compañia o sociedades anonimas

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Las compañías o sociedades anónimas. Es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Las acciones pueden diferenciarse entre sí por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a éstas, como por ejemplo la percepción a un dividendo mínimo. Los accionistas no responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino únicamente hasta la cantidad máxima del capital aportado. Ventajas y desventajas de las compañías anónimas. Ventajas: * La motivación de cada socio para dedicar su mejor esfuerzo es grande dado que participan directamente en los beneficios. * Son varias las experiencias que se dedican a imprimir dinamismo a la empresa * La empresa se mantiene aún después de la muerte de alguno de sus socios. * Acciones pueden adquirirse por transferencia o herencia. * La responsabilidad de los socios está limitada a sus aportaciones. * Se pueden transmitir las acciones mediante su venta. * Los acreedores tienen derecho sobre los activos de la corporación, no sobre los bienes de los accionistas. El dinero que los accionistas arriesgan al invertir en una Sociedad Anónima se limita al valor de su inversión. * Es relativamente fácil conseguir capital considerable, ya que puede emitir acciones según sus necesidades. * Le resulta relativamente fácil obtener crédito a largo plazo ofreciendo grandes activos como garantía. Desventajas: * Requiere una forma más compleja de organización y una Junta de Accionistas al año como mínimo. * Su constitución es costosa en relación a las otras formas de sociedad. * Mayor cantidad relativa de trámites, procedimientos y requisitos que la ley establece.

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Page 1: Compañia o Sociedades Anonimas

Las compañías o sociedades anónimas.

Es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Las acciones pueden diferenciarse entre sí por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a éstas, como por ejemplo la percepción a un dividendo mínimo. Los accionistas no responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino únicamente hasta la cantidad máxima del capital aportado.

Ventajas y desventajas de las compañías anónimas.Ventajas:* La motivación de cada socio para dedicar su mejor esfuerzo es grande dado que participan directamente en los beneficios.* Son varias las experiencias que se dedican a imprimir dinamismo a la empresa* La empresa se mantiene aún después de la muerte de alguno de sus socios.* Acciones pueden adquirirse por transferencia o herencia.* La responsabilidad de los socios estálimitada a sus aportaciones.* Se pueden transmitir las acciones mediantesu venta.* Los acreedores tienen derecho sobre los activos de la corporación, no sobre los bienes de los accionistas. El dinero que los accionistas arriesgan al invertir en una Sociedad Anónima se limita al valor de su inversión.* Es relativamente fácil conseguir capital considerable, ya que puede emitir acciones según sus necesidades.* Le resulta relativamente fácil obtener crédito a largo plazo ofreciendo grandes activos como garantía.

Desventajas:* Requiere una forma más compleja de organización y una Junta de Accionistas al año como mínimo. * Su constitución es costosa en relación a las otras formas de sociedad. * Mayor cantidad relativa de trámites, procedimientos y requisitos que la ley establece.

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Como se forman las compañías o sociedades anónimas.Para la creación de una compañía o sociedad anónima se debe procesar una serie de requisitos establecidos por el ordenamiento jurídico del país de donde se va a formar la compañía o sociedad. En la mayoría de los países la legislación en concreto establece:* Un mínimo de socios o accionistas, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos. * Un mínimo de capital social o suscripción de las acciones emitidas* La escritura constitutiva de la sociedad anónima con ciertas menciones mínimasEn algunos países, las sociedades anónimas pueden constituirse a través de un doble procedimiento práctico, regulado específicamente por los diferentes intereses jurídicos, y la formación final de la sociedad; a través de la constituciónnacional, códigos y leyes mercantiles: Fundación simultánea y Fundación sucesiva.* Fundación simultánea: bajo este procedimiento la fundación de la sociedad tiene lugar en un único acto en el que concurren todos los socios fundadores, poniendo de relieve su deseo de constituir una sociedad anónima.* Fundación sucesiva: la constitución de la sociedad se basa en diferentes etapas o fases, desde las primeras gestiones realizadas por los promotores, la suscripción inicial de las participaciones sociales por parte de las personas físicas o naturales.En Venezuela la formación y constitución de las sociedades anónimas está regulada por el código de comercio y establece lo siguiente:Las sociedades se forman a través de documento público o privado mediante registro en el tribunal de comercio de un extracto del contrato de la compañía y en la misma forma se hacen constar sus modificaciones.El documento constitutivo de las compañías anónimas y de las sociedades en comandita por acciones deberá expresar: * Denominación y domicilio de la sociedad. * El objetivo de la sociedad.* El monto del capital suscrito e importe del capital pagado. * Nombre, apellido y domicilio de los socios, número y valor nominal de las acciones. * El valor de los bienes aportados.* Reglas con sujeción a las cuales deberán formarse los balances y calcularse y repartirse los dividendos. * Las ventajas y derechos otorgados a los promotores.* Número de individuos que compondrán la junta administradora, sus derechos y obligaciones, expresando cuál de ellos puede firmar por la compañía. En el caso de las compañías en comandita, el nombre, apellido y domicilio de los solidariamente responsables. * El número de comisarios.* Fecha de inicio de la compañía y su duración.

Registro de las compañías o sociedades anónimas:

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Se registrará en el Tribunal de Comercio de la jurisdicción y se publicará en un periódico que se edite en la jurisdicción del mismo Tribunal, un extracto del contrato de compañía en nombre colectivo o en comandita simple. Si en la jurisdicción del Tribunal no se publicare periódico, la publicación se hará por carteles fijados en los lugares más públicos del domicilio social, La publicación se comprobará con un ejemplar del periódico o con uno de los carteles desfijados, certificado por el Secretario del Tribunal de Comercio. El extracto contendrá: * Los nombres y domicilio de los socios que no sean simples comanditarios, y los, de éstos, si no han entregado su aporte, con expresión de la clase y de la manera como ha de ser entregado. * La firma o razón social adoptada por la compañía y el objeto de ésta. * El nombre de los socios autorizados para obrar y firmar por la compañía. * La suma de valores entregados o por entregar en comandita. * El tiempo en que la sociedad ha de principiar y el en que ha de terminar su giro. Integrantes de la compañía o sociedad anónimaPor lo general en la mayoría de los países del mundo las compañías o sociedades anónimas están integradas por una junta general se socios o accionistas y por los administradores de la sociedad.* La Junta general de accionistasLa Junta General de Accionistas, también denominada Asamblea, es la encargada entre otras funciones de elegir a los administradores de la sociedad, pero todo eso en un plazo de dos meses.

* Administradores de la sociedadLa sociedad anónima, para su vida diaria, necesita valerse de un órgano ejecutivo y representativo a la vez, que lleve a cabo la gestión cotidiana de la sociedad y la represente en sus relaciones jurídicas con terceros.La estructura del órgano de administración de una sociedad constituye una de las menciones más importantes de los estatutos. En general, los ordenamientos jurídicos permiten que cada sociedad pueda organizar su administración de la forma que estime más conveniente, no impone una estructura rígida y predetermina al órgano administrativo y faculta a los estatutos para decantarse entre varias formas alternativas.Las formas habitualmente permitidas son:* Administrador único.* Varios administradores solidarios.* Dos administradores conjuntos.* Un Consejo de administración, también denominada en algunos países, Junta Directiva.

Libros que se deben usar en la administración de las compañías o sociedades

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anónimas.

El código de comercio venezolano establece en sus artículos, 32, 33, 34 y 35, los tipos de libros contables que deben tener las sociedades o compañías anónimas:

Todo comerciante debe llevar en idioma castellano su contabilidad, la cual comprenderá, obligatoriamente, el libro Diario, el libro Mayor y el de Inventarios. 

Podrá llevar, además, todos los libros auxiliares que estimara conveniente para el mayor orden y claridad de sus operaciones. 

El libro diario y el de inventarios no pueden ponerse en uso sin que hayan sido previamente presentados al Tribunal o Registrador Mercantil, en los lugares donde los haya, o al Juez ordinario de mayor categoría en la localidad donde no existan aquellos funcionarios, a fin de poner en el primer folio de cada libro nota de los que éste tuviere, fechada y firmada por el juez y su Secretario o por el Registrador Mercantil. Se estampará en todas las demás hojas el Sello de la oficina. 

En el libro Diario se asentarán, día por día, las operaciones que haga el comerciante, de modo que cada partida exprese claramente quién es el acreedor y quién el deudor, en la negociación a que se refiere, o se resumirán mensualmente, por lo menos, los totales de esas operaciones siempre que, en este caso, se conserven todos los documentos que permitan comprobar tales operaciones, día por día. 

No obstante, los comerciantes por menor, es decir, los que habitualmente sólo vendan al detal, directamente al consumidor, cumplirán con la obligación que impone este artículo con sólo asentar diariamente un resumen de las compras y ventas hechas al contado, y detalladamente las que hicieran a crédito, y los pagos y cobros con motivo de éstas. 

Todo comerciante, al comenzar su giro y al fin de cada año, hará en el libro de Inventarios una descripción estimatoria de todos sus bienes, tanto muebles como inmuebles y de todos sus créditos, activos y pasivos, vinculados o no a su comercio. 

El inventario debe cerrarse con el balance y la cuenta de ganancias y pérdidas; ésta debe demostrar con evidencia y verdad los beneficios obtenidos y las pérdidas sufridas. Se hará mención expresa de las fianzas otorgadas, así como de cualesquiera otras obligaciones contraídas bajo condición suspensiva con anotación de la respectiva contrapartida. 

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Los inventarios serán firmados por todos los interesados en el establecimiento de comercio que se hallen presentes en su formación.