expo para hoy. ley marcelo quiroga 2
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ESTADO PLURINACIONALDE BOLIVIA
LEY DE LUCHA CONTRA LEY DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, LA CORRUPCIÓN,
ENRIQUECIMIENTO ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, ILÍCITO,
E INVESTIGACIÓN E INVESTIGACIÓN DE FORTUNAS DE FORTUNAS
“ “MARCELO QUIROGA MARCELO QUIROGA SANTA CRUZ”SANTA CRUZ” “ “MARCELO QUIROGA MARCELO QUIROGA SANTA CRUZ”SANTA CRUZ”
¿Cómo era el tratamiento normativo en la lucha contra la corrupción?
Impunidad
Privilegios e inmunidades
Juicios paralizados
Los delitos de corrupción prescribían
Irretroactividad
Imposibilidad de investigar fortunas
Penas leves y beneficios procesales para corruptos
Solo el MTILCC elaboraba y proponía políticas de LCC
Sanción efectiva
No existen fueros ni privilegios. Todos somos iguales
Prosigue el juicio en rebeldía
Ahora estamos bajo un régimen de Imprescriptibilidad
Posibilidad de juzgar delitos de corrupción del pasado
Posibilidad de juzgar el enriquecimiento ilícito
Penas severas – se eliminan beneficios
Ahora existe el Consejo Nacional de LCC
ANTES DE LA LEY ACTUALMENTE
Requerimientoaceptación,
ofrecimiento u otorgamiento
Corrupción
De cualquier objeto de valor pecuniario u
otros beneficios
SERVIDOR PÚBLICO, PERSONAS
NATURALES Y JURÍDICAS
A cambio de la acción u omisión de cualquier acto que afecte a los intereses del Estado.
OBJETO Establecer mecanismos y procedimientos
FINALIDAD Prevenir la corrupción Acabar con la impunidad Proteger el patrimonio del Estado
Actos de corrupción
PrevenirInvestigar
ProcesarSancionar
Recuperar el patrimonio del Estado.
para
SUMA QAMAÑA (VIVIR BIEN)
Complementariedad entre el acceso y el
disfrute de los bienes materiales y la
realización efectiva, subjetiva y espiritual,
en armonía con la naturaleza y en
comunidad con los seres humanos
AMA SUWA (NO SEAS LADRÓN), AHUA’NA
MACHAPI’TYA (NO ROBAR)
Toda persona nacional o extranjera
debe velar por los bienes y patrimonio
del Estado en beneficio del bien
común
ÉTICA
El comportamiento conforme a los
principios morales de servicio a la comunidad,
reflejados en valores de honestidad,
transparencia, integridad, probidad,
responsabilidad y eficiencia.
Principios
TRANSPARENCIA
Práctica y manejo visible de los recursos del
Estado por l@s S.P., así como personas
naturales y jurídicas nacionales o extrajeras que presten servicios o comprometan recursos
del Estado.
GRATUIDAD
La investigación y la administración de
justicia en temas de LCC, tienen carácter
gratuito
CELERIDAD
Mecanismos de investigación y
administración de justicia en temas de
LCC, deben ser prontos y oportunos
DEFENSA DEL PATRIMONIO DEL ESTADO
Obligación constitucional de
tod@ bolivian@ de precautelar y resguardar el
patrimonio del Estado, denunciando todo acto o hecho de
corrupción
COOPERACIÓN AMPLIA
Las entidades deben cooperarse
mutuamente, coordinando e intercambiando información sin
restricción
IMPARCIALIDAD EN LA
ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA
Tod@ bolivian@ tiene derecho a una pronta,
efectiva y transparente
administración de justicia.
AMBITO DE APLICACIÓN
La presente Ley se aplica a:
Todos los Órganos del Estado Plurinacional
autónomas, departamentales, municipales, regionales e indígena originario campesinas
Servidores públicos y ex – servidores públicos
de:
nivel central, descentralizadas o desconcentradas
sus entidades e instituciones
Entidades territoriales
Ministerio Público
Procuraduría general
del Estado
Defensoría Del Pueblo
Universidades
Esta Ley de conformidad con la CPE, no reconoce inmunidad, fuero o privilegio alguno. (Art. 112 CPE)
AMBITO DE APLICACIÓN
La presente Ley se aplica a:
Fuerzas Armadas y Policía Boliviana
Participación patrimonial, independientemente de su naturaleza jurídica
Entidades u organizaciones
Personas privadasnaturales o jurídicas
y todas que no siendo S.P.
delitos de corrupción
cometan
causando daño económico al Estado
o se beneficien con sus recursos.
En las que el Estado tenga
CONTENIDO DE LA LEY
Medidas
INSTITUCIONALES
CONTROL SOCIAL
JUDICIALES
Creación de nuevos delitos Agravación de penas Modificación de
procedimiento
ImprescriptibilidadRetroactividad
Juicio en rebeldía
Protección de testigos y Denunciantes Verificación
Declaraciones Juradas Exención de
confidencialidad y renuncia secreto bancario Obligación de
querellarse
OPERATIVAS
Proceso ordinario
CPP
Consejo Nacional • MTILCC (SIIARBE)• Tribunales• Fiscales• Investigadores • UIF
Entidades encargadas de la LCC:
Consejo Nacional de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y
Legitimación de ganancias Ilícitas
Ministerio de Gobierno
Procuraduría General del Estado
Representantes de la sociedad civil
organizada
El Consejo no investiga, no procesa, no sanciona
Preside titular de:
Entidades independientes
en el cumplimiento
de sus atribuciones específicas
en el marco de la CPE
Consejo Nacional de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y
Legitimación de ganancias Ilícitas
ATRIBUCIONES
Proponer, supervisar y
fiscalizar
Políticas públicas
Prevención
Lucha contra la corrupción
Proteger
Recuperar el patrimonio del Estado
Aprobar el Plan Nacional de
LCC
Elaborado por el MTILCC
Evaluar la ejecución el Plan NLCC
Relacionarse con los Gobiernos autónomos En lo relativo a
sus funciones
CONTROL SOCIAL
Atribuciones
Identificar y Denunciar
Falta de transparencia
Autoridades competentesante
Será ejercido para:
Prevenir y
Luchar contra la Corrupción
Hechos de corrupción
AdministrativosCoadyuvar en procesos Judiciales
Hechos y
Delitos de corrupción
por
Investigadores Especializados de la Policía Boliviana
ESPECIALIZACIÓN EN SUS FUNCIONES
Tribunales y Juzgados
Anticorrupción
Fiscales Especializados Anticorrupción
MTILCC, Procuraduría Gral. del Estado Fiscales Anticorrupción Oficio
Analizará
Realizará actividades de inteligencia financiera y patrimonial para
Identificar presuntos
hechos o delitos de
corrupción
Remitir los resultados del análisis y antecedentes
Autoridad jurisdiccional competente cuando
corresponda.
Deber de informar
Entidades
Sujetos
ONGs, fundaciones, asociaciones
Partidos Políticos, agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas
Solicitudes de la UIF, dentro de una investigación,
o de Oficio a la UIF cuando en el ejercicio de sus funciones y/o actividades detecten la posible comisión de hechos o delitos de corrupción:
Actividades con movimiento de efectivo
lavado de dinero y otras actividades financieras, económicas, comerciales establecidas en el Código de Comercio.
Susceptible de serutilizada para
Manejo de la Información
no podrá ser compartida
ni publicada.
Fase de:
análisis e investigación
La información obtenida por la
UIF
Cuando
Considere que:
La información contiene presuntos hechos de corrupción
Antecedentes al:
Min. Públicoremitirá
En conocimiento MTILCC
Procuraduría del Estado
Información valorada podrá ser presentada como prueba en procesos
penales
Formación y capacitación continua de estos recursos humanos.
Sistema de evaluación permanente
Para:
Probidad y
Eficiencia en el cumplimiento de sus funciones
Jueces Fiscales y Policías especializados
Paragarantizar
con participación
del Control Social
incurrir en el delito de
incumplimiento de deberes y otros que correspondan, de conformidad con la presente Ley.
Obligación de Constituirse en Parte Querellante
La máxima autoridad ejecutiva de la entidad afectada o
Las autoridades llamadas por Ley
Parte querellante
Deberán constituirse obligatoriamente
Delitos de corrupción, vinculadosuna vez conocidos
Su omisión
Protección de los Denunciantes y Testigos
Ministerio de Gobierno
Brindarán protección adecuada
contra toda:Investigación procesamiento acusación y juzgamiento
Denunciantes Testigos, Peritos, Asesores técnicos Servidores
públicos y Otros partícipes
Reserva de identidad de denunciantes
Del proceso de
Guardará en reserva la documentación
AmenazaAgresión
RepresaliaIntimidación
Exención del Secreto Bancario para Investigación de Delitos de Corrupción
Operaciones financieras realizadas dentro de procesos judiciales
Se presuma la comisión de delitos financieros (Art. 333 CPE)
cuando
El secreto bancario, para investigar delitos de corrupción
No existe confidencialidad en
Se levanta
Los servidores públicos pueden renunciar voluntariamente al secreto bancario.
SIIARBESistema Integrado de Información Anticorrupción y de
Recuperación de Bienes del Estado
A cargo del
MTILCC
Diseño y aplicación de políticas preventivas y proteccionistas del Estado, para hacer seguimiento y monitoreo de procesos en el ámbito de la LCC
Sistema de centralización e intercambio de
información
Verificación de oficio de declaraciones juradas de bienes y rentas de S.P.
que manejen significativos recursos
del Estado
SISTEMATIZACIÓNSISTEMATIZACIÓNDE DELITOS (Art. 24)DE DELITOS (Art. 24)
DELITOS PROPIOS DE CORRUPCIÓN
DELITOS VINCULADOS A LA
CORRUPCIÓN
Delitos nuevos
Delitos existentes agravados
• Asociación delictuosa • Falsedad material • Organización criminal• Sociedades o asociaciones ficticias
1. Uso indebido de bienes y servicios públicos
2. Enriquecimiento ilícito
3. Enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado
4. Favorecimiento al enriquecimiento ilícito
5. Cohecho activo transnacional
6. Cohecho pasivo transnacional
7. Obstrucción de la justicia y
8. Falsedad en la declaración jurada de bienes y rentas
Creación de Nuevos Tipos Penales
Servidor público
Bienes a
su cargo o a los
que tenga acceso
Material de trabajo y equipo
asignados, custodia de bienes, etc.
desvió/uso
indebido
Utilización de servicios de
personas pagadas por Estado
o de quienes cumplan
deberes legales
Destrozo (agravante)
beneficio propio
o de terceros
Uso indebido de bienes o Uso indebido de bienes o serviciosservicios
Servidor público
INCREMENTA
SU PATRIMONIO
No puede
justificar
DECOMISO BIENES
FORTUNAS/RIQUEZA ILEGAL
Enriquecimiento ilícito Enriquecimiento ilícito
Artículo IX, Enriquecimiento ilícito (CIC) Con sujeción a su Constitución y a los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, los Estados Partes que aún no lo hayan hecho adoptarán las medidas necesarias para tipificar en su legislación como delito, el incremento del patrimonio de un funcionario público con significativo exceso respecto de sus ingresos legítimos durante el ejercicio de sus funciones y que no pueda ser razonablemente justificado por él.
PARTICULARES
individuos-empresas
actividades
Privadas
Incremento
de Patrimonio
Empresas
INGRESOS LEGITIMOS
Afectación al Estado
FORTUNAS/RIQUEZA ILEGAL
Enriquecimiento ilícito Enriquecimiento ilícito de particulares de particulares
SIN JUSTIFICACION
Sanción a representantes Legales
Decomiso de bienes
25% de patrimonio
PARTICULAR/SERVIDOR
PRESTA SU NOMBRE
O ACTIVIDADES
ECONOMICAS
ENCUBRIR/OCULTAR
ENRIQUECIMIENTO
ILICITO
FORTUNAS/RIQUEZA ILEGAL
Favorecimiento al Favorecimiento al Enriquecimiento Enriquecimiento
CUALQUIER PERSONA
QUE
PROMETE O ENTREGA
BENEFICIO
VENTAJAS (coimas)
FUNCIONARIO PUBLICO
INTERNACIONAL
FUNCIONARIO
ORGANIZACIÓN
INTERNACIONAL
ACCION/OMISION
Cohecho activo transnacional Cohecho activo transnacional (Soborno) (Soborno)
A
PARA
FUNCIONARIO PUBLICO
INTERNACIONAL
FUNCIONARIO
ORGANIZACIÓN
INTERNACIONAL
(POR SI O POR TERCEROS)
PEDIR/ACEPTAR
(coimas)
Cohecho Pasivo Cohecho Pasivo Transnacional Transnacional
HACER/DEJAR DE HACER
FUNCIONES O DEBERES
ONU, OEA, BID, OMC, UNASUR
PAR
A
Todas las acciones
para evitar u obstaculizar
el normal desarrollo
del proceso
En procesos judiciales
MENTIR EN JUICIO
TESTIGOS
PERITOS
FISCALES
POLICIAS
TESTIGOS
Obstrucción a la justicia Obstrucción a la justicia
FALSEAR
OMITIR DOLOSAMENTE
DATOS
ECONOMICOS,
FINANCIEROS Y
PATRIMONIALES
DECLARACIONES JURADAS
Falsedad en DeclaracionesFalsedad en DeclaracionesJuradasJuradas
DENUNCIA VOLUNTARIA (DELATOR-ARREPENTIDO)
Instigador
Cómplice
Encubridor
Que voluntariamente
Denuncie
Colabore
Se beneficiará con la
reducción De dos tercios
de la pena
DELITOS QUE YA ESTAN EN EL CÓDIGO PENAL
27 TIPOS PENALES
SE AGRAVAN PENAS
A pesar del transcurso del tiempo, las personas que cometen delitos de corrupción podrán ser procesadas en cualquier momento. Art. 112 CPE.
IMPRESCRIPTIBILIDAD
RETROACTIVIDAD
Los delitos de corrupción existentes en el CP cometidos en el pasado, podrán ser investigados, procesados y sancionados a partir de ahora. Art. 123 CPE.
DELITO PERMANENTE
Conductas que violan permanentemente el bien jurídico protegido.
Al no cesar sus efectos por el transcurso del tiempo, pueden ser juzgadas en el presente, a pesar de que se cometieron en el pasado.
Enriquecimiento ilícito
- Enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado.
PROSECUCIÓN DE JUICIO EN REBELDÍA
Los procesados por delitos de corrupción
Se escondan o salgan del país
Que para evadir la justicia y
Paralizar el proceso
Sentencia
QUÉ SE BUSCA CON ESTA MEDIDA?
Evitar la impunidad (conclusión del proceso y
aplicación de penas) Recuperar los bienes defraudados y la reparación del daño
asegurando el derecho a defensa y demás
garantías constitucionales, a
través de un abogado de oficio
Serán igualmente juzgados
hasta
CONVENCIÓN INTERAMERICANA
CONTRA LA CORRUPCIÓN
CONVENCIÓN DENACIONES UNIDAS
CONTRA LA CORRUPCIÓN
Contar con órganos o instancias de prevención y LCC.
Promover la participación de la sociedad civil en la prevención y combate de la corrupción
Sancionar con severidad los delitos de corrupción
Incluir delitos que se encuentran ya en las convenciones
Sistema de protección de denunciantes y testigos
Prevención de lavado de activos
Consejo Nacional de Lucha CC.
Control social
Agravación de penas
Nuevos delitos incluidos
Art. 17 de la ley
UIF especializada
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