comunidad autÓnoma de canarias - boe.es109 navegacion e instalaciones marinas 110 organizacion y...

32
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS ORDEN de 20 de octubre de 2006, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca concurso de traslados para los funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profeso- res de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño. ANEXOS

Upload: others

Post on 13-Apr-2020

7 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

COMUNIDAD AUTÓNOMADE CANARIAS

ORDEN de 20 de octubre de 2006, de la Consejería de Educación,Cultura y Deportes, por la que se convoca concurso de traslados paralos funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de EnseñanzaSecundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profeso­res de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores deMúsica y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de ArtesPlásticas y Diseño.

ANEXOS

Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006

ANEXO 1

435

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

1. Se ruega al solicitante que, en su propio beneficio, ponga el máximo interés en la correctacumplimentación del impreso de solicitud.

2. La solicitud se presentará escrita con caracteres de imprenta, respetando los encasillados en loscampos en que éstos existan.

3. Deberá presentarse una única instancia por cada Cuerpo por el que se desee participar, aunque seconcurra a plazas de distintas especialidades.

4. El solicitante no rellenará el apartado destinado a cumplimentar por la Administración.5. El campo "D.N.I.", deberá cumplimentarse ajustando su contenido a la derecha.Por ejemplo: si el solicitante tiene el D.N.I. n° 2.188.933, se escribirá:

~6. En el apartado "Centro de destino definitivo en el curso 2006/2007", aquellos concursantes que se

encuentren en comisión de servicio deberán consignar el centro en el que poseen la plaza en propiedad.

¿CÓMO CONSIGNAR PETICIONES DE PLAZAS POR CENTROS Y LOCALIDADES?

7. Los centros y las localidades se relacionarán por orden de preferencia, teniendo en cuenta loscódigos que figuran en los anexos nI, IV, V YVI según el Cuerpo de que se trate.

Los códigos de cada centro y localidad constan de nueve caracteres y deberán corresponderexactamente a un código de localidad o de centro de los publicados en la Orden de convocatoria delpresente concurso de traslados.El código del tipo de plaza (especialidad) consta de tres dígitos y deberá consignarseobligatoriamente, a efectos de identificar la plaza solicitada, junto al código de localidad o de centro,debiendo corresponder exactamente a los que aparecen publicados en anexo n de la Orden deconvocatoria.El código de requisito lingüístico del puesto solicitado, que consta de una casilla, sólo será necesariocumplimentarlo si el puesto conlleva dicho requisito (en su caso, consultar la convocatoria de laComunidad Autónoma correspondiente), en cuyo caso se escribirá una "X" en esta casilla.8. El número máximo de peticiones (centros o localidades y especialidades) será de 300.9. Si se quiere solicitar plazas correspondientes a distintas especialidades de un mismo centro o

localidad, deberá consignarse el código del centro o de la localidad de que se trate, tantas veces como plazasde distintas especialidades se pretendan solicitar.

10. Con carácter general para todos los participantes hay tres modalidades para solicitar plazas en esteconcurso de traslados:

a) Consignando en la instancia de participación, concretamente, todos los códigos de los centros que sesoliciten, en el orden de preferencia que se desee.

b) Consignando el código de las localidades que figuran en los anexos nI, IV, V y VI, según el Cuerpode que se trate, por orden de preferencia, en cuyo caso se entenderá que dentro de cada localidad loscentros se adjudicarán en el mismo orden en el que figuran en los mencionados anexos.

c) Alternando las dos modalidades anteriores, de forma que se consignen los códigos correspondientes acentros y los correspondientes a localidades. En este último caso, el orden de adjudicación de loscentros de cada localidad consignada, será el que figura en los anexos nI, IV, V y VI, salvo paraaquellos centros cuyos códigos se hayan señalado con anterioridad al de la localidad a la quepertenezcan, según los citados anexos.11. Cuando en un orden de petición aparezca el código de una localidad determinada y,

posteriormente, el código de un centro de dicha localidad, ésta última petición quedará sin efecto, ya que alconsignar el código de una localidad se están solicitando todos los centros de la misma, en el orden queseñalan los anexos nI, IV, V y VI. Por tanto, no tiene valor la segunda petición correspondiente a un mismocentro.

436 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272

¿CÓMO EJERCER EL DERECHO PREFERENTE A LOCALIDAD?(Exclusivamente para los colectivos determinados en la Orden de la convocatoria)

12. Para que este derecho preferente tenga efectividad, los solicitantes deberán rellenar su instanciaconsignando, en primer lugar, el código de la localidad referida que figura en los anexos III, IV, V YVIsegún el Cuerpo de que se trate, o todos los códigos de todos los centros de la localidad a que se aplicadicho derecho. En el caso de que se concurra por más de una especialidad, para ejercer el derecho preferentedeberán solicitarse todas las plazas de la localidad en todas las especialidades por las que se concursa,consignado el código de la localidad tantas veces como especialidades o todos los centros de dicha localidad,por orden de preferencia, para cada una de las especialidades por las que se concursa.

13. Después de solicitar expresamente el derecho preferente a la localidad, en la forma indicadaanteriormente, los participantes podrán también consignar, al margen de este derecho preferente, más códigosde otros centros o localidades.

14. De omitirse alguna plaza de la localidad por la que ejerce el derecho preferente, en la especialidado especialidades por las que concurre, la Administración rellenará de oficio los centros omitidos hastacompletar la localidad correspondiente, inmediatamente detrás del último centro de la localidad consignadode forma expresa y correcta en su instancia de participación, de tal forma que todos los centros de la localidadqueden consignados en primer lugar, y detrás de la misma, el resto de centros que, en su caso, el participantehaya consignado, fuera del derecho preferente.

15. Cualquier error en el número de código de alguna localidad o de algún centro podrá determinar:Que se anule la petición si no corresponde a ninguna localidad o centro existente.Que se obtenga destino en alguna localidad o centro no deseado que corresponda al códigoconsignado.

¿CÓMO EJERCER LA OPCIÓN DE INSULARIZACIÓN?(Exclusivamente para los colectivos determinados en la Orden de la convocatoria)

16. Para hacer efectiva la opción a la insularización y así obtener destino definitivo, en caso de existirvacantes, en la isla o islas que se desee, se deberán necesariamente seguir las siguientes indicaciones~

1°._ Obligatoriamente consignarán, en el apartado correspondiente de su instancia de participación, elcódigo correspondiente de la isla en la que desean insularizarse, y en caso de ser más de una isla, deberánnumerar, por orden de preferencia, los códigos de las islas en que desean insularizarse.2°._ Igualmente, quienes sean titulares de más de una especialidad del Cuerpo por el que concurren,deberán consignar necesariamente, por orden de preferencia, en el apartado correspondiente de lainstancia de participación, los códigos de todas las especialidades de su titularidad. Quienes sean titularesde una sola especialidad deberá consignar en el apartado correspondiente de la instancia de participación,el código de la especialidad de su titularidad.3°._ Hechas las anteriores especificaciones, la consignación de las peticiones de centros concretos en lainstancia de participación, se podrá realizar mediante cualquiera de las modalidades, o alternando algunade ellas, previstas en el apartado 9.S de la Orden de convocatoria o en la forma expuesta en el punto 7 delas presentes Instrucciones.

17. No obstante, si en la petición de centros de los participantes forzosos que hayan manifestado sudeseo de insularizarse, mediante la opción expresa en el apartado correspondiente de la instancia departicipación, se detectara una omisión o un error entre los códigos de los centros o localidadescorrespondientes a la isla o islas en que desean insularizarse, la Administración subsanará de oficio dichasanomalías incluyendo el código o los códigos de los centros que se han omitido o corrigiendo el código o loscódigos de los centros que se han consignado equivocadamente. Para ello, los códigos que se consignen deoficio hasta completar la totalidad de los centros de la isla o islas correspondientes, se colocaráninmediatamente a continuación del último centro o localidad solicitados en la instancia de participación.

18. Además de solicitar todos los centros de la isla o islas en las que han manifestado su preferenciapor insularizarse según consignación expresa, si lo desean, también pueden solicitar algunos centros de otraisla o islas, relacionando éstos por orden de preferencia por cualquiera de las modalidades previstas en elapartado 7 de las presentes Instrucciones o 9.S. de la Orden de convocatoria.

ANEXO 11

CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA (CÓDIGO 590)

CÓDIGOS TIPOS DE PLAZAS (ESPECIALIDADES)

001 FILOSOFIA002 GRIEGO003 LATIN004 LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA005 GEOGRAFIA E HISTORIA006 MATEMATICAS007 FISICA y QUIMICA008 BIOLOGIA y GEOLOGIA009 DIBUJO010 FRANCES011 INGLES012 ALEMAN013 ITALIANO016 MUSICA017 EDUCACION FISICA018 PSICOLOGIA y PEDAGOGIA019 TECNOLOGIA055 EDUCADORES (e. ENSEÑANZAS INTEGRADAS)061 ECONOMIA101 ADMINISTRACION DE EMPRESAS102 ANALISIS y QUIMICA INDUSTRIAL103 ASESORIA y PROCESOS DE IMAGEN PERSONAL104 CONSTRUCCIONES CIVILES Y EDIFICACION105 FORMACION y ORIENTACION LABORAL106 HOSTELERIA y TURISMO107 INFORMATICA

108 INTERVENCION SOCIOCOMUNITARIA109 NAVEGACION E INSTALACIONES MARINAS110 ORGANIZACION y GESTION COMERCIAL111 ORGANIZACION y PROCESOS DE MATENIMIENTO DE VEHICULOS112 ORGANIZACION y PROYECTOS DE FABRICACION MECANICA113 ORGANIZACION Y PROYECTOS DE SISTEMAS ENERGETICOS115 PROCESOS DE PRODUCCION AGRARIA116 PROCESOS EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA117 PROCESOS DIAGNOST. CLINICO Y PROCEDo ORTOPROTESICOS118 PROCESOS SANITARIOS119 PROCESOS Y MEDIOS DE COMUNICACION120 PROCESOS Y PRODUCTOS DE TEXTIL, CONFECCION Y PIEL122 PROCESOS Y PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS123 PROCESOS Y PRODUCTOS DE MADERA Y MUEBLE124 SISTEMAS ELECTRONICOS125 SISTEMAS ELECTROTECNICOS Y AUTOMATICOS

CUERPO DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL (CÓDIGO 591)

CÓDIGOS TIPOS DE PLAZAS (ESPECIALIDADES)

025 ACTIVIDADES (e. ENSEÑANZAS INTEGRADAS)201 COCINA Y PASTELERIA202 EQUIPOS ELECTRONICOS203 ESTETICA204 FABRICACION E INSTALACION DE CARPINTERIA Y MUEBLE205 INSTALAe. Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS TERMICOS Y FLUIDOS206 INSTALACIONES ELECTROTECNICAS208 LABORATORIO209 MANTENIMIENTO DE VEHICULOS210 MAQUINAS, SERVICIOS Y PRODUCCION211 MECANIZADO Y MANTENIMIENTO DE MAQUINAS212 OFICINA DE PROYECTOS DE CONSTRUCCION213 OFICINA DE PROYECTOS DE FABRICACION MECANICA214 OPERACIONES Y EQUIPOS DE ELABORACION DE PRODUCTOS

ALIMENTARIOS215 OPERACIONES DE PROCESOS216 OPERACIONES DE PRODUCCION AGRARIA217 PATRONAJE Y CONFECCION

218 PELUQUERIA

219 PROCEDIMIENTOS DE DIAGNOSTICO CLINICO Y ORTOPROTESICO

220 PROCEDIMIENTOS SANITARIOS Y ASISTENCIALES

221 PROCESOS COMERCIALES

222 PROCESOS DE GESTION ADMINISTRATIVA

223 PRODUCCION DE ARTES GRAFICAS

224 PRODUCCION TEXTIL Y TRATAMIENTO FISICO-QUIMICOS

225 SERVICIOS A LA COMUNIDAD

226 SERVICIOS DE RESTAURACION

227 SISTEMAS Y APLICACIONES INFORMATICAS

228 SOLDADURA229 TECNICAS Y PROCEDIMIENTOS DE IMAGEN Y SONIDO

CUERPO DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS (CÓDIGO 592)

CÓDIGOS TIPOS DE PLAZAS (ESPECIALIDADES)

001 ALEMAN006 ESPAÑOL PARA EXTRANJEROS008 FRANCES011 INGLES012 ITALIANO

(j)e

"'Oro3ro::J....Oc..roroOm::Je,31\.)

-....J1\.)

~Dl;::¡rorJl

.....

.¡::.

::J

~.ro3C".....ro1\.)

oo(j)

.¡::.W-....J

CUERPO DE PROFESORES DE MÚSICA y ARTES ESCÉNICAS (CÓDIGO 594)

CÓDIGOS TIPOS DE PLAZAS (ESPECIALIDADES)

401 ACORDEON402 ARPA403 CANTO404 CLARINETE405 CLAVE406 CONTRABAJO407 CORO408 FAGOT410 FLAUTA TRAVESERA412 FUNDAMENTOS DE COMPOSICION414 GUITARRA416 HISTORIA DE LA MUSICA419 OBOE420 ORGANO422 PERCUSION423 PIANO424 SAXOFON426 TROMBON427 TROMPA428 TROMPETA429 TUBA431 VIOLA433 VIOLIN434 VIOLONCELLO460 LENGUAJE MUSICAL

CUERPO DE PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO (595)

CÓDIGOS TIPOS DE PLAZAS (ESPECIALIDADES)

507 DIBUJO ARTISTICO y COLOR508 DIBUJO TECNICO509 DISEÑO DE INTERIORES511 DISEÑO DE PRODUCTO512 DISEÑO GRÁFICO515 FOTOGRAFÍA516 HISTORIA DEL ARTE520 MATEMATICAS y TECNOLOGIA: DISEÑO522 MEDIOS INFORMÁTICOS523 ORGANIZACION INDUSTRIAL y LEGISLACION525 VOLUMEN

CUERPO DE MAESTROS DE TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO (CÓDIGO 596)

CÓDIGOS TIPOS DE PLAZAS (ESPECIALIDADES)

602 BORDADOS Y ENCAJES605 EBANISTERIA ARTISTICA608 FOTOGRAFIA y PROCESOS DE REPRODUCCION609 MODELISMO y MAQUETISMO610 MOLDES Y REPRODUCCIONES612 TALLA EN PIEDRA Y MADERA

613 TECNICAS CERAMICAS614 TECNICAS DE GRABADO Y ESTAMPACION615 TECNICAS DE JOYERIA Y BISUTERIA617 TECNICAS DE PATRONAJE Y CONFECCION618 TECNICAS DEL METAL619 TECNICAS MURALES620 TECNICAS TEXTILES

CÓDIGOS DE ISLAS

CÓDIGOS ISLAS351 GRAN CANARIA352 FUERTEVENTURA353 LANZAROTE381 TENERIFE382 LA PALMA383 LA GOMERA384 EL HIERRO

.¡::.w00

~Dl;:¡rorJl

.....

.¡::.

::Jo:5.ro3C".....ro1\.)

oo(j)

(j)e

"'Oro3ro::J....Oc..roroOm::Je,31\.)

'-J1\.)

Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 439

ANEXO III

CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA/CUERPO DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

440 Martes 14 noviembre 2006

Locaüdad Ce.ntro

Suplemento del BOE núm. 272

Isla Municipio Código Denomin'/óón Código Denominación

La Aldea de San Nicolás

Las Palmas de Gran Canaria

35010488 lES Carrizal

350110002 Ingenio

35702374 EOEP Ingenio-Agüimes (1)

35010506 lES Ingenio

35020000& La Aldea de San Nicolás

35009875 lES La Aldea de San Nicolás

350160019 Marzagán

35008691 CEO Omayra Sánchez

350160024 Las Palmas de Gran Canaria

35001475

35013696

35003034

35702657

35702660

35702652

35703435

35704334

35704333

35702658

35702656

35702659

35702661

35002972

35007350

35008470

35009577

35009395

35001293

CEEE Salvador Rueda

CEEE Siete Palmas

EA Gran Canaria

EOEP Arenales (1)

EOEP Escaleritas (1)

EOEP Especifico de Deficientes Visuales (1)

EOEP Especifico de Discapacidades Auditivas (1)

EOEP Especifico de Discapacidades Motoras (1)

EOEP Especifico de Trastornos Gral. Desarrollo (1)

EOEP La Vega de San José (1)

EOEP Las Canleras (1)

EOEP Las Palmas-Miller (1)

EOEP Tamaraceite-Siete Palmas (1)

lES Alonso Quesada

lES Cruz de Piedra

lES El Batán

lES El Rincón

lES Feria del Atlántico

lES Franchy Roca

350160034 Tafira Alta

350160035 Tafira Baja

Isla Municipio Código

Localidad

Denominación

Centro

Código Denominación

35006618 lES Francisco Hernández Monzón

35007994 lES Guanarteme

35002923 lES Isabel de España

35003393 lES Islas Canarias

35001517 lES José Saramago

35003332 lES La Isleta

35002960 lES La Mlnilla

35009139 lES La Vega de San José

35007842 lES Lomo Apolinario

35010427 lES Los Tarahales

35008561 lES Mesa y López

35009899 lES Nueva Isleta Tony Gallardo

35009322 lES Pablo Montesinos

35002911 lES Pérez Galdós

35002984 lES Politécnico Las Palmas

35009383 lES Primero de Mayo

35001438 lES Ramón Menéndez Pidal

35008767 lES San Cristóbal

35002959 lES Santa Teresa de Jesús

35010208 lES Schamann

35010439 lES Siete Palmas

35007891 lES Simón Pérez

35001426 lES Tomás Miller

35002947 lES Tomás Morales

35702384 EOEP Gran Canaria Centro (1)

35003460 lES Tafira

35003563 lES Felo Monzón Grau Bassas

350160036 Tamaraceite

Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 441

Localidad Centro

Isla Municipio Código Denominación Código Denominación

35009711 lES Cairasco de Figueroa

35010403 lES Tamaraceite

Mogán

350120003 Arg uineguín35010105 lES Arguineguin

350120022 Mogán

35000835 CEO Mogán

Moya

350130014 Villa de Moya

35009565 lES Doramas

San Bartolomé de Tirajana

350190009 Castillo del Romeral

35003733 CEO Pancho Guerra

350190020 Maspalomas

35010282 lES Amurga

35006643 lES Faro de Maspalomas

35007064 lES Támara

350190030 Tunte

35003812 CEO Tunte

350190033 El Tablero

35004841 CEEE Alcalde Enrique Jorge

35003848 lES Tablero I (Aguañac)

350\90038 San Fernando

35702373 EOEP Gran Canaria Sur (1)

Santa Brigida

350210002 La Atalaya

35013659 lES La Atalaya

350210007 Santa Brig ida

35010129 lES Santa Briglda

Santa Lucía de Tirajana

350220001 Cruce de Sardina

35013881 CEO Vecindario

Localidad Centro

Isia Municipio Código Denominación Código Denominación

350220002 El Doctoral

35010415 lES El Doctoral

350220011 Sardina

35003976 lES Tamo9ante

350220013 Vecindario

35702663 EOEP Gran Canaria Sureste (1)

35010130 lES Gran Canaria

35009401 lES José Zerpa

35004038 lES Santa Lucia

35007854 lES Vecindario

Santa Maria de Guia

350230005 Casas de Aguilar

35004041 CEO Luján Pérez

350230013 Santa María de Guia

35008652 CEEE Marente

35702370 EOEP Gran Canaria Noroeste (1)

35004105 lES Guia

35004130 lES Santa María de Guia

Tejeda

350250013 Tejed a

35004245 CEO Tejeda

Telde

350260003 El Calero

35008411 lES El Calero

350260006 Casas Nuevas

35009346 lES Casas Nuevas

350260020 Las Huesas

35009851 lES Las Huesas

350260022 Jinámar

35702368 EOEP Valle de Jinámar (1)

35008287 lES Agustín Millares Sall

35008299 lES Fernando Sagaseta

442 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272

350260041 San Isidro

350320010 Valleseco

350270008 Teror

350260044 Telde

Centro

Código Denominacíón

35008597 lES Jinámar 2

35010142 lES Jinámar 3

35702379 EOEP Telde-ValsequiJIo (1)

35007945 lES Guillennina Brito

35008664 Ct::EE Petra Lorenzo

35702662 EOEP Telde Costa (1)

35004452 lES José Arencibia Gil

35008068 lES José Frugoni Pérez

35010154 lES Lomo de La Herradura

35007696 lES Profesor Antonio Cabrera Pérez

35010294 lES Profesor Juan Pulido Castro

35005055 lES Nuestra Señora del Pilar

35010269 lES Teror

35004713 CEO Rey Juan Carlos I

35009841 lES ValsequiJIo

35009589 lES Vega de San Mateo

Denominación

Localidad

350330011 Vega de San Maleo

350260046 Valle de Los Nueve

350310020 Valsequillo

350260024 Lomo de La Herradura

Código

Vega de San Mateo

VaisequiJIo

Teror

Valleseco

MunicipioIsla

La Gom~ra

Atajeró380030007 Playa de Santiago

380490002 La Calera

380500023 Vallehermoso

380210009 Hennigua

380360016 San Sebastián de La Gomera

38000202 CEO Santiago Apóstol

Centro

Código Denominacíón

38001814 CEO Mario Lhermet Vallier

38702655 EOEP La Gomera (1)

38011583 lES San Sebastián de La Gomera

38007439 CEO Nereida Diaz Abreu

38011613 lES Poeta García Cabrera

Denominación

Localidad

Código

Valle Gran Rey

Vallehermoso

San Sebastián de La Gomera

Municipio

Hermigua

Isla

La PalmaBarlovento

380070001 Barlovento

Breña Baja

El Paso

Los Llanos de Aridane

Puntagorda

380090001 San José

380270005 El Paso

380240005 Los Llanos de Aridane

380290003 Punlagorda

38000470 CEO Barlovento

38012010 lES Las Breñas

38011947 lES El Paso

38702570 EOEP Valle de Aridane (1)

38003197 lES Eusebio Barreto Lorenzo

38003276 lES José Maria Pérez Pulido

38011601 lES Puntagorda

San Andrés y Sauces

3803300 16 Los Sauces

Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 443

Localidad Cenlro

Isla Municipio Código Denominación Código Denominación

38011339 lES Cándido Marante Expósito

Santa Cruz de La Palma380370023 Santa Cruz de La Palma

38009345 CEEE El Dorador

38005091 EA Santa Cruz de La Palma

38702517 EOEP Santa Cruz de La Palma (1)

38005081 lES Alonso Pérez Dlaz

38005078 lES Luis Cobiella Cuevas

38005066 lES Virgen de Las Nieves

Tazacorte380450007 Tazacorte

38007075 CEO Juan XXIII

Tljarafe380470007 Tijarafe

38007269 CEO Tijarafe

Villa de Mazo380530010 El Pueblo

38008419 lES Villa de Mazo

LanzaroteArrecife

350040003 Arrecife35013969 CEO Argana

35000306 EA Pancho Lasso

35702664 EOEP Lanzarote Norte (1)

35702375 EOEP Lanzarote Sur (1)

35006205 lES Agustin Espinosa

35010373 lES Arrecife

35000288 lES Bias Cabrera Felipe

35009191 IES César Manlique

35007398 lES Las Salinas

35000321 lES Zonzamas

Localidad Centro

Isla Municipio Código Denominación Código Denominación

35000240 IFPMP Arrecife

Haria350100004 Haria

35009206 lES Haría

San Bartolomé350180006 San Bartolomé

35010543 lES Playa Honda

35009221 IES San Bartolomé

Tegulse350240015 Tahlche

35009103 CEEE Nuestra Señora de Los Volcanes

350240017 Villa de Teguise35009838 lES Tegulse

Tias350280007 Puerto del Carmen

35013787 lES Puerto del Carmen

35028U008 Tías35010348 lES Tías

Tinaja

350290004 Tinaja35010397 tES Tinajo

Yaiza

350340007 Yaiza

35009218 lES Yalza

TenerifeAdeje

380010001 Adeje

38702579 EOEP Isora (1)

38010852 lES Adeje

38011960 lES Adeje 2

Arafo380040001 Arafo

38000238 CEO Andrés Orozco

444 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272

Local/dad Centro

Isla Municipio CM/go Denominación. Código Denominación

Arico380050002 Villa de Arico

Arana

Buenavista del Norte

Candelaria

El Rosario

El Sauzal

380060003 Cabo Blanco

380060005 Los Cristianos

380060008 Las Galletas

380100001 Buenavisla del Norte

380110004 Candelaria

380320003 La Esperanza

380410001 Ravelo

380410002 El Sauzal

38011868 lES Arico

38015254 lES Cabo Blanco

38015187 lES Guaza

38010712 lES Los Cristianos

38015382 lES Los Cristianos 11

38011844 lES Las Galletas

38006174 lES Buenavista

38011996 lES Punta Larga

38011194 lES Santa Ana

38004384 CEO Leoncio Rodríguez

38010992 lES Sabino Berthelot

38010694 lES San Nicolás

El Tanque380440001 Cruz Grande

38015281 lES El Tanque

Garachico380150003 Garachico

38008663 lES Garachico-Alcalde Lorenzo Dorta

380200006 GOlmar

380180003 La Guancha

380190002 Alcalá

380170017 San Isidro

Centro

Cad/ga Denominación

38702515 EOEP Abona (1)

38011315 lES Granadilla de Abona

38015175 lES Los Cardones

38010967 lES Magallanes

38011972 IESAlcaJá

38001553 lES Manuel Martin González

38009311 CEEE Chacona

38702576 EOEP Valle de GOimar (1)

38001671 lES GOlmar

38001644 lES Mencey Acaymo

38010581 CEEE Inés Fuentes

38702577 EOEP Ycoden-Daute (1)

38002089 lES Lucas Martin Espíno

38002077 lES Nicolás Eslévez Borges

38002065 lES San Marcos

38008572 lES La Guancha

38702575 EOEP Acentejo (1)

38011200 lES La Matanza

Denominadón

Localidad

380220007 Icod de Los Vinos

380250001 La Matanza de Acentejo

380190008 Guía de Isora

380170012 Granadilla de Abona

Cad/go

Icod de Los Vinos

La Guancha

La Matanza de Acenlejo

Güímar

Granadilla de Abona

Gula de Isora

MunicipioIsla

Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 445

Localidad Centro

Isla Municipio Código Denominación Código Denominación

La Orotava380260001 Aguamansa

38003409 CEO Manuel de Falla

380260019 La Orotava38702512 EOEP La Orolava (1)

38010979 lES El Mayorazgo

38010724 lES Rafael Arozarena

38003574 lES Villalba Hervás

380260025 San Anlonio38003631 lES La Orolava-Manuel González Pérez

La Victoria de Acentejo380510005 La Victoria de Acentejo

38007713 CEO Principe Felipe

38011212 lES La Victoria-Alfonso Femández Garda

Los Realejos380310004 Cruz Sanla

38015278 lES Cruz Santa

380310007 Icod El Alto

38004177 CEO La Pared

380310016 Realejo Alto

38010773 lES Mencey Bencomo

38004311 lES Realejos

Los Silos380420008 Los Silos

38010803 lES Daule-Los Silos

Puerto de La Cruz380280004 Puerto de La Cruz

38003963 lES Agustin de Bethencourt

38003999 lES Puerto de La Cruz

380280006 La Vera38702513 EOEP Los Realejos (1)

38011546 lES Maria Pérez Trujillo

Localidad Centro

bla Municipio Código Denominación Código Denominadón

San Cristóbal de La Laguna380230004 La Cuesta

38010797 lES Barrio La Salud

38008341 lES San Hermenegildo

380230006 Finca España

38005741 CEEE El Drago

380230007 Geneto38010414 lES Geneto

380230017 San Cristóbal de La Laguna

38702653 EOEP La Laguna (1)

38002831 lES Canarias Cabrera Pinto

38010700 lES Domingo Pérez Minik

38008717 lES José de Anchieta

38002791 lES La Laboral de La Laguna

38002821 lES La Laguna

38008675 lES San Benito

38002806 lES Viera y Clavija

380230019 Taco38002879 lES Marina Cebrián

38002818 lES Padre Anchieta

38011509 lES San Matias

380230020 Tejina38003057 lES Antonio González González

380230021 Valle de Guerra

38011522 lES Valle Guerra

San Juan de La Rambla380340008 Los Quevedos

38011510 lES San Juan de La Rambla

San Miguel de Abona380350005 San Miguel

38702656 EOEP Arona (1)

380350007 Las Zocas

446 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272

Localidad Centro

Isla Municipio Código Denominación Código Denominación

38015217 lES San Miguel

Santa Cruz de Tenerife

380380003 Barranco Grande

38004347 CEO Bethencourt y Malina

380380023 San Andrés

38702511 EOEP Anaga (1)

38010131 lES San Andrés

3&0380025 Santa Cruz de Tenerile

38006231 CEEE Hermano Pedro

38006253 EA Fernando Estévez

38702651 EOEP Específico de Deficientes Visuales (1)

38706055 EOEP Especifico de Discapacidades Auditivas (1)

38706056 EOEP Específico de Discapacidades Motoras (1)

38706057 EOEP Específico de Trastornos Gral. Desarrollo (1)

38702654 EOEP aIra-Los Gladiolos (I)

38011984 lES Alcalde Bernabé Rodríguez

38009692 lES Anaga

38006150 lES And rés Bello

38010840 lES Añaza

38011145 lES Benito Pérez Armas

38006228 lES César Manrique

38011133 lES El Chapatal

38010827 lES Las Indias

38011959 lES Las Veredillas

38009709 lES Los Gladiolos

38009102 lES aIra

38006149 lES Poeta Viana

38006162 lES Teobaldo Power

38006204 lES Tomás de lriarte

38005297 lES Virgen de Candelaria

Localidad Centro

Isla Municipio Código Denominación Código Denominación

380380026 Santa María del Mar38702574 EOEP El Tablero (I)

380380027 El Sobradillo38010839 lES El Sobradillo

Santa Úrsula380390005 Santa Úrsula

38010815 lES Santa Úrsula

Santiago del Teide380400007 Tamaimo

38011856 lES Tamaimo

Tacoronte380430002 Aguagarcia

38011595 lES Barranco de Las Lajas

380430011 Los Naranjeros38011157 lES Los Naranjeros

380430016 Tacoronte38011327 lES Tacoronte-Óscar Domínguez

Tegueste380460013 El Socorro

38702573 EOEP San Benito (1)

380460015 Tegueste38011777 lES Tegueste

Total Centros: 281

Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006

ANEXO IV

447

CUERPO DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMA

Localidad Centro

Isla ft.lunícipio Código Denominación CMigo Denuminación

El Hierro

Valvertie

380480022 Valverde

38011017 EOI Valverde

Fuerteventura

Puerto del Rosario350170009 Puerto del Rosario

35009450 EOI Puerto del Rosario

Gran Canaria

Arucas

350060002 Arucas

35009772 EOI Arucas

Ingenio350110002 Ingenio

35009784 EOllngenio

Las Palmas de Gran Canaria350160024 Las Palmas de Gran Canaria

35008381 EOI Las Palmas de Gran Canaria

35013805 EOI Las Palmas 11

San Bartolomé de Tirajana350190020 Maspalomas

35009735 EOI Maspalomas

Santa Brígida350210007 Santa Brígída

35009796 EOI Santa Brigida

Santa Lucía de Tirajana350220010 Santa Lucía

Localidad Centro

Isla Municipiu Código Denominación Código Denominación

35009814 Eül Santa Lucia

Santa Maria de Guía350230013 Santa María de Guía

35009802 EOI Santa María de Guía

Telde350260044 Telde

35009826 EOITelde

La Gomera

San Sebastián de La Gomera

380360016 San Sebastián de La Gomera

38011170 EOI San Sebastián de La Gomera

La Palma

Los Llanos de Aridane380240005 Los llanos de Aridane

38011561 EOI Los Llanos de Aridane

Santa Cruz de La Palma380370023 Santa Cruz de La Palma

38011182 EOI Santa Cruz de La Palma

Lanzara!e

Arrecife350040003 Arrecife

35009723 EOI Arrecife

Tenerife

Arana

380060005 Los Cristianos

38011169 EOI Los Cristianos

Güimar380200006 Güímar

38011248 EOI Güímar

Icod de Los Vinos

448 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272

380260019 La Orotava

380220007 lcod de Los Vinos

380280004 Puerto de La Cruz

380380025 Santa Cruz de Tenerife

Centro

Código Denominación

38011261 EOI lcod de Los Vinos

38011285 EOI La Orotava

38011297 EOI Puerto de La Cruz

38011273 EOI La Laguna

38009916 EOI Santa Cruz de Tenerife

Denominación

Localidad

3802300 J7 San Cristóbal de La Laguna

Código

San Cristóbal de La Laguna

Santa Cruz de Tenerife

La Orotava

Puerto de La Cruz

Municipio1sla

Total Centros: 22

ANEXO V

CUERPO DE PROFESORES DE MÚSICA YARTES ESCÉNICAS

Lacalidad Cenlro

Isla Municipio Código Denominación Código Denominación

Gran Canaria

Las Palmas de Gran Canaría350160024 Las Palmas de Gran Canaria

35007374 CPM Las Palmas de Gran Canaria

Tenerife

Santa Cruz de Tenerife380380025 Santa Cruz de Tenerife

38009114 CPM Santa Cruz de Tenerife

Total Centros: 2

ANEXO VI

CUERPO DE PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO/CUERPO DE MAESTROS DE TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO

Localidad Centro

Isla Municipio Código Denominación Código Denominación

Gran Canaria

Las Palmas de Grán Canaria

350160024 Las Palmas de Gran Canaria

35003034 EA Gran Canaria

La Palma

Santa Cruz de La Palma380370023 Santa Cruz de La Palma

38005091 EA Santa Cruz de La Palma

Lanzarole

Arrecife350040003 Arrecife

35000306 EA Pancho Lasso

Tenerlfe

Santa Cruz de Tenerife380380025 Santa Cruz de Tenerife

38006253 EA Fernando Estévez

Total Centros: 4

Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 449

ANEXO VII

BAREMO DE PRIORIDADES AL QUE HAN DE AJUSTARSE LAS CONVOCATORIAS DE CONCURSO DE TRASLADOS DE ÁMBITONACIONAL EN LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACiÓN

PROFESIONAL, PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS Y PROFESORES Y MAESTROS DE TALLER DE ARTESPLÁSTICAS Y DISEÑO

MERITOS VALORACiÓN DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)

1. MÉRITOS EXPRESAMENTE INDICADOS EN EL APARTADO I DEL ANEXO 11 DEL REAL DECRETO 2112/1998, DE 2 DE OCTUBRE

1.1. CONDICiÓN DE CATEDRÁTICO.

1.1.1 .-Por tener adquirida la condición decatedrático .

1.1.2.-Por cada año de antigüedad en la condición deCated ráti co .

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,040puntos por mes completo.

A estos efectos la antigüedad en la condición deCatedrático, con anterioridad a la entrada en vigor de laLOE, será la que corresponda a los servicios efectivamenteprestados en los Cuerpos de Catedráticos y en el deProfesores de Término de Escuelas de Artes Aplicadas yOficios Artísticos

1.2. ANTIGÜEDAD.(ver disposición complementaria primera, segunda y

tercera)

1.2.1. Por cada año de servicios efectivos prestados en lasituación de servicio activo como funcionario de carrera enel Cuerpo al que corresponda la vacante.

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,160puntos por mes completo

1.2.2. Por cada año de servIcIos efectivos comofuncionario de carrera en otros Cuerpos o Escalas docentesa los que se refiere la LOE del mismo o superior Grupo.

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,120puntos por mes completo

1.2.3. Por cada año de servIcIos efectivos comofuncionario de carrera en otros Cuerpos o Escalas docentesa los que se refiere la LOE de Grupoinferior. .

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,060puntos por mes completo

1.2.4. Por cada año consecutivo como funcionario condestino definitivo en la misma plaza del Centro desde elque se concursa o en puesto al que se esté adscrito en elextranjero, en la función inspectora al amparo de ladisposición adicional decimoquinta de la Ley de Medidaspara la reforma de la Función Pública, o en otros puestos,servicios de investigación o apoyo a la docencia,dependientes de la Administración educativa siempre queestas situaciones de adscripción impliquen pérdida de sudestino docente.

En los supuestos de adscripción, el tiempo que transcurredesde su finalización hasta la participación en esteconcurso será valorado por el subapartado 1.2.5. (verdisposición complementaria segunda)

6,000 puntos

0,500 puntos

2,000 puntos

1,500 puntos

0,750 puntos

2,000 puntos por año

Fotocopia cotejada o compulsada del TítuloAdministrativo o credencial o, en su caso, elBoletín o Diario Oficial en el que aparezca sunombramiento

Fotocopia cotejada o compulsada del TítuloAdministrativo o credencial con diligencia delas distintas posesiones o ceses que hayatenido desde su nombramiento comofuncionario de carrera o, en su defecto de loscorrespondientes documentos de inscripciónen Registros de Personal

Fotocopia cotejada o compulsada del TítuloAdministrativo o credencial con diligencias delas distintas posesiones y ceses que hayatenido desde su nombramiento comofuncionario de carrera o, en su caso, de loscorrespondientes documentos de inscripciónen los Registros de Personal

Fotocopia cotejada o compulsada del TítuloAdministrativo o credencial con diligencias delas distintas posesiones y ceses que hayatenido desde su nombramiento comofuncionario de carrera o, en su caso, de loscorrespondientes documentos de inscripciónen los Registros de Personal.

Fotocopia cotejada o compulsada del TítuloAdministrativo o credencial con diligencias delas distintas posesiones y ceses que hayatenido desde su nombramiento comofuncionario de carrera o, en su caso, de loscorrespondientes documentos de inscripciónen los Registros de Personal.

Fotocopia cotejada o compulsada del TítuloAdministrativo, con diligencia de posesión enel centro desde el que se concursa

450

MERITaS

Martes 14 noviembre 2006

VALORACiÓN

Suplemento del BOE núm. 272

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)

Por el primero y segundo año .Por el tercer año .Por el cuarto y quinto año ..Por el sexto año

Por el séptimo y octavo año .Por el noveno año ..Por el décimo y siguientes .

3,000 puntos4,000 puntos por año5,000 puntos4,000 puntos por año3,000 puntos2,000 puntos por año

Para los funcionarios obligados a concursar por haber perdido su destino definitivo en cumplimiento de sentencia o resolución de recurso,por provenir de la situación de excedencia forzosa o, en su caso, por supresión expresa con carácter definitivo, de su plaza, en lostérminos que establezca cada convocatoria, o por haber sido desplazados de sus centros en los términos que igualmente establezca cadaconvocatoria, se considerará como plaza desde la que participan, a los fines de determinar los servicios a que se refiere este subapartado,la última servida con carácter definitivo a la que se acumularán, en su caso, los prestados provisionalmente, con posterioridad, encualquier plaza. Tendrán derecho, además, a que se les acumulen a la plaza de procedencia los servicios prestados con carácter definitivoen la plaza inmediatamente anterior. Para el caso de profesores afectados por supresiones consecutivas de plazas, esa acumulacióncomprenderá los servicios prestados con carácter definitivo en las plazas que, sucesivamente, le fueron suprimidas.

En el supuesto de que el profesor afectado no hubiese desempeñado otro destino definitivo, tendrá derecho a que se le acumulen a losefectos señalados la siguiente puntuación: 1,000 punto por año con destino provisional.

Igualmente, los precitados criterios serán de aplicación a los funcionarios que participen desde el destino adjudicado en cumplimiento desanción disciplinaria de traslado con cambio de residencia

Los funcionarios que se hallen prestando servicios en el primer destino definitivo obtenido después de habérseles suprimido la plaza de laque eran titulares tendrán derecho a que se les consideren como prestados en el centro desde el que concursan los servicios que acreditenen el centro en el que se les suprimió la plaza y, en su caso, los prestados con carácter provisional con posterioridad a la citada supresión.Este mismo criterio se aplicará a quienes se hallen prestando servicios en el primer destino definitivo obtenido después de haber perdidosu destino por cumplimiento de sentencia o resolución de recurso, o por provenir de la situación de excedencia forzosa

1.2.5. Los funcionarios de carrera en expectativa dedestino, y los que participando por primera vez concarácter voluntario opten en su solicitud por la puntuacióncorrespondiente a este subapartado en sustitución de lacorrespondiente al subapartado 1.2.4., en la forma que seespecifica en la disposición complementaria tercera de estebaremo. (Ver disposición complementaria tercera)

Por cada año de servicio: .

1.2.6. - Cuando la plaza con carácter definitivo desde laque se participa tenga la calificación expresa, por parte dela Administración de que dependa, como de especialdificultad, se añadirá a la puntuación del subapartado1.2.4. la siguiente puntuación a contar desde el momentode tal declaración:

Por el primero y segundo año ..Por el tercer año .Por el cuarto y quinto año ..Por el sexto año .Por el séptimo y octavo año .Por el noveno año ..Por el décimo y siguientes .

1.3. MÉRITOS ACADÉMICOS

1,000 punto

1,000 punto por año1,500 puntos2,000 puntos por año2,000 puntos2,000 puntos por año1,500 puntos1,000 punto por año

MÁXIMO 10,000 PUNTOS

Fotocopia cotejada o compulsada del Títuloadministrativo con diligencias de las distintasposesiones y ceses que haya tenido desde sunombramiento como funcionario de carrera o,en su caso, de los correspondientesdocumentos de inscripción en los Registros dePersonal

Certificación expedida por la Administracióneducativa competente acreditativa de que laplaza desde la que se participa está calificadade especial dificultad.

Únicamente se tendrán en cuenta avaloración los títulos con validez oficialEspañol.

1.3.1.- Doctorado y Premios Extraordinarios:

efectos de suen el Estado

Por haber obtenido el título de Doctor en latitulación alegada para el ingreso en el cuerpodesde el que se concursa .

Por premio extraordinario en el Doctorado de latitulación alegada para ingreso en el cuerpo

5,000 puntos

Fotocopia cotejada o compulsada del Título ocertificación del abono de los derechos deexpedición de acuerdo con lo previsto en laO.M. de 8 de julio de 1988 (B.O.E. del 13)

Certificación acreditativa extendida por elórgano competente y fotocopia cotejada o

Suplemento del BOE núm. 272

MERITaS

Martes 14 noviembre 2006

VALORACiÓN DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)

451

desde el que se concursa1,000 punto

compulsada de la titulacióningreso en el Cuerpo.

alegada para

Por premio extraordinario en la titulaciónalegada para el ingreso en el Cuerpo desde elque se concursa ..

0,500 puntos

Por el título de Doctor en otraslicenciaturas .

3,000 puntos

Por premio extraordinario en otroDoctorado .

0,500 puntos

Por premio extraordinario en otraslicenciaturas .

0,250 puntos

1 .3.2.-0tras titulaciones universitarias.

La posesión de titulaciones que figuren en el Catálogooficial de títulos universitarios, se valorarán de la formasiguiente:

Titulaciones de primer ciclo:Por la segunda y restantes Diplomaturas, IngenieríasTécnicas, Arquitectura Técnica o títulos declarados, atodos los efectos, legalmente equivalentes y por losestudios correspondientes al primer ciclo de unaLicenciatura, Arquitectura o Ingeniería .

3,000 puntos

En ningún caso será valorable el primer título o estudios deesta naturaleza que posea el candidato.

Titulaciones de segundo ciclo:Por los estudios correspondientes al segundo ciclo deLicenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas o títulosdeclarados, a todos los efectos, legalmente equivalentes

3,000 puntos

Certificación acreditativa extendida por elórgano competente y fotocopia cotejada ocompulsada de la titulación alegada paraingreso en el Cuerpo.

Fotocopia cotejada o compulsada del Título deDoctor o certificación del abono de losderechos de expedición de acuerdo con loprevisto en la O.M. de 8 de julio de 1988 yfotocopia cotejada o compulsada de latitulación alegada para el ingreso en el Cuerpo.

Certificación acreditativa extendida por elórgano competente y fotocopia cotejada ocompulsada de la titulación alegada para elingreso en el Cuerpo o en su caso, de loscertificados de abono de los derechos deexpedición, de acuerdo con lo previsto en laO.M. de 8 de julio de 1998.

Certificación acreditativa extendida por elórgano competente y fotocopia cotejada ocompulsada de la titulación alegada para elingreso en el Cuerpo o en su caso, de loscertificados de abono de los derechos deexpedición, de acuerdo con lo previsto en laO.M. de 8 de julio de 1998.

Fotocopia cotejada o compulsada de los títulosque se posean o, en su caso los certificadosdel abono de los derechos de expedición, deacuerdo con lo previsto en la O.M. de 8 dejulio de 1988 (B.O.E. del 13). En el caso deestudios correspondientes a los primerosciclos, certificaciones académicas en las quese acredite la superación de los mismos.En todos los casos se deberán adjuntarcertificaciones académicas de todos los títulosacadémicos que se aporten.

Fotocopia cotejada o compulsada de los títulosque se posean o, en su caso los certificadosdel abono de los derechos de expedición, deacuerdo con lo previsto en la O.M. de 8 dejulio de 1988 (B.O.E. del 13). En el caso deestudios correspondientes a los primeros

452

MERITaS

Martes 14 noviembre 2006

VALORACiÓN

Suplemento del BOE núm. 272

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)

En el caso de funcionarios pertenecientes a Cuerposdocentes del Grupo A no será valorable en ningún caso elprimer título o estudios de esta naturaleza que posea elcandidato.

1.3.3.-Titulaciones de enseñanzas de régimen especial.

Las titulaciones de las enseñanzas de régimen especialotorgadas por las Escuelas Oficiales de Idiomas yConservatorios de Música o Danza, se valorarán de laforma siguiente:

- Música y Danza: grado medio .

ciclos, certificaciones académicas en las quese acredite la superación de los mismos.En todos los casos se deberán adjuntarcertificaciones académicas de todos los títulosacadémicos que se aporten.

Fotocopia cotejada o compulsada de los títulosque se posean o, en su caso, certificaciónacreditativa de haber desarrollado los estudiosconducentes a su obtención, o de loscertificados de abono de los derechos deexpedición, de acuerdo con lo previsto en laO.M. de 8 de 1998.

- Escuelas Oficiales de Idiomas:- Ciclo elemental .- Ciclo superior .

La posesión del Certificado de Aptitud de la Escuela Oficialde Idiomas engloba los dos ciclos

1,000 punto

1,000 punto1,000 punto

104. FORMACiÓN YPERFECCIONAMIENTO

MÁXIMO 5,000 PUNTOS

104.1.- Por cursos superados que tengan por objeto elperfeccionamiento sobre los aspectos científicos ydidácticos de la especialidad correspondientes a las plazasa las que opte el participante, o relacionados con laorganización escolar o con las nuevas tecnologías aplicadasa la educación, organizados por el Ministerio de Educacióny Ciencia, por las Administraciones educativas de lasComunidades Autónomas, por Instituciones sin ánimo delucro que hayan sido homologados o reconocidos por lasAdministraciones precitadas, así como los organizados porlas Universidades.

Se puntuarán 0,100 puntos por cada 10 horas de cursossuperados acreditados. A estos efectos se sumarán lashoras de todos los cursos, no puntuándose el resto delnúmero de horas inferiores a 10. Cuando los cursosvinieran expresados en créditos se entenderá que cadacrédito equivale a 10 horas.

1A.2.-Por otras actividades de formación yperfeccionamiento en materia educativa, incluida laimpartición de cursos .

104.3. -Por cada especialidad de la que sea titularcorrespondiente al Cuerpo por el que se concursa distinta ala de ingreso en el mismo, adquirida a través delprocedimiento de adquisición de nuevas especialidadesprevisto en los Reales Decretos 850/1993, de 4 de junio y334/2004, de 27 de febrero .

Hasta 4,000 puntos

Hasta 1,000 punto

1,000 punto

Fotocopia cotejada o compulsada delCertificado, Diploma o documento acreditativodel curso, en el que conste de modo expresoel número de horas de duración del mismo. Enel caso de los organizados por las Institucionessin ánimo de lucro, deberá acreditarsefehacientemente el reconocimiento uhomologación.

Fotocopia cotejada o compulsada delCertificado, Diploma o documento acreditativode la actividad o fotocopia cotejada ocompulsada del certificado o informe de laDirección General, Territorial o Provincial,correspondiente.

Fotocopia cotejada o compulsada de laCredencial de adquisición de la nuevaespecialidad o certificación del órganocompetente.

11. OTROS MÉRITOS

2.1. PUBLICACIONES

MÁXIMO 20,000 PUNTOS

HASTA 5,000 PUNTOS

2.1.1. Por publicaciones de carácter didáctico sobredisciplinas objeto del concurso o directamente relacionadascon aspectos generales o trasversales del currículo o con laorganización escolar .

Aquellas publicaciones que estando obligadas a consignar

Hasta 2,500 puntos

Fotocopia cotejada o compulsada del ejemplarcorrespondiente, en su caso, original delmismo, así como certificado de la editorialdonde conste el número de ejemplares y que ladifusión de los mismos ha sido en libreríascomerciales.

Suplemento del BOE núm. 272

MERITaS

Martes 14 noviembre 2006

VALORACiÓN DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)

453

el I.S.B.N., en virtud de lo dispuesto por el Decreto2984172, de 2 de noviembre, carezcan del mismo, noserán valoradas, así como aquellas en las que el autor seael editor de las mismas.

En el caso de publicaciones que solamente se dan enformato electrónico, se presentará un informe oficial en elcual, el organismo emisor, certificará que la publicaciónaparece en la base de datos bibliográfica. En estedocumento se indicará la base de datos, el título de lapublicación, los autores, la revista, el volumen, el año y lapágina inicial y final.

2.1.2. Por publicaciones de carácter científico y proyectose innovaciones técnicas sobre las disciplinas objeto delconcurso .

Aquellas publicaciones que estando obligadas a consignarel I.S.B.N., en virtud de lo dispuesto por el Decreto2984172, de 2 de noviembre, carezcan del mismo, noserán valoradas, así como aquellas en las que el autor seael editor de las mismas.

En el caso de publicaciones que solamente se dan enformato electrónico, se presentará un informe oficial en elcual, el organismo emisor, certificará que la publicaciónaparece en la base de datos bibliográfica. En estedocumento se indicará la base de datos, el título de lapublicación, los autores, la revista, el volumen, el año y lapágina inicial y final.

Los méritos aportados de acuerdo con estos dossubapartados sólo podrán puntuarse por uno de ellos.

Hasta 2,500 puntos

Fotocopia cotejada o compulsada del ejemplarcorrespondiente, en su caso, original delmismo, así como certificado de la editorialdonde conste el número de ejemplares y que ladifusión de los mismos ha sido en libreríascomerciales.

2.1.3.- Méritos artísticos: Hasta 2,500 puntos

- Por premios en exposiciones o en concursos de ámbitoautonómico, nacional o internacional.

- Por composIciones estrenadas como autor,publicaciones, conciertos como solistas o grabaciones condepósito legal, por premios en certámenes o en concursosde ámbito autonómico, nacional o internacional.

Los programas, críticas ,los ejemplarescorrespondientes. y en su caso, laacreditación de haber obtenido los premioscorrespondientes.

2.2. VALORACiÓN POR TRABAJOSDESARROLLADOS

(Ver disposición complementaria cuarta)

2.2.1.- Por cada año como Director/a en centros públicosdocentes, en Centros de Profesores y Recursos oInstituciones análogas establecidas por lasAdministraciones educativas en sus convocatoriasespecíficas, así como Director de Agrupaciones de Lenguay Cultura Españolas ..

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,250puntos por mes completo.

2.2.2.- Por cada año como Vicedirector/a, Subdirector/a,Secretario/a o Jefe/a de Estudios y asimilados en centrospúblicos docentes .

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,160puntos por mes completo.

2.2.3.- Por cada año en otros cargos directivos de centrospúblicos docentes ..

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,080puntos por mes completo.

2.2.4.- Por cada año como Jefe/a de Seminario,Departamento o División de centros públicos de EnseñanzaSecundaria, Bachillerato, Adultos, Formación Profesional,Artísticas e Idiomas, Asesor/a de Formación Permanente oDirector/a de un Equipo de Orientación Educativa yPsicopedagógica o las figuras análogas que cada

HASTA 10,000 PUNTOS

3,000 puntos

2,000 puntos

1,000 punto

Fotocopia cotejada o compulsada delnnombramiento con diligencia de posesión ycese o, en su caso, certificación en la queconste que este curso se continúa en el cargo.

Fotocopia cotejada o compulsadanombramiento con diligencia de posesión ycese o, en su caso, certificación en la queconste que este curso se continúa en el cargo.

Fotocopia cotejada o compulsada deldocumento justificativo del nombramiento conexpresión de la duración real del cargo o , ensu caso, certificación en la que conste queeste curso se continúa en el cargo.

Fotocopia cotejada o compulsada deldocumento justificativo del nombramiento conexpresión de la duración real del cargo o , ensu caso, certificación en la que conste queeste curso se continúa en el cargo.

454

MERITaS

Martes 14 noviembre 2006

VALORACiÓN

Suplemento del BOE núm. 272

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)

Administración educativa establezca en su convocatoriaespecífica .

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,040puntos por mes completo.

2.2.5.- Por cada año de servicio desempeñando puestos enla Administración educativa de nivel de complemento dedestino igual o superior al asignado al Cuerpo por el queparticipa .

La fracciones de año se computarán a razón de 0,120puntos por mes completo

2.3. Exclusivamente para plazas situadas en el País Vascoyen la Comunidad Autónoma Valenciana.

Las convocatorias específicas correspondientes a plazasubicadas en el País Vasco y en la Comunidad AutónomaValenciana podrán asignar hasta un máximo de 5 puntos alos méritos que en las mismas se determinen en función delas peculiaridades lingüísticas a que se refiere el apartado11 del anexo 111 del Real Decreto 2112/1998, de 2 deoctubre, por el que se regulan los concursos de trasladosde ámbito nacional para la provisión de plazascorrespondientes a los Cuerpos docentes.

0,500 puntos

1,500 puntos

Máximo 5,00 puntos

Fotocopia cotejada o compulsada deldocumento justificativo del nombramiento condiligencia de posesión y cese o, en su caso,certificación de que continua en su puesto

(1) Las convocatorias podrán determinar que la acreditación de algunos de los méritos se realicen mediante los documentos justificativosque a tal efecto se establezcan en las mismas o se incorporen de oficio por la Administración convocan te, cuando así conste en susRegistros.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERA.- Valoración de la antigüedad.-

1.- A los efectos de los subapartados 1.2.1, 1.2.4. Y 1.2.5., se valorarán como año todos aquellos servicios que se correspondancon servicios efectivos prestados desde la fecha de inicio del curso académico hasta la fecha de finalización del mismo.

2.- Los servicios aludidos en los subapartados 1.2.2 Y 1.2.3 no serán tenidos en cuenta en los años en que fueran simultáneosentre sí o, con los servicios de los subapartados 1.2.1, 1.2.4 ó 1.2.5.

3.- A los efectos de los subapartados 1.2.1 Y 1.2.4 serán computados los servIcIos que se hubieran prestado en situación deservicios especiales, expresamente declarados como tales en los apartados previstos en el artículo 29.2, de la Ley 30/1984, de2 de agosto, así como las situaciones de idéntica naturaleza establecida por disposiciones anteriores a la Ley 30/1984, de 2 deagosto. Igualmente sera computado, a estos efectos, el primer año de excedencia por cuidado de familiares declarada deacuerdo con la Ley 39/1999 de 5 de noviembre.

SEGUNDA.- Centro desde el que se solicita participar en el concurso.-

A efectos del subapartado 1.2.4 del baremo se considera como Centro desde el que se solicita participar en el concurso, aquéla cuya plantilla pertenezca el aspirante con destino definitivo, o en el que se esté adscrito, siempre que esta situación impliquepérdida de su destino docente, siendo únicamente computables por este subapartado los servicios prestados como funcionariode carrera en el Cuerpo al que corresponda la vacante.

Quedan exceptuados de lo dispuesto en el párrafo anterior los funcionarios obligados a concursar por haber perdido su destinodefinitivo en cumplimiento de sentencia o resolución de recurso, por provenir de excedencia forzosa o por supresión de supuesto de trabajo en los términos establecidos en la convocatoria. A estos funcionarios les será de aplicación lo dispuesto a talefecto en el subapartado 1.2.4 del baremo.

TERCERA.- Funcionarios de carrera que participan por primera vez con carácter voluntario.-

Los funcionarios de carrera que participen por primera vez con carácter voluntario podrán optar, indicándolo en su instancia departicipación, por la puntuación correspondiente al subapartado 1.2.4 de este baremo o por el subapartado 1.2.5 del mismo.

En el caso de ejercitar la opción por el subapartado 1.2.5 se les puntuará por este subapartado además de los años de servicioprestados como funcionario de carrera en expectativa de destino, los que hubieran prestado en el Centro desde el que participancon un destino definitivo.

En el supuesto de no manifestar opclon alguna en la instancia de participación, se entenderá que optan por la puntuacióncorrespondiente al subapartado 1.2.4 de este baremo.

Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 455

CUARTA.- Valoración del trabajo desarrollado.-

1.- Por los subapartados 2.2.1, 2.2.2, 2.2.3, 2.2.4 Y 2.2.5 sólo se valorará el desempeño como funcionario de carrera.2.- La valoración del trabajo desarrollado cuando se halle referida a Centros de Educación de Personas Adultas, sólo se

valorará cuando en dichos centros se hayan impartido las mismas enseñanzas que se imparten en los centros a que serefiere este apartado.

3.- A los efectos previstos en los subapartados 2.2.1, 2.2.2 Y 2.2.3 del baremo de méritos se considerarán centrospúblicos asimilados a los centros públicos de enseñanza secundaria los siguientes:

Institutos de BachilleratoInstituto de Formación ProfesionalCentros de Educación de Personas Adultas, siempre que impartan las mismas enseñanzas que en loscentros a los que se refiere estos apartados.Centros de Enseñanzas Integradas.

4.- A los efectos previstos en el subapartado 2.2.2 del baremo de méritos se considerarán como cargos directivosasimilados, al menos, los siguientes:

Los cargos aludidos en esta apartado desempeñados en Secciones de Formación Profesional.Jefe de Estudios Adjunto.Jefe de Residencia.Delegado del Jefe de Estudios de Instituto de Bachillerato o similares en Comunidades Autónomas.Director - Jefe de Estudios de Sección Delegada.Director de Sección Filial.Director de Centro Oficial de Patronato de Enseñanza Media.Administrador en Centros de Formación Profesional.Profesor Delegado en el caso de la Sección de Formación Profesional.

5.- Por el subapartado 2.2.3 del baremo de méritos se puntuarán, al menos, los siguientes cargos directivos:Vicesecretario.Delegado Jefe de Estudios nocturnos en Sección Delegada.Delegado del Secretario de Extensiones de Institutos de Bachillerato o similares en ComunidadesAutónomas.Director, Jefe de Estudios o Secretario de Centros Homologados de Convenio con Corporaciones Locales.Director de Colegio Libre Adoptado con número de Registro de Personal.Secretario de Centro Oficial de Patronato de Enseñanza Media.

6.- Cuando se produzca desempeño simultáneo de cargos, no podrá acumularse la puntuación.

456 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272

d.ih~N~t~~\út~ d~~ Íá§: disJh~1~§ :pÜS(:8:~S)n1::~:':) y(~s:.:;;·e% qu~~ l&.1Y~ t&T~i:tlo ~1~~~d{~ ~a

n::.~~tnb:r;:)Jrú(':·~~t}~ ~:ZzfrR1 fh,TS~~if$~l~:rk~ d~ c~rt{':t~

1.;.1.;.1 .:..... 'Ps)~r c~~d~ ~t~(-S d~,,: ?:~~~~"~,~:~~.),*' '~:~\::-ct~ ~('{~~ {}t~z:t{s.d~):$ t:¡~

hl 3:itlt;i~c:k~n. ,di~' g{~:rvic·~.ü ~s::t~·o;,~~) Cü:BH:J: fu:nc·~~);n:s.,tto: dit

~~:fl (~~r$.)~: <\.s~:tl~ü~, f~ J3~~~~1~.~

tk~!kf(~ 1>$ IJlE ddmi""mi t)

d~Hg~~tci~~ d~~ ~~~ d~;:stü.tÜ~~t :p<~~::¡':.~~.<nM.~§' yt:~~$:t~. qu~. ha:Y~i ~ttnkh) tl~:§d~ ::s:t~

r~~~:tn.b,ratf¡~~':1isÜ c~~~:t~t.) ftiti.:t::~~~nat~n, ,d~ Ci~n~~~~~

~$~ ~r~ ~u ::::~$n" él~· ~(1~; t~i~~~pt~*'Ri~~~nté~~

(~:n~'1Jtn~~~il(::~; :de '·in~a~:~rt~~ti(:th .~~..~ ~~($,;~ fkt::~r~trtf~~

d~ Pt~r~:l;)~Ȓ~:.,

! ~ ! ~J,.;.. P\~t t~~~~1~~ ~~fl(} d~ ~~tvltü:~~ ·~:f~ttt·!}'·E)$ tntnü

tlítldúl@fÜ) \'k ~:~'n$f,~ .(m üW:~ C::Uót::~1~Zlt, (l t'!$t:~ÜM

d~~z::~~U{~,,~: h)~ ~~~~~ ,s:~(nen~t~ la L{)f{ d~": (}rug)o i~3:~t:tÜ~í· ..

.t,~~::.~ f~':'~~:ccs.'){$~:S d~, ~J'S(~ ~~)~- c()rnp~:u:arát~ ;s ~(1~:(~n ~*~' n~n6

prn~tü~'Jxrf t~~~;~. C:EM:r~'S!{~~~)

1,I ,,4....... Fcir ·~~d{~ ~~~ ~;,(~n;:)~t~rti~;,~:~: t;~)tn~)' {\~tl~;;S~)tUir~B:) (;:{)t~

-dt~:$:ü:nn d~füúti~·:o- 'e:1J 1~ fnüHl1~~. f1:~a~~t de1 {~~:ri:tt~ d~$.:d<~

~~l qü~}- ,~f: (~~J~:k~nt8¿:), ü ~~1 :p~u:)~t~~' ~l qtJ~~' ,~.~ ~$~~ ~~~h}~t'iü:~

~:?;~nl~~ür~dtt~;::::~.t:r,;:: e:~"?: ~~s o::~~tr$~\!}~:ro:- ~:t~ ~~~ h:~n~:,iór~

~t~~p~ó~~Jfá BJ ~$j:npu:~"~;:i de l~~ d_h~f3:n~ü~~:sún ~_dh~:~o:ts~j

dt~<d~1~(}:qüinl:;::, d~ hl {.~,y d~ _t..J(~~¡~~l~:~ ~~;::tr~' J~~ :t~~:fbS':,¡ü~{ dx~

h~ Fw){:iü:n f\íf:¡hz;,l, 1) ~H {:)}m~ p'll~~l:q"" ~Wy¡Ó!:}~ ~k

hí\"{~:$tig~tJ:~~n 'ü i~p·t))~n ~, h~., :~~üJ(:t~j_~~.i{t:- ~:.t~~pt~~~dj.~~~;tt~ dt L~~

l\d~Id:n~~tr~~ióri:'cdt¡:~a:Ü~~l :~~~ntpt~ qU{~: ~~,:~~~~ :~stt1~~(:it~n~t~

d~ ~~:~k~~.ripc:¡:éJ~ srn:pH:q:~M.Ml.~~~rd,i~i~~tU; ,~Ü d{~~dtH:f' (h}(:t~tH:~t

Suplemento del BOE núm. 272

'Pt)r ~l, t:!;j~U~~) y .quit~to ~{3kr ', ,',"': ,., .-,P'~r ::..:~'~ ~~;:~~Ü:;¡. ~~fkr,;., .. , .. ;, .. ~, ..:~,.-: ''F~XJr ~~:'~ ~>t.rtif:n~) y (~~~t~3\~~} .:=sf~ü':

Pór ~,:-'~ rlüV~::nü ~~Ü(( '..··,·....·.w.·v•.·V<.

Martes 14 noviembre 2006

:;tnn 'fnj~~~t$$- p~}r :~~~l<~

3,00 pm:¡il)¡,4~üH pHf~ttm, p~)r ,~~ilü

5,0::.1 ptmi'mo;4,00 p~t¡iJ,~ pM ,ü~o

3~{Jü l~ll~~.tt~~~

2:-{JO ~t~~:t,l~~ r~"::r {~;~\n

457

E.n ,~:~ &rtp:ue~tn d~ iiU~ ~~ pt~l;';~ít~~~J~' ~)j~~tt~ld~~' J)O :hub,k~~{:: d{~~~~n1:p~rümn ,ütrn dt}llbt-~) ·d~'fifÜÜ~'<:J::- tt.~,n:dr~~ d-er~th~:::' 'a q\:.~ ~~ 1~: ~tun~ul~n ~l

1<}:~~. ~~r<:·t~:(~~~. ~z::f~~.h~dos h>~ ,s:~~~r~.Ü~tltt?: pUntu~{~s(~n~

Püt~i h::s ftH~}tiOn~~ritt~, t~bU~g~cl:~-:O$~ li (;:t~:~lC:~Jt~«r 'pQt' J:~al~e~" P~~)~J&) ,~t~, d~~~ti~H) d~.Jh:dú\~~~ ~~~ C~J~1~plh~ljt~~~~1 il~ ~~~tt~n~~i~~ {~' ft:*.<.slnciúti d~:

t.ttnt~n~~~ ~~fi qn{~: $t:~ ~~t~~hh~:z~~tl ~:n c~da -~~{~nV(~t':~~lOtj{t,. d~ ~~~. ph~¡-'it~ ,'~} llo:r hf~ht~:r ~jd~J (~~~p}~~m.dt:~K d;~ ~ls_§ ~t;~1:tt~)~ -$t~ !(~J} tttnlh~{:>.~ :qt~:

~gu~~htse~~:1~~ '~$tahk::r.t~l ~~~d.{~ "t;;"t)n\~~~t~~~*nsjü~ ~{~' ~{$~l*,arl~t\'ir:~) (~~~~~(~ ~lal~~ (t~$d~ 1~ q\~~ p~1Jtk~i~~~t~~ ~ k~~~> tln~~: ~. d~t~rtn:bwx .l~~ ~t:r~;:~~h)t

~' q,~~~: ~H~ r~~f~~:;~ {~~~~:e §:~;::b~F~rt~~d~~~ '~*t, ))!th't~a '~~fvÜj~ {~~$~i P~~l~~:~*(~r ~i~~:fh1it~:\'o ~d ~{U.{;: ~~ ~~t~Htt~~Jalin~ ~tl ~~ ~~<~~ h)~ l~f~~~d{.~~

rns~'i~hsm~¡ml:'JSk, cm) rost~rk),kh~l; ~m !;~Hl1q~tk~t pl~N'" T~~'Kh:..h KkrN:hG, ~d:~nlá$i, ,~ 'tH~ ~w k& Mutsmkn ~ 1$ p¡~:¡S dce

~d~(t~~d~~·~' :!(t:if ~:;.~p:n~$j~\-.'1:~s, c~)n;:;{::~:¡jtiv:~~, d$ 'plz~~~~~~~ '~~~l $~~Hnuh~~h:~n {~~)n~:pf~*t:d{~n~ h)~~ S~t~\'ich)~~ t~:r~~:$t~~4():s ~~~t~: t~~f~~ct~~ l~ef)t~~t~v:o ~n ~

,h~:~ pJ~:~:a~ ~lU~\' ~u~~:~:siv~n):~~n~:e',.le :tt~~fr~n $~~p:rirr~úlu$-. ~l

~~:~

!~:~

~~~

~J,gl:~~~:üs~~ntt:~, ~~)~ pre:titnd(H~i: Cf~t~:fh)~~ ~~fán d~' ~pH(;{~~~'ht~1'~ h'}~ _n~~~~Cr(~~1~~~~'i(~§ qtl:t ~~tü~:~p~~n de:sde ~~ d~~stúln ·~.(Uudl:~adn ~J1

~~~t~~~~p~~tnj~l1l(~ d~ ~an{j,bfl di~~~ip~~JH~f~~a de: tr~:§:J;:td~~ (:{:;:~1 ~:~~rd):i~) :~k~"t~~~~dttl~~üt,

L.})::;: th~-~~'~~n~~tü:~~~ -(tU~~:- ::::C h{~H~~f~ pn:.~st~n1ij.o ~~~rvi<:;:k.~:s· ~n ~-~ _p~i~$1~r d~~t.in.'C~ :d~'fhiiti)i<~ ,gz)~~ft~d~;> d:{;,;{::r~{}~:$ d~ .h~b~:ts~de:s :~Uptinl~di) 1~

pln:(.~~- d~: ~.::;; qu~: :~l~.S:Ü 'Ht~ih~~~~' t~ndra~t d~rt~Jlt~, tt qü~, ,~~ ':~~~ (:~~*~*:~d~t~tt :~(~:i!n> :pt~~t<~;d~)~: ·~n ~:~ ~~:~ltfO' {b}sd~ tÚ ·qu~ c~~ncut~n, l~k~~~~:::f\·'j,CÜ)~ "1nJj: ~':S:ct~·d'it~~:;; e,S); ~d. t:z:tttrt~- ~:rt ~~ q~~;t~ :~~ 1~~~: ~~l~f~rfii6 k~ Fht~\~i }\. ~~n :~ll «{~$~~: h~~ pt~~t:oi(h:~~ ,~~f~t~ ~~r~mt~r In'\1:'\.;-~,,:~intu~l (~Oíl

tw~kt¡ürkU~d u h d~d~ :Ml}'lr~"¡úr~, EH~ mÜm¡(I· 4'l"¡tlWb.~<l;pHt,at~ .li<I\cÚ:;::tW¡;: ·@h<llhm w§;O.t.mdo ~fvk:itl% ~tl.l:,l f'dm.~r cl~Milw

t;:?~1¡~~;~:~';~:~~~~::~::~:~:~~~6'>t~~:~~~:~)$r ¡:l$filü,h ~i\;j dtt:>thw p::;x c\cm:whmü:~;;tü <k~;'~,lkH¡:::üt(sr~s~sbd6f; ik ,~'n¡~'Ü, (l¡;Or pl\)v~'nk ihl

Ll,5", t})$ tl.mÓOMrÚx' \1:;:: $anetaea e~:p:~t:ljd~'~ &: I 'l'itdr.\¡jdministt1.ttJ"lJ t:tlrt düig~n:;:::üt~ de 1<tS I'\ .:, ~:'.' ~"". ,~" t""'" :f'''\,~~l'l-'''v",,- ' ~ :-:'''1' ..'"'' :r""""",:l. ,~<: ,.~ ".~,'\ • , , , , ,:'. ¡..,.~:.~' ~l:(3}~$~_H·::O~ 'Y :::ü~ ql~~~ j):~:h~~::~P~~;j:~~~A.~ ;t'p:,}~. J-}.\~: ~;~~,:t:'.::~ '\.'~} .. ~~.::\~: ::.:~~~~;~.ú:4~~- ~X~~{~l:(~'U.~~ ;f~~${~~ qUt":: t1~Y:~~ l:~:n~U{3: :.

z:,~r:ác::lllt vdunt<ir!¡) npkn $;) s\!soHdiud ¡Xlf h ~k"d<~ ~'U w::rmhr<t¡l::ti~t¡W~'(l~llüÜ,IJW¡m,¡uk) i" [~:~pnntwwiún ~clsnt8r!N)dkm~~ ;'l ~st~stlb'~rart;3;~ks (:n ~k :;;mí'~~'lJ. t);, ¡::Z! ~u (:m¡:l). d~ 1~" ¡

5ü~üitu~ión :di, :h~: t;c~trti:.~~)ott:d~:~nt~: '~d ,~tJl)~~p~f.t;:~d~) 't.1 '.4-.::. Cí)t't'~'~tM)n~h~S1~~~ d{}:curfHM~t~n~ ,d~: ~n~ctlp{ü~~~~l ~< ,', 'f' r ' " " (lSl k'K~Rilti~Ül)~ dd\l;f$~mu.L '

~:~m~~(~¡~~:~~:~:k~:~~'~~: d~~~~~:\;::~~n~~:l, {:::r ~¡:::~:~::~~:~~: I).~(:rnph;n"'~ent~lll~ ~~rf~f~ d~~ b*~{:n~J}

L~'~::::=~==L,~·~:,:~~~I

458 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272

'1'~tn:~o~ qü~ P~):§~-a (~~. §~~ ~:~~ ~;~l~n~ h:~s

(;~ttU1~;;",,$~,,¡; dd <l.~f~~m".de INldett'd:li:lK. di::'(~)S'l~~dkjón d~ a~um'<:li:l t¡::t:n k¡ pf~V¡S!:X} ~m l~

()J~l.,de gd:;~j\tH~~ d~ ~ ~fS~ (1J () t. d~ll:~},

MAxtMO 1'Ü,tH)PUNTOS

3:ÜÜ plN*Qi~

1.:nOp\"¡M~~~

Püf ,;::~d~~, Hüd(~ dt.prü~t\Súf:-'.Pr~)f~~}prSup~tiür

d:~ t~oi1:.1-~r\~~~H.(tri~)~,,',lt~:rH~ín;.S\.~~p~~iü)t J}~n;;~~~

(~~U1tü ;'t~tt~ l)nt~~:táti(f$.dt~b:rt~ntt~.. ~~:~ uJ~~g~d{~:

p~t~ Ü:::gl·)~:~A.~ ~t~ f..:l (~~\~$;~fp'O· dx,:;~d::.~: .~J \t~H>~~:

}~~):r :e:d: ptitrMi~t'(j: '"~. ~,:.,;.

p~):r l:n~ rt~~1:;1n~~e*~.,:, ..

~~p~~j~Hd:ád~:~: ,diat:~rt~f~~~~: ,Ji: 1~$ ~~:h~g~~d~§'p~r~·:t~J

~ngI~,$(~~ ~~ts tl{~tt~~~~x:~d.~:$d~'~J q,üt-: :~,e:c(~n~~llt:s~_,

~:~.~~diú~·k~t~ e:sps..::ci:~lid~H:l ~(~rH:::~p(~~}dú~.n~~al

dtuJ~) ~s~g~dn ~1 t~lttt~o ~~:~ '~l (~:t1(::rp{~

d~&d{: el q:jJ~

~. F(~r PmmklUi d último c~tn¡~~ ~l~ (h<doSt~p~~ún~' d~~ la t$~~~~tÚH~(~:::(~ P~)l r~ quX).· .•.~~~

;;..Por ~;~$r;:t:ió:n,l~k~~j:ntHl~a'~~~lit (}r~~d~} S:~_~r~f::d~)f

de, mt~:Sl~~":K;i~l~th~:~i '~(~~í:t::~t-1-{~J:ldi~üt~~ ,~~lintf~~~~)

{~:~1:~1 {).lt·tp<ld::t~dt":elqu~: %~:~:(~Ü(~~:~::::~~: ...

Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 459

f,,;;;m~':;~0t_00~~~!:::8::j'r:0i~.j]·:.·:.·:.:.·:.·:.·>.•·:.:.::i:[::>.• ~:.:>.:~:i>.• ~:i>.• ~:i:>.• ~:i:>.• ~::>.• ~:.:>.• ~::>.• ~:.:..•~::..•~:i:..•~:.:..•~:.:>.•~:.:..i:.:.\l¡:.:¡:.:¡:i:.:.:.:.>.¡:.>.i:.:¡:~;.¡::;.::l;.l:!;.::>;.~::;.::¡;.·:.;.~::;.::¡:.¡:~:.~:::.!:m:.·:~:::~:::':::':!:':.:[:l:~:~::'!:':~:':.:[:!:[:!:[:::~:.:,:~:::::,:.:.~::>.::::~:.:¡·:~:¡.:::•.:::¡'",¡~::.¡:::::¡I~.¡:::::¡~.¡::::::•.i::.¡~:::.¡ ~: •.¡~::.¡¡:,.¡~:,.~¡::.. ~:.:.~~:.:.::: •.~:!.~::.,:•.:·::.~:::.:~:.~.,:x.•::~.t.':l...::.L.~~:~.%¡:.:",,~:::.:¡:':;,~~:~;,.::;,W~::;,.~:.,l.. ~:.:;,,1:::.~~::.•:.:.•::«..::W.:.::.::..:::m;.• ::::.:~:.·.~:.~..t:.:.:;:§..~..:..·:r.:~:W.• ~:.~.:~:.:..OC:.~.:::.~:~..l:.~..~:f.:~.~.;~:.:;..~..~:;~.•:.:~:.•.•::,1..~.;?~.~m:,'..'..&..0..i.,ltw.i..1X.~.::...~.~:~~..'.~:..~.;~.;.::::.~.(lt.w.:h...~.~.~...~...~.f..:::b.;.·;.:~.".:~~~l.r.if~.:¡.¡~.r.~~.~~.,.....

:

I.:I:..:..j;jj.••.:•.::::::::::;::::1@itiijñ.lTI~tW:,,:,:i:,:,:;:;¡;¡;(···¡¡;¡;¡;¡:·::::-:;;;¡;:;;····· ~~~~~~;;;:;:¡;~;¡¡¡¡¡¡¡,~ . . :,.•."l'WL.,." "X•.' .,,~ .~~~"..... ':':.:.:.:.;;::~;;;;;;;;;;;;;;;;j::;:;;.;.>:.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.;;:;~ ;.:-;.:-~:.;.>¡;»»,,;.;;;,,;:;..;..;...,;;.»:.))».>.,¡>.>.j.>.»>.;>';';';';":

1 ~13... MfHlrOS AR'(1ST1COS I ~.

':' :P~r <~~~ff~~~~~~t:~.(fh~:~~ .~:~}ttet~~d~~~ ~(~tnn~:~~~~)t ~ [~ü3 p:t\~~gt;:tB.li=l~:: ~t~b;c~~~~~ eJe:u:~~p~ks.re§

puhHc~~::..\~.~)tH~~ Q gr~~b~t~:i(:H~~;~; t{~n tkp~6EÚt~ ~~:~)t3~~)\~~~~1~li~~t~tt5~~ )t., ~n ~t~ ('-f~~{~~ 1~

·L.eg~~l, ~~üt pt~t~~Ü)~~ ~n (\~:rt~tn~J~~~ ~~~~.n~d'it~~:t¡ÜJtd~' _h~~b~t ob:1~túdt1 h~~ J~r.:~n1it~§:(i:¡:~).(::~~:f~{}~. :d.~~, :~ht~hhú ~~:nn~fH)~tüt~\, (~n:fr~}$JH~~~dix~:n~t~~~

·~táx,hIH) 2:,;5n'pn~~~:~~

. :;!~:::;~~~?:~~:;~:~~:,1 1~ th~Hnt}~ ~HH>C:' W\nso~,~~ .. ~" " ~, .~ o~ " " .~ ~,~ ¡ ~·'1~~~jsrH3 ~"JO pB3'n~~~ 1 ~

; _ j _.._.._: _ { _.., ···.- ,~~---_· Io ~ ~: 1 ~: 1 ~• ¡ ~

.1 I I"1 ~

<\~rti:lkmb dtlm{w&*'tl*'1.:'l~>ielqw~<:::üi;t§k

d{} n~{J1jü ~;(JH1;~~~~~l~ltlllt~rq'::dt, j~{n:~~:, ,ded~~rz~~.~bn dtJ ,:ur~~" ~Eri :~t>t~~ d~ ~~$

1A.L,.Pm't~I~(~t~\Jpt~:m~~~;~~m~ WtlgmJ l~}J"~~i~wd ~~n~<~iúué:~f~:((k$lh~at~~km~%útF fhti&w~x~ri(~~'tkmami~mo !WhW .. im; ~\~1X~t,tüs. l,'J,.~nHlJtm,y d¿':b~m, tk~~x~t'k¡:K't'edil:;,~t~~ f~had~tlt~nt~t~di-d~h~t~r{¡;~ •.,d~·, ..~~~>. :~~~p~~;~i~t~.~dad{~K.~~)t:r{~~P(~~ldit~t~t~~>. ~~: .. l~~. ~;í ·t~'t;(~s~o~·htsitnt~':~ h()"í~~(8r~~g~l~~h~~~L

PÜt~:~~ ,%·I~~i ..(~ü~. üp~~ .. ~~,··r~~ttit::~~~}~ntt\ ..Q.rt;]~H~~i(~t1~~(l~}~ ;~:~~n ,::. ~.hi.· ·org~:tt3h·:$~~h)H .. ~s~Uh::~'D (:;ün t~~':), :n\ttr~:a~"t~~~~:B:(~íni~#:~~$:: I~plka(h~$ .~.. b t$du~m~kh,(}tg:¡mt~.;'\.d~)~ p:wd f'<{ink>hWk.. I Id~: [:~jl~~s(~~:6~~y·:·~)ier~~~ht~p<~f ~á~ ~~drninit:~~~~ch)n~~: . ~ .~

f:~Jt~t:~~t~,~~t~~ {k:: la~ (;o~:ntH1hf~~dé~¡ A~t~~t~n<~fn¡t~~ p~~r : ~ ~

fmdt¡l:c~¡um:m ¡;in ánú~(}:e~~ b>:::::e\ qw~ }Hw~n $M~~ l...] Ihnt~~~~~~~~~~1d~~~ !t~';:(~~~f}~tM~n:s P~)f ~~~$ rit~~d~~~: S ~

{\.{hninis:tt~~t~rn~~~:~dú~~16v~~~,;~~{ ~~{J~l~~> jos 0fgan!l~~d~)~ : ~ ~

."." ...., .... ,..,." .... ,.. I H¡t:stll 4:ÜO¡:nmRm 1 Ii 1 J

l. I 1

1.

,dnh:~J~Jt ,exn:r-e,3~d{~~~, ,~n ~téd~1~)~ ~{~ ~n~~n.d~tft~ qn:~ ·~~~d~t ~~ ~

I~t~~~!=~~~-~+--"""-+~-~--l::. t §

·~,;:.;l."t:~<'" Pü~ ~}t.t.;~~ {$(:~f~~'i::h}.d~~ di?: t<~fn~~~;~hS:n

·~x-::rf~:::::{~jf~:t!~ttslii~t)b) '~~~ ~t~3tet~~ };.~dnt~~t~v~~:> hAtluki~ hi:h1:1r~t*h::i6:d d~·t~Jt~f}§ ~ ,", :o-.:,~:o·.·"" .~~~o·,' ú-:~·, ,·no',·,,;·,",,·· ~;....:~.:. "~"" " .. ~.;:" o..;~,.~ ,.••

I~Í(nrc~~d~~.·.~~p~~J;:)..hd~d d:~ t~ q~~~'" Bit~~ tÜ:t~~~~'

l~t~tft~§pÜlldi~~~l~~{~l{)u~~rp~}.~x~:r q~~~t· ~{~ ~~~tl~l.~-f~~{~:

d:i~tá1~aH l~~.d~:,in~~r~~~~~~'t::n:~l ~~nü)nH~~ t~dq:l.ütid~;:ttr~H¡,é~

d~d p:~·~x;::~in;:Je:tÜ:~~ d~' .~~dqu:~~:a~~ü)ts d~~ ~nte:\~;a.s~~~8t~~ah~.t~d(':%rC'gu1~d~l- et~ ~~ t~h1k> ~ ~r d,:~l N.eaJ tk~~r~tn

~~;~~~=~~O'±:::~;~~<;-=l~===:=="--J

460 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272

WW~::::""::::""::::""::""::::""::::;:;:::::;:;:::::;:;:::::;:;:::::;:;:::~::~:""::::"":."">:-"":::-':"... ;:;:.. ;:;::-;:;::-:-;:;::-;.;:;:;.;.':":.;.",,:.::""::::"':::.:>':'::;.~;.;."";.:-"";.;.""::::"':::::"':::"':::"':::::"':::::"':::::':";.;.;:;:;.:-':":-:-"":::-""••••"':•••"':.WWWWW"".:-"":-::,,,,:-:w.;.:.;:;:;.::;:;::-..;:;:.. """"W.;.':":-;."":-:-;:;:;.:~:.;.;:;:;.::;:;::.;:;:;.;.;:;:;.;.;:;::.:.;:;::-;:;::-;.;:;::~*-~~*-~~*-~~*-~~~~..*-~~*-~~*-;;*-~~""'~}~~~~11r;~;i;?I~~~~::';;:;""~~-~-~-~:-~~~:-~~-~ ~¿~;:;:~~*-f*-r*-~~ *-r*-r*-~~""""~~

:t}uhHl~(;i'~>n~' lt~$ :;2t-Ut\~:T~~.~ kt 't~::V~:~Hl<: (d 'V(~h~aI1:l~~\, ~~'~ :~ü'1~) yh~pág¡Nt inidd y find.

2. ~ .1~~ Por p:ublk;:<st:~oíH:~:S ~~e ~~~f~~tner ~::~i;tüi6~{~ y~:troy%':{~t~::::& ~: ütn~)'~{~~ ¡t~nft~' 'tktüea:;s ~~~br~ tk~ di~~·tp~iu;$:~.

tA~~tt~) d:td :C:Ot~t*~~~).,~. ~,'.' ,',,' .'~ , ' ' , ."," , '."', '..' .-'.' - , '.' .',,'

... :P<u' p:n:~~}.1:k~~~ ~~~r:: ~:~.pn~~i.~i:~)t~~:~

"k ¡imb!t~~ ~lrt,m\.'¡snlGÜ,

L~~)~¡ n~¡:éfs~~~ ~~;p,~~rt*t.d{1~ dt~ ~t~t~~~ít~B> (~(3t~

~~~lbtsp$rt~d(~~~ÚS'{) p<'3tbiln 'pllt~lti~tr~e pt~r u:n~)

Et~ ~~1 :C~S;¡(~' th~~ púhlk~~(:'h)n~~ q~u~, ·~tl-hH~wntc~ ~.~ ,dR~~ enfbtJt~~~~~) ~,d~::t:tfá~Ih~~\: :~{~ ps"~~.~nü1r~ nr:: in:~~~rn1~ (dl~J;:¡;J ~n

~J ~cwü, dt¡t1~¡w:h,m;:l ~mh¡:nr, c~rtHk:m'{l~pt:'k ~n,bif'

,;;~d~íl1 il~C;;¡1tttt~~l:\ h l:\<l!'lt ¡kd<itü~ h¡blkl:p"iJk;:¡.En ~:~l:~

d.{~~lHt¡t:titG :~ it~d~cat~ J~~ 1:~1~~ d~ ~hlt(i~.~ íil dhJh) d~' h*pubti~:~~'ión:, k.1~, atH(Sl~~,;: S;§ f~:v:h~.t~~~ ~J '~¡.ü~u:~n~n, ~:~ _~~f~{) yh pág)l1¡t hElcúdy l'bnL

i\q~.l~lh,=~ p:ubH~~~~·kH~~~~ que ~~~t:~Hsd{} übhgath:;;~ t~

~ül).~~gsur ~~:l 1S-J3J~ .., t::n '~'útt~{t {i~ in .(~ü·:~pU~8:~t!: p(tr ~J

I)t~:n::tt~ 19~4t7.z~ d~~ :1 de nÜ"ltknl~bft~ '~at~~W·:ll~ dt\~

~};Úsl~in::. llQ :S{~~~;n- vainf{~da~~,'rt:sf. t":,t~~:n('S' .~~q~,~Jht\ ~t~ ~~i3.~' qtM.~

::J ~lstor :St>a :e:~ e{Htü~ d:f=:: l~.:s nl~~~m~.

t.(::~ ,~n:érHo~: .apnrt~~dü~~ d~' .~l(~u:~~t',d~J c~)n. ~~3Ú~; ~~Úh~~1~tk~d{J:

n~} '~érái1 te:~üd{~~" -~:~n :~~Ú;:~~lÜl ~:~.n~n(h:~ ,s.t~ ,h~Y~1n :~~p(~rmd~~

p~~n~':~,~~ 'v:;.~hJr~lts6n. p~)r ~~t {~~tfü~d.o l~J d~~ ~:~~:e i~tr~::n~~~.

Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 461

tH.>{~:31tl~~~:lltO JSl~~~Jlc~~rttvQ .d~l n~n:t'ihtanl~~nt(~

¡::ün ~~I}1"t:~k!:w 4~ t¡-¡ dunl~k~l. Ni!l~kl {:;¡~g.(~,

2..1:..5.:-- lil:nr ,c~~t~~.{t~:f~,cl~ d(~::wn{:p~$~~}'d~put~~~N)~ ·~~t J2Si\:dfnül~~}tr~~(;.~á~~~ f~du~~:~:iv:~"t de,hf\~'ül d~~>ü~~~1Jd~~~t~~n~ü {fud~ttü~(sjgi¡~r Q :*u~~r~~:}r ~~úg~~a:dn ~t ·(\H~J1R1P~)t ~~l

j""""'" ""Y,,-,,,,,,, '=-~~~ ~~ ~1fTI1~~~~~

¡ :NUUiH'l:)S ~ .~.L[}.RAU~lN rn¡W,.hM~N,~ tW il~r~?;~~;~;~~l*J~l~,!·.k<Il:""""''' " ""_ , __ __ __ x -..: ,................. ----- "'", -..: ~~~_.;., ~ """- "'« " ~

1 Iv 1" ".~}l ¡ l '"'~'l·l~r¡.,., "1"'" ",.¡ l"> "'l~ >,.,~",',' ''''1'' ",","v ,'.».>""}I~ ~,~.:.:~ ':~":><-"~ -'_" ".~",. 'H ... , • -'o.. -" '" ., "' •••• , ' ... , 0" ", •• , ... , _,'- ~ ~ y..... ,,~~Xi~ .....~ .. ~.);. «"'$~" 'i••):....xc,;;¡'~:y.~'i.~. 1';;""'''''';;''': y,¡;.,!<Jo~~.

~ ~ ~ § ..... "'~~fr'.¡ ~''i ~.~ ~.:.~~ ~~ ....atg~..~¡ Ln.$ ¡hKdzHU'S; de <tilo ""¡;' comput&Th':l S3 m~:.M dt: 0.25 i i '~'" :,'" ,,, ,,' ~ ." ¡¡ pt~h~:~~::i pnr ~l~% ~~nn1x~k"'!~) ~ ~ ~

,1 Ut,-P., ""'" "'l.,,_ \-,1<,."","", &'""4;",'1<,, I '1' Wó...,,",,i.,,,. "!?O"'i%' !'!J1 l. i:: J{:'fe d~~ ·l~~;ÜHíÜ}~ <~Se{~t·{~:!:~:d~)y ·~~án~:a~~:C$f:)~ .~~~}. .~~*~1:tn}§ ~ ¡\dtnh:ú:~tt~t~~é~) ~u:c~t:~:\~~ .. ~:t;::ft~~~:t~~t~ ~t~n ~:

1 }1úblkm, dz~¡::~tt@ ¡vi~r d¡"IXJúd(ís1(:ü:mpkmwn¡~:i». I dih~~r~¡::i~ <k ¡:mM:t¡km Y;;;*~Ü,~l1~l,~. ¡::.~(~, I!:: cn~rt~r d~1 b~~t~~rnn)~, :.-..::.';. v ••·,,,.· ...>·••·.·_w.·_.. ~.-'"'.-,·w. . ...·".w.·.w.··....'. ~ .1:.(XYp~tt3:tü~-} t'$:tlific¡*~~~Ó~\ ,~fl ~hrq~~~' cnr~st~'q~~· ~\~tt~ c:ui~s) ~

l.!, li,' ¡¡""ti,,,,,, "" >!l' '" -1'\1'''#' " '''''n ,;., lU. ;'l:¡:ll $4",,""""""<l<il'¡¡&'I..;.....Ir""'" fl''' mm¡ "'lilr1,*" ,

~ ~ ~. ! 1P~~r '::W~~: ;$tl~)~:~t otto:~· {~:~~rgJ~§ dh~~~Ü\·~~~~ d~ ~l~ :C~th~~tHn~~n~~) }u~tÜf~~:~Hi'~?o d($r'n:t}tn:bf~:tn:Ü.~nt~~ ~

~~·tstt't~t~vu-r~H:t::r.~% d~~{~tlt{::~L (v:~t (H31~::t~$iclúú (~~)-t~<~xprt~~.ión d~~- t:a '~t~r~~ti6:;:~: r~~~d~l {~~rg(t ~\:mr,pkr"lt'nt¡¡ri;l(;tl~rt" dd b.;:m:nw) !l ,no putl\l)ii ¡ ~

.,.,.•~,.•• 3)..•.,~... ~l:l l", ¡ll'I.~~~ ft·~c~~i(~~H~~.d~e <#:}ü :~,e t{H~~§)ut~~rán~~.n~~~,~i~l d~; \~~l.-~:;'~ ,

p'Slt~tÜ:~I~~~t :~le'~ ~úSl1pl~t(3 ~ ,.

I 1 j

,;.t.J>~;~::·: t~~}r (;:~da ~l~tj d~ ~:h~,,~&:lnJ~~~~) <le ~~t:g~) d~ ~ :: r),:.)(~'u:n~~$lt~:), j:~~:~üfi.(.~t~·~~,~). d~I,·~~~)tn:bran1:ittn:t~){·.:>.:X•• i~1:. l"~~.~.~~'.:r,'l'>~.·.·.il.·.l".:: {~.:~,~.'.~.i~~)í..;,\:.,·~ .. .'. l~ n *;.::; '-,¡q,';.. ~.. ... . .<.$.. J: .~ ..,~ ;~.~) ..... ~,~.~ . ;('l'.'~:~ ,;;;'~~ .. ~:('>~':(..:')," .. ~ ~~ ....... ,. ,,,,, ... '\,~; ,-x.... ~ -};).. .'••..:..••.... ~~ .• n.' ~ .. -. .. ".·,~'-.·.·.w.·,...'.·."'.·.·.W· v(~~}{~p::;l\~~~:}~ ~ tAlt1~::tlq:::n..~~~."~n{.J.:c·.~~:(l.:~:r~:::;..;:o:~~(~;~ ;,..~.~:~ [:~~.~ .~oi* ~,}o"

¡ rl.,M thK-,,:,101W$' d~ 1:\:tSl:>.~ {'Ül:np\.1tndH¡~ fll:?:ón d~ Ü,Ü4 ' .

I I~ !'I~ ~!~ ~i ~~ i

~ ip{' ~""' P'-il'i 'C1f'i3.. .. ".... .. .,. ... .. ... . .. .... . "... .... Il)'lll pm'¡¡,}~ I !~ f·" '~"'(:t:l"':l}'''' '.'j,., ¡~Úü $oC: :::~m:¡n¡s~~ds~ ¡~ ,a.,..:Útl ~k ! ~ I~~ .s..":~"~ ~~):o; ..... , ........~..... ~~. ~ ii ¡Bl11KK, ~).t tm'& ~:<1l1.1P¡i~H1 ¡ I,

r.: "" """" ,,"""",, ··.."""''''' ·t.,l ------- ------_ ~,~!-------j.

: ~-~.3 :E;~:t;J~~i~¡:8Jt~:~t~~':'p,&r~t ~i~~~;::;.1;S~ú~~~{~dt~R~:n N~:v~u:~nl:- :~l ~1~~xü~:¡:á t.~})Ü r~nlt(~ ~~

¡ p¡~ú>Vilscüy~nl~ CnmlmkbJ A¡~1{ltll.1tml\.'~ktldm},1, ¡ ¡ 1*

~ ~ 1L~~~. (~~.)n':{O(:i~torh~s. ~~:~~p~~~Jfl~:tts:, {.>(~tr~~~~~}r~d:~~~nft~~ .i$. ti:~~~~~~~ ~ ¡ ~

U~)t,s::~d~~ve:n :N~\';Strr.~~:. ~l ,p~~~: \,~'~~(::rl }\'~>n' [~t (~(~rtl~~;Hkttd f ~ I~A¡..¡¡Ólwn@ V¡d~n(h$m$ ptxtnb ¡:¡.&ig;n>*r h.¡I¡¡S>* tUl l\l¡~:~i.nw l ¡:~r~; :5 p~~~1S~~~,~i· •. :¡t~~1 11~{~:[hb~qS:l<:: ~:r:~ t:~;;$ rn,b.~:nn:~¡, .:~~~[¡ ~

~ :d:t·~t~:n:n:~ntn~~nf.hn~ió~l{~:e1~~ p~~:ul~~~fid~~d~~lü~~~t~~~tü.~~~~ .,1. l,,! I

i <i qu~~ rdkn:: tI ,*p\ir~~d¡¡U dd ;¡¡¡'ID::i.O m d~lR{~;¡¡1 ~

j,: ~)t~~~~~~~t{~ 'l111./r~}:~8~. dt~ 1: <~~:~Ü%H;<~) .. l"10l qU~,~~t-;; ~ ¡ ~

::-.''}~::."):·,,~.l· ::~n.•V:)s.;, ·¿·~:tl~~~~r~{::s ·d~· tr~~.'~~,hu¡\~ ..d~.'~:.án~bih~,~ n~ch~í1~tl ~ ¡ ~...... ~:-:'\, ""':> ••. '.'-', ,~'t.~ .. '... ' .. . .. ... .. .... ~ 1 ~

,,""~,.J.}•.:...~.--.•~.-":..;\hr flt(~\"lj}Wn \:It pl;lls5 wn'~~iJxmdi~wt~& *l i\)); I i ~(\~~q:::<f~d~}c:t~nt~~~., ~ ¡ ~

.~ .,.'-..,"'"__''''''' ,__~__",_",L_"""""" ,,,,! ~{}) l..~~¡: ~;'nn-"~o~~~t~)t'ük~:Pud:n-~.n~l~ttrtni-n<tt''1u~: hl ~:q:~~di~~:k)tr dit'~~J:~r~~n'ÚK d~,~t~:$ ~~::l;~~j};)K :$'€~ :t~~~H~:~:n ~1t~,d:~~nt,~ ~ü$; ',do{;-::~n~~~~'Rt~~ j~~$;d:n~:{~tsV{}:~

~q.~}t:: .~~. '~~~J ~}tct¡:) }:;~';. ~:~~~~hJ$~:~:san .. t:n ~~H:·rrá~tna3 (~: se· .b;~~;f1tp~:~t'{~n 'd:~·. :iJ:n<~h:rpüth~:, ·l\dn:ünh~tr~~cfón t~~X~J~:o~;~~nt{~~; ~~~ar\ih:~ a.~~~{)n~s~~~n$u~~

462 Martes 14 noviembre 2006 Suplemento del BOE núm. 272

l~~.. }\ lo~ ~~frttt~. d~!~~~.~~üb~:spar~B:du~< r .,1.:4< y ~,/1.5.;,~;~ v~Ü(~r~~~~~n{~üHlo. '~~:l1~~ tnd~)~: ,~qu¡¡l;lh:'1'~ ~(~f\ri~:k:¡~: q\~~ ~;~

~;ürtl':~:tx~nd~tl {~~)r~~~t\::i,in~ {~1~tt:h;:~~$ pr~:~tad~~~:~~~~d.~ t~t~:i:::b;i, dt ~:(~kJü'rl~~:~' r·lUCS:O a:cad~h:ni~~~:. h~:;;t~t ]~~ :iix~ha:d~~'ill1H~:~~~,f~ck~n

¿d· l'¡:'ÚM-n<l,

2." LI)~1'i.<;;tYk¡9ii' ~hJth&:"~;~1¡¡h>§~uhl1F¡;'tt¡¡¡JlJ~ l. t.2 v MJ~t> ü:nkh>§ N:¡ Nloent.~en ¡t)~ ~flm¡ ¡;,:n ql(\t61~l\il~ dm{dnh1¡~:lX,

(mtt'(~~l¡ ü,~(m k~ :${:'tvki\)§ d~ ¡m.¡;:¡¡b<lpm't~dG$ •• ~ 0.1, L l.. A (¡l. '15.

:3 ,.... l~;h:~~ {~J~~r:r:o~; d{~, JS)S ~Üb~p;ltt~Kt~:::3 y L} .4§~:tá~t~:::011tp~tfHdn~ J(t:~, ~.:~r~"it:~ü:$ '11u~ ~t\ h:tfbi~t~~n pr~~~·t~.d~> r::n ~~tu~;~~Ión d~

:5:ittt~;'~(;:k~:~:o (~~~P{~cj.~~~~~>· (;:~pr~·~~tn~~ílt:'$ dª:laf~~~~:~:)~ t~):~~~(~tal~~;, ,~nk~;&:~ip:~irt~t~h:)~: pre'~dsHJ~' '~nt~attü::,d(~ 29.2:: de l~

30/1 ~JS.4:~.>d~~: )1. ~:1i~ ):~g~~~~,{l~~~~rf~;~)n)nk~~:, :~~it~~~(Ü0n{~~dt~i~ér~ttc;(t tH~~~tt:~~~1:~~~~d8~hl~~h.:tap(H~{n~pQ:~~J~i~~u&\~,,~~1.t~ris)tt\~:,aJa t.:~~:y

3nlt~S:4-::>d~2th~~~gP§.t{L jgIu11fn~:nt~r $j~~rá {:~~*npu~a:d~}; ,,~~:3tü~s~f~{:tüz~ ~~d prinl&"::t' tUlü d~ :~x~oo~n,J~~ pOs (::uidi:1d(~ d.~

:!~tn:iJÜs.rc~:~ ,d~~(:h~t~d~: ~l({ ~\~ne:rd~) ~~{H} hll.:~:y.39/r~{~~~~) d~: 5dt~ TIüv~~~tnb:t~~,

..~, .. ':-"l'~" -;.~ o·t ' .;: .... ,.~ .....o.. ;.....-; :-.,~:-. ·lo.:¡....~' .;l:;;..~. :~).;j,; • '';¡'", ~ ... -" .•-,;.•", .... ;.¡-:;: -.1 ~:-..',';'l. ......~.... ~,,--. ••.•:-. ........;.,,-.,;~:¡.. "'-....-:s .."'...., ,~ ......o"....··1· ¡.;~ ... (",,, '~'o)..:..' ·),'ll·"~;-·~'-(....'" ~.;> ...-.+~ ....< ,..... C.:I, . s:1 ...~ .,. .:o;.~ ~ ' ....

}~\. :~".~'':-''~'~o:'~)Z {~~':~$~~~)~~?~~:~<~~~~~~: .. '.' .. ,'.~:,. '~;~~}.~' ~..~:S:t'::::~'I.)~.:?x:: x.:br(~~o}::~~.;'.':: ~,x~o:~l:··~:v~··x::,~.~,(() ~.},.;~{.:;,. ". ~~¡;~. ~{;.. :"-:b~:"~~~.~,, t:,,-:;;,·~~~"·¡P»·~,~·n {" ,·:.,,~.~:n~.tsn~~.;.>

,s~wda ouy;§. .panttib p~rt"w;>X,,~j¡l~,plnmt~¡;ml ~1~j;tml)tktmH:rm,l)~nd qlW i,;~ it;¡t~;~(l-~~rltl>,.~wmpt~ qü~%;hl

~üü~ciiü1 Si1sptiqueF~f'dküi:'dt~ ~~u d:e:St!:nt)d(;~c~~ntt\~:~etHí:~~ ún.~~~}n~:~:l~~:~~>sn;p~J:t{th~~!"} p~)r ~~~t~~ ::~Slb:apart~dü: l~)~ $e:r~{it~i(~:~.

pr~:~ta;do~,. t:;;.n:ntl fÜ$l=~itJ~~{~:d{~:·d~~ ~~:~:n:;ttá. e:n.~l·(~\~~n~p:::}. ;:1l·.q~~:~·(?~>tft~:~p~)f~d$t;01~,· \,,~ ..:,.':,~~,~::jt:

~)t{;e<r¡~n<~);::c~ptüiSdó~,d~ 1~(3 'tn$~:~:U~:~~:~ t:~l id op~~rt~rt3: :~~:n{':dz~~f" J(~~fünckn)*i:rÜ~~~)bU&~~dn~~ ~~o~~Qnc:ur:t~~~rrtlfh~b~r ~~,:;nHd<~. ~~~

d(~§tin~)d~firüts:vo en (~:~Htrplirnl~~nt(:~d~~.$~lstt:~~l:c:~~~~,~~~~~c~h:u~ié:~1d~~~ te~~~~t~:~~l-' p<H·;:~)t{~vtnú:d~~ (~x;;::~d.~:n~já~~$r.(:~):s:~· or~Jr

t,;lpr~:sí<:k~ df: tHJ V~~~W ~h~ tt\'th,~¡;:''l ",¡¡ fm{0~6i:tÚml:t>°~~éit«bj~;M(l~""lI1¡l p-:h~~Nlk.",:>nvmmtod<l, A e~tm fhr¡¡~jnmlrkmk>.m:~n\

d~~:. wpth::.a~jóS1· ]~~ di~p~~:~sto ..~. tul.~:f~~ti~.~n. ~.~ ·:;~ld~":ipftrt~(lt) .l,1.04·~J.~d' t~~:t~~~rK8.

Lml Ü:l*':¡NU,,:r:b~ lk ~mn:w qll~ pM'l.k¡pt~n twr pÚtll$nl. v~~~0n('¡lt~N:::.~rvdulrlar¡~Jp}d.ran<lptm', IflditA:l1.ihb \;'!l§l¿Üt~1~~n.~~ia d~~f::i~tt~s::::~p~~~~.iÚnl- p:(~r J~~ p~_~n~u;~ciÓr~~*)rr~sp~)nd:~~nte~~J.~tü::~t:p~tnad:(~ 1.,1 ,,4 :dt~:~\~~i; b~ttstf{},Ü t}t~t tI :~:u.b~p~tt~~:d~J

1,1,) dd mi%ll>.),

En:~l f;:~~3~} d{~ol~J~f~~í~$r 1:a ü:r(nt:~~1.r<~r t~J,:SJ~h<~:p;'~f~~do1·.~:L5,:s'e,~~~·.p~n*t~,~rá·~1~··e~~t~'g;uba~%.~t~~d(~ (sd~n~a~ d~ ~~~~. ati~)~:- d~~~t'yi~:~~): l~r~~~t~~~h}t-; :tB)lrtO fU:~it:üHi~ri(Sd~:~~arttt~{~n:t:xp~)Ct:~oÚ~tn: :de' tt::~~tinQ'~ ~,{)~~ q1J~~.J~~lb~en{:n pre~~h-::d(~ ~n :~l {;~·ntrt~ de;sde~j

qts~p~~rf~~ipn!~(;tr~t ~Ht d~~t±nt~ d::;)fiíÜd~'{} ..

:En· d~U¡:m(:'?lf:(~ \i{~ m>m;l:'lH~ii'I*~W\:'k;t<<.ügmm o~~l:. l~ in){ünldada plfd,:¡~<.m¡úr" §e ~~lHt;ll>hrá qu~ nptms por hl ptmbildónl;;:(~rr(~~rHHJdj~:nf~'::~l~. ~3~Jb~~~l~iS:tad~)1,1~,4 d~r ~~a~ :b~~r(~~t~h

./~h}~~f~x~lÚ~ IH:t.~~~h';tn~o en k:j;!:~ s,u~~~{~r'ta:rt~idü~. 2.2. t~ b~1r«n~(:t<4~: ~nsBrü.o~, :~:t:'{~~1_n~id~r~~r¡2in :~x~t:;tfx)~,t*J}h1h.x:!:3:~~

:h:3$q~it~ Ct}tI~~pi:):nde~) :~~~ 0~1~,(~(tnt~~0~

C(ln~fv~ltm'¡(~;Sup-t:::rh>ru~,d~Mú",k,~ü D~'l.tl;w

{)Jn~r\\'t~~:'Hri<~~ }~t~)i1:~~~t~ná~~~~' {h~!\:i\Í~~i(~~~:(t l}~ut~~:;s

C~~r~~t~r'\\"':itü:do~~~ :Hh::~n{::n~at~:;:;·d~~fÚ$.i~~~:

E$z:'u~:I~~ ·~~.u:r~~:r:~Ot~)$·:d(~ ·A..rt:e I}n1:n1át~czl

!{~~:ts~l~~gl~p~fi(:trO(t~~{:~~t~tn

}\ it't~ .~fe(~~.<~§; pí*,:\.:ls:~~)~.{~~~.0~1·:~üb~ir~~Ht~dn'.2~.2~.2d~::~ ba:r~::n~.~~·d~~~. ~~ntrhü.~.~:.~. ~~).)::t&~d;Ql'{~:rá,i.~;ynln s::;at':~~)·rlir:~(:Hvn·.·~t~ÜH:n~~dü~:(iú:~~J,~~~:~{:};~,~l d~J~f~ d~,: .lS~~tüd:Ú)~:,/H~j:U?~:tü

Suplemento del BOE núm. 272 Martes 14 noviembre 2006 463

p~!L~:~;:::Jb~p~l~~dü1,.1...4 d~~t b~ren}n d~~:~ts~t~t{)~ K;~: rH~~nfüáfán'-lü:~ :;igtüt~nt~:~;,cár~:t)~dlr~{lfyt,~~

d~-~)~:n:ü;t~~tiü

d~: l)~p~,tt:;.~~:n~~:~~l:~>-d.i:d&cti~K~

COMUNIDAD FORALDE NAVARRA

RESOLUCIÓN 220812006, de 24 de octubre, de la Dirección delServicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación,por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentesde los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, ProfesoresTécnicos de Formación Profesional, así como de los Cuerpos queimparten Enseñanzas Artísticas y de Idiomas.

ANEXOS

ANEXO 1

Relación de Institutos de Enseñanza Secundaria

NOMBRE CENTRO CODo LOCALIDAD CODoCENTRO LOCALIDAD

lES SAN MIGUEL DE ARALAR 1 31008268C ALTSASU/ALSASUA 310100001lES SAN MIGUEL DE ARALAR 11 31009066C ALTSASU/ALSASUA 310100001lESO 31008475C AOIZ 310190001lESO 31008384C AZAGRA 310420001lES BARAÑAIN 31007525C BARAÑAIN 319010001lES ALAIZ 31008220C BARAÑAIN 319010001lESO 31008347C BERRIOZAR 310160008lES IBAIALDE-BURLADA 31008530C BURLADA 310600001lES ASKATASUNA 31008244C BURLADA 310600001lESO 31008372C CARCASTILLO 310670001lESO LA PAZ 31008335C CINTRUENIGO 310720001ESCUELA DE ARTE 31001821C CORELLA 310770001lES ALHAMA 31006910C CORELLA 310770001lESO 31008396C CORTES 310780001lESO MENDAUR 31008323C DONEZTEBE/SANTESTEBAN 312210001lES POLITECNICO 31009042C ESTELLA 310970001lES TIERRA ESTELLA 31008281C ESTELLA 310970001lESO 31008487C GARRALDA 311150001lES 31007008C HUARTE 311220001CIFPS ENERGIAS RENOVABLES 31013203C lMARCOAIN 310880004lESO 31008499C LARRAINTZAR 312360012lES AMAZABAL 31003209C LEITZA 311490005lES LEKAROTZ-ELIZONDO 31008271C LEKAROTZ/ELIZONDO 310500028lES PABLO SARASATE 31006791C LODOSA 311570003lES SIERRA DE LEYRE 31008293C LUMBIER/SANGÜESA 312160003lES MARQUES DE VILLENA 31003441C MARCILLA 311630001lESO JOAQUIN ROMERA 31008360C MENDAVIA 311650002lESO ELORTZIBAR 31008426C NOAIN (VALLE ELORZ) 310880005lESO 31008505C OCHAGAVIA 311850004ESCUELA DE ARTE 31005085C PAMPLONA 312010002lES PADRE MORET-IRUBIDE 31004500C PAMPLONA 312010002lES EUNATE 31006090C PAMPLONA 312010002lES PLAZA DE LA CRUZ 31008301C PAMPLONA 312010002lES NAVARRO VILLOSLADA 31004536C PAMPLONA 312010002lES BIURDANA 31008256C PAMPLONA 312010002lES VIRGEN DEL CAMINO 31004573C PAMPLONA 312010002lES DONAPEA 31005051C PAMPLONA 312010002lES JULIO CARO BAROJA-LA 31008529C PAMPLONA 312010002GRANJAlES SAN JUAN-DONIBANE 31009054C PAMPLONA 312010002lES AGROFORESTAL 31006922C PAMPLONA 312010002lES SANITARIA 31007011C PAMPLONA 312010002lES MARIA ANA SANZ 31007380C PAMPLONA 312010002lES BASOKO 31007823C PAMPLONA 312010002lES ITURRAMA 31007446C PAMPLONA 312010002lES ADAPTACION SOCIAL 31007872C PAMPLONA 312010002IESNAPA FELIX URABAYEN 31008839C PAMPLONA 312010002

lES RIBERA DEL ARGA 31005115C PERALTA 312020001lESO RONCAL 31008517C RONCAL 312100003lES EGA 31008219C SAN ADRIAN 312150001lES SANCHO 111 EL MAYOR 31008311C TAFALLA 312270001lES POLITECNICO TAFALLA 31009078C TAFALLA 312270001lES BENJAMIN DE TUDELA 31005735C TUDELA 312320001lES ETI 31013173C TUDELA 312320001lES VALLE DEL EBRO 31013185C TUDELA 312320001lES TOKI-ONA 31006077C BERA/VERA DE BIDASOA 312500008lESO DEL CAMINO 31008463C VIANA 312510002lES 31008232C ZIZUR MAYOR 310760002Notas:El lES "Sierra de Leyre", dispone de instalaciones en las localidades de Lumbiery Sangüesa; por tanto el personal que obtenga destino en dicho Centro prestaráservicios en cualquiera de las dos localidades.

El lES Lekarotz/E1izondo, dispone de instalaciones en las localidades deElizondo y Lekarotz; por tanto el personal que obtenga destino en dicho Centroprestará servicios en cualquiera de las dos localidades.

(j)e

"'Oro3ro::J....Oc..roroOm::Je,31\.)

--.J1\.)

~Dl;::¡rorJl

.....

.¡::.

::J

~.ro3C".....ro1\.)

oo(j)

.¡::.(j)U1