c.e.i.p joan mirÓ normas de organizaciÓn, funcionamiento y …€¦ · - 2 - tÍtulo sexto:...

149
- 0 - C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y CONVIVENCIAACTUALIZACIÓN Curso 2016-2017 Informado en Claustro y Consejo Escolar

Upload: dinhngoc

Post on 18-Sep-2018

223 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 0 -

C.E.I.P JOAN MIRÓ

“NORMAS DE

ORGANIZACIÓN,

FUNCIONAMIENTO

Y CONVIVENCIA”

ACTUALIZACIÓN

Curso 2016-2017

Informado en Claustro y Consejo Escolar

Page 2: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 1 -

Í n d i c e

INTRODUCCIÓN 3

TÍTULO PRIMERO: Finalidad 4

TÍTULO SEGUNDO: Normas de organización 5

Capítulo I: Órganos de Gobierno 5

Capítulo II: Órganos Colegiado

o Consejo escolar

o Claustro de profesores

5

6

10

Capítulo III: Órganos de Coordinación Docente

o Equipos docentes.

o Comisión de coordinación pedagógica.

o Tutores.

o Equipo directivo:

Competencias del Director.

Competencias del Jefe de estudios.

Competencias del Secretario.

11

12

13

14

17

18

19

20

TÍTULO TERCERO: Normas de funcionamiento 20

Capítulo I: Documentos Institucionales: Proyecto Educativo

o Plan de acogida. 21

21

Capítulo II: Normas de Funcionamiento: 22

o Márgenes de horario.

o Entradas al centro escolar.

o Salidas del centro escolar.

o Asistencia.

o Acceso al recinto escolar de padres/madres, tutores/as legales o adultos

autorizados.

o Desplazamientos dentro del centro.

o Utilización de los aseos/servicios.

o Limpieza del centro.

o Normas relativas al cuidado del centro.

o Normas relativas al cuidado de la salud.

o Hábitos de limpieza y cuidado personal. Medidas sanitarias.

o Normas en el aula.

o Normas en el recreo.

o Vigilancia de los recreos.

22

23

24

25

26

26

26

26

26

27

27

28

28

29

Capítulo III: Mecanismos de información a las familias.

o Entrevistas con las familias.

o Mecanismos de comunicación.

o Información sobre la evaluación.

31

31

32

32

Capítulo IV: Protocolos de actuación ante familias de padres separados /divorciados.

o Consideraciones de carácter general.

o Protocolos de actuación.

o Decisiones e Informaciones.

38

38

40

44

TÍTULO CUARTO: Los recursos humanos 44

Derechos y Deberes de los miembros de la Comunidad Educativa:

Capítulo I: Alumnos: Derechos y deberes

44

44

Capítulo II: Profesores: Derechos y deberes 47

Capítulo III: Padres/madres y/o Tutores legales: Derechos y deberes 49

Capítulo IV: Personal no docente del Centro: Derechos y deberes 50

TÍTULO QUINTO: Actividades extraescolares y complementarias 52

Capítulo I: Actividades extraescolares. Definición y características 52

Capítulo II: Actividades complementarias. Definición y características

Capítulo III: Responsabilidad

Capítulo IV: Normas de conducta para los alumnos

52

53

54

Page 3: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 2 -

TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55

Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor

o Normas de conducta para los alumnos

o Organización

o Derechos y deberes de los padres con alumnos usuarios del comedor

55

55

56

58

TÍTULO SÉPTIMO: Recursos Materiales y Espacios 59

Capítulo I: Los Espacios

o Normas de uso de los espacios comunes del centro

59

60

Capítulo II: Mobiliario 62

Capítulo III: Materiales y Recursos 62

Capítulo IV: Plan de Autoprotección. Simulacro de evacuación 64

TÍTULO OCTAVO: Normas de Convivencia 87

Capítulo I: Principios generales por los que se rige 87

Capítulo II: Faltas de disciplina y sanciones

o Faltas leves.

o Faltas graves.

o Faltas muy graves.

o Competencias de los distintos miembros de la comunidad escolar en relación al

plan de convivencia

o Criterio para la adopción de sanciones

o Circunstancias atenuantes y agravantes

o Responsabilidad y reparación de los daños

87

88

93

96

97

98

98

99

Capítulo III: Procedimiento sancionador 100

TÍTULO NOVENO: Seguimiento y Promoción de las Normas de organización,

funcionamiento y convivencia y normas finales

104

TÍTULO DÉCIMO: Plan de convivencia 105

Capítulo I:

1. Introducción

2. Análisis del contexto

3. Objetivos

4. Actuaciones

4.1. Actuaciones referidas a alumnos-alumnos

4.2. Actuaciones referidas a profesores-alumnos

4.3. Actuaciones referidas a profesorado-familia

4.4. Actuaciones referidas a profesorado-profesorado

4.5. Propuesta de actividades para el fomento de la convivencia en Ed. Infantil

4.6. Propuesta de actividades para el fomento de la convivencia en Ed. Primaria

4.7. Propuesta de actividades a realizar por el profesorado

5. Normas de conducta de obligado cumplimiento para los alumnos

6. Plan Marco de Prevención y Control del Absentismo Escolar.

7. Seguimiento y evaluación del Plan.

Capítulo II: Prevención del acoso escolar. Protocolos de actuación

Guía, Orientaciones y Protocolo para la prevención, detección y corrección de las

situaciones de acoso escolar en los centros docentes no universitarios de la Comunidad de

Madrid.

1. Introducción.

2. ¿Qué es el acoso escolar?: Identificación

2.1. Concepto doctrinal: notas características

2.2. Consecuencias penales y civiles del acoso escolar

2.3. Características de las personas que intervienen

2.3.1. Víctimas

2.3.2. Acosadores

2.3.3. De los espectadores pasivos

2.4. El acoso escolar a través de la red: el “ciberbulling”

106

108

109

109

110

110

111

111

112

115

117

118

120

124

127

128

128

Page 4: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 3 -

2.5. Secuelas y consecuencias a largo plazo en víctimas y acosadores

2.5.1. En la víctima:

2.5.2. En el acosador:

2.5.3. En los espectadores pasivos:

2.5.4. En el conjunto de la comunidad escolar, incluidas las familias:

2.5.5. En el resto de la sociedad:

3. Medidas e intervención del centro: protocolo de actuación

3.1. Primera fase: prevención

3.1.1. Ámbito escolar: medidas tutoriales y curriculares.

3.1.2. Ámbito familiar:

3.2. Segunda fase: Detección, ¿Qué síntomas pueden revelar la existencia de una

situación de acoso?

3.2.1. Por qué se produce el acoso

3.2.2. Cómo se manifiesta.

3.2.3. Dónde tiene lugar

3.3. Tercera fase: corrección

3.3.1. Actuaciones no protocolarias.

o Con las víctimas

o Con las familias de las víctimas

o Con los grupos de iguales

o Con los acosadores

o Con las familias de los acosadores

3.3.2. Actuaciones protocolarias (Protocolo de corrección y sanción)

3.4. Función educativa de la corrección disciplinaria y sanción, en su caso.

RECOMENDACIONES.

ANEXOS.

135

145

146

INTRODUCCIÓN

Las presentes normas de organización, funcionamiento y convivencia tratan de responder a las

necesidades que tiene todo Centro Escolar de regular la participación en el mismo de los diversos

estamentos de la comunidad Educativa, dotándola de marcos de referencia para su organización y

funcionamiento.

Intenta establecer los cauces que faciliten las relaciones, decisiones y el funcionamiento en

general, estructurando, definiendo y repartiendo las responsabilidades, a la vez que propone los

mecanismos de comunicación, información y participación de todos los miembros de la Comunidad

Educativa.

LA ELABORACIÓN DE ESTE REGLAMENTO ha tenido en cuenta los siguientes documentos:

Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

Ley Orgánica de Educación (LOE) 2/2006, de 3 de mayo.

Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE)

Ley Orgánica 9/1995 de 20 de noviembre de la Participación, Evaluación y gobierno de los Centros

Docentes (LOPEGECE).

Real Decreto 732/1.995 de 5 de Mayo (BOE del 2 de Junio) sobre los Derechos y deberes de los

alumnos.

Page 5: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 4 -

Real Decreto 82/1.996 de 26 de enero, por el que se aprueba el reglamento Orgánico de las Escuelas

de Educación Infantil y Educación Primaria (BOE, 20 de febrero).

Normas Reguladoras del Funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de

Educación Primaria, editado por la Secretaría de Estado de Educación del MEC.

.Decreto 136/2002, de 25 de julio, por el que se establece el marco regulador de las normas de

convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid. (Boletín Oficial de la Comunidad de

Madrid de 8-8-2002, corrección de errores Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 16-8-

2002). (Pág. 49)

Decreto 15/2007 de 19 de abril por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los

centros docentes de la Comunidad de Madrid.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo.

Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992 de noviembre de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo.

TITULO PRIMERO: FINALIDAD

Artículo 1

El Colegio Público “Joan Miró”, con domicilio en la calle Ingeniería número dos de Leganés,

es un Centro Escolar de Educación Infantil y Primaria.

El colegio alberga seis unidades del segundo ciclo de Educación Infantil, 3 a 6 años y doce

unidades de Educación Primaria.

Artículo 2

La actividad educativa del Centro, orientada por los principios de la Constitución tiene los

siguientes Objetivos Generales:

Garantizar el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en el ejercicio de la tolerancia y la

libertad, dentro de los principios democráticos de convivencia.

Preparar para participar activamente en la vida social y cultural.

Formar para la Paz, la Cooperación y la Solidaridad, así como para los distintos valores humanos.

Poner las bases para un estilo propio en torno a las notas siguientes:

- Integración: creando las condiciones necesarias que favorezcan la inclusión de alumnos con

necesidades educativas especiales en una situación lo más normalizada posible.

- Formación-instrucción. No solo damos importancia a lo meramente académico.

Consideramos la escuela un lugar de educación del ocio, de creación de hábitos y valores.

- Actuación sobre el entorno vital del niño. Buscar la integración en el entorno social y natural

del niño, mediante las actividades complementarias y extraescolares.

- Estructurar un esquema de coordinación pedagógica general, entre el grupo de profesores,

que permita crear un verdadero equipo pedagógico, perfectamente sincronizado.

Page 6: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 5 -

- Potenciar una organización de centro basada en la participación de profesores, padres y

alumnos.

- Garantizar un entorno de seguridad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

Artículo 3.

La consecución de estos fines es tarea de toda la Comunidad Escolar: Padres, Profesores,

Alumnos y Personal no Docente.

Artículo 4.

Estas normas son el complemento del Proyecto Educativo, elaborado y compartido por todos

los sectores de la Comunidad Escolar.

Artículo 5.

Las normas de organización, funcionamiento y convivencia regulan el funcionamiento de

nuestro Centro y garantizan la adecuada participación de todos los que formamos esta Comunidad

Escolar.

Artículo 6.

Las presentes normas están elaboradas de acuerdo con la ley Orgánica de educación, con las

modificaciones introducidas en la LOMCE y con las disposiciones de la legislación vigente.

Artículo 7.

Estas “Normas de Organización, Funcionamiento y Convivencia” serán de obligado

cumplimiento para todos los miembros de la Comunidad Escolar. Una vez informen del documento

Consejo Escolar y Claustro de Profesores, será aprobado por el Director del centro. En ese momento

se hará público para las familias y se difundirá a través de los canales de comunicación habituales

establecidos por el centro. Se arbitrará el mecanismo más oportuno para tener constancia de que llega a

las familias y de que éstas se dan por informadas y solamente a partir de ese momento, comenzará a

aplicarse.

TITULO SEGUNDO: NORMAS DE ORGANIZACIÓN

CAPÍTULO I: LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

Artículo 8.

Según la LOE, ley orgánica de educación 2/2006 de 3 mayo refrendado en LOMCE 8/2013 de

9 de diciembre, los órganos de gobierno docente se denominarán órganos colegiados de gobierno y

órganos de coordinación docente.

Page 7: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 6 -

CAPÍTULO II: LOS ÓRGANIOS COLEGIADOS

Los órganos colegiados de gobierno son el Consejo escolar y el claustro de profesores.

Artículo 9.

CONSEJO ESCOLAR

Composición del consejo escolar:

1. El Consejo Escolar de los centros públicos estará compuesto por los siguientes miembros:

a) El director del centro, que será su Presidente.

b) El jefe de estudios.

c) Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el

centro.

d) Un número de profesores y profesoras que no podrá ser inferior a un tercio del total de los

componentes del Consejo, elegidos por el Claustro y en representación del mismo.

e) Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser

inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.

f) Un representante del personal de administración y servicios del centro.

g) El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.

2. Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará una persona que impulse medidas

educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

3. Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por la asociación de

padres más representativa del centro, de acuerdo con el procedimiento que establezcan las

Administraciones educativas.

4. Corresponde a las Administraciones educativas determinar el número total de miembros del

Consejo Escolar y regular el proceso de elección.

Artículo 10.

Competencias del consejo escolar. (LOMCE Art.127)

El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:

a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley

orgánica.

b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del

profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

Page 8: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 7 -

d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica

establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su

caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación

del nombramiento del director.

e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley

Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente.

Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado

que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres,

madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas

oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre

hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el

artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la

violencia de género.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la

obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las

Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los

resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente,

sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos

otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

La composición del Consejo Escolar se renovará cada dos años de forma alternativa, durante

el primer trimestre del curso académico. Se constituirá una junta electoral formada por:

El director/a del centro que será su presidente.

Un maestro/a y un padre/madre de alumno/a elegidos por sorteo entre los miembros

salientes del Consejo Escolar.

La junta electoral tendrá las siguientes competencias:

a) Aprobar y publicar los censos electorales.

b) Concretar el calendario electoral del centro.

c) Ordenar el proceso electoral.

d) Admitir y proclamar las distintas candidaturas.

e) Promover la constitución de las distintas mesas electorales.

f) Resolver las reclamaciones presentadas contra las decisiones de las mesas electorales.

g) Proclamar los candidatos elegidos y remitir las actas a la autoridad administrativa

correspondiente.

Los miembros de la Comunidad Escolar sólo podrán ser elegidos por el sector correspondiente

y podrán ser candidatos para la representación sólo uno, de dichos sectores.

Page 9: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 8 -

La elección de los representantes de los profesores/as y padres/madres de alumnos en el

Consejo Escolar se ajustará a los artículos 9,10,12,13,14, de las Normas Reguladoras del

funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los colegios de Educación Primaria (Real

Decreto 82/1996 del 26 de enero, BOE 20 de febrero) y Orden del 28 de febrero de 1996 por la que se

regula la elección de los consejos escolares y órganos unipersonales de gobierno de los centros

públicos de EI, EP, ESO.

El consejo escolar se reunirá una vez al trimestre como mínimo, y siempre que lo convoque el

director o lo solicite, un tercio de sus miembros. La asistencia a las sesiones del C.E. será obligatoria

para todos sus miembros. Estas reuniones se convocarán con un mínimo de 48 h. de antelación, salvo

casos urgentes.

El director/a fijará el orden del día, considerando las peticiones de los demás miembros del consejo, o

las formuladas por el claustro, 24 h antes, como mínimo de la fecha fijada en la convocatoria.

Las votaciones se harán siempre de forma secreta, según artículo 19 del R.O.C.

Después de cada sesión del C.E. levantará acta y se dará lectura del la misma en la reunión siguiente,

aprobándose si procede.

El Decreto 15/2007 de 19 de abril de 2007 por el que se establece el marco regulador de la

convivencia en los centros docentes de la comunidad de Madrid, en su Artículo 8, establece a su vez:

1. El Consejo Escolar es el competente para aprobar el Plan de Convivencia del centro, garantizando

que en su elaboración hayan participado todos los sectores de la comunidad educativa, así como que

las Normas de Conducta establecidas se adecuen a la realidad del centro educativo.

2. Corresponde al Consejo Escolar del centro conocer la resolución de conflictos disciplinarios, velar

por el correcto ejercicio de los derechos y cumplimiento de deberes de los alumnos y por que la

resolución de conflictos se atenga a la normativa vigente.

Artículo 11.

COMISIÓN DE CONVIVENCIA

Composición de la comisión de convivencia:

Formarán parte de la Comisión de convivencia el Director, el Jefe de Estudios, un Profesor, un

padre de alumno y un alumno, cuando el alumnado tenga representación en el Consejo Escolar, y

podrá actuar presidida por el Jefe de Estudios por delegación al efecto del Director del centro.

Artículo 12.

Competencias y responsabilidades de la Comisión de convivencia del consejo escolar

El Decreto 15/2007 de 19 de abril de 2007 por el que se establece el marco regulador de la

convivencia en los centros docentes de la comunidad de Madrid, en su Artículo 9, establece que:

1. Por el Consejo Escolar del centro se constituirá la Comisión de convivencia, cuyos componentes se

elegirán de entre sus miembros, por los sectores del mismo.

2. Formarán parte de la Comisión de convivencia el Director, el Jefe de Estudios, un Profesor, un

padre de alumno y un alumno, cuando el alumnado tenga representación en el Consejo Escolar, y

podrá actuar presidida por el Jefe de Estudios por delegación al efecto del Director del centro.

3. En el Reglamento de Régimen Interior figurará la concreta composición de esta Comisión,

pudiendo incluir la participación de aquellos otros miembros que se estime oportuno. Se establecerán,

asimismo, las competencias de la Comisión, en las que se encontrarán las siguientes:

Page 10: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 9 -

a) Promover que las actuaciones en el centro favorezcan la convivencia, el respeto, la tolerancia, el

ejercicio efectivo de derechos y el cumplimiento de deberes, así como proponer al Consejo Escolar las

medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro.

b) Proponer el contenido de las medidas a incluir en el Plan de Convivencia del centro.

c) Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y la observancia de las

Normas de Conducta.

d) Evaluar periódicamente la situación de convivencia en el centro y los resultados de aplicación de

las Normas de Conducta.

e) Informar de sus actuaciones al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar del centro, al menos

dos veces a lo largo del curso, así como de los resultados obtenidos en las evaluaciones realizadas.

Esta Comisión será convocada por el Director del centro a propuesta del Jefe de estudios o

claustro de profesores, en los siguientes casos:

1º.- Alumnos que incurren en faltas de disciplina muy graves.

2º.- Alumnos que incurren de forma reiterativa en faltas de disciplina graves.

Se dejará constancia del acuerdo alcanzado en el seno de esta Comisión en un documento en el que se

fijarán de forma clara:

Los términos del acuerdo alcanzado, conteniendo en todo caso los hechos o conductas

imputadas, la corrección impuesta y su fecha de efecto.

El documento estará firmado por todos los miembros de la Comisión de Convivencia

y el alumno o, si es menor, por sus padres o tutores legales.

3º.- Una vez al trimestre, para hacer seguimiento, y evaluación anual del Plan de Convivencia, de

la que informará en la Memoria anual.

Artículo 13.

COMISIÓN ECONÓMICA

El consejo Escolar constituirá una comisión económica, que estará integrada por el Director/a,

secretario/a, y un maestro/a y un padre/madre de alumno/a miembros del consejo.

En la primera sesión del C.E. los maestros del mismo elegirán, de entre ellos al que formará

parte de la comisión económica. De modo análogo los padres elegirán a su representante.

La Comisión Económica informará puntualmente al Consejo Escolar sobre cuantas materias

de índole económica éste le encomiende. Esta comisión se reunirá al menos una vez al trimestre.

Artículo 15.

COMISIÓN DE ESCOLARIZACIÓN

El C.E. constituirá una comisión de escolarización con objeto de baremar las instancias que

desde las distintas convocatorias se desprenden.

Estará formada por el director, un padre/madre y un maestro/a del Centro.

El C.E. podrá constituir tantas comisiones considere oportuno para asuntos específicos en la

forma y con las competencias que acuerde sus miembros.

Page 11: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 10 -

Artículo 16.

CLAUSTRO DE PROFESORES

Composición.

1. El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del

centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos

los aspectos educativos del centro.

2. El Claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que

presten servicio en el centro.

Artículo 17.

El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias:

a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos

del centro y de la programación general anual.

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de

la programación general anual.

c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la

formación del profesorado del centro.

e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en

los términos establecidos por la presente Ley.

f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los

resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas

se atengan a la normativa vigente.

j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas

normas de organización y funcionamiento.

El Decreto 15/2007 de 19 de abril de 2007 por el que se establece el marco regulador de la

convivencia en los centros docentes de la comunidad de Madrid, en su Artículo 7, establece a su vez:

1. Los Profesores del centro, en su labor formativa, ejercerán la autoridad sobre sus alumnos, y

tienen el derecho y el deber de hacer respetar las Normas de Conducta establecidas en el centro y

corregir en aquellos comportamientos que sean contrarios a las mismas, de conformidad con lo

dispuesto en el presente Decreto y en el Reglamento de Régimen Interior del centro.

Page 12: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 11 -

2. Corresponde al Profesor tutor valorar la justificación de las faltas de asistencia de sus alumnos,

fomentar la participación de estos en las actividades programadas dentro del Plan de Convivencia y

mantener el necesario contacto con las familias a fin de que se cumplan los objetivos de dicho Plan.

3. El Claustro de Profesores deberá informar las Normas de Conducta y las actividades incluidas en

el Plan de Convivencia. Asimismo, conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición

de sanciones y velará por que estas se atengan a la normativa vigente.

Artículo 18.

PROCEDIMIENTO DE CLAUSTRO

El Presidente del claustro deberá asumir la labor de moderador del mismo según establece la

legislación vigente, pero debido a la incompatibilidad de esta labor con la de exponer los diferentes

puntos del orden del día y contestar a las preguntas realizadas por el claustro, podría delegar esta

función en un miembro del mismo. En tal caso este será de carácter voluntario, si no lo hubiera el

director elegiría uno entre todos los miembros del claustro, siendo su elección rotativa entre todos los

miembros claustrables.

Procedimiento de claustro:

1.- Lectura del acta anterior y su aprobación si procede. (Secretaria)

2.- El Secretario dará lectura de todos los puntos del orden del día, señalando el comienzo y el final de

cada uno de ellos.

3.- Cada uno de los puntos del orden del día se iniciará con una exposición por parte del Director o

miembro del equipo directivo más oportuno.

4.- Finalizado cada uno de los puntos del orden del día, se tomará nota de los compañeros que deseen

intervenir al respecto, abriendo un turno de debate. Por el contrario si el punto a tratar es meramente

informativo no se abrirá turno de debate. El equipo directivo procurará para ello, en la medida de lo

posible, facilitar la información con anterioridad suficiente a la sesión del Claustro. (El moderador

hará constar la circunstancia de la no pertinencia de abrir debate)

5.- Se abrirá un turno de debate. En este debate se procederá de la siguiente manera:

El moderador dará turno de palabra a todos los compañeros que manifestaron su deseo de

intervenir por estricto orden de petición, evitando en la medida de lo posible el que existan

interferencias durante los turnos de palabra. Esta intervención no superará los 2’ de duración.

Una vez finalizada la intervención de un compañero contestará, si es necesario, el compañero

aludido o el miembro del equipo directivo más apropiado. Finalizará hablando el compañero

en posesión del turno de palabra, siempre y cuando no sea el aludido el equipo directivo, en

este caso éste tendrá turno de contrarréplica, no finalizando la intervención el compañero en

posesión del turno de palabra.

6.- Concluido este debate, se formularán las diferentes propuestas, siendo estas leídas por el secretario

antes de proceder a su votación. El Secretario dará lectura a la propuesta aprobada por mayoría

finalizando así el punto e iniciando el siguiente, en el cual se procederá de la misma forma que en el

anterior.

7.- Una vez finalizados todos los puntos del orden del día se abordará “Ruegos y Preguntas”. En él se

procederá de la misma manera que en los puntos anteriores. Las intervenciones seguirán limitadas a 2’

de duración.

Si finalizado el turno de ruegos y preguntas quedase tiempo de reunión, se podrá abrir un nuevo turno

de ruegos y preguntas en el que se procederá de la misma forma, siempre y cuando se pueda cerrar la

sesión a las 14:55h.

Page 13: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 12 -

La sesión finalizará una vez el Presidente del Claustro levante la sesión, dándola por concluida

o bien señalando la continuidad, fijando la fecha de convocatoria.

Por último debemos recordar que es labor de todos el que las reuniones de claustro se

desarrollen dentro de un clima de cordialidad y respeto, para ello debemos ser escrupulosamente

respetuosos a la hora de escuchar los turnos de palabra de los compañeros y también en realizar las

intervenciones cuando el moderador nos de turno.

CAPÍTULO III: ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE.

Artículo 19.

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE.

1. Corresponde a las Administraciones educativas regular el funcionamiento de los órganos de

coordinación docente y de orientación y potenciar los equipos de profesores que impartan clase en el

mismo curso, así como la colaboración y el trabajo en equipo de los profesores que impartan clase a

un mismo grupo de alumnos.

En nuestro centro existirán los siguientes órganos de coordinación docente:

Equipos docentes.

Comisión de coordinación Pedagógica.

Tutores/as

Artículo 20.

EQUIPOS DOCENTES

ORDEN 3622/2014, de 3 de diciembre (Artículo 4 .- Equipos docentes)

Composición de los equipos docentes:

1. Los maestros que imparten docencia en el segundo ciclo de Educación Infantil formarán

parte del equipo docente de Educación Infantil.

2. Los maestros que imparten Educación Primaria constituirán dos equipos docentes: El

primero estará integrado por los maestros que impartan docencia en los tres primeros cursos y el

segundo, en los tres últimos cursos de la etapa. Los maestros especialistas que no ejerzan la función de

maestros tutores se adscribirán al equipo en el que impartan más horas de docencia.

En consecuencia el centro queda organizado en tres equipos docentes; Ed. Infantil, 1º, 2º y 3er curso de

Ed. Primaria y 4º, 5º y 6º curso de Ed. Primaria.

3. Cada uno de los dos equipos docentes de Educación Primaria tendrá un coordinador

designado por el director a propuesta del jefe de estudios. Este coordinador será un maestro

preferentemente con destino definitivo y horario completo en el centro. Su nombramiento tendrá una

duración de dos años académicos prorrogables hasta cuatro años a criterio de la dirección del centro.

4. El jefe de estudios podrá organizar los equipos docentes en grupos más reducidos para una

mayor eficiencia de los mismos, en virtud de la autonomía organizativa y del número de unidades de

cada centro.

5. Las funciones de los equipos docentes de Educación Infantil y de Educación Primaria son

las siguientes:

Page 14: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 13 -

Competencias del equipo docente:

Establecer criterios comunes respecto a los contenidos mínimos exigibles y competencias que

debe alcanzar el alumno para superar cada uno de los cursos.

Desarrollar y evaluar medidas organizativas y académicas para atender a la diversidad de los

alumnos.

Colaborar en las evaluaciones determinadas por la Administración educativa.

Analizar y valorar los resultados académicos alcanzados por los alumnos en los procesos de

evaluación interna y en las evaluaciones determinadas por la Administración educativa, y en

su caso, establecer planes de mejora.

Colaborar en la elaboración de las normas de convivencia y de conducta dentro del plan de

convivencia.

Cualquier otra función asignada por el jefe de estudios en el ámbito de su competencia:

a. Formular propuestas al equipo directivo y al claustro, relativas al Proyecto Educativo y P.G.A.

b. Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica sobre las programaciones didácticas de

cada nivel educativo.

c. Mantener actualizada la metodología didáctica.

d. Organizar y realizar las actividades complementarias.

Coordinadores de los Equipos Docentes:

El coordinador será un maestro del ciclo, preferentemente con destino definitivo y horario

completo en el centro, designado por el director a propuesta del jefe de estudios. Su nombramiento

tendrá una duración de dos años académicos prorrogables hasta cuatro años a criterio de la dirección

del centro.

En virtud de lo establecido en el ROC los coordinadores de ciclo dispondrán de una sesión

semanal por cada tres grupos de alumnos. Por ello, los coordinadores de ciclo del centro dispondrán de

dos sesiones semanales para esta labor.

Competencias del coordinador del equipo docente:

Las funciones de los coordinadores de los equipos docentes son las siguientes:

Convocar y presidir las reuniones del equipo docente, establecer el orden del día y levantar

acta de los acuerdos alcanzados.

Elevar a la Comisión de Coordinación Pedagógica las propuestas organizativas y académicas

formuladas por el equipo docente.

Proponer planes de formación al jefe de estudios.

Coordinar los planes de mejora de los resultados académicos de las evaluaciones.

Organizar actividades complementarias y extraescolares.

Cualquier otra función asignada por el jefe de estudios en el ámbito de su competencia:

a) Participar en la elaboración de las Programaciones Didácticas y elevar a la comisión Pedagógica

las propuestas formuladas por el Equipo docente.

b) Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos/as del Ciclo.

c) Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el Proyecto Educativo.

Cese del coordinador del equipo docente:

Los coordinadores de los equipos docentes cesarán en sus funciones al término de su mandato

o por alguna de estas causas:

Renuncia motivada aceptada por el Director/a.

Revocación por el director/a a propuesta del Equipo docente mediante informe razonado

con audiencia del interesado.

Page 15: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 14 -

Coordinador del Programa de Enseñanza Bilingüe: (ORDEN 5958/2010, de 7 de diciembre, de la Consejería de Educación, por la que se regulan los

colegios públicos bilingües de la Comunidad de Madrid)

El coordinador de las enseñanzas en inglés será designado por el Director del centro entre los

maestros adscritos a la especialidad de inglés que estén en posesión de la habilitación lingüística para

el desempeño de puestos bilingües, salvo en casos excepcionales, que deberán ser justificados y

expresamente autorizados por la Dirección General competente.

La figura de coordinador no será compatible con la pertenencia al equipo directivo salvo en

casos excepcionales, que deberán ser justificados y expresamente autorizados por la Dirección General

de Mejora de la Calidad de la Enseñanza.

Competencias del coordinador del Programa de Enseñanza Bilingüe:

Son funciones del coordinador de las enseñanzas en inglés:

a) Impartir, al menos, la totalidad de las horas semanales del área de Lengua Extranjera y

aquellas otras áreas, para las que esté habilitado, de una de las unidades escolares en las que se

desarrolle el Programa.

b) Colaborar con el equipo directivo en la revisión y posterior elaboración del Proyecto

Curricular, la Programación General Anual y la Memoria de final de curso.

c) Coordinar el desarrollo de la programación de las áreas impartidas en inglés con el resto de

los maestros que participan en el Programa.

d) Establecer contacto con los auxiliares de conversación asignados al colegio, facilitarles la

acogida en el centro y orientarles en su adaptación al entorno.

e) Organizar, junto con el Jefe de Estudios, la asignación de los auxiliares de conversación a

los respectivos maestros y grupos, y velar por la óptima utilización de este recurso en el centro.

f) Comprobar la adecuada coordinación que debe existir entre los maestros y los auxiliares de

conversación.

g) Convocar una reunión semanal de coordinación, en la hora de obligada permanencia del

profesorado en el centro.

h) Mantener el contacto con la escuela gemela e intercambiar trabajos, experiencias,…

i) Fomentar la reflexión sobre la práctica docente en el centro e impulsar iniciativas de

innovación pedagógica y metodológica.

j) Seleccionar los recursos y materiales para el Programa, en colaboración con el equipo

docente de dicho Programa, velando por su buen uso y mantenimiento.

k) Organizar en el centro, junto con el equipo directivo, la gestión de las pruebas de

evaluación externa (fechas, matriculación, protocolos) siguiendo las instrucciones que establezca la

Consejería de Educación.

l) Fomentar la participación de los miembros del equipo docente en seminarios y cursos de

formación que redunden en la mejora de la práctica docente.

m) Mantener puntualmente informado al director de todos los aspectos relativos al programa y

al funcionamiento del mismo. El director, como máximo responsable del Programa Bilingüe en su

centro, tomará las decisiones que correspondan en cada caso.

El Director del centro, como máximo responsable del programa de enseñanza bilingüe,

supervisará, junto con el resto de los miembros del equipo directivo, el ejercicio de las funciones del

coordinador, velando por su cumplimiento.

Cuando proceda, el Director facilitará al coordinador la asistencia a las reuniones de la

Comisión de Coordinación Pedagógica del centro*.

Page 16: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 15 -

Artículo 21.

COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

Composición de la comisión de Coordinación Pedagógica

La CCP estará integrada por el Director/a, que será su presidente, el/la jefe de Estudios, los

coordinadores de los equipos docentes y el orientador/a del Centro, así como el coordinador de las

T.I.C. del centro, (según orden año 2005). El coordinador del programa bilingüe podrá participar en

las reuniones de la CCP a propuesta del Director*. (ORDEN 5958/2010, de 7 de diciembre, de la Consejería de

Educación, por la que se regulan los colegios públicos bilingües de la Comunidad de Madrid)

Actuará de secretario/a el profesor de menor edad.

Artículo 22.

Competencias de la CCP

a. Establecer las directrices generales para la elaboración de las Programaciones Didácticas.

b. Coordinar la elaboración y revisión de dichos proyectos y su posible modificación.

c. Elaborar la propuesta de organización de la orientación Educativa y Plan de acción Tutorial, y

elevar al Consejo Escolar una memoria sobre su funcionamiento al final de curso.

d. Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones

curriculares adecuadas a los alumnos/as con necesidades educativas especiales.

e. Asegurar la coherencia entre el Proyecto Educativo de centro, las Programaciones Didácticas

y la programación General anual.

f. Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de las Programaciones Didácticas

g. Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de

acuerdo con la Jefatura de Estudios.

h. Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro e impulsar planes de

mejora como resultado de dichas evaluaciones.

Artículo 23.

TUTORES

A parte de las directrices establecidas en el Real Decreto 819/1993, de 28 de mayo, por el que

se aprueba el Reglamento de las Escuelas de Educación Infantil y de los colegios de Educación

Primaria (Art. 73 y 74) y de la orden de 29 de febrero de 1996 por la que se aprueban las Instrucciones

que regulan la Organización y funcionamiento de las Escuelas EI y Col. de EP (Art. 45 y 46) en

nuestro centro se seguirán las siguientes directrices:

Cada grupo tendrá un maestro/a tutor/a que será designado por el director, a propuesta por el

jefe/a de Estudios.

Artículo 24.

Criterios para la asignación de cursos:

ORDEN 3622/2014, de 3 de diciembre

Artículo 3.- Maestros tutores

1. Cada grupo de alumnos tendrá un maestro tutor designado por el director, a propuesta del

jefe de estudios. El nombramiento recaerá, con carácter preferente, en aquel maestro que imparta más

horas de docencia en el grupo.

Page 17: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 16 -

2. El maestro tutor coordinará la acción educativa de todos los maestros que intervienen en la

enseñanza de un grupo, presidirá las sesiones de evaluación que celebren los maestros de dicho grupo,

propiciará la cooperación de los padres o tutores legales en la educación de los alumnos y les

informará sobre la marcha del aprendizaje de sus hijos. Asimismo, orientará y velará por el

cumplimiento del plan de convivencia y de las normas de conducta establecidas por el centro.

3. Cada grupo de alumnos podrá tener el mismo maestro tutor durante dos años consecutivos,

prorrogables a un tercero, siempre con el visto bueno del director del centro.

Art. 75 y 76 del ROC:

75.- (…) El director a propuesta del jefe de estudios, asignará los grupos de alumnos y tutorías

teniendo en cuenta los acuerdos alcanzados por los maestros en la primera reunión de Claustro del

curso.

76.- Si no se produce acuerdo en el citado punto anterior, el Director asignará los grupos por el

siguiente orden:

1º.- Miembros del equipo directivo (…)

2º.- Maestros definitivos, dando preferencia a la antigüedad en el centro, contada desde la

toma de posesión en el mismo.

3º.- Maestros provisionales, dando preferencia a la antigüedad en el cuerpo.

4º.- Maestros interinos.

Instrucciones inicio de curso de las Viceconsejerías de Educación, Juventud y Deporte y

Organización Educativa (…) sobre comienzo del curso escolar (…) en los centros públicos

docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.

6.2. Adjudicación de grupos:

Los directores de los centros, a la hora de adjudicar grupos, cursos y tutorías, deberán tener en

cuenta, no sólo las especialidades a las que están adscritos los maestros, sino también aquellas otras

para las que están habilitados. (Art.- 77 del ROC)

Una vez situado el puesto de trabajo, a los maestros que no cubran su horario lectivo, el

director del centro podrá asignarle otras tareas relacionadas con:

Apoyo ordinario a los niveles para recuperación de alumnos/as con retraso escolar, dentro y/o

fuera del aula, según necesidades. Apoyo al ciclo de Educación Infantil en actividades que

requieran la presencia de más de un profesor en el aula, siempre que sea posible.

Organización y mantenimiento de los recursos didácticos: TIC, Biblioteca, …

Coordinación de ciclo y Programa de Enseñanza Bilingüe.

Sustituciones.

Si no se produce el acuerdo citado en el punto anterior, el director asignará los grupos según el

artículo 76 del ROC, mencionado anteriormente

Distribución de las tutorías y el apoyo en Ed. Infantil:

Se evitará que un mismo grupo de alumnos cuente con un maestro no definitivo en el centro

en cada nivel educativo. Si en la plantilla del centro se contara con maestros de este perfil,

preferiblemente se encargarán del apoyo a la etapa.

Artículo 25.

Agrupamiento de los alumnos:

Escolarización ordinaria: La confección de los grupos de 3 años se realizará al inicio del

curso escolar por parte de la secretaría del centro, con el objetivo de crear dos grupos lo más

homogéneos posible en referencia a los datos que según matrícula conocemos: sexo del alumnado,

fecha de nacimiento, opción educativa elegida por los padres entre religión o atención Educativa y

Page 18: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 17 -

usuarios del servicio de comedor, contemplando también la posibilidad de escolarizar alumnos con

NEE, a propuesta del SAE.

Escolarización extraordinaria: Cuando desde el SAE se escolarice una vez iniciado el curso

escolar a algún niño, se procederá a matricularle en aquel grupo del nivel educativo que le corresponde

intentando minimizar las diferencias entre los dos grupos del mismo nivel y a su mejor integración en

el centro.

Alumnos que no promocionan al curso o etapa siguiente: Se procederá a matricularle en

aquel grupo del nivel educativo que le corresponde intentando minimizar las diferencias entre los dos

grupos del mismo nivel y a su mejor integración en el mismo.

Por otro lado queda establecido en estas “Normas de Organización, Funcionamiento y

Convivencia” que los grupos de alumnos establecidos por el centro al inicio de la escolaridad en 3

años, se mezclarán al término de la etapa de Ed. Infantil y al término del 3er curso de Ed. Primaria. La

propuesta de los nuevos agrupamientos se realizará por parte de los equipos docentes, atendiendo

exclusivamente a criterios pedagógicos, donde sobre todo debe primar la intención de paliar,

compensar o minimizar las diferencias existentes y detectadas entre ambos grupos.

Artículo 26.

Criterios de Sustitución:

Instrucciones inicio de curso de las viceconsejerías de Educación, Juventud y Deporte y

Organización Educativa para los centros públicos no universitarios de la Comunidad de

Madrid.

Dado lo previsto en el Real Decreto Ley 14/2012, de 20 de abril (BOE de 21 de abril),

modificado en su artículo 4 por la disposición final décima quinta de la Ley 48/2015, de 29 de octubre,

de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, acerca de la cobertura de las ausencias de los

maestros, el director del centro tomará las medidas oportunas para que los maestros que no estén

atendiendo a grupos de alumnos tengan asignada prioritariamente la atención, en caso necesario, a

grupos de alumnos cuyo maestro estuviera ausente”.

Cuando se produzca la baja de algún tutor, se atenderá a lo establecido en la Normativa

vigente y en las instrucciones de inicio de curso para cada uno de los cursos escolares, teniendo

además en consideración los acuerdos de claustro, por lo que de forma general se establecen el

siguiente criterio:

La ausencia se cubrirá con los restos horarios de los maestros del centro. Para ello se

establecen los siguientes criterios de sustitución:

1. Cuando la baja o ausencia del maestro se produzca en la etapa de Ed. Infantil sustituirá el

maestro de apoyo a la etapa.

Cuando exista más de una baja en Ed. Infantil (en este caso se priorizará la sustitución con la persona

de apoyo en las aulas del nivel que tenga los alumnos de menor edad) o ésta se produzca en Ed.

Primaria, se atenderá por este orden a los siguientes criterios:

Coordinadores de ciclo y coordinador del Programa de Enseñanza Bilingüe (En caso de tener

asignación horaria).

Profesor/a que organiza recurso didáctico del Centro o coordina un proyecto del centro. (Por

este orden; Programa SI, Revista escolar, Biblioteca, Estimulación del lenguaje, PMRA y

TIC).

Maestro/a que realiza refuerzo ordinario en Ed. Primaria. Si existiera coincidencia de más de

un maestro en esta situación, las sustituciones se ordenarán teniendo en cuenta: El área y el

idioma.

Maestra P.T ó A.L

Equipo directivo. Por este orden: Secretario, Jefe de estudios y Director.

Page 19: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 18 -

Como circunstancia excepcional, cuando se produzca la ausencia de una maestra tutora de Ed.

Infantil o en 1º de Ed. Primaria por más de tres días y esta no sea cubierta por la Administración

competente, la maestra de Apoyo a Infantil y la maestra de P.T. se harán cargo respectivamente de las

tutorías, hasta que la ausencia sea cubierta o se incorpore el tutor.

Artículo 27.

Funciones del tutor:

Al margen de las que le conciernen según el artículo 46 de las Normas Reguladoras del

funcionamiento de Centros, se especifican las siguientes:

Para adoptar la decisión acerca de la promoción de los alumnos, el tutor oirá las opiniones

del equipo docente del curso y se procederá tal cual se establece en el “Plan de

Evaluación”.

Se informará a los padres de los alumnos de todos aquellos aspectos que se relacionen con

las actividades docentes y el rendimiento académico de los mismos tres veces al año de

forma grupal:

La primera se realizará por nivel al principio del curso escolar, en la que entre otras se

informará de los resultados de la evaluación inicial y de los criterios de evaluación y

calificación establecidos por el centro para el nivel educativo que se trate, en al menos, las

áreas instrumentales básicas y se presentarán los maestros que formen el equipo docente del

grupo.

La segunda al comenzar el segundo, pudiendo organizarse por niveles o por tutorías. En esta

se informará entre otras de la marcha – evolución del curso y de los resultados académicos del

primer trimestre.

Y la tercera al finalizar el curso escolar pudiendo organizarse por nivel o por tutoría. En esta

se informará entre otras, de la marcha – evolución del curso, de los resultados académicos del

segundo y tercer trimestre y de los resultados de la evaluación externa si procediese.

También tendrán lugar, al menos, una entrevista personal con la familia de cada uno de los

alumnos de su tutoría. En el caso de que exista cotutoría, se procurará la presencia de ambos tutores.

Actividades con Alumnos/as

Cada maestro tutor realizará “ASAMBLEAS DE AULA” con sus alumnos/as según el criterio

establecido por el Centro en el “Plan de Acción tutorial” con el propósito de atender los problemas de

convivencia propios de la vida diaria del centro. En este sentido dicha actuación quedará reflejada en

los diferentes elementos que componen las programaciones de aula.

Desde las PPDD de los diferentes cursos y áreas y desde el “Plan de convivencia” se

establecerán los contenidos a trabajar y las metodologías a emplear.

Actividades con los padres de alumnos/as

ENTREVISTAS PERSONALES: Cada tutor/a dedicará una hora semanal de las de obligada

permanencia en el centro, y en el día que quede fijado en la PGA, a atender a las familias de sus

alumnos. Fuera de ese día y ese horario sólo se atenderán casos muy excepcionales, previo acuerdo

padre-tutor.

Los padres avisarán con antelación a través de la agenda escolar que desean entrevistarse, para

que el tutor/a pueda recoger toda la información posible por parte de los demás profesores del equipo

docente. Cada tutor/a mantendrá al menos una entrevista personal con cada familia a lo largo del

curso, priorizando en el tiempo los casos más urgentes.

Page 20: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 19 -

El tutor/a dejará constancia escrita de las entrevistas personales con las familias, información

que tendrá carácter confidencial, utilizando para ello el modelo establecido en el centro. Quedando

constancia escrita de, entre otras informaciones, los acuerdos alcanzados.

Actividades con el resto de profesores

Según el Plan de Acción Tutorial (PAT) cada tutor mantendrá:

Una reunión entre etapas (Ed. Infantil 5 años con 1º de Ed. Primaria) o entre

niveles convocada por el Jefe de estudios en la primera semana del curso para el

intercambio de información de los alumnos que se dejan el curso anterior y los

alumnos que se toman el curso siguiente. Se seguirá el guion establecido al efecto

en el Proyecto educativo.

Igualmente se mantendrá una reunión en el mes de junio con los equipos docentes

de los IES de referencia para el necesario trasvase de información.

Una reunión de ciclo o de nivel quincenalmente.

Una reunión de evaluación trimestral, con todos los especialistas.

Aquéllas reuniones que el claustro, los equipos docentes o la jefatura de estudios

consideren oportunas.

Una reunión trimestral para realizar seguimiento de los “Planes de Mejora de los

Resultados Académicos”

El calendario de reuniones en horario de exclusiva para cada uno de los trimestres quedará

establecido en la PGA.

Artículo 28.

DIRECCIÓN DE LOS CENTROS PÚBLICOS: EL EQUIPO DIRECTIVO.

1. El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, estará integrado por el

director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las Administraciones educativas.

2. El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las

instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas para cada uno de ellos.

3. El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará

propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y

secretario de entre los profesores con destino definitivo en dicho centro.

4. Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o

cuando se produzca el cese del director.

5. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros

docentes, mediante la adopción de medidas que permitan mejorar la actuación de los equipos

directivos en relación con el personal y los recursos materiales y mediante la organización de

programas y cursos de formación.

Artículo 29.

Competencias del director: (LOMCE Art.- 132)

a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y

hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.

b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas

al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.

Page 21: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 20 -

c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la

consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos

e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y alumnas, en cumplimiento de

la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127

de esta Ley orgánica. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de

los conflictos en los centros.

g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la

relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo

de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y

alumnas.

h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la

evaluación del profesorado.

i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro del

profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de sus competencias.

j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de

acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos

oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo

directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar del centro.

l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente

Ley Orgánica.

m) Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del

Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

n) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley

Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

ñ) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo

122.3.

o) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las

Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

p) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.»

El Decreto 15/2007 de 19 de abril de 2007 por el que se establece el marco regulador de la

convivencia en los centros docentes de la comunidad de Madrid, en su Artículo 5, establece a su vez:

1. Corresponde al Director velar por la realización de las actividades programadas dentro del Plan

de Convivencia del centro, garantizar el cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento

de Régimen Interno, resolver los conflictos escolares e imponer las sanciones que corresponda a los

alumnos, sin perjuicio de las competencias que se le atribuyen directamente al profesorado y las que

están reservadas al Consejo Escolar.

2. En el ejercicio de estas funciones, el Director es el competente para decidir la incoación y

resolución del procedimiento previsto en el artículo 21 y siguientes, así como para la supervisión del

cumplimiento efectivo de las sanciones en los términos que hayan sido impuestas.

Artículo 30.

Competencias del Jefe de estudios:

a) Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en

todo lo relativo al régimen académico.

b) Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad.

c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de

Page 22: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 21 -

maestros y alumnos en relación con el proyecto educativo, los proyectos curriculares de etapa

y la programación general anual y, además, velar por su ejecución.

d) Elaborar, en coordinación con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de

alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario

general incluido en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento

e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.

f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador del centro,

conforme al plan de acción tutorial.

g) Coordinar, con la colaboración del representante del claustro en el centro de profesores y

recursos, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar

las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.

h) Organizar los actos académicos.

i) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente en

lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización.

j) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación

general anual, junto con el resto del equipo directivo.

k) Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer las

correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el

reglamento de régimen interior y los criterios fijados por el consejo escolar.

l) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otra actividades

no lectivas.

m) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro del ámbito de su

competencia.

El Decreto 15/2007 de 19 de abril de 2007 por el que se establece el marco regulador de la

convivencia en los centros docentes de la comunidad de Madrid, en su Artículo 6, establece a su vez:

El Jefe de Estudios es el responsable directo de la aplicación de las Normas de Conducta y de la

disciplina escolar. Deberá llevar control de las faltas de los alumnos cometidas contra las citadas

Normas de Conducta y de las sanciones impuestas y deberá informar de ellas, periódicamente, a los

padres o tutores.

Artículo 31.

Competencias del Secretario:

a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del director.

b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las

sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director.

c) Custodiar los libros y archivos del centro.

d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.

e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.

f) Custodiar y disponer la utilización de los medios, informáticos, audiovisuales y del resto del

material didáctico.

g) Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de

administración y de servicios adscrito al centro.

h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.

i) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del director,

realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

j) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación

general anual, junto con el resto del equipo directivo

k) Velar por el mantenimiento del material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las

indicaciones del director.

l) Cualquier otra función que le encomiende el director dentro de su ámbito de competencia.

Page 23: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 22 -

TÍTULO TERCERO: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

La organización general del centro se basará en una intervención globalizada, buscando que

la actividad educativa sea parte importante en la transformación de los posibles conflictos, derivados

de una normal convivencia, en una convivencia armónica y saludable basada en los valores

individuales y colectivos que como Centro queremos difundir entre todos los miembros de nuestra

Comunidad Escolar.

Para ello la organización general del Centro y de las actividades educativas, se concretará así:

CAPÍTULO I:

Artículo 32.

Documentos Institucionales: Proyecto Educativo.

En el Proyecto Educativo del centro se incorporarán tanto en las concreciones generales del

curriculum, como en las unidades de programación: Propuesta Pedagógica y Programaciones

Didácticas, las medidas organizativas, metodológicas y curriculares propias del conocimiento y

desarrollo de la inteligencia emocional, de la resolución pacífica de conflictos y del trabajo

cooperativo, como aglutinadores de un proyecto global de buena convivencia y transmisión de

valores.

Especial relevancia tendrá al respecto el desarrollo del Plan de Acción Tutorial. Importante en

el desarrollo de todas sus dimensiones, pero especialmente relevante en la concreción de lo

anteriormente expresado y en el conjunto de actuaciones que el centro dispondrá para facilitar la

adaptación al centro de las familias de nuevo ingreso; quién, cómo y cuándo se les atenderá y qué

información se le facilitará para ayudar a entender el funcionamiento del centro. Estas circunstancias

se concretarán en el Plan de Acogida:

Artículo 33.

Plan de Acogida: (posible modificación PAT)

Familias nuevas en el centro.

El equipo directivo lleva a cabo unas jornadas de puertas abiertas durante el periodo ordinario

de escolarización, en las que esboza unas normas acerca del funcionamiento y la organización del

colegio que luego serán completadas en la reuniones generales de padres durante los meses de junio y

septiembre y en el caso de los alumnos de 3 años en el periodo de adaptación (según normativa

vigente). La 1ª reunión general de padres para los alumnos de 3 años de nueva matrícula será, siempre

que sea posible, en el mes de junio.

Para los alumnos de educación infantil que se incorporan al centro en periodo extraordinario

esta información será transmitida por el tutor, facilitando la adaptación del alumno. El maestro/a de

apoyo se hará cargo de la tutoría. En la medida de lo posible se intentará organizar una 1ª reunión en el

horario de tutoría fijado por el centro acordada entre la familia y la tutora sin presencia del menor y sin

que éste se integre en la dinámica del aula. El equipo directivo organizará esta reunión de forma que

ésta interfiera lo menos posible en el normal y correcto funcionamiento del centro.

En educación primaria; si la incorporación al centro se produce durante el periodo ordinario,

será el tutor el encargado de informar a las familias de nueva incorporación, acerca del funcionamiento

y la organización del colegio en las reuniones generales de padres, si por el contrario la incorporación

se produce en periodo extraordinario será el equipo directivo quien aporte a las familias esta

información.

Page 24: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 23 -

Pretendemos que la familia al disponer de estas informaciones pueda responder mejor a las

peticiones que se hagan desde el centro. Nuestro papel habrá de consistir en acoger a la familia y

contextualizar el funcionamiento de la escuela.

Los / las alumnos /as

Nuestras expectativas hacia el alumno han de ser positivas, y hemos de ser capaces de:

- Asegurar un buen acogimiento al aula y al centro.

- Prever, potenciar y programar situaciones en las cuales la interrelación con los

compañeros y compañeras sea constante.

- Priorizar, en el inicio, los contenidos de la lengua en situación comunicativa,

facilitando y promoviendo la participación activa de estos alumnos en momentos de

lenguaje.

- Asegurar el conocimiento y la adquisición progresiva de los hábitos y normas

escolares.

- Crear clima de respeto y confianza en el aula.

Los/as maestros/ as

Para trabajar de una manera global, las actuaciones serán coordinadas por el /a tutor /a. Habría

que tener presente que las actitudes favorables, como la sensibilidad, la empatía, el respeto... y el

conocimiento básico de otras culturas faciliten la adaptación tanto de los alumnos como de los padres.

Así mismo, se facilita el acercamiento entre la escuela y la familia y el conocimiento hacia el otro.

La organización del centro

Se favorece el proceso de adaptación si, en previsión de las nuevas necesidades se confecciona

con antelación la organización de los recursos humanos y materiales necesarios.

Además de los docentes, otras personas tienen contacto con el alumno nuevo (conserje,

personal del comedor, monitores...) participan del compromiso hacia las actuaciones generales que

facilitan el proceso de adaptación.

En el caso de que existieran recursos personales suficientes en el Centro, se destinará otra

persona a Educación Infantil para facilitar y garantizar que el periodo de adaptación se desarrolla de la

mejor manera y favoreciendo que los niños vivan este momento con la mayor tranquilidad y seguridad

posible.

CAPÍTULO II: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO:

Artículo 34.

-Márgenes de horario:

En la entrada al Colegio a las 9:00h, se dejará a los alumnos un margen máximo de 10

minutos, transcurrido el cual se cerrarán las puertas de entrada habitual para los alumnos,

permaneciendo abierta la puerta principal de acceso al recinto escolar.

Fuera del horario establecido las entradas se realizarán a las 09:45h, 10:30h o 11:15h, en horario antes

del recreo y a las 11:45h, 12:30h y 13:15h después del recreo.

Los alumnos/as deberán justificar adecuadamente el retraso mediante comunicación escrita.

Los maestros intentarán ser lo más puntuales posibles en las salidas de sus alumnos.

Artículo 35.

En los cambios de clase los profesores intentarán ser puntuales. Cuándo la situación lo

requiera y para evitar el indeseado efecto dominó, los maestros que en ese momento impartan

docencia en los cursos más altos, serán los primeros en desplazarse y cambiarse de aula, en tanto que

Page 25: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 24 -

los maestros que impartan docencia a los alumnos de menos edad permanecerán en el aula hasta que a

ella se incorpore el maestro que ha de continuar con las clases.

Artículo 36.

Cuando por enfermedad, visita médica o cualquier otra circunstancia el alumno tenga que salir

del centro antes de la finalización de las clases, podrá hacerlo presentando la justificación

correspondiente emitida por los padres a través de la agenda escolar que presentará al profesor tutor.

Para poder salir del centro, será necesaria la presencia de algún familiar o persona delegada por la

familia mediante la autorización pertinente, dejando constancia en cualquier caso en el libro de

registro de salida en horario lectivo.

-Entradas al centro escolar

Todos los miembros de la Comunidad Educativa respetarán puntualmente los horarios de

entrada, así como las Normas que ordenan esta circunstancia y que a continuación se exponen:

a.- Los alumnos llegarán al Centro con puntualidad y formarán las filas en los lugares establecidos

para ello.

b.- Los padres/madres, tutores/as legales o adultos autorizados de los alumnos/as de Educación

Primaria evitarán ACCEDER AL RECINTO ESCOLAR. Dejarán a los niños/as en las puertas de

acceso al recinto escolar, nº 3 y 5, para que éstos/as se coloquen en su respectiva fila de forma

autónoma, dirigiéndose a su aula cuando suene la música en compañía de su maestro tutor o maestro

que corresponda, hasta su entrada en el aula.

En el caso no deseable de que alguna familia deba acceder al interior del recinto escolar, deberá

hacerlo respetando escrupulosamente el pasillo de seguridad. Éste quedará establecido para

salvaguardar la integridad de los menores y respetar al máximo la cesión de guarda y custodia entre

familia y centro educativo.

c.- Los padres/madres, tutores legales o adultos autorizados de los alumnos/as de 3 y 4 años de

Educación Infantil accederán al recinto escolar por la puerta nº 4 con los niños/as hasta la fila que les

corresponda situándoles en la misma, haciéndose responsables de sus hijos/as hasta que el tutor/a o

profesor/a responsable se haga cargo de la fila de su aula. En el mismo momento en que los maestros

tutores se hagan cargo de las filas, las familias se retirarán para no entorpecer ni interrumpir la labor

de los profesores/as.

Los padres/madres, tutores legales o adultos autorizados de los alumnos/as de 5 años de Educación

Infantil accederán al recinto escolar por la puerta nº 1 con los niños/as hasta la fila que les

corresponda situándoles en la misma, haciéndose responsables de sus hijos/as hasta que el tutor/a o

profesor/a responsable se haga cargo de la fila de su aula. En el mismo momento en que los maestros

tutores se hagan cargo de las filas, las familias se retirarán para no entorpecer ni interrumpir la labor

de los profesores/as.

d.- Las entradas de cada fila al aula serán conducidas por el profesor/a que corresponda dependiendo

del horario de actividades de cada grupo de alumnos/as, procurando hacerlo de forma ordenada y

respetuosa con los demás.

e.- Los alumnos/as que lleguen tarde a la entrada de las filas tendrán que acceder al edificio por la

puerta principal del centro, para más tarde ser conducidos a su aula por personal del Colegio, nunca

por el adulto que le acompañe.

f.- Las puertas de acceso al recinto escolar se cerrarán 10 minutos después del horario de entrada

habitual al Centro. A partir de esta hora, deberán utilizar la puerta principal de acceso al recinto

escolar.

Los alumnos/as deberán justificar adecuadamente el retraso mediante comunicación escrita o

la presencia del padre/madre. En ningún caso el padre/madre subirá a las aulas en periodo lectivo,

debiendo pasar previamente por secretaría donde completarán la debida justificación. En estos casos

las entradas se intentarán ajustar al horario lectivo del centro, tanto en los meses de septiembre y junio,

como entre los meses de octubre y mayo siendo en este periodo: 09:45h, 10:30h o 11:15h, 11:45h,

12:30h, 13:15h.

Page 26: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 25 -

g.- Es labor del profesor tutor valorar la justificación de las faltas de asistencia de sus alumnos. En

aquellos casos de retrasos continuados, habituales e injustificados de los alumnos/as, el tutor/a pasará

notificación al Jefe de Estudios, éste informará a la familia de los mismos y la Dirección tomará las

medidas oportunas.

h.- Los padres/madres, tutores/as legales o adultos autorizados, solo accederán al edificio interior en

los horarios establecidos al efecto: Secretaria, Dirección, entrevista con los tutores/as, requerimientos

del personal del Centro.

i.- No se permitirá entrar al recinto escolar con perros u otros animales de compañía.

j.- Los alumnos o maestros que acudan al centro en bicicleta, accederán al mismo desmontados,

aparcando la bicicleta en el estacionamiento destinado en las instalaciones del centro a tal efecto.

k.- Queda terminantemente prohibido acceder al centro por la puerta del parking.

-Salida del centro escolar.

Todos los miembros de la Comunidad Educativa respetarán puntualmente los horarios de

salida, así como las Normas que ordenan esta circunstancia y que a continuación se exponen:

a.- Las familias procurarán llegar al Centro con la debida puntualidad para recoger a los alumnos

con normalidad en la salida de los mismos. Es responsabilidad única y exclusiva de las familias

recoger a sus hijos a la salida del Centro escolar con puntualidad.

b.- Los alumnos/as saldrán del aula en fila, juntos y sin retrasarse ni quedarse en clase ni en los

pasillos.

c.- Las filas de cada grupo serán conducidas por el profesor/a que corresponda, dependiendo del

horario de actividades de cada grupo de alumnos/as, hasta la puerta de salida habitual de cada grupo de

alumnos del edificio escolar. En el caso de que el grupo no se encuentre con su maestro/a-tutor a la

hora de la salida será el maestro/a especialista el que haga entrega de los alumnos/as a las familias.

d.- En Educación Infantil, el profesor/a sólo permitirá la salida de los alumnos/as del edificio

escolar cuando sean recogidos por sus padres/madres, tutores/as legales o adultos autorizados. Una vez

entregados los alumnos/as a sus respectivas familias, los alumnos/as y sus familias deberán abandonar

el colegio. No pudiendo permanecer ni usar las pistas, los areneros y los columpios del patio de

Educación Infantil. Se incidirá en que las familias no permitan subir a sus hijos/as por las escaleras de

la salida de incendios destinada al pabellón de Infantil.

e.- Los padres/madres, tutores/as legales o adultos autorizados de los alumnos/as de Educación

Primaria evitarán ACCEDER AL RECINTO ESCOLAR. Recogerán a los niños/as en la puerta de

acceso al recinto escolar. En el caso no deseable de que alguna familia deba acceder al interior del

recinto escolar, deberá hacerlo respetando escrupulosamente el pasillo de seguridad. Éste quedará

establecido para salvaguardar la integridad de los menores y respetar al máximo la cesión de guarda y

custodia entre el centro educativo y las familias.

f.- Los padres/madres, tutores legales o adultos autorizados de los alumnos/as de Educación Infantil

accederán al recinto escolar para recoger a los niños/as hasta la puerta de salida del edificio que les

corresponda, debiendo abandonar el recinto una vez recogido su hijo/a.

g.- Si algún alumno/a tuviera que ausentarse del colegio por causa justificada a horas diferentes de

las establecidas para las salidas, tendrá que avisar bien por escrito o bien con la presencia del

padre/madre, en secretaría, la ausencia y recogida del niño/a para obtener el permiso, recayendo la

responsabilidad sobre la persona que le recoja. El adulto esperará en el vestíbulo del edificio hasta que

personal del centro se lo entregue.

h.- En caso de accidente de algún alumno/a, en las horas de permanencia en el Centro, el adulto

responsable del mismo deberá comunicarlo al equipo directivo. Este adoptará las medidas

organizativas oportunas que garanticen un correcto funcionamiento del centro. En relación a la

gravedad del accidente, el profesor responsable de ese alumno en colaboración con el equipo directivo,

actuará siguiendo el protocolo establecido:

-Información a la familia: avisará telefónicamente a los padres o tutores del alumno.

-Aviso a los servicios sanitarios: Si fuera preciso.

-Traslado al centro hospitalario: Con el apoyo de un miembro del equipo directivo trasladará

al alumno al centro sanitario más cercano u oportuno, preferiblemente en vehículo público.

Page 27: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 26 -

i.- Todos los profesores, tutores y especialistas, responsables de los alumnos deberán ser muy

cuidadosos al finalizar la jornada escolar, procurando que ninguno de ellos quede en el centro una vez

finalizada la misma.

j.- Si algún alumno/a del centro no fuera recogido/a puntualmente, el profesor/a responsable del

mismo le llevará a Dirección tomándose las medidas oportunas: 1º avisar telefónicamente a la familia,

2º el tutor/a del alumno más un miembro del equipo directivo permanecerán en el centro hasta que la

familia se persone en el mismo, 3º si pasado un tiempo prudencial no se localizara a la familia, se

llamará a la policía nacional para su guarda y custodia hasta que estos localicen a la familia y 4º si este

tipo de retrasos se produjesen de forma habitual se dará parte a los organismos oficiales pertinentes

para que actúen en consecuencia.

k.- Los adultos autorizados para recoger a los niños/as deberán abandonar el recinto escolar lo antes

posible. Las puertas de acceso al Centro se cerrarán a los 10 minutos de las horas establecidas para la

recogida de los alumnos/as por motivos de seguridad y por no interrumpir las actividades ofertadas por

el A.M.P.A.

l.- Queda terminantemente prohibido salir del centro por la puerta del aparcamiento de vehículos.

m.- En días de lluvia se entregarán a los alumnos/as en el porche y los padres accederán al recinto

escolar para recoger a los alumnos. Igualmente en estos días se respetará escrupulosamente el pasillo

de seguridad.

n.- Queda terminantemente prohibido para los alumnos abandonar el centro sin la compañía de un

adulto debidamente autorizado. En este caso no se contempla la posibilidad para los progenitores de

los alumnos a autorizar a estos para irse solos a casa.

Protocolo respecto a la recogida de niños por sus hermanos menores de 18 años, la Dirección

general de centros docentes, Subdirección general de régimen jurídico, informa:

1.- El ejercicio de la patria potestad corresponde a los padres y viene concebida legalmente en

beneficio de los hijos (…)

2.- La patria potestad requiere por parte de los padres el cumplimiento de los deberes prevenidos en el

artículo 154 de Código Civil (…) la recogida de los hijos a la salida del colegio una vez terminada la

jornada escolar, forma parte del ejercicio de la patria potestad (…)

3.- La dirección del Centro estará atenta para que esta manifestación para el ejercicio de la Patria

Potestad se ejerza con la diligencia exigible a un buen padre de familia (…) La dirección del Centro

cuando considere que existe desatención, riesgo o peligro para la salud física o moral de los alumnos

deberá poner esta circunstancia en conocimiento de los servicios sociales correspondientes (…)

-Asistencia

a.- La asistencia del alumnado a clase es obligatoria, durante todos los días lectivos del curso,

establecidos en el calendario escolar anual.

b.- Las faltas de asistencia y retrasos reiterados a clase deberán justificarse por escrito al tutor/a del

niño/a. A su vez el tutor/a valorará la justificación y la registrará con carácter mensual en el modelo

existente al efecto (aplicación SICE) y las entregará una vez vencido el mes al Jefe/a de Estudios.

c.- En el caso de que un alumno/a tuviera que salir de clase en el horario escolar, por causa

justificada, tendrá que avisar o bien por escrito o bien con la presencia del padre/madre en secretaría y

previo permiso del profesor/a responsable, esperará en el vestíbulo hasta que personal del centro se lo

entregue.

d.- En el caso de detectar algún caso de ABSENTISMO ESCOLAR por faltas reiteradas de

asistencia justificadas o no, se activará el protocolo de actuación establecido por el Ayuntamiento de

Leganés y la Comunidad de Madrid, poniendo el hecho en conocimiento de la mesa de absentismo

escolar del Ayuntamiento de Leganés. Protocolo establecido para el centro en este documento.

e.- Los alumnos que reiteradamente se retrasan en la primera sesión lectiva del día, no podrán entrar

en el aula y permanecerán bajo el cuidado de la familia hasta la siguiente sesión.

Page 28: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 27 -

-Acceso al recinto escolar de padres/madres, tutores/as legales o adultos autorizados.

a.- En el caso de que los padres/madres, tutores/as legales o adultos autorizados de los alumnos/as se

retrasen en las entradas establecidas en el horario escolar del Colegio deberán acceder al edificio

interior por la puerta principal del mismo.

b.- Los padres/madres, tutores legales o adultos autorizados, solo podrán acceder al edificio interior en

los horarios de atención establecidos y en aquellas ocasiones puntuales en que el personal del Centro

así lo requiera: entrevistas/reuniones con miembros del Equipo Directivo, fiestas del Centro,

participación en talleres, entrevistas con tutores/as, exposiciones o habiendo sido convocados.

c.- Los miembros del A.M.P.A podrán acceder al Centro siempre que lo requiera el desempeño de sus

funciones.

-Desplazamientos dentro del centro.

a.- El profesor/a responsable de cada grupo de alumnos, los acompañará en todos los desplazamientos

que deban realizar (entradas y salidas al aula, patio, gimnasio…) por las diferentes dependencias del

Colegio evitando gritos, carreras,… procurando ser lo más respetuosos posible con el orden y el

trabajo del resto del alumnado y personal docente.

-Utilización de los aseos/servicios.

a.- Los niños/as de Educación Infantil utilizarán los aseos de sus respectivos pabellones en las horas

establecidas en las rutinas y siempre que sea necesario.

b.- Los niños/as de Educación Primaria utilizarán los aseos cuando lo necesiten, previo permiso del

profesor/a responsable, intentando que no vayan al servicio durante las horas de clase, salvo

situaciones excepcionales.

c.- Los aseos del patio de primaria deberán utilizarse por el alumnado de primaria evitando acceder al

interior del edificio para esta necesidad. Igualmente serán utilizados por los alumnos del comedor.

d.- Se cuidará especialmente el uso adecuado de los servicios, usándolos de forma correcta y para su

cometido, no como lugar de reunión o de juegos, procurando mantenerlos lo más limpios posible.

-Limpieza del centro.

A fin de mantener la higiene y la limpieza en todas las dependencias del Centro, los papeles,

restos de bocadillos y demás objetos inservibles, se depositarán en las papeleras existentes para tal fin.

La comunidad educativa velará porque ningún alumno/a ensucie o deteriore las instalaciones

del centro.

-Normas relativas al cuidado del centro.

Es obligación de todos cuidar el material, mobiliario e instalaciones del Centro,

manteniéndolo siempre en el mejor estado de conservación y utilización. Los alumnos/as deberán

comunicar al tutor/a o al profesor/a correspondiente los deterioros que se produzcan en las aulas,

lavabos, pasillos, etc… tanto si son intencionados como accidentales. Igualmente el profesor

correspondiente notificará al equipo directivo los deterioros y desperfectos ocasionados en el

mobiliario o material del aula.

Cualquier desperfecto de material, por uso indebido será debidamente subsanado, asumiendo

el coste del arreglo, los padres o tutores legales del alumno/a que lo haya ocasionado. Serán normas de

obligado cumplimiento para los alumnos las siguientes:

Cuidar y respetar los materiales, tanto personales como de uso común que el centro pone a

disposición de alumnos y profesores y respetar el de los compañeros.

Mantener limpio el aula y resto de las dependencias del centro no arrojando al suelo objetos o

desperdicios, utilizando las papeleras y contenedores dispuestos para tal fin.

Respetar y cuidar las instalaciones del centro y el conjunto del edificio escolar.

Respetar las normas de utilización de todas las aulas y dependencias del colegio.

Page 29: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 28 -

-Normas relativas al cuidado de la salud:

En caso de enfermedad infecto-contagiosa los niños y niñas deberán permanecer en casa

hasta que el facultativo correspondiente indique que no existe riesgo de contagio para los

demás.

Un niño enfermo no puede asistir al centro. En el caso de enfermar en el centro, se avisaría

para que fuera recogido en la mayor brevedad posible.

En caso de detectar piojos o liendres, se informará a la familia quien deberá tomar las medidas

oportunas para desparasitar al niño/a evitando un contagio mayoritario, incorporándose al

centro, una vez solucionado el problema.

Si es necesaria la medicación de un niño/a la familia habrá de ajustar la toma de forma que no

se realice en horario lectivo por existir un riesgo por parte del resto de los alumnos de ingesta

accidental. La tutora no puede garantizar el cumplimiento del horario de la toma, al estar al

cargo de un grupo numeroso de alumnos. En ningún caso se entregará a los niños/as

medicamentos para traer al Centro. En casos excepcionales, en los que exista un riesgo vital y

siempre que exista voluntariedad por parte del maestro, este podrá medicar exigiendo a la

familia una autorización para ello y un documento que le exima de toda responsabilidad que se

pudiera derivar de esta actuación.

En situaciones ocasionales de falta de control de esfínteres o en situaciones que requieran del

cambio de ropa (vómitos, haberse mojado, etc.) el maestro o maestra responsable, siempre que

esta incidencia se haya producido durante el transcurso de la actividad docente, atenderá esta

circunstancia. El maestro tutor o responsable de la actividad, previa autorización de la familia,

se llamará en primera instancia a la persona encargada por el centro para tal fin, si no se

pudiera contactar con ella se llamaría a la familia, si por el motivo que fuera tampoco

pudiéramos contactar con la familia, de manera voluntaria, el maestro/a, a cargo de dicho

alumno en ese momento ayudará al alumno en el cambio.

En otros momentos de horario ampliado del centro, tales como desayuno y/o comedor las

monitoras responsables de estos servicios actuarán siguiendo el mismo protocolo establecido

en el punto anterior.

En caso de existir problemas de intolerancia o alergia alimenticia, se deberá informar

inmediatamente al Centro, mediante la presentación del certificado médico correspondiente.

En este momento el centro pondrá en marcha el protocolo de actuación establecido.

-Hábitos de limpieza y cuidado personal. Medidas sanitarias.

Los alumnos/as vendrán correctamente aseados todos los días.

En el caso de que un alumno/a padezca una enfermedad no asistirá al centro hasta que no esté

completamente restablecido/a.

En el caso de contagio por “pediculosis” los padres comunicarán de inmediato la incidencia al

centro y aplicarán a su hijo/a el tratamiento más conveniente, permaneciendo en casa hasta su

completa desaparición.

En el centro no se suministrarán medicamentos o tratamientos médicos a los alumnos salvo

casos excepcionales, aquellos en los que exista un riesgo vital para el alumno/a (certificado

médico del especialista) y siempre que exista voluntariedad por parte del maestro, en cuyo

caso este podrá medicar exigiendo a la familia una autorización para ello y un documento que

le exima de toda responsabilidad que se pudiera derivar de esta actuación.

En caso de accidente o emergencia se actuará siguiendo el protocolo establecido en el capítulo

IV: Normas de Funcionamiento del centro, apartado “Salidas del centro escolar”, punto “h” de

este documento.

-Normas en el aula.

Los alumnos/as mantendrán una actitud de respeto hacia los profesores y compañeros, así

como hacia el resto del personal que trabaja en el Centro. Este respeto se concretará en las siguientes

actitudes, contempladas en “Las Normas de obligado cumplimiento para los alumnos”:

Page 30: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 29 -

Atender a las explicaciones del profesor/a y realizar las tareas encomendadas, poniendo el

máximo interés.

Cuidar el uso del lenguaje, no utilizando palabras malsonantes ni insultos.

Respetar el turno de palabra.

Traer el material que necesiten cada día.

Respetar el trabajo de los demás compañeros.

No levantarse del sitio sin permiso del profesor.

Mantener una postura corporal correcta.

No comer en clase (chicles, bollos, caramelos, pipas…) salvo en los momentos previamente

acordados.

Mantener limpio el aula y el resto de las dependencias del centro.

Todas estas normas deberán adecuarse sin perjuicio de las establecidas por cada profesor/a o

tutor/a a cada grupo y edad, al comienzo de cada curso.

Los alumnos podrán tener, de forma rotativa, pequeñas responsabilidades en el aula que se

organizarán según criterio del profesorado.

Los horarios de clase y demás actividades educativas no serán interrumpidos por las visitas de

padres/madres, salvo causas justificadas en todo caso, previo consentimiento del profesor tutor y el

visto bueno de Dirección.

El/la conserje será el/la encargado/a de recibir a estas visitas y comunicarlo a Dirección quien

adoptará la medida que considere más oportuna.

-Normas en el recreo.

Queda prohibido durante los periodos lectivos el uso de cualquier dispositivo electrónico:

móviles, maquinitas electrónicas, mp3…si se advirtiera a algún alumno la tenencia de algún

dispositivo de este tipo se procederá a apagarlo y se guardará en dirección hasta que pueda

ser entregado al padre, madre o tutor del alumno. En caso de que los alumnos traigan algún

dispositivo de los expresamente mencionados sin ponerlo en conocimiento del maestro tutor,

el centro no se hará responsable de la pérdida o deterioro de dichos dispositivos.

Ningún alumno/a quedará en la clase, ni podrá volver a ellas una vez que hayan salido al

patio, salvo permiso expreso y siendo acompañado por un/una profesor/a del centro. (Esta

norma deberá cumplirse también en servicio de comedor)

Los alumnos/as tendrán una actitud de respeto mutuo en los juegos. Se evitarán los insultos,

gestos inadecuados, riñas o agresiones entre compañeros.

Se evitarán balones duros en el patio y objetos que puedan suponer un peligro para los

demás alumnos/as.

Quedan absolutamente prohibidos los juegos y comportamientos que puedan ser causa de

posibles accidentes.

Los alumnos deberán permanecer en su zona de juego, sabiendo que el porche y el

aparcamiento no son zonas de juego sino de tránsito, por lo que los alumnos no deberán

permanecer en ellas.

Durante los recreos, todos los/las alumnos/a estarán en los patios de recreo. Velarán por su

seguridad los maestros, distribuidos según la normativa vigente y la organización interna del

centro.

En caso de accidente durante el periodo de recreo se harán cargo, en un primer momento,

los profesores/as de vigilancia de recreo. Con inmediatez si así lo requiere la gravedad del

accidente, lo comunicarán al equipo directivo y se actuará según protocolo establecido.

Capítulo IV: Normas de Funcionamiento del centro, apartado “Salidas del centro

escolar”, punto “h” de este documento.

-Vigilancia de recreos:

El horario establecido para el periodo de recreo de los alumnos será de 11:15h a 11:45h. La

vigilancia del mismo se realizará según marca el ROC en sus artículos 70 y 79.

Page 31: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 30 -

La etapa de Educación Primaria se organizará de la siguiente manera:

Zona de Vigilancia Responsable Horario

Porche Maestros especialistas 11:15h – 11:30h

11:30h – 11:45h

Arenero 1º

Maestros tutores del nivel 11:15h – 11:30h

11:30h – 11:45h

Arenero 2º

Maestros tutores del nivel 11:15h – 11:30h

11:30h – 11:45h

Arenero 3º

Maestros tutores del nivel 11:15h – 11:30h

11:30h – 11:45h

Arenero 4º

Maestros tutores del nivel 11:15h – 11:30h

11:30h – 11:45h

Pista Fútbol

Maestros tutores del nivel 11:15h – 11:30h

11:30h – 11:45h

Pista baloncesto Maestros tutores del nivel 11:15h – 11:30h

11:30h – 11:45h

Biblioteca Maestros especialistas 11:15h – 11:30h

11:30h – 11:45h

La biblioteca del centro es durante el tiempo de recreo, un espacio más para que los alumnos

aprendan a organizar y a emplear adecuadamente su tiempo de ocio. Será el momento en el que los

alumnos puedan realizar el préstamo de libros. Este espacio no se debe entender como un lugar para

alumnos “castigados sin recreo” o para hacer tarea. De esta forma la biblioteca estará abierta y a

disposición de los alumnos.

Existe un cuadrante para distribuir el uso que de las pistas polideportivas hacen los alumnos de Ed.

Primaria.

PISTAS POLIDEPORTIVAS. RECREOS PRIMARIA.

LUNES MARTES MIÉRCOLES JUEVES VIERNES

FÚTBOL 6º 4º 1º y 2º 5º 3º

BALONCESTO I 5º 6º 3º 4º 6º

BALONCESTO II 4º 5º 6º 3º 5º

Los días festivos, o que el grupo no esté en el centro, se saltan, no se corre o recupera el turno.

Se evitarán balones duros en el patio y objetos que puedan suponer un peligro para los demás

alumnos/as.

La etapa de Educación Infantil se organizará de la siguiente manera:

LUNES MARTES MIÉRCOLES JUEVES VIERNES ZONA 1

11:15h –11:30h

11:30h – 11:45h

Maestras tutoras

ZONA 1 11:15-11:30h

11:30h -11:45h

Maestras tutoras

ZONA 1 11:15h-11:30h

11:30h -11:45h

Maestras tutoras

ZONA 1 11:15h –11:30h

11:30h – 11:45h

Maestras tutoras

ZONA 1 11:15h –11:30h

11:30h – 11:45h

Maestras tutoras

ZONA 2 11:15h –11:30h

11:30h-11:45h

Maestras tutoras

ZONA 2 11:15h –11:30h

11:30h – 11:45h

Maestras tutoras

ZONA 2 11:15-11:30h

11:30h-11:45h

Maestras tutoras

ZONA 2 11:15h –11:30h

11:30h – 11:45h

Maestras tutoras

ZONA 2 11:15h –11:30h

11:30h-11:45h

Maestras tutoras

ZONA 3 11:15h –11:30h

11:30h – 11:45h

Maestras tutoras

ZONA 3 11:15h –11:30h

11:30h-11:45h

Maestras tutoras

ZONA 3 11:15h-11:30h

11:30h-11:45h

Maestras tutoras

ZONA 3 11:15h –11:30h

1:30h – 11:45h

Maestras tutoras

ZONA 3 11:15h –11:30h

11:30h – 11:45h

Maestras tutoras

Page 32: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 31 -

ZONA 4 11:15h11:30h

11:30h -11:45h

Maestros

especialistas

ZONA 4 11:15h –11:30h

11:30h – 11:45h

Maestros

especialistas

ZONA 4 11:15h –11:30h

11:30h-11:45h

Maestros

especialistas

ZONA 4 11:15h –11:30h

11:30h – 11:45h

Maestros

especialistas

ZONA 4 11:15h-11:30h

11:30h-11:45h

Maestros

especialistas

ZONA 5 Pareja Primaria

ZONA 5 Pareja Primaria

ZONA 5 Pareja Primaria

ZONA 5 Pareja Primaria

ZONA 5 Pareja Primaria

*

Los profesores responsables de cada zona, atenderán a todos los alumnos que les corresponda

vigilar, velando por su seguridad. Por las circunstancias de nuestro alumnado los maestros serán

especialmente cuidadosos en que no se produzca tránsito de alimentos y golosinas entre los patios de

primaria e infantil.

La zona 5 le corresponderá a una pareja de maestros de E. Primaria que irán rotando en

función del cuadrante que se realizará mensualmente.

Para aquellos días que las condiciones meteorológicas no permitan salir al patio en el tiempo

de recreo, el centro se organiza de la siguiente forma.

RECREOS DÍAS DE LLUVIA.

En los días en que las inclemencias meteorológicas o las condiciones del patio no nos

permitan salir al recreo con normalidad, nos organizaremos de la siguiente forma:

Cada nivel educativo desde 3 años a 2º de Ed. Primaria, cuenta con tres maestros para la

vigilancia de los alumnos en el periodo de recreo. Esto supone que los maestros se pueden turnar, de

uno en uno y cada 10 minutos, para disponer de un tiempo de recreo/descanso. No hay profesores, ni

alumnos en los pasillos, cada maestro es responsable de los alumnos del aula que tiene asignada.

En los niveles educativos de 3º a 6º de Primaria contarán con cinco maestros para cuatro aulas,

por lo que los tiempos de recreo para ellos serán más ajustados. En este caso parece más conveniente

que los maestros organicen su periodo de descanso, teniendo en cuenta que estos deben permanecer en

las aulas.

En estos días de lluvia, barro, excesivo frío o patio encharcado, para evitar la incertidumbre y

la duda de si salir o no al patio de recreo, esperaremos a escuchar, o bien la sirena, o bien la música.

Zona de Vigilancia

Zona 1: Acceso de entrada al pabellón de infantil por las escaleras y la rampa. Los servicios. Arenero

comprendido entre las escaleras y el final de la acera. Valla exterior que limita a dicha zona.

Zona 2: Almacén de juguetes de patio, Juegos: Puerta de acceso al patio de primaria. Arenero hasta árbol

ubicado en el centro del arenero de las zonas 2 y 3. Valla colindante con el patio de primaria, que limita

la zona.

Zona 3: Juegos. Valla exterior desde los rulos al comienzo de la salida de emergencia del gimnasio. Rampa de

salida de emergencia del gimnasio. Escaleras de emergencia del pabellón. Arenero central hasta el árbol

del centro de las zonas 2 y 3.

Zona 4: Tobogán. Valla exterior y valla colindante de primaria limítrofe a dicha zona. Arenero comprendido en

dicho espacio.

Vallas limítrofes exteriores y la que limita con el patio de primaria.

Zona 5: Arenero comprendido desde el límite de la estructura de juego de madera (tobogán) hasta el fondo del

patio.

Page 33: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 32 -

Si como todos los días suena la música, salimos con normalidad, en cuyo caso funciona el cuadrante

de vigilancia de patio establecido para el presente curso.

Si por el contrario suena la sirena y no salimos al patio, nos organizaremos de esta forma.

En los días en los que no se baja al patio, la biblioteca permanecerá cerrada.

EDUCACIÓN INFANTIL:

· 3 años: Gimnasio o aulas. Tutoras y Maestra de apoyo

· 4 años: Gimnasio o aulas. Tutoras y Maestra de PT

· 5 años: Sus aulas. Tutoras y Maestra de EF

EDUCACIÓN PRIMARIA:

· 1º A-B: Sus aulas. Tutoras y Maestro de Música.

· 2º A-B: Sus aulas. Tutores y Maestra de religión.

· 3os y 5os A-B: Sus aulas. Cotutores y Maestra de Inglés.

· 4os y 6os A-B: Sus aulas. Cotutores y Maestra de Inglés.

El maestro que aún sonando la señal de no salir al patio decida hacerlo, será único responsable

de la vigilancia y seguridad de sus alumnos, asumiendo de forma completa esta labor.

En el mismo caso, el maestro que aún sonando la señal de salir al patio decida no hacerlo será

único responsable de la vigilancia y seguridad de sus alumnos, en este caso en el aula, asumiendo de

forma completa esta labor.

CAPÍTULO III: MECANISMOS DE INFORMACIÓN A LAS FAMILIAS.

Artículo 37.

-Entrevistas con las familias.

Las visitas o tutorías de padres/madres se realizarán durante una hora semanal de acuerdo con

el horario fijado en la PGA para las horas de “dedicación exclusiva” de los maestros.

En el caso de que el horario fijado sea incompatible con el trabajo de algún padre/madre o

tutor legal del niño/a, se podrá concretar otra hora de visita con el tutor/a, o profesor/a, siempre fuera

del horario lectivo.

Fuera del horario escolar no se atenderá ninguna visita, salvo expresa citación de la Dirección,

del tutor/a o de algún/a profesor/a.

Artículo 38.

Mecanismos de comunicación:

Los mecanismos normales para la comunicación e información a los padres de los alumnos

serán los siguientes:

Entrevistas personales con profesores y tutores en el día y hora que se establezca en la PGA

y que se hará público a las familias para su conocimiento y cumplimiento.

Boletín de Información Anual, entregado a las familias a lo largo del mes de septiembre.

Reuniones informativas que se convoquen a lo largo del curso, bien por tutorías, o nivel,

según la P.G.A.

El boletín informativo de los resultados de la evaluación, así como hoja de observaciones.

Circulares informativas de asuntos puntuales sobre actividades complementarias o

cualquier otro asunto que lo requiera. Bien a través de papel o de correo electrónico.

Page 34: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 33 -

Información escrita o petición de entrevista personal cuando cualquier asunto relacionado

con los alumnos así lo requiera.

Será de obligado cumplimiento el uso de la agenda escolar, facilitada por el centro para

todos los alumnos de Ed. Primaria, para las comunicaciones que se establezcan entre las

familias y el centro, y entre el centro y las familias.

Modelo para registrar las entrevistas individuales a familias.

Curso 201__/201__

Alumno/a: Nivel:

Entrevista solicitada a petición de: Fecha:

El tutor/a La familia

Temas a tratar:

Acuerdos alcanzados:

El tutor/a:

Fdo:

Maestros/as especialistas:

Fdo:

Fdo:

La familia:

Fdo:

Fdo:

Artículo 39.

Información sobre la evaluación. Derecho a la objetividad en la evaluación de los alumnos:

Ley: LOMCE: Decreto 89/2014 de 24 de julio por el que se establece para la Comunidad de Madrid

el curriculum de la Ed. Primaria: Art.- 9, Pto.- 4.- “Se garanatizará el derecho de los alumnos a una

evaluación objetiva y a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con

objetividad, para lo que se establecerán los oportunos procedimientos”.

Orden 2398/2016, de 22 de julio (Organización, funcionamiento y evaluación en la ESO)

Con el fin de garantizar el derecho del alumnado a que su rendimiento escolar sea valorado

conforme a criterios de plena objetividad, deberán hacerse públicos los criterios generales que se

hayan establecido para la evaluación de los aprendizajes, la promoción y la permanencia. Los (…)

centros, harán públicos al comienzo del período lectivo los contenidos, procedimientos, instrumentos y

criterios de evaluación y calificación, así como los estándares de aprendizaje evaluables de las

diferentes materias y los procedimientos de recuperación y apoyo previstos.

Por ello, queda establecido para el centro que en la 1ª reunión general de padres del curso, los

Equipos Docentes informarán a las familias los criterios generales que se hayan establecido para la

evaluación de los aprendizajes y la promoción al curso o etapa siguiente. Así mismo se informará de

los procedimientos, instrumentos y criterios de evaluación y calificación y de los procedimientos de

recuperación y apoyo previstos.

Page 35: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 34 -

Artículo 40. Información a las familias a lo largo del curso y tras la evaluación final

1. Periódicamente, en todo caso con posterioridad a cada sesión de evaluación, (…) el tutor

informará a los padres y madres o tutores legales (…) sobre el aprovechamiento académico de los

alumnos y la marcha de su proceso educativo. A tal efecto, se utilizará la información recogida en el

proceso de evaluación continua.

3. Los tutores (…) mantendrán una comunicación fluida con las familias en lo relativo a las

valoraciones sobre el proceso de aprendizaje, con el fin de propiciar las aclaraciones precisas así como

la colaboración de las familias para una mejor eficacia del propio proceso.

Artículo 41.- Procedimiento de revisión en el centro de las calificaciones finales y de las

decisiones sobre la promoción

1. En el supuesto de que, tras las oportunas aclaraciones, exista desacuerdo con la calificación final

obtenida en una materia o con la decisión de NO promoción adoptada para un alumno, sus padres o

tutores legales podrán solicitar por escrito la revisión de dicha calificación o decisión, en el plazo de

dos días lectivos a partir de aquel en que se produjo su comunicación.

2. La solicitud de revisión, que contendrá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad con la

calificación final o con la decisión adoptada, será tramitada a través de la Jefatura de estudios, quien la

trasladará al profesor tutor y al Equipo Docente correspondiente. Cuando el objeto de la revisión sea la

decisión de NO promoción, la solicitud se trasladará al profesor tutor del alumno, como responsable

de la coordinación de la sesión final de evaluación en que la misma ha sido adoptada.

3. En el primer día lectivo siguiente a aquel en que finalice el período de solicitud de revisión, cada

Equipo Docente procederá al estudio de las solicitudes de revisión recibidas y elaborará los

correspondientes informes que recojan la descripción de hechos y actuaciones previas que hayan

tenido lugar y la decisión adoptada de modificación o ratificación de la calificación final objeto de

revisión.

En el proceso de revisión de la calificación final obtenida en un área, los miembros del Equipo

Docente contrastarán las actuaciones seguidas en el proceso de evaluación del alumno con lo

establecido en la programación didáctica del nivel, con especial referencia a los siguientes aspectos,

que deberán recogerse en el informe:

a) Adecuación de los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables sobre

los que se ha llevado a cabo la evaluación del proceso de aprendizaje del alumno o alumna con los

recogidos en la correspondiente programación didáctica.

b) Adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación aplicados con lo señalado en la

programación didáctica.

c) Correcta aplicación de los criterios de calificación establecidos en la programación didáctica para la

superación del ámbito o materia.

El Equipo Docente correspondiente trasladará el informe elaborado a la Jefatura de estudios,

quien comunicará por escrito a los padres o tutores legales la decisión razonada de ratificación o

modificación de la calificación revisada e informará de la misma al profesor tutor haciéndole entrega

de una copia del escrito cursado.

4. A la vista del informe elaborado por el Equipo docente y en función de los criterios de promoción

establecidos con carácter general en el centro y aplicados al alumno, la Jefatura de estudios y el

profesor tutor, como coordinador del proceso de evaluación, considerarán la procedencia de reunir en

sesión de evaluación extraordinaria al equipo docente a fin de que este, en función de los nuevos datos

aportados, valore la necesidad de revisar las decisiones adoptadas.

En el acta de la sesión extraordinaria se recogerá la descripción de hechos y actuaciones

previas que hayan tenido lugar, los puntos principales de las deliberaciones del equipo docente y la

Page 36: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 35 -

ratificación o modificación de la decisión objeto de la revisión, razonada conforme a los criterios para

la promoción de los alumnos y alumnas establecidos con carácter general en el centro.

La Jefatura de estudios comunicará por escrito a los padres o tutores legales la ratificación o

modificación razonada de la decisión adoptada, lo cual pondrá término al procedimiento de revisión.

Si, tras el proceso de revisión, procediera la modificación de alguna calificación final, o bien de la

decisión de promoción adoptada, se anotará en las actas de evaluación y, en su caso, en el expediente y

en el historial académico, la oportuna diligencia que será visada por el Director del centro.

Artículo 42.- Procedimiento establecido por el centro para facilitar a las familias el acceso a

los exámenes o producciones propias.

En el procedimiento de revisión de las calificaciones finales de las áreas del curriculum o de la

no promoción de un alumno al curso o etapa educativa siguiente, los padres o tutores legales podrán

obtener, previa solicitud al Director del centro, copia de los exámenes u otros instrumentos o

producciones de evaluación escritos, que han dado lugar a la calificación correspondiente, lo que se

hará a través de registro y mediante una petición individualizada y concreta, sin que quepa realizar una

petición genérica de todos los exámenes. A la entrega del documento, el interesado deberá firmar el

recibí de su recepción, que a tal efecto dispone el Centro.

Los tutores y maestros del centro, en el desarrollo normal y fluido de comunicación con las

familias en lo relativo a las valoraciones sobre el proceso de aprendizaje de los alumnos a través de las

entrevistas individuales, podrán mostrar (que no entregar) a los padres de los alumnos tanto los

exámenes realizados, como otras producciones escritas que sean objeto de evaluación, con el fin de

propiciar las aclaraciones precisas así como la colaboración de las familias para una mayor eficacia del

propio proceso.

En este caso no será preciso la solicitud expresa al Director del centro.

Artículo 43.- Procedimiento de reclamación de las calificaciones y decisiones sobre la

promoción ante las Direcciones de Área Territorial

1. En el caso de que, tras el procedimiento de revisión en el centro, persista el desacuerdo con

la calificación final de curso obtenida en un área o con la decisión sobre la promoción adoptada por el

equipo docente, los padres o tutores legales, podrán presentar por escrito a la Dirección del centro

docente, en el plazo de dos días hábiles a partir de la última comunicación, reclamación ante las

Direcciones de Área Territoriales, la cual se tramitará por el procedimiento señalado a continuación.

2. La Dirección del centro docente, en el plazo más breve posible y en todo caso no superior a

tres días hábiles, remitirá el expediente a la Dirección de Área Territorial correspondiente. Dicho

expediente incorporará los informes elaborados en el centro, los instrumentos de evaluación que

justifiquen las informaciones acerca del proceso de evaluación del alumno, así como, en su caso, las

nuevas alegaciones del reclamante y el informe, si procede, del Director acerca de las mismas.

3. En el plazo de quince días a partir de la recepción del expediente, teniendo en cuenta la

propuesta incluida en el informe que elabore la Inspección educativa conforme a lo establecido en el

apartado siguiente, la Dirección de Área Territorial adoptará la resolución pertinente, que será

motivada en todo caso, y que se comunicará inmediatamente a la Dirección del centro para su

aplicación y traslado al interesado. La resolución de la Dirección de Área Territorial pondrá fin a la vía

administrativa.

4. La Inspección educativa analizará el expediente y las alegaciones que en él se contengan a

la vista de la programación didáctica del departamento respectivo y emitirá su informe en función de

los siguientes criterios:

Page 37: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 36 -

a) Adecuación de contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables

sobre los que se ha llevado a cabo la evaluación del proceso de aprendizaje del alumno con los

recogidos en la correspondiente programación didáctica.

b) Adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación aplicados con lo señalado

en la programación didáctica.

c) Correcta aplicación de los criterios de calificación establecidos en la programación

didáctica para la superación de la materia.

d) Cumplimiento por parte del centro de lo dispuesto en la presente Orden.

La Inspección educativa podrá solicitar la colaboración de especialistas en las materias a las

que haga referencia la reclamación para la elaboración de su informe, así como solicitar aquellos

documentos que considere pertinentes para la resolución del expediente.

5. En el caso de que la reclamación sea estimada se procederá a la correspondiente corrección

de los documentos de evaluación. A la vista de la resolución adoptada por la Dirección de Área

Territorial, se reunirá al equipo docente en sesión extraordinaria para modificar las decisiones previas

adoptadas.

Modelos de reclamación:

1.- SOLICITUD DE REVISIÓN DE CALIFICACIÓN FINAL O SOBRE LA DECISIÓN DE

NO PROMOCIÓN ANTE EL CENTRO

(PRIMERA INSTANCIA)

D/Dª____________________________________________con DNI _______________

Padre/madre/tutor del alumno______________________________________________

Matriculado en el curso_______grupo___________, y domicilio a efectos de notificación en la

calle_________________________________________________________nº________de la localidad

de____________________________ Código postal___________

EXPONE:

Que habiendo recibido con fecha_______de___________________201__comunicación sobre las

calificaciones finales, o decisión de NO promoción, y estando en desacuerdo con:

La calificación obtenida en el área de ____________________________

La decisión de NO promoción en el curso de_______________________

Por los siguientes motivos:

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

SOLICITA

Se realicen por el equipo docente las revisiones que corresponda.

En Leganés, a_____ de_______________ de 201___

(Firma del padre/madre/ representantes legales)

Sr/a Jefe de Estudios del CEIP “Joan Miró”

Page 38: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 37 -

2.- SOLICITUD DE REVISIÓN DE CALIFICACIÓN FINAL O SOBRE LA DECISIÓN DE

NO PROMOCIÓN ANTE EL CENTRO

(SEGUNDA INSTANCIA)

D/Dª ____________________________________con DNI ______________________

Padre/madre/tutor del alumno______________________________________________

Matriculado en el curso_______grupo___________, y domicilio a efectos de notificación en la

calle_____________________________________________nº______

De la localidad de_____________________________Código postal________________

EXPONE:

Que habiendo recibido con fecha_______de___________________201__ la última comunicación

sobre las calificaciones finales, o decisión de NO promoción, y estando en desacuerdo con:

La ratificación de la calificación obtenida en el área de_______________________

La ratificación en la decisión de NO promoción_____________________________

Por los siguientes motivos:

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

_______________________________________________

SOLICITA

Se eleve la presente reclamación al Director del Área Territorial de Madrid -Sur

En Leganés, a_____de____________ de 201___

(Firma del padre/madre/ representantes legales)

Sr/a Director/a del CEIP “Joan Miró”

Page 39: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 38 -

3.- COMUNICACIÓN A LA FAMILIA DE DECISIÓN DE NO PROMOCIÓN

Acta del Equipo Docente del grupo ____de Educación Primaria.

El Equipo Docente que atiende a la clase de ____ de Educación Primaria, durante el curso escolar

201_/1_. Considera necesario que el alumno/a_____________________________________________

permanezca un año más en el __º Curso de Ed. Primaria por los siguientes motivos:

□ Nivel de competencia curricular escaso para afrontar el siguiente nivel educativo.

□ Grado de madurez diferente a su edad cronológica, lo que dificultaría su aprendizaje en cursos más

elevados.

□ Desconocimiento del idioma o dificultades lingüísticas importantes.

□ Absentismo elevado o dificultades de adaptación sociocultural.

Por todo ello, el Equipo Docente propone la permanencia de un año más en el _º curso de Ed. Primaria, lo que

permitirá al alumno/a adquirir los conocimientos o capacidades que le son imprescindibles para afrontar el

siguiente nivel de una forma más adecuada.

En Leganés a de de 201_

El Tutor/a:

Fdo:

El Equipo Docente:

Fdo:

Fdo:

Fdo:

Fdo:

Fdo:

Fdo:

Fdo:

Fdo:

Vº Bº El Director:

Fdo: Lucas Selma Luna

Estimados Sr./ Sra./ Sres.:________________________________________________________

Me dirijo a Ud/Uds. como tutor/a de su hijo/a:________________________________________

para informarles que en la reunión de sesión de evaluación final mantenida el día________________en el

Centro, por el Equipo Docente que atiende a su hijo/a, se ha tomado la decisión de que el alumno/a

permanezca un año más en el --º curso de Ed. Primaria.

En Leganés, a de de 201_

Page 40: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 39 -

El Tutor/a:

Fdo:

Vº Bº El Director:

Fdo: Lucas Selma Luna

El Padre:

DNI/NIE:

Fdo.:

La Madre:

DNI/NIE:

Fdo.:

Capítulo IV: Protocolos de actuación ante familias de padres separados /divorciados.

Esta información se recoge en el reciente protocolo unificado de actuaciones entre diversas

Consejerías que afectan a la educación de los menores. (Guía informativa actuación de los centros

educativos ante los progenitores separados/divorciados que comparten la patria potestad. Área de

actuaciones administrativas)

Artículo 44. Consideraciones de carácter general:

Patria potestad: Por patria potestad debe entenderse el conjunto de facultades y deberes que

corresponden a los padres para el cumplimiento de su función de asistencia, educación y cuidado de

los menores. Se ejerce conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento

expreso o tácito del otro (artículo 154 y siguientes del Código Civil).

Guardia y custodia: La guarda y custodia es en sí misma una de las prerrogativas y deberes

de la patria potestad. Mientras que la patria potestad se refiere a la responsabilidad general, la guarda y

custodia comprende todos aquellos aspectos derivados del quehacer diario.

Con carácter general, y salvo que exista una resolución judicial que así lo acuerde de forma

expresa, la situación de separación o divorcio de los progenitores no implica privación de la patria

potestad de ninguno de ellos, de modo que ambos tienen derecho a decidir sobre todos aquellos

aspectos que afecten a la educación de sus hijos y a obtener información del centro sobre su proceso

de aprendizaje.

En caso de urgencia, o en aquellas decisiones diarias, poco transcendentes o rutinarias que en

el normal transcurrir de la vida con un menor puedan producirse, el progenitor que se encuentre en ese

momento con el hijo podrá adoptar decisiones respecto del mismo sin previa consulta. (Audiencia

provincial de Madrid, sentencia número 675/2009 de 13 de noviembre). Salvo que se tenga constancia

de una resolución judicial de separación, divorcio o nulidad matrimonial que establezca lo contrario,

en cuyo caso, habrá de atenerse a lo que estrictamente se disponga en ella. En caso de desacuerdo

expreso entre los padres sobre situaciones no restringidas por el órgano judicial, deberá decidir la

jurisdicción ordinaria.

Con carácter general, la actuación del centro se regirá por las siguientes consideraciones:

El principio de interés superior del menor se contempla como el principal principio de

actuación de las Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid que atiendan a la

infancia y la adolescencia. (Ley 6/1995, de 28 de marzo, de la Comunidad Autónoma de

Madrid.)

La actuación del personal del ámbito educativo debe ser de igualdad para ambos progenitores,

tengan o no la custodia compartida, a excepción de los siguientes supuestos:

1. Casos en los que no exista patria potestad por haber sido suspendida (habrá de comunicarse

esta circunstancia al centro educativo).

Page 41: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 40 -

2. Casos con orden de alejamiento respecto al menor.

3. Otras restricciones establecidas judicialmente.

4. La resolución judicial que establezca estas condiciones ha de ser comunicada al centro

educativo.

Las circunstancias relevantes que afectan al menor en relación a la patria potestad y a la

guardia y custodia en caso de separación o divorcio vienen establecidas en las resoluciones

judiciales pertinentes que cumplen dos requisitos básicos:

1. Están firmadas por una autoridad judicial.

2. Son de conocimiento de las partes afectadas.

Por ello no tienen carácter vinculante para las actuaciones del centro aquellos documentos que

sólo supongan solicitud de las partes o de sus abogados, dirigidas a los Juzgados o de

gabinetes de psicólogos, etc, o documentos de acuerdos que hayan sido elaborados por los

progenitores.

En ningún caso se consideran documentos relevantes para denegar la información al

progenitor no custodio; denuncias, querellas, demandas, poderes para pleitos futuros,

reclamaciones extrajudiciales de cualquier índole, o ningún otro documento que no consista en

una resolución judicial (auto, sentencia, providencia) o un acuerdo entre los padres que conste

en documento público.

Si existe, por haber intervenido ya, auto o sentencia del Juzgado o Tribunal correspondiente, el

centro atenderá a lo que allí se disponga, siempre y cuando haya sido informado.

Si existe, por haber intervenido ya, auto o sentencia del Juzgado o Tribunal correspondiente,

los progenitores están en la obligación de comunicarlo al centro a la mayor brevedad posible.

Ante un caso de separación de hecho y en caso de ausencia de documento judicial o acuerdo

que conste fehacientemente se mantendrá la situación preexistente al conflicto hasta que la

cuestión sea resuelta por la autoridad judicial. No se denegará en tal caso la información salvo

que un progenitor aporte una resolución judicial o un acuerdo fehaciente en distinto sentido.

En cualquier situación, ambos progenitores tienen derecho a recibir información escrita, a

hablar y reunirse con los tutores y a recibir información verbal de por parte del centro.

No se emitirán informes por escrito distintos de los documentos oficiales, salvo por orden

judicial, en cuyo caso se emitirán con plena veracidad e independencia.

En ningún caso se dará información a terceros, aunque estos sean abogados de uno de los

padres, salvo que hayan sido designados como sus representantes legales.

Por lo tanto, si esta información es solicitada por el abogado de una de los progenitores deberá

acompañar a su petición escrita una copia del poder de representación otorgado por el

progenitor/a representado/a.

Si la última resolución judicial o acuerdo fehaciente que conste contiene disposiciones al

efecto, la actuación del centro se atendrá al tenor literal de aquellas.

Cuando el centro educativo tenga constancia de la existencia de una resolución judicial

incoando diligencias penales contra uno de los progenitores por atentar contra la vida, la

integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro

progenitor o de los hijos que convivan con ambos, no se facilitará información ni

comunicación alguna con el menor dentro de la jornada escolar ni en los momentos en que el

menor esté bajo la custodia del centro.

No se emitirán informes por escrito con contenido distinto al oficialmente previsto derivados

del desarrollo de las competencias educativas, salvo que se exija por orden judicial, en cuyo

caso se emitirán con plena veracidad e independencia. En ningún caso se dará información a

terceros, aunque estos sean abogados de uno de los padres, salvo que hayan sido designados

como sus representantes legales.

La información y documentación de carácter académico sobre el menor se facilitará

exclusivamente a los padres, jueces y fiscales, pues incluyen datos referentes a la intimidad de

sus hijos a los que solo tienen acceso los padres. Por lo tanto, si esta información es solicitada

por el abogado de una de los progenitores deberá acompañar a su petición escrita una copia

del poder de representación otorgado por el progenitor/a representado/a.

Page 42: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 41 -

No se emitirán informes por escrito con contenido distinto al oficialmente previsto, salvo que

se exija por orden judicial, en cuyo caso se emitirán con plena veracidad e independencia.

En el caso de que los progenitores a lo largo del curso no lleguen a alcanzar acuerdos y no

sometan sus discrepancias a decisión judicial, si a juicio del equipo directivo y docente, estas

desavenencias constantes pudieran perjudicar la integración social y educativa del menor, la

Dirección del Centro podrá poner los hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal quien está

legitimado para plantear el incidente ante el Juez, único competente para resolver este tipo de

conflictos (art.156 y 158 Código Civil y 749.2 Ley Enjuiciamiento Civil).

Salvo que exista una resolución judicial expresa, el progenitor que tiene que recoger a los

menores puede delegar en otra persona la recogida y el otro progenitor no puede negarse

siempre y cuando haya sido informado de ello. Sólo un motivo real de peligro para el menor

podría justificar la negativa de entrega a persona distinta del progenitor. La negativa a entregar

a los menores podría ser objeto de denuncia, ya que se está obstaculizando la relación de los

menores con aquel progenitor. Conviene disponer de un listado de personas autorizadas por

los progenitores para recoger al alumno/a. En el Centro se harán constar los teléfonos de

contacto de los progenitores o personas autorizadas a recogerlos.

Estas orientaciones resultan igualmente de aplicación a los supuestos en los que los padres de

los alumnos no formen parte de la misma unidad familiar y no haya existido previamente

vínculo matrimonial entre ellos o se ha producido la nulidad del matrimonio.

Artículo 45. Protocolos de actuación:

Escolarización:

El centro docente atenderá la solicitud presentada en tiempo y forma (consentida mediante

firma de ambos progenitores) por el progenitor que ejerza la guarda y custodia y con el que conviva el

menor habitualmente. El menor será escolarizado en dicho centro docente. En caso de no ser admitido,

en el que tenga plaza como resultado del correspondiente procedimiento de admisión.

En caso de que al tomar la decisión de escolarización (nuevo ingreso o traslados de matrícula),

no exista sentencia judicial que se pronuncie al respecto se deberá exigir a los progenitores la prueba

documental del estado civil que aleguen, de la patria potestad y de la guarda y custodia.

Así cautelarmente y mientras decide la autoridad judicial, la Administración Autonómica

tendrá que escolarizar al menor en el centro docente que en tiempo y forma haya solicitado el padre o

la madre que tenga atribuida su guarda y custodia y con quien conviva el menor habitualmente. En

cualquier otro caso en que no se deba adoptar una decisión inmediata por imperativo legal y en interés

del menor, la Administración educativa se abstendrá hasta que se pronuncie la autoridad judicial.

Proceso de admisión ordinario y extraordinario:

Mientras el alumno sea menor de edad, salvo que uno de los progenitores tenga retirada la

patria potestad por sentencia judicial, el centro está obligado por la legislación vigente a contar

con el consentimiento de ambos en los procesos de admisión por incorporación al sistema

educativo o cambio de centro.

No basta el consentimiento tácito del progenitor no custodio. Ha de haber conocimiento y

consentimiento expreso y por escrito de los dos progenitores.

Si alguna instancia no ha sido firmada por ambos progenitores, la Administración Educativa, a

través de quien ostente la representación de la misma en el proceso concreto, solicitará la

subsanación por escrito. De no efectuarse dicha subsanación se procederá de la siguiente

forma:

Como regla general deberá esperarse a que la cuestión se resuelva por la autoridad judicial

competente u órgano mediador. Si la decisión no admite espera, fundamentalmente en casos

de escolaridad obligatoria, se procederá a la asignación de plaza y matriculación amparándose

en el artículo 13.2. de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del

Menor, a saber: “Cualquier persona o autoridad que tenga conocimiento de que un menor no

está escolarizado o no asiste al centro escolar de forma habitual y sin justificación, durante el

Page 43: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 42 -

período obligatorio, deberá ponerlo en conocimiento de las autoridades públicas competentes,

que adoptarán las medidas necesarias para su escolarización.

Como medida garantista, en el caso de acogerse a lo establecido en el punto anterior, se

exigirá al progenitor una declaración jurada en la que se especifique el motivo por el que no se

puede contar con la firma del progenitor ausente, el compromiso de informar a dicho

progenitor de las actuaciones realizadas y al centro educativo en el que se encuentra

escolarizado su hijo/a, así como a facilitar datos de contacto del progenitor ausente al centro

educativo en el que el alumno/a se vaya a matricular, siempre y cuando no resulte imposible

su cumplimiento porque haya circunstancias que lo impidan.

Proceso de matriculación:

La matriculación del alumno debe realizarse con datos de ambos progenitores. Debe exigirse

al progenitor que realiza este trámite.

La matriculación ha de contar con la autorización de ambos progenitores. En caso contrario,

deberemos remitirnos a lo especificado en el punto anterior.

En la matriculación del alumno, los padres que requieran del centro una actuación diferente

por haberse producido una situación de separación o divorcio de éstos, deberán de hacer

constar esta circunstancia para que el Centro tome las medidas oportunas. Se exigirá la

aportación de la resolución judicial correspondiente y se recordará que se debe mantener

informado al Centro escolar de las incidencias en el ámbito judicial que modifiquen o alteren

la situación legal.

Se harán constar los teléfonos de contacto tanto del Centro como de los progenitores o

personas autorizadas a recoger al alumno.

Información al progenitor que no ejerce la guarda y custodia:

Cualquier petición de información sobre el proceso de enseñanza-aprendizaje del menor

requerirá que se haga por escrito, acompañando, en todo caso, de una copia fehaciente de la última

sentencia o auto con la medidas, provisionales o definitivas, que regulen las relaciones familiares con

posterioridad al divorcio, separación, nulidad o ruptura del vínculo afectivo.

Si el documento judicial contuviera pronunciamiento concreto al respecto, se estará al

contenido exacto de lo dispuesto por el juez o tribunal que lo dicta.

Si en el fallo de la sentencia o en la resolución judicial que exista no hubiera declaración sobre el

particular, el centro deberá remitir información al progenitor que no tiene encomendada la guarda y

custodia, siempre que no haya sido privado de la patria potestad, en cuyo caso no le entregarán

documento alguno ni le darán información, salvo por orden judicial.

Procedimiento a seguir para informar al progenitor que no ejerce la guarda y custodia:

Recibida la petición de información en los términos indicados anteriormente, se comunicará al

padre o madre que ejerza la custodia de la petición recibida, concediéndole un plazo de diez

días hábiles para que pueda formular las alegaciones que considere pertinentes. Se le indicará

que puede solicitar el trámite de vista y audiencia en relación con la sentencia o documento

judicial aportado por el otro progenitor para contrastar que es el último emitido y por ello el

vigente.

El centro siempre deberá respetar lo que establezca la sentencia judicial. En caso de

transcurrido dicho plazo sin que se hayan formulado alegaciones, o cuando las mismas no

aporten nuevos contenidos que aconsejen variar el procedimiento que se establece en el

presente protocolo, el centro procederá a partir de entonces a remitir simultáneamente a ambos

progenitores la información que soliciten sobre la evolución escolar del alumnado.

En el caso de que con posterioridad se aporten nuevos documentos judiciales que modifiquen

las decisiones anteriores en lo referente a la guarda y custodia o la patria potestad, se

procederá tal y como ha quedado expuesto en los dos apartados anteriores.

Page 44: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 43 -

Derecho de información de los progenitores:

Quienes ostenten la patria potestad tienen derecho a estar informados del proceso de

aprendizaje de sus hijos. Por lo tanto el Centro está obligado a garantizar la duplicidad de la

información relativa al proceso educativo de los menores, una vez se haya seguido el

procedimiento que se refleja a continuación.

En casos de guarda y custodia no compartida, el padre o la madre no custodio deberá solicitar

esta información por escrito al centro, acompañando a esta solicitud, si el centro no cuenta con

ella, de copia fehaciente de la resolución judicial en la que se recoja que se ostenta la patria

potestad.

De la solicitud de información se deberá dar traslado al otro progenitor para que en el plazo de

diez días aporte las alegaciones que estime convenientes. En ningún caso deberán tomarse en

consideración demandas, querellas, reclamaciones extrajudiciales o denuncias sobre las que no

se haya emitido una resolución judicial.

Transcurrido este plazo sin que se presenten alegaciones, o presentadas si no modifican el

ejercicio de la patria potestad, se dará información al padre solicitante del proceso de

aprendizaje de sus hijos.

No obstante lo anterior, en caso de no demostrarse la pérdida de la patria potestad, los

progenitores no perderán el derecho a la información siempre y cuando no se aporte

resolución judicial que lo restrinja.

Solicitud y facilitación de información de los resultados de la evaluación a padres separados:

a) Procedimiento normal (tengan o no la custodia compartida):

El padre o madre realizará su solicitud por escrito al centro, acompañando copia fehaciente de

la sentencia.

De la solicitud y de la copia aportada se da comunicación al progenitor que tiene bajo su

custodia al niño, al único fin de que en su caso pueda aportar una resolución judicial posterior,

en un plazo de diez días hábiles. Se le informará de su derecho a aportar todos los documentos

que estime conveniente y las alegaciones que, a su juicio, implican la falta del derecho a ser

informado del cónyuge o progenitor solicitante.

Si la última resolución aportada no establece privación de la patria potestad o algún tipo de

medida penal de prohibición de comunicación con el/la menor, a partir de ese momento el

centro duplicará los documentos relativos a las evoluciones académicas del menor afectado.

En todo caso, en la primera comunicación de información se emitirá por parte del centro un

documento en que se haga constar que este régimen se mantendrá en tanto ninguno de los dos

progenitores aporte datos relevantes que consten en sentencias o acuerdos fehacientes

posteriores.

El derecho a recibir información escrita incluirá el derecho a hablar y reunirse con los tutores

y a recibir información verbal.

En ningún caso se consideran documentos relevantes para denegar la información al

progenitor no custodio denuncias, querellas, demandas, poderes para pleitos futuros,

reclamaciones extrajudiciales de cualquier índole, o ningún otro documento que no consista en

una resolución judicial (auto, sentencia, providencia) o un acuerdo entre los padres que conste

en documento público.

La información de cualquier índole sólo se facilitará a los padres o a los jueces y tribunales,

salvo orden judicial en contrario, pues se entiende que las notas incluyen datos referentes a la

intimidad de sus hijos a los que sólo tienen acceso los interesados, es decir, los padres.

b) Casos especiales:

En casos de separación de hecho, el mismo trato que recibe la sentencia lo tendrá el acuerdo al

que lleguen los cónyuges sobre estos extremos que conste en documento público.

En casos de separaciones de hecho sin resolución judicial o acuerdo que conste

fehacientemente se seguirá el mismo procedimiento, y no se denegará la información salvo

que un progenitor aporte una resolución judicial o un acuerdo fehaciente en distinto sentido.

No se emitirán informes por escrito distintos de los documentos oficiales, salvo por orden

judicial, en cuyo caso se emitirán con plena veracidad e independencia.

Page 45: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 44 -

Si la última resolución judicial o acuerdo fehaciente que conste contiene disposiciones al

efecto, la actuación del centro se atendrá al tenor literal de aquellas.

Comunicación con las familias dentro del horario escolar

El artículo 160 del Código Civil menciona que “los progenitores, aunque no ejerzan la patria

potestad, tienen el derecho de relacionarse con sus hijos menores, excepto con los adoptados por otro o

conforme a lo dispuesto en la resolución judicial”. “No podrán impedirse sin justa causa las relaciones

personales del menor con sus abuelos y otros parientes y allegados”. Por lo tanto, salvo resolución

judicial que prohíba aproximarse o comunicarse con el menor adoptada en procedimiento penal, o

mediando una resolución judicial por la que se prive de la patria potestad y siempre que le conste al

centro, el régimen de comunicaciones entre los padres y el menor en horario escolar se producirá en la

forma que ordinariamente se produzca en el centro, de acuerdo con sus Normas de Convivencia,

Organización y Funcionamiento.

Relación de los progenitores con sus hijos durante y al finalizar el horario lectivo:

Con carácter general no se facilitará comunicación alguna con el menor dentro de la jornada

escolar ni en los momentos en que el menor esté bajo la custodia del centro, a no ser que las

circunstancias o resoluciones judiciales expresas aconsejen lo contrario.

Salvo que exista resolución judicial expresa, el progenitor que tiene que recoger a los menores

puede delegar en otra persona la recogida, no pudiendo negarse a ello el otro progenitor. La

negativa a entregar a los menores podría ser objeto de denuncia. En todo caso el centro deberá

aplicar los protocolos que se utilicen con otras familias, y que generalmente consisten en

autorización firmada para delegar la recogida.

Toma de decisiones de especial relevancia ante discrepancias de los progenitores

En casos de decisiones en las que no exista sentencia judicial que se pronuncie en temas como

la opcionalidad de asignaturas que afecten a la formación religiosa o moral, autorizaciones para

campamentos o viajes de larga duración fuera de la jornada lectiva, escolarización (nuevo ingreso o

traslados de matrícula), actividades extraescolares de larga duración fuera de la jornada lectiva y en

general cualquier decisión que se salga naturalmente de las decisiones ordinarias, habrán de ser

estudiadas detenidamente las circunstancias y alegaciones; y se deberá exigir a los progenitores la

prueba documental del estado civil que aleguen, de la patria potestad y de la guarda y custodia.

Si no hay constancia de que la cuestión haya sido sometida por cualquiera de los progenitores

a decisión judicial, se podrán poner los hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal quien, como

garante de los derechos del menor (artículos 158 del C.Civil y 749.2 LECivil), está legitimado para

plantear el incidente ante el juez ordinario, único competente para resolver el conflicto, según el

artículo 156 del C. Civil.

Como regla general, la Administración educativa tendrá que esperar a que la cuestión se

resuelva por la autoridad judicial competente. No obstante, puede darse el caso de que la decisión no

pueda ser postergada hasta entonces porque la Administración viene legalmente obligada a decidir

(por ejemplo cuando la escolarización es obligatoria, artículo 14.2 de la Ley 5/2014, de 9 de octubre,

de Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha). La enseñanza

básica (Primaria y ESO) es obligatoria, según la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación

(artículo 4). Sólo en tal caso se debe resolver, según impone el artículo 14 de la Ley Orgánica 1/1996,

de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor: “Las autoridades y servicios públicos tienen

obligación de prestar la atención inmediata que precise cualquier menor, de actuar si corresponde a su

ámbito de competencias o de dar traslado en otro caso al órgano competente y de poner los hechos en

conocimiento de los representantes legales del menor, o cuando sea necesario, del Ministerio Fiscal.”

Page 46: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 45 -

Artículo 46. Decisiones e Informaciones:

Decisiones del ámbito educativo que deban contar con la autorización de ambos progenitores.

La solicitud en el procedimiento de admisión en centros docentes.

La matrícula o la baja del alumno/a en el centro.

La solicitud de certificado de traslado.

La elección de la formación religiosa o moral.

Las actividades extraescolares o viajes de larga duración fuera de la jornada lectiva.

La elección de modalidad o cambio de asignaturas de carácter optativo.

El cambio de modalidad educativa en el caso de alta o baja en el programa de Necesidades

Educativas Específicas.

En el caso de falta de acuerdo de las partes, y en aquellos supuestos en los que no se deba

adoptar una decisión inmediata por imperativo legal o en interés del menor, el centro educativo se

abstendrá hasta que se pronuncie la autoridad judicial u órgano competente. El centro podrá también,

en su caso, si la falta de acuerdo está provocando una grave alteración en la vida escolar del menor, y

si no se tiene constancia de que los progenitores hayan sometido sus desavenencias a la autoridad

judicial, poner los hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal.

Informaciones que deben darse a ambos progenitores:

Calificaciones escolares, finales y trimestrales.

Convocatorias trimestrales generales e individuales a reuniones de tutoría.

Calendario escolar, programa de actividades complementarias y extraescolares.

Urgencias médicas de carácter grave acaecidas al alumno en horario escolar.

Ausencias, y su carácter de justificadas o no para el centro, en la forma en que tenga

establecido el centro con carácter general.

Inscripción en el servicio de comedor y/o transporte.

Menú del comedor escolar.

Calendario de elecciones al Consejo Escolar.

TÍTULO CUARTO: LOS RECURSOS HUMANOS:

DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

CAPÍTULO I: DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS/AS:

Artículo 47.

DERECHOS DE LOS ALUMNOS/AS:

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 732/1995 en su título II, artículos 10 al 19,

artículos 23 y 24 y artículos 26 al 33:

1. Todos los miembros de la comunidad Educativa están obligados al respeto de los derechos que

se establecen en el R.D. 732/1995.

2. El ejercicio de sus derechos por parte de los alumnos implicará el reconocimiento y respeto de

los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.

3. Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su

personalidad.

4. El pleno desarrollo de la personalidad del alumno exige una jornada de trabajo escolar

acomodada a su edad y una planificación equilibrada de sus necesidades.

5. Todos los alumnos tienen derecho a las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles

de enseñanza.

6. La igualdad de oportunidades se promoverá mediante:

Page 47: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 46 -

- La no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel

social, morales o religiosos, así como por discapacidades físicas, sensoriales y

psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

- El establecimiento de medidas compensatorias que garanticen la igualdad real y

efectiva de oportunidades

7. El centro desarrollará las iniciativas que eviten la discriminación del alumno, pondrán especial

atención en el respeto a las normas de convivencia y establecerán planes de acción positiva

para garantizar la plena integración de todo el alumnado en el centro.

8. El alumnado tiene derecho a que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad.

LOMCE: Decreto 89/2014 de 24 de julio por el que se establece para la Comunidad de Madrid el

curriculum de la Ed. Primaria: Art.- 9, Pto.- 4.- “Se garanatizará el derecho de los alumnos a una

evaluación objetiva y a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos

con objetividad, para lo que se establecerán los oportunos procedimientos”.

Para garantizar este derecho se establecen las siguientes medidas:

- Concretar en el Proyecto Educativo a través de las Programaciones Didácticas, los

criterios y procedimientos de evaluación, calificación y corrección que se van a aplicar

para la evaluación de los aprendizajes y la promoción del alumnado, de las diferentes

áreas de conocimiento que conforman el curriculum de la Ed. Priamria y de los

diferentes ámbitos de la evaluación.

- Estos criterios y procedimientos de evaluación, calificación y corrección, serán

informados por los maestros tutores a las familias de sus alumnos en la primera reunión

general de padres del curso.

- Los tutores/as y profesores/as mantendrán una comunicación fluida con los/las

alumnos/as y sus padres y madres en lo relativo a la valoración del aprovechamiento

académico del alumnado y la marcha de su proceso de aprendizaje, así como acerca de

las decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso.

- Cuando fruto del proceso de evaluación el Equipo Docente de un alumno determine la

No promoción de este al curso o etapa educativa siguiente, la familia será informada

por parte del maestro tutor en entrevista individual, quedando constancia escrita de este

hecho. Para ello el maestro tutor utilizará el modelo establecido por el centro para ello.

- El alumnado o sus padres/madres/tutores podrán reclamar contra las decisiones y

calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten al finalizar un

curso de acuerdo con la normativa vigente. Para ello la familia utilizará el modelo

establecido por el centro para ello. Este escrito será dirigido al Director del centro en

primera instancia y al Director del Área Territorial en segunda instancia.

9. El alumnado tiene derecho a recibir orientación escolar y profesional para conseguir el

máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones e

intereses.

10. De manera especial se cuidará la orientación escolar y profesional de los alumnos/as con

discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas o con carencias sociales o culturales y en este

sentido, el centro desarrollará las medidas compensatorias necesarias para garantizar la

igualdad de oportunidades en esta materia.

11. El alumnado tiene derecho a que su actividad académica se desarrolle en las debidas

condiciones de seguridad e higiene.

12. El alumnado tiene derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones

religiosas, morales e ideológicas, así como la intimidad en lo que respeta a tales creencias o

convicciones. Para garantizar este derecho se establecen las siguientes medidas:

- La información antes de formalizar la matrícula, sobre el Proyecto Educativo y sobre el

carácter propio del centro.

- El fomento de la capacidad y actitud crítica del alumnado que posibilite a los mismos la

realización de opciones de conciencia en libertad.

Page 48: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 47 -

- La elección por parte de lo padres/madres o tutores/as de los alumnos, de la formación

religiosa o alternativa a las mismas que resulte acorde con sus creencias o convicciones,

sin que de esta elección pueda derivarse discriminación alguna.

13. El alumnado tiene derecho a que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal,

no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes, por ningún miembro

de la Comunidad Educativa: alumnos/as, familias, profesores/as…

14. El centro docente está obligado a guardar reserva sobre toda aquella información de que

disponga acerca de las circunstancias personales y familiares del alumno. No obstante, el centro

comunicará a la autoridad competente las circunstancias que puedan implicar malos tratos para

el alumno/a o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos por la ley de

protección de menores.

15. El alumnado tiene derecho a la libertad de expresión sin perjuicio de los derechos de todos los

miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con

los principios y derechos constitucionales.

16. Los alumnos/as, o sus padres o tutores legales, tienen derecho a manifestar su discrepancia con

corrección y respeto, tanto a la persona como a la figura docente, respecto a las decisiones

educativas que les afecten. Ante una situación de conflicto se establece que, la familia debe

acudir en primer lugar al profesor afectado, solicitando entrevista individual mediante la

agenda escolar del alumno. En segundo lugar, al tutor, después a Jefatura de Estudios y por

último a la Dirección del Centro.

17. El alumnado podrá reunirse en el centro docente, en los términos previstos por la legislación

vigente, para actividades de carácter escolar y extraescolar que forman parte del proyecto

educativo del centro, así como para aquellas otras a las que pueda atribuirse una finalidad

educativa o formativa. A fin de salvaguardar la necesaria normalidad de las actividades

docentes, el programa anual de actividades de estas características será conocido, a principio de

curso por el Jefe de estudios consultándose e informándose de cualquier modificación de dicho

programa durante el curso.

18. El alumnado tiene derecho a percibir las ayudas precisas para compensar posibles carencias de

tipo familiar, económico y sociocultural, siempre a tenor de legislación vigente. Los alumnos

forzados a un traslado obligatorio del lugar de residencia habitual recibirán asimismo especial

atención.

19. En las condiciones económicas y académicas que se establezcan, los alumnos que padezcan

infortunio familiar tendrán la protección social oportuna para que aquél no determine la

imposibilidad de continuar y finalizar los estudios que se encuentren cursando, en las

condiciones que se establecen en el artículo32 del Real Decreto 732/1995.

20. Cuando no se respeten los derechos de los alumnos, o cuando cualquier miembro de la

comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de dichos derechos, el órgano competente del

centro adoptará las medidas que procedan conforme a lo dispuesto en la legislación vigente,

previa audiencia de los interesados y consulta, en su caso, al Consejo Escolar del Centro.

21. El ejercicio de estos derechos se ajustará a lo establecido al respecto en el Decreto 136/2002,

de 25 de julio, por el que se establece el marco regulador de las Normas de Convivencia en los

Centros Docentes de la comunidad de Madrid.

Artículo 48.

DEBERES DE LOS ALUMNOS/AS:

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 732/1995, en su Título III, artículo 35 al 40:

El estudio es un deber básico. Los alumnos/as deben asistir a clase con puntualidad.

Se concreta en las siguientes obligaciones:

Acudir a clase con el material necesario para el buen desarrollo de las actividades.

Cumplir y respetar los horarios de centro y el establecido para el desarrollo de las actividades

debiendo aportar justificación por escrito de sus padres, el mismo día de su incorporación, de

las faltas de asistencia, así como de la necesidad de ausentarse del centro y/o comedor antes de

la hora de la salida.

Page 49: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 48 -

A este respecto, así mismo, habrá de observarse la normativa vigente sobre absentismo.

Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.

En las aulas y demás dependencias de actividad docente, se mantendrá orden, respeto y

compostura. Se guardará un relativo silencio, evitando gritos y ruidos o cualquier actitud que

perturbe la concentración y el trabajo en general.

Los alumnos/as se acostumbrarán a pedir turno para hablar en clase, desde los primeros

niveles.

Asimismo se habituarán a pedir permiso antes de entrar a las clases una vez comenzada la

actividad, así como a no salir sin autorización del profesor.

El alumno/a tiene el deber de respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y

morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad

educativa.

El alumno/a tiene el deber de no discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por

razón de nacimiento, raza, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social (art.37

Real Decreto 732/1995).

El alumno/a tiene el deber de respetar el Proyecto Educativo o el carácter propio del centro, de

acuerdo con la legislación vigente. (Art. 38 Real decreto 732/1995).

Podrán corregirse, de acuerdo con lo dispuestos en este título, los actos contrarios a la normas

de convivencia del centro realizados por los alumnos en el recinto escolar o durante la realización de

actividades extraescolares y complementarias. Igualmente podrán corregirse las actuaciones del

alumno que, aunque realizadas fuera del recinto escolar, estén motivadas o directamente relacionadas

con la vida escolar y afecten a sus compañeros o a otros miembros de la comunidad educativa (Art.46

Real Decreto 732/1995).

CAPÍTULO II: DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESORES/AS.

Artículo 49.

DERECHOS DE LOS PROFESORES/AS:

1.-Aquellos que la legislación vigente les otorga (Constitución, Estatuto de los trabajadores/as,

RR.DD)

2.-Autonomía pedagógica en el marco de la Constitución, de las Leyes vigentes y del Proyecto

Educativo de Centro.

3.- Intervenir en la gestión del Centro, a través de los órganos establecidos al efecto.

4.-Reunirse en las dependencias del Centro, siempre que no perturbe el normal funcionamiento de

las actividades docentes, previa comunicación al Director/a y, en su caso, de acuerdo con lo que

disponga la legislación vigente.

5.-Convocar a los padres/madres o tutores/as legales de sus alumnos/as individualmente o en

conjunto para tratar asuntos relacionados con los mismos/as. Cuando la reunión sea colectiva, deberán

ponerlo en conocimiento del Jefe/a de Estudios con antelación.

6.-Organizarse de la manera que crea más conveniente para defender sus derechos laborales

reconocidos en la Constitución, pudiendo solicitar para ello, el apoyo de otros componentes y sectores

de la Comunidad Educativa.

7.-Exponer a los órganos de Gobierno del Centro y a la Administración las sugerencias, ideas y

problemas que consideren convenientes, así como a solicitar ante los mismos, apoyo y ayuda para

actividades que tengan como objetivo la mejora de su capacidad profesional individual y/o colectiva.

8.- Formar parte del Claustro de profesores/as del Centro.

9.- Promover y solicitar convocatorias del Claustro, según lo establecido en el R.D. 82/1996 al

respecto: solicitud de 1/3, al menos, de los componentes del mismo.

10.-Ser atendido/a, en la medida de las posibilidades del Centro, en aquellas necesidades de medios

y materiales que persigan una mejor calidad de la enseñanza.

11.-Utilizar los recursos pedagógicos disponibles en el Centro y a solicitar aquellos que estime

necesarios.

Page 50: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 49 -

12.- Renovarse y perfeccionarse profesionalmente dentro del Centro, siempre que sea posible la

organización de las actividades programadas para tal fin.

13.-Participar activamente en el desarrollo de todas las iniciativas y actividades del Centro, de

acuerdo con sus competencias.

14.-Ser tratado/a en todo momento con dignidad y respeto de su integridad física y psicológica por

todos los miembros de la Comunidad Educativa: alumnos/as, familias, profesores/as…

15.-Ser informado/a por sus representantes de los acuerdos adoptados en los Órganos Colegiados.

16.-Ser informado/a de cuantas comunicaciones, incidencias,… se reciban y que les afecten laboral

y profesionalmente.

17.-Participar como electores/as y elegibles en los Órganos Colegiados de Gobierno del Centro.

18.-Ser escuchado/a por el Consejo Escolar, siempre que se trate de algún tema relacionado con

él/ella.

20.-Estar protegido/a y cubierto/a de cualquier responsabilidad civil por accidentes involuntarios.

21.-Ejercer el derecho a la huelga.

22.-Cualquier otro que la legislación presente o futura le otorgue o pueda otorgar, en función de su

calidad profesional, laboral y/o civil.

Artículo 50.

DEBERES DE LOS PROFESORES/AS:

1. Asistir puntualmente al Centro, a las clases y a las reuniones.

2. Comunicar con antelación al Director/a cuando por cualquier motivo justificado, se tenga

prevista la NO asistencia, sin esperar a ser requeridos/as por aquel/la.

3. Asistir puntualmente a las reuniones de Claustros, Ciclo, Comisiones, sesiones de evaluación,

etc, A los que esté adscrito/a.

4. Tomar parte en la vigilancia de los recreos, según el calendario previamente establecido.

5. Participar en la Organización del Centro: elaboración y revisión de los distintos documentos

prescriptitos del mismo.

6. Programar su materia, preparar sus clases, coordinarse con los demás compañeros/as de nivel

y ciclo, siguiendo las directrices del Proyecto Educativo y de la Programación General Anual

(PGA) y programas oficiales.

7. Adaptar y desarrollar los programas escolares de acuerdo con las condiciones particulares de

su clase y su alumnado.

8. Dirigir la formación integral y armónica de la personalidad del alumnado.

9. Prestar atención y apoyo a los alumnos/as con su presencia continuada en el desarrollo de las

actividades.

10. Cumplimentar los documentos académicos de sus alumnos/a de su tutoría.

11. Llevar a cabo una evaluación inicial, así como continua, notificando a las familias los

resultados de las mismas, respetando las fechas establecidas al efecto.

12. Mantener y fomentar la relación directa con las familias de los alumnos/as, informándoles de

todos los aspectos, cuando se considere necesario, relacionados con las actividades docentes y

extraescolares. Atender a sus sugerencias y reclamaciones que siempre han de ser expuestas y

tratadas con respeto mutuo.

13. Citar y recibir de forma colectiva y/o individual a los padres/madres en las reuniones que

establezca la Programación General Anual (PGA) y demás reglamentación.

14. Desarrollar y aplicar los planes, tanto de acción tutorial como curriculares, elaborados por los

distintos Equipos Docentes.

15. Conocer puntualmente la falta de asistencia a clase de sus alumnos/as y, dentro de lo posible,

las causas, informando a Jefatura de Estudios tanto de las faltes como de las demás

incidencias destacables.

Asimismo, deberán observarse las normas vigentes sobre absentismo, efectuando las acciones

y comunicaciones a las familias siempre que sea preciso.

16. Aceptar la elección como miembro de un Órgano Colegiado al que se haya presentado

voluntariamente, informando sobre los acuerdos de dicho Órgano.

Page 51: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 50 -

17. Desempeñar adecuadamente los cargos para los que haya sido designado/a.

18. Cuidar con responsabilidad de la convivencia, tanto en el aula como en el resto de las

dependencias y espacios del Centro. Ante cualquier situación referida a las normas de

convivencia, aplicar lo establecido en el Pan de Convivencia y en las Normas de

Organización, Funcionamiento y convivencia, así como la normativa vigente establecida al

respecto.

19. No hacer uso particular o privado del teléfono móvil durante el tiempo lectivo.

20. Impartir una enseñanza objetiva, sin dogmatismo ni adoctrinamientos, que contemple al niño/a

como el centro del Sistema Educativo.

21. Respetar la libertad de expresión de la Comunidad Educativa, recogiendo sus opiniones,

propuestas o reclamaciones para trasladarlas a quien corresponda.

22. Cumplir y hacer cumplir, en la medida que le incumbe, las normas fijadas en este Reglamento

de Régimen Interior.

23. Cualquier otro que la Legislación presente o futura establezca o pueda establecer, en función

de su calidad profesional, laboral y/o civil.

CAPÍTULO III: DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES/MADRES Y/O TUTORES

LEGALES.

Los padres/madres y /o tutores legales son los primeros responsables de la educación de sus

hijos/as. De aquí se desprenden sus derechos y obligaciones para con el centro.

Artículo 51.

DERECHOS DE LOS PADRES/MADRES Y/O TUTORES LEGALES:

1.- Participar en la gestión y organización del centro a través de sus Órganos Colegiados y de la

Asociación de Madres y Padres de Alumnos/as (AMPA), según la normativa vigente.

2.- Constituir Asociaciones de Padres/Madres, libremente y asociarse a las mismas.

3.- Presentar propuestas o recursos al Órgano de Gobierno Unipersonal o Colegiado (Consejo

Escolar,…) que corresponda en cada caso, siguiendo el protocolo correspondiente.

4.- Informarse de lo tratado en las reuniones del Consejo Escolar y de las decisiones a través de sus

representantes.

5.- A que sus hijos/as reciban una educación integral tal y como está definida en este Proyecto

Educativo y, en concreto a una enseñanza de acuerdo con la Constitución Española y la Legislación

vigente.

6.- Conocer el funcionamiento del Centro e informaciones que les competan que estén reflejadas en

el Proyecto Educativo (PE) y en la Programación General Anual (PGA).

7.- Ser informados/as de lo concerniente a la educación y comportamiento de sus hijos/as.

8.- Ser recibidos/as por los profesores/as (tutor/a y/o especialistas,) por el Jefe/a de Estudios y/o por

el Director/a, siguiendo y respetando los cauces establecidos al respeto para intercambiar información.

9.- Participar en las Asambleas de padres/madres que se convoquen en el Centro.

10.- Ser informados/as por el tutor/a o el Equipo Directivo, en caso de que sus hijos/as sufran algún

accidente o indisposición durante el tiempo escolar.

11.- Elegir o no la educación religiosa de sus hijos/as, según se contemple al efecto en la normativa

presente o futura.

12.- Cualquier otro que le otorgue, o pueda otorgarle, la legislación vigente o futura.

Artículo 52.

DEBERES DE LOS PADRES/MADRES Y/O TUTORES LEGALES:

1.- Comunicar al tutor/a en primer lugar y al Equipo Directivo, si lo estima necesario, aquellas

peculiaridades de sus hijos/as, a fin de ayudar a una mejor atención y comprensión del alumnado/a.

Page 52: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 51 -

2.- Aportar la documentación médica necesaria en caso de solicitar la exención total o parcial en las

actividades del área de Educación Física.

3.- Informar a la Jefatura de Estudios del Centro sobre las posibles deficiencias, psíquicas,

sensoriales o enfermedades infecto-contagiosas de sus hijos/as y colaborar con el Centro en la

adopción de las medidas pertinentes.

4.- Mantener una reunión informativa con la Dirección y el Tutor/a, siempre que sea posible, antes

de la incorporación inicial al Centro de los alumnos/as de Educación Infantil del Nivel de 3 años.

5.- Facilitar los números de teléfonos necesarios para poder ser localizados de inmediato, en caso de

necesidad.

6.- Proporcionar a su hijo/a el material escolar que, a juicio del profesor/a, sea necesario para la

realización de actividades escolares.

7.- Hacerse cargo de los desperfectos o roturas causadas por sus hijos/as dentro del recinto escolar,

siempre que exista intencionalidad.

8.- Personarse en el centro cuando, por cualquier motivo relacionado con sus hijos/as, sean

requeridos, bien por Profesores/as, Equipo Directivo, E.O.E.P. (Equipo de Orientación Educativa

Psicopedagógico), Consejo Escolar u otra entidad relacionada con el ámbito educativo.

9.- Controlar que sus hijos/as acudan todos los días al colegio con puntualidad, con ropa adecuada y

en perfecto estado de higiene, aseo y descanso suficiente.

10.- Justificar por escrito las faltas de asistencia, así como retrasos y ausencias en horario lectivo.

11.- Preocuparse de estar informados/as sobre el rendimiento académico, el desarrollo personal y las

relaciones de sus hijos/as en el Centro.

12.- Respetar los horarios de funcionamiento del Centro establecidos para las Tutorías, Secretaria,

Jefatura de Estudios y Dirección.

13.- Recoger a su hijo/a puntualmente a la hora de la salida del colegio.

14.- En caso de que los padres/madres o tutores/as legalmente autorizados/as de los niños/as

matriculados en el centro no puedan recoger a sus hijos/as a la salida del mismo, deberán entregar en

Secretaria una autorización firmada para que sea recogido/a por otra persona.

15.- Aceptar los acuerdos de los Órganos Colegiados de Gobierno del Centro y cumplir las presentes

Normas de organización, funcionamiento y convivencia en la parte que les afecte.

16.- Cualquier otro contemplado en la Legislación vigente, o que pueda promulgarse al efecto.

Artículo 53.

CAPÍTULO IV: DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL NO DOCENTE.

Actualmente el personal no docente que desarrolla tareas en el centro son:

Conserje.

Personal de cocina y vigilancia de comedor.

Personal de limpieza.

Auxiliar administrativo.

El personal no docente está vinculado al centro con los derechos y obligaciones que provienen de su

contrato y forman parte de la comunidad escolar.

El centro reconoce a este personal cuantos derechos le otorga la legislación vigente y de un modo

especial:

- Respeto y consideración a su persona y a la función que desempeña.

- En el caso del personal de servicios tiene derecho a la elección de su representante para el

consejo escolar.

- El personal no docente relacionado anteriormente tendrá los derechos y obligaciones

establecidas en sus correspondientes convenios laborales.

- Sus respectivos derechos y obligaciones serán conocidos por el consejo escolar con el fin

de que sean respetados y exigidos respectivamente.

Page 53: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 52 -

- Las medidas encaminadas a la resolución de conflictos de dicho personal corresponde al

Director/a del Centro junto con el consejo escolar en contacto con la empresa

correspondiente, si procede.

El centro considera necesario que el personal no docente está obligado a mantener una actitud

de respeto y trato correcto hacia los demás miembros de la comunidad escolar, así como las normas de

funcionamiento y organización del centro.

El personal del centro hará un seguimiento continuo comunicando cualquier incidencia al

Equipo Directivo para que tome las medidas pertinentes.

Se considera la limpieza y el mantenimiento del Centro como un aspecto que incide de forma

muy significativa en la adquisición de hábitos del alumnado y por tanto en su desarrollo personal.

Las funciones del personal de servicios, conserje, están reguladas por el Ayuntamiento de la

localidad.

En dependencia jerárquica del capataz de conserjes y funcional del director del centro,

desarrolla las siguientes funciones:

Vigilancia y custodia de los edificios, instalaciones, máquinas y mobiliario del centro.

Control de accesos y puertas, solicitando en su caso, a la identificación personal del visitante.

Apertura y cierre de las puertas de acceso en los horarios establecidos, cuidando del estado de

los mismos a su cierre (puertas interiores, ventanas, luces, agua, gas, alarmas, calefacción,

grifos,)

Encender, regular y apagar: Luces, agua, calefacción, aire acondicionado y alarmas durante las

horas y fechas que se determinen. Petición de suministro de combustibles. Purga de

radiadores. Avisos casas de mantenimiento según procedimiento que se establezca.

Custodia y disposición de las llaves de despachos, aulas, laboratorios, gimnasios, archivos,

almacenes.

Ejecución de encargos y recados fuera o dentro del centro, recogida y envío de entregas y

avisos relacionados con la actividad del centro dentro del término municipal.

Trasladar dentro de las dependencias del centro (mobiliario, hasta 20 Kg), material, enseres,

utensilios o documentos.

Preparación de material para actividades deportivas, culturales o extraescolares.

Franqueo, depósito, entrega, recogida y distribución de correspondencia.

Atención e información al público, en su horario de trabajo, sobre localización de personas,

lugares y otros aspectos relacionados con el centro, tales como actividades extraescolares.

Atención al teléfono.

Realización de copias, clichés o fotocopias manejando máquinas sencillas de reprografía,

multicopista o fotocopiadoras.

Detectar averías y/o pequeños desperfectos de los edificios y proceder a su reparación cuando

no se requieran conocimientos especializados (tales como: reposición de lámparas y

cebadores, fusibles, arreglo de cisternas, grifos, persianas, cerraduras, pomos). En caso de

requerirse conocimientos especializados, proceder a comunicar al capataz los desperfectos y

averías existentes mediante los procedimientos que se habiliten al efecto.

Colaborar en la limpieza y buen estado de patios y portadas del centro y zonas ajardinadas.

Limpieza de papeleras. Riego y pequeño mantenimiento de plantas, árboles y jardines. Sacar y

recoger cubos de basura. Limpieza de la zona de calderas.

Dar informes de las deficiencias y averías detectadas.

En caso de accidente o enfermedad de alumnos, profesores, usuarios del centro o visitantes,

prestar asistencia dentro de las posibilidades que ofrezca el botiquín del centro, dando aviso si

fuese necesario a personal especializado.

El conserje que disfruta de vivienda dentro de las dependencias del centro, y siempre que se

encuentre en la misma, se hará cargo de los avisos, pedidos o envíos que lleguen fuera de

horas de servicio.

Page 54: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 53 -

Realizará otros trabajos de conserjería, tales como anotación de direcciones en sobre,

ensobrado, archivo, recogida y reparto de impresos y preparación de listas.

TÍTULO QUINTO:

ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS.

CAPÍTULO I: ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES.

Artículo 54.

Entendemos como actividades extraescolares todas aquéllas que:

Se realizan fuera del horario lectivo.

Tienen carácter voluntario tanto para alumnos como profesores.

Tienen carácter educativo aunque no deben interferir en el Proyecto Educativo.

No pueden contener enseñanzas incluidas en las programaciones didácticas de los

diferentes niveles.

No pueden ser discriminatorias por circunstancia de edad, sexo, religión o raza.

Estas actividades deberán estar incluidas en la PGA y por tanto informadas por el Consejo

Escolar.

Artículo 55.

Las actividades extraescolares organizadas por los profesores/as del centro, deben ser

informadas y en la medida de lo posible coordinadas por el /la jefa de estudios, junto con la entidad

organizadora, siendo ésta la última responsable de cada actividad. En este caso, el profesorado del

centro deberá tener en su poder una autorización por escrito para cada uno de los alumnos

participantes en la actividad, en las que se detallen los aspectos más relevantes de la actividad. Ésta,

deberá estar firmada por los padres o tutores legales de los niños y deberá contar con el sello y Vº Bº

de la dirección en el centro.

Consideramos como ejemplo de actividades extraescolares: torneos deportivos, excursiones,

albergues…

Las actividades organizadas por las AMPAS tendrán carácter extraescolar y su organización,

gestión, control y seguimiento será responsabilidad de esta asociación.

CAPITULO II: ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS

Artículo 56.

Entendemos por Actividades Complementarias todas aquéllas que complementan las

actividades docentes de cada profesor y que además tienen relación directa con la propuesta

pedagógica y las programaciones didácticas de las diferentes etapas y cursos. Atendiendo a las

siguientes características:

Se realizan dentro del horario lectivo.

Tienen carácter obligatorio para los profesores y para los alumnos, siempre que el coste de

la misma pueda ser asumido por estos.

Tienen carácter educativo aunque no pueden interferir en el Proyecto Educativo.

No pueden ser discriminatorias por circunstancia de edad, sexo, religión o raza.

No pueden tener carácter lucrativo.

Estas actividades deberán estar incluidas en la PGA y deben ser informadas por el Claustro

y el Consejo Escolar.

Page 55: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 54 -

Artículo 57.

Se realizarán en horario lectivo aun contemplándose la posibilidad de ampliar el horario para

un correcto desarrollo de la actividad. Se realizarán dentro o fuera del recinto escolar. Y en la medida

de lo posible serán gratuitas. (Las actividades realizadas fuera del recinto escolar pueden no ser

gratuitas por lo que serán costeadas por los padres o tutores legales.)

Las actividades complementarias tendrán carácter obligatorio para los alumnos, siempre que el

coste de esta pueda ser asumido por la familia y no supondrán discriminación para ningún miembro de

la comunidad educativa por circunstancia de edad, sexo, religión o raza. Para que una actividad de este

tipo pueda ser llevada a cabo se necesitará la asistencia de al menos el 70% del alumnado total

susceptible de realizar la actividad, esto supone que no podrán quedar en el centro más del 30% del

alumnado total, independientemente de la causa de exclusión. Al respecto, el Centro arbitrará las

medidas necesarias para la atención de los alumnos y alumnas que no participen en las mismas.

Para la realización de las salidas complementarias el profesorado informará a las familias de

los aspectos más relevantes de la misma. Así mismo el responsable de la actividad deberá tener en su

poder una autorización por escrito para cada uno de los alumnos participantes en la actividad. Ésta,

deberá estar firmada por los padres o tutores legales de los niños y deberá contar con el sello y el Vº

Bº de la dirección del centro.

Artículo 58.

Serán propuestas y consensuadas en los equipos docentes y quedarán reflejadas en la PGA,

con la aprobación del Claustro. La coordinación de las mismas será labor de la jefatura de Estudios.

Consideramos Actividades Complementarias, por ejemplo: Festivales, celebraciones de días

conmemorativos, semanas culturales y deportiva, visitas culturales como: museos, audiciones

musicales y teatro,…

Artículo 59.

La financiación de estas actividades será sufragada por las familias de los niños.

Siempre que sea posible para el desarrollo de estas actividades, se solicitará la colaboración, apoyo y

subvención de Instituciones Municipales, Organizaciones Culturales y Deportivas, etc...

Artículo 60.

Las actividades complementarias y extraescolares serán coordinadas por la jefatura de

Estudios oído el claustro o los respectivos equipos docentes, siguiendo los criterios establecidos al

comienzo del Título y las siguientes condiciones generales.

CAPÍTULO III: RESPONSABILIDAD

Artículo 61.

En cada actividad se asignará al menos un responsable, pudiendo variar el número en función

de las características de la misma, o de los alumnos participantes. Como criterio general se ha de

entender que será el maestro tutor el responsable de la actividad, aunque pudiera contemplarse el caso

de que fuese un maestro especialista quien propusiese y organizara la actividad, en cuyo caso sería

éste el responsable de la misma.

Artículo 62.

Todas las actividades y servicios tendrán en cuenta la posibilidad de uso o participación de

todos los grupos de alumnos.

Page 56: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 55 -

El equipo directivo designará los apoyos necesarios para cada una de las salidas del centro,

escuchando previamente las necesidades de los ciclos. Por norma general se establece un apoyo por

salida como mínimo, pudiendo ser más en función de las características de la salida y del alumnado

participante.

CAPÍTULO IV: NORMAS DE CONDUCTA PARA LOS ALUMNO/AS

Artículo 63.

Las actividades complementarias y/o extraescolares alumnos/as, estarán incluidas en la

Programación General Anual, coordinadas en los equipos docentes y serán informadas por el Claustro

y el Consejo escolar del centro.

El coste de estas actividades será, por lo general abonado por las familias. Las familias

facilitarán la participación de sus hijos/as en las mismas. De forma general se establece para cada

actividad lo siguiente:

1. Para asistir a las salidas es imprescindible la autorización de los padres. En caso de no

asistencia la familia lo notificará por escrito para un mejor control del alumno.

2. Los alumnos/as asistirán a estas actividades con ropa y calzado adecuado a las características

de las mismas, según las indicaciones de los responsables de la actividad.

3. Si la salida es para todo el día, los alumnos/as llevarán comida adecuada a sus necesidades.

Tampoco se podrán llevar objetos valiosos, salvo permiso expreso del profesor/a y en

cualquier caso bajo responsabilidad del alumno/a.

4. Queda prohibido incluir móvil, cámara…

5. Durante toda la duración de la actividad los alumnos mantendrán una actitud de respeto hacia

las personas y el entorno de los lugares visitados, siguiendo las indicaciones que en cada

momento les den los profesores o responsables de la misma.

6. La privación del derecho a participar en las actividades extraescolares y/o complementarias,

queda recogido en el Decreto 15/2007, de 19 de abril y en las Normas de Convivencia

establecidas en este documento.

7. Las actitudes a mantener por parte del alumnado participante se concretan en:

- Durante el viaje se irá sentado correctamente, con el cinturón de seguridad abrochado y no

se podrá comer ni arrojar basura al suelo, atendiendo en todo momento las indicaciones del

conductor.

- En el lugar visitado se seguirán las indicaciones de los responsables manteniendo un tono de

voz adecuado, respetando tanto el espacio de los demás como el mobiliario e instalaciones…

- En cada actividad el grupo-clase será acompañado por el profesor/a o tutor/a

correspondiente que será apoyado por los profesores necesarios en función de los grupos y

número de alumnos participantes. En los casos en los que se considere oportuno, se solicitará

la colaboración de las familias.

TÍTULO SEXTO: SERVICIOS ESCOLARES

CAPÍTULO I: HORARIO AMPLIADO: SERVICIO DE DESAYUNO Y COMEDOR ESCOLAR

Servicio de desayuno. (Horario ampliado)

El Centro tiene en horario ampliado, servicio de desayuno para atender las demandas de las

familias. Este servicio es gestionado directamente por el AMPA y la empresa adjudicataria del

comedor escolar.

El horario de este servicio abarca desde las 7:00h, hasta las 9:00h. Dentro de esta franja

horaria las familias, según sus necesidades, podrán traer a sus hijos cada media hora. El desayuno se

realizará de 8:00h a 8:45h. En este horario los alumnos permanecen en el comedor realizando diversas

actividades: Dibujo, lectura, etc.…

Page 57: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 56 -

Los padres comunicarán al AMPA el deseo de hacer uso del mismo.

Comedor escolar: (Horario ampliado)

Empresa adjudicataria del servicio: ARAMARK Servicios de catering S.L.

El centro escolar considera este espacio dentro del proceso educativo de los niños/as, por lo

tanto es objetivo prioritario del centro que “el acto de la comida sea un momento educativo”.

En cuanto a la normativa a seguir será la Ley 1/1990 de 3 de octubre en su artículo 65 y en las

Órdenes 917/2002 de 14 de marzo, 2250/2006 de 20 de abril, 4212/2006 de 26 de julio y 2320/2008 de

29 de abril y siguientes por las que se regulan los comedores escolares; ORDEN 2459-01/2011, de 16

de junio, de la Consejera de Educación, por la que se establece el precio del menú escolar a aplicar

durante el curso en los Centros Docentes Públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

(BOCM de 6 de julio), CIRCULAR de 20 de julio de 2011, de la Dirección General de Educación

Infantil y Primaria sobre el Funcionamiento del Servicio de Comedor Escolar en el curso 2011-2012.

LEY 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición. (BOE del 6), ORDEN 3028/2005,

de 3 de junio, que modifica parcialmente la Orden 917/2002. (BOCM del 16, ORDEN 4212/2006, de

26 de julio, por la que se modifica la Orden 917/2002, de 14 de marzo, Reguladora de los

comedores escolares en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

(BOCM de 17 de agosto) e INSTRUCCIÓN de 5 de febrero de 2008, de la Directora General de

Educación Infantil y Primaria, dirigida a los Directores/as de Área Territorial de la Consejería de

Educación sobre la obligatoriedad de ofrecer menús sin gluten en todos los colegios públicos a los

alumnos que acrediten padecer enfermedad celiaca mediante certificación médica oficial.

El régimen interno de funcionamiento será aprobado en Consejo escolar. Cualquier

modificación de dicho reglamento deberá ser adoptada en el seno del Consejo Escolar. Actualmente se

contempla en las Normas de organización, funcionamiento y convivencia (Título VI, Capítulo I, art.

56)

Artículo 64.

NORMAS DE CONDUCTA:

1.- Se trabajarán los hábitos de higiene adecuados a su edad antes y después de las comidas. El

alumnado accederá al comedor con las manos limpias siendo los monitores/as responsables de

esta labor, tanto antes como después de la comida.

2.- El alumno/a debe situarse en su lugar correspondiente, en entradas y salidas y en la mesa

asignada en el comedor.

3.- Deben permanecer sentado con corrección sin arrastrar las sillas al sentarse o al levantarse.

4.- Hablar en tono moderado sin levantar la voz ni gritar.

5.- Cuidar el menaje, mobiliario, debiendo reponer lo roto o deteriorado cuando se compruebe

que ha sido intencionadamente

6.- Los monitores tomarán nota de los niños/as que de forma sistemática se niegan a comer o

comen menos de lo esperado para su edad, procediendo a comunicar dicha situación a sus padres

para que tomen las medidas oportunas.

Los monitores, al finalizar el periodo de comedor, informarán en jefatura de estudios de

cualquier circunstancia anómala que pudiera producirse durante este periodo, tales como:

ausencia de un alumno durante dicho periodo, situaciones relacionadas con la salud, situaciones

relacionadas con la higiene ó control de esfínteres y situaciones relacionadas con una mala

conducta. El jefe de estudios informará con posterioridad al tutor correspondiente.

Los padres que deseen mantener una entrevista con las monitoras del comedor en relación

a la marcha de su hijo/a en este servicio, deberán solicitarlo en la dirección del centro, dándosele

desde la misma las indicaciones oportunas.

7.- Es obligación de todos los comensales permanecer en el Colegio durante el horario del

comedor y bajo ningún pretexto ausentarse sin permiso, debiendo venir a recogerlos

Page 58: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 57 -

padre/madre, tutor legal o una persona adulta debidamente autorizada cuando hay una causa

justificada para ausentarse. En este caso deberán completar el impreso de salida antes del

horario lectivo.

8.- Los alumnos procurarán hacer un uso adecuado de los utensilios e instalaciones del comedor

del centro

Artículo 65.

El centro escolar considera este espacio dentro del proceso educativo de los niños/as, por lo

tanto es objetivo prioritario del centro que “el acto de la comida sea un momento educativo”.

En cuanto a la normativa a seguir será la Ley 1/1990 de 3 de octubre en su artículo 65 y en las

Órdenes 917/2002 de 14 de marzo, 2250/2006 de 20 de abril, 4212/2006 de 26 de julio y 2320/2008 de

29 de abril por las que se regulan los comedores escolares.

El régimen interno de funcionamiento será aprobado en Consejo escolar. Cualquier

modificación de dicho reglamento deberá ser adoptada en el seno del Consejo Escolar.

ORGANIZACIÓN

Artículo 66.

El comedor escolar se define como un servicio social-educativo complementario del colegio.

Todos los alumnos/as, así como personal docente y laboral del Centro tienen derecho a su utilización.

La dirección del centro organizará y coordinará directamente el servicio, sin perjuicio de las

competencias relativas al seguimiento y control del mismo que se puedan atribuir al Consejo Escolar.

El servicio de comedor escolar funcionará en horario ampliado de 13:00h a 15:00h durante los

meses de junio y septiembre y de 14:00h a 16:00h entre los meses de octubre y mayo.

El funcionamiento y la organización de este servicio será la siguiente:

El número de monitoras que cuidaran el servicio de comedor estará en función del número de

comensales, tanto habituales como eventuales, respetando siempre la ratio establecida en la legislación

vigente: 1/15 para alumnos de 3 años, 1/20 para alumnos de 4 y 5 años y 1/30 para alumnos de Ed.

Primaria.

Al término de las clases, 13:00h (septiembre y junio) y 14:00h, (octubre a mayo) las monitoras

recogerán en las puertas de sus respectivas aulas a los alumnos de 3 y 4 años y los conducirán al

comedor.

Los alumnos de 5 años serán llevados al comedor por una de las tutoras del nivel y serán

responsables de ellos hasta que su monitora correspondiente salga a buscarlos.

El resto de alumnos de Ed. Primaria saldrán con el resto de sus compañeros y permanecerán

en el patio o se dirigirán al lugar asignado para hacer la fila, donde les aguardarán las monitoras.

Antes de entrar a comer los alumnos pasarán por los servicios asignados al respecto para hacer

sus necesidades y lavarse las manos, las monitoras les procurarán jabón y toallitas para secarse.

Durante la comida no saldrán al servicio a no ser por indisposición o enfermedad y siempre con

permiso de las monitoras.

Los alumnos accederán al comedor en orden y con tranquilidad y se sentarán en los lugares

que tengan asignados. Estos serán fijos, pudiendo ser cambiados a criterio de las monitoras.

Todos los alumnos serán servidos en su mesa por el personal de cocina.

Page 59: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 58 -

El menú será único para todos los comensales. No obstante se establecen las siguientes

consideraciones:

-Podrán tener dieta blanda los alumnos que presenten problemas gastrointestinales transitorios (bajo

prescripción médica) presentando el correspondiente documento en la Secretaría del centro con la

antelación debida. (Antes de la s 10:30h de la mañana)

-Alumnos celiacos o alérgicos a algún alimento o que padezcan algún trastorno somático que precise

una alimentación especifica deberán presentar un informe médico oficial elaborado por el especialista,

en el que se indique claramente el trastorno que padece y los alimentos que no puede ingerir. Estos

tendrán un menú o una elaboración del mismo diferente al ordinario.

Sin prejuicio de lo establecido en los puntos anteriores, los alumnos con intolerancia o alergia

a alimentos podrán hacer uso del servicio del comedor, llevando la comida elaborada de casa. En tal

supuesto, deberán abonar el coste relativo a la utilización el comedor y a la atención educativa. (50%).

Durante el tiempo posterior a la comida se ofertarán algunas actividades recreativas, con

carácter voluntario, de tipo deportivo y/o cultural.

Los alumnos no podrán salir del recinto escolar durante el periodo de comedor. En caso de que

tengan que salir por causa justificada, lo harán siguiendo el procedimiento habitual establecido en el

centro.

Las actividades se llevarán a cabo en el patio, pistas deportivas, sala de audiovisuales,

biblioteca y aulas. Estos espacios cubiertos serán ocupados en caso de mal tiempo.

Los menús serán elaborados por la empresa adjudicataria, y revisados y aprobados por el

Equipo Directivo, que introducirá cuantas modificaciones considera oportunas, según los criterios

establecidos. Todos los meses se entregará a los usuarios fijos de este servicio una hoja informativa

con el menú diario.

El coste diario del servicio de comedor es fijado al principio del curso por la Comunidad de

Madrid. El Consejo Escolar determina, en el mismo periodo, de acuerdo con una banda mínimo-

máximo establecida por la Comunidad, la minuta para los comensales esporádicos.

Los pagos se realizarán por domiciliación bancaria, para lo cual la familia facilitará los datos

bancarios a la Secretaria del centro en el momento de la inscripción y ordenará a su banco los pagos de

los recibos correspondientes.

Los recibos domiciliados se cargarán los primeros días del mes. La falta de pago de un mes

supondrá la expulsión inmediata del comedor, hasta que se haga efectiva la cantidad adecuada.

Los alumnos eventuales abonarán el importe correspondiente en la cuenta del centro y

entregarán el justificante en secretaría. Estos deberán comunicarlo con dos días de antelación.

Los recibos devueltos deberán ser abonados en el plazo máximo de una semana desde la

comunicación por el colegio de la devolución.

Para darse de alta en el comedor se rellenará la ficha de alta que le entregarán en secretaría,

donde se incluyen los datos. Se adjuntará fotocopia de la cuenta o certificado de la entidad bancaria

donde se desea domiciliar el pago.

Cualquier cambio en el comedor (alta, baja o cambio de domiciliación del recibo), debe ser

comunicado con, al menos una semana de antelación en la secretaria del centro.

En ausencias de 3 ó más días de este servicio, el colegio devolverá el 50% del importe total de

los días de ausencia.

Page 60: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 59 -

Cada curso es necesario renovar la suscripción (alta), en el comedor escolar. Entregando las

solicitudes que el centro pondrá a disposición de los padres en la fecha oportuna.

El mes de junio no se pasará recibo, repartiéndose su importe en los 8 meses restantes.

En caso de indisposición o accidente que requiera asistencia médica se comunicará

telefónicamente con la familia. Para ello, al formalizar la inscripción, se facilitará el teléfono del

domicilio más el del trabajo de los padres y otros que consideren de interés para la localización del

padre o madre. Si este contacto no se hiciera posible, la Dirección tomará las medidas que en cada

caso considere oportunas.

Para cualquier tema relacionado con el comedor, los padres deberán dirigirse a la Secretaría

del centro en el horario establecido y desde donde se les darán las directrices oportunas.

DERECHOS Y DEBERES DE LAS FAMILIAS CON ALUMNOS EN ESTE SERVICIO

DERECHOS

Artículo 67.

La familia estará informada de la marcha del servicio de Comedor a través de los canales de

comunicación habituales establecidos en el centro, tales como:

Notas a través de los alumnos, Correos electrónicos, Circulares informativas de la Dirección,

Comunicación telefónica, si es necesario, Información de los menús que se servirán mensualmente.

En caso de inasistencia por tiempo superior a 3 días seguidos se tendrá derecho a la

devolución del 50% del importe que se descontará en el mes siguiente siempre que la familia

comunique anticipadamente esta circunstancia y se justifique dicha ausencia.

Si un alumno no se adapta al régimen de comidas y a juicio de los cuidadores, no queda

debidamente alimentado, se comunicará a la familia para que ésta obre en consecuencia.

En el caso de que un alumno temporalmente no pueda tomar algún tipo de alimento por

prescripción médica, se comunicará a la Dirección para que se le adapte el menú en lo posible.

Los padres que crean tener derecho a beca de comedor para sus hijos estarán atentos a la

convocatoria que realizan los organismos oficiales durante el mes de mayo, para el curso siguiente.

DEBERES

Artículo 68.

Para poder hacer uso del servicio de comedor es imprescindible haber formalizado

previamente la inscripción en la Secretaria del centro.

Para hacer uso esporádico o en periodos de duración inferiores a un mes, del servicio de

comedor escolar y siempre por casos de necesidad, se comunicará en la Secretaría del centro con la

antelación suficiente.

El recibo de comedor deberá hacerse efectivo antes del día 15 de cada mes. La falta de pago

será motivo para causar baja en el servicio de Comedor.

Si algún recibo es devuelto por el banco, se abonará en alguna sucursal bancaria de la entidad

con la que opera el Centro a la mayor brevedad, incrementando en los gastos de devolución.

Page 61: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 60 -

Las normas de convivencia para los alumnos son las que corresponden a una comunidad

escolar, aprobados en Consejo Escolar. Los alumnos acatarán en todo momento las indicaciones de sus

cuidadores hacia los que mantendrán siempre una actitud de respeto y obediencia.

Ningún alumno puede abandonar el recinto del colegio durante el tiempo del servicio de

comedor. Ante una necesidad grave, los alumnos de Educación Infantil y Primaria deberán ser

recogidos por sus padres. La salida del recinto escolar será considerada falta muy grave.

Al comedor, el alumno procurará acudir limpio y comerá respetando las normas elementales

de corrección e higiene. Durante la comida evitará levantarse, gritar y emprender juegos.

En el comedor, el alumno tendrá opción a pedir más cantidad de comida en el primer plato

pero deberá comerla y no abandonar el comedor hasta haber cumplimentado su comida.

Las faltas a la normal convivencia consideradas graves o muy graves serán comunicadas, en la

primera vez, a las familias para su conocimiento y medidas oportunas. En caso de reincidencia o de

que, en general, un alumno no acepte las normas expresadas en este REGLAMENTO, el consejo

Escolar podrá decidir su baja en el Servicio de Comedor.

Los padres y alumnos usuarios del servicio de comedor quedan comprometidos a conocer y

cumplir el presente REGLAMENTO.

TÍTULO SEPTIMO: LOS RECURSOS MATERIALES

CAPÍTULO I: LOS ESPACIOS.

Artículo 69.

Distribución de espacios. Aulas.

Al inicio de cada curso escolar se decide donde van ubicadas las diferentes tutorías,

atendiendo siempre a motivos pedagógicos y de conveniencia de los alumnos/as.

Son 18 las aulas dedicadas a tutorías debiendo desplazarse los alumnos/as según la

especialidad.

Artículo 70.

El resto de los espacios del centro se distribuye del siguiente modo:

Aula de usos múltiples, biblioteca, gimnasio, sala de psicomotricidad, aula de música, sala de

máquinas, aula de informática I, aula de informática II, despachos de logopedia, audición y lenguaje y

orientación educativa, comedor, secretaría, dirección, sala de profesores y aseos.

Esta distribución de espacios es flexible, ampliándose o transformándose según lo requieran

las necesidades del centro.

NORMAS DE USO DE ESPACIOS COMUNES

Artículo 71.

BIBLIOTECA

- Una vez designando el profesor/a responsables de este recurso será su función básica velar

por el orden, control y buen funcionamiento del servicio, haciendo colaborar al resto de la comunidad

educativa en esta labor.

Page 62: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 61 -

- El responsable de la Biblioteca, según directrices de la dirección del centro, establecerá un

horario de préstamo al igual que aquellas normas puntuales que, a tenor de las circunstancias,

favorezcan el buen funcionamiento y control del servicio.

- La biblioteca se abrirá en el recreo con el fin de que los alumnos puedan realizar el préstamo

de libros. Para ello, se nombrarán bibliotecarios entre el alumnado de 5º y 6º y habrá un

maestro responsable de la misma durante el tiempo del recreo.

- El orden, silencio y buen comportamiento serán normas de conducta obligada.

- En todo momento habrá un control de los libros prestados a través de un fichero

informatizado. Así como de las personas que usan o retiran los libros, mediante la utilización de un

carné personal.

- Todo libro retirado en préstamo, tendrá un plazo de devolución de quince días pudiendo

prorrogarse una semana más a petición del interesado y siempre que lo autorice el responsable de la

biblioteca.

- El deterioro grave o la no devolución de un préstamo será causa de reposición o aportación

de otro libro del mismo titulo nuevo. En caso de no cumplir el alumno/a esta obligación podría ser

sancionado/a hasta con la privación del uso del servicio por lo que quede de curso, con independencia

de otras posibilidades exigibles por su negligencia.

- La pérdida del carné de lector acarreará una multa de 10 céntimos de €, en concepto de

renovación. Esta cantidad se destinará a ampliar los fondos de la biblioteca.

- En la biblioteca no se realizarán tareas que se impongan como castigo.

- Si alguien no cumple las normas de conducta se le expulsará de la biblioteca durante un

tiempo a determinar por la persona encargada de la misma.

- Se evitará introducir alimentos y/o comer en el interior de la biblioteca.

Artículo 72.

AULA DE PSICOMOTRICIDAD.

La responsabilidad del buen uso del material y funcionamiento del servicio será del profesor/a

o tutor/a del grupo que en cada momento lo utilice, quien cuidará de que, después de su uso, tanto el

aula como el material queden en buen estado y en el debido orden. Las normas de utilización de este

espacio común serán las siguientes:

El acceso al aula deberá realizarse con calzado exclusivo y adecuado a la sala o descalzos.

Al término de la sesión se dejará la puerta cerrada con llave.

El profesor/a que haga uso de la sala deberá retirar cualquier material roto que pudiera suponer

un riesgo para el alumnado y comunicarlo al director para su arreglo o reposición.

Ante la detección de cualquier rotura de las instalaciones el profesor/a que haga uso de la sala

deberá informar al director para que de parte del mismo.

El profesor/a que haga uso de la sala deberá informar al director de cualquier incidencia

respecto a la falta o deficitaria limpieza de la sala con el fin de adoptar las medidas oportunas

para subsanarlo.

Artículo 73.

AULAS DE INFORMÁTICA.

El responsable del aula de informática, con el visto bueno de la Dirección, podrá establecer

normas puntuales que favorezcan el buen funcionamiento y control de este servicio.

La responsabilidad del buen uso del material y su funcionamiento será del profesor/a que en

cada momento lo utilice, quien cuidará de que después de su uso, tanto el aula como el material

queden en óptimas condiciones para su uso.

Normas de uso de las salas:

1.- Las aulas de informática estarán abiertas durante las horas de obligada permanencia del

profesorado y durante el tiempo de recreo, para uso personal.

Page 63: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 62 -

2.- Cada curso tiene asignado un horario para el uso del aula, el cual debe ser respetado, para

no interferir en las tareas programadas.

3.- Los alumnos accederán por grupos, bien con su clase o para recibir apoyo, siempre en

compañía de un profesor y siguiendo sus directrices.

4.- Los tutores o profesores especialistas que acudan a la misma, son los responsables del uso

que sus alumnos den a los ordenadores y al material informático.

5.- Asimismo, cada alumno ha de respetar dicho material y no monopolizar su uso, pues en

una misma sesión deben compartirlo con otros compañeros.

6.- Antes de comenzar, debemos estar atentos a las indicaciones que el profesor dará para

llevar a cabo el trabajo.

7.- Al terminar la sesión en el aula de informática, cerraremos el programa, asegurándonos de

que todo queda en perfecto orden, para ser utilizado por el grupo siguiente.

8.- La hora de dedicación exclusiva será utilizada por el Coordinador de TIC, junto con los

profesores de cada uno de los ciclos, para coordinar el trabajo futuro que va a realizarse.

9.- Los programas educativos estarán guardados en un armario, donde habrá un listado con el

número de registro de cada programa y sus características.

10.- Se recomienda un uso racional de la impresión.

11.- Cuidar al máximo los equipos. Procuraremos evitar golpes (los ordenadores son

sensibles).

12.- No instalar programas nuevos.

13.- No eliminar archivos, puede ocasionar un mal funcionamiento.

14.- Antes de salir, colocar las sillas.

Artículo 74.

GIMNASIO.

La responsabilidad del buen uso del material y su funcionamiento será del profesor/a que en

cada momento lo utilice, quien cuidará de que después de su uso, tanto el aula como el material

queden en el debido orden:

Evitaremos introducir alimentos y/o comer en el interior del gimnasio.

El material utilizado durante la sesión, tanto de sala como del cuarto de material, deberá

quedar colocado en su sitio una vez finalizada la misma.

El material de grandes dimensiones o susceptible de ser peligroso para los alumnos deberá

permanecer, mientras no sea utilizado, en los lugares asignados y con las medidas de

seguridad previstas a tal efecto.

El armario de música deberá permanecer cerrado con llave siempre que no sea utilizado.

Los alumnos accederán a la sala con el calzado adecuado, según las indicaciones de su

maestro de educación física.

Artículo 75.

AULA DE MÚSICA, AULA DE INFORMÁTICA II Y AULA DE USOS MÚLTIPLES.

La responsabilidad del buen uso del material y su funcionamiento será del profesor/a que en

cada momento use el aula.

Los espacios comunes en caso de ser usados por otras personas relacionadas con el Centro

(A.M.P.A, Jornadas Escolares, etc.…), deberán ser cuidados con el mayor respeto, en cuanto al

mobiliario, material, limpieza, etc.…En caso de deterioro o pérdida se procederá a abonar una

cantidad económica que sufrague esta pérdida.

El aula de usos múltiples se priorizará en su uso para atender al alumnado de apoyo ordinario,

en cualquiera de las diferentes medidas organizativas que el centro adopte: desdoble, grupo flexible,..

En caso de ser utilizada para impartir el área de Religión y moral católica o Valores Sociales y

Cívicos, se atenderá al siguiente principio organizativo: El grupo más numeroso permanecerá en el

Page 64: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 63 -

aula ordinaria, siendo el de menor número quien haga uso del mencionado espacio,

independientemente de la etapa y nivel educativo.

CAPÍTULO II: MOBILIARIO.

Artículo 76.

El centro dispondrá, en cada una de sus aulas y recintos escolares, del mobiliario más

apropiado y en las condiciones correctas para su uso, solicitándose su renovación o retirada a los

organismos competentes cuando se deteriore o no se utilice por el organismo competente.

CAPÍTULO III: MATERIALES Y RECURSOS.

MATERIALES:

Artículo 77.

El centro dispondrá del material didáctico necesario y apropiado para cada una de las distintas

áreas y actividades y lo pondrá a disposición de los alumnos, en la forma que se establezca en la PGA.

Artículo 78.

Tanto profesores como alumnos tienen la obligación de utilizar y tratar bien, tanto el

mobiliario como los recursos y materiales, cuidando de su mantenimiento y conservación, según ha

quedado prescrito en este reglamento, avisando a la persona responsable en caso de deterioro o rotura.

Artículo 79.

El tutor/a será responsable del mobiliario y material del aula, apoyado por los especialistas que

trabajen en su grupo docente.

ESPACIOS Y RECURSOS:

Artículo 80.

BIBLIOTECA: Se nombrará un maestro coordinador de este recurso didáctico, según quede

establecido en los “Criterios para la elaboración de los horarios de los maestros” en relación a la

disposición horaria del profesorado y la normativa vigente. Las funciones del coordinador de

biblioteca serán las siguientes:

Controlará las necesidades de materiales, la ordenación, organización y renovación

de los fondos bibliográficos, tanto de lectura como de consulta.

Coordinará con el resto del profesorado estas necesidades.

Organizará el préstamo de libros.

Organizará y formará a los alumnos bibliotecarios.

Emitirá los carnets para los alumnos, establecidos para realizar el préstamo de

libros.

Cada profesor/a que utilice la biblioteca se responsabilizará del material usado y de los libros,

colocándoles ordenadamente al entregarlos.

Se fijará al inicio de curso en la PGA el horario de uso de la biblioteca.

Los profesores/as que utilicen libros de la biblioteca, como préstamo, anotarán la salida y

entrada en el libro o fichas de registro.

Page 65: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 64 -

Artículo 81.

MEDIOS AUDIOVISUALES: El Secretario del centro, en virtud de las competencias y

responsabilidades que la Ley le atribuye, y en colaboración con el coordinador TIC, serán los

responsables de:

Inventariar y registrar el material audiovisual existente en el centro, así como

aquellos recursos didácticos relacionados con las nuevas tecnologías.

Controlar las necesidades de materiales audiovisuales, su conservación,

renovación, etc.

Organizar la distribución horaria del material audiovisual.

Retirar al final de cada curso académico (junio) los recursos audiovisuales de las

aulas, entregarlos para su custodia en la secretaría del centro y repartirlos al

comienzo del nuevo curso escolar (septiembre).

Cada profesor/a que utilice los medios audiovisuales se responsabilizará del material,

dejándolo ordenado y comunicando al responsable el deterioro del material, si se produjese, para su

arreglo o renovación.

Cada curso escolar se actualizará o renovará el material existente, según las necesidades del

centro, atendiendo siempre a criterios de máximo aprovechamiento por parte del alumnado.

Artículo 82.

Sala de informática: El coordinador TIC asumirá las siguientes funciones en relación a este

espacio:

. Controlar las necesidades de materiales, su conservación y renovación.

. Coordinar con el resto de profesorado estas necesidades.

Cada profesor/a que utilice la sala de informática, se responsabilizará del material, dejándolo

ordenado y comunicando al responsable el deterioro del material, si se produjese, para su arreglo o

renovación.

Al inicio del curso quedará fijado en la P.G.A. el horario de uso de todos los espacios comunes

del centro. Este será elaborado teniendo en cuenta las necesidades que cada uno de los ciclos

manifieste al respecto.

Artículo 83.

Uso y conservación de instalaciones

Todos aquellos estamentos que usen las instalaciones del centro, dentro o fuera del horario

lectivo deberán atenerse a las siguientes normas:

Solamente podrán utilizar los espacios solicitados o en su defecto asignados.

Solamente podrán utilizar el material solicitado o en su defecto asignado.

Debe de haber una persona responsable en cada actividad o instalación, que se encargará de

responsabilizarse del buen uso de dicha instalación, así como del buen uso del material.

En caso de deterioro, los desperfectos producidos por el mal uso del material o instalaciones

deberán ser reparados, repuestos o resarcidos económicamente por los responsables de los

estamentos que utilicen el centro fuera del horario escolar.

Page 66: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 65 -

CAPÍTULO IV: PLAN DE AUTOPROTECCIÓN (Incluir como anexo)

Artículo 84.

INSTRUCCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE UN SIMULACRO DE EVACUACIÓN DE

EMERGENCIA EN CENTROS ESCOLARES.

El plan de actuación ante emergencias que se define en este documento comprende la

organización de los medios humanos y materiales disponibles en el Colegio para la prevención del

riesgo de incendio o de cualquier otro equivalente, así como para garantizar la evacuación e

intervención inmediata.

El objeto es definir la secuencia de acciones a desarrollar para intentar controlar rápida y

eficazmente las emergencias previsibles que se puedan originar, respondiendo a las preguntas:

• ¿Qué debe hacerse?

• ¿Quién debe hacerlo?

• ¿Cuándo se debe actuar?

• ¿Cómo debe hacerse?

• ¿Dónde actuar?

1.- IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LAS EMERGENCIAS

En este apartado se pretende definir una serie de criterios que sirvan para clasificar las

emergencias que se puedan presentar para, a partir de aquí, definir las acciones a realizar en función

del tipo de emergencia, su magnitud y otros factores que puedan influir en su clasificación.

1.1.- ¿Qué es una emergencia?

Se define emergencia como un suceso que cumple tres condiciones a la vez:

• Es incontrolado (siniestro).

• Ha producido un daño o representa un riesgo, tanto a las personas como a los bienes.

• Requiere una actuación organizada para hacerle frente, ya que en caso contrario, seguirá

produciendo más daño.

Si el suceso detectado no cumple las tres condiciones no será considerado como una

emergencia, siendo comunicada y tratada para su corrección. En caso de duda debe tratarse como una

emergencia.

1.2.- Tipos de emergencias

De acuerdo con la definición de emergencia, se han establecido los siguientes tipos de sucesos

que pueden generar una situación de emergencia:

• Incendio: producido por un accidente, descuido o imprudencia, deficiencias en las

instalaciones o de forma intencionada.

• Explosión: producida por un artefacto explosivo o deficiencias en una instalación.

• Inundación: producida como consecuencia de agentes externos o por deficiencias en las

conducciones sanitarias.

• Riesgos de la naturaleza: seísmo, fuertes vientos, rayos, etc, que provoque situaciones de

riesgo en el inmueble.

• Fuga o derrame de producto peligroso: que pueda producir daño a las personas, al

patrimonio o al medio ambiente.

Page 67: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 66 -

• Derrumbamiento: producido por defectos de construcción, por deterioro en los pilares de

sustentación o por sobrepeso.

• Amenaza de bomba: creíble y no localizada provocada por personas que quieran generar un

mal entre el personal, propaganda terrorista u obtener un beneficio propio por circunstancias

laborales (absentismo, productividad, etc.).

• Paquete sospechoso: que pueda contener un artefacto explosivo como consecuencia de un

acto terrorista.

• Sucesos derivados de comportamiento antisociales: intrusión, robo, hurto, agresiones,

sabotaje, disturbios públicos, etc.

• Emergencia externa: producida por un accidente en la vía pública o por una emergencia en

instalaciones o edificios cercanos.

No debemos olvidar que si bien la emergencia se activará por uno de los siniestros indicados

anteriormente, la actuación posterior se realizará ante las consecuencias de los mismos. Así tenemos

que en el caso de una explosión la emergencia se activará cuando nos alarmemos al oír el sonido de la

misma y actuaremos ante el incendio, derrumbamiento, etc., asociados, es decir, ante las

consecuencias de la explosión. Lo mismo podríamos decir para el supuesto de un seísmo.

De lo dicho podemos extraer como conclusión que la activación de la emergencia irá asociado

al origen del siniestro y que la actuación ante la misma irá asociada a las consecuencias del siniestro,

por tanto, la clasificación de la emergencia atendiendo a su gravedad estará condicionada a las

consecuencias del siniestro.

1.3.- Clasificación de las emergencias

a) En función del tipo de riesgo En función del tipo de riesgo, emergencias se clasifican:

El riesgo interno, propio de la actividad (incendio, explosión, fallo eléctrico, fuga o derrame

de productos peligroso, otros).

Riesgo asociado a comportamientos antisociales (amenaza de bomba, intrusión, robo, etc.).

Riesgo externo, asociado a actividades de riesgo próximas, o asociado a la naturaleza

(inundaciones, seísmos y fuertes vientos).

La naturaleza y características del suceso que genera una emergencia pueden condicionar el

nivel de emergencia a establecer.

Criterios de clasificación:

• Amenaza de bomba o artefacto explosivo: siempre se tratará como Emergencia General.

• Para el resto del tipo de emergencias: se tratará como Conato de Emergencia o Emergencia

General, en función del resto de factores indicados.

b) En función de la gravedad

Se definen dos niveles de emergencia que están asociados fundamentalmente a la gravedad del

suceso ocurrido, aunque existen otros factores que, como luego veremos, pueden influir en el nivel de

emergencia a establecer.

• Conato de Emergencia: es el siniestro que puede ser controlado y dominado de forma

sencilla y rápida por el personal y medios de protección de la zona afectada.

• Emergencia General: es el siniestro que precisa de la actuación de todos los equipos y

medios de protección del establecimiento y la ayuda de medios de socorro y salvamento

exteriores. La emergencia general comportará la evacuación de las personas al punto de

reunión exterior.

c) En función de la ocupación y medios humanos

Page 68: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 67 -

En el apartado 3.3.1 del presente Plan de Autoprotección se han definido los medios humanos

disponibles en el Colegio para cada período de actividad. Analizando su distribución dentro de cada

período se obtienen las siguientes conclusiones que pueden afectar en el nivel de emergencia a

establecer en caso de emergencia:

d) En función del área afectada

En el Colegio hay zonas con riesgos potenciales muy diversos (ocupación, carga de fuego,

actividad, etc.), de manera que el área afectada por el siniestro puede determinar que el nivel de

emergencia aconsejable sea superior al que determine la gravedad del suceso.

Criterios de clasificación:

• Cuando el siniestro afecte a una instalación peligrosa o no accesible (cocina, sala de caldera,

cuadros eléctricos generales, etc.) la emergencia se clasificará como Emergencia General.

6.2- PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS

Las distintas situaciones de emergencia que se pueden originar en el Colegio requiere la

intervención de personas y medios que garanticen que las acciones sean coordinadas en todo

momento.

Para realizar y garantizar la eficacia y eficiencia en los procedimientos de actuación ante

emergencias se ha creado una Organización de Emergencia, cuya estructura, composición y funciones

están descritas en el apartado 6.3.

En este apartado se desarrollan los procedimientos de actuación ante emergencias que

garanticen, al menos:

a) Detección y Alerta.

– Detección del siniestro por medios humanos o técnicos.

– Comprobación del carácter y veracidad del siniestro.

– Puesta en alerta de la Organización de Emergencia.

– Activación del Plan de Actuación ante Emergencias.

b) La Alarma (mecanismos de alarma).

– A las Ayudas exteriores.

– A la Organización de Emergencia.

– Al resto de personas presentes en el Colegio (público, visitas, etc.).

b.1) Identificación de la persona que dará los avisos.

La persona que da el aviso a las ayudas exteriores e informa al personal y adopta las

acciones inmediatas para reducir las consecuencias del accidente o suceso es el Jefe de

Emergencia u otra persona, por orden del Jefe de Emergencia.

b.2) Identificación del Centro de Coordinación de Atención de Emergencias de Protección

Civil.

Centro de Coordinación de Atención de Emergencias de Protección Civil:

Centro de Atención de Emergencias de la Comunidad de Madrid.

Paseo del Rio, 1.

28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid).

Page 69: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 68 -

Tlf.: 112

c) Mecanismos de respuesta frente a la emergencia.

– Control o contención del siniestro con los medios al efecto.

– Control de la emergencia mediante extinción, operaciones de control de suministros,

supervisión de instalaciones técnicas, parada de instalaciones, etc.

d) Evacuación y/o Confinamiento.

– Evacuación total o parcial de la/s zona/s afectada/s y/o Confinamiento de Seguridad.

e) Prestación de las Primeras Ayudas.

– Primeros auxilios a los posibles lesionados en la emergencia.

f) Modos de recepción de las Ayudas externas.

– Recepción, información y traspaso del siniestro a los servicios exteriores.

2.1.- Fases de actuación

En el Colegio nos podemos encontrar con tres fases o niveles de actuación que se van a

identificar con los colores verde, amarillo y rojo. Las acciones a realizar en cada una de estas fases se

describen a continuación.

FASE VERDE - ALARMA

Esta fase comprende desde que se detecta una situación de alarma o emergencia hasta que

asume el mando de la actuación al Jefe de Emergencia, momento en el cual clasificará la emergencia.

Una emergencia puede ser detectada:

• Por una persona.

¿Qué hacer si se detecta una emergencia?:

• Si la detecta una persona:

1. Mantener la calma y avisar al personal de la zona.

2. Retirar a las personas y niños en peligro inmediato a una zona segura y designar a una

persona para su control.

3. Transmitir la alarma al Jefe de Emergencia. ¿Cómo se transmite?:

- Personalmente, acudiendo a su encuentro.

4. Actuar para intentar controlar la emergencia, sin poner en peligro su integridad física ni la

del personal y niños de la zona.

¿Qué hacer cuando se reciba un aviso de emergencia?:

• Jefe de Emergencia:

1. Avisar a un componente del Equipo de Intervención.

2. Acudir al lugar del siniestro, o a su despacho en caso de amenaza de bomba.

3. Valorar la situación y clasificar la emergencia, realizando todas las acciones asociadas al

nivel de emergencia establecido.

• Equipo de Intervención:

1. Avisar al Jefe de Emergencia.

2. Acudir al lugar del siniestro, o al despacho en caso de amenaza de bomba.

3. Actuar para intentar controlar la emergencia, bajo la dirección del Jefe de Emergencia.

Page 70: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 69 -

Avisos:

• Los avisos y comunicaciones en esta fase deben ser dirigidos a las personas designadas,

utilizando un medio de comunicación personal y sin alarmar ni crear pánico entre el resto de

personas del Colegio.

FASE AMARILLA – CONATO DE EMERGENCIA

Fase asociada a un Conato de Emergencia.

Acciones:

• Intervención ante el siniestro por parte del Equipo de Intervención, bajo la dirección del Jefe

de Emergencia.

Avisos:

• El Jefe de Emergencia y el Equipo de Intervención ya han sido avisados al detectarse la

emergencia.

FASE ROJA – EMERGENCIA GENERAL

Fase asociada a una Emergencia General.

Acciones:

• Aviso a las Ayudas Exteriores.

• Confinamiento del siniestro por parte del Equipo de Intervención.

• Evacuación del Colegio al punto de reunión exterior por parte del Equipo de Evacuación.

Una vez realizada la evacuación, se verificará que no queda nadie en el edificio (Jefe de

Emergencia o persona asignada por éste).

Avisos:

• El aviso a las Ayudas Exteriores lo realizará el Jefe de Emergencia por teléfono u otra

persona bajo su orden.

• La orden de evacuación al Punto de Reunión Exterior la dará el Jefe de Emergencia

mediante:

- Mensaje de evacuación por megafonía: (debe indicar las vías de evacuación que no

puedan ser utilizadas). A continuación, activará el timbre acústico-visual localizado en el

vestíbulo de acceso del Edificio Escolar.

- Edificio Gimnasio: aviso personal acudiendo el conserje al Edificio (componente del

Equipo de Intervención).

• La confirmación al Jefe de Emergencia de la evacuación de las distintas zonas se realizará de

palabra, acudiendo el personal asignado como de cierra filas de cada zona, personalmente a

su encuentro.

NOTA: Durante una emergencia no se permite el acceso de personal, a excepción del personal de

ayudas exteriores o personal laboral del Colegio que pueda ayudar durante la emergencia.

6.2.2.- Mecanismos de alarma

¿A quién van dirigidas?:

– A la Organización de Emergencia del Colegio.

– Al resto de personas presentes en el Colegio (padres, personal externo, alumnos, visitas,

etc.).

Page 71: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 70 -

¿Quién las realiza?: Organización de Emergencia.

¿Cómo se realizan?:

• Medios de comunicación personal:

– De palabra.

– Teléfono (móvil).

6.2.3.- Esquemas secuenciales de actuación

En este apartado se han desarrollado dos esquemas operacionales que establecen las secuencias

de actuaciones a llevar a cabo por los equipos en función de la gravedad de la emergencia y que han

sido descritas en apartados anteriores. Estos esquemas son:

– Esquema general de actuación: que se aplica a los siniestros producidos por incendio,

explosión, derrumbamiento, fuga o derrame de producto peligroso, seísmo, inundación y

emergencia externa.

– Esquema de actuación por paquete sospechoso o por llamada de amenaza de bomba.

En estos esquemas se indica el estado de los distintos equipos y mandos de la Organización de

Emergencia, así como las acciones más relevantes y que caracterizan cada fase de actuación.

6.2.4.- Fichas de actuación

En este apartado se resume toda la operativa de actuación en casos de emergencia definida en

apartados anteriores, en base a las funciones definidas para cada uno de los ocupantes del Colegio.

Para ello se definen unas fichas de actuación en las que se incluyen las acciones de tipo general

que hay que realizar, teniendo presente que no son exclusivas y que se adaptarán a las circunstancias

reales de cada emergencia. Se incluyen fichas de actuación para:

Periodo de alta ocupación:

– JEFE DE EMERGENCIA (J.E.)

– EQUIPO DE INTERVENCIÓN (E.I.)

– EQUIPO DE ALARMA Y EVACUACIÓN (E.A.E.)

Page 72: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 71 -

JEFE DE EMERGENCIA 1/2

Si detecta o es avisado de un SINIESTRO en el Colegio:

• Avisa a un componente del Equipo de Intervención y acuden al lugar del siniestro. En caso de

amenaza de bomba acuden al despacho.

• Decide si activar el Plan de Actuación en Emergencias:

– Si decide no activarlo, restablece la normalidad.

– Si decide activarlo, actúa de acuerdo con los puntos siguientes.

• Clasifica la emergencia:

– Conato de Emergencia (no contemplado si se encuentra solo, en caso de paquete sospechoso o

amenaza de bomba, o si la emergencia afecta al cuarto de caldera, al cuadro eléctrico general

o a la campana de cocina).

– Emergencia General.

• Realiza las acciones asociadas al nivel de emergencia establecido.

CONATO DE EMERGENCIA (Fase Amarilla):

• Trasladan al personal y niños en peligro a otra zona segura del interior del edificio o al exterior y

asigna a una persona por grupo para su control.

• Coordina la actuación del Equipo de Intervención para intentar controlar el siniestro.

• Reclasifica la emergencia en caso necesario:

– Emergencia General.

– Fin de la Emergencia.

• Realiza las acciones asociadas al nivel de emergencia establecido.

EMERGENCIA GENERAL (Fase Roja): • Confina el siniestro al recinto afectado.

• Avisa a las Ayudas Exteriores, u ordena a otra persona que las avise.

• Ordena la evacuación del Colegio al punto de reunión exterior:

- Edificio de Primaria: Mensaje de evacuación por megafonía: (debe indicar las vías de

evacuación que no puedan ser utilizadas). A continuación activación del timbre – 3 toques.

- Resto de edificios: enviando al Equipo de Intervención para transmitir de palabra la orden de

evacuación a todo el personal de dichos edificios: (debe indicar las vías de evacuación que no

puedan ser utilizadas).

• Espere cerca del área del siniestro o en el Punto de Reunión Exterior con el Plan de Autoprotección,

la confirmación de la evacuación de las distintas zonas y edificios.

• Confirmada la evacuación total y si todavía no han llegado las Ayudas Exteriores:

– Ordene a los componentes de la organización de emergencia presentes en el edificio afectado la

evacuación al punto de reunión exterior.

Page 73: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 72 -

JEFE DE EMERGENCIA 2/2

– Compruebe que en el punto de reunión exterior todo está en orden. Posteriormente acuda al

acceso habitual a la parcela y espere la llegada de las ayudas exteriores.

– Controle el acceso desde el exterior para que nadie no autorizado acceda al Centro.

FIN DE LA EMERGENCIA:

• Levanta el estado de emergencia y restablece la normalidad en el Colegio.

• Registre en un libro específico las incidencias que se hayan producido.

• Comunica a los familiares de los heridos el estado y el centro hospitalario donde hayan sido

trasladados.

• Inicia una investigación sobre el suceso y elabora un informe sobre el mismo.

Si se produce algún HERIDO:

• Coordina el traslado de éste a una zona segura del Colegio o al exterior, solicita el aviso a las

ayudas exteriores (ambulancia) y asigna a una persona para que controle su estado y posible

traslado a un centro hospitalario.

Llegada de las AYUDAS EXTERIORES:

• Acude a recibirlas. Lleve una copia del Plan de Emergencia y un juego de llaves de todos los

recintos cerrados y de los accesos a la parcela.

• Informa del suceso al Responsable y pone a su disposición los medios humanos y materiales del

Colegio. Le entrega el Plan de Autoprotección.

• Facilita su acceso al Colegio.

PUNTO DE REUNIÓN EXTERIOR

Junto al linde con la Avenida Mar Mediterráneo

MENSAJE DE AVISO A LAS AYUDAS EXTERIORES

<< Llamo del CEIP Joan Miró, ubicado en Leganés, en la calle ingeniería, nº 2, Leganés (Madrid).

Soy el Jefe de Emergencia del Colegio y le comunico que se ha producido un ……… (tipo de

siniestro), que afecta a ……… (zona afectada) y hay ……... (nº de heridos) >>

Page 74: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 73 -

EQUIPO DE INTERVENCIÓN 1/1

Si detecta o es avisado de un SINIESTRO en el Colegio

• Manteniendo la calma, avisa al personal de la zona.

• Avisa al Jefe de Emergencia (si no ha sido avisado con anterioridad) y a otro compañero del Equipo

de Intervención próximo.

• Acude al lugar del siniestro.

• Valora la situación y actúa para intentar controlar el siniestro, bajo la dirección del Jefe de

Emergencia a su llegada.

Procedimiento de ACTUACIÓN:

1º Trasladar a los niños a otra zona segura dentro del Colegio, por ejemplo a la pista deportiva o patio

de recreo, o si se incorpora el Jefe de Emergencia será quien decida sobre este aspecto, al Punto de

Reunión Exterior. Asignen al menos a una persona por grupo para su control (la persona idónea es

el profesor de los niños).

2º Garantizar que el siniestro no se extiende:

– En el supuesto de incendio: cerrando ventanas y puertas y retirando material combustible

adyacente. En el caso de fuego eléctrico actuando sobre el cuadro de la zona.

– En el supuesto de inundación: cerrando la llave de corte.

– En el supuesto de fuga de producto peligroso (gas): cerrando la llave de corte de suministro y

ventilando el recinto.

3º Actuar ante el siniestro.

DURANTE LA EMERGENCIA:

• A la llegada del Jefe de Emergencia, le informa de las acciones realizadas.

• No ponga en peligro su integridad ni la del resto del personal. Si no hay más componentes del

Equipo de Intervención, solicita ayuda al personal de la zona.

• Si es necesario, confina el siniestro a la sala afectada y colabora en la evacuación.

• Si se lo ordena el Jefe de Emergencia, realiza el aviso de evacuación a la zona asignada (sala por

sala) y posteriormente compruebe la evacuación total de la zona:

– Si es necesario, prepare los accesos utilizados en la evacuación.

– Colabora en la evacuación de la zona asignada actuando de “cierra filas”.

– Comprueba que no queda nadie en su zona haciendo un “barrido físico” de la misma, accediendo

a todas las salas y recintos no marcados como evacuados, incluso aseos y locales normalmente no

ocupados.

– Confirma al Jefe de Emergencia la evacuación de su zona.

• Evacua al punto de reunión exterior cuando se lo ordene al Jefe de Emergencia.

Cuando lleguen las AYUDAS EXTERIORES:

• Informa de la situación y cede la actuación a estas.

• Colabora en todo lo que le pidan pero no pierda la dependencia funcional del Jefe de Emergencia.

PUNTO DE REUNIÓN EXTERIOR

Junto al linde con la Avenida Mar Mediterráneo

Page 75: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 74 -

EQUIPO DE ALARMA Y EVACUACIÓN 1/2

Si detecta o es avisado de un SINIESTRO en el Colegio.

• Manteniendo la calma, avisa al personal de la zona.

• Avisa o indica a un compañero que avise al Jefe de Emergencia (si no ha sido avisado con

anterioridad).

• Siguen las órdenes del Jefe de Emergencia.

Procedimiento de ACTUACIÓN:

1º Trasladar a los niños a otra zona segura dentro del edificio e incluso si se valora, si se incorpora al

Jefe de Emergencia es quien decida sobre este aspecto, al Punto de Reunión Exterior. Asignan al

menos a una persona por grupo para su control.

Si decide evacuar porque valora que es peligroso estar en el edificio antes de llegar al punto de

reunión exterior debe, según sale del aula, informar de la emergencia a las tutoras de las aulas

adyacentes y una vez en el exterior una debe acudir a informar al Jefe de Emergencia.

2º Garantizar que el siniestro no se extiende:

– En el supuesto de incendio: cerrando ventanas y puertas y retirando material combustible

adyacente. En el caso de fuego eléctrico actuando sobre el cuadro de la zona.

– En el supuesto de inundación: cerrando la llave de corte.

– En el supuesto de fuga de producto peligroso (gas): cerrando la llave de corte de suministro y

ventilando el recinto.

3º Controlar a los niños, entreteniéndolos, y permanecer atentos a la evolución de la emergencia y a

las órdenes del Jefe de Emergencia.

Si se ordena la EVACUACIÓN (mensaje por megafonía o aviso personal o sirena acústica):

PROFESORES:

• Debe encargarse de su clase y no atender a ninguna acción excepto a evacuar a sus alumnos hasta el

punto de reunión exterior.

• Organice la evacuación del aula, situando a los alumnos en fila con el delegado de clase en cabeza.

• Dé la orden de evacuación cuando llegue su turno y esté despejado el pasillo.

• Guíe a su grupo hacia la salida o escalera, salvo indicación contraria de los componentes de la

Organización de Emergencia. Asegúrese de que sale el último de su aula, cierre la puerta al salir y

la señaliza como evacuada situando en el pasillo junto a la puerta una papelera.

• Dirige y evacua a su grupo hasta el punto de reunión exterior definido, si el Jefe de Emergencia no

especifica otro punto de reunión. Realice un recuento de niños cuando llegue al punto de reunión

exterior.

• Controla a los niños en el punto de reunión exterior, entreteniéndolos, a la espera de que el Jefe de

Emergencia le ordene la vuelta a la normalidad u otra acción.

Page 76: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

- 75 -

EQUIPO DE ALARMA Y EVACUACIÓN 2/2

PROFESORES DE APOYO:

• Se encarga de ayudar en la evacuación del aula en la que se encuentre, a no ser que tenga

preasignada otra aula o tenga asignado un niño con necesidades especiales de atención durante la

evacuación.

• Es la encargada, en el supuesto de evacuación del aula por emergencia en la misma, de avisar a las

aulas adyacentes y al Jefe de Emergencia.

• Durante la evacuación se sitúa en cabeza de la fila conduciendo al aula hasta el punto de reunión

exterior y siguiendo las indicaciones de la tutora.

PERSONAL DE SERVICIO:

• Si tiene un aula preasignada acude a dicho aula y ayuda en la evacuación de los niños hasta el punto

de reunión exterior bajo la dirección de la tutora.

• Si no tiene un aula preasignada acude al Jefe de Emergencia y realice las acciones que le asigne:

ayudar en la evacuación de un aula o de un niño, comprobar que una zona ha quedado totalmente

evacuada o abrir los accesos exteriores que se requieran.

• La persona designada para verificar la evacuación realiza las siguientes acciones:

– Colabora en la evacuación de la zona asignada actuando de “cierra filas”.

– Comprueba que no queda nadie en su zona haciendo un “barrido físico” de la misma, accediendo

a todas las salas y recintos no marcados como evacuados, incluso aseos y locales normalmente no

ocupados.

– Confirma al Jefe de Emergencia la evacuación de su zona.

– Acude al Punto de Reunión Exterior.

DURANTE LA EVACUACIÓN:

• Siga el método de traslado de niños más adecuado a las características del grupo asignado.

• Inicialmente trasladen a los niños al exterior del edificio y, una vez controlados todos los niños en

dicha zona, trasládenlos al punto de reunión exterior.

• Evacuada un aula, el personal marcará el aula como evacuada colocando un objeto visible delante

de la puerta de acceso por el lado del pasillo.

• Una vez evacuado su grupo, colabore en la evacuación del resto de grupos. Recuerde que en el

punto de reunión deben quedarse al menos dos personas para el control de los niños evacuados.

• En el punto de reunión exterior atiendan a los heridos, realizando el aviso a las ambulancias y

controlando el traslado a centros sanitarios (nombre, estado, síntoma, donde lo trasladan).

PUNTO DE REUNIÓN EXTERIOR

Junto al linde con la Avenida Mar Mediterráneo

6.2.6.- Consignas de evacuación

En este apartado se incluyen una serie de consignas y métodos que pueden ser, y que en muchos

casos deben ser aplicados para que la evacuación se lleve a cabo con garantías.

Debemos tener presente que la evacuación en este tipo de actividades es compleja, debido

principalmente a la presencia de niños e incluso bebés, por lo que es necesario planificar esta tarea, así

como aprender las técnicas más efectivas en función de la situación real que se presente.

Existen dos premisas fundamentales para que la evacuación de un área sea verdaderamente

eficaz: Que sea ordenada y que se sigan las vías preestablecidas. A continuación se indican una serie

de normas de evacuación que deben ser conocidas por todo el personal del Colegio:

Page 77: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

NORMAS GENERALES DE EVACUACIÓN

Mantener la calma y no fomentar situaciones alarmistas, sin gritos.

Eliminar obstáculos en puertas y recorridos de evacuación.

Emprender la evacuación con rapidez.

No intentar llevar consigo los objetos personales.

No intentar recuperar ningún objeto que se caiga.

Promover la ayuda mutua (controlar reacciones nerviosas).

No volver a entrar en el área después de evacuada. Cerrar puertas y ventanas.

Mantener el orden y la tranquilidad en todo momento.

Mantener libre la línea telefónica.

CONSIGNAS A TRANSMITIR A LOS PADRES Y VISITAS

Que actúe con serenidad y calma.

Que se mantenga en silencio o hable en voz baja. Que no chille.

Que siga al pie de la letra, sin discutir, las instrucciones recibidas.

Que siga la vía de evacuación asignada hasta alcanzar la salida.

Que camine con rapidez, pero sin precipitación. No mirando hacia atrás.

Que no regrese a recoger algún objeto olvidado.

Que no se detenga cerca de las puertas de salida de las aulas o solar.

Que se dirija rápidamente al Punto de Reunión Exterior.

6.2.7.- Consignas de confinamiento

Ante una situación de emergencia declarada en un edificio, si la permanencia en el interior del

mismo no es segura se deberá evacuar a una zona segura definida como punto de reunión exterior.

No obstante, hay una serie de casos en los que permanecer en el interior del edificio sea la solución

más segura, ya sea porque las vías de evacuación hasta el espacio exterior seguro han quedado bloqueadas

y no las podemos utilizar o porque se trate de una emergencia exterior y sea el propio edificio la zona más

segura. En estos casos deberemos confinarnos en el interior del edificio, siguiendo las siguientes

recomendaciones.

Page 78: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor abril ‘17 - 79 -

CONSIGNAS EN CASO DE CONFINAMIENTO

Alejarnos lo máximo posible del foco de peligro a una zona de fachada. Si es posible, nos trasladaremos a

otro sector de incendio.

Cerrar las puertas existentes entre el foco del siniestro y nuestra posición. Colocar toallas, mantas, prendas

de vestir u otros elementos en las rendijas de las puertas para dificultar el paso del humo y gases tóxicos.

Cerrar las ventanas del recinto de confinamiento y no abrirlas bajo ningún concepto, salvo para abandonar

el recinto, crearíamos una corriente de aire que tiraría del incendio hacia nuestra posición.

Informar de nuestra posición de confinamiento por teléfono (fijo o móvil) u otro medio auxiliar, ya sea a un

compañero o al teléfono de emergencias 112. En el caso de no disponer de teléfono, haremos señales

ostensibles desde una ventana para indicar nuestra posición.

Page 79: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor abril ‘17 - 80 -

6.2.9.- Modo de recepción de las ayudas exteriores

MODO DE RECEPCIÓN DE LAS AYUDAS EXTERIORES

A la llegada de las ayudas exteriores, el Jefe de Emergencia será el encargado de informar al

Jefe de Equipo de éstas.

El Jefe de Emergencia le entregará el Plan de Autoprotección e informará sobre:

– Tipo, localización y alcance del siniestro.

– Riesgos de la zona.

– Equipos actuantes y localización.

– Posible personal atrapado.

– Medios de protección disponibles.

NOTA: El Jefe de Emergencia es el interlocutor con las ayudas exteriores.

6.3.- IDENTIFICACIÓN Y FUNCIONES DE LAS PERSONAS Y EQUIPOS QUE LLEVARÁN A

CABO LOS PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN EN EMERGENCIAS

6.3.1.- Organización de Emergencia. Composición, identificación y funciones

La Organización de Emergencia constituye el conjunto de personas especialmente entrenadas y

organizadas para la prevención y actuación en emergencias dentro del ámbito del Colegio.

a) Organigrama jerárquico

b) Composición

La composición de los equipos de la Organización de Emergencia se realizará atendiendo a la

estructura existente en el Colegio, así como a la capacitación y preparación física.

JEFE DE

EMERGENCIA

Desde el lugar del siniestro o desde un despacho, dependiendo del tipo de emergencia, dirigirá y

coordinará todas las acciones que se realicen en el Colegio para el control de la emergencia y

recabará las ayudas externas necesarias.

Organización del resto de actividades ORGANIZACIÓN GENERAL

(Periodo lectivo y comedor)

COORDINADOR DE EMERGENCIA

EQUIPO DE INTERVENCIÓN

Y EVACUACIÓN

(E.I.E)

JEFE DE EMERGENCIA

EQUIPO DE EVACUACIÓN

(E.E)

EQUIPO DE INTERVENCIÓN

(E.I)

Page 80: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor abril ‘17 - 81 -

Componentes: Director del Colegio. Como suplente se designa:

1ª suplente: Jefe de Estudios

2ª suplente: Secretario

EQUIPO DE INTERVENCIÓN

Acudirá al lugar donde se ha producido la emergencia con el objeto de controlarla, si es posible, o

mantenerla confinada, si así lo requiere la dificultad de la intervención.

Componentes: Se formará un equipo para todo el Colegio, formado por el Equipo Directivo, auxiliar

de control y por el personal no educativo.

Los componentes de este equipo serán asignados para realizar su cometido por el Jefe de

Emergencia, en el momento de la emergencia valorando, el área afectada, alcance y necesidades en la

evacuación.

EQUIPO DE EVACUACIÓN

Coordinarán la evacuación total y ordenada del Colegio al punto de reunión exterior.

Componentes: Estará formado por todo el personal.

Los criterios a tener en cuenta en la designación de personal, que se debe realizar al comienzo del curso

lectivo, son los siguientes:

El Jefe de Emergencia siempre que se pueda, se dedicará a coordinar la labor del resto de

personal del Colegio.

El personal del Equipo de Intervención y el personal no docente, designado por el Jefe de

Emergencia, se encargará de verificar la evacuación del Centro.

Dentro del personal de este grupo se encargará de verificar la evacuación del Centro:

Edificio Principal – Planta 2ª:

Titular: Profesor del aula nº 11

Suplente: Profesor del aula nº 10

Edificio principal – Planta 1ª

Titular: Profesor del aula P.T.

Suplente: Profesor del aula de música

Edificio principal – Planta baja:

Titular. Secretario

Suplente. Representante del Equipo Directivo

Edificio Infantil

Titular: Profesora de Apoyo

Suplente: Profesora del aula más próxima a la escalera principal

Gimnasio: Profesor que se encuentre realizando la actividad en su interior

Los profesores se harán cargo de su grupo. En el caso de que en el momento de la emergencia el

profesor de un grupo estuviera ausente, el profesor que atienda al grupo más cercano, asumirá sus

funciones hasta que se reincorpore.

Las maestras de apoyo refuerzan la evacuación de aquellas aulas o niños con necesidades especiales.

El resto del personal no educativo (cocina, monitoras, etc) acudirá al encuentro del Jefe de Emergencia, que

le asignará un grupo o una tarea específica durante la emergencia.

Durante el resto de actividades que se producen en el Colegio se plantea la siguiente composición de

los equipos de la Organización de Emergencia:

Page 81: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor abril ‘17 - 82 -

COORDINADOR DE EMERGENCIA

Desde el lugar del siniestro o desde un despacho, dependiendo del tipo de emergencia, dirigirá y

coordinará todas las acciones que se realicen en el Colegio para el control de la emergencia y recabará las

ayudas externas necesarias.

Componentes: Coordinador o Presidente responsable de la actividad, como suplentes se designara al

personal más liberado.

EQUIPO DE INTERVENCIÓN Y EVACUACIÓN

Coordinarán la evacuación total y ordenada del Colegio al punto de reunión exterior.

Componentes: Estará formado por todo el personal (monitores.

Los criterios a tener en cuenta en la designación de personal, que se debe realizar al comienzo del curso

lectivo, son los siguientes:

El Coordinador de Emergencia siempre que se pueda, se dedicará a coordinar la labor del resto de

personal del Colegio.

El personal del Equipo de Intervención y Evacuación, designado por el Coordinador de Emergencia,

se encargará de verificar la evacuación del Centro.

Los monitores se harán cargo de su grupo. En el caso de que en el momento de la emergencia el

monitor de un grupo estuviera ausente, el profesor que atienda al grupo más cercano, asumirá sus

funciones hasta que se reincorpore.

Los monitores de apoyo refuerzan la evacuación de aquellas aulas o niños con necesidades

especiales.

El resto del personal acudirá al encuentro del Coordinador de Emergencia, que le asignará un grupo

o una tarea específica durante la emergencia.

c) Identificación de los componentes de la Organización de Emergencia

La persona que dará el aviso a las ayudas exteriores e informará al personal y adoptará las acciones

inmediatas para reducir las consecuencias del accidente o suceso será el Jefe de Emergencia o el

Coordinador de Emergencia, según el periodo de actividad.

En el anexo I.1 de este documento se incluye una ficha modelo donde se reflejan los componentes de

la Organización de Emergencia. Esta ficha debe mantenerse actualizada permanentemente.

d) Funciones

Las funciones de cada uno de los miembros de la Organización de Emergencia en situación

normal de la actividad y en situación de emergencia son las que se indican a continuación:

JEFE DE EMERGENCIA o COORDINADOR DE EMERGENCIA

Funciones en situación normal de la actividad:

• Estar localizable permanentemente y en caso de ausencia notificarlo a su suplente.

• Promover el interés y la cooperación en orden a la seguridad del Colegio.

• Controlar y conocer el grado de funcionamiento del Colegio.

• Velar por el mantenimiento de las instalaciones y medios de protección existentes en el Colegio.

• Coordinar todo el proceso de formación de la Organización de Emergencia, tanto cursos teóricos

como prácticos, en especial cuando haya nuevas incorporaciones.

Page 82: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor abril ‘17 - 83 -

• Programar y supervisar los simulacros que se lleven a cabo en el Colegio, de acuerdo con el

programa establecido.

Funciones en situación de emergencia:

• Confirmar las alarmas que se produzcan en el Colegio.

• Decidir todas las acciones a tomar durante el desarrollo de la emergencia hasta la llegada de las

Ayudas Exteriores pertinentes (órdenes de evacuación, petición de Ayudas Exteriores, etc.).

• Coordinar la labor de toda la Organización de Emergencia, velando por su seguridad y la de todos

los ocupantes del Colegio.

• Solicitar la presencia de las Ayudas Exteriores necesarias.

• Recibir las confirmaciones de la evacuación del Colegio.

• Cooperar con las Ayudas Exteriores que acudan, transmitiéndoles la responsabilidad máxima. A

la llegada de estas ayudas les deberá entregar una copia del Plan de Autoprotección y

comunicarles:

– Tipo, localización y alcance del siniestro.

– Riesgos de la zona.

– Equipos actuantes y localización.

– Posible personal atrapado.

• Ordenar que se dé por finalizada la situación de emergencia cuando estime llegado el momento o

así lo ordene la autoridad competente.

• Restablecer la actividad normal en el Colegio una vez finalizada la emergencia ordenando el

retorno del personal a sus puestos de trabajo.

• Comunicar a los familiares el estado y situación de los heridos, si los hubiese.

• Evaluar los daños producidos por los siniestros que tengan lugar en el Colegio, elaborando un

informe al respecto.

EQUIPO DE

INTERVENCIÓN

Funciones en situación normal de la actividad:

• Conocer los riesgos de las distintas zonas del Colegio y en particular los locales e instalaciones de

riesgo especial.

• Conocer la situación y manejo de los medios de protección

• Mantener libre de obstáculos el área próxima a los medios de protección.

• Comunicar al Jefe de Emergencia las anomalías que se pudieran observar en los medios de

protección.

• Colaborar activamente en los simulacros que se organicen en el Colegio.

Funciones en situación de emergencia:

• Actuar ante los siniestros que se produzcan en el Colegio, bajo la dirección del Jefe de

Emergencia.

En caso de incendio:

– Cerrar puertas y ventanas, a fin de confinar el incendio (sí se dispone de tiempo).

– Retirar material combustible existente en las proximidades.

– Actuar con los medios de protección adecuados (extintores).

– Corte de suministro eléctrico.

– Corte de instalaciones que puedan agravar la situación (caldera, gas, etc.).

En caso de inundación:

– Cierre de llaves de paso.

– Recogida de agua con bomba de achique u otro elemento.

– Corte de elementos eléctricos del área afectada.

Page 83: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor abril ‘17 - 84 -

– Corte de instalaciones que puedan agravar la situación (caldera, gas, etc.).

En caso de amenaza de bomba:

– Apertura de puertas y ventanas para mitigar la onda expansiva.

En caso de paquete sospechoso:

– Acordonar la zona.

En caso de explosión o derrumbamiento:

– Actuar sobre las instalaciones de la zona.

– Rescate del personal atrapado.

En el caso de fuga de gas natural:

– Cerrar la llave de paso del fluido.

– Acordonar la zona.

– Ventilar el área afectada para diluir el producto.

• Verificar la evacuación de la zona asignada y comunicarlo al Jefe de Emergencia.

EQUIPO DE EVACUACIÓN

Funciones en situación normal de la actividad:

• Conocer el colegio, sus zonas de riesgo para la evacuación y sus posibilidades de evacuación.

• Vigilar celosamente que los caminos de evacuación estén siempre expeditos y libres de

obstáculos.

• Comunicar al Jefe de Emergencia las anomalías que se pudieran observar en las vías de

evacuación.

• Colaborar activamente en los simulacros que se organicen en el Colegio.

• Conocer la ubicación del Punto Reunión Exterior.

Funciones en situación de emergencia:

• Transmitir la alarma a todo el personal.

• Asegurar una evacuación total y ordenada del Colegio.

• Controlar al personal evacuado en el punto de reunión exterior, así como a los posibles heridos

durante la emergencia.

6.3.2.- Estados de emergencia

Durante la emergencia, la organización realiza determinadas acciones en función del tipo, lugar del

suceso y clasificación de la misma. En el Plan se establecen dos estados de emergencia que son:

ESTADO DE INTERVENCIÓN

Concepto: Es el estado en el que se actúa de manera directa durante la emergencia.

Efectivo para: Todos los componentes de la Organización de Emergencia.

Acciones asociadas: Las funciones que tienen asignadas cada uno de los componentes y equipos en

situación de emergencia:

• Jefe de Emergencia:

- Clasificar las emergencias de acuerdo con la información facilitada.

- Confirmar las alarmas de emergencia.

- Dirigir la actuación del Equipo de Intervención en el lugar del siniestro.

- Coordinar y dirigir la actuación del Equipo de Evacuación.

- Avisar y recibir a las Ayudas Exteriores necesarias.

Page 84: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor abril ‘17 - 85 -

- Hacer un “barrido físico” de la zona asignada comprobando que no queda nadie,

accediendo a todas las salas y recintos del sector, incluido aseos y recintos normalmente no

ocupados.

• Equipo de Intervención:

- Actuar ante los siniestros que se produzcan en el Colegio, bajo la dirección del Jefe de

Emergencia.

- Abrir, en caso necesario, las puertas que se requieran en la evacuación y ordenada por el

Jefe de Emergencia.

- Si se lo ordena el Jefe de Emergencia, hacer un “barrido físico” de la zona asignada

comprobando que no queda nadie, accediendo a todas las salas y recintos del sector,

incluido aseos y recintos normalmente no ocupados. Informarla de que la zona ha sido

evacuada, acudiendo a su encuentro.

• Equipo de Evacuación:

- Evacuar a los niños a grupo asignado a un lugar seguro del interior del edificio o al punto

de reunión exterior.

Si no se tiene ningún grupo asignado acudirá al encuentro del Jefe de Emergencia que le

asignará un grupo a una tarea específica.

ESTADO DE APOYO

Concepto: Es el estado asociado al momento en el que las Ayudas Exteriores asumen la dirección de

la emergencia a su llegada.

Efectivo para: Todos los componentes de la Organización de Emergencia.

Acciones asociadas: Informar y apoyar la actuación de las Ayudas Exteriores, bajo la coordinación

del Jefe de Emergencia.

6.4.- IDENTIFICACIÓN DEL RESPONSABLE DE LA PUESTA EN MARCHA DEL PLAN DE

ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS.

El Director del Plan de Actuación en Emergencias, durante el periodo lectivo y de comedor del

Colegio, D. Lucas Selma Luna, será responsable de activar dicho plan de acuerdo con lo establecido en el

mismo, declarando la correspondiente situación de emergencia, notificando a las autoridades competentes

de Protección Civil, informando al personal, y adoptando las acciones inmediatas para reducir las

consecuencias del accidente o suceso.

En el resto de periodos el responsable será el Coordinador o Presidente de la actividad que

corresponda.

Page 85: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 86

TÍTULO OCTAVO: Normas de Convivencia

CAPÍTULO I: PRINCIPIOS GENERALES POR LOS QUE SE RIGE

Artículo 85.

Entendemos la disciplina como un conjunto de normas de conducta que apoyan la

convivencia. En este sentido desde el punto de vista normativo atenderemos especialmente a lo

dispuesto en los decretos 136/2002 derogado por el 15/2007. Desde el punto de vista educativo ha

de basarse en un espíritu de diálogo, razonamiento y responsabilidad. Estas NORMAS DE

CONVIVENCIA tendrán un fin educativo, preventivo y formativo, no exclusivamente sancionador.

Por ello los principios en los que están basadas estas medidas de corrección serán:

Dar carácter positivo a la actuación, desde el propósito de desarrollar una sensibilidad ante

los fenómenos de convivencia y los conflictos en la misma.

Principio de prevención e intervención temprana, cuidando que no de lugar a relaciones

deterioradas o clima adverso a la buena convivencia.

Principio de atención a la diversidad, como aquél que evitará el sentimiento de exclusión

que genera actitudes sociales negativas a medio y largo plazo.

Crear un clima de seguridad y confianza.

La mediación como principio básico educativo, a la vez que como estrategia para afrontar

el conflicto ya presente.

Principio de comunicación, dada la importancia de la interacción social para desarrollar la

comprensión de las diferentes perspectivas para abordar el problema, y el aprendizaje

social basado en el diálogo y la participación democrática.

Principio educativo basado en la solución de conflictos.

Principio de carácter revisable.

Principio de socialización: el niño debe adquirir valores y normas para convivir

pacíficamente en la sociedad de la que forma parte.

Para decidir acerca de las medidas adecuadas en cada caso:

Se tendrá en cuenta la edad y las circunstancias personales, familiares o sociales del

alumno, en su caso las necesidades educativas especiales que pudiera presentar el alumno,

así como todos aquellos factores del entorno que pudieran haber incidido en el conflicto.

Se graduarán las correcciones teniendo en cuenta lo anterior y, además, lo establecido en el

apartado de circunstancias atenuantes y agravantes.

FALTAS DE DISCIPLINA Y SANCIONES

Artículo 86.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Con el objetivo de garantizar el cumplimiento del Plan de Convivencia del centro, se

corregirán, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 15/2007, de 19 de abril, los actos

contrarios a las normas establecidas en “Las Normas de Organización, Funcionamiento y

Convivencia” que realicen los alumnos en el recinto escolar o durante la realización de actividades

complementarias y extraescolares y servicios educativos complementarios. Igualmente se podrán

corregir todos aquellos actos de alumnos realizados fuera del recinto escolar cuando tengan su

Page 86: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 87

origen o estén directamente relacionados con la actividad escolar o afecten a los miembros de la

comunidad educativa.

Cualquier profesor testigo de una infracción a dichas Normas, cuando tenga la consideración de

leve, está facultado para imponer la sanción correspondiente, de acuerdo con lo que establezca el

presente decreto y el Reglamento de Régimen Interior del mismo. Cuando las faltas tengan la

consideración de graves o muy graves se adoptarán las medidas establecidas en el plan de

convivencia.

En caso de comisión de actos que pudieran ser constitutivos de delito o falta penal, los

profesores y el Equipo Directivo del Centro tiene la obligación y el deber de poner los hechos en

conocimiento de los Cuerpos de Seguridad correspondientes o del Ministerio Fiscal.

TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS DE DISCIPLINA, SANCIONES Y ÓRGANOS

COMPETENTES PARA LA ADOPCIÓN DE SANCIONES

Artículo 87.

Se consideran faltas de disciplina aquellas conductas que infrinjan las normas de

convivencia del centro. Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves. La tipificación de

las mismas, así como de las sanciones correspondientes aparece en el Reglamento de Régimen

Interior del centro y se atienen al Decreto citado en el párrafo anterior.

Artículo 88.

1.-FALTAS LEVES: INFRACCIÓN DE LAS NORMAS DE CONDUCTA

(Decreto 15/2007, de 19 de abril, Articulo 12.1)

Las faltas leves cuyos hechos y autoría resulten evidentes podrán ser

corregidas/sancionadas de forma inmediata de acuerdo con lo que se disponga en “Las Normas de

Organización, Funcionamiento y Convivencia” En el caso de no ser evidentes, el tutor recabará y

contrastará la información suficiente como para llegar a una conclusión fidedigna y proceder en

consecuencia.

Page 87: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 88

TIPIFICACIÓN DE LA FALTA:

FALTAS LEVES (Artículo 12.1 del Decreto)

SANCIÓN:

SANCIONES CORRESPONDIENTES A

FALTAS LEVES (Artículo 12.2 del Decreto)

TIPO DE PROCEDIMIENTO Y ÓRGANOS

COMPETENTES PARA LA ADOPCIÓN DE

SANCIONES.

“Cualquier infracción a las normas de conducta

del plan de convivencia, cuando, por su entidad, no

llegara a tener la consideración de falta grave ni de

muy grave”

Son normas de conducta del centro:

Se corregirán de forma inmediata de acuerdo con

lo que se disponga en el RRI. Entre las sanciones

que se contemplen en el reglamento, se incluirán:

a) Amonestación verbal o por escrito.

b) Expulsión de la sesión de clase con

comparecencia inmediata ante el jefe de estudios o

el director, la privación del tiempo de recreo o

cualquier otra medida similar de aplicación

inmediata.

c) Permanencia en el centro después de la jornada

escolar.

d) La retirada del teléfono móvil o del aparato o

dispositivo electrónico utilizado hasta la

finalización de la jornada.

e) La realización de tareas o actividades de

carácter académico.

Procedimiento ordinario inmediato: con sanción

inmediata (art. 20.1 y 21.1)

Tutor del alumno.

Maestros del centro.

Maestro del alumno.

Procedimiento ordinario mediato: (art. 21.2)

Tutor del alumno.

Jefe de estudios.

Director.

1. Atender a las explicaciones del profesor/a y

realizar las tareas encomendadas orientadas a

su aprendizaje, poniendo el máximo interés.

Amonestación verbal o por escrito.

2. Cuidar el uso del lenguaje, no utilizando

palabras malsonantes ni insultos. Amonestación verbal o por escrito.

3. Respetar el turno de palabra.

No levantarse del sitio sin permiso del profesor.

Mantener una postura corporal correcta.

Amonestación verbal o por escrito.

4. No realizar actividades, estudios y tareas

encomendadas por los profesores o no aportar

el material didáctico adecuado para realizarlas.

Amonestación verbal o por escrito.

5. La falta de respeto al ejercicio del derecho al

estudio y la atención al profesorado de los

demás compañeros.

Amonestación verbal o por escrito.

6. No guardar la compostura y/o usar una

vestimenta inadecuada para la permanencia en

el centro.

Amonestación verbal o por escrito.

Page 88: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 89

7. Queda prohibido el uso de cualquier dispositivo

electrónico: teléfonos móviles, maquinitas

electrónicas, mp3,…

La retirada del teléfono móvil o del aparato o

dispositivo electrónico utilizado hasta la

finalización de la jornada.

8. Ningún alumno/a quedará en la clase, ni podrá

volver a ellas una vez que hayan salido al patio,

salvo permiso expreso y siendo acompañado

por un/una profesor/a del centro. (Esta norma

deberá cumplirse también en servicio de

comedor)

De forma general queda establecido que; los actos

contrarios a las Normas de conducta de obligado

cumplimiento para los alumnos cometidas durante

el tiempo de recreo o que directamente estén

relacionadas con este momento lectivo o con el

espacio en el que se desarrolla deben

obligatoriamente acarrear:

Amonestación verbal y/o ...

Amonestación por escrito y/o ...

Privación del tiempo de recreo en

aplicación inmediata. *

*Atendiendo al carácter eminentemente pedagógico del Plan de

Convivencia, cuando un alumno sea sancionado con la privación

inmediata del tiempo de recreo se aplicarán las medidas

educativas, preventivas y correctoras que debidamente recogidas

en estas “Normas” aseguren la reflexión del alumno.

9. Los alumnos/as tendrán una actitud de respeto

mutuo en los juegos. Se evitarán los insultos,

gestos inadecuados, riñas o agresiones entre

compañeros.

10. El uso de balones excesivamente duros durante

el periodo de recreo así como objetos que

puedan suponer un peligro para los demás

alumnos/as.

11. Quedan absolutamente prohibidos los juegos y

comportamientos que puedan ser causa de

posibles accidentes.

12. Los alumnos deberán permanecer en su zona de

juego, sabiendo que el porche y el

aparcamiento no son zonas de juego sino de

tránsito, por lo que los alumnos no deberán

permanecer en ellas.

13. Una vez que suena la música de entrada,

deberemos acudir a nuestra fila dejando

inmediatamente la actividad que estemos

realizando.

14. Los alumnos subirán y bajarán por la escalera

que tienen asignada, siempre por la derecha y

en fila. Está terminantemente prohibido correr

al bajar o al subir por las escaleras.

Amonestación verbal o por escrito.

Page 89: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 90

15. Queda terminantemente prohibido salir o entrar

al centro por la puerta del aparcamiento. Amonestación verbal o por escrito.

16. Realizar todos los desplazamientos por las

dependencias del colegio procurando ser lo más

respetuoso posible con el orden y el trabajo del

resto del alumnado y personal docente.

Amonestación verbal o por escrito.

17. Tratar correctamente a los compañeros, no

permitiéndose, en ningún caso el ejercicio de

violencia física o verbal, respetando la

dignidad, integridad, libertad y demás derechos

de mis compañeros/as.

Amonestación verbal o por escrito.

18. Respetar la autoridad, dignidad y funciones del

profesorado y de cuantas personas trabajen en

el centro escolar, tanto dentro de la clase como

en el resto del recinto escolar.

Amonestación verbal o por escrito.

19. No marginar ni discriminar a ningún

compañero/a ni mostrar desprecio o burla. Amonestación verbal o por escrito.

20. Cuidar y respetar los materiales, tanto

personales como de uso común que el centro

pone a disposición de alumnos y profesores y

respetar el de los compañeros.

Amonestación por escrito.

21. El deterioro de poca importancia no reiterado

de las dependencias y materiales del centro y de

sus compañeros intencionadamente.

Amonestación por escrito.

22. Mantener limpio el aula y resto de las

dependencias del centro no arrojando al suelo

objetos o desperdicios, utilizando las papeleras

y contenedores dispuestos para tal fin.

Amonestación verbal o por escrito.

23. Respetar y cuidar las instalaciones del centro y

el conjunto del edificio escolar. Amonestación por escrito.

24. Respetar las normas de utilización de todas las

aulas y dependencias del colegio. Amonestación verbal o por escrito.

25. Cualquier acto injustificado que altere Amonestación verbal o por escrito.

Page 90: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 91

levemente el normal desarrollo de las

actividades del centro.

26. Las faltas injustificadas de puntualidad Amonestación por escrito.

27. Las faltas de asistencia a clase, injustificada y

no reiterada. Amonestación por escrito.

28. El hurto de poca importancia no reiterado de

materiales del centro o pertenencias de los

miembros de la comunidad educativa causado

intencionadamente.

Amonestación por escrito.

29. Dirigirse a cualquiera de los miembros de la

comunidad educativa sin respeto ni educación Amonestación verbal con reparación del daño moral

mediante presentación de excusas.

30. Permanecer en las dependencias del colegio sin

permiso fuera del horario lectivo o extraescolar

establecido.

Amonestación verbal.

31. No comer en clase (chicles, bollos, caramelos,

pipas…) salvo en los momentos y condiciones

previamente acordados.

Amonestación verbal.

Page 91: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 92

Artículo 89.

TIPIFICACIÓN DE LA FALTA:

FALTAS GRAVES (Artículo 13.1 del Decreto)

SANCIÓN:

SANCIONES CORRESPONDIENTES A

FALTAS GRAVES (Artículo 13.2 del Decreto)

TIPO DE PROCEDIMIENTO Y ÓRGANOS

COMPETENTES PARA LA ADOPCIÓN DE

SANCIONES.

a) Expulsión de la sesión de clase con

comparecencia inmediata ante el jefe de estudios o

el director, la privación del tiempo de recreo o

cualquier otra medida similar de aplicación

inmediata.

b) Permanencia en el centro después del fin de la

jornada escolar.

c) Realización de tareas que contribuyan al mejor

desarrollo de las actividades del centro o a reparar

los daños causados, o a mejorar el entorno

ambiental del centro.

d) Prohibición temporal de participar en

actividades extraescolares o complementarias, por

un período máximo de un mes. *

e) Expulsión de determinadas clases por un plazo

máximo de seis días lectivos. *

f) Expulsión del centro por un plazo máximo de seis

días lectivos. *

* Cuando se apliquen las sanciones previstas en las

letras d), e) y f) para las faltas graves, durante el

tiempo que dure la sanción, el alumno realizará las

tareas o actividades que determine el profesorado

que le imparte clase (artículo 13. 3).

Procedimiento ordinario inmediato: con sanción

inmediata (art. 20.1 y 21.1)

Tutor del alumno.

Maestros del centro.

Maestro del alumno.

Procedimiento ordinario mediato: (art. 21.2)

Tutor del alumno.

Jefe de estudios.

Director.

1. La reiteración en el mismo trimestre de dos o

más faltas leves. Amonestación por escrito.

La privación del tiempo de recreo.

Realización de tareas que contribuyan al mejor

desarrollo de las actividades del centro o a reparar

los daños causados, o a mejorar el entorno

ambiental del centro. 2. El incumplimiento de la sanción impuesta por

la comisión de una falta leve. Amonestación por escrito.

La privación del tiempo de recreo.

Realización de tareas que contribuyan al mejor

desarrollo de las actividades del centro o a reparar

los daños causados, o a mejorar el entorno

Page 92: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 93

ambiental del centro.

3. Los actos de incorrección o desconsideración

con compañeros u otros miembros de la

comunidad escolar.

Amonestación por escrito con reparación del daño

moral mediante presentación de excusas.

Comparecencia inmediata ante el jefe de estudios o

el director. 4. Los actos de indisciplina y los que perturben el

desarrollo normal de las actividades del centro.

Expulsión de la sesión de clase con comparecencia

inmediata ante el jefe de estudios o el director.

Amonestación por escrito con reparación del daño moral

mediante presentación de excusas.

La privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida

similar de aplicación inmediata.

Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo

de las actividades del centro o a reparar los daños

causados, o a mejorar el entorno ambiental del centro.

5. Los daños causados en las instalaciones o el

material del centro.

Amonestación por escrito con reparación del daño o

haciéndose cargo del coste económico de su reparación.

Comparecencia inmediata ante el jefe de estudios o el

director. (Artículo 19: Los padres o representantes

legales asumirán la responsabilidad civil que les

corresponda en los términos previstos en la Ley) Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo

de las actividades del centro o a reparar los daños

causados, o a mejorar el entorno ambiental del centro. 6. Los daños causados en los bienes o

pertenencias de los miembros de la comunidad

educativa.

Amonestación por escrito con reparación del daño o

haciéndose cargo del coste económico de su reparación.

Comparecencia inmediata ante el jefe de estudios o el

director. (Artículo 19: Los padres o representantes

legales asumirán la responsabilidad civil que les

corresponda en los términos previstos en la Ley) Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo

de las actividades del centro o a reparar los daños

causados, o a mejorar el entorno ambiental del centro. 7. La incitación o estímulo a la comisión de una

falta contraria a las normas de conducta.

Expulsión de la sesión de clase con comparecencia

inmediata ante el jefe de estudios o el director.

Amonestación por escrito.

La privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida

similar de aplicación inmediata.

Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo

de las actividades del centro o a reparar los daños

causados, o a mejorar el entorno ambiental del centro.

8. Cualquier otra incorrección de igual gravedad

que altere el normal desarrollo de la actividad

Expulsión de la sesión de clase con comparecencia

inmediata ante el jefe de estudios o el director.

Page 93: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 94

escolar que no constituya falta muy grave,

según el Decreto.

Amonestación por escrito.

La privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida

similar de aplicación inmediata.

Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo

de las actividades del centro o a reparar los daños

causados, o a mejorar el entorno ambiental del centro.

9. Las faltas reiteradas de puntualidad o de

asistencia a clase que, a juicio del tutor, no

estén justificadas.

Amonestación por escrito.

Activación automática de los protocolos establecidos en

caso de absentismo escolar.

10. Las conductas que impidan o dificulten a otros

compañeros el ejercicio del derecho o el

cumplimiento del deber del estudio.

Expulsión de la sesión de clase con comparecencia

inmediata ante el jefe de estudios o el director.

Amonestación por escrito.

La privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida

similar de aplicación inmediata.

Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo

de las actividades del centro o a reparar los daños

causados, o a mejorar el entorno ambiental del centro.

Page 94: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 95

Artículo 90.

TIPIFICACIÓN DE LA FALTA:

FALTAS MUY GRAVES

(Artículo 14.1 del Decreto)

SANCIÓN:

SANCIONES CORRESPONDIENTES A

FALTAS MUY GRAVES (Artículo 14.2 del

Decreto)

TIPO DE PROCEDIMIENTO Y ÓRGANOS

COMPETENTES PARA LA ADOPCIÓN DE

SANCIONES.

a) Realización de tareas en el centro fuera del

horario lectivo, que podrán contribuir al mejor

desarrollo de las actividades del centro o dirigidas

a reparar los daños causados.

b) Prohibición temporal de participar en las

actividades extraescolares o complementarias del

centro, por un período máximo de tres meses. **

c) Cambio de grupo del alumno.

d) Expulsión de determinadas clases por un período

superior a seis días e inferior a dos semanas. **

e) Expulsión del centro por un período superior a

seis días lectivos e inferior a un mes. **

f) Cambio de centro, cuando no proceda la

expulsión definitiva por tratarse de un alumno de

enseñanza

obligatoria. ***

g) Expulsión definitiva del centro.***

** Cuando se apliquen las sanciones previstas en

las letras b), d) y e) para las faltas muy graves, el

alumno realizará las tareas y actividades que

determine el profesorado que le imparte clase

(artículo 14. 3).

*** La aplicación de las sanciones previstas en las

letras f) y g) para las faltas muy graves se producirá

cuando la gravedad de los hechos cometidos y la

presencia del alumno que los cometa en el centro

supongan menoscabo de los derechos o de la

dignidad para otros miembros de la comunidad

educativa. Asimismo, se adoptará esta sanción en

caso de agresión física, amenazas o insultos graves

a un profesor.

Procedimiento ordinario inmediato: con sanción

inmediata (art. 20.1 y 21.1)

Tutor del alumno.

Maestros del centro.

Maestro del alumno.

Jefe de estudios.

Procedimiento ordinario mediato: (art. 21.2)

Tutor del alumno.

Jefe de estudios.

Director.

Flagrantes: Procedimiento ordinario

(artículo 20.2), si se considera que las sanciones

deben ser las establecidas en las letras a, b, c, d y e

del art. 14.2. si se considera que las sanciones

deben ser las establecidas en las letras f o g del art.

14.2 (cambio de centro/expulsión definitiva)

Procedimiento especial (artículos 22, 23, 24 y

25):

No Flagrantes: Procedimiento especial

Director.

Instructor.

Consejo Escolar.

Page 95: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 96

1. Los actos graves de indisciplina,

desconsideración, insultos, falta de respeto o

actitudes desafiantes, cometidos hacia los

profesores y demás personal del centro.

Realización de tareas en el centro fuera del horario

lectivo, que podrán contribuir al mejor desarrollo de

las actividades del centro o dirigidas a reparar los

daños causados.

Prohibición temporal de participar en las actividades

extraescolares o complementarias del centro, por un

período máximo de tres meses. **

Cambio de grupo del alumno.

Expulsión de determinadas clases por un período

superior a seis días e inferior a dos semanas. **

2. El uso de la violencia, las agresiones, las

ofensas graves y los actos que atenten

gravemente contra la intimidad o las buenas

costumbres sociales, contra los compañeros o

demás miembros de la comunidad educativa.

3. La discriminación, las vejaciones o las

humillaciones a cualquier miembro de la

comunidad educativa, ya sean por razón de

nacimiento, raza, sexo, religión, orientación

sexual, opinión o cualquier otra condición o

circunstancia personal o social.

4. El acoso físico o moral a los compañeros.

5. La grabación, publicidad o difusión, a través de

cualquier medio o soporte, de agresiones o

humillaciones cometidas.

6. Los daños graves causados intencionadamente

o por uso indebido en las instalaciones,

materiales y documentos del centro o en las

pertenencias de otros miembros de la

comunidad educativa.

7. La suplantación de personalidad y la

falsificación o sustracción de documentos

académicos.

8. El uso, la incitación al mismo o la introducción

en el centro de objetos o sustancias

perjudiciales para la salud o peligrosas para la

integridad personal de los miembros de la

comunidad educativa

9. La perturbación grave del normal desarrollo de

las actividades del centro y, en general,

cualquier incumplimiento grave de las normas

de conducta.

10. La reiteración en el mismo trimestre de dos o

más faltas graves.

11. El incumplimiento de la sanción impuesta por

la comisión de una falta grave.

Page 96: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 97

Page 97: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 97

Artículo 91.

COMPETENCIAS DE LOS DISTINTOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

EN RELACIÓN CON EL PLAN DE CONVIVENCIA

COMPETENCIAS DEL DIRECTOR (Artículo 5)

Velar por la realización de las actividades programadas dentro del plan de convivencia.

Garantizar el cumplimiento de las normas del reglamento de régimen interior.

Resolver los conflictos e imponer las sanciones los alumnos, (sin perjuicio de las

competencias que se atribuyen directamente al profesorado y las que están reservadas al

consejo escolar).

Decidir la incoación y resolución del procedimiento sancionador previsto en los artículos 22

y siguientes, así como supervisar el cumplimiento efectivo de las sanciones.

COMPETENCIAS DEL JEFE DE ESTUDIOS (Artículo 6)

Responsable directo de la aplicación de las normas de conducta y de la disciplina escolar.

Llevar el control de las faltas de los alumnos contra las normas de conducta y de las

sanciones impuestas.

Informar de ellas, periódicamente, a los padres.

COMPETENCIAS DEL PROFESORADO (Artículo 7)

Del profesorado del centro:

Hacer respetar las normas de conducta.

Corregir aquellos comportamientos que sean contrarios a las normas cuando sean

competentes, de acuerdo con el Decreto y Las Normas de Organización, Funcionamiento y

convivencia.

Del tutor:

Valorar la justificación de las faltas de asistencia de sus alumnos.

Fomentar la participación de éstos en las actividades del plan de convivencia.

Mantener el contacto con las familias.

Del claustro:

Informar las normas de conducta y las actividades del plan de convivencia.

Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones, y velar por

que éstas se atengan a la normativa vigente.

COMPETENCIAS DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR

(Artículo 9)

Serán establecidas en el RRI y entre ellas se encontrarán las siguientes:

Promover que las actuaciones en el centro favorezcan la convivencia, el ejercicio de

derechos y el cumplimiento de deberes.

Proponer al consejo escolar las medidas para mejorar la convivencia en el centro.

Proponer el contenido de las medidas a incluir en el plan de convivencia.

Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y la observancia

de las normas de conducta.

Page 98: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 98

Evaluar periódicamente la situación de convivencia en el centro y los resultados de

aplicación de las normas de conducta.

Informar de sus actuaciones al claustro y al consejo escolar, al menos dos veces a lo largo

del curso, así como de los resultados obtenidos en las evaluaciones realizadas.

CRITERIOS PARA LA ADOPCIÓN DE SANCIONES

Artículo 92.

SEGÚN DECRETO 15/2007 DE 19 DE ABRIL (Artículo 17)

En la adopción de sanciones disciplinarias y de medidas provisionales, se deberán tener en cuenta

los siguientes criterios generales:

a) La imposición de sanciones tendrá finalidad y carácter educativo, y procurará la mejora

de la convivencia en el centro.

b) Se deberán tener en cuenta, con carácter prioritario, los derechos de la mayoría de los

miembros de la comunidad educativa y los de las víctimas de actos antisociales, de

agresiones o de acoso.

c) No se podrá privar a ningún alumno de su derecho a la educación obligatoria.

d) No se podrán imponer correcciones contrarias a la integridad física y la dignidad

personal del alumno.

e) Se valorarán la edad, situación y circunstancias personales, familiares y sociales del

alumno, y demás factores que pudieran haber incidido en la aparición de las conductas o

actos contrarios a las normas establecidas.

f) Se deberán tener en cuenta las secuelas psicológicas y sociales de los agredidos, así como

la alarma o repercusión social creada por las conductas sancionables.

g) Las sanciones deberán ser proporcionales a la naturaleza y gravedad de las faltas

cometidas, y deberán contribuir a la mejora del clima de convivencia del centro.

CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Y AGRAVANTES

Artículo 93.

SEGÚN DECRETO 15/2007 DE 19 DE ABRIL (Artículo 18)

1. Para la graduación de las sanciones se apreciarán las circunstancias atenuantes o agravantes que

concurran en el incumplimiento de las normas de conducta.

2. Se considerarán circunstancias atenuantes:

a) El arrepentimiento espontáneo.

b) La ausencia de intencionalidad.

c) La reparación inmediata del daño causado.

Page 99: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 99

3. Se considerarán circunstancias agravantes:

a) La premeditación y la reiteración.

b) El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas, de

menosprecio continuado y de acoso dentro o fuera del centro.

c) Causar daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién incorporados al

centro.

d) Las conductas que atenten contra el derecho a no ser discriminado por razón de

nacimiento, raza, sexo, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por padecer

discapacidad física o psíquica, o por cualquier otra condición personal o circunstancia

social.

e) Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier miembro de la

comunidad educativa.

RESPONSABILIDAD Y REPARACIÓN DE LOS DAÑOS

Artículo 94.

SEGÚN DECRETO 15/2007 DE 19 DE ABRIL (Art. 19)

QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A REPARAR: Los alumnos que infrinjan las normas de conducta.

CIRCUNSTANCIAS: Cuando causen daños, individual o colectivamente, de forma intencionada o

por negligencia, a las instalaciones, a los materiales del centro y a las pertenencias de otros

miembros de la comunidad educativa. En conductas tipificadas como agresión física o moral a sus

compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.

CÓMO REPARAR: Reparando los daños o haciéndose cargo del coste económico de su

reparación y restituyendo lo sustraído en su caso. Reparación del daño moral mediante presentación

de excusas y el reconocimiento de la responsabilidad en los actos, en público o en privado, según la

naturaleza de los hechos y de acuerdo con lo que determine el órgano competente para imponer la

corrección

Artículo 19: Los padres o representantes legales asumirán la responsabilidad civil que les

corresponda en los términos previstos en la Ley

Page 100: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 100

Artículo 95.

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

PROCEDIMIENTO

ORDINARIO

TIPO DE FALTAS ORGANO COMPETENTE

PARA ADOPTAR LA SANCIÓN.

ART. 16

SANCIÓN REQUISITOS ASPECTOS

A TENER EN

CUENTA

Procedimiento

ordinario inmediato:

con sanción inmediata

(art. 20.1 y 21.1)

Leve evidente Los profesores del alumno o

cualquier profesor del centro

Las fijadas en el

RRI. Entre ellas,

las del artículo

12.2 del Decreto

Comunicándolo al tutor y

al jefe de estudios

Audiencia al alumno (art.

21. 3.)

Constancia escrita de la

Sanción (art. 21.4.)

El tutor del alumno Comunicándolo al jefe

de estudios

Grave evidente,

cuando la

sanción sea

impuesta por

el profesor o tutor

El profesor del alumno Las establecidas

en letras a), b) y

c) del art. 13.2.

Comunicándolo al tutor y

al jefe de estudios

Audiencia al alumno y/o a

sus padres, antes de la

sanción (art. 21.3.)

Constancia escrita de la

sanción, con hechos y

fundamentos (art.21.4.)

El tutor del alumno Las establecidas

en letras b) y c)

del art. 13.2.

Comunicándolo al jefe

de estudios

Procedimiento

ordinario mediato:

con actos de

esclarecimiento

o tramitación

realizados

por el tutor (art. 21.2.)

Leve no evidente El tutor del alumno Las fijadas en el

RRI. Entre ellas,

las del artículo

12.2. del Decreto

Comunicándolo al jefe de

estudios

Audiencia al alumno y/o a

sus padres, antes de la

sanción (art. 21.3.)

Constancia escrita de la

sanción, con hechos y

fundamentos (art.

21.4.)

Duración del

procedimiento:

no más de 7 días naturales

(art. 21.4)

Grave no evidente El tutor del alumno Las establecidas

en las letras b) y

c) del art. 13.2.

Comunicándolo al jefe de

estudios

El jefe de estudios Las establecidas

en la letra d) del

art. 13.2. *

Oído el tutor

El Director Las establecidas

en las letras d),

e) y f) del art.

13.2. *

Grave evidente, cuando la

sanción deba imponerse

por

el jefe de estudios o el

director

El jefe de

estudios

Las establecidas

en las letras d),

e) y f) del art.

13.2. *

Oído el tutor Audiencia al alumno y/o a

sus padres, antes de la

sanción (art. 21.3.)

Constancia escrita de la

sanción, con hechos y

fundamentos (art.

21.4.)

Duración del

El Director Las establecidas

en las letras d),

e) y f) del art.

13.2. *

Page 101: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 101

Procedimiento

ordinario mediato

Muy grave flagrante, es

decir, evidente, salvo que

proceda la sanción de

cambio de centro o

expulsión definitiva del

centro.

El Director Las establecidas

en las letras a),

b), c), d) o e) del

art. 14.2. *

Oído el tutor procedimiento:

no más de 7 días naturales

(art. 21.4.)

FASES ACTUACIONES PLAZOS OBSERVACIONES

1. INCOACIÓN DEL EXPEDIENTE

(Artículo 23)

1.1. Incoación y designación del

instructor

1.2. Posibilidad de adopción de medidas

provisionales

El director incoará el expediente y

designará al instructor, que será un

profesor del centro.

El director comunicará con inmediatez al

alumno y a sus padres o representantes

legales, si es menor, la incoación del

expediente y el nombre del instructor.

El director, comunicándolo al consejo

escolar, podrá decidir la suspensión

de asistencia al centro o a determinadas

actividades o clases

En 2 días lectivos desde que se tuvo

conocimiento de la falta.

Por un periodo máximo de 5 días lectivos.

Plazo ampliable, en supuestos

excepcionales, hasta la finalización del

expediente

Se deberá comprobar que no haya

transcurrido el plazo de prescripción, que

para las faltas muy graves, es de 12 meses.

2. INSTRUCCIÓN DEL

EXPEDIENTE

(Artículo 24)

2.1. Pliego de cargos

2.2. Presentación de alegaciones y

propuesta

de prueba

El instructor realizará actuaciones para

esclarecerlos hechos y notificará El pliego

de cargos al alumno y a sus padres, si es

menor.

En el pliego de cargos se expondrán con

claridad los hechos imputados y Las

sanciones que se podrían imponer.

Con el pliego de cargos, el instructor

notificará al alumno y a sus padres que

pueden presentar alegaciones (y proponer

la prueba que consideren) Conclusión de

Plazo de notificación del pliego de

cargos: no superior a 4 días lectivos desde

que el instructor fue designado.

2 días lectivos desde que reciban el pliego

de cargos.

El instructor y el director tienen la

obligación de abstenerse en los casos

establecidos en el artículo 28 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de régimen

jurídico de las Administraciones Públicas y

del procedimiento administrativo común.

En estos casos, el alumno, o sus

representantes, podrán presentar

recusación.

Page 102: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 102

2.3.Propuesta de resolución

2.4. Elevacón del expediente al

director.

la instrucción:

El instructor formulará la propuesta de

resolución, que deberá contener los hechos

o conductas que se imputan al alumno, la

calificación de los mismos, las

circunstancias atenuantes o agravantes, si

las hubiere, y la sanción que se propone.

El instructor dará audiencia al alumno y a

sus padres o representantes, en su caso,

para comunicarles la propuesta de

resolución y el plazo de alegaciones.

El instructor elevará al director el

expediente completo, con la propuesta de

resolución y todas las alegaciones que se

hubieran formulado.

2 días lectivos desde la presentación de

alegaciones o finalización del plazo para

presentarlas.

Plazo de alegaciones a la propuesta de

resolución: 2 días lectivos desde que la

reciben.

En caso de conformidad y renuncia a

dicho plazo, se formalizará por escrito

(art. 24.4.)

3. RESOLUCIÓN DEL

EXPEDIENTE

(Artículo 25)

El director adoptará la resolución y la

notificará al alumno o a sus padres, si es

menor, de acuerdo con lo previsto en el

artículo 26 del Decreto.

La resolución del director deberá estar

motivada y contendrá:

Los hechos o conductas que se

imputan al alumno La

tipificación de los mismos.

Los atenuantes o agravantes, en

su caso.

Los fundamentos jurídicos de la

sanción.

El contenido de la sanción.

Su fecha de efecto.

El órgano ante el que cabe

interponer reclamación.

El plazo para la reclamación

Todo el procedimiento, debe resolverse

en el

plazo máximo de 14 días lectivos desde la

fecha de inicio del mismo

Cuando la sanción sea cambio de centro,

para alumnos de enseñanza obligatoria

hasta el curso en que cumplan 18 años, el

director del centro, además de notificar su

resolución al alumno y a sus padres,

elevará petición razonada de cambio de

centro ante el Director de Área Territorial,

quien tramitará esta propuesta en el plazo

máximo de cinco días hábiles (art. 14 del

Decreto)

Page 103: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 103

Page 104: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 103

Artículo 96

Resolución de expediente disciplinario, recursos y reclamaciones.

1. La resolución de cualquier procedimiento disciplinario derivado del plan de convivencia del

centro, no deberá exceder el plazo máximo de un mes desde la fecha de iniciación del mismo,

sin perjuicio de lo establecido en el artículo 26.7.

2. La resolución que el Consejo Escolar dicte, a través de la Comisión de Convivencia, se

comunicará al alumno y a sus padres o representantes legales si es menor de edad. Deberá

estar suficientemente motivada, y contendrá los hechos o conductas que se imputan al alumno;

las circunstancias agravantes o paliativas, si las hubiere; los fundamentos jurídicos en que se

basa la corrección impuesta; el contenido de la medida correctiva y fecha de efecto de la

misma; y el órgano ante el que cabe interponer recurso y plazo del mismo.

3. La resolución del Consejo Escolar de los centros públicos podrá ser objeto de recurso de alzada. Por su parte, la resolución del Consejo Escolar de los centros privados sostenidos con

fondos públicos podrá ser objeto de reclamación. En ambos casos, el recurso de alzada o la

reclamación deberá interponerse ante el Director de Área Territorial por el alumno o sus

padres o representantes legales, en el plazo de un mes, y su resolución pondrá fin a la vía

administrativa. Recursos y reclamaciones.

1. Las correcciones impuestas en los centros públicos previstas en las letras g) y h) del artículo

16, podrán ser objeto de recurso de alzada.

2. En ambos casos, el recurso de alzada o la reclamación deberá interponerse ante el Director de

Área Territorial por el alumno o sus padres o representantes legales, en el plazo de cuarenta y

ocho horas, y su resolución pondrá fin a la vía administrativa.

Page 105: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 104

TITULO NOVENO: SEGUIMIENTO DE LAS NORMAS DE ORGANIZACIÓN,

FUNCIONAMIENTO Y CONVIVENCIA Y NORMAS FINALES

Artículo 97.

Entrada en vigor

Una vez informados el claustro y el consejo escolar del centro de las propuestas de cambios

introducidas en el documento “Normas de Organización, Funcionamiento y Convivencia”, se

concederá el tiempo oportuno para que dichos órganos de gobierno efectúen las correspondientes

propuestas de modificación, en virtud de las competencias y responsabilidades que la Normativa

vigente les confiere. Posterior a este proceso informarán el documento y finalmente será aprobado

por el Director del centro, si procede.

Artículo 98.

Publicidad y Difusión

Después de ser aprobado, las “Normas de Organización, Funcionamiento y

Convivencia” serán editadas y publicadas, por los medios y mecanismos que el centro disponga

haciéndose llegar los cambios a todos los miembros de la Comunidad Educativa. Exigiéndose de

estos un recibí, como garante de que dicha información ha sido publicada por el centro y oída por

los miembros de la Comunidad Educativa.

Artículo 99.

Cumplimiento

Estas “Normas de Organización, Funcionamiento y Convivencia” serán de obligado

cumplimiento para todos los miembros que de una u otra manera conforman la Comunidad

Educativa del Centro, a partir de la fecha de publicación.

Artículo 100.

Seguimiento

Estas “Normas de Organización, Funcionamiento y Convivencia” serán modificadas al

inicio de cada curso escolar en aquellos ámbitos de actuación que requieran una actualización anual.

A través de la CCP se realizará el oportuno análisis, seguimiento y evaluación de la

operatividad y eficacia del mismo, realizando si procediese las modificaciones y actualizaciones

necesarias.

Page 106: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 105

TITULO DÉCIMO:

Capítulo I: PLAN DE CONVIVENCIA

Artículo 101.

Índice Página

1. Introducción.

106

2. Análisis del contexto.

3. Objetivos.

4. Actuaciones:

4.1. Actuaciones referidas a alumnos-alumnos

4.2. Actuaciones referidas a profesores-alumnos

4.3. Actuaciones referidas a profesorado-familia

4.4. Actuaciones referidas a profesorado-profesorado

4.5. Propuesta de actividades para el fomento de la convivencia en Ed.

Infantil

4.6. Propuesta de actividades para el fomento de la convivencia en Ed.

Primaria

4.7. Propuesta de actividades a realizar por el profesorado

5. Normas de conducta de obligado cumplimiento para los alumnos.

6. Plan Marco de Absentismo Escolar.

7. Seguimiento y evaluación del Plan.

8. Acoso escolar.

Page 107: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 106

1.-Introducción

La entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación supone una

modificación importante en la regulación de la convivencia en los centros escolares, por lo que

se hace necesario el adecuar el régimen jurídico de la convivencia en los centros docentes a las

nuevas circunstancias sociales del momento y a la realidad de la vida escolar.

Según la Ley Orgánica de Educación, aprobada el 3 de mayo de 2006, todos los centros

deben incluir en su proyecto educativo un Plan de Convivencia, así como establecer las normas

que garanticen su cumplimiento.

Por todo lo anterior, el Gobierno de la Comunidad de Madrid ha dado respuesta, mediante

el Decreto 15/2007 de 19 de abril, a la nueva situación jurídica y social, estableciendo un marco

regulador que permita a los centros escolares, en virtud de la autonomía que la Ley Orgánica de

Educación les confiere, elaborar su propio Plan de Convivencia, así como la normativa que asegure

su cumplimiento.

Aprender a vivir juntos, aprender a convivir con los demás, además de constituir una

finalidad esencial de la educación, representa uno de los principales retos para los sistemas

educativos actuales. No consideramos la convivencia como una mera aplicación de medidas

disciplinarias, sino como un fin educativo a trabajar.

Para todo alumno la adquisición de habilidades para convivir es un proceso de aprendizaje

por el que incorpora una serie de rutinas, hábitos y conductas a lo largo de su desarrollo personal.

Las habilidades para la convivencia, como cualquier otra capacidad o contenido curricular, pueden

ser objeto de enseñanza en el marco habitual de actividades en el aula. En realidad, se trata de un

doble aprendizaje. En primer lugar, la convivencia se aprende. Y por otra parte, la convivencia

enseña. De ella se aprenden contenidos actitudinales, disposiciones frente a la vida y al mundo que

posibilitan el aprendizaje de otros contenidos conceptuales y procedimentales.

La misión fundamental de la escuela es formar personas capaces de asumir la

responsabilidad de sus actos, de decidir sobre sus vidas y de contribuir con su esfuerzo al progreso

y mejora de la sociedad democrática, abierta y plural que van a vivir. Es preciso que nuestros

escolares respeten las normas de la escuela y respeten a sus profesores pues, con ello, aprenderán

que el respeto a las leyes y a las instituciones es la base de nuestra convivencia democrática.

Enseñar habilidades para la convivencia y educar en la convivencia supone adoptar estilos

de enseñanza basados en la escucha, el diálogo, el acuerdo, sobre los objetivos educativos que se

quieren alcanzar, que deben ser compartidos por alumnos y profesores. Un estilo dialogante de

enseñanza, por otro lado, requiere también como condición que el centro escolar, en el

funcionamiento de todos sus órganos, incorpore el diálogo, los acuerdos y la revisión de los

mismos como parte de sus procesos y rutinas de trabajo.

Para que el alumnado se co-responsabilice del desarrollo y puesta en práctica de las normas

de convivencia es imprescindible lograr que se impliquen de manera activa en su elaboración, y

hacer, por otro lado, que el respeto de las normas sea exigible a todos los miembros de la

comunidad educativa.

Por ello, es de suma importancia que dentro del Plan de Convivencia cada centro incluya

un reglamento para los alumnos en el que figuren con claridad aquellas normas de comportamiento,

Page 108: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 107

que indiscutiblemente, cada alumno debe respetar y cuya infracción, siempre que no se den

circunstancias agravantes, será considerada como falta leve.

Para favorecer esta formación integral de los jóvenes es necesario que en los centros

escolares reine un clima de trabajo, cooperación, camaradería y respeto. Para ello es preciso el

respeto de los alumnos a la institución escolar y al profesorado, así como la aceptación por parte de

los padres de su responsabilidad en la educación de los hijos. Es decir que todos los sectores de la

comunidad educativa acepten las normas de convivencia establecidas y se comprometan a

respetarlas.

El objetivo último que pretendemos alcanzar, con la colaboración de todos los sectores de

la comunidad educativa, es un marco de convivencia que haga prácticamente innecesaria la

adopción de medidas disciplinarias.

La Convivencia en el Centro Docente.

DECRETO 15/2007, de 19 de abril.

PLAN DE CONVIVENCIA:

-Elabora: Todos los sectores

de la Comunidad Educativa.

-Aprueba: El Consejo Escolar.

Se incluye: En la P.G.A. del centro.

2. ACTIVIDADES DE CARÁCTER

PREVENTIVO:

Para fomentar y crear un buen clima de

convivencia en el Centro, dentro y fuera

del horario lectivo. Son programadas a

iniciativa del:

-Equipo Directivo.

-Claustro.

-Consejo Escolar.

1. NORMAS DE CONDUCTA O

REGLAMENTO para los alumnos:

En él figuran con claridad, todas las

normas de conducta para los alumnos que

deben seguir para que reine en el centro un

buen clima de convivencia. Son de

obligado cumplimiento dentro y fuera del

aula.

-Elabora: Equipo Directivo.

-Aprueba: Claustro y Consejo

Escolar.

Page 109: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 108

2.- Análisis de la situación del centro y del contexto.

En nuestro centro existe un buen clima de convivencia. Las situaciones y conductas que

llevan al deterioro de las relaciones y provocan determinados conflictos, afortunadamente no son

muy significativas, pero sí se aprecian, en los diferentes ámbitos del colegio conductas que podrían

ser mejorables. Consideramos que las situaciones más frecuentes que se dan en la vida cotidiana del

centro en relación a la convivencia son:

En clase:

Relacionados con el material de uso común.

Relacionados con el material de uso propio.

Relacionados con el desempeño de alguna responsabilidad encomendada.

Relacionados con insultos.

Relacionados con la capacidad intelectual y /o aspecto físico.

Relacionados con la actitud molesta para el trabajo de algún compañero.

Comportamientos disruptivos. (Faltas de atención provocadas por la desmotivación

académica y el desfase curricular)

Faltas de respeto. (Entre iguales y hacia los maestros y monitores).

Indisciplina en forma de desobediencia.

Relacionados con el respeto a la diferencia o el derecho a ser diferente, en cualquiera de sus

manifestaciones, tanto a nivel social o relacional, como a nivel intelectual o académico.

En el patio de recreo:

Relacionado con la no aceptación de algunos compañeros en los juegos.

Relacionados con la elección del juego.

Relacionados con el respeto a las normas del juego (fútbol).

Relacionados con el espacio del juego

Relacionados con el material de juego de uso común.

En las subidas y bajadas de las aulas:

Relacionados con el turno en la fila.

Subidas y bajadas corriendo y por el lugar inapropiado.

Todas estas situaciones, rebasan el ámbito de lo anecdótico, por lo que se hace necesario

contemplar dentro de nuestro plan de convivencia, aquellos mecanismos que desde la prevención en

primer lugar, la mediación después y por último la sanción contribuyan a la erradicación de estos

comportamientos.

No existe por el contrario problemas de conducta más graves como malos tratos, violencia física

generalizada (fuera de algún caso puntual), o exclusión social.

Los posibles motivos que provocan estas Situaciones son:

1. Falta de autoestima, timidez.

2. Falta de empatía, interacción con el grupo y con el medio.

3. Falta de autocontrol emocional.

4. Falta de diálogo para resolver los conflictos.

5. Falta de estrategias en las relaciones sociales.

6. Reconocimiento real de obligaciones y responsabilidades como alumnos/a.

Page 110: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 109

3.- Objetivos en función de los Principios Básicos Generales elaborados por el centro:

Objetivos Generales del Plan:

1) Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa sobre la importancia de una adecuada

convivencia escolar y sobre los procedimientos para mejorarla.

2) Facilitar a los órganos de gobierno y al profesorado instrumentos y recursos en relación

con la mejora de la convivencia en el centro y la prevención de la violencia.

3) Facilitar la prevención, detección, tratamiento, seguimiento y resolución de conflictos que

pudieran plantearse en el centro, y desde su análisis y reflexión utilizarlos como nuevo

ámbito de conocimiento para los siguientes procesos de aprendizaje.

En relación Alumnos/alumnos.

Cuidar el clima de relación seguro, positivo y el desarrollo socioafectivo que se da en la

relación con los iguales.

Favorecer el aprendizaje de la cooperación y la amistad.

Aprender a resolver los conflictos que se producen en la vida diaria, adquiriendo

estrategias para ello, utilizando una comunicación adecuada y considerando el punto de

vista del otro/a.

Favorecer estrategias que promuevan la integración, inclusión y participación de todos/as

los alumnos y alumnas en las actividades del aula y del centro educativo.

En relación a Profesorado/Alumnos.

Dotar al profesorado con las técnicas y estrategias que les permita abordar los problemas

de convivencia y positivarlos, haciendo de ellos una ocasión de aprendizaje.

En relación a Profesorado/Familias.

Ofrecer un marco que clarifique la colaboración y comunicación entre ambas partes, a

nivel de centro e individual.

En relación a Profesorado/Profesorado.

Concienciar que las relaciones entre profesores y profesoras han de tener lugar en una base

de respeto mutuo, sin que la disparidad de criterios o valores personales puedan derivar a

juicios de valor de carácter personal.

Promover actitudes cooperativas entre el profesorado.

4.- Actuaciones preventivas para alcanzar los objetivos

Aquí mencionamos aquellas medidas encaminadas a favorecer la convivencia, en la línea

de los objetivos anteriormente expuestos, y de este modo prevenir las situaciones de problemas de

convivencia que puedan dañar a las personas, las relaciones y la comunidad educativa en general.

Page 111: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 110

Actuaciones referidas a alumnos-alumnos

Desarrollo de las habilidades sociales, para prevenir y afrontar conflictos:

o Habilidades para hacer amigos.

o Habilidades conversacionales.

o Habilidades relacionadas con los sentimientos y emociones.

o Habilidades de solución de problemas interpersonales.

Favorecer una cultura de la paz, igualdad de derechos, respeto a las diferencias, y sensibilidad a

todas las manifestaciones que entorpecen la buena convivencia: no cumplimiento de las normas

colectivas, conflictos afrontados agresivamente, discriminaciones injustas, estereotipos

sexistas, xenófobos o de cualquier tipo de desprecio.

Desarrollar actitudes de cooperación y de amistad, en situaciones de aprendizaje (grupos

cooperativos), tutorización de compañeros, etc.

Distribución de responsabilidad de utilidad y beneficio comunitario, dentro del aula y de

carácter abierto al centro (por ej. encargados).

Teniendo espacios en la jornada escolar, para tratar las dificultades de convivencia y abordarlos

en una organización respetuosa (por ej. asambleas, buzón de quejas...).

Participar en la elaboración, definición y puesta en práctica de las normas de convivencia

dentro del aula. (Tomando como base las normas de conducta establecidas en el plan de

convivencia)

Utilización de la figura del mediador para la resolución de conflictos entre iguales.

Actuaciones referidas a profesores-alumnos

Utilización de técnicas que faciliten el conocimiento, la confianza y la colaboración entre los

miembros del grupo. Desde este punto se ve como oportuno recurrir al aprendizaje cooperativo,

como estrategia que favorece esta actitud y habilidad de cooperación, contemplando dicha

estrategia en la programación didáctica de las áreas.

Desarrollo de autonomía y responsabilidad por parte del alumnado en su proceso de

aprendizaje, distribuyendo ciertas responsabilidades o encargos con compromiso concreto de

cumplimiento.

Desarrollar la empatía en los alumnos, la capacidad para adoptar las perspectivas

interpersonales, a través de dinámicas de grupos o juegos cooperativos.

Contemplar en el currículo objetivo de no-violencia, y a reconocer sus rasgos en diversas

situaciones sociales, desde todas las áreas y ámbitos de experiencia y en las sesiones explícitas

que contemplen el P.A.T.

Educar a través del debate, gestionando de forma democrática las normas: los alumnos deben

formar parte de la elaboración y aplicación de las normas, así como del conocimiento de las

mismas y su función en la convivencia del colegio, para esto se reservarán tiempos en la clase

con el tutor o tutora, en el que tenga como objeto esta tarea. Para esto es oportuno celebrar

asambleas de aulas, donde de modo democrático se aborden los conflictos y la búsqueda de

soluciones, recurriendo a acuerdos, pactos, compromisos, etc.

Gestionar la disciplina, como parte del acuerdo explícito dentro de la convivencia escolar,

aplicando lo establecido en este Plan de Convivencia, siendo desarrollada de modo directo por

el tutor o profesor implicado, en caso de faltas leves, o derivado al órgano sancionador

competente dispuesto en el decreto 15/2007 en caso de faltas graves o muy graves.

Analizar cómo percibe el alumnado las relaciones con sus compañeros e identificar los posibles

conflictos: faltas de colaboración, posturas contradictorias, falta de acuerdos, dificultades para

Page 112: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 111

el buen funcionamiento y trabajo en equipos, etc., y para ello podrá recurrir a técnicas

sociométricas, asambleas, cuestionarios, buzón de quejas, etc.

Aplicar la acogida para el alumnado nuevo, estableciendo un protocolo que puede ser

perfectamente elaborado y consensuado con el resto del grupo-aula.

Atención a la Diversidad: Ajustar la enseñanza a las características del alumnado, implantando

Planes de compensación, Refuerzo, etc. Para aquellos alumnos que requieren ayuda para no

sentirse excluidos en la dinámica y logros de aprendizajes y de inserción en la convivencia del

grupo-aula.

Aplicará la “mediación escolar” como método de resolución de conflictos, aconsejable a las

situaciones en las que las partes han llegado a un punto en el que la comunicación entre ambas

está bloqueada y, por lo tanto, no pueden intentar resolver las desavenencias a través de la

negociación directa.

Actuaciones referidas a profesorado-familia

Colaboración con las familias en el funcionamiento del centro, para hacer una comunicación

fluida en el buen entendimiento ante situaciones conflictivas, o de riesgo.

Mantener los cauces de comunicación establecidos de modo que sea posible un seguimiento y

una colaboración con coherencia:

Entrevistas familiares (con guión previo, objetivos y toma de acuerdos, según el caso).

Agenda escolar, como instrumento para las familias con alumnos en primaria de

intercambio de incidencias, peticiones, etc.

Colaboraciones concretas: reuniones prescriptivas, salidas extraescolar, jornadas

culturales, etc.

Analizar el grado de participación de las familias, identificar las situaciones que generan

conflictos: reuniones de clase, entrevistas con el tutor o tutora, reclamaciones individuales o

grupales, mensajes contradictorios sobre los valores educativos que el centro propone, y qué

medidas aplica el centro.

Control y seguimiento de la asistencia diaria y puntual del alumno o alumna al centro.

Control y seguimiento de la asistencia al centro con los materiales necesarios para las clases.

Colaboración para la realización de las tareas propuestas por el profesorado.

Colaboración con el centro para la modificación de la conducta del alumno o alumna y

seguimiento de los cambios que se produzcan.

Seguimiento de los cambios que se produzcan en la actitud del alumno o alumna e información a

la familia.

Aplicar medidas preventivas para mejorar la actitud del alumnado (mediación, etc.)

Actuaciones referidas a profesorado-profesorado

Analizar las actuaciones desarrolladas por el centro ante situaciones conflictivas y la

efectividad de las mismas, así como la participación del profesorado, las familias, el alumnado

y el personal no docente.

Reuniones de coordinación mantenidas con los distintos niveles, profesores, etapas, etc.

Reunión de acogida al profesorado nuevo realizada al principio de curso para exponer las

normas del centro y los distintos acuerdos organizativos.

Medidas desarrolladas por la Comisión de Convivencia, CCP, Orientación, Tutores de ciclo o

etapa, etc.

Page 113: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 112

Valorar contenidos y metodología en las actuaciones realizadas de cara a mejorar la

convivencia en el centro.

Contemplar el papel del moderador en las reuniones de Claustro, con el fin de desarrollar el

orden del día con profesionalidad y respeto a las distintas opciones. Es por ello necesario

definir claramente la designación del moderador, delimitar sus funciones, así como el

procedimiento de participación de todos los miembros del claustro que así lo deseen.

El Presidente del claustro deberá asumir la labor de moderador del mismo según establece

la legislación vigente, pero debido a la incompatibilidad de esta labor con la de exponer los

diferentes puntos del orden del día y contestar a las preguntas realizadas por el claustro, podría

delegar esta función en un miembro del mismo. En tal caso este será de carácter voluntario, si no lo

hubiera el director elegiría uno entre todos los miembros del claustro, siendo su elección rotativa

entre todos los miembros claustrables.

PROPUESTA DE ACTIVIDADES PARA EL FOMENTO DE LA CONVIVENCIA EN

EDUCACIÓN INFANTIL:

En educación infantil, el fomento de la convivencia implica:

-Ajustar la enseñanza a las características del alumnado.

Tener en cuenta sus motivaciones e intereses, estilos de aprendizaje y características

personales.

Conocer qué saben, qué sienten, que experiencias previas tienen.

Analizar y reflexionar sobre la práctica docente. En la relación individual con cada

alumno/a, en la relación con el grupo de alumnos/as

Plantear actividades amplias y diversas, con distintas posibilidades en su solución. Tener en

cuenta los procesos más que los resultados.

Realizar mapas conceptuales donde puedan estar incluidos todos los/as alumnos/as.

Organizar los procesos de Enseñanza–Aprendizaje en grupos de distinta configuración:

desdoble, grupo pequeño, grupo-aula, donde intervengan distintos adultos, favoreciendo

interacciones con distintos estilos docentes.

-Utilización de distintos procedimientos y/o técnicas que faciliten el conocimiento, la confianza y la

colaboración entre los miembros del grupo:

Es necesario favorecer en los niños la construcción de valores para lograr la sana

convivencia en la sociedad y de esta manera permitirle ser democrático e independiente. Para ello es

necesario:

Crear un clima de seguridad y confianza.

Manteniendo reuniones con las familias, antes del comienzo del curso, para que conozcan la

organización, justificación y planteamiento pedagógico en la incorporación de sus hijos/as al centro.

Reuniones que se reforzarán con las entrevistas individuales y con otras reuniones grupales.

Facilitando también los contactos diarios, bien sea verbal o escrito.

Organizando los espacios y materiales del aula, del centro. Teniendo en cuenta las necesidades e

intereses de los niños y niñas de E. Infantil.

Facilitar la incorporación de los niños /as. Período de adaptación:

Incorporación al centro o vuelta al colegio. Planificar los tiempos, las actividades, la participación

de las familias, los recursos humanos.

Facilitar la identidad y configuración del grupo.

Realizar propuestas de actividad que nos permitan:

Conocer quiénes somos.

Conocer el espacio dónde nos situamos.

Page 114: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 113

La interacción con el otro /a:

Juego libre en rincones, propuesta de actividad en pequeño grupo - en grupo más reducido-, como

con el grupo completo: juegos conjuntos, almuerzo, canciones, proyectos de acción, de juego,

pequeños proyectos… La expresión de nuestras ideas, pensamientos, sentimientos.

Facilitar la entrada en el grupo del niño o niña que pueda llegar nuevo al mismo.

Realizar propuestas de actividad conjuntas, en parejas, pequeños grupos y gran grupo:

proyectos, rincones, talleres.

Ayuda mutua.

Refuerzo positivo.

Imitación de modelos a seguir.

-Desarrollo de autonomía y responsabilidad por parte del alumnado en su proceso de aprendizaje:

La autonomía, se relaciona con la capacidad de gobernarse a sí mismo, es la capacidad que

tienen los seres humanos para pensar, sentir y emitir juicios

Los niños aprenden a ser autónomos en las pequeñas actividades diarias que desarrollan.

Habilidades básicas y hábitos de autonomía para conseguir niños independientes tanto a nivel

personal como social:

Habilidades de adaptación relacionadas con la autonomía en el aseo, comida, higiene, y

aspecto físico.

Habilidades relacionadas con la autorregulación del propio comportamiento, de las

emociones y deseos. Desarrollar la autoestima.

Desarrollar las capacidades para comprender y transmitir información a través de los

comportamientos y destrezas comunicativas elementales (por ejemplo: Usar de forma

contextualizada las normas elementales de relación y convivencia (saludar, despedirse, dar

las gracias, pedir perdón,…). Utilizar las normas de intercambio lingüístico (escuchar,

esperar turno, preguntar, responder, proponer, estar de acuerdo o en desacuerdo, explicar…)

y participar en conversaciones colectivas como forma de interactuar con los otros.

Comprender los intercambios sociales interpersonales, identificar el contexto social en el

que participa, reconocer sentimientos en los otros, controlar los impulsos, ayudar y

cooperar (por ejemplo: Participar en la creación y consenso de las normas de clase y de las

consecuencias de su incumplimiento. Asumir pequeñas responsabilidades para el buen

funcionamiento del aula.).

Habilidades relacionadas con el mantenimiento de la salud y las relaciones con la propia

defensa frente a comportamientos de agresión, saber decir NO cuando no queremos algo.

-Asamblea de aula: Habilidades Sociales, conflicto entre iguales, comunicación de sentimientos:

La asamblea de aula es uno de los ejes de actividad en Educación Infantil. Todos juntos

establecemos la organización del día a día, intercambiamos opiniones, nos enriquecemos con las

aportaciones de los demás,…

La asamblea puede ser uno de los momentos y lugares más adecuados para solucionar los

conflictos entre los iguales. El adulto ha de servir como modelo mediador para la resolución

pacífica de conflictos, habilitar canales para exteriorizar el conflicto, posibilitando la expresión de

todos los implicados, empleando la comunicación de los sentimientos entre iguales para desarrollar

la empatía y facilitando la búsqueda de alternativas para resolver el conflicto, etc….

De las situaciones conflictivas, en ocasiones, pueden surgir normas que se generalicen e

incorporen a las normas del aula.

Es necesario atender (y enseñar a que se atienda) la diversidad de personas y situaciones:

Page 115: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 114

Cuidar los roles en el aula y preservar problemas que puedan surgir a partir de ellos: control

de quien toma la palabra habitualmente, de la ocupación de espacios, etc.

Respetar en las aulas el derecho de las niñas a ser “nombradas”. Buscar el “sujeto ausente”:

la mujer. (Educar en la no discriminación del género)

Trabajar la empatía y los sentimientos.

Detectar capacidades y habilidades.

Trabajar la autoobservación (de ellos mismos y del profesorado) y la observación de otros.

Reparto de funciones y asunción de responsabilidades en el aula.

Diseñar actividades de diferentes tipos: comunes, rotativas, de cooperación, que sean

variadas para que pueda optar.

Establecer procesos de “negociación” con el grupo. Utilizar variedad en la forma de agrupar

al alumnado.

Una metodología participativa, en la que el alumnado sea protagonista

La organización en el aula sobre la base de unos criterios y en función de tareas concretas a

realizar. No de una forma estanca e inamovible que impida la relación y formación de

grupo. Por la misma razón variar y ajustar el número de componentes a la tarea.

Crear el hábito de escuchar y recoger todas las opiniones para tenerlas en cuenta.

Reparto de tareas que compense posibles desigualdades. Por ejemplo realización de las

tareas más valoradas por quienes están menos valorados.

Desarrollar siempre, al menos, dos posibles soluciones. De esta forma se evita la

uniformización de la opinión y se favorece la argumentación e interacción entre el

alumnado.

PROPUESTA DE ACTIVIDADES A REALIZAR POR EL PROFESOR/A:

La educación infantil ha de propiciar en los niños experiencias que estimulen su desarrollo

personal completo. La función educativa en el centro escolar debe entenderse como complementaria

de la que ejerce la familia, ofreciendo al niño la posibilidad de interactuar con adulto e iguales. En

la interacción con ellos se constituyen importantes experiencias y oportunidades de aprender en

estas edades. Los contenidos de Educación Infantil, al igual que los objetivos, tienen un gran peso

psicológico, al estar vinculados a las capacidades a desarrollar.

Para aprender a convivir se han de vivir experiencias en las que sea necesario:

Interactuar (intercambiar acciones con otro /s),

interrelacionarse; (establecer vínculos que implican reciprocidad)

dialogar (fundamentalmente ESCUCHAR, también hablar con otro /s)

participar (actuar con otro /s)

comprometerse (asumir responsablemente las acciones con otro /s)

compartir propuestas.

discutir (intercambiar ideas y opiniones diferentes con otro /s)

disentir (aceptar que mis ideas – o las del otro /s pueden ser diferentes)

acordar ( encontrar los aspectos comunes, implica pérdida y ganancia)

reflexionar (volver sobre lo actuado, lo sucedido. “Producir Pensamiento” –

conceptualizar sobre las acciones e ideas.)

Page 116: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 115

1.-Para conocer la adaptación escolar de los alumnos:

1.1 Interacciones del alumno/a con sus compañeros/as: Observaciones, Diálogos y Registro de

datos sobre:

-El juego es la forma preferida de expresión infantil, en la que el niño proyecta su mundo.

El niño juega constantemente y reproduce en sus juegos sus vivencias y relaciones con su entorno.

El juego influye decisivamente en el desarrollo y madurez del ser humano, constituye un modo

peculiar de interacción del niño con su medio, orienta al sujeto hacia su propia conducta,

favoreciendo la comunicación entre iguales y adultos. El compartir con otros niños, el respetar el

turno de juego, todo ello le ayuda a superar su egocentrismo y comprender el punto de vista de los

demás. El juego reglado que supone ciertas prohibiciones le permite tomar conciencia de los

derechos de los otros.

-El Trabajo cooperativo conlleva la realización de pequeños proyectos, es decir, la puesta

en práctica de forma colectiva de un trabajo común, con una intención determinada, que se plasma

en una realización final tangible. Este trabajo cooperativo abarca, además, el diálogo para llegar a

acuerdos, el cumplimiento de éstos y la planificación-realización-evaluación de esos proyectos de

trabajo, que deben implicar a cada alumno y alumna en la medida de sus posibilidades.

1.2 Interacciones del alumno/a con sus profesores/as: Observaciones, Diálogos y Registro de

datos sobre:

-El rol del adulto como facilitador de la organización social, el pensamiento y la acción. El

adulto ha de asegurar un ambiente estable, garantizando la seguridad y la información que el niño

necesita. Ha de servir de mediador, mostrando estrategias para la resolución del conflicto, la

comprensión de puntos de vista diferentes del propio, los comportamientos en los papeles sociales,

etc. Plantear actividades que fomenten la independencia y el éxito, es decir, posibilitar el desarrollo

de habilidades y sentimientos de bienestar con respecto a sí mismos, realizando propuestas para que

los niños elijan, piensen y resuelvan problemas por sí mismos, y para que interactúen entre ellos,

interviniendo desde una zona de desarrollo próximo.

PROPUESTA DE ACTIVIDADES PARA EL FOMENTO DE LA CONVIVENCIA EN

EDUCACIÓN PRIMARIA:

1. Autoestima:

- Detectar los casos por parte del profesor y potenciar la autoestima de estos alumnos día a día a

nivel individual y grupal:

- Valorar todo lo que hacen bien ante los demás.

- Potenciar sus valores personales.

- Darle algún cargo de responsabilidad en clase.

-Trabajar periódicamente alguna actividad grupal del tipo: “Cómo me ven mis compañeros”.

Destacando los aspectos positivos.

2. Empatía: - Educar en cada momento en comprender los sentimientos y actitudes de las personas que nos

rodean.

- Educar en el respeto a los sentimientos y opiniones del otro.

- Educar a escuchar.

- Trabajar de forma grupal y periódicamente actividades del tipo: “Ponte en su lugar”. Proponiendo

diferentes situaciones para reflexionar sobre cómo se siente el otro.

Page 117: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 116

3. Autocontrol:

- A nivel individual, el profesor ayudará al alumno/a a saber reconocer e identificar sus reacciones,

a buscar estrategias de relajación (contar hasta 10 despacio, respirando profundamente, con la mano

en el diafragma) y aprender a cambiar los pensamientos negativos.

Realizar actividades de tipo grupal como “Párate y piensa”.Se proponen distintas situaciones para

trabajarlas en grupo pequeño. Se trata de destacar la importancia de pensar antes de actuar.

Entrenamiento en la técnica de respiración profunda.

- “¿Llegamos a un acuerdo?” Mediante láminas o pequeñas dramatizaciones se plantean situaciones

conflictivas habituales. Se trata de enseñarles a negociar y llegar a acuerdos.

4. Resolución de conflictos:

- Sociograma y registro de conflictos.

- Definir claramente el problema en el momento y lugar adecuado, para crear un clima positivo que

facilite la negociación buscando alternativas posibles y creativas y haciendo un seguimiento de los

conflictos. Actividad grupal de tipo: “¿llegamos a un acuerdo?”

- Trabajar la interacción entre grupos para favorecer el conocimiento y mejora, la convivencia.

- Mediadores.

- Soy el campeón del mundo de…

5. Torpeza en las relaciones sociales: - Evitar conductas agresivas y pasivas frente a la agresividad y motivar las conductas asertivas:

- Expresar las opiniones sin molestar a los demás.

- Conocer mis derechos y los de los demás y respetarlos.

- Tengo confianza en mí mismo y autocontrol.

- Me siento satisfecho.

- Actividades grupales del tipo:” ¿quién es quién?”

- Practicar el saludo y la despedida.

- Solicitar las cosas por favor.

- Dar las gracias.

- Pedir y solicitar ayuda.

- Pedir disculpas.

- Entrar en un grupo para jugar.

- Pedir la palabra: “El micrófono”, “Tengo ficha”. Para pedir y respetar el turno.

- Practicar la conversación: Cómo iniciar, continuar y finalizar una conversación.

- Contestar al teléfono.

- Contar cosas que ha hecho, Contar cosas que ha visto.

6. Responsabilidad:

- Conocimiento de mis obligaciones en el Centro, en todos los ámbitos.

- Responsabilidad de mi conducta aceptando las posibles sanciones.

- Potenciar las situaciones 1, 2, 3, 4 y 5 que ayudan a conseguir este objetivo.

- Actividades grupales del tipo de análisis de situación y posibles soluciones (negativas, pasivas,

asertivas)

- Dándoles a conocer el R.R.I. adaptado a su nivel, y los Derechos del Niño.

- Elaborando, de forma consensuada las normas de clase, y revisando su cumplimiento.

- Usar de forma contextualizada las normas elementales de relación y convivencia (saludar,

despedirse, dar las gracias, pedir…).

- Utilizar las normas de intercambio lingüístico (escuchar, esperar turno, preguntar, responder,

proponer, estar de acuerdo o en desacuerdo, explicar…) y participar en conversaciones colectivas

como forma de interactuar con los otros.

Page 118: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 117

- Participar en la creación y consenso de las normas de clase y de las consecuencias de su

incumplimiento.

- Asumir pequeñas responsabilidades para el buen funcionamiento del aula.

PROPUESTA DE ACTIVIDADES A REALIZAR POR EL PROFESOR:

1.- Para conocer la adaptación escolar de los alumnos: 1.1. Interacciones del alumno/a con sus compañeros/as:

Observación directa.

Diálogos con el alumno.

Registro sistemático de datos.

1.2. Interacciones del alumno/a con sus profesores/as:

Observación directa.

Diálogos con el alumno.

Registro sistemático de datos.

2.- Para conocer la relación/as de los alumnos en su familia: 2.1. Pautas educativas establecidas usualmente por los padres:

Premios ante conductas positivas.

Castigos ante conductas negativas.

2.2. Entrevistas con la familia:

Cuestionarios.

Registro de datos.

3.- Para conocer el empleo de la mayoría del tiempo libre del alumno: Entrevistas con la familia.

Cuestionarios.

Registro de datos.

Inventario de actividades preferidas y reforzadoras.

4.- Para conocer el grado de autoestima y autoconcepto del alumno:

Imagen personal del alumno en relación a:

Situación emocional.

Situación académica.

Mediante:

Escalas de valoración.

Cuestionarios.

Registro de datos.

Page 119: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 118

5.- Normas de conducta de obligado cumplimiento para los alumnos:

Page 120: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 118

NORMAS DE CONDUCTA ALUMNOS EDUCACIÓN INFANTIL

1. Asistencia al centro y puntualidad en la misma, siendo responsabilidad directa de la familia.

2. Trato correcto hacia los compañeros:

a. Resolver los conflictos de manera pacífica.

b. Prestar colaboración y ayuda a cualquier compañero/a ante cualquier circunstancia de peligro, miedo, …

c. Subir y bajar las escaleras de forma ordenada y tranquila.

d. No hacernos daño y evitar hacer daño a los otros.

3. Cuidar el entorno cercano: el centro y los materiales, objetos, pertenencias, que en él se encuentran, tanto propios como ajenos.

4. La realización de trabajos fuera de las horas de clase, entendiendo esto como búsqueda de información, aportación de materiales con la implicación directa de la familia.

ÁMBITO NORMAS DE CONDUCTA ALUMNOS EDUCACIÓN PRIMARIA

En las aulas:

1. Atender a las explicaciones del profesor/a y realizar las tareas encomendadas, poniendo el máximo interés.

2. Cuidar el uso del lenguaje, no utilizando palabras malsonantes ni insultos.

3. Respetar el turno de palabra.

4. Traer el material que necesiten cada día.

5. Respetar el trabajo de los demás compañeros.

6. No levantarse del sitio sin permiso del profesor.

7. Mantener una postura corporal correcta.

8. No comer en clase (chicles, bollos, caramelos, pipas…) salvo en los momentos y condiciones previamente acordados.

9. No guardar la compostura y/o usar una vestimenta inadecuada para la permanencia en el centro.

10. No realizar actividades, estudios y tareas encomendadas por los profesores o no aportar el material didáctico adecuado para realizarlas.

11. La falta de respeto al ejercicio del derecho al estudio y la atención al profesorado de los demás compañeros.

12. Mantener limpio el aula y resto de las dependencias del centro no arrojando al suelo objetos o desperdicios, utilizando las papeleras y contenedores dispuestos

para tal fin.

13. Las faltas de asistencia a clase, injustificada y no reiterada.

14. Permanecer en las dependencias del colegio sin permiso fuera del horario lectivo o extraescolar establecido.

Page 121: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 119

En el Patio

de recreo:

15. Queda prohibido el uso de cualquier dispositivo electrónico: móviles, maquinitas electrónicas, mp3,…

16. Durante los recreos, todos los/las alumnos/a permanecerán en los patios de recreo.

17. Ningún alumno/a quedará en la clase, ni podrá volver a ellas una vez que hayan salido al patio, salvo permiso expreso y siendo acompañado por un/una

profesor/a del centro. (Esta norma deberá cumplirse también en servicio de comedor)

18. Los alumnos/as tendrán una actitud de respeto mutuo en los juegos. Se evitarán los insultos, gestos inadecuados, riñas o agresiones entre compañeros.

19. Se evitarán balones duros en el patio y objetos que puedan suponer un peligro para los demás alumnos/as.

20. Quedan absolutamente prohibidos los juegos y comportamientos que puedan ser causa de posibles accidentes.

21. Ningún alumno/a quedará en la clase, ni podrá volver a ellas una vez que hayan salido al patio, salvo permiso expreso y siendo acompañado por un/una

profesor/a del centro. (Esta norma deberá cumplirse también en servicio de comedor)

Movilidad:

Subidas y bajadas.

Entradas y salidas.

Desplazamientos

22. Realizar todos los desplazamientos por las dependencias del colegio procurando ser lo más respetuoso posible con el orden y el trabajo del resto del alumnado

y personal docente.

23. Llegaremos al centro con puntualidad y formaremos las filas en los lugares destinados al efecto.

24. Los alumnos subirán y bajarán por la escalera que tienen asignada, siempre por la derecha y en fila. Está terminantemente prohibido correr al bajar o al subir

por las escaleras.

25. Queda terminantemente prohibido salir o entrar al centro por la puerta del aparcamiento.

26. Una vez que suena la música de entrada, deberemos acudir a nuestra fila dejando inmediatamente la actividad que estemos realizando.

27. Las faltas injustificadas de puntualidad

Relaciones

personales:

Alumno/alumno

Alumno/profesor

28. Tratar correctamente a los compañeros, no permitiéndose, en ningún caso el ejercicio de violencia física o verbal, respetando la dignidad, integridad, libertad

y demás derechos de mis compañeros/as.

29. Respetar la autoridad, dignidad y funciones del profesor y de cuantas personas trabajen en el centro escolar, tanto dentro de la clase como en el resto del

recinto escolar.

30. No marginar ni discriminar a ningún compañero/a ni mostrar desprecio o burla.

31. Será responsabilidad de los alumnos solucionar sus conflictos mediante el diálogo y nunca mediante la agresión física o verbal, pudiendo recurrir a la figura

del mediador.

32. No marginar ni discriminar a ningún compañero/a ni mostrar desprecio o burla.

33. Cualquier acto injustificado que altere levemente el normal desarrollo de las actividades del centro.

34. Dirigirse a cualquiera de los miembros de la comunidad educativa sin respeto ni educación

Cuidado del centro:

Mobiliario.

Material.

Instalaciones.

35. Cuidar y respetar los materiales, tanto personales como de uso común que el centro pone a disposición de alumnos y profesores y respetaré el de los

compañeros.

36. Cuidar y respetar los materiales, tanto personales como de uso común que el centro pone a disposición de alumnos y profesores y respetar el de los

compañeros.

37. El hurto de poca importancia no reiterado de materiales del centro o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa causado intencionadamente.

38. El deterioro de poca importancia no reiterado de las dependencias y materiales del centro y de sus compañeros intencionadamente.

39. Respetar y cuidar las instalaciones del centro y el conjunto del edificio escolar.

40. Respetar las normas de utilización de todas las aulas y dependencias del colegio.

Page 122: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 120

6.-: Plan Marco de Prevención y Control del Absentismo Escolar de la Dirección del Área

Territorial Madrid-Sur y Ayto. de Leganés.

CONCEPTO.

Se entiende por absentismo escolar la falta de asistencia al centro educativo sin causa

justificada del alumno en edad de escolarización obligatoria.

TIPOS DE ABSENTISMO ESCOLAR.

- Retraso: Alumno que crónicamente llega más de 10/15 minutos tarde a clase.

- Intermitente: Alumno que falta uno o dos días dos o tres veces al trimestre.

- Selectivo: Alumno que falta a todas o casi todas las sesiones de asignaturas concretas a lo

largo del trimestre.

- Puntual: Alumno que falta consecutivamente tres o cuatro días una sola vez.

- Regular: Alumno que falta tres o cuatro días dos o tres veces por trimestre.

- Crónico: Alumno que falta con una frecuencia mayor a la definida como absentismo

regular.

- Desescolarización: Situación del alumno que, estando en edad de escolarización

obligatoria, no está escolarizado en el sistema educativo (se incluye también a aquellos alumnos

que, se haya o no tramitado su expediente, no han efectuado matrícula).

ACTUACIONES EN EL CENTRO EDUCATIVO.

OBJETIVOS.

Alcanzar la asistencia regular de todo el alumnado escolarizado en el centro.

Facilitar el contacto familias-centro-servicios municipales en el proceso de estudio de las

circunstancias personales, familiares, escolares y socioeconómicas que pueden influir en el

origen del fracaso escolar y del abandono prematuro del sistema educativo.

Diseñar estrategias interinstitucionales de prevención, detección, intervención y

seguimiento del alumnado que no asiste al centro en horario escolar.

Establecer cauces de coordinación interinstitucional para unificar protocolos de uso común,

sobre control de asistencia al centro, así como criterios de indicadores y medidas de

prevención.

Definir las competencias y responsabilidades del profesorado y del Equipo Directivo.

Analizar las posibilidades de ofertar desde el centro respuestas a la diversidad de intereses,

motivaciones y capacidades de este alumnado dentro del marco de la normativa vigente.

ACTUACIONES EN EL CENTRO.

1.-Medidas preventivas:

Dar a conocer entre los miembros de la comunidad educativa el programa de prevención y

control del absentismo escolar del centro.

Informar a las familias sobre la obligatoriedad del cumplimiento del derecho a la educación.

Informar a los alumnos y sus familias de las normas establecidas en las “Normas de

Organización, Funcionamiento y Convivencia” del centro con respecto a la asistencia al

mismo y al absentismo.

Fomentar la asistencia de todo el alumnado al centro y realizar el seguimiento del alumnado

en riesgo de absentismo.

Page 123: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 121

Incluir en el “Plan de Acción Tutorial”, planes para la acogida de los alumnos de nuevo

ingreso en el centro.

Incluir medidas de prevención del absentismo escolar y fomento de la asistencia en el “Plan

de Acción Tutorial”.

Procurar que las posibles sanciones que, dado el caso, hayan de aplicarse a alumnos con

absentismo escolar eviten o, en todo caso, no refuercen o fomenten esa conducta.

2.-Medidas de detección, control e intervención:

Tutores/as:

De forma general podemos decir que será el maestro tutor quien justifique o no las

ausencias y retrasos de sus alumnos tomando como referencia la documentación justificativa que

pudiese aportar la familia. Para dejar constancia documental de ello, los tutores remitirán a la

secretaría del centro los listados mensuales de faltas de asistencia de sus alumnos puntualmente al

finalizar cada mes, debidamente firmados consignando en ellos la justificación o no de las faltas de

asistencia de su alumnado. Cuando a juicio del maestro tutor exista entre su alumnado algún caso

susceptible de ABSENTISMO ESCOLAR, de cualquier tipo, lo pondrán en conocimiento de la

jefatura de estudios de manera inmediata.

Serán por tanto responsabilidad de los tutores:

Realizar el seguimiento de la asistencia continuada del alumnado de su tutoría.

Requerir directamente el justificante de faltas de asistencia o retrasos y validar las mismas.

(plazo máximo de tres días posteriores a su incorporación) (Anexo I)

Comunicar a las familias las faltas de asistencia de sus hijos/as, con la mayor inmediatez

posible.

Realizar el cómputo mensual de las faltas de asistencia del alumnado de su tutoría de

acuerdo con el procedimiento y el modelo de registros establecidos en el centro y

trasladarlo a Jefatura de estudios. (Anexo II)

Cursar citaciones por escrito o telefónicamente a los padres o tutores y mantener entrevistas

con los alumnos y sus familias. (Anexo III)

Incluir registro entrevistas, citaciones y otros datos de interés en el expediente del alumno.

(Anexo V)

Cuando el alumno/a acumule tres faltas injustificadas en un mes se trasladará a la

familia notificación mediante carta certificada de las posibles nuevas actuaciones y sus

consecuencias en caso de no solucionarse esta situación. (Anexo III)

Cuando el alumno/a acumule retrasos de 10-15 minutos sin justificar durante cinco

días en un mes se trasladará a la familia notificación mediante carta certificada de las

posibles nuevas actuaciones y sus consecuencias en caso de no solucionarse esta situación.

(Anexo III)

Informar y trasladar el expediente a jefatura de estudios.

Jefatura de estudios:

Será responsabilidad del Jefe de Estudios:

Recoger el expediente del tutor/a y posteriormente registrar en el mismo los pasos llevados

a cabo desde Jefatura de estudios.

Orientar a los tutores/as de los pasos a seguir en caso de absentismo.

Encargarse de la recepción y custodia de los partes de faltas mensuales.

Realizar el cómputo de faltas de cada grupo de acuerdo con el procedimiento establecido.

Recoger y comunicar al equipo educativo los datos de absentismo al finalizar cada periodo

de evaluación.

Page 124: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 122

Analizar e identificar, junto al resto de la comunidad educativa, las causas que producen el

absentismo escolar.

Elaborar un plan de trabajo específico con este alumnado (adopción de medidas específicas

para la solución del absentismo objeto de intervención).

Notificación de forma fehaciente a la familia, llegado el caso, de todas las actuaciones

llevadas a cabo y del posible traslado del expediente de su hijo a la Comisión de absentismo

del centro. (Anexo IV)

Traslado del expediente del alumno/a a la Comisión de absentismo de centro.

Comunicación certificada de ese traslado a la familia y sus consecuencias.

Orientar a las familias de este alumnado.

Compartir, respetando la debida confidencialidad, la información y coordinarse con otros

servicios.

Reflejar en la memoria final de curso los datos estadísticos de estos registros, así como

poner de manifiesto aquellas informaciones que pudieran ser relevantes o significativas,

aportando en su caso las pertinentes propuestas de mejora.

COMISIÓN DE ABSENTISMO DE CENTRO:

Conforme a la cláusula quinta del convenio de colaboración firmado entre la Comunidad de

Madrid y el correspondiente Ayuntamiento (Orden 4400/2001), en todos los centros educativos

sostenidos con fondos públicos se constituirá una comisión de absentismo de centro cuya

composición, objetivos y funciones quedan recogidos en el “Plan Marco de Prevención y Control de

Absentismo Escolar” y en los “Planes de Acción Tutorial” recogidos en la Programación General

Anual de cada centro.

Esta comisión realiza el seguimiento de las actuaciones llevadas a cabo en el centro

educativo encaminadas a la prevención, intervención y control del absentismo escolar, así como de

los expedientes de alumnos.

Con el fin de adecuarse a las diferentes situaciones, la comisión de absentismo de centro

dispondrá de autonomía suficiente para determinar aspectos de organización y funcionamiento

internos (frecuencia de reuniones, miembros coyunturales, etc.). En todo caso, será necesario

mantener al menos una reunión trimestral con objeto de tener un conocimiento real y periódico de la

situación del absentismo del centro.

Composición:

Director del centro.

Jefe de estudios.

Representante del profesorado en la comisión de convivencia del Consejo

Representante de padres en la comisión de convivencia del Consejo Escolar.

Orientador/a del E.O.E.P. y / o Trabajador/a Social.

Tutor/a del alumno/a absentista.

Un representante del Ayuntamiento. (En caso de ser necesario se convocará a un miembro

de la delegación de Infancia)

Funciones:

Apertura/recepción del expediente de absentismo donde se recojan todas las actuaciones

realizadas en el centro (Anexo V). Asimismo comunicación a la mesa local de los alumnos

del centro en edad de escolarización obligatoria no incorporados al inicio de curso.

Análisis y evaluación de las actuaciones llevadas a cabo hasta el momento con el alumno

absentista y recogidas en su expediente.

Page 125: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 123

En caso de que se considerase pertinente tras el análisis del expediente, propuesta de nuevas

actuaciones para completar el mismo.

Consultar a otros servicios, externos y municipales que trabajen con este alumnado.

En caso de que se considerase que las actuaciones llevadas a cabo han completado las

posibilidades de intervención desde el centro y no se ha solucionado el problema del

alumno en cuestión, propuesta al Director del centro de remisión del expediente a la Mesa

local de absentismo.

En cualquier caso, si transcurrido un mes desde la apertura del expediente de absentismo de

un alumno no se hubiera solucionado el mismo, el centro comunicará esta circunstancia a la

Mesa local de absentismo.(Anexo VI)

Comunicación certificada a la familia del envío del expediente de su hijo a la Mesa Local

de Absentismo.

Actuación del centro por inasistencia a las clases:

En virtud de lo dipuesto en el Decreto 15/2007, de 19 de abril, en su artículo, se

especifica que la inasistencia a las clases será sancionada.

Con independencia de esta tipificación y de la sanción que pueda imponerse, las faltas

reiteradas de asistencia de un alumno, justificadas o no, podrán suponer la pérdida del derecho a la

evaluación continua que, en ningún caso, será considerada una sanción, sino una consecuencia

lógica de la imposibilidad de aplicar los criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación

establecidos con carácter general. Así, de acuerdo con el apartado 2 del artículo 15, “(…) en el

reglamento de régimen interior se establecerá el número máximo de faltas por curso, área y

materia, sean justificadas o no, así como los procedimientos extraordinarios de evaluación para los

alumnos que superen dicho máximo, en la consideración de que la falta de asistencia a clase de

modo reiterado puede impedir la aplicación de los criterios normales de evaluación y de la

evaluación continua”.

Por tanto se establece qué:

Áreas instrumentales básicas: Cuando el alumno supere el 40% de faltas de asistencia por

trimestre y área, sean justificadas o no, perderá el derecho a que se le apliquen los criterios

normales de evaluación y de la evaluación continua. En cuyo caso el profesor responsable del área

determinará los procedimientos extraordinarios que garanticen el derecho del alumno a ser evaluado

objetivamente.

Resto de áreas curriculares:

Áreas con carga horaria inferior a cinco sesiones semanales: Cuando el alumno supere el

40% de faltas de asistencia por trimestre y área, sean justificadas o no, perderá el derecho a que se

le apliquen los criterios normales de evaluación y de la evaluación continua. En cuyo caso el

profesor responsable del área determinará los procedimientos extraordinarios que garanticen el

derecho del alumno a ser evaluado objetivamente.

Áreas con carga horaria inferior a tres sesiones semanales: Cuando el alumno supere el

40% de faltas de asistencia por trimestre y área, sean justificadas o no, perderá el derecho a que se

le apliquen los criterios normales de evaluación y de la evaluación continua. En cuyo caso el

profesor responsable del área determinará los procedimientos extraordinarios que garanticen el

derecho del alumno a ser evaluado objetivamente.

SANCIÓN POR INASISTENCIA INJUSTIFICADA A LAS CLASES

Inasistencia injustificada a una clase.

Inasistencia injustificada a toda la jornada escolar.

Page 126: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 124

PROFESOR QUE IMPONE LA SANCIÓN

Profesor de la clase, tutor o jefe de estudios.

Tutor o jefe de estudios.

7.- Seguimiento y evaluación:

Conocer de cerca la puesta en práctica del Plan de Convivencia permitirá detectar los

desajustes o dificultades y, con ello, poder corregirlos en el momento en que se produzcan,

garantizando así su correcto desarrollo. Para ello, la Comisión de Convivencia tiene como tarea

hacer el seguimiento periódico y sistemático del mismo. Dado que en la composición de éste están

representados todos los sectores de la comunidad educativa, serán los miembros de la Comisión los

encargados de recoger la información en cada uno de sus estamentos para someterla a análisis,

valorarla y proponer e implementar los ajustes necesarios de manera inmediata. Partiendo de los

indicadores de logro, se han de elaborar las herramientas necesarias para la observación y recogida

de la información necesaria para su evaluación.

El Equipo Directivo arbitrará el procedimiento para que el Consejo escolar (la Comisión de

Convivencia), el Claustro de Profesores, la Asociación de Madres y Padres del alumnado realicen

las propuestas de mejora que consideren pertinentes para su inclusión, si procede, en dicha

memoria.

Evaluación anual y propuestas de mejora: Memoria final donde se recogerá:

Nivel de consecución de los objetivos propuestos.

Actividades realizadas.

Grado de participación de los diferentes componentes de la comunidad educativa.

Formación relacionada con la convivencia.

Recursos personales, materiales y técnicos.

Valoración de resultados.

Conclusiones.

EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN:

La evaluación del plan de convivencia se llevará a cabo trimestralmente a través de la CCP,

claustro y Consejo Escolar (comisión de convivencia).

El objetivo principal es, evaluar los diferentes elementos del documento, su grado de

cumplimiento y su adecuación a las necesidades del centro y de la Comunidad Educativa con el fin

de realizar las modificaciones que sean necesarias. Otro objetivo es su revisión para mantenerlo

actualizado conforme a la Normativa legal que pueda publicarse.

INDICADORES DE EVALUACIÓN EN INFANTIL:

Con respecto a:

a) Alumno (entre iguales):

- Escucha, interacciona, respeta las diferencias.

- Expresa sentimientos, emociones.

- Acepta los sentimientos, emociones… de los demás.

- Tolera la frustración.

- Acepta las consecuencias de sus actos y del propio error.

- Soluciona mediante el diálogo los conflictos.

- Es autónomo en la resolución de conflictos.

Page 127: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 125

- Sigue y participa en las rutinas y hábitos.

b) Profesor:

- El clima del aula es de confianza, seguridad, y respeto mutuo.

- Las normas de convivencia se crean con la participación y el consenso de los niñ@s.

- Los comportamientos adecuados son reforzados.

- Existen momentos y actividades que favorecen las relaciones solidarias entre iguales.

c) Familia:

- La familia confía y colabora en nuestra tarea.

- Se acuerda líneas de actuación comunes.

- La comunicación es fluida y frecuente.

d) Entorno:

- Valora y cuida espacios y materiales del centro y del entorno.

- Comparte materiales y espacios.

e) Centro:

- Se proporciona un clima de seguridad física, afectivo-emocional en todo el centro.

- Se mantienen relaciones adecuadas basadas en el respeto hacia todos los miembros de la

Comunidad educativa.

- Se opta por vías alternativas para la resolución pacífica de los conflictos.

INDICADORES DE EVALUACIÓN EN PRIMARIA:

Con respecto a:

f) Alumno (entre iguales):

- Escucha, interacciona, respeta las diferencias.

- Expresa sentimientos, emociones.

- Acepta los sentimientos, emociones… de los demás.

- Tolera la frustración.

- Acepta las consecuencias de sus actos y del propio error.

- Soluciona mediante el diálogo los conflictos.

- Es autónomo en la resolución de conflictos.

- Sigue y participa en las rutinas y hábitos.

g) Profesor:

- El clima del aula es de confianza, seguridad, y respeto mutuo.

- Las normas de convivencia se crean con la participación y el consenso de los niñ@s.

- Los comportamientos adecuados son reforzados.

- Existen momentos y actividades que favorecen las relaciones solidarias entre iguales.

h) Familia:

- La familia confía y colabora en nuestra tarea.

- Se acuerda líneas de actuación comunes.

- La comunicación es fluida y frecuente.

i) Entorno:

- Valora y cuida espacios y materiales del centro y del entorno.

Page 128: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 126

- Comparte materiales y espacios.

j) Centro:

- Se proporciona un clima de seguridad física, afectivo-emocional en todo el centro.

- Se mantienen relaciones adecuadas basadas en el respeto hacia todos los miembros de la

Comunidad educativa.

- Se opta por vías alternativas para la resolución pacífica de los conflictos.

El siguiente cuadro resume los distintos aspectos que pueden ser evaluados del Plan, de cara a

informar en la Memoria Anual, por la Comisión de Convivencia.

Prevención de conductas Intervenciones para regular

los conflictos

Intervenciones para reducir

la violencia Alumnado Desarrollo de las

habilidades sociales y la

autoestima: actividades

realizadas: Actividades o planes

llevados a cabo.

Refuerzos positivos.

Actuaciones de

acogidas a nuevos alumnos.

Formación de los

alumnos en la resolución de

conflictos.

Mediación escolar.

Aplicación de Plan de

Modificación de Conducta.

Aplicación de sanciones

según Plan de Convivencia.

Diálogo y contrato con

los agresores: casos ocurridos e

historial.

Aplicación de las

sanciones contempladas en el

Plan de Convivencia.

Protección con las

víctimas más ayuda psicológica.

Aula Celebrar asambleas:

normas de clase (definición y

puesta en práctica).

Reparto de

responsabilidades (encargados).

Dinámicas de grupos o

juegos cooperativos.

Técnicas sociométricas,

buzón de quejas, cuestionaros,

etc. Para identificar posibles

conflictos.

Gestionar la disciplina

aplicando Plan de Convivencia.

Aprendizaje de la

ciudadanía democrática.: temas

de derechos y deberes, respeto

de diferencias, etc.

Aplicación de las

Normas de clase y adoptar

compromisos.

Asamblea de aula:

análisis de los conflictos y

búsquedas de solución.

Actividades educativas

que ejemplifiquen problemas de

convivencia y alternativas para

su solución.

Registro e historial de

medidas disciplinarias aplicadas.

Información de los

hechos, consecuencias y

valoración.

Espacios para el

diálogo: asambleas, buzón de

quejas...

Reglas y sanciones

justas: conocimiento y

mantenimiento (carteles,...).

Entrenamiento en

Resolución de conflictos.

Centro Formación de los

miembros de la comunidad

educativa.

Reglamento de

Organización y Funcionamiento.

Actuaciones a favor del

clima de convivencia.

Espacios para el debate.

Iniciativas de recogidas de

propuestas, etc.

Historial de casos en los

que se ha recurrido a la

mediación.

Casos en los que ha

intervenido la Comisión de

Convivencia para aplicar las

medidas disciplinarias.

Otras iniciativas a favor

del carácter educativo de la

aplicación de normas y sentido

de las sanciones.

Cohesión entre adultos.

Reunión-debate.

Normas y reglas.

Medidas educativas y

disciplinarias.

Vigilancia.

“Comisión de

Convivencia”.

Profesorado-

Familia-

Comunidad

Reuniones entre

profesorado y familia.

Colaboración con las

familias y la comunidad:

iniciativas llevadas a cabo en

Diálogo con las

familias.

Page 129: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 127

Prevención de conductas Intervenciones para regular

los conflictos

Intervenciones para reducir

la violencia

Acción Tutorial.

Agenda escolar.

Cauces de participación

habilitados.

colaboración entre el centro y

familias. Colaboración con los

especialistas (orientador, Centro

de Salud Mental, etc.)

Profesorado-

Profesorado Coordinación entre

niveles, equipos docentes,

interciclos...

Acogida a nuevos

profesores: información

aportada, documentación,...

Moderación y

organización de las reuniones:

equipos docentes, Claustro,

Comisiones...

Registro de incidencias.

Capítulo II: Prevención acoso escolar. Protocolos de actuación

Artículo 102.

Guía, Orientaciones y Protocolo para la prevención, detección y corrección de las situaciones

de acoso escolar en los centros docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid:

1. Introducción.

2. ¿Qué es el acoso escolar?: Identificación

2.1. Concepto doctrinal: notas características

2.2. Consecuencias penales y civiles del acoso escolar

2.3. Características de las personas que intervienen

2.3.1. Víctimas

2.3.2. Acosadores

2.3.3. De los espectadores pasivos

2.4. El acoso escolar a través de la red: el “ciberbulling”

2.5. Secuelas y consecuencias a largo plazo en víctimas y acosadores

2.5.1. En la víctima:

2.5.2. En el acosador:

2.5.3. En los espectadores pasivos:

2.5.4. En el conjunto de la comunidad escolar, incluidas las familias:

2.5.5. En el resto de la sociedad:

3. Medidas e intervención del centro: protocolo de actuación

3.1. Primera fase: prevención

3.1.1. Ámbito escolar: medidas tutoriales y curriculares.

3.1.2. Ámbito familiar:

3.2. Segunda fase: detección ¿Qué síntomas pueden revelar la existencia de una situación de

acoso

3.2.1. Por qué se produce el acoso

3.2.2. Cómo se manifiesta.

3.2.3. Dónde tiene lugar

3.3. Tercera fase: corrección

Page 130: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 128

3.3.1. Actuaciones no protocolarias.

Con las víctimas

Con las familias de las víctimas

Con los grupos de iguales

Con los acosadores

Con las familias de los acosadores

3.3.2. Actuaciones protocolarias (Protocolo de corrección y sanción)

3.4. Función educativa de la corrección disciplinaria y sanción, en su caso.

RECOMENDACIONES.

ANEXOS

1. Introducción

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en sus artículos 14 y 17, destaca

entre sus finalidades la convivencia, las relaciones afectivas, la resolución de conflictos y el respeto

a la diversidad cultural y de género.

Igualmente, al referirse al proyecto educativo del centro, el artículo 121 dispone que este

debe contemplar la atención a la diversidad del alumnado, el plan de convivencia y el respeto al

principio de no discriminación y de inclusión educativas. Asume con ello el legislador que los

fenómenos que afectan a la convivencia en los centros docentes no se circunscriben únicamente al

mantenimiento de la disciplina, sino también a las relaciones entre el alumnado.

Este último aspecto, en particular, ha conducido a la toma de conciencia de la gravedad que reviste

el acoso y el maltrato escolar, reconocidos recientemente desde diversos ámbitos a pesar de

constituir problemas que no son en modo alguno nuevos en los centros.

Al mismo tiempo, existe por parte de los profesionales de la enseñanza una demanda de

herramientas que les permitan afrontar de manera eficaz e inmediata las conductas contrarias a la

convivencia, de modo particular en los casos de acoso escolar. Ese desconocimiento por parte de los

centros docentes conduce a la necesidad de facilitar orientaciones de carácter práctico que ayuden a

la comprensión del problema y favorezcan su prevención y detección.

2. ¿Qué es el acoso escolar?: identificación

2.1. Concepto doctrinal: notas características

Para enfocar debidamente el fenómeno del acoso escolar entre iguales y dado que son

muchas las definiciones, resulta oportuno destacar la contemplada en la Instrucción de la Fiscalía

General del Estado nº 10/2005, de 6 de octubre (en adelante, Instrucción 10/2005) donde el acoso,

también conocido como bullying o “violencia horizontal”, se caracteriza por una continuidad en el

tiempo, pudiendo consistir los actos concretos que lo integran en agresiones físicas, amenazas,

vejaciones, coacciones insultos o en el aislamiento deliberado de la víctima. Concurre, pues, en el

acoso, una nota de desequilibrio de poder a partir de circunstancias tan diferentes como la propia

presión del grupo, la mayor fortaleza o edad de los acosadores o la existencia de discapacidad en la

víctima. Ampliando esta definición, podemos observar en el acoso escolar alguna o algunas de las

siguientes notas que permitirían su identificación:

1. Genera una profunda perturbación en el proceso de socialización de los menores.

2. Dicha perturbación afecta también al acosador, pues no son escasas las probabilidades de

que asuma de manera permanente ese rol durante su vida adulta, proyectando su abuso en distintos

ámbitos (acoso laboral, violencia doméstica, violencia de género).

Page 131: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 129

3. Es muy difícil de detectar, ya que se produce casi siempre en ausencia de los adultos, y el

resto del grupo, que conoce muy bien la situación, a menudo calla y protege con su actitud a los

acosadores por temor a convertirse en su víctima.

4. Adopta diversas formas y grados, desde el desprecio y el insulto a la amenaza y la

agresión. Una versión reciente del acoso es la que se produce a través de las redes sociales, los

teléfonos móviles o el correo electrónico. La modalidad de agresión emocional o psicológica, que es

aún más difícil de detectar por los profesores, es si cabe más dolorosa porque puede persistir

durante más tiempo y generar angustia, ansiedad y procesos depresivos que si son prolongados e

intensos, pueden desembocar en ideas suicidas.

5. Es duradero. Para que hablemos de acoso es necesario que las actitudes de desprecio,

violencia o marginación se mantengan en el tiempo.

6. Es consciente e intencionado; busca el daño del acosado.

7. Suele vincularse a la presencia en la víctima de un rasgo que la convierte en diferente del

grupo y, de algún modo, la coloca en situación de inferioridad frente a él: aspecto, forma de hablar,

origen social, cultura, etnia…

8. No se trata de cosas de niños. Puede provocar problemas psicológicos serios, depresión e

incluso intentos de suicidio.

9. Es muy difícil que la víctima logre superar la situación por sí sola, ya que en el fondo del

proceso se encuentra una relación de poder en la que el grupo, de algún modo, apoya con su

tolerancia implícita, e incluso su participación, ocasional o no, a los acosadores.

2.2. Consecuencias penales y civiles del acoso escolar

Antes de desarrollar el enunciado de este epígrafe, parece oportuno recordar que no existe

un tipo específico de delitos que cometan los menores.

Así la Ley 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, en su artículo

1.1. dice textualmente: Esta Ley se aplicará para exigir la responsabilidad de las personas mayores

de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas

en el Código Penal o las leyes penales especiales. Por tanto, los menores que cometan delitos o

faltas tipificadas en el Código Penal o en las Leyes penales especiales, mayores de 14 años y

menores de 18, serán responsables penalmente en virtud de lo establecido en la Ley 5/2000

anteriormente citada.

Los menores infractores que tengan una edad inferior a 14 años no serán responsables

penalmente en virtud de lo establecido en esta misma Ley. Dicho esto, tampoco debemos olvidar

que el concepto de acoso escolar es muy amplio y ofrece tantas perspectivas que puede presentar

distintos perfiles jurídico-penales, desde la simple falta a la comisión de un delito grave. Por ello y

aunque sea de manera somera, y a título informativo, es necesario tener presente que, cuando los

hechos tengan entidad suficiente, pueden integrar los siguientes delitos:

1. Delito contra la integridad moral. Previsto en el artículo 173.1. del Código Penal, que

establece: El que infligiere a otra persona un trato degradante menoscabando gravemente su

integridad moral, será castigado con la pena de prisión de dos años

Dos elementos concurren, pues, en dicho tipo penal:

a) Infligir un trato degradante a una persona

b) Que se dé un menoscabo en su integridad moral.

Según reiterada doctrina del Tribunal Supremo, el atentado a la integridad moral debe ser grave,

pues si no reviste gravedad estaremos ante la falta tipificada en el artículo 620.2 del Código Penal:

Serán castigados con la pena de multa de diez a veinte días...2º los que causen a otro una amenaza,

coacción, injuria o vejación injusta de carácter leve.

Page 132: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 130

2. Inducción al suicidio. El apartado 1 del artículo 143 señala: El que induzca al suicidio de otro

será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años.

3. Concurso de delitos. Asimismo, si además del atentado a la integridad moral se produjere lesión

o daño a la vida, integridad física, salud, libertad sexual o bienes de la víctima o de un tercero,

existirá un concurso de delitos, lo que significa que se castigarán los hechos separadamente con la

pena que le corresponda por los delitos o faltas cometidos, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 177 del CP.

Hechas estas consideraciones, y como señala la propia Fiscalía, el ámbito natural de

resolución del problema del acoso es la comunidad escolar, entendida como el conjunto de

profesores, alumnos, padres y personal de administración y servicios. Los expertos coinciden en que

el primer nivel de lucha contra el acoso escolar debe estar liderado por los profesores del

centro y que ellos deben ser los primeros destinatarios de la puesta en conocimiento del problema.

El abordaje debe ser conjunto y preferentemente desde los niveles básicos de intervención: padres,

profesores y comunidad escolar. (Instrucción 10/2005). El propio Defensor del Pueblo, en el

informe titulado Violencia escolar: el maltrato entre iguales en la educación secundaria

obligatoria, consideraba que la respuesta normal debe ser, además de la acción preventiva, la que

se produce en sede de disciplina escolar. Tampoco hay olvidar que en muchos casos estos actos se

producirán entre menores de 14 años, condición sine qua non para la intervención del sistema penal

del menor (artículo 3 de la Ley Orgánica 5/2005, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad

penal de los menores, en adelante LORPM).

Todas estas consideraciones hacen conveniente que se tengan en cuenta las siguientes

apreciaciones y recomendaciones:

1. Es esencial que exista una comunicación fluida entre las instancias con competencia en

esta materia: Ministerio Fiscal, responsables del centro e inspección educativa, fundamentalmente.

2. Desde la Fiscalía deberá remitirse al centro copia de la denuncia y documentación

complementaria.

3. Con independencia de ello, los responsables del centro deberán poner en práctica

todas las medidas de atención, cuidado, vigilancia y seguimiento estricto para garantizar que

la situación de acoso no persista.

4. De la misma manera, ante la existencia de indicios y sospechas fundadas de que

puede existir acoso escolar y una vez aplicados los protocolos de actuación en el centro, este

deberá comunicarlo a la Fiscalía de menores o a la autoridad o sus agentes. En efecto, el

artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor impone la

obligación a toda persona o autoridad de comunicar a la autoridad o sus agentes las situaciones de

riesgo que puedan afectar a un menor sin perjuicio de prestarle el auxilio inmediato que precise. A

estos efectos, una situación de acoso continuado no puede considerarse sino una situación de riesgo

5. En virtud del principio jurídico general de no duplicidad de sanciones (non bis in ídem),

es necesario asegurarse de que no se imponen dos sanciones, una en el ámbito jurisdiccional y otra

en el ámbito administrativo. No obstante, dado que en los supuestos en que no concurre la triple

identidad de sujetos, hechos y fundamentos de la infracción penal y administrativa cabe la

imposición de las dos sanciones y que los fundamentos de la infracción penal y disciplinaria de los

centros docentes son diferentes, el riesgo de conculcar el referido principio es escaso. Por ello, una

vez informada la Fiscalía de Menores, el centro debe iniciar las actuaciones disciplinarias que

procedan.

Page 133: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 131

Por último, debemos hacer referencia a la responsabilidad civil en que pueden incurrir

los menores, sus padres, el profesorado, los centros educativos o, en el caso de los centros

públicos, la propia Administración, por conductas de acoso escolar imputables a los alumnos.

Esta responsabilidad es exigible, según los casos, por lo establecido en el Código Civil,

Código Penal o LORPM y puede llegar a ser muy importante económicamente.

A este respecto, la Circular 9/2011, de 18 de noviembre de 2011, de la Fiscalía General del

Estado recuerda lo ya dicho en la Instrucción 10/2005 antes citada. En supuestos de acoso escolar

―dice―, la exigencia de responsabilidad civil a los centros docentes, de conformidad con las

pautas establecidas en la Instrucción 10/2005 es especialmente aconsejable, tanto desde el punto

de vista de protección a las víctimas como por razones de prevención general positiva. Lo que

significa que la exigencia de responsabilidad civil a los centros docentes por hechos constitutivos de

acoso escolar, no sólo se entiende como un mecanismo de resarcimiento de las víctimas, sino como

un medio de disuasión para que la comunidad educativa y los centros adopten medidas necesarias

para evitarlos.

2.3. Características de las personas que intervienen

En el acoso escolar participan diferentes personas que adoptan roles diferenciados y, al

mismo tiempo, variables en función del contexto y del momento en el que se produzca. Para

diferenciar bien las figuras que se dan y los roles posibles en el denominado “triángulo del acoso”

(víctimas, acosadores y espectadores pasivos), es necesario atender a sus perfiles diferenciadores.

2.3.1. Víctimas

Las víctimas de acoso escolar suelen responder a los rasgos que a continuación se

relacionan, aunque ello no quiere decir que todos los alumnos que presentan estos rasgos sean

víctimas de acoso, ni que no pueda serlo cualquier alumno que no los presente:

1. Vulnerabilidad física o psicológica.

2. Estrategias de defensa y modo de afrontar el problema inadecuadas: aislamiento,

resignación, asunción de culpabilidad…

3. Baja autoestima.

4. Escasas habilidades sociales, en especial cuando van acompañadas de éxito académico y

buenas relaciones con los profesores.

5. Discapacidad.

6. Características personales distintas a las dominantes: obesidad, miopía, forma de vestir

tradicional o descuidada, falta de higiene, pertenencia a minorías étnicas o culturales…

Asimismo, es característico que la víctima de un acoso escolar no comunique su situación a

los adultos que le rodean e incluso tampoco a otros compañeros o amigos. Por ello, cualquier

miembro de la comunidad educativa, especialmente profesores y familias, ha de extremar la

vigilancia y la observación. Cualquiera que tenga conocimiento de comportamientos que pudieran

responder a un caso de acoso escolar deberá comunicarlo de inmediato a la dirección del centro.

Algunos indicadores o síntomas que pueden revelar la presencia de una situación de acoso son:

1. Incremento súbito de las faltas de asistencia.

2. Negativa a asistir al centro.

3. Caída drástica del rendimiento escolar.

4. Ausencia de amigos.

5. Problemas de concentración y atención en clase.

6. Cambio de carácter: ansiedad, mutismo, tristeza, irritabilidad, introversión, agresividad,

conductas autodestructivas…

Page 134: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 132

7. Somatizaciones: malestar al levantarse, mareos, dolores de cabeza, molestias o

alteraciones gastrointestinales, asfixia u opresión en el pecho, temblores, palpitaciones…

8. Alteraciones del apetito o del sueño.

9. Aislamiento.

10. Abandono de aficiones.

11. Evidencias físicas de maltrato como moratones, roturas de ropa, pérdida no justificada

de objetos.

En el informe titulado Acoso y Violencia Escolar en España, realizado por el Instituto

Cisneros X, se señalan 16 indicadores esenciales de alerta para los padres que representan unas

claras manifestaciones de estrés postraumático infantil y que por su importancia reproducimos:

1. Viven de forma continua una amenaza difusa e inespecífica sobre ellos mismos, sus

padres o hermanos.

2. Muestran depresión reactiva con llanto frecuente e irrefrenable.

3. Comienzan a morderse las uñas (onicofagia).

4. Les invaden imágenes recurrentes o flashbacks del acoso que sufren.

5. Sienten terror ante la idea de volver al colegio.

6. Manifiestan dificultades o incluso imposibilidad de hablar del agresor o del grupo de

entorno (innombrables).

7. Sufren deterioro y embotamiento intelectual, y pérdidas de memoria.

8. Pierden la capacidad de concentración y sufren problemas de rendimiento académico.

9. Sufren obsesión por el tema del acoso y del colegio.

10. Padecen aislamiento social. No juegan, no salen, permanecen solos.

11. Muestran incapacidad o dificultades para obtener placer o experimentar alegría.

12. Revelan insensibilidad o despersonalización.

13. Incurren en abandono y fracaso escolar. Dejan de estudiar.

14. Padecen insomnio retrógrado o despertar temprano (duermen mal y se despiertan de

madrugada, frecuentemente con pesadillas).

15. Manifiestan irritabilidad y sensibilidad a la crítica, al ruido, a los retrasos.

16. Desconfían de los demás. Se muestran tímidos, miedosos, aprensivos, incluso

hipocondríacos.

Estos indicadores, que son susceptibles de ser observados con más intensidad y continuidad

en el ámbito familiar, pueden ser también detectados en algunos casos en el seno del centro

educativo. Ello requiere una actitud de atención y vigilancia permanente, así como la aplicación

de determinadas técnicas (sociogramas, tests, debates…) que nos alerten sobre la posibilidad de un

presunto acoso escolar. En concreto, los indicadores signados con los números 2, 3, 5, 6, 7, 8, 10,

11, 12 y 16 pueden ser observados por distintos miembros de la comunidad escolar, desde

compañeros hasta profesores del alumno, especialmente tutores.

Cualquier atisbo de conducta descrita con esos indicadores que se manifieste en el

centro, máxime si está acompañada de referencias en el mismo sentido por parte de la familia,

debe conducir a la activación de los protocolos pertinentes, así como a la adopción de medidas

preventivas y de protección del alumno que se halle en estas circunstancias.

Por otro lado, la víctima puede responder de diferentes formas, dependiendo del tiempo que

lleven repitiéndose las agresiones y cómo afronte el acoso:

1. Respuesta agresiva: reacciona de forma violenta al acoso, aunque queda habitualmente en

inferioridad de condiciones cuando se defiende.

2. Respuesta pasiva: susto e indefensión. A veces se queda al margen porque tiene

dificultades para ganarse el apoyo de las demás personas.

Page 135: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 133

3. Llamadas de atención: provoca o fastidia y después se queja cuando otras personas le

responden.

4. Papel cómplice: adopta el rol de víctima para conseguir aceptación y popularidad.

5. Cambios de rol: imita la conducta de quien acosa o de quien recibe el acoso, según las

circunstancias.

2.3.2. Acosadores

El acosador suele responder al siguiente perfil personal, aunque, una vez más, ello no

significa que todos los alumnos que encajan en él sean necesariamente acosadores, ni que no pueda

serlo un alumno que no lo haga.

1. Suele ser físicamente fuerte.

2. Necesita dominar, tener poder, sentirse superior.

3. Posee un fuerte temperamento, fácilmente enojable.

4. Es impulsivo.

5. Manifiesta baja tolerancia a la frustración.

6. Se muestra desafiante y agresivo hacia los adultos.

7. No suele mostrarse ansioso ni inseguro.

8. Exhibe comportamientos antisociales tempranos.

9. Es poco popular entre sus compañeros y compañeras; sólo algunos le siguen.

10. Manifiesta actitud negativa hacia la escuela.

11. Sufre de egocentrismo, escasa capacidad de autocrítica y ausencia de sentimiento de

culpabilidad por el acoso, del que suele responsabilizar a la víctima.

12. Muestra una clara falta de empatía y de capacidad para percibir el dolor ajeno.

En cuanto a las condiciones familiares del acosador, pueden influir situaciones como las

siguientes:

1. Familia que está atravesando por un proceso de divorcio o cualquier otra situación

traumática, como la muerte de uno de los progenitores o de un familiar especialmente querido.

2. Actitud inadecuada de los padres hacia los hijos: autoritarismo, permisividad,

negligencia, incoherencia, desatención…

3. Consumo de alcohol o drogas.

2.3.3. De los espectadores pasivos

La influencia que los agresores ejercen sobre los demás se manifiesta en la falta de apoyo

de los compañeros hacia la víctima. Regularmente, los actos de esta índole suelen producirse bajo el

conocimiento de compañeros que, inducidos por el contagio social que inhibe la ayuda o el miedo a

ser incluidos en el círculo de la víctima, no hacen nada aunque sientan que deben hacerlo. Las

principales características de estos observadores pasivos son:

1. Son conscientes del maltrato.

2. Lo toleran y se inhiben sistemáticamente cuando se produce.

3. Conocen a todos los sujetos que intervienen (maltratadores y víctimas), así como las

circunstancias concretas que lo rodean.

4. Colaboran en el acoso.

5. Graban agresiones.

6. Las aprueban con su presencia.

7. Refuerzan la conducta de quien acosa.

8. Ignoran y aíslan.

2.4. El acoso escolar a través de la red: ciberacoso o ciberbulling

Algunas de las características que pueden ayudar a distinguir si existe o no ciberacoso son

las siguientes:

Page 136: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 134

-El medio para agredir es de naturaleza tecnológica, por lo general, internet (mensajería

instantánea, redes sociales, chats, páginas personales, juegos on line) o teléfonos móviles (sms,

vídeos, fotografías).

- Está ligado a situaciones de acoso en la vida real y de acoso escolar.

- Es habitual el contacto previo entre víctima y agresor en los espacios físicos.

- Es una agresión repetida y duradera en el tiempo, no un hecho puntual. Por ejemplo, el

envío aislado de mensajes desagradables, aunque se trata de una acción reprochable, no debería ser

considerado como un caso de ciberacoso.

- Puede evidenciarse cierta jerarquía de poder o prestigio social del acosador o acosadores

respecto de su víctima, si bien esta característica no se da en todos los casos.

Algunas de las conductas más habituales se manifiestan en situaciones como las siguientes:

- Remitir correos electrónicos o mensajes desagradables o amenazantes.

- Etiquetar fotos o asociar comentarios indeseables a las mismas, exponiendo a la persona

implicada a una posible escalada de observaciones, expresiones y comentarios de terceros.

- Publicar postings (acción de enviar un mensaje de correo electrónico a una comunidad

virtual, newsgroup, lista de correo o foro de discusión), fotos o vídeos desagradables en un perfil,

página web o chat.

- Suplantar la identidad a la hora de expresar manifestaciones desagradables, en un foro de

mensajes, en un chat, etc.

2.5. Secuelas y consecuencias a largo plazo en víctimas y acosadores

Las consecuencias que estos comportamientos agresivos y discriminatorios tienen son muy

graves, y más aún cuando se producen en una edad temprana, pues pueden dejar secuelas para toda

la vida, tanto en la víctima como en el agresor. De una manera sintética, destacan las siguientes:

2.5.1. En la víctima:

Un estudio del Instituto del Instituto de Innovación educativa y Desarrollo Directivo (en

adelante IIEDDI) señala una serie de secuelas del acoso escolar, que se encuadran en ocho escalas

clínicas:

1.- Estrés.

2.-Depresión.

3.-Ansiedad.

4.-Flashbacks.

5.-Ideas suicidas.

6.-Deterioro de la autoestima.

7.-Somatizaciones diversas.

8.-Imagen negativa de sí mismos.

Según el mismo estudio, de cada 100 niños víctimas de acoso escolar 54 presentan

indicadores de estrés postraumático, que se caracteriza por al menos:

a) Ansiedad generalizada.

b) Inquietud psicomotora.

c) Evitación y terror a ir al colegio.

d) Pensamientos invasivos.

e) Insomnio.

f) Hipervigilancia.

g) Problemas de concentración o de memoria.

h) Distimia.

Page 137: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 135

2.5.2. En el acosador:

Algunas de las consecuencias que se evidencian en los agresores son:

1. Generalización de su conducta para establecer vínculos sociales.

2. Aumento de los problemas que le llevaron a abusar de su fuerza.

3. Disminución de la capacidad de comprensión moral y empatía.

4. Identificación con el modelo de dominio-sumisión que subyace tras el acoso.

5. Riesgo de seguir utilizando la violencia en el futuro en el mismo y en otros contextos.

6. Antesala de conductas delictivas.

2.5.3. En los espectadores pasivos:

En este caso, las consecuencias más habituales son las siguientes:

1. Refuerzo para posturas individualistas y egoístas.

2. Falta de sensibilidad ante los casos de violencia.

3. Valoración positiva de la conducta agresiva.

4. Apatía.

5. Insolidaridad respecto a los problemas de los demás.

6. Riesgo de ser en el futuro protagonistas de la violencia.

2.5.4. En el conjunto de la comunidad escolar, incluidas las familias:

Pero también el conjunto de la comunidad escolar se ve afectado por el acoso, que redunda

en las siguientes manifestaciones negativas:

1. Reducción de la calidad de vida de las personas.

2. Dificultad para el logro de la mayoría de sus objetivos (valores, calidad, sensibilidad...)

3. Aumento de tensiones.

4. Escalada de graves consecuencias.

2.5.5. En el resto de la sociedad:

Por último, la sociedad misma, en su conjunto, sufre también de las consecuencias del

acoso, que favorece la extensión de los problemas siguientes:

1. Antítesis de los valores democráticos de igualdad, tolerancia y paz.

2. Falta de respeto mutuo.

3. Sustitución de los valores anteriores por otros en los que predomina la violencia, el

miedo, el sometimiento y las actitudes acríticas y cómplices.

4. Degradación de las personas y de sus relaciones, y desprestigio de los métodos de

resolución de conflictos basados en el diálogo, el compromiso y el acuerdo.

3. Medidas e intervención del centro: protocolo de actuación

3.1. Primera fase: prevención

Existen poderosas razones que fundamentan la necesidad de prevenir el acoso escolar de

manera que se eviten daños socio-emocionales que implican a todos aquellos que intervienen en él.

Algunas de ellas son:

1. Los discentes de educación primaria y educación secundaria son personas especialmente

vulnerables y en proceso de desarrollo que tienen el derecho constitucional a que se respete su

integridad física y psicológica; a estar protegidos ante cualquier forma de explotación, maltrato

físico, psicológico o sexual, y al aprendizaje en un contexto escolar seguro y positivo.

2. Es un problema emergente de la sociedad actual.

3. Provoca graves consecuencias en los implicados.

Por otro lado, al tratar la prevención del acoso escolar en sentido estricto, se pueden distinguir dos

niveles:

Page 138: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 136

La denominada prevención primaria, que se aplicaría antes de que se detecte ningún

indicio del problema. Su objetivo sería evitar conductas de acoso mediante la información y la

sensibilización, y en ella estarían implicados todos los miembros de la comunidad educativa:

alumnos, profesores, familia. A ella, nos referiremos en el presente capítulo.

Una prevención secundaria, que se produciría cuando ya ha surgido algún episodio de

acoso escolar susceptible de ser detectado e identificado precozmente. Una intervención rápida

cuando todavía es un proceso incipiente podría evitar la consolidación del problema. Este nivel

implicaría concretamente a los tutores, familias y alumnos más próximos y aludiremos a él en la

siguiente fase, denominada “de detección”. A grandes rasgos es conveniente diferenciar dos

ámbitos de actuación preventiva:

1. Escolar, en la que se abarcarían estrategias tanto en relación con el centro educativo como de

carácter tutorial.

2. Familiar, relacionada con la participación de los padres en la vida de los centro.

3.1.1. Ámbito escolar: medidas tutoriales y curriculares.

La prevención debe comenzar por una línea maestra de actuación coordinada y

consensuada por todo el centro, que tendrá su reflejo documental en el proyecto educativo del

centro, el plan de acción tutorial, el plan de orientación académica y profesional, el reglamento

de régimen interior y, por supuesto, en el plan de convivencia, de forma que todos puedan

trabajar de forma consensuada y coordinada en la prevención del acoso escolar. Algunas

orientaciones que podrían ser contempladas en los referidos documentos institucionales son:

1. Normas de convivencia del centro realmente respetadas por todos.

2. Jornadas de sensibilización dirigidas tanto a profesores, como a padres y alumnos.

3. Participación en cursos de formación dirigidos a distintos miembros de la comunidad

educativa en las que se traten temas específicos relacionados con este problema.

4. Potenciación de la figura del tutor para que se constituya en referente y persona de

confianza en caso de sufrir algún tipo de maltrato o humillación en el centro. En cualquier caso, las

medidas que aquí proponemos podrían organizarse en dos niveles bien diferenciados: el ámbito

tutorial y el ámbito del propio currículo.

a) Medidas con los alumnos:

Medidas de carácter general:

- Fijar unas normas de convivencia en el centro que sean respetadas por todos.

- Organizar jornadas de sensibilización dirigidas tanto a profesores, como a padres y

alumnos.

- Participación en cursos de formación dirigidos a distintos miembros de la comunidad

educativa en los que se traten temas específicos relacionados con este problema.

- Potenciación de la figura del tutor para que se constituya en referente y persona de

confianza en caso de sufrir algún tipo de maltrato, humillación, etc. en el centro.

Medidas de carácter tutorial:

En cuanto a las medidas tutoriales, parece lógico asumir que es el ámbito de la tutoría

uno de los más eficaces a la hora de prevenir eficazmente el acoso. Fomentando a través de las

actividades de tutoría la amistad y la integración se mejora también de forma considerable la

calidad de vida de los centros, así como las oportunidades de aprender importantes habilidades

sociales. Asimismo, el papel desempeñado por profesor tutor tiene una importancia capital para

contribuir en la prevención, lo que implica a su vez dotarlo de las competencias necesarias para ello

en la resolución de conflictos, mediación escolar, agresión o el propio acoso escolar.

Page 139: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 137

- Acción tutorial en relación al alumno individual: conocimiento del alumno, de sus

características psicológicas más importantes, su rendimiento académico, habilidades de inserción

social, condicionantes familiares, expectativas depositadas en el alumno por los profesores, su

familia, él mismo, su autoestima…

- Acción tutorial en relación al grupo-clase: conformación del grupo; grado de inserción

de cada uno de los alumnos en el grupo; liderazgo del mismo (positivo o negativo); cohesión en

torno a ese liderazgo; desestructuración, en su caso, del grupo; adjudicación forzada de roles para

algunos (el payaso, el tonto, el fuerte, el “mariquita”, el chivato...); asunción “voluntaria” de roles,

en muchos casos como medio de defensa. En resumen, se debe conocer en profundidad la estructura

conformación del grupo porque un grupo enfermo, igual que una sociedad enferma, favorece y

justifica todo tipo de conductas inadecuadas.

- Acción tutorial con respecto a las familias en dos niveles:

Consideradas individualmente: aspectos concretos que afectan de manera particular a algún

escolar.

Entendidas como un grupo: reuniones y escuelas de padres. Es muy importante que las

familias se pongan cara y nombre, pues los problemas se tratan de forma muy diferente

cuando esto ocurre. Este tipo de actuaciones debe realizarse cuanto antes pues en primaria,

en los niveles inferiores, esto es una realidad cotidiana que ya se va perdiendo en niveles

superiores (5º y 6º) y casi desaparece en el instituto. En secundaria obligatoria debería

iniciarse en 1º, adquiriendo continuidad e incluso apoyándose en obligaciones asumibles de

participación y corresponsabilidad que se extiendan a todos los ámbitos (académico,

participativo, informativo, relacional...)

Medidas de carácter curricular

Respecto a las medidas curriculares, las estrategias adoptadas para la prevención del

acoso pueden partir de unos objetivos generales establecidos en el proyecto educativo de centro y

concretados en unos objetivos y contenidos reflejados en las concreciones del currículo, el plan de

convivencia o el plan de acción tutorial. Algunas de las líneas de trabajo para la prevención del

acoso escolar son:

- Promover metodologías que favorezcan la interacción, el aprendizaje cooperativo y la

responsabilidad compartida.

- Potenciar un rol del profesor que favorezca la empatía, el diálogo y las actitudes de

acercamiento y buena disposición.

- Favorecer los estilos de aprendizaje que valoren la diversidad (ACIS, flexibilidad

grupal…)

- Trabajar el conocimiento del alumno (desarrollo evolutivo, características emocionales,

capacidades de inserción social, de relación interpersonal…)

- Trabajar contenidos funcionales y útiles para la vida, contenidos actitudinales (respeto a la

diferencia, a la diversidad…) y contenidos procedimentales (escucha, alumnado protagonista de su

aprendizaje, currículo inclusivo…)

- Aplicar programas en comunicación y habilidades sociales que permitan afrontar

situaciones de conflicto en positivo.

- Enseñar los valores de igualdad y respeto mutuo, tratando obstáculos como son el racismo

o el sexismo.

- Fomentar la capacidad de ponerse en el lugar de los demás, coordinando derechos y

deberes.

Asimismo, en el propio currículo de algunas de las áreas o materias que constituyen la

educación primaria y secundaria se abarcan contenidos relacionados con el respeto a las personas,

las normas y la convivencia democrática. Así, por ejemplo desde las materias “Educación para la

Page 140: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 138

ciudadanía” o “Educación ético-cívica” se pueden trabajar temas como la elación entre democracia

e igualdad, la construcción de los derechos humanos como base de la convivencia, el racismo y la

xenofobia, o el sexismo y la violencia de género.

También, de forma transversal, en todas las áreas y materias, se pueden fomentar valores y

actitudes relacionadas con el respeto a las normas de convivencia. La educación en competencias

emocionales es una forma de conseguir y de prevenir conductas poco saludables en los centros

educativos. Enseñar habilidades que permitan comprender, expresar y regular de forma apropiada

los fenómenos emocionales a través de dimensiones como la conciencia emocional, el control de la

impulsividad, el trabajo en equipo, el cuidarse de sí mismo y de los demás proporcionará una

extraordinaria ayuda para la prevención del acoso escolar entre iguales.

b) Medidas con las familias

3.1.2. Ámbito familiar:

Con la democratización de las escuelas se instaura la participación de los padres y madres

en la vida de los centros: se crean las asociaciones de padres y madres y existen representantes de

los padres y madres en los consejos escolares. Aun así, en la actualidad la vinculación de las

familias con la comunidad educativa sigue siendo una asignatura pendiente. Instituir vías de

comunicación permanente con ellas, más allá de las informaciones puntuales, debería ser una de

las tareas prioritarias de los centros, ya que con ello se contribuiría a crear una nueva sensibilidad

educativa indispensable en la prevención del acoso escolar que pasaría por:

1. Hacer sentir a las familias que los centros educativos no son medios hostiles sino lugares

de encuentro y diálogo.

2. Ayudar a educar a los padres a través de la educación de sus hijos y viceversa.

3. Promover relaciones fluidas entre las familias.

La colaboración y coordinación en la prevención también permitiría la observación de sus

hijos de manera que les fuera posible detectar los primeros indicios del problema. A través de la

educación familiar, los hijos deben tener garantizadas ciertas condiciones básicas, de las que

depende su calidad y que contribuyen a prevenir cualquier tipo de violencia:

1. Una relación afectiva cálida, que proporcione seguridad sin proteger en exceso.

2. Un cuidado atento, adecuado a las cambiantes necesidades de seguridad y autonomía que

se producen con la edad.

3. Una disciplina consistente, sin caer en el autoritarismo ni en la negligencia, que

ayude a respetar ciertos límites y aprender a establecer relaciones basadas en el respeto mutuo, la

antítesis de la violencia y del modelo de sumisión-dominio en el que se basa.

4. Contextos y rutinas de comunicación en los que los adultos estén dedicados

exclusivamente a compartir los juegos y actividades con sus hijos.

5. Motivación por ser eficaz y por superarse, educando en las habilidades necesarias para

lograrlo.

6. Oportunidades y habilidades para establecer relaciones de amistad basadas en el respeto

mutuo.

7. Colaboración con la escuela, buscando conjuntamente soluciones para afrontar mejor un

problema compartido.

8. Protección a los niños y a los adolescentes de la violencia que llega desde las pantallas de

la televisión y otras tecnologías, mientras se les educa en su utilización con fines educativos.

9. Comprensión recíproca de padres e hijos.

Teniendo en cuenta todo esto, puede entenderse la especial relevancia que la colaboración

de la escuela con las familias puede tener en la prevención el acoso escolar y otras formas de

violencia. Dicha colaboración es aún más necesaria en aquellos casos en que existen riesgos

Page 141: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 139

potenciales. Sin embargo, la escuela suele quejarse con frecuencia de que son precisamente las

familias de alumnos con conductas violentas las que menos participan en las actividades

organizadas al efecto. Al tratar de averiguar por qué, se observa que a veces estas familias

encuentran el contexto escolar como un lugar que les resulta hostil, y las actividades a las que se les

convoca como una amenaza que no se atreven a afrontar. Para superar estas dificultades conviene

sustituir la tendencia que a veces se produce a “buscar quien tiene la culpa” por un esquema de

colaboración en el que escuela y familia se vean como aliadas para resolver un problema

compartido.

3.2. Segunda fase: detección

Este capítulo aborda el diagnóstico con el que los centros pueden detectar los casos de

acoso escolar recogiendo toda la información que permita establecer objetivamente lo que está

sucediendo y, a su vez, decidir cuál es la intervención más adecuada para actuar (ver anexo I del

Protocolo). Gracias a ello se puede:

1. Establecer por consenso qué es el acoso escolar.

2. Determinar su extensión de forma objetiva, evitando confundirlo con otras conductas o

actos que no formarían parte de del fenómeno propiamente dicho.

3. Recoger la información en instrumentos apropiados y útiles que ayuden al tratamiento

más adecuado.

4. Conocer las características de cada centro, analizando y evaluando su incidencia.

La necesidad de detectar cuanto antes este fenómeno nace de una realidad en la que una

parte importante del profesorado no se entera de lo que está sucediendo y, cuando lo hace, no se

siente preparado para afrontarlo. De hecho es el último colectivo al que el alumnado comunica lo

que sucede. Ello conlleva una dificultad añadida para la detección e intervención puesto que,

cuando los casos salen a la luz, la escalada de agresiones suele estar en unos altos grados de

intensidad. Cuando estamos ante los primeros indicios de acoso, lejos de minimizarlos, debemos

prestarles toda la atención para conseguir neutralizarlos causando el mínimo daño en las personas

implicadas y en el propio centro educativo. Por tanto es necesario no sólo alertar a los adultos sobre

la importancia de estos hechos para que mantengan una actitud vigilante y atenta, sino también para

concretar y definir con claridad con los alumnos qué tipos de actitudes y de relaciones no son

permisibles y, por consiguiente, deberían comunicarse en caso de que se produzcan (ver anexo II

del Protocolo). Algunas iniciativas positivas reseñables en este sentido se han basado en el

entrenamiento en la observación de situaciones de maltrato para el profesorado y el alumnado.

Para realizar un buen diagnóstico es necesario partir, además del análisis de los rasgos

característicos en los perfiles del denominado “triángulo del acoso”, de otros criterios básicos que

pueden definir el problema (ver anexo III del Protocolo).

3.2.1. Por qué se produce el acoso

Para erradicar el acoso escolar es necesario reconocer que las condiciones que lo provocan

son múltiples y complejas. No posee una sola causa, sino que son una suma de circunstancias las

que favorecen su aparición ante la ausencia de condiciones protectoras suficientes que lo eviten.

Al igual que en otras manifestaciones de violencia, las condiciones que conducen al acoso

escolar suelen situarse tanto en la trayectoria del individuo violento como en el entorno en el que se

produce, pudiendo responder a una amplia diversidad de factores: sociales, culturales, familiares,

escolares, grupales o personales.

El ambiente es un factor fundamental que es preciso analizar en los distintos niveles y

contextos en los que transcurre la vida de sus protagonistas: la escuela, la familia, las relaciones

Page 142: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 140

entre ambas, las oportunidades de ocio, la influencia de los medios de comunicación o el apoyo que

a la violencia proporcionan algunas creencias y estructuras de la sociedad.

Entre las condiciones de riesgo detectadas en estudios científicos y que suelen verse

reflejadas en la mayoría de los casos de violencia escolar, cabe destacar:

1. Exclusión social o sentimiento de exclusión.

2. Carencias de afecto, dedicación y actitudes negativas de la familia.

3. Falta de una adecuada enseñanza de los límites a causa de un grado excesivo de

permisividad de los padres ante una conducta agresiva del hijo.

4. Exposición a la violencia a través de los medios de comunicación.

5. Presencia de alcoholismo en la familia.

6. Integración en grupos de iguales de orientación negativa.

7. Justificación de la violencia, o contradicciones existentes en torno a ella en el conjunto de

la sociedad.

Más adelante se tratará la prevención, pero de manera general en estos casos existe una

ausencia de condiciones que hubieran podido proteger de los riesgos mencionados, como modelos

positivos y solidarios, colaboración entre la familia y la escuela, contextos de ocio y grupos de

pertenencia constructivos o adultos disponibles y atentos para ayudar.

3.2.2. Cómo se manifiesta.

Como conductas concretas de acoso podemos señalar tres criterios básicos que, cuando se

conjugan entre sí, se convierten en señales de alarma que pueden conducir a la detección de un

posible caso de acoso escolar:

1. Se produce una conducta hostil de uno o varios hacia otro consistente en

comportamientos como los siguientes:

- Poner a la víctima motes humillantes que lo señalan frente a los demás.

- Hacerle el vacío, no hablarle o decir a otros que no estén con él o que no le hablen.

- Reírse de él cuando se equivoca.

- Contar mentiras sobre él o acusarle de cosas que no ha dicho o no ha hecho.

- Meterse con él por su forma de ser, de vestir o de hablar.

- Burlarse de su apariencia física.

- No dejarle jugar con el grupo.

- Burlarse de él mediante imitaciones o gestos.

- Chillarle o gritarle.

- Criticarle por todo lo que hace.

- Cambiar el significado de lo que dice.

- Pegarle collejas, puñetazos y patadas.

- No dejarle hablar.

- Esconderle cosas.

- Ponerle en ridículo ante los demás.

- Insultarle o meterse con él para hacerle llorar.

- Robar sus cosas.

- Bombardearle con mensajes de móvil o en las redes sociales.

Como dato significativo, el estudio del Instituto de Innovación Educativa y Desarrollo

Directivo señala que de cada 100 niños víctimas de acoso escolar, el número que se indica sufren

las siguientes manifestaciones: comportamientos de bloqueo social, hostigamiento, insultos y

maltrato verbal, intentos de manipular, deteriorar o alterar a la baja su imagen social ante los demás,

coacciones y chantajes, exclusión, actos de intimidación, agresiones físicas directas, amenazas

contra ellos o sus familiares.

Page 143: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 141

2. Esa conducta es sistemática, es decir, se repite como una constante; se mantiene en el

tiempo.

3. Afecta a todos los niveles de la vida del alumno: académico, afectivo, emocional,

familiar, etc.

3.2.3. Dónde tiene lugar

Es notorio que tanto los profesores como los padres consideran que los problemas de

convivencia en el contexto escolar entre los niños han aumentado en los últimos años. Puede decirse

que prácticamente en cualquier momento, lugar o situación en la que no se encuentre presente un

profesor o cualquier otra figura de autoridad puede producirse una situación de acoso. Por eso se

trata de un fenómeno tan difícil de detectar que implica la presencia de un adulto que pueda inhibir

este tipo de conducta. Por otro lado, no es la escuela el único contexto en el que el fenómeno surge

y se desarrolla. Hay que tener en cuenta otros relacionados con él, donde el alumno interactúa,

incluido el virtual, en auge en la actualidad. De modo orientativo, cabe señalar algunos lugares y

momentos en que el acoso suele manifestarse:

- A la entrada y salida del centro.

- En el recreo.

- En los cambios de clase, en pasillos o baños.

- En la misma aula, cuando el profesor no mira.

- En el comedor.

- En la ruta escolar.

- En las excursiones o visitas.

- A través de llamadas o, sobre todo, mensajes de móvil.

- En las redes sociales o mediante e-mail.

3.3. Tercera fase: corrección

Hay que intervenir a la primera señal (que suele ser un insulto, una humillación,

amenaza…) para que la violencia no se agrave ni se repita. De lo contrario, por su propia

naturaleza, existe el riesgo de que vaya a más, siendo cada vez mayor el daño provocado y más

difícil la intervención.

Cualquiera que tenga conocimiento de comportamientos que pudieran responder a un caso

de acoso escolar deberá comunicarlo de inmediato a la dirección del centro (ver anexo II del

Protocolo). En casos excepcionales, con el fin de garantizar la confidencialidad, será el propio

director el que cumplimente el citado anexo.

El profesorado debe tomar medidas educativas y de protección inmediatas,

independientemente de que haya denuncias de las familias en la policía o en la Fiscalía de Menores

(recomendación de la Instrucción 10/2005 de la Fiscalía del Estado). Cuando sea oportuno, se deben

adoptar medidas cautelares, que no son contradictorias con las medidas educativas propuestas.

Como complemento de las medidas correctoras protocolarias, los especialistas en la

orientación de cada centro en colaboración con el profesor tutor y, si fuese conveniente, con la

implicación del resto del profesorado y de la familia, deberían elaborar y desarrollar un programa

adaptado a cada alumno que incurriese en conductas disruptivas con la finalidad de mejorar su

integración en el centro.

3.3.1. Actuaciones no protocolarias

Algunas de las medidas que pueden aplicarse una vez detectado un caso de acoso deben ser

abordadas desde distintos ámbitos, aunque son las tutoriales y las organizativas las más adecuadas.

Page 144: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 142

1. Las de carácter tutorial pueden ser diferenciadas a su vez según el rol del triángulo del

acoso. Con la víctima, es conveniente que el propio Departamento de Orientación inicie un

programa para reforzar su autoestima, además de que se le proporcione una atención

individualizada en las clases; se trabajen dinámicas de trabajo en grupo, se apliquen programas de

apoyo entre compañeros o se produzcan reuniones con la familia para orientar su actuación y

presentar posibles apoyos externos. Con los agresores es esencial fomentar el diálogo para

concienciarles de su actitud negativa.

También desde el Departamento de Orientación resulta conveniente ofrecer estrategias de

modificación de conducta junto a programas de comunicación y habilidades sociales.

2. Desde el ámbito organizativo del centro, puede ser necesario tomar medidas como, por

ejemplo, los cambios en la organización del aula, los cambios de grupo, la reorganización de

horarios, el incremento de vigilancia en los pasillos y patios e incluso la revisión del propio RRI

para adaptarlo a las circunstancias que se van produciendo. En cualquier caso, todo ello requiere del

acuerdo y coordinación del profesorado sobre su actuación.

Asimismo, hay que recordar que el propio Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece

el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid señala en

su artículo 23 la posibilidad de que el director pueda decidir, previa comunicación al consejo

escolar, la adopción de medidas provisionales, entre las cuales pueden incluirse la suspensión

de asistencia al centro o a determinadas actividades o clases por un periodo no superior a

cinco días lectivos. Por otra parte, una vez detectado el acoso escolar, ¿qué comportamientos se

deben evitar?:

1. Tendencia a minimizar la gravedad de las agresiones entre iguales o quitar importancia a

los hechos, descalificándolos con expresiones como “son cosas de niños”, “así te despabilas un

poco, que falta te hace” o “eso no es nada; siempre ha pasado”.

2. Insuficiencia de la respuesta que la escuela da cuando se produce violencia entre

escolares, que deja a las víctimas sin la ayuda que necesitarían para salir de la situación y suele ser

interpretada por los agresores como un apoyo implícito.

3. Culpabilizar a la víctima, insinuando que se lo merece de algún modo por su falta de

habilidades sociales o por lo “raro” que es.

4. Romper la confidencialidad de los testimonios recibidos, haciendo pública la identidad de

las víctimas o los confidentes.

5. Citar simultáneamente a los presuntos acosadores y a la víctima o a sus respectivas

familias para llevar a cabo un careo entre ellos.

6. Utilizar herramientas de mediación como si nos encontrásemos ante un conflicto entre

iguales, cuando en el acoso subyace siempre una relación desequilibrada de poder.

7. Esperar sin más a que nos resuelvan el problema desde fuera los servicios sociales o

cualquier otra institución con la que cuente la localidad o la Administración sin tomar de inmediato

cartas en el asunto.

Además de todo ello, resulta oportuno tener presentes una serie de comportamientos y

actitudes que puede resultar útil tener siempre presentes en el trato con los distintos colectivos

implicados en las conductas de acoso. Estas actitudes y comportamientos son los siguientes:

Con las víctimas - Ponerse en su lugar.

- Escucharlas con atención y tomar en serio lo que cuentan con el fin de conocer cómo se

siente y las situaciones a las que se enfrenta.

- Respetar la confidencialidad.

Page 145: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 143

- Despertar su confianza, asegurándole que le ayudaremos a resolver el problema.

- Nombrar a un profesor responsable del caso para que ayude y apoye al acosado y vigile

para que no se repita el acoso.

Con las familias de las víctimas

- Ponerse en su lugar.

- Tranquilizarlas, disuadiéndolas de cualquier respuesta violenta y asegurándoles que el

centro va a implicarse por completo en el caso.

- Transmitirles la necesidad de su colaboración, pues la lucha contra el acoso es imposible

sin la colaboración de todos los implicados (alumnos, familia, centro).

- Evitar cargar sobre ellas demasiada responsabilidad, como si de ellas fuera la culpa y de

ellas dependiera en exclusiva la solución.

- Comunicarse en todo momento con ellas, manteniéndola al día de las medidas adoptadas y

los progresos observados.

- Proporcionarles información sobre los recursos disponibles fuera del centro y ofrecerles

pautas de trabajo para facilitar la solución del problema.

Asimismo, las propias familias, ante la sospecha de que su hijo pueda estar sufriendo acoso escolar,

deben hablar con él, haciéndole ver que el silencio no le llevará a nada; asegurándose de que

comprenda que cuenta con su amor y su apoyo totales e incondicionales y tratando de eliminar

cualquier posible sentimiento de culpabilidad. En líneas generales, las propias familias deben tratar

de:

- Persuadir a su hijo de que evite por completo el contacto con sus acosadores y renuncie a

cualquier respuesta violenta que podría agravar el problema.

- Incrementar el tiempo que pasan con su hijo y realizar con él alguna actividad motivadora

que pueda ayudarle a sentirse querido y recuperar su autoestima.

- Poner el asunto en conocimiento del centro, a través del tutor o el departamento de

orientación y solicitar su implicación en el caso.

- Evitar cualquier respuesta unilateral, violenta o no, dirigida hacia los presuntos

maltratadores o sus familias.

- Colaborar con el centro en todo aquello que les pida.

Con los grupos de iguales - Recabar información del grupo mediante entrevistas individuales en las que quede

asegurada la confidencialidad.

- Nombrar ayudantes o colaboradores entre los alumnos con mayor aceptación de sus

iguales.

- Desarrollar en las tutorías actividades grupales de prevención del acoso, concienciación de

la posible gravedad de los daños causados e implicación de la totalidad del grupo en la solución de

los posibles casos.

Con los acosadores

- No empezar directamente con sanciones.

- Entrevistarse por separado con cada uno de ellos.

- Mantener conversaciones sinceras, sin inculparlos directamente desde el principio y

preservando la identidad de los informadores y de las personas que sufren el acoso.

- Abrir la puerta al arrepentimiento espontáneo, la petición de disculpas y la reparación del

daño causado.

- Realizar un seguimiento directo, duradero y cercano hasta el momento en que se cuente

con evidencias de que la situación no ha vuelto a repetirse.

Page 146: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 144

Con las familias de los acosadores

- Alimentar una actitud más de escucha que de acusación o juicio, con el fin de facilitar su

implicación en el problema y su cooperación para resolverlo.

- Asegurar la confidencialidad de las actuaciones.

- Informarles periódicamente de las medidas adoptadas y el progreso alcanzado en la

solución del problema.

3.3.2. Actuaciones protocolarias (Protocolo de corrección y sanción)

(Ver Protocolo para la corrección y sanción de las situaciones de acoso en los centros no

universitarios de la Comunidad de Madrid).

3.4. Función educativa de la corrección disciplinaria y sanción, en su caso

Uno de los aspectos destacables del Decreto 15/2007, de 19 de abril es el tratamiento que se

da a las conductas que vulneran los derechos de los miembros de la comunidad educativa,

confiriéndole un sentido positivo que contribuye a un proceso educativo más ordenado. Así el

artículo 17, apartado

a) del Decreto 15/2007 dispone que en la adopción de sanciones disciplinarias y de medidas

provisionales, se deberán tener en cuenta entre otros criterios que la imposición de sanciones tendrá

finalidad y carácter educativo, y se procurará la mejora de la convivencia en el centro.

Las medidas educativas correctoras deben tener contenido y función esencialmente educativos,

recuperadores y de reconducción de la conducta.

Tratar de corregir únicamente mediante la sanción puede no ser efectivo si no va

acompañado de un proceso educativo sistemático que promueva la adquisición de las competencias

básicas “social y ciudadana” y en el “desarrollo y autonomía personal”. En cualquier caso, estas

medidas no podrán implicar la privación del derecho a la educación obligatoria ni atentar contra la

dignidad de las personas menores y garantizarán el respeto de los derechos del resto del alumnado y

procurarán la mejora de la convivencia en el centro docente. Cuando sea necesario determinar una

medida correctora deben tenerse en cuenta algunos principios como:

- La proporcionalidad con la conducta del alumno.

- El grado de intencionalidad o negligencia.

- La reiteración de la conducta.

- La perturbación del funcionamiento del centro.

- Los perjuicios causados a las demás personas residentes, al personal o a los bienes o

instalaciones del centro.

- La petición de excusas a la persona ofendida, la restitución de los bienes o la subsanación

de los daños.

En última instancia, y como conclusión, cabría recordar la necesidad de tener siempre

presente dos ideas fundamentales: primera, que el acoso no es ninguna broma, ni en modo alguno

una cosa de niños, sino una conducta grave y reiterada que puede dejar profundas secuelas en la

mente de cuantos toman parte en ella; y segunda, que el centro debe combinar en su tratamiento la

firmeza y las medidas educativas, sin mostrarse negligente en ningún caso a la hora de afrontar sus

responsabilidades legales, poniendo en conocimiento de la Fiscalía de menores los hechos que

pudieran ser constitutivos de delito. Sólo una implicación seria y constante del equipo directivo, los

profesores y, por qué no decirlo, del conjunto del alumnado y sus familias, serán suficientes para

prevenir, detectar y corregir de manera adecuada las posibles situaciones de acoso que puedan

llegar a producirse en un centro.

Page 147: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 145

A este conjunto de actuaciones habría que sumar, en su caso, una cuarta fase de sanción,

que se desarrolla, junto con los instrumentos propuestos para llevarla a cabo, en el documento

titulado “Protocolo para la corrección y sanción de las situaciones de acoso en los centros no

universitarios de la Comunidad de Madrid.” En cualquier caso, la eficacia de las actuaciones que

se lleven a cabo requiere el compromiso de toda la comunidad educativa en el afán de conseguir un

clima escolar adecuado en el que no quepa ninguna manifestación de acoso escolar en los centros

educativos. Confiamos en que estas orientaciones sean útiles y contribuyan a ello.

RECOMENDACIONES:

1. Se considerará acoso escolar toda actuación repetitiva, continuada en el tiempo y

deliberada, consistente en agresiones físicas o psíquicas a un alumno por parte de otro u otros

que se colocan en situación de superioridad. En el Anexo I se esquematizan, con carácter general,

criterios e indicadores que permiten identificar las posibles situaciones de acoso y las tipologías más

habituales de acosado y acosador.

2. Es característica bastante común entre las víctimas de acoso la renuncia a comunicar su

situación a los adultos que le rodean e incluso a otros menores compañeros o amigos; por ello los

profesores y otros miembros de la comunidad educativa han de extremar la vigilancia y la

observación. Cualquiera que tenga conocimiento de comportamientos que pudieran responder a la

descripción de la instrucción segunda, deberá comunicarlo de inmediato a la dirección del centro.

De esta comunicación quedará constancia por escrito, en el centro, mediante el anexo II u otro

documento similar. En casos excepcionales, con el fin de garantizar la confidencialidad, será el

propio director el que cumplimente el citado anexo.

3. El director del centro, una vez recibida la notificación aludida en el punto anterior,

reunirá al tutor del presunto agredido, al tutor del o de los presuntos agresores, al jefe de estudios y,

en su caso, al orientador, para recabar información detallada, para lo cual se podrá utilizar el anexo

III, y tomar las medidas provisionales que consideren más oportunas tendentes a:

garantizar la seguridad del agredido.

advertir al agresor de lo asocial de su conducta.

De todo lo actuado deberá quedar constancia escrita. El anexo IV contiene algunas pautas de

intervención y posibles medidas a tomar, pero no pretende ser limitativo de actuaciones que el

grupo considere más acertadas en el caso concreto y que no estén contempladas en él.

4. Verificada la existencia de acoso, se comunicará de inmediato tal extremo a las familias de

todos los implicados y a la inspección educativa, según el anexo V, a la que a partir de ese momento

se mantendrá informada de todas las actuaciones que se vayan realizando. Las medidas

provisionales adoptadas se podrán reestructurar, en su caso y oídas las familias, con el fin de

afianzar las estrategias de apoyo y protección al agredido y las de modificación de conductas del

agresor. De las medidas adoptadas deberá quedar constancia escrita.

5. El acoso escolar tendrá, en cualquier caso, la consideración de falta muy grave, a la que se

aplicará la correspondiente corrección disciplinaria según lo previsto en el Decreto 15/ 2007, de 19

de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la

Comunidad de Madrid.

El procedimiento sancionador deberá resolverse en el plazo más breve posible.

6. Los agresores deberán dar cumplimiento a lo establecido en el punto 2 del artículo 19 del

mencionado Decreto 15/2007 y reparar el daño moral causado mediante la presentación de excusas

y el reconocimiento de la responsabilidad en los actos, bien en público o en privado, según

Page 148: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 146

corresponda por la naturaleza de los hechos y de acuerdo con el órgano competente para imponer la

corrección.

7. Si la gravedad de los hechos así lo aconsejase -bien sea por la entidad de la agresión o por la

desprotección del menor- se pondrán los mismos en conocimiento de la Fiscalía de Menores en el

caso de alumnos mayores de 14 años; si fuesen menores de esta edad, la comunicación se hará a los

servicios sociales del ayuntamiento o junta municipal, correspondiente. Se utilizará para ello el

modelo del anexo VI dirigido al organismo que corresponda.

8. La comisión de convivencia, dentro de las funciones de evaluación periódica de la

convivencia en el centro, que el artículo 9.3.d) del Decreto 15/2007 le atribuye y con respeto a la

tramitación de los procedimientos en curso y a la confidencialidad de los datos, evaluará

específicamente las actuaciones realizadas en los casos de acoso escolar realizando un seguimiento

de sus resultados y elaborando al final de cada trimestre un informe al respecto, en el que se

indique:

la eficacia de las medidas adoptadas para la protección y apoyo psicológico del acosado,

la eficacia de las medidas adoptadas para la modificación de conductas del acosador,

el impacto del caso en la convivencia del centro, y

las propuestas de mejora.

Dicho informe se archivará junto con toda la documentación relativa al caso y estará a

disposición de la inspección para que pueda verificar, en sus visitas al centro, la correcta aplicación

de estas recomendaciones.

9. Todas las actuaciones deberán producirse en condiciones de máxima garantía de

confidencialidad.

10. Sin perjuicio que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 15/2007 el

jefe de estudios lleve un control de las faltas cometidas por los alumnos contra las normas de

convivencia, al final del curso los centros cumplimentarán con la mayor precisión el estadillo

de faltas y sanciones de los alumnos que se recoge en el DOC (ver anexo VII de este

documento) y lo remitirán a la Subdirección General de Inspección Educativa, a fin de que se

puedan elaborar datos estadísticos que permitan a la Administración reorientar la toma de

decisiones para la mejora de la convivencia en los centros docentes.

ANEXOS:

Page 149: C.E.I.P JOAN MIRÓ NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y …€¦ · - 2 - TÍTULO SEXTO: Servicios escolares 55 Capítulo I: Horario ampliado: Desayuno y Comedor o Normas de

Normas de Organización CEIP “Joan

Miró”

Funcionamiento y Convivencia

Entrada en vigor curso 2017-2018 147