expediente tecnico para techo de coliseo de chupa
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO - PASCO
BASES GENERALES PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS
FABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO
LICITACION PUBLICA N° 001–2005–CE-MDP
TÍTULO IGENERALIDADES
1.1. ENTIDAD QUE CONVOCA:
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO con domicilio en Plaza 28 de julio s/n Paucartambo, Pasco, en adelante LA MUNICIPALIDAD
1.2. OBJETOContratación de la Fabricación e Instalación de estructura metálica para techo del Coliseo Municipal.
1.3. VALOR REFERENCIAL:El Valor Referencial es de S/. 451,496.71 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTISEIS Y 71/100 NUEVOS SOLES), incluidos los costos de suministro, transporte, seguros, instalación, inspecciones, pruebas, así como el Impuesto General a las Ventas, con precios referidos al mes de MARZO del 2005. Los valores máximos y mínimos se detallan en el Anexo 02.
1.4. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
El proceso de selección al que se hace referencia las presentes Bases se financiará con Recursos del Fondo de Compensación Municipal (07) del ejercicio presupuestal 2005
1.5. SISTEMA DE ADQUISICIÓN Y MODALIDAD DE EJECUCION CONTRACTUALEste proceso de selección se rige por el sistema de SUMA ALZADALa modalidad de ejecución presupuestal será por financiamiento de la entidad.
1.6. CONVOCATORIA, VENTA DE BASES Y CALENDARIO DE PROCESOLa convocatoria se realiza a través de la publicación en el SEACE (Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado.El precio de las bases es de S/. 220.00 (DOCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES), a ser cancelados en efectivo en la tesorería de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO ubicada en Plaza 28 de julio s/n Paucartambo, Pasco. El calendario del proceso se adjunta en el Anexo 03.
1.7. REQUISITOS PARA SER POSTORSon requisitos para ser participante:
a) Registrarse como participante ante LA MUNICIPALIDAD mediante la adquisición de las Bases
b) No estar incluido en el Capítulo de Inhabilitados para Contratar con el Estado del CONSUCODE.
c) No estar comprendido en ninguno de los impedimentos señalados en el Art. 9° del D.S. N° 083–2004–PCM TUO de la Ley 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
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d) Constancia de visita al terreno.
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TÍTULO IIBASE LEGAL
D.S. N° 083-2004-PCM TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificatorias y normas conexas., en adelante LA LEY
D.S. N° 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificatorias y normas conexas, en adelante EL REGLAMENTO
Ley Nº 27633, Modifica la Ley N° 27143 de la Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional.
Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa. D.S. Nº 009-2003-TR, que aprueba reglamento de la Ley de Promoción y
Formalización de la Micro y Pequeña Empresa. Ley N° 28427 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2005. Resolución de Alcaldìa N° 023-2005-MDP/A que modifica el Plan Anual de
Adquisiciones y Contratos para el ejercicio presupuestal 2005. Resolución de Alcaldia N° 024-2005-MDP/A que designa al Comité Especial que
conduce el presente proceso.
TÍTULO IIICONDICIONES DE CARÁCTER TÉCNICO – ECONÓMICO
3.1 PLAZO DE VALIDÉZ DE LA OFERTAa) Las propuestas, en su aspecto Técnico y Económico, tendrán una vigencia hasta
cuando quede consentido el otorgamiento de la Buena Pro.b) Para el caso del postor adjudicado con la Buena Pro y el que ocupe el segundo
lugar, la vigencia se prolongará hasta la suscripción del contrato.
3.2 REQUERIMIENTO, ESPECIFICACIONES
a) Las especificaciones técnicas, se indican en el Anexo 04.b) La cantidad de materiales, equipos y accesorios que figuran en el metrado base no
es limitativa, debiendo el postor ganador de la buena pro proveer cualquier otro insumo o accesorio necesario para que el sistema sea entregado instalado y funcionando satisfactoriamente.
c) Las especificaciones mínimas de seguridad se indican en el Anexo 05.
3.3 LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA DE ENTREGAa) El servicio se completara con su instalación en el Coliseo Municipal de
Paucartambo, ubicada en el Jr. Fraternidad S/N-Paucartambo.b) El plazo de entrega será propuesto por el postor y será motivo de calificación en la
evaluación técnica, no debiendo ser mayor a 6 semanas. (ver Anexo 06)
3.4 CONFORMIDAD DE RECEPCIÓNLa conformidad de la recepción del bien se sujeta a lo dispuesto por el Art. 233º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y será extendida y aprobada por la Oficina de Infraestructura del municipio, considerando el cumplimiento de los siguientes requisitos:a) Calidad: el servicio brindado reúne las condiciones fijadas en la Propuesta Técnica
finalmente adjudicada.b) La fabricación e instalación de las estructuras metálicas es conforme a la
Propuesta Técnica aceptada en las presentes Bases.c) Oportunidad, la entrega del producto se realiza en el plazo establecido.d) Lugar, el producto es entregado en el lugar establecido en las Bases.
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3.5 CONDICIONES BÁSICAS PARA GARANTIZAR LA ENTREGA
a) La Empresa es la única responsable ante LA MUNICIPALIDAD de cumplir con la entrega a su cargo, en las condiciones establecidas en las presentes Bases, no pudiendo transferir la responsabilidad a otras Entidades o terceros en general.
b) La Empresa está obligada a instruir al personal destacado, para cumplir sus actividades con eficiencia, eficacia y sobretodo buen trato al cliente.
TITULO IVFORMULACION Y ABSOLUCION DE CONSULTAS
4.1 Los participantes podrán formular aclaración de las bases o plantear solicitudes respecto de ellas, dentro del plazo señalado en el Calendario del proceso.
4.2 El Comité Especial recibirá las consultas, por un período mínimo de cinco (5) días contados desde el día siguiente de la convocatoria, y las absolverá.
4.3 El Comité Especial absolverá las consultas en un plazo que no excederá de los cinco días contados desde el vencimiento del plazo para la recepción de las consultas, mediante un pliego absolutorio que, debidamente fundamentado y sustentado, será notificado a través del SEACE, publicado en la sede de LA MUNICIPALIDAD y comunicado a través de los correos electrónicos de los participantes.
4.4 Las respuestas a las consultas se consideran como parte integrante de las Bases y del contrato.
TITULO VFORMULACION Y ABSOLUCION DE OBSERVACIONES
5.1 Los participantes podrán formular observaciones a las Bases, debidamente fundamentadas, las que deberán versar sobre el incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el artículo 25° de La Ley, o de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado, u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. Las observaciones a las bases serán presentadas dentro de los tres (3) días siguientes de haber finalizado el término para la absolución de las consultas.
5.2 En un plazo máximo de cinco (5) días el Comité Especial absolverá las observaciones, sea que las acoja, las acoja parcialmente o no las acoja, mediante un pliego absolutorio que deberá contener la identificación de cada observante, y la respuesta del Comité para cada observación presentada. La absolución se hará mediante notificación a través del SEACE, publicación en la sede de LA MUNICIPALIDAD y a través del correo electrónico de las participantes.
5.3 Los observantes, o cualquier participante, tienen la opción de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE, en caso de no acogimiento de las observaciones o cuando consideren que el acogimiento declarado por el Comité continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Art. 25° de La Ley, o cualquier otra norma relativa o conexa a las contrataciones y adquisiciones del Estado. Para ejercer esta opción, los participantes que lo soliciten deberán pagar en el CONSUCODE la tasa por concepto de remisión de actuados a dicha entidad. El CONSUCODE se pronunciará en un plazo máximo de diez (10) días, implementándose lo dispuesto. El pronunciamiento del CONSUCODE será publicado en el SEACE.
5.4 Contra el pronunciamiento de CONSUCODE, no cabe la interposición de recurso alguno.
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TÍTULO VIINTEGRACION DE BASES
6.1 Una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado, las Bases quedarán integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna.
6.2 Las Bases integradas serán publicadas en el SEACE.6.3 El postor que adquiere las Bases se adhiere al proceso de selección en el estado en que
éste se encuentre.
TÍTULO VIIDE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
7.1. Los postores presentarán su propuesta en sobres cerrados en acto público, en el lugar, fecha y hora señalados en el calendario del proceso de selección.
7.2. Las personas naturales concurren personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder simple. Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado acreditado con carta poder simple.
7.3. Cada propuesta será presentada en idioma español en (02) sobres cerrados:
Propuesta Técnica (Sobre Nº 01)Propuesta Económica (Sobre Nº 02)
Los sobres deberán llevar la inscripción:
LP Nº 001–2005–CE-MDP “FABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO”Sobre N° (el que corresponda)Identificación del postor.
7.4. Cuando las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos; llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
7.5. Cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.
7.6. Para el acto público de presentación de propuestas se seguirá lo estipulado en el Artículo 123º de El Reglamento.
7.7. CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA (SOBRE Nº 1)
a) Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (No indispensable)
b) Declaración Jurada conforme a lo establecido en el Artículo 76ºc) Promesa de Consorcio, de ser el casod) Propuesta técnica de los materiales ofertados y sus calidades, con los metrados
señalados en las presentes bases, incluyendo catálogos técnicos, especificaciones de los fabricantes tanto de los perfiles metálicos como de la pintura, soldadura, etc.
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Se deberá especificar marca y modelo de cada equipo o accesorio. No se aceptará la denominación “similar a”Los catálogos de propaganda comercial que no contengan información técnica para la evaluación de las propuestas, serán devueltos al postor
e) Documentos para la evaluación técnica según cuadro de puntuación del ANEXO 06:
Formato con el plazo de entrega del servicio ofrecido. Carta de garantía comercial otorgada por el postor Carta de Garantía del postor por la Fabricación de la Estructura metálica Currículo del personal técnico propuesto (Ingeniero Responsable y
Supervisor General de la instalación), documentado para la calificación indicada: experiencia y capacitación.
Carta compromiso del personal propuesto para trabajar en las instalaciones de las estructuras metálicas ofertadas por el postor.
Facturas que acrediten la experiencia del postor, de acuerdo a los criterios indicados
Los postores se abstendrán de presentar documentación adicional no solicitada, ciñéndose a lo indicado líneas arriba y a lo señalado en la tabla de calificación del Anexo correspondiente.
7.8. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA (SOBRE Nº 2)
a) Propuesta Económica, la misma que deberá incluir todos los materiales, los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar.
La propuesta Económica se presentará en Nuevos Soles, hasta con dos decimales, por el monto total ofertado, según el FORMATO incluido en las Bases. La propuesta económica incluirá en un anexo debidamente suscrito por el postor el Presupuesto por partidas, Análisis de Precios Unitarios y el Listado de los Materiales.
7.9. El Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y El Reglamento. De no ser así, el Comité Especial devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada.
7.10. Si existieran defectos de forma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, el Comité Especial otorgará un plazo máximo de dos días, contados desde el día siguiente de la notificación, para que el postor los subsane, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto. No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica.
TÍTULO VIIIEVALUACIÓN DE PROPUESTAS Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
El procedimiento general de evaluación será el siguiente:
8.1 La evaluación de la propuesta técnica se realizará en fecha posterior, de acuerdo al calendario del proceso.
8.2 En la evaluación técnica, a efectos de la admisión de las propuestas, el Comité Especial verificará que las ofertas cumplan con los requerimientos técnicos mínimos establecidos en las Bases.
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8.3 Sólo una vez admitidas las propuestas, el Comité Especial aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.
8.4 Las propuestas que en la evaluación técnica alcancen o superen el puntaje mínimo de cuarenta (40) puntos, accederán a la evaluación económica. Las propuestas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas en esta etapa.
8.5 Los miembros del Comité Especial no tendrán acceso a las propuestas económicas, las cuales estarán en custodia a cargo del Notario presente en la entrega de propuestas.
8.6 La apertura de los sobres conteniendo la propuesta económica se realizará en la fecha prevista en el calendario del proceso.
8.7 La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE Oi
Donde:
i = PropuestaPi = Puntaje de la propuesta económica iOí = Propuestas económica iOm = Propuesta económica de menor monto o precio más bajoPMPE = Puntaje máximo de la Propuesta Económica
8.8 El puntaje total se obtiene sumando algebraicamente los puntajes obtenidos en la evaluación técnica y en la evaluación económica. La suma de los máximos puntajes que se asignen a la propuesta técnica y a la propuesta económica deberá ser igual a cien (100) puntos, de los cuales cincuenta (50) corresponden a la propuesta técnica y cincuenta (50) a la propuesta económica.
8.9 En todos los casos, el puntaje total se calculará hasta el tercer decimal.
8.10 La Buena Pro se otorga a la propuesta que obtenga el mayor puntaje total.
8.11 El ganador de la buena pro, a requerimiento de EL MUNICIPIO, tendrá que presentar documentación sustentatoria, como facturas, guías, declaraciones a la SUNAT, etc. que permitan comprobar la veracidad de los documentos presentados para la calificación técnica. En caso de falsedad, se revocará la buena pro, otorgándosele al siguiente en orden de prelación, sin perjuicio de las acciones legales por delito contra la fe pública.
8.12 Las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) y las que fueran inferiores al setenta por ciento (70%) del valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial Permanente teniéndolas por no presentadas.
8.13 En el supuesto que dos o más propuestas empaten, el Otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando estrictamente la siguiente secuencia:
a) Con preferencia a favor de las micro y pequeñas empresas, alcanzando este beneficio a los consorcios siempre y cuando estén conformados íntegramente por micro y pequeñas empresas; o
b) A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje económico; o de persistir el empate,
c) A prorrata entre los postores ganadores, de acuerdo con el monto de sus propuestas, siempre que el objeto de la contratación sea divisible y aquellos manifiesten su voluntad de cumplir la parte correspondiente del contrato; o
d) A través de sorteo.
Los últimos dos casos requieren la presencia de los postores que hayan empatado.
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8.14 La notificación del otorgamiento de la Buena Pro se hará a través de su publicación en el SEACE, en la sede de la entidad, y a través de los correos electrónicos de los postores.
8.15 Cuando se hayan presentado dos o más propuestas, el consentimiento de la buena pro se producirá a los cinco (05) días hábiles de su notificación, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.En caso de haberse presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se producirá el mismo día de su notificación.
8.16 Al día siguiente de producido el consentimiento de la buena pro este será publicado en el SEACE.
TÍTULO IXDE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
9.1 Cualquier controversia surgida en el proceso de selección se resolverá en estricta sujeción a lo establecido en los artículos 149 y siguientes de EL REGLAMENTO.
TÍTULO XDE LA EJECUCION CONTRACTUAL
10.1 Consentido el otorgamiento de la Buena Pro o administrativamente firme, el Representante Legal del postor adjudicado, debidamente autorizado con poder suficiente, deberá cumplir con la suscripción del respectivo contrato, según pro forma del Anexo 06. Para tal efecto, se le citará con cinco (05) días hábiles de anticipación, señalándosele un plazo máximo de diez (10) días hábiles.
10.2 Antes de la suscripción del contrato, el postor al que se le hubiere adjudicado la Buena Pro, deberá entregar lo siguiente:
a)Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.b)Garantía de fiel cumplimiento, con los requisitos establecidos en el artículo 213º de EL
REGLAMENTO, por una suma equivalente al 10% del monto del contrato con vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
c) En caso de que el monto ofertado fuese inferior al valor referencial en más del 20% para el caso de adquisición o suministro de bienes, la empresa beneficiada por la buena pro, junto con la garantía de fiel cumplimiento y con igual objeto y vigencia, deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.
d)Copia del contrato de formalización de consorcio, de ser el caso, perfeccionado mediante documento privado con firmas legalizadas de cada uno de sus representantes legales ante Notario Público, designando en dicho documento al representante o apoderado común.
e)Escritura Pública de Constitución, y poder del Representante Legal inscrito en Registros Públicos.
f) DNI del Representante Legalg)Copia del R.U.C. de la empresa o consorcio
10.3 Cuando el postor no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la buena pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable;
TÍTULO XI
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DE LA FORMA DE PAGO
11.1 El pago que LA MUNICIPALIDAD deba realizar a favor del contratista por concepto de los bienes objeto del contrato, se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación. La forma de pago prevista será mediante dos valorizaciones:
a) Pago parcial del ochenta por ciento ((80%) a la entrega en obra de las estructuras señaladas en la oferta del contratista.
b) Pago final del veinte por ciento (20%) después del montaje de las estructuras, a entera satisfacción de LA MUNICIPALIDAD.
El contratista podrá solicitar un adelanto directo hasta por el 30% del monto contratado, el cual deberá ser solicitado dentro de los quince (15) días siguientes a la suscripción del contrato, para lo cual adjuntará una carta fianza bancaria con las características señaladas en el artículo 213º del El Reglamento. LA MUNICIPALIDAD pagará el adelanto dentro de los siete (7) días siguientes de recibida la solicitud.
Los pagos parciales previstos en el párrafo anterior estarán sujetos a descuentos proporcionales para la amortización del adelanto otorgado. La carta fianza que garantiza el adelanto podrá ser reducida en monto después de cada amortización.
11.2 La conformidad de recepción de los bienes o servicios deberá efectuarse en un plazo que no excederá de los diez (10) días útiles de ser éstos recibidos, a fin de permitir que el o los pagos se realicen dentro de los diez (10) días siguientes.
11.3 En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el contrato, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
TÍTULO XIIINCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
12.1 En el caso de retrasos injustificados en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA MUNICIPALIDAD le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento o adicional por el monto diferencial de la propuesta.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días
Donde F es un factor cuyos valores serán:
= 0.40 para plazos menores o iguales a 60 días, en el caso de bienes, servicios y obras
= 0.25 para plazos mayores a 60 días, en el caso de bienes y servicios
= 0.15 para plazos mayores a 60 días, en el caso de obras
12.2 LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato, de conformidad con el inciso c) del Artículo 41º de la Ley, en los casos en que el contratista:
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a)Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello.
b)Haya llegado a acumulara el monto máximo de la penalidad por mora en la ejecución de la prestación a su cargo; o
c) Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
12.3 Para proceder a la resolución del contrato, se seguirá lo estipulado en el Artículo 226º de El Reglamento
TÍTULO XIIISANCIONES
13.1 De acuerdo al Artículo 293º de El Reglamento, la facultad de sancionar a proveedores, participantes, contratistas y expertos independientes, por las causales tipificadas en La Ley y El Reglamento, corresponde al CONSUCODE, a través del Tribunal y de los órganos que señalen sus normas de organización interna.
13.2 LA MUNICIPALIDAD pondrá en conocimiento del Tribunal los hechos que puedan dar lugar a la aplicación de las sanciones de inhabilitación, conforme al Artículos 294º de El Reglamento.
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13.3
ANEXO 01 - Formatos
1. Formato de Registro en el proceso
2. Formato de presentación de consulta y/o observación
3. Declaración Jurada de Información Empresarial
4. Declaración Jurada Simple
5. Promesa Formal de Consorcio
6. Propuesta Económica, Presupuesto, Análisis de Precios Unitarios y Listado de
materiales.
7. Plazo de entrega de los bienes
ANEXO 02.- Cuadro de Valor referencial y valores máximo y mínimo.
ANEXO 03.- Calendario del proceso de Selección.
ANEXO 04.- Memoria descriptiva y Especificaciones Técnicas.
ANEXO 05.- Prevención de Riesgos y Medio Ambiente.
ANEXO 06.- Factores de Evaluación de Propuestas
ANEXO 07.- Pro forma de contrato
INDICE DE ANEXOS
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ANEXO 01
CARTA DE PRESENTACION PARA REGISTRARSE EN EL PROCESO
Paucartambo, ... de Marzo del 2005
SeñoresCOMITÉ ESPECIAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBOPlaza 28 de julio s/n Paucartambo, Pasco
Ref.: LP N° 001-2005-CE-MDPFABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO
Estimados Señores:
El que suscribe, en representación de la empresa cuyos datos a continuación se detallan,
solicita ser registrarse como participante en el proceso de la referencia:
Postor :
Dirección Postal :
Teléfono / Fax :
RUC :
Dirección e-mail :
Sin otro particular,
Atentamente,
Firma y Sello Representante Legal
FORMATOS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO - PASCO
FORMATO
Ref.: LP N° 001-2005-CE-MDPFABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO
Nota: Sólo una consulta u observación por formato
Firma y Sello Representante Legal
EMPRESA (Nombre o Razón Social)
REFERENCIA(S) DE LAS BASESNumeral(es) :Anexo (s) :Página (s) :
ANTECEDENTES / SUSTENTO
CONSULTA (OBSERVACIÓN)
FORMATO DE PRESENTACIÓN DE CONSULTA (OBSERVACIÓN)
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FORMATO
DECLARACIÓN JURADA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL
El que se suscribe, Representante Legal de ..........................................., RUC Nº ......................, con poder inscrito en la localidad de Lima, en la Ficha Nº ........., Partida Nº ............, DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón SocialDomicilio LegalR.U.C. Teléfono Fax Constitución Social
Capital SocialObjeto SocialNotaría
R E G I S T R O D E P E R S O N A S J U R Í D I C A SLocalidad Ficha AsientoFecha de InscripciónFecha de inicio de actividades económicasSocios de la Empresa
Nombres y Apellidos L. Electoral / D.N.I. Participación %
Directorio del Postor
Cargo Nombres y Apellidos L. Electoral/D.N.I.DirectorPresidente del DirectorioDirectorAutorización Municipal
Municipalidad Nº de Licencia de Funcionamiento Fecha
Participa en Consorcio
SI NO Nombre de las Empresas que participan en consorcioEmpresa Nº 1 Empresa Nº 2 Empresa Nº 3
Paucartambo, ... de Marzo del 2005
Firma y Sello Representante Legal
Nota: Para el caso de postores que participen en consorcio, cada una de las empresas que integren el consorcio deberá presentar la declaración jurada de información empresarial.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO - PASCO
FORMATO
Ref.: LP N° 001-2005-CE-MDPFABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO
El que suscribe, ..............................., identificado con ..................... representante legal
de ............................................ DECLARA BAJO JURAMENTO:
a) Que no tiene impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado conforme al Art. 9°, de la Ley;
b) Que conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección;
c) Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos del proceso;
d) Que se compromete a mantener su oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro; y
e) Que conoce las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Paucartambo, ... de Marzo del 2005
Firma y Sello Representante Legal
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE (según el Artículo 76º)
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO - PASCO
FORMATO
Ref.: LP N° 001-2005-CE-MDPFABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO
Los que suscriben, ______________________________, identificados con D.N.I. Nº
_______________________, Representante Legal de ________________________________
__________________, con R.U.C. Nº ____________________ y don ____________
________________________, identificado con D.N.I. N° _________________ Representante
legal de ___________________________________ con R.U.C. Nº ____________________
DECLARAMOS BAJO JURAMENTO que nuestras representadas participan en consorcio en
el proceso de la referencia, y de ser adjudicadas con la Buena Pro, nos comprometemos luego
de que el otorgamiento quede consentido, a formalizar el consorcio tal como lo establece la
Resolución Nº 019-2001-CONSUCODE/PRE.
Paucartambo, _______ de ________________del 2005
_______________________________Firma y Sello del Representante Legal
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
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FORMATO
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Paucartanbo, ________ de ______________ del 2005
SeñoresCOMITÉ ESPECIAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBOPlaza 28 de julio s/n Paucartambo, Pasco
Ref.: LP N° 001-2005-CE-MDPFABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO
Estimados Señores:
De acuerdo a las Bases y Especificaciones Técnicas del proceso de la referencia, quien
suscribe presenta a su consideración la propuesta económica por S/._______________
(_________________________________________ NUEVOS SOLES), incluido IGV
La propuesta es a Suma Alzada, sin gastos reembolsables y se mantendrán hasta la buena pro y de ser favorecidos con ésta, durante el período de suministro e instalación.
Declaro que he tomado conocimiento de todas las condiciones contenidas en las Bases y Especificaciones Técnicas. La Propuesta Económica que se presenta está en correspondencia con el presupuesto detallado que se adjunta a la presente y de acuerdo con los documentos presentados en nuestra Propuesta Técnica.
Atentamente,
_______________________________Firma y Sello del Representante Legal
PROPUESTA ECONÓMICA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO - PASCO
FORMATO
Paucartambo, ... de Marzo del 2005
SeñoresCOMITÉ ESPECIAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBOPlaza 28 de julio s/n Paucartambo, Pasco
Ref.: LP N° 001-2005-CE-MDPFABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO
Estimados Señores:
El plazo en el que me comprometo a suministrar e instalar los bienes materia del presente proceso será el siguiente:
1. Plazo para entrega de equipos : ________________
2. Plazo para instalación, pruebas y puesta en marcha: ________________
3. Plazo total: ________________
_______________________________Firma y Sello del Representante Legal
PLAZO DE ENTREGA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO - PASCO
ANEXO 02
Licitaciòn Pública N° 001-2005-CE-MDP FABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO
ITEM I. DESCRIPCION UNID CANTValor
Referencial
1.00Fabricacion e Instalacion de Estructura Metalica para Techo Coliseo. Incluye suministro, fabricación, izaje, instalación, pruebas.
global 01 451,496.71
Valor Referencial: S/. 451,496.71 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTISEIS Y 71/100 NUEVOS SOLES)
MÁXIMO Y MINIMO DEL VALOR REFERENCIAL
VALOR REFERENCIAL S/. 451,496.71
VALOR MÁXIMO (110%) S/. 496,646.38
VALOR MINIMO (70%) S/. 316,047.69
CUADRO DE VALOR REFERENCIAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO - PASCO
ANEXO 03
L.P. N° 001-2005-CE-MDPFABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO
ETAPAS II. FECHAS LUGAR / MEDIO
CONVOCATORIA 17-03-2005 III. SEACE
VENTA, REGISTRO, ENTREGA DE BASES Y
VISITA AL TERRENO
Del 18 al 22-03-2005De 09:00 a 17:00 hs
Costo: S/. 220.00
Plaza 28 de Julio s/n Paucartambo-Pasco
PRESENTACIÓN DE CONSULTAS
Del 18 al 28-03-2005De 09:00 a 17:00 hs
Plaza 28 de Julio s/n Paucartambo-Pasco
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS
05-04-2005 SEACE
OBSERVACIÓN A LAS BASESDel 05 al 07-04-2005De 09:00 a 17:00 hs
Plaza 28 de Julio s/n Paucartambo-Pasco
INTEGRACIÓN DE BASES 08-04-2005 SEACE
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y APERTURA
DE SOBRE 1
19-04-200510:00 hs
Plaza 28 de Julio s/n Paucartambo-Pasco
APERTURA DE SOBRE 2 22-04-2005
10:00 hsPlaza 28 de Julio s/n Paucartambo-Pasco
OTORGAMIENTO DE BUENA PRO
22-04-0510:00 hs
Plaza 28 de Julio s/n Paucartambo-Pasco
CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
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ANEXO 04
MEMORIA DESCRIPTIVA
Proyecto de Estructuras metálicas Coliseo Cerrado Municipal del Distrito de Paucartambo,
Provincia de Pasco.
1. Generalidades
El proyecto de Estructuras Metálicas es del Techado del Coliseo Cerrado Municipal en el
distrito de Paucartambo, Provincia y Departamento de Cerro de Pasco.
El área cubierta es de 2,404 m² y la altura de montaje de 15.00 m.
2. Descripción de las Estructuras
La estructura metálica central del techo está constituida por 09 armaduras reticuladas
principales de 02 aguas de 40.60 m de luz y 2.25 m de peralte espaciados cada 6.00 m y 08
armaduras de arriostre centrales. La estructura lateral está constituida por una armadura
principal reticulada de 38.40 m de luz y 2.25 m de peralte y 04 secundarias de 13.70 m
Los templadores son de barra Ø 5/8”
Las viguetas son de tipo canal “C”, arriostradas con barras de Ø ½”
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE ESTRUCTURA
METALICA PARA TECHO DE COLISEO
1. GENERALIDADES
La Municipalidad Distrital de Paucartambo tiene proyectado para el presente año la
fabricación de la estructura metálica para el techado del Coliseo Municipal, dicha
estructura será construida en perfiles metálicos de acuerdo al diseño existente, y se
ubicará como estructura para techar el Coliseo municipal, y será el elemento encargado de
sostener la cobertura.
Todos los materiales utilizados como perfiles metálicos, soldadura, base (prime), pintura y
sistemas de fijación tendrán alguna certificación o garantía.
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Los elementos deberán cumplir las siguientes Especificaciones Técnicas.
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
2.1 ALCANCE
En la presente sección se encuentran considerados el suministro de todos los materiales,
equipos y mano de obra necesarios para la fabricación y montaje de las estructuras de acero
del Proyecto Coliseo Cerrado Municipal de acuerdo con lo indicado en los planos y en las
presentes especificaciones.
2.2 REGLAMENTO Y NORMAS A OBSERVAR
Todos los trabajos de fabricación de estructuras de acero aquí indicados y especificaciones se
complementarán con lo señalado en las últimas revisiones de los siguientes reglamentos y
normas:
ANSI American National Standars Institute
AISI American Iron and Steel Institute
ASME American Society of Mechanical Engineers
ASTM American Society for Testing Materials
AWS American Welding Society
SSPC Steel Structure Painting Council
DIN Deutschue Industrie Normen
AISC American Institute Steel Construction
AASHTO American Association of State Highway
and Trasportation Officiales.
Si cierta especificación discrepara, en algún modo, con una de las normas o códigos
nombrados, la especificación tendrá la prioridad y será la que prevalezca.
2.3 DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LA PARTIDA
2.3.1 Materiales y equipos
2.3.1.1 Materiales
Todos los materiales deberán cumplir con la última versión de las normas ANSI, ASTM o
DIN a no ser que otra cosa sea especificada. Los siguientes materiales deberán ser
usados en general excepto en las recomendaciones más especificadas que son hechas
en otras secciones de estas especificaciones o en los planos.
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Planchas, perfiles y barras
Acero al Carbono ASTM A36
b)Pernos, tornillos, espárragos, tuercas
Todos los pernos, tornillos, espárragos y tuercas serán de la forma estándar de
roscas de la norma actualizada ANSI B1.1
El material cumplirá con las siguientes normas:
Acero al Carbono ASTM A307, grado A
2.3.1.2 Equipos
El contratista deberá suministrar todos los equipos y/o herramientas que se requiere para
efectuar los trabajos de fabricación y montaje de Estructuras de Acero.
2.3.2 Requisitos de ejecución
2.3.2.1 Planos y Dibujos
Los planos y dibujos han sido desarrollados de acuerdo a las normas tradicionales de
representación para estructuras de acero, mostrando tamaños y detalles y las
ubicaciones relativas de los miembros componentes de la estructura.
Las dimensiones que aparecen en los planos se encuentran referidos al sistema métrico
y en cuanto a estructuras de acero se refiere están expresadas en mm. La simbología
para las soldaduras corresponde a la convención definida por las especificaciones del
“American Welding Society” teniendo en cuenta que las medidas de los cordones de
soldadura se expresan en mm.
2.3.2.2 Calidad de la Mano de Obra
El contratista sólo podrá emplear mano de obra experimentada en la fabricación de las
estructuras de acero y El Supervisor podrá exigir el retiro de los trabajos de algún
personal que no lo considere con suficiente experiencia o que no venga ejecutando sus
trabajos con propiedad.
2.3.2.3 Uniones
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Preparación de las Partes a Soldar
Las superficies que hayan de ser soldadas estarán libres de cascarilla, grasa, o
cualesquiera otros materiales extraños, con excepción de aquella cascarilla de
laminación que resista un vigoroso cepillado metálico. No se tendrá en cuentas una
ligera película de aceite de linaza.
Preparación de la Soldadura
Todas las partes que hayan de soldarse en ángulo (fillet weld) habrán de acercarse hasta
donde sea factible y de ningún modo, la separación entre dichas partes será mayor de 3
mm, si la separación fuera de 1,5 mm o mayor, el tamaño de la soldadura será
aumentado en los milímetros que mida la separación.
La separación entre las superficies a soldar, cuando la junta sea a solape, no será
mayor de 1,5 mm. Se alinearán cuidadosamente las partes a soldar a tope.
Siempre que sea factible se pondrá la pieza para soldadura plana. Al montar y unir
partes de una estructura o de piezas compuestas, el procedimiento y la secuencia de
soldadura serán tales que se eviten tensiones innecesarias y se reduzcan al mínimo las
tensiones residuales. Cuando sea imposible evitar altas tensiones residuales en las
soldaduras de cierre de un montaje rígido, se hará tal soldadura de cierre en elementos
de compresión.
Soldadura a Tope
Todas las soldaduras a tope serán continuas y de penetración completa.
Cuando el espesor de las piezas a unir sea igual o menos que 6 mm se permitirá la
soldadura a testa por un solo lado, sin necesidad de preparación de los bordes, siempre
que se utilice un electrodo que asegure una penetración completa. La separación entre
bordes en este caso deberá ser inferior a la mitad del espesor de la pieza a soldar más
delgada.
2.3.2.4 Superficie en Contacto
El acabado de las superficies y planchas de base que estén en contacto con otras o con
el mortero deberán cumplir con las especificaciones ANSI para acabado de superficie.
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Los dispositivos de apoyo de los tijerales deberán cumplir con la norma ANSI 250 y la
superficie de los pines y huecos para pines con la norma ANSI 125.
2.3.2.5 Facilidades de el Supervisor para Inspección en Taller
El contratista deberá proporcionar todas las facilidades que requiera El Supervisor para
efectuar inspección del material en el proceso de fabricación en taller y debe garantizar
a El supervisor acceso libre a todas las áreas donde se estén efectuando los trabajaos
de fabricación. El supervisor posee la plena autoridad para rechazar los procesos de
fabricación que encuentre que no se están ciñendo a las normas aquí especificadas.
2.3.2.6 Planos de Taller e identificación del Acero en fabricación
El contratista deberá remitir al Propietario copias de los planos de taller a detalle para ser
aprobados por el Propietario. Cualquier trabajo que el contratista realice antes de la
aprobación de estos planos de taller por el Propietario será a su propia cuenta y riesgo.
El contratista deberá obtener de el Propietario la aprobación para la adquisición de
materiales que ha realizado con anterioridad a la fabricación.
Los planos de taller de estructura de acero deberán mostrar el pleno detalle todas las
dimensiones y tamaños de las partes componentes de la estructura así como las partes
misceláneas tales como pines, panchas, etc.
El Contratista deberá entender expresamente que la aprobación de planos de taller por
El Propietario, no lo releva de responsabilidades en las dimensiones mostradas por esos
planos.
Durante el proceso de fabricación y hasta el ensamblaje mismo de los miembros, cada
elemento de acero deberá mostrar clara y legiblemente su especificación y código de
color de identificación.
2.3.2.7 Planos de Montaje
El contratista deberá remitir a El Propietario previamente al montaje todos los planos que
describen claramente la maniobra del montaje que desea ejecutar, incluyendo en estos
planos las contraflechas indicadas y como espera obtenerlas.
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2.3.2.8 Manipuleo y Almacenaje de Materiales antes del Ensamblaje
Los elementos de la estructura metálica de acero deberán ser apropiadamente
almacenados y colocados sobre rodamientos en el terreno, que lo liberen de estar en
contacto con el suelo y deberán ser colocados en forma recta y derecha con sus
debidos soportes.
El contratista será responsable por los daños y pérdidas que puedan ocurrir en su
material antes de la entrega de las obras.
2.3.2.9 Ensamble en Taller
Todas las construcciones metálicas deberán ser completamente ensamblados en el
taller.
Todos los dispositivos ajustables se calibrarán y ajustarán bajo las condiciones de
operación previstas y deberán ser asegurados para minimizar la necesidad de reajustes
en el sitio. Las diferencias partes serán apropiadamente emparejadas y marcadas para
asegurar su correcto ensamblaje en el sitio.
La Supervisión inspeccionará a su criterio el equipo completo durante la fabricación
antes del embarque y atestiguará las pruebas regulares en factoría después del
ensamblaje final. El Contratista notificará a la Supervisión dos semanas antes del inicio
de los ensayos en taller, después del ensamblaje final.
2.3.2.10 Informes del Avance
El contratista informará el avance de los trabajos con abundancia de detalles. El informe
de avance incluirá fotografías a color de buena calidad para indicar el avance de la
fabricación.
2.3.2.11 Inspección y Ensayos
Todos los materiales que intervienen en la obra estarán sujetos a inspección por la
Supervisión y todas las órdenes de compra por materiales y suministros llevarán una
numeración para ese efecto.
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La cobertura de la inspección por la Supervisión no libera al Contratista de la
responsabilidad del abastecimiento de los materiales y de la labor realizada en las
condiciones aceptables para la Supervisión.
El contratista llevará a cabo cualquier ensayo no destructivo y las inspecciones
requeridas por la Supervisión, de cualquier material o manufactura de los cuales se
sospeche que adolece de defectos.
La cobertura de los ensayos y la inspección de materiales serán efectuados por la
Supervisión, y contará con todas las facilidades para una inspección no restringida de
tales materiales y equipos. De otro lado, tal cobertura e inspección será conducida de tal
manera que interfiera lo menos posible con las operaciones de fabricación. El
Contratista atenderá cualquier solicitud razonable hecha por la Supervisión concerniente
al método de ensayo o corrección de las manufacturas defectuosas.
Al menos que se especifique otra cosa, cualquier rechazo basado en la cobertura de los
ensayos o inspección general será reportado al fabricante dentro de 10 días. Los
defectos perjudiciales subsiguientes a la aceptación de un material serán notificados al
Contratista. Las piezas de ensayo que representen materiales rechazados serán
preservados por un período de tiempo acordado mutuamente entre la Supervisión y el
Contratista; este último podrá reclamar una reconsideración dentro de este tiempo.
La radiografía en soldaduras para las partes sometidas a presión y/o en las que se
requiere garantizar resistencia mecánica con hermeticidad, incluyendo el estándar de
aceptabilidad, se llevará a cabo de acuerdo con el párrafo UW-51 del código “Boiler and
pressure Vessel Code” de la ASME, sección VIII, división 1. La radiografía de
soldaduras en acero estructural, incluyendo el standard de aceptabilidad, se llevará a
cabo de acuerdo con la American Welding Society D2.0-66. Toda la mano de obra de
campo y el equipo requerido para el examen radiográfico será proporcionado por el
Contratista, sin costo adicional alguno.
Los ensayos ultrasónicos se harán de acuerdo con el apéndice 12, “ASME Boiler
and Presure Vessel Code”, sección VIII, división I. Todos los defectos
inaceptables en soldaduras serán raspados hasta el metal base y dichas áreas
serán revisadas para inspección con partículas magnéticas, ensayo de radiografía
o ultrasonido por el Contratista, según las directivas de la Supervisión, para
asegurar que el defecto haya sido removido completamente antes de la reparación
de la soldadura. Todas las soldaduras de reparación serán radiografiadas al 100%.
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Cuidados particulares se tomarán para la inspección de piezas fundidas, forjadas y
soldadas.
2.3.2.12 Inspección en Campo
El contratista permitirá a la Supervisión realizar inspecciones del montaje, las que
incluirán una verificación completa del ensamble de todas las partes así como sus
niveles, espacios libres, acoplamientos pertinentes, alineamientos y calidad de la
manufactura.
Para los propósitos antes mencionados, el Contratista proporcionará a la Supervisión
información de todos los juegos y tolerancias de los acoplamientos pertinentes,
alineamientos y niveles, de tal manera que ésta última pueda repetir las mediciones del
Contratista, si así lo deseara.
Con la finalidad de llevar a cabo este trabajo de tal manera de no causar cualquier
retraso en el montaje, el Contratista informará a la Supervisión del programa de montaje
con varios días de anticipación de tal manera que cada inspección se planifique de
común acuerdo y se sujete de tal manera de no producir retrasos.
Ya que tal inspección será conducida de manera que interfiera lo menos posible con el
proceso de montaje, el Contratista estará conforme con cualquier requerimiento
justificable hecho por la supervisión concerniente a una labor defectuosa.
Cualquier rechazo derivado de la Supervisión será informado al Contratista dentro de 10
días. El material que muestre defectos perjudiciales subsiguientes al montaje y la
aceptación, será rechazado y el Contratista será notificado.
2.3.2.13 Intercambiabilidad y Tolerancias
En los posible todas las piezas iguales se harán con los mismos ajustes y tolerancias de
tal manera que puedan ser sustituidas y sean intercambiables. Las piezas nuevas de
recambio hechas con las dimensiones de los planos calzarán apropiadamente en los
ensambles originales. Las tolerancias serán realistas evitándose tolerancias
innecesarias ajustadas.
2.3.2.14 Tolerancias de Fabricación e Instalación
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a) Tolerancia de Fabricación: Todos los componentes estructurales se fabricarán de
acuerdo con la última publicación del AISC, así como la erección en fábrica y
marcación para su fácil ensamble en sitio. Las tolerancias de fabricación estarán
dentro del límite especificado en el código, como se menciona a continuación.
Todas las dimensiones menores que 400 mm estarán dentro de un rango de ± 0.8
mm a menos que se especifique otra cosa y que no sean acumulativos. Todas las
demás dimensiones estarán en ± 1.5 mm.
b) Tolerancias de Instalación: Las tolerancias de instalación no excederán 1.5 veces
a la correspondiente tolerancia de fabricación. El diseño y la fabricación de las
partes empotradas serán adecuados para el cumplimiento de tales tolerancias
durante la instalación, incluyendo la provisión y la instalación de placas para
obtener el embutido de anclaje en el mortero primario de 3 mm de la ubicación
mostrada en los planos.
2.3.3 Soldadura
2.3.3.1 Generalidades
La soldadura deberá cumplir con la especificación “Specification for Welded Highway
and Railmay Bridges of the American Welding Society (AWS D1.1.92) y aquello
especialmente tratado en esta sección.
2.3.3.2 Electrodos
Los electrodos que serán utilizados en la fabricación de las estructuras de acero son del
tipo E60XX y deberán ser adquiridos en envases herméticamente sellados o en caso
contrario serán sacados por lo menos dos horas en un horno a temperaturas entre 450º
a 500º F antes de ser utilizados.
2.3.3.3 Calificación de los Soldadores
Todos los operadores de la soldadura deberán ser calificados de acuerdo con los
requerimientos de la norma AWS D 1.1.92. El contratista deberá mostrar a El Supervisor
los certificados expedidos a los soldadores y que no tengan una antigüedad mayor de
12 meses antes del inicio de la fabricación de la estructura del acero. El certificado
deberá mostrar que el soldador ha venido efectuando soldaduras del tipo requerido en
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su trabajo por los menos durante los tres meses antes del inicio de la fabricación.
Deberá enviar un certificado por cada soldador indicando la institución que lo otorga, el
tipo de examen, el tipo de muestras, la posición de las soldaduras, resultado de las
pruebas y fecha del examen.
Procedimientos para calificación por El Supervisor de la Soldadura:
Los procedimientos para calificación de las soldaduras de penetración total a tope
biseladas deberán estar de acuerdo con la norma AWS D.1.1.92.
Los procedimientos para la calificación de las soldaduras en filete deberá cumplir
también con la norma AWS D.1.1.92.
Todas las soldaduras acanaladas de penetración total deberán ser inspeccionadas por
medio de radiografías y se aplicará solamente a la parte de la soldadura indicada a la
figura de la Sección 5 de la norma AWS D.1.1.92., con la excepción, de que el mínimo
de la prueba deberá ser cuando menos una longitud efectiva de 6”.
Si el control radiográfico indica cualquier defecto o porosidad que exceda los requisito
de la norma AWS D.1.1.92, se considerará que la prueba ha tenido resultado negativo y
el Contratista deberá reparar a sus costo la soldadura por el método apropiado en cada
caso y aprobado por El Supervisor.
2.3.3.4 Inspección de Soldadura
La inspección de soldaduras deberá iniciarse tan pronto hayan sido completadas.
Adicionalmente a cualquier inspección radiográfica realizada según los requerimientos
de la norma AWS D.1.1.92 y los requerimientos de pruebas radiográficas o de partícula
magnética que mencionaremos a continuación, todas y absolutamente todas las
soldaduras en obra serán visualmente inspeccionadas por El Supervisor, quien tendrá el
poder de decisión para poderlas revisar o exigir pruebas adicionales en caso de tener
evidencia visual de una posible mala ejecución de la soldadura.
Las pruebas de soldaduras que deberán realizarse son las siguientes:
Ensayo radiográfico (Rayos X)
Las soldaduras a tope de penetración total deberán ser comprobadas radiográficamente
de acuerdo a lo siguiente:
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a)Todos los empalmes en tensión y todos los sujetos a esfuerzos reversibles en
miembros principales con la excepción de almas de vigas profundas en las cuales
solamente se tomará el 1/6 del peralte del alma.
b) 25% por muestreo de todos los empalmes que trabajen a compresión y corte. El
máximo de espaciamiento de radiografías será de cuatro veces la longitud de la placa
radiográfica. En caso de detectarse en las pruebas tomadas por muestro defectos en
no menos de 10% de las radiografías tomadas para empalmes, compresión y corte de
los miembros, deberá radiografiarse todos los empalmes a compresión hasta que los
resultados de los ensayos sucesivos caigan por debajo del 10% de defectos, en cuyo
caso el muestreo regresará nuevamente al 25%.
c)En caso que las radiografías indiquen defectos que impliquen rechazo, se deberá
radiografiar las áreas comprendidas a cada lado del defecto para determinar la
magnitud y extensión de la falla.
d)Todas las soldaduras que hayan sido encontradas defectuosas deberán ser
nuevamente radiografiadas, luego de ser reparadas.
e)El Supervisor deberá supervisar la toma de las radiografías, examinar e interpretar las
radiografías y los informes técnicos del contratista de radiografías, aprobar las
radiografías que se encuentren satisfactorias y desaprobar o rechazar las radiografías
que no sean satisfactorias. El Supervisor deberá también, previamente a cualquier
defecto, aprobar los procedimientos propuestos por el Contratista para reparar
soldaduras rechazadas e inspeccionar la preparación de las nuevas soldaduras.
2.3.3.5 Corte con Oxígeno
El corte con oxígeno deberá hacerse cumpliendo con la norma AWS D.1.1.92.
2.3.4 Conexión con pernos
a) Las piezas a empernarse se colocarán en estrecho contacto durante la colocación
y fijación de los pernos. Cualquier desviación que ocurra durante el ensamble no
deberá distorsionar el metal ni agrandar los agujeros. La mala coincidencia de los
agujeros será motivo de rechazo de la pieza.
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b) Los agujeros se harán con taladro y su diámetro no será más de 1.6 mm (1/16
pulg) mayor que el diámetro nominal del perno, a excepción de lo indicado
expresamente en los planos.
2.3.5 Pintura
2.3.5.1 Generalidades
La pintura de las estructuras metálicas incluirá la preparación de las superficies de
metal antes de la aplicación de la pintura, la protección y secado de las distintas capas
de pintura así como el suministro de elementos accesorios, mano de obra y materiales
necesarios para completar los trabajos, andamiajes, etc.
2.3.5.2 Condiciones Ambientales
La pintura no será cuando el aire presente condiciones de humedad o en opinión de El
Supervisor las condiciones ambientales no favorezcan a la aplicación adecuada de la
pintura. No se deberá aplicar pintura en caso de que el metal se encuentre demasiado
caliente como para producir ampollas o películas porosas de pintura.
2.3.5.3 Mezclado de Pintura
Toda la pintura deberá ser enviada al campo mezclada antes de su aplicación y será
agitada en obra para que los segmentos se encuentren en suspensión uniforme.
2.3.5.4 Preparación de Superficie
Arenado de la superficie al metal blanco (SSPC-SP-10), mediante chorro abrasivo con
granalla, para la eliminación de la corrosión, permitiéndose sombreados en áreas
aleatorias hasta un 5% de cada unidad de área tomada
2.3.5.5 Aplicación
La pintura será aplicada de manera uniforme y por mano de obra experimentada. Puede
ser aplicada con brocha de mano o spray. Cualquiera que sea el método, la película de
pintura aplicada deberá ser distribuida uniformemente de manera que no se acumule en
ningún punto.
En caso de utilizar brochas, la pintura deberá ser aplicada bajo la brocha para producir
superficies suaves y uniformes y en contacto pleno con el metal base y con pinturas
aplicadas previamente y deberá ser trabajada en todas las esquinas y aristas salientes.
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2.3.5.6 Aplicación con Spray o Pistola
El equipo de Spray o pistola deberá aplicarse sin adición de ningún thinner: Cuando se
utilice equipo de spray se podrá aplicar para toques finales una brocha para que
asegure un cubrimiento uniforme y elimine arrugas, ampollas y bolsas de aire.
Cuando las superficies sean inaccesibles por brocha, la pintura será aplicada por medio
de pistola para asegurar una cobertura total del área a pintar.
2.3.5.7 Rechazo de la Pintura.
Si la aplicación de la pintura no se ha realizado cumpliendo con estas especificaciones o
no presenten una superficie de apariencia agradable, El Supervisor podrá rechazar la
pintura y ordenar que sea removida, limpiada y aplicada nuevamente.
2.3.5.8 Pinturas de Taller
A no ser que se especifique en contrario, las estructuras de acero deberán ser pintadas
en taller con dos capas de pintura anticorrosiva Epóxica y una capa de pintura de
acabado esmalte aprobada por El Supervisor antes de ser enviadas a obra.
Las superficies en contacto con el mortero no deberán ser pintadas. El acero estructural
que deba ser soldado no deberá ser pintado antes de ejecutar la soldadura, en caso que
fuera a ser soldador en el taller y posteriormente empernado recibirá una mano de
pintura en taller tan pronto se termine la soldadura.
2.3.5.9 Pintura de Obra
Una vez que se haya completado los trabajos de instalación incluyendo empernados,
soldadura de campo, etc., los elementos deberán ser limpiados de todo óxido, suciedad,
grasa y otra materia extraña de la manera que fuera especificada, aplicándose la
segunda mano de pintura de acabado.
Las superficies que no sean accesibles a pintura después de la instalación deberán ser
pintadas antes de terminar la instalación conforme sea autorizado por El Supervisor.
Bajo ninguna circunstancia deberá aplicarse una capa de pintura hasta que la anterior
haya secado totalmente.
Si en opinión de El Supervisor, el tráfico propio de la obra produce considerable cantidad
de polvo, el Contratista deberá tomar todas las precauciones necesarias para que el
polvo no entre en contacto con superficies con pintura fresca o en superficies
inmediatamente antes de la aplicación de la pintura.
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2.3.5.10 Acabado de Superficies, Pintura y Protección Corrosiva
El Contratista será responsable de ejecutar la preparación de las superficies, aplicación
de pintura anticorrosiva Epóxica y recubrimiento de acabado esmalte de todas las
superficies, según lo especificado. Los recubrimientos no se aplicarán en clima húmedo
o superficies húmedas, o en recubrimientos que no están secos o endurecidos. Los
colores de la pintura serán los indicados por la Supervisión.
Todas las soldaduras en campo se esmerilarán y limpiarán al metal blanco de acuerdo
con la Norma SSPC – SP10. Los recubrimientos de imprimación y de acabado se
aplicarán a las soldaduras en campo de acuerdo con el procedimiento recomendado.
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ANEXO 05
PREVENCIÓN DE RIESGOS Y MEDIO AMBIENTE
INDICE
1.0 GENERALIDADES
I.1 Objetivos
I.2 Normativa legal
I.3 Introducción
I.4 Definiciones
I.5 Identificación y Control
2.0 EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL
2.1 Protección para la cabeza
2.2 Protección Ocular
2.3 Protección de Oídos
2.4 Protección de Manos
2.5 Protección de Pies
2.6 Vestimenta
3.0 TRABAJOS DE RIESGO
3.1 En altura
3.2 En caliente
3.3 Herramientas
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REQUISITOS DE SEGURIDAD DE CONTRATISTAS
1.0 GENERALIDADES
1.1 Objetivo:
El presente documento tiene como objetivo establecer y definir especificaciones mínimas de
seguridad que los contratistas deben seguir a fin de prevenir accidentes y controlar riesgos
que puedan poner en peligro la vida y salud de su personal.
1.2 Normativa Legal :
Reglamento de Seguridad Industrial
D.S. Nº 42-F del 22/05/64
Reglamento de Comités de Higiene y Seguridad Industrial
R.D. Nº 1472-72-IC_DGI del 28/08/72
Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud
D.S. Nº 001-98-S.A. de 14-011-98 (IPSS – SCTR)
Norma técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
D.S. 003-98-SA
Normas sobre Seguridad e Higiene para Aplicación de Obras
R.S. Nº 021-83-TR
Reglamento de Procedimiento de Inspección de Trabajo
D.S. 004-96-TR
Ley General de Salud 26842 del 20/07/97
1.3 Introducción :
1.3.1 Las responsabilidades y los requisitos delineados en estas normas se aplica a los
contratistas así como a su personal y eventuales subcontratistas.
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1.3.2 La empresa se reserva el derecho de modificar, cambiar, suprimir y añadir a las presentes
especificaciones en cualquier momento en el curso de cualquier fase de trabajo. Dichas
revisiones se transmitirán a cada contratista por escrito.
1.3.3 Los requisitos definidos en el presente documento no suplanta a ningún otro requisito de
un ente regulador o afines.
1.4 Definiciones :
1.4.1 Contratista: Todo empleador comprendido en la definición de los documentos del contrato,
inclusive de los subcontratistas.
1.4.2 Supervisor de Contactos: Es la persona que representa al contratista, en relación con el
trabajo y la seguridad.
1.4.3 Compromiso: Ver anexo Nº 1
1.4.4 Instalación: Cualquier ubicación o locales donde se este desempeñando contractualmente
en nombre del propietario / cliente.
1.4.5 Instalaciones del contratista: Cualquier locación, edificio, propiedad y demás áreas
controladas por el contratista, donde se este realizando un trabajo o prestando servicios
de conformidad con las obligaciones contractuales.
1.5 Identificación y Control
1.5.1 El propietario podrá solicitar periódicamente al contratista las pruebas de haber cumplido y
mantener al día el pago de sus obligaciones a ESSALUD y la vigencia del seguro
complementario de trabajo de riesgo (SCTR).
1.5.2 La empresa se reserva el derecho de solicitar el reemplazo del personal del contratista,
por los siguientes causales:
- Por desacato a las normas de seguridad de la empresa y/o normas legales
vigentes en el país.
- Por malos antecedentes o mala conducta en el trabajo o por infracciones
cometidas con anterioridad.
- Por mostrar visible ineficiencia o incapacidad física y orgánica.
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2.0 EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL
Todo personal contratista debe usar los implementos de seguridad durante las horas que
realice trabajo dentro de las instalaciones del coliseo.
2.1 Protección para la cabeza (cascos)
2.1.1 Todo equipo de protección personal deberá estar certificado oficialmente respecto a los
requisitos de seguridad peruanos vigentes y norma internacional de referencia.
2.1.2 El contratista deberá suministrar a sus empleados protección para la cabeza comúnmente
referida como casco.
2.1.3 Dentro de las instalaciones del Coliseo se llevará cascos.
2.1.4 Se requerirá que todo el personal muestre el emblema de su empresa y su nombre propio
en un lugar visible del casco.
2.1.5 Las personas que operen vehículos y maquinaria deberán llevar protectores de cabeza
durante la operación de dicho equipo, salvo en cabinas cerradas.
2.2 Protección Ocular (lentes de seguridad)
2.2.1 Las lentes tendrán protección lateral. Se recomiendan lentes con guarda frente en los
casos en los que las personas realicen trabajo en las área en operación o restringidas de
un instalación en operación.
2.2.2 Durante las operaciones de esmerilado, se utilizarán máscaras completas además del
equipo de protección ocular requerido.
2.2.3 Las personas que lleven puestos lentes graduados o correctivos se pondrán gafas
protectoras encima de sus propios lentes o utilizar lentes graduados que cumplan
requisitos de seguridad.
2.2.4 Las personas que operen vehículos y maquinarias deberán utilizar protección ocular
mientras se opere el equipo, excepto en cabinas cerradas.
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2.3 Protección de Oídos
2.3.1 El contratista proporcionará protección auricular con una capacidad de reducción de ruido
(NRR-7 dBA) que garantice una protección al personal de por lo menos 90 dBA 8 horas
TWA.
2.3.2 El contratista deberá suministrar el quipo de protección para oídos. El equipo auricular
incluirá tapones, silenciadores auriculares, y otros dispositivos similares.
2.3.3 El contratista implantará un programa de mantenimiento, suministro, limpieza y
reparación del equipo de protección auricular. Este programa incluirá lo siguiente:
a. Se pondrá en práctica un procedimiento para identificar, limpiar, reparar y suministrar
el equipo de protección auricular.
b. Antes de su reuso, se limpiará el equipo reutilizable suministrado para la realización de
ciertas tareas.
c. El equipo se limpiará con jabón sanitario diseñado par este propósito.
2.3.1 Protección de Manos (Guantes)
2.4.1 El contratista suministrará a su personal guantes mixtos apropiados al riesgo presente en
el trabajo a realizar.
2.5 Protección de Pies (Zapatos de seguridad)
2.5.1 Todo equipo de protección de pies deberá estar certificado oficialmente respecto a los
requisitos de seguridad peruanos vigentes y norma internacional de referencia.
2.5.2 El contratista suministrará a sus empleados protección para los pies comúnmente referida
como zapatos de seguridad.
2.5.3 Dentro de las instalaciones del Coliseo se llevarán zapatos de seguridad. Estos zapatos
de seguridad serán de punta de acero o dieléctricos de acuerdo al riesgo presente en la
realización de los trabajos a desarrollar.
2.5.4 Se prohíbe el calzado con materiales sintéticos, las zapatillas de deporte, las sandalias y
los zapatos de punta abierta.
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2.6 Vestimenta:
2.6.1 Se requerirá que el personal contratista se vista de forma adecuada par el trabajo que se
este realizando.
2.6.2 Se recomienda ropa antiflama y ropa protectora especial para el personal que pueda ser
expuesto directamente a llamas y/o chispas.
2.6.3 No se recomienda y, además se prohíbe, llevar joyas en la ejecución delos trabajos tales
como se indica a continuación:
a. Llevar anillos en los dedos, pendientes o anillos en el cuerpo que pueda quedar
enganchados en el equipo o maquinaria en operación.
b. Los collares y brazaletes se llevarán bajo la ropa y no podrán colgar hacia fuera cuando
uno se agache, se incline, ascienda o realiza otras actividades en las que un collar o
brazalete pudiese colgar libremente y engancharse en el equipo u otro objetos.
c. No se recomienda llevar relojes con correas macizas. Se recomiendan en vez las
correas elásticas y las correas enganchadas a ambos lados del marco del horario sin
pasar por debajo de las base del reloj.
d. Se prohíben todos los demás ornamentos corporales y joyas que puedan crear un
peligro en las cercanías de maquinaria en movimiento o puedan engancharse en algún
objeto.
e. Se usarán pantalones largos. Se prohíben los pantalones cortos y cortados. No se
recomienda ropa de fibras sintéticas.
3.0 TRABAJOS DE RIESGO
3.1 Trabajos en altura:
Definición: es el trabajo que se realiza a una altura superior a 1.80m
3.1.1 Todo el equipo de protección personal y demás materiales asociados con este trabajo será
suministrado por el contratista.
3.1.2 En esta sección se utilizará las siguientes definiciones:
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a. Cinturón de Seguridad: un conjunto de correa que se pone en la cintura que, por razón
de su conexión a un acollador y a una línea estática, estructura y objeto físico limitara el
acceso a un área.
b. Arnés de Seguridad: Un dispositivo que se lleva alrededor de las partes del torso
humano (el hombro, las caderas, la cintura y las piernas) y que incorpora una serie de
correas, cinturones y conexiones para detener una caída.
c. Cable de vida: un cable metálico o amarra de nylon con una conexión especial que se
utiliza para conectar una corea de seguridad o arnés a una estructura u objeto físico.
d. Línea Estática: una línea de cable de acero instalado horizontalmente y capaz de
soportar 5400 libras por persona. Esta línea se utiliza para amarrar las colas de vida.
e. Estructura / Objeto Sustancial: Cualquier objeto al que se conecte un cable salvavidas o
un acollador que soporte 5400 libras de peso muerto.
f. Línea estática: un cable o amarra conectado horizontalmente desde un objeto físico a
otro, que proporcione medios de desplazamiento entre ambos objetos y proteja contra
caídas entre esos objetos.
g. Andamio: Termino general para describir plataformas elevadas de trabajo construidas de
metal y conjunto de tubulares pre-fabricadas.
3.1.3 Los contratistas evaluarán todo el trabajo aéreo por exposición a caídas y planificarán por
anticipado e instalarán los sistemas de protección contra caídas necesarios antes de
asignar el trabajo a los operarios y ayudantes.
3.1.4 Se utilizaron arneses de seguridad de cuerpo entero aprobados (no cinturones) con
acollador y amortiguador de caídas para proteger a los operarios contra caídas donde los
sistemas primarios de protección contra caídas no sean adecuados y los operarios estén
expuestos a caídas.
3.1.5 El personal que se desplace o trabaje en áreas elevadas a más de cuatro pies (4’) sobre el
nivel del terreno o en una superficie adyacente y esté expuesto a caídas para amarrar en
todo momento su acollador de seguridad a una estructura, cable salvavidas, o a un
dispositivo de detención de caídas aprobado capaz de soportar 5400 libras.
3.1.6 Se utilizará equipo de protección contra caídas mientras que se instalen los andamios y
las plataformas de trabajo provisionales, se construyan las estructuras y se realicen otras
operaciones semejantes.
3.1.7 Los dispositivos de protección contra caídas que sufran cargas de sacudida durante la
detención de caídas se pondrá fuera de servicio.
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3.1.8 Cuando las estaciones de trabajo elevadas no puedan protegerse con un guardarriel
estándar, se utilizarán dispositivos secundarios de protección contra caídas. Estos
dispositivos y su uso se adherirán a lo siguiente:
a. El personal utilizará solo sistemas de arneses / colas de vida suministradas por el
contratista.
b. Las colas de vida deberán ser de tipo con amortiguador de caída incluido cuando se
usen como protección contra caídas, salvo que el proyecto prescriba lo contrario.
3.1.4 Los dispositivos de cables salvavidas replegables se amarran a soportes capaces de
resistir 5400 libras de cara por choque y cumplir los siguientes requisitos:
a. Los dispositivos de cables salvavidas replegables se amarran por medio de argollas y
collares de cable o eslingas sintéticas. No se utilizará cuerda (ni de fibra sintética ni
natural) para amarrar dichos dispositivos. Estos métodos de fijación deberán ser
capaces de soportar 5400 libras.
b. Cada dispositivo de cables salvavidas replegable estará equipado con un cable de
maniobra para hacer llegar el dispositivo a cotas debajo del punto de fijación.
c. Las colas de vida retráctiles se utilizan también para proporcionar protección contra
caídas a los trabajadores de montaje de acero durante la construcción, antes de la
instalación de otros sistemas de protección contra caídas.
3.1.5 Otros dispositivos de protección contra caídas podrán ser requeridos :
a. Se requerirán redes de seguridad en todas las áreas donde pueda ocurrir una caída de
más de veinte (20) pies. El uso y la instalación de redes serán diseñados por personal
calificado (p. Ej. Un ingeniero) y su montaje lo realizarán especialistas.
3.1.6 Cuando se utilicen escaleras de mano lo siguiente estará en vigor:
a. El personal que ascienda o trabaje desde las escaleras de mano, llevará puesto, y
cuando se requiera usará un sistema de arnés / cola de vida aprobado para protección
secundaria contra caídas.
b. Se podrá ascender o descender de las escaleras estructurales enjauladas permanentes
sin protección adicional.
3.1.7 Se prohíbe estrictamente gatear las columnas y los miembros diagonales de acero
estructural.
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3.2 Trabajos en caliente:
Definición
Es el trabajo que puede producir una fuente de ignición para materiales inflamables o
combustibles presentes en la zona o en su entorno, debido al uso de llama abierta o la
utilización de herramientas o equipos que puedan producir chispa o generar calor.
Equipo de protección personal
El equipo de protección personal es de uso obligatorio para el soldador y su ayudante.
Todo el equipo de protección personal debe ser mantenido en buenas condiciones de uso.
Cuidar que la ropa no este impregnada con grasa, aceite, solventes y otros materiales
combustibles o inflamables.
No introduzca los pantalones dentro de la caña de los zapatos de seguridad.
Los bolsillos y puños deben quedar cerrados para evitar alojar chispas o escorias
calientes.
No mantenga en los bolsillos material inflamable o combustible.
El equipo de protección personal básico debe ser usado siempre al efectuar un trabajo de
soldadura o corte con gases. El equipo básico consiste en:
a. Oxicorte:
- Guantes de mosquete largo de cuero cromo
- Lentes de oxicorte con sombra adecuada
- Casco y botines de seguridad con punta de acero
- Casaca o mangas de cuero cromo
- Mandil de cuero cromo
b. Soldadura:
- Guantes de soldador de cuero cromo
- Máscara anti-impacto si la máscara tuviera visera fija con vidrio de sombra adecuada al
trabajo.
- Mandil de cuero cromo
El equipo de soldadura o corte debe estar completo y en optimo estado de uso.
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EQUIPO DE OXICORTE
Cada equipo debe tener una válvula anti-retroceso de las llamas en cada una de las dos
líneas de gas hacia los cilindros, ubicadas a la salida de los manómetros.
Al operarse un equipo de oxicorte, próximo a él debe haber un extintor ABC de por lo
menos 9Kg.
Los cilindros deberán ubicarse en un carro especialmente diseñado, el que también se
usará para el transporte. Los cilindros deben estar sujetos con cadenas o soga fuerte.
Todas las válvulas y reguladores deben estar en buenas condiciones, sin daños o
desperfectos
Todos los manómetros deben estar en buen estado de uso y mantenimiento.
Las uniones o conexiones deben estar hechas con abrazaderas adecuadas nunca con
alambre
Están prohibidas las conexiones de cobre en las mangueras. Siempre deberán ser de
bronce pues de usar cobre existe riesgo de explosión por formación de acetileno de cobre.
Cerciórese de que no hay escapes de oxigeno, acetileno o propano. Inspecciones las
conexiones con detergentes y agua pues la formación de espuma indicaría fuga de gas.
En caso de fuga de gas o daño en el quipo, no lo utilice. Informe a su supervisor
inmediato.
Si hay escapes de gas:
No use llamas abiertas (fósforos, encendedores, chisperos y otra fuente de ignición).
No use aceites, grasas u otros materiales combustibles o inflamables.
No puede si existen fugas usando su piel, tacto u olfato.
El uso de arnés de seguridad es obligatorio al trabajar soldando en altura. Tanto que el
soldador como ayudante deben usar el arnés se seguridad para protegerse contra el
riesgo de caídas si deben trabajar en andamio, plataformas altas, cerca de aberturas o en
cualquier lugar a una altura mayor de 1.80m del nivel del suelo.
El supervisor o jefe que ordene realizar un trabajo en altura, primero debe hacer cercar y
señalizar el área en los niveles inferiores. Luego debe hacer retirar todos los materiales
inflamables que presenten algún peligro ante la llama o escorias calientes y si alguno no
se pudiera sacar, por ejemplo, un piso de madera, tomará las medidas de control que se
recomiendan, especialmente mantas de cuero mojadas. No se debe permitir la presencia
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de otros trabajadores en los niveles inferiores durante los trabajos. Es recomendable
instalar letreros de:
“PELIGRO, TRABAJOS DE OXICORTE EN NIVELES SUPERIORES”
También debe controlar si existen los siguientes materiales en las cercanías:
Materiales combustibles
Líquidos inflamables
Vapores o gases explosivos
Metales en polvo o polvo combustible
Independientemente de que cada equipo de oxicorte tenga obligatoriamente un extintor,
deben estar en buenas condiciones de uso y con revisión vigente. Si el extintor ha sido
usado haga recargarlo aunque lo haya usado solo parcialmente. Los soldadores y
ayudantes deben saber como usar los extintores.
Recuerde siempre este peligro: el aceite o la grasa, en contacto con el oxigeno, pueden
reaccionar violentamente con una explosión.
Si los pisos son combustibles, deben cubrirse con mantas de cuero o láminas de metal. En
algunas ocasiones, los pisos deben mantenerse húmedos o cubiertos con arena.
3.3 Herramientas:
3.3.1 Los equipos y herramientas que sean requeridos y utilizadas dentro de la planta deberán
observar lo siguiente:
3.3.2 Estar en perfecto estado de conservación.
3.3.3 Estar totalmente operativos, con accesorios en buen estado
3.3.4 Ser ingresados a planta con guías y documentos previos a su uso.
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ANEXO 06
L.P. N° 001-2005-CE-MDPFABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO
A. EVALUACIÓN DE PROPUESTA TÉCNICAFACTORES DE EVALUACIÓN TÉCNICA 50 PTOS
FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA ADQUISICIÓN 30 PTOS Especificaciones Técnicas
Plan de Trabajo donde se indique las especificaciones técnicas de los materiales y equipos a utilizar, el Plan de Producción y la cantidad y tipo de pruebas y ensayos a realizar para la verificación de la calidad de la estructura a fabricar. Se asignará puntaje de acuerdo al cumplimiento de lo solicitado
20 puntos.
Plazo de EntregaSe asignará los siguientes puntajes de acuerdo al plazo ofertado por el postor 07 puntos
Entrega hasta en 4 semanas 07 puntosEntrega en más de 4 semanas hasta 6 semanas 03 puntosEntrega en más de 6 semanas 00 punto
GarantíaSe asignará los siguientes puntajes de acuerdo al plazo de garantía de ofertado por el postor
03 puntos
Garantía de 24 meses o más 03 puntosGarantía de 12 a 24 meses 02 puntosGarantía menor a 12 meses 00 punto
FACTORES REFERIDOS AL POSTOR 20 PTOS Factores referidos al personal propuesto
El postor presentará los currículos de un Ingeniero Residente, responsable de la instalación, y de un Ingeniero o Técnico a cargo de los trabajos de campo, ambos acreditando la experiencia en instalaciones similares (fabricación, montaje e instalación de estructuras metálicas) mediante certificados, constancias o referencias verificables.Se asignará puntaje de acuerdo a la calificación y a la capacitación del personal propuesto, de acuerdo a los siguientes criterios:
4 puntos
Experiencia mayor de 15 años en instalaciones similares (de cada uno) 3 puntos
Experiencia menor a 15 años en instalaciones similares (de cada uno) 1 puntoAcreditación como personal estable (en planilla o mediante recibos de honorarios de los últimos 12 meses) (de cada uno)
1 punto
Capacitación mediante entrenamiento o cursos en fábrica (de cada uno)
Equipamiento a utilizarLos equipos como Grupo Electrógeno, Motosoldadoras, Montacarga, Grúa, Equipos de corte y Soldadoras.
4 puntos
Antigüedad del postorSe calificará su experiencia en el área , hasta por un monto acumulado de cinco (3) veces el valor referencial mediante la presentación de facturas y/o contratos con una antigüedad:Mayor a 20 añosMenor a 20 años
6 puntos
6ptos3ptos
Experiencia del postor en la especialidadSe calificará el volumen de trabajos similares (fabricación de estructuras metálicas), mediante la presentación de facturas y/o contratos con una antigüedad máxima de 12 meses, hasta por un monto acumulado de tres (3) veces el valor referencial.
6 puntos
Al postor que acredite el mayor monto acumulado (hasta el máximo indicado (3 veces el valor referencial)
6 puntos
Al resto de postores se le asignará el puntaje de forma proporcional
Para acceder a la Evaluación Económica, el postor debe obtener un mínimo de 40 puntos
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B. EVALUACIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA
Solo las empresas que hayan obtenido un mínimo de 40 puntos en la propuesta técnica estarán aptas para la apertura de sus propuestas económicas.Se asignará el puntaje máximo de cincuenta (50) puntos a la oferta económica para la evaluación se aplicara la siguiente formula.
Pi = Om x PMPE Oi
Donde:
i = PropuestaPi = Puntaje de la propuesta económica iOí = Propuestas económica iOm = Propuesta económica de menor monto o precio más bajoPMPE = Puntaje máximo de la Propuesta Económica
La evaluación integral de una propuesta comprende tanto la referencia a la propuesta técnica como a la propuesta económica. La suma de los máximos puntajes que se asignen a la propuesta técnica y a la propuesta económica deberá ser igual a cien (100) puntos.
C. DETERMINACIÓN DEL COSTO TOTAL
El puntaje total se obtiene sumando algebraicamente los puntajes obtenidos en la evaluación tecnica y en la evaluación económica. El puntaje total se calculará hasta el tercer decimal. La buena pro se otorga a la propuesta que obtenga el mayor puntaje total.
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ANEXO 07
Conste por el presente documento, el Contrato de FABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO que celebran de una parte, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO, con Registro Único de Contribuyentes N° 20191043546, con domicilio en la Plaza 28 de Julio S/N-Paucartambo, debidamente representado por su Alcalde Klever Uribe Melendez Gamarra, identificado con DNI N° 09848211, a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD, y de la otra parte la empresa _____________ con Registro Único de Contribuyentes N° ______________, domicilio legal en _________________________________, inscrita en la ficha N° ___________ del Registro de Personas Jurídicas a quien en lo sucesivo se le denominará LA EMPRESA, debidamente representada por _____________, con DNI N° _________________, según poder inscrito en la ficha N° _______ del Registro de Personas Jurídicas , que suscriben bajo los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
LA MUNICIPALIDAD tiene programado para el presente año el techado de su Coliseo Municipal, para lo cual convocó el Concurso Publico Nacional Nº 001-2005-MDP para la contratación de FABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO, a través del Comité Especial, designado mediante R.A. N° 024-2005-MDP/A, otorgando la buena pro a la empresa ________________________________________________.
LA EMPRESA es una persona jurídica con experiencia en el suministro e instalación de equipos similares al objeto de la licitación mencionada, cuya buena pro le ha sido adjudicada, y opera en el país de acuerdo a las normas legales vigentes.
El presente contrato se rige por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, supletoriamente por el Código Civil y las normas que sean aplicables.
CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO
Por el presente instrumento LA EMPRESA se obliga a brindar a LA MUNICIPALIDAD el servicio de FABRICACION E INSTALACION DE ESTRUCTURA METALICA PARA TECHO COLISEO, cuyos detalles, cantidades, especificaciones y pruebas se fijan bajo las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas Básicas del Anexo 04 de las Bases Administrativas, en la Propuesta Técnica adjudicada y en el presente contrato.
CLAUSULA TERCERA: VIGENCIA Y PLAZO
El Contrato entrará en vigencia al día siguiente de su suscripción. El plazo contractual fijado es de _________ días calendario, al término del cual LA EMPRESA deberá haber completado la instalación de la estructura metálica.
El cómputo del plazo se hará a partir de la entrega del adelanto establecido en la cláusula cuarta, siempre que La Empresa haya solicitado el adelanto dentro del plazo previsto en la cláusula siguiente; de lo contrario, se contará el inicio del plazo contractual a partir de la suscripción del presente contrato.
PROFORMA DE CONTRATO
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CLAUSULA CUARTA: MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El costo total del suministro es de __________ MIL __________ Y __/100 Nuevos Soles (S/._____,____.__), incluido el Impuesto General a la Ventas, con precios vigentes hasta su entrega total.
La forma de pago se establece del siguiente modo:c) Adelanto directo hasta por el 30% del monto contratado, el cual deberá ser solicitado
dentro de los quince (15) días siguientes a la suscripción del contrato, para lo cual adjuntará una carta fianza bancaria con las características señaladas en el artículo 213º del El Reglamento. LA MUNICIPALIDAD pagará el adelanto dentro de los siete (7) días siguientes de recibida la solicitud.
d) Pago parcial del 70% a la entrega en el coliseo de las estructuras previa a su instalación.
e) Pago final del 30%, a la instalación, pruebas, a entera satisfacción de LA MUNICIPALIDAD.
El adelanto otorgado se amortizará mediante descuentos proporcionales en cada una de los pagos parciales indicados líneas arriba.
Con respecto al Material suministrado, declarado no conforme de acuerdo a lo especificado, LA MUNICIPALIDAD no reconocerá pago alguno, sin lugar a reclamo de LA EMPRESA por daños y perjuicios.
CLAUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DE LA EMPRESA
6.1 Suministrar a LA MUNICIPALIDAD los bienes a que hace referencia la Cláusula Segunda del presente contrato, dentro del plazo contractual establecido, de acuerdo con las especificaciones técnicas y/o administrativas de servicios ofertados.
6.2 Ejecutar y cumplir las obligaciones fijadas en el contrato y en los documentos que lo conforman. LA EMPRESA no podrá transferir total o parcialmente el suministro adjudicado.
6.3 Destacar el personal profesional y técnico propuesto en la oferta técnica de LA EMPRESA para los trabajos de fabricación e instalación de los equipos. En caso de fuerza mayor que obligue al cambio del personal propuesto, debidamente sustentado y comprobado, LA EMPRESA deberá obtener la aprobación previa por parte de LA MUNICIPALIDAD, debiendo proponer reemplazos de igual o mayor calificación.
6.4 LA EMPRESA será responsable de suministrar la totalidad del servicio, de acuerdo al diseño, en las dimensiones, calidades y características indicadas en las Especificaciones Técnicas entregadas en las Bases, y conforme a la oferta técnica de LA EMPRESA, parte integrante del presente contrato. LA MUNICIPALIDAD podrá someter a pruebas y/o ensayos de verificación de la calidad del suministro, de acuerdo a las normas técnicas vigentes. De presentarse resultados desfavorables, LA EMPRESA será responsable de reponer el material rechazado a su entero costo.
CLAUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD:
7.1 El pago de la contra prestación económica estipulada en la Cláusula Cuarta, de acuerdo a lo señalado en el artículo 238º de El Reglamento.
7.2 Otorgar la conformidad de la recepción, según lo dispuesto en el Artículo 233º de El Reglamento, a fin de que LA EMPRESA pueda presentar sus facturas oportunamente según lo valorizado conforme a la cláusula cuarta.
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CLAUSULA SETIMA: FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Las partes han convenido en considerar como fuerza mayor, la imposibilidad sustentada de LA MUNICIPALIDAD de seguir financiando los pagos, los fenómenos naturales o actos del hombre, que se encuentran fuera del control de las partes contratantes y que no pudieran ser evitadas, tales como guerra, terremoto, incendios, explosiones, disturbios, actos de sabotaje, etc.
Si cualquiera de las parles contratantes estuviera temporalmente incapacitada, debido a fuerza mayor o caso fortuito, para cumplir total o parcialmente las obligaciones contraídas, notificará a la otra parte por escrito tal circunstancia, tan pronto como sea posible después de ocurrido el evento, proporcionando todos los detalles del mismo.
Producido y notificado el evento determinante de la fuerza mayor o caso fortuito, quedarán suspendidas las obligaciones a cargo de la parte afectada, sólo por el tiempo que dure la incapacidad causada.
Si la paralización de La entrega del suministro por fuerza mayor subsistiese por un periodo de treinta (30) días calendarios, las partes mediante Carta Notarial, podrá resolver el Contrato, salvo que dichas partes decidieran la suspensión y posterior continuación de los servicios, reajustando los términos del Contrato de común acuerdo.
No se considerará fuerza mayor ningún hecho provocado por la negligencia o intención de cualquiera de las partes y ningún hecho que hubiera sido predecible.
CLAUSULA OCTAVA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
Forman parte integrante del presente Contrato, las Bases, y Especificaciones Técnicas, la Propuesta Técnica y Económica de LA EMPRESA. Asimismo, el presente Contrato está sujeto a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Ley N° 26850) aprobado por D.S. N° 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado con D.S. N° 013-2001-PCM, además del D.S. N° 03098-EM, las Normas complementarias y conexas a la Administración Pública Nacional.
El orden de prelación para la interpretación del presente instrumento contractual es: El contrato, Las bases integradas, Especificaciones Técnicas, Propuesta Técnica y Económica.
CLAUSULA NOVENA: GARANTÍAS CONTRACTUALES
El cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales estará asegurado por las siguientes garantías:
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO otorgada por un banco o entidad aceptada por la Superintendencia de Banca y Seguros, de carácter incondicionado, solidario, irrevocable, y de realización automática al solo requerimiento de LA MUNICIPALIDAD por el 10% del monto contractual, con vencimiento hasta la conformidad de la recepción de los equipos materia del presente contrato.
GARANTIA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA (de ser el caso).- Cuando la oferta económica de LA EMPRESA haya sido menor en 20% al valor referencial, LA EMPRESA presentará, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre su propuesta y el valor referencial.
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CLAUSULA DÉCIMA: PENALIDADES
Si LA EMPRESA incurre en retraso injustificado en el suministro de los bienes materia del presente contrato, automáticamente se le aplicara una penalidad por mora hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato.
La penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a:
Penalidad Diaria = 0.10 x monto del contrato
F x plazo en días
Donde.
F = 0.25 (para plazos mayores a 60 días)
Plazo en días = Plazo contractual
Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrara del monto resultante de la ejecución de las garantías a que se refiere la cláusula sétima. La mora es automática.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo previsto, de la penalidad, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Para la resolución del contrato, se seguirá lo señalado en los artículos 224º y siguientes del El Reglamento.
CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA: DOMICILIO
Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente documento.
Para efecto de todas las comunicaciones que deban cursarse las partes, LA MUNICIPALIDAD y LA EMPRESA señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la introducción del presente Contrato, donde se le entregará los avisos y notificaciones a que hubiera lugar, y no podrá ser variado salvo aviso Notarial, cursada con una anticipación no menor de diez (10) días, debiendo ser el nuevo domicilio dentro del radio urbano de la ciudad.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
De configurarse los supuestos de resolución de contrato establecidos en el artículo 225º de El Reglamento, se seguirá lo señalado en artículos 226º y siguientes del mismo.
CLAUSULA DÉCIMO TERCERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Por la presente cláusula, las partes señalan que de presentarse cualquier controversia o reclamo que surja de o se relacione con la ejecución y/o interpretación del presente contrato, se resolverá obligatoriamente siguiendo lo señalado en el Capítulo V de El Reglamento.
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CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA:
En lo no previsto en este contrato y en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y normas que resulten aplicables.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: SANCIONES
Las sanciones se aplican a LA EMPRESA sin perjuicio de la indemnización del daño ulterior y no lo eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
Las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a LA EMPRESA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones del contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
En fe de conformidad con las Bases, la propuesta Técnico – Económica, la adjudicación y las precisiones del presente contrato, las partes se ratifican y lo suscriben en tres ejemplares de idéntico tenor, en la ciudad de Paucartambo a los _________ días del mes de _______ de 2005.
POR LA MUNICIPALIDAD POR LA EMPRESA