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Page 1: Estatutos FEMCIC
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CONTENIDO

1) Prólogo…………………………………………..….………………………..……………………………………….4

2) Mensaje del presidente…………………………………………………………………………………………6

3) Sinopsis histórica…………………………………………………………………………………………………8

4) Historia Reciente…………………………………………………………………………………………………9

5) Mensajes de los presidentes de la FEMCIC…..…………………….……………………………..10

6) Misión y visión……………………….............................................................................20

7) Estatuto………………………………………………………………….………………………………………..…22

8) Reglamento de elecciones………………………………………………………………………………....46

9) Reglamento de premios……………………………………………………………………………………..51

10) Zonificación nacional………………………………………….…………………………………………….59

11) Logos de los Colegios de Ingenieros Civiles que integran la FEMCIC …………..60

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1.- PRÓLOGO

“El Cosmos es todo lo que es o lo que fue o lo que será alguna vez”.

Profesor Carl Sagan.

Cuando nació la idea de este libro, la que se cristalizó al entender lo mucho que significa para todos

aquellos que respetan los principios de equidad, valores éticos, morales, responsabilidad social y

profesional.

Para quienes puedan llegar a pensar que en este compendio no se reconocen trabajos y méritos de

muchos colegas, que en el pasado han puesto sus esfuerzos para el engrandecimiento de nuestra

Federación, aquellos sin quienes hubiera sido totalmente imposible lograr la creación de una

organización que cada día se fortalece más aún en contra de quienes no ven el camino de la unidad en

torno a las gestiones y trabajos de la FEMCIC como el camino ideal para conseguirla, a todos ellos es

mi obligación decirles que estoy de acuerdo, y que estas palabras sirvan en este sentido.

Sin embargo deberán ver que lo importante son precisamente los hechos de aquel momento histórico

de la creación de nuestra Asociación, los que se necesitaron para la transición a una nueva y

renovada Asociación, los que nos dejaron como una gran herencia, como una gran responsabilidad

para velar por nuestra profesión desde la perspectiva ética, moral, profesional y responsable por

medio de un gremio organizado.

Y desde el privilegio de mi investidura en esta gestión, con un punto de vista basado en la lógica y

razonamiento de la responsabilidad profesional, social y humanista de nuestra Ingeniería Civil, son

los hechos que nos llevan a realizar esta obra.

“Las grandes obras no dependen de grandes hazañas”, el acierto de este pequeño pero

importante libro, debe estar en función de la suma de esfuerzos personales de todos y cada uno de los

integrantes de los Colegios de Ingenieros Civiles, afiliados o no a la FEMCIC, de su participación,

colaboración y aportación a su vida gremial, una obra de este tipo busca lograr que los ingenieros

civiles mexicanos de manera personal conozcan las reglas que rigen la existencia y vida de nuestra

Asociación como la representante de uno de los gremios más importantes y de más tradición en

nuestro país, que conozcan el cómo poner a disposición de nuestro gremio sus capacidades y talentos

para el beneficio de la Ingeniería Civil Mexicana, obra que sirva para que los que ocupen los cargos de

representación puedan crear con su trabajo las mejores condiciones de ejercicio profesional, de

convivencia profesional y personal imbuida de un espíritu libre y de forma pacífica, condiciones en el

que todos los Colegios de Ingenieros Civiles Mexicanos puedan desarrollar todas sus capacidades,

potencialidades, y realizar el trabajo que se requiere de acuerdo a sus propias ideas y convicciones y

con el respeto a la de los demás.

Es por eso que quiero recalcar que lo importante de esta obra, tal como pasa con toda modificación a

un documento normativo, no es este libro, sino la forma y respeto a la aplicación de las reglas

contenidas en él, de cómo las integramos y adaptamos a nuestra vida institucional, a nuestra vida

gremial.

Page 5: Estatutos FEMCIC

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Decir también que todo lo que se presenta en este texto está de acuerdo a las leyes mexicanas de

profesiones, que es el sentir de nuestro gremio hacerlas y respetarlas en un marco de respeto y

acatamiento a todas y cada una de las Leyes que tenemos que considerar en el actuar de nuestro

ejercicio profesional, en el actuar de la FEMCIC.

Ahora en este momento de la vida de nuestra Federación, quiero expresar mi más profundo

reconocimiento para todos aquellos que han colaborado no solo en lograr este Estatuto y

Reglamentos, sino a todos los que hoy participan, colaboran y apoyan a nuestra Federación, ya que

gracias a ellos nuestra Asociación se mantiene en el rumbo que le permite ser la referente de nuestro

gremio en México, que le permite de una manera organizada y responsable colaborar para el

desarrollo de nuestra nación, de nuestro país, de nuestro México.

Les invito pues a conocer y a sumergirse en las profundidades de este trabajo, pequeño pero

relevante, a fin de mantener siempre el conocimiento de lo que se requiere para conservar los valores

institucionales que la hicieron y hacen la Asociación que fue y hoy es, valores que hacen posible la

“Federación Mexicana de Colegios de ingenieros Civiles, A.C,” la FEMCIC.

V Consejo Directivo 2013 -2015

Ing. José Luis Brenez Moreno

Presidente

Page 6: Estatutos FEMCIC

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2.- MENSAJE DEL PRESIDENTE DEL V CONSEJO DIRECTIVO

EN SU TOMA DE PROTESTA EL 18 DE MAYO DE 2013 EN LA

CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO.

Convencidos estamos los que hoy convergemos con nuestro esfuerzo profesional, que el planteamiento del Presidente de la República Don Enrique Peña Nieto en el “Pacto por México”, es la gran oportunidad de nuestros compatriotas y de las próximas generaciones para lograr salir adelante en un País con grandes y graves problemas, con fuertes rezagos, con grandes desafíos, pero también, con grandes oportunidades. Por eso, los que hoy conformamos la FEMCIC queremos alzar la voz para que se escuche fuerte y quede claro: LOS INGENIEROS CIVILES DE MÉXICO SÍ

QUEREMOS FORMAR PARTE DEL PACTO POR MÉXICO; no queremos estar fuera y mucho menos queremos atisbar por el postigo, queremos ser actores, estamos en el ojo del huracán, tenemos en nuestras manos la planeación y desarrollo de la infraestructura para la comunicación, para la educación, para el bienestar social, para el campo, para la productividad, para el desarrollo energético, es por ello, que queremos estar donde se toman las decisiones, para que éstas se asocien a la técnica de los que sí sabemos y la conocemos, es decir, que la opinión de los profesionales de la ingeniería sea marco de las políticas públicas y que éstas se lleven a cabo con responsabilidad y con visión de corto, mediano y largo plazo, que queden en el pasado las decisiones de coyuntura o peor aún, decisiones con criterio electoral. México merece la incorporación de los profesionales de la ingeniería en su desarrollo. También queremos decir que la nueva cultura y formación de los ciudadanos ya no ofrecen apoyos incondicionales. NO, hoy día, la participación ciudadana debemos condicionarla, pero no en aras de beneficios personales o de grupo, debemos condicionarla a que, haya cumplimiento cabal a los compromisos y no me refiero solo al Gobierno (que de por sí debe cumplir, es su obligación),me refiero también a los Organismos Sociales que deben pasar de la contemplación a la acción, a las Universidades para que oferten profesionistas mejor preparados, a los Sindicatos porque urge que se democraticen, a los Partidos Políticos para que vayan de la crítica y el chantaje a la conclusión de acuerdos para beneficio de la sociedad, a los Legisladores para que su trabajo se aterrice en leyes más justas y equitativas, al Poder Judicial para que cumpla con la máxima de “Una Justicia pronta y expedita” y a todos los ciudadanos para que con cada reclamo y exigencia se empeñen también en sus obligaciones, esa es nuestra convicción y estamos dispuestos a participar con un trabajo ético, responsable y de calidad. Los ingenieros fuimos formados en la cultura de la responsabilidad, del honor y el cumplimiento de la palabra, sabremos cumplir y estamos dispuestos a todo por un México próspero y de primer mundo. Reforzar la conciencia de la necesidad urgente de la planeación para el desarrollo. México ya no está para experimentos, la exigencia de la población reclama acciones de corto plazo donde el combate al hambre y la pobreza, tal como se ha planteado en la “Cruzada por el Hambre”, requiere no solo programas de asistencia social, sino que, se apliquen ¡YA! recursos en infraestructura para que sea más redituable lo que en esa acción se invierta, que se activen en todo el País programas urgentes de obra pública porque con ésta se genera una gran cantidad de empleos directos e indirectos y a la vez, se modernizan las estructuras para producir más y mejor, donde una mejor comunicación por tierra, agua o aire (incluyendo las telecomunicaciones) permiten a todas las capas sociales acceder a un mejor modo de vida, esta cruzada urge, no hay plazo más corto que aquel que se extingue.

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Hay familias y comunidades enteras que están esperando la intervención del Gobierno sin saber que es un conjunto ciudadano los que debemos ir juntos con el Gobierno por su rescate, reactivemos el campo mexicano y volvamos a tener suficiencia alimentaria. Respecto al mediano plazo, no debemos esperar a que éste se convierta en corto plazo, los ingenieros sabemos de planeación, desde nuestra formación académica se nos enseñó a planear y visualizar hacia plazos más largos para cumplir en tiempo y forma con las exigencias, es por ello, que la infraestructura que se va a ejecutar en 5, 10 y 30 años, debemos de estarla escribiendo y dibujando hoy, lo que se paga por planear y luego proyectar no es un gasto sino una inversión, basta de proyectos sobre las rodillas o a cargo de los mismos recursos con los que se ejecuta una obra. La Inversión en proyectos debe ser una política pública urgente y formar parte de una nueva cultura de todos los involucrados en el desarrollo. Y si debemos de hablar del largo plazo, debemos pugnar porque se formalice una Secretaría para la Planeación del Desarrollo de la Infraestructura Nacional, que se legisle para que los planes y proyectos que dicha Secretaría genere, se respeten y se cumplan aun cuando rebasen los periodos de gobierno, no es posible, que solo los países más desarrollados que el nuestro discutan en sus cabildos o cámaras, lo que deben hacer y construir dentro de 5 10 y 30 años, los recursos públicos que en ese momento están invirtiendo, ya fueron discutidos y aprobados al menos uno o dos periodos gubernamentales anteriores. En México, ¿por qué no hacerlo? Tenemos todo para lograrlo, pero requerimos leyes que lo avalen para evitar las tentaciones políticas de desmantelar y desechar lo que ya se hizo. Por otra parte, debemos adoptar procedimientos de inversión más acordes a nuestra época, no nos debe asustar la participación privada en los proyectos que generen mejores expectativas de productividad, los capitales de nuestro país deben invertirse y no guardarse ni especularse. Todos debemos de participar en el desarrollo y en materia de desarrollo urbano, debemos adecuarnos a una dinámica que al momento ha sido inevitable y que si visualizamos hacia adelante podemos capitalizarla a favor de la sociedad. Me refiero a la migración de personas de las poblaciones interiores de los estados hacia las ciudades capital, ésta es una realidad, pero debemos ordenarla y regularla para que ese crecimiento sea más equilibrado, en muchas entidades federativas ya se vive en zonas metropolitanas compuestas por más de un municipio, es entendible que las personas quieran el confort de la ciudad, pero con cada habitante que se incorpora a la metrópoli, se hace necesaria la dotación de servicios que cada vez requieren de más recursos públicos que a veces no están disponibles. Sin embargo, la idea no es mala si la planeamos y la proyectamos con cautela y con técnica, pugnemos por la metropolización, pero visualicemos qué municipios pueden conformarlas para que sea más de una zona por estado, donde los municipios con posibilidades de comunicación y de interacción productiva, formen esas zonas metropolitanas, creando polos de desarrollo hacia el interior de cada entidad haciendo con esto, ciudades más vivibles y donde municipios que por sí solos no tengan posibilidades de crecer, vean en este proceso de incorporación, una esperanza de ser parte importante para el desarrollo de su estado y de tener un mejor modo de vida. Compañeros ingenieros: el futuro nos ha alcanzado, las necesidades ya están aquí, no perdamos tiempo y hagamos un esfuerzo adicional para cumplir con nuestras metas, de nosotros y de nadie más depende alcanzarlas. Tu compromiso de participación es importante para la consolidación de nuestra Federación, juntos lograremos nuestros objetivos comunes.

Ing. José Luis Brenez Moreno.

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3.- SINOPSIS HISTÓRICA

En el marco del VII Congreso Nacional de Ingeniería a propuesta del Colegio de Ingenieros Civiles de

México, A. C.-­CICM-­, del Colegio de Ingenieros Civiles de Nuevo León, A.C., y de la Sociedad de

Ingenieros y Arquitectos de Guadalajara A.C., se tomó el acuerdo de crear una Federación de

Colegios, de Ingenieros Civiles y en cumplimiento del mismo, el 27 de noviembre de 1968 se realizó

en el local del CICM la Asamblea Constitutiva en la que plasmaron su visión de crear un esquema que

fomentará el desarrollo de los Colegios de Ingeniería Civil constituidos en el país, y más que nada,

visión fuertemente motivada por el interés y el rumbo que percibían de las vigorosas y distintas ideas

de los Ingenieros Civiles de las respectivas regiones de nuestra Nación, es así que ese día se constituye

La Federación de Colegios de Ingenieros Civiles de la República Mexicana, A.C.-­FECIC-­, alentando

de esta manera la creciente y activa vida gremial de los profesionistas de los distintos estados del país

y que es válido mencionar, que en aquel ayer en algunos estados del país las agrupaciones de los

Ingenieros Civiles se organizaban gremialmente como secciones del Colegio de Ingenieros Civiles de

México, A.C., así el día 30 de noviembre se obtiene con el Folio No. 23831 y No. de Expediente 337965,

la autorización definitiva de la naciente Federación.

En su ordenamiento, se establecen entre otros objetivos, la vigilancia del ejercicio profesional, la más

amplia colaboración con nuestras autoridades de los 3 órdenes de gobierno, que los Colegios sean los

órganos de opinión y de consulta en nuestra materia y participar con las autoridades educativas para

la elaboración de los planes de estudio de nuestra profesión.

Este espíritu gremial conjugado con el servicio intrínseco y humanista que tiene nuestra Profesión, ha

sido y es el pilar de la hoy renovada Federación, que por azares del destino, sumados a la motivación

de las necesidades del entorno actual, de la visión ética y responsable de la mayoría de los Colegios

Asociados, se crea lo que hoy es la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C.-

­FEMCIC-­.

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4.- HISTORIA RECIENTE

Consolidando los esfuerzos de la mayoría de los Colegios formalmente establecidos al día de hoy en

todo país, y de sus más de 22,000 afiliados en su conjunto, para tener de esta manera la oportunidad

de un trabajo unido, de contar con más y mejores organizaciones colegiadas, y profesionistas que

actúen con esa responsabilidad y ética que caracteriza la actividad y el ejercicio de nuestra profesión.

Hoy es pues la cosecha del fruto sembrado por medio del trabajo de nuestros antecesores y que todo

ha redundado en la importancia y preponderancia que ha tenido la Ingeniería Civil y los Ingenieros

Civiles mexicanos como uno de los actores importantes en la historia de la construcción de nuestro

país.

El estatuto constitutivo de la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C. se integra y

protocoliza ante notario público en la Ciudad de México el día 28 de septiembre de 2005, con la

escritura número 33,373.

Dicho estatuto ha pasado por una serie de modificaciones que se mencionan a continuación:

A partir del año 2011 de acuerdo a la decisión de la Asamblea celebrada en Culiacán, Sinaloa, el día 28

de agosto de 2010, las elecciones para el nuevo Consejo directivo se celebrarán con una anticipación

de un año al cambio del Consejo Directivo, es decir en los años pares.

Para el caso específico de la renovación del Consejo Directivo Mayo 2013 – Mayo 2015, el

Vicepresidente de Representación electo en la Asamblea General Extraordinaria de mayo de 2011 en la

ciudad de Mérida, Yucatán, para el Comité Directivo Mayo 2011 – Mayo 2013, por esta única ocasión

asumirá el cargo de Presidente del Consejo Directivo para el período Mayo 2013 – Mayo 2015,

debiéndose realizar por única ocasión las elecciones en Mayo de 2012 solamente para: Vicepresidente,

Secretario General y Tesorero, todos ellos asumirán sus cargos en mayo de 2013.

Se realizaron las últimas modificaciones al Estatuto en la Asamblea General Extraordinaria realizada

en la Ciudad de México el 29 de junio de 2011.

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5.- MENSAJES DE LOS PRESIDENTES

Ing. Enrique Dau Flores 1973-1974

La Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles de la República

Mexicana, es una institución que ha acreditado la voluntad de servicio del

gremio de los Ingenieros y su capacidad para organizarse. Potencializa el

talento y la capacidad profesional del Ingeniero Civil y suma a los Colegios

locales y estatales en un proyecto nacional de servicio a la comunidad y

apoyo a las instituciones públicas.

La FEMCIC ha transitado, con éxito, etapas difíciles y en 45 años de vida ha

consolidado un gremio numeroso, valioso, independiente, comprometido

con las mejores causas de México.

Se inicia una nueva etapa con el V Consejo Directivo que conduce los destinos de nuestra Federación

con un programa de trabajo visionario y comprometido, conformado con idealismo pero basado en la

realidad y en la racionalidad, característica del Ingeniero Civil.

Hagamos un compromiso para apoyar a los Consejos Directivos de nuestra Federación e impulsemos

todos, sin tregua ni descanso, las mejores causas de México, que son las causas de los Ingenieros

Civiles Mexicanos.

Ing. Carlos Martín del Castillo 1975-1976

La actividad fundamental de los ingenieros es aprovechar los recursos para

resolver las necesidades de la sociedad, es decir, proporcionan a todos los

mexicanos una mejor calidad de vida, especialmente podemos decir que las

obras de ingeniería son obras de seguridad nacional. Cuando en la historia de

la humanidad aparecen tiempos de paz los ingenieros militares son

sustituidos por los ingenieros civiles; son estos pues soldados de la paz.

Unamuno decía: “la política es la forma de resolver todos los problemas

(civilizadamente, digo yo)”. Un filósofo griego decía que la política es la

forma práctica de la virtud; J. W. Goethe dice en Fausto que la política es el

buen uso del poder. La política debe ser ejercida por hombres cultos. Ese es el verdadero sentido de la

FEMCIC hacer política para resolver los problemas de México.

Durante la administración de Manuel Ávila Camacho, se impulsó la Ley de Profesiones que dio lugar a

la formación de distintas asociaciones de profesionales en diferentes campos. Así el gobierno

mexicano expidió con fechas 30 de diciembre de 1944 y 27 de septiembre de 1945, la ley reglamentaria

y reglamento correspondiente a los artículos 4º y 5º constitucionales, relativa al ejercicio de las

profesiones en el distrito y territorios federales.

Conforme a esta ley reglamentaria, debían crearse organismos de carácter particular y los colegios de

cada profesión debían apegarse a la ley. En el campo de la ingeniería civil, la Asociación de Ingenieros

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y Arquitectos de México, a través de los miembros y en su propio local, facilitó la constitución del

Colegio de Ingenieros Civiles de México-CICM- registrado en la Dirección General de Profesiones el

23 de octubre de 1946 y cuyo primer presidente fue el ingeniero Luis Rivero del Val.

La Federación de Colegios de Ingenieros Civiles de la República Mexicana se originó en el deseo de

ingenieros civiles de distintas partes del territorio nacional por tener una asociación que les

permitiera plantear sus inquietudes con respecto al ejercicio de la profesión. El antecedente directo

de la FEMCIC es el Colegio de Ingenieros Civiles de México, constituido en 1946, que luego habría de

promover la actividad gremial en varias partes de la república mediante la creación de delegaciones

que sembraron la posibilidad de crear en los estados del país y municipios que contaran con el

número suficiente para ello, colegios profesionales de ingenieros civiles, con base en lo estipulado en

la Ley de Profesiones.

En el marco del VII Congreso del Colegio de Ingenieros Civiles de México, A.C., celebrado en

Guadalajara, Jalisco, del 5 al 10 de noviembre de 1967 con el tema “La función social y la proyección de

la ingeniería civil”, y del que fungió como director general el ingeniero Alberto J. Barocio Moll,

entonces presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de México, A.C., el ingeniero Jorge Aguilar

Ortiz, presidente de la junta de honor del CICM, propuso en una ponencia la creación de la

Federación de Colegios de Ingenieros Civiles.

El ingeniero Aguilar Ortiz- quinto presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de México, de 1956 a

1957- contaba con una considerable experiencia en cuestiones gremiales ya que habían participado en

la fundación de este organismo y había ocupado el cargo de director general del VI Congreso Nacional

de Ingeniería Civil, celebrado dos años antes en el Palacio de los problemas nacionales. Por otra parte

fue socio fundador y secretario de la Sociedad Mexicana de Ingeniería en el periodo 1960-1962,

además de miembro fundador y presidente, de 1963 a 1964, de la Cámara Nacional de la Industria de

la Construcción.

Cabe señalar que el ingeniero Aguilar Ortiz tuvo también una destacada colaboración en la fundación

de varios colegios de ingenieros civiles, entre ellos los de Sonora, Veracruz y Tampico.

Como uno de los motivos para proponer la fundación de la Federación de Colegios de Ingenieros

Civiles, el ingeniero Aguilar Ortiz, mencionó que los estados de la República se regían por diferentes

constituciones y reglamentos. Por ello, para promover a través de los colegios las modificaciones a la

ley necesarias para fortalecer estas nacientes asociaciones, lo más conveniente era crear una

federación que pudiera representarlas a todas, cuando Alberto J. Barocio Moll fue electo presidente

del Colegio de Ingenieros de México, en l966, ya operaban en el país aproximadamente ocho colegios

más. Así, al presentarse la propuesta para fundar la Federación de Colegios de Ingenieros Civiles, el

ingeniero Barocio manifestó un interés muy señalado para llevarlo a la práctica, al estimar que los

colegios eran entidades independientes animadas por los mismos intereses y tal organización era

necesaria para actuar de manera coordinada.

Esta vasta historia muestra de nuestro gremio debe fortalecerse en una base sólida, generada desde

los Estatutos y su Reglamento. Pero éstos deben contemplar un fundamento elemental en el ser

humano la “Ética”.

Page 12: Estatutos FEMCIC

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Ing. Rafael Aburto Valdés 1977-1978

Ing. Maximino Torres Silva 1981-1982

El gran trabajo que la FEMCIC desarrolla en todos los ámbitos del País sin dejar

de tener la gran responsabilidad de llevar dignamente la representación de la

Ingeniería Civil, ante los órganos oficiales y sociales de nuestro País.

Por todo esto se hace un reconocimiento pleno y total a su órgano

representativo que es la FEMCIC y que hasta ahora lo ha hecho con dignidad lo

que nos hace estar orgullosos de pertenecer a dicho organismo.

Ing. Leopoldo Espinosa Benavides 1983-1984

La Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles es un organismo de

verdadero carácter nacional que representa a la mayoría de los ingenieros

civiles organizados. Con personalidad jurídica y profesional propia goza de

cabal autonomía, rigiéndose por estatutos que consagran la libre

determinación de los Colegios de Ingenieros Civiles, y su máxima autoridad es

la Asamblea Plenaria. La FEMCIC está consciente que el nivel profesional de

sus colegiados contribuye directamente a la productividad y competitividad

de México, habida cuenta que la Ingeniería Civil soluciona problemas que el

cardinal desarrollo tecnológico moderno plantea a nuestro país y al mundo.

Por ello el V Consejo Directivo que preside José Luis Brenez Moreno se

esfuerza en promover la actualización profesional de la membresía porque siempre habrá algo qué

ingeniar y calcular en el proceso de politización nacional -en la mejor de sus acepciones- para dotar a

los mexicanos de una expectativa de vida superior y creciente. Congratulaciones.

Page 13: Estatutos FEMCIC

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Ing. Aldo Córdova Fermanni 1985-1986

Nuestra historia institucional como "Gremio Nacional de Ingenieros

organizados e inquietos a Nivel Nacional" dirigidos por nuestros reconocidos

compañeros: Ing. Alberto Barocio, (RIP), Ing. Enrique Dau Flores, Ing. Carlos

Martín del Castillo, Ing. Rafael Aburto, Ing. Rodolfo Magdaleno, (RIP).

Sembraron la abierta amistad de un Gremio Nacional Unido por nuestras

propias tradiciones y profundos valores de México e integramos con espíritu

libre, las Juntas de Honor con la profunda amistad de las nuevas generaciones

de los gremios de Ingenieros Civiles de México.

Ing. José Antonio Córdova Ornelas 1987-1988

"Mi más sincera felicitación para el V Consejo Directivo y su Presidente

el Ing. José Luis Brenez Moreno por el respaldo y el impulso que ha

dado al gremio a través de los Colegios de Ingeniería Civil que

conforman nuestra querida Federación”.

Ing. Carlos Arnulfo López López 1989-1990

Me correspondió presidir la Federación en 1989 y 1990, en esa época, la

Federación era FECIC y tenía una posición histórica ganada por mis

predecesores en el Sector Público, Educativo y Privado del País.

Iniciamos actividades al inicio del Sexenio del Presidente Carlos Salinas de

Gortari, un Presidente muy activo y de gran poder al inicio de su gestión.

En esa época, la Federación:

a) Era invitada oficial a todas las giras presidenciales de inauguración o

inicio de grandes proyectos, como fueron: la Presa de Huites, la Presa Cerro

de Oro, la Primera Autopista Concesionada Acapulco Tierra Colorada, la

Autopista Mazatlán Culiacán, etc. b) La Convocatoria al Premio Nacional de Ingeniería Civil y al

Congreso Nacional de Ingeniería Civil, eran convocatorias en conjunto con el Colegio de Ingenieros

Civiles de México.

c) El Estatuto de la Federación, marcaba que ningún Colegio podía organizar un evento nacional sin

la participación conjunta de la Federación, todos los Colegios respetaban ese precepto.

Entre las actividades más importantes tenemos:

Page 14: Estatutos FEMCIC

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d) El Consejo Directivo en pleno fue recibido por el Presidente de la República en Cd. Victoria

Tamaulipas.

e) Recibimos la Federación en Palacio Nacional y entregamos en Los Pinos, con la presencia del

Presidente de la República.

f) Desarrollamos en convenio con el Gobierno Federal el Programa "Escuela Digna" y participamos en

el Programa Nacional de Solidaridad.

g) Celebramos el II Congreso Nacional de Colegios de Ingenieros Civiles en Hermosillo, Sonora con la

participación internacional de los Presidentes de los Colegios de Ingenieros Civiles de: España, Cuba,

Puerto Rico, Venezuela y de la American Society of Civil Engineers.

h) Presentamos en Washington, DC, el trabajo terminado de los 47 Reglamentos de Construcción,

elaborado por los Colegios de Ingenieros Civiles en Coordinación con la Secretaría de Desarrollo

Urbano del Gobierno Federal en el seno de la Unión Panamericana de Asociaciones de Ingenieros, los

cuales en ese tiempo estaban en proceso de promoción en los Cabildos de los Ayuntamientos, cabe

notar que en 1989, solo estaban vigentes, los reglamentos del DF, de Guadalajara, de Mérida, de

Hermosillo y Monterrey, los demás no existían o estaban en proceso de elaboración, en 4 años, de la

gestión de José Antonio Córdova, que fue el impulsor de este programa y los dos años de nuestra

gestión, se actualizaron estos que estaban vigentes y se elaboraron los demás, para completar los 47

Reglamentos con motivo de la Seguridad estructural de las construcciones, a raíz de los sismos de

1982 y el Huracán Gilberto de 1987.

La importancia de los Estatutos y sus Reglamentos

Nos parecen extremadamente relevantes, me correspondió Presidir la Junta de Honor de la

Federación cuando se desarrolló la fractura de la misma. El origen de este problema fue que la Junta

de Honor en pleno consideró que el Presidente y otros miembros del Consejo Directivo en ese tiempo

en funciones, violaron los Estatutos vigentes, razón por la cual, se ejercieron las facultados que el

Estatuto brindaba a la Federación para Presidir el Consejo Electoral que condujo al nombramiento del

Ing. Juan Villegas Arce como Presidente del Consejo Directivo de la Federación de Colegios de

Ingenieros Civiles de la República Mexicana AC y a la postre de la actual Federación Mexicana de

Colegios de Ingenieros Civiles AC.

El Presidente de la FECIC en esa época era el Ing. Héctor Velasco Cantú, quien apoyaba al Ing.

Damián Robledo, para que fuera el nuevo Presidente de la Federación y quien fungía como su

Secretario. A su vez, el Ing. Robledo no fue apoyado por su Colegio original, el Colegio de Ingenieros

Civiles de México, A.C. y ante esa negativa, solicitó y logró ser aceptado y presentado como candidato

por el Colegio de Ingenieros Civiles de Tlaxcala, A.C. ante el Consejo Electoral de la FECIC, lo cual fue

rechazado por contravenir a las decisiones de un colegio miembro de la FECIC y por violar los

Estatutos por la antigüedad y requisitos de los candidatos. Por ello, el Ing. Velazco, el Ing. Jesús

Guajardo y el Ing. Damián Robledo, contraviniendo el Estatuto de la FECIC, convocaron a una

Asamblea Electoral paralela a la convocada originalmente por el Consejo Electoral de la FECIC y de

ella se originó la ruptura de la Federación.

Por razones operativas, se convino crear una nueva Federación, la actual FEMCIC con el mismo

Consejo Directivo y los mismos Ex-Presidentes en la Junta de Honor y el Consejo Consultivo, que es la

que actualmente opera con la gran mayoría de los Colegios originales fundadores de la Federación.

Page 15: Estatutos FEMCIC

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Por lo mismo, esta mala experiencia nos señala la importancia de que los Colegios y sus

representantes se apeguen estrictamente a los Estatutos para evitar conflictos y respetar la voluntad

de los Colegios

Trabajo del actual Consejo Directivo

El Consejo Directivo, presidido por el Ing. José Luis Brenez Moreno es sobresaliente, como ex

presidente le doy mucho valor a las reuniones nacionales que está organizando para mejorar la

capacidad interna de los Colegios, como lo fue la Reunión Nacional de Tlaxcala, con motivo de la

Educación y la próxima en Toluca, con el tema de Calidad, el fortalecer internamente a los Colegios

les dará más capacidad de afrontar mejores retos a la Federación.

Ing. Fernando Favela Lozoya 1991-1992

Los estatutos así como los reglamentos de la Federación Mexicana de Colegios de

Ingenieros Civiles son de suma importancia para un buen desempaño de la

Asociación, tener tacto para unificar criterios es indispensable para amalgamar los

diversos criterios y llevar una amigable relación.

Ing. Leandro G. López Arceo 1993-1994

La Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, ha sido y es la

Institución que no solo coordina la labor de los Colegios Federados, sino que

representa la voz de la Ingeniería Civil Mexicana, y que por muchos años, ha

sido sinónimo de vanguardia, innovación y excelencia profesional.

La Federación a través de sus Colegios y de sus Ingenieros, ha sabido

consolidar y dejar huella de su historia, en todas aquellas pequeñas y grandes

obras de Ingeniería Civil presentes en todo el territorio nacional.

Hoy día, deseamos que con el esfuerzo y trabajo cotidiano de la actual

directiva se logre una mayor representatividad y unidad de todos los

Ingenieros mexicanos.

Nuestro reconocimiento a ese gran esfuerzo nacional que seguramente será en beneficio de la

Ingeniería Civil Mexicana.

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Ing. José Rafael Giorgana Pedrero 1995-1996

“La historia de la organización gremial de los Ingenieros Civiles

Mexicanos, es la historia de un esfuerzo de casi medio siglo por integrar y

consolidar una representación nacional que proyecte nuestro quehacer

cotidiano en beneficio de la sociedad y que unifique la visión, compartida

por todos los Colegios, de un sector profesional comprometido con el

desarrollo de nuestro país a través de la generación de infraestructura,

con el avance y buen ejercicio de nuestra profesión y con la permanente

actualización de nuestros conocimientos.

La Ingeniería Civil es el principal instrumento de las sociedades para

generar calidad de vida y desarrollo social y económico, sin afectar

negativamente nuestro medio ambiente; por ello, los Ingenieros Civiles pugnamos por hacer

trascender nuestra actividad en el concierto nacional y nos empeñamos en ser auténticos factores de

cambio en beneficio de nuestro país.

La FEMCIC, como en toda Asociación, su Estatuto y su Reglamento constituyen la suma de los

derechos y obligaciones de los Colegios como Asociados. En ellos, se concentran los objetivos y se

detalla la manera de lograrlos. De ahí, la importancia de contar con documentos actualizados y

operativos que conduzcan todas las acciones, que se emprendan.

El V Consejo Directivo de la FEMCIC es depositario y heredero de una larga lucha por estructurar y

significar nuestra Federación, sin menoscabo de sus principios, valores y aspiraciones y está haciendo

su mayor esfuerzo, logrando éxitos que permiten el fortalecimiento de esta Organización Nacional.

Hoy, constituye la vanguardia de nuestro anhelo común: “Ser dignos Ingenieros Civiles, cumplidos y

leales Mexicanos”.

Ing. Francisco Jaime Navarro Celaya 1997-1999

La Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles debe ocupar el

espacio que le corresponde, el cual es ofrecer a la sociedad un servicio que se

refleje en hechos concretos y que sea un factor de cambio, los ingenieros

civiles hemos construido la infraestructura de México y debemos seguir

contribuyendo a ello desde todas las trincheras somos un gremio que debe

representar el cambio que este país necesita, la Federación tiene la obligación

de representar a la Ingeniería Civil dentro y fuera de México, en este sentido el

V Consejo Directivo tiene un gran reto por delante, José Luis Brenez Moreno

tiene muy claros estos conceptos y con el apoyo de todos logrará su cometido.

Page 17: Estatutos FEMCIC

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Ing. Eric Luis Moreno Mejía 1999-2000

Felicito al Presidente de la FEMCIC, Ing. José Luis Brenez Moreno, por la

reciente actualización de los Estatutos de nuestra organización.

El contar con documentos básicos correspondientes a la realidad que vive

México, nos dará la oportunidad a los ingenieros civiles de cumplir como

profesionales al propio gremio, así como cumplir con el mandato de ley de

ser órgano de consulta del poder público.

Ing. Juan Villegas Arce 2005-2007

La FEMCIC, organización comprometida con el desarrollo profesional de la

Ingeniería Civil Mexicana, la cual desde sus inicios agrupa colegios de gran

prestigio y de historia nacional altamente reconocida, comprometida con la

disciplina, respeto a su desarrollo gremial, así como a sus estatutos y sus órganos

de gobierno establecidos.

La integración de su Consejo Consultivo, es la muestra clara de la seriedad de la

organización y que a través de la FEMCIC se continúan escribiendo las páginas

de la historia de la vida gremial de la ingeniería civil mexicana.

La FEMCIC es una organización en constante movimiento, la modificación a los artículos básicos del

estatuto y sus reglamentos, nos brinda la seguridad de su fortalecimiento interno, mi reconocimiento

al trabajo del V Consejo Directivo, en este periodo se ha logrado la modificación profunda al estatuto,

actualizado a los tiempos que hoy vivimos. La numerosa asistencia a las reuniones regionales, es la

muestra de reconocimiento al trabajo del actual consejo directivo.

Mis más amplias felicitaciones por el trabajo realizado del V Consejo Directivo de la FEMCIC a la

mitad de su gestión, ánimo y adelante!!!!

Ing. Armando Roque Cruz 2007-2009

El Reglamento y Estatutos de la Federación Mexicana de Colegios de

Ingenieros Civiles, son documentos muy adoc (precisos) a los tiempos

actuales que estamos viviendo, esto nos garantiza si llevamos a cabo

cada uno de los artículos que ahí mencionan, el buen funcionamiento de

nuestra Organización. Abarcan todos los lineamientos que una

Institución de la envergadura (importancia) de nuestra Federación se

merece, por lo tanto cada uno de los integrantes de la Asociación

Page 18: Estatutos FEMCIC

18

tenemos que cumplirlos cabalmente, cada uno de los puntos que ahí establecen, la verdad que en los

últimos años se ha estado, reformando, modernizando para que nuestra Organización, tenga un

funcionamiento adecuado, de acuerdo a las condiciones que tenemos en el día a día es un documento

que está a la vanguardia, actualizado y que debemos de aprovechar los Colegios de Ingenieros Civiles

en el País, acatarlos y de alguna manera venir coadyuvando para que se apliquen cada uno de los

artículos que se mencionan, nos rigen para el buen funcionamiento de nuestra Organización.

Como su nombre lo indica, un estatuto es una ordenanza para regular el funcionamiento de cualquier

organización, y por tal motivo es de suma importancia que estos sean redactados, perfilados, dirigidos

y delimitados por y para los miembros de nuestra Federación. Deben siempre de velar por el interés

supremo del gremio en general y no de ninguna persona o grupo en particular.

Los ingenieros civiles debemos basar nuestros preceptos profesionales y gremiales en los estatutos

que emanan de las asambleas, sin embargo, en contadas ocasiones nos hemos adentrado en las

profundidades de los mismos. Puedo asegurar que muy contados son los miembros de la federación

que saben realmente que indican dichos estatutos. Por lo anterior, sugiero que sean estudiados,

analizados y en su caso, adecuados a la estructura y circunstancia actual de nuestro gremio. Se le

debe dar cabida a las nuevas generaciones quienes se constituyen en la fortaleza futura de nuestro

gremio.

Ing. Enrique C. Cervera Aguilar 2009-2011

“Una cosa es continuar la historia y otra repetirla."

-Jacinto Benavente-

Felicito al V Consejo Directivo, la idea de tener en un solo acervo

las reglas y normas que rigen la vida gremial e institucional de

nuestra querida FEMCIC es un gran acierto.

Desde su creación en aquel 1968, nuestra Federación se conformó

con la idea de tener una presencia de nuestro gremio en el

territorio nacional, con una actividad que conjugara las opiniones

y convicciones de los ingenieros civiles mexicanos, labor que

nuestros antecesores llevaron a cabo con gran mérito y que les debemos el justo reconocimiento.

Sin embargo, como todo en la vida, se tiene que evolucionar, se tiene que actualizar, razón por la que

a mediados de la primera década del siglo XXI, por el deber de trabajar con responsabilidad y ética

profesional, por el respeto a lo maravillosa que es nuestra profesión, por tener la representatividad de

uno de los gremios más importantes a nivel internacional así como de nuestro país, se tomó una

nueva dirección, un nuevo rumbo en el horizonte nacional para lograr lo que es hoy la FEMCIC.

Hoy el consejo Directivo que encabeza el Ing. José Luis Brenez Moreno presenta un trabajo que

debemos conocer todos los Ingenieros integrantes de los Colegios afiliados a la FEMCIC, documentos

de suma importancia para la sana convivencia entre todos, y el marco que nos rija el actuar de la

FEMCIC en su día a día, en su vida gremial, documentos que permiten la transparencia en sus

actividades para ser el coadyuvante que toda la sociedad mexicana, y nuestras autoridades necesitan

para el beneficio y desarrollo de nuestro país.

Page 19: Estatutos FEMCIC

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Ing. Antonio Murrieta Necoechea 2011-2013

Reitero mi reconocimiento y agradecimiento personal al Ing. JOSÉ LUIS BRENEZ MORENO y lo felicito por el trabajo realizado a favor de la FEMCIC, no sólo en la actual etapa como Presidente, sino a través de años anteriores en que le ha aportado su valiosa colaboración.

Page 20: Estatutos FEMCIC

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6.- MISIÓN Y VISIÓN

Misión

Coordinar, apoyar y fortalecer a los Colegios que la integran, respetando invariablemente su

autonomía y representatividad, interviniendo en los casos en que a petición de ellos a través de sus

instancias legalmente reconocidas sea solicitada su participación, para servir a la sociedad con la

actitud, aptitud, ética y responsabilidad que nuestra profesión demanda, ser el órgano de consulta

especializada a nuestras autoridades de los 3 órdenes de gobierno y que este ejercicio sea además el

vehículo de apoyo a las autoridades para lograr los objetivos nacionales, en los que de acuerdo a su

naturaleza sean de nuestra competencia, así como el representar y defender legítimamente los interés

de los Colegios, de la Profesión, de sus Agremiados y Sociedad en General.

Visión

Ser la organización líder, representativa por su propia naturaleza e integridad, de la Ingeniería Civil

Mexicana, del fortalecimiento del gremio como organización única que goce del pleno

reconocimiento, de nuestra sociedad, autoridades y asociaciones afines nacionales o extranjeras en el

entorno globalizado actual, así como la forjadora de los servicios para las mejores prácticas en el

ejercicio de nuestra profesión, proveedora de excelentes servicios y beneficios a sus afiliados, para que

puedan contar con la capacidad de generar los satisfactores básicos y la infraestructura necesaria para

el desarrollo de los Colegios, de la Ingeniería Mexicana, de nuestra sociedad y nuestra nación,

MÉXICO.

Page 21: Estatutos FEMCIC

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FEDERACIÓN MEXICANA DE COLEGIOS DE INGENIEROS CIVILES, A. C.

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7.- ESTATUTO

FEDERACIÓN MEXICANA DE COLEGIOS DE INGENIEROS CIVILES, A. C.

CAPÍTULO PRIMERO.

DISPOSICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 1º DEL NOMBRE.

De conformidad con lo que establece el Artículo 74º del Capítulo Octavo del Reglamento de la Ley

Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito

Federal, del permiso otorgado por la Secretaría de Relaciones Exteriores bajo el No. 10000479 de fecha

23 de Junio de 2005 (Folio 2LOB1JI5, Expediente 2510000215), el nombre de esta asociación es

“Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, Asociación Civil”, la cual podrá usar las

iniciales “FEMCIC, A. C.”, para su identificación expedita.

ARTÍCULO 2º DEL OBJETO.

La FEMCIC, A. C. tendrá por objeto coordinar, apoyar y fortalecer a los colegios que la integran,

respetando invariablemente su autonomía y representatividad, e interviniendo en los casos en que a

petición de ellos a través de sus instancias legalmente reconocidas sea solicitada su participación,

además servirá a la comunidad como medio para lograr los objetivos nacionales, en los que de

acuerdo a su naturaleza sean de su competencia y será la que representará a los colegios federados en

el ámbito nacional e internacional.

ARTÍCULO 3º DE LA DURACIÓN.

La duración de la FEMCIC, A. C., será por un término de noventa y nueve años, según acuerdo

tomado en la Asamblea General Extraordinaria realizada el día 10 de enero de 2007 en la sede del

Colegio de Ingenieros Civiles de México, A. C., en la Ciudad de México, Distrito Federal.

ARTÍCULO 4º DEL DOMICILIO SOCIAL.

El domicilio social de la FEMCIC, A. C., será en primera instancia en el interior del inmueble que

ocupa el Colegio de Ingenieros Civiles de México, A. C., con domicilio en Camino a Santa Teresa No.

187, Colonia Parques del Pedregal, Delegación Tlalpan CP 14020, en la Ciudad de México, D.F

ARTÍCULO 5º DEL GOBIERNO DE LA FEMCIC, A. C.

La FEMCIC, A. C., se gobernará mediante los siguientes organismos: Asamblea General, Consejo

Directivo y Junta de Honor.Las facultades y limitaciones de cada una de estas instancias de gobierno

se definen en los capítulos V, VI, VII, y VIII de este mismo estatuto.

ARTÍCULO 6º DE LOS REGLAMENTOS.

6.1 El presente estatuto para su aplicación e interpretación, será normado por los reglamentos que

para tal efecto se expidan, los cuales no podrán oponerse a este ordenamiento.Los Reglamentos

Generales serán elaborados por la “Comisión” o “Comisiones” especialmente designadas por el

Consejo Directivo y aprobada por éste, de conformidad con las atribuciones que le otorga el presente

estatuto.

Page 23: Estatutos FEMCIC

23

6.2 Los reglamentos que regulen al Consejo Directivo, las Asambleas y la Elección de la planilla que

encabece el Presidente, deberán ser aprobados en Asamblea General Extraordinaria.

6.3 Los Reglamentos aprobados, entrarán en vigor en la fecha que fijen el Consejo Directivo y la

Asamblea General de la FEMCIC, A. C., debiendo darles las más amplia difusión, para el conocimiento

pleno de la membresía y publicarse en un plazo no mayor de cuarenta y cinco días a partir de su

aprobación.

ARTÍCULO 7º DE LAS PROHIBICIONES.

Queda estrictamente prohibido a la FEMCIC, A. C., como tal, su participación en actividades de

carácter partidista, político o religioso, de conformidad con lo que establece el capítulo VI, Artículo

48º de la Sección III de la “Ley Reglamentaria del Artículo 5to Constitucional”; salvo en los casos de

análisis y resolución de problemas de carácter público y de utilidad social relacionados a la ingeniería

civil, los cuales no se considerarán dentro de esta prohibición, sino que se alentará a sus asociados

para que participen en dichas soluciones.

CAPÍTULO SEGUNDO.

DE LOS OBJETIVOS Y POLÍTICAS.

ARTÍCULO 8º DE LOS OBJETIVOS GENERALES.

8.1. Fomentar la unidad y la colaboración entre todos los colegios de ingenieros civiles asociados en la

FEMCIC, A. C., entre éstos y los colegios de profesionistas en general, estén éstos agrupados o no en

federaciones similares a ésta, cuando así se le requiera.

8.2. Promover y apoyar en la coordinación, en su caso, de las actividades de carácter regional o

nacional que promuevan los colegios asociados a la FEMCIC, A. C.

8.3. Promover en los colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., todas aquellas actividades técnicas

académicas y sociales, que propicien el fortalecimiento de los mismos, así como el desarrollo integral

de todos sus miembros.

8.4. Propiciar el intercambio permanente de información entre los Colegios afiliados a la FEMCIC, A.

C.

8.5. Impulsar y avalar todas aquellas acciones que le soliciten los Colegios afiliados a la FEMCIC, A. C.,

siempre que no contravengan los objetivos de la misma y de los propios colegios.

8.6. Promover el Congreso Nacional de Colegios de Ingenieros Civiles de la FEMCIC, A. C.,

procurando la asistencia de todos los colegios afiliados a ella, así como de todas aquellas asociaciones

de profesionistas extranjeras equivalentes, que sean invitadas para este fin.

ARTÍCULO 9º DE LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

9.1. Propiciar y fomentar el desarrollo científico y tecnológico, la excelencia académica y la calidad en

el ejercicio profesional de la ingeniería civil en México, en niveles de competitividad internacional.

9.2. Difundir entre los Colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., el contenido humanista y cultural de la

ingeniería civil; avalándolos en la vigilancia del ejercicio profesional de sus miembros, en el

cumplimiento del Código de Ética y de la prestación del Servicio Social Profesional.

Page 24: Estatutos FEMCIC

24

9.3. Fundar y promover en coordinación con los Colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., el Centro

Nacional y los Centros Estatales de Actualización y Certificación Profesional, con el objeto de

implantar la educación continua a nivel nacional, en igualdad de circunstancias.

9.4. Promover, impulsar y difundir entre los colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., las experiencias

relativas a la obtención de bienes y servicios que los fortalezcan, así como todo lo relativo a la

coordinación y organización de los eventos que realicen dichos colegios en forma individual o

regional.

9.5. Generar y difundir los programas financieros entre los colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., que

les permitan a ambos disponer de recursos económicos suficientes para lograr sus objetivos

propuestos.

9.6. Implementar en conjunto con los colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., las medidas y programas

necesarios para realizar y mantener actualizado el Censo Nacional de Ingenieros Civiles, así mismo la

expedición o reforma de Leyes y Reglamentos que normen el ejercicio profesional de la ingeniería

civil.

9.7. Apoyar a los Colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., cuando así se lo requieran, en su relación y

gestión ante todos los organismos del sector público y privado y ante las instancias universitarias y

educativas del país y del extranjero.

9.8. Suscribir y realizar toda clase de convenios, acuerdos y contratos con Instituciones nacionales del

sector público o privado o extranjeras similares a la FEMCIC, A. C., con el objeto de establecer y

mantener relaciones de intercambio técnico-científico, cultural y social que logren la integración de la

ingeniería civil mexicana en forma global y permitan el acceso de la misma a la excelencia académica

y a los estándares de calidad, en niveles de competitividad internacional.

9.9. Suscribir y realizar toda clase de convenios, acuerdos y contratos con organismos públicos o

privados, nacionales e internacionales con el objeto de servir como consultores o desarrollar

investigaciones relacionadas con la ingeniería civil.

9.10. Promover la suscripción de convenios con las autoridades federales, estatales y municipales,

para el apoyo en la realización de sus planes y programas.

9.11. Promover la información necesaria y oportuna sobre la situación que guarda el mercado de

trabajo y los aranceles que lo regulan.

9.12. Velar porque en los puestos públicos en que se requieran conocimientos propios de la Ingeniería

Civil, estén desempeñados por ingenieros civiles que tengan la cédula profesional legalmente

expedida conforme a la Ley.

9.13. Promover entre los colegios asociados a la FEMCIC, A. C., el reconocimiento a la labor y el

desempeño sobresaliente, de los ingenieros civiles en el país, con el objeto de significarlos como un

ejemplo para las actuales y las futuras generaciones.

9.14. Impulsar la actualización y la certificación profesional de los ingenieros civiles en las diferentes

áreas y especialidades con que cuenta nuestra profesión.

Page 25: Estatutos FEMCIC

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ARTÍCULO 10º DE LAS POLÍTICAS PARA CUMPLIR LOS OBJETIVOS DE LA FEMCIC, A. C.

10.1. De continuidad.

Al inicio de cada gestión, el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., deberá presentar el Plan General

de Trabajo para el bienio para el cual fue electo, integrando en ellos, invariablemente el cumplimiento

de los objetivos mencionados en el Artículo Octavo de este mismo estatuto, con el fin de darles

continuidad y congruencia en sus metas, así como los programas anuales de trabajo a ejercer.

10.2. De financiamiento.

Los programas de trabajo que presente el Consejo Directivo, deberán incluir la forma en que obtendrá

los recursos económicos y financieros necesarios con los que llevará a efecto dichos programas,

cuidando en todo momento salvaguardar la autonomía de la FEMCIC, A. C., y que el origen de esos

recursos sea lícito y transparente.

10.3. De participación.

Será obligación del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., invitar a los Colegios afiliados a participar

en todas y cada una de las actividades que haya establecido en su calendario de trabajo, otorgándoles

preferentemente actividades concretas de las cuales se responsabilicen, reconociéndoles a cada uno

de ellos el esfuerzo entregado, sin que esto se entienda o genere una violación a la autonomía de

decisión y acción de los propios Colegios.

10.4. De información y comunicación.

El deber de informar será uno de los puntos obligados que cada consejo directivo de la FEMCIC, A. C.,

atienda con todo esmero, con el objeto de dar a conocer en la brevedad posible, todos aquellos

asuntos que son de interés para la vida institucional de la misma, así como los referentes a la de los

colegios afiliados, para ello deberá implementar todos los recursos que la técnica moderna de

comunicación tenga disponibles para lograr este fin.

CAPÍTULO TERCERO.

DEL PATRIMONIO Y DE LOS BIENES.

ARTÍCULO 11º DEL PATRIMONIO.

El patrimonio de la FEMCIC, A. C., se constituye con:

11.1 Las cuotas ordinarias y extraordinarias, autorizadas por la Asamblea General, aportadas por los

Colegios Asociados.

11.2 Cualquier ingreso que obtenga por donativos, subsidios, servicios, eventos, bonos, regalías,

cooperaciones, contribuciones y en fin, todos aquellos que por cualquier título obtenga, siempre y

cuando su aceptación no comprometa la autonomía de la institución y que su origen sea lícito.

ARTÍCULO 12º DE LA APROBACIÓN DEL PATRIMONIO.

12.1 El patrimonio que se genere por las administraciones de los Consejos Directivos de la FEMCIC, A.

C., de conformidad con lo establecido en el Artículo Onceavo de este mismo estatuto, se empleará

exclusivamente en los objetivos que estén establecidos en este ordenamiento y que deberán

contemplarse en los Planes Generales de Trabajo de cada Consejo Directivo, por lo que ningún

Colegio Asociado, ni persona extraña a la FEMCIC, A. C., pueden pretender derechos individuales,

sobre dicho Patrimonio.

Page 26: Estatutos FEMCIC

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12.2 La reglamentación necesaria para la formación del patrimonio, es facultad del consejo directivo,

siempre y cuando no contravengan lo establecido por los Artículos Nos. 2674 y 2686, Capítulo

Primero del Título Onceavo del Código Civil Federal; además, para la enajenación o la aplicación de

cualquier tipo de gravamen del mismo, se requiere autorización expresa de la Asamblea General, de

conformidad con lo que establece el Artículo No. 2677 del ordenamiento civil antes citado.

ARTÍCULO 13º DE LA ADQUISICIÓN DE BIENES.

13.1 El Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. en funciones, podrá adquirir toda clase de bienes

muebles o inmuebles que coadyuven en la realización de sus objetivos, de conformidad con lo que se

establezca en el reglamento relativo a la formación del patrimonio, según se expresa en el Artículo

Doceavo.

13.2 Es responsabilidad de cada Consejo Directivo, al término del periodo para el cual fue electo, la de

entregar mediante inventario notariado, al siguiente Consejo Directivo, la relación de todos los bienes

muebles o inmuebles de la FEMCIC, A. C., adquiridos hasta su gestión.

CAPÍTULO CUARTO.

DE LOS ASOCIADOS.

ARTÍCULO 14º DE LOS ASOCIADOS.

La FEMCIC, A. C., estará integrada por los Colegios de Ingenieros Civiles de la República Mexicana,

que estén reconocidos y constituidos conforme a la Ley General para el Ejercicio de las Profesiones y

que soliciten y obtengan su registro en los términos de este estatuto.

ARTÍCULO 15º DE LOS REQUISITOS PARA SER ASOCIADOS.

15.1. Ser Colegio de Ingenieros Civiles, legalmente constituido de conformidad con el Artículo

Catorceavo.

15.2. Presentar solicitud de ingreso por escrito al Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., firmada por

el representante legal acreditado, anexando copia de los siguientes documentos:

a.- Acta constitutiva protocolizada y registrada ante la fe de Notario Público.

b.- Copia simple del Registro ante la Dirección General de Profesiones de su estado o del Distrito

Federal.

c.- Copia del directorio de su membresía.

d.- Copia del Estatuto, del Reglamento del Estatuto y del Código de Ética, vigentes.

e.- Copia de la nómina por especialidad, de los asociados que integren la Comisión Técnica, de

aquellos colegios que la tengan constituida.

15.3. Previo análisis y evaluación por la Comisión de Admisión, designada por el Consejo Directivo, si

procede, será admitido.

15.4. Para el caso de solicitudes de admisión de algún Colegio ubicado en un estado de la República

donde ya existe otro u otros Colegios Asociados a la FEMCIC, AC., la Comisión deberá recabar la

opinión de dichos Colegios, para su análisis y evaluación.

Page 27: Estatutos FEMCIC

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ARTÍCULO 16º DE LOS DERECHOS DE LOS ASOCIADOS.

Además de los que se establecen en el Capítulo Primero, del Título Decimo Primero del Código Civil

Federal, los asociados a la FEMCIC, A. C., tienen los siguientes derechos:

16.1. Hacer mención de tal calidad en los membretes de su papelería y en las publicaciones que éstos

editen.

16.2. Participar de los servicios que otorgue la FEMCIC, A. C., en beneficio de sus asociados, de

conformidad con los objetivos y requisitos mencionados en este mismo Estatuto.

16.3. Dado el caso y a solicitud por escrito del colegio asociado, ser representado por el pleno de la

FEMCIC, A. C., ante cualquier autoridad o instancia gubernamental que se requiera, previo acuerdo

con la Junta de Honor.

16.4. Participar con voz y voto, a través de su representante en la designación y elección del consejo

directivo de conformidad con lo que se establece en el Artículo 49° del Capítulo Sexto y el Capítulo

Décimo de este mismo Estatuto.

16.5. Participar en las actividades que el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., haya propuesto en sus

programas de trabajo, con el fin de fortalecerla y unirla.

16.6. Participar en las Asambleas Ordinarias ò Extraordinarias, con voz y voto en los asuntos para los

cuales hayan sido convocados.

16.7. El voto será 1 por Colegio para todas las decisiones de Asamblea sea Ordinaria o Extraordinaria

siempre que no tengan consecuencia directa en una elección y solo para el caso de la Asamblea

general Extraordinaria de Elección de un nuevo Consejo Directivo, la votación será de acuerdo a lo

que indica el art. 49.4.1 del presente Estatuto.

ARTÍCULO 17º DE LOS DEBERES DE LOS ASOCIADOS.

Además de los enunciados en el Capítulo Primero, del Título Décimo Primero del Código Civil

Federal, los asociados a la FEMCIC, A. C., tendrán los siguientes deberes:

17.1. Participar en las actividades que el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., haya propuesto en sus

programas de trabajo, para coadyuvar al cumplimiento de los objetivos enunciados en este mismo

estatuto.

17.2 Cubrir dentro del PRIMER BIMESTRE del año natural por transcurrir, las cuotas ordinarias

anuales aprobadas por la Asamblea General; así como las cuotas extraordinarias que hayan sido

aprobadas por la Asamblea General, dentro del tiempo límite establecido para ello.

17.3. Previa aceptación, desempeñar los cargos y las comisiones que les hayan sido encomendados por

la Asamblea General o por el Consejo Directivo.

17.4. Asistir de acuerdo con la convocatoria respectiva que emita y publique el Consejo Directivo de la

FEMCIC, A. C., a las Asambleas Generales Ordinarias o Extraordinarias.

17.5. Asistir a las reuniones de trabajo y convivencia, congresos regionales o nacionales, que el

Page 28: Estatutos FEMCIC

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Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., convoque con el fin de fortalecer la identidad y los lazos

afectivos de los asociados.

17.6.En un plazo no mayor de treinta días a partir de que ocurra, informar por escrito al Consejo

Directivo de la FEMCIC, A. C., el resultado de la elección para renovar el Consejo Directivo, así como

la designación de su representante ante la Asamblea General de la FEMCIC, A. C.

17.7. Presentar dentro del PRIMER BIMESTRE del año natural por transcurrir, el número de

miembros activos con que cuenta, detallando los nombres y especialidades de cada uno de ellos.

17.8. Informar el cambio de su domicilio cuando éste ocurra, en un plazo no mayor de treinta días.

17.9. Informar e invitar por escrito al Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., de cualquier evento de

carácter internacional, nacional o regional.

ARTÍCULO 18º DE LA REPRESENTATIVIDAD ANTE LA FEMCIC, A. C.

De conformidad con lo que establece el Capítulo Primero, del Título Décimo Primero del Código Civil

Federal y del Artículo Catorceavo del Capítulo Cuarto de este mismo estatuto, cada uno de los

colegios asociados a la FEMCIC, A. C., tendrá derecho a ser representado ante la Asamblea General o

ser parte del consejo directivo, por el asociado que pertenezca a cada colegio y cumpla con los

siguientes requisitos:

18.1. Ser mexicano, ingeniero civil titulado, con cédula expedida por la Dirección General de

Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y sin antecedentes penales.

18.2. Ser asociado activo del Colegio de procedencia, de conformidad con su estatuto vigente y

cuando menos con cinco años de antigüedad, salvo en los colegios de reciente creación.

18.3. Ser designado por escrito, por el Consejo Directivo del Colegio de procedencia, cuando el presidente en funciones de dicho Colegio así lo indique, para ejercer la representatividad de su Colegio ante la FEMCIC, A. C. Dicho escrito deberá presentarse oportunamente ante el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., para su acreditación formal, debiendo contener la aceptación firmada del representante.

18.4. Conocer el marco normativo de la FEMCIC, A. C.

ARTÍCULO 19º DE LA SEPARACIÓN DE LA FEMCIC, A. C.

Con fundamento en lo que establecen los Artículos Nos. 2680, 2681 y 2682 del Código Civil Federal, el

carácter de asociado se pierde por:

19.1 Separación voluntaria, previo aviso por escrito firmado por el Presidente del Colegio respectivo y

acreditado ante el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., dado con dos meses de anticipación.

19.2 La falta de pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias que se hayan fijado, quedando a

criterio del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., su aceptación en reingreso.

19.3 Por suspensión o expulsión, según estudio de la Junta de Honor, previa audiencia con el afectado,

dándosele a conocer el dictamen final a través del Consejo Directivo de la FEMCIC, A.C.

19.4 Los Asociados que voluntariamente se separen o que fueren expulsados, perderán todo derecho

al haber de la asociación.

Page 29: Estatutos FEMCIC

29

CAPÍTULO QUINTO.

DE LAS ASAMBLEAS.

ARTÍCULO 20º DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Con fundamento en lo que establece el Artículo No. 2674 del Código Civil Federal, el poder supremo

de la FEMCIC, A. C., reside en la Asamblea General, constituida por todos los representantes de los

colegios asociados, acreditados de conformidad con el Artículo 18o de este mismo Estatuto.

20.1 La Asamblea General puede ser Ordinaria o Extraordinaria.

ARTÍCULO 21º DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA.

21.1 La Asamblea General Ordinaria, se reunirá una vez al año, dentro de la primera quincena del mes

de mayo.

21.2 Asuntos a tratar:

A) Informe anual de actividades del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., que incluya lo relativo al

estado patrimonial de la asociación.

B) Informe anual de actividades de la Junta de Honor de la FEMCIC, A. C.

C) Propuesta del programa anual de actividades del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., que

incluya el presupuesto económico que ejercerá en ese mismo lapso y si hubiera, las modificaciones a

las cuotas de inscripción, a las anuales ordinarias y extraordinarias que les corresponda aportar a los

Colegios Asociados, así como los casos de exención que procedan.

D) Los asuntos de interés general para los Colegios Asociados, que a juicio del Consejo Directivo de la

FEMCIC, A. C., deban ser tratados y que hayan sido presentados a él por escrito, antes de la primera

publicación de la convocatoria respectiva y que no estén incluidos en el Artículo 25o de este mismo

Estatuto.

E) En los años de terminación non, se incluirán los siguientes puntos en el Orden del Día:

a.- Presentación del Informe de Actividades del Consejo Electoral;

b.- Toma de Protesta del Consejo Directivo entrante.

21.3 Lectura, revisión y firma del Acta de Asamblea que con ese motivo levante el Secretario General

del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.

21.4 Quórum Legal.

La Asamblea General Ordinaria, se constituirá con el número de representantes legalmente

acreditados que a ella asistan, como resultado de la Convocatoria en los términos siguientes:

A) En primera convocatoria: 50% más uno de los representantes legalmente acreditados ante el

Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., de los colegios asociados.

B) En Segunda Convocatoria, treinta minutos después de la hora fijada para la primera: con los

representantes de los colegios asociados que estén presentes.

ARTÍCULO 22º DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA.

22.1. La Asamblea General Extraordinaria, podrá reunirse en cualquier tiempo, de conformidad con lo

que establece el Artículo 23o de este mismo Estatuto.

22.2. Causas para convocar:

A) Cuando a juicio del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., lo estime conveniente.

Page 30: Estatutos FEMCIC

30

B) Cuando el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., reciba petición por escrito y firmada de cuando

menos un 50% de los representantes legalmente acreditados de los colegios asociados.

C) Cuando el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., reciba una solicitud por escrito de la Junta de

Honor en tal sentido.

D) Cuando a juicio de la Junta de Honor de la FEMCIC, A. C., decida convocarla por sí misma, una

vez agotado lo que establece el inciso C.

E) Por mandato judicial, de conformidad con lo que establece el Capítulo Primero del Título Decimo

Primero del Código Civil Federal.

En los casos de las fracciones B y C, la fecha que se fije para la celebración de esa asamblea, no

excederá de 60 días de calendario de la fecha en que fuere recibida tal petición.

22.3. Asuntos a tratar.En Asamblea General Extraordinaria se tratarán únicamente los asuntos

expresados en el Orden del día de la convocatoria respectiva, mencionando entre otros:

A) Reformas al Estatuto de la FEMCIC, A. C., y sus Reglamentos.

B) Asociarse en Confederación con otras Asociaciones o Federaciones de Profesionistas, nacionales o

Internacionales.

C) Disolución de la FEMCIC, A. C., y dado el caso, el nombramiento y otorgamiento de facultades a

los liquidadores, así como el destino y aplicación de los bienes de la misma conforme lo marca el

Artículo No. 2686 del Capítulo Primero, del Título Decimo Primero del Código Civil Federal.

D) Elecciones del Consejo Directivo.

E) Lectura, revisión y en su caso aprobación, del acta que por ese motivo haya levantado el Secretario

General del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.

22.4. Quórum Legal.A. En primera convocatoria: 50% más uno de los representantes legalmente

acreditados ante el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., de los colegios asociados.

B. En Segunda Convocatoria, treinta minutos después de la hora fijada para la primera: con los

representantes de los colegios asociados que estén presentes.

C. Excepto cuando se trate de la disolución de la FEMCIC, A. C., y sea éste el único punto a tratar,

será necesario una asistencia mínima en Segunda Convocatoria del 50% de los representantes de los

colegios asociados y una votación mínima del 75% a favor de esta medida.

ARTÍCULO 23º DE LAS CONVOCATORIAS.

23.1 Las convocatorias para las Asambleas Generales, tanto Ordinarias como Extraordinarias, se

notificarán por circular escrita al domicilio social registrado de los Colegios asociados ante la

FEMCIC, A. C., con una anticipación mínima de cuarenta y cinco días naturales. En dicha

convocatoria se dará a conocer el Orden del Día de la Asamblea, con el objeto de modificarla o

aceptarla. Los asociados contarán con un plazo máximo de 15 días naturales para hacer llegar sus

observaciones y requerimientos para incluirse en el Orden del Día. Para el caso de Asambleas

Generales Extraordinarias, la Convocatoria no podrá contener el inciso de Asuntos Generales.

Además el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., una vez aceptado el Orden del Día por los

Asociados, publicará dicha convocatoria como sigue: veinte días naturales antes de la fecha asignada

para la asamblea, en el Diario Oficial de la Federación o del Estado del Presidente en Turno el cual

tendrá que ser enviado a todos los Colegios para su Conocimiento o en un periódico de circulación

nacional; diez días naturales antes de la fecha asignada para la asamblea, se enviará un recordatorio

escrito a todos sus asociados.

Invariablemente, las convocatorias deberán ser firmadas por el Presidente y el Secretario General del

Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., en funciones; o por la Junta de Honor en pleno, cuando ésta

Page 31: Estatutos FEMCIC

31

haya convocado; o bien por la Autoridad Judicial, de conformidad con lo que establece el Capítulo

Primero del Título Decimo Primero del Código Civil Federal.

ARTÍCULO 24º DE LA VOTACIÓN EN LAS ASAMBLEAS.

Para poder emitir su voto, los representantes de los Colegios Asociados, legalmente acreditados ante

el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., deberán asistir personalmente a las asambleas o designar a

un representante por escrito y las decisiones que se adopten se consideraran válidas, cuando sean

acordadas por la mayoría de los asistentes y en consecuencia obligatorias para todos los Asociados.

El procedimiento para votar en las Asambleas lo fijaran de común acuerdo el Consejo Directivo y la

Junta de Honor, excepto cuando se trate de la elección del Vicepresidente de Representación en

contienda democrática, este deberá ser personal y secreto.

CAPÍTULO SEXTO.

DEL CONSEJO DIRECTIVO.

ARTÍCULO 25º DE LA ESTRUCTURA Y DE LOS REQUISITOS PARA SER MIEMBRO.

25.1 DE LA ESTRUCTURA

El Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., tendrá para su operación la siguiente estructura:

Un Presidente,

Un Vicepresidente de Representación,

Un Vicepresidente,

Un Secretario General y

Un Tesorero

Electos de conformidad con lo que establece el artículo 48°Adicionalmente: Un Vicepresidente de

Asuntos Internacionales, ocho Vicepresidentes Regionales, Un Subsecretario General, Un Subtesorero

y Ocho Consejeros, propuestos por el Presidente del Consejo Directivo a la Asamblea General

Ordinaria para su aprobación.

25.2 DE LOS REQUISITOS PARA SER MIEMBROPara ser miembro del Consejo Directivo, se

requiere ser de nacionalidad mexicana, estar en pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos,

pertenecer a algún Colegio Asociado a la Federación, con una antigüedad mínima de cinco años y el

haber sido miembro activo o numerario de su colegio cuando menos durante:

A.- Cinco años para ocupar los cargos de Presidente, Vicepresidente de Representación,

Vicepresidente, Secretario General y Tesorero.

B.- Tres años para ocupar los cargos de Vicepresidente de Asuntos Internacionales, Vicepresidente

Regional, Subsecretario General y Subtesorero.

C.- Un año para ocupar el cargo de Consejero.

ARTÍCULO 26º DE LA DURACIÓN.

Todos ellos durarán en su ejercicio dos años y no recibirán emolumento alguno por el desempeño de

estos cargos.

ARTÍCULO 27º DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA FEMCIC, A. C.

El Presidente del Consejo Directivo será el Representante Legal de la FEMCIC, A. C., con las

Page 32: Estatutos FEMCIC

32

facultades que para dicho encargo establece el Título Noveno del Código Civil Federal, pudiendo

delegar dichas facultades en cualquier miembro del Consejo Directivo.

Será facultad exclusiva del Presidente del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., que en ningún caso

podrá delegar, la suscripción de Títulos y Operaciones de Crédito, actos para los que necesitará,

invariablemente, la autorización de la Asamblea General.

ARTÍCULO 28º DE LAS FACULTADES DEL CONSEJO DIRECTIVO.

28.1 Representar a la FEMCIC, A. C.

28.2 Dirigir a la FEMCIC, A. C., de acuerdo con las disposiciones del presente estatuto, sus

reglamentos y disposiciones de aplicación supletoria.

28.3 Coordinar la ejecución de los programas y la aplicación de sus presupuestos.

28.4 Disponer lo necesario para el cumplimiento de los acuerdos tomados por Asamblea General, así

como presentar los proyectos de programa, presupuestos y acuerdos.

28.5 - Nombrar al Director Ejecutivo, quien dependerá directamente del Consejo Directivo, llevando a

cabo las acciones inherentes a su cargo y las que el Presidente, Vicepresidente de Representación,

Secretario General y Tesorero le soliciten.

28.6 Considerar, evaluar y emitir dictamen por mayoría de votos de sus miembros a través de la

evaluación de la Comisión de Admisión, sobre las solicitudes de nuevos asociados, si son de admitirse

o no.

28.7 Nombrar integrante sustituto, cuando alguno de los puestos adicionales del Consejo Directivo

quede vacante por renuncia, incapacidad física, fallecimiento o por ausencia definitiva. El

nombramiento deberá recaer en un miembro que cumpla los requisitos fijados en el Artículo 25.2 y

deberá informarlo de inmediato a todos los asociados.

28.8 Conceder Distinciones, Reconocimientos, Premios o Nombramientos Honorarios a personas

físicas o morales que hayan colaborado en forma excepcional en beneficio de los objetivos de la

FEMCIC, A. C., o que hayan hecho alguna aportación importante a la ingeniería civil mexicana.

28.9 El Consejo Directivo podrá nombrar Coordinadores Generales, Directores, Representantes,

Asesores, Comités, Comisiones, y contratar empleados eventuales o permanentes, para que lo auxilien

en el desarrollo de sus actividades, estableciendo el Reglamento de Trabajo a que haya que sujetarse.

28.10 El Consejo Directivo nombrará de entre sus miembros, a propuesta del Presidente del propio

Consejo al representante para establecer los nexos con otras asociaciones afines, nacionales o

extranjeras, con el propósito de promover el aliento y la fortificación mutua necesaria con todas ellas.

28.11 Determinar el establecimiento o conclusión de relaciones con las Asociaciones, Federaciones,

Confederaciones o Sociedades afines nacionales con las que mantenga vínculos, informando a la

siguiente Asambleas General Ordinaria.

28.12 Sustituir a miembros que se ausenten en forma temporal o definitiva sin causa justificada de

acuerdo a lo que establece el Reglamento respectivo, aprobado por el propio Consejo Directivo.

Page 33: Estatutos FEMCIC

33

ARTÍCULO 29º DE LAS REUNIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FEMCIC, A. C.

29.1 El Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., se reunirá en Sesión Ordinaria cuando menos cuatro

veces por año, las cuales se programarán en fecha y lugar para su realización, al inicio de la gestión de

cada Consejo Directivo y en Sesión Extraordinaria cuando lo convoque su Presidente, lo soliciten la

mitad o más de sus miembros o la Junta de Honor.

29.2 Para la realización de las reuniones del Consejo Directivo se deberán observar los siguientes

puntos:

A) La convocatoria deberá ser enviada por escrito a todos los integrantes del consejo directivo con 10

días de anticipación.

B) En la convocatoria de referencia se deberán incluir los temas a tratar.

29.3 De cada sesión se levantará acta escrita al término de la reunión, misma que será firmada por

todos los asistentes, siendo responsabilidad del Secretario General entregarla en el acto posterior a su

firma.

ARTÍCULO 30º DE LAS DECISIONES Y QUÓRUM LEGAL DEL CONSEJO DIRECTIVO

DE LA FEMCIC, A. C.

Las decisiones del Consejo Directivo se tomaran por mayoría de votos de los miembros presentes. En

caso de empate el Presidente tendrá Voto de Calidad o en su ausencia el Vicepresidente de

Representación. Para que haya Quórum Legal se requiere la presencia del Presidente o el

Vicepresidente de Representación, el Secretario o el Subsecretario, el Tesorero o el Subtesorero y por

lo menos tres Vicepresidentes.

ARTÍCULO 31º DE LAS FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO

DE LA FEMCIC, A. C.

31.1 Del Presidente:31.1.1. Representar a la FEMCIC, A. C., y al Consejo Directivo en los términos del

Artículo 28° del presente Estatuto.

31.1.2. Ejecutar los acuerdos que el Consejo Directivo tome conforme a las disposiciones del presente

Estatuto y las de aplicación supletoria.

31.1.3. Proponer y promover todas aquellas actividades que conduzcan a lograr los objetivos de la

FEMCIC, A. C., y mantener una comunicación constante con todos sus miembros.

31.1.4. Convocar con el Secretario General, a las Asambleas Generales.

31.1.5. Presidir las Asambleas Generales y las sesiones del Consejo Directivo, así como todas aquellas

instancias que por estatuto le correspondan, dirigiendo los debates y presentando las sugerencias

pertinentes que conduzcan a lograr acuerdos y decisiones.

31.1.6. Vigilar el cumplimiento de este Estatuto y sus reglamentos, así como los acuerdos emitidos por

la Asamblea General, dentro del plazo establecido para ellos.

31.1.7. Coordinar el esfuerzo de los diferentes órganos ejecutivos de la FEMCIC, A. C., de conformidad

con el Capítulo Octavo de este Estatuto y vigilar la realización de las actividades programadas por

ellos.

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34

31.2. De las Vicepresidencias.

31.2.1 Para cumplir con los objetivos de la FEMCIC, A. C., contará el Consejo Directivo con once

Vicepresidencias, que se denominarán:

1.- Vicepresidencia de Representación

2.- Vicepresidencia

3.- Vicepresidencia de Asuntos Internacionales

4.- Vicepresidencia Zona Noroeste

5.- Vicepresidencia Zona Noreste

6.- Vicepresidencia Zona Centro-Oriente

7.- Vicepresidencia Zona Centro-Occidente

8- Vicepresidencia Zona Centro-Sur

9.- Vicepresidencia Zona Sureste

10.-Vicepresidencia Zona Norte

11.-Vicepresidencia Zona Sur

31.2.2. FUNCIONES COMUNES DEL LOS VICEPRESIDENTES.

A.- Asistir a las Asambleas Generales y sesiones del Consejo Directivo.

B.-Auxiliar al Presidente en el desempeño de sus funciones, en la forma y grado que este considere

más conveniente.

C.- Representar al Presidente en los encargos que éste le encomiende.

31.2.3. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS VICEPRESIDENTES.

Del Vicepresidente:

A.- En caso de ausencia definitiva del Presidente del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., el

Vicepresidente, asumirá el cargo de Presidente, hasta completar el periodo de la gestión del Consejo

Directivo en funciones, para el cual fue electo.

B.- Representar al Presidente, ante instituciones gremiales, asociaciones afines y Organizaciones No

Gubernamentales nacionales, con el objeto de establecer y consolidar los nexos necesarios, que

permitan relaciones de carácter institucional de beneficio para la FEMCIC, A. C.

C.- Coordinar y coadyuvar con los diferentes representantes de la FEMCIC, A. C., en el cumplimiento

de las acciones encomendadas.

Del Vicepresidente de Representación:

A.- Representar al Presidente, ante instituciones gremiales, asociaciones afines y Organizaciones no

Gubernamentales nacionales, con el objeto de establecer y consolidar los nexos necesarios, que

permitan relaciones de carácter institucional de beneficio para la FEMCIC, A. C.

B.- Coadyuvar al Presidente y Vicepresidente en funciones en la coordinación de los diferentes

representantes de la FEMCIC, A. C., en el cumplimiento de las acciones encomendadas.

Del Vicepresidente de Asuntos Internacionales.

A.- Establecer relaciones, ante instituciones gremiales, asociaciones afines y Organizaciones no

Gubernamentales extranjeras, con el objeto de establecer y consolidar los nexos necesarios, de

carácter institucional de beneficio para la FEMCIC, A. C.

Page 35: Estatutos FEMCIC

35

De los Vicepresidentes Regionales.

A.- Coordinar a los colegios asociados a la FEMCIC, A. C., para el logro y cumplimiento de los

objetivos de la federación, en el ámbito geográfico que les corresponde.

31.3. Del Secretario General.

31.3.1. Asistir a las asambleas y a las sesiones del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.

31.3.2. Preparar el Orden del Día de las Asambleas Generales y de las sesiones del Consejo Directivo;

emitiendo en conjunto con el Presidente las convocatorias respectivas, auxiliándolo en la conducción

de las mismas y elaborando el Acta correspondiente a dichas reuniones.

31.3.3. Actuar como elemento de contacto permanente, entre el Consejo Directivo y el Gerente

General de la FEMCIC, A. C., con fines de dirección, coordinación y control, así como con las

asociaciones nacionales y extranjeras.

31.3.4. Implementar las medidas necesarias y suficientes, para llevar un control eficiente de los

archivos de la FEMCIC, A. C.

31.3.5. Colaborar en los esfuerzos de los Directores Estatales, para la coordinación general de los

Colegios Asociados, así como de las representaciones y comisiones.

31.3.6. Actuar como elemento de contacto con las asociaciones extranjeras.

31.4. Del Subsecretario General.

A.- Asistir a las Asambleas Generales y a las sesiones del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.

B.- Desempeñar las funciones del Secretario General en su ausencia.

C.- Colaborar estrechamente con el Secretario General y apoyarlo en todo lo relativo al desempeño de

sus funciones.

31.5. Del Tesorero.

31.5.1. Asistir a las Asambleas generales y a las sesiones del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.

31.5.2. Custodiar y administrar los bienes que integren el Patrimonio de la Asociación,

implementando las medidas necesarias y suficientes para el uso eficaz de los mismos, establecidos en

los Objetivos Generales y Específicos de la FEMCIC, A. C.

31.5.3. Elaborar el Presupuesto Anual por ejercer, revisar en conjunto con el Contador Público

designado, los estados contables y patrimoniales de la Asociación, presentándolos para su análisis y

ser aprobados por la Asamblea General.

31.5.4. Mantener informada a la Junta de Honor, sobre todos los aspectos de su responsabilidad, antes

de la Asamblea General Ordinaria, o cuando así se lo soliciten por escrito.

31.5.5. Vigilar y coordinar los esfuerzos que realizan las representaciones y comisiones de carácter

financiero y patrimonial.

31.6. Del Subtesorero.

A.- Asistir a las Asambleas Generales y a las Sesiones del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.

B.- Auxiliar al Tesorero en el desempeño de sus funciones y suplirlo en su ausencia.

Page 36: Estatutos FEMCIC

36

31.7. De los Consejeros.

A.- Asistir a las Asambleas Generales y participar activamente en las sesiones del Consejo Directivo de

la FEMCIC, A. C.

B.- Colaborar estrechamente con las funciones y actividades que programe el Consejo Directivo de la

FEMCIC, A. C., así como propiciar la armonía y el espíritu de trabajo, individual y colectivo, dentro

del mismo.

ARTÍCULO 32º. LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FEMCIC, A. C.,

PODRÁN CESAR EN SUS FUNCIONES:

32.1. Por renuncia voluntaria.

32.2. Por ausencia no justificada temporal o definitiva.

32.3. Por suspensión.

32.4. Por expulsión.

La renuncia será presentada por escrito y aprobada por el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.

* La ausencia no justificada a tres reuniones de Consejo Directivo o Asambleas Generales, continuas o

discontinuas, en un año causará baja del Consejo Directivo.

* La ausencia definitiva deberá comunicarse por escrito al Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.,

quedando facultado éste para nombrar sustituto de acuerdo con las facultades que le confiere el

Artículo 28° de este mismo Estatuto.

CAPÍTULO SÉPTIMO.

DE LA JUNTA DE HONOR.

ARTÍCULO 33º DE SU INTEGRACIÓN. La Junta de Honor estará integrada por “Vocales”, que serán los cinco últimos Ex-Presidentes del

Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.; el más antiguo la presidirá, durando en su cargo dos años, que

será el mismo periodo que dure cada Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.En caso de muerte,

renuncia, ausencia temporal o impedimento del Presidente de la Junta de Honor, lo sucederá en su

cargo el Ex-Presidente que le siga en antigüedad y se integrará a ésta algún miembro del Consejo

Consultivo, por invitación de la Junta de Honor.

ARTÍCULO 34º DE LAS ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DE HONOR.

Son atribuciones de la Junta de Honor:

34.1. Ser el órgano de vigilancia de los actos del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., quien tendrá

la obligación de proporcionarle toda la información y medios necesarios que requiera para el

desempeño de sus funciones; intervenir ante él y, en casos graves, convocar a Asamblea General

Extraordinaria por sí mismo, que tendrá plena validez sobre cualquier otra convocatoria prevista por

este Estatuto.

34.2. Revisar a petición del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., el cumplimiento y aplicación de las

disposiciones del Código de Ética Profesional y someter a la Asamblea General su dictamen para que

ésta resuelva lo conducente.

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37

34.3. Ordenar cuando así lo juzgue conveniente, una Auditoria Contable Externa, para su análisis y

evaluación.

34.4. Propugnar por el decoro y buen nombre de la FEMCIC, A. C., y porque la conducta de sus

asociados no se aparte de las normas que establezcan este Estatuto y el Código de Ética Profesional.

34.5. Conocer por sí, cuando se trate del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., o a petición de éste,

de algún colegio asociado o su directiva, los casos de violación a las normas estatutarias y a las del

Código de Ética Profesional.

34.6. Estudiar y dictaminar acerca de la conveniencia de la defensa de cualquiera de los miembros del

Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., o de cualquiera de los miembros de los colegios asociados a

este organismo profesional, que fuere acusado ante los Tribunales Civiles o Penales, respecto de quien

se hagan imputaciones que afecten su decoro o buena reputación, desde el punto de vista profesional.

Esta defensa deberá recomendarse a solicitud del interesado, o en su defecto, se hará de oficio cuando

menoscabe el prestigio o interés de la propia FEMCIC A. C., o de los Colegios Asociados a ésta.

34.7. Integrar el Consejo Electoral, de conformidad con lo que establece el Artículo 45º, de este mismo

Estatuto.

34.8. Los miembros de la Junta de Honor sólo podrán ser juzgados en Asamblea General

Extraordinaria.

ARTÍCULO 35º DE LAS REUNIONES DE LA JUNTA DE HONOR Y DEL QUÓRUM LEGAL. 35.1. La Junta de Honor se reunirá tres veces al año en forma ordinaria y extraordinaria de acuerdo a

los siguientes casos:

A.- Por petición escrita de alguno de sus integrantes.B.- Por acuerdo del Consejo Directivo o de la

Asamblea General.

B.- Por solicitud escrita y firmada por los representantes legalmente acreditados, de un grupo de

cinco Colegios Asociados a la FEMCIC, A. C., en la cual se explique el objeto de la reunión.

35.2. Dependiendo de la gravedad del caso y si el Presidente de la Junta de Honor no llegara a

convocar a los demás miembros de la misma, en un plazo de quince días después de recibida la

solicitud, el Presidente del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., tendrá facultad para citar a los

integrantes de la Junta de Honor y efectuarla.

35.3. Las reuniones de la Junta de Honor y los acuerdos que de ahí emanen, sólo podrán tener validez

con la asistencia de tres de sus miembros más su Presidente y las decisiones se tomarán por mayoría

de votos, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

ARTÍCULO 36º DEL CONSEJO CONSULTIVO.

El Consejo Consultivo está integrado por todos los Ex-Presidentes de la FEMCIC, A. C.

ARTÍCULO 37º DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO. 37.1. Servir de órgano de consulta del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. y de la Asamblea General

de la misma.

Page 38: Estatutos FEMCIC

38

37.2. Preparar estudios y asesorar al Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., en los asuntos que le sean

solicitados.

37.3. Presentar al Consejo Directivo o a la Junta de Honor de la FEMCIC, A. C., las recomendaciones

que estime convenientes.

37.4. Participar con el Consejo Directivo en la elaboración de los Reglamentos de la FEMCIC, A. C.

37.5. Dar seguimiento con el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. en funciones, a los programas

inconclusos del Consejo Directivo saliente.

37.6. El Consejo Consultivo en coordinación con el Consejo Directivo, podrán cuidar, preservar y

acrecentar, todo aquello que signifique parte importante del desarrollo y presencia de la FEMCIC, A.

C., por lo que el Archivo de la historia y legado Gremial de ésta, deberá quedar bajo su resguardo.

37.7. Cuidar y velar por el buen nombre de la FEMCIC, A. C.

CAPÍTULO OCTAVO.

DE LA ORGANIZACIÓN.

ARTÍCULO 38º DE LA ESTRUCTURA GENERAL ORGANIZATIVA. La FEMCIC, A. C., es la asociación profesional de máxima representatividad de la ingeniería civil

organizada de la República Mexicana, legalmente constituida, que tiene la atribución de conocer la

actividad de los colegios de ingenieros civiles federados, así como propiciar que cada uno de ellos

trabaje en su jurisdicción territorial.

La FEMCIC tiene la facultad de signar convenios de intercambio tecnológico y profesional con

organizaciones nacionales e internacionales que tienen relación directa con la ingeniería civil.

El Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., para alcanzar los objetivos de la propia Federación y de

conformidad con lo que establece el Artículo 5o del presente Estatuto, se auxiliará, además, con el

Consejo Consultivo, el Patronato, el Consejo Técnico Nacional, el Consejo Nacional de Certificación,

el Consejo Académico Nacional y el Consejo de Confederaciones, así como de cualquier otra

representación que se requiera en el territorio nacional.

ARTÍCULO 39º DEL PATRONATO.

39.1 El Patronato de al FEMCIC, A. C., tendrá como objetivo principal incrementar el patrimonio de la

misma, gestionando apoyos económicos, contribuciones y financiamientos para lograr el objetivo

mencionado, sin menoscabo de sugerir cualquier otro medio lícito que incremente dicho patrimonio.

39.2 Los miembros del Patronato serán nombrados por el Consejo Directivo y la Junta de Honor de la

FEMCIC, A. C.

ARTÍCULO 40º DEL CONSEJO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN. 40.1 Tendrá el objetivo de asesorar y apoyar al Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., en el desarrollo

de programas de actividades que promuevan la Certificación de Peritos Profesionales entre los

miembros de los colegios asociados a la propia federación.

40.2 El Consejo Nacional de Certificación se integrará con cinco miembros eméritos de los Colegios

Asociados que tengan a su cargo esta actividad y con los representantes de las Sociedades Técnicas

Page 39: Estatutos FEMCIC

39

que hayan suscrito convenios de colaboración con la FEMCIC, A. C. El Consejo Nacional de

Certificación será presidido por el Presidente del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. y en su

ausencia por un Coordinador Nacional.

40.3 Las facultades, funciones, organización y procedimientos de operación del Consejo Nacional de

Certificación, se establecerán en su reglamento, el cual será aprobado de acuerdo a lo que se establece

en el presente Estatuto.

ARTÍCULO 41º DEL CONSEJO ACADÉMICO NACIONAL.

41.1 El Consejo Académico Nacional será un órgano de consulta del Consejo Directivo de la FEMCIC,

A. C., con el objeto de analizar y proponer todas aquellas soluciones tendientes a definir el perfil del

ingeniero civil en términos de competitividad internacional y además en la revisión de los planes de

estudio y de los sistemas de docencia que se aplican en las Facultades y Escuelas de Ingeniería Civil de

la República Mexicana.

41.2 El Consejo Académico Nacional se integrará por cinco miembros eméritos de la FEMCIC, A. C.,

quienes serán el medio a través del cual se establecerán los nexos de la propia federación con todas

aquellas asociaciones y uniones que tengan o busquen el mismo fin.

41.3 Las facultades, funciones, organización y procedimientos de operación del Consejo Académico

Nacional, se establecerán en su Reglamento, el cual será aprobado de acuerdo a lo que se establece en

el presente Estatuto.

ARTÍCULO 42º DEL CONSEJO TÉCNICO NACIONAL.

42 .1 A propuesta de los colegios asociados, el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., designará al

Consejo Técnico Nacional, que será integrado por los Presidentes de las Sociedades Técnicas,

especialistas en cada una de las áreas relacionadas con nuestro quehacer Profesional, que hayan

suscrito convenios de colaboración con la propia FEMCIC, A. C., quienes deberán expresar por escrito

su aceptación y de entre ellos se elegirá a un coordinador.

42.2 Entre los fines de este Consejo, estará el de asesorar a las Autoridades Federales, Estatales o

Municipales; en casos de desastre o emergencia, se integrarán gremialmente con la estructura técnica

operativa de auxilio o ayuda social de la FEMCIC, A. C., con otros sectores gremiales u

organizacionales en las entidades federativas en sus diferentes niveles y jerarquías de Gobierno.

42.3 Asesorar y apoyar al Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., en el desarrollo de sus programas de

actividades, con la participación de las sociedades técnicas.

42 4 Apoyar a los Centros de Actualización Profesional e Innovación Tecnológica de los colegios

asociados a la FEMCIC, A. C., en el diseño de los cursos anuales para la actualización profesional de

sus asociados.

42.5 Las facultades, funciones, organización y procedimientos de operación del Consejo Técnico

Nacional, se establecerán en su reglamento, el cual será aprobado de acuerdo a lo que se establece en

el presente estatuto.

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40

CAPÍTULO NOVENO.

DE LAS CUOTAS.

ARTÍCULO 43º DE LAS CUOTAS. El Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., con el acuerdo de la Asamblea General y previo estudio que

presente su Tesorero, fijará las cuotas de inscripción, anuales y extraordinarias, así como sus futuras

modificaciones, que deberán pagar los Colegios Asociados a la FEMCIC, A. C., para cubrir la parte

proporcional que les corresponde de los gastos generados por la propia actividad desarrollada en la

consecución de sus fines.

ARTÍCULO 44º DE LAS FORMAS DE PAGO.

Todo lo relativo a las formas de pago de las cuotas, será establecido por el Consejo Directivo de la

FEMCIC, A. C.

CAPÍTULO DÉCIMO.

DE LAS ELECCIONES.

ARTÍCULO 45º DE LA INSTALACIÓN DEL CONSEJO ELECTORAL.

45.1. Durante la primera quincena del mes de MARZO de los años pares, el Presidente de la Junta de

Honor de la FEMCIC, A. C., declarará instalado el Consejo Electoral que estará integrado como sigue:

Presidente: El Presidente de la Junta de Honor.

Secretario: El Presidente del Consejo Directivo en funciones.

Vocales: Los vocales de la Junta de Honor y el Secretario del Consejo Directivo en funciones y dado el

caso, de que existan dos o más planillas registradas, un representante de cada una de las mismas,

integrándose éstos al momento en que se cierre el registro de estas últimos.

45.2. Instalado el Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., ningún miembro de él podrá retirarse o

sustituirse, hasta terminado el proceso electoral.

ARTÍCULO 46º DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO ELECTORAL.

46.1 Formular el padrón electoral en conjunto con el Secretario General del Consejo Directivo en

funciones, en el que se incluirán los representantes legalmente acreditados ante el Consejo Directivo

de la FEMCIC, con derecho a voz y voto, el cual quedará integrado a más tardar en la primera

quincena del mes de MARZO del año de elecciones.

46.2 Determinar y vigilar la forma en que se desarrollará el proceso electoral de conformidad con los

lineamientos que establece este estatuto.

46.3 Elaborar la Convocatoria correspondiente a Elecciones, en la que se debe incluir toda la

información suficiente y necesaria, respecto al proceso electoral en su conjunto, cuidando la claridad

y exactitud de la información vertida.

46.4 Emitir el dictamen del resultado de la elección, levantando el acta correspondiente del proceso

electoral, anotando en forma conjunta los acontecimientos que hayan ocurrido; cuando a juicio del

Consejo Electoral se presenten causas muy graves, este Consejo está facultado para declarar nula la

elección, cuando así lo acuerden cinco de sus integrantes y queden perfectamente claras dichas

causas.

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41

ARTÍCULO 47º DE LA OPERACIÓN DEL CONSEJO ELECTORAL.

47.1. El Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., se reunirá en sesión de trabajo en las fechas y lugares

que fije su Presidente; las sesiones tendrán lugar a iniciativa del propio Presidente o a solicitud escrita

de la mitad más uno de sus miembros.

47.2. Los acuerdos del Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., se tomarán por mayoría de votos de sus

miembros y corresponderá al Presidente del Consejo Directivo, comunicar a éste, dichos acuerdos y

darles cumplimiento en lo que corresponda.

47.3. El Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., se establecerá en sesión permanente durante el

proceso electoral.

47.4. Todos los documentos emitidos por el Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., deberán estar

firmados al menos por el Presidente y el Secretario de este Consejo.

ARTÍCULO 48º DE LA CONVOCATORIA A ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

DE LA FEMCIC, A. C.

En los años pares, tendrá lugar la Asamblea General Extraordinaria para elegir al nuevo Consejo

Directivo dentro de la primera quincena del mes de MAYO, las planillas para el Consejo Directivo

deberán estar integradas por Un Vicepresidente de Representación, Un Vicepresidente, Un Secretario

General y un Tesorero. El Consejo Electoral convocará a todos los Colegios Asociados de la FEMCIC,

A. C., especificando en la Convocatoria de Elecciones, las fechas, los lugares y los horarios

establecidos, así como los requisitos que deberán llenarse y la mecánica que se seguirá en el proceso

electoral.

Con diez días de anticipación, recordará a sus asociados, por el medio de comunicación que estime

conveniente, la Convocatoria para la elección de miembros del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.

ARTÍCULO 49º. DE LA ELECCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FEMCIC, A. C.

49.1. El Consejo Electoral vigilará la elección del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., durante la

Asamblea General Extraordinaria convocada para ese fin, la cual deberá realizarse durante la primera

quincena del mes de MAYO de los años con terminación par el día que fije el Consejo Electoral y dado

a conocer en la Convocatoria respectiva y de conformidad con lo que señala este Estatuto y su

Reglamento.

49.2. Las cédulas oficiales de votación, serán preparadas por el Consejo Electoral, debidamente

foliadas y entregándose en la fecha señalada para la elección a todos los representantes legalmente

acreditados ante el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., con derecho a voto.

49.3. El voto será secreto y se depositará personalmente en la urna que para tal fin el Consejo

Electoral haya elaborado, la cual se sellará antes del proceso, ante la presencia de toda la Asamblea.

49.4. Solamente serán válidos los votos de los representantes de los Colegios Asociados que cumplan

con los siguientes requisitos:

A.- Estar al corriente en el pago de las cuotas que se establecen en el Artículo 17o, inciso 17.2 de este

Estatuto.

Page 42: Estatutos FEMCIC

42

B.- Tener una asistencia mínima del 60% a las reuniones nacionales y asambleas generales a las que

hubiera sido convocado durante el año y medio -18 meses- inmediatos anteriores al que se realice la

elección.

49.4.1 El voto que emitan los representantes acreditados de los Colegios Asociados a la FEMCIC, A. C.,

será de acuerdo a la siguiente Tabla:

De 1 a 100 Colegiados 1 VOTO

De 101 a 200 Colegiados 2 VOTOS

De 201 a 400 Colegiados 3 VOTOS

De 401 a 900 Colegiados 4 VOTOS

De 901 colegiados en adelante 5 VOTOS

El voto será, personal y directo.

49.5. Terminando el escrutinio en presencia del Consejo Electoral y del o de los representantes de los

candidatos registrados, se levantará el acta correspondiente a la elección, haciendo constar el

resultado; el acta será firmada por los miembros del Consejo Electoral y los representantes de los

candidatos que así lo deseen. El Presidente del Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., hará la

declaratoria del candidato triunfante.

49.6. El Consejo Electoral comunicará a todos los Colegios Asociados a la FEMCIC, A. C., el resultado

de la elección, pudiendo darle toda la difusión que estime conveniente.

49.7. El Consejo Directivo electo de la FEMCIC, A. C., rendirá protesta e iniciará funciones el día que

se celebre la Asamblea General Ordinaria en los años nones, misma que tendrá lugar en la primera

quincena del mes mayo.

ARTÍCULO 50º DE LOS REQUISITOS PARA SER VICEPRESIDENTE DE

REPRESENTACIÓN DE LA FEMCIC, A. C.

Podrá ser candidato para ocupar la Vicepresidencia de representación de la FEMCIC, A. C., quien

cumpla con los siguientes requisitos:

A. Tener una antigüedad mínima de cinco años como Socio Activo del Colegio que lo propone

como su candidato.

B. Ser propuesto por escrito dirigido al Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., por un mínimo del

10% de los Colegios Asociados, donde conste la aceptación firmada de aceptación a la

candidatura por el socio propuesto.

C. Haber ocupado alguno de los cargos de los que se mencionan en el Artículo 25o de este

Estatuto, en cualquier Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. a excepción del de Presidente o

haber ocupado el cargo de Presidente de su Colegio.

D. Ser mexicano, Ingeniero Civil titulado, con Cédula Profesional y sin antecedentes penales.

ARTÍCULO 51º DE LA DISOLUCIÓN DEL CONSEJO ELECTORAL DE LA FEMCIC, A. C.

Una vez terminado el proceso electoral, en las modalidades que se mencionan en este estatuto, y

habiendo cumplido cabalmente con su cometido, el Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., quedará

disuelto.

Page 43: Estatutos FEMCIC

43

CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO.

DE LA DISOLUCIÓN DE LA FEDERACIÓN.

ARTÍCULO 52º. GENERALIDADES.

La FEMCIC, A. C., podrá disolverse por consentimiento expreso de la Asamblea General

Extraordinaria, convocada para tal efecto por el Consejo Directivo y la Junta de Honor, con la

formalidad que marca este Estatuto y en apego a lo que establecen los Artículos 2586 y 2685 del

Capítulo Primero, del Título Onceavo del Código Civil Federal.

Una vez acordada la disolución de la FEMCIC, A. C., si se cree conveniente, sus bienes y los fondos

existentes, se entregarán a una institución de objetivo social similar a la federación y que la Asamblea

General designe, firmando el acta donde se establezca su resolución, la cual se registrará en las

instancias legales correspondientes, para que cause efecto legal contra terceros.

TRANSITORIOS:

PRIMERO.- El Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., tiene un plazo no mayor de sesenta días

naturales, para publicar y difundir entre los colegios asociados a la federación éste Estatuto, contados

éstos a partir del registro ante el Notario Público correspondiente.

SEGUNDO.- Los miembros del I Consejo Directivo electos en la Primera Asamblea General Ordinaria

del día 2 del mes de abril de 2005, quedó constituido bajo la siguiente estructura:

Presidente: Ing. Juan Villegas Arce

Vicepresidente de Representación: Ing. Raúl Silva Ávila

Secretario General: Ing. Hugo René Noé Lazcano

Tesorero: Ing. Miguel Ángel Rodríguez

TERCERO.- Se establece que el Consejo Consultivo de esta Federación, queda integrada inicialmente

por los siguientes miembros:

Ing. Enrique Dau Flores

Ing. Rafael Aburto Valdés

Ing. Carlos Martín del Castillo

Ing. Maximino Torres Silva

Ing. Leopoldo Espinosa Benavides

Ing. Aldo Córdova Fermanni

Ing. José Antonio Córdova Ornelas

Ing. Carlos Arnulfo López López

Ing. Fernando Favela Lozoya

Ing. Leandro G. López Arceo

Ing. José Rafael Giorgana Pedrero

Ing. Francisco Jaime Navarro Celaya

Ing. Eric Luis Moreno Mejía

Page 44: Estatutos FEMCIC

44

CUARTO.- Se establece que la Junta de Honor de esta Federación queda integrada inicialmente por

los siguientes miembros:

PRESIDENTE: Ing. Fernando Favela Lozoya

VOCALES:

Ing. Leandro Gilberto López Arceo.

Ing. José Rafael Giorgana Pedrero.

Ing. Francisco Navarro Celaya

Ing. Eric Luis Moreno Mejía.

QUINTO.- Respecto al Domicilio Social inicial de la FEMCIC, se establece ocuparlo de conformidad

con el convenio celebrado ante las autoridades que administran dicho inmueble con este fin, sin

detrimento de que sus actividades se desarrollen en cualquier entidad federativa.

Page 45: Estatutos FEMCIC

45

FEDERACIÓN MEXICANA DE COLEGIOS DE INGENIEROS CIVILES, A. C.

Page 46: Estatutos FEMCIC

46

8.- REGLAMENTO DE ELECCIONES

REGLAMENTO ELECTORAL

Artículo 1.-La convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria de Elecciones, s los

Miembros de la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles A.C.

Artículo 2.- La asistencia a la Asamblea Extraordinaria de elecciones es abierta para todos los

miembros de los asociados a la FEMCIC, con la salvedad de que solo tendrán derecho a voz y voto los

representantes acreditados de los asistentes que estén al día en sus derechos y obligaciones.

Artículo 3.-

indicar además del Orden del Día al menos:

La forma como deberán integrarse las planillas.

Los artí

candidatos a todos los cargos que se deberán cubrir.

La fecha de cierre de inscripción de las planillas ante el Consejo Electoral.

Lugar para la entrega de las planillas.

Artículo 4.-El Consejo Directivo es el Órgano de Gobierno, representación y administración general

de la “FEMCIC”, por lo que los interesados deberán integrar planillas que cubran los siguientes cargos:

Un Vicepresidente de representación

Un Vicepresidente

Un Secretario General

Un Tesorero.

Artículo 5.-Todos los integrantes de la planilla electa para ocupar los cargos del Consejo Directivo,

tomarán posesión de sus cargos en la Asamblea Ord

en funciones.

Artículo 6.-

la Asamblea que estos se integren como Consejeros, al Consejo Directivo en Funciones.

Artículo 7.-

Artículo 8.-

excluida de ese proceso.

Artículo 9.-El proce

Art. 3 de este regla

mes de abril en

horarios fijados por el Consejo Electoral.

Page 47: Estatutos FEMCIC

47

Artículo 10.-Las elecciones para renovación de Consejo Directivo se llevarán a cabo en reunión de la

Asamblea General Extraordinaria en la primera quincena del mes de mayo de los años pares de

acuerdo al Estatuto.

que deberán estar en congruencia con el Estatuto y el presente Reglamento de Elecciones de la

FEMCIC, A.C.

Artículo 11.-

te de las cuotas de acuerdo a los

rangos establecidos en la Asamblea General Extraordinaria celebrada en la ciudad de Culiacán,

Sinaloa el día 28 de agosto de 2010.

Artículo 12.- Son facultades del Consejo Electoral:

12.1. La vigilancia de que el proceso electoral se realice de acuerdo al Estatuto, en un marco de respeto

y en apego al él y al presente reglamento.

.12.2. Conformar el Padrón Electoral, con aquellos miembros activos y con goce de sus derechos de la

Federación, requisito para formar parte de un

tardar en la primera quincena del mes de marzo de los años pares.

12.3. Elaborar las Cédulas Oficiales de votación, debidamente identificadas con folio o con la firma del

Presidente y Secretario del Consejo Electoral, serán entregadas al momento del registro para la

Asamblea General Extraordinaria de elecciones.

12.4. Constatar que las planillas inscritas cumplan con los requisitos de la convocatoria, del Estatuto y

estén debidamente integradas por un Vicepresidente de Representación, un Vicepresidente, un

Secretario General y un Tesorero del Consejo Directivo cumplan con lo estipulado en el Estatutos y en

el Reglamento de Elecciones.

12.5. Elaborar y entregar a los interesados por medio de oficio firmado por los integrantes del Consejo

Electoral del resultado de la revisión que el Consejo realice de los documentos presentados por las

planillas inscritas, informándoles de la aceptación o rechazo en su caso.

12.6. Todas las comunicaciones a los candidatos de las planillas se realizarán por medio de sus

representantes, quienes se integrarán al Consejo Electoral previo aviso por escrito de quié

representante posterior a la aceptación de la planilla.

12.7.- El Presidente del Consejo Electoral llevará la Asamblea General Extraordinaria donde se elija al

Vicepresidente de representación, Vicepresidente, Secretario General y Tesorero del C

elecciones de acuerdo al Estatuto.

12.8.- Todas decisiones tomadas por el Consejo Electoral, serán por mayoría simple de votos, teniendo

en caso de empate, el voto de calidad el Presidente del mismo.

Artículo 13.-

ésta el nombramiento del o los escrutadores, quienes realizarán

el conteo de votos ante la presencia del Consejo Electoral y el o los representantes de las planillas

inscritas, verificando en todo momento que el número de votos coincida con el de las cédulas

emitidas.

Page 48: Estatutos FEMCIC

48

Artículo 14.- endo constar el resultado de la

elección y de la p

integrantes del Consejo Electoral, Presidente y Secretario como mínimo y representantes de la o las

planillas. El Presidente declaratoria oficial de la planilla triunfante, ante

el Pleno de la Asamblea.

Artículo 15.-Dentro de los 21 días hábiles siguientes a la Elección, el Consejo Directivo en funciones

emitirá el Acta donde conste la planilla qu

para los fines posteriores correspondientes.

Artículo 16.-

la Federación por todos los medios disponibles dentro de los 21 días hábiles siguientes a la Elección.

Artículo 17.-

Estatuto después de que el Consejo Directivo Electo tome protesta y en un plazo no mayor a 30 días

después de la Asamblea General Ordinaria de los años nones.

Artículo 18.-Los participantes de todas las Planillas que contiendan en la Elección, asumen de

antemano, siempre y particularmente durante el proceso electoral, el compromiso de ceñirse a los

Principios de Ética y Conducta Profesional de la Federación, evitando siempre insultar, descalificar o

desprestigiar al contrario.

Artículo 19.-Cualquier inconformidad o queja que manifieste una Planilla durante el periodo de

elecc éste proceda a tomar las

consideraciones y medidas necesarias por la misma.

Artículo 20.-

manifieste su

e.

Artículo 21.-

planilla, solicitándole la remoción del Miembro de la misma que haya

quebrantado este Reglamento; o bien, proceder a la descalificación total de la planilla si esta

resolución no se acata.

Artículo 22.-Este Reglamento como el Estatuto es de observancia general y obligatoria para todos

los Asociados de la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles A.C.

Page 49: Estatutos FEMCIC

49

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Artículo 1.-Asambleas celebradas en la ciudades de: Culiacán, Sinaloa, en agosto 28 de 2010; Mérida, Yucatán, en

mayo 13 de 2011 y México, D.F., en julio 29 de 2011; quedando en vigor al momento de su verificación

por parte del Consejo Directivo en reunión convocada para este fin.

Artículo 2.-Las disposiciones contenidas en este Reglamento derogan a todas aquellas disposiciones

que se opongan al Estatuto Vigente y al Presente Reglamento.

Page 50: Estatutos FEMCIC

50

FEDERACIÓN MEXICANA DE COLEGIOS DE INGENIEROS CIVILES, A. C.

Page 51: Estatutos FEMCIC

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9.- REGLAMENTO DE PREMIOS

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE PREMIOS

Capítulo Primero

Fundamento Jurídico

Artículo 1.-El presente reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento para otorgar los

Premios Nacionales de Ingeniería Civil, otorgados por la Federación Mexicana de Colegios de

Ingenieros Civiles, A. C., FEMCIC, así como determinar los criterios de una manera transparente para

la selección de las personas premiadas en sus diferentes modalidades con base en el artículo 9°,

fracción 9.13 del Estatuto vigente, que a la letra dice:

“Promover entre los Colegios asociados a la FEMCIC, A.C., el reconocimiento a la labor y el

desempeño sobresaliente de los Ingenieros Civiles del país, con el objeto de significarlos como

un ejemplo para las actuales y futuras generaciones”.

Capítulo Segundo

De la Comisión de Premios

Artículo 2.-El Consejo Directivo designará entre sus integrantes una Comisión de Premios que a

partir del mes de junio de los años pares quede integrada, la mencionada comisión estará formada por

un Responsable y al menos 4 auxiliares, correspondiendo a esta comisión las revisiones de las

propuestas por cada tipo de premio, y que tendrá como funciones las siguientes:

Emitir las invitaciones correspondientes de conformidad con lo estipulado en el artículo 17

del Capítulo Cuarto de este Reglamento.

Coordinar el proceso de recepción de propuestas dentro de los tiempos establecidos.

Verificar que las propuestas cumplan con lo establecido en la convocatoria contenida en las

invitaciones respectivas.

Convocar al Jurado Calificador para la evaluación de las propuestas previamente

seleccionadas por la Comisión de Premios.

Actualizar este Reglamento según sea necesario.

Artículo 3.-En caso de que algún Colegio proponga a uno de los auxiliares quedará a juicio del

Consejo Directivo el sustituirlo o no, tomando en consideración las necesidades que plantee el

Responsable.

En el caso de que el propuesto fuere el Responsable, el Consejo Directivo tendrá que nombrar a otro,

o escoger entre alguno de los auxiliares, según lo que considere más conveniente, para el desempeño

expedito de la Comisión de Premios.

Artículo 4.-La Comisión de Premios, que en lo sucesivo será denominada “La Comisión” es un grupo

de trabajo que laborará en cada Consejo Directivo, en forma permanente durante el proceso de

selección e independiente de cualquier otra Comisión. Su objetivo es coordinar todo el proceso para

seleccionar a los merecedores a los Premios Nacionales de Ingeniería Civil “Leandro Rovirosa

Wade” y “Enrique Dau Flores”

Page 52: Estatutos FEMCIC

52

Artículo 5.-La Comisión estará integrada por cinco miembros: tres miembros del Consejo Directivo

en funciones y por dos miembros del Consejo Consultivo a propuesta del Consejo Directivo.

Artículo 6.-En caso de que un miembro de “La Comisión” renuncie a su cargo, independientemente

de las causas que lo originen, a petición expresa del responsable de la Comisión de Premios, el

Consejo Directivo nombrará a otro integrante.

Artículo 7.-En caso de no contar con propuestas o de tener candidatos con una trayectoria relevante

se podrá, si se considera necesario, incluir en las propuestas candidatos seleccionados del Banco

Histórico que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria vigente y de los que se

cuenten con la documentación solicitada. Será responsabilidad de la Comisión de Premios el avisar al

candidato seleccionado del Banco de datos que está formado parte del proceso de selección.

Artículo 8.-Para ser miembro de “LA COMISIÓN” se requiere ser Ingeniero Civil con más de 25 años

de titulado, ser miembro del Consejo Directivo de “La FEMCIC”, y miembro del Consejo Consultivo

de acuerdo al artículo 2 de este reglamento.

Artículo 9.- “LA COMISIÓN” podrá también intervenir en el otorgamiento de otros premios o

reconocimientos que el Consejo Directivo en funciones de la FEMCIC considere oportuno entregar,

como pueden ser: a algún alumno destacado de las diferentes escuelas de Ingeniería del país, o en el

nombramiento de miembros honorarios de la FEMCIC. Participando, en cualquiera de los casos, en la

investigación previa y el análisis de los méritos que conduzcan al reconocimiento respectivo.

Artículo 10.- La “Comisión” quedará en funciones a partir de la primera quincena del mes de junio

del año par de funciones del Consejo Directivo de la FEMCIC.

Capítulo Tercero

Del Jurado Calificador

Artículo 11.- El Jurado Calificador se reunirá durante la segunda quincena del mes de abril del año

impar de funciones del Consejo Directivo de la FEMCIC.

Artículo 12.- El Jurado Calificador se instalará en el período de tiempo comprendido entre el 15

marzo y el 15 de abril del año impar de funciones del Consejo Directivo y estará constituido por siete

personas, las cuales deberán ser miembros de Colegios miembros de la FEMCIC, debiendo integrarse

de la siguiente forma:

El Presidente del Consejo Directivo de la FEMCIC.

El Presidente de la Junta de Honor de la FEMCIC.

El Responsable de la Comisión de Premios.

Los demás integrantes serán seleccionados por el Consejo Directivo de tal forma que:

1. Dos de los cuatro tengan una reconocida experiencia en el ejercicio profesional y trayectoria

gremial.

2. Los otros dos además de la participación gremial, trayectoria Política.

Los postulados no podrán pertenecer al Jurado Calificador.

Artículo 13.-A las personas que sean propuestas e invitadas para formar parte del Jurado Calificador

se les comunicará por escrito del Consejo Directivo, haciéndoseles saber que únicamente indiquen,

igualmente por escrito, si aceptan o no, no debiendo en consecuencia en ningún caso nombrar a otra

persona como representante personal, sí así fuere, la persona enviada como representante será

Page 53: Estatutos FEMCIC

53

desechada automáticamente como miembro del jurado, procediéndose en consecuencia de todas

maneras a seleccionar a otra persona, puesto que es el Consejo Directivo el único facultado para

designar a los miembros que integrarán el Jurado Calificador.

Artículo 14.-Igualmente a todos los invitados a formar parte del Jurado Calificador, se les indicará

que tienen un plazo de cinco días naturales para confirmar su asistencia, haciendo de su

conocimiento que cumplido este plazo si no hubiere respuesta al respecto se considerará como no

aceptada la invitación y se procederá a invitar a otra persona.

Artículo 15.-El Jurado Calificador al efectuar la evaluación curricular considerará toda la trayectoria

de los candidatos. Primeramente, realizará, mediante votación, una selección de los tres mejores

candidatos de los propuestos en cada categoría, y se pasará a una segunda ronda. En esta segunda

ronda se ponderará exhaustivamente cada desempeño de los candidatos y se verificará una votación

entre los miembros de dicho jurado. Se levantará un acta del resultado de las votaciones y la decisión

será inapelable, pudiendo declararse desierto el premio.

Artículo 16.-El fallo del Jurado Calificador será dado a conocer al Consejo Directivo en funciones de

la FEMCIC y a través del Presidente, el Consejo Directivo se abstendrá de darlo a conocer hasta que el

presidente avise a los ganadores.

Artículo 16.a.-El presidente de Consejo Directivo avisará de manera directa a los ganadores de los

premios nacionales en cada categoría y posteriormente lo hará público través de los medios que se

consideren más convenientes para su amplia difusión, medio como la página web de “La FEMCIC” ,

correos electrónicos y medios impresos que considere.

Capítulo Cuarto

De la Convocatoria

Artículo 17.-La convocatoria a los Premios Nacionales de Ingeniería Civil, en la cual se establecerán

las bases del procedimiento, modalidades y los requisitos de participación, deberá contener:

I. El nombre del convocante “Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C.”

II. La descripción de los Premios a otorgar y las áreas a ser consideradas en los premios.

III. Los requisitos que deberán cumplir los candidatos que sean propuestos según artículos 22 y

23 del presente Reglamento

IV. Los Colegios que podrán proponer candidatos al premio.

V. La fecha de inicio y de cierre de registro de candidatos al premio.

VI. La indicación de la forma de presentación de las propuestas de los candidatos, según el

artículo 24,25 y 26 del presente Reglamento.

VII. Señalamiento de las causas expresas por las cuales algunas candidaturas propuestas no serán

evaluadas.

VIII. La fecha y el lugar de la entrega de los premios

Artículo 18.- “La Comisión” elaborará y enviará durante la segunda quincena del mes de octubre la

convocatoria al premio, dirigida a los Colegios activos miembros de la “FEMCIC”, para proponer por sí

mismos o por consulta a las instituciones de sus respectivos estados, sean èstas de Educación

Superior, comunidades Científica, Tecnológica, a las Cámaras Empresariales, Asociaciones Civiles,

Instituciones Públicas relacionadas con la Ingeniería Civil y a los socios de los mismos Colegios según

lo consideren.

Page 54: Estatutos FEMCIC

54

Artículo 19.-Las propuestas se recibirán como máximo durante la primera quincena del mes de

febrero del año impar y serán revisadas a fin de verificar que éstas cumplan todos los puntos

establecidos en la convocatoria, así como el llenado de los formatos respectivos.

Artículo 20.-Las propuestas serán evaluadas desde su recepción y se presentarán al Jurado

Calificador como máximo el día 15 abril del año impar y de las que hayan sido aceptadas, la

“Comisión” elaborará un resumen comparativo en el que se señalarán los aspectos trascendentes del

desempeño profesional de los candidatos propuestos, así como escrito en el que fundamenten las

razones de las que fueran rechazadas.

Artículo 21.-Las áreas en las que serán reconocidas las contribuciones profesionales son:

En el ámbito del ejercicio profesional, académico y gremial, premio “Leandro Rovirosa Wade”

En la vida Gremial y participación en la Política con el ejercicio de cargos de elección,

ejecutivos o legislativos, premio “Enrique Dau Flores”

Artículo 22.-Los requisitos que deben cumplir los candidatos propuestos al premio “Leandro

Rovirosa Wade” serán:

Ser de nacionalidad mexicana

Ser mexicano de nacimiento o haber contribuido de manera destacada al desarrollo de la

Ingeniería Civil en el país.

Ser mexicano de nacimiento o haber contribuido de manera destacada a la docencia y/o a la

investigación en el campo de la Ingeniería Civil en el País, en el ejercicio profesional y en el

ámbito gremial

Tener cuando menos 25 años de haberse titulado.

Ser Ingeniero Civil

No será requisito el ser miembro de algún Colegio miembro de la “FEMCIC”.

Artículo 23.-Los requisitos que deben cumplir los candidatos propuestos al premio “Enrique Dau

Flores” serán:

Ser de nacionalidad mexicana

Haber participado activamente en la vida gremial de la Ingeniería Civil

Haber contribuido de manera destacada en el ámbito político en el país, habiendo ocupando

cargos de elección popular ejecutivos o legislativos.

Tener cuando menos 25 años de haberse titulado.

Ser Ingeniero Civil

Será requisito ser miembro de algún Colegio miembro de la “FEMCIC”.

Artículo 24.-Las propuestas deberán contar con los siguientes documentos:

Solicitud de Registro del Candidato por el promovente.

Copia del Acta de Nacimiento.

Carta dirigida a “La Comisión” en la que se detallen los méritos de la persona propuesta.

Carta en la que el candidato acepta su postulación.

Copia del título de Ingeniero Civil.

Breve semblanza que establezca claramente cuáles son sus aportaciones a la Ciencia, a la

Tecnología y a la Sociedad.

Page 55: Estatutos FEMCIC

55

Currículum vitae in extenso en formato libre, destacando sus aportaciones en el campo de la

Ingeniería Civil, el cual deberá contener al menos:

o Datos generales de la persona propuesta (nombre, dirección, fecha y lugar de

nacimiento, teléfono y correo electrónico)

o Datos generales de su centro de trabajo (Razón Social o Institución, dirección,

teléfono y fax) Grados profesional y académico obtenidos. (Título, Institución,

período y año de titulación)

o Desempeño profesional y/o académico (Actividad o puesto, Organización o empresa

y tiempo de labores)

o Descripción de sus principales logros profesionales y/o académicos. (Media cuartilla

por cada uno).

Artículo 25.-Los documentos a que se refiere el artículo anterior deberán presentarse impresos y en

archivo electrónico, anexando los documentos probatorios en copia certificada que se requieran,

serán recibidos en las instalaciones de la “FEMCIC” en horario de oficina, a más tardar el 15 de febrero

de los años impares.

Artículo 26.-Cada uno de los Colegios participantes en la invitación al proceso, no podrán en

ningún caso proponer a miembros del Consejo Directivo en funciones de la “FEMCIC”.

Artículo 27.-Serán rechazadas las propuestas que no cuenten con expedientes completos al cierre

del plazo de recepción.

Capítulo Quinto

De los Premios

Artículo 28.-La periodicidad del premio será cada dos años, otorgándose en el segundo año de cada

período del Consejo Directivo de la “FEMCIC”, durante la primera quincena del mes de mayo en el

marco de la Asamblea Anual Ordinaria

Artículo 29.-El premio a otorgar consistirá en lo siguiente:

Presea, Trofeo o placa conmemorativa.

Fistol de la FEMCIC.

Diploma.

Reconocimiento de Miembro Honorario a la “FEMCIC” en caso de no ser asociado.

TRANSITORIOS

Primero.-Este reglamento entra en vigor a partir del 1º de enero de 2012.

Page 56: Estatutos FEMCIC

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Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C. Reglamento de la Comisión de Premios

Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C. Reglamento de Premios nacionales. Abril 2014, V.1

FORMATO GENERAL Reglamento de la Comisión de Premios

Formato de Presentación de Propuestas Premios Nacionales de Ingeniería Civil

1.- Postulación al premio: Premio Leandro Rovirosa Wade Premio Enrique Dau Flores Otro

2.- Documentos (por triplicado): 1 Copia del Acta de Nacimiento

2 Copia del Título de Ingeniero Civil

3 Copia de la Cédula Profesional

4 Acta de no antecedentes penales

5 Copia de la tesis

6 Carta de Postulación

3.- Currículo Vitae 1 Datos generales:

2 Nombre:

3 Dirección:

4 Fecha de nacimiento:

5 Lugar de nacimiento:

6 Teléfono:

7 Fax:

8 Correo electrónico:

9 Colegio Proponente:

4.- Datos del Centro de Trabajo: 1 Institución o Empresa:

2 Dirección de la Empresa:

3 Teléfono de Empresa:

4 Correo electrónico de Empresa

5.- Grados profesionales y académicos (anexar copias): Titulo Institución Período Año de obtención 1 2 3

4

5

6

Page 57: Estatutos FEMCIC

57

Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C. Reglamento de la Comisión de Premios

Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C. Reglamento de Premios nacionales. Abril 2014, V.1

Reglamento de la Comisión de Premios

6.- Actividad Profesional (las diez más importantes, en orden descendente)

Puesto y/o Cargo Organización Tiempo

1

2

3

4

7.- Participación en cursos, seminarios y talleres (anexar copias)

Nombre Institución Duración (hrs.) Año

1

2

3

8.- Premios o Distinciones recibidas (en orden descendente, anexar copias) Nombre del Premio Institución otorgante Año

1

2

3

Page 58: Estatutos FEMCIC

58

Reglamento de la Comisión de Premios

Se deberá integrar al formato, adicionalmente, lo siguiente:

a) Breve descripción de las principales actividades desarrolladas (utilizar máximo media

cuartilla por actividad relevante, empezando por el año o período, en estricto orden

descendente). En el caso de postulación a la mejor tesis de postgrado, incluir un resumen de

la misma en este apartado, señalando el nombre del asesor de dicha tesis.

b) Publicaciones, patentes, proyectos de investigación y/o vinculación, tesis dirigidas y

conferencias impartidas (separarlos por tipo, presentarlos en orden descendente; en el caso

de las publicaciones incluir ficha bibliográfica completa; en el caso de las patentes incluir

número y año; en el caso de los proyectos incluir nombre, institución y/o organización

patrocinadora, año y monto; en el caso de tesis dirigidas incluir título de la tesis, nivel

académico de la misma, institución y año; en el caso de las conferencias impartidas incluir el

nombre de la misma, institución sede, lugar y año). En el caso de postulación a la mejor tesis

de postgrado, incluir en este apartado los datos solicitados para tesis dirigidas.

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59

10.- ZONIFICACIÓN NACIONAL

FEDERACIÓN MEXICANA DE COLEGIOS DE INGENIEROS

CIVILES A. C.

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11.- COLEGIOS DE INGENIEROS CIVILES QUE INTEGRAN LA

FEMCIC (LOGOS)

Ing. Roberto Alfonso Amador Martínez Colegio de Ingenieros Civiles de Aguascalientes, A.C.

Ing. Francisco Martín Romero Perdomo Colegio de Ingenieros Civiles de Campeche, A.C.

Ing. Oscar A. Coello Huerta Colegio de Ingenieros Civiles de Celaya, A.C.

Ing. Darío Villacaña Botello Colegio de Ingenieros Civiles de Ciudad Obregón, A.C.

Ing. José Homófono Villaseñor Gómez Colegio de Ingenieros Civiles de la Costa de Jalisco, A.C.

Ing. Joaquín Manuel García Calzada Colegio de los Ingenieros Civiles de los Municipios de Cozumel y Solidaridad, A.C.

Ing. Rafael Nava Zea Colegio de Ingenieros Civiles de Cuautla, A.C.

Ing. Hugo Saucedo Acosta Colegio de Ingenieros Civiles Del Estado de Colima, A.C.

Ing. Tomás Héctor Mitre Camargo Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Durango, A.C.

Ing. Miguel Ángel Barreto Colegio de Ingenieros Civiles del Edo. de Guerrero, A.C.

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Ing. Alejandro Guevara Castellanos Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Jalisco, A. C.

Ing. Eduardo Roque Medellín Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de México, A.C.

Ing. Gerardo Flores Rivera Colegio de Ingenieros Civiles de Guanajuato, A.C.

Ing. Rodrigo Alarcón Sánchez Colegio de Ingenieros Civiles Guerrerense, A. C.

Ing. José V. Meneses Arrieta Colegio de Ingenieros Civiles de Hidalgo, A.C.

Ing. Saúl Manrique Sánchez Colegio de Ingenieros Civiles de Irapuato, A.C.

Ing. Julio Rodríguez Encino Ingenieros Civiles y constructores del Puerto de Guaymas, A.C.

Ing. Gildardo Magallanes Rayas Colegio de Ingenieros Civiles de La Laguna, A. C.

Ing. Samuel Soto Ávila Colegio de Ingenieros Civiles de León, A.C.

Ing. Leandro Jesús Ibáñez Álvarez Colegio de Ingenieros Civiles de Mazatlán, A.C.

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Ing Francisco Javier Paredes Rodríguez Colegio de Ingenieros Civiles de Mexicali, A.C.

Ing. J. Jesús Franco Anaya Colegio Metropolitano de Ingenieros Civiles de Jalisco, A.C.

Ing. Víctor Ortiz Ensástegui Colegio de Ingenieros Civiles de México, A.C.

Ing. Miguel Ángel Rojas Esquivel Colegio de Ingenieros Civiles de Morelos, A.C.

Ing. Roberto Gaytán Hank Colegio de Ingenieros Civiles de Nayarit, A.C.

Ing. Jorge Ignacio Medina Esqueda Colegio de Ingenieros Civiles Colegiados de Nogales, A.C.

Ing. Billy Hernández Mendoza Colegio de Ingenieros Civiles de Oaxaca, A.C.

Ing. Jorge Luna Hernández Colegio de Ingenieros Civiles de Playas de Rosarito, A.C.

Ing. Miguel Vidal Jaime Colegio de Profesionistas de Ingeniería Civil de Ensenada, A.C.

Ing. José de Jesús Alarcón Cardoso Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Puebla, A.C.

Ing. Ana Gardenia Moreno Mex Colegio de Ingenieros Civiles de Quintana Roo Zona Norte A.C.

Ing. José Luis Ayala Ramírez Colegio de Ingenieros Civiles de Salamanca, A.C.

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Ing. Sergio Olvera Mancera Colegio de Ingenieros Civiles de Saltillo, A.C.

Ing. Joel Arechar Barrera Colegio de Ingenieros Civiles de San Felipe, A.C.

Ing. Ageo Jafet González Olvera Colegio de Ingenieros Civiles de San Miguel de Allende, A.C.

Ing. Roberto Castillo Hernández Colegio de Ingenieros de San Luis Potosí, A.C.

Ing. Luis Camilo Anguiano Gutiérrez Colegio de Ingenieros Civiles de Silao, A.C.

Ing. Walter Ibán López Valenzuela Colegio de Ingenieros Civiles de Sinaloa, A. C.

Ing. Hugo Saúl Franco Puerto Colegio de Ingenieros Civiles de Solidaridad, A. C.

Ing. Héctor Miguel Ruiz Arvizu Colegio de Ingenieros Civiles de Sonora, A.C.

Ing. José Rafael Giorgana Pedrero Colegio e Instituto Tabasqueño de Ingenieros Civiles, A.C.

Ing. Leonardo Castillo Rodríguez Colegio de Ingenieros Civiles del Noreste de Tamaulipas, A.C.

Ing. Pablo Santiago Hernández Lee Colegio de Ingenieros Civiles de Tijuana, A.C.

Ing. Martín Guzmán Montiel Colegio de Ingenieros Civiles de Tlaxcala, A.C.

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Ing. Martín Paulino Sandoval Salmerón Colegio de Ingenieros Civiles de Valle de Santiago, A.C.

Ing. José Luis Eusebio Hernández Suárez Colegio de Ingenieros Civiles de Xalapa, A.C.

Ing. Enrique Molina Caballero Colegio de Ingenieros Civiles de Yucatán, A.C.

Ing. Rafael Guadarrama Padilla Colegio de Ingenieros Civiles de Zacatecas, A.C.

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Comisión para elaboración del libro de Estatuto y sus Reglamentos de la FEMCIC, A.C

Ing. José Luis Brenez Moreno

Ing. Enrique Crescencio Cervera Aguilar

Ing. Carlos Ernesto Fierros Pacheco

Ing. Antonio Murrieta Necoechea

Ing. Jorge Alfonso Arcila Arjona

Ing. Manuel Jesús Moguel Castillo

Primera Edición 2014

Tiraje 2,000 ejemplares

Derechos reservados por la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles A.C. (FEMCIC)

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Impreso en México

Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C.

Camino a Sta. Teresa 187, Col. Parques del Pedregal,

C.P. 1401, Tlalpan, México, D.F.

Teléfono: 01 (55) 51 71 00 20

Palacio de Minería: Tacuba No. 5 Centro Histórico

Del. Cuauhtémoc, México, D.F.

Teléfono: 01 (55) 55100720

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