de la de · 2020-03-08 · el artículo 212.3 del r.d. legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que...

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SUMARIO II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA AYUNTAMIENTO DE BECILLA DE VALDERADUEY AYUNTAMIENTO DE BRAHOJOS DE MEDINA AYUNTAMIENTO DE CUBILLAS DE SANTA MARTA AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Servicio Territorial de Medio Ambiente. Información pública en expediente de prórroga del coto de caza VA-10326. Página 4 Exposición pública de la cuenta general del ejercicio 2019 Página 5 Convocatoria de una plaza de Secretario-Interventor en régimen de acumulación para la agrupación de municipios formada por Becilla de Valderaduey y Urones de Castroponce. Página 6 Convocatoria para ocupar el cargo de Juez de Paz sustituto Página 7 Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal. Ejercicio 2020. Página 8 Aprobación provisional precio público por entrada al teatro auditorio para asistir a los espectáculos programados en los circuitos escénicos de Castilla y León. Red Provincial de teatros de Valladolid. Página 10 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2020-047 Lunes, 9 de marzo de 2020 Núm. 47 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2020-047 Núm. 47 Lunes, 9 de marzo de 2020 Pág. 1

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Page 1: DE LA DE · 2020-03-08 · el artículo 212.3 del R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se

SUMARIO

II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA

AYUNTAMIENTO DE BECILLA DE VALDERADUEY

AYUNTAMIENTO DE BRAHOJOS DE MEDINA

AYUNTAMIENTO DE CUBILLAS DE SANTA MARTA

AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Servicio Territorial deMedio Ambiente. Información pública en expediente de prórroga del cotode caza VA-10326. Página 4

Exposición pública de la cuenta general del ejercicio 2019 Página 5

Convocatoria de una plaza de Secretario-Interventor en régimen deacumulación para la agrupación de municipios formada por Becilla deValderaduey y Urones de Castroponce. Página 6

Convocatoria para ocupar el cargo de Juez de Paz sustituto Página 7

Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal.Ejercicio 2020. Página 8

Aprobación provisional precio público por entrada al teatro auditorio paraasistir a los espectáculos programados en los circuitos escénicos deCastilla y León. Red Provincial de teatros de Valladolid. Página 10

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AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

AYUNTAMIENTO DE PESQUERA DE DUERO

AYUNTAMIENTO DE SAN PABLO DE LA MORALEJA

AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DE LATARCE

AYUNTAMIENTO DE SIMANCAS

AYUNTAMIENTO DE VILLANUBLA

Aprobación provisional precio público por asistencia al recital de danza delmuseo Mariemma. Página 11

Aprobación inicial en expediente número 255/2020 por créditoextraordinario. Página 12

Aprobación provisional del establecimiento del precio público para asistir ala obra de teatro Perfectos Desconocidos en el teatro auditorio. Página 13

aprobación inicial del expediente de suplemento de crédito (Expte. Nº254/2020) Página 14

Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de usos de salas yespacios publicos municipales Página 15

Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal.Ejercicio 2020 Página 18

Exposición pública del padrón de contribuyentes del suministro de aguacorrespondiente al segundo semestre de 2019. Página 19

INTERVENCIÓN. Exposición pública del padrón de contribuyentes de tasapor recogida domiciliaria de basuras, correspondiente al ejercicio 2020 Página 20

Aprobación de proyecto técnico de obras de renovación y ampliación depiscinas municipales. Página 21

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MANCOMUNIDAD COMARCA DE LA CHURRERÍA

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NÚMERO 6

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal.Ejercicio 2020 Página 22

Notificación de sentencia. Autos número delito leve 258/19 Página 23

Notificación en procedimiento ordinario número 545/2019. Página 24

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número30/2020. Página 25

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número 16/2020 Página 26

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II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Anuncio de información pública de expediente del procedimiento de prórroga del coto decaza VA-10326.

En este Servicio Territorial se encuentra en tramitación expediente de la Prórroga del CotoPrivado de Caza VA-10326, denominado San Antonio, iniciado a instancia de la J.A.L DERubí de Bracamonte. El objeto del referido expediente es el procedimiento de prórroga delcoto de caza situado en el término municipales de Rubí de Bracamonte y San Vicente delPalacio, en la provincia de Valladolid, con una superficie 2.472,00 hectáreas.

Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV De losterrenos, de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, haciendo constarque el referido expediente se encontrará a disposición de cualquier persona que deseeexaminarlo y, en su caso, formular alegaciones durante el plazo de veinte díashábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia delpresente anuncio, en las Oficinas del Servicio Territorial de Medio Ambiente (Sección deVida Silvestre), C/ Duque de la Victoria, 8, -47001 Valladolid, durante el horario deatención al público (9 a 14 horas, de lunes a viernes).

En Valladolid, a 5 de febrero de 2020.-La Jefe de Servicio Territorial de Medio Ambientede Valladolid.-Fdo.: María Dolores Luelmo Matesanz.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA

Informada favorablemente por la Comisión Especial de Cuentas, la Cuenta General deeste Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2019, de conformidad con lo establecido enel artículo 212.3 del R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público en laSecretaría del Ayuntamiento por plazo de quince días, durante los cuales y ocho más, apartir del siguiente al de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,podrán los interesados presentar reclamaciones, reparos u observaciones.

En Almenara de Adaja, a 2 de marzo de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Ursino Vara Pérez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE BECILLA DE VALDERADUEY

Como consecuencia de la baja por enfermedad del Secretario-Interventor de la Agrupaciónde Becilla de Valderaduey y Urones de Castroponce se informa de la posibilidad de ocuparla misma en régimen de acumulación/nombramiento provisional/comisión de servicios.

Se abre el plazo de cinco días hábiles para que quien esté interesado, pueda manifestarmediante escrito dirigido al Presidente de la Agrupación, su interés en desempeñar elcitado puesto por cualquiera de las formas legalmente previstas.

En Becilla de Valderaduey, a 5 de marzo de 2020.-La Alcaldesa.-Fdo.: Rosa GonzálezFernández

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE BRAHOJOS DE MEDINA

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juezde Paz sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 delReglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas,y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bienmediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y deberáacompañar:

Fotocopia del D.N.I.

Declaración jurada en la que se haga constar los siguientes extremos:

-Que carece de antecedentes penales.

-Que no está procesado o inculpado por delito doloso.

-Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

-Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la funciónjudicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno delTribunal Superior de Justicia.

-Que no está incurso en ninguna causa de incapacidad ni de incompatibilidad o prohibiciónprevistas en los arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Ante las dudas que se susciten la Alcaldía podrá requerir la presentación de documentoidóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que sehubiere podido incurrir.

Quien lo solicite, será informado en el Ayuntamiento de las condiciones precisas parapoder ostentar dicho cargo, y de las causas de incapacidad e incompatibilidad que impidendesempeñar el mismo. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sedeelectrónica de este Ayuntamiento [https://brahojosdemedina.sedelectronica.es]

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente,comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Brahojos de Medina, a 23 de febrero de 2020.-El Alcalde .-Fdo.: Jaime Martín Martín.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CUBILLAS DE SANTA MARTA

Transcurrido el plazo de exposición pública de la aprobación del Presupuesto General deeste Ayuntamiento para 2020 sin que durante el mismo se hayan presentadoreclamaciones, en cumplimiento de lo establecido en el art. 169.3 del R.D.L. 2/2004, de 4de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de lasHaciendas Locales, se hace público el Presupuesto definitivo para el ejercicio de 2019,resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:

ESTADO DE INGRESOS

CAPITULOS DENOMINACIÓN EUROS

OPERACIONES NO FINANCIERAS 445.074,00 €

A) OPERACIONES CORRIENTES 363.831,00 €

1 IMPUESTOS DIRECTOS 140.000,00 €

2 IMPUESTOS INDIRECTOS 78.000,00 €

3 TASAS Y OTROS INGRESOS 41.000,00 €

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 102.515,00 €

5 INGRESOS PATRIMONIALES 2.316,00 €

B) OPERACIONES DE CAPITAL 81.243,00 €

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 81.243,00 €

OPERACIONES FINANCIERAS 0 €

8 ACTIVOS FINANCIEROS 0 €

9 PASIVOS FINANCIEROS 0 €

TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS 445.074,00 €

ESTADO DE GASTOS

CAPITULOS DENOMINACIÓN EUROS

OPERACIONES NO FINANCIERAS 443.100,76 €

A) OPERACIONES CORRIENTES 248.156,76 €

1 GASTOS DE PERSONAL 53.500,00 €

2 GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 193.075,00 €

3 GASTOS FINANCIEROS 481,76 €

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.100,00 €

B) OPERACIONES DE CAPITAL 194.944,00 €

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6 INVERSIONES REALES 189.660,00 €

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 5.284,00 €

OPERACIONES FINANCIERAS 1.973,24 €

8 ACTIVOS FINANCIEROS 0 €

9 PASIVOS FINANCIEROS 1.973,24 €

TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS 445.074,00 €

AREA DE GASTO DENOMINACIÓN EUROS

0 DEUDA PUBLICA 2.005,00 €

1 SERVICIOS PUBLICOS BASICOS 134.857,00 €

2 PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL 4.400,00 €

3 PRODUCCION DE BNES. PUBL. DE C. PREFERENTE 140.378,00 €

4 ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONOMICO 15.000,00 €

9 ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL 148.434,00 €

TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS 445.074,00 €

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 deabril, asimismo se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento para 2020:

La plantilla aprobada es la siguiente:

PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A FUNCIONARIOS DE CARRERA:

DENOMINACIÓN: Secretaría – Intervención - Tesorería.NUMERO DE PLAZAS: 1.GRUPO: A. NIVEL: 26.En agrupación con las Corporaciones de: Trigueros del Valle y Quintanilla de Trigueros.

PUESTOS DE TRABAJO SUJETOS A LA LEGISLACIÓN LABORAL:

DENOMINACIÓN DEL PUESTO: Peón.NUMERO DE PLAZAS: 1.PERSONAL DISCAPACITADO:DENOMINACIÓN DEL PUESTO: Peón.NUMERO DE PLAZAS: 1.

La aprobación definitiva del presupuesto podrá ser impugnada ante la JurisdicciónContencioso Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en elartículo 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la formay plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Cubillas de Santa Marta, a 3 de marzo de 2020.El Alcalde.-Fdo.: L. Javier GonzálezDuque.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Íscar por el que se aprueba el establecimientodel precio público por entrada al Teatro Auditorio de Íscar, para asistir a los espectáculosprogramados en los CIRCUITOS ESCENICOS DE CASTILLA Y LEON. RED PROVINCIALDE TEATROS DE VALLADOLID, que se realiza en el Municipio.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Íscar, en sesión ordinaria celebrada eldía 2 de marzo de 2020, acordó la aprobación provisional del establecimiento y el Acuerdoregulador de los precios públicos siguientes:

entrada al Teatro Auditorio de Íscar, para asistir a los espectáculos programados en losCIRCUITOS ESCENICOS DE CASTILLA Y LEON. RED PROVINCIAL DE TEATROS DEVALLADOLID.

La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será:

DESCRIPCION IMPORTE

ENTRADA 6,00 euros

ABONO GENERAL 30,00 euros

ABONO JUBILADO (jubilado o de 65 años en adelante) 25,00 euros

ABONO JOVEN (de edad entre 14 a 26 años) 20,00 euros

Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Texto Refundido delas disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por RealDecreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se somete el expediente a informaciónpública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar elexpediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento[http://iscar.sedelectronica.es].

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se entenderádefinitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación el mencionado precio público.

aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Íscar, a 3 de marzo de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Luis María Martín García.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Íscar por el que se aprueba el establecimientodel precio público por asistencia al RECITAL DE DANZA MUSEO MARIEMMA que serealiza en el Municipio

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Íscar, en sesión ordinaria celebrada eldía 2 de marzo de 2020, acordó la aprobación provisional del establecimiento y el Acuerdoregulador de los precios públicos siguientes:

“Entrada al Teatro Auditorio de Íscar, para asistir al RECITAL DE DANZA MUSEOMARIEMMA.

La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será:

DESCRIPCION IMPORTE

ENTRADA 6,00 euros

Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Texto Refundido delas disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por RealDecreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se somete el expediente a informaciónpública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar elexpediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento[http://iscar.sedelectronica.es].

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se entenderádefinitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación el mencionado precio público.

En ïscar a cuatro de marzo de dos mil veinte.-El Alcalde.-Fdo.: Luis María Martín García

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 5 de marzo de2020, acordó la aprobación inicial del expediente de crédito extraordinario (Expte. Nº255/2020) financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.

Aprobado inicialmente el expediente de crédito extraordinario (Expte. Nº 255/2020)financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, por Acuerdo del Pleno de fecha 5de marzo de 2020, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado porReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por elplazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncioen este Boletín Oficial de la Provincia.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento[dirección https://iscar.sedelectronica.es].

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consideraráaprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Íscar, a seis de marzo de dos mil veinte.-El Alcalde.-Fdo.: Luis María Martín García.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

La Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 5 demarzo de 2020, acordó la aprobación provisional del establecimiento y el Acuerdoregulador de los precios públicos siguientes:

Precio Público para la entrada al Teatro Auditorio de Íscar, para asistir a la OBRA DETEATRO "PERFECTOS DESCONOCIDOS".

Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de lasdisposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente ainformación pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a lainserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados1puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se consideraráaprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Íscar, a 6 de marzo de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Luis María Martín García.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 5 de marzo de2020, acordó la aprobación inicial del expediente de suplemento de crédito (Expte. Nº254/2020) financiado con cargo a remanente de tesorería para gastos generales.

Aprobado inicialmente el expediente de suplemento de crédito (Expte. Nº 254/2020) ,financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, por Acuerdo delPleno de fecha 5 de marzo de 2020, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete ainformación pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al depublicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento[dirección https://iscar.sedelectronica.es]

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consideraráaprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Íscar, a 6 de marzo de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Luis María Martín García.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PESQUERA DE DUERO

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo de este Ayuntamiento de fecha 11de diciembre de 2019, referido a la aprobación provisional de la imposición de la Tasa porusos de salas y espacios públicos de los edificios municipales, y la aprobación de lacorrespondiente Ordenanza Fiscal sin que se haya presentado ninguna reclamación, dichoacuerdo se eleva a definitivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de laLey reguladora de las Haciendas Locales, publicándose el texto íntegro de la OrdenanzaFiscal, tal y como figura en el anexo de este anuncio.

Contra este acuerdo, elevado a definitivo, podrán los interesados interponer recursocontencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, consede en Valladolid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de lapublicación de estos acuerdos y el texto íntegro de la Ordenanza en el Boletín Oficial de laProvincia.

Pesquera de Duero, 26 de febrero de 2020. El Alcalde.- José Luis Martínez Lubiano.

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ANEXO

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR USOS DE

SALAS Y ESPACIOS DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES

Art. 1.- Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142 de la

Constitución y por el art. 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los arts.

15 a 19 del R.D.L 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa por usos de las salas y espacios de edificios municipales., que se regirá por

la presente ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto en el art. 57 del citado R.D.L 2/2004.

Art. 2.- Hecho imponible Constituye el hecho imponible de la Tasa la utilización privativa o

aprovechamiento especial de las salas y espacios de edificios municipales.

No estarán sujetas a esta tasa las actividades organizadas por el Ayuntamiento o por entidades colaboradoras ni los servicios municipales.

Art. 3.- sujeto Pasivo Son sujetos pasivos de esta Tasa, en concepto de contribuyentes, las

personas físicas y jurídicas así como las entidades a que se refiere el art. 33 de la Ley General Tributaria, que disfruten, utilicen o aprovechen especialmente los locales de que dispone este Ayuntamiento con carácter

general.

Art. 4.- Responsables 1. Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto

pasivo las personas físicas y jurídicas a que se refiere el art. 42 de la Ley General Tributaria

2. Serán responsables subsidiarios las personas físicas y jurídicas, en los supuestos y alcance que señala el art. 43 de la Ley General Tributaria.

Art. 5.- Cuota tributaria Las tarifas de esta tasa serán las siguientes:

- Por el uso del frontón: 2 euros /hora

- Por el uso de polideportivo (actividades deportivas): 5 euros / hora

- Por el uso del polideportivo (cumpleaños): 15 euros / evento

- Por el uso del Centro de Día (actividades varias): 10 euros / mes

- Por el uso del Centro de Día (eventos privados): 90 euros / evento

Art. 6.- Exenciones, reducciones y bonificaciones

No se concederán exención, reducción, ni bonificación alguna en la exacción de esta Tasa, excepto las expresamente previstas en las normas con rango de Ley o las derivadas de la aplicación de tratados internacionales.

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Art. 7.- Devengo.

La Tasa se devengará cuando se inicie el uso privativo o el aprovechamiento especial por la cesión de los locales indicados.

Art. 8.- Declaración, liquidación e ingreso. De conformidad con lo previsto en el art. 27 del RDL 2/2004, se exigirá el

pago de la cuota correspondiente mediante autoliquidación, con arreglo a lo siguiente:

El sujeto pasivo, previa o simultáneamente al devengo de la tasa, deberá practicar, en el impreso habilitado al efecto por el ayuntamiento, la

autoliquidación de la tasa, que se hará efectiva mediante ingreso en las arcas municipales a través de cualquier entidad de Ahorro o Bancaria en las que el

Ayuntamiento mantiene cuenta corriente. Siendo el documento de autoliquidación, una vez ha sido validado por la Entidad de Ahorro o Bancaria, documento acreditativo del pago de la tasa.

La autoliquidación tendrá carácter provisional hasta que se compruebe por la

Administración municipal que la misma se ha efectuado mediante la correcta aplicación de las normas reguladoras de la tasa, practicándose entonces una

liquidación definitiva. Si la liquidación definitiva no se practicara, la liquidación provisional sería definitiva.

Art. 9.- Infracciones y Sanciones En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias así como de las

sanciones que a las mismas corresponden en cada caso, se estará a lo dispuesto en los arts. 183 y siguientes de la Ley General Tributaria.

DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de la Corporación en

sesión celebrada el 11 de diciembre de 2019, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación, permaneciendo en vigor hasta su

modificación o derogación expresas.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN PABLO DE LA MORALEJA

Aprobado inicialmente por el Pleno de esta Entidad el Presupuesto General para elejercicio 2020, en sesión celebrada el día 15 de Enero de 2020, habiendo estado expuestoal público por plazo de quince días, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 delR.D. Legislativo 2/2.004 , de 5 de marzo , por el que se aprueba el Texto Refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales , sin haberse presentado reclamaciones contrael mismo, se hace público el Presupuesto definitivo de este Ayuntamiento para el ejercicio2.020 , resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla :

PRESUPUESTO INGRESOS RESUMEN POR CAPITULOS PRESUPUESTO GASTOS RESUMEN POR CAPITULOS

Operaciones Corrientes: Operaciones Corrientes:

Capítulo 1º.- Impuestos directos 28.000,00 Capítulo 1.- Remuneraciones del personal 44.810,58

Capítulo 2º.- Impuestos indirectos 2.400,00 Capítulo 2.- Gastos corrientes en bienes y servicios 54.500,00

Capítulo 3º.- Tasas P. públicos y otros ingresos 13.450,00 Capítulo 3.- Gastos financieros. 80,00

Capítulo 4º.- Transferencias corrientes 46.000,00 Capítulo 4.- Transferencias corrientes 6.500,00

Capítulo 5º.- Ingresos patrimoniales 11.600,00 Capítulo 5.- Fondo de Contingencia

Total 101.450,00 Total 105.890,58

Operaciones de Capital: Operaciones de Capital:

Capítulo 6º.- Enajenación inversiones 0,00 Capítulo 6.- Inversiones reales 37.746,00

Capítulo 7º.- Transferencias de capital 43.486,58 Capítulo 7.- Transferencias de capital 0,00

Capítulo 8º.- Activos financieros 0,00 Capítulo 8.- Activos financieros 0,00

Capítulo 9º.- Pasivos financieros 0,00 Capítulo 9.- Pasivos financieros 1.300,00

Total 43.486,58 Total 39.046,00

TOTAL INGRESOS 144.936,58 TOTAL GASTOS. 144.936,58

Asimismo, y conforme dispone el artículo 127 del R.D. Legislativo 781/1986, de 18 deabril, se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la siguiente:Funcionarios Nº: 01Denominación del puesto: Secretaría Intervención, en agrupación con San Vicente delPalacio y San Pablo de la MoralejaGrupo A1 Nivel C.D.: 26 Escala: H.NFuncionario de Carrera. Cubierta Provisión ConcursoPersonal Laboral Nº: 01Jornada 20 Horas Denominación del Puesto: Peón especialista de Obras y ServiciosVACANTE. Forma de provisión Concurso Oposición

Contra la aprobación definitiva de este Presupuesto, podrá interponerse directamenterecurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León,o ante el Juzgado Provincial de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses acontar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia

San Pablo de la Moraleja a 25 de febrero de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Francisco MartínGonzález Muñoz

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DE LATARCE

Aprobado por Decreto de Alcaldía de 24 de febrero de 2020, el padrón de contribuyentessujetos al pago de la Tasa por el Suministro de Agua a Domicilio y Naves, Servicio deAlcantarillado y Recogidas de Basuras, correspondiente al 2 semestre de 2019 . Seexpone al público, por espacio de quince días hábiles, al objeto de posibles reclamaciones

San Pedro de Latarce, a 24 de febrero de 2020.- El Alcalde.-Fdo.: Gonzalo DominguezLorenzo.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SIMANCAS

INTERVENCIÓN

Confeccionado el siguiente padrón, aprobado en Resolución de Alcaldía nº 2020/114 de 25de febrero de 2020:

-Tasa por recogida domiciliaria de basuras - 2020

Se encuentra expuesto al público en las Oficinas Municipales, al objeto de que pueda serexaminado y presentar las reclamaciones, recursos u observaciones que se estimenoportunos, siendo el plazo de interposición de recurso de reposición el de un mes contadodesde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública del padrón deobligados al pago.

Dicho padrón será cobrado por el Organismo Autónomo REVAL, dependiente de la Excma.Diputación Provincial de Valladolid, sito en la calle Ramón y Cajal, nº 5, entre los días 3 deabril y 5 de junio de 2020.

El presente anuncio servirá de notificación colectiva a los efectos de lo dispuesto en elartículo 102.3 de la Ley 58/2003 Ley General Tributaria.

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en elR.D.L. 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales.

Simancas, a 26 de febrero de 2020.-Teniente de Alcalde.-Fdo.: Zulima Castillo Fidalgo

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLANUBLA

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 26 de febrero de 2020, acordóaprobar el siguiente documento técnico:

Proyecto Técnico de obras de Renovación y Ampliación Piscinas municipales de Villanubla,redactado por la Arquitecto, Dª Nuria Alfonso Suaña, por un importe de 1.074.986,36euros, (IVA incluido), correspondiendo a la Fase II, incluida en el Plan Bienal 2020-2021,un presupuesto de 782.129,36 euros (IVA incluido).

Lo que se expone al público, mediante anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento yBoletín Oficial de la Provincia, por un plazo de 20 días hábiles, a los efectos que durante elindicado plazo puedan presentarse las alegaciones y reclamaciones que se estimenpertinentes.

EN Villanubla a tres de marzo de dos mil veinte.-El Alcalde.-Fdo.: Félix Velasco Gómez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALMANCOMUNIDAD COMARCA DE LA CHURRERÍA

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Leg 2/2004 de 5de marzo, se hace público el presupuesto definitivo de esta Mancomunidad para elejercicio de 2020, resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:

Ingresos Gastos

Operaciones Corrientes: Operaciones Corrientes:

Capítulo 1º.- Impuestos directos………………. Capítulo 1º.- Remuneraciones del personal……….. 50.940,00

Capítulo 2º.- Impuestos indirectos……. Capítulo 2º.-Gastos corrientes en bienes y servicios 142.600,00

Capítulo 3º.- Tasas, p.públicos y otros ingresos 223.740,00 Capítulo 3º.-Gastos financieros……………………..

Capítulo 4º.- Transferencias corrientes……….. Capítulo 4º.- Transferencias corrientes…………….

Capítulo 5º.-Ingresos patrimoniales…………… 800,00

Total…………………………………….. 224.540,00 Total…………………………………………. 193.540,00

Operaciones de Capital: Operaciones de Capital:

Capítulo 6º.- Enajenación inversiones………… Capítulo 6º.- Inversiones reales…………………….. 40.000,00

Capítulo 7º.- Transferencias de capital……….. 9.000 Capítulo 7º.-Transferencias de capital……………..

Capítulo 8º.- Activos financieros……………… Capítulo 8º.- Activos financieros……………………

Capítulo 9º.- Pasivos financieros……………… Capítulo 9º.- Pasivos financieros……………………

Total…………………………………….. 9.000 Total…………………………………………. 40.000,00

TOTAL INGRESOS………………….. 233.540,00 TOTAL GASTOS………………………… 233.540,00

Asimismo, y conforme dispone el artículo 127 del R.D. Legislativo 781/1986, de 18 deabril, se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la que a continuaciónse detalla:

PERSONAL FUNCIONARIO:-Denominación del puesto: Secretaría Intervención.PERSONAL LABORAL:-Denominación del puesto: un Operario Servicios Múltiples.

La aprobación definitiva del presupuesto podrá ser impugnada ante la JurisdicciónContencioso Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en elartículo 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la formay plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Campaspero a 3 de marzo de 2020.-Fdo. El Presidente.-Fdo.: Julio Cesar GarcíaHernando

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NÚMERO 6

Edicto

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuestoen los articulos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente senotifica a EMANUEL SORIN TUNARU GRIGORESCU, la resolución recaída en laspresentes actuaciones, del siguiente tenor literal:

QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a EMANUEL SORIN TUNARU GRIGORESCUcomo autor responsable de un delito leve de Hurto previsto y penado en el art. 234.2 delCódigo Penal, a la pena de CUARENTA DÍAS DE MULTA a razón de CINCO EUROS día(TOTAL 200 EUROS), con responsabilidad personal subsidiaria que, para caso de impago,prevé el art. 53 del Código Penal, y pago de costas.

En concepto de responsabilidad civil EMANUEL SORIN TUNARU GRIGORESCU deberáindemnizar al perjudicado, "El Corte Inglés", en la cantidad de 212 euros, suma quedevengará el interés legal, tal como establece el artículo 576 de la Ley de EnjuiciamientoCivil.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y Ministerio Fiscal instruyéndoles de suderecho a recurrirla en apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid en eltérmino de CINCO días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedandodurante los mismos los autos a disposición de las partes en Secretaría haciéndoles saberque el recurso se formalizará y tramitará de conformidad con lo establecido en losartículos 790 a 792 de la LECRIM.

Notifíquese asimismo la presente sentencia a los ofendidos y perjudicados, aunque no sehayan mostrado parte en el procedimiento.

Así por esta mi sentencia de la que se llevará testimonio a las actuaciones originales y seincluirá en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

En Valladolid, a 26 de febrero de 2020.-La Letrada de la Administración de Justicia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DELJUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 002 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª MARIO MISIEGO RODRIGUEZ contra PABLO MIGUEL PEQUEÑOPEREZ, en reclamación por ORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTOORDINARIO 0000545 /2019 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo59 de la LJS, citar a PABLO MIGUEL PEQUEÑO PEREZ, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 31/3/2020 a las 11:00 horas, en la sede de este Juzgado, para lacelebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todoslos medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a PABLO MIGUEL PEQUEÑO PEREZ, se expide la presentecédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón deanuncios.

En Valladolid, a veintiséis de febrero de dos mil veinte.- El Letrado de la Administración deJusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

NIG: 47186 44 4 2019 0001063Modelo: 074100ETJ EJECUCION DE TÍTULOS JUDICIALES 0000030 /2020Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000266 /2019Sobre DESPIDODEMANDANTE/S D/ña: ANA MARIA MALDONADO SANCHEZABOGADO/A: MANUEL MERINO VELASCODEMANDADO/S D/ña: FOGASA ABOGACIA DEL ESTADO FOGASA, VALLADOLID, DOMIGARA SERVICIOS SL

Edicto.

Dª MARIA YOLANDA MARTIN LLORENTE, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 004 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª ANA MARIA MALDONADO SANCHEZ contra DOMIGARA SERVICIOSSL., FOGASA ABOGACIA DEL ESTADO FOGASA, en reclamación por DESPIDO,registrado con el nº EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0030/2020 se ha acordado,en cumplimiento de lo que dispone el artículo 280 de la LRJS, citar a DOMIGARASERVICIOS SL, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 30/3/2020 a las09,20 horas, en LA Sala de vistas de este Juzgado, para la celebración de laComparecencia prevenida en la Ley, pudiendo comparecer personalmente o mediantepersona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos nose suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a DOMIGARA SERVICIOS SL, se expide la presente cédulapara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón deanuncios.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicadoscon fines contrarios a las leyes.

En Valladolid, a 26 de febrero de 2020.-La Secretaria.-Fdo.: María Yolanda MartínLlorente.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

Dª MARIA YOLANDA MARTIN LLORENTE, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 004 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª MARIA CARMEN CAMINERO DE LA FUENTE contra , en reclamaciónpor DESPIDO, registrado con el nº DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000016 /2020 se haacordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a SERVICIOSAUDIOLOGICOS CASTILLA Y LEON, SLU, en ignorado paradero, a fin de quecomparezca el día 11/5/2020 a las 11:05 horas, en C/ ANGUSTIAS, 40-44 - Sala 010,para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todoslos medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a SERVICIOS AUDIOLOGICOS CASTILLA Y LEON, SLU,se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia ycolocación en el tablón de anuncios.

En Valladolid, a 26 de febrero de 2020.-La Secretaria.-Fdo.:María Yolanda MartínLlorente

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