decreto 2423

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 DECRETO 2423 DE 1996 DECRETO 2423 DE 1996 ³MANUAL TARIFARIO´ ³MANUAL TARIFARIO´ Por: Por: JOHN GUTIERREZ JOHN GUTIERREZ VALENCIA. M.D. VALENCIA. M.D.

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DECRETO 2423 DE 1996DECRETO 2423 DE 1996

³MANUAL TARIFARIO´³MANUAL TARIFARIO´

Por:Por:JOHN GUTIERREZJOHN GUTIERREZ

VALENCIA. M.D.VALENCIA. M.D.

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

MARCO JURIDICOMARCO JURIDICO

numeral 11 del artículo 189 denumeral 11 del artículo 189 dela Constitución Políticala Constitución Política

artículos 168, 169, 172, 241,artículos 168, 169, 172, 241,

244 de la Ley 100 de 1993244 de la Ley 100 de 1993

Decreto 887 de 2001Decreto 887 de 2001

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

MARCO JURIDICOMARCO JURIDICO

Por el cual se determina laPor el cual se determina lanomenclatura y clasificaciónnomenclatura y clasificaciónde los procedimientosde los procedimientos

médicos, quirúrgicos ymédicos, quirúrgicos yhospitalarios del Manualhospitalarios del ManualTarifario y se dictan otrasTarifario y se dictan otras

disposiciones.disposiciones.

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

CAPITULO I:CAPITULO I: Campo de AplicaciónCampo de Aplicación

CAPITULO II:CAPITULO II: DefinicionesDefiniciones

CAPITULO III:CAPITULO III: Nomenclatura y Clasificación según GruposNomenclatura y Clasificación según GruposQuirúrgicosQuirúrgicos

CAPITULO IV:CAPITULO IV: Tarifas en Salarios Mínimos Legales DiariosTarifas en Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes para laboratorio, ayudas diagnosticas y Vigentes para laboratorio, ayudas diagnosticas yprocedimientosprocedimientos

CAPITULO V:CAPITULO V: Servicios intrahospitalarios y ambulatorios,Servicios intrahospitalarios y ambulatorios,estancias,estancias, servicios profesionales, Derechos de sala,servicios profesionales, Derechos de sala,materiales, suministros y equiposmateriales, suministros y equipos

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

CAPITULO ICAPITULO I será de obligatorio cumplimiento para lasserá de obligatorio cumplimiento para las

Instituciones Prestadoras de Servicios de SaludInstituciones Prestadoras de Servicios de Saludpúblicas.públicas.

Las entidades privadas deberán aplicarloLas entidades privadas deberán aplicarloobligatoriamente cuando se trate de atención deobligatoriamente cuando se trate de atención depacientespacientes víctimas de accidentes de tránsito,víctimas de accidentes de tránsito,desastres naturales, atentados terroristas,desastres naturales, atentados terroristas,

atención inicial de urgenciasatención inicial de urgencias y los demásy los demáseventos catastróficos definidos por el Consejoeventos catastróficos definidos por el ConsejoNacional de Seguridad Social en Salud. (Nacional de Seguridad Social en Salud. ( Atención Atencióna la población desplazada por la violenciaa la población desplazada por la violencia))

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

CAPITULO IICAPITULO II H ABITACIÓN UNIPERSON AL: separada con muros yH ABITACIÓN UNIPERSON AL: separada con muros y

tiene, dentro de su área, baño para uso exclusivo deltiene, dentro de su área, baño para uso exclusivo delpacientepaciente

H ABITACIÓN BIPERSON AL: Separada con muros y esH ABITACIÓN BIPERSON AL: Separada con muros y espara máximo 2 pacientes, el baño es exclusivo para lapara máximo 2 pacientes, el baño es exclusivo para lahabitación o lo comparte con otra de igualeshabitación o lo comparte con otra de igualescaracterísticascaracterísticas

H ABITACIÓN DE TRES (3) CAMAS: área sin división oH ABITACIÓN DE TRES (3) CAMAS: área sin división ocualquier medio diferente de paredes medio. el bañocualquier medio diferente de paredes medio. el bañoesta dentro del área de la habitación o lo comparteesta dentro del área de la habitación o lo compartecon otra de iguales característicascon otra de iguales características

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

H ABITACIÓN DE CUATRO (4) O MÁS CAMAS: No hayH ABITACIÓN DE CUATRO (4) O MÁS CAMAS: No haydivisión de ningún tipo. El baño está localizado dentrodivisión de ningún tipo. El baño está localizado dentrodel área de la habitación o aledaño para uso exclusivodel área de la habitación o aledaño para uso exclusivoo compartido con otras habitaciones .o compartido con otras habitaciones .

SERVICIO DE URGENCIAS: Es la Unidad que en formaSERVICIO DE URGENCIAS: Es la Unidad que en formaindependiente o dentro de una Entidad que presteindependiente o dentro de una Entidad que presteservicios de salud, cuente con los recursos adecuadosservicios de salud, cuente con los recursos adecuadostanto humanos como físicos y de dotación quetanto humanos como físicos y de dotación quepermitan la atención de personas con patología depermitan la atención de personas con patología de

urgencia, acorde con el nivel de atención y grado deurgencia, acorde con el nivel de atención y grado decomplejidad, previamente definido por el Ministerio decomplejidad, previamente definido por el Ministerio deSalud, para esa Unidad.Salud, para esa Unidad.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

NO ES UN PLAN NO ES UN PLAN DE BENEFICIOSDE BENEFICIOS

ES UN MANUALES UN MANUALDE TARIFASDE TARIFAS

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

CAPITULO IIICAPITULO IIINomenclatura y Clasificación según GruposNomenclatura y Clasificación según GruposQuirúrgicosQuirúrgicos

NEUROCIRUGIA: COD 1101NEUROCIRUGIA: COD 1101 -- 16201620OFTALMOLOGIA: COD 2101OFTALMOLOGIA: COD 2101 -- 29132913

OTORRINO: COD 3101OTORRINO: COD 3101 -- 36723672

TIROIDES Y PARATIROIDES: COD 4101TIROIDES Y PARATIROIDES: COD 4101 -- 41304130

CARDIOVASCULAR: COD 5101CARDIOVASCULAR: COD 5101 -- 57115711

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

CAPITULO IIICAPITULO IIINomenclatura y Clasificación según GruposNomenclatura y Clasificación según GruposQuirúrgicosQuirúrgicos

TORAX: COD 6101TORAX: COD 6101 -- 64616461CXA ABDOMIN AL: COD 7101CXA ABDOMIN AL: COD 7101 -- 77717771

PROCTOLOGIA: COD 8101PROCTOLOGIA: COD 8101 -- 82618261

UROLOGIA Y NEFROLOGIA: COD 9101UROLOGIA Y NEFROLOGIA: COD 9101 -- 98439843

MAMA: COD 10101MAMA: COD 10101 -- 1012110121

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

CAPITULO IIICAPITULO IIINomenclatura y Clasificación según GruposNomenclatura y Clasificación según GruposQuirúrgicosQuirúrgicos

GINECOLOGIA: COD 11101GINECOLOGIA: COD 11101 -- 1164211642OBSTETRICIA: COD 12101OBSTETRICIA: COD 12101 -- 1211312113

ORTOPEDIA: COD 13100ORTOPEDIA: COD 13100 -- 1388313883

CIRUGIA MANO: COD 14100CIRUGIA MANO: COD 14100 -- 1460514605

CXA PLASTICA: COD 15101CXA PLASTICA: COD 15101 -- 1528415284

 

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CAPITULO IIICAPITULO IIINomenclatura y Clasificación según GruposNomenclatura y Clasificación según GruposQuirúrgicosQuirúrgicos

MAXILOFACIAL: COD 16100MAXILOFACIAL: COD 16100 -- 1655316553TOMA DE BIOPSIAS: COD 17100TOMA DE BIOPSIAS: COD 17100 -- 1792017920

ENDOSCOPIAS: COD 18100ENDOSCOPIAS: COD 18100 -- 1891018910

 

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CAPITULO IVCAPITULO IVEXAMENES Y PROCEDIMIENTOS CON TARIFA EN EXAMENES Y PROCEDIMIENTOS CON TARIFA EN 

SMDLVSMDLV

LABORATORIO CLINICO: COD 19001LABORATORIO CLINICO: COD 19001 -- 1999119991 AN ATOMOPATOLOGIA: COD 20101 AN ATOMOPATOLOGIA: COD 20101 -- 2040520405

RADIOLOGIA: COD 21101RADIOLOGIA: COD 21101 -- 2191021910

MEDICIN A NUCLEAR: COD 22101MEDICIN A NUCLEAR: COD 22101 -- 2291022910

NEFROLOGIA Y UROLOGIA: COD 23101NEFROLOGIA Y UROLOGIA: COD 23101 -- 2312123121

 

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CAPITULO IVCAPITULO IVEXAMENES Y PROCEDIMIENTOS CON TARIFA EN EXAMENES Y PROCEDIMIENTOS CON TARIFA EN 

SMDLVSMDLV

NEUMOLOGIA: COD 24101NEUMOLOGIA: COD 24101 -- 2412624126CARDIOLOGIA Y HEMODIN AMIA: COD 25100CARDIOLOGIA Y HEMODIN AMIA: COD 25100 -- 2540525405

NEUROLOGIA: COD 26101NEUROLOGIA: COD 26101 -- 2611726117

OTORRINO: COD 27101OTORRINO: COD 27101 -- 2713127131

OFTALMOLOGIA: COD 28101OFTALMOLOGIA: COD 28101 -- 2813628136

 

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CAPITULO IVCAPITULO IVEXAMENES Y PROCEDIMIENTOS CON TARIFA EN EXAMENES Y PROCEDIMIENTOS CON TARIFA EN 

SMDLVSMDLV

MF Y REHABILITACION: COD 29001MF Y REHABILITACION: COD 29001 -- 2912129121BANCO SANGRE: COD 30101BANCO SANGRE: COD 30101 -- 3020730207

ECOGRAFIAS, VASCULARES NO IN VASIVOS Y RNM:ECOGRAFIAS, VASCULARES NO IN VASIVOS Y RNM:COD 31100COD 31100 -- 3130731307

GENETICA: COD 32101GENETICA: COD 32101 -- 3211932119

ONCOLOGIA: COD 33101ONCOLOGIA: COD 33101 -- 3360233602

 

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CAPITULO IVCAPITULO IVEXAMENES Y PROCEDIMIENTOS CON TARIFA EN EXAMENES Y PROCEDIMIENTOS CON TARIFA EN 

SMDLVSMDLV

 ALERGOLOGIA: COD 34101 ALERGOLOGIA: COD 34101 -- 3410534105PSIQUIATRIA Y SICOLOGIA: COD 35102PSIQUIATRIA Y SICOLOGIA: COD 35102 -- 3511635116

SALUD ORAL (AMBULATORIA): COD 36100SALUD ORAL (AMBULATORIA): COD 36100 -- 3690836908

PX DX Y TERAPEUTICOS: COD 37100PX DX Y TERAPEUTICOS: COD 37100 -- 3780537805

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

CAPITULO VCAPITULO V

SERVICIOS INTRAHOSPITALARIOS Y  AMBULATORIOS ESTANCIAS,

SERVICIOS PROFESION ALES,DERECHOS DE SALA, MATERIALES,SUMINISTROS Y EQUIPOS

 

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ESTANCIA (Art. 40):ESTANCIA (Art. 40):

a. Médico general hospitalario de piso

b. Enfermera c. Auxiliar de enfermería d. Dotación básica de elementos de

enfermería e. Material de curación

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

ESTANCIA:ESTANCIA: f. Alimentación adecuada al estado del

paciente (excepto sustancias denutrición enteral o parenteral)

g. Suministro de ropa de cama h. Aseo i. Servicios públicos de energía eléctrica y agua  j. Servicios y recursos de la Institución

Prestadora de Servicio para comodidad delpaciente (ascensores, calderas, llamado deenfermeras, teléfono local, aire acondicionado,etc.)

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

ESTANCIA INCLUYE:ESTANCIA INCLUYE:

ELEMENTOS DE ENFERMERIAELEMENTOS DE ENFERMERIA

SonSon loslos queque sese utilizanutilizan parapara lalarealizaciónrealización dede controlcontrol dede signossignos

vitales,vitales, valoraciónvaloración dede tallatalla yy peso,peso,admónadmón.. dede medicamentosmedicamentos porpor VO VO óótópica,tópica, elementoselementos dede protecciónprotecciónpersonal,personal, necesariosnecesarios parapara elel cuidadocuidado

dede pacientespacientes aisladosaislados oo dede cuidadocuidadoespecialespecial

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

ELEMENTOS DE ENFERMERIAELEMENTOS DE ENFERMERIA

se excluyen, los elementosy materiales utilizados en laadministración demedicamentos por víaparenteral y la realizaciónde limpieza y curación deheridas.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

ESTANCIA INCLUYE:ESTANCIA INCLUYE:

MATERIAL DE CURACIONMATERIAL DE CURACION

SuministrosSuministros utilizadosutilizados enen elel lavado,lavado,

desinfeccióndesinfección yy protecciónprotección dede lesioneslesionesdede piel,piel, cualquieracualquiera queque seasea elel tipotipodede elementoselementos empleadosempleados

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

MATERIAL DE CURACIONMATERIAL DE CURACION

CODIGO 39300CODIGO 39300SeSe reconoceráreconocerá enen loslos siguientessiguientes casos,casos,adicionaladicional aa lala estanciaestancia::

a. Pacientes que en el postoperatorio secomplican con fascitis necrosante, fístulas,

osteomielitis y abscesos de paredabdominal, o se les realice curación enabdomen abierto

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

b. Pacientes con quemaduras o heridastraumáticas que presenten pérdida desustancias

c. Pacientes con escaras de decúbito,úlceras isquémicas o gangrena gaseosa

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

ESTANCIA EN UNIDAD DEESTANCIA EN UNIDAD DE

TRASPLANTETRASPLANTE(Art. 42)(Art. 42)

Comprende losComprende los servicios básicos, lautilización de equipos de monitoría,ventilación, desfibrilación y adicionales

requeridos.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

ESTANCIA EN U.C.I. (Art. 43)ESTANCIA EN U.C.I. (Art. 43)

la atención médica de especialista en cuidadointensivo

personal paramédico

equipos de: Monitoría cardioscópica y depresión, ventilación mecánica, de presión yvolumen, desfibrilación, cardioversión

electrocardiogramas, electroencefalogramas ygasimetrías que se requieran

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

ESTANCIA EN U.C.I. (Art. 43)ESTANCIA EN U.C.I. (Art. 43)

LosLos especialistasespecialistas diferentesdiferentesa los de la estancia sea los de la estancia se

reconocerán a la tarifa dereconocerán a la tarifa deínterconsultaínterconsulta

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

UNIDAD DE CUIDADOSUNIDAD DE CUIDADOS

INTERMEDIOS (U.C.E) Art. 44INTERMEDIOS (U.C.E) Art. 44

igualigual aa todotodo lolo comprendidocomprendido enen

lala UU..CC..II.. exceptoexcepto lala asistenciaasistenciaventilatoriaventilatoria (SIC)(SIC)

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

PERFUSIONISTAPERFUSIONISTA Se factura con el código 39129Se factura con el código 39129

Tiene un valor de 8.31 smdlvTiene un valor de 8.31 smdlv

Solo se factura en las intervenciones de grupoSolo se factura en las intervenciones de grupo20 a 2320 a 23

Solo si se usa el recursoSolo si se usa el recurso

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Clasificación Estancia porClasificación Estancia porniveles de complejidad: Artículoniveles de complejidad: Artículo

4646Se tendrá en cuenta la siguiente

clasificación de las Instituciones a que

hace referencia el Decreto 1760 de1.990:

Instituciones de PrimerN

ivel Instituciones de Segundo Nivel Instituciones de Tercer Nivel

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Estancia: Artículo 47Estancia: Artículo 47

Por la estancia hospitalaria, hasta 24horas, cuando se garanticen en forma

integral los servicios determinados en los Artículos 40 al 45. En caso de que porcualquier circunstancia no se suministre

alguno de ellos, su valor será descontadode la tarifa de la estancia, liquidado conbase en el costo que se genere.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 ATENCION DIARIA ATENCION DIARIA

(articulo 48 parágrafo 1)(articulo 48 parágrafo 1) Es adicional al valor de la estanciaEs adicional al valor de la estancia

se reconocerá por el número de díasse reconocerá por el número de díasde permanencia del paciente incluidode permanencia del paciente incluidoel de ingreso y el de egreso. Siempreel de ingreso y el de egreso. Siempre

y cuando no haya un manejoy cuando no haya un manejoquirúrgico del paciente.quirúrgico del paciente.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 ARTICULO 47. ESTANCIAS EN  ARTICULO 47. ESTANCIAS EN 

MEDICIN A INTERN A, CIRUGIA,MEDICIN A INTERN A, CIRUGIA,GINECO OBSTETRICIA Y PEDIATRIAGINECO OBSTETRICIA Y PEDIATRIA

INSTITUCIONES DE TERCER NIVEL

38131 Habitación unipersonal 12.89 38132 Habitación bipersonal 11.03 38133 Habitación de tres camas 9.17 38134 Habitación de cuatro ó mas camas 8.26

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

PARAGRAFO 1o. Las tarifas establecidas

en este Artículo son los valores areconocer por la estancia hospitalaria,hasta 24 horas, cuando se garanticen enforma integral los servicios determinados

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

SALA DE OBSERVACIONSALA DE OBSERVACION

Cuando la permanencia en la sala deobservación de urgencias sea inferior a seis (6)horas se reconocerán el valor señalados parasala de recuperación cod. 38915.

Cuando supere las 6 horas se reconocerán losvalores señalados en el presente Artículo, para

habitación de 4 ó mas camas, según el nivel decomplejidad de la institución prestadora

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

PROCEDIMIENTOS QUIRURGICOSPROCEDIMIENTOS QUIRURGICOS

(CAPITULO II)(CAPITULO II) Honorarios de cirujano Honorarios de anestesiólogo Honorarios de ayudante Derechos de sala materiales

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

LOS GRUPOS QUIRURGICOS SELOS GRUPOS QUIRURGICOS SEDETERMIN AN POR SU COMPLEJIDADDETERMIN AN POR SU COMPLEJIDAD

 VAN DEL 02 AL 13 Y SALTAN DEL 20 AL VAN DEL 02 AL 13 Y SALTAN DEL 20 AL2323

LAS DE GRUPO 20 A 23 SON LAS MASLAS DE GRUPO 20 A 23 SON LAS MASCOMPLEJASCOMPLEJAS

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

HONORARIOS DEL CIRUJANOHONORARIOS DEL CIRUJANO 39000 Grupo 02 2.93 39001 Grupo 03 3.57 39002 Grupo 04 4.31 39003 Grupo 05 5.86 39004 Grupo 06 7.68 39005 Grupo 07 9.00

39006 Grupo 08 10.44 39007 Grupo 09 12.76 39008 Grupo 10 15.71 39009 Grupo 11 17.62 39010 Grupo 12 19.63 39011 Grupo 13 21.48 39012 Grupo especial 20 25.43 39013 Grupo especial 21 33.10 39014 Grupo especial 22 38.67 39015 Grupo especial 23 60.73

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

HONORARIOS DELHONORARIOS DEL ANESTESIOLOGO ANESTESIOLOGO

39100 Grupo 02 2.09 39101 Grupo 03 2.53 39102 Grupo 04 3.10 39103 Grupo 05 3.83 39104 Grupo 06 4.56 39105 Grupo 07 5.30 39106 Grupo 08 6.17 39107 Grupo 09 7.30 39108 Grupo 10 9.02 39109 Grupo 11 10.08 39110 Grupo 12 11.44 39111 Grupo 13 12.72 39112 Grupo especial 20 14.85 39113 Grupo especial 21 20.12 39114 Grupo especial 22 26.82 39115 Grupo especial 23 37.95

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Si en los procedimientos del capitulo IV serealizan exámenes con anestesia general,

por los honorarios de anestesiólogo sereconoce el 50% adicional al valor delprocedimiento excepto para:

39152 Estudios radiológicos 4.09 39153 Exámenes de resonancia magnética 8.45

39154 Examen médico bajo anestesia general 4.09

39155 Cardioversión de pacientes en tratamiento no quirúrgico3.93

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

HONORARIOS DE AYUDANTEHONORARIOS DE AYUDANTE 39117 Grupo 06 2.01 39118 Grupo 07 2.37 39119 Grupo 08 2.74 39120 Grupo 09 3.49 39121 Grupo 10 4.28 39122 Grupo 11 4.83 39123 Grupo 12 5.36 39124 Grupo 13 6.17 39125 Grupo especial 20 6.94 39126 Grupo especial 21 9.03 39127 Grupo especial 22 10.55 39128 Grupo especial 23 16.57

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

La ayudantia solo se reconoce en losLa ayudantia solo se reconoce en losprocedimientos de grupo 6 en adelanteprocedimientos de grupo 6 en adelante

Solo se reconoce si el servicio se usaSolo se reconoce si el servicio se usa

Se cobra una sola vez independientemente delSe cobra una sola vez independientemente delnumero de ayudantes que participennumero de ayudantes que participen

Debe estar debidamente registrado en laDebe estar debidamente registrado en lahistoria clínicahistoria clínica

La instrumentadota no se considera ayudanteLa instrumentadota no se considera ayudante

Este debe ser un médicoEste debe ser un médico

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

MAS DE UN AMAS DE UN A VIA Y UN A VIA Y UN A

ESPECIALIDADESPECIALIDAD

UN A VIA Y UN AUN A VIA Y UN AESPECIALIDADESPECIALIDAD

CONCEPTOCONCEPTO

GRUPO MAYORGRUPO MAYOR11 ADICION ALES ADICION ALES

0.750.75

GRUPO MAYORGRUPO MAYOR11 ADICION ALES ADICION ALES

0.50.5(Art 49)(Art 49)

GRUPO MAYORGRUPO MAYOR

11 ADICION ALES ADICION ALES

0.750.75(Art 72)(Art 72)

GRUPO MAYOR 1GRUPO MAYOR 1 ADICION ALES ADICION ALES0.750.75

(Art 72)(Art 72)

GRUPO MAYORGRUPO MAYOR11 ADICION ALES ADICION ALES

0.750.75(Art 72)(Art 72)

GRUPO MAYORGRUPO MAYOR11 ADICION ALES ADICION ALES

0.5??0.5??

GRUPO MAYORGRUPO MAYOR11 ADICION ALES ADICION ALES

0.5??0.5??(Art 49)(Art 49)

GRUPO MAYORGRUPO MAYOR

11 ADICION ALES ADICION ALES

0.50.5(Art 71)(Art 71)

GRUPO MAYOR 1GRUPO MAYOR 1 ADICION ALES 0.5 ADICION ALES 0.5

(Art 71)(Art 71)

GRUPO MAYORGRUPO MAYOR

11 ADICION ALES ADICION ALES

0.50.5(Art 71)(Art 71)

MATERIALESMATERIALES(Art 55)(Art 55)

DERECHOS DEDERECHOS DESALASALA

HONORARIOSHONORARIOS AYUDANTIA AYUDANTIA

HONORARIOSHONORARIOS ANESTESIOLOGO ANESTESIOLOGO

HONORARIOSHONORARIOSMEDICOSMEDICOS

LIQUIDACION PROCEDIMIENTOS QUIRURGICOSLIQUIDACION PROCEDIMIENTOS QUIRURGICOS

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

CIRUGIACIRUGIABILATERALBILATERAL

(Art 70)(Art 70)

UN A O MASUN A O MAS VIAS Y MAS DE VIAS Y MAS DEUN AUN A

ESPECIALIDADESPECIALIDAD

CONCEPTOCONCEPTO

1ER ORGANO1ER ORGANO11

2DO ORGANO2DO ORGANO0.750.75

1ER ORGANO1ER ORGANO11

2DO ORGANO2DO ORGANO0.50.5

(Art 49)(Art 49)

1ER ORGANO1ER ORGANO

112DO ORGANO2DO ORGANO

0.750.75(Art 70)(Art 70)

1ER ORGANO1ER ORGANO

112DO ORGANO2DO ORGANO

0.750.75(Art 70)(Art 70)

1ER ORGANO1ER ORGANO11

2DO ORGANO2DO ORGANO0.750.75

(Art 70)(Art 70)

GRUPO MAYORGRUPO MAYOR11

 ADICION ALES ADICION ALES0.750.75

GRUPO MAYORGRUPO MAYOR11

 ADICION ALES ADICION ALES0.50.5

(Art 49)(Art 49)

GRUPO MAYORGRUPO MAYOR11

 ADICION ALES ADICION ALES0.50.5

(Art 73)(Art 73)

GRUPO MAYOR 1GRUPO MAYOR 1

 ADICION ALES ADICION ALES0.750.75

(Art 73)(Art 73)

GRUPO MAYOR 1GRUPO MAYOR 1 ADICION ALES ADICION ALES0.50.5

(Art 73)(Art 73)

MATERIALESMATERIALES(GRUPO 2(GRUPO 2--13)13)(Art 55)(Art 55)

DERECHOS DEDERECHOS DESALASALA

HONORARIOSHONORARIOS AYUDANTIA AYUDANTIA

HONORARIOSHONORARIOS ANESTESIOLOGO ANESTESIOLOGO

HONORARIOSHONORARIOSMEDICOSMEDICOS

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Intervenciones bilateralesIntervenciones bilaterales

 Artículo 70 Artículo 70

 A) Intervenciones en los órganos o elementos anatómicos A) Intervenciones en los órganos o elementos anatómicos

pares: ojo, oído, glándula salival, maxilar superior o inferior,pares: ojo, oído, glándula salival, maxilar superior o inferior,malar, seno paranasal, plexo nervioso (cervical, braquial ymalar, seno paranasal, plexo nervioso (cervical, braquial ylumbar), mama, glándula suprarrenal, riñón, uréter, testículo,lumbar), mama, glándula suprarrenal, riñón, uréter, testículo,epidídimo, ovario y trompa de Falopio ( excepto ligadura).epidídimo, ovario y trompa de Falopio ( excepto ligadura).

b) Intervenciones en los dos miembros superiores o inferioresb) Intervenciones en los dos miembros superiores o inferiores

c) Herniorrafia inguinal, femoral o cruralc) Herniorrafia inguinal, femoral o crural

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

PROCEDIMIENTO INCRUENTO:PROCEDIMIENTO INCRUENTO:

Es aquel en el que para su abordajeEs aquel en el que para su abordajese utilizan los orificios anatómicos yse utilizan los orificios anatómicos ysu ejecución se efectúa por lossu ejecución se efectúa por los

conductos naturales,conductos naturales,anatómicamente formados en elanatómicamente formados en elorganismo, sin romper ninguna deorganismo, sin romper ninguna delas barreras anatómicas de este.las barreras anatómicas de este.

 Aquel que se realiza sin o con Aquel que se realiza sin o conmínima salida de sangremínima salida de sangre

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

SIN GRUPOSIN GRUPOQUIRURGICOQUIRURGICO

CON GRUPOCON GRUPOQUIRURGICOQUIRURGICO

CONCEPTOCONCEPTO

CODIGO 39305CODIGO 39305(Art 55)(Art 55)

45% DEL45% DEL VALOR DEL VALOR DELPROCEDIMIENPROCEDIMIEN--

TOTO

--------------50% DEL VALOR50% DEL VALORDELDEL

PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO

100 % DEL100 % DEL VALOR DEL VALOR DELPROCEDIMIENPROCEDIMIEN

--TOTO

CODIGO 39305CODIGO 39305(Art 55)(Art 55)

45 % DE LOS45 % DE LOS

DERECHOS DEDERECHOS DESALA DELSALA DELGRUPOGRUPO

CORRESPONCORRESPON--DIENTEDIENTEDIENTEDIENTE

100% DEL100% DELGRUPOGRUPO

CORRESPONCORRESPON--DIENTEDIENTE

100% DEL100% DELGRUPOGRUPO

CORRESPONCORRESPON--DIENTEDIENTE

100% DEL100% DELGRUPOGRUPO

CORRESPONCORRESPON--DIENTEDIENTE

MATERIALESMATERIALESDERECHOS DEDERECHOS DE

SALASALA(Art 52)(Art 52)

HONORARIOSHONORARIOS AYUDANTIA AYUDANTIA

HONORARIOSHONORARIOS ANESTESIOLOGO ANESTESIOLOGO

HONORARIOSHONORARIOSMEDICOSMEDICOS

LIQUIDACION PROCEDIMIENTOS INCRUENTOSLIQUIDACION PROCEDIMIENTOS INCRUENTOS

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Derechos Sala ProcedimientosDerechos Sala Procedimientos

Incruentos: Artículo 52Incruentos: Artículo 52 CateterismosCateterismos

Reducción cerrada de fracturas y luxacionesReducción cerrada de fracturas y luxaciones

Foto coagulación de retinaFoto coagulación de retina

 Algunos procedimientos Endoscopios Algunos procedimientos Endoscopios

Etc.Etc.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 Artículo 55 Artículo 55

PARAGRAFO 2PARAGRAFO 2EnEn loslos procedimientosprocedimientos incruentosincruentos aa queque sese

refiererefiere elel Artículo Artículo 5252 porpor conceptoconcepto dede materialmaterialdede suturasutura yy curación,curación, drogas,drogas, medicamentosmedicamentos yysoluciones,soluciones, oxígeno,oxígeno, agentesagentes yy gasesgasesanestésicos,anestésicos, cualesquieracualesquiera seasea elel grupogrupo enen elel queque

estéesté clasificado,clasificado, oo susu tarifa,tarifa, cuandocuando sese tratetrate dedeunun procedimientoprocedimiento deldel CapítuloCapítulo IVIV ,, sese reconoceráreconocerásegúnsegún elel códigocódigo 3930539305

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Servicios Profesionales: ArtículoServicios Profesionales: Artículo

48 Parágrafo 148 Parágrafo 1 La "valoración" y consulta preanestésica yLa "valoración" y consulta preanestésica y

prequirúrgica se reconocerán por una sola vezprequirúrgica se reconocerán por una sola vezen cada paciente, siempre y cuando se cause elen cada paciente, siempre y cuando se cause el

servicio en tratamientos no quirúrgicos uservicio en tratamientos no quirúrgicos uobstétricos con excepción del psiquiátrico enobstétricos con excepción del psiquiátrico enprograma Hospital de Díaprograma Hospital de Día

El valor es adicional al de cuidado diarioEl valor es adicional al de cuidado diariointrahospitalario. Este último se reconocerá porintrahospitalario. Este último se reconocerá porel número de días de permanencia del pacienteel número de días de permanencia del pacienteincluido el de ingreso y el de egreso.incluido el de ingreso y el de egreso.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Servicios Profesionales: ArtículoServicios Profesionales: Artículo

48 parágrafo 248 parágrafo 2

La consulta prequirúrgica y preanestésica, seLa consulta prequirúrgica y preanestésica, sereconocerán para las intervenciones clasificadas delreconocerán para las intervenciones clasificadas del

grupo 04 en adelantegrupo 04 en adelante

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 ATENCION DIARIA ATENCION DIARIA

(articulo 48 parágrafo 1)(articulo 48 parágrafo 1) Es adicional al valor de la estanciaEs adicional al valor de la estancia

se reconocerá por el número de díasse reconocerá por el número de díasde permanencia del paciente incluidode permanencia del paciente incluidoel de ingreso y el de egreso. Siempreel de ingreso y el de egreso. Siempre

y cuando no haya un manejoy cuando no haya un manejoquirúrgico del paciente.quirúrgico del paciente.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

PARAGRAFO 6o.PARAGRAFO 6o.La tarifa correspondiente a la atenciónLa tarifa correspondiente a la atencióndiaria en la sala de observación dediaria en la sala de observación de

urgencia, se pagará adicional al valorurgencia, se pagará adicional al valorde la consulta de urgenciade la consulta de urgencia

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 VALORACIONES VALORACIONES 39134 Valoración por el pediatra, del recién

nacido y controles del sano durante toda supermanencía en el servicio de hospitalización2.04

39135 Valoración por el médico general, delrecién nacido y controles del sano durante todasu permanencia en el servicio de hospitalización1.41

39138 Valoración inicial intrahospitalaria preparto1.48

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

No hay lugar al reconocimiento de

"valoración inicial intrahospitalaria", en elcaso del recién nacido que dentro delperíodo de permanencia en el centrohospitalario después de su nacimiento,requiera hospitalización

 Art. 48 PARAGRAFO 4o.

 

Los servicios profesionales de médico general correspondientes

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Los servicios profesionales de médico general correspondientesa:

 Atención diaria intrahospitalaria, por el médico general tratante,

del paciente no quirúrgico u obstétrico

 Valoración inicial intrahospitalaria, por el médico generaltratante, del paciente ingresado para tratamiento no quirúrgicou obstétrico

 Valoración por el médico general, del recién nacido y controlesdel sano durante toda su permanencia en el servicio dehospitalización (códigos 39131, 39133 y 39135)

se reconocerán únicamente en aquellos lugares en donde porcarencia del especialista, la actividad la realiza un médicogeneral

 Art 48, par. 3

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

PARAGRAFO 7o.PARAGRAFO 7o.La tarifa correspondiente a la atenciónLa tarifa correspondiente a la atencióndiaria intrahospitalaria, por el especialistadiaria intrahospitalaria, por el especialistatratante, del paciente quirúrgico ytratante, del paciente quirúrgico yobstétrico, únicamente se reconocerá enobstétrico, únicamente se reconocerá enel caso de que el paciente requiera deel caso de que el paciente requiera de

hospitalización mayor de quince días ohospitalización mayor de quince días ocuando la embarazada ingrese porcuando la embarazada ingrese portratamiento diferentetratamiento diferente

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 ARTICULO 75. ARTICULO 75.

La consulta preanestésica y prequirúrgica de lasLa consulta preanestésica y prequirúrgica de las

intervenciones clasificadas en los grupos 02 y 03, laintervenciones clasificadas en los grupos 02 y 03, lapremedicación, la valoración intrahospitalaria delpremedicación, la valoración intrahospitalaria delCirujano previa al acto quirúrgico, los controles intraCirujano previa al acto quirúrgico, los controles intra--hospitalarios y ambulatorios,hospitalarios y ambulatorios, post eriorment epost eriorment e a laa la

realización de la intervención, están incluídos en lasrealización de la intervención, están incluídos en lastarifas de servicios profesionales que se reconocen portarifas de servicios profesionales que se reconocen porel respectivo procedimiento a los cirujanos,el respectivo procedimiento a los cirujanos,ginecoobstetras, anestesiólogos y demás especialistas,ginecoobstetras, anestesiólogos y demás especialistas,

hasta la recuperación del paciente,hasta la recuperación del paciente, consid erándos econsid erándos ecomo limit e máximo quinc e días (15).como limit e máximo quinc e días (15).

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

DERECHOS DE SALADERECHOS DE SALA

(Art. 49)(Art. 49) En las intervenciones y procedimientosEn las intervenciones y procedimientos

quirúrgicos cruentos, lo derechos dequirúrgicos cruentos, lo derechos de

sala de cirugía que comprenden:sala de cirugía que comprenden: la dotación básica del quirófano,la dotación básica del quirófano, los equipos, sus accesorios elos equipos, sus accesorios e

implementos,implementos, instrumental,instrumental, ropa reutilizable o desechable,ropa reutilizable o desechable,

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

los servicios de enfermería,los servicios de enfermería, esterilización,esterilización, instrumental,instrumental, circulantescirculantes recuperación hasta seis (6) horasrecuperación hasta seis (6) horas

se reconocerán según el grupo dese reconocerán según el grupo declasificación de la intervención oclasificación de la intervención o

procedimiento quirúrgico realizado.procedimiento quirúrgico realizado.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

PARAGRAFO 2o.PARAGRAFO 2o.No se reconocerá valores adicionalesNo se reconocerá valores adicionalespor el empleo de accesorios epor el empleo de accesorios eimplementos de los equipos que seimplementos de los equipos que seutilicen en la práctica de lasutilicen en la práctica de las

intervenciones y procedimientos,intervenciones y procedimientos,aunque estos no sean reutilizables.aunque estos no sean reutilizables.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Derechos Sala RecuperaciónDerechos Sala Recuperación

 Artículo 51 Artículo 51Comprenden:Comprenden:

La dotación básicaLa dotación básica Los equipos sus accesorios eLos equipos sus accesorios e

implementosimplementos Ropas reutilizables o desechablesRopas reutilizables o desechables Los servicios de enfermeríaLos servicios de enfermería

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Derechos Sala RecuperaciónDerechos Sala Recuperación

 Artículo 51 Artículo 51 Cuando sea > a (6) horas post Cuando sea > a (6) horas post--

quirúrgicas, para los grupos 02 a 13 y enquirúrgicas, para los grupos 02 a 13 y en

los grupos especiales, aquellas distintas alos grupos especiales, aquellas distintas alas que para su recuperación se requieralas que para su recuperación se requierade la U.C.I., se reconocerá adicionalmentede la U.C.I., se reconocerá adicionalmenteel (50%) del valor de la estanciael (50%) del valor de la estancia

hospitalaria, según el tipo de cama quehospitalaria, según el tipo de cama queeste ocupando el paciente.este ocupando el paciente.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

EnEn cirugíacirugía ambulatoria,ambulatoria, lala estanciaestancia >> aa ((66))

horashoras post post quirúrgicas,quirúrgicas, sese reconoceráreconocerá porpor lalatarifatarifa establecidaestablecida parapara lala estanciaestancia enen habitaciónhabitacióndede trestres camas,camas, dede acuerdoacuerdo concon elel nivelnivel dedeclasificaciónclasificación dede lala IPSIPS;; igualmenteigualmente enen elel casocaso enen

queque alal pacientepaciente nono lele hayahaya sidosido asignadaasignada piezapiezaparapara susu hospitalizaciónhospitalización..

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Para losPara los grupos especial es grupos especial es , en los que según, en los que segúnel cirujano la recuperación deba hacerse en lael cirujano la recuperación deba hacerse en la

U.C.I., cuando la permanencia sea por unU.C.I., cuando la permanencia sea por unperíodo inferior a (24) horas, adicional al valorperíodo inferior a (24) horas, adicional al valorde la estancia hospitalaria, se reconocerá unade la estancia hospitalaria, se reconocerá unasuma igual al (50%) de la tarifa de estancia ensuma igual al (50%) de la tarifa de estancia en

U.C.I.U.C.I.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Derechos Sala de YesosDerechos Sala de Yesos

 Artículo 53 Artículo 53 En los procedimientos ortopédicos, que seEn los procedimientos ortopédicos, que se

practiquen en sala dotada para tal fin, se pagarápractiquen en sala dotada para tal fin, se pagará

así:así:

Código 39221Código 39221 Derechos de sala de yesos 2.32Derechos de sala de yesos 2.32

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Derechos Sala en Urgencias yDerechos Sala en Urgencias y

Consulta Externa: Artículo 54Consulta Externa: Artículo 54 En urgencias y consulta externa los derechos deEn urgencias y consulta externa los derechos de

sala se pagarán así:sala se pagarán así:

3920139201 Derechos de sala para suturasDerechos de sala para suturas

3920239202 Derechos de sala para curacionesDerechos de sala para curaciones

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Los derechos de sala para suturasLos derechos de sala para suturas

o curaciones, incluyen :o curaciones, incluyen :

uso de consultorio o salauso de consultorio o sala instrumentalinstrumental material de sutura y curaciónmaterial de sutura y curación anestesia localanestesia local

servicio de enfermeríaservicio de enfermería

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

MATERIALES DE CIRUGIAMATERIALES DE CIRUGIA

 ARTICULO 55 ARTICULO 55INCLUYENINCLUYEN::

MaterialesMateriales dede suturasutura MaterialesMateriales dede curacióncuración MedicamentosMedicamentos yy solucionessoluciones Oxígeno,Oxígeno, agentesagentes yy gasesgases anestésicosanestésicos

SiempreSiempre yy cuandocuando sese consumanconsuman enen elel actoacto qxqx yy enen lala salasala dederecuperación,recuperación, durantedurante unun procedimientoprocedimiento cruentocruento

sese reconoceránreconocerán dede acuerdoacuerdo concon elel grupogrupo qxqx..

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

PARAGRAFO 1:PARAGRAFO 1:en las intervenciones de los gruposen las intervenciones de los grupos

especiales 20 a 23 Los materiales deespeciales 20 a 23 Los materiales desutura y curación, y los elementos desutura y curación, y los elementos deanestesia, tales como: tubosanestesia, tales como: tubos

endotraqueales y de conexión, máscaras yendotraqueales y de conexión, máscaras ycatéteres intravasculares, que se utilicen,catéteres intravasculares, que se utilicen,se pagarán hasta por el precio comercialse pagarán hasta por el precio comercial

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Parágrafo 1.Parágrafo 1.Para los Grupos Qx 20 a 23 las drogas,Para los Grupos Qx 20 a 23 las drogas,

medicamentos y soluciones, oxígeno, agentes ymedicamentos y soluciones, oxígeno, agentes ygases anestésicos, quedan incluidos en losgases anestésicos, quedan incluidos en losderechos de sala; se exceptúan las drogas,derechos de sala; se exceptúan las drogas,

medicamentos y soluciones que se consumanmedicamentos y soluciones que se consumandurante Cirugías cardiovasculares, clasificadosdurante Cirugías cardiovasculares, clasificadosen los grupos 22 a 23 en los cuales seen los grupos 22 a 23 en los cuales sereconocerán hasta por el precio comercial.reconocerán hasta por el precio comercial.

 

PARAGRAFO 5PARAGRAFO 5

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

PARAGRAFO 5PARAGRAFO 5Los materiales de sutura y curación incluyen:Los materiales de sutura y curación incluyen:

 Algodón, aplicadores, apósitos, compresas, Algodón, aplicadores, apósitos, compresas,mechas, gasas, torundas, cotonoidesmechas, gasas, torundas, cotonoidesCierres umbilicales, esponjasCierres umbilicales, esponjas exceotiexceoti de silicón,de silicón,gelatinas absorbibles, cera para huesosgelatinas absorbibles, cera para huesos

Esparadrapo, soluciones desinfectantes,Esparadrapo, soluciones desinfectantes,vendajes, guantes, hojas de bisturí vendajes, guantes, hojas de bisturí 

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 Agrafes, sutura de cualquier tipo ( catguts, Agrafes, sutura de cualquier tipo ( catguts,absorbibles sintéticas, no absorbibles,absorbibles sintéticas, no absorbibles,

como: sedas, nylon, poliéster,como: sedas, nylon, poliéster,polipropileno, acero inoxidable, etc.).polipropileno, acero inoxidable, etc.).Catéteres peri craneales, equipos deCatéteres peri craneales, equipos devenoclisis, buretras, agujas de cualquiervenoclisis, buretras, agujas de cualquierclase, jeringas, llaves de dos o más víasclase, jeringas, llaves de dos o más vías

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 Artículo 56 Artículo 56

Las drogas, medicamentos y soluciones,Las drogas, medicamentos y soluciones,incluidos los elementos que se requieranincluidos los elementos que se requieran

en su aplicación (jeringas, agujas,en su aplicación (jeringas, agujas,equipos), diferentes a las de losequipos), diferentes a las de losquirófanos, sala de parto, salas especialesquirófanos, sala de parto, salas especiales

para procedimientos y de recuperación, separa procedimientos y de recuperación, sepagarán hasta por el precio comercial.pagarán hasta por el precio comercial.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 Artículo 57 Artículo 57

Las prótesis y ortesis, injertos, válvulas,Las prótesis y ortesis, injertos, válvulas,catéteres y sondas, tubos de cualquier clase,catéteres y sondas, tubos de cualquier clase,máscaras, cánulas y electrodos, no reutilizables;máscaras, cánulas y electrodos, no reutilizables;algodón laminado, vendas, mallas, mediasalgodón laminado, vendas, mallas, mediasortopédicas, equipos de presión venosa central,ortopédicas, equipos de presión venosa central,marcapasos, elementos ortopédicos; esponjas ymarcapasos, elementos ortopédicos; esponjas ybandas de silicón, sustitutos del plasma, bolsasbandas de silicón, sustitutos del plasma, bolsas

colectoras de fluídos y otros elementos de usocolectoras de fluídos y otros elementos de usomédico distintos a los definidos en el Parágrafomédico distintos a los definidos en el Parágrafo5 del Artículo 55,5 del Artículo 55,

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

utilizados en la práctica de cualquierutilizados en la práctica de cualquierintervención procedimiento médicointervención procedimiento médico--quirúrgico relacionado en el Capítulo III yquirúrgico relacionado en el Capítulo III yen el manejo ambulatorio u hospitalarioen el manejo ambulatorio u hospitalariodel paciente, siempre y cuando no se tratedel paciente, siempre y cuando no se tratede un examen o procedimiento contenidode un examen o procedimiento contenidoen el Capítulo IV, se reconocerán hastaen el Capítulo IV, se reconocerán hastapor el precio comercial de catálogo parapor el precio comercial de catálogo paraventa al público fijado por la autoridadventa al público fijado por la autoridadcompetente.competente.

 

CONJUNTOS INTEGRALES DECONJUNTOS INTEGRALES DE

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

CONJUNTOS INTEGRALES DECONJUNTOS INTEGRALES DE ATENCION ATENCION

(art 64)(art 64) Parágrafo 1Parágrafo 1

El valor del conjunto comprende: consulta preEl valor del conjunto comprende: consulta pre--

quirúrgica y prequirúrgica y pre--anestésica, práctica de los exámenesanestésica, práctica de los exámenesde apoyo diagnóstico que los Protocolos exigen comode apoyo diagnóstico que los Protocolos exigen comosoporte para la valoración del paciente y la realizaciónsoporte para la valoración del paciente y la realizaciónde la intervención o procedimiento, ejecución delde la intervención o procedimiento, ejecución deltratamiento médico quirúrgico objeto del Conjunto,tratamiento médico quirúrgico objeto del Conjunto,atención intrahospitalaria con todos sus componentesatención intrahospitalaria con todos sus componentesy los controles post y los controles post--quirúrgicos ambulatorios incluidosquirúrgicos ambulatorios incluidoslos medicamentos e insumos necesarios durante ellos medicamentos e insumos necesarios durante elproceso de recuperación.proceso de recuperación.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

PARAGRAFO 5o.PARAGRAFO 5o.En la tarifa de los ConjuntosEn la tarifa de los Conjuntoscorrespondientes a intervencionescorrespondientes a intervenciones

quirúrgicas y procedimientos estánquirúrgicas y procedimientos estánconsideradas las complicaciones menoresconsideradas las complicaciones menoresque se listan en cada uno de ellos y suque se listan en cada uno de ellos y sutratamiento lo asume el proveedor deltratamiento lo asume el proveedor delservicio dentro del valor integral delservicio dentro del valor integral delConjunto, relacionado en las canastasConjunto, relacionado en las canastasdiscriminadas que hacen parte de estediscriminadas que hacen parte de esteDecreto.Decreto.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 ARTICULO 65. Si como resultado de una ARTICULO 65. Si como resultado de unaintervención o procedimiento practicado,intervención o procedimiento practicado,durante el período post durante el período post-- quirúrgico dequirúrgico derecuperación u hospitalario, se presentare unarecuperación u hospitalario, se presentare unacomplicación mayor, que es responsabilidad delcomplicación mayor, que es responsabilidad del

contratista solucionar, el costo del tratamientocontratista solucionar, el costo del tratamientopara superarla no está previsto dentro del valorpara superarla no está previsto dentro del valorde la cirugía inicialmente efectuada yde la cirugía inicialmente efectuada yconsecuentemente en dicho evento elconsecuentemente en dicho evento elprocedimiento inicial no se liquida a la tarifa deprocedimiento inicial no se liquida a la tarifa de

Conjunto y consecuentemente la totalidad de losConjunto y consecuentemente la totalidad de losservicios prestados deben facturarse con baseservicios prestados deben facturarse con baseen el valor del Manual para cada componente deen el valor del Manual para cada componente dela atención.la atención.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

El fallecimiento del paciente duranteEl fallecimiento del paciente durante el períodoel períodopost post-- quirúrgico de recuperación u hospitalario,quirúrgico de recuperación u hospitalario,da lugar al rompimiento del conjunto, por loda lugar al rompimiento del conjunto, por lotanto se puede proceder a facturar por actividadtanto se puede proceder a facturar por actividad

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Cirugía de conjunto bilateralCirugía de conjunto bilateral

PARÁGRAFO 3:PARÁGRAFO 3:

Sobre el valor total del Conjunto por el servicioSobre el valor total del Conjunto por el servicioprofesional que se preste, se adicionará el (75profesional que se preste, se adicionará el (75%)%)

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Una cirugía de ConjuntoUna cirugía de Conjunto

La intervención mayor: liquidación 100%La intervención mayor: liquidación 100%

las demás cirugías se pagarán de acuerdo conlas demás cirugías se pagarán de acuerdo conlos porcentajes, sobre el valor de cada una,los porcentajes, sobre el valor de cada una,definidos en los Artículos 49, 55, 71, 72 y 73definidos en los Artículos 49, 55, 71, 72 y 73

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Más de una cirugía de ConjuntoMás de una cirugía de Conjunto

Si las realiza el mismo especialista por igual víaSi las realiza el mismo especialista por igual víade acceso, la cirugía de Conjunto con tarifade acceso, la cirugía de Conjunto con tarifasuperior se considera la principal y se liquida alsuperior se considera la principal y se liquida al100% y se adiciona el 25% sobre el valor del100% y se adiciona el 25% sobre el valor delConjunto que le preceda según la cuantía.Conjunto que le preceda según la cuantía.

 

Más de una cirugía de ConjuntoMás de una cirugía de Conjunto

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Más de una cirugía de ConjuntoMás de una cirugía de Conjunto

El valor de la intervención principal, seEl valor de la intervención principal, seincrementa en el 70% de cada una de lasincrementa en el 70% de cada una de lasdemás consideradas por Conjunto, cuando eldemás consideradas por Conjunto, cuando el

mismo especialista utiliza diferente vía de accesomismo especialista utiliza diferente vía de accesoo las practican médicos de distinta especialidad.o las practican médicos de distinta especialidad.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 ARTICULO 67 ARTICULO 67

En las intervenciones y procedimientos MédicoQuirúrgicos en que se extirpe o se extraigan

órganos o tejidos, la pieza quirúrgica sesometerá a examen anatomopatológico y elresultado se incluirá en la historia clínica delpaciente y se reconocerán a las tarifas

establecidas en el Capítulo IV artículo 22 deeste Decreto

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 Artículo 68 Artículo 68

Las suturas simples en partes blandasLas suturas simples en partes blandasconcomitantes con lesiones mayores, se consideranconcomitantes con lesiones mayores, se consideranparte integrante del tratamiento quirúrgico de laparte integrante del tratamiento quirúrgico de lalesiónlesión

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 ARTICULO 69. ARTICULO 69.

La vía de acceso para la práctica de un actoLa vía de acceso para la práctica de un acto

quirúrgico no da derecho al reconocimiento dequirúrgico no da derecho al reconocimiento devalores adicionales sobre la tarifa de lavalores adicionales sobre la tarifa de laoperación realizada, excepto cuando se efectúeoperación realizada, excepto cuando se efectúecon fines diagnósticos y no haga parte de otracon fines diagnósticos y no haga parte de otraintervención.intervención.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 VIAS MAS COMUNES VIAS MAS COMUNES

CreneotomiaCreneotomia ToracotomiaToracotomia LaparotomiaLaparotomia  Artrotomia Artrotomia LumbotomiaLumbotomia

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

INTERCONSULTAINTERCONSULTA

 ARTICULO 76. ARTICULO 76. El reconocimiento de interconsulta se causa

únicamente en el caso de que con fines deaclarar un diagnóstico o establecer un

tratamiento, se requiera del concepto de otroprofesional, sea en los servicios de consulta,hospitalización o de urgencias, siempre y cuandosea de especialidad o sub especialización distintaa la del médico tratante. No habrá derecho a

reconocimiento de interconsulta, cuando estaorigine la práctica de intervención oprocedimiento que deba realizar el especialistaconsultado.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 ARTICULO 77 ARTICULO 77

Cuando un paciente hospitalizado para intervenciónquirúrgica presente complicación médica, causaráderecho a reconocimiento de interconsulta; así  

mismo, se reconocerá interconsulta, cuandocualquier hospitalizado en los servicios de pediatría,medicina interna o psiquiatría, presente cuadroquirúrgico.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

UTILIZACION DE LASERUTILIZACION DE LASER

 ARTICULO 79 ARTICULO 79 La utilización del equipo de rayos láser en los

procedimientos quirúrgicos, está comprendidadentro de los derechos de sala determinados enlos Artículos 49 y 52 de este Decreto. Porconsiguiente, no se reconocerá valor adicionalpor la utilización de este instrumento.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

U.C.E.U.C.E.

 ARTICULO 83. ARTICULO 83. La Unidad de Cuidado Intermedio es el

servicio destinado pacientes críticos , con

complicaciones no derivadas de un actoquirúrgico, que con excepción de laasistencia ventilatoria, se les brinda lamisma atención que en la Unidad de

Cuidado Intensivo bajo el cuidado delmédico intensivista en la medida que elcaso lo requiera.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

 ATENCION DE URGENCIAS ATENCION DE URGENCIAS

 Art.84 Art.84 Todas las entidades o establecimientos públicos o privados,

que presten servicios de salud, atenderán los casos deurgencias, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2de la Ley 10 de 1.990 y Reglamentarios y, sin exigir condiciónalguna al paciente para su atención

La obligatoriedad de la atención inicial de urgencias estará deacuerdo con el Nivel de Atención de la Institución respectiva.También existirá en la forma de contra referencia, es decir las

Instituciones de menor complejidad, estarán obligadas arecibir y a atender los pacientes enviados desde lasInstituciones de mayor complejidad y deberá estar de acuerdocon los recursos disponibles a su nivel de atención.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

PROCEDIMIENTOS NO CODIFICADOSPROCEDIMIENTOS NO CODIFICADOS

 Art. 87 Art. 87 Por las circunstancias de orden tecnológico,

cuando alguna Institución Prestadora deServicios de Salud realice un procedimiento queno se encuentre definido y por lo tanto no tengaasignada tarifa, éste se reconocerá por la tarifaque tenga definida la Institución, previa lacomprobación del médico tratante, de que dicho

procedimiento no se encuentra relacionado en elpresente Decreto ni siquiera bajo otradenominación.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Radiología: Artículo 23Radiología: Artículo 23

Son los valores que se reconocen por la prácticade los estudios con sus proyeccionesconvencionales y cuando el informe lleve el

respectivo informe escrito del médicoespecialista radiólogo.

Si no se realiza la lectura del radiólogo, al valorse le descontará el 25%.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Cardiología: Artículo 27Cardiología: Artículo 27

Los medios de contraste, catéteres, guía, agujaangiografía, electrodos, papel, se reconocerán

por el precio comercial.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Banco de Sangre: Artículo 32Banco de Sangre: Artículo 32 Las pruebas a la unidad de sangre ocomponentes previa a su transfusión (Decreto

1571/93) están incluidas en la tarifa deprocesamiento, al igual que la bolsa recolectora.

Determinación Grupo ABO (detección deantígenos y anticuerpos).

Determinación Factor Rh (antígeno D) y variante

Du, en los casos a que haya lugar. Prueba serológica para sífiles. (sic)

 

Detección del antígeno del virus de la hepatitis C.

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

g p Detección del antígeno de superficie del virus de

la hepatitis B. Detección de anticuerpos contra el virus de la

Inmunodeficiencia Humana Adquirida (HIV) 1 y 2. Otros que de acuerdo a los estudios de vigilancia

epidemiológica se establezcan para una regióndeterminada por parte del Ministerio de Salud.

El equipo de admón de sangre y elementos

usados en la féresis son facturables.

 

E fí V l I iE fí V l I i

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Ecografías Vasculares no InvasivasEcografías Vasculares no Invasivas

 Artículo 33 Artículo 33 Cuando el examen se realice con Doppler Color,

se reconocerá adicionalmente un 30% sobre elvalor de la tarifa establecida para el estudio

practicado.

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

Salud Oral: Artículo 38Salud Oral: Artículo 38

La mano de obra y materiales utilizados en laelaboración y reparación de prótesis y órtesis sepagarán a precios oficiales de los laboratorios

dentales. Los materiales en cirugía periodontal conreposición ósea se pagarán a precio comercial.

 

MATERIALES EN SALA DE ATENCION INICIAL

NO FACTURABLES (NF) SI FACTURABLES (SF)

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

( ) ( )

MATERIALESDE SUTURA.y  ALCOHOL ANTISEPTICOy ALCOHOL YODADO

y  APOSITOSy BAJALENGUASy CINTAS REACTIVASy COMPRESASy CUCHILLASDE AFEITARy ESPARADRAPOy FRASCOS ESTERILES DILUYENTESy GASASy GUANTES QUIRURGICOS DESECHABLES O NOy JABON QUIRURGICO (PREPODYNE, ETC); EXCEPTO PARA

 ASEPSIA PREQUIRURGICA EN SALA DE HOSPITALIZACIONy MICROPOROy SONDAS NASOGASTRICASy SONDAS VESICALESy TERMOMETROSy TORUNDAS DE ALGODÓNy TUBOS PARA MUESTRAS DE LABORATORIO (TAPAS LILA,

ROJA, AZUL, ETC.)

CODIGO 39201 DERECHOS  DE SALA PARA SUTURAS, cuando serealice cualquier tipo de sutura.

MAT ERIALES DE CURACION utilizados en losprocedimientos de sutura.

CODIGO 39202 DERECHO DE SALA PARA CURACION, cuando sepreste el servicio.

ELEMENTOS UTILIZADOS PARA ANES TES IA LOCAL en losprocedimientos de sutura.

Cuando se realice una sutura y curaciones conjuntamente, solamentecobrar el CODIGO39201 DERECHOS DE SALA PARA SUTURAS.

CODIGO 39146 SUTURA, debe ser cargado y facturado en la cantidadcorrespondienteal número de puntosrealizados.

S OLUCIONES PARENTERALES utilizadas para cualquier propósito:administración parenteral, lavados, curaciones, etc.

NOTA: S E REQUIERE REGIS TRAR EN LA HIS TORIA CLINICA SUUTILIZACION Y CANTIDAD.

 

MATERIALES EN SALA DE OBSERVACION Y SALA DE HOSPITALI ZACION 

NO FACTURABLES (NF) SI FACTURABLES (SF)

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

( ) ( )y  ALCOHOL ANTISEPTICOy ALCOHOL YODADO

y  APOSITOSy BAJALENGUASy CINTAS REACTIVASy COMPRESASy CUCHILLAS DE AFEITARy ESPARADRAPOy FRAS COS ES TERILES DILUYENTES y GASASy GUANTES QUIRURGICOS DESECHABLES O NOy JABON QUIRURGICO (PREPODYNE, ETC); EXCEPTO

PARA ASEPSIA PREQUIRURGICA EN SALA DEHOSPITALIZACION

y MICROPOROy SONDAS NASOGASTRICASy SONDAS VESICALESy TERMOMETROSy TORUNDAS DE ALGODÓNy TUBOS PARA MUESTRAS DE LABORATORIO (TAPAS

LILA, ROJA, AZUL, ETC.)

1. CODIGO 39300 (MATERIALES DE CURACION POR COMPLICACIONES HOSPITALARIAS). Se debe registrar como S I FACTURABLE UNA V EZ POR DIA (independientemente del número de curaciones realizadas durante elmismo día) y únicamente en los siguientes casos:

- Pacientes que en el postoperatorio se complican con fascitis necrosante,

 fístulas, osteomielitis y abscesos de pared abdominal, o se les realicecuración en abdomen abierto.

- Pacientes con quemaduras o heridas traumáticas que presenten pérdida desustancia.

- Pacientes con escaras de decúbito, úlceras isquémicas o gangrena gaseosa.NOTA: ES INDISPENSABLE REGIS TRAR EN LA HIS TORIA CLINICA CADA UNA

DE LAS CURACIONES ESPECIFICANDO LA COMPLICACION RESPECTIVAQUE LA ORIGINA.

y MATERIALES utilizados en la administración demedicamentos por vía tópica y oral (incluyeadministración de droga oral con jeringa). Losmedicamentos y preparaciones tópicas S I se cobran.

y MATERIALES utilizados en la administración de medicamentos por víaparenteral. E jemplos: materiales utilizados la aplicación demedicamentos a través de catéteres, a través de venoclisis, por víaintramuscular, intradérmica, subcutánea, intratecal, administración através de Buretrol, administración intraosea y administración rectal.

1. ELEMENTOS DE PROTECCION PERS ONAL necesariospara el manejo de pacientes aislados o de cuidadoespecial: guantes, tapabocas, etc.

y Asepsia prequirúrgica en sala de hospitalización.

y ELEMENTOS como: Cánulas de Guedel, tubos endotraqueales, Cistoflo,gafas para administración de O2, etc.

1. MATERIALES utilizados en la UNIDAD DE QUEMADOS: todos losmateriales de curación se deben cargar y facturar.

 

MATERIALES EN UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS (UCI)

NO FACTURABLES (NF) SI FACTURABLES (SF)

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

( ) ( )y  ALCOHOL ANTISEPTICOy ALCOHOL YODADO

y  APOSITOSy BAJALENGUASy CINTAS REACTIVASy COMPRESASy CUCHILLAS DE AFEITARy ESPARADRAPOy FRAS COS ES TERILES DILUYENTES y GASASy GUANTES QUIRURGICOS DESECHABLES O NOy JABON QUIRURGICO (PREPODYNE, ETC.); EXCEPTO

PARA ASEPSIA PREQUIRURGICA EN SALA DEHOSPITALIZACION

y MICROPOROy SONDAS NASOGASTRICASy SONDAS VESICALESy TERMOMETROSy TORUNDAS DE ALGODÓNy TUBOS PARA MUESTRAS DE LABORATORIO (TAPAS

LILA, ROJA, AZUL, ETC.)

1. CODIGO 39300 (MATERIALES DE CURACION POR COMPLICACIONES HOSPITALARIAS). Se debe registrar comoS I FACTURABLE UNA VEZ POR DIA (independientemente delnúmero de curaciones realizadas durante el mismo día) y

únicamente en los siguientes casos:- Pacientes que en el postoperatorio se complican con fascitis

necrosante, fístulas, osteomielitis y abscesos de paredabdominal, o se les realice curación en abdomen abierto.

- Pacientes con quemaduras o heridas traumáticas que presentenpérdida de sustancia.

- Pacientes con escaras de decúbito, úlceras isquémicas ogangrena gaseosa.

NOTA: ES INDISPENSABLE REGIS TRAR EN LA HIS TORIA CLINICA

CADA UNA DE LAS CURACIONES ESPECIFICANDO LACOMPLICACION RESPECTIVA QUE LA ORIGINA.

y MATERIALES utilizados en la administración demedicamentos por vía tópica y oral (incluyeadministración de droga oral con jeringa). Losmedicamentos y preparaciones tópicas S I se cobran.

y MATERIALES utilizados en la administración de medicamentospor vía parenteral. E jemplos: materiales utilizados laaplicación de medicamentos a través de catéteres, a través devenoclisis, por vía intramuscular, intradérmica, subcutánea,intratecal, administración a través de Buretrol, administraciónintraoseay administraciónrectal.

1. ELEMENTOS DE PROTECCION PERS ONAL necesariospara el manejo de pacientes aislados o de cuidadoespecial: guantes, tapabocas, etc.

y Asepsia prequirúrgica en sala de hospitalización.

y MONITORIA CARDIOSCOPICA Y DE PRESIONy USO DEL VENTILADOR (presión o volumen)y DESFIBRILACIONy CARDIOVERSIONy ELECTROCARDIOGRAMAS O ENCEFALOGRAMAS

y PH Y GASES ARTERIALESy INTUBACION

y ELEMENTOS como: Cánulas de Guedel, tubos endotraqueales,Cistoflo, gafas para administración de O2, etc.

y IONOGRAMA Y DEMAS EXAMENES DE LABORATORIO

 

MATERIALES EN SALA DE CIRUGIA

NO FACTURABLES (NF) SI FACTURABLES (SF)

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIA

M.D.M.D.

N O FACTURABLES (NF) SI FACTURABLES (SF)

yGPRUPO 2-13

Algodón, aplicadores, apositos, compresas, mechas,

gasas, torundas, cotonoides, cierres umbilicales,esponjas exeoti de silicón, gelatinas absorbibles, cera

 para huesos, esparadrapo, soluciones desinfectantes,

vendajes, guantes, hojas de bisturí, catéteres

 pericranales, equipos de venoclisis, buretras, agujas

de cualquier clase, jeringas, llaves de 2 o mas vías,

agrafes, suturas de cualquier tipo.

Drogas, medicamentos, soluciones, oxigeno, agentesy gases anestésicos

yGRUPO 20 23

Drogas, medicamentos, soluciones, oxigeno, agentes

y gases anestésicos

yCXAS CARDIOVASCULARES GPO 22 Y 23

Oxigeno, agentes y gases anestésicos

yGPRUPO 2-13

Suministros de prótesis y ortesis, injertos, válvulas, catéteres, y

sondas, tubos de cualquier clase, mascaras, cánulas y electrodos noreutilizables. Algodón laminado, vendas, mallas, medias ortopédicas,

equipos de presión venosa central, marcapasos, elementos

ortopédicos, placas tornillos, férulas, clavos, grapas, esponjas y

 bandas de silicón, sustitos del plasma, bolsas colectoras de fluidos

yGRUPO 20 23

Suministros de prótesis y ortesis, injertos, válvulas, catéteres, ysondas, tubos de cualquier clase, mascaras, cánulas y electrodos no

reutilizables. Algodón laminado, vendas, mallas, medias ortopédicas,

equipos de presión venosa central, marcapasos, elementos

ortopédicos, placas tornillos, férulas, clavos, grapas, esponjas y

 bandas de silicón, sustitutos del plasma, bolsas colectoras de fluidos

Algodón, aplicadores, apositos, compresas, mechas, gasas, torundas,

cotonoides, cierres umbilicales, esponjas exeoti de silicón, gelatinas

absorbibles, cera para huesos, esparadrapo, soluciones desinfectantes,vendajes, guantes, hojas de bisturí, catéteres pericranales, equipos de

venoclisis, buretras, agujas de cualquier clase, jeringas, llaves de 2 o

mas vías, agrafes, suturas de cualquier tipo.

yCXAS CARDIOVASCULARES GPO 22 Y 23

TODO excepto Oxigeno, agentes y gases anestésicos

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

F ACTURACION DE PROCEDIMIENTOS EN SALA DE ATENCION INICIAL, SALADE OBSERVACION Y SALA DE HOSPITALI ZACION 

PROCEDIMIENTO SIN 

GRUPO QU IR U R GICO 

CODI GO 100% DERECHOS DE 

SALA 45% DELCODI GO 

MATERIALES 

CODI GO 39305

OTROS MATERIALES 

F ACT U RABLES ADICIONALMENTE 

CATETERISMO GASTRICO  37503 NO NO NO  

CATETERISMO VESICAL 23116 NO NO NO  

INSTILACION VESICAL 23117 NO NO NO  

NEBU LI ZACION (*) 27111 NO NO NO  

PU NCION ABDOMINAL 37501 SI SI NO  

PU NCION ARTIC U LAR  37201 SI SI NO  

PU NCION LU MBAR  26104 SI SI   AGUJA DE PU NCION LU MBAR DESECHABLE 

PU NCION PERICARDICA 25103 SI SI NO  

PU NCION PLE U RAL 24122 SI SI NO  

PU NCION S UP RAPUB ICA 23115 SI SI NO  

DISECCION VENOSA 37502 SI SI NO  

COLOCACION LINEA ARTERIAL 37506 SI SI CATETER ARTERIAL

B LO QU EO NERVIO P ERI F ERICO 

26105 SI SI NO  

B LO QU EO RE GIONALCONTIN U O 

26109 SI SI NO  

B LO QU EO P LE JO B RAQU IAL 26110 SI SI NO  

 

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JOHN GUTIERREZ VALENCIAJOHN GUTIERREZ VALENCIAM.D.M.D.

F ACT U RACION DE P ROCEDIMIENTOS EN SALA DE ATENCION INICIAL, SALADE O B SERVACION Y SALA DE HOS P ITALI ZACION 

P ROCEDIMIENTO CON GR UP O QU IR U R GICO 

CODI GO 100% DERECHOS DE SALA: 45% 

DE LOS DERECHOS 

DE SALADEL GR UP O QU IR U R GIC 

MATERIALES CODI GO 

39305

OTROS MATERIALES F ACT U RAB LES 

ADICIONALMENTE 

SONDA A TORAX (TORACOSTOMIA)

06102 SI (CODI GO 39206 

AL 0.45)

SI SONDA A TORAX

B IO P SIA RENAL 17601 SI (CODI GO 39210 

AL 0.45)

SI  AGUJA P ARA TOMA DE M U ESTRA

B IO P SIA HE P ATICA 17511 SI (CODI GO 39206 

AL 0.45)

SI  AGUJA P ARA TOMA DE M U ESTRA

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