaria pertinente.

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Artículo 3.- La orden de pago será emitida a favor de la firma LUONGO Y ASOCIADOS S.A. (CUIT Nº 30-70952986-9). Artículo 4.- El presente compromiso es registrado bajo el código de control de tramitación MEGC_DGAR_2016_01 valor de esta adjudicación $669.396,18 siendo el importe acumulado del mes de junio de 2016 $ 669.396,18. Artículo 5.- Pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Curti

DISPOSICIÓN N.° 587/DGAR/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley Nº 5.454), el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16, el Decreto Nº 1145/GCABA/09, la Resolución Nº 1.160/MHGC/2011, la Resolución Conjunta Nº 14/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el EX Nº 2016- 9281952 -MGEYA-DGEGE, y CONSIDERANDO: Que por el mencionado actuado tramita la contratación del predio deportivo "Complejo Costas" de Raúl Costas, para completar las necesidades para el dictado de clases de Educación Física del Colegio Nº 3 - Mariano Moreno, solicitado por la Dirección General de Educación Estatal; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos; Que mediante IF-2016-9598891-DGEGE, la Supervisión Coordinadora de Educación Física, solicita la contratación del mencionado predio a fin de garantizar el dictado de clases de Educación Física, para los alumnos de la Escuela N° 3 - Mariano Moreno, dependiente de este Ministerio de Educación; Que asimismo, informa que el servicio que precisa dicha escuela únicamente puede ser prestado por "Complejo Costas" de Raúl Costas en tanto el mismo reviste características particulares, tales como la proximidad a las Escuelas, los horarios en que dicho servicio puede ser utilizado, entre las otras razones señaladas en la nota mencionada precedentemente; Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a partir del 1 de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró en base a las especificaciones brindadas por la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para el llamado a Contratación Directa por Exclusividad;

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Que la presente contratación puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 28 inciso 5° de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley Nº 5.454). Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095, texto consolidado según Ley Nº 5.454 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su modificatorio el Decreto Nº 114/GCABA/16, EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

DISPONE Artículo 1.- Apruebanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2016-15220634-DGAR) y de Especificaciones Técnicas (IF-2016-15220108-DGAR) que regirán en la presente contratación. Artículo 2.- Llámase a Contratación Directa Nº 550-0466-CDI16 para el día 22 de junio de 2016 a las 11:00hs horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 28 inc. 5 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley 5.454), para la contratación del predio deportivo "Complejo Costas"de Raúl Costas, para completar las necesidades para el dictado de clases de Educación Física del Colegio Nº 3 –Mariano Moreno, solicitado por la Dirección General de Educación Estatal, por un importe de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL ($ 210.000). Artículo 3.- Remítase la invitación a "Complejo Costas" y las comunicaciones de acuerdo a lo establecido en el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 de la Ley N° 2.095 y publíquese en la página web www.buenosaires.gob.ar- Hacienda - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras. Artículo 4.- La erogación que demanda la presente adquisición fue imputada en la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 92 del Decreto Reglamentario 95/GCABA/14. Curti

DISPOSICIÓN N.° 590/DGAR/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley 5.454), el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, su modificatorio Decreto Nº 114/GCABA/16, el Decreto Nº 1145/GCABA/09, la Resolución Nº 1.160/MHGC/2011, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el EX-2016-5637639-MGEYA-SSCPEE, y CONSIDERANDO: Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la adquisición de material de farmacia correspondiente al plan de compras anual de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa; Que la presente Contratación Menor puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 38 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley 5.454);

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ANEXO

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Que por intermedio del Decreto Nº 1145/GCABA/09 se aprobó la reglamentación del Artículo 83 de la Ley Nº 2095, implementándose el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno, denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a partir del 1 de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y los Pliegos de Especificaciones Técnicas en base a lo requerido por el área solicitante, para el llamado a Contratación Menor; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos, con cargo al ejercicio 2016. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley 5.454), y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto Nº 114/GCABA/16,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruébase los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2016-14962057-DGAR) y el Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2016-14960530- DGAR) que regirán en la presente contratación.

Artículo 2.- Llámese a Contratación Menor Nº 550-1435-CME16 para el día 23 de junio de 2016 a las 12:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.454), por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la adquisición de material de farmacia correspondiente al plan de compras anual de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, por un monto de pesos ciento ochenta y seis mil ciento noventa y nueve con sesenta centavos ($ 186.199,60). Artículo 3.- El gasto que demande la presente fue imputado en las partidas respectivas. Artículo 4.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 97 y 98, concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.454), y publíquese el llamado en la página Web, www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 92 del Decreto Reglamentario 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto Nº 114/GCABA/16. Curti

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ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 592/DGAR/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley 5.454), el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, el Decreto Nº 1145/GCABA/09, la Resolución Nº 1.160/MHGC/2011, la Resolución Conjunta Nº 14/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº 2016-6911443-MGEYA-SSCPEE, y CONSIDERANDO: Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la provisión y logística de distribución de 300 bicicletas, a fin de cumplimentar lo establecido en la Resolución N° 241/MEGC/2013, correspondiente al Programa "Mejores Promedios," solicitado por la Subsecretaria de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa; Que mediante DI-2016-397-DGAR, esta Dirección General aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 550-0279-LPU16 para el día 06 de mayo de 2016 a las 11:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 31, concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley 5.454) y la Resolución Nº 14/MHGC-MJGGC-SECLYT/11, por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC; Que tal como luce en el Acta de Apertura de fecha 06 de mayo, se recibieron la oferta de la firma "Bike Networks SRL"; Que la oferta de la firma "Bike Networks SRL" no cumple técnicamente con lo solicitado en el pliego de especificaciones técnicas, según asesoramiento técnico realizado mediante (NO-2016-12765926-SSCPEE); Que por los motivos mencionados anteriormente, se hace necesario dejar sin efecto la presente Licitación y dado que la Subsecretaria der Coordinación Pedagógica de Equidad Educativa, mediante nota (NO-2016-12765926-SSCPEE), indica que persiste la necesidad de adquirir los elementos, solicita realizar un nuevo llamado; Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095, (texto consolidado según ley 5.454); y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- dejase sin efecto la Licitación Pública N° 550-0279-LPU16, para la provisión y logística de distribución de 300 bicicletas, a fin de cumplimentar lo establecido en la Resolución N° 241/MEGC/2013, correspondiente al Programa "Mejores Promedios,", por un monto estimado de pesos novecientos cincuenta mil uno ($ 950.001,00). Artículo 2.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2016-14025176-DGAR), y de Especificaciones Técnicas (IF-2016-14024903-DGAR), que regirán en la presente licitación.

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Artículo 3.- Llámase a Licitación Pública Nº 550-0587-LPU16 para el día 28 de junio de 2016 a las 11:00 hs al amparo de lo establecido en el Articulo 31, concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley 5.454), por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la provisión y logística de distribución de 300 bicicletas, a fin de cumplimentar lo establecido en la Resolución N° 241/MEGC/2013, correspondiente al Programa "Mejores Promedios", solicitado por la Subsecretaria de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, por un monto estimado de pesos novecientos cincuenta mil uno ($ 950.001,00). Artículo 4.- El gasto que demande la presente será imputado en las partidas respectivas. Artículo 5.- Remítanse las invitaciones conforme lo establecido en el Art. 95° de la Ley 2095, (texto consolidado según ley 5.454) y el Decreto Reglamentario N° 95/2014 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16, publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, con tres (3) días de anticipación, y en la página Web, www.buenosaires.gob.ar - Hacienda - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras, conforme lo normado por el Artículo N° 100 de la Ley 2095 (Texto consolidado según la Ley 5.454), y el Decreto Reglamentario N° 95/2014 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16 y en el sitio www.buenosairescompras.gob.ar, conforme la normativa citada. Artículo 6.- Publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 92 del Decreto Reglamentario 95/GCABA/14 Artículo 7.- Pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones para la continuidad de su trámite. Curti

DISPOSICIÓN N.° 593/DGAR/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.454), su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto Nº 114/GCABA/16, el Decreto Nº 1145/GCABA/09, la Resolución Nº1.160/MHGC/2011,la Resolución Conjunta Nº 08/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, la Resolución Nº424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el EX-2016-11292831-MGEYA-DGAR, y CONSIDERANDO: Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la provisión e instalación de termomagnética regulada, solicitada por la Dirección General de Administración de Recursos cuya contratación se encuadra bajo la modalidad de Contratación Menor en los términos del Artículo 38 de la Ley N°2.095 (texto consolidado según Ley 5.454) su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto Nº 114/GCABA/16; Que por Disposición Nº 577/DGAR/16 se llamó a Contratación Menor Nº Nº 550-0947-CME16 para el día 20 de junio de 2016 a las 11:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095, (texto consolidado según Ley Nº 5.454), Decreto N° 95/GCBA/2014 y su modificatorio Decreto Nº 114/GCABA/16;

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ANEXO

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Que, la fecha dispuesta para la contratación menor fue transcripta por un error material involuntario dado que el 20 de junio es feriado Nacional y no laborable en todo el territorio de la Nación en conmemoración al día de fallecimiento del General Manuel Belgrano. En consecuencia se hace necesario postergar la fecha de apertura de la presente Contratación para el día 22 de junio de 2016 a las 14:00 hs. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095, (texto consolidado según Ley 5.454), Decreto N° 95/GCBA/2014 y su modificatorio Decreto Nº 114/GCABA/16,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Postergase para el día 22 de junio a las 11:00 hs, el llamado a la Contratación Menor Nº 550-0947-CME16, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 5.454), por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la provisión e instalación de termomagnética regulada, solicitada por la Dirección General de Administración de Recursos conforme fuera especificada en los pliego aprobados en el artículo 1°, por un monto de pesos cuarenta y dos mil ciento cincuenta ($ 42.150). Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el artículo 94 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley Nº 5.454), Decreto N° 95/GCBA/2014 y su modificatorio Decreto Nº 114/GCABA/16. Curti

DISPOSICIÓN N.° 594/DGAR/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto consolidado según la Ley 5.454), el Decreto Reglamentario N° 95/GABA/2014 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16, la Ley Nacional 26.058, Ley 2092/06 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Vigesimoctavo Protocolo Adicional del Convenio Marco de Cooperación entre el INET del MEN y el MEGC, Anexo I Resolución CFE 175/12, Resolución N ° 850/12 INET, Resolución 3284/MEGC/06, Resolución 3288/MEGC/06, la Resolución N° 1652/MEGC/2013, el Expediente Electrónico N° EX-2016-13448774- MGEYA-MEGC, y CONSIDERANDO: Que el Artículo N° 52 de la Ley 26.058, creó el Fondo Nacional para la Educación Técnico Profesional a fin de garantizar la inversión necesaria para el mejoramiento de la calidad de las Escuelas Técnicas Profesionales; Que mediante Ley 2092 se aprobó el Convenio Marco de Cooperación celebrado entre el Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET) dependiente del Ministerio de Educación de la Nación y la entonces Secretaría de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por intermedio de la Resolución N° 3284/MEGC/06 se creó la Unidad Ejecutora Jurisdiccional (UEJ) cuya función consiste en administrar y gestionar el Fondo Nacional para la Educación Técnica en el ámbito de este Ministerio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Que previo relevamiento de necesidad realizado en las distintas Escuelas Técnicas ubicadas en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se solicita la adquisición de elementos que conforman una mochila de enfermería destinada a los alumnos de la Escuela de Enfermería Cecilia Grierson. Que por Disposición Nº 396/GCABA/DGCYC/14 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones; Que la Dirección General de Administración de Recursos dependiente de la Subsecretaría de Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos, confeccionó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas que regirán el procedimiento de selección en virtud de lo estipulado en la Resolución N° 1652/MEGC/2013; Que el procedimiento de selección y contratación que se propicia iniciar en el marco del programa de financiamiento impulsado por el Instituto Nacional de Educación Tecnológica del Ministerio de Educación de la Nación, no se rige a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC), toda vez que los fondos transferidos a esta Jurisdicción se encuentran depositados en Cuenta Corriente del Banco de la Nación Argentina; Que la selección del procedimiento de adquisición de bienes cumple con lo establecido en el Art. 34 del Decreto Reglamentario 893/12 respecto a los montos allí fijados en

virtud del Vigesimoctavo Protocolo Adicional del Convenio Marco de Cooperación entre el Instituto Nacional de Educación Tecnológica y el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en consecuencia debe tramitar por la vía equivalente estipulada en la Ley de compras de la CABA; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención de su competencia, Por ello, en razón de lo normado por la Ley 2.095 de Compras y Contrataciones (Texto consolidado según la Ley 5.454), el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/2014 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16.

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2016-15380233-DGAR) y de Especificaciones Técnicas (IF- 2016-15379525-DGAR), que regirán la presente Licitación. Artículo 2.- Llámese a contratación Menor N° 1/16 para el día 23 de junio de 2016 a las 15:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38, de la Ley N° 2095 (Texto consolidado según la Ley 5.454) para la adquisición de elementos que conforman una mochila de enfermería destinada a los alumnos de la Escuela de Enfermería Cecilia Grierson por el monto de pesos quinientos sesenta y cinco mil ciento setenta ($ 565.170) Artículo 3.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 97 y 98, concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.454), y publíquese el llamado en la página Web, www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 92 del Decreto Reglamentario 95/GCABA/14 y su Decreto modificatorio N° 114/GCABA/16.

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ANEXO

Artículo 5.- Gírese a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la página Web del G.C.A.B.A y a los fines de efectuar las respectiva. Curti

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Ministerio de Desarrollo Económico

DISPOSICIÓN N.° 9/DGEMPR/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 5.460, el Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios, y El Expediente Electrónico N° 15310982/DGEMPR/16, y CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 5.460 y sus modificatorias, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en el artículo 2 al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que por Decreto N° 363/15 y modificatorios, se aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el rango de Dirección General, estableciéndose a la Dirección General Emprendedores, dependiente de la Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior bajo la órbita del citado Ministerio; Que el mencionado Decreto estipula entre las responsabilidades primarias de la referida Dirección General, la de "diseñar y conducir políticas referidas al estímulo y la difusión de la práctica y de la cultura emprendedora", como así también la de "proponer, desarrollar e implementar programas que promuevan la difusión de la práctica y de la cultura emprendedora de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y la de "facilitar y promover la interacción entre los sectores públicos, empresarios, académicos y de organizaciones no gubernamentales, con el fin de potenciar el apoyo a la actividad emprendedora"; Que, cabe mencionar, que hay sectores de la población que se encuentran en barrios más vulnerables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde las actividades productivas y en particular, las relacionadas con el emprendedorismo, tiene sus propias particularidades, como ser, la subsistencia con altos niveles de informalidad, dificultades para el acceso a redes de financiamiento, de contacto/apoyo y de capacitación, como así también un nivel más bajo de educación formal de sus integrantes; Que, a fin de desarrollar programas que puedan potenciar las habilidades emprendedoras en estos sectores vulnerables de la población, esta Dirección General estima conveniente realizar previamente un relevamiento de las capacidades endógenas de la comunidad y de las particularidades propias de las actividades productivas o emprendimientos en barrios más vulnerables del área metropolitana; Que, para ello, esta Dirección General planifica llevar a cabo una serie de actividades de relevamiento y de diagnóstico, con diferentes referentes de la comunidad y vecinos de los barrios vulnerables de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las que serán descriptas en el Anexo I de la presente Disposición; Que, por todo lo expuesto corresponde el dictado del siguiente acto administrativo. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

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Artículo 1°- Autorícense las actividades de relevamiento y diagnóstico de las actividades productivas y de los emprendimientos en barrios vulnerables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme lo descripto en el Anexo I (DI/15378581/DGEMPR/16) forman parte de la presente Disposición. Artículo 2°- Autorícese la encuesta que como ANEXO II (DI/15378786/DGEMPR/16) forma parte de la presente Disposición. Artículo 3°- Regístrese, comuníquese a la Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Sena

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ANEXO

EL DIRECTOR GENERAL EMPRENDEDORES DISPONE:

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

DISPOSICIÓN N.° 76/DGCEM/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 2.095, conforme texto consolidado por la Ley N° 5454, sus Decretos Reglamentarios N° 1145-GCABA/2009, N° 95-GCABA/2014 y 114-GCABA/2016, los Expedientes Electrónicos Nº 11.017.244-DGCEM/2016 y N° 13.682.025-DGTALMAEP/2016, y CONSIDERANDO: Que, por los Expedientes Electrónicos citados en el Visto, tramita la Contratación del "SERVICIO DE REPARACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN INTEGRAL DE ASCENSORES Y MONTA-ATAUDES EN LOS CEMENTERIOS METROPOLITANOS" con destino a esta Dirección; Que por Disposición Nº 396-DGCYC/14 la Dirección General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, en su carácter de Órgano Rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Bienes y Servicios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establecido por el artículo 87 de la Ley Nº 2.095; Que la presente contratación se funda en la necesidad de mantener los equipos de transporte vertical en perfectas condiciones de uso y funcionamiento, a fin de optimizar el servicio que los mismos prestan a los contribuyentes y a la operatividad de los cementerios; Que esta Dirección confeccionó el Pliego de Especificaciones Técnicas, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos; Que el presupuesto oficial para la presente contratación asciende a la suma de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NUEVE CON 00/100 CENTAVOS ($ 8.987.709,00); Que la Dirección General Redeterminación de Precios dependiente del Ministerio de Hacienda ha tomado su debida intervención en un todo de acuerdo a lo prescripto en la Ley N° 2809, su modificatoria la Ley N° 4763 y su Decreto Reglamentario N° 127/14, conforme surge de la Nota N° NO-2016-11533594-DGRP; Que asimismo, mediante Nota N°NO-2016-11610268-DGSEGUROS tomó intervención la Dirección General de Seguros dependiente del Ministerio de Hacienda; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria preventiva de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N° 95-GCABA/2014 modificado por el Decreto 114-GCABA/2016,

EL DIRECTOR GENERAL DE CEMENTERIOS DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares con su Anexo y de Especificaciones Técnicas con sus respectivos Anexos, que como Anexos I (PLIEG

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N° 15354541-DGCEM/2016) y II (IF N° 15353359-DGCEM/2016) forman parte de la presente, para la contratación del "SERVICIO DE REPARACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN INTEGRAL DE ASCENSORES Y MONTA-ATAUDES EN LOS CEMENTERIOS METROPOLITANOS", con destino a esta Dirección. Artículo 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº 8503-0578-LPU16, cuya apertura se llevará a cabo el día 04 de julio del 2016 a las 14:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31º, 32º primer párrafo, de la Ley Nº 2.095, conforme texto Ley N° 5454 y sus Decretos Reglamentarios N°1145-GCABA/2009, N° 95-GCABA/2014 y 114-GCBA-2016, conforme a la documentación que se aprueba por el artículo 1º de la presente, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NUEVE CON 00/100 CENTAVOS ($ 8.987.709,00). Artículo 3º.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de (2) dos días, con cuatro (4) días de antelación, y en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4º.- Fíjase como fecha de visita técnica el día 22 de junio de 2016. Artículo 5°.- Emítanse las respectivas invitaciones y comunicaciones previstas en el artículo 95°de la Ley 2.095, de acuerdo con texto conformado por Ley N° 5454 y su Decreto Reglamentario N° 95-GCABA/14. Artículo 6°.- Las erogaciones a que dé lugar la presente contratación serán imputadas a las partidas presupuestarias del ejercicio correspondiente. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal www.buenosairescompras.gob.ar. Exhíbase copia de la presente Disposición en la Cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en prosecución del trámite. Somoza

DISPOSICIÓN N.° 224/DGCONTA/16

Buenos Aires, 14 de abril de 2016 VISTO: El Expediente Nº 9275592-2016, presentada por el Sr. HÉCTOR ENRIQUE DÍAZ, de profesión INGENIERO AGRÓNOMO, CONSIDERANDO: Que el citado profesional solicita su inscripción en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, conforme lo establecido en la, Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, Que se han cumplido todos los requisitos establecidos por la citada disposición en relación a la solicitud de inscripción, Por ello y en virtud de las facultades que le son propias,

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ANEXO

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EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Inscripción en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, bajo el Nº RL-2016-10023072-DGCONTA, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, al Sr. HÉCTOR ENRIQUE DÍAZ, CUIT 20-12406151-3, Matricula N° 14225*01*01 de profesión Ingeniero Agrónomo, domiciliado en la calle Victor Hugo 561 Piso 4° Dto. "D", de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de inscripción a favor del citado profesional. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese. Iglesias

DISPOSICIÓN N.° 225/DGCONTA/16

Buenos Aires, 14 de abril de 2016 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 911834/11-EE-18401614/15-EE-6145049-16-MGEYA-DGCONTA CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por ORTEGA ISAIAS SAMUEL ALFREDO, con domicilio en LAVALLE 2641 PISO 4 DTO 405-UF 36, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros empresa de Desinfección y Desratización, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua potable otorgada por el expediente Nº 117790-2016nombre de ORTEGA ISAIAS SAMUEL ALFREDO; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a DARIO GUILLERMO MATTICOLI, DNI 14.052.689, de profesión Licenciado en Ciencias Agrarias, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el RL-2015-2704385-DGCONTA; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 3721 del cual surge que ORTEGA ISAIAS SAMUEL ALFREDO, no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control Ambiental, sita en la intersección de Castañares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;

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Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Registro RL-6150148-16-DGCONTA, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la

Empresa FUMIGACION CENTRAL Bs. As., propiedad de ORTEGA ISAIAS SAMUEL ALFREDO, con domicilio en LAVALLE 2641 PISO 4 DTO 405-UF 36, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 21/06/2015 AL 21/06/2017 (VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE) Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Iglesias

DISPOSICIÓN N.° 226/DGCONTA/16

Buenos Aires, 14 de abril de 2016 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 058631/07, EE-32161901-15-EE-9606414-16-MGEYA-DGCONTA CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por WALTER ALEJANDRO ZANATA, con domicilio en RIVADAVIA AV. 9553 PB Y EP UF 7, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros empresa de Desinfección y Desratización, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua potable otorgada por el expediente Nº 1050858-2010 a nombre de WALTER ALEJANDRO ZANATA; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a NESTOR RAUL PASCANER, DNI 11.121.251, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el RL-18244759-14-DGCONT; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº16324 del cual surge que WALTER ALEJANDRO ZANATA; no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;

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Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control Ambiental, sita en la intersección de Castañares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Registro RL-10139507-16-DGCONTA, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa SUIZA FUMIGACIONES, propiedad de WALTER ALEJANDRO ZANATA,

con domicilio en RIVADAVIA AV. 9553 PB Y EP UF 7, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 14/11/2015 AL 14/11/2017 (CATORCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE) Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Iglesias

DISPOSICIÓN N.° 227/DGCONTA/16

Buenos Aires, 15 de abril de 2016 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 037543/07-EE-12273216-15-EE-7673031-16-MGEYA-DGCONTA, CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por MARTIN ALBERTO GIMENEZ, con domicilio en la calle SAN MARTIN AV. 2686 L 9 PB UF 19, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros "Empresa de Desinfección y Desratización, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable" otorgada por el expediente Nº 852850-2012, a nombre de MARTIN ALBERTO GIMENEZ; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a ALEJANDRO JORGE URTREGER, DNI 18.317.652, de profesión Licenciado en Ciencias Biológicas, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el RL-2015-4106115-DGCONT;

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Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 2796 del cual surge que MARTIN ALBERTO GIMENEZ, no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control Ambiental, sita en la intersección de Castañares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Registro RL-7680580-16, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa KING CONTROL DE PLAGAS, propiedad de MARTIN ALBERTO GIMENEZ,

con domicilio en SAN MARTIN AV. 2686 L 9 PB UF 19, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 13/06/2015 AL 13/06/2017 (TRECE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE) Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Iglesias

DISPOSICIÓN N.° 228/DGCONTA/16

Buenos Aires, 15 de abril de 2016 VISTO: El Expediente N° 9399784-2016, presentada por el Sr. RODRÍGUEZ CARLOS HORACIO, de profesión INGENIERO AGRÓNOMO CONSIDERANDO: Que el citado profesional solicita su inscripción en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y Decreto Reglamentario Nº 2045/93, Que se han cumplido todos los requisitos establecidos por la citada reglamentación en relación a la solicitud de inscripción. Por ello y en virtud de las facultades que le son propias,

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EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Inscríbase en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, bajo el Nº RL-2016-10108572-DGCONTA, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y Decreto Reglamentario Nº 2045/93, puntos 3.1. al 5., al Sr. RODRÍGUEZ CARLOS HORACIO, CUIT 20-08362392-7, de profesión INGENIERO AGRÓNOMO, Matricula N°8027, domiciliado en la calle Miller 4328 PB Dto. "B", de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Inscripción a favor del citado profesional. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese. Iglesias

DISPOSICIÓN N.° 229/DGCONTA/16

Buenos Aires, 15 de abril de 2016 VISTO: El Expediente N° 2014-18676033-DGCONT, presentada por el Sr. RUBEN ALBERTO MORGAN, de profesión MÉDICO, CONSIDERANDO: Que el citado profesional solicita su inscripción en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y Decreto Reglamentario Nº 2045/93, Que se han cumplido todos los requisitos establecidos por la citada reglamentación en relación a la solicitud de inscripción. Por ello y en virtud de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Inscríbase en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, bajo el Nº RL-2016-10250145-DGCONTA conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y Decreto Reglamentario Nº 2045/93, puntos 3.1. al 5., al Sr. RUBEN ALBERTO MORGAN, CUIT 20-07444042-9, de profesión Médico, Matricula N° 71761, domiciliado en la calle Batalla Del Pari 907 Piso 1° Dto. 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Inscripción a favor del citado profesional. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese. Iglesias

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DISPOSICIÓN N.° 230/DGCONTA/16

Buenos Aires, 15 de abril de 2016 VISTO: El Expediente N° 2014-18687629-DGCONT, presentada por el Sr. DANIEL CATALANI, de profesión ARQUITECTO CONSIDERANDO: Que el citado profesional solicita su inscripción en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y Decreto Reglamentario Nº 2045/93, Que se han cumplido todos los requisitos establecidos por la citada reglamentación en relación a la solicitud de inscripción. Por ello y en virtud de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Inscríbase en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, bajo el Nº RL-2016-10309439-DGCONTA conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y Decreto Reglamentario Nº 2045/93, puntos 3.1. al 5., al Sr. DANIEL CATALANI, CUIT 23-13827367-9, de profesión Arquitecto, Matricula N° 13680, domiciliado en la calle Gral. Mariano Acha 1096 PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Inscripción a favor del citado profesional. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese. Iglesias

DISPOSICIÓN N.° 231/DGCONTA/16

Buenos Aires, 15 de abril de 2016 VISTO: El Expediente Nº 2014-18175354-DGCONT, presentada por el Sr. FABIAN MENGOLI, de profesión INGENIERO AGRÓNOMO, CONSIDERANDO: Que el citado profesional solicita su inscripción en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, conforme lo establecido en la, Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, Que se han cumplido todos los requisitos establecidos por la citada disposición en relación a la solicitud de inscripción, Por ello y en virtud de las facultades que le son propias,

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EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Inscripción en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, bajo el Nº RL-2016-10280875-DGCONTA, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, al Sr. FABIAN MENGOLI, CUIT 20-13120245-9, Matrícula N° 11522, de profesión Ingeniero Agrónomo, domiciliado en la calle Larrea 1142 Piso 6° Dto. "A", de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de inscripción a favor del citado profesional. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese. Iglesias

DISPOSICIÓN N.° 232/DGCONTA/16

Buenos Aires, 15 de abril de 2016 VISTO: El Expediente Nº 2014-18675281-DGCONT, presentada por el Sr. RUBEN ALBERTO MORGAN, de profesión MÉDICO, CONSIDERANDO: Que el citado profesional solicita su inscripción en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, conforme lo establecido en la, Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, Que se han cumplido todos los requisitos establecidos por la citada disposición en relación a la solicitud de inscripción, Por ello y en virtud de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Inscripción en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, bajo el Nº RL-2016-10249768-DGCONTA, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, al Sr. RUBEN ALBERTO MORGAN, CUIT 20-07444042-9, Matrícula N°71761 de profesión Médico, domiciliado en la calle Batalla Del Pari 907 Piso 1° Dto. 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de inscripción a favor del citado profesional. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese. Iglesias

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Page 238: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

DISPOSICIÓN N.° 233/DGCONTA/16

Buenos Aires, 15 de abril de 2016 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 1120134/09, EE-2015-22687626-MGEYA-MGEYA, EE-2016-10399814-MGEYA-DGCONTA, CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por CABRERA GUSTAVO ALEJANDRO, con domicilio en FRAGATA Pres. SARMIENTO 1627/1629 PB UF1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros "Empresa de Desinfección y Desratización, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable" otorgada por el expediente Nº 1087549/09, a nombre de CABRERA GUSTAVO ALEJANDRO; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a NORBERTO ADRIAN IZQUIERDO, DNI N°16.892.591, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el RL-2015-1836155-DGCONT; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 13035 del cual surge que CABRERA GUSTAVO ALEJANDRO, no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control Ambiental, sita en la intersección de Castañares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Registro RL-2016-10438691-DGCONTA, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº

8.151/80 a la Empresa CABRERA GUSTAVO ALEJANDRO, propiedad de CABRERA GUSTAVO ALEJANDRO, con domicilio en FRAGATA Pres. SARMIENTO 1627/1629 PB UF1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 238

Page 239: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 11/11/2015 AL 11/11/2017 (ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE). Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Iglesias

DISPOSICIÓN N.° 237/DGCONTA/16

Buenos Aires, 21 de abril de 2016 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 38889523-15-EE-9999611-16-MGEYA-DGCONTA CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por PURECO S.R.L, con domicilio en OLAVARRIA 1183-1185-1187-EP- PB-PA, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros empresa de Desinfección y Desratización, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua potable otorgada por el expediente Nº 7716777-16nombre de PURECO S.R.L; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a MARIANA ALEJANDRA TRONCONE, 22.922.890, de profesión Médica, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el RL-289763-16-DGCONTA, Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 699 del cual surge que PURECO S.R.L; no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control Ambiental, sita en la intersección de Castañares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 239

Page 240: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Registro RL-10004295-16-DGCONTA, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa PURECO S.R.L, propiedad de PURECO S.R.L, con domicilio en OLAVARRIA1183- 1185- 1187 EP- PB-PA, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 11-04-2016 AL 11-04-2018 (ONCE DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO) Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Iglesias DISPOSICIÓN N.° 239/DGCONTA/16

Buenos Aires, 21 de abril de 2016 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 078209/01-EE-7321849-16-EE-10385235-16 -MGEYA-DGCONTA, CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por MARCELO AGUSTIN TRIPICCHIO, con domicilio en 20 DE SEPTIEMBRE 230 P 1 UF6, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros empresa de Desinfección y Desratización, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua potable otorgada por el expediente Nº 73201-2007nombre de MARCELO AGUSTIN TRIPICCHIO; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a JUAN CARLOS WALDMANN, 16.246.257, de profesión Ingeniero Agronomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el RL-2703569-15-DGCONT, Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 637 del cual surge que MARCELO AGUSTIN TRIPICCHIO; no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control Ambiental, sita en la intersección de Castañares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 240

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Page 241: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Registro RL-10386564-16-DGCONTA, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa LA FAVORITA 2001, propiedad de MARCELO AGUSTIN TRIPICCHIO, con

domicilio en 20 DE SEPTIEMBRE 230 P 1 UF 6, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 07/01/2014 AL 07/01/2016 (SIETE DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS) Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Iglesias

DISPOSICIÓN N.° 240/DGCONTA/16

Buenos Aires, 21 de abril de 2016 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 45.593, el Decreto Reglamentario Nº 2.045/93 y el Expediente Nº 89705/98-EE--35502082-15-EE-8619317-16-MGEYA-DGCONTA; CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y su Decreto Reglamentario Nº 2.045/93, oportunamente presentada por ALBERTO OSCAR QUARANTA, con domicilio en GAVILAN 2089- PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros "Empresa de Desinfección y Desratización, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, Empresa de Limpieza de Edificios, Oficina Comercial", otorgada por el Expediente Nº 38633/98, a nombre de ALBERTO OSCAR QUARANTA; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a, ALEJANDRO MAURICIOBARON, D.N.I. 17032182, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza de Tanques de Agua Potable, bajo el Nº RL-521712-15-DGCONT Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 2.045/93; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 6587 del cual surgen que ALBERTO OSCAR QUARANTA, no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 241

Page 242: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Que, en cumplimiento del Art. 8 Dto. 2045/MCBA/93 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control Ambiental, sita en la intersección de Castañares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable bajo el RL-8620456-16-

DGCONTA conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y Decreto Reglamentario Nº 2.045/93, a la Empresa DESINFECCIONES LOS ANGELES propiedad de ALBERTO OSCAR QUARANTA, con domicilio en la calle GAVILAN 2089- PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada, con periodo de vigencia desde 17/11/2015 AL 17-11-2019 (DIECISIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIEICINUEVE) Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Iglesias

DISPOSICIÓN N.° 241/DGCONTA/16

Buenos Aires, 21 de abril de 2016 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 85360/01-EE-3737408-16-EE-8608690-16-MGEYA-DGCONTA CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por ALBERTO ARIEL DI NOCCO, con domicilio en RIVADAVIA AV.5901P.7º CUF-29, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros empresa de Desinfección y Desratización, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua potable otorgada por el expediente Nº 80996-2001nombre de ALBERTO ARIEL DI NOCCO; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a CARLOS GUILLERMO GIRALDES, 21585492, de profesión ANALISTA EN CONTAMINACION, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el RL-547522-15-DGCONT,

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Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 754 del cual surge que ALBERTO ARIEL DI NOCCO; no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control Ambiental, sita en la intersección de Castañares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Registro RL-8609136-16-DGCONTA, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la

Empresa JAQUE MATE, propiedad de ALBERTO ARIEL DI NOCCO, con domicilio en RIVADAVIA AV. 5901 P.7º CUF-29, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 07/01/2016 AL 07/01/2018 (SIETE DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO) Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Iglesias

DISPOSICIÓN N.° 245/DGCONTA/16

Buenos Aires, 21 de abril de 2016 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 1912516/11-EE-36508173-15-EE-38385739-15-MGEYA DGCONT CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por ROMINA CAROLA BAGLIETTI, con domicilio en ENTRE RIOS AV.752PB UF .99, INDEPENDENCIA AV. 1753 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 243

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Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros empresa de Desinfección y Desratización, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua potable otorgada por el expediente Nº 1867490-2011nombre de ROMINA CAROLA BAGLIETTI; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a JAVIERTURRÓ, 14.309.677, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el RL-18246893-14-DGCONT, Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 17878 del cual surge que ROMINA CAROLA BAGLIETTI; no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control Ambiental, sita en la intersección de Castañares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Registro RL-38386393-15-DGCONT, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa FUMICAR, propiedad de ROMINA CAROLA BAGLIETTI, con domicilio en

ENTRE RIOS AV.752PB UF .99, INDEPENDENCIA AV. 1753, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 18/11/2015 AL 18/11/2017 (DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE) Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Iglesias

DISPOSICIÓN N.° 246/DGCONTA/16

Buenos Aires, 21 de abril de 2016 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 070232/97, EE-2015-38555171-MGEYA-MGEYA, EE-2016-10730513-MGEYA-DGCONTA,

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 244

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Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por PABLO CORRIDONI, con domicilio en AVELLANEDA AV.1017 PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros "Empresa de Desinfección y Desratización, Oficinas" otorgada por el expediente Nº 84484/96, a nombre de PABLO CORRIDONI; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a PABLO FABIAN MAURE, DNI N°17674529, de profesión MEDICO VETERINARIO, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el RL-27899101-15-DGCONT; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 7456 del cual surge que PABLO CORRIDONI, no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control Ambiental, sita en la intersección de Castañares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Registro RL-2016-10732627-DGCONTA, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa CQ FUMIGACIONES, propiedad de PABLO CORRIDONI, con domicilio en AVELLANEDA AV.1017 PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 10/11/2015 AL 10/11/2017 (DIEZ DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE). Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Iglesias

DISPOSICIÓN N.° 247/DGCONTA/16

Buenos Aires, 21 de abril de 2016 VISTO:

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 245

CONSIDERANDO:

Los términos de la Ordenanza Nº 45.593, el Decreto Reglamentario Nº 2.045/93 y el Expediente Nº EE-9010057-16-MGEYA-MGEYA,

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CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de inscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y su Decreto Reglamentario Nº 2.045/93; Que, la presentación es efectuada por DANIEL ANDRES OJEDA para el local sito en PARANA 446 P.10° DTO. “E“ UF 222, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local reseñado a su nombre por Expediente N° 3601188/2016y para los rubros "Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable y Empresa de Desinfección y Desinfestación."; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a JAVIER TURRÓ, D.N.I. Nº 14.309.677, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza de Tanques de Agua Potable, bajo el Nº 2014-18246493-DGCONT; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 2.045/93; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 3301 del cual surge que DANIEL ANDRES OJEDAno registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 8 Dto. 2045/MCBA/93 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control Ambiental, sita en la intersección de Castañeares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de inscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Inscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable bajo el Nº 10416813-16, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 45.593 y Decreto Reglamentario Nº 2.045/93, a la Empresa EFAR FUMIGACIONES propiedad de DANIEL ANDRES

OJEDA, con domicilio en la calle PARANA 446P.10° DTO. “E“ UF 222, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Inscripción a la firma mencionada, con periodo de vigencia desde el 13-04-2016 AL 13-04-2020-(TRECE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTE) Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Iglesias

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DISPOSICIÓN N.° 248/DGCONTA/16

Buenos Aires, 21 de abril de 2016 VISTO: Los términos de la Ordenanza Nº 36.352, el Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 y el Expediente Nº 084516/07, EE-2015-38325852-MGEYA-MGEYA, EE-2016-9499162-MGEYA-DGCONTA CONSIDERANDO: Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y su Decreto Reglamentario Nº 8.151/80, oportunamente presentada por ALDO HORACIO MARESCA, con domicilio en CULLEN5209P 2 OF D, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros "Empresa de Desinfección y Desratización, Empresa de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable, Empresa de Limpieza de Edificios, Reparaciones y Mantenimiento de Edificios y sus Partes" otorgada por el expediente Nº 2459195/12, a nombre de ALDO HORACIO MARESCA; Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a ALDO HORACIOMARESCA, D.N.I. N° 12.558.713, de profesión Ingeniero Agronomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación, bajo el RL-2015-16304897-DGCONT; Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto Nº 8.151/80; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 269 se ha acompañado el Certificado Nº 7539 del cual surge que ALDO HORACIO MARESCA, no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de Control Ambiental, sita en la intersección de Castañares y Escalada; Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias; Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1º.- Reinscríbase en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfección y Desinfestación bajo el Registro RL-2016-9502322-DGCONTA,

conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352 y Decreto Reglamentario Nº 8.151/80 a la Empresa EL RAYO, propiedad de ALDO HORACIO MARESCA, con domicilio en CULLEN 5209 P 2 OF D, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Artículo 2º.- Extiéndase el Certificado de Reinscripción a la firma mencionada con periodo de vigencia desde 19/12/2015AL 19/12/2017 (DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE) Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificación de la parte interesada. Cumplido, Archívese. Iglesias

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Agencia de Protección Ambiental

DISPOSICIÓN N.° 45/DGTALAPRA/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.628, los Decretos Nº 556/GCBA/10, el Decreto Nº 752/GCBA/10, la Resolución Conjunta Nº 5/SECLYT/14, Resolución Nº 68/APRA/2012, la Resolución 463/APRA/2015, el EE Nº 2015-34226129-DGTALAPRA, el EE Nº 2016-09995486-MGEYA-DGTALAPRA y, CONSIDERANDO: Que por las presentes se propicia dar por aprobado el gasto correspondiente a las expensas ordinarias del local sito en la calle Belgrano 1429/33 U.F. 2, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, destinado a oficinas administrativas de gestión y atención al público de esta Agencia; Que cuadra señalar que por Resolución Nº 68/APRA/2012 se aprobó la Contratación Directa Nº 9616/SIGAF/2011, teniendo como objeto la locación administrativa del inmueble sito en la calle Belgrano 1429/33 U.F. 2, de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a las cláusulas del contrato de locación administrativa, por el período 1/2/2012 al 30/01/2015; Que por Resolución Nº 463/APRA/2015 se aprobó la prórroga del contrato de locación administrativa mencionado anteriormente por el término de 36 meses, contados desde el 1/2/2015 al 31/01/2018, como Cláusula Adicional del Contrato de Locación de Administrativa aprobado por la Resolución Nº68/APRA/12; Que en la cláusula octava del contrato de locación administrativa aprobado por la Resolución Nº 68/APRA/2012, y vigente según lo dispuesto en la cláusula sexta de la adenda aprobada por Resolución 463/APRA/2015, se estableció la obligación por parte de esta Agencia del pago de todas las expensas ordinarias, exceptuándola del pago de las expensas extraordinarias; Que a los fines de la aprobación de gastos, corresponde señalar que el Anexo I, Etapa III, de la Resolución Conjunta Nº 5/SECLYT/14 prevé: "A fin de gestionar el pago de la liquidación de las expensas del inmueble, mensualmente, la repartición solicitante deberá aprobar el gasto, mediante acto administrativo, conforme el cuadro de competencias, aprobado por Decreto N° 556/10 y modificatorios (o la norma que en el futura [sic] la reemplace)"; Que a fin de hacer efectiva nuestra obligación de pago de las expensas ordinarias, en varias oportunidades esta Agencia, incurrió en el error de intimar a la administración del consorcio de propietarios del inmueble en cuestión a realizar la apertura de una cuenta en el Banco Ciudad, como proveedor del Gobierno de la Ciudad, para hacer efectivos los depósitos correspondientes; Que ante la negativa por parte de la administración del consorcio de propietarios a abrir una cuenta en el Banco Ciudad, esta Agencia no efectuó los pagos por las expensas ordinarias durante varios períodos, devengándose así también los intereses correspondientes; Que ante el conflicto suscitado esta Agencia dio intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Este organismo asesor emitió su dictamen agregado

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como IF-2015-35642725-PGAAPYF concluyendo que "el procedimiento llevado a cabo por esa Agencia de Protección Ambiental a los fines de pagar las expensas ordinarias a que estaba obligada no resulta procedente, por cuanto el Consorcio de Propietarios no se encuentra obligado a la apertura de una cuenta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, a los fines de efectivizar el pago". Que de acuerdo a la respuesta brindada por la Procuración General, corresponde pagar los intereses devengados oportunamente por la falta de pago de las expensas ordinarias en la cuenta de titularidad de la administración del consorcio de propietarios; Que la Subgerencia de Control de Gestión Presupuestaria, indicó a través del IF-2016-10025932-DGTALAPRA, que la deuda del pago de expensas del mes de marzo asciende a un monto total de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS CATORCE CON 00/100 ($ 6.614,00); Que, de acuerdo al marco normativo previamente referido, corresponde aprobar el gasto correspondiente a las expensas ordinarias del local sito en la calle Belgrano 1429/33 U.F. 2, a favor del consorcio de propietarios del inmueble en cuestión a través de la Administración S.R. (CUIT Nº 30-54410451-5) por el mes de marzo del año 2016 junto a los intereses devengados dado que esta Agencia no ha cumplido oportunamente con el pago de las expensas ordinarias en tiempo y forma, por un monto total de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS CATORCE CON 00/100 ($ 6.614,00) Que se procedió a realizar el compromiso presupuestario definitivo para hacer frente a la erogación en cuestión; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado la debida intervención; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 2628, el Decreto Nº 556/GCBA/10, el Decreto Nº 752/GCBA/10, y Resolución Nº23/APRA/2016.

EL DIRECTOR GENERAL, TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Apruébese el gasto correspondiente a las expensas ordinarias del local sito en la calle Belgrano 1429/33 U.F. 2, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el mes de marzo del año en curso junto a los intereses devengados, por un monto total de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS CATORCE CON 00/100 ($ 6.614,00), a favor de la administración del consorcio de propietarios denominada Administración S.R. (CUIT Nº 30-54410451-5). Artículo 2º.- El presente gasto se imputará a la partida presupuestaria del ejercicio en curso. Artículo 3º.-Regístrese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial para su devengamiento. Cumplido, archívese. Etcheverrigaray

DISPOSICIÓN N.° 47/DGTALAPRA/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: El Decreto Nº 67/10, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10 y Nº 59-MHGC/2015, la Resolución Conjunta N° 10 - SECLYT/13, Resolución N° 3-MHGC-MJGGC-SECLYT-15, Resolución 86/APRA/2016, Disposición N° 9-DGCG/10, Disposición Nº 36-DGCG/15, y el Expediente Nº 3712328-MGEYA-DGTALAPRA/2015 y

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CONSIDERANDO: Que, por la actuación citada en el visto tramita la aprobación de los gastos efectuados en concepto de Caja Chica Común Nº 3 Final del Ejercicio 2015, correspondiente a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Agencia de Protección Ambiental, por un total de Pesos cuatro mil once ($ 4.011,-); Que, por el artículo 4º de la Resolución Nº 86/APRA/16, se designaron como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Fondo de Movilidad de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Agencia, al Dr. Pedro Martin Etcheverrigaray D.N.I. Nº 27.536.413, a la Dra. María Celeste Pieras DNI Nº 23.952.587 y a la Lic. Mónica Bibiana Vaccarezza D.N.I. 25.435.996; Que, por el Decreto Nº 67/10, se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, sus Rendiciones y condiciones de aprobación; Que, a través del artículo 16 del anexo I, del Título III del citado Decreto, se establece que la rendición de cuenta de las inversiones hechas con cualquiera de los tipos de fondos definidos en el presente Régimen se hará ante las Direcciones Generales Técnicas, Administrativas y Legales o equivalentes de cada Jurisdicción o Entidad, las que serán responsables de su aprobación o desaprobación, siendo estas quienes rendirán los fondos ante la Dirección General de Contaduría; Que, por otra parte, en ese mismo artículo se establece que el titular de la Unidad de Organización receptora de los fondos aprobará los gastos mediante acto administrativo, siendo responsable de la oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones; Que, por la Resolución Nº 51-MHGC/10, se aprobó la reglamentación para el régimen de asignación y rendición de fondos, estableciéndose la metodología para la entrega de fondos, montos máximos, procedimiento en caso de incumplimiento y contenido de la rendición de cuenta documentada; Que, mediante la Resolución Nº 59-MHGC/15, se determinaron los montos máximos de caja chica, montos máximos de comprobantes y estableció los cupos de entrega de fondos para Ministerios y Secretarias para el año 2015; Que, la Resolución Conjunta N° 10 - SECLYT/13, establece el procedimiento de Solicitud, Rendición y Reposición de Fondos de Caja Chica Común, los mismos deberán tramitarse por Expediente Electrónico, conforme a lo establecido en el Decreto N° 196/11; Que, a través de la Disposición Nº 36-DGCG/15, se establece que a partir de la primera rendición de Caja Chica Común correspondiente al Ejercicio 2015 es obligatoria la utilización del módulo de Fondos a Rendir del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) y se considerará cumplida la presentación de los Anexos X y XI de la Disposición N° 9/DGCG/2010 y modificatorias correspondientes al "Resumen de Comprobante por Fecha" y "Resumen de Comprobante por Imputación" para Caja Chica Común , mediante la vinculación de los que genere el módulo de Fondos a Rendir del SIGAF WEB; Que, en el Anexo III de la Disposición Nº 36-DGCG/15 se reitera asimismo, que la repartición deberá presentar la cuenta ante la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de cada jurisdicción, firmada por el máximo responsable de la misma donde conste la aprobación de los gastos mediante Acto Administrativo, siendo este responsable de la oportunidad, mérito o conveniencia de dichas erogaciones, estableciendo seguidamente que, el acto administrativo a dictarse aprobará como Anexos las planillas 2 y 3 del Anexo V de la citada Disposición;

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Que, por otra parte, cabe resaltar que las erogaciones mediante las cuales se emite el presente Acto Administrativo, se corresponden con gastos menores y urgentes derivados del normal funcionamiento de esta Unidad de Organización, atento los términos del artículo 4º, del Título II del Anexo I del Decreto Nº 67/10; Que atento lo expuesto, corresponde proceder a la aprobación del gasto efectuado mediante la rendición de la caja chica común, así como de las Planillas generadas mediante el módulo Fondos a Rendir del SIGAF, de la Disposición Nº 36-DGCG/15, de forma previa a remitir las actuaciones a la Dirección General de Contaduría, para la prosecución del pertinente trámite administrativo de rendición; Que se deja constancia que el presente gasto cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención correspondiente. Por ello y en uso de las facultades conferidas en la Resolución Nº 23/APRA/16,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNCA ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DISPONE Artículo 1º.- Apruébese el gasto de Pesos Cuatro mil once ($ 4.011,-) en concepto de fondos de Caja Chica Común Nº 03 Final, Ejercicio 2015, Unidad Ejecutora Nº 8933, Beneficiario Nº 78.670. Artículo 2º.- Apruébense las planillas generadas mediante el módulo Fondos a Rendir del SIGAF, conforme lo normado en la Disposición N° 36-DGCG/2015, que como Anexo III IF Nº 15144520-DGTALAPRA/16 e IF N° 15144674-DGTALAPRA/16 forman parte de la presente rendición. Artículo 3º. - El presente gasto se afectará a la partida correspondiente al ejercicio 2015. Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y para demás efectos remítase a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido vincúlese al presente. Etcheverrigaray

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ANEXO

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Ente de Turismo

DISPOSICIÓN N.° 14/DGIOT/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095, el Decreto N° 95/2014 y su modificatorio Nº 114/16, las Resoluciones Nros. 596-MHGC/11 y 1160-MHGC/11, el Proceso de Compra BAC Nº 9268-1253-CME16, el Expediente Electrónico EX-2016-13670227--MGEYA-DGTALETy, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 2095 y su modificatoria, la que fuera reglamentada mediante el Decreto Nº 95/14, y su modificatorio, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios; Que la Resolución Nº596/MHGC/11 aprobó las políticas, términos y condiciones de uso del sistema electrónico de adquisiciones y contrataciones-Buenos Aires Compras (BAC); Que la Resolución Nº1160/MHGC/11 aprobó las normas de procedimiento de compras y contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras-BAC, aplicable al procedimiento cuya aprobación se propone; Que mediante Nota NO-2016-13633189--DGIOTesta Dirección General ha solicitado a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal la contratación de un Servicio de reserva y contratación de Pasajes, Hospedaje, Comidas, Emisión, y Entrega de Pasajes, Boucher y demás documentación que se confeccionen con motivo de la prestación de estos servicios, con el objeto de trasladar y hospedar en nuestra Ciudad al Sr. Cap d' Organització i Gestió del Coneixement de la Agencia Catalana de Turismo (Jefe de Organización y Gestión del Conocimiento de la Agencia de Catalana de Turismo); Que por el expediente de referencia tramita el Proceso de Compra BAC Nº 9268-1253-CME16para la Contratación de los servicios de pasaje y alojamiento con destino al Ente de Turismo de esta Ciudad; Que, los funcionarios designados al efecto han procedido a la apertura de las ofertas presentadas, conforme da cuenta el Acta de Apertura, verificándose las siguienteoferta: Oferta ÚnicaTransUrbanS.A, CUIT N° 30-70059195-2, cuya cotización total asciende a la suma de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS ($64.200,00); Que la Oferta Única excede ampliamente en su cotización, el gasto oportunamente preventivado para la adquisición que se propicia y consecuentemente corresponde declarar fracasado y dejar sin efecto el mentado proceso de compra; Por ello, y en uso de las competencias delegadas por el Decreto Reglamentario Nº 95/14 y su modificatorio,

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Artículo 1º.- Declárase Fracasado y dejase sin efecto el Proceso de Compra BAC Nº 9268-1253-CME16 para la Contratación de los servicios de alojamiento y pasaje Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, y en el Portal de Internet http://www .buenosaires.gob.ar /áreas /hacienda/ compras/ backoffice/, comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones de Contaduría, a la Unidad de Auditoria Interna y para su intervención y trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Mangiarotti

DISPOSICIÓN N.° 61/DGTALET/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095, el Decreto N° 95/2014 y su modificatorio Nº 114/16, las Resoluciones Nros. 596-MHGC/11 y 1160-MHGC/11, el Proceso de Compra BAC 9268-1491-CME16, el Expediente Nº 2016-15.203.678--MGEYA-DGTALETy, CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14 y modificatorio, de compras contrataciones, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios; Que la Resolución Nº 596-MHGC/11 aprobó las políticas, términos y condiciones de uso del sistema electrónico de adquisiciones y contrataciones - Buenos Aires Compras (BAC); Que la Resolución Nº 1160-MHGC/11 aprobó las normas de procedimiento de compras y contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras -BAC, aplicable al procedimiento cuya aprobación se propone; Que mediante Nota Nº NO 2016-15.067.652-DGPRT, la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitó a esta Dirección General, que proceda a la contratación de un Servicio de Hospedaje y un Servicio de Producción de Evento, con motivo de la realización de una jornada de capacitación y de presentación del destino Ciudad de Buenos Aires, a efectuarse el día 1° de julio del año en curso, en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba; Que la Gerencia Operativa de Gestión Técnica, dependiente de esta Dirección General, analizó dicha solicitud, así como el Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas formulando un nuevo proyecto de pliego; Que la contratación se efectuará por el procedimiento de Contratación Directa de Régimen Especial previsto por el Artículo 38 de la Ley N° 2.095, reglamentada por Decreto N° 95/14 y su modificatorio; Que el monto total estimado para la contratación asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000,00.-);

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EL DIRECTOR GENERAL DE INVESTIGACION Y OBSERVATORIO TURISTICO

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE:

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Que obra en el actuado la reserva presupuestaria pertinente, según constancia emitida por el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), mediante la Solicitud de Gastos Nº 9268-3194-SG16, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000,00.-), con cargo al presente ejercicio; Por ello, y en uso de la competencia establecida en el Decreto Nº 95/14 y sus modificatorios, EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, el que como Anexo Pliego Nº PLIEG-2016-15358560- -DGTALET, forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Autorizase el llamado al Proceso de Compra BAC 9268-1491-CME16, al amparo del Artículo 38 de la Ley N° 2.095, reglamentada por Decreto N° 95/14 y su modificatorio, tendiente a la contratación de un Servicio de Hospedaje y un Servicio de Producción de Evento, con motivo de la realización por parte de la Dirección General de Promoción Turística, de una jornada de capacitación y de presentación del destino Ciudad de Buenos Aires, la que se llevará a cabo el día 1° de julio del año en curso, en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, Artículo 3º.- Aféctese preventivamente la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000,00.-), a la partida presupuestaria correspondiente al año en curso. Artículo 4º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de dos (2) días, comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones, de Contaduría, y a la Unidad de Auditoria Interna, y para su intervención y posterior trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Campos

DISPOSICIÓN N.° 62/DGTALET/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 y su modificatoria, el Decreto Reglamentario N° 95/14 y el Expediente Electrónico Nº 14.802.912-MGEYA-DGCYC-2016 y, CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2095 y su modificatoria, la que fuera reglamentada mediante el Decreto Nº 95/14, de compras y contrataciones, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios;

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ANEXO

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Que mediante Nota N° 14.664.461-DGPRT/2016, la Dirección General de Promoción Turística de este Ente de Turismo, solicitó a la Dirección General de Compras y Contrataciones se otorgue la excepción contemplada en la Disposición N° 372-DGCYC/2013 respecto de la obligatoriedad prevista en el artículo 1° de la Resolución N° 424- MHGC/2013 de tramitar las compras y contrataciones por el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC) implementado por Decreto N° 1145/2009, para realizar la contratación directa de la membresía USTOA (United States Tour Operators Association); Que mediante el Informe N° 14.798.729-DGCYC/2016 y la Nota N° NO 2016-14.804.243-DGCYC, se otorgó la excepción solicitada procediendo a la caratulación del Expediente Electrónico Nº 14.802.912-DGCYC-2016, bajo la trata "MHGC 0403A DGCYC EXCEPCIÓN RESOLUCIÓN 424/2013 MHGC" y a la habilitación del Sistema Integrado de Administración Financiera a fin de dar trámite a la contratación solicitada; Que USTOA (United States Tour Operators Association), es una Asociación profesional y voluntaria, creada con el propósito de promocionar integralmente la industria del turismo mayorista en los Estados Unidos; Que contar con la membresía objeto de la contratación en análisis, contribuirá a ampliar el contacto con organizadores profesionales de turismo mayorista, coordinar encuentros con oficinas de turismo y empresas internacionales de los Estados Unidos, participar de capacitaciones, ser parte del evento que dicha organización realiza anualmente y promocionar en el mencionado país, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como destino mayorista; Que el Artículo 28 de la Ley N° 2.095 y modificatoria, establece que: “La contratación es directa cuando se selecciona directamente al proveedor, debiendo encontrarse dicha medida debidamente fundada y ponderada por la autoridad competente que la invoca en el expediente por el que tramita, sólo en los siguientes casos: ... 5) Cuando se trate de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por determinada persona o entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes"; Que obra en el actuado la reserva presupuestaria pertinente, según constancia emitida por el Sistema Integral de Gestión y Administración Financiera, (SIGAF), mediante

Solicitud de Gastos Nº 28.693-SIGAF-2016, por la suma de PESOS ONCE MIL CIENTO VEINTE CON 00/100 ($ 11.120,00.-), con cargo al presente ejercicio. Por ello, y en uso de sus facultades,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE: Artículo 1°.- Autorízase el llamado a Contratación Directa N° 2520/SIGAF/16, para la contratación de la membresía USTOA (United States Tour Operators Association), de conformidad con lo establecido en el Artículo 28, inciso 5) de la Ley N° 2.095, su modificatoria, su Decreto Reglamentario N° 95/14 y su modificatorio. Artículo 2°.- Aféctese preventivamente la suma total de PESOS ONCE MIL CIENTO VEINTE CON 00/100 ($ 11.120,00.-) a la partida presupuestaria correspondiente al año en curso. Artículo 3°.- Publíquese en la página WEB del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Artículo 28 Inc. 5 Ley N° 2.095, su modificatoria y el Decreto Reglamentario N° 95/14).

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Artículo 4°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones, de Contaduría, y a la Unidad de Auditoria Interna, y para su intervención y posterior trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Campos

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 15/IZLP/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), los Decretos Nº 95/14 y Nº 1145/09 y concordantes, las Resoluciones N° 596/MHGC/11 y Nº 1160/MHGC/11, las Disposiciones N° 302/DGCYC/13 y Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº 12738115/MGEYA/IZLP/16, y CONSIDERANDO: Que mediante la ley mencionada en el Visto se establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos: Que el Decreto Nº 1145/09 aprobó la reglamentación del artículo 85 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5454) y el Decreto Nº 95/14 e implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Que por Resolución Nº 1160/MHGC/11 se aprobaron las Normas de Procedimiento de Compras y Contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que por la citada actuación tramita la Licitación Pública Nº 445-0524-LPU16, para la Adquisición de Insumos para Laboratorio de Análisis Clínicos Que por Disposición Nº DI-2016-49-IZLP se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares registrado en el Portal de Compras y se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 445-0524-LPU16, para el día 23 de Mayo del 2016 a las 8:00 hs, al amparo de lo establecido en el Art.31 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 5454) y Decretos Reglamentarios Nº 1145-GCBA-09 y Nº 95-GCBA-14; Que la convocatoria y los pliegos de aplicación se publicaron en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Portal Buenos Aires Compras y se cursaron las invitaciones a través del Sistema Buenos Aires Compras (BAC), de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del Decreto Nº 95/14 reglamentario de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5454); Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibió Una (1) oferta de la firma: WM ARGENTINA SA Que se efectuó el análisis técnico de la propuesta, informándose mediante IF-2016-14787367-IZLP que la firma: WM ARGENTINA SA se ajusta a lo solicitado en el pliego que rige el procedimiento; Que habiéndose efectuado la evaluación de la oferta y demás antecedentes del actuado, por resultar las mismas admisibles, al amparo de lo establecido en los Artículo 111 de la ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5454), los Decretos Reglamentarios Nº 1145-GCABA/09 y Nº 95-GCABA/14, corresponde en la circunstancia, adjudicar la licitación que nos ocupa a: WM ARGENTINA SA

(Renglones Nº 4 y 6 ) por un monto de Mil Ciento Treinta y Siete con Cincuenta y Un Centavos ( $ 1.137,51);

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Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio 2016; Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), y el Anexo II del Decreto Nº 95/14 modificado por el Decreto N° 114/16; Resolución Nº 0729/MSGC/2008 y Resolución Nº 959/MSGC/2008,

EL DIRECTOR DEL INSTITUTO LUIS PASTEUR EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Y LA GERENTE OPERATIVO GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA

DISPONEN:

Art. 1º- Apruébase la Licitación Pública Nº 445-0524-LPU16, realizada al amparo de lo establecido en el Art.31 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.454) cuya reglamentación se encuentra en el Art.31 del Decreto Nº 95/14, Decreto Nº 1145/09 y concordantes y adjudicase la licitación a la firma: WM ARGENTINA SA por un monto de de Mil Ciento Treinta y Siete con Cincuenta y Un Centavos ( $ 1.137,51), conforme el siguiente detalle: RENGLON CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL 4 3 U $ 244,78 $ 734,34 6 1 U $ 403,17 $ 403,17 TOTAL $ 1.137,51 Total de la presente adjudicación asciende a la suma de PESOS MIL CIENTO TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($ 1.137,51) Art. 2º - La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio en vigor. Art. 3º- Autorizase a la División Compras a emitir la respectiva Orden de Compra. Art. 4º.- Remítase a la Dirección General Administrativa, Contable y Presupuesto del Ministerio de Salud. Cumplido archívese. Cacio - Lencinas

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 102/HBR/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: Expediente Electrónico N° 07838241-MGEYA-HBR-2016, la Ley N° 2.095 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14 y,

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Que, por la citada actuación se tramita un 2do. Llamado del Proceso de Compra Nº: 431-0608-CME16 bajo la modalidad de Contratación Menor para la ADQUISICION DE TUBOS DE EXTRACCIÓN DE SANGRE PARA ERITROSEDIMENTACIÓN, con destino a la División de Laboratorio Central, bajo el nuevo sistema de compras electrónicas BAC, siguiendo la normativa vigente y el Decreto Nº: 1145/09 (ANEXO I PROCEDIMIENTO BUENOS AIRES COMPRA); dejando sin efecto la compra menor Nº: 431-0325-HBR-2016, por no existir ofertas recomendadas; Que, por Disposición Nº 150-HBR-2016 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a regir en la Contratación en cuestión y se llamo a Contratación Menor Nº 431-0608-CME16 para el día 12/04/2016 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en el Articulo Nº 38° de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario N° 95/14; Que, tal como luce en el Acta de Apertura (BAC) se recibió una (1) única oferta de la firma: BIOQUIMICA S.R.L.; Que, obra el cuadro comparativo de precios y su recomendación (BAC), según lo manifestado en EL Informe Técnico de fecha 19/04/2016, de los cuales surge que corresponde la adjudicación de las ofertas presentadas por: BIOQUIMICA S.R.L. (Renglón Nº 1), Por resultar única oferta conforme los términos del artículo 110 de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Digesto Jurídico Ley 5454 ( B.O.C.B.A.) Nº 4799 de fecha 13/01/16 Que, según Memorando nº 5127/DGCyC/08, han quedado sin efecto las verificaciones por parte de la Dirección General de Compras y Contrataciones en los procedimientos licitatorios que lleven a cabo; Que obra la DI-2016-385-HBR, en la cual el Director Dispone:" Autorizase el ingreso y la permanencia, en el hospital BERNARDINO RIVADAVIA, UN EQUIPO DE SISTEMA DE LECTURA PARA ERITRO AUTOMATIZADO provisto por la firma BIOQUIMICA SRL, conforme surge del Pliego de Bases y Condiciones Generales como así también las características y especificaciones técnicas de los citados equipos en cumplimiento de la citada Orden de Compra," Que, en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento. Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el art. 111º de la Ley N° 2.095 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14, y lo dispuesto en los Artículos 6º del Decreto Nº: 392/2010, Digesto Jurídico Ley 5454 ( B.O.C.B.A.) Nº 4799 de fecha 13/01/16.

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA"

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION

ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN:

Art. 1º - Apruébese el 2do. Llamado de la CONTRATACION MENOR Nº 431-0608-CME16 realizada al amparo de los establecido en el Artículo Nº 38º de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario 95/14, adjudíquese la ADQUISICION DE TUBOS DE EXTRACCIÓN DE SANGRE PARA ERITROSEDIMENTACIÓN, con destino a la División de Laboratorio Central, a favor de las siguientes firmas BIOQUIMICA S.R.L. (Renglón Nº 1), por un Importe de PESOS: DOSCIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 215.460.00). Art. 2º - Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida Presupuestaria del ejercicio 2016 y ejercicios futuros.

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CONSIDERANDO:

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Art. 3º - Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial del Hospital Bernardino Rivadavia por el termino de un (1) día. Art. 4º - Emítase la respectiva Orden de Compra. Art. 5º Cúmplase lo establecido en los artículos 2º a 5º de la DI-2016-385-HBR. Art. 6º - Regístrese, publíquese en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, BAC y Boletín Oficial, por el término de un (1) día, notifíquese a la empresa Oferente. Maiorano - Fernández Rostello

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 104/HBR/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Expediente Electrónico N° 12210220-MGEYA-HBR-2016, la Ley N° 2.095 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14 y, CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación se tramita el Proceso de Compra Nº: 431-1057-CME16 bajo la modalidad de Contratación Menor para la PROVISIÓN DEL SERVICIO ANUAL DE ESTERILIZACIÓN POR ÓXIDO DE ETILENO, con destino al Servicio de Farmacia y Esterilización, bajo el nuevo sistema de compras electrónicas BAC, siguiendo la normativa vigente y el Decreto Nº: 1145/09 (ANEXO I PROCEDIMIENTO BUENOS AIRES COMPRA); Que, por Disposición Nº 280-HBR-2016 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a regir en la Contratación en cuestión y se llamo a Contratación Menor Nº 431-1057-CME16 para el día 23/05/2016 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el Articulo Nº 38° de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario N° 95/14; Que, tal como luce en el Acta de Apertura (BAC) se recibió una (1) única oferta de la firma: ASISTHOS S.R.L.; Que, obra el cuadro comparativo de precios y su recomendación (BAC), según lo manifestado en EL Informe Técnico de fecha 30/05/2016, de los cuales surge que corresponde la adjudicación de la oferta presentada por: ASISTHOS S.R.L.(Renglón Nº. 1), por resultar única oferta conforme los términos del artículo 110 de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Digesto Jurídico Ley 5454 ( B.O.C.B.A.) Nº 4799 de fecha 13/01/16 Que, según Memorando nº 5127/DGCyC/08, han quedado sin efecto las verificaciones por parte de la Dirección General de Compras y Contrataciones en los procedimientos licitatorios que lleven a cabo; Que, en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento. Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el art. 111º de la Ley N° 2.095 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14, y lo dispuesto en los Artículos 6º del Decreto Nº: 392/2010, Digesto Jurídico Ley 5454 ( B.O.C.B.A.) Nº 4799 de fecha 13/01/16.

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Y

EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA

DISPONEN: Art. 1º - Apruébese la CONTRATACION MENOR Nº 431-1057-CME16realizada al amparo de los establecido en el Artículo Nº 38º de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario 95/14, adjudíquese para la PROVISIÓN DEL SERVICIO ANUAL DE ESTERILIZACIÓN POR ÓXIDO DE ETILENO, con destino al Servicio de Farmacia y Esterilización, a favor de la siguiente firma: ASISTHOS S.R.L.(Renglón Nº. 1), Por un importe de PESOS: TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS CON 00/100 ($ 335.232,00). Art. 2º - Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida Presupuestaria del ejercicio 2016 y Ejercicios Futuros. Art. 3º - Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial del Hospital Bernardino Rivadavia por el termino de un (1) día. Art. 4º - Emítase la respectiva Orden de Compra. Art. 5º - Regístrese, publíquese en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, BAC y Boletín Oficial, por el término de un (1) día, notifíquese a la empresa OferenteV. Maiorano - Fernández Rostello

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 105/HBR/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Expediente Electrónico N° 10911862-MGEYA-HBR-2016, la Ley N° 2.095 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14 y, CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación se tramita el Proceso de Compra Nº: 431-0397-LPU16 bajo la modalidad de Licitación Pública para la ADQUISICIÓN REACTIVOS DE QUIMIOLUMINISCENCIA, con destino a la División de Laboratorio Central, bajo el nuevo sistema de compras electrónicas BAC, siguiendo la normativa vigente y el Decreto Nº: 1145/09 (ANEXO I PROCEDIMIENTO BUENOS AIRES COMPRA); Que, por Disposición Nº 234-HBR-2016 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a regir en la Contratación en cuestión y se llamo a Licitación Pública Nº 431-0397-LPU16 para el día 03/05/2016 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en el Articulo Nº 31° de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario N° 95/14; Que, tal como luce en el Acta de Apertura (BAC) se recibió una (1), única oferta de la firma: BIODIAGNOSTICO S.A.;

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Que, obra el cuadro comparativo de precios y su recomendación (BAC), según lo manifestado en EL Informe Técnico de fecha 03/05/2016, de los cuales surge que corresponde la adjudicación de la oferta presentada por: BIODIAGNOSTICO S.A.(Renglones Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 ,12 ,13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21), por resultar única oferta conforme los términos del artículo 110 de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Digesto Jurídico Ley 5454 ( B.O.C.B.A.) Nº 4799 de fecha 13/01/16 Que, el Dictamen emitido fue exhibido en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar a partir del día 23/05/2016; Que, según Memorando nº 5127/DGCyC/08, han quedado sin efecto las verificaciones por parte de la Dirección General de Compras y Contrataciones en los procedimientos licitatorios que lleven a cabo; Que obra la DI-2016-344-HBR-en la cual el Director Dispone: Autorizase el ingreso y la permanencia, en el hospital BERNARDINO RIVADAVIA DE UN EQUIPO SISTEMA DE INMUNOENSAYO POR QUIMIOLUMINISCENCIA MODELO ACCESS 2-BECKMAN COULTER ANMAT Nº: 007970 provisto por la firma BIODIAGNOSTICO SA, conforme surge del Pliego de Bases y Condiciones Generales como así también las características y especificaciones técnicas de los citados equipos en cumplimiento de la citada Orden de Compra ; Que, en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento. Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el art. 111º de la Ley N° 2.095 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14, y lo dispuesto

en los Artículos 6º del Decreto Nº: 392/2010, Digesto Jurídico Ley 5454 ( B.O.C.B.A.) Nº 4799 de fecha 13/01/16.

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Y

LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA

DISPONEN:

Art. 1º - Apruébese la Licitación Pública Nº 431-0397-LPU16 realizada al amparo de los establecido en el Articulo Nº 31º de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario 95/14, adjudíquese la ADQUISICIÓN REACTIVOS DE QUIMIOLUMINISCENCIA, con destino a la División de Laboratorio Central, a favor de la siguiente firma, BIODIAGNOSTICO S.A.(Renglones Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 ,12 ,13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21), por un Importe DE PESOS: TRES MILLONES CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 ($ 3.057.396,00) Art. 2º - Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida Presupuestaria del ejercicio 2016 y ejercicio futuros. Art. 3º - Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial del Hospital Bernardino Rivadavia por el termino de un (1) día. Art. 4º - Emítase la respectiva Orden de Compra ajustada al Proyecto obrante en el pertinente actuado. Art. 5º Cúmplase lo establecido en los artículos 2º a 5º de la DI-2016-344-HBR Art. 6º - Regístrese, publíquese en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, BAC y Boletín Oficial, por el término de un (1) día, notifíquese a la empresa Oferente. Maiorano - Fernández Rostello

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 263

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 106/HBR/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: Expediente Electrónico N° 11534437-MGEYA-HBR-2016, la Ley N° 2.095 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14 y, CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación se tramita el Proceso de Compra Nº: 431-0444-LPU16 bajo la modalidad de Licitación Pública para la ADQUISICIÓN REACTIVO DE PROTEINOGRAMA, con destino a la División de Laboratorio Central, bajo el nuevo sistema de compras electrónicas BAC, siguiendo la normativa vigente y el Decreto Nº: 1145/09 (ANEXO I PROCEDIMIENTO BUENOS AIRES COMPRA); Que, por Disposición Nº 266-HBR-2016 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a regir en la Contratación en cuestión y se llamo a Licitación Pública Nº 431-0444-LPU16 para el día 19/05/2016 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el Articulo Nº 31° de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario N° 95/14; Que, tal como luce en el Acta de Apertura (BAC) se recibió una (1), única oferta de la firma: BIODIAGNOSTICO S.A.; Que, obra el cuadro comparativo de precios y su recomendación (BAC), según lo manifestado en EL Informe Técnico de fecha 23/05/2016, de los cuales surge que corresponde la adjudicación de la oferta presentada por: BIODIAGNOSTICO S.A.(Renglones Nros. 1, 2 y 3), por resultar única oferta conforme los términos del artículo 110 de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Digesto Jurídico Ley 5454 ( B.O.C.B.A.) Nº 4799 de fecha 13/01/16 Que, el Dictamen emitido fue exhibido en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar a partir del día 06/06/2016; Que, según Memorando nº 5127/DGCyC/08, han quedado sin efecto las verificaciones por parte de la Dirección General de Compras y Contrataciones en los procedimientos licitatorios que lleven a cabo; Autorizase el ingreso y la permanencia, en el hospital BERNARDINO RIVADAVIA, provisto por la firma BIODIAGNOSTICO SA, UN EQUIPO TOTALMENTE AUTOMATIZADO MODELO MICROGEL MARCA INTERLAB (ORIGEN ITALIA) ANMAT Nº: PM-1201-160, CON PC, MONITOR,TECLADO,MOUSE, IMPRESORA y UPS, provisto por la firma BIODIAGNOSTICO SA, conforme surge del Pliego de Bases y Condiciones Generales como así también las características y especificaciones técnicas de los citados equipos en cumplimiento de la citada Orden de Compra ; Que, en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento. Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el art. 111º de la Ley N° 2.095 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14, y lo dispuesto

en los Artículos 6º del Decreto Nº: 392/2010, Digesto Jurídico Ley 5454 ( B.O.C.B.A.) Nº 4799 de fecha 13/01/16.

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Y

LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA

DISPONEN: Art. 1º - Apruébese la Licitación Pública Nº 431-0444-LPU16 realizada al amparo de los establecido en el Articulo Nº 31º de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario 95/14, adjudíquese la ADQUISICIÓN REACTIVO DE PROTEINOGRAMA, con destino a la División de Laboratorio Central, a favor de la siguiente firma, BIODIAGNOSTICO S.A.(Renglones Nros. 1, 2 y 3), por un Importe DE PESOS: UN MILLON SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TRES CON 20/100 ($ 1.064.303,20). Art. 2º - Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida Presupuestaria del ejercicio 2016 y ejercicio futuros. Art. 3º - Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial del Hospital Bernardino Rivadavia por el termino de un (1) día. Art. 4º - Emítase la respectiva Orden de Compra ajustada al Proyecto obrante en el pertinente actuado. Art. 5º Cúmplase lo establecido en los artículos 2º a 5º de la DI-2016- 403-HBR Art. 6º - Regístrese, publíquese en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, BAC y Boletín Oficial, por el término de un (1) día, notifíquese a la empresa Oferente. Maiorano - Fernández Rostello

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 107/HBR/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: EXP -2015-18180595-HBR, la Orden de Compra 431-5561-OC15 CONSIDERANDO: Que por el expediente se tramitó la provisión de bolsas de nutrición parenteral para el servicio de Neonatología del Hospital Bernardino Rivadavia, emitiéndose en consecuencia las mencionada Orden a favor de la firma: FRESENIUS KABI SA. Que el Servicio de Neonatología requiere mantener la continuidad del servicio por el incremento de las internaciones por el brote estacional de enfermedades respiratorias, es decisión de esta Unidad Operativa de Adquisiciones aumentar en un 20 % el monto adjudicado en dicha Orden de Compra. Que se cargo en el sistema BAC la ampliación 431-0150-AMP16 y se hace el respectivo resguardo presupuestario mediante SG 28404/2016 POR ELLO: Y en uso de las facultades conferidas por el Art. 119. punto I) de la Ley 2095/06, promulgada por Decreto N º 1772-GCBA-06 Y Ley 4764. Digesto Jurídico Ley 5454(B.O.C.B.A Nº 4799 del 13/01/16)

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Art. 1) Amplíese en un 20% el monto del total adjudicado en la Orden de Compra 431-5561-OC15 emitida a favor de la firma FRESENIUS KABI SA. por PESOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($14.840.-) con imputación 2016 , Art. 2) Regístrese, comuníquese a los interesados y remítase a la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto. Maiorano - Fernández Rostello DISPOSICIÓN CONJUNTA N. 114/HGACA/16

Buenos Aires, 31 de mayo de 2016 VISTO El Expediente Electrónico Nº EX-2016-12141768-MGEYA-HGACA, la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 2.095/06 promulgada por Decreto N° 1772/GCBA/06 (BOCBA. 2.557), su modificatoria Ley N° 4764/14 (BOCBA 4.313), su Decreto Reglamentario Nº DECTO-2014-95-AJG y Decreto N° 196/GCABA/11 vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y; CONSIDERANDO: Que, por el mencionado Expediente tramita la PROVISION DE INSUMOS PARA NEONATOLOGIA (Formula lactea, etc.) con destino a la División Neonatología de este Establecimiento Asistencial; Que, obra la Solicitud de Gastos Nº 412-1632-SG16 (IF-2016-10943167-HGACA - Orden Nº 9) por un monto de PESOS CIENTO TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ 131.986,00) debidamente valorizada y con su correspondiente afectación presupuestaria; Que, mediante Disposición Nº DI-2016-190-HGACA (DI-2016- 12347385-HGACA - Orden Nº 5) se dispuso el llamado de la Contratación Directa Menor Nº 412-1048-CME16 para el día 17 de mayo de 2016 a las 10:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley de Compras y Contrataciones Nº 2.095/06 (BOCBA 2.557); Que, tal como luce en el Acta de Apertura (IF-2016- 13126430-HGACA - Orden Nº 14), se recibieron SEIS (06) ofertas de las firmas: SANCOR COOPERATIVAS UNIDAS LIMITADA; NUTRICIA-BAGO S.A; PHARMOS S.A.; RAUL JORGE POGGI; ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA SA y Farmacia Colón SRL; Que, obra el Cuadro Comparativo de Precios (IF-2016- 13127061-HGACA- Orden Nº 55) que ordena la reglamentación, por el cual resultarón adjudicada las firmas: SANCOR COOPERATIVAS UNIDAS LIMITADA (Renglón Nº 1 y 2); PHARMOS S.A. (Renglón Nº 3 y 4), en un todo de acuerdo al Acta de Asesoramiento (IF-2016- 13580968- -HGACA - Orden Nº 77); Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 13º del Decreto Nº DECTO-2014-95-AJG reglamentario del Articulo Nº 13º de la Ley 2095 (BOCBA Nº 2557), su modificatoria Ley N° 4764/14 (BOCBA 4.313), al artículo 6º del Decreto 392/GCBA/10 y en concordancia con lo Dispuesto en la Resolución Nº 349/MSGC/2011 del 08/06/2011 y su modificatoria Decreto Nº 335/2011;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 266

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL y LA GERENTE OPERATIVO DE GESTIONA ADMINISTRATIVA, ECONÓMICA Y FINANCIERA DEL BERNARDINO RIVADAVIA

DISPONEN:

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Art. 1º Apruébase la Contratación Directa Menor Nº 412-1048-CME16 realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley Nº 2.095. Art. 2º Adjudicase la Contratación Directa Menor Nº 412-1048-CME16, referente a la PROVISION DE INSUMOS PARA NEONATOLOGIA (Formula lactea, etc.) con destino

a la División Neonatología de este Establecimiento Asistencial, a la firma: SANCOR COOPERATIVAS UNIDAS LIMITADA (Renglón Nº 1 y 2) por un importe total de PESOS CIENTO CATORCE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS ($ 114.146,00). PHARMOS S.A. (Renglón Nº 3 y 4) por un importe total de PESOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS ONCE ($ 66.211,00). Art. 3º El monto total de la compra asciende a la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 180.357,00) cuyo gasto se imputará a la partida del presupuesto en vigor (Solicitud de Gastos Nº 412-1632-SG16). Art. 4º Remítase al Ministerio de Salud para la afectación de fondos en su etapa definitiva, y vuelva para proceder a la emisión de la Orden de Compra respectiva. Rodríguez Mormandi - Hernández

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 135/HGNRG/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095, su modificatoria Nº 4764/GCBA/13 (B.O.C.B.A. Nº 4313) y su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 (B.O.C.B.A. Nº 4355) y su modificatorio 114/GCABA/16 (B.O.C.B.A. Nº 4812), el Decreto Nº 1145/09, la Disposición Nº 396/DGCyC/14 y el Expediente Electrónico N° EX-2016-10610849-MGEYA-HGNRG/16, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación se tramita la adquisición de insumos descartables con destino al servicio de Esterilización de este establecimiento de acuerdo con el sistema electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (B.A.C.); Que mediante Disposición Nº DI-2016-107-HGNRG se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares por un monto estimado de pesos tres millones quinientos cincuenta y dos mil ciento sesenta ($ 3.552.160,00) y se dispuso el llamado a Licitación Pública - Proceso de Compra Nº 420-0343-LPU16 para el día 02-05-16 a las 10:00 hs, encuadrada según lo dispuesto por el Art. 31º de la Ley Nº 2.095/06 y modificatoria Nº 4764/13; Que se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el portal de compras electrónicas B.A.C. y en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cumpliéndose las instancias de difusión y notificación correspondientes, de conformidad con lo establecido en los Art. 93, 97 y 98 de la Ley Nº 4764/13 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14;

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 267

EL DIRECTOR Y EL GERENTE OPERATIVO DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. COSME ARGERICH"

DISPONEN:

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Que habiéndose realizado la apertura electrónica en la fecha y hora prevista, se recibieron treinta y un (31) ofertas de las siguientes firmas BYMED SRL, EGLIS S.A, DROCIEN SRL, BIO PROTEC SRL, NIPRO MEDICAL CORPORATION, MEDI SISTEM S.R.L., FERAVAL S.A., ELECTROMEDIK S.A., DROSER S.A., Ventcare SRL, FEDIMED S.A., DROGUERIA FARMATEC S.A., SERGIO DIZ, AMERICAN FIURE S.A., QUIMICA CORDOBA S.A., SUCESION DE LUIS ALBERTO SUAREZ, PAPELERA EP S.R.L., RAUL JORGE POGGI, DROGUERIA MARTORANI S.A., DROGUERIA ARTIGAS S.A., MACOR INSUMOS HOSPITALARIOS SRL, STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L., Marta Beatriz Lukezic, EDALVA S.A., VICMOR SRL, SILVANA GRACIELA CHARAF, DCD PRODUCTS SRL, LABORATORIOS IGALTEX SRL, CONMIL S.R.L., WELLPACK S.A., ORTOPEDIA GULLONE S.R.L.; Que posteriormente los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas de esta Repartición, en base al análisis de la documentación ingresada y de lo informado por el área solicitante respecto al cumplimiento por parte de las firmas oferentes de lo requerido, han procedido mediante BAC a emitir el correspondiente Dictamen de Evaluación de Ofertas; Que conforme se desprende del precitado dictamen y en virtud de los procedimientos consecuentes resulta preadjudicada las firmas SUCESION DE LUIS ALBERTO SUAREZ, PAPELERA EP S.R.L., DROGUERIA MARTORANI S.A., DROGUERIA ARTIGAS S.A., MACOR INSUMOS HOSPITALARIOS SRL, STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L., Marta Beatriz Lukezic, EDALVA S.A., VICMOR SRL, SILVANA GRACIELA CHARAF, DCD PRODUCTS SRL, LABORATORIOS IGALTEX SRL, CONMIL S.R.L., WELLPACK S.A., ORTOPEDIA GULLONE S.R.L., en los términos de los artículos N° 108 Y 109 de la Ley N° 2.095 por precio conveniente y por única oferta para el GCABA, y cumplir con lo requerido; Que el resultado de la mencionada preadjudicación fue publicado en el Boletín Oficial, Portal BAC, y notificado automáticamente mediante BAC al participante, sin haberse producido impugnaciones al mismo; Que en consecuencia se procedió a efectuar la correspondiente afectación presupuestaria para hacer frente a la erogación en cuestión. Por ello, y en base a las competencias establecidas en el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 de la Ley Nº 4764/GCBA/13;

LA DIRECTORA DEL HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS DR. RICARDO GUTIERREZ

CONJUNTAMENTE CON LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADMINISTRATIVA, ECONOMICA Y FINANCIERA

DISPONEN

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 268

Artículo 1°.- Apruébase la Licitación Pública - Proceso de Compra Nº 420-343-LPU16, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 31º de la Ley Nº 2.095/06 y su modificatoria Nº 4764/GCBA/13, y adjudíquese la adquisición de insumos descartables con destino al servicio de Esterilización de este hospital a las siguientes empresas: VICMOR SRL (Reng. 1) por la suma de pesos veintisiete mil seiscientos ochenta y tres con 16/100 ($ 27.683,16), DROGUERIA MARTORANI S.A. (Reng. 2-3-5-14-15-27-28-

doscientos dieciocho mil doscientos siete ($ 218.207,00), ORTOPEDIA GULLONE S.R.L. (Reng. 24) por la suma de pesos treinta y cuatro mil ($ 34.000,00), DCD PRODUCTS SRL (Reng. 34-35-36) por la suma de pesos treinta y un mil cuatrocientos treinta y cinco con 80/100 ($ 31.435,80), PAPELERA EP S.R.L. (Reng. 46-49) por la suma de pesos cincuenta y un mil ciento ochenta ($ 51.180,00), WELLPACK S.A. (Reng. 47-50) por la suma de pesos cinco mil setecientos sesenta ($ 5.760,00), ascendiendo el total de la adjudicación a la suma de pesos un millón cuatrocientos cuarenta y nueve mil ochocientos treinta y cinco con 44/100 ($1.449.835,44)de

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33) por la suma de pesos ciento treinta y nueve mil doscientos cuarenta y uno ($ 139.241,00), SUCESION DE LUIS ALBERTO SUAREZ (Reng. 4) por la suma de pesos diez mil novecientos sesenta ($ 10.960,00), MACOR INSUMOS HOSPITALARIOS SRL (Reng. 6) por la suma de pesos ciento veinte mil ochocientos cuatro con 48/100 ($ 120.804,48), STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L. (Reng. 7-41) por la suma de pesos cincuenta y tres mil cuatrocientos sesenta ($ 53.460,00), LABORATORIOS IGALTEX SRL (Reng. 8) por la suma de pesos cuatro mil ciento setenta y seis ($ 4.176,00), Marta Beatriz Lukezic (Reng. 9) por la suma de pesos cincuenta y nueve mil cuatrocientos setenta y dos ($ 59.472,00), EDALVA S.A. (Reng. 10-38) por la suma de pesos quinientos sesenta y un mil cuarenta ($ 561.040,00), SILVANA GRACIELA CHARAF (Reng. 11-16-17) por la suma de pesos sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y seis ($ 68.256,00), CONMIL S.R.L.(Reng. 18-19-20-21-51) por la suma de pesos sesenta y cuatro mil ciento sesenta ($ 64.160,00), DROGUERIA ARTIGAS S.A. (Reng. 22-29-39-40-42-43) por la suma de pesos doscientos dieciocho mil doscientos siete ($ 218.207,00), ORTOPEDIA GULLONE S.R.L. (Reng. 24) por la suma de pesos treinta y cuatro mil ($ 34.000,00), DCD PRODUCTS SRL (Reng. 34-35-36) por la suma de pesos treinta y un mil cuatrocientos treinta y cinco con 80/100 ($ 31.435,80), PAPELERA EP S.R.L. (Reng. 46-49) por la suma de pesos cincuenta y un mil ciento ochenta ($ 51.180,00), WELLPACK S.A. (Reng. 47-50) por la suma de pesos cinco mil setecientos sesenta ($ 5.760,00), ascendiendo el total de la adjudicación a la suma de pesos un millón cuatrocientos cuarenta y nueve mil ochocientos treinta y cinco con 44/100 ($1.449.835,44)de acuerdo con el sistema electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (B.A.C.). Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio en vigor. Artículo 3º - Autorícese a la División Compras y Contrataciones a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Gerencia Operativa Gestión Contable del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Ferrer - Galoppo

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 140/HGAP/16

Buenos Aires, 1 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2095, (texto consolidado por Ley Nº 5454), el E.E. Nº 2015-26287639-HGAP, la Licitación Pública N° 425-1398-LPU15 y la Orden de Compra N° 425-6610-OC15 a favor de BIOQUIMICA S.R.L., y

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 269

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Que la mencionada Orden de Compra fue emitida como consecuencia de la aprobación de la Licitación Pública N° 425-1398-LPU15, por Disposición N° DISFC-2015-245-HGAP del día 22/10/2015, operando el vencimiento del contrato el día 29/01/2016; Que a través de dicho acto administrativo se adquirieron a la firma BIOQUIMICA S.R.L. insumos para el servicio de laboratorio por la suma de Pesos: cuatrocientos catorce mil quinientos veinte con 00/100 ($414.520,00); Que mediante Parte de Recepción Definitiva N° 1055265/HGAP/2015, 1077321/HGAP/2015, 1125054/HGAP/2015 y 3411/HGAP/2016 se conformaron los insumos entregados por la firma adjudicataria, correspondiente a los Renglones N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9, N° 10 (parcial) y N° 13 por un monto que asciende a la suma de Pesos: trescientos sesenta y nueve mil cuatrocientos setenta con 90/100 ($369.470,90); Que con fecha 20 de Mayo del corriente, ante la solicitud de la División Contable, la Jefa del Laboratorio A/C, Dra. Elisa Rodríguez Piaggio, presenta nota dónde manifiesta: "(...) En respuesta a su requerimiento del día 17 del corriente, informo a Ud. que el incumplimiento del proveedor de la O.C.N° 425-6610-OC15, se debió a la imposibilidad de la empresa de efectuar la entrega por no contar con el material. La empresa mostro buena disposición al ofrecer entregar, incluso sin cargo, un material similar, pero no igual al licitado. Esto no resuelve nuestra demanda de tubos, lo cual genera un importante inconveniente al servicio (...)"; Que para dar por cumplido resta dar de baja aún del Renglón N° 10 (tubo de extracción para toma de muestra de suero, descartable en PMMA, con monoacetato de litio como acelerador de la coagulación, con etiqueta y tapa de goma troquelada color gris tamaño volumen 10 ml.) la cantidad de 13610 (trece mil seiscientos diez) unidades; Que según el inc. j) del art. 13 de la Ley 2.095 el acto administrativo de recisión debe ser Dispuesto por la misma autoridad que aprobó y adjudicó el procedimiento; Que por cuestiones de carácter operativo y administrativo de esta U.O.A. es menester proceder a la rescisión del contrato amparado por la antedicha Orden de Compra. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Autónoma Buenos Aires (BOCBA 2557), promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA 2557) y su Decreto Reglamentario N° 95-GCABA-14 (texto consolidado por Ley Nº 5454); LA GERENTE OPERATIVA

DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA Y EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA" EN SU

CARÁCTER DE TITULARES DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONEN

Art. 1°.- Rescíndase con imposición de cargo el renglón N° 10 correspondiente a tubo de extracción para toma de muestra de suero, descartable en PMMA, con monoacetato de litio como acelerador de la coagulación, con etiqueta y tapa de goma troquelada color gris tamaño volumen 10 ml. la cantidad de 13610 (trece mil seiscientos diez) unidades de la Orden de Compra N° 425-6610-OC15, por la suma de Pesos: cuarenta y cinco mil cuarenta y nueve con 10/100 ($45.049,10) adjudicada a la firma BIOQUIMICA S.R.L. CUIT: 30-64216922-6 domiciliada en Bueras 246 piso 1° depto. 8 (CP 1408) de ésta capital, al amparo de los artículos 120º, 121°, 123°, 127°, 129° y 133° de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones (texto consolidado por Ley Nº 5454).

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 270

CONSIDERANDO:

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Art. 2°.- Impóngase a la firma BIOQUIMICA S.R.L. CUIT: 30-64216922-6 una multa de Pesos: cuatro mil quinientos cuatro con 91/100 ($4.504,91), equivalente al 10% del monto de los insumos no provistos. Art. 3°.- Notifíquese fehacientemente a la firma BIOQUIMICA S.R.L. CUIT: 30-64216922-6 de los términos de la presente conforme lo establecido por los artículos 60 y 61 del DNU N° 1510/GCBA/97 aprobado por la Resolución N° 41-LCBA-98, y publíquese en el Boletín Oficial y en la página WEB de acuerdo a lo establecido en la Disposición Nº 95/DGCYC/2012-BOCCA Nº 3915. Caratúlese el Antecedente Cancelación de Cargo el cual será remitido a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda "Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental" y el Legajo Único el cual será remitido a la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda. "Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones". Dalpiaz - San Martín

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 187/HGADS/16

Buenos Aires, 26 de mayo de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico 2016-10837328/MGEyA-HGADS, los términos del Decreto Nº 556/2010, y la requisición presentada, mediante Pedido Interno Nº 192/16, por el Servicio de Hemodinamia, solicitando ayuda médica a favor de la paciente Trincheri, Jorge Oscar, y; CONSIDERANDO: Que el mencionado pedido ha sido autorizado por los fundamentos explicitados en la Solicitud de Gastos Nº 25045/2016; Que se recibieron 3 (tres) ofertas: Unifarma S.A., FV Endovascular S.R.L. y Micromedical S.A.; Que la Dirección de este Hospital autorizó que el presente pedido resulte adjudicado, mediante Acta de Preadjudicación Nº 109/2016, a la firma: FV Endovascular S.R.L. (Renglones: 1y 2) por un importe de pesos: cincuenta y dos mil seiscientos treinta y cinco ($ 52.635,00), acreditando ésta su inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores en los términos del Art. 22 de la Ley Nº 2095/06 (B.O.C.B.A. Nº 2557); Que por consiguiente se considera la presente tramitación dentro de los alcances del Decreto Nº 556/10 Artículo 1º Inciso d), al tratarse de una adquisición impostergable; Que se ha efectuado el ingreso al SIGAF, mediante la Solicitud de Gastos Nº 25045/2016, siendo el Procedimiento de Selección el Nº 2969/2016; Que mediante el remito consignado en el articulado del presente acto administrativo, se ha efectuado el ingreso de referencia, habiéndose dado conformidad de su recepción; Que este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente Expediente Electrónico se corresponde con su original ajustado a normativa vigente, el cual obra en poder de este efector/ o unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. NÚMERO DE AUTORIZACIONES DEL MES DE MAYO DE 2016 13 ACUMULADO APROBADO $ 306.219,20.-

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Que sobre la base de la documentación existente, correspondería gestionar su aprobación de acuerdo a las competencias establecidas por Decreto Nº 556/2010, para proceder a su pago por medio de acreditación en cuenta del proveedor por parte de la Tesorería General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que por Resolución N° 627/MMGC/12 (BOCABA 4032/12), se designa con carácter transitorio al Licenciado Diego Ariel Rizzo como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Gestión Administrativa Económica y Financiera de este Hospital; Que por Resolución RESOL-2016-4-SSAH se encomienda la firma del despacho y todo asunto inherente de la Dirección de este Hospital al Dr. Federico Charabora. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 556/10 y que por Decreto N° 660/11, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL SEÑOR DIRECTOR MEDICO

DEL HOSPITAL DONACIÓN SANTOJANNI Y EL SEÑOR GERENTE OPERATIVO DISPONEN

Artículo 1º.- Apruébese el gasto correspondiente al Servicio de Hemodinamia, solicitando ayuda médica a favor de la paciente Trincheri, Jorge Oscar, según el siguiente detalle: PROVEEDOR RENGLON IMPORTE REMITO FECHA FV Endovascular S.R.L. 1 y 2 $ 52.635,00 0005-00004608 25/04/2016 TOTAL APROBADO $52.635,00.- Artículo 2º.- El monto total del gasto aprobado asciende a la suma de pesos: cincuenta y dos mil seiscientos treinta y cinco ($ 52.635,00), siendo el detalle del monto adjudicado el siguiente: FV Endovascular S.R.L. (Renglones: 1y 2) por un importe de pesos: cincuenta y dos mil seiscientos treinta y cinco ($ 52.635,00). Artículo 3º.- Este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente Expediente Electrónico se corresponde con su original ajustado a normativa vigente, el cual obra en poder de este efector/ o unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Artículo 4º.-Autorízase a emitir la respectiva orden de Compra cuyo proyecto obra en el presente actuado. Artículo 5º.-Regístrese para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de Gestión Contable del Ministerio de Salud para efectuar la afectación definitiva en el sistema SIGAF, cumplido gírese al Hospital General de Agudos Donación Santojanni para prosecución del trámite. Rizzo - Charabora

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 190/HGADS/16

Buenos Aires, 27 de mayo de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico 2016-9923204/MGEyA-HGADS, los términos del Decreto Nº 556/2010, y la requisición presentada, mediante Pedido Interno Nº 99/16, por la División Recursos Físicos/Quirófano, solicitando Insumos, y;

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CONSIDERANDO: Que el mencionado pedido ha sido autorizado por los fundamentos explicitados en la Solicitud de Gastos Nº 25459/2016; Que se recibieron 2 (dos) ofertas: Luis Alberto Suarez y Juan Ernesto Ibarra, a pesar de los reiterados pedidos de cotización, habiendo recibido respuesta fehaciente sólo de ésta, resolviéndose en dichas condiciones a fin de no demorar su adquisición. Que la Dirección de este Hospital autorizó que el presente pedido resulte adjudicado, mediante Acta de Preadjudicación Nº 85/2016, a la firma: Juan Ernesto Ibarra (Renglón: 1) por un importe de pesos: dos mil novecientos cuarenta ($ 2.940,00), acreditando ésta su inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores en los términos del Art. 22 de la Ley Nº 2095/06 (B.O.C.B.A. Nº 2557); Que por consiguiente se considera la presente tramitación dentro de los alcances del Decreto Nº 556/10 Artículo 1º Inciso d), al tratarse de una adquisición impostergable; Que se ha efectuado el ingreso al SIGAF, mediante la Solicitud de Gastos Nº 25459/2016, siendo el Procedimiento de Selección el Nº 3262/2016; Que mediante el remito consignado en el articulado del presente acto administrativo, se ha efectuado el ingreso de referencia, habiéndose dado conformidad de su recepción; Que este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente Expediente Electrónico se corresponde con su original ajustado a normativa vigente, el cual obra en poder de este efector/ o unidad de organización y no contiene tachadura ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. NÚMERO DE AUTORIZACIONES DEL MES DE MAYO DE 2016 19 ACUMULADO APROBADO $ 490.539,20.- Que sobre la base de la documentación existente, correspondería gestionar su aprobación de acuerdo a las competencias establecidas por Decreto Nº 556/2010, para proceder a su pago por medio de acreditación en cuenta del proveedor por parte de la Tesorería General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que por Resolución N° 627/MMGC/12 (BOCABA 4032/12), se designa con carácter transitorio al Licenciado Diego Ariel Rizzo como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Gestión Administrativa Económica y Financiera de este Hospital; Que por Resolución RESOL-2016-4-SSAH se encomienda la firma del despacho y todo asunto inherente de la Dirección de este Hospital al Dr. Federico Charabora. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 556/10 y que por Decreto N° 660/11, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; EL SEÑOR DIRECTOR MEDICO

DEL HOSPITAL DONACIÓN SANTOJANNI Y EL SEÑOR GERENTE OPERATIVO DISPONEN

Artículo 1º.- Apruébese el gasto correspondiente a la División Recursos Físicos/Quirófano, solicitando Insumos, según el siguiente detalle: PROVEEDOR RENGLON IMPORTE REMITO FECHA Juan Ernesto Ibarra 1 $ 2.940,00 0001-00003484 12-04-16 TOTAL APROBADO $ 2.940,00.- Artículo 2º.- El monto total del gasto aprobado asciende a la suma de pesos: dos mil novecientos cuarenta ($ 2.940,00), siendo el detalle del monto adjudicado el siguiente: Juan Ernesto Ibarra (Renglón: 1) por un importe de pesos: dos mil novecientos cuarenta ($ 2.940,00).

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Artículo 3º.- Este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente Expediente Electrónico se corresponde con su original ajustado a normativa vigente, el cual obra en poder de este efector/ o unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Artículo 4º.-Autorízase a emitir las respectivas ordenes de Compras cuyo proyecto obra en el presente actuado. Artículo 5º.-Regístrese para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de GestiónContable del Ministerio de Salud para efectuar la afectación definitiva en el sistema SIGAF, cumplido gírese al Hospital General de Agudos Donación Santojanni para prosecución del trámite. Rizzo - Charabora

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 205/HGADS/16

Buenos Aires, 30 de mayo de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico 2016-9887115/MGEyA-HGADS, los términos del Decreto Nº 556/2010, y la requisición presentada, mediante Pedido Interno Nº 187/16, por el Servicio de Farmacia, solicitando Solucion de aminoacidos, y; CONSIDERANDO: Que el mencionado pedido ha sido autorizado por los fundamentos explicitados en la Solicitud de Gastos Nº 25886/2016; Que se recibieron 2 (dos) ofertas: Casa Otto Hess S.A. y Droguería Luma S.A. a pesar de los reiterados pedidos de cotización, habiendo recibido respuesta fehaciente sólo de éstas, resolviéndose en dichas condiciones a fin de no demorar su adquisición; Que la Dirección de este Hospital autorizó que el presente pedido resulte adjudicado, mediante Acta de Preadjudicación Nº 96/2016, a las firmas: Casa Otto Hess S.A. (Renglón: 1) por un importe de pesos: dieciséis mil ochocientos ($ 16.800,00), acreditando éstas su inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores en los términos del Art. 22 de la Ley Nº 2095/06 (B.O.C.B.A. Nº 2557); Que por consiguiente se considera la presente tramitación dentro de los alcances del Decreto Nº 556/10 Artículo 1º Inciso d), al tratarse de una adquisición impostergable; Que se ha efectuado el ingreso al SIGAF, mediante la Solicitud de Gastos Nº 25886/2016, siendo el Procedimiento de Selección el Nº 3275/2016; Que mediante los remitos consignados en el articulado del presente acto administrativo, se ha efectuado el ingreso de referencia, habiéndose dado conformidad de su recepción; Que este nivel deja expresa constancia que los remitos vinculados al presente Expediente Electrónico se corresponden con sus originales ajustados a normativa vigente, los cuales obran en poder de este efector/ o unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. NÚMERO DE AUTORIZACIONES DEL MES DE MAYO DE 2016 23 ACUMULADO APROBADO $ 608.928,20.- Que sobre la base de la documentación existente, correspondería gestionar su aprobación de acuerdo a las competencias establecidas por Decreto Nº 556/2010, para proceder a su pago por medio de acreditación en cuenta del proveedor por parte de la Tesorería General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

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Que por Resolución N° 627/MMGC/12 (BOCABA 4032/12), se designa con carácter transitorio al Licenciado Diego Ariel Rizzo como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Gestión Administrativa Económica y Financiera de este Hospital; Que por Resolución RESOL-2016-4-SSAH se encomienda la firma del despacho y todo asunto inherente de la Dirección de este Hospital al Dr. Federico Charabora. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 556/10 y que por Decreto N° 660/11, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL SEÑOR DIRECTOR MEDICO

DEL HOSPITAL DONACIÓN SANTOJANNI Y EL SEÑOR GERENTE OPERATIVO DISPONEN

Artículo 1º.- Apruébese el gasto correspondiente al Servicio de Farmacia, solicitando solución de aminoacidos, según el siguiente detalle: PROVEEDOR RENGLON IMPORTE REMITO FECHA Droguería Luma S.A. 1 $ 16.800,00 0027-00049403 21/04/2016 TOTAL APROBADO $16.800,00.- Artículo 2º.- El monto total del gasto aprobado asciende a la suma de pesos: dieciséis mil ochocientos ($ 16.800,00), siendo el detalle del monto adjudicado el siguiente: Casa Otto Hess S.A. (Renglón: 1) por un importe de pesos: dieciséis mil ochocientos ($ 16.800,00). Artículo 3º.- Este nivel deja expresa constancia que los remitos vinculados al presente Expediente Electrónico se corresponden con sus originales ajustados a normativa vigente, los cuales obran en poder de este efector/ o unidad de organización y no contienen tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Artículo 4º.-Autorízase a emitir las respectivas órdenes de Compra cuyos proyectos obran en el presente actuado. Artículo 5º.-Regístrese para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de Gestión Contable del Ministerio de Salud para efectuar la afectación definitiva en el sistema SIGAF, cumplido gírese al Hospital General de Agudos Donación Santojanni para prosecución del trámite. Rizzo - Charabora

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Resolución Comunal Junta Comunal 4

RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 12689133/COMUNA4/16

Buenos Aires, 11 de mayo de 2016 VISTO: La Ley 1777, la Ley 471/00, el Convenio Colectivo de Trabajo (instrumentado por RESOLUCIÓN Nº 2778/GCABA/MHGC/10), el Decreto 2182/GCABA/2003 y el EX-2016-12322179-MGEYA-COMUNA4, y CONSIDERANDO: Que por las actuaciones citadas en el visto tramita el sumario administrativo de los agentes Rodolfo Manuel Corzo, CUIT: 20-33155519-4, Ficha Municipal: 443.759 y Rodolfo Manuel Corzo, CUIT: 20-12454828-5, Ficha Municipal: 325.195; Que con fecha 4 de mayo del año en curso, siendo aproximadamente las 18.30hs se llevó a cabo en la sede de la Comuna 4, sita en Av. Del Barco Centenera 2906 de esta Ciudad, la reunión del Consejo Consultivo Comunal a los fines de tratar diversos temas de interés a la vez que fuera el acto de apertura del año 2016; Que durante el desarrollo de la citada convocatoria se suscitaron hechos de violencia, con agresiones físicas resultando heridos diversos concurrentes, con destrucción de muebles y útiles pertenecientes al erario público; Que en virtud de los incidentes, de las lesiones padecidas por distintos participantes en el evento intervino la Fiscalía del Distrito de Nueva Pompeya a cargo del Dr. Marcelo Munilla Lacasa, iniciándose la causa Nº 47.499/2016 caratulada "N.N. s./ Lesiones Graves"; Que por los hechos antedichos los agentes han adquirido la calidad de sumariados; Que la Ley 471/00 constituye el régimen aplicable al personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo, inclusive entes jurídicamente descentralizados, sociedades estatales y el personal dependiente de las comunas; Que el artículo 57 de la Ley 471/00 establece el régimen de disponibilidad de los trabajadores determinando en su inciso c) "los trabajadores que hayan sido suspendidos preventivamente o cuyo traslado se hubiese dispuesto por considerarse presuntivamente incurso en falta disciplinaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52"; Que el artículo 52 de la Ley 471/00 establece "El personal sumariado podrá ser suspendido preventivamente o trasladado con carácter transitorio por la autoridad competente cuando su alejamiento sea necesario para el esclarecimiento de los hechos investigados o cuando su permanencia en funciones fuere inconveniente, en la forma y términos que determine la reglamentación"; Que con fecha 09/05/2016, se ha alcanzado el grado de sospecha suficiente sobre los involucrados, para ordenar el llamado a prestar declaración indagatoria, circunstancia la cual evidencia que los agentes revisten la calidad de sumariados requerida por la normativa citada; Que, en consecuencia, resulta necesario disponer el traslado de los agentes Rodolfo Manuel Corzo, CUIT: 20-33155519-4, Ficha Municipal: 443.759 y Rodolfo Manuel

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Corzo, CUIT: 20-12454828-5, Ficha Municipal: 325.195 al Registro de Agentes en Disponibilidad (RAD); Que el Artículo 75 del Convenio Colectivo de trabajo instrumentado por RESOLUCIÓN Nº 2778/GCABA/MHGC/10 expresa "Conforme lo determina el Capítulo XIII art. 57 de la Ley Nº 471, se establece que los trabajadores comprendidos en el régimen de disponibilidad cuyo objetivo es la reubicación del personal, pasarán, a revistar presupuestariamente en el Registro de Agentes en Disponibilidad (RAD) que funciona en el ámbito de la Secretaria de RRHH" con observancia de las pautas fijadas en los incisos 1 a 10 del mismo. Por ello, en uso de facultades otorgadas por la normativa citada ut supra,

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL N°4 RESUELVE

Artículo 1°.- Dispóngase el traslado de los agentes Rodolfo Manuel Corzo, CUIT: 20-33155519-4, Ficha Municipal: 443.759 y Rodolfo Manuel Corzo, CUIT: 20-12454828-5, Ficha Municipal: 325.195 al "Registro de Agentes en Disponibilidad (RAD)", de conformidad a lo establecido por el Inc. c) del Artículo 57 de la Ley 471 hasta, obstante, se sustancie el sumario administrativo. Artículo 2°.- Regístrese, Notifíquese fehacientemente a los interesados. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Apreda

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Organos de Control Disposición Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

DISPOSICIÓN N.° 38/DGTALPG/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO: El Decreto Nº 67/GCABA/2010, las Resoluciones Nº 51/MHGC/2010, N° 74/MHGC/2015, Nº 33/PG/2016, N° 281/MHGC/2016 y N° 1373/MHGC/2016, y el EE Nº 4916120/DGTALPG/2016, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 67/GCABA/2010 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución Nº 51/MHGC/2010, modificada por Resolución Nº 74/MHGC/2015, se aprobó la reglamentación del citado Decreto; Que por Resolución N° 281/MHGC/2016 se ha fijado para la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el monto máximo de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 1.200.000,00) a asignar a sus dependencias para su ejecución, durante el ejercicio en curso en los términos de los artículos 7° y 8° del Anexo I del Decreto Nº 67/GCABA/2010; Que por Resolución N° 1373/MHGC/2016, se ha incrementado el referido monto máximo a asignar por el Procurador General, durante el ejercicio 2016, en PESOS TRESCIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($ 390.000,00); Que por Resolución Nº 33/PG/2016, recaída en el EE Nº 4916120/DGTALPG/2016, se asignaron fondos en concepto de Caja Chica Especial sin límite de monto por comprobante a esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal, por la suma PESOS CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 400.000,00), a efectivizarse en cuatro (4) entregas parciales de PESOS CIEN MIL CON 00/100 ($ 100.000,00), destinados a afrontar el pago mensual de las expensas relacionadas con los inmuebles que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ocupa en Avenida Córdoba 1341/1345, 8º piso; Avenida Córdoba 1231/1233, 1er. Piso, y, Avenida Córdoba 1235, Planta Baja, local de negocio; Que en este orden de ideas, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe lo actuado respecto a la segunda de las entregas parciales de recursos mencionadas; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA PROCURACIÓN GENERAL

DISPONE

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Artículo 1.- Apruébanse los gastos correspondientes a la Segunda Entrega Parcial de los fondos otorgados mediante Resolución Nº 33/PG/2016 en concepto de Caja Chica

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Especial de Expensas, según lo establecido por Decreto Nº 67/GCABA/2010, por la suma de PESOS CIENTO SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO CON 66/100 ($ 107.961,66) y las planillas resumen de comprobantes por fecha y resumen de comprobantes por imputación, las cuales como Anexos IF-2016-15221342-DGTALPG e IF-2016-15221369-DGTALPG forman parte integrante de la presente norma.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Rodríguez

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 279

ANEXO

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Poder Judicial Disposición Ministerio Público Tutelar

DISPOSICIÓN N.° 5/UOA/16

Buenos Aires, 13 de junio de 2016 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 1.903 y sus modificatorias, la Ley Nº 2.095 y su modificatoria Ley Nº 4.764, la Resolución CCAMP Nº 53/15, la Resoluciones AGT N° 334/14, 569/15 y 73/16, el Expediente MPT0009 Nº 6/2016, y CONSIDERANDO: Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que el Ministerio Público posee autonomía funcional y autarquía. Que de acuerdo con el artículo 3º de la Ley Nº 1.903, el gobierno y administración del Ministerio Público están a cargo de sus titulares, señalando su artículo 18 que la Asesoría General Tutelar y los demás ámbitos del Ministerio Público, cada uno en su respectiva esfera, ejercen los actos que resultaren necesarios para un mejor desarrollo de las funciones encomendadas. Que por Resolución AGT Nº 73/16 se declaró fracasado el Renglón N° 5 -Consola LCD 19´´ para rack- de la Licitación Pública N° 1/2016, por no contar con ofertas admisibles. Que el artículo 28 inciso 3 de la Ley Nº 2.095, modificada por la Ley N° 4764, establece que en caso de declararse fracasada una licitación podrá iniciarse un nuevo proceso de compra a través de la tramitación de una contratación directa. Que por el Expediente MPT0009 Nº 6/2016, tramita la Contratación Directa Nº 2/16 para la adquisición de para la adquisición de una (1) Consola LCD 19" para rack, al amparo de lo establecido en el artículo 28 inciso 3º de la Ley Nº 2.095 modificado por la Ley Nº 4.764. Que, por la Resolución CCAMP Nº 53/15 se aprobó la Reglamentación a la Ley Nº 2.095 modificada por la Ley N° 4764 y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, que rige los procedimientos de adquisiciones de bienes y servicios del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que por Resolución AGT Nº 334/14 se constituyó la Unidad Operativa de Adquisiciones de este Ministerio Publico Tutelar en el ámbito del Departamento de Compras y Contrataciones. Florida 15, 7° piso (cp 1079) · Tel. 5297-8054/ 55/ 56 · [email protected] · www.mptutelar.gob.ar Que el Departamento de Compras y Contrataciones elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, mientras que el Departamento de Tecnología y Comunicaciones aportó las especificaciones técnicas para para el llamado en cuestión. Que el presupuesto oficial para hacer frente a la presente contratación se ha establecido en la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y CINCO con CUATRO centavos ($ 51.075,04), IVA incluido. Que el Departamento de Presupuesto y Contabilidad agregó la correspondiente constancia de afectación preventiva.

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Que, en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá la presente contratación y realizar el correspondiente llamado.

Que la Dirección de Despacho Legal y Técnica ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución CCAMP Nº 5311/2010 y las Resoluciones AGT N° 334/14 y 569/15,

EL TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DE LA ASESORÍA GENERAL TUTELAR

DISPONE Artículo 1.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la Contratación Directa Nº 2/2016, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Disposición. Artículo 2.- Llamar a la Contratación Directa Nº 2/2016, para el día 29 de junio de 2016 a las 13.30 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 28 inciso 3 de la Ley Nº 2.095 modificado por la Ley Nº 4.764, para la adquisición de una (1) consola LCD 19" para Rack, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y CINCO con CUATRO centavos ($ 51.075,04), IVA incluido. Artículo 3.- Imputar la erogación que demande la presente contratación a la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio 2016. Artículo 4.- Remitir las invitaciones de acuerdo a lo establecido en la normativa aplicable. Artículo 5.- Regístrese, protocolícese, y para la publicación en la página de internet de la Asesoría General Tutelar, y demás efectos, pase al Departamento de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección de Programación y Control Presupuestario y Contable. Cumplido, archívese. Carranza

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ANEXO

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Comunicados y Avisos Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS Se Prorroga la convocatoria a Concurso Cerrado a todas las Unidades de Organización, para cubrir cargos de Profesionales Médicos de Guardia sin Especialidad, para desempeñarse en los Hospitales integrantes de las diversas áreas indicadas mediante Resolución N° 2016-657-MSGC y Disposición N° 2016-142-DGAYDRH y 2016-162- DGAYDRH, EX 2016-10546400-MGEYA-DGAYDRH

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AREA 1 CANTIDAD HOSPITAL BERNARDINO RIVADAVIA 1

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS JUAN A. FERNANDEZ 12

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS IGNACIO PIROVANO 17

AREA 2

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS ENRIQUE TORNU 2

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS ABEL ZUBIZARRETA 3

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS CARLOS G. DURAND 28

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DALMACIO VELEZ SARSFIELD" 2

AREA 3

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO 1

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DONACION FRANCISCO SANTOJANNI 17

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS TEODORO ALVAREZ 2

AREA 4

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS JOSE MARIA PENNA

13

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS COSME ARGERICH

1

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS JOSE MARIA RAMOS MEJIA

8

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Instructivo para la postulación al llamado a Concurso Cerrado Profesionales

Médicos de Guardia Sin Especialidad El interesado deberá presentarse en Carlos Pellegrini 313, piso 9º CABA, en días hábiles entre el 9 y hasta el 30 de Junio inclusive en el horario de 9 a 14 hs. Documentación a presentar: una (1) copia certificada en formato papel y una igual en soporte magnético. Ambas deberán contener el mismo orden de foliatura. 1) Título de la profesión concursada expedido por Universidad Nacional, Provincial o Privada oficialmente reconocida o que haya revalidado título expedido por Universidad Extranjera o se halle comprendido en convenios internacionales con la Nación. - - Matrícula (profesional correspondiente en aquellas profesiones que así lo requieren). - D.N.I 2) Currículum Vitae. Según Ordenanza Nº 41.455, Art. 10.1. 3) Constancias probatorias que avalen los datos mencionados en el punto 2). 4) Constancias probatorias de su cargo actual en unidad de organización del GCBA expedida por autoridad competente. Nota: el postulante deberá adjuntar el mismo número de ejemplares de la documentación requerida, como postulaciones realice a cada uno de los hospitales. Para mayor información: Página Web: www.buenosaires.gob.ar/salud.

María Rosana Reggi Directora General

CA 102 Inicia: 9-6-2016 Vence: 30-6-2016

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN LEGAL E INSTITUCIONAL Búsqueda Expediente – Expediente Nº 1.549.179-MGEYA-DGEGE/13 "Se solicita a los señores/as Jefes/as de las Mesas de Entradas y Salidas de las distintas dependencias del Departamento Ejecutivo que realicen la búsqueda de la/s siguientes actuaciones: EX 2013- 01549179-MGEYA-DGEGE".

María Luciana Cochetti Subgerente Operativa

CA 95 Inicia: 13-5-2016 Vence: 30-6-2016

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Licitaciones Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA CULTURA CIUDADANA Y FUNCION PÚBLICA Preadjudicación - E.E. Nº 13.086.470-MGEYA-DGTALMJG/16 Licitación Pública Nº 2051-0540-LPU16. Dictamen de Evaluación de fecha 16 de junio de 2016. Acto de apertura: 2/6/16, a las 12 hs. Objeto: Servicio de Limpieza Integral y Mantenimiento (Bmé. Mitre 648) Encuadre legal: Ley N° 2095 (según texto consolidado por Ley N° 5454) arts. 105 y 106 y su Decreto Reglamentario N° 95/14, concordantes y modificatoria. De acuerdo a lo manifestado en el acta de apertura y a lo evaluado en el dictamen de preadjudicación que ordena la reglamentación vigente, fueron analizadas las ofertas de las siguientes firmas: • A Limpiar S.A. • Emeveve S.A. • Logistical S.A. • Allin Llimppu S.A. • LX Argentina S.R.L. • Modena Emprendimientos S.R.L • Dinamic Group Service S.A. • Uadel S.R.L. La Comisión de Evaluación de Ofertas procedió a analizar las propuestas recibidas para la presente contratación y ha aconsejado adjudicar: Monto total de la contratación: Uadel S.R.L. por un monto de pesos ochocientos treinta y seis trescientos cincuenta y dos con doce centavos ($ 836.352,12). La adjudicación aconsejada lo ha sido por oferta más conveniente, considerando el precio, la propuesta técnica presentada, antecedentes e idoneidad del oferente en un todo de acuerdo a lo establecido en los artículos 108 y 109 de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Nº 95/14

Paula Uhalde Secretaria

OL 2218 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

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Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA CULTURA CIUDADANA Y FUNCION PÚBLICA Adjudicación - E.E. Nº 3.673.230-MGEYA-DGTALMJG/16 Contratación Menor Proceso de Compra Nº 2051-1255-CME16 Motivo: Servicio de Consultoría para el análisis cuali/cuantitativo de la conducta del ciudadano. Autorizante: Resolución N° 85/SECCCYFP/16. Encuadre legal: Ley N° 2095 (según texto consolidado por Ley N° 5454) artículo 38 y su Decreto Reglamentario N° 95/14, concordantes y modificatorias. Firma adjudicada: Poliarquia Consultores S.A. (CUIT 30-70955883-4), por la suma total de pesos setecientos diecinueve mil novecientos cincuenta con 00/100 ($ 719.950,00).

Paula Uhalde Secretaria

OL 2219 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PROMOCIÓN DE EVENTOS Adjudicación - E.E. N° 14.474.931-MGEYA-DGTALMJG/16 Contratación Menor bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta Nº 2051-1381-CME16 Motivo: Servicio de Catering. Autorizante: Resolución N° 10/SSCYPE/16. Encuadre legal: Ley N° 2095 (según texto consolidado por Ley N° 5454) artículo 38 y su Decreto Reglamentario N° 95/14, concordantes y modificatorias. Firma adjudicada: Piazza Central S.A. (CUIT 30714189332) por un monto de pesos trecientos cuarenta y cinco mil ($345.000,00).

Christian Guma Subsecretario

OL 2231 Inicia: 16-6-2016 Vence: 21-6-2016

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Ministerio de Hacienda

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de materiales de merchandising - E.E. Nº 14.436.622-MGEYA-DGCYC/16 Llámase a Licitación Pública Nº 623-0622-LPU16, referente al Convenio Marco de Compras para la adquisición de materiales de merchandising para la promoción y difusión de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, los cuales serán distribuidos en distintos eventos de difusión de los Juegos, programados para el 2016, a realizarse el día 28 de junio de 2016 a las 14 horas. Autorizante: Disposición N° 302/DGCYC/16. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar. Lugar de apertura: El acto de apertura de ofertas se efectuará a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar Asimismo, se encuentran publicados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

Marisa A. Tojo Directora General

OL 2199 Inicia: 15-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Preadjudicación - Expediente Nº 8.148.370-MGEYA-DGCYC/16 Licitación Pública Nº 623-0186-LPU16. Rubro: Convenio Marco de Compra - Adquisición de Equipos e Insumos Informáticos. Observaciones: Reunida la Comisión de Evaluación de Ofertas de la Licitación de referencia, designada a tal fin mediante Disposición Nº 151/DGCYC/16, con la presencia del Dr. Francisco Ignacio Aras (D.N.I. N° 36.172.099), el Sr. Pablo Lucas Converso (D.N.I. Nº 26.047.271) y la Srita. Camila Salas (D.N.I. N° 36.529.548) a fin de proceder con la evaluación de la presentación efectuada por las empresas: Martínez Godoy Juan Manuel y Martínez Godoy Mariano Javier S.H., Icap S.A., Avantecno S.A., Coradir S.A., Ebox S.A., Roberto Mollón, Servicios Globales de Informática S.A. y Rload S.R.L. A tal efecto, habiendo efectuado el pertinente análisis de los aspectos formales, legales, económicos, forma de cotización, esta Comisión de Evaluación de Ofertas aconseja.

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Fundamentación: No se considera: Martinez Godoy Juan Manuel y Martínez Godoy Mariano Javier S.H. (Of. 2): Renglones 1, 5, 7, 8, 9, 10, 11 y 14 por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Renglón 4 por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas. Servicios Globales de Informática S.A. (Of. 8): Renglones 8, 9, 14, 15, 18 y 20 por no cotizar acorde a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas. Se aconseja adjudicar a favor de: Rload S.R.L. (Of. 1): Renglones 23 y 24 en la suma total de hasta pesos seiscientos cincuenta y cuatro mil doscientos treinta y nueve con 70/100 ($ 654.239,70). Martínez Godoy Juan Manuel y Martínez Godoy Mariano Javier S.H. (Of. 2): Renglones 3, 6, 12, 13, 18 y 32 en la suma total de hasta pesos trescientos ochenta y cinco mil doscientos sesenta y dos con 73/100 ($ 385.262,73). Coradir S.A. (Of. 3): Renglones 7, 8 y 9 en la suma total de hasta pesos doscientos noventa y un mil setecientos veinticuatro ($ 291.724,00). Avantecno S.A. (Of. 4): Renglones Nro. 4, 5 y 6 en la suma total de hasta pesos un millón ochocientos setenta y tres mil ciento veinte ($ 1.873.120,00). Icap S.A. (Of. 5): Renglones 1, 3 y 7 en la suma total de hasta pesos cuatrocientos cincuenta y nueve mil novecientos noventa y tres con 60/100 ($ 459.993,60). Ebox S.A. (Of. 6): Renglón 7 en la suma total de hasta pesos doscientos cuarenta y nueve mil quinientos setenta ($ 249.570,00). Roberto Mollón (Of. 7): Renglones 7, 9, 10, 11, 14, 20 y 33 en la suma total de hasta pesos trescientos ochenta y ocho mil setecientos noventa ($ 388.790,00).- Servicios Globales de Informática S.A. (Of. 8): Renglones 8, 9, 10, 11, 16 y 17 en la suma total de hasta pesos ochenta y tres mil ciento cuarenta y cinco ($ 83.145,00). Renglones desiertos: 2, 19, 21, 22, 25 al 31, y 34 al 36. Renglones fracasados: 15. Verificado el cumplimiento de los requisitos mínimos de la presente Licitación Pública, la Agencia de Sistemas de Información (ASINF) efectuó la evaluación técnica de las muestras, la cual informó mediante Nota NO-2016- 11992520- DGIASINF (Anexo I) La adjudicación aconsejada lo ha sido por oferta más conveniente en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley Nº 5454) cuya reglamentación se encuentra en el artículo 108 del Decreto Nº 95/14, en concordancia con el Artículo 28 de la Resolución Nº 1160/MHGC/11. Se deja constancia que el presente Dictamen se emite superando el plazo previsto en el art. 108 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley Nº 5454) cuya reglamentación se encuentra en el artículo 106 del Decreto Nº 95/14, teniendo en cuenta el tiempo que insumiera el análisis de la documentación, máxime considerando la solicitud de documentación complementaria.

ANEXO

Marisa Tojo Directora General

OL 2085 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 288

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA, CONTABLE Y PRESUPUESTO Servicio de un sistema de cableado para equipamiento informático - E.E. Nº 12.876.786-MGEYA-DGADCYP/16 Llámase a Licitación Pública Nº 401-0528-LPU16, que se gestiona a través del sistema BAC (www.buenosairescompras.gov.ar), para la “Provisión e instalación y puesta en servicio de un sistema de cableado estructurado de voz y datos y provisión de equipamiento informático destinado al edificio del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en Monasterio 480 Cuidad Autónoma de Buenos Aires”. Apertura: 30/6/16, a las 11 hs. Autorizante: Disposición Nº 80/DGADCYP/16 Repartición destinataria: Edificio del Ministerio de Salud, sito en Monasterio 480, C.A.B.A. Unidad requirente: Dirección General Sistemas Informáticos Valor del pliego: Sin valor comercial. Retiro y consulta de pliegos: Los pliegos se encuentran disponibles en el portal www.buenosairescompras.gov.ar. Asimismo, se encuentran publicados en la página web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta. Las consultas deberán realizarse mediante Buenos Aires Compras (BAC) hasta el día 27 de junio de 2016 a las 11 hs. Visitas técnicas: 23 de junio de 2016 a las 11 horas. Lugar de encuentro: el lugar de encuentro con los interesados es la puerta principal de acceso al edificio destinatario. Lugar de apertura: La apertura de ofertas se efectuará a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar.

Emilse Filippo Directora General

OL 2209 Inicia: 15-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “CARLOS G. DURAND” Adquisiciones varias - E.E. N° 13.865.253-MGEYA-HGACD/16 Llámase a Licitación Pública Nº BAC 416-586-LPU16, cuya apertura se realizará el 24/6/16 a las 12 hs., para solución diluyente, tarjetas ABO, etc. abastecimiento para 12 meses. Autorizante: Disposición N° 368/HGACD/16 y Saneo Disposición N° 417/HGACD/16.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 289

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Repartición destinataria: Hospital General de Agudos “Carlos G. Durand”, con destino al Servicio Hemoterapia. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

ANEXO

Alicia V. Fernández Alonso Directora

OL 2220 Inicia: 16-6-2016 Vence: 22-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Adquisición de reactivos - E.E. N° 14.006.431-MGEYA-HGADS/16 Llámese a Licitación Pública BAC Nº 434-0594-LPU16 cuya apertura se realizará el día 24 de junio a las 11 hs., para la adquisición de reactivos, con destino a la División Hemoterapia de este hospital. Autorizante: Disposición N° 203/HGADS/16. Repartición destinataria: Servicio de Hemoterapia del hospital General de Agudos “Donación Francisco Santojanni”. Valor del pliego: gratuito. Consultas de pliegos: hasta tres (3) día hábil anterior a la fecha de apertura en Portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: Portal BAC www.buenosairescompras.gov.ar.

Federico Charabora Director Médico

OL 2228 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Adquisición de Hemogramas - E.E. N° 14.091.790-MGEYA-HGADS/16 Llámese a Licitación Pública BAC Nº 434-0601-LPU16 cuya apertura se realizará el día 24 de junio a las 10 hs., para la adquisición de Hemogramas, con destino a la División Laboratorio de este hospital.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 290

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Autorizante: Disposición N° 202/HGADS/16. Repartición destinataria: División Laboratorio del Hospital General de Agudos “Donación Francisco Santojanni”. Valor del pliego: gratuito. Consultas de pliegos: hasta tres (3) día hábil anterior a la fecha de apertura en Portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: Portal BAC www.buenosairescompras.gov.ar.

Federico Charabora Director Médico

OL 2130 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE ONCOLOGÍA “MARÍA CURIE” Adquisición de insumos - E.E. N° 14.182.735-MGEYA-HMOMC/16 Llámase a Licitación Pública Nº 414-0605-LPU16, cuya apertura se realizará el día 21/6/16, a las 10 hs., para la adquisición de insumos para determinación de hormonas y marcadores del suero. Autorizante: Disposición Nº 137/HMOMC/16. Valor del pliego: sin cargo. Consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar. Así mismo, se encuentran publicados en la página web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Lugar de apertura: se realizará a través del sistema BAC Buenos Aires Compras.

Alejandro Fernández Director

Mirta Cacio

Gerente Operativo Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2222 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. COSME ARGERICH” Adquisición de insumos - Expediente N° 14.223.414/16

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 291

Page 292: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Llámase a Licitación Pública BAC N° 412-0608-LPU16, cuya apertura se realizará el día 1/7/16, a las 8 hs., para la adquisición de insumos de laboratorio serología (virus hepatitis B; etc.) Autorizante: Disposición Nº 251/HGACA/16. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”, con destino a la División Laboratorio. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Néstor Hernández Director Médico

OL 2224 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “CARLOS G. DURAND” Adquisición de mantenimiento de equipos de Rayos X - E.E. N° 14.756.334-MGEYA-HGACD/16 Llámase a Licitación Pública Nº BAC 416-0636-LPU16, cuya apertura se realizará el 24/6/16 a las 13 hs., para el mantenimiento de equipo de rayos X. Autorizante: Disposición N° 2016-391/HGACD/16 y Saneo Disposición N° 397/HGACD/16. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos “Carlos G. Durand”, con destino al Servicio Radiodiagnóstico. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: Hospital General de Agudos “Carlos G. Durand”, División Compras, Av. Díaz Vélez 5044 40, planta baja

ANEXO

Alicia V. Fernández Alonso Directora

OL 2221 Inicia: 16-6-2016 Vence: 22-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 292

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MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL ABASTECIMIENTO EN SALUD (DGABS) Adquisición de drogas para el Programa de Tuberculosis - E.E. Nº 14.930.582-MGEYA-DGABS/16 Llámase a Licitación Pública Nº 401-0648-LPU16, cuya apertura se realizará el día 24/6/13, a las 12 hs., para la contratación de adquisición de drogas para el Programa de Tuberculosis. Autorizante: Disposición Nº 58/DGABS/16. Repartición destinataria: Programa de Tuberculosis dependiente de la Subsecretaria de Atención Hospitalaria dependiente del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Valor del pliego: Sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en www.buenosairescompras.gob.ar. El presente pliego se suministra en forma gratuita. Los oferentes acreditados y que hubieran cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC, podrán formular consultas y/o aclaraciones de los pliegos de bases y condiciones a través del BAC hasta setenta y dos (72) horas previas a la fecha y hora fijada para la apertura de la ofertas. El G.C.A.B.A. elaborará las Circulares y las publicará en BAC. Lugar de apertura: El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del BAC.

Federico M. Arata Director General

OL 2200 Inicia: 15-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL MATERNO INFANTIL “RAMÓN SARDA” Productos farmacéuticos - E.E. N° 14.978.626-MGEYAHMIRS/16 Licitación Pública N° 435-0650-LPU16. Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: productos farmacéuticos y útiles menores médicos para el Servicio de Farmacia. Fecha de apertura: 24/6/16, a las 11 horas. Autorizante: Disposición N° 111/HMIRS/16. Valor del pliego: sin valor. Nota: Los pliegos respectivos serán exhibidos, consultados y solicitados en el portal de BAC (www.buenosairescompras.gob.ar) hasta 72 horas anteriores a la apertura.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 293

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Lugar de presentación de ofertas: Las ofertas serán presentadas por sistema BAC www.buenosairescompras.gob.ar y solo se recibirán soporte papel en caso de ser necesario las Pólizas de Caución si las mismas superan las 100.000 (9,75) unidades de compra. ($975.000).

Eduardo A. Valenti Director Médico

Ignacio de Benedetti

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2233 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL MATERNO INFANTIL “RAMÓN SARDÁ” Adquisición útiles médicos - E.E. N° 15.025.168-MGEYAHMIRS/16 Licitación Pública N° 435-0653-LPU16 Rubro comercial: salud Objeto de la contratación: adquisición útiles médicos, quirúrgicos, de laboratorio y reactivos para Lab. Hematología con equipamiento en calidad de préstamo. Fecha de apertura: 23/6/16, a las 12 horas. Autorizante: Disposición N° 108/HMIRS/16 Valor del pliego: sin valor Nota: Los Pliegos respectivos serán exhibidos, consultados y solicitados en el portal de BAC (www.buenosairescompras.gob.ar) hasta 72 horas anteriores a la apertura. Lugar de presentación de ofertas: Las ofertas serán presentadas por sistema BAC www.buenosairescompras.gob.ar y solo se recibirán soporte papel en caso de ser necesario las Pólizas de Caución si las mismas superan las 100.000 (9,75) unidades de compra. ($ 975.000).

Eduardo A. Valenti Director Médico

Ignacio de Benedetti

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2234 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. JOSÉ M. PENNA” Adquisición de equipamiento mobiliario - E.E. N° 15.172.454-MGEYA-HGAP/16

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 294

Page 295: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Llámese a Licitación Pública BAC Nº 425-0659-LPU16, cuya apertura se realizará el día 23 /6/16, a las 10 hs., adquisición de equipamiento mobiliario (escalera, armario de madera, sillas, etc.) Autorizante: Disposición N° 271/HGAP/16. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos Dr. José M. Penna”. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar.

Gustavo San Martín Director a/c

Stella Maris Dalpiaz

Gerente Operativa Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2230 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. COSME ARGERICH” Adquisición de insumos - Expediente N° 15.199.697/16 Llámase a Licitación Pública BAC N° 412-0664-LPU16, cuya apertura se realizará el día 1/7/16, a las 7.30 hs., para la adquisición de insumos para el servicio de esterilización (casete para esterilización, etc.) Autorizante: Disposición Nº 253/HGACA/16. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”, con destino al Servicio de Esterilización. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Néstor Hernández Director Médico

OL 2225 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “DR. PEDRO DE ELIZALDE” Preadjudicación - Expediente Nº 12.505.301-HGNPE/16 Licitación Pública BAC Nº 501/HGNPE/16. Rubro: Insumos Química Clínica - Laboratorio Central. Dictamen de Evaluación de Ofertas

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 295

Page 296: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Firma preadjudicada: Ernesto Van Rossum y Compañía S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 50 u. - precio unitario: $ 1.770,83 - importe total: $ 88.541,50 Renglón: 2 - cantidad: 60 u. - precio unitario: $ 947,12 - importe total: $ 56.827,20 Renglón: 3 - cantidad: 5 u. - precio unitario: $ 5.461,24 - importe total: $ $ 27.306,20 Renglón: 4 - cantidad: 5 u. - precio unitario: $ 3.173,89 - importe total: $ 15.869,45 Renglón: 5 - cantidad: 50 u. - precio unitario: $ 458,03 - importe total: $ 22.901,50 Renglón: 6 - cantidad: 10 u. - precio unitario: $ 3.046,51 - importe total: $ 30.465,10 Renglón: 7 - cantidad: 24 u. - precio unitario: $ 946,34 - importe total: $ 22.712,16 Renglón: 8 - cantidad: 45 u. - precio unitario: $ 2.476,27 - importe total: $ 111.432,15 Renglón: 9 - cantidad: 3 u. - precio unitario: $ 2.882,35 - importe total: $ 8.647,05 Renglón: 10 - cantidad: 4 u. - precio unitario: $ 787,87 - importe total: $ 3.151,48 Renglón: 11 - cantidad: 14 u. - precio unitario: $ 14.594,45 - importe total: $ 204.322,30 Renglón: 12 - cantidad: 60 u. - precio unitario: $ 399,17 - importe total: $ 23.950,20 Renglón: 13 - cantidad: 17 u. - precio unitario: $ 829,73 - importe total: $ 14.105,41 Renglón: 14 - cantidad: 4 u. - precio unitario: $ 10.116,63 - importe total: $ 40.466,52 Renglón: 15 - cantidad: 5 u. - precio unitario: $ 1.687,86 - importe total: $ 8.439,30 Renglón: 16 - cantidad: 20 u. - precio unitario: $ 1.010,96 - importe total: $ 20.219,20 Renglón: 17 - cantidad: 30 u. - precio unitario: $ 1.590,26 - importe total: $ 47.707,80 Renglón: 18 - cantidad: 8 u. - precio unitario: $ 817,70 - importe total: $ $ 6.541,60 Renglón: 19 - cantidad: 20 u. - precio unitario: $ 2.779,21 - importe total: $ 55.584,20 Renglón: 20 - cantidad: 30 u. - precio unitario: $ 2.481,95 - importe total: $ 74.458,50 Renglón: 21 - cantidad: 30 u. - precio unitario: $ 1.986,86 - importe total: $ 59.605,80 Renglón: 22 - cantidad: 20 u. - precio unitario: $ 5.142,28 - importe total: $ 102.845,60 Renglón: 23 - cantidad: 18 u. - precio unitario: $ 2.167,10 - importe total: $ 39.007,80 Renglón: 24 - cantidad: 30 u. - precio unitario: $ 1.986,86 - importe total: $ 59.605,80 Renglón: 25 - cantidad: 30 u. - precio unitario: $ 1.986,86 - importe total: $ 59.605,80 Renglón: 26 - cantidad: 10 u. - precio unitario: $ 3.199,30 - importe total: $ 31.993,00 Renglón: 27 - cantidad: 10 u. - precio unitario: $ 3.199,30 - importe total: $ 31.993,00 Renglón: 29 - cantidad: 30 u. - precio unitario: $ 876,07 - importe total: $ 26.282,10 Renglón: 30 - cantidad: 10 u. - precio unitario: $ 1.505,47 - importe total: $ 15.054,70 Renglón: 31 - cantidad: 10 u. - precio unitario: $ 9.129,97 - importe total: $ 91.299,70 Renglón: 32 - cantidad: 24 u. - precio unitario: $ 2.072,07 - importe total: $ 49.729,68 Renglón: 33 - cantidad: 20 u. - precio unitario: $ 1.257,30 - importe total: $ 25.146,00 Renglón: 34 - cantidad: 16 u. - precio unitario: $ 2.104,64 - importe total: $ 33.674,24 Renglón: 35 - cantidad: 24 u. - precio unitario: $ 1.039,03 - importe total: $ 24.936,72 Renglón: 36 - cantidad: 5 u. - precio unitario: $ 2.378,55 - importe total: $ 11.892,75 Renglón: 37 - cantidad: 25 u. - precio unitario: $ 1.039,03 - importe total: $ 25.975,75

Renglón: 38 - cantidad: 5 u. - precio unitario: $ 2.084,03 - importe total: $ 10.420,15 Renglón: 39 - cantidad: 5 det. - precio unitario: $ 5.166,45 - importe total: $ 25.832,25. Renglón: 40 - cantidad: 2 u. - precio unitario: $ 469,43 - importe total: $ 938,86 Renglón: 41 - cantidad: 4u. - precio unitario: $ 3.375,71 - importe total: $ 13.502,84 Renglón: 42 - cantidad: 2 u. - precio unitario: $ 888,85 - importe total: $ 1.777,70 Renglón: 43 - cantidad: 4 det. - precio unitario: $ 1.266,95 - importe total: $ 5.067,80 Renglón: 44 - cantidad: 2 u. - precio unitario: $ 12.196,03 - importe total: $ 24.392,06 Renglón: 45 - cantidad: 2 u. - precio unitario: $ 13.322,22 - importe total: $ 26.644,44 Renglón: 46 - cantidad: 20 u. - precio unitario: $ 3.200,33 - importe total: $ 64.006,60 Renglón: 47 - cantidad: 5 det. - precio unitario: $ 1.844,45 - importe total: $ 9.222,25 Renglón: 48 - cantidad: 4u. - precio unitario: $ 28.825,67 - importe total: $ 115.302,68 Renglón: 49 - cantidad: 2 u. - precio unitario: $ 26.644,44 - importe total: $ 53.288,88 Renglón desestimado: 28. Total: pesos un millón novecientos veintidós mil seiscientos noventa y tres con 77/100 ($ 1.922.693,77)

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 296

Page 297: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Encuadre legal: art. 109, Ley N° 2.095 Decreto N° 95/14 Observaciones: se preadjudicó según informe Técnico

Norberto R. Garrote Director Médico (I)

Marcelo Fakih

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2232 Inicia: 16-6-2016 Vence: 21-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. JOSÉ M. PENNA” Preadjudicación - E.E. N° 13.536.163-MGEYA-HGAP/16 Licitación Pública N° 425-0559-LPU16. Clase: etapa única. Rubro comercial: servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de equipo de Rayos X Mca. Pimax. Bioing. Héctor Audello - Sra. Adriana Bruno - Sra. Clara Acosta - Dra. Cristina Desiderio. Rayos Pimax S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 12 u. - precio unitario: $ 6.723.00 - precio total: $ 80.676.00. Total preadjudicado: pesos ochenta mil seiscientos setenta y seis ($ 80.676.00). Fundamento de la preadjudicación: Se ajusta a lo solicitado. Bioing. Héctor Audello. Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar.

Gustavo San Martín Director a/c

Stella Maris Dalpiaz

Gerente Operativa Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2229 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE QUEMADOS Preadjudicación - Expediente N° 13.627.293-HQ/16 Licitación Pública N° 428-0566-LPU16 Acta de Preadjudicación de fecha 14 de junio de 2016. Clase: etapa única.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 297

Page 298: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: reactivos Banco de Sangre. Firmas preadjudicada: Biodiagnóstico S.A. Renglón: 1 - cantidad: 2112 u. - precio unitario: $ 32.54 - importe total: $ 68.724,48. Renglón: 2 - cantidad: 2112 u. - precio unitario: $ 32,37 - importe total: $ 68.365,44. Renglón: 3 - cantidad: 2112 u. - precio unitario: $ 16,77 - importe total: $ 35.418,24. Renglón: 4 - cantidad: 2112 u. - precio unitario: $ 24,49 - importe total: $ 51.722,88. Renglón: 5 - cantidad: 2112 u. - precio unitario: $ 44,71 - importe total: $ 94.427,52. Renglón: 6 - cantidad: 2112 u. - precio unitario: $ 119,56 - importe total: $ 252.510,72. Total preadjudicado: $ 571.169,28 (pesos quinientos setenta y un mil ciento sesenta y nueve con veintiocho centavos). Comisión de preadjudicación: Ricardo Pappalardo (Subdirector Médico); Dr. Jaime Kovensky (Jefe Unidad Laboratorio); Sra. Silvia Solimine (Presupuesto); Dr. Ariel Celi (Jefe Hemoterapia). Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar

Ricardo A. Pappalardo Director

OL 2201 Inicia: 15-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DALMACIO VÉLEZ SARSFIELD” Preadjudicación - E.E. N° 13.792.255- MGEYA-HGAVS/16 Licitación Pública N° 440-0581-LPU16. Dictamen de Evaluación de Ofertas BAC de fecha 15 de junio de 2016. Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: Adquisición de reactivos con destino a la Unidad Laboratorio. Firmas preadjudicadas: Quimica Erovne S.A. Renglón: 1 - cantidad: 300 u. - precio unitario: $ 19,40.- precio total: $ 5.820,00. Renglón: 3- cantidad: 6000 placa - precio unitario: $ 38,00.- precio total: 228.000,00. Renglón: 4 - cantidad: 200 u. - precio unitario: $ 38,00.- precio total: $ 7.600,00. Renglón: 5 - cantidad: 4000 u. - precio unitario: $ 19,40.- precio total: $ 77.600,00. Renglón: 7- cantidad: 240 u. - precio unitario: $ 44,00.- precio total: $ 10.560,00. Renglón: 8 - cantidad: 800 u. - precio unitario: $ 69,90.- precio total: $ 55.920,00. Renglón: 9 - cantidad: 12000 u. - precio unitario: $ 19,40.- precio total: $ 232.800,00. Renglón: 11- cantidad: 8 cajas - precio unitario: $ 2184,00.- precio total: $ 17.472,00. Laboratorios Britania S.A. Renglón: 2 - cantidad: 500 u. - precio unitario: $ 19,10.- precio total: $ 9.550,00. Renglón: 6 - cantidad: 3000 u. - precio unitario: $ 19,10.- precio total: $ 57.300,00. Renglón: 10 - cantidad: 3000 u. - precio unitario: $ 19,10.- precio total: $ 57.300,00. Renglón: 12 - cantidad: 40 u. - precio unitario: $ 370,00.- precio total: $ 14.800,00. Total adjudicado: Setecientos setenta y cuatro mil setecientos veintidós con 00/100 ($ 774.722,00).

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 298

Page 299: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Fundamento de la preadjudicación: Dra. Ana Jelén - Dr. Gustavo A. Fernández Russo - Sr. Juan Carlos Busoni. Vencimiento validez de oferta: 10/8/16. Lugar de exhibición del acta: A través del sistema electrónico Buenos Aires Compras. www.buenosairescompras.gob.ar

Alejandro S. Cacherosky Director

Daniel Filippo

Gerente Operativo de la Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2238 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Rectificación de preadjudicación - Expediente N° 10.653.426-MGEYA/16 Licitación Pública Nº 380/16. Dictamen de Evaluación Nº 380/16. Servicio: Diálisis. Objeto de la contratación: Adquisición de Insumos y Soluciones. Firmas preadjudicadas: Nipro Medical Corporation Renglón: 1 - cantidad: 1200 u. - precio unitario: $ 37,00 - precio total: $ 44.400,00. Renglón: 2 - cantidad: 1200 u. - precio unitario: $ 37,00 - precio total: $ 44.400,00. Renglón: 3 - cantidad: 800 u. - precio unitario: $ 319,00 - precio total: $ 255.200,00. Renglón: 4 - cantidad: 1000 u. - precio unitario: $ 9,71 - precio total: $ 9.710,00.- Storing Insumos Médicos S.R.L. Renglón: 5 - cantidad: 1100 u. - precio unitario: $ 11,24 - precio total: $ 12.364,00.- Renglón: 6 - cantidad: 1000 u. - precio unitario: $ 159,00 - precio total: $ 159.000,00.- Monto total preadjudicado: $ 525.074,00. Consultas: Pilar 950, E.P., Oficina de Compras, en el horario de 9 a 14 horas.

José L. Echave Subdirector

Domingo R. Fenoglietto

Jefe Depto. Medicina OL 2235 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 299

Page 300: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Y PRESUPUESTO Circular N° 2 con consulta - Licitación Pública Nº 358/16 Provisión, instalación, y Validación de equipos para esterilización por vapor - autoclaves para diferentes efectores dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” - Licitación Pública Nº 401-0358-LPU16 Consulta N° 1 Respecto a los hospitales Argerich, Durand, Lagleyze y Zubizarreta: Realizamos la visita correspondiente a cada hospital, y en ninguno de ellos el autoclave se debe instalar en planta baja, lo cual implica utilizar el ascensor para trasladarlo. Según dimensiones y peso del equipo (Mil kilos) puede ser utilizado. Necesitamos que nos confirmen si realmente se puede utilizar para el traslado. En caso de que la respuesta sea afirmativa precisamos que al momento de la instalación, el ascensor se encuentre en funcionamiento y condiciones para tolerar el peso. Respuesta N° 1 Se informa que los equipos podrán trasladarse por los huecos de los ascensores con el uso de malacates a proveer por el adjudicatario. Para esta maniobra deberán coordinar con el personal que designe al efecto la Dirección General Recursos Físicos en Salud y con el efector la parada de los ascensores. La presente Circular se emite conforme lo informado por la Dirección General Recursos Físicos en Salud mediante Nota N° NO-2016-15447952-DGRFISS. Número: PLIEG-2016-15574266- DGADCYP.

Emilse Filippo Directora General

OL 2237 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 300

Page 301: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. COSME ARGERICH” Provisión de equipamiento médico - Expediente N° 29.414.658/15 Llámase a Contratación Menor Nº BAC 412-2428-CME15, cuya apertura se realizará el día 27/6/16, a las 8 hs., para la provisión de equipamiento médico especificado (Impedanciometro clínico, etc.) Autorizante: Disposición Nº 254/HGACA/16. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”, con destino a diferentes servicios de este Establecimiento Asistencial. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Néstor Hernández Director Médico

OL 2198 Inicia: 15-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. COSME ARGERICH” Mantenimiento bacteriología - Expediente N° 12.856.312/16 Llámase a Contratación Menor BAC N° 412-1128-CME16, cuya apertura se realizará el día 1/7/16, a las 8.30 hs., para la mantenimiento bacteriología (servicio de validación de cabina, etc.) Autorizante: Disposición Nº 252/HGACA/16. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”, con destino a la División Laboratorio. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Néstor Hernández Director

OL 2227 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 301

Page 302: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. COSME ARGERICH” Provisión de gases medicinales - Expediente N° 14.065.400/16 Llámase a Contratación Menor Nº BAC 412-1514-CME16, cuya apertura se realizará el día 21/6/16, a las 8 hs., para la provisión de gases medicinales (Gas Helio) con destino a la División Farmacia. Autorizante: Disposición Nº 255/HGACA/16. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich. Con destino a la División Rayos. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Néstor Hernández Director Médico

OL 2210 Inicia: 15-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. COSME ARGERICH” Preadjudicación - Expediente N° 12.607.863/16 Contratación Directa N° 412-0327-CDI16. Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 19 de junio de 2016 Clase: etapa única Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: provisión de insumos (Protrombina, etc.) Firma preadjudicada: Tecnolab S.A. Renglón: 1 - 1800 u. - precio unitario: $ 73,79 - total renglón: $ 132822,00. Renglón: 2 - 1400 u. - precio unitario: $ 92,45 - total renglón: $ 129430,00. Renglón: 3 - 800 u. - precio unitario: $ 122,20 - total renglón: $ 97760,00. Renglón: 4 - 100 u. - precio unitario: $ 150,86 - total renglón: $ 15086,00. Renglón: 5 - 100 u. - precio unitario: $ 237,49 - total renglón: $ 23749,00. Renglón: 6 - 100 u. - precio unitario: $ 156,85 - total renglón: $ 15685,00. Renglón: 7 - 600 u. - precio unitario: $ 115,39 - total renglón: $ 69234,00. Renglón: 8 - 1400 u. - precio unitario: $ 210,81 - total renglón: $ 295134,00. Renglón: 9 - 300 u. - precio unitario: $ 127,50 - total renglón: $ 38250,00. Renglón: 10 - 100 u. - precio unitario: $ 254,09 - total renglón: $ 25409,00. Renglón: 11 - 600 u. - precio unitario: $ 123,05 - total renglón: $ 73830,00. Renglón: 12 - 200 u. - precio unitario: $ 194,69 - total renglón: $ 38938,00. Renglón: 13 - 1000 u. - precio unitario: $ 55,80 - total renglón: $ 55800,00. Renglón: 14 - 200 u. - precio unitario: $ 169,09 - total renglón: $ 33818,00.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 302

Page 303: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Renglón: 15 - 200 u. - precio unitario: $ 146,07 - total renglón: $ 29214,00. Renglón: 16 - 200 u. - precio unitario: $ 146,07 - total renglón: $ 29214,00. Renglón: 17 - 100 u. - precio unitario: $ 231,08 - total renglón: $ 23108,00. Total preadjudicado: pesos un millón ciento veintiséis mil cuatrocientos ochenta y uno. ($ 1.126.481,00.). Renglones desiertos: 0 Fundamento de la preadjudicación: Dra. Marta Ferraris - Shigeru Kozima - Dra. Lilia Vázquez. Vencimiento validez de oferta: 26/7/16. Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar, por 1 día a partir del 16/6/16.

Néstor Hernández Director

Leonardo Rodríguez Mormandi

Gerente Operativo OL 2223 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. COSME ARGERICH” Adjudicación - Expediente N° 12.141.768/16 Contratación Directa Menor N° 412-1048-CME16. Clase: etapa única Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: Provisión de Insumos para Neonatología. Firmas adjudicadas: Sancor Coop. U.L. Renglón: 1 - 1800 u. - precio unitario: $ 6,47 - total renglón: $ 11.646,00. Renglón: 2 - 1000 u. - precio unitario: $ 102,47 - total renglón: $ 102.500,00. Pharmos S.A. Renglón: 1 - 100 u. - precio unitario: $ 81,31 - total renglón: $ 8.131,00. Renglón: 2 - 500 u. - precio unitario: $ 116,16 - total renglón: $ 58.080,00. Total adjudicado: pesos quinientos treinta y un mil ($ 531.000,00). Renglones desiertos: 0 Fundamento de la adjudicación: Shigeru Kozima, Dra Marta Ferraris, Dra. Lilia Vázquez. Vencimiento validez de oferta: 13/7/16.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 303

Page 304: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

OL 2226 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 304

Lugar de exhibición del acta www.buenosairescompras.gob.ar, por 1 día a partir del 16/6/16.

Néstor Hernández Director

Leonardo Rodríguez Mormandi

Gerente Operativo

Page 305: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Preadjudicación - "Puesta en valor Puentes sobre FFCC. Sarmiento - Río de Janeiro, Otamendi, Campichuelo e Hidalgo" - E.E. N° 8.548.659-MGEYA-DGRU/16 Licitación Pública N° 253/SIGAF/2016 Acta N° 6/2016 de fecha 13 de Junio de 2016. Clase: Etapa única. Rubro Comercial: Contratación de Obras Generales, Carpintería, Herrería, Pintura, Servicio de Profesionales de la construcción. Objeto de la Contratación: "Puesta en valor Puentes sobre FFCC. Sarmieto - Río de Janeiro, Otamendi, Campichuelo e Hidalgo" Orden de Mérito: BOSQUIMANO S.A. - La Oferente cumple con los requisitos exigidos por los pliegos de la licitación y segunda en el Orden de Mérito. Firma Preadjudicataria: Vivero Cuculo S.R.L. (CUIT: 30-65027365-2) Domicilio: AV. DE LOS INCAS 4354, C.A.B.A. Total Preadjudicado: pesos ocho millones setenta y cinco mil treinta y tres con 80/100 ($ 8.075.033,80.-) Fundamento de la Preadjudicación: por cumplir con los requisitos exigidos por los pliegos de la licitación. No se consideran: Las ofertas presentadas por las firmas DAL CONTRUCCIONES S.A., EDIFICADORA TAURO S.A. y EMACO S.A. según los términos vertidos en la mencionada Acta.

Juan C. Pérez Colman Director General

OL 2189 Inicia: 14-6-2016 Vence: 16-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 305

Page 306: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL CEMENTERIOS Servicio de reparación de ascensores en los cementerios Metropolitanos - E.E. N° 11.017.244-DGCEM/16 y N° 13.682.025-DGTALMAEP/16 Llámase, en un todo de acuerdo a la Disposición N° 76/DGCEM/16, a Licitación Pública Nº 8503-0578-LPU16 para el día 4 de julio de 2016 a las 14 horas, al amparo de lo establecido en los artículos 31 y 32 primer párrafo de la Ley Nº 2095 en su texto consolidado por Ley N° 5454 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, para la contratación del “Servicio de reparación, mantenimiento y conservación integral de ascensores y monta ataúdes en los Cementerios Metropolitanos” con destino a la Dirección General Cementerios dependiente de la Subsecretaria Mantenimiento del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Consulta y adquisición de pliego: los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en www.buenosairescompras.gob.ar. Visita Técnica: 22 de junio de 2016. Valor del pliego: sin valor Lugar de presentación de las ofertas y apertura: La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en los pliegos de bases y condiciones y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellas en soporte electrónico.

Eduardo R. Somoza Director General

OL 2213 Inicia: 15-6-2016 Vence: 16-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 306

Page 307: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Ente de Turismo

ENTE DE TURISMO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Servicio de producción de evento - E.E. N° 15.203.678-MGEYA-DGTALET/16 El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a Contratación Menor Nº 9268-1491-CME16, para el día 22 de junio de 2016, a las 15 hs, para la contratación de un servicio de producción de evento, con motivo de la realización de una jornada de capacitación y de presentación del destino Ciudad de Buenos Aires, a efectuarse el día 1° de julio del año en curso, en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba. Valor de pliego: sin valor. Apertura: Sistema Buenos Aires Compras (BAC), Av. Martín García 346, piso 2°, CABA. Acto Administrativo autorizante: Disposición N° 61/DGTALET/16 Repartición destinataria: Ente de Turismo (ENTUR).

Adrián Campos Director General

OL 2216 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

ENTE DE TURISMO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Contratación de la membresía - E.E. Nº 14.802.912-MGEYADGCYC/16 El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a Contratación Directa N° 2520/SIGAF/16, para el día 23 de junio de 2016, a las 11 hs, para la contratación de la membresía USTOA (United States Tour Operators Association). Valor del pliego: sin valor. Apertura: Av. Martín García 346, piso 2°, CABA. Acto Administrativo autorizante: Disposición N° 62/DGTALE/16. Repartición destinataria: Ente de Turismo (ENTUR).

Adrián Campos Director General

OL 2217 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 307

Page 308: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Banco Ciudad de Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Consultora para la realización de estudios de mercado - Carpeta de Compra N° 22.365 Llamado a presentación de ofertas, Carpeta de Compra N° 22.365, para la contratación de una consultora para la realización de estudios de mercado (Focus Group, Posicionamiento de Marca, Social Media Monitoring, Entrevistas Telefónicas y Encuestas OnLine), por el plazo de 12 meses con opción por parte del Banco a renovarlo por 12 meses más. El pliego de bases y condiciones se encuentra a disposición de los interesados, en la página web del Banco (www.bancociudad.com.ar/Nosotros/Licitaciones-Proveedores). Fecha de fin de consultas: 24/6/16 a las 15 horas. Fecha de apertura de ofertas: 30/6/16 a las 11 horas. Lugar de apertura de ofertas: Gerencia de Compras, sita en Florida 302 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Jessica Maiolo Jefe de Equipo Prestaciones

BC 132 Inicia: 14-6-2016 Vence: 16-6-2016

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Provisión de sobres - Carpeta de Compra N° 22.404 Llámese a licitación pública (Carpeta de Compra N° 22.404) con referencia a la “Provisión de sobre depósito TAS (Art. 13000130) y sobre oficio inglés con ventana (Art. 13000134)”, con fecha de apertura el día 4/7/16 a las 11 horas. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos sin cargo).

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 308

Page 309: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Inicia: 15-6-2016 Vence: 21-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 309

Consulta y adquisición de pliegos: Página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar / licitaciones. Fecha tope de consultas: 28/6/16.

Sebastián A. Nicolay Jefe de Equipo

Equipo Provisiones

Mario A. Selva Coordinador Operativo

BC 134

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Ministerio Público Tutelar

MINISTERIO PUBLICO TUTELAR UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Adquisición de consola LCD 19 - Contratación Directa N° 2/16 Llámase a Contratación Directa Nº 2/16, cuya apertura se realizará el día 29/6/16, a las 13.30 hs., para la adquisición de una (1) Consola LCD 19” para rack, conforme las especificaciones técnicas detalladas en el punto 2 del pliego de bases y condiciones particulares. Renglón: 1 - producto: Consola LCD 19” para rack. Teclado: Teclado tamaño completo con panel numérico integrado. Cable de alimentación: C13-C14 power cord. Altura máxima: 44,4.4 cm. Anchura máxima: 482, 48.2 cm. Profundidad máxima: 665 , 66.5 cm. Altura de racks: 1 U. Peso neto: 17,4 kg. Color: negro. Tipo de trackball: PS/2 Touchpad, USB mouse. Suministro eléctrico de entrada: 19.0 vatios. Frecuencia de entrada 50/60 HZ. Garantía: 24 meses - cantidad: 1 Especificaciones técnicas, soportes y garantías detallados en el pliego de bases y condiciones particulares, que como Anexo I forma parte integrante de la Disposición UOA N° 5/16. Autorizante: Disposición UOA N° 5/16 Repartición destinataria: dependencias del Ministerio Público Tutelar. Valor del pliego: Sin valor. Adquisición de pliegos de bases y condiciones generales y particulares: por mail dirigido al Departamento de Compras y Contrataciones [email protected], o por nota en el Departamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Tutear, sito en Florida 15, piso 7°, de lunes a viernes en el horario de 9 a 15 hs. También podrán ser obtenidos a través de la página web del Ministerio Público Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires http://mptutelar.gob.ar/compras-y-contrataciones. Consultas de pliegos: por mail dirigido al Departamento de Compras y Contrataciones [email protected], hasta 48 hs. antes de la fecha prevista para la apertura de ofertas. Lugar de apertura: en la sede de la Asesoría General Tutelar, sita en Florida 15, piso 7°, C.A.B.A.

Juan I. Carranza Titular de la UOA

OL 2239 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 310

Page 311: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del

Estado

SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES S.E. Blindaje de Boleterías - Licitación Pública Nº 193/16 Síntesis: Proyecto, Fabricación y Montaje del blindaje de 29 boleterías de 16 estaciones de la red de Subterráneos de la Ciudad de Buenos Aires. Obtención y adquisición del pliego: los interesados deberán registrarse conforme se indica en el PCG, hasta el 6 de julio de 2016 inclusive. Los pliegos de bases y condiciones podrán ser consultados gratuitamente en www.buenosaires.gob.ar/subte/2016. Valor del pliego: pesos cuatro mil ($ 4.000), IVA incluido Presupuesto oficial: pesos quince millones ($ 15.000.000) IVA incluido. Plazo total: seis (6) meses. Recepción y apertura de las ofertas: Las ofertas deberán ser presentadas en Agüero 48 planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta las 11 hs. del día 15 de julio de 2016. La apertura se realizará el mismo día y en el mismo lugar a las 11:15 hs.

Juan P. Piccardo Presidente

OL 2236 Inicia: 16-6-2016 Vence: 22-6-2016

SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES S.E. Sistema de señalamiento - Licitación Pública Internacional Nº 196/16 Línea “D” Nuevo Sistema de Señalamiento. Síntesis: Desarrollo de la ingeniería de detalle, fabricación, transporte, provisión, instalación, pruebas y puesta en servicio de las instalaciones de un nuevo sistema de señalamiento CBTC en la Línea “D”, de puertas de andén en las estaciones y mantenimiento de las instalaciones por un periodo de cinco (5) años a partir de la recepción provisoria. Presupuesto oficial: pesos doscientos siete millones cien mil ($ 207.100.000), más dólares estadounidenses sesenta y cinco millones cuatrocientos sesenta y cinco mil (USD 65.465.000), IVA incluido. Obtención y adquisición del pliego: los interesados deberán registrarse conforme se indica en el PCG, hasta el 12 de septiembre de 2016 inclusive. Los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares, podrán ser consultados gratuitamente en el sitio web: http://www.buenosaires.gob.ar/subte/2016. Valor del pliego: pesos ciento nueve mil ($ 109.000), IVA incluido Plazo total: cuarenta y siete (47) meses de obra y cinco (5) años de mantenimiento.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 311

Page 312: Boletín Oficial - Buenos Aires...(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: boletin_oficial@buenosaires.gob.ar licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar

Recepción y apertura de las ofertas: Las ofertas deberán ser presentadas en Agüero 48, planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta las 11 hs. del 12 de septiembre de 2016. La apertura se realizará el mismo día y en el mismo lugar a las 11.15 hs.

Juan P. Piccardo Presidente

OL 2211 Inicia: 15-6-2016 Vence: 21-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 312

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Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Preadjudicación - Expediente N° 8.680.226/16 Licitación Pública Proceso de Compra Nº 0235/16 - BAC. Rubro: provisión de material sanitario. Se preadjudica a favor de: La Oferta perteneciente a la firma: RVGM S.R.L. los Renglones 1, 2, 5, 6, 7, 15, 20, 22, 36, 47, 54, 58, 60, 69 y 70 al amparo del arts. 108 y 109 de la Ley N° 2095. Monto total: pesos ochocientos cuarenta y tres mil setecientos diecinueve con 60/100 ($ 843.719,60). La Oferta perteneciente a la firma: Drog. Martorani S.A. los Renglones 13, 18, 28, 29, 32, 34, 35, 55, 56, 57, 61 y 63 al amparo del art. 108 y 109 de la Ley N° 2095. Monto total: pesos ochocientos treinta y ocho mil cincuenta y uno con 20/100 ($ 838.051,20). La Oferta perteneciente a la firma: B. Dikinson Arg. S.R.L. los Renglones 8, 9, 10, 11 y 31 al amparo del art. 108 de la Ley N° 2095. Monto total: pesos treinta y seis mil sesenta y ocho con 00/100 ($ 36.068,00). La Oferta perteneciente a la firma: Feraval S.A. los Renglones 12 y 16 al amparo del arts. 108 de la Ley N° 2095. Monto total: pesos doscientos sesenta y tres mil ciento veinte con 00/100. ($ 263.120,00). La Oferta perteneciente a la firma: Droguería Artigas S.A. los Renglones 19 y 59 al amparo del art. 108 de la Ley N° 2095. Monto total: pesos ciento sesenta y tres mil seiscientos setenta y siete con 20/100. ($ 163.677,20). La Oferta perteneciente a la firma: Storing Insumos Médicos S.R.L. los Renglones 3, 4, 14, 17, 21, 27, 30, 33, 49, 53, 67, 68 y 72 al amparo del art. 108 de la Ley N° 2095. Monto total: pesos trescientos doce mil seiscientos dos con 80/100 ($ 312.602,80). La Oferta perteneciente a la firma: Farmacia Colón S.R.L. los Renglones 37, 38, 39 y 46 al amparo del arts. 108 y 109 de la Ley N° 2095. Monto total: pesos quinientos treinta y nueve mil trescientos cuarenta y nueve con 12/100 ($ 539.349,12). La Oferta perteneciente a la firma: Macor Ins. Hospitalarios los Renglones 40, 41, 42, 43, 44 y 45 al amparo del art. 108 de la Ley N° 2095. Monto total: pesos ciento cuarenta y siete mil doscientos treinta y dos con 00/100 ($147.232,00). La Oferta perteneciente a la firma: Ceemed S.H. el Renglón 48 al amparo del art. 108 de la Ley N° 2095. Monto total: pesos quinientos cinco con 20/100 ($ 505.20). La Oferta perteneciente a la firma: Medi Sistem S.R.L. el Renglón 62 al amparo del art. 108 de la Ley N° 2095. Monto total: pesos quinientos cincuenta mil con 00/100 ($ 550.000,00). Monto total de la preadjudicación: pesos tres millones seiscientos noventa y cuatro mil trescientos veinticinco con 12/100 ($ 3.694.325,12). Observaciones: Los motivos de las Ofertas desestimadas por la CEO figuran en el sistema BAC y en el Portal de Internet del GCBA. No se considera:

Los motivos de los renglones desestimados por la CEO de las Ofertas correspondientes a la Licitación de referencia figuran detallados en el sistema BAC y en el Portal de Internet del GCBA.

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Miguel Pisani Moyano Subgerente Operativo de Evaluación y Control del Gasto

Dirección Operativa de Oficina de Gestión Sectorial OL 2215 Inicia: 16-6-2016 Vence: 16-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 314

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Prórroga - Expediente N° 10.520.928-UPEPH/15 Postérgase para el día 21 de julio de 2016 a las 12.30 hs. la apertura de las ofertas de la Licitación Pública Internacional N° 365/SIGAF/16, que tramita la contratación de la Obra “Contratación de las Obras Gestión Integral de Aguas Urbanas en Áreas Marginadas de la Cuenca Cildañez”.

Juan S. Serra Director General

OL 2095 Inicia: 9-6-2016 Vence: 30-6-2016

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Edictos Particulares Particular

Transferencia de Habilitación. E.E.N° 14.213.484/MGEYA-MGEYA/16 Madero Antigüedades S.A. representada por su presidente Silvia Delia Laffue (DNI 10.747.510) con domicilio en Defensa 550 CABA avisa que transfiere la habilitación municipal del local sito en Defensa 550 UF 1 PB y EP CABA que funciona en el carácter de: (602010) casa de lunch, (602020) café bar, (602021) com. min. bar lácteo, (602030), despacho de bebidas, wisquería, cervecería, (603050) com. min. exposición y vta. de objetos usados en general, (603080) com. min. de antigüedades, objetos de arte, (603240) com. min. de calzados en general, art. de cuero, talabartería, marroquinería, (604220) galería de arte. Expediente Nº 55162-2008 otorgada mediante Disposición Nº 6302-DGHP-2011 de fecha 03-06-2011, superficie 281.82 m2. Observaciones: zona 2B, certificado de aptitud ambiental 11947-10, Disposición 759-DGET-10, dictamen 316-DGIUR-2008, Disposición 084-DGIUR-2008, plano registrado de ventilación mecánica por Expediente 30043-2001, cumple resolución 309-SJYSU-2004. Por último, registra constancia en textos de comentarios del Padrón de Locales del sistema RULH, que con fecha 12-05-2016 se procedió a efectuar el alta de la habilitación otorgada por Disposición Nº 6302-DGHP-2011, recaída en el Expediente Nº 55162-2008 en virtud del dictamen emitido por la Subgerencia Operativa Dictámenes IV según su Informe IF-2016-11777083-AGC obrante a fs. 128 de la referida actuación habilitante; a KOSHKILL S.R.L. representada por su socio gerente Alexis Martin Fusario (DNI 22.128.242) con domicilio en Defensa 550 CABA. Reclamos de Ley y domicilio de partes en Defensa 550 CABA.

Solicitante: Koshkill S.R.L.

EP 178 Inicia: 10-6-2016 Vence: 16-6-2016 Transferencia de Habilitación. E.E.N° 14.747.566/MGEYA-MGEYA/16 Transportes Automotores Plusmar S.A. transfiere la habilitación municipal a Transportadora de Caudales Juncadella S.A., del local ubicado en la calle Iriarte Nº 1385 PB EP, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, obra constancia de Habilitación, para funcionar en carácter de (500.200) Elab. de masas, pasteles, sándw. y prod. simil., etc. Sup. 1500 m2 (503.107) Taller de partes y accesorios de Automóvil. Sup. 3834.32 m2 (604.010) Oficina Comercial. Sup. 3834.32 m2 (604.200) Lavadero Automático de Vehículos automotores. Sup. 500 m2 (604.290) Estafeta Postal. Sup. 3834.32 m2. (605.080) Garage para Omnibus y Colectivos. Sup. 3834.32 m2., por Expediente Nº 57271/2003, mediante Disposición Nº 976/DGHP-2007, otorgada en fecha 20/03/2007. Observaciones: PU Reg. De Patricios AV, 1847. PU General Daniel Cerri 1348 y Azara S-N-. Presenta plano conforme a obra de condiciones contra incendio aprobado por Expte. 27884-2003. Categorización aprobada por Resolución 958-SSMA-2004. Sup. Cub. 1445.79 m2. Superf. Semicubierta 2388.53 m2. Adjunta autorización de emplazamiento por Disp. 022-DGPI-2003. Reclamos de ley en el mismo local.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 316

Solicitante: Transportadora de Caudales Juncadella S.A.

EP 184 Inicia: 10-6-2016 Vence: 16-6-2016

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Transferencia de Habilitación. E.E.N° 14.894.268/MGEYA-MGEYA/16

Por la presente anuncio el cambio de titularidad de la Habilitación Comercial del local de la calle Av. de los Incas N°3550, Delgado 1581 PU/85/95/99 – PB y PA de la Ciudad de Buenos Aires, con una superficie habilitada de 329,46 m2, “para funcionar en el carácter de (600.011) Com. Min. de leña y carbón de leña, (602.020) Café bar, (603.496) Venta minoristas por sistema de autoservicio de bebidas, (603.497) Vent. minorista por sistema de autoservicio de prod alimenticios envasados, (603.498)Venta minorista por sistema de autoservicio de limpieza y tocador, (603.499) Venta minorista por sistema de autoservicio de kiosco, (603.500) Com. Min. Autoserv. en Estac. de Serv, hielo, carbón, bebid. Env. Art quiosco, (604.027) Banco – cajero automático, (604.060) Estación de servicio, (604.290) Estafeta postal, por Expediente N°1643088-2011, mediante Disposición N° 12730/DGHP/2011 otorgada en fecha 14/10/2011. Observaciones: el local se halla comprendido en el art.40 de la ley n°123. Actividad sujeta al cumplimiento de lo establecido en el decreto 2724/GCBA/2003. Se concede la presente en idénticos términos que la transferencia anterior otorgada por expediente N° 84562/2007. Se procesa conforme el memo N° 116/DGHP/2007 (en forma manual), por cambio de titularidad de Juan Carlos Bargiela a Axion Energy Argentina S.A. CUIT: 30-50691900-9.

Solicitante: Axion Energy Argentina S.A.

EP 185 Inicia: 16-6-2016 Vence: 24-6-2016

Transferencia de Habilitación. E.E.N° 15.110.239/MGEYA-MGEYA/16

POLENTA Y PICANTE S.A. , con sede en Gorriti Nº 5092 y Thames 1497 Planta Baja y Planta Alta de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por Aldo Gustavo Amer DNI Nº 17.766.793, transfiere Habilitación Municipal, rubros Restaurante, Cantina (602000), Casa de Lunch (602010), Café Bar (602020), Despacho de Bebidas, wiskería, cervecería (602030), Parrilla (602060), por expediente Nº 2243837/2011, mediante disposición Nº 8931/DGHP/2012 otorgada en fecha 30/08/2012. Superficie habilitada: 216,50 m2. Observaciones: PU: Thames 1497 el local no posee servicio de envío a domicilio. se concede la presente en idénticos términos que la habilitación anterior otorgada por expediente Nº 72428/2001, a LOS INDESTRUCTIBLES S.A. con domicilio en Gorriti Nº 5092, Thames Nº 1497 Planta Baja y Planta Alta, Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Solicitante: Aldo Gustavo Amer Presidente por Los Indestructibles S.A.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 317

EP 187 Inicia: 16-6-2016 Vence: 24-6-2016

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Transferencia de Habilitación. E.E.N° 15.235.796/MGEYA-MGEYA/16 El señor Miraglia Héctor Guillermo, CUIT 20-12013390-0, transfiere la habilitación municipal a H.G.M Equipamientos S.R.L, CUIT 30-70734364-4, del local ubicado en la calle Terrero N° 3112 PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona en carácter de (501270) Taller de carpintería , ebanistería y tapizado de muebles , por Expediente N° 50504-2000, mediante Decreto Nº 2516-98 con fecha 17-08-2000. Superficie habilitada 434,70 m2. Observaciones: UF. 3-4 / PU 3118 / EP / HAB. ANT. 51899/91

Solicitante: H.G.M Equipamientos S.R.L

EP 189 Inicia: 16-6-2016 Vence: 24-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 318

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Edictos Oficiales Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. JUAN A. FERNÁNDEZ” Notificación - Registro N° 61/16 La Dirección del Hospital General de Agudos Dr. Juan A. Fernández, cita a la agente GODOY, ELBA, CUIL 27-18264587-2, a presentarse al Dpto. de Recursos Humanos del citado Establecimiento, dentro de las 72 hs a fin de regularizar su situación laboral, caso contrario se procederá de acuerdo a la reglamentación vigente.

José Lanes Director

EO 818 Inicia: 15-6-2016 Vence: 21-6-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. JUAN A. FERNÁNDEZ” Notificación - Registro N° 62/16 La Dirección del Hospital General de Agudos Dr. Juan A. Fernández, cita a la agente CASQUERO, ELIANA, CUIL 27-35425106-5, a presentarse al Dpto. de Recursos Humanos del citado Establecimiento, dentro de las 72 hs a fin de regularizar su situación laboral, caso contrario se procederá de acuerdo a la reglamentación vigente.

José Lanes Director

EO 819 Inicia: 15-6-2016 Vence: 21-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 319

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA Notificación - Expediente Nº 1.654.282-MGEyA-2012 e incorporados el Expediente N° 136.334-MGEyA-2012. La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente Almirón Miguel Ángel, los términos de la Resolución N° 1361/DGR/2016, de fecha 19 de Mayo de 2.016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

Artículo 1º.- Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por el contribuyente ALMIRON MIGUEL ANGEL, inscripto en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente Local bajo el N° 1214318-09 y CUIT 20-30467207-3, con domicilio fiscal no informado y con domicilio comercial y constituido a los efectos fiscales sito en la calle Cuba N° 3718, Departamento 1, Comuna N° 13 de ésta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad declarada sujeta a tributo consiste en "Venta al por mayor de partes, piezas y accesorios" en relación a los períodos fiscales 2010 (4º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1° a 10° anticipos mensuales). Artículo 2º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, por los períodos fiscales 2010 (4º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1° a 10° anticipos mensuales) en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Establecer que al contribuyente le corresponde tributar el impuesto que nos ocupa respecto de la actividad "Venta al por mayor de partes, piezas y accesorios", le corresponde tributar para los períodos fiscales 2010 (4º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1° a 10° anticipos mensuales), a la alícuota del 3% de conformidad al artículo 53 inciso 9) de la Ley Tarifaria para el año 2012. Artículo 4°.- Concluir el sumario instruido considerando al contribuyente incurso en la figura de defraudación fiscal aplicándole una multa de $772.037,06.- (pesos setecientos setenta y dos mil treinta y siete con seis centavos) equivalente al doscientos por ciento (200%) del impuesto defraudado ($386.018,53.-), conforme se desprende del Anexo que forma parte integrante de la presente. Artículo 5º.- Intimar al contribuyente, para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingrese la suma de $386.018,53 (pesos trescientos ochenta y seis mil dieciocho con cincuenta y tres centavos), que resulta adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 76 del Código fiscal

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T.O. 2015 (con las modificaciones introducidas por la Ley N° 5493, B.O. N° 4792 de fecha 04/01/16) y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de $772.037,06.- (pesos setecientos setenta y dos mil treinta y siete con seis centavos) equivalente al doscientos por ciento (200%) del impuesto defraudado, debiendo acreditar su pago ante esta Administración bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3 inciso 12) del Código Fiscal citado y ejecución fiscal, a cuyo efecto deberán concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición sita en Viamonte 900 -Anexo Edificio Esmeralda 638 4º piso-, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 6°.- Tener por constituido el domicilio del contribuyente ALMIRON MIGUEL ANGEL, en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y por válidamente notificada la presente y posteriores actos administrativos, los días martes o viernes - o el siguiente día hábil si alguno es feriado- inmediato al de la fecha de su suscripción, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente. Artículo 7º.- Intimar al responsable, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se lo intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo el contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8º.- Regístrese; notifíquese al contribuyente en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, dejándose constancia en estos obrados y por medio de la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código fiscal T.O. 2015 (con las modificaciones introducidas por la Ley N° 5493, B.O. N° 4792 de fecha 04/01/16) y disposiciones concordantes de años anteriores, con copia de la presente y resérvese.

Demian Tujsnaider Director General de Rentas

EO 817 Inicia: 15-6-2016 Vence: 21-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 321

ANEXO

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCION GENERAL DE RENTAS Intimación - Expediente Nº 65.328/12 La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma BOSSOTTO GRETA ELIZABETH Inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos Contribuyente Local N° 1198639-05, CUIT N° 27-17612200-0 con domicilio fiscal en calle JUAN BAUTISTA ALBERDI 1591 PISO 2, DPTO 9, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que según se comunicó mediante edicto oficial N° 347 el inicio del proceso de inspección destinado a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias , que la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene potestad de recaudación y control mediante cargo de inspección N° 8960/2012. Que verificados los incumplimientos de cada uno de los puntos intimados oportunamente se comunica que surgen diferencias de verificación a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por el importe de Pesos $ 37.826,43.- (pesos treinta y siete mil ochocientos veintiseis con 43/100) que se detalla en anexo que se acompaña, según surge del Expediente Nro. 65328/2012. En razón de los motivos expuestos, se intima a que el primer día viernes hábil posterior al vencimiento de la publicación de este Edicto, se presente el contribuyente, persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento Externa "D", de la Dirección de Fiscalización Integral y Operativos Especiales de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 2do. Piso, sector Esmeralda, de 9:00 a 12:30 hs , a los efectos de prestar conformidad ó no a las Diferencias de Verificación de carácter parcial por los períodos: 12/2010 a 09/2012 determinadas en función a la exclusión como contribuyente del Régimen Simplificado a partir del período 11/2010 Código Fiscal t.o. 2009 Articulo 209 Inc.F-Desarrollen la actividad de Comercio Mayorista en General, de acuerdo al siguiente detalle: 1) Diferencias de base imponible por Montos gravados declarados en I.V.A en el período 12/2010; y 2) Incremento patrimonial no justificado según acreditaciones bancarias en los períodos 01-2011 a 09-2012. En caso de prestar conformidad a los ajustes efectuados, deberá abonar el impuesto resultante con más los recargos correspondientes que establece el artículo 76 del Código Fiscal Vigente (t.o. 2015), dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores al plazo anteriormente mencionado. En caso de incomparecencia en la fecha, hora y lugar indicados dichas diferencias se considerarán como no conformadas dando lugar al inicio del procedimiento de Determinación de Oficio, la instrucción de sumario siendo pasible de continuar incluido en el Padrón Contribuyentes Riesgo Fiscal según lo establece la Resolución Nº 918-AGIP-2013.

Claudio Basile

Director de Fiscalización Integral y Operativos Especiales

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 322

EO 825 Inicia: 16-6-2016 Vence: 22-6-2016

ANEXO

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ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación - Expediente Nº 6.425.141/13

Buenos Aires, 23 de Mayo de 2016 La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al contribuyente VENOLA S.A., Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 1264254-01 (ex 125489/09), CUIT N° 30-71168353-0 con domicilio fiscal en la Talcahuano Piso 1° Dpto 1, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se deja sin efecto las diferencias comunicadas mediante Edicto Oficial Nº 727 iniciado el 31 de Agosto de 2015 y finalizado el 02 de Septiembre de 2015, por los periodos 07/2011 y 08/2011, 10/2011 a 12/2011, 01/2012 y 02/2012, 04/2012 a 06/212, 08/2012 a 12/2012 y 03/2013. Asimismo en este acto se informa que verificados los incumplimientos de cada uno de los puntos intimados oportunamente se comunica que surgen diferencias de verificación a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se detallan en ANEXO que se acompaña. Por tal motivo se intima a que el primer Miércoles hábil a contar desde la fecha de la última publicación de este Edicto a las 11 horas, se presente persona responsable de la firma, debidamente autorizada y/o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la Dirección de Planificación, Asignación y Normas, perteneciente a la Subdirección General de Fiscalización de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sita en Viamonte 900, 1er. Piso, sector Esmeralda, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos de notificarse de las Diferencias de Verificación de carácter parcial, determinadas por los períodos: 07/2011 y 08/2011, 10/2011 a 12/2011, 01/2012 y 02/2012, 04/2012 a 06/2012, 08/2012 a 12/2012, 02/2013 y 03/2013, en caso de prestar conformidad a los ajustes efectuados, deberá abonar el impuesto resultante con más los recargos correspondientes que establece el artículo 76 del Código Fiscal Vigente (t.o. 2015), dentro de los 15 (quince) días posteriores al plazo anteriormente mencionado. En caso de incomparecencia en la fecha, hora y lugar indicados dichas diferencias se considerarán como no conformadas dando lugar al inicio del procedimiento de Determinación de Oficio y a la instrucción de sumario conexo. Se deja constancia que las diferencias son de carácter parcial. El incumplimiento del aporte de documentación o pago de los saldos adeudados son susceptible de Ejecución Fiscal.

Ana Lía Santora

Directora de Planificación, Asignación y Normas EO 818 Inicia: 16-6-2016 Vence: 22-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 323

ANEXO

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ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación - Expediente Nº 2.065.549/15 En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3 del Código Fiscal (t.o. 2015) la La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma CRIM SA inscripta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el N° 901-544637-2, CUIT N° 30-70865460-0 con domicilio fiscal en 11 de septiembre de 1888 N° 4529, y domicilio fiscal AFIP Manuel Ugarte 2151, 8° piso, depto. 16 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que mediante Expediente N° 2065549/2015, Cargo N° 17720/2015, se encuentra sometida a una inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias sobre las cuales la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce potestad de recaudación y control. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por el artículo 95 Código Fiscal (t.o. 2015), se intima a que se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos de notificarse del cargo de inspección y poner a disposición de la agente Florencia Dell´Agnolo F. C. N° 469375, dependiente del Departamento Externa C de la Dirección General de Rentas- AGIP, la documentación que a continuación se detalla: 1. Exhibir original y entregar copia de la Habilitación Municipal. 2. Exhibir original y entregar copia de Estatuto Social y modificaciones, en caso de corresponder. 3. Exhibir originales de Libro de Actas de Directorio y Asambleas, y entregar copia del Acta donde se acredite la designación y vigencia de las autoridades de la empresa. 4. Listado de locales de la empresa indicando domicilio, destino o utilización y detalle de Bienes Muebles registrables o Inmuebles, con indicación del domicilio o lugar de radicación. 5. Entregar copia del último Estado Contable cerrado con firma original del profesional interviniente, certificado por el C.P.C.E. correspondiente. 6. Exhibir Libros Rubricados de Subdiarios Compras y Subdiarios Ventas, Inventario y Balances, Diario y Libro de Sueldos y Jornales Ley N° 20744 y/o formulario DD.JJ. mensuales F931, períodos 2014 y 2015. 7. Hacer entrega del plan de cuentas de la empresa. 8. Entregar copia de mayores mensuales contables de las cuentas de ingreso de la empresa por los períodos 2014 y 2015. 9. Listado de Bancos y Entidades Financieras con las que opera, indicando N° de cuenta y ubicación geográfica de la sucursal donde se radica la cuenta. 10. Describa y explique de manera detallada mediante nota con carácter de Declaración Jurada la principal actividad y las secundarias que realiza, y alícuotas declaradas por cada una de ellas durante los períodos bajo fiscalización 2014 y 2015.

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11. Detallar ubicación geográfica de las obras realizadas o servicios prestados períodos 2014 y 2015.

12. Listado de sucursales y puntos de venta con domicilios que posee la contribuyente en el país. 13. Poner a disposición comprobantes de Facturación, Notas de Débito-Crédito, Remitos, Órdenes de compra de clientes, Tickets Controlador Fiscal y otra documental emitida por la contribuyente desde período 2014 a la fecha. 14. Detallar mediante nota con carácter de Declaración Jurada los diez principales proveedores y clientes acompañando una fotocopia de factura elegida al azar. 15. Declaraciones Juradas del IVA y de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes a los períodos 2014 a la fecha. 16. En caso de corresponder, detallar los alquileres pagados por los períodos 2014 a la fecha, acompañando los recibos de pago, original y copia del contrato de alquiler de cada local donde desarrolle la actividad. 17. Exhibir original de los extractos bancarios correspondientes a los períodos 2014 a la fecha. 18. Respecto a los impuestos empadronados, exhibir original y entregar copia de los comprobantes de pago del ABL, Impuesto de Sellos e Impuesto por Publicidad. De constatarse el incumplimiento a la presentación de la documentación solicitada en los puntos 1 a 18 del presente, lo hará incurrir en infracción a los deberes formales, siendo pasible de las sanciones previstas en el artículo 103 del Código Fiscal (t.o. 2015). Con motivo de la no localización en el domicilio fiscal consignado según lo establecido por los artículos 21 y 22 del Código Fiscal ( t.o. 2015 ) y que no ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 25 del Código Fiscal (t.o.2015), se intima a 1) notificar ante la Administración el correspondiente cambio de domicilio, 2) a constituir un domicilio especial en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires según los términos de la Resolución 975/DGR/99, a los efectos tanto de la inspección como del procedimiento de la determinación de oficio y de la instrucción del sumario por la presunta comisión de infracciones a los deberes impositivos de naturaleza material o formal; bajo apercibimiento de que en caso de no dar cumplimiento a todos y cada uno de los aspectos contenidos por la presente intimación: 1) se considerarán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se efectúen por esta vía y 2) será pasible de ser incluído en el Padrón de Riesgo Fiscal según lo establecido por la Resolución N° 918/AGIP/2013. Se notifica que el segundo día lunes hábil posterior a la publicación de este Edicto, deberá hacerse presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento Externa C, de la Dirección de Fiscalización Integral y Operativos Especiales de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 2do. Piso, sector Esmeralda, de 12:30 a 16 hs, bajo apercibimiento que en caso de no presentarse el responsable y/o no aportar la documentación requerida la inspección concluirá con los elementos de juicio e información que obren en la Dirección General según lo prevé el art. 191 del Código Fiscal (t.o. 2015), ya sea a través de terceros o en su propio establecimiento y se procederá sin más trámite a realizar de oficio la determinación de la deuda sobre base presunta sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder por la presunta comisión de las infracciones a los deberes de índole formal o material previstas y sancionadas por los artículos 95,103 y 104 del Código Fiscal (t.o. 2015).

Claudio Basile Director de Fiscalización Integral y Operativos Especiales

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EO 819 Inicia: 16-6-2016 Vence: 22-6-2016

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ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación - Expediente Nº 19.839.945/15 En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3 del Código Fiscal (t.o. 2015) La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma Master New S.A., inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 1172014-10, CUIT 30-71004214-0 con domicilio fiscal en Av. Córdoba 6090 piso A dpto. 4, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que mediante Expediente N° 19839945/ 2015, Cargo N° 18845-2015, se encuentra sometida a una inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias sobre las cuales La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce potestad de recaudación y control. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por el artículo 95 Código Fiscal (t.o. 2015), se intima a que se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos de notificarse del cargo de inspección y de poner a disposición de la agente Verónica De Cunto F. C. N°419163, dependiente del Departamento Externa A de la Dirección de Fiscalización Integral y Operativos Especiales de esta Dirección General de Rentas- AGIP, la documentación que a continuación se detalla con el objetivo de realizar la determinación del gravamen de acuerdo a lo que establece el art. 181 del código fiscal t.o. 2015: 1- Exhibir original y aportar copia del Estatuto Social y modificaciones. 2- Exhibir Libros Actas de Asambleas y de Directorio. Copia del acta de designación de autoridades vigentes. 3- Exhibir original y entregar copia de Constancia de Habilitación. 4- Nota informando: a) descripción de las actividades desarrolladas (indicando principal y secundarias) y lugar donde se desarrollan las mismas. b) detalle de los bienes producidos o revendidos y servicios prestados. c) detalle de principales clientes y proveedores, indicando razón social, CUIT, domicilio y monto total de las operaciones en el último ejercicio cerrado. d) detalle de bienes inmuebles y rodados utilizados para el desarrollo de sus actividades. 5- Exhibir originales y entregas copias de las DDJJ mensuales del ISIB períodos 12/2010 hasta último vencido a la fecha, poniendo a disposición los comprobantes de retenciones y percepciones. 6- Exhibir originales y entregas copias de las DDJJ anuales del ISIB períodos 2011, 2012, 2013 y 2014. 7- Exhibir original y entregar copia de los Estados Contables del último ejercicio cerrado certificado por el CPCECABA. Adjuntar balances de sumas y saldos y mayores contables de cuentas de ingresos y resultados financieros. 8- Exhibir original y entregar copia de la DDJJ de Ganancias último ejercicio cerrado, adjuntando papeles de trabajo. 9- Exhibir originales y entregar copias de las DDJJ del IVA períodos del último

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ejercicio cerrado hasta la fecha. 10- Exhibir Libros Diario, Inventario y Balances, IVA-Ventas e IVA-Compras. 11- Nota informando las entidades bancarias con las que opera, poniendo a disposición los extractos del último ejercicio cerrado. 12- Exhibir Libro de Sueldos, formulario del SUSS última posición vencida a la fecha. 13- Poner a disposición los comprobantes de ventas y compras correspondientes al último ejercicio económico.- De constatarse el incumplimiento a la presentación de la documentación solicitada en los puntos 1 a 13 del presente, lo hará incurrir en infracción a los deberes formales, siendo pasible de las sanciones previstas en el artículo 103 del Código Fiscal (t.o. 2015). Con motivo de la no localización en el domicilio fiscal consignado según lo establecido por los artículos 21 y 23 del Código Fiscal ( t.o. 2015) y que no ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 26 del Código Fiscal (t.o.2015), se intima a 1) notificar ante esta Administración el correspondiente cambio de domicilio, 2) constituir un domicilio especial en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires según los términos de la Resolución 975/DGR/99, a los efectos tanto de la inspección como del procedimiento de la determinación de oficio y de la instrucción del sumario por la presunta comisión de infracciones a los deberes impositivos de naturaleza material o formal; bajo apercibimiento de que en caso de no dar cumplimiento a todos y cada uno de los aspectos contenidos por la presente intimación se considerarán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se efectúen por esta vía y será pasible de ser incluido en el Padrón del Alto Riesgo Fiscal según lo establecido por la Resolución N° 918/AGIP/2013. Se notifica que el segundo día lunes hábil posterior a la publicación de este Edicto, deberá hacerse presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento Externa A de la Dirección de Fiscalización Integral y Operativos Especiales de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 2do. Piso, sector Esmeralda, de 9:00 a 12:30 hs, bajo apercibimiento que en caso de no presentarse el responsable y/o no aportar la documentación requerida la inspección concluirá con los elementos de juicio e información que obren en la Dirección General según lo prevee el art. 191 del Código Fiscal (t.o. 2015), ya sea a través de terceros o en su propio establecimiento y se procederá sin más trámite a realizar de oficio la determinación de la deuda sobre base presunta sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder por la presunta comisión de las infracciones a los deberes de índole formal o material previstas y sancionadas por los artículos 95, 103 y 104 del Código Fiscal (t.o. 2015).

Claudio Basile Director de Fiscalización Integral y Operativos Especiales

EO 820 Inicia: 16-6-2016 Vence: 22-6-2016

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación - Expediente Nº 34.864.277/15

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 327

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En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3 del Código Fiscal (t.o. 2015) la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma TOOLS SUPPLY S.A., inscripción Impuesto sobre los Ingresos Brutos CM N° 901-719824-4, CUIT N° 30-71080047-9 con domicilio fiscal en Avenida del Libertador N° 1088, Piso 10° A, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que mediante Expediente N° 34864277/2015, Cargo N° 19620/2016 se encuentra sometida a una inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias sobre las cuales la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce potestad de recaudación y control. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por el artículo 95 Código Fiscal (t.o. 2015), se intima a que se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos de notificarse del cargo de inspección y de poner a disposición del agente Martín Santoro F. C. N° 392.175, dependiente del Departamento Externa A de la Dirección General de Rentas- AGIP, la documentación que a continuación se detalla con el objetivo de realizar la determinación del gravamen de acuerdo a lo que establece el art. 181 del código fiscal t.o. 2015.: a) Exhibir Libros o Subdiarios Compras y Ventas y/o facturas de compras y ventas por el ejercicio 2014 a la fecha, b) Libro Diario e Inventario y Balance, Estatuto Social y sus modificaciones, c) Exhibir DDJJ de IVA con sus respectivas presentaciones ante AFIP por el mismo período, c)Exhibir DDJJ del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por los períodos 12/2010 a la fecha, d) Exhibir Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los ejercicios 2013 y 2014 e) Exhibir Formulario 931 (SUSS) y comprobante de presentación correspondiente al periodo anual 2014, f) DDJJ Impuesto a las Ganancias por los ejercicios 2014 y 2015, con sus respectivos papeles de trabajo SIAP, g) Contribuciones inmobiliarias o ABL y Patentes sobre Vehículos en gral., pagados por los años no prescriptos, por inmuebles y vehículos propiedad del titular, radicados en la C.A.B.A., h) De actuar como agente de retención/percepción, exhibir los correspondientes comprobantes y sus DDJJ, i) Planes de Facilidades vigentes, DDJJ y Pagos en el ISIB, de corresponder, j) Contrato de Locación (de corresponder) por los inmuebles que ocupa la firma y detalle de los alquileres pagados en el ejercicio 2014, k) Listado de locales de la empresa, indicando domicilio y destino y/o utilización, l) Detalle con Identificación de los Bienes Muebles Registrables y/o Inmuebles propiedad de la firma con indicación del domicilio o lugar de radicación, ll) Listado de entidades financieras con las que opera, m) Extractos bancarios mensuales por el ejercicio comprendido entre los meses de 01 a 12/2014, n) Habilitación Municipal del local o establecimiento/s donde la empresa desarrolla sus actividades, ñ) Nota en carácter de declaración jurada con descripción de la actividad que desarrolla la firma y modalidad operativa de ésta, o) Nota con detalle de principales proveedores y clientes de la firma por el ultimo ejercicio (2014), p) Listado de bienes de uso afectados al proceso productivo que desarrolla la firma en la actualidad q) Estados Contables exhibir cierre 2014 y 2015 r) Empadronamiento Res. 33/AGIP/2009 y constancia de exención en el ISIB por los períodos no prescriptos, de corresponder s) Tercerización: Actividad, Razón Social, Domicilio, CUIT, Habilitación Municipal y facturación de 3 meses del ejercicio 2014; aportando papel de trabajo para la determinación del porcentaje de proceso industrial realizado en distintos establecimientos y discriminado por jurisdicción, t) contratos celebrados por la firma con terceros (clientes, proveedores, etc).

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 328

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De constatarse el incumplimiento a la presentación de la documentación solicitada en los puntos a) a t) del presente, lo hará incurrir en infracción a los deberes formales, siendo pasible de las sanciones previstas en el artículo 102 del Código Fiscal (t.o. 2015). Con motivo de la no localización en el domicilio fiscal consignado según lo establecido por los artículos 21 y 22 del Código Fiscal (t.o. 2015) y que no ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 25 del Código Fiscal (t.o.2015), se intima a 1) notificar ante la Administración el correspondiente cambio de domicilio, 2) a constituir un domicilio especial en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires según los términos de la Resolución 975/DGR/99, a los efectos tanto de la inspección como del procedimiento de la determinación de oficio y de la instrucción del sumario por la presunta comisión de infracciones a los deberes impositivos de naturaleza material o formal; bajo apercibimiento de que en caso de no dar cumplimiento a todos y cada uno de los aspectos contenidos por la presente intimación: a) se considerarán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se efectúen por esta vía b) Será pasible de ser incluido en el Padrón de Riesgo Fiscal según lo establecido por la Resolución N° 918/AGIP/2013 (ccdtes. y ssgtes). Se notifica que el segundo día martes hábil posterior a la publicación de este Edicto, deberá hacerse presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento Externa A, de la Dirección de Fiscalización Integral y Operativos Especiales de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 2do. Piso, sector Esmeralda, de 12.30 a 16.00 hs, bajo apercibimiento que en caso de no presentarse el responsable y/o no aportar la documentación requerida la inspección concluirá con los elementos de juicio e información que obren en la Dirección General según lo prevé el art. 191 del Código Fiscal (t.o. 2015), ya sea a través de terceros o en su propio establecimiento y se procederá sin más trámite a realizar de oficio la determinación de la deuda sobre base presunta sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder por la presunta comisión de las infracciones a los deberes de índole formal o material previstas y sancionadas por los artículos, 103, 107 y 108 del Código Fiscal (t.o. 2015).

Claudio Basile Director de Fiscalización Integral y Operativos Especiales

EO 821 Inicia: 16-6-2016 Vence: 22-6-2016

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación - Expediente Nº 3.450.284/16

Buenos Aires, 18 de abril de 2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 329

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En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3 del Código Fiscal (t.o. 2015) la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber al contribuyente DROMOTECH S.A., inscripción Impuesto sobre los Ingresos Brutos con el N° 902-302000-1, CUIT N° 30-71225301-7 con domicilio Fiscal en la calle 12 N°736 Piso 5to. DTO. B de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, que mediante Expediente N° 3450284/2016, Cargo N° 19763/2016 se encuentra sometida a una inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias sobre las cuales La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce potestad de recaudación y control. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por el artículo 93 Código Fiscal (t.o. 2015), se intima a que se presente persona responsable o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos de notificarse del cargo de inspección y de poner a disposición de la agente María Belén Fischer F.C. N° 474499, dependiente del Departamento Normas y Manuales de Fiscalización, Dirección Planificación, Asignación y Normas, de la Dirección General de Rentas - AGIP, la documentación que a continuación se detalla con el objetivo de realizar la determinación del gravamen: 1) Contrato constitutivo o Estatuto Social, Actas de Directorio, Asamblea o Societarias que acrediten la designación y vigencia del representante legal de la firma (en caso de personas jurídicas) o D.N.I en caso de tratarse de una persona física.(Original o copia certificada). 2) Instrumento que acredite personería (Poder General o Especial de Administración - y de Disposición para el caso de reconocimiento de deudas - emitido ante Escribano Público, Carta Poder Resolución Nº 1013/DGR/2011). 3) Orden de compra 212/2015 de la Licitación Pública N°4/2015 del Ministerio de Salud de la Nción por un monto adjudicado de $49.984.000,00 (original/es o copia/s certificada/s) y cualquier otro instrumento por el que adeude imp. de Sellos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 4) Comprobante/s de pago del Impuesto de Sellos correspondiente/s a el/los Instrumento/s más arriba indicado/s. De constatarse el incumplimiento a la presentación de la documentación solicitada en los puntos 1 a 4 del presente, lo hará incurrir en infracción a los deberes formales, siendo pasible de las sanciones previstas en el artículo 101 del Código Fiscal (t.o. 2015). Con motivo de la no localización en el domicilio fiscal consignado según lo establecido por los artículos 21 y 23 del Código Fiscal ( t.o. 2015 ) y que no ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 26 del Código Fiscal (t.o.2015), se intima a 1) notificar

ante la Administración el correspondiente cambio de domicilio, 2) a constituir un domicilio especial en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires según los términos de la Resolución 975/DGR/99, a los efectos tanto de la inspección y de la instrucción del sumario por la presunta comisión de infracciones a los deberes impositivos de naturaleza material o formal; bajo apercibimiento de que en caso de no dar cumplimiento a todos y cada uno de los aspectos contenidos por la presente intimación 1) se considerarán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se efectúen por esta vía 2) Será pasible de ser incluido en el Padrón de Riesgo Fiscal según RG 918/AGIP/2013.

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 330

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Se notifica que el primer día martes hábil posterior a la publicación de este Edicto, deberá hacerse presente el titular o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento de Normas y Manuales de Fiscalización, Dirección Planificación, Asignación y Normas de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 1er Piso, sector Esmeralda, de 9:30 a 15:30 hs, bajo apercibimiento que en caso de no presentarse el responsable y/o no aportar la documentación requerida la inspección concluirá con los elementos de juicio e información que obren en la Dirección General), ya sea a través de terceros o en su propio establecimiento y se procederá sin más trámite a emitir la correspondiente Boleta de Deuda , que tendrá carácter de Título Ejecutivo sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder por la presunta comisión de las infracciones a los deberes de índole formal o material previstas y sancionadas por los artículos 101, 102 y 105 del Código Fiscal (t.o. 2015).

Ana Lía Santora Dirección Planificación, Asignación y Normas

EO 822 Inicia: 16-6-2016 Vence: 22-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 331

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE LA VIVIENDA Notificación – E.E. Nº 9.847.329-MGEYA-IVC/16 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber a las personas identificadas en los Anexos I del presente y/o sus eventuales herederos, que DISFC-2016-363-IVC de fecha 114/06/2016, se ha procedido respectivamente, a rescindir los Boletos de Compraventa que suscribieran con dicho Organismo, respecto de las viviendas que se mencionan en el Anexo I; por haber transgredido dichos adjudicatarios/as, la cláusula contractual por la que se obligara a habitar dicha vivienda personalmente con su grupo familiar declarado; y a dejar sin efecto la parte pertinente de las Resoluciones y/o Disposiciones indicadas en el Anexo I, por las cuales se procedió a adjudicar las viviendas que en cada caso se indica, según lo actuado en el EX-2016-09847329-MGEYA-IVC . Asimismo, se les hace saber a los interesados, que la referida Disposición es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva prevista en el art. 62 del Decreto Nº 1.510/CABA/1.997, de conformidad a lo establecido en los arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. de la misma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 del mencionado Decreto. La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art. 62 del Decreto citado). Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Luis Christian Echeverría

Gerente de Asuntos Jurídicos EO 823 Inicia: 16-6-2016 Vence: 22-6-2016

INSTITUTO DE LA VIVIENDA Notificación - E.E. Nº 12.446.343-MGEYA-IVC/16

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 332

ANEXO

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El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber a la Sra. SALINAS CARMEN ROSA -D.N.I. N° 12.813.888- y/o eventuales herederos, que por DISFC-2016-359-IVC de fecha 14/06/2016 se ha procedido a rescindir el Boleto de Compraventa Provisorio suscripto con fecha 27 de enero de 1992, con relación a la UC 61128, sita en el Block 4, Piso 3, Dpto. "A" del Barrio Consorcio XVI, adjudicada por Resolución Nro. 554/SS/90 en favor de la nombrada. Ello, por incumplimiento de las CLAUSULAS TERCERA Y DECIMO PRIMERA, en virtud de haberse consumado los presupuestos legales prescriptos por las CLAUSULAS SEXTA y DECIMO SEGUNDA, y teniendo en consideración los alcances de la CLAUSULA DECIMA del citado boleto, de conformidad con lo actuado en el Legajo 61128-IVC-2012-0-0 y en el EX-2016-12446343-MGEYA-IVC. Asimismo se hace saber que la referida Disposición es susceptible de impugnación por vía de los recursos de reconsideración y/o jerárquico en subsidio, que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos, respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación prevista en el art. 62 del Decreto N° 1510/CABA/97, de conformidad a lo establecido en los arts. 103, 107, subsiguientes y concs. de la misma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 delmencionado Decreto. La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art. 62 del Decreto citado). Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

Luis Christian Echeverría Gerente de Asuntos Jurídicos

EO 824 Inicia: 16-6-2016 Vence: 22-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 333

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Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 21 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 15.128.637/MGEYA/2016 Carátula: “RAMOS, CINDY Y OTRAS S/ INF. ARTS. 183, 149 BIS Y 96 CP” Expediente N° 8667/13 (903/D) El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 21 interinamente a cargo de la Dra. Luisa María Escrich, Secretaría única, sito en la calle Tacuarí 138, piso 3° frente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita dentro del tercer día de notificada, a contar desde la última publicación del presente edicto, a Cindy Johana Aguilar Ramos –titular del D.N.I. N° 94.701.818- para que concurra a estar a derecho en la presente causa N° 8667/13 (903/D) que se le sigue por infracción a los arts. 183, 149 bis y 96 del Código Penal, ello bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenar su captura (arts. 63 y 158 del CPPCABA). Publíquese por cinco días. Ciudad de Buenos Aires, 26 de mayo de 2016. Fdo. Luisa María Escrich (Jueza); Ante mí: Mariano Sánchez (Secretario).

Mariano A. Sánchez Secretario

OJ 147 Inicia: 14-6-2016 Vence: 22-6-2016

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 2 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 15.171.573/MGEYA/2016 Carátula: “LEGAJO DE JUICIO EN AUTOS SEVERINI MAXIMILIANO Y OTROS S/ INFR. ART. 181 INC. 1 CP” Causa. N° 13744/14 (1426/4)

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 334

En el marco de la causa 13744/14 (1426/4) caratulada “Legajo de Juicio en autos Severini, Maximiliano y otros s/ infr. Art. 181 inc. 1 CP” en trámite por ante este Juzgado en lo Penal, Contravencional y Faltas n° 2, se ha resuelto lo siguiente: “En la Ciudad de Buenos Aires, a los siete (7) días del mes de junio del dos mil

lograr su comparecencia” FIRMADO: CARLOS A. BENTOLILA, JUEZ; ANTE MI: SERGIO A. BENAVIDEZ, SECRETARIO.-

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dieciséis siendo las 10.00 horas del día fijado para que tenga lugar la audiencia en los términos del Art. 213 del CPPCABA, en esta causa registrada por ante la Secretaría única bajo el número 13744/14 (1426/4), caratulada “Legajo de Juicio en autos Severini, Maximiliano y otros s/ infr. Art. 181 inc. 1 CP”… encontrándose Severini (DNI 29.258.046 ) y Escobar (DNI 30.356.171) notificados fehacientemente al domicilio que han constituido, y no habiendo comparecido a la audiencia de debate fijada para esta jornada, corresponde intimarlos a que en el término de cinco (5) días justifiquen su inasistencia y se presenten a derecho, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía y ordenar su captura. A tales fines, líbrese cédula a notificar con habilitación de día y hora al domicilio constituido y al real, debiéndose también librar oficio al Boletín Oficial de la CABA, a efectos de que se publiquen edictos por el término de tres (3) días, con el objeto de lograr su comparecencia” FIRMADO: CARLOS A. BENTOLILA, JUEZ; ANTE MI: SERGIO A. BENAVIDEZ, SECRETARIO.-

Sergio Benavidez Secretario

OJ 145 Inicia: 14-6-2016 Vence: 16-6-2016

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 21 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 15.330.128/MGEYA/2016 Carátula: “ALONSO, JOAQUÍN S/ INF. ART. 149 BIS CP” Expediente N° 4262/13 (1427/D) El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 21 interinamente a cargo de la Dra. Luisa María Escrich, Secretaría única, sito en calle Tacuarí 138, piso 3° frente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita dentro del tercer día de notificado, a contar desde la última publicación del presente edicto, a JOAQUÍN ALONSO - titular del D.N.I. N° 37.417.426- para que concurra a estar a derecho en la presente causa N° 4262/13 (1427/D) que se le sigue por infracción al art. 149 bis del Código Penal, ello bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenar su captura (arts. 63 y 158 del CPPCABA). Publíquese por cinco días. Ciudad de Buenos Aires, 9 de junio de 2016. Fdo. Luisa María Escrich (Jueza); Ante mí: Mariano Sánchez (Secretario).

Mariano A. Sánchez Secretario

OJ 153 Inicia: 15-6-2016 Vence: 23-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 335

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 30 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 15.330.672/MGEYA/2016 Carátula: “INCIDENTE DE APELACIÓN EN AUTOS GALVÁN, SANDRA VALERIA S/ INFR. ART. 73, VIOLACIÓN DE CLAUSURA - CC” Causa N° 3223-01-00/15 (interno C2405) “///nos Aires, 10 de junio de 2016. (...) cítese a la Sra. Sandra Valeria Glaván, identificada con DNI N° 95.200.676, de nacionalidad Uruguaya, nacida el 14 de julio de 1969 en la localidad de Canelones, República Oriental del Uruguay, de estado civil divorciada y con último domicilio real conocido en la calle Soler N° 6096 de esta ciudad, a tenor de lo dispuesto por el art. 63 del C.P.P.C.A.B.A. (de aplicación supletoria en virtud a lo dispuesto por el art. 6 de la Ley 12), a efectos de que dentro del término de cinco días, comparezca ante la sede de este Tribunal, sito en la Av. Coronel Díaz 2110, piso 4, de esta Ciudad, en el horario de 9 a 15 horas, a estar a derecho. (...)”. Fdo.: María Araceli Martínez -Jueza P.A.M.- Ante mí: Sebastián A. Godoy Prosecretario Coadyuvante-. Secretaría, 10 de junio de 2016.

Sebastián A. Godoy Prosecretario Coadyuvante

OJ 152 Inicia: 15-6-2016 Vence: 23-6-2016

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 4 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 15.441.514/MGEYA/2016 Carátula: “VICTORIANO SABINO, CLAROS DIEGO S/ INFR. ART. 73 C.C” Causa N° 8225/15 (372/C) “///nos Aires, 08 de Junio de 2016… líbrese oficio al Boletín Oficial de esta ciudad, a fin de solicitar que se publiquen edictos durante cinco días, donde conste que este Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 4, intima a Claros Diego Victoriano Sabino (titular del DNI n° 95.261.248), a presentarse ante esta dependencia, sita en Beruti 3345, piso 2°, de esta ciudad, dentro del tercer día hábil de notificado, entre las 9:00 y 15:00 hs, a fin de estar a derecho, bajo apercibimiento de revocar el beneficio de Suspensión del Proceso a Prueba y declarar su rebeldía… Fdo. Graciela Dalmas, Juez; Ante mí: Alejandro Martín Pellicori, Secretario.”

Graciela Dalmas Juez

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 336

OJ 148 Inicia: 15-6-2016 Vence: 23-6-2016

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 21 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 15.448.528/MGEYA/2016 Carátula: “LEGAJO DE JUICIO EN AUTOS SALVATIERRA, BRAIN Y OTROS S/ ART. 181 CP” Expediente N° 2460/15 (1344/D) El Juzgado en lo Penal Contravencional y de Faltas n° 21, interinamente a cargo de la de la Dra. Luisa María Escrich, Secretaría única, sito en la calle Tacuarí 138, piso 3º frente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita dentro del tercer día de notificado, a contar desde la última publicación del presente edicto, a Brian Ezequiel Salvatierra -titular del D.N.I. Nº 37.205.435- para que concurra a estar a derecho en la presente causa Nº 2460/15 (1344/D) que se le sigue por infracción al art. 181 del Código Penal, ello bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenar su captura (arts. 63 y 158 del CPPCABA). Publíquese por cinco días. Ciudad de Buenos Aires, 7 de junio de 2016. Fdo. Luisa María Escrich (Juez PRS); Ante mí: Mariano A. Sánchez (Secretario)

Juan Manuel Belluscio Prosecretario Coadyuvante

OJ 149 Inicia: 15-6-2016 Vence: 23-6-2016

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 13 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 15.449.160/MGEYA/2016 Carátula: “LEGAJO DE JUICIO RACO, MARTÍN IGNACIO S/ INF. ART. 111 C.C” Legajo N° 15697/15

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 337

La Dra. M. Lorena Tula del Moral, Jueza a cargo del Juzgado de primera instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 13 del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la calle Beruti n° 3345, piso 4°, de esta ciudad (Tel. 011-4014-5881/72/73). Secretaria Única a cargo de la Dra. Paula Nuñez Gelvez, cita por

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cinco (5) días y emplaza a Martin Ignacio Raco, titular del DNI 35.630.305, argentino, nacido el 03 de octubre de 1990, con último domicilio real conocido en la calle Gral. Lavalle n° 93, 10° piso, depto. B Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, para que se constituya en la sede de este Tribunal sito en la calle Beruti 3345 piso 4 de esta Ciudad dentro de los cinco (5) días posteriores a la última publicación del presente edicto, bajo apercibimiento de proceder a lo que por derecho corresponda en el marco del legajo de juicio N° 15697/15 (411/C/15) del registro de este Juzgado, en orden a la contravención previsto en el art. 111 CC. El presente se emite el día 09 de junio de 2016.-

Paula Nuñez Gelvez Secretaria

OJ 150 Inicia: 15-6-2016 Vence: 23-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 338

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Ministerio Público Fiscal

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL SUDESTE – UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Notificación - Oficio Judicial E.E. Nº 15.460.821/MGEYA/2016 Carátula: “S/ NOMBRE - ART: 181 INC. 1 DEL CP” Caso MPF 96860 “En cuanto a los efecto –cfr. Fs. 44-, no existiendo posibilidad de dar con el paradero de MONICA LILIANA OLIVA y a LUIS ENRIQUE OLIVA, resérvense los mismos por el plazo de (1) año de concluido el proceso tal como reza la norma (art. 337 CCPCABA), posteriormente dónense los bienes apreciables a instituciones benéficas y destrúyase el material restante que no sea de utilidad, correspondiendo que dichos efectos queden en resguardo del depositario judicial Sr. Luis Feliu –cfr. Fs. 43/43 vta.” Fdo. Dra. Bárbara Filgueira – Fiscal.

Abel O. Aranda Secretario

OJ 151 Inicia: 15-6-2016 Vence: 23-6-2016

Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 339

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LEY Nº 2.739

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Horacio Rodríguez Larreta

Secretaría Legal y TécnicaSecretaría Legal y Técnica

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Gerencia Operativa Boletín Oficial y RegistroGerencia Operativa Boletín Oficial y Registro

Secretaría Legal y Técnica

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Nº 4905 - 16/06/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 340