de lima pgrlm i prooh delimametropolitana m4a te

2
Municipalidad Metropolitana PROOH PGRLM DELIMAMETROPOLITANA I M4A tE GOBIERNO REGIONAL de Lima «Año de la Inversion para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria» Lima, 09 AGO 2013 RESOLUCION DE GERENCIA REGIONAL No. -201 3IPGRLM-GR VISTO: El Memorándum N° 696-2013-MM1--PGRLM/SRI, de fecha 06 de agosto de 2013, por el cual la Subgerencia Regional de Infraestructura, solicita la designación de los integrantes del Comité de Recepción de la Obra: "Ejecución de Obra Defensa ribereña del Río Chillón, Sector Chocas Huatocay, progresivas 30+780-30+280 margen izquierda y progresivas 3 1+345-30+845 margen derecha"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto N° 254 publicado en el Diario Oficial 'El Peruano", el 07 de mayo de 2003, se constituyó el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana - PGRLM, como órgano desconcentrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, dependiente de la Gerencia Municipal, su finalidad es coordinar, organizar, crear y gestionar las condiciones necesarias para el eficiente desarrollo del proceso de transferencias y la recepción ordenada de funciones y competencias sectoriales del Gobierno Nacional hacia la Municipalidad, en cumplimiento de los requisitos y disposiciones relacionadas con el proceso de descentralización, según el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza N°1029, modificada por Ordenanza N°1140; Que, las Ordenanzas acotadas disponen que el PGRLM goza de autonomía económica, financiera, técnica y administrativa y se constituye en Unidad Ejecutora del Pliego Presupuestal N° 465, pliego que corresponde a la condición de la Municipalidad Metropolitana de Lima como instancia de Gobierno Regional, que la ley le ha conferido; Que, el artículo 43 0 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, en adelante la Ley, dispone que: "(...) el Reglamento, establecerá las características del cuaderno de obra y las formalidades para la recepción de obras y liquidación del contrato"; Que, con fecha 01 de agosto de 2013, el Residente de Obra anota en el Asiento N° 290, que se ha culminado la ejecución de los trabajos del proyecto, por lo que solicita su recepción, lo que es ratificado por el Inspector de Obra en el Asiento N° 291 1 del Cuaderno de Obra, y comunicado al Programa a través de la Carta N° 042-2013-WNP-GRLM, 1 l 02 de agosto de 2013, adecuándose el trámite a lo establecido en el numeral 1, del artículo 10° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 4° 184-2008-EF, en adelante del Reglamento; Que, el citado artículo del Reglamento dispone que el Comité de Recepción de Obra estará integrado, cuando menos, por un representante de la Entidad, necesariamente ingeniero o arquitecto, según corresponda a la naturaleza de los trabajos, y por el inspector o supervisor; Que, el Jefe de la División de Obras (e), mediante Informe N°411-2013- MML/PGRLM-SRI/DO, de fecha 06 de agosto de 2013, contando con el sustento del Supervisor, opina favorablemente por la designación del Comité de Recepción de la Obra: "Ejecución de Obra Defensa ribereña del Río Chillón, Sector Chocas Huatocay, progresivas 30+780-30+280 margen izquierda y progresivas 31+345-30+845 margen derecha";

Upload: others

Post on 24-Oct-2021

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Municipalidad Metropolitana PROOH PGRLM DELIMAMETROPOLITANA I M4A tE GOBIERNO REGIONAL

de Lima

«Año de la Inversion para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria»

Lima, 09 AGO 2013 RESOLUCION DE GERENCIA REGIONAL No. -201 3IPGRLM-GR

VISTO:

El Memorándum N° 696-2013-MM1--PGRLM/SRI, de fecha 06 de agosto de 2013, por el cual la Subgerencia Regional de Infraestructura, solicita la designación de los integrantes del Comité de Recepción de la Obra: "Ejecución de Obra Defensa ribereña del Río Chillón, Sector Chocas Huatocay, progresivas 30+780-30+280 margen izquierda y progresivas 3 1+345-30+845 margen derecha"; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Edicto N° 254 publicado en el Diario Oficial 'El Peruano", el 07 de mayo de 2003, se constituyó el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana - PGRLM, como órgano desconcentrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, dependiente de la Gerencia Municipal, su finalidad es coordinar, organizar, crear y gestionar las condiciones necesarias para el eficiente desarrollo del proceso de transferencias y la recepción ordenada de funciones y competencias sectoriales del Gobierno Nacional hacia la Municipalidad, en cumplimiento de los requisitos y disposiciones relacionadas con el proceso de descentralización, según el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza N°1029, modificada por Ordenanza N°1140;

Que, las Ordenanzas acotadas disponen que el PGRLM goza de autonomía económica, financiera, técnica y administrativa y se constituye en Unidad Ejecutora del Pliego Presupuestal N° 465, pliego que corresponde a la condición de la Municipalidad Metropolitana de Lima como instancia de Gobierno Regional, que la ley le ha conferido;

Que, el artículo 43 0 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, en adelante la Ley, dispone que: "(...) el Reglamento, establecerá las características del cuaderno de obra y las formalidades para la recepción de obras y liquidación del contrato";

Que, con fecha 01 de agosto de 2013, el Residente de Obra anota en el Asiento N° 290, que se ha culminado la ejecución de los trabajos del proyecto, por lo que solicita su recepción, lo que es ratificado por el Inspector de Obra en el Asiento N° 291 1 del Cuaderno de Obra, y comunicado al Programa a través de la Carta N° 042-2013-WNP-GRLM,

1l 02 de agosto de 2013, adecuándose el trámite a lo establecido en el numeral 1, del artículo 10° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 4° 184-2008-EF, en adelante del Reglamento;

Que, el citado artículo del Reglamento dispone que el Comité de Recepción de Obra estará integrado, cuando menos, por un representante de la Entidad, necesariamente ingeniero o arquitecto, según corresponda a la naturaleza de los trabajos, y por el inspector o supervisor;

Que, el Jefe de la División de Obras (e), mediante Informe N°411-2013-MML/PGRLM-SRI/DO, de fecha 06 de agosto de 2013, contando con el sustento del Supervisor, opina favorablemente por la designación del Comité de Recepción de la Obra: "Ejecución de Obra Defensa ribereña del Río Chillón, Sector Chocas Huatocay, progresivas 30+780-30+280 margen izquierda y progresivas 31+345-30+845 margen derecha";

T-T.T de Lima Municipalidad Metropolitana PG R LM 1 METROPOLITANA

«Año de la Inversion para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria»

Que, durante el proceso de recepción de obra el designado Comité deberá cumplir con los plazos y procedimientos dispuestos en la Ley y el Reglamento, y en la Norma y Procedimiento NP N° 007-MM1-/PGRLM-GR Vi, "Directiva para el proceso de Recepción de Obras del PGRLM", aprobado con Resolución de Gerencia Regional N° 039- 201 0/MML/PGRLM, de fecha 19 de marzo de 2010;

Que, estando a las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del PGRLM aprobado mediante Ordenanza N° 1029-MML y su modificatoria Ordenanza N° 1140-MML, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y contando con las visaciones de la Subgerencia Regional de Asuntos Jurídicos del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana; -

SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1 0 .- Designar, al Comité de Recepción de la Obra: "Ejecución de Obra Defensa ribereña del Río Chillón, Sector Chocas Huatocay, progresivas 30+780-30+280 margen izquierda y progresivas 31+345-30+845 margen derecha"; que estará integrado por:

No NOMBRES Y APELLIDOS CARGO

1 lng° ROBERTO EMILIO DOMINGUEZ MONTESINOS Presidente Representante _de_la_Entidad

2 Ing° LUIS ALBERTO OROZCO CARLOS Miembro Representante _de_la_Entidad

3 Ing° WALTER NESTARES POLANCO Miembro Supervisor de Obra

MUNICIPALIDAD k* ,,e OLITANA DE LIMA DE LJMA METROPOUTM*

ING.MANUEC4NR&EUGA...E

ARTÍCULO 21 .- Disponer la notificación de la presente Resolución a la Subgerencia Regional de Infraestructura, y los miembros del Comité de Recepción de la obra: "Ejecución de Obra Defensa ribereña del Río Chillón, Sector Chocas Huatocay, progresivas 30+780-30+280 margen izquierda y progresivas 31+345-30+845 margen derecha".

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE