crónicas torrichanas 16 carriches y la constitución de cádiz 1812

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Carriches y la Constitución de Cádiz de 1812

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Page 1: Crónicas Torrichanas 16 Carriches y la Constitución de Cádiz 1812

CarrichesCarrichesCarriches y la Constitucióny la Constitucióny la Constitución de Cádiz de 1812de Cádiz de 1812de Cádiz de 1812

Jesús Sánchez de HaroJesús Sánchez de HaroJesús Sánchez de Haro

Nº 16

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Page 2: Crónicas Torrichanas 16 Carriches y la Constitución de Cádiz 1812

Se permite su reproducción parcial sin fines de lucro, toda vez se cite la fuente y se informe al autor.

© Jesús Sánchez de Haro 2014

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Se cumplen doscientos años de la promulgación de la primera constitución española, uno de los textos jurídicos más importantes de España, por cuanto sentó las bases de constituciones posteriores. Considerada como un baluarte de libertad, fue promulgada en Cádiz el 19 de Marzo de 1812, día de la festividad de San José, por lo que popularmente fue conocida como “La Pepa”. Compuesta de diez títulos con 384

artículos, está reconocida como el primer código político a tono con el movimiento constitucionalista europeo contemporáneo, de carácter novedoso y revolucionario, que establecía por primera vez la soberanía nacional y la división de poderes, como dos de sus principios fundamentales. La Constitución de 1812 recoge muchos de los principios fundamentales que siguen vigentes en nuestros días. Algunos de ellos los tenemos tan asimilados que

Vista de la torre de la iglesia desde la Calle de la Fuente. 2013

Carriches y la Constitución de Cádiz de 1812

Homenaje en la conmemoración del Bicentenario de la Constitución de Cádiz de 1812, conocida popularmente como “La Pepa”. Artículo publicado en el Programa de Fiestas de Carriches, El Pregonero, en agosto de 2012.

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parece increíble que en otro tiempo las cosas no fueran iguales. Pero lo cierto es que, en el momento de su proclamación, significaron una auténtica ruptura con lo que existía con anterioridad. Es muy importante mostrar a los ciudadanos que principios que para ellos son tan habituales como la libertad individual, la libertad de prensa, o la inviolabilidad del propio domicilio son derechos que disfrutamos ahora, pero que se planteaban como absolutamente modernos e innovadores en La Pepa. En Carriches, los actos principales de la Jura se realizaron entre los días 20, 21 y 22 de septiembre de 1812. Tres días antes, el comisionado elegido para las publicaciones y cura del Lugar de Santa Ana, D. Jacinto Sánchez Palomo, envió desde Domingo Pérez un oficio “señalando para dicha publicación el veinte del mismo a las ocho de la mañana, la cual había de practicar el Sr. Alcalde, mediante no poderlo ejecutar el referido comisionado por tener que asistir a otro pueblo”. Así pues, el día 19 por la tarde, el Sr. Manuel Fernández, alcalde ordinario de la Villa, acompañado de dos capitulares, pasó a Domingo Pérez donde recibió del Comisionado la referida Constitución que condujo hasta Carriches, y fue esperado en las afueras del pueblo por el resto del Ayuntamiento. La Constitución descansó esa noche en casa del alcalde.

El día 20 a las 8 de la mañana, en presencia de todo el pueblo, comenzó el acto de la jura, “para lo cual estaba preparado un tablado alfombrado en la Plaza Pública y fachada del Ayuntamiento, y un dosel con colgaduras de damasco, bajo del que se hallaba colocado el retrato de nuestro amado Rey D. Fernando VII, y en medio de dicho tablado una mesa decentemente compuesta en la cual colocó el Sr. Alcalde la referida Constitución, a la derecha del retrato un banco para la Junta y Ayuntamiento, y a la izquierda otro para los particulares y personas condecoradas del pueblo”. De pie, y precedido del repique de campanas y salvas disparadas por seis escopeteros que se hallaban de guardia comenzó la lectura de la Constitución. Al acabar “se repitieron los vivas y salvas a la Constitución, al Rey y a la Monarquía Española con mucho regocijo de todos”. El alcalde mandó también que iluminasen “por tres noches las calles y casas, y tuviesen los regocijos y fiestas que les pareciese en obsequio de tan plausible motivo” invitando el Ayuntamiento a “un refresco público de vino y bizcochos; e tuvo después varias diversiones y festejos según da de sí la cortedad del pueblo que se repitieron por la noche, al tiempo de la iluminación y repique de campanas”. El día siguiente, día 21, a las 9 de la mañana tuvo lugar en la iglesia parroquial el juramento, donde se hallaba colocado un dosel, como el día anterior, con el retrato del Sr. D.

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El Juramento de las Cortes de Cádiz de 1810. José Casado de Alisal 1862. Congreso de los Diputados. Madrid

Fernando VII, una mesa bien adornada y encima de ésta un crucifijo, el libro de los Santos Evangelios y la Constitución; “principiada la misa solemne por Fr. Benigno Díaz, teniente de cura de esta parroquial, llegado el ofertorio se volvió a leer la Constitución e hizo el Sr. cura párroco D. Francisco Villalvilla una breve y compendiosa exhortación al pueblo, que enternecido, todo él prorrumpió en repetidas aclamaciones y vivas a la misma Constitución, a la religión, al Rey y a la España”. Al finalizar la misa, se colocó el alcalde ante el dosel, y prestó el juramento “según previene la misma Constitución, poniendo las

manos sobre los Santos Evangelios en esta forma”:

“¿Juráis por Dios y por los Santos Evangelios guardar y hacer guardar la Constitución Política de la Monarquía Española, sancionada por las Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación, y ser fieles al Rey?”

Y respondió: “Sí, juro”. El alcalde tomó después juramento al resto del Ayuntamiento diciendo, puestas las manos sobre los Santos Evangelios:

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“¿Juráis por Dios y por los Santos Evangelios guardar y hacer guardar la Constitución Política de la Monarquía Española, sancionada por las Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación?”

Y todos respondieron: “Sí, juramos”. “E igualmente lo hizo con todo el pueblo, el que a una voz respectivamente respondió: “Sí,

juro”, y enseguida se cantó el Te Deum con repique de campanas, continuando en este día y el siguiente los festejos e iluminación, manifestando todos en sus semblantes la dulce satisfacción que tienen de ver concluida una obra que va a ser la base de la libertad política de todos los Españoles y el bien de la Monarquía de ambos hemisferios. Así mismo se publicó por medio de edicto f i j a do a l a s p uer ta s de l Ayuntamiento el indulto general que conceden las Cortes Generales con motivo de tan glorioso día”.

Vista de las praderas de Carriches. Década de 1960

Jesús Sánchez de Haro Cronista Oficial de Carriches

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