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RECURSO DE REVISIÓN RECURRENTE: OSCAR GILBERTO CÁRDENAS LARA SUJETO OBLIGADO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN EXPEDIENTE: RR.SIP.0959/2017 Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México. Teléfono: 56 36 21 20 En México, Ciudad de México, a veintinueve de junio de dos mil diecisiete. VISTO el estado que guarda el expediente identificado con el número RR.SIP.0959/2017, relativo al recurso de revisión interpuesto por Oscar Gilberto Cárdenas Lara, en contra de la respuesta emitida por la Delegación Álvaro Obregón, se formula resolución en atención a los siguientes: R E S U L T A N D O S I. El diecisiete de abril de dos mil diecisiete, mediante la solicitud de información con folio 0401000069417, el particular requirió en medio electrónico gratuito: Solicito información de la zona de tacubaya, que incluya ademas de peticion anexa, acciones en materia de proteccion civil por el alto riesgo de puesto ambulante con tanques de gas y comercio en el interior del metro con expendio de comida, pues toda la zona en el interior del metro y exterior cuenta con comercios con material flamable independientemente de cocinas y alimentos, ademas de medidas por partede sedema en materia de impacto ambiental por la alta concentracion de basura , humo de vehiculos, comida, gases del sitema de drenaje y fauna nociva en la zona gracias. Documento Anexo. SOLICITO INFORMACIÓN REFERENTE A ACCIONES CONJUNTAS EN LA ZONA DE TACUBAYA PARA AMINORAR LA INSEGURIDAD, EL TRÁNSITO VEHICULAR Y SU AGILIZACIÓN, ASÍ COMO EL ORDENAMIENTO DE CIERRES DE CIRCUITO SOBRE ARROYO VEHICULAR DONDE SE AMONTONAN UNIDADES Y PASAJE QUE HACE FILA SOBRE ARROYO VEHICULAR, ASÍ COMO REUBICACIÓN DE BASES DE TAXIS EN SEGUNDA Y TERCERA FILA IGUAL QUE TAXIS DE RUTA FIJA - PESEROS- , COMERCIO EN VÍA PUBLICA DONDE INCLUSO SE EXPENDE CARNE, SI ESTE TIENE PERMISO SANITARIO O N O PARA HACERLO EN VÍA PUBLICA AL IGUAL QUE EL DE ALIMENTOS, MEDIDAS ADOPTADAS POR CETRAM PARA INHIBIR LAS NECESIDADES DE OPERADORES Y DESPACHADORES EN EL CIERRE DE CIRCUITO, SEÑALIZACIÓN Y REORDENAMIENTO DE SEMÁFOROS QUE EN LA REALIDAD NO OPERAN COMO DEBE SER Y NO SE RESPETAN, FALTA DE MANTENIMIENTO EN CARPETA ASFÁLTICA Y BANQUETAS, LUMINARIAS Y RECOLECCIÓN DE BASURA ASÍ COMO MEDIDAS ADOPTADAS PARA QUE PUESTOS DE COMIDA NO OBSTRUYAN BANQUETAS Y TAPEN DRENAJE ,

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RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: OSCAR GILBERTO CÁRDENAS LARA

SUJETO OBLIGADO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.SIP.0959/2017

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México.

Teléfono: 56 36 21 20

En México, Ciudad de México, a veintinueve de junio de dos mil diecisiete.

VISTO el estado que guarda el expediente identificado con el número

RR.SIP.0959/2017, relativo al recurso de revisión interpuesto por Oscar Gilberto

Cárdenas Lara, en contra de la respuesta emitida por la Delegación Álvaro Obregón, se

formula resolución en atención a los siguientes:

R E S U L T A N D O S

I. El diecisiete de abril de dos mil diecisiete, mediante la solicitud de información con

folio 0401000069417, el particular requirió en medio electrónico gratuito:

“Solicito información de la zona de tacubaya, que incluya ademas de peticion anexa, acciones en materia de proteccion civil por el alto riesgo de puesto ambulante con tanques de gas y comercio en el interior del metro con expendio de comida, pues toda la zona en el interior del metro y exterior cuenta con comercios con material flamable independientemente de cocinas y alimentos, ademas de medidas por partede sedema en materia de impacto ambiental por la alta concentracion de basura , humo de vehiculos, comida, gases del sitema de drenaje y fauna nociva en la zona gracias.

Documento Anexo.

SOLICITO INFORMACIÓN REFERENTE A ACCIONES CONJUNTAS EN LA ZONA DE TACUBAYA PARA AMINORAR LA INSEGURIDAD, EL TRÁNSITO VEHICULAR Y SU AGILIZACIÓN, ASÍ COMO EL ORDENAMIENTO DE CIERRES DE CIRCUITO SOBRE ARROYO VEHICULAR DONDE SE AMONTONAN UNIDADES Y PASAJE QUE HACE FILA SOBRE ARROYO VEHICULAR, ASÍ COMO REUBICACIÓN DE BASES DE TAXIS EN SEGUNDA Y TERCERA FILA IGUAL QUE TAXIS DE RUTA FIJA - PESEROS- , COMERCIO EN VÍA PUBLICA DONDE INCLUSO SE EXPENDE CARNE, SI ESTE TIENE PERMISO SANITARIO O N O PARA HACERLO EN VÍA PUBLICA AL IGUAL QUE EL DE ALIMENTOS, MEDIDAS ADOPTADAS POR CETRAM PARA INHIBIR LAS NECESIDADES DE OPERADORES Y DESPACHADORES EN EL CIERRE DE CIRCUITO, SEÑALIZACIÓN Y REORDENAMIENTO DE SEMÁFOROS QUE EN LA REALIDAD NO OPERAN COMO DEBE SER Y NO SE RESPETAN, FALTA DE MANTENIMIENTO EN CARPETA ASFÁLTICA Y BANQUETAS, LUMINARIAS Y RECOLECCIÓN DE BASURA ASÍ COMO MEDIDAS ADOPTADAS PARA QUE PUESTOS DE COMIDA NO OBSTRUYAN BANQUETAS Y TAPEN DRENAJE ,

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MANTENIMIENTO DEL MISMO, ZONA DE SEGURIDAD DEL METRO INVADIDA, AL IGUAL QUE CARRIL DE METROBUS POR FALTA DE FLUIDEZ EN TRÁNSITO VEHICULAR EN AVENIDA JALISCO , INVASIÓN DE EXPLANADA DE LÍNEA 7 DEL METRO POR AMBULANTES, FALTA DE MANTENIMIENTO EN LOS CRUCES PEATONALES DE LÍNEA 1 DEL METRO SOBRE TODO LOS QUE COMUNICAN LÍNEA 7 CON LÍNEA 1 Y PLAZA CHARLES DE GAULLE QUE ENTRE AMBULANTAJE Y FERIA PERMANENTE HAN DETERIORADO OSTENSIBLE MENTE ESTE PASO MUESTRA EL GRAFITEEO DEL MURAL UBICADO EN LIBRAMIENTO DE PARQUE LIRA Y AV. JALISCO COMUNICA AV. JALISCO Y CALLE MARTÍ CON TERMINAL DE METROBUS Y ESCALERAS DE ACCESO A PLAZA DE GAULLE Y LÍNEA 1, ESTA ZONA TOTALMENTE DETERIORADA INCLUSO LAS PROTECCIONES DEL ARROYO VEHICULAR DESTRUIDAS. INDEPENDIENTEMENTE DE ESTO COMO SE OBSERVA EN EL MAPA LAS VIALIDADES DE AV. OBSERVATORIO Y CAMINO REAL, ASÍ COMO PARQUE LIRA CONFLUYEN EN UN MISMO PUNTO, ESTA VIALIDAD SE TORNA LENTA Y EN LAS HORA DE MAYOR DEMANDA SE TORNA MUY COMPLICADA PARA AUTOMOVILISTAS PARTICULARES LOS MISMOS TRANSPORTISTAS DE UNIDADES DE TRANSPORTE PÚBLICO Y PEATONES LOS CIERRES DE CIRCUITO DE RUTAS DE TAXI DE RUTA FIJA QUE ENTORPECEN EL FLUJO VEHICULAR SON 1.-ENTRE JOSÉ MARÍA VIGIL Y LA CALLE CERRADA DE DOCTORA QUE DA A LA EXPLANADA DE LA LÍNEA 7 DEL STC METRO EL CIERRE DE CIRCUITO DE LA RUTA 57 ENTORPECE Y LIMITA LA FLUIDEZ DE LA VIALIDAD PUES TAPAN EL ACCESO A AV. JALISCO PARA QUIENES VAN A CIRCUITO INTERIOR, ADEMÁS LA EXPLANADA ESTÁ INVADIDA POR COMERCIO AMBULANTE EL CUAL EMPIEZA EN EN JOSÉ MARÍA VIGIL Y ACABA HASTA ANTONIO MACEO DONDE EXISTE UN SEMÁFORO QUE ENTORPECE LA VIALIDAD PUES NO ESTA CON TIEMPO SUFICIENTE PARA DESAHOGAR EL TRANSITO VEHICULAR ,ADEMÁS DE QUE HAY CARROS DE LOS MISMOS AMBULANTES ESTACIONADOS EN EL TRAMO REFERIDO 2.- LA AVENIDA JALISCO EN SU INICIO EN GOBERNADOR AGUSTÍN VICENTE GUÍA Y EL ENTRONQUE DE AVENIDA JALISCO Y AV. OBSERVATORIO CUENTA CON UN CIERRE DE CIRCUITO DE LA RUTA 24 EL CUAL EN HORAS NO PICO SUS UNIDADES ESTÁN EN DOBLE Y TRIPLE FILA EN LA CURVA DE ENTRONQUE 3.- AHÍ MISMO EN AVENIDA OBSERVATORIO Y SU ENTRONQUE A PARQUE LIRA EN CURVA SE AUTORIZA CIERRE DE CIRCUITO DE CONGESA S.A. Y METROS ANTES UNA BASE DE TAXIS DE SITIO Y CENTRIMETROS ANTES LA ZONA DE MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA DE LA BODEGA AURRERA 4.-ENTRE LA AV. OBSERVATORIO Y LA CALLE ARQUITECTO LUIS RUIZ Y CALLE ARQUITECTO CARLOS LAZO SE TIENEN CIERRES DE CIRCUITO DE RTP, RUTA 98, ADEMAS AHÍ CONFLUYE EL TRANSITO VEHICULAR DE AV. OBSERVATORIO, Y A

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MANO IZQUIERDA CARROS ESTACIONADOS DE LOCATARIOS Y CLIENTES DE MERCADO TACUBAYA, ADEMÁS DE UN SEMÁFORO INSERVIBLE PUES NADIE RESPETA EN CURVA SOBRE CARLOS LAZO 5.-EN LA CALLE CARLOS LAZO EN SU CIRCULACIÓN A PERIFÉRICO Y DONDE ESTÁN DOS HOSPITALES, EXISTEN ADEMÁS DE PUESTOS AMBULANTES CIERRES DE CIRCUITO DE TRANSPORTE DEL ESTADO DE MEXICO QUE OBSTRUYEN EL PASO A ESTOS. 6.- CONTINUANDO POR LA CALLE CARLOS LAZO AL ORIENTE EN LA CALLE ERASMO CASTELLANOS QUINTO EXISTE OTRO SEMAFORO INOPERANTE PUES NO SE RESPETA Y EL CUAL BÁSICAMENTE LO UTILIZAN LOS PEATONES, SIN EMBARGO EXISTE UN CIERRE DE CIRCUITO DE LA RUTA 4 QUE EN HORAS PICO SUBE AL PASAJE SOBRE ARROLLO VEHICULAR LA FILA OCUPA UN CARRIL Y LA RUTA 4 HACE 3 FILAS DE UNIDADES Y A MANO IZQUIERDA DONDE ESTA EL SEMAFORO METROS ADELANTE HAY UN CIERRE DE CIRCUITO DE OTRA RUTAQUE VA A IZTAPALAPA QUE TAMBIÉN CARGA Y DESIENDE EL PASAJE EN ARROLLO VEHICULAR PUES SUS ACCESOS QUEDAN EN SU DERECHA Y SU BASE ESTA EN LA IZQUIERDA LO PROVOCA UN ALTO RIESGO AL USUARIO COMO LOS DE LA RUTA 4, ADEMÁS HAY UNA BASE DE MUDANZAS Y MAS CARROS DE VENDEDORES AMBULANTES Y DE LA FERIA EN LA SALIDA A PARQUE LIRA ADEMÁS DE ESTAR DESTRUIDO 7.- LUEGO EN LA CALLE DE CERRADA DE RUFINA DONDE EXISTE OTRO CIERRE DE CIRCUITO DE LA RUTA 4, ADEMÁS DE TENER EL ASFALTO DESTRUIDO, SE JUNTA CON LA OTRA BASE DE RUTA 4 Y GENERAN MAS ACUMULAMIENTO DE UNIDADES QUE CONSTITUYEN UN PROBLEMA PARA LOS HABITANTES Y ESCOLARES DE LA ZONA PUES HAY UNA ESCUELA PUBLICA Y UNA PRIVADA DE NIVEL BÁSICO, EN HORAS PICO SE JUNTA CON EL ENTRONQUE DE AV. JALISCO 6.- EL ENTRONQUE DE AVENIDA JALISCO TIENE UN INOPERANTE CETRAM, PUES ES TAN PEQUEÑO UBICADO EN LO QUE FUE UNA ACERA DE SALIDA DE LÍNEA 9, PERO ADEMÁS DE LOS AMBULANTES CON PUESTOS DE COMIDA ESTA UNA BASE DE TAXIS!! JUSTO EN CURVA Y EN EL DESAHOGO A AV, JALISCO NORTE 9.- EN LA CIRCULACIÓN PONIENTE DE AV. JALISCO ENTRE EL DESNIVEEL DE PARQUE LIRA Y LA CALLE MANUEL DUBLAN AFUERA DEL CETRAM HAY OTRA BASE DE RUTA 5 QUE OCUPA DOS ANDENES DE DICHO CETREM, PERO QUE POR LAS NOCHES Y EN HORAS PICOS LAS UNIDADES SON TANTAS QUE OBSTRUYEN EL PASO Y ADEMÁS NO HAY SEMÁFORO COMO EN LA CIRCULACIÓN AL ORIENTE ADEMÁS SE TIENE CIERRE DE CIRCUITO DE LA RUTA QUE VA A CUEMANCO COPESA EN LA CALLE DE MANUEL DUBLAN

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10.-ENTRE LA CALLE MANUEL DUBLAN Y TORDO HAY OTRO CETRAM CHICO QUE CUENTA CON DOS CARRILES PERO SOLO OCUPA UNO QUE ES DE LA RUTA 4, PERO LA RUTA 5 TIENE OTRA BASE POR FURA DEL CETRAM Y ADEMÁS EN DOBLE FILA UNA BASE DE TAXIS" 11.- AHORA BIEN EN SU CIRCULACIÓN A ORIENTE AV, JALISCO ENTRE EL VIADUCTO Y LA CALLE DE HÉROES DE CHURUBUSCO HAY OTRO MINI CETRAM Y UNOS BAÑOS METROS ADELANTE UN SEMÁFORO EN LA CALLE MÁRTIRES DE LA CONQUISTA QUE EN DETERMINADAS HORAS SE OBSTRUYE EL PASO POR EL SEMÁFORO DEL DESNIVEL DE PARQUE LIRA!! Y LOS SUBSECUENTES UBICADOS EN ANTONIO MACEO Y AV PROGRESO, ADEMAS ESTA AHÍ LA RUTA 15 QUE TIENE SU SALIDA A AV, JALISCO PONIENTE CABE MENCIONAR QUE LOS OPERADORES DE RUTA 15 ROMPIERON EL CAMELLON DE JALISCO PARA SALIR DIRECTOS Y NO DAR LA VUELTA POR MARTIRES DE LA CONQUISTA COMO LO EFECTUABAN ANTES, ADEMAS DE UN CIERRE DE CIRCUITO DE RTP EN AV. JALISCO SOBRE EL ARROYO VEHICULAR. 12.- ENTRE MÁRTIRES DE LA CONQUISTA Y LA CALLE DE JOSE MARIA VIGIL ESTA OTRO CIERRE DE CIRCUITO DE LA RUTA 46 LA CUAL EN HORAS NO PICO TIENE UNIDADES EN DOBLE FILA QUE OBSTUYEN LA FLUIDES DE ESTA VIALIDAD 13.- ENTRE LA CALLE DE JOSE MARIA VIGIL Y LA CALLE DE TRANSITO Y SALIDA A PARQUE LIRA SUR ESTA UNA BASE DE RUTA 27 QUE INTERRUMPE LA FLUIDES DE TRANSITO PARA QUIENES QUIEREN IR AL SUR A AV REVOLUCIÓN ADEMÁS EL ASFALTO ESTA DESECHO, CABE NOTAR QUE ESTA CALLE TIENE UN MURAL YA ALGO DETERIORADO 14.-FINALMENTE ENTRE JOSE MARIA VIGIL Y DESNIVEL A PARQUE LIRA EXISTEN UNA BASE DE TAXIS PEGADA A CIERRE DE CIRCUITO DE RUTA 24 Y ESTA PEGADA A CIERRE DE CIRCUITO DE RTP Y EL CIERRE DE CIRCUITO DEL METRROBUSH! Y UN SEMÁFORO PARA CONTROLAR LA SALIDA DEL METROBUS, PERO LOS PEATONES CAMINAN EN EL TRAMO DE VIADUCTO A PARQUE LIRA SOBRE EL ARROYO VEHICULAR PUES LOS PUESTOS DE AMBULANTES OCUPAN BANQUETAS Y ÁREAS DE SEGURIDAD DEL METRO, ADEMÁS COMO COMENTE HASTA CARNE VENDEN CONCRETAMENTE FRENTE A LA PLAZA TACUBAYA – EX BAÑOS TACUBAYA- 15.- EN AV. OBSERVATORIO CIRCULACION PONIENTE POR LAS TARDES LA INCORPORACION A PERIFERICO DONDE SE DISEÑO UN ACCESO AL SEGUNDO NIVEL NO SE TOMO EN CUENTA EL FLUJO DE UNIDADES VEHICULARES PARTICULARES QUE SE INCORPORAN DIARIAMENTE EN EL PUNTO CITADO, OCACIONANDO SATURACION Y TRANSITO EN EXESO QUE LLEGA HASTA AV. JALISCO Y BLOQUEA TAMBIEN EL DESFOGE DE AV. PAARQUE LIRA PARA LOS QUE QUIEREN INCORPORARCE A AV. JALISCO CON CIRCULACION A PONIENTE.

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EXPUESTO LO ANTERIOR SOLICITO SE ME INFORME. 1.- DE LOS ESTUDIOS DE IMPACTO EN LA VIALIDAD EN ESTA ZONA POR LA OBRA DENOMINADA TREN INTERURBANO MEXICO TOLUCA PUES LA ZONA DEL METRO OBSERVATORIO IMPACTARA ENORMEMENTE LA CARGA VEHICULAR DE ESTA ZONA Y DE VOLUMEN DE PERSONAS EN EL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO Y SISTEMA METROBUS, ACCIONES COORDINADAS ENTRE SISTEMA METROBUS, STC METRO, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, SEMOVI Y SEOBSE QUE SE TOMAN PREVINIENDO ESTO. 2.- ACCIONES EN COORDINACION DE LA SECRETARIA DE MOVILIDAD, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA ,SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO, DELEGACION MIGUEL HIDALGO, CETRAM, INVEA, RTP, SISTEMA METROBUS,Y DELEGACIONES DE ORIGEN DEL TRANSPORTE PUBLICO DE CUAJIMALPA, ALVARO OBREGON, IZTAPALAPA, Y XOCHIMILCO, REFERENTES A DERROTEROS DE UNIDADES EN CIERRE DE CIRCUITO Y SU FRFECUENCIA DE SALIDA PARA EVITAR AMONTONAMIENTO DE UNIDADES, ASI COMO COORDINAR EFICASMENTE LA VIALIDAD CON SEGURIDAD AL PEATON Y SINCRONIZAR TIEMPO DE SEMAFOROS, PARA EVITAR LARGAS FILAS DE VEHICULOS EN LAS AVENIDAS OBSERVATORIO Y CAMINO REAL Y SU ENTRONQUE EN AVENIDA JALISCO. 3.-ACCIONES DE COORDINACION DE VERIFICACION DE PUESTOS AMBULANTES Y DE COMIDA QUE INCLUYAN VERIFICACION SANITARIA A EXPENDEDORES DE CARNE EN VIA PUBLICA, ACCIONES COORDINADAS ENTRE SEDECO, DELEGACION MIGUEL HIDALGO Y SECRETARIA DE SALUD, ADEMAS DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO PARA MANTENER AL MARGEN DELA ZONA DE SEGURIDAD A ESTOS AMBULANTES. 4.-MEDIDAS COORDINADAS ENTRE DELEGACION MIGUEL HIDALGO SISTEMA DE AGUAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LA RED DE AGUA POTABLE Y DRENAJE EN LA ZONA, ASI COMO DE LA DIRECCION DE SERVICIOS URBANOS DE SOBSE Y LA DELEGACION MIGUEL HIDALGO A TARVES DE SU DERECCION DE SERVICIOS URBANOS EN LIMPIA Y TRANSPORTE, POR TANTA ACUMULACION DE BASURA EN LA ZONA SOBRE TODO EN INMEDIACIONES DEL CETRAM. 5.-ACCIONES COORDINADAS ENTRE AUTORIDAD DE LOS ESPACIOS PUBLICOS ,DELEGACION MIGUEL HIDALGO, SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS SECRETARIA DE MOVILIDAD OFICIALIA MAYOR A TRAVES DE CETRAM SISTEMA METROBUS, Y SCT METRO EN LA MEJORA DEL ESPACIO PUBLICO DE SU PERIMETRO EN LA ZONA . 6.-MANTENIMIENTO DE CARPETA ASFALTICA DE LA ZONA, BANQUETAS, BALIZAMIENTO, SEÑALIZACIONES, Y RESCATE DE MURALES, ENTRE LA

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SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, DELEGACION MIGUEL HIDALGO AUTORIDAD DE LOS ESPACIOS PUBLICOS Y AGENCIA DE GESTION URBANA 7.-COORDINACION EN SEGURIDAD EN TRANSPORTE QUE ABARQUE VERIFICACION DE UNIDADES SOBRE TODO POR LA NOCHE A OPERADORES Y DESPACHADORES DENTRO Y FUERA DEL CETRAM, ENTRE EL INVEA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA CON AGENTES DE VIALIDAD CON FACULTADES PARA SANCIONAR A OPERADORES DE TRANSPORTE PUBLICO QUE ENTORPESCA LA VIALIDAD Y SU FLUJO EN LA ZONA REFERIDA ADEMAS DE MAYOR VIGILANCIA ES DECIR MAYOR COORDINACION ENTRE POLICIA DELEGACIONAL Y POLICIA PREVENTIVA Y EL CETRAM. 8.-MAYOR EFICIENCIA EN TORNIQUETES DE ACCESO AL METRO PUES EN OCACIONES VARIOS NO SIRVEN O SON BLOQUEADOS COMO EN OBSERVATORIO DONDE LA MISMA POLICIA BLOQUEA PERMANENTEMENTE 1 TORNIQUETE Y EN HORAS PICO HASTA 3 0 4 TORNIQUETES E INCLUSO HAY VENDEDORES AMBULANTES EN EL INTERIOR DE LA ESTACION JUGANDO PELOTA, ADEMAS EN LOS ACCESOS, ACCIONES TOMADAS COORDINADAMENTE ENTRE EL METRO Y LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, ADEMAS DE SECRETARIA DE ECONOMIA Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO EN LA JEFATURA DE VIA PUBLICA Y DE ALVARO OBREGON EN LO CONCERNIENTE A LA ESTACION METRO OBSERVATORIO L1. 9.-ACCIONES COORDINADAS ENTRE SECRETARIA DE OBRAS, SECRETARIA DE MOVILIDAD Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO, SECRETARIA DE SUGURIDAD PUBLICA, PARA SOLVENTAR EL PROBLEMA DE CONGESTIONAMIENTO VIAL EN LA ZONA EN COMENTO QUE SE ACRESENTA POR ESTAR UBICADA, UNA ENTRADA A PERIFERICO NORTE SEGUNDO PISO EN LA LATERAL DE ESTE Y AV OBSERVATORIO. 10.-ACCIONES COORDINADAS LLEVADAS A CABO PARA EL REORDENAMIENTO DEL TRANSPORTE PUBLICO ENTRE SEMOVI Y DELEGACIONES DE ORIGEN ( ALVARO OBREGON, CUAJIMALPA, XOCHIMILCO E IZTAPALAPA ) ADEMAS DE TRANSPORTISTAS DEL ESTADO DE MEXICO, DE RTP Y DELEGACION DE DESTINO MIGUEL HIDALGO, ANEXO RUTAS. ESTA VIALIDAD COMO SE REFIERE ANTES INICIA EN VICENTE EGUIA Y TERMINA EN LA GLORIETA DE SANTA LUCIA , CAMBIA DE NOMBRE Y SE DENOMINA CAMINO REAL A TOLUCA, CAMINO A SANTA FE, AV VASCO DE QUIROGA Y PROLONGACION VASCO DE QUIROGA, CON DIFERENTES PROBLEMATICAS Y ENTRONCA EL FLUJO VEHICULAR DE AV OBSERVATORIO EN ELLA, POR LO QUE SOLICITO TAMBIEN:

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11.- ACCIONES COORDINADAS ENTRE DELEGACION CUAJIMALPA,ALVARO OBREGON, MIGUEL HIDALGO Y BENITO JUARES ( QUE COLINDA EN AV JALISCO Y PERIFERICO) CON LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS , ASI COMO DE LA AGENCIA DE GESTION PUBLICA, SEMOVI EN MATERIA DE VIIALIDADES EN SU MANTENIMIENTO Y MOVILIDAD Y CON LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL Y DE TRANSPORTE ADEMAS DE SEGURIDAD PUBLICA EN LA ZONA Y MEDIDAS ADOPTADAS POR EL IMPACTO DE LA OBRA DENOMINADA TREN INTERURBANO MEXICO TOLUCA, 12.-ACCIONES COORDINADAS PARA EL RESCATE DE EL CONJUNTO DE LA PLAZA CHARLES DE GAULLE Y LA EXPLANADA DEL METRO TAUBAYA LINEA 7 Y PASOS PEATONALES DE ACCESO AL CONJUNTO DE LA PLAZA Y LINEA 1, ES DECIR ENTRE LOS PASOS DE AV. OBSERVATORIO Y PARQUE LIRA ASI COMO DE LA CALLE ERESMO CASTELLANOS QUINTO Y LOS ACCESOS DE LA EXPLANADA LINEA 7 A LINEA 1 SOBRE PARQUE LIRA YDE LA CALLE 'TURBE Y AV JALISCO Y PARQUE LIRA QUE INCLUYE EL MURAL DEL PASO PEATONAL POR EL DEPRIMIDO DE AVENIDA JALISCO , TODO ESTE CONJUNTO TAN DETERIORADO, ADEMAS DE SEÑALIZACION Y BALISAMIENTO QUE NO EXISTEN EN LA ZONA ENTRE LA AUTORIDAD DEL ESPACIO PUBLICO, AGENCIIA DE GESTION URBANA, SECRETARIA DE OBRAS Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO.” (sic)

II. El diecinueve de abril de dos mil diecisiete, el Sujeto Obligado notificó al particular

la siguiente respuesta:

“RESPUESTA.- Al respecto, se le sugiere presentar su solicitud ante la Delegación Miguel Hidalgo, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información: Delegación Miguel Hidalgo http://www.miguelhidalgo.gob.mx • Url Transparencia http://www.miguelhidalgo.gob.mx/transparencia/ • Título Ing. • Titular Xóchitl Gálvez Ruiz • Cargo Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo • Titulo Responsable Mtro. • Responsable UT Martín García Rodríguez • Puesto Responsable Subdirector de Transparencia • Teléfono Responsable 26230043 • Calle Av. Parque Lira • Número 94 • Piso PB

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• Colonia Ampliación Daniel Garza • Delegación Miguel Hidalgo • Código Postal 11860 • Teléfono UT 26230081 • Email UT 1 [email protected] • Email UT 2 [email protected] • Teléfono Operativo 26230043 • Email Operativo 1 [email protected] • Email Operativo 2 [email protected] Por lo que su solicitud es orientada, con fundamento a lo establecido por el último párrafo del artículo 200, segundo párrafo, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, que a la letra dice: "Artículo 200. Cuando la Unidad de Transparencia determine la notoria incompetencia por parte del sujeto obligado dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberá de comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y señalará al solicitante el o los sujetos obligados competentes. Si el sujeto obligado es competente para atender parcialmente la solicitud de acceso a la información, deberá de dar respuesta respecto de dicha parte. Respecto de la información sobre la cual es incompetente se procederá conforme a lo señalado en el párrafo anterior." Y la fracción II artículo 42 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal: "...Si el Ente de la Administración Pública de que se trate es competente para entregar parte de la información que fue solicitada, deberá dar respuesta respecto de dicha información y orientar al solicitante para que acuda al o a los Entes competentes para dar respuesta al resto de la solicitud..." …” (sic)

III. El dos de mayo de dos mil diecisiete, el particular presentó recurso de revisión en

contra de la respuesta emitida por el Sujeto Obligado, expresando su inconformidad

en los siguientes términos:

“la delegación Álvaro obregón no contesta lo relacionado a ella los puntos 2,8,10 y 11 limitándose al texto introductorio de la petición referida en su oficio de fecha 19 de abril signado por el titular de la oip,

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Los demás entes obligados a quien efectué la petición contestaron lo relativo a ellos. Negar información de acciones tomadas así respecto de mi petición en lo concerniente a la desconcentrada.” (sic)

IV. El ocho de mayo de dos mil diecisiete, la Dirección de Asuntos Jurídicos de este

Instituto, con fundamento en los artículos 51, fracciones I y II, 52, 53, fracción II, 233,

234, 236, 237 y 243 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y

Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, admitió a trámite el recurso de revisión

interpuesto.

Por otra parte, con fundamento en los artículos 278, 285 y 289 del Código de

Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria a la ley de la

materia, se admitieron las constancias obtenidas de la gestión realizada a la solicitud de

información.

Del mismo modo, con fundamento en los artículos 230 y 243, fracción II de la Ley de

Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad

de México, se puso a disposición de las partes el expediente en que se actúa para que

manifestaran lo que a su derecho conviniera, exhibieran las pruebas que consideraran

necesarias o expresaran sus alegatos.

V. El quince de mayo de dos mil diecisiete, se recibió en la Unidad de Correspondencia

de este Instituto un correo electrónico, en donde el particular manifestó lo que a su

derecho convino en los siguientes términos:

“… Por este medio me permito manifestar que: Al recabar mis solicitudes de información referente a la zona de tacubaya con los entes que considere necesario solicitar su información la totalidad de ellos a excepción de la

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delegación alvaro obregon contestaron lo que les correspondía en los puntos señalados en mi documento y la delegación simplemente no analizó o no quiso contestar y se limito a decir que no era de su competencia como ejemplo cito lo referido en mi documento anexo de petición en su numeral dos: 2.- ACCIONES EN COORDINACIÓN DE LA SECRETARIA DE MOVILIDAD, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA ,SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO, DELEGACION MIGUEL HIDALGO, CETRAM, INVEA, RTP, SISTEMA METROBUS,Y DELEGACIONES DE ORIGEN DEL TRANSPORTE PUBLICO DE CUAJIMALPA, ALVARO OBREGON, IZTAPALAPA, Y XOCHIMILCO, REFERENTES A DERROTEROS DE UNIDADES EN CIERRE DE CIRCUITO Y SU FRECUENCIA DE SALIDA PARA EVITAR AMONTONAMIENTO DE UNIDADES, ASÍ COMO COORDINAR EFICAZMENTE LA VIALIDAD CON SEGURIDAD AL PEATÓN Y SINCRONIZAR TIEMPO DE SEMÁFOROS, PARA EVITAR LARGAS FILAS DE VEHÍCULOS EN LAS AVENIDAS OBSERVATORIO Y CAMINO REAL Y SU ENTRONQUE EN AVENIDA JALISCO de este punto y limitandome a delegaciones tengo en mi poder las respuestas de cuajimalpa, iztapalapa y xochimilco y demás entes obligados como metrobus , metro cetram delegación miguel hidalgo invea y seguridad publica ya sea solicitando ampliación de plazo o ya contestando lo que a ellas así en otro ejemplo: 10.-ACCIONES COORDINADAS LLEVADAS A CABO PARA EL REORDENAMIENTO DEL TRANSPORTE PUBLICO ENTRE SEMOVI Y DELEGACIONES DE ORIGEN ( ALVARO OBREGON, CUAJIMALPA, XOCHIMILCO E IZTAPALAPA ) ADEMAS DE TRANSPORTISTAS DEL ESTADO DE MEXICO, DE RTP Y DELEGACIÓN DE DESTINO MIGUEL HIDALGO, ANEXO RUTAS. la demarcación hace caso omiso en lo que a ella se le señala, por lo que mantengo en firme las peticiones señaladas para inicio de la presente queja reservándose el derecho de presentar las documentales de los entes obligados en el estado que se encuentren en ella anexo documento que presente como petición …” (sic)

VI. El diecisiete de mayo de dos mil diecisiete, se recibió en la Unidad de

Correspondencia de este Instituto, el oficio DAO/JD/JOJD/DAC/CTIP/121/2017 de la

misma fecha, a través del cual el Sujeto Obligado expresó sus alegatos de la siguiente

manera:

EXPEDIENTE: RR.SIP.0959/2017

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“… Conforme lo establecido en el numeral vigésimo primero del Procedimiento para la recepción, substanciación, resolución y seguimiento de los recursos de revisión interpuestos en relación a la ley de transparencia, acceso a la información pública y rendición de cuentas de la Ciudad de México, me permito manifestar lo siguiente: …. SEGUNDO.- Visto el estado procesal de la solicitud de información de mérito, se emitió una respuesta complementaria siendo esta notificada al correo electrónico designado por el ciudadano para tal efecto. ANEXOS I y II (sírvase ver archivos adjuntos denominados "Gmail - NOTIFICACIÓN A LA SOLICITUD 0401000069417" y "Respuesta RR.0959.pdf') ...” (sic)

Asimismo, el Sujeto Obligado adjuntó las siguientes documentales:

Copia simple del correo electrónico del diecisiete de mayo de dos mil diecisiete, enviado de la cuenta del Sujeto Obligado a la señalada para tales efectos por el recurrente, por medio del cual le notificó el oficio DAO/JD/JOJD/DAC/CTIP/0112/2017 de la misma fecha.

Copia simple del oficio DAO/JD/JOJD/DAC/CTIP/0112/2017 del diecisiete de mayo de dos mil diecisiete, suscrito por el Coordinador de Transparencia e Información Pública del Sujeto Obligado, dirigido al ahora recurrente, por medio del cual le informó lo siguiente: Referente al punto 2.- Respuesta: Se indica que una vez consultado el plano de límites de la Delegación Política en Álvaro Obregón, esta Unidad de Transparencia identifica que el tramo referido que abarca de la Av. Jalisco en su inicio en calle Gobernador Agustín Vicente Guía y el entronque en Av. Jalisco, se ubica en la Colonia San Miguel Chapultepec, jurisdicción de la Delegación Política en Miguel Hidalgo, por lo cual al respecto de las acciones de protección civil y comercio en vía pública se le sugiere presentar su solicitud ante la Delegación Miguel Hidalgo, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información: Delegación Miguel Hidalgo http://www.miguelhidalgo.gob.mx • Url Transparencia http://www.mluelhidalgo.gob.mx/transparencia/ • Título Ing.

EXPEDIENTE: RR.SIP.0959/2017

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México.

Teléfono: 56 36 21 20

12

• Titular Xóchitl Gálvez Ruiz • Cargo Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo • Titulo Responsable Mtro. • Responsable UT Martín García Rodríguez • Puesto Responsable Subdirector de Transparencia • Teléfono Responsable26230043 • Calle Av. Parque Lira • Número94 • Piso PB • Colonia Ampliación Daniel Garza • Delegación Miguel Hidalgo • Código Posta111860 • Teléfono UT26230081 • Email UT [email protected] • Email UT [email protected] • Teléfono Operativo26230043 • Email Operativo [email protected] • Email Operativo [email protected] Por que respecta a las actividades de las unidades de la ruta 24 de servicio de transporte público de pasajeros, se le sugiere presentar su solicitud ante la SEMOVI, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información: Secretaría de Movilidad u://www.semovi.edmx.gob.inx/ • Url Transparencia http:www.semovi.cdmx.gob.mx/transparencia • Título C. • Titular Hector Serrano Cortés • Cargo Secretario de Movilidad • Titulo Responsable Maestro • Responsable ILIT Rubén Alberto García Cuevas • Puesto Responsable Director General Jurídico y de Regulación • Teléfono Responsable • Extensión Responsable 1 • Extensión Responsable 2 • Calle Av. Alvaro Obregón • Número 269 • Piso Planta Baja • Oficina • Colonia Roma • Delegación Cuauhtémoc • Código Postal 06700 • Teléfono UT 5209 9911

EXPEDIENTE: RR.SIP.0959/2017

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México.

Teléfono: 56 36 21 20

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• Extensión UT 1 1507 • Extensión UT 2 • Email UT 1 [email protected] Referente a los puntos 8, 10 y 11.- Respuesta: Se indica que una vez consultado el plano de límites de la Delegación Política en Álvaro Obregón, esta Unidad de Transparencia identifica que los tramos referidos: 8.- del entronque de Avenida Jalisco, en donde se un CETRAM, 10.- entre la calle Manuel Dublan y Tordo y 11.-Av. Jalisco entre el Viaducto y la calle de Héroes de Churubusco, Mártires de la Conquista, Parque Lira, Sntonio Maceo y Av. Progreso, se ubican en las Colonias Tacubaya y San Miguel Chapultepec, jurisdicción de la Delegación Política en Miguel Hidalgo, por lo cual al respecto de las acciones de protección civil y comercio en vía pública se le sugiere presentar su solicitud ante la Delegación Miguel Hidalgo, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información: Delegación Miguel Hidalgo http://www.miguelhidalgo.gob.mx • Url Transparencia http://www.miguelhidalgo.gob.mx/transparenciaL • Título Ing. • Titula Xóchitl Gálvez Ruiz • Cargo Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo • Titulo Responsable Mtro. • Responsable UT Martín García Rodríguez • Puesto Responsable Subdirector de Transparencia • Teléfono Responsable26230043 • Calle Av. Parque Lira • Número94 • Piso PB • Colonia Ampliación Daniel Garza • Delegación Miguel Hidalgo • Código Posta111860 • Teléfono UT26230081 • Email UT [email protected] • Email UT [email protected] • Teléfono Operativo26230043 • Email Operativo [email protected] • Email Operativo [email protected] Por que respecta al funcionamiento de los CETRAM, se le sugiere presentar su solicitud ante la CETRAM, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información:

EXPEDIENTE: RR.SIP.0959/2017

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México.

Teléfono: 56 36 21 20

14

Coordinación de los Centros de Transferencia Modal del Distrito Federal • Url Transparencia http://www.transparencia.df.gob.mx/wli/vut/ceiram • Titulo • Titular Israel De Rosas Guano • Cargo Director General de la Coordinación de los Centros de Transferencia Modal del Distrito Fe( • Titulo Responsable Lic. • Responsable UT Nancy Belén Alarcón Martínez • Puesto Responsable Enlace • Teléfono Responsable 57646752 • Extensión Responsable 1 Sin e • Extensión Responsable 2 • Calle Av. Del Taller • Número 17 • Piso • Oficina • Colonia Obregón • Delegación Venustiano Carranza • Código Postal 15990 • Teléfono UT 57646752 …” (sic)

VII. El veinticuatro de mayo de dos mil diecisiete, la Dirección de Asuntos Jurídicos de

este Instituto, tuvo por presentado al Sujeto Obligado y al recurrente manifestando lo

que a su derecho convino a manera de alegatos y dio vista con los correos electrónicos

y los oficios que enviaron.

Asimismo, el Sujeto Obligado notificó la emisión de una respuesta complementaria, por

lo que se ordenó dar vista al recurrente con la respuesta complementaria del Sujeto

Obligado para que manifestara lo que a su derecho conviniera y exhibiera las pruebas

que considerara necesarias, lo anterior, con fundamento en el artículo 100 del Código

de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de supletoria a la ley de la materia.

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VIII. El treinta de mayo de dos mil diecisiete, se recibió en la Unidad de

Correspondencia de este Instituto un correo electrónico, a través del cual el particular

manifestó lo que a su derecho convino respecto a la respuesta complementaria y

remitió las pruebas que consideró pertinentes, consistentes en diversos oficios de otras

autoridades que dieron respuesta a su solicitud de información en los puntos que le

correspondían, señalando que el Sujeto Obligado seguía sin dar atención a sus

requerimientos, en los siguientes términos:

“EN RESPUESTA AL RECURSO DE REVICION RR.SIP.0959/2017 CON FOLI00401000069417 DOY CONTESTACION Y ME PERMITO CITAR RESPUESTAS DE OTROS ENTES OBLIGADOS QUE EXAMINARON EL DOCUMENTO Y CONTESTARON LO QUE A ELLOS INCUNBE; PODRIA DAR RESPUESTA DE MAS ENTES OBLIGADOS QUE ANALIZARON EL DOCUMENTO COMO LA AGENCIA DE GESTION URBANA, LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS, LA SECRETARIA DE MOVILIDAD, CETRAM, INVEA, DELEGACION IZTAPALAPA, DELEGACION BENITO JUAREZ, INVEA, AGENCIA DE PROTECCION SANITARIA EN EL DF, AUTORIDAD DE LOS ESPACIOS PUBLICOS , RTP HOY SISTEMA DE MOVILIDAD M1 , SISTEMA METROBUS,SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, PERO NOS EXTENDERIAMOS REPITO TODOS A EXCEPCIÓN DE LA DELEGACION ALVARO OBREGON CONTESTARON LO QUE A ELLOS SOLICITE. … POR LO ANTERIOR, SOLICITO QUE LA DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGON ESPECIFIQUE EN RESPUESTA LO QUE A ELLA CONCIERNE.” (sic)

IX. El diecinueve de junio de dos mil diecisiete, la Dirección de Asuntos Jurídicos de

este Instituto tuvo por presentado al recurrente, por medio del cual el particular

manifestó lo que a su derecho convino y remitió las pruebas que consideró necesarias,

en relación a la respuesta complementaria emitida por el Sujeto Obligado.

Asimismo, la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Instituto decretó la ampliación del

plazo para resolver el presente medio de impugnación por diez días hábiles más, al

considerar que existía causa justificada para ello, lo anterior con fundamento en el

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artículo 243, penúltimo párrafo de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información

Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

Finalmente, se decretó el cierre del periodo de instrucción y se ordenó elaborar el

proyecto de resolución correspondiente.

En razón de que ha sido debidamente substanciado el presente recurso de revisión y

de que las pruebas agregadas al expediente consisten en documentales, las cuales se

desahogan por su propia y especial naturaleza, con fundamento en lo dispuesto por el

artículo 243, fracción VII de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y

Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. El Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos

Personales del Distrito Federal es competente para investigar, conocer y resolver el

presente recurso de revisión con fundamento en lo establecido en los artículos 6,

párrafos primero, segundo y apartado A de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos; 1, 2, 37, 51, 52, 53 fracciones XXI, XXII, 233, 234, 236, 237, 238,

239, 242, 243, 244, 245, 246, y 253 de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 2, 3, 4, fracciones

I y XII, 12, fracción XXVIII, 13, fracción VIII, y 14 fracción VIII, del Reglamento Interior

del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del

Distrito Federal; numerales Décimo Quinto, Décimo Séptimo y Vigésimo Quinto del

Procedimiento para la recepción, substanciación, resolución y seguimiento de los

recursos de revisión interpuestos en materia de acceso a la información pública y

protección de datos personales de la Ciudad de México.

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SEGUNDO. Previo al análisis de fondo de los argumentos formulados en el presente

recurso de revisión, este Instituto realiza el estudio oficioso de las causales de

improcedencia, por tratarse de una cuestión de orden público y de estudio preferente,

atento a lo establecido por la Jurisprudencia número 940, publicada en la página 1538,

de la Segunda Parte del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1988,

la cual señala:

IMPROCEDENCIA. Sea que las partes la aleguen o no, debe examinarse previamente la procedencia del juicio de amparo, por ser una cuestión de orden público en el juicio de garantías.

Analizadas las constancias que integran el presente recurso de revisión, se advierte que

el Sujeto Obligado no hizo valer causal de improcedencia alguna y este Órgano

Colegiado tampoco advirtió la actualización de alguna de las previstas por la Ley de

Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad

de México o su normatividad supletoria.

Sin embargo, el Sujeto Obligado hizo del conocimiento a este Órgano Colegiado sobre

la emisión y notificación de una respuesta complementaria, por lo cual, resulta

necesario entrar al estudio de la misma, de conformidad con el artículo 249, fracción II

de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de

la Ciudad de México, el cual dispone lo siguiente:

Artículo 249. El recurso será sobreseído cuando se actualicen alguno de los siguientes supuestos: … II. Cuando por cualquier motivo quede sin materia el recurso; o …

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Así bien, a efecto de determinar si con la respuesta complementaria que emitió el

Sujeto Obligado se satisfizo las pretensiones formuladas por el ahora recurrente y con

el propósito de establecer que dicha causal de sobreseimiento se actualiza, es

pertinente esquematizar la solicitud de información, la respuesta complementaria del

Sujeto Obligado y el agravio formulado por el recurrente, de la siguiente manera:

SOLICITUD DE INFORMACIÓN

RESPUESTA COMPLEMENTARIA DEL SUJETO OBLIGADO

AGRAVIO

“… EXPUESTO LO ANTERIOR SOLICITO SE ME INFORME. 1.- DE LOS ESTUDIOS DE IMPACTO EN LA VIALIDAD EN ESTA ZONA POR LA OBRA DENOMINADA TREN INTERURBANO MEXICO TOLUCA PUES LA ZONA DEL METRO OBSERVATORIO IMPACTARA ENORMEMENTE LA CARGA VEHICULAR DE ESTA ZONA Y DE VOLUMEN DE PERSONAS EN EL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO Y SISTEMA METROBUS, ACCIONES COORDINADAS ENTRE SISTEMA METROBUS, STC METRO, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, SEMOVI Y SEOBSE QUE

“… Referente al punto 2.- Respuesta: Se indica que una vez consultado el plano de límites de la Delegación Política en Álvaro Obregón, esta Unidad de Transparencia identifica que el tramo referido que abarca de la Av. Jalisco en su inicio en calle Gobernador Agustín Vicente Guía y el entronque en Av. Jalisco, se ubica en la Colonia San Miguel Chapultepec, jurisdicción de la Delegación Política en Miguel Hidalgo, por lo cual al respecto de las acciones de protección civil y comercio en vía pública se le sugiere presentar su solicitud ante la Delegación Miguel Hidalgo, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información: Delegación Miguel Hidalgo http://www.miguelhidalgo.gob.mx • Url Transparencia http://www.mluelhidalgo.gob.mx/transparencia/ • TítuloIng. • TitularXóchitl Gálvez Ruiz • CargoJefe Delegacional en Miguel

“la delegación Álvaro obregón no contesta lo relacionado a ella los puntos 2,8,10 y 11 limitándose al texto introductorio de la petición referida en su oficio de fecha 19 de abril signado por el titular de la oip, Los demás entes obligados a quien efectué la petición contestaron lo relativo a ellos. Negar información de acciones tomadas así respecto de mi petición en lo concerniente a la desconcentrada.” (sic)

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Teléfono: 56 36 21 20

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SE TOMAN PREVINIENDO ESTO. 2.- ACCIONES EN COORDINACION DE LA SECRETARIA DE MOVILIDAD, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA ,SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO, DELEGACION MIGUEL HIDALGO, CETRAM, INVEA, RTP, SISTEMA METROBUS,Y DELEGACIONES DE ORIGEN DEL TRANSPORTE PUBLICO DE CUAJIMALPA, ALVARO OBREGON, IZTAPALAPA, Y XOCHIMILCO, REFERENTES A DERROTEROS DE UNIDADES EN CIERRE DE CIRCUITO Y SU FRFECUENCIA DE SALIDA PARA EVITAR AMONTONAMIENTO DE UNIDADES, ASI COMO COORDINAR EFICASMENTE LA VIALIDAD CON SEGURIDAD AL PEATON Y SINCRONIZAR TIEMPO DE SEMAFOROS, PARA EVITAR LARGAS FILAS DE VEHICULOS EN LAS AVENIDAS OBSERVATORIO Y CAMINO REAL Y SU ENTRONQUE EN AVENIDA JALISCO.

Hidalgo • Titulo ResponsableMtro. • Responsable UTMartín García Rodríguez • Puesto ResponsableSubdirector de Transparencia • Teléfono Responsable26230043 • CalleAv. Parque Lira • Número94 • PisoPB • ColoniaAmpliación Daniel Garza • Delegación Miguel Hidalgo • Código Posta111860 • Teléfono UT26230081 • Email UT [email protected] • Email UT [email protected] • Teléfono Operativo26230043 • Email Operativo [email protected] • Email Operativo [email protected] Por que respecta a las actividades de las unidades de la ruta 24 de servicio de transporte público de pasajeros, se le sugiere presentar su solicitud ante la SEMOVI, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información: Secretaría de Movilidad u://www.semovi.edmx.gob.inx/ • Url Transparencia http:www.semovi.cdmx.gob.mx/transparencia • Título C. • Titular Hector Serrano Cortés • Cargo Secretario de Movilidad • Titulo Responsable Maestro • Responsable ILIT Rubén Alberto García Cuevas

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Teléfono: 56 36 21 20

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3.-ACCIONES DE COORDINACION DE VERIFICACION DE PUESTOS AMBULANTES Y DE COMIDA QUE INCLUYAN VERIFICACION SANITARIA A EXPENDEDORES DE CARNE EN VIA PUBLICA, ACCIONES COORDINADAS ENTRE SEDECO, DELEGACION MIGUEL HIDALGO Y SECRETARIA DE SALUD, ADEMAS DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO PARA MANTENER AL MARGEN DELA ZONA DE SEGURIDAD A ESTOS AMBULANTES. 4.-MEDIDAS COORDINADAS ENTRE DELEGACION MIGUEL HIDALGO SISTEMA DE AGUAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LA RED DE AGUA POTABLE Y DRENAJE EN LA ZONA, ASI COMO DE LA DIRECCION DE SERVICIOS URBANOS DE SOBSE Y LA DELEGACION MIGUEL HIDALGO A TARVES DE SU DERECCION DE SERVICIOS URBANOS EN LIMPIA Y TRANSPORTE, POR TANTA ACUMULACION DE BASURA EN LA ZONA

• Puesto Responsable Director General Jurídico y de Regulación • Teléfono Responsable • Extensión Responsable 1 • Extensión Responsable 2 • Calle Av. Alvaro Obregón • Número 269 • Piso Planta Baja • Oficina • Colonia Roma • Delegación Cuauhtémoc • Código Postal 06700 • Teléfono UT 5209 9911 • Extensión UT 1 1507 • Extensión UT 2 • Email UT 1 [email protected] Referente a los puntos 8, 10 y 11.- Respuesta: Se indica que una vez consultado el plano de límites de la Delegación Política en Álvaro Obregón, esta Unidad de Transparencia identifica que los tramos referidos: 8.- del entronque de Avenida Jalisco, en donde se un CETRAM, 10.- entre la calle Manuel Dublan y Tordo y 11.-Av. Jalisco entre el Viaducto y la calle de Héroes de Churubusco, Mártires de la Conquista, Parque Lira, Sntonio Maceo y Av. Progreso, se ubican en las Colonias Tacubaya y San Miguel Chapultepec, jurisdicción de la Delegación Política en Miguel Hidalgo, por lo cual al respecto de las acciones de protección civil y comercio en vía pública se le sugiere presentar su solicitud ante la Delegación Miguel Hidalgo, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información: Delegación Miguel Hidalgo

EXPEDIENTE: RR.SIP.0959/2017

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México.

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SOBRE TODO EN INMEDIACIONES DEL CETRAM. 5.-ACCIONES COORDINADAS ENTRE AUTORIDAD DE LOS ESPACIOS PUBLICOS ,DELEGACION MIGUEL HIDALGO, SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS SECRETARIA DE MOVILIDAD OFICIALIA MAYOR A TRAVES DE CETRAM SISTEMA METROBUS, Y SCT METRO EN LA MEJORA DEL ESPACIO PUBLICO DE SU PERIMETRO EN LA ZONA . 6.-MANTENIMIENTO DE CARPETA ASFALTICA DE LA ZONA, BANQUETAS, BALIZAMIENTO, SEÑALIZACIONES, Y RESCATE DE MURALES, ENTRE LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, DELEGACION MIGUEL HIDALGO AUTORIDAD DE LOS ESPACIOS PUBLICOS Y AGENCIA DE GESTION URBANA 7.-COORDINACION EN SEGURIDAD EN TRANSPORTE QUE ABARQUE VERIFICACION DE UNIDADES SOBRE TODO POR LA NOCHE A OPERADORES Y DESPACHADORES

http://www.miguelhidalgo.gob.mx • Url Transparencia http://www.miguelhidalgo.gob.mx/transparenciaL • Título Ing. • Titula Xóchitl Gálvez Ruiz • Cargo Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo • Titulo Responsable Mtro. • Responsable UT Martín García Rodríguez • Puesto Responsable Subdirector de Transparencia • Teléfono Responsable26230043 • Calle Av. Parque Lira • Número94 • Piso PB • Colonia Ampliación Daniel Garza • Delegación Miguel Hidalgo • Código Posta111860 • Teléfono UT26230081 • Email UT [email protected] • Email UT [email protected] • Teléfono Operativo26230043 • Email Operativo [email protected] • Email Operativo [email protected] Por que respecta al funcionamiento de los CETRAM, se le sugiere presentar su solicitud ante la CETRAM, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información: Coordinación de los Centros de Transferencia Modal del Distrito Federal • Url Transparencia http://www.transparencia.df.gob.mx/wli/vut/ceiram

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DENTRO Y FUERA DEL CETRAM, ENTRE EL INVEA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA CON AGENTES DE VIALIDAD CON FACULTADES PARA SANCIONAR A OPERADORES DE TRANSPORTE PUBLICO QUE ENTORPESCA LA VIALIDAD Y SU FLUJO EN LA ZONA REFERIDA ADEMAS DE MAYOR VIGILANCIA ES DECIR MAYOR COORDINACION ENTRE POLICIA DELEGACIONAL Y POLICIA PREVENTIVA Y EL CETRAM. 8.-MAYOR EFICIENCIA EN TORNIQUETES DE ACCESO AL METRO PUES EN OCACIONES VARIOS NO SIRVEN O SON BLOQUEADOS COMO EN OBSERVATORIO DONDE LA MISMA POLICIA BLOQUEA PERMANENTEMENTE 1 TORNIQUETE Y EN HORAS PICO HASTA 3 0 4 TORNIQUETES E INCLUSO HAY VENDEDORES AMBULANTES EN EL INTERIOR DE LA ESTACION JUGANDO PELOTA, ADEMAS EN LOS ACCESOS, ACCIONES TOMADAS COORDINADAMENTE

• Titulo • Titular Israel De Rosas Guano • Cargo Director General de la Coordinación de los Centros de Transferencia Modal del Distrito Fe( • Titulo Responsable Lic. • Responsable UT Nancy Belén Alarcón Martínez • Puesto Responsable Enlace • Teléfono Responsable 57646752 • Extensión Responsable 1 Sin e • Extensión Responsable 2 • Calle Av. Del Taller • Número 17 • Piso • Oficina • Colonia Obregón • Delegación Venustiano Carranza • Código Postal 15990 • Teléfono UT 57646752 …” (sic)

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ENTRE EL METRO Y LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, ADEMAS DE SECRETARIA DE ECONOMIA Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO EN LA JEFATURA DE VIA PUBLICA Y DE ALVARO OBREGON EN LO CONCERNIENTE A LA ESTACION METRO OBSERVATORIO L1. 9.-ACCIONES COORDINADAS ENTRE SECRETARIA DE OBRAS, SECRETARIA DE MOVILIDAD Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO, SECRETARIA DE SUGURIDAD PUBLICA, PARA SOLVENTAR EL PROBLEMA DE CONGESTIONAMIENTO VIAL EN LA ZONA EN COMENTO QUE SE ACRESENTA POR ESTAR UBICADA, UNA ENTRADA A PERIFERICO NORTE SEGUNDO PISO EN LA LATERAL DE ESTE Y AV OBSERVATORIO. 10.-ACCIONES COORDINADAS LLEVADAS A CABO PARA EL REORDENAMIENTO DEL TRANSPORTE PUBLICO ENTRE SEMOVI Y DELEGACIONES DE ORIGEN ( ALVARO

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OBREGON, CUAJIMALPA, XOCHIMILCO E IZTAPALAPA ) ADEMAS DE TRANSPORTISTAS DEL ESTADO DE MEXICO, DE RTP Y DELEGACION DE DESTINO MIGUEL HIDALGO, ANEXO RUTAS. ESTA VIALIDAD COMO SE REFIERE ANTES INICIA EN VICENTE EGUIA Y TERMINA EN LA GLORIETA DE SANTA LUCIA , CAMBIA DE NOMBRE Y SE DENOMINA CAMINO REAL A TOLUCA, CAMINO A SANTA FE, AV VASCO DE QUIROGA Y PROLONGACION VASCO DE QUIROGA, CON DIFERENTES PROBLEMATICAS Y ENTRONCA EL FLUJO VEHICULAR DE AV OBSERVATORIO EN ELLA, POR LO QUE SOLICITO TAMBIEN: 11.- ACCIONES COORDINADAS ENTRE DELEGACION CUAJIMALPA,ALVARO OBREGON, MIGUEL HIDALGO Y BENITO JUARES ( QUE COLINDA EN AV JALISCO Y PERIFERICO) CON LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS , ASI COMO DE LA AGENCIA DE

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GESTION PUBLICA, SEMOVI EN MATERIA DE VIIALIDADES EN SU MANTENIMIENTO Y MOVILIDAD Y CON LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL Y DE TRANSPORTE ADEMAS DE SEGURIDAD PUBLICA EN LA ZONA Y MEDIDAS ADOPTADAS POR EL IMPACTO DE LA OBRA DENOMINADA TREN INTERURBANO MEXICO TOLUCA, 12.-ACCIONES COORDINADAS PARA EL RESCATE DE EL CONJUNTO DE LA PLAZA CHARLES DE GAULLE Y LA EXPLANADA DEL METRO TAUBAYA LINEA 7 Y PASOS PEATONALES DE ACCESO AL CONJUNTO DE LA PLAZA Y LINEA 1, ES DECIR ENTRE LOS PASOS DE AV. OBSERVATORIO Y PARQUE LIRA ASI COMO DE LA CALLE ERESMO CASTELLANOS QUINTO Y LOS ACCESOS DE LA EXPLANADA LINEA 7 A LINEA 1 SOBRE PARQUE LIRA YDE LA CALLE 'TURBE Y AV JALISCO Y PARQUE LIRA QUE INCLUYE EL MURAL DEL PASO PEATONAL POR EL DEPRIMIDO DE AVENIDA

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JALISCO , TODO ESTE CONJUNTO TAN DETERIORADO, ADEMAS DE SEÑALIZACION Y BALISAMIENTO QUE NO EXISTEN EN LA ZONA ENTRE LA AUTORIDAD DEL ESPACIO PUBLICO, AGENCIIA DE GESTION URBANA, SECRETARIA DE OBRAS Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO.” (sic)

Lo anterior, se desprende de las documentales consistentes en los formatos

denominados “Acuse de recibo de solicitud de acceso a la información pública” y “Acuse

de recibo de recurso de revisión”, así como del correo electrónico y el oficio a través del

cual el Sujeto Obligado notificó la respuesta complementaria.

A dichas documentales, se les concede valor probatorio en términos de lo dispuesto por

los artículos 374 y 402 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de

aplicación supletoria a la ley de la materia, así como con apoyo en la siguiente Tesis

aislada emitida por el Poder Judicial de la Federación, la cual dispone:

Registro No. 163972 Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXXII, Agosto de 2010 Página: 2332 Tesis: I.5o.C.134 C Tesis Aislada Materia(s): Civil

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PRUEBAS. SU VALORACIÓN EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 402 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL. El artículo 402 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal establece que los Jueces, al valorar en su conjunto los medios de prueba que se aporten y se admitan en una controversia judicial, deben exponer cuidadosamente los fundamentos de la valoración jurídica realizada y de su decisión, lo que significa que la valoración de las probanzas debe estar delimitada por la lógica y la experiencia, así como por la conjunción de ambas, con las que se conforma la sana crítica, como producto dialéctico, a fin de que la argumentación y decisión del juzgador sean una verdadera expresión de justicia, es decir, lo suficientemente contundentes para justificar la determinación judicial y así rechazar la duda y el margen de subjetividad del juzgador, con lo cual es evidente que se deben aprovechar "las máximas de la experiencia", que constituyen las reglas de vida o verdades de sentido común. QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 309/2010. 10 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Walter Arellano Hobelsberger. Secretario: Enrique Cantoya Herrejón.

Precisado lo anterior, es evidente que la inconformidad del recurrente está encaminada

a controvertir la respuesta impugnada, ya que a su consideración el Sujeto Obligado

omitió pronunciarse por lo puntos que dentro de sus atribuciones le competía, por lo

que negó la información de acciones tomadas respecto a su solicitud de información.

Ahora bien, del estudio a la respuesta complementaria se observó que el Sujeto

Obligado reiteró lo informado en la respuesta impugnada, al señalar lo siguiente:

“… Referente al punto 2.- Respuesta: Se indica que una vez consultado el plano de límites de la Delegación Política en Álvaro Obregón, esta Unidad de Transparencia identifica que el tramo referido que abarca de la Av. Jalisco en su inicio en calle Gobernador Agustín Vicente Guía y el entronque en Av. Jalisco, se ubica en la Colonia San Miguel Chapultepec, jurisdicción de la Delegación Política en Miguel Hidalgo, por lo cual al respecto de las acciones de protección civil y comercio en vía pública se le sugiere presentar su solicitud ante la Delegación Miguel Hidalgo, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información:

EXPEDIENTE: RR.SIP.0959/2017

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza de la Transparencia”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México.

Teléfono: 56 36 21 20

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Delegación Miguel Hidalgo http://www.miguelhidalgo.gob.mx • Url Transparencia http://www.mluelhidalgo.gob.mx/transparencia/ • TítuloIng. • TitularXóchitl Gálvez Ruiz • CargoJefe Delegacional en Miguel Hidalgo • Titulo ResponsableMtro. • Responsable UTMartín García Rodríguez • Puesto ResponsableSubdirector de Transparencia • Teléfono Responsable26230043 • CalleAv. Parque Lira • Número94 • PisoPB • ColoniaAmpliación Daniel Garza • Delegación Miguel Hidalgo • Código Posta111860 • Teléfono UT26230081 • Email UT [email protected] • Email UT [email protected] • Teléfono Operativo26230043 • Email Operativo [email protected] • Email Operativo [email protected] Por que respecta a las actividades de las unidades de la ruta 24 de servicio de transporte público de pasajeros, se le sugiere presentar su solicitud ante la SEMOVI, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información: Secretaría de Movilidad u://www.semovi.edmx.gob.inx/ • Url Transparencia http:www.semovi.cdmx.gob.mx/transparencia • Título C. • Titular Hector Serrano Cortés • Cargo Secretario de Movilidad • Titulo Responsable Maestro • Responsable ILIT Rubén Alberto García Cuevas • Puesto Responsable Director General Jurídico y de Regulación • Teléfono Responsable • Extensión Responsable 1 • Extensión Responsable 2 • Calle Av. Alvaro Obregón • Número 269 • Piso Planta Baja • Oficina

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• Colonia Roma • Delegación Cuauhtémoc • Código Postal 06700 • Teléfono UT 5209 9911 • Extensión UT 1 1507 • Extensión UT 2 • Email UT 1 [email protected] Referente a los puntos 8, 10 y 11.- Respuesta: Se indica que una vez consultado el plano de límites de la Delegación Política en Álvaro Obregón, esta Unidad de Transparencia identifica que los tramos referidos: 8.- del entronque de Avenida Jalisco, en donde se un CETRAM, 10.- entre la calle Manuel Dublan y Tordo y 11.-Av. Jalisco entre el Viaducto y la calle de Héroes de Churubusco, Mártires de la Conquista, Parque Lira, Sntonio Maceo y Av. Progreso, se ubican en las Colonias Tacubaya y San Miguel Chapultepec, jurisdicción de la Delegación Política en Miguel Hidalgo, por lo cual al respecto de las acciones de protección civil y comercio en vía pública se le sugiere presentar su solicitud ante la Delegación Miguel Hidalgo, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información: Delegación Miguel Hidalgo http://www.miguelhidalgo.gob.mx • Url Transparencia http://www.miguelhidalgo.gob.mx/transparenciaL • Título Ing. • Titula Xóchitl Gálvez Ruiz • Cargo Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo • Titulo Responsable Mtro. • Responsable UT Martín García Rodríguez • Puesto Responsable Subdirector de Transparencia • Teléfono Responsable26230043 • Calle Av. Parque Lira • Número94 • Piso PB • Colonia Ampliación Daniel Garza • Delegación Miguel Hidalgo • Código Posta111860 • Teléfono UT26230081 • Email UT [email protected] • Email UT [email protected] • Teléfono Operativo26230043 • Email Operativo [email protected] • Email Operativo [email protected]

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Por que respecta al funcionamiento de los CETRAM, se le sugiere presentar su solicitud ante la CETRAM, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información: Coordinación de los Centros de Transferencia Modal del Distrito Federal • Url Transparencia http://www.transparencia.df.gob.mx/wli/vut/ceiram • Titulo • Titular Israel De Rosas Guano • Cargo Director General de la Coordinación de los Centros de Transferencia Modal del Distrito Fe( • Titulo Responsable Lic. • Responsable UT Nancy Belén Alarcón Martínez • Puesto Responsable Enlace • Teléfono Responsable 57646752 • Extensión Responsable 1 Sin e • Extensión Responsable 2 • Calle Av. Del Taller • Número 17 • Piso • Oficina • Colonia Obregón • Delegación Venustiano Carranza • Código Postal 15990 • Teléfono UT 57646752 …” (sic)

De lo expuesto, este Instituto advierte que el Sujeto Obligado no atendió a través de la

respuesta complementaria la solicitud de información de interés del particular, ya que si

bien es cierto refirió los puntos de los que se inconformó el recurrente, reiteró la

orientación a las autoridades que consideró competentes como en la respuesta

impugnada, sin que realizara pronunciamiento alguno de conformidad a sus

atribuciones, luego entonces, es evidente que el agravio formulado por el recurrente

subsiste, y por lo tanto no se actualiza la hipótesis de la fracción II, del artículo 249 de

la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la

Ciudad de México.

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En ese sentido, es importante informar al Sujeto Obligado que el presente asunto

implica el estudio de fondo de la controversia planteada, y en caso de que le asista la

razón tendría el efecto jurídico de confirmar la respuesta impugnada y no así el de

sobreseer el presente recurso de revisión.

En consecuencia, resulta conforme a derecho desestimar la solicitud del Sujeto

Obligado y entrar al estudio de fondo y resolver el presente medio de impugnación.

TERCERO. Una vez realizado el estudio de las constancias que integran el expediente

en que se actúa, se desprende que la resolución consiste en determinar si la respuesta

emitida por la Delegación Álvaro Obregón, transgredió el derecho de acceso a la

información pública del ahora recurrente, y en su caso, resolver si resulta procedente

ordenar la entrega de la información solicitada, de conformidad con lo dispuesto por la

Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la

Ciudad de México.

Por razón de método, el estudio y resolución del cumplimiento de la obligación del

Sujeto recurrido de proporcionar la información solicitada se realizará en un primer

apartado y, en su caso, las posibles infracciones a la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se tratarán en un

capítulo independiente.

CUARTO. Con el objeto de ilustrar la controversia planteada y lograr claridad en el

tratamiento del tema en estudio, resulta conveniente esquematizar la solicitud de

información, la respuesta emitida por el Sujeto Obligado, y el agravio formulado por el

recurrente, en los siguientes términos:

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SOLICITUD DE INFORMACIÓN

RESPUESTA DEL SUJETO OBLIGADO AGRAVIO

“EXPUESTO LO ANTERIOR SOLICITO SE ME INFORME. 1.- DE LOS ESTUDIOS DE IMPACTO EN LA VIALIDAD EN ESTA ZONA POR LA OBRA DENOMINADA TREN INTERURBANO MEXICO TOLUCA PUES LA ZONA DEL METRO OBSERVATORIO IMPACTARA ENORMEMENTE LA CARGA VEHICULAR DE ESTA ZONA Y DE VOLUMEN DE PERSONAS EN EL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO Y SISTEMA METROBUS, ACCIONES COORDINADAS ENTRE SISTEMA METROBUS, STC METRO, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, SEMOVI Y SEOBSE QUE SE TOMAN

“RESPUESTA.- Al respecto, se le sugiere presentar su solicitud ante la Delegación Miguel Hidalgo, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información: Delegación Miguel Hidalgo http://www.miguelhidalgo.gob.mx • Url Transparencia http://www.miguelhidalgo.gob.mx/transparencia/ • Título Ing. • Titular Xóchitl Gálvez Ruiz • Cargo Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo • Titulo Responsable Mtro. • Responsable UT Martín García Rodríguez • Puesto Responsable Subdirector de Transparencia • Teléfono Responsable 26230043 • Calle Av. Parque Lira • Número 94 • Piso PB • Colonia Ampliación Daniel Garza • Delegación Miguel Hidalgo • Código Postal 11860 • Teléfono UT 26230081 • Email UT 1 [email protected] • Email UT 2 [email protected] • Teléfono Operativo 26230043 • Email Operativo 1 [email protected] • Email Operativo 2 [email protected] Por lo que su solicitud es orientada, con fundamento a lo establecido por el último párrafo del artículo 200, segundo párrafo, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, que a la letra dice: "Artículo 200. Cuando la Unidad de

“la delegación Álvaro obregón no contesta lo relacionado a ella los puntos 2,8,10 y 11 limitándose al texto introductorio de la petición referida en su oficio de fecha 19 de abril signado por el titular de la oip, Los demás entes obligados a quien efectué la petición contestaron lo relativo a ellos. Negar información de acciones tomadas así respecto de mi petición en lo concerniente a la desconcentrada.” (sic)

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PREVINIENDO ESTO. 2.- ACCIONES EN COORDINACION DE LA SECRETARIA DE MOVILIDAD, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA ,SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO, DELEGACION MIGUEL HIDALGO, CETRAM, INVEA, RTP, SISTEMA METROBUS,Y DELEGACIONES DE ORIGEN DEL TRANSPORTE PUBLICO DE CUAJIMALPA, ALVARO OBREGON, IZTAPALAPA, Y XOCHIMILCO, REFERENTES A DERROTEROS DE UNIDADES EN CIERRE DE CIRCUITO Y SU FRFECUENCIA DE SALIDA PARA EVITAR AMONTONAMIENTO DE UNIDADES, ASI COMO COORDINAR EFICASMENTE LA VIALIDAD CON SEGURIDAD AL

Transparencia determine la notoria incompetencia por parte del sujeto obligado dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberá de comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y señalará al solicitante el o los sujetos obligados competentes. Si el sujeto obligado es competente para atender parcialmente la solicitud de acceso a la información, deberá de dar respuesta respecto de dicha parte. Respecto de la información sobre la cual es incompetente se procederá conforme a lo señalado en el párrafo anterior." Y la fracción II artículo 42 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal: "...Si el Ente de la Administración Pública de que se trate es competente para entregar parte de la información que fue solicitada, deberá dar respuesta respecto de dicha información y orientar al solicitante para que acuda al o a los Entes competentes para dar respuesta al resto de la solicitud..." …” (sic)

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PEATON Y SINCRONIZAR TIEMPO DE SEMAFOROS, PARA EVITAR LARGAS FILAS DE VEHICULOS EN LAS AVENIDAS OBSERVATORIO Y CAMINO REAL Y SU ENTRONQUE EN AVENIDA JALISCO. 3.-ACCIONES DE COORDINACION DE VERIFICACION DE PUESTOS AMBULANTES Y DE COMIDA QUE INCLUYAN VERIFICACION SANITARIA A EXPENDEDORES DE CARNE EN VIA PUBLICA, ACCIONES COORDINADAS ENTRE SEDECO, DELEGACION MIGUEL HIDALGO Y SECRETARIA DE SALUD, ADEMAS DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO PARA MANTENER AL MARGEN DELA ZONA DE SEGURIDAD A ESTOS AMBULANTES.

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4.-MEDIDAS COORDINADAS ENTRE DELEGACION MIGUEL HIDALGO SISTEMA DE AGUAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LA RED DE AGUA POTABLE Y DRENAJE EN LA ZONA, ASI COMO DE LA DIRECCION DE SERVICIOS URBANOS DE SOBSE Y LA DELEGACION MIGUEL HIDALGO A TARVES DE SU DERECCION DE SERVICIOS URBANOS EN LIMPIA Y TRANSPORTE, POR TANTA ACUMULACION DE BASURA EN LA ZONA SOBRE TODO EN INMEDIACIONES DEL CETRAM. 5.-ACCIONES COORDINADAS ENTRE AUTORIDAD DE LOS ESPACIOS PUBLICOS DELEGACION MIGUEL HIDALGO, SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS

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SECRETARIA DE MOVILIDAD OFICIALIA MAYOR A TRAVES DE CETRAM SISTEMA METROBUS, Y SCT METRO EN LA MEJORA DEL ESPACIO PUBLICO DE SU PERIMETRO EN LA ZONA . 6.-MANTENIMIENTO DE CARPETA ASFALTICA DE LA ZONA, BANQUETAS, BALIZAMIENTO, SEÑALIZACIONES, Y RESCATE DE MURALES, ENTRE LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, DELEGACION MIGUEL HIDALGO AUTORIDAD DE LOS ESPACIOS PUBLICOS Y AGENCIA DE GESTION URBANA 7.-COORDINACION EN SEGURIDAD EN TRANSPORTE QUE ABARQUE VERIFICACION DE UNIDADES SOBRE TODO POR LA NOCHE A OPERADORES Y

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DESPACHADORES DENTRO Y FUERA DEL CETRAM, ENTRE EL INVEA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA CON AGENTES DE VIALIDAD CON FACULTADES PARA SANCIONAR A OPERADORES DE TRANSPORTE PUBLICO QUE ENTORPESCA LA VIALIDAD Y SU FLUJO EN LA ZONA REFERIDA ADEMAS DE MAYOR VIGILANCIA ES DECIR MAYOR COORDINACION ENTRE POLICIA DELEGACIONAL Y POLICIA PREVENTIVA Y EL CETRAM. 8.-MAYOR EFICIENCIA EN TORNIQUETES DE ACCESO AL METRO PUES EN OCACIONES VARIOS NO SIRVEN O SON BLOQUEADOS COMO EN OBSERVATORIO DONDE LA MISMA POLICIA BLOQUEA PERMANENTEMENTE 1 TORNIQUETE

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Y EN HORAS PICO HASTA 3 0 4 TORNIQUETES E INCLUSO HAY VENDEDORES AMBULANTES EN EL INTERIOR DE LA ESTACION JUGANDO PELOTA, ADEMAS EN LOS ACCESOS, ACCIONES TOMADAS COORDINADAMENTE ENTRE EL METRO Y LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, ADEMAS DE SECRETARIA DE ECONOMIA Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO EN LA JEFATURA DE VIA PUBLICA Y DE ALVARO OBREGON EN LO CONCERNIENTE A LA ESTACION METRO OBSERVATORIO L1. 9.-ACCIONES COORDINADAS ENTRE SECRETARIA DE OBRAS, SECRETARIA DE MOVILIDAD Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO, SECRETARIA DE SUGURIDAD

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PUBLICA, PARA SOLVENTAR EL PROBLEMA DE CONGESTIONAMIENTO VIAL EN LA ZONA EN COMENTO QUE SE ACRESENTA POR ESTAR UBICADA, UNA ENTRADA A PERIFERICO NORTE SEGUNDO PISO EN LA LATERAL DE ESTE Y AV OBSERVATORIO. 10.-ACCIONES COORDINADAS LLEVADAS A CABO PARA EL REORDENAMIENTO DEL TRANSPORTE PUBLICO ENTRE SEMOVI Y DELEGACIONES DE ORIGEN ( ALVARO OBREGON, CUAJIMALPA, XOCHIMILCO E IZTAPALAPA ) ADEMAS DE TRANSPORTISTAS DEL ESTADO DE MEXICO, DE RTP Y DELEGACION DE DESTINO MIGUEL HIDALGO, ANEXO RUTAS. ESTA VIALIDAD COMO SE

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REFIERE ANTES INICIA EN VICENTE EGUIA Y TERMINA EN LA GLORIETA DE SANTA LUCIA , CAMBIA DE NOMBRE Y SE DENOMINA CAMINO REAL A TOLUCA, CAMINO A SANTA FE, AV VASCO DE QUIROGA Y PROLONGACION VASCO DE QUIROGA, CON DIFERENTES PROBLEMATICAS Y ENTRONCA EL FLUJO VEHICULAR DE AV OBSERVATORIO EN ELLA, POR LO QUE SOLICITO TAMBIEN: 11.- ACCIONES COORDINADAS ENTRE DELEGACION CUAJIMALPA,ALVARO OBREGON, MIGUEL HIDALGO Y BENITO JUARES ( QUE COLINDA EN AV JALISCO Y PERIFERICO) CON LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS , ASI COMO DE LA AGENCIA DE GESTION

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PUBLICA, SEMOVI EN MATERIA DE VIIALIDADES EN SU MANTENIMIENTO Y MOVILIDAD Y CON LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL Y DE TRANSPORTE ADEMAS DE SEGURIDAD PUBLICA EN LA ZONA Y MEDIDAS ADOPTADAS POR EL IMPACTO DE LA OBRA DENOMINADA TREN INTERURBANO MEXICO TOLUCA, 12.-ACCIONES COORDINADAS PARA EL RESCATE DE EL CONJUNTO DE LA PLAZA CHARLES DE GAULLE Y LA EXPLANADA DEL METRO TAUBAYA LINEA 7 Y PASOS PEATONALES DE ACCESO AL CONJUNTO DE LA PLAZA Y LINEA 1, ES DECIR ENTRE LOS PASOS DE AV.

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OBSERVATORIO Y PARQUE LIRA ASI COMO DE LA CALLE ERESMO CASTELLANOS QUINTO Y LOS ACCESOS DE LA EXPLANADA LINEA 7 A LINEA 1 SOBRE PARQUE LIRA YDE LA CALLE 'TURBE Y AV JALISCO Y PARQUE LIRA QUE INCLUYE EL MURAL DEL PASO PEATONAL POR EL DEPRIMIDO DE AVENIDA JALISCO , TODO ESTE CONJUNTO TAN DETERIORADO, ADEMAS DE SEÑALIZACION Y BALISAMIENTO QUE NO EXISTEN EN LA ZONA ENTRE LA AUTORIDAD DEL ESPACIO PUBLICO, AGENCIIA DE GESTION URBANA, SECRETARIA DE OBRAS Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO.” (sic)

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Lo anterior, se desprende de las documentales consistentes en los formatos

denominados “Acuse de recibo de solicitud de acceso a la información pública” y “Acuse

de recibo de recurso de revisión”, así como de la respuesta emitida por el Sujeto

Obligado.

A dichas documentales, se les concede valor probatorio en términos de lo dispuesto

por los artículos 374 y 402 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito

Federal, de aplicación supletoria a la ley de la materia, así como con apoyo en la Tesis

asilada cuyo rubro versa “PRUEBAS. SU VALORACIÓN CONFORME A LAS REGLAS

DE LA LÓGICA Y DE LA EXPERIENCIA, NO ES VIOLATORIA DEL ARTÍCULO 14

CONSTITUCIONAL ARTÍCULO 402 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

PARA EL DISTRITO FEDERAL.” (Transcrita en el segundo Considerando).

Ahora bien, el Sujeto Obligado al manifestar lo que a su derecho convino a manera de

alegatos, informó sobre la emisión de la respuesta complementaria que fue

desestimada en el segundo considerando de la presente resolución.

Precisado lo anterior, este Órgano Colegiado procede a analizar la legalidad de la

respuesta emitida en atención a la solicitud de información del particular, a fin de

determinar si el Sujeto Obligado garantizó o no su derecho de acceso a la información

pública, en razón del agravio formulado por el ahora recurrente.

En virtud de ello, este Instituto aprecia que la inconformidad del recurrente se encuentra

encaminada a combatir la respuesta emitida por el Sujeto Obligado, toda vez que

consideró que omitió responder los puntos de su solicitud de información 2, 8, 10 y 11,

por lo que negó la información de las acciones tomadas en lo concerniente a sus

atribuciones.

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En ese orden de ideas, lo primero que se advierte es que el recurrente al momento de

interponer el presente recurso de revisión, no expresó inconformidad alguna respecto de

los requerimientos consistentes en:

1.- DE LOS ESTUDIOS DE IMPACTO EN LA VIALIDAD EN ESTA ZONA POR LA OBRA DENOMINADA TREN INTERURBANO MEXICO TOLUCA PUES LA ZONA DEL METRO OBSERVATORIO IMPACTARA ENORMEMENTE LA CARGA VEHICULAR DE ESTA ZONA Y DE VOLUMEN DE PERSONAS EN EL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO Y SISTEMA METROBUS, ACCIONES COORDINADAS ENTRE SISTEMA METROBUS, STC METRO, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, SEMOVI Y SEOBSE QUE SE TOMAN PREVINIENDO ESTO. 3.- ACCIONES DE COORDINACION DE VERIFICACION DE PUESTOS AMBULANTES Y DE COMIDA QUE INCLUYAN VERIFICACION SANITARIA A EXPENDEDORES DE CARNE EN VIA PUBLICA, ACCIONES COORDINADAS ENTRE SEDECO, DELEGACION MIGUEL HIDALGO Y SECRETARIA DE SALUD, ADEMAS DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO PARA MANTENER AL MARGEN DELA ZONA DE SEGURIDAD A ESTOS AMBULANTES. 4.- MEDIDAS COORDINADAS ENTRE DELEGACION MIGUEL HIDALGO SISTEMA DE AGUAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LA RED DE AGUA POTABLE Y DRENAJE EN LA ZONA, ASI COMO DE LA DIRECCION DE SERVICIOS URBANOS DE SOBSE Y LA DELEGACION MIGUEL HIDALGO A TARVES DE SU DERECCION DE SERVICIOS URBANOS EN LIMPIA Y TRANSPORTE, POR TANTA ACUMULACION DE BASURA EN LA ZONA SOBRE TODO EN INMEDIACIONES DEL CETRAM. 5.- ACCIONES COORDINADAS ENTRE AUTORIDAD DE LOS ESPACIOS PUBLICOS DELEGACION MIGUEL HIDALGO, SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS SECRETARIA DE MOVILIDAD OFICIALIA MAYOR A TRAVES DE CETRAM SISTEMA METROBUS, Y SCT METRO EN LA MEJORA DEL ESPACIO PUBLICO DE SU PERIMETRO EN LA ZONA . 6.- MANTENIMIENTO DE CARPETA ASFALTICA DE LA ZONA, BANQUETAS, BALIZAMIENTO, SEÑALIZACIONES, Y RESCATE DE MURALES, ENTRE LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, DELEGACION MIGUEL HIDALGO AUTORIDAD DE LOS ESPACIOS PUBLICOS Y AGENCIA DE GESTION URBANA 7.- COORDINACION EN SEGURIDAD EN TRANSPORTE QUE ABARQUE VERIFICACION DE UNIDADES SOBRE TODO POR LA NOCHE A OPERADORES Y DESPACHADORES DENTRO Y FUERA DEL CETRAM, ENTRE EL INVEA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA CON AGENTES DE VIALIDAD CON FACULTADES PARA SANCIONAR A OPERADORES DE TRANSPORTE PUBLICO QUE

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ENTORPESCA LA VIALIDAD Y SU FLUJO EN LA ZONA REFERIDA ADEMAS DE MAYOR VIGILANCIA ES DECIR MAYOR COORDINACION ENTRE POLICIA DELEGACIONAL Y POLICIA PREVENTIVA Y EL CETRAM. 9.- ACCIONES COORDINADAS ENTRE SECRETARIA DE OBRAS, SECRETARIA DE MOVILIDAD Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO, SECRETARIA DE SUGURIDAD PUBLICA, PARA SOLVENTAR EL PROBLEMA DE CONGESTIONAMIENTO VIAL EN LA ZONA EN COMENTO QUE SE ACRESENTA POR ESTAR UBICADA, UNA ENTRADA A PERIFERICO NORTE SEGUNDO PISO EN LA LATERAL DE ESTE Y AV OBSERVATORIO. 12.- ACCIONES COORDINADAS PARA EL RESCATE DE EL CONJUNTO DE LA PLAZA CHARLES DE GAULLE Y LA EXPLANADA DEL METRO TAUBAYA LINEA 7 Y PASOS PEATONALES DE ACCESO AL CONJUNTO DE LA PLAZA Y LINEA 1, ES DECIR ENTRE LOS PASOS DE AV. OBSERVATORIO Y PARQUE LIRA ASI COMO DE LA CALLE ERESMO CASTELLANOS QUINTO Y LOS ACCESOS DE LA EXPLANADA LINEA 7 A LINEA 1 SOBRE PARQUE LIRA YDE LA CALLE 'TURBE Y AV JALISCO Y PARQUE LIRA QUE INCLUYE EL MURAL DEL PASO PEATONAL POR EL DEPRIMIDO DE AVENIDA JALISCO , TODO ESTE CONJUNTO TAN DETERIORADO, ADEMAS DE SEÑALIZACION Y BALISAMIENTO QUE NO EXISTEN EN LA ZONA ENTRE LA AUTORIDAD DEL ESPACIO PUBLICO, AGENCIIA DE GESTION URBANA, SECRETARIA DE OBRAS Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO.” (sic)

Por lo que se determina que se encuentra satisfecho con la respuesta emitida a dichos

requerimientos, razón por la cual quedarán fuera del presente estudio. Sirven de apoyo

a lo anterior, la siguiente Jurisprudencia y Tesis asilada emitida por el Poder Judicial de

la Federación, las cuales disponen:

Registro: 204,707 Jurisprudencia Materia(s): Común Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta II, Agosto de 1995 Tesis: VI.2o. J/21 Página: 291

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ACTOS CONSENTIDOS TÁCITAMENTE. Se presumen así, para los efectos del amparo, los actos del orden civil y administrativo, que no hubieren sido reclamados en esa vía dentro de los plazos que la ley señala. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO Amparo en revisión 104/88. Anselmo Romero Martínez. 19 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez. Amparo en revisión 256/89. José Manuel Parra Gutiérrez. 15 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Amparo en revisión 92/91. Ciasa de Puebla, S.A. de C.V. 12 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez. Amparo en revisión 135/95. Alfredo Bretón González. 22 de marzo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca. Amparo en revisión 321/95. Guillermo Báez Vargas. 21 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca. No. Registro: 219,095 Tesis aislada Materia(s): Común Octava Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación IX, Junio de 1992 Tesis: Página: 364 CONSENTIMIENTO TÁCITO DEL ACTO RECLAMADO EN AMPARO. ELEMENTOS PARA PRESUMIRLO. Atento a lo dispuesto en el artículo 73, fracción XII, de la Ley de Amparo, el juicio constitucional es improcedente contra actos consentidos tácitamente, reputando como tales los no reclamados dentro de los plazos establecidos en los artículos 21, 22 y 218 de ese ordenamiento, excepto en los casos consignados expresamente en materia de amparo contra leyes. Esta norma jurídica tiene su explicación y su fundamento racional en esta presunción humana: cuando una persona sufre una afectación con un acto de autoridad y tiene la posibilidad legal de impugnar ese acto en el juicio de amparo dentro de un plazo perentorio determinado, y no obstante deja pasar el término sin presentar la demanda, esta conducta en tales circunstancias revela conformidad con el acto. En el ámbito y para los efectos del amparo, el razonamiento contiene los hechos conocidos siguientes: a) Un acto de autoridad; b) Una persona afectada por tal acto; c) La posibilidad legal para dicha persona de promover el juicio de amparo contra el acto en mención; d) El establecimiento en la ley de un plazo perentorio para el ejercicio de la acción; y e) El transcurso de ese lapso sin haberse presentado la demanda. Todos estos elementos deben concurrir

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necesariamente para la validez de la presunción, pues la falta de alguno impide la reunión de lo indispensable para estimar el hecho desconocido como una consecuencia lógica y natural de los hechos conocidos. Así, ante la inexistencia del acto de autoridad faltaría el objeto sobre el cual pudiera recaer la acción de consentimiento; si no hubiera una persona afectada faltaría el sujeto de la acción; si la ley no confiere la posibilidad de ocurrir en demanda de la justicia federal, la omisión de tal demanda no puede servir de base para estimar la conformidad del afectado con el acto de autoridad, en tanto no pueda encausar su inconformidad por ese medio; y si la ley no fija un plazo perentorio para deducir la acción de amparo o habiéndolo fijado éste no ha transcurrido, la no presentación de la demanda no puede revelar con certeza y claridad la aquiescencia del acto de autoridad en su contenido y consecuencias, al subsistir la posibilidad de entablar la contienda. CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO Amparo en revisión 358/92. José Fernández Gamiño. 23 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Mauro Miguel Reyes Zapata. Secretaria: Aurora Rojas Bonilla. Amparo en revisión 421/92. Rodolfo Aguirre Medina. 19 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Castillo González. Secretario: J. Jesús Contreras Coria. Amparo en revisión 704/90. Fernando Carvajal. 11 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Castillo González. Secretario: Jaime Uriel Torres Hernández. Octava Época, Tomo VI, Segunda Parte-1, página 113.

Por lo expuesto, el estudio de la legalidad de la respuesta emitida por el Sujeto Obligado

se limitará a los requerimientos marcados con los numerales 2, 8, 10 y 11 de la solicitud

de información de interés del particular, consistentes en:

“… 2.- ACCIONES EN COORDINACION DE LA SECRETARIA DE MOVILIDAD, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA ,SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO, DELEGACION MIGUEL HIDALGO, CETRAM, INVEA, RTP, SISTEMA METROBUS,Y DELEGACIONES DE ORIGEN DEL TRANSPORTE PUBLICO DE CUAJIMALPA, ALVARO OBREGON, IZTAPALAPA, Y XOCHIMILCO, REFERENTES A DERROTEROS DE UNIDADES EN CIERRE DE CIRCUITO Y SU FRFECUENCIA DE SALIDA PARA EVITAR AMONTONAMIENTO DE UNIDADES, ASI COMO COORDINAR EFICASMENTE LA VIALIDAD CON SEGURIDAD AL PEATON Y SINCRONIZAR TIEMPO DE SEMAFOROS, PARA EVITAR LARGAS FILAS DE VEHICULOS EN LAS AVENIDAS OBSERVATORIO Y CAMINO REAL Y SU ENTRONQUE EN AVENIDA JALISCO. … 8.- MAYOR EFICIENCIA EN TORNIQUETES DE ACCESO AL METRO PUES EN OCACIONES VARIOS NO SIRVEN O SON BLOQUEADOS COMO EN OBSERVATORIO DONDE LA MISMA POLICIA BLOQUEA PERMANENTEMENTE 1 TORNIQUETE Y EN

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HORAS PICO HASTA 3 0 4 TORNIQUETES E INCLUSO HAY VENDEDORES AMBULANTES EN EL INTERIOR DE LA ESTACION JUGANDO PELOTA, ADEMAS EN LOS ACCESOS, ACCIONES TOMADAS COORDINADAMENTE ENTRE EL METRO Y LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, ADEMAS DE SECRETARIA DE ECONOMIA Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO EN LA JEFATURA DE VIA PUBLICA Y DE ALVARO OBREGON EN LO CONCERNIENTE A LA ESTACION METRO OBSERVATORIO L1. … 10.- ACCIONES COORDINADAS LLEVADAS A CABO PARA EL REORDENAMIENTO DEL TRANSPORTE PUBLICO ENTRE SEMOVI Y DELEGACIONES DE ORIGEN ( ALVARO OBREGON, CUAJIMALPA, XOCHIMILCO E IZTAPALAPA ) ADEMAS DE TRANSPORTISTAS DEL ESTADO DE MEXICO, DE RTP Y DELEGACION DE DESTINO MIGUEL HIDALGO, ANEXO RUTAS. ESTA VIALIDAD COMO SE REFIERE ANTES INICIA EN VICENTE EGUIA Y TERMINA EN LA GLORIETA DE SANTA LUCIA, CAMBIA DE NOMBRE Y SE DENOMINA CAMINO REAL A TOLUCA, CAMINO A SANTA FE, AV VASCO DE QUIROGA Y PROLONGACION VASCO DE QUIROGA, CON DIFERENTES PROBLEMATICAS Y ENTRONCA EL FLUJO VEHICULAR DE AV OBSERVATORIO EN ELLA, POR LO QUE SOLICITO TAMBIEN: 11.- ACCIONES COORDINADAS ENTRE DELEGACION CUAJIMALPA, ALVARO OBREGON, MIGUEL HIDALGO Y BENITO JUARES ( QUE COLINDA EN AV JALISCO Y PERIFERICO) CON LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS , ASI COMO DE LA AGENCIA DE GESTION PUBLICA, SEMOVI EN MATERIA DE VIALIDADES EN SU MANTENIMIENTO Y MOVILIDAD Y CON LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL Y DE TRANSPORTE ADEMAS DE SEGURIDAD PUBLICA EN LA ZONA Y MEDIDAS ADOPTADAS POR EL IMPACTO DE LA OBRA DENOMINADA TREN INTERURBANO MEXICO TOLUCA. ....” (sic)

Lo anterior, a fin de determinar si el Sujeto Obligado garantizó el derecho de acceso a la

información pública de interés del particular, y si los requerimientos señalados fueron o

no debidamente atendidos a través de la respuesta brindada al particular.

En efecto, si bien es cierto el particular manifestó en su solicitud de información lo

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“Solicito información de la zona de tacubaya, que incluya ademas de peticion anexa, acciones en materia de proteccion civil por el alto riesgo de puesto ambulante con tanques de gas y comercio en el interior del metro con expendio de comida, pues toda la zona en el interior del metro y exterior cuenta con comercios con material flamable independientemente de cocinas y alimentos, ademas de medidas por partede sedema en materia de impacto ambiental por la alta concentracion de basura , humo de vehiculos, comida, gases del sitema de drenaje y fauna nociva en la zona gracias.

Documento Anexo.

SOLICITO INFORMACIÓN REFERENTE A ACCIONES CONJUNTAS EN LA ZONA DE TACUBAYA PARA AMINORAR LA INSEGURIDAD, EL TRÁNSITO VEHICULAR Y SU AGILIZACIÓN, ASÍ COMO EL ORDENAMIENTO DE CIERRES DE CIRCUITO SOBRE ARROYO VEHICULAR DONDE SE AMONTONAN UNIDADES Y PASAJE QUE HACE FILA SOBRE ARROYO VEHICULAR, ASÍ COMO REUBICACIÓN DE BASES DE TAXIS EN SEGUNDA Y TERCERA FILA IGUAL QUE TAXIS DE RUTA FIJA - PESEROS- , COMERCIO EN VÍA PUBLICA DONDE INCLUSO SE EXPENDE CARNE, SI ESTE TIENE PERMISO SANITARIO O N O PARA HACERLO EN VÍA PUBLICA AL IGUAL QUE EL DE ALIMENTOS, MEDIDAS ADOPTADAS POR CETRAM PARA INHIBIR LAS NECESIDADES DE OPERADORES Y DESPACHADORES EN EL CIERRE DE CIRCUITO, SEÑALIZACIÓN Y REORDENAMIENTO DE SEMÁFOROS QUE EN LA REALIDAD NO OPERAN COMO DEBE SER Y NO SE RESPETAN, FALTA DE MANTENIMIENTO EN CARPETA ASFÁLTICA Y BANQUETAS, LUMINARIAS Y RECOLECCIÓN DE BASURA ASÍ COMO MEDIDAS ADOPTADAS PARA QUE PUESTOS DE COMIDA NO OBSTRUYAN BANQUETAS Y TAPEN DRENAJE , MANTENIMIENTO DEL MISMO, ZONA DE SEGURIDAD DEL METRO INVADIDA, AL IGUAL QUE CARRIL DE METROBUS POR FALTA DE FLUIDEZ EN TRÁNSITO VEHICULAR EN AVENIDA JALISCO , INVASIÓN DE EXPLANADA DE LÍNEA 7 DEL METRO POR AMBULANTES, FALTA DE MANTENIMIENTO EN LOS CRUCES PEATONALES DE LÍNEA 1 DEL METRO SOBRE TODO LOS QUE COMUNICAN LÍNEA 7 CON LÍNEA 1 Y PLAZA CHARLES DE GAULLE QUE ENTRE AMBULANTAJE Y FERIA PERMANENTE HAN DETERIORADO OSTENSIBLE MENTE ESTE PASO MUESTRA EL GRAFITEEO DEL MURAL UBICADO EN LIBRAMIENTO DE PARQUE LIRA Y AV. JALISCO COMUNICA AV. JALISCO Y CALLE MARTÍ CON TERMINAL DE METROBUS Y ESCALERAS DE ACCESO A PLAZA DE GAULLE Y LÍNEA 1, ESTA ZONA TOTALMENTE DETERIORADA INCLUSO LAS PROTECCIONES DEL ARROYO VEHICULAR DESTRUIDAS. INDEPENDIENTEMENTE DE ESTO COMO SE OBSERVA EN EL MAPA LAS VIALIDADES DE AV. OBSERVATORIO Y CAMINO REAL, ASÍ COMO PARQUE LIRA CONFLUYEN EN UN MISMO PUNTO, ESTA VIALIDAD SE TORNA LENTA Y EN LAS HORA DE MAYOR DEMANDA SE TORNA MUY COMPLICADA PARA AUTOMOVILISTAS PARTICULARES LOS MISMOS TRANSPORTISTAS DE UNIDADES

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DE TRANSPORTE PÚBLICO Y PEATONES LOS CIERRES DE CIRCUITO DE RUTAS DE TAXI DE RUTA FIJA QUE ENTORPECEN EL FLUJO VEHICULAR SON 1.-ENTRE JOSÉ MARÍA VIGIL Y LA CALLE CERRADA DE DOCTORA QUE DA A LA EXPLANADA DE LA LÍNEA 7 DEL STC METRO EL CIERRE DE CIRCUITO DE LA RUTA 57 ENTORPECE Y LIMITA LA FLUIDEZ DE LA VIALIDAD PUES TAPAN EL ACCESO A AV. JALISCO PARA QUIENES VAN A CIRCUITO INTERIOR, ADEMÁS LA EXPLANADA ESTÁ INVADIDA POR COMERCIO AMBULANTE EL CUAL EMPIEZA EN EN JOSÉ MARÍA VIGIL Y ACABA HASTA ANTONIO MACEO DONDE EXISTE UN SEMÁFORO QUE ENTORPECE LA VIALIDAD PUES NO ESTA CON TIEMPO SUFICIENTE PARA DESAHOGAR EL TRANSITO VEHICULAR ,ADEMÁS DE QUE HAY CARROS DE LOS MISMOS AMBULANTES ESTACIONADOS EN EL TRAMO REFERIDO 2.- LA AVENIDA JALISCO EN SU INICIO EN GOBERNADOR AGUSTÍN VICENTE GUÍA Y EL ENTRONQUE DE AVENIDA JALISCO Y AV. OBSERVATORIO CUENTA CON UN CIERRE DE CIRCUITO DE LA RUTA 24 EL CUAL EN HORAS NO PICO SUS UNIDADES ESTÁN EN DOBLE Y TRIPLE FILA EN LA CURVA DE ENTRONQUE 3.- AHÍ MISMO EN AVENIDA OBSERVATORIO Y SU ENTRONQUE A PARQUE LIRA EN CURVA SE AUTORIZA CIERRE DE CIRCUITO DE CONGESA S.A. Y METROS ANTES UNA BASE DE TAXIS DE SITIO Y CENTRIMETROS ANTES LA ZONA DE MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA DE LA BODEGA AURRERA 4.-ENTRE LA AV. OBSERVATORIO Y LA CALLE ARQUITECTO LUIS RUIZ Y CALLE ARQUITECTO CARLOS LAZO SE TIENEN CIERRES DE CIRCUITO DE RTP, RUTA 98, ADEMAS AHÍ CONFLUYE EL TRANSITO VEHICULAR DE AV. OBSERVATORIO, Y A MANO IZQUIERDA CARROS ESTACIONADOS DE LOCATARIOS Y CLIENTES DE MERCADO TACUBAYA, ADEMÁS DE UN SEMÁFORO INSERVIBLE PUES NADIE RESPETA EN CURVA SOBRE CARLOS LAZO 5.-EN LA CALLE CARLOS LAZO EN SU CIRCULACIÓN A PERIFÉRICO Y DONDE ESTÁN DOS HOSPITALES, EXISTEN ADEMÁS DE PUESTOS AMBULANTES CIERRES DE CIRCUITO DE TRANSPORTE DEL ESTADO DE MEXICO QUE OBSTRUYEN EL PASO A ESTOS. 6.- CONTINUANDO POR LA CALLE CARLOS LAZO AL ORIENTE EN LA CALLE ERASMO CASTELLANOS QUINTO EXISTE OTRO SEMAFORO INOPERANTE PUES NO SE RESPETA Y EL CUAL BÁSICAMENTE LO UTILIZAN LOS PEATONES, SIN EMBARGO EXISTE UN CIERRE DE CIRCUITO DE LA RUTA 4 QUE EN HORAS PICO SUBE AL PASAJE SOBRE ARROLLO VEHICULAR LA FILA OCUPA UN CARRIL Y LA RUTA 4 HACE 3 FILAS DE UNIDADES Y A MANO IZQUIERDA DONDE ESTA EL SEMAFORO METROS ADELANTE HAY UN CIERRE DE CIRCUITO DE OTRA RUTAQUE VA A IZTAPALAPA QUE TAMBIÉN CARGA Y DESIENDE EL PASAJE EN ARROLLO VEHICULAR PUES SUS ACCESOS QUEDAN EN SU DERECHA Y SU BASE

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ESTA EN LA IZQUIERDA LO PROVOCA UN ALTO RIESGO AL USUARIO COMO LOS DE LA RUTA 4, ADEMÁS HAY UNA BASE DE MUDANZAS Y MAS CARROS DE VENDEDORES AMBULANTES Y DE LA FERIA EN LA SALIDA A PARQUE LIRA ADEMÁS DE ESTAR DESTRUIDO 7.- LUEGO EN LA CALLE DE CERRADA DE RUFINA DONDE EXISTE OTRO CIERRE DE CIRCUITO DE LA RUTA 4, ADEMÁS DE TENER EL ASFALTO DESTRUIDO, SE JUNTA CON LA OTRA BASE DE RUTA 4 Y GENERAN MAS ACUMULAMIENTO DE UNIDADES QUE CONSTITUYEN UN PROBLEMA PARA LOS HABITANTES Y ESCOLARES DE LA ZONA PUES HAY UNA ESCUELA PUBLICA Y UNA PRIVADA DE NIVEL BÁSICO, EN HORAS PICO SE JUNTA CON EL ENTRONQUE DE AV. JALISCO 6.- EL ENTRONQUE DE AVENIDA JALISCO TIENE UN INOPERANTE CETRAM, PUES ES TAN PEQUEÑO UBICADO EN LO QUE FUE UNA ACERA DE SALIDA DE LÍNEA 9, PERO ADEMÁS DE LOS AMBULANTES CON PUESTOS DE COMIDA ESTA UNA BASE DE TAXIS!! JUSTO EN CURVA Y EN EL DESAHOGO A AV, JALISCO NORTE 9.- EN LA CIRCULACIÓN PONIENTE DE AV. JALISCO ENTRE EL DESNIVEEL DE PARQUE LIRA Y LA CALLE MANUEL DUBLAN AFUERA DEL CETRAM HAY OTRA BASE DE RUTA 5 QUE OCUPA DOS ANDENES DE DICHO CETREM, PERO QUE POR LAS NOCHES Y EN HORAS PICOS LAS UNIDADES SON TANTAS QUE OBSTRUYEN EL PASO Y ADEMÁS NO HAY SEMÁFORO COMO EN LA CIRCULACIÓN AL ORIENTE ADEMÁS SE TIENE CIERRE DE CIRCUITO DE LA RUTA QUE VA A CUEMANCO COPESA EN LA CALLE DE MANUEL DUBLAN 10.-ENTRE LA CALLE MANUEL DUBLAN Y TORDO HAY OTRO CETRAM CHICO QUE CUENTA CON DOS CARRILES PERO SOLO OCUPA UNO QUE ES DE LA RUTA 4, PERO LA RUTA 5 TIENE OTRA BASE POR FURA DEL CETRAM Y ADEMÁS EN DOBLE FILA UNA BASE DE TAXIS" 11.- AHORA BIEN EN SU CIRCULACIÓN A ORIENTE AV, JALISCO ENTRE EL VIADUCTO Y LA CALLE DE HÉROES DE CHURUBUSCO HAY OTRO MINI CETRAM Y UNOS BAÑOS METROS ADELANTE UN SEMÁFORO EN LA CALLE MÁRTIRES DE LA CONQUISTA QUE EN DETERMINADAS HORAS SE OBSTRUYE EL PASO POR EL SEMÁFORO DEL DESNIVEL DE PARQUE LIRA!! Y LOS SUBSECUENTES UBICADOS EN ANTONIO MACEO Y AV PROGRESO, ADEMAS ESTA AHÍ LA RUTA 15 QUE TIENE SU SALIDA A AV, JALISCO PONIENTE CABE MENCIONAR QUE LOS OPERADORES DE RUTA 15 ROMPIERON EL CAMELLON DE JALISCO PARA SALIR DIRECTOS Y NO DAR LA VUELTA POR MARTIRES DE LA CONQUISTA COMO LO EFECTUABAN ANTES, ADEMAS DE UN CIERRE DE CIRCUITO DE RTP EN AV. JALISCO SOBRE EL ARROYO VEHICULAR.

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12.- ENTRE MÁRTIRES DE LA CONQUISTA Y LA CALLE DE JOSE MARIA VIGIL ESTA OTRO CIERRE DE CIRCUITO DE LA RUTA 46 LA CUAL EN HORAS NO PICO TIENE UNIDADES EN DOBLE FILA QUE OBSTUYEN LA FLUIDES DE ESTA VIALIDAD 13.- ENTRE LA CALLE DE JOSE MARIA VIGIL Y LA CALLE DE TRANSITO Y SALIDA A PARQUE LIRA SUR ESTA UNA BASE DE RUTA 27 QUE INTERRUMPE LA FLUIDES DE TRANSITO PARA QUIENES QUIEREN IR AL SUR A AV REVOLUCIÓN ADEMÁS EL ASFALTO ESTA DESECHO, CABE NOTAR QUE ESTA CALLE TIENE UN MURAL YA ALGO DETERIORADO 14.-FINALMENTE ENTRE JOSE MARIA VIGIL Y DESNIVEL A PARQUE LIRA EXISTEN UNA BASE DE TAXIS PEGADA A CIERRE DE CIRCUITO DE RUTA 24 Y ESTA PEGADA A CIERRE DE CIRCUITO DE RTP Y EL CIERRE DE CIRCUITO DEL METRROBUSH! Y UN SEMÁFORO PARA CONTROLAR LA SALIDA DEL METROBUS, PERO LOS PEATONES CAMINAN EN EL TRAMO DE VIADUCTO A PARQUE LIRA SOBRE EL ARROYO VEHICULAR PUES LOS PUESTOS DE AMBULANTES OCUPAN BANQUETAS Y ÁREAS DE SEGURIDAD DEL METRO, ADEMÁS COMO COMENTE HASTA CARNE VENDEN CONCRETAMENTE FRENTE A LA PLAZA TACUBAYA – EX BAÑOS TACUBAYA- 15.- EN AV. OBSERVATORIO CIRCULACION PONIENTE POR LAS TARDES LA INCORPORACION A PERIFERICO DONDE SE DISEÑO UN ACCESO AL SEGUNDO NIVEL NO SE TOMO EN CUENTA EL FLUJO DE UNIDADES VEHICULARES PARTICULARES QUE SE INCORPORAN DIARIAMENTE EN EL PUNTO CITADO, OCACIONANDO SATURACION Y TRANSITO EN EXESO QUE LLEGA HASTA AV. JALISCO Y BLOQUEA TAMBIEN EL DESFOGE DE AV. PAARQUE LIRA PARA LOS QUE QUIEREN INCORPORARCE A AV. JALISCO CON CIRCULACION A PONIENTE.

Lo cierto es que el agravio formulado por el recurrente se encuentra encaminado a

controvertir la respuesta emitida por el Sujeto Obligado, al considerar que omitió brindar

atención a los requerimientos 2, 8, 10 y 11 de su solicitud de información, aunado a que

del análisis a las manifestaciones anteriores, este Instituto advierte que las mismas no

pueden ser analizadas a la luz del derecho de acceso a la información, pues como se

puede apreciar de su lectura, señaló situaciones ajenas a las observadas a la luz de la

Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la

Ciudad de México, al plantear supuestos ajenos a los que garantiza el derecho de

acceso a la información pública que genera, administra o posee el Sujeto Obligado, por

lo que quedarán fuera del estudio del presente recurso de revisión.

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Sirve de apoyo a lo anterior, la siguiente Tesis aislada emitida por el Poder Judicial de

la Federación, la cual dispone:

Novena Época Registro: 187335 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Tesis Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XV, Abril de 2002 Materia(s): Común Tesis: XXI.4o.3 K Página: 1203 AGRAVIOS EN LA REVISIÓN. SON IMPROCEDENTES LOS QUE VERSAN SOBRE HECHOS QUE NO TIENEN RELACIÓN CON LA LITIS RESUELTA POR EL A QUO. Son improcedentes los agravios en la revisión, cuando de su texto se concluye que únicamente son simples manifestaciones aducidas por el recurrente, relativas a hechos históricos y sucesos acaecidos en determinada época, toda vez que deben calificarse como cuestiones subjetivas inherentes a su idiosincrasia, que sólo constituyen propósitos privados y particulares que cada quien conciba, y cuya pretendida consecución determina los actos exteriores del sujeto, que en su conjunto constituyen el desenvolvimiento de la personalidad humana, por lo que al no tener ninguna relación con la litis resuelta por el a quo, dado que no fueron abordados en la sentencia recurrida, en la cual se resolvió sobreseer el juicio de garantías respectivo, no es factible su examen; amén de que en el recurso de revisión sólo puede resolverse respecto de los agravios que sean la consecuencia de una violación a la ley aplicable en el caso en estudio, pues aunque en una sentencia se cause perjuicio, por muy grave que sea, los Tribunales Colegiados de Circuito no podrían remediarlo, mientras no se demuestre, en esta instancia constitucional, que la sentencia ha sido dictada con infracción a uno o varios preceptos legales; salvo que se esté en la hipótesis de la suplencia absoluta de la queja, en términos del artículo 76 bis de la Ley de Amparo. CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO. Amparo en revisión 8/2002. Eloim Pérez Laurel. 31 de enero de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinosa. Secretario: J. Ascención Goicochea Antúnez.

Delimitada la controversia en estudio, resulta importante citar la solicitud de información

de interés del particular y la respuesta emitida por el Sujeto Obligado, consistente en:

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SOLICITUD DE INFORMACIÓN

“… 2.- ACCIONES EN COORDINACION DE LA SECRETARIA DE MOVILIDAD, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA ,SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO, DELEGACION MIGUEL HIDALGO, CETRAM, INVEA, RTP, SISTEMA METROBUS,Y DELEGACIONES DE ORIGEN DEL TRANSPORTE PUBLICO DE CUAJIMALPA, ALVARO OBREGON, IZTAPALAPA, Y XOCHIMILCO, REFERENTES A DERROTEROS DE UNIDADES EN CIERRE DE CIRCUITO Y SU FRFECUENCIA DE SALIDA PARA EVITAR AMONTONAMIENTO DE UNIDADES, ASI COMO COORDINAR EFICASMENTE LA VIALIDAD CON SEGURIDAD AL PEATON Y SINCRONIZAR TIEMPO DE SEMAFOROS, PARA EVITAR LARGAS FILAS DE VEHICULOS EN LAS AVENIDAS OBSERVATORIO Y CAMINO REAL Y SU ENTRONQUE EN AVENIDA JALISCO. … 8.- MAYOR EFICIENCIA EN TORNIQUETES DE ACCESO AL METRO PUES EN OCACIONES VARIOS NO SIRVEN O SON BLOQUEADOS COMO EN OBSERVATORIO DONDE LA MISMA POLICIA BLOQUEA PERMANENTEMENTE 1 TORNIQUETE Y EN HORAS PICO HASTA 3 0 4 TORNIQUETES E INCLUSO HAY VENDEDORES AMBULANTES EN EL INTERIOR DE LA ESTACION JUGANDO PELOTA, ADEMAS EN LOS ACCESOS, ACCIONES TOMADAS COORDINADAMENTE ENTRE EL METRO Y LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, ADEMAS DE SECRETARIA DE ECONOMIA Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO EN LA JEFATURA DE VIA PUBLICA Y DE ALVARO OBREGON EN LO CONCERNIENTE A LA ESTACION METRO OBSERVATORIO L1. … 10.- ACCIONES COORDINADAS LLEVADAS A CABO PARA EL REORDENAMIENTO DEL TRANSPORTE PUBLICO ENTRE SEMOVI Y DELEGACIONES DE ORIGEN ( ALVARO OBREGON, CUAJIMALPA, XOCHIMILCO E IZTAPALAPA ) ADEMAS DE TRANSPORTISTAS DEL ESTADO DE MEXICO, DE RTP Y DELEGACION DE DESTINO MIGUEL HIDALGO, ANEXO RUTAS. ESTA VIALIDAD COMO SE REFIERE ANTES INICIA EN VICENTE EGUIA Y TERMINA EN LA GLORIETA DE SANTA LUCIA, CAMBIA DE NOMBRE Y SE DENOMINA CAMINO REAL A TOLUCA, CAMINO A SANTA FE, AV VASCO DE QUIROGA Y PROLONGACION VASCO DE QUIROGA, CON DIFERENTES PROBLEMATICAS Y ENTRONCA EL FLUJO VEHICULAR DE AV OBSERVATORIO EN ELLA, POR LO QUE SOLICITO TAMBIEN: 11.- ACCIONES COORDINADAS ENTRE DELEGACION CUAJIMALPA, ALVARO OBREGON, MIGUEL HIDALGO Y BENITO JUARES ( QUE COLINDA EN AV JALISCO Y PERIFERICO) CON LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS , ASI COMO DE LA AGENCIA DE GESTION PUBLICA, SEMOVI EN MATERIA DE VIALIDADES EN SU

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MANTENIMIENTO Y MOVILIDAD Y CON LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA Y DELEGACION MIGUEL HIDALGO EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL Y DE TRANSPORTE ADEMAS DE SEGURIDAD PUBLICA EN LA ZONA Y MEDIDAS ADOPTADAS POR EL IMPACTO DE LA OBRA DENOMINADA TREN INTERURBANO MEXICO TOLUCA. ....” (sic)

RESPUESTA DEL SUJETO OBLIGADO

“RESPUESTA.- Al respecto, se le sugiere presentar su solicitud ante la Delegación Miguel Hidalgo, mediante el Sistema INFOMEX o bien directamente en la Unidad de Transparencia correspondiente, para lo cual se proporciona la siguiente información: Delegación Miguel Hidalgo http://www.miguelhidalgo.gob.mx • Url Transparencia http://www.miguelhidalgo.gob.mx/transparencia/ • Título Ing. • Titular Xóchitl Gálvez Ruiz • Cargo Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo • Titulo Responsable Mtro. • Responsable UT Martín García Rodríguez • Puesto Responsable Subdirector de Transparencia • Teléfono Responsable 26230043 • Calle Av. Parque Lira • Número 94 • Piso PB • Colonia Ampliación Daniel Garza • Delegación Miguel Hidalgo • Código Postal 11860 • Teléfono UT 26230081 • Email UT 1 [email protected] • Email UT 2 [email protected] • Teléfono Operativo 26230043 • Email Operativo 1 [email protected] • Email Operativo 2 [email protected] Por lo que su solicitud es orientada, con fundamento a lo establecido por el último párrafo del artículo 200, segundo párrafo, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, que a la letra dice: "Artículo 200. Cuando la Unidad de Transparencia determine la notoria incompetencia por parte del sujeto obligado dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de

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acceso a la información, deberá de comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y señalará al solicitante el o los sujetos obligados competentes. Si el sujeto obligado es competente para atender parcialmente la solicitud de acceso a la información, deberá de dar respuesta respecto de dicha parte. Respecto de la información sobre la cual es incompetente se procederá conforme a lo señalado en el párrafo anterior." Y la fracción II artículo 42 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal: "...Si el Ente de la Administración Pública de que se trate es competente para entregar parte de la información que fue solicitada, deberá dar respuesta respecto de dicha información y orientar al solicitante para que acuda al o a los Entes competentes para dar respuesta al resto de la solicitud..." …” (sic)

De lo anterior, lo primero que se advierte es que el Sujeto Obligado omitió atender la

solicitud de información de manera íntegra, respecto de los requerimientos de los que

se inconformó el recurrente, ya que si bien es cierto la misma señalaba diversas

ubicaciones que se encontraban dentro de la demarcación de la Delegación Miguel

Hidalgo, lo cierto es que los requerimientos 2, 8, 10 y 11 claramente solicitan un

pronunciamiento del Sujeto Obligado respecto a si había realizado acciones en

coordinación con autoridades y otras delegaciones, relativo a los temas de

vialidad, seguridad del peatón, sincronización de tiempos de semáforos; acciones

coordinadas entre el metro y las autoridades que señaló, en lo concerniente a la

estación metro observatorio, su servicio de torniquetes y vendedores

ambulantes, el cual, se encontraba dentro de su demarcación, si había realizado

acciones coordinadas llevadas a cabo para el reordenamiento del transporte público

entre las autoridades y Delegaciones que mencionó, así como con transportistas

del Estado de México, de RTP, que tengan como destino alguna ubicación de las

proporcionadas por el recurrente en la Delegación Miguel Hidalgo, si había

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realizado acciones coordinadas entre las Delegaciones Cuajimalpa, Miguel

Hidalgo y Benito Juárez, con las diversas autoridades que señaló, en materia de

seguridad vial y transporte, además de seguridad publica en la zona y medidas

adoptadas por el impacto de la obra denominada tren interurbano, el cual tendrá

su base en la estación metro observatorio, el cual se encontraba en su

demarcación, sin que de la respuesta impugnada se advierta pronunciamiento alguno

respecto de dichos planteamientos, pese a que se encontraba dentro de sus

atribuciones.

Lo anterior, de conformidad con la normatividad que se cita a continuación:

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Artículo 39.- Corresponde a las y los Titulares de los Órganos Político Administrativos de cada demarcación territorial: … XIV. Formular, ejecutar y vigilar el Programa de Seguridad Pública de la Delegación en coordinación con las Dependencias competentes; XV. Establecer y organizar un comité de seguridad pública como instancia colegiada de consulta y participación ciudadana en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables; XVI. Ejecutar las políticas generales de seguridad pública que al efecto establezca el Jefe de Gobierno; … XXVIII. Proponer a la Dependencia competente la aplicación de las medidas para mejorar la vialidad, circulación y seguridad de vehículos y peatones en las vialidades primarias; … XLIX. Participar con propuestas para la elaboración del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal y en los programas especiales, que se discutan y elaboren en el seno del Comité de Planeación para el Desarrollo del Distrito Federal; … LXII. Autorizar los informes preventivos, así como conocer y gestionar las manifestaciones de impacto ambiental que en relación a construcciones y establecimientos soliciten los particulares, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

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… LXX. Vigilar y verificar administrativamente el cumplimiento de las disposiciones en materia de protección civil, así como aplicar las sanciones que correspondan, que no estén asignados a otras dependencias; … LXXIV. Participar y colaborar con todas las dependencias en la formulación, planeación y ejecución de los programas correspondientes en el ámbito de la competencia de dichas dependencias; …. LXXXIII. Coadyuvar con la dependencia de la administración Pública del Distrito Federal que resulte competente, en las tareas de seguridad pública y protección civil en la Delegación; y

REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Artículo 129.- La Dirección General de Gobierno tendrá las atribuciones siguientes: … III. Establecer y desarrollar las estrategias de trabajo adecuadas para coordinar entre los Comités Vecinales y los Órganos Político-Administrativos de las demarcaciones territoriales la supervisión, evaluación y gestión de las demandas ciudadanas en los temas relativos a servicios públicos, modificaciones al uso de suelo, aprovechamiento de la vía pública, y verificación de Programas de Seguridad Pública de la demarcación territorial del Órgano Político Administrativo; … V. Formular, vigilar y coadyuvar en la ejecución de los Programas de Seguridad Pública, vialidad y prevención del delito de la Delegación en Coordinación con las Dependencias competentes; … XIII. Elaborar, coordinar y ejecutar en ámbito de su competencia, Programas de Protección Civil en el Territorio Delegacional; … XXIII. Coordinar y supervisar el funcionamiento del Sistema de Comercio en Vía Pública (SISCOVIP) a fin de verificar la recaudación proveniente del comercio en la vía pública que realizan los comerciantes instalados en la demarcación;

De los preceptos legales transcritos, se desprende lo siguiente:

El Sujeto Obligado tenía como atribuciones, entre otras, las de formular, ejecutar y vigilar el Programa de Seguridad Pública de la Delegación en coordinación con las Dependencias competentes, establecer y organizar un comité de seguridad pública como instancia colegiada de consulta y participación ciudadana en los

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términos de las disposiciones jurídicas aplicables, ejecutar las políticas generales de seguridad pública que al efecto establezca el Jefe de Gobierno, proponer a la Dependencia competente la aplicación de las medidas para mejorar la vialidad, circulación y seguridad de vehículos y peatones en las vialidades primarias; participar con propuestas para la elaboración del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal y en los programas especiales, que se discutan y elaboren en el seno del Comité de Planeación para el Desarrollo del Distrito Federal, autorizar los informes preventivos, así como conocer y gestionar las manifestaciones de impacto ambiental que en relación a construcciones y establecimientos soliciten los particulares, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, vigilar y verificar administrativamente el cumplimiento de las disposiciones en materia de protección civil, así como aplicar las sanciones que correspondan, participar y colaborar con todas las dependencias en la formulación, planeación y ejecución de los programas correspondientes en el ámbito de la competencia de dichas dependencias, coadyuvar con la dependencia de la administración Pública del Distrito Federal que resulte competente, en las tareas de seguridad pública y protección civil en la Delegación.

Asimismo, se advierte que el Sujeto Obligado a través de su Dirección General de Gobierno tendrá las atribuciones, entre otras, las de establecer y desarrollar las estrategias de trabajo adecuadas para coordinar entre los Comités Vecinales y los Órganos Político-Administrativos de las demarcaciones territoriales la supervisión, evaluación y gestión de las demandas ciudadanas en los temas relativos a servicios públicos, modificaciones al uso de suelo, aprovechamiento de la vía pública, y verificación de Programas de Seguridad Pública de la demarcación territorial del Órgano Político Administrativo, formular, vigilar y coadyuvar en la ejecución de los Programas de Seguridad Pública, vialidad y prevención del delito de la Delegación en Coordinación con las Dependencias competentes; elaborar, coordinar y ejecutar en ámbito de su competencia, Programas de Protección Civil en el Territorio Delegacional y, coordinar y supervisar el funcionamiento del Sistema de Comercio en Vía Pública (SISCOVIP) a fin de verificar la recaudación proveniente del comercio en la vía pública que realizan los comerciantes instalados en la demarcación.

En ese sentido, es evidente que el Sujeto Obligado podía pronunciarse respecto de las

acciones que ha realizado de manera coordinada con otras autoridades y Delegaciones

en materia de vialidad, seguridad al peatón, semáforos, vendedores ambulantes

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alrededor de las instalaciones que ocupa el metro, Transporte Público, Seguridad Vial,

Seguridad Pública, medidas de impacto urbano, toda vez que se encontraba dentro de

sus atribuciones el generar acciones que conciernen a dichos temas, sin que hubiera

pronunciamiento alguno al respecto.

Asimismo, es preciso señalar que de conformidad al Boletín del once de enero de dos

mil diecisiete, publicado en el portal en internet oficial del Sujeto Obligado, consultable

en el enlace electrónico

http://www.dao.gob.mx/del_delegado/boletines/boletines_2_1.php se advirtió la

Instalación del Consejo Asesor de Movilidad y Seguridad Vial, ya que en

coordinación con la Secretaría de Movilidad, Secretaría de Obras y Secretaría de

Seguridad Pública, se trabajaba en proyectos para agilizar la circulación vial, retiro de

objetos y enseres utilizados para apartar lugares de estacionamientos, y evitar

bloqueos de transporte público ayudando a la disminución de tiempos de recorridos de

los que transitan por dichas vialidades, a efecto de aminorar la problemática en materia

de movilidad, situación que no fue informada al ahora recurrente, pese a que era

información de su interés.

Aunado a lo anterior, a que del proyecto del Tren interurbano en su tramo de la Ciudad

de México, consultable en el micrositio http://treninterurbano.cdmx.gob.mx/index.html

de acuerdo con el convenio de colaboración firmado por los Gobiernos Federal y de la

Ciudad de México, la Secretaría de Obras y Servicios tenía a su cargo la construcción

de la obra civil del tercer tramo de este sistema ferroviario, que correspondía a territorio

capitalino y abarcaba cincuenta y ocho kilómetros dividido en tres tramos, que

conectará la ciudad de Toluca, desde la estación de Zinacantepec, con la Ciudad de

México, en la estación Observatorio, tal y como se observa a continuación:

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Ese tercer tramo, tendrá una distancia de diecisiete kilómetros dentro de la Ciudad de

México, e iniciará en la salida del portal oriente del túnel que se encuentra sobre la

autopista federal México-Toluca, en la Delegación Cuajimalpa, y concluye en la

estación del Metro Observatorio, ubicada en la Delegación Álvaro Obregón, como

se observa a continuación:

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De lo anterior, se advierte que tanto como el Boletín informativo descrito, como el

micrositio de la Obra del Tren Interurbano señalaban acciones en materia de movilidad

y que al estar dentro de su circunscripción territorial, evidentemente llevaba a cabo

acciones en coordinación con las autoridades responsables del proyecto, y en materia

de vialidad, sin que de la respuesta impugnada se aprecie pronunciamiento alguno del

Sujeto Obligado, por lo tanto su actuar fue carente de exhaustividad, al omitir

pronunciarse dentro de sus atribuciones por la información interés del particular,

omitiendo lo establecido en la fracción X, del artículo 6 de la Ley de Procedimiento

Administrativo del Distrito Federal de aplicación supletoria a la ley de la materia, que

establece que serán considerados válidos los actos administrativos que reúnan, entre

otros elementos, los principios de congruencia y exhaustividad, entendiendo por lo

primero que las consideraciones formuladas en la respuesta sean armónicas entre sí,

no se contradigan, y guarden concordancia entre lo solicitado y la respuesta, y por lo

segundo que se pronuncie expresamente sobre cada punto, lo cual

evidentemente no aconteció.

Dicho precepto se trascribe para mayor referencia:

LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL

Artículo 6. Se considerarán válidos los actos administrativos que reúnan los siguientes elementos: … X. Expedirse de manera congruente con lo solicitado y resolver expresamente todos los puntos propuestos por los interesados o previstos por las normas.

Sirve de apoyo a lo anterior, la siguiente Jurisprudencia emitida por el Poder Judicial de

la Federación, la cual dispone:

Época: Novena Época Registro: 179074 Instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL

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CUARTO CIRCUITO Tipo Tesis: Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Localización: Tomo XXI, Marzo de 2005 Materia(s): Laboral Tesis: IV.2o.T. J/44 Pág. 959 [J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Marzo de 2005; Pág. 959 CONGRUENCIA Y EXHAUSTIVIDAD, PRINCIPIOS DE. SUS DIFERENCIAS Y CASO EN QUE EL LAUDO INCUMPLE EL SEGUNDO DE ELLOS. Del artículo 842 de la Ley Federal del Trabajo se advierte la existencia de dos principios fundamentales o requisitos de fondo que deben observarse en el dictado del laudo: el de congruencia y el de exhaustividad. El primero es explícito, en tanto que el segundo queda imbíbito en la disposición legal. Así, el principio de congruencia está referido a que el laudo debe ser congruente no sólo consigo mismo, sino también con la litis, tal como haya quedado establecida en la etapa oportuna; de ahí que se hable, por un lado, de congruencia interna, entendida como aquella característica de que el laudo no contenga resoluciones o afirmaciones que se contradigan entre sí y, por otro, de congruencia externa, que en sí atañe a la concordancia que debe haber con la demanda y contestación formuladas por las partes, esto es, que el laudo no distorsione o altere lo pedido o lo alegado en la defensa sino que sólo se ocupe de las pretensiones de las partes y de éstas, sin introducir cuestión alguna que no se hubiere reclamado, ni de condenar o de absolver a alguien que no fue parte en el juicio laboral. Mientras que el de exhaustividad está relacionado con el examen que debe efectuar la autoridad respecto de todas las cuestiones o puntos litigiosos, sin omitir ninguno de ellos, es decir, dicho principio implica la obligación del juzgador de decidir las controversias que se sometan a su conocimiento tomando en cuenta los argumentos aducidos tanto en la demanda como en aquellos en los que se sustenta la contestación y demás pretensiones hechas valer oportunamente en el juicio, de tal forma que se condene o absuelva al demandado, resolviendo sobre todos y cada uno de los puntos litigiosos que hubieran sido materia del debate. Por tanto, cuando la autoridad laboral dicta un laudo sin resolver sobre algún punto litigioso, en realidad no resulta contrario al principio de congruencia, sino al de exhaustividad, pues lejos de distorsionar o alterar la litis, su proceder se reduce a omitir el examen y pronunciamiento de una cuestión controvertida que oportunamente se le planteó, lo que permite, entonces, hablar de un laudo propiamente incompleto, falto de exhaustividad, precisamente porque la congruencia -externa- significa que sólo debe ocuparse de las personas que contendieron como partes y de sus pretensiones; mientras que la exhaustividad implica que el laudo ha de ocuparse de todos los puntos discutibles. Consecuentemente, si el laudo no satisface esto último, es inconcuso que resulta contrario al principio de exhaustividad que emerge del artículo 842 de la Ley Federal del Trabajo, traduciéndose en un laudo incompleto, con la consiguiente violación a la garantía consagrada en el artículo 17 de la Constitución Federal. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO

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CIRCUITO Amparo directo 461/2004. Alfonso Enríquez Medina. 22 de septiembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Victorino Rojas Rivera. Secretario: Reynaldo Piñón Rangel. Amparo directo 391/2004. Comisión Federal de Electricidad. 22 de septiembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Alfredo Gómez Molina. Secretaria: Angelina Espino Zapata. Amparo directo 435/2004. Petróleos Mexicanos y Pemex Refinación. 15 de octubre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Victorino Rojas Rivera. Secretaria: Liliana Leal González. Amparo directo 486/2004. Carlos Javier Obregón Ruiz. 20 de octubre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Victorino Rojas Rivera. Secretaria: Liliana Leal González. Amparo directo 559/2004. Yolanda Perales Hernández. 27 de octubre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Abraham Calderón Díaz. Secretario: Francisco García Sandoval.

En ese orden de ideas, el Sujeto Obligado en su respuesta se limitó a orientar al

recurrente a la Delegación Miguel Hidalgo a efecto de que fuera proporcionada la

información de su interés, señalando los datos de contacto respectivo, sin que se

pronunciara respecto de la que generaba por motivo de sus atribuciones, lo anterior con

el objetivo de preservar la garantía del particular al acceso a la información requerida,

realizando las aclaraciones pertinentes, y fundamentando en todo momento su actuar,

situación que no aconteció, omitiendo con ello la observancia también de lo

determinado por el artículo 200 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información

Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, el cual establece lo siguiente:

LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Artículo 200. Cuando la Unidad de Transparencia determine la notoria incompetencia por parte del sujeto obligado dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberá de comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y señalará al solicitante el o los sujetos obligados competentes. Si el sujeto obligado es competente para atender parcialmente la solicitud de acceso a la información, deberá de dar respuesta respecto de dicha parte.

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Respecto de la información sobre la cual es incompetente se procederá conforme a lo señalado en el párrafo anterior.

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE DATOS

PERSONALES EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

10. Los servidores públicos de la Unidad de Transparencia deberán utilizar el módulo manual del sistema electrónico para registrar las solicitudes de acceso a la información pública que se presenten por escrito material, correo electrónico, fax, correo postal, telégrafo o verbalmente, conforme a lo siguiente: … VII. Cuando la Unidad de Transparencia advierta notoria incompetencia para entregar la información, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se tenga por presentada la solicitud, comunicará esta situación al solicitante en el domicilio o medio señalado para recibir notificaciones y remitirá la solicitud a la unidad de transparencia del sujeto obligado competente. Si el Sujeto Obligado a quien fue presentada una solicitud, es parcialmente competente para entregar parte de la información, este, deberá dar respuesta respecto de dicha información en el plazo establecido en la Ley de Transparencia y procederá respecto de la que no es, conforme a lo señalado en la Ley de Transparencia.

De la normatividad transcrita, se concluye lo siguiente:

Si el Sujeto Obligado a quien fue presentada la solicitud de información, era parcialmente competente para entregar parte de la información, éste deberá dar respuesta respecto de dicha parte y;

Respecto de la información sobre la cual era incompetente se procederá remitiendo la solicitud de información a la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado competente.

Lo cual en el presente caso no aconteció, toda vez que el Sujeto Obligado se limitó a

orientar al particular a la presentación de su solicitud de información proporcionando los

datos de contacto de la Delegación Miguel Hidalgo, sin realizar las gestiones

pertinentes para la remisión correspondiente, generando el folio respectivo a través del

sistema electrónico “INFOMEX”, de conformidad con el procedimiento establecido por el

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artículo citado, incumpliendo así con lo establecido en la fracción IX, del artículo 6 de la

Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, de aplicación supletoria a la

ley de la materia, el cual dispone lo siguiente:

Artículo 6. Se considerarán válidos los actos administrativos que reúnan los siguientes elementos: … IX. Expedirse de conformidad con el procedimiento que establecen los ordenamientos aplicables y en su defecto, por lo dispuesto en esta Ley; y…”

Del precepto legal transcrito, se desprende que los actos de autoridad deberán emitirse

de conformidad con el procedimiento que establecen los ordenamientos

aplicables, situación que en el presente caso no aconteció, ya que el Sujeto

recurrido no procedió conforme lo señala el artículo 200, párrafo segundo de la Ley de

Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad

de México, en virtud de que únicamente orientó a la autoridad que consideró

competente proporcionando los datos de contacto, sin pronunciarse respecto de la

información que de conformidad a sus atribuciones sí podía otorgar y realizar las

gestiones pertinentes para la remisión de la misma, generando el folio respectivo.

En consecuencia, el único agravio formulado por el recurrente resulta fundado.

Por lo expuesto en el presente Considerando, y con fundamento en el artículo 244,

fracción V de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de

Cuentas de la Ciudad de México, resulta procedente revocar la respuesta emitida por la

Delegación Álvaro Obregón, y se le ordena que:

De conformidad a sus atribuciones, de manera fundada y motivada atienda los requerimientos números 2, 8, 10 y 11 de la solicitud de información de interés del particular.

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De conformidad con el artículo 200 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, realice las gestiones pertinentes a efecto de que se remita la solicitud de información de interés del particular, vía correo electrónico institucional a la Delegación Miguel Hidalgo para que dentro de sus atribuciones se pronuncie respecto de la misma.

La respuesta que se emita en cumplimiento a esta resolución deberá notificarse al

recurrente en el medio señalado para tal efecto, en un plazo de diez días hábiles,

contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación

correspondiente, lo anterior, con fundamento en el artículo 244, último párrafo de la Ley

de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la

Ciudad de México.

QUINTO. Este Instituto no advierte que en el presente caso, los servidores públicos de

la Delegación Álvaro Obregón, hayan incurrido en posibles infracciones a la Ley de

Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad

de México, por lo que no ha lugar a dar vista a la Contraloría General del Distrito

Federal.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, este Instituto de Acceso a la Información

Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal:

R E S U E L V E

PRIMERO. Por las razones señaladas en el Considerando Cuarto de esta resolución, y

con fundamento en el artículo 244, fracción V de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se REVOCA la

respuesta emitida por la Delegación Álvaro Obregón, y se le ordena que emita una

nueva, en el plazo y conforme a los lineamientos establecidos en el Considerando

inicialmente referido.

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SEGUNDO. Con fundamento en los artículos 257 y 258 de la Ley de Transparencia,

Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se

instruye al Sujeto Obligado para que informe a este Instituto por escrito, sobre el

cumplimiento a lo ordenado en el punto Resolutivo Primero, al día siguiente de

concluido el plazo concedido para dar cumplimiento a la presente resolución, anexando

copia de las constancias que lo acrediten. Con el apercibimiento de que en caso de no

dar cumplimiento dentro del plazo referido, se procederá en términos de la fracción III,

del artículo 259 de la ley de la materia.

TERCERO. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 254 de la Ley de

Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad

de México, se informa al recurrente de que en caso de estar inconforme con la presente

resolución, podrá impugnarla ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Protección de Datos Personales o ante el Poder Judicial de la

Federación, sin poder agotar simultáneamente ambas vías.

CUARTO. Se pone a disposición del recurrente el teléfono 56 36 21 20 y el correo

electrónico [email protected] para que comunique a este Instituto

cualquier irregularidad en el cumplimiento de la presente resolución.

QUINTO. La Dirección de Asuntos Jurídicos de este Instituto dará seguimiento a la

presente resolución llevando a cabo las actuaciones necesarias para asegurar su

cumplimiento y, en su momento, informará a la Secretaría Técnica.

SEXTO. Notifíquese la presente resolución al recurrente en el medio señalado para tal

efecto y por oficio al Sujeto Obligado.

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Así lo resolvieron, por unanimidad, los Comisionados Ciudadanos presentes del

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del

Distrito Federal: Mucio Israel Hernández Guerrero, Elsa Bibiana Peralta Hernández y

Luis Fernando Sánchez Nava, en Sesión Ordinaria celebrada el veintiocho de junio de

dos mil diecisiete, quienes firman para todos los efectos legales a que haya lugar.

MUCIO ISRAEL HERNÁNDEZ GUERRERO

COMISIONADO PRESIDENTE

LUIS FERNANDO SÁNCHEZ NAVA

COMISIONADO CIUDADANO

ELSA BIBIANA PERALTA HERNÁNDEZ COMISIONADA CIUDADANA