cuestionarios y glosarios 2do corte

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GLOSARIO RETENCION EN LA FUENTE AGENTES RETENEDORES: Son aquellas personas y/o entidades que detraen, de los pagos o abonos en cuenta que realizan, una suma determinada a título de anticipo de impuestos, conforme a la ley. AUTORRETENEDOR: es la figura que consiste en que el mismo sujeto pasivo de la Retención en la fuente (el vendedor del producto o servicio) es quien se practica la respectiva retención; no le retienen sino que se autorretiene. COMISIONES: es la cantidad que se cobra por realizar transacciones comerciales que corresponden a un porcentaje sobre el importe de la operación. CUENTA AFC: es una cuenta que brinda beneficios tributarios y fomenta el ahorro para la compra de vivienda o el pago de las cuotas mensuales de un Crédito de Vivienda o Leasing Habitacional del Banco. EMPLAZAMIENTO: aviso mediante el cual se cita a una persona en un lugar y un momento determinados, especialmente para contar o justificar algo. ENAJENACION: Venta, donación o cesión del derecho o el dominio que se tiene sobre un bien o una propiedad. GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS: es un impuesto indirecto del orden nacional que se aplica a las transacciones financieras realizadas por los usuarios del sistema. HECHO GENERADOR: Pago o abono en cuenta. Determina el momento en que se entiende causada la retención, conforme a los criterios legales. HONORARIOS: es la remuneración por servicios que una Persona natural presta a otra persona natural o jurídica, en la cual predomina el factor intelectual sobre el técnico, material, manual o mecánico. IVA: Sigla del “Impuesto al valor agregado o añadido” más conocido en Colombia como “Impuesto sobre las ventas”. Se le llama Impuesto al valor agregado porque efectivamente sólo se paga impuesto sobre el valor que se le agrega a un bien. PROCESO DE CONCORDATO: proceso Concursal que exige la asunción de un compromiso por parte del deudor: austeridad en los gastos y administración transparente y eficiente de los negocios, que permitan al acreedor continuar creyendo en la empresa como supuesto que lo estimula a seguir prestando su colaboración para facilitarle el pago de sus obligaciones. REMESAS: son fondos que los emigrantes envían a su país de origen, normalmente a sus familiares. TARIFA: Es el factor aritmético que aplicado a la base determina el monto o valor a retener CUESTIONARIO RETENCION EN LA FUENTE 1. ¿QUÉ ES LA RETENCIÓN EN LA FUENTE? Es un mecanismo para recaudar impuestos anticipadamente. 2. MENCIONE LOS TRES TIPOS DE RETENCIÓN EN LA FUENTE. Reteiva, Reteica, Reterenta. 3. ¿Qué ES LA TARIFA DE RETENCION? La tarifa de retención es el porcentaje que se le aplica al valor de la operación o a la base sujeta a retención para determinar el monto o valor que se ha de retener.

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Page 1: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

GLOSARIO RETENCION EN LA FUENTE

AGENTES RETENEDORES: Son aquellas personas y/o entidades que detraen, de los pagos o abonos en cuenta que realizan, una suma determinada a título de anticipo de impuestos, conforme a la ley. AUTORRETENEDOR: es la figura que consiste en que el mismo sujeto pasivo de la Retención en la fuente (el vendedor del producto o servicio) es quien se practica la respectiva retención; no le retienen sino que se autorretiene. COMISIONES: es la cantidad que se cobra por realizar transacciones comerciales que corresponden a un porcentaje sobre el importe de la operación. CUENTA AFC: es una cuenta que brinda beneficios tributarios y fomenta el ahorro para la compra de vivienda o el pago de las cuotas mensuales de un Crédito de Vivienda o Leasing Habitacional del Banco. EMPLAZAMIENTO: aviso mediante el cual se cita a una persona en un lugar y un momento determinados, especialmente para contar o justificar algo. ENAJENACION: Venta, donación o cesión del derecho o el dominio que se tiene sobre un bien o una propiedad. GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS: es un impuesto indirecto del orden nacional que se aplica a las transacciones financieras realizadas por los usuarios del sistema. HECHO GENERADOR: Pago o abono en cuenta. Determina el momento en que se entiende causada la retención, conforme a los criterios legales. HONORARIOS: es la remuneración por servicios que una Persona natural presta a otra persona natural o jurídica, en la cual predomina el factor intelectual sobre el técnico, material, manual o mecánico. IVA: Sigla del “Impuesto al valor agregado o añadido” más conocido en Colombia como “Impuesto sobre las ventas”. Se le llama Impuesto al valor agregado porque efectivamente sólo se paga impuesto sobre el valor que se le agrega a un bien. PROCESO DE CONCORDATO: proceso Concursal que exige la asunción de un compromiso por parte del deudor: austeridad en los gastos y administración transparente y eficiente de los negocios, que permitan al acreedor continuar creyendo en la empresa como supuesto que lo estimula a seguir prestando su colaboración para facilitarle el pago de sus obligaciones. REMESAS: son fondos que los emigrantes envían a su país de origen, normalmente a sus familiares. TARIFA: Es el factor aritmético que aplicado a la base determina el monto o valor a retener

CUESTIONARIO RETENCION EN LA FUENTE

1. ¿QUÉ ES LA RETENCIÓN EN LA FUENTE? Es un mecanismo para recaudar impuestos

anticipadamente.

2. MENCIONE LOS TRES TIPOS DE RETENCIÓN EN LA FUENTE.

Reteiva, Reteica, Reterenta.

3. ¿Qué ES LA TARIFA DE RETENCION? La tarifa de retención es el porcentaje que se le aplica

al valor de la operación o a la base sujeta a retención para determinar el monto o valor

que se ha de retener.

Page 2: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

4. MENCIONE LAS MANERAS EN LAS QUE E EFECTUA LA RETNCION EN LA FUENTE.

A Título De Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios.

A Título De Impuesto Sobre Las Ventas.

A Título De Impuesto De Timbre

5. ¿CUÁL ES LA TARIFA PARA ARRENDAMIENTOS? Los pago o abonos tendrán una tarifa del

4%; en el caso de arrendamiento de bienes raíces, se aplicara la retención por el concepto

de otros ingresos y será del 3,5%.

6. ¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES DEL AGENTE DE RETENCION?

Efectuar La Retención

Presentar Declaraciones Del Periodo.

Consignar Lo Retenido.

Expedir Certificados.

Llevar Registros Contables.

7. ¿EN QUE CATEGORIAS SE CLASIFICAN LAS PERSONAS NATURALES? Empleados,

Trabajadores por cuenta propia y Otros.

8. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA?

Se entiende como trabajador por cuenta propia, toda persona natural residente en el país

cuyos ingresos provengan en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento

(80%) de la realización de una de las actividades económicas señaladas en el Capítulo II del

Título V del Libro I del Estatuto Tributario.

9. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR UVT? Se entiende por unidad de valor tributario, UVT, la medida

de valor que permite ajustar las cifras y los valores absolutos aplicables a impuestos y

sanciones tributarias administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

(DIAN).

10. ¿QUÉ INFORMACION SE DEBE REGISTRAR EN LA CASILLA “RETENCIONES PRACTICADAS A

TITULO DE VENTAS (IVA)?

En estas casillas, se debe registrar el total de las retenciones del impuesto sobre las ventas

practicadas en el mes a responsables del régimen común, simplificado y a no residentes o

no domiciliados, discriminando el valor por cada responsable.

11. ¿CUÁL ES LA EQUIVALENCIA PARA LA SANCIÓN POR INEACTITUD?

En estos casos la sanción por inexactitud será equivalente al ciento sesenta por ciento

(160%) del valor de la retención no efectuada o no declarada.

12. ¿QUÉ INFORMACION SE DEBE REGISTRAR EN LA CASILLA “SECCION PAGO”? En estas

casillas se debe registrar los valores correspondientes a sanciones, intereses de mora (si se

presenta la declaración de formar extemporánea), y de los valores a pagar por retención

renta, IVA y timbre. Adicionalmente, se indican los datos de quienes firman la declaración

y se indica el valor total a pagar.

13. ¿CUÁLES SON LOS CONCEPTOS A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS?

En ventas gravadas de bienes corporales muebles.

Page 3: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

En la prestación de servicios gravados en el territorio nacional.

14. ¿QUÉ TARIFA SE APLICARA SOBRE LOS DIVIDENDOS? El gobierno nacional no ha

reglamentado la tarifa de retención en la fuente, esta se aplicara sobre las utilidades

comerciales después de impuestos, que excedan el monto máximo susceptible al

distribuirse como ingreso no constitutivo de renta o ganancia ocasional.

15. ¿CUÁL ES LA BASE MINIMA PARA APLICAR A RETENCION EN LA FUENTE? La base mínima

para aplicar retención es 27 UVT en compras y 3 en servicios.

GLOSARIO RENTA

UTILIDAD: aptitud de un bien o servicio para satisfacer una necesidad humana. es una magnitud variable que aumenta al aumentar la cantidad consumida del bien hasta alcanzar un máximo DEDUCCIONES: son los montos que se deducen del sueldo o salario, contablemente una deducción es un monto que se rebaja del sueldo o salario de un empleado mensualmente. INGRESOS ORDINARIOS: son las percepciones que constituyen la fuente normal y periódica de recursos fiscales que obtiene el gobierno federal como base fundamental para financiar sus actividades. Es una parte de los ingresos gubernamentales que obtiene el estado haciendo uso de su poder coercitivo de forma unilateral; o bien por una contraprestación obligatoria; es decir incluyen los recursos que impliquen una obligación de deuda. Estos son permanentes y previsibles. Son las percepciones que obtiene el sector público en el desempeño de sus actividades de derecho público y como productor de bienes y servicios por la ejecución de la ley de ingresos. Se clasifican en corrientes y de capital. INGRESOS EXTRAORDINARIOS: son aquellos recursos de carácter excepcional que provienen de la enajenación de bienes nacionales, de la concertación de créditos externos e internos o de la emisión de moneda. Son todas aquellas percepciones que provienen de actos eventuales, para cubrir gastos también eventuales. UVT: la unidad de valor tributario [uvt], es una unidad de medida de valor, que tiene como objetivo representar los valores tributarios que se encontraban anteriormente expresados en pesos. Como toda unidad de valor, el uvt representa un equivalente en pesos, esto con el fin de lograr estandarizar y homogenizar los diferentes valores tributarios. De esta forma, al tratarse todos los valores tributarios en una unidad de valor estandarizada, se hace más sencillo su tratamiento, y sobre todo, su actualización anual. EXENCIONES: privilegio que uno tiene para eximirse de algún cargo u obligación. «Son supuestos de exención aquellos en que, a pesar de realizarse el hecho imponible, la ley exime del cumplimiento de la obligación tributaria principal». Para la doctrina las exenciones tributarias pueden describirse, atendiendo a los efectos que producen, como aquellas situaciones en que la deuda tributaria no es legalmente exigible a pesar de haberse realizado el hecho imponible. ESTATUTO TRIBUTARIO: es el documento donde se encuentran las normas correspondientes al contenido de los impuestos de renta y complementarios, ventas, timbre y retención en la fuente, como también los procedimientos respectivos. Recoge y amplía los principios generales de la constitución nacional sobre esta materia, la cual es esencialmente compleja y extensa. Sus artículos definen términos, establece" sujetos de los tributos y aclaran situaciones que normalmente surgen de su aplicación. DECLARACIÓN: manifestación ante la administración pública de los bienes que se poseen para pagar los impuestos correspondientes. BASE GRAVABLE: es la cantidad sobre la cual se calculan todos los impuestos, se calcula restándole las deducciones a los ingresos.

Page 4: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

IMAS: el instituto mixto de ayuda social (imas), es una institución autónoma con personería jurídica, creada según la ley 4760 del 30 de abril de 1971, vigente a partir del 8 de mayo de ese mismo año. Tiene como finalidad resolver el problema de la pobreza extrema en el país, para lo cual deberá planear, dirigir, ejecutar y controlar un plan nacional destinado a dicho fin. IMAN: es un sistema para la determinación del impuesto a la renta para las personas naturales que clasifiquen dentro de la categoría de empleados, sistema establecido en el artículo 331 del estatuto tributario adicionado por la ley 1607 de 2012. Este sistema puede ser aplicado única y exclusivamente por quienes cumplan los requisitos para ser clasificados como empleados, requisitos contenidos en el artículo 329 del estatuto tributario, y en especial, los requisitos contenidos en el artículo 2 del decreto 3032 de diciembre 27 de 2013.

CUESTIONARIO RENTA

1. ¿Qué es el impuesto de renta? La “Contribución que grava el ingreso de las personas y

entidades económicas”. Este Impuesto grava lo que se obtiene a través del trabajo, el

capital que se tenga y a la unión entre ambas fuentes.

2. ¿Cómo se determina el impuesto a la renta? El impuesto sobre la renta se determina

restando los ingresos, los gastos y costos que se hubieren causados o pagados en un

periodo. Además de las utilidades, se gravan como complementarios al impuesto sobre la

renta, las ganancias ocasionales.

3. ¿Cuáles son los tipos de impuestos que existen? Existen tres tipos de impuestos, que son:

Progresivo: cuando el porcentaje aplicado a los ingresos de una persona

aumenta con dichos ingresos.

Plano: cuando el porcentaje aplicado a los ingresos de una persona es

constante

Regresivo: cuando el porcentaje aplicado a los ingresos de una persona

disminuye con dichos ingresos

4. ¿A qué se le denomina Renta Líquida? La renta líquida gravable hace referencia a la renta

final que determina el contribuyente sobre la cual ha de pagar el impuesto de renta. Es la

renta sobre la cual se tributa.

5. ¿Quiénes hacen parte del régimen complementario y se les aplica el Impuesto a la Renta?

Las corporaciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto social

principal y recursos estén destinados a las actividades de salud, deporte, educación

formal, cultural, investigación, etc. Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que realicen

actividades de captación y colocación de recursos financieros, Los fondos mutuos de

inversión, El Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas

6. ¿De qué manera se puede presentar el impuesto de renta para los que hacen parte del

régimen especial complementario? La declaración de Renta Régimen Tributario Especial se

puede presentar en forma virtual o presencial. La declaración de Renta Régimen

Tributario Especial deberá presentarse en el formulario oficial 110.

7. ¿Qué es el impuesto de renta y complementario en el régimen ordinario?

El impuesto sobre la renta y complementarios es un solo tributo y comprende el impuesto

de renta, ganancias ocasionales. Aplica a las personas jurídicas, naturales y las asimiladas

Page 5: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

a unas y otras. Grava todos los ingresos realizados en el año, que puedan producir un

incremento (neto) en el patrimonio en el momento de su percepción y que no hayan sido

expresamente exceptuados.

8. Explique el impuesto de renta para personas naturales. Si la persona natural es residente

en el país y no está obligada a presentar declaración de renta, podrá presentarla

voluntariamente siempre y cuando le hayan practicado retenciones en la fuente a título de

este impuesto en el respectivo año gravable y dicha declaración producirá efectos legales.

9. ¿En qué consiste el IMAN para empleados? Es un sistema presuntivo y obligatorio para las

personas naturales clasificadas como empleados. Grava la renta resultante de disminuir de

la totalidad de los ingresos brutos (salvo la ganancia ocasional) de cualquier origen

obtenidos en el respectivo periodo gravable.

10. ¿En qué consiste el IMAS para empleados? Es un sistema VOLUNTARIO de determinación

simplificada del impuesto sobre la renta y complementarios. Lo pueden aplicar los

empleados cuya renta gravable alternativa en el año sea inferior a 4.700 UVT

($126.153.000 año 2013).

11. ¿A que se denomina ganancia ocasional? La ganancia ocasional es el beneficio patrimonial

que obtiene una persona de manera extraordinaria, por una actividad que no es propia del

giro normal de sus ingresos.

12. ¿Quiénes contribuyen al impuesto a la renta? Mencione 3

Las personas naturales nacionales.

Las sucesiones ilíquidas y las asignaciones modales.

Las personas naturales extranjeras y sus sucesiones ilíquidas.

Las sociedades de responsabilidad limitada y asimiladas.

Las sociedades anónimas y asimiladas a anónimas.

Las empresas industriales y comerciales del Estado.

Los fondos públicos, tengan o no personería jurídica.

Las empresas unipersonales, que se asimilan a sociedades limitadas.

Las sociedades y entidades extranjeras y las personas naturales sin residencia en

Colombia.

Las sociedades y entidades extranjeras que actúen o no a través de sucursales de

sociedades extranjeras.

Las sociedades fiduciarias.

13. ¿Qué es una renta exenta? Son aquellos ingresos constitutivos de renta, que por alguna

circunstancia, ha determinado la ley que su tarifa de impuesto de renta sea cero (0).

14. ¿Qué son los descuentos en renta? Son sumas que pueden ser restadas del valor liquidado

como impuesto de renta, por autorización de la ley, con el fin estimular actividades

económicas mediante la disminución de los impuestos, ya que la parte descontada del

impuesto la asume el Estado.

15. ¿Qué sanciones tiene el impuesto de renta?

Sanciones por:

Por omisión.

Retraso o sanción por extemporaneidad.

Page 6: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

Sanción por Corrección.

GLOSARIO IVA

Acción: Es la parte o alícuota en que se divide el capital autorizado de una

sociedad anónima o en comandita por acciones.

Accionista: Persona natural o jurídica que posee acciones representativas

de una parte del capital de una sociedad. Su responsabilidad y derechos se

limitan al número de acciones que posea.

Acreedor: Sujeto activo o titular de la obligación tributaria que tiene

derecho a exigir su cumplimiento, incluso forzadamente, como, asimismo,

demandar la aplicación de sanciones por el incumplimiento de los deberes

jurídicos conexos.

Activo: Corresponde a todos los bienes y derechos que posee una

empresa, susceptibles de ser valorados en dinero, tales como bienes

raíces, automóviles, derechos de marcas, patentes, cuentas por cobrar,

entre otros.

Activo fijo: Se encuentra constituido por aquellos bienes destinados al

uso; es decir, corresponde a los bienes que han sido adquiridos para hacer

posible el funcionamiento de la empresa y no para revenderlos o ser

incorporados a los artículos que se fabrican o los servicios que se prestan.

Afecto: Que se aplica o grava con impuesto.

Agentes retenedores de IVA: Corresponde a aquellos contribuyentes

(personas naturales y jurídicas) autorizados para aplicar cambio de sujeto

del IVA, por lo que adquieren la calidad de agentes retenedores del

Impuesto al Valor Agregado (IVA), haciéndose responsables de la

obligación tributaria de retener, declarar y pagar los impuestos

correspondientes.

Ahorro Previsional Voluntario (APV): Corresponde a depósitos de ahorro

previsional, realizados por el trabajador, denominado Ahorro Previsional

Voluntario (APV) en las instituciones autorizadas, con el fin de incrementar

sus fondos de pensiones y ahorrar. Estos montos son distintos a las

cotizaciones obligatorias que se efectúan en las Administradoras de

Fondos de Pensiones (AFP). El APV tiene beneficios tributarios adicionales

para las personas naturales, constituyendo una rebaja a las bases

imponibles del Impuesto Global Complementario o Impuesto Único a los

Trabajadores hasta un tope mensual de 50 UF o uno anual de 600 UF.

Año calendario: Es el período de doce meses que finaliza el 31 de

diciembre.

Año comercial: Es el período de doce meses que termina el 31 de

diciembre o el 30 de junio de cada año. El año comercial no corresponderá

a un balance tradicional (de doce meses) en el siguiente caso: Término de

Giro, primer ejercicio del contribuyente o primera vez en que opera la

autorización de cambio de fecha del balance.

Page 7: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

Año fiscal: Período de tiempo en el que están basadas todas las cuentas

del sector público de una nación. En nuestro país se extiende desde el 1 de

enero al 31 de diciembre.

Año tributario: Año en que deben declararse y/o pagarse los impuestos.

Apelación: Recurso jurisdiccional ordinario conferido a aquella parte

litigante que afirma haber sufrido algún agravio o perjuicio en sus

pretensiones, por la sentencia o resolución de un tribunal inferior, con el fin

de obtener del tribunal respectivo inmediatamente superior que enmiende

con arreglo a derecho la resolución inferior. Por ejemplo, las sentencias o

fallos de los Tribunales Tributarios son apelables ante la Corte de

Apelaciones que tenga la competencia para conocer y resolver este

recurso.

Arancel: Derecho o impuesto que se aplica a los productos que ingresan

desde el exterior a un determinado país, ya sea con propósitos de

protección o para la recaudación de renta. Los aranceles elevan el precio

de los bienes importados, lo cual hace que éstos sean menos competitivos

en el mercado del país importador, a menos que en él no se produzca este

tipo de artículo. La distribución de los resultados y sus plazos y condiciones

deberán ajustarse a dos condiciones:

Equidad: Cada ciudadano deberá contribuir en función de su capacidad

económica. Es común que en impuestos como el de la renta se establezca

una exención en el porcentaje a pagar de los sueldos bajos o en el

impuesto sobre el valor añadido (IVA) se exima del pago los bienes y

servicios impuesto al consumo.

CUESTIONARIO IVA

1. ¿Qué es Impuesto al Valor Agregado (IVA)?. Es un gravamen que recae sobre

el consumo de bienes, servicios y explotación de juegos de suerte y azar,

2. ¿Por qué el IVA es de orden nacional: Es del orden nacional porque su ámbito

de aplicación lo constituye todo el territorio nacional y el titular de la acreencia

tributaria es la nación.

3. ¿Por qué el IVA se considera de causación instantánea? Es un impuesto de

causación instantánea porque el hecho generador del impuesto tiene ocurrencia

en un instante o momento preciso.

4. Qué se entiende por hecho generador del IVA: Por hecho generador se

entiende el instante en que se origina el nacimiento de la obligación tributaria.

5. mencione un (1) hecho generador de IVA

a) La venta de bienes corporales muebles que no haya sido excluida expresamente.

Page 8: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

b) La prestación de los servicios en el territorio nacional.

c) La importación de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos

expresamente.

d) La circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar con excepción de las

loterías.

6. ¿Qué hechos se consideran venta?: Todo acto que implique la transferencia del

dominio o de la propiedad de un bien, sea que esta transferencia se realice en

forma gratuita u onerosa.

7. ¿Qué hechos son considerados como venta pero no generan IVA?: Las

ventas de activos fijos que integran el patrimonio de las personas, sean estas

naturales o jurídicas, no están sometidas al impuesto sobre las ventas cuando se

hagan directamente por los dueños.

8. ¿Qué es un Bien?: Son cosas corporales las que tienen una existencia real y

pueden ser percibidas por los sentidos; como una casa o un libro.

9. ¿Cómo se clasifican los bienes corporales muebles?

a. Bienes gravados.

b. Bienes excluidos.

c. Bienes exentos.

10. ¿Qué son bienes gravados?: Son aquellos bienes sometidos al gravamen

en cuya importación o comercialización se aplica el impuesto a la tarifa general o a

las diferenciales vigentes.

11. ¿Qué son bienes excluidos del impuesto?: Son aquellos bienes que por

expresa disposición de la Ley no causan el impuesto.

12. ¿Qué son bienes exentos del impuesto?: Están exonerados del impuesto y

los productores de dichos bienes adquieren la calidad de responsables con

derecho a devolución

13. ¿Qué es causación del IVA?: La causación del impuesto es el momento en

el cual se materializa el hecho generador que da origen a la obligación

tributaria; es decir, es el momento en el cual ocurre la operación económica

que permite el nacimiento del impuesto.

Page 9: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

14. ¿Cómo se da la causación del IVA En las ventas?

Cuando se emita la factura o documento equivalente o,

Se entregue la mercancía (a falta de factura o documento equivalente).

15. ¿Cómo se da la causación del IVA en los servicios?

Al emitir la factura o documento equivalente;

Al finalizar la prestación del servicio o,

En el momento del pago o abono en cuenta.

16. ¿Cómo se da la causación del IVA En las importaciones?

Al nacionalizar el bien.

17. ¿Cómo se da la causación del IVA en los juegos de suerte y azar?

En la emisión del documento o instrumento que da derecho en la participación del

juego de suerte y azar Al realizar la apuesta.

GLOSARIO IMPUESTO AL CONSUMO

ARANCEL: Tarifa oficial que determina los derechos que se han de pagar en varios

ramos, como el de costas judiciales, transporte ferroviario o aduanas.

BIENES: Conjunto de propiedades o riquezas que pertenecen a una persona o

grupo.

FOB: cláusula de comercio internacional, que se utiliza para operaciones de

compraventa en que el transporte de la mercancía se realiza por barco.

IMPORTACIÓN: transporte legítimo de bienes y servicios del extranjero los cuales

son adquiridos por un país para distribuirlos en el territorio nacional.

INCOTERMS: términos internacionales de comercio.

MONFÁSICO: cuando gravan un solo ciclo o etapa, o se restringen algunas de

ellas.

REGIMEN SIMPLIFICADO: es una legislación especial que se aplica a personas con

características particulares, denominadas “pequeños comerciantes”, para

determinar el pago que éstas deben hacer, por concepto de impuestos, al Estado.

TARIFA: La tarifa es el precio que pagan los usuarios o consumidores de un

servicio público al Estado o al concesionario a cambio de la prestación del servicio

Page 10: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

TRANSACCIÓN: Trato o convenio por el cual dos partes llegan a un acuerdo

comercial, generalmente de compraventa.

UVT: Unidad De valor tributario.

CUESTIONARIO IMPUESTO AL CONSUMO

1. ¿Desde cuándo se encuentra vigente el INC? El impuesto nacional al consumo comenzó a

regir a partir del 1º de enero del 2013.

2. ¿Quiénes son responsables del INC: Se consideran responsables del impuesto al consumo al

prestador del servicio de telefonía móvil, al prestador del servicio de expendio de comidas y

bebidas preparadas, al importador como usuario final, al vendedor de los bienes sujetos al

impuesto al consumo y, en la venta de vehículos usados, al intermediario profesional.

3. ¿Cuándo se causa el INC: Este impuesto se causará al momento de:

La expedición de la cuenta de cobro, tiquete de registradora, factura o documento

equivalente por parte del responsable al consumidor final.

La nacionalización del bien importado por el consumidor final.

La entrega material del bien, de la prestación del servicio.

4. ¿Cuál es el periodo gravable del INC ? El periodo gravable para la declaración y pago del

impuesto nacional al consumo será bimestral:

5. ¿Quiénes pertenecen al régimen simplificado del INC? Las personas naturales que en el año

anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de las actividades inferiores a

4.000 UVT. 6. ¿Qué bienes y servicios generan el INC: Los bienes y servicios que generan el INC, están

ubicados en los tres grupos que se detallan a continuación:

Venta o importación de vehículos, botes y aerodinos.

Servicios de restaurantes, bares, tabernas y discotecas.

Prestación del servicio de telefonía móvil.

7. ¿Qué ley creó el INC: La ley 1607 de 2012 creó el impuesto nacional al consumo, y

particularmente consagró el sometimiento de las actividades de restaurante y de bares, tabernas y

discotecas a ese tributo nacional.

8. ¿Qué es el INC? El INC es un impuesto de carácter monofásico, lo que quiere decir que se

genera una única vez en todo el proceso comprendido desde la producción hasta la venta al

consumidor final; debe ser pagado específicamente por el usuario final del servicio o el

consumidor final del producto.

9. ¿Cuál es el fin del INC? El fin principal del impuesto, según la exposición de motivos es facilitar

el cumplimiento de las obligaciones tributarias y disminuir el alto nivel de evasión que se presenta

promoviendo la formalización de los negocios y la competencia libre de arbitraje tributario entre

establecimientos similares.

Page 11: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

10. ¿Qué significa la expresión: “El INC es de carácter monofásico”? El INC es un impuesto de

carácter monofásico, lo que quiere decir que se genera una única vez en todo el proceso

comprendido desde la producción hasta la venta al consumidor final; debe ser pagado

específicamente por el usuario final del servicio o el consumidor final del producto.

11. ¿Cuál es la estrategia de aplicación del INC: La estrategia de aplicación del INC consiste en

disminuir las antiguas tarifas del IVA, del 20%, 25% y 35% hasta la tarifa general del 16% y

adicionar un porcentaje a título del INC que deberá ser más o menos equivalente a la disminución

que se causó en el IVA. Ahora bien, es importante tener en cuenta que el INC, debe ser registrado

contablemente como un mayor valor del bien, y ser reportado en el formulario que para tal fin

expida la DIAN.

12. Mencione dos obligaciones para los responsables del régimen simplificado del INC

Obligación de expedir factura o documento equivalente, con el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos para los obligados a expedirla.

Obligación de presentar anualmente la declaración simplificada de ingresos para el régimen simplificado del impuesto nacional al consumo, por sus ingresos relacionados con la prestación del servicio de restaurantes y bares, en el formulario que para el efecto defina la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

13. La reforma tributaria del año 2012 (Ley 1607) creó el impuesto nacional al consumo, el cual es un tributo de carácter monofásico generado por la prestación o la venta al consumidor final, o la importación por parte del usuario final, ¿de qué bienes y servicios?

La prestación del servicio de telefonía móvil

La venta de algún bien corporal mueble de producción doméstica o importado (vehículos automóviles, barcos, aviones)

El servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas 14. ¿Cuáles son las tarifas del INC?: El impuesto nacional al consumo tiene vigentes las siguientes tarifas: 4 %, 8 % y 16 %. 15. ¿Qué obligaciones tienen las personas naturales pertenecientes al régimen simplificado del INC?

Deberán estar debidamente inscritas en el registro único tributario –RUT–, y ser identificadas con el código de responsabilidad “34”.

No pueden cobrar suma alguna por concepto del INC en los servicios que les dieron la categoría de régimen simplificado.

Deberán expedir factura en todas sus ventas. Al final de año deben presentar una declaración anual simplificada de ingresos de tipo

informativo, en la que se relacionarán solamente los ingresos provenientes de la prestación del servicio de restaurante y/o bar, para tal fin harán uso del formulario 315 diseñado por la DIAN.

Page 12: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

GLOSARIO IMPUESTO A LA RIQUEZA

1. PATRIMONIO LÍQUIDO: El patrimonio líquido gravable se determina restando del

patrimonio bruto poseído por el contribuyente en el último día del año o período gravable

el monto de las deudas a cargo del mismo, vigente en esa fecha.

2. PATRIMONIO BRUTO POSEIDO: Está constituido por el total de los bienes y derechos

apreciables en dinero poseídos por el contribuyente en el último día del año o período

gravable como son el efectivo, inversiones, cuentas por cobrar, acciones, aportes,

inventarios, activos fijos y otros activos.

3. SUCESIÓN ILÍQUIDA:La sucesión ilíquida, es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones

que deja una persona natural al fallecer, los cuales entran en un proceso de sucesión para

posteriormente ser adjudicados a los herederos que tuvieren tal derecho.La sucesión se

considera ilíquida entre la fecha del fallecimiento de la persona hasta la fecha en que se

ejecutoríe la sentencia judicial que apruebe la repartición y adjudicación de los bienes a

los herederos, o cuando se autorice la escritura pública.

4. CAUSACION: La contabilidad de causación es aquella contabilidad en la que los hechos

económicos se registran en el momento en que suceden, sin importar si hay una erogación

o un ingreso inmediato como consecuencia de la realización del hecho económico.

La contabilidad por causación reconoce la realización de los hechos económicos en el momento

mismo en que surgen los derechos o las obligaciones, sin llegar a esperar a que esos derechos y

obligaciones se hagan efectivos.

5- PATRIMONIO NETO: El patrimonio neto es la diferencia entre el Activo y el Pasivo, y representa

el monto del que son dueño los socios si se vendieran todas las propiedades de la empresa y se

pagaran todas las deudas.

6- DERECHO INTERNO: El Derecho interno es el conjunto de normas que regulan las relaciones

entre individuos o instituciones o de éstos con el Estado. El término se usa en contraposición

al Derecho Internacional, que regula las relaciones entre Estados u otros sujetos

de derecho internacional.

7- BALANCE CONSOLIDADO: Instrumento contable que representa la situación patrimonial, en un

instante determinado, de las empresas que forman el perímetro de consolidación de un grupo

empresarial.

8- DECLARANTE: Persona que declara o da a conocer a la administración pública los bienes que

posee para pagar los impuestos correspondientes, mediante la declaración de la renta.

Page 13: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

CUESTIONARIO IMPUESTO A LA RIQUEZA

1- QUE ES EL IMPUESTO A LA RIQUEZA?: El impuesto a la riqueza en Colombia fue

creado por la ley 1739 de 2014, que corresponde a antiguo impuesto al patrimonio,

con las mismas características produciéndose sólo un cambio en el nombre del

impuestos.

2- PARA QUE PERSONAS APLICA ESTE IMPUESTO?: La creación de este impuesto, aplica

tanto para personas naturales como para personas jurídicas que tengan un patrimonio

neto (líquido) superior a 1000 millones de pesos al 1 de enero de 2015.

3- POR CUANTO TIEMPO SE APLICA ESTE IMPUESTO?:Este impuesto se aplicará para las

personas naturales durante cuatro años (2015 al 2018) y para las personas jurídicas

será solamente por los 3 primeros años

4- QUE TARIFA MANEJA EL IMPUESTO A LA RIQUEZA?: En las personas naturales, la

tarifa es progresiva, y dependiendo del valor del patrimonio, estará entre 0.125%,

0.35%, 0.75% hasta 1.50% y se mantienen constantes durante los 4 años de aplicación

del impuesto. Para las personas jurídicas se fijaron tarifas variables durante los 3

añosde duración de este impuesto, comenzando en el año 2015 con tarifas entre

0.20%, 0.35%, 0.75%, 1.15%. En el año 2016 estas tarifas se disminuyen a 0.15%,

0.25%, 0.50%, 1.00% y finalmente para el año 2017 las tarifas serán de 0.05%, 0.10%,

0.20% y 0.40%.

5- QUIENES NO SON CONTRIBUYENTES AL IMPUESTO A LA RIQUEZA? MENCIONE

ALGUNAS: Las entidades que se encuentren en liquidación, concordato, liquidación

forzosa administrativa, liquidación obligatoria o que hayan suscrito acuerdo de

restructuración de conformidad con lo previsto en la Ley 550 de 1999, o acuerdo de

reorganización de conformidad con la Ley 1116 de 2006 y las personas naturales que

se encuentren sometidas al régimen de insolvencia.

6- ¿CUÁL ES EL MINIMO MONTO GENERADOR DEL PAGO DE ESTE IMPUESTO SEGÚN EL

E.T? “se genera por la posesión de la misma al 1° de enero del año 2015, cuyo valor

sea igual o superior a $1.000 millones de pesos. Para efectos de este gravamen, el

concepto de riqueza es equivalente al total del patrimonio bruto del contribuyente

poseído en la misma fecha menos las deudas a cargo del contribuyente vigentes en

esa fecha.”

Page 14: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

7- CUÁL ES LA BASE GRAVABLE SOBRE EL IMPUESTO A LA RIQUEZA? La base gravable

del impuesto a la riqueza es el valor de patrimonio bruto de las personas

jurídicas y sociedades de hecho poseído a 1 de enero de 2015, 2016 Y 2017 menos las

deudas a cargo de las mismas vigentes en esas mismas fechas, y en el caso

de personas naturales y sucesiones ilíquidas, el patrimonio bruto poseído por ellas a

1de enero de 2015, 2016, 2017 Y2018 menos las deudas a cargo de la mismas vigentes

en esas mismas fechas.

8- COMO SE CAUSAN? La obligación legal del impuesto a la riqueza se causa para los

contribuyentes que sean personas jurídicas, el 1 de enero de 2015, el 1 de enero de

2016 y el1 de enero de 2017. Para los contribuyentes personas naturales, la obligación

legal del impuesto a la riqueza se causa el 1 de enero de 2015, el 1 de enero de 2016,

el 1 de enero de 2017 y el 1 de enero de 2018.

9- SE PUEDE DEDUCIR ESTE IMPUESTO? El artículo 7 de la ley 1739 aclara que el

impuesto a la riqueza no es deducible ni en el impuesto a la renta ni en el CREE.

10- QUIENES TIENEN QUE PAGAR EL IMPUESTO A LA RIQUEZA? Lo deberán pagar:

Las personas naturales y sucesiones ilíquidas.

Las personas jurídicas y las sociedades de hecho.

Personas naturales y jurídicas no residentes en el país, respecto la riqueza poseída

directamente en nuestro país; o indirectamente a través de establecimientos

permanentes.

11- COMO ES EL PROCESO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO A LA RIQUEZA?

Quienes estén en obligación de hacer la declaración del impuesto a la riqueza (personas

naturales o jurídicas), primero deberán acceder a la página web www.dian.gov.co (en este portal

se deberá buscar el botón que dice Usuarios Registrados) y sí no se encuentra registrado, debe

hacer el debido proceso. Allí, el declarante deberá dar clic en la opción “Diligenciar y presentar”.

Luego de este paso, aparecerá el formulario número 440 del año 2015

12- QUIENES ESTÁN EXCLUIDOS DEL PAGO DEL IMPUESTO?

1. Consorcios y uniones temporales

2. Inversionistas extranjeros de portafolio

3. Entidades sin ánimo de lucro

Page 15: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

4. Fondos de inversión, fondos de valores, fondos comunes administrados por entidades

fiduciarias y fondos de pensiones y cesantías

5. Centros de eventos y convenciones con participación mayoritaria de las Cámaras de Comercio y

que sean Empresas Industriales y Comerciales del Estado

6. Entidades que se encuentren en liquidación, concordato, o acuerdo de reestructuración

GLOSARIO INDUSTRIA Y COMERCIO

1. Gravamen: es una carga (una obligación, impuesto o tributo que se aplica a un

inmueble, a un caudal o a un bien y al uso que se hace de estos). 2. Impuesto plurifásico: Impuesto sobre el volumen de ventas que grava todas las

fases de la producción de un bien. 3. Patente: La Patente es un privilegio que le otorga el Estado al inventor como

reconocimiento de la inversión y esfuerzos realizados por éste para lograr una solución técnica que le aporte beneficios a la humanidad. Dicho privilegio consiste en el derecho a explotar exclusivamente el invento por un tiempo determinado.

4. Sujeto Pasivo: son aquellas personas naturales o jurídicas y sociedades de hecho que realizan actividades industriales, comerciales o de servicio dentro de un área o jurisdicción municipal determinada.

5. Sujeto activo: es el municipio quien tiene la facultad de exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias sustanciales y formales, a aquellas personas naturales y jurídicas que por realizar el hecho generador contemplado en la norma.

6. Base Gravable: la base gravable es la unidad monetaria sobre la cual se aplica

una tarifa para determinar el valor del impuesto. 7. Tarifa: es un porcentaje fijo y determinado para cada una de las actividades

gravadas. 8. Periodicidad: el periodo gravable es el tiempo en el cual se causa la obligación

tributaria 9. Exequible: Que se puede hacer, conseguir o llevar a efecto.

CUESTIONARIO INDUSTRIA Y COMERCIO

1. ¿Qué es el impuesto de industria y comercio? Es un gravamen directo, (el

contribuyente es el directamente afectado con el pago del tributo), de naturaleza

territorial, que recae en la realización directa o indirecta de actividades industriales,

comerciales o de servicio de manera permanente u ocasional, con o sin

establecimiento de comercio, en una determinada jurisdicción municipal.

2. ¿Por qué se dice que es un impuesto plurifásico? Porque afecta a todos los agentes

económicos involucrados en el proceso de producción, distribución y prestación de

servicio.

3. ¿Cuáles son los elementos esenciales de toda obligación tributaria? Son sujetos activos

y pasivos, los hechos generadores, las bases gravables y las tarifas.

4. ¿Cuáles son los límites para fijar tarifas de impuesto de industria y comercio en los

municipios?

Page 16: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

Del dos al siete por mil (2-7 x 1.000) mensual para actividades industriales,

y

Del dos al diez por mil (2-10 x 1.000) mensual para actividades comerciales

y de servicios.

5. Mencione cuáles son las características del impuesto de industria y

comercio.

Es un impuesto real

Es un impuesto local de carácter municipal

Es un impuesto periódico

Es un impuesto proporcional

6. ¿Qué es el sistema de retención del impuesto de industria y comercio? El

sistema de retención es un instrumento con la capacidad de administración y

gestión de los recursos tributarios. En términos generales, es el anticipo del

impuesto de industria y comercio efectuado por el vendedor y descontado por el

comprador en el momento de causar, pagar o abonar en cuenta, las facturas o

cuentas de cobro

7. Diga quienes son agentes de retención del impuesto de industria y comercio

A. Entidades de derecho público. Ejemplo: La Nación, el Departamento, El

Municipio, los establecimientos públicos, las empresas Industriales, las sociedades

de economía mixta y las empresas Sociales del Estado.

B. Grandes contribuyentes.

C. Los intermediarios o terceros que intervengan en operaciones económicas

en las que se generen ingresos en actividades gravadas para el beneficiario del

pago o abono en cuenta.

D. Los responsables del régimen común del impuesto de industria y comercio,

que no pertenezcan al régimen simplificado de IVA, en todas sus operaciones.

E. Las sociedades fiduciarias frente a los ingresos gravados obtenidos por el

patrimonio autónomo.

8. ¿Cuál es el sujeto pasivo del ICA? Son sujeto pasivo del impuesto de industria y

comercio aquellas personas naturales o jurídicas y sociedades de hecho que

realizan actividades industriales, comerciales o de servicio dentro de un área o

jurisdicción municipal determinada.

9. ¿Cuál es la base grabable del impuesto de industria y comercio? La base

gravable es el promedio mensual de ingresos brutos del año inmediatamente

anterior, excluyendo las exportaciones, las devoluciones, los ingresos por ventas

de activos fijos y los subsidios. Se excluyen además de gravamen todos aquellos

ingresos obtenidos por la realización de actividades fuera del territorio nacional.

10. Mencione tres personas exentas del impuesto de industria y comercio

Las Entidades sin ánimo de lucro, que presten el servicio de Educación Superior,

debidamente reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional.

Las Cajas de Compensación Familiar estarán exentas siempre y cuando celebren

convenios de administración de parques distritales y pacten inversiones en los

mismos.

Page 17: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

Contribuyentes dedicados exclusivamente a la edición, distribución o venta de

libros, revistas, folletos, o coleccionables seriados de carácter científico o cultural.

11. ¿Qué sucede si una empresa desarrolla diferentes actividades en un mismo

municipio? Si el contribuyente desarrolla varias actividades se debe determinar la

base gravable de cada una de ellas y aplicar la tarifa correspondiente, el resultado

de cada operación se debe sumar para determinar el impuesto a cargo.

12. ¿Cuándo se es responsable de pagar el impuesto de avisos y tableros? Para

ser responsable del impuesto complementario de avisos y tableros, es necesario

ser contribuyente declarante del impuesto de industria y comercio y tener un aviso

visible desde el espacio público, donde se divulgue el nombre comercial, acredite

su actividad, su establecimiento, sus productos o servicios.

13. ¿Quién establece las tarifas de impuesto de industria y comercio? Cada

municipio tiene la potestad de determinar la tarifa a aplicar, siempre y cuando no

sobrepases los límites establecidos en la ley 14 de 1983.

14. Mencione tres actividades no sujetas al Impuesto de Industria y Comercio:

No se gravan las siguientes actividades con el impuesto de industria y comercio:

La producción primaria, agrícola, ganadera y avícola sin que se incluyan la

fabricación de productos alimenticios o de toda industria donde haya un proceso

de transformación, por elemental que éste sea.

La producción nacional de artículos destinados a la exportación.

La educación pública, las actividades de beneficencia, culturales y/o deportivas,

las actividades desarrolladas por los sindicatos, por las asociaciones de

profesionales y gremiales sin ánimo de lucro, por los partidos políticos y los

servicios prestados por los hospitales adscritos o vinculados al sistema nacional

de salud

Tránsito de los artículos de cualquier género que atraviesen por el municipio.

Los proyectos energéticos que presenten las entidades territoriales de las zonas

no interconectadas del Sistema Eléctrico Nacional al Fondo Nacional de Regalías.

La explotación de canteras y minas diferentes de sal, esmeraldas y metales

preciosos, cuando las regalías o participaciones para el municipio sean iguales o

superiores a lo que corresponderá pagar por concepto del impuesto de Industria y

Comercio.

Las actividades del Instituto de Mercadeo Agropecuario IDEMA.

Los juegos de suerte y azar en los términos establecidos en el Artículo 49 de la

Ley 643 de 2001.

Las actividades artesanales, entendidas como aquella realizada por personas

naturales, de manera manual y desautomatizada, cuya producción en serie no sea

repetitiva e idéntica, sin que en esta transformación intervengan más de cinco

Page 18: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

personas, simultáneamente, y siempre que estas personas no tengan otra

actividad económica diferente.

GLOSARIO Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE

CREE: Contribución Empresarial para la Equidad.

TRyC : Es la tarifa del impuesto sobre la renta y complementarios aplicable al contribuyente por la

renta de fuente extranjera..

TCREE: Es la tarifa del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) aplicable al contribuyente

por la renta de fuente extranjera.

STCREE: Es la tarifa de la sobretasa al impuesto sobre la renta para la Equidad (CREE) aplicable al

contribuyente por la renta de fuente extranjera.

ImpExt : Es el impuesto sobre la renta pagado en el extranjero, cualquiera sea su denominación,

liquidado sobre esas mismas rentas.

SENA: Servicio Nacional de Aprendizaje

ICBF: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

UPC: La Unidad de pago por capitación (UPC) es el valor anual que se reconoce por cada uno de

los afiliados al sistema general de seguridad social en salud (SGSSS) para cubrir las prestaciones del

Plan Obligatorio de Salud (POS), en los regímenes contributivo y subsidiado.

EQUIDAD: Cualidad que consiste en dar a cada uno lo que se merece en función de sus méritos o

condiciones.

"Es un país de desigualdades donde no hay equidad en la distribución de riqueza y cultura"

Dividendos: Los dividendos son el derecho económico por excelencia concedido a los socios o

accionistas de una sociedad. Representan la parte de los beneficios obtenidos por una sociedad

que se destinan a remunerar a los accionistas por sus aportaciones al capital social de la empresa.

Sobretasa: Concepto usado en Comercio y prácticas comerciales. Costo adicional a la tasa de

Interés que se paga por un crédito.

Jurisdicción: La palabra jurisdicción proviene de las palabras latinas “ius dicere”, que significan

declarar el derecho, y por lo tanto la jurisdicción en sentido amplio, designa a la función de

administrar justicia, para impedir la autodefensa violenta de los intereses particulares.

Page 19: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

ActivosFijos: Los activos fijos son aquellos que no varían durante el ciclo de explotación de la

empresa (o el año fiscal). Por ejemplo, el edificio donde una fábrica monta sus productos es un

activo fijo porque permanece en la empresa durante todo el proceso de producción y venta de los

productos.

CUESTIONARIO IMPUESTO DEL CREE

1. ¿Qué es el CREE? Es un nuevo impuesto creado a partir del 1 de enero de 2013 como aporte de las sociedades y personas jurídicas y asimiladas en beneficio de los trabajadores, la generación de empleo y la inversión social en los términos de la ley 1607 DE 2012.

2. ¿Cuál es el periodo gravable?: El periodo gravable es de un año. Inicia el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

3. ¿Por qué se causa el impuesto?: Por la obtención de ingresos susceptibles de generar aumento en el patrimonio.

4. ¿Quiénes son responsable de presentar la declaración del Impuesto CREE? Deben presentar y pagar el impuesto CREE, si es contribuyente declarante del impuesto sobre la renta y complementarios y es:

• Sociedad • Persona jurídica y asimilada • Sociedad y entidad extranjera por sus ingresos de fuente nacional.

5. ¿Quiénes no deben presentar el impuesto CREE?Mencione 2 de estos.

• Persona natural. • Entidad sin ánimo de lucro.

6. ¿Por qué se dice que él CREE tiene destinación Específica?: El recaudo del CREE está destinado a la financiación de los programas de inversión social orientada prioritariamente a beneficiar a la población usuaria más necesitada, y que estén a cargo del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

7. ¿Qué plazo tengo para declarar y pagar el CREE? La declaración y pago del CREE se efectúa anualmente. 8. ¿Cómo es el sistema de pago del CREE? El CREE se pagará en dos cuotas iguales así, de acuerdo con el último dígito del NIT del declarante que conste en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación:

La declaración y pago Primera Cuota 50%: Inicia 14 de abril y termina 27 abril para el año 2015.

Pago de la Segunda cuota 50%: Entre el 10 de junio y 24 junio para el año 2015.

Page 20: Cuestionarios y Glosarios 2do Corte

Se entenderá como ineficaz la declaración (artículo 580-1 E.T.), que se presenten sin pago total dentro del plazo para declarar. 9. ¿De qué formas se puede pagar el impuestodel CREE? Se puede pagar de manera virtual a través de los servicios informáticos electrónicos o directamente en los bancos; para ello debe diligenciar el formulario 490, el cual lo puede diligenciar por el sistema o adquirirlo de manera gratuita en los puntos de atención de la DIAN.

10. ¿Quién administra y recauda el CREE? El recaudo y la administración del CREE corresponde a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

11. ¿Debo liquidar anticipo del impuesto de renta CREE? No se debe liquidar anticipo. La ley no estableció esta obligación.

12. ¿En qué formulario declaro el CREE y dónde lo encuentro? En el formulario 140 que se encuentra en la página de la DIAN www.dian.gov.co

13. ¿Cuál es el Hecho Generador del CREE? La obtención de ingresos susceptibles de incrementar el patrimonio de los sujetos pasivos en el año o periodo gravable, que es el comprendido entre el día 1° de enero y el 31 de diciembre, o desde la fecha de registro del acto de constitución en la cámara de comercio en el caso de la constitución de una persona jurídica durante el ejercicio.

14. ¿Quiénes son autorretenedores del Impuesto CREE? A partir del 1° de septiembre de 2013, para efectos del recaudo y administración del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE, todos los sujetos pasivos del mismo tendrán la calidad de autorretenedores.

15. ¿De qué depende el porcentaje de la tarifa de autorretencion? Depende de la actividad económica de la empresa.