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Coordinación Estatal de Protección Civil Dirección General de Protección Civil Diciembre de 2019

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Coordinación Estatal de Protección CivilDirección General de Protección Civil

Diciembre de 2019

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Manual de Procedimientos

Coordinación Estatal de Protección CivilDirección General de Protección Civil

ElaboróLic. Alberto Flores Chong/

Coordinador Estatal deProtección Civil

RevisóLic. Alberto Flores Chong/

Coordinador Estatal deProtección Civil

ValidóLic. Miguel Ángel MurilloAispuro / Secretario de la

Contraloría General"Validado de acuerdo a lo establecido en elartículo 26, Apartado B fracción XI de la LeyOrgánica del Poder Ejecutivo del Estado de

Sonora, según oficio DS-1482-2019 de fecha03/12/2019"

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Contenido

I. Introducción

II. Objetivo del Manual

III. Red de Procesos

IV. Presentación de los procedimientos

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Introducción.El presente manual servirá de instrumento de apoyo en el funcionamiento institucional, al establecer

en forma ordenada, secuencial y detallada los procedimientos más importantes, a seguir en lo

referente a las acciones que la Dirección General de Protección Civil realiza atendiendo a la misión del

Gobierno Estatal.

Este Manual, Contempla la Red de Procesos, la Lista Maestra de Documentos, el Registro Histórico

de Cambios, así como los procedimientos desarrollados, las normas y políticas de operación que

regulan su desarrollo, así como los instructivos para el uso de formatos que se manejan en algunos

uno de ellos.

Con este documento, la Dirección General de Protección Civil da una visión más clara y entendible de

los procedimientos de sus actividades a desarrollar, mismas que le están conferidas en el capitulo III,

artículos 22, 23, 24, 25 y 26 de la Ley de protección Civil para el Estado de Sonora y en el Artículo 22

del Reglamento Interior de la Coordinación Estatal de Protección Civil.

El lunes 11 de junio del 2018, se publicó en el Boletín Oficial del Estado de Sonora, en su número 47,

Sección IV, la Ley Número 282 de Protección Civil para el Estado de Sonora, mediante la cual, se

crea la Coordinación Estatal de Protección Civil como organismo público descentralizado con

personalidad jurídica, patrimonio propio y funciones de autoridad administrativa, sectorizado a la

Secretaría de Gobierno.

EL Reglamento Interior de la Coordinación Estatal de Protección Civil fue publicado en el Boletín

Oficial Número 46, Sección II del lunes 10 de junio del 2019.

Este manual deberá actualizarse en la medida que se presenten cambios en su contenido, o en la

estructura orgánica, base legal, funciones, o en algún otro apartado de la Coordinación, que incida la

operación del mismo.

Objetivo del Manual.Presentar en forma ordenada, detallada y secuencial todas aquellas tareas y actividades que se

desarrollan al interior de la Dirección General de Protección Civil, precisando las responsabilidades de

las distintas áreas que intervienen en la ejecución, control y evaluación de las mismas, con el objetivo

de equipar al personal que labora en esta Coordinación de una base documental para que conozcan

la manera de llevar a cabo su trabajo, buscando la consistencia en la operación y generando los

medios para la mejora.

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RED DE PROCESOS Fecha deelaboración Hojas

03/12/2019

Código de la Red

216-DGP-RP/Rev.00

Coordinación Estatal de Protección CivilDirección General de Protección Civil

Macroproceso: 01 - Acciones de Prevención, Atención y Recuperación en Materia de Protección Civil

Subproceso: 01 - Aplicación y supervisión de la legislación en materia deprotección civil, relacionados con diagnósticos de riesgo,programas internos e inspección y vigilancia

Responsable: Director General de Protección Civil

Tipo: Operativo Producto: Acciones Preventivas y Correctivas en Materia de ProtecciónCivil

Eje Estratégico: 1 - SONORA EN PAZ Y TRANQUILIDAD: Gobierno garante delEstado de derecho, la seguridad y la paz social

Indicador: Índice de Acciones de Protección Civil para disminuir lavulnerabilidad de la población total en el Estado.

Reto: 9 - Fortalecer la cultura de protección civil que permitasalvaguardar la integridad física de las personas, su patrimonio yentorno.

Facultades: A

No. Código Procedimiento Productos Indicadores Cliente

1 216-DGP-P01/Rev.00 Dictaminación de Diagnóstico deRiesgo

Oficio de Observaciones,Resolutivo de Autorización óResolutivo Negativo

Número de diagnóstico de riesgopresentados al año.

La Ley obliga a los SujetosObligados a presentar elDiagnóstico de Riesgo previo a laconstrucción,. A todas aquellaspersonas físicas o morales,dependencias y entidades de laadministración pública estatal ymunicipal, que pretendan construir,reconstruir, modificar o remodelarlos establecimientos, edificacioneso inmuebles, que por su uso ydestino concentren o reciban unaafluencia masiva de personas, ocon un área mayor a mil quinientosmetros cuadrados o querepresenten un riesgo para lapoblación. Así miso las personasfísicas y morales que pretendanllevar a cabo obras para construir,ampliar, modificar o reconstruirsistemas de transporte para ductospara conducir hidrocarburos,petrolíferos, petroquímicos, gasnatural y líquido de gas natural.

Hoja 1 de 2

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2 216-DGP-P02/Rev.00 Dictaminación de ProgramasInternos y Revalidación deProgramas Internos de ProtecciónCivil.

Dictamen AutorizadoDictamen No AutorizadoRevalidación AutorizadaRevalidación No AutorizadaObservaciones

- Dictámenes presentados paraprogramas internos y dictámenespresentados para revalidaciones.

La Ley obliga a los SujetosObligados a presentar su programainterno de Protección Civil a todosaquellos con instrumentos deoperación e implementación en lasedificaciones, establecimientos einmuebles, basándose en medidasy dispositivos de protección,seguridad y autoprotección para elpersonal, usuarios y bienes, ante laeventualidad de una emergencia,alto riesgo, siniestro o desastre.

3 216-DGP-P03/Rev.00 Programa Anual de Inspecciones Programa Anual de Inspecciones Porcentaje de inmuebles quecumplen con la norma deProtección Civil.

Personas físicas o morales, lasdependencias y entidades de laadministración pública estatal ymunicipal que conforme a la Ley deProtección Civil del Estado deSonora, se encuentren obligados aconformar una Unidad Interna deProtección Civil y presentar ante laCoordinación Estatal elcorrespondiente Programa Internode Protección Civil.

4 216-DGP-P04/Rev.00 Visitas de Inspección Orden de Visita de Inspección TipoOrdinariaOrden de Visita de Inspección TipoExtraordinaria

Número de inmuebles que cumplencon la norma de protección civil/Inmuebles inspeccionados x 100

Personas físicas o morales, lasdependencias y entidades de laadministración pública estatal ymunicipal que conforme a la Ley deProtección Civil del Estado deSonora, se encuentren obligados aconformar una Unidad Interna deProtección Civil y presentar ante laCoordinación Estatal elcorrespondiente Programa Internode Protección Civil,

5 216-DGP-P05/Rev.00 Certificación de Aptitud al ServidorPúblico

- Capacitación en el ProgramaEstatal de Protección Civil.- Certificación de Aptitud alServidor Público.

Cumplimiento de lascapacitaciones y certificaciones

Titulares de las Unidades Internasde Protección Civil nombradoscomo enlaces por sus respectivasdependencias de Gobierno.

Elaboró Revisó Validó

Lic. Román Ávila Camberos/Jefe deDepartamento de Evaluación y

Seguimiento

Lic. Alberto Flores Chong/ CoordinadorEstatal de Protección Civil

Lic. Alberto Flores Chong/ CoordinadorEstatal de Protección Civil

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ELABORACIÓN DE PROCEDIMIENTOSCoordinación Estatal de Protección Civil

Dirección General de Protección Civil

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: Dictaminación de Diagnóstico de Riesgo

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: 216-DGP-P01/Rev.00 FECHA DE EMISIÓN: 23/08/2019

I.- OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO

Vigilar que los sujetos obligados que marcan los artículos 71 de la Ley General de Protección Civil para el Estado de Sonora yel Artículo 30 de su Reglamento, cumplan con lo dispuesto en las mismas disposiciones legales en la materia, revisando lasmedidas de prevención y mitigación propuestas en las construcciones nuevas, así como aquellas que se pretendan reconstruir,modificar o remodelar los establecimientos, edificaciones o inmuebles referidos en el artículo 65 de esta Ley, que seencuentren en todo el Estado, para con ello controlar los efectos adversos a las personas, sus bienes y su entorno en caso deun accidente y lograr tener un Estado con construcciones más seguras.

II.- ALCANCE

Personas: A los propietarios, poseedores, administradores o encargados de establecimientos, edificaciones o inmuebles quepretendan construir, reconstruir, modificar o remodelar los establecimientos, que por su uso y destino concentren o reciban unaafluencia masiva de personas, o con un área mayor a mil quinientos metros cuadrados o que representen un riesgo para lapoblación. Así miso las personas físicas y morales que pretendan llevar a cabo obras para construir, ampliar, modificar oreconstruir sistemas de transporte para ductos para conducir hidrocarburos, petrolíferos, petroquímicos, gas natural y líquido degas natural. Lo anterior aplica tanto a personas físicas o morales, dependencias o entidades de la administración pública estataly municipal.Zona Geográfica. Todo el Estado de Sonora.

III.- DEFINICIONES

AFLUENCIA MASIVA: Es la concurrencia de cincuenta o más personas en un establecimiento, inmueble o edificación, y quepor las dimensiones de estos lugares las puede contener o recibir, en donde se incluirán las personas que trabajen en el lugar.La capacidad dimensional de los establecimientos, inmuebles o edificaciones para recibir o contener a cincuenta o máspersonas, se determina por la equivalencia de un metro cuadrado de superficie abierta ocupacional por persona.CEPC: Coordinación Estatal de Protección CivilCONSTRUCCIÓN: la acción y efecto de edificar, erigir, ejecutar, modificar o hacer de nuevo cualquier obra.EDIFICACIÓN: estructura propuesta para soportar o proteger cualquier utilidad u ocupación, la totalidad de metros deconstrucción dentro del inmueble.INMUEBLE: terreno y las construcciones que en él se encuentren.LEY: Ley de Protección Civil para el Estado de Sonora.MITIGACIÓN: Es toda acción orientada a disminuir el impacto o daños ante la presencia de un agente perturbador sobre unagente afectable.PREVENCIÓN: Conjunto de acciones y mecanismos implementados con antelación a la ocurrencia de los agentesperturbadores, con la finalidad de conocer los peligros o los riesgos, identificarlos, eliminarlos o reducirlos; evitar o mitigar suimpacto destructivo sobre las personas, bienes, infraestructura, así como anticiparse a los procesos sociales de construcciónde los mismos.REGLAMENTO. Reglamento de Protección Civil para el Estado de Sonora.RIESGO: Daños o pérdidas probables sobre un agente afectable, resultado de la interacción entre su vulnerabilidad y lapresencia de un agente perturbador.

IV.- REFERENCIAS

Ley de Protección Civil para el Estado de Sonora, Reglamento de Protección Civil para el Estado de Sonora, Términos deReferencia para la Elaboración de Diagnóstico de Riesgo TRES-004-UEPC-2016 y Términos de Referencia para la Elaboraciónde Diagnósticos de Riesgo Integrales Especializados para la Distribución de Petrolíferos, Gas Natural y Gas Licuado dePetróleo TRES-001-CEPC-2019.

V.- POLÍTICAS

•Hacer del conocimiento a esta Coordinación Estatal de Protección Civil del Estado de Sonora, de manera previa, cualquiermodificación al proyecto, a fin de que la Coordinación Estatal de Protección Civil con toda oportunidad determine lo procedente,de acuerdo a la legislación en la materia vigente.•Elaborar y presentar ante esta Coordinación Estatal de Protección Civil del Estado de Sonora, informes trimestrales de losavances de la construcción del proyecto en estudio.•Presentar un informe de término de obra una vez concluida la construcción, acompañado de un informe fotográfico y copiasimple del sistema contra incendios autorizado por la Unidad Municipal de Protección Civil y Bomberos del Municipio quecorresponda, y deberá ser avalado por el Director Responsable de Obra del proyecto.•Para la presentación del Diagnóstico de Riesgo, ante la Coordinación, se deberá entregar para su revisión, previo al pago delos derechos correspondientes: en un tanto (en formato impresa y uno digital), con copia del pago de derechos y con una cartade entrega dirigida al titular de la Unidad Estatal de Protección Civil

VI.- ANEXOS

Clave de Anexo Nombre Link

216-DGP-P01-A01/Rev.00 Diagrama de Flujo Dictaminación deDiagnóstico de Riesgo

Ver anexo

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VII.- DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

NO RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES REGISTRO

1. Dictaminación de Diagnóstico deRiesgo

1.1. Recepcionista Recibe la documentación delDiagnóstico de Riesgo que consisteen un tanto impreso y digital, sella lacarta de recibido donde se solicita larevisión del diagnóstico de riesgo,

1.2. Revisa que cumpla con losrequisitos y turna a Oficialía dePartes

1.3. Oficialía de Partes Registra e imprime la ficha derecepción y asignación con númerode folio que otorga el sistema y turnacon un plazo máximo de tres díashábiles a la Dirección de Diagnósticode Riesgo.

Ficha de Recepción con Folio delsistema.

1.4. Director de Diagnóstico de Riesgo Recibe el Diagnóstico de Riesgo loregistra y turna al Dictaminador parasu revisión.

1.5. Turna al Dictaminador para surevisión

1.6. Dictaminador de Diagnóstico deRiesgo

Recibe el Diagnóstico de Riesgo y lorevisa en un período máximo decuarenta y cinco días hábiles, apartir de la fecha de ingreso.

“Si en la revisión del Diagnóstico deRiesgo se detecta que hayobservaciones”

1.7. Emite oficio de observaciones el cualdeberá ser respondido y solventadopor el interesado en un plazo nomayor de treinta días hábiles y enmáximo de dos ocasiones.

Oficio de Observaciones

1.8. Envía el oficio de observaciones aldirector para su revisión.

1.9. Director de Diagnóstico de Riesgo Recibe, revisa y envía oficio a lacoordinación

1.10. Coordinador Estatal de ProtecciónCivil

Recibe, revisa, firma y envía oficio ala Dirección de Diagnóstico deRiesgo para su notificación.

1.11. Director de Diagnóstico de Riesgo Recibe el oficio firmado por elCoordinador y notifica alrepresentante legal del inmueble o ala empresa especializada queelaboró o a quien presente poderpara recibir documentación por partedel representante legal.

“Si en la revisión del Diagnóstico deRiesgo se detecta que no hayobservaciones”

2.0 Determinación del resolutivo conbase a la revisión del diagnóstico deriesgo.

2.1. Dictaminador de Diagnóstico deRiesgo

Elabora resolutivo de autorización,solo si en la revisión de Diagnósticode Riesgo se detecta que cumple oque ya se subsanó lasobservaciones correspondientes.

Resolutivo de Autorización

2.2. Envía el resolutivo de autorizaciónpara su revisión al director

2.3. Director de Diagnóstico de Riesgo Recibe, revisa y envía oficio a lacoordinación

2.4. Coordinador Estatal de ProtecciónCivil

Recibe, revisa, firma y envía oficio ala Dirección de Diagnóstico deRiesgo para su notificación.

2.5. Director de Diagnóstico de Riesgo Recibe el oficio firmado por elCoordinador y notifica alrepresentante legal del inmueble o ala empresa especializada queelaboró o a quien presente poderpara recibir documentación por partedel representante legal.

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“Si en la revisión del diagnóstico deriesgo se detecta que en eldocumento manifiesta que estáconstruido, o se identifica un riesgoque no se pueda mitigar o si nosolventó en el tiempo establecido lasobservaciones correspondientes o sidespués de responder en dosocasiones oficios de observacionesaun no lo solventa”.

3.0 Determinación del resolutivo conbase a la revisión del diagnóstico deriesgo.

3.1. Dictaminador de Diagnóstico deRiesgo

Elabora resolutivo negativo, solo sien la revisión de Diagnóstico deRiesgo se detecta que estáconstruido, o se identifica un riesgoque no se pueda mitigar o si nosolventó en el tiempo establecido lasobservaciones correspondientes o sidespués de responder en dosocasiones oficios de observacionesaun no lo solventa.

Resolutivo Negativo

3.2. Envía el resolutivo negativo para surevisión al director

3.3. Director de Diagnóstico de Riesgo Recibe, revisa y envía oficio a lacoordinación

3.4. Coordinador Estatal de ProtecciónCivil

Recibe, revisa, firma y envía oficio ala Dirección de Diagnóstico deRiesgo para su notificación

3.5. Director de Diagnóstico de Riesgo Recibe el oficio firmado por elCoordinador y notifica alrepresentante legal del inmueble o ala empresa especializada queelaboró o a quien presente poderpara recibir documentación por partedel representante legal.

“Si en la revisión del diagnóstico deriesgo se detecta que estáconstruido, o en proceso deconstrucción”.

4.0 Análisis del avance de construccióndel inmueble.

4.1. Dictaminador de Diagnóstico deRiesgo

Avisa al Director de Diagnóstico deRiesgo que posiblemente estáconstruido o en proceso deconstrucción.

4.2. Director de Diagnóstico de Riesgo Turna el caso a la Dirección deInspección y Vigilancia para queenvíe a un inspector a verificar si laedificación está construida o enproceso de construcción.

4.3. Director de Inspección y Vigilancia Inspecciona el inmueble, verifica siestá construido o en proceso deconstrucción.

4.4. Emite Acta Circunstanciada de lainspección y envía copia a laDirección de Diagnóstico de Riesgo.

Acta Circunstanciada

4.5. Director de Diagnóstico de Riesgo Recibe copia de ActaCircunstanciada donde se manifiestasi está construido o en proceso deconstrucción.

“Si el inmueble está construido o enproceso de construcción”..

4.6. Envía copia del ActaCircunstanciada al dictaminador.

5.0 Determinación del resolutivo conbase a la revisión del diagnóstico deriesgo.

5.1. Dictaminador de Diagnóstico deRiesgo

Elabora resolutivo negativo, solo sien la inspección se verifica que elinmueble está construido o enproceso de construcción.

Resolutivo Negativo

5.2. Envía el resolutivo negativo para surevisión al director

5.3. Director de Diagnóstico de Riesgo Recibe, revisa y envía oficio a lacoordinación

5.4. Coordinador Estatal de ProtecciónCivil

Recibe, revisa, firma y envía oficio ala Dirección de Diagnóstico deRiesgo para su notificación

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5.5. Director de Diagnóstico de Riesgo Recibe el oficio firmado por elCoordinador y notifica alrepresentante legal del inmueble o ala empresa especializada queelaboró o a quien presente poderpara recibir documentación por partedel representante legal.

5.6. Envía una copia del oficio oresolutivo a la Secretaría deGobierno para su conocimiento.

5.7. Cierra el expediente y lo envía aarchivo de trámite.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

Elaboró: Revisó: Validó:

Lic. Román Ávila Camberos / Jefede Departamento de Evaluación y

Seguimiento

Arq. Gabriela Topete Borquez/Directora de Diagnóstico de Riesgo

Lic. Alberto Flores Chong /Coordinador Estatal de Protección

Civil

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INVENTARIO DE REGISTROS DE PROCEDIMIENTOCoordinación Estatal de Protección Civil

Dirección General de Protección Civil

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO:

Dictaminación de Diagnóstico de Riesgo

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: Fecha de elaboración:

216-DGP-P01/Rev.00 23/08/2019

No. Registro Puesto Responsable* TipoResguardo Disposición

finalTiempo Ubicación

1 Ficha de Recepcióncon Folio del sistema.

Director deDiagnóstico de Riesgo

Electrónicoy/o Papel

2 años Dirección deDiagnóstico de Riesgo

Archivo deConcentración

2 Oficio deObservaciones

Director deDiagnóstico de Riesgo

Electrónicoy/o Papel

2 años Dirección deDiagnóstico de Riesgo

Archivo deConcentración

3 Resolutivo deAutorización

Director deDiagnóstico de Riesgo

Electrónicoy/o Papel

2 años Dirección deDiagnóstico de Riesgo

Archivo deConcentración

4 Resolutivo Negativo Director Responsablede Obra

Electrónicoy/o Papel

2 años Dirección deDiagnóstico de Riesgo

Archivo deConcentración

5 Acta Circunstanciada Director de Inspeccióny Vigilancia

Electrónicoy/o Papel

3 años Dirección deInspección yVigilancia

Archivo deConcentración

6 Resolutivo Negativo Director deDiagnóstico de Riesgo

Electrónicoy/o Papel

2 años Dirección deDiagnóstico de Riesgo

Archivo deConcentración

* El responsable del resguardo será responsable de su protección.

Hoja 1 de 1

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ELABORACIÓN DE PROCEDIMIENTOSCoordinación Estatal de Protección Civil

Dirección General de Protección Civil

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: Dictaminación de Programas Internos y Revalidación de Programas Internos deProtección Civil.

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: 216-DGP-P02/Rev.00 FECHA DE EMISIÓN: 28/08/2019

I.- OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO

Verificar que cumplan con los requisitos establecidos en los Términos de Referencia con la finalidad de mitigar los riesgospreviamente identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de atender la eventualidad deuna emergencia o desastre.

II.- ALCANCE

Los propietarios, poseedores, administradores o encargados de establecimientos, edificaciones o inmuebles que por su uso ydestino concentren o reciban una afluencia masiva de personas, o que representen un riesgo para la población, estánobligados a contar con una Unidad Interna y a elaborar un Programa Interno.

III.- DEFINICIONES

* Sujeto Obligado.- Las personas físicas o morales, las dependencias y entidades de la Administración Pública, Estatal yMunicipal que conforme a la Ley de Protección Civil del Estado de Sonora, se encuentran obligados a conformar una UnidadInterna de Protección Civil y presentar ante la Coordinación Estatal el correspondiente Programa Interno de Protección Civil.* Término de Referencia.- Documentos que indica los lineamientos, estructura, especificaciones y anexos, que sirven comoguía para la elaboración de un Programa Interno o Revalidación.* Programa Interno de Protección Civil.- Es un instrumento de planeación y operación que previene y prepara a la organizaciónpara responder efectivamente ante la presencia de riesgos que pudieran generar una emergencia o desastre.* Afluencia masiva.- Concurrencia de un gran número de personas en un mismo lugar, ya sea público espectador oparticipantes en un inmueble o establecimiento comercial.

IV.- REFERENCIAS

Ley número 282, de Protección Civil para el Estado de SonoraReglamento de la Ley de Protección Civil para el Estado de Sonora.Términos de Referencia TRES-002-UEPC-2009Términos de Referencia TRES-003-UEPC-2016Términos de Referencia TRES-005-UEPC-2017

V.- POLÍTICAS

*Las aplicables a la Ley de Protección Civil para el Estado de Sonora.*Para la elaboración de Programas Internos debe de cumplir con los requisitos que nos marca el Término de referencia loscuales son una guía para la elaboración del mismo.

VI.- ANEXOS

Clave de Anexo Nombre Link

216-DGP-P02-A01/Rev.00 DIAGRAMA DE PROGRAMASINTERNOS

Ver anexo

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VII.- DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

NO RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES REGISTRO

1.Dictaminación del Programa Internoo Revalidación del Programa Internode Protección Civil.

1.1 Recepcionista Recibe documentación y carpetasdel Programa Interno o Revalidacióndel Programa Interno a las que serefiere el Artículo 17 del Reglamentode la Ley de Protección Civil para elEstado de Sonora, verificando quecumpla con los requisitos.

1.2. Oficial de Partes Recibe y registra en la CoordinaciónEstatal de Protección Civil paragenerar folio de seguimiento y enviardocumentación a la Dirección deDictaminación de ProgramasInternos de Protección Civil en unplazo no mayor a tres días hábiles.

Folio de Seguimiento

1.3. Departamento de Recepción yControl de Documentos de laDirección de Dictaminación deProgramas Internos

Recibe y revisa las carpetas de losinmuebles con su respectivadocumentación y folio, captura enbase de datos y da número deexpediente para enviar a la Directorade Dictaminación de ProgramasInternos.

1.4. Directora de Dictaminación deProgramas Internos

Recibe y turna al dictaminador parasu revisión.

1.5. Dictaminador Recibe carpetas para revisar elPrograma Interno o Revalidación delPrograma Interno, teniendo un plazode 30 días hábiles a partir de lafecha de su ingreso a laCoordinación Estatal de ProtecciónCivil para emitir observacionescorrespondientes o en su casodictamen aprobatorio o noaprobatorio.

“Si no hay observaciones”

1.6 Elabora dictamen con resolutivoautorizado del programa interno orevalidación del programa interno delinmueble dictaminado y pasa a laencargada de base de datos.

Dictamen aprobatorio

1.7 Enlace Administrativo Revisa, captura y relaciona datos deldictamen, para remitir a la Direcciónde Dictaminación de ProgramasInternos.

1.8 Directora de Dictaminación deProgramas Internos

Aprueba y autoriza oficios paraenviar a firma del CoordinadorEstatal.

1.9 Coordinador Estatal de la CEPC Revisa, autoriza, firma y sella eloficio, para remitirlo a la Dirección deDictaminación de ProgramasInternos.

1.10 Enlace Administrativo Captura para dar seguimiento alestatus en la base de datos y turnaal notificador.

1.11 Notificador Recibe oficios para llevar control delos mismos y reproducir copias delresolutivo final para su notificación,remitiendo la Cédula de notificacióna la encargada de la base de datos.

Cédula de Notificación

1.12 Enlace Administrativo Recibe notificación, da seguimientoal estatus en base de datos.

“Si hay observaciones”

1.13 Dictaminador Emite observacionescorrespondientes, mismas quedeberán ser subsanadas en un plazono mayor a siete días hábiles, paraenviarse al enlace administrativo yhacer la captura correspondiente.

Oficio de observaciones

1.14 Enlace Administrativo Revisa, captura y relaciona datos deloficio, para remitir a la Dirección deDictaminación de ProgramasInternos para autorización.

1.15 Directora de Dictaminación deProgramas Internos

Aprueba y autoriza oficios paraenviar a firma del CoordinadorEstatal.

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1.16 Coordinador Estatal de la CEPC Revisa, autoriza, firma y sella eloficio, para remitirlo a la Dirección deDictaminación de ProgramasInternos.

1.17 Enlace Administrativo Captura para dar seguimiento alestatus en la base de datos y turnaal notificador.

1.18 Notificador Recibe oficios para llevar control delos mismos y reproducir copias parasu notificación, remitiendo la Cédulade notificación a la encargada de labase de datos.

Cédula de Notificación

1.19 Enlace Administrativo Recibe notificación, da seguimientoal estatus en base de datos.

“Si da respuesta a lasobservaciones”

1.20 Recepción Recibe la documentaciónpresentada por el inmueble parasubsanar las observaciones y pasa aOficial de Partes.

1.21 Oficial de partes Registra ingreso de respuesta aobservaciones para generar folio deseguimiento y turnar alDepartamento de Dictaminación deProgramas Internos el mismo día desu ingreso.

1.22 Recepción y Control de Documentos Recibe documentación deobservaciones con su respectivofolio, captura fecha de ingreso enbase de datos y asigna aldictaminador correspondiente parasu revisión.

2 Elaboración de dictámenes conresolutivo autorizado o no autorizadosegún corresponda; en el término delos siguientes siete días hábiles,contados a partir de la fecha deingreso a la Coordinación Estatal.Pasa a la encargada de la base dedatos.

2.1 Enlace Administrativo Revisa, captura y relaciona datos deloficio y remite a la Dirección deDictaminación de ProgramasInternos para firma.

“Si no subsanó observaciones”

2.2. Dictaminador Elabora dictamen de no autorizadoal término de siete días hábiles quemarca la ley, haciendo mención queel programa interno o revalidacióndel programa interno presentado porel inmueble no cumple con lodispuesto en los términos dereferencia .

Oficio No Autorizado

2.3. Enlace Administrativo Revisa, captura y relaciona datos deloficio, para remitir a la Dirección deDictaminación de ProgramasInternos para firma.

2.4. Directora de Dictaminación deProgramas Internos

Aprueba y autoriza oficios paraenviar a firma del CoordinadorEstatal.

2.5. Enlace Administrativo Recibe y captura para darseguimiento al estatus en la base dedatos y turna al notificador.

2.6 Coordinador Estatal de la CEPC Revisa, autoriza, firma y sella eloficio, para remitirlo a la Dirección deDictaminación de ProgramasInternos.

2.7. Notificador Recibe oficios para llevar control delos mismos y reproducir copias delresolutivo final para su notificación,remitiendo la Cédula de notificacióna la encargada de la base de datos.

Cédula de Notificación

2.8. Enlace Administrativo Recibe cédula de notificación, daseguimiento al estatus en base dedatos para cerrar el proceso delinmueble, seguido reproduce copiaspara entregar a Secretaría deGobierno del Estado de Sonora,Minutario y Archivo en trámite.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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Elaboró: Revisó: Validó:

Lic. Román Ávila Camberos/ Jefede Departamento de Evaluación y

Seguimiento

Ing. Ana Sofia Ortega Meneses/Directora de Dictamines de

Programa Internos

Lic. Alberto Flores Chong/Coordinador. Estatal de Protección

Civil

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INVENTARIO DE REGISTROS DE PROCEDIMIENTOCoordinación Estatal de Protección Civil

Dirección General de Protección Civil

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO:

Dictaminación de Programas Internos y Revalidación de ProgramasInternos de Protección Civil.

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: Fecha de elaboración:

216-DGP-P02/Rev.00 28/08/2019

No. Registro Puesto Responsable* TipoResguardo Disposición

finalTiempo Ubicación

1 Folio de Seguimiento Oficial de Partes Electrónicoy/o Papel

10 años Dirección deDictaminación deProgramas Internos

Archivo deConcentración

2 Dictamen aprobatorio Dictaminador Electrónicoy/o Papel

10 años Dirección deDictaminación deProgramas Internos

Archivo deConcentración

3 Cédula de Notificación Notificador Papel 10 años Dirección deDictaminación deProgramas Internos

Archivo deConcentración

4 Oficio deobservaciones

Dictaminador Papel 10 años Dirección deDictaminación deProgramas Internos

Archivo deConcentración

5 Cédula de Notificación Notificador Electrónicoy/o Papel

10 años Dirección deDictaminación deProgramas Internos

Archivo deConcentración

6 Oficio No Autorizado Dictaminador Papel 10 años Dirección deDictaminación deProgramas Internos

Archivo deConcentración

7 Cédula de Notificación Notificador Electrónicoy/o Papel

10 años Dirección deDictaminación deProgramas Internos

Archivo deConcentración

* El responsable del resguardo será responsable de su protección.

Hoja 1 de 1

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ELABORACIÓN DE PROCEDIMIENTOSCoordinación Estatal de Protección Civil

Dirección General de Protección Civil

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: Programa Anual de Inspecciones

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: 216-DGP-P03/Rev.00 FECHA DE EMISIÓN: 23/08/2019

I.- OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO

Programar el número de visitas de inspección a realizar, para dar seguimiento al padrón de sujetos obligados que presentan suPrograma Interno en materia de Protección Civil.

II.- ALCANCE

Aplica al padrón de sujetos obligados que presentan Programas Internos de Protección Civil nuevos y revalidados ante laCoordinación Estatal de Protección Civil.

III.- DEFINICIONES

C.E.P.C.: Coordinación Estatal de Protección Civil,D.I.V.: Dirección de Inspección y Vigilancia,P.I.P.C.: Programa Interno de Protección Civil,D.D.P.I.: Dirección de Dictaminación de Programas Internos,D.G.: Dirección GeneralU.I.P.C.: Unidad Interna de Protección Civil,P.A.I.: Programa Anual de Inspecciones,B.O.: Boletín Oficial del Estado de Sonora.Sujetos obligados: Personas físicas o morales, las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipalque conforme a la Ley de Protección Civil del Estado de Sonora, se encuentren obligados a conformar una Unidad Interna deProtección Civil y presentar ante la Coordinación Estatal el correspondiente Programa Interno de Protección Civil,Visita de Inspección: Acto de verificar el cumplimiento de la normatividad vigente aplicable a los inmuebles.

IV.- REFERENCIAS

Constitución Política del Estado de Sonora,Ley General de Protección Civil,Ley Orgánica del Poder Ejecutivo Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora,Ley de Hacienda del Estado de Sonora,Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Estado de Sonora,Ley de Protección Civil para el Estado de Sonora,Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Sonora,Plan Estatal de Desarrollo 2015-2021,Programa Estatal de Protección Civil,Reglamento Interior de la Coordinación Estatal de Protección Civil,Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Estado de Sonora,Términos de Referencia en materia de Protección Civil,Programa Anual de Inspecciones.

V.- POLÍTICAS

1.Se solicita a la D.D.P.I. el padrón de sujetos obligados,2.Una vez recibida la información, se elabora el P.A.I.,3.Se remite el P.A.I a la D.G para su revisión.4.Se somete a consideración del Coordinador Estatal, para su autorización.5.Una vez aprobado, es publicado en el B.O.

VI.- ANEXOS

Clave de Anexo Nombre Link

216-DGP-P03-A01/Rev.00 PROGRAMA ANUAL DE INSPECCIONES Ver anexo

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VII.- DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

NO RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES REGISTRO

1 Programa Anual de Inspecciones

1.1. Director de Inspección y Vigilancia Solicita por memorándum a laD.D.P.I. el padrón vigente yactualizado de los sujetos obligadosde manera impresa y electrónica.

Memorándum solicitando el padrónvigente y actualizado de los sujetosobligados.

1.2. Director de Dictámenes deProgramas Internos

Envía la información requerida delpadrón vigente actualizado.

Memorándum entregando el padrónvigente actualizado

1.3. Director de Inspección y vigilancia Recibe la información, analiza yselecciona a los posibles candidatosa inspeccionar

1.4 Se remite el P.A.I a la D.G para surevisión.

Memorándum entregando propuestadel P.A.I. a la D.G.

1.5 Director General Se remite el P.A.I ya revisado alCoordinador Estatal para suaprobación.

Memórandum entregando lapropuesta del P.A.I. ya revisado, alCoordinador Estatal.

1.6 Coordinador Estatal Celebra la reunión de trabajo con laD.D.P.I, D.I.V y el D.G para llevar acabo la selección de inmuebles quehabrán de ser inspeccionados.

P.A.I. (Programa Anual deInspecciones)

1.7 Autoriza y envía para su publicaciónen el Boletín Oficial

Oficio de autorización del P.A.I.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

Elaboró: Revisó: Validó:

C. Ing. Raúl Enrique ArnoldLoustaunau / Director de Inspección

y Vigilancia

C. Carlos Jesús Arias / DirectorGeneral de Protección Civil

C. Lic. Alberto Flores Chong /Coordinador Estatal de Protección

Civil

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INVENTARIO DE REGISTROS DE PROCEDIMIENTOCoordinación Estatal de Protección Civil

Dirección General de Protección Civil

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO:

Programa Anual de Inspecciones

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: Fecha de elaboración:

216-DGP-P03/Rev.00 23/08/2019

No. Registro Puesto Responsable* TipoResguardo Disposición

finalTiempo Ubicación

1 Memorándumsolicitando el padrónvigente y actualizadode los sujetosobligados.

Director de Inspeccióny Vigilancia

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deConcentración de la CEPC

2 Memorándumentregando el padrónvigente actualizado

Director deDictámenes deProgramas Internos

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deDictámenes deProgramas Internos

Archivo deConcentración de la CEPC

4 P.A.I. (ProgramaAnual deInspecciones)

Coordinador Estatalde Protección Civil

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laCoordinación Estatalde Protección Civil

Archivo deConcentración de la CEPC

5 Oficio de autorizacióndel P.A.I.

Coordinador Estatalde Protección Civil

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laCoordinación Estatalde Protección Civil

Archivo deConcentración de la CEPC

6 Memorándumentregando propuestadel P.A.I. a la D.G.

7 Memórandumentregando lapropuesta del P.A.I.ya revisado, alCoordinador Estatal.

* El responsable del resguardo será responsable de su protección.

Hoja 1 de 1

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ELABORACIÓN DE PROCEDIMIENTOSCoordinación Estatal de Protección Civil

Dirección General de Protección Civil

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: Visitas de Inspección

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: 216-DGP-P04/Rev.00 FECHA DE EMISIÓN: 23/08/2019

I.- OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO

Contar con áreas más seguras para la población, y una cultura en todo el Estado en el ámbito de protección civil, medianteinspecciones a edificaciones que por su uso o destino concentren o reciban una afluencia masiva de personas, o bienrepresenten algún tipo de riesgo, por lo cual se busca evitar y prevenir riesgos en situaciones de peligro para la ciudadanía.

II.- ALCANCE

Personas físicas o morales, las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal que conforme a laLey de Protección Civil del Estado de Sonora, se encuentren obligados a conformar una Unidad Interna de Protección Civil ypresentar ante la Coordinación Estatal el correspondiente Programa Interno de Protección Civil,

III.- DEFINICIONES

LPCES: Ley de Protección Civil para el Estado de Sonora.CEPC: Coordinación Estatal de Protección Civil.DIV: Dirección de Inspección y Vigilancia.PAI: Programa Anual de Inspecciones.Sujetos obligados: Personas físicas o morales, las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipalque conforme a la Ley de Protección Civil del Estado de Sonora, se encuentren obligados a conformar una Unidad Interna deProtección Civil y presentar ante la Coordinación Estatal el correspondiente Programa Interno de Protección Civil,Visita de Inspección: Acto de verificar el cumplimiento de la normatividad vigente aplicable a los inmuebles.Inspector:Persona facultada para la inspección, vigilancia y evaluación de un inmueble o edificación, actividad o condición y, engeneral, para verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil;Términos de Referencia: Documento de carácter obligatorio, que contiene los lineamientos generales, las especificacionestécnicas, los objetivos, alcances, enfoque, metodología, estructura, entre otros aspectos que la Coordinación Estatal deProtección Civil emite para la elaboración y presentación de los Programas Internos de Protección Civil, Diagnósticos deRiesgo, Programas Especiales, etc., que deberán observar los sujetos obligados a que se refieren los Artículo 65, 68, 71 y 72de la Ley .

IV.- REFERENCIAS

Constitución Política del Estado de Sonora.Ley General de Protección Civil.Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.Ley de Hacienda del Estado de Sonora.Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Estado de Sonora.Ley de Protección Civil para el Estado de Sonora.Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Sonora.Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Estado de Sonora.Términos de Referencia en Materia de Protección Civil.Reglamento Interior de la Coordinación Estatal de Protección Civil del Estado de Sonora.Programa Anual de Inspecciones.

V.- POLÍTICAS

1.-La Dirección General envía los datos de los inmuebles a inspeccionar.2.-Una vez recibida la información en la Dirección Inspección y Vigilancia, se elabora la Orden de Inspección.3.-Se somete a consideración la Orden de Inspección de la Dirección Inspección y Vigilancia, Dirección General y CoordinaciónEstatal para su autorización.4.-Una vez autorizadas, selladas y firmadas las Órdenes de Inspecciones se ejecutan.

VI.- ANEXOS

Clave de Anexo Nombre Link

216-DGP-P04-A01/Rev.00 Diagrama de flujo Visitas de Inspección Ver anexo

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VII.- DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

NO RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES REGISTRO

1. Visitas de Inspección

1.1 Director de Inspección y Vigilancia Proporciona los datos de losestablecimientos a inspeccionarpara que el Departamento deRecepción y Control de Documentosde Inspección y Vigilancia, generelas ordenes de visita de inspecciónde tipo Ordinarias y/oExtraordinarias.

1.2 Jefe de Departamento de Recepcióny Control de Documentos deInspección y Vigilancia

Elabora y envía las Órdenes devisita de Inspección, al Director deInspección y Vigilancia, para surevisión y aprobación.

Ordenes de inspección.

1.3 Director de Inspección y Vigilancia Revisa y autoriza las Ordenes devisita de Inspección plasmando suantefirma y posteriormente las turnaal Director General.

Memorándum turnando órdenes deinspección para su revisión yautorización al Director General.

1.4 Director General Recibe la Orden de Inspección parasu autorización, plasmando suantefirma y turna al CoordinadorEstatal para su autorización firma

Memorándum turnando ordenes deinspección para autorización y firmadel Coordinador Estatal.

1.5 Coordinador Estatal de ProtecciónCivil

Recibe y autoriza las Ordenes deInspección debidamente selladas yfirmadas, posteriormente las turna aldirector General

Memorándum turnando ordenes deinspección firmadas y autorizadas alDirector General

1.6 Director General Turna las Ordenes de Inspeccióndebidamente autorizadas, selladas yfirmadas a la Dirección deInspección y Vigilancia

Memorándum haciendo entrega delas ordenes de inspección a laDirección de Inspección y Vigilancia.

1.7 Director de Inspección y Vigilancia Recibe las Ordenes de Inspeccióndebidamente autorizadas, selladas yfirmadas, posteriormente haceentrega a la secretaria para quehaga entrega al Inspector

1.8 Inspector Verificador Recibe la Orden de Inspecciónautorizada para posteriormenteejecutar la diligencia

1.9 Visita el domicilio del inmuebleseñalado en la orden deinspecciones, identificándose comoinspector de la CEPC.

*Si es visita de inspecciónextraordinarias*

1.10 Notifica al llegar al inmueble, la visitade inspección, ya que se ejecutansin previo aviso.

Cédula de Notificación de orden deinspección

*Si es visita de inspección ordinaria*

1.11 Entrega citatorio día previo a lainspección, para dar conocimiento alinmueble el día y hora en que sedesarrollará la diligencia.

Citatorio de orden de inspección

1.12 Notifica al llegar al inmueble, la visitade inspección

Cédula de Notificación de orden deinspección

1.13 Realiza la visita de inspección alinmueble requiriendo para ello alvisitado para que designe a dostestigos advirtiéndole que en casode no hacerlo, estos seránpropuestos y nombrados por elinspector.

1.14 Redacta “Acta Circunstanciada”,expresando el lugar, hora, fecha ynombre de la persona con quien seentiende la diligencia, el carácter conque se ostenta y de los testigos deasistencia. Asimismo, llevara a cabola inspección de acuerdo al objeto.

Acta Circunstanciada de orden deinspección

“Si el inmueble no cuenta conobservaciones”

1.15 Cierra el expediente en el actacircunstanciada.

“Si el inmueble cuenta conobservaciones”

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1.16 Formula las observaciones alinmueble y el sujeto obligadocontará con cinco días hábiles paraofrecer pruebas o lo que se a suderecho convenga y presentarlasante la Coordinación Estatal deProtección Civil. El duplicado delacta que se redacta, quedará enposesión del sujeto obligado.

1.17 Integra la cédula de notificación, elacta circunstanciada y las pruebasofrecidas en su caso al expediente ylo pasa al Jefe de Departamento deRecepción y Control de Documentosde Inspección y Vigilancia.

1.18 Jefe de Departamento de Recepcióny Control de Documentos deInspección y Vigilancia

Recibe expediente y revisa que elinspector haya cumplido con lasformalidades establecidas en la Leypara las inspecciones. Asimismo, serevisa si el visitado tuvo omisiones ocontravenciones en el cumplimientode su obligación, se respeta eltérmino de 05 días para elofrecimiento de pruebas.

1.19 Elabora resolutivo , transcurrido elplazo y considerando lascircunstancias que hubiesenconcurrido y las pruebas aportadas,debiendo señalar si el visitadorequiere solventar las observacionespor omisiones y señalando losplazos para corregir los mismos.

Resolutivo de Orden de Visita deInspección

1.20 Turna el resolutivo al Director deInspección y Vigilancia para surevisión y aprobación.

1.21 Director de Inspección y Vigilancia Recibe, revisa y autoriza plasmandosu antefirma, el resolutivo yposteriormente turna al directorGeneral para su revisión yautorización plasmando suantefirma.

Memorándum turnando resolutivopara revisión y autorización

1.22 Director General Recibe y autoriza el resolutivoplasmando su antefirma,posteriormente se turna alCoordinador Estatal para suautorización y firma.

Memorándum turnando resolutivopara autorización y firma delCoordinador Estatal.

1.23 Coordinador Estatal de ProtecciónCivil

Recibe y autoriza resolutivo deorden de visita de inspeccióndebidamente sellado y firmado,posteriormente turna al DirectorGeneral.

Memorándum turnando resolutivo deorden de inspección a la DirecciónGeneral

1.24 Director General Turna el resolutivo debidamenteautorizado, sellado y firmado a laDirección de Inspección y Vigilancia

Memorándum turnando resolutivo ala Dirección de Inspección yVigilancia.

1.25 Director de Inspección y vigilancia Recibe el resolutivo debidamenteautorizado, sellado y firmado,posteriormente lo entrega a lasecretaria para que haga entrega alInspector

1.26 Inspector Verificador Recibe resolutivo previamenteautorizado para posteriormenterealizar la diligencia

1.27 Entrega citatorio día previo paranotificar resolutivo para darconocimiento al inmueble el día yhora en que se desarrollará ladiligencia.

Citatorio de resolutivo

1.28 Notifica resolutivo, comunicándolesel plazo determinado por laautoridad competente, parasolventar las observaciones.

Cédula de Notificación de resolutivo

1.29 Jefe de Departamento de Recepcióny Control de Documentación deInspección y Vigilancia

Se elabora la Orden de Visita deVerificación, una vez que hatranscurrido el plazo otorgado.

Orden de Vista de Verificación

1.30 Director de Inspección y Vigilancia Recibe, revisa y autoriza plasmandosu antefirma, la Orden de Visita deVerificación y posteriormente loturna al Director General su revisióny autorización.

Memorándum turnando orden devisita de verificación para su revisióny autorización

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1.31 Director General Recibe la Orden de Visita deVerificación para su revisión yautorización plasmando su antefirmay posteriormente la turna alCoordinador Estatal para suautorización y firma

Memorándum turnando orden devisita de verificación para suautorización y firma

1.32 Coordinador Estatal de ProtecciónCivil

Recibe y autoriza la Órden de Visitade Verificación, debidamente selladay firmada, posteriormente la turna alDirector General.

Memorándum turnando orden devisita de verificación autorizadafirmada y sellada

1.33 Director General Turna las Ordenes de Visita deVerificación debidamenteautorizadas, selladas y firmadas a laDirección de Inspección y Vigilancia

Memorándum turnando orden devisita de verificación a la Direcciónde Inspección y Vigilancia

1.34 Director de Inspección y vigilancia Recibe la Órden de Visita deVerificación debidamente autorizada,sellada y firmada, posteriormente laentrega a la secretaria para quehaga entrega al Inspector

1.35 Inspector Verificador Recibe órden de visita deverificación previamente autorizadopara posteriormente realizar ladiligencia

1.36 Entrega citatorio día previo a la visitade verificación, para darconocimiento al inmueble el día yhora en que se desarrollará ladiligencia.

Citatorio de Orden de Visita deVerificación

1.37 Notifica que se realizará la Orden deVisita de Verificación

Cédula de Notificación de órden deVisita de verificación

1.38 Redacta “Acta Circunstanciada” dela visita de verificación.

Acta Circunstanciada de la visita deverificación

“Si el inmueble subsano en sutotalidad las observaciones”

1.39 Cierra el expediente en el “ActaCircunstanciada” sobre la visita deverificación.

“Si el inmueble no subsano en sutotalidad las observaciones”

1.40 Plasma en el acta circunstanciada,el no cumplimiento, y que seráacreedor a una multa porincumplimiento y cierra el ActaCircunstanciada, dando porterminada la diligencia.

1.41 Entrega expediente a Jefe deDepartamento de Recepción yControl de Documentos deInspección y Vigilancia

1.42 Jefe de Departamento de Recepcióny Control de Documentos deInspección y Vigilancia

Integra el expediente completo ycomunica el estatus del expedienteal Director de Inspección y Vigilanciapara su revisión.

1.43 Director de Inspección y Vigilancia Revisa y turna expediente a laDirección Jurídica de estaCoordinación Estatal, para que se lede el seguimiento de sanción.

Memorándum turnando expedientepara el proceso de sanción

1.44 Dirección Jurídica Recibe expediente, para los casosen que el visitado incurre en lossupuestos que son motivosconstitutivos de infracción, a fin deque se aplique la sancióncorrespondiente y se le notifique alvisitado.

Memorándum recibiendo elexpediente para el proceso desanción

FIN DEL PROCEDIMIENTO

Elaboró: Revisó: Validó:

C. Lic. Román Avila Camberos/ Jefede Departamento de Evaluación y

Seguimiento.

C. Ing. Raúl Enrique ArnoldLoustaunau / Director de Inspección

y Vigilancia

C. Lic. Alberto Flores Chong /Coordinador Estatal de Protección

Civil

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INVENTARIO DE REGISTROS DE PROCEDIMIENTOCoordinación Estatal de Protección Civil

Dirección General de Protección Civil

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO:

Visitas de Inspección

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: Fecha de elaboración:

216-DGP-P04/Rev.00 23/08/2019

No. Registro Puesto Responsable* TipoResguardo Disposición

finalTiempo Ubicación

1 Ordenes deinspección.

Jefe de Departamentode Recepción yControl deDocumentación deInspección yVigilancia

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

2 Memorándumturnando órdenes deinspección para surevisión y autorizaciónal Director General.

Director de Inspeccióny Vigilancia

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

3 Memorándumturnando órdenes deinspección para surevisión y autorizaciónal Director General.

Director General deProtección Civil

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

4 Memorándumturnando ordenes deinspección firmadas yautorizadas al DirectorGeneral

Coordinador Estatalde Protección Civil

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de la CEPC Archivo deconcentraciónde la CEPC

5 Memorándumhaciendo entrega delas ordenes deinspección a laDirección deInspección yVigilancia.

Director General deProtección Civil

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección General deProtección Civil

Archivo deconcentraciónde la CEPC

6 Cédula de Notificaciónde orden deinspección

Inspector Verificador Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

7 Citatorio de orden deinspección

Inspector Verificador Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

8 Cédula de Notificaciónde orden deinspección

Inspector Verificador Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

9 Acta Circunstanciadade orden deinspección

Inspector Verificador Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

10 Resolutivo de Ordende Visita deInspección

Jefe de Departamentode Recepción yControl deDocumentación deInspección yVigilancia

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

11 Memorándumturnando resolutivopara revisión yautorización

Director de Inspeccióny Vigilancia

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

12 Memorándumturnando resolutivopara autorización yfirma del CoordinadorEstatal.

Director General deProtección Civil

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección General deProtección Civil

Archivo deconcentraciónde la CEPC

13 Memorándumturnando resolutivo deorden de inspección ala Dirección General

Coordinador Estatalde Protección Civil

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de la CEPC Archivo deconcentraciónde la CEPC

Hoja 1 de 2

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14 Memorándumturnando resolutivo ala Dirección deInspección yVigilancia.

Director General deProtección Civil

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección General deProtección Civil

Archivo deconcentraciónde la CEPC

15 Citatorio de resolutivo Inspector Verificador Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

16 Cédula de Notificaciónde resolutivo

Inspector Verificador Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

17 Orden de Vista deVerificación

Jefe de Departamentode Recepción yControl deDocumentación deInspección yVigilancia

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

18 Memorándumturnando orden devisita de verificaciónpara su revisión yautorización

Director de Inspeccióny Vigilancia

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

19 Memorándumturnando orden devisita de verificaciónpara su autorización yfirma

Director General deProtección Civil

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección General deProtección Civil

Archivo deconcentraciónde la CEPC

20 Memorándumturnando orden devisita de verificaciónautorizada firmada ysellada

Coordinador Estatalde Protección Civil

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de la CEPC Archivo deconcentraciónde la CEPC

21 Memorándumturnando orden devisita de verificación ala Dirección deInspección yVigilancia

Director General deProtección Civil

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección General deProtección Civil

Archivo deconcentraciónde la CEPC

22 Citatorio de Orden deVisita de Verificación

Inspector Verificador Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

23 Cédula de Notificaciónde órden de Visita deverificación

Inspector Verificador Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

24 Acta Circunstanciadade la visita deverificación

Inspector Verificador Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

25 Memorándumturnando expedientepara el proceso desanción

Director de Inspeccióny Vigilancia

Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo de laDirección deInspección yVigilancia

Archivo deconcentraciónde la CEPC

26 Memorándumrecibiendo elexpediente para elproceso de sanción

Dirección Jurídica Electrónicoy/o Papel

6 años Archivo DirecciónJurídica

Archivo deconcentraciónde la CEPC

* El responsable del resguardo será responsable de su protección.

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ELABORACIÓN DE PROCEDIMIENTOSCoordinación Estatal de Protección Civil

Dirección General de Protección Civil

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: Certificación de Aptitud al Servidor Público

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: 216-DGP-P05/Rev.00 FECHA DE EMISIÓN: 27/08/2019

I.- OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO

Transmitir y otorgar a través de capacitaciones una certificación al personal asignado como enlace en cada dependencia degobierno, misma que formara parte de la unidad interna de Protección Civil del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familiadel Estado de Sonora.

II.- ALCANCE

A todos las personas con nombramientos de "ENLACE" que son los titulares de las unidades internas de protección civil.

III.- DEFINICIONES

DGPC: Dirección General de Protección CivilENLACE: Personal nombrado por sus dependencias que fungirá como titular de la unidad interna de protección civil.

IV.- REFERENCIAS

- Ley de Protección Civil Estatal- Reglamento Interior de Protección Civil del Estado de Sonora.- Articulo 5 fracción III, 22 , 24 fracción XXIX y XXX de la ley de Protección Civil para el Estado de Sonora.- Procedimientos, normatividad y lineamientos contenidos en los programas de Inspección y vigilancia, Diagnósticos de Riesgoy de Programas Internos, elaborados conforme a las leyes vigentes de protección civil.

V.- POLÍTICAS

- Las capacitaciones y certificaciones se otorgaran al personal confirmado mediante oficio de nombramiento como enlace quefungirá de titular de la unidad interna de protección civil de la dependencia de Gobierno que corresponda.

VI.- ANEXOS

Clave de Anexo Nombre Link

216-DGP-P05-A01/Rev.01 Diagrama de Flujo de Certificación deAptitud del Servidor Público

Ver anexo

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VII.- DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

NO RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES REGISTRO

1.0 Certificación de Aptitud al ServidorPúblico.

1.1 Director General de Protección Civil Diseña, planea y organiza lacertificación de aptitud al servidorpúblico para desempeñar la funciónde titular de la unidad interna deprotección civil.

1.2 Elabora oficio para que lasdependencias y entidades de laAdministración Pública del Estadode Sonora nombren un enlace paratomar la capacitación y sucertificación correspondiente, siendoeste mismo enlace el titular de launidad interna de protección civil desu dependencia.

Oficio de solicitud de nombramientode enlaces como titulares internosde protección civil.

1.3 Elabora un cronograma con fechas,lugares y horarios de lascapacitaciones

Cronograma de Trabajo

1.4 Instruye al Coordinador deAdministrativo de la DGPC aelaborar el oficio informativo delcronograma de capacitaciones paralos enlaces titulares de proteccióncivil, Así como también instruye laelaboración de la capacitación ypresentación correspondiente.

1.5 Coordinador Administrativo de laDGPC

Elabora el oficio de Convocatoria ynotifica a los enlaces titulares de lasunidades de protección civil de lasdependencias de Gobierno la fechay horario de las capacitaciones.

Oficio informativo del cronograma decapacitaciones para los enlacesnombrados como titulares internosde protección civil.

1.6 Elabora la capacitación, así como dela presentación correspondiente.

Presentación digital de lacapacitación

1.7 Director General de Protección Civil Solicita los recursos económicos ymateriales a la Coordinación Estatalde Protección Civil y a la Direcciónde Administración.

Oficio de requisición de recursoseconómicos y materiales para lascapacitaciones a los enlacesnombrados como titulares internosde protección civil.

1.8 Presenta y aplica las capacitaciones, otorga la información a detallesobre los distintos programas,procedimientos y fundamentos, asícomo materiales necesarios (en sucaso) que los enlaces debenconocer, utilizar y aplicar en susrespectivas dependencias yentidades.

1.9 Instruye elaborar los certificados deaptitud.

1.10 Coordinador Administrativo de laDGPC

Elabora los certificados de aptitud alservidor público.

Certificado de aptitud para losenlaces titulares internos deprotección civil que se capacitaron.

1.11 Envía los certificados a firma con elDirector General de Protección Civil

1.12 Director General de Protección Civil Firma los certificados de aptitud alservidor público y los envía alCoordinador Administrativo de laDirección General de ProtecciónCivil.

1.13 Coordinador Administrativo de laDGPC

Recibe del Director General deProtección Civil los certificados deaptitud al servidor público firmados,y los envía al Coordinador Estatal deProtección Civil

1.14 Coordinador Estatal de ProtecciónCivil

Recibe y firma los certificados deaptitud al servidor público.

1.15 Entrega los certificados de aptitud alservidor público a cada uno de losenlaces de las entidades ydependencias que participaron en lacapacitación, y realiza el cierre de lamisma.

1.16 Director General de Protección Civil Instruye a su CoordinadorAdministrativo archivar copia derecibido de los certificadosentregados, así como de oficios conacuse de recibo generados.

Copia de Recibido de Certificadosde Aptitud del Servidor Público

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1.17 Coordinador Administrativo de laDGPC

Archiva los oficios, registros y copiade recibido de los certificadosentregados de las capacitaciones,generando expediente.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

Elaboró: Revisó: Validó:

Lic. Román Ávila Camberos / Jefede Departamento de Evaluación y

Seguimiento

Ing. Carlos Jesús Arias/ DirectorGeneral de Protección Civil,

Lic. Alberto Flores Chong/Coordinador Estatal de Protección

Civil,

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INVENTARIO DE REGISTROS DE PROCEDIMIENTOCoordinación Estatal de Protección Civil

Dirección General de Protección Civil

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO:

Certificación de Aptitud al Servidor Público

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: Fecha de elaboración:

216-DGP-P05/Rev.00 27/08/2019

No. Registro Puesto Responsable* TipoResguardo Disposición

finalTiempo Ubicación

1 Oficio de solicitud denombramiento deenlaces como titularesinternos de proteccióncivil.

Director General deProtección Civil

Electrónicoy/o Papel

1 año Archivo en tramiteubicado en la oficinadel coordinadoradministrativo de laDGPC

Archivo deconcentraciónde la CEPC

2 Cronograma deTrabajo

Director General deProtección Civil

Electrónico 1 año Equipo de computo dela DGPC

Equipo decomputo de laDGPC

3 Oficio informativo delcronograma decapacitaciones paralos enlacesnombrados comotitulares internos deprotección civil.

CoordinadorAdministrativo de laDGPC

Electrónicoy/o Papel

1 año Archivo en tramiteubicado en la oficinadel coordinadoradministrativo de laDGPC

Archivo deconcentraciónde la CEPC

4 Presentación digitalde la capacitación

CoordinadorAdministrativo de laDGPC

Electrónico 1 año Equipo de computo dela Dirección Generalde Protección Civil

Equipo decomputo de laDGPC

5 Oficio de requisiciónde recursoseconómicos ymateriales para lascapacitaciones a losenlaces nombradoscomo titularesinternos de proteccióncivil.

Director General deProtección Civil

Electrónicoy/o Papel

1 año Archivo en tramiteubicado en la oficinadel coordinadoradministrativo de laDGPC

Archivo deconcentraciónde la CEPC

6 Certificado de aptitudpara los enlacestitulares internos deprotección civil que secapacitaron.

CoordinadorAdministrativo de laDGPC

Papel 1 AÑO Archivo en tramiteubicado en la oficinadel coordinadoradministrativo de laDGPC

Archivo deconcentraciónde la CEPC

7 Copia de Recibido deCertificados deAptitud del ServidorPúblico

Director General deProtección Civil

Papel 1 año Archivo en tramiteubicado en la oficinadel coordinadoradministrativo de laDGPC

Archivo deconcentraciónde la CEPC

* El responsable del resguardo será responsable de su protección.

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