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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL “Operación Centro de Almacenamiento y Distribución de Productos Alimenticios” Empresas Carozzi S.A. Junio de 2008 Gestión y Planificación Inmobiliaria Ltda. Luís Pasteur Nº 6068, Of.101 Vitacura Teléfono: 247 8690 / Fax: 247 8698 [email protected] / www.gesplan.cl

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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

“Operación Centro de Almacenamiento y Distribución de Productos Alimenticios”

Empresas Carozzi S.A.

Junio de 2008

Gestión y Planificación Inmobiliaria Ltda. Luís Pasteur Nº 6068, Of.101 Vitacura Teléfono: 247 8690 / Fax: 247 8698

[email protected] / www.gesplan.cl

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Índice General

1. ANTECEDENTES GENERALES .................................................................................3

2. DESCRIPCION DEL PROYECTO O ACTIVIDAD .......................................................6

3. ANTECEDENTES PARA EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS AMBIENTALES..........................................................................................................21

4. OTROS ANTECEDENTES PARA EVALUAR QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL...............30

5. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ...........................................................30

6. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS..................................................52

7. FIRMA DE LA DECLARACIÓN .................................................................................53

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1. ANTECEDENTES GENERALES

1.1. ANTECEDENTES DEL TITULAR

Titular: EMPRESAS CAROZZI S.A. R.U.T: 96.591.040-9 Domicilio: Camino Longitudinal Sur 5201, Nos, San Bernardo Fono : 377 6600 Fax : 377 6608

Representantes Legales: R.Legal José Juan Llugani Rigo-Righi R.U.T. 6.318.711-9 Domicilio: Camino Longitudinal Sur 5201, Nos, San Bernardo Fono : 377 6600 Fax : 377 6608 En la carta conductora de la presente Declaración de Impacto Ambiental se adjuntan los antecedentes legales que acreditan la personería jurídica del representante legal y certificado de vigencia de la sociedad.

1.2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto “Operación Centro de Almacenamiento y Distribución de Productos Alimenticios”, en adelante “el Proyecto”, corresponde a la operación del centro de distribución y almacenamiento de productos alimenticios, la cual tiene por objeto el almacenamiento de productos alimenticios, control y preparación de preentrega para finalmente despachar a los distribuidores y locales comerciales. El principal objetivo del proyecto, es unificar en un solo Centro de Almacenamiento y Distribución, todos los locales desde donde actualmente se almacenan los productos Carozzi, los cuales corresponden a los siguientes: • Duramet: Ubicado en Av. Portales N° 6179.

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• Las Acacias: Ubicado en José Pedro Alessandri N° 19116, San Bernardo. • Quinta Normal: Ubicado en General Brayer N° 2095, Quinta Normal. • Bodemar: Ubicado en Calle Limache N° 4491, Viña del Mar. • Padre Hurtado: Ubicado en Camino Melipilla N° 1630, Comuna de Padre Hurtado. • Ex - Parma: Ubicado en Camino Melipilla N° 2004, Padre Hurtado • Malloco: Ubicado en Manuel González N° 514, Malloco. • Talagante: Ubicado en Eyzaguirre N° 431, Talagante. Por lo tanto, dichos centros de almacenamiento dejan de operar, funcionando de manera integrada el Centro de Distribución y Almacenamiento como una sola unidad, evitando de ésta forma la generación de una serie de viajes innecesarios. Es importante indicar que en la situación sin proyecto, la distribución de los productos desde la Planta de Carozzi en Nos se realiza de la siguiente manera:

a) La Planta de Alimentos de Carozzi ubicada en Nos, envía sus productos terminados a las 8 Bodegas de Almacenamiento indicadas anteriormente.

b) Los productos terminados son almacenados en las 8 Bodegas de Almacenamiento a la espera de ser requeridos nuevamente por el Centro de Distribución.

c) Los productos terminados son transportados hacia el Centro de Distribución ubicado contiguo a la Planta de Alimentos.

d) Desde el Centro de Distribución, los productos son enviados hacia los clientes ubicados en las diferentes regiones del país incluida la región Metropolitana.

Por lo tanto el proyecto implica suprimir todos los viajes desde la Planta de Alimentos hacia cada una de las Bodegas de Distribución y el viaje de retorno desde estas hacia el Centro de Distribución, ya que el nuevo Centro de Distribución y Almacenamiento integra ambas actividades y se encuentra en el predio contiguo a Planta de Alimentos.

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1.3. INDICACIÓN DEL TIPO DE PROYECTO O ACTIVIDAD DE QUE SE TRATA

A fin de establecer la pertinencia de someter el presente proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), a continuación se clasifica de acuerdo a la tipología indicada en el artículo 10 de la Ley 19.300 y el artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (DS 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia).

Letra h):

Deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental los proyectos industriales y los proyectos inmobiliarios que se ejecuten en zonas comprendidas en los planes a que se refiere esta letra, cuando los modifiquen o exista declaración de zona saturada o latente:

h.2) Para efectos del inciso segundo de este literal h), se entenderá por proyectos industriales aquellas urbanizaciones y/o loteos con destino industrial de una superficie igual o mayor a doscientos mil metros cuadrados (200.000 m²); o aquellas instalaciones fabriles que presenten alguna de las siguientes características::

h.2.1 Potencia instalada igual o superior a mil kilovoltios-ampere (1.000 KVA), de-terminada por la suma de las capacidades de los transformadores de un establecimiento industrial.

El proyecto presenta una potencia instalada superior a los 1500 KVA., por lo tanto requiere ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Por otra parte, el proyecto al no generar o presentar alguno de los efectos, características yo circunstancias señalados por el artículo 11 de la ley 19.300, se someterá al SEIA bajo la modalidad de Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

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2. DESCRIPCION DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

2.1. ANTECEDENTES GENERALES

2.1.1. Localización Geográfica y Superficie

Las instalaciones del Centro de Distribución y Almacenamiento se ubican en, en calle Camino Longitudinal Sur Nº 5201 sector de Nos, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana. El Proyecto, se emplazará en un terreno, actualmente de uso Industrial, con una superficie disponible de aproximadamente 98.644 m2. En el Anexo Nº1 se adjunta un plano con la localización del proyecto, y su entorno inmediato. Es importante destacar que la propiedad se encuentra emplazada dentro de los terrenos de Empresas Carozzi S.A. En el Anexo Nº2 se adjunta el lay – out de la bodega. La Figura 2.1 presenta una fotografía de la ubicación del proyecto

FIGURA.2.1.

UBICACIÓN GENERAL DEL PROYECTO

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A continuación se presentan las coordenadas de la bodega proyectada.

Tabla 2.1 Coordenadas de la Bodega, DATUM WGS84, uso 19

Polígono de la Bodega Este Norte Punto 1 341.911 6.275.615 Punto 2 342.157 6.275.027 Punto 3 341.963 6.274.829 Punto 4 341.707 6.275.068

2.1.2. Monto de la Inversión

El monto estimado de la inversión es de US 15.000.000

2.1.3 Vida Útil y Cronograma de Etapas

El Proyecto ha sido evaluado con un horizonte de 20 años de operación, al cabo de los cuales no se define un cierre propiamente tal, sino el reacondicionamiento de las instalaciones, adoptando mejoras tecnológicas en ella.

2.1.4 Uso de Suelo

El sector corresponde, según consta en Certificado Informaciones Previas Nº 1141 de fecha 29 de Agosto de 2006, a zona industrial exclusiva, autorizando la instalación de industrias y talleres, según se presenta en el Anexo N°3. Debido a que una parte del proyecto se emplaza en un sector definido como Área de Interés Silvoagropecuario Exclusivo, se presenta el Informe Favorable de la SEREMI de Agricultura, de acuerdo al artículo 8.3.2.1 de la Ordenanza del PRMS, el que se adjunta en Anexo N°4.

2.2 DESCRIPCIÓN DE LA FASE DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO

En la etapa de construcción se realizaron obras de preparación del terreno, para posteriormente realizar el montaje de la bodega; la pavimentación de la zona de operación de la nueva bodega, incluyendo el andén de despacho para camiones, con 48 posiciones, 28 estacionamiento para camiones y 211 estacionamientos para vehículos; la red de aguas lluvias; las instalaciones eléctricas en baja tensión, incluyendo alumbrado, redes internas y lámparas, corrientes débiles y sistemas de seguridad; y las obras civiles del sistema de protección contra incendio y detección. Durante la construcción se contemplaron obras temporales, tales como la habilitación de los empalmes provisorios y tendidos de redes de agua potable y energía eléctrica

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necesarios para esta etapa. También se habilitó un recinto para cambio de ropa y comedores; baños químicos y duchas, dando cumplimiento a la normativa vigente. Las nuevas instalaciones de almacenamiento y distribución de productos alimenticios, ha diferenciado en los siguientes sectores: - Sector bodegaje (Nave Principal) - Sector preparación pedidos - Oficinas de Operaciones - Servicios Higiénicos - Casino - Áreas Exteriores Las características técnicas de la construcción cumplen con las normas establecidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción vigentes a la fecha de construcción y habilitación. En cuanto a la construcción, esta es con resistencia al fuego según lo estipulado en el artículo 4.3.3 del Capítulo III de las “Condiciones de Seguridad Contra Incendio”, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, vigente a la fecha de construcción y habilitación. 2.2.1. Nave Principal

La bodega principal es de aproximadamente 42.000 m2, y posee las siguientes especificaciones técnicas: a. Estructuración: marcos de acero, de una modulación de 6 * 66,5 mt. La altura es de 8,5 metros libres interior. La estructura corresponde a una construcción del tipo RF-60, protegida mediante protección inófuga según especificación del fabricante. b. Pavimentos (pisos interiores): son de hormigón FT-4.0 de un espesor de 18 centímetros, con endurecedor superficial, tratamiento superficial con helicóptero y sello tipo Concret Seal. Estos pavimentos son 100% lavables. c. Cubierta (cielo): de acero galvanizado de 0,5 mm. Se considera al menos un 10% de plancha traslúcida. d. Revestimiento lateral (paredes): plancha de acero prepintado (lavable) de 0,5 mm. de espesor. e. Renovación de Aire: mediante extractores eólicos en las cumbreras u otro sistema similar de extracción natural, de una renovación total del volumen de aire cada 10 horas. f. Puertas: de acero pintadas, tipo corredizas con desplazamiento vertical.

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g. Hojalatería: acero galvanizado de 0,5mm.. Bajadas de PVC donde se requieren. h. Iluminación y Electricidad: Haluro metálico, aproximadamente una cada 80 m2 aproximándose a 150 Lux a 2 mt de altura. Circuitos de fuerza según normativa SEC. 2.2.2. Patios de Movimiento y Estacionamientos

Los pavimentos son de asfalto, incluidas circulaciones, de un espesor adecuado para recibir camiones de una carga aproximada de 30Ts. métricas. Las circulaciones peatonales serán señalizadas por pasos peatonales debidamente demarcados con pintura reflectante Los estacionamiento de vehículos, serán de adocretos o similar. Siendo 28 estacionamientos para camiones y 211 estacionamientos para vehículos menores. 2.2.3. Oficinas

Estructura en albañilería reforzada con cubierta de madera y acero galvanizado. Muros interiores tipo volcometal. El suelo será en alfombre tipo bucle y cerámica en áreas húmedas. Cielo falso tipo americano y volcanita en zonas húmedas. Revestimiento de muros con papel mural y cerámica en áreas húmedas. 2.2.4. Exteriores

a) Cierre Perimetral: laterales y fondo pandereta, frente de la propiedad de estructura de acero, considerando los portones de acceso vehicular y peatonal. b) Iluminación: patios, postes con luminarias, de un nivel de iluminación equivalente a 30 lux. c) Jardines: de pasto con riego y árboles. d) Evacuación de aguas lluvia, gravitacional. 2.2.5. Otros

a) Se habilitó un sector para la disposición de basura doméstica mediante contenedores cerrados. b) Se habilitó un sector para la segregación de residuos sólidos de cartón, mediante un sector .

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c) En la nave principal se habilitó una cama de frío para almacenamiento de de productos mas delicados (chocolates). d) Se ha implementado un casino para la alimentación del personal. e) Las instalaciones proyectadas se han emplazado a una distancia no menor a 5 metros de los vecinos colindantes.

2.2.6. Mano de Obra

La mano de obra estimada para la etapa de construcción fue de aproximadamente 350 personas.

2.2.7. Emisiones, Descargas y Residuos

2.2.7.1 Calidad del Aire Durante la etapa de construcción del proyecto se generaron emisiones atmosféricas. Las emisiones atmosféricas de esta fase fueron menores y correspondieron, básicamente, al material particulado generado por el movimiento de tierra. Las medidas que se tomaron, de acuerdo a las características del proyecto, con el fin de minimizar las emisiones atmosféricas fueron las siguientes:

Se humectó el terreno en forma oportuna y suficiente durante el período en que se realizaron las faenas de movimiento de tierra.

Se humidificaron los sitios de desplazamiento y vías de circulación de vehículos y maquinaria.

Se hizo uso de procesos húmedos para faenas de molienda y mezcla. Se mantuvieron húmedos los materiales que desprendieron polvo. Se transportaron los materiales de la construcción en camiones con carga

cubierta. Se mantuvo la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de

recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. Se realizó un mantenimiento adecuado de la maquinaria utilizada en la obra para

prevenir las emisiones de gases producto de la combustión incompleta. No se permitirán las quemas de ningún tipo de residuo. La velocidad máxima permitida para los camiones al interior del predio será de

30 km/h. Se mantendrán en óptimas condiciones y con sus revisiones al día toda la

maquinaria. En el Anexo Nº5, se adjunta la estimación de las emisiones del proyecto, en la etapa de construcción, las que correspondieron aproximadamente a 2,2 toneladas de material particulado.

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2.2.7.2. Ruido

Dadas las características de las obras realizadas en la fase de construcción, la generación de ruido no fue significativa y tuvo un carácter esporádico (no constante) y sólo se limitaron al período de construcción. Además, debe considerarse que cualquier emisión que eventualmente se haya generado, se vió atenuada debido a la distancia existente entre la actividad proyectada y el deslinde del predio con las propiedades vecinas. Sin perjuicio de lo anterior, se tomaron las siguientes medidas: a) Maquinaria de baja emisión sonora, control del estado de maquinaria y de la forma en que son operadas, y control de la emisión de ruidos innecesarios. b) Encapsulamiento de maquinaria y control del flujo de vehículos en faena. c) Se prohibió que los camiones betoneros se desplacen con la canaleta de descarga suelta. d) Se prohibió que los camiones estacionados en la obra mantuviesen encendido el motor.

2.2.7.3. Agua Potable y Residuos Líquidos Domiciliarios

Se implementaron baños químicos según la normativa vigente D.S. 594/99 del Ministerio de Salud para los trabajadores, estos fueron retirados por una empresa autorizada exigiendo al Contratista la documentación que acredite que el vertido se efectuará en un lugar autorizado. Esta implementación dió cumplimiento con las disposiciones establecidas en los arts. 24, 25 y 26 del D.S. Nº 594 de 1999 modificado por D.S. Nº 201 de 2001 ambos del Minsal, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, con relación a que: - El número mínimo de artefactos se calculó en base a la tabla del art. 23 del citado D.S. - Los baños químicos no fueron instalados a más de 75 m del área de trabajo. Posteriormente se retiraron los baños químicos una vez que terminaron las obras por medio de una empresa autorizada exigiendo al Contratista la documentación que acreditó que el vertido se efectuó en un lugar autorizado. Además, respecto del agua potable se mantuvo un suministro de agua potable con una dotación mínima de 100 litros de agua por persona y por día, la que cumplió los requisitos establecidos en la NCh 409, “Requisitos del Agua para Consumo Humano”, según lo establecido en el D.S. N° 594/99 del Minsal.

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2.2.7.4. Residuos Sólidos

Durante la fase de construcción, se generaron residuos sólidos de obras y montaje (excedentes de tierra, despuntes metálicos y otros). Los excedentes de movimiento de tierra se utilizaron para nivelaciones y taludes en la misma obra y el resto fue transportado y dispuestos a través de empresas autorizadas. Por otra parte, se generaron residuos domésticos, los cuales fueron dispuestos junto con la basura que hoy se genera en la planta. Sin perjuicio de lo anterior se realizó lo siguiente: a) Se destinaron los escombros de la construcción en sitios de disposición final (rellenos de canteras, botaderos de material de construcción) autorizados. b) Se recuperaron y almacenaron, los residuos de carácter doméstico así como también los residuos como materiales de embalaje de maquinarias y equipos (maderas, papeles y/o cartones) generados, en tambores con tapa para luego ser retirados y dispuestos en un sitio de disposición final debidamente autorizado. c) Se mantuvieron en los lugares de trabajo, condiciones de orden y limpieza, especialmente en los sectores donde se coloquen los recipientes para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios.

2.2.7.5. Aspectos Viales

En el Anexo Nª6, se adjunta el Estudio de Impacto Sobre el Transporte Urbano y su plano asociado, como también su respectiva aprobación. Sin perjuicio de lo anterior, se dio cumplimiento a lo siguiente: a) Lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 90/2002 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado el 20 de enero de 2003 en el Diario Oficial. b) No se realizó acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos realizados en esta fase. c) Se habilitaron zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga, al interior del terreno del proyecto, de manera tal que no afectó la vialidad pública.

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d) Lo estipulado en el Art. 2 del Decreto Nº 75 de 1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, es decir, la carga deberá estar cubierta con una lona o plásticos de dimensiones adecuadas, de manera que evite la emisión de material particulado al aire. e) Para el traslado de materiales, se operó con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N° 158/80 del MOP. f) Lo dispuesto el Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones, que prohíbe la circulación de vehículos de carga al interior del Anillo Américo Vespucio

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2.3 DESCRIPCIÓN DE LA ETAPA DE OPERACIÓN DEL PROYECTO

2.3.1 Descripción del Proceso a). Recepción de Mercaderías El proceso se inicia con la recepción de productos provenientes de las fábricas ubicadas en recintos adyacentes. En la recepción de los productos se realizan las siguientes tareas: 1. Descarga de los productos desde plataforma de camión 2. Ingreso de los productos a zona de pre-recepción, donde se los califica, paletiza, etiqueta y se destina ubicación al interior de la bodega. 3. Conteo y verificación Guía de Despacho. 4. Autorización de retiro de transporte. b) Almacenamiento de Productos Se inicia una vez ingresada conforme la mercadería a bodega y una vez que ha sido designada la ubicación del producto. El almacenamiento podrá ser de dos formas: 1. En Racks debidamente habilitados para una carga de 7 posiciones de palets. 2. A piso, considerando un máximo de 2 posiciones de almacenamiento. c) Preparación de Pedidos Se inicia con la solicitud de despacho emitida desde la administración del local, consistiendo en recolectar los diferentes productos que han sido solicitados para su despacho. Este proceso se llevará a cabo mediante recolectores de productos, quienes deben recorrer la bodega en busca de las ubicaciones de los productos requeridos. El equipo utilizado podrá ser grúa horquilla o transpaleta manual y/o eléctrica, dependiendo de los volúmenes ha recolectar. La mercadería recolectada será ubicada en la zona de despacho a la espera de su autorización y carga. d) Despacho de los Productos: Se inicia con la revisión de la mercadería y su conformidad respecto de la respectiva guía de despacho. Una vez autorizada su carga, esta se efectúa mediante transpaleta manual o eléctrica a los diferentes camiones o camionetas habilitados para la distribución.

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2.3.2. Diagrama de Proceso

2.3.3. Consideraciones Generales

a) Materiales Almacenados: Se estiman las siguientes cantidades máximas de productos a almacenar: - Productos varios 1.950 ton. - Conservas 1.200 ton. - Arroz 1.200 ton. - Refrescos 1.200 ton - Pastas 3.552 ton - Galletas 2.550 ton - Harina 400 ton - Chocolates 3.456 ton Los chocolates se almacenarán en cámara de mantención a una temperatura de 18°. La cámara proyectada no es de frío, solo mantención por paneles, no requiere de un equipo para mantener temperatura. b) Maquinaria utilizada: - 12 Transpaletas Eléctricas. - 8 Grúas Horquillas. c) Horario de Trabajo: 08:00 AM a 17:45 PM d) Insumos Utilizados en Proceso:

RECEPCION ALMACENAMIENTO

PREPARACION PEDIDOS DESPACHO MERCADERÍAS

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- Film plástico para envolver - Cartón de embalaje - Pallets de madera e) Movimiento Vial Proyectado: - El ingreso de mercadería será de forma interna. - 20 camiones grandes para despacho por día - 40 camionetas para despacho por día - Los camiones de despacho en la actualidad salen de la planta general de Nos

2.3.4 Mano de Obra

La mano de obra asociada a la operación corresponde a 231 operarios.

2.3.5 Descargas, Residuos y Emisiones

A continuación se describen las principales emisiones, descargas y residuos que se generarán producto de la operación del proyecto. En esta descripción se incluyen las medidas de manejo para cada uno de éstos.

2.3.5.1 Emisiones Atmosféricas

El proyecto implica suprimir todos los viajes desde la Planta de Alimentos hacia cada una de las Bodegas de Distribución y el viaje de retorno desde estas hacia el Centro de Distribución. Por lo tanto, el nivel de emisiones el proyecto reducirá emisiones en su etapa de operación, considerando que la nueva operación integrada del Centro de Almacenamiento y Distribución suprime todos los viajes desde la Planta de Alimentos hacia cada una de las Bodegas de Distribución y el viaje de retorno desde estas hacia el Centro de Distribución En el Anexo Nº5, se presenta una estimación cuantitativa de la reducción de emisiones directas (material particulado y gases) y emisiones de polvo natural resuspendido debido al menor tránsito de vehículos. Además cabe indicar que el proyecto considera un grupo generador ante emergencias el cual será tipo estacionario, c/caseta insonorizada, sellado, trifásico. suto-refrigerado, apto para montaje interior. Esta fuente dará cumplimiento a la normativa vigente para lo cual solicitará al SEREMI de Salud su número de registro y realizará el correspondiente muestreo isocinético.

2.3.5.2. Agua Potable y Residuos Líquidos Domiciliarios

En el Anexo Nº7 se adjuntan las factibilidades de alcantarillado y agua potable.

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Cabe señalar que no se producirán residuos industriales líquidos (RILes) ya que la actividad no incluye procesos productivos que originen estos residuos. Solo se generará residuos líquidos de carácter doméstico vinculados a los servicios higiénicos, los cuales serán vertidos al sistema de alcantarillado público según normativa vigente (D.S. 609/98 MOP).

2.3.5.3. Residuos Sólidos

Los residuos generados corresponderán a dos tipos: - Los residuos en oficinas. Estos se califican como residuos sólidos domésticos. Serán dispuestos en un lugar definido para esto (interior a la propiedad) y retirados por empresa de recolección, para su disposición final en el relleno sanitario autorizado. - Se generarán residuos industriales sólidos de tipo cartón para los cuales se dispondrá de un sector especialmente habilitado en que se los separe y califique, para posteriormente ser retirados en cumplimiento de Resolución 5081/93.

2.3.5.4. Aspectos Viales

En el Anexo Nº6 se adjunta el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) y su respectiva aprobación.

2.3.5.5. Plan de Prevención de Riesgos y Emergencias

Se consideran las siguientes medidas de prevención (D.S. 594/99 Minsal), además de las señaladas en el Anexo Nº 8 “Programa Corporativo de Prevención de Riesgos” y en el Anexo Nº 9 “Plan de Emergencias”, entre las que se cuentan - Extintores en tipo y cantidad según normativa vigente (art. 45 a 52). - Sistema automático Detección de Incendio a) Medidas Generales - Formalizar la coordinación con el Cuerpo de Bomberos más cercano al lugar de emplazamiento del proyecto, mediante un documento. Dicho documento incluirá la información básica respecto a la actividad desarrollada; reactivos químicos y/o materiales almacenados, servicios prestados; cantidades máximas almacenadas y tipo de envase; superficies construidas y tipo de construcción, entre otros aspectos. - Suprimir durante todas las actividades de las distintas etapas del proyecto, cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores, según lo establecen los arts. 3 y 37 D.S. N° 594/1999 del Minsal. De la misma forma, y como lo señala el art. 53 y 54 del mismo Decreto, para lo cual se proporcionará a los trabajadores los elementos de protección personal adecuados al riesgo a cubrir, los que deberán ser

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usados por estos, mientras se encuentren expuestos al riesgo; sobre todo en las faenas de retiro manual de residuos del tratamiento preliminar y el acondicionamiento de los lodos. - Comunicar dentro de 24 horas, a la Autoridad Sanitaria Regional, SAG RM y CONAMA RM, ante cualquier evento y/o accidente de contaminación del medio. - Cumplir con lo establecido en el D.S. Nº 594/1999 del Minsal, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, durante todas las etapas del proyecto. - Implementar un sistema de control de vectores sanitarios (insectos, roedores y otras plagas de interés sanitario), a través de la implementación de un cordón sanitario, que incluya tanto la desratización, sanitización y desinsectación de todas las instalaciones, estableciendo un plan periódico de trabajo (programa de control de vectores sanitarios) efectuado por una empresa debidamente autorizada por algún Servicio de Salud del país. - Mantener un registro de las aplicaciones efectuadas, incluyendo los sitios, productos utilizados, dosis, y fecha de aplicación. Dicho registro deberá estar siempre disponible, en el lugar de las oficinas dentro del relleno, para la fiscalización de los organismos competentes". - Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios, según lo establece el art. 11 del D.S. Nº 594 de 1999, modificado por D.S. Nº 201 de 2001, ambos del Minsal. b) Medidas por Riesgo de Incendios En cuanto a riesgo de generación de incendio, se contemplan los siguientes aspectos más relevantes, según D.S. 594/99 Minsal y O.G.U.C.: - Se contará con Extintores en cantidad y tipo según la actividad y productos almacenados, de acuerdo a DS 201/01 de Minsal y Art. N°45 al Art. N°50 del D.S. 594/99 Minsal y D.S. N°369/96 del Ministerio de Economía. Estos deberán ser revisados en forma periódica de acuerdo a Art. N°51 de D.S. 594/99 Minsal y decreto N°369/96 del Ministerio de Economía. - Se contará con capacitación permanente para actuar en caso de inicio de incendio, de acuerdo a Art. N°48 de D.S. 594/99 Minsal - Se ha considerado los distanciamientos necesarios para acceder a las instalaciones desde cualquier lugar. - Se contará con sistema electrónico automático de detección temprana de fuego.

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- Los productos se almacenarán respetando los distanciamientos requeridos de 1 metro a muros divisorios, con pasillos de 3 metros de ancho entre muebles de almacenaje. - Instalaciones interiores de electricidad y gas, debidamente ejecutadas y mantenidas según normativa SEC, de acuerdo a Art. N°39 de D.S. 594/99 Minsal. c) Medidas de Prevención de Riesgos El programa de Prevención de Riesgos de Accidente del Trabajador y/o Enfermedades Profesionales considera a lo menos: - Asesoría permanente en prevención de accidentes por experto en la materia. - Ventilación en el lugar de trabajo de acuerdo a Art. N°32 a N°35 de D.S. 594/99 Minsal. - Iluminación de acuerdo a tabla detallada en Art. N°103 de D.S. 594/99 Minsal. - Demarcación de: zonas de evacuación o escape en caso de emergencia, de ubicación de extintores, forma de manipulación, forma de aplicación de primeros auxilios. - Instrucción obligatoria al personal en el uso de extintores y sistema de control de incendio. - Los chóferes de equipos rodantes contarán con licencia Clase D, según Art. N°43 de D.S. 594/99 Minsal. - Los pasillos de circulación de equipos rodantes serán debidamente marcados con líneas amarillas y un ancho mínimo de 2,5 metros. - Los productos serán almacenados en pallets dispuestos en racks debidamente ordenados y clasificados. - Los productos almacenados estarán a lo menos a 1 metro de distancia de los muros perimetrales, sin obstruir vías de ingreso y evacuación - Entrega y Exigencia en el uso de equipo de trabajo adecuado (zapatos de seguridad, casco, orejeras, guantes, etc.), de acuerdo a Art. N°53 y N°54 de D.S. 594/99 Minsal.

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2.3 ETAPA DE ABANDONO

Dada la naturaleza del Proyecto, no se contempla una etapa de abandono propiamente tal, sino más bien una modernización de acuerdo con los futuros y eventuales cambios en el proceso productivo.

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3. ANTECEDENTES PARA EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS AMBIENTALES

En el presente capítulo se presentan las normas de carácter ambiental a cumplir, conforme al criterio utilizado por el Repertorio de Legislación de Carácter Ambiental Vigente, de la Comisión Nacional del Medio Ambiente. En primer lugar, se describe la normativa general y específica aplicable al Proyecto, incluyendo las normas de emisión y de calidad ambiental, concentrándose en la normativa asociada a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y el uso y manejo de los recursos ambientales. En segundo lugar, se presenta el plan de cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. La presentación de la normativa asociada al proyecto se hace en forma sintética, preferentemente tabular, con el objeto de facilitar su comprensión. La acreditación del cumplimiento de la normativa específica se verificará una vez que el proyecto sea recepcionado y autorizada su puesta en marcha.

3.1. NORMATIVA RELATIVA AL COMPONENTE AMBIENTAL AIRE

3.1.1 Calidad del Aire y Emisiones a la Atmósfera A continuación se hace referencia a la normativa chilena relacionada con la emisión de contaminantes a la atmósfera. NORMA: DS 58/2004 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reformula y

Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA)

Ministerio: Secretaría General de la Presidencia • Materia a) El artículo 51 señala que “Todos aquellos proyectos o actividades nuevas y modificación de aquellos existentes que se sometan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, deberán cumplir las siguientes condiciones: 1. Aquellos proyectos o actividades nuevas y sus modificaciones, en cualquiera de sus etapas, que tengan asociadas una emisión total anual que implique un aumento sobre la situación base, superior a los valores que se presentan en la siguiente tabla, deberán compensar sus emisiones en un 150%.

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Contaminante Emisión Máxima (ton/año) PM 10 CO 100 NOx 50 COV 100 SOx 150

2. La compensación de emisiones será de un 150% del monto total anual de emisiones de la actividad o proyecto para el o los contaminantes para los cuales se sobrepase el valor referido en la tabla precedente. Estas emisiones corresponderán a emisiones directas, es decir, las que se emitirán dentro del predio o terreno donde se desarrolle la actividad, y a las emisiones indirectas, tales como, las asociadas al aumento del transporte producto de la nueva actividad. • Relación con el Proyecto. En la etapa de operación, el proyecto suprime todos los viajes desde la Planta de Alimentos hacia cada una de las Bodegas de Distribución y el viaje de retorno desde estas hacia el Centro de Distribución. Por lo tanto, el nivel de emisiones el proyecto reducirá emisiones en su etapa de operación, considerando que la nueva operación integrada del Centro de Almacenamiento y Distribución suprime todos los viajes desde la Planta de Alimentos hacia cada una de las Bodegas de Distribución y el viaje de retorno desde estas hacia el Centro de Distribución. • Cumplimiento Para el manejo y control de las emisiones provenientes de las actividades de movimiento de tierra, excavaciones, demoliciones y constructivas se consideraron las siguientes medidas: 1. Se humectó, las áreas de movimientos de tierra y vías de circulación interna. 2. El transporte de materiales se realizó con carga cubierta con una lona impermeable, sujeta a la carrocería. 3. Se llevó a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos. 4. Se construyó un cierre perimetral en los deslindes de la obra, el cual fue mantenido en buen estado para impedir la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área de faenas. 5. Se prohibió la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.

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6. Se lavaron las ruedas de los vehículos, previo el abandono de ellos de la zona de faenas. 7. Se humectaron las pilas de tierra y escombros. 8. Se mantuvo el área de la obra aseada y sin desperdicios. En el Anexo N°5, se adjunta una estimación de las emisiones producto de la construcción, como también las emisiones que se reducen producto de la operación del proyecto NORMA: Decreto Supremo Nº 144/61. Establece normas para evitar emanaciones o

contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Ministerio: Salud • Materia El artículo 1º del Decreto Supremo 144 expresa que "los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen daños o molestias al vecindario." • Relación con el Proyecto Como se señaló anteriormente, durante la fase de construcción se generaron emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión producto de la construcción de obras. • Cumplimiento Dadas las características del proyecto, las emisiones fueron mínimas y de carácter transitorio en la fase de construcción.

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NORMA: Art. 5.8.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones Ministerio: Vivienda y Urbanismo • Materia Se establecieron las siguientes medidas ambientales, con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material para proyectos de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición:

a) Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el periodo en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.

b) Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las siguientes alternativas: • Carpeta de concreto asfáltico en frío. • Pavimentos articulados. • Carpetas de concreto asfáltico en caliente. • Pavimentos de hormigón de cementos vibrado.

c) Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. d) Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena. e) Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes

recolectores, convenientemente identificados y ubicados. f) Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple

las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.

g) La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída del material hacia el exterior.

h) Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

• Relación con el Proyecto Durante la fase de construcción se generaron emisiones atmosféricas de material particulado producto de la realización de obras, específicamente del movimiento de tierra. • Cumplimiento Se adoptaron las medidas señaladas, de acuerdo con las dimensiones y las obras ejecutadas.

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3.1.2 Emisiones de Ruido

NORMA: Decreto Supremo Nº 146/98. Reglamento Sobre Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas

Ministerio: Secretaría General de la Presidencia • Materia Establece los niveles máximos permisibles de presión sonora continuos equivalentes y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados a la comunidad por las fuentes fijas. • Relación con el Proyecto Dado el carácter transitorio de la fase de construcción y la ubicación de las instalaciones (distantes de viviendas vecinas y poblaciones), durante la etapa de construcción se dará cumplimiento al estándar de ruido y no se generaran molestias hacia la comunidad. Dadas las características de la etapa de operación y el sistema de tratamiento, no se generará ruido que pueda causar molestias a los vecinos y se dará cumplimiento con la normativa vigente • Cumplimiento Considerando que el proyecto no se localiza cercano a viviendas u otro punto sensible, se dará cumplimiento a la normativa de ruidos molestos generados por fuentes fijas.

2.4 NORMATIVA REFERIDA AL COMPONENTE SUELO Y RESIDUOS SÓLIDOS

NORMA: Decreto Ley 3557/82, Establece Disposiciones Sobre Protección Agrícola Ministerio: de Agricultura • Materia En general, Prohíbe la contaminación de recursos naturales renovables del predio y del medio agrícola

En particular, el artículo 9º establece la obligación a los propietarios, arrendatarios o tenedores de predios rústicos o urbanos pertenecientes al Estado, al Fisco, a empresas estatales o a particulares, a destruir, tratar o procesar las basuras, malezas o productos vegetales perjudiciales para la agricultura, que aparezcan o se depositen en caminos, canales o cursos de agua, vías férreas, lechos de ríos o terrenos en general, cualquiera sea el objeto a que estén destinados.

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• Relación con el proyecto En general, el proyecto considera el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y propone una serie de medidas de manejo para prevenir cualquier evento de contaminación

Se generarán residuos industriales sólidos de tipo cartón para los cuales se dispondrá de un sector especialmente habilitado en que se los separe y califique.

• Cumplimiento El proyecto considera el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y propone una serie de medidas de manejo para prevenir cualquier evento de contaminación. Todos los residuos sólidos generados por el proyecto serán destinados o dispuestos en lugares autorizados. NORMA: Decreto Supremo Nº 594. Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y

Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (modifica el D.S. Nº 745/92) Fecha de Publicación: de 2000 Ministerio: Ministerio de Salud • Materia En el artículo 19 se indica que “Las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades”. • Relación con el proyecto En la construcción del proyecto se generaron residuos del tipo domiciliarios y de la construcción. Durante la operación, se generan residuos de tipo domiciliario y asimilable a domiciliario. • Cumplimiento Durante la fase de construcción, aquellos residuos que no pudieron ser reutilizados (por ejemplo despuntes de madera o metal) fueron destinados a un lugar de disposición final autorizado.

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• Materia Establece Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Industriales Sólidos en la Región Metropolitana. • Relación con el Proyecto Se generarán residuos industriales sólidos de tipo cartón para los cuales se dispondrá de un sector especialmente habilitado en que se los separe y califique, para posteriormente ser retirados en cumplimiento de Resolución 5081/93. • Cumplimiento Para el manejo de los residuos sólidos industriales generados por la empresa, se cumplirá con lo estipulado en la Resolución Nº 5.081/93 del SESMA.

NORMA: Resolución 5.081/93. Establece Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Industriales Sólidos en la Región Metropolitana. Organismo: Servicio de Salud del Ambiente Región Metropolitana

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2.5 AMBIENTE LABORAL

NORMA: Decreto Supremo Nº 594/00. Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (modifica el D.S. Nº 745/92)

Ministerio: Ministerio de Salud • Materia Establece normas sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo, sin perjuicio de la reglamentación específica que se haya dictado o se dicte para actividades que requieran de normas especiales. Establece la obligación del empleador de mantener en los lugares de trabajo las condiciones de higiene, de seguridad y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que realizan labores en ellos. • Relación con el proyecto y cumplimiento Se dará cumplimiento a la normativa vigente en todos los aspectos de prevención de riesgos y contingencias aplicables al proyecto

2.6 ASPECTOS VIALES

NORMA: Decreto con Fuerza de Ley Nº 850/97. Ministerio: Ministerio de Obras Públicas • Materia Establece lo siguiente, en sus Artículos: a) Nº 30, que regula los pesos por eje para vehículos pesados que requieran utilizar rutas o caminos de tuición MOP, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 158 y 200. b) Nº 36, que prohíbe el vertido o escurrimiento de materiales, productos o desechos generados a causa de las actividades del proyecto, hacia rutas o caminos de tuición MOP. • Relación con el proyecto y cumplimiento Se implementarán las siguientes medidas de mitigación:

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a) Respecto del Nº 30, los camiones serán pesados en una báscula de pesaje antes de su salida de la planta de tratamiento. b) Respecto del Nº 36, cada uno de los camiones será debidamente cubierto para impedir el vertido hacia rutas o vías, en particular los camiones que transportarán lodos contarían con un contenedor estanco para evitar cualquier derrame hacia las vías.

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3 OTROS ANTECEDENTES PARA EVALUAR QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

A través del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se: 4.1 ¿Afecta el cumplimiento de las normas primarias y secundarias de calidad

ambiental y de emisión vigentes? Art. 5 letra a y Art. 6 letra a.

X No Si

Comentario: Tal como se indicó, el proyecto no afectará las normas de calidad del aire.

4.2 ¿Efectos adversos por la combinación, peligrosidad, cantidad, concentración,

duración y lugar de las descargas de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera? Art. 5 letras b y c, y Art. 6 letras b y c.

X No Si

Comentario: El proyecto corresponde a un centro de almacenamiento y distribución de productos alimenticios. Respecto a las emisiones atmosféricas, éstas se generaron transitoriamente en la fase de construcción y se controlaron con las medidas indicadas en acápite 2.2.3.1. En definitiva, no existirán efectos adversos por la combinación de los efluentes líquidos y emisiones atmosféricas.

4.3 ¿Efectos adversos por la composición, peligrosidad, cantidad, frecuencia, duración

y lugar del manejo de residuos sólidos? Art. 5 letras d y e, y Art. 6 letras d y e.

X No Si

Comentario: Dadas las características de los residuos que se generan y su manejo, tanto de la etapa de construcción como operación, no se producirán efectos adverso debidos a su la composición, peligrosidad, cantidad, frecuencia, duración y lugar del manejo.

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4.4 ¿Efectos adversos debido al ruido generado por el proyecto? Art. 5 letra f y Art. 6 letra f.

X No Si

Comentario: Dadas las características del proyecto (equipos y operación), las emisiones serán menores y se dará cumplimiento a la normativa de ruido vigente.

4.5 ¿Efectos adversos debido a la generación de energía, radiación o vibraciones

generadas por el proyecto? Art. 5 letra g y Art. 6 letra g.

X No Si

Comentario: De acuerdo a las características del proyecto, no se generaran efectos adversos debido a la generación de energía, radiación o vibraciones.

4.6 ¿Efectos adversos por la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos por el proyecto o actividad? Art. 5 letra h y Art. 6 letra h.

X No Si

Comentario: El proyecto no generará contaminantes que puedan causar efectos adversos sobre la población o los recursos de la zona. En la etapa de construcción los residuos serán menores y dispuestos en lugares autorizados. Durante la fase de operación, los efluentes y emisiones cumplirán con la normativa vigente.

4.7 ¿Efectos adversos debido a la relación entre las emisiones de los contaminantes generados y la calidad ambiental de los recursos renovables? Art. 6 letra i.

X No Si

Comentario:

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El proyecto no generará emisiones que puedan afectar la calidad ambiental de los recursos renovables en la zona.

4.8 ¿Efectos adversos sobre la calidad de los recursos naturales renovables, considerando para efectos de la evaluación su capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración? Art. 6 letra j.

X No Si

Comentario: El proyecto en ningún caso considera generar efectos adversos sobre la calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

4.9 ¿Intervención o explotación de vegetación y/o fauna nativa? Art. 6 letras k y l.

X No Si

Comentario: El proyecto no considera la intervención o explotación de vegetación nativa.

4.10 ¿La extracción, explotación, alteración o manejo de especies de flora y fauna que se encuentren en alguna de las siguientes categorías de conservación: en peligro de extinción, vulnerables, e insuficientemente conocidas? Art. 6 letra m.

X No Si

Comentario: El sector de emplazamiento del proyecto corresponde a un área intervenida, donde no existen especies de la flora y fauna comprometidas, en alguna de las categorías de conservación indicadas.

4.11 ¿Intervención o explotación de recursos hídricos en vegas y/o bofedales ubicados en las regiones I y II, áreas o zonas de humedales que pudieren ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales; cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas milenarias y/o fósiles; y/o lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles? Art. 6 letras n.1, n.2, n.3 y n.5. X No Si

Comentario:

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El proyecto en ninguna de sus etapas intervendrá o explotará recursos hídricos en áreas o zonas de humedales que pudiesen ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales; cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas milenarias y/o fósiles; y/o lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles.

4.12 ¿Explotación o intervención de recursos hídricos de una cuenca o subcuenca hidrográfica transvasada a otra? Art. 6 letra n.4.

X No Si

Comentario: El proyecto no considera la explotación o intervención de recursos hídricos de una cuenca o subcuenca hidrográfica transvasada a otra.

4.13 ¿Introducción al territorio nacional de alguna especie de flora o de fauna, u organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares? Art. 6 letra ñ.

X No Si

Comentario: El proyecto no considera la introducción al territorio nacional de alguna especie de flora o de fauna, u organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares.

4.14 ¿Perdida de suelo susceptible de perderse o degradarse por erosión, compactación o contaminación? Art. 6 letra o. X No Si

Comentario: Debido a que una parte del proyecto se emplaza en un sector definido como Área de Interés Silvoagropecuario Exclusivo, se presenta el Informe Favorable de la SEREMI de Agricultura, de acuerdo al artículo 8.3.2.1 de la Ordenanza del PRMS, el que se adjunta en Anexo N°4

4.15 ¿Alteración de la diversidad biológica presente en el área de influencia del proyecto? Art. 6 letra p.

X No Si

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Comentario: El proyecto no considera la alteración de la diversidad biológica.

4.16 ¿Alteraciones significativas referente a la dimensión geográfica, consistente en la distribución de los grupos humanos en el territorio y la estructura espacial de sus relaciones, considerando la densidad y distribución espacial de la población; el tamaño de los predios y tenencia de la tierra; y los flujos de comunicaciones y transporte? Art. 8 letra a.

X No Si

Comentario: Dadas las características del proyecto, no se generará ningún cambio o alteración de los señalados en la consulta.

4.17 ¿Alteraciones significativas referente a la dimensión geográfica, consistente en la estructura de la población local por edades, sexo, rama de actividad, categoría ocupacional y status migratorio, considerando la estructura urbano rural; la estructura según rama de actividad económica y categoría ocupacional; la población económicamente activa; la estructura de edad y sexo; la escolaridad y nivel de instrucción; y las migraciones? Art. 8 letra b.

X No Si

Comentario: Dadas las características del proyecto, no se genera ningún tipo de cambio demográfico, ni se alterará la estructura de la población en los índices señalados.

4.18 ¿Alteraciones significativas referente a la dimensión antropológica, considerando las características étnicas; y las manifestaciones de la cultura? Art. 8 letra c.

X No Si

Comentario:

En el área del proyecto no se realizan ceremonias religiosas ni otras manifestaciones propias de la cultura o del folklore del pueblo, comunidad o grupo humano que pudiesen ser afectadas.

4.19 ¿Alteraciones significativas referente a la dimensión socio-económica,

considerando el empleo y desempleo; y la presencia de actividades productivas dependientes de la extracción de recursos naturales por parte del grupo humano? Art. 8 letra d.

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X No Si

Comentario:

Tal como se ha indicado, el proyecto no alterará los índices de empleo y no afectará las actividades productivas indicadas.

4.20 ¿Alteraciones significativas referente a la dimensión de bienestar social básico,

relativo al acceso del grupo humano a bienes, equipamiento y servicios? Art. 8 letra e.

X No Si

Comentario: Dadas las características del proyecto, no se alterará el acceso a bienes, equipamiento y servicios de los vecinos.

4.21 ¿Se localiza próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se presente emplazar? Art. 9. X No Si

Comentario: El proyecto no se emplaza cercano a poblaciones, recursos y áreas protegidas.

4.22 ¿Obstrucción de la visibilidad a zonas con valor paisajístico? Art. 10 letras a.

X No Si

Comentario: Dadas las características del proyecto, no se obstruirá ninguna zona de valor paisajístico.

4.23 ¿Alteración de algún recurso o elemento del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico? Art.10 letra b.

X No Si

Comentario:

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El proyecto se ubica en un área intervenida y por ello, no se considera la alteración de algún recurso o elemento del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico.

4.24 ¿Obstrucción al acceso a los recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico? Art. 10 letra c.

X No Si

Comentario: El proyecto no obstruirá la visibilidad a zonas con valor paisajístico.

4.25 ¿Intervención de zonas con valor paisajístico y/o turístico y/o una área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el decreto Ley Nº

1.224 de 1975? Art. 10 letra d.

X No Si

Comentario: El proyecto en la etapa de construcción presentó un hallazgo arqueológico producto de lo cual se realizó el respectivo salvataje arqueológico, lo cual fue debidamente informado al Consejo de Monumentos Nacionales. Dicho organismo indicó “las actividades de salvataje se desarrollaron siguiendo los lineamientos metodológicos pertinentes”, de acuerdo lo señala Ord N° 1796 del CMN, el cual se adjunta en el Anexo N° 10. Sin perjuicio de lo anterior, ante cualquier detección superficial o subterránea de un sitio arqueológico, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y en los artículos 20 y 23 de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, ante lo cual se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que dicho organismo determine los pasos a seguir, los cuales serán debidamente implementados.

4.26 ¿La remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.268? Art. 11 letra b.

X No Si

Comentario: En el sector no existen sitios declarados Monumentos Nacionales, por lo cual, la ejecución del proyecto no contempla la remoción, destrucción, excavación,

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traslado ni modificación de ningún Monumento Nacional de los indicados en la citada Ley.

4.27 ¿La modificación o deterioro en construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecer al patrimonio cultural? Art. 11 letra c.

X No Si

Comentario: En el área donde se localizará el proyecto no se identifica lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural de la zona.

4.28 ¿La proximidad a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias

de la cultura o folklore de algún pueblo, comunidad o grupo humano? Art. 11 letra d.

X No Si

Comentario: El proyecto no se encuentra cercano a lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folklore.

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4 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES

De acuerdo a lo indicado en el Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en este capítulo se identifican los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales para acreditar su cumplimiento.

4.1 Artículo 93. En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

Se deberán señalar las medidas adecuadas para el control de aquellos factores, elementos o agentes del medio ambiente que puedan afectar la salud de los habitantes, de acuerdo a:

a) Aspectos Generales:

a.1. Definición del tipo de tratamiento.

Tal como se señaló anteriormente, el proyecto considera la separación, clasificación y almacenamiento de los residuos de cartón.

a.2. Localización y características del terreno.

Las instalaciones se ubican en, en calle Camino Longitudinal Sur Nº 5201 Nos, comuna de San Bernardo.

a.3. Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos.

Corresponden a la separación, clasificación y almacenamiento de los residuos de cartón.

a.4. Obras civiles proyectadas y existentes.

La única obra civil corresponde a un sector de acopio de residuos industriales no peligrosos, donde serán segregados para su posterior reciclaje. Dicha sector será techado y contará con un radier impermeable.

a.5. Vientos predominantes.

La dirección del viento predominante es del suroeste, siendo más persistente en el verano, con una intensidad media de 15 km/hr. En invierno predominan los vientos calma.

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a.6. Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores.

Las medidas que se tomarán, con el fin de minimizar las emisiones atmosféricas son las siguientes:

a) No se permitirán las quemas de ningún tipo de residuo.

b) La velocidad máxima permitida para los camiones al interior del predio será de 30 km/h.

c) Se mantendrán en óptimas condiciones y con sus revisiones al día toda la maquinaria.

Respecto del ruido ambiental, se tomarán las siguientes medidas:

a) Usar de maquinaria de baja emisión sonora, control del estado de maquinaria y de la forma en que son operadas, y control de la emisión de ruidos innecesarios.

b) No realizar reparaciones de maquinaria en el área del proyecto.

Por último cabe indicar que, respecto de los vectores sanitarios el proyecto implementará:

a) Implementar un sistema de control de vectores sanitarios (insectos, roedores y otras plagas de interés sanitario), a través de la implementación de un cordón sanitario, que incluya tanto la desratización, sanitización y desinsectación de todas las instalaciones, estableciendo un plan periódico de trabajo (programa de control de vectores sanitarios) efectuado por una empresa debidamente autorizada por algún Servicio de Salud del país.

b) Mantener un registro de las aplicaciones efectuadas, incluyendo los sitios, productos utilizados, dosis, y fecha de aplicación. Dicho registro deberá estar siempre disponible, en el lugar de las oficinas dentro del relleno, para la fiscalización de los organismos competentes".

c) Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios, según lo establece el art. 11 del D.S. Nº 594 de 1999, modificado por D.S. Nº 201 de 2001, ambos del Minsal.

a.7. Características hidrológicas e hidrogeológicas.

El predio cuenta con un pozo profundo de 165 metros de profundidad, que corresponde a la distancia a la napa subterránea.

a.8. Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos.

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Se consideran las siguientes medidas de prevención (D.S. 594/99 Minsal), además de las señaladas en el Anexo Nº 8 “Programa Corporativo de Prevención de Riesgos” y en el Anexo Nº 9 “Plan de Emergencias”, entre las que se cuentan. - Extintores en tipo y cantidad según normativa vigente (art. 45 a 52). - Sistema automático Detección de Incendio a) Medidas Generales Se implementarán las siguientes medidas generales: - Formalizar la coordinación con el Cuerpo de Bomberos más cercano al lugar de emplazamiento del proyecto, mediante un documento. Dicho documento incluirá la información básica respecto a la actividad desarrollada; reactivos químicos y/o materiales almacenados, servicios prestados; cantidades máximas almacenadas y tipo de envase; superficies construidas y tipo de construcción, entre otros aspectos. - Suprimir durante todas las actividades de las distintas etapas del proyecto, cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores, según lo establecen los arts. 3 y 37 D.S. N° 594/1999 del Minsal. De la misma forma, y como lo señala el art. 53 y 54 del mismo Decreto, para lo cual se proporcionará a los trabajadores los elementos de protección personal adecuados al riesgo a cubrir, los que deberán ser usados por estos, mientras se encuentren expuestos al riesgo; sobre todo en las faenas de retiro manual de residuos del tratamiento preliminar y el acondicionamiento de los lodos. - Comunicar dentro de 24 horas, a Autoridad Sanitaria Regional, SAG RM y CONAMA RM, ante cualquier evento y/o accidente de contaminación del medio. - Cumplir con lo establecido en el D.S. Nº 594/1999 del Minsal, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, durante todas las etapas del proyecto. - Implementar un sistema de control de vectores sanitarios (insectos, roedores y otras plagas de interés sanitario), a través de la implementación de un cordón sanitario, que incluya tanto la desratización, sanitización y desinsectación de todas las instalaciones, estableciendo un plan periódico de trabajo (programa de control de vectores sanitarios) efectuado por una empresa debidamente autorizada por algún Servicio de Salud del país. - Mantener un registro de las aplicaciones efectuadas, incluyendo los sitios, productos utilizados, dosis, y fecha de aplicación. Dicho registro deberá estar siempre disponible, en el lugar de las oficinas dentro del relleno, para la fiscalización de los organismos competentes".

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- Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios, según lo establece el art. 11 del D.S. Nº 594 de 1999, modificado por D.S. Nº 201 de 2001, ambos del MINSAL. b) Medidas por Riesgo de Incendios En cuanto a riesgo de generación de incendio, se contemplan los siguientes aspectos más relevantes, según D.S. 594/99 Minsal y O.G.U.C.: - Se contará con Extintores en cantidad y tipo según la actividad y productos almacenados, de acuerdo a DS 201/01 de Minsal y Art. N°45 al Art. N°50 del D.S. 594/99 y D.S. N°369/96 del Ministerio de Economía. Estos deberán ser revisados en forma periódica de acuerdo a Art. N°51 de D.S. 594/99 Minsal y decreto N°369/96 del Ministerio de Economía. - Se contará con capacitación permanente para actuar en caso de inicio de incendio, de acuerdo a Art. N°48 de D.S. 594/99 Minsal - Se ha considerado los distanciamientos necesarios para acceder a las instalaciones desde cualquier lugar. - Se contará con sistema electrónico automático de detección temprana de fuego. - Los productos se almacenarán respetando los distanciamientos requeridos de 1 metro a muros divisorios, con pasillos de 3 metros de ancho entre muebles de almacenaje. - Instalaciones interiores de electricidad y gas, debidamente ejecutadas y mantenidas según normativa SEC, de acuerdo a Art. N°39 de D.S. 594/99 Minsal. c) Medidas de Prevención de Riesgos El programa de Prevención de Riesgos de Accidente del Trabajador y/o Enfermedades Profesionales considera a lo menos: - Asesoría permanente en prevención de accidentes por experto en la materia. - Ventilación en el lugar de trabajo de acuerdo a Art. N°32 a N°35 de D.S. 594/99 Minsal. - Iluminación de acuerdo a tabla detallada en Art. N°103 de D.S. 594/99 Minsal. - Demarcación de: zonas de evacuación o escape en caso de emergencia, de ubicación de extintores, forma de manipulación, forma de aplicación de primeros auxilios. - Instrucción obligatoria al personal en el uso de extintores y sistema de control de incendio.

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- Los chóferes de equipos rodantes contarán con licencia Clase D, según Art. N°43 de D.S. 594/99 Minsal. - Los pasillos de circulación de equipos rodantes serán debidamente marcados con líneas amarillas y un ancho mínimo de 2,5 metros. - Los productos serán almacenados en pallets dispuestos en racks debidamente ordenados y clasificados. - Los productos almacenados estarán a lo menos a 1 metro de distancia de los muros perimetrales, sin obstruir vías de ingreso y evacuación - Entrega y Exigencia en el uso de equipo de trabajo adecuado (zapatos de seguridad, casco, orejeras, guantes, etc.), de acuerdo a Art. N°53 y N°54 de D.S. 594/99 Minsal.

a.9. Manejo de residuos generados dentro de la planta.

Tal como se señaló anteriormente, el proyecto considera la separación, clasificación y almacenamiento de los residuos de cartón.

f) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en la letra a):

f.1. Características del recinto.

Tal como se señalo anteriormente, los residuos de cartón serán almacenados en un contenedor

f.2 Establecimiento de las formas de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores.

Los cartones serán almacenados en contenedores.

4.2 Artículo 94. En la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje, a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. Nº47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las características del establecimiento, en consideración a:

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a) Memoria técnica de características de construcción y ampliación;

a.1) NAVE PRINCIPAL (42.000 m2)

a. Estructuración: Marcos de acero, de una modulación de 6 * 66,5 m. La altura es de 8,5 metros libres interior. La estructura corresponde a una construcción del tipo F-60, protegida mediante protección inófuga según especificación del fabricante.

b. Pavimentos (Pisos Interiores): Son de hormigón FT-4.0 de un espesor de 18 centímetros, con endurecedor superficial, tratamiento superficial con helicóptero y sello tipo Concret Seal. Estos pavimentos son 100% lavables.

c. Cubierta (Cielo): De acero galvanizado de 0,5 mm. Se considera al menos un 10% de plancha traslúcida.

d. Revestimiento lateral (Paredes): Plancha de acero prepintado (lavable) de 0,5mm. de espesor.

e. Renovación de Aire: Mediante extractores eólicos en las cumbreras u otro sistema similar de extracción natural, de una renovación total del volumen de aire cada 10 horas.

f. Puertas: De acero pintadas, tipo corredizas con desplazamiento vertical.

g. Hojalatería: Acero galvanizado de 0,5mm.. Bajadas de PVC donde se requieren.

h. Iluminación y Fuerza: Haluro metálico, 1 cada 80 m2 o lo necesario, aproximándose a 150 Lux a 2Mt. de altura. Circuitos de fuerza según normativa SEC.

a.2) OFICINAS – BAÑOS - SERVICIOS

1. ESTRUCTURA: De albañilería reforzada de acuerdo a planos de cálculo.

2. CUBIERTA: Estructura de madera o acero con cubierta de acero galvanizado.

3. MUROS INTERIORES: Tabiques tipo volcometal.

4. PAVIMENTO: Alfombra tipo Bucle, y cerámica nacional en áreas húmedas.

5. CIELO: Falso tipo Americano, volcanita en zonas húmedas.

6. REVESTIMIENTOS DE MURO: Papel mural corriente y cerámica en áreas húmedas.

7. VENTANAS Y PUERTAS: Aluminio anodizado nacional con cristal. Placarol 45mm. con marcos de aluminio.

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8. SERVICIOS Y BAÑOS: Serán en capacidad y diseño según señala la normativa respectiva (Decreto Supremo 594/1999 y O.G.U.C.), siendo su materialidad básica:

• Paredes húmedas revestidas con cerámica de 20*20.

• Pisos revestidos con cerámica de 30*30.

• Artefactos sanitarios de losa.

• Ventilación natural y/o forzada según establece la norma.

a.3) EXTERIORES

1. CIERRE PERIMETRAL: Laterales y fondo pandereta, frente de la propiedad de estructura de acero, considerando los portones de acceso vehicular y peatonal.

2. ILUMINACION: Iluminación de patios, postes con luminarias. De un nivel de

iluminación equivalente a 30 lux. 3. JARDINES: De pasto con riego y árboles. 4. EVACUACION DE AGUAS LLUVIAS: Gravitacional.

a.4) PATIOS DE MOVIMIENTO – ESTACIONAMIENTOS - CIRCULACIONES

1. Los pavimentos serán de Asfalto, incluidas circulaciones, de un espesor adecuado para recibir camiones de una carga aproximada de 30Ts. métricas.

2. Estacionamiento de vehículos, serán de adocretos o similar.

3. Las circulaciones peatonales serán señalizadas por pasos peatonales debidamente demarcados con pintura reflectante.

a.5) GENERALIDADES A LA CALIDAD DE LA CONSTRUCCION:

- Instalaciones Eléctricas ejecutadas y Reglamentadas según normativa vigente de SEC.

- Agua potable y Alcantarillado conectado a Sistema Público, acorde a proyecto aprobado, acreditado mediante Certificado de Dotación.

- Tratamiento de Aguas Lluvias mediante infiltración o sistema recolector del Loteo Industrial.

- Instalación de Gas (sistema de agua caliente) ejecutadas y Reglamentadas según normativa vigente de SEC, acreditada mediante Anexo C, Anexo F y Sello Verde, todos emitidos por SEC.

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- Certificación de la calidad de la construcción mediante:

• Ensayes de Hormigón, emitidos por Laboratorio especializado.

• Certificado estructural emitido por Ingeniero Calculista.

• Certificado de Medidas de Gestión y Control emitido por arquitecto de la obra

• Certificado de Construcción emitido por empresa constructora.

• Certificado Esquema Protección al Fuego emitido por empresa competente o mediante soluciones ensayadas por IDIEM.

b) Plano de planta;

El plano de planta se adjunta en Anexo Nº 2.

c) Memoria técnica de los procesos productivos y su respectivo flujograma;

c.1) Diagrama del Proceso:

c.2. Descripción del Proceso:

i. Recepción de Mercaderías:

El proceso se inicia con la recepción de productos provenientes de las fábricas ubicadas en recintos adyacentes.

En la recepción de los productos se realizan las siguientes tareas:

1. Descarga de los productos desde plataforma de camión

2. Ingreso de los productos a zona de pre-recepción, donde se los califica, paletiza, etiqueta y se destina ubicación al interior de la bodega.

RECEPCION ALMACENAMIENTO

PREPARACION PEDIDOS DESPACHO MERCADERÍAS

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3. Conteo y verificación Guía de Despacho.

4. Autorización de retiro de transporte.

ii. Almacenamiento de Productos:

El siguiente proceso se inicia una vez ingresada conforme la mercadería a bodega y una vez que ha sido designada la ubicación del producto. El almacenamiento podrá ser de dos formas:

1. En Racks debidamente habilitados para una carga de 7 posiciones de palets.

2. A piso, considerando un máximo de 2 posiciones de almacenamiento.

iii. Preparación de Pedidos:

El proceso se inicia con la solicitud de despacho emitida desde la administración del local, consistiendo en recolectar los diferentes productos que han sido solicitados para su despacho. Este proceso se llevará a cabo mediante recolectores de productos, quienes deben recorrer la bodega en busca de las ubicaciones de los productos requeridos. El equipo utilizado podrá ser grúa horquilla o transpaleta manual y/o eléctrica, dependiendo de los volúmenes ha recolectar.

La mercadería recolectada será ubicada en la zona de despacho a la espera de su autorización y carga.

iv. Despacho de los Productos:

Se inicia con la revisión de la mercadería y su conformidad respecto de la respectiva guía de despacho. Una vez autorizada su carga, esta se efectúa mediante transpaleta manual o eléctrica a los diferentes camiones o camionetas habilitados para la distribución.

c.3. Consideraciones Generales:

- No existirán residuos orgánicos generados, sino solamente los residuos de oficina y casino, retirados según programación de recolección municipal.

- Materiales Almacenados: Se estiman las siguientes cantidades máximas de productos a almacenar:

- Productos varios 1.950 ton. - Conservas 1.200 ton. - Arroz 1.200 ton.

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- Refrescos 1.200 ton - Pastas 3.552 ton - Galletas 2.550 ton - Harina 400 ton - Chocolates 3.456 ton

Los chocolates se almacenarán en cámara de mantención a una temperatura de 18°. La cámara proyectada no es de frío, solo mantención por paneles, no requiere de un equipo para mantener temperatura.

- Maquinaria utilizada:

12 Transpaletas Eléctricas.

8 Grúas Horquillas.

- Horario de Trabajo

Personal de Bodega: de 08:00 AM a 17:45 PM

Se contará con 60 minutos de colación y/o almuerzo

Administrativos: de 08:00 AM a 17:45 PM

Se contará con 60 minutos de colación y/o almuerzo

- Se consideran las siguientes medidas de prevención (D.S. 594/99 Minsal)

• Extintores en tipo y cantidad según normativa vigente (art. 45 a 52 D.S. 594/99 Minsal).

• Sistema Automático Detección de Incendio

• Desratizaciones periódicas.

- Insumos Utilizados en Proceso:

• Film plástico para envolver

• Cartón de embalaje

• Pallets de madera

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- Movimiento Vial Proyectado:

• El ingreso de mercadería será de forma interna.

• 20 camiones grandes para despacho por día

• 40 camionetas para despacho por día

• Los camiones de despacho en la actualidad salen de la planta general de Nos

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d) Anteproyecto de medidas de control de contaminación biológica, física y química;

No se producirán residuos industriales líquidos (RILes) ya que la actividad no incluye procesos productivos que originen estos residuos.

Solo se generará residuos líquidos de carácter doméstico vinculados a los servicios higiénicos, los cuales serán vertidos al sistema de alcantarillado público según normativa vigente.

Los residuos generados corresponderán a dos tipos:

- Los producidos en oficinas. Estos se califican como residuos sólidos domésticos. Serán dispuestos en un lugar definido para esto (interior a la propiedad) y retirados por empresa de recolección, para su disposición final en el relleno sanitario autorizado.

- Se generarán residuos industriales sólidos de tipo cartón para los cuales se dispondrá de un sector especialmente habilitado en que se los separe y califique, para posteriormente ser retirados en cumplimiento de Resolución 5081/93.

La actividad productiva normal no genera emisiones de contaminantes atmosféricos, pues no hay procesos de combustión. Se debe destacar que todos los equipos rodantes serán impulsados mediante energía eléctrica y que su carpeta de rodado será de pavimento de hormigón y/o asfalto.

e) Caracterización cualitativa y cuantitativa de las sustancias peligrosas a manejar;

En las instalaciones, no se manejará sustancias peligrosas. Además, de recordar que el objetivo del proyecto es el almacenamiento de alimentos para consumo humano.

f) Medidas de control de riesgos a la comunidad.

f.1. MATERIAL PARTICULADO – OLORES – VECTORES SANITARIOS

La actividad no genera polvo, olores y atracción de roedores u otros vectores sanitarios. No obstante, se contempla desratizaciones periódicas (al menos dos al año) mediante empresa autorizada, y personal de apoyo en labores de aseo que atenúen la generación de polvo en suspensión tanto al interior como exterior de la instalación.

La maquinaria contemplada al interior es de características eléctricas por lo cual no producen emisión de gases. Toda vía de circulación será pavimentada.

Además se contempla controlar el entorno mediante la mantención de áreas verdes.

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f.2. GENERACION DE RUIDO

En cuanto a la generación de ruido, el nivel sonoro estará asociado al transito de camiones en su exterior. El movimiento vial proyectado corresponde a 2/5 camiones de ingreso de mercadería y 2 camiones ¾ para el despacho de los pedidos día. El horario de trabajo será de 8 horas al día, con inicio a las 8:00 horas de la mañana de día Lunes a Viernes.

La maquinaria al interior de bodega, por ser eléctrica, no genera ruido en su rodaje.

La actividad de Preentrega no involucra trabajos de golpe o uso de herramientas de un alto nivel de ruido.

Considerando que la zona donde se emplaza la instalación corresponde, según Plan Regulador Metropolitano de Santiago, a “Zona Industrial”, no se generarán niveles de ruido que ocasionen molestias a la comunidad, cumpliendo además con lo estipulado en el D.S. 594 “Reglamento Sanitario y Ambiental en los Lugares de Trabajo” – MINSAL, párrafo III de Los Agentes Físicos, artículo 70 a 82.

Cabe destacar que los vecinos ejecutan labores acordes con la calificación de zona industrial debidamente otorgada por el instrumento normativo.

f.3. PREVENCIÓN DE INCENDIOS

En cuanto a riesgo de generación de incendio, se contemplan los siguientes aspectos más relevantes, según D.S. 594/99 Minsal y O.G.U.C.:

1. Se contará con Extintores en cantidad y tipo según la actividad y productos almacenados, de acuerdo a DS 201/01 de MINSAL y Art. N°45 al Art. N°50 del D.S. 594/99 Minsal y D.S. N°369/96 del Ministerio de Economía. Estos deberán ser revisados en forma periódica de acuerdo a Art. N°51 de D.S. 594/99 y decreto N°369/96 del Ministerio de Economía.

2. Se coordinará con Bomberos de la zona el respectivo plan de emergencia y contingencia.

3. Se contará con capacitación permanente para actuar en caso de inicio de incendio, de acuerdo a Art. N°48 de D.S. 594/99 Minsal.

4. Se ha considerado los distanciamientos necesarios para acceder a las instalaciones desde cualquier lugar.

5. Se contará con sistema electrónico automático de detección temprana de fuego.

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6. Los productos se almacenarán respetando los distanciamientos requeridos de 1 metro a muros divisorios, con pasillos de 3 metros de ancho entre muebles de almacenaje.

7. Instalaciones interiores de electricidad y gas, debidamente ejecutadas y mantenidas según normativa SEC, de acuerdo a Art. N°39 de D.S. 594/99 Minsal.

El Estudio de Carga de Combustible, se adjunta en el Anexo N°11.

En general, el funcionamiento de la bodega y sector de preentrega y despacho, como actividad productiva, será acorde con lo establecido por el Departamento de Salud Ocupacional y las Disposiciones Legales Vigentes:

• D.S. 594/99 “Reglamento Sanitario y Ambiental en los lugares de Trabajo”.

• Código Sanitario (DFL 725/68) y sus reglamentos.

• Ley 16.744/68 Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y sus Reglamentos.

• DS 40/69 Reglamento de Prevención de Riesgos Profesionales.

• DS 54/69 Reglamento para Constitución y Funcionamiento de Comités Paritarios. En el Anexo N°12 se adjunta el Acta de Constitución y Elección del Comité Paritario, lo cual además es certificado por el Departamento de Prevención de Riesgos de Carozzi S.A.

• RES. 5081/93 Seguimiento y Control de Desechos Sólidos Industriales en la Región Metropolitana.

• DS 4/92 Normas de Emisión de Material Particulado de Fuentes Fijas.

• DS 144/61 Normas sobre Contaminantes Atmosféricos.

• DS 286/84 Reglamento sobre Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.

• DS 146/98 Norma de Emisión de Ruidos molestos por Fuentes Fijas.

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5 COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

6.1 ¿El titular del proyecto o actividad, contempla realizar compromisos ambientales voluntarios, no exigidos por la legislación vigente?

x No Si

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6 FIRMA DE LA DECLARACIÓN

Bajo juramento, declaro que el proyecto “Operación Centro de Almacenamiento y Distribución de Productos Alimenticios” cumple con la legislación ambiental vigente en conformidad a lo exigido en el artículo 18 de la Ley General sobre Bases Generales del Medioambiente y el art. 14 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

José Juan Llugani Rigo-Righi RUT: 6.318.711-9

Representante Legal

Empresas Carozzi S.A..