curso básico de cooperativismo

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Básico Economía Solidaria y Cooperativismo Rosa Elvira Reyes Mozo Curso Básico de Cooperativismo Compilado Por: ROSA ELVIRA REYES MOZO PRESENTACIÓN El presente módulo contiene la temática básica para el curso Economía Solidaria y Cooperativismo. Dirigido a todas las personas interesadas en conformar organizaciones solidarias como alternativa para el desarrollo económico y social de sus comunidades y/o grupos sociales específicos. Los temas a tratar son los siguientes: 1. El Sector Solidario en Colombia 2. Normas de la Economía Solidaria 3. Organizaciones Solidarias 4. Constitución de las Empresas Solidarias

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Page 1: Curso Básico de Cooperativismo

Básico Economía Solidaria y Cooperativismo Rosa Elvira Reyes Mozo

Curso Básico de Cooperativismo

Compilado Por: ROSA ELVIRA REYES MOZO

PRESENTACIÓN

El presente módulo contiene la temática básica para el curso Economía Solidaria y

Cooperativismo. Dirigido a todas las personas interesadas en conformar organizaciones

solidarias como alternativa para el desarrollo económico y social de sus comunidades y/o

grupos sociales específicos.

Los temas a tratar son los siguientes:

1. El Sector Solidario en Colombia

2. Normas de la Economía Solidaria

3. Organizaciones Solidarias

4. Constitución de las Empresas Solidarias

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Básico Economía Solidaria y Cooperativismo Rosa Elvira Reyes Mozo

1. EL SECTOR SOLIDARIO EN COLOMBIA

1.1 ECONOMÍA SOLIDARIA

Economía Solidaria se define como “una ciencia social que estudia el conjunto de

procesos sociales de producción, distribución y consumo de los bienes y servicios que

demanda una sociedad en un tiempo determinado” (DANSOCIAL, 2004).

La economía solidaria abarca la producción de bienes y servicios orientados a la comunidad,

producidos a partir del trabajo asociativo y empleando de manera sostenible los recursos.

Alterno a la economía capitalista, también produce bienes y servicios con sentido mercantil no

asociativo.

Los recursos de los cuales se vale la economía en general para la producción de bienes y

servicios son:

Recursos Humanos: Es el principal recurso de una organización, especialmente en las

empresas de economía solidaria cuyo fin primordial es el mejoramiento de la calidad de

Recursos Físicos

Recursos Humanos

Producción Económica

Recursos Económicos

y/o Financieros

Tecnologías de la Información

y la Comunicación

Conocimientos

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vida del ser humano. Está constituido por todas las personas que se asocian y crean la

organización solidaria.

Recursos Físicos: Son todo tipo de maquinaria, equipos, terrenos, construcciones,

mobiliario, etc,, que hacen posible las labores de una organización productiva y solidaria.

Recursos Financieros: En las empresas solidarias, las fuentes de financiamiento son:

los aportes de los Asociados, los recursos del crédito, las donaciones del sector público

y/o privado, los Auxilios.

Recursos de Información: Representados en las Tecnologías de la Información y la

Comunicación, las cuales se han constituido en recursos esenciales para el desarrollo

de actividades productivas en cualquier organización. Así mismo, son hoy un

componente esencial para la comunicación entre los miembros de una comunidad y/o

sociedad. Permiten la interacción de manera sincrónica y asincrónica, facilitan el

desarrollo de actividades productivas, procesan de manera rápida cualquier tipo de

información.

El Conocimiento: Se constituye en el principal motor de iniciativas que conlleven a la

búsqueda del desarrollo. Adquiere valor especial por cuanto, aunque intangible, es la

base para la generación de ideas y el desarrollo de la gestión orientada a alcanzar

resultados.

1.2 FINES, PRINCIPIOS Y VALORES DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA

La Economía solidaria se fundamenta en fines, principios y valores que deberán ser la

clave para toda organización solidaria. Estos son:

1.2.1 Fines

Son fines de la economía solidaria, los siguientes:

“Promover el Desarrollo Integral del ser humano

Generar prácticas que consoliden una corriente vivencial de pensamiento

solidario, crítico, creativo y emprendedor como medio para alcanzar el

desarrollo y la paz de los pueblos.

Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa

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Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos de

desarrollo económico y social.

Garantizar a los miembros la participación y acceso a la información, el trabajo,

la propiedad, la gestión y distribución equitativa de beneficios sin discriminación

alguna”. (Ley 454 de 1998, Art. 5).

1.2.2 Principios “El ser humano, su trabajo y los mecanismos de cooperación tienen prioridad sobre los

medios de producción.

Espíritu de Solidaridad, cooperación, participación y ayuda mutua

Administración democrática, participativa, autogestionaria y emprendedora

Adhesión voluntaria, responsable y abierta

Propiedad asociativa y solidaria sobre los medios de producción

Participación económica de los asociados en justicia y equidad

Formación e información para sus miembros, de manera permanente, oportuna y

progresiva.

Autonomía, autodeterminación y autogobierno

Servicio a la comunidad

Integración con otras organizaciones del mismo sector

Promoción de la cultura ecológica” (Ley 454 de 1998)

1.2.3 Valores

Los valores que hacen posible el cumplimiento de los principios solidarios, acorde con

la Ley 454 de 1998, son:

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1.3 LA SOLIDARIDAD

Se define como una actitud, una disposición aprendida, que tiene tres componentes:

Cognitivo, afectivo y comportamental

La Solidaridad “es una emoción que nos recorre desde un extremo a otro de las

sociedades de las cuales formamos parte” (Maturana)

“La mejor forma de presentar la solidaridad es con la acción, es decir, fomentando

la preocupación y el compromiso con los demás” (Elizalde, 2004)

La solidaridad es un estilo de vida que permite vivir dignamente en común – unidad.

(DANSOCIAL, 2008).

1.4 EL TRABAJO EN EQUIPO

Se define como el esfuerzo colectivo, en el que cada uno aporta conocimientos

personales, habilidades, ideales y motivaciones. Un equipo de trabajo exitoso es aquel en

Responsabilidad

Autogestión

Igualdad

Cooperación

Ayuda Mutua

Democracia

Honestidad

Transparencia

Equidad

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el cual los miembros conocen las fortalezas, habilidades y debilidades propias y de sus

compañeros.

Las personas que conforman un equipo, deberán ser propositivas, escuchar a los demás

y actuar con responsabilidad frente a compromisos (Blake, Robert).

La solidaridad y el trabajo en equipo son los componentes esenciales del sector

solidario, pues los dos conllevan al establecimiento de relaciones humanas armoniosas y

proactivas que benefician tanto a sus integrantes como a la sociedad en general.

1.5 TIPO DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS EN COLOMBIA

Acorde con las normas legales, en Colombia encontramos dos grupos de organizaciones

de carácter solidario a saber:

1.5.1 Organizaciones Solidarias de Desarrollo

Son organizaciones sin ánimo de lucro, de libre iniciativa, que emplean bienes y servicios

privados para desarrollar y aportar bienes y servicios públicos, de uso social. En este

tipo de organizaciones, la solidaridad se ejerce de adentro hacia afuera; es decir, desde

la iniciativa privada, para el beneficio de la comunidad en general. Las organizaciones

que pertenecen a esta categoría son:

Asociaciones: Son organizaciones sin ánimo de lucro, conformadas por personas

que tienen intereses comunes. No tienen un número mínimo o máximo de

afiliados, son de libre adhesión y se regulan por medio de un reglamento interno

(estatutos).

Fundaciones: Se constituyen con patrimonio autónomo destinado única y

exclusivamente al objetivo identificado y definido por sus fundadores. Son

organizaciones sin ánimo de lucro reguladas por los estatutos internos y

amparadas por el artículo 633 del código civil.

Corporaciones: Son organizaciones sin ánimo de lucro que buscan alcanzar un

objetivo social. Sus miembros no requieren vínculo común, no exige valor

especial en los aportes y se regula por sus estatutos internos. Este tipo de

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organización, al igual que las fundaciones, se reglamentan acorde con lo

establecido en el artículo 633 del Código Civil y los artículos 38, 103 y 355 de la

Constitución Política. La vigilancia y control de estas organizaciones le

corresponde a las Gobernaciones.

Organizaciones de Voluntariado (ODV): Se constituyen como personas jurídicas

y sin ánimo de lucro. Su fin principal es el desarrollo de planes, programas,

proyectos y actividades de interés general que son implementados por personas

naturales o jurídicas, de libre voluntad, que ejercen acciones en beneficio de las

comunidades. Están reguladas por la Ley 720 de 2002.

Acción Comunal: Se rige por la Ley 743 de 2002 y se consolidan como

expresiones sociales organizadas, autónomas y solidarias para el desarrollo de

acciones que conlleven al desarrollo integral, sostenible y sustentable,

contribuyendo al ejercicio de la democracia participativa en pro del desarrollo

de la comunidad.

1.5.2 Organizaciones de Economía Solidaria en Colombia

A este grupo corresponden las organizaciones de tipo solidario, sostenibles y

sustentadas en tres ejes principales:

Eje Económico: a través de actividades para la producción de bienes y servicios

Eje Social: Atención de las necesidades de sus asociados, sus familias y la

comunidad del entorno

Eje cultural Solidario: Eje integrador que permite que los asociados cumplan sus

responsabilidades como trabajadores y usuarios, siendo a la vez sus aportantes

y gestores. A partir del desarrollo de la autogestión democrática, las

organizaciones solidarias generan los recursos necesarios para soportar sus

acciones en pro del desarrollo integral de las personas, quienes se constituyen

en el actor y fin principal de la economía solidaria.

Son organizaciones de economía solidaria, las siguientes:

Cooperativas

Precooperativas

Fondos de Empleados

Asociaciones mutuales

Empresas solidarias de

salud

Empresas comunitarias

Cooperativas de Trabajo

Asociado

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2. NORMAS Y ENTIDADES DE APOYO DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA

La Economía Solidaria en Colombia, está regulada por un conjunto de

normas, que desde la Constitución Política le amparan y facultan. Así mismo,

existen entidades que apoyan, regulan y controlan las actividades y

organizaciones propias de la economía solidaria.

2.1 NORMAS

Constitución Política de Colombia

o Artículo 38: “Se garantiza el derecho de libre asociación para

el desarrollo de las distintas actividades que las personas

realizan en sociedad”

o Artículo 58: “El Estado protegerá y promoverá las formas

asociativas y solidarias de la propiedad”

o Artículo 333: “El Estado fortalecerá las organizaciones

solidarias y estimulará el desarrollo empresarial”

Leyes

o Ley 79 de 1988: Dotar al sector cooperativo de un marco

propicio para su desarrollo como parte fundamental de la

economía nacional. Reglamenta la creación y consolidación de

las cooperativas.

o Ley 452 de 1998: Crea Superintendencia de Economía

Solidaria, transforma Dancoop en DANSOCIAL.

o Decreto Ley 1480: Naturaleza y características de asociaciones

mutuales.

o Decreto Ley 1481: Reglamenta formas asociativas para el

desarrollo de actividades de las organizaciones gremiales.

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2.2 ENTIDADES DE APOYO

Son entidades de apoyo a la Economía Solidaria, las siguientes:

DANSOCIAL: Entidad del estado. Formula, orienta y

desarrolla las políticas públicas para el fomento y fortalecimiento de

las organizaciones solidarias.

SUPERSOLIDARIA: Entidad del estado. Organismo

descentralizado, técnico, adscrito al Ministerio de Hacienda. Su

objetivo es supervisar la actividad financiera del cooperativismo y los

servicios de ahorro y crédito de los fondos de empleados y las

asociaciones mutuales. Supervisa a todas las organizaciones de

economía solidaria.

FOGACOOP: Fondo de Garantías de Entidades

Cooperativas. Brindar protección y confianza de los depositantes y

ahorradores de las entidades cooperativas.

FONES: Fondo de Fomento a la Economía Solidaria. Entidad

Mixta. Ley 454 de 1998, su objetivo es fortalecer proyectos de

desarrollo de las organizaciones que conforman el sector solidario.

CONES: Consejo Nacional de Economía Solidaria. Ley 454

de 1998. Formula y coordina las políticas, planes, estrategias,

programas y proyectos del sector solidario

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3. CONSTITUCIÓN DE LAS EMPRESAS SOLIDARIAS

A continuación se presentan los requisitos y procedimientos para constituir

organizaciones solidarias.

3.1 LA COOPERATIVA

Empresa Asociativa sin ánimo de lucro en la que los trabajadores o usuarios, son

simultáneamente los aportantes y los gestores de la empresa. Se crea con el objeto de

producir o distribuir conjunta y eficientemente bienes o servicios para satisfacer las

necesidades de sus Asociados y de la Comunidad a la cual pertenecen. Regulada por la Ley

79 de 1988.

3.1.1 Clases de Cooperativas

Según el Objeto:

o De distribución

o De Comercialización

o De Trabajo Asociado

o Agropecuarias

o De Educación

o De Transporte

o De Vivienda

Según los Servicios

o Especializadas: Se orientan a una sola actividad económica.

o Multiactivas: Desarrollan varias actividades Independientes.

o Integrales: Desarrollan varias actividades conexas

o De Ahorro y Crédito

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3.1.2 Los Asociados

Los Asociados a la Organización Cooperativa deberán ser personas menores y/o

mayores de edad a partir de los 14 años. Así mismo, serán Asociados las personas jurídicas

de derecho público, personas jurídicas del sector cooperativo, personas jurídicas de

derecho privado sin ánimo de lucro.

El número mínimo de Asociados deberá ser de 20, no tiene límite para el número de

Afiliados con posterioridad a la constitución de la organización. Para ser Asociado de una

Cooperativa, deberá cumplir con un mínimo de 20 horas de capacitación debidamente

certificadas por el SENA y/o entidades adscritas y/o autorizadas por la Superintendencia de

Economía solidaria.

3.1.3 Constitución

El proceso de constitución de la organización cooperativa comprende, entre otros, los

siguientes pasos (Ver: Ley 79 de 1988)

Elaboración y aprobación de Estatutos

Elaboración y aprobación del Acta de constitución

Inscripción ante Cámara de Comercio

Registrar estatutos ante notario público y/o

Trámite ante Superintendencia de Economía Solidaria

3.1.4 Estructura Orgánica de la Cooperativa

La estructura orgánica de la Cooperativa está integrada por las siguientes instancias:

Asamblea General: Es el máximo organismo de la Cooperativa, integrada por el

conjunto de Asociados. Sus decisiones obligan a todos los asociados presentes o

ausentes, siempre que se hayan tomado decisiones de conformidad con las

normas legales.

La Asamblea General se reúne en dos casos específicos: Asamblea General

Ordinaria y Asamblea General Extraordinaria. La Asamblea General Ordinaria se

reúne cada año en cualquier fecha dentro de los primeros 3 meses del año. La

Asamblea Extraordinaria se reúne cuando existen asuntos se suma urgencia para

tratar.

Quórum: El quórum en la Asamblea General Ordinaria se constituye con el 50%

de los convocados. Así mismo, en la Asamblea Ordinaria se toman decisiones

con la mitad más uno de los asistentes. En tanto que en la Asamblea

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Extraordinaria las decisiones son válidas cuando son tomadas por las 2/3 partes

de los asistentes.

Las funciones de la Asamblea General se resumen a continuación:

Junta de Vigilancia: Integrada por los mismos Asociados elegidos en Asamblea

General. Los requisitos para ser miembro de la Junta de vigilancia son:

o Tener Solvencia Moral e Integridad Ética

o Aptitudes Personales

o Conocimientos Jurídicos o Legales

o Conocimientos del Cooperativismo

o Destreza para cumplir su función

o Seriedad, ecuanimidad y responsabilidad

Son funciones de la Junta de Vigilancia las siguientes:

Expedir su propio reglamento

Registrar en la Cámara de Comercio el libro de Actas

Verificar el cumplimiento de las normas y los fondos sociales.

Revisar los libros de actas del consejo (mínimo cada 6 meses)

Solicitar investigaciones sobre irregularidades detectadas. Si no se

cumple, informar a la Superintendencia.

Definir las Políticas

Generales

Aprobar Estados

Financieros

Elegir Cuerpos Directivos

Nombrar Revisor Fiscal

Tomar Decisiones Especiles

Determinar los

Excedentes Cooperativos

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En las Investigaciones, respetar el debido proceso y el derecho a la

defensa

Hacer seguimiento semestral a las quejas presentadas

Estudiar, analizar las quejas presentadas por los Asociados.

Solicitar la solución de las quejas presentadas ante el órgano respectivo

Consejo de Administración: Organismo de DIRECCIÓN PERMANENTE de la

Cooperativa, subordinado a las directrices de la Asamblea General. El número

de Integrantes: Impar, principal y suplentes. Tiene las siguientes funciones:

o Convocar a la Asamblea

o Dar cumplimiento a los mandatos y requerimientos de la Asamblea

o Expedir su propio reglamento de funcionamiento

o Decidir sobre ingreso, retiro y/o suspensión de Asociados.

o Reglamentar Estatutos

o Elaborar presupuesto y definir la estructura administrativa

o Nombrar al Gerente y los Integrantes de los Comités

o Implementar el Plan de Desarrollo de la Cooperativa

o Presentar informes a la Asamblea

o Afiliar la Cooperativa a otras entidades

o Autorizar al Gerente la contratación y las Inversiones

o Atender los requerimientos y sugerencias de la Junta de Vigilancia y la

Revisoría Fiscal.

Gerente:

o Es el Representante Legal de la Cooperativa

o Ejecuta las Decisiones del Consejo de Administración

o Es el superior de todos los funcionarios de la Cooperativa

o Es nombrado y removido por el Consejo

o Debe poseer condiciones especiales de tipo gerencial

Revisor Fiscal: Tiene las siguientes funciones:

o Cerciorarse de que las operaciones de la entidad se ajusten a los

estatutos, a las decisiones de la Asamblea general y del órgano de

Administración.

o Dar cuenta oportuna y por escrito de las irregularidades que ocurran al

interior de la entidad

Page 14: Curso Básico de Cooperativismo

Básico Economía Solidaria y Cooperativismo Rosa Elvira Reyes Mozo

o Colaborar con la Superintendencia y rendir los informes a que haya lugar

o que sean requeridos.

o Velar porque se lleve la contabilidad y las actas de las reuniones de

asamblea y órganos de administración

o Inspeccionar los bienes de la entidad y procurar que se tomen las

medidas de conservación y seguridad

o Inspeccionar los bienes de la entidad y procurar que se tomen las

medidas de conservación y seguridad

o Impartir instrucciones y hacer inspecciones (arqueos, inventarios)

o Autorizar con su firma cualquier balance, con su dictamen o informe

respectivo

o Convocar a la Asamblea a reuniones extraordinarias

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ACTIVIDAD DE EVALUACIÓN

1. Defina qué es solidaridad y explique sus alcances a través de un ejemplo

2. Qué aspectos tendría Ud. En cuenta para alcanzar el desarrollo humano de los

asociados en una organización solidaria?

3. Defina qué es trabajo en equipo y amplíe el tema con un ejemplo

4. Cuáles son los alcances y beneficios de la economía solidaria para el desarrollo social

y económico?

5. Cuáles son los organismos de administración de la Organización Cooperativa?

6. Mencione las principales leyes que regulan el sector solidario, determinando su

importancia y alcances.