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Declaración Universal de los Derechos Humanos,edición de Fácil Lectura

Fundación Academia Europea de YusteAdaptación a Fácil Lectura: Cristina GelpíIlustraciones y maquetación: Gesgraf estudio gráficoEdición: Fundación Ciudadanía

Coeditada en colaboración con: Fundación Alternativa, FundaciónAcademia Europea de Yuste, Asamblea de Extremadura, Asociación deUniversidades Populares de Extremadura (AUPEX), Junta deExtremadura, “REINE”, Asociación de Gestores Culturales deExtremadura, Diputación de Cáceres, Diputación de Badajoz yCajalmendralejo.

El texto ha sido adaptado, en su forma y contenido, alas directrices internacionales de lFLA (InternationalFederation of Library Associations and Institutions) paralos materiales de Lectura Fácil dirigidos a personas con

Fundación Alternativa y

Publicación de Fundación Ciudadanía,Factor Solidaridad,

dificultades de comprensión lectora. Tiene la aproba-ción de la Asociación Lectura Fácil (Barcelona)

Agradecemos la lectura de prueba, realizada por Jaume Serra, Profesordel Instituto de Educación Secundaria “Nicolau Copèrnic” de Terrassa.

Impresion: IMPRESORA LIBRA

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DeclaraciónUniversal de los

Derechos HumanosEdición de Fácil Lectura

60 aniversario (1948-2008)

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hombres, se asegure el acceso a los mismos en una situación de igualdad de

condiciones.

Aspiramos a la construcción de una sociedad más justa y equitativa en la que

la ciudadanía pueda conocer y reclamar sus derechos, por lo que este tipo de

publicaciones que fomentan la educación y la lectura, se hacen necesarias.

PRESENTACIÓN

José Luis Pimentel

Coordinador General de la CooperaciónEspañola en el Uruguay

Agencia Española de CooperaciónInternacional para el Desarrollo (AECID)

Palabras presentación Declaración Universal de los Derechos Humanos.Edición de fácil lectura. Factor Solidaridad

La promoción de los Derechos Humanos y de la gobernabilidad democrática es

para la Cooperación Española una prioridad en todas sus acciones de

cooperación internacional para el desarrollo y se rige por un enfoque basado en

derechos. Por ese motivo, valoramos muy positivamente la iniciativa de Factor

Solidaridad por acercar a la ciudanía uruguaya la Declaración Universal de los

Derechos Humanos en una versión de fácil lectura.

Los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales son

inherentes a la dignidad humana y no se pueden dividir. También son

interdependientes, porque el ejercicio de cualquier derecho influye en el acceso

y disfrute del resto de los mismos.

Es responsabilidad de los Estados velar por el respeto, la promoción y el

disfrute de los Derechos Humanos. Es labor de la Cooperación Internacional

apoyar el fortalecimiento de las capacidades institucionales, sociales y

humanas para garantizar que toda la población, tanto de mujeres como de

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Ariel CelibertiPresidente FACTOR SOLIDARIDAD

DERECHOS HUMANOS Y CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANÍA

América Latina ha experimentado un conjunto de transformaciones profundas en lasúltimas décadas. Algunos de esos cambios resultan esperanzadores ya que varios denuestros países han tenido un crecimiento económico muy grande y eso los haconsolidado como grandes potencias en la política internacional.

Sin embargo, también ha crecido la fragmentación social y un cierto deterioro de lasinstituciones que en el pasado eran la base de la construcción de la democracia y laciudadanía.

En efecto instituciones como la escuela, pese a los esfuerzos que se han hecho para queamplíe su cobertura y sea un ámbito de inclusión fundamental, no siempre consigue darlos resultados esperados en cuanto a garantizar a todos los niños los aprendizajesimprescindibles para ser parte activa de la sociedad del siglo XXI.

Los mismos partidos políticos muestran debilidades importantes a la hora de articular lasdemandas e intereses de los diferentes grupos.

La sensación de inseguridad se ha vuelto una de las principales preocupaciones de losvecinos de todas las ciudades. La percepción del “otro” como una amenaza a miseguridad intensifica día a día las demandas de mayores castigos, y nos muestra unapeligrosa aquiescencia de la ciudadanía con las reacciones violentas de los más diversosactores.

Los aspectos negativos de estos nuevos escenarios en los que nos toca vivir, exigen, dequienes formamos parte de organizaciones de la sociedad civil, un compromiso cotidianoy consecuente con la difusión de la Declaración de los Derechos Humanos y la vigilanciairrestricta de su cumplimieto.

Con la publicación de este material, esfuerzo conjunto de muchos en muchos países,queremos aportar a la concreción de esos objetivos, sin renunciar a nuestro compromisode todos los días.

Ariel Celiberti

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DeclaraciónUniversal de losDerechos HumanosEn 1945 terminó la Segunda Guerra Mundial.Durante 6 años muchos países del mundo se pelearon unos contra otros.Murieron unos 60 millones de personas.Muchos de los muertos no eran soldados,sino personas que no habían ido a la guerra,que vivían en las ciudadesque fueron bombardeadas.

Mucha gente fue herida, pasó hambre y fríoy fueron destruidas sus casas.

Cuando terminó la guerra,los gobernantes de los paísesque habían luchado,pensaron que nunca másdebían volver a hacerlo.Debían hablar, discutir y encontrar soluciones a los problemas de forma pacífica, sin luchas ni guerras.

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Por eso decidieron agruparseen una organización:la Organización de las Naciones Unidas.

El nombre de la Organización se abreviacomo ONU:[O, de Organización; N, de Naciones;U, de Unidas.]

Hoy casi 200 países del mundoforman parte de la ONU.

La ONU quiere ayudar a los paísesa vivir en paz, a que no haya guerras.También ayuda a los países más pobres,para que las personas que vivenen estos países no tengan hambre.

En el año 1948,representantes de todos los paísesde la ONU se reunieron en una asambleay se pusieron de acuerdo

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en que todas las personastenemos unos derechosque nadie puede quitarnos.Como por ejemplo,el derecho a vivir en libertad y en paz.Son los DERECHOS HUMANOS.

La “Declaración Universal de los Derechos Humanos” es el texto donde se explicancuáles son estos derechos.

“Universal” quiere decir que es para todo el mundo.Los “Derechos Humanos”son los derechos de las personas.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos cumple 60 años en el año 2008.

Para celebrarlo, editamos esta publicación adaptada a fácil lectura.

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artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidady derechos y, dotados como están de razón y conciencia,deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Al nacer, todas las personas son libresy tienen los mismos derechos.

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artículo 2

Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados enesta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idio-ma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origennacional o social, posición económica, nacimiento o cualquierotra condición.

Además, no se hará distinción alguna fundada en la condiciónpolítica, jurídica o internacional del país o territorio de cuyajurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un paísindependiente, como de un territorio bajo administraciónfiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitaciónde soberanía.

Las personas pueden ser de razas distintas,hablar lenguas distintas, ser ricas o pobres,tener opiniones y religiones distintas.Pero ser diferentes no es un problema.

Las personas pueden ser diferentes,pero todas tienen los mismos derechos.

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artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, ala libertad y a la seguridad de su persona.

Todas las personas tienen derecho a vivir y a hacerlo en libertad y con seguridad.

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artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre;la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas entodas sus formas.

Nadie puede esclavizar a otra personao comprarla y venderla como si fuera una mercancía.

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artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penaso tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Nadie puede maltratar o torturara otra persona.

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artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, entodas partes, al reconocimiento de supersonalidad jurídica.

Todas las personas deben respetarlos derechos de los demás,en cualquier parte donde estén.

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artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción,derecho a igual protección de la ley. Todos tienenderecho a igual protección contra toda discrimina-ción que infrinja esta Declaración y contra todaprovocación a tal discriminación.

Las leyes deben proteger y ayudarde la misma forma a todas las personas.

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artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, antelos tribunales nacionales competentes, que la amparecontra actos que violen sus derechos fundamentalesreconocidos por la Constitución o por la ley.

Todas las personas tienen derecho a que los jueces las traten de forma justa.

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artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido,preso ni desterrado.

Nadie puede ser detenido o encarceladosin motivo.

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artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones deplena igualdad, a ser oída públicamente y con justi-cia por un tribunal independiente e imparcial, parala determinación de sus derechos y obligaciones opara el examen de cualquier acusación contra ellaen materia penal.

Si una persona es juzgada por un delitotiene derecho a que el juez sea imparcial.

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artículo 11

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que sepresuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabili-dad, conforme a la ley y en juicio público en el que se lehayan asegurado todas las garantías necesarias para sudefensa.

2.Nadie será condenado por actos u omisiones que en elmomento de cometerse no fueron delictivos según elDerecho nacional o internacional. Tampoco se impondrápena más grave que la aplicable en el momento de la comi-sión del delito.

Las leyes son las mismas para todos.Todas las personas son inocentes hasta que los jueces decidan si son culpables de algún delito.

Para declarar a una persona culpable de un delito,los jueces deben tener pruebas.

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artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en suvida privada, su familia, su domicilio o su correspon-dencia, ni de ataques a su honra o a su reputación.Toda persona tiene derecho a la protección de laley contra tales injerencias o ataques.

Todas las personas tienen derecho a su intimidad: nadie puede hablar o escribirsobre la vida privada de una persona,entrar en su casa o leer sus cartas si ella no ha dado permiso para hacerlo.

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artículo 13

1.Toda persona tiene derecho a circular libremen-te y a elegir su residencia en el territorio de unEstado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquierpaís, incluso el propio, y a regresar a su país.

Todas las personas pueden elegir en qué país y en qué ciudad van a vivir.

Pueden salir y regresar a su país cuando lo deseen.

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artículo 14

1. En caso de persecución, toda persona tiene derechoa buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra unaacción judicial realmente originada por delitos comu-nes o por actos opuestos a los propósitos y principiosde las Naciones Unidas.

Si una persona es perseguida injustamenteen su país puede pedir a otro país que la acoja para vivir allí.

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artículo 15

1.Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2.A nadie se privará arbitrariamente de su naciona-lidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Todas las personas tienen derecho a tener una nacionalidad.Tener una nacionalidad significa ser de algún país.

Nadie puede quitar sin motivo la nacionalidad a otra persona ni puede impedirle que cambie de nacionalidad.

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artículo 16

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tie-nen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza,nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; ydisfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio,durante el matrimonio y en caso de disolución del matri-monio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futu-ros esposos podrá contraerse el matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de lasociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad ydel Estado.

Todas las personas pueden formar una familia y el Estado debe ayudarlas para que puedan hacerlo.

Nadie puede obligar a una persona a casarse.En el matrimonio, los hombres y las mujeres tienen los mismos derechos.

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artículo 17

1.Toda persona tiene derecho a la propiedad, individualy colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Todas las personas pueden tener propiedades y nadie puede quitárselas sin motivo.

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artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensa-miento, de conciencia y de religión; este derechoincluye la libertad de cambiar de religión o de cre-encia, así como la libertad de manifestar su religióno su creencia, individual y colectivamente, tanto enpúblico como en privado, por la enseñanza, la prác-tica, el culto y la observancia.

Todas las personas pueden pensar lo que quieran,elegir la religión que deseen y hablar de sus creencias religiosas.

Cualquier persona puede cambiar su religión cuando quiera.

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artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opi-nión y de expresión; este derecho incluye el noser molestado a causa de sus opiniones, el deinvestigar y recibir informaciones y opiniones, y elde difundirlas, sin limitación de fronteras, porcualquier medio de expresión.

Todas las personas pueden buscar y recibir información y opinar sobre lo que quieran, allí donde estén,siempre que sus opiniones no ofendan ni insulten a nadie.

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artículo 20

1. Toda persona tiene derecho a la libertad dereunión y de asociación pacíficas.

2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a unaasociación.

Todas las personas pueden reunirse y también participar en asociaciones,pero nadie puede obligarlas a pertenecer a un grupo o asociación.

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artículo 21

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobiernode su país, directamente o por medio de representantes libre-mente escogidos.

2.Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones deigualdad, a las funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poderpúblico; esta voluntad se expresará mediante elecciones autén-ticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragiouniversal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equi-valente que garantice la libertad del voto.

Todas las personas pueden elegir a sus gobernantes y, si son elegidas,pueden formar parte del gobierno de su país.

Los gobernantes son elegidos por votación de los ciudadanos y de las ciudadanas con derecho a voto.La edad necesaria para votar puede ser diferente en cada país.

El voto es secreto y libre:nadie tiene por qué saber lo que uno vota.

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artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tienederecho a la seguridad social, y a obtener, median-te el esfuerzo nacional y la cooperación internacio-nal, habida cuenta de la organización y los recursosde cada Estado, la satisfacción de los derechos eco-nómicos, sociales y culturales, indispensables a sudignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Los gobernantes de cada país debenproteger y defender a sus ciudadanosy ayudarles a que tengan lo necesariopara vivir.

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artículo 23

1.Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección desu trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo ya la protección contra el desempleo.

2.Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igualsalario por trabajo igual.

3.Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneraciónequitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia,una existencia conforme a la dignidad humana y que será com-pletada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios deprotección social.

4.Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicar-se para la defensa de sus intereses.

Todos los países deben preocuparse para que sus ciudadanos vivan lo mejor posible.Todas las personas tienen derecho a trabajar y cobrar un salario que se corresponda con el trabajo que realizan.

Las personas que realizan un mismo trabajodeben recibir el mismo salario y, si quieren,pueden agruparse en sindicatos para defender sus derechos como trabajadores.

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artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrutedel tiempo libre, a una limitación razonable de laduración del trabajo y a vacaciones periódicaspagadas.

Todas las personas tienen derecho a descansar y a tener vacaciones.Las vacaciones deben ser pagadas.

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artículo 25

1.Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado quele asegure,así como a su familia, la salud y el bienestar,y en espe-cial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica ylos servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a losseguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez,vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistenciapor circunstancias independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asis-tencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio ofuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Todas las personas tienen derecho a vivir dignamente.Vivir dignamente significa poder comer cada día, tener ropa, tener casa,poder ir a la escuela y al médico si estamos enfermos.

Las madres y sus hijos tienen derecho a una protección especial.

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artículo 26

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educacióndebe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucciónelemental y fundamental. La instrucción elemental será obliga-toria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser genera-lizada;el acceso a los estudios superiores será igual para todos,en función de los méritos respectivos.

2.La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la per-sonalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los dere-chos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá lacomprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las nacionesy todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el des-arrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el man-tenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo deeducación que habrá de darse a sus hijos.

Todas las personas tienen derecho a la educación.Los estudios elementales deben ser obligatorios y gratuitos.

Cuando las personas son mayores,pueden estudiar en la universidad.Los requisitos necesarios para estudiar en la universidad son los mismos para todas las personas.

Los padres pueden elegir el tipo de educación de sus hijos.

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artículo 27

1.Toda persona tiene derecho a tomar parte libre-mente en la vida cultural de la comunidad, a gozarde las artes y a participar en el progreso científicoy en los beneficios que de él resulten.

2.Toda persona tiene derecho a la protección de losintereses morales y materiales que le correspondanpor razón de las producciones científicas, literarias oartísticas de que sea autora.

Todas las personas tienen derecho a leer libros, ir al cine, visitar museos o realizar otras actividades culturales y también a participar en las que se realicen en su comunidad.

Si una persona escribe un libro o inventa algo se debe reconocer que es ella quien lo ha hecho.

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artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca unorden social e internacional en el que los derechosy libertades proclamados en esta Declaración sehagan plenamente efectivos.

Todas las personas tienen derecho a que sus gobernantes hagan cumplir esta Declaración.

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artículo 29

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comuni-dad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre yplenamente su personalidad.

2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute desus libertades, toda persona estará solamente sujeta alas limitaciones establecidas por la ley con el único finde asegurar el reconocimiento y el respeto de losderechos y libertades de los demás, y de satisfacer lasjustas exigencias de la moral, del orden público y delbienestar general en una sociedad democrática.

3. Estos derechos y libertades no podrán en ningúncaso ser ejercidos en oposición a los propósitos yprincipios de las Naciones Unidas.

Todas las personas deben respetar a los demás.

Las personas tienen derechos pero también el deber de respetar las leyes.

Los derechos de las personas no pueden ir en contra de los principios de la ONU

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artículo 30

Nada en la presente Declaración podrá interpretarseen el sentido de que confiere derecho alguno alEstado, a un grupo o a una persona, para emprendery desarrollar actividades o realizar actos tendientes ala supresión de cualquiera de los derechos y liberta-des proclamados en esta Declaración.

Nadie debe actuar en contra de los derechos que están escritos en esta Declaración.

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