codex alimentarius 200o nectar

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  • X4355/S

    comisin del codex alimentariusORGANIZACIN DE LAS NACIONES UNIDAS ORGANIZACIN MUNDIALPARA LA AGRICULTURA DE LA SALUDY LA ALIMENTACIN

    OFICINA CONJUNTA: Viale delle Terme di Caracalla 00100 ROMA Tel.: 39 06 57051 Tlex: 625825-625853 FAO I Email: [email protected] Facsimile: 39 06 5705.4593

    CX 5/100 CL 2000/01-FJEnero de 2000

    A: -Puntos de contacto del Codex-Organismos internacionales interesados

    DE: Secretario de la Comisin del Codex Alimentarius, Programa ConjuntoFAO/OMS sobre Normas Alimentarias, FAO,Viale delle Terme di Caracalla, 00100 Italia

    ASUNTO: PETICIN DE OBSERVACIONES SOBRE EL ANTEPROYECTO DENORMA GENERAL DEL CODEX PARA ZUMOS (JUGOS) Y NCTARESDE FRUTAS

    PLAZO: 1o de mayo de 2000

    OBSERVACIONES:

    A:Dr. Luiz Carlos de Oliveira

    CON COPIA A:Secretario de la

    Secretario de Defensa AgropecuariaMinisterio de Agricultura y AbastecimientoEsplanada dos Ministerios, Bloco D

    Comisin del Codex AlimentariusPrograma Conjunto FAO/OMS sobreNormas Alimentarias

    Anexo B - 4 Andar - Sala 406 FAO70 043 - 900 - Brasilia - DFTel.: 55 21 61 218 2314/15 55 21 61 226 9771Fax: 55 21 61 224 3995

    Viale delle Terme di Caracalla00100 Roma, ItaliaFax: +39 06 5705 4593Correo electrnico: [email protected]

    E-mail: [email protected]

    ANTECEDENTES

    1. La Comisin del Codex Alimentarius, en su 23 perodo de sesiones, confirm1 la abolicin delGrupo Mixto CEPE/CODEX de Expertos en la Normalizacin de Zumos (Jugos) de Frutas. De conformidadcon sus facultades, estipuladas en el Articulo IX.1b)i), la Comisin acord establecer el Grupo de AccinIntergubernamental Especial sobre Zumos (Jugos) de Frutas y Hortalizas con un mandato especfico.2

    Convino en designar al Gobierno del Brasil para que se hiciera cargo de nombrar al Presidente del Grupo deAccin, de conformidad con el Artculo IX.10 de su Reglamento. Se observ que el establecimiento de talesgrupos de accin dara lugar a una estructura ms flexible para el manejo de cuestiones especficas duranteun perodo limitado en el marco de mandatos muy precisos, aunque dicha estructura funcionara de la mismamanera que los comits del Codex permanentes.

    2. La Federacin Internacional de Productores de Jugos de Frutas (FIPJF) convino en emprender lalabor de actualizacin de las distintas normas del Codex para los zumos (jugos) y nctares de frutas, con elfin de preparar un Anteproyecto de Norma General del Codex para Zumos (Jugos) y Nctares de Frutas,hacerlo circular y recabar observaciones antes de la primera reunin del Grupo de Accin.

    3. Se invita a los gobiernos y los organismos internacionales interesados a que formulen susobservaciones en el Trmite 3 sobre el Anteproyecto de Norma General del Codex para Zumos (Jugos) yNctares de Frutas segn se ha indicado anteriormente.

    1 ALINORM 99/37, prr. 219 y Apndice VI (pg. 115).2 ALINORM 99/37, prr. 221.

  • - 2 -

    ANTEPROYECTO DE NORMA GENERAL DEL CODEXPARA ZUMOS (JUGOS) Y NCTARES DE FRUTAS

    (en el Trmite 3)

    1. MBITO DE APLICACIN

    La presente Norma se aplica a todos los zumos (jugos) y nctares de frutas que se definen en laseccin 2.1 ms adelante.

    2. DESCRIPCIN

    2.1 DEFINICIN DEL PRODUCTO

    2.1.1 Zumo (jugo) de fruta

    Por zumo (jugo) de fruta se entiende el lquido sin fermentar, pero fermentable, obtenido:

    a) por procedimientos de extraccin mecnica para los zumos (jugos) de concentracin natural no elaborados a partir de concentrados,

    b) por procedimientos fsicos para todas las dems clases de zumos (jugos).

    El zumo (jugo) se obtiene de la parte comestible de frutas en buen estado, debidamente maduras yfrescas o frutas conservadas por medios fsicos y/o por tratamientos aplicados de conformidad con lasdisposiciones estipuladas por la Comisin del Codex Alimentarius. El zumo (jugo) podr haber sidoconcentrado y luego reconstituido con agua potable de forma que satisfaga los criterios que se describen enla seccin 3.1.1a)iii).

    El zumo (jugo) podr ser turbio o claro y deber tener las caractersticas esenciales tpicas del zumo(jugo) de la fruta de la que deriva. Se prepara nicamente con procedimientos fsicos idneos.

    El zumo (jugo) de fruta podr obtenerse a partir de una o ms clases de frutas mezcladas, a cuyozumo (jugo) podrn haberse aadido sustancias aromticas, componentes aromatizantes voltiles, pulpa ycelulas, todos los cuales debern derivar del mismo tipo de fruta y obtenerse por medios fsicos.

    2.1.2 Zumo (jugo) Concentrado de fruta

    Por zumo (jugo) concentrado de fruta se entiende el producto que se ajusta a la definicin formuladaanteriormente en la seccin 2.1.1, salvo que se ha eliminado fsicamente, en una cantidad cualquiera, el aguade tal zumo (jugo).

    2.1.3 Nctar

    Por nctar se entiende el producto sin fermentar, pero fermentable, que puede obtenerse aadiendoagua y/o azcares segn se define en la Norma del Codex para los Azcares (CX-STAN 212-1999) y/o otrosedulcorantes a base de carbohidratos, segn se describe en la seccin 4.5, a productos definidos en lassecciones 2.1.1 y 2.1.2, a pur de fruta o pur concentrado de fruta o a una mezcla de esos productos.

    Dicho producto deber satisfacer adems los requisitos que se definen en la seccin 3.1.1c).

    2.1.4 Pur de fruta

    Por pur de fruta se entiende el producto sin fermentar, pero fermentable, obtenido tamizando laparte comestible del fruto entero o pelado sin eliminar el zumo (jugo). La fruta deber ser fruta en buenestado, debidamente madura y fresca, o conservada por medios fsicos o por tratamiento aplicado deconformidad con las disposiciones estipuladas por la Comisin del Codex Alimentarius. Puede obtenersepur concentrado de fruta mediante la eliminacin fsica de agua del pur de fruta.

    2.2 ESPECIES

    Se utilizarn las especies que se indican con el nombre botnico en la seccin 3.1.1b) para lapreparacion de zumos (jugos) y nctares cuyo nombre corresponda a la fruta en cuestin. Para las frutas noincluidas en la seccin 3.1.1b) se aplicar el nombre botnico o comn correcto.

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    2.3 PROCEDIMIENTO DE EXTRACCIN

    Para el zumo (jugo) concentrado de fruta, podrn utilizarse procedimientos fsicos idneos y/ocombinados con difusin hdrica concomitante de las clulas y/o el orujo de fruta, siempre que el zumo(jugo) extrado con agua se aada al zumo (jugo) primario en la lnea de elaboracin antes de proceder a laconcentracin.

    El agua que se utilice para dicho procedimiento deber ser el agua derivada del procedimiento deconcentracin del zumo (jugo) de fruta.

    3. COMPOSICIN ESENCIAL Y FACTORES DE CALIDAD

    3.1 COMPOSICIN

    3.1.1 Ingredientes bsicos

    a) Slidos solubles, segn se indica a continuacin:

    i. Para zumos (jugos) de frutas no derivados de concentrados que se ofrezcan para elconsumo como tales, no debera modificarse el contenido de solidos solublescorrespondiente al zumo (jugo) de concentracin natural y deber ajustarse al nivelmnimo de grados Brix establecido en la seccin 3.1.1b).

    ii. La preparacin de zumos (jugos) de frutas que se ofrezcan para el consumo directo yrequieran ser reconstituidos a partir de zumos (jugos) condensados o concentradosdebern ajustarse al nivel mnimo de grados Brix establecido en la seccin 3.1.1b),con exclusin de los slidos de cualesquiera ingredientes y aditivos facultativosaadidos. Si en el cuadro no se ha especificado ningn nivel de grados Brix, el nivelmnimo de grados Brix se calcular sobre la base del contenido de solido solubles delzumo (jugo) no concentrado de concentracin natural utilizado para producir tal zumo(jugo) concentrado.

    iii. Para los zumos (jugos) reconstituidos a partir de concentrados, el agua potable que seutilice en la reconstitucin deber satisfacer como mnimo las Directrices de la OMSpara la Calidad del Agua Potable (Volmenes 1 y 2, 2 edicin) con niveles de nitratono superiores a 25 mg/l y niveles de sodio no superiores a 50 mg/l.

    b) Nivel mnimo de grados Brix para el zumo (jugo) reconstituido a partir de zumo (jugo)concentrado y zumo (jugo) de concentracin natural no derivado de un concentrado.

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    Fruta Nombre botnico Nivel BrixZumo (jugo)

    reconstituido apartir de unconcentrado

    Nivel BrixZumo (jugo) de

    concentracin naturalno derivado de

    concentradoManzana Pyrus Malus 11,2 10,2Albaricoque (damasco) Prunus armeniaca L. 11,2 10,2Aronia / "Chokeberry" Aronia melanocarpa (Michx.) Ell. Actualmente no se

    dispone de datosActualmente no sedispone de datos

    Acerola Malpighia punicifolia L. 6.5 6,0

    Banano Musca species (plantians excluded) 21 20,0Mirtillo/arndanoamericano

    Vaccinium myrtillus L.Vaccinium corymbosum L.Vaccinium angustifolium

    10,0 8,5

    Mora Rubus Fruitcosus L. 8,8 8,0

    Grosella negra Ribes nigrum L. 11,0 10,5

    Zarzamora "Boysen" Rubus loganobaccus L.H. Bailey 8,0 7,0Espino falso=espinoamarillo

    5,8 Actualmente no sedispone de datos

    Carambola Averrhoa carambola 7,8 Actualmente no sedispone de datos

    Casaba Cucumis melo var. Inodorus 7,5 Actualmente no sedispone de datos

    Anacardo Anacardium occidentale L. 11,5 10,5Mora "Cloudberry" Rubus chamaemorus L. 9,0 8,0

    Coco Cocos nucifera L. Actualmente no sedispone de datos

    Actualmente no sedispone de datos

    Arndano agrio Vaccinium macrocarpon Ait.;Vaccinium oxycoccos L.

    7,5 7,0

    "Crowberry" Empetrum nigrum L. 6,0 5,5Dtil Phoenix dactylifera L. 18,5 Actualmente no se

    dispone de datosZarzamora Rubus hispidus of North America &

    R. caesius of Europe10,0 Actualmente no se

    dispone de datosSaco Sambucus nigra L.

    Sambucus canandensis10,0 9,0

    Higo Ficus carica 18,2 Actualmente no sedispone de datos

    Uva espina Ribes uva-crispi L. 7,0 6,0Uva Vitis Vinifera or hybirds thereof; Vitis

    Labrusca or hybrids thereof15,9 13,5

    Pomelo Citrus Paradisi Macfayden 10,0 9,5

    Guayava Psidium guajava 9,5 8,5Meln de piel lisa (Cucumis melo) 9,6 Actualmente no se

    dispone de datosKiwi Actinidia chinensis J.E. Planch 11,5 10,5Kumquat Fortunella sp. Actualmente no se

    dispone de datosActualmente no sedispone de datos

    Limn Citrus limon (L.) Burm.f.) 8,0 7,0Lima Citrus aurantifolia Swingle 8,0 7,0Arndano rojo Vaccinium vitis-idaea L. 10,0 9,0Zarzamora "Logan" Rubus ursinus var. loganobaccus 10,0 Actualmente no se

    dispone de datosLulo Solanum quitoenes L. Actualmente no se

    dispone de datosActualmente no sedispone de datos

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    Fruta Nombre botnico Nivel BrixZumo (jugo)

    reconstituido apartir de unconcentrado

    Nivel BrixZumo (jugo) de

    concentracin naturalno derivado de

    concentradoLich Litchi chinensis Sonn. 12,0 11,2

    Mandarina/Tangerina Citrus reticulata 11,2 10,5Mango Mangifera indica 13,0 14,0Meln Cucumis melo L. 8,0 7,5Mora Morus spec. Actualmente no se

    dispone de datosActualmente no sedispone de datos

    Nectarina Prunus persica 10,0 Actualmente no sedispone de datos

    Naranja Citrus sinenis 11,2 10,0Papaya Carica papaya L. 9,5 9,0Granadilla Passiflora edulis and

    Passiflora edulis forma flavicarpa13,5 12,4

    Melocotn (durazno) Prunus persica 10,0 9,0Pera Pyrus communis L. ; 11,9 11,0

    Caqui Diospyros kaki L. Actualmente no sedispone de datos

    Actualmente no sedispone de datos

    Pia Ananas comosus L. Merrill =Ananas sativus L. Lindl.

    12,8 11,2

    Ciruela Prunus domestica L. 11,2 10,0Granada Punica granatum 12,0 11,2Ciruela Prunus domestica 18,5 Actualmente no se

    dispone de datosCiruela clandia Prunus domestica L. 11,2 10,0

    Membrillo Cydonia oblonga 11,2 10,0Frambuesa Rubus idaeus 7,0 6,3Grosella roja Ribes rubrum L. 10,0 9,0Rubarbo Rheum, R. rhubarbarum 5,7 Actualmente no se

    dispone de datosEscaramujo Rosa sp. 9,0 8,0Serba Sorbus aucuparia L. 11,2 10,0Espino amarillo Hippphae rhamnoides L. 5,8 5,0

    Bruo Prunus spinosa L. 5,8 5,0

    Cereza agria Prunus cerasus 13,5 12,4Cachimn espinoso Annona muricata L. 14,5 13,5Cereza cida Prunus cerasus cv. Stevnsbaer 17,3 14,7Fresa Fragaria ananassa 7,0 6,3Anona blanca Annona squamosa L. 14,5 13,5Cereza dulce Prunus avium 20,0 Actualmente no se

    dispone de datosTomate Lycopersicum esculentum L. 5,0 4,2

    Umb Spondias tuberosa anuda 9,0 8,0Sanda Citrullus lanatus L. 7,8 7,5Grosella blanca Ribes rubrum L. 10,0 9,0

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    (c) Disposiciones especiales respecto de los nctares de frutas

    Nctares de frutas obtenidos deContenido mnimo de

    zumo (jugo) y/ocontenido de pur

    (% m/m)Albaricoque (damasco) 35Mirtillo 40Zarzamora 30Grosella negra 30Grosella negra (no pulposa) 30Mora "Cloudberry" 30Arndano agrio 30Saco 50Uvaespina 30Pomelo 50Guayava 25Mandarina 50Mango (pulposo) 30Naranja 50Melocotn (durazno) 40Pera 40Frambuesa 40Grosella roja 30Escaramujo 40Serba 30Espino amarillo 25Fresa 40Tangerina 50Grosella blanca 30Arndano comn 30Otros: elevada acidez, elevado contenido de pulpa, o aroma fuerte 25Otros: baja acidez, bajo contenido de pulpa, o aroma bajo/medio 50

    3.1.2 Otros ingredientes permitidos sujetos a requisitos de etiquetado de ingredientes

    (a) Podrn aadirse a todos los productos de zumo (jugo) definidos en la seccin 2.1 azcares conmenos del 2 por ciento de humedad (segn se define en la Norma del Codex para los AzcaresCX-STAN 212-1999); sacarosa, dextrosa monohidrato, dextrosa anhidra, glucosa y fructosa.

    (b) Podrn aadirse solamente a los nctares segn se define en la seccin 2.1.3, a los zumos (jugos)concentrados segn se han definido y zumos (jugos) derivados de concentrados, jarabes (segn sedefinen en la Norma del Codex para los Azcares (CX-STAN 121-1999): jarabe de glucosa,sacarosa lquida, solucin de azcar invertido, jarabe de azcar invertido, jarabe de fructosa,isoglucosa, jarabe de elevado contenido de fructosa, azcar derivado de frutas y miel.

    (c) Podr aadirse zumo (jugo) de limn o zumo (jugo) de lima o ambos: hasta 3 g/l de cido ctricoanhidro (50 meq) para fines de acidificacin a zumos (jugos) no edulcorados segn se definen enlas secciones 2.1.1 y 2.1.2. Podr aadirse zumo (jugo) de limn o zumo (jugo) de lima, o ambos:hasta 5 g/l de cido ctrico anhidro a nctares, segn se han definido en la seccin 2.1.3

    (d) Se prohbe la adicin tanto de azcares como de acidificantes (definidos en el sbparrafo b) y laseccin 4 respectivamente) al mismo zumo (jugo) de fruta.

    (e) Podr aadirse zumo (jugo) de reticulata y citrus hybrids con reticulata a zumo (jugo) de naranjaen cantidades no superiores al 10 por ciento en peso del contenido total de slidos solubles.

    (f) Podrn aadirse sal y especias al zumo (jugo) de tomate.

    3.2 CRITERRIOS DE CALIDAD

    Los zumos (jugos) y nctares debern tener el color, aroma y sabor caractersticos del zumo (jugo) dela variedad de fruta de la que derivan. Podrn restituirse los componentes naturales de zumo (jugo) de frutaal zumo (jugo) del mismo tipo de fruta del que se han extrado tales componentes naturales voltiles delzumo (jugo) de fruta.

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    4 ADITIVOS ALIMENTARIOS

    Funcin Dosis mxima4.1 Antioxidantes300 cido ascrbico Limitada por GMP220 Dixido de azufre (limn, lima y mosto de uva solamente) 350 mg/l4.2 Reguladores de la acidez300 Acido ctrico330 cido ctrico (para nctares)

    2 g/l5 g/l

    296 cido mlico (para nctares) Limitada por BPF336 Acido tartrico (para nctares) Limitada por BPF4.3 Agentes carbonatadores290 Dixido de carbono Limitada por BPF4.4 Estabilizadores440 Pectinas < 3g/l4.5 Edulcorantes (para nctares)950 Acesulfame K < 350 mg951 Aspartamo < 600 mg952 cido ciclmico y sales

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    6. HIGIENE

    6.1 Se recomienda que los productos regulados por las disposiciones de esta Norma se preparen ymanipulen de conformidad con las secciones apropiadas del Cdigo Internacional de Prcticas (CAC/RCP 1-1969, Rev.3-1997), y otros textos pertinentes del Codex, tales como los cdigos de prcticas y cdigos deprcticas de higiene.

    6.2 Los productos debern satisfacer los criterios microbiolgicos establecidos de conformidad con losPrincipios para el establecimiento y la aplicacin de criterios microbiolgicos para los alimentos (CAC/GL21-1997).

    7. ETIQUETADO

    Adems de la Norma General para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados (CODEX STAN 1-1985, Rev.2-1999) se aplicarn las siguientes disposiciones especficas:

    7.1 ENVASES DESTINADOS AL CONSUMIDOR FINAL

    7.1.1 Nombre del alimento

    7.1.1.1 Zumo (jugo) de fruta

    El nombre del alimento ser el nombre del zumo (jugo) de fruta utilizado segn se define en laseccin 2.2. Tal nombre del alimento podr utilizarse nicamente para zumos (jugos) que se ajusten a ladefinicin formulada en la seccin 2.1.1 de la presente Norma y que por el resto se ajusten tambin a lamisma.

    7.1.1.2 Zumo (jugo) concentrado de fruta

    El nombre del alimento ser zumo (jugo) concentrado de ___________, indicando en el espacio enblanco el nombre de la especie correspondiente al nombre del zumo (jugo) de fruta utilizado segn se defineen la seccin 2.2. Tal nombre del alimento podr utilizarse nicamente para zumos (jugos) que se ajusten a ladefinicin formulada en la seccin 2.1.2 de la presente Norma y que por el resto se ajusten tambin a lamisma.

    7.1.1.3 Nctar

    El nombre del alimento debern ser nctar de _______________ indicando en el espacio en blancoel nombre de la especie correspondiente al nombre del nctar de fruta o ingredientes de pur de frutaespecificados en la seccin 2.2.

    7.1.2 Requisitos adicionales

    Se aplicarn las siguientes disposiciones especficas adicionales:

    7.1.2.1 Para los zumos (jugos) de frutas, si el producto contiene o se ha preparado a partir de zumo (jugo)concentrado y agua, o el producto se ha preparado a partir de zumo (jugo) derivado de concentrado y zumo(jugo), las palabras derivado de concentrado debern figurar muy cerca del nombre del producto, de formaque destaquen claramente respecto a la tinta de fondo con caracteres claramente visibles.

    7.1.2.2 Para los zumos (jugos) de frutas, si el producto se ha preparado eliminando fsicamente al menos el50 por ciento del agua del zumo (jugo) de fruta, deber etiquetarse zumo (jugo) concentrado.

    7.1.2.3 Para los zumos (jugos) de frutas definidos en la seccin 2.1, en que se hayan aadido uno o ms delos azcares definidos en la Norma General del Codex para los Azcares o se hayan aadido edulcorantespermitidos, el nombre del zumo (jugo) deber incluir la indicacin de la expresin azcares aadidos oedulcorado en relacin con el nombre del alimento.

    7.1.2.4 Cuando el zumo (jugo) concentrado o nctar concentrado de fruta ha de ser reconstituido antes delconsumo como zumo (jugo) o nctar de fruta, en la etiqueta debern darse instrucciones apropiadas para lareconstitucin, en trminos de volumen/volumen, con un contenido mnimo de agua de conformidad con elvalor de grados Brix de concentracin natural aplicable que figura en la seccin 3.1.1 b).

    7.1.2.5 Podrn utilizarse en la etiqueta diversas denominaciones de variedad juntamente con los nombrescomunes de las frutas.

  • - 9 -

    7.1.2.6 Los zumos (jugos) y nctares de frutas que han sido conservados mediante procedimientos fsicospodrn incluir una descripcin de tal procedimiento como parte del nombre del alimento (por ej.pasterizado, congelado, etc.).

    7.1.2.7 Los nctares de frutas se etiquetarn claramente con la declaracin de contenido de fruta: _______% indicando en el espacio en blanco el porcentaje de pur y/o zumo (jugo) de fruta en trminos devolumen/volumen aadido. La expresin contenido de fruta: _____% deber aparecer muy cerca delnombre del alimento.

    7.2 ENVASES NO DESTINADOS A LA VENTA AL POR MENOR

    La informacin relativa a los envases no destinados a la venta al por menor que no ha de consignarseal consumidor final deber figurar bien sea en el envase o bien en los documentos que lo acompaan, salvoque el nombre del producto, la identificacin del lote, y el nombre y la direccin de los fabricantes,envasadores o distribuidores, as como las instrucciones para la conservacin, debern figurar en el envase.No obstante, la identificacin del lote y el nombre y la direccin del fabricante, envasador o distribuidorpodrn ser sustituidos por una marca de identificacin, siempre que tal marca sea claramente identificablecon los documentos que lo acompaan.

    8. MTODOS DE ANLISIS Y MUESTREO 3

    3 a)El Cuadro I contiene los mtodos de anlisis para los zumos (jugos) de frutas, zumos (jugos) concentrados

    de frutas y nctares de frutas, conservados exclusivamente por medios fsicos segn se establece en elVolumen 6 Zumos (jugos) de frutas y productos afines de la Comisin del Codex Alimentarius

    . b)El Cuadro II contiene los mtodos de anlisis y muestreo propuestos por la Federacin Internacional deProductores de Zumos de Frutas para que se incluyan en el presente Proyecto de Norma.

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    CUADRO I

    Norma de producto Disposicin Mtodo Principio TipoZumos (jugos) de frutasZumos (jugos) de frutas Arsnico AOAC 952.13 (mtodo general del Codex) Colorimetra (dietilditiocarbamato) IIZumos (jugos) de frutas Arsnico AOAC 942.17 (mtodo general del Codex) Colorimetra (azul de molibdeno) IIIZumos (jugos) de frutas Arsnico AOAC 986.15 (mtodo general del Codex) Espectrofotometra de absorcin atmica IIIZumos (jugos) de frutas cido ascrbico, L- AOAC 967.22 Microfluorometra IIZumos (jugos) de frutas Dixido de carbono Mtodo FIPJF n 42, 1976 Titrometra (nueva titulacin despus de

    la precipitacin)IV

    Zumos (jugos) de frutas Cobre AOAC 971.20 (mtodo general del Codex) Espectrofotometra de absorcin atmica IIZumos (jugos) de frutas Aceites esenciales AOAC 944.06; 942.08 Mtodo Babcock IZumos (jugos) de frutas Aceites esenciales (Jugos de

    frutos ctricos)Mtodo FIPJF n. 45A, 1972 Destilacin y titulacin I

    Zumos (jugos) de frutas Expresin de los resultados enm/m

    Mtodo FIPJF n 1, 1989 y Hoja general de laFIPJF, 1971

    Piconometra I

    Zumos (jugos) de frutas Fermentabilidad, ensayo de Mtodo de la FIPJF n 18, 1974 Mtodo microbiolgico IZumos (jugos) de frutas Llenado de envases CAC/RM 46-1972 Pesaje IZumos (jugos) de frutas Hierro Mtodo de la FIPJF n 15, 1964 Fotometra IIZumos (jugos) de frutas Plomo AOAC 972.25 (Mtodo general del Codex) Espectrofotometra de absorcin atmica IIZumos (jugos) de frutas Impurezas minerales insolubles en

    HClAOAC 941.12C Filtracin de Gooch I

    Zumos (jugos) de frutas Sal, aadida AOAC 971.27 (Mtodo general del Codex) Potenciometra IIZumos (jugos) de frutas Sal, aadida Mtodo de la FIPJF n 37, 1968 Titrometra electroqumica IIIZumos (jugos) de frutas Muestreo Mtodo de la FIPJF n 1, 1989 - -Zumos (jugos) de frutas Slidos solubles Mtodo de la FIPJF n 8B, 1968 Refractometra IZumos (jugos) de frutas Azcares Mtodo de la FIPJF n 4, 1985 Titrometra IZumos (jugos) de frutas Dixido de azufre Mtodo de la FIPJF n 7, 1968 Titrometra despus de la destilacin IIZumos (jugos) de frutas Estao AOAC 980.19 (Mtodo general del Codex) Espectrofotometra de absorcin atmica IIZumos (jugos) de frutas cidos titulables, total Mtodo de la FIPJF n 3, 1968 Titrometra IZumos (jugos) de frutas Viscosidad, aparente AOAC 967.16 Viscometra capilar IZumos (jugos) de frutas cidos voltiles Mtodo de la FIPJF n 5, 1985 Titrometra despus de la destilacin IZumos (jugos) de frutas Zinc AOAC 969.32 (Mtodo general del Codex) Espectrofotometra de absorcin atmica IIZumos (jugos) de frutas Zinc AOAC 986.15 (Mtodo general del Codex) Voltametra de descascarillado andico III

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    CUADRO II

    IFU N Mtodo Ao Principio3 cidos titulables 1996 Titulacin potenciomtrica7/7a Contenido total de dixido de azufre 1968 Destilacin/titulacin8 Slidos solubles 1991 Indirecto por refractometra9 Cenizas 1962/1989 Gravimetra11 Valor del pH 1968/1989 Potenciomtricamente17a cido L-ascrbico 1995 HPLC21 cido L-mlico, enzimtico 1985 Determinacin enzimtica22 cido ctrico, enzimtico 1985 Determinacin enzimtica26 Pectina 1964/1996 Precipitacin/fotometra28 Contenido total de nitrgeno 1991 Digestin/titulacin30 Nmero de formol 1984 Titulacin potenciomtrica33 Sodio, potasio, calcio, magnesio 1984 AAS36 Sulfatos 1987 Precipitacin/gravimetra37 Cloruro 1991 Titulacin potenciomtrica49 Prolina 1983 Determinacin fotomtrica52 Alcohol, enzimtico 1983/1996 Determinacin enzimtica53 cido lctico, enzimtico 1983/1996 Determinacin enzimtica54 cido D-isoctrico, enzimtico 1984 Determinacin enzimtica55 Glucosa + fructosa, enzimtico 1985 Determinacin enzimtica56 Sacarosa, enzimtico 1985/1998 Determinacin enzimtica57 Aminocidos libres 1989 Cromatografa58 Hesperidina + Naringina, HPLC 1991 HPLC59 Contenido total de carotenoides + grupos de carotenoides

    individuales1991 Precipitacin/fraccionamiento

    60 Pulpa centrifugable 1991/1998 Centrifugacin/valor en %61 Contenido total de extracto seco 199162 D-sorbitol, enzimtico 1995 Determinacin enzimtica63 Conservantes (HPLC) 1995 HPLC64 cido D-mlico, enzimtico 1995 Determinacin enzimtica65 cido trtarico en el zumo (jugo) de uva (HPLC) 1995 HPLC66 cido actico, enzimtico 1996 Determinacin enzimtica67 Azcares y sorbitol HPLC 1996 HPLC69 Hidroximetilfurfural (HPLC) 1996 HPLC70 Contenido de clulas de pulpas y zumos (jugos) 199871 Antocianinas, HPLC 1998 HPLC72 cido fumrico 1998 HPLC

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