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C ORTE S UPERIOR DE J USTICIA DEL C USCO

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Page 1: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · ELECTRONICA N° 05001994 del Registro de Predios de la O fi - cina Registral Cusco, Zona Registral X - Sede Cusco, con las siguientes AFECTACIONES:

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIADEL CUSCO

Page 2: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · ELECTRONICA N° 05001994 del Registro de Predios de la O fi - cina Registral Cusco, Zona Registral X - Sede Cusco, con las siguientes AFECTACIONES:

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

AVISOS JUDICIALES

PRIMER REMATE JUDICIALExpediente N° 01436-2017-0-1001-JR-CI-02 en los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A con ACHE MAGNA SOCIE-DAD ANONIMA CERRADA representada por su apoderada María Claudia Canal Zans, ANTONY CANAL ZANS y MARIA CLAUDIA CANAL ZANS, sobre Ejecución de Garantías, el Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, a cargo del señor Juez Dr. ELIOT ALCIBIADES ZA-MALLOA CORNEJO con intervención de la Especialista Legal Dra. SAI DA CHIUN MANCO, ha dispuesto el REMATE del bien inmueble dado en garantía, ubicado en el LOTE G-11-A, URBANIZACION TUPAC AMARU, distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco, inscrito en la Partida ELECTRONICA N° 05001994 del Registro de Predios de la Ofi -cina Registral Cusco, Zona Registral X - Sede Cusco, con las siguientes AFECTACIONES: Asiento D00006.- HIPOTECA.- A favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. hasta por la suma de S/ 300,000.00, en mérito a la Escritura Pública del 28/06/2016, ante Notario Orlando Pacheco Mercado, en la ciudad de Cusco.Siendo el VALOR DE TASACIÓN la suma de US$ 455,482.72 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATRO-CIENTOS OCHENTA Y DOS Y 72/100 DOLARES AMERI-CANOS) y el PRECIO BASE DE LA POSTURA la suma de US$ 303,655.15 (TRESCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 15/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a los dos tercios del valor de tasación.LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE.- En la ofi cina de la Admi-nistración del Módulo Civil del Cusco, ubicado en el Segundo Nivel de la Corte Superior de Justicia del Cusco, sito en la Ave-nida El Sol N° 239, Cusco. El día 5 de ABRIL del año 2018 a las 10:15 de la mañana.REQUISITOS PARA SER POSTOR - Los postores oblarán no menos del 10% del VALOR DE LA TASACIÓN en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) girado a su nombre y entregarán en original y copia: DNI/RUC del postor, Vigencia de Poder (para representantes) y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153) donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor. Estando el presente remate a cargo del Martiliero Público Sandro Alberto Jara Chumbes con Reg. N° 213, Cel. 973962231. Los honorarios del martiliero público son por cuenta del adjudicatario conforme al artículo 18 del D.S No. 008-2005-JUS, están afectos al IGV y serán cancelados a la fi rma del acta de remate. SALDO DEL PRECIO DE ADJUDICACION: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación, dentro de tercer día de realizado el acto, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate.

SANDRO ALBERTO JARA CHUMBESMARTILLERO PÚBLICOREG. N° 213

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOSAIDA CHIUN MANCOESPECIALISTA LEGALSEGUNDO JUZGADO CIVILMODULO CORPORATIVO CIVIL

P. 6579813 F. (14, 15, 16, 19, 20, 21 MAR)

A TODOS LOS INTERESADOSEn el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha el Señor Juez Doctor POL DAVID MEDINA PINARES, bajo la actuación de la Especialista Legal Nancy Victorio Vásquez, en el proceso civil Nro. 00722-2017-0-1018-JM-CI-01, se ha dispuesto notifi car con las siguientes resoluciones: Resolu-ción Nro. 01-2017.- Santiago, diecinueve de octubre del año dos mil diecisiete.-... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JAIME FELIPE SANCHEZ SOTO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, seguido

contra La Asociación pro Vivienda Manahuañunca representa-do por Mario Goyzueta Medina del distrito de Santiago provin-cia y departamento del Cusco. Debiendo tramitarse VÍA DEL PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de DIEZ DIAS. Debiendo de notifi carse a los de-mandados por el plazo de ley. CITESE con la demanda i esta resolución a los colindantes Municipalidad de Santiago, Maruja Queñayo Champí, Estefanía Villacorta viuda de Nuñez, Mel-chor Mora Aviles, A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidas, las mismas que se admitirán, actuarán y meritua-rán en la oportunidad procesal (...). HAGASE SABER. Resolu-ción Nro. 03-2018.- Santiago, dieciocho de enero del año dos mil dieciocho.-... SE RESUELVE: Integrar la resolución numero uno de fecha diecinueve de octubre del año dos mil diecisiete, en el extremo de la parte resolutiva donde se ha obviado con-signar como demandante además a MARIA ELISABETH MI-LON DE SANCHEZ, integrando debe quedar y tenerse como demandante desde ahora a dicha persona. HAGASE SABER.

Santiago, 12 de marzo del 2018.

NANCY VICTORIO VASQUEZESPECIALISTA LEGALPRIMER JUZGADO MIXTO DE SANTIAGOMODULO BASICO DE JUSTICIA DE SANTIAGOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6580484 F. (15, 16, 19 MAR)

EDICTO JUDICIALAnte el 3er. Juzgado de Paz Letrado de Cusco, que despacha la Señora Juez Judith Tacuri Chavez, bajo la actuación de la Especialista Judicial Judith Castillo Prado, se viene tramitando el proceso número 01066-2016-0-1001-JP-FC-03, en el que se ha emitido la resolución N° 02 de fecha 01 de agosto de 2016, que resuelve ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO ÚNI-CO DE EJECUCIÓN la demanda, interpuesta por MARITZA INCAHUAMAN ATAUSINCHI en representación de su menor hija: Camila Stefany Espetia Incahuaman; sobre EJECUCIÓN DE ACUERDO CONCILIATORIO, en contra de PERCY ES-PETIA HUAMANGA - deudor alimentario directo-; en tal virtud, ORDENO: Que, el demandado cumpla con pagar por concepto de pensión de alimentos la cantidad de QUINIENTOS SOLES mensuales, así mismo cancele a la ejecutante el monto adeu-dado por alimentos devengados por la suma de TREINTA Y CUATRO MIL SOLES, por mensualidades impagas del periodo 19-11-2010 hasta 29-12-2017, en el plazo de CINCO días de notifi cado con el presente mandato, bajo apercibimiento de continuarse con la ejecución forzada.

Cusco, 13 de marzo de 2018

PODER JUDICIAL DE PERUJUDITH CASTILLO PRADOSECRETARIA JUDICIALTERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUSCOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

P. 6580533 F. (15, 19, 21 MAR)

EDICTO JUDICIALAnte el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 46-2018-CI seguido por ROSA FELICITAS CARRILLO CACERES sobre RECTIFICA-CION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consig-nación de los datos de la titular HILDA VICTORIA CACERES CALVO y de sus progenitores como JOSÉ VICTOR CACERES JURADO y FELICITAS CALVO DELGADO, se ha dispuesto la publicación del presente para los fi nes de Ley.-

San Jeronimo, 08-03-2018

ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALASSECRETARIA JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JERONIMOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6580697 F. (15, 16, 19 MAR)

EDICTO PENALSALA PENAL DE APELACIONES DE TAMBOPATA CON FUN-CIONES DE SALA PENAL LIQUIDADORAEXPEDIENTE N° 201-2017-88-2701-JR-PE-04Presidente de la Sala Encargado: MIGUEL ÁNGEL VÁSQUEZ RODRÍGUEZ Especialista Judicial de Sala: ELVIS VÍCTOR CONDORI BENAVENTESe cita y emplaza al acusado: SANTIAGO JAVIER CHACÓN PAUCA, VALETIN JAVIER TORRES SANGAMA, y FREDY VARGAS TORRES a fi n de ser notifi cados con el acta de Audiencia de Apelación de Auto para el DÍA 02 DE ABRIL DE 2018, HORAS 09:30 AM en la sala de audiencia de la Sala Pe-nal de Apelaciones, sito Av. Ernesto Rivero N° 722, 2do piso, todo ello ordenado en el Proceso Penal N° 201-2017-88, por la comisión del delito contra Delitos Ambiéntales-Delitos contra los Recursos Naturales en la modalidad de DEPREDACIÓN DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE, DELITOS CONTRA LOS BOS-QUES O FORMACIONES BOSCOSAS, previsto y sancionado en el artículo 308-C, y artículo 310 del Código Penal, en agravio de Estado Peruano.Puerto Maldonado, 12 de Marzo del 2018.

J.S (15, 16, 19 MAR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALAcusada: LEONARDA HUAMÁN CHÁVEZ Agraviado: NICANOR HUARHUA DAZAAnte el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, bajo la actua-ción de la Especialista Castro Warthon, se tramita el proceso N° 05528-2017-0-1001-JR-PE-03, seguido contra LEONARDA HUAMAN CHÁVEZ, como autora directo del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones, subtipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar previsto en el articulo 122°-B del Código Penal incor-porado por el Decreto Legislativo N° 1323, en agravio de NICA-NOR HUARHUA DAZA, donde se ha dispuesto NOTIFICAR a la acusada: LEONARDA HUAMÁN CHÁVEZ y al agraviado: NICANOR HUARHUA DAZA, con la RESOLUCIÓN Nro. 03.- Cusco, treinta y uno de enero del año dos mil dieciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en au-dio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe:RESUELVE:1. DECLARAR FRUSTRADA la realización de la presente au-diencia, por falta de notifi cación válida de la imputada.2. NOTIFICAR por Edictos Judiciales a la imputada LEONAR-DA HUAMAN CHÁVEZ, con un resumen de la resolución N° 01 y la nueva fecha de audiencia, sin perjuicio de notifi carle en el domicilio real.3. REPROGRAMAR la realización de la presente audiencia para ser realizada en fecha 11 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE VERIFICARA EN LA NOVENA SALA DE AUDIEN-CIAS DE ESTA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUS-CO, quedando notifi cados las partes concurrentes.

J.S (15, 16, 19 MAR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALAcusado: JORGE VÁSQUEZ ORMACHEAAnte el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco

que despacha la Dra. Zulay Sánchez Farfán, bajo la actua-ción de la Especialista Castro Warthon, se tramita el proceso N° 05217-2017-0-1001-JR-PE-06, seguido contra JORGE VASQUEZ ORMACHEA como autor directo del delito con-tra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de lesiones, subtipo agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar previsto en el artículo 122-B del Código Penal incorporado por el Decreto Legislativo 1323, en agravio de CARMEN ROSA QUISPE PAUCCAR, donde se ha dispuesto NOTIFICAR al acusado: JORGE VASQUEZ ORMACHEA, con la RESOLUCIÓN Nro. 01.- Cusco, dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.-DADO CUENTA: Con el requerimiento fi scal de Acusación di-recta presentado por el Fiscal Provincial del Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Cor-porativa de Cusco; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con-forme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fi n de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la norma citada.SEGUNDO: Asimismo, corresponde convocar a audiencia de control de acusación al término del plazo establecido en el inci-so 1 del artículo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defensor público, para que en caso de la no con-currencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asimismo, se convocará a los demás sujetos procesales, sien-do obligatoria la presencia del Ministerio Público y la defensa técnica del acusado. Por lo que, conforme al estado del proce-so; SE RESUELVE:1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar for-malmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una me-dida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pe-dir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación pro-batoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil.2. DESIGNAR abogado de ofi cio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica, para ello, OFÍ-CIESE a la Coordinación de la Defensoría Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designa-ción del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asig-nado proceder a su apersonamiento inmediato.3. CITAR para el día VEINTINUEVE DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Sexta Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Prepara-toria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado.4. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Artículo 85, inciso 1 del Códi-go Procesal Penal, pudiendo la parte acusada concurrir con abogado defensor de libre elección, quien deberá estar debida-mente preparado para asumir la defensa en acto de audiencia no siendo admisible ningún pedido de reprogramación; audien-cia a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa pública de comuni-carse tal hecho a la Dirección de su institución; y en caso de inconcurrencia injustifi cada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Ofi cina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución.

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La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios pro-cesales y reales señalados en autos, y con la RESOLUCIÓN N° 04.- Cusco, veintinueve de enero del dos mil dieciocho.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se halla en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE.-1. DECLARAR FRUSTRADA la verifi cación de la presente au-diencia al no haberse notifi cado al imputado Jorge Vásquez Or-machea en el domicilio real por no haberse ubicado el mismo.2. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE CON TREINTA A VERIFICARSE EN LA SEXTA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL, preci-sándose que viene señalándose la fecha antes indicada acorde a la agenda del Juzgado así como las vacaciones del Poder Judicial.3. Precísese que la audiencia tiene carácter del INAPLAZA-BLE, subsistiendo los apercibimientos decretados, en caso de inconcurrencia de las partes cuya asistencia sea necesaria para instalar la presente.4. CUMPLA la especialista judicial de causa con la realizar la renovación de notifi cación del requerimiento acusatorio, resolu-ción nro. 01 y notifi cación de la presente resolución al domicilio precisado por al representante del Ministerio Público debiéndo-se adjuntarse el croquis y en caso no ubicarse dicho domicilio se dispone la notifi cación mediante edictos judiciales.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO JUDICIAL.1° JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede QuillabambaEXPEDIENTE : 00134-2013-0-1010-JP-PE-01JUEZ : LINARES CUADROS JORGE LUISESPECIALISTA : CARMEN MELLADO PASTORIMPUTADO : ZERON DIAS VILAFALTA : CONTRA LA PERSONA SOLIS ZERON. LISBETH MILAGROSFALTA : CONTRA LA PERSONAAGRAVIADO : QUISPE AUCCA. NELIDAEXPEDIENTE PENAL N°0134-2013-0-1010-JP-PE-01, trami-tado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado que Despacha el Dr. Jorge Luis Linares Cuadros, en lo seguido por Nelida Quis-pe Aucca, sobre Faltas contra la persona en contra de Lizbeth Milagros Solis Zeron, ha resuelto en la resolución veinticuatro lo siguiente: RESUELVE Notifi car, a la brevedad, a la imputada Lizbeth Milagros Solís Zeron, mediante edicto con lo dispuesto en la resolución veintiuno en el diario judicial “La República” y en la Tablilla del Juzgado.Resolución Nro.21Santa Ana, primero de febrero del año dos mil dieciséis.Haciendo saber a los sujetos procesales que el señor Juez que suscribe asume competencia en la causa, en atención a la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura 287-2015-CNM. Proveyendo el escrito número 23-2016. A LO SOLICITA-DO.- REQUIÉRASE POR ÚLTIMA VEZ a la sentenciada LIZ-BETH MILAGROS SOLIS ZERON, cumpla con lo ordenado en la sentencia, vale decir, con la pena de prestación de servicios a la comunidad de cincuenta jornadas, para lo cual deberá de concurrir al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) de la Ciudad de Cusco, para las coordinaciones en cuanto a dicha prestación de servicios a la comunidad; asimismo cumpla con pagar la re-paración civil de SI. 150.00 (ciento cincuenta nuevos soles), en favor de la agraviada Nélida Quispe Aucca; dentro del término de CINCO DÍAS de notifi cada, bajo expreso apercibimiento en caso del incumplimiento de convertir la pena impuesta a la de PRIVATIVA DE LIBERTAD conforme dispone el artículo cin-cuenta y cinco del Código Penal. Notifíquese a la sentenciada en su domicilio real y casilla, señalada en autos; asi como en el domicilio que aparece en su fi cha Reniec.Resolución Nro.24Santa Ana, quince de diciembre del dos mil diecisiete.Proveyendo el escrito número 1800-2017 y 90-2018. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Dado cuenta que a la fecha no se ha podido dar con la dirección exacta de la imputada Liz-beth Milagros Solis Zeron, pese a los constantes requerimien-tos efectuados por este juzgado. SEGUNDO. 2.1 Revisado el presente proceso, se advierte que no se ha podido notifi car a la imputada con lo dispuesto en la resolución número veintiu-no, toda vez que la cédula de notifi cación N” 136-2016-JP-PE destinada a ella ha sido devuelta sin diligenciarse; siendo que hasta la fecha no se ha podido cumplir con la misma, pese a

las indagaciones del caso. 2.2. Por otra parte, se ha intentado ubicar a la imputada en su domicilio fi jado en su fi cha RENIEC, siendo la dirección consignada en este documento es impreci-sa, motivo por el cual se ha solicitado al Juez de Paz Letrado de Distrito de Quellouno, cumpla con notifi car a la imputada con la resolución veintiuno, no teniendo hasta la fecha resultado positivo. 2.3. Por tales consideraciones y con el propósito de garantizar el derecho de defensa de la imputada y agotadas las diligencias pertinentes por este juzgado, se ha de notifi car a este sujeto procesal con la Resolución N° 21, mediante edictos, en la forma prevista legalmente. 2.4. Para ello es de aplicación lo dispuesto por el articulo 128 del Código Procesal Penal, el cual refi ere: “Cuando se ignore el lugar donde se encuentre la persona que deba ser notifi cada, la resolución se le hará saber por edicto que se publicara en el Diario Ofi cial de la sede de la Corte Superior o a través del Portal o pagina web de la institu-ción, sin perjuicio de las medidas convenientes para localizarlo”. 2.5. En atención a lo expresado, se debe notifi car a la imputada Lizbeth Milagros Solís Zeron mediante edictos con la resolu-ción veintiuno. 2.6 Finalmente se comunica al abogado Alex Cabrera Morales, que transmita el contenido de la presente a su patrocinada; ya que de no cumplir esta persona la sentencia, se dictara la conversión a pena privativa de libertad. Por estos fundamentos se RESUELVE: 1. NOTIFICAR a la brevedad a la imputada Lizbeth Milagros Solís Zeron, mediante edictos con la resolución veintiuno. 2. GIRESE ofi cio al Administrador de la Corte Superior de Justicia del Cusco, para que ordene la publicación del edicto en el diario judicial La República, ad-juntando copia certifi cada de la presente resolución. 3. Dejar constancia que ls diligencias de notifi cación en Quellouno por parte del Juzgado de este Distrito han demorado dos años, lo que la parte interesada hará valer de ser el caso conforme a ley. 4. Comunicar al abogado Alex Cabrera Morales, que trans-mita el contenido de la presente a su patrocinada, ya que de no cumplir esta persona la sentencia, se dictará la conversión a pena privativa de libertad. Tómese Razón y Hágase Saber.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO(Juzgado Mixto de Echarate)Edicto Familia Penal EXP. N° 345-2016-FP. Se notifi ca al pre-sunto infractor de iniciales W.P.K. a fi n de que comparezca al Juzgado, debidamente acompañado de su progenitor Walter Pérez Avilés, para que brinde su declaración referencial en au-diencia de Esclarecimiento de los Hechos, programado para el día 19 DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 11:00 A.M. Bajo apremio de Ley en caso de su inconcurrencia. Firma.- Juez. Abog. Na-taly C. Cáceres Velarde.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO JUDICIAL1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE : 19-2018-0-1009-JR-PE-01 JUEZ : ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITOESPECIALISTA : KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINOSe pone en conocimiento del señor MARCELINO SERGIO MAMANI CALISAYA, que la Fiscalía Provincial Penal De Es-pinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO en su contra, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hija C.J.M.M., representado por su progenitora Irma Maquera Carlos; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha veintitrés de enero del año dos mil dieciocho, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado MARCELINO SERGIO MAMANI CALISAYA. 2. CITAR a Au-diencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de ofi cio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de vein-ticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratifi car al abogado defensor designado por el Mi-nisterio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento

designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notifi carse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respecti-vos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución número tres se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el VEINTITRÉS DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE Y TREINTA HORAS.-Espinar, 09 de Marzo del 2018.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO JUDICIAL1o JUZ. DE INVES, PREPARATORIA - Sede EspinarEXPEDIENTE : 00006-2018-0-1009-JR-PE-01JUEZ : ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITOESPECIALISTA : CONDORI ZARATE CINTHIA ELIANAIMPUTADO : CONDO HUACCHA, JUSTINA ROXANADELITO : ESTAFA AGRAVADAAGRAVIADO : HINCHO CHUCHULLO, JUANA ALICIA Y OTRO.Se pone en conocimiento de la señora JUSTINA ROXANA CONDO HUACCHA que la Fiscalía Provincial Penal de Es-pinar ha formulado acusación en su contra por el delito con-tra el Patrimonio en su modalidad de Estafa, en su forma de ESTAFA AGRAVADA, previsto en el articulo 196-A numeral 4, concordado con el artículo 196 (tipo base) del Código penal, en agravio de Juana Alicia Hincho Chuchullo y Walter Arcadio Kuno Cusihuamán, habiéndose emitido la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha quince de enero del dos mil dieciocho, la misma que resolvió: FORMAR el cuaderno de etapa intermedia con la Acusación Fiscal, disponiendo se CORRA TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS para que procedan conforme a lo dispuesto por el artículo 350° del Código Procesal Penal, se REQUIRIÓ a la imputada, para que en el plazo de veinticuatro horas de notifi cado, cum-pla con designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designársele defensor público, en caso de incumplimiento. Vencido dicho plazo, curse ofi cio al Defensor Público de la Provincia de Espinar para que asuma la defensa del imputado, debiéndosele notifi car con copia de la disposición de formalización de investigación preparatoria; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución número dos se ha reprogramado la audiencia para el día VEINTIOCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE Y QUINCE HORAS,Espinar, 13 de Marzo del 2018.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO PENALEXP: Nro. 5332-2017-0-1001 -JR-PE-02SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: JHON CUSIHUAMAN MONTAÑEZSe ha dispuesto notifi car con la Resolución N° 02 dictada en la Audiencia de Incoación de Proceso Inmediato de fecha 12/03/18, cuyo contenido es el siguiente:RESOLUCIÓN N° 02.Cusco, doce de Marzo de dos mil dieciocho-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE:1. Declarar FRUSTRADA la instalación de Audiencia Única y Pública de Proceso Inmediato por falta de notifi cación del impu-tado en su domicilio real.2. REPROGRAMESE la instalación de la presente audiencia para el DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO EN CURSO A HORAS 08:00 AM. en la SECUNDA sala de audiencias, subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia de las partes.3. SE DISPONE NOTIFICAR AL IMPUTADO MEDIANTE EDICTOS JUDICIALES sin perjuicio de que se le notifi que a su numero telefónico 958152888.4. Se dispone que el personal encargado de las notifi caciones correspondientes lo haga con la debida responsabilidad que el caso amerita.

Cusco, 13 de marzo del 2018.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO PENALEXP: Nro. 5347-2017-0-1001-JR-PE-02SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: JOSÉ MENDOZA CHACOSe ha dispuesto notifi car con la Resolución N° 02 dicta en el Acto de la Audiencia de Incoación de Proceso Inmediato de fecha 12/03/2018, cuyo contenido es el siguiente:RESOLUCIÓN N° 02.Cusco, doce de Marzo de dos mil dieciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE:1. DECLARAR FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE AUDIEN-CIA ÚNICA Y PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO POR FAL-TA DE NOTIFICACIÓN DEL IMPUTADO EN SU DOMICILIO REAL.2. REPROGRAMESE la instalación de la presente audiencia para el DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO EN CURSO A HORAS 15:30 PM, en la SEGUNDA Sala de Audiencias, subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia de las partes.3. SE DISPONE NOTIFICAR AL IMPUTADO MEDIANTE EDICTOS JUDICIALES.4. Se dispone que el personal encargado de las notifi caciones correspondientes lo haga con la debida responsabilidad que el caso amerita.Cusco, 13 de marzo del 2018.

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EDICTO PENALCUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO- SEDE CENTRAL.Expediente: 2677-2015-0-1001-JR-PE-02. Secretaria: Mabel Huarancca LópezSe CITA y EMPLAZA a SHAYAN BENIGNO CRUZ HUAYTA, para que se ponga a derecho y comparezca a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Reprogramada para el DÍA CUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MA-ÑANA (hora exacta) en la QUINTA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL-TERCER PISO PALACIO DE JUSTICIA DE CUSCO y se defi na los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le siguie por el delito contra la Seguridad Pú-blica, en su modalidad de Delitos de Peligro Común, subtipo Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad, en agravio de la sociedad; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarársele contumaz y disponérsele su conducción compulsi-va por la fuerza pública.Cusco, siete de Marzo del 2018.

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALExp. 01294-2016-37-1001-JR-PE-04SEÑORA: LIBIA CCASA HUANACOAnte el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que des-pacha el señor Juez Dr. Carlos Adalberto Román Gil, bajo la ac-tuación del Especialista Judicial de Juzgado Abg. Iván Merma Huamán, se ha presentado el proceso penal que ha sido signa-do con el Exp. 01294-2016-37-1001-JR-PE-04, seguido contra LIBIA CCASA HUANACO, por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves Agravadas en agravio de Manuel Carrasco Aragón, y se ha dispuesto NOTIFÍCAR a la imputada con la Res. 01 de fecha 13/10/17, que dispone:.----------------AUTO DE CITACIÓN A JUICIO ORALResolución Nro. 01Cusco, trece de octubre del año dos mil diecisiete.-VISTO los actuados judiciales remitido por el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco y, CONSIDERANDO:PRIMERO: El Juez Penal del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, ha cumplido con lo dispuesto en los

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La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

artículos 351°, 352° y 353° del Código Procesal Penal, esto es, que ha efectuado el control de la acusación en la audiencia preliminar emitiendo el Auto de Enjuiciamiento respectivo.-SEGUNDO: El delito materia de juzgamiento es delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, sub tipo Lesiones Leves Agravadas por el medio empleado, contra LIBIA CCASA HUANACO, como autora, en agravio de MANUEL CARRASCO ARAGÓN, ilícito penal que está regu-lado en el artículo 122° del Código Penal, concordante con el artículo 441° del mismo cuerpo legal, siendo este Juzgado Uni-personal competente a tenor de lo dispuesto en el artículo 28, numeral 2) del Código Procesal Penal, y conforme al estado del presente proceso de conformidad a lo dispuesto en el articulo 355° de la norma acotada, SE RESUELVE:1.- CITAR A JUICIO ORAL para el día DIECISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas ONCE DE LA MA-ÑANA, (hora exacta) en la TERCERA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, la audiencia de instalación de juicio es inaplazable, conforme lo dispone al Articulo 355 inciso 6) del Código Procesal Penal; acto al cual comparecerá obligatoriamente la acusada LIBIA CCASA HUANACO, para cuyo efecto NOTIFÍQUESELE en su domicilio real según fi cha RENIEC en la Urbanización Quispicanchi Av. Los Frutales A-2 del Distrito de San Sebastián, Provincia y De-partamento del Cusco, asistido por su Abogado de su elección o el defensor de ofi cio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarársele reo CONTUMAZ y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública, conforme lo dispone el Articulo 355 inciso 4) del Código Procesal Penal. (...)2.- EMPLÁCESE a las siguientes personas para que concurran obligatoriamente en su oportunidad al Juicio oral.2.1. Notifíquese: a la Fiscal MIRIAM VERÓNICA RIVAS VEGA, Fiscal Provincial Titular del Segundo Despacho de Investiga-ción de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cus-co, señalando domicilio procesal en la Avenida Pedro Vilcapaza N° 313 - 315, 3er Piso, Ofi cina N° 307 del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusco, con Casilla Electrónica Nro. 55879; bajo apercibimiento de ser excluido del juicio en caso de inconcurrencia y requerir al Fiscal Superior en grado para que designe a su reemplazo, conforme lo establece el art. 359 inciso 6 del Código Procesal Penal.2.2. Notifíquese: a la parte agraviada Manuel Carrasco Aragón, con domicilio real en el inmueble E-ll-B de la Urbanización Tú-pac Amaru, del distrito de San Sebastián, provincia y departa-mento de Cusco.2.4.-Designar: como abogada del acusado a la Dra. MÍRELA CORONEL MOLERO, con registro CAC N° 2753, CASILLA ELECTRÓNICA N° 55199, CON CELULAR N° 974951631, bajo apercibimiento de ser excluido de la defensa y reempla-zado en caso de inconcurrencia injustifi cada a dos sesiones consecutivas o tres sesiones no consecutivas, sin perjuicio en ambos casos de que a la segunda sesión se disponga la inter-vención de otro abogado Defensor de Ofi cio conforme dispone el artículo 359 inciso 5 del Código Procesal Penal. (...) H.S.

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EDICTOPUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J.2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00913-2017-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE PARURO ,DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO ,DEMANDANTE : MEDINA VILLEGAS, JORGEResolución Nro. 11Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose pro-ducido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 25 de julio de 2017 (folio 106 a 119) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De la Cruz; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la boni-

fi cación diferencial”, para que se confi rme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo norma-tivo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Supe-rior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformi-dad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nico-le Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 02359-2017-0-1001-JR-LA-05MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO ,DEMANDANTE : GROVAS OROS, LAURAResolución Nro. 7Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose pro-ducido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 7 de agosto de 2017 (folio 45 a 58) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la senten-cia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonifi cación diferen-cial”, para que se confi rme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De la Cruz ; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo nor-mativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Supe-rior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la

dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformi-dad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nico-le Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00236-2017-0-1001-SP-CI-01MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UGEL ANTA ,DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO ,DEMANDANTE : FARFAN PEREYRA, ELOY ZENOBIOResolución Nro. 15Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose pro-ducido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolu-ción N° 8 del 26 de julio de 2017 (folio 76 a 80) materia de gra-do, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior Ladrón de Guevara De la Cruz; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia para que se revoque la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo nor-mativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Supe-rior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformi-dad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nico-le Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 03316-2016-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIOEMPLAZADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO ,DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DEL CUSCO ,DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO ,DEMANDANTE : ALVAREZ JAUREGUI, WILLIAMSResolución Nro. 11Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose produ-

cido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 20 de julio de 2017 (folio 56 a 65) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De la Cruz, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia para que se confi rme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo nor-mativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Supe-rior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformi-dad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nico-le Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00285-2017-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE ANTA ,DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO ,DEMANDANTE : QUEHUARUCHO RAMIREZ, REYNA ISA-BELResolución Nro. 11Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose pro-ducido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 18 de agosto de 2017 (folio 87 a 100) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sen-tencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De la Cruz; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonifi cación diferencial”, para que se confi rme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo nor-mativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Supe-

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La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

rior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformi-dad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nico-le Josselyne Chávez Zevallos- Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 02149-2016-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DEL CUSCO ,DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO ,PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO ,DEMANDANTE : CANTERO VILLASANTE, MARIA TRINIDADResolución Nro. 15Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose pro-ducido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolu-ción N° 6 del 19 de abril de 2017 (folio 62 a 69) materia de gra-do, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De la Cruz; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia para que se confi rme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez diri-mente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de cono-cimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi -cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Aboga-dos del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secreta-ria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 03054-2016-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO

DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO ,GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO ,UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CALCA ,DEMANDANTE : HERMOZA CUSIYUPANQUI, ROSALIOResolución Nro. 15Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose pro-ducido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 7 del 8 de agosto de 2017 (folio 75 a 88) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ladrón de Gue-vara De la Cruz, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores Quispe, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonifi cación diferencial”, para que se confi rme la resolución an-tes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo norma-tivo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Supe-rior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformi-dad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nico-le Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00571-2016-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO ,UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CHUMBIVIL-CAS,DEMANDANTE : ARIAS CACERES, ORFAResolución Nro. 12Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose pro-ducido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 7 del 31 de julio de 2017 (folio 81 a 91) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ladrón de Gue-vara De la Cruz, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonifi cación diferencial”, para que se confi rme la resolución an-tes mencionada en el extremo indicado en el voto al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo norma-tivo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco,

doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Supe-rior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformi-dad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA TTITO QUISPE.- Nadhim Nico-le Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J.S (15, 16, 19 MAR)

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00790-2017-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO ,DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO,DEMANDANTE : ORCCOSUPA RIVERA, GLADYSResolución Nro. 12Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose pro-ducido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 25 de julio de 2017 (folio 93 a 105) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De la Cruz; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la boni-fi cación diferencial”, para que se confi rme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo norma-tivo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Supe-rior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformi-dad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nico-le Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

Cusco, 14 de marzo de 2018.

J.S (15, 16, 19 MAR)

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSr. LOVELL ACUÑA ACUÑASe pone en conocimiento lo siguiente:Ante el Primer Juzgado Penal Unipersonal del Cusco bajo la di-rección del señor Juez Dr. Ignacio Ortega Mateo y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitan-do la causa penal N° 2692-2017-21, seguido contra LOVELL ACUÑA ACUÑA por la presunta comisión del delito CONTRA LA FE PÚBLICA, en la modalidad de FALSIFICACIÓN DE DO-CUMENTOS EN GENERAL, sub tipo USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSIFICADO, en agravio del ESTADO, represen-tado por la PROCURADURÍA PÚBLICA DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES; donde se ha dispuesto lo siguiente:------RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL (...) cuyo acto proce-sal se realizará el día CINCO DE NOVIEMBRE del dos mil DIECIOCHO, a horas DIEZ de la mañana (hora exacta) en la décima sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Pala-cio de Justicia de Cusco, acto al cual comparecerá el imputado LOVELL ACUÑA ACUÑA, asistido por Abogado de su elec-ción o el defensor de ofi cio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declararse REO CONTUMAZ y disponerse sus conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFIQUESE en sus domicilio real y procesal señalado en autos (consignados en la acusación escrita y auto de enjuiciamiento).- Teniendo en cuenta que el acusado LOVELL ACUNA ACUNA cuenta con domicilio incierto en la Comunidad de Buena Vista del distrito de Echarate-La Convención (de difícil ubicación) y su domicilio en la Margen Derecha calle Tiobamba s/n (al Costado del Hotel Marriot) donde al parecer ya no domicilia y en domicilio actual se desconoce, por lo que se DISPONE: que se le notifi que tam-bién mediante EDICTOS en el diario judicial de Cusco.Cusco, 13 de marzo de 2018.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO PENALJUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRA PROVINCIAL DE CUSCO- SEDE CENTRAL.Expediente: 2926-2016-53-1001-JR-PE-04. Secretaria: Agripina Usca Caviedes.SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA, al acusado ABRAM CONDORI CHOQUEMALLCO, para que se ponga a derecho y comparez-ca a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL programado para el día NUEVE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas OCHO DE LA MAÑANA en la CUARTA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL-TERCER PISO PALACIO DE JUSTI-CIA DE CUSCO, y responda los cargos formulados en su con-tra, por el delito Aduanero, en su modalidad de Contrabando, subtipo Contrabando Agravado (se utiliza un medio de transpor-te acondicionado o modifi cado en su estructura con la fi nalidad de transportar mercancías de procedencia Ilegal, en agravio de la Super Intendencia Nacional de Aduanas y Administración Tri-butaria, por el término legal, subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia.-Cusco, marzo 09 de 2018.

J.S (15, 16, 19 MAR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE EULOGIO HUAMANI DUEÑAS

Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Rocío Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 27-2017-38-NCPP, seguido contra EULOGIO HUAMANI DUEÑAS, por la presunta comisión del Delito de Violación Sexual de menor de edad, en agravio de menor de iniciales M.Y.H.C; en la cual se ha dispuesto en me-diante resolución número ocho de fecha 29 de enero del 2018, la notifi cación vía edicto al imputado EULOGIO HUAMANI

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La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

DUEÑAS, a fi n de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA RE-PROGRAMADA PARA EL DÍA VEINTE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS TRES DE LA TARDE en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de ofi cio.Maranura, 29 de Enero del 2018

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO(Juzgado Mixto de Echarate)Edicto Familia Tutelar EXP. N° 307-2017-FT. Se notifi ca a DA-VID HINOSTROZA GUTIÉRREZ progenitor de la menor de iniciales A.N.H.H.; a fi n de que comparezca al Juzgado el día 13 DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 09:00 A.M. con la fi nalidad de brindar su declaración, respecto a la Investigación tutelar por abandono Moral y Material. Bajo apremio de ley.- Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Roció Callaymara Ayquipa.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO JUDICIAL DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA

PROVINCIA DE SAN ROMÁNEl Señor Juez del SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVES-TIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN RO-MÁN - JULIACA, a cargo del MAGISTRADO JOHNNY PEDRO QUISPE VILCA, con intervención del Asistente Jurisdiccional de Juzgado Wilber W. Laura Valera, por medio del presente NOTI-FICA A LOS: imputados EMERSHON PALOMINO VELASQUE, SONIA CASTRO GUILLEN Y ALEX HUAMAN BAEZ, confor-me con la resolución N° 04-2018 de fecha veintiséis de enero del año dos mil dieciocho; en consecuencia, CÍTESE para la realización de la Audiencia de Prisión Preventiva con respec-to de los imputados EMERSHON PALOMINO VELASQUE, ALEX HUAMAN BAEZ Y SONIA CASTRO GUILLEN para el día VEINTIDÓS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MAÑANA, hora exacta, diligencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Módulo Penal del Nuevo Código Procesal Penal, ubicado en la Plaza Zarumilla s/n local del Poder Judicial de ésta ciudad, con la asistencia obligatoria del Representante del Ministerio Publico, del impu-tado y su abogado, siendo que la presente audiencia tiene el carácter de inaplazable, con los apercibimientos prevenidos en resoluciones anteriores; sin perjuicio de ello vía edictos con la presente resolución y un extracto del requerimiento de prisión preventiva.Juliaca, cinco de marzo del 2018.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO PENALExp Nro. 0113-2016-99- 1004-JR-PE-01El Juzgado Penal Unipersonal de Anta. Secretaria: Vanessa Ccohua Mayta.Se cita, y emplaza a MARÍA ELENA PUMA GALLEGOS, para que se ponga a derecho y se defi enda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Homicidio, sub tipo Homicidio Culposo en agravio de Q.E.V.F. Luisa Cóndor Huamán de Gonzales y otros; se tiene que mediante resolu-ción numero 08 de fecha 12 de enero del 2018 se dispone la notifi cación de la acusada María Elena Puma Gallegos y te-niéndose que en la etapa intermedia del proceso se le notifi có vía edicto, se dispone la notifi cación por el mismo medio de la resolución N° 08, en la cual SE RESUELVE: 1. SUSPEN-DER LA PRESENTE AUDIENCIA RESPECTO DEL ACUSA-DO PERALTA LAURENTE PARA EL DÍA 21 DE MARZO DEL 2018 A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, OPORTUNIDAD EN LA CUAL SE CONTINUARA CON EL DESARROLLO DEL JUICIO ORAL, PRECISÁNDOSE QUE EN LA MISMA FECHA ES REPROGRAMADA PARA LA ACUSADA MARÍA ELENA PUMA GALLEGOS, POR LO CUAL RESPECTO DE DICHA

ACUSADA EN EL DÍA Y HORA SE GENERE LA CÉDULA DE NOTIFICACIÓN POR LA ESPECIALISTA DE CAUSA Y CUMPLA CON ENTREGAR AL ENCARGADO DE NOTIFI-CACIONES A EFECTO DE QUE SEA DILIGENCIADA VALI-DAMENTE DICHA NOTIFICACIÓN ANEXANDO PARA ELLO LA REPROGRAMACION DE LA AUDIENCIA, CON EL ACTA CORRESPONDIENTE CON EL ACTA DE AUDIENCIA, SE SEÑALA LA AUDIENCIA, CASI CON EL LIMITE DEL PLAZO QUE LA NORMA PROCESAL ESTABLECE ELLO EN RAZÓN TOMANDO EN CONSIDERACIÓN LA CONSTANCIA DEJADA POR EL NOTIFICADOR HUGO VALDEIGLESIAS JARA QUE LA DISTANCIA ALEJADA DEL INMUEBLE DE LA ACUSADA, DISPONIÉNDOSE LA NOTIFICACIÓN CON DICHO PLAZO PRUDENCIAL, DEBIENDO DE REALIZAR LAS GESTIONES NECESARIAS PARA SU DILIGENCIAMIENTO, SUBSISTIEN-DO LOS APERCIBIMIENTOS DICTADOS, ASIMISMO EN ESTE ACTO SE NOTIFICA A LOS TESTIGOS PRESENTES Y CONCURRAN A LA PRÓXIMA SESIÓN DE AUDIENCIA.Anta, 12 de marzo del 2018.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO JUDICIALJUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL DE ECHARATE.- Cita al acusado JUAN JOSÉ CASTILLO ESCALANTE (Reo Libre), a efecto de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL programada para el día MARTES 27 DE MARZO DEL 2018 a HORAS 14:00. Proceso Penal Nro 113-2013-92-PE-1010-JR-PE-01, seguido contra el referido acusado, por la presunta comisión del delito de Tenencia Ilegal de Armas de Fuego, en agravio del Estado Peruano. Bajo apercibimiento de ser de-clarado Reo Contumaz y/o Ausente y disponer su conducción compulsiva en caso de su inconcurrencia.- Firma Sr. Juez Na-taly Cáceres Velarde.- Secretaria Rocío Callaymara Ayquipa.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTOSPUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J.2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00616-2017-0-1001-JR-LA-05MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECCION DE UNIDAD DE GESTION EDU-CATIVA LOCAL DEL CUSCO DEMANDANTE : GUTIERREZ CHACON, IGNACIAResolución Nro. 7Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose pro-ducido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 20 de abril de 2017 (folio 55 a 69) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De la Cruz; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la boni-fi cación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo norma-tivo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Supe-rior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley

Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformi-dad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nico-le Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J.S (15, 16, 19 MAR)

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 01605-2017-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO ,DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO ,DEMANDANTE : SANCHEZ VILLAFUERTE, NARCISO AResolución Nro. 10Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose pro-ducido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 22 de junio de 2017 (folio 89 a 103) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonifi cación diferen-cial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto al que se ha adherido el Juez Su-perior señor Ladrón de Guevara De la Cruz; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo norma-tivo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Supe-rior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformi-dad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nico-le Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J.S (15, 16, 19 MAR)

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00062-2017-0-1001-SP-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE ACOMAYO REP POR GLADIS Y OTROSDEMANDANTE : SALAS PACHECO, MANUEL EULOGIO

Resolución Nro. 15Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor y al término del período vacacional, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 4 del 24 de marzo de 2017 (folio 92 a 100) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia apelada en el ex-tremo que declara improcedente el pago de la bonifi cación dife-rencial mensual y reformándola se declare infundada la deman-da en este extremo al que se ha adherido el Juez Superior Ttito Quispe; el Juez Superior Chacón Alfaro, emite voto en discordia para que se declare nula la resolución antes mencionada al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara de la Cruz; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial para que se revoque la sentencia apelada en el extremo que declara improcedente el pago de la bonifi cación diferencial mensual y reformándola se declare fundada la de-manda al que se ha adherido la Juez Superior señora Holgado Noa; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgá-nica del Poder Judicial, establece que tratándose de resolucio-nes que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fe-cha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado in-formar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automá-ticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPU-SIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HE-RRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J.S (15, 16, 19 MAR)

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00512-2016-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECCION DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE URUBAMBA , Y OTRODEMANDANTE : BERRIO CASTRO, MARIO ALFREDOResolución Nro. 20Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose pro-ducido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 14 del 11 de julio de 2017 (folio 142 a 156) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se confi rme la sen-tencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De la Cruz; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonifi cación diferencial”, para que se revoque en parte la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Tito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen reso-lución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala

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La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso aper-cibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automá-ticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPU-SIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HE-RRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos- Secretaria de Sala.

J.S (15, 16, 19 MAR)

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00970-2016-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO Y OTRO.DEMANDANTE : GIBAJA LUNA, WILFREDO HIGIDIOResolución Nro. 14Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose pro-ducido discordia respecto a la sentencia contenida en la reso-lución N° 8 del 24 de julio de 2017 (folio 119 a 128) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De la Cruz; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia para que se confi rme la resolución antes mencionada, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso aper-cibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automá-ticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPU-SIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HE-RRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J.S (15, 16, 19 MAR)

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00557-2017-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO ,DIRECCION DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LO-CAL DEL CUSCO,DEMANDANTE : FLORES MUÑOZ, MARIA TERESAResolución Nro. 10Cusco, 06 de marzo de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose pro-ducido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 25 de julio de 2017 (folio 87 a 101) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confi rme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonifi cación diferen-cial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto al que se ha adherido el Juez Su-perior señor Ladrón de Guevara De la Cruz; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo norma-tivo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notifi cados con la presente resolución a fi n de fi jar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confi rmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Supe-rior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformi-dad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nico-le Josselyne Chávez Zevallos -Secretaria de Sala.Cusco, 14 de marzo de 2018.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO PENALSEÑORES: RICARDO HUAMAN HUARCO GILDA ALLPACA VARGASLa señora Jueza del Quinto Juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dra. Villa Humpiri, en el proceso Nro. 966-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra Ricardo Huamán Huarco, por el delito de Lesiones Leves, en agravio de Gilda Allpaca Vargas, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notifi carle con la Resolución N° 01 del 12/03/18 y el extracto de la acusación fi scal cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- El 2do Despacho de la 2da FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: RICARDO HUAMAN HUARCO, por el delito de Lesiones Leves (formas agravadas por violencia familiar); en agravio de Gilda Allpaca Vargas, respecto de los hechos ocurridos en fecha 07/10/17; se solicita contra los acusados 01 AÑO Y 04 MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD SUSPENDIDA, INHA-BILITACIÓN por el plazo de la pena principal y el pago de S/.

400.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor del agraviado.RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco, 12/03/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fi scal de Acusación Directa; SE DISPO-NE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los princi-pios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día DIECIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. Al ser inaplazable la audien-cia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abo-gado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 4. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fi n de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defi enda en el proceso (...). 5. NOTIFÍQUESE a RICARDO HUAMAN HUARCO y GILDA ALLPACA VARGAS mediante la publicación de edictos (...) Lo que notifi co a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 12 de marzo del 2018.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO PENALSEÑOR: ALBERTO APAZA VILLASANTELa señora Jueza del Quinto Juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dra. Villa Humpiri, en el proceso Nro. 622-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra el acusado antes referido, por el delito de Lesiones Leves, en agravio de Eve-lin Estefani Sulca Ichuhuayta y la menor de iniciales D.L.A.S representada por su progenitora Evelin Estefani Sulca Ichuhua-yta, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notifi carle con la Resolución N° 01 del 12/03/18 y el extracto de la acusación fi scal cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- El 2do Despacho de la 1ra FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: ALBERTO APAZA VILLASANTE , por el delito de Lesiones Leves (formas agravadas por violencia familiar); en agravio de Evelin Estefani Sulca Ichuhuayta y la menor de iniciales D.L.A.S representada por su progenitora Evelin Estefani Sulca Ichuhua-yta, respecto de los hechos ocurridos en fecha 12/10/1 7; se solicita contra el acusado 01 AÑO DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD SUSPENDIDA, INHABILITACIÓN por el plazo de la pena principal y el pago de S/. 800.00 soles en por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de las agraviadas.RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco, 12/03/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fi scal de Acusación Directa; SE DISPO-NE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los princi-pios de economía y celeridad procesal Se DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día DIECISIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS (11: 00 AM hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a di-cho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 4. Notifíque-se la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fi n de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defi enda en el proceso (...). 5. NOTIFIQUESE al acu-sado mediante la publicación de edictos (...) Lo que notifi co a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe.

Cusco, 12 de marzo del 2018.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO PENALSEÑORES: RENE JULIO MONTERROSO BLANCO NAVIDAD OROS CHALLCO YANET TARRAGA RAMOSLa señora Jueza del Quinto Juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dra. Villa Humpiri, en el proceso Nro. 1220-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra Rene Julio Monterroso Blanco y Navidad Oros ChalIco, por el delito de Lesiones Leves, en agravio de Yanet Tarraga Ramos, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notifi carle con la Resolución N° 01 del 12/03/18 y el extracto de la acusación fi scal cuyo contenido es el siguiente:

REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- El 2do Despacho de la 2da FPPC de Santiago, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: RENE JULIO MONTERROSO BLANCO y NAVIDAD OROS CHALLCO, por el delito de Lesiones Leves (formas agravadas por violencia familiar); en agravio de YANET TA-RRAGA RAMOS, respecto de los hechos ocurridos en fecha 19/03/17; se solicita contra los acusados 01 AÑO Y 04 MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD SUSPENDIDA, IN-HABILITACIÓN de 12 meses de prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima y el pago de S/. 1000.00 soles en forma solidaria por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de la agraviada.RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco, 12/03/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fi scal de Acusación Directa; SE DISPO-NE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los princi-pios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día DIECISIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las OCHO HORAS (08:00AM hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS (...). 1. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presen-te audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLI-CO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 4. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fi n de que conozca los apercibimientos dispues-tos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defi enda en el proceso (...). 5. NOTI-FÍQUESE a las partes del proceso mediante la publicación de edictos (...) Lo que notifi co a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, ante mi F. Eduardo Ro-dríguez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 12 de marzo del 2018.

J.S (15, 16, 19 MAR)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, en el Exped. N° 27-2018-Cl, en la vía del PROCESO NO CONTEN-CIOSO La solicitud de JAYDER CÁCERES ACURIO, sobre la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor Q.E.V.F. Luis Felipe Cáceres Vera, se ha dispuesto la publicación del presente para los fi nes de Ley.-

San Jerónimo, 09-03-2018

ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINOSECRETARIA JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JERONIMOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P.6581043 F. (15, 16, 19 MAR)

Page 8: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · ELECTRONICA N° 05001994 del Registro de Predios de la O fi - cina Registral Cusco, Zona Registral X - Sede Cusco, con las siguientes AFECTACIONES:

La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

EDICTO JUDICIALAnte el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 36-2018-CI seguido por JAYDER CÁCERES ACURIO sobre SUCESION INTESTADA de su progenitura RUBIRA ACURIO COLPAERT fallecida el 04-11-1997, se ha dispuesto la publicación del presente para los fi nes de Ley.-

San Jerónimo, 30-01-2018

ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALASSECRETARIA JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JERONIMOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P.6580941 F. (15, 16, 19 MAR)

EDICTO JUDICIALAnte el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 47-2018-CI seguido por TANIA MARLENY CERVANTES BUSTAMANTE sobre REC-TIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitura siendo lo correcto EUFEMIA DOROTEA BUSTAMANTE BARRIENT, se ha dis-puesto la publicación del presente para los fi nes de Ley.-

San Jerónimo, 14-03-2018

ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALASSECRETARIA JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JERONIMOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P.6580926 F. (15, 16, 19 MAR)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, Juez Luis Joel Peña Mendoza y actuación de la Secretaria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino en el Exped. N° 48-2018-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de CAR-LOS EDUARDO CERVANTES PESE sobre RECTIFICACIÓN del acta de partida de nacimiento respecto del nombre de pila de su progenitor consignado erróneamente como “como “Eloy”, debiendo ser “Eulogio” Cervantes Rivas, se ha dispuesto la publicación del presente para los fi nes de Ley.-

San Jerónimo, 13-03-2018

ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINOSECRETARIA JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JERONIMOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P.6580864 F. (15, 16, 19 MAR)

EDICTO JUDICIALAnte el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 49-2018-CI seguido por EUFEMIA DOROTEA BUSTAMANTE BARRIENTOS VIUDA DE CERVANTES sobre SUCESION INTESTADA de su cónyu-ge EULOGIO CERVANTES RIVAS fallecido el 17-06-2017, se ha dispuesto la publicación del presente para los fi nes de Ley.-

San Jerónimo, 08-03-2018

ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALASSECRETARIA JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JERONIMOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P.6580731 F. (15, 16, 19 MAR)

EDICTO JUDICIALQue ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Canchis -Sicuani, que despacha el señor Juez Supernumerario doctor Gabriel Farroñan Flores, bajo la actuación del Secretario Judicial abogado Marco W. Olivera Huamán, se viene tramitan-do el PROCESO CIVIL Nro. 00007-2018-0-1007-JP-CI-01, se ha dispuesto la publicación del edicto judicial el cual es como sigue; SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA interpuesta por GABINA CONDORI CALISANA sobre SUCE-SION INTESTADA del que en vida fue su cónyuge ALEJAN-DRO CCANA QUISPE fallecido en fecha veintinueve de julio del año dos mil diecisiete, en el distrito de San Sebastián de la provincia y departamento del Cusco, y declarar como únicos y universales herederos legales a la recurrente Gabina Condori Calisana y a sus hijos Arturo, Jesús Alejandro, Evelin María, Moisés Ángel, José Isaías y Jod Alfredo Ccana Condori, tenien-do su ultimo domicilio en esta ciudad. En la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO. Lo que se publica para los fi nes de Ley.

Sicuani, 07 de Marzo del año 2018

MARCO W. OLIVERA HUAMANSECRETARIO JUDICIALPRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CANCHISCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6581421 F. (16, 19, 20, 21, 22, 23 MAR)

EDICTO JUDICIALPor ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. Ma-ría Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 292-2018-0-1001-JP-CI -02 solicitada por María Madera Var-gas sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO donde se ha consignado en forma errónea los nombres de sus progenitores siendo el nombre correcto Ricardo Madera Arias y Ernestina Vargas Carrasco, la misma que se pone de conoci-miento de los interesados, para los fi nes consiguientes de ley.

Wanchaq, 01 de marzo del 2018.

MARIA EDDIE ZULEMA VILLAROEL CCASOSECRETARIA JUDICIALSEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEVACACIONES DE CUSCO, WANCHAQ Y ANTACORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6581519 F. (16, 19 MAR)

TERCER REMATE JUDICIALEN EL PROCESO SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS, EX-PEDIENTE N°00669-2017-0-1001-JR-CI-01, SEGUIDO POR COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN DEL CUSCO LTDA. EN CONTRA DE ROMULO MARCO ACURIO ORTIZ Y LIDIA MERMA JOYAS, EL JUEZ DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, DRA. SANDRA CONTRERAS CAM-PANA, ESPECIALISTA LEGAL BORIS JUVENAL SANTOS DE LA GALA, HA NOMBRADO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, CON REG. N°190. QUIEN HA SEÑALADO CON LA FACULTAD CONFERIDA, LA DILIGENCIA DEL TERCER REMATE, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 28 DE MARZO DEL 2018, A LAS 09:30 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA EN EL LOCAL DE ADMINISTRA-CION LABORAL-CML, SEGUNDO PISO, SITO EN LA AV. EL SOL 239, CUSCO, CUSCO. SOBRE EL BIEN INMUEBLE: LOTE DE TERRENO N°7, DE LA MZNA. “I”, INDEPENDI-ZADO DE LA ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA “MAGISTERIAL SUTEP”, DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA, DEPARTAMENTO Y REGION DEL CUSCO, CUYA AREA, CARACTERISTICAS Y LINDEROS, SE ENCUENTRAN DE-BIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL NRO. 11011917 DE LA ZONA REGISTRAL N°X, SEDE CUS-CO, SUNARP-CUSCO, TASACION TOTAL: US$.173, 320.00

DOLARES AMERICANOS; PRECIO BASE US$.83, 482.47 DOLARES AMERICANOS, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION (US$.17, 332.00 DOLARES AMERICANOS), EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE, MAS PAGO DEL ARANCEL JUDI-CIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POS-TOR. AFECTACIONES Y CARGAS: 1).- HIPOTECA A FAVOR DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN LTDA. HASTA POR LA SUMA DE US$.133, 100.00 DOLARES AMERICANOS, SEGÚN ASIEN-TO D00007 DE LA PARTIDA REGISTRAL NRO. 11011917, 2).-ANTICRESIS A FAVOR DE MARTHA AQUIMA TUPA, HAS-TA POR LA SUMA DE SI. 100,000.00 SOLES, SEGÚN ASIEN-TO D00008 DE LA PARTIDA REGISTRAL NRO. 11011917. SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICA-TARIO DEL ACTO DEL REMATE. MARTI LLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO^REG. N° 190. CEL. 959648263, RPM: #959658263 CUSCO, 2018-03-09

PODER JUDICIAL DEL PERU W. ARMANDO SALAS PACHECOBORIS JUVENAL SANTOS DE LA GALA MARTILLERO PUBLICOESPECIALISTA LEGAL REG. N° 190PRIMER JUZGADO CIVILMODULO CORPORATIVO CIVILCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

P. 6581533 F. (16, 19, 20 MAR)

PRIMER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE

1991-2016-88-2701-JR-PE-01JUEZ: Judith Nelly Atapaucar BarrlentosASISTENTE JUDICIAL: Elizabeth B. Anco Gallegos.NUMERO DE RESOLUCIÓN: 10 de fecha 14 de Marzo de 2018.SE CITA a los imputados MEYSTER SÁNCHEZ TORIBIO y PORFIRIO SULLA LIMA, por la comisión del delito contra la tranquilidad pública, sub tipo penal delito contra la paz pública, en la modalidad de marcaje y reglaje, en agravio del Estado, representado por la Procuraduría Pública Especializada en delitos de Orden Público del Ministerio del Interior, con el ex-tracto de la resolución número 10 de fecha 14 de Marzo del año 2018, mediante el cual se reproqrama audiencia para el DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2018 A HORAS 14:15 DE LA TARDE (hora exacta) para la realización de la AUDIENCIA PUBLICA DE PRISIÓN PREVENTIVA, audiencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penitenciario de Puerto Maldonado - Madre de Dios. Asimismo los imputados en mención deberán designar defensor privado de su libre elección caso contrario persistirá la designación de la defensa pública.-Puerto Maldonado, 14 de Marzo del 2018.

J. S (16, 19, 20 MAR)

7O JUZGADO INV. PREPARATORIA - FLAGRANCIA - SEDE CUSCO

EXPEDIENTE: 05366-2017-0-1001-JR-PE-07JUEZ: LEÓN MARTÍNEZ ALEXESPECIALISTA: AMERICO JORDÁN CHILLITUPAMINISTERIO PUBLICO: PRIMER DESPACHO DE LA SE-GUNDA FISCALÍA PENAL DE SANTIAGO IMPUTADO: HUAMAN LIPA, JUVENALDELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DRO-GADICCIÓN. AGRAVIADO: LA SOCIEDAD

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTOA LA PERSONA DE JUVENAL HUAMAN LIPAEl Señor Juez del Sétimo Juzgado de Investigación Prepara-toria del Cusco - Proceso Inmediato, en el proceso Nro. 5366-2017-0 seguido contra JUVENAL HUAMAN LIPA quien viene siendo investigado por la presunta comisión del Delito Especifi -co de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio

de la Sociedad, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Américo Jordán Chillitupa emplaza a la persona de JUVENAL HUAMAN LIPA, con el tenor de la siguiente resolución:REGISTRO DE AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO I. INTRODUCCIÓN:EXPEDIENTE N°: 05366-2017-0-1001-JR-PE-07JUEZ: ALEX LEÓN MARTÍNEZFECHA: 05-03-2018HORA DE INICIO: 11.00SALA DE AUD.: DOCEAVA SALA DE AUDIENCIASDELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD ODROGADICCIÓN.IMPUTADO: HUAMAN LIPA, JUVENALAGRAVIADO: LA SOCIEDADESPECIALISTA DE CAUSA: KATERINE COELLO YUCRA.ESPECIALISTA DE AUDIO: GLADIS F. MONJARAS ALVAREZ.II. ACREDITACIONFiscal Dra. YOLANDA INQUILTUPA CALVO, Fiscal Adjunta en reemplazo de la Fiscal Marisol Carhuarupay, y demás datos consignados en audio. JUEZ: Habiéndose acreditado a quie-nes intervienen a la presente audiencia, se verifi ca que no ha concurrido el imputado tampoco la defensa pública.RESOLUCIÓN N° 02.Cusco, cinco de marzo de dos mil dieciochoPARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE:1. DECLARAR FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE AUDIEN-CIA ÚNICA Y PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO2 REPROGRAMESE LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTITRÉS DE MARZO DEL AÑO EN CURSO A HORAS 09:30 AM ACTO QUE SE REALIZARA en la DÉCIMO SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS, de esta Corte Superior del Cusco. SUBSISTIENDO LOS APERCIBI-MIENTOS EN CASO DE INCONCURRENCIA DE LAS PAR-TES.SE DISPONE NOTIFICAR AL IMPUTADO VÍA EDICTO, en el diario judicial del Cusco, por tres oportunidades consecutivas, asimismo la notifi cación a la defensa pública para que se haga presente en dicha oportunidad, bajo los apremios respectivos, cúrsese el ofi cio respectivoIII.- NOTIFICACIÓN:Juez notifi ca a las partes procesales con la resolución emitida.FISCAL: ConformeIV. CONCLUSIÓN:CONCLUSIÓN: 11:24 HRS.Se da por terminada la audiencia y por cerrada la grabación del audio, procediendo a fi rmar el Señor Juez y la asistente de Audio encargada de la redacción del acta. (Artículo 121° del Código Procesal Penal). De lo que certifi co.

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTOA LA PERSONA DE AMERICO ALVAREZ HUAMANIAnte el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 77-2015-110-NCPP, seguido contra AMERICO ALVAREZ HUAMANI. por la presunta comisión del Delito de delitos cometidos por funcionarios públicos, en agra-vio del Jurado nacional de Elecciones, en la cual se ha dispues-to la notifi cación vía edicto al imputado AMERICO ALVAREZ HUAMANI, a fi n de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA VEINTITRÉS DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de ofi cio.Maranura, 29 de enero del 2018.

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La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTOA LA PERSONA DE ANDY LÓPEZ QUISPEAnte el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 27-2013-68-NCPP, seguido contra ANDY LÓPEZ QUISPE, por la presunta comisión del Delito de Contra la Seguridad Publica, sub tipo Delito de Peligro Común, en la modalidad de tenencia Ilegal de Armas en agravio del Es-tado, en la cual se ha dispuesto, la notifi cación vía edicto al imputado ANDY LÓPEZ QUISPE, a fi n de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA VEINTI-TRÉS DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS DE LA TARDE en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de ofi cio.Maranura, 30 de Enero del 2018.

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EDICTO PENALJuzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Con-venciónEspecialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiSe cita y emplaza al señor ANDERSON PRUDENCIO PREDA-ZA, en el Proceso Nro. 154-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA LA FAMILIA, Sub tipo OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de RUTHIA LUZ AGUIRRE PUMAILLE, para que asista a la au-diencia de Incoación de Proceso Inmediato. Y se defi enda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM), en la Quinta Sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Pala-cio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 13 de marzo del 2018.

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EDICTO PENALJuzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Con-venciónEspecialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiSe cita y emplaza al señor MAGALI PAIVA HUAMAN, en el Proceso Nro. 271-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA EL CUERPO, LA VIDA Y LA SALUD, Sub tipo LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de GABINO PACEROS ORTEGA, para que asista a la audiencia de Incoación de Proceso Inmediato. Y se defi enda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), en la Quinta Sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 13 de marzo del 2018

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EDICTO PENALJuzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Con-venciónEspecialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiSe cita y emplaza al señor KELVIN JHOSEP CACERES CA-BANACONZA, en el Proceso Nro. 659-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA LA FAMILIA, Sub tipo OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de CACERES CASTRO DAYRO JHOSEP , para que asista a la audiencia de Incoación de Proceso Inmediato. Y se defi enda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (15:15

PM), en la Quinta Sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 15 de marzo del 2018

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EDICTO PENALJuzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Con-venciónEspecialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiSe cita y emplaza al señor SAMUEL ARTEAGA MOREANO, en el Proceso Nro. 334-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA, Sub tipo CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIE-DAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la au-diencia de Incoación de Proceso Inmediato. Y se defi enda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTITRES DE MARZO DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 AM), en la Quinta Sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 15 de marzo del 2018

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EDICTO PENALJuzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Con-venciónEspecialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiSe cita y emplaza al señor BRAYGHAN ORTIZA NINA RAY, en el Proceso Nro. 336-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le si-gue por la presunta comisión del delito CONTRA LA SEGU-RIDAD PUBLICA, Sub tipo CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación de Proceso Inmediato. Y se defi enda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTITRES DE MARZO DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 AM), en la Quinta Sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba).Quillabamba, 15 de marzo del 2018

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EDICTO PENALJuzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Con-venciónEspecialista: Fiorella Milagros Miranda YanquirimachiSe cita y emplaza al señor MIGUEL HURTADO MAYTA, en el Proceso Nro. 285-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA EL CUERPO, LA VIDA Y LA SALUD, Sub tipo LESIONES, en agravio de AGRESION EN CONTRA DE LOS MIEMBROS DEL GRUPO FAMILIAR, para que asista a la audiencia de Acusación directa. Y se de-fi enda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día NUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 AM), en la Quinta Sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 15 de marzo del 2018

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EDICTO PENALEXPEDIENTE: 1182-2017-0-1010-JR-PE-01JUEZ: MIGUEL ANGEL ARIZABAL ARRIAGAESPECIALISTA: FIORELLA MILAGROS MIRANDA YANQUI-RIMACHIEL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PRE-

PARATORIA TRANSITORIO DE LA CONVENCION– CUSCO EMITE:RESOLUCIÓN N° 02:Quillabamba, ocho de marzo del año dos mil dieciocho.- (...) SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚ-BLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, en el Exp. 01182-2017-0-1010-JR-PE-01 en contra de DAVID LAURA TTI-TO, contra la Seguridad Pública, en la modalidad de Peligro Co-mún, subtipo Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA MIERCOLES VEINTIUNO DE MARZO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO DE LA MAÑANA, que-dando notifi cados el señor Fiscal. Se declara INAPLAZABLE la audiencia.TERCERO.- DISPONE la notifi cación mediante edicto judicial del acusado, para lo cual la especialista de causa deberá tomar en consideración este mandato haciendo efectivo dicha notifi -cación en el día y bajo responsabilidad.CUARTO: Así mismo NOTIFÍQUESE a la parte AGRAVIADA para la concurrencia con la fecha y hora antes indicada a fi n de que asista a esta diligencia. (...)

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REMATE JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIAExp. N° 00399-2017-0-1018-JM-CI-01

Por orden del PRIMER JUZGADO MIXTO DE SANTIAGO, a cargo del Juez Dr. POL DAVID MEDINA PINARES, Especia-lista Legal NANCY VICTORIO VASQUEZ, en los seguidos por FREDY HEREDIA PEREZ con POLICARPO ROBERTO PARI RODRIGUEZ Y NORA GRADY PORTILLA SALAS DE PARI, sobre EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION, el día 3 de abril del 2018, a horas 12.00 m., en el local del Juzgado, ubica-do en Av. Micaela Bastidas S/N Asoc. Vivienda Ccantoc - Barrio Zarzuela, Distrito de Santiago, Provincia y Departamento del Cusco, REMATARE el Lote de Terreno número cuatro, de la manzana B de la Urbanización Santa Lucia del distrito de Wan-chaq, provincia y departamento de Cusco, inscrito en la Partida N° 02040409, de la ZONA REGISTRAL N° X- SEDE CUS-CO.- TASACION: US$ 550,000.00 (quinientos cincuenta mil y 00/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE: US$ 264,916.67 (doscientos sesenta mil novecientos dieciséis y 67/100 Dólares Americanos) (dos tercios del valor de tasación, menos el des-cuento de Ley).

AFECTACIONES: HIPOTECA a favor del BANCO DE CRÉDI-TO DEL PERÚ, hasta por US$ 76,599.20, inscrito en el asiento D00006.-

Los postores oblarán el diez por ciento del valor de tasación y presentar su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y gene-rales de ley. Los honorarios del martiliero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV.-

SAUL RODOLFO MANTILLA SANEZMARTILIERO PÚBLICO DE REGISTRO NACIONAL N° 119

NANCY VICTORIO VASQUEZSECRETARIA JUDICIALPRIMER JUZGADO MIXTO DE SANTIAGOMODULO BASICO DE JUSTICIA DE SANTIAGOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6582299 F. (19, 20, 21 MAR)

EDICTO JUDICIALExpediente N° 870-2017-0-1010-JP-Cl-01, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Ana, que despacha el Dr. Jorge Luis Linares Cuadros, en los seguidos por LUZ MA-RINA ESPINOZA HURTADO, sobre Rectifi cación de Partida de

Nacimiento: POR LO QUE RESUELVO: ADMITIR a trámite la solicitud de Rectifi cación de Partida de Nacimiento interpuesta por LUZ MARINA ESPINOZA HURTADO, en la vía de PRO-CESO NO CONTENCIOSO; A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Por ofrecidos los medios probatorios; A LOS ANEXOS: A sus antecedentes los anexos adjuntos. 2. Fijar fecha y hora para la audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el CATOR-CE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, bajo apercibimiento de darse por concluido el proce-so de conformidad con el artículo 203 del Código Procesal Civil, en el caso de no asistencia de la parte interesada T.R y H.S.

Santa Ana, 07 de marzo de 2018.

PODER JUDICIALCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOCARMEN MELLADO PASTORSECRETARIAPRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO

P. 6582307 F. (19 MAR)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto de Calca, a cargo del señor Juez Gu-driel Díaz Usca y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Bethsy Mercado Zegarra, se viene tramitando el Proceso N° 142-2017-0-1005-JM-CI-01, en el que se ha dispuesto la publi-cación de Edictos, siendo el contenido de la Resolución Nro. 02, de fecha 04 de enero del 2018; en forma sumillada lo siguiente: SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por EULOGIA COELLO BORDA VIUDA DE CASTRO, sobre ADICIÓN DE NOMBRE, contra la MUNICIPALIDAD PROVIN-CIAL DE CALCA - OFICINA DE REGISTRO CIVIL, con citación de su PROCURADOR PÚBLICO. 2) TRAMÍTESE la demanda en la vía del PROCESO SUMARÍSIMO. 3) SE DISPONE efec-tuar las PUBLICACIONES del extracto del autoadmisorio, por una sola vez en el diario ofi cial “El Peruano” a nivel nacional y en el diario judicial de mayor circulación a nivel regional. 4) CÓRRASE TRASLADO de la demanda a la demandada, por el plazo de CINCO DÍAS para que la conteste; bajo apercibi-miento de declarársele REBELDE. A LOS MEDIOS PROBA-TORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios que señalan, sin perjuicio de su admisión y actuación oportuna. A LOS ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos que acompaña. (...) Lo que se publica para los fi nes de Ley.

Calca, 08 de marzo del 2018

BETHSY MERCADO ZEGARRASECRETARIA JUDICIALJUZGADO MIXTO DE CALCACORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6582341 F. (19 MAR)

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, que Despacha la Juez Dra. Maridaren Ascue Lovón, Especialista Ciro Chuquimago Mamani, Causa No. 03291-2017-0-100l-JP-CI-01, se ha admitido una demanda interpuesta por GUIDO QUISPE QUISPE, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, quien solicita que se rectifi que su Partida de Nacimiento, en cuanto al apellido materno de su madre Teodo-ra Quispe Ccama, por cuanto su apellido materno correcto es Ccama y aparece erróneamente como Ccana. Por lo que se ha dispuesto su publicación para los fi nes de ley.

Cusco, 15 de Marzo de 2018.

CIRO CHUQUIMAGO MAMANISECRETARIO JUDICIALPRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE WANCHAQCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6582353 F. (19 MAR)

Page 10: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · ELECTRONICA N° 05001994 del Registro de Predios de la O fi - cina Registral Cusco, Zona Registral X - Sede Cusco, con las siguientes AFECTACIONES:

La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

EDICTO JUDICIALEn el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Basiliska Dueñas Zu-ñiga, bajo la actuación de la Especialista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Proceso Nro. 0352-2018-0-1018-JP-CI-Ol, se ha dispuesto notifi car con la siguiente resolución: Re-solución Nro. 01.- Santiago, 07 de marzo del 2018.- (...) SE RE-SUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud presentada por doña THELMA OTAZU ZARATE sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera ANDREA ZARATE LORAYCO VDA DE OTAZU; debiendo sustanciarse en la vía del proceso NO CON-TENCIOSO, en consecuencia en aplicación de lo dispuesto en los artículos 832 y siguiente del Código Procesal Civil, SE DIS-PONE la notifi cación de la solicitud a la Benefi cencia Pública y al Ministerio Publico, la anotación de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y el Registro de Mandatos y Poderes así como la publicación de un extracto de la solicitud en el diario de los anuncios judiciales y en otro de amplia circulación (...). Lo que se publica para fi nes de ley.

Santiago, 13 de marzo del 2018

PODER JUDICIAL DEL PERÚCARMEN ROSA DELGADO SÁNCHEZSECRETARIA JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE SANTIAGOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P.6502374 F. (19 MAR)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado de Paz letrado e Investigación Preparatoria de Paruro, bajo la dirección de la señora Jueza Solina Maybeé Apaza Béjar y la Actuación de la Secretaria Judicial Karina Mar-garita Cáceres del Río, se ha ordenado la publicación de la re-solución N° 01 auto admisorio de la demanda, en el expediente Nro. 003-2018-0-1011-JP-CI-Ol, seguido por Duilio Córdova Delgado sobre sucesión intestada, siendo como sigue:Resolución N° 01.Paruro, 23 de enero de 2018.PARTE RESOLUTIVAADMITIR a trámite la demanda interpuesta por DUILIO COR-DOVA DELGADO, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su señora madre Matilde Delgado Venero, fallecida el 03 de diciembre del año 2004, demanda que se admite en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO. Y estando al artí-culo 833 del Código Procesal Civil: 1) PUBLÍQUESE un aviso edictal en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco, para que dentro del plazo de 30 días de realizadas las publicaciones las personas con interés en el proceso puedan apersonarse, expídase por Secretaría el edicto respectivo; 2) NOTIFÍQUESE la resolución admisoria a los presuntos here-deros domiciliado en el lugar, y a la Benefi cencia Pública de Cusco y, 3) NOTIFÍQUESE al Ministerio Público con arreglo a ley. Por ofrecidos los medios probatorios. Agregúese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Se DISPONE se anote preventivamente la solicitud en el Registro de Sucesión Intes-tada, de Mandatos y Poderes de la Ofi cina Registral del Cusco, cúrsese los Partes respectivos con arreglo a lev, debiendo de apersonarse el solicitante al local del juzgado para recoger los partes. H.S.

Paruro, 07 de marzo del 2018

KARINA MARGARITA CÁCERES DEL RÍOSECRETARIA JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARA-TORIO PARUROCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6582449 F. (19, 20, 21 MAR)

SUCESION INTESTADA

Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despa-cha el Dra. Yudit Tacuri Chávez, bajo la actuación de la especia-lista legal Abog. Matilde Halanoca Puma, se viene tramitando el proceso N° 03100 - 2017-0-1001-JP.CI-03 seguido por ROSA-RIO GARCIA DE CCORAHUA sobre SUCESION INTESTADA, de la que en vida fue: JACINTA SALAZAR ROMAN, fallecido el día: 03-12-2001, a efecto de que se les declare herederos únicos y universales a: ROSARIO GARCIA DE CCORAHUA y VICTORIA LOPEZ SALAZAR. Lo que se tramita en el proceso: No contencioso y se notifi ca, para los fi nes de ley.

Cusco, 14 de enero del 2018.

MATILDE HALANOCA PUMASECRETARIA JUDICIALTERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUSCOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6583489 F. (19 MAR)

EDICTO JUDICIALEn el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Basiliska Dueñas Zu-ñiga, bajo la actuación de la Especialista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Proceso Nro. 0389-2018-0-1018-JP-CI-01, se ha dispuesto notifi car con la siguiente resolución: Resolución Nro. 01.- Santiago, 12 de marzo del 2018.- (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud presentada por RO-LANDO HERRERA GUILLEN sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera CLEOFE GUILLEN FERRO; debiendo sustanciarse en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, en consecuencia en aplicación de lo dispuesto en los artículos 832 y siguiente del Código Procesal Civil. (...) así como la publica-ción de un extracto de la solicitud en el diario de los anuncios judiciales y en otro de amplia circulación.-NOTIFIQUESE a los presuntos herederos VALENTÍN HERRERA SARMIENTO, CARLOTA, GABRIEL, RAMIRO, MARTHA, FLORA, JULIO y GLORIA HERRERA GUILLEN (...). Lo que se publica para fi nes de ley.

CARMEN ROSA DELGADO SÁNCHEZSECRETARIA JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE SANTIAGOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6582541 F. (19 MAR)

EDICTO JUDICIALAnte el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 34-2018-CI seguido por FELIX CUBA FLORES sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitura, siendo lo correcto LUISA FLORENTINA FLO-RES MENA, se ha dispuesto la publicación del presente para los fi nes de Ley.-

San Jerónimo, 31-01-2018

ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALASSECRETARIA JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JERONIMOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6582532 F. (19, 20, 21 MAR)

EDICTO JUDICIALEn el 2do Juzgado Mixto de Wanchaq-Cusco. Exp. Nro. 00836-2017-0-1001-JM-CI-02, seguido por Betty Sabina Nible Palma, sobre Supresión del prenombre Sabina, se ha dispues-to la publicación por edictos el extracto de la resolución Nro. 01 del 23-01-17: ADMITIR A TRÁMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, la demanda interpuesta por BETTY SABINA NIBLE PALMA, sobre SUPRESION del PRENOMBRE DE SABINA, por el de BETTY NIBLE PALMA.- Para la AUDIEN-

CIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL señálese EL DIA VEINTICINCO DE ABRIL del año dos mil dieciocho A HORAS NUEVE Y TREINTA de la mañana, acto que se llevará a cabo en el local del Juzgado,....- De los Medios Probatorios: Por ofrecidos los medios probatorios propuestos, reservándo-se su admisión y actuación para su debida oportunidad.-... De acuerdo a lo prescrito por el artículo 828° del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la solicitud por una sola vez en la forma prevista en el Diario Judicial de esta ciudad, entregán-dose los edictos respectivos, debiendo concurrir la interesada a la secretaría en horas de atención al público.- H.S.- Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga Morón- Ante mí: Evangeli-na Conza Choque.-Secretaria Judicial.- Lo que se publica para los fi nes consiguientes.-

Wanchaq, 14 de marzo del 2018.

EVANGELINA CONZA CHOQUESECRETARIA JUDICIALSEGUNDO JUZGADO MIXTO WANCHAQCORTE SUPERIOR DE JUSTICA DEL CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6582592 F. (19 MAR)

PRIMER REMATE PÚBLICO JUDICIALEn el Expediente N° 01176-2013-0-1001 -JR-CI-02, seguido por MATÍAS BACA ALMIRÓN contra MATÍAS BACA RÍOS, sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIENES, el Segundo Juz-gado Civil del Cusco, Juez Dr. ELIOT ALCIBIADES ZAMALLOA CORNEJO, Especialista Legal DAVID AMÉRICO OLIVERA SARMIENTO, ha facultado al Martiliero Público ALDO MAR-TÍN ZAMORA MILLONES, con Reg. N° 211, REALIZAR EL REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble sito en MANZANA “M” LOTE 4 DEL PROGRAMA DE VIVIENDA MARCAVALLE - TOMASA TITU CONDEMAYTA del distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco, ins-crito en la Partida 11000440 (Que viene de Ficha N° 31015794 y Asientos registrados en Tomo 312 Fojas 193) del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Cusco (Descripción: Pre-dio Urbano de 3 pisos, Área de terreno 108.00 m2, Medidas: Frente 6.00 m - Derecha 18.00 m - Izquierda 18.00 m - Fondo 6.00 m). AFECTACIONES: Ninguna. VALOR DE TASACIÓN: US$ 208,449.40 (Doscientos ocho mil cuatrocientos cuaren-ta y nueve con 40/100 dólares americanos), PRECIO BASE: USS 138,966.27 (Ciento treinta y ocho mil novecientos sesenta y seis con 27/100 dólares americanos) equivalente a las dos terceras partes de su valorización. LUGAR: Ofi cina de Admi-nistración de Juzgados Civiles, en el Segundo Pise de la Corte Superior de Justicia de Cusco, sito en Av. Ei Sol s/n - Cusco. DÍA Y HORA: 19 de abril del 2018 - 10:00 a.m. POSTORES: Presentar 1.- Documento de identidad y/o RUC (personas jurídicas con vigencia de poder): 2.- Arancel judicial (código 07153) correspondiente, coi is’ons ndo expediente, juzgado, documento de identidad; y, 3.- Depositar en efectivo o cheque de gerencia (ENDOSABLE) girado a su nombre una cantidad no menor al 10% del vaíor de tasación (USS 20,844.94 dólares americanos). Adjudicatario pagará honorarios del Martiliero Pú-blico. INFORMES: 978171100, 989049111.

ALDO MARTIN ZAMORA MILLONESMARTILLERO PUBLICO CON REG. N° 211

DR. DAVID AMERICO OLIVERA SARMIENTOSECRETARIO JUDICIAL DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CUSCOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6582666 F. (19, 21, 23, 27 MAR Y 02, 04 ABR)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto de Anta, Despachado por el Magistrado Mario Sota Álvarez, se tramita el Proceso Civil N° 155-2017-CI, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por CARLOS ORTEGA UGARTE, en contra de EXALTACION HUI-LLCA AÑO y su esposa JULIA HUMALLA DE HUILLCA, con citación de los colindantes 1) Juan Quispe Vásquez, 2) Jorge

Herrera Báez, 3) Isaías Carrión Carmona, 4) Justina Leguía Ro-dríguez y 5) Dirección Regional de Agricultura representada por su Procurador Publico; sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO de la parcela con Unidad Catastral N° 03805, con una extensión de 2111.88 m2, ubicada en la Asociación de Agricultores Rioja Andenes del distrito de Limatambo, provin-cia de Anta, departamento de Cusco; sustanciándose en la vía del PROCESO ABREVIADO, por su mérito de conformidad a lo dispuesto por el artículo 430 del Código Procesal Civil, con-cordante con lo precisado por el inciso quinto del artículo 491 del citado cuerpo legal, córrase traslado a la parte demandada por el plazo de DIEZ días, bajo expreso apercibimiento de ser declarados rebeldes en caso de inconcurrir a los supuestos re-gulados en la ley. De conformidad a lo establecido en el artículo 506 del Código Procesal Civil se dispone se proceda a publicar el extracto de la demanda en el diario judicial “La República” en vista de no tener acceso a la web del Poder Judicial, por tres veces con intervalo de tres días y la notifi cación por radiodifu-sión por cinco días consecutivos y fíjese el edicto en la tablilla del juzgado.-

Anta, 14 de marzo del 2018.

MARCIA NATALY TEJADA FLORESSECRETARIA JUDICIALJUZGADO MIXTO DE ANTACORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUSCO

P. 6583089 F. (19, 23 MAR Y 02 ABR)

EDICTOEn el proceso N° 536-2016, seguido por GERMAN GUILLER-MO SÁNCHEZ GUILLEN y esposa VALENTINA VILLACORTA RAMOS, contra FRANCISCO QUISPE VARGAS y esposa MA-RIA CALLAPINA FLORES, sobre PRESCRIPCION ADQUISI-TIVA DE DOMINIO, se ha dispuesto la publicación de edictos: “Resolución 02.- Cusco, tres de Mayo del año dos mil dieciséis. VISTA; (...) SE RESUELVE: ADMITIR y tramitar en la vía del proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por GERMAN GUILLERMO SÁNCHEZ GUILLEN y esposa VALENTINA VI-LLACORTA RAMOS, contra FRANCISCO QUISPE VARGAS y esposa MARIA CALLAPINA FLORES, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO; CON CITACIÓN de la Municipa-lidad Provincial del Cusco y de los colindantes Mario Misme Yupanqui y Mariano Yanqui Quispe; en tal virtud notifi quese a los demandados a fi n de que dentro del plazo de diez días cumplan con absolver el traslado de la demanda bajo APERCI-BIMIENTO DE SER DECLARADOS REBELDES;(...) Estando a lo previsto por el artículo 506 del Código Procesal Civil, publí-quese el extracto de la presente resolución en el Diario Judicial del Cusco, por tres veces con intervalo de tres días.- H.S.” Fdo. Sra. Juez Sandra Contreras Campana.- Esp. Legal Boris San-tos de la Gala.-”

Cusco, 16 Marzo 2018.

BORIS JUVENAL SANTOS DE LA GALAESPECIALISTA LEGALPRIMR JUZGADO CIVILMODULO COPORATIVO CIVILCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

P. 6582842 F. (19, 23 MAR Y 02 ABR)

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIAExp. N° 01518-2016-0-1001-JR-CI-02Por orden del SEGUNDO JUZGADO CIVIL DEL CUSCO, a cargo del Juez Dr. ELIOT ALCIBIADES ZAMALLOA CORNE-JO, Especialista Legal DAVID AMERICO OLIVERA SARMIEN-TO, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO SA. CMAC CUSCO SA. Con ROGER JOR-GE VELASQUEZ HUAMAN, JORGE VELASQUEZ QUISPE, LUCIANA HUAMAN DE VELASQUEZ y YANET NORA CCU-NO HUANCCO, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, el día 3 de abril del 2018, a horas 2.30 p.m., en el local de la Ofi cina de Administración del Módulo Civil, sito en el Palacio de Justicia del Cusco, ubicado en la Av. El Sol S/N, del Distrito, Provincia y Departamento del Cusco, REMATARE el bien inmueble sito

Page 11: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · ELECTRONICA N° 05001994 del Registro de Predios de la O fi - cina Registral Cusco, Zona Registral X - Sede Cusco, con las siguientes AFECTACIONES:

La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

en la MZ H, lote 6 Urb. Vista Alegre, del Distrito de San Sebas-tián, Provincia y Departamento de Cusco, inscrito en la Partida Electrónica N° 02013820, del Registro de Propiedad Inmueble, de la ZONA REGISTRAL N° X- SEDE CUSCO.-

TASACION: US$ 265,912.00 (doscientos sesenta y cinco mil, novecientos doce y 00/100 Dólares Americanos).PRECIO BASE: US$ 177,274.67 (ciento setenta y siete mil dos cientos setenta y cuatro y 67/100 Dólares Americanos) (dos ter-cios del valor de tasación).

AFECTACIONES:

1.- HIPOTECA a favor de la CMAC CUSCO S.A., hasta por US$ 20,000.00, inscrito en el asiento D00003.-2.- HIPOTECA a favor de la CMAC CUSCO S.A., hasta por US$ 40,000.00, inscrito en el asiento D00004; ampliada en el Asiento D00005 hasta por US$ 72,000.00; y ampliada en el Asiento D00006 hasta S/ 290,000.00.-3.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, a favor de Bri-set Karen Saldivar Huaman, sobre el 50 % de las Acciones y Derechos que le corresponden a JORGE VELASQUEZ QUIS-PE, hasta por S/ 10,000.00 inscrito en el asiento D00008.-

Los postores oblarán el diez por ciento del valor de tasación y presentar su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y gene-rales de ley. Los honorarios del martiliero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV.-

SAUL RODOLFO MANTILLA SANEZMartiliero Público de Registro Nacional N° 119

DR. DAVID AMERICO OLIVERA SARMIENTOSECRETARIO JUDICIAL DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CUSCOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOPODER JUDICIAL

P. 6579048 F. (14, 15, 16 MAR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartam-bo que Despacha el señor Juez Wald Duran Chicata, bajo la actuación de la secretaria Judicial Liz Acuña Molle, se ha dis-puesto mediante resolución cinco del ocho de marzo del dos mil dieciocho, la notifi cación vía edicto en el expediente N° 133-2017-0-1013-JR-PE seguido contra Wilbert Lima Quispe por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales C.L.H., representada por su progenitura Lu-cia Huaman Puma, con la resolución cero cinco del catorce de marzo del dos mil dieciocho, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado que mediante RESOLUCIÓN 05 del 14 de marzo del 2018 este Despacho DISPONE: (...) 1) DECLARAR FRUS-TRADA la presente audiencia por defecto en la notifi cación al imputado Wilbert Lima Quispe. 2) REPROGRAMAR LA PRE-SENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA NUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS, diligencia a verifi carse en la sala de audiencias del Juzoádo de Investigación Preparatoria de Paucartambo, sito en la calle Colón s/n del Cercado de Paucartambo. 3) SE DISPO-NE la notifi cación del imputado Wilbert Lima Quispe en su do-micilio real sito en la comunidad campesina de Kachupata, del Distrito y Provincia de Paucartambo, Departamento de cusco; sin perjuicio de notifi carse vía edictos de ley que se publica en el diario judicial de este distrito judicial. 4) NOTIFIQUESE a la parte agraviada conforme a Ley. H.S.-

J. S (19, 20, 21 MAR)

EDICTO PENALExp. N° 01336-2012-59-1001-IR-PE-05TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONALEspecialista Judicial: SEVERINO HUAMAN HUAMANTTICA.Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que des-pacha el Señor Juez Dr. Carlos Román Gil, bajo la actuación

de la Especialista Judicial de Juzgado Abg. Severino Huamán Huamantica, se viene tramitando el proceso penal Exp. N° 01336-2012-59-1001-IR-PE-05, seguido contra AMBROCIO QQUESUHUALLPA MELÓ Y DAVID TTITO CONDORI por la presunta comisión del delito FALSIFICACIÓN DE DOCU-MENTOS en agravio de DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANS-PORTES Y COMUNICACIONES se ha dispuesto NOTIFICAR mediante edicto a los imputados a fi n de que concurra a la AU-DIENCIA DE JUICIO ORAL A REALIZARSE EL DÍA 05-ABR-2018. A Hs. 08.30, en la 3ERA. Sala de audiencias del Palacio de Justicia de Cusco, al que deberán asistir en forma obligatoria bajo apercibimiento de declarar CONTUMAZ.Cusco, 16 de marzo del 2018.

J. S (19, 20, 21 MAR)

EDICTO JUDICIALEn la Sala Civil de Cusco, en el EXPEDIENTE: 00210-2013-0-1001-JM-CI-02, seguido por José María Molina Espinoza con Ramón Chino Callo y otros, sobre Nulidad de Acto Jurídico, SE NOTIFICA: A LOS SUCESORES PROCE-SALES DE QVF FILOMENA MOLINA ESPINOZA con la reso-lución siguiente:“Resolución Nro. 42.- Cusco, 9 de marzo de 2018. I.- ANTE-CEDENTES:1. Mediante ofi cio que antecede, la Secretaria de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República de-vuelve el presente proceso, en atención a lo dispuesto por la resolución Suprema que dispone devolver el proceso con la fi -nalidad de lograr el apersonamiento de los sucesores procesa-les de Filomena Molina Espinoza, o en su defecto se nombre un curador procesal. (...)Por estos fundamentos DISPUSIERON:A. SUSPENDER el trámite del presente proceso.B. NOTIFÍQUESE mediante edictos a los sucesores procesales de Filomena Molina Espinoza, los que deberán de publicarse por el plazo de tres días en el Diario Judicial del Cusco, con el fi n de que se apersonen dentro de TREINTA DÍAS HÁBILES de efectuada la última publicación, bajo apercibimiento de prose-guirse el trámite del proceso nombrándose curador procesal en su representación; debiendo Secretaría de la Sala efectuar las publicaciones antes dispuestas.C. Notifíquese con la presente resolución a Filomena Molina Espinoza en su último domicilio real declarado ante la RENIEC- Integran el Colegiado las Señoras Jueces Superiores Begonia del Rodo Velásquez Cuentas, Yenny Margot Delgado Aybar, y Karinna Justina Holgado Noa conforme lo dispone la Reso-lución Administrativa No. 001 2018-P-CSJCU-PJ.-H.S.S.S.-MEDIA FIRMA DE LAS SEÑORAS JUECES SUPERIORES: VELÁSQUEZ CUENTAS, DELGADO AYBAR Y HOLGADO NOA - Firma la Secretaria de Sala, Abogada Roxana Bohór-quez Abarca”.Cusco, 14 de marzo de 2018.

J. S (19, 20, 21 MAR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALAnte el 6to Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha la Dra. Zulay Sánchez Farfán, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Johanna Alexandra Almanza Chevarria, se ha presentado el requerimiento fi scal de Acu-sación Directa, incidente de la investigación penal que ha sido signado con el N° 00894-2018-0-1001 -JR-PE-06, seguido en contra de Amador Hurtado Condori, por la presunta de la comi-sión del delito Contra La Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub. Tipo Abandono de Mujer en Estado de Gestación, previsto en el artículo 150° del Código Penal, en agravio de Victoria Solizonquehua Qquecaño, en consecuen-cia. NOTIFIQUESE: Al imputado AMADOR HURTADO CON-DORI, con los siguientes actuados y resoluciones:El requerimiento fi scal de Acusación directa:EDILBERTO MOLINA ESCOBEDO, Fiscal Provincial Penal del Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Cor-porativa de Cusco, QUIEN FORMULA ACUSACIÓN PENAL DIRECTA contra AMADOR HURTADO CONDORI como autor directo del delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, subtipo Abandono de Mujer en Estado de Gestación, previsto en el artículo 150 del Código Penal, en agravio de VICTORIA SOLIZONQUEHUA QQUECAÑO, en los

términos siguientes:DE LA PENA.-Este Despacho Fiscal, solicita la imposición deLa Fiscalía solicita se imponga al acusado una PENA CON-CRETA DE UN (1) AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA, POR EL DELITO DE Abandono de Mujer en Esta-do de Gestación, en agravio de VICTORIA SOLIZONQUEHUA QQUECAÑO.DE LA REPARACIÓN CIVIL.-Corresponde determinar el monto de la indemnización por los daños y perjuicios sufridos por la victima; por lo que la Fiscalía establece una reparación civil de S/. 2000.00 (DOS SOLES CON 00/100) cuyo pago deberá efectuar el acusado, ya que ha generado menoscabo a la integridad física de la agravia-da, así como una marca en el rostro de la agraviada lo cual le trae consecuencias psicológicas pues se le ha generado una cicatriz o huella indeleble en el rostro, lo cual también generara consecuencias sociales en perjuicio de la agraviada.Resolución numero 01 - CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBI-LES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) obser-var formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para eljuicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación pro-batoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación y otros reconocidos en la ley. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notifi cación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunica-da oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notifi cará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar.Resolución numero 061. CITAR para el día VEINTITRÉS DE ABRIL DEL AÑO POS MIL DIECIOCHO, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (Hora exacta) la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN en la SEXTA SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la Avenida El Sol de esta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia de Cusco, la misma que tendrá carácter de INAPLAZABLE con la presencia obligatoria del Fiscal y los abogados de los procesados, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustifi cada del re-presentante del Ministerio Publico, de poner en conocimiento del Órgano de Control Interno; en caso de inconcurrencia in-justifi cada de los abogados particulares de los procesados, de excluirlos de la defensa y designar a un abogado de ofi cio; y en caso de inconcurrencia del abogado defensor público, de poner en conocimiento de la Coordinación de la Defensoría Publica.2. COMUNICAR a los sujetos procesales que la carpeta fi scal se encuentra en las ofi cinas de fi scalía.3. PRECISAR: Que, el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en auclio. Que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notifi cadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido.Cusco, 14 del mes de Marzo del año 2018.

J. S (19, 20, 21 MAR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALAnte el 6to Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha la Dra. Zulay Sánchez Farfán, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Johanna Alexandra Almanza Chavarría, se ha presentado el requerimiento fi scal de Acu-sación Directa, incidente de la investigación penal que ha sido signado con el N° 04448-2018-0-1001 -JR-PE-06, seguido en contra de Edison Angles Ramos Soncco, por la presunta de la comisión del delito Contra El Patrimonio, en la modalidad de

Hurto, Sub. Tipo Hurto Agravado, en agravio de Dina Gutiérrez Hancco y Javier Hancco Gutiérrez, en consecuencia. NOTIFI-QUESE: AI imputado EDISON ANGLES RAMOS SONCCO, con los siguientes actuados y resoluciones:El requerimiento fi scal de Acusación directa:MIRIAM VERÓNICA RIVAS VEGA, Fiscal Provincial Penal del Segundo Despacho de Investigación de la Primera Fisca-lía Provincial Penal Corporativa de Cusco, QUIEN FORMULA ACUSACIÓN PENAL DIRECTA contra Edison Anglez Ramos Soncco como autor directo del delito contra El Patrimonio, en la modalidad de Hurto, Sub . Tipo Hurto Agravado, previsto en el numeral 1 del artículo 186° del Código Penal, en agravio de Dina Gutiérrez Hancco y Javier Hancco Gutiérrez, en los térmi-nos siguientes:DE LA PENA-Este Despacho Fiscal, solicita la imposición deLa Fiscalía solicita se imponga al acusado una PENA CON-CRETA DE TRES AÑOS Y OCHO MESES DE PENA PRIVATI-VA DE CARÁCTER SUSPENDIDA.DE LA REPARACIÓN CIVIL.-Corresponde determinar el monto de la indemnización por los daños y perjuicios sufridos por la victima; por lo que la Fiscalía establece una reparación civil de S/. (QUINIENTOS NUEVOS SOLES) cuyo pago deberá efectuar el acusado.Resolución numero 01 - CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBI-LES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) obser-var formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prue-ba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación y otros reconocidos en la ley. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notifi cación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunica-da oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notifi cará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar.Resolución Nro. 06 Cusco, catorce de marzodel año dos mil dieciocho.-DADO CUENTA: Con el presente proceso, habiéndose frustra-do la audiencia, debido a la notifi cación vía edicto judicial del imputado Edison Angles Ramos Ssonco; por lo que prosiguien-do el trámite correspondiente;1. REPROGRAMESE para el día TRECE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SEXTA Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N” 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Jus-ticia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado.2. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Artículo 85, inciso 1 del Códi-go Procesal Penal, a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa técnica del acusado de disponerse el reemplazo inmediato por abogado de la defensa pública, sin posibilidad de reincor-poración, así como la aplicación de las sanciones establecidas en el Artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la comunicación respectiva al Colegio de Abogados; y en caso de inconcurrencia injustifi cada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Ofi cina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución.3. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales.Cusco, 14 del mes de Marzo delaño 20J8.

J. S (19, 20, 21 MAR)

Page 12: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · ELECTRONICA N° 05001994 del Registro de Predios de la O fi - cina Registral Cusco, Zona Registral X - Sede Cusco, con las siguientes AFECTACIONES:

La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALAnte el 6to Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha la Dra. Zulay Sánchez Farfán, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Johanna Alexandra Almanza Che-varría, se ha presentado el requerimiento fi scal de Acusación Directa, incidente de la investigación penal que ha sido signado con el N° 05273-2017-0-1001-JR-PE-06, seguido en contra de Carlos Vidal Fernández Ttito, por la presunta de la comisión del delito Contra La Vida, El Cuerpo y La Salud, en la modalidad Lesiones, Sub Tipo Agresiones en Contra de los Integrantes del Grupo Familiar, ilícito previsto y sancionado en el primer párrafo del articulo 122°-B, en agravio de Giadis Mamani Condo, NOTI-FIQUESE: Al imputado CARLOS VIDAL FERNANDEZ TTITO, con los siguientes actuados y resoluciones:El requerimiento fi scal de Acusación directa:ANGELA WIARÍA PAREDES MENDOZA Fiscal Provincial (T) del Tercer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Cusco, con domicilio procesal en la Av. Pedro Vilca Apaza N° 313 (cuarto piso) del Distrito de Wanchaq de esta ciudad, con casilla electrónica 55808; en la Investigación seguida con-tra Carlos Vidal Fernández Ttito por el delito de Agresiones en contra los integrantes de grupo familiar, en agravio de Giadis Mamani Conde, en los términos siguientes:DE LA PENA.-Este Despacho Fiscal, solicita la imposición deLa Fiscalía solicita se imponga al acusado una PENA CON-CRETA DE UN AÑO DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD sus-pendida en su ejecución por el mismo plazo de la condena e INHABILITACIÓN por el plazo de UN AÑO.DE LA REPARACIÓN CIVIL.-Corresponde determinar el monto de la indemnización por los daños y perjuicios sufridos por la victima; por lo que la Fiscalía establece una reparación civil de (S/. 400.00 CUATROCIEN-TOS NUEVOS SOLES) cuyo pago deberá efectuar el acusado.Resolución numero 01 - CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBI-LES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) obser-var formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prue-ba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar ele control de acusación y otros reconocidos en la ley. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notifi cación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comuni-cada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notifi cará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar.RESOLUCIÓN N° 05 Cusco, catorce de marzo del dos mil dieciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se halla en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE.-1. DECLARAR FRUSTRADA la verifi cación de la presente au-diencia por no haberse notifi cado al imputado.2. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA SEIS DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO A LAS QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS A VERIFICARSE EN LA SEXTA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE IUSTICIA DE CUSCO: precisándose que viene señalándose la fecha antes indicada tomando en cuenta la agenda del Juzgado y la carga procesal.3. PRECÍSESE QUE LA AUDIENCIA TIENE CARÁCTER DE INAPLAZABLE, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos, en caso de inconcurrencia de las partes, cuya asis-tencia sea necesaria para instalar la presente.Cusco, 14 del mes de Marzo del año 2018.

J. S (19, 20, 21 MAR)

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSEn el proceso N° 602-2015-0-1018-JM-CI-02, que se trami-ta ante el Segundo Juzgado Mixto del Módulo de Justicia de Santiago. Judicado por el Dr. López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Cabana Zuvileta, se ha dispuesto notifi car con un extracto de la Resolución Nro. 19 (SENTENCIA), a los HEREDEROS LEGALES DE RICHARD ALTAMIRANO QUIS-PE, cuyo tenor es como sigue: “Resolución N° 19 Santiago, 07 de marzo del dos mil dieciocho.- QUE RESUELVE: El juez del segundo juzgado mixto de Santiago administrando justicia por mandato de la Constitución: FALLA: 1.- Incorpórese como medios probatorios de ofi cio, los actuados pertinentes del pro-ceso No. 167-15-CI-02 seguido por Richar Altamirano Quispe con Susana Medina Espinoza sobre Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta, incluyendo el acta de defunción de Richar Altami-rano Quispe. 2.- SE DECLARA IMPROCEDENTE la demanda incoada por Susana Medina Espinoza contra Edilberta Mamani Medina y Richar Altamirano Quispe sobre Desalojo por ocu-pación precaria. 3.- Notifi quese a la presente sentencia a los herederos legales de Richar Altamirano Quispe via edicto por disposición de este despacho y en caso de no salir a juicio en el plazo de quince dias de notifi cados desígnesele curador proce-sal. 4.- Notifi quese conforme a ley; PUBLIQUESE un extracto de la Sentencia, en el Diario Judicial del Cusco, por tres días consecutivos; H.S.Cusco, Santiago, 14 de marzo de 2018

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EDICTO PENALSEÑOR: DOMINGO GUTIÉRREZ QUISPELa señora Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparato-ria del Cusco, Dra. Zulay Sánchez Farfan, en el proceso Nro. 3432-2017-5-1001-JR-PE-02, seguido contra ANASTACIO VI-LLA QQUEHUE Y CARLOS AVALOS GUTIÉRREZ como coau-tores de la comisión del delito Contra el patrimonio en la modali-dad de Robo sub tipo robo agravado, en agravio de DOMINGO GUTIÉRREZ QUISPE, bajo la actuación del especialista Abg. Gilmar Cahuata Sequeiros ha dispuesto notifi carle con el Re-querimiento de Acusación, la Resolución N° 01 del 12/01/2018, la Resolución N° 06 de fecha 12 de marzo 2018 y constancia cuyo contenido es el siguiente: SEÑOR JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUS-CO: ALBERTO PÉREZ CÁRDENAS. Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, seña-lando como Domicilio Procesal la Calle Pedro Vilcapaza N. 315, Cuarto Piso Ofi cina 405-A Wanchaq, atentamente digo:I.- PETITORIO: Que, luego de efectuadas las Investigaciones correspondientes, este Despacho Fiscal, a tenor de lo estable-cido en el articulo 349° del Código Procesal Penal FORMU-LA REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN contra ANASTACIO VILLA QQUEHUE Y CARLOS AVALOS GUTIÉRREZ, como co-autores de la comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de ROBO, subtipo ROBO AGRAVADO, en agravio de DOMINGO GUTIÉRREZ QUISPE; previsto en el ar-ticulo 188 del Código Penal TIPO BASE y el inciso 4 del articulo 189 del CP segundo párrafo como TIPO ESPECIFICO, en los términos siguientes: II.- DATOS QUE SIRVEN PARA IDENTI-FICAR A LAS PARTES: DE LOS IMPUTADOS: ANASTACIO VILLA QQUEHUE de sexo Masculino, identifi cado con DNI N° 80129996, fecha de nacimiento 02 de mayo de 1979, lugar de nacimiento Rondocan- Acomayo- Cusco, estado civil Soltero, nombre de los padres Nicanor y Alejandro, con domicilio real en la Comunidad Campesina Qoilana lote A-l del distrito de San Jerónimo, Provincia y departamento de Cusco. Domicilio procesal Calle San Andrés N: 270 ofi cina 10, 2do piso cercado del Cusco. CARLOS AVALOS GUTIÉRREZ de sexo Masculino identifi cado con DNI N° 24003260, fecha de nacimiento 25 de setiembre de 1976, lugar de nacimiento Cusco- Cusco- Cusco, estado civil Soltero, grado de instrucción Secundaria Completa, padres Victor y Teresa, con domicilio real en la Urbanización Tupac Amaru Calle Pumacahua lote E-6, del distrito de San Sebastián, Provincia y departamento de Cusco. Domicilio pro-cesal Calle San Andrés N: 270 ofi cina 10, 2do piso cercado del Cusco. AGRAVIADO: DOMINGO GUTIÉRREZ QUISPE, identifi cado con DNI N° 48869394, con Domicilio Real en la Co-munidad Campesina Queuña S/N del Distrito de Huancarani, Provincia de Paucartambo y Departamento del Cusco, celular 931035305. II.- DESCRIPCIÓN DE HECHOS ATRIBUIDOS

A LOS IMPUTADOS CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES. CONCOMITANTES Y POSTERIORES.CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES: El dia 16 de Agosto del 2017 siendo horas 12:00MD Domingo Gutiérrez Quispe y su hermano Máximo Gutiérrez Quispe, salieron de la localidad de Huancarani-Paucartambo rumbo a la ciudad del Cusco, llegan-do al distrito de San Jerónimo a horas 13:30 aproximadamente con la fi nalidad de buscar trabajo, para luego dirigirse al merca-do de Vino Canchón a fi n de realizar cotizaciones de algunos productos y animales (gallinas). CIRCUNSTANCIAS CONCO-MITANTES Siendo horas 14:20 aproximadamente dichas per-sonas se dirigieron a la Plaza Dos de Noviembre, ubicado frente al Cementerio del distrito de San Jerónimo, donde se quedaron sentados en una de las bancas para descansar, es en esas circunstancias que Anastacio Villa Quehue, sin mediar palabra alguna lo sujetó del cuello a Domingo Gutiérrez Quispe, proce-de a cogotearlo, mientras que el menor de iniciales K. O.V A. hijo de Anastacio Villa Quehue, le procedía a rebuscar los bolsi-llos del agraviado, sustrayéndole su celular color plomo-negro, marca bitel con numero N° 989666840, con número de serie 584020023157, IMEI 861897030463126, 8618970304463134, con su respectiva batería (operativo), su billetera de cuero color marrón que contenia solo su licencia de conducir( la cual arroja al suelo al ver que no tenia dinero) y le quita su gorra de color celeste con inscripción ADIDAS-SPORT. Que, al percatarse de dichos hechos, Máximo Gutiérrez Quispe, pretende ayudar a su hermano; empero Garlos Avalos Gutiérrez le intercepta amena-zándole de muerte con una barreta de 80 cms aproximadamen-te, señalándole que no se meta, por lo que este al percatarse que un patrullero de la Policía Nacional se hallaba a la altura del Terminal de la Empresa G4M, se dirige corriendo a dicho lugar donde procede a solicitar ayuda para su hermano al SOB Wiison Gabrera Gcallo, el cual procede a prestarle ayuda de inmediato, circunstancias en las cuales le muestra a tres perso-nas que se retiraban del parque, por lo cual proceden a perse-guirlos gritándoles que se detengan indicando que era policía, ante lo cual no le hacen caso continuando alejándose. Empero ante la insistencia y el hecho que llegara el patrullero con el otro Policía recién se detienen, momentos en los cuales el menor de iniciales K. O.V. A. hijo de Anastacio Villa Quehue, procede a tirar al piso el gorro que llevaba, siendo intervenidos, y cuando se iba a efectuar el registro personal de Anastacio Villa Que-hue, este saco de su bolsillo derecho de su pantalón el celular color plomo-negro, marca bitel con numero N° 989666840, con número de serie 584020023157, IMEI 8618970304A3’1’26, 8618970304463134, que fue reconocido de inmediato Domin-go Gutiérrez Quispe, señalando que ese era el que le acaban de robar, igualmente Carlos Avalos Gutiérrez en dicho momento tenía en su poder una barreta y una lampa. CIRCUNSTANCIAS POSTERIORES Que, por dichas circunstancias se les procede a llevar ante la Comisaria del Sector (...)MEDIDAS DE COERCIÓN PROCESAL Se ha solicitado Pri-sión preventiva, la cual ha sido concedida, por lo cual nos remi-timos a ella. POR LO EXPUESTO: A Usted Señor Juez, solicito acceder al presente requerimiento y tramitarlo en el modo y forma de ley. RESOLUCIÓN NRO. 01 Cusco, doce de enero Del año dos mil dieciocho.- DADO CUENTA: Con el requeri-miento fi scal de Acusación presentado por el Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fi n de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la norma citada. SEGUNDO: Asimismo, corresponde convocar a audiencia de control de acusación al término del plazo estable-cido en el inciso 1 del articulo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el articulo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defensor público, para que en caso de la no concurrencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asimismo, se convocará a los demás sujetos pro-cesales, siendo obligatoria la presencia del Ministerio Público y la defensa técnica del acusado. Por lo que, conforme al estado del proceso; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del re-querimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir ex-cepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los

medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determi-nados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. 2. CITAR para el dia NUEVE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIO-CHO a las DOCE HORAS (hora exacta) la realización de la au-diencia preliminar de control de acusación por VIDEOCONFE-RENCIA entre la Novena Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, y la Sala de Video Conferencia del Penal de Quenccoro la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. 3. PRECÍSESE que la audien-cia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Articulo 85, inciso 1 del Código Procesal Penal, a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la in-concurrencia de la defensa técnica del acusado de disponerse el reemplazo inmediato por abogado de la defensa pública, sin posibilidad de reincorporación, asi como la aplicación de las sanciones establecidas en el Articulo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la comunicación respectiva al Colegio de Abogados; y en caso de inconcurrencia injustifi cada del repre-sentante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Ofi ci-na de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución. 4. OFICÍESE a la Coordinación de la Defensa Públi-ca del MINJUS Cusco, a fi n de que designen el número necesa-rio de abogados defensores a efectos de asumir el derecho de defensa del acusado (s), en caso de inconcurrencia o renuncia de su abogado defensor de libre elección, debiendo adjuntarse al mismo copia del requerimiento acusatorio. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Regístrese y comuníquese.-RESOLUCIÓN NRO. 06Cusco, doce de marzo de dos mil dieciocho.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrada en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe SE RESUELVE.-DECLARAR FRUSTRADA la verifi cación de la presente au-diencia al no haber se notifi cado al agraviado inclusive desde la formalización de la investigación. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA NUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS A VERIFICARSE EN LA SEXTA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL, precisándose que se viene señalándose la fechas antes indicada en vista de que se esta disponiendo la renovación de la cédula de notifi cación a la parte agraviada.(requerimiento acusatorio más resolución número 01, formalización más resolución número 01 y más la presente resolución)CORRER traslado del requerimiento a la parte agraviada asi mismo habilitar el termino de 10 dias a fi n de que si lo viera por conveniente se constituye en actor civil y/o ejerza todos los derechos que la norma le concede ignorándose su domicilio se dispone la notifi cación mediante edictos.PRECÍSESE que la audiencia tiene carácter de INAPLAZABLE en consecuencia subsistente los apercibimientos decretados en autos en caso de inconcurrencia del Ministerio Público y de la abogada de elección.GÍRESE ofi cio a la Administración del Módulo Penal comuni-cando la no verifi cación de la presente audiencia en vista de que desde la formalización no se ha notifi cado válidamente a la parte agravia a fi n de que ejerza sus derechos.GÍRESE ofi cio a la ofi cina de defensa pública de Cusco a fi n de que designe abogado para los procesados Anastacio Villa Qquehue y Carlos Avalos Gutiérrez en caso se tenga que dis-poner el reemplazo inmediato dado el carácter de inaplazable de la audiencia. NOTIFICACIÓN PARTES PROCESALES: Conformes. HÁGASE SABER. Lo que notifi co a Usted, ante mi GILMAR CAHUATA SEQUEIROS, de que doy fe.

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EDICTOTERCER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATO-RIA DE TAMBOPATAEXPEDIENTE 1602-2017-0-2701 -JR-PE-01JUEZ: EDGARD LEÓN QUISPEESPECIALISTA JUDICIAL: PATRICIA GIOVANNA CRUZ SA-LAZAR.-

Page 13: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · ELECTRONICA N° 05001994 del Registro de Predios de la O fi - cina Registral Cusco, Zona Registral X - Sede Cusco, con las siguientes AFECTACIONES:

La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

NUMERO DE RESOLUCIÓN: 05 de fecha 07 de marzo del 2018.-SE NOTIFICA al investigado MIGUEL ANTONIO TAPIA RON-TO, por la presunta comisión del delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en agravio del me-nor de edad representado por su progenitura, Amancita Saire Saire, con el extracto de la resolución número 05 de su fecha; resolución que reprograma audiencia de proceso inmediato para el día 09 DE ABER1L DEL ANO 2018 A HORAS 08;30 DE LA MAÑANA, A llevarse a cabo en la Tercera Sala de Audien-cias de esta Corte Superior de justicia de Madre de Dios, sito en la Avenida Ernesto Rivera N°720 de esta ciudad.-Puerto Maldonado, 12 de marzo del año 2018.-

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EDICTO JUDICIAL1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar.EXPEDIENTE: 0048-2017-36-1009-JR-PE-01JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITOESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINOSe pone en conocimiento de las personas de NICOLÁS UMI-YAURI CCASA y CLAUDIA HUAMANI SAMATA, que doña Rosa Luz Juárez Alarcon, ha solicitado se constituya en TER-CERO CIVIL RESPONSABLE a la empresa de transportes AMÉRICA UNES S.R.Ltda., a efecto de que responda solida-riamente con el denunciado (chofer) con el pago de la repara-ción civil y las consecuencias civiles producto del accidente de tránsito; por lo que mediante resolución número uno de fecha primero de setiembre del dos mil diecisiete se corrió traslado a los demás sujetos procesales por el plazo de TRES DÍAS, a efecto de que puedan por escrito formular oposición debida-mente fundamentado; asimismo se pone en su conocimiento que mediante resolución número seis se dispuso reprogramar a audiencia de Incorporación de tercero Civilmente responsable, para el día VEINTIOCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECIO-CHO A LAS DOCE HORAS (hora exacta) en la Sala de Au-diencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar.-Espinar, 13 de Marzo del 2018.

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria de Chumbivil-cas que despacha la Dra. Norma Palomino Paredes, bajo la actuación de la Especialista Judicial Mery Luz Farfán Parisaca, se ha dispuesto la notifi cación vía edicto en el expediente N° 00007-2010-23-1008-JR-PE-01 de control de Acusación segui-do contra RAÚL MORA CANDÍA Y OTROS, por la comisión de Delito contra la Seguridad Pública, Delitos cometidos contra los Medios de Transporte, Comunicación y Otros Servicio Públicos en la mortalidad de Abandono del Servicio y otros, en agravio de Apfata Carrillo Magalena y Otros, con la resolución 16 del veinte de diciembre del dos mil diecisiete. NOTIFIQUESE: A los agraviados Rosmery Boza Rojas, Betsabeth Darsi Ccoa Salcedo, Waldir Guevara Ccoscco, Franklin Yunior Cabrera Alvaro, Jhonatán Llamoca Llamocca Velásquez, y a los Here-deros Legales de Q.E.V.F. Edmundo Ataucuri Alvaro, Florencia Rojas Vizarreta, Roy Nicomedes Chuquirimay, Ápfata Idelfonso Quispesivana Molina, Lourdes Velasquez Mollapaza, Régina Gutiérrez Ninaquispe, Eva Ataucuri Rojas y Ronaldiño Ataucurí; Rojas que mediante RESOLUCIÓN N° 16, de fecha veinte de diciembre del dos mil diecisiete, este Despacho: (...) DISPONE: conforme a lo previsto en el articulo: 351.1° del CPP; CÍTESE para el día VEINTITRÉS DE ENERO DEL DOS MIL DIECIO-CHO A LAS QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias del Juzgado de Inves-tigación Preparatoria de Chumbivilcas de la sede de la Corte Superior de Justicia de Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustifi cada de éste último de excluirlo de la defensa y de ser sancionado disciplinariamente como lo auto-riza en el artículo 85° inciso 3) del CPP. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Publico que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fi scal, con la fi nalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofre-cidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declara-

das inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fi scal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fi scal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notifi cadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1o y 2° del Reglamento de Notifi caciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Adminis-trativa N° 096-2006-CE-PJ. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivas casillas electrónicas.Santo Tomás, 21 de diciembre de 2018.

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo que Despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, bajo la ac-tuación de la secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha dispuesto mediante resolución cuatro del ocho de marzo del dos mil dieciocho, la notifi cación vía edicto en el expediente N° 00073-2017-78-1013-JR-PE seguido contra Paulino Paucar Huaman por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de los menores Sonia, Hugo y Jhojan Clinton Paucar Lima, representados por su progenitura Martha Lima Quispe, con la resolución cero cuatro del ocho de marzo del dos mil die-ciocho, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado que me-diante RESOLUCIÓN 04 del 08 de marzo del 2018 este Despa-cho DISPONE: (...) 1) DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la audiencia de juicio oral inmediato en los seguidos contra el acusado Paulino Paucar Huaman. 2) REPROGRAMAR la pre-sente audiencia para el día DOS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS QUINCE HORAS CON TREINTA MINU-TOS, diligencia a verifi carse en la sala de audiencias del Juz-gado Penal Unipersonal de Paucartambo, sito en la calle colon S/N de ésta ciudad, disponiéndose la notifi cación de acusado en su domicilio real que tiene consignado en autos; sin perjuicio de ello también SE DISPONE la NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS en el diario judicial del distrito judicial de Cusco, labor que estará a cargo de la Especialista de Audio, debiéndose glo-sar las publicaciones en la oportunidad debida. H.S.-

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo que Despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, bajo la actua-ción de la secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha dis-puesto mediante resolución tres del doce de marzo del dos mil dieciocho, la notifi cación vía edicto en el expediente N° 000101-2017-98-1013-JR-PE seguido contra Celedonio Hua-man Villaroel por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de los menores de iniciales J. R., N. M. y J. B. H. P., representados por su progenitura María Cecilia Pachapuma Quispe, con la resolución cero tres del doce de marzo del dos mil dieciocho, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado CELEDONIO HUAMAN VILLAROEL que mediante RESOLU-CIÓN 03 del 12 de marzo del 2018 este Despacho DISPONE: (...) 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la audiencia de juicio oral inmediato en los seguidos contra el acusado Ce-ledonio Huamani Villaroel.2. REPROGRAMAR la presente au-diencia de juicio oral para el día CUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, diligencia a verifi carse en la sala de audiencias del Juzgado Unipersonal de Paucartambo, sito en la calle colon s/n de la ciudad de Paucartambo, DISPONIÉNDOSE la notifi ca-ción al abogado defensor de la provincia de Paucartambo, asi como al acusado Celedonio Huaman Villaroel en su domicilio real sito en la Comunidad de Tupac Amaru S/N del distrito de Kosñipata, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cus-co, debiendo de dirigirse el exhorto correspondiente al Juez de Paz de Pillcopata - Kosñipata; sin perjuicio de ello, estando a lo dispuesto por el artículo 128° del Código Procesal Penal, se dispone también la notifi cación de la persona de CELEDONIO HUAMAN VILLAROEL mediante edictos en el Diario Judicial de la Corte Superior de Justicia del Cusco, la misma que estará a cargo de la Especialista de Audio bajo responsabilidad, quien deberá cuidar que las notifi caciones edictales se encuentren en

el cuaderno de debate. H.S.-

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EDICTO PENAL QUISPICANCHIEXPEDIENTE No. 00051-2017-11-1014-JR-PE-01JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUIS-PICANCHL-Especialista Judicial: Sonia L. Quispe .JMateria: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR.Se cita y emplaza a MATEO EMILIO CCAJMA CALSINA, a la audiencia en la que 2DA. Fiscalía Penal de Quispicanchi solicita confi rmatoria de incautación de un bien de su propiedad en el proceso N° 00051-2017-11-1014-JR-PE-01. en el proceso que se sigue a JAIRZINO CUMPA HANCCO, por la presunta comi-sión del delito de HURTO AGRAVADO, a llevarse a cabo el día 03 DE ABRIL DEL AÑO 2018 A HORAS 10 DE LA MAÑANA, en la segunda sala de audiencias Casa de la Juventud de Urcos- Urb. Tambillo s/n Urcos.Urcos, 05 de Marzo del año 2018.

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EDICTO PENAL QUISPICANCHIEXPEDIENTE No. 00019-2017-0-1014-JR-PE-01JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUIS-PICANCHI.Especialista Judicial: Sonia L. Quispe J.Materia: HOMICIDIO.Se cita y emplaza a JULIÁN HUACHO RAMÍREZ, a la audien-cia en la que IRA. Fiscalía Penal de Quispicanchi amplia plazo de investigación en el proceso N° 00019-2017-0-1014-JR-PE-01 , por la presunta comisión del delito de Homicidio en agravio de CLIMACO ZAPATA LLOCLLASI, a llevarse a cabo el día 05 DE ABRIL DEL AÑO 2018 A HORAS 10 DE LA MAÑA-NA, en la segunda sala de audiencias Casa de la Juventud de Urcos- Urb. Tambillo s/n Urcos.Urcos, 08 de Marzo del año 2018.

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo que Despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, bajo la ac-tuación de la secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha dispuesto mediante resolución cuatro del ocho de marzo del dos mil dieciocho, la notifi cación vía edicto en el expediente N° 00073-2017-78-1013-JR-PE seguido contra Paulino Paucar Huaman por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de los menores Sonia, Hugo y Jhojan Clinton Paucar Lima, representados por su progenitura Martha Lima Quispe, con la resolución cero cuatro del ocho de marzo del dos mil die-ciocho, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado que me-diante RESOLUCIÓN 04 del 08 de marzo del 2018 este Despa-cho DISPONE: (...) 1) DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la audiencia de juicio oral inmediato en los seguidos contra el acusado Paulino Paucar Huaman. 2) REPROGRAMAR la pre-sente audiencia para el día DOS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS QUINCE HORAS CON TREINTA MINU-TOS, diligencia a verifi carse en la sala de audiencias del Juz-gado Penal Unipersonal de Paucartambo, sito en la calle colon S/N de ésta ciudad, disponiéndose la notifi cación de acusado en su domicilio real que tiene consignado en autos; sin perjuicio de ello también SE DISPONE la NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS en el diario judicial del distrito judicial de Cusco, labor que estará a cargo de la Especialista de Audio, debiéndose glo-sar las publicaciones en la oportunidad debida. H.S.-

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo que Despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, bajo la actua-ción de la secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha dis-

puesto mediante resolución tres del doce de marzo del dos mil dieciocho, la notifi cación vía edicto en el expediente N° 000101-2017-98-1013-JR-PE seguido contra Celedonio Hua-man Villaroel por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de los menores de iniciales J. R., N. M. y J. B. H. P., representados por su progenitura María Cecilia Pachapuma Quispe, con la resolución cero tres del doce de marzo del dos mil dieciocho, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado CELEDONIO HUAMAN VILLAROEL que mediante RESOLU-CIÓN 03 del 12 de marzo del 2018 este Despacho DISPONE: (...) 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la audiencia de juicio oral inmediato en los seguidos contra el acusado Ce-ledonio Huamani Villaroel.2. REPROGRAMAR la presente au-diencia de juicio oral para el día CUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, diligencia a verifi carse en la sala de audiencias del Juzgado Unipersonal de Paucartambo, sito en la calle colon s/n de la ciudad de Paucartambo, DISPONIÉNDOSE la notifi ca-ción al abogado defensor de la provincia de Paucartambo, así como al acusado Celedonio Huaman Villaroel en su domicilio real sito en la Comunidad de Tupac Amaru S/N del distrito de Kosñipata, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cus-co, debiendo de dirigirse el exhorto correspondiente al Juez de Paz de Píllcopata - Kosñipata; sin perjuicio de ello, estando a lo dispuesto por ei artículo 128° del Código Procesal Penal, se dispone también la notifi cación de la persona de CELEDONIO HUAMAN VILLAROEL mediante edictos en el Diario Judicial de la Corte Superior de Justicia del Cusco, la misma que estará a cargo de la Especialista de Audio bajo responsabilidad, quien deberá cuidar que las notifi caciones edictales se encuentren en el cuaderno de debate. H.S.-

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EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secre-tario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Proceso N° 00042-2017-0-1014-JM-FT-01, seguido por la Fiscalía Provin-cial Civil y Familia de Quispicanchi, a favor de los menores Ro-lando Ccanahuire Rojo y Gabriel Víctor Ccanahuire Rojo, sobre Abandono Moral y Materia, contra su progenitor Telesforo Cca-nahuire Puma., se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido el auto de apertura de investigación, contenido en la resolución N° 01 de fecha 01 de febrero de 2018 (extracto), como sigue: SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR por abandono Moral y Material en la vía especial a favor de los menores Rolando Ccanahuire Rojo (07 años de edad) y Gabriel Víctor Ccanahuire Rojo (11 años de edad), contra su progenitor Telesforo Ccanahuire Puma, debiéndose realizar las siguientes diligencias: 1) RECÁBESE informe del equipo multidisciplinario a fi n de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de los menores.- 2) Se practique en el progenitor de los menores por tutelar evaluación psicológica a fi n de determinar sus rasgos de personalidad y la por disposición al consumo de bebidas alcohólicas, gírese ofi -cio al Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi.- 3) Se recabe la declaración del progenitor de los menores por tutelar Teles-foro Ccanahuire Puma.-4) PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fi n de que alguna persona interesada concurra a despacho.- 5) Gírense los ofi cios correspondientes y actúense las demás diligencias necesarias. AL OTROSÍ DICE.- Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica- AL MAS DICE.- 1.- GÍRESE ofi cio dirigido a la comisaria PNP de Quiquijana, a fi n de que este emita el Informe correspondiente respecto del presunto estado de abandono moral y material de los menores; 2.- Se solicite informe del equipo multidisciplinario a fi n de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de los menores, debiendo realizar una visita al domicilio donde se encuentran viviendo; así como una visita donde domicilia su progenitor a la fecha. Cumplido sea remí-tase los actuados para Vista Fiscal.-SEGUNDO MÁS DICE: Como medida de protección continúen los menores en poder de su hermano mayor Rosendo Ttito Rojo hasta las resultas del presente proceso. H.S.-Urcos, 05 de Marzo de 2018.

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La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓNEl Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Quispicanchis en el EXPEDIENTE N° 172-2017-49-1014-JR-PE-01, seguido contra JUVENAL JARA QUISPE, por la comisión del delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión de asistencia Familiar, en agravio de TEODORA GONZALO JARA, mediante Resolución Nro. 02 dictada en Audiencia Pública de fecha 30 de enero del año dos mil dieciocho, se ha dispuesto la notifi cación por edicto a JUVENAL JARA QUISPE, a fi n de que concurra a la Audiencia Pública señalada para el DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS CON TREINTA MINU-TOS DE LA TARDE que se llevara a cabo en la sede judicial de Quispicanchi del que doy fe.Urcos, 31 de Enero del 2018

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EDICTO PENALSEÑOR: ALBERTO PAÑIHUARA HUAMANIEl señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Prepa-ratoria del Cusco, Dra. Sonia Álvarez Mendoza, en el proceso Nro. 0752-2018-0-1001-JR-PE-07, seguido contra ALBERTO PAÑIHUARA HUAMANI con D.N.I. 45724272, por el delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsifi cación de Documentos en General, Sub tipo USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, en agravio del Estado, representado por la Procuraduría Publica de la Municipalidad provincial de Cusco, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notifi car con la Resolu-ción N° 02 de fecha siete de marzo del año dos mil dieciocho, y el extracto del requerimiento fi scal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra ALBER-TO PAÑIHUARA HUAMANI, como autor del delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsifi cación de Documentos en General, Sub tipo USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, tipifi cado en el artículo 427° del Código Penal, en agravio del Estado, representado por la Procuraduría Publica de la Muni-cipalidad provincial de Cusco, Por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el reque-rimiento de Proceso Inmediato.RESOLUCIÓN N° 02.Cusco, siete de marzo del año dos mil dieciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en au-dio. PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe.SE RESUELVE:1. DECLARA FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE LA PRE-SENTE AUDIENCIA.2. SE REPROGRAME LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA CINCO DE ABRIL DEL AÑO 2018 A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA EN LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO.SE DISPONE QUE EL PERSONAL ENCARGADO DE LOS DILIGENCIAMIENTOS DE LAS NOTIFICACIONES CORRES-PONDIENTES LO HAGA EN EL DÍA VÍA EDICTOS DE LEY, edictos estos que deben ser publicados en el Diario judicial correspondiente, con la fi nalidad que el imputado tome conoci-miento de que ha sido convocado para la fecha reprogramada de audiencia, debiendo realizarse estos edictos de ley con la anticipación que el caso amerita, quedando notifi cado las par-tes procesales con la presente resolución.Cusco, 14 de Marzo de 2018.

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EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CALCASEÑOR: MARCELINA RIVEROS SOTO.La señora Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CALCA, DRA. INÉS ROJAS CONTRERAS, en el Incidente Penal N° 00328-2017-10-1005-JR-PE-01, seguido contra Feliz Mejia Huaman y otra, en agravio de Marcelina Riveros Soto y otro, sobre el delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar ( reciprocas), debiéndose notifi car a: MARCELINA RIVEROS SOTO, con la presente resolución,

expediente tramitado bajo la actuación de la Especialista de audiencias Sonia Raquel Jallo Yucra, ha resuelto comunicar a la imputada con la reprogramación de audiencia celebrada en fecha 12-03-2018.RESOLUCIÓN N° 02Calca, doce de marzoDel año dos mil dieciocho—VISTOS y OÍDOS: I CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio.DECISIÓN: Por estos fundamentos, la Jueza del Juzgado Uni-personal de Calca, RESUELVE:1.- DECLARAR POR FRUSTRADA la instalación de la presen-te audiencia de juicio oral.2.- SE REPROGRAMA la presente audiencia de juicio oral para verifi carse el dia 24 DE ABRIL DEL AÑO 2018 a horas 09:0 AM..3.- NOTIFÍQUESE a la acusada Marcelina Riveros Soto me-diante edictos para lo cual se ofi cie a la ofi cina de la REPEJ a fi n de que haga las publicaciones en las fechas indicadas por la norma legal y se notifi que al Fiscal a cargo de la presente causa mediante su casilla electrónica o cédula de notifi cación, asimis-mo se de a conocer a los abogados de los acusados mediante su numero de celular la presente reprogramación de audiencia.4.- SE DEJA VIGENTE el apercibimiento de ley en caso de ina-sistencia injustifi cada de las partes. H.S.5.- SE NOTIFICA en este acto de manera personal a Félix Mejia Huaman H.S.

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EDICTOJUZGADO PENAL UNIPERSONAL CALCASEÑOR: NICANOR VERNICA PERALTA.La señora Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CALCA, DRA. INÉS ROJAS CONTRERAS, en el Incidente Penal N° 00173-2017-75-1005-JR-PE-01, seguido contra, Ni-canor Vernica Peralta, sobre el delito de Conducción en estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad, debiéndose notifi car a: NICANOR VERNICA PERALTA, con la presente resolución, expediente tramitado bajo la actuación de la Especialista de audiencias Sonia Raquel Jallo Yucra, ha resuelto comunicar a la imputada con la reprogramación de audiencia celebrada en fecha 12-03-2018.RESOLUCIÓN N° 02Calca, doce de marzoDel año dos mil dieciocho—VISTOS y OÍDOS: I CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio.DECISIÓN: Por estos fundamentos, la Jueza del Juzgado Uni-personal de Calca, RESUELVE:1.- DECLARAR POR FRUSTRADA la instalación de la presen-te audiencia de juicio oral.2.- SE REPROGRAMA la presente audiencia de juicio oral para verifi carse el día 24 DE ABRIL DEL AÑO 2018 a horas 10:00 AM., quedando validamente notifi cada en este acto la abogada del acusado.3.- NOTIFIQUESE al acusado NICANOR VERNICA PERALTA mediante edictos, para lo cual se dirijan los Ofi cios correspon-dientes a fi n de que su publiquen la fecha y hora de la audiencia en el diario Judicial.4.- SE NOTIFIQUE al representante del Ministerio Publico me-diante cédula de notifi cación a fi n de que concurra de manera puntual a la verifi cación de audiencia bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de remitirse las copias a la ofi cina de Control Interno del Ministerio Publico. H.S.

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EDICTO JUDICIALJUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCAMediante el presente se cita, llama y emplaza al acusado FLORENCIO CCAHUANA QUISPE, DNI 24490347, nacido 14/03/57, de 44 años, natural de Pisaq - Calca, estado civil casado, Domicilio según RENIEC: Av. Amazonas 104 - Pisaq - Calca, de padres Paulino y Pascuala; en el proceso Nro. 344-2017-0, seguida en su contra como AUTOR por el presunto delito contra EL PATRIMONIO CULTURAL en su modalidad ATENTADOS CONTRA MONUMENTOS ARQUEOLÓGICOS,

en agravio del Estado representado por el PROCURADOR PÚBLICO DEL MINISTERIO DE CULTURA - CUSCO, y ten-ga a bien CONCURRIR el día TRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO, a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta), a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN DIRECTA, que ha de llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta provincia, ubicada en el Pri-mer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Calca, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado; BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarada Reo Ausente y disponerse su captura.Calca, 13 de marzo del 2018.

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EDICTO PENALEl Juzgado de Investigación Preparatoria de Chincheros de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, Juez Gómez, cita y em-plaza al imputado ELVIS MARINO ROMERO a la AUDIENCIA DE PRORROGA DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DECLARADA COMPLEJA PARA EL DÍA 27 DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 09:00 AM para que se ponga a derecho y se defi enda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue mediante:Exp. N° 32-2017-0-JR-PE, a ELVIS MARINO ROMERO, Por la presunta comisión de los delitos Cometidos por Funcionarios Públicos en su modalidad de Peculado Doloso por Apropiación, Concusión en la forma de Colusión Simple y Corrupción de Funcionarios tipo penal de Negociación Incompatible o Aprove-chamiento Indebido del Cargo en agravio del Estado - Munici-palidad Distrital de Uranmarca.Secretario: Rivera Sarmiento.

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EDICTO PENALEXPEDIENTE: 04749-2017-0-1001-JR-FP-03En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacha el señor juez Edwin Romel Bejar Rojas se ha dispuesto la notifi -cación del presunto infractor CRISTIAN ROJAS QUISIYUPAN-QUI para que se ponga a derecho y se defi enda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por infracción contra el patrimonio, en su modalidad de hurto sub tipo de robo agravado en agravio de Dimas Forton Mendoza y Shirley Quispe Sánchez. Se fi jo nueva fecha y hora para la Au-diencia de Esclarecimiento de Hechos para el día veintisiete de marzo del dos mil dieciocho a las diez de la mañana. Bajo la ac-tuación de la Secretaria Judicial Lidú Magnolia Yupanqui Puma.Cusco, 12 marzo del 2018.

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EDICTO PENALSEÑORES:• HEREDEROS LEGALES DE Q.V.F. JOSÉ LUIS HUILLCA HUAMAN representado por su progenitora LUCILA HUAMAN LLAMOCA.• CAROLINA HUAMAN YNQUILTUPA• ROY QUISPE HUAMAN• ABEL YORMAN VALENCIA ALANOCA.La señora Juez (s) del Cuarto Juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dra. FORTUNATA MAMANI MAITA, en el proceso Nro 1776-2017-73-1001-JR-PE-04, seguido contra EDWARD CONDE ILLA, por la presunta comisión del delito la Vida el Cuerpo y la salud en la modalidad de Homicidio sub tipo Homicidio Culposo y otro en agravio de Q.VF. José Luis Huillca Huaman y otros, ha dispuesto notifi carle con la Resolución N° 01 del 12/03/18 cuyo contenido es el siguiente:Resolución Nro. 01. Cusco, doce de marzo. Del año dos mil die-ciocho. DADO CUENTA: Con el requerimiento fi scal de Acusa-ción presentado por el Fiscal Provincial del Segundo Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San-tiago; y, (...) CONSIDERANDO (...) SE RESUELVE: CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efec-tos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acu-

sación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba perti-nentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. (...) CITAR para el día SIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DOCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SÉTIMA Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obliga-toria del Fiscal y el abogado del acusado. (...JNOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos y mediante EDICTOS respecto de los agra-viados. HÁGASE SABER. Lo que notifi co a Usted, Media Firma de la Señora Juez Dra., FORTUNATA MAMANI MAYTA ante F. Miñan Huacac Carrillo, de que doy fe.

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EDICTO PENALEXPEDIENTE: Nro : 01147-2015-27-1001 -JR-PE-03SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez.Se cita y emplaza al (los) acusados: JUAN BAUTISTA NINA-PUMA HUAMAN.Para que se ponga a derecho y se defi enda sobre los cargos que se les atribuye por la comisión de los delitos contra la ad-ministración pública, en la modalidad de posesión indebida de teléfono celular en establecimiento penitenciario, previsto en el segundo párrafo del artículo 368-D del Código Penal; y por la comisión del delito contra la salud pública, en su modalidad de tráfi co ilícito de drogas, sub tipo micro comercialización, previs-to en el numeral 1 y último párrafo del artículo 298 del Código Penal; todo en agravio del Estado Peruano, representado por el Procurador Publico del Ministerio del Interior en Asuntos Judi-ciales relativos al Tráfi co Ilícito de Drogas. Res. Nro. 21 Cusco, veintinueve de enero del año dos mil dieciocho, mediante el cual dispone CITAR A JUICIO ORAL DE PROCESO COMÚN, audiencia que se realizar el día CINCO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del MÓDULO PENAL de esta Corte Superior de Justicia del cusco. Subsistiendo los apercibi-mientos de ley, notifíquese a las partes procesales.Cusco, 15 de Marzo del 2018.

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EDICTO PENALJUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ANTAEXPEDIENTE PENAL N° 00156-2016-33-1004-JR-PE-01JUEZ Dr. ÓSCAR VIZCARRA MERCADO«Se ponga de conocimiento del imputado WILFREDO PINTO MEDIA la resolución siguiente: RESOLUCIÓN NRO 06 Anta, doce de marzo Del año dos mil dieciocho. Que RESUELVE: 1.- DECLARAR FUNDADO EN PARTE el requerimiento Fiscal de Revocatoria de la suspensión de la pena y en su lugar DISPO-NER LA PRORROGA DEL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN DE LA PENA, hasta en una mitad del plazo inicialmente fi jado, en el proceso seguido contra WILFREDO PINTO MEJIA, sentencia-do por la comisión del delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar. Sub Tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de la menor Yaneth Pinto Jordán, representada por su progenitora Albina Jordán Hua-mán. 2.- Sin perjuicio de ello REQUIÉRASE al mismo para que en el plazo de treinta días cumpla con las reglas de conducta impuestas en la sentencia, así como el pago de los alimentos devengados adeudados; BAJO EXPRESO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de revocarse suspensión de la pena, en caso de incumplimiento. Debiendo notifi cársele la pre-

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La República 15SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

sente resolución en su domicilio real o en su defecto mediante edicto judicial. H.S.Anta, 14 de Marzo del 2018.

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EDICTOEXPEDIENTE: 0008-2013-27-1014-JR-PE-01A LA PERSONA DE SAÚL FERNANDEZ MOREANOAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria del Camanti Quincemil, que despacha el Señor Juez Percy Llancay In-quiltupa, bajo la actuación del Especialista legal Luis Enrique Castillo Núñez, se viene tramitando el proceso penal número penal Nro. 0008-2013-27, seguido contra Saúl Fernández Moreano y Otros, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de robo agravado, en agravio Beta oro del Perú; Que mediante resolución N° 39 de fecha ocho de marzo del año dos mil dieciocho; SE RESUELVE: 1o Por esta única vez, correr traslado de la acusación escrita a los acusa-dos Félix Pedro Ticona Guzmán, Manuel Castañeda Palomino, Dennis Shumager Aliaga Rengifo, Cesar Alberto Delgado Cruz, Giancarlo Cadillo Sucapuca, y Saúl Fernández Moreano, a sus Abogados defensores que se encuentran presentes en esta au-diencia, debiendo el representante del Ministerio Publico, pro-porcionar las copias correspondientes del requerimiento acu-satorio en este acto, sin perjuicio del mismo señálese fecha y hora para la realización de la audiencia de control de acusación para el día, TRES DE MAYO DEL AÑO EN CURSO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que ha de verifi carse en la sala de audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria del distrito de Camanti. Precisando de que las notifi caciones del traslado de la acusación deberá de realizarse al acusado Félix Pedro Ticona Guzmán, Manuel Castañeda Palomino, Dennis Shumager Aliaga Rengifo, Cesar Alberto Delgado Cruz, Giancarlo Vadillo Sucapuca, y Saúl Fernández Moreano, en el centro de detención donde se encuentran actualmente deteni-dos. Asimismo al acusado Saúl Fernández Moreano, deberá notifi cársele en su domicilio real señalado por el representante del Ministerio Publico, 2o Quedan Subsistentes todos los apre-mios decretados para las partes, en caso de inasistencia con-forme se tiene en autos. Hágase saber. Asi como Dispone que se cumpla con notifi car al acusado Saúl Fernández Moreano, en la dirección proporcionada por el Fiscal, sito en el Avenida Pasaje Escolástico Chávez asentamiento humano Maracaná C-3 del distrito de Tambopata, Madre de Dios, sin perjuicio del mismo notifíquese vía edicto judicial.- Rubrica del Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, ante mi Luis Enrique Castillo Núñez, Especialista Legal.- Doy Fe. LO QUE NOTIFICO A USTED.Quincemil, 09 de marzo del 2018.

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTOA LA PERSONA DE RENE BAUTISTA PILLCOAnte el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. Fortunata Mamani Mayta, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Ingrid Christa Farfan Vargas de Urbiola, se viene tramitando el Pro-ceso Penal signado Nro. 4445-2017-0-1001-JR-PE-04, seguido contra Rene Bautista Pilleo por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar en agravio de menor Mahalasaisha Bautista Surco, se ha dispuesto la notifi cación vía edicto de:RESOLUCIÓN NRO.01 Cusco, dos de Noviembre del año dos mil diecisiete DADO CUENTA: Con el requerimiento fi scal de Acusación directa presentado por el Fiscal Provincial del Segundo Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar for-malmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una me-dida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pe-dir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan

y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación pro-batoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de ofi cio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica, para ello, OFICÍESE a la Coordinación de la Defensoría Pública ad-juntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designación del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato.RESOLUCIÓN No. 03 Cusco, 07 de marzo del 2018. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda en registro de au-dio.- PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la audiencia por falta de notifi cación al acusado Rene Iban Américo Bautista Pilleo con la Resolu-ción No. 01 de fecha 02-11-2017 así como con la acusación fi scal directa; en tal sentido REPROGRÁMESE para la audien-cia de control de acusación directa a verifi carse el día 30 DE ABRIL DEL 2018 A LAS 09:00 A.M. EN ESTA MISMA SALA, subsistiendo los mismos apercibimientos dictados en autos. Se ordena la notifi cación con la No. 01 de fecha 02-11-2017, la acusación fi scal directa, así como la presente acta de audiencia al acusado mediante edictos de ley.-RESUMEN DEL REQUE-RIMIENTO ACUSATORIOLa Fiscal Provincial del Segundo Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, pre-senta requerimiento acusatorio contra RENE IVAN AMERICO BAUTISTA PILLCO, como autor directo por la comisión del deli-to contra la vida, el cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesio-nes, subtipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del grupo Familiar en agravio de YESSICA SURCO AYAAA y en representación de su menor hija de iniciales CA.BR.MA.BA.SU.(03), solicitando un año y ocho meses de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución y al pago de la reparación civil ascendiente a cuatrocientos soles.

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTOA LA PERSONA RONY HUAMAN HUISAAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Que-brada, que despacha la señora Juez Israel David Villafuerte Anaya bajo la actuación del Especialista Judicial Eleonor Ra-quel Ortega Arias, se viene tramitando el Proceso Penal EXP. 00098-2017-0-1019-JR-PE-01, seguido contra RONY HUA-MAN HUISA, por la comisión del delito Contra la Seguridad Pu-blica en su modalidad de Peligro Común, subtipo Conducción en Estado de Ebriedad en agravio del Estado representado por el Ministerio Publico, donde mediante resolución número cinco de fecha 15 de marzo del 2018, se ha dispuesto la notifi cación vía edicto donde se emplaza a la persona de RONY HUAMAN HUISA.RESOLUCIÓN NRO. 05La Quebrada, quince de marzoDel año dos mil dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: EN TAL VIRTUD;1.- Se da por no instalada la presente audiencia por las razones expuestas. 2.- Se REPROGRAMA el verifi cativo de audiencia de Incoación de Proceso Inmediato para llevarse a cabo el día CINCO DE ABRIL del año dos mil dieciocho, a horas ONCE de la mañana, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investiga-ción Preparatoria de la Quebrada, con la concurrencia obliga-toria de de la señora Fiscal así como de la defensora pública del investigado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de la representante del Ministerio Publico de remitir copias al Control Interno de su Institución, y de la defensa publica de po-ner en conocimiento de la Coordinación Regional de Defensorio de Cusco. Asimismo se dispone notifi car al imputado mediante edicto judicial. H.S.-

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EDICTO PENAL

SEÑORA: EPIFANÍA QUISPE MALLELa señora Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparato-ria del Cusco, Dra. Sulay Sánchez Farfan, en el proceso Nro. 794-2018-0-1001-JR-PE-04, seguido contra Willy Quesada Sa-avedra, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Epifanía Quispe Malle, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodrí-guez Ugarte, se ha dispuesto notifi carle con la Resolución N” 01 del 08/03/18 y el extracto de la acusación fi scal cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- El 2do Despacho de Investigación de la 1FPPCC, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: contra WILLY QUESADA SAAVEDRA, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar; en agravio de de Epifanía Quispe Malle, respecto de los hechos ocurridos en fecha 04/06/17; se solicita contra el acusado 01 AÑO Y 4 MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LI-BERTAD EFECTIVA, la pena de la INHABILITACIÓN y el pago de S/. 800.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL.RESOLUCIÓN NRO. 01: DADO CUENTA: En la fecha, al retor-no del periodo vacacional de los trabajadores del Poder Judicial y estando al requerimiento fi scal de Acusación Directa; SE DIS-PONE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación. Estando al requerimiento fi scal se precisa que de conformidad con el articulo 85°.1 del Código Procesal Penal, aplicable supletoriamente, la audiencia es inaplazable vale decir no puede posponerse o reprogramarse, repárese que el mencionado artículo señala que si el abogado defensor particular no concurre a la diligencia de control de acu-sación, será reemplazado por otro que, en ese acto, designe el procesado si asiste a la audiencia o por un defensor público, llevándose adelante la diligencia Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SEXTA SALA DE AUDIENCIAS de los Juz-gados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco. 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la pre-sente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. SE PRECISA que la presente citación se realiza en dicha fecha tomando en cuenta el traslado efectuado a las partes asi como la agenda del magistrado de este juzgado. 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte impu-tada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado, cursándose el ofi cio respecti-vo. 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fi n de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audien-cia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defi enda en el proceso; abogado del Estado con quien se desarrollara la audiencia de control de acusación y a quien se le notifi cara las actuaciones procesales ulteriores. 6. SE REQUIERE a las partes procesales que en vir-tud de la Resolución Administrativa N° 584-2016-P-CSJCU-PJ, CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA co-rrespondiente para fi nes de su notifi cación, bajo apercibimiento de no volver a notifi car en los domicilios procesales señalados con anterioridad y darlos por notifi cados con las resoluciones emitidas por el Juzgado. 7. Estando a la informaciónproporcionada por el despacho fi scal y a fi n de resguardar su derecho de defensa, NOTIFIQUESE a la parte agraviada con la presente resolución y el extracto de la acusación fi scal, median-te la publicación de edictos judiciales con cuyo fi n GÍRESE el ofi cio correspondiente. (...) Lo que notifi co a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 08 de marzo del 2018

J. S (19, 20, 21 MAR)

EDICTO PENALSEÑOR: ÓSCAR VARGAS ARAGÓNLa señora Jueza del Sexto Juzgado de Investigación Prepa-ratoria del Cusco, Dra. Sánchez Farfán, en el proceso Nro.

1173-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra el acusado ante referido, por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Anain Cuebas Ccorahua, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Ro-dríguez Ugarte, se ha dispuesto notifi carle con la Resolución N” 01 del 08/03/18 y el extracto de la acusación fi scal cuyo conte-nido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- El 4to Despacho de la 3ra FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: ÓSCAR VARGAS ARAGÓN, por el delito de por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Integrantes del Grupo Fa-miliar, en agravio de Anain Cuebas Ccorahua, respecto de los hechos ocurridos en fecha 04/07/17; se solicita contra el acu-sado 01 AÑO y OCHO MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, INHABILITACIÓN por el plazo de la pena principal y el pago de S/. 1000.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de la agraviada.RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco. 18/08/18.- DADO CUENTA: En la fecha, al retorno del periodo vacacional de los trabaja-dores del Poder Judicial y estando al requerimiento fi scal de Acusación Directa; SE DISPONE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defen-sor puedan de considerarlo contradecir la acusación. Estando al requerimiento fi scal se precisa que de conformidad con el articulo 85°. 1 del Código Procesal Penal, aplicable supletoria-mente, la audiencia es inaplazable vale decir no puede pospo-nerse o reprogramarse, repárese que el mencionado artículo señala que si el abogado defensor particular no concurre a la diligencia de control de acusación, será reemplazado por otro que, en ese acto, designe el procesado si asiste a la audien-cia o por un defensor público, llevándose adelante la diligencia Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día DOCf DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DIEZ HORAS Y TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realiza-ción de la audiencia preliminar de control de acusación en la SEXTA SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados de Investiga-ción Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco. 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3.SE PRECISA que la presente cita-ción se realiza en dicha fecha tomando en cuenta el traslado efectuado a las partes asi como la agenda del magistrado de este juzgado.4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado, cursándose el ofi cio respectivo. 5. Notifí-quese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fi n de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defi enda en el proceso; abogado del Estado con quien se desarrollara la audiencia de control de acusación y a quien se le notifi cara las actuaciones procesales ulteriores. 6. SE REQUIERE a las partes procesales que en virtud de la Re-solución Administrativa N° 584-2016-P-CSJCU-PJ, CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente para fi nes de su notifi cación, bajo apercibimiento de no volver a notifi car en los domicilios procesales señalados con anterio-ridad y darlos por notifi cados con las resoluciones emitidas por el Juzgado. 7. Estando a la información proporcionada por el despacho fi scal y a fi n de resguardar su derecho de defensa, NOTIFIQUESE a las parles procesales con la presente resolu-ción y el extracto de la acusación fi scal, mediante la publicación de edictos judiciales con cuyo fi n GÍRESE el ofi cio correspon-diente.(...) Lo que notifi co a Usted, Media Firma de la Señora Jue-za Dra. Zulay Sánchez Farfán, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 08 de marzo del 2018.

J. S (19, 20, 21 MAR)

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La República16 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

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La República 17SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

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La República18 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

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La República 19SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

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La República20 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

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La República 21SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

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CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS CAS PROCESO CAS N° 002-2018-CUSCO

I. OBJETIVO Y FINALIDAD

Seleccionar al personal idóneo para el puesto, evaluando sus conocimientos y habilidades a fin de acceder a una plaza vacante de los 11 presupuestos CAS de carácter temporal de las diferentes dependencias de la Corte Superior de Justicia de Cusco según detalle:

Código Plaza Vacante Dependencia Cantidad 022595 Asistente de Comunicaciones Modulo Penal Central –Cusco 1

022594 Especialista Judicial de Audiencia Modulo Penal Central –Cusco 1

0022593 Especialista Judicial de Audiencia Modulo Penal Central –Cusco 1

022592 Asistente Jurisdiccional Modulo Penal Central –Cusco 1

022591 Especialista Judicial de Juzgado Modulo Penal Central –Cusco 1

022590 Especialista Judicial de Juzgado Modulo Penal Central –Cusco 1

022895 Especialista Judicial de Juzgado Modulo Penal Central –La Convención 1

022896 Especialista Judicial de Juzgado Modulo Penal Central –La Convención 1

022897 Especialista Judicial de Audiencia Modulo Penal Central –La Convención 1

0022898 Especialista Judicial de Audiencia Modulo Penal Central –La Convención 1

022899 Asistente Jurisdiccional Modulo Penal Central –La Convención 1

II. REQUISITOS GENERALES

Los requisitos generales que debe cumplir cada postulante serán los siguientes:

a. No encontrarse comprendidos en los alcances la ley N° 27588, Ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así como las personas que prestan sus servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual.

b. En caso de ser ex trabajador de alguna entidad de la administración pública, no haber extinguido su vínculo laboral por causa de despido o destitución, renuncia con incentivos.

c. No encontrarse registrado en el Registro Nacional de Sanciones y Destituciones del Estado.

d. No tener procedimiento administrativo sancionador con el Estado pendiente. e. Carecer de antecedentes penales, judiciales y penales.

III ASPECTOS DE INTERES

En la presente convocatoria la postulación se efectuara a través del aplicativo Postulación, Selección y Evaluación de Personal, el cual se encuentra en la dirección enlace Oportunidad Laboral de la pagina Web institucional (www.pj.gob.pe), CONVOCATORIA CAS 002-2018-UE-CUSCO en el cual se encuentran las bases, los perfiles de los puestos y el Cronograma del Concurso.

Para acreditar su inscripción al concurso, el postulante debe obtener el reporte impreso de la Ficha de Postulación del Aplicativo de Selección de Personal.

El detalle de las plazas con sus perfiles estarán disponibles desde el 16 al 22 de marzo de 2018 la postulación podrá realizarse vía Web del 21 y 22 de marzo de 2018 (hasta las 12 de la media noche), de acuerdo al cronograma publicado.

Es de entera responsabilidad del postulante visitar la página web del poder judicial, en el enlace de OPORTUNIDAD LABORAL, a fin de tomar conocimiento de los resultados de las etapas, fechas de evaluaciones y resultado se las mismas en forma personal

La Comisión CAS AD HOC UE-CUSCO

La República22 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

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La República 23SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

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La República24 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

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La República 25SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:20 629-2017 Sentencia Hermoza Auccapuma, Américo Municipalidad de Cusco Declar.de Contrato a plazo Indet. 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 2213-2017 Sentencia Velásquez Quispe, Ronal Municipalidad de Cusco Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 1257-2016 Sentencia Grajeda Pillco, Hilario Municipalidad de Cusco Indemn. por Daños y Perjuicios 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:00 1965-2017 Sentencia Aranibar Castañeda, Sara Corte Superior de Justicia de Cusco Reconocimiento de Contrato 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 10:45 174-2017 Sentencia Delgado Choque, Juan Dir.Desconc. de Cultura de Cusco Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 11:45 1733-2016 Sentencia Soncco Acurio, Alfredo Niños Hotel Indemn. por Actos de Hostilidad 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:20 2710-2017 Sentencia Sikcus Paúcar, Rene Municipalidad de Santiago Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 2810-2017 Sentencia Champi Palomino, Lucio Municipalidad de Santiago Reposición 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 009-2018 Sentencia Flóres Vivas, Bacilia Municipalidad de Limatambo Pago de Beneficios Sociales J.Mx.A. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:20 2714-2015 Sentencia Cusi Escobedo, Sabino PERU RAIL S.A. y otros Reposición 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 11:00 3365-2017 Sentencia Apaza Huamaní, Betshy Dir.Desconc. de Cultura de Cusco Reposición 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 12:20 100-2013 Sentencia Salazar Huamán, Luís Jesús Corte Superior de Justicia de Cusco Reposición J.Mx.A. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:20 2262-2017 Sentencia Mora Huamán, Alberto Municipalidad de Wanchaq Reposición 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 1559-2017 Sentencia Álvarez Herrera, Maruja Gabriela Municipalidad de San Jerónimo Reposición 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 2653-2017 Sentencia Quispe Hermoza, Pedro Municipalidad de Santiago Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:00 2953-2016 Sentencia Conde de Montalvo, Doris Apolo EIRL Indemn. por Despido Arbitrario 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 11:45 1843-2017 Sentencia Torres Gallegos, Wilbert AGRORURAL Desnaturalización de Contrato 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 14:30 2073-2017 Sentencia Yauli Huailla, Bonifacio Pacific Segurity SCRL Pago de Beneficios Sociales 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:20 1488-2017 Sentencia Romero Cusiquispe, Jessica Municipalidad de Cusco Reconocimiento de Contrato 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 1603-2017 Sentencia Alvarado Hurtado, Carlos Municipalidad de Cusco Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 2656-2016 Sentencia Rivera Alicedo, Benicio Municipalidad de Cusco Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:00 2848-2017 Sentencia Zanz Rivera, Carmen Patricia Banco de la Nación Reposición 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 10:45 1755-2017 Sentencia Yapura Bayona, Jaime Universidad Andina de Cusco Desnaturalización de Contrato 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 11:45 170-2009 Sentencia Calderón Lechuga, Oswaldo ESSALUD Cusco Cese de Actos de Hostilidad 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Cusco, 19 de marzo de 2018

MIRIAM HELLY PINARES SILVA MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO PRESIDENTA SECRETARIA

Miércoles, 21 de marzo de 2018

Jueves, 22 de marzo de 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

PRIMERA SALA LABORAL

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTAS DE CAUSA

Lunes, 19 de marzo de 2018

Martes, 20 de marzo de 2018

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La República26 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:20 00623-2017-0-1018-JM-CI-02 Martha Aquima Tupa Maritza Aranya Mayta y otra Obligación de Dar Suma de Dinero Auto Final 2JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

2 08:25 00586-2017-0-1001-JM-CI-01 Jose Raúl Mena Alatrista y otro Consorcio La Estrella JF S.C.R.L. y otro

Obligación De Dar Suma de Dinero Auto Final 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:30 01584-2016-0-1001-JR-CI-01 Cooperativa de Ahorro y Crédito San Pedro de Andahuaylas Luz Eliana Zuñiga Lima y otros Obligación de Dar

Suma de Dinero Auto Final 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:35 00245-2017-0-1001-JR-CI-05 Mauro Atayupanqui Sota Asociación Pro Vivienda de los

Residentes de la Comunidad Virgen Natividad

Desalojo Auto Final 5JCC Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:40 02512-2017-0-1001-JR-CI-05 Xavier Ernesto Moreno Valencia y otra

Alvaro Rene Moreno Tristan y otros Petición de Herencia Auto Final 5JCC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:45 00710-2016-0-1001-JR-CI-05 Comisión de Juristas contra la Corrupción y por la Defensa Social

Alcalde del Cusco Carlos Moscoso Perea y otros Proceso de Amparo Sentencia 5JCC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:50 01303-2016-0-1001-JR-CI-01 Luis Alfredo Nicolas Valdivia Zegarra Renato Fabrizzio Aguirre Abarca y otros

Anulabilidad de Acto Jurídico Sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:55 00151-2011-0-1001-JR-CI-03 Mountain Lodges of Perú S.A.C. Isabel Almirón Torres y otros Nulidad de Acto Jurídico Sentencia 4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

9 09:00 00396-2015-0-1018-JM-CI-01 Fidel Marcos Huayllani Surco Luisa Mesco Cusihuaman Reivindicación Sentencia 1JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:05 02942-2007-0-1001-JR-CI-03 Alejandrino Holguin Infantas y otra Haydee Muñoz Cornejo y otros Nulidad de Acto Jurídico Sentencia 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:10 00327-2017-0-1001-SP-CI-01 Salomé Cutire Rimachi y otro Leonor Chavez Rimachi Mejor Derecho de Propiedad Sentencia JMx

Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

12 09:15 00320-2017-0-1001-SP-CI-01 Arzobispado de Cusco Hermandad del Santo Sepulcro y otros Desalojo Auto Final JMx

Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

13 09:20 00052-2018-0-1001-JR-CI-02 Julio Quintanilla Loaiza Nicolás Cáceres Huambo y otros Acción Popular Vista de Causa Sala Civil Velásquez-Delgado-Holgado

14 10:30 00166-2017-0-1001-SP-CI-01 Gobierno Regional de Cusco Consorcio Supervisor RED 3 y otros

Anulación de Laudos Arbitrales

Vista de Causa Sala Civil Velásquez-Delgado-Holgado

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:20 00003-2013-0-1001-JM-CI-02 Edgard Mendivil Figueroa Rayner Enrique Aguirre Bashualdo y otros

Nulidad de Acto Jurídico Sentencia 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

2 08:25 00796-2017-0-1001-JR-CI-01 Cooperativa de Ahorro y Crédito Santo Domingo de Guzmán Ltda.

Gilbert Mosqueira Cisneros y otra Ejecución de Garantías Auto Final 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:30 00167-2015-0-1001-SP-CI-01 Sabina Pacori Quispe viuda de Escalante

Nelly Tomasa Laura Alvaréz y otro Desalojo Sentencia JMx Urubamba Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:35 00114-2016-0-1001-SP-CI-01 María Mercedes García Gamarra y otro Arzobispado del Cusco Otorgamiento de

Escritura Pública Sentencia JMx Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:40 00564-2016-0-1018-JM-CI-01 Roxana Magali Mallea Rodríguez Alfa y Omega Contratistas Generales y otros

Obligación de Dar Suma de Dinero Auto Final 1JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:45 01734-2015-0-1001-JR-CI-03 Carlota Pacheco Ampuero y otra Justo Germán Cárdenas Vargas y otros

Nulidad de Acto Jurídico Auto Final 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:50 02641-2016-0-1001-JM-FC-02 Carmen Jesseli Aragón Núñez del Prado Jimmi Claudio Estrada Oviedo Tenencia Sentencia 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:55 01734-2017-0-1001-JR-CI-02 Jesusa Puma Vargas Fiscal Superior Nataly Ugarte Molina y otra Proceso de Amparo Sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

9 09:00 00945-2016-0-1001-JR-CI-05 Omar Vizcarra Alosilla Juez Luz Marina Merma Delgado y otros Proceso de Amparo Sentencia 5JCC Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:05 01410-2016-0-1001-JR-CI-04 Yvonne Andrade Andrade Clarisa Betsavet Castilla Cajigas y otros Tercería Sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:10 00213-2015-0-1018-JM-CI-01 Benicio Bravo Ciprián y otra Enrique Adolfo Gallegos Fischer Reivindicación Sentencia 1JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

12 09:15 02031-2014-0-1001-JR-CI-01 Apoderado Edwin Ttinco Cuitar y otra

Jorge Eusebio Capatinta Raymi y otros Desalojo Sentencia 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:20 00019-2018-0-1001-SP-CI-01 Mauricia Pfuyo Cusihuallpa Benita Tumpay Pfuyo viuda de Huillca Desalojo Sentencia JMx Anta Velásquez-Delgado-Holgado

2 08:25 01804-2017-0-1018-JM-FP-01 Ministerio Público Menor de iniciales R.A.H.Q. y otro Infracción a la Ley Penal - Robo Agravado Sentencia 1JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:30 00582-2017-0-1001-JM-CI-02 Carmén Rosa Cruz Huaman Cambio de Nombre Sentencia 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 00423-2014-0-1001-JR-FT-02 Ministerio Público Héctor Andres Ojeda Cornejo Violencia Familiar Sentencia 2JFC Velásquez-Holgad-Gutiérrez

2 08:20 00422-2016-0-1001-JM-CI-02 Consorcio Médico CUSCO Gobierno Regional de Cusco Obligación de Dar Suma de Dinero Sentencia 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 00610-2015-0-1001-JR-CI-02 María Del Carmen Emilia Frisancho Aguirre

Lilia Consuelo Infantas Pinedo y otro Desalojo Sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 00005-2016-0-1018-JM-CI-02 Javier Cruz Mayta Municipalidad Distrital de Santiago

Contencioso Administrativo Sentencia 2JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 00339-2006-0-1001-JM-CI-01 Edgar Alejandro Céspedes Aguirre Tribunal Superior Militar Policial Sur Oriente Cusco y otros Indemnización Sentencia 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 00609-2015-0-1018-JM-CI-01 Dalmesia Samata Galdos Municipalidad Distrital de Santiago y otros

Prescripción Adquisitiva Sentencia 1JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 00022-2018-0-1001-SP-CI-01 Roxana Apaza Paredes Juez Superior Roberto Condori Ticona y otros Proceso de Amparo Sentencia JMx Anta Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:50 00441-2016-0-1001-JR-CI-04 Saturnina Chunga Ttacca Jorge Gerónimo Aller Lázaro y otros Proceso de Amparo Sentencia 4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

9 08:55 00063-2017-0-1001-SP-CI-01 Teófilo Sihuin Pfuro Municipalidad Distrital de Lares Proceso de Amparo Sentencia JMx Calca Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:00 00612-2017-0-1001-JM-CI-02 Municipalidad Distrital de Pisac Fiscal Superior Jóse Manuel Mayorga Zárate Proceso de Amparo Auto

Improce 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:05 00215-2017-0-1001-SP-CI-01 Isaías Carlos Romero Gutiérrez Juez Mery Luz Supa Miranda Proceso de Amparo Auto Improce JMx Anta Velásquez-Delgado-Holgado

12 09:10 00706-2017-0-1018-JM-CI-02 Felicia Guillén Pantigoso Herederos Legales de Mariano Becerra Chacón

Prescripción Adquisitiva

Auto Improce 2JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:20 04496-2016-0-1001-JR-FC-01 Pilar Zápata Marcavillaca Guido Alcibiades De la Colina Chavéz Divorcio por Causal Sentencia

Consulta 1JFC Velásquez-Delgado-Holgado

2 08:25 00004-2018-0-1001-SP-CI-01 Carlota Mercedes Loaiza Cosine Carlota Cosine de Loayza y otro Prescripción Adquisitiva

Sentencia Consulta

JMx Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:30 02471-2015-0-1001-JR-FC-03 Teófilo Rimachi Callapiña Gloria Chambi Montiali Divorcio por Causal Sentencia Consulta 3JFC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:35 00646-2017-0-1001-JM-FC-01 Gualberto Miranda Yuca Celinda Batallanos Delgado Divorcio por Causal Sentencia Consulta 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:40 02757-2017-0-1001-JR-FC-02 Laura Huamán Supa Edwin Luis Coasaca Mamani Divorcio por Causal Sentencia Consulta 2JFC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:45 01550-2016-0-1001-JR-FC-02 Ricardo David Villanueva Olivas Yuly Veramendi Huerta Divorcio por Causal Sentencia Consulta 2JFC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:50 01813-2014-0-1001-JR-CI-03 Sabino Cutipa Huarayo y otra Ysabel Ccacca Zea y otros Prescripción adquisitiva Sentencia Consulta 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

Begonia del Rocío Velásquez Cuentas Roxana Bohórquez Abarca

Presidenta de Sala Secretaria de Sala

VIERNES 23 DE MARZO DE 2018

MARTES 20 DE MARZO DE 2018

LUNES 19 DE MARZO DE 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

SALA CIVIL DE CUSCO

TABLA DE VISTA DE CAUSAS (Lunes 19 de Marzo al Viernes 23 de Marzo de 2018)

MIERCOLES 21 DE MARZO DE 2018

JUEVES 22 DE MARZO DE 2018

Page 27: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · ELECTRONICA N° 05001994 del Registro de Predios de la O fi - cina Registral Cusco, Zona Registral X - Sede Cusco, con las siguientes AFECTACIONES:

La República 27SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADOCOLEGIADO IMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:20 SEDE 2766-2015-16 20 minutosAlexander Quispe

MamaniReceptación

agravadaWillian Alarcon

Zuñigaauto infundada

semilibertadÁlvarez-Farfán-

AndradeAlexander Quispe

Mamani

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

08:40 SEDE 1868-2014-19 20 minutosJuan Montejo

Urrunagafalsificación de

documentos

Empresa Ediciones y Producciones el

Sol

auto fundado sobreseimiento

Álvarez-Farfán-Andrade

Empresa Ediciones y Producciones el

Sol

Quinto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

09:00 SEDE 1127-2014-52 1 hora

Lorenzo Dante Quispe

Huamanvilca y Joel Dante Quispe

Vilca

destrucción y alteración de

bienes culturalesEstado Peruano

sentencia absolutoria

extremo de la reparación civil

Álvarez-Farfán-Andrade

Lorenzo Dante Quispe

Huamanvilca y Joel Dante Quispe

Vilca

Tercer Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

10:00 SEDE 1279-2012-3 1 horaAlex Huanuco

Chavez

Lesiones Graves por Violencia

Familiar

Andres Avelino Chavez Alfaro

sentencia absolutoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Andres Avelino Chavez Alfaro y

representante del Ministerio Público

Tercer Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

11:00 SEDE 2815-2014-37 1 horaDavid Ninantay

Yañezdaños

Alejandro Espino Umpire

sentencia condenatoria

Álvarez-Farfán-Andrade

David Ninantay Yañez

Segundo Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

12:00 SEDE 1617-2016-97 20 minutos

Wilfredo Serapio Lazaro Cutipa, Rina

Elvira Collantes, Carlota Condori Sanchez y Edwin Almanza Blanco

Fraude procesal y otro

Sergio Sullca Condori

auto fundado sobreseimiiento

Álvarez-Farfán-Andrade

representante del Ministerio Público

Sexto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

12:20 SEDE 2636-2017-65 20 minutosElio Stalyn Ylla

VillanoRobo agravado

Efrain Flores Palomino

auto infundada cesación de Prisión

Preventiva

Álvarez-Farfán-Andrade

Elio Stalyn Ylla Villano

Segundo Juzgado de Investigación

de Vacaciones

14:30 SEDE 1491-2011-91 2 horas

Mauro Orlando Olivera

Enriquez, Ronmel Peralta Villalba, Angel Atilio Caipani

Gutierrez, Jorge Miguel Zegarra Balcazar, Ljuis Arturo Garcia

Flores

Colusión y Malversación de

FondosEstado Peruano

apelación de

sentencia

condenatoria y

absolutoria

continuación

Álvarez-Farfán-Andrade

Mauro Orlando Olivera

Enriquez, Ronmel Peralta

Villalba, Procurador

Público Anticorrupción y representante del Ministerio

Público

Quinto Juzgado Penal Unipersonal

Cusco

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:00 QUENCORO 4482-2016-23 1 hora

Lisberth Nancy Ricalde Zevallos y Nicanor Montalvo

Sayhua

Parricidio Agravado

Pedro Jorge Venero Zuñiga

apelacion de

sentencia

condenatoria

continuación

Álvarez-Farfán-Andrade

Lisberth Nancy Ricalde Zevallos y Nicanor Montalvo

Sayhua

Juzgado Penal Supraprovincial de

Cusco

09:00 QUENCORO 1255-2013-69 1 horaModesto Beto

Quispe Jaqquehua

Violación de persona en estado de inconsciencia

menor de iniciales MPP

sentencia condenatoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Modesto Beto Quispe Jaqquehua

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

10:00 QUENCORO 2966-2016-96 1 horaJulio Cesar Aite

FrancoViolación sexual y

Robo agravadopersona de

iniciales RZCHsentencia

condenatoriaÁlvarez-Farfán-

AndradeJulio Cesar Aite

Franco

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

11:00 QUENCORO 2600-2016-13 1 hora Pablo Alca ApazaViolación sexual de

menor de edadmenor de iniciales

MSSAsentencia

condenatoriaÁlvarez-Farfán-

AndradePablo Alca Apaza

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

12:00 QUENCORO 5834-2009-0 1 horaWilbert Agustin

Qquenaya MamaniParricidio

menor de iniciales FQF

apertura de juicio oral

Álvarez-Farfán-Andrade

Segunda Sala Penal Liquidadora

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:20 SEDE 227-2017-8 20 minutosValerio Fernandez

CoronelUsurpación Agravada

Municipalidad Provincial de Calca

auto fundado sobreseimiento

Álvarez-Farfán-Andrade

Procuradora Pública de la

Municipalidad de Calca

Primer Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

08:40 SEDE 1390-2016-60 20 minutosFredy Castañeda

MendozaHurto Simples

Amadeo Valverde Villafuerte

auto infundada improcedencia de

acción

Álvarez-Farfán-Andrade

Fredy Castañeda Mendoza

Cuarto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

09:00 SEDE 1867-2013-58 1 hora

Clemente Felix Valdivia Torres, Jesus Manuel

Farfán Mendoza y Marcelina Luna

Torres

Falsificación de documentos

Marlene Luna Torres y otros

sentencia condenatoria y

absolutoria

Álvarez-Farfán-Andrade

representante del Ministerio Público,

Marlene Luna Torres y Clemente

Felix Valdivia Torres, Jesus

Manuel Farfán Mendoza y

Marcelina Luna Torres

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES DE CUSCO

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS LUNES 19 DE MARZO DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MARTES 20 DE MARZO DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MIERCOLES 21 DE MARZO DE 2018

10:00 SEDE 949-2015-70 1 horaDiego Fernando

Ttito TintaRobo Agravado

Cesar Augusto Rodriguez Gomez

sentencia condenatoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Diego Fernando Ttito Tinta

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

11:00 SEDE 337-2017-52 1 horaOscar Pacco

Paucar Lesiones Leves

David Wilson Chalco Pacco

sentencia condenatoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Oscar Pacco Paucar

Quinto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

12:00 SEDE 963-2016-35 20 minutosJorge Luis Urquizo

Alvarez y otrosUsurpación Agravada

Eva Luz Ochoa de Rozas y otro

auto infundada cuestión

perjudicial

Álvarez-Farfán-Andrade

Mario Urquizo Tapia y Juan Carlos

Urquizo Alvarez

Quinto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

14:30 SEDE 1073-2014-56 1 hora

Domingo de La Cruz Baca

Gutierrez, Yu Zewen y Arturo

Kalinowski Vucetich

contra los bosques o formaciones

boscosas y alteracióm del

ambiente o paisaje

Estado Peruanosentencia extremo

condenatorioÁlvarez-Farfán-

Andrade

Domingo de La Cruz Baca

Gutierrez, Yu Zewen y Arturo

Kalinowski Vucetich

Segundo Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:20 SEDE 3855-2016-7 20 minutos

Rolando Rodriguez

Ibañez y Yuri Encomenderos

Bancallan

Colusión Estado Peruanoauto infundada

excepción de improcedencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Yuri Encomenderos

Bancallan

Primer Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

08:40 SEDE 85-2016-37 20 minutosFelix Champi Ojeda y otros

Usurpación agravada

Ciprian Ojeda Paucar y otros

auto infundada excepción de prescripción

Álvarez-Farfán-Andrade

Felix Champi Ojeda

Primer Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

09:00 SEDE 2121-2015-0 1 hora Daniel Abarca SotoDifamación

Injuriosa

Hector Danilo Villavicencio

Muñoz

sentencia condenatoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Daniel Abarca SotoSegundo Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

10:00 SEDE 681-2016-71 1 horaLeninmao

rondan BacaHurto simple

Russbell Edison Iturriaga Cavero

sentencia absolutoria

Álvarez-Farfán-Andrade

representante del Ministerio

Público

Segundo Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

11:00 SEDE 1863-2013-13 1 hora

Melquiades Pompilla Amaut, Mariela Giovanna

Pompilla Suni

Usurpación mediante despojo

Cesar Basilides Gongora

Ccollatupa

sentencia absolutoria y condenatoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Melquiades Pompilla Amaut, Mariela Giovanna

Pompilla Suni

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

12:00 SEDE 188-2017-42 20 minutosLuciano Chullo

CcoyoriUsurpación

comunidad Pacca Huaynaccolca

representada por Julio Cesar Quispillo

Uscamayta

auto infundada excepción de

improcedencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Luciano Chullo Ccoyori

Juzgado de Investigación

Preparatoria de Urubamba

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

09:00 SEDE 246-2017-0 1 hora

Leonidas Segundo Lazo Alvarez, Abel

Dueñas Cusihuallpa,

Victoria Aparicio Huacarpuma y

Daniel Cayo Palomino

Peculado Doloso y otro

Estado PeruanoSentencia extremo

absolutorioÁlvarez-Farfán-

Andrade

Procurador Público de la

Municipalidad de Canchis,

Procurador Público Anticorrupcion de

Cusco

Juzgado Penal Unipersonal de

Canchis

10:00 SEDE 249-2015-0 1 horaConstantino

Champi Lopez y Jose Mateo Tapia

Usurpación Agravada y otro

Mario Cutipa Flores y Domingo

Cutipa Carhuarupay

Sentencia condenatoria

Álvarez-Farfán-Andrade

Constantino Champi Lopez y Jose Mateo Tapia

Juzgado Penal Unipersonal de

Quispicanchi

11:00 SEDE 96-2017-0 1 hora

Rolando Garcia Castelo y Glauco Renand Garcia

Luna

Usurpación Agravada

Antonia Asto Granilla

sentencia absolutoia

Álvarez-Farfán-Andrade

Antonia Asto Granilla y

representante del Ministerio Público

Juzgado Penal Unipersonal de

Calca

12:00 SEDE 43-2016-81 30 minutosPrimo Feliciano

Santi Sotoviolacion sexual de

menor de edadmenor de iniciales

JMQlectura de

sentencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Primo Feliciano Santi Soto

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

12:30 SEDE 156-2013 30 minutos

Severiano Almeyda Baltazar y Leonardo Condori

Quispe

Lesiones dolosas graves

Rodolfo Cachi Huallpa y otro

lectura de

sentencia

Álvarez-Farfán-Andrade

Severiano Almeyda Baltazar, Leonardo Condori

Quispe y representante del Ministerio Público

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

Pedro Álvarez Dueñas Miguel Ángel Pérez SoriaPresidente Segunda Sala Penal de Apelaciones Especialista Judicial Segunda Sala Penal de Apelaciones

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS VIERNES 23 DE MARZO DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS JUEVES 22 DE MARZO DE 2018

Page 28: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · ELECTRONICA N° 05001994 del Registro de Predios de la O fi - cina Registral Cusco, Zona Registral X - Sede Cusco, con las siguientes AFECTACIONES:

La República28 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

HoraNúmero de

Expediente

Tipo

AudienciaMateria Demandado Demandante Magistrado

08:30-08:59 03578-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

HUARAYA ROQUE MIRIAM MILAGROS

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:00-09:29 03455-2017-0- CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

INKA TERRA PERU SAC CURASI FARFAN FROILAN COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:30-09:59 02364-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

MERMA LETONA PERCY MIGUEL

COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:00-10:59 02371-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

ROMAN GUTIERREZ VILMA MARLENE

COLQUE ROJAS RODOLFO,

11:00-11:59 02472-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDA PROVINCIAL DEL CUSCO

ZAMATA CUSI TULA COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:00-12:59 02285-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

LLAMACPONCCA HUALLPARIMACHI EULOGIA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:00-14:59 03582-2017-0- UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO

PEREZ VARGAS JOSE LUIS COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-09:29 02333-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO

PALOMINO CUELA MARCO COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:30-10:29 00108-2014-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

CCASA MANRIQUE CLODOMIRO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

10:30-10:59 03785-2017-0- CONCILIACION ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

PALACIOS GONZALES SANTIAGO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

11:00-11:59 01698-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

PROYECTO ESPECIAL PLAN COPESCO

CUBA GOMEZ AQUILES COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:00-12:29 03623-2017-0- CONCILIACION PAGO DE REMUNERACIONES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

ESCALANTE QUISPE JACINTO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:30-12:59 02056-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

MACHACA CAYO EDGAR COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:00-14:59 01015-2017-0- JUZGAMIENTO ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

CHINO MERANO BRIGIDA COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-10:00 02296-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL

LOPEZ GAVANCHO JUAN PABLO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:01-10:59 02312-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

ARAGON ROZAS JUAN CARLOS

COLQUE ROJAS RODOLFO,

11:00-11:59 02288-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL

MOLLEHUANCA SANTA CRUZ WALTER

COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:00-12:29 03727-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

MAMANI MIRANDA CIRILO COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:30-12:59 03485-2017-0- CONCILIACION PAGO DE REMUNERACIONES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

CACERES MOLERO GLADYS

COLQUE ROJAS RODOLFO,

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO

RELACIÓN DE AUDIENCIAS DEL 19 AL 23 MARZO DEL 2018

LOCAL : URBANIZACION LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS

UBICACIÓN: 1º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL LUNES, DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2018

MARTES, DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2018

MIERCOLES, DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2018

14:00-15:29 01121-2017-0- JUZGAMIENTO ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO

YAÑAC INGLES JUAN WALTER

COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-08:59 03723-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

MANGA HUAMAN JAKELINE

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:00-09:29 03725-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

PARQUEZ MACEDO GRACIELA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:30-09:59 03109-2017-0- CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

YUCRA NINA EPIFANIO COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:00-11:29 02434-2017-0- JUZGAMIENTO INDEM. POR DAÑOS Y PERJUICIOS POR INCUMP. DE CONTRATO

TAPIA TADEO JAVIER EMP GENERACION ELECTRICA MACHUPICCHU S A

COLQUE ROJAS RODOLFO,

11:30-12:59 01981-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

MANGA VILLAFUERTE MARIA ROXANA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:00-14:59 01177-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

CABEZA QUISPE SILVERIO COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-08:59 03387-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

OLMEDA QUISPE YANESA COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:00-09:29 03659-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

HUILLCA CASTILLA ROSALIA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:30-10:29 02315-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

LLUSCA LUCANA WASHINGTON

COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:30-11:59 02330-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN

QUIÑONES PILCO ITALO COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:00-12:59 02532-2017-0- JUZGAMIENTO ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

JUSKCA QUISPE HILDA COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:00-14:29 02377-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

HUAMAN SARMIENTO FRANCISCO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

14:30-14:59 02405-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

AUTORIDAD NACIONAL DE AGUA

ESCOBAR MUNARES YANETH FANNY

COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:00-08:59 03263-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

CONDOR TRAVEL S.A.C. CALDERON QUISPE ANGEL LUCIO ILLIARI

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-10:59 03499-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

TORRES INOCENCIO ALICIA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

11:00-12:59 02813-2017-0- UNICA DERECHOS LABORALES

SUB COMITE DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO DE LA DREC CUSCO

PORTILLO AROHUANCA ANA BEATRIZ

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:30-15:30 01276-2017-0- VISTA DE LA CAUSA

OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MATERIAL MEDICO SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

DIAZ HENRIQUEZ LILIANA INES

LUNES, DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2018

JUEVES, DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2018

VIERNES, DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2018

UBICACIÓN: 2º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL

MARTES, DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2018

Page 29: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · ELECTRONICA N° 05001994 del Registro de Predios de la O fi - cina Registral Cusco, Zona Registral X - Sede Cusco, con las siguientes AFECTACIONES:

La República 29SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

08:00-08:59 03882-2017-0- CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

GESTION DE SERVICIOS AMBIENTALES SAC

CONDORI QUISPE ROSMERY

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-10:59 03784-2013-0- JUZGAMIENTO ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO

COLEGIO PARTICULAR MIXTO DOMINGO SAVIO DEL CUSCO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

11:00-12:59 03492-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

HUAYTA CONTRERAS LUISA VIRGINIA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:30-14:59 00787-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO

CUSIHUALLPA HUAMAN DANY WILFREDO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

08:00-08:59 04205-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS SA

DEL CASTILLO PAREDES LILIANA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-10:59 03180-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO

LEIVA MORA LIZ MADELEYNE

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

11:00-12:59 01665-2016-0- JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

CLAS COMITE LOCAL DE ADMINISTRACION DE SALUD CENTRO DE SALUD TTIO

SAMANEZ RAMOS ELOISA SOLEDAD

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:30-15:00 04202-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

NAVARRO ACCOSTUPA GLORIA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

08:00-08:59 01856-2017-0- CONCILIACION PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

INSTITUCION EDUCATIVA PITAGOTRAS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

VALER VILLAVICENCIO FRANCISCO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-10:59 02824-2016-0- UNICA DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

CALLAPIÑA CHANCO MARIO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

11:00-12:59 02376-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

GIL VARGAS ADRIAN CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:30-15:30 00005-2017-0- VISTA DE LA CAUSA

OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

TRADE DEVELOPMENT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

CHITE VELIZ YOEL GARRY CASTILLO CRUZ NAYDA,

08:00-08:59 04134-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

DIRECCION DESCONCETRADA DEL MINISTERIO DE CULTURA CUSCO

ARRIOLA TUNI CARLOS ANTONIO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-09:59 03175-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

QUISPE PILLCO GREGORIO CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

10:00-12:59 01240-2017-0- JUZGAMIENTO PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

INVERSIONES ILLAPA SRLTDA

PAREDES ROA LUIS FELIPE CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:30-15:00 04136-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

CHACON QUITO JUAN GENARO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

MIERCOLES, DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2018

JUEVES, DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2018

VIERNES, DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2018

10:00-10:59 02169-2017-0- UNICA PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

CONCESIONARIO VEHICULAR DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA CVSUR SAC

AQUINO MEZA CARLOS AVELINO

CASTILLO CRUZ NAYDA,

15:00-15:59 00182-2018-0- AUDIENCIA OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

CONCESIONARIO VEHICULAR DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - CVSUR S.A.C.

MONROY HUAMAN MILAGROS

CASTILLO CRUZ NAYDA,

09:00-09:59 02100-2017-0- AUDIENCIA REINTEGRO DE REMUNERACIONES

LA CASONA DE PALACIO VIEJO E.I.R.L.

HUALLPA APAZA NELLY ROXANA

RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY,

11:00-11:59 00014-2018-0- AUDIENCIA PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

CLINICA PARDO EIRL LARREA CAMPOS JOSE EFRAIN

RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY,

09:00-09:59 01790-2017-0- AUDIENCIA PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

ROQUE PANUERA CELESTINO

FERNANDEZ CUYO DORA RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY,

09:00-09:59 02176-2017-0- AUDIENCIA PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

ATLANTIC SECURITY S.R.L. VARGAS MELENDEZ MARIO

RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY,

UBICACIÓN: 4º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL MARTES, DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2018

VIERNES, DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2018

MIERCOLES, DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2018

UBICACIÓN: 3º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL MARTES, DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2018

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La República30 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

HORA MATERIA IMPUTADO

DEMANDADO

DELITO/

PRETENSIÓN

AGRAVIADO

DEMANDANTE

ACTO

PROCESAL

REO JUEZ DIRECTOR

L U N E S 19 D E M A R Z O D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

M A R T E S 20 D E M A R Z O D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

M I E R C O L E S 21 D E M A R Z O D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

J U E V E S 22 D E M A R Z O D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN

Jueces Superiores: Dres. Dina Meza Monge, Aníbal Abel Paredes Matheus y Felix Villegas Cajachagua. Fiscal Superior: Dr. Ivan Jesus Loo Su. DINA MEZA MONGE

PRESIDENTA DE SALA

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La República 31SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 19 de marzo del 2018

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La República32 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 19 de marzo del 2018

ODECMA CUSCO

CONVERSATORIO PENAL ENTRE MAGISTRADOS SUPERIORES Y ESPECIALIZADOS

DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

Organiza: Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA Cusco

TEMAS:

1. Determinación de la pena: Artículo 122-B del Código Penal. 2. Determinación del sujeto pasivo “mujer en su condición de tal”, Artículo 122-B

del Código Penal.

Dirigido a los Jueces Especializados, cuya asistencia es obligatoria.

Fecha: 23 de marzo de 2018.

Hora: 16:00 pm

Lugar: Auditorio del Palacio de Justicia