carta de derechos y deberes - mutual ser

62
Atención sin tanta vuelta Carta de derechos y deberes del afiliado y del paciente Régimen subsidiado y Régimen contributivo 2021

Upload: others

Post on 26-Jun-2022

9 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Atención sin tanta vuelta

Carta de derechos y deberesdel afiliado y del pacienteRégimen subsidiado y Régimen contributivo

2021

Page 2: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

CONTENIDO

2. Servicios demanda inducida, actividades de promoción y mantenimiento de la salud3. Mecanismos de atención presencial y virtual4. Afiliaciones y registro5. Portabilidad6. Movilidad7. Prestaciones económicas8. Inexistencia de periodos de carencia9. Pagos moderadores (cuotas moderadoras y copagos)10. Transporte y estadía11. Participación social12. Servicios y tecnologias no financiadas con la upc13. Libre elección

¿Qué es el plan de beneficios en salud financiado con cargo a la UPC?¿Qué es la UPC?¿Qué son las tecnologías en salud?¿Cómo accedo a los servicios de salud?¿Qué tecnologías en salud cubren a los afiliados de Mutual SER EPS?¿Cuáles los servicios que reciben adicional los menores de 18 años?¿Qué otros servicios recibo si hago parte de una comunidad indígena?Atención de urgenciasSuministro de medicamentos

II. DERECHOS DE LA PERSONA AFILIADAIII. DEBERES DE LA PERSONA IV. DERECHO A MORIR DIGNAMENTEV. INSTITUCIONES Y RECURSOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOSVI. DIRECTORIO OFICINAS DE ATENCIÓN AL USUARIOVII. RED DE PRESTACION DE SERVICIOS

1. Plan de beneficios financiado con la UPC y exclusiones

GLOSARIOCONTENIDOI. INFORMACION GENERAL

Page 3: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

GLOSARIO

ACCIONES PARA LA RECUPERACIÓN DE LA SALUD: todas las actividades que se le brindan a unpaciente enfermo.

ACTIVIDAD DE SALUD: conjunto de acciones, operaciones o tareas que especifican un procedimiento o servicio de salud, en las cuales se utilizan recursos físicos, humanos o tecnológicos.

ADECUACIÓN DE LOS ESFUERZOS TERAPÉUTICOS (AET): ajuste de los tratamientos y objetivos de cuidado a la situación clínica del paciente, en los casos en que este padece una enfermedad incurable avanzada, degenerativa a irreversible o enfermedad terminal, cuando estos no cumplen con los principios de proporcionalidad terapéutica o no sirven al mejor interés de la persona y no representan una vida digna para esta.

La AET supone el retiro o no instauración de actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos, en los que la continuidad de estos pudiera generar sufrimiento, o resultar desproporcionados entre los fines y medios terapéuticos.

AFILIADO: calidad que adquiere la persona una vez ha realizado la afiliación y se le otorga el derecho a los servicios de salud del plan de beneficios que brinda el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el régimen subsidiado o cuando cotiza en el régimen contributivo.

AGONÍA: situación que precede a Ia muerte cuando se produce de forma gradual y en Ia que existe deterioro físico, debilidad extrema, pérdida de capacidad cognoscitiva, conciencia, capacidad de ingesta de alimentos y pronóstico de vida de horas o de días.

ALTO COSTO: tratamientos y servicios de salud que reciben las personas que padecen enfermedades ruinosas o catastróficas, como sida y sus complicaciones, diálisis por insuficiencia renal y trasplantes de riñón, corazón, médula ósea o córnea.

APARATO ORTOPÉDICO: es un dispositivo médico de ayuda técnica como prótesis u órtesis para reemplazar, mejorar o complementar la capacidad fisiológica o física del sistema u órgano afectado.

ASOCIACIONES DE USUARIOS: agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación, que velará por la calidad del servicio y la defensa del usuario.

ATENCIÓN AMBULATORIA: modalidad de prestación de servicios de salud, en la cual toda tecnología en salud se realiza sin necesidad de internar u hospitalizar al paciente.

ATENCIÓN CON INTERNACIÓN: modalidad de prestación de servicios de salud con permanencia superior a 24 horas continuas en una institución prestadora de servicios de salud.

ATENCIÓN DOMICILIARIA: modalidad de prestación de servicios de salud extrahospitalaria que busca brindar una solución a los problemas de salud en el domicilio o residencia y que cuenta con el apoyo de profesionales, técnicos o auxiliares del área de la salud y la participación de la familia.

ATENCIÓN INICIAL DE URGENCIAS: todas aquellas acciones realizadas a una persona con patología de urgencia que consisten en las actividades, procedimientos e intervenciones necesarias para la estabilización de sus signos vitales, la realización de un diagnóstico de impresión y la definición del destino inmediato de la persona con la patología de urgencia tomando como base el nivel de atención y el grado de complejidad de la entidad que realiza la atención inicial de urgencia, al tenor de los principios éticos y las normas que determinan las acciones y el comportamiento del personal de salud.

AUTOCUIDADO: observancia particular y determinada que una persona hace para sí misma de un conjunto de principios, recomendaciones y precauciones, destinadas a conservar la salud.

BENEFICIARIOS: personas que pertenecen al grupo familiar del afilado al sistema, los cuales reciben beneficios en salud luego de ser inscritos por el cotizante.

servicios y tecnologías en las condiciones previstas en esta resolución. Adicionalmente, dicho plan determina las coberturas a las que tiene derecho todo afiliado al SGSSS, financiadas con la misma fuente de conformidad con la normatividad vigente

PLANILLA INTEGRADA DE PAGO DE APORTES (PILA): formato electrónico que facilita a los aportantes realizar el pago integrado de los aportes a la Seguridad Social y demás parafiscales, a través de transferencias electrónicas de fondos.

PORTABILIDAD NACIONAL: garantía de la accesibilidad a los servicios de salud, en cualquier municipio del territorio nacional, para todo afiliado al Sistema de General de Seguridad Social en Salud que emigre del municipio domicilio de afiliación o de aquel donde habitualmente recibe los servicios de salud.

PRESTACIONES ECONÓMICAS: Reconocimiento y pago de las prestaciones económicas que se le da un trabajador cotizante que sufra un accidente de trabajo o enfermedad profesional, las cuales son: Subsidio por Incapacidad Temporal; Indemnización por Incapacidad Permanente Parcial; Pensión de Invalidez; Pensión de sobrevivientes y Auxilio Funerario, Licencias de Maternidad y Paternidad.

PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD: actividades dirigidas a los individuos y/o a las familias, cuya finalidad es actuar sobre factores de riesgo (basuras, aguas negras, etc.) o condiciones específicas presentes en los individuos, en el ámbito familiar, la comunidad o el medio ambiente que habitan y que generan la aparición de enfermedades.

PROMOCIÓN DE LA SALUD: actividades de carácter educativo e informativo (talleres, charlas a través de videos, radio, prensa y televisión) de forma individual, familiar o en grupo, tendientes a crear o reforzar conductas y estilos de vida saludables, a modificar o suprimir aquellas que no lo sean, informar sobre los derechos, riesgos, factores protectores, enfermedades, servicios de salud, promoción y estimulación de la participación social en el manejo y solución de los problemas de salud.

PROTECCIÓN ESPECÍFICA: conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones tendientes a garantizar la protección de los afiliados frente a un

riesgo específico, con el fin de evitar la presencia de la enfermedad.

REGIMEN CONTRIBUTIVO: conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre este y su empleador.

REGIMEN SUBSIDIADO: conjunto de normas y procedimientos que rigen la vinculación de la población empobrecida y vulnerable al Sistema General de Seguridad Social en Salud, con recursos de la Nación y Entidades Territoriales.

REMISIÓN: envío de usuarios o elementos de ayuda diagnóstica por parte de las IPS a otras IPS para atención o complementación diagnóstica que, de acuerdo con el grado de complejidad, den respuesta a las necesidades de salud.

RIAS: Rutas Integrales de Atención, esquema de atención paso a paso para el acceso a servicios en salud de las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.

SAT: Sistema de afiliación transaccional, plataforma del ministerio de la protección donde las personas pueden autogestionar sus traslados y novedades de afiliación a través de www.miseguridadsocial.gov.co

SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL USUARIO (SIAU): permite al usuario externo contar con un mecanismo de comunicación directo con los diferentes niveles de nuestra EPS, a partir de los cuales expresan sus necesidades y expectativas para la prestación de los servicios.

SGSSS: Sistema General de Seguridad Social en Salud.

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD: conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, que procuran la prestación del servicio y fijan condiciones de acceso en todos los niveles de atención, bajo el fundamento de garantizar la atención integral a toda población.

TECNOLOGÍAS EN SALUD: servicios tales como: cirugías, medicamentos, laboratorios clínicos, insumos, radiología, consultas ambulatorias, odontología, vacunas y procedimientos no quirúrgicos.

TELEMEDICINA: provisión de servicios de salud a distancia, en los componentes de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación, por profesionales de la salud que utilizan tecnologías de información y comunicación, que les permiten intercambiar datos con el propósito de facilitar el acceso de la población a los servicios que presenten limitaciones de oferta o de acceso a los servicios en su área geográfica.

TRASLADO: derecho que tienen los afiliados para cambiarse a otra Entidad Promotora de Salud, una vez se cumpla con el período mínimo de permanencia exigido o se configuren las causales definidas para tal fin por las disposiciones legales vigentes.

TRIAGE: método que permite organizar la atención de las personas según los recursos existentes y las necesidades de los individuos en el ámbito de la medicina para clasificar a los pacientes de acuerdo a la urgencia de la atención.

TUTELA: mecanismo judicial creado por la Constitución mediante el cual las personas buscan lograr atención, procedimientos y medicamentos que no están cubiertos por el POS. También son interpuestas por afiliados que requieren tratamientos de alto costo, pero no reúnen las semanas mínimas de cotización requeridas.

UPC: Unidad de Pago por Capitación, valor anual que se reconoce por cada uno de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) para cubrir las prestaciones del Plan de Beneficios en Salud, en los regímenes contributivo y subsidiado.

ZONA SER AFILIADO: herramienta tecnológica de autogestión de servicios disponible en página web www.mutualser.org o desde celular para descargas la APP ZONA SER, que permite realizar los siguientes trámites:

Page 4: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

ACCIONES PARA LA RECUPERACIÓN DE LA SALUD: todas las actividades que se le brindan a unpaciente enfermo.

ACTIVIDAD DE SALUD: conjunto de acciones, operaciones o tareas que especifican un procedimiento o servicio de salud, en las cuales se utilizan recursos físicos, humanos o tecnológicos.

ADECUACIÓN DE LOS ESFUERZOS TERAPÉUTICOS (AET): ajuste de los tratamientos y objetivos de cuidado a la situación clínica del paciente, en los casos en que este padece una enfermedad incurable avanzada, degenerativa a irreversible o enfermedad terminal, cuando estos no cumplen con los principios de proporcionalidad terapéutica o no sirven al mejor interés de la persona y no representan una vida digna para esta.

La AET supone el retiro o no instauración de actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos, en los que la continuidad de estos pudiera generar sufrimiento, o resultar desproporcionados entre los fines y medios terapéuticos.

AFILIADO: calidad que adquiere la persona una vez ha realizado la afiliación y se le otorga el derecho a los servicios de salud del plan de beneficios que brinda el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el régimen subsidiado o cuando cotiza en el régimen contributivo.

AGONÍA: situación que precede a Ia muerte cuando se produce de forma gradual y en Ia que existe deterioro físico, debilidad extrema, pérdida de capacidad cognoscitiva, conciencia, capacidad de ingesta de alimentos y pronóstico de vida de horas o de días.

ALTO COSTO: tratamientos y servicios de salud que reciben las personas que padecen enfermedades ruinosas o catastróficas, como sida y sus complicaciones, diálisis por insuficiencia renal y trasplantes de riñón, corazón, médula ósea o córnea.

APARATO ORTOPÉDICO: es un dispositivo médico de ayuda técnica como prótesis u órtesis para reemplazar, mejorar o complementar la capacidad fisiológica o física del sistema u órgano afectado.

ASOCIACIONES DE USUARIOS: agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación, que velará por la calidad del servicio y la defensa del usuario.

ATENCIÓN AMBULATORIA: modalidad de prestación de servicios de salud, en la cual toda tecnología en salud se realiza sin necesidad de internar u hospitalizar al paciente.

ATENCIÓN CON INTERNACIÓN: modalidad de prestación de servicios de salud con permanencia superior a 24 horas continuas en una institución prestadora de servicios de salud.

ATENCIÓN DOMICILIARIA: modalidad de prestación de servicios de salud extrahospitalaria que busca brindar una solución a los problemas de salud en el domicilio o residencia y que cuenta con el apoyo de profesionales, técnicos o auxiliares del área de la salud y la participación de la familia.

ATENCIÓN INICIAL DE URGENCIAS: todas aquellas acciones realizadas a una persona con patología de urgencia que consisten en las actividades, procedimientos e intervenciones necesarias para la estabilización de sus signos vitales, la realización de un diagnóstico de impresión y la definición del destino inmediato de la persona con la patología de urgencia tomando como base el nivel de atención y el grado de complejidad de la entidad que realiza la atención inicial de urgencia, al tenor de los principios éticos y las normas que determinan las acciones y el comportamiento del personal de salud.

AUTOCUIDADO: observancia particular y determinada que una persona hace para sí misma de un conjunto de principios, recomendaciones y precauciones, destinadas a conservar la salud.

BENEFICIARIOS: personas que pertenecen al grupo familiar del afilado al sistema, los cuales reciben beneficios en salud luego de ser inscritos por el cotizante.

COBERTURA: garantía para los habitantes del Territorio Nacional de acceder al Sistema General de Seguridad Social en Salud y al Plan Obligatorio de Salud.

CONSULTA MÉDICA: valoración y orientación brindada por un médico en ejercicio de su profesión a los problemas relacionados con la salud.

CONSULTA ODONTOLÓGICA: valoración y orientación brindada por un odontólogo a las situaciones relacionadas con la salud oral.

COPAGOS: aportes en dinero que corresponden a una parte del valor del servicio demandado y tienen como finalidad ayudar a financiar el sistema.

COTIZACIÓN: Lo que todo afiliado (trabajadores dependientes, independientes y pensionados) debe aportar cada mes para recibir los beneficios del sistema de salud. Este monto constituye el 12.5 % del ingreso base de cotización (salario mensual devengado).

COTIZANTE: personas, nacionales o extranjeras residentes en Colombia, que, por estar vinculadas a través de un contrato de trabajo, ser servidores públicos, pensionados o jubilados, o trabajadores independientes con capacidad de pago, aportan parte de los ingresos para recibir los beneficios del sistema de salud.

CUIDADOS PALIATIVOS: cuidados pertinentes para la atención en salud del paciente con una enfermedad terminal, crónica, degenerativa e irreversible en la que el control del dolor y otros síntomas, requieren además del apoyo médico, social y espiritual, de apoyo psicológico y familiar durante la enfermedad y el duelo. El objetivo de los cuidados paliativos es lograr la mejor calidad de vida posible para el paciente y su familia. La atención paliativa afirma la vida y considera el morir como un proceso normal.

CUOTA MODERADORA: suma que se cobra a todos los afiliados (cotizantes y beneficiarios) por servicios que estos demanden. Su objetivo es regular y estimular el buen uso del servicio de salud.

DEMANDA INDUCIDA: acciones de organizar, incentivar y orientar a la población hacia la utilización de los servicios de protección específica, detección temprana (promoción y prevención) y adhesión a los programas de control.

DERECHO FUNDAMENTAL A MORIR CON DIGNIDAD: facultad que le permite a Ia persona vivir con dignidad el final de su ciclo vital, permitiéndole tomar decisiones sobre cómo enfrentar el momento de muerte. Este derecho no se limita solamente a la muerte anticipada o eutanasia, sino que comprende el cuidado integral del proceso de muerte, incluyendo el cuidado paliativo.

DETECCIÓN TEMPRANA: conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones que permiten identificar en forma oportuna y efectiva la enfermedad, facilitan su rápido diagnóstico, el tratamiento en el momento indicado, además de reducir el tiempo de la enfermedad y el daño causado, evitando secuelas, incapacidad y muerte.DISTINTIVO DE HABILITACIÓN: símbolo dirigido a los usuarios que garantiza que el prestador está inscrito en el registro especial de prestadores de servicios de salud. Debe ser visible a los usuarios en los servicios habilitados.

ENFERMEDAD INCURABLE AVANZADA: aquella enfermedad cuyo curso es progresivo y gradual, con diversos grados de afectación, tiene respuesta variable a los tratamientos específicos y evolucionará hacía la muerte a mediano plazo.

ENFERMEDAD TERMINAL: enfermedad medicamente comprobada avanzada, progresiva e incontrolable, que se caracteriza por la ausencia de posibilidades razonables de respuesta al tratamiento, por la generación de sufrimiento físico-psíquico a pesar de haber recibido el mejor tratamiento disponible, y cuyo pronóstico de vida es inferior a seis (6) mesesEPS-S: Empresas Promotoras de Salud. entidades responsables de la afiliación y prestación del Plan obligatorio de salud del Régimen Subsidiado a los beneficiarios de este.

ESE (EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO): categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, cuyo objeto es la prestación de servicios de salud.

servicios y tecnologías en las condiciones previstas en esta resolución. Adicionalmente, dicho plan determina las coberturas a las que tiene derecho todo afiliado al SGSSS, financiadas con la misma fuente de conformidad con la normatividad vigente

PLANILLA INTEGRADA DE PAGO DE APORTES (PILA): formato electrónico que facilita a los aportantes realizar el pago integrado de los aportes a la Seguridad Social y demás parafiscales, a través de transferencias electrónicas de fondos.

PORTABILIDAD NACIONAL: garantía de la accesibilidad a los servicios de salud, en cualquier municipio del territorio nacional, para todo afiliado al Sistema de General de Seguridad Social en Salud que emigre del municipio domicilio de afiliación o de aquel donde habitualmente recibe los servicios de salud.

PRESTACIONES ECONÓMICAS: Reconocimiento y pago de las prestaciones económicas que se le da un trabajador cotizante que sufra un accidente de trabajo o enfermedad profesional, las cuales son: Subsidio por Incapacidad Temporal; Indemnización por Incapacidad Permanente Parcial; Pensión de Invalidez; Pensión de sobrevivientes y Auxilio Funerario, Licencias de Maternidad y Paternidad.

PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD: actividades dirigidas a los individuos y/o a las familias, cuya finalidad es actuar sobre factores de riesgo (basuras, aguas negras, etc.) o condiciones específicas presentes en los individuos, en el ámbito familiar, la comunidad o el medio ambiente que habitan y que generan la aparición de enfermedades.

PROMOCIÓN DE LA SALUD: actividades de carácter educativo e informativo (talleres, charlas a través de videos, radio, prensa y televisión) de forma individual, familiar o en grupo, tendientes a crear o reforzar conductas y estilos de vida saludables, a modificar o suprimir aquellas que no lo sean, informar sobre los derechos, riesgos, factores protectores, enfermedades, servicios de salud, promoción y estimulación de la participación social en el manejo y solución de los problemas de salud.

PROTECCIÓN ESPECÍFICA: conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones tendientes a garantizar la protección de los afiliados frente a un

riesgo específico, con el fin de evitar la presencia de la enfermedad.

REGIMEN CONTRIBUTIVO: conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre este y su empleador.

REGIMEN SUBSIDIADO: conjunto de normas y procedimientos que rigen la vinculación de la población empobrecida y vulnerable al Sistema General de Seguridad Social en Salud, con recursos de la Nación y Entidades Territoriales.

REMISIÓN: envío de usuarios o elementos de ayuda diagnóstica por parte de las IPS a otras IPS para atención o complementación diagnóstica que, de acuerdo con el grado de complejidad, den respuesta a las necesidades de salud.

RIAS: Rutas Integrales de Atención, esquema de atención paso a paso para el acceso a servicios en salud de las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.

SAT: Sistema de afiliación transaccional, plataforma del ministerio de la protección donde las personas pueden autogestionar sus traslados y novedades de afiliación a través de www.miseguridadsocial.gov.co

SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL USUARIO (SIAU): permite al usuario externo contar con un mecanismo de comunicación directo con los diferentes niveles de nuestra EPS, a partir de los cuales expresan sus necesidades y expectativas para la prestación de los servicios.

SGSSS: Sistema General de Seguridad Social en Salud.

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD: conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, que procuran la prestación del servicio y fijan condiciones de acceso en todos los niveles de atención, bajo el fundamento de garantizar la atención integral a toda población.

TECNOLOGÍAS EN SALUD: servicios tales como: cirugías, medicamentos, laboratorios clínicos, insumos, radiología, consultas ambulatorias, odontología, vacunas y procedimientos no quirúrgicos.

TELEMEDICINA: provisión de servicios de salud a distancia, en los componentes de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación, por profesionales de la salud que utilizan tecnologías de información y comunicación, que les permiten intercambiar datos con el propósito de facilitar el acceso de la población a los servicios que presenten limitaciones de oferta o de acceso a los servicios en su área geográfica.

TRASLADO: derecho que tienen los afiliados para cambiarse a otra Entidad Promotora de Salud, una vez se cumpla con el período mínimo de permanencia exigido o se configuren las causales definidas para tal fin por las disposiciones legales vigentes.

TRIAGE: método que permite organizar la atención de las personas según los recursos existentes y las necesidades de los individuos en el ámbito de la medicina para clasificar a los pacientes de acuerdo a la urgencia de la atención.

TUTELA: mecanismo judicial creado por la Constitución mediante el cual las personas buscan lograr atención, procedimientos y medicamentos que no están cubiertos por el POS. También son interpuestas por afiliados que requieren tratamientos de alto costo, pero no reúnen las semanas mínimas de cotización requeridas.

UPC: Unidad de Pago por Capitación, valor anual que se reconoce por cada uno de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) para cubrir las prestaciones del Plan de Beneficios en Salud, en los regímenes contributivo y subsidiado.

ZONA SER AFILIADO: herramienta tecnológica de autogestión de servicios disponible en página web www.mutualser.org o desde celular para descargas la APP ZONA SER, que permite realizar los siguientes trámites:

Page 5: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

ACCIONES PARA LA RECUPERACIÓN DE LA SALUD: todas las actividades que se le brindan a unpaciente enfermo.

ACTIVIDAD DE SALUD: conjunto de acciones, operaciones o tareas que especifican un procedimiento o servicio de salud, en las cuales se utilizan recursos físicos, humanos o tecnológicos.

ADECUACIÓN DE LOS ESFUERZOS TERAPÉUTICOS (AET): ajuste de los tratamientos y objetivos de cuidado a la situación clínica del paciente, en los casos en que este padece una enfermedad incurable avanzada, degenerativa a irreversible o enfermedad terminal, cuando estos no cumplen con los principios de proporcionalidad terapéutica o no sirven al mejor interés de la persona y no representan una vida digna para esta.

La AET supone el retiro o no instauración de actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos, en los que la continuidad de estos pudiera generar sufrimiento, o resultar desproporcionados entre los fines y medios terapéuticos.

AFILIADO: calidad que adquiere la persona una vez ha realizado la afiliación y se le otorga el derecho a los servicios de salud del plan de beneficios que brinda el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el régimen subsidiado o cuando cotiza en el régimen contributivo.

AGONÍA: situación que precede a Ia muerte cuando se produce de forma gradual y en Ia que existe deterioro físico, debilidad extrema, pérdida de capacidad cognoscitiva, conciencia, capacidad de ingesta de alimentos y pronóstico de vida de horas o de días.

ALTO COSTO: tratamientos y servicios de salud que reciben las personas que padecen enfermedades ruinosas o catastróficas, como sida y sus complicaciones, diálisis por insuficiencia renal y trasplantes de riñón, corazón, médula ósea o córnea.

APARATO ORTOPÉDICO: es un dispositivo médico de ayuda técnica como prótesis u órtesis para reemplazar, mejorar o complementar la capacidad fisiológica o física del sistema u órgano afectado.

ASOCIACIONES DE USUARIOS: agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación, que velará por la calidad del servicio y la defensa del usuario.

ATENCIÓN AMBULATORIA: modalidad de prestación de servicios de salud, en la cual toda tecnología en salud se realiza sin necesidad de internar u hospitalizar al paciente.

ATENCIÓN CON INTERNACIÓN: modalidad de prestación de servicios de salud con permanencia superior a 24 horas continuas en una institución prestadora de servicios de salud.

ATENCIÓN DOMICILIARIA: modalidad de prestación de servicios de salud extrahospitalaria que busca brindar una solución a los problemas de salud en el domicilio o residencia y que cuenta con el apoyo de profesionales, técnicos o auxiliares del área de la salud y la participación de la familia.

ATENCIÓN INICIAL DE URGENCIAS: todas aquellas acciones realizadas a una persona con patología de urgencia que consisten en las actividades, procedimientos e intervenciones necesarias para la estabilización de sus signos vitales, la realización de un diagnóstico de impresión y la definición del destino inmediato de la persona con la patología de urgencia tomando como base el nivel de atención y el grado de complejidad de la entidad que realiza la atención inicial de urgencia, al tenor de los principios éticos y las normas que determinan las acciones y el comportamiento del personal de salud.

AUTOCUIDADO: observancia particular y determinada que una persona hace para sí misma de un conjunto de principios, recomendaciones y precauciones, destinadas a conservar la salud.

BENEFICIARIOS: personas que pertenecen al grupo familiar del afilado al sistema, los cuales reciben beneficios en salud luego de ser inscritos por el cotizante.

EUTANASIA: procedimiento médico en el cual se induce activamente la muerte de forma anticipada a una persona que padece de una enfermedad terminal que le genera sufrimiento, tras la solicitud voluntaria, informada e inequívoca de la persona. La manifestación de la voluntad puede estar expresada en un documento de voluntad anticipada de la misma.

INSCRIPCIÓN A LA EPS: registro que hacen las personas en las EPS de acuerdo al régimen en el que se quieren afiliar.

IPS: instituciones encargadas de prestar los servicios de salud en su nivel de atención correspondiente a los afiliados y beneficiarios dentro de los parámetros y principios señalados en la presente ley.

LIBRE ESCOGENCIA: principio del Sistema General de Seguridad Social en Salud que le da al afiliado la facultad de elegir entre las diferentes Entidades Promotoras de Salud, aquella que le administrará la prestación de sus servicios de salud derivados del Plan de Beneficios. A su vez, la Entidad Promotora de Salud le garantizará al afiliado la posibilidad de escoger, entre un número plural de prestadores, la o las Instituciones Prestadoras de Servicios a través de las cuales accederá al Plan de Beneficios de Salud.

MOVILIDAD (CONTINUIDAD EN LA MISMA EPS): derecho que tienen los afiliados para continuar en la Entidad Promotora de Salud, cuando tiene capacidad de pago para el régimen contributivo y continuar en caso de que pierda la capacidad de pago en el régimen subsidiado si su nivel de sisben es 1 y 2.

NOVEDADES: cambios que afectan el estado de la afiliación, la condición del afiliado, la pertenencia a un régimen o la inscripción a una EPS y las actualizaciones de los datos de los afiliados.

PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD CON FINANCIADO CON LA UPC: El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC es el conjunto de servicios y tecnologías descritas en el presente acto administrativo, que se constituye en un mecanismo de protección al derecho fundamental a la salud para que las EPS o las entidades que hagan sus veces, garanticen el acceso a los

servicios y tecnologías en las condiciones previstas en esta resolución. Adicionalmente, dicho plan determina las coberturas a las que tiene derecho todo afiliado al SGSSS, financiadas con la misma fuente de conformidad con la normatividad vigente

PLANILLA INTEGRADA DE PAGO DE APORTES (PILA): formato electrónico que facilita a los aportantes realizar el pago integrado de los aportes a la Seguridad Social y demás parafiscales, a través de transferencias electrónicas de fondos.

PORTABILIDAD NACIONAL: garantía de la accesibilidad a los servicios de salud, en cualquier municipio del territorio nacional, para todo afiliado al Sistema de General de Seguridad Social en Salud que emigre del municipio domicilio de afiliación o de aquel donde habitualmente recibe los servicios de salud.

PRESTACIONES ECONÓMICAS: Reconocimiento y pago de las prestaciones económicas que se le da un trabajador cotizante que sufra un accidente de trabajo o enfermedad profesional, las cuales son: Subsidio por Incapacidad Temporal; Indemnización por Incapacidad Permanente Parcial; Pensión de Invalidez; Pensión de sobrevivientes y Auxilio Funerario, Licencias de Maternidad y Paternidad.

PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD: actividades dirigidas a los individuos y/o a las familias, cuya finalidad es actuar sobre factores de riesgo (basuras, aguas negras, etc.) o condiciones específicas presentes en los individuos, en el ámbito familiar, la comunidad o el medio ambiente que habitan y que generan la aparición de enfermedades.

PROMOCIÓN DE LA SALUD: actividades de carácter educativo e informativo (talleres, charlas a través de videos, radio, prensa y televisión) de forma individual, familiar o en grupo, tendientes a crear o reforzar conductas y estilos de vida saludables, a modificar o suprimir aquellas que no lo sean, informar sobre los derechos, riesgos, factores protectores, enfermedades, servicios de salud, promoción y estimulación de la participación social en el manejo y solución de los problemas de salud.

PROTECCIÓN ESPECÍFICA: conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones tendientes a garantizar la protección de los afiliados frente a un

riesgo específico, con el fin de evitar la presencia de la enfermedad.

REGIMEN CONTRIBUTIVO: conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre este y su empleador.

REGIMEN SUBSIDIADO: conjunto de normas y procedimientos que rigen la vinculación de la población empobrecida y vulnerable al Sistema General de Seguridad Social en Salud, con recursos de la Nación y Entidades Territoriales.

REMISIÓN: envío de usuarios o elementos de ayuda diagnóstica por parte de las IPS a otras IPS para atención o complementación diagnóstica que, de acuerdo con el grado de complejidad, den respuesta a las necesidades de salud.

RIAS: Rutas Integrales de Atención, esquema de atención paso a paso para el acceso a servicios en salud de las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.

SAT: Sistema de afiliación transaccional, plataforma del ministerio de la protección donde las personas pueden autogestionar sus traslados y novedades de afiliación a través de www.miseguridadsocial.gov.co

SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL USUARIO (SIAU): permite al usuario externo contar con un mecanismo de comunicación directo con los diferentes niveles de nuestra EPS, a partir de los cuales expresan sus necesidades y expectativas para la prestación de los servicios.

SGSSS: Sistema General de Seguridad Social en Salud.

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD: conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, que procuran la prestación del servicio y fijan condiciones de acceso en todos los niveles de atención, bajo el fundamento de garantizar la atención integral a toda población.

TECNOLOGÍAS EN SALUD: servicios tales como: cirugías, medicamentos, laboratorios clínicos, insumos, radiología, consultas ambulatorias, odontología, vacunas y procedimientos no quirúrgicos.

TELEMEDICINA: provisión de servicios de salud a distancia, en los componentes de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación, por profesionales de la salud que utilizan tecnologías de información y comunicación, que les permiten intercambiar datos con el propósito de facilitar el acceso de la población a los servicios que presenten limitaciones de oferta o de acceso a los servicios en su área geográfica.

TRASLADO: derecho que tienen los afiliados para cambiarse a otra Entidad Promotora de Salud, una vez se cumpla con el período mínimo de permanencia exigido o se configuren las causales definidas para tal fin por las disposiciones legales vigentes.

TRIAGE: método que permite organizar la atención de las personas según los recursos existentes y las necesidades de los individuos en el ámbito de la medicina para clasificar a los pacientes de acuerdo a la urgencia de la atención.

TUTELA: mecanismo judicial creado por la Constitución mediante el cual las personas buscan lograr atención, procedimientos y medicamentos que no están cubiertos por el POS. También son interpuestas por afiliados que requieren tratamientos de alto costo, pero no reúnen las semanas mínimas de cotización requeridas.

UPC: Unidad de Pago por Capitación, valor anual que se reconoce por cada uno de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) para cubrir las prestaciones del Plan de Beneficios en Salud, en los regímenes contributivo y subsidiado.

ZONA SER AFILIADO: herramienta tecnológica de autogestión de servicios disponible en página web www.mutualser.org o desde celular para descargas la APP ZONA SER, que permite realizar los siguientes trámites:

Page 6: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

ACCIONES PARA LA RECUPERACIÓN DE LA SALUD: todas las actividades que se le brindan a unpaciente enfermo.

ACTIVIDAD DE SALUD: conjunto de acciones, operaciones o tareas que especifican un procedimiento o servicio de salud, en las cuales se utilizan recursos físicos, humanos o tecnológicos.

ADECUACIÓN DE LOS ESFUERZOS TERAPÉUTICOS (AET): ajuste de los tratamientos y objetivos de cuidado a la situación clínica del paciente, en los casos en que este padece una enfermedad incurable avanzada, degenerativa a irreversible o enfermedad terminal, cuando estos no cumplen con los principios de proporcionalidad terapéutica o no sirven al mejor interés de la persona y no representan una vida digna para esta.

La AET supone el retiro o no instauración de actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos, en los que la continuidad de estos pudiera generar sufrimiento, o resultar desproporcionados entre los fines y medios terapéuticos.

AFILIADO: calidad que adquiere la persona una vez ha realizado la afiliación y se le otorga el derecho a los servicios de salud del plan de beneficios que brinda el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el régimen subsidiado o cuando cotiza en el régimen contributivo.

AGONÍA: situación que precede a Ia muerte cuando se produce de forma gradual y en Ia que existe deterioro físico, debilidad extrema, pérdida de capacidad cognoscitiva, conciencia, capacidad de ingesta de alimentos y pronóstico de vida de horas o de días.

ALTO COSTO: tratamientos y servicios de salud que reciben las personas que padecen enfermedades ruinosas o catastróficas, como sida y sus complicaciones, diálisis por insuficiencia renal y trasplantes de riñón, corazón, médula ósea o córnea.

APARATO ORTOPÉDICO: es un dispositivo médico de ayuda técnica como prótesis u órtesis para reemplazar, mejorar o complementar la capacidad fisiológica o física del sistema u órgano afectado.

ASOCIACIONES DE USUARIOS: agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación, que velará por la calidad del servicio y la defensa del usuario.

ATENCIÓN AMBULATORIA: modalidad de prestación de servicios de salud, en la cual toda tecnología en salud se realiza sin necesidad de internar u hospitalizar al paciente.

ATENCIÓN CON INTERNACIÓN: modalidad de prestación de servicios de salud con permanencia superior a 24 horas continuas en una institución prestadora de servicios de salud.

ATENCIÓN DOMICILIARIA: modalidad de prestación de servicios de salud extrahospitalaria que busca brindar una solución a los problemas de salud en el domicilio o residencia y que cuenta con el apoyo de profesionales, técnicos o auxiliares del área de la salud y la participación de la familia.

ATENCIÓN INICIAL DE URGENCIAS: todas aquellas acciones realizadas a una persona con patología de urgencia que consisten en las actividades, procedimientos e intervenciones necesarias para la estabilización de sus signos vitales, la realización de un diagnóstico de impresión y la definición del destino inmediato de la persona con la patología de urgencia tomando como base el nivel de atención y el grado de complejidad de la entidad que realiza la atención inicial de urgencia, al tenor de los principios éticos y las normas que determinan las acciones y el comportamiento del personal de salud.

AUTOCUIDADO: observancia particular y determinada que una persona hace para sí misma de un conjunto de principios, recomendaciones y precauciones, destinadas a conservar la salud.

BENEFICIARIOS: personas que pertenecen al grupo familiar del afilado al sistema, los cuales reciben beneficios en salud luego de ser inscritos por el cotizante.

servicios y tecnologías en las condiciones previstas en esta resolución. Adicionalmente, dicho plan determina las coberturas a las que tiene derecho todo afiliado al SGSSS, financiadas con la misma fuente de conformidad con la normatividad vigente

PLANILLA INTEGRADA DE PAGO DE APORTES (PILA): formato electrónico que facilita a los aportantes realizar el pago integrado de los aportes a la Seguridad Social y demás parafiscales, a través de transferencias electrónicas de fondos.

PORTABILIDAD NACIONAL: garantía de la accesibilidad a los servicios de salud, en cualquier municipio del territorio nacional, para todo afiliado al Sistema de General de Seguridad Social en Salud que emigre del municipio domicilio de afiliación o de aquel donde habitualmente recibe los servicios de salud.

PRESTACIONES ECONÓMICAS: Reconocimiento y pago de las prestaciones económicas que se le da un trabajador cotizante que sufra un accidente de trabajo o enfermedad profesional, las cuales son: Subsidio por Incapacidad Temporal; Indemnización por Incapacidad Permanente Parcial; Pensión de Invalidez; Pensión de sobrevivientes y Auxilio Funerario, Licencias de Maternidad y Paternidad.

PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD: actividades dirigidas a los individuos y/o a las familias, cuya finalidad es actuar sobre factores de riesgo (basuras, aguas negras, etc.) o condiciones específicas presentes en los individuos, en el ámbito familiar, la comunidad o el medio ambiente que habitan y que generan la aparición de enfermedades.

PROMOCIÓN DE LA SALUD: actividades de carácter educativo e informativo (talleres, charlas a través de videos, radio, prensa y televisión) de forma individual, familiar o en grupo, tendientes a crear o reforzar conductas y estilos de vida saludables, a modificar o suprimir aquellas que no lo sean, informar sobre los derechos, riesgos, factores protectores, enfermedades, servicios de salud, promoción y estimulación de la participación social en el manejo y solución de los problemas de salud.

PROTECCIÓN ESPECÍFICA: conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones tendientes a garantizar la protección de los afiliados frente a un

riesgo específico, con el fin de evitar la presencia de la enfermedad.

REGIMEN CONTRIBUTIVO: conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre este y su empleador.

REGIMEN SUBSIDIADO: conjunto de normas y procedimientos que rigen la vinculación de la población empobrecida y vulnerable al Sistema General de Seguridad Social en Salud, con recursos de la Nación y Entidades Territoriales.

REMISIÓN: envío de usuarios o elementos de ayuda diagnóstica por parte de las IPS a otras IPS para atención o complementación diagnóstica que, de acuerdo con el grado de complejidad, den respuesta a las necesidades de salud.

RIAS: Rutas Integrales de Atención, esquema de atención paso a paso para el acceso a servicios en salud de las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.

SAT: Sistema de afiliación transaccional, plataforma del ministerio de la protección donde las personas pueden autogestionar sus traslados y novedades de afiliación a través de www.miseguridadsocial.gov.co

SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL USUARIO (SIAU): permite al usuario externo contar con un mecanismo de comunicación directo con los diferentes niveles de nuestra EPS, a partir de los cuales expresan sus necesidades y expectativas para la prestación de los servicios.

SGSSS: Sistema General de Seguridad Social en Salud.

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD: conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, que procuran la prestación del servicio y fijan condiciones de acceso en todos los niveles de atención, bajo el fundamento de garantizar la atención integral a toda población.

TECNOLOGÍAS EN SALUD: servicios tales como: cirugías, medicamentos, laboratorios clínicos, insumos, radiología, consultas ambulatorias, odontología, vacunas y procedimientos no quirúrgicos.

TELEMEDICINA: provisión de servicios de salud a distancia, en los componentes de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación, por profesionales de la salud que utilizan tecnologías de información y comunicación, que les permiten intercambiar datos con el propósito de facilitar el acceso de la población a los servicios que presenten limitaciones de oferta o de acceso a los servicios en su área geográfica.

TRASLADO: derecho que tienen los afiliados para cambiarse a otra Entidad Promotora de Salud, una vez se cumpla con el período mínimo de permanencia exigido o se configuren las causales definidas para tal fin por las disposiciones legales vigentes.

TRIAGE: método que permite organizar la atención de las personas según los recursos existentes y las necesidades de los individuos en el ámbito de la medicina para clasificar a los pacientes de acuerdo a la urgencia de la atención.

TUTELA: mecanismo judicial creado por la Constitución mediante el cual las personas buscan lograr atención, procedimientos y medicamentos que no están cubiertos por el POS. También son interpuestas por afiliados que requieren tratamientos de alto costo, pero no reúnen las semanas mínimas de cotización requeridas.

UPC: Unidad de Pago por Capitación, valor anual que se reconoce por cada uno de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) para cubrir las prestaciones del Plan de Beneficios en Salud, en los regímenes contributivo y subsidiado.

ZONA SER AFILIADO: herramienta tecnológica de autogestión de servicios disponible en página web www.mutualser.org o desde celular para descargas la APP ZONA SER, que permite realizar los siguientes trámites:

Page 7: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

ACCIONES PARA LA RECUPERACIÓN DE LA SALUD: todas las actividades que se le brindan a unpaciente enfermo.

ACTIVIDAD DE SALUD: conjunto de acciones, operaciones o tareas que especifican un procedimiento o servicio de salud, en las cuales se utilizan recursos físicos, humanos o tecnológicos.

ADECUACIÓN DE LOS ESFUERZOS TERAPÉUTICOS (AET): ajuste de los tratamientos y objetivos de cuidado a la situación clínica del paciente, en los casos en que este padece una enfermedad incurable avanzada, degenerativa a irreversible o enfermedad terminal, cuando estos no cumplen con los principios de proporcionalidad terapéutica o no sirven al mejor interés de la persona y no representan una vida digna para esta.

La AET supone el retiro o no instauración de actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos, en los que la continuidad de estos pudiera generar sufrimiento, o resultar desproporcionados entre los fines y medios terapéuticos.

AFILIADO: calidad que adquiere la persona una vez ha realizado la afiliación y se le otorga el derecho a los servicios de salud del plan de beneficios que brinda el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el régimen subsidiado o cuando cotiza en el régimen contributivo.

AGONÍA: situación que precede a Ia muerte cuando se produce de forma gradual y en Ia que existe deterioro físico, debilidad extrema, pérdida de capacidad cognoscitiva, conciencia, capacidad de ingesta de alimentos y pronóstico de vida de horas o de días.

ALTO COSTO: tratamientos y servicios de salud que reciben las personas que padecen enfermedades ruinosas o catastróficas, como sida y sus complicaciones, diálisis por insuficiencia renal y trasplantes de riñón, corazón, médula ósea o córnea.

APARATO ORTOPÉDICO: es un dispositivo médico de ayuda técnica como prótesis u órtesis para reemplazar, mejorar o complementar la capacidad fisiológica o física del sistema u órgano afectado.

ASOCIACIONES DE USUARIOS: agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación, que velará por la calidad del servicio y la defensa del usuario.

ATENCIÓN AMBULATORIA: modalidad de prestación de servicios de salud, en la cual toda tecnología en salud se realiza sin necesidad de internar u hospitalizar al paciente.

ATENCIÓN CON INTERNACIÓN: modalidad de prestación de servicios de salud con permanencia superior a 24 horas continuas en una institución prestadora de servicios de salud.

ATENCIÓN DOMICILIARIA: modalidad de prestación de servicios de salud extrahospitalaria que busca brindar una solución a los problemas de salud en el domicilio o residencia y que cuenta con el apoyo de profesionales, técnicos o auxiliares del área de la salud y la participación de la familia.

ATENCIÓN INICIAL DE URGENCIAS: todas aquellas acciones realizadas a una persona con patología de urgencia que consisten en las actividades, procedimientos e intervenciones necesarias para la estabilización de sus signos vitales, la realización de un diagnóstico de impresión y la definición del destino inmediato de la persona con la patología de urgencia tomando como base el nivel de atención y el grado de complejidad de la entidad que realiza la atención inicial de urgencia, al tenor de los principios éticos y las normas que determinan las acciones y el comportamiento del personal de salud.

AUTOCUIDADO: observancia particular y determinada que una persona hace para sí misma de un conjunto de principios, recomendaciones y precauciones, destinadas a conservar la salud.

BENEFICIARIOS: personas que pertenecen al grupo familiar del afilado al sistema, los cuales reciben beneficios en salud luego de ser inscritos por el cotizante.

Certificados de afiliación.Solicitudes y consulta de servicios de salud (autorizaciones, medicamentos, orientación e información).Registra y consulta Portabilidad Nacional.Gestiona citas (inicialmente Cartagena).Consulta Red de atención.Consulta Red de oficinas Mutual SER.

servicios y tecnologías en las condiciones previstas en esta resolución. Adicionalmente, dicho plan determina las coberturas a las que tiene derecho todo afiliado al SGSSS, financiadas con la misma fuente de conformidad con la normatividad vigente

PLANILLA INTEGRADA DE PAGO DE APORTES (PILA): formato electrónico que facilita a los aportantes realizar el pago integrado de los aportes a la Seguridad Social y demás parafiscales, a través de transferencias electrónicas de fondos.

PORTABILIDAD NACIONAL: garantía de la accesibilidad a los servicios de salud, en cualquier municipio del territorio nacional, para todo afiliado al Sistema de General de Seguridad Social en Salud que emigre del municipio domicilio de afiliación o de aquel donde habitualmente recibe los servicios de salud.

PRESTACIONES ECONÓMICAS: Reconocimiento y pago de las prestaciones económicas que se le da un trabajador cotizante que sufra un accidente de trabajo o enfermedad profesional, las cuales son: Subsidio por Incapacidad Temporal; Indemnización por Incapacidad Permanente Parcial; Pensión de Invalidez; Pensión de sobrevivientes y Auxilio Funerario, Licencias de Maternidad y Paternidad.

PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD: actividades dirigidas a los individuos y/o a las familias, cuya finalidad es actuar sobre factores de riesgo (basuras, aguas negras, etc.) o condiciones específicas presentes en los individuos, en el ámbito familiar, la comunidad o el medio ambiente que habitan y que generan la aparición de enfermedades.

PROMOCIÓN DE LA SALUD: actividades de carácter educativo e informativo (talleres, charlas a través de videos, radio, prensa y televisión) de forma individual, familiar o en grupo, tendientes a crear o reforzar conductas y estilos de vida saludables, a modificar o suprimir aquellas que no lo sean, informar sobre los derechos, riesgos, factores protectores, enfermedades, servicios de salud, promoción y estimulación de la participación social en el manejo y solución de los problemas de salud.

PROTECCIÓN ESPECÍFICA: conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones tendientes a garantizar la protección de los afiliados frente a un

riesgo específico, con el fin de evitar la presencia de la enfermedad.

REGIMEN CONTRIBUTIVO: conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre este y su empleador.

REGIMEN SUBSIDIADO: conjunto de normas y procedimientos que rigen la vinculación de la población empobrecida y vulnerable al Sistema General de Seguridad Social en Salud, con recursos de la Nación y Entidades Territoriales.

REMISIÓN: envío de usuarios o elementos de ayuda diagnóstica por parte de las IPS a otras IPS para atención o complementación diagnóstica que, de acuerdo con el grado de complejidad, den respuesta a las necesidades de salud.

RIAS: Rutas Integrales de Atención, esquema de atención paso a paso para el acceso a servicios en salud de las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.

SAT: Sistema de afiliación transaccional, plataforma del ministerio de la protección donde las personas pueden autogestionar sus traslados y novedades de afiliación a través de www.miseguridadsocial.gov.co

SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL USUARIO (SIAU): permite al usuario externo contar con un mecanismo de comunicación directo con los diferentes niveles de nuestra EPS, a partir de los cuales expresan sus necesidades y expectativas para la prestación de los servicios.

SGSSS: Sistema General de Seguridad Social en Salud.

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD: conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, que procuran la prestación del servicio y fijan condiciones de acceso en todos los niveles de atención, bajo el fundamento de garantizar la atención integral a toda población.

TECNOLOGÍAS EN SALUD: servicios tales como: cirugías, medicamentos, laboratorios clínicos, insumos, radiología, consultas ambulatorias, odontología, vacunas y procedimientos no quirúrgicos.

TELEMEDICINA: provisión de servicios de salud a distancia, en los componentes de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación, por profesionales de la salud que utilizan tecnologías de información y comunicación, que les permiten intercambiar datos con el propósito de facilitar el acceso de la población a los servicios que presenten limitaciones de oferta o de acceso a los servicios en su área geográfica.

TRASLADO: derecho que tienen los afiliados para cambiarse a otra Entidad Promotora de Salud, una vez se cumpla con el período mínimo de permanencia exigido o se configuren las causales definidas para tal fin por las disposiciones legales vigentes.

TRIAGE: método que permite organizar la atención de las personas según los recursos existentes y las necesidades de los individuos en el ámbito de la medicina para clasificar a los pacientes de acuerdo a la urgencia de la atención.

TUTELA: mecanismo judicial creado por la Constitución mediante el cual las personas buscan lograr atención, procedimientos y medicamentos que no están cubiertos por el POS. También son interpuestas por afiliados que requieren tratamientos de alto costo, pero no reúnen las semanas mínimas de cotización requeridas.

UPC: Unidad de Pago por Capitación, valor anual que se reconoce por cada uno de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) para cubrir las prestaciones del Plan de Beneficios en Salud, en los regímenes contributivo y subsidiado.

ZONA SER AFILIADO: herramienta tecnológica de autogestión de servicios disponible en página web www.mutualser.org o desde celular para descargas la APP ZONA SER, que permite realizar los siguientes trámites:

I. INFORMACIÓN GENERAL

Con el propósito de garantizar la prestación de servicios de salud a las poblaciones más pobres y vulnerables de la región de los Montes de María, surgió la idea de conformar una Empresa Solidaria de Salud.

El auspicio del Gobierno Nacional a través del Ministerio de Salud permitió hacer realidad ese sueño en 1994 con la creación de la Asociación Mutual Montes de María, que en el año 2000 se

fusionó con la Asociación Mutual de Bolívar para dar paso a Mutual SER EPS.

Hoy Mutual SER EPS atiende a más de 2 millones de afiliados de los Regímenes Subsidiado y Contributivo, en los departamentos de Atlántico, Bolívar, Córdoba, Magdalena y Sucre.

¿QUIÉNES SOMOS?

¿QUÉ ES EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUDFINANCIADO CON CARGO A LA UPC?

1. PLAN DE BENEFICIOS FINANCIADOS CON CARGO A LA UPC Y EXCLUSIONES

El Plan de Beneficios en Salud financiado con cargo a la UPC es el conjunto de servicios y tecnologías descritas en el presente acto administrativo, que se constituye en un mecanismo de protección al derecho fundamental a la salud para que las EPS o las entidades que hagan sus veces, garanticen el

acceso a los servicios y tecnologías en las condiciones previstas en esta resolución. Adicionalmente, dicho plan determina las coberturas a las que tiene derecho todo afiliado al SGSSS, financiadas con la misma fuente de conformidad con la normatividad vigente.

La Unidad de pago por capitación (UPC) es el valor anual que se reconoce por cada uno de los afiliados al sistema general de seguridad social en salud (SGSSS) para cubrir las prestaciones del Plan de Beneficios en salud, en los regímenes contributivo y subsidiado.

¿QUÉ ES LA UPC?

Entiéndase por TECNOLOGÍAS EN SALUD los servicios tales como: cirugías, medicamentos, laboratorios clínicos, insumos, radiología, consultas ambulatorias, odontología, vacunas y procedimientos no quirúrgicos.

¿QUÉ SON LAS TECNOLOGÍAS EN SALUD?

Page 8: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

¿CÓMO ACCEDO A LOS SERVICIOS DE SALUD?

Podrán ir de forma directa a través de urgencias o por consulta médica u odontológica general y a las consultas especializadas de pediatría, obstetricia o medicina familiar según corresponda y sin requerir remisión por parte del médico general, las personas menores de 18 años y las pacientes obstétricas durante todo el embarazo y puerperio.

Para ir a los servicios especializados de salud diferente a las consultas pediatría, obstetricia o medicina familiar es indispensable la remisión.

Cuando haya sido diagnosticado y si requiere periódicamente de servicios especializados, podrá acceder directamente a dicha consulta especializada sin necesidad de remisión por el médico u odontólogo general.

¿QUÉ TECNOLOGÍAS EN SALUD CUBREN A LOS AFILIADOS DE MUTUAL SER EPS?ATENCIÓN BÁSICA O DE BAJA COMPLEJIDAD AMBULATORIA:

Es la que recibes en los centros de salud o instituciones prestadoras de servicios de los municipios; son las siguientes:

Consulta de medicina general.Consulta y procedimientos de odontología (limpieza, calzas, extracción de dientes y muelas).Atención en urgencias.Laboratorio clínico.Radiología.Medicamentos esenciales.

Atenciones ambulatorias y de hospitalización, por la especialidad que necesite, durante el proceso de embarazo, parto y después del parto, para evitar cualquier riesgo en la vida de la madre y/o del recién nacido, buscando su supervivencia.

Consultas con Especialistas.Medicamentos Esenciales descritos en el Plan de Beneficios en Salud.Laboratorios Clínicos descritos en el Plan de Beneficios en Salud. Radiología descrita en el Plan de Beneficios en Salud.

ATENCIÓN ESPECIALIZADA O DE MEDIANA COMPLEJIDAD AMBULATORIA:

ATENCIÓN INTEGRAL DEL PROCESO DE GESTACIÓN, PARTO Y PUERPERIO

EVENTOS Y SERVICIOS DE ALTO COSTO

1. Trasplante de riñón, corazón, hígado, médula ósea y córnea.2. Cirugías de corazón.3. Cirugías de cerebro y columna vertebral.

4. Atención de insuficiencia renal aguda o crónica (diálisis, hemodiálisis), en el ámbito ambulatorio y hospitalario.

6. Pacientes infectados por VIH/SIDA.7. Pacientes con cáncer.8. Reemplazos articulares.9. Internación en Unidad de Cuidados Intensivos.10. Cirugías de enfermedades congénitas.11. Manejo del trauma mayor.

Para las enfermedades de alto costo los afiliados tienen derecho a:

5. Atención integral del gran quemado.

Page 9: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

En Mutual SER EPS-S los afiliados y asociados hacen parte de las siguientes organizaciones de carácter ciudadano y comunitario a las que pueden acudir para exigir el cumplimiento de sus derechos, así como, los mecanismos de participación en las mismas:

ambulatorios en salud de municipios distintos al de su residencia de siguientes grupos poblacionales:• Menor de 18 años con cáncer

• Mujeres víctimas de la violencia intrafamiliar • Grupo de jóvenes en vigilancia salud pública (Carmen de Bolívar)• Población indígena

La base estructural de la organización social la constituyen los Grupos Comunitarios de Salud; cada uno lo conforman entre 15 y 25 afiliados. Estos grupos favorecen la comunicación permanente entre los usuarios y la organización y además velan por la calidad del servicio y la defensa del usuario.El Grupo comunitario en salud con el Gestor

comunitario a la cabeza del mismo, es la expresión autentica de la participación activa de la comunidad en el control de la calidad de los servicios y en la educación para alcanzar estilos de vida saludable; cada año se elige democráticamente de su seno al Gestor Comunitario en Salud quien lo lidera y representa.

• GRUPOS COMUNITARIOS DE SALUD

En la actualidad hay 82 Alianzas de Usuarios conformadas por 1335 miembros en igual número de municipios donde Mutual SER EPS-S tiene presencia; ellas se utilizan para canalizar las propuestas de mejoramiento de la atención en salud de los usuarios, tanto en la red de prestadores de servicios de salud como en la propia.

A través de las Alianzas de Usuarios, los afiliados eligen a sus representantes para que actúen a nombre de ellos en las diferentes instancias de participación, tales como: Comité Técnico Científico, Comité de Ética Hospitalaria, Veedurías Ciudadanas, etc.

• ALIANZAS DE USUARIOS

11. PARTICIPACIÓN SOCIAL

CRITERIOS PARA GENERACION DE AUTORIZACION DE TECNOLOGIAS EN SALUD NO PBS 12. SERVICIOS Y TECNOLOGIAS NO FINANCIADAS CON LA UPC

1. Tecnologías cuya finalidad no sea la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o paliación de la enfermedad.

2. Tecnologías de carácter educativo, instructivo o de capacitación, que no corresponden al ámbito de la salud, aunque sean realizadas por personal del área de la salud.

3. Servicios no habilitados en el SGSSS, así como la internación en instituciones educativas,

entidades de asistencia o protección social tipo hogar geriátrico, hogar sustituto, orfanato, hospicio, guardería o granja protegida, entre otros.

4. Cambios de lugar de residencia o traslados por condiciones de salud, así sean prescritas por el médico tratante.

5. Servicios y tecnologías en salud conexos, así como las complicaciones derivadas de las atenciones en los eventos y servicios que

Sin perjuicio de las aclaraciones de financiación de los servicios y tecnologías de salud del presente acto administrativo Resolución 3512 de 2019, en el contexto de la financiación con recursos públicos asignados a la salud, deben entenderse como no financiados con dichos recursos, aquellos servicios y tecnologías que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

observado reacciones adversas o intolerancia por el paciente, o existan indicaciones o contraindicaciones expresas, de todo lo cual, deberá dejarse constancia en la historia clínica y en la herramienta tecnológica.

5. Que la decisión de prescribir una tecnología en salud no financiada con recursos de la UPC, sea consecuente con la evidencia científica disponible, el diagnóstico y lo autorizado en el registro sanitario o la autoridad competente, según sea el caso.

6. Que se consigne de forma expresa en la historia clínica del paciente y en la herramienta tecnológica, sin que ello implique realizar registros dobles de la información, el cumplimiento de los criterios a los que se refiere el artículo siguiente de esta resolución, para la prescripción de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC.

7. Que el estado de salud del paciente sea coherente con la solicitud de la tecnología en salud no financiada con recursos de la UPC o servicios complementarios a prescribir y que la misma cumpla un fin de prevención, recuperación, tratamiento, rehabilitación de la enfermedad o el mantenimiento de la salud o la capacidad vital o funcional de las personas.

Page 10: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

cumplan los criterios de no financiación con recursos de la UPC, señalados en el artículo 154 de la ley 1450 de 2011 y el artículo 15 de la Ley Estatutaria de Salud (1751 de 2015).

6. Servicios y tecnologías que no sean propiamente del ámbito de salud o que se puedan configurar como determinantes sociales de salud, conforme al artículo 9 de la Ley 1751 de 2015.

7. Tecnologías y servicios excluidos explícitamente de la financiación con recursos públicos asignados a la salud, mediante los correspondientes actos administrativos, en cumplimiento del procedimiento técnico-científico descrito en la Resolución 330 de 2017 y Resolución 244 de 2019

Para la generación de la autorización de Tecnologías en salud no cubiertas por el PBS se tendrán en cuenta única y estrictamente los criterios establecidos en las resoluciones 1885 de 2018 (Régimen contributivo) y resolución 2438 de 2018 (Régimen subsidiado).

La prescripción de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o servicios complementarios, deberá en cualquier caso observar los siguientes requisitos:

Requisitos para realizar la prescripción de tecnologías en saludno financiadas con recursos de la UPC o servicios complementarios

1. Que la(s) tecnología(s) en salud no se encuentre(n) financiadas con recursos de la UPC.

2. Que el uso, ejecución, utilización o realización de la tecnología en salud no financiada con recursos de la UPC haya sido autorizado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), en el caso de medicamentos, alimentos para propósitos médicos especiales o dispositivos, o las demás entidades u órganos competentes en el país según sea el caso.

3. Que el uso, ejecución, utilización o realización en caso de procedimientos en salud no financiados con recursos de la UPC se encuentre codificado y denominado en la Clasificación Única de Procedimientos en Salud (CUPS).

4. Que se hayan agotado o descartado las posibilidades tecnológicas, científicas y técnicas, para la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad, de las tecnologías en salud financiadas con recursos de la UPC y no se haya obtenido resultado clínico o paraclínico satisfactorio en el término previsto de sus indicaciones o se hayan previsto u

observado reacciones adversas o intolerancia por el paciente, o existan indicaciones o contraindicaciones expresas, de todo lo cual, deberá dejarse constancia en la historia clínica y en la herramienta tecnológica.

5. Que la decisión de prescribir una tecnología en salud no financiada con recursos de la UPC, sea consecuente con la evidencia científica disponible, el diagnóstico y lo autorizado en el registro sanitario o la autoridad competente, según sea el caso.

6. Que se consigne de forma expresa en la historia clínica del paciente y en la herramienta tecnológica, sin que ello implique realizar registros dobles de la información, el cumplimiento de los criterios a los que se refiere el artículo siguiente de esta resolución, para la prescripción de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC.

7. Que el estado de salud del paciente sea coherente con la solicitud de la tecnología en salud no financiada con recursos de la UPC o servicios complementarios a prescribir y que la misma cumpla un fin de prevención, recuperación, tratamiento, rehabilitación de la enfermedad o el mantenimiento de la salud o la capacidad vital o funcional de las personas.

Page 11: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Al acudir a Mutual SER EPS-S a través de los diferentes canales de atención a solicitar la autorización para el servicio requerido, se le proporciona al afiliado la red de prestadores de servicios de salud contratada, o varias opciones

de prestadores para que éste decida según sus necesidades, cercanía, comodidad o condiciones, cuál de ellas elige, siendo la que finalmente se asigna al beneficiario.

II. DERECHOS DE LA PERSONA AFILIADA

13. LIBRE ELECCIÓN

Todo afiliado sin restricciones por motivos de pertenencia étnica, sexo, identidad de genera, orientación sexual, edad, idioma, religión o creencia, cultura, opiniones políticas o de cualquier índole, costumbres, origen o condición social o económica, tiene derecho a:

observado reacciones adversas o intolerancia por el paciente, o existan indicaciones o contraindicaciones expresas, de todo lo cual, deberá dejarse constancia en la historia clínica y en la herramienta tecnológica.

5. Que la decisión de prescribir una tecnología en salud no financiada con recursos de la UPC, sea consecuente con la evidencia científica disponible, el diagnóstico y lo autorizado en el registro sanitario o la autoridad competente, según sea el caso.

6. Que se consigne de forma expresa en la historia clínica del paciente y en la herramienta tecnológica, sin que ello implique realizar registros dobles de la información, el cumplimiento de los criterios a los que se refiere el artículo siguiente de esta resolución, para la prescripción de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC.

7. Que el estado de salud del paciente sea coherente con la solicitud de la tecnología en salud no financiada con recursos de la UPC o servicios complementarios a prescribir y que la misma cumpla un fin de prevención, recuperación, tratamiento, rehabilitación de la enfermedad o el mantenimiento de la salud o la capacidad vital o funcional de las personas.

Señor Usuario: para acceder a este tipo de servicios, su médico tratante podrá prescribirlos directamente desde su consultorio. El Ministerio de Salud y Protección Social creó la plataforma MIPRES (Mi prescripción) que garantiza que cada una de las prescripciones generadas en ella sean remitidas directamente a la EPS del afiliado, la cual direccionará el servicio a la red de prestación definida.

1. El médico le entregará una fórmula médica y/o el plan de manejo con un número de prescripción generado por el aplicativo, con la que le harán entrega de lo ordenado por el profesional en salud.

2. Los servicios complementarios (tipo pañales, lentes, nutriciones, entre otros), deberán ser evaluados por la junta de profesionales en salud para su autorización y los servicios por tutela corresponderán solamente a los servicios excluidos del Plan de Beneficios en Salud (PBS) definidos en la Resolución 3512 de 2019, Resolución 244 de 2019 y Ley 1751 de 2015.

3. Espere máximo cinco días para que su EPS, le suministre la tecnología en salud o servicios complementarios.

Page 12: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

• DERECHO A LA ATENCIÓN MÉDICA ACCESIBLE, IDÓNEA, DE CALIDAD Y EFICAZ

• Acceder, en condiciones de calidad, oportunidad y eficiencia y sin restricción a las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos que no estén expresamente excluidos del plan de beneficios financiados con la UPC.• Acceder a las pruebas y exámenes diagnósticos indispensables para determinar su condición de salud y orientar Ia adecuada decisión clínica.• Indicar que los derechos a acceder a un servicio de salud que requiera un niño o adolescente para conservar su vida, su dignidad, su integridad, así como para su desarrollo armónico e integral, y su derecho fundamental a una muerte digna, están especialmente protegidos.• Recibir la atención de urgencias que sea requerida con la oportunidad que su condición amerite sin que sea exigible documento o cancelación de pago previo alguno, ni sea obligatoria la atención en una institución prestadora de servicios de salud de la red definida por la EPS. Los pagos moderadores no pueden constituir barreras al acceso a los servicios de salud.• Recibir durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica disponible en la red y el cuidado paliativo de acuerdo con su enfermedad o condición, incluyendo la atención en la enfermedad incurable avanzada o la enfermedad terminal garantizando que se respeten los deseos del paciente frente a las posibilidades que las IPS tratante ofrece.• Agotar las posibilidades razonables de tratamiento para la superación de su enfermedad y a recibir, durante todo el proceso de la enfermedad incluyendo el final de la vida, la mejor asistencia médica disponible por personal de la salud debidamente competente y autorizado para su ejercicio.• Recibir una segunda opinión por parte de un profesional de la salud disponible dentro de la red prestadora, en caso de duda sobre su diagnóstico y/o manejo de su condición de salud.• Obtener autorización por parte de la EPS para una valoración científica y técnica, cuando tras un concepto médico, generado por un profesional de la salud externo a la red de la EPS y autorizado para ejercer, este considere que la

persona requiere dicho servicio.• Recibir las prestaciones económicas por licencia de maternidad, paternidad o incapacidad por enfermedad general, aún ante la falta de pago o cancelación extemporánea de las cotizaciones cuando la EPS no ha hecho use de los diferentes mecanismos de cobro que se encuentran a su alcance pare lograr el pago de los aportes atrasados.• Acceder a los servicios y tecnologías de salud en forma continua y sin que sea interrumpido por razones administrativas o económicas.• Acceder a los servicios de salud sin que la EPS pueda imponer coma requisito de acceso, el cumplimiento de cargas administrativas propias de la entidad. • Toda persona tiene derecho a que su EPS autoricé y tramité internamente los servicios de salud ordenados por su médico tratante. El médico tratante tiene la carga de iniciar dicho trámite y tanto prestadores como aseguradores deben implementar mecanismos expeditos para que la autorización fluya sin contratiempos.• Acreditar su identidad mediante el documento de identidad o cualquier otro mecanismo tecnológico. No deberá exigirse al afiliado carné o certificado de afiliación a la EPS para la prestación de los servicios, copias, fotocopias o autenticaciones de ningún documento.• Recibir atención médica y acceso a los servicios de salud de manera integral en un municipio o distrito diferente al de su residencia, cuando se traslade temporalmente por un periodo superior a un mes y hasta par doce (12) meses, haciendo la solicitud ante su EPS.• Acceder a los servicios de salud de acuerdo con el principio de integralidad, así como a los elementos y principios previstos en el artículo 6° de la Ley Estatutaria 1751 de 2015.

• DERECHO A LA PROTECCIÓN A LA DIGNIDAD HUMANA

• Recibir un trato digno en el acceso a servicios de salud y en todas las etapas de atención. Ninguna persona deberá ser sometida a tratos crueles o inhumanos que afecten su dignidad, ni ser obligada a soportar sufrimiento evitable, ni obligada a padecer enfermedades que pueden recibir tratamiento.• Ser respetado como ser humane en su integralidad, sin recibir ninguna discriminación por su pertenencia étnica, sexo, identidad de

• DERECHO A LA ATENCIÓN MÉDICA ACCESIBLE, IDÓNEA, DE CALIDAD Y EFICAZ

• Acceder, en condiciones de calidad, oportunidad y eficiencia y sin restricción a las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos que no estén expresamente excluidos del plan de beneficios financiados con la UPC.• Acceder a las pruebas y exámenes diagnósticos indispensables para determinar su condición de salud y orientar Ia adecuada decisión clínica.• Indicar que los derechos a acceder a un servicio de salud que requiera un niño o adolescente para conservar su vida, su dignidad, su integridad, así como para su desarrollo armónico e integral, y su derecho fundamental a una muerte digna, están especialmente protegidos.• Recibir la atención de urgencias que sea requerida con la oportunidad que su condición amerite sin que sea exigible documento o cancelación de pago previo alguno, ni sea obligatoria la atención en una institución prestadora de servicios de salud de la red definida por la EPS. Los pagos moderadores no pueden constituir barreras al acceso a los servicios de salud.• Recibir durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica disponible en la red y el cuidado paliativo de acuerdo con su enfermedad o condición, incluyendo la atención en la enfermedad incurable avanzada o la enfermedad terminal garantizando que se respeten los deseos del paciente frente a las posibilidades que las IPS tratante ofrece.• Agotar las posibilidades razonables de tratamiento para la superación de su enfermedad y a recibir, durante todo el proceso de la enfermedad incluyendo el final de la vida, la mejor asistencia médica disponible por personal de la salud debidamente competente y autorizado para su ejercicio.• Recibir una segunda opinión por parte de un profesional de la salud disponible dentro de la red prestadora, en caso de duda sobre su diagnóstico y/o manejo de su condición de salud.• Obtener autorización por parte de la EPS para una valoración científica y técnica, cuando tras un concepto médico, generado por un profesional de la salud externo a la red de la EPS y autorizado para ejercer, este considere que la

persona requiere dicho servicio.• Recibir las prestaciones económicas por licencia de maternidad, paternidad o incapacidad por enfermedad general, aún ante la falta de pago o cancelación extemporánea de las cotizaciones cuando la EPS no ha hecho use de los diferentes mecanismos de cobro que se encuentran a su alcance pare lograr el pago de los aportes atrasados.• Acceder a los servicios y tecnologías de salud en forma continua y sin que sea interrumpido por razones administrativas o económicas.• Acceder a los servicios de salud sin que la EPS pueda imponer coma requisito de acceso, el cumplimiento de cargas administrativas propias de la entidad. • Toda persona tiene derecho a que su EPS autoricé y tramité internamente los servicios de salud ordenados por su médico tratante. El médico tratante tiene la carga de iniciar dicho trámite y tanto prestadores como aseguradores deben implementar mecanismos expeditos para que la autorización fluya sin contratiempos.• Acreditar su identidad mediante el documento de identidad o cualquier otro mecanismo tecnológico. No deberá exigirse al afiliado carné o certificado de afiliación a la EPS para la prestación de los servicios, copias, fotocopias o autenticaciones de ningún documento.• Recibir atención médica y acceso a los servicios de salud de manera integral en un municipio o distrito diferente al de su residencia, cuando se traslade temporalmente por un periodo superior a un mes y hasta par doce (12) meses, haciendo la solicitud ante su EPS.• Acceder a los servicios de salud de acuerdo con el principio de integralidad, así como a los elementos y principios previstos en el artículo 6° de la Ley Estatutaria 1751 de 2015.

• DERECHO A LA PROTECCIÓN A LA DIGNIDAD HUMANA

• Recibir un trato digno en el acceso a servicios de salud y en todas las etapas de atención. Ninguna persona deberá ser sometida a tratos crueles o inhumanos que afecten su dignidad, ni ser obligada a soportar sufrimiento evitable, ni obligada a padecer enfermedades que pueden recibir tratamiento.• Ser respetado como ser humane en su integralidad, sin recibir ninguna discriminación por su pertenencia étnica, sexo, identidad de

• DERECHO A LA ATENCIÓN MÉDICA ACCESIBLE, IDÓNEA, DE CALIDAD Y EFICAZ

• Acceder, en condiciones de calidad, oportunidad y eficiencia y sin restricción a las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos que no estén expresamente excluidos del plan de beneficios financiados con la UPC.• Acceder a las pruebas y exámenes diagnósticos indispensables para determinar su condición de salud y orientar Ia adecuada decisión clínica.• Indicar que los derechos a acceder a un servicio de salud que requiera un niño o adolescente para conservar su vida, su dignidad, su integridad, así como para su desarrollo armónico e integral, y su derecho fundamental a una muerte digna, están especialmente protegidos.• Recibir la atención de urgencias que sea requerida con la oportunidad que su condición amerite sin que sea exigible documento o cancelación de pago previo alguno, ni sea obligatoria la atención en una institución prestadora de servicios de salud de la red definida por la EPS. Los pagos moderadores no pueden constituir barreras al acceso a los servicios de salud.• Recibir durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica disponible en la red y el cuidado paliativo de acuerdo con su enfermedad o condición, incluyendo la atención en la enfermedad incurable avanzada o la enfermedad terminal garantizando que se respeten los deseos del paciente frente a las posibilidades que las IPS tratante ofrece.• Agotar las posibilidades razonables de tratamiento para la superación de su enfermedad y a recibir, durante todo el proceso de la enfermedad incluyendo el final de la vida, la mejor asistencia médica disponible por personal de la salud debidamente competente y autorizado para su ejercicio.• Recibir una segunda opinión por parte de un profesional de la salud disponible dentro de la red prestadora, en caso de duda sobre su diagnóstico y/o manejo de su condición de salud.• Obtener autorización por parte de la EPS para una valoración científica y técnica, cuando tras un concepto médico, generado por un profesional de la salud externo a la red de la EPS y autorizado para ejercer, este considere que la

persona requiere dicho servicio.• Recibir las prestaciones económicas por licencia de maternidad, paternidad o incapacidad por enfermedad general, aún ante la falta de pago o cancelación extemporánea de las cotizaciones cuando la EPS no ha hecho use de los diferentes mecanismos de cobro que se encuentran a su alcance pare lograr el pago de los aportes atrasados.• Acceder a los servicios y tecnologías de salud en forma continua y sin que sea interrumpido por razones administrativas o económicas.• Acceder a los servicios de salud sin que la EPS pueda imponer coma requisito de acceso, el cumplimiento de cargas administrativas propias de la entidad. • Toda persona tiene derecho a que su EPS autoricé y tramité internamente los servicios de salud ordenados por su médico tratante. El médico tratante tiene la carga de iniciar dicho trámite y tanto prestadores como aseguradores deben implementar mecanismos expeditos para que la autorización fluya sin contratiempos.• Acreditar su identidad mediante el documento de identidad o cualquier otro mecanismo tecnológico. No deberá exigirse al afiliado carné o certificado de afiliación a la EPS para la prestación de los servicios, copias, fotocopias o autenticaciones de ningún documento.• Recibir atención médica y acceso a los servicios de salud de manera integral en un municipio o distrito diferente al de su residencia, cuando se traslade temporalmente por un periodo superior a un mes y hasta par doce (12) meses, haciendo la solicitud ante su EPS.• Acceder a los servicios de salud de acuerdo con el principio de integralidad, así como a los elementos y principios previstos en el artículo 6° de la Ley Estatutaria 1751 de 2015.

• DERECHO A LA PROTECCIÓN A LA DIGNIDAD HUMANA

• Recibir un trato digno en el acceso a servicios de salud y en todas las etapas de atención. Ninguna persona deberá ser sometida a tratos crueles o inhumanos que afecten su dignidad, ni ser obligada a soportar sufrimiento evitable, ni obligada a padecer enfermedades que pueden recibir tratamiento.• Ser respetado como ser humane en su integralidad, sin recibir ninguna discriminación por su pertenencia étnica, sexo, identidad de

Page 13: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

genera, orientación sexual, edad, idioma, religión o creencia, culture, opiniones políticas a de cualquier índole, costumbres, origen, condición social, condición económica y su intimidad, así como las opiniones que tenga.• Recibir los servicios de salud en condiciones sanitarias adecuadas, en un marco de seguridad y respeto a su identidad e intimidad.• Recibir protección especial cuando se padecen enfermedades catastróficas o de alto costo. Esto implica el acceso oportuno a los servicios de salud asociados a la patología y la prohibición de que bajo ningún pretexto se deje de atender a la persona, ni pueden cobrársele copagos o cuotas moderadora.• Elegir dentro de las opciones de muerte digna según corresponda a su escala de valores y preferencias personales y a ser respetado en su elección incluyendo que se le permita rechazar actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos que puedan dilatar el proceso de su muerte impidiendo que este siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad.

• DERECHO A LA INFORMACIÓN

• Recibir información sabre los canales formales para presentar peticiones, quejas reclamos y/o denuncias y, en general, para comunicarse con la administración de las instituciones, así coma a recibir una respuesta oportuna y de fondo.• Disfrutar y mantener una comunicación permanente y clara con el personal de la salud, apropiada a sus condiciones psicológicas y culturales y, en caso de enfermedad, estar informado sobre su condición, así como de los procedimientos y tratamientos que se le vayan a practicar, al igual que de los riesgos y beneficios de estos y el pronóstico de su diagnóstico.• Recibir, en caso de que el paciente sea menor de 18 arias, toda la información necesaria de parte de los profesionales de la salud, sus padres, o en su defecto su representante legal o cuidador, para promover la adopción de decisiones autónomas frente al autocuidado de su salud. La información debe ser brindada teniendo en cuenta el desarrollo cognitivo y madurez del menor de edad, así como el contexto en el que se encuentra.• Ser informado oportunamente par su médico tratante sabre la existencia de objeción de

conciencia debidamente motivada, en los casos de los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo en las circunstancias despenalizadas par la Corte Constitucional, a de eutanasia; tal objeción, en caso de existir, debe estar en conocimiento de la IPS, con la debida antelación, y par escrito, de parte del médico tratante. El paciente tiene derecho a que sea gestionada la continuidad de la atención inmediata y eficaz con un profesional no objetor.• Revisar y recibir información acerca de los costos de los servicios prestados.• Recibir de su EPS a de las autoridades públicas no obligadas a autorizar un servicio de salud solicitado, la gestión necesaria para: (I) obtener la información que requiera para saber coma funciona el sistema de salud y cuáles son sus derechos; (II) recibir par escrito las razones por las cuales no se autoriza el servicio; (III) conocer específicamente cual es la institución prestadora de servicios de salud que tiene la obligación de realizar las pruebas diagnósticas que requiere y una cita con un especialista; y, (IV) recibir acompañamiento durante el proceso de solicitud del servicio, con el fin de asegurar el goce efectivo de sus derechos.• Recibir del prestador de servicios de salud, par escrito, las razones por las cuales el servicio no será prestado, cuando excepcionalmente se presente dicha situación.• Recibir información y ser convocado individual a colectivamente, a los procesos de participación directa y efectiva para la toma de decisión relacionada con la ampliación progresiva y exclusiones de las prestaciones de salud de que trata el artículo 15 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, conforme al procedimiento técnico científico y participativo establecido para el efecto por este Ministerio.• Solicitar copia de su historia clínica y que esta le sea entregada en un término máximo de cinco (5) días calendario o remitida par medios electrónicos si así lo autoriza el usuario, caso en el cual el envío será gratuito.

• DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN, CONSENTIMIENTO Y LIBRE ESCOGENCIA

• Elegir libremente el asegurador, el médico y en general los profesionales de Ia salud, coma también a las instituciones de salud que le presten la atención requerida dentro de la oferta disponible. Los cambios en la oferta de

genera, orientación sexual, edad, idioma, religión o creencia, culture, opiniones políticas a de cualquier índole, costumbres, origen, condición social, condición económica y su intimidad, así como las opiniones que tenga.• Recibir los servicios de salud en condiciones sanitarias adecuadas, en un marco de seguridad y respeto a su identidad e intimidad.• Recibir protección especial cuando se padecen enfermedades catastróficas o de alto costo. Esto implica el acceso oportuno a los servicios de salud asociados a la patología y la prohibición de que bajo ningún pretexto se deje de atender a la persona, ni pueden cobrársele copagos o cuotas moderadora.• Elegir dentro de las opciones de muerte digna según corresponda a su escala de valores y preferencias personales y a ser respetado en su elección incluyendo que se le permita rechazar actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos que puedan dilatar el proceso de su muerte impidiendo que este siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad.

• DERECHO A LA INFORMACIÓN

• Recibir información sabre los canales formales para presentar peticiones, quejas reclamos y/o denuncias y, en general, para comunicarse con la administración de las instituciones, así coma a recibir una respuesta oportuna y de fondo.• Disfrutar y mantener una comunicación permanente y clara con el personal de la salud, apropiada a sus condiciones psicológicas y culturales y, en caso de enfermedad, estar informado sobre su condición, así como de los procedimientos y tratamientos que se le vayan a practicar, al igual que de los riesgos y beneficios de estos y el pronóstico de su diagnóstico.• Recibir, en caso de que el paciente sea menor de 18 arias, toda la información necesaria de parte de los profesionales de la salud, sus padres, o en su defecto su representante legal o cuidador, para promover la adopción de decisiones autónomas frente al autocuidado de su salud. La información debe ser brindada teniendo en cuenta el desarrollo cognitivo y madurez del menor de edad, así como el contexto en el que se encuentra.• Ser informado oportunamente par su médico tratante sabre la existencia de objeción de

conciencia debidamente motivada, en los casos de los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo en las circunstancias despenalizadas par la Corte Constitucional, a de eutanasia; tal objeción, en caso de existir, debe estar en conocimiento de la IPS, con la debida antelación, y par escrito, de parte del médico tratante. El paciente tiene derecho a que sea gestionada la continuidad de la atención inmediata y eficaz con un profesional no objetor.• Revisar y recibir información acerca de los costos de los servicios prestados.• Recibir de su EPS a de las autoridades públicas no obligadas a autorizar un servicio de salud solicitado, la gestión necesaria para: (I) obtener la información que requiera para saber coma funciona el sistema de salud y cuáles son sus derechos; (II) recibir par escrito las razones por las cuales no se autoriza el servicio; (III) conocer específicamente cual es la institución prestadora de servicios de salud que tiene la obligación de realizar las pruebas diagnósticas que requiere y una cita con un especialista; y, (IV) recibir acompañamiento durante el proceso de solicitud del servicio, con el fin de asegurar el goce efectivo de sus derechos.• Recibir del prestador de servicios de salud, par escrito, las razones por las cuales el servicio no será prestado, cuando excepcionalmente se presente dicha situación.• Recibir información y ser convocado individual a colectivamente, a los procesos de participación directa y efectiva para la toma de decisión relacionada con la ampliación progresiva y exclusiones de las prestaciones de salud de que trata el artículo 15 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, conforme al procedimiento técnico científico y participativo establecido para el efecto por este Ministerio.• Solicitar copia de su historia clínica y que esta le sea entregada en un término máximo de cinco (5) días calendario o remitida par medios electrónicos si así lo autoriza el usuario, caso en el cual el envío será gratuito.

• DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN, CONSENTIMIENTO Y LIBRE ESCOGENCIA

• Elegir libremente el asegurador, el médico y en general los profesionales de Ia salud, coma también a las instituciones de salud que le presten la atención requerida dentro de la oferta disponible. Los cambios en la oferta de

genera, orientación sexual, edad, idioma, religión o creencia, culture, opiniones políticas a de cualquier índole, costumbres, origen, condición social, condición económica y su intimidad, así como las opiniones que tenga.• Recibir los servicios de salud en condiciones sanitarias adecuadas, en un marco de seguridad y respeto a su identidad e intimidad.• Recibir protección especial cuando se padecen enfermedades catastróficas o de alto costo. Esto implica el acceso oportuno a los servicios de salud asociados a la patología y la prohibición de que bajo ningún pretexto se deje de atender a la persona, ni pueden cobrársele copagos o cuotas moderadora.• Elegir dentro de las opciones de muerte digna según corresponda a su escala de valores y preferencias personales y a ser respetado en su elección incluyendo que se le permita rechazar actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos que puedan dilatar el proceso de su muerte impidiendo que este siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad.

• DERECHO A LA INFORMACIÓN

• Recibir información sabre los canales formales para presentar peticiones, quejas reclamos y/o denuncias y, en general, para comunicarse con la administración de las instituciones, así coma a recibir una respuesta oportuna y de fondo.• Disfrutar y mantener una comunicación permanente y clara con el personal de la salud, apropiada a sus condiciones psicológicas y culturales y, en caso de enfermedad, estar informado sobre su condición, así como de los procedimientos y tratamientos que se le vayan a practicar, al igual que de los riesgos y beneficios de estos y el pronóstico de su diagnóstico.• Recibir, en caso de que el paciente sea menor de 18 arias, toda la información necesaria de parte de los profesionales de la salud, sus padres, o en su defecto su representante legal o cuidador, para promover la adopción de decisiones autónomas frente al autocuidado de su salud. La información debe ser brindada teniendo en cuenta el desarrollo cognitivo y madurez del menor de edad, así como el contexto en el que se encuentra.• Ser informado oportunamente par su médico tratante sabre la existencia de objeción de

conciencia debidamente motivada, en los casos de los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo en las circunstancias despenalizadas par la Corte Constitucional, a de eutanasia; tal objeción, en caso de existir, debe estar en conocimiento de la IPS, con la debida antelación, y par escrito, de parte del médico tratante. El paciente tiene derecho a que sea gestionada la continuidad de la atención inmediata y eficaz con un profesional no objetor.• Revisar y recibir información acerca de los costos de los servicios prestados.• Recibir de su EPS a de las autoridades públicas no obligadas a autorizar un servicio de salud solicitado, la gestión necesaria para: (I) obtener la información que requiera para saber coma funciona el sistema de salud y cuáles son sus derechos; (II) recibir par escrito las razones por las cuales no se autoriza el servicio; (III) conocer específicamente cual es la institución prestadora de servicios de salud que tiene la obligación de realizar las pruebas diagnósticas que requiere y una cita con un especialista; y, (IV) recibir acompañamiento durante el proceso de solicitud del servicio, con el fin de asegurar el goce efectivo de sus derechos.• Recibir del prestador de servicios de salud, par escrito, las razones por las cuales el servicio no será prestado, cuando excepcionalmente se presente dicha situación.• Recibir información y ser convocado individual a colectivamente, a los procesos de participación directa y efectiva para la toma de decisión relacionada con la ampliación progresiva y exclusiones de las prestaciones de salud de que trata el artículo 15 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, conforme al procedimiento técnico científico y participativo establecido para el efecto por este Ministerio.• Solicitar copia de su historia clínica y que esta le sea entregada en un término máximo de cinco (5) días calendario o remitida par medios electrónicos si así lo autoriza el usuario, caso en el cual el envío será gratuito.

• DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN, CONSENTIMIENTO Y LIBRE ESCOGENCIA

• Elegir libremente el asegurador, el médico y en general los profesionales de Ia salud, coma también a las instituciones de salud que le presten la atención requerida dentro de la oferta disponible. Los cambios en la oferta de

Page 14: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

prestadores por parte de las EPS no podrán disminuir la calidad o afectar la continuidad en la provisión del servicio y deberán contemplar mecanismos de transición para evitar una afectación en Ia salud del usuario. Dicho cambia no podrá eliminar alternativas reales de escogencia donde haya disponibilidad. Las eventuales limitaciones deben ser raciona les y proporcionales.

Aceptar a rechazar actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos a tratamientos para su cuidado. Ninguna persona padre ser obligada a recibir los mismos en contra de su voluntad.

A suscribir un documento de voluntad anticipada coma previsión de no poder tomar decisiones en el futuro, en el cual declare, de forma libre, consciente e informada su voluntad respecto a la toma de decisiones sabre el cuidado general de Ia salud y del cuerpo, así coma las preferencias de someterse o no a actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos para su cuidado médico, sus preferencias de cuidado al final de la vida, sabre el acceso a la información de su historia clínica y aquellas que considere relevantes de valores personales.

A que los representantes legales del paciente mayor de edad, en caso de inconciencia o incapacidad para decidir, consientan, disientan o rechacen actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos. El paciente tiene derecho a que las decisiones se tomen en el marco de su mejor interés.

A que, en case de ser menores de 18 atlas, en estado de inconciencia o incapacidad para participar en la toma de decisiones, los padres a el representante legal del menor puedan consentir, desistir o rechazar actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos. La decisión deberá siempre ser ponderada frente al mejor interés del menor.

Al ejercicio y garantía de los derechos sexuales y derechos reproductivos de forma segura y oportuna, abarcando la prevención de riesgos y de atenciones inseguras.

Ser respetado en su voluntad de participar a no en investigaciones realizadas par personal científicamente calificado, siempre y cuando se le haya informado de manera clara y detallada

acerca de los objetivos, métodos, posibles beneficios, riesgos previsibles e incomodidades que el proceso investigativo pueda implicar.• Ser respetado en su voluntad de oponerse a la presunción legal de donación de sus órganos para que estos sean trasplantados a otras personas. Para tal fin, de conformidad con el artículo 4° de la Ley 1805 de 2016, toda persona puede oponerse a la presunción legal de donación expresando su voluntad de no ser donante de órganos y tejidos, mediante un documento escrito que deberá autenticarse ante notario público y radicarse ante el Instituto Nacional de Salud — INS. También podrá oponerse al momento de la afiliación a la EPS, la cual estará obligada a informal- al INS.• Cambiar de régimen, ya sea del subsidiado al contributivo o viceversa, dependiendo de su capacidad económica, sin cambiar de EPS y sin que exista interrupción en la afiliación, cuando pertenezca a los niveles 1 y 2 del SISBEN o las poblaciones especiales contempladas en el artículo 2.1.5.1 del Decreto 780 de 2016.

• DERECHO A LA CONFIDENCIALIDAD

• A que la historia clínica sea tratada de manera confidencial y reservada y que únicamente pueda ser conocida por terceros, previa autorización del paciente en los casos previstos en la ley.• A que, en caso de ser adolescentes, esto es, personas entre 12 y 18 años, deba reconocérseles el derecho frente a la reserva y confidencialidad de su historia clínica en el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos.

• DERECHO A LA ASISTENCIA RELIGIOSA

• Recibir o rehusar apoyo espiritual o moral cualquiera sea el culto religioso que profese o si no profesa culto alguno.

prestadores por parte de las EPS no podrán disminuir la calidad o afectar la continuidad en la provisión del servicio y deberán contemplar mecanismos de transición para evitar una afectación en Ia salud del usuario. Dicho cambia no podrá eliminar alternativas reales de escogencia donde haya disponibilidad. Las eventuales limitaciones deben ser raciona les y proporcionales.• Aceptar a rechazar actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos a tratamientos para su cuidado. Ninguna persona padre ser obligada a recibir los mismos en contra de su voluntad.• A suscribir un documento de voluntad anticipada coma previsión de no poder tomar decisiones en el futuro, en el cual declare, de forma libre, consciente e informada su voluntad respecto a la toma de decisiones sabre el cuidado general de Ia salud y del cuerpo, así coma las preferencias de someterse o no a actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos para su cuidado médico, sus preferencias de cuidado al final de la vida, sabre el acceso a la información de su historia clínica y aquellas que considere relevantes de valores personales.• A que los representantes legales del paciente mayor de edad, en caso de inconciencia o incapacidad para decidir, consientan, disientan o rechacen actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos. El paciente tiene derecho a que las decisiones se tomen en el marco de su mejor interés.• A que, en case de ser menores de 18 atlas, en estado de inconciencia o incapacidad para participar en la toma de decisiones, los padres a el representante legal del menor puedan consentir, desistir o rechazar actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos. La decisión deberá siempre ser ponderada frente al mejor interés del menor.• Al ejercicio y garantía de los derechos sexuales y derechos reproductivos de forma segura y oportuna, abarcando la prevención de riesgos y de atenciones inseguras.• Ser respetado en su voluntad de participar a no en investigaciones realizadas par personal científicamente calificado, siempre y cuando se le haya informado de manera clara y detallada

acerca de los objetivos, métodos, posibles beneficios, riesgos previsibles e incomodidades que el proceso investigativo pueda implicar.• Ser respetado en su voluntad de oponerse a la presunción legal de donación de sus órganos para que estos sean trasplantados a otras personas. Para tal fin, de conformidad con el artículo 4° de la Ley 1805 de 2016, toda persona puede oponerse a la presunción legal de donación expresando su voluntad de no ser donante de órganos y tejidos, mediante un documento escrito que deberá autenticarse ante notario público y radicarse ante el Instituto Nacional de Salud — INS. También podrá oponerse al momento de la afiliación a la EPS, la cual estará obligada a informal- al INS.• Cambiar de régimen, ya sea del subsidiado al contributivo o viceversa, dependiendo de su capacidad económica, sin cambiar de EPS y sin que exista interrupción en la afiliación, cuando pertenezca a los niveles 1 y 2 del SISBEN o las poblaciones especiales contempladas en el artículo 2.1.5.1 del Decreto 780 de 2016.

• DERECHO A LA CONFIDENCIALIDAD

• A que la historia clínica sea tratada de manera confidencial y reservada y que únicamente pueda ser conocida por terceros, previa autorización del paciente en los casos previstos en la ley.• A que, en caso de ser adolescentes, esto es, personas entre 12 y 18 años, deba reconocérseles el derecho frente a la reserva y confidencialidad de su historia clínica en el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos.

• DERECHO A LA ASISTENCIA RELIGIOSA

• Recibir o rehusar apoyo espiritual o moral cualquiera sea el culto religioso que profese o si no profesa culto alguno.

prestadores por parte de las EPS no podrán disminuir la calidad o afectar la continuidad en la provisión del servicio y deberán contemplar mecanismos de transición para evitar una afectación en Ia salud del usuario. Dicho cambia no podrá eliminar alternativas reales de escogencia donde haya disponibilidad. Las eventuales limitaciones deben ser raciona les y proporcionales.• Aceptar a rechazar actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos a tratamientos para su cuidado. Ninguna persona padre ser obligada a recibir los mismos en contra de su voluntad.• A suscribir un documento de voluntad anticipada coma previsión de no poder tomar decisiones en el futuro, en el cual declare, de forma libre, consciente e informada su voluntad respecto a la toma de decisiones sabre el cuidado general de Ia salud y del cuerpo, así coma las preferencias de someterse o no a actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos para su cuidado médico, sus preferencias de cuidado al final de la vida, sabre el acceso a la información de su historia clínica y aquellas que considere relevantes de valores personales.• A que los representantes legales del paciente mayor de edad, en caso de inconciencia o incapacidad para decidir, consientan, disientan o rechacen actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos. El paciente tiene derecho a que las decisiones se tomen en el marco de su mejor interés.• A que, en case de ser menores de 18 atlas, en estado de inconciencia o incapacidad para participar en la toma de decisiones, los padres a el representante legal del menor puedan consentir, desistir o rechazar actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos. La decisión deberá siempre ser ponderada frente al mejor interés del menor.• Al ejercicio y garantía de los derechos sexuales y derechos reproductivos de forma segura y oportuna, abarcando la prevención de riesgos y de atenciones inseguras.• Ser respetado en su voluntad de participar a no en investigaciones realizadas par personal científicamente calificado, siempre y cuando se le haya informado de manera clara y detallada

acerca de los objetivos, métodos, posibles beneficios, riesgos previsibles e incomodidades que el proceso investigativo pueda implicar.• Ser respetado en su voluntad de oponerse a la presunción legal de donación de sus órganos para que estos sean trasplantados a otras personas. Para tal fin, de conformidad con el artículo 4° de la Ley 1805 de 2016, toda persona puede oponerse a la presunción legal de donación expresando su voluntad de no ser donante de órganos y tejidos, mediante un documento escrito que deberá autenticarse ante notario público y radicarse ante el Instituto Nacional de Salud — INS. También podrá oponerse al momento de la afiliación a la EPS, la cual estará obligada a informal- al INS.• Cambiar de régimen, ya sea del subsidiado al contributivo o viceversa, dependiendo de su capacidad económica, sin cambiar de EPS y sin que exista interrupción en la afiliación, cuando pertenezca a los niveles 1 y 2 del SISBEN o las poblaciones especiales contempladas en el artículo 2.1.5.1 del Decreto 780 de 2016.

• DERECHO A LA CONFIDENCIALIDAD

• A que la historia clínica sea tratada de manera confidencial y reservada y que únicamente pueda ser conocida por terceros, previa autorización del paciente en los casos previstos en la ley.• A que, en caso de ser adolescentes, esto es, personas entre 12 y 18 años, deba reconocérseles el derecho frente a la reserva y confidencialidad de su historia clínica en el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos.

• DERECHO A LA ASISTENCIA RELIGIOSA

• Recibir o rehusar apoyo espiritual o moral cualquiera sea el culto religioso que profese o si no profesa culto alguno.

Page 15: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

III. DEBERES DE LA PERSONA

IV. DERECHO FUNDAMENTAL A MORIR DIGNAMENTE

Son deberes de la persona afiliada y del paciente, los siguientes:

• Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad.• Atender oportunamente las recomendaciones formuladas por el personal de salud y las recibidas en los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.• Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.• Respetar al personal responsable de la prestación y administración de los servicios de salud y a los otros pacientes o personas con que se relacione durante el proceso de atención.

• Usar adecuada y racionalmente las prestaciones ofrecidas por el Sistema General de Seguridad Social en Salud, así como los recursos de este.• Cumplir las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud.• Actuar de buena fe frente al Sistema General de Seguridad Social en Salud Suministrar de manera voluntaria, oportuna y suficiente la información que se requiera para efectos de recibir el servicio de salud, incluyendo los documentos de voluntad anticipada.• Contribuir al financiamiento de los gastos que demande la atención en salud y la seguridad social en salud, de acuerdo con su capacidad de pago.

• ATENCIÓN PALIATIVA

Nuestro programa de atención paliativa se llama CUIDARSER, de esta manera atender en cuidados paliativos en la modalidad ambulatoria, con internación o domiciliaria, del enfermo en fase terminal y de pacientes con enfermedad crónica, degenerativa e irreversible de alto impacto en la calidad de vida, de conformidad con lo establecido en la Ley 1733 de 2014, con las tecnologías contenidas en el Plan de Beneficios, según criterio del médico tratante.

Se considera un derecho fundamental vivir en forma digna implica el derecho fundamental a morir con dignidad y que esta prerrogativa no se limita exclusivamente a la muerte anticipada o eutanasia, sino que comprende el cuidado integral del proceso de muerte, incluyendo el cuidado paliativo.

• Hacer efectivo el derecho a morir con dignidad para mayores de edad a través de la eutanasia, establecido en la Resolución 1216 de 2015.• Hacer efectivo el derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia de adolescentes y excepcionalmente de niños y niñas, según lo establecido en la Resolución 825 del 2018.

• DERECHOS DEL PACIENTE EN LO CONCERNIENTE A MORIR DIGNAMENTE

Todo afiliado sin restricciones por motivos de pertenencia étnica, sexo, identidad de genera, orientación sexual, edad, idioma, religión o creencia, cultura, opiniones políticas o de cualquier índole, costumbres, origen y condición social a económica, en lo concerniente a morir dignamente, tiene derecho a:

• Ser el eje principal de toma de decisiones al final de Ia vida.• Recibir información sabre la oferta de servicios y prestadores a los cuales puede acceder para garantizar la atención en cuidados paliativos para mejorar la calidad de vida, independientemente de la fase clínica de final de vida, enfermedad incurable avanzada o enfermedad terminal, mediante un tratamiento integral del dolor y otros síntomas, que puedan generar sufrimiento, teniendo en cuenta sus concepciones psicológicas, físicas, emocionales, sociales y espirituales.

• Recibir toda Ia atención necesaria para garantizar el cuidado integral y oportuno con el objetivo de aliviar los síntomas y disminuir al

• ATENCIÓN PALIATIVA

Nuestro programa de atención paliativa se llama CUIDARSER, de esta manera atender en cuidados paliativos en la modalidad ambulatoria, con internación o domiciliaria, del enfermo en fase terminal y de pacientes con enfermedad crónica, degenerativa e irreversible de alto impacto en la calidad de vida, de conformidad con lo establecido en la Ley 1733 de 2014, con las tecnologías contenidas en el Plan de Beneficios, según criterio del médico tratante.

Se considera un derecho fundamental vivir en forma digna implica el derecho fundamental a morir con dignidad y que esta prerrogativa no se limita exclusivamente a la muerte anticipada o eutanasia, sino que comprende el cuidado integral del proceso de muerte, incluyendo el cuidado paliativo.

• Hacer efectivo el derecho a morir con dignidad para mayores de edad a través de la eutanasia, establecido en la Resolución 1216 de 2015.• Hacer efectivo el derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia de adolescentes y excepcionalmente de niños y niñas, según lo establecido en la Resolución 825 del 2018.

• ATENCIÓN PALIATIVA

Nuestro programa de atención paliativa se llama CUIDARSER, de esta manera atender en cuidados paliativos en la modalidad ambulatoria, con internación o domiciliaria, del enfermo en fase terminal y de pacientes con enfermedad crónica, degenerativa e irreversible de alto impacto en la calidad de vida, de conformidad con lo establecido en la Ley 1733 de 2014, con las tecnologías contenidas en el Plan de Beneficios, según criterio del médico tratante.

Se considera un derecho fundamental vivir en forma digna implica el derecho fundamental a morir con dignidad y que esta prerrogativa no se limita exclusivamente a la muerte anticipada o eutanasia, sino que comprende el cuidado integral del proceso de muerte, incluyendo el cuidado paliativo.

• Hacer efectivo el derecho a morir con dignidad para mayores de edad a través de la eutanasia, establecido en la Resolución 1216 de 2015.• Hacer efectivo el derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia de adolescentes y excepcionalmente de niños y niñas, según lo establecido en la Resolución 825 del 2018.

Page 16: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

aquellas que considere relevantes en el marco de sus valores personales o de la posibilidad de revocarlo, sustituirlo o modificarlo.• Que en caso de inconciencia o incapacidad para decidir al final de la vida y de no contar con un documento de voluntad anticipada, su representante legal consienta, disienta o rechace medidas, actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos a tratamientos que resulten desproporcionados o que vayan en contra del mejor interés del paciente.• Ser respetado por los profesionales de la salud y demos instancias que participen en Ia atención respecto de la voluntad anticipada que haya suscrito coma un ejercicio de su autonomía y a que estas instancias sean tenidas en cuenta para Ia toma de decisiones sobre la atención y cuidados de la persona; lo anterior, sin desconocer la buena práctica médica.• Expresar sus preferencias sobre el sitio de donde desea fallecer y a que sea respetada su voluntad sobre los ritos espirituales que haya solicitado.

máximo el sufrimiento secundario al proceso de la enfermedad incurable avanzada o enfermedad terminal.• Ser informado de los derechos al final de Ia vida, incluidas las opciones de cuidados paliativos o eutanasia y como estas no son excluyentes. El médico tratante, o de ser necesario el equipo médico interdisciplinario, debe brindar al paciente y a su familia toda Ia Información objetiva y necesaria, para que se tomen las decisiones de acuerdo con Ia voluntad del paciente y su mejor interés y no sobre el interés individual de terceros o del equipo médico.• Estar enterado de su diagnóstico o condición y de los resultados de estar en el proceso de muerte, así como de su pronóstico de vida. El paciente podrá negarse a recibir dicha información o a decidir a quién debe entregarse.• Recibir información clara, detallada, franca, completa y comprensible respecto a su tratamiento y las alternativas terapéuticas, así como sobre su plan de cuidados y objetivos terapéuticos de las intervenciones paliativas al final de Ia vida. • También le será informado acerca de su derecho a negarse a recibir dicha información o a decidir a quién debe entregarse la misma.• Solicitar que se cumplan los principios de proporcionalidad terapéutica y racionalidad, así como negarse a que se apliquen actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos que sean ft tiles o desproporcionados en su condición y que puedan resultar en obstinación terapéutica.• Solicitar que sean readecuados los esfuerzos terapéuticos al final de Ia vida en consonancia con su derecho a morir con dignidad permitiendo una muerte oportuna.• Ser respetado en su derecho al libre desarrollo de la personalidad cuando, tras recibir información, decide de forma libre rechazar actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, d i s p o s i t i v o s , servicios, procedimientos y/o tratamientos.• Ser respetado en su voluntad de solicitar el procedimiento eutanásico come forma de muerte digna.• A que le sea garantizado el ejercicio del derecho a morir con dignidad a través de Ia eutanasia, una vez ha expresado de forma libre, inequívoca e informada esta voluntad y a ser

evaluado para confirmar que esta decisión no es resultado de Ia falta de acceso al adecuado alivio sintomático.• Que se mantenga Ia intimidad y la confidencialidad de su nombre y el de su familia limitando la publicación de todo tipo de información que fuera del dominio público y que pudiera identificarlos, sin perjuicio de las excepciones legales.• Que se garantice la celeridad y oportunidad en el trámite para acceder al procedimiento de eutanasia, sin que se impongan barreras administrativas y burocráticas que alejen al paciente del goce efectivo del derecho, y sin que se prolongue excesivamente su sufrimiento al punto de causar su muerte en condiciones de dolor que, precisamente, busca evitar.• Recibir por parte de los profesionales de la salud, los representantes y miembros de las EPS e IPS Lana atención imparcial y neutral frente a la aplicación de los procedimientos y procesos asistenciales orientados a hacer efectivo el derecho a morir dignamente a través del procedimiento eutanásico.• Ser informado sobre la existencia de objeción de conciencia del médico tratante o quien haya sido designado para la realización del procedimiento eutanásico, en caso de que existiera, para evitar que los profesionales de la salud sobrepongan sus posiciones personales ya sean de contenido ético, moral o religioso y que conduzcan a negar el ejercicio del derecho.

• A que Ia IPS donde está recibiendo la atención, con apoyo de la EPS en caso de ser necesario, garantice el acceso inmediato a Ia eutanasia cuando el medico designado para el procedimiento sea objetor de conciencia.• Recibir Ia ayuda o el apoyo psicológico. médico y social para el paciente y su familia, que permita un proceso de duelo apropiado. La atención y acompañamiento no debe ser esporádica, sino que tendrá que ser constante, antes, durante y después de las rases de decisión y ejecución del procedimiento orientado a hacer efectivo el derecho a morir dignamente.• Ser informado de su derecho a suscribir un documento de voluntad anticipada, según lo establecido en la Resolución 2665 de 2018 o la norma que la modifique o sustituya donde exprese sus preferencias al final de la vida y de indicaciones concretas sobre su cuidado, el acceso a la información de su historia clínica y

• ATENCIÓN PALIATIVA

Nuestro programa de atención paliativa se llama CUIDARSER, de esta manera atender en cuidados paliativos en la modalidad ambulatoria, con internación o domiciliaria, del enfermo en fase terminal y de pacientes con enfermedad crónica, degenerativa e irreversible de alto impacto en la calidad de vida, de conformidad con lo establecido en la Ley 1733 de 2014, con las tecnologías contenidas en el Plan de Beneficios, según criterio del médico tratante.

Se considera un derecho fundamental vivir en forma digna implica el derecho fundamental a morir con dignidad y que esta prerrogativa no se limita exclusivamente a la muerte anticipada o eutanasia, sino que comprende el cuidado integral del proceso de muerte, incluyendo el cuidado paliativo.

• Hacer efectivo el derecho a morir con dignidad para mayores de edad a través de la eutanasia, establecido en la Resolución 1216 de 2015.• Hacer efectivo el derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia de adolescentes y excepcionalmente de niños y niñas, según lo establecido en la Resolución 825 del 2018.

Page 17: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

aquellas que considere relevantes en el marco de sus valores personales o de la posibilidad de revocarlo, sustituirlo o modificarlo.

Que en caso de inconciencia o incapacidad para decidir al final de la vida y de no contar con un documento de voluntad anticipada, su representante legal consienta, disienta o rechace medidas, actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos a tratamientos que resulten desproporcionados o que vayan en contra del mejor interés del paciente.

Ser respetado por los profesionales de la salud y demos instancias que participen en Ia atención respecto de la voluntad anticipada que haya suscrito coma un ejercicio de su autonomía y a que estas instancias sean tenidas en cuenta para Ia toma de decisiones sobre la atención y cuidados de la persona; lo anterior, sin desconocer la buena práctica médica.

Expresar sus preferencias sobre el sitio de donde desea fallecer y a que sea respetada su voluntad sobre los ritos espirituales que haya

• Recibir asistencia espiritual siempre que lo solicite y a ser respetado en sus creencias, cualquiera que estas Sean, al igual que negarse a recibir asistencia espiritual y a ser respetado en su decisión.

• DEBERES DEL PACIENTE EN LO CONCERNIENTE A MORIR DIGNAMENTE

En lo concerniente a morir dignamente, son deberes del paciente los siguientes:

• Informar al médico tratante y al personal de la salud en general, sobre la existencia de un documento u otra prueba existente de voluntad anticipada.• Suministrar de manera voluntaria, oportuna y suficiente la información que se requiera para efectos de valorar la condición de enfermedad incurable avanzada o terminal para ofrecer la atención de forma proporcional y racional, frente a los recursos del sistema.

aquellas que considere relevantes en el marco de sus valores personales o de la posibilidad de revocarlo, sustituirlo o modificarlo.• Que en caso de inconciencia o incapacidad para decidir al final de la vida y de no contar con un documento de voluntad anticipada, su representante legal consienta, disienta o rechace medidas, actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos a tratamientos que resulten desproporcionados o que vayan en contra del mejor interés del paciente.• Ser respetado por los profesionales de la salud y demos instancias que participen en Ia atención respecto de la voluntad anticipada que haya suscrito coma un ejercicio de su autonomía y a que estas instancias sean tenidas en cuenta para Ia toma de decisiones sobre la atención y cuidados de la persona; lo anterior, sin desconocer la buena práctica médica.

Expresar sus preferencias sobre el sitio de donde desea fallecer y a que sea respetada su voluntad sobre los ritos espirituales que haya solicitado.

• Recibir asistencia espiritual siempre que lo solicite y a ser respetado en sus creencias, cualquiera que estas Sean, al igual que negarse a recibir asistencia espiritual y a ser respetado en su decisión.

• DEBERES DEL PACIENTE EN LO CONCERNIENTE A MORIR DIGNAMENTE

En lo concerniente a morir dignamente, son deberes del paciente los siguientes:

• Informar al médico tratante y al personal de la salud en general, sobre la existencia de un documento u otra prueba existente de voluntad anticipada.• Suministrar de manera voluntaria, oportuna y suficiente la información que se requiera para efectos de valorar la condición de enfermedad incurable avanzada o terminal para ofrecer la atención de forma proporcional y racional, frente a los recursos del sistema.

aquellas que considere relevantes en el marco de sus valores personales o de la posibilidad de revocarlo, sustituirlo o modificarlo.• Que en caso de inconciencia o incapacidad para decidir al final de la vida y de no contar con un documento de voluntad anticipada, su representante legal consienta, disienta o rechace medidas, actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos a tratamientos que resulten desproporcionados o que vayan en contra del mejor interés del paciente.• Ser respetado por los profesionales de la salud y demos instancias que participen en Ia atención respecto de la voluntad anticipada que haya suscrito coma un ejercicio de su autonomía y a que estas instancias sean tenidas en cuenta para Ia toma de decisiones sobre la atención y cuidados de la persona; lo anterior, sin desconocer la buena práctica médica.• Expresar sus preferencias sobre el sitio de donde desea fallecer y a que sea respetada su voluntad sobre los ritos espirituales que haya solicitado.

• Recibir asistencia espiritual siempre que lo solicite y a ser respetado en sus creencias, cualquiera que estas Sean, al igual que negarse a recibir asistencia espiritual y a ser respetado en su decisión.

El procedimiento para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad para mayores de edad y pacientes pediátricos está amparado en las resoluciones 1216 de 2015 y 825 de 2018, respectivamente. Los derechos, las garantías de los usuarios y toda la atención en salud derivada del procedimiento para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad, atendiendo a los criterios de que trata la sentencia T 970 de 2014 y la sentencia T 544 de 2017 a través de alternativas como eutanasia y muerte asistida, con mayor prevalencia en los cuidados paliativos.

V. INSTITUCIONES Y RECURSOS PARA EL CUMPLIMIENTODE LOS DERECHOS

Los afiliados tienen la posibilidad de acudir a la Superintendencia Nacional de Salud cuando se presenten conflictos relacionados con la cobertura del plan de beneficios, las prestaciones excluidas, el pago de prestaciones económicas, el reconocimiento económico de gastos por parte del afiliado, multiafiliación, libre elección y movilidad dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

También tienen la posibilidad de acudir al Defensor del Usuario, la Defensoría del Pueblo y las veedurías.

El afiliado podrá hacer uso de los siguientes mecanismos de protección: • Presentar derecho de petición en los términos de la Ley 1437 de 2011, o la norma que la sustituya, tanto a la entidad promotora de salud como a la institución prestadora de servicios de salud y a las demás entidades del sector salud. Este derecho incluye el de pedir información, examinar y requerir copias, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos y deberá ser resuelto de manera oportuna y de fondo.

• DEBERES DEL PACIENTE EN LO CONCERNIENTE A MORIR DIGNAMENTE

En lo concerniente a morir dignamente, son deberes del paciente los siguientes:

• Informar al médico tratante y al personal de la salud en general, sobre la existencia de un documento u otra prueba existente de voluntad anticipada.

• Suministrar de manera voluntaria, oportuna y suficiente la información que se requiera para efectos de valorar la condición de enfermedad incurable avanzada o terminal para ofrecer la atención de forma proporcional y racional, frente a los recursos del sistema.

Page 18: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

• DATOS DE ENTIDADES QUE TIENEN FACULTADES DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL SOBRE LAS EPS DE LOS REGÍMENES CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO Y SOBRE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD.

De conformidad con la Ley 1122 de 2007 la inspección, vigilancia y control está en cabeza de la SNS. No obstante, existen otras entidades que poseen funciones de vigilancia y control en el sector, como lo es el INS, para vigilancia en salud pública; y el INVIMA, sobre la producción y comercialización de productos como medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos,

elementos médico quirúrgicos, odontológicos, productos naturales, homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivo de diagnóstico, productos de aseo, higiene y limpieza, los plaguicidas de uso doméstico; lo que aplicaría para algunos prestadores de salud como las farmacias.

Nombre Dirección Teléfono Web

SuperintendenciaNacional de Salud

Instituto Nacionalde Salud (INS)

Instituto Nacionalde Vigilancia deMedicamentos yAlimentos (INVIMA)

Carrera 68A #24B - 10, Torre 3, Piso 4, 9 y 10 Edificio Plaza Claro, Bogotá D.C.

Avenida calle 26 #51-20 - Zona 6 CAN. Bogotá, D.C.

Carrera 10 #64 - 28 Bogotá, D.C.

Línea gratuita: 01 8000 113 400

Línea gratuita: 01 8000 122 220

Línea gratuita:01 8000 513 700

https://www.supersalud.gov.co

https://www.ins.gov.co

https://www.invima.gov.co

• Presentar solicitud a la atención prioritaria de las peticiones que formule cuando se trate de evitar un perjuicio irremediable, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 de la Ley 1437 de 2011 o la norma que la sustituya.

• Solicitar cesación provisional ante la Superintendencia Nacional de Salud cuando un vigilado por acción u omisión ponga en riesgo la vida o la integridad física de la persona, de conformidad con el artículo 125 de la Ley 1438 de 2011.

• Presentar recursos judiciales ante la Superintendencia Nacional de Salud en los términos de los artículos 41 de la Ley 1122 de 2007 y 126 de la Ley 1438 de 2011 y la práctica de medidas cautelares.

Page 19: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

MAGDALENA

Ciénaga Calle 17 #21-02, Edificio María Victoria, local 1 y 2 314 596 5041

El Banco 311 418 7427Calle 5 #6-29

Guamal 314 596 5067Carrera 5a. con calle 8a. Esquina #5-07

Nueva Granada Barrio Centro, carrera 8 #6-65

Plato 311 418 7402Carrera 17 entre calle 14 y 15. Barrio Alto Prado

Salamina 311 418 6270Calle 7 #6-05

San Sebastián 311 418 6273Calle 6 #4-35

Santa Ana 311 418 7424Carrera 6 #4-10

Santa Marta 321 566 1902Barrio los Alcazares, Calle 22 #13A - 88

Valledupar 311 418 8950Calle 14 #10-46

Municipio Dirección Teléfono

ATLÁNTICO

Barranquilla Calle 56 #8E 1-238, Sector La Macarena 314 516 0378

Campo de la Cruz 311 418 7369Calle 9 #4-95

Candelaria 311 418 7372Barrio Alto Paraíso, Calle 12 #16-04

Galapa 311 418 7373Calle 12 #19-37

Juan de Acosta 311 418 7370Carrera 44 #47-54

Malambo 311 418 7371Calle 10 B 7a. 41

Repelón 311 418 7377Calle 8 #10-32

Sabanagrande 311 418 7374Barrio Betania, Carrera 5 #9-40

Sabanalarga 310 640 2492Carrera 16 B #24-27

Soledad 311 418 7375Calle 20 #19-124

Municipio Dirección Teléfono

VI. DIRECTORIO OFICINAS REGIONALES Y DE ATENCIÓN AL USUARIO

Page 20: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

CÓRDOBA

Canalete Segunda Calle Parque Principal, cra. 19 #15-61 314 596 5055

Puerto Escondido 310 733 8326Barrio 20 de Julio Call 14 #3-28

Tierra Alta 321 558 4572Calle 7 #13-51

Planeta Rica 311 418 7395Barrio Sucre Calle 18 #12-23

Pueblo Nuevo 311 418 6272Barrio el Prado, calle 18B Carrera 12-42

Buenavista 320 928 3308Calle 11, Carrera 10-60 Local 2 B/ Bogotá

Ayapel 320 809 0166Calle 11 #6-90 B/ El Recreo

Montelíbano 320 809 0413Urbanización altomira Calle 1 Cra 2-1500 Terminal de Transporte Segundo Piso

San José de Ure 320 809 0628Calle 7a. #2-13 B/ El Sesenta

Puerto Libertador 320 809 0457Carrera 9 #17-46 B/ Palmira

Cereté 311 418 7391Calle del Carmen, carrera 12 #12-12 Esquina

Ciénaga de Oro 311 418 7394Calle 4 #15-03

San Pelayo 314 596 5070Barrio 20 de Junio Calle 8 #8-62

Cotorra 311 418 7387Calle 15 #7-108

Lorica 311 418 7396Barrio Cascajal Calle 4 #22-96

Purísima 311 418 7389Barrio Juan de las Palmas Carrera 8 #11-15

Momil 312 713 6484Carrera 11 #11-01

San Antero 311 418 7392Carrera 28 #7-368 Barrio El Campano

San Bernardo delViento 314 596 5069Calle 9 #5-87 B/ La Cruz

Moñitos 321 566 2108Carrera 4 #24-18

Chinú 311 418 7393San Simón, Carrera 11 #16-23

San Andrés deSotavento 311 418 7390Calle 6 #6-03, Calle Chinú

Tuchín 321 898 8876Calle Central - Calle 13 Cra. 12-49

Sahagún 310 733 7674Calle 14 #6-135

La Apartada 322 724 7775Barrio Villasol Calle 21 #13-04

San Carlos 322 724 7776Barrio Guarumal Carrera 2 con calle 7, Esquina

Municipio Dirección Teléfono

Page 21: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

SUCRE

Chalán Calle 6 Carrera 4-86 321 558 4678

Colosó 311 418 7360Calle Real al lado del Centro de Salud

Corozal 314 596 5073Barrio San Francisco, Cra. 28 #27-26

Galeras 311 418 7414Carrera 12 #9-55 Barrio Ospina Pérez

La Unión 311 688 1684Carrera 12 #11-112

Los Palmitos 311 418 7408Carrera 11 #7-157

Majagual 313 830 9051Carrera 18 #2-52

Morroa 311 418 7403Barrio Rincón Centro, Calle 4 #4-65, C

Ovejas 311 418 7406Carrera 15 #14-47

Sampués 311 418 7409

Carrera 14 #3A-04San Juan deBetulia 310 361 0142

Calle 18 #24-84, Barrio CentroSan Marcos 311 418 7410

Barrio Centro Calle 22 #19-05San Onofre 311 418 7411

Barrio Mercadito, Calle 15 #7-36San Pedro 311 418 7412

Barrio Guinea, Calle 8 #13-09Sincé 311 418 7407

Calle 16 #10-22Tolú 311 418 7405

Diagonal 3 #3A-6Toluviejo 311 418 7404

Barrio Chacurí, Carrera 17 #15-80Sincelejo 314 541 0783

Carrera 14 #23-05

Municipio Dirección Teléfono

Valencia Calle 12 #12-50, Apartamento 2 322 724 7776

Montería 312 483 1765Barrio Cuchurrubi - Centro, Cra. 3 25-07 P-2,3,4 y 5

Municipio Dirección Teléfono

Page 22: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

CARTAGENA

Achí Calle San José 322 674 5979

Altos del Rosario 311 660 0363Barrio Las Piedras

Arjona 311 418 7381Calle Central Colombia, Cra. 39 #47-4

Arroyo Hondo 311 418 9856Calle 3 #2-113

Barranco de Loba 311 418 6274Barrio Pueblo Nuevo Diag. al Hospital. Cra 4 #8B-04

Calamar 311 660 1607Barrio Centro. Calle 22 #2-25 Cra. García Toledo

Cartagena 321 685 0060Carrera 69 #31-139 Piso 1

Cicuco 311 418 7428Carrera 13A #16-48

Córdoba Bolívar 311 688 1683Barrio Los Guayacanes Cra. 7 #4-48

El Carmen deBolívar 314 541 0782Barrio Santander Cra. 40 Calle 25

El Guamo 311 418 7378Calle Las Flores Cra. 14 #23-62 Barrio Abajo

El Peñón 311 418 6275Calle 4a. #4-17 Diagonal a la iglesia

Hatillo de Loba 314 596 5079Calle 4, cerca de la Alcaldía

Magangué 310 415 3455Urb. San Mateo. Mz. 66 Lt. 9, calle 16 #32-22

Mahates 311 418 7380Barrio Santander Calle 18 #41-10

Maria La Baja 311418 7382Plaza Principal Cra. 14 #19-45

Mompox 311 418 7429Calle 16 #2-50 Callejón de Los Cobos

Montecristo 314 516 0379Calle 8 # 10A-54

Norosi 313 503 7621Barrio Centro

Pinillos 311 418 6276Barrio Bocagrande Cra. 4a. #13-49

Regidor 314 595 4073Avenida Río Viejo frente a la Alcaldía

Río Viejo 311 418 7420Calle la Candelaria, calle 3a.

San Cristóbal 311 418 7478Calle 18, Callejón del Progreso #4-36

San Estanislao 310 733 7210Calle Bolívar #19-89, Manzana 44

San Jacinto 311 418 6279Calle 21 Cra. 39 #29-03

San Jacinto delCauca

Diagonal 4 #6-16. Diagonal al Hospital

Municipio Dirección Teléfono

Page 23: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

San JuanNepomuceno Barrio Frontera Calle 12 #9-07 311 418 7379

Santa Rosa 311 418 7384Barrio Paraíso Diagonal 16 #15-83

Simiti 321 843 0973Barrio Pupa Manzana L lote 14

Soplaviento 310 733 8006Barrio La Loma, Calle del Tanque Tv. 12 Cra. 10

Talaigua Nuevo 311 418 6278Calle 14 #7-78, Sector la Y

Tiquisio 311 418 6277Barrio Versalle frente a la Casa Cural

Turbaco 311 411 2357Urbanización La Cruz Mz. M Lote 6

Turbana 311 418 7386Cll Real del Coco, Sector La Cruz. Cll 16#16A-105 Local 1

Villanueva 311 418 7367Barrio Pozo Hondo Calle 11 #15-2 Local 1

Zambrano 311 418 6280Cra. 17 #5-79 B. Pumarejo

Municipio Dirección Teléfono

Page 24: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

PLAN DE PAGOS COMPARTIDOS

Acuerdo 260 de 2004 y 365 de 2007 del Consejo Nacional deSeguridad Social en Salud y Ley 1122 de 2007

VALOR DE LOS COPAGOS REGIMEN SUBSIDIADO AÑO 2021 SEGÚN EL NIVEL DE SISBEN

*** Los afiliados con Nivel 3 de SISBEN cancelarán los copagos que le aplican al nivel 2 de SISBEN.

EN EL RÉGIMEN SUBSIDIADO DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUDNO SE COBRAN CUOTAS MODERADORAS

COPAGOS Y CUOTAS MODERADORAS 2021

Los copagos y cuotas moderadoras son los aportes en dinero que hacen los beneficiarios del Régimen Subsidiado de Seguridad Social en Salud, como parte del valor del servicio y tienen como finalidad ayudar a financiar el Sistema de Salud.

Para afilidos a régimen subsidiado

VALOR DE LA CUOTA MODERADORA REGIMEN CONTRIBUTIVO AÑO 2021

GRUPO SEGUNINGRESOS

RANGO DE INGRESOBASE DE COTIZACIÓN

EN SMLMV

VALOR CUOTAMODERADORA 2020

$ 3.500

$ 13.900

$ 36.700

A

B

C

Personas con ingresosinferiores a 2 salariosminimos mensuales

Personas con ingresosentre 2 y 5 salariosminimos mensuales

Personas con ingresosmayor a 5 salariosminimos mensuales

Para afilidos a régimen contributivo

CLASIFICACIÓNDEL SISBEN

PORCENTAJEA COBRAR

VALOR MÁXIMO QUESE PAGA POR UN MISMO EVENTO

VALOR MÁXIMO QUE SE PAGA ACUMULADO

POR AÑO

Medio (1/2) salarioMínimo legal Mensual vigente

$ 454.263 $ 908.526

Un (1) salario mínimoLegal mensual vigenteNivel 2

10% del valorDel servicio

Page 25: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

1. Consulta externa médica, odontológica, paramédica y de medicina alternativa aceptada.

2. Consulta externa por médico especialista.

3. Fórmula de medicamentos para tratamientos ambulatorios. La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de ítems incluidos. El formato para dicha fórmula deberá incluir como mínimo tres casillas.

4. Exámenes de diagnóstico por laboratorio clínico, ordenados en forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a la del médico tratante. La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de ítems incluidos en ella. El formato para dicha orden deberá incluir como mínimo cuatro casillas.

5. Exámenes de diagnóstico por imagenología, ordenados en forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a la del médico tratante. La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de ítems incluidos en ella. El formato para dicha orden deberá incluir como mínimo tres casillas.

6. Atención en el servicio de urgencias única y exclusivamente cuando la utilización de estos servicios no obedezca, a juicio de un profesional de la salud autorizado, a problemas que comprometan la vida o funcionalidad de la persona o que requieran la protección inmediata con servicios de salud.

Ejemplos de problemas que SI comprometen la vida o funcionalidad de la persona o que requieran la protección inmediata con servicios de salud:

• Paciente con un infarto agudo del miocardio.

• Paciente con dolor abdominal para el cual se hace impresión diagnóstica de apendicitis.

• Paciente con crisis asmática.

• Ejemplos de problemas que NO comprometen la vida o funcionalidad de la persona o que requieran la protección inmediata con servicios de salud:

• Paciente con cuadro de EDA (Enfermedad Diarreica Aguda) sin compromiso hemodinámico (Hidratado, normotenso, etc).

• Paciente con dolor muscular de varios días de evolución sin cambios en el cuadro sintomático.

• Paciente con cuadro de conjuntivitis.

LAS CUOTAS MODERADORAS SE APLICARÁNA LOS SIGUIENTES SERVICIOS:

Page 26: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

LA ATENCIÓN EN SALUD DE CUALQUIER SERVICIO, ACTIVIDAD, PROCEDIMIENTO E INTERVENCIÓN INCLUIDO EN EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD CON CARGO A LA UNIDAD DE PAGO POR

CAPITACION (UPC), SERÁ GRATUITA Y NO HABRÁ LUGAR AL COBRO DE COPAGOSPARA LAS SIGUIENTES POBLACIONES:

GRUPO SEGUNINGRESOS

RANGO DE INGRESOBASE DE COTIZACIÓN

EN SMLMV (1)

PORCENTAJEMINIMO DEL SMLMV

A PAGAR POR EVENTO (1)

VALOR MÁXIMOA PAGAR POR

EVENTO (2)

VALOR MÁXIMOA PAGAR POR

AÑO (3)

11.5 % $ 260.747 $ 522.402

$ 2.089.610

$ 4.179.220

$ 1.044.805

$ 2.089.610

17.3%

23%

A

B

C

Personas con ingresosinferiores a 2 salariosminimos mensuales

Personas con ingresosentre 2 y 5 salarios

minimos mensuales

personas con ingresosmayor a 5 salarios

minimos mensuales

(1) Salario Mínimo Legal Mensual Vigente - Decreto 1785 de 2020(2) Evento o servicio, por ejemplo una cirugía o una hospitalización con atención no quirúrgica (3) Año calendario, agregado de copagos del 1° de Enero al 31 de Diciembre de cada anualidad

1. Niños durante el primer año de vida

2. Población con clasificación UNO mediante encuesta SISBEN (cualquier edad)

3. Poblaciones especiales que se identifiquen mediante instrumentos diferentes al SISBEN, tales como listados censales u otros, siempre y cuando presenten condiciones de pobreza similares a las del nivel UNO del SISBEN tales como:

VALOR DE LOS COPAGOS REGIMEN CONTRIBUTIVOSEGÚN INGRESO BASE COTIZACIÓN AÑO 2021

Page 27: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

• La población menor de 18 años a quien se le haya confirmado, a través de los estudios pertinentes, el diagnóstico de cáncer en cualquiera de sus etapas, tipos o modalidades, certificado por el Onco-Hematólogo Pediátrico, debidamente acreditado para el ejercicio de su profesión, de acuerdo a la normatividad vigente;

• La población menor de 18 años con diagnóstico confirmado y certificado por el Onco-Hematólogo Pediátrico de aplasias medulares y Síndromes de falla medular, Desórdenes hemorrágicos hereditarios, Enfermedades Hematológicas Congénitas, Histiocitosis y Desórdenes Histiocitarios.

• La población menor de 18 años, cuando el médico general o cualquier especialista de la medicina, tenga sospecha de cáncer o de las enfermedades enunciadas en el literal anterior y se requieran exámenes y procedimientos especializados, hasta tanto el diagnóstico no se descarte.

4. Las personas con discapacidad mental que tienen derecho a los servicios de salud de manera gratuita, a menos que su patrimonio directo o derivado de la prestación alimentaria, le permita asumir tales gastos (Ley 1306 de 2009, artículo 12). 5. Los beneficiarios de la Ley 1388 de 2010 (artículo 4°, parágrafo 2°), que de conformidad con lo previsto en su artículo 2°, corresponden a:

• Población infantil abandonada• Población indigente

• Población en condiciones de desplazamiento forzado

• Población indígena

• Población desmovilizada.

• El núcleo familiar de la población desmovilizada una vez identificado mediante la encuesta SISBEN, no será sujeto del cobro de copagos siempre y cuando se clasifique en el nivel UNO del SISBEN.

• Personas de la tercera edad en protección de ancianatos en instituciones de asistencia social

• Población rural migratoria y población ROM (Gitano) que sea asimilable al nivel I del SISBEN

Page 28: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

En caso de no hallarse afiliadas a ningún régimen, tendrán que ser afiliadas de manera inmediata al régimen subsidiado (Ley 1448 de 2011, artículo 52, parágrafo 2°; Decreto-ley 4635 de 2011, artículo 53, parágrafo 2°).

11. Las personas con cualquier tipo de discapacidad, en relación con su rehabilitación funcional, cuando se haya establecido el procedimiento requerido, en concordancia con los artículos 65 y 66 de la Ley 1438 de 2011 (Ley 1618 de 2013, artículo 9°, numeral 9).

12. Las víctimas de lesiones personales causadas por el uso de cualquier tipo de ácidos o sustancia similar o corrosiva que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano y generen algún tipo de deformidad o disfuncionalidad, respecto de los servicios, tratamientos médicos y psicológicos, procedimientos e intervenciones necesarias para restituir la fisionomía y funcionalidad de las zonas afectadas (Ley 1438 de 2011, artículo 53ª, adicionado por el artículo 5° de la Ley 1639 de 2013)

6. Las personas mayores de edad, en relación con la práctica de vasectomía o ligadura de trompas (Ley 1412 de 2010, artículos 2° y 3°).

7. Los niños, niñas y adolescentes de Sisbén 1 y 2, con discapacidades físicas, sensoriales y cognitivas, enfermedades catastróficas y ruinosas que sean certificadas por el médico tratante, respecto a los servicios y medicamentos de la parte especial y diferenciada del plan de beneficios (Ley 1438 de 2011, artículo 18).

8. Los niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia física o sexual y todas las formas de maltrato, que estén certificados por la autoridad competente, respecto de los servicios para su rehabilitación física, mental y atención integral hasta que se certifique medicamente su recuperación (Ley 1438 de 2011, artículo 19). 9. Todas las mujeres víctimas de violencia física o sexual, que estén certificados por la autoridad competente, respecto de la prestación de servicios de salud física, mental, atención integral, sin importar su régimen de afiliación, hasta que se certifique medicamente la recuperación de las víctimas (Ley 1438 de 2011, artículo 54).

10. Las víctimas del conflicto armado interno en los términos del artículo 3° de la Ley 1448 de 2011, y las pertenecientes a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, en los términos del artículo 3° del Decreto-Ley número 4635 de 2011, que se encuentren registradas en el Sisbén 1 y 2, en todo tipo de atención en salud que requieran.

Page 29: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

SE COBRA COPAGOS A LOS SERVICIOS, ACTIVIDADES, PROCEDIMIENTOS E INTERVENCIÓNES INCLUIDOS EN EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD CON CARGO A LA

UNIDAD DE PAGO POR CAPITACION (UPC), QUE NO ESTAN DESCRITOS EN LOS PUNTOS ANTERIORES.

• Servicios de promoción y prevención

• Programas de control en atención de las enfermedades transmisibles

• Atención de Enfermedades catastróficas o de alto costo.

• Control del embarazo, atención del parto y sus complicaciones.

• Consulta externa médica general y especializada, consulta odontológica y paramédica.

• Despacho de medicamentos cubiertos por el POS.

• Exámenes de laboratorio clínico, imagenología ordenados en forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a la del médico tratante.

• Atención en el servicio de urgencias.

• Enfermedades catastróficas o de alto costo.

• La atención inicial de urgencias: De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 3º de la Decreto 412 de 1992 o demás disposiciones que lo complementen, adicionen o modifiquen, comprende todas las acciones realizadas a una persona con patología de urgencia y que tiendan a estabilizarla en sus signos vitales, realizar un diagnóstico de impresión y definirle el destino inmediato, tomando como base el nivel de atención y el grado de complejidad de la entidad que realiza la atención inicial de urgencia, al tenor de los principios éticos y las normas que determinan las acciones y el comportamiento del personal de salud.

• La consulta médica, odontológica y consulta por otras disciplinas no médicas, exámenes de laboratorio, imagenología, despacho de medicamentos cubiertos en el Plan de Beneficios en Salud financiado con los recursos de la UPC del régimen subsidiado y consulta de urgencia.

• Prescripciones regulares dentro de un programa especial de atención integral de patologías

LA ATENCIÓN SERÁ GRATUITA Y NO HABRÁ LUGAR AL COBRO DECOPAGOS PARA CUALQUIER POBLACIÓN DE CUALQUIER EDAD Y CONDICIÓN SOCIOECONÓMICA, EN LOS SIGUIENTES SERVICIOS:

Page 30: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Consultas de medicina general, odontología, programasde promoción y prevención, laboratorio clínico, rayos x.

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Calle San JoséAchí 311 659 9802311 668 1381

Calle 2 No. 1-78Calamar 620 8402

Barrio Centro calle Las Flores

Altos del Rosario

525 3566315 711 2856

Calle PrincipalArroyo Hondo 629 4644

Barrio San José de Turbaquito # 49-14

Arjona

Barranco de Loba

629 4090629 2041

Av Simon Bossa Cra. 37 #51-02

301 739 6739301 580 3602

311 651 5180

Calle La Samaritana

Calle Real diag. a la policía

429 00 804

Cicuco

314 257 0206

Carrera 14 # 17-68

Calle De Las Flores Cra 12 N 13 67

687 8731

Calle Central Colombia Cra. 39 47 49-69 Mercado

628 4177

Calle 26 No. 52-35

El Carmen de Bolívar

956 861 373

Calle 23 N. 56- 32 300 241 2297

Calle 28 Carrera 39 Esq. 956 860 001

Av El Consulado Calle 30 # 41-34 Piso 1

Cartagena

312 640 3664

Barrio Olaya Herrera Sec Rafael Nuñez 13c 51 Calle San Antonio

669 8812661 4732

Segundo Callejón Trucco Pie De La Popa

656 3933

Av. Santander Cra. 1 N. 41-56 barrio El Cabrero

693 1547

Calle PrincipalCórdoba 485 9047

Ese Hospital local San José de Achí

ESE Hospital Local de Calamar

Centro de salud con cama del municipio Altos del Rosario

ESE Centro De Salud con Camas de Arroyo Hondo

ESE Hospital local Arjona

Emprender IPS

Gomez Palencia Aixa

ESE Hospital Jose Rudecindo López Parodi

Arrieta Ospino Claudia Del Carmen

ESE Hospital local de Cicuco

Heedsalud del Caribe SAS

Mercado Arias Derlis Arieth

ESE Hospital Nuestra Señora del Carmen

ESE Centro De Salud Geovanni Cristini

Barrio Las Delicias 429 2840Centro de Salud con Camas de El Penon

Proseguir IPS Rehabilitación Integral S.A.S.

Camino IPS SAS

ESE Hospital Local Cartagena de Indias

Fundación SER Social

ESE Centro de Salud con Cama de Córdoba

ESE Hospital Local San Juan Nepomuceno

El GuamoGuamo

El Peñon

DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

ATENCIÓN DE PRIMER NIVEL DE COMPLEJIDAD

VII. RED DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Page 31: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Ese Hostpital De Hatillo De Loba Vía Hatillo de LobaHatillo de Loba

429 3816

Mompox

Barrio Centro calle Las Flores

Altos del Rosario

525 3566315 711 2856

Calle 10 No 41-10Mahates 639 7093

Calle 10 N 16b-02

Magangué

Maria La Baja

315 755 6684300 809 9748

Barrio Camilo Torres Carretera Principal

688 2103

626 2122

Calle 120 No. 8-78 Mz. 4

Cra. 15 No. 21 - 17

659 6111629 6081

Cra 4 No. 13a-03 Calle La Esperanza

687 6541

Carrera 3 N 24-01 685 6988

Carrera 3 N 13-15 685 5144321 539 1619

Mompox 651 5222668 7347

Calle PrincipalMontecristo 287 9184

NorosíNorosí 565 2359

Pinillos688 0516

Plaza Principal

Calle Principal

095 682 6026

El Carmen Cr. 38 32 50San Estanislao

310 704 3080313 562 6371300 412

Calle 5 No 5-21 PrincipalSan Jacinto Del Cauca

313 528 0269311 367 5656

Río Viejo

Regidor

565 2359

Regidor 565 2359

San Cristóbal

Calle El Cuartel 321 679 9913

Calle 2 Del Comercio

Calle La Candelaria

313 423 3836

Carrera 5 No 14-35 Barrio Nuevo

301 551 6747

San Jacinto

Carrera 40 Nº 19-51 Centro Esquina

313 514 2226686 8531

Centro de salud con cama del municipio Altos del Rosario

EMP Social Del Estado Hospital Local Mahates ESE HLH

Corporación Vida Y Salud Magangué IPS

ESE Río Grande De La Magdalena

IPS Jose Maria Torres Beltran LTDA

Empresa Social del Estado Hospital Local Mariala Baja

Ruiz Castro Adela

Ese Hospital Local Santa María

Nacer Mompox IPS SAS

Fundación SER

Centro Salud con Camas de Montecristo

Ese Hospital La Candelaria de Río Viejo

Sur Salud IPS SAS

ESE Hospital San Nicolas de Tolentino

ESE Hospital Local Ana María Rodríguez

ESE Centro De Salud Con Cama

ESE Hospital La Candelaria de Río Viejo

López Varón Yaritza

ESE Hospital La Candelaria De Río Viejo

ESE Hospital Local Arjona

Jiménez Castilla Mónica María

Asociación Médica La Fe SAS

ESE Hospital Local De San Jacinto Carrera 40 Nº 15-33 Barrio La Gloria

686 8008

Page 32: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Carretera Troncal De Occi-dente Diagonal Estación De Servicios Esso

663 8237

287 9184

Calle De Cerro Nº 13a - 35 663 7145313 545 8866

Matute Sector 1 Finca 71 658 0640315 225 6162

Calle San Roque Casa Nº 243

663 8154

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Calle 10 Nº 11-56 689 0009

Calle 11 Nº 7-12 689 1699

Barrio Centro calle Las FloresSanta Rosa 525 3566

315 711 2856

Soplaviento - Bolívar Calle Roman Velez Nº 5a - 10Soplaviento 320 574 8534

300 575 5452

SimitíSimití 569 9321

Avenida Principal Talaigua Nuevo Kra 12 #7-16

Talaigua Nuevo

683 7754

Turbaco

Tiquisio BolívarTiquisio

Carretera A TurbanaTurbana 629 5042

Calle 3 Carrera 17 Barrio CaldasZambrano 485 3035

ESE Hospital Local De Turbaco

Santoya Torres Rocío

Asociación Niños de Papel

Medisan Limitada

Fundación Casa Del Niño IPS

ESE Hospital Local San Juan Nepomuceno

Centro de salud con cama del municipio Altos del Rosario

ESE Centro De Salud Con Cama Vitalio Sara Castillo

ESE Hospital San Antonio De Padua De Simití

ESE Hospital Local De Talaigua Nuevo

ESE Hospital Local San Juan De Puerto Rico

Centro De Diagnóstico Salud Social IPS Limitada

ESE Hospital Local De Turbana

Ese Hospital Local San Sebastián Del Muni De Zambrano

ESE Hospital Local Arjona

Centro De Atención Integral En Salud De Villanueva Ltda

Calle Real Calle 14 14-467

Plaza Principal Frente a la iglesia

Villanueva321 679 9914

311 428 3305

Calle 12 Nº 8-69689 0002689 2508689 0461

San Juan Nepomuceno

Page 33: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

ATENCIÓN DE SEGUNDO Y TERCER NIVEL DE COMPLEJIDAD

Urgencias mayores, consulta especializada, cirugias, hospitalizaciones,laboratorio clinico, rayos x de mayor complejidad

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Cartagena

Ese Hospital Universitario Del Caribe

Clínica Respiratoria Y De Alergias

Centro Radiooncológico Del Caribe SAS

Laboratorio Clínico Eduardo Fernandez Daza y CIA LTDAUci del Caribe S.A.Gestión Salud S.A.S.

Neofpediatría S.A.S.

Orl del Caribe SAS

Centro Óptico Agovisión S.A.S

Centro de Medicina Nuclear del Caribe LTDA

Medicina Integral Ips S.A.

Somelan S.A.S

Duetica Sas

Centro de Rehabilitación Pulmonar Intergal S.A.S

Centro Neuroradioncológico de Cartagena S.A.S

Centro Médico Crecer LTDA

Rts Sas

Taborda Ferrer Nilka Rosa

Trabajemos Juntos Ips S.A.S

Laboratorio Clínico Eduardo Fernandez Daza y CIA LTDA

Clínica General del Caribe S.A.

Neurodinamia S.A.

Imágenes y Radiología LTDA

Migasalud

Estrios S.A.S

Unidad Cardiológica de Cartagena

Zaragocilla Cll. 29 Nº 50-50

Piedra de Bolívar 30 Nº 30b-24

Bocagrande Cra. 3 # 8-177Barrio Amberes Cra. 29 Nº 38-20

Castillogrande Cll. 5 A Cra. 6 55 P2 Ap1

Manga Av. de La Asamblea N° K22 N°26-24

Urb La Ermita Cll. 29 C 19 31 Barrio Pie de La Popa

Dg. 32 # 82 - 40 Calle 1ª El Eden

Kr. 14a No. 163a-98

Cra. 47 Nº 79 168

Bocagrande Calle 5 Nº 3-47

Bocagrande Carrera 2 Nº 15-168

Clínica Ami Consultorio - 207 Pie de La Popa

Barrio Socorro Plan 332 A Mza. 49 Lote 11

Castellana Tv. 71b Nº 31-64 Sector Contadora

Providencia Cra. 71 No. 31-395 Pie La Popa Cra. 21 No. 30-31

Centro Medico Los Ejecutivos Segundo Piso

Centro Comercial Santa Lucia Local 15 16 Detras del Carulla Santalucia

Prado Cll. 30 34-22 Av. Pedro de Heredia

Ronda Real Cra 69 Nº 31 - 139 Loc. 2 - 26cCentro Médico Bocagrande Oficina 207

Calle Real de Pie de La Popa Nº 20-195

Cra 1. # 6-130 Edif. Hipocampo Local 3* B/grande

Bgde Cra 6a Nº 5-161 Cons 502 Centro Médico Prisma

Avenida Pedro de Heredia Cll. 31 Cra. 48 Esquina

Brr.b/grande Ed. SegurosBol. Lc. 4-Santa Lucía

664 4160-645 5460

674 5182-662 8620

642 4565

661 2783

665 6103-665 4953662 5909-662 5980

665 8104

665 9422

665 0022-670 9067

666 6499

312 615 1480

660 8336-690 0112

658 3690-646 2339

672 3650

444 7000

661 4163

319 416 9964

661 2783

661 2715

672 0720-102

656 2007

681 0606676 6794-315 7258316 236 2157

653 1985653 2144-669 0735

663 3045316 475 5155

661 3330 301 791 9986

Page 34: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Barrio Centro calle Las Flores

Bocagrande Cra 3 # 8-177

Bocagrande Cra 6 Nº 5 - 101

Cra. 14 Nº 43-66 Barrio Torices

Cl Real del Cabrero 42-62

Barrio Villa Sandra Mc L8

Bruselas Tv 36-nº 36-33

Santa Lucía Mz F Lote 18

Avenida 68 Nº 11-51

Providencia Cra. 7 31-188

Barrio Alcibia Sector María Auxiliadora

Centro Médico Los Ejecutivos Local 1c

Cra. 67-159 Barrio Crespo* Cartagena

Pie de La Popa Camino Arriba Urb Atahualpa

Brr Castillo Grande Cl 5 6a 19 C.M.B

Urb. Santa Lucía Dg 33-74 1p Loc 5

Av. Pedro de Heredia Sector El Prado 34-22

Barrio Castillogrande Calle 5 Nº 6a-19 Piso 7

Barrio La Providencia Cra 17 # 31 - 395

Castillogrande Calle 5 No 6a-19

Diag 31 Nº 54-125 Piso 11 Santa Lucía

Barrio Ternera Cl 1 El Edén Dg. 32 N 82 - 40

Barrio Bruselas Transv. 36 # 36 -33

Alcibia Sector María Auxilia-dora

Barrio Manga Avenida Jiménez Nº 20 65 P1

Barrio Olaya Herrera Sec. Rafael Nuñez 13 C 51 Calle San Antonio

Barrio El Bosque Sector Buenos Aires Trasversal 54 Nº 49-45

Calle 30 A # 63b-30 Urb. Villa Sandra

Barrio Olaya Herrera* Urbanización Los Alamos Carrera 50 A 31b 12

6612524-6631651301 352 1772

660 6466-660 6943 660 6857

665 6120-665 8208312- 674 8811

665 3963 - 665 4974665 3440

651 5289 - 318 860 3891

66 61207315 759 2580

661 3774651 3369

662 5244 662 5282 - 106

651 2864 318 311 7734

665 6103 665 4953

665 2255

669 0597

656 9030

660 6840

643 7471

661 8199

662 5282

653 1744

672 3650 - (110)

665 4299

018000124242

663 2073

656 3113

313 814 63981

662 8863

667 9202667 9987

669 7427669 7881

669 8812661 4732

662 5817662 8863

Inst de Rehabilitación Integral de Ctga

Redondo de Oro Ltda Centro de Diag. Ci

Medihelp Services Colombia

Uci del Caribe Sa

Centro Médico Buenos Aires S.A.S

Centro de Diagnóstico por La Imagen S.A.S

Sociedad San José de Torices S.A.S

Fundación Rey para La Rehabilitación Integral I.P.S

Fundación Caminos

Cemic S.A.S

Ips Cuidado Seguro en Casa S.A.

Empresa Social del Estado Clínica de Maternidad Rafael Calvo

Unidad de Patología Clínica Sas

Fundación Hospital Infantil Napoleón Franco Pareja

Organización Vihonco Ips

Fundación Centro Colombiano de Epilepsia y Enfermedades

Fundación Unidad de Cuidados Intensivos Dona Pilar

Congregación de Hermanas Franciscanas Misioneras de María

Centro Oftalmológico Ebenezer S.A.S

Moviser Ambulancia Sas

Carmona Valle Juan Carlos

Servicios Fonoaudiológicos del Caribe Empresa Unipersonal

Opticosta Express Ips Sas

Messer Colombia S.A.

Fundación para El Desarrollo Humano Juan Carlos Marrugo Vega

Chirino Pérez Alex Edmundo

Paramédicos S.A.

Salud y Bienestar del Caribe Ips S.A.S

Intensivistas Maternidad Rafael Calvo Ip

Cartagena

Page 35: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Pie de Popa, Cra. 22 Nº 29C -31, Local 2, Av. del AlbercónCarretera Bosque Tv 54 Nº 47-57

Shopping Center La Plazuela Cra 71 Nº 29-236

Brr Bocagrande Kr 3 No. 8-06 Edf. Montelibano Cs 401

Calle 15 N° 76b-130

Urb La Bonguita Kr. 81 22 D 253 Lc. 5

Carrera 2 No 19-29

Cl 23 N. 56- 32

Cl 23 49 50

Calle 23 Nº 51-16 Local Nº 2

Calle 23 Cra. 57-28 Barrio Bureche

Carmen de Bolívar

Cra 16 No. 16b - 257

Cll. 17 6 A 79

Calle 17 N0 6a -79

Kra 16 Calle A -02

Cll 16 Nº 13 -56

Cll 16 Nº 13 - 139

Barrio Olaya Herrera Cra 13 #16-45

Barrio San José Clle 16 A N°13-79

Providencia Cra 71 Nº 31-85

Urb Villa Sandra Mz C Lt 33 Piso 3 Edificio Pediacenter

Pie de La Popa, Centro Médico Ami Cll. de La Candelaria Nº 30-29 Cons. 310 Y 311

Zaragocilla Urbanización La Villa Lote 19 Mz A N° 50-65

Diag 31 Nº 54-215 Santa Lucía Centro Comercial Ronda Real

Barrio Pie de La Popa Cra 22 Nº 29 B-2017

Barrio Escallon Villa Cl 31 56 A P 3 Cl 07, Centro Comercial Los Ejecutivos

Subida a la Popa Carrera 21 Nº 34 – 09

(5) 666 1216666 5704

663 2604663 2606

677 0240317 367 8300

693 00 04

653 4475

661 4732

681 3220

300 495 5569

300 241 2297

686 2499

301 463 7894

(5) 687 6380

687 7712

317 500 8100

687 8949

687 8220

687 8394

301 252 1066

687 5910687 5904

xxxxxxxxxxx

300 636 6868301 335 4362

686 1634311 425 3038

663 1629

693 7715

666 6469

642 5764

655 0300

643 7510 301 437 3576

Audiocom S.A.S

Asociación Probienestar de La Familia Colombiana Profamilia

Clínica Blas de Lezo S.A.

Imagendent Eu

Torres Zambrano Martín Rogelio

Nefrólogos Pediatras del Caribe S.A.S

M & H Salud S.A.S

Fundación Social Para La Promoción De Vida

Freseniius Medical Care Colombia

Viaña Gonzalez Luis Fernando

Camino Ips Sas

Odonto Center Villa Sandra S.A.S.

Sociedad N.S.D.R. S.A.S.

Salud Movil de La Costa

Ese Hospital Nuestra Señora del Carmen

Faro del Carmen Ltda

Avanzar Ips Servicios Integrales de Salud S.A.S

Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales de Magangué

Unidad Médica Movil La Candelaria LtdaLaboratorio Clínico Bacteriológico Fleming de Magangué E U

Centro de Rehabilitación Física y Estética Eu

Madeleine Sofía Figueroa Tapia

Ese Hospital La Divina Misericordia

Integral Health S.A.S

Rts S.A.S

Fundación para La Promoción de La Salud y Prevención de La Enfermedad Renal Prevrenal

Ips Laboratorio Clínico Especializado Clinicom S.A.S

Centro Médico de Rehabilitación Integral Vivir S.A.S.

Cartagena

Calamar

Magangué

El Carmen de Bolívar

Page 36: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Cr 14 Cl 16 - 9 Pl Apto 1 Barrio San JoséCra 23 14 31 Barrio Santa Rita

Calle 10 Nº 11-56

Carrera 17 Nº 17 62

Kra 2 Nº 15 - 95

Diag 17 Calle 14-59 Parque José Joaquin Puello

Calle San Roque Casa Nº 243

Urb Andalucía Cl César Díaz Granados 29 122

Carrera 1° Calle 12-35 Barrio Alvarrada

Cl Principal Sec. El Canal Barrio Porvenir

Carrera 2 Nº 16-32 Mompox

Cr 12 12a 67 Barrio El Prado

Cra. 14 Nº 16 42

Calle 17 Nº 19-2

Clínica Diocesana Cra 14 N 3-48 Piso 1 310 731 5890

301 266 0091311 311 6934

688 0672

685 5694

689 0009

313 566 7922

663 8154

658 2565

314 581 2515

321 537 7641

311 436 0666

626 1160

311 653 3303

320 552 2411 314 588 1858

310 718 3708 685 6035

Ips Vital Salud E U

Oftalmólogos Asociado de La Costa S.A.S

Fundación Jesús En Ti Confio

Vital Caribe S.A.S

O2 Vital S.A.S

Mein Salud Ips Ltda

Centro Médico Integral Altos de La Candelaria S.A.S

Hernández Meza José Luis

Angarita Gutierrez Mercedes

Fundación Ser

Medisan Limitada

Persistir Ips

Posso Parra Yuliana del Carmen

Centro de Diagnóstico Salud Social Ips Limitada

Health Cars S.A.S.

Magangué

María La Baja

Mompóx

Turbaco

San Juan Nepomuceno

Page 37: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Su Salud y Cia Ltda

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Suministros Córdoba Eat

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Cl 15 Nª 8 02 Barrio Córdoba

Carrera 39 N 47-69 local 2

Calle 3 Nº 2-113

Calle Santander

Calle 2 kra 2 -2-23

Calle 20 de Julio Kra 11a#7-09

Calle grande N° 28 - 74 al lado del Hospital

Calle 16 Nº 2-19

Calle Primera # 12 – 82

Hospital San Francisco de Asis

San Cristóbal

Diagonal 4 # 6-11 Barrio Centro

Carretera Troncal La Concepción # 71 B-105

Carrera 10 # 11- 17 Barrio Frontera

Carrera 1 #8 - 47 BarrioLoma Fresca

Urb. La Cruz cll 17 Nº 19-53

Turbana Plaza Principal

Cra. 17 # 15-82

Barrio Pumarejo Carrera 17 # 5ª - 45

Calle 2da Antigua Calle del Comercio

Calle 20 No. 38-64 local 1 Centro

Barrios Altos del Carmen Cra. 6 # 4 – 111 Al lado Cancha sintética

Calle Principal de Montecristo Calle 2 # 8 - 04

Carrera 7 Nº 4 Barrio Guayacanes

Calle 25 Cra 47 Barrio Centro

Calle 4 # 4-44

Calle 4 # 7 – 77

Calle 16 No. 42-55

Calle Puerto Carrero 19-76

Carretera Troncal La Concepción # 71 B-105

314 592 5419317 643 1953

323 491 8217

300 772 7938

310 714 0695

314 592 1528

310-7128333

320 305 5736

314-584 6586

314-584 6586

311 431 8277

311 652 5453

323 484 5858

320 338 3351

313 514 2803

323 491 8218

689 0042

310-7128586

323 484 5840

312 642 4210

310 715 2484 663 9760

651 5007-8-9651 1033

651 5007-8-9651 1033

651 5007-8-9651 1033

651 5007-8-9651 1033

651 5007-8-9651 1033

Achi

Arjona

Arroyo Hondo

Barranco de Loba

Calamar

Cartagena

Cicuco

Córdoba

El Peñón

Guamo

Hatillo de Loba

Mahates

María La Baja

Mompóx

Montecristo

Norosí

Pinillos

Regidor

Río Viejo

San Cristóbal

San JacintoSan Jacintodel Cauca

San Juan Nepomuceno

Tiquisio

Turbaco

Turbana

Villanueva

Zambrano

El Carmende Bolívar

Page 38: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO

ATENCIÓN DE SEGUNDO Y TERCER NIVEL DE COMPLEJIDAD

Urgencias mayores, consulta especializada, cirugias, hospitalizaciones,laboratorio clinico, rayos x de mayor complejidad

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Sabanagrande

Sabanalarga

Soledad

Barranquilla

Candelaria

Malambo

Repelón

Juan de Acosta

Galapa

Campo de La Cruz

Mired Barranquilla Ips

Viva 1a Ips S.A.

Ese Hospital Local de Campode La Cruz

Ese Hospital de Candelaria

Ese Hospital Juan De Acosta

Ese Centro Salud Galapa

Integral de Colombia Ips S.A.S.

Ese Hospital Local de Malambo

Centro Médico Vital Candelaria S.A.S

Ese Hospital Local de Repelón

Ese Centro Salud Sabanagrande

Centro Médico San Juan Eu

Ese Centro Materno Infantil de Sabanalarga

Fonsalud Sabanagrande Centro Médico de Diagnóstico S.A.S

Ese Hosp Materno Infantil Cmetrop

Novasalud Caribe S A

Integral de Colombia Ips S.A.S.

Cra. 57 Nº 72-107

Calle 15 Nº 21-06

Cr 12 13 24

Cl 28 Nº 2 -45

Kr 17 Nº 14 A - 35

Cl 30 15 B - 02 Barrio San Antonio

Calle 12 Carrera 16 Esquina

Cl 26 A 14 16

Carrera 40 Nº 33-12

Calle 8 # 16 - 52

Carretera Oriental Entrada a Malambo

Cl 8 Nº 9 - 22

Carrera 11 N° 9-50

Calle 7 N°10 - 29

Carrera 3 Nº 8-16

Hospital Nazareth Carrera 16 # 47b - 06

Cl 28 Nº 2 -45

367 2200

362 1313

873 4622

301 510 8734

875 4006

309 2014

347 8777

870 9506

879 1402

879 1648

878 0383

304 5141

374 2567

393 0006393 0009

878 3782 311 424 7434

308 6505

878 3782 311 424 7434

Page 39: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO

ATENCIÓN DE SEGUNDO Y TERCER NIVEL DE COMPLEJIDAD

Municipio Prestador Dirección TeléfonoAmvif-asistencia Médica Vital en Familia I.P.S S.A.S.

Asociación Probienestar de La Familia Colombiana Profamilia

Audiocom S.A.S

Cardiodiagnóstico S.A.

Cediul S.A

Centro Médico Cognitivo e Investigación S.A.S

Centro Terapéutico Re-encontrarse S.A.S.

Centro de Coloproctología y Endoscopia De Vías Digestivas Dr José Luis Montes

Cuidado Seguro en Casa

Clínica Centro S.A

Clínica de La Costa Ltda.

Ips de La Costa

Clínica General San Diego S.A.S

Clínica San Ignacio Limitada

Clínica San Martín Barranquilla Ltda

Davita S.A.S.

E S E Hosp Niño Jesús de Barranquilla

Fabiola Elena Donado Osorio

Fundación Campbell

Cr 49 C 84 57

Calle 59 No. 50 – 17 El Prado

Cra 49 C Nº 80-125 Co 309

Carrera 50 N 80 216

CALLE 71 # 41-54

Carrera 43 B No. 75b-24

Cll 45 # 18-145

Cra 47 #84-43

Calle 51 N° 39 - 07

Calle 76 6b 36

Carrera 49 C # 82 - 165

Cra 75 # 79b - 50

Carrera 50 N 80- 18 Co 210

31 N° 14-20

Carrera 43 N 70 106

Carrera 45 # 84-197

Cra 47 84-141

Calle 40 N° 41-110

Cra 50 # 80 - 90

357 4070

(5) 319 7928

01 8000 11 0 95

PBX 304 9965 321 594 0943 313 517 2659

385 2438 Ext 124310 356 6613

361 4600 Ext 113 321 539 7977

Call Center 3091 502 PQR 309 1503

317 7030 Ext 1

358 3600

380 9021 - 318 359 6893 - 353 809 041 - 318 712 3489 - 318 345 7139

336 9999 ETX: 0-1000336 9999 - 310 830 9643

Call Center 318 5282 - 318 5282 Ext 403 y 405

312 661 8331 - 331 5566 - 310 719 5674

385 1266 Ext 1

378 3057

330 8900 EXT 3

320 3596

357 0684 659 3830

Urgencias mayores, consulta especializada, cirugias, hospitalizaciones,laboratorio clinico, rayos x de mayor complejidad

Call Center 385 6389, Ext 1 y 0 - Pre-cirugía 304 377 4888 - Programación de cirugía 318 349 3523 - 301 487 0624 - Servicios Ambulatorios 315 700 7464

Barranquilla

Page 40: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Cll 45 # 9b-05

Cra 24 # 53d - 80

Cra 24 # 53d - 80

385 1885 - 304 243 2564

330 9000 - 5119 -300 403 0651

Sede 1 Cra 58 # 74 - 47 Sede 2 CL 75 B N° 42F-64

Cr 50 79-98

Cra 42 H # 82-116

Cir 3 70 18 Lc 401

Sede 1. Carrera 49 C No 80-38 - Sede 2 Cra 30 Corredor Universitario # 1 - 850

Cra 47 Nª 79 168

Carrera 55 N 84 - 94

Cra 75 # 79 B 50 P2

Cl 50 No. 39-34

Cra 48 No.70-38 Primer Piso

Hospital Nazareth Carrera 16 # 47b - 06

Cordialidad Calle 47 # 20-58

Calle 80 No. 49 C- 15 Local 1 Y 103

Calle 56 # 8e1 - 238 Local 2

Kra 51b # 84-150

Carrera 49 C No.80-125 Loc 103-107

Kra 42 75b 18 317 371 5645 - 316 830 9904 - 317 500 9037

386 1600 - 322 895 9178

322 5757 - 318 532 4761

580 7489 311 737 7869

Call Center 385 8518 Ext 169

312 5232 - 385 3714 - 385 3716 - WS 321 472 5986

373 2696355 9213

300 912 0676 - 310 0401 WS 300 445 1896379 8577 - 304 2052337

Sede 1: 385 5759 Sede 2: 385 5762

300 728 5274

301 595 1809

33162299 ext 3001-3000

379 4198 - 316 470 4484

358 7170 -360 7188 DIRECTO 309 1999 EXT 11128300 552 8467

358 5986 - 378 6118 - 373 5110 - 378 6128 - 378 4665 - 385 6489 Ext 11 - 33 WS 321 849 2254

356 1310

Fundación Hospital Universitario Metropolitano

Hospice IPS S.A.S

Fundavisión

I.P.S Salud Plena Ltda

Hospital Universitario Cari Empresa Social Del Estado

Instituto de La Visión del Norte y Cia Ltda

Instituto Colombiano de Neuropedagogía I.C.N. S.A.S.

Instituto de Transplante de La Medula Osea Ltda

Ips Rehabilicop S.A.S

Medi Asistencia S.A.

Mired Barranquilla Ips

Centro De Especialista en Salud de La Costa Sas (Cesac)

Opticosta Express Ips S.A.S

RTS SAS

Sabbag Radiólogos S A

Sociedad de Medicina Nuclear S.A.

Transporte Medicalizado de La Costa Sas

Trabajemos Juntos Ips Sas

Unión Temporal Cecac San Martín Urueta

Unión Temporal Niño Jesús de Barranquilla

Barranquilla

370 5584320 573 2188

Page 41: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Cra 51 B Calle 82 152 Area B

Calle 45 Nº 21-125

Cra 61 74-219

Cr 30 Nâ° 1-850 4 Piso Torre Sa

Cr 30 1 850 Corredor Universi-tario

Cra.30 Corredor Universitario No.1-850 Puerto Colombia- 4 Piso de la Torre Sabbag - Porto Azul

Calle 12 # 15 -63 Barrio San Roque

Carrera 12 Número 13-24

Centro Cl 9 # 11-03

Cl 6 No. 5 - 24

Cl 25 8 25 Lc 1

Cl 25 8 25 Lc 1

Cra 48 # 70 - 38

Cra 75 # 79 B 50 P2

Carrera 49C # 80-39

Carrera 49 C N 85 - 22

373 2696355 9213

345 1788 - 356 4055 - 356 4820 - 378 3331 - 358 3227 - 318 716 7460 - 317 437 3941

385 3837 - 317 433 8346 - 301 432 7154

SEDE 1: Call center 379 7904 - 379 7903 - 373 2216 - 302 220 9399 SEDE 2: 309 1626 Sala de aplicación de medicamentos.

Call Center 373 5434 - 356 6841 - 356 6715 WS 317 433 8986 - 318 243 2108

PBX 309 1666 - 309 1999 Ext 11217

308 6898 311 5089

321 773 9459

316 387 2985

385 1731

878 2592 - 315 748 0777

878 0213 - 312 883 5826

385 3773 - 301 304 5451

377 6595 Ext 1 y 2 WS 3004913768 WS 3013058990

citasmedicas@al fonsocotes.com

Consulta Externa 589 6643 - Programación de cirugías 320 710 2830 - 321 603 8825 - 310 393 9231 - 367 2600 Ext 7303/ 7301

385 0055 388 5199

Unión Temporal Niño Jesús de Barran-quilla

Vital Salud del Caribe Ips S A

Vihonco Ips Costa Sas

Urocentro Ltda

Yepes Restrepo y Cia S En C Comandita Simple

Organización Clínica General del Norte

Unidad de Gastroenterología y Endoscopia Digestiva S.A.

Clínica Porto Azul

Ips Dartesalud S.A.S

Centro Médico Vital Candelaria S.A.S

Caminemos Ips Sas

Clínica San Rafael Ltda

Sais Ips S.A.S.

I.P.S. María del Mar S.A.S.

Alfonso Enrique Cotes Maya

Fundación Ser Tu Hogar

Cartagena

Galapa

Candelaria

Sabanalarga

Juan de Acosta

Campo de La Cruz

Puerto Colombia

Servicios Complementarios

Page 42: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Calle 25 Nº 08-25

Cl 63 B N 13 76

Calle 47 # 6c -60 Barrio Villa Adela

Calle 18 # 34-18

Calle N° 21 -60

Carrera 25a # 16-82

Calle 30 Autopista Al Aero-puerto Al Lado del Parque Muvdi

Cl 47 Entre Cr 6c y 7 Urb Villa Adela

Cr 23 N° 22 - 66

Líneas de Atención al usuario WS 320 7721694 - 320 734 8528 - 316 555 1268 - 320 772 1695

385 8131 Ext 1 - 2

322 5198 - 317 440 6117

388 9382 -323 666 764 - 323 366 6753

392 2969 - 392 1067 - 301 633 5337

372 8146 - 393 0891300 442 9737

878 0952

314 721 2067

317 439 2466

Centro de Rehabilitación Integral de Sabanalarga

Davita S.A.S.

Ese Hospi Deptal de Sabanalarga

Fundación Clínica Materno Infantil Adela de Char

Hosp Dtal Juan DomínguezRomero Ese Soledad

Clínica Porvenir Ltda

Centro de Salud Agrupasalud Ips S.A.S

Prosperidad Ips S.A.S.

Fundación Hospital Universidad del Norte

Sabanalarga

Soledad

Page 43: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO

SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS EN ATLÁNTICO

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Distribuciones Pharmaser Limitada

La Playa Calle 14 # 16 - 12 Local 2

Juan Mina Cll 7 Número 5-41

El Pueblo Cll 117 # 11b-12.

Nueva Era Kra. 21 No 78-19

Las Flores Cra. 79 A # 109 04.

Altos de Prado Especial Mac Carrera 49c Número 80-209

Metropolitano Calle 45 No, 3 B – 12

Cayena Centro Comercial Metropolitano Kra. 28 #58-118 Local 126a

Merced Carrera 38 No. 54-107

Caribe Carrera 47 Número 82-44 Local 101 C.C. Aliados Del Caribe

El Bosque Calle 72 # 9d- 118

Santa María Cra 3 Sur 74 – 85.

Las Niebes Cra. 13 Nº 18 – 32.

Cevillar Nazareth Calle 47 Número 16-96

Mokana Calle 56 No 8e1 238 Primer Piso

Sultana Calle 14 #12 - 33 Barrio Buenos Aires

Sultana Calle 14 #12 - 33 Barrio Buenos Aires

Plaza Sevilla Carrera 43 # 69f - 57 Local 3 Al 4b CC Plaza Sevilla

San Miguel Carrera 2 No. 4 - 4

Caf Sevillana Calle 45 # 10e - 66

El Pueblo Calle 22 # 17 – 53

Prado Calle 74 No. 50 – 41

312 715 1592

312 715 1922

312 715 2071

312 715 1908

312 715 4037

(5) 360 5660360 6047310 897 9088

(5) 301 2685321 700 5636

(5) 386 0123 320 688 9097

878 3376301 404 8699

(5) 356 0955

(5) 385 6356

3860088

310 713 0541

(5) 385 4104

323 484 5841

323 491 8222

321 769 1066Puerta de Oro Carrera 21 #45 - 28 Barrio San José

(5)309 1153311 367 9769

(5) 385 4104

334 7301

323 491 0779

(5) 326 6746314 584 6621

(5) 304 5172385 3757311 367 9630

Barranquilla

Page 44: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Hospital San Jorge de Ayapel

Ese Camu Buenavista

Ese Camu Canalete

Ese Camu del Prado

Ese Hospital San Francisco

Centro de Rehabilitación Funcional Crf S.A.S

Ese Centro De Salud Cotorra

Institución Prestadora de Servicios de Salud Manexca Ips

Ese Hospital San Rafael

Ese Camu La Apartada

Ese Camu Santa Teresita

Empresa Social del Estado Vida Sinú

Medisinú

Ips Unidos Por El Mañana

Ese Hospital Local de Montelíbano

Institución Prestadora de Servicios de Salud Manexca Ips

Ese Camu de Momil

Ivonne Soraya Mercado de La Barrera

Ese Camu Moñitos

Ese Hospital San Nicolas

Asociación de Autoridades Indígenas Fincesalud Ipsi

E.S.E Camu Puerto Escondido

Ese Camu Divino Niño

Ese Camu Pueblo Nuevo

Ese Camu de Purísima

E.S.E Camu San Rafael

Curar Ips

Ese Hospital San Andrés Apostol

Ese Hospital San Diego

Ese Camu Municipio San Antero

Carretera Troncal 6 Diagonal 19 y 21

Calle 9 Nº 8-60

Calle 1 Cra 2 Esquina

Cll 27 Cra 9 Barrio El Prado

Barrio Santa Teresa Cal 7 No 23-61

Cra. 2 24 28 Barrio Centro

Camu De Moñitos

Cll 18 Nº 8 64

Cra 5 Nº 5-03

CRA 9 No 17 80

Cra. 15 Barrio San Nicolas

Carrera 10 Calle 14 Y 15

Vía A Lorica

Cr 14 B 2 23 Brr Las Mercedes

Carrera 11 Nro 9-55

Calle del Centro

Vía Coveñas Troncal

Cra 5 No 23 144

Cra 15a Nro 5 -10 Barrio Villa Rocío

Calle 16 No 6 23

Calle 26 No 4 B 18 Mz 014

Barrio Alto Kenedy Dg 22 A No 20 42

Calle 22 B No. 4 W -14 Barrio El Amparo

Carretera Nro 7 - 80 Barrio Santa Lucía

CLL 23 CRA 20 Barrio Santa Teresa Citas

Calle 29 Nro 8 -39 Barrio Centro

Cra. 8 No 10 - 16 Barrio la Floresta

Cl 22 y 23 Cr 9 Nº 22a-35

Cra 9 Nro 7 - 35 Barrio El Milagro

Calle 15 No 12 52

770 5150770 5004

771 3600

782 1154

774 00045

756 0810

311 414 8452

313 539 6479

777 6203 - 767 5948 321 545 9978

781 1550

301 358 9421

300 219 8998

7626639

301 566 9285

760 6206 - 760 6340

314 546 6692

771 5701

7767555

772 5573 - 321 523 4188 - 321 523 2948

776 22096

775 2075

310 700 4175 CAMU SAN CARLOS 774 6272

777 0166

773 0171

777 7589300 814 9415321 511 9269 758 7436

784 3348 - 01 8009 44 4 24

776 3422 - 810 7217

773 6265773 1763

810 4504 - 774 2523

775 1144775 1055

Ayapel

Buena Vista

Canalete

Cereté

Ciénaga de Oro

Cotorra

Chima

Chinú

Lorica

La Apartada

Montería

Montelíbano

Momil

Moñitos

Planeta Rica

PuertoEscondido

PuertoLibertador

Pueblo Nuevo

Purísima

Sahagún

San Andrésde Sotavento

San Carlos

San Antero

Page 45: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

San Bernardo del Viento

Cra 5 No 23 144

Calle # 9 Nº 6-35 Esquina

Cr 50 79-98

Calle 2 Nro 3 - 85 Barrio Arauca

Cll 12 No 8 99

Corregimiento de Tuchín Carretera Principal

Cll 10 Nº 10 - 26 Barrio Veinte de Julio

Carrera 5 Nº 5-45

777 1160311 401 1336

763 7406

775 8008

Cra 6 No 16 Local 1 Barrio el Centro 304 572 8000

313 740 3855

778 3155

301 697 4150

777 3140 - 777 3141

762 6639

774 0504 - 0152

Todo Salud Ips Ltda

Hospital San José Ese

Luis Alfonso González Botero

Ese Hospital San José de Tierralta

Ese Hospital Local de Montelíbano

Emp Social del Estado Camu del Mpio Sn Pelayo

Fundación Salud Integralde Colombia Ips

Institución Prestadora de Servicios Clinimas Ltda

Institución Prestadora de Servicios de Salud Manexca Ips

Ese Hospital Sagrado Corazón de Jesús

San Antero

San Pelayo

Tierralta

Tuchín

Valencia

San José de Uré

San Bernardodel Viento

Page 46: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTO DE CÓRDOBA

ATENCIÓN DE SEGUNDO Y TERCER NIVEL DE COMPLEJIDAD

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Ese Hospital San Diego

Viva Uno A

Centro Oftalmológico del Sinú S.A.S

Viva Uno A

Clínica Oftalmológica Dajud S.A.S

Viva Uno A

Viva Uno A

Imágenes Diagnósticas de Lorica Eu

Medisinú Ips Sas

Oftalmosalud Eu

Oncomédica Sa

Clínica Materno Infantil Casa del Niño

Sociedad Cardiovascular de Córdoba S.A.S

Terapias Integrales Limitada

Centro Cardio Infantil Ips S.A.S

IPS de La Costa LtdaUroclínica de Córdoba S.A.SClínica Oftalmológica Dajud S.A.S

Instituto del Riñón de Córdoba S.A.S.

Inst De Medicina Nuclear Medinuclear S.A.

Laboratorio Clínico Vivan Ramirez Ips S.A.S

Imágenes Diagnósticas de Lorica Eu

Uci Neonatal del Bajo Sinú Ltda

Centro Oftalmológico del Sinú Sas

Centro Oftalmológico del Sinú Sas

Viva Uno A

Ese Hosp San Vicente de Paul

Alfredo Federico Bonilla

Laboratorio Clínico Procesar

Cl 23 Cr 20 Barrio Santa Teresa

Cl 26 No 6 - 22 Montería

CL 58 7 06

Cra 17 No 18 42 Barrio Chacuri Sincelejo

Carrera 43 B No. 75b-24

Cl 26 No 6 - 22 Montería

CL 58 7 06 Barrio la Castellana Montería

Cl 26 No 6 - 22 Montería

CL 58 7 06 Barrio La Castellana Montería

Calle 4 No. 16-30

Cra 26 Nº 17-124 Barrio San Pedro Int Hosp. San Vicente

Cra 6 Nº 72 - 34 Vía Cereté

Calle 39 # 6-15 Barrio Nariño

Cll 26 Nº 9-68

Cll 27 # 9 -19

Calle 21 Nº 2-57

Cra 9 Nº 25-27 Interior Clínica Cardiovascular

Calle 2 Barrio San Nicolas (Lorica)

CLLE 2 No 13 18 Barrio Remolino

Calle 2 Barrio San Nicolas

774 7522 313 517 9236

789 0491

300 434 2503

276 2052

781 5518

Cr.7 Nº 16-12 Loc.103 Ed.santana 775 1733

789 0491

300 434 2503

789 0491

300 434 2503

767 555 - 767 111

Clle 16 No 3 - 00 Barrio remolino 789 0492

Barrio San Pedro 773 5886

Calle 26 # 6-35 Cons 301 Centro Médico Santa Clara 781 5050

782 2563

773 5746

773 8491

317 233 2435320 567 1042

767 555 - 767 111

Cl 15 A 14 A 14 Lc 2 774 7838301 219 7735

790 0169 - 789 0136

781 4871 - 781 4373

791 9254310 314 8543

790 1195781 4789

Calle 26 Nº 11 19 782 6002Cll 28 # 5-41 781 5518

Calle 28 # 15-16 301 357 6739311 402 7380

Carrera 6 Nº 29-12 792 0919

Urgencias mayores, consulta especializada, cirugías, hospitalizaciones, laboratorio clínico, rayos x de mayor complejidad

Cereté

Chinú

Cotorra

Lorica

Montería

Ciénaga de Oro

Page 47: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

CRA 9 Nº 25-27

Cl 24 Av. Circunvalar Esq. Hosp. San Jeróimo

Calle 24 Av. Circunvalar Esquina Interior Hospital San Jerónimo

Cra. 50 79-98

Calle 33 Nº 14-62 Montería

Calle 62 # 6-13 Local 231 Plaza de La Castellana

Cl 61 A # 7-12

Cra. 11 N° 26-32

Cra. 8 Nº 25 -25

Cra 3 Nro 21 - 44

Cl 58 7 06Cl 27 11 35Cl 26 Nº 6 - 22 Montería

Cra. 14 Nº 32 18 Barrio El Edén

Cll 17 A Nº 13 26 Barrio La Julia

Carrera 3 N° 17 - 08 Buena Vista

Cl 30 6 44 Ed Santa María Lc 2

Calle 24 Nº 6 23

Cra. 8 Nº 33 - 67 Montería

Calle 28 Nº 7-22

Carrera 3 No. 12 - 08 Barrio Buenavista

783 3333 - 783 4234

Cronicos 310 539 2372 - Artritis 312 581 5365 - Contributivo 791 9020 Ext 122

782 0418 - 782 2032

(4) 783 0583 - 783 4311 - 783 0807

790 7855- 791 0645 791 1067

310 367 1463

789 9596

782 1920

300 434 2503317 665 0824789 0491

312 894 1089

788 7794

782 5121 - 782 2136

782 2207

785 4617

782 1707

792 9222

317 429 4710

781 7081

789 0972

Cll 72 Nº 7 43 315 407 9895 795 6135

Cll 26 Nº 6 36 781 7660782 2637

785 2971

Cra. 12 Nº 39 03

Cl 24 16 A 24 Brr Pasatiempo

791 8058Cl 44 14 282 Portal de Almeira

300 434 2503Cl 58 7 06

(4)760 8539Calle 22b Nº6-56

789 0492Clle 16 No 3 - 00 Barrio Remolino

777 7508CL 18 # 1-64

Cra. 12 9 55

782 3008 - 310 617 5733

777 8216 - 315 760 6809

Cll 27 Nº 720

Amritzar S.A

Evaluamos Ips Ltda

Intermedios Ed Limitada

Fundación Clínica del Río

RTS SAS

Nefrouros

Clínica Laureles Psiquiatras Asociados Ips

Ese Hospital San Jerónimo de Montería

Sociedad Cordobesa de Cirugía Vascular

Instituto Neumológico de Córdoba S.A.S

Medisinú

Medisinú (Sede Programas Integrales yContributivo)

Asociación Probienestar de La Familia Colombiana Profamilia

Santos Odontología Ips S.A.S.Otorrinolaringólogos Asociados de Córdoba S.A.SSociedad de Patólogos de Córdoba LtdaCentro de Imágenes Diagnósticas Médicas S.A.S

Fundación Amigos de La SaludViva Uno A

Acción Salud IpsUnidad Médica VascularCuidado Seguro en Casa Ut

Salud a Su Hogar Ips S.A.S.

Clínica Universitaria Medicina Integral

Centro Oftalmológico del Sinú S.A.S

I.P.S Solosalud Jd S.A.S

Viva Uno A

Ese Hospital San Juan de Sahagún

Simancas Escalante Evelyn Esther

Instituto de Reumatología y Rehabilitación Deportiva William Puche

Centro Oftalmológico del Sinú S.A.S

Asesoría de Atención Integral en Salud Ips S.A.S

Montería

Moñitos

Sahagún

Page 48: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

CRA 9 Nº 25-27

Cl 24 Av. Circunvalar Esq. Hosp. San Jeróimo

Calle 24 Av. Circunvalar Esquina Interior Hospital San Jerónimo

Calle 18 No 10 37

Cra 15 Barrio San Nicolas

Carrera 9 # 7e-7

783 3333 - 783 4234

790 7855-791 0645791 1067

782 5121 - 782 2136

789 0183 - 782 7222

776 7555

311 431 8707301 782 8999301 75413

Clínica Oftalmológica Dajud S.A.S

Sabanasalud Sahagún S.A.S

Ese Hospital San Nicolas

Centro de Neurorehabilitación Mexion S.A.S

Visión Total Ips Eu

Clínica Sahagún Ips S.A.Sahagún

Planeta Rica

Moñitos

Sahagún

Page 49: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTO DE CÓRDOBA

SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS EN CÓRDOBA

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Pharmaser - Profharma Salud

Ese Camu Buenavista

Audifarma

Audifarma

Audifarma

Audifarma

Audifarma

Pharmaser - Profarmasalud

Institución Prestadora de Servicios de Salud Manexca Ips

Audifarma

Audifarma

Audifarma

Pharmaser - Droguería Farmacentro

Audifarma

Audifarma

Pharmaser -droguería Luis Fe

Audifarma

Audifarma

Audifarma

Audifarma

Audifarma

Pharmaser - Profarmasalud

Audifarma

Luis Alfonso González Botero

Audifarma

Audifarma - Profharma Salud

Audifarma

Pharmaser - Droguería Diagnostifarma

Calle 9 No 8 60

Cra 6 Dg 19 - 21

Cra 6 No 24 - 25 Centro Canalete

Carrera 13 Número 13b - 12 Local 103

Clle 14 No 10-20. Centro

Carrera 84 - 29 Centro

Calle 8b Con Carrera 6 - 55

Calle 8 No 3 - 74 Local 2

Calle 15 No 6 A - 80 Barrio Centenario

Calle 12 Número 15-29 Frente Al Parque Central

Cra 7 No 14 - 62 Barrio Guayabal

Cra 6 No 12 - 60

Cra 12 Calle 8 Esquina Barrio 20 De Julio

Avenida La Santa Calle 6 8d-96

Carrera 13 Número 11-20

Calle 12 No 8 52

Carrera 7 Número 13 - 22

Cra 15a Nro 5 -10 Barrio Villa Rocío

Calle 20 No 11 - 90 Local 3

Barrio Navidad Calle 3 16 - 26

Calle 26 No 03 - 38

Calle 25 No 5 32

Cra 6 No 15 - 6 Calle Antioquia Barrio Centro

Cra 9 No 11- 13 Barrio Camilo Jiménez

Carrera 6 Número 14 - 56 Local 1

Barrio La Floresta Calle 10

Calle 35 14 05 Edi Tractodise

Carrera 13 Número 13b - 12 Local 103

Calle 15 13a-148 Barrio Santa Lucía

771 3600

789 4359

314 584 6587

321 844 1720

312 623 1872

314 584 6585

313 539 6479

320 789 2591

312 282 3001

478 90735

320 715 2823

321 545 2304

323 478 4398

Audifarma CRA 1 No 12 A - 25 Barrio 20 de Julio

314 584 6581

320 787 5021

320 787 5021

312 839 4123

310 898 0147

314 596 7481

321 844 1720

320 647 7359

301 470 1625 312 639 4691

Ayapel

Buena Vista

Canalete

Cereté

Ciénaga de Oro

Cotorra

Chima

Chinú

Lorica

La Apartada

MonteríaMontelíbano

Momil

Moñitos

Planeta RicaPuerto

Escondido

PuertoLibertador

Pueblo Nuevo

Purísima

SahagúnSan Andrés

de Sotavento

San Bernardo del Viento

San Carlos

San Antero

San José de Uré

San Pelayo

Tierralta

Tuchín

Valencia

Page 50: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTO DE MAGDALENA

ATENCIÓN DE PRIMER NIVEL DE COMPLEJIDAD

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Calle 19 Kra 11 (Casalud Ips)

Calle 5 Con Carrera 21

Carrera 10a Nº 8 - 27

Calle 10 Con Carrera 11 Al Lado De La Papeleria Dima

Calle 14 Nº 12-46

Calle 6 Cra. 4-36

Cr4 N°7-25 Brr Centro

Calle 21 No. 6 – 14

Calle 22 Carrera 19

Cl 20 12 12 Cs4a

Calle 23 # 13a - 02

Carrera 15 Nº 24 - 33

Carrera 13 Número 11-20

Calle 12 No 8 52

Vía 14 Carretera de Los Contenedores

Calle 7 Entre Carrera 18 y 19

Calle 10 Carrera 4-68

Calle 3 No 13-05

Calle 3 No. 13-05

Calle 4 N°10-16

Calle 3 # 12-60

Cra. 13 Nº 10-57 Barrio Guayacanes

Calle 7 # 17-05

Calle 7 # 9- 15

318 354 6280

424 0896

410 2661 300 386 5036

321 844 1720

429 1040

312 603 1885

311 418 3580

Cl 4 8 32 Barrio San Francisco 429 2258

300 658 4748

314 629 8914

317 668 5993

317 806 9690

485 0934

485 2033

415 7115415 7003 314 534 4929

304 643 3547

683 7373

339 0900

421 4793

421 2795

300 813 8749436 3540420 9574

436 8204

420 2772

315 7397529421 1578

429 2525

Ciénaga

El Banco

Guamal

Plato

Pivijay

San Sebastián

Santa Ana

Ciénaga

Mvc Inversiones Sas - Casalud

Fundación Promagdalena

Viva 1a Ips S.A.

Meddyz del Norte

Prevención y Salud Integral para La Familia Ips LimitadaUnidad Terapéutica y Rehabil Integral En Salud Ips S.A.S

Ese Hospital Regional La Candelaria El Banco

IPS Centro Integral de Neurodesarrolloy Rehabilitación SAS

Meddyz Del Norte Ips S.A.S

Javier Vélez De La Hoz

Fundación Betshalom

Ese Hospital Santander Herrerade Pivija

Clínica Regional Inmaculada Concepción Ips Ltda

Hospital Regional Fray Luis De León

Montero Moreno Merlenisa

Unidad Médica Santa Ana Previsalud

Asociación Probienestar de La Familia (Profamilia)

Unidad Hemato Oncológica y de Radioterapia del Caribe S.A.S

Ese Hosp Universitario Hugo Mendez Barreneche

Curiel Acosta Julio Alfonso

Clínica Santiago - inversiones Jesús María S.A.S

Cardiosalud Ltda

Denticaribe S.A.S

Clínica La Esperanza IPS LTDA

Fundación Betshalom Calle 5 # 10 - 05 Alfonso López 301 691 4290

Consultas de medicina general, odontología, programas de promoción y prevención, laboratorio clínico, rayos x

Page 51: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Calle 22 # 15-34 Alcazares

Calle 23 No 14 -17 Cons. 210

Avenida Libertador No. 26-86

Calle 21 # 18 A -103 Primer Piso

Av. De Los Estudiantes No 18-56

Calle 20 N° 11- 17

Entrada Country Club Km 2 Y 3 GairaCalle 22 No.16-15

Carrera 2 No 22-41

Calle 22 Nº 17a-62

Av. Libertador No. 27-11

Calle 26 Con Carrera 5 Esquina

Calle 22 con Carrera 19 Esquina No 18 - 174

Avenida libertador # 24 – 59 Centro Empresarial Aquarela Plaza

Calle 22 Con Carrera 19 Esquina No 18 - 174

Cra 4 No. 26a-71 Segundo Piso (Fundación Cardiovascular)

435 8420

431 6575

420 0029317 658 4898

421 2506

420 6464

312 237 3831

300 678 1654

301 243 7769310 601 2424

420 3080431 4800421 6792

431 1050

439 5234

439 5234

438 1234311 406 3885

4215636

435 2374 315 785 3127

Av. Libertador No. 15 - 61 421 5937

Cra. 14 No. 23-42 436 5007

Calle 23 Nº 14-69

Cra 19 N° 23-65

423 4270

420 5750

Calle 22 Nº 13-72 318 354 6280

Valle 29 N 13-29A1 301 709 4921

Calle 22 # 13 - 84 301 709 4921

Av. Del Libertador No 16 D - 49 318 373 0910421 6032

Avenida Del Libertador Calle14 No. 24 - 90

423 4573 - 431 8594431 8595 - 431 859

Carrera 3a Nº 24-04 421 0131

Carrera 4ta No. 26ª - 71Fundación Cardiovascular

420 8062420 2828

Cra 1a N° 23-84 421 4801 - 431 0806421 2730

Carrera 20 # 15 - 110 421 7901

Calle 22 Nº 14 -94 2º Piso 431 9111

Av Libertador # 32 - 50 segundopiso Marinelo Plaza Piso 2

439 5101

Centro de Imágenes Diagnósticas Santa Marta S.A.S

Centro de Oftalmología Integral - Cofin S.A.S.

Centros Hospitalarios del Caribe S.A.S.

Citopat de La Costa Ltda

Clínica De Enfermedades Digestivas S.A.S

Cardiostress Ltda

Compañia Colombiana de Salud Colsalud S.A.

Cuidado Seguro en Casa Ut

Ese Alejandro Prospero Reverand

Fasalud Ltda Ips

Fundación Betshalom

Fundación Promagdalena

Fundación Oftalmológica del Caribe Foca de Santa Marta

Imagenología del Magdalena Centro Radiológico S.A.S

Instituto Neuropsiquiatrico NuestraSra Del Carmen Insecar

Hospital Universitario Troconis

Inversiones Y Proyecto Efisalud Ltda

Ips De La Costa

Mvc Inversiones Sas - Casalud

Meditayrona

Radioimágenes RadiólogosAsociados Sas

Subsanar Salud Ips Ltda

RTS S.A.S

Surgifast SA

Unidad De Diagnósticos YTratamientos Urológicos S.A.

Unidad Atención De PacientesEn Estado C

Perfect Body

Unidad Otoacústica Del Caribe SAS

Viva 1A IPS SA

Gastromag Ltda

Heres Salud Ltda

Page 52: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTO DE MAGDALENA

SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS EN MAGDALENA

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Calle 12 # 11 -32 Local 3 410 0574

Calle con Carrera Séptima,diagonal a la Alcaldía

312 804 3416

Ciénaga

En Banco

Calle 8 #4 - 70 Calle Ricaurte 323 484 5852Guamal

Calle 8 #4 - 70 Calle Ricaurte 323 484 5852San Sebastián

San Sebastián

Avenida Libertador No. 25 -112Local 2 431 9065Santa Marta

Calle 15 cra 14 esquina 314 585 3859Valledupar

Plato

Barrio Centro Carrera 7 Calle4 # 172 314 585 3859Santa Ana

Santa Marta

Santa Ana

Carrera 2 #4- 43Salamina

Barrio El Carmen Calle 13N° 16-08 310 712 8845Plato

Calle 6 Entre Carreras 7 y 8Barrio Centro 312 804 3416Nueva Granada

Distribuciones Pharmaser Limitada

Audifarma

Calle 13 Nº 16-08 304 534 8913

Droguería Pharmaser Calle 8Nº 3-17 312 611 1061

Carrera 7 con Calle 4 PlazaBoyacá 301 254 2605

Avenida El Libertador # 25-112 301 254 2605

Page 53: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

CIUDAD DE VALLEDUPAR

TOTAL SERVICIOS CONTRATADOS

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Cra. 15 #14-34, Valledupar,Cesar 314 585 3859

Valledupar

Cra. 15 #14-34, Valledupar,Cesar 314 585 3859

Cra. 19 #14-107 321 532 2701

Cra. 11 Esq (5) 574 8320

Cra. 17 No. 13b Bis BarrioAlfonso López

301 256 1516574 0770

Cra. 17 No. 13b Bis BarrioAlfonso López

301 256 1516574 0770

Clínica Buenos Aires S.A.S.

Centro De Radiología Elisa ClaraR.F S.A.S.

Clínica Integral De EmergenciasLaura Daniela S.A.

Clínica Médicos Sede AltaComplejidad Del Caribe

Dazalud Ips

Ese Hospital Rosario PumarejoDe López

Page 54: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTO DE SUCRE

ATENCIÓN DE PRIMER NIVEL DE COMPLEJIDAD

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Calle Nueva 320 501 4736

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro

271 4161310 637 5041

Cra. 12 N° 22 E-34 320 566 9756

Ciénaga

Consultas de medicina general, odontología, programas depromoción y prevención, laboratorio clínico, rayos x.

Cra. 5 N. 4 A - 21 249 9852

271 4161310 637 5041

Calle Nueva 320 501 4736

Coloso

Transversal 36 Calle 38-61Barrio Las Flores

Calle 30 # 22-04 285 7738

271 4161310 637 5041

Calle Nueva 320 501 4736

Corozal

Calle Principal Barrio San José 289 3098

Transversal 36 Calle 38-61Barrio Las Flores

285 7745310 426 3235

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

Calle 11 Nº 35-25 289 3086

Galeras

Calle 19 N° 24-53 282 4234

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

Avenida Nuñez

La Unión

Calle Principal 292 2193

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

Calle 19 N° 24-53 282 4234

Los Palmitos

Morroa Sucre 292 2193

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

Transversal 36 Calle 38-61Barrio Las Flores

285 7745310 426 3235

Álvarez Martínez Yasmin

Opticosta Express IPS SAS

Opticosta Express IPS SAS

IPS Integral Futuro Limitado

Empresa Social Del Estado Centro DeSalud Coloso

Álvarez Martínez Yasmin

IPS Salud Integral De Sucre

ESE Centro De Salud CartagenaDe Indias

Álvarez Martínez Yasmin

ESE Centro Salud Inmacul Conc Galeras

Ips Salud Integral de Sucre

Opticosta Express IPS SAS

Sociedad Médica María Auxiliadora SAS

I.P.S. Unidad Médica El Bosque S.A.S.

Opticosta Express IPS SAS

Hospital La Unión Empresa SocialDel Estado

ESE Centro Salud Los Palmitos

Opticosta Express IPS SAS

I.P.S. Unidad Médica El Bosque S.A.S.

Centro De Salud De Morroa SucreEmpresa Social Del Estado

Opticosta Express IPS SAS

IPS Salud Integral de Sucre

Centro De Rehabilitación FisiocenderLTDA Carrera 5 Nº 11 -22 284 1648

Morroa

Page 55: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Carrera 15 Con Calle 18 286 9499

Ovejas

Calle 21 Nº 24 - 37 283 8189

Sampués

Calle 21 Nº 24 - 37 283 8189

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

San JuanDe Betulia

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

Calle 14 Nº 15 - A 33 286 9239

Transversal 36 Calle 38-61Barrio Las Flores

285 7745310 426 3235

Calle 14 Nº 15 A 08 286 9920

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

Interior Del Centro SaludBetulia 310 644 6539

Carrera 21 No 23-72 BarrioCentro 283 8368

Calle 15 # 34 - 59 275 4543

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041San Marcos

Cra. 26 Nº 19 - 33 280 9459300 254 6222

Calle 15 # 34 - 59 275 4543

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

San Onofre

Cr. 18 N°20-61 301 5127448

Transversal 36 Calle 38-61Barrio Las Flores

285 7745310 426 3235

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

San Onofre

Transversal 36 Calle 38-61Barrio Las Flores

285 7745310 426 3235

Sincé

Barrio La Esmeralda 289 5373

Calle Principal 952 894 047

Ese Centro De Salud De Ovejas

Centro De Salud De Sampués

Empresa Social Del Estado SanJuan De Betulia

Opticosta Express IPS SAS

Opticosta Express IPS SAS

Marmol Castillo Yenys NEY

IPS Salud Integral De Sucre

IPS Salud Integral De Sucre

Opticosta Express IPS SAS

Gil Franco Ana Cecilia

Clínica General Sampués SAS

ESE Centro De Salud San José

Opticosta Express IPS SAS

IPS Salud Sin Límites S.A.S

Empresa Social De Lestado HospitalDe San Onofre

Opticosta Express IPS SAS

Mi Atención Integral SAS IPS

I.P.S. Unidad Médica El Bosque S.A.S.

Opticosta Express IPS SAS

Opticosta Express IPS SAS

IPS Salud Integral De Sucre

Hospit Local Nuestra SenoraDel Socorro

ESE Centro De Salud San Pedro

Asociación Médica HumanaEmpasoctraba Ovejas Calle 22 #15-33 286 9136

Page 56: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Calle 25 Nº 25-70 282 0924282 0241

Sincelejo

SantiagoDe Tolú

Carrera 17 No 15-97 Piso 1 317 574 1214

Carera 17 No 15 - 168 321 766 7256

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

Tolú Viejo

Majagual

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

Cr. 2 Nº 3- 46

Cr. 2 Nº 3- 46 301 387 4979

Calle 16 Nº 4 53 288 4882

ESE Unidad De Salud San Francisco Asis

Viva 1A IPS SA

IPS Salud Para Sucre

Opticosta Express IPS SAS

Opticosta Express IPS SAS

Centro De Salud San José De TolúViejo Ese

Opticosta Express IPS SAS

Organización Bon Salutis SAS

Empresa Social Del Estado CentroDe Salud Majagual

IPS Tolú Salud LTDA

Opticosta Express IPS SAS Calle 23 N°16-40 Barrio Centro 271 4161310 637 5041

Page 57: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTO DE SUCRE

ATENCIÓN DE SEGUNDO Y TERCER NIVEL DE COMPLEJIDAD

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Corozal Calle 33 # 31 - 62 284 0011

Kra 28 No 30-67 285 9696

Calle 33 N 31 - 62 281 0166

Cra. 28 N° 30-67 285 9696300 463 1255

Calle 27 N°27-02 B.San Francisco 285 7668

Carrera 5 Nº 11 -22 285 7668

Urgencias mayores, consulta especializada, cirugías, hospitalizaciones,laboratorio clínico, rayos x de mayor complejidad

Corozal

Morroa

Cra. 21 N° 23 - 72 Barrio Centro 283 8368

Calle 2 Cr. 4 - 28 301 379 8256

Carrera 21 Nº 21-22 295 4800

Cra. 26 Nº 19 - 33 280 9459300 254 6222

Vereda Cayo De La Cruz 300 374 1993

Cra. 24 # 15-48 295 4291

Sampués

San Marcos

Cr. 18 N°20-61 301 512 7448San Onofre

Calle 14 Nº 15 A 08 286 9920

Cra. 15 N°24-20 BarrioEl Bolsillo 302 289 9437

Calle 11 Nº 35-25 289 3086

Calle 16 Nº 4 53 288 4882

Calle 19 # 24-65 Sincelejo 282 2594

Carrera 22 No. 16 A 47 282 6824282 3224

Carrera 21 # 1445 Barrio Ford 282 0053

Hospital Regional De II NivelDe Corozal

Delfina Oñate Zuleta

Neonatólogos De Sucre Limitada

Fundación IPS Medisalud

IPS Imágenes De La Sabana

Centro De RehabilitaciónFisiocender LTDA

Clínica General Sampués S.A.S.

Centro De Neurorehabilitación SanRafael SAS

Ese Hospital Regional De II Nivel DeSan Marcos

IPS Salud Sin Límites S.A.S

Fundación Amor Luz Y Esperanza

Unidad Médica Integral Del SanJorge LTDA

Mi Atención Integral SAS IPS

IPS Servimed S.A.S

Centro Integral De Neurodesarrollo yRehabilitación Ciner

Sociedad Médica María Auxiliadora SAS

IPS Tolú Salud LTDA

Clínica Oftalmológica De SincelejoLTDA

Clínica Santa María SAS

Unidad De Diagnóstico Ginecológicoy Prenatal Ser Mujer SAS

Betancourt Pérez Rafael Eduardo Cra. 22 Nº 16 A 68 Edificio SantaBarbara Cons. 305 281 2271

Ovejas

Galeras

Tolú

Sincelejo

Page 58: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Sincelejo Cra. 24 # 14-98 281 3549

Cra. 16 N° 18-10 274 4576301 787 2814

Cra 22 16 A - 68 CentroMédico San José 281 2011

Banco De Sangre Santa María SAS

Clínica Tusalud Oral S.A.S.

Patólogos Asociados De Sucre LTDA

Ips Imágenes Diagnósticas S.A.S

Cento Especializado Ecovida LTDA

Clínica De Varices SAS

Clínica De Salud Mental YRehabilitación Integral Manantiale

Vargas Vergara Jorge Luis

Clínica Santa Isabel Limitada

Liga Contra El Cancer Seccional Sucre

Clínica Pediátrica Niño Jesús

Hospital Universitario De Sincelejo ESE

Universidad De Sucre

Uromed Sucre SAS

I.P.S Salud A Tu Lado S.A.S

Betancourt Garrido Rosario Bernarda

Gastrocentro S.A.S

Resonancia E Imágenes Santa María SA

Sociedad De Hemodinamia SantaMaría LTDA

Sociedad Cardiovascular Del CaribeColombiano SAS

Borja González Guillermo Segundo

Neuromed IPS SAS

Clínica Corposucre

IPS Clínica Del Corazón SAS

Unidad Endoscopica Integral DeSucre S.A.S

Centro De Otorrinolaringología YFonoaudiología S.A.S

Instituto De Cancerología De Sucre

IPS Cardiocentro Pediátrico DeSucre S.A.S

Clínica Salud Social SAS

Cr 22 # 16 -29 Sec. CentroMédico Santa María 281 2011

Cra 20 Nº 17 - 90 Local 101B. Ford

274 79 00282 31 80

Cr 22 # 14-45 282 0285

282 4623

Cra. 21 Nº 16 A 154 P2

Tv. 4 34 B 362 BarrioMedia Luna

281 1836

Calle 31 Nº 14 A-185 312 686 3174

Carrera 13b Nº 17-07 B. 20De Julio 282 6799

Carrera 20 Nº 14 - 38 274 0574

Carrera 14 # 14 - 150 282 2413

Cr. 28 Nº 5-67 Barrio Puerta Roja 282 1240282 5736

Cr. 22 Nº 16 A - 68 B Ford 281 7825

Cra. 20 # 13A - 98 Sincelejo 281 7606310 665 0258

Cra. 22 # 16 - 88 Of. 202 2742553

Cr. 22 Cl. 18 - 109 P1 280 7683

Cra. 18 # 23-20 Sincelejo 282 0644

Calle 18 # 22-63 Sincelejo 281 2432

Cra. 22 # 14 - 45 P-3 300 810 2081

Calle 19 # 22-29 Of. 101 282 2317

Calle 28 Nº 16 - 95 280 7448

Calle 25 N° 21-50 282 5784

Cr. 19 A Nº 13-31 Barrio La Ford 281 1987312 667 0065

Cl. 24 Nº 15 -131 Barrio Mochila 275 1900

Cr. 29 18-03 P2 274 7992

Carrera 22 N 187 123282 0783281 1190101 - 110

Calle 15 N° 14-03 Segundo Piso281 3169281 5978301 550 9825

Carrera 16 Nº 27 A-74 281 7556

Sincelejo

Page 59: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Cra. 24 N° 14-86 276 5006Unidad Neumológica De La Costa SAS

Calle 24 # 15-131 Piso 2 BarrioMochila (5) 274 1984Atención Pediátrica Integral S.A.S.

Cl. 14 17a 173 Barrio La Ford 281 2320Garcia Tuñon Guillermo Enrique

Calle 22 # 24-33 281 8471Instituto Del Rinon De Sucre LTDA

Calle 24 Nâº15 - 131 BarrioMochila 301 616 7932Sedarte Medicina Especializada SAS

Escanografía Sincelejo SAS 282 6081Escanografía Sincelejo SAS

Clle. 24 N°18-42 Barrio Centro 280 8168320 779 4600IPS Medical Movil SAS

Cr. 25 B N°25-152 AvenidaOkala

282 6634Oftalmólogos Asociado De LaCosta SAS

Cra. 20 N°13-22 Barrio Ford 271 4272Fundación Sembrando Futuro

Cra. 17 N°15 - 52 274 9090IPS Fonomedical SAS

Transversal 33 N°35-43Barrio Boston 276 5005Ambulancias AB IPS SAS

Cra. 21 N°14-27 B. Ford 300 274 9867Centro De NeurorehabilitaciónCorazón De María

Cr. 52 N°76-167 Lc 112 317 659 0280Unión Temporal Viva Sucre

Calle 22 N° 15-54 275 0645Centro De Rehabilitación TerapéuticoIntegral SAS. Certi.

Cl 38 N 52 249280 6901274 9180310 655 0883

Clínica Especializada LaConcepción SAS

Calle 22 N°14-60 CalleSantander 317 233 2435

Fundación Centro De ExcelenciaEn Enfermedades No Transmisibles"Funcentra"

Sincelejo

Page 60: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTO DE SUCRE

SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS EN SUCRE

Municipio Prestador Dirección TeléfonoPlaza principal Coloso

Plaza principal Coloso

Av. Nuñez Calle 14 Nº 8 Bis-9

Calle 7 Nº 10-41

Calle 6 Cra. 6-5

Cra. 10 Nº 11-31

Cra. 28 Nº 27-26 BarrioSan Francisco

Chalán

Coloso

Corozal 314 585 3859

651 5007-8-9651 1033

301 627 5780312 695 5927

301 379 7839310 742 7837

321 666 4302300 734 8638

311 403 0256

Resonancia E Imágenes Santa María SA

Distribuciones Pharmaser Limitada

Audifarma

Galeras

La Unión

Los Palmitos

Morroa

Cra 16 # 23-03 Ovejas 286 9075Ovejas

Cra. 19 Nº 22-35 310 603 6754314 543 2400Sampués

Barrio Bolívar 651 5007-8-9651 1033

San Juande Betulia

Calle 17 Nº 24 -70 310 739 6773San Marcos

Cll 19 - #18-25 313 718 2699San Onofre

Calle 15 Nº 9-67 321 649 3588San Pedro

Calle 15 Nro 10-113 Av San Carlos

Calle 15 Nro 10-113 Av San Carlos

281 1132

282 1844

Sincelejo

Sincelejo

Diag. 2 Nº 3-56Tolú ViejoDistribuciones Pharmaser Limitada

Calle 15 Nro 10-113 Av San Carlos 651 5007-8-9651 1033

651 5007-8-9651 1033

Santiagode Tolú

Barrio Guinea Carrera 13 ConCalle 9 Nº 12-62 310 648 6559Sincé

Page 61: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

DEPARTAMENTOS DE ANTIOQUIA, CUNDINAMARCA Y SANTANDER

SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS NACIONAL

ATENCIÓN DE SEGUNDO NIVEL DE COMPLEJIDAD

CONTRATOS NACIONALES

Municipio Prestador Dirección Teléfono

Cra. 17 N° 5-71 310 246 0681

Calle 3 14-23 Sec. Centro 310 349 0836

Calle Real de Aguachica 565 0451

Urgencias mayores, consulta especializada, cirugías, hospitalizaciones,laboratorio clínico, rayos x de mayor complejidad

Aguachica

Bogotá

Bucaramanga

Sociedad Regional De CirugíaOcular SAS

Calle 64 Nº 51 D - 154 516 7400

Medellín

Fundación Hospitalaria San Vicentede Paul

Cra. 15 Nº 14-36 Barrio AlfonsoLópez 560 0965Centro de Radiología Elisa Clara

R.F S.A.S.

Cra. 15 Nº 14-36 580 6494

Valledupar

Clínica Buenos Aires S.A.S.

Calle 16 Nº B Nº 11-33 570 6567574 9174Clínica Buenos Aires S.A.S.

Fundación HospitalSan Vicentede Paul Rionegro

Cr. 80 Diagonal 75 B N°2a-80 340 9393Instituto De Cancerología SA

Calle 78 B Nº 69 - 240 Medellín (4) 445 9000Hospital Pablo Tobón Uribe

Centro Médico Y De AyudasDiagnósticas LTDA

Dg. 115 A 70 C 75 624 3211Fundación Abood ShaioEn Reestructuración

Calle 9 No 39-46 375 3569

Diag 34 Nº 5-43 344 4484

Subred Integrada de Servicios deSalud sur Occidente E.S.E

Subred Integrada de Servicios deSalud Centro Oriente E.S.E

Tv 44 Nº 51b-16 Sur 485 3551485 3715

Subred Integrada de Servicios deSalud Sur E.S.E

Clínica Médica Aguachica LTDA

Calle 163 A N°13 B 60 487 3393Fundación Cardio Infantil

Carrera 6a Nº 119b-14 658 3030Subred Integrada de Servicios deSalud Norte

Fundación Cardiovascular De Colombia

Calle 49 Nº13-60 744 7555Laboratorio clínico Andrade ChavezSAS (Colcan)

Carrera 40 Nº 24 D 07

Calle 155 A Nº 23-58 UrbanizaciónEl Bosque Sector E-1

704 2507PSQ S.A.S

Cra 4 Este # 17 50 Av Circunvalar 353 4017353 4026

639 6767639 9292

Instituto de Ortopedia Inf Roosevelt

Calle 1 # 9 - 85334 0011334 1111334 0622

Instituto Nal de Cancerología E.S.E

RionegroVereda La Convención VíaAeropuerto - Llanogrande Km 2,3 444 8717

AudifarmaPereira Cl 105 14 140 Zn IndustrialDe Occidente 313 7800

Guaranda I.P.S. Clínica Guaranda Sana S.A.S. Cr 10 No 06 - 15 311 407 8210

Page 62: Carta de derechos y deberes - Mutual Ser

Atención sin tanta vuelta